propuesta sindical sobre salud pública en costa rica

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El sistema de gobierno más perfecto es aquel que produce la mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad política.” (Simón Bolívar, Discurso de Angostura) Licenciada Laura Chinchilla Miranda Presidenta Electa de Costa Rica ASUNTO: Propuesta sindical a la Presidenta de la República para garantizar a población el derecho a la salud y defender la .C.C.S.S. Estimada señora: El pueblo costarricense con inteligencia y firmeza ha convertido en sentencia aquella que ordena que los problemas de la democracia se resuelvan con más democracia y nosotros como representantes de las trabajadoras y de los trabajadores de la Caja Costarricense del Seguro Social, tenemos la obligación de expresarle que graves peligros se ciernen sobre nuestra democracia. Estas amenazas obligan a todos los sectores sociales y de manera muy particular a los gobernantes, a abrir nuevos caminos por donde podamos transitar hacia una nueva República. Para empezar, no podríamos dejar de advertir la total ausencia de Libertad Sindical en el sector privado de la economía y las crecientes restricciones a las organizaciones de los trabajadores en el sector público. UNION NACIONAL DE EMPLEADOS DE LA CAJA Y LA SEGURIDAD SOCIAL

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Propuesta entregada a la Presidenta de Costa Rica, Laura Chinchilla Miranda, antes de la toma de posesión, sobre la grave situación de la Caja Costarricense de Seguro Social, CCSS, y las propuestas sindicales de solución viable. UNDECA Costa Rica

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“El sistema de gobierno más perfecto es aquel que produce la

mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad política.” (Simón Bolívar,

Discurso de Angostura)

Licenciada

Laura Chinchilla Miranda

Presidenta Electa de Costa Rica

ASUNTO: Propuesta sindical a la Presidenta de la República para garantizar a población el derecho a la salud y defender la .C.C.S.S.

Estimada señora:

El pueblo costarricense con inteligencia y firmeza ha convertido en sentencia

aquella que ordena que los problemas de la democracia se resuelvan con más

democracia y nosotros como representantes de las trabajadoras y de los

trabajadores de la Caja Costarricense del Seguro Social, tenemos la obligación de

expresarle que graves peligros se ciernen sobre nuestra democracia. Estas

amenazas obligan a todos los sectores sociales y de manera muy particular a los

gobernantes, a abrir nuevos caminos por donde podamos transitar hacia una

nueva República.

Para empezar, no podríamos dejar de advertir la total ausencia de Libertad

Sindical en el sector privado de la economía y las crecientes restricciones a las

organizaciones de los trabajadores en el sector público.

UNION NACIONAL DE EMPLEADOS DE LA CAJA Y LA SEGURIDAD SOCIAL

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Propuesta Sindical a la Presidenta de la República para garantizar a la Población el Derecho a la Salud y Defender la C.C.S.S.

Dentro de esa perspectiva presentamos a usted una serie de propuestas

tendientes a procurar soluciones a los serios problemas que afrontan la salud

de nuestra población y la Caja Costarricense de Seguro Social.

RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DEL DERECHO FUNDAMENTAL A LA SALUD

El derecho a disfrutar de buena salud, desde hace mucho tiempo, se consideró

que constituye un derecho humano. Ya Aristóteles, desde el siglo IV a. de C.,

señaló su importancia:

“Si creemos que los hombres como seres humanos, poseen derechos que les son

propios, entonces tienen un derecho absoluto de gozar de buena salud en la

medida en que la sociedad, y solo ella, esa capaz de proporcionársela.”

La protección de la salud es un derecho fundamental, de carácter individual y

social, que el Estado tiene la misión de promover, procurar y tutelar

efectivamente.

Los Estados modernos han consagrado en sus textos constitucionales este

derecho. Existen otros instrumentos del derecho internacional que expresamente

lo recogen.

Lamentablemente, nuestra Constitución Política, de manera expresa, no lo

contempla. La reforma constitucional de 1943, al tenor de la cual se incorporó el

Capítulo de las Garantías Sociales, no comprendió ninguna disposición acerca del

derecho a la salud, no obstante que sí reguló el régimen de los seguros sociales.

El proyecto que presentó la Junta de Gobierno a la Asamblea Nacional

Constituyente (1948), dentro del Título V, concerniente a los “Derechos y

Deberes Sociales”, se incluyó el Capítulo V, titulado “La Salud Pública y la

Seguridad Social”, que contenía varias disposiciones en esta materia:

“Artículo 108.- Todos los habitantes de la República tienen derecho a la protección,

conservación y restablecimiento de su salud, así como el deber de conservarla. El

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Propuesta Sindical a la Presidenta de la República para garantizar a la Población el Derecho a la Salud y Defender la C.C.S.S.

Estado promoverá la salud pública por medio de servicios técnicos que

recomiende la ciencia. Los centros hospitalarios públicos y organismos afines, son

instituciones de salud pública y deben constituir un Sistema Nacional Autónomo,

regulado por la ley.”

Como sabemos, el proyecto de la Junta de Gobierno no resultó políticamente

viable y en esta particular materia, la Asamblea Constituye se limitó a aprobar, con

ligeras modificaciones, el mismo texto del artículo 63 que había sido aprobado en

la Reforma de 1943 (ahora el artículo 73).

El derecho fundamental a la salud ha sido inferido por la Sala Constitucional de

otras normas constitucionales que consagran el derecho a la vida (art. 21) y en

parte, el derecho a la seguridad social:

"Desde los tiempos pasados, la preocupación por la salud en el ser humano ha

sido una constante, debido fundamentalmente a que es consustancial a la vida y

es la prerrogativa más importante de los individuos, de allí que este plenamente

justificada la aspiración de todos los hombres de ser personas sanas, y de vivir en

un ambiente salubre y entre individuos que gocen de buenas condiciones físicas,

mentales e incluso sociales (..) Por salud se entiende actualmente un estado

completo de bienestar físico, mental y social y no simplemente la ausencia de

afecciones o enfermedades como lo fue tradicionalmente. Modernamente es

innegable el papel determinante que debe jugar el Estado, y en este caso que nos

ocupa, el Estado costarricense, representado por el Ministerio de Salud en este

campo, en cuanto al establecimiento de programas para la protección de ese valor

fundamental de todos los ciudadanos. Así lo ha interpretado esta Sala en

jurisprudencia reiterada fundamentando el Derecho a la Salud a partir de una

interpretación extensiva del Derecho a la Vida- constitucionalmente protegido en el

artículo 21 de la Carta Magna- en estrecha relación con los derechos sociales de

las personas que también están presentes en la Constitución". ( voto de Sala

Constitución N° 2522-1997).

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Propuesta Sindical a la Presidenta de la República para garantizar a la Población el Derecho a la Salud y Defender la C.C.S.S.

La Sala Constitucional reconoce el derecho fundamental a la salud, de manera derivada, partiendo

de una interpretación que lo reputa como una extensión del derecho a la vida, relacionado

también con los Derechos Sociales protegidos constitucionalmente.

No obstante, como se afirmó al principio, se echa de menos que nuestra Constitución Política

reconozca por sí mismo, es decir, de manera sustantiva y autónoma, el derecho a la salud de los

habitantes.

Nuestro Estado Social de Derecho no puede continuar resistiendo este

reconocimiento, cuya regulación resulta inaplazable, partiendo de los dos

primeros preceptos contenidos en la Ley General de Salud, que en nuestro criterio

tienen que ser constitucionalizados:

“ARTICULO 1º.- La salud de la población es un bien de interés público tutelado por

el Estado.

ARTICULO 2º.- Es función esencial del Estado velar por la salud de la población.

(…)”

Partiendo de estas premisas, reconociéndose que se trata de un derecho

fundamental, la propuesta de reforma constitucional complementariamente tiene

que disponer que este derecho consiste en el disfrute del más alto nivel de

bienestar físico, psíquico y social, que se garantiza con la implementación de un

conjunto de políticas públicas y medidas en el campo de la promoción,

prevención, tratamiento y rehabilitación.

RECONOMIENTO CONSTITUCIONAL DEL DERECHO FUNDAMENTAL AL AGUA

Si el derecho fundamental a la salud se ha derivado, como lo ha interpretado la

jurisprudencia constitucional, del reconocimiento del derecho a la vida, el

derecho al agua se trata de otro derecho inseparable de aquellos dos. La vida y

la salud no pueden existir sino se garantiza la preservación de este recurso vital y

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que todas las personas tengan acceso a su consumo. Los pobres tienen que

tener garantizado el acceso a este recurso.

El clamor de los pueblos por el Agua, es hoy día, una exigencia global, cuya

satisfacción es condición misma de la supervivencia de la vida en nuestro

planeta.

La Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó (2003) la resolución 58/127,

que proclamó el período 2005-2015, Decenio Internacional para la Acción, “El agua fuente de vida”. Esta resolución subrayó lo siguiente:

“Destacamos que el agua es fundamental para el desarrollo sostenible, en

particular para la integridad del medio ambiente y la erradicación de la pobreza y

el hambre, y que es indispensable para la salud y el bienestar humanos.”

Esta resolución de Naciones Humanos, que comprende todo su período de

gobierno (2010-2014), enfatiza que el objetivo del Decenio es enfocarse más a

fondo sobre las cuestiones relativas al agua, la participación de la mujer en las

medidas de desarrollo concernientes al agua, la promoción de la cooperación, en

todos los ámbitos, para alcanzar el cumplimiento de los objetivos del agua

convenidos internacionalmente.

Aquí también advertimos otra sustantiva limitación que padece nuestro Estado

Social de Derecho, que tampoco contempla este otro derecho.

Se requiere, de inmediato, que mediante otra reforma constitucional se consagre el Derecho Fundamental al Agua, que establezca que este recurso es patrimonio de la Nación, inajenable, esencial para la continuidad de la vida.

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PARTICIPACION SOCIAL CIUDADANA: CONSEJO CONSULTIVO DEL SECTOR SALUD

La cuestión de la Salud es un eje fundamental en el desarrollo social de la

República, que involucra distintos actores: públicos, privados, comunidades,

organizaciones sociales, corporaciones profesionales, trabajadores de la salud,

entre otros.

Es un tema de política pública que concierne directamente a todos estos actores,

que tienen interés legítimo de participar y colaborar en la definición de esas

políticas. Esta participación es inherente a cualquier Estado Democrático,

reconocida en la jurisprudencia constitucional:

“ (…) Así, la participación ciudadana efectiva y directa en la gestión y manejo de

los asuntos públicos resulta inconcebible si no se cuenta con un bagaje importante

de información acerca de las competencias y servicios administrativos, de la

misma forma, el principio democrático se ve fortalecido cuando las diversas fuerzas y grupos sociales, económicos y políticos participan activa e informadamente en la formación y ejecución de la voluntad pública. (Res.

2003-02120 de Sala Constitucional, de 13:30 horas de 14 de marzo de 2003).

Por la importancia superior que tiene esta cuestión social, demandamos que la

próxima Administración promueva la participación ciudadana en la definición de

estas políticas.

Desde luego que esta participación tiene que ser informada, ordenada,

disciplinada y equitativa, considerándose la participación de los sectores más

empobrecidos y marginados, comunidades indígenas, entre otros.

Nuestra propuesta consiste en la creación del CONSEJO CONSULTIVO DEL SECTOR SALUD. En este Consejo tendrían participación las representaciones

de aquellos sectores, que le competerá conocer, analizar y proponer

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Propuesta Sindical a la Presidenta de la República para garantizar a la Población el Derecho a la Salud y Defender la C.C.S.S.

recomendaciones, para que las autoridades competentes definan las

correspondientes políticas.

Asimismo, le competerá conocer, de manera periódica, los informes de

cumplimiento de estas políticas, que también es otro principio, el de rendición de

cuentas, consustancial al sistema democrático.

Lo que estamos solicitando es, en definitiva, construir un espacio democrático de

participación de la ciudadanía costarricense, que por cierto, no es nada distinto al

preámbulo de su Plan de Gobierno 2010-2014, que declara que las propuestas

que contiene “están formuladas en el espíritu de un amplio proceso de diálogo”.

Dentro de este mismo espíritu es que estamos presentado estas propuestas.

REVISION DE LA LEY GENERAL DE SALUD Y EL ROL DEL MINISTERIO DE SALUD

La Ley General de Salud tiene más de treinta y cinco años, que si bien es cierto

ha sido un acicate en el desarrollo de las políticas públicas sanitarias, por otra

parte, no es menos cierto que esta regulación ya requiere de una revisión integral.

En la última década, el desarrollo científico y tecnológico ha experimentado un

crecimiento exponencial. Este desarrollo se ha traducido en una serie de

contribuciones y avances en el campo de la salud, que demanda una regulación

normativa adecuada, que sea congruente y que fomente ese desarrollo.

Por otro lado, también se ha promulgado una amplia normativa internacional, que

exige la adecuación de nuestra legislación, para que responda a esos

requerimientos de la comunidad internacional, en los que nuestra legislación

muestra un rezago importante.

La salud pública tiene que ser factor transversal en el desarrollo social de nuestra

población y país, la cual tiene que quedar fielmente reflejada en una normativa

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moderna que responda a las demandas actuales de la población, incluida las

concernientes a la Naturaleza y ambiente.

En general, los ministerios dedicados a la seguridad social han sido

desmantelados, en este particular, el Ministerio de Salud merece una revisión

exhaustiva de su estructura, funcionamiento y financiamiento.

DEFENSA Y MEJORAMIENTO DE LA CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

La Caja Costarricense de Seguro Social es un destacado actor del sistema

nacional de salud.

La Caja es una institución autónoma, que por mandato constitucional le compete

el gobierno y administración de los seguros sociales (art. 73).

La Institución ha contribuido a alcanzar los índices de salud que disfrutamos, que

lamentablemente están siendo amenazados por los índices de pobreza y

desempleo que considerablemente se han incrementado en los últimos años.

No obstante, existen una serie de factores concurrentes que desafortunadamente

han limitado el crecimiento institucional. Ente otros factores sobresalen los

siguientes:

• SOSTENIBILIDAD FINANCIERA DE C.C.S.S.

La sostenibilidad financiera de la C.C.S.S., es un aspecto que está contenido en

el Capítulo de Salud de su Plan de gobierno (p. 16), con cuya declaración

estamos totalmente de acuerdo.

Con el objeto que se consideren algunas medidas, tendientes a fortalecer la

situación financiera y le garanticen, a largo plazo, sostenibilidad a esa institución,

es necesario corregir algunas prácticas gubernamentales, que han estado muy

lejos de favorecer el estado de los recursos institucionales.

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Propuesta Sindical a la Presidenta de la República para garantizar a la Población el Derecho a la Salud y Defender la C.C.S.S.

Esas prácticas políticas, desleales con la seguridad social, han tenido un

importante impacto en las finanzas institucionales, que han dificultado el

cumplimiento de sus objetivos.

Nuestro sistema de seguridad social se sustenta en los principios de

universalidad, solidaridad y subsidiaridad.

Este último principio compromete al Estado a contribuir con el financiamiento de la

seguridad social. Este principio se consagró constitucionalmente con la reforma

que se hizo al artículo 177 constitucional:

“(…) Para lograr la universalización de los seguros sociales y garantizar

cumplidamente el pago de la contribución del Estado como tal y como patrono, se

crearán a favor de la Caja Costarricense de Seguro Social rentas suficientes y

calculadas en tal forma que cubran las necesidades actuales y futuras de la

Institución. Si se produjere un déficit por insuficiencia de esas rentas, el Estado lo

asumirá para lo cual el Poder Ejecutivo deberá incluir en su próximo proyecto de

presupuesto la partida respectiva que le determine como necesaria la citada

institución para cubrir la totalidad de las cuotas del Estado.”

Lamentablemente el Estado costarricense, en cabeza de sus diferentes gobiernos

de turno, hasta ahora, no ha sido un celoso cumplidor de este precepto

constitucional, que le procura a la institución las rentas suficientes para cubrir sus

necesidades actuales y futuras.

Las organizaciones que estamos haciendo este planteamiento, esperamos, por el

contrario, la próxima Administración que a usted le corresponderá dirigir, marque

un hito y que el Estado asuma fielmente las obligaciones que se derivan del

mandato constitucional.

¿Por qué afirmamos lo anterior? En realidad, señora Presidenta Electa, los

motivos son múltiples, pero permítanos advertir solo dos de mucha envergadura:

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1.- DEUDA DEL ESTADO CON LA CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

A pesar de la reforma del artículo 177 constitucional, la historia de la deuda del

Estado con la Caja sigue siendo la misma cada 4 años, Administración tras

Administración.

En lugar del pago cumplido de las contribuciones del Estado, el Ministerio de

Hacienda y las autoridades de la Caja periódicamente han negociado y

renegociado la deuda acumulada, en términos que resultan desventajosos para

la institución aseguradora, cuyo saldo acumulado supera los 130 mil millones de

colones. Por ejemplo, el último convenio de pago celebrado en el año 2007, se

liquidó el monto de la deuda en la suma de un poco más de 185 mil millones de

colones, cuya cancelación se comprometió en títulos (esta última negociación no

contempló la deuda correspondiente al traslado de los funcionarios del Ministerio

de Salud a la C.C.S.S., que es una suma que está pendiente).

Por otra parte, la deuda del período 2008-2009, ya supera los 14 mil millones de

colones. Como dice el Tango: ¡todo es igual¡ ¡Nada es mejor¡

La historia de la deuda del Estado tiene que tener un giro radical, que esperamos

que sea a partir de estos 14 mil millones que nadie se acuerda de reclamar y que

será parte de la herencia que va a dejar la Administración Arias Sánchez.

Con todo respeto, pero con vehemencia, demandamos que se normalice la situación de la deuda, que se revisen los términos de aquellos convenios; que para empezar, al menos, estos 14 mil millones se paguen en efectivo –

dándole contenido en el presupuesto de la República, como legalmente tiene que

ser- y que a partir de su próxima Administración, se cancelen oportunamente las contribuciones que le corresponden al Estado.

Con la obtención de estos recursos, los 150 nuevos EBAIS más, la contratación

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de 700 especialistas, otros profesionales y personal de apoyo, que son promesas

específicas de su plan de gobierno (pág. 16), se pueden fácilmente hacer

realidad. Así es como se demuestra el movimiento, andando.

2.- DEUDA DE EMPRESAS PUBLICAS POR OMISION DE REGLAMENTACION DEL ARTICULO 78 DE LA LEY DE PROTECCION AL TRABAJADOR. Una de las tantas disposiciones legales promulgadas –no por esto, efectivamente

cumplida-, tal vez la más reciente, que responde a aquellos principios de

universalización, solidaridad y subsidiariedad, quedó contemplada en el artículo

78 de la Ley de Protección al Trabajador (LPT), N° 7983:

“Artículo 78.- Recursos para el fortalecimiento del Régimen de Invalidez,

Vejez y Muerte

Establécese una contribución hasta el quince por ciento (15%) de las utilidades de

las empresas públicas del Estado, con el propósito de fortalecer el Régimen de

Invalidez, Vejez y Muerte de la CCSS, en cuanto a su financiamiento y para

universalizar la cobertura de la CCSS a los sectores no asalariados en condiciones

de pobreza. El monto de la contribución será establecido por el Poder

Ejecutivo, según la recomendación que realizará la CCSS conforme a los estudios actuariales.”

La disposición legal obliga a las empresas del Estado a contribuir con un aporte,

hasta el 15% de sus utilidades, destinado a fortalecer el Régimen I.V.M. y

universalizar la cobertura de los sectores no asalariados, en situación de pobreza.

La misma disposición reservó al Poder Ejecutivo la determinación, definitiva, del

monto de la contribución, con base en las recomendaciones que realice la Caja

Costarricense de Seguro Social.

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Propuesta Sindical a la Presidenta de la República para garantizar a la Población el Derecho a la Salud y Defender la C.C.S.S.

Este mandato atribuido al Poder Ejecutivo, ha sido manifiestamente quebrantado,

con la complacencia de otras autoridades administrativas de la propia

institución aseguradora.

La Dirección Actuarial de la C.C.S.S. realizó el estudio correspondiente,

recomendó los porcentajes de contribución y determinó que solo en el período

de 2002-2007, se debieron transferir a la Caja Costarricense de Seguro Social la

suma total de 179.641.000.000 millones de colones (oficio DAPE-750, fechado el

20 de diciembre de 2006).

No obstante el holgado tiempo que ha transcurrido desde que se promulgó la

Ley de Protección al Trabajador (2001), a la fecha -que son nueve años-, el

Poder Ejecutivo todavía no ha determinado el porcentaje, en definitiva, que

están obligadas a contribuir las empresas del Estado.

A raíz de esta omisión y/o negativa de las autoridades del Poder Ejecutivo, la Caja Costarricense de Seguro Social ha dejado de percibir una suma cuantiosa que supera los 200 mil millones de colones.

En nuestro criterio, se ha configurado, en perjuicio de la seguridad social, una

confiscación de recursos económicos, que le fueron asignados por el legislador,

cuya voluntad ha sido burlada.

La notoria, manifiesta y prolongada inobservancia del artículo 78 LPT, ha

impedido, por una parte, que se fortalezca el régimen de jubilaciones y pensiones

de la Caja Costarricense de Seguro Social (IVM) y por otra, que se universalice a

favor de las personas no asalariadas, en situación de pobreza, que es también

otro aspecto contemplado en su Plan de Gobierno.

Así las cosas, le solicitamos que uno de los primeros decretos que promulgue el nuevo Gobierno, sea el que reglamente el art. 78 L.PT., de acuerdo con las recomendaciones emitidas por la Dirección Actuarial de la Caja.

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Desearíamos que lo que se negaron a hacer las anteriores administraciones, en más de nueve años, usted lo cumpliera dentro de los primeros cien días de su Gobierno.

• NOMBRAMIENTOS EN PROPIEDAD DE LOS CARGOS DE GERENTES DE LA C.C.S.S.

Todos los nombramientos en propiedad de los servidores de la institución se

realizan siguiendo un procedimiento de participación concursal, debidamente

reglamentado, salvo el nombramiento de los cargos del nivel gerencial.

Los nombramientos de los titulares de las distintas gerencias (médica,

administrativa, financiera, operaciones, pensiones) quedan librados a la absoluta

discrecionalidad de la Junta Directiva de esa institución, sin que exista ninguna

reglamentación y mucho menos participación concursal.

No existe ninguna razón para que estos cargos gerenciales estén exceptuados

del sistema concursal, cuya prescindencia resulta totalmente perjudicial a los

intereses institucionales, porque no se está garantizado la idoneidad y la

eficiencia de la Administración, que son requerimientos de la solera de la

Constitución Política (art. 191).

Si los nombramientos de los servidores en general, desde un trabajador de

servicios generales, hasta los profesionales en las distintas disciplinas, están

sometidos a un sistema de concurso reglado, mucho menos se justifica que

tratándose de los puestos jerárquicos superiores, de carácter estratégico, se

realicen a la libre voluntad de la Junta Directiva.

Amén, que con esta viciada práctica institucional se está renunciando a la

satisfacción de aquellos fines públicos, se favorece el tráfico de influencias,

censurado en varias leyes de la República.

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Propuesta Sindical a la Presidenta de la República para garantizar a la Población el Derecho a la Salud y Defender la C.C.S.S.

Por otra parte, esa práctica le impide a funcionarios de carrera, con suficientes

méritos, acceder a esos puestos, violentándose el derecho a la carrera

administrativa, también reconocido constitucionalmente.

En consecuencia, proponemos que los próximos representantes gubernamentales que integren la Junta Directiva de C.C.S.S., cuya designación le corresponderá al Consejo de Gobierno que usted presidirá, se comprometan a presentar al seno de aquel órgano un proyecto de reglamento para el nombramiento en propiedad de los puestos gerenciales.

Asimismo, solicitamos que mientras no está aprobada esa reglamentación, se declare una moratoria de los nombramientos en propiedad de esos cargos que queden vacantes o cuyos períodos estén venciendo los próximos días.

• DEROGATORIA DE LA DISPOSICIÓN QUE PROHÍBE A LOS TRABAJADORES DE LA C.C.S.S. SER MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA.

El artículo 7 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (Ley

N° 17 de 22 de octubre de 1943) establece los requisitos e impedimentos para ser

miembro de la Junta Directiva de esa Institución. El inciso b) de este mismo

artículo dispone lo siguiente:

“Artículo 7.-

(…) b. No podrán formar parte de ella:

1. Los miembros o empleados de los supremos poderes ni los empleados de la Caja Costarricense de Seguro Social.”

Esta norma prohíbe a los trabajadores de la misma institución ser miembros de su

Junta Directiva.

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Propuesta Sindical a la Presidenta de la República para garantizar a la Población el Derecho a la Salud y Defender la C.C.S.S.

Esta prohibición consideramos que es totalmente injustificada, irrazonable y

discriminatoria.

No existe ninguna razón objetiva para que se impida a los propios trabajadores

aspirar a ser directores del máximo órgano de la misma institución.

• POLITICA DE EQUIDAD DE GÉNERO EN LA INTEGRACION DE LA JUNTA DIRECTIVA DE C.C.S.S.

La memoria no nos da para recordar quien fue la última mujer que participó en la

integración de la Junta Directiva de la Caja. De alguna u otra manera, todos los

sectores que componen la integración de ese órgano compartimos esa

responsabilidad.

Las organizaciones sindicales propugnamos la ruptura de ese modelo patriarcal,

de carácter excluyente, que ha proscrito toda participación de las mujeres, no

obstante que un alto porcentaje de la población económicamente activa está

constituida por mujeres.

Nosotros asumimos el compromiso de promover que el sector sindical postule,

por lo menos, una mujer, para que ocupe un cargo en dicho órgano.

Asimismo, exhortamos a su próxima Administración, para que en la composición

de la nómina gubernamental, por lo menos, se designe dos mujeres, de

reconocida trayectoria de defensa de la seguridad social y el Estado Social de

Derecho.

Deberíamos ir más allá, para procurar que por cada uno de los sectores, al menos,

una mujer sea integrante de ese directorio.

• MEJORAMIENTO DE LAS CONDICIONES LABORALES DE LAS TRABAJADORAS Y TRABAJADORES DE LA C.C.S.S.

Otro de los planteamientos que contiene el Capítulo de Salud de su plan de

gobierno es el siguiente: “la mejora de las condiciones de su personal”

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Propuesta Sindical a la Presidenta de la República para garantizar a la Población el Derecho a la Salud y Defender la C.C.S.S.

Nos complace que este aspecto haya sido contemplado en su programa, porque

en este campo también hay mucho que hacer.

La Caja Costarricense de Seguro Social es una de las instituciones más grandes

del país, la cual tiene más de 46 mil trabajadoras que brindan sus abnegados

servicios. Hay que resaltar que la mayoría de las personas que laboran en esta

institución son mujeres.

No obstante, que los salarios de los trabajadores de la C.C.S.S. han tenido una

ligera recuperación en los últimos años -a raíz de los planteamientos promovidos

por estas mimas organizaciones sociales-, que francamente estaban en una

situación muy precaria, estos ajustes no han sido suficientes para procurarles a

nuestros compañeros y compañeras, principalmente los que devengan menos ingresos, remuneraciones que sean justas y recompensen la prestación de sus

servicios personales en los distintos establecimientos hospitalarios y centros de

salud en general.

Hay dos cuestiones críticas en este campo que nos interesan resaltar. En primer

lugar, las remuneraciones del personal de la Caja siguen estando ostensiblemente

por debajo de las remuneraciones promedio que se reconocen en el resto del

sector público. Esta brecha externa obliga a realizar los ajustes pertinentes con la

finalidad que las compensaciones dejen de estar en esa situación tan

desventajosa, que ya responde a una constante histórica.

En segundo lugar, se presenta un serio y profundo problema de equidad interna. Existe una marcada brecha entre los salarios de la gran mayoría de los

trabajadores y el de algunos segmentos. Esta situación se refleja en la

distribución de la masa salarial: mientras que solo un 20% de la población

laboral, se reparte el 80% de la masa salarial, al otro 80% de esta población, se

le asigna tan solo un 20% de la masa salarial. Las cifras hablan por sí solas.

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Propuesta Sindical a la Presidenta de la República para garantizar a la Población el Derecho a la Salud y Defender la C.C.S.S.

El asunto más grave es que esta relación tiende, cada vez más, a aumentar

significativamente y no ha existido voluntad institucional para corregir esta

injustificada distorsión.

El equipo de trabajo en salud está constituido desde la compañera o compañero

que le corresponde limpiar los baños de los servicios, preparar los equipos

instrumentales, asistir personalmente a los pacientes, preparar su alimentación,

realizar labores diagnósticas, hasta los profesionales en las distintas disciplinas de

salud. No se justifica que exista semejante dispersión salarial.

Es necesario que se defina una política, que a lo largo de su periodo de gobierno, procure a las trabajadoras que menos ganan, una remuneración que sea justa y equitativa.

• 800 PLAZAS PARA EL HOSPITAL DE HEREDIA

La construcción del Hospital de Heredia hace realidad un largo sueño acariciado

por los habitantes de esta provincia, que desde hace tiempo se lo merecían.

No dejamos de manifestar nuestra preocupación de que no se vaya a dotar del

personal que se necesita para lograr la prestación satisfactoria de los servicios.

La comunidad herediana requiere que se les garantice las 800 plazas que se

necesitan, cuyos nombramientos tienen que realizarse de manera objetiva y

conforme los procedimientos legalmente establecidos.

• MEJORAMIENTO EN LA EFICIENCIA Y LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS

Los servicios que brinda la CCSS siempre pueden ser mejorados, pero las

soluciones no están ni en las altas esferas, ni en la cabeza de ningún genio.

Con métodos adecuados de trabajo somos los propios trabajadores de la

institución quienes podemos indicar cuales son las medidas se deben tomar, al

tiempo que nos comprometemos con ellas.

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Propuesta Sindical a la Presidenta de la República para garantizar a la Población el Derecho a la Salud y Defender la C.C.S.S.

Solicitamos que en cada centro de trabajo de la Institución se nombre un comité

de mejoramiento de los servicios con amplia participación de los trabajadores y

con el apoyo total de las autoridades superiores.

En un documento que enviaremos a las autoridades institucionales haremos llegar

una serie de propuestas para eliminar lista de espera para operaciones, consulta

externa con especialistas, evitar filas desde la madrugada en los EBAIS, reducir a

cero las 60000 citologías y biopsias atrasadas, mejorar la infraestructura de los

EBAIS, dotar a la Institución de las plazas necesarias y garantizar a todos los

centros hospitalarios el presupuesto necesario.

• PROMOVER LA ELIMINACION DE LA FIGURA DE PRESIDENCIA EJECUTIVA DE C.C.S.S.

El nombramiento del presidente ejecutivo por parte del Gobierno, de dudosa

constitucionalidad, y por esa vía la injerencia política, ha quebrado la carrera

administrativa, acarreando frustración y desinterés entre los demás funcionarios.

Mientras no se elimine la figura de la Presidencia Ejecutiva, que obligará a

modificar la Ley Constitutiva de la Caja, solicitamos que se nombre una persona

que haya demostrado compromiso auténtico con la seguridad social pública , que

tenga suficiente libertad de criterio y respeto por sí mismo, para salvaguardar a la

institución de los intereses privatizadores y hacer frente a los intereses de las

transnacionales farmacéuticas.

• EVALUACIÓN OBJETIVA DE LOS IMPACTOS DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO EN LA C.C.S.S.

La evaluación que la CCSS realizó sobre los posibles impactos del TLC con

EEUU, no responden a criterios de neutralidad y seriedad, que se sometieron a los

intereses gubernamentales.

Consideramos que mantener esa posición es peligrosa para el país, por tanto

solicitamos se nombre una comisión de alto nivel, con participación del movimiento

Page 19: Propuesta Sindical sobre salud pública en Costa Rica

Propuesta Sindical a la Presidenta de la República para garantizar a la Población el Derecho a la Salud y Defender la C.C.S.S.

sindical y de otros sectores sociales, que evalúe de manera objetiva las

repercusiones que el TLC tendrá sobre la seguridad social, incluyendo la apertura

del mercado de los seguros obligatorios de vehículos y riesgos del trabajo.

Señora Presidenta Electa, nos adelantamos a quienes juzgarán ingenuas nuestras

propuestas. No nos engañamos, sabemos que el horizonte es de lucha, de una

lucha tenaz por la defensa de la democracia, de la libertad y de la justicia social,

pero eso no nos impide abrir nuestro corazón a la esperanza. Conocemos el papel

que juega la personalidad en la historia y no descartamos que usted decida dar un

viraje al peligroso rumbo que se le ha impuesto a la política en la última década,

de ser así cuente con nuestro apoyo. Sin embargo, dejémonos guiar por nuestro

apóstol Jorge Debravo, excompañero de la Caja, cuando nos enseñó: “La

perfección es el resultado de la lucha. Hay esperanzas endebles arraigadas por el

sueño. La verdadera esperanza se nutre en las realidades diarias”

Señora presidenta solicitamos que estas propuestas sean analizadas con el rigor

que se merecen y le manifestamos nuestro interés en abrir un espacio formal de

diálogo, con la finalidad de tratar de llegar a entendimientos que beneficien las

condiciones sociales y de salud de nuestra población.

Gracias.

San José, 5 de marzo de 2010.

Unión Nacional de Empleados de la Caja y la Seguridad Social, UNDECA.

_______________________________________________ www.undeca.cr