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Tema: Rol de la UIF en la lucha contra el lavado de activos (LA) y el financiamiento del terrorismo (FT) Bloque II.- Compliance en Perú
Sergio Espinosa Chiroque Superintendente Adjunto de la UIF 28 de octubre de 2019
Rol de la UIF para combatir el LA/FT
Realiza investigación financiera de operaciones sospechosas de LA, sus delitos precedentes (corrupción), y del FT reportadas por los sujetos obligados (SO) o de oficio. • Emite informes al Ministerio Público.
Supervisa el Sistema de Prevención LA/FT de los SO. • Este sistema coexiste con el Modelo de Prevención de la Ley N°30424.
Realiza análisis estratégico: tipologías, patrones y estadística.
Monitorea - como Secretaria Técnica de la CONTRALAFT - el cumplimiento del Plan Nacional contra el LA/FT 2018-2021. • Este Plan se articula con el Plan Nacional de Integridad 2018-2021.
El Compliance en Perú
Sistema de Prevención LA/FT (SPLAFT)
Ley N° 27693
Modelo de Prevención
LA, FT y 5 delitos de corrupción
Ley N° 30424
Objetivo: lograr una gestión eficaz para controlar riesgos, salvaguardar la reputación y generar una cultura ética.
Legislación nacional sobre Compliance
Abril 2002 – junio 2017 Ley 27693 y modificatorias SPLAFT
Abril 2012 D. Leg.1106 SPLAFT
Noviembre 2016 D. Leg. 1249 SPLAFT Abril 2016
Ley 30424 Responsabilidad de PJ y Modelo de Prevención (cohecho activo transnacional)
Enero 2017 D. Leg. 1352 Responsabilidad de PJ y Modelo de Prevención (LA, FT, cohecho activo, cohecho activo específico)
•Agosto 2018 Ley 30835 (trafico de influencias y colusión)
Reglamentación del SPLAFT: D. Supremo 020-2017-JUS y
normas sectoriales SBS y SMV
Reglamentación del Modelo: D. Supremo 002-2019-JUS
I. Compliance: Sistema de Prevención LA/FT
• Anual. • Semestral (SBS). • Informes de auditores.
Sujetos Obligados
EBR
OC
Informes
DDC
Manual y Código
Capacitación
Registro Operaciones
Reporte de Operaciones Sospechosas
I. Compliance: Sistema de Prevención LA/FT
Componente de Cumplimiento
Definición de PEP: 5 años.
Responsabilidad del directorio y la gerencia general.
Identificación del Beneficiario Final.
OC.
Obligación de llevar Registro de Operaciones.
Envió de Reporte de Operaciones Sospechosas.
I. Compliance: Sistema de Prevención LA/FT
Componente de Gestión de Riesgos
No forman parte de los riesgos operacional ni reputacional.
Forman parte de una adecuada gestión de riesgos.
Factores mínimos para identificar y evaluar los riesgos LA/FT: (i) clientes, (ii) productos; y, (iii) zonas geográficas.
Los riesgos LA/FT no son financieros en estricto – no se puede medir el impacto o pérdida financiera.
II. Compliance: Modelo de Prevención
Mitigación de riesgos (acciones)
Identificación y evaluación
de riegos
Encargado de
Prevención
ELEMENTOS MÍNIMOS Denuncias
Monitoreo continuo
Capacitación
Las MIPYME solo deben contar con
alguno de los elementos mínimos
II. Compliance: Modelo de Prevención
Registro de actividades y controles
internos
Políticas para áreas
especificas de riesgos
Integración del modelo
en los procesos
comerciales
ELEMENTOS ADICIONALES
(facultativos)
Persona u órgano auditor interno
Mejora continua
del modelo
Procesos para
interrumpir o remediar riesgos
Sistema de Prevención LA/FT y Modelo de Prevención
Similitudes
SPLAFT Modelo de Prevención
Destinatarios Sujetos Obligados PJ.
Todas las PJ.
Delitos LA y FT. LA, FT y 5 delitos de corrupción.
Responsable Oficial de Cumplimiento. Encargado de Prevención.
La misma persona puede ejercer ambas funciones.
Contenido Los componentes del SPLAFT son compatibles y pueden utilizarse para el Modelo de Prevención.
Obligatoriedad Sí Facultativo, pero es eximente de responsabilidad.
Sanciones Supervisor Juez Penal
Sistema de Prevención LA/FT y Modelo de Prevención
Diferencias
SPLAFT Modelo de Prevención
Finalidad principal Evitar el uso con fines LA/FT por parte de clientes, trabajadores,
proveedores y contrapartes.
Evitar que los trabajadores cometan delitos LA/FT o
corrupción.
Informe previo para iniciar proceso
Supervisor no requiere informe técnico de otra entidad.
Fiscalía para formalizar proceso requiere informe técnico de la
SMV.
Responsabilidad penal
Oficial de Cumplimiento tiene responsabilidad penal por no
comunicar operaciones sospechosas.
No existe responsabilidad penal para el encargado de prevención.
Abogados y estudios de abogados que son SO
1. Estándares del GAFI
2. Quiénes son, según el art. 3 de la Ley 29038?
- Rec. 22 y 23.
- Nota interpretativa de la Rec. 22.
- Guía sobre Riesgos LA/FT de profesionales del derecho (junio de 2019).
Aquellos que realizan o se disponen a realizar en nombre de su cliente o por cuenta de este, de manera habitual, las siguientes operaciones:
1. C- V de bienes inmuebles.
2. Administración de dinero, valores, cuentas u otros activos.
3. Organización de aportaciones para las PJ.
4. Creación, administración y/o reorganización de PJ u otras estructuras.
5. C – V de acciones o participaciones de PJ.
Abogados y estudios de abogados que son SO
3. Obligaciones - Resoluciones SBS N° 789-2018 y 2794-2019
4. Estadísticas
- Oficial de Cumplimiento (OC).
- Debida diligencia en el conocimiento del cliente.
Régimen general y reforzado.
- Reportar operaciones sospechosas (ROS).
- Llevar un Registro de Operaciones (RO).
Información de las operaciones no está sujeta al secreto profesional.
- Informe Anual sobre el SPLAFT.
- Deber de reserva.
- 24 estudios registrados ante la UIF como SO.
- De los 24 estudios, 18 cuentan con OC aprobado.
Desafíos de los SO y las PJ en materia de Compliance
Diseñar una Política de Compliance. Alto nivel de compromiso por parte de los directivos de la entidad. 1
Asignar los recursos necesarios para la implementación del Compliance. Recursos tecnológicos, humanos y físicos. Equipo debe contar con altos estándares (profesionales, probidad y confidencialidad).
2
Establecer el órgano responsable del Compliance. La misma persona puede ejercer la función de Encargado de Prevención y de Oficial de
Cumplimiento (optimización de recursos). 3
Dotar de independencia a la gestión del Compliance, pero integrada a los procedimientos de la empresa. 4
5 Identificar, evaluar y mitigar los riesgos. Cliente, producto o servicio y zona geográfica.
Riesgos FT (nacional y extranjero) y de activos virtuales.
Desafíos de los SO y las PJ en materia de Compliance
7 Adoptar mecanismos para identificar al Beneficiario Final (cliente - operación y propietario final de la PJ). Las PJ deben declarar sus beneficiarios finales ante la SUNAT.
Aplicar la debida diligencia en el conocimiento del cliente con un EBR.
Mayor riesgo: medidas reforzadas y menor riesgo: medidas simplificadas.
6
Incluir en sus Códigos de Conducta o Manuales de Ética políticas sobre donaciones y patrocinios. 8
Fomentar una cultura de integridad en el ámbito interno y externo. Desarrollar campañas de sensibilización. Facilitar mecanismos de denuncias (presencial, virtual, anónimas) y protección. Establecer un sistema disciplinario interno para sancionar infracciones.
9 Desarrollar capacitaciones continuas para directivos y empleados. La actividades y los riesgos son dinámicos. Evaluaciones para acreditar efectividad de la capacitación.
10
Gracias
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