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MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL BARRIO DEL CRISTO ALDAIAQUART DE POBLET PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE LIMPIEZA” DE VARIOS EDIFICIOS PÚBLICOS DE LA MANCOMUNIDAD BARRIO DEL CRISTO……………...............................................................................................………… 1 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE LIMPIEZA” DE VARIOS EDIFICIOS PÚBLICOS DE LA MANCOMUNIDAD DEL BARRIO DEL CRISTO

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MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL BARRIO DEL CRISTO ALDAIA‐QUART DE POBLET 

   

 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE LIMPIEZA” DE VARIOS EDIFICIOS 

PÚBLICOS DE LA MANCOMUNIDAD BARRIO DEL CRISTO……………...............................................................................................………… 1 

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA

CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE LIMPIEZA” DE VARIOS EDIFICIOS

PÚBLICOS DE LA MANCOMUNIDAD DEL BARRIO DEL CRISTO

  

MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL BARRIO DEL CRISTO ALDAIA‐QUART DE POBLET 

   

 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE LIMPIEZA” DE VARIOS EDIFICIOS 

PÚBLICOS DE LA MANCOMUNIDAD BARRIO DEL CRISTO……………...............................................................................................………… 2 

INDICE DEL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

Contenido

ARTICULO 1º.- ANTECEDENTES Y OBJETO ................................................................................ 4 

ARTÍCULO 2º.- TRABAJOS A REALIZAR. ...................................................................................... 4 

ARTÍCULO 3º.- CONDICIONES GENERALES DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS............. 4 

ARTÍCULO 4º.- MATERIALES PARA EL SERVICIO DE LIMPIEZA Y DE REPOSICIÓN............... 7 

ARTÍCULO 5º.- PERSONAL, VINCULACIÓN LABORAL Y AFILIACIÓN A LA SEGURIDAD

SOCIAL............................................................................................................................................. 8 

ARTÍCULO 6º.- BAJAS DE PERSONAL. ......................................................................................... 8 

ARTÍCULO 7º.- DELEGADO DE LA EMPRESA EN EL MUNICIPIO. .............................................. 9 

ARTÍCULO 8º.- SERVICIOS EXTRAORDINARIOS Y SU REALIZACIÓN....................................... 9 

ARTÍCULO 9º.- HORARIO / FLEXIBILIDAD. ................................................................................. 10 

ARTÍCULO 10º.- ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO....................................................................... 11 

ARTÍCULO 11º.- AMPLIACIÓN O MODIFICACIÓN DEL SERVICIO. ........................................... 11 

ARTÍCULO 12º.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. .......................................................... 12 

ARTÍCULO 13º.- INSPECCIÓN Y CONTROL................................................................................ 12 

ARTÍCULO 14º.- ENSAYOS........................................................................................................... 13 

ARTÍCULO 15º.- AGUA Y ENERGÍA ELÉCTRICA. ....................................................................... 13 

ARTÍCULO 16º.- INTERRUPCIÓN................................................................................................. 13 

ARTÍCULO 17º.- PROHIBICIÓN DE PERCEPCIÓN DE OTRAS REMUNERACIONES. .............. 13 

ARTÍCULO 18º.- VALOR DE LAS PRESTACIONES. .................................................................... 14 

ARTÍCULO 19º.- OBLIGACIONES LEGALES................................................................................ 14 

ARTÍCULO 20º.- INFRACCIONES Y SANCIONES. ...................................................................... 14 

ARTÍCULO 21º.- PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. ................................................................. 14 

ARTÍCULO 22º.- OTRAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.............................................. 14 

  

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ARTÍCULO 23º.- OBLIGACIONES DE LA MANCOMUNIDAD. ..................................................... 15 

ARTÍCULO 24º.- PRERROGATIVAS DE LA MANCOMUNIDAD................................................... 15 

ANEXO I. DEPENDENCIAS A LIMPIAR OBJETO DE LA CONTRATACIÓN Y PERIODOS. ....... 17 

ANEXO II. PROGRAMACIÓN HORARIA DE LOS TRABAJOS DE LIMPIEZA OBJETO DEL

CONTRATO, SEGÚN PERIODOS. ................................................................................................ 18 

ANEXO III. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LAS

INSTALACIONES DEPORTIVAS DE LA MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL BARRIO DEL

CRISTO (ALDAIA-QUART DE POBLET) ....................................................................................... 21 

ANEXO IV. PLANO DE SITUACIÓN Y DIRECCIONES DE LOS LOCALES A LIMPIAR OBJETO DE

LA CONTRATACIÓN...................................................................................................................... 28 

  

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ARTICULO 1º.- ANTECEDENTES Y OBJETO

Es objeto de este PLIEGO, establecer las características y medios técnicos así como los

diversos criterios de adjudicación para la contratación del “Servicio para la limpieza de Edificios Públicos” dependientes de la Mancomunidad barrio del Cristo y que figuran relacionados en el ANEXO I del presente pliego de prescripciones técnicas, bien en régimen de propiedad o en régimen de alquiler.

El presente pliego de condiciones se redacta para una cuantía económica facilitada por el Área de Administración Mancomunidad cuyo coste es el generado durante el año 2013.

ARTÍCULO 2º.- TRABAJOS A REALIZAR

El tipo y frecuencia de trabajos a realizar viene indicado para cada edificio en este pliego, en concreto en el ANEXO II, a titulo de mínimos exigibles orientativos. No obstante, de común acuerdo entre la empresa adjudicataria y el Ayuntamiento se podrán permutar los trabajos según las necesidades de cada centro, con la salvedad de que se debe de garantizar el cumplimiento de los horarios y jornada de trabajo.

Los servicios de limpieza se realizarán desde el cerramiento del edificio hasta su interior, incluidas todas las dependencias indicadas en los ANEXOS y los trabajos comprenderán, entre otras prestaciones, la recogida de restos orgánicos e inorgánicos.

En caso de que algún elemento no esté contemplado expresamente en el pliego de condiciones se atribuye al Concejal Delegado del Servicio o en su defecto, al Departamento de Obras y Servicios la protestad de determinar su inclusión en el servicio en beneficio de los usuarios del mismo.

ARTÍCULO 3º.- CONDICIONES GENERALES DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS.

4.1).- La empresa adjudicataria responderá de los deterioros que puedan surgir en el

mobiliario, materiales e instalaciones causas por el personal a su servicio, ya sea por negligencia o dolo, reparándolo a su costa o abonando la indemnización correspondiente. Igualmente será responsable el contratista de las sustracciones de cualquier material, valores, efectos, imputables a su persona.

4.2).- Las operaciones y trabajos de limpieza que se contratan se efectuarán de modo que la totalidad de los edificios públicos y dependencias ofrezcan un grado de decoro, salubridad e higiene necesarios para el normal desarrollo de las actividades docentes, administrativas, deportivas, públicas o privadas que le son propias, tanto para el personal empleado como para el personal exterior que pueda acudir a ellos.

  

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4.3).- Con carácter indicativo, se señalan a continuación las diferentes operaciones de limpieza que, según sea el destino de las dependencias y sus características constructivas y/o funcionales y decorativas habrán de efectuarse en ellas:

La aireación y ventilación de habitaciones, aulas, despachos y dependencias se efectuará previa a cualquier operación de limpieza, siempre y cuando las características de las mismas lo posibiliten y las condiciones climáticas lo permitan. El periodo de aireación anterior a la limpieza no será en ningún caso inferior a 15 minutos y el posterior a 5 minutos.

La limpieza y desinfección de los servicios higiénicos, retretes, urinarios, duchas, lavabos, grifería, y restantes aparatos y accesorios que hubiese instalados en ellos, de uso directo y/o cotidiano, incluyendo los parámetros verticales hasta 2 m. de altura, las superficies acristaladas, los pavimentos y escaleras existentes, con independencia del material constructivo, se hará escrupulosamente, utilizando los útiles manuales o mecánicos apropiados y los productos más adecuados como lejías líquidas, desinfectantes en polvo, jabón sintético, arena de mármol, etc….

La limpieza incluirá necesariamente, la reposición de papel higiénico, jabón de uso, toallas, bolsas de plástico, etc., siendo estos materiales por cuenta del contratista.

La limpieza de pavimentos y escaleras comprenderá, de acuerdo con sus características, las operaciones y trabajos siguientes:

Barrido manual o mecánico, con “mop-sec”, o similar, tratado con productos captadores de polvo.

Cepillado y aspirado, mediante máquinas adecuadas, para suelos enmoquetados y alfombras interiores.

Abrillantado y encerado, manual o mecanizado, mediante útiles y máquinas adecuadas y productos homologados.

Fregado manual o mecánico, utilizando jabones sintéticos y arena de mármol, en su caso.

Limpieza de manchas en suelos, pavimentos y moquetas, utilizando materiales y productos quitamanchas adecuados.

Los suelos y pavimentos de linóleo, parqué, madera o mármoles especiales, habrán de ser cepillados a máquina, barridos y abrillantados.

Los suelos de mármol ordinario, cerámicos y similares habrán de ser barridos y fregados.

Los pavimentos blandos tipo “sayplan” y similares, serán fregados con agua y productos desinfectantes.

Los suelos de parqué y de madera, así como las superficies enmoquetadas o alfombras serán barridas y aspiradas, poniendo especial atención a la limpieza de manchas, que habrán de ser tratadas tan pronto como sean observadas.

La limpieza de los parámetros verticales comprenderá las operaciones y trabajos siguientes:

Los azulejos o material cerámico similar, existentes en los servicios higiénicos se fregarán y desinfectarán con productos adecuados.

  

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Los parámetros de material cerámicos, mármol o similar, se fregarán con agua y productos adecuados, seguido de su secado con paño suave, limpio y seco.

Los parámetros de madera, se limpiarán con paño suave, limpio y seco, y aplicación de ceras u otros productos restauradores.

Los parámetros y zócalos pintados al óleo o tratamiento similar, se limpiarán con paño suave, limpio y seco.

Las superficies acristaladas se limpiarán:

Las situadas a una altura accesible, inferior a los dos metros, con productos adecuados y útiles especiales, por ambos lados siempre que ello sea posible, al menos 1 vez a la semana.

Las situadas a una altura accesible, superior a los dos metros, con productos adecuados y vehículos homologados para trabajos en altura superior a 2 metros, con personal cualificado, por ambos lados siempre que ello sea posible, al menos 1 vez al mes.

La limpieza de techos y cielos rasos se efectuará preferentemente con la ayuda de máquinas aspiradoras, excluyendo el uso directo de cepillos y escobas, salvo que hayan sido adecuadamente protegidas con paño suave, limpio y seco.

La limpieza del mobiliario, carpintería de madera, puertas, ventanas, y mamparas se realizará de la siguiente forma:

El mobiliario de madera noble, habrá de ser tratado con productos de limpieza suaves y restauradores de la madera.

Los muebles tapizados, serán cepillados y aspirados con la ayuda de máquinas aspiradoras. Las tapicerías de piel, sintéticas, plásticas y similares, serán desempolvadas y limpiadas con la ayuda de útiles y productos adecuados.

El desempolvado del mobiliario, alcanzará a mesas, sillas, archivos, estanterías, radiadores, extintores y demás elementos, y habrá de efectuarse con paños y gamuzas captadores de polvo.

La carpintería de madera y mamparas, se realizará con productos adecuados.

La limpieza de persianas y cortinas se efectuará de la siguiente forma:

Preferentemente de forma mecánica, con máquinas aspiradoras de polvo.

Las cortinas de material textil, periódicamente serán descolgadas y llevadas fuera para su limpieza especializada.

Las persianas de lana y similares, serán periódicamente desmontadas, para proceder a su cuidadosa limpieza con productos adecuado, ya sea in situ o en el taller del adjudicatario.

La limpieza de dorados, metales, picaportes, teléfonos, pasamanos, maquinaria de oficina y elementos similares, serán limpiados y abrillantados mediante productos adecuados exentos de amoniaco y con la ayuda de un paño limpio, seco y suave.

  

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La limpieza de puntos de luz, se realizará con la ayuda de plumeros y paños suaves, utilizando productos de limpieza no abrasivos para la superficies metálicas, debiéndose desmontar periódicamente los globos y elementos vítreos o cerámicos para proceder a su limpieza.

En aquellos edificios donde estuviesen instalados ascensores y montacargas, se habrán de limpiar cuidadosamente los camerinos de los mismos, así como las puertas en todas sus plantas del edificio, utilizando a tal fin útiles y materiales de limpieza más adecuados y que no alteren o deterioren sus superficies.

En la limpieza y vaciado de papeleras, ceniceros y demás elementos interiores de recogida de residuos se seguirán las siguientes normas:

Serán puntualmente vaciados de su contenido, que será depositado en bolsas o elementos de contención facilitados por el contratista.

Serán limpiados y repuestos en su lugar.

El contenido de las papeleras selectivas de papel, deberán depositarse en los contenedores que a tal efecto tiene instalados la mancomunidad barrio del cristo para este tipo de materia.

Lavado y desinfección, periódicamente el adjudicatario trasladará a sus talleres las papeleras y contenedores instalados en las diferentes dependencias y edificios objeto de la contrata, para proceder a su lavado y desinfección interior y exterior, retornando seguidamente dichos elementos a su lugar de origen.

En todos los casos, las tareas también comprenderán la retirada en las oportunas bolsas, de los residuos correspondientes, al contenedor de residuos sólidos urbanos emplazado en la vía pública, más cercano al centro o dependencia.

ARTÍCULO 4º.- MATERIALES PARA EL SERVICIO DE LIMPIEZA Y DE REPOSICIÓN.

Serán de cuenta de la empresa adjudicataria todos los materiales y útiles necesarios para la correcta prestación del servicio, como escobas, cepillos, bayetas y gamuzas, cubos, limpiacristales, jabones, detergentes, lejías, limpiamuebles, escaleras, etc…

Igualmente será por cuenta de la empresa adjudicataria el suministro de los materiales de reposición necesarios, como papel higiénico, toalletas de manos, jabón de manos, ambientadores, etc. Y de mantener en perfecto estado de conservación las máquinas y útiles correspondientes de dicho material.

Los licitadores podrán proponer en sus ofertas el empleo de máquinas barredoras, aspiradoras, etc., que puedan suponer una mejor o más económica prestación de los servicios.

Si se advirtiera carencia o escasez de materiales exigidos en la prestación de los servicios, se considerará que éstos no se han prestado o que se han prestado inadecuadamente, a efectos de su pago y demás sanciones que procedan.

El contratista adjudicatario deberá disponer asimismo de los medios necesarios de comunicación (fax, teléfono, contestador automático, etc.), para la recepción de servicios

  

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imprevistos o de emergencia, tanto en días laborales como festivos, incluso sábados y domingos, de manera que pueda dar respuesta de una forma inmediata al servicio urgente requerido.

El tiempo máximo de respuesta será de dos horas desde que se produzca la comunicación del servicio a realizar.

Los servicios solicitados al contratista por este concepto se abonarán, previo acuerdo de las partes contratantes, teniendo como referencia la importancia de los mismos en relación con el precio vigente establecido en el contrato.

ARTÍCULO 5º.- PERSONAL, VINCULACIÓN LABORAL Y AFILIACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL.

El contratista prestará sus servicios a través de las personas que considere conveniente, cuyo número no se fija por la Mancomunidad del Barrio del Cristo y debe ser precisado por aquél. En caso de necesidad de ampliación del personal para la prestación del servicio, deberá de comunicarse este extremo a la Mancomunidad del Barrio del Cristo con quince días de antelación a su contratación.

El personal que utilice el contratista no tendrá relación jurídica, laboral, ni de ninguna otra índole con la Mancomunidad del Barrio del Cristo ni durante el tiempo de vigencia del contrato ni al finalizar éste por la causa que fuere, siendo de cuenta del adjudicatario todas las obligaciones laborales, indemnizaciones y responsabilidades que nacieren con ocasión de este contrato, respecto a los trabajadores que prestaren los servicios que son objeto de esta contratación.

El contratista deberá cumplir en sus relaciones con el personal a su cargo, todas las obligaciones que impongan las normas laborales vigente en cuanto a su contratación, retribuciones que habrán de ser, como mínimo, las que impongan las normas y convenios aplicables, Seguridad Social, altas y bajas y, en general, todas las que nazcan de la relación entre la empresa y los trabajadores.

La Mancomunidad Barrio del Cristo se reserva el derecho a exigir, en cualquier momento, los documentos que acrediten el cumplimiento de estas obligaciones, y de actuar en consecuencia según resulte de la comprobación, incoando expediente sancionador, rebajando el importe de las certificaciones del servicio, suspendiendo el pago de las mismas, exigiendo las responsabilidades oportunas y, en su caso, rescindiendo el contrato, o cualquier otra actuación procedente.

El personal deberá ir uniformado durante el tiempo de prestación del servicio con bata, mono o ropa adecuada de trabajo en buen uso.

ARTÍCULO 6º.- BAJAS DE PERSONAL.

El contratista adjudicatario dispondrá, además del personal ordinario para realizar los

Servicios, el necesario para cubrir las bajas por enfermedad, vacaciones, servicios, etc.., debiéndose sustituir de forma inmediata una persona por otra y permanecer siempre en el servicio el mismo número de ellas.

  

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Cualquier disminución del número de operarios, ocasionado por enfermedad, permisos, etc.., que supere el período de DOS (2) días, deberá ser comunicado inmediatamente al departamento de Obras y Servicios, con el fin de poder comprobar sus sustituciones.

ARTÍCULO 7º.- DELEGADO DE LA EMPRESA EN EL MUNICIPIO.

La empresa adjudicataria deberá tener un “Delegado” en este Municipio con carácter

exclusivo y permanente, con plenos poderes, autoridad y facultades bastantes para inspeccionar, dirigir, ordenar y resolver cualquier contingencia que pudiera surgir en relación con el mismo.

Antes de que comience el plazo de prestación del servicio, el adjudicatario comunicará formalmente a la Mancomunidad el nombre de la persona en quien delega y la dirección en Barrio del Cristo y teléfono de contacto de la misma a efectos de relaciones entre la Mancomunidad y el contratista.

Las notificaciones y avisos de la Mancomunidad a dicha dirección surtirán los mismos efectos que si se hiciera a la sede oficial de la empresa. El “delegado” deberá acudir a la Mancomunidad cuantas veces se le requiera para tratar asuntos del servicio. Si la empresa cambiase de representante o domicilio en Barrio del Cristo, deberá previamente comunicarlo a la Mancomunidad.

El nombramiento de representante a que se refiere esta cláusula se considerará obligación fundamental del contratista y las infracciones sobre la misma se considerarán faltas graves o muy graves.

ARTÍCULO 8º.- SERVICIOS EXTRAORDINARIOS Y SU REALIZACIÓN.

Servicios Ordinarios

No tendrán carácter de servicios extraordinarios, los servicios de limpieza en las dependencias municipales indicadas en el presente pliego y sus anexos, así como tampoco los siguientes servicios:

Limpieza en caso de fenómenos atmosféricos que supongan un aumento del nivel de suciedad (generalmente en zonas al aire libre, como por ejemplo patios de los colegios públicos, pistas deportivas…etc)

Primera limpieza del centro al inicio de la contrata o al comienzo del curso escolar.

Limpieza de cristales, fachadas y techos (según Artículo 4 del presente pliego)

Servicios Extraordinarios

Se considerarán como servicios extraordinarios aquellos que se presten de manera excepcional, ocasionadas por obras, ferias y fiestas, averías, espectáculos, acontecimientos deportivos o culturales, inauguraciones de locales, visitas de autoridades u otros invitados, etc.,

  

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que sean organizados por las respectivas Concejalías y que no se encuentren comprendidos en los apartados anteriores.

En tales casos estos servicios serán ordenados por el Concejal Delegado que organice el evento extraordinario, previo informe de la Intervención Municipal de fondos.

El coste ocasionado por tales servicios extraordinarios podrá sufragarse de alguna de estas dos formas, lo que deberá pactarse previamente a la realización del servicio;

Facturándose directamente a la Concejalía correspondiente que solicitó el servicio.

O, en caso de urgencia, compensándose con una disminución de servicios ordinarios en aquellas áreas o departamentos que dependan de la Concejalía que organice el evento en cada caso.

En la realización de los servicios extraordinarios se cumplirá:

12º.1.- El coste de los servicios extraordinarios se calculará sobre la base de los precios de mano de obra deducibles porcentualmente de este Pliego (precio de adjudicación y número de horas de servicios).

12º.2.- La empresa adjudicataria, en todo caso, deberá atender en días festivos, trabajos de tipo urgente dentro del objeto de este servicio, fijando con claridad el sistema de realización y medios a utilizar.

12º.3.- La empresa adjudicataria comunicará por escrito al Concejal Delegado o, en su caso defecto al Jefe de la Brigada de Obras y Servicios, las fechas de iniciación y terminación de los servicios extraordinarios o especiales, así como el coste ocasionado por los mismos.

Solicitud de Servicios Extraordinarios

Cuando esta Mancomunidad solicite a la empresa adjudicataria la realización de servicios imprevistos o de emergencia, tanto en días laborales como festivos, incluso sábados y domingos, la empresa adjudicataria tendrá un tiempo máximo de respuesta de cuatro horas desde que se produzca la comunicación del servicio a realizar.

Los servicios solicitados al contratista por este concepto se abonarán al precio / hora de Servicio Extraordinario estipulado en la Plica por parte del adjudicatario, e irán a cargo de la partida presupuestaria municipal que indique el Servicio de Intervención Municipal de Fondos.

ARTÍCULO 9º.- HORARIO / FLEXIBILIDAD.

Por lo general, la limpieza se efectuará durante las horas que no estén ocupados los locales

o dependencias por los usuarios. Por necesidades del servicio, este horario podrá ser modificado, para que en ningún caso pueda alterar el uso previsto para el edificio. Cuando se estime conveniente por necesidades de la organización del servicio, y de común acuerdo entre la Mancomunidad y la empresa adjudicataria, se podrá compatibilizar el horario de limpieza con el de utilización de los edificios.

  

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Las horas semanales fijadas para cada una de las dependencias en el presente Pliego podrán ser distribuidas, a petición de esta Mancomunidad, de forma distinta a la indicada en la programación del pliego.

No obstante ello se realizará SIEMPRE dentro de los días de servicio, de forma excepcional y previa comunicación al contratista con al menos TRES DIAS de antelación mediante la pertinente notificación escrita.

Nunca se realizarán cambios entre horarios diurnos y nocturnos, así como tampoco entre días laborales y festivos, ya que estos cambios se entienden como “Servicios Extraordinarios”, y en tal caso debería actuarse según lo indicado en el artículo 12º del presente Pliego.

ARTÍCULO 10º.- ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO.

Será de incumbencia del contratista la forma de organizar el trabajo, fijar plantilla necesaria.

El contratista responderá de la perfecta realización del servicio. Si para asegurar ese resultado es necesario reorganizar el servicio, las medidas adoptadas no supondrán, en forma alguna, aumento del precio del contrato que pueda repercutir en la Mancomunidad Barrio del Cristo.

ARTÍCULO 11º.- AMPLIACIÓN O MODIFICACIÓN DEL SERVICIO.

El adjudicatario queda obligado a ampliar el servicio a aquellos edificios, dependencias,

aulas o centros sociales que puedan habilitarse o crearse durante el plazo de vigencia del contrato si la Mancomunidad le requiere para ello, bastando un preaviso de SIETE DIAS (7) anteriores a la fecha en que deba comenzarse a prestar el nuevo servicio.

Para su valoración económica, el adjudicatario vendrá obligado a presentar un presupuesto en el que figurará el personal, materiales o equipos que destinará a la ampliación o modificación, con el correspondiente desglose de precios para su comprobación. Este presupuesto deberá ser aprobado por el Área de Servicios Exteriores Municipal de Fondos, quién establecerá la partida presupuestaria municipal para su financiación y resolución expresa de su aprobación.

La ampliación del nuevo servicio supondrá para el adjudicatario el derecho a percibir un aumento en el precio del contrato, proporcional al servicio que se amplíe y según la valoración aprobada.

En todo caso, los servicios ampliados se prestarán en la misma forma y bajo las mismas cláusulas y condiciones que los originariamente establecidos en la presente contratación. Análogamente se procederá en caso de supresión en el objeto del contrato de algún edificio, dependencia o centro escolar.

  

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ARTÍCULO 12º.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.

Al iniciar la prestación del Servicio, el adjudicatario comunicará la relación nominativa

completa de trabajadores/as destinados a la realización del mismo y su asignación por edificios, indicando las distintas categorías, jefes de equipo, etc… Las modificaciones que se produzcan en el transcurso del servicio, deberán igualmente notificarse inmediatamente.

Cualquier modificación de plantilla así como de la eventual-estructural, deberá ser previamente solicitada para su aprobación en su caso por la Mancomunidad.

Existirá un LIBRO DE PARTES DE TRABAJO E INCIDENCIAS, efectuado con hojas autocalcables, para cada edificio o dependencia, que deberá ser adquirido por la empresa adjudicataria, con el consenso de la Mancomunidad y cumplimentado por la citada empresa a diario (firmándose en cada edificio/s por parte del trabajador correspondiente), pudiendo ser requerido este por el personal autorizado de la Mancomunidad en el momento que se crea oportuno que se crea oportuno, así como exigir copias del mismo.

En él se observarán los trabajos realizados a diario en cada dependencia, el nombre del personal que lo ha realizado así como cualquier incidencia de importancia que haya ocurrido.

Junto a las certificaciones de abono mensuales que la empresa adjudicataria eleve a la Mancomunidad para su cobro, se unirá, copia de los partes diarios de cada centro o dependencia, debidamente firmados por el personal autorizado de la empresa adjudicataria.

ARTÍCULO 13º.- INSPECCIÓN Y CONTROL.

El contratista está obligado al cumplimiento del contrato con estricta sujeción al Pliego de

Condiciones y a las órdenes o instrucciones que dicte o señale a la Mancomunidad para la mejor prestación del servicio.

La dirección, vigilancia y control del servicio corresponderá al Departamento de Obras y Servicios y a los responsables o encargados de los Centros o Edificios Municipales, como interesados directos en la buena prestación del mismo, estando facultados para revisar diariamente al personal, materiales e instalaciones de los servicios; para lo que tendrá acceso a los locales y dependencias del adjudicatario y les serán facilitados cuantos datos precisen respecto a la organización y funcionamiento de los mismos. Será conveniente y valorado en la baremación de la oferta, la implantación de un sistema informático de control horario del personal que realice los servicios de limpieza, que deberá ser en todo caso gestionado por una empresa externa e independiente a la licitante (Véase punto E de los criterios de baremación “No Automáticos”).

Cuando los directores o encargados de los Centros advirtieren omisiones o faltas en la prestación del servicio o deficiencias en el mismo lo comunicarán al Departamento de Obras y Servicios, en el correspondiente parte, a efectos de deducir en la certificación mensual los trabajos no realizados y, en su caso, abrir expediente sancionador.

  

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Además se pondrán proponer cuantas disposiciones estimen convenientes para la mejor prestación y ejecución de los servicios, aún cuando no estén taxativamente señalados. Dichas disposiciones deberán de ser cumplidas por el adjudicatario y la inspección, serán resueltas por Departamento de Obras y Servicios en un principio o por el Concejal/a delegado/a o la Alcaldía en su caso.

En caso necesario, se levantará acta de incumplimiento, si se produjera alteración en el plazo o forma de ejecución de los trabajos.

ARTÍCULO 14º.- ENSAYOS.

La Mancomunidad del Barrio del Cristo, a través de quien corresponda o en concreto a los

Servicios Técnicos del Departamento de Obras y Servicios con el visto bueno del Concejal/a delegado/a podrá solicitar del adjudicatario, los informes, datos y apoyo técnico necesario para la realización de trabajos de tipo experimental, ensayos, nuevas técnicas y mediciones, cuando así se considere conveniente, sin que ello suponga incremento en el precio.

ARTÍCULO 15º.- AGUA Y ENERGÍA ELÉCTRICA.

El gasto de agua y energía eléctrica necesaria para la limpieza, corresponderá el pago a la

Mancomunidad, debiéndose realizar por el contratista un eso racional de los mismos.

ARTÍCULO 16º.- INTERRUPCIÓN.

En los casos de interrupción, cese total o parcial en la prestación del servicio por cualquier

causa, la empresa adjudicataria vendrá obligada, dentro de las 24 horas siguientes al requerimiento del Pleno de la Mancomunidad o Alcaldía en su caso, a poner a disposición de la Mancomunidad, todo su material y medios, al objeto de garantizar el servicio mediante el personal de las empresas que voluntariamente se preste a ello, o del que, para estos fines, habilite la Mancomunidad.

El incumplimiento de esta obligación por parte de la empresa adjudicataria, será causa de rescisión del servicio, con los efectos legales correspondientes.

Si la interrupción o cese fuera imputable a la empresa adjudicataria, la Mancomunidad repercutirá el mayor costo ocasionado, sin perjuicio de las sanciones a que hubiera lugar.

ARTÍCULO 17º.- PROHIBICIÓN DE PERCEPCIÓN DE OTRAS REMUNERACIONES.

La empresa adjudicataria y las personas que concretamente realizan el servicio por cuenta

de la misma no podrán percibir percepción o remuneración alguna de los Directores, Claustro de Profesores, Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos de los Centros o de cualquier otra persona o entidad que tuviere relación con este servicio.

  

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ARTÍCULO 18º.- VALOR DE LAS PRESTACIONES.

El pago del precio total en cada mensualidad procederá solo en el supuesto de que se

hayan prestado en forma satisfactoria todos los servicios objeto del contrato.

En consecuencia se deducirán en las correspondientes certificaciones las cantidades relativas a prestaciones no efectuadas o que lo hubieran sido en forma defectuosa.

ARTÍCULO 19º.- OBLIGACIONES LEGALES.

Incumbe a la empresa adjudicataria el cumplimiento de las obligaciones que impongan las

leyes, reglamentos y disposiciones vigentes en materia de ámbito laboral, industrial, seguros sociales y accidentes de trabajo, quedando exenta la Mancomunidad de cualquier responsabilidad por incumplimiento que la empresa adjudicataria pudiera hacer de dichas disposiciones y de las que dicten en el futuro.

ARTÍCULO 20º.- INFRACCIONES Y SANCIONES.

Las infracciones cometidas por el adjudicatario en el cumplimiento del contrato, se

calificarán como faltas leves, graves o muy graves, y serán sancionadas con arreglo a lo dispuesto en el Pliego administrativo del presente procedimiento de contratación.

ARTÍCULO 21º.- PROCEDIMIENTO SANCIONADOR.

Las faltas cometidas por el contratista se sancionarán con arreglo al procedimiento indicado

en el Pliego de cláusulas administrativas.

ARTÍCULO 22º.- OTRAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.

El adjudicatario está obligado al cumplimiento del contrato con estricta sujeción al Pliego de

Condiciones Administrativas, al presente Pliego de prescripciones técnicos a las directrices o instrucciones que dicte o señale por la Mancomunidad para la mejor prestación del servicio.

La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, y éste no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados, salvo en los casos de fuerza mayor legalmente establecidos.

En especial, serán obligaciones del adjudicatario las siguientes:

  

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a) Prestar el servicio en la forma establecida en el Artículo 4ª de este Pliego, durante el plazo y con la continuidad requerida en el ANEXO del mismo, así como cuidar el buen orden del mismo.

b) Utilizar los medios y materiales adecuados y necesarios para la realización del servicio en las debidas condiciones.

c) Cumplir las obligaciones que como empresario le impone la legislación social y fiscal y, respecto del personal a su servicio, las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, bajo su específica y personal responsabilidad en todos los órdenes, quedando la Mancomunidad exonerada de responsabilidad en caso de incumplimiento.

d) Indemnizar los daños que, en su caso, pueda causar la Administración municipal o a terceros como consecuencia de la ejecución del servicio.

e) Responder frente a terceros del servicio contratado y del desarrollo de su ejecución, así como de daños y perjuicios, de cualquier clase, pudiera causar el personal de él dependiente, o por el contratado, interviniendo culpa o negligencia. En caso de accidente o perjuicio de cualquier índole ocurrido a su personal o causado a terceros como consecuencia de la ejecución del servicio, la Mancomunidad queda exonerada de cualquier responsabilidad principal o subsidiaria, civil o penal, responsabilidad que asumirá expresamente el contratista.

f) Ejercer por sí la concesión y no cederla o traspasarla a terceros sin la anuencia de la Corporación.

g) Seguir las instrucciones y directrices que señale la Mancomunidad, a través del Concejal delegado del Departamento de Obras y Servicios, para la realización de los trabajos que constituyen el objeto contractual.

h) Suscribir póliza de seguro de responsabilidad civil de, al menos 400.000 euros, para responder de los daños que pueda causar con motivo de la prestación del servicio contratado; esta cifra deberá ser actualizada anualmente de acuerdo con las variaciones porcentuales que experimente el índice de precios al consumo (IPC) fijado por el Instituto Nacional de Estadística y organismo similar.

i) Prestar los servicios de emergencias que pueda solicitar la Mancomunidad con motivo de la celebración de actos culturales o festivos que organice.

ARTÍCULO 23º.- OBLIGACIONES DE LA MANCOMUNIDAD.

La Mancomunidad prestará al contratista la colaboración necesaria para que pueda prestar

el servicio adecuadamente y deberá efectuar los pagos en la forma y plazos especificados en el pliego de cláusulas administrativas particulares.

ARTÍCULO 24º.- PRERROGATIVAS DE LA MANCOMUNIDAD.

  

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1.- La Mancomunidad, a través de el Concejal Delegado del Servicio o de los Técnicos del Departamento de Obras y Servicios que se designen al efecto, podrá inspeccionar, impulsar y dirigir la ejecución de los trabajos, indicándole al contratista las modificaciones que proceda introducir por razón de interés público, así como dictar las órdenes precisar para mejorar la prestación del servicio.

2.- Imponer al contratista las correcciones pertinentes por razón de las infracciones que pudiera cometer.

  

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ANEXO I. DEPENDENCIAS A LIMPIAR OBJETO DE LA CONTRATACIÓN Y PERIODOS.

DIAS LABORALES

- C.P. NTRA SRA. DEL CARMEN, INCLUIDO PABELLÓN DE EDUCACIÓN INFANTIL.

- C.P. VTE. BLASCO IBÁÑEZ, INCLUIDO PABELLÓN DE EDUCACIÓN INFANTIL.

- CENTRO DE E.P.A.

- MERCADO MUNICIPAL.

- CENTRO DE DÍA.

LUNES, MIÉRCOLES Y VIERNES.

- CENTRO DE INFORMACIÓN Y ANIMACIÓN JUVENIL (CIAJ).

- ALMACÉN MUNICIPAL.

- AULAS DE TALLER DE COCINA.

- AULAS DE FORMACIÓN (SERVICIOS SOCIALES ANTIGUO)

- ASOCIACIÓN MUSICAL.

- SEDE DE LA MANCOMNIDAD (ADMINISTRACIÓN, BIBLIOTECA, SERVICIOS SOCIALES, BARRIO EMPLEO, POLICÍA LOCAL, EDUCACIÓN, SALA DE COMISIONES, SALÓN DE ACTOS Y ELEMENTOS COMUNES).

- CASA DE LA DONA.

LUNES, SÁBADO Y DOMINGO.

- PAELLEROS.

MENSUALMENTE.

- PARADAS DE AUTOBUSES.

ÁREAS DEPORTIVAS. SE DETALLA EN EL ANEXO III.

  

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ANEXO II. PROGRAMACIÓN HORARIA DE LOS TRABAJOS DE LIMPIEZA OBJETO DEL CONTRATO, SEGÚN PERIODOS.

ÁREAS ADMINISTRATIVAS

FRECUENCIA OPERACION

Diaria Barrido húmedo de suelos

Diaria Fregado de suelos según necesidad

Diaria Aspirado de alfombras y moquetas según necesidad

Diaria Limpieza y desinfección de aseos: sanitarios, alicatados y pavimentos

Diaria Desempolvado y limpieza de mobiliario

Diaria Limpieza de ceniceros y papeleras

Diaria Limpieza de barandillas y pasamanos

Diaria Limpieza de manillas y alrededores

Diaria Reposición papel higiénico y jabón

Semanal Limpieza a fondo de la superficie de las mesas

Semanal Desempolvado de extintores y radiadores

Semanal Limpieza de puertas exteriores e interiores; marcos y cristales de las mismas

Semanal Limpieza de balcones.

Semanal Lavado de las toallas

Mensual Limpieza de los cristales por la cara interior

Mensual Limpieza de los cristales por la cara exterior *

Mensual Limpieza de patios interiores

Mensual Limpieza de cubiertas y terrazas planas

Trimestral Limpieza de exteriores de luminarias, plafones y lámparas

Cuatrimestral Limpieza de marcos exteriores de ventanas

Cuatrimestral Limpieza de marcos exteriores de ventanas

Semestral Limpieza de persianas

Anual Lavado de cortinas

Anual Decapado, cristalizado y abrillantado de pavimentos

  

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Anual Limpieza de techos y paredes

Anual Limpieza de Canalones y pesebres

Anual Limpieza general

CENTROS EDUCATIVOS

FRECUENCIA OPERACION

Diaria Barrido húmedo de suelos

Diaria Fregado de suelos según necesidad

Diaria Aspirado de alfombras y moquetas según necesidad

Diaria Limpieza y desinfección de aseos: sanitarios, alicatados y pavimentos

Diaria Desempolvado y limpieza de mobiliario

Diaria Limpieza de ceniceros y papeleras

Diaria Limpieza de barandillas y pasamanos

Diaria Limpieza de manillas y alrededores

Diaria Reposición de papel higiénico y jabón en los edificios indicados

Semanal Limpieza a fondo de la superficie superior de las mesas y pupitres

Semanal Desempolvado de extintores y radiadores

Semanal Limpieza de puertas exteriores e interiores: marcos y cristales de las mismas

Semanal Limpieza de balcones

Semanal Lavado toallas

Semanal Limpieza de patios exteriores y patios de uso escolar.

Mensual Limpieza de los cristales por la cara interior

Mensual Limpieza de los cristales por la cara exterior *

Mensual Limpieza de patios interiores

Mensual Limpieza de cubiertas y terrazas planas

Mensual Limpieza de las moquetas y alfombras de las aulas de Educación Infantil y especial

Trimestral Limpieza superficie inferior de las mesas y pupitres, cajones y patas

Trimestral Limpieza de exteriores de luminarias, plafones y lámparas

Trimestral Limpieza de persianas

  

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Cuatrimestral Limpieza de marcos exteriores de ventanas

Cuatrimestral Lavado de moquetas

Cuatrimestral Limpieza de techos y paredes

Cuatrimestral Limpieza general

Semestral Limpieza de las cortinas

Anual Decapado, cristalizado y abrillantado de pavimentos

Anual Limpieza de Canalones y pesebres

Anual Limpieza de persianas exteriores

Anual Limpieza general antes del comienzo de las clases

NOTA: El exterior de cristales de difícil accesibilidad se limpiaran como mínimo 2 veces al año.

CENTROS DEPORTIVOS. SE DETALLA EN EL ANEXO III.

PAELLEROS.

Tendrá la misma consideración que los centros deportivos.

PARADAS AUTOBUSES.

Mensualmente.

  

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ANEXO III. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DE LA MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL BARRIO DEL CRISTO (ALDAIA-QUART DE POBLET)

  

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CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DE LA MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL BARRIO DEL CRISTO (ALDAIA – QUART DE POBLET).

Las necesidades a satisfacer mediante el presente contrato consistirían en mantener la totalidad de las instalaciones deportivas en las debidas condiciones de higiene y salubridad necesarias para el desarrollo de las actividades que se realizan en las mismas, teniendo en cuenta: Los horarios y usos de las instalaciones deportivas:

o Pabellón Cubierto: Lunes a viernes de 8.00 a 23.30 horas, sábados de 9.00 a 21.30 horas y domingos de 9.00 a 21.30 horas.

o Polideportivo: Igual horario Pabellón cubierto. o Balneario: Lunes a viernes de 9.00 a 22.00 horas, sábados de 9.00 a 21.00 horas y

domingos de 9.00 a 14.00 horas. o Los días festivos las instalaciones de Pabellón, Polideportivo y balneario

permanecerán cerradas al público. o Campo de Fútbol: Lunes a viernes desde las 16.30 hasta las 22.30 horas. Sábados y

domingos a partir de las 8.00 horas (partidos). o Piscina de verano: Se estiman un total de 104 días de servicio máximo. 15 días para la

limpieza de puesta a punto, previos a la apertura de la instalación. 4 días de recogida y limpieza una vez terminada la temporada y un máximo de 85 días de temporada.

o Durante los meses de julio y agosto las instalaciones de balneario permanecerán cerradas al público.

o Durante el mes de agosto las instalaciones del Pabellón y Polideportivo permanecerán cerradas al público durante un período de 21 días.

o La piscina de verano solo abrirá durante los meses de verano a determinar, los cuáles abarcarán entre los meses de junio a septiembre.

Prestaciones y obligaciones del servicio de limpieza de las Instalaciones Deportivas.

1. Los servicios de limpieza alcanzan la totalidad de las dependencias e instalaciones definidas en el Pabellón Cubierto, Polideportivo, Balneario, Campo de fútbol y piscina de verano de la Mancomunidad Intermunicipal Barrio del Cristo, Aldaia – Quart de Poblet, así como aquellos sectores comunes y colindantes a las citadas instalaciones que constituyen un todo con la misma. Estos servicios también alcanzan a las pistas exteriores del polideportivo, pasillos exteriores alrededor de las pistas de juego al aire libre, cerramientos pistas pádel y pasillos alrededor de las zonas de petanca, juegos saludables y parque infantil.

2. Los servicios de limpieza deberán prestarse de lunes a domingo. 3. Durante el mes de agosto se establecerá un servicio mínimo de limpieza que cubrirá la

limpieza y barrido de los exteriores de la zona deportiva y anexos ubicada en el Parque Polideportivo El Perdiguer. Las instalaciones que cierren durante el mes de agosto deberán ponerse a punto antes de su apertura.

  

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4. La limpieza de las instalaciones se efectuará preferentemente durante las horas que no estén ocupadas por los usuarios. Por necesidades del servicio, se podrá establecer en horario de tarde un servicio mínimo de limpieza, destinado a mantener en buenas condiciones de higiene las zonas de riesgo por contacto. Se podrá compatibilizar el horario de limpieza con el de utilización de las instalaciones de común acuerdo entre la Mancomunidad y la empresa adjudicataria.

5. Los servicios de limpieza se extienden a la totalidad de las instalaciones y dependencias, así como, pavimentos, suelos, puertas, ventanas, mobiliario y demás enseres, servicios higiénicos, escaleras, gradas fijas y telescópicas, complementos, paredes, techos, barandillas, fachadas, muros, cubiertas y aceras exteriores en torno a los edificios, y cualquier otro elemento análogo que se construya o instale.

6. En la ejecución del servicio el adjudicatario empleará la maquinaria y materiales adecuados, según las características de los distintos locales, en superficies, mobiliario y demás elementos.

7. Los productos, líquidos y detergentes utilizados deberán estar homologados. Se prohibirá el empleo de aquellos que dañen, produzcan corrosión o perjudiquen las superficies sobre las que se aplican, especialmente pavimentos, metales y mobiliario. El adjudicatario pondrá a disposición de la Mancomunidad las fichas de los datos de seguridad de los productos de limpieza utilizados y presentes en la instalación.

8. Los materiales, máquinas, productos y demás útiles a utilizar en la prestación del servicio de limpieza serán por cuenta exclusiva del adjudicatario y se consideran incluidos en el precio del contrato.

9. Los residuos producidos por la prestación del servicio de limpieza se depositarán en bolsas en contenedores en el lugar que se señale para su posterior recogida por el servicio de limpieza.

10. El contratista se encargará del vaciado de cubos y papeleras, depositando dichos desperdicios en los lugares designados y clasificados para tales fines.

11. Si fueran efectuadas obras de reforma en las dependencias y edificio objeto del contrato, el contratista adjudicatario limpiará el inmueble afectado en un plazo de cinco días a partir de la notificación de la orden de limpieza.

12. En caso de efectuarse una competición deportiva en la pista central del pabellón el adjudicatario limpiará los espacios y accesos de las gradas retráctiles, incluida la zona por debajo de las mismas.

13. El adjudicatario será respetuoso con el medio ambiente por lo que se implicará con el contratista en una gestión sostenible.

14. El mínimo de horas de limpieza a cubrir diariamente por el adjudicatario en cada una de las instalaciones deportivas será de:

a) Pistas deportivas y pasillos exteriores alrededor de las pistas de juego: 3 h/día. b) Vestuarios Pabellón / Polideportivo: 4 h y media/día. c) Restos dependencias pabellón y polideportivo: 6 h/día. d) Campo de fútbol: 4 h y media/día. e) Piscina de verano: 5 h/día f) Balneario: 4 h/día

  

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TAREAS DE LIMPIEZA DIARIA:

1. Barrido de pasillos exteriores zona polideportiva. 2. Barrido, fregado y desinfección minuciosa de: a. Vestíbulo o Hall de entrada, accesos de público, pasillos y escaleras. b. Vestuarios, duchas y Servicios. c. Botiquín (enfermería ) d. Salas de actividad físico-deportiva. e. Zona bajo taquillas. 3. Barrido en seco o húmedo pista central pabellón. 4. Limpieza y desinfección de lavabos, sanitarios, bancos, accesorios y zonas de riesgo

por contacto. 5. Limpieza y desempolvado de la maquinaria de fitness y complementos. 6. Limpieza de papeleras y vaciado de cubos de basura. 7. Reposición del papel higiénico, jabón y toallitas seca-manos.

TAREAS DE LIMPIEZA EN DÍAS ALTERNOS:

1. Barrido de pistas de juego exteriores. 2. Limpieza de teléfonos y pantallas de ordenador con productos específicos. 3. Repaso de espejos vestuarios, salas de actividad físico-deportiva, mostradores, mamparas

y superficies divisorias. 4. Barrido, fregado y desinfección Pasillos Gradas. 5. Barrido, fregado y desinfección Oficinas, sala de reuniones, recepción, zonas de estancia y

despachos. 6. Barrido, fregado y desinfección Ascensor. 7. Repaso de puertas, cristales de zonas y dependencias de tránsito constante por parte de los

usuarios de la instalación. 8. Limpieza y desempolvado de mobiliario, taquillas, secadores, portarrollos, dosificadores de

jabón, radiadores, cuadros, elementos decorativos y otros.

TAREAS DE LIMPIEZA A REALIZAR QUINCENALMENTE:

1. Fregado profundo de la pista central pabellón. 2. Limpieza a fondo de cristales y espejos de las salas de actividad física.

TAREAS DE LIMPIEZA A REALIZAR MENSUALMENTE:

1. Limpieza a fondo de Alicatados vestuarios, duchas, servicios y botiquín. 2. Limpieza a fondo del mobiliario. 3. barrido de almacenes. 4. Limpieza a fondo de rociadores duchas y grifería de duchas y lavabos, con productos

desincrustantes de óxido y cal.

  

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5. Limpieza a fondo con productos especiales de elementos de acero inoxidable, barandillas, dosificadores, elementos discapacitados, mandos de duchas y lavabos, así como otros objetos metálicos.

6. Limpieza de techos, paredes, ventanas, persianas, contraventanas y marcos. 7. Limpieza de puntos de luz por el exterior y regletas. 8. Limpieza de cristales interiores y exteriores. 9. Limpieza con agua pistas de juego exteriores polideportivo.

TAREAS DE LIMPIEZA A REALIZAR TRIMESTRALMENTE:

1. Limpieza grafitis puertas de la entrada principal Pabellón y polideportivo. 2. Limpieza de polvo en paredes. 3. Vaciado de estanterías y limpieza a fondo de polvo en las mismas. 4. Limpieza mecánica contra las huellas de los zapatos y de resina de la pista central del

pabellón y salas de actividad física, con productos adecuados. 5. Limpieza cristales pistas pádel.

TAREAS DE LIMPIEZA A REALIZAR SEMESTRALMENTE:

1. Lavado de cortinas, tapicerías. 2. Limpieza del material deportivo para las actividades. 3. Limpieza y desempolvado de conducciones y canalizaciones de aire acondicionado y

tubos de renovación de aire. 4. Limpieza a fondo y fregado de paredes y zócalos, tanto interiores como exteriores, si el

material de fabricación empleado lo admitiese, con productos adecuados a las características de estos.

5. Limpieza y abrillantado de ventanales no accesibles, asumiendo la empresa adjudicataria todos los medios de elevación, andamiaje, elementos de protección y seguridad necesarios para realizar los trabajos previstos.

TAREAS DE LIMPIEZA A REALIZAR ANUALMENTE:

1. Vitrificado del pavimento que lo admita. 2. Limpieza a fondo de almacenes, retirando estanterías y mobiliario pertinente, para

facilitar la limpieza y desinfección. Posteriormente se colocarán en su sitio y se limpiará y ordenará todo el material allí almacenado.

3. Limpieza profunda de puntos de luz, tapizados, interior de taquillas, puertas y ventanas. 4. Limpieza de techos, paredes, vigas, cubiertas interiores pista central pabellón y salas de

actividad física. 5. Limpieza de canastas, porterías, luminarias, repisas y otros elementos ubicados en la

pista central del Pabellón. 6. Limpieza de cubiertas exteriores instalaciones deportivas Pabellón, Polideportivo,

Balneario, piscina de verano y Campo de Fútbol. 7. Limpieza grafitis entrada Parque Polideportivo El Perdiguer.

  

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PRESTACIONES Y OBLIGACIONES DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LA PISCINA DE VERANO:

El periodo del servicio a cubrir para cada año natural se llevará a cabo entre los meses de mayo y septiembre, por un total máximo de 520 horas de servicio.

Limpieza previa a la apertura de la instalación para su puesta a punto. La limpieza previa se llevará a cabo con tiempo suficiente antes de la apertura de la

instalación al público y alcanzará a la totalidad de sus instalaciones. Ver áreas de limpieza. Limpieza de la instalación durante el período de apertura de la misma según

los horarios establecidos. El total de días máximos estimados de apertura de la instalación será de 84, pero

este variará en función de las posibilidades y necesidades del servicio.

Cierre de la instalación:

Tras el cierre de la instalación y a lo largo de los cuatro días siguientes, se llevará a cabo una limpieza general y recogida de materiales y enseres de la instalación para proceder al cierre total de la misma.

Áreas de limpieza:

Vestuarios Aseos Recepción y despachos Duchas vestuarios. Grifería vestuarios. Rociadores duchas vestuarios. Lavabos Almacén Enfermería Paredes y alicatados Techos Puertas y pomos Ventanas Mobiliario Complementos Cristales Acero inoxidable zona de taquillas y

aseos minusválidos. Sillas socorristas

Los elementos susceptibles de acumular cal, deberán limpiarse con productos desincrustantes cada 20 días como mínimo.

Zonas exteriores: - Vaciado y limpieza de papeleras. - Duchas exteriores (pavimento, alicatados, grifería, rociadores, losetas, etc.) - Pavimento exterior y terrazas. - Puertas metálicas exteriores y correderas. - Luminarias cubiertas picnic. - Persianas cubiertas picnic

 

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DEL PERSONAL DE LIMPIEZA DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS:

1. La empresa adjudicataria proveerá a su personal de las prendas de trabajo necesarias y adecuadas para la prestación de los servicios indicados.

2. Por necesidades del servicio el personal podrá formar parte de los equipos integrantes del protocolo de evacuación y emergencia de las instalaciones deportivas.

3. El personal deberá haber realizado algún curso de prevención contra incendios, planes de emergencia y evacuación, o en su defecto, la empresa adjudicataria asumirá el adiestramiento del mismo a través de conductos oficiales.

4. La Mancomunidad podrá exigir la sustitución del personal, cuando a criterio del responsable de los Servicios Deportivos se indique que el mismo no es adecuado o idóneo para la prestación del servicio.

5. En el caso de que la puesta en marcha de las instalaciones de Balneario se lleve con posterioridad a la adjudicación del servicio, el contratista modificará razonadamente los recursos asignados inicialmente.

 

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ANEXO IV. PLANO DE SITUACIÓN Y DIRECCIONES DE LOS LOCALES A LIMPIAR OBJETO DE LA CONTRATACIÓN.

 

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