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  • Area de gobierno de familia y servicios sociales DIRECCIÓN GENERAL DE MAYORES

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    PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EN EL CONTRATO PARA LA GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE CUATRO EQUIPAMIENTOS Y SERVICIOS MUNICIPALES DE ATENCIÓN A MAYORES (01/06/2011 – 30/9/2013) A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.

    Madrid, 16 de marzo de 2011

  • Area de gobierno de familia y servicios sociales DIRECCIÓN GENERAL DE MAYORES

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    INDICE

    Pág. I. FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE DÍA MUNICIPALES PARA MAYORES………….…………………………………………………………………..

    3

    II. SERVICIO DE FISIOTERAPIA PREVENTIVA Y DE MANTENIMIENTO PARA MAYORES……………………………………………………………………...

    16

    III. APARTAMENTOS MUNICIPALES PARA MAYORES RETIRO ….…… 22 IV. PRECIOS DEL CONTRATO, PRECIOS PÚBLICOS, TARIFAS Y MODELOS DE FACTURACIÓN………………………………………………….…

    31

    V. ALTERACIONES DEL CONTRATO................................................... 40 ANEXO I: IMAGEN CORPORATIVA……………………………………….…….. 43 ANEXO II: PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL…….. 48 ANEXO III: SUBROGACIÓN DE PERSONAL………………………………….. 51 ANEXO IV: INVENTARIO…………………………………... ... ... ... ... ... ... .. 55

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    I. FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE DIA MUNICIPALES PARA MAYORES

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    1.- DEFINICIÓN

    Conforme al artículo 24, de la Ley 39/2006 de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de dependencia, queda definido el Centro de Día de la siguiente manera: "El servicio de Centro de Día o de Noche ofrece una atención integral durante el periodo diurno o nocturno a las personas en situación de dependencia, con el objetivo de mejorar o mantener el mejor nivel posible de autonomía personal y apoyar a las familias o cuidadores. En particular, cubre, desde un enfoque biopsicosocial, las necesidades de asesoramiento, prevención, rehabilitación, orientación para la promoción de la autonomía, habilitación o atención asistencial y personal".

    Constituyen un instrumento básico que permite:

    • La promoción social, evitando el aislamiento y la exclusión social.

    • La prevención del deterioro psico-físico de los usuarios. • El mantenimiento de las funciones psico-físicas y, en su caso, el

    restablecimiento de habilidades perdidas.

    2.- TIPOLOGÍA O MODALIDAD DE CENTRO

    Centro de día para personas mayores con deterioro físico y relacional. En el presente pliego y en lo sucesivo CDF.

    3.- OBJETIVOS

    Los objetivos generales a cumplir en un centro de día de atención

    integral se concretan en los siguientes grupos de interés:

    • La persona en situación de dependencia • La familia y / o cuidadores

    Los objetivos dirigidos a las personas en situación de dependencia son:

    • Promover y mantener su mayor grado de autonomía y funcionalidad posible.

    • Prevenir su incremento de la dependencia a través de la potenciación de sus capacidades cognitivas, funcionales y sociales.

    • Desarrollar las dimensiones de calidad de vida de la persona, con especial incidencia en la autoestima y bienestar emocional.

    • Evitar o retrasar la institucionalización definitiva. • Fomentar su participación e integración sociocomunitaria. • Apoyar a los familiares y/o cuidadores informales.

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    • Fomentar relaciones interpersonales entre los usuarios. • Crear un ambiente próximo al familiar

    Los objetivos dirigidos a la familia y/o cuidadores son:

    • Proporcionales información y asesoramiento. • Dotarles de conocimientos, habilidades y promover actitudes que

    contribuyan a mejorar la calidad de los cuidados. • Formarles para el desarrollo de habilidades que permitan reducir el

    estrés, así como mejorar el estado físico de la familia y / o cuidadores. • Reducir el riesgo de sobrecarga y proporcionarles tiempo libre y

    descanso • Promover la implicación de la familia con el Centro y en especial con el

    Plan de Atención Personalizada de la persona usuaria.

    4.- CARACTERISTICAS DE LOS USUARIOS Los requisitos y obligaciones generales de los beneficiarios, serán los que se contemplan en la Ordenanza municipal por la que se regula el acceso a los servicios de Centros de Día, Centros Residenciales y Apartamentos para mayores del Ayuntamiento de Madrid, aprobada por acuerdo de 29 de julio de 2009 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid. 5.- SERVICIOS Y ATENCIONES QUE SE PRESTAN

    Los servicios que se prestan son:

    5.1. Servicio de Atención social, sanitaria preventiva y rehabilitadota Con las principales actividades:

    5.1.1 Programa de acogida en el Centro de Día El Centro de Día debe disponer de un programa de acogida dirigido al

    usuario y a la familia con el objetivo de informar de los objetivos, actividades y normas del Centro, conocer las instalaciones del mismo, así como presentarle a los profesionales que van a trabajar con él.

    5.1.2 Valoración integral multidisciplinar de la situación personal y familiar.

    En el momento de ingreso de los usuarios se procederá a realizar un estudio y valoración interdisciplinar, en base a los cuales se elaborará un Plan de Atención Personalizada (PAP), que comprenderá todas aquellas actuaciones dirigidas a alcanzar y /o mantener su salud, autonomía personal en el mayor grado posible.

    La valoración integral debe evaluar las siguientes áreas:

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    • Salud física • Funcional (actividades de la vida diaria) • Cognitiva • Afectiva • Socio familiar

    La valoración se debe realizar de forma progresiva a lo largo de los primeros días y completarse en un plazo inferior a un mes. Cada profesional realizará la valoración correspondiente a su área. Una vez finalizada se deben reunir todos los profesionales implicados, elaborando el Plan de Atención Personalizada. Este PAP debe revisarse con una periodicidad mínima de 1 año, y en todo caso cuando se produzca un cambio en la situación inicial.

    De cada usuario debe existir un expediente personal único que constará de: la información social, sanitaria (médica, enfermería, fisioterapia, terapia ocupacional) así como los informes técnicos correspondientes, diagnósticos y tratamientos prescritos y el seguimiento y la evolución del Programa de Atención Personalizada, que se haya fijado, así como las incidencias producidas. Los modelos de documentos, de uso obligatorio, del expediente serán homogéneos en todos los Centros de Día, siendo proporcionados por el departamento de Centros de Día y Residenciales.

    5.1.3 Programa de atención sanitaria:

    Debe comprender las actuaciones propias de la medicina preventiva

    dirigidas a mantener y mejorar la salud de los usuarios, las actuaciones de medicina asistencial necesarias, así como el desarrollo de programas de rehabilitación (fisioterapia, terapia ocupacional) sin perjuicio de la utilización, en su caso, de los servicios sanitarios del Sistema de Salud, al que pueda estar acogido el usuario. Se ocupará de la realización de:

    • Detección de situaciones de riesgo. • Seguimiento de patologías crónicas. • Educación para la Salud. • Fisioterapia grupal, adaptada a las necesidades individuales. • Entrenamiento y mantenimiento de AVD. • Entrenamiento y mantenimiento de las capacidades intelectuales. • Programas de actuación según los distintos protocolos:

    Alimentación y nutrición, Administración de medicación, Control de esfínteres, Prevención de caídas, Protocolos para actuación ante casos de urgencia sanitaria, enfermedades transmisibles y todos aquellos que se determinen de interés para su implantación.

    En cualquier caso, y en todos los centros, la entidad adjudicataria,

    asegurará, la administración de tratamientos farmacológicos específicos

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    como insulina, heparina, colirios, etc, en caso de que cualquier usuario lo necesite.

    5.1.4 Programa de atención social:

    Que incluirá entre sus actividades el diseño de intervención social, la

    atención a las necesidades sociales de los usuarios, la promoción de la integración y participación en la vida del centro, y las relaciones con los familiares de los usuarios.

    Debe incluir como mínimo:

    • Apoyo información y asesoramiento social sobre otros recursos que permitan mejorar su atención.

    • Promover, junto al resto del equipo del centro, actividades culturales, recreativas y de relación social, elaborando un calendario anual de actividades.

    • Apoyar en la integración en el centro. • Promover actividades de participación y de concienciación colectiva a

    través del voluntariado social. Se trata de la puesta en marcha un programa de voluntariado, priorizando el trabajo con voluntarios del distrito en donde se encuentre el centro de día.

    5.2. Servicio de Apoyo a la Familia

    Que incluirá actividades de intervención en el entorno del Centro de

    Día, de participación social y un programa de calidad y mejora continua.

    5.2.1. Apoyo y ayuda en el proceso de cuidado.

    5.2.2. Actividades de formación e información sobre temas vinculados con la enfermedad y con la atención que se presta en el centro de día.

    5.2.3. Ofrecer a la familia su participación en actividades del centro. 5.2.4. Promover su participación en otros programas municipales.

    Se establecerá un calendario semanal de relación con las familias, de

    forma que la intervención familiar se realice de forma programada. Se desarrollará un trabajo semanal estructurado, con las familias o

    cuidadores, basada en: información, formación y apoyo.

    Semestralmente la entidad facilitará información por escrito a los usuarios/familias, al Departamento de Centros de Día y Residenciales y a

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    los Centros de Servicios Sociales sobre la evolución y dependencia de cada usuario, según modelo que facilitará el Departamento de Centros de Día y Residenciales.

    El plan de atención y de actividades será presentado anualmente por la

    entidad adjudicataria y reflejará las actividades terapéuticas y sociales a desarrollar en el centro y dirigidas tanto a los usuarios, como a la familia. Dicha programación deberá ser aprobada por el Departamento de Centros de Día y Residenciales.

    5.3. Servicio de Aseo y cuidado Personal

    El cuidado personal, control y protección del usuario, que comprenderá la prestación de la asistencia necesaria para la realización de las actividades elementales de la vida diaria (aseo, higiene personal, vestido, alimentación), así como aquellas actividades encaminadas a la protección y salvaguarda de su integridad personal.

    Deberá garantizarse el aseo personal diario de los usuarios, que así lo

    requirieran, prestándoles apoyo en el grado que sea necesario en cada caso. Los útiles de aseo de uso personal serán a cargo del usuario.

    El material de incontinencia, las prótesis, órtesis, sillas de ruedas y

    ayudas técnicas de uso personal serán a cargo de los usuarios. El Centro dispondrá de las ayudas técnicas y el apoyo para las

    movilizaciones de los usuarios, durante su estancia, con el objeto de mantener un nivel de funcionalidad y de interacción social adecuada.

    Los usuarios gozarán de libertad de movimientos supervisados dentro

    del recinto, con medidas de seguridad si fueran necesarias. En aquellos casos que, por condicionamiento de índole física o

    psíquica, puedan preverse situaciones de riesgo para la integridad de los usuarios, se establecerán las medidas de protección, seguridad y control necesarios.

    5.4. Servicio de alimentación y nutrición

    Este es un servicio muy sensible por el usuario y familiares, por lo

    que se prestará una gran atención a la satisfacción de los mismos, arbitrando sistemas de medición de la satisfacción, con consultas semestrales a los usuarios y familiares, recogiendo su opinión y sugerencias y con controles de calidad permanentes. Se servirán tres comidas (desayuno, comida y merienda). Los menús deberán ser supervisados por el personal sanitario, debiendo garantizar el aporte calórico y dietético adecuado a su edad. Deben ser variados cuidando su presentación para que

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    sean atractivos y apetitosos. Los menús serán de conocimiento público de los usuarios y los familiares, con una antelación semanal.

    En los Centros de Día se ofrecerá la elección entre dos menús

    diferentes, con el objetivo de mejorar la satisfacción de los usuarios. En términos generales se deben ofrecer dietas especiales con menú soso/sin sal, antidiabético, astringente, para celiacos y triturado, intentando satisfacer las necesidades nutricionales individuales.

    Se prestará la ayuda personal necesaria a los usuarios que no puedan

    comer por sí mismos, utilizando en su caso los medios técnicos o personales precisos.

    Se garantizará el tratamiento y manipulación correcta de los

    alimentos, así como la recogida sistemática de muestras como ordena la legislación vigente.

    La entidad adjudicataria deberá presentar, a la Dirección General de

    Mayores del Área de Gobierno Familia y Servicios Sociales, con carácter mensual, relación de las comidas que se servirán en el centro durante ese período, con el objetivo de comprobar y garantizar la adecuada cobertura de las necesidades nutricionales de los usuarios.

    5.5. Servicio de transporte adaptado

    La entidad dispondrá de medio de transporte adaptado, debidamente

    autorizado, para trasladar de su domicilio al centro y viceversa a los usuarios que lo necesiten. Se entiende por domicilio la vivienda en la que el usuario habita y no la puerta de calle que da acceso al edificio.

    Las principales actividades son:

    Realizar el traslado en vehículo desde el domicilio hasta el Centro de Día y viceversa, de los usuarios que lo demanden y dentro del horario establecido.

    Ayudarles a subir, bajar, situarse en el vehículo y acompañarlos hasta el domicilio.

    Con el objetivo de minimizar los tiempos de espera, la entidad

    adjudicataria dispondrá de un sistema automatizado de llamada diaria a los usuarios que utilizan el transporte, al objeto de que dispongan del tiempo necesario para bajar al lugar concertado de recogida de la ruta.

    El vehículo debe de ir con conductor y con personal auxiliar de clínica,

    acompañante (distinto del personal auxiliar que debe prestar su servicio dentro del edificio del centro de día), para ayudar a los usuarios que lo requieran.

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    Este servicio deberá dar cobertura al Distrito donde esté ubicado el

    centro de día y/o cualquier otro dentro del municipio. El tiempo total de cada ruta, de las efectuadas en el mismo distrito que el centro de Día, no podrá exceder de 30 minutos.

    A tal efecto el número mínimo de vehículos que se determina es el

    siguiente según la modalidad de centros:

    Modalidad Número de vehículos 30 1 45 1,5

    Se llevara en el propio vehículo, en que se realice el transporte de los

    usuarios, hojas de reclamaciones a disposición de los mismos y de sus familiares, debiendo dar cuenta al Ayuntamiento de Madrid de dichas reclamaciones dentro de las 24 horas siguientes en que se efectúe cada reclamación. Los vehículos deberán respetar la imagen corporativa descrita en el anexo I. 6.- CAPACIDAD MAXIMA DE LOS CENTROS

    Se diferencian por el número total de usuarios diarios que atiende,

    según la tabla del Anexo I, del punto 1, del pliego de cláusulas administrativas particulares.

    7.- PERFILES PROFESIONALES

    • Trabajador Social. (Coordinador) • Enfermera. • Fisioterapeuta. • Terapeuta Ocupacional. • Auxiliar de Geriatría/Auxiliar de Clínica. • Conductor.

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    8.- PERSONAL DE LOS CENTROS DE DÍA 8.1. Centros de Día para mayores con deterioro físico

    MODELO PERSONAL JORNADA

    1 Trabajador Social 3 Auxiliares de Geriatría

    Jornada Completa

    1 Fisioterapeuta 1 Terapeuta Ocupacional

    30 CDF

    1Enfermera Media Jornada

    1 Trabajador Social 1 Terapeuta Ocupacional 4 Auxiliares de Geriatría

    Jornada Completa 45 CDF

    1 Fisioterapia Media Jornada 9.- FORMACION CONTINUA MÍNIMA PARA LOS TRABAJADORES. La entidad adjudicataria asegurará como mínimo la impartición de un total de 30 horas de formación, en horario laboral, y 10 horas, fuera del horario laboral (total 40 horas anuales), para cada trabajador. Los temas de formación serán vinculados a la tarea profesional que desempeñe cada trabajador (incluidos los de transporte), dedicando especial atención a la referida al trabajo con personas mayores dependientes. 10.- PROCESO DE ADMISIÓN, BAJA Y MODIFICACIONES

    Las plazas de Centros de Día se solicitarán en el Centro de Servicios

    Sociales de la Junta Municipal correspondiente al domicilio del solicitante, cumplimentando la documentación prevista para tal fin.

    Los requisitos y obligaciones generales de los beneficiarios, serán los

    que se contemplan en la Ordenanza municipal por la que se regula el acceso a los servicios de Centros de Día, Centros Residenciales y Apartamentos para mayores del Ayuntamiento de Madrid, aprobada por acuerdo de 29 de julio de 2009, del Pleno del Ayuntamiento de Madrid

    Tanto la orden de alta, baja y/o cambio de la modalidad de asistencia en el servicio será competencia exclusiva del Departamento de Centros de Día y Residenciales.

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    Motivos de baja permanente:

    1. A petición del usuario

    2. Traslado de municipio

    3. Fallecimiento

    4. Pérdida de requisitos

    5. Incumplimiento de las obligaciones

    6. Incompatibilidad de servicios

    7. Superar periodo máximo de suspensión

    8. No superar periodo adaptación

    9. Otros

    11.- HORARIO El funcionamiento del centro de día es, con carácter general, de lunes a

    viernes, en días laborables y con horario general de 8,15 a 18 horas, si bien los usuarios podrán acceder al centro entre 8,15 y 11 horas y salir entre las 16,30 y 18 horas.

    Dentro del horario establecido y contemplado anteriormente se puede

    establecer flexibilidad en el horario de asistencia de aquellos mayores/usuarios que así lo demanden. Esta flexibilidad se establecerá por la mañana (entrada) o por la tarde (salida), garantizando que las horas de permanencia en el centro de día permitan al usuario hacer uso y aprovechar las actividades que en él se ofertan.

    La utilización de esta flexibilidad no tendrá consecuencias en lo que respecta a la aportación que le corresponda efectuar al usuario de acuerdo a la modalidad y días de asistencia fijados. Se le podrá proporcionar servicio de transporte cuando coincida con el horario de entrada o salida del centro.

    Este uso flexible del centro, a petición de los usuarios/familiares,

    deberá venir conformado y razonado por la coordinadora del Centro de Día.

    12.- MATERIAL DE ACTIVIDADES El material utilizable en las actividades de terapia ocupacional, así

    como la reparación y reposición del material técnico de fisioterapia y material fungible para enfermería, será con cargo exclusivo de la entidad adjudicataria. Todo ello exigible por los importes que figuran en el siguiente cuadro:

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    Modalidad Importe anual exigible 30 plazas 3.500€ 45 plazas 4.000€

    En el momento del inicio del contrato la entidad adjudicataria de la

    gestión del centro se hará cargo del material existente según el inventario que se le entregue por parte de los responsables municipales. Al finalizar el contrato la entidad deberá dejar el material inventariado, así como el material adquirido durante la duración del contrato, en adecuadas condiciones de uso y utilización.

    Anualmente, coincidiendo con la facturación de noviembre, la entidad presentará al Departamento de Centros de Día y Residenciales justificación del gasto realizado por este concepto. En caso de no haber justificado el importe anual exigible, la factura de diciembre incluirá el descuento por el importe no justificado. 13.- ACTIVIDADES DE DIFUSIÓN Y CONOCIMIENTO DEL CENTRO

    El material utilizable para las actividades de difusión y conocimiento

    del Centro, como jornadas diversas, día de puertas abiertas, información del Centro al público e instituciones, actos lúdicos, será con cargo exclusivo de la entidad adjudicataria, previa autorización del Departamento de Centros de Día y Residenciales. Todo ello exigible por los importes que figuran en el siguiente cuadro:

    Modalidad Importe anual exigible 30 plazas 500€ 45 plazas 1.000€

    Anualmente, coincidiendo con la facturación de noviembre, la entidad presentará al Departamento de Centros de Día y Residenciales justificación del gasto realizado por este concepto. En caso de no haber justificado el importe anual exigible, la factura de diciembre incluirá el descuento por el importe no justificado. 14.- APORTACION DEL USUARIO

    Los beneficiarios de los servicios participarán en su financiación de acuerdo con su capacidad económica y el coste del servicio establecido mediante precios públicos, precios autorizados o, en su caso, tarifas vigentes aprobadas por el Ayuntamiento de Madrid.

    La aportación económica mensual del usuario se calculará, con arreglo

    al baremo que se adjunta.

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    Los usuarios abonarán la aportación correspondiente en los 5 primeros

    días del mes en curso, a la entidad adjudicataria, que emitirá los recibos a tal efecto.

    La aportación de los usuarios se calculará mensual o quincenalmente, no pudiendo prorratearse en ningún caso por días de asistencia, sean o no justificadas las ausencias.

    El usuario que acuda a un Centro de Día municipal tiene derecho a

    disfrutar de un mes de vacaciones al año sin efectuar la aportación económica que le corresponde. No obstante, cuando un usuario desee disfrutar un segundo mes de vacaciones abonará el 50% de su aportación en concepto de reserva de plaza.

    En el caso de enfermedad los usuarios quedan excluidos de la

    aportación económica durante un mes, siempre que ésta tenga una duración superior a quince días. Si la duración de la enfermedad es inferior o igual a quince días deberán abonar toda la mensualidad.

    No obstante lo anterior, una vez que el usuario ha recibido el alta

    médica y presente un perfil adecuado para la atención en el Centro de Día, dispone de quince días naturales para incorporarse al centro. En caso de no proceder a la incorporación perderá el derecho a la plaza.

    No será contemplada ninguna otra reducción ni exención de la

    aportación que le corresponda efectuar por ningún supuesto o motivo de ausencia.

    15.- SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO

    El seguimiento técnico de cada caso corresponde al distrito donde esté

    ubicado el centro de día, y se materializarán a través de reuniones periódicas entre el coordinador del centro de día asignado por la entidad y el trabajador social del distrito municipal correspondiente, con el objetivo de realizar el seguimiento de la evolución de los usuarios y de la prestación en general.

    Las relaciones entre la entidad adjudicataria y el Departamento de

    Centros de Día y Residenciales, se canalizarán a través de un coordinador asignado por la entidad.

    Los Centros de Día dispondrán de impresos de solicitud normalizada,

    donde los interesados podrán realizar sus reclamaciones y sugerencias. La entidad adjudicataria será la responsable de cursar por registro municipal

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    las reclamaciones recepcionadas en el plazo de 24 horas naturales desde la fecha de recepción.

    El equipo multiprofesional del centro de día se reunirá al menos

    mensualmente para la revisión de los distintos diseños de intervención. A estas reuniones se podrán incorporar técnicos municipales.

    El seguimiento del contrato se hará mediante la presentación por parte

    de la entidad adjudicataria de la relación de usuarios, especificando días de asistencia, transporte en su caso, aportación económica, altas y bajas del mes conjuntamente con la factura correspondiente a cada mes y centro.

    La empresa realizará los envíos de datos de forma electrónica a través

    de los medios, formas y protocolos que el Ayuntamiento disponga para la actualización de sus bases de datos

    16.- EVALUACION

    Semestralmente la entidad facilitará información sobre la evolución y

    dependencia de cada usuario, según modelo que facilitará el ayuntamiento de Madrid.

    En la memoria anual del centro la entidad adjudicataria incluirá una información cuantitativa del funcionamiento del centro y una evaluación (a 31 de diciembre) sobre la satisfacción de los usuarios.

    La realización de dicha memoria, según modelo que determinará el

    Ayuntamiento, será obligación de la entidad adjudicataria del servicio, y deberá estar a disposición del Departamento de Centros de Día y Residenciales dentro del plazo de 1 mes desde la finalización del período (31 de enero).

    17.- PRECIOS DEL CONTRATO, PRECIOS PÚBLICOS, TARIFAS Y MODELO DE FACTURACIÓN.

    Ver apartado IV 18.- IMAGEN CORPORATIVA

    Ver Anexo I.

    Madrid, 16 de marzo de 2011

    Jefe del Departamento de Centros de Día y Residenciales

    Fdo.: Juan de la Torre Vidal

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    II. SERVICIO DE FISIOTERAPIA PREVENTIVA Y DE MANTENIMIENTO PARA MAYORES

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    1.- DEFINICIÓN El servicio de fisioterapia preventiva y de mantenimiento se

    desarrollará en los centros de día y de mayores que dispongan del espacio y el equipamiento necesario.

    La finalidad es mejorar la capacidad funcional del mayor, evitando el

    deterioro progresivo, mediante actividades de fisioterapia grupal preventiva y de mantenimiento.

    2.- OBJETIVOS

    • Proporcionar atención rehabilitadora de carácter preventivo. • Mantener las habilidades físicas y la autonomía de los mayores. • Aumentar las capacidades funcionales, que con la edad y los procesos

    patológicos ligados a esta, están disminuidas y pueden llegar a ser invalidantes.

    • Mejorar la calidad de vida, facilitando y manteniendo las actividades de la vida cotidiana.

    • Facilitar la integración en el ámbito social.

    3.- CARACTERISTICAS DE LOS USUARIOS Podrá ser usuario de este servicio toda persona:

    • Titular de la tarjeta madridmayor.es • Que no padezca enfermedad infecto-contagiosa. • Afectada de algún deterioro físico, secundario a patología crónica

    invalidante, que haga aconsejable atención fisioterapéutica (ictus residual, parkinson, poliartrosis avanzada...)

    • En caso de necesitar ayuda de una persona para su desplazamiento o transferencias, solo podrá ser admitido si acude al grupo con un acompañante que le auxilie en dichas actividades

    4.- CRITERIOS DE EXCLUSIÓN

    • Incapacidad física invalidante que impida la realización de trabajo

    fisioterapéutico en grupo. • Enfermedad física aguda o subaguda que precise de tratamiento

    específico y por tanto requiera atención en un nivel del sistema sanitario. • Enfermedad cardiaco-respiratoria o infecciosa que contraindique el

    ejercicio. • Enfermedad mental que impida la colaboración y trabajo en grupo. • Quedan excluidas las personas mayores sin ningún problema, y que

    puedan beneficiarse de otros tipos de ejercicio físico (polideportivo, grupos con monitor de gimnasia, etc.).

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    5.- PROCESO DE ADMISION

    Las personas que deseen acceder a los grupos de fisioterapia preventiva y de mantenimiento del Ayuntamiento de Madrid, deben acudir al CSS de la Junta Municipal de su distrito, donde se les informará de la solicitud que han de cumplimentar y a la que deberán adjuntar un informe médico, que justifique su estado de salud con indicación de si puede o no realizar la actividad que solicita.

    Una vez recibida esa documentación y concretada la idoneidad del recurso, desde el CSS se realizará la propuesta de alta al coordinador del Centro de Día correspondiente.

    El fisioterapeuta de la entidad procederá a efectuar la valoración de las características del usuario, su capacidad funcional y sus necesidades.

    Una vez admitido el usuario, se elaborará un programa de actuación y se diseñarán los objetivos con indicación de la temporalidad para su consecución, pudiendo permanecer en el servicio hasta que los mismos se cumplan, no obstante el fisioterapeuta trimestralmente efectuará evaluación y seguimiento de cada caso.

    Una vez admitido, el usuario formalizará el pago mensual correspondiente a los días de asistencia asignados.

    Los usuarios abonarán la aportación correspondiente en los 5 primeros días del mes, a la entidad adjudicataria, que emitirá los recibos a tal efecto.

    La aportación de los usuarios se calculará mensual o quincenalmente, no pudiendo prorratearse en ningún caso por días de asistencia, sean o no justificadas las ausencias.

    6.- COORDINACION

    Las relaciones entre la entidad adjudicataria y la Dirección General de

    Mayores del Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales se canalizarán a través del profesional del centro de día, designado por la entidad.

    Dicho profesional, igualmente, mantendrá reuniones periódicas con los

    técnicos municipales correspondientes a cada distrito donde se efectúa la actividad para realizar el seguimiento de la evaluación de los usuarios y de la prestación en general.

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    7.- FUNCIONAMIENTO Los grupos funcionarán en días laborables, de lunes a viernes,

    contemplando la posibilidad de que los usuarios acudan al mismo desde 1 día a un máximo de 5 días a la semana.

    La definición operativa de un grupo de fisioterapia preventiva es la

    siguiente: sería aquel grupo que destinando una hora diaria, de lunes a viernes, está compuesto de un total de entre 10 y 15 usuarios. Estos pueden acudir en distintas modalidades de asistencia (1, 2, 3, 4 o 5 días a la semana)

    El número máximo de grupos a iniciar por lote, de manera simultánea,

    será de tres, Si un centro tuviera demanda suficiente para organizar más de tres grupos simultáneos al día, deberá solicitar a la Dirección General de Mayores autorización para poner en marcha el cuarto grupo y los sucesivos que necesite. No se iniciará la actividad hasta tener la autorización expresa de la Dirección General de Mayores.

    Los grupos estarán formados por 15 usuarios. Un grupo no podrá

    iniciarse si no cuenta con al menos 10 personas/grupo/ diarias. La duración de las sesiones, será de una hora por grupo y el horario se

    establecerá teniendo en cuenta no interferir con el horario de actividades del centro de día o del centro de mayores. Además de las horas efectivas de trabajo grupal, el fisioterapeuta dedicará un tiempo estimado en una hora semanal por cada grupo constituido para la realización de nuevas valoraciones.

    En la medida de lo posible se realizaran actividades encaminadas a

    paliar o mejorar problemas específicos (trastornos del equilibrio, caídas, insuficiencia cardiovascular, debilidad muscular), siempre desde la óptica grupal y de mantenimiento funcional.

    En ningún caso estarán incluidas actividades específicas para el

    tratamiento individualizado.

    8.- EQUIPAMIENTO

    Para el desarrollo de la actividad de fisioterapia será necesario disponer de un gimnasio/sala de rehabilitación, o una sala diáfana y amplia, equipada adecuadamente para su labor.

    Es muy recomendable contar con aseos y vestuarios, en número

    proporcional al de usuarios.

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    9.- SEGUIMIENTO DE ALTAS / BAJAS Con una periodicidad mínima de seis meses desde la incorporación del

    usuario a los grupos, el fisioterapeuta realizará una revisión programada para evaluar el cumplimiento de los objetivos diseñados al ingreso. Si estos se hubieran cumplido, lo pondrá en conocimiento de los servicios municipales para que se proceda a dar de baja en la actividad.

    Durante el periodo en el que el mayor está de alta en el grupo se

    pueden producir bajas temporales por un proceso agudo o una reagudización de su enfermedad de base que contraindique el ejercicio (ver criterios de exclusión). En este caso, cuando haya pasado el mismo, se volverá a tramitar la admisión en el centro con la evaluación por parte del médico de familia. En caso de una baja temporal por enfermedad intercurrente del usuario, al valorar la reincorporación, se considerará como preferente.

    Motivos de baja permanente:

    1. A petición del usuario

    2. Traslado de municipio

    3. Fallecimiento

    4. Pérdida de requisitos

    5. Incumplimiento de las obligaciones

    6. Incompatibilidad de servicios

    7. Superar periodo máximo de suspensión

    8. No superar periodo adaptación

    9. Otros

    10.- PERSONAL

    • Fisioterapeuta.

    11.- SEGUIMIENTO Y EVALUACION

    Mensualmente la entidad adjudicataria remitirá listados por grupos de los usuarios que han realizado la actividad. Estos listados contendrán los siguientes datos: nombre y apellidos, DNI, fecha de nacimiento, fecha de alta, días de asistencia, aportación, fecha de baja y motivo. Este listado se remitirá tanto a los servicios sociales de la Junta Municipal de Distrito donde se desarrolla, como al Departamento de Centros de Día y Residenciales. Esta relación es precisa, además, para poder tramitar el abono de los servicios prestados.

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    Los Centros dispondrán de impresos de solicitud normalizada, donde

    los interesados podrán realizar sus reclamaciones y sugerencias. La entidad adjudicataria será la responsable de cursar por registro municipal las reclamaciones recepcionadas en el plazo de 24 horas naturales desde la fecha de recepción.

    Anualmente la entidad adjudicataria confeccionará una memoria anual

    sobre el desarrollo de la prestación, que se incluirá como Anexo a la memoria del Centro de Día que coordine la actividad.

    12.- APORTACION DEL USUARIO

    Los beneficiarios de los servicios participarán en su financiación de

    acuerdo con su capacidad económica y el coste del servicio establecido mediante precios públicos, precios autorizados o, en su caso, tarifas vigentes aprobadas por el Ayuntamiento de Madrid

    La aportación económica mensual del usuario se calculará, con arreglo

    al baremo que se adjunta en el punto IV apartado 2 del presente pliego. Los usuarios abonarán la aportación correspondiente en los 5 primeros

    días del mes en curso, a la entidad adjudicataria, que emitirá los recibos a tal efecto.

    La aportación de los usuarios se calculará mensual o quincenalmente,

    no pudiendo prorratearse en ningún caso por días de asistencia, sean o no justificadas las ausencias.

    13.- PRECIOS DEL CONTRATO, PRECIOS PÚBLICOS, TARIFAS Y

    MODELO DE FACTURACIÓN. Ver apartado IV. 14.- IMAGEN CORPORATIVA

    Ver Anexo I.

    Madrid, 16 de marzo de 2011

    Jefe del Departamento de Centros de Día y Residenciales

    Fdo.: Juan de la Torre Vidal

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    III. APARTAMENTOS MUNICIPALES PARA MAYORES RETIRO

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    1.- CARACTERÍSTICAS DEL EDIFICIO

    Este equipamiento, situado en la calle José Martínez de Velasco, nº 1 del distrito de Retiro, consta de un centro de día de 45 plazas para personas mayores con deterioro físico y 25 Apartamentos para Mayores con una capacidad para 32 plazas.

    Se compone de 14 plazas en apartamentos dobles, y 18 plazas en

    apartamentos individuales

    2.- CRITERIOS TÉCNICOS DE FUNCIONAMIENTO.

    Los Apartamentos son una alternativa de convivencia que tiene por objeto evitar internamientos innecesarios de personas mayores que carecen de vivienda y de recursos económicos para encontrar alojamiento. Se persigue, además, conseguir un estilo de vida lo más similar posible a su ambiente habitual, respondiendo de esta forma a los principios de normalización e integración del mayor.

    Los Apartamentos para Mayores tendrán una cobertura horaria de 24 horas, los 365 días del año.

    2.1. Servicios Los servicios que la entidad adjudicataria deberá prestar son los

    siguientes:

    2.2.1. Alojamiento. 2.2.2. Atención personal a los residentes. 2.2.3. Atención social a los residentes. 2.2.4. Control y protección. 2.2.5. Mantenimiento del equipamiento.

    2.2.1. Alojamiento.

    • Ocupación por el residente de un apartamento individual o

    compartido con otro residente.

    • Una vez asignado el apartamento a ocupar, se requiere autorización expresa de la dirección del Centro para que el residente pueda tener motivos de decoración y mobiliario propios, siempre que no sean inadecuados, peligrosos o excesivamente voluminosos con respecto a la dimensiones del apartamento.

    • Los residentes podrán hacer uso de los espacios y salas comunes del

    equipamiento de acuerdo con las directrices de la dirección.

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    2.2.2. Atención personal a los residentes

    • En casos de convalecencia, postoperatorio, u otras causas justificadas se garantizará la atención personal para vestirse, desnudarse, asearse, acostarse y/o posibles movilizaciones.

    • Como norma los útiles y productos de aseo serán a cargo del usuario

    • Se respetará la individualidad, e intimidad de los residentes.

    • Se deberá prestar apoyo en los acompañamientos médicos, cuando

    las circunstancias así lo requieran.

    • Se facilitarán primeros auxilios en situaciones de urgencia sanitaria.

    • La entidad adjudicataria gestionará la asistencia médica y farmacéutica urgente a los usuarios que lo necesiten, facilitando el traslado a los Centros Sanitarios a través de los recursos públicos o privados disponibles.

    • Efectuará los trámites necesarios, en caso de fallecimiento y sepelio,

    de aquellos mayores que no tuviesen familia. Si no existiera otra posibilidad de financiación, los gastos de estos conceptos serán asumidos por la empresa adjudicataria.

    • Se comunicará a los familiares las incidencias sucedidas a los

    residentes. 2.2.3. Atención social a los residentes Se persiguen los siguientes objetivos:

    • Facilitar la integración del residente en el Centro y en su entorno

    desde el momento de su ingreso. • Informar, facilitar y controlar el cumplimiento del Reglamento de

    Organización y Funcionamiento de los Apartamentos Municipales para Mayores, incluyendo el cumplimiento de deberes y obligaciones de los residentes.

    • Informar sobre los servicios sanitarios y sociales de la zona.

    • Fomentar la cooperación y ayuda mutua entre los residentes.

    Organizando actividades que fomenten la convivencia.

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    • Promover actividades de participación y de concienciación colectiva a través del voluntariado social. Se trata de la puesta en marcha de un programa de voluntariado, priorizando el trabajo con voluntarios del distrito en donde se encuentre el Centro.

    • Facilitar, en caso de que fuera necesario, la gestión, a través del

    Centro de Servicios Sociales, de la solicitud del Servicio de Ayuda a Domicilio, Centro de Día o ingreso en Residencia para Mayores.

    2.2.4. Control y protección.

    La entidad adjudicataria será la responsable de:

    • La vigilancia continuada del inmueble.

    • Disponer de llave de acceso a todas las dependencias del Centro.

    • Control diario de la permanencia de los residentes en el edificio así como de entradas y salidas, ausencias por vacaciones, etc.

    • Entregar copia de la llave del apartamento, armario ropero (nunca de

    las zonas comunes) así como del sistema personal de teleasistencia, a cada residente.

    • Conocer y manejar los distintos sistemas de alarma, previniendo y

    colaborando en la resolución de situaciones de emergencia.

    2.2.5. Mantenimiento del equipamiento.

    • La entidad procederá a la limpieza general y pintura del apartamento que quede vacío, por las bajas que se produzcan de los residentes. Deberá previamente desalojar los objetos y enseres personales del usuario que haya causado baja y posteriormente entregar la plaza del Apartamento, al nuevo residente, en las debidas condiciones de limpieza y habitabilidad.

    • En todos los apartamentos se supervisará mensualmente el estado de la higiene y del correcto funcionamiento de las instalaciones.

    3. PROGRAMAS DE ATENCIÓN En los Apartamentos Municipales para Mayores se realizarán al menos los siguientes programas: - Programa de acogida en el Centro.

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    - Programa individualizado de valoración y seguimiento bio-psico-social de cada residente.

    - Programa de animación socio-cultural. 4. PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN En los Apartamentos Municipales para Mayores se cumplimentarán, como mínimo, los siguientes Protocolos de Actuación

    • Recepción del residente.

    • Información del funcionamiento del Centro.

    • Adaptación al Centro.

    • Convivencia y resolución de conflictos.

    • Aislamiento.

    • Visitas.

    • Actuación ante la desaparición de un residente.

    • Emergencia sanitaria.

    • Traslado Hospitalario.

    • Exitus. 5. MATERIAL DE ACTIVIDADES Para los apartamentos de mayores, la entidad adjudicataria asumirá con cargo a la dotación económica del centro un importe de 5.000 € anuales para material utilizable en actividades, reposición y reparación de pequeños electrodomésticos y mobiliario, así como para la adquisición de lencería (ropa de cama) y otros enseres necesarios.

    En el momento del inicio del contrato la entidad adjudicataria de la gestión de los Apartamentos se hará cargo del material existente según el inventario que se le entregue por parte de los responsables municipales. Al finalizar el contrato la entidad deberá dejar el material inventariado, así como el material adquirido durante la duración del contrato, en adecuadas condiciones de uso y utilización. Anualmente, coincidiendo con la facturación de noviembre, la entidad deberá presentar al Departamento de Centros de Día y Residenciales la justificación del gasto realizado por este concepto. En caso de no haber

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    justificado el importe anual exigible, la factura de diciembre incluirá el descuento por el importe no justificado. 6.- ACTIVIDADES DE DIFUSIÓN Y CONOCIMIENTO DEL CENTRO

    El material utilizable para las actividades de difusión y conocimiento

    de los apartamentos, como jornadas diversas, día de puertas abiertas, información del Centro al público e instituciones, actos lúdicos, será con cargo exclusivo de la entidad adjudicataria, previa autorización del Departamento de Centros de Día y Residenciales.

    El importe exigible para estas actividades será de 3.000 €

    Anualmente, coincidiendo con la facturación de noviembre, la entidad presentará al Departamento de Centros de Día y Residenciales justificación del gasto realizado por este concepto. En caso de no haber justificado el importe anual exigible, la factura de diciembre incluirá el descuento por el importe no justificado.

    7. PROCESO DE ADMISIÓN Y REQUISITOS DE LOS USUARIOS

    La plaza en los apartamentos municipales para mayores se solicitará

    en el Centro de Servicios Sociales correspondiente al domicilio del solicitante, cumplimentando la documentación prevista para tal fin.

    Los requisitos y obligaciones generales de los beneficiarios, serán los

    que se contemplan en la Ordenanza municipal por la que se regula el acceso a los servicios de Centros de Día, Centros Residenciales y Apartamentos municipales para mayores del Ayuntamiento de Madrid, aprobada por acuerdo de 29 de julio de 2009, del Pleno del Ayuntamiento de Madrid.

    Corresponde al Departamento de Centros de Día y Residenciales la

    determinación de los usuarios y la concesión de plaza en los Apartamentos Municipales para Mayores.

    La entidad gestora aceptará a los usuarios designados por el

    Departamento de Centros de Día y Residenciales para ocupar las plazas vacantes.

    La incorporación de los usuarios al Apartamento se deberá realizar en

    un plazo de 10 días naturales, desde la notificación de la concesión de la plaza. Los usuarios tendrán un periodo de adaptación de 30 días naturales siguientes al de su incorporación. Si durante dicho periodo se apreciasen circunstancias que impidan la atención del usuario, la entidad gestora

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    deberá ponerlo en conocimiento del Departamento de Centros de Día y Residenciales, mediante informe documentado.

    Motivos de baja permanente:

    1. A petición del usuario

    2. Traslado de municipio

    3. Fallecimiento

    4. Pérdida de requisitos

    5. Incumplimiento de las obligaciones

    6. Incompatibilidad de servicios

    7. Superar periodo máximo de suspensión

    8. No superar periodo adaptación

    9. Otros

    8.- SEGUIMIENTO Y COORDINACION DEL FUNCIONAMIENTO DE LOS APARTAMENTOS

    Las relaciones entre la entidad adjudicataria, y el Ayuntamiento, se

    canalizarán a través de un coordinador asignado por la entidad y el Departamento de Centros de Día y Residenciales. La entidad gestora:

    Notificará al Departamento de Centros de Día y Residenciales las

    incidencias que se produzcan respecto a la incorporación y seguimiento de los usuarios, dentro de los tres primeros días siguientes a que se produzcan.

    Remitirá mensualmente, los datos de atención según los indicadores que proponga el Departamento de Centros de Día y Residenciales.

    Remitirá la facturación por los servicios prestados, según modelo anexo.

    Se compromete a aceptar a los usuarios que serán derivados por el Departamento de Centros de Día y Residenciales.

    En caso de emergencias o situaciones extraordinarias la información al Departamento de Centros de Día y Residenciales será inmediata.

    Los Centros dispondrán de impresos de solicitud normalizada, donde

    los interesados podrán realizar sus reclamaciones y sugerencias. La entidad adjudicataria será la responsable de cursar por registro

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    municipal las reclamaciones recepcionadas en el plazo de 24 horas naturales desde la fecha de recepción.

    Mantendrá actualizada la ficha de los usuarios.

    Emitirá, al Departamento de Centros de Día y Residenciales, los

    informes mensuales de las incidencias ocurridas a los residentes de los Apartamentos, así como una Memoria anual del servicio, que deberá presentarse dentro del plazo de 1 mes desde la finalización del periodo (a 31 de enero del año siguiente).

    Deberá remitir con carácter anual memoria de la gestión de los

    Apartamentos conforme a los indicadores que proporcione el Departamento de Centros de Día y Residenciales.

    La entidad adjudicataria realizará los envíos de datos de forma

    electrónica a través de los medios, formas y protocolos que el Ayuntamiento disponga para la actualización de sus bases de datos.

    9.- PERSONAL DE LOS APARTAMENTOS

    El personal, se distribuirá de tal manera que se garantice la atención a

    los usuarios, en los turnos de mañana, tarde y noche todos los días del año.

    Para la gestión de los Apartamentos se dispondrá del siguiente personal, a jornada completa y presencia física en el Centro

    PERSONAL JORNADA 1 Coordinador (diplomado en trabajo social) 3 Auxiliares de Geriatría/ Auxiliar de Clínica 2 Porteros/Recepcionistas

    Jornada completa

    La entidad adjudicataria deberá garantizar la permanencia física de al

    menos 1 auxiliar de geriatría en Retiro, para la atención a los Apartamentos para Mayores, de 8:00 a 22:00 y de uno en horario de 22:00 a 8:00.

    La entidad adjudicataria deberá contar con apoyo externo para la

    realización de gestiones en las que se precise salir del edificio, evitándose de este modo que durante el tiempo que requiera llevarlas a cabo se quede el edificio sin cobertura. Dichas gestiones incluirían desde acudir a una farmacia para la adquisición de medicamentos hasta la realización de los trámites necesarios en caso de fallecimiento de algún residente.

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    10.- FORMACION CONTINUA MÍNIMA PARA LOS TRABAJADORES. La entidad adjudicataria asegurará como mínimo la impartición de un total de 30 horas de formación, en horario laboral, y 10 horas, fuera del horario laboral (total 40 horas), para cada trabajador. Los temas de formación serán vinculados a la tarea profesional que desempeñe cada trabajador (incluidos los de transporte), dedicando especial atención a la referida al trabajo con personas mayores dependientes. 11.- ÁREA CENTRO DE DÍA

    En cuanto al funcionamiento del Área de Centro de Día para personas

    mayores con deterioro físico (CDF), para una capacidad de 45 plazas se atenderá a lo especificado en el apartado “I. Funcionamiento del equipamiento de Centros de Día Municipales para mayores”.

    12.- APORTACIÓN DEL USUARIO

    Los beneficiarios de los servicios participarán en su financiación de acuerdo con su capacidad económica y el coste del servicio establecido mediante precios públicos, precios autorizados o, en su caso, tarifas vigentes aprobadas por el Ayuntamiento de Madrid

    La aportación económica mensual del usuario se calculará, con arreglo

    al baremo que se adjunta en el punto VI apartado 2 del presente pliego.

    Los usuarios abonarán la aportación correspondiente en los 5 primeros días del mes en curso, a la entidad adjudicataria, que emitirá los recibos a tal efecto.

    La aportación de los usuarios se calculará mensual o quincenalmente, no pudiendo prorratearse en ningún caso por días de asistencia, sean o no justificadas las ausencias.

    13.- PRECIOS DEL CONTRATO, PRECIOS PÚBLICOS, TARIFAS Y MODELO DE FACTURACIÓN.

    Ver apartado IV

    14.- IMAGEN CORPORATIVA. Ver anexo I.

    Madrid, 16 de marzo de 2011 Jefe del Departamento de Centros de

    Día y Residenciales

    Fdo.: Juan de la Torre Vidal

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    IV. PRECIOS DEL CONTRATO, PRECIOS PÚBLICOS, TARIFAS Y MODELOS DE

    FACTURACIÓN.

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    1. PRECIOS DEL CONTRATO 1) Precio en concepto de gestión mensual:

    TIPOLOGÍA CENTRO PRECIO MES GESTIÓN SIN IVA PRECIO MES

    GESTIÓN CON IVA

    30 F 20.873,08 € 21.708 € 45 F 27.009,72 € 28.090 €

    Retiro (45 F- 32 plazas aptos) 39.281,33 € 40.852,58 € 2) Precio de fisioterapia preventiva (por grupo y mes):

    FISIOTERAPIA PREVENTIVA CON IVA SIN IVA

    1 GRUPO MES 591,92 € 569,15 € 2.- PRECIOS PÚBLICOS Y TARIFAS DE CENTROS DE DÍA. BAREMO DE APORTACIÓN DE LOS USUARIOS. 1

    Se aplicará el baremo que a cada caso le corresponda según la normativa aplicable. En todo caso el Ayuntamiento de Madrid sufragará las cantidades que sean necesarias para que el usuario no aporte más cantidad que la resultante de aplicar el siguiente baremo:

    CENTROS DE DÍA

    FÍSICOS TRANSPORTE Días de Asistencia RMPC

    Límite aportación sobre RMPC

    Hasta 531,96 € 32,00%

    Desde 531,97 € hasta 709,29 € 37,00%

    Desde 709,30 € en adelante 43,00%

    Aportación mínima 91,46 €/mes

    5 días semanales

    Aportación máxima

    650,19 €/mes

    Hasta 531,96 € 19,20%

    Desde 531,97 € hasta 709,29 € 22,20%

    Desde 709,30 € en adelante 25,80% Aportación mínima 54,87 €/mes

    3 días semanales

    Aportación máxima

    390,11 €/mes

    Hasta 531,96 € 12,80%

    Desde 531,97 € hasta 709,29 € 14,80%

    CON

    2 días semanales

    Desde 709,30 € en adelante 17,20%

    1 Estos precios públicos se actualizarán cada año con el mismo índice de incremento de las pensiones, afectando a todas las cuantías fijas, no a los porcentajes.

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    Aportación mínima 36,58 €/mes

    Aportación máxima

    260,06 €/mes

    Hasta 531,96 € 16,00%

    Desde 531,97 € hasta 709,29 € 18,00%

    Desde 709,30 € en adelante 20,00%

    Aportación mínima 91,46 €/mes

    5 días semanales

    Aportación máxima

    461,04 €/mes

    Hasta 531,96 € 9,60%

    Desde 531,97 € hasta 709,29 € 10,80%

    Desde 709,30 € en adelante 12,00%

    Aportación mínima 54,87 €/mes

    3 días semanales

    Aportación máxima

    276,62 €/mes

    Hasta 531,96 € 6,40%

    Desde 531,97 € hasta 709,29 € 7,20%

    Desde 709,30 € en adelante 8,00%

    Aportación mínima 36,58 € /mes

    SIN

    2 días semanales

    Aportación máxima

    184,41 €/mes

    3.- OTROS PRECIOS PÚBLICOS2

    3.1. Servicio de Fisioterapia preventiva y de mantenimiento

    ACTIVIDADES PREVENTIVAS Días Asist.

    Semana APORTACION AL MES

    1 4,29 € 2 8,60 € 3 12,88 € 4 17,16 € 5 21,47 €

    2 Estos precios públicos se actualizarán cada año con el mismo índice de incremento de las pensiones, afectando a todas las cuantías fijas, no a los porcentajes.

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    3.2. Apartamentos para Mayores

    TIPO DE APARTAMENTO

    MÁXIMA APORTACIÓN

    RMPC IGUAL O INFERIOR A 317,02

    RMPC SUPERIOR A 317,02

    INDIVIDUAL 323,35 €/MES 20% RMPC 25% RMPC DOBLE 258,28 €/MES 15% RMPC 20% RMPC

    4.- MODELOS DE INFORMES Y FACTURAS MENSUALES

    4.1.- Centros de Día Municipales De forma mensual la entidad adjudicataria confeccionará un listado que remitirá

    tanto al Distrito correspondiente como a la Dirección General de Mayores, excepto en los apartamentos para mayores, que solo se remitirá listado a la Dirección General de Mayores.

    Este listado que se confeccionará en formato Excel se presentará en soporte

    informático, y contendrá los siguientes datos recogidos cada uno de ellos en una columna: • Apellidos y Nombre • N.I.F. • Dirección completa • Código Postal • Teléfono • Situación convivencial: (solo, con cónyuge, cónyuge e Hijos, hijos, otras) • Fecha de nacimiento • Sexo : Hombre / Mujer • Renta Mensual Per cápita • Índice de ocupación porcentual de ese mes (100, 60, 40) • Días de asistencia: L a V, LXV, MJ (siendo dichas letras las correspondientes a los

    días de la semana) • Transporte : si / no • Fecha de alta inicial en el servicio • Fecha baja Temporal: • Código Baja Temporal:

    - 2 Ingreso en centro residencial temporal, - 3 ingreso en hospital, - 4 Incumplimiento de obligaciones, - 5 Cambio temporal de domicilio, - 7 Vacaciones. Ausencias voluntarias superiores a 2 meses y 5 días

    • Fecha de reincorporación • Fecha de la Baja definitiva • Código de la baja definitiva:

    • 1 Fallecimiento, • 2 Ingreso en Residencia, • 3 Agravamiento de la situación, • 4 No cumplir obligaciones, • 5 Cambio de domicilio, • 6 Consecución de objetivos • 7 ausencias voluntarias superiores a 1 mes y 5 días.

    • Nº de comidas. • Aportación usuario según baremo • Observaciones

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    CUADRO RESUMEN DE LOS SERVICIOS PRESTADOS EN CENTRO DE DÍA•

    PRECIOS UNITARIOS Gestión:……………….. Centro de día de ……………………… Distrito de ……………………….

    MES DE ………………..DE 2.00……. TIPOLOGÍA :

    Total usuarios

    atendidos Altas Nuevas Bajas

    definitivas Índice de ocupación

    Días de asistencia Usuarios sin transporte Usuarios con Transporte

    5 días

    3 días

    2 días

    ½ de 5 días

    ½ de 3 días

    ½ de 2 días

    TOTAL

    Coste de la Gestión……………………….......... SIN IVA

    - Aportación Usuarios………………………........ SIN IVA

    Total

    4% IVA

    TOTAL AYUNTAMIENTO

    • Deben presentarse tres ejemplares en soporte papel de este documento: Una para el Distrito, dos

    para la Dirección General de Mayores.

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    MODELO DE FACTURACIÓN CENTROS DE DÍA MUNICIPALES

    • Deben presentarse tres ejemplares en soporte papel de este documento: Una para el Distrito, dos para la Dirección General de Mayores.

    Nº Factura: Ayuntamiento de Madrid Dirección General de Mayores C.I.F.: P-2807900-B

    Lugar y fecha Emisión: Período facturación: Entidad emisora y C.I.F. Domicilio fiscal: Nº Lotes adjudicados: Importe Servicios prestados en los equipamientos y distritos que se relacionan: Importe sin I.V.A. DISTRITO: CD: A. F. PREVENTIVA: DISTRITO: CD: A. F. PREVENTIVA: Base imponible: I.V.A. 4%: TOTAL FACTURA:

    Domiciliación Bancaria:

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    4.2. Servicio de Fisioterapia preventiva y de mantenimiento para

    mayores. De forma mensual la entidad adjudicataria confeccionará un listado

    que remitirá tanto al Distrito correspondiente como a la Dirección General de Mayores, indicando en que centro de día o Centro Municipal de Mayores realizan la actividad cada uno de los usuarios relacionados.

    Este listado que se confeccionará en Excel y se presentará en soporte

    informático, contendrá los siguientes datos recogidos por cada grupo, cada uno de ellos en una columna:

    - Modalidad de Grupo (1,2, 3, 4, 5 días)

    • Nombre y apellidos • N.I.F. • Fecha de nacimiento • Fecha de alta nueva • Fecha de baja definitiva • Códigos baja definitiva

    • 1 fallecimiento • 2 Residencia • 3 Centro de día • 4 ausencia de 1 mes sin justificar • 5 renuncia • 6 consecución objetivos • 7 otros

    • Deben presentarse tres ejemplares en soporte papel de este documento: Una para el Distrito, dos

    para la Dirección General de Mayores.

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    CUADRO RESUMEN DEL SERVICIO DE FISIOTERAPIA PREVENTIVA Y DE MANTENIMIENTO PARA MAYORES.

    PRECIOS UNITARIOS………. ENTIDAD:………………. DISTRITO. MES . …………………………….AÑO .

    Días de

    asistencia Número de

    usuarios Aportación usuario

    1 día 2 días 3 días 4 días 5 días TOTAL

    Nº de grupos de L a V

    (o equivalentes)

    Precio unitario (sin IVA)

    Total Coste

    - Aportación usuario (sin IVA).... TOTAL.... +4% I.VA..... TOTAL AYUNTAMIENTO....

    • Deben presentarse tres ejemplares en soporte papel de este documento: Una para el Distrito, dos para la Dirección General de Mayores.

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    MODELO DE FACTURACIÓN PARA EL USUARIO PARA TODOS LOS SERVICIOS

    (Eliminar lo que no proceda)

    ENTIDAD: …………………………...................................... MES /AÑO (referido al mes de atención al usuario)……… FACTURA Nª ………………………..................................... Nombre y Apellidos del Usuario………………. D.N.I.:……………………………………………….. Domicilio: …………………………………………..

    Servicios prestados: Asistencia al Centro ………………………….. Modalidad de asistencia …………………. Observaciones : asistencia ½ mes, otras. Transporte : Si /No Aportación según baremo del Ayuntamiento para el año 2.01…..

    Aportación = 4% IVA = TOTAL = (Importe total de la aportación)

    Fecha de la emisión de la Factura

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    V.- ALTERACIONES DEL CONTRATO

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    Tratándose de un servicio que se factura en función de la aportación

    económica de los usuarios, se podrán realizar en cada ejercicio presupuestario ajustes de crédito, al alza o a la baja, por cada lote adjudicado a una misma entidad, que deberán ser aceptados por el contratista sin derecho a indemnización alguna. En ningún caso esto supondrá modificación de los precios del contrato, únicamente podrán realizarse ajustes en el importe total estimado de los contratos

    La complejidad y multiplicidad de factores y variables que confluyen en

    el servicio imposibilitan definir, a priori, y con precisión, el presupuesto municipal necesario para cada lote. Resulta posible determinar con cierta exactitud el presupuesto global pero no el parcial de cada lote.

    En primer lugar, la dotación económica del contrato, se calcula

    teniendo en cuenta la previsión de costes variables, que varían en función de la demanda. Estos costes variables son: la utilización o no del transporte, la necesidad o no de fisioterapia preventiva, la utilización o no de respiro familiar y la aportación económica del usuario que varía en función a la renta mensual per cápita.

    La experiencia en estos servicios nos ha demostrado que estos

    porcentajes sufren variaciones debido a la imprevisibilidad de la demanda y a la rotación de los usuarios. A ello se añade que el perfil poblacional difiere considerablemente en uno u otro distrito del municipio de Madrid e incluso en uno u otro barrio.

    En segundo lugar, el adjudicatario percibe parte del precio del contrato

    directamente del usuario y otra parte directamente de la Administración a través del presupuesto municipal. El porcentaje sobre el coste del servicio que el adjudicatario va a percibir de los usuarios del Centro varía mensualmente en función de las rentas de los mismos. El porcentaje restante lo cubre la Administración con cargo al presupuesto municipal.

    Por este motivo dado que la aportación del usuario, no computada en

    el presupuesto municipal, depende de la renta mensual per cápita de los usuarios del servicio, a priori y con exactitud, no puede determinase la cantidad a consignar en la partida de gasto del presupuesto municipal correspondiente a cada lote, ya que ésta es el diferencial que resulte del precio del contrato menos la aportación del usuario. En este sentido el porcentaje estimado como aportación del usuario en el proyecto de explotación del contrato, para cada lote, puede ser inferior o superior al porcentaje real, de tal modo que lo soportado por el presupuesto municipal puede ser inferior o superior a lo previsto, por ello procede realizar las debidas correcciones entre lotes si que altere el cómputo total del presupuesto municipal aplicado a este contrato.

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    En todo cado el empresario va a percibir la totalidad del precio del

    contrato, según Anexo IV punto 1 “Precios del contrato”. Lo único que cambia es el porcentaje que va a percibir por el usuario y el que va a percibir por la Administración, pero no se altera el precio del contrato.

    Madrid, 16 de marzo de 2011

    Jefe del Departamento de Centros de Día y Residenciales

    Fdo.: Juan de la Torre Vidal

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    ANEXO I

    IMAGEN CORPORATIVA

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    CONSTANTES VISUALES:

    1. Logotipo y símbolo: La imagen corporativa del Ayuntamiento de Madrid deberá recibir un

    adecuado tratamiento en cuantos soportes se utilicen en la prestación de los servicios a los que se refiere el presente Pliego.

    Para ello, se garantizará la inclusión y reflejo de dicha imagen en todos

    los uniformes del personal, edificios y demás equipamientos, publicaciones, estudios, material divulgativo y restantes objetos y soportes utilizados con ocasión de la prestación de los servicios y gestión de los servicios objeto de este contrato.

    La identidad visual del Ayuntamiento de Madrid está representada por

    la síntesis del escudo y el logotipo “Madrid ” en caja baja, compuesto en la tipografía Gill Sans respetando los colores que se indican en el correspondiente apartado.

    El Logo-símbolo se aplicará en línea o masa, según los casos, de modo

    que quede suficientemente destacada y aislada la identidad del Ayuntamiento.

    2. Ubicación y tamaño de los elementos según el tipo de soporte: La ubicación y tamaño de los logotipos, de acuerdo a las normas

    descritas, dependerá del tipo de soporte en el que se implante, eligiéndose la versión línea o masa que mejor identifique en cada uno de ellos la identidad corporativa del Ayuntamiento de Madrid.

    En todos los casos, la entidad presentará sus proyectos a la Dirección General de Mayores que visará los mismos con anterioridad a su instalación o serigrafiado.

    Uniformes del personal: Las batas y pijamas de todo el personal que preste los servicios objeto

    del presente contrato, estarán bordados o serigrafiados (no pegatinas) de acuerdo a las normas anteriores.

    El logotipo municipal se implantará en el ángulo superior izquierdo de la bata o camisa; en lugar, color y proporciones suficientemente visibles. No podrá ir ninguna otra referencia en los uniformes.

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    Tarjeta identificativa Todo el personal que preste sus servicios objeto del presente contrato

    deberá ir acreditado con el siguiente modelo de tarjeta: Medidas: 8,5 x 5,5cms.

    Reverso de Tarjeta Identificativa Personal de las Empresas Vehículos: En todos los vehículos adscritos a la prestación de los servicios objeto

    del presente Pliego figurará la imagen corporativa municipal de acuerdo a las normas siguientes:

    Colores:

    • AMARILLO: Pantone: 130. Ral 1003 • AZUL FONDO: Pantone 285. Ral 5015. • AZUL LETRAS: Pantone 80% del 285.

    ESTA TARJETA ES DE USO PERSONAL E INTRANSFERIBLE.

    SU PROPIETARIO ES XXXXXXX (EMPRESA COLABORADORA DEL AYTO DE MADRID) .

    ESTE DOCUMENTO ES VÁLIDO ÚNICAMENTE PARA CONTROL E IDENTIFICACIÓN PERSONAL, CARECIENDO DE

    EFECTOS PARA CUALQUIER OTRO USO.

    EN CASO DE EXTRAVÍO ROGAMOS LA HAGAN LLEGAR A ..........

    TELÉFONO........ ESTA TARJETA DEBERÁ ENTREGARSE CUANDO

    CAUSE BAJA EN LA EMPRESA. SU USO INDEBIDO DARÁ LUGAR A RESPONSABILIDAD PENAL

    NOMBRE Y APELLIDOS

    Trabajadora Social D.N.I. _________________

    vigencia: : 01-10-2010

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    • TIPOGRAFÍA: GILL SAND EXTRABOLD. Modelo de rotulación de vehículos No podrá ir ninguna otra imagen ni Logo de la empresa. El nombre de

    la empresa irá en las puertas delanteras y será en color blanco, no superando los 7 cms. de altura.

    Los logos del Ayto en ventanas y sobre el fondo azul del frontal serán

    en color blanco. Antes de iniciar la rotulación se deberá aprobar el proyecto por la

    Dirección General de Mayores, para lo cual se deberá presentar éste con antelación en esta Dirección General.

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    Soporte papel: El presente apartado se refiere a todos aquellos documentos tales como

    folletos, octavillas, carteles, manuales de derechos y deberes de los usuarios, estudios, publicaciones divulgativas, memorias, informes etc. que pudieran elaborarse con ocasión de la prestación de los servicios que regula el presente Pliego.

    Los documentos elaborados en soporte papel recibirán distinto

    tratamiento según se trate de documentos de uso interno de la propia entidad o documentos elaborados para difusión, divulgación al público en general y relaciones externas con otras entidades y Administraciones Públicas.

    En los documentos de uso interno, el logotipo municipal deberá

    aparecer únicamente si así lo desea la propia entidad adjudicataria del contrato para la prestación de los servicios.

    En los documentos de uso externo, el logotipo municipal aparecerá

    siempre con las especificaciones descritas y su tamaño y situación concreta garantizarán la correcta identificación del Ayuntamiento de Madrid.

    El incumplimiento de cualquiera de las normas e instrucciones sobre

    constantes visuales para la correcta identificación corporativa del Ayuntamiento que contiene el presente Pliego, podrá dar lugar a la incoación del oportuno expediente sancionador y consiguiente imposición de sanciones administrativas que se definen en el apartado relativo al régimen sancionador.

    Antes de implementar cualquier procedimiento vinculado a imagen corporativa, de cualquier tipo de los descritos en los apartados anteriores se deberá aprobar el proyecto por la Dirección General de Mayores, para lo cual se deberá presentar éste con antelación en esta Dirección General.

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    ANEXO II

    PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

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    La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados, en su calidad de encargados de tratamiento de datos personales por cuenta del Organismo contratante, al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia.

    La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente: 1º) Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos,

    informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la prestación del servicio (art.10 LOPD), sin que pueda conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el presente pliego, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente (art.12.4 LOPD). Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la información del Ayuntamiento para cumplir los servicios objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar, cuantos datos conozcan (artículo 9 LOPD) . Esta obligación subsistirá aún después de la finalización del contrato.

    2º) Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los

    términos descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los trabajadores destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. La empresa adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas.

    3º) Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los

    participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso.

    4º) Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la

    prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las instrucciones que el Órgano de contratación le pueda especificar en concreto y que se incluyan como una Adenda al presente contrato. No aplicará o utilizará los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas salvo autorización expresa por parte del responsable del fichero en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

    5º) A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o

    alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se registrarán datos de

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    carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2. LOPD). Así mismo, para el tratamiento y acceso a los datos por parte del adjudicatario se velará específicamente por el cumplimiento de lo previsto en los artículos 92, 97, 101 y 108 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, referentes a la gestión y distribución de soportes y documentos.

    6º) Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter

    general, observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la información y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y autenticación de usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de información y la verificación de que está autorizado, limitando la posibilidad de intentar reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de información.

    7º) El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier

    momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello.

    8º) Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa

    adjudicataria como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que sean en los que se contengan son propiedad del Ayuntamiento de Madrid.

    9º) Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal

    deberán ser destruidos o devueltos al Ayuntamiento de Madrid conforme a las instrucciones que haya dado, al igual que cualquier soporte o documento que contenga algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.

    10º) En la medida que el adjudicatario aporta equipos informáticos para la

    prestación del servicio objeto del contrato, una vez finalizadas las tareas, el adjudicatario previamente a retirar los equipos informáticos, deberá borrar toda la información utilizada o que se derive de la ejecución del contrato, mediante el procedimiento técnico adecuado, o proceder a su entrega al responsable del fichero. La destrucción de la documentación de apoyo, si no se considerara indispensable, se efectuará mediante máquina destructora de papel o cualquier otro medio que garantice la ilegibilidad, efectuándose esta operación en el lugar donde se realicen los trabajos. Igualmente, deberá adoptar las medidas necesarias para impedir la recuperación posterior de información almacenada en soportes que vayan a ser desechados o reutilizados.

    11º) Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para asegurar

    la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Asimismo, el adjudicatario deberá comunicar al organismo contratante antes de transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación la persona que será directamente responsable de la puesta en práctica y de la inspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional.

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    ANEXO III SUBROGACIÓN DE PERSONAL

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    TRABAJADORES ASIGNADOS ACTUALMENTE A LOS CENTROS DE DÍA Y RESIDENCIAS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID

    EMPRESA: SAR RESIDENCIAL Y ASISTENCIAL S.A.U.

    Nº CENTRO Categoría Profesional JORNADA SEMANAL ANTIGÜEDAD SALARIO BRUTO ANUAL

    (1)

    16496 RETIRO GEROCULTOR 100% 17/03/2003 14.250,84 € 16498 RETIRO GEROCULTOR 100% 01/12/1989 16.976,28 € 16500 RETIRO LIMPIADOR/A 50% 25/11/2002 6.901,20 € 16502 RETIRO GEROCULTOR 50% 07/04/2007 7.464,84 € 16506 RETIRO DIRECTOR CENTRO 100% 15/09/1997 29.831,28 € 16507 RETIRO GEROCULTOR 100% 26/06/2006 13.998,36 € 16509 RETIRO RECEPCIONISTA 100% 03/05/2007 13.550,88 € 16520 RETIRO FISIOTERAPEUTA 75% 01/09/2005 13.596,24 € 16522 RETIRO GEROCULTOR 50% 01/05/2003 7.590,96 € 16523 RETIRO GEROCULTOR 15% 10/05/1989 5.686,68 €

    16527 RETIRO TERAPEUTA

    OCUPACIONAL 100% 06/06/2007 17.557,44 €

    16530 RETIRO AYUDANTE

    CONDUCTOR 68,75% 01/05/2003 9.956,88 € 16532 RETIRO GEROCULTOR 100% 16/05/1988 16.041,96 € 16574 RETIRO TRABAJADOR SOCIAL 100% 01/01/2009 16.701,00 € 16968 RETIRO AUXILIAR SANITARIO 85% 01/03/2009 11.823,84 € 17048 RETIRO D.U.E. 50% 01/01/2009 8.727,24 € 17206 RETIRO AUXILIAR SANITARIO 100% 16/12/2004 15.714,12 € 18127 RETIRO AUXILIAR SANITARIO 100% 10/09/2009 13.746,00 € 18365 RETIRO AUXILIAR SANITARIO 100% 31/05/2010 13.746,00 € 19297 RETIRO CONDUCTOR 50% 02/11/2009 7.242,96 € 19409 RETIRO RECEPCIONISTA 100% 01/09/2010 13.298,40 €

    19825 RETIRO AYUDANTE OFICIOS

    VARIOS 50% 27/03/2010 6.648,84 €

    19884 RETIRO AYUDANTE OFICIOS

    VARIOS 25% 08/04/2010 3.789,84 € 20307 RETIRO CONDUCTOR 25% 01/09/2010 4.086,96 €

    20699 RETIRO AYUDANTE OFICIOS

    VARIOS 25% 01/09/2010 3.789,84 € 20700 RETIRO CONDUCTOR 50% 01/09/2010 7.242,96 € 20775 RETIRO CONDUCTOR 25% 01/10/2010 4.086,96 €

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    TRABAJADORES ASIGNADOS ACTUALMENTE A LOS CENTROS DE DÍA Y

    RESIDENCIAS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID EMPRESA: ASISPA

    Nº CENTRO Categoría Profesional JORNADA SEMANAL ANTIGÜEDADSALARIO BRUTO

    ANUAL (1) 12564 PEÑAGRANDE ATS/DUE 20 01/08/2005 10.439,52 17710 PEÑAGRANDE AYUDANTE CONDUCTOR 15 16/08/2007 5.837,52 21160 PEÑAGRANDE AYUDANTE CONDUCTOR 10 12/04/2010 4.171,68 5740 PEÑAGRANDE CONDUCTOR D 15 30/08/2000 16.956,48

    14535 PEÑAGRANDE CONDUCTOR D 15 02/01/2006 7.862,40 20661 PEÑAGRANDE CONDURCTOR B 10 16/06/2009 5.091,00 18640 PEÑAGRANDE COORDINADORA C.D. 40 01/09/2008 21.353,88 21105 PEÑAGRANDE FISIOTERAPEUTA 20 15/02/2010 9.593,40 5615 PEÑAGRANDE GEROCULTOR 40 01/02/2000 15.489,00 5658 PEÑAGRANDE GEROCULTOR 40 01/08/2000 15.489,00

    17541 PEÑAGRANDE GEROCULTOR 40 26/12/2008 13.830,72 17566 PEÑAGRANDE GEROCULTOR 40 04/072007 14.065,08 17912 PEÑAGRANDE TERAPEUTA OCUPACIONAL 40 17/09/2007 17.623,92 6218 PEÑAGRANDE CONDUCTOR D 40 30/08/2000 16.956,48

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    TRABAJADORES ASIGNADOS ACTUALMENTE A LOS CENTROS DE DÍA Y RESIDENCIAS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID

    EMPRESA: FUNDACION TOMILLO - ASOC.TOMILLO VILLAVERDE UTE

    Nº CENTRO Categoría Profesional JORNADA SEMANAL ANTIGÜEDAD SALARIO

    BRUTO ANUAL (1)

    1 TERESA DE CALCUTA T.SOC/COOR (Exc.) 40 13-01-1992 26.954,25

    2 TERESA DE CALCUTA T.SOC/COOR 40 18-01-2010 16.523,37

    3 TERESA DE CALCUTA FISIOTERA. 20 04-11-2008 8.926,83

    4 TERESA DE CALCUTA TERAPEUTA 20 25-10-1999 9.226,52

    5 TERESA DE CALCUTA GEROCULTOR 40 23-10-2009 13.746,05

    6 TERESA DE CALCUTA GEROCULTOR (Baja I.T.) 40 04-07-1995 15.875,15

    7 TERESA DE CALCUTA GEROCULTOR 40 07-03-1994 15.783,95

    8 TERESA DE CALCUTA GEROCULTOR 40 22-09-2008 13.746,05

    9 TERESA DE CALCUTA GEROCULTOR 40 01-07-2004 14.250,89

    10 TERESA DE CALCUTA CONDUCTOR 15 16-03-2010 5.786,21

    11 TERESA DE CALCUTA CONDUCTOR 20 02-07-2009 7.404,61

    12 TERESA DE CALCUTA GEROCULTOR 14 29-05-2006 5.622,27

    13 TERESA DE CALCUTA AUX.TTE. 19 18-02-2009 6.502,45 (1) Incluyendo todos los conceptos retribuidos: Costes salariales y extrasalariales.

    Nº CENTRO Categoría Profesional JORNADA SEMANAL ANTIGÜEDAD SALARIO

    BRUTO ANUAL (1)

    1 EL PARDO T.SOC/COOR 40 16-12-2005 16.775,79

    2 EL PARDO FISIOTERA. (Exc.) 20 01-08-2008 8.926,83

    3 EL PARDO FISIOTERA. 20 15-10-2010 8.926,83

    4 EL PARDO TERAPEUTA 20 25-10-1999 9.226,52

    5 EL PARDO GEROCULTOR 40 15-09-2008 13.746,05

    6 EL PARDO GEROCULTOR 40 04-06-2007 13.998,47

    7 EL PARDO GEROCULTOR 40 16-09-2009 13.746,05

    8 EL PARDO GEROCULTOR 40 01-10-2004 14.250,89

    9 EL PARDO CONDUCTOR 18 03-04-2000 7.792,97

    10 EL PARDO CONDUCTOR 20 17-11-2009 7.404,61

    11 EL PARDO AUX.TTE. 18 02-10-2009 6.