plan general de montesa · estrategia territorial de la comunidad valenciana. ... afecciones...

50
PLAN GENERAL DE MONTESA INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL TOMO I Equipo redactor: Colaboradores: JESAUR S.L. Exit Geoconsult S.L. Mare Nostrum Ingenieros S.L. Carmen Teresa Benlloch Casaban. Abogado Enrique Argente Daroqui. Arquitecto Juan José Ruiz López. Arqueologo Coordinador de los trabajos: José Manuel Fernandino Larrinaga. Arquitecto AJUNTAMENT DE 7 MONTESA Técnico responsable del contrato: José Luis Romero Civera

Upload: vothuy

Post on 25-Sep-2018

216 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

PLAN GENERAL DE MONTESA INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 

  

  

TOMO I   

Equipo redactor:

Colaboradores:

JESAUR S.L.   

Exit Geoconsult S.L.

Mare Nostrum Ingenieros S.L.

Carmen Teresa Benlloch Casaban. Abogado  

Enrique Argente Daroqui. Arquitecto

Juan José Ruiz López. Arqueologo

Coordinador de los trabajos:

José Manuel Fernandino Larrinaga. Arquitecto   

AJUNTAMENT DE

7 MONTESA  

Técnico responsable del contrato:  

José Luis Romero Civera

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

1

ÍNDICE 1.  INTRODUCCIÓN ..........................................................................................................................3 

1.1. Índice y composición de los documentos que integran el isa. .............................................. 3

1.2. Índice de la cartografía de referencia del informe de sosteniblidad ambiental ....................... 4

1.3. Evaluación Ambiental Estratégica ....................................................................................... 6

1.4. Procedimiento de EAE ....................................................................................................... 7

1.5. Alcance y contenido del ISA .............................................................................................. 8

1.6. Metodología del Informe de Sostenibilidad Ambiental .......................................................... 9

1.7. Ámbito de actuación. ...................................................................................................... 11

2.  ANTECEDENTES ....................................................................................................................... 12 

2.1. Justificación legal ............................................................................................................ 12

2.2. Antecedentes ................................................................................................................. 13

2.2.1. Evolución histórica .......................................................................................................... 13

2.2.2. Planificación Vigente ....................................................................................................... 17

2.2.3. Planeamiento municpal ................................................................................................... 23

2.2.4. Paraje Natural Municipal del Barranco de la Fos ................................................................ 24

2.2.5. Documento de referencia ................................................................................................ 26

2.3. Modelo territorial vigente ................................................................................................ 31

2.4. Caracterización del modelo territorial ............................................................................... 32

3.  MARCO LEGAL Y RELACIONES CON OTROS PLANES Y PROGRAMAS. ................................... 33 

3.1. Legislación aplicable ....................................................................................................... 33

3.2. Relaciones con otros planes y programas conexos ............................................................ 38

3.2.1. Estrategia Territorial de la Comunidad Valenciana. ............................................................ 38

3.2.2. Plan de Acción Territorial de Riesgo de Inundación de la Comunidad Valenciana, PATRICOVA .................................................................................................. 38

3.2.3. Plan de Acción Territorial de Corredores de Infraestructuras .............................................. 39

3.2.4. Plan Integral de Residuos de la Comunidad Valenciana, PIR .............................................. 40

3.2.5. Plan Hidrológico de la Cuenca del Júcar ........................................................................... 41

3.2.6. Plan Eólico de la Comunidad Valenciana ........................................................................... 43

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

2

3.2.7. Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verde y de la Protección Paisajística. .................................................................................................................... 44

3.2.8. Plan de Acción Territorial Forestal. (PATFOR) ................................................................... 45

3.2.9. Plan Estratégico Global del Turismo de la Comunidad Valenciana 2010-2020 ...................... 47

3.2.10. Compatibilidad de planeamiento urbanístico con otros municipios colindantes. ................... 48

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

3

1. INTRODUCCIÓN

1.1. ÍNDICE Y COMPOSICIÓN DE LOS DOCUMENTOS QUE INTEGRAN EL ISA. TOMO I – MARCO LEGAL 1. INTRODUCCIÓN 2. ANTECEDENTES 3. MARCO LEGAL Y RELACIONES CON OTROS PLANES Y PROGRAMAS TOMO II – MARCO TERRITORIAL 1. CARACTERÍSTICAS DEL ÁMBITO TERRITORIAL 1.1. TOPOGRAFÍA 1.2. GEOLOGÍA. 1.3. CLIMATOLOGÍA. 1.4. HIDROGRAFÍA. 1.5. FLORA Y VEGETACIÓN. 1.6. FAUNA 1.7. MORFOLOGÍA URBANA Y GRADO DE DESARROLLO. 1.8. INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTOS. 1.9. MEDIO SOCIOCULTURAL. 1.10. MEDIO SOCIOECONÓMICO 1.11. USOS DEL SUELO 1.12. AFECCIÓN DE RIESGOS NATURALES 2. UNIDADES AMBIENTALES. 3. CÁLCULO DE LA CALIDAD AMBIENTAL DEL TERRITORIO 4. CAPACIDAD DE ACOGIDA DEL TERRITORIO. 5. CONCLUSIONES TOMO III – EVALUACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA 5. DIAGNÓSTICO DE AFECCIÓN DE LA PLANIFICACIÓN PROPUESTA SOBRE EL TERRITORIO 6. PLAN DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA 7. ESTUDIO DE ALTERNATIVAS 8. PROPUESTA DE LA VERSIÓN PRELIMINAR DEL PLAN GENERAL 9. MEDIDAS PREVENTIVAS Y CORRECTORAS DE INTEGRACIÓN AMBIENTAL PLAN DE

PARTICIPACIÓN PÚBLICA

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

4

10. MEDIDAS DE SEGUIMIENTO MEDIANTE LA UTILIZACIÓN DE INDICADORES DE

SOSTENIBILIDAD. 11. VIABILIDAD ECONÓMICA DE LA PROPUESTA TÉCNICA 12. CONCLUSIONES DEL INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL ANEXOS DIGITALES ANEXO I – FICHAS DE IMPACTO AMBIENTAL ANEXO II – ESPECIES DE FAUNA Y FLORA CATALOGADAS.

1.2. ÍNDICE DE LA CARTOGRAFÍA DE REFERENCIA DEL INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL

PLANOS DE INFORMACIÓN (SERIE A) INFORMACIÓN TERRITORIAL 1. SITUACIÓN Y EMPLAZAMIENTO.

2. TOPOGRÁFICO.

3. USOS DEL SUELO (SIOSE).

4. CAPACIDAD DE USOS AGRÍCOLAS DEL SUELO. (COPUT).

5. FISIOGRAFÍA.

6. PENDIENTES.

7. GEOLOGÍA- AÑADIR AL LITOLÓGICO LAS FALLAS.

8. EDAFOLOGÍA.

9. HIDROGEOLÓGICO.

10. INVENTARIO FORESTAL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA.

11. INVENTARIO FORESTAL NACIONAL

12. MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA.

13. FORESTAL TIPO ESTRUCTURAL.

14. PAISAJE VEGETAL.

15. AFECCIONES DERIVADAS DE ELEMENTOS NATURALES.

16. AFECCIONES DERIVADAS DE LAS INFRAESTRUCTURAS TERRITORIALES

17. VÍAS PECUARIAS.

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

5

18. PLANEAMIENTO VIGENTE A. TERMINO MUNICIPAL

19. PLANEAMIENTO VIGENTE B. SUELO URBANO

20. GRADO DE DESARROLLO

21. COLINDANTES

22. RIESGO DE EROSIÓN ACTUAL.

23. RIESGO DE EROSIÓN POTENCIAL.

24. RIESGO DE DESLIZAMIENTO Y DESPRENDIMIENTO.

25. VULNERABILIDAD DE LOS ACUÍFEROS.

26. ACCESIBILIDAD A LOS ACUÍFEROS.

27. GRADO CERO DE AFECCIÓN PALEONTOLÓGICA.

28. CARTOGRAFÍA DE ESPACIOS PROTEGIDOS.

29. AFECCIONES AMBIENTALES RED NATURA 2000.

(SERIE B) – EVALUACIÓN AMBIENTAL 30. UNIDADES AMBIENTALES.

31. CALIDAD DE LAS UNIDADES AMBIENTALES.

32. CAPACIDAD DE ACOGIDA DEL SUELO DE USOS URBANÍSTICOS.

(SERIE C) – ESTUDIO DEL PAISAJE 33. ANÁLISIS DE INTERVISIBILIDAD.

34. RECURSOS PAISAJÍSTICOS.

35. UNIDADES DE PAISAJE.

36. CALIDAD DE LAS UNIDADES PAISAJÍSTICAS.

37. MAPA AGREGADO DE VISIBILIDAD.

38. CUENCAS VISUALES. SÓLO LAS VISTAS MONTADAS.

PLANOS DE ORDENACIÓN (SERIE O) – VERSIÓN PRELIMINAR O.1.- CLASIFICACIÓN DEL SUELO DEL TÉRMINO MUNICIPAL.

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

6

O.2.A.- SNU CALIFICACIÓN DEL SUELO DEL TÉRMINO MUNICIPAL, PLANO A.

O.2.B.- SNU CALIFICACIÓN DEL SUELO DEL TÉRMINO MUNICIPAL, PLANO B.

O.2.C.- SNU CALIFICACIÓN DEL SUELO DEL TÉRMINO MUNICIPAL, PLANO C.

O.2.D.- SNU CALIFICACIÓN DEL SUELO DEL TÉRMINO MUNICIPAL, PLANO D.

O.3.- CALIFICACIÓN DEL SUELO DEL CASCO URBANO.

O.4.- INFRAESTRUCTURA VERDE.

O.5.- PLANEAMIENTO VIGENTE EN MUNICIPIOS COLINDANTES.

O.6.- SUELO URBANO. ALINEACIONES Y DOTACIONES.

O.7.- AREAS DE REPARTO. SUELO URBANO.

1.3. EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA La Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, ha sido transpuesta a la normativa española mediante la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. Esta ley tiene por objeto promover un desarrollo sostenible, conseguir un elevado nivel de protección del medio ambiente y contribuir a la integración de los aspectos ambientales en la preparación y adopción de planes y programas, mediante la realización de una evaluación ambiental de aquellos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente. La Ley 9/2006, de 28 de abril, de planes y programas introduce en el procedimiento administrativo aplicable para su elaboración y aprobación un proceso de evaluación ambiental en el que el órgano promotor integrará los aspectos ambientales y entre los que constará como parte integrante de la documentación del plan un Informe de Sostenibilidad Ambiental. Los principales objetivos del Informe de Sostenibilidad Ambiental (en adelante ISA) son: - Identificar, describir y evaluar los potenciales efectos significativos sobre el medio ambiente que puedan derivarse de la ejecución del Plan General de Montesa. - Establecer medidas preventivas y correctoras basadas en mecanismos generales de prevención y control ambiental de medidas elegibles. Por otra parte el ISA forma parte del proceso de la Evaluación Ambiental Estratégica (en adelante EAE) del planeamiento de Montesa como paso previo a la confección de la Memoria Ambiental, según

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

7

se establece el Art. 12 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.

1.4. PROCEDIMIENTO DE EAE La Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, ha sido transpuesta a la normativa española mediante la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. Esta ley tiene por objeto promover un desarrollo sostenible, conseguir un elevado nivel de protección del medio ambiente y contribuir a la integración de los aspectos ambientales en la preparación y adopción de planes y programas, mediante la realización de una evaluación ambiental de aquellos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

Gráfico: Esquema de la EAE para el Plan General.

Fuente: Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente (CITMA)

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

8

La Ley 9/2006, de 28 de abril, de planes y programas introduce en el procedimiento administrativo aplicable para su elaboración y aprobación un proceso de evaluación ambiental en el que el órgano promotor integrará los aspectos ambientales y entre los que constará como parte integrante de la documentación del plan un Informe de Sostenibilidad Ambiental. La Directiva EAE sólo se aplica a planes y programas y está basada en las siguientes directrices para el documento que nos ocupa: "Aplicabilidad", El Concierto Previo se encuentra sujeto a la legislación sobre EAE. "Ámbito", Municipio de Montesa y zonas colindantes que puedan verse afectadas. "Documentación del estado del medio ambiente", Documento de Referencia. "Determinación de los impactos ambientales significativos". “Información y participación pública”. Influencia en la "toma de decisiones" basada en la evaluación. “Seguimiento” de los efectos del Concierto Previo tras su implantación.

A continuación se muestra un gráfico que representa el procedimiento de EAE de forma abreviada.

1.5. ALCANCE Y CONTENIDO DEL ISA En relación al contenido del ISA, el artículo 8 de la Ley 9/2006 establece que: “En el informe de sostenibilidad ambiental, el órgano promotor debe identificar, describir y evaluar los probables efectos significativos sobre el medio ambiente que pueden derivarse de la aplicación del plan o programa, así como unas alternativas razonables, técnica y ambientalmente viables, incluida entre otras la alternativa cero, que tengan en cuenta los objetivos y el ámbito territorial de aplicación del plan o programa.” El informe de sostenibilidad ambiental facilitará la información especificada en el Anexo I, así como aquella que se considere razonablemente necesaria para asegurar la calidad del informe. A estos efectos, se tendrán en cuenta los siguientes extremos:

a) Los conocimientos y métodos de evaluación existentes. b) El contenido y nivel de detalle del plan o programa. c) La fase del proceso de decisión en que se encuentra. d) La medida en que la evaluación de determinados aspectos necesita ser

complementada en otras fases de dicho proceso, para evitar su repetición”.

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

9

A su vez el Anexo I de la citada ley establece que “la información que deberá contener el informe de sostenibilidad ambiental será, como mínimo la siguiente:

I. Un esbozo del contenido, objetivos principales del plan o programa y relaciones con otros planes y programas conexos.

II. Los aspectos relevantes de la situación actual del medio ambiente y su probable evolución en caso de no aplicar el plan o programa.

III. Las características ambientales de las zonas que puedan verse afectadas de forma significativa.

IV. Cualquier problema ambiental existente que sea relevante para el plan o programa, incluyendo en concreto los relacionados con cualquier zona de particular importancia ambiental designada de conformidad con la legislación aplicable sobre espacios naturales y especies protegidas.

V. Los objetivos de protección ambiental fijados en los ámbitos internacional, comunitario o nacional que guarden relación con el plan o programa, y la manera en que tales objetivos y cualquier aspecto ambiental se han tenido en cuenta durante su evaluación.

VI. Los probables efectos (comprendiendo también los secundarios, acumulativos, sinérgicos, a corto, medio y largo plazo, permanentes y temporales, positivos y negativos) significativos en el medio ambiente, incluidos aspectos como la biodiversidad, la población, la salud humana, la fauna, la flora, la tierra, el agua, el aire, los factores climáticos, los bienes materiales, el patrimonio cultural, incluido el patrimonio histórico, el paisaje y la interrelación entre estos factores.

VII. Las medidas previstas para prevenir, reducir y, en la medida de lo posible, contrarrestar cualquier efecto significativo negativo en el medio ambiente por la aplicación del plan o programa.

1.6. METODOLOGÍA DEL INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL Es objeto de este documento el acompañar desde la perspectiva de la sostenibilidad ambiental, el trámite de revisión del Plan General de Montesa ante las autoridades autonómicas competentes en materia de Medio Ambiente, Infraestructuras, Urbanismo, Agua y Vivienda, al objeto de garantizar la adecuación del modelo territorial municipal al contexto supramunicipal, a los Planes de Acción Territorial aplicables, y acorde con la política urbanística y territorial de la Generalitat Valenciana. Desde una perspectiva de sostenibilidad ambiental, el Objetivo General del Informe de Sostenibilidad Ambiental es garantizar la conservación, regeneración y puesta en valor de aquellos ámbitos de

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

10

mayor interés, así como introducir principios de sostenibilidad en el desarrollo urbanístico del municipio que avalen una ordenación adecuada y proporcionada de los usos del suelo del municipio. Desde el punto de vista instrumental u operativo, se trata de definir las zonas merecedoras de protección y las medidas urbanísticas correspondientes. Desde el punto de vista funcional del Informe de Sostenibilidad Ambiental debe evaluar la organización espacial de los usos del suelo para permitir el crecimiento armónico y sostenible de los sistemas naturales y de su población. El Informe de Sostenibilidad Ambiental debe cumplir con tres funciones generales: Contribuir a definir los objetivos para un desarrollo sostenible donde coexista desarrollo y

preservación de los valores ambientales Identificar los rasgos medioambientales y culturales de la localidad valorados por la población. Definir la capacidad de un lugar para absorber el cambio y el desarrollo sin dañar los valores

de su entorno. El proceso metodológico del ISA se resume a continuación. Análisis del plan se establece una descripción del contenido del Plan, concluyendo con un

análisis de las relaciones con otros planes o programas conexos. Análisis del medio, aspectos relevantes de la situación actual y previsión de escenarios

posibles. Determinación de los Objetivos de Protección Ambiental del Plan, fijados en los ámbitos

internacional, comunitario, nacional, o autonómico que guardan relación con el Plan. Análisis de los objetivos del Plan, los efectos significativos de las medidas sobre los elementos

ambientales y territoriales, la certidumbre de las medidas y su coherencia territorial y sectorial.

Análisis del sistema de gestión y financiación Análisis de la propuesta de ordenación, incluyendo las alternativas de ordenación/protección

planteadas. Propuesta de medidas preventivas y de integración ambiental, para contrarrestar en la medida

de lo posible cualquier efecto significativo negativo en el medio ambiente por la aplicación del Plan.

Análisis del programa de seguimiento, incluye el análisis de la posibilidad de un seguimiento efectivo de los principales problemas y variables ambientales y del sistema de indicadores establecido al efecto.

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

11

Resumen de la información del ISA, a efectos de divulgación y conocimiento público a través de un Documento No Técnico.

1.7. ÁMBITO DE ACTUACIÓN. Montesa se encuentra en la parte central de la comarca de La Costera, al suroeste de la provincia de Valencia. Cuenta con una superficie de 47’7 Km2 y una altitud media de 340 metros. Limita al norte con Enguera, de quien le separa la sierra Plana; al este con L’Alcúdia y Canals; al sur con Aielo de Malferit, con la sierra Grossa como frontera natural; y al oeste con Vallada. Forma parte de la Mancomunidad de La Costera-Canal, junto con otros 19 municipios, entre los que se encuentran Xàtiva y L’Alcudia de Crespins. Situada a 70 kilómetros de Valencia y a 13 de la ciudad de Xàtiva, Montesa cuenta con una buena red de comunicaciones. Su proximidad a la autovía N-430 (Valencia-Alicante interior), con acceso directo a la población y su propia estación de ferrocarril de cercanías -actualmente sin servicio directo, cubierto el trayecto mediante autobuses desde L’Alcudia de Crespins-, convierte a Montesa y a su valle, en un enclave destacado dentro de la Comarca de La Costera.

Imagen: Encuadre geográfico de Montesa según las coordenadas NW/SE.

Fuente: Base CITMA. Elaboración propia

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

12

El municipio cuenta con 1390 habitantes (padrón 2009), lo que representa una densidad de población de 28’89 habitantes/km2, muy inferior a la media comarcal (140’05) y a la provincial (238’33). La evolución de la población ha sido negativa desde el primer tercio del siglo XX, con una clara tendencia al envejecimiento, si bien su estructura demográfica actual es bastante sólida y estable. El área de estudio se encuadra en la zona de transición de los Sistemas Ibérico y Bético, concretamente las formaciones existentes son Sierra de la Plana (también conocida como Sierra de Enguera), perteneciente a la plataforma del Macizo del Caroig, y Serra Grossa, formación Prebética, éstas se encuentran separadas por la depresión del río Canyoles, denominado Valle de Montesa. El municipio cuenta con 2.739,62 Has de superficie forestal, alcanzando el 56,93% de la totalidad de su superficie. La población se sitúa en la zona central del municipio, al norte del rio bajo las laderas de la Sierra de La Solana. No existen otros núcleos de población. El municipio quedaría enmarcado en un rectángulo imaginario con el siguiente par de coordenadas XY (UTM, ETRS89, H30):

NW (699421, 4317403); SE (708405, 4307267)

2. ANTECEDENTES

2.1. JUSTIFICACIÓN LEGAL La ordenación del Territorio, u Ordenación territorial es una disciplina científica, y una técnica administrativa, influida por multitud de disciplinas; especialmente por la geografía física, la geografía humana y las ciencias ambientales, que tiene como objetivo una ocupación racional del territorio, mediante la aplicación de normativa que permita o prohíba unos determinados usos de la tierra. Este concepto ya ha sido recogido en la Legislación sectorial de Ordenación del Territorio e Impacto Ambiental, en la que se contempla la gestión responsable de los recursos naturales y la protección del medio ambiente, de forma que se compatibilicen la satisfacción de la necesidad creciente de recursos y su conservación. Por otra parte, la Ley 4/2004, de 30 de Junio, de la Generalitat Valenciana, de Ordenación del

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

13

Territorio y Conservación del Paisaje, abandona la idea de una ordenación del territorio rígida, íntimamente ligada y dependiente de la macro-planificación económica, que estuvo en auge en la década de los ochenta, y se apuesta por planteamientos basados en estrategias territoriales, en los que tiene una importante participación el conjunto de la sociedad, que se justifican en la voluntad de identificar la vocación de las distintas partes del territorio para garantizar la sostenibilidad y mejorar su competitividad. Con el propósito antes anunciado, la Ley parte de una concepción dinámica de la ordenación del territorio como función pública encaminada a un objetivo integrador de políticas sectoriales con incidencia territorial, adoptando así la concepción que de aquella tarea tiene establecida la Comunidad Europea y que ha refrendado el Tribunal Constitucional. El Artículo 82 de dicha ley enuncia: “los municipios ejercerán su competencia de planificación urbanística, con los límites que impongan los valores territoriales, naturales, paisajísticos, culturales dignos de protección y la disponibilidad de recursos en su término municipal”. Asimismo, el art. 3.1. de la Ley 9/2006, de 28 de Abril, sobre la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el Medio Ambiente, establece que serán objeto de esta evaluación los instrumentos de Ordenación del Territorio y urbanísticos que puedan tener efectos sobre el medio ambiente, que se elaboren o aprueben por una Administración Pública y vengan regulados por una disposición legal o reglamentaria. Por lo anteriormente expuesto y siendo el Plan General un instrumento de Ordenación del Territorio incluido en la Ley anteriormente citada, procede que el mismo sea objeto de esta Evaluación Ambiental.

2.2. ANTECEDENTES

2.2.1. EVOLUCIÓN HISTÓRICA

2.2.1.1. ANTECEDENTES ARQUEOLÓGICOS En el término municipal de Montesa, existen 15 yacimientos arqueológicos y etnológicos, según el inventario de yacimientos arqueológicos y etnológicos de la Dirección General de Patrimonio.

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

14

A lo largo de su historia ha mantenido una posición estratégicamente privilegiada en el control del paso desde la Meseta hacia el Mediterráneo, y algunos de los episodios más importantes de la historia de la Comunidad Valenciana se han producido en sus tierras. Se tiene constancia de la existencia de fortificaciones en diversas poblaciones y lugares de la comarca, la mayoría de las cuales han desaparecido por el fuerte desarrollo urbanístico o han quedado irreconocibles tras prolongadas modificaciones. También pueden observarse en muchas localidades restos de los numerosos palacios medievales y casas señoriales que existieron en la zona. Su origen ibero se confirma por los restos cerámicos encontrados en la partida de La Cañada, a este respecto hay que tener en cuenta que Montesa se encuentra en una Comarca con yacimientos de esa época de gran importancia (Mogente y Játiva). Sobre sus antecedentes romanos, hay que tener presente la calzada Romana (Vía Augusta) que atraviesa el término. Montesa alcanzó renombre con los árabes, debido a su situación estratégica que dominaba el valle. Abunda la cerámica de esta época y el castillo conserva todavía elementos espaciales típicamente islámicos, cómo son la entrada en codo y el albacar. Llegado el momento, se convirtió en refugio frente al castillo de Xátiva, en poder de Jaime I de Aragón. El castillo de Montesa figura en algunos documentos árabes del periodo califal, y, tras la rendición de Xàtiva a las tropas de Jaime I en 1244, fue donado como compensación al antiguo alcaide de esta ciudad, pero tras las revueltas protagonizadas por Al-Azraq, el rey Pedro el Grande lo tomó por asalto en 1277 y expulsó definitivamente a los musulmanes. Tras una fallida carta de población otorgada a musulmanes en 1288, el 16 de octubre del año siguiente Alfons I otorga carta puebla para que ocupen Montesa y la entonces alquería de Vallada ciento veinte familias de cristianos. En 1292 Jaume II, con la finalidad de consolidar la repoblación de la zona, concedió a Montesa el privilegio de celebrar mercado de forma semanal todos los lunes. En 1311 la Orden del Temple es suprimida y Jaime II rey de Aragón y el Papa Juan XXII crearán en 1317 una nueva Orden que será la heredera directa de los bienes del Temple. El objetivo principal de la creación de la orden era por una parte recoger los bienes de la extinta Orden del Temple y por otra parte crear una milicia que pudiera proteger la frontera sur de la Corona de Aragón, el Reino de Valencia, ante el aumento constante de la población árabe y morisca del Reino.

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

15

En 1319 los caballeros de la Orden de Montesa toman posesión del castillo árabe y lo construyen de nuevo durante los siglos XIV-XV-XVI. Según Teodoro Llorente la villa también estaba rodeada de una fuerte muralla. La Orden de Montesa como Caballería Militar, no tuvo una carrera larga, pero su gloria, sí fue grande. Tuvo Maestres que fueron muy influyentes. Vivió dos siglos y medio y, en realidad, si murió como organización religiosa-militar, no lo hizo como entidad honorífica. En 1510 Montesa contaba con unas 92 familias, que pasarían a 244 en 1572. Desde esa fecha la población fue descendiendo hasta las 108 familias que tenía en 1644, probablemente debido a las pestes de mediados del seiscientos. A finales de siglo mejoró demográficamente (176 familias en 1699), para volver a descender en el XVIII. En 1768 tenía tan sólo 702 habitantes, que serían 808 en 1787. Durante el XIX y gracias a las grandes plantaciones de olivos y viñedos, logró incrementar su población de forma notable, pasando a 1216 habitantes en 1857 y a un máximo de 1425 en 1910. Con la crisis vitícola filoxérica inició la regresión demográfica (1254 habitantes en 1930) y entró luego en un largo período de estancamiento (1269 en 1996) del que parece haber salido en los últimos años (1413 en 2003).

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

16

Tras la Guerra de Sucesión, Montesa fue elegida capital de una de las gobernaciones borbónicas, que incluía, además de la propia villa, las localidades de Alcàntara, Anna, L´Alcúdia de Crespíns, Agullent, Alfafara, Beneixida, Bolbaite, Càrcer, Cotes, Chella, Enguera, La Font de la Figuera, Moixent, Sumacàrcer, Sellent i Vallada. No obstante, el corregidor de la nueva gobernación residió siempre en Xàtiva, por lo que la nueva circunscripción borbónica no tuvo más trascendencia que la puramente honorífica. En 1748 Montesa sufrió los efectos de dos terremotos, que ocasionaron el derrumbamiento del castillo, por lo que los religiosos de la orden de Montesa supervivientes se trasladaron al edificio del Temple-, en la ciudad de Valencia.

2.2.1.2. EVOLUCIÓN URBANA La trama urbana conserva el trazado de los pueblos antiguos adaptados a la topografía del terreno. Las calles son muy estrechas y escalonadas siguiendo las curvas de nivel. La más larga y principal, con dirección este-oeste, es la de Sant Vicent y Mare de Déu del Carme, antigua ronda por donde entraban los caminos de Xàtiva y de Valencia y salía el de Vallada, en cuyo portal arranca cuesta arriba la calle de Santa Bàrbara, que lleva hasta la plaza de la Vila y se prolonga luego por la Subida del Castillo que muere a las puertas de la fortaleza. En la citada plaza están los edificios más notables de Montesa: la Iglesia de l’Assumpció, construida entre los años 1693-1702 y cuyas trazas se deben al arquitecto enguerino Juan Aparicio; la Casa Abadía, cuyos orígenes se podrían remontar al siglo XVI y el Ayuntamiento, edificio con un pórtico de sillería construido durante la primera mitad del siglo XVII. Tras la torre de la iglesia (finales del XVI principios del XVII), en un edificio del primer tercio del XVII con arco de sillería, se encuentra el interesante Museo Parroquial. Otras casas interesantes se encuentran en la calle Sant Vicent y en muchas de ellas se aprecia el aprovechamiento de sillares procedentes del castillo. La parte más moderna se ha desarrollado siguiendo el antiguo camino de la Estación, que empezó a formarse ya en el siglo XIX como vía de enlace entre el pueblo y el Nuevo Camino Real (1776) y luego la línea férrea que llegó a Montesa en 1858.

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

17

En ese proceso continuo de ir situándose más cerca del fondo del valle y de las nuevas infraestructuras de comunicación, a lo largo del siglo XX, se ha construido la parte moderna de Montesa en base a una serie de calles que se apoyan en el antigua Camino de la Estación, hoy Avenida de Silverio Perfecto Sanz Navarro, todas ellas con una traza perpendicular a dicho viario, destacando las calles de Hermenegildo Moleón, Dr. Villa Pedroso, Assumpció Perales, Mestre Serrano, Doctor Fleming, etc. El Castillo fue declarado monumento nacional por Real Orden (Gaceta de Madrid) de 13-04-1926.

2.2.2. PLANIFICACIÓN VIGENTE Las Normas Subsidiarias de Montesa fueron aprobadas definitivamente por la Comisión Territorial de Urbanismo en fecha 27de septiembre de 1988, habiéndose publicado en el BOP de Valencia de 29 Noviembre de 1988. Este planeamiento ha tenido tres modificaciones puntuales al mismo. La primera, se refiere a la definición del Núcleo de Población, modificando el artículo 46 de las Normas Urbanísticas, fue aprobada por la CTU el 31-01-2.001, siendo publicado mediante BOP de fecha 28-02-2001. La segunda modificación, se refiere a las infraestructuras de depuración, fue aprobada por la CTU el 04-10-2001 y publicada en el DOGV 07-12-2001. La tercera y última modificación, se refiere a las áreas deportivas, artículo 33 de las Normas Urbanísticas., fue aprobado por el Pleno Municipal el 27-05-2010, (BOP número 152, de 29 de junio de 2010).

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

18

Además, hay que tener en cuenta que el 28 de mayo de 2004, la CTU (DOGV 07-04-2005) aprueba la homologación Modificativa del Plan Parcial de uso Industrial, reclasificando suelo no urbanizable situado en las proximidades de la autovía de Levante (antigua nacional 4630) y junto al nudo de enlace de dicha autovía y el núcleo urbano de Montesa. Acompañado todo ello del correspondiente Programa para el Desarrollo de la Actuación Integrada. Las actuales NN.SS. han sido un instrumento de planeamiento útil durante su vigencia. El resumen de sus determinaciones más importantes, siguiendo su propia estructura, sería: El suelo urbano ha sido delimitado con arreglo al artículo 78 de la Ley del Suelo y 22 del Reglamento de Planeamiento.

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

19

El suelo consolidado por la edificación suma 15’20 Has y 6'61 Has el suelo que dispone de los servicios para ser considerado como suelo urbano. El área total que las NN.SS delimitan como suelo urbano es de 30'70 Has. En el momento de su redacción el número de viviendas existentes era de 538 y el de viviendas previstas en el resto del Suelo Urbano 930. Así mismo, el desarrollo previsto en las NNSS tiene como umbral una población de derecho en diciembre de 1979 de 1210 habitantes que se estiman, a efectos de las NNSS, en 1263 habitantes para el año 1990. Según el censo de ese año Montesa tiene 1248 habitantes, por lo que la previsión de las NNSS era de gran exactitud. En 2008, alcanza una población de 1424 habitantes; por lo tanto, Montesa aunque de forma reducida ha mantenido un crecimiento basado sobre todo en la inmigración. Las NNSS definen tres zonas de ordenanza diferenciadas, con sus respectivas normas urbanísticas:

La Vila, la zona más antigua situada a la falda del castillo Barrio tradicional, hasta las calles Doctor Ballesteros y Mare de Deu del Carme Ensanche, articulada a los dos lados de la calle Perfecto Sanz Navarro.

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

20

El suelo urbanizable o apto para urbanizar ocupa una superficie de 5,67 Has; con uso residencial de media densidad y una densidad máx. 50 viviendas por Ha. Está destinado a 2ª residencia. El resto del término municipal no clasificado como suelo urbano o urbanizable se clasifica como suelo no urbanizable; señalándose según los casos, protecciones agrícolas, forestales, de cauces, vías de comunicación, según cuadro adjunto:

Como Sistemas Generales se previeron un Parque público con 18.000 m2., y el suelo para unas escuelas con una superficie de 10.000 m2 y un campo de deporte de 13.700 m2.

Además en el suelo urbano se señalan las alineaciones, alturas y rasantes de edificación, así como el equipamiento comunitario. Las protecciones en lo que se refiere a suelo no urbanizable protegido son las correspondientes a Uso agrícola, Forestal, Vías de Comunicación y Cauces. Igualmente, se establecen protecciones de carácter histórico-artístico y tipológico, que se relacionan a continuación:

SUELO NO URBANIZABLE Protegido: Agrícola ………………………………………………… 747.- Has. Forestal ………………………………………………… 2.344.- Has. Vías de comunicación ……………………………….. 82.- Has. Cauces ………………………………………………… 98.- Has. No Protegido ……………………………………………………….. 1.462,63 Has. TOTAL SUELO NO URBANIZABLE ……………………………... 4.733,63 Has.

SISTEMAS GENERALES A proveer ESCUELAS ……..………………………….…………………… 10.000.- m2 (expropiar) PARQUE PÚBLICO ……………………….…………………... 18.000.- m2 Existentes: Campo de deportes ……………………………….……………13.700.- m2 Cementario …………………………………………………….... 1.903.- m2 Escuela ………………………………………………………...… 1.836.- m2 Deposito …………………………………………………………. 186.- m2 Pozo de captación ……………………………………………… - - - Depuradora ……………………………………………………… - - - Redes viarias, energía eléctrica, agua y saneamiento …….. - - -

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

21

AYUNTAMIENTO.- Casona del s. XVII restaurada. IGLESIA PARROQUIAL N.S. DE MONTESA.- Edificio religioso del s. XVII-XVIII. CASA ABADIA. - Edificio del s. XIX CONVENTO DE LAS MONJAS DE SAN VICENTE DE PAUL. Edificio del s. XVIII.

EDIFICIO PLAZA SAN ANTONIO NÚMERO 7. EDIFICIOS en CI San Vicente. nos 9, 20 y 32. CASA DELS FRARES.- Masía transformada; del s. XVIII. ERMITA Y CALVARIO DE LA SANTA CRUZ. s. XVIII.

ERMITA DE S. SEBASTIAN. S. XVIII. BARRIO DE LA VILLA. Núcleo primitivo de la poblaci6n, origen s. XIII o anterior. BARRIO TRADICIONAL.- Barrio comprendido entre la Plaza Mayor y la calle San Vicente.

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

22

CASTILLO Y SU ENTORNO.- Comprende las ruinas del Castillo y su entorno en el cerro hasta las murallas. MUELA DE PEDRO III Y SU ENTORNO.- Comprende la Muela (posible despoblado antiguo) y una piedra movible situada en las faldas de la misma. JARDINES PRIVADOS.- Comprende algunos jardines y huertos privados, HEREDAD DE REQUENA. Edificio jardín en la CN430. El resumen de dotaciones y equipamientos previstos en las NNSS es el siguiente:

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

23

El 28 de mayo de 2004, la CTU (DOGV 07-04-2005) apruebó la homologación Modificativa del Plan Parcial de uso Industrial, reclasificando suelo no urbanizable situado en las proximidades de la autovía de Levante (antigua nacional 4630) y junto al nudo de enlace de dicha autovía y el núcleo urbano de Montesa. Acompañado todo ello del correspondiente Programa para el Desarrollo de la Actuación Integrada. Las determinaciones más relevantes se reflejan en la siguiente ficha:

A día de hoy, este Sector de suelo industrial está sin ejecutar.

2.2.3. PLANEAMIENTO MUNICPAL Las Normas Subsidiarias vigentes fueron redactadas al amparo de la Ley del Suelo de 1976, siendo aprobadas el 30 de Mayo de 1989 por la Comisión Territorial de Urbanismo. Durante sus veinte años de vigencia, se han ido realizando diversas modificaciones y documentos de desarrollo de las mismas. Igualmente, se han dictado resoluciones de contenido medioambiental y de protección que afectan a sus determinaciones, según cuadro anexo. En consecuencia, el Municipio de Montesa cuenta con el siguiente planeamiento vigente:

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

24

Tipo plan Especificaciones Aprobación Definitiva

MNS MODIFICACION NORMAS SUBSIDIARIAS Nº 1

(Modificación artículo 36 de las Normas Urbanísticas: definición del Núcleo de Población)

31/01/2001 (C.T.U.) 28/02/2001 (B.O.P)

MNS MODIFICACION NORMAS SUBSIDIARIAS Nº2

(Infraestructuras de depuración) 04/10/2001 (C.T.U.)

07/12/2001 (D.O.G.V.)

MNS MODIFICACION NORMAS SUBSIDIARIAS Nº 3

(Modificación artículo 33 de las Normas Urbanísticas: Áreas deportivas)

29/06/2010 (B.O.P.) 27/05/2010 (AYTO)

PPI PLAN PARCIAL INDUSTRIAL HOMOLOGACION

MODIFICATIVA 22/06/2001 (D.O.G.V.)

20/06/2000 (C.T.U.)

PPI PLAN PARCIAL INDUSTRIAL DE MEJORA Y

HOMOLOGACION 07/04/2005 (D.O.G.V.)

28/05/2004 (C.T.U.)

PNM PARAJE NATURAL MUNICIPAL EL BARRANCO DE LA

FOSCH 09/09/2010 (D.O.G.V.)

03/09/2010 (CONS)

PE PLAN ESPECIAL PROTECCION PARAJE NATURAL

MUNICIPAL EL BARRANCO DE LA FOSCH 09/09/2010 (D.O.G.V.)

03/09/2010 (CONS)

BICM BIEN DE INTERES CULTURAL COMO MONUMENTO

CASTILLO DE MONTESA Declaración -13/04/1926

Entorno – DOGV 25/08/2005

BICM BIEN DE INTERES CULTURAL ESCUDO DE LOS

MADRAMANY

2.2.4. PARAJE NATURAL MUNICIPAL DEL BARRANCO DE LA FOS El municipio de Montesa cuenta con un Paraje Natural Municipal denominado “Barranco de la Fos” declarado por Decreto 124/2010, de 3 de septiembre, del Consell, por el que se declara paraje natural municipal el enclave denominado el Barranc de la Fos, en el término municipal de Montesa. El paraje, de 604,74 hectáreas de extensión, reúne valores ecológicos, paisajísticos, hidrológicos y de uso público que justificaron en su momento el inicio de los trámites para su declaración como paraje natural municipal, y se encuentra calificado a efectos urbanísticos como suelo no urbanizable protegido– Paraje Natural Municipal. El espacio constituye un entramado de barrancos y relieves montañosos pertenecientes a la unidad de relieve de la Serra Grossa, que recorre transversalmente el sur de la provincia de Valencia, separando la comarca de la Costera de la comarca de la Vall d’Albaida. Estos relieves se corresponden con los primeros pliegues de directriz prebética en territorio valenciano, siendo la litología básicamente formada por calizas mesozoicas, aunque abundan los afloramientos triásicos de facies Keuper: El río Cànyoles, eje fluvial de la comarca de la Costera, delimita el espacio por el norte. El Barranc de

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

25

la Fos, afluente de aquel, constituye el eje de este espacio natural, presentando un elevado interés para la conservación. El Barranc de la Fos recibe otros barrancos y torrentes, entre los que cabe reseñar el barranco de la Llobera, el de la Cova Murada, de la Font del Meló, de Primo y el de la Foia Redona; que terminan de conformar un espacio de abrupta morfología y grandes contrastes entre secas solanas y resguardadas umbrías en las que el microclima específico permite albergar masas vegetales de mayor densidad.

Imagen: Delimitación cartográfica del PNM Barranc de la Fos

Fuente: Decreto 124/2010.

En concreto, por lo que respecta a ésta, actualmente las formaciones predominantes en el espacio están compuestas por masas de pino carrasco (Pinus halepensis) junto con bosquetes de carrasca (Quercus ilex subsp. rotundifolia) en fase de regeneración tras el devastador incendio del año 1994. Otras especies frecuentes son el madroño (Arbutus unedo), el enebro (Juniperus oxycedrus) y la sabina mora (Juniperus phoenicea), junto con los coscojares y lentiscares y otras especies típicas del matorral esclerófilo mediterráneo. Por su parte, las zonas de umbría y de fondo de barranco presentan una alta cobertura y diversidad de especies, dotando al espacio de un particular interés. En estos ambientes más frescos y húmedos aparecen el fresno (Fraxinus ornus), la hiedra (Hedera

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

26

helix), la zarzaparrilla (Smilax aspera) o los rosales silvestres (Rosa sp). En el entorno del río Cànyoles (sector norte del Paraje) se puede encontrar vegetación compuesta principalmente por tarayales y adelfares (englobadas dentro de la clase Nerieto-Tamaricetea), formaciones características de ríos y ramblas con cursos de agua temporal. Además, el Barranc de la Fos constituye un espacio natural muy apreciado por los habitantes de Montesa como lugar de esparcimiento y de actividad en la naturaleza. Paralelo al barranco discurre el sendero local SL-CV61 que lo recorre en gran parte de su longitud. Se trata por tanto de un enclave que, debido a su riqueza natural y sus valores ecológicos y paisajísticos, ofrece distintas alternativas para el uso y disfrute de la población, siendo algunas de las posibles actividades que se pueden realizar, el paseo, la práctica deportiva o la educación ambiental. En virtud de lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 161/2004, de 3 de septiembre, del Consell, de regulación de los Parajes Naturales Municipales, se ha aprobado el Plan Especial de Protección del Paraje Natural Municipal el Barranc de la Fos. El objetivo del Plan Especial es establecer las medidas necesarias para garantizar la protección del espacio, la conservación y mejora de su flora y fauna, así como de las singularidades geológicas, paisajísticas y culturales.

2.2.5. DOCUMENTO DE REFERENCIA En respuesta al Documento Consultivo y del resultado de las consultas realizadas a las Administraciones públicas afectadas, la Dirección General del Medio Natural de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, con fecha 19 de septiembre de 2012, resolvió aprobar el Documento de Referencia dentro del expediente 63/11-EAE, para la elaboración del Informe de Sostenibilidad Ambiental del Plan General Municipal de Montesa. Las disposiciones y directrices contenidas en dicho Documento de Referencia se han tenido presentes en la elaboración del actual documento, recogiéndolas y procurando dotar al territorio analizado de un marco ambiental, territorial y legal para su futura aplicación, en el contexto del Plan General Municipal de Montesa. En el siguiente cuadro recogemos las Administraciones Públicas consultadas:

Administración Consulta Notificación Recepción LinkSERVICIO DE INFRAESTRUCTURA VERDE Y PAISAJE 16/01/2012 08/03/2012 09/01/2012 �

DG CALIDAD AMBIENTAL 16/01/2012 03/04/2012 26/01/2012 �

DG MEDIO NATURAL 16/01/2012 27/07/2012 26/01/2012 � DIP VALENCIA SERVICIO DE CARRETERAS 18/01/2012 24/01/2012

ADIF 18/01/2012 14/02/2012 24/01/2012 �

CHJ 18/01/2012 04/06/2012 24/01/2012 �

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

27

EPSAR 18/01/2012 15/10/2012 24/01/2012 �

DG OBRAS PUBLICAS PROYECTIOS URB Y VIVIENDA 01/02/2012 17/04/2012 � DG AGUA 02/02/2012

DG PREVENCION EXTINCION DE INCENDIOS Y EMERGENCIAS 02/02/2012 28/03/2012 �

DIRECCION TERRITORIAL DE CULTURA 02/02/2012 21/05/2012 �

Las conclusiones de los informes recibidos quedan recogidas en el DR y son los siguientes:

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

28

En dicho Documento de Referencia contiene las siguientes directrices y recomendaciones que los distintos órganos consultados entienden, deberían plantearse: Se ha tenido en cuenta cada uno de los criterios ambientales y principios de sostenibilidad aplicables a la Revisión del Plan General que desde el Documento de Referencia se apuntan, teniendo en cuenta el grado de determinación y definición posible en cada uno de ellos, en función de la fase de tramitación y planeamiento en la que nos encontramos. En el Tomo III de este Informe de Sostenibilidad Ambiental, se realiza una justificación expresa de todas estas determinaciones aquí mencionadas. A continuación pasamos a acreditarlo, siguiendo para ello la misma estructura del Documento de Referencia. Informe emitido por la Dirección General de Calidad Ambiental. El ISA contiene los estudios sugeridos en dicho informe, con respecto a las infraestructuras y servicios de recogida y gestión de residuos.

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

29

Informe emitido por la Sección de Planificación de Carreteras. El ISA se acompaña de un Estudio de Tráfico, en el que se analiza el tráfico asociado al modelo territorial propuesto, incorporando las medidas que en su caso pueda requerir el mismo. Informe emitido por el Servicio de Gestión de Espacios Protegidos. La Versión Preliminar del Plan recoge la recomendación para que la normativa reguladora del Paraje Natural Municipal del Barranco de la Fos, sea la del Anexo III del Decreto 124/2010. Informe emitido por el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal. Se ha clasificado como suelo no urbanizable de protección forestal la totalidad del monte catalogado de utilidad pública nº 78, denominado “La Umbria”. Las vías pecuarias se han clasificado como suelo no urbanizable protegido, tal y como ya se recogía en el Documento de Consulta. EN CUANTO AL APARTADO D) DEL DOCUMENTO DE REFERENCIA: “FACTORES AMBIENTALES Y AFECCIONES LEGALES” Tanto en el ISA, como en la Versión Preliminar del Plan General, quedan todos recogidos. EN CUANTO AL APARTADO E) DEL DOCUMENTO DE REFERENCIA: “RELACIÓN CON OTROS PLANES Y PROGRAMAS RELEVANTES” Estrategia Territorial de la Comunidad Valenciana (ETCV): Se han incorporado los criterios de crecimiento racional y sostenible, respetando los índices máximos de ocupación de suelo y previsiones de población; igualmente se ha definido la infraestructura verde a escala local. PATRICOVA. El riesgo de inundación no afecta a las propuestas de ordenación contenidas en el Plan General. PAT de Corredores de Infraestructuras. Las previsiones de este PAT han sido recogidas en su integridad en esta Versión Preliminar. EN CUANTO AL APARTADO F) DEL DOCUMENTO DE REFERENCIA: “AMPLITUD, NIVEL DE DETALLE Y GRADO DE ESPECIFICACIÓN DEL ISA” Como se reconoce en el Documento de Referencia, este Plan General propone un crecimiento racional y sostenible de suelo, cumpliendo con lo establecido en la Directriz 78 de la ETCV. En el

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

30

suelo residencial considera la oferta de vivienda sin ocupar y el suelo urbano vacante como premisas de la planificación de suelo. Igualmente se ha tenido en cuenta lo establecido en el artículo 5.1.a) de la LOTPP, sobre la mejora de los entornos urbanos, estableciendo las áreas degradadas y los criterios para la posterior delimitación de otras, incorporando esta determinación las DEUTs, como un del procedimiento de evaluación ambiental estratégica, todo ello, en desarrollo del artículo 46.1.a) de la LUV. Por lo que se refiere a las viviendas sin ocupar, el Plan General efectúa la estimación del parque inmobiliario existente así como de la capacidad total del suelo residencial propuesto, adjuntándose estudio complementario sobre la estimación de la demanda de vivienda, todo ello con respeto a los términos establecidos y propuestos en las Directrices 115 y 116 de la y en la Ley 8/2004, de 20 de octubre, de Vivienda. En cuanto al análisis de alternativas, si bien el Documento Consultivo contenía una única alternativa global de modelo territorial y urbano, - además de la que suponía el mantenimiento del modelo ya existente-, resultado de un primer análisis de la situación urbanística y territorial; en esta Versión Preliminar, se ha establecido una tercera alternativa, por lo que la propuesta adoptada es el resultado de la realización de un análisis técnico previo de las alternativas y de la justificación de la solución adoptada, en función de su viabilidad ambiental. Ya el Documento de Referencia reconoce que en el estudio de las alternativas contenido en el Documento de Consulta se ha tenido en cuenta “la realidad física y el grado de ejecución del planeamiento vigente (NN.SS. de 1988}, quedando debidamente justificado la superficie destinada a estos usos por sus necesidades de crecimiento urbanístico racional y sostenible. Se parte de un modelo realista a nivel cuantitativo, ya que se ha considerado la demanda que supone la actual situación, con unas expectativas de desarrollo similares a las que se dan en el ámbito comarcal”. Y añade: “El Documento Consultivo contiene un análisis del término municipal en el que se definen y delimitan unidades ambientales, concluyendo con el desarrollo de un modelo de aptitud del terreno frente a los usos que se pretenden desarrollar en el municipio. Además, recoge detalladamente todos los posibles impactos que producirán las diferentes alternativas estudiadas, presentándose las medidas preventivas y/o correctoras que garanticen su minimización”. Finalmente cabe insistir en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la LSNU, el suelo no urbanizable común ha sido zonificado en función de los usos y aprovechamientos característicos.

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

31

EN CUANTO AL ANEXO II DEL DOCUMENTO DE REFERENCIA: “OBJETIVOS Y CRITERIOS AMBIENTALES ESTRATEGICOS” Todos ellos han sido incorporados a las DEUTs contenidas en esta Versión Preliminar así como al contenido del ISA. EN CUANTO AL ANEXO III DEL DOCUMENTO DE REFERENCIA: “INDICADORES SEGÚN LOS OBJETIVOS Y CRITERIOS AMBIENTALES APLICABLES A LAS ALTERNATIVAS DEL PLAN” Los indicadores de planeamiento señalados en el Documento de Referencia del Plan General de Montesa quedan incorporados en los Tomos II y III del presente ISA.

2.3. MODELO TERRITORIAL VIGENTE Para explicar el modelo territorial vigente, primero contextualizaremos Montesa dentro de su marco territorial. La población de Montesa está situada en el valle recorrido por el río Cányoles (o Montesa) en dirección suroeste-noreste. Se encuentra entre el Sistema Ibérico (Sierra Plana o de Enguera) y el prebético, donde se eleva la Sierra Grossa, a cuyos pies discurre el río. Las alineaciones montañosas son de naturaleza cretácica, mientras que el fondo del valle, con una altitud media de 249 m. se halla ocupado por molasas miocénicas. Perpendicular al rio, en dirección norte-sur, en las laderas de las sierras, discurre la red de drenaje superficial constituida por numerosos barrancos que discurren hasta el fondo del valle por el que discurre el río. El clima predominante es el mediterráneo con influencia continental, con veranos cálidos e inviernos frescos de carácter semiárido. La sierra Plana tiene su cima en el pico de Tres Mollons (625 metros) llamado así por estar en ella el mojón trifinio de los términos de Montesa, Vallada y Enguera. Una serie de cortos y pronunciados barrancos (Malagón, la Dama, Socarrà, etc.) bajan desde sus laderas desnudas de vegetación hasta el rio Canyoles. El centro del valle se halla cubierto por sedimentos terciarios de arcillas y calizas blancas -las fértiles albarizas- y por algunos manchones de rellenos cuaternarios en las partes más bajas y próximas al río. Al sur del mismo se levanta la sierra Grossa con su abrupto relieve, aunque en lo alto de la misma se forma el pequeño llano de la Bassa Roja, donde hay algunos cultivos

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

32

(almendros y olivos) y una pequeña huerta. Las mayores alturas de la sierra Grossa están ya sobre la línea divisoria con Aielo de Malferit: la Solana (694 metros) y el Tossal dels Polsos (684). A modo de resumen, el área de estudio se encuadra en la zona de transición de los Sistemas Ibérico y Bético, concretamente las formaciones existentes son Sierra de la Plana (también conocida como Sierra de Enguera), perteneciente a la plataforma del Macizo del Caroig, y Serra Grossa, formación Prebética, éstas se encuentran separadas por la depresión del río Canyoles, denominado Valle de Montesa. La población se sitúa en la zona central del municipio, al norte del rio bajo las laderas de la Sierra de La Solana. No existen otros núcleos de población, luego se caracteriza por ser un modelo unipolar, es decir existe un único polo principal de atracción de carácter rural, el casco urbano de Montesa. No tiene crecimientos dispersos notables. Montesa cuenta con una buena red de comunicaciones. La autovía N-430 (A-35, Valencia-Interior alicante) tiene como acceso principal y directo a la población la carretera CV 5690, conectándola también con su propia estación de ferrocarril de cercanías, aunque sin servicio directo en la actualidad. El resto del término municipal está surcado por caminos secundarios y sendas forestales. Dispone de un pequeño sector industrial al sur de la A-35, justo al otro lado de las vías del tren y de la estación. El suelo Dotacional y de equipamientos se localizan próximos o integrados en el suelo urbano residencial y en el industrial.

2.4. CARACTERIZACIÓN DEL MODELO TERRITORIAL El modelo territorial vigente se caracteriza como sigue a continuación. Buenas comunicaciones con el área metropolitana de Valencia y con los municipios

colindantes. Existencia de un sector agrícola vivo y altamente modernizado. Riqueza de recursos ambientales, turísticos y culturales en los que poder desarrollar un

modelo turístico y económico. Estabilización de la población, suponiendo un futuro problema el envejecimiento de la

población. Falta de adecuación del Planeamiento vigente a la nueva Ley Urbanística Valenciana, a la Ley

de Ordenación del Territorio y Paisaje y al Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística.

El modelo territorial vigente no se ha colmatado, sin embargo existen alteraciones evidentes en la urbanización respecto a la planificación y normativa vigente, con demerito de la imagen

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

33

urbana. 3. MARCO LEGAL Y RELACIONES CON OTROS PLANES Y PROGRAMAS.

3.1. LEGISLACIÓN APLICABLE Se ha realizado un estudio de la normativa medioambiental que deberá ser tenida en cuenta a lo largo de la redacción de los documentos del Concierto Previo y el Plan General, de las estrategias y planes vigentes desde el punto de vista ambiental y del uso del suelo. Serán de observación:

LEGISLACIÓN COMUNITARIA

Directiva 85/337/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente. Diario Oficial n° L 175 de 05.07.1985.

Directiva 97/11/CE del Consejo de 3 de marzo de 1997 por la que se modifica la Directiva 85/337/CEE relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente. Diario Oficial n° L 073 de 14.03.1997.

Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente (DOCE L 197/30 de 21.07.2001).

Directiva 2003/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de mayo de 2003 por la que se establecen medidas para la participación del público en la elaboración de determinados planes y programas relacionados con el medio ambiente y por la que se modifican, en lo que se refiere a la participación del público y el acceso a la justicia, las Directivas 85/337/CEE y 96/61/CE del Consejo. Diario Oficial n° L 156/17 de 25.06.2003.

Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres (Diario Oficial n° L 103 de 25/04/1979) y Directiva de la Comisión 49/97/CE, de 29 de julio, por la que se modifica la Directiva 79/409/CEE, del Consejo, relativa a la conservación de las aves silvestres (DOCE n° L 223, de 13.08.97).

Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los habitáis naturales y de la fauna y flora silvestres (Diario Oficial n° L 206 de 22.07.1992) y Directiva 97/62/CE del Consejo de 27 de octubre de 1997 por la que se adapta al progreso científico y técnico la Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

34

y de fauna y flora silvestres Diario Oficial n° L 305 de 08.11.1997. Directiva 2004/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de abril de 2004 sobre

responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales: Diario Oficial n° L 143/56 de 30.04.2004.

LEGISLACIÓN ESTATAL

Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente (BOE 102 de 29.04.2006).

Texto refundido de la Ley de Aguas (Real Decreto legislativo 1/2001, de 20 de julio, modificado por la Ley 11/2005, de 22 de Junio).

Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental (Boletín Oficial del Estado nº 111 de 9 de mayo de 2001). Modifica el Real Decreto legislativo 1302/1986. Transpone la Directiva 97/11/CE.

Real Decreto – Ley 9/2000, de 6 de octubre, de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986 de evaluación de impacto ambiental (BOE nº 241 de 07 de julio de 2000).

Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental (BOE nº 239 de 05 de octubre de 1988).

Real Decreto 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental (Boletín Oficial del Estado nº 155, de 30 de junio de 1986), que transpone la Directiva Comunitaria 85/337/CEE, de 27 de junio de 1985, sobre evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente.

LEGISLACIÓN AUTONÓMICA

Resolución de 18 de mayo de 2004, del director general de Gestión del Medio Natural, de la Conselleria de Territorio y Vivienda, sobre delegación de competencias en las direcciones territoriales de Territorio y Vivienda (DOGV 4764 de 31.05.2004)

Ley 16/2.005 de 30 de diciembre de 2.005, de la Generalitat Valenciana, Urbanística Valenciana.

Orden de 3 de enero de 2005, de la Conselleria de Territorio y Vivienda por la que se establece el contenido mínimo de los estudios de impacto ambiental que se hayan de tramitar ante esta conselleria (DOGV 4922 de 12/01/2005)

Ley 2/1989, de 3 de marzo, de la Generalitat Valenciana, de Impacto Ambiental. Decreto 162/1.990, de 15 de octubre, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

35

aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 2/1989, de 3 de marzo, de Impacto Ambiental.

Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestre.

Decreto 265/1994, de20 de diciembre, sobre la utilización de aguas para riego. Ley 2/1992, de 26 de marzo, de saneamiento de las aguas residuales de la Comunidad

Valenciana. Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras. Real Decreto 1211/1990, Reglamento de Ordenación de los Trasportes Terrestres. Decreto 334/1994, de 4 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación

de autorizaciones de vertido al dominio público marítimo terrestre y de uso en zona de servidumbre de protección.

Decreto 120/2.006, de 11 de agosto, de la Conselleria de Territorio y Vivienda, por el que se aprueba el Reglamento del Paisaje de la Comunidad Valenciana (Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 16 de agosto de 2.006).

Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras. (Boletín Oficial del Estado nº 182, de 30 de julio de 1.988) y su Reglamento de desarrollo aprobado por el Real Decreto 1818/1994, de 2 de septiembre (BOE nº 228, de 23.09.94)

Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, Reglamento del Dominio Público Hidráulico. Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna

Silvestres. (Boletín Oficial del Estado nº 74, de 28 de marzo de 1.989 Ley 3/1993, de 9 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, Forestal de la Comunidad

Valenciana (DOGV 2168 de 21.12.93 y DOGV 2195 de 28.01.94). Decreto 98/1995, de 16 de mayo, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el

Reglamento de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal de la Comunidad Valenciana (DOGV 2520 de 01.06.95).

Decreto 106/2004, de 25 de junio, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Plan General de Ordenación Forestal de la Comunitat Valenciana (DOGV 4.785 de 29.06.2004).

Decreto 7/2004, de 23 de enero, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el pliego general de normas de seguridad en prevención de incendios forestales que se han de observar en la ejecución de obras y trabajos que se realicen en terreno forestal o en sus alrededores (DOGV 4678 de 27.01.04).

Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias (BOE 71 de 24.03.1995). Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes (BOE 280 de 22.11.2003). Resolución de 26 de abril de 1988, de la Dirección General de Producción Agraria, por la cual

se establecen normas para la señalización de las vías pecuarias (DOGV 824 de 13.05.1988). Decreto 82/2005, de 22 de abril, del Consell de la Generalitat, de Ordenación Ambiental de

Explotaciones Mineras en Espacios Forestales de la Comunidad Valenciana (DOGV 4993 de

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

36

26.04.2005). Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano (DOGV 3267 de 18.06.1998). Ley 7/2004, de 19 de octubre, de la Generalitat, de modificación de la Ley 4/1998, de 11 de

junio, del Patrimonio Cultural Valenciano (DOGV 4867 de 21.10.2004). Orden de 31 de julio de 1987, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se

regula la concesión de autorizaciones para la realización de actividades arqueológicas en la Comunidad Valenciana (DOGV 645 de 13.08.1987).

Ley 4/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje (DOGV 4788 de 02.07.2004).

Ley 10/2004, de 9 de diciembre, de la Generalitat, del Suelo No Urbanizable (DOGV 4900 de 10.12.04).

Decreto 67/2006, de 12 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística (DOGV 5264 bis de 23.05.2006).

Acuerdo de 28 de enero de 2003, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba definitivamente el Plan de Acción Territorial de carácter sectorial sobre Prevención del Riesgo de Inundación en la Comunidad Valenciana (PATRICOVA) (DOGV 4429 de 30.01.2003).

Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Protección contra la Contaminación Acústica (DOGV 4394 de 09.12.2002).

Decreto 266/2004, de 3 de diciembre, del Consell de la Generalitat, por el que se establecen normas de prevención y corrección de la contaminación acústica en relación con actividades, instalaciones, edificaciones, obras y servicios (DOGV 4901 de 13.12.2004 y DOGV 4962 de 09.03.2005).

Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental. (BOE 301 de 17.12.2005).

Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de espacios naturales protegidos de la Comunidad Valenciana (DOGV 2423, de 09.01.95).

Decreto 161/2004, de 3 de septiembre, del Consell de la Generalitat, de Regulación de los Parajes Naturales Municipales (DOGV 4837 de 08.09.2004).

Real Decreto 435/2004, de 12 de marzo, por el que se regula el Inventario nacional de zonas húmedas.

Decreto 74/1996 de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Calidad del Aire.

Orden de 20 de diciembre de 1985, de la Conselleria de Agricultura y Pesca, sobre protección de especies endémicas o amenazadas (DOGV 336 de 03.02.1986).

Ley 38/1972, de 22 de diciembre de Protección del Ambiente Atmosférico. Orden de 18 de octubre de 1976, sobre prevención y corrección de la Contaminación

Atmosférica Industrial.

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

37

Real Decreto Legislativo de 15 de octubre de 1982 sobre Restauración de Espacios Naturales afectados por actividades extractivas

Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, Urbanística Valenciana (DOGV 5167 de 31/12/2005).

Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, que transpone la Directiva Hábitats (Directiva 92/42/CEE).

Decreto 104/1994, por el que se establece el Catálogo Nacional de Especies de Flora Silvestre Amenazada.

Acuerdo de 15 de junio de 2007, del Consell, por el que se aprueba el inventario forestal de la Comunitat Valenciana (DOGV 5536 de 18/06/2007)

Decreto 7/2004, de 23 de enero, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el pliego general de normas de seguridad en prevención de incendios forestales que se han de observar en la ejecución de obras y trabajos que se realicen en terreno forestal o en sus alrededores (DOGV 4678 de 27/01/2004)

Decreto 218/1994, de 17 de octubre, del Gobierno Valenciano, por el que se crea la figura de protección de especies silvestres denominada microrreserva vegetal (DOGV 2379 de 03.11.94).

Decreto 179/2004, de 24 de septiembre, del Consell de la Generalitat, de regulación del senderismo y deportes de montaña de forma compatible con la conservación del medio natural (DOGV 4853 de 30/09/2004).

Resolución de 26 de abril de 1988, de la Dirección General de Producción Agraria, por la que se establecen normas para la señalización de las vías pecuarias (DOGV 4993, de 26/04/1988).

Ley 5/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de modificación de la Ley 4/1988, de 11 de junio, del Patrimonio cultural Valenciano (DOGV 5449 de 13/02/2007).

Decreto 32/2004, de 27 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se crea y regula el Catálogo Valenciano de Especies de Fauna Amenazadas, y se establecen categorías y normas para su protección (DOGV 4705 de 04.03.2004).

Orden de 27 de noviembre de 2003, de la Conselleria de Territorio y Vivienda, por la que se crea el Banco de Datos de la Biodiversidad de la Comunidad Valenciana (DOGV 4656 de 23.12.2003).

Decreto 65/2006, de 12 de mayo, del Consell, por el que se desarrolla el régimen de protección de las cuevas y se aprueba el Catálogo de cuevas de la Comunidad Valenciana (DOGV 5261 de 18.05.2006).

Ley 4/2006, de 19 de mayo, de la Generalitat, de Patrimonio Arbóreo Monumental de la Comunidad Valenciana (DOGV 5265 de 24.05.2006).

Decreto 78/2005, de 15 de abril, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se aprueba definitivamente el Plan de Acción Territorial de Carácter Sectorial de Corredores de Infraestructuras de la Comunidad Valenciana.

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

38

3.2. RELACIONES CON OTROS PLANES Y PROGRAMAS CONEXOS

3.2.1. ESTRATEGIA TERRITORIAL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA. La Estrategia Territorial de la Comunidad Valenciana, ETCV, es un instrumento de ordenación del territorio de ámbito autonómico, que tiene como fines los siguientes objetivos: Mejora de la calidad de vida de las personas Fomento del desarrollo sostenible del territorio. Garantizar la igualdad de acceso a los equipamientos sociales. Dinamizar a los agentes territoriales para superar la crisis económica.

Su meta principal: “Una Comunidad verde y productiva, competitiva en lo económico, integradora en lo social y respetuosa en lo ambiental”. Su consecución se pretende llevar a cabo tras la definición de 25 objetivos generales para la mejora del territorio, 100 metas con indicadores cuantificables, 225 propuestas de transformación del territorio y 1.000 acciones directas de dinamización. Para ello se ejecuta mediante 5 grandes líneas estratégicas de actuación:

1. Incorporar todos los proyectos del Gobierno Valenciano con proyección territorial. 2. Definir una Infraestructura Verde para encauzar los futuros desarrollos territoriales. 3. Establecer las reglas del juego con las que deben operar los agentes territoriales. 4. Proponer un conjunto de áreas estratégicas para dinamizar la estructura productiva de la

Comunidad Valenciana. 5. Desarrollar un sistema territorial para mejorar el acceso de los ciudadanos a los

equipamientos de cohesión territorial.

El Plan General ha de asumir en su modelo territorial e incorporar dichas propuestas y objetivos como propios en las DEUTS, tratando de desarrollar el papel que la ETCV propone en general para Montesa, como uno de las reservas naturales más importantes de toda la Comunidad Valenciana y dentro de un modelo de crecimiento basado en los criterios del Turismo Sostenible de Zonas de Interior.

3.2.2. PLAN DE ACCIÓN TERRITORIAL DE RIESGO DE INUNDACIÓN DE LA COMUNIDAD VALENCIANA, PATRICOVA

El Plan de Acción Territorial de Carácter Sectorial sobre prevención del Riesgo de Inundación en la Comunidad Valenciana (PATRICOVA), es uno de los instrumentos de ordenación del territorio previsto en la Ley 6/1989 de Ordenación del Territorio de la Comunidad Valenciana.

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

39

En su desarrollo se contempla el análisis relativo al impacto territorial asociado al riesgo de inundación -con precisión y el detalle suficiente en consonancia con su especial incidencia en el ámbito de la Comunidad Valenciana. Dicho impacto podría ser definido como el daño medio potencial producible por la inundación. Así definido, el impacto resulta de la combinación en el espacio de los dos factores fundamentales de los que depende: riesgo y vulnerabilidad. Mediante el siguiente esquema quedaría definido la relación los factores implicados y la metodología que se ha seguido para la elaboración del PATRICOVA:

Imagen: Esquema de interacciones de los procesos y variables del riesgo de inundación.

Fuente: Memoria del PATRICOVA

Montesa se encuentra afectado por este PAT, por lo que el Plan General estudiará sus afecciones en las alternativas de modelo territorial desarrolladas en el presente ISA.

3.2.3. PLAN DE ACCIÓN TERRITORIAL DE CORREDORES DE INFRAESTRUCTURAS El Plan de Acción Territorial de Carácter Sectorial de Corredores de Infraestructuras de la Comunidad Valenciana afecta a 65 municipios de la Comunidad Valenciana, 20 de la provincia de Castellón, 37 de Valencia y 8 de Alicante. El corredor de infraestructuras ocupa una superficie de 155 km2., correspondiendo cerca del 99% de la misma a suelo no urbanizable. Según el Decreto 78/2005, de 15 de abril, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba definitivamente el Plan de Acción Territorial de Carácter Sectorial de Corredores de Infraestructuras

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

40

de la Comunidad Valenciana, este plan establece unas limitaciones al uso del suelo y a la edificación en el ámbito del corredor que, con carácter general, tiene 200 metros de anchura a cada lado del eje de la infraestructura. Con estas medidas se asegura el potencial del territorio para este fin, así como la posibilidad de la futura realización de la infraestructura, sin que se produzca un incremento de su dificultad técnica o coste económico.

De la delimitación expresada en la definición anterior se descuentan los tramos del trazado que coincidan con túneles, donde el ámbito se limita a la boca del túnel más 200 m. a partir de la misma, quedando de esta forma la zona intermedia del túnel fuera del ámbito del corredor, sin perjuicio de su posible utilización temporal durante la fase de construcción de la infraestructura, si ello fuera necesario para la ejecución de la obra. Cuando el corredor definido anteriormente afecte a Suelo Urbano o Suelo Urbanizable con programa aprobado definitivamente, la reserva de suelo podrá reducirse justificadamente para paliar, en la medida de

lo posible, la afección. El Término Municipal de Montesa se encuentra afectado por el Plan de Acción Territorial de Corredores de Infraestructuras de la Comunidad Valenciana, por lo que se tendrá en cuenta la afección en la labor planificadora.

3.2.4. PLAN INTEGRAL DE RESIDUOS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA, PIR En el ámbito autonómico se prevén dos tipos de planes, el Plan Integral de Residuos y los planes zonales, ambos de obligado cumplimiento para todas las administraciones públicas y particulares, mediante los cuales se distribuyen en el territorio de la Comunidad Autónoma el conjunto de instalaciones necesarias para garantizar el respeto de los principios de autosuficiencia y proximidad. El Plan Integral de Residuos de la Comunidad Valenciana (PIR), así como su desarrollo en los Planes Zonales, prevé infraestructuras de valorización, almacenamiento, tratamiento y vertido por zonas, sin que se concrete la localización exacta de éstas. En la actualidad se ha presentado en versión

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

41

preliminar el Plan Integral de Residuos 2010 (PIR10), revisando y actualizando todos los objetivos y estrategias del PIR, adaptándola a la nueva normativa sectorial europea y a las nuevas necesidades de las políticas territoriales estratégicas. El municipio de Montesa se incluye en el Área de Gestión (X, XI XII) AG2, la Zona V5 del Plan Zonal (PIR10), antiguo Plan Zonal VI, VII y IX del PIR97. La propuesta del Plan General deberá de integrar entre sus objetivos y modelo territorial los propuestos por el PIR vigente.

Imágenes: Zonas Aptas para Vertederos según el PIR

Fuente: PIR. Web de la CITMA.

3.2.5. PLAN HIDROLÓGICO DE LA CUENCA DEL JÚCAR Respecto a las implicaciones más directas que el crecimiento urbanístico supone con respecto a la planificación hidrológica, cabe decir que la Normativa del Plan Hidrológico de la Cuenca Hidrográfica del Júcar (PHCJ), en el art. 17 “Estimación de la demanda para usos urbanos e industriales”, establece:

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

42

“El abastecimiento a poblaciones incluirá cualquier abastecimiento humano previsto en el planeamiento urbanístico como suelo urbano o urbanizable que por su desarrollo y ejecución, conforme al citado planeamiento, pueda considerarse como tal. Igualmente, incluirá los equipamientos y servicios considerados como Sistemas Generales en el Planeamiento Territorial y Urbanístico, o incluidos en Planes y Programas Sectoriales de las diferentes Administraciones de la clase de suelo donde se ubiquen”. Las dotaciones máximas, incluyendo pérdidas, que podrán ser asignadas para el abastecimiento de la población permanente serán, de acuerdo con el art. 11 y el Anejo de la OM/92, las siguientes:

Imagen: dotaciones máximas asignadas al abastecimiento de la población.

Fuente: Plan Hidrológico de la cuenca del Júcar

Las demandas brutas dependerán también de la eficiencia del sistema de riego. Actualmente se están llevando a cabo los trabajos para la redacción del nuevo Plan Hidrológico de Cuenca, en el que se establecerán los principios que han de regir la gestión de los recursos en los próximos años. En este proceso se han cuantificado las demandas urbanas en el momento actual así como las demandas futuras, en base a la evolución poblacional observada, para los años 2015 y 2027, según lo establecido en al nueva Instrucción de Planificación Hidrológica, aprobada por la Ordena ARM 2656/2008 de 10 de septiembre de 2008. El Plan General deberá de justificar la suficiencia de abastecimiento de aguas en relación a la propuesta del modelo territorial presentado dentro de los parámetros establecidos en el PHCJ.

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

43

3.2.6. PLAN EÓLICO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA El Plan Eólico de la Comunidad Valenciana tiene la naturaleza de Plan de Acción Territorial de Carácter Sectorial de los regulados en su momento de redacción en la Ley 6/1989, de 7 de julio, de la Generalitat Valenciana, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Valenciana y en el Decreto 201/1998, de 15 de diciembre, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de la Comunidad Valenciana.

Imagen: Zonas Eólicas Aptas

Fuente: Agencia Valenciana de la Energía

El objeto del Plan Eólico es la regulación de la instalación de parques eólicos en las zonas calificadas como aptas para dicho fin, según su aptitud para ser soporte de instalaciones eólicas. Según el acuerdo de 26 de julio de 2001, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Plan Eólico de la Comunidad Valenciana y el mapa de las correspondientes zona eólicas, se muestra que el municipio de Montesa tiene una zona considerada como zona apta para el aprovechamiento eólico (Serra de la Plana).

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

44

El Plan General asumirá los límites de dicha zonificación e integrará la normativa regulada en el Plan Eólico, mediante el establecimiento y regulación de suelos compatibles con los fines del mismo.

3.2.7. PLAN DE ACCIÓN TERRITORIAL DE LA INFRAESTRUCTURA VERDE Y DE LA PROTECCIÓN PAISAJÍSTICA.

La Dirección General de Territorio y Paisaje, por Resolución de 19 de julio de 2010, acordó dar inicio a la fase de consultas de la versión preliminar del Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verde y del Paisaje de la Comunitat Valenciana (PATIVPCV). Este periodo duró desde su publicación en el DOGV de 29 de julio de 2010 y duró y finalizó el 30 de septiembre de 2010. El PATIVPCV es un Plan contemplado en la Ley de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje que establece que la Generalitat aprobará un Plan de Acción Territorial del Paisaje que tendrá los siguientes cometidos: identificar y proteger los paisajes de relevancia regional, y establecer criterios y directrices para la elaboración de los estudios de paisaje, la valoración del paisaje y su consecuente protección. A estos dos cometidos iniciales el Reglamento del Paisaje de la Comunitat Valenciana le añadió otros dos que son delimitar los ámbitos territoriales que deban ser objeto de planificación y actuación a escala supramunicipal, y delimitar los recorridos escénicos y las zonas de afección visual desde las vías de comunicación. Además, en coherencia con la Nueva Política de Paisaje resulta imprescindible identificar la Infraestructura Verde de la Comunitat Valenciana. En consecuencia, el Plan de Acción Territorial del Paisaje, además de los cometidos previstos inicialmente en la Ley de Ordenación del Territorio también debe incorporar este nuevo cometido. Los objetivos principales del PAT de Paisaje son: OBJETIVO 1. Poner en valor el Paisaje de la Comunitat Valenciana como factor de

competitividad

OBJETIVO 2. Considerar el paisaje en los procesos de planificación del territorio

OBJETIVO 3. Coordinar la actuación de las distintas Administraciones Públicas en materia de paisaje

El Plan General analizará el territorio y asumirá en sus contenidos dichos objetivos siguiendo las

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

45

siguientes estrategias a la hora de desarrollar el modelo territorial: Para poner en valor el paisaje (Objetivo 1) se identificarán y protegerán los paisajes de interés

regional (Estrategia 1), favoreciendo el uso y disfrute del paisaje por los ciudadanos (Estrategia 3) mediante la propuesta de estrategias y objetivos de carácter socioeconómico, que mejoren y restauren los paisajes deteriorados (Estrategia 4).

Para considerar el paisaje en los procesos de planificación (Objetivo 2) se delimitará la Infraestructura Verde a escala regional y concretará a escala supramunicipal y municipal (Estrategia 2). El carácter de esta estrategia es mixto, económico por una parte y urbanístico por otra.

Para coordinar la actuación de las diferentes administraciones en materia de paisaje (Objetivo 3) hay que establecer criterios y directrices para la elaboración de Estudios de Paisaje y de Integración Paisajística (Estrategia 5), para la mejora visual de los accesos a los núcleos urbanos y de las áreas de actividad económica (Estrategia 6) y, para la protección de las vistas desde los principales recorridos y de las vistas más valiosas (Estrategia 7). Estas estrategias son de carácter socioeconómico y urbanístico.

Dicho análisis será realizado mediante el Estudio de Paisaje que se elabora como documento anexo al Plan General y se incorporarán los resultados obtenidos a la propuesta de la planificación municipal. En este sentido y a falta de publicar el documento definitivo, no se está todavía en disposición aplicar sus directrices y normativas de obligado cumplimiento, aunque se tienen en cuenta las directrices reguladoras de elementos tan importantes como la Infraestructura Verde llevada a la escala municipal.

3.2.8. PLAN DE ACCIÓN TERRITORIAL FORESTAL. (PATFOR) Según el PATFOR de la Comunidad Valenciana, recientemente aprobado por Decreto 58/2013 de 3 de mayo, del Consell valenciano, Montesa se ve afectada por el PATFOR en sus determinaciones de la siguiente forma. Al Norte del Municipio, en la Sierra Plana, se califica la mayor parte como terreno

forestal ordinario y, en parte, como terreno forestal estratégico.

Al sur, la totalidad de la Sierra Grossa es calificada como terreno forestal estratégico.

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

46

Imagen: Suelo forestal Estratégico del T.M. de Montesa

Fuente: PATFOR. Web de la CITMA

Según esta cartografía NO VINCULANTE, el suelo que queda recogido como “forestal estratégico”, debiera ser clasificado como Suelo No Urbanizable de Especial Protección, por lo que en atención a dicha propuesta, el equipo redactor considerará este criterio para la zonificación del Suelo No Urbanizable. Hay que destacar que dicha cartografía contiene errores muy graves sobre todo en el área de la Serra de la Plana, donde se han generado zonas delimitadas por cuadrados perfectos, algo totalmente irreal si se transpone al territorio. Entendemos que esta cartografía es el resultado de un trabajo de superposición de distintas capas ambientales de diferentes escalas, error muy común en la generación de cartografías ambientales. El órgano competente habrá de corregir esta cartografía una vez se desarrolle pormenorizadamente a través de los Planes Zonales, momento en el que se convertirá en cartografía vinculante.

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

47

3.2.9. PLAN ESTRATÉGICO GLOBAL DEL TURISMO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA 2010-2020

El proceso de elaboración del Plan Estratégico Global del Turismo de la Comunidad Valenciana (PEGTCV) viene gestándose desde hace tiempo, con iniciativas como el “Plan de competitividad del Sector Turístico (2009-2011) o el Plan de Espacios Turísticos de la Comunidad Valenciana. El PEGTCV se desarrolla en base a 8 estrategias que son:

1. Gestión turística como política global. 2. Cooperación público-privada. 3. Competitividad empresarial. 4. Capital humano. 5. Sostenibilidad. 6. I+D+i. 7. Distribución de los productos turísticos. 8. Promoción y comunicación de los productos turísticos.

En base a estas estrategias establece unos objetivos que el Plan General incorporará en el modelo territorial como objetivos propios e indicadores de seguimiento. Recientemente se acaba de publicar el Plan Director de Turismo Interior. El Plan Director de Turismo de Interior de la Comunitat Valenciana se enmarca en el Plan Estratégico Global del Turismo de la Comunitat Valenciana 2010-2020 y, por tanto, se beneficia de los procesos de análisis, diagnóstico y contraste llevados a cabo durante su reciente elaboración. Tiene como objetivo estratégico el siguiente: La ejecución del Plan Director de Turismo de Interior permitirá alcanzar además los siguientes objetivos específicos:

1. Establecer las directrices del desarrollo turístico.

“Consolidar los destinos de interior de la Comunitat Valenciana mediante un modelo de desarrollo

turístico basado en la creación de productos atractivos para el mercado, que permitan la puesta en

valor de nuestro patrimonio, incrementen la competitividad empresarial y contribuyan al desarrollo

sostenible de sus municipios.”

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

48

2. Coordinar los esfuerzos público-privados. 3. Consolidar productos diversos y diferenciales. 4. Asegurar la sostenibilidad de la actividad turística. 5. Profesionalizar el sector. 6. Incrementar los esfuerzos de comunicación y comercialización. 7. Aumentar la competitividad empresarial. 8. Generar y compartir innovación. 9. Sensibilizar e implicar a la población local. 10. Salvaguardar el patrimonio natural y cultural mediante su uso turístico responsable.

Dentro del marco de los objetivos establecidos para la propuesta del Plan General, se tratará de incorporar las determinaciones que ambos documentos definen como estratégicos para el desarrollo del sector turístico.

3.2.10. COMPATIBILIDAD DE PLANEAMIENTO URBANÍSTICO CON OTROS MUNICIPIOS COLINDANTES.

Montesa limita al norte con Enguera y Xàtiva; al este con Alcudia de Crespins y Canals; al sur con Aielo de Malferit y al oeste con Vallada. Según los datos existentes, todos cuentan con instrumentos de planeamiento vigentes, ya sean Normas Subsidiarias o Planes Generales, estando en proceso de revisión y adaptación de los mismos a la Ley Urbanística Valencia, con incorporación de la tramitación de carácter medioambiental, paisajística y territorial. A continuación se incluye una tabla con la información del planeamiento vigente y en tramitación de los municipios lindantes con el de Montesa (fuente: Oficina de Información Urbanística del Colegio Territorial de Arquitectos de Valencia).

Imagen: Calificación del municipio de Montesa y de los términos colindantes

Plan General de Montesa JESAUR S.L.

INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL – TOMO I

49

MUNICIPIO LINDE TIPO DE PLAN ESTADO TRAMITACION FECHA

APROBACION

FECHA

PUBLICACION

ENGUERA NORTE

NORMAS SUBSIDIARIAS APROBADAS

DEFINITIVAMENTE

23/12/1986

CTU

31/03/1987

BOP

PLAN GENERAL

ADAPTACION LRAU

APROBACION

CONDICIONADA

18/04/2007

CTU ----

XATIVA NORTE PLAN GENERAL

ADAPTACION LRAU

APROBADO

DEFINITIVAMENTE

23/03/2000

CTU

02/10/2000

DOGV

L’ALCUDIA DE

CRESPINS ESTE

NORMAS SUBSIDIARIAS APROBADAS

DEFINITIVAMENTE

18/04/1995

CTU

30/05/1995

BOP

PLAN GENERAL

ADAPTACION LUV EN TRAMITACION ---- ----

CANALS ESTE

PLAN GENERAL APROBADO

DEFINITIVAMENTE

27/11/1984

CPU

03/01/1985

BOP

PLAN GENERAL

ADAPTACION LUV EN TRAMITACION ---- ----

AIELO DE

MALFERIT SUR

NORMAS SUBSIDIARIAS APROBADAS

DEFINITIVAMENTE

26/06/1990

CTU

18/08/1990

BOP

PLAN GENERAL

ADAPTACION LUV EN TRAMITACION ---- ----

VALLADA OESTE

NORMAS SUBSIDIARIAS APROBADAS

DEFINITIVAMENTE

25/07/1991

CTU

04/09/1991

BOP

PLAN GENERAL

ADAPTACION LUV EN TRAMITACION ---- ----

Analizando las posibles divergencias en cuanto a la compatibilidad actual de los diferentes PG con la planificación vigente en Montesa, encontramos las siguientes:

Municipio Clasificación Calificación Enguera Compatible Compatible Xativa Compatible Compatible Alcudia de Crespins Compatible Compatibilidad parcial Canals Compatible Compatible Aielo de Malferit Compatible Compatible Vallada Compatible Compatibilidad parcial

Montesa, marzo 2014