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PLAN DE ORIENTACIÓN Y ACCIÓN TUTORIAL (POAT) I. INTRODUCCIÓN. II. COMPONENTES DEL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN, FUNCIONES Y ORGANIZACIÓN INTERNA. III. ÁMBITOS DE ORGANIZACIÓN DE LA ORIENTACIÓN. IV. ACCIÓN TUTORIAL. V. ORIENTACIÓN ACADÉMICA Y PROFESIONAL. VI. ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD. VII. COORDINACIÓN EXTERNA E INTERNA. VIII. EVALUACIÓN. I. INTRODUCCIÓN. Orientación y Educación son términos que se asumen, en el panorama educativo actual, como conceptos íntimamente relacionados. La orientación educativa ha pasado a ser considerada, en los últimos años, un pilar básico y esencial del sistema que incide en la calidad de los procesos que en él se desarrollan y, en definitiva, en una educación de calidad. La LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE) y la LEY ORGÁNICA 8/2013, de 9 de diciembre para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), en adelante LOE-LOMCE, establecen la orientación educativa y profesional de los estudiantes como el medio necesario para el logro de la formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores. El Decreto 327/2010 recoge en su artículo 3 los derechos del alumnado y contempla la orientación educativa y profesional. También establece en su artículo 9, dentro de las funciones, deberes y derechos del profesorado, la tutoría del alumnado, la dirección y orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias; así como la orientación educativa, académica y profesional del alumnado en colaboración, en su caso, con el Departamento de Orientación o los EOE. En cuanto a la justificación de este Plan de Orientación y Acción Tutorial (POAT) dentro del Plan de Centro, el artículo 22 de dicho Decreto (327/2010) recoge que el Claustro de Profesorado formulará propuestas al Equipo Directivo para elaborar el Plan de Centro y fijará los criterios referentes a la Orientación y Tutoría del alumnado. Asimismo, en su artículo 23 señala que el Proyecto Educativo abordará al menos el POAT, y el artículo 25 hace referencia a la elaboración de pautas para favorecer la reflexión del alumnado y actuaciones para que sea atendido en el aula de convivencia. Durante el curso escolar 2016/2017 se realiza la revisión del Plan de Orientación y Acción Tutorial (POAT) que se integrará en el Proyecto Educativo de Centro tal como se refleja en el Decreto 327/2010 de 13 de julio por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los IES, y en la Orden de 20 de agosto de

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PLAN DE ORIENTACIÓN Y ACCIÓN TUTORIAL (POAT)

I. INTRODUCCIÓN. II. COMPONENTES DEL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN, FUNCIONES

Y ORGANIZACIÓN INTERNA. III. ÁMBITOS DE ORGANIZACIÓN DE LA ORIENTACIÓN. IV. ACCIÓN TUTORIAL. V. ORIENTACIÓN ACADÉMICA Y PROFESIONAL. VI. ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD. VII. COORDINACIÓN EXTERNA E INTERNA. VIII. EVALUACIÓN.

I. INTRODUCCIÓN.

Orientación y Educación son términos que se asumen, en el panorama educativo actual, como conceptos íntimamente relacionados. La orientación educativa ha pasado a ser considerada, en los últimos años, un pilar básico y esencial del sistema que incide en la calidad de los procesos que en él se desarrollan y, en definitiva, en una educación de calidad.

La LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE) y la LEY ORGÁNICA 8/2013, de 9 de diciembre para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), en adelante LOE-LOMCE, establecen la orientación educativa y profesional de los estudiantes como el medio necesario para el logro de la formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores.

El Decreto 327/2010 recoge en su artículo 3 los derechos del alumnado y contempla la orientación educativa y profesional. También establece en su artículo 9, dentro de las funciones, deberes y derechos del profesorado, la tutoría del alumnado, la dirección y orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias; así como la orientación educativa, académica y profesional del alumnado en colaboración, en su caso, con el Departamento de Orientación o los EOE.

En cuanto a la justificación de este Plan de Orientación y Acción Tutorial (POAT) dentro del Plan de Centro, el artículo 22 de dicho Decreto (327/2010) recoge que el Claustro de Profesorado formulará propuestas al Equipo Directivo para elaborar el Plan de Centro y fijará los criterios referentes a la Orientación y Tutoría del alumnado. Asimismo, en su artículo 23 señala que el Proyecto Educativo abordará al menos el POAT, y el artículo 25 hace referencia a la elaboración de pautas para favorecer la reflexión del alumnado y actuaciones para que sea atendido en el aula de convivencia.

Durante el curso escolar 2016/2017 se realiza la revisión del Plan de Orientación y Acción Tutorial (POAT) que se integrará en el Proyecto Educativo de Centro tal como se refleja en el Decreto 327/2010 de 13 de julio por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los IES, y en la Orden de 20 de agosto de

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2010 por la que se regula la organización y funcionamiento de los IES, así como el horario de los centros, alumnado y profesorado.

Hemos de tener en cuenta esta situación debido a que el Decreto 327/2010 de 13 de julio deroga toda la normativa reguladora del contenido del POAT, no obstante consideramos que las actuaciones se desarrollarán en torno a los tradicionales ámbitos en que se ha organizado la orientación educativa: - Acción Tutorial. - Orientación Académica y Profesional. - Atención a la Diversidad.

En el Plan de Orientación y Acción Tutorial se desarrollan las diferentes actuaciones, éstas se trabajan desde la acción tutorial ejercida por el profesorado tutor, así como a través de otras actuaciones que realiza el Departamento de Orientación. Cabe señalar que los destinatarios de dichas líneas de actuación son todos los miembros de la comunidad educativa del centro (personal docente y no docente, alumnado y familias y tutores legales).

II. COMPONENTES DEL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN, FUNCIONES Y ORGANIZACIÓN INTERNA.

II.1.COMPONENTES

Tal y como establece el Artículo 85 del Decreto 327/2010 sobre organización y funcionamiento de los IES, el Departamento de Orientación estará compuesto por:

a) El profesorado perteneciente a la especialidad de orientación educativa.

b) En su caso, los maestros y maestras especialistas en Educación Especial y en

Audición y Lenguaje.

c) El profesorado responsable de los programas de atención a la diversidad, incluido el que imparta los ámbitos de los Programas para la Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento (PMAR) y los módulos comunes de la Formación Profesional Básica (FPB), en la forma que se establezca en el Plan de Orientación y Acción Tutorial contemplado en el Proyecto Educativo de Centro.

d) En su caso, los educadores y educadoras sociales y otros profesionales no docentes con competencias en la materia con que cuente el centro. En nuestro centro no contamos actualmente con esta figura (al menos de momento), aunque sí que solemos contar con la colaboración de una mediadora, o mediador, intercultural (en función de los convenios firmados entre la Delegación Territorial de Educación y asociaciones como CODENAF).

Teniendo en cuenta las características específicas de nuestro centro y la asignación de recursos por parte de la Administración, contamos con los siguientes perfiles profesionales:

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- Profesora o profesor de la especialidad de Orientación educativa - Miembros del cuerpo de maestros de la especialidad de Pedagogía

Terapéutica; en la actualidad contamos con un total de tres profesionales, de los cuales dos se encargan de tutorizar las aulas específicas (Formación Básica Obligatoria –FBO- y el Programa de Transición para la Vida Adulta y Laboral –PTVAL-), y el tercero desarrolla las actividades de Apoyo a la Integración.

- Personal del cuerpo de maestros adjudicado al centro para realizar las funciones de Apoyo a la Compensación educativa; esta figura permanecerá en el centro mientras se siga desarrollando en el centro el Plan de Compensación Educativa, que se ha venido desarrollando de manera ininterrumpida desde el año 2008.

- Personal del cuerpo de maestros de la especialidad de Audición y Lenguaje, normalmente adscrito al IES pero con itinerancia a otros centros; los días de atención en el centro escolar dependerán de las necesidades del alumnado escolarizado, en la actualidad la especialista acude dos días en semana.

- Personal del cuerpo de maestros que atiende al alumnado de FPB e imparte los módulos comunes en el primer curso; al tener una maestra plaza definitiva en el centro por el programa de Cualificación Profesional Inicial (actualmente FPB) se sigue manteniendo este perfil.

- Personal del cuerpo de maestros que atiende el Aula Temporal de Adaptación Lingüística (ATAL); se trata de un puesto itinerante que, al igual que el o la especialista de Audición y Lenguaje, acude al centro en función del alumnado usuario y de las horas que se le asignen desde la Delegación Territorial.

- Profesional Técnico de Integración Social (PTIS) que actualmente colabora con el profesorado de las aulas específicas en la atención del alumnado matriculado en ellas.

- Asimismo, consideramos que está adscrito al Departamento de Orientación el profesorado que imparte los ámbitos del Programa de Mejora del Aprendizaje y el Rendimiento (PMAR) y el profesorado tutor.

II. 2. FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN:

En el artículo 85.2 del Decreto 327/2010, se establecen, en cuanto a las Funciones o Competencias del Departamento de Orientación las siguientes:

a) Colaborar con el Equipo Directivo en la elaboración del Plan de Orientación y Acción Tutorial y en la del Plan de Convivencia para su inclusión en el Proyecto Educativo y contribuir al desarrollo y a la aplicación de los mismos, planificando y proponiendo actuaciones dirigidas a hacer efectiva la prevención de la violencia, la mejora de la convivencia escolar, la mediación y la resolución pacífica de los conflictos.

b) Colaborar y asesorar a los departamentos de coordinación didáctica y al profesorado, bajo la coordinación de la Jefatura de Estudios, en el desarrollo de las medidas y programas de atención a la diversidad del alumnado y en la prevención y detección temprana de problemas de aprendizaje.

c) Elaborar la programación didáctica de los programas de diversificación

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curricular (actualmente PMAR), en sus aspectos generales, y coordinar la elaboración de la programación de los ámbitos, en cuya concreción deberán participar los departamentos de coordinación didáctica de las materias que los integran.

d) Elaborar la programación didáctica de los módulos obligatorios de los programas de cualificación profesional inicial (actualmente FPB). En el caso de que el instituto cuente con departamento de la familia profesional a la que pertenece el programa, la programación didáctica de los módulos específicos corresponderá a este. Dado que nuestro IES tiene un departamento de la familia profesional de Administración, será éste quien desarrolle la programación de los módulos profesionales.

e) Asesorar al alumnado sobre las opciones que le ofrece el sistema educativo, con la finalidad de inculcarle la importancia de proseguir estudios para su proyección personal y profesional. Cuando optara por finalizar sus estudios, se garantizará la orientación profesional sobre el tránsito al mundo laboral.

f) Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el Proyecto Educativo del centro o por orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

II.2. FUNCIONES DE LA PERSONA QUE EJERZA LA ORIENTACIÓN:

Continuando la lectura del citado Decreto, según el artículo 86, el profesorado perteneciente a la especialidad de Orientación educativa desarrollará las siguientes funciones:

a) Realizar la evaluación psicopedagógica del alumnado, de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente.

b) Asistir a aquellas sesiones de evaluación que se establezcan de acuerdo con el Equipo Directivo del centro; en este sentido, dada la idiosincrasia del centro y la creación de grupos heterogéneos que faciliten la integración del alumnado, se hace necesaria la presencia de la persona que ejerza la orientación en todas las sesiones de la ESO - siempre que sea posible - así como a aquellas en las que sea requerida su presencia por parte del profesorado tutor.

c) Asesorar al profesorado en el desarrollo del currículo sobre el ajuste del proceso de enseñanza y aprendizaje a las necesidades del alumnado.

d) Asesorar a la comunidad educativa en la aplicación de medidas relacionadas con la mediación, resolución y regulación de conflictos en el ámbito escolar.

e) Asesorar al Equipo Directivo y al profesorado en la aplicación de las diferentes actuaciones y medidas de atención a la diversidad, especialmente las orientadas al alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo.

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f) Colaborar en el desarrollo del Plan de Orientación y Acción Tutorial, asesorando en sus funciones al profesorado que tenga asignada la tutoría de un grupo, facilitándole los recursos didácticos o educativos necesarios e interviniendo directamente con el alumnado, ya sea en grupo o de forma individual, todo ello de acuerdo con lo que se recoja en dicho plan.

g) Asesorar a las familias o a los representantes legales del alumnado en los aspectos que afecten a la orientación psicopedagógica del mismo.

h) En su caso, impartir docencia de aquellas materias para las que tenga competencia docente, de acuerdo con los criterios fijados en el Proyecto Educativo y sin perjuicio de la preferencia del profesorado titular de las mismas. i) Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el Proyecto Educativo del centro o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

II.4 ORGANIZACIÓN INTERNA:

El incremento de horas lectivas que se ha producido desde el año 2012, ha reducido el número de horas disponibles en el horario del profesorado para realizar reuniones con una periodicidad determinada. A cambio, la ubicación del Departamento de Orientación (muy próximo a la sala del profesorado y a los despachos del Equipo Directivo) permite que exista una comunicación fluida entre el profesorado de la especialidad de orientación educativa y el resto del claustro. Así, durante cada curso se mantendrán las siguientes reuniones a nivel interno del centro, necesarias para una adecuada coordinación del proceso de enseñanza y aprendizaje: Reuniones con el profesorado tutor de la ESO: semanalmente. Reuniones con el profesorado tutor de enseñanzas postobligatorias:

además de la comunicación fluida que existe se mantendrán reuniones, individuales o grupales, cada vez que sea necesario; para ello la orientadora, o el orientador, tendrá un horario de tarde que coincida con el del profesorado tutor para facilitar dichas reuniones para las que también se podrán usar los recreos.

Reuniones con los diferentes Equipos Docentes: se realizarán en función de las necesidades de los mismos, preferentemente en el horario destinado al “recreo” del alumnado para evitar que interfiera con otras responsabilidades del profesorado.

Reuniones con el Equipo Directivo: la cercanía del departamento de orientación y de los despachos del equipo directivo permiten que no sean necesarias reuniones específicas en el horario sino que las incidencias se vayan resolviendo conforme aparecen. En el caso de ser necesaria una reunión con todo el equipo directivo se realizará en un horario que no interfiera con las responsabilidades de los distintos miembros.

Reuniones con el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica; al menos con una periodicidad trimestral; en todo caso, se estará a lo dispuesto por la normativa vigente. A dichas reuniones acudirá la persona que ostente la

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Jefatura del Departamento. Durante el curso 2017-2018 se ha solicitado también la presencia de la orientadora, por lo que en las reuniones del ETCP habrá dos representantes del Departamento de Orientación durante este curso escolar.

Reunión de los miembros que componen el Departamento de Orientación: una vez a la semana.

III. ÁMBITOS DE ORGANIZACIÓN DE LA ORIENTACIÓN.

III. 1. ACCIÓN TUTORIAL. FUNCIONES DE LA TUTORÍA. El Decreto 327/2010 de Organización y Funcionamiento de los IES, en su artículo 91, hace mención a las funciones del profesorado tutor:

a) Desarrollar las actividades previstas en el Plan de Orientación y Acción Tutorial.

b) Conocer las aptitudes e intereses del alumnado, con objeto de orientarle en su proceso de aprendizaje y toma de decisiones personales, académicas y profesionales.

c) Coordinar la intervención educativa del profesorado que compone el Equipo Docente del grupo de alumnos y alumnas a su cargo.

d) Coordinar las adaptaciones curriculares no significativas propuestas y elaboradas por el Equipo Docente.

e) Garantizar la coordinación de las actividades de enseñanza y aprendizaje que se propongan al alumnado a su cargo.

f) Organizar y presidir las reuniones del Equipo Docente y las sesiones de evaluación de su grupo de alumnos y alumnas.

g) Coordinar el proceso de evaluación continua del alumnado y adoptar, junto con el equipo docente, las decisiones que procedan acerca de la evaluación, promoción y titulación del alumnado, de conformidad con la normativa que resulte de aplicación. h) Cumplimentar la documentación personal y académica del alumnado a su cargo. i) Recoger la opinión del alumnado a su cargo sobre el proceso de enseñanza y aprendizaje desarrollado en las distintas materias, ámbitos o módulos que conforman el currículo.

j) Informar al alumnado sobre el desarrollo de su aprendizaje, así como a sus padres, madres o representantes legales.

k) Facilitar la comunicación y la cooperación educativa entre el profesorado del

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equipo docente y los padres y madres o representantes legales del alumnado. Dicha cooperación incluirá la atención a la tutoría electrónica a través de la cual los padres, madres o representantes legales del alumnado menor de edad podrán intercambiar información relativa a la evolución escolar de sus hijos e hijas con el profesorado que tenga asignada la tutoría de los mismos de conformidad con lo que a tales efectos se establezca por orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

l) Mantener una relación permanente con los padres, madres o representantes legales del alumnado, a fin de facilitar el ejercicio de los derechos reconocidos en el artículo 12. A tales efectos, el horario dedicado a las entrevistas con los padres, madres o representantes legales del alumnado, se fijará de forma que se posibilite la asistencia de los mismos y, en todo caso, al menos una de las dos horas del horario lectivo dedicadas a tal efecto en cumplimiento de la norma, se realizará en sesión de tarde.

m) Facilitar la integración del alumnado en el grupo y fomentar su participación en las actividades del instituto.

n) Colaborar, en la forma que se determine en el reglamento de organización y funcionamiento, en la gestión del programa de gratuidad de libros de texto.

ñ) Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el Plan de Orientación y Acción Tutorial del centro o por orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

OBJETIVOS DE LA ACCIÓN TUTORIAL:

Realizar un seguimiento del proceso de aprendizaje del alumnado, con especial incidencia en aquel que presenta necesidades específicas de apoyo educativo.

Garantizar la coordinación del profesorado que imparte clase en un mismo grupo de alumnos y alumnas.

Conocer la problemática y situación de cada alumno o alumna atendiendo especialmente a la falta de motivación, dificultades de integración, crisis madurativas, o problemática familiar.

Desarrollar en el alumnado hábitos y estrategias para fomentar el aprendizaje en las distintas áreas y materias, en colaboración con los distintos profesores y profesoras.

Ofrecer al alumnado información sobre su proceso de aprendizaje. Facilitar la integración del alumnado en el grupo-clase, fomentando la

cohesión y participación del mismo en las actividades del Centro. Asesorar al alumnado en sus posibilidades académicas y profesionales. Favorecer la coordinación con el equipo educativo para adecuar al grupo los

objetivos del curso. Facilitar el conocimiento de la alumna, o alumno, mediante la información

recíproca entre el profesorado tutor y el profesorado del área. Coordinar las sesiones de evaluación del grupo y la puesta en práctica de las

decisiones adoptadas en la misma. Detectar, de forma precoz, las dificultades y problemas que presenta cada

alumno o alumna en las diferentes materias. Favorecer la coordinación entre el profesorado tutor en aspectos referidos a

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la programación y evaluación de las actividades de tutoría y tratamiento de la problemática individual o grupal.

Ofrecer información a los padres y madres, o tutores legales, que permita su activa participación y colaboración con los procesos educativos que en él se desarrollan.

Potenciar la colaboración entre las familias y el Centro. Como el centro dispone del Sistema PASEN (Tutoría electrónica de

SÉNECA) podrá utilizar dicho sistema para la comunicación a las familias en su hora de tutoría administrativa.

CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE LAS INTERVENCIONES A REALIZAR CON LOS GRUPOS. La selección y los criterios que se tengan en cuenta para las intervenciones a realizar con los grupos, se deben justificar desde la necesidad de diversificar las actuaciones en función del colectivo al que se dirige, y responder a las necesidades planteadas en cada caso. Para ello, tendremos en cuenta la memoria final de este Departamento del curso anterior en la que se recogen los aspectos que habría que modificar; también nos basaremos en las necesidades manifestadas por el alumnado a principios de curso, así como las detectadas a lo largo del mismo, siendo susceptible de modificación y cambio. Los criterios base que se usarán a la hora de escoger las actuaciones serán:

Las intervenciones seguirán el principio de prevención.

Las actuaciones han de estar basadas en las características y necesidades del contexto, del grupo y del centro.

Se deberá tener en cuenta la funcionalidad del aprendizaje en la selección de las actuaciones, así como el trabajo autónomo.

Las actuaciones deben ser realistas y viables.

Las actividades deben potenciar la cultura de paz y no violencia.

Se debe garantizar la conexión y relación a través de una adecuada coordinación, entre las intervenciones que se desarrollan en las áreas y el desarrollo de las tutorías.

CRITERIOS GENERALES A LOS QUE SE AJUSTARÁN LAS INTERVENCIONES RELACIONADAS CON LA ATENCIÓN INDIVIDUALIZADA AL ALUMNADO. La atención individualizada podrá tener diferentes interlocutores (profesorado responsable de la tutoría o de algún área, orientadora u orientador, así como cualquier miembro de la comunidad escolar que intervenga con el alumnado), así como responder a diferentes motivaciones y demandas, por lo que se desarrollará a través de diferentes actuaciones. Los criterios generales a los que se ajustarán estas intervenciones son:

Finalidad: debe ser la prevención de dificultades y problemas.

Atención individualizada: se tendrá en cuenta a todo el alumnado, independientemente de que presenten dificultades o no.

Horario: se determinará en función de las características de la demanda, teniendo en cuenta que si es de una alumna o alumno se intentará evitar la pérdida de horario lectivo, y en el caso de que ésta sea necesaria, se procurará que sea en el horario lectivo en el que tenga menos problemas el

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alumno o alumna. Las “citas” para reunirse con la orientadora deberá ser solicitada en el horario de recreo para minimizar la pérdida de tiempo lectivo.

Se tenderá a buscar la colaboración y el compromiso del alumnado, favoreciendo la autonomía del mismo.

PROCEDIMIENTO PARA RECOGER Y ORGANIZAR LOS DATOS ACADÉMICOS Y PERSONALES DEL ALUMNADO. El profesorado tutor de los grupos de la ESO recogerá información de los integrantes de su grupo. Se trata de información académica y personal necesaria para desarrollar la función tutorial. Cada tutora o tutor elaborará una carpeta o expediente de cada uno de los alumnos y alumnas del grupo. Al finalizar cada curso académico, dichas carpetas se entregarán a la persona que ejerza la Vicedirección del centro, que será quien custodie los documentos para entregarlos al tutor o tutora de cada alumna o alumno al curso siguiente. Cada informe médico, o informe con datos de especial protección, será entregado en la Secretaría del centro para que se le dé el preceptivo registro de entrada antes de incorporarlo al expediente de cada alumno o alumna.

PROCEDIMIENTO Y ORGANIZACIÓN DE LA COMUNICACIÓN CON LAS FAMILIAS. Para llevar a cabo una buena labor docente es necesaria una estrecha colaboración con las familias, se debe implicar a las mismas en los procesos de enseñanza y aprendizaje de sus hijos e hijas. Por esta razón, desde el centro se tendrán que planificar los procedimientos de comunicación con las familias. En cumplimiento de la Orden de 20 de junio de 2011, se mantendrá, como mínimo, una reunión anual -a principio de curso y tras haber finalizado la evaluación inicial– entre el profesorado tutor y las familias y representantes legales del alumnado del grupo. El contenido a desarrollar durante dicha reunión se puede encontrar en la plataforma moodle del IES. En dicha reunión se debe escoger a los representantes de la familia de cada grupo (delegado o delegada y subdelegado o subdelegada). Además de esa reunión anual, se podrá citar a las familias a reuniones grupales siempre que se considere necesario, dicha solicitud de reunión podrá partir de cualquier miembro de la comunidad educativa. Medidas para potenciar la colaboración e implicación de las familias

Se llevarán a cabo unos contactos regulares con las familias del alumnado de la etapa de ESO, para potenciar su colaboración e implicación, a través de:

Reuniones grupales con padres, madres o tutores legales del mismo grupo. Habrá una reunión obligatoria al inicio de curso, y se podrán celebrar otras reuniones cuando se considere necesario.

Entrevistas individuales con las familias. En el horario del profesorado tutor, se fijará una hora para atención a las familias de su alumnado, prioritariamente con los padres, madres o tutores legales del alumnado que no haya superado tres o más materias.

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Otros procedimientos de comunicación con las familias podrán ser: comunicación de faltas de asistencia a clase del alumno o alumna, agendas de trabajo, boletín de calificaciones, notas informativas, etc.

A través de la figura del mediador o mediadora intercultural con la que cuenta el centro se pondrá en contacto con las familias de alumnado inmigrante que presente dificultades académicas, conductuales, de absentismo, etc. y ante cualquier necesidad de información a ser transmitida a las familias para su correcta interpretación.

COORDINACIÓN ENTRE EL PROFESORADO QUE TENGA ASIGNADA LA TUTORÍA DE LOS DISTINTOS GRUPOS Y LA ORIENTADOR, U ORIENTADOR, DEL CENTRO. En cada curso escolar, la Jefatura de Estudios reservará en los horarios personales y dentro del horario regular, una hora de coordinación entre el orientador u orientadora, y el profesorado que tenga asignada la tutoría de los grupos de ESO, esta reunión tendrá una periodicidad semanal y una duración de 30 minutos. Para enseñanzas postobligatorias no se ha establecido un horario fijo, por lo que las reuniones se producirán de común acuerdo con la periodicidad necesaria para asegurar la correcta atención del alumnado, profesorado y familias. En las reuniones semanales con el profesorado de la Educación Secundaria Obligatoria, se tratarán los aspectos que se hayan reflejado en la programación anual del Departamento de Orientación. Como regla general se recogerán los temas tratados y los acuerdos alcanzados en un documento que será firmado por todos los asistentes a la reunión. Desde este Departamento se recomiendan los siguientes criterios para la asignación de tutorías:

Tener en cuenta el número de horas de docencia directa con todo el alumnado del grupo a la hora de asignar una tutoría.

Profesorado que se ofrezca voluntario para ostentar una tutoría y que tenga buenas prácticas en cursos anteriores.

Continuidad con el grupo.

Consulta al Departamento de Orientación.

COORDINACIÓN ENTRE TODOS LOS MIEMBROS DEL EQUIPO DOCENTE DE CADA CURSO. Dado que no existe un horario específico para la reunión de todos los miembros del equipo docente, éstas reuniones se realizarán en función de las necesidades de cada grupo; a cambio se pueden usar otras estrategias de comunicación como la comunicación informal (que se da de hecho en la sala de profesorado), o la comunicación a través de medios electrónicos como grupos de “whatsapp” o listas de correo electrónico. En el caso de ser necesario recoger información por la visita de la familia de un alumno o alumna se pedirá información al profesorado que le imparte docencia usando para ello las hojas de recogida de información que se encuentran disponibles en el moodle.

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El procedimiento de recogida de tareas para el alumnado que es sancionado con la expulsión del centro docente es similar: existe en el moodle una hoja para la recogida de tareas que será entregada al profesorado para que la cumplimente y posteriormente se le entregará al alumnado cuando tenga que cumplir con la sanción. Además se usarán las sesiones de evaluación para hablar de la marcha del grupo y planificar las sesiones de equipo docente que se prevean necesarias.

DISTRIBUCIÓN DE RESPONSABILIDADES DE LOS DISTINTOS MIEMBROS DEL EQUIPO DOCENTE, EN RELACIÓN CON EL DESARROLLO DE LA ACCIÓN TUTORIAL. La acción tutorial es una parte importante de la función docente del profesorado; es por ello por lo que todo el claustro ha de ser responsable del desarrollo de la misma en su práctica docente. Este hecho ha de ser complementario con la existencia de un profesor o profesora que ejerce la tutoría.

En este sentido, la coordinación entre ambos es esencial, planificando cómo van a actuar y a apoyar el desarrollo de las actuaciones programadas desde la acción tutorial.

EVALUACIÓN DE LA ACCIÓN TUTORIAL.

La evaluación de la acción tutorial debe ser procesual para comprobar si está respondiendo a las necesidades del alumnado y de la comunidad educativa en general, para mejorar el plan en sí mismo, para tomar decisiones en relación al diseño y desarrollo y ayudar a cambiar aquellos aspectos con los que no se esté satisfecho. Los resultados de la evaluación procesual se irán recogiendo, siempre que sea posible, en las reuniones que mantiene el profesorado tutor con la orientadora u orientador del centro para asegurar que las actividades que se van realizando cumplen con los objetivos y que se puedan ajustar a las necesidades que van surgiendo a lo largo del curso. Al finalizar el curso escolar, en la última reunión de coordinación orientadora-profesorado tutor, se le pedirá a dicho profesorado que realice una valoración global de la planificación de la acción tutorial, así como que realice sugerencias de mejora. El profesorado tutor será el responsable de trasladar la información que le haya proporcionado su grupo-clase sobre la acción tutorial. Todas estas reflexiones se reflejarán en la memoria final del Departamento de Orientación para poder tenerlas en cuenta en la planificación del curso siguiente.

ACCIONES PARA FOMENTAR UN ADECUADO CLIMA ESCOLAR. Durante el curso escolar 2017-2018 se ha llevado a cabo una experiencia piloto para fomentar un buen clima escolar, dicha experiencia consistió en realizar y aplicar una “Unidad 0” durante la primera semana del curso escolar en todos los

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niveles de la ESO y en la FPB. Este proyecto nace con vocación de continuidad. Los recursos creados para dicha Unidad se encuentran en la plataforma moodle del centro, a disposición de todo el profesorado.

A través de la acción tutorial se fomentará un adecuado clima escolar que favorezca la acción educativa, en el primer trimestre se trabajará en tutoría lectiva en todos los niveles: normas del Centro y del aula, elección del delegado, distribución de responsabilidades, dinámicas de conocimiento mutuo, situación del alumnado en el aula, etc. Todas estas actuaciones son complementarias a las llevadas a cabo desde el Proyecto Escuela, Espacio de Paz y el Plan de Convivencia del centro, así como con el Plan de Igualdad.

Cuando se detecten conductas disruptivas, repetitivas y sostenidas en el tiempo, en un alumno o alumna, o bien en un pequeño grupo, se notificará al profesor o profesora que ejerza la tutoría y se establecerá un plan de comunicación y actuación que sea coordinado entre el profesorado tutor, la familia (o representantes legales) y la orientadora u orientador del centro. El seguimiento de dichas medidas se acordará individualmente teniendo en cuenta la casuística.

En el caso del alumnado absentista, se concertarán también reuniones con la familia y se solicitará la presencia del coordinador de absentismo. En el caso de ser necesaria la firma de algún compromiso, el seguimiento de dicho compromiso será competencia del profesorado tutor con el asesoramiento del Departamento de Orientación y del coordinador de absentismo.

Cuando sea necesario, ante conductas grupales problemáticas, el profesorado tutor del grupo con conductas disruptivas convocará una reunión extraordinaria del equipo docente y la familia con la persona que ejerza la orientación del centro para determinar medidas concretas para mejorar la convivencia.

Durante el curso 2017-2018 se espera poner en marcha un equipo de mediación, para lo cual se ha contemplado en el Plan de Formación la realización de un curso que dote de las herramientas necesarias, en este sentido, al profesorado participante para formar, a su vez, al alumnado que cumpla los requisitos para mediar entre iguales.

ACCIONES PARA EL DESARROLLO DE LAS HABILIDADES SOCIALES Y AUTOESTIMA DEL ALUMNADO.

A través de las tutorías se potenciará que el alumnado desarrolle habilidades sociales mediante actividades de dinámicas grupales, roleplaying, etc. Se facilitará material diverso al profesorado tutor de cada actividad o temática a trabajar/desarrollar dándole la oportunidad de elegir la metodología de trabajo más adecuada en función de las características y necesidades de su grupo. En la planificación anual se incluirá la programación concreta.

PROGRAMA DE TRÁNSITO.

Desde la Delegación Territorial de Educación se ha enviado a todo el profesorado de la especialidad de orientación educativa un programa de tránsito donde se especifica tanto la normativa de referencia como los agentes implicados, calendario de reuniones y de aplicación, contenidos a aplicar, etc. Como es una planificación específica para el curso 2017-2018 se incluirá en la

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programación de actividades para dicho curso y se usará de referencia para el resto de los cursos siempre que no exista una programación oficial nueva por parte de instancias superiores. Cualquier planificación debe tener en cuenta los siguientes apartados generales:

Actuaciones que se llevarán a cabo con el alumnado grupalmente e individualmente (de 6º de EP y 1º ESO).

Actuaciones que se llevarán a cabo con la familia grupalmente e individualmente.

Actuaciones que se llevarán a cabo con el Centro/profesorado.

Objetivos.

Actividades.

Temporalización.

Responsables.

Recursos.

En el caso de nuestro centro, como recibimos alumnado de varios centros SemiD, el programa de tránsito tendrá en cuenta dicha peculiaridad y se realizarán las mismas actuaciones con el alumnado adscrito que se incorporará en 3º ESO.

III. 2. ORIENTACIÓN ACADÉMICA Y PROFESIONAL.

El Plan de Orientación y Acción Tutorial en los Institutos de Educación Secundaria recoge la orientación académica y profesional; ésta deberá incluir los siguientes elementos:

OBJETIVOS.

- Favorecer el autoconocimiento del alumnado, relacionando las características personales con los intereses profesionales.

- Proporcionar información al alumnado sobre las diferentes opciones: o Al alumnado de 2º de ESO sobre la opción de matemáticas

académicas y aplicadas para que puedan expresar sus intereses y escoger la opción que más se adecúe a ellos.

o Al alumnado de 3º de ESO sobre las opciones que tienen en 4º: enseñanzas académicas (vía para el bachillerato) y enseñanzas aplicadas (vía para los ciclos formativos).

o Al alumnado de 4º de ESO sobre las alternativas que tienen en los bachilleratos y los ciclos formativos. En el caso de que existan alumnos y alumnas que quieran dejar los estudios y no se les pueda convencer de lo contrario, se les facilitará información sobre el mercado laboral y las posibilidades de formación que tendrían en esa vía.

o Al alumnado de 2º curso de FPB se le facilitará información sobre las salidas profesionales y la posibilidad de continuar estudios en la rama de la Formación Profesional.

o Al alumnado que se considera candidato para los programas de FPB o de PMAR se le dará información específica de

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dichas opciones y las salidas que tendrían. - Conocer y analizar la oferta académica y formativa al término de la

enseñanza obligatoria: titulaciones, lugares, condiciones de acceso… - Conocer las profesiones del entorno más próximo.

- Conocer y ejercitarse en técnicas de búsqueda de empleo.

- Atender de forma individualizada al alumnado y a las familias ante casos de incertidumbre o necesidad de información más especializada.

- Establecer relaciones de colaboración con los recursos personales y/o institucionales del entorno para favorecer el asesoramiento integral del alumnado del Centro: Ayuntamiento, SAE, Andalucía Orienta, centros de formación profesional de diferente familia profesional, etc.

- Informar a las familias sobre las opciones académicas y profesionales al término de la ESO.

CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE LOS PROGRAMAS DE ORIENTACIÓN PROFESIONAL. Los criterios generales para seleccionar estos programas son:

Han de estar adaptados a las características del alumnado, del centro y del entorno.

Los programas han de ser sencillos de aplicar, que faciliten su implementación con los recursos de los que dispone en esta etapa (el profesorado tutor principalmente con la ayuda y colaboración del Departamento de Orientación).

Deben favorecer el trabajo autónomo por parte del alumnado a través de la investigación.

Los programas seleccionados deben desarrollarse a través de distintos tipos de actividades y prioritariamente usando las materias o áreas donde el alumnado está recibiendo formación; es necesario que sea una formación interdisciplinar y no sólo durante el horario de tutoría.

Deben tener carácter procesual, Han de desarrollarse a lo largo de toda la etapa y no como algo puntual.

Los programas de la Etapa de la ESO y Bachillerato, deberán estar relacionados entre sí.

ACTUACIONES CON EL ALUMNADO. Las actuaciones con el alumnado se pueden desarrollar a través de actividades de intervención con el grupo-clase o de atención individualizada por parte de la orientadora o el orientador y/o del tutor o tutora, actividades integradas en las programaciones didácticas de las distintas áreas y materias, actividades complementarias y extraescolares y actividades desarrolladas por agentes externos al centro. Las actuaciones a seguir con el alumnado son:

Exploración de las capacidades, intereses y motivaciones del alumnado.

Exposición de las distintas opciones académicas y profesionales que hay al finalizar la etapa con título de:

o ESO: Bachillerato, Ciclos Formativos de Grado Medio

o Bachillerato: Universidad y Ciclos Formativos de Grado Superior.

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o Sin título de ESO: educación secundaria para personas adultas, pruebas de acceso a CFGM, CFGS, pruebas para obtener el título de ESO para mayores de 18 años, pruebas para obtener el título de Bachillerato para mayores de 20 años, pruebas para obtener el título de ESO para alumnado con 5, o menos, asignaturas suspensas 5 en el curso anterior, etc.

Información sobre requisitos de acceso a: Ciclos Formativos, Universidad… plazos de matriculación, documentación, etc.

Información sobre las enseñanzas de Régimen Especial: artísticas; artes plásticas y diseño, Arte Dramático, idiomas, deportes…

Análisis de las opciones formativas para el alumnado que no tenga la titulación: Formación Profesional Ocupacional y Educación de Personas Adultas, Servicio Andaluz de Empleo…

Información sobre las pruebas de acceso a ciclos formativos.

Descripción de los recursos que les brinda la Administración Pública: residencias, becas…

Exploración del mercado laboral y acercamiento a distintas profesiones, ocupaciones, actividades…

Iniciación en métodos y técnicas de búsqueda de empleo.

Información sobre grados Universitarios, Prueba de Acceso a la Universidad (mientras ésta siga vigente), notas de corte…

ACTUACIONES CON LA FAMILIA. Las actuaciones con la familia se pueden desarrollar a través de la atención grupal o individual, bien con el profesorado tutor, con la orientadora (u orientador) o bien en conjunto con ambos profesionales.

Se les informará y asesorará sobre todos aquellos aspectos que demanden haciendo especial hincapié en la atención a la diversidad que necesiten los discentes, salidas profesionales, recursos a los que pueden recurrir, etc.

PROCEDIMIENTO DE COORDINACIÓN DE LOS PROFESIONALES QUE PARTICIPAN EN LA APLICACIÓN DE LOS PROGRAMAS. La coordinación de los profesionales que participan en el desarrollo de los programas de orientación es muy importante para que no se conviertan en actuaciones puntuales y desconectadas. Los procedimientos de coordinación pueden ser:

Coordinación del profesorado tutor de un mismo nivel a través de la reunión semanal con el Orientador u orientadora.

Coordinación del Equipo Educativo: para la elaboración del Consejo Orientador, recomendaciones de optatividad, elección de modalidad de matemáticas, etc.

Coordinación de los miembros de Departamentos: para diseñar, desarrollar y evaluar actividades de orientación profesional integradas en sus programaciones didácticas.

Coordinación con agentes externos: dicha coordinación se hará en función de las necesidades del alumnado; los agentes externos con los que existen coordinación pautada son: EOE de referencia y ETPOEP. Además se suelen mantener reuniones de coordinación con: salud mental infantil, técnicos del

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ayuntamiento (servicios sociales, juventud…), técnicos de diputación, etc.

Es necesaria la coordinación entre el orientador, u orientadora, y el profesorado de las áreas de Iniciación Profesional Específica y FOL para el seguimiento de la programación anual de la orientación académica y profesional del CFGM y la FPB.

Coordinación entre los miembros del Departamento de Orientación que pueden intervenir con el mismo alumnado o con diferente: PT, ATAL, AL, FPB, etc.

PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE ORIENTACIÓN ACADÉMICA Y PROFESIONAL. La evaluación de las actividades del Plan de Orientación Académica y Profesional debe ser: Evaluación de proceso; a través del seguimiento continuado de las actuaciones desarrolladas, para introducir los cambios oportunos y retroalimentar el proceso sobre la marcha. Evaluación final: realizando una valoración de los resultados finales, al término de todo el proceso o de cada fase. Se concretará en la Memoria Final de Curso.

Los procedimientos a seguir para esta evaluación pueden ser:

- Análisis del proceso a través de las reuniones de coordinación comentadas

anteriormente.

- Cuestionarios sencillos para todos los agentes implicados en la implementación del programa.

- Aquellos incluidos dentro del Plan de Orientación y Acción Tutorial, concretado para un curso escolar

III.3. ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD. Este apartado queda recogido en el punto del Proyecto Educativo de Atención a la Diversidad.

IV. COORDINACIÓN EXTERNA E INTERNA.

COORDINACIÓN CON OTRAS INSTITUCIONES:

Inspección Educativa; a petición de ésta o cuando tengamos cuestiones que necesiten ser clarificadas, ya que tienen función asesora.

UTS, Organizaciones Sociales, Sanitarias, Municipales, Empresas; en función de las necesidades que se vayan presentando en el centro.

Policía y Guardia Civil.

Los responsables colaboradores del Centro de Salud en el Programa Forma Joven.

La persona que ejerza la mediación intercultural para llevar a cabo seguimiento de alumnado inmigrante que ha sido derivado y para informarle sobre nuevos casos.

Coordinación zonal y provincial de orientación educativa de acuerdo a lo

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establecido en el plan provincial correspondiente.

V. EVALUACIÓN.

El POAT es un instrumento pedagógico que articula a medio y largo plazo el conjunto de actuaciones relacionadas con los objetivos de la orientación y la acción tutorial; es por ello por lo que su evaluación se llevará a cabo al final de cada curso académico para que, si fuera necesario, se modificara de cara al curso siguiente, y siempre antes del 15 de noviembre de cada año, según establece la norma para el Plan de Centro. El PAT, por su parte, dada su vocación abierta y cambiante al tratarse de la concreción anual del POAT, será evaluado trimestralmente para introducir las modificaciones y mejoras que se consideren necesarias; a final de curso éstas se reflejarán en la memoria final del Departamento de Orientación, y serán el punto de partida en la elaboración del Plan de Acción Tutorial del curso siguiente.