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    7/4/2016 Nueva ley 20.684 modifica plazo de entrega y pago de finiquitos | Prosindical

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    26 Agosto, 2013

    Nueva ley 20.684 modifica plazo deentrega y pago de finiquitos

    896 Comments

    Finalmente el 23 de Agosto se publicó la nueva ley 20.684 que “establece plazo para

    otorgamiento del finiquito del contrato de trabajo”: 10 días hábiles desde que el trabajador es

    separado de sus funciones (recordar que solo se consideran inhábiles los domingos y festivos).

    La obligación es doble para el empleador: en ese plazo debe “otorgar” el finiquito (documento)

    y “poner a disposición del trabajador” el pago del dinero adeudado (indemnizaciones, feriados,

    remuneraciones, etc.).

    Aunque se mantiene la posibilidad que lo pacten en cuotas  -talvez su mayor pecado-, la

    ley ha sido bien recibida por distintos sectores, pues se considera que contribuirá a poner

    término a prácticas empresariales abusivas que dilataban por semanas la entrega del

    documento y el pago del dinero, a la vez que concede a los empleadores más tiempo del que

    legalmente gozaban hasta entonces. En efecto, no se debe olvidar que hasta antes de esta ley

    el finiquito era exigible desde el mismo momento que terminaba el contrato de trabajo

    y que las indemnizaciones debían pagarse “al momento de la terminación”. Es decir,

    había un plazo mucho más favorable para los trabajadores -aunque indeterminado- pero que

    rara vez se cumplía. Las causas de ello apuntaban a una serie de “impedimentos” -que más

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    bien parecen “comodidades”- que los empleadores tendrían para hacer el pago de inmediato

    (Ej: falta de tiempo para calcular remuneraciones variables; falta de tiempo para “liberar” los

    dineros), obviando con mucha facilidad que aquellos podrían abordarse en paralelo a un

    despido, ya que la mayoría de los despidos son producto de un proceso de toma de decisiones

    interno racional, planificado y en el que interviene más de una persona. De esta forma, lo que

    en realidad hace esta ley es legalizar un incumplimiento generalizado (tal como la Ley de

    Subcontratación hizo con el “suministro de trabajadores”).

    Cabe precisar que el plazo de 10 días hábiles comprende los días sábado (solo son inhábiles

    los domingos y festivos), pues no es un plazo para deducir acciones (como sí lo son los 60 días

    para demandar por despido injustificado) y se cuenta desde la separación física del

    trabajador, no desde la fecha de entrega de la carta de despido (con la cual puede no

    coincidir). ¿Qué pasa si el empleador no respeta ese plazo? La ley no dispone ninguna sanción

    especial, por lo que correspondería la aplicación de una multa, la cual no obstante sería fácil

    de eludir para las empresas antedatando la fecha del finiquito. Ahora, dicha multa no

    procedería en caso que el trabajador no quiera firmar el finiquito por estar disconforme con lacausal aplicada o el cálculo de las prestaciones, pues la obligación del empleador es otorgar el

    finiquito y no obtener la firma del trabajador. El problema en ese caso radica en el pago de lo

    adeudado: ¿puede el empleador condicionar o negarse al pago de lo ofrecido mientras el

    trabajador no firme el finiquito? La ley en ninguna parte lo permite, por lo que llegado el

    décimo día hábil sin que se pagaren las indemnizaciones debería sancionarse con

    multa (la causa del pago es el término del contrato, no el finiquito).

    La ley establece que el plazo de 10 días es para pagar “el finiquito”, lo cual puede inducir a

    varios equívocos. Debiera entenderse que el plazo es para el pago de las indemnizacionesque se generan por causa del término del contrato de trabajo , a saber, indemnización

    compensatoria del feriado, años de servicios, sustitutiva del aviso previo y desahucio, y no

    para el pago de las remuneraciones adeudadas. Es efectivo que la norma no distingue pero

    de lo contrario se producirían diversos inconvenientes. Por ejemplo, si se considera que el

    plazo es para pagar las remuneraciones devengadas por los días trabajados en el mes de

    término de contrato, por efecto de la ley se alteraría la fecha de pago de las remuneraciones,

    ya sea anticipándola o retardándola, produciéndose un perjuicio para el trabajador en este

    segundo caso (la nueva ley, en cuanto norma especial primaría sobre el artículo 55 del Código

    del Trabajo, según el cual las remuneraciones se pagan en la periodicidad estipulada en elcontrato, la que en ningún caso puede ser superior a un mes). Y el efecto perverso de la norma

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    se acentúa aún más si se considerara que el plazo es para pagar incluso remuneraciones que

    se adeudaren de meses anteriores, pues éstas ya son exigibles y están devengando reajustes e

    intereses. Esto no significa que las remuneraciones adeudadas no puedan incorporarse y

    pagarse conjuntamente con el finiquito o en cuotas a partir de él; ello puede ocurrir, pero el

    plazo de hasta 10 días no legaliza la infracción que se hubiere cometido por no pagarlas

    oportunamente ni suspende su exigibilidad.

    Ver tramitación

    Ver texto de la ley

    Posted by ProSindical in Sin categoría

    896 thoughts on “Nueva ley 20.684 modifica plazo

    de entrega y pago de finiquitos”

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    gonzalo3 Septiembre, 2013 at 2:12 am

    Aplica para quiebras?

    Respuesta

    prosindical

    3 Septiembre, 2013 at 5:32 pmNo, no aplicaría para quiebras pues éstas se rigen por una

    http://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=12#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/2013/07/http://www.prosindical.cl/2013/08/http://www.prosindical.cl/2013/09/http://www.prosindical.cl/2013/10/http://www.prosindical.cl/2014/01/http://www.prosindical.cl/2014/02/http://www.prosindical.cl/2014/03/http://www.prosindical.cl/2014/04/http://www.prosindical.cl/2014/05/http://www.prosindical.cl/2014/06/http://www.prosindical.cl/2014/08/http://www.prosindical.cl/2014/09/http://www.prosindical.cl/2014/10/http://www.prosindical.cl/2014/11/http://www.prosindical.cl/2014/12/http://www.prosindical.cl/2015/01/http://www.prosindical.cl/2015/02/http://www.prosindical.cl/2015/03/http://www.prosindical.cl/2015/04/http://www.prosindical.cl/2015/05/http://www.prosindical.cl/2015/06/http://www.prosindical.cl/2015/07/http://www.prosindical.cl/2015/09/http://www.prosindical.cl/2015/10/http://www.prosindical.cl/2015/11/http://www.prosindical.cl/2015/12/http://www.prosindical.cl/2016/01/http://www.prosindical.cl/category/sin-categoria/http://www.prosindical.cl/author/juan-vergara/https://www.google.cl/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&cad=rja&ved=0CC0QFjAA&url=http%3A%2F%2Fwww.leychile.cl%2FNavegar%3FidNorma%3D1053719&ei=Bt0aUp_ZH6f-iQKJo4C4Cw&usg=AFQjCNHbCEynIHx3ZrWZxP92df8qaM-uEw&sig2=Tsx0jNm5mwh6K8Vbx2BK8g&bvm=bv.51156542,d.cGEhttp://www.senado.cl/appsenado/templates/tramitacion/index.php?boletin_ini=7467-13http://www.prosindical.cl/tribunal-constitucional-confirma-ley-que-prohibe-a-banco-de-chile-contratar-con-el-estado-por-2-anos/http://www.prosindical.cl/gobierno-nuevamente-priva-de-derecho-a-huelga-a-trabajadores-de-100-empresas/

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    reglamentación especial (Ley de Quiebras), donde se deben verificarcréditos y pagar conforme a su preferencia.

    Respuesta

    Enrri Bañares Alarón17 Noviembre, 2015 at 4:57 am

    Estimados;

    Quisiera preguntar respecto de la situación laboral quenos aqueja a mi y un grupo de funcionarios de un excolegio, específicamente el Liceo Técnico ProfesionalPuerto Saavedra (IER) desde diciembre del año 2014 a lafecha no nos ha cancelado, sueldos, finiquitos (nofirmados) cotizaciones, salud, seguro de cesantia, y quepasa con los que entregaron carta de renuncia antes deltermino de contrato pero tampoco se les ha cancelado ????

    Respuesta

    ProSindical19 Noviembre, 2015 at 9:01 am

    Estimado, necesitaríamos que nos aportaramás antecedentes sobre la situación delcolegio y en particular de por qué no les hanpagado. Por el tiempo transcurrido ya

    deberían haber recurrido a la Inspección delTrabajo y a tribunales de justicia.

    Respuesta

    Paulina8 Febrero, 2016 at 3:47 pm

    Hola, buenas tardesPrimero que todo agradecerpor su buena disposición almomento de responder lasconsultas.

    http://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=4997#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=4989#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=13#respondhttps://wordpress.org/http://www.prosindical.cl/comments/feed/http://www.prosindical.cl/feed/http://www.prosindical.cl/wp-login.phphttp://www.prosindical.cl/category/unificacion-de-jurisprudencia/http://www.prosindical.cl/category/sin-categoria/http://www.prosindical.cl/category/reforma-laboral/http://www.prosindical.cl/category/dictamenes/http://www.prosindical.cl/2013/04/http://www.prosindical.cl/2013/05/http://www.prosindical.cl/2013/06/

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    7/4/2016 Nueva ley 20.684 modifica plazo de entrega y pago de finiquitos | Prosindical

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    Mi consulta es la siguiente,cuanto tiempo tengo parareclamar por unascotizaciones no pagadas,trabaje 3 meses en unatienda comercial, mi contratotermino el mes de febrero delaño

    2014 y ahora resultas quereviso mis cotizaciones y meaparecen pagadas dos en unay y no tengo registros de latercera, que puedo hacer eneste caso.

    Espero atenta suscomentarios.

    Saludos cordiales

    ProSindical10 Febrero, 2016 at 11:07 pm

    El plazo de prescripción es de5 años, diríjase al ente desalud respectivo y haga el

    requerimiento para que éstecobre dichas cotizaciones.

     Judith Adriana velazquez19 Febrero, 2016 at 4:41 pm

    Hola disculpa mi pregunta tengo 5 años quedeje de ir a la empresa donde trabajaba salí embarazada y me casé y salí por un tiempo

    http://-/?-http://-/?-http://www.prosindical.cl/

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    7/4/2016 Nueva ley 20.684 modifica plazo de entrega y pago de finiquitos | Prosindical

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    del Estado pero no firmé renuncia y norecogí mi finiquito aún puedo reclamarloera una tienda de ropa es conocida C&A .Saludos…

    Respuesta

    ProSindical20 Febrero, 2016 at 4:05 am

    En Chile los derechos losderechos laboralesprescriben en 2 años.

    #FueraByN (@alxforeveralone)25 Septiembre, 2013 at 10:21 pm

    aplica para renuncias voluntarias?

    Respuesta

    prosindical25 Septiembre, 2013 at 11:33 pm

    Claro que aplica para renuncias voluntarias, de hecho para cualquiercausal de término del contrato de trabajo.

    Respuesta

    http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=15#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=14#respondhttp://-/?-http://twitter.com/alxforeveralonehttp://-/?-http://www.prosindical.cl/http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=5691#respond

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    7/4/2016 Nueva ley 20.684 modifica plazo de entrega y pago de finiquitos | Prosindical

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     jorge flores28 Septiembre, 2013 at 4:49 pm

    hola aplica en mi caso ? me gustaría saber cuales son las ventajas y las indemnizacionesa que se atribuye ? , ya que a mi me desvincularon el 30 de agosto y el dia jueves 26tuve comparendo y no se presentaron con finiquito ni nada, me derivaron a tribunales yme gustaria saber que ganare yo dado que son 10 dias como tope y esto fue el 30 de

    agosto y a la fecha del comparendo habían transcurrido 27 dias. Es por aquello que medijeron que me tendrían que indemnizar, a que atribuye esa indemnización ?

    Respuesta

    prosindical29 Septiembre, 2013 at 5:59 am

    Si le entregaron carta de despido, podría demandar ante un Tribunal deCobranza Laboral que le paguen las indemnizaciones por término de

    contrato con un recargo legal que el juez puede estimar hasta en un150% (artículo 169 del Código del Trabajo), aunque usualmente lo hacenen un 30%, según las circunstancias.

    Respuesta

    Cristina

    28 Septiembre, 2013 at 6:54 pm

    Cual es el monto de la multa y en que articulo se estipula, para el empleador que nopaga el finiquito dentro del plazo de 10 hábiles?

    Respuesta

    prosindical29 Septiembre, 2013 at 5:52 am

    No hay norma especial por lo que se rige por la regla general: artículo506 del Código del Trabajo. La multa depende de la cantidad detrabajadores de la empresa.

    http://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=17#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=19#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=16#respondhttp://-/?-

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    Respuesta

    Paola Campos Arriagada11 Octubre, 2013 at 11:38 am

    Me enviaron mi finiquito por email dado que yo presenté carta de renuncia firmadaante notario, pero me corresponde a mí legalizar el finiquito emitido por mi empleador?

    Respuesta

    mackarena24 Octubre, 2013 at 7:36 pm

    Mi caso es que el dia lunes 14 de octubre me hicieron entrega de carta aviso con fecha14 de octubre, por lo que se considera habiles los dias sabado tambien y aun no mehan cancelado mi finiquito, puedo demandar a la empresa? y cual seria la multa???

    Respuesta

    prosindical24 Octubre, 2013 at 7:46 pm

    Estimada, tiene dos opciones: (1) interponer denuncia ante la Inspeccióndel Trabajo, entidad que debiera multar; (2) interponer demanda en

     juzgado de cobranza laboral para que le paguen la indemnización poraños de servicios con un recargo adicional.

    Respuesta

    mauricio25 Octubre, 2013 at 12:56 am

    cotizaciones,seguro cesantia,salud no pagadas renuncie

    http://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=22#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=21#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=20#respondhttp://-/?-https://www.facebook.com/paola.munozarriagadahttp://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=18#respond

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    tambien tienen 10 diaz para pagar todo ya que no e podido cobrar mi seguro decesantia

    Respuesta

    william15 Enero, 2015 at 1:00 am

    Hasta cuanto tiempo puedo reclamar mi finiquito? Lo pregunto porque elaño pasado no quise firmar mi finiquito por no estar de acuerdo y nuncalo solicite,ahora quisiera saber si hay algun plazo estipulado pararequerirlo…gracias.

    Respuesta

    ProSindical18 Enero, 2015 at 9:41 pm

    6 meses desde el término de los servicios. Intente cobrarloigual.

    Respuesta

    elizabeth2 Noviembre, 2013 at 4:25 pm

    Esta ley desde cuando esta vigente o lo estará?

    Respuesta

    prosindical2 Noviembre, 2013 at 5:20 pm

    La Ley está vigente desde su publicación, el día 23 de Agosto de 2013

    http://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=24#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=3446#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=3407#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=23#respond

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    Respuesta

    sebastian13 Noviembre, 2013 at 6:21 pm

    hola…yo firme la carta de notificacion de termino de contrato con dia 13 de sept

    solo venia la firma del gerente general, pero no fue ante notario, sino en la oficina deotro gerenteme dijeron que tenian hasta 2 meses para pagar (los 2 meses se cumplen hoy)que hago ahora para que me paguen?llamo y me dicen que aun no tienen respuesta

    Respuesta

    prosindical19 Noviembre, 2013 at 9:19 pm

    Si solo tiene carta de despido, y no ha firmado finiquito, lo que corresponde es queinterponga demanda lo antes posible, para que le paguen con reajustes e intereses.

    Respuesta

    Marco Contreras

    20 Noviembre, 2013 at 6:37 pmque pasa si un trabajador desvinculado, se va a trabajar a otra faena y por tema detiempo, NO se acerca a firmar su finiquito, que debiera hacer la empresa en esecaso????????

    Respuesta

    prosindical20 Noviembre, 2013 at 7:50 pm

    Es responsabilidad del trabajador acercarse a buscar el finiquito,eventualmente puede conferir un mandato a una persona para que lo

    http://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=28#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=27#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=26#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=25#respond

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    suscriba en su nombre y representación, y reciba los dineros adeudados.

    Respuesta

    ALBERT MELLADO9 Enero, 2014 at 3:14 pm

    tengo la siguiente consulta, y si el trabajador no va a

    cobrar su finiquito, y aparece despues del año a cobrarlo,la empresa esta obligada a pagar ese finiquito????? o existeun plazo de caducidad???

    Respuesta

    prosindical9 Enero, 2014 at 4:40 pm

    La regla general son 2 años desde el

    término del contrato (desde que dejó detrabajar en la empresa).

    Respuesta

    prosindical9 Enero, 2014 at 4:42 pm

    Usted es libre de pactar conellos la cantidad de cuotas y

    las fechas de pago. Si ustedno acepta, deben pagarletodo en el mismo acto, y en elplazo de 10 días desde eltérmino del contrato.

    http://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=98#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=96#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=29#respond

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    Leonora20 Noviembre, 2013 at 11:14 pm

    HolaQuería hacer una consulta, sucede que me desvincularon por necesidades de laempresa, a los dos días me citaron para ver el tema de mi f iniquito, estaba de acuerdocon el monto de este y con el monto del sueldo finiquito.. este ultimo ya lo recibí sinningún problema, mi finiquito lo firme el 22 del mes pasado y me citaron el dia de hoypara retirar el cheque con el monto de mi finiquito, el encargado de este tema me diceque “debemos hacer un finiquito nuevo” ya que no descontaron un préstamo de la cajade compensación”.. Yo quiero hacerme responsable de esta deuda pero por mi parte,no que me descuenten todo el monto de una vez, ya que no es poco y seria casi lamitad de mi finiquito, si ya tengo el finiquito firmado por el monto total y sin eldescuento de la caja, puedo exigir el pago de este? o debo hacer un finiquito nuevo?.Lootro, en el momento que me comunicaron mi despido no firme la carta de aviso quedirigen a la insp. del trabajo, ya que no era el monto que debian pagarme, era muchomenor, afecta en algo mi tema??

    Disculpe las molestias y espero su respuesta.Saludos.

    Respuesta

    prosindical21 Noviembre, 2013 at 4:06 pm

    Lo que prevalece es el finiquito firmado, no tiene necesidad de suscribir uno nuevo.

    Puede exigir el pago de lo acordado en el f iniquito, y usted seguir pagandodirectamente en la Caja las cuotas del crédito contraído. En su situación no influyen ennada que no le hayan entregado carta de despido en su oportunidad.

    Respuesta

    carlos22 Noviembre, 2013 at 2:09 pm

    A mi no me renovaron contrato se me acabo el 4 de este mes noviembre y hasta la

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    fecha no pagan an pasado mas 10 dias… Que puedo acer en este caso los puedo ir adenunciar ?

    Respuesta

    prosindical22 Noviembre, 2013 at 3:25 pm

    Si usted estaba a plazo fijo y no le han pagado el feriado proporcional,interponga denuncia en la Inspección inmediatamente, en elcomparendo le pagarán.

    Respuesta

     johana

    22 Noviembre, 2013 at 5:19 pm

    Me despidieron el 11 de noviembre por el artico 161 necesidades de la empresa encuantos dias deverian pagarme

    Respuesta

    prosindical22 Noviembre, 2013 at 9:41 pm

    Son 10 días hábiles, hoy vence el plazo.

    Respuesta

    carolina espinoza24 Noviembre, 2013 at 3:26 am

    Hola

    Me gustaria saber que puedo hacer miempleador cerro la fabrica en el mes de julio despidio a todas menos a mi porque

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    estaba con licencia medica hasta el 30 de octubre dijo que me despediria me entregoun finiquito el 18 de nov para que lo revisara pero de ahi nada mas yo no he firmadonada pero tampoco me a pagado que puedo hacer por todo el tiempo que a pasadohasta cuando el tiene plazo legal para pagar me pueden orientar por favorGracias

    Respuesta

    prosindical24 Noviembre, 2013 at 5:14 pm

    Lo más seguro es asumir que su contrato de trabajo terminó, pordespido, el 1 de Noviembre, al serle imposible retornar a sus funciones.Interponga denuncia ante la Inspección entonces, para que le entreguensu finiquito y le paguen lo adeudado.

    Respuesta

     johana25 Noviembre, 2013 at 12:21 pm

    Ya pasaron los 10 dias pero llamo y me dicen que no saben cuando me van a pagar fui ala inspeccion del trabajo y la mujer que me atendio lo iso super mal incluso me dijo queno sabia si ya estaba vigente la ley de los dias habilesAdonde devo ir o que devo hacer

    Respuesta

    prosindical25 Noviembre, 2013 at 3:11 pm

    Opciones: (1) Vuelva a la Inspección e interponga directamente reclamopara que la citen a comparendo con la empresa, no pida “asesoría”; (2)demande en tribunales.

    Respuesta

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    Cristian26 Noviembre, 2013 at 5:08 am

    hola. Me despidieron el 30 de septiembre y la primera cuota del finiquito seria para el25 de noviembre y no se va a cancelar. tengo plazo de 60 dias desde la fecha deldespido para hacer el reclamo? vasta con ir a la inspeccion del trabajo?

    Saludos

    Respuesta

    prosindical26 Noviembre, 2013 at 2:35 pm

    Si no firmó finiquito, los 60 días se cuentan desde la fecha de término delcontrato. Si firmó, entonces el plazo para reclamar el pago de loreconocido en el finiquito se cuenta desde el vencimiento de cada cuota,

    pero ahí se trata de una acción ejecutiva que se interpone ante Juzgadode Cobranzas y prescribe en 3 años.

    Respuesta

    Christian26 Noviembre, 2013 at 10:38 am

    Hola, me despidieron el dia 15. Me enviaron por correo electronico el finiquito, pero noestaba de acuerdo pues no me habian metido horas extra que habia realizado. Aun nohe firmado carta de despido. Y me dicen que estan hablando con la empresa dondetrabajaba para confirmar esas horas extra, pues estaba subcontratado. Que hago?Gracias

    Respuesta

    prosindical

    26 Noviembre, 2013 at 2:37 pmInterponga denuncia en la Inspección, al comparendo deberán ir con el

    http://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=41#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=42#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=40#respondhttp://-/?-

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    libro de registro de asistencia y así podrá probar sus horas extras.

    Respuesta

    Christian26 Noviembre, 2013 at 4:07 pm

    Gracias por la respuesta, pero tengo 2 dudas:

    – Hay una fecha, un tope de días para firmar el finiquitoantes de perderlo, es que no se si se estan retrasando poralgo, porque ya han pasado bastantes dias…– Los primeros dias pasaba con tarjeta de visita por lo queno habra constancia oficial de mis horas extra.Gracias

    Respuesta

    prosindical26 Noviembre, 2013 at 4:17 pm

    El Código del Trabajo le da un plazo de 2años para demandar su finiquito, contadosdesde el despido. Con el registro deasistencia no debería tener problemaalguno para cobrar sus horas extras.

    Respuesta

     jose26 Noviembre, 2013 at 2:48 pm

    bueno mi pareja envió la carta de renuncia el día miércoles 13 con la misma fecha derenuncia.

    cuando se le deberían cancelar el finiquito si los 10 días hábiles desde que envió lacarta de renuncia se cumplen mañana?

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    lo calculas sobre el total haber menos la asignación familiar?

    Respuesta

    prosindical26 Noviembre, 2013 at 3:04 pm

    El plazo para pagar el finiquito venció el lunes. La base de cálculo está

    compuesta, según la Dirección del Trabajo, por el total haberesMENSUALES (Ej. excluye aguinaldos) y habituales (Ej. excluye horasextras) menos la asignación familiar, y según la Corte Suprema, solo porlos haberes imponibles mensuales.

    Respuesta

    Pamela27 Noviembre, 2013 at 11:56 pm

    El dia 14 de octubre me despidieron trabaje 15 años, me dijeron que debo esperar 10dias para el pago del finiquito estos se cumplen mañana 28 de octubre tengo que ir a lainspeccion del trabajo a hacer la constancia o directamente al Juzgado de cobranzas? ymi otra duda es que he escuchado que dependiendo la cantidad del finiquito mepueden cancelar en cuotas, me puedo negar a esto ?

    Respuesta

    prosindical28 Noviembre, 2013 at 2:44 am

    El plazo venció hoy. Usted NO está obligada a recibir el pago en cuotas. Simañana no ofrecen pagarle todo, la opción de Inspección o juiciodepende del costo oportunidad suyo (tiempo de demora, necesidadpronta de dinero, honorarios abogado, etc.).

    Respuesta

    http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=49#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=48#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=45#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=44#respond

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    Andrea30 Noviembre, 2013 at 12:08 am

    Hola! trabajé en una gran empresa chilena, pero fue contratada por una EST. El contratode 30 días no se renovó, me despidieron día 13/11/2013 y hasta hoy no me pagan elfiniquito. Llevo dos meses de embarazo y creo que por ese motivo no renovaran micontrato. Lo que pasa es que: 1) La EST demoró case 20 días para firmar el contrato (la

    ley dice que el máximo son 5 días, así que, entiendo que la empresa usuaria quedebería hacerse cargo de la relación laboral y yo pasaría a ser automáticamentecontratada por plazo indeterminado, cierto?), 2) el plazo de 10 días hábiles ya se fue, yahice una constancia ante Carabineros y deseo hacer un reclamo ante la Inspección detrabajo cuando termine el Paro Nacional.Pero, por lo que sé, el trabajador no tiene ninguna ventaja en hacer ese tipo dereclamo, ya que la multa el empleador paga para el gobierno y no para el empleadoque es el único perjudicado, o estoy equivocada?Otra cosa es que por la cuestión del embarazo y ser una EST, no tengo derecho a fueromaternal. Resumiendo: trabajé 1 mes, estoy embarazada, me echaran sin derecho a

    nada y sin sueldo.Agradezco sus comentarios sobre mi caso.

    Respuesta

    prosindical30 Noviembre, 2013 at 4:58 pm

    Lamentablemente así lo dispone el artículo 183-AE del Código delTrabajo: su fuero la protege hasta el término del plazo. Su únicaposibilidad es demostrar queno se cumplieron los requisitos legales del suministro de personal.

    Respuesta

    Pamela2 Diciembre, 2013 at 11:02 am

    Hola quisiera saber hasta cuando es el paro en la inspección de trabajo me decidieronel 14 de novimbre y aún no me pagan el finiquito tampoco he recibido ningún llamado

    http://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=51#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=50#respondhttp://-/?-

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    de mi ex empleador para darme una fecha de cuando me pagaran he ido alrededor de3 veces a la inspección pero aún siguen en paro sigue hoy el paro o no ??

    Respuesta

    nenita

    2 Diciembre, 2013 at 5:21 pm

    hola una consulta a trabaje 9 meses en una empresa me depidieron el 30 de octubre ytodavia nu me pagan mi finiquito que puedo hacer

    Respuesta

    prosindical2 Diciembre, 2013 at 5:24 pm

    Interponga denuncia en la Inspección.

    Respuesta

     Jorge Talamilla10 Diciembre, 2013 at 2:20 pm

    Hola hoy 10 de Diciembre me entregaron la carta de aviso con fecha 15 de Enero la

    consulta es tengo alguna herramienta legal para hacer efectiva de forma inmediata lacarta ya que me están ofreciendo trabajo en otra parte y así no perder los años deservicios y mis vacaciones o tengo que si o si esperar hasta la fecha de termino y perdertodas las oportunidades de trabajo.

    Respuesta

    prosindical10 Diciembre, 2013 at 3:16 pm

    Lamentablemente no tiene cómo obligar al empleador a ello. Sugerencia:ofrezca a su empleador que lo finiquiten inmediatamente, sin pago de la

    http://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=55#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=54#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=53#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=52#respond

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    indemnización del aviso previo.

    Respuesta

    Eleana10 Diciembre, 2013 at 9:49 pm

    me despidieron y me hicieron firmar como “renuncia voluntaria”,en la quinsena trabaje10 dias y no me depositaron mi pago correspondiente a los dias laborados…Hable al trabajo y no me saben dar fecha de cuando me van a entregar mi cheque definiquito..Responder

    Respuesta

    prosindical

    11 Diciembre, 2013 at 12:14 am

    Entonces interponga denuncia en la Inspección.

    Respuesta

     jenni

    11 Diciembre, 2013 at 1:01 amHola necesito me despidieron el 30 de noviembre y ya han pasado 10 días si no mepagan mañana, debo ir a la inspección?

    Respuesta

    prosindical11 Diciembre, 2013 at 1:32 am

    Estimada, la empresa tiene 10 días hábiles, los que recién se cumplen el

     jueves 12 de diciembre.

    http://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=59#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=58#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=57#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=56#respond

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    Respuesta

    alejandra brizuela13 Diciembre, 2013 at 2:44 pm

    Hola, vivo en Afta y fui contratada por una empresa cuyas oficinas están sólo en Stgo, el28 de diciembre fui desvinculada por necesidades de la empresa, me llegó la carta deaviso y ahora me dicen que enviaran mi finiquito por correo, que lo firme y se losremita a las oficinas en Stgo y luego de eso ellos me depositaran el dinero….tengotemor que dilaten el pago o simplemente no lo realicen, puedo negarme a lo quesolicitan? yo deseo que me depositen y luego yo les envio el documento firmado

    Respuesta

    alejandra brizuela

    13 Diciembre, 2013 at 3:59 pm

    perdón, me desvincularon el 28 de noviembre…

    Respuesta

    prosindical13 Diciembre, 2013 at 4:41 pm

    Todo depende de lo que diga el finiquito: si establece que

    reconocen deberle x cantidad de dinero que se lo pagaránen x plazo, al menos le están reconociendo la deuda ydespués podría cobrarla. En todo caso, no puedenobligarla y puede interponer denuncia en la Inspección odemanda en Tribunales.

    Respuesta

    http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=63#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=62#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=61#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=60#respond

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    carlos14 Diciembre, 2013 at 6:06 pm

    Hola estimados, llegue a un acuerdo con mi empleador y firmamos f iniquito en cuatrocuotas y en el dejamos escrito que las cotizaciones impagas estarían saldadas a latercera cuota, el problema es que en que la segunda cuota ya lleva 14 días de retraso,hay una clausula que dice que si el empleador se retrasa puedo hacer valer el pago de

    todo en una cuota, la pregunta es desde que denuncio lo ocurrido se demoran muchodar la resolución de pago.

    Saludos y espero me puedan ayudar.

    Respuesta

    prosindical14 Diciembre, 2013 at 9:16 pm

    Tenemos entendido que algunas Inspecciones en Santiago no estándando fecha próxima para los comparendos de conciliación. Sugerimosdemandar.

    Respuesta

    Francisca

    15 Diciembre, 2013 at 6:26 pmHola quisiera hacer una consulta me despidieron el 14 de noviembre, me cancelaron elfiniquito por medio de una conciliación, pero me quedo una diferencia correspondientea la movilización, ya que la empresa supermercado Lider de Osorno, dice que por unfallo de la corte ellos no cancelan movilización porque esta es una asignación, en lainspección le dijeron a la representante de la empresa que este concepto si mecorresponde, sin embargo siguen con que no, tengo que ir a juicio para recuperar miplata, recibí el cheque que me llevaron a la conciliación pero no firme el finiquito. Hace2 días atrás me llamaron para una entrevista de trabajo en la cual me fue bien y quede,tengo que empezar a trabajar el lunes pero necesito el finiquito para presentarlo en la

    empresa mi consulta es si hay alguna forma de firmar el finiquito y seguir el juiciodespués?, trabaje 15 años en la empresa, me parece insólito y de un descaro increíble

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    que una cadena de supermercado presente a lo largo de gran parte del país haga estetipo de cosas, espero su respuesta; desde ya muchas gracias.

    Respuesta

    prosindical16 Diciembre, 2013 at 4:40 am

    Eso solo sería posible a través de un finiquito con reserva de derechos,pero eso implica suscribir una declaración (manuscrita, si es necesario)en ambos ejemplares de finiquito, el suyo y el de la empresa, pero éstaNO estará de acuerdo. Por lo tanto, su camino más realista seríademandar. Sin embargo, fíjese bien que todo haya quedado resuelto enla audiencia de conciliación, pues si es así no podría agregar nada más alo ya acordado.

    Respuesta

    Francisca16 Diciembre, 2013 at 9:36 am

    tengo el acta que me entrego la inspeccion para hacer lademanda donde quedo estipulado lo que recibí y lo queme falta, sirve ??

    Respuesta

    prosindical

    16 Diciembre, 2013 at 1:53 pm

    Si en esa acta la empresa “reconoce” esadeuda, entonces puede demandar enTribunal de Cobranza, sino tendrá quedemandar ante Tribunal Laboral.

    Respuesta

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    nicole18 Diciembre, 2013 at 2:28 am

    buenas: mi consulta es la siguiente, hoy me entregaron la carta de aviso de despido dela empresa con termino el 31 de diciembre ya que era un contrato fijo. Yo entre acapacitacion el dia 4 de nov y en ello en la segunda semana de capa me entero que

    estaba embarazada y tenia 3 semanas aprox. Me recomendaron entregar todos losdocumentos a rrhh y estuvieran al tanto de mi situacion. La cosa es que el dia de hoyme llega esta carta y me indica mi supervisora que mi caso lo tienen con un juez paraque pueda desvincularme de la empresa por el hecho de estar embarazada. Mipregunta es ¿que posibilidades tengo de que el juez falle a mi favor y me renueven elcontrato y no me despidan?, solo me despiden por termino de contrato segun articulo 4del codigo 159 del trabajo, no hay ninguna otra causal en la carta de despido. Estoycontratada directamente con la empresa.

    Respuesta

    prosindical18 Diciembre, 2013 at 5:15 am

    Eso es incierto: hay jueces que, en casos similares al suyo, autorizan eldesafuero sin más, y otros que no, ya que le exigen al empleadoracreditar razones de peso para poner término al contrato, privilegiandola protección al menor. También hay algunos que llegan a unavenimiento de mantener la relación laboral hasta el término del postnatal, poniéndole término en esa fecha(!). Sugerencia: ¡de la pelea!

    Respuesta

    maritza18 Diciembre, 2013 at 4:50 pm

    hola. necesito favor me orienten, fuy despedida el 13 de diciembre bajo el articulo 161.luego de tener una disputa legal con mi empledor el cuan no queria asignarme sala

    cuna pra mi bebe el cual nacio el 23 de diciembre del 2012. me asignaron la sala cunamedinate una carta donde aparece la direccion yy horario y el 13 de diciembre me

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    despiden con la respectiva carta de aviso. el temna es que aun poseo fuero maternal yde verdad no tengo ganas de volver ya que constantemente estab siendo acosada demanera persistente.de aceptar en finiquito que me tendrian que pagar y /o que me sugieren hacer ingrese ami tranajo el 10 de abril del 2010.

    Respuesta

    prosindical18 Diciembre, 2013 at 5:20 pm

    Tendría que explicar mejor cómo es que, teniendo fuero, la despiden, esono cuadra. Defina usted qué es lo que quiere: mes de aviso, años deservicios, feriados acumulados y feriado proporcional, días trabajados,bonos pendientes, etc.

    Respuesta

    maritza18 Diciembre, 2013 at 5:26 pm

    si mi jefe me despidio, yo se que esta fuera de la ley peroen realidad lasituacion ya era isontenible, me gustariasaber si me tienen que pagar hasta que se termine mifuero y los respectivos años de servicios ademas de algunaindemnizacion por la sala cuna

    Respuesta

    prosindical18 Diciembre, 2013 at 5:31 pm

    En rigor, solo el mes de aviso previo, losaños de servicios, feriados, días trabajados ybonos devengados durante ese período. Sidemanda por despido injustificado podríaobtener un recargo de un 30% de laindemnización por años de servicios. Podríaevaluar además una demanda por despido

    discriminatorio y una eventual

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    indemnización por su fuero, pero eso es deconcesión eventual, dependerá del tribunaly criterio que tenga el magistrado de turno.

    Respuesta

    Hector Cortes Vasquez18 Diciembre, 2013 at 5:37 pm

    Estimados, el dia viernes 13 de diciembre pido referencias a una funcionario derecursos humanos para pedir un mural para publicar informacion de reactivacion denuestro sindicato. 20 mins mas tarde me despiden aduciendo necesidades de laempresa, y agregando que el ultimo tiempo no cumplia el estandar necesario para elcargo, que segun se, no es necesidad de la empresa. El encargado que me despidio diceque fui mal evaluado por los clientes cosa que deseo que fundamente, ya que no escierto. Que me recomiendan hacer?, ya que no estoy de acuerdo con la causal, la cualesta mal, y teniendo en cuenta que seguramente me ubicaran para pagar finiquito.

    Respuesta

    prosindical18 Diciembre, 2013 at 5:46 pm

    Lo suyo califica como despido antisindical, pero para ello habría quedemostrar (con testigos, por ejemplo) las verdaderas razones de sudespido, con lo cual podría optar a reincorporación o una indemnización.Si no es posible demostrarlo, entonces debe demandar el despidoinjustificado, y si es por “necesidades de la empresa”, le pagarán mes deaviso, años de servicios, 30% de recargo sobre esta última + feriados ydías trabajados.

    Respuesta

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    sebastian19 Diciembre, 2013 at 1:35 pm

    ola … bueno mi caso es que la emp. donde yo trabajo me entregaron carta de aviso dedespido y el tema es q ellos quieren pagar el finiquito en cuotas ¿eso se puede hacer ?ay el dinero de la renumeracion del mes lo quieren cancelar el 30 de diciembre y micontrato se termina el 20 ….. por fa urgente una orientacion ……muchas gracia

    Respuesta

    prosindical19 Diciembre, 2013 at 1:41 pm

    Usted NO está obligado a aceptar el pago en cuotas. Y sí, laremuneración se la pueden pagar el 30 de Diciembre, máxime si estarándentro de los 10 días siguientes a su despido.

    Respuesta

    priscila22 Diciembre, 2013 at 12:13 am

    Yo trbajo en una escuela … Y me contrataron en septiembre con contrato a plazo fijohasta noviembre… Y me renobaron por un mes mas osea hasta el 31 de diciembre …Pero yo no e firmado la renovacion de contrato solo me dijieron de palabra … Recibo

    finiquito o no ?

    Respuesta

    prosindical22 Diciembre, 2013 at 1:37 am

    Como no ha firmado contrato, podría alegar que su contrato setransformó en indefinido. O bien, el 31 de Diciembre recibir su finiquito(que solo consideraría feriado proporcional).

    Respuesta

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    segundo romero22 Diciembre, 2013 at 3:32 pm

    estimado;me despidieron el día 03/12/2013, y me cancelaran el día 23/12/2013, por necesidadesde la empresa articulo 161. veo ya están pagando a los 17 días y no a los 10 días quedice la ley. ademas los estoy demandando por el no cumplimiento de un bono detraslado Talcahuano – Calama, que se me ofreció vía correo electrónico, por lo tantocomo debería firmar mi finiquito, colocando ” me reservo el derecho a reclamo ) ¿ estabien eso ?

    Respuesta

    prosindical

    22 Diciembre, 2013 at 5:52 pmEl finiquito debe ser firmado de mutuo acuerdo, por lo tanto, la reservade derechos también. Debe consignarse en los dos ejemplares definiquito, del trabajador y la empresa. Procure que sea lo más precisoposible, indicando exactamente cuáles son los ítems cuya existencia ycobro se pretende reservar .

    Respuesta

    Ronny Farias26 Diciembre, 2013 at 8:26 pm

    Hola.Quisiera realizar una consulta, presente mi renuncia voluntaria el dia 2 de diciembre del2013, entregue mi carta que legalize ante notario el mismo dia y me la recepcionaronsin problema alguno. me informaron que en eso de 10 o 15 dias habiles podria estarretirando mi finiquito, hasta el dia de hoy 26 de dic. 2013 no se me ha entregado nada.Me podrian orientar, no hay sancion para el empleador, quizas una indemnizacion, etc.De antemano gracias.

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    Saludos

    Respuesta

    prosindical26 Diciembre, 2013 at 8:32 pm

    El incumplimiento del empleador se sanciona con multa, para ello debe

    denunciar ante la Inspección. La demora puede conllevar un % adicionalde la indemnización por años de servicios, si es que demanda anteTribunal de Cobranza Laboral.

    Respuesta

    artemio flores honores

    28 Diciembre, 2013 at 2:39 am

    hola mi pregunta es puede mi empleador obligarme a pactar mi finiquito en cuotas yaque el asume que es un echo porque el no ha hablado de mutuo acuerdo .que pasa sime opongo. espero alguna respuesta . muchas gracias

    Respuesta

    prosindical28 Diciembre, 2013 at 5:50 pm

    Usted NO está obligado a aceptar el pago en cuotas, su empleadornecesita su consentimiento. Si la relación laboral ya terminó, interpongadenuncia o demanda.

    Respuesta

    patricia31 Diciembre, 2013 at 3:04 am

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    Hola, me despidieron el 11 de diciembre y hasta la fecha ni luces del finiquito, dicenque para la segunda semana de enero (mas de un mes despues del despido) medepositaron el sueldo por los 11 dias trabajados pero fue un chiste y se niegan aentregarme la liquidacion. Ademas para poder cobrar el seguro de cesantia me exigenla carta de despido con rut de la empresa la cual tampoxo quieren modoficar o timbrary el tramite solo es con finiquito o carta…que hago

    Respuesta

    prosindical31 Diciembre, 2013 at 1:57 pm

    Interponga inmediatamente una denuncia en la Inspección del Trabajo,para que multen a la empresa.

    Respuesta

    Alex Yquemasimporta5 Enero, 2014 at 2:44 am

    me desvincularon de mi trabajo el dia 23 de diciembre llame para saber fecha de pagodel finiquito dieciendoles que yo sabia que ellos tenian hasta 10 dias para hacerloefectivo y me dijeron que no era asi que llamara pasado del 15 de enero y recien medarian una fecha aproximada del pago si es que la tuvieran que puedo hacer estoy apunto de enterar los dias dias habiles gracias

    Respuesta

    prosindical5 Enero, 2014 at 2:47 am

    Transcurrido el décimo día, interponga demanda en tribunales odenuncia en la Inspección.

    Respuesta

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    Antonella8 Enero, 2014 at 6:48 am

    holaaa!! necesito salir de dudas ya que por mas que busco en la web no encuentrorespuestas..mi consulta es: que es lo que me tienen que pagar al firmar finiquito.

    yo entre el dia 14 de agosto del 2013 a trabajar en un local de comida rapida que habiaabierto hace poco, primero trabajaba part time con un sueldo liquido de 170.000 milpesos 6 1/2 diarias, al finalizar agosto me pagaron el dia 1 de sep los dias trabajados, alsiguiente mes oct empezaron con que me pagaban la mitad y a mediado de la semaname daban el resto, yo les exigi contrato debido a que me case con un extranjero y el noestaba independiente por lo tanto no tenia contrato, necesitaba pedir la visa, y pedianacreditar sustento economico, bueno me dieron el contrato y decia contraro temporal,la cosa es que ahora trabajaba por horas con un sueldo de 1.420 la hora 5 1/2 diarias,pasado ese mes en noviembre me pagaron mi sueldo el dia 10 de nov, con 10 dias deatrazo, yo le dije q si a fin de mes me podian dar el sueldo completo y que no pasara delos 5 dias habiles que tienen para pagarlo llego diciembre y me pagaron el 16 de dic, yo

    ya molesta le dije que renunciaria y me iria el dia 31 de diciembre, la cosa es que yarenuncie y estamos a 8 de enero y aun no me pagan mi sueldo mi ex jefe me dijo queentre el 7 y 8 me lo pagaria y si ya pasa de esa fecha y yo lo necesito urgente y medijeron que el prox mes me harian el finiquito no este mes que debo hacer? no semucho de esto por eso necesito su ayuda estaria muy agradecida de su respuesta, deante mano muchas gracias.

    Respuesta

    prosindical8 Enero, 2014 at 12:35 pm

    Le deben pagar los días trabajados en diciembre (calcular sueldobase/hora por la cantidad de horas trabajadas en diciembre) y el feriadoproporcional. El monto de este último dependerá si según contrato teníauna cantidad de horas fijas al mes o no. Si no era fija, lo mejor sería quevaya a la Inspección del Trabajo para que le ayuden a calcularla.

    Respuesta

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    Ignacia9 Enero, 2014 at 12:00 am

    Me entregaron carta aviso y en dos días se vence mi carta, hoy me acabo de enterarque estoy embarazada (quede embarazada dentro del mes de aviso), que ocurre en esecaso, de todas formas me despiden o me deben mantener en mi trabajo, yo ya llevabacasi dos años en la empresa, tenía contrato indefinido, pero se acaba la obra.

    Respuesta

    prosindical9 Enero, 2014 at 2:14 am

    Se debe “mantener en la empresa”, es decir, no la pueden despedirmientras los tribunales no autoricen su despido (desafuero judicial).

    Respuesta

    Crisitan Rozas Castro9 Enero, 2014 at 3:31 pm

    Estimados, buen día, junto con saludarlos, favor quisiera que me orientaran en estaconsulta, se me ha entregado con fecha 29 de Noviembre de 2013 carta aviso dedesvinculación por la causal “Necesidades de la Empresa” después de cuatro años deservicio, estuve en la empresa hasta el 31 de diciembre de 2013, mi ex-jefe me pidió el

    favor de cancelar el finiquito en 4 o 5 cuotas, a lo que respondí que era mucho, le enviéun correo comentandole que hasta dos cuotas podía pactar, el me envió el monto totaly estoy de acuerdo en ello, ahora ¿cuando el debiera cancelar mi finiquito en las doscuotas que le ofrecí?, siempre he tenido buena relación con ellos, pero no me han dadofechas de pago. quedo atento a sus comentarios.

    Respuesta

    christian10 Enero, 2014 at 12:51 am

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    hola tengo un credito en la caja de compensacion .me puedo negar a que medescuenten en el ̀ finiquito el total y yo pagarlo directamente con la cajâ . gracias ..quetengo que hacer ??? gracias

    Respuesta

    prosindical10 Enero, 2014 at 10:00 pm

    En estricto rigor debiera poder oponerse, pero la empresa no lo permitiry la Jurisprudencia de la Dirección del Trabajo de alguna forma avala eldescuento, ya que sus funcionarios ya no tienen la obligación de“recordarle” al trabajador que sí puede oponerse. Tendrá que demandaren tribunales el pago de su finiquito.

    Respuesta

    prosindical

    15 Enero, 2014 at 5:01 pm

    Horas extras: en la práctica solo podrá demandar las delos últimos 6 meses (artículo 510) y si existe algunaconstancia PRECISA de que las trabajó (libro o registro deasistencia), de lo contrario se las rachazarán.Descuento Caja: repetimos respuesta dada anteriormentea otra persona: “En estricto rigor debiera poder oponerse,pero la empresa no lo permitir y la Jurisprudencia de laDirección del Trabajo de alguna forma avala el descuento,ya que sus funcionarios ya no tienen la obligación de“recordarle” al trabajador que sí puede oponerse. En esecaso tendría que demandar en tribunales el pago de sufiniquito.”

    Respuesta

     JANE FUENTES

    7/4/2016 Nueva ley 20.684 modifica plazo de entrega y pago de finiquitos | Prosindical

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    12 Enero, 2014 at 8:54 pm

    BUENAS TARDES , EL 30 DE DICIEMBRE SE TERMINO MI CONTRATO EN DONDETRABAJABA Y NO ME LO RENOVARON Y YA LLEVO NUEVE DIAS SIN QUE ME PAGUEN ELFINIQUITO QUE PUEDO HACER .

    Respuesta

    prosindical13 Enero, 2014 at 12:46 am

    Si mañana no le pagan, interponga denuncia.

    Respuesta

    margarita13 Enero, 2014 at 7:49 pm

    Hola buenas tardes mi consulta es si puedo renunciar de un dia para otro con carta deaviso ya que de palabra lo hable mas de un mes mi empleado se puede negar a mirenuncia por falta de personal y a mi pago de liquidacion y que es lo que me pagarianpor renunciar llevo trabando en la empresa 2años y 7 meses cumplidos. Gracias x suayuda

    Respuesta

    prosindical13 Enero, 2014 at 7:56 pm

    El Código del Trabajo le exige avisar con 30 días de anticipación. En todocaso, si lo hace en menor plazo, su despido es válido, pero la empresapodría demandarla por indemnización de perjuicios (en todo caso, no seha sabido de algo como eso). El empleador no se puede negar a surenuncia. Tampoco negarle el pago de los días trabajados, feriadosadeudados y feriado proporcional. La carta debe enviarla al domicilioque el empleador haya colocado en su contrato de trabajo, o

    entregársela personalmente al Jefe de Antofagasta.

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    Respuesta

    margarita13 Enero, 2014 at 7:53 pm

    Disculpe lo otro seria si hagon la carta de renuncia a que direccion o nombre tendriaque poner ya que soy de antofagasta y en la ciudad tenemos oficina pero la empresa esde santiago se agrade su respuesta

    Respuesta

    Carlos15 Enero, 2014 at 9:19 am

    mi consulta es la siguiente renuncie a la empresa de forma voluntaria el 15 dediciembre del año pasado sin carta de aviso , pero hasta la fecha no se han contactadoconmigo tengo derecho a demanda ?? El plazo de entrega es mayor 30 días?? . Saludos

    Respuesta

    prosindical15 Enero, 2014 at 3:09 pm

    Lo más sensato es que usted se contacte con ellos, es probable que ya

    tengan su finiquito.

    Respuesta

    camila15 Enero, 2014 at 11:26 am

    Si mi empleador no cancela finiquito dentro de los 10 dias habiles ahi algun tipo deindemnizacion para el trabajador? Ya que me despidieron el 31 de diciembre 2013…

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    prosindical15 Enero, 2014 at 3:10 pm

    La sanción es una multa a beneficio fiscal. Eventualmente puede haberun recargo sobre la indemnización por años de servicio, pero tendría quedemandar en tribunal de cobranza laboral.

    Respuesta

    marco15 Enero, 2014 at 3:44 pm

    Hola Estimado,¿Qué ocurre si me niego aceptar descuento en mi finiquito de un crédito

    de una caja?, lo puedo hacer? …además mi empleador me debe alguna horas que nofueron canceladas mas menos 8 horas por mes (10 meses), ya que indico en sumomento que lo haría por medio de un bono en diciembre algo que no ocurrió, ¿puedohacer cobro de estas a la inspección del trabajo o ya paso el tiempo?…esto ocurre puesluego del cobro de tales horas me envío la carta de despido por necesidad de laempresa.

    Respuesta

    ysabella16 Enero, 2014 at 6:03 pm

    Buenas tarde mi duda es si renuncio a mi trabajo y tengo una vacacion dentro y 7meses mas se me pagarian 2 vacaciones o solo una mas los meses gracias x su ayuda

    Respuesta

    prosindical16 Enero, 2014 at 9:38 pm

    Se le paga una indemnización en dinero, por su feriado pendiente íntegro

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    y por el proporcional de los 7 meses.

    Respuesta

    Richen Mansilla

    17 Enero, 2014 at 10:34 pm

    Mire kiero saber. Yo trabajo por faena y kiero saber si el finikito en faenas el totalimponible. U el likido a para grasias

    Respuesta

    prosindical18 Enero, 2014 at 12:17 am

    Si usted está contratado “por obra o faena” no tiene derecho aindemnización por años de servicio, solo se le paga la indemnización porel feriado proporcional, el cual se calcula por el total imponible mensual(no se consideran las horas extras). Ver artículo 71 del Código delTrabajo.

    Respuesta

    carlos aguilar19 Enero, 2014 at 6:49 pm

    hola en un finiquito se consideran los dias 31 de cada mes por años de servicio es deciren un año son alrededor de 6 dias 31 los que se acomularian en el tiempo osea la sumade los dias 31 por cada año de servicio en una empresa…me gustaria saber si eso esverdad..

    Respuesta

    prosindical

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    19 Enero, 2014 at 8:20 pm

    No, no es verdad. Para el cálculo se considera el mes de 30 días,independientemente de la cantidad de días efectivos que este tenga.

    Respuesta

    MAURICIO henriquez20 Enero, 2014 at 5:56 pm

    Hola mi duda es, renuncie el día 8 de enero, mes en el cual debería haber firmado micontrato indefinido, después de estar trabajando desde agosto, no es mucho el tiempo,pero quisiera que me guiaran con respecto a que debo exigir y si con la renunciavoluntaria igual se deben respetar los 10 días hábiles para pago del finikito

    Respuesta

    prosindical20 Enero, 2014 at 7:19 pm

    Le tienen que pagar los días trabajados y feriado proporcional. Tambiéndentro del plazo de 10 días hábiles.

    Respuesta

    Marmo20 Enero, 2014 at 8:15 pm

    Hola, necesito saber cuanto es lo máximo que yo puedo cobrar un finiquito.Ejemplo: Mi finiquito es del 31 de Octubre 2012, y lo quiero cobrar hoy 20 de Enero2013.¿Se puede exigir al empleador dicho finiquito?

    Respuesta

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    prosindical20 Enero, 2014 at 8:21 pm

    Me parece que tiene un error en los años (¿2012 y 2013?). De todosmodos, el finiquito legalmente suscrito es un título ejecutivo queprescribe en 3 años. Y si no está legalmente suscrito, tiene plazo de 2años. O sea, puede cobrarlo aún.

    Respuesta

    christian21 Enero, 2014 at 12:09 am

    Quisiera saber si me pueden descontar el credito de la caja de compensacion ,en mifiniquito .gracias

    Respuesta

    prosindical21 Enero, 2014 at 12:21 am

    Descuento Caja: repetimos respuesta dada anteriormente a otrapersona: “En estricto rigor debiera poder oponerse, pero la empresa nolo permitir y la Jurisprudencia de la Dirección del Trabajo de algunaforma avala el descuento, ya que sus funcionarios ya no tienen la

    obligación de “recordarle” al trabajador que sí puede oponerse. En esecaso tendría que demandar en tribunales el pago de su finiquito.”

    Respuesta

    Hugo23 Enero, 2014 at 9:50 pm

    que pasa si excede los 10 días de pago del finiquito…??…es a caso posible que el me

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    pague cuando quiera??..se que debo poner una denuncia por dicho acto antesmencionado , ahora…gano algo yo con esto?? existe algún tipo de indemnización queme haga pensar que estoy en bien en lo que estoy haciendo. o la ley dice nosepreocupe señor contratista páguele en cuando usted quiera , total el tipo no tienedeudas , ni hijos , ni hipotecas , ni nada dele no mas??…disculpe la ironía señor adm,

    Respuesta

    prosindical23 Enero, 2014 at 11:01 pm

    Si denuncia, a su empleador debieran aplicarle una multa (a beneficiofiscal). Si demanda en tribunal de cobranza, eventualmente puedeobtener un recargo adicional sobre la indemnización por años deservicios nque eventualmente le correspondiere recibir.

    Respuesta

     Javier Andres24 Enero, 2014 at 7:14 pm

    Hola, tengo una duda me desvincularon el 9 de Enero de la empresa, el mismo dia mellego la carta de despido a mi casa, y me dicen que el finiquito estara listo para el 20 defebrero… que devo hacer en este caso, esperar mas de un mes para el pago delfiniquito?espero respondan mi duda, saludos

    Respuesta

    prosindical24 Enero, 2014 at 7:55 pm

    Usted decida. Si ni quiere esperar, denuncie o demande.

    Respuesta

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    Ingrid27 Enero, 2014 at 12:39 am

    Necesito saber qué sucede si renuncio voluntariamente, y tengo que vijar y no firmofiniquito

    Respuesta

    prosindical27 Enero, 2014 at 6:44 pm

    Simplemente no le pagarán y puede que tenga algunos problemas paracobrar el seguro de cesantía, si la carta de renuncia no está firmada anteMinistro de Fe. Vea la forma de firmar finiquito o hágalo al retorno de suviaje.

    Respuesta

    Rodrigo29 Enero, 2014 at 6:57 am

    Hola, entre a trabajar con contrato fijo 3 en 20/06/2013, luego me renovaronn por 4meses y el 31 de diciembre me desvincularon por art 19 causal 4. El finiquito quedaronen darlo el 24 de enero y aun no lo tienen. Mi pregunta es, ¿me corresponden feriadoproporcional? con un sueldo de 980.000 base ¿de cuanto sería mi finiquito?

    saludos

    Respuesta

    prosindical29 Enero, 2014 at 2:57 pm

    Sí, le corresponde la indemnización por feriado proporcional. En este linkse explica cómo calcularlo VER AQUÍ.

    Respuesta

    7/4/2016 Nueva ley 20.684 modifica plazo de entrega y pago de finiquitos | Prosindical

    http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=132#respondhttp://www.boletindeltrabajo.cl/_temporal/70137/PAGINA%20WEB/TEMAS%20C%D3DIGO/EL%20FERIADO%20PROPORCIONAL.htmhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=131#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=130#respondhttp://-/?-http://www.prosindical.cl/nueva-ley-20-684-modifica-plazo-de-entrega-y-pago-de-finiquitos/?replytocom=129#respondhttp://-/?-

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    Rodrigo29 Enero, 2014 at 9:31 pm

    Gracias por tu respuesta amigo. Cuantos dias mecorresponden? Tengo dudas al haber feriados. Gracias

    Respuesta

    Daniela29 Enero, 2014 at 6:16 pm

    Hola estimado, resulta que renuncie a mi trabajo el 23 de enero de 2014 y mi jefe nome quiere pagar lo k me corresponde en vacaciones y asignaciones familiares k medebe hace mas de 1 año, desde que empece con licencia por embarazo, Me estaofreciendo la mitad de lo que me debe, es injusto. Que puedo hacer?

    Respuesta

    prosindical29 Enero, 2014 at 6:53 pm

    Interponga denuncia a la brevedad, en el comparendo el funcionario dela Inspección velará por que le paguen todo lo adeudado.

    Respuesta

    Catalina B.30 Enero, 2014 at 3:08 pm

    hola, una consulta. Firmé mi finiquito el abril del 2013, el cual nunca me pagaron,posteriormente seguí trabajando para el mismo empleador con boletas y finalmente

    hace 3 meses me ofreció hacerme un contrato y reconocer en el todos los añostrabajados. Hasta hoy nunca me firmó dicho contrato y me aburrí por lo cual me voy de

    7/4/2016 Nueva ley 20.684 modifica plazo de entrega y pago de finiquitos | Prosindical

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    esa empresa. Puedo realizar alguna gestión para el cobro de ese finiquito, entendiendoque lo firme ante notario y en alguna parte dice que yo declaro que nada me adeudaetc.?

    Respuesta

    prosindical31 Enero, 2014 at 3:54 pm

    Si en el finiquito se le reconoce que se le debe pagar cierta cantidad dedinero, puede demandar. Si en el se señala que el dinero fue pagado endicho acto, NO podrá cobrarlo. Su mejor opción en ese caso serádemandar ante tribunal laboral para que se le reconozca relación laboralininterrumpida desde la primera vez que comenzó a trabajar, alegando“simulación” en la extensión del finiquito.

    Respuesta

    Daniela31 Enero, 2014 at 12:07 am

    Hola… tengo una consulta que ojalá me la pudieran responder. Hoy me enteré queestoy embarazada , por lo cuál avisaré a el lunes a mi empleador. Mi consulta es lasiguiente me puede despedir o bajar las horas de trabajo, teniendo en cuenta que micontrato termina el 28 de febrero, se puede acoger a lo que dice el cod. Del trabajo encuanto a los contratos a plazo fijo?. Agradecida de ante mano a sus respuestas.

    Respuesta

    prosindical31 Enero, 2014 at 3:55 pm

    No la pueden despedir ni disminuir horas de trabajo sin suconsentimiento. Pero sí pueden pedir su desafuero al juez del trabajo.Una vez que el juez lo autorice, podrían despedirla.

    Respuesta

    7/4/2016 Nueva ley 20.684 modifica plazo de entrega y pago de finiquitos | Prosindical

    http://www.