municipalidad de san isidro · boletin oficial nº 1020 1ra. quincena de febrero de 2 0 1 9...

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1 BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 2 0 0 1 1 9 9 P Pu ub bl l i i c ca ad do o, , e el l d dí í a a 5 5 d de e m ma ar r z zo o d de e 2 20 01 19 9. . M M U U N N I I C C I I P P A A L L I I D D A A D D D D E E S S A A N N I I S S I I D D R R O O DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION B B O O L L E E T T I I N N O O F F I I C C I I A A L L N N º º 1 1 0 0 2 2 0 0 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Dirección General de Despacho y Legislación

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1

BOLETIN OFICIAL Nº 1020

1ra. Quincena de febrero de 222 000 111 999

PPuubblliiccaaddoo,, eell ddííaa 55 ddee mmaarrzzoo ddee 22001199..

MMMUUUNNNIIICCCIIIPPPAAALLLIIIDDDAAADDD DDDEEE SSSAAANNN IIISSSIIIDDDRRROOO

DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION

BBBOOOLLLEEETTTIIINNN OOOFFFIIICCCIIIAAALLL NNNººº 111000222000

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

Dirección General de Despacho y Legislación

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1ra. Quincena de febrero de 2019

AAUUTTOORRIIDDAADDEESS MMUUNNIICCIIPPAALLEESS

IINNTTEENNDDEENNTTEE MMUUNNIICCIIPPAALL:: DDrr.. ÁÁnnggeell GGuussttaavvoo PPOOSSSSEE

Secretario General Lic. Federico BEREZIUK

Secretaria Legal y Técnica Dra. M. R. del V. GARCÍA MINUZZI

Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José MILETTA

Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín ONETO

Subsecretario General de Inspecciones, Registros

Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. PEREZ

Subsecretario General de Economía Cdor. Carlos A. OUBIÑA

Secretario de Salud Pública Dr. Juan Aníbal VIAGGIO

Secretario de Obras Públicas Ing. Bernardo LANDIVAR

Secretario Privado Sr. Christian Antonio QUIROGA

Secretario de Integración Comunitaria Lic. Arturo Isaac FLIER

CONTENIDO DE ESTE NÚMERO

ORDENANZAS: _________ _________

DECRETOS: 109 al 256 páginas 4 a 316

RESOLUCIONES SLyT-SIRUyT

(Inspección General):

200 al 213 páginas 317 a 318

RESOLUCIONES SLyT (Tránsito): _________ _________

RESOLUCIONES SSGIRUyT-SLyT

(Obras Particulares):

_________ _________

RESOLUCIONES S.E.A.R. (ARSI): 28 al 45 páginas 319 a 321

RESOLUCIONES S.I.C.: _________ _________

RESOLUCIONES SG-SOP

(Obras Públicas):

_________ _________

RESOLUCIONES RR.HH.: _________ _________

RESOLUCIONES S.S.P. (Salud Pública): _________ _________

Nota: La Resolución SLyT-SIRUyT Nro. 206 del corriente, todas las Resoluciones SSGIRUyT-SLyT (Obras Particulares), las Resoluciones S.E.A.R.

(ARSI) Nros. 40, 41, 42, 43 y 45 del presente año, todas las Resoluciones SG-SOP, RR.HH. y la SSP del corriente, quedan pendientes de publicación.

DDIIRREECCCCIIOONN GGEENNEERRAALL DDEE DDEESSPPAACCHHOO YY LLEEGGIISSLLAACCIION

IINNDDIICCEE TTEEMMÁÁTTIICCOO

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Ref.: Expte .Nro13064-S-2018 –Cuerpo 2.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2109.-

DECRETO NÚMERO: 1 0 9

VISTO la presentación efectuada por el Sr.

Carlos Alberto Sielecki, en su carácter de propietario, y la Ingeniera Ambiental Florencia

Gonzalez Otharan, en su carácter de profesional actuante, respecto de la factibilidad de

realizar la construcción de una Urbanización Especial Residencial – Vivienda Multifamiliar,

en el inmueble designado catastralmente como circunscripción III, Sección B, Fracción II,

Parcela 1a, ubicado con frente a la calle Gral. Alvear N° 1495/1501, de la ciudad de

Martínez, en jurisdicción de este Partido; y

Considerando:

QUE el proyecto propone el Uso de Vivienda

Multifamiliar mediante la conformación de dos volúmenes edilicios con un total de cuarenta

(40) Unidades de Vivienda y una Densidad total de ciento sesenta (160) habitantes, con un

acceso vehicular desde la calle Gral. Alvear para el estacionamiento proyectado en subsuelo;

QUE los indicadores urbanísticos y la cantidad

de unidades fueron planteados sobre la superficie de la parcela, sin contemplar las cesiones

de calles y lo establecido por el Decreto Ley N° 8912;

QUE sin perjuicio de las observaciones

planteadas por los distintos vecinos, correspondería desestimar la propuesta presentada por

no ajustarse la cantidad de unidades solicitadas a las dimensiones del predio;

QUE a fojas 277 la Subsecretaría de

Planeamiento Urbano compartiendo el criterio antes mencionado, estima pertinente la

confección del acto administrativo pertinente;

QUE por lo expuesto, este Departamento

Ejecutivo comparte la decisión planteada, razón por la cual procede el dictado del acto

administrativo que así lo haga saber;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Hacer saber al Sr. Carlos Alberto Sielecki en su carácter de

************* propietario, que se desestima la propuesta presentada para la

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Ref.: Expte .Nro13064-S-2018 –Cuerpo 2.-

//…

construcción de una Urbanización Especial Residencial – Vivienda Multifamiliar-, en el

inmueble designado catastralmente como Circunscripción III, Sección B, Fracción II,

Parcela 1a, ubicado con frente a la calle Gral. Alvear N° 1495/1501, de la ciudad de

Martínez, en jurisdicción de este Partido, por las razones expuestas en los considerandos del

presente acto administrativo.-

ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

EC

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto Sr. Subsecretario General de Inspecciones y Registros Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. Perez

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Ref.: Expte. Nº 1174-2019.- . N° 1468-D-2018

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019.-

DECRETO NÚMERO: 1 1 0

VISTO el Pedido de Suministro N° 600-33/2019

elaborado por la Secretaría de Obras Públicas; y

Considerando:

QUE atento a las condiciones macroeconómicas

imperantes que afectan los precios de los insumos básicos de la industria de la construcción,

y en atención a la fluctuación sufrida por los valores de mercado, se considera oportuno

agilizar a la máxima escala técnica posible los procedimientos administrativos

correspondientes a los efectos de garantizar la correcta prestación del servicio a licitarse,

procurando la mayor celeridad administrativa y la participación de la máxima cantidad de

oferentes posibles;

QUE la Provincia de Buenos Aires ha

sancionado la Ley Nº 14.812, siendo los efectos de aquella prorrogados por el Decreto Nº

52/2017 y la Ley Nº 15.002;

QUE por conducto de la Ordenanza Nº 8876 el

Municipio de San Isidro adhirió a la mentada normativa provincial;

QUE atento exceder el importe de la adquisición

a efectuarse como consecuencia de la citada Solicitud de Suministro la suma de $

2.067.284,00, en virtud de lo dispuesto por la Ley Orgánica de las Municipalidades y el

informe de fojas 49/50, corresponde proceder a realizar el pertinente llamado a Licitación

Pública Nº 3/2019 en el marco de lo previsto en la Ley Nº 14.812 de la Provincia de Buenos

Aires, y la Ordenanza Nº 8876;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Llamar a Licitación Pública Nº 12/2019 para la obra “PAVIMENTOS,

************* VEREDAS Y DESAGUES PLUVIALES EN EL BARRIO LA CAVA Y

CAVA CHICA, SAN ISIDRO”, cuyo Presupuesto Oficial es de PESOS VEINTINUEVE

MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA

CON 06/100 ($ 29.847.760,06).-

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Ref.: Expte. Nº 1174-2019.-

//…

ARTÍCULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 19 de febrero del 2019 a las

************* 10:00 horas en la Dirección General de Compras, sita en Av. Centenario

Nº 77 - Piso 1º - de este Partido.-

ARTÍCULO 3º.- Establecer el valor del Pliego de Bases y Condiciones en PESOS

************** TREINTA MIL ($ 30.000,00), el cual podrá ser consultado y adquirido

en la Dirección General de Compras hasta el 14 de febrero del 2019 inclusive, los días

hábiles entre las 08:00 y las 13:30 horas, siendo indispensable constituir domicilio especial

dentro del Partido.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se imputará a la Jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría

Programática 24.02, Objeto del gasto 3.3.6, del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION FC/ec

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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Ref. Expte. Nº 17505-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019.-

DECRETO NÚMERO: 1 1 1

VISTO las intimaciones y citaciones de deuda a

grandes contribuyentes morosos de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales

realizadas desde el año 2012 por trabajadores municipales, en los domicilios ubicados dentro

de los límites del Partido, a fin de que regularicen sus deudas, ofreciendo las posibilidades

de cancelación existentes, como así también la distribución de avisos-recibos, conteniendo

cuotas vencidas para realizar el pago directo de las mismas en las entidades bancarias

autorizadas a tal efecto y/o delegaciones municipales; y

Considerando:

QUE teniendo en cuenta el resultado

satisfactorio del servicio, por tratarse de un trabajo personalizado que resulta más efectivo

que la distribución por correo ya que los agentes notificadores se encuentran en condiciones

de aclarar las dudas de los contribuyentes al entregar la correspondencia e informar las

anormalidades existentes para poder mejorar los registros de antecedentes de la Comuna,

resulta beneficioso continuar con el mismo durante el año 2019;

QUE asimismo se preparan las citaciones para

aquellos que poseen un inmueble en el Partido y domicilio postal fuera de los límites del

mismo;

QUE se hace necesario contar con un equipo de

hasta cinco (5) organizadores que determinen las zonas, verifiquen los períodos a reclamar,

armen los repartos, entreguen los elementos a los agentes notificadores, efectúen el doblado

y clasificación de las piezas con domicilio postal fuera del éjido del distrito (las cuales serán

enviadas por correo postal) y supervisen el cumplimiento de las tareas encomendadas,

controlando los plazos máximos otorgados, elevando posteriormente el listado del personal

involucrado para la efectivización del pago correspondiente a los mismos;

QUE las tareas antes mencionadas encuadran en

el Artículo 12° “Tareas Especiales” de la Ordenanza N° 9069;

QUE en virtud de lo expuesto, procede el dictado

del pertinente acto administrativo;

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Ref. Expte. Nº 17505-2018.-

//…

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Prorrogar para el ejercicio correspondiente al año 2019 las

************* tareas de notificaciones de deuda en los domicilios ubicados dentro de los

límites del Partido, así como el preparado de notificaciones para remitir al correo,

correspondientes a aquellos contribuyentes que poseen domicilio postal fuera del distrito, las

que viene efectuando el personal autorizado por el Departamento Ejecutivo.-

ARTÍCULO 2º.- Establecer un valor de Pesos Treinta y Dos ($ 32,00) por cada

************* notificación entregada y la suma de Pesos Seis Mil Cuatrocientos Sesenta

y Cuatro ($ 6.464) mensuales para cada trabajador organizador, con un total de hasta cinco

(5) personas.-

ARTÍCULO 3º.- Dichas tareas deberán realizarse fuera del horario normal de trabajo.-

ARTÍCULO 4º.- Lo dispuesto en los artículos precedentes tendrán vigencia a partir del

************* 1° de enero de 2019.-

ARTÍCULO 5º.- La Secretaría Ejecutiva de la Agencia de Recaudación (ARSI) remitirá

************* mensualmente a la Dirección General de Recursos Humanos, a los

efectos del pago, la nómina de los trabajadores que hayan realizado las tareas con los

importes que a cada uno le corresponda percibir, las que serán abonadas al mes subsiguiente

al del trabajo efectivamente realizado.-

ARTÍCULO 6º.- Dejar establecido que las tareas mencionadas en el Artículo 1°

************* encuadran en el Artículo 12° “Tareas Especiales” de la Ordenanza N°

9069 y se atenderán con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto

General de Gastos en vigencia.-

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Ref. Expte. Nº 17505-2018.-

///…

ARTÍCULO 7º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION mf

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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Ref.: Expte. N° 16898-C-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019.-

DECRETO NÚMERO: 1 1 2

VISTO el Decreto N° 2661 de fecha 28 de

diciembre de 2018, por el cual se asigna a las Secretarías y Dependencias municipales un

importe fijo mensual en concepto de Cajas Chicas; y

Considerando:

QUE la Dirección General de Contaduría, a

fojas 26 estima pertinente la asignación de Caja Chica a Mayordomía de Secretaría Privada,

por la suma de $ 4.400, en un todo de acuerdo a las disposiciones del Decreto N° 760/2018

(Reglamento de Cajas Chicas);

QUE por lo expuesto, este Departamento

Ejecutivo promueve el dictado del acto administrativo pertinente, incorporando a la citada

dependencia en los alcances del Decreto N° 2661/2018;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1ro.- Incorporar en los alcances del Decreto N° 2661/2018, a partir del 1°

************** de enero de 2019 a Mayordomía de Secretaría Privada, asignándole un

importe fijo mensual en concepto de Cajas Chicas de PESOS CUATRO MIL

CUATROCIENTOS ($ 4.400), en un todo de acuerdo a las disposiciones del Decreto N°

760/2018 (Reglamento de Cajas Chicas).-

ARTÍCULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el pre-

************** sente Decreto, se atenderá con los fondos provenientes de la Partida

correspondiente al Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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Ref. Expte. Nº 17509-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019.-

DECRETO NÚMERO: 1 1 3

VISTO las intimaciones y citaciones de deuda a

grandes contribuyentes morosos de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales

realizadas desde el año 2012 por trabajadores municipales, a través del sistema tipo “Call

Center”; y

Considerando:

QUE teniendo en cuenta el resultado

satisfactorio del servicio, a fin de mantener los índices de recaudación sobre períodos

fiscales vencidos, resulta beneficioso continuar con el mismo durante el año 2019;

QUE las tareas antes mencionadas encuadran en

el Artículo 12° “Tareas Especiales” de la Ordenanza N° 9069;

QUE en virtud de lo expuesto procede el dictado

del pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Prorrogar para el ejercicio correspondiente al año 2019 las tareas de

************* intimaciones y citaciones especiales de deuda a través del “Call Center”,

seguimiento del reclamo con Carta Documento o personalizada, etc., a grandes morosos de

la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales que viene efectuando el personal

autorizado por el Departamento Ejecutivo.-

ARTÍCULO 2º.- Establecer un valor de Pesos Dos Mil Ochocientos ($ 2.800)

************* mensuales para cada trabajador, con un total de hasta cinco (5)

operadores y un (1) supervisor, sobre la base del total de días trabajados por mes.-

ARTÍCULO 3º.- Las tareas mencionadas en los artículos precedentes deberán realizarse

************* fuera del horario normal de trabajado.-

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Ref. Expte. Nº 17509-2018.-

//…

ARTÍCULO 4º.- Lo dispuesto en los artículos precedentes tendrá vigencia a partir del 1°

************* de enero de 2019.-

ARTÍCULO 5º.- La Secretaría Ejecutiva de la Agencia de Recaudación (ARSI) remitirá

************* mensualmente a la Dirección General de Recursos Humanos, a los

efectos del pago, la nómina de los trabajadores que hayan realizado las tareas, las que serán

abonadas al mes subsiguiente al del trabajo efectivamente realizado.-

ARTÍCULO 6º.- Dejar establecido que las tareas mencionadas en el Artículo 1°

************* encuadran en el Artículo 12° “Tareas Especiales” de la Ordenanza N°

9069 y se atenderán con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto

General de Gastos en vigencia.-

ARTÍCULO 7º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION mf

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 14: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

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Ref. Expte. Nº 16964-E-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019.-

DECRETO NÚMERO: 1 1 4

VISTO la nota presentada por “EPAMM

(Equipo de Prevención del Abuso y Maltrato de Menores y Discapacitados) ASOCIACIÓN

CIVIL”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago honorarios profesionales y de Director en

Comunicación contratado, gastos por certificaciones, presentaciones y trámites contables;

costos de diseño y difusión en medios gráficos, televisivos, radiales y redes sociales, así

como también filmación y edición de videos institucionales y fotografías;, organización de

eventos y elementos e insumos para tareas administrativas;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS DOSCIENTOS

SESENTA Y DOS MIL ($ 262.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS

VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS ($ 26.200,00), con oportuna de rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por “EPAMM (Equipo de Prevención del Abuso y Maltrato de Menores y

Discapacitados) ASOCIACIÓN CIVIL”, por la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA

Y DOS MIL ($ 262.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS VEINTISEIS

MIL DOSCIENTOS ($ 26.200,00), con oportuna de rendición de cuentas, destinado a

solventar el pago honorarios profesionales y de Director en Comunicación contratado, gastos

por certificaciones, presentaciones y trámites contables; costos de diseño y difusión en

medios gráficos, televisivos, radiales y redes sociales, así como también filmación y edición

de videos institucionales y fotografías;, organización de eventos y elementos e insumos para

tareas administrativas.-

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15

Ref. Expte. Nº 16964-E-2018.-

//…

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************* debidamente autorizada/s a tal efecto.

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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Ref.: Expte .Nro. 17479-D-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019.-

DECRETO NÚMERO: 1 1 5

VISTO el Pedido de Suministro Nº 649-

770/2018 elaborado por la Subsecretaría General de Higiene Urbana y Espacio Público; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel se efectuó el

pertinente llamado a Licitación Privada Nº 12/2019, autorizado mediante Decreto Nº

2632/2018;

QUE realizada la apertura de las ofertas

presentadas por las diversas empresas participantes del proceso licitatorio, la Dirección

General de Compras efectuó la comparación y estudio de las mismas a fojas 110,

manifestando a fojas 111 que, evaluada la documentación obrante en el cuerpo de marras,

corresponde desestimar la oferta presentada por el oferente “PERPIGAM S.R.L.” por no

cumplimentar lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones;

QUE la Subsecretaría General de Higiene

Urbana y Espacio Público aconseja a fojas 112 la adjudicación a la oferta más conveniente

para la Comuna;

QUE en consecuencia, conforme lo solicitado a

fojas 114, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- DESESTIMAR la oferta presentada en la Licitación Privada Nº

************* 12/2019 por el proveedor “PERPIGAM S.R.L.”, por no resultar

conveniente al interés municipal, atento no cumplimentar lo solicitado en el Pliego de Bases

y Condiciones que rige la citada licitación, en un todo de acuerdo al informe técnico obrante

a fojas 111.-

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17

Ref.: Expte .Nro. 17479-D-2018.-

//…

ARTÍCULO 2º.- Adjudicar a Raúl PÉREZ DE SAN ROMÁN, CUIT Nº

************* 20-18110531-4, la provisión de “MATERIALES Y MANO DE OBRA

PARA TRABAJOS DE PINTURA EN FUENTE Y RESERVORIO” por un importe total de

PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS ($ 755.300,00).-

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la Partida Presupuestaria

correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.08.000-5, Categoría Programática 50.01, Objeto

del Gasto 3.3.5, del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 18: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

18

Ref. Expte. Nº 16960-C-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019.-

DECRETO NÚMERO: 1 1 6

VISTO la nota presentada por la “CASA DE LA

MUJER SAN ISIDRO”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de servicios e impuestos; honorarios profesionales;

gastos de representación y de atención a los concurrentes; y compra de alimentos y artículos

para tareas administrativas, talleres y ayuda escolar;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS QUINIENTOS

CUARENTA MIL ($ 540.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS

CINCUENTA Y CUATRO MIL ($ 54.000,00), con oportuna de rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “CASA DE LA MUJER SAN ISIDRO”, por la suma de PESOS

QUINIENTOS CUARENTA MIL ($ 540.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de

PESOS CINCUENTA Y CUATRO MIL ($ 54.000,00), con oportuna de rendición de

cuentas, destinado a solventar el pago de servicios e impuestos; honorarios profesionales;

gastos de representación y de atención a los concurrentes; y compra de alimentos y artículos

para tareas administrativas, talleres y ayuda escolar.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-

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19

Ref. Expte. Nº 16960-C-2018.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 20: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

20

Ref. Expte. Nº 16955-A-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019.-

DECRETO NÚMERO: 1 1 7

VISTO la nota presentada por la

“ASOCIACIÓN CIVIL GENERACIÓN DE CAMBIO”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de honorarios profesionales, sueldos, y compra de

insumos y materia prima para actividades de taller;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS

TRESCIENTOS MIL ($ 300.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS

TREINTA MIL ($ 30.000,00), con oportuna de rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “ASOCIACIÓN CIVIL GENERACIÓN DE CAMBIO”, por la

suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales

de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000,00), con oportuna de rendición de cuentas, destinado a

solventar el pago de honorarios profesionales, sueldos, y compra de insumos y materia prima

para actividades de taller.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************* debidamente autorizada/s a tal efecto.

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

Page 21: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

21

Ref. Expte. Nº 16955-A-2018.-

//…

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 22: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

22

Ref. Expte. Nº 8857-D-2016.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019.-

DECRETO NÚMERO: 1 1 8

VISTO los presentes actuados; y

Considerando:

QUE a fojas 12, el Departamento de Medicina

Laboral de la Dirección General de Recursos Humanos informa que el trabajador Alejandro

Daniel RE (Legajo N° 62.826), superó el plazo establecido en el artículo 45° del Convenio

Colectivo de Trabajo, convalidado por la Ordenanza N° 8850, solicitando se lo incluya en el

artículo 47° -primer párrafo- de la citada norma a partir del 29 de diciembre de 2018;

QUE el artículo 45° del Convenio Colectivo de

Trabajo (C.C.T.) establece los plazos por accidente o enfermedad inculpable, por los cuales

no se afectará el derecho del trabajador a percibir su remuneración; vencidos dichos plazos

el artículo 47° -primer párrafo- del citado convenio señala que el trabajador percibirá una

remuneración equivalente al Cincuenta Por Ciento (50%) de su sueldo bruto, habitual y

permanente con los correspondientes descuentos de ley;

QUE resulta procedente dictar el acto

administrativo que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Incluir en los alcances del artículo 47° -primer párrafo- del Convenio

************* Colectivo de Trabajo, convalidado por la Ordenanza N° 8850, al

trabajador Alejandro Daniel RE (Legajo N° 62.826), a partir del 29 de diciembre de 2018,

conforme los fundamentos expuestos en el presente Decreto.-

ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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23

Ref. Expte. Nº 11839-B-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019.-

DECRETO NÚMERO: 1 1 9

VISTO la nota presentada por la “BIBLIOTECA

POPULAR CLUB DE MADRES BARRIO SAUCE”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago honorarios profesionales;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS

TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA ($ 386.640,00),

pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS TREINTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS

SESENTA Y CUATRO ($ 38.664,00), con oportuna de rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “BIBLIOTECA POPULAR CLUB DE MADRES BARRIO

SAUCE”, por la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS

CUARENTA ($ 386.640,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS TREINTA Y

OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO ($ 38.664,00), con oportuna de

rendición de cuentas, destinado a solventar el pago honorarios profesionales.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-

Page 24: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

24

Ref. Expte. Nº 11839-B-2018.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 25: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

25

Ref.: Expte. Nro. 9182-F-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019.-

DECRETO NÚMERO: 1 2 0

VISTO la nota presentada por la “FUNDACIÓN

FIORIRE”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar la compra y colocación de una calesita integradora;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS CIENTO DIEZ

MIL QUINIENTOS ($ 110.500,00), con oportuna rendición de cuentas;

QUE se procede al dictado del acto

administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “FUNDACIÓN FIORIRE”, por la suma de PESOS CIENTO DIEZ

MIL QUINIENTOS ($ 110.500,00), con oportuna rendición de cuentas, destinado a

solventar la compra y colocación de una calesita integradora.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nro. 1444/85.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de gastos pertinente.-

Page 26: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

26

Ref.: Expte. Nro. 9182-F-2018.-

//…

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 27: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

27

Ref. Expte. Nº 16962-A-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 2 1

VISTO la nota presentada por la

“ASOCIACIÓN LUCHA CONTRA EL CÁNCER DE SAN ISIDRO”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago honorarios profesionales; sueldos y cargas sociales;

y servicios de recolección de residuos patógenos e insumos para detección y prevención de

patologías asociadas con el cáncer;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS QUINIENTOS

CINCUENTA Y DOS MIL ($ 552.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS

CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS ($ 55.200,00), con oportuna de rendición de

cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “ASOCIACIÓN LUCHA CONTRA EL CÁNCER DE SAN

ISIDRO”, por la suma de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL

($ 552.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS CINCUENTA Y CINCO

MIL DOSCIENTOS ($ 55.200,00), con oportuna de rendición de cuentas, destinado a

solventar el pago honorarios profesionales; sueldos y cargas sociales; y servicios de

recolección de residuos patógenos e insumos para detección y prevención de patologías

asociadas con el cáncer.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-

Page 28: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

28

Ref. Expte. Nº 16962-A-2018.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 29: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

29

Ref. Expte. Nº 428-D-2019.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 2 2

VISTO lo solicitado mediante nota de la

Dirección General de Compras, obrante a fojas 1; y

Considerando:

QUE el Licenciado Alejandro Hernán

CATANIA, con funciones “a cargo” de la Dirección General de Compras, usufructuará

licencia por el período comprendido entre el 21 de enero y el 1º de febrero del 2019

inclusive;

QUE se hace necesario cubrir sus funciones;

QUE en virtud de ello, se deberá asignar

funciones interinas “a cargo” de la citada Dirección General a la Señora María Laura

GONZALEZ (Legajo Nº 57.374), abonándosele la correspondiente diferencia de sueldo;

QUE en consecuencia se procede al dictado del

presente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Asignar funciones interinas “a cargo” de la Dirección General de

************* Compras a la Señora María Laura GONZALEZ (Legajo Nº 57.374), por

el período comprendido entre el 21 de enero y el 1º de febrero de 2019 inclusive, en lugar

del Licenciado Alejandro Hernán CATANIA, en uso de licencia anual, abonándosele la

correspondiente diferencia de sueldo entre su categoría y la de Directora General de

Compras.-

ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 30: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

30

Ref. Expte. Nº 561-D-2019.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 2 3

VISTO la solicitud obrante a fojas 1 de estas

actuaciones; y

Considerando:

QUE es distintivo de esa Comuna promover las

iniciativas tendientes a fomentar el espíritu tradicionalista de los vecinos que la habitan;

QUE por tales razones se adhiere, sin perjuicio

de las distintas religiones, a los festejos que tienen lugar en el ámbito de la Comuna, sean

misas, bautismos abiertos a la comunidad en la vía pública, actividades culturales, históricas,

turísticas, entre otras;

QUE distintas comunidades acostumbran a

celebrar sus fiestas patronales en las parroquias con sede en el distrito, pertenecientes a la

Diócesis de San Isidro, por lo que se solicita declarar de interés municipal tales festejos;

QUE este Departamento Ejecutivo comparte y

promueve estas iniciativas, por lo que corresponde el dictado del acto administrativo

pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Municipal los festejos patronales que tendrán lugar

************* en las parroquias con sede en el Distrito pertenecientes a la Diócesis de

San Isidro.-

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos correspondientes a la Partida del

Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO

Y

LEGISLACION

MGV

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 31: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

31

Ref. Expte. Nº 11840-S-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019.-

DECRETO NÚMERO: 1 2 4

VISTO la nota presentada por el “Servicio de

Voluntarias para Hospitales «DAMAS ROSADAS»”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de sueldos y cargas sociales del personal; compra

de productos para limpieza, elementos necesarios para tareas especificas del Lactario, ropa

de cama y artículos de higiene personal destinados a la residencia de madres; y costos por

reparaciones edilicias;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS

SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTE ($ 636.120,00), pagadero en

diez (10) cuotas iguales de PESOS SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS DOCE

($ 63.612,00), con oportuna de rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por el “Servicio de Voluntarias para Hospitales «DAMAS ROSADAS»”,

por la suma de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTE ($

636.120,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS SESENTA Y TRES MIL

SEISCIENTOS DOCE ($ 63.612,00), con oportuna de rendición de cuentas, destinado a

solventar el pago de sueldos y cargas sociales del personal; compra de productos para

limpieza, elementos necesarios para tareas especificas del Lactario, ropa de cama y artículos

de higiene personal destinados a la residencia de madres; y costos por reparaciones

edilicias.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-

Page 32: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

32

Ref. Expte. Nº 11840-S-2018.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 33: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

33

Ref.: Expte. Nro. 16517-D-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019.-

DECRETO NÚMERO: 1 2 5

VISTO el pedido de Suministro Nro. 649-

722/2018; y

Considerando:

QUE el importe de los trabajos a efectuarse

como consecuencia de aquel excede la suma de $ 689.099,00, por lo que en virtud de lo

dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades y el informe obrante a fojas 11,

corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Llamar a Licitación Privada Nro. 2/2019, para la contratación del

************* “SERVICIO DE MANTENIMIENTO CON PROVISIÓN DE

PLANTAS DE LOS ESPACIOS VERDES UBICADOS EN LAS ZONAS ALEDAÑAS A

LOS DIFERENTES TÚNELES DEL PARTIDO DE SAN ISIDRO”.-

ARTÍCULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 14 de febrero del 2019 a las

************* 09:30 horas en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario

Nro. 77 -1er piso-, San Isidro.-

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.08.000-5, Categoría

Programática 01.01, Objeto del Gasto 3.3.5, del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION M.F

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 34: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

34

Ref. Expte. Nº 14452-C-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 2 6

VISTO la nota presentada por el “CLUB VÉLEZ

SARSFIELD DE MARTÍNEZ”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de servicios e impuestos; sueldos y cargas sociales

de empleados administrativos y de maestranza; seguros; emergencias médicas y

mantenimiento edilicio;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS

TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 350.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de

PESOS TREINTA Y CINCO MIL ($ 35.000,00), con oportuna de rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por el “CLUB VÉLEZ SARSFIELD DE MARTÍNEZ”, por la suma de

PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 350.000,00), pagadero en diez (10) cuotas

iguales de PESOS TREINTA Y CINCO MIL ($ 35.000,00), con oportuna de rendición de

cuentas, destinado a solventar el pago de servicios e impuestos; sueldos y cargas sociales de

empleados administrativos y de maestranza; seguros; emergencias médicas y mantenimiento

edilicio.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

Page 35: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

35

Ref. Expte. Nº 14452-C-2018.-

//…

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 36: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

36

Ref. Expte. Nº 14450-C-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero

DECRETO NÚMERO: 1 2 7

VISTO la nota presentada por el “CLUB VÉLEZ

SARSFIELD DE MARTÍNEZ”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago honorarios médicos y salarios de guardavidas que

desempeñan tareas en la Colonia de Vacaciones del Club durante la Temporada 2018/2019;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS CIENTO

VEINTISEIS MIL CIENTO VEINTE ($ 126.120,00), con oportuna de rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por el “CLUB VÉLEZ SARSFIELD DE MARTÍNEZ”, por la suma de

PESOS CIENTO VEINTISEIS MIL CIENTO VEINTE ($ 126.120,00), con oportuna de

rendición de cuentas, destinado a solventar el pago honorarios médicos y salarios de

guardavidas que desempeñan tareas en la Colonia de Vacaciones del Club durante la

Temporada 2018/2019.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

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37

Ref. Expte. Nº 14450-C-2018.-

//…

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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38

Ref. Expte. Nº 15319-S-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero

DECRETO NÚMERO: 1 2 8

VISTO lo actuado en el presente expediente

administrativo; y

Considerando:

QUE entre la Municipalidad de San Isidro y el

Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires, se suscribió un Convenio Marco de

Colaboración, el cual tiene como finalidad acordar un marco institucional entre las partes

que facilite, entre otros aspectos e intereses comunes, la cooperación, elaboración e

intercambio de información y conocimientos específicos con miras a optimizar la

presentación de los servicios que las partes brindan a la Comunidad en el ámbito de sus

respectivas competencias, fortalecimiento de la capacidad de gestión de partes entre otras

cosas;

QUE corresponde registrar el convenio de autos,

dando con ello aprobación oficial a la gestión comprometida en el acto de que se trata;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- REGISTRAR el Convenio Marco de Colaboración celebrado entre la

************* Municipalidad de San Isidro y el Ministerio Público de la Provincia de

Buenos Aires, el cual tiene como finalidad acordar un marco institucional entre las partes

que facilite, entre otros aspectos e intereses comunes, la cooperación, elaboración e

intercambio de información y conocimientos específicos con miras a optimizar la prestación

de los servicios que las partes brindan a la Comunidad en el ámbito de sus respectivas

competencias, fortalecimiento de la capacidad de gestión de partes entre otras cosas, texto

que pasa a formar parte integrante del presente.-

ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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39

CONVENIO ESPECÍFICO DE CAPACITACIÓN ENTRE EL MINISTERIO PÚBLICO

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

Entre el Ministerio Público de la provincia de Buenos Aires (en adelante, “MPBA”), representado

en este acto por el Sr. Procurador General de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos

Aires, Dr. Julio M. CONTE-GRAND, con domicilio en avenida 13, entre calles 47 y 48, piso 1°

(Palacio de Tribunales), de la ciudad de La Plata, y la Municipalidad de San Isidro (en adelante, la

“Municipalidad”), representada en este acto por el Sr. Intendente, Dr. Gustavo Ángel POSSE, con

domicilio en la calle 9 de Julio 526, ciudad y partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires,

denominados conjuntamente como las “Partes”, y

CONSIDERANDO:

I. Que en el día de la fecha las Partes suscribieron un Convenio Marco de Colaboración con miras

a fortalecer el vínculo institucional y establecer un ámbito formal para el desarrollo de diversas

actividades de interés común.

II. Que, en lo que aquí interesa, en los términos del art. 190 de la Constitución Provincial, la

Municipalidad tiene a su cargo la administración de los intereses y servicios locales del partido en el

ámbito de su competencia territorial, en coordinación con la Policía de la provincia de Buenos Aires,

en particular, en lo relativo a las tareas de prevención y ordenamiento del espacio urbano.

III. Que asimismo la Municipalidad interactúa institucionalmente con el MPBA, en el marco de las

competencias y funciones específicas de cada uno de ellos, siendo este último quien tiene a cargo la

promoción y el ejercicio de la acción penal pública en todo el territorio de la provincia de Buenos

Aires.

IV. Que es interés de la Municipalidad que el personal afectado a tareas de prevención en materia de

seguridad pública, así como también aquél abocado al ordenamiento del espacio urbano, cuente con

todas las herramientas necesarias y con una capacitación acorde para poder cumplir sus funciones de

un modo eficiente y atendiendo adecuadamente a las necesidades de los vecinos del partido de San

Isidro.-

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40

V. Que, por su parte, el MPBA cuenta con profesionales de alto nivel académico y/o con una vasta

experiencia en materia de investigación de presuntos delitos y procedimiento penal, todo lo cual

resulta de particular interés para la Municipalidad a los fines de capacitar y dotar de más y mejores

herramientas a su personal.

VI. Que en función de todo ello, las Partes acuerdan suscribir el presente convenio específico de

capacitación (en adelante, el “Convenio”), el que se regirá por las siguientes cláusulas y

condiciones:

PRIMERA: Este Convenio tiene por finalidad establecer un vínculo específico en materia de

capacitación entre las Partes, asumiendo el MPBA el compromiso de planificar y ejecutar procesos

de capacitación para los empleados municipales que integran o colaboran con la policía municipal,

el centro de monitoreo (cámaras) de la Municipalidad, el área de tránsito municipal y/o cualquier

otra área que sea de interés de la Municipalidad, con particular enfoque en aspectos relativos a la

preservación de medios de prueba, procedimiento penal, garantías constitucionales, competencias de

los empleados municipales ante la comisión de delitos, sin perjuicio de otras materias de su

competencia que pudieran resultar de especial interés para la Municipalidad.

SEGUNDA: Las Partes acordarán el contenido de cada una de las capacitaciones, el lugar, la

modalidad (presencial o virtual) y cómo las jornadas se llevarán adelante, el universo de empleados

municipales que participarán en cada jornada o actividad, etc., prestando la Municipalidad expresa

conformidad con la eventual participación en tales actividades del personal de otras Municipalidades

y/u organismos de la provincia de Buenos Aires. La Municipalidad se compromete a afrontar los

eventuales gastos de movilidad y/o viáticos de sus agentes cuando la actividad fuese presencial y en

lugar distinto de su respectivo distrito.

TERCERA: El MPBA se compromete a aportar a su exclusivo cargo los profesionales que dictarán

las capacitaciones –atendiendo en cada caso al objeto y contenido de cada jornada- así como a

realizar acciones de comunicación y difusión de tales actividades en su página web. Por su parte, la

Municipalidad se compromete a aportar todos los recursos adicionales y la logística –incluyendo, sin

que implique limitación alguna, el lugar físico que fueren necesarios para llevar adelante las

jornadas, cursos o actividades, salvo acuerdo en contrario entre las Partes.

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41

CUARTA: A los fines del seguimiento, coordinación y supervisión del presente Convenio y de las

actividades de capacitación que constituyen su objeto, el MPBA designa como responsable y

persona de contacto a la Dra. Ana Margarita Hernández ([email protected]) y la

Municipalidad al Sr. Federico Suñer ([email protected]).

QUINTA: A los fines que pudiera corresponder, las Partes constituyen sus respectivos domicilios

legales en los lugares indicados en el encabezamiento, los que se considerarán válidos –en tanto no

se notifique en forma fehaciente su modificación- para todas las notificaciones o comunicaciones

judiciales o extrajudiciales que pudiere corresponder.

SEXTA: El presente Convenio tendrá vigencia de dos (2) años a partir de la fecha de su firma y se

renovará automáticamente por iguales períodos, siempre que ninguna de las Partes comunique con

previo aviso de sesenta (60) días y por escrito su voluntad de rescindirlo.

SÉPTIMA: Cualquier discrepancia que se suscitara en la ejecución o interpretación del presente

Convenio, será resuelta amigablemente por las Partes atendiendo a los intereses comunes que

motivaron su celebración y al principio de buena fe.

En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la

ciudad de La Plata, el 21 de diciembre de 2018.

CONVENIO N° 95/18

PROCURACIÓN GENERAL

Sr. PROCURADOR GENERAL, Julio M. Conte-Grand Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse

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42

Ref.: Expte. N° 175-S-2019.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019.-

DECRETO NÚMERO: 1 2 9

VISTO las actuaciones obrantes en autos; y

Considerando:

QUE con motivo de promover la inserción

laboral e inclusión social, desde el mes de septiembre de 2015, esta Comuna viene llevando

adelante un programa que enseña a desarrollar y mantener huertas orgánicas, el que en la

actualidad capacita a más de ciento cincuenta personas;

QUE a lo largo de 2017, sesenta y cinco

personan con y sin discapacidad lograron completar el curso y recibirse de promotores,

generándose a su vez cinco huertas comunitarias distribuidas en las ciudades de Boulogne;

Villa Adelina; Martínez, destacando que el producido de estas huertas orgánicas es

consumido en comedores parroquiales;

QUE cabe resaltar que dos de estas huertas

fueron abiertas en los Centros de Adicciones que el Municipio tiene junto al obispado de San

Isidro, tanto en la Cava como en Boulogne;

QUE también quedan incluidos en esta propuesta

los adultos mayores que asisten al centro Puerto Libre, cabecera del programa Juventud

Prolongada. Allí participan de talleres, con el aditamento que jóvenes con discapacidad

egresados de la huerta del Jockey Club de San Isidro, son quienes colaboran en su

capacitación;

QUE se trata de un proyecto que contempla su

implementación en escuelas, sumándose a ello el servicio de armado y mantenimiento de

huertas orgánicas domiciliarias, con la finalidad de generar inclusión social, alimentación

saludable y conservación del medioambiente;

QUE este Departamento Ejecutivo comparte y

promueve estas iniciativas, por lo que corresponde el dictado del acto administrativo

pertinente, auspiciando este emprendimiento;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

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43

Ref.: Expte. N° 175-S-2019.-

//…

ARTÍCULO 1°.- Declarar de Interés Municipal el programa “Huertas Orgánicas

************* Comunitarias 2019”, el que enseña a desarrollar y mantener huertas

orgánicas, con la finalidad de que los participantes y egresados puedan ofrecer a los vecinos

y empresas de San Isidro, el servicio de armado y mantenimiento de huertas orgánicas, con

la finalidad de generar inclusión social, alimentación saludable y conservación del

medioambiente.-

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos correspondientes a la Partida del

Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MGV

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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44

Ref.: Expte. N° 174-S-2019.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 3 0

VISTO la solicitud obrantes a fojas 1/4 de estas

actuaciones; y

Considerando:

QUE desde el año 2013 se emite el programa

radial Tomá la Voz, por radio Simphony FM 91.3, el que a través de los años se fue

consolidado. En su formato original estuvo destinado a vecinos de San Isidro, Acassuso,

Beccar y Martínez; pero al poner esta herramienta al servicio de los jóvenes de distintos

sectores de las diferentes ciudades que conforman el Partido, hizo que los mismos pudieran

tomar la voz, involucrándose y dando a conocer su mirada sobre la realidad local;

QUE desde el citado programa se promovieron,

acompañaron y difundieron distintas acciones que realizó la Red Juvenil Activa como la

recolección de residuos electrónicos, jornadas de voluntariado juvenil para refacción de

escuelas provinciales, organización de festivales, así como campañas de concientización;

QUE en 2016 debido a la demanda de mayor

participación de los jóvenes, nació un segundo programa destinado a vecinos de Boulogne y

Villa Adelina, con características propias, el que en el año 2017 se emitió por radio Unika

FM 94.5;

QUE durante el año 2017, más de 3.800 jóvenes

participaron de las actividades de la red Tomá la Voz, creándose un espacio de participación

pensado para los jóvenes, sea a nivel cultural, artístico como también de concientización

respecto de la diversidad sexual, violencia de género e inclusión de personas con

discapacidad, entre otros temas de actualidad;

QUE en 2018, continuando y replicando las

actividades generadas en los años anteriores se realizó el “Festi Barrio”, el que tuvo lugar en

el Parque Arenaza de la Ciudad de Boulogne, donde un grupo de jóvenes de la zona junto a

la red Tomá la Voz, organizó un evento cuyo objetivo fue recolectar alimentos no

perecederos y útiles escolares para distintas organizaciones sociales, proporcionando a la

concurrencia, juegos para toda la familia y música en vivo, fortaleciendo los lazos

comunales a través de la solidaridad;

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45

Ref.: Expte. N° 174-S-2019.-

//…

QUE por lo expuesto se solicita declarar de

Interés Municipal el programa radial “Tomá la Voz”, en el marco del programa “Red Juvenil

Activa”, que se emite por radio Simphony FM 91.3, los días martes de 14 a 16 horas y por

radio Unika FM 94.5, los días sábados de 11 a 13 horas;

QUE este Departamento Ejecutivo comparte y

promueve estas iniciativas, por lo que corresponde el dictado del acto administrativo

pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Declarar de Interés Municipal el programa radial “Tomá la Voz” en el

************* marco del programa “Red Juvenil Activa”, que se emite por radio

Simphony FM 91.3, los días martes de 14 a 16 horas y por radio Unika FM 94.5, los días

sábados de 11 a 13 horas.-

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos correspondientes a la Partida del

Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MGV

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 46: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

46

Ref.: Expte. N° 1150-P-2004.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 3 1

VISTO el Decreto N° 381 de fecha 23 de

febrero de 2104; y

Considerando:

QUE mediante el mismo fue designado como

Delegado Previsional de esta Comuna, el trabajador Ariel MENACHO (Legajo N° 55.850);

QUE a partir 1° de julio de 2018 dejo cumplir

dichas funciones;

QUE en virtud de ello, se deberá realizar el

correspondiente acto administrativo a fin de limitar las mencionadas funciones;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Limitar a partir del 1° de julio de 2018 las funciones de Delegado

************* Previsional al trabajador Ariel MENACHO (Legajo 55.850), D.N.I. N°

27.187.410.-

ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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47

Ref. Expte. N° 8665-S-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2109

DECRETO NÚMERO: 1 3 2

VISTO el informe obrante a fojas 1 de la

Subsecretaria Administrativa de Tránsito; y

Considerando:

QUE en el mismo solicita se reintegre a la Sra.

Graciela Edith CALABAZA la suma de Pesos Ciento Treinta y Dos ($ 132,00).-

QUE obra fotocopia del recibo pertinente;

QUE por lo expuesto, corresponde efectuar el

reintegro solicitado al contribuyente antes citado;

QUE la Dirección de Contabilidad y Finanzas

efectuó la imputación preventiva del caso;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Reintegrar a la Sra. Graciela Edith CALABAZA, DNI N°16.569.244

************* con domicilio en Gervasio Posadas 1731 Beccar, la Suma de Pesos

Ciento Treinta y Dos ($ 132,00), correspondiente al importe abonado erróneamente en

concepto de derechos de oficina.-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de Gastos Pertinente.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y Publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

AF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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48

Ref. Expte. Nº 16401-P-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2109

DECRETO NÚMERO: 1 3 3

VISTO la nota presentada por el “PROGRAMA

MINNESOTA – ASOCIACIÓN PARA EL TRATAMIENTO DE ADICCIONES Y

PATOLOGÍAS ASOCIADAS”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de honorarios profesionales;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS

CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS ($ 496.800,00), pagadero

en diez (10) cuotas iguales de PESOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS

OCHENTA ($ 49.680,00), con oportuna de rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por el “PROGRAMA MINNESOTA – ASOCIACIÓN PARA EL

TRATAMIENTO DE ADICCIONES Y PATOLOGÍAS ASOCIADAS”, por la suma de

PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS ($ 496.800,00),

pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS CUARENTA Y NUEVE MIL

SEISCIENTOS OCHENTA ($ 49.680,00), con oportuna de rendición de cuentas, destinado

a solventar el pago de honorarios profesionales.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

Page 49: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

49

Ref. Expte. Nº 16401-P-2018.-

//…

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 50: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

50

Ref. Expte. Nº 18024-D-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 3 4

VISTO la necesidad de contar con un Jefe de

Guardia los día jueves de 36 horas en el Hospital Municipal Ciudad de Boulogne; y

Considerando:

QUE en virtud de ello, se deberá reubicar al

Doctor Carlos Guillermo NEMEC (Legajo Nº 18.170), con retroactividad al 1º de octubre

del 2018;

QUE en consecuencia corresponde realizar el

acto administrativo que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Reubicar con retroactividad al 1º de octubre de 2018, al Doctor

************* Carlos Guillermo NEMEC (Legajo Nº 18.170) de Jefe de Guardia “A”

Grado Hospital “C” 24 horas (Código 202) a Jefe de Guardia Perfil “A” Grado Hospital

“C” 36 horas - (J:1.1.1.01.09.000 - C:29 - O:1.1.1.09.) con actividad de Jefe de Guardia los

días jueves, en el Hospital Ciudad de Boulogne. Situación de revista: Profesional Hospital

“A” de 24 horas (código 201).-

ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 51: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

51

Ref. Expte. Nº 16961-C-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 3 5

VISTO la nota presentada por el “CENTRO DE

LA MUJER SAN ISIDRO”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago servicios e impuestos; sueldos y honorarios

profesionales; gastos de representación y atención a los concurrentes; y compra de alimentos

y artículos para tareas administrativas, talleres y ayuda escolar;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y Comunidad estima procedente otorgar un subsidio

por un importe de PESOS QUINIENTOS CUARENTA MIL ($ 540.000,00), pagadero en

diez (10) cuotas iguales de PESOS CINCUENTA Y CUATRO MIL

($ 54.000,00), con oportuna de rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por el “CENTRO DE LA MUJER SAN ISIDRO”, por la suma de PESOS

QUINIENTOS CUARENTA MIL ($ 540.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de

PESOS CINCUENTA Y CUATRO MIL ($ 54.000,00), con oportuna de rendición de

cuentas, destinado a solventar el pago servicios e impuestos; sueldos y honorarios

profesionales; gastos de representación y atención a los concurrentes; y compra de alimentos

y artículos para tareas administrativas, talleres y ayuda escolar.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************* debidamente autorizada/s a tal efecto.

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

Page 52: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

52

Ref. Expte. Nº 16961-C-2018.-

//…

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 53: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

53

Ref. Expte. Nº 2955-D-2017.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 3 6

VISTO el Dictamen de la Junta Médica

Provincial, obrante en el Expediente N° 2955-2017, del Instituto de Previsión Social de la

Provincia de Buenos Aires, en el cual se hace constar la incapacidad laboral del trabajador

Carlos Antonio QUIROGA (Legajo N° 51.786); y

Considerando:

QUE dicho trabajador ha tomado conocimiento

de lo resuelto por la Dirección de Reconocimientos Médicos Provincial en el mencionado

expediente;

QUE se encuentra en condiciones de acogerse al

beneficio jubilatorio;

QUE la Subdirección de Jubilaciones y

Pensiones, de la Dirección General de Recursos Humanos, solicita se proyecte el

instrumento legal de cese del trabajador a los fines jubilatorios por incapacidad laboral, a

partir del 1° de enero de 2019;

QUE de acuerdo con lo establecido por el

artículo 33° inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese del trabajador a

los fines jubilatorios, el mismo tendrá derecho de seguir percibiendo un importe mensual en

este caso correspondiente al Sesenta y Cinco por ciento (65%) de sus haberes, a partir del 1°

de enero de 2019 y hasta que se otorgue el beneficio como anticipo de su jubilación;

QUE obra en autos el convenio con la

conformidad del beneficiario;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Dar por concluida la relación de empleo con la Administración

************* Municipal, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio por incapacidad

laboral del trabajador Carlos Antonio QUIROGA (Legajo N° 51.786), M.I. N°: 8.480.445,

Clase 1950, con categoría 08 (35) – (J:1.1.1.01.03.000 – C:18.01 – O:1.1.1.07) incluido en

los alcances de los artículos 13° párrafo 1ro (30%) y 16° inciso d) apartado 23 bis, ambos de

la Ordenanza N° 9069 y funciones Inspector de Tránsito, en la Jefatura de Inspectores, -

oficina 191, a partir del 1° de enero de 2019.-

Page 54: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

54

Ref. Expte. Nº 2955-D-2017.-

//…

ARTÍCULO 2º.- Agradecer los importantes servicios prestados a lo largo de su

************* Trayectoria en esta Comuna.-

ARTÍCULO 3º.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y el ex

************* trabajador Carlos Antonio QUIROGA (Legajo N° 51.786), mediante el

cual el Municipio abonará el importe correspondiente al sesenta y cinco por ciento (65%) de

los haberes computables a los fines previsionales, a partir del 1° de enero de 2019, como

anticipo de su jubilación y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio, el anticipo

jubilatorio asciende a la suma mensual de Pesos Diecisiete Mil Seiscientos Veintidós

($17.622).-

ARTÍCULO 4º.- El convenio cuya aprobación dispone el artículo precedente, pasa a

************* formar parte del presente Decreto.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 55: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

55

Ref. Expte. Nº 419-D-2019.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 3 7

VISTO la nota obrante a fojas 1, emitida por la

Sub-dirección de Jubilaciones y Pensiones, de la Dirección General de Recursos Humanos; y

Considerando:

QUE el docente Carlos Alberto ARDISSONE

(Legajo N° 55.466), con funciones de Coordinador General de los Talleres

Extraprogramáticos de la Dirección General de Educación, se encuentra en condiciones de

acogerse al beneficio jubilatorio;

QUE resulta aconsejable no desnaturalizar los

principios que inspiran la legislación previsional, tendientes a garantizar a todo trabajador

que haya cumplido determinados tiempos de edad y servicios, obtener el beneficio

jubilatorio correspondiente;

QUE la situación descripta anteriormente,

demuestra que el trabajador mencionado ha alcanzado las condiciones de edad y servicios

exigidos por la Ley N° 9650, accediendo al beneficio jubilatorio y permitiendo disponer el

cese del mismo, a partir del 1° de enero de 2019;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Disponer el cese a partir del 1° de enero de 2019 del trabajador Carlos

************* Alberto ARDISSONE (Legajo N° 55.466), M..I. N° 12.659.185, Clase

1956, con Treinta y Cinco (35) horas módulos (J:1.1.1.01.06.000 – C:21 – O:1.2.1.03) y

funciones de Coordinador General en los Talleres Extraprogramáticos de la Dirección

General de Educación, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio.-

ARTÍCULO 2º.- Agradecer al trabajador mencionado en el presente, los servicios

************* prestados a la Comuna, durante su extensa trayectoria laboral.-

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56

Ref. Expte. Nº 419-D-2019.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 57: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

57

Ref. Expte. Nº 18047-D-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 3 8

VISTO los presentes actuados; y

Considerando:

QUE a fojas 1, el Departamento de Medicina

Laboral de la Dirección General de Recursos Humanos, informa que la trabajadora Olga

Beatríz BERTOLINI (Legajo N° 18.406), superó el plazo establecido en el artículo 45° del

Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por la Ordenanza N° 8850, solicitando se la

incluya en el artículo 47° -primer párrafo- de la citada norma a partir del 1° de diciembre de

2018;

QUE el artículo 45° del Convenio Colectivo de

Trabajo (C.C.T.) establece los plazos por accidente o enfermedad inculpable, por los cuales

no se afectará el derecho del trabajador a percibir su remuneración; vencidos dichos plazos

el artículo 47° -primer párrafo- del citado convenio señala que el trabajador percibirá una

remuneración equivalente al Cincuenta Por Ciento (50%) de su sueldo bruto, habitual y

permanente con los correspondientes descuentos de ley;

QUE resulta procedente dictar el acto

administrativo que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Incluir en los alcances del artículo 47° -primer párrafo- del Convenio

************* Colectivo de Trabajo, convalidado por la Ordenanza N° 8850, a la

trabajadora Olga Beatríz BERTOLINI (Legajo N° 18.406), a partir del 1° de diciembre de

2018, conforme los fundamentos expuestos en el presente Decreto.-

ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 58: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

58

Ref. Expte. Nº 800-D-2019.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 3 9

VISTO los Memorándum Nº 2435/18 y 2360/18

de la Secretaria de Salud Pública, obrantes a fojas 1/2; y

Considerando:

QUE mediante los mismos se solicita incluir en

los alcances del Decreto Nº 1502/93 “Guardias Jornalizadas”, a los Doctores Mariela

Alejandra MANSUR NAHRA (Legajo Nº 68.075), Lucrecia Anahí DI ROCCO (Legajo Nº

68.076) y Maximiliano Esteban CASAS (Legajo Nº 69.542) con actividad en el Hospital

Central de San Isidro “Dr. Melchor Ángel Posse”;

QUE en consecuencia corresponde realizar el

acto administrativo que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Incluir a los Profesionales más abajo detallados en los alcances del

************* Decreto Nº 1502/93 - Guardias Jornalizadas - con actividad de Médicos

de Guardia, (J:1.1.1.01.09.000 – C:27 - O:1.2.1.02) en el Hospital Central de San Isidro

“Dr. Melchor Ángel Posse”, a partir del 1º de diciembre de 2018:

- Mariela Alejandra MANSUR NAHRA – Legajo Nº 68.075.-

- Lucrecia Anahí DI ROCCO – Legajo Nº 68.076.-

- Maximiliano Esteban CASAS – Legajo Nº 69.542.-

ARTÍCULO 2º.- La Secretaría de Salud Pública deberá informar mensualmente del 1º al

************* 5 de cada mes a la Dirección General de Recursos Humanos, las guardias

cumplidas por los profesionales designados, a los fines de la pertinente liquidación.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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59

Ref. Expte. Nº 418-D-2019.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 4 0

VISTO la nota obrante a fojas 2, emitida por la

Sub-Dirección de Jubilaciones y Pensiones, de la Dirección General de Recursos Humanos;

y

Considerando:

QUE la docente Dina Alicia CAMPO (Legajo N°

40.286), con funciones de preceptora en el Jardín de Infantes Municipal N° 11, se encuentra

en condiciones de acogerse al beneficio jubilatorio;

QUE resulta aconsejable no desnaturalizar los

principios que inspiran la legislación previsional, tendientes a garantizar a todo trabajador

que haya cumplido determinados tiempos de edad y servicios, obtener el beneficio

jubilatorio correspondiente;

QUE la situación descripta anteriormente,

demuestra que la trabajadora mencionada ha alcanzado las condiciones de edad y servicios

exigidos por la Ley N° 9650, accediendo al beneficio jubilatorio y permitiendo disponer el

cese de la misma, a partir del 1° de enero de 2019;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Disponer el cese a partir del 1° de enero de 2019 de la trabajadora

************* Dina Alicia CAMPO (Legajo N° 40.286), M.I. N° 12.542.920, Clase

1956, con categoría de preceptora (J:1.1.1.01.06.000 – C:21 – O:1.1.1.08) y funciones en el

Jardín de Infantes Municipal N° 11, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio.-

ARTÍCULO 2º.- Agradecer a la trabajadora mencionada en el presente, los servicios

************* prestados a la Comuna, durante su extensa trayectoria laboral.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO

Y

LEGISLACION

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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60

Ref. Expte. Nº 415-D-2019.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 4 1

VISTO los presentes actuados; y

Considerando:

QUE a fojas 1 el Departamento de Medicina

Laboral de la Dirección General de Recursos Humanos, informa que la trabajadora Gisela

MANSILLA (Legajo N° 64.295) superó el plazo establecido en el artículo 45° del Convenio

Colectivo de Trabajo, convalidado por la Ordenanza N° 8850, solicitando se la incluya en el

artículo 47° -primer párrafo- de la citada norma a partir del 12 de enero de 2019;

QUE el artículo 45° del Convenio Colectivo de

Trabajo (C.C.T.) establece los plazos por accidente o enfermedad inculpable, por los cuales

no se afectará el derecho del trabajador a percibir su remuneración; vencidos dichos plazos

el artículo 47° -primer párrafo- del citado convenio señala que el trabajador percibirá una

remuneración equivalente al Cincuenta Por Ciento (50%) de su sueldo bruto, habitual y

permanente con los correspondientes descuentos de ley;

QUE resulta procedente dictar el acto

administrativo que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Incluir en los alcances del artículo 47° -primer párrafo- del Convenio

************* Colectivo de Trabajo, convalidado por la Ordenanza N° 8850, a la

trabajadora Gisela MANSILLA (Legajo N° 64.295), a partir del 12 de enero de 2019,

conforme los fundamentos expuestos en el presente Decreto.-

ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO

Y

LEGISLACION

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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61

Ref. Expte. Nº 18046-D-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 4 2

VISTO los presentes actuados; y

Considerando:

QUE a fojas 1, el Departamento de Medicina

Laboral de la Dirección General de Recursos Humanos, informa que la trabajadora Susana

Natalia GAUNA (Legajo N° 67.347), superó el plazo establecido en el artículo 45° del

Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por la Ordenanza N° 8850, solicitando se la

incluya en el artículo 47| -primer párrafo- de la citada norma a partir del 21 de diciembre de

2018;

QUE el artículo 45° del Convenio Colectivo de

Trabajo (C.C.T.) establece los plazos por accidente o enfermedad inculpable, por los cuales

no se afectará el derecho del trabajador a percibir su remuneración; vencidos dichos plazos

el artículo 47° -primer párrafo- del citado convenio señala que el trabajador percibirá una

remuneración equivalente al Cincuenta Por Ciento (50%) de su sueldo bruto, habitual y

permanente con los correspondientes descuentos de ley;

QUE resulta procedente dictar el acto

administrativo que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Incluir en los alcances del artículo 47° -primer párrafo- del Convenio

************* Colectivo de Trabajo, convalidado por la Ordenanza N° 8850, a la

trabajadora Susana Natalia GAULA (Legajo N° 67.347), a partir del 21 de diciembre de

2018, conforme los fundamentos expuestos en el presente Decreto.-

ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 62: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

62

Ref. Expte. Nº 16133-D-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 4 3

VISTO los presentes actuados; y

Considerando:

QUE por Decreto N° 2516/2018 (fojas 4/5) se

incluyó en los alcances del artículo 47° -primer párrafo- del Convenio Colectivo de Trabajo,

convalidado por la Ordenanza N° 8850, a la trabajadora Luisa D’AMBROSIO (Legajo N°

53.679), a partir del 14 de noviembre de 2018;

QUE el Departamento de Medicina Laboral de la

Dirección General de Recursos Humanos, informa a fojas 6 que la mencionada trabajadora

fue dada de alta médica el día 21 de diciembre de 2018, motivo por el cual se solicita

excluirla a partir de dicha fecha del artículo 47° -primer párrafo- de la precitada norma;

QUE resulta procedente dictar el acto

administrativo que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Excluir de los alcances del artículo 47° -primer párrafo- del Convenio

************* Colectivo de Trabajo, convalidado por la Ordenanza N° 8850, a la

trabajadora Luisa D’AMBROSIO (Legajo N° 53.679), a partir del 21 de diciembre de 2018,

atento su alta médica y conforme los fundamentos expuestos en el presente Decreto.-

ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 63: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

63

Ref. Expte. Nº 9995-D-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 4 4

VISTO los presentes actuados; y

Considerando:

QUE por Decreto N° 1757/2018 (fojas 4/5) se

incluyó en los alcances del artículo 47° -primer párrafo- del Convenio Colectivo de Trabajo,

convalidado por la Ordenanza N° 8850, al trabajador Nicolás Ariel LETE (Legajo N°

67.084), a partir del 27 de junio de 2018;

QUE el Departamento de Medicina Laboral de la

Dirección General de Recursos Humanos, informa a fojas 6 que el mencionado trabajador

fue dado de alta médica el día 7 de enero de 2019, motivo por el cual se solicita excluirlo a

partir de dicha fecha del artículo 47° -primer párrafo- de la precitada norma;

QUE resulta procedente dictar el acto

administrativo que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Excluir de los alcances del artículo 47° -primer párrafo- del Convenio

************* Colectivo de Trabajo, convalidado por la Ordenanza N° 8850, al

trabajador Nicolás Ariel LETE (Legajo N° 67.084), a partir del 7 de enero de 2019, atento su

alta médica y conforme los fundamentos expuestos en el presente Decreto.-

ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 64: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

64

Ref. Expte. Nro. 4105-1648-L-2006.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 4 5

VISTO la Disposición N° 1373/13 del

Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, a través de la Dirección Provincial de

Evaluación de Impacto Ambiental, por la que se clasificó como de PRIMERA

CATEGORÍA, al establecimiento ubicado en la calle Guayaquil Nº 1250 de la ciudad de

Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, donde se desarrollan actividades con el rubro

“MANUFACTURA Y CORTE DE ESPUMA DE POLIURETANO”, cuya titularidad es

ejercida por la firma INGLESE ANTONIO JAVIER; y

Considerando:

QUE la firma interesada ha dado cumplimiento a

la presentación de la documentación requerida por el Decreto N° 1741/96, Declaración

Jurada con memoria descriptiva de la actividad, cuya veracidad fue constatada en inspección

técnica realizada en el establecimiento, reuniendo el mismo condiciones reglamentarias de

funcionamiento y conforme los términos del art. 28º del Decreto N° 1741/96, reglamentario

de la Ley 11.459, corresponde extender el Certificado de Aptitud Ambiental;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Expídase a la firma INGLESE ANTONIO JAVIER, CUIT Nº

************* 20-25154425-6, con domicilio en Guayaquil Nº 1250 de la ciudad de

Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, donde se desarrollan actividades con el rubro

“MANUFACTURA Y CORTE DE ESPUMA DE POLIURETANO”, el Certificado de

Aptitud Ambiental de Primera Categoría, de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 11459

y su Decreto Reglamentario N° 1741/96 y conforme con lo dispuesto por el Organismo

Provincial para el Desarrollo Sostenible, a través de la Dirección Provincial de Evaluación

de Impacto Ambiental.-

ARTÍCULO 2°.- Dejar expresa constancia que lo dispuesto tiene validez por el término

************* de dos (2) años a partir de la fecha del presente decreto, conforme a los

términos del artículo 33º de la Ley N° 11.459 y su Decreto Reglamentario.-

Page 65: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

65

Ref. Expte. Nro. 4105-1648-L-2006.-

//…

ARTÍCULO 3°.- Hacer saber al peticionante que deberá solicitar la renovación del

************* Certificado de Aptitud Ambiental por igual término, un (1) mes antes de

su vencimiento, y en caso de existir ampliaciones, modificaciones o cambios en sus

procesos, deberá cumplimentarse el Artículo 57º del aludido decreto, con la presentación de

la documentación allí solicitada.-

ARTÍCULO 4°.- Proceder a la entrega de la copia del presente decreto a la firma

************* interesada, con la salvedad que el mismo no involucra el trámite de

habilitación municipal, el cual debe ser realizado conforme a las reglamentaciones vigentes,

quedando en consecuencia supeditado a éste y a la percepción de las tasas correspondientes.-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto Sr. Subsecretario General de Inspecciones y Registros Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. Perez

Page 66: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

66

Ref. Expte. Nro. 4105-1648-L-2006.-

CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL

***** CERTIFICO que mediante Decreto N° 145, dictado en el día de la fecha, obrante a

fojas 260/261, del expediente de la referencia, se ha dispuesto expedir a la firma INGLESE

ANTONIO JAVIER, CUIT Nº 20-25154425-6, con domicilio en Guayaquil Nº 1250 de la

ciudad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, donde se desarrollan actividades con el

rubro “MANUFACTURA Y CORTE DE ESPUMA DE POLIURETANO”, el Certificado

de Aptitud Ambiental de Primera Categoría, de acuerdo con lo establecido por la Ley N°

11459 y su Decreto Reglamentario N° 1741/96 y conforme con lo dispuesto por el

Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, a través de la Dirección Provincial de

Evaluación de Impacto Ambiental.*****

***** Déjase constancia que el presente tiene validez por el término de dos (2) años a partir

de la fecha del presente decreto, y que en caso de existir ampliaciones, modificaciones o

cambios en sus procesos, deberá procederse conforme lo dispone el Art. 57º del citado

Decreto Reglamentario. *****

** EXTIENDO el presente que firmo y sello en San Isidro, con fecha, 1 de febrero de 2019.-**

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Page 67: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

67

Ref.: Expte. Nro. 15274-S-2016.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 4 6

VISTO las presentes actuaciones; y

Considerando:

QUE las mismas fueron iniciadas en relación al

estado de abandono en que se encuentra el predio sito en la calle Sarmiento Nº 71 de la

ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido;

QUE el estado actual del predio riñe con pautas

elementales de la higiene urbana, lo cual genera un riesgo para la salubridad y seguridad de

la población, reuniéndose los extremos previstos en la Ordenanza General Nº 38 y su

Decreto Reglamentario Nº 2860/92;

QUE la Ordenanza General Nro. 38 autoriza la

ocupación de inmuebles que se hallen en estado de abandono y que por razones de higiene o

seguridad, afecten los intereses de la comunidad.

QUE mediante Decreto Nº 2860/92 se

reglamentó en el ámbito del Partido dicha norma general, estableciéndose un sistema mucho

más ágil a los efectos de lograr los objetivos buscados por aquella;

QUE a mérito de lo expuesto, se considera

correspondiente aplicar la normativa general al caso particular, procediéndose al dictado del

acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Ocupar preventivamente el inmueble ubicado en la calle Sarmiento Nº

************* 71 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, Nomenclatura

Catastral: Circunscripción III, Sección E, Manzana 332, Parcela 23, por hallarse reunidos a

su respecto los extremos previstos en la Ordenanza General Nro. 38 y su Decreto

Reglamentario Nro. 2860/92.-

ARTÍCULO 2°.- Dar intervención a la Dirección General de Rentas, Subdirección de

************* Catastro y Subsecretaría de Inspección General a los efectos de los

artículos 3º (Párrafo 3º) y 6º del Decreto Nro. 2860/92.-

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68

Ref.: Expte. Nro. 15274-S-2016.-

//…

ARTÍCULO 3°.- Cumplimentado que sea lo dispuesto en el artículo anterior, lábrese

************* acta en la que se dejará constancia de lo resuelto en el artículo 1º y del

estado en que se halle el inmueble, designándose a tales efectos al funcionario a cargo de la

Subsecretaría de Inspección General o al que éste designe.-

ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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Ref.: Expte. N° 5312-D-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 4 7

VISTO los presentes actuados; y

Considerando:

QUE a los efectos de la fiscalización de la obra y

realización de las diferentes tareas infra detalladas, referentes a los trabajos de

“REPAVIMENTACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE DESAGÜE PLUVIAL EN EL

ACCESO AL PARQUE PÚBLICO DEL PUERTO”, adjudicados en el marco de la

Licitación Pública N° 17/2018 a la empresa “MASTER OBRAS S.A.” por Decreto N°

2174/2018 de fecha 24 de octubre del 2018 - Orden de Compra N° 10557/2018, y atento no

contar dentro de la planta municipal ordinaria con personal técnico idóneo suficiente para

cumplimentar efectivamente las tareas previstas, se procede en el presente caso a la

designación de un Representante Técnico;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Designar Inspector Técnico de la obra “REPAVIMENTACIÓN Y

************* CONSTRUCCIÓN DE DESAGÜE PLUVIAL EN EL ACCESO AL

PARQUE PÚBLICO DEL PUERTO”, adjudicada en el marco de la Licitación Pública N°

17/2018 a la empresa “MASTER OBRAS S.A.” por Decreto N° 2174/2018 de fecha 24 de

octubre del 2018 - Orden de Compra N° 10557/2018, a la Ingeniera Civil Marta

ARANCIBIA, DNI Nº 13.484.006.-

ARTÍCULO 2º.- El profesional designado en el artículo precedente, percibirá en

************* concepto de única remuneración y en caso de que la obra continúe en su

ejecución, el dos por ciento (2%) del monto de obra realizada y debidamente autorizada,

importe que la empresa contratista deberá deducir del monto a cobrar de sus certificados de

obra, variaciones de costo y/o adicionales o ampliaciones.-

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70

Ref.: Expte. N° 5312-D-2018.-

//…

ARTÍCULO 3º.- La presente designación se realiza a efectos que el

************** profesional proceda a:

a) Revisión y visación de las Especificaciones Técnicas y Particulares para la construcción

de la obra.

b) Verificación de los términos contractuales.

c) Visación de modificaciones y/o incrementos de obra y cálculos de los costos respectivos.

d) Recepción provisoria y definitiva de los trabajos.

e) Asesoramiento técnico a la Municipalidad.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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71

Ref.: Expte. Nro. 15591-G-2012.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 4 8

VISTO lo actuado en el presente expediente

administrativo; y

Considerando:

QUE obra en autos la prórroga del Contrato de

Locación oportunamente suscripto entre el Sr. Mario PIAZZA, CUIT Nº 20-28232840-3, y

la Municipalidad de San Isidro, por la cual se acuerda extender el plazo de la locación por el

término de veinticuatro (24) meses, respecto del inmueble ubicado en la calle Obispo

Terrero Nº 38 de este Partido;

QUE corresponde registrar el mismo, dando con

ello aprobación oficial a la gestión comprometida en el acto de que se trata;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Registrar la prórroga del Contrato de Locación oportunamente

************* suscripto entre el Sr. Mario PIAZZA, CUIT Nº 20-28232840-3, y la

Municipalidad de San Isidro, por la cual se acuerda extender el plazo de la locación por el

término de veinticuatro (24) meses, respecto del inmueble ubicado en la calle Obispo

Terrero Nº 38 de este Partido.-

ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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PRÓRROGA CONTRATO DE LOCACIÓN

Entre el Sr. Mario Piazza, con DNI 28.232.840, CUIT 20-28232840-3, con domicilio en la

calle Ricardo Gutierrez número 2184, de la Localidad de Olivos, Partido de Vicente Lopez,

Provincia de Buenos Aires, en su carácter de administrador designado en los autos

caratulados: “PIAZZA, MARIO s/Sucesión Ab-Intestato” (Expte. Nro. 72396) que tramitan

por el Juzgado en lo Civil y Comercial Nro. 2 del Departamento Judicial de San Isidro, en

adelante denominado “LA LOCADORA” por una parte, y el Intendente Municipal, Dr.

Gustavo Posse, con suficientes facultades para este acto, cuya firma es refrendada para este

acto por la Sra. Secretaria Legal y Técnica, Dra. María Rosa García Minuzzi, con domicilio

en 9 de Julio 526, San Isidro, en adelante denominado “LA LOCATARIA”, por otra parte, y

en atención:

Que con fecha 4 de enero de 2016 las partes celebraron un contrato de locación por el

inmueble sito en la calle Obispo Terrero número 38, de la localidad y Partido de San Isidro,

Provincia de Buenos Aires, el cual venció el 2/01/2019.

Que con fecha 20 de diciembre 2016 “LAS PARTES” celebraron una Adenda en relación al

precio de la locación.

Que es intención de las partes renovar por dos años el mencionado contrato.

Por lo expuesto las partes CONVIENEN:

PRIMERA: Prorrogar el contrato de locación celebrado con fecha 4 de enero de 2016, por

el término de veinticuatro (24) meses, contados a partir del 3 de enero de 2109 hasta el 31 de

diciembre de 2020.

SEGUNDA: Las partes fijan el precio de la locación en la Suma de PESOS CUARENTA Y

CUATRO MIL QUINIENTOS ($ 44.500.-) mensuales para los primeros doce meses, para el

período comprendido del 03/01/2019 al 31/12/2019, y la Suma de PESOS CINCUENTA Y

TRES MIL CUATROCIENTOS ($53.400.-) mensuales para los doce meses restantes, es

decir por el período comprendido del 01/01/2020 al 31/12/2020 pagaderos por adelantado

del 1 al 10 de cada mes, en la Tesorería Municipal sita en la Av. Centenario Nro. 77, Piso

primero, de la Ciudad y Partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires.

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TERCERA: Ratificar los términos del contrato celebrado con fecha 04/01/2016, en cuanto

no sean modificados por el presente.

EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, firman las partes dos (2) ejemplares de un mismo

tenor y a un solo efecto en la Ciudad de San Isidro, a los siete días del mes de enero del año

2019.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Mario Piazza

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74

Ref.: Expte. Nro. 17003-M-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 4 9

VISTO lo solicitado a fojas 1 por el Sr. Walter

MAIDANA, respecto del trámite de baja automotor iniciado en este municipio; y

Considerando:

QUE el contribuyente abonó el total de la deuda

a diciembre del 2018 para solicitar la baja por hurto, cuando solo correspondía abonar la

deuda por el año 2010, dado que el 19 de noviembre del 2010 cambio de radicación al

Municipio de José C. Paz;

QUE el total abonado en demasía fue de Pesos

Cinco Mil Quince con 04/100 ($ 5.015,04);

QUE a fojas 19 la Dirección de Tesorería

General, deja constancia del efectivo ingreso de dichos valores al municipio;

QUE de conformidad a lo informado, este

Departamento Ejecutivo promueve el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Reintegrar al Sr. Walter Julio MAIDANA, DNI N° 27.159.449, la

************* suma de PESOS CINCO MIL QUINCE CON CUATRO CENTAVOS

($ 5.015,04), abonados erróneamente a este Municipio.-

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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Ref. Expte. Nº 16963-F-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 5 0

VISTO la nota presentada por la

“ASOCIACIÓN CIVIL AYUDA AL PACIENTE ONCOLÓGICO (Fundación

A.C.I.A.P.O.)”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago honorarios profesionales; gastos de salidas

recreativas y lúdicas (transporte, comida y elementos para recreación); elementos para tareas

administrativas; compra de artículos de almacén para refrigerio en la sala de Quimioterapia y

salas de espera de pacientes, y elementos de difusión gráfica y digital;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS

SEISCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 650.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de

PESOS SESENTA Y CINCO MIL ($ 65.000,00), con oportuna rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “ASOCIACIÓN CIVIL AYUDA AL PACIENTE ONCOLÓGICO

(Fundación A.C.I.A.P.O.)”, por la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA MIL

($ 650.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS SESENTA Y CINCO MIL

($ 65.000,00), con oportuna rendición de cuentas, destinado a solventar el pago honorarios

profesionales; gastos de salidas recreativas y lúdicas (transporte, comida y elementos para

recreación); elementos para tareas administrativas; compra de artículos de almacén para

refrigerio en la sala de Quimioterapia y salas de espera de pacientes, y elementos de difusión

gráfica y digital.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente

************* autorizada/s a tal efecto.

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76

Ref. Expte. Nº 16963-F-2018.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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77

Ref. Expte. Nº 17144-D-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 5 1

VISTO el Decreto Nº 2550 de fecha 17 de

diciembre de 2018, obrante a fojas 4; y

Considerando:

QUE mediante el mismo se dispuso el cese de la

trabajadora Marina Fernanda SALEH (Legajo Nº 53.840) a partir del 1º de enero de 2019;

QUE corresponde modificar la fecha de dicho

cese, atento lo informado mediante nota de la Subdirección de Jubilaciones y Pensiones de la

Dirección General de Recursos Humanos;

QUE se procede en consecuencia a proyectar el

acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Modificar el artículo 1º del Decreto Nº 2550 de fecha 17 de diciembre

************* de 2018, quedando rectado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 1º.- Disponer el cese a partir del 1º de marzo de 2019 de la trabajadora

************** Marina Fernanda SALEH (Legajo Nº 53.840), M.I. Nº 16.560.744,

Clase 1963, con treinta y siete (37) horas módulos (J: 1.1.1.01.06.000 -C: 21 -O: 1.2.1.03),

y funciones en la Coordinación de Talleres de los Talleres Extraprogramáticos de la

Dirección General de Educación, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio.-”

ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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Ref. Expte. Nº 9226-D-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 5 2

VISTO el Decreto Nº 1491 de fecha 20 de julio

de 2018; y

Considerando:

QUE mediante el mismo fue dispuesto el cese

para acogerse al beneficio jubilatorio de la trabajadora Liliana Mabel COUSO (Legajo Nº

17.135);

QUE es necesario modificar el artículo 1º del

mencionado Decreto en relación al motivo que dispuso dicho cese;

QUE se procede en consecuencia a proyectar el

acto administrativo, que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

D e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Modificar el artículo 1º del Decreto Nº 1491 de fecha 20 de julio de

************* 2018, quedando rectado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 1º.- Disponer el cese de actividades, a partir del 1º de octubre de 2018, de

************** la trabajadora Liliana Mabel COUSO (Legajo Nº 17.135), M.I. Nº

11.355.099, Clase 1954, con la retribución de Profesional Hospital A 36 horas (202) - (J:

1.1.1.01.09 -C:01.01 -O: 1.1.1.09), y actividad de Farmacéutica en la Fábrica de

Medicamentos, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio.-

ARTÍCULO 2º.- Mantener en todas sus partes y consecuencias los alcances del Decreto

************* Nº 1491 de fecha 20 de julio de 2018.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 79: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

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Ref. Expte. Nº 4400-D-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 5 3

VISTO el Dictamen de la Junta Médica

Provincial obrante en el Expediente Nº 4400-D-2018 del Instituto de Previsión Social de la

Provincia de Buenos Aires, en el cual se hace constar la incapacidad laboral del trabajador

Carlos Alberto MONACO (Legajo Nº 60.830); y

Considerando:

QUE dicho trabajador ha tomado conocimiento

de lo resuelto por la Dirección de Reconocimientos Médicos Provincial en el mencionado

expediente;

QUE se encuentra en condiciones de acogerse al

beneficio jubilatorio;

QUE la Subdirección de Jubilaciones y

Pensiones, de la Dirección General de Recursos Humanos, solicita se proyecte el

instrumento legal de cese del trabajador a los fines jubilatorios por incapacidad laboral a

partir del 1º de enero del 2019;

QUE de acuerdo con lo establecido por el

artículo 33º inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese del trabajador a

los fines jubilatorios, el mismo tendrá derecho de seguir percibiendo un importe mensual en

este caso correspondiente al sesenta y cinco por ciento (65%) de sus haberes, a partir del 1º

de enero de 2019 y hasta que se otorgue el beneficio como anticipo de su jubilación;

QUE, obra en autos el convenio con la

conformidad del beneficiario,

QUE en consecuencia corresponde realizar el

acto administrativo que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

Page 80: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

80

Ref. Expte. Nº 4400-D-2018.-

//…

ARTÍCULO 1º.- Dar por concluida la relación de empleo con la Administración

************* Municipal, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio por incapacidad

laboral del trabajador Carlos Alberto MONACO (Legajo Nº 60.830), M.I. Nº: 11.564.116,

Clase 1955, con categoría 06 (48) (J:1.1.1.01.09.000 – C:29 -O:1.2.1.01.),y funciones de

mucamo en el Hospital Municipal Ciudad de Boulogne, a partir del 1º de enero de 2019.-

ARTÍCULO 2º.- Agradecer los importantes servicios prestados a lo largo de su

************* Trayectoria en esta Comuna.-

ARTÍCULO 3º.- probar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y el ex

************* trabajador Carlos Alberto MONACO (Legajo Nº 60.830), mediante el

cual el Municipio abonará el importe correspondiente al Sesenta y Cinco Por Ciento (65%)

de los haberes computables a los fines previsionales, a partir del 1º de enero de 2019, como

anticipo de su jubilación y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio.- El anticipo

jubilatorio asciende a la suma mensual de Pesos nueve mil cuatrocientos treinta y dos

($ 9.432,00).-

ARTÍCULO 4º.- El convenio cuya aprobación dispone el artículo precedente, pasa a

************* formar parte del presente Decreto.-

ARTÍCULO 5º.- El pago del anticipo cesará automáticamente si con anterioridad al plazo

************* estipulado fuera otorgado el beneficio previsional.-

ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese y comuníquese al Instituto

************* de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de

un ejemplar del convenio.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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Ref.: Expte. N° 562-D-2019.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 5 4

VISTO las actuaciones obrantes en autos; y

Considerando:

QUE en las mismas se solicita se declare de

Interés Municipal las “Ferias de Emprendedores SI”, a llevarse a cabo durante el corriente

año en distintos puntos del Partido, con un calendario a definir mensualmente;

QUE la citada propuesta, en la que los

concurrentes podrán encontrar stands de diversos rubros como prendas de diseño, accesorios

y gastronomía, entre otros; forma parte del programa Encuentro de Emprendedores, siendo

una iniciativa organizada por la Comuna con la colaboración del Ministerio de Desarrollo

Social de la Provincia de Buenos Aires, con el objeto fomentar la actividad económica local;

QUE dada las características y actividades a

desarrollarse, los citados encuentros pueden suspenderse por factores climáticos y/o ajenos a

su parte organizativa, siendo reprogramados en tal caso, fuera de las fechas estipuladas;

QUE este Departamento Ejecutivo comparte y

promueve estas iniciativas, por lo que corresponde el dictado del acto administrativo

pertinente, auspiciando este emprendimiento;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Declarar de Interés Municipal a las “Ferias de Emprendedores SI”,

************* a llevarse a cabo durante todo el corriente año en distintos puntos del

Partido, con un calendario a definir mensualmente; pudiendo suspenderse por factores

climáticos y/o ajenos a su parte organizativa, siendo reprogramados en tal caso, fuera de las

fechas estipuladas.-

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos correspondientes a la Partida del

Presupuesto General de Gastos vigente.-

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82

Ref.: Expte. N° 562-D-2019.-

//…

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MGV

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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83

Ref. Expte. Nº 17510-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 5 5

VISTO la actividad que desarrolla el Centro de

Llamadas Telefónicas (Call Center) respecto a los contribuyentes alcanzados por las tasas

que devienen del desarrollo comercial (Inspección de Comercios e Industrias, Publicidad,

Ocupación de la Vía Pública, Ocupación del Espacio Aéreo, entre otros.); y

Considerando:

QUE el servicio permite informar no solamente

sobre la situación fiscal y los mecanismos disponibles para la regularización de las cuentas

con deudas, sino también, mantener una comunicación fluida con los titulares de las cuentas

corrientes;

QUE la modalidad de cuantificación del tributo

comercial adoptada desde el año 2012, necesita de un servicio adicional de comunicación

sencilla entre la administración y los responsables tributarios, habida cuenta que la base

imponible de Ingresos Brutos deberá ser informada durante los bimestres indicados en cada

Ordenanza Fiscal anual y este centro de llamadas establecerá un vínculo diferente entre el

municipio y los vecinos, abarcando temas diversos;

QUE para esta tarea se considera necesario

destinar personal con conocimientos respecto a los tributos que se cobran en la

Municipalidad, como así también de los mecanismos de regularización disponibles y otras

cuestiones que puedan orientar al vecino sobre el particular;

QUE el horario para la realización de las

comunicaciones se ha fijado a partir de las 14:00 hs y hasta las 17:00 hs, pudiendo

extenderse o modificarse en un futuro si las circunstancias lo requiriesen;

QUE, teniendo en cuenta el resultado

satisfactorio del servicio, resulta beneficioso continuar con el mismo durante el año 2019,

bajo la modalidad autorizada por Decreto Nro. 213/2018;

QUE la cantidad de agentes destinados a esta

labor, en principio, será de cuatro (4) operadores de líneas telefónicas para la comunicación

directa con los contribuyentes y un (1) supervisor general de las tareas;

QUE las tareas antes mencionadas encuadran en

el Artículo 12° “Tareas Especiales” de la Ordenanza N° 9069;

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84

Ref. Expte. Nº 17510-2018.-

//…

QUE, en virtud de lo expuesto procede el dictado

del pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Prorrogar para el ejercicio correspondiente al año 2019 las

************* tareas del Centro de Llamadas Telefónicas relacionadas con el desarrollo

de la actividad comercial, que viene efectuando el personal autorizado por el Departamento

Ejecutivo, hasta un máximo de cuatro (4) operadores y un (1) supervisor.-

ARTÍCULO 2º.- Establecer un valor de hasta Pesos Dos Mil Ochocientos ($ 2.800,00)

************* mensuales para cada operador y de Tres Mil Doscientos ($ 3.200)

mensuales para el supervisor, sobre la base de seis (6) horas semanales.-

ARTÍCULO 3º.- Dichas tareas deberán realizarse en el horario de 14:00 a 17:00 hs,

************* pudiendo extenderse o modificarse en un futuro si las circunstancias lo

requiriesen.-

ARTÍCULO 4º.- Lo dispuesto en los artículos precedentes tendrá vigencia a partir del 1°

************* de enero de 2019.-

ARTÍCULO 5º.- La Secretaría Ejecutiva de la Agencia de Recaudación (ARSI) remitirá

************* mensualmente a la Dirección General de Recursos Humanos, a los

efectos del pago, la nómina de los trabajadores que hayan realizado las tareas con los

importes correspondientes a cada uno, las que serán abonadas al mes subsiguiente al del

trabajo efectivamente realizado.-

ARTÍCULO 6º.- Dejar establecido que las tareas mencionadas en el Artículo 1°

************* encuadran en el Artículo 12° “Tareas Especiales” de la Ordenanza N°

9069 y se atenderán con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto

General de Gastos en vigencia.-

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85

Ref. Expte. Nº 17510-2018.-

///…

ARTÍCULO 7º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION mf

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 86: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

86

Ref.: Expte. Nro. 253-D-2019.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 5 6

VISTO el pedido de Suministro Nro. 600-

749/2019; y

Considerando:

QUE el importe de los trabajos a efectuarse

como consecuencia de aquel excede la suma de $ 689.099,00, por lo que en virtud de lo

dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades y el informe obrante a fojas 37,

corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Llamar a Licitación Privada Nro. 28/2019, para la contratación de los

************* “TRABAJOS DE PINTURA INTERIOR Y EXTERIOR, DESTINO:

JARDIN DE INFANTES Nº 906”.-

ARTÍCULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 8 de febrero del 2019, a las

************* 09:30 horas en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario

Nro. 77 -1er piso-, San Isidro.-

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.06.000-3, Categoría

Programática 21, Objeto del Gasto 5.1.4.31, del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION M.F

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 87: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

87

Ref. Expte. Nº 16957-F-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 5 7

VISTO la nota presentada por la “FUNDACIÓN

AL REPARO PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LAS CAPACIDADES

HUMANAS”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago honorarios profesionales; sueldos y cargas sociales

del personal; pago de servicios y seguros; compra de artículos y elementos para tareas

administrativas, de limpieza, comida, insumos veterinarios, elementos de talabartería para

los caballos y material didáctico para actividades de los asistentes;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS

CATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL ($ 471.000,00), pagadero en diez (10) cuotas

iguales de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL CIEN ($ 47.100,00), con oportuna de

rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “FUNDACIÓN AL REPARO PARA EL DESARROLLO

INTEGRAL DE LAS CAPACIDADES HUMANAS”, por la suma de PESOS

CATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL ($ 471.000,00), pagadero en diez (10) cuotas

iguales de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL CIEN ($ 47.100,00), con oportuna de

rendición de cuentas, destinado a solventar el pago honorarios profesionales; sueldos y

cargas sociales del personal; pago de servicios y seguros; compra de artículos y elementos

para tareas administrativas, de limpieza, comida, insumos veterinarios, elementos de

talabartería para los caballos y material didáctico para actividades de los asistentes.-

Page 88: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

88

Ref. Expte. Nº 16957-F-2018.-

//…

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente

************* autorizada/s a tal efecto.

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 89: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

89

Ref.: Expte. Nro. 984-D-2019.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 5 8

VISTO el pedido de Suministro Nro. 600-

15/2019; y

Considerando:

QUE el importe de los trabajos a efectuarse

como consecuencia de aquel excede la suma de $ 689.099,00, por lo que en virtud de lo

dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades y el informe obrante a fojas 24,

corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Llamar a Licitación Privada Nro. 41/2019, para la “PROVISIÓN DE

************* MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA REALIZAR TRABAJOS

VARIOS EN EL JARDIN DE INFANTES MUNICIPAL Nº 6, EL ZORZALITO”.-

ARTÍCULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 12 de febrero del 2019, a las

************* 10:30 horas en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario

Nro. 77 -1er piso-, San Isidro.-

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.06.000-3, Categoría

Programática 21, Objeto del Gasto 5.1.4.31, del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION M.F

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 90: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

90

Ref.: Expte. Nro. 985-D-2019.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 5 9

VISTO el pedido de Suministro Nro. 600-

35/2019; y

Considerando:

QUE el importe de los trabajos a efectuarse

como consecuencia de aquel excede la suma de $ 689.099,00, por lo que en virtud de lo

dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades y el informe obrante a fojas 21,

corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Llamar a Licitación Privada Nro. 42/2019, para la “PROVISIÓN DE

************* MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA TRABAJOS DE

INSTALACION SANITARIA, ALBAÑILERIA Y OTROS EN EL JARDIN DE

INFANTES MUNICIPAL Nº 4”.-

ARTÍCULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 12 de febrero del 2019, a las

************* 11:30 horas en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario

Nro. 77 -1er piso-, San Isidro.-

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.06.000-3, Categoría

Programática 21, Objeto del Gasto 5.1.4.31, del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION M.F

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 91: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

91

Ref.: Expte. N° 17072-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 6 0

VISTO el Decreto Nº 414/2013 mediante el cual

se creó el sistema de Gestión Ciudadana, cuyo objetivo principal es la modernización de

trámites y registro voluntario de vecinos ciudadanos con el propósito de facilitar el acceso a

los servicios municipales; y

Considerando:

QUE se estableció la implementación del

sistema, emisión de credenciales estadística y demás funciones a cargo de la Oficina de

Gestión Ciudadana;

QUE la puesta en marcha del sistema requiere la

interacción de las diferentes áreas municipales para el registro de los usuarios de los

servicios y la emisión de su correspondiente y única credencial, y al mismo tiempo la

difusión que genere el registro de aquellos ciudadanos que voluntariamente lo soliciten;

QUE dicha actividad requiere el registro,

procesamiento, actualización (RPA) en el sistema informático de Gestión Ciudadana de cada

inscripción solicitada o adecuación para la entrega de la credencial tarjeta;

QUE dicha tarea será realizada por agentes de

distintas dependencias municipales a requerimiento de la oficina de Gestión Ciudadana y

fuera del horario habitual de jornada laboral bajo la modalidad de “Tareas Especiales”

conforme el Artículo 12º de la Ordenanza Nº 9069;

QUE por lo expuesto se hace necesario

establecer el mecanismo y monto a abonar por tales tareas;

QUE en consecuencia corresponde la confección

del pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar al personal de las distintas dependencias municipales a

************* requerimiento de la Oficina de Gestión Ciudadana, a realizar las tareas de

registro, procesamiento, actualización y adecuación en el sistema informático de Gestión

Ciudadana de cada inscripción solicitada y/o adecuación para la entrega de la credencial

tarjeta (RPA).-

Page 92: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

92

Ref.: Expte. N° 17072-2018.-

//…

ARTÍCULO 2º.- Dichas tareas deberán efectuarse fuera del horario normal de trabajo,

************* estableciéndose un monto a abonar a partir del 1º de Enero hasta el 31 de

Diciembre del corriente año, de PESOS SEIS ($ 6) por cada tarea realizada por cada agente.

La Oficina de Gestión Ciudadana, remitirá mes a mes a la Dirección General de Recursos

Humanos, a los efectos del pago, la nómina de los agentes que las hayan realizado, y serán

abonadas al mes subsiguiente al del trabajo efectivamente realizado.-

ARTÍCULO 3º.- Dejar establecido que las tareas mencionadas en el artículo 1º,

************* encuadran en el Artículo 12º “Tareas Especiales” de la Ordenanza Nº

9069 y se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto

General de Gastos en vigencia.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 93: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

93

Ref.: Expte. N° 931-D-2019.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 6 1

VISTO lo solicitado por la Subsecretaría

General de Inspecciones, Registros Urbanos y Tránsito, respecto de la necesidad de llevar a

cabo las tareas de inspecciones de comercios en horas de la noche, los días jueves, viernes,

sábados y vísperas de feriados; y

Considerando:

QUE dichas labores se llevarán a cabo en la

totalidad del Partido, requiriendo personal capacitado para afectar a dicha tarea, debiéndose

contar con siete (7) inspectores, los cuales desempeñarán las funciones entre las 22:00 horas

y las 06:00 horas del día siguiente;

QUE para su realización se solicita el pago por

trabajo a destajo para los agentes que puedan realizar las tareas antes citadas, de la suma de

$ 1.260 a cada uno de ellos, por noche;

QUE el Departamento Ejecutivo promueve el

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Autorizar al personal dependiente de la Subsecretaría General de

************* Inspecciones, Registros Urbanos y Tránsito, a llevar a cabo las tareas de

inspecciones de comercios en horas de la noche, dentro del ámbito del Partido, los días

jueves, viernes, sábados y vísperas de feriados, requiriendo de una cantidad de personal

capacitado de hasta siete (7) inspectores, los cuales desempeñarán las funciones entre las

22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente.-

ARTÍCULO 2º.- Abonar la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS SESENTA ($ 1.260)

************* para cada agente, en virtud de la tarea realizada.-

ARTÍCULO 3°.- Dejar establecido que las tareas mencionadas en el artículo 1º, encuadran

************* en el Artículo 12º “Tareas Especiales” de la Ordenanza Nº 8919 y se

atenderán con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto General de

Gastos en vigencia.-

Page 94: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

94

Ref.: Expte. N° 931-D-2019.-

//…

ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 95: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

95

Ref. Expte. Nro. 5364-C-2010.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 6 2

VISTO la presentación efectuada en autos por la

Sra. Maria Feliciana CASCO, solicitando su inclusión dentro de los alcances de las normas

vigentes, respecto de la exención de pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios

Generales; y

Considerando:

QUE las circunstancias del caso encuadran en los

alcances de la Ordenanza Fiscal pertinente conforme al artículo 58° inciso 3 D) de la

mentada normativa, procediendo en virtud de ello el otorgamiento del beneficio solicitado en

autos en un 100% para el año 2018;

POR ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Eximir del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios

************* Generales, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 58° inciso 3 D) de la

Ordenanza Fiscal pertinente, en un 100% para el año 2018, a excepción de las cuotas que a

la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno, a la Sra. Maria

Feliciana CASCO, con domicilio en la calle Murature Comodoro N° 2415 - Torre C - Piso 5

- Dpto. “B” de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, Cuenta Corriente N°

751.345.-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección Gral. de Rentas y la Subdirección de

************* Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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96

Ref.: Expte. N° 14485-CH-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 6 3

VISTO lo solicitado en estas actuaciones,

respecto de la devolución del pago abonado en forma indebida en concepto de Impuesto a

los Automotores, que recae sobre el dominio 957GLP, cuyo titular es el Sr. Juan Pablo

Chevallier Boutell; y

Considerando:

QUE el recurrente abonó el día 25 de agosto de

2018 las cuotas 01 y anual;

QUE el total abonado por error asciende a la

suma de PESOS UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS ($ 1.676);

QUE Contaduría General efectuó la imputación

preventiva del caso;

QUE este Departamento Ejecutivo promueve el

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Reintegrar al Sr. Juan Pablo Chevallier Boutell –DNI n° 21.831.363-, con

************* domicilio en la calle Carlos Gardel N° 78 de la Ciudad de Boulogne, la

suma de PESOS UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS ($ 1.676), en concepto de

Impuesto a los Automotores, que recae sobre el dominio 957GLP.-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 97: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

97

Ref. Expte. Nº 17506-2018

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 6 4

VISTO las guardias autorizadas para atención al

público los días sábados, por parte del personal dependiente de la Dirección General de

Rentas y Tesorería General; y

Considerando:

QUE, desde hace años se ha dispuesto un pago

diferencias en compensación para las mismas, a los fines de incentivar la concurrencia del

personal a cubrirlas, disminuyendo el tiempo de espera en la realización de trámites de

muchos contribuyentes con dificultades para presentarse los días de semana;

QUE, teniendo en cuenta el resultado

satisfactorio del servicio, a fin de brindar un servicio a la comunidad y teniendo en cuenta

que, además, resulta positivo desde el punto de vista recaudatorio, resulta beneficioso

continuar con el mismo durante el año 2019;

QUE se propone determinar un valor fijo por

guardia de cuatro (4) horas los días sábados y por trabajador, independientemente de la

categoría que el mismo posee para el cobro de haberes, determinándose asimismo un

máximo de personal por día y por área;

QUE las tareas antes mencionadas encuadran en

el Artículo 12° “Tareas Especiales” de la Ordenanza N° 9069;

QUE, en virtud de lo expuesto procede el dictado

del pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Prorrogar para el ejercicio correspondiente al año 2019 las

************* guardias para atención al público los días sábados, que viene efectuando

el personal dependiente de la Dirección General de Rentas y Tesorería General.-

Page 98: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

98

Ref. Expte. Nº 17506-2018.-

//…

ARTÍCULO 2º.- Establecer un valor de Pesos novecientos cincuenta ($ 950,00)

************* por cada guardia a abonar a cada agente que concurra cuatro (4) horas los

días sábados, independientemente de la categoría que posea para el cobro de sus haberes,

fijando el máximo de personas que realizarán las tareas en catorce (14), distribuidas de la

siguiente manera: diez (10) trabajadores pertenecientes a las Subdirecciones de Procuración

de Cobro y Tasas Inmobiliarias y las Direcciones de Coordinación de Tasas y Tasas Varias,

dependientes de la Dirección General de Rentas y cuatro (4) trabajadores para la atención de

las cajas de Tesorería General, incluyendo para cada dependencia en estos totales a un (1)

supervisor por área.-

ARTÍCULO 3º.- Lo dispuesto en los artículos precedentes tendrá vigencia a partir del 1°

************* de enero de 2019.-

ARTÍCULO 4º.- La Secretaría Ejecutiva de la Agencia de Recaudación (ARSI) remitirá

************* mensualmente a la Dirección General de Recursos Humanos, a los

efectos del pago, la nómina de los trabajadores que hayan realizado las guardias y los

importes que a cada uno le corresponda percibir, tareas que serán abonadas al mes

subsiguiente al del trabajo efectivamente realizado.-

ARTÍCULO 5º.- Dejar establecido que las tareas mencionadas en el Artículo 1°

************* encuadran en el Artículo 12° “Tareas Especiales” de la Ordenanza N°

9069 y se atenderán con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto

General de Gastos en vigencia.-

ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION mf

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 99: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

99

Ref. Expte. Nº 16958-A-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 6 5

VISTO la nota presentada por la

“ASOCIACIÓN DE PADRES PARA LA CAPACITACIÓN LABORAL, INTEGRACIÓN

SOCIAL Y AYUDA MUTUA – A.P.A.C.I.L.A.M.”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de servicios; honorarios profesionales; costos de

reparación, refacción y pintura (materiales y mano de obra); y compra y reposición de

grifería, artefactos (cocina y sanitarios) y sillas;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS

TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 350.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de

PESOS TREINTA Y CINCO MIL ($ 35.000,00), con oportuna de rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “ASOCIACIÓN DE PADRES PARA LA CAPACITACIÓN

LABORAL, INTEGRACIÓN SOCIAL Y AYUDA MUTUA – A.P.A.C.I.L.A.M.”, por la

suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 350.000,00), pagadero en diez (10)

cuotas iguales de PESOS TREINTA Y CINCO MIL ($ 35.000,00), con oportuna de

rendición de cuentas, destinado a solventar el pago de servicios; honorarios profesionales;

costos de reparación, refacción y pintura (materiales y mano de obra); y compra y reposición

de grifería, artefactos (cocina y sanitarios) y sillas.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente

************* autorizada/s a tal efecto.-

Page 100: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

100

Ref. Expte. Nº 16958-A-2018.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 101: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

101

Ref.: Expte. N° 212-HCD-2018.-

SAN ISIDRO, 1 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 6 6

VISTO la Comunicación Nº 78 del Honorable

Concejo Deliberante obrante a fojas 4 de estas actuaciones; y

Considerando:

QUE de la misma surge la necesidad de reclamar

la plena aplicación de la Ley Nº 26.485/2009 de protección integral para prevenir, sancionar

y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones

interpersonales, así como también un plan nacional de integral para fortalecer la mirada de

género;

QUE en los últimos tiempos se viene registrando

un notable avance en distintas manifestaciones de violencia contra las mujeres, mucha de las

cuales culminan en femicidios;

QUE por tales razones es que el Honorable

Concejo Deliberante, a través de la Comunicación objeto de autos, solicita se declare de

Interés Municipal el día 4 de junio, como fecha de reconocimiento a la lucha contra la

violencia hacia las mujeres, realizando campañas de concientización y prevención de tal

problemática dentro de la jurisdicción del Partido;

QUE este Departamento Ejecutivo comparte y

promueve estas iniciativas, por lo que corresponde el dictado del acto administrativo

pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Declarar de Interés Municipal el día 3 de junio, como fecha de

************* reconocimiento a la Lucha contra la Violencia hacia las Mujeres.-

ARTÍCULO 2º.- Realizar durante todo el mes de junio campañas de concientización y

************* prevención que puedan visibilizar dicha problemática, incluyendo

campañas propagandistas en la vía pública, en todo el Municipio de San Isidro.-

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102

Ref.: Expte. N° 212-HCD-2018.-

//…

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos correspondientes a la Partida del

Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MGV

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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103

Ref. Expte. Nº 18045-D-2018.-

SAN ISIDRO, 4 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 6 7

VISTO la nota emanada de la Subdirección de

Jubilaciones y Pensiones, de la Dirección General de Recursos Humanos; y

Considerando:

QUE la trabajadora Mirta Esther RUIZ (Legajo

Nº 14.616), quien cumple funciones en Contaduría, se encuentra en condiciones de obtener

el beneficio jubilatorio;

QUE resulta aconsejable no desnaturalizar los

principios que inspiran la legislación previsional, tendientes a garantizar a todo trabajador

que haya cumplido determinada edad y tiempo de servicio, obtener el beneficio jubilatorio

correspondiente;

QUE de acuerdo con lo establecido por el

artículo 33º inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese de la trabajadora

a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo un importe mensual

en este caso correspondiente al setenta (70%) de sus haberes, hasta tanto se otorgue el

beneficio jubilatorio;

QUE obra en autos el convenio con la

conformidad de la beneficiaria;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Disponer el cese a partir del 1º de enero de 2019, a la

************* trabajadora Mirta Esther RUIZ (Legajo Nº 14.616), M.I.

Nº 10.896.110, Clase 1953, con categoría 12 (35) - (J:1.1.1.01.01.000-C:01.03-O:1.1.1.05)

y funciones administrativas en Contaduría, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio.-

ARTÍCULO 2º.- Agradecer los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa

************* trayectoria laboral.-

ARTÍCULO 3º.- Aprobar el convenio celebrado entre la Municipalidad de San

************* Isidro y la ex trabajadora Mirta Esther RUIZ (Legajo Nº 14.616), que

pasa a formar parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el

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104

Ref. Expte. Nº 18045-D-2018.-

//…

importe correspondiente al setenta (70%) de los haberes computables a los fines

previsionales, a partir del 1º de enero de 2019, como anticipo de su jubilación y hasta que se

le otorgue el beneficio jubilatorio, ascendiendo el monto de dicho anticipo a la suma

mensual de Pesos Catorce Mil Cuarenta y Seis ($ 14.046).-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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105

Ref.: Expte. N° 16613-A-2018.-

SAN ISIDRO, 4 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 6 8

VISTO el reclamo efectuado a fojas 1 de estas

actuaciones por el Sr. Juan Manuel Aberastain, DNI Nº 22.362.331, referente al pago por los

daños que manifiesta haber sufrido en el neumático delantero derecho del automóvil de su

propiedad, con motivo de un bloque de cemento desprendido del cordón de la vereda,

existente en la calle Tres de Febrero altura 1234 de la Ciudad de San Isidro, jurisdicción de

este Partido; y

Considerando:

QUE el requirente solicita se repongan dos

neumáticos y su balanceo. Adjunta como documental fotocopias de documento nacional de

identidad; título de propiedad del automotor; constancia de seguro; presupuestos; fotografías

del automotor; todo lo cual obra a fojas 2/15;

QUE llamada a intervenir la Asesoría Legal

Municipal, la misma se expide mediante Dictamen n° 8978 de fojas 18, manifestando que

los elementos recabados en estas actuaciones no alcanzan para dar por acreditados los

hechos denunciados ni una eventual responsabilidad de la Comuna;

QUE este Departamento Ejecutivo comparte en

un todo el criterio esgrimido por la citada dependencia, por lo que procede dictar el

pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- RECHAZAR el reclamo efectuado por el Sr. Juan Manuel Aberastain,

************* DNI Nº 22.362.331, referente al pago por los daños que manifiesta haber

sufrido en el neumático delantero derecho del automóvil de su propiedad, con motivo de un

bloque de cemento desprendido del cordón de la vereda, existente en la calle Tres de Febrero

altura 1234 de la Ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido; todo según sus dichos,

en un todo de acuerdo al Dictamen Nº 8978 de la Asesoría Legal Municipal.-

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106

Ref.: Expte. N° 16613-A-2018.-

//…

ARTÍCULO 2º.- Dejar constancia de que en el expediente de marras no se encuentra

************* acreditada la existencia de los hechos denunciados ni de los

derechos invocados por la peticionante, ni circunstancia de la que derive responsabilidad

alguna de parte del Municipio.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION MGV

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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107

Ref.: Expte. N° 15327-P-2013.-

SAN ISIDRO, 4 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 6 9

VISTO el reclamo efectuado a fojas 1/2 de estas

actuaciones por la Sra. Patricia Marta Penney, DNI Nº 12.801.409, por el que pretende

compensar los daños que dice haber sufrido en el inmueble sito en la calle Diego Palma 39

de la Ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, ocasionados según sus dichos por

una obra lindante, con la deuda que mantiene y que fuera generada por la falta de pago de la

Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales; y

Considerando:

QUE llamada a intervenir la Asesoría Legal

Municipal, la misma se expide mediante el informe de fojas 43, manifestando que a fojas

40/41, la Dirección General de Rentas acertadamente concluye que existen dos asuntos

derivados del planteo efectuado por la presentante. Uno de ellos es el problema edilicio

alegado, mientras que el otro es la deuda generada por la falta de pago de la Tasa por

Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, la que es percibida por el Municipio por la

contraprestación de un servicio, que nada tiene que ver con los conflictos que el

contribuyente pudiera tener con construcciones vecinas;

QUE se trata de dos situaciones que van por

carriles diferentes, siendo la Dirección General de Rentas quien puede aplicar la normativa

vigente en materia tributaria, dado que al formar parte del órgano de recaudación municipal

–ARSI-, es por mandato normativo, autoridad de aplicación en la cuestión relativa a los

tributos municipales;

QUE este Departamento Ejecutivo comparte en

un todo el criterio esgrimido por la citada Asesoría, por lo que procede dictar el pertinente

acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- RECHAZAR el reclamo efectuado por ella Sra. Patricia Marte Penney,

************* DNI Nº 12.801.409, por el que pretende compensar los daños que dice

haber sufrido en el inmueble sito en la calle Diego Palma 39 de la Ciudad de San Isidro,

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108

Ref.: Expte. N° 15327-P-2013.-

//…

jurisdicción de este Partido, y que según sus dichos fueran ocasionados por una obra

lindante, con la deuda que mantiene y que fuera generada por la falta de pago de la Tasa por

Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales – cuenta corriente nº 212074-; en un todo de

acuerdo al informe de fojas 43 emitido por la Asesoría Legal Municipal.-

ARTÍCULO 2º.- Dejar constancia de que en el expediente de marras no se encuentra

************* acreditada la existencia de los hechos denunciados ni de los

derechos invocados por la peticionante, ni circunstancia de la que derive responsabilidad

alguna de parte del Municipio.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION MGV

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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109

Ref. Expte: Nº 15252-CH-2018

SAN ISIDRO, 4 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 7 0

VISTO la presentación efectuada por el Sr. Raúl

Isidro Chullmir, en su carácter de Propietario, y el M.M.O. Dante Oscar Molechino, en su

carácter de Profesional actuante, respecto a la factibilidad de realizar la “Demolición Parcial,

Regularización, Ampliación y Cambio de Destino de Vivienda a Local Comercial” del

inmueble designado catastralmente como Circunscripción IV, Sección A, Manzana 47,

Parcela 23, ubicado con frente a la calle Colectora Norte Conscripto Marcelo Oscar Romero

Nº 475/79, de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido; y

Considerando:

QUE el predio se ubica en Zona Rmb2 – Radio

12, con usos de Zona Rmb1, según Punto 2.12 de la Hoja de Zona, conforme lo establece el

Código de Ordenamiento Urbano, siendo el nuevo destino solicitado de tratamiento

particular por las oficinas técnicas;

QUE por aplicación del Artículo 1.2.1.2.,

Apartado A, Inciso 11 del citado Código, es posible evaluar la regularización de la

construcción en Planta Alta ocupando el retiro de fondo, atento la situación constructiva de

las parcelas linderas;

QUE por lo expuesto, los organismos técnicos

que elaboraron los informes de fojas 25/26 opinan que, con el cumplimiento de los requisitos

que mediante el presente se determinarán, puede otorgarse la factibilidad consultada, criterio

que este Departamento Ejecutivo comparte, razón por la cual procede el dictado del acto

administrativo que así lo haga saber;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a

ARTÍCULO 1º.- Hacer saber al Sr. Raúl Isidro Chullmir, en su carácter de Propietario,

************* que se autoriza la “Demolición Parcial, Regularización, Ampliación y

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110

Ref. Expte: Nº 15252-CH-2018

//…

Cambio de Destino de Vivienda a Local Comercial” del inmueble designado catastralmente

como Circunscripción IV, Sección A, Manzana 47, Parcela 23, ubicado con frente a la

calle Colectora Norte Conscripto Marcelo Oscar Romero Nº 475/79, de la ciudad de

Martínez, jurisdicción de este Partido, según documentación de fojas 20 convenientemente

corregida.-

ARTÍCULO 2º.- Lo dispuesto en el artículo precedente, queda sujeto al cumplimiento

************* de las condiciones Urbanísticas, Ambientales, de Funcionamiento y

Administrativas, para la aprobación del proyecto definitivo, que a continuación se detallan:

A. Condiciones Urbanísticas:

A1. Los valores de FOS, FOT, Retiro de Frente, Altura Máxima y Superficie

Absorbente se ajustarán a lo establecido en la Hoja de Zona.

Las alturas máximas se tomarán a partir del nivel ±0.00 indicado en vereda en Planta Baja.

A2. Fondo Libre: se ajustará a lo establecido en la Hoja de Zona. Se autorizará la ocupación

del Retiro de Fondo en Planta Baja y Planta Alta de acuerdo a la propuesta presentada en

11,22m².

A3. Estacionamiento Vehicular: un (1) módulo de estacionamiento vehicular para el local

y un (1) módulo de carga y descarga.

Cumplir con lo establecido en el Artículo 1.2.2.1. del Código de Ordenamiento urbano.

B. Condiciones Ambientales

B1. Aceras Públicas.

Cumplir con lo establecido en la Tercera Parte – Título VI – Artículos 3.6. y subsiguientes

del Código de Edificación de San Isidro. Se tendrá en cuenta la situación particular de los

niveles de vereda.

B2. Muros Divisorios y Cercos de Frente.

Cumplir con lo establecido en el Artículo 1.2.1.6. del Código de Ordenamiento Urbano.

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111

Ref. Expte: Nº 15252-CH-2018

///...

B3. Forestación.

Cumplir con lo establecido en el Artículo 1.2.1.17. del Código de Ordenamiento Urbano,

Ordenanza N° 6610 y Decretos Nros. 972/1989 y 501/2010.

Como principio general, se deberá respetar la forestación existente dentro del predio y en la

vía pública.

De ser necesaria la extracción de alguna especi, por razones que así lo justifiquen, se iniciará

expediente de Forestación.

B4. Sistemas Reguladores y Retardadores de Agua de Lluvia.

Cumplir con lo establecido en los Artículos 1.2.2.25.2./3. del Código de Ordenamiento

Urbano.

Se presentará su cálculo en planos. De contar con un volumen superior a los 5,00 m3 , deberá

iniciarse Expediente por separado a tal fin ante la Dirección General de Obras Particulares,

quien evaluará el sistema adecuado, capacidad y ubicación del mismo.

B5. Consideraciones Generales de Obra.

Cumplir con lo establecido en los Decretos Nros. 1617/2014 y 1618/2014.

Los volquetes se ajustarán a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 7707.

B6. Residuos Domiciliarios: deberá contar con un lugar apto para contener los desechos del

inmueble, a fin de evitar que los mismos permanezcan en la vía pública hasta el horario de

su recolección municipal.

C. Condiciones de Funcionamiento:

C1. La actividad deberá verificar lo establecido en el Artículo 2.2.3.1. -Cuadro de Usos- del

Código de Ordenamiento Urbano.

C2. La carga y descarga de mercaderías deberá realizarse dentro del predio, en el sector

destinado a tal fin.

C3. Publicidad: de colocarse, será la mínima necesaria para el anuncio de la actividad,

colocándose dentro del predio sin sobrepasar el perfil del edificio y contará con aprobación

previa a su colocación.

C4. La Subsecretaría de Inspección General establecerá las demás condiciones de

funcionamiento y seguridad en oportunidad de gestionar la Habilitación.

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112

Ref. Expte: Nº 15252-CH-2018

////...

D. Condiciones Administrativas:

D1. Presentar los planos del proyecto definitivo ante la Dirección General de Obras

Particulares, quien, según área de competencia, verificará el resto de la normativa de

aplicación a fin de obtener el Permiso de Construcción, en el que se transcribirán todos los

condicionantes urbanísticos, ambientales, de funcionamiento y administrativos del presente

Decreto.

D2. Cumplir con lo establecido en la Quinta Parte – Título VIII – Artículos 5.8. y

subsiguientes del Código de Edificación de San Isidro, debiendo presentar Plano de

Instalaciones contra Incendio, firmado por profesional responsable y matriculado, para el

otorgamiento del Permiso de Construcción.

D3.Previo al otorgamiento del Permiso de Construcción, deberán adjuntarse las solicitudes

de factibilidad de conexión de los servicios de infraestructura de agua corriente, cloacas, y

electricidad.

D4. Cumplir las disposiciones de los Códigos de Ordenamiento Urbano y Edificación de

San Isidro en los aspectos constructivos, de habitabilidad y seguridad, con aplicación

supletoria del Código de Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y toda otra

normativa que, en el orden nacional, provincial y/o municipal resulten de aplicación.-

ARTÍCULO 3º.- Previo a la notificación del presente Decreto, la Dirección General

************* de Obras Particulares liquidará y verificará el pago del anticipo de los

Derechos de Construcción por Estudio de Planos, conforme lo dispone el Artículo 24,

Apartado A9 de la Ordenanza Impositiva vigente.-

ARTÍCULO 4º.- La vigencia del presente Decreto queda condicionada a que,

************* dentro de los ciento veinte (120) días de notificado el mismo, se haya

presentado toda la documentación para el pertinente Permiso de Construcción.-

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113

Ref. Expte: Nº 15252-CH-2018

/////...

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

AF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto Sr. Subsecretario General de Inspecciones y Registros Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. Perez

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114

Ref. Expte. Nº 799-D-2019.-

SAN ISIDRO, 4 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 7 1

VISTO la renuncia presentada por el trabajador

Miguel BALATTI (Legajo Nº 7.772), a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio,

conforme lo dispuesto por la Ley 9.650, a partir del 1º de enero del 2019, obrante a fojas 1;

y

Considerando:

QUE atento a lo normado por el Artículo 10º

inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza Nº 8850, se

deberá aceptar la misma;

QUE de acuerdo con lo establecido por el

artículo 33º inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese del trabajador a

los fines jubilatorios, el mismo tendrá derecho a seguir percibiendo en este caso el importe

correspondiente al setenta por ciento (70%) de sus haberes, a partir del 1º de enero del 2019

y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio;

QUE obra en autos el convenio con la

conformidad del beneficiario;

QUE en consecuencia, se procede al dictado del

pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el trabajador Miguel BALATTI

************* (Legajo Nº 7.772), M.I. Nº 12.801.276, Clase 1.958, con Categoría 13 -

(J:1.1.1.01.01.000.-C:01.04.-O:1.1.1.02.), incluido en los alcances de los artículos 14°

(Mayor Dedicación Horaria “23%”) y 17° (Bonificación por Función Personal Superior y

Jerárquico “18 %”), ambos de la Ordenanza N° 9069, y funciones de Jefe de Departamento,

en la Subdirección de Mesa de Entradas, a partir del 1º de enero del 2019, a efectos de

acogerse al beneficio jubilatorio.-

ARTÍCULO 2º.- Agradecer los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa

************* trayectoria laboral.-

Page 115: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

115

Ref. Expte. Nº 799-D-2019.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Aprobar el convenio suscripto entre la Municipalidad de San Isidro y el

************* ex trabajador Miguel BALATTI (Legajo Nº 7.772), que pasa a formar

parte del presente decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe correspondiente

al setenta por ciento (70%) de los haberes computables a los fines previsionales, a partir del

1º de enero de 2019 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio con cargo de reintegro. El

monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de pesos veintiocho mil

doscientos cuarenta y dos ($ 28.242,00).-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese.- Notifíquese.- Publíquese.- Comuníquese al Instituto de

************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un

ejemplar del convenio.- Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 116: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

116

Ref. Expte. Nº 803-D-2019.-

SAN ISIDRO, 4 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 7 2

VISTO la nota elaborada por la Subdirección de

Jubilaciones y Pensiones, de la Dirección General de Recursos Humanos; y

Considerando:

QUE la trabajadora Elsa Graciela VENTANA

(Legajo Nº 53.464), quien cumple funciones en el Hospital Central de San Isidro “Dr.

Melchor Ángel Posse”, se encuentra en condiciones de obtener el beneficio jubilatorio;

QUE resulta aconsejable no desnaturalizar los

principios que inspiran la legislación previsional, tendientes a garantizar a todo trabajador

que haya cumplido determinados plazos de edad y servicios, obtener el beneficio jubilatorio

correspondiente;

QUE de acuerdo con lo establecido por el

artículo 33º inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese de la trabajadora

a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo un importe mensual

en este caso correspondiente al cincuenta y dos por ciento (52%) de sus haberes, hasta

tanto se otorgue el beneficio jubilatorio;

QUE obra en autos el convenio con la

conformidad del beneficiario;

QUE se procede al dictado del pertinente acto

administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Disponer el cese a partir del 1º de enero del 2019, de la trabajadora Elsa

************* Graciela VENTANA (Legajo Nº 53.464), M.I. Nº 10.111.176, Clase

1.951, con categoría 07 (48) - (J:1.1.1.01.09.000.-C:28.-O:1.1.1.07.) y funciones de Mucama

en el Hospital Central de San Isidro “Dr. Melchor Ángel Posse”, a efectos de acogerse al

beneficio jubilatorio.-

ARTÍCULO 2º.- Agradecer los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa

************* trayectoria laboral.-

Page 117: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

117

Ref. Expte. Nº 803-D-2019.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Aprobar el convenio suscripto entre la Municipalidad de San Isidro y la

************* ex trabajadora Elsa Graciela VENTANA (Legajo Nº 53.464), que pasa a

formar parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe

correspondiente al cincuenta y dos por ciento (52%) de los haberes computables a los fines

previsionales, a partir del 1º de enero de 2019, como anticipo de su jubilación y hasta que se

le otorgue el beneficio jubilatorio. El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma

mensual de pesos diez mil setecientos treinta y nueve ($ 10.739,00).-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese.- Notifíquese.- Publíquese.- Comuníquese al Instituto de

************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un

ejemplar del convenio.- Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 118: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

118

Ref. Expte. Nº 804-D-2019.-

SAN ISIDRO, 4 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 7 3

VISTO la nota elaborada por la Sub-Dirección

de Jubilaciones y Pensiones de la Dirección General de Recursos Humanos; y

Considerando:

QUE la trabajadora Lucía Victoria CABRAL

(Legajo Nº 13.324), quien cumple funciones en el Hospital Materno Infantil, se encuentra

en condiciones de obtener el beneficio jubilatorio;

QUE resulta aconsejable no desnaturalizar los

principios que inspiran la legislación previsional, tendientes a garantizar a todo trabajador

que haya cumplido determinados plazos de edad y servicios, obtener el beneficio jubilatorio

correspondiente;

QUE de acuerdo con lo establecido por el

artículo 33º inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese de la trabajadora

a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo un importe mensual,

en este caso correspondiente al cincuenta y nueve por ciento (59%) de sus haberes, hasta

tanto se otorgue el beneficio jubilatorio;

QUE obra en autos el convenio con la

conformidad del beneficiario;

QUE se procede al dictado del pertinente acto

administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Disponer el cese a partir del 1º de enero del 2019, de la trabajadora Lucía

************* Victoria CABRAL (Legajo Nº 13.324), M.I. Nº 10.357.267, Clase 1.952,

con categoría 12 (40) - (J:1.1.1.01.09.000.-C:28.-O:1.1.1.04.) y funciones de Enfermera

(turno noche), en el Hospital Materno Infantil, incluida en los alcances del artículo 16°

inciso c) –apartado 3 bis- Personal de Enfermería Turno Noche (40 hs.) (55% del sueldo

básico)- de la Ordenanza N° 9069, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio.-

ARTÍCULO 2º.- Agradecer los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa

************* trayectoria laboral.-

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119

Ref. Expte. Nº 804-D-2019.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Aprobar el convenio suscripto entre la Municipalidad de San Isidro y la

************* ex trabajadora Lucía Victoria CABRAL (Legajo Nº 13.324), que pasa a

formar parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe

correspondiente al cincuenta y nueve por ciento (59%) de los haberes computables a los

fines previsionales, a partir del 1º de enero del 2019, como anticipo de su jubilación y hasta

que se le otorgue el beneficio jubilatorio. El monto del anticipo jubilatorio asciende a la

suma mensual de pesos veintiséis mil seiscientos veintidós ($ 26.622,00).-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese.- Notifíquese.- Publíquese.- Comuníquese al Instituto de

************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un

ejemplar del convenio.- Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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120

Ref. Expte. Nº 835-D-2019.-

SAN ISIDRO, 4 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 7 4

VISTO la nota emitida por la Subdirección de

Jubilaciones y Pensiones, de la Dirección General de Recursos Humanos; y

Considerando:

QUE atento a lo normado por el Artículo 10°

inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo convalidado por Ordenanza N° 8850, se deberá

aceptar la misma,

QUE de acuerdo con lo establecido por el

artículo 33º inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese del trabajador a

los fines jubilatorios, el mismo tendrá derecho de seguir percibiendo un importe mensual en

este caso correspondiente al setenta por ciento (70%) de sus haberes, hasta tanto se otorgue

el beneficio jubilatorio;

QUE obra en autos el convenio, con la

conformidad del beneficiario;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el Doctor Carlos Gustavo

************* SERVIDIO (Legajo Nº 10.756), M.I. Nº 12.285.819, Clase 1.958, a partir

del 1° de enero de 2019, con la retribución equivalente a Jefe de Servicio “B” Hospital “C”

36 hs. – (código 322) y actividad de Bioquímico, en el Hospital Materno Infantil, a efectos

de acogerse al beneficio jubilatorio. Situación de revista: Profesional Hospital A 36 hs -

código 202 - (J:1.1.1.01.09.000-C:28-O:1.1.1.09)

ARTÍCULO 2º.- Agradecer los importantes servicios prestados a lo largo de su trayectoria

************* en esta Comuna.-

ARTÍCULO 3º.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y el Doctor

************* Carlos Gustavo SERVIDIO (Legajo Nº 10.756), que pasa a formar parte

del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe correspondiente al

setenta por ciento (70%) de los haberes computables a los fines previsionales, a partir del

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121

Ref. Expte. Nº 835-D-2019.-

//…

1º de enero de 2019, como anticipo de su jubilación y hasta que se le otorgue el beneficio

jubilatorio. El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de Pesos Cincuenta

Mil Setecientos Catorce ($ 50.714).-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de

************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un

ejemplar del convenio. Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 122: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

122

Ref. Expte. Nº 802-D-2019.-

SAN ISIDRO, 4 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 7 5

VISTO la nota elaborada por la Subdirección de

Jubilaciones y Pensiones, de la Dirección General de Recursos Humanos; y

Considerando:

QUE el trabajador Cesar Daniel MONARO

(Legajo Nº 15.646), quien cumplía funciones en la Dirección de Habilitaciones, se

encuentra en condiciones de obtener el beneficio jubilatorio;

QUE resulta aconsejable no desnaturalizar los

principios que inspiran la legislación previsional, tendientes a garantizar a todo trabajador

que haya cumplido determinados plazos de edad y servicios, obtener el beneficio jubilatorio

correspondiente;

QUE de acuerdo con lo establecido por el

artículo 33º inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese del trabajador a

los fines jubilatorios, el mismo tendrá derecho de seguir percibiendo un importe mensual, en

este caso correspondiente al setenta por ciento (70%) de sus haberes, hasta tanto se otorgue

el beneficio jubilatorio;

QUE obra en autos el convenio con la

conformidad del beneficiario;

QUE se procede al dictado del pertinente acto

administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Disponer el cese a partir del 1º de enero del 2019, del trabajador Cesar

************* Daniel MONARO (Legajo Nº 15.646), M.I. Nº 11.543.628, Clase 1.955,

con categoría 09 (35) - (J:1.1.1.01.03.000.-C:35.-O:1.1.1.04.) incluido en los alcances del

artículo 16º inciso d) apartado 3 “Supervisor de zona” (diferencia a categoría 13) y 17º

“Bonificación personal superior y jerárquico” (18 %), ambos de la Ordenanza 9069 y

funciones de Supervisor de Zona, en la Dirección de Habilitaciones, a efectos de acogerse

al beneficio jubilatorio.-

ARTÍCULO 2º.- Agradecer los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa

************* trayectoria laboral.-

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123

Ref. Expte. Nº 802-D-2019.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Aprobar el convenio suscripto entre la Municipalidad de San Isidro y el

************* ex trabajador Cesar Daniel MONARO (Legajo Nº 15.646), que pasa a

formar parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe

correspondiente al setenta por ciento (70%) de los haberes computables a los fines

previsionales, a partir del 1º de enero del 2019, como anticipo de su jubilación y hasta que

se le otorgue el beneficio jubilatorio. El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma

mensual de pesos veintitrés mil cuatrocientos cincuenta y dos ($ 23.452,00).-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese.- Notifíquese.- Publíquese.- Comuníquese al Instituto de

************** Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un

ejemplar del convenio.- Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 124: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

124

Ref. Expte. Nº 17821-2018

SAN ISIDRO, 4 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 7 6

VISTO la nota obrante a fojas 1 de los presentes

actuados, respecto de las tareas especiales de notificaciones realizadas por la oficina de

Descentralización Tributaria para el año 2019; y

Considerando:

QUE el resultado altamente satisfactorio de los

años anteriores, respecto de las tareas de intimaciones y/o notificaciones domiciliarias de

deudas del tributo provincial a los automotores administrados por el Municipio y otras que

puedan ser derivadas por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires

(ARBA), que viene desarrollando el personal afectado a esta tarea en la oficina antes

mencionada, dependiente de la Secretaría Ejecutiva de Recaudación (ARSI);

QUE las tareas antes mencionada encuadran en

el Artículo 12º bis “Bonificación por Productividad” de la Ordenanza Nº 9069;

QUE la Secretaría Legal y Técnica presta

conformidad, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar al personal destacado en la Oficina de Descentralización

************* Tributaria dependiente de la Secretaría Ejecutiva de Recaudación (ARSI),

a realizar las tareas de intimaciones y/o notificaciones domiciliarias de deudas descriptas en

los vistos del presente decreto.-

ARTÍCULO 2º.- Dichas tareas deberán efectuarse fuera del horario normal de trabajo,

************* estableciéndose un valor de PESOS TREINTA Y DOS ($ 32,00) por cada

notificación y/o intimación entregada.-

ARTÍCULO 3º.- Lo dispuesto en los artículos precedente tendrá vigencia a partir del 1o de

************* Enero de 2019.-

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125

Ref. Expte. Nº 17821-2018.-

//…

ARTÍCULO 4º.- La Secretaría Ejecutiva de Recaudación (ARSI), remitirá mes a mes a la

************* Dirección General de Recursos Humanos, a los efectos del pago, la

nómina de los agentes que las hayan realizado, y serán abonadas al mes subsiguiente al del

trabajo efectivamente realizado.-

ARTÍCULO 5°.- Déjase establecido que las tareas mencionadas en el artículo 1º,

************* encuadran en el Artículo 12º bis “Bonificación por Productividad” de la

Ordenanza Nº 9069 y se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondiente del

Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ec

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 126: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

126

Ref.: Expte. Nº 4271-D-2009.-

. N° 1468-D-2018

SAN ISIDRO, 4 de febrero de 2019de jue018

DECRETO NÚMERO: 1 7 7156

VISTO lo actuado en los cuerpos legales

mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por

Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando los

informes técnicos en cada uno de ellos; y

Considerando:

QUE en todos los casos, los beneficiarios son

jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el

artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

QUE en cada solicitud se verifican los

presupuestos de excepción para obtener el beneficio, en los términos del inciso 3-D del

mencionado artículo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- EXIMIR del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios

************* Generales por el año 2018 (a excepción de las cuotas que se hubieren

abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes responsables

encuadrados en el artículo 57º de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a continuación

se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando en cada caso los

expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los beneficiarios, todo

ello en virtud de la facultad conferida al Departamento Ejecutivo por el inciso 3D) del

artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

1.- Expte. Nº 4271/2009 - Cuenta corriente Nº 820.760 – Treinta y Tres Orientales Nº 476 - Beccar.- 2.- Expte. Nº 6831/2016 - Cuenta corriente Nº 642.478 – Placido Marín Nº 1657 – Boulogne.- 3.- Expte. Nº 2989/2016 – Cuenta corriente Nº 356.295 – Ladislao Martínez Nº 247 – Piso1º - Dpto. “A” - Martínez.- 4.- Expte. Nº 11570/2018 – Cuenta corriente Nº 613.147 – B.S.I. Esc. 88 – P.B. – Dpto. “A” – Boulogne.- A partir de la cuota 5A/2018.-

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127

Ref.: Expte. Nº 4271-D-2009.-

//… 5.- Expte. Nº 746/2016 - Cuenta corriente Nº 551.212 – Deán Funes Nº 157 - Boulogne.- 6.- Expte. Nº 8233/2014 – Cuenta corriente Nº 770.909 – Gral. Mosconi Nº 3359 – Casa 2 - Beccar.- 7.- Expte. Nº 14554/2004 – Cuenta corriente Nº 111.135 – Leandro N. Alem Nº 1037 – San Isidro.-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección Gral. de Rentas y la Subdirección de

************* Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 128: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

128

Ref. Expte Nro. 173-P-2017.

SAN ISIDRO, 4 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 7 8

VISTO lo actuado en los cuerpos legales

mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por

Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando los

informes técnicos en cada uno de ellos; y

Considerando:

QUE en todos los casos, los beneficiarios son

jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el

artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

QUE en cada solicitud se verifican los

presupuestos de excepción fijados en el inciso 3 d) del mencionado artículo para obtener el

beneficio, el que en estos casos, se estima que no debería superar el 50% de exención de la

Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- EXIMIR en un 50% del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y

************* Servicios Generales por el año 2018 (a excepción de las cuotas que se

hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes

responsables encuadrados en el artículo 57º de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a

continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando en

cada

caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los

beneficiarios, todo ello en virtud de la facultad conferida al Departamento Ejecutivo por el

inciso 3 d)

del artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

1.- Expte. Nº 173/2017 - Cuenta corriente Nº 840.485 – Ingeniero Marconi Nº 359 -

Beccar.-

2.- Expte. Nº 1462/2014 - Cuenta corriente Nº 412.443 – Haití Nº 2585 – Martínez.-

3.- Expte. Nº 1603/2017 – Cuenta corriente Nº 731.357 – Nicolás Avellaneda Nº 1950

San Isidro.-

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129

Ref. Expte Nro. 173-P-2017.

//…

4.- Expte. Nº 9036/2001 – Cuerpo 2 - Cuenta corriente Nº 830.078 – French Nº 2462 –-

Beccar.-

5.- Expte. Nº 11711/2017 – Cuenta corriente Nº 640.280 – San Martín G.M. de Nº

1617 - Boulogne.-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección Gral. de Rentas y la Subdirección de

************* Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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130

Ref.: Expte .Nro. 17725-D-2018.-

SAN ISIDRO, 4 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 7 9

VISTO el Pedido de Suministro Nº 600-

962/2018 elaborado por la Secretaría de Obras Públicas; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel se efectuó el

pertinente llamado a Licitación Privada Nº 24/2019, autorizado mediante Decreto

Nº 22/2019;

QUE realizada la apertura de las ofertas

presentadas por las diversas empresas participantes del proceso licitatorio, la Dirección

General de Compras efectuó la comparación y estudio de las mismas a fojas 176,

aconsejando la Secretaría de Obras Públicas a fojas 178 la adjudicación a la más conveniente

para la Comuna;

QUE en consecuencia, conforme lo solicitado a

fojas 180, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Adjudicar a HINNY ALEJANDRO ANTONIO, C.U.I.T. Nº

************* 20-16810833-9, la contratación del servicio de “ALQUILER HORAS DE

CAMIÓN CON EQUIPO LIMPIADOR, DESOBSTRUCTOR Y ASPIRADOR, PARA

EJECUTAR TRABAJOS DE LIMPIEZA EN DESAGÜES PLUVIALES EXISTENTES”

por un importe total de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL ($

1.569.000,00).-

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la Partida Presupuestaria

correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría Programática 24.02, Objeto

del Gasto 3.2.2 del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

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131

Ref.: Expte .Nro. 17725-D-2018.-

//… ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 132: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

132

Ref.: Expte. Nro. 15935-2018.-

SAN ISIDRO, 4 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 8 0

VISTO el Pedido de Suministro Nro. 600-

831/2018 elaborado por la Secretaría de Obras Públicas; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel se efectuó el

pertinente llamado a Licitación Pública Nro. 37/2018, autorizado mediante Decreto Nro.

2380/2018, en el marco de lo previsto en la Ley Nº 14.812 de la Provincia de Buenos Aires y

la Ordenanza Nº 8876.-

QUE evaluadas las ofertas presentadas por las

diversas empresas participantes del mentado proceso licitatorio, la Comisión Asesora

Permanente para la Adjudicación de Licitaciones Públicas a fojas 469 aconseja adjudicar la

contratación a la oferta más conveniente para la Comuna;

QUE en virtud del informe técnico mencionado,

y lo solicitado a fojas 471, se procede al dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Adjudicar a CONSTRUSECO S.R.L., C.U.I.T. Nº 33-71008143-9, los

************* trabajos de “CONSTRUCCÍON DE VESTUARIOS PARA EL SECTOR

DE PILETAS DESCUBIERTAS EN EL CAMPO Nº 1 DE BECCAR, SAN ISIDRO” por

un importe total de PESOS OCHO MILLONES CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL

DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES CON 75/100 ($ 8.198.283,75).-

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la Partida Presupuestaria

correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.06.000-3, Categoría Programática 21, Objeto del

Gasto 5.1.4.31, del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

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133

Ref.: Expte. Nro. 15935-2018.-

//… ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 134: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

134

Ref.: Expte .Nro. 17896-D-2018.-

SAN ISIDRO, 4 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 8 1

VISTO el Pedido de Suministro Nº 240-

2625/2018 elaborado por la Subsecretaría General de Comunicación; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel se efectuó el

pertinente llamado a Licitación Privada Nº 23/2019, autorizado mediante Decreto Nº

21/2019;

QUE realizada la apertura de las ofertas

presentadas por las diversas empresas participantes del proceso licitatorio, la Dirección

General de Compras efectuó la comparación y estudio de las mismas a fojas 134,

manifestando a fojas 135 que, evaluada la documentación obrante en el cuerpo de marras,

corresponde desestimar las ofertas presentadas por los oferentes “HELLMANN NANCY

PAULINA” y “PITZIL S.A.” por no cumplimentar lo solicitado en el Pliego de Bases y

Condiciones;

QUE la Subsecretaría General de Comunicación

aconseja a fojas 136 la adjudicación a la oferta más conveniente para la Comuna;

QUE en consecuencia, conforme lo solicitado a

fojas 138, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- DESESTIMAR las ofertas presentadas en la Licitación Privada Nº

************* 23/2019 por los proveedores “HELLMANN NANCY PAULINA” y

“PITZIL S.A.”, por no resultar convenientes al interés municipal, atento no cumplimentar lo

solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones que rige la citada licitación, en un todo de

acuerdo al informe técnico obrante a fojas 135.-

ARTÍCULO 2º.- Adjudicar a ORUGGA S.R.L., CUIT Nº 30-71196767-9, la contratación

************* del “SERVICIO DE MANTENIMIENTO DEL SITIO WEB

MUNICIPAL” por un importe total de PESOS SETECIENTOS SETENTA MIL

($ 770.000,00).-

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135

Ref.: Expte .Nro. 17896-D-2018.-

//…

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la Partida Presupuestaria

correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.01.000-1, Categoría Programática 01.06, Objeto

del Gasto 3.4.6, del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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136

Ref.: Expte .Nro. 17727-D-2018.-

SAN ISIDRO, 4 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 8 2

VISTO el Pedido de Suministro Nº 600-

982/2018 elaborado por la Secretaría de Obras Públicas; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel se efectuó el

pertinente llamado a Licitación Privada Nº 25/2019, autorizado mediante Decreto

Nº 23/2019;

QUE realizada la apertura de las ofertas

presentadas por las diversas empresas participantes del proceso licitatorio, la Dirección

General de Compras efectuó la comparación y estudio de las mismas a fojas 160,

aconsejando la Secretaría de Obras Públicas a fojas 162 la adjudicación a la más conveniente

para la Comuna;

QUE en consecuencia, conforme lo solicitado a

fojas 164, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Adjudicar a CATALINA PRIMERA S.A., C.U.I.T. Nº 30-71439138-7,

************* la contratación de los servicios de “LIMPIEZA, PROFUNDIZACIÓN Y

PERFILADO DEL ARROYO ALTO PERÚ EN LOS TRAMOS QUE ESTÁN A CIELO

ABIERTO, DESDE AVENIDA MÁRQUEZ HASTA TOMKINSON” por un importe total

de PESOS UN MILLÓN SEISCIENTOS QUINCE MIL TRESCIENTOS SESENTA ($

1.615.360,00).-

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la Partida Presupuestaria

correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría Programática 24.02, Objeto

del Gasto 3.3.6 del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 137: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

137

Ref.: Expte. Nro. 17068-D-2018.-

SAN ISIDRO, 4 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 8 3

VISTO el Pedido de Suministro Nro. 600-

967/2018 elaborado por la Secretaría de Obras Públicas; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel se efectuó el

pertinente llamado a Licitación Pública Nro. 44/2018, autorizado mediante Decreto Nro.

2522/2018, en el marco de lo previsto en la Ley Nº 14.812 de la Provincia de Buenos Aires y

la Ordenanza Nº 8876.-

QUE realizada la apertura de las ofertas

presentadas por las diversas empresas participantes del proceso licitatorio, la Dirección

General de Compras efectuó la comparación y estudio de las mismas a fojas 1793,

manifestando a fojas 1796 que, evaluada la documentación obrante en el cuerpo de marras,

corresponde desestimar las ofertas presentadas por los oferentes “TOTAL

SEÑALAMIENTO S.A.” y “MIAVASA S.A.” por no cumplimentar lo solicitado en el

Pliego de Bases y Condiciones;

QUE la Comisión Asesora Permanente para la

Adjudicación de Licitaciones Públicas aconseja a fojas 1802/1803 proceder a la adjudicación

de las zonas de trabajo correspondientes a los renglones que rigieron la Licitación Pública

Nº 44/2018, a las ofertas más convenientes para la Comuna;

QUE en virtud del informe técnico mencionado,

y lo solicitado a fojas 1806/1807, se procede al dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- DESESTIMAR las ofertas presentadas en la Licitación Pública Nº

************* 44/2018 por los proveedores “TOTAL SEÑALAMIENTO S.A.” y

“MIAVASA S.A.”, por no resultar convenientes al interés municipal, atento no

cumplimentar lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones que rige la citada licitación,

en un todo de acuerdo al informe técnico obrante a fojas 1796.-

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138

Ref.: Expte. Nro. 17068-D-2018.-

//…

ARTÍCULO 2º- Adjudicar a las firmas que a continuación se detallan, por los montos

************ que en cada caso se determinan, las zonas de trabajos correspondientes a

la Licitación Pública Nro. 44/2018, referente a la contratación de las labores de “SELLADO

DE JUNTAS Y GRIETAS EN DISTINTAS ZONAS DEL PARTIDO DE SAN ISIDRO”,

desde la emisión de la Orden de Compra y por la vigencia que establece el Pliego de Bases

y Condiciones, en un todo de acuerdo al informe técnico obrante a fojas 1802/1803 del

Expediente Municipal Nº 17068-D-2018:

- MASTER OBRAS S.A., CUIT Nº 30-70183036-5, las ZONAS 1, 2 y 3, por un monto

total de PESOS SESENTA Y DOS MILLONES CUARENTA Y NUEVE MIL

SETECIENTOS OCHENTA Y TRES CON 83/100 ($ 62.049.783,83).-

- VIAL DEL NORTE S.A., CUIT Nº 30-70755695-8, las ZONAS 4 y 5, por un monto total

de PESOS CUARENTA MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL ($

40.344.000,00).-

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la Partida Presupuestaria

correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría Programática 24.01, Objeto

del Gasto 3.3.4, del Presupuesto General de Gastos Pertinente.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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139

Ref.: Expte. N° 15986-S-2015 – Cuerpos 0 y 2.-

SAN ISIDRO, 4 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 8 4

VISTO los contratos de locación de servicios

obrantes en autos; y

Considerando:

QUE corresponde registrar los mismos, dando

con ello aprobación oficial a la gestión comprometida en el acto de que se trata;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- REGISTRAR el contrato de locación de servicios celebrado con el Sr.

************* Joaquín Alejandro Echazú –DNI 35.146.461-, para intervenir en el

Programa de capacitación para el personal de Cuidado Comunitario y el Centro de

Operaciones Municipales, teniendo a su cargo el dictado de la materia “Procedimientos y

Técnicas de Monitoreo” en un total de 264 horas cátedra, texto que pasa a formar parte

integrante del presente decreto.-

ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR el contrato de locación de servicios celebrado con el Sr.

************* Mario Buccolini –DNI N° 12.226.513-, para intervenir en el Programa de

capacitación para el personal de Cuidado Comunitario y el Centro de Operaciones

Municipales, teniendo a su cargo el dictado de la materia “Manejo” en un total de 330 horas

cátedra, texto que pasa a formar parte integrante del presente decreto.-

ARTÍCULO 3°.- REGISTRAR el contrato de locación de servicios celebrado con el Sr.

************* Daniel Oscar Benini –DNI N° 10.023.116-, para intervenir en el

Programa de capacitación para el personal de Cuidado Comunitario y el Centro de

Operaciones Municipales, teniendo a su cargo el dictado de la materia “Manejo” en un total

de 330 horas cátedra, texto que pasa a formar parte integrante del presente decreto.-

Page 140: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

140

Ref.: Expte. N° 15986-S-2015 – Cuerpos 0 y 2.-

//...

ARTÍCULO 4°.- REGISTRAR el contrato de locación de servicios celebrado con el Sr.

************* Ángel Bernabé Rivera –DNI N° 13.856.352-, para intervenir en el

Programa de capacitación para el personal de Cuidado Comunitario y el Centro de

Operaciones Municipales, teniendo a su cargo el dictado de la materia “Manejo” en un total

de 330 horas cátedra, texto que pasa a formar parte integrante del presente decreto.-

ARTÍCULO 5°.- REGISTRAR el contrato de locación de servicios celebrado con el Sr.

************* Jorge Nicolás Figgini –DNI 11.408.338-, para intervenir en el Programa

de capacitación para el personal de Cuidado Comunitario y el Centro de Operaciones

Municipales, teniendo a su cargo el dictado de la materia “Comunicaciones” en un total de

264 horas cátedra”, texto que pasa a formar parte integrante del presente decreto.-

ARTÍCULO 6°.- REGISTRAR el contrato de locación de servicios celebrado con el Sr.

************* Ramón Alberto Herrera –DNI 18.343.606-, para intervenir en el

Programa de capacitación para el personal de Cuidado Comunitario y el Centro de

Operaciones Municipales, teniendo a su cargo el dictado de la materia “Comunicaciones” en

un total de 264 horas cátedra”, texto que pasa a formar parte integrante del presente decreto.-

ARTÍCULO 7°.- REGISTRAR el contrato de locación de servicios celebrado con el Sr.

************* César Hernán Maiztegui Marcó –DNI 20.008.647-, para intervenir en el

Programa de capacitación para el personal de Cuidado Comunitario y el Centro de

Operaciones Municipales, teniendo a su cargo el dictado de la materia “Procedimientos y

Técnicas de Monitoreo” en un total de 264 horas cátedra”, texto que pasa a formar parte

integrante del presente decreto.-

ARTÍCULO 8°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO

Y

LEGISLACION

AF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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141

CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS

Entre la Municipalidad de San Isidro, representada para este acto por el Sr. Intendente

Municipal, Dr. Gustavo Posse, cuya firma es refrendada por la Sra. Legal y Técnica, Dra.

María Rosa García Minuzzi, con domicilio en la Avenida Centenario n° 77 de la localidad y

Partido de San Isidro en adelante denominada “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte, y

por la otra el Sr. Echazú, Joaquín Alejandro, D.N.I. 35.146.461, con domicilio en Ruiz

Huidobro 3737, Piso 14, Depto. D, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante

denominado “EL OPERADOR”, en su conjunto denominados “LAS PARTES”, teniendo en

consideración:

QUE “LA MUNICIPALIDAD” ha creado el programa de Cuidados Comunitarios en el año

2000 con el objetivo de colaborar con las fuerzas de seguridad aportando patrullaje

complementario y permanente en todo el territorio del Partido.

QUE a fin de poder jerarquizar las tareas realizadas y con el firma propósito de continuar

contribuyendo a combatir el flagelo del delito, esta Administración entiende que resulta vital

la capacitación continua y especializada a fin de dar respuesta eficaz a las problemáticas que

aquejan a los vecinos.

QUE se solicitó a través de la Subsecretaría de Prevención Ciudadana la posibilidad de crear

un “Programa de Capacitación para el Personal de Cuidados Comunitarios y C.O.M.”.

QUE la mencionada instrucción abarca la totalidad del personal que se encuentra prestando

servicio activo, la formación de futuros aspirantes a la dirección de patrullas y la instrucción

de agentes destinados al monitoreo de las cámaras de seguridad.

QUE el dictado de dicho curso resulta vital para el adiestramiento de los inspectores

municipales en los procedimientos de seguridad y protocolos de actuación específicos.

QUE la incorporación del personal municipal a la capacitación permitirá asimismo su

empleo en operaciones de vigilancia y apoyo en tareas que requieran un nivel de

profesionalidad que permita responder acertadamente ante los requerimientos de la sociedad.

QUE “LA MUNICIPALIDAD” no dispone dentro de su plantilla agentes formadores que

puedan dictar las materias del programa.

Page 142: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

142

QUE mediante el Decreto n° 3440 de fecha 4 de Diciembre de 2105, obrante a fs. 7/8 “LA

MUNICIPALIDAD” autorizó la realización del mencionado Programa.

QUE mediante el Decreto no. 2343 de fecha 20 de noviembre de 2018, obrante a fs. 291/292

se dispuso la continuidad del mencionado Programa para el año 2019.

QUE el artículo 156 del Dto. Ley 6769/58 permite la contratación directa de personal

externo idóneo a los requerimientos de la tarea a realizar.

QUE “EL OPERADOR” declara tener los conocimientos suficientes para impartir la

materia, adjuntando como anexo el Currículum Vitae que forma parte del expediente.

En virtud de los considerandos que anteceden, “LAS PARTES” resuelven:

PRIMERO) “LA MUNICIPALIDAD” contrata a “EL OPERADOR” para intervenir en el

“Programa de capacitación para el personal de Cuidados Comunitarios y el C.O.M.” más

arriba mencionado, teniendo a su cargo el dictado de la materia “Procedimientos y Técnicas

de Monitoreo” en un total de 264 horas cátedra, debiendo presentar el esquema de la misma

a fin de su conocimiento y aprobación por parte de la Secretaría de Prevención Ciudadana.

SEGUNDO) El presente contrato tendrá una duración de once (11) meses contados a partir

del 1 de Febrero del 2019 y finalizando el día 31 de Diciembre de 2019.

TERCERO) Por el dictado de la materia ut supra mencionada “LA MUNICIPALIDAD”

abonará a “EL OPERADOR” la suma de pesos $ 798.- por cada hora cátedra impartida, la

cual será efectivizada del 1 al 10 de cada mes en la Tesorería Municipal, ubicada en la

Avenida Centenario n° 77, piso primero, contra presentación de la factura de ley

correspondiente.

CUARTO) Ante incumplimiento total o parcial de las obligaciones asumidas por “EL

OPERADOR” en el presente contrato dará lugar a que “LA MUNICIPALIDAD” pueda

rescindir de pleno derecho el presente, perdiendo “EL OPERADOR” los beneficios a su

favor respecto al precio pactado por el período restante del Contrato, sin derecho a

indemnización por ningún concepto. Asimismo, las partes convienen en forma expresa que

cualquiera de ellas podrá resolver unilateralmente este contrato en cualquier momento, sin

que ello genere una indemnización especial para la otra parte y sin que sea posible reclamo

Page 143: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

143

alguno de “EL OPERADOR” por los períodos que resten hasta la finalización del mismo, no

abonándose suma alguna por el lapso temporal restante no trabajado.

QUINTO) “EL OPERADOR” declara poseer cobertura médica asistencial privada,

comprometiéndose en este acto a conservar su validez y vigencia por el término de duración

del presente contrato. “EL OPERADOR” libera de manera expresa e indeclinable a “LA

MUNICIPALIDAD” de toda responsabilidad por un eventual accidente de trabajo y/o

enfermedad inculpable o profesional de otra índole. En virtud de lo pactado en la presente

cláusula, todas las cargas y gravámenes tendientes a mantener vigente la misma, quedarán a

cargo exclusivo de “EL OPERADOR”.

SEXTO) “LAS PARTES” ponen de manifiesto que el contrato resulta “intuito personae”, no

pudiendo “EL OPERADOR” ceder de manera total o parcial las obligaciones asumidas,

reservándose “LA MUNICIPALIDAD” las acciones legales derivadas del incumplimiento

de la presente cláusula.

SÉPTIMO) “LAS PARTES” se someten a la jurisdicción de los Juzgados en lo Contencioso

Administrativo del Departamento Judicial de San Isidro, con prescindencia de cualquier otro

fuero o jurisdicción que pudiera corresponder y constituyen los domicilios mencionados en

el encabezamiento, donde se tendrán por válidas todas las comunicaciones que se cursen.

En prueba de conformidad, se suscriben dos (2) ejemplares de igual tenor y a un solo efecto

a los 9 días del mes de enero del año 2019.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Joaquín Alejandro Echazú

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144

CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS

Entre la Municipalidad de San Isidro, representada para este acto por el Sr. Intendente

Municipal, Dr. Gustavo Posse, cuya firma es refrendada por la Sra. Legal y Técnica, Dra.

María Rosa García Minuzzi, con domicilio en la Avenida Centenario n° 77 de la localidad y

Partido de San Isidro en adelante denominada “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte, y

por la otra el Sr. Buccolini, D.N.I. 12.226.513, con domicilio en Bergamini 345, de la

localidad de El Palomar, partido de Morón, en adelante denominado “EL OPERADOR”, en

su conjunto denominados “LAS PARTES”, teniendo en consideración:

QUE “LA MUNICIPALIDAD” ha creado el programa de Cuidados Comunitarios en el año

2000 con el objetivo de colaborar con las fuerzas de seguridad aportando patrullaje

complementario y permanente en todo el territorio del Partido.

QUE a fin de poder jerarquizar las tareas realizadas y con el firma propósito de continuar

contribuyendo a combatir el flagelo del delito, esta Administración entiende que resulta vital

la capacitación continua y especializada a fin de dar respuesta eficaz a las problemáticas que

aquejan a los vecinos.

QUE se solicitó a través de la Subsecretaría de Prevención Ciudadana la posibilidad de crear

un “Programa de Capacitación para el Personal de Cuidados Comunitarios y C.O.M.”.

QUE la mencionada instrucción abarca la totalidad del personal que se encuentra prestando

servicio activo, la formación de futuros aspirantes a la dirección de patrullas y la instrucción

de agentes destinados al monitoreo de las cámaras de seguridad.

QUE el dictado de dicho curso resulta vital para el adiestramiento de los inspectores

municipales en los procedimientos de seguridad y protocolos de actuación específicos.

QUE la incorporación del personal municipal a la capacitación permitirá asimismo su

empleo en operaciones de vigilancia y apoyo en tareas que requieran un nivel de

profesionalidad que permita responder acertadamente ante los requerimientos de la sociedad.

QUE “LA MUNICIPALIDAD” no dispone dentro de su plantilla agentes formadores que

puedan dictar las materias del programa.

Page 145: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

145

QUE mediante el Decreto n° 3440 de fecha 4 de Diciembre de 2105, obrante a fs. 7/8 “LA

MUNICIPALIDAD” autorizó la realización del mencionado Programa.

QUE mediante el Decreto no. 2343 de fecha 20 de noviembre de 2018, obrante a fs. 291/292

se dispuso la continuidad del mencionado Programa para el año 2019.

QUE el artículo 156 del Dto. Ley 6769/58 permite la contratación directa de personal

externo idóneo a los requerimientos de la tarea a realizar.

QUE “EL OPERADOR” declara tener los conocimientos suficientes para impartir la

materia, adjuntando como anexo el Currículum Vitae que forma parte del expediente.

En virtud de los considerandos que anteceden, “LAS PARTES” resuelven:

PRIMERO) “LA MUNICIPALIDAD” contrata a “EL OPERADOR” para intervenir en el

“Programa de capacitación para el personal de Cuidados Comunitarios y el C.O.M.” más

arriba mencionado, teniendo a su cargo el dictado de la materia “Manejo” en un total de 330

horas cátedra, debiendo presentar el esquema de la misma a fin de su conocimiento y

aprobación por parte de la Secretaría de Prevención Ciudadana.

SEGUNDO) El presente contrato tendrá una duración de once (11) meses contados a partir

del 1 de Febrero del 2019 y finalizando el día 31 de Diciembre de 2019.

TERCERO) Por el dictado de la materia ut supra mencionada “LA MUNICIPALIDAD”

abonará a “EL OPERADOR” la suma de pesos $ 798.- por cada hora cátedra impartida, la

cual será efectivizada del 1 al 10 de cada mes en la Tesorería Municipal, ubicada en la

Avenida Centenario n° 77, piso primero, contra presentación de la factura de ley

correspondiente.

CUARTO) Ante incumplimiento total o parcial de las obligaciones asumidas por “EL

OPERADOR” en el presente contrato dará lugar a que “LA MUNICIPALIDAD” pueda

rescindir de pleno derecho el presente, perdiendo “EL OPERADOR” los beneficios a su

favor respecto al precio pactado por el período restante del Contrato, sin derecho a

indemnización por ningún concepto. Asimismo, las partes convienen en forma expresa que

cualquiera de ellas podrá resolver unilateralmente este contrato en cualquier momento, sin

que ello genere una indemnización especial para la otra parte y sin que sea posible reclamo

Page 146: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

146

alguno de “EL OPERADOR” por los períodos que resten hasta la finalización del mismo, no

abonándose suma alguna por el lapso temporal restante no trabajado.

QUINTO) “EL OPERADOR” declara poseer cobertura médica asistencial privada,

comprometiéndose en este acto a conservar su validez y vigencia por el término de duración

del presente contrato. “EL OPERADOR” libera de manera expresa e indeclinable a “LA

MUNICIPALIDAD” de toda responsabilidad por un eventual accidente de trabajo y/o

enfermedad inculpable o profesional de otra índole. En virtud de lo pactado en la presente

cláusula, todas las cargas y gravámenes tendientes a mantener vigente la misma, quedarán a

cargo exclusivo de “EL OPERADOR”.

SEXTO) “LAS PARTES” ponen de manifiesto que el contrato resulta “intuito personae”, no

pudiendo “EL OPERADOR” ceder de manera total o parcial las obligaciones asumidas,

reservándose “LA MUNICIPALIDAD” las acciones legales derivadas del incumplimiento

de la presente cláusula.

SÉPTIMO) “LAS PARTES” se someten a la jurisdicción de los Juzgados en lo Contencioso

Administrativo del Departamento Judicial de San Isidro, con prescindencia de cualquier otro

fuero o jurisdicción que pudiera corresponder y constituyen los domicilios mencionados en

el encabezamiento, donde se tendrán por válidas todas las comunicaciones que se cursen.

En prueba de conformidad, se suscriben dos (2) ejemplares de igual tenor y a un solo efecto

a los 24 días del mes de enero del año 2019.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Buccolini

Page 147: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

147

CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS

Entre la Municipalidad de San Isidro, representada para este acto por el Sr. Intendente

Municipal, Dr. Gustavo Posse, cuya firma es refrendada por la Sra. Legal y Técnica, Dra.

María Rosa García Minuzzi, con domicilio en la Avenida Centenario n° 77 de la localidad y

Partido de San Isidro en adelante denominada “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte, y

por la otra el Sr. Benini, Daniel Oscar, D.N.I. 10.023.116, con domicilio en Balcarce 2472

de la localidad de Libertad, Partido de Merlo, en adelante denominado “EL OPERADOR”,

en su conjunto denominados “LAS PARTES”, teniendo en consideración:

QUE “LA MUNICIPALIDAD” ha creado el programa de Cuidados Comunitarios en el año

2000 con el objetivo de colaborar con las fuerzas de seguridad aportando patrullaje

complementario y permanente en todo el territorio del Partido.

QUE a fin de poder jerarquizar las tareas realizadas y con el firma propósito de continuar

contribuyendo a combatir el flagelo del delito, esta Administración entiende que resulta vital

la capacitación continua y especializada a fin de dar respuesta eficaz a las problemáticas que

aquejan a los vecinos.

QUE se solicitó a través de la Subsecretaría de Prevención Ciudadana la posibilidad de crear

un “Programa de Capacitación para el Personal de Cuidados Comunitarios y C.O.M.”.

QUE la mencionada instrucción abarca la totalidad del personal que se encuentra prestando

servicio activo, la formación de futuros aspirantes a la dirección de patrullas y la instrucción

de agentes destinados al monitoreo de las cámaras de seguridad.

QUE el dictado de dicho curso resulta vital para el adiestramiento de los inspectores

municipales en los procedimientos de seguridad y protocolos de actuación específicos.

QUE la incorporación del personal municipal a la capacitación permitirá asimismo su

empleo en operaciones de vigilancia y apoyo en tareas que requieran un nivel de

profesionalidad que permita responder acertadamente ante los requerimientos de la sociedad.

QUE “LA MUNICIPALIDAD” no dispone dentro de su plantilla agentes formadores que

puedan dictar las materias del programa.

Page 148: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

148

QUE mediante el Decreto n° 3440 de fecha 4 de Diciembre de 2105, obrante a fs. 7/8 “LA

MUNICIPALIDAD” autorizó la realización del mencionado Programa.

QUE mediante el Decreto no. 2343 de fecha 20 de noviembre de 2018, obrante a fs. 291/292

se dispuso la continuidad del mencionado Programa para el año 2019.

QUE el artículo 156 del Dto. Ley 6769/58 permite la contratación directa de personal

externo idóneo a los requerimientos de la tarea a realizar.

QUE “EL OPERADOR” declara tener los conocimientos suficientes para impartir la

materia, adjuntando como anexo el Currículum Vitae que forma parte del expediente.

En virtud de los considerandos que anteceden, “LAS PARTES” resuelven:

PRIMERO) “LA MUNICIPALIDAD” contrata a “EL OPERADOR” para intervenir en el

“Programa de capacitación para el personal de Cuidados Comunitarios y el C.O.M.” más

arriba mencionado, teniendo a su cargo el dictado de la materia “Manejo” en un total de 330

horas cátedra, debiendo presentar el esquema de la misma a fin de su conocimiento y

aprobación por parte de la Secretaría de Prevención Ciudadana.

SEGUNDO) El presente contrato tendrá una duración de once (11) meses contados a partir

del 1 de Febrero del 2019 y finalizando el día 31 de Diciembre de 2019.

TERCERO) Por el dictado de la materia ut supra mencionada “LA MUNICIPALIDAD”

abonará a “EL OPERADOR” la suma de pesos $ 798.- por cada hora cátedra impartida, la

cual será efectivizada del 1 al 10 de cada mes en la Tesorería Municipal, ubicada en la

Avenida Centenario n° 77, piso primero, contra presentación de la factura de ley

correspondiente.

CUARTO) Ante incumplimiento total o parcial de las obligaciones asumidas por “EL

OPERADOR” en el presente contrato dará lugar a que “LA MUNICIPALIDAD” pueda

rescindir de pleno derecho el presente, perdiendo “EL OPERADOR” los beneficios a su

favor respecto al precio pactado por el período restante del Contrato, sin derecho a

indemnización por ningún concepto. Asimismo, las partes convienen en forma expresa que

cualquiera de ellas podrá resolver unilateralmente este contrato en cualquier momento, sin

que ello genere una indemnización especial para la otra parte y sin que sea posible reclamo

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149

alguno de “EL OPERADOR” por los períodos que resten hasta la finalización del mismo, no

abonándose suma alguna por el lapso temporal restante no trabajado.

QUINTO) “EL OPERADOR” declara poseer cobertura médica asistencial privada,

comprometiéndose en este acto a conservar su validez y vigencia por el término de duración

del presente contrato. “EL OPERADOR” libera de manera expresa e indeclinable a “LA

MUNICIPALIDAD” de toda responsabilidad por un eventual accidente de trabajo y/o

enfermedad inculpable o profesional de otra índole. En virtud de lo pactado en la presente

cláusula, todas las cargas y gravámenes tendientes a mantener vigente la misma, quedarán a

cargo exclusivo de “EL OPERADOR”.

SEXTO) “LAS PARTES” ponen de manifiesto que el contrato resulta “intuito personae”, no

pudiendo “EL OPERADOR” ceder de manera total o parcial las obligaciones asumidas,

reservándose “LA MUNICIPALIDAD” las acciones legales derivadas del incumplimiento

de la presente cláusula.

SÉPTIMO) “LAS PARTES” se someten a la jurisdicción de los Juzgados en lo Contencioso

Administrativo del Departamento Judicial de San Isidro, con prescindencia de cualquier otro

fuero o jurisdicción que pudiera corresponder y constituyen los domicilios mencionados en

el encabezamiento, donde se tendrán por válidas todas las comunicaciones que se cursen.

En prueba de conformidad, se suscriben dos (2) ejemplares de igual tenor y a un solo efecto

a los 16 días del mes de enero del año 2019.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Daniel Oscar Benini

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150

CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS

Entre la Municipalidad de San Isidro, representada para este acto por el Sr. Intendente

Municipal, Dr. Gustavo Posse, cuya firma es refrendada por la Sra. Legal y Técnica, Dra.

María Rosa García Minuzzi, con domicilio en la Avenida Centenario n° 77 de la localidad y

Partido de San Isidro en adelante denominada “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte, y

por la otra el Sr. Rivera, Ángel Bernabé, D.N.I. 13.856.352, con domicilio en Solier 6080, de

la localidad y partido de Avellaneda, en adelante denominado “EL OPERADOR”, en su

conjunto denominados “LAS PARTES”, teniendo en consideración:

QUE “LA MUNICIPALIDAD” ha creado el programa de Cuidados Comunitarios en el año

2000 con el objetivo de colaborar con las fuerzas de seguridad aportando patrullaje

complementario y permanente en todo el territorio del Partido.

QUE a fin de poder jerarquizar las tareas realizadas y con el firma propósito de continuar

contribuyendo a combatir el flagelo del delito, esta Administración entiende que resulta vital

la capacitación continua y especializada a fin de dar respuesta eficaz a las problemáticas que

aquejan a los vecinos.

QUE se solicitó a través de la Subsecretaría de Prevención Ciudadana la posibilidad de crear

un “Programa de Capacitación para el Personal de Cuidados Comunitarios y C.O.M.”.

QUE la mencionada instrucción abarca la totalidad del personal que se encuentra prestando

servicio activo, la formación de futuros aspirantes a la dirección de patrullas y la instrucción

de agentes destinados al monitoreo de las cámaras de seguridad.

QUE el dictado de dicho curso resulta vital para el adiestramiento de los inspectores

municipales en los procedimientos de seguridad y protocolos de actuación específicos.

QUE la incorporación del personal municipal a la capacitación permitirá asimismo su

empleo en operaciones de vigilancia y apoyo en tareas que requieran un nivel de

profesionalidad que permita responder acertadamente ante los requerimientos de la sociedad.

QUE “LA MUNICIPALIDAD” no dispone dentro de su plantilla agentes formadores que

puedan dictar las materias del programa.

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151

QUE mediante el Decreto n° 3440 de fecha 4 de Diciembre de 2105, obrante a fs. 7/8 “LA

MUNICIPALIDAD” autorizó la realización del mencionado Programa.

QUE mediante el Decreto no. 2343 de fecha 20 de noviembre de 2018, obrante a fs. 291/292

se dispuso la continuidad del mencionado Programa para el año 2019.

QUE el artículo 156 del Dto. Ley 6769/58 permite la contratación directa de personal

externo idóneo a los requerimientos de la tarea a realizar.

QUE “EL OPERADOR” declara tener los conocimientos suficientes para impartir la

materia, adjuntando como anexo el Currículum Vitae que forma parte del expediente.

En virtud de los considerandos que anteceden, “LAS PARTES” resuelven:

PRIMERO) “LA MUNICIPALIDAD” contrata a “EL OPERADOR” para intervenir en el

“Programa de capacitación para el personal de Cuidados Comunitarios y el C.O.M.” más

arriba mencionado, teniendo a su cargo el dictado de la materia “Manejo” en un total de 330

horas cátedra, debiendo presentar el esquema de la misma a fin de su conocimiento y

aprobación por parte de la Secretaría de Prevención Ciudadana.

SEGUNDO) El presente contrato tendrá una duración de once (11) meses contados a partir

del 1 de Febrero del 2019 y finalizando el día 31 de Diciembre de 2019.

TERCERO) Por el dictado de la materia ut supra mencionada “LA MUNICIPALIDAD”

abonará a “EL OPERADOR” la suma de pesos $ 798.- por cada hora cátedra impartida, la

cual será efectivizada del 1 al 10 de cada mes en la Tesorería Municipal, ubicada en la

Avenida Centenario n° 77, piso primero, contra presentación de la factura de ley

correspondiente.

CUARTO) Ante incumplimiento total o parcial de las obligaciones asumidas por “EL

OPERADOR” en el presente contrato dará lugar a que “LA MUNICIPALIDAD” pueda

rescindir de pleno derecho el presente, perdiendo “EL OPERADOR” los beneficios a su

favor respecto al precio pactado por el período restante del Contrato, sin derecho a

indemnización por ningún concepto. Asimismo, las partes convienen en forma expresa que

cualquiera de ellas podrá resolver unilateralmente este contrato en cualquier momento, sin

que ello genere una indemnización especial para la otra parte y sin que sea posible reclamo

Page 152: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

152

alguno de “EL OPERADOR” por los períodos que resten hasta la finalización del mismo, no

abonándose suma alguna por el lapso temporal restante no trabajado.

QUINTO) “EL OPERADOR” declara poseer cobertura médica asistencial privada,

comprometiéndose en este acto a conservar su validez y vigencia por el término de duración

del presente contrato. “EL OPERADOR” libera de manera expresa e indeclinable a “LA

MUNICIPALIDAD” de toda responsabilidad por un eventual accidente de trabajo y/o

enfermedad inculpable o profesional de otra índole. En virtud de lo pactado en la presente

cláusula, todas las cargas y gravámenes tendientes a mantener vigente la misma, quedarán a

cargo exclusivo de “EL OPERADOR”.

SEXTO) “LAS PARTES” ponen de manifiesto que el contrato resulta “intuito personae”, no

pudiendo “EL OPERADOR” ceder de manera total o parcial las obligaciones asumidas,

reservándose “LA MUNICIPALIDAD” las acciones legales derivadas del incumplimiento

de la presente cláusula.

SÉPTIMO) “LAS PARTES” se someten a la jurisdicción de los Juzgados en lo Contencioso

Administrativo del Departamento Judicial de San Isidro, con prescindencia de cualquier otro

fuero o jurisdicción que pudiera corresponder y constituyen los domicilios mencionados en

el encabezamiento, donde se tendrán por válidas todas las comunicaciones que se cursen.

En prueba de conformidad, se suscriben dos (2) ejemplares de igual tenor y a un solo efecto

a los 28 días del mes de enero del año 2019.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Ángel Bernabé Rivera

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153

CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS

Entre la Municipalidad de San Isidro, representada para este acto por el Sr. Intendente

Municipal, Dr. Gustavo Posse, cuya firma es refrendada por la Sra. Legal y Técnica, Dra.

María Rosa García Minuzzi, con domicilio en la Avenida Centenario n° 77 de la localidad y

Partido de San Isidro en adelante denominada “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte, y

por la otra el Sr. Figgini, Jorge Nicolás, D.N.I. 11.408.338, con domicilio en la calle French

455, de la localidad de Villa Martelli, partido de Vicente López, en adelante denominado

“EL OPERADOR”, en su conjunto denominados “LAS PARTES”, teniendo en

consideración:

QUE “LA MUNICIPALIDAD” ha creado el programa de Cuidados Comunitarios en el año

2000 con el objetivo de colaborar con las fuerzas de seguridad aportando patrullaje

complementario y permanente en todo el territorio del Partido.

QUE a fin de poder jerarquizar las tareas realizadas y con el firma propósito de continuar

contribuyendo a combatir el flagelo del delito, esta Administración entiende que resulta vital

la capacitación continua y especializada a fin de dar respuesta eficaz a las problemáticas que

aquejan a los vecinos.

QUE se solicitó a través de la Subsecretaría de Prevención Ciudadana la posibilidad de crear

un “Programa de Capacitación para el Personal de Cuidados Comunitarios y C.O.M.”.

QUE la mencionada instrucción abarca la totalidad del personal que se encuentra prestando

servicio activo, la formación de futuros aspirantes a la dirección de patrullas y la instrucción

de agentes destinados al monitoreo de las cámaras de seguridad.

QUE el dictado de dicho curso resulta vital para el adiestramiento de los inspectores

municipales en los procedimientos de seguridad y protocolos de actuación específicos.

QUE la incorporación del personal municipal a la capacitación permitirá asimismo su

empleo en operaciones de vigilancia y apoyo en tareas que requieran un nivel de

profesionalidad que permita responder acertadamente ante los requerimientos de la sociedad.

QUE “LA MUNICIPALIDAD” no dispone dentro de su plantilla agentes formadores que

puedan dictar las materias del programa.

Page 154: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

154

QUE mediante el Decreto n° 3440 de fecha 4 de Diciembre de 2105, obrante a fs. 7/8 “LA

MUNICIPALIDAD” autorizó la realización del mencionado Programa.

QUE mediante el Decreto no. 2343 de fecha 20 de noviembre de 2018, obrante a fs. 291/292

se dispuso la continuidad del mencionado Programa para el año 2019.

QUE el artículo 156 del Dto. Ley 6769/58 permite la contratación directa de personal

externo idóneo a los requerimientos de la tarea a realizar.

QUE “EL OPERADOR” declara tener los conocimientos suficientes para impartir la

materia, adjuntando como anexo el Currículum Vitae que forma parte del expediente.

En virtud de los considerandos que anteceden, “LAS PARTES” resuelven:

PRIMERO) “LA MUNICIPALIDAD” contrata a “EL OPERADOR” para intervenir en el

“Programa de capacitación para el personal de Cuidados Comunitarios y el C.O.M.” más

arriba mencionado, teniendo a su cargo el dictado de la materia “Comunicaciones” en un

total de 264 horas cátedra, debiendo presentar el esquema de la misma a fin de su

conocimiento y aprobación por parte de la Secretaría de Prevención Ciudadana.

SEGUNDO) El presente contrato tendrá una duración de once (11) meses contados a partir

del 1 de Febrero del 2019 y finalizando el día 31 de Diciembre de 2019.

TERCERO) Por el dictado de la materia ut supra mencionada “LA MUNICIPALIDAD”

abonará a “EL OPERADOR” la suma de pesos $ 798.- por cada hora cátedra impartida, la

cual será efectivizada del 1 al 10 de cada mes en la Tesorería Municipal, ubicada en la

Avenida Centenario n° 77, piso primero, contra presentación de la factura de ley

correspondiente.

CUARTO) Ante incumplimiento total o parcial de las obligaciones asumidas por “EL

OPERADOR” en el presente contrato dará lugar a que “LA MUNICIPALIDAD” pueda

rescindir de pleno derecho el presente, perdiendo “EL OPERADOR” los beneficios a su

favor respecto al precio pactado por el período restante del Contrato, sin derecho a

indemnización por ningún concepto. Asimismo, las partes convienen en forma expresa que

cualquiera de ellas podrá resolver unilateralmente este contrato en cualquier momento, sin

que ello genere una indemnización especial para la otra parte y sin que sea posible reclamo

Page 155: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

155

alguno de “EL OPERADOR” por los períodos que resten hasta la finalización del mismo, no

abonándose suma alguna por el lapso temporal restante no trabajado.

QUINTO) “EL OPERADOR” declara poseer cobertura médica asistencial privada,

comprometiéndose en este acto a conservar su validez y vigencia por el término de duración

del presente contrato. “EL OPERADOR” libera de manera expresa e indeclinable a “LA

MUNICIPALIDAD” de toda responsabilidad por un eventual accidente de trabajo y/o

enfermedad inculpable o profesional de otra índole. En virtud de lo pactado en la presente

cláusula, todas las cargas y gravámenes tendientes a mantener vigente la misma, quedarán a

cargo exclusivo de “EL OPERADOR”.

SEXTO) “LAS PARTES” ponen de manifiesto que el contrato resulta “intuito personae”, no

pudiendo “EL OPERADOR” ceder de manera total o parcial las obligaciones asumidas,

reservándose “LA MUNICIPALIDAD” las acciones legales derivadas del incumplimiento

de la presente cláusula.

SÉPTIMO) “LAS PARTES” se someten a la jurisdicción de los Juzgados en lo Contencioso

Administrativo del Departamento Judicial de San Isidro, con prescindencia de cualquier otro

fuero o jurisdicción que pudiera corresponder y constituyen los domicilios mencionados en

el encabezamiento, donde se tendrán por válidas todas las comunicaciones que se cursen.

En prueba de conformidad, se suscriben dos (2) ejemplares de igual tenor y a un solo efecto

a los 21 días del mes de enero del año 2019.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Jorge Nicolás Figgini

Page 156: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

156

CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS

Entre la Municipalidad de San Isidro, representada para este acto por el Sr. Intendente

Municipal, Dr. Gustavo Posse, cuya firma es refrendada por la Sra. Legal y Técnica, Dra.

María Rosa García Minuzzi, con domicilio en la Avenida Centenario n° 77 de la localidad y

Partido de San Isidro en adelante denominada “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte, y

por la otra el Sr. Herrera, Ramón Alberto, D.N.I. 18.343.606, con domicilio en la calle

Belgrano 5017, de la localidad de Caseros, Partido de Tres de Febrero, en adelante

denominado “EL OPERADOR”, en su conjunto denominados “LAS PARTES”, teniendo en

consideración:

QUE “LA MUNICIPALIDAD” ha creado el programa de Cuidados Comunitarios en el año

2000 con el objetivo de colaborar con las fuerzas de seguridad aportando patrullaje

complementario y permanente en todo el territorio del Partido.

QUE a fin de poder jerarquizar las tareas realizadas y con el firma propósito de continuar

contribuyendo a combatir el flagelo del delito, esta Administración entiende que resulta vital

la capacitación continua y especializada a fin de dar respuesta eficaz a las problemáticas que

aquejan a los vecinos.

QUE se solicitó a través de la Subsecretaría de Prevención Ciudadana la posibilidad de crear

un “Programa de Capacitación para el Personal de Cuidados Comunitarios y C.O.M.”.

QUE la mencionada instrucción abarca la totalidad del personal que se encuentra prestando

servicio activo, la formación de futuros aspirantes a la dirección de patrullas y la instrucción

de agentes destinados al monitoreo de las cámaras de seguridad.

QUE el dictado de dicho curso resulta vital para el adiestramiento de los inspectores

municipales en los procedimientos de seguridad y protocolos de actuación específicos.

QUE la incorporación del personal municipal a la capacitación permitirá asimismo su

empleo en operaciones de vigilancia y apoyo en tareas que requieran un nivel de

profesionalidad que permita responder acertadamente ante los requerimientos de la sociedad.

QUE “LA MUNICIPALIDAD” no dispone dentro de su plantilla agentes formadores que

puedan dictar las materias del programa.

Page 157: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

157

QUE mediante el Decreto n° 3440 de fecha 4 de Diciembre de 2105, obrante a fs. 7/8 “LA

MUNICIPALIDAD” autorizó la realización del mencionado Programa.

QUE mediante el Decreto no. 2343 de fecha 20 de noviembre de 2018, obrante a fs. 291/292

se dispuso la continuidad del mencionado Programa para el año 2019.

QUE el artículo 156 del Dto. Ley 6769/58 permite la contratación directa de personal

externo idóneo a los requerimientos de la tarea a realizar.

QUE “EL OPERADOR” declara tener los conocimientos suficientes para impartir la

materia, adjuntando como anexo el Currículum Vitae que forma parte del expediente.

En virtud de los considerandos que anteceden, “LAS PARTES” resuelven:

PRIMERO) “LA MUNICIPALIDAD” contrata a “EL OPERADOR” para intervenir en el

“Programa de capacitación para el personal de Cuidados Comunitarios y el C.O.M.” más

arriba mencionado, teniendo a su cargo el dictado de la materia “Comunicaciones” en un

total de 264 horas cátedra, debiendo presentar el esquema de la misma a fin de su

conocimiento y aprobación por parte de la Secretaría de Prevención Ciudadana.

SEGUNDO) El presente contrato tendrá una duración de once (11) meses contados a partir

del 1 de Febrero del 2019 y finalizando el día 31 de Diciembre de 2019.

TERCERO) Por el dictado de la materia ut supra mencionada “LA MUNICIPALIDAD”

abonará a “EL OPERADOR” la suma de pesos $ 798.- por cada hora cátedra impartida, la

cual será efectivizada del 1 al 10 de cada mes en la Tesorería Municipal, ubicada en la

Avenida Centenario n° 77, piso primero, contra presentación de la factura de ley

correspondiente.

CUARTO) Ante incumplimiento total o parcial de las obligaciones asumidas por “EL

OPERADOR” en el presente contrato dará lugar a que “LA MUNICIPALIDAD” pueda

rescindir de pleno derecho el presente, perdiendo “EL OPERADOR” los beneficios a su

favor respecto al precio pactado por el período restante del Contrato, sin derecho a

indemnización por ningún concepto. Asimismo, las partes convienen en forma expresa que

cualquiera de ellas podrá resolver unilateralmente este contrato en cualquier momento, sin

que ello genere una indemnización especial para la otra parte y sin que sea posible reclamo

Page 158: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

158

alguno de “EL OPERADOR” por los períodos que resten hasta la finalización del mismo, no

abonándose suma alguna por el lapso temporal restante no trabajado.

QUINTO) “EL OPERADOR” declara poseer cobertura médica asistencial privada,

comprometiéndose en este acto a conservar su validez y vigencia por el término de duración

del presente contrato. “EL OPERADOR” libera de manera expresa e indeclinable a “LA

MUNICIPALIDAD” de toda responsabilidad por un eventual accidente de trabajo y/o

enfermedad inculpable o profesional de otra índole. En virtud de lo pactado en la presente

cláusula, todas las cargas y gravámenes tendientes a mantener vigente la misma, quedarán a

cargo exclusivo de “EL OPERADOR”.

SEXTO) “LAS PARTES” ponen de manifiesto que el contrato resulta “intuito personae”, no

pudiendo “EL OPERADOR” ceder de manera total o parcial las obligaciones asumidas,

reservándose “LA MUNICIPALIDAD” las acciones legales derivadas del incumplimiento

de la presente cláusula.

SÉPTIMO) “LAS PARTES” se someten a la jurisdicción de los Juzgados en lo Contencioso

Administrativo del Departamento Judicial de San Isidro, con prescindencia de cualquier otro

fuero o jurisdicción que pudiera corresponder y constituyen los domicilios mencionados en

el encabezamiento, donde se tendrán por válidas todas las comunicaciones que se cursen.

En prueba de conformidad, se suscriben dos (2) ejemplares de igual tenor y a un solo efecto

a los 7 días del mes de enero del año 2019.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Ramón Alberto Herrera

Page 159: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

159

CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS

Entre la Municipalidad de San Isidro, representada para este acto por el Sr. Intendente

Municipal, Dr. Gustavo Posse, cuya firma es refrendada por la Sra. Legal y Técnica, Dra.

María Rosa García Minuzzi, con domicilio en la Avenida Centenario n° 77 de la localidad y

Partido de San Isidro en adelante denominada “LA MUNICIPALIDAD”, por una parte, y

por la otra el Sr. Maiztegui Marcó, César Hernán, D.N.I. 20.008.647, con domicilio en

Avenida Gral. Las Heras 3283 Piso 13, Depto. 54 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

en adelante denominado “EL OPERADOR”, en su conjunto denominados “LAS PARTES”,

teniendo en consideración:

QUE “LA MUNICIPALIDAD” ha creado el programa de Cuidados Comunitarios en el año

2000 con el objetivo de colaborar con las fuerzas de seguridad aportando patrullaje

complementario y permanente en todo el territorio del Partido.

QUE a fin de poder jerarquizar las tareas realizadas y con el firma propósito de continuar

contribuyendo a combatir el flagelo del delito, esta Administración entiende que resulta vital

la capacitación continua y especializada a fin de dar respuesta eficaz a las problemáticas que

aquejan a los vecinos.

QUE se solicitó a través de la Subsecretaría de Prevención Ciudadana la posibilidad de crear

un “Programa de Capacitación para el Personal de Cuidados Comunitarios y C.O.M.”.

QUE la mencionada instrucción abarca la totalidad del personal que se encuentra prestando

servicio activo, la formación de futuros aspirantes a la dirección de patrullas y la instrucción

de agentes destinados al monitoreo de las cámaras de seguridad.

QUE el dictado de dicho curso resulta vital para el adiestramiento de los inspectores

municipales en los procedimientos de seguridad y protocolos de actuación específicos.

QUE la incorporación del personal municipal a la capacitación permitirá asimismo su

empleo en operaciones de vigilancia y apoyo en tareas que requieran un nivel de

profesionalidad que permita responder acertadamente ante los requerimientos de la sociedad.

QUE “LA MUNICIPALIDAD” no dispone dentro de su plantilla agentes formadores que

puedan dictar las materias del programa.

Page 160: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

160

QUE mediante el Decreto n° 3440 de fecha 4 de Diciembre de 2105, obrante a fs. 7/8 “LA

MUNICIPALIDAD” autorizó la realización del mencionado Programa.

QUE mediante el Decreto no. 2343 de fecha 20 de noviembre de 2018, obrante a fs. 291/292

se dispuso la continuidad del mencionado Programa para el año 2019.

QUE el artículo 156 del Dto. Ley 6769/58 permite la contratación directa de personal

externo idóneo a los requerimientos de la tarea a realizar.

QUE “EL OPERADOR” declara tener los conocimientos suficientes para impartir la

materia, adjuntando como anexo el Currículum Vitae que forma parte del expediente.

En virtud de los considerandos que anteceden, “LAS PARTES” resuelven:

PRIMERO) “LA MUNICIPALIDAD” contrata a “EL OPERADOR” para intervenir en el

“Programa de capacitación para el personal de Cuidados Comunitarios y el C.O.M.” más

arriba mencionado, teniendo a su cargo el dictado de la materia “Procedimientos y Técnicas

de Monitoreo” en un total de 264horas cátedra, debiendo presentar el esquema de la misma a

fin de su conocimiento y aprobación por parte de la Secretaría de Prevención Ciudadana.

SEGUNDO) El presente contrato tendrá una duración de once (11) meses contados a partir

del 1 de Febrero del 2019 y finalizando el día 31 de Diciembre de 2019.

TERCERO) Por el dictado de la materia ut supra mencionada “LA MUNICIPALIDAD”

abonará a “EL OPERADOR” la suma de pesos $ 798.- por cada hora cátedra impartida, la

cual será efectivizada del 1 al 10 de cada mes en la Tesorería Municipal, ubicada en la

Avenida Centenario n° 77, piso primero, contra presentación de la factura de ley

correspondiente.

CUARTO) Ante incumplimiento total o parcial de las obligaciones asumidas por “EL

OPERADOR” en el presente contrato dará lugar a que “LA MUNICIPALIDAD” pueda

rescindir de pleno derecho el presente, perdiendo “EL OPERADOR” los beneficios a su

favor respecto al precio pactado por el período restante del Contrato, sin derecho a

indemnización por ningún concepto. Asimismo, las partes convienen en forma expresa que

cualquiera de ellas podrá resolver unilateralmente este contrato en cualquier momento, sin

que ello genere una indemnización especial para la otra parte y sin que sea posible reclamo

Page 161: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

161

alguno de “EL OPERADOR” por los períodos que resten hasta la finalización del mismo, no

abonándose suma alguna por el lapso temporal restante no trabajado.

QUINTO) “EL OPERADOR” declara poseer cobertura médica asistencial privada,

comprometiéndose en este acto a conservar su validez y vigencia por el término de duración

del presente contrato. “EL OPERADOR” libera de manera expresa e indeclinable a “LA

MUNICIPALIDAD” de toda responsabilidad por un eventual accidente de trabajo y/o

enfermedad inculpable o profesional de otra índole. En virtud de lo pactado en la presente

cláusula, todas las cargas y gravámenes tendientes a mantener vigente la misma, quedarán a

cargo exclusivo de “EL OPERADOR”.

SEXTO) “LAS PARTES” ponen de manifiesto que el contrato resulta “intuito personae”, no

pudiendo “EL OPERADOR” ceder de manera total o parcial las obligaciones asumidas,

reservándose “LA MUNICIPALIDAD” las acciones legales derivadas del incumplimiento

de la presente cláusula.

SÉPTIMO) “LAS PARTES” se someten a la jurisdicción de los Juzgados en lo Contencioso

Administrativo del Departamento Judicial de San Isidro, con prescindencia de cualquier otro

fuero o jurisdicción que pudiera corresponder y constituyen los domicilios mencionados en

el encabezamiento, donde se tendrán por válidas todas las comunicaciones que se cursen.

En prueba de conformidad, se suscriben dos (2) ejemplares de igual tenor y a un solo efecto

a los 7 días del mes de enero del año 2019.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. César Hernán Maiztegui Marcó

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162

Ref. Expte. Nº 314-A- 2019.-

SAN ISIDRO, 4 de febrero de 2019 10 de diciembre de 2018.-110 6 de mayo de

201820 de marzo de 2018

DECRETO NÚMERO: 1 8 5

VISTO la nota presentada por la entidad

“ASOCIACIÓN COOPERADORA CASA DE LA CULTURA”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar erogaciones referentes al alquiler de sonido, iluminación,

escenario, trajes, adornos y gastos de traslado para los festejos del Carnaval San Isidro 2019;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS

TRESCIENTOS OCHENTA MIL ($ 380.000), con oportuna rendición de cuentas;

QUE se procede al dictado del acto

administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “ASOCIACIÓN COOPERADORA CASA DE LA CULTURA”

por la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA MIL ($ 380.000) con oportuna

rendición de cuentas, destinado a solventar erogaciones referentes al alquiler de sonido,

iluminación, escenario, trajes, adornos y gastos de traslado para los festejos del Carnaval San

Isidro 2019.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************* debidamente autorizada/s a tal efecto debiéndose previamente presentar

las rendiciones de cuentas adeudadas por la Entidad por subsidios otorgados con

anterioridad.-

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

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163

Ref. Expte. Nº 314-A- 2019.-

//…

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente

************* decreto, se atenderá con fondos provenientes de la partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 164: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

164

Ref.: Expte. Nro. 16400-2018.-

SAN ISIDRO, 4 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 8 6

VISTO la nota presentada por la

“ASOCIACIÓN CIVIL MANOS DE LA CAVA”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar los gastos correspondientes a la compra de alimentos para

almuerzo y merienda; pago de haberes del personal de monitoreo, coordinación y

supervisión general necesarios para el cuidado de niños y adolecentes que concurren a la

colonia;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS DOSCIENTOS

MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO ($ 200.445,00), con oportuna rendición

de cuentas;

QUE se procede al dictado del acto

administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “ASOCIACIÓN CIVIL MANOS DE LA CAVA”, por la suma de

PESOS DOSCIENTOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO ($ 200.445,00),

con oportuna rendición de cuentas, destinado a solventar los gastos correspondientes a la

compra de alimentos para almuerzo y merienda; pago de haberes del personal de monitoreo,

coordinación y supervisión general necesarios para el cuidado de niños y adolecentes que

concurren a la colonia.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nro. 1444/85.-

Page 165: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

165

Ref.: Expte. Nro. 16400-2018.-

//…

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 166: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

166

Ref.: Expte. N° 606-2019.-

SAN ISIDRO, 4 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 8 7

VISTO la nota presentada por la Dirección

General de Ceremonial y Protocolo, obrante a fojas 1; y

Considerando:

QUE la mentada repartición solicita declarar de

Interés Municipal el 10º Aniversario del fallecimiento del Dr. Osvaldo Posse;

QUE el Dr. Osvaldo Posse desarrolló una amplia

y reconocida labor en el ejercicio de la función pública, desempeñándose con el correr de los

años como Secretario del Departamento Ejecutivo Municipal en varias oportunidades,

concejal, Vice-Presidente del Honorable Concejo Deliberante de San Isidro, Legislador

Provincial y Diputado Nacional;

QUE el fallecimiento, ocurrido en el año 2009

afectó a San Isidro, sus autoridades, dirigentes y a la comunidad en su conjunto,

decretándose 3 días de duelo mediante Decreto Nº 409/09;

QUE el reconocimiento que recibe San Isidro en

la actualidad a nivel provincial y nacional se debe en importante medida al Dr. Osvaldo

Posse, quien fue mentor y sostenedor de un plan general para el desarrollo del Partido,

habiendo sido asesor y colaborador de todos los intendentes de la Democracia en los últimos

50 años;

QUE asimismo, se ha constituido como ejemplo

de servicio a la comunidad, destacándose como un trabajador tenaz en la búsqueda de las

constante mejoras en la gestión pública, en el desarrollo de planes estratégicos y en la lucha

por el bien común;

QUE en este sentido, diseño un plan maestro

para San Isidro, que luego se encargó de ir plasmando puntualmente en las distintas

gestiones, con grandes desagües y obras de infraestructura, ganándose con estas

intervenciones el respeto y admiración de todos los sectores sociales;

QUE además, supo ganarse el cariño y el respeto

de sus ciudadanos sobre la base de su transparente, firme y honesta conducta cívica, tanto en

el ejercicio de la política, como en la función pública y su profesión de abogado;

Page 167: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

167

Ref.: Expte. N° 606-2019.-

//…

QUE es intención del Municipio honrar y

homenajear la memoria de este servidor público que siempre mantuvo sus ideales de

compromiso con sus representados, siendo solidario y respetuoso con todos;

QUE en virtud de lo descripto precedentemente,

este Departamento Ejecutivo comparte y promueve estas iniciativas, correspondiendo en tal

sentido el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Declarar de Interés Municipal los actos y homenajes a realizarse con

************* motivo del 10° Aniversario del fallecimiento del Dr. Osvaldo Hugo

Posse, el día 16 de febrero del corriente año.-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 168: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

168

Ref. Expte. Nº 16398-2018.-

SAN ISIDRO, 21 de enero del 2019.-

DECRETO NÚMERO: 1 8 8

VISTO la nota presentada por la

“ASOCIACIÓN CIVIL MANOS DE LA CAVA”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de honorarios profesionales, y compra de

alimentos, de insumos y elementos para talleres y tareas administrativas;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS

SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS ($ 647.400,00), pagadero

en diez (10) cuotas iguales de PESOS SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS

CUARENTA ($ 64.740,00), con oportuna rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “ASOCIACIÓN CIVIL MANOS DE LA CAVA”, por la suma de

PESOS SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS ($ 647.400,00),

pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS SESENTA Y CUATRO MIL

SETECIENTOS CUARENTA ($ 64.740,00), con oportuna rendición de cuentas, destinado a

solventar el pago de honorarios profesionales, y compra de alimentos, insumos y elementos

para talleres y tareas administrativas.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente

************* autorizada/s a tal efecto.

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

Page 169: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

169

Ref. Expte. Nº 16398-2018.-

//…

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 170: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

170

Ref. Expte. Nº 16402-2018.-

SAN ISIDRO, 5 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 8 9

VISTO la nota presentada por la “FUNDACIÓN

EDUCATIVA EL SAPO Y LA RANA”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de becas de estudios para niños que no poseen

medios económicos;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS CIENTO UN

MIL ($ 101.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS DIEZ MIL CIEN

($ 10.100,00), con oportuna rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “FUNDACIÓN EDUCATIVA EL SAPO Y LA RANA”, por la

suma de PESOS CIENTO UN MIL ($ 101.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de

PESOS DIEZ MIL CIEN ($ 10.100,00), con oportuna rendición de cuentas, destinado

a solventar el pago de becas de estudios para niños que no poseen medios económicos.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente

************* autorizada/s a tal efecto.

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

Page 171: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

171

Ref. Expte. Nº 16402-2018.-

//…

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 172: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

172

Ref. Expte. Nº 17143-A-2016.-

SAN ISIDRO, 5 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 9 0

VISTO la Ordenanza Fiscal Nº 9057,

promulgada por Decreto Nº 2568/2018; y

Considerando:

QUE el artículo 82° bis de dicha norma,

establece la posibilidad de obtener, una reducción de hasta un cincuenta por ciento (50%)

sobre el valor de la Tasa determinada de Inspección de Comercios e Industrias, tanto a

contribuyentes que posean establecimientos en los que se realicen exclusivamente tareas

administrativas o comerciales sin expendio de bienes en el lugar, que empleen personal con

domicilio en el Partido, y que no revistan calidad de sujetos pasivos de ciertas Tasas

Ambientales;

QUE como prueba irrefutable de la intención de

este Municipio de fomentar el desarrollo de empresas sustentables y que cuiden el medio

ambiente, así como del empleo de vecinos del Partido, es que año a año los requisitos de

otorgamiento del presente beneficio han ido adecuándose a la realidad que transitan las

empresas que buscan obtenerlo;

QUE en consecuencia, el texto aprobado para el

año 2019 redujo respecto del año 2018, el mínimo de personal empleado con domicilio

dentro del partido, pasando así de un tercio del personal (año 2018), a un veinticinco por

ciento para el año 2019;

QUE establece el mencionado artículo, la

facultad del Departamento Ejecutivo para reglamentar las normas necesarias para su

aplicación;

QUE para el año 2017, dicho artículo se

encontraba reglamentado a través del Decreto Nro. 33/2017;

QUE respecto del año 2018, el apartado “I” de

“Oficinas Administrativas / Comerciales”, se reglamentó por Decreto 90/18;

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173

Ref. Expte. Nº 17143-A-2016.-

//…

QUE conforme la modificación introducida para

el año 2019, resulta menester actualizar la reglamentación conforme normativa vigente;

QUE el otorgamiento de la reducción del valor

de la Tasa por Inspección de Comercios e Industrias determinada, fomenta el asentamiento

de oficinas administrativas así como la inversión de capitales dentro del Municipio;

QUE en consecuencia se procede al dictado del

presente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

De los Requisitos para la Solicitud

ARTÍCULO 1º.- Podrán solicitar el beneficio de DETERMINACIÓN ESPECIAL

************* comprendido en el artículo 82 bis, apartado “I”, de la Ordenanza Fiscal

vigente, los establecimientos que se correspondan únicamente a oficinas, con independencia

del rubro/actividad bajo el que hubiese sido registrada en oportunidad de gestionarse su

habilitación, siempre que en el establecimiento se realicen de manera exclusiva tareas

administrativas y/o comerciales, y que no realicen expendio de bienes al público en el lugar.

El beneficio procederá cuando cumplan con alguno o ambos de los siguientes requisitos; a

saber:

A) No encontrarse alcanzado por las siguientes tasas; a) Tasa por Servicios de Protección

Ambiental por emisión de gases y líquidos contaminantes (Art. 170, inc. 1 Ordenanza Fiscal

vigente); b) Tasa por Servicios de Gestión de Residuos a Grandes Generadores (Art. 191,

Ordenanza Fiscal vigente).

B) Poseer un veinticinco por ciento o más del personal declarado bajo relación de

dependencia afectado al establecimiento, con domicilio real en el Partido de San Isidro.

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174

Ref. Expte. Nº 17143-A-2016.-

///…

CAPITULO II

Del Cómputo de Reducción

ARTÍCULO 2º.- La reducción sobre el valor de la Tasa por Inspección de Comercios e

************* Industrias determinada, podrá alcanzar hasta el cincuenta por ciento

(50%). En caso de acreditar un sólo lo requisito de los establecidos en el Artículo 1º, la

reducción podrá solicitarse por un veinticinco por ciento (25 %).

Acreditados ambos requisitos, el contribuyente podrá solicitar un cincuenta por ciento (50%)

de reducción sobre el valor de la Tasa determinada.

Del Procedimiento

ARTÍCULO 3º.- SOLICITUD. Los sujetos comprendidos deberán presentar en Mesa

************* General de Entradas solicitud formal de “Determinación Especial

artículo 82 bis” con giro a la Agencia de Recaudación de San Isidro, que será la encargada

de evaluar el debido cumplimiento de los requisitos necesarios para obtener las reducciones

del artículo 2º.- En el primer escrito el contribuyente deberá constituir domicilio legal y

electrónico.-

ARTÍCULO 4º.- PRUEBA. A los fines del cómputo de las reducciones que establece el

************* artículo 82 bis de la Ordenanza Fiscal vigente, el contribuyente deberá

acompañar junto con el escrito de solicitud, la siguiente documentación:

Requisito Artículo 1º, Apartado I, Inc. A:

1. Copia Simple de Certificado de Habilitación Municipal;

2. Copia Autenticada de Estatuto Social inscripto en el registro correspondiente.

Requisito Artículo 1º, Apartado I, Inc. B:

1. Formulario 931 - AFIP.

2. A) Detalle de nómina de personal arrojado por formulario 931 – (AFIP).

B) En caso de corresponder, declaración jurada de personal afectado a la actividad

desarrollada en el local habilitado en el Municipio.

La Autoridad de Aplicación verificará la autenticidad de los datos aportados por el

interesado. De verificarse inconsistencias en la declaración jurada, se aplicarán las

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175

Ref. Expte. Nº 17143-A-2016.-

////…

sanciones correspondientes al artículo 46 de la Ordenanza Fiscal, inciso “E”, pudiendo

instruirse el sumario correspondiente por la conducta del interesado (artículo 46, inciso “B”

o “C”).

3. Copia de documento nacional de identidad de los empleados donde conste domicilio

dentro del Partido de San Isidro; o constancia de cambio de domicilio en caso de

corresponder.

ARTÍCULO 5º.- REQUISITO DE PROCEDENCIA. Será requisito para la procedencia

************* de la solicitud de reducción del valor de la Tasa en cuestión, que el

contribuyente requirente se encuentre al día con el pago de las tasas municipales, o con un

plan de facilidades de pago en curso, al momento de interponer solicitud.

Aquellos contribuyentes cuya deuda no se encuentre firme por estar en curso un

Procedimiento de Fiscalización podrán solicitar el beneficio bajo la presente excepción, cuyo

trámite procederá una vez informada en el expediente la finalización de la Fiscalización por

parte del interesado.

El incumplimiento del requisito del primer párrafo hará caer la solicitud en forma

automática, debiendo el contribuyente iniciar una nueva solicitud.-

ARTÍCULO 6º.- RESOLUCIÓN. La Autoridad de Aplicación dentro de los SESENTA

************* (60) días dictará Resolución haciendo lugar total o parcialmente, o

rechazando la solicitud de reducción del valor de la tasa determinada.

En los casos establecidos en el artículo 5º, segundo párrafo, el plazo de sesenta (60) días,

comenzará a computarse una vez finalizado el Procedimiento de Fiscalización.

La Resolución deberá estar debidamente fundada. En caso de rechazo deberá contener los

motivos que funden la decisión.

En ambos casos será notificada al contribuyente al domicilio legal o al electrónico que

hubiera declarado en su primer escrito al que hace referencia el artículo 3º.-

ARTÍCULO 7º.- RESOLUCIÓN A FAVOR. El beneficio otorgado se aplicará a partir del

************* bimestre calendario siguiente inmediato al de la Resolución.

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176

Ref. Expte. Nº 17143-A-2016.-

/////…

Para los casos establecidos en el artículo 5º segundo párrafo, cuyo resultado del

Procedimiento de Fiscalización no hubiere consignado saldos a pagar, la reducción será

otorgada a partir del bimestre calendario siguiente al del inicio del expediente de solicitud

del presente beneficio.-

ARTÍCULO 8º.- VIGENCIA. El presente beneficio, será otorgado, por el período de UN

************* AÑO CALENDARIO contado a partir de la cuota sobre la cual obtuvo el

primer beneficio de reducción. Vencido que fuera el plazo, el beneficio cesará de manera

automática, sin necesidad de notificación previa al contribuyente.

El contribuyente podrá requerir renovación con anterioridad al vencimiento del plazo, o

realizar un nuevo pedido una vez vencido el mismo. En ambos casos deberá acreditar la

documentación actualizada, conforme establece el artículo 4º.

Deberá hacer referencia al expediente que diera inicio a la primera solicitud normada en el

artículo 3º, al momento de realizar el nuevo pedido.-

ARTÍCULO 9º.- SUBSISTENCIA del BENEFICIO. La Autoridad de Aplicación podrá

************* hacer caer el beneficio otorgado en caso de verificar la falta de pago de

cualquier Tasa Municipal por más de dos (2) cuotas consecutivas, o el cambio de alguna de

las circunstancias por las que se hubiera otorgado en forma total o parcial el beneficio.-

ARTÍCULO 10º.- RESOLUCIÓN EN RECHAZO. El contribuyente notificado de la

************** Resolución denegatoria del beneficio de reducción podrá interponer

dentro de los DIEZ (10) DÍAS de notificado Recurso de Revocatoria conforme artículo 27 y

ssgtes. de la Ordenanza Fiscal.-

ARTÍCULO 11º.- Las disposiciones de este decreto entrarán en vigencia a partir del mes

************** de Enero de 2019.-

ARTÍCULO 12°.- Derogar toda disposición que se oponga a las del presente Decreto.-

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177

Ref. Expte. Nº 17143-A-2016.-

//////…

ARTÍCULO 13º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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178

Ref. Expte. Nº 16396-2018.-

SAN ISIDRO, 5 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 9 1

VISTO la nota presentada por “ALIENTO DE

VIDA ANIMAL ASOCIACIÓN CIVIL”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar los gastos de veterinario, estudios, medicamentos y compra

de alimento para animales en recuperación y adopción;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS CIENTO

VEINTE MIL ($ 120.000,00), pagadero en ocho (8) cuotas iguales de PESOS QUINCE

MIL ($ 15.000,00), con oportuna rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por “ALIENTO DE VIDA ANIMAL ASOCIACIÓN CIVIL”, por la

suma de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($ 120.000,00), pagadero en ocho (8) cuotas

iguales de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000,00), con oportuna rendición de cuentas,

destinado a solventar los gastos de veterinario, estudios, medicamentos y compra de

alimento para animales en recuperación y adopción.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente

************* autorizada/s a tal efecto.

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

Page 179: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

179

Ref. Expte. Nº 16396-2018.-

//…

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 180: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

180

Ref. Expte. Nº 15938-2018.-

SAN ISIDRO, 5 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 9 2

VISTO la nota presentada por la

“ASOCIACIÓN CIVIL ENGRANAJES DE SAN ISIDRO (ESI)”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de honorarios profesionales, salarios y compra de

material didáctico e insumos para las actividades desarrolladas en los talleres;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS DOSCIENTOS

QUINCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($215.250), pagaderos en DIEZ (10) cuotas

iguales de PESOS VEINTIÚN MIL QUINIENTOS VEINTICINCO ($21.525), con

oportuna de rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “ASOCIACIÓN CIVIL ENGRANAJES DE SAN ISIDRO (ESI)”,

por la suma de PESOS DOSCIENTOS QUINCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA

($215.250), pagaderos en DIEZ (10) cuotas iguales de PESOS VEINTIÚN MIL

QUINIENTOS VEINTICINCO ($21.525), con oportuna de rendición de cuentas, destinado

a solventar el pago de honorarios profesionales, salarios y compra de material didáctico e

insumos para las actividades desarrolladas en los talleres.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamen-

************* te autorizada/s a tal efecto.-

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

Page 181: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

181

Ref. Expte. Nº 15938-2018.-

//...

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 182: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

182

Ref. Expte. Nº 15549-2018.-

SAN ISIDRO, 5 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 9 3

VISTO la nota presentada por la

“ASOCIACIÓN CIVIL LIDERES POR LA VIDA”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago del alquiler; honorarios profesionales; elementos de

difusión y publicidad gráfica; compra de artículos para limpieza y tareas administrativas;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS

CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 450.000,00), pagadero en diez (10) cuotas

iguales de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 45.000,00), con oportuna de rendición de

cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “ASOCIACIÓN CIVIL LIDERES POR LA VIDA”, por la suma

de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 450.000,00), pagadero en diez (10)

cuotas iguales de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 45.000,00), con oportuna de

rendición de cuentas, destinado a solventar el pago del alquiler; honorarios profesionales;

elementos de difusión y publicidad gráfica; compra de artículos para limpieza y tareas

administrativas;.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente

************* autorizada/s a tal efecto.

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

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183

Ref. Expte. Nº 15549-2018.-

//…

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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184

Ref. Expte. Nº 16407-2018.-

SAN ISIDRO, 5 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 9 4

VISTO la nota presentada por la “FUNDACIÓN

HOGARES”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de servicios, honorarios profesionales y costos de

mantenimiento edilicio;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS

CUATROCIENTOS OCHENTA MIL ($ 480.000), pagadero en DIEZ (10) cuotas iguales de

PESOS CUARENTA Y OCHO MIL ($ 48.000), con oportuna de rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “FUNDACIÓN HOGARES”, por la suma de PESOS

CUATROCIENTOS OCHENTA MIL ($ 480.000), pagadero en DIEZ (10) cuotas iguales de

PESOS CUARENTA Y OCHO MIL ($ 48.000), con oportuna de rendición de cuentas,

destinado a solventar el pago de servicios, honorarios profesionales y costos de

mantenimiento edilicio.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamen-

************* te autorizada/s a tal efecto.-

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

Page 185: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

185

Ref. Expte. Nº 16407-2018.-

//…

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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186

Ref. Expte. Nº 16408-2018.-

SAN ISIDRO, 5 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 9 5

VISTO la nota presentada por la

“ASOCIACIÓN HIJOS Y AMIGOS DE SAN ISIDRO”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de honorarios profesionales; mantenimiento de

cuenta bancaria; elementos para agasajos (medallas, trofeos, diplomas, conjunto de guitarras

y cantores para serenatas); y útiles para tareas administrativas;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS CUARENTA

Y OCHO MIL ($ 48.000), pagaderos en CUATRO (4) cuotas iguales de PESOS DOCE MIL

($12.000), con oportuna de rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “ASOCIACIÓN HIJOS Y AMIGOS DE SAN ISIDRO”, por la

suma de PESOS CUARENTA Y OCHO MIL ($ 48.000), pagaderos en CUATRO (4) cuotas

iguales de PESOS DOCE MIL ($12.000), con oportuna de rendición de cuentas, destinado a

solventar el pago de honorarios profesionales; mantenimiento de cuenta bancaria; elementos

para agasajos (medallas, trofeos, diplomas, conjunto de guitarras y cantores para serenatas);

y útiles para tareas administrativas.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamen-

************* te autorizada/s a tal efecto.-

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

Page 187: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

187

Ref. Expte. Nº 16408-2018.-

//…

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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188

Ref. Expte. Nº 16404-2018.-

SAN ISIDRO, 5 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 9 6

VISTO la nota presentada por la “UNIÓN

VECINAL PROGRESO SANTA RITA”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de servicios e impuestos; honorarios profesionales,

certificaciones, trámites contables y administrativos; salarios de profesores y de empleada

administrativa; seguros y emergencias médicas; gastos de mantenimiento edilicio,

reparaciones, pintura y mano de obra; equipamiento de indumentaria y material deportivo;

trabajos de impresión y copiado para distintas actividades de la entidad; y compra de

artículos para tareas administrativas y contables;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS DOSCIENTOS

SETENTA Y SEIS MIL ($ 276.000), pagadero en DIEZ (10) cuotas iguales de PESOS

VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS ($ 27.600), con oportuna de rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “UNIÓN VECINAL PROGRESO SANTA RITA”, por la suma de

PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL ($ 276.000), pagadero en DIEZ (10) cuotas

iguales de PESOS VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS ($ 27.600), con oportuna de

rendición de cuentas, destinado a solventar el pago de servicios e impuestos; honorarios

profesionales, certificaciones, trámites contables y administrativos; salarios de profesores y

de empleada administrativa; seguros y emergencias médicas; gastos de mantenimiento

edilicio, reparaciones, pintura y mano de obra; equipamiento de indumentaria y material

deportivo; trabajos de impresión y copiado para distintas actividades de la entidad; y

compra de artículos para tareas administrativas y contables.-

Page 189: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

189

Ref. Expte. Nº 16404-2018.-

//…

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamen-

************* te autorizada/s a tal efecto.-

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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190

Ref. Expte. Nº 16399-2018.-

SAN ISIDRO, 5 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 9 7

VISTO la nota presentada por la “SOCIEDAD

GREMIAL DE VAREADORES”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar la compra y colocación de paño de red para la cancha de

fútbol;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS SESENTA Y

DOS MIL QUINIENTOS ($ 62.500), con oportuna de rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “SOCIEDAD GREMIAL DE VAREADORES”, por la suma de

PESOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 62.500), con oportuna de rendición de

cuentas, destinado a solventar la compra y colocación de paño de red para la cancha de

fútbol.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamen-

************* te autorizada/s a tal efecto.-

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

Page 191: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

191

Ref. Expte. Nº 16399-2018.-

//...

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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192

Ref. Expte. Nº 16393-2018.-

SAN ISIDRO, 5 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 9 8

VISTO la nota presentada por la

“ASOCIACIÓN CIVIL BINCA PARA TODOS – B.P.T.”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de honorarios profesionales; sueldos de docentes;

costos de mantenimiento edilicio; adquisición de material didáctico e insumos para talleres

que se dictan en la entidad y compra de alimentos;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS CIENTO

SETENTA Y DOS MIL ($ 172.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS

DIECISIETE MIL DOSCIENTOS ($ 17.200,00), con oportuna de rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “ASOCIACIÓN CIVIL BINCA PARA TODOS – B.P.T.”, por la

suma de PESOS CIENTO SETENTA Y DOS MIL ($ 172.000,00), pagadero en diez (10)

cuotas iguales de PESOS DIECISIETE MIL DOSCIENTOS ($ 17.200,00), con oportuna de

rendición de cuentas, destinado a solventar el pago de honorarios profesionales; sueldos de

docentes; costos de mantenimiento edilicio; adquisición de material didáctico e insumos para

talleres que se dictan en la entidad y compra de alimentos.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente

************* autorizada/s a tal efecto.

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

Page 193: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

193

Ref. Expte. Nº 16393-2018.-

//…

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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194

Ref. Expte. Nº 16395-2018.-

SAN ISIDRO, 5 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 1 9 9

VISTO la nota presentada por la

“ASOCIACIÓN CIVIL ACOMPAÑAR CON EDUCACIÓN Y RESPONSABILIDAD

(A.C.E.R.)”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de honorarios profesionales y sueldos del personal;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS DOSCIENTOS

TREINTA MIL ($ 230.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS

VEINTITRÉS MIL ($ 23.000,00), con oportuna de rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “ASOCIACIÓN CIVIL ACOMPAÑAR CON EDUCACIÓN Y

RESPONSABILIDAD (A.C.E.R.)”, por la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA MIL

($ 230.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS VEINTITRÉS MIL ($

23.000,00), con oportuna de rendición de cuentas, destinado a solventar el pago de

honorarios profesionales y sueldos del personal.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente

************* autorizada/s a tal efecto.

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

Page 195: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

195

Ref. Expte. Nº 16395-2018.-

//…

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 196: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

196

Ref.: Expte. Nro. 16547-D-2018.-

SAN ISIDRO, 6 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 0 0

VISTO el Pedido de Suministro Nro. 939-

600/2018 elaborado por la Secretaría de Obras Públicas; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel se efectuó el

pertinente llamado a Licitación Pública Nro. 39/2018, autorizado mediante Decreto Nro.

2448/2018, en el marco de lo previsto en la Ley Nº 14.812 de la Provincia de Buenos Aires y

la Ordenanza Nº 8876.-

QUE realizada la apertura de las ofertas

presentadas por las diversas empresas participantes del proceso licitatorio, la Dirección

General de Compras elaboró el cuadro comparativo de cotizaciones de precios a fojas 1395,

aconsejando la Comisión Asesora Permanente para la Adjudicación de Licitaciones Públicas

a fojas 1403 proceder a la adjudicación de la mentada Licitación Pública a la oferta total más

conveniente para la Comuna;

QUE en virtud de los informes técnicos

mencionados, se procede al dictado del pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º- Adjudicar a C&E CONSTRUCCIONES S.A., CUIT N° 30-70828836-1,

************ la contratación de los trabajos de “FRESADO Y CARPETA

ASFÁLTICA EN DISTINTAS ZONAS DEL PARTIDO DE SAN ISIDRO”,

correspondientes a la Licitación Pública N° 39/2018, por la suma de PESOS NOVENTA Y

UN MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS

SESENTA Y SIETE CON 11/00 ($91.455.967,11.-), en un todo de acuerdo al informe

técnico obrante a fojas 1403 del Expediente Municipal N° 16547-2018.-

Page 197: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

197

Ref.: Expte. Nro. 16547-D-2018.-

//…

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la Partida Presupuestaria

correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría Programática 24.76, Objeto

del Gasto 4.2.2.04, del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

JF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 198: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

198

Ref.: Expte. Nº 354-D-2019.-

SAN ISIDRO, 6 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 0 1

VISTO el Pedido de Suministros Nro. 600-

1016/2018; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel se efectuó el

pertinente llamado a Licitación Pública Nro. 04/2019, autorizado mediante Decreto Nro.

6/2019, en el marco de lo previsto en la Ley Nº 14.812 de la Provincia de Buenos Aires y la

Ordenanza Nº 8876;

QUE evaluadas las ofertas presentadas por las

diversas empresas participantes del mentado proceso licitatorio, la Dirección General de

Compras elaboró el Cuadro Comparativo de Cotizaciones de Precios a fojas 296,

aconsejando la Comisión Asesora Permanente para la Adjudicación de Licitaciones Públicas

a fojas 301 adjudicar la contratación a la oferta total más conveniente para la Comuna;

QUE en virtud de los informes técnicos

mencionados, se procede al dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Adjudicar a C&E CONSTRUCCIONES S.A., C.U.I.T.

************* Nº 30-70828836-1, la “PROVISIÓN DE HORMIGON

ELABORADO” por un monto total de PESOS DOCE MILLONES CUATROCIENTOS

CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS CON CINCUENTA

CENTAVOS ($ 12.452.822,50), en un todo de acuerdo al informe técnico obrante a fojas

301 del Expediente Municipal N° 354-D-2019.-

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se imputará a la Jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría

Programática 24.01, Objeto del gasto 2.6.5, del Presupuesto General de Gastos

pertinente.-

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199

Ref.: Expte. Nº 354-D-2019.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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200

Ref.: Expte. Nº 353-D-2019.-

SAN ISIDRO, 6 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 0 2

VISTO el Pedido de Suministros Nro. 600-

986/2018; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel se efectuó el

pertinente llamado a Licitación Pública Nro. 03/2019, autorizado mediante Decreto Nro.

5/2019, en el marco de lo previsto en la Ley Nº 14.812 de la Provincia de Buenos Aires y la

Ordenanza Nº 8876;

QUE evaluadas las ofertas presentadas por las

diversas empresas participantes del mentado proceso licitatorio, la Dirección General de

Compras elaboró el Cuadro Comparativo de Cotizaciones de Precios a fojas 310,

aconsejando la Comisión Asesora Permanente para la Adjudicación de Licitaciones Públicas

a fojas 312 adjudicar la contratación a la oferta total más conveniente para la Comuna;

QUE en virtud de los informes técnicos

mencionados, se procede al dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Adjudicar a C&E CONSTRUCCIONES S.A., C.U.I.T.

************* Nº 30-70828836-1, la “PROVISIÓN DE MEZCLAS BITUMINOSAS

PARA UTILIZAR EN DISTINTAS CALZADAS DEL PARTIDO DE SAN ISIDRO”

por un monto total de PESOS DOCE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y

CINCO MIL CIENTO CINCUENTA ($ 12.435.150,00), en un todo de acuerdo al informe

técnico obrante a fojas 312 del Expediente Municipal N° 353-D-2019.-

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se imputará a la Jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría

Programática 24.01, Objeto del gasto 2.6.5 – 2.5.9, del Presupuesto General de Gastos

pertinente.-

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201

Ref.: Expte. Nº 353-D-2019.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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202

Ref. Expte. Nº 16397-2018.-

SAN ISIDRO, 6 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 0 3

VISTO la nota presentada por la “FUNDACIÓN

CRECIENDO CON LOS ÁNGELES”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de servicios y compra de alimentos;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS SETENTA Y

DOS MIL ($ 72.000), pagadero en DIEZ (10) cuotas iguales de PESOS SIETE MIL

DOSCIENTOS ($ 7.200), con oportuna de rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “FUNDACIÓN CRECIENDO CON LOS ÁNGELES”, por la

suma de PESOS SETENTA Y DOS MIL ($ 72.000), pagadero en DIEZ (10) cuotas iguales

de PESOS SIETE MIL DOSCIENTOS ($ 7.200), con oportuna de rendición de cuentas,

destinado a solventar el pago de servicios y compra de alimentos.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamen-

************* te autorizada/s a tal efecto.-

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

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203

Ref. Expte. Nº 16397-2018.-

//…

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 204: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

204

Ref. Expte. Nº 16409-2018.-

SAN ISIDRO, 6 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 0 4

VISTO la nota presentada por el “CENTRO

CULTURAL DEL TANGO ZONA NORTE”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de honorarios profesionales; gastos administrativos,

contables, certificaciones y mantenimiento de cuenta bancaria; contratación, traslado y

agasajo de artistas; compra de placas, trofeos y pergaminos para ganadores del certamen

literario; confección de cuadernillo con obras ganadoras de la competición para difusión; y

elementos de difusión gráfica y promoción de actos institucionales;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS CUARENTA

Y CINCO MIL ($ 45.000), pagadero en CINCO (5) cuotas iguales de PESOS NUEVE MIL

($ 9.000), con oportuna de rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por el “CENTRO CULTURAL DEL TANGO ZONA NORTE”, por la

suma de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 45.000), pagadero en CINCO (5) cuotas

iguales de PESOS NUEVE MIL ($ 9.000), con oportuna de rendición de cuentas, destinado

a solventar el pago de honorarios profesionales; gastos administrativos, contables,

certificaciones y mantenimiento de cuenta bancaria; contratación, traslado y agasajo de

artistas; compra de placas, trofeos y pergaminos para ganadores del certamen literario;

confección de cuadernillo con obras ganadoras de la competición para difusión; y elementos

de difusión gráfica y promoción de actos institucionales.-

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205

Ref. Expte. Nº 16409-2018.-

//…

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamen-

************* te autorizada/s a tal efecto.-

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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206

Ref. Expte. Nº 15503-2018.-

SAN ISIDRO, 6 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 0 5

VISTO la nota presentada por la “FUNDACIÓN

DEL ROTARY CLUB DE SAN ISIDRO”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de becas para alumnos de escuelas del partido de

San Isidro; sueldos para personal administrativo; elementos para tareas administrativas;

ayuda comunitarias destinada a personas vulnerables económicamente y/o con problemas de

salud, a entidades educativas y comedores comunitarios; y elementos necesarios para donar

a hospitales y centros de salud;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS CIENTO

CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS ($ 154.800,00), pagadero en diez (10)

cuotas iguales de PESOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA ($ 15.480,00),

con oportuna de rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “FUNDACIÓN DEL ROTARY CLUB DE SAN ISIDRO”, por la

suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS ($

154.800,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS QUINCE MIL

CUATROCIENTOS OCHENTA ($ 15.480,00), con oportuna de rendición de cuentas,

destinado a solventar el pago de becas para alumnos de escuelas del partido de San Isidro;

sueldos para personal administrativo; elementos para tareas administrativas; ayuda

comunitarias destinada a personas vulnerables económicamente y/o con problemas de salud,

a entidades educativas y comedores comunitarios; y elementos necesarios para donar a

hospitales y centros de salud.-

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207

Ref. Expte. Nº 15503-2018.-

//…

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente

************* autorizada/s a tal efecto.

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 208: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

208

Ref. Expte. Nº 15431-2018.-

SAN ISIDRO, 6 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 0 6

VISTO la nota presentada por la

“ASOCIACIÓN DEL RECUERDO”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de honorarios profesionales; mantenimiento

edilicio; edición de fascículos correspondientes a Jornadas de Historia de la Ciudad de

Martínez; y confección y colocación de placas recordatorias y de reconocimiento;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS SESENTA

MIL ($ 60.000,00), pagadero en dos (2) cuotas iguales de PESOS TREINTA MIL

($ 30.000,00), con oportuna de rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “ASOCIACIÓN DEL RECUERDO”, por la suma de PESOS

SESENTA MIL ($ 60.000,00), pagadero en dos (2) cuotas iguales de PESOS TREINTA

MIL ($ 30.000,00), con oportuna de rendición de cuentas, destinado a solventar el pago

honorarios profesionales; mantenimiento edilicio; edición de fascículos correspondientes a

Jornadas de Historia de la Ciudad de Martínez; y confección y colocación de placas

recordatorias y de reconocimiento.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente

************* autorizada/s a tal efecto.

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

Page 209: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

209

Ref. Expte. Nº 15431-2018.-

//…

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************ te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 210: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

210

Ref. Expte. Nº 15434-2018.-

SAN ISIDRO, 6 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 0 7

VISTO la nota presentada por la

“ASOCIACIÓN CIVIL GRUPO SOLIDARIO DEL ESPÍRITU SANTO”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar la compra de alimentos para distribuir a familias del radio

parroquial y Barrio La Cava;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS CIENTO

NOVENTA Y CINCO MIL ($ 195.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS

DIECINUEVE MIL QUINIENTOS ($ 19.500,00), con oportuna rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “ASOCIACIÓN CIVIL GRUPO SOLIDARIO DEL ESPIRITU

SANTO”, por la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL ($ 195.000,00),

pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS

($ 19.500,00), con oportuna rendición de cuentas, destinado a solventar la compra de

alimentos para distribuir a familias del radio parroquial y Barrio La Cava.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente

************* autorizada/s a tal efecto.

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

Page 211: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

211

Ref. Expte. Nº 15434-2018.-

//…

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 212: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

212

Ref. Expte. Nº 15547-2018.-

SAN ISIDRO, 6 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 0 8

VISTO la nota presentada por la “FUNDACIÓN

NOSOTROS”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de servicios; honorarios profesionales; compra de

alimentos, artículos de farmacia y elementos de limpieza;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS

CUATROCIENTOS VEINTE MIL ($ 420.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de

PESOS CUARENTA Y DOS MIL ($ 42.000,00), con oportuna de rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “FUNDACIÓN NOSOTROS”, por la suma de PESOS

CUATROCIENTOS VEINTE MIL ($ 420.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de

PESOS CUARENTA Y DOS MIL ($ 42.000,00), con oportuna de rendición de cuentas,

destinado a solventar el pago de servicios; honorarios profesionales; compra de alimentos,

artículos de farmacia y elementos de limpieza.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente

************* autorizada/s a tal efecto.

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

Page 213: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

213

Ref. Expte. Nº 15547-2018.-

//…

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 214: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

214

Ref. Expte. Nº 16392-2018.-

SAN ISIDRO, 6 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 0 9

VISTO la nota presentada por el “CENTRO DE

JUBILADOS Y PENSIONADOS DE BECCAR-SALVADOR MARIO PRADO”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de servicios, piezas gráficas, honorarios

profesionales, certificaciones, trámites contables, bancarios y administrativos; gastos de

mantenimiento edilicio, pintura, reparaciones y mano de obra; compra de alimentos para

refrigerio de asistentes al Centro, artículos de limpieza y elementos para tareas

administrativas;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS CIENTO

TREINTA MIL ($ 130.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS TRECE

MIL ($ 13.000,00), con oportuna de rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por el “CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE BECCAR-

SALVADOR MARIO PRADO”, por la suma de PESOS CIENTO TREINTA MIL ($

130.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS TRECE MIL

($ 13.000,00), con oportuna de rendición de cuentas, destinado a solventar el pago de

servicios, piezas gráficas, honorarios profesionales, certificaciones, trámites contables,

bancarios y administrativos; gastos de mantenimiento edilicio, pintura, reparaciones y mano

de obra; compra de alimentos para refrigerio de asistentes al Centro, artículos de limpieza y

elementos para tareas administrativas.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente

************* autorizada/s a tal efecto.

Page 215: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

215

Ref. Expte. Nº 16392-2018.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 216: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

216

Ref. Expte. Nº 15939-2018.-

SAN ISIDRO, 6 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 1 0

VISTO la nota presentada por la

“ASOCIACIÓN CIVIL EMPLEO JOVEN”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de honorarios profesionales; compra de insumos y

material didáctico para talleres artísticos y educativos; y compra de alimentos para

refrigerios de meriendas semanales;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS DOSCIENTOS

CINCUENTA MIL ($250.000), pagaderos en DIEZ (10) cuotas iguales de PESOS

VEINTICINCO MIL ($25.000), con oportuna de rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “ASOCIACIÓN CIVIL EMPLEO JOVEN”, por la suma de

PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($250.000), pagaderos en DIEZ (10) cuotas

iguales de PESOS VEINTICINCO MIL ($25.000), con oportuna de rendición de cuentas,

destinado a solventar el pago de honorarios profesionales; compra de insumos y material

didáctico para talleres artísticos y educativos; y compra de alimentos para refrigerios de

meriendas semanales.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamen-

************* te autorizada/s a tal efecto.-

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

Page 217: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

217

Ref. Expte. Nº 15939-2018.-

//...

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 218: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

218

Ref. Expte. Nº 17640-2018.-

SAN ISIDRO, 6 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 1 1

VISTO la nota presentada por “CESUN –

MUTUAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN COMUNITARIA”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago honorarios profesionales y sueldos del personal;

servicios; compra de insumos y elementos para talleres y tareas administrativas; y

mantenimiento edilicio;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS

TRESCIENTOS MIL ($ 300.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS

TREINTA MIL ($ 30.000,00), con oportuna rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por “CESUN – MUTUAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN

COMUNITARIA”, por la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000,00), pagadero

en diez (10) cuotas iguales de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000,00), con oportuna rendición

de cuentas, destinado a solventar el pago honorarios profesionales y sueldos del personal;

servicios; compra de insumos y elementos para talleres y tareas administrativas; y

mantenimiento edilicio.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente

************* autorizada/s a tal efecto.

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

Page 219: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

219

Ref. Expte. Nº 17640-2018.-

//…

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 220: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

220

Ref. Expte. Nº 17618-2018.-

SAN ISIDRO, 6 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 1 2

VISTO la nota presentada por la “SOCIEDAD

CULTURAL LEOPOLDO LUGONES”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de honorarios profesionales, trámites contables,

alquiler y servicios del local que ocupa la entidad; organización de eventos; y haberes de

talleristas;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS DOSCIENTOS

SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($ 206.850,00), pagadero en diez (10) cuotas

iguales de PESOS VEINTE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO ($ 20.685,00), con

oportuna rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “SOCIEDAD CULTURAL LEOPOLDO LUGONES”, por la

suma de PESOS DOSCIENTOS SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($ 206.850,00),

pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS VEINTE MIL SEISCIENTOS OCHENTA

Y CINCO ($ 20.685,00), con oportuna rendición de cuentas, destinado a solventar el pago de

honorarios profesionales y tramites contables; pago de alquiler y servicios del local que

ocupa la entidad; organización de eventos; y haberes de talleristas.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente

************* autorizada/s a tal efecto.

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221

Ref. Expte. Nº 17618-2018.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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222

Ref. Expte. Nº 15941-2018.-

SAN ISIDRO, 6 de febrero de 2109

DECRETO NÚMERO: 2 1 3

VISTO la nota presentada por “SAN ISIDRO

AUTOMÓVIL CLUB”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de servicios y expensas de la sede social; pago de

sueldos del personal administrativo y talleristas; mantenimiento edilicio y limpieza del local;

y compra de insumos para tareas administrativas;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS DOSCIENTOS

SETENTA Y SEIS MIL ($ 276.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS

VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS ($ 27.600,00), con oportuna rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por “SAN ISIDRO AUTOMÓVIL CLUB”, por la suma de PESOS

DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL ($ 276.000,00), pagadero en diez (10) cuotas

iguales de PESOS VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS ($ 27.600,00), con oportuna

rendición de cuentas, destinado a solventar el pago de servicios y expensas de la sede social;

pago de sueldos del personal administrativo y talleristas; mantenimiento edilicio y limpieza

del local; y compra de insumos para tareas administrativas.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente

************* autorizada/s a tal efecto.

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

Page 223: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

223

Ref. Expte. Nº 15941-2018.-

//…

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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224

Ref. Expte. Nº 17049-2018.-

SAN ISIDRO, 6 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 1 4

VISTO la nota presentada por “AMIGOS DE LA

CASA DE GALILEA ASOCIACIÓN CIVIL”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de honorarios profesionales; sueldos y cargas

sociales; servicios; y compra de alimentos;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS

SEISCIENTOS MIL ($ 600.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS

SESENTA MIL ($ 60.000,00), con oportuna rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por “AMIGOS DE LA CASA DE GALILEA ASOCIACIÓN CIVIL”,

por la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000,00), pagadero en diez (10) cuotas

iguales de PESOS SESENTA MIL ($ 60.000,00), con oportuna rendición de cuentas,

destinado a solventar el pago de honorarios profesionales; sueldos y cargas sociales;

servicios; y compra de alimentos.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente

************* autorizada/s a tal efecto.

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

Page 225: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

225

Ref. Expte. Nº 17049-2018.-

//…

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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226

Ref. Expte. Nº 933-D-2019.-

SAN ISIDRO, 6 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 1 5

VISTO el sistema de incentivos a la

productividad para el personal destinado a cubrir y atender las contingencias que puedan

producirse por diferentes hechos en el ámbito de tratamiento de la Subsecretaría General de

Inspecciones, Registros Urbanos y Tránsito, establecido por Decreto N° 1650 de fecha 26 de

Julio de 2012, con excepción del personal que desempeña tareas en la Subsecretaría de

Tránsito y en la Dirección General de Licencias; y

Considerando:

QUE, deben ser fijados los valores de las

remuneraciones que percibe el personal encuadrado en cada uno de los grupos y categorías,

detallados en el Artículo 5° del Decreto N° 1650/2012, a partir del 1° de enero de 2019;

QUE las tareas antes mencionadas encuadran en

el Artículo 12° Bis “Bonificación por Productividad” de la Ordenanza N° 9069;

QUE, en virtud de lo procede el dictado del

pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Abonar los montos establecidos en el artículo 5º del Decreto Nº

************* 1650/2012 y modificatorios con forme el siguiente esquema:

Grupo Categorías

A B+ B- C D

I- Jerárquicos (Subdirectores, Jefes de

Departamento y Supervisores)

$ 4.500 $ 3.800 $ 3.000 $ 1.800 $ 0

II- Inspectores y Profesionales $ 3.400 $ 2.700 $ 2.100 $ 1.300 $ 0

III- Administrativos,

Informantes, Cajeros, Sanitaristas,

Ordenanzas y demás Personal No

Categorizado

$ 1.900 $ 1.500 $ 1.000 $ 700 $ 0

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227

Ref. Expte. Nº 933-D-2019.-

//…

ARTÍCULO 2º.- Mantener en todas sus partes y consecuencias las restantes disposiciones

************* del Decreto N° 1650/2012.-

ARTÍCULO 3º.- Las tareas referidas en el presente decreto deberán realizarse fuera del

************** horario normal de trabajo.-

ARTÍCULO 4º.- Lo dispuesto en los artículos precedentes tendrá vigencia a partir del 1°

************* de enero de 2019.-

ARTÍCULO 5º.- La Subsecretaría General de Inspecciones, Registros Urbanos y Tránsito

************* remitirá mensualmente a la Dirección General de Recursos Humanos, a

los efectos del pago, la nómina de los trabajadores que hayan realizado las tareas, las que

serán abonadas al mes subsiguiente al del trabajo efectivamente realizado.-

ARTÍCULO 6º.- Dejar establecido que las tareas mencionadas en el Artículo 1°

************* encuadran en el Artículo 12° Bis “Bonificación por Productividad” de la

Ordenanza N° 9069 y se atenderán con fondos provenientes de la Partida correspondiente

del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

ARTÍCULO 7º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION Mf/JF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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228

Ref. Expte. Nº 383-D-2019.-

SAN ISIDRO, 6 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 1 6

VISTO la necesidad de reforzar el plantel

Profesional en el Hospital Central de San Isidro “Dr. Melchor Ángel Posse” y Hospital

Municipal Ciudad de Boulogne; y

Considerando:

QUE existen cargos vacantes en el Presupuesto

General de Gastos vigente;

QUE en virtud de ello, se deberá designar a la

Licenciada Ana Carolina LOPEZ ROSETTI (Legajo Nº 62.832) y las Doctoras Lorena

PURTATICH (Legajo Nº 53.967) y Viviana Leticia MARQUEZ (Legajo Nº 16.680)

conforme el artículo 47º de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias –Carrera Profesional

Hospitalaria-, a partir de la fecha que a cada una corresponda y hasta el respectivo llamado a

concurso;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Designar en carácter interina, a la Licenciada Ana Carolina LOPEZ

************* ROSETTI (Legajo Nº 62.832), con la retribución equivalente a

Profesional Grado Asistente de 24 horas (código 241) (J:1.1.1.01.09.000 –C:27 –

O:1.1.1.09), y actividad de Psicóloga en el Servicio de Medicina del Estrés del Hospital

Central de San Isidro “Dr. Melchor Ángel Posse”, a partir del 1º de enero y hasta el

respectivo llamado a concurso, en cargo vacante del Presupuesto General de Gastos vigente;

ARTÍCULO 2º.- Designar en carácter de interina, a la Doctora Lorena PURATICH

************* (Legajo Nº 53.967), con la retribución equivalente a Profesional Grado

Asistente de 24 horas (código 241) (J:1.1.1.01.09.000 –C:29 –O:1.1.1.09), y actividad de

Médica de Planta en el Hospital Municipal Ciudad de Boulogne, a partir del 1º de enero de

2019 y hasta el respectivo llamado a concurso, en cargo vacante del Presupuesto General de

Gastos vigente;

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229

Ref. Expte. Nº 383 -D- 2019.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Designar en carácter interina, a la Doctora Viviana Leticia MARQUEZ

************* (Legajo Nº 16.680), con la retribución equivalente a Profesional Grado

Asistente de 24 horas (código 241) (J:1.1.1.01.09.000 –C:27 –O:1.1.1.09), y actividad de

Médica de Guardia –sábado- en el Hospital Central de San Isidro “Dr. Melchor Angel

Posse”, a partir del 5 de enero y hasta el respectivo llamado a concurso, en cargo vacante del

Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 4º.- Las presentes designaciones, carecen de estabilidad, por lo cual podrán

************* ser limitadas -previo al llamado a concurso- cuando razones de servicio

así lo aconsejen (conforme lo establece el artículo 50º de la Ley Nº 10.471 y sus

modificatorias de la Carrera Profesional Hospitalaria.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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230

Ref. Expte. Nº 382-2019.-

SAN ISIDRO, 6 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 1 7

VISTO el dictado del Decreto Nº 3200 con fecha

4 de diciembre del 2006, mediante el cual se declaró el estado de emergencia sanitaria en el

ámbito del Partido de San Isidro, en virtud de la situación suscitada entre la Asociación

Profesional que los nuclea y los Médicos Anestesiólogos, lo cual ha derivado en la

suspensión de servicios de éstos Profesionales; y

Considerando:

QUE esta contingencia impide el normal

desarrollo de las prácticas quirúrgicas, tanto las programadas como las de carácter urgente;

QUE el Municipio se encuentra imposibilitado

de derivar a otros Hospitales Provinciales o a los ubicados en el ámbito de la Ciudad de

Buenos Aires, en virtud de la saturación en que éstos se encuentran;

QUE resulta urgente solucionar ésta situación,

dado que de prolongarse, se encontraría en alta situación de riesgo la salud de la población;

QUE se hace necesario designar Profesionales

“Médicos Anestesiólogos”, que atento a la situación de emergencia sanitaria descripta en el

Decreto mencionado Ut Supra, y en el marco de dicha norma, percibirán honorarios

superiores a los que perciben otros profesionales de la salud en las mismas condiciones de

labor;

QUE en virtud de ello, se deberá designar en

carácter de “Personal Mensualizado”, a los profesionales que se detallan a continuación,

conforme el Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza 8850;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

Page 231: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

231

Ref. Expte. Nº 382-2019.-

//…

ARTÍCULO 1º.- Reconocer la designación en carácter de “Planta Temporaria – Personal

************* Mensualizado”, conforme el artículo 24º inciso a) – apartado 2 – de la

Ordenanza N° 8966, a la Doctora Laura Liliana TAICH (Legajo Nº 68.319), con actividad

de “Médica Anestesióloga”, por el período comprendido entre el 1º y el 30 de junio de 2018

inclusive, con la retribución equivalente a 44.716 módulos - (J: 1.1.1.01.09.000

-C: 27 -O: 1.2.1.01.), y funciones en el Hospital Central de San Isidro “Dr. Melchor Ángel

Posse”.-

ARTÍCULO 2º.- Designar en carácter de “Planta Temporaria – Personal Mensualizado”,

************* conforme el artículo 24º inciso a) – apartado 2 – de la Ordenanza N°

8966, a los profesionales que se detallan a continuación, con actividad de “Médicos

Anestesiólogos”, por el período comprendido entre el 1º y el 30 de noviembre del 2018

inclusive, con la retribución , y en la dependencia que en cada caso se especifica:

HOSPITAL MATERNO INFANTIL: (J: 1.1.1.01.09.000 -C: 28 -O: 1.2.1.01.):

• Legajo Nº 66.810 – SALINA, Raúl Maximiliano – 125.022 módulos.-

• Legajo Nº 59.380 - ONTIVERO ANAUT, Eduardo Daniel – 126.852 módulos.-

• Legajo Nº 58.955 – RAVAZZOLI, Mario Alberto – 78.424 módulos.-

• Legajo Nº 69.068 – MOZER, Gustavo Alejandro – 226.779 módulos.-

• Legajo Nº 64.552 – ACHILLES, Alejandro José – 266.021 módulos.-

• Legajo Nº 65.532 – ESPINOZA, Diego Paul – 98.105 módulos.-

• Legajo Nº 69.075 – COSTADONI, Silvio Gabriel – 299.789 módulos.-

• Legajo Nº 58.956 – NAKANE, Jorge Enrique – 137.347 módulos.-

HOSPITAL CENTRAL DE SAN ISIDRO: (J: 1.1.1.01.09.000 -C: 27 -O: 1.2.1.01.):

• Legajo Nº 59.371 - GANTCHOFF, Eduardo Daniel – 78.484 módulos.-

• Legajo Nº 62.753 - LOPEZ ROLON, Iván Hernando – 128.674 módulos.-

• Legajo Nº 58.952 – CRESPO, Félix Daniel – 78.484 módulos.-

• Legajo Nº 69.248 – MONTENEGRO, Adriana – 78.484 módulos.-

• Legajo N° 69.618 – LO VECCHIO, Lucas Emanuel – 128.674 módulos.-

• Legajo N° 62.457 – GOMEZ, Mariela – 128.674 módulos.-

• Legajo N° 67.045 – CUENCA, Félix Ramón Domingo – 64.337 módulos.-

Page 232: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

232

Ref. Expte. Nº 382-2019.-

///…

• Legajo Nº 62.542 - SAUCEDO, Nelson Walter – 148.295 módulos.-

• Legajo Nº 67.862 – COSENTINO, Jorge – 44.716 módulos.-

ARTÍCULO 3º.- Designar en carácter de “Planta Temporaria – Personal Mensualizado”,

************* conforme el artículo 24º inciso a) – apartado 2 – de la Ordenanza N°

8966, a los Profesionales que se detallan a continuación, con actividad de “Médicos

Anestesiólogos”, por el período comprendido entre el 1º y el 31 diciembre de 2018 inclusive,

con la retribución , y en la dependencia que en cada caso se especifica:

HOSPITAL MATERNO INFANTIL: (J: 1.1.1.01.09.000 -C: 28 -O: 1.2.1.01.):

• Legajo Nº 66.810 – SALINA, Raúl Maximiliano – 128.674 módulos.-

• Legajo Nº 59.380 - ONTIVERO ANAUT, Eduardo Daniel – 148.295 módulos.-

• Legajo Nº 58.955 – RAVAZZOLI, Mario Alberto – 78.424 módulos.-

• Legajo Nº 69.068 – MOZER, Gustavo Alejandro – 271.495 módulos.-

• Legajo Nº 64.552 – ACHILLES, Alejandro José – 290.926 módulos.-

• Legajo Nº 65.532 – ESPINOZA, Diego Paul – 78.484 módulos.-

• Legajo Nº 69.075 – COSTADONI, Silvio Gabriel – 324.884 módulos.-

• Legajo Nº 58.956 – NAKANE, Jorge Enrique – 137.347 módulos.-

HOSPITAL CENTRAL DE SAN ISIDRO: (J: 1.1.1.01.09.000 -C: 27 -O: 1.2.1.01.):

• Legajo Nº 59.371 - GANTCHOFF, Eduardo Daniel – 98.105 módulos.-

• Legajo Nº 62.753 - LOPEZ ROLON, Iván Hernando – 64.337 módulos.-

• Legajo Nº 58.952 – CRESPO, Félix Daniel – 98.105 módulos.-

• Legajo Nº 69.248 – MONTENEGRO, Adriana – 98.105 módulos.-

• Legajo N° 69.618 – LO VECCHIO, Lucas Emanuel – 64.337 módulos.-

• Legajo N° 62.457 – GOMEZ, Mariela – 64.337 módulos.-

• Legajo N° 67.045 – CUENCA, Félix Ramón Domingo – 169.738 módulos.-

• Legajo Nº 62.542 - SAUCEDO, Nelson Walter – 64.337 módulos.-

• Legajo Nº 67.862 – COSENTINO, Jorge – 64.337 módulos.-

Page 233: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

233

Ref. Expte. Nº 382-2019.-

////…

ARTÍCULO 4º.- Las designaciones realizadas en los artículos 1º/3º, por ser personal de

************* Planta Temporaria, carecen de estabilidad, por lo cual podrán ser

limitadas – previo a las fechas citadas - cuando razones de servicio así lo aconsejen

(conforme lo establece el Artículo 32º del Convenio Colectivo de Trabajo).-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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234

Ref. Expte. Nº 17045-2018.-

SAN ISIDRO, 7 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 1 8

VISTO la nota presentada por la “FUNDACIÓN

RUGBY SIN FRONTERAS”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de honorarios profesionales, alquiler y compra de

artículos para tareas administrativas;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS DOSCIENTOS

SETENTA Y SEIS MIL ($ 276.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS

VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS ($ 27.600,00), con oportuna rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “FUNDACIÓN RUGBY SIN FRONTERAS”, por la suma de

PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL ($ 276.000,00), pagadero en diez (10)

cuotas iguales de PESOS VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS ($ 27.600,00), con oportuna

rendición de cuentas, destinado a solventar el pago de honorarios profesionales; pago de

alquiler, y compra de artículos para tareas administrativas.-

ARTICULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente

************* autorizada/s a tal efecto.

Page 235: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

235

Ref. Expte. Nº 17045-2018.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 236: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

236

Ref. Expte. Nº 17046-2018.-

SAN ISIDRO, 7 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 1 9

VISTO la nota presentada por la

“ASOCIACIÓN DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE STANDARD ELECTRIC Y

AFINES”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de honorarios profesionales, gastos por trámites

bancarios, certificaciones y contables; mantenimiento edilicio; compra de artículos de

limpieza, refrigerio y útiles para tareas administrativas; piezas de difusión gráfica; y pago de

servicios e impuestos;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS CIENTO

VEINTE MIL ($ 120.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS DOCE MIL

($ 12.000,00), con oportuna rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “ASOCIACIÓN DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE

STANDARD ELECTRIC Y AFINES”, por la suma de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($

120.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS DOCE MIL ($ 12.000,00), con

oportuna rendición de cuentas, destinado a solventar el pago de honorarios profesionales;

gastos por trámites bancarios, certificaciones y contables; mantenimiento edilicio; compra de

artículos de limpieza, refrigerio y útiles para tareas administrativas; piezas de difusión

gráfica; y pago de servicios e impuestos.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente

************* autorizada/s a tal efecto.

Page 237: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

237

Ref. Expte. Nº 17046-2018.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 238: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

238

Ref. Expte. Nº 17047-2018.-

SAN ISIDRO, 7 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 2 0

VISTO la nota presentada por la

“ASOCIACIÓN CIVIL UNIDOS POR LA SOCIEDAD”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de honorarios profesionales, y trámites contables,

mantenimiento edilicio, reparaciones y refacciones en las instalaciones de gas, electricidad y

agua, cerrajería, colocación de pisos y mano de obra para estas tareas; compra de

electrodomésticos para reposición, artefactos de cocina y baño, ventanas, elementos de

bazar, utensilios de cocina, sillas y mesas; compra de alimentos y garrafa para cocina; y

compra de elementos para tareas administrativas y limpieza;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS

CUATROCIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS ($ 409.200,00), pagadero en diez (10)

cuotas iguales de PESOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS VEINTE ($ 40.920,00), con

oportuna rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “ASOCIACIÓN CIVIL UNIDOS POR LA SOCIEDAD”, por la

suma de PESOS CUATROCIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS ($ 409.200,00),

pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS

VEINTE ($ 40.920,00), con oportuna rendición de cuentas, destinado a solventar el pago de

honorarios profesionales y trámites contables, mantenimiento edilicio, reparaciones y

refacciones en las instalaciones de gas, electricidad y agua, cerrajería, colocación de pisos y

mano de obra para estas tareas; compra de electrodomésticos para reposición, artefactos de

cocina y baño, ventanas, elementos de bazar, utensilios de cocina, sillas y mesas; compra de

alimentos y garrafa para cocina; y compra de elementos para tareas administrativas y

limpieza.-

Page 239: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

239

Ref. Expte. Nº 17047-2018.-

//…

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debidamente

************* autorizada/s a tal efecto.

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-

************* te decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 240: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

240

Ref.: Expte. N° 2932-S-2016.-130

67-S-2014

SAN ISIDRO, 7 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 2 1

VISTO el contrato obrante en autos; y

Considerando:

QUE corresponde registrar el mismo, dando con

ello aprobación oficial a la gestión comprometida en el acto de que se trata;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1°.- REGISTRESE el contrato celebrado entre la Municipalidad

************* de San Isidro y AXON INTERNACIONAL S.A., representada por el Sr.

Osvaldo Jorge Paulino, DNI Nº 10.125.104, correspondiente a la prórroga de la Locación del

inmueble sito en Alem 116 1 piso B, (incluidas en el primer subsuelo las cocheras 3, 4, 5 y

6, y bauleras 2 y 3), del partido de San Isidro, cuyo texto pasa a formar parte integrante del

presente.-

ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 241: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

241

PRÓRROGA CONTRATO DE LOCACIÓN

Entre AXON INTERNACIONAL S.A., con domicilio en la Av. Rivadavia n° 1157, Piso 6°,

Depto “B” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el Sr.

Osvaldo Jorge Paulino, quien acredita su identidad con D.N.I. n° 10.125.104, actuando en su

carácter de presidente, conforme Estatuto y Acta de Asamblea de fecha 30 de Diciembre de

2017, en adelante denominada “EL LOCADOR” por una parte y por la otra la

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO, representada por su señor Intendente Municipal, Dr.

Gustavo Posse, con suficientes facultades para este acto, cuya firma es refrendada para este

acto por el Sr. Subsecretario Legal y Técnica, Dr. Anselmo Martín Oneto, con domicilio en

9 de Julio N° 526, San Isidro, en adelante denominado “LA LOCATARIA”, por otra parte, y

en atención:

Que con fecha 14 de marzo de 2016 “LAS PARTES” han celebrado contrato de locación

con fecha de vencimiento el 31 de marzo de 2019, en relación al inmueble ubicado en el

PRIMER PISO “B” y asimismo las cocheras ubicadas en el primer subsuelo, designadas con

el número 3, 4, 5 y 6 y las bauleras 2 y 3, del inmueble sito en la calle Alem 116 de la

localidad y partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires.

Que es intención de “LAS PARTES” continuar la locación y para ello resulta necesario

prorrogar el mismo.

Por lo expuesto, las partes CONVIENEN:

PRIMERA: Prorrogar el contrato de locación oportunamente suscripto por el término de

dos (2) años, contados a partir del 1 de abril de 2019 hasta el 31 de marzo de 2021.

SEGUNDA: Las partes fijan el precio de la locación en la Suma de PESOS SETENTA Y

UN MIL CUATROCIENTOS ($ 71.400.-) mensuales para los primeros doce meses, es decir

para el período comprendido del 01/04/2019 al 31/03/2020, y la Suma de PESOS

OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 84.250.-) mensuales para

los doce meses restantes, es decir por el período comprendido del 01/04/2020 al 31/03/2021

pagaderos por adelantado del 1 al 10 de cada mes, en la Tesorería Municipal sita en la Av.

Centenario Nro. 77, Piso primero, de la Ciudad y Partido de San Isidro, Provincia de Buenos

Aires.

Page 242: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

242

TERCERA: “LAS PARTES” establecen que continuarán rigiéndose por lo dispuesto en el

contrato de locación suscripto con fecha 14 de marzo de 2016 en todo aquello que no sea

modificado por la presente prórroga.

En prueba de conformidad, en la Ciudad de San Isidro se firman tres ejemplares a un solo

efecto e igual tenor a los 29 días del mes de enero del año 2019.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto Sr. Presidente de AXON Internacional S.R.L., Osvaldo Jorge Paulino

Page 243: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

243

Ref. Expte. Nº 17504-2018.-

SAN ISIDRO, 7 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 2 2

VISTO las tareas de distribución domiciliaria de

las boletas de la Tasa por Inspección de Comercios e Industrias y Publicidad, realizadas por

personal dependiente de las Secretarías de esta Municipalidad; y

Considerando:

QUE teniendo en cuenta el resultado

satisfactorio del servicio, representando además un efectivo ahorro respecto de otros

sistemas de reparto, resulta beneficioso continuar con el mismo durante el año 2019;

QUE en los bimestres 2do y 5to se agregan las

boletas de los Derechos de Publicidad, acrecentándose considerablemente el volumen de

reparto, en tanto existen comercios con más de un recibo, dependiendo de la cantidad de

carteles publicitarios que posea;

QUE se hace necesario disponer el pago por la

tarea de anexar a cada boleta, cuando el Departamento Ejecutivo lo considere necesario, un

volante de interés general;

QUE las tareas antes mencionadas encuadran en

el Artículo 12° “Tareas Especiales” de la Ordenanza N° 9069;

QUE en virtud de lo expuesto, procede el dictado

del pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Prorrogar para el ejercicio correspondiente al año 2019 las

************* tareas de distribución en cada domicilio comercial ubicado dentro de los

límites del Partido, de las boletas para el pago de la Tasa por Inspección de Comercios e

Industrias y de los Derechos por Publicidad, que viene efectuando el personal dependiente

de las distintas Secretarías Municipales.-

ARTÍCULO 2º.- Establecer los siguientes valores para el pago de las tareas enunciadas

************* en el artículo precedente:

Page 244: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

244

Ref. Expte. Nº 17504-2018.-

//…

1) Por cada boleta entregada de la Tasa por Inspección de Comercios e Industrias y/o por

cada boleta entregada de los Derechos de Publicidad, Pesos Seis ($ 6);

2) Por el agregado en cada boleta de un volante y/o comunicado de interés general emanado

del Departamento Ejecutivo, se adicionará la suma de Pesos Quinientos Sesenta ($ 560)

por agente que realiza el reparto; en caso de ser necesario que dicho agente proceda al

doblado e intercalado de los volantes en cada boleta, se adicionará además por esta tarea

un importe de Pesos Quinientos Sesenta ($ 560).-

ARTÍCULO 3º.- Autorizar a dos (2) trabajadores a realizar la tarea de clasificación y

************* entrega del material a distribuir en cada zona por el personal mencionado

en los artículos precedentes, los que percibirán la suma de Pesos Dos Mil Cincuenta ($

2050) cada uno por dicha tarea.-

ARTÍCULO 4º.- Dichas tareas deberán realizarse fuera del horario normal de trabajo.-

ARTÍCULO 5º.- Lo dispuesto en los artículos precedentes tendrá vigencia a partir del 1°

************* de enero de 2019.-

ARTÍCULO 6º.- La Secretaría Ejecutiva de la Agencia de Recaudación (ARSI) remitirá

************* mensualmente a la Dirección General de Recursos Humanos, a los

efectos del pago, la nómina de los trabajadores que hayan realizado las tareas, las que serán

abonadas al mes subsiguiente al del trabajo efectivamente realizado.-

ARTÍCULO 7º.- Dejar establecido que las tareas mencionadas en el Artículo 1°

************* encuadran en el Artículo 12° “Tareas Especiales” de la Ordenanza N°

9069 y se atenderán con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto

General de Gastos en vigencia.-

ARTÍCULO 8º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO

Y

LEGISLACION mf

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 245: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

245

Ref. Expte. Nº 17503-D-2018

SAN ISIDRO, 7 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 2 3

VISTO el resultado obtenido en años anteriores,

respecto de las tareas de ordenamiento y distribución domiciliaria de las boletas

correspondiente a la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, que viene

desarrollando personal de la Secretaría Ejecutiva de Recaudación - ARSI; y

Considerando:

QUE el Departamento Ejecutivo estima que los

resultados de estas tareas son satisfactorios, logrando a la vez un ahorro efectivo y un mayor

control respecto a otros sistemas;

QUE a su vez, sirve como eficaz método para

hacer llegar a la totalidad de los contribuyentes informes de interés general (referidos a los

sistemas de seguridad, obras y/u otras circunstancias que deban ser difundidas en forma

masiva) o sectorizadas (como la distribución de los formularios de renovación de los

beneficios de exención a jubilados u otros volantes con información de interés al vecino);

QUE las tareas antes mencionada encuadra en el

Artículo 12º “Tareas Especiales” de la Ordenanza Nº 9069 – Presupuesto General de Gastos

para el corriente año;

QUE se propone continuar con dicha modalidad

para el año 2019, por lo que corresponde la confección del pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar al personal dependiente de la Secretaría Legal y Técnica y de la

************* Secretaría Ejecutiva de Recaudación - ARSI, a realizar durante el

corriente año las tareas de intercalado, ordenamiento y preparación de las boletas para el

pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, con el agregado, cuando

así se disponga, de volantes de información para los contribuyentes y/o de los formularios de

Declaraciones Juradas para la renovación de los beneficios que otorga la Comuna para su

posterior distribución.-

Page 246: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

246

Ref. Expte. Nº 17503-D-2018

//…

ARTÍCULO 2º.- Dichas tareas deberán efectuarse fuera del horario normal de trabajo,

************* estableciéndose por cada cuota emitida, un monto a abonar, a partir del 1º

de Enero de 2019 por:

- Separación de zonas dentro del partido,

clasificación y entrega a cada agente

municipal para su preparación; y separación

de boletas con domicilios fuera del distrito para

su entrega a la empresa de correo contratada para su

distribución ……………………………………………………… $ 1682

Esta tarea será realizada como máximo por dos (2) personas.

- Ordenamiento y entrega a los distribuidores que

concurren con las boletas a cada domicilio

(cartero pertenecientes a la Juventud Prolongada)

por cada zona: ………………………………………………….. $ 1546

- Por el agregado de un volante de interés general

o sectorizado, se adicionará por persona y por

cada cuota, la suma de pesos: …………………………………. $ 704

ARTÍCULO 3º.- La Secretaría Ejecutiva de Recaudación - ARSI, remitirá mes a mes a la

************* Dirección General de Recursos Humanos, a los efectos del pago, la

nómina de los agentes que las hayan realizado, y serán abonadas al mes subsiguiente al del

trabajo efectivamente realizado, y regirá durante el presente año.-

ARTÍCULO 4º.- Déjase establecido que las tareas mencionadas en el artículo 1º,

************* encuadran en el Artículo 12º “Tareas Especiales” de la Ordenanza Nº

9069 y se atenderán con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto

General de Gastos en vigencia. Asimismo se deja constancia, que lo dispuesto en los

artículos precedentes, tendrán vigencia a partir de la 1ra. Cuota 2019.-

Page 247: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

247

Ref. Expte. Nº 17503-D-2018

///….

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

FC/ec

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 248: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

248

Ref.: Expte. Nº 15-S-2014.-

67-S-2014

SAN ISIDRO, 7 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 2 4 VISTO el contrato obrante en autos; y

Considerando:

QUE corresponde registrar el mismo, dando

con ello aprobación oficial a la gestión comprometida en el acto de que se trata;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1°.- REGISTRESE el contrato celebrado entre la Municipalidad

************* de San Isidro y AXON INTERNACIONAL S.A., representada por el

Sr. Osvaldo Jorge Paulino, DNI Nº 10.125.104, correspondiente a la prórroga de la

Locación del inmueble sito en Alem 116, (incluidas las cocheras 9, 10, 11, y 12 ubicadas

en el primer subsuelo y cocheras 27, 28, 29, 30, 31 y 32 ubicadas en el segundo

subsuelo), del partido de San Isidro, cuyo texto pasa a formar parte integrante del

presente.-

ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 249: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

249

PRÓRROGA CONTRATO DE LOCACIÓN

Entre AXON INTERNACIONAL S.A., con domicilio en la Av. Rivadavia n° 1157, Piso

6°, Depto “B” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el

Sr. Osvaldo Jorge Paulino, quien acredita su identidad con D.N.I. n° 10.125.104, actuando

en su carácter de presidente, conforme Estatuto y Acta de Asamblea de fecha 30 de

Diciembre de 2017, en adelante denominada “EL LOCADOR” por una parte y por la otra

la MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO, representada por su Señor Intendente

Municipal, Dr. Gustavo Posse, con suficientes facultades para este acto, cuya firma es

refrendada para este acto por el Sr. Subsecretario Legal y Técnica, Dr. Anselmo Martín

Oneto, con domicilio en 9 de Julio N° 526, San Isidro, en adelante denominado “LA

LOCATARIA”, por otra parte, y en atención:

Que con fecha 31 de enero de 2014 “LAS PARTES” han celebrado contrato de locación

en relación al inmueble ubicado en la planta baja, con sus correspondientes entrepisos que

completan el sector y asimismo las cocheras designadas con los números 9, 10, 11, 12,

ubicadas en el primer subsuelo y en el segundo subsuelo las cocheras números 27, 28, 29,

30, 31 y 32 del inmueble sito en la calle Alem 116 de la Localidad y Partido de San

Isidro.

Que con fecha 2 de febrero de 2017 “LAS PARTES” celebraron una Prórroga del

Contrato de Locación.

Que es intención de “LAS PARTES” continuar la locación y para ello resulta necesario

prorrogar el mismo.

Por lo expuesto, las partes CONVIENEN:

PRIMERA: Prorrogar el contrato de locación oportunamente suscripto por el término de

dos (2) años, contados a partir del 1 de febrero de 2019 hasta el 31 de enero de 2021.

SEGUNDA: Las partes fijan el precio de la locación en la Suma de PESOS CIENTO

OCHO MIL ($ 108.000.-) mensuales para los primeros doce meses, es decir para el

período comprendido del 01/02/2019 al 31/01/2020, y la Suma de PESOS CIENTO

VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA ($ 127.440.-) mensuales para los

doce meses restantes, es decir por el período comprendido del 01/02/2020 al 31/01/2021

pagaderos por adelantado del 1 al 10 de cada mes, en la Tesorería Municipal sita en la Av.

Page 250: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

250

Centenario Nro. 77, Piso primero, de la Ciudad y Partido de San Isidro, Provincia de

Buenos Aires.

TERCERA: Ratificar los términos del contrato celebrado con fecha 31/01/2014 y

prorrogado con fecha 2 de febrero de 2017, en cuanto no sean modificados por el

presente.

En prueba de conformidad, en la Ciudad de San Isidro se firman dos ejemplares a un solo

efecto e igual tenor a los 29 días del mes de enero del año 2019.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto Sr. Presidente de AXON Internacional S.A., Osvaldo Jorge Paulino

Page 251: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

251

Ref.: Expte. N° 17435-2018.-

SAN ISIDRO, 7 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 2 5

VISTO la nota obrante a fojas 15, elaborada

por la Agencia de Recaudación de San Isidro; y

Considerando:

QUE en la misma se solicita se autorice la

concurrencia del agente Lic. Pablo Gallardo al curso “Data Analytics”, dictado por

“Digital House – Coding School”;

QUE las temáticas tratadas en la cursada

revisten vital importancia para la inteligencia fiscal que se desarrolla en la citada Agencia

de Recaudación, constituyéndose como un eje central en las operaciones;

QUE el curso tendrá lugar entre los meses de

febrero y julio del corriente año, ofreciendo una capacitación de calidad en el área de

análisis masivo de datos en bases de datos, siendo la casa de estudios que lo dicta una

institución de prestigio en las temáticas referidas;

QUE es intención de esta Administración

Municipal capacitar permanentemente al personal para una mejor prestación de servicios,

desarrollando y ampliando sus capacidades individuales mediante estudios y/o cursos de

perfeccionamiento profesional;

QUE de conformidad con las constancias

agregadas en el expediente de la referencia, corresponde asignarle al mentado trabajador

la suma de PESOS SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTE ($66.420), en

concepto de pago de la matrícula y de la cursada, con oportuna rendición de cuentas;

QUE corresponde proceder al dictado del acto

administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Autorizar la concurrencia del trabajador Lic. Pablo Gallardo (Leg.

************* 69.329), a la cursada “Data Analytics”, dictada por la institución

“Digital House – Coding School” a llevarse a cabo entre los meses de febrero y julio del

año 2019, asignándole la suma de PESOS SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS

VEINTE ($66.420), en concepto de pago de la matrícula y de la cursada, con oportuna

rendición de cuentas.-

Page 252: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

252

Ref.: Expte. N° 17435-2018.-

//...

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

N.M

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 253: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

253

Ref. Expte. Nº 16410-2018.-

SAN ISIDRO, 7 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 2 6

VISTO la nota presentada por la

“ASOCIACIÓN CIVIL AMIGOS DE LA ORQUESTA DE CONCIERTOS DE SAN

ISIDRO”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar la compra, mantenimiento y reposición de equipamiento

para los músicos y equipo de sonido; pago de honorarios profesionales y gestión de

trámites contables; contratación eventual y traslado de músicos y profesores; y compra de

elementos para tareas administrativas;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS OCHENTA

Y CINCO MIL ($ 85.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS OCHO

MIL QUINIENTOS ($ 8.500,00), con oportuna rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “ASOCIACIÓN CIVIL AMIGOS DE LA ORQUESTA DE

CONCIERTOS DE SAN ISIDRO”, por la suma de PESOS OCHENTA Y CINCO MIL

($ 85.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de PESOS OCHO MIL

QUINIENTOS ($ 8.500,00), con oportuna rendición de cuentas, destinado a solventar la

compra, mantenimiento y reposición de equipamiento para los músicos y equipo de

sonido; pago de honorarios profesionales y gestión de trámites contables; contratación

eventual y traslado de músicos y profesores; y compra de elementos para tareas

administrativas.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************* debidamente autorizada/s a tal efecto.

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254

Ref. Expte. Nº 16410-2018.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 255: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

255

Ref.: Expte. N° 16020-R-2018.-

SAN ISIDRO, 7 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 2 7

VISTO la presentación efectuada por el Sr.

Matías Ricardo Ferrari, en su carácter de Propietario y la Arquitecta Liliana B. Merlino,

en su carácter de Profesional actuante, respecto a la factibilidad de realizar la construcción

de un “Garage de uso personal, Local Comercial y Vivienda Unifamiliar”, en el inmueble

designado catastralmente como Circunscripción V, Sección F, Manzana 348, Parcela 28,

ubicado con frente a la Avenida Bernardo Ader Nº 1550, de la ciudad de Villa Adelina,

jurisdicción de este Partido; y

Considerando:

QUE el predio se ubica en Zona Cma3 –

Radio 3, conforme lo establece el Código de Ordenamiento Urbano, siendo los destinos

solicitados de Uso Conforme, con tratamiento particular por las oficinas técnicas y como

Uso Puntual el Garage;

QUE se solicita la extensión del local

comercial en Planta Baja, ocupando el Retiro de Frente con una construcción de

materiales livianos y desmontables, para lo cual el interesado efectuará voluntariamente la

cesión de la superficie necesaria para el ensanche de la Av. Ader en el marco de lo

establecido en el artículo 1.2.4.1 del citado Código y procediendo a la desocupación del

espacio cedido cuando la Municipalidad lo solicite;

QUE por lo expuesto, los organismos técnicos

que elaboraron los informes de fojas 19/20, opinan que, con el cumplimiento de los

requisitos que mediante el presente se determinarán, puede otorgarse la factibilidad

solicitada, criterio que este Departamento Ejecutivo comparte, razón por la cual procede

el dictado del acto administrativo que así lo haga saber;

POR ello, en ejercicio de la atribuciones que le son propias

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

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256

Ref.: Expte. N° 16020-F-2018.-

//…

ARTÍCULO 1º.- Hacer saber al Sr. Matías Ricardo Ferrari, en su carácter de

************** Propietario, que se autoriza la construcción de un “Garage de uso

personal, Local Comercial y Vivienda Unifamiliar”, en el inmueble designado

catastralmente como Circunscripción V, Sección F, Manzana 348, Parcela 28, ubicado

con frente a la Avenida Bernardo Ader Nº 1550, de la ciudad de Villa Adelina,

jurisdicción de este Partido, según documentación de fojas 3, convenientemente

corregida.-

ARTÍCULO 2°.- Lo dispuesto en el artículo precedente, queda sujeto al

************* cumplimiento de las condiciones urbanísticas, ambientales, de

funcionamiento y administrativas, para la aprobación del proyecto definitivo, que a

continuación se detallan:

A. Condiciones Urbanísticas:

A1. Los valores de FOS, FOT, Fondo Libre, Altura Máxima y Plano Límite, quedarán

establecidos de acuerdo a la Hoja de Zona, calculados sobre la parcela resultante, una vez

efectuada la cesión de la Av. Ader.

A2. Retiro de Frente: 6,50 metros, medidos desde la futura Línea Municipal.

Podrá ocuparse parcialmente el Retiro de Frente y la superficie a ceder para ensanche de

la calzada con la prolongación del local. Esta construcción será de materiales livianos y

desmontables.

A3. Terreno/Superficie Absorbente: deberá verificar el veinte por ciento (20%) de la

superficie del predio como terreno y/o superficie absorbente. Se dibujarán en plano:

croquis con silueta y cálculo del mismo.

A4. Estacionamiento Vehicular – Garaje particular:

-Verificar un (1) módulo de estacionamiento para la vivienda unifamiliar.

-Cumplir con lo establecido en el Artículo 1.2.2.1. en cuanto a los accesos vehiculares,

módulos y dimensiones, protecciones sobre las medianeras y el resto de las condiciones

establecidas.

A5. El local comercial deberá cumplir con la Ordenanza N°6631 de Protección Integral

para personas con capacidades diferentes; entre otros: rampas de acceso a Planta Baja,

atento al nivel interno del local respecto de la vereda. (+0,47 metros).

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257

Ref.: Expte. N° 16020-F-2018.-

///…

B. Condiciones Ambientales:

B1. Aceras Públicas: se ejecutarán conforme a lo reglamentado por la Tercera Parte –

Título VI – Artículos 3.6. y subsiguientes del Código de Edificación de San Isidro.

B2. Muros Divisorios y Cercos de Frente.

Verificar lo establecido en el Artículo 1.2.1.6. del Código de Ordenamiento Urbano.

B3. Forestación.

Cumplir con lo establecido en el Artículo 1.2.1.17. del Código de Ordenamiento Urbano,

Ordenanza N°6610 y Decretos Nros. 972/1989 y 501/2010.

Como principio general se deberá respetar la forestación existente dentro del predio y en

la vía pública.

De ser necesaria la extracción de alguna especie, por razones que así lo justifiquen, dentro

del predio, se iniciará expediente de Forestación.

B4. Residuos: deberá contar con un lugar dentro de la parcela, apto para contener los

desechos, a fin de evitar que los mismos permanezcan en la vía pública hasta el horario de

su recolección municipal.

B5. Sistemas Reguladores y Retardadores de Agua de Lluvia.

Cumplir con lo establecido en los Artículos 1.2.2.25.2./3. del Código de Ordenamiento

Urbano.

Se presentará su cálculo en planos. De contar con un volumen superior a los 5 m³, deberá

iniciarse expediente por separado a tal fin, ante la Dirección General de Obras

Particulares, quien evaluará el sistema adecuado, capacidad y ubicación del mismo.

B6. Consideraciones Generales de Obra:

Cumplir con lo establecido en los Decretos Nros. 1617/2014 y 1618/2014.

Los volquetes se ajustarán a lo dispuesto por la Ordenanza Nº7707.

C. Condiciones de Funcionamiento:

C1. La Subsecretaria de Inspección General establecerá las demás condiciones de

funcionamiento y seguridad, en oportunidad de gestionar la habilitación que corresponda.

C2. La publicidad, de existir, será la mínima necesaria para el anuncio de las actividades

y contará con aprobación previa a su colocación.

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258

Ref.: Expte. N° 16020-F-2018.-

////…

D. Condiciones Administrativas:

D1. El destino del plano será: “Garaje de uso particular, Vivienda Unifamiliar y Local

Comercial”.

D2. Deberá presentar la renuncia al mayor valor de las obras, debidamente protocolizada

ante Escribano Público, para la extensión con materiales livianos y desmontables del

local, ocupando parcialmente el Retiro de Frente y la cesión de la calle, hasta la actual

Línea Municipal.

D3. Presentar los planos del proyecto definitivo, ante la Dirección General de Obras

Particulares, quien, según área de competencia, verificará el resto de la normativa de

aplicación, a fin de obtener el pertinente Permiso de Construcción, en el que se

transcribirán todos los condicionantes urbanísticos, ambientales, de funcionamiento y

administrativos del presente Decreto.

D4. Presentar Plano de Mensura y Cesión para el ensanche de la Avenida Bernardo Ader,

visado por la Dirección de Catastro para el otorgamiento del Permiso de Construcción.

Deberá obtener la aprobación de la Dirección Provincial de Geodesia, para el

otorgamiento del Permiso de Construcción.

D5. Presentar Plano de Instalaciones contra Incendio, teniendo en cuenta el tipo de

edificio y de acuerdo a lo previsto por el Código de Edificación de San Isidro (Artículo

5.8.1.1. y subsiguientes), firmado por un profesional responsable, matriculado y visado

por el colegio profesional correspondiente, para el otorgamiento del Permiso de

Construcción.

D6. Cumplir las restantes disposiciones de los Códigos de Ordenamiento Urbano y

Edificación de San Isidro en los aspectos constructivos, de habitabilidad y seguridad, con

aplicación supletoria del Código de Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y toda otra normativa que, en el orden nacional, provincial y/o municipal resulte de

aplicación.-

ARTÍCULO 3°.- Previo a la notificación del presente Decreto, la Dirección General de

************* Obras Particulares liquidará y verificará el pago del anticipo de los

Derechos de Construcción por Estudio de Planos, conforme lo dispone el Artículo 24º,

Apartado A9 de la Ordenanza Impositiva vigente.-

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259

Ref.: Expte. N° 16020-F-2018.-

/////…

ARTÍCULO 4°.- La vigencia del presente Decreto queda condicionada a que, dentro de

************* los ciento veinte (120) días de notificado el mismo, se haya presentado

toda la documentación para el pertinente Permiso de Construcción.-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto Sr. Subsecretario General de Inspecciones y Registros Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. Perez

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260

Ref.: Expte. N° 14544-L-2018.-

SAN ISIDRO, 7 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 2 8

VISTO la presentación efectuada por el Sr.

Patricio Fabián Legaccio, en su carácter de propietario y el Arquitecto Martín Diego

Menta, en su carácter de profesional actuante, respecto a la factibilidad de realizar la

construcción de un edificio con destino “Vivienda Multifamiliar”, en el inmueble

designado catastralmente como: Circunscripción III, Sección F, Manzana 351, Parcela 27,

ubicado con frente a la calle Libertad N° 94 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este

Partido; y

Considerando:

QUE el predio se ubica en Zona Rml - Radio

8, conforme lo establece el Código de Ordenamiento Urbano, siendo el destino solicitado

Uso Conforme, con Tratamiento Especial según punto 2.13 de la Hoja de Zona;

QUE se considera la aplicación del Artículo

1.2.1.10.2. “VARIANTES EN LA ALTURA MÁXIMA DE EDIFICIOS” del Código

citado, a los fines de incrementar la altura para alcanzar la de las construcciones

existentes linderas, que superan la establecida para la zona, unificando el perfil urbano

edificado;

QUE resulta de aplicación el Artículo

1.2.1.4.1., Apartado B - Inciso 5 “RETIROS DE FRENTE – VARIANTES DE LA

APLICACIÓN DE LOS RETIROS – CASOS DE PREDIOS INTERMEDIOS” del

Código de Ordenamiento Urbano, eximiéndose parcialmente el retiro reglamentario,

atento que uno de los linderos se encuentra construido sobre la Línea Municipal;

QUE por lo expuesto, los organismos técnicos

que elaboraron los informes de fojas 25/26 opinan que, con el cumplimiento de los

requisitos que mediante el presente se determinarán, puede otorgarse la factibilidad

consultada, criterio que este Departamento Ejecutivo comparte, razón por la cual procede

el dictado del acto administrativo que así lo haga saber;

POR ello, en ejercicio de la atribuciones que le son propias

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

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261

Ref.: Expte. N° 14544-L-2018.-

//…

ARTÍCULO 1º.- Hacer saber al Sr. Patricio Fabián Legaccio, en su carácter de

************** propietario, que se autoriza la construcción de un edificio con destino

“Vivienda Multifamiliar”, en el inmueble designado catastralmente como:

Circunscripción III, Sección F, Manzana 351, Parcela 27, ubicado con frente a la calle

Libertad N° 94 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, según

documentación de fojas 14 convenientemente corregida.-

ARTÍCULO 2°.- Lo dispuesto en el artículo precedente, queda sujeto al cumplimiento

************** de las condiciones urbanísticas, ambientales y administrativas, para la

aprobación del proyecto definitivo, que a continuación detallan:

A. Condiciones Urbanísticas:

Al. Los valores de FOS, FOT y Fondo Libre, se ajustarán a lo establecido en la Hoja de

Zona, punto 2.13 “Tratamiento Especial”.

A2. Altura:

Altura Máxima de fachada = 10,80 metros.

El nuevo edificio no deberá sobrepasar la silueta de la medianera del inmueble ubicado en

la Parcela 28 y las envolventes edilicias (de alturas y retiros), las que deberán ser

relevadas por el interesado a fin de determinar la altura máxima y se deberán agregar

dichas siluetas relevadas en el plano de Permiso de Construcción.

Plano Límite = 14,80 metros.

La ubicación de las instalaciones complementarias deberá cumplir con lo establecido en el

Artículo 1.2.1.10. Inciso 1 del Código de Ordenamiento Urbano, debiendo retirarse 3,00

metros de los paramentos de frente y fondo y 1,50 metros de los ejes divisorios de

predios.

A3. Retiro de Frente:

- 3,00 metros, desde el eje divisorio con la Parcela 28 hasta el cincuenta por ciento (50%)

del ancho del predio.

- 1,50 metros, desde el eje divisorio con la Parcela 26 hasta el cincuenta por ciento (50%)

del ancho del predio.

A4. Terreno Absorbente: verificar el veinte por ciento (20%) de la superficie total de la

parcela.

Deberán indicarse: croquis y cálculo del mismo en el plano.

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262

Ref.: Expte. N° 14544-L-2018.-

///…

A5. Estacionamiento Vehicular: 1,5 cocheras por unidad de vivienda, con un total de

cinco (5) unidades.

Cumplir con lo establecido en el Artículo 1.2.2.1. del Código de Ordenamiento Urbano.

A6. Número de Unidades Funcionales: tres (3).

Las unidades deberán cumplir con la superficie mínima establecida en el Artículo

1.2.1.13., Inciso 1, Ítem b del Código de Ordenamiento Urbano.

A7. El edificio deberá contar con accesibilidad para personas con discapacidades,

cumplimentando lo normado en el Código de Edificación de San Isidro en cuanto a pasos

mínimos, ascensores, entre otros, según Ordenanza N° 6631.

A8. La escalera de acceso a la azotea deberá verificar un ancho mínimo de 0,70metros, no

pudiendo llegar el ascensor a la misma.

B. Condiciones Ambientales:

B1. Aceras Públicas:

Cumplir con lo establecido en la Tercera Parte – Título VI – Artículos 3.6. y

subsiguientes del Código de Edificación San Isidro.

B2. Muros Divisorios y Cercos de Frente:

Cumplir con lo establecido en el Artículo 1.2.1.6. del Código de Ordenamiento.

B3. Forestación:

Cumplir con lo establecido en el Artículo 1.2.1.17. del Código de Ordenamiento Urbano,

Ordenanza N°6610 y Decretos Nros. 972/1989 y 501/2010.

Como principio general, se deberá respetar la forestación existente dentro del predio y en

la vía pública.

De ser necesaria la extracción de alguna especie -por razones que así lo justifiquen- se

iniciará expediente de Forestación.

B4. Sistemas Reguladores y Retardadores de Agua de Lluvia:

Cumplir con lo establecido en los artículos 1.2.2.25.2./3. del Código de Ordenamiento

Urbano. Se presentará su cálculo en los planos. De contar con un volumen superior a los

5,00 m³, deberá iniciarse Expediente por separado a tal fin ante la Dirección General de

Ordenamiento Urbano, quien evaluará el sistema adecuado, capacidad y ubicación del

mismo.

B5. Consideraciones Generales de Obra:

Cumplir con lo establecido en los Decretos Nros. 1617/2014 y 1618/2014.

Los volquetes se ajustarán a lo dispuesto por la Ordenanza N° 7707.

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263

Ref.: Expte. N° 14544-L-2018.-

////…

B6. Residuos: deberá contar con un lugar dentro de la parcela, apto para contener los

desechos del edificio, a fin de evitar que los mismos permanezcan en la vía pública hasta

el horario de su recolección municipal.

C. Condiciones Administrativas:

C1. Presentar los planos del proyecto definitivo ante la Dirección General de Obras

Particulares quien, según área de competencia, verificará el resto de la normativa de

aplicación, a fin de obtener el Permiso de Construcción, en el que se transcribirán los

condicionantes urbanísticos, ambientales y administrativos del presente Decreto.

C2. Previo al otorgamiento del Permiso de Construcción, deberán adjuntarse las

solicitudes de factibilidad de conexión de los servicios de infraestructura de agua

corriente, cloacas y electricidad.

C3. Cumplir las disposiciones de los Códigos de Ordenamiento Urbano y Edificación de

San Isidro en los aspectos constructivos, de habitabilidad y seguridad, con aplicación

supletoria del Código de Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y toda otra

normativa que, en el orden nacional, provincial y/o municipal resulte de aplicación.-

ARTÍCULO 3°.- Previo a la notificación del presente Decreto, la Dirección General de

************* Obras Particulares liquidará y verificará el pago del anticipo de los

Derechos de Construcción por Estudio de Planos, conforme lo dispone el Artículo 24º,

Apartado A9 de la Ordenanza Impositiva vigente.-

ARTÍCULO 4°.- La vigencia del presente Decreto queda condicionada a que, dentro de

************* los 120 días de notificado el mismo, se haya presentado toda la

documentación para el pertinente Permiso de Construcción.-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Subsecretario General de Inspecciones y Registros Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. Perez

Page 264: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

264

Ref. Expte. Nº 17613-2018.-

SAN ISIDRO, 7 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 2 9

VISTO la nota presentada por la

“FUNDACIÓN RÍO PINTURAS”; y

Considerando:

QUE la citada institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar el pago de honorarios profesionales y gastos por tramites

bancarios, certificaciones y contables; becas para personas de bajos recursos; alquiler de

natatorio; servicio de viandas para almuerzo y merienda; servicios e impuestos; y servicio

de transporte;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS

SEISCIENTOS VEINTIUN MIL ($ 621.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de

PESOS SESENTA Y DOS MIL CIEN ($ 62.100,00), con oportuna rendición de cuentas;

QUE en virtud de lo expuesto se procede al

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “FUNDACIÓN RÍO PINTURAS”, por la suma de PESOS

SEISCIENTOS VEINTIÚN MIL ($ 621.000,00), pagadero en diez (10) cuotas iguales de

PESOS SESENTA Y DOS MIL CIEN ($ 62.100,00), con oportuna rendición de cuentas,

destinado a solventar el pago de honorarios profesionales, gastos por trámites bancarios,

certificaciones y contables; becas para personas de bajos recursos; alquiler de natatorio;

servicio de viandas para almuerzo y merienda; servicios e impuestos; y servicio de

transporte.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************* debidamente autorizada/s a tal efecto.

Page 265: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

265

Ref. Expte. Nº 17613-2018.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nº 1444/85.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

M.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 266: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

266

Ref. Expte. Nº 935-2019

SAN ISIDRO, 12 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 3 0

VISTO la necesidad de contar con Inspectores

de Comercio e Industria en los distintos centros comerciales del distrito, durante los días

de semana en el horario vespertino de 15:00 a 20:00 hs, haciendo énfasis en evitar la

instalación y proliferación de la venta ambulante, la cual provoca competencia desleal y

decaimiento en las ventas respecto a los locales habilitados en el Partido; y

Considerando:

QUE los Inspectores no se encuentran

autorizados a realizar horas extras, encuadrando las tareas a desarrollar en lo dispuesto

por Artículo 12° de la Ordenanza N° 9069 “Tareas Especiales”;

QUE, para lograr el objetivo propuesto, se han

autorizados las mismas por Decreto Nro. 261 del 2018, disponiéndose una retribución por

hora trabajada por cada inspector involucrado;

QUE a fojas 3, la subsecretaria de

Inspecciones, Registros Urbanos y Tránsito, solicita la continuidad de las tareas

enunciadas para el corriente año y la actualización de la remuneración de los trabajadores

involucrados;

QUE, teniendo en cuenta el resultado

satisfactorio del servicio, resulta beneficioso y necesario continuar con el mismo durante

el año 2019;

QUE, en virtud de lo expuesto procede el

dictado del pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Prorrogar para el ejercicio correspondiente al año 2019 las

************* tareas destinadas a recorrer los distintos centros comerciales del

distrito, durante los días de semana en el horario vespertino de 15:00 a 20:00 hs, haciendo

énfasis en evitar la instalación y proliferación de la venta ambulante, la cual provoca

competencia desleal y decaimiento en las ventas respecto a los locales habilitados en el

Partido, las que se llevan a cabo por Inspectores de Comercio e Industria debidamente

autorizados.-

Page 267: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

267

Ref. Expte. Nº 935-2019

//…

ARTÍCULO 2º.- Establecer una retribución de Pesos Ciento Treinta y Siete ($ 137,00)

************* por hora trabajada por cada inspector.-

ARTÍCULO 3º.- Lo dispuesto en los artículos precedentes tendrá vigencia a partir del 1°

************* de enero de 2019.-

ARTÍCULO 4º.- La Subsecretaría General de Inspecciones, Registros Urbanos y

************* Tránsito remitirá mensualmente a la Dirección General de Recursos

Humanos, a los efectos del pago, la nómina de los inspectores involucrados y la cantidad

de horas trabajadas por cada uno, las que serán abonadas al mes subsiguiente al del

trabajo efectivamente realizado.-

ARTÍCULO 5º.- Dejar establecido que las tareas mencionadas en el Artículo 1°

************* encuadran en el Artículo 12° “Tareas Especiales” de la Ordenanza N°

9069 y se atenderán con fondos provenientes de la Partida correspondiente del

Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION Mf/JF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 268: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

268

Ref. Expte. Nº 423-S-2019

SAN ISIDRO, 12 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 3 1

VISTO la nota de la Dirección de

Ordenamiento Urbano dependiente de la Subsecretaría General de Inspecciones, Registros

Urbanos y Tránsito; y

Considerando:

QUE ante las políticas de seguridad vial

implementadas por este municipio, en concordancia con el estado nacional y provincial;

QUE, se hace necesario reforzar los trabajos

de esta Dirección, que hagan a la seguridad vial, como ser la renovación y pintado de

indicaciones varias, las sendas peatonales, flechas de dirección, ochavas, lomadas,

rampas, postes, entre otros;

QUE las tareas mencionadas se realizarán los

días sábados, domingos y feriados, durante el horario nocturno, a fin de aprovechar la

poca circulación peatonal y vehicular con el objeto de no entorpecer los mismos;

QUE dichos trabajos serán realizados

mediante la modalidad de “Tareas Especiales”, conforme el artículo 12° de la Ordenanza

N° 9069, fuera del horario habitual de trabajo, durante el transcurso del año 2019, por lo

tanto el monto retributivo a cada agente afectado a la labor ascenderá a la suma de PESOS

SETECIENTOS CINCUENTA ($ 750) los días sábados y de PESOS UN MIL ($ 1.000)

los días domingos y feriados;

QUE la supervisión quedará a cargo del

Subsecretario General de Inspecciones, Registros Urbanos y Tránsito, Dr. Walter Pérez y

del Director de Ordenamiento Vial, Sr. Andrés Vásquez;

QUE la Secretaría General, presta su

conformidad a fojas 9, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Autorizar al personal de la Dirección de Ordenamiento Vial, a efectuar

************** las tareas que hagan a la seguridad vial, como ser la renovación y

pintado de indicaciones varias, sendas peatonales, flechas de dirección, ochavas, lomadas,

rampas, postes, entre otros, durante los días sábados, domingos y feriados en horario

nocturno, a fin de aprovechar la poca circulación peatonal y vehicular con el objeto de no

entorpecer los mismos.-

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269

Ref. Expte. Nº 423-S-2019

//…

ARTÍCULO 2º.- Las tareas mencionadas en el artículo 1°, se realizarán fuera del

************* horario habitual de trabajo, asignándole un monto de PESOS

SETECIENTOS CINCUENTA ($ 750) los días sábados y de PESOS UN MIL ($ 1.000)

los días domingos y feriados.-

ARTÍCULO 3º.- La supervisión estará a cargo del Subsecretario General de

************* Inspecciones, Registros Urbanos Tránsito, Dr. Walter Pérez y del

Director de Ordenamiento Vial, Sr. Andrés Vásquez;

ARTÍCULO 4º.- La Subsecretaría General de Inspecciones, Registros Urbanos y

************* Tránsito elevará a la Dirección General de Recursos Humanos,

mensualmente la planilla con el detalle de los agentes que han realizado dichas tareas para

proceder a su liquidación.-

ARTÍCULO 5º.- Se deja establecido que las tareas mencionadas encuadran en el

************* Artículo 12° “Tareas Especiales” de la Ordenanza N° 9069, las que se

atenderán con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto General

de Gastos en vigencia.-

ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Notifíquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION EC

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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270

Ref. Expte. Nº 17418-2018.-

SAN ISIDRO, 12 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 3 2

VISTO la nota de la Subsecretaría de General

de Espacio Público, obrante a foja 1; y

Considerando:

QUE durante el año en curso, los agentes más

abajo mencionados realizarán en dicha Subsecretaría tareas diferentes a las funciones

propias de sus cargos, tales como conducción de vehículos municipales asignados y el

mantenimiento de los mismos;

QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra

facultado a fijar la remuneración de la “Bonificación por productividad”, que cumplen

los agentes de la Comuna, conforme lo establecido en el artículo 12º bis de la Ordenanza

9069;

QUE por todo lo expuesto y considerando que

estas tareas asignadas a dichos agentes, exceden las que le son propias a sus cargos, es

que se solicita se abone mensualmente la mencionada bonificación;

QUE procede en consecuencia a proyectar el

acto administrativo que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Establecer una retribución mensual para el pago del personal

************* encuadrado en cada grupo y categoría detalla mas abajo por el período

comprendido entre el 1º de enero al 31 de diciembre del 2019, que realizarán tareas

diferentes a las funciones propias:

1. Personal asignado a la conducción y transporte de personal: 8000 módulos

GAGO Juan Manuel – Legajo Nº 66120

ARROYO Gustavo – Legajo Nº 69808

GOMEZ Javier – Legajo Nº 67702

ROLDAN Fabián –Legajo Nº 69757

RODRIGUEZ Brian- Legajo Nº 69679

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271

Ref. Expte. Nº 17418-2018.-

//…

COMPUSANO Brian-Legajo Nº 69836

CARRETE Maximiliano- Legajo Nº 68562

OVEJERO Abel Antonio - Legajo Nº 69619

2. Personal asignado a la conducción de vehículos para Supervisión vía pública y

Supervisión barrido: 5000 módulos

GOMEZ Sergio– Legajo Nº 67984

VALDEZ Walter –Legajo Nº 68326

REYNA Rubén – Legajo Nº 69905

MOSCONI Daniel –Legajo Nº 59795

PITA Mauro-Legajo Nº 62245

GUTIERREZ Ángel – Legajo Nº 68104

VILLANUEVA Julio Cesar- Legajo Nº 58100

GIMENEZ Marcelo –Legajo Nº 68028

ROSAS José Mario –Legajo Nº 63267

AGUIRRE Gabriel – Legajo Nº 68007

Meza Walter – Legajo Nº 69472

ARTÍCULO 2º.- La Subsecretaría de General de Espacio Público, remitirá mes a mes a

************* la Dirección General de Recursos Humanos, a los efectos del pago, la

nómina de los agentes que las hayan realizado, y serán abonadas al mes subsiguiente al

del trabajo efectivamente realizado, con la modalidad de Tareas Especiales.-

ARTÍCULO 3º.- Dejar establecido que las tareas mencionadas en el artículo 1º,

************* encuadran en el Artículo 12º bis “Bonificación por productividad” de

la Ordenanza Nº 9069 y se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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272

Ref. Expte. Nº 17421-D-2018

SAN ISIDRO, 12 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 3 3

VISTO lo solicitado por la Subsecretaría

General de Espacio Público; y

Considerando:

QUE durante el año en curso, los agentes más

abajo mencionados realizarán en dicha Subsecretaría General tareas diferentes a las

funciones propias a sus cargos, tales como eventos, diversos operativos, entre otras,

encuadrándose dentro del la Ordenanza Nº 9069, artículo 12º bis “Bonificación

Productividad”,

QUE el personal afectado se dividirá en tres

(3) grupos, debiendo establecerse las remuneraciones para cada grupo detallado, de la

siguiente manera, Módulos Seis mil (6000) al Grupo - Personal Jerárquico : Ana María

Reggi (Legajo Nº 15.501) y Alicia Brey (Legajo Nº 15.680); Módulos cinco mil (5000)

Grupo Personal Jefaturas Administrativas -: María Laura Durruty (Legajo Nº 63.172) y

Karakayan Miriam Edith (Legajo Nº 56852) y Módulos cuatro mil (4000) Grupo -

Personal Supervisores Administrativos: Nilda Gil (Legajo Nº 18.010) y Marcos Lucero

(Legajo Nº 60.620);

QUE en virtud de ello, se deberá realizar el

correspondiente acto administrativo, que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Establecer una retribución mensual de Módulos Seis mil (6000) al

************* Grupo - Personal Jerárquico -: Ana María Reggi (Legajo Nº 15.501) y

Alicia Brey (Legajo Nº 15.680) ; Módulos cinco mil (5000) Grupo Personal Jefaturas

Administrativas -: María Laura Durruty (Legajo Nº 63.172) y Karakayan Miriam Edith

(Legajo Nº 56852) y Módulos cuatro mil (4000) Grupo - Personal Supervisores

Administrativos -: Nilda Gil (Legajo Nº 18.010) y Marcos Lucero (Legajo Nº 60.620);

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273

Ref. Expte. Nº 17421-D-2018

//…

ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que las tareas mencionadas en el artículo 1º,

************** encuadran en el Artículo 12º bis Bonificación por Productividad de la

Ordenanza Nº 9069 y se atenderán con fondos provenientes de la Partida correspondiente

del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

ARTÍCULO 3º.- La Subsecretaría General de Espacios Público, remitirá mensualmente

************* a la Dirección General de Recursos Humanos, el listado de los

trabajadores que efectivamente hallan realizado el trabajo.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION mf

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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274

Ref. Expte. N° 17413-2018.-

SAN ISIDRO, 12 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 3 4

VISTO la implementación de tareas

adicionales en el Tribunal Municipal de Faltas; y

Considerando:

QUE estas tareas extraordinarias se realizarán

en los períodos de julio y diciembre y/o enero de cada año, consistiendo en “Quema” y

“Remisión de archivo de último año vigente a la Comuna”;

QUE la primera denominada “QUEMA”

consiste en la verificación de las causas prescriptas de “Tránsito” y “Comercio” su

separación, descarga de movimiento en sistema informático, (separando prescripción de

acta de prescripción de sentencia / prescripción de acción y de pena) embalaje para ser

retirado y remitido al CEAMSE;

QUE la segunda denominada “REMISION

DE ARCHIVO DE ULTIMO AÑO VIGENTE A LA COMUNA”, consiste en separación

de causas, descarga informática, ordenamiento por número, embalaje, etiquetado de las

bolsas con el detalle de la numeración de las causas que estas contienen para su eventual

desarchivo en caso de juzgamiento, dado la vigencia de las Leyes nros. 24.449/ 13.927 de

Tránsito (prescripción mayoría de infracciones de 5 años);

QUE dichas tareas encuadran en el Artículo

12º “Bonificación Tareas Especiales” de la Ordenanza Nº 9069;

QUE teniendo en cuenta la especificación de

la tarea, se establece la suma de PESOS MIL DOSCIENTOS ($ 1200), por cada período,

para el personal afectado a la misma;

QUE en virtud de lo expuesto, procede el

dictado del pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

Page 275: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

275

Ref. Expte. N° 17413-2018.-

//…

ARTÍCULO 1º.- Autorizar al personal dependiente del Tribunal Municipal de Faltas, a

************* realizar las tareas de “QUEMA” y “REMISION DE ARCHIVO DEL

ULTIMO AÑO VIGENTE”, durante los períodos de julio y diciembre y/o enero de cada

año.-

ARTÍCULO 2º.- Establecer un valor fijo de PESOS MIL DOSCIENTOS ($ 1200),

************* por cada período mencionado, para el personal afectado a dichas

tareas.-

ARTÍCULO 3º.- El Tribunal Municipal de Faltas, remitirá a la Dirección General de

************* Recursos Humanos, a los efectos del pago, la nómina de los agentes

que hayan realizado las tareas, y serán abonadas al mes subsiguiente al del trabajo

efectivamente realizado.-

ARTÍCULO 4°.- Las tareas mencionadas en el artículo 1º, encuadran en el Artículo 12º

************* “Tareas Especiales” de la Ordenanza Nº 9069 y se atenderán con

fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos en

vigencia.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 276: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

276

Ref.: Expte. N° 7036-2017.- Alcance 13.-

SAN ISIDRO, 12 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 3 5

VISTO la Licitación Pública N° 40/2017,

referente a la “Contratación del Servicio de Camiones, Vehículos, Maquinarias y Equipos

de Diversas Características”, resultando adjudicataria la firma SP2 GROUP S.A. de los

renglones 13, 14 y 15 conforme lo determinado en el Pliego de Bases y Condiciones que

rige la citada contratación; y

Considerando:

QUE dicha empresa solicita un

reconocimiento de mayores costos sobre los precios adjudicados;

QUE la Comisión Asesora Permanente para la

Adjudicación de Licitaciones Públicas expresa que, en este tipo de contrataciones de

prolongada duración, deben quedar bajo estudio permanente las variaciones que se

produzcan en costos, precios y salarios, y luego considerar en qué medida dichos

incrementos puedan afectar seriamente la ecuación económico financiera, que

necesariamente debe resguardar el contrato celebrado, protegiendo la continuidad,

cantidad y calidad de las prestaciones brindadas;

QUE si bien este tipo de situaciones induciría

a interpretar beneficioso para la Comuna evitar el reconocimiento de las citadas

variaciones, un análisis más exhaustivo evidenciaría la necesidad de preservar el citado

equilibrio de obtener la prestación al menor costo posible, pero sin que ello afecte a la

integridad patrimonial de la prestataria y consecuentemente a los servicios que se presten;

QUE en conclusión, dicha Comisión

recomienda autorizar un incremento de mayores costos, aplicando el principio del

sacrificio compartido para cada servicio y en función del equilibrio presupuestario

buscado, del VEINTIOCHO POR CIENTO (28%), quedando el valor unitario de las

prestaciones de la siguiente forma: para el Renglón 13, en la suma de PESOS UN MIL

OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 1.856) IVA INCLUIDO; para el Renglón 14

en la suma de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO ($ 2.918) IVA

INCLUIDO, y para el Renglón 15 en la suma de PESOS TRES MIL NOVECIENTOS

SETENTA Y CUATRO ($ 3.974), montos aplicables a los servicios que comenzarán a

devengarse a partir del 1° de enero del 2019;

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277

Ref.: Expte. N° 7036-2017.- Alcance 13.-

//…

QUE este Departamento Ejecutivo comparte

el criterio expuesto por la Comisión Asesora Permanente para la Adjudicación de

Licitaciones Públicas, promoviendo el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Otorgar un incremento del VEINTIOCHO POR CIENTO (28%), sobre

************* el precio de las prestaciones adjudicadas mediante Licitación Pública N°

40/2017 a la empresa SP2 GROUP S.A., referente a la “Contratación del Servicio de

Camiones, Vehículos, Maquinarias y Equipos de Diversas Características”, quedando el

valor unitario de las prestaciones de la siguiente forma: para el Renglón 13, en la suma de

PESOS UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 1.856) IVA INCLUIDO;

para el Renglón 14 en la suma de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO ($

2.918) IVA INCLUIDO, y para el Renglón 15 en la suma de PESOS TRES MIL

NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO ($ 3.974), montos aplicables a los servicios

que comenzaron a devengarse a partir del 1° de enero de 2019.-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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278

Ref.: Expte. N° 7036-2017-Alcance 14.-

SAN ISIDRO, 12 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 3 6

VISTO la Licitación Pública N° 40/2017,

referente a la “Contratación del Servicio de Camiones, Vehículos, Maquinarias y Equipos

de Diversas Características”, resultando adjudicataria la empresa Benito Roggio e Hijos

S.A – CLIBA Ingeniería Ambiental S.A. -U.T.E.- de los renglones 16 y 17 conforme lo

determinado en el Pliego de Bases y Condiciones que rige la citada contratación; y

Considerando:

QUE dicha empresa solicita un

reconocimiento de mayores costos sobre los precios adjudicados;

QUE la Comisión Asesora Permanente para la

Adjudicación de Licitaciones Públicas expresa que, en este tipo de contrataciones de

prolongada duración, deben quedar bajo estudio permanente las variaciones que se

produzcan en costos, precios y salarios, y luego considerar en qué medida dichos

incrementos puedan afectar seriamente la ecuación económico financiera, que

necesariamente debe resguardar el contrato celebrado, protegiendo la continuidad,

cantidad y calidad de las prestaciones brindadas;

QUE si bien este tipo de situaciones induciría

a interpretar beneficioso para la Comuna evitar el reconocimiento de las citadas

variaciones, un análisis más exhaustivo evidenciaría la necesidad de preservar el citado

equilibrio de obtener la prestación al menor costo posible, pero sin que ello afecte a la

integridad patrimonial de la prestataria y consecuentemente a los servicios que se presten;

QUE en conclusión, dicha Comisión

recomienda autorizar un incremento de mayores costos, aplicando el principio del

sacrificio compartido para cada servicio y en función del equilibrio presupuestario

buscado, del VEINTE POR CIENTO (20%), quedando el valor unitario de las

prestaciones de la siguiente forma: para el Renglón 16, en la suma de PESOS CINCO

MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 84/100 ($ 5.487,84) IVA

INCLUIDO, y para el Renglón 17 en la suma de PESOS CUATRO MIL SEISCIENTOS

CUARENTA Y NUEVE CON 30/100 ($ 4.649,30), montos aplicables a los servicios que

comenzaran a devengarse a partir del 1° de enero del 2019;

Page 279: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

279

Ref.: Expte. N° 7036-2017-Alcance 14.-

//…

QUE este Departamento Ejecutivo comparte

el criterio expuesto por la Comisión Asesora Permanente para la Adjudicación de

Licitaciones Públicas, promoviendo el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Otorgar un incremento del VEINTE POR CIENTO (20%), sobre el

************* precio de las prestaciones adjudicadas mediante Licitación Pública N°

40/2017 a la empresa Benito Roggio e Hijos S.A – CLIBA Ingeniería Ambiental S.A. -

U.T.E.-, referente a la “Contratación del Servicio de Camiones, Vehículos, Maquinarias y

Equipos de Diversas Características”, quedando el valor unitario de las prestaciones de la

siguiente forma: para el Renglón 16, en la suma de PESOS CINCO MIL

CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 84/100 ($ 5.487,84) IVA INCLUIDO, y

para el Renglón 17 en la suma de PESOS CUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA

Y NUEVE CON 30/100 ($ 4.649,30), montos aplicables a los servicios que comenzaran a

devengarse a partir del 1° de enero de 2019.-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 280: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

280

Ref.: Expte. N° 6524-S-2017.-

SAN ISIDRO, 12 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 3 7

VISTO la Licitación Pública N° 39/2017,

referente a la contratación del servicio de reconstrucción de veredas por deterioro, corte

de raíces y extracciones de arboles en las Zonas N° 1 y N° 2, adjudicada a la empresa

FERRECO S.R.L.; y

Considerando:

QUE dicha empresa solicita un

reconocimiento de mayores costos en las prestaciones contratadas;

QUE la Comisión Asesora Permanente para la

Adjudicación de Licitaciones Pública expresa que, en este tipo de contrataciones de

prolongada duración, deben quedar bajo estudio permanente las variaciones que se

produzcan en costos, precios y salarios, y luego considerar en qué medida dichos

incrementos puedan afectar seriamente la ecuación económica financiera, que

necesariamente debe resguardar el contrato celebrado, protegiendo la continuidad,

cantidad y calidad de las prestaciones brindadas;

QUE si bien, este tipo de situaciones induciría

a interpretarse beneficioso para la Comuna, evitar el reconocimiento de estas variaciones,

un análisis más exhaustivo evidenciaría la necesidad de preservar el citado equilibrio de

obtener la prestación al menor costo posible, pero sin que ello afecte a la integridad

patrimonial de la prestataria y consecuentemente a los servicios que se presten;

QUE en conclusión, dicha Comisión

recomienda efectuar un reconocimiento de mayores costos, estableciendo a partir del 1°

de enero del corriente año para las Zonas N° 1 y N° 2 como precio unitario del Ítem 3.1

“Unidad Equivalente” la suma de PESOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO

CON 52/00 ($1.658,52), es decir, un incremento del 15.95% respecto al mes de enero del

año 2018, para todos los trabajos consignados en las Órdenes de Compra N° 200, N° 8170

y futuras;

QUE este Departamento Ejecutivo comparte

el criterio expuesto por la mentada Comisión, promoviendo el dictado del acto

administrativo pertinente;

Page 281: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

281

Ref.: Expte. N° 6524-S-2017.-

//…

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Otorgar un reconocimiento de mayores costos a la firma Ferreco

************* S.R.L, adjudicataria de las Zonas N° 1 y N° 2 de la Licitación Pública

N° 39/2017 por conducto del Decreto N° 2874/2017, estableciéndose a partir del 1° de

enero del 2019 como precio unitario del Ítem 3.1 “Unidad Equivalente” la suma de

PESOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 52/00 ($1.658,52), aplicable

a todos los trabajos consignados en las Órdenes de Compra N° 200, N° 8170 y futuras, en

un todo de acuerdo a lo informado por la Comisión Asesora Permanente para la

Adjudicación de Licitaciones Públicas en el expediente de la referencia.-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 282: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

282

Ref.: Expte. N° 7607-2014.-

SAN ISIDRO, 12 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 3 8

VISTO la Licitación Pública N° 11/2014,

referente a la “Contratación del Servicio de Mantenimiento Integral del Arbolado Público

del Partido de San Isidro”, adjudicada a la empresa Forestación Urbana S.R.L.; y

Considerando:

QUE dicha empresa solicita un

reconocimiento de mayores costos en las prestaciones contratadas;

QUE la Comisión Asesora Permanente para la

Adjudicación de Licitaciones Pública expresa que, en este tipo de contrataciones de

prolongada duración, deben quedar bajo estudio permanente las variaciones que se

produzcan en costos, precios y salarios, y luego considerar en qué medida dichos

incrementos puedan afectar seriamente la ecuación económica financiera, que

necesariamente debe resguardar el contrato celebrado, protegiendo la continuidad,

cantidad y calidad de las prestaciones brindadas;

QUE si bien, este tipo de situaciones induciría

a interpretarse beneficioso para la Comuna, evitar el reconocimiento de estas variaciones,

un análisis más exhaustivo evidenciaría la necesidad de preservar el citado equilibrio de

obtener la prestación al menor costo posible, pero sin que ello afecte a la integridad

patrimonial de la prestataria y consecuentemente a los servicios que se presten;

QUE en conclusión, dicha Comisión

recomienda efectuar un reconocimiento de mayores costos, determinando para los

servicios devengados a partir del 1° de enero del corriente año los siguientes valores

horarios para las prestaciones contratadas:

Ítem N° Descripción Nuevo P. Unitario

1 Hs. Alquiler de Camión para cargar mayor de 3500 kg, equipado con un

Hidroelevador montado no menor a 13 mts. de altura, con barquilla para

operario.

$2.253

2 Hs. Alquiler de Camión para cargar mayor de 3500 kg, equipado con un

Hidroelevador montado no menor a 13 mts. de altura, con barquilla para

operario.

$2.253

3 Hs. Alquiler de Camión de mediano porte con una tara de 7000 kg. con una

grúa no menor a 17 mts., accionada por un operario en la base de la misma.

$2.579

4 Hs. Alquiler de Camión de mediano porta con hidrogrúa articulada con JIB (no

menor a 10 mts.) con una altura máxima extendida total no menor a los 23 mts.

y una tara de 12000 kg.

$3.000

5 Hs. Alquiler de Camión de mediano porta con hidrogrúa articulada con JIB (no

menor a 10 mts.) con una altura máxima extendida total no menor a los 23 mts.

y una tara de 12000 kg.

$3.000

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283

Ref.: Expte. N° 7607-2014.-

//…

QUE este Departamento Ejecutivo comparte

el criterio expuesto por la mentada Comisión, promoviendo el dictado del acto

administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Otorgar un reconocimiento de mayores costos a la firma Forestación

************* Urbana S.R.L, adjudicataria de la Licitación Pública N° 11/2014,

determinando para los servicios devengados a partir del 1° de enero del 2019 los valores

horarios para las prestaciones contratadas que infra se detallan, en un todo de acuerdo a lo

informado por la Comisión Asesora Permanente para la Adjudicación de Licitaciones

Públicas en el expediente de la referencia.-

Ítem N° Descripción Nuevo P. Unitario

1 Hs. Alquiler de Camión para cargar mayor de 3500 kg, equipado con un

Hidroelevador montado no menor a 13 mts. de altura, con barquilla para

operario.

$2.253

2 Hs. Alquiler de Camión para cargar mayor de 3500 kg, equipado con un

Hidroelevador montado no menor a 13 mts. de altura, con barquilla para

operario.

$2.253

3 Hs. Alquiler de Camión de mediano porte con una tara de 7000 kg. con

una grúa no menor a 17 mts., accionada por un operario en la base de la

misma.

$2.579

4 Hs. Alquiler de Camión de mediano porta con hidrogrúa articulada con

JIB (no menor a 10 mts.) con una altura máxima extendida total no

menor a los 23 mts. y una tara de 12000 kg.

$3.000

5 Hs. Alquiler de Camión de mediano porta con hidrogrúa articulada con

JIB (no menor a 10 mts.) con una altura máxima extendida total no

menor a los 23 mts. y una tara de 12000 kg.

$3.000

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de Gastos pertinente.-

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284

Ref.: Expte. N° 7607-2014.-

///…

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

NM

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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285

Ref. Expte. Nro. 16512-D-2018.-

SAN ISIDRO, 12 de febrero de 201926 de diciembre de 2018.-de agosto de DECRETO NÚMERO: 2 3 92635644 991

VISTO el Pedido de Suministro Nº 649-

688/2018; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel se efectuó

el pertinente llamado a Licitación Privada Nº 07/2019, autorizado mediante Decreto Nro.

2572/2018;

QUE realizada la apertura de las ofertas

presentadas por las diversas empresas participantes del proceso licitatorio, la Dirección

General de Compras efectuó la comparación y estudio de las mismas a fojas 119,

solicitando la Subsecretaria General de Higiene Urbana y Espacio Público a fojas 121 la

adjudicación a la más conveniente para la Comuna;

QUE conforme lo solicitado a fojas 123, se

procede al dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1ro.- Adjudicar a CM SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES S.A, CUIT

************** Nº 30-71466799-4, el “ SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE

LAS FUENTES DECORATIVAS DEL PARTIDO DE SAN ISIDRO, DESDE EL 01 DE

MARZO DEL 2019 Y POR LA VIGENCIA QUE ESTABLECE EL PLIEGO DE

BASES Y LICITACIONES QUE RIGE LA PRESENTE LICITACIÓN” por un monto

total de PESOS UN MILLÓN SEISCIENTOS NOVENTA MIL ($ 1.690.000,00).-

ARTÍCULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************** presente Decreto se atenderá con fondos de la correspondiente

Partida Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.08.000-5, Categoría

Programática 50.01, Objeto del Gasto 3.3.5, del Presupuesto General de Gastos

pertinente.-/…

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286

Ref. Expte. Nro. 16512-D-2018.- Ref. Expte. Nro. 2077-D-2018.-

//…

ARTÍCULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 287: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

287

Ref. Expte. Nro. 16289-D-2018.-

SAN ISIDRO, 12 de febrero de 201927 de diciembre de 2018.-

DECRETO NÚMERO: 2 4 02638991

VISTO el Pedido de Suministro Nº 700-

2412/2018; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel se efectuó

el pertinente llamado a Licitación Privada Nº 15/2019, autorizado mediante Decreto Nro.

2527/2018.-

QUE realizada la apertura de las ofertas

presentadas por las diversas empresas participantes del proceso licitatorio, la Dirección

General de Compras efectuó la comparación y estudio de las mismas a fojas 131,

solicitando la Secretaría de Salud Pública a fojas 134 la adjudicación a la más conveniente

para la Comuna;

QUE conforme lo solicitado a fojas 136, se

procede al dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1ro.- Adjudicar a CIUDAD HOSPITALARIA S.R.L., CUIT

************** Nº 30-71165744-0, la provisión de “PAÑALES DESCARTABLES –

RESMAS DE PAPEL GRADO MÉDICO” por un monto total de PESOS UN MILLÓN

NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIEN ($ 1.996.100).-

ARTÍCULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************** presente Decreto se atenderá con fondos de la correspondiente

Partida Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.09.000-6, Categoría

Programática 27.29, Objeto del Gasto 2.9.5, del Presupuesto General de Gastos

pertinente.-

/…

Page 288: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

288

Ref. Expte. Nro. 16289-D-2018.- . Nro. 2077-D-2018.-

//…

ARTÍCULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 289: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

289

Ref. Expte. Nro. 16515-D-2018.-

SAN ISIDRO, 12 de febrero de 2019 2018.-

DECRETO NÚMERO: 2 4 12638991

VISTO el Pedido de Suministro Nº 649-

645/2018; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel se efectuó

el pertinente llamado a Licitación Privada Nº 04/2019, autorizado mediante Decreto Nro.

2573/2018.-

QUE realizada la apertura de las ofertas

presentadas por las diversas empresas participantes del proceso licitatorio, la Dirección

General de Compras efectuó la comparación y estudio de las mismas a fojas 172,

solicitando la Subsecretaria General de Higiene Urbana y Espacio Público a fojas 174 la

adjudicación a la más conveniente para la Comuna;

QUE conforme lo solicitado a fojas 176, se

procede al dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1ro.- Adjudicar a B.A. SANI S.A., CUIT Nº 30-68965448-3,

************** el servicio de “ALQUILER DE BAÑOS QUÍMICOS PARA SER

COLOCADOS EN DISTINTOS PUNTOS PÚBLICOS DEL PASEO DE LA COSTA

DEL PARTIDO DE SAN ISIDRO, DESDE EL 01 DE MARZO DEL 2019 Y POR LA

VIGENCIA QUE ESTABLECE EL PLIEGO DE BASES Y LICITACIONES QUE

RIGE LA PRESENTE LICITACIÓN” por un monto total de PESOS SETECIENTOS

TREINTA MIL ($ 730.000).-

ARTÍCULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************** presente Decreto se atenderá con fondos de la correspondiente

Partida Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.08.000-5, Categoría

Programática 50.01, Objeto del Gasto 3.2.2, del Presupuesto General de Gastos

pertinente.-

/…

Page 290: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

290

Ref. Expte. Nro. 16515-D-2018.- . Nro. 2077-D-2018.-

//…

ARTÍCULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 291: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

291

Ref.: Expte. Nro. 16048-D-2018.-

SAN ISIDRO, 12 de febrero de 2019

9 de mayo de 2018.-

DECRETO NÚMERO: 2 4 2960 VISTO el Pedido de Suministros Nro. 700-

2410/2018; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel se efectuó

el pertinente llamado a Licitación Pública Nro. 38/2018, autorizado mediante Decreto

Nro. 2386/2018.-

QUE evaluadas las ofertas presentadas por las

diversas empresas participantes del mentado proceso licitatorio, la Comisión Asesora

Permanente para la Adjudicación de Licitaciones Públicas a fojas 310 aconseja adjudicar

la contratación a la oferta más conveniente para la Comuna;

QUE en virtud del informe técnico

mencionado, y lo solicitado a fojas 314, se procede al dictado del acto administrativo

pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Adjudicar a BHAURAC S.A C.U.I.T. Nº 30-61181661-4, para la

************* “PROVISIÓN DE UN EQUIPO DE RAYOS X” por un monto total de

PESOS NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS DIEZ Y SEIS MIL DOSCIENTOS

OCHENTA ($ 9.416.280,00).-

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.09.000-6, Categoría

Programática 27, Objeto del Gasto 4.3.3, del Presupuesto General de Gastos

pertinente.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 292: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

292

Ref. Expte. N° 4105-1506-2006.-

SAN ISIDRO, 12 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 4 3

VISTO la Disposición N° 306/2016 del

Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, a través de la Dirección Provincial de

Evaluación de Impacto Ambiental, por la que se clasificó como de PRIMERA

CATEGORÍA al establecimiento ubicado en la calle Lima N° 1368 de la ciudad de

Martínez, jurisdicción de este Partido, donde se desarrollan actividades con el rubro

“FABRICACIÓN DE EQUIPOS ELECTRÓNICOS DE CONTROL DE CALIDAD Y

DESARROLLO SOFTWARE” cuya titularidad es ejercida por la firma LIXIS S.A.; y

Considerando:

QUE la firma interesada ha dado

cumplimiento a la presentación de la documentación requerida por el Decreto N°

1741/96, Auditoría Ambiental a fojas 461, cuya veracidad fue constatada en inspección

técnica realizada en el establecimiento, reuniendo el mismo condiciones reglamentarias

de funcionamiento y conforme los términos del art. 28º del citado Decreto Reglamentario

de la Ley N° 11.459 corresponde extender el certificado de Aptitud Ambiental;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Expedir a la firma LIXIS S.A., con domicilio en la calle Lima N° 1368

************* de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, donde se

desarrollan actividades con el rubro “FABRICACIÓN DE EQUIPOS ELECTRÓNICOS

DE CONTROL DE CALIDAD Y DESARROLLO SOFTWARE”, el Certificado de

Aptitud Ambiental de Primera Categoría, de acuerdo con lo establecido por la Ley N°

11459 y su Decreto Reglamentario N° 1741/96, y conforme con lo dispuesto por el

Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, a través de la Dirección Provincial de

Evaluación de Impacto Ambiental.-

Page 293: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

293

Ref. Expte. N° 4105-1506-2006.-

//...

ARTÍCULO 2°.- Dejar expresa constancia que lo dispuesto tiene validez por el término

************* de dos (2) años a partir de la fecha del presente Decreto, conforme los

términos del artículo 33º de la Ley N° 11.459 y su Decreto Reglamentario.-

ARTÍCULO 3°.- Hacer saber a los peticionantes que deberán solicitar la renovación

************* del Certificado de Aptitud Ambiental por igual término, en un plazo de

un (1) mes antes de su vencimiento, y en caso de existir ampliaciones, modificaciones o

cambios en sus procesos, deberá cumplimentarse el artículo 57º del aludido Decreto, con

la presentación de la documentación allí solicitada.-

ARTÍCULO 4°.- Proceder a la entrega de copia del presente decreto a la firma

************* interesada, con la salvedad que el mismo no involucra el trámite de

habilitación municipal, el cual debe ser realizado conforme a las reglamentaciones

vigentes, quedando en consecuencia supeditado a éste y a la percepción de las tasas

correspondientes.-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto Sr. Subsecretario General de Inspecciones y Registros Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. Perez

Page 294: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

294

Ref. Expte. N° 4105-1506-2006.-

CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL

*****CERTIFICO que mediante Decreto N° 243, dictado en el día de la fecha, obrante a

fojas 560/561 del expediente N° 4105-1506-2006 se ha dispuesto expedir a la firma

LIXIS S.A., con domicilio en la calle Lima N° 1368 de la ciudad de Martínez,

jurisdicción de este Partido, donde se desarrollan actividades con el rubro

“FABRICACIÓN DE EQUIPOS ELECTRÓNICOS DE CONTROL DE CALIDAD Y

DESARROLLO SOFTWARE”, el Certificado de Aptitud Ambiental de Primera

Categoría, de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 11459 y su Decreto Reglamentario

N° 1741/96, y conforme con lo dispuesto por el Organismo Provincial para el Desarrollo

Sostenible, a través de la Dirección Provincial de Evaluación de Impacto Ambiental.-

*****

*****Dejar constancia que el presente tiene validez por el término de dos (2) años a

partir de la fecha del presente decreto, y que en caso de existir ampliaciones,

modificaciones o cambios en sus procesos, deberá procederse conforme lo dispone el Art.

57º del citado Decreto Reglamentario.-*****

*EXTIENDO el presente que firmo y sello en San Isidro, con fecha 12 de febrero de 2018.-*

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse

Page 295: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

295

Ref.: Expte. N°10852-O-2018.-

SAN ISIDRO, 12 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 4 4

VISTO lo solicitado a fojas 1, respecto de la

devolución del pago abonado en demasía, en concepto de Impuesto a los Automotores,

que recae sobre el vehículo dominio FFQ-665, cuyo titular es el Sr. Sebastián Matías

OCHOA; y

Considerando:

QUE el 11 de agosto de 2017, abona la cuota

anual 2017, cuando no correspondía, dado que el vehículo fue transferido al municipio de

Pilar el 9 de febrero de 2017;

QUE por ese motivo correspondería la

devolución de Pesos Dos Mil Ochocientos Treinta y Ocho con Ochenta y Un Centavos

($ 2.838,81);

QUE fojas 12 la Dirección de Tesorería

General, deja constancia del efectivo ingreso de dichos valores al municipio;

QUE en consecuencia se solicita la devolución

al peticionante del importe total abonado, debiendo aportar los recibos originales;

QUE la Dirección de Contabilidad y Finanzas

efectuó la imputación preventiva del caso;

QUE de conformidad este Departamento

Ejecutivo promueve el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1°.- Reintegrase al Sr. Sebastián Matías OCHOA, CUIT N° 20-31371986,

************** la suma de Pesos Dos Mil Ochocientos Treinta y Ocho con Ochenta y

Un Centavos ($ 2.838,81), en concepto de Impuesto a los Automotores, que recae sobre el

vehículo dominio CVE-670, por pago en demasía.-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

Page 296: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

296

Ref.: Expte. N° 10852-O-2018.-

//… ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

AF/CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 297: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

297

Ref.: Expte. N° 359-2019.-

SAN ISIDRO, 12 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 4 5

VISTO la nota presentada por la Secretaría de

Integración Comunitaria; y,

Considerando:

QUE la mentada repartición solicita declarar

de Interés Municipal el programa “Equipo de Intervención Multifamiliar San Isidro

(EIMFSI)”, que se llevará a cabo durante año 2019;

QUE consiste en encuentros multifamiliares

coordinados por especialistas en salud mental, en los que se abordan temas como las

relaciones con niños adolescentes en su crecimiento y maduración emocional, problemas

de limites o convivencia, y malestar de la pajera, entre otros, con el objetivo de mejorar la

calidad de vida de las familias;

QUE en virtud de lo descripto

precedentemente, este Departamento Ejecutivo comparte y promueve esta iniciativa,

correspondiendo en tal sentido el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Declarar de Interés Municipal el programa “Equipo de Intervención

************* Multifamiliar San Isidro (EIMFSI)”, desarrollado por la Secretaría de

Integración Comunitaria, el cual se llevará a cabo durante el corriente año en el ámbito

del Municipio de San Isidro.-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 298: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

298

Ref. Expte. Nº 812-D-2019.-

SAN ISIDRO, 12 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 4 6

VISTO la nota de la Subsecretaría de

Planeamiento Urbano, obrante a fojas 1 de las presentes actuados; y

Considerando:

QUE el Arquitecto Horacio ONETO, con

funciones de Director de Obras Particulares, cesó en su actividad;

QUE es necesario cubrir sus funciones;

QUE para la cobertura del mismo, se propone

al Arquitecto Matías Emmanuel MARCOS (Legajo N° 63.742), quién por su antigüedad y

concepto laboral se ha hecho merecedor de una promoción;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Reconocer la promoción del Arquitecto Matías Emmanuel

************* MARCOS (Legajo Nº 63.742) con retroactividad al 1º de noviembre

de 2018, de su actual Categoría 09 (35), a la Categoría 15 (J:1.1.1.01.03.000.-C:36-

O:1.1.1.02.), y funciones de Director en la Dirección General de Planeamiento Urbano.-

ARTÍCULO 2º.- Incluir en los alcances de los artículos17° “Bonificación Personal

************* Superior y Jerárquico” (18%) de la Ordenanza Nº 9069, al trabajador

Matías Emmanuel MARCOS (Legajo Nº 63.742), a partir del 1º noviembre de 2018,

manteniendo su inclusión en el artículo 18º párrafo 15 de la citada Ordenanza.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 299: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

299

Ref.: Expte. Nro. 1594-2019

SAN ISIDRO, 13 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 4 7

VISTO, la necesidad de seguir colaborando

con el accionar policial en su actuación contra la delincuencia y el flagelo de la

inseguridad; y

Considerando:

QUE mediante nota obrante a fojas 1 del

presente expediente la Secretaría de Integración Comunitaria solicita se implemente un

pago adicional a cada agente policial que cumpliera labores los días 24 y 31 de diciembre

de 2018 en el turno noche en el Programa de Cuidado Comunitario y percibieran horas

Polad del Municipio;

QUE los agentes policiales que se

desempeñan en dicho programa son una pieza fundamental para que se pueda continuar

trabajando en la prevención de la inseguridad, ya que son ellos, quienes tanto por su

vocación como por su capacidad, son imprescindibles para llevar a cabo el cumplimiento

de los objetivos del Programa;

QUE en virtud de lo expuesto, la

Subsecretaría de Prevención Ciudadana, conforme surge de la planilla obrante a fojas 2

del cuerpo de la referencia, propone abonar la suma de Pesos Dos Mil Trescientos

($ 2.300) por cada guardia realizada en los días antes mencionados, con el fin de motivar

la participación y la continuidad de los agentes en el cuidado de los vecinos de San Isidro;

QUE en razón de lo expuesto y en un todo de

acuerdo con lo expresado precedentemente, se estima pertinente dictar el correspondiente

acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Abonar la suma adicional de Pesos Dos Mil Trescientos ($ 2.300), a

************* las horas Polad del turno respectivo, al personal policial que

desempeñó tareas en la Secretaría de Prevención Ciudadana los días 24 y 31 de diciembre

de 2018 en el turno de la noche.-

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300

Ref.: Expte. Nro. 1594-2019

//…

ARTÍCULO 2°.- A los efectos de lo establecido en el artículo 1º del presente decreto, se

************* adjunta Anexo I, el cual pasa a formar parte integrante del presente.-

ARTÍCULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION EC

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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301

Ref.: Expte. Nro. 1594-2019

ANEXO I APELLIDO Y NOMBRE

JERARQUIA LEG. Nº DNI VALOR HORA

CAT. GUARDIA

MONTO BRUTO

BECKMAN, HECTOR BERNANDO

TENIENTE 1o 155.053

25.970.216 2.300 1 $ 2.300

CANCINO. MARIO FABIAN

OFL SUB AYTE

193.602 33.514.072 2.300 2 $ 4.600

CAÑETE. JOHANA SOLEDAD

OFICIAL 493.131 34.785.936 2.300 2 $ 4.600

CHIAPPE, ROMINA PAOLA

OFICIAL 498.522 33.119.275 2.300 1 $ 2.300

DA SILVA, DANIEL DAMIAN

OFICIAL 473.648 31.950.828 2.300 1 $ 2.300

FUHRMAN, FERDERICO

SARGENTO 192.043 32.882.140 2.300 1 $ 2.300

GAYOSO, LUCIANO OFICIAL 473.656 37.866.935 2.300 1 $ 2.300 GONZALEZ, ALEJANDRA

OFICIAL 473.660 27.503.545 2.300 1 $ 2.300

GUERREÑO, ELIZABETH BEATRIZ

OFICIAL 483.243 29.298.480 2.300 1 $ 2.300

LAGO, LEONARDO JAVIER

OFICIAL 478.740 30.236.092 2.300 1 $ 2.300

LEON, JOANA GISELA

OFICIAL 478.292 38.528.866 2.300 1 $ 2.300

PADILLA, LAURA VANESA

OFICIAL 483.273 31.737.471 2.300 1 $ 2.300

PEREYRA, PABLO HERNAN

OFICIAL 473.688 30.477.696 2.300 2 $ 4.600

PETTINICHI, NICOLAS

OFICIAL 485.906 36.121.450 2.300 1 $ 2.300

PRAUER, FERNANDO DAVID

OFICIAL 489.282 30.224.982 2.300 1 $ 2.300

RIOS, RUBEN TENIENTE 1o 136.120 21.582.090 2.300 1 $ 2.300 ROMERO, JOSE CRISTIAN

OFICIAL 492.173 27.974.304 2.300 1 $ 2.300

SALVATIERRA TORRES, JOSE

OFICIAL 482.868 19.026.574 2.300 1 $ 2.300

SARAPURA, VERONICA

OFICIAL 492.186 31.715.824 2.300 1 $ 2.300

VALLES, SILVIA KARINA

OFICIAL 489.283 27.743.174 2.300 1 $ 2.300

VARGAS MARTINEZ, YESICA

OFICIAL 199.363 36.081.500 2300 1 $ 2.300

TOTAL MOVILES 2300 24 $ 55.200

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302

Ref.: Expte. Nro. 5587-2017 Alc. 1.-

SAN ISIDRO, 13 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 4 8

VISTO la nota presentada por la firma Turbo

Green S.R.L., adjudicataria del Servicio II correspondiente a la Licitación Pública N°

38/2017, por conducto de la cual se contrataron los trabajos de “CONSERVACIÓN,

MANTENIMIENTO Y CUIDADO DE DISTINTAS PLAZAS, PLAZOLETAS,

BOULEVARES Y PASEOS DEL PARTIDO DE SAN ISIDRO”; y

Considerando:

QUE la empresa solicita un reconocimiento de

mayores costos en las prestaciones contratadas;

QUE a fojas 36/41 del cuerpo de marras, la

Comisión Asesora Permanente para la Adjudicación de Licitaciones Pública expresa que,

en este tipo de contrataciones de prolongada duración, deben quedar bajo estudio

permanente las variaciones que se produzcan en costos, precios y salarios, y luego

considerar en qué medida dichos incrementos puedan afectar seriamente la ecuación

económica financiera, que necesariamente debe resguardar el contrato celebrado,

protegiendo la continuidad, cantidad y calidad de las prestaciones brindadas;

QUE si bien, este tipo de situaciones induciría

a interpretarse beneficioso para la Comuna evitar el reconocimiento de estas variaciones,

un análisis más exhaustivo evidenciaría la necesidad de preservar el citado equilibrio de

obtener la prestación al menor costo posible, pero sin que ello afecte a la integridad

patrimonial de la prestataria y consecuentemente a los servicios que se presten;

QUE en conclusión, dicha Comisión

recomienda en forma unánime efectuar un reconocimiento de mayores costos del 35%

para los servicios devengados a partir del 1° de enero del corriente año, determinando en

consecuencia el valor mensual de las prestaciones contratadas en PESOS SEISCIENTOS

NOVENTA Y SEIS MIL CINCUENTA Y SIETE ($696.057.-), IVA incluido;

QUE este Departamento Ejecutivo comparte

el criterio expuesto por la mentada Comisión, promoviendo el dictado del acto

administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

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303

Ref.: Expte. Nro. 5587-2017 Alc. 1.-

//…

ARTÍCULO 1°.- Otorgar un reconocimiento de mayores costos a la firma Turbo Green

************** S.R.L., adjudicataria del Servicio II correspondiente a la Licitación

Pública N° 38/2017, por conducto de la cual se contrataron los trabajos de

“CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO Y CUIDADO DE DISTINTAS PLAZAS,

PLAZOLETAS, BOULEVARES Y PASEOS DEL PARTIDO DE SAN ISIDRO”,

determinándose el valor mensual de las prestaciones contratadas en PESOS

SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CINCUENTA Y SIETE ($696.057.-), IVA

incluido, para los servicios devengados a partir del 1° de enero del 2019, en un todo de

acuerdo a lo informado por la Comisión Asesora Permanente para la Adjudicación de

Licitaciones Públicas en el Expediente Municipal N° 5587-2017 alcance 1.-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************** presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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304

Ref.: Expte. N° 5587-2017 alc. 2.-

SAN ISIDRO, 13 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 4 9

VISTO la nota presentada por la firma J.R.F.

San Isidro S.R.L., adjudicataria del Servicio VI correspondiente a la Licitación Pública N°

38/2017, por conducto de la cual se contrataron los trabajos de “CONSERVACIÓN,

MANTENIMIENTO Y CUIDADO DE DISTINTAS PLAZAS, PLAZOLETAS,

BOULEVARES Y PASEOS DEL PARTIDO DE SAN ISIDRO”; y

Considerando:

QUE la empresa solicita un reconocimiento de

mayores costos en las prestaciones contratadas;

QUE a fojas 37/42 del cuerpo de marras, la

Comisión Asesora Permanente para la Adjudicación de Licitaciones Pública expresa que,

en este tipo de contrataciones de prolongada duración, deben quedar bajo estudio

permanente las variaciones que se produzcan en costos, precios y salarios, y luego

considerar en qué medida dichos incrementos puedan afectar seriamente la ecuación

económica financiera, que necesariamente debe resguardar el contrato celebrado,

protegiendo la continuidad, cantidad y calidad de las prestaciones brindadas;

QUE si bien, este tipo de situaciones induciría

a interpretarse beneficioso para la Comuna evitar el reconocimiento de estas variaciones,

un análisis más exhaustivo evidenciaría la necesidad de preservar el citado equilibrio de

obtener la prestación al menor costo posible, pero sin que ello afecte a la integridad

patrimonial de la prestataria y consecuentemente a los servicios que se presten;

QUE en conclusión, dicha Comisión

recomienda en forma unánime efectuar un reconocimiento de mayores costos del 35%

para los servicios devengados a partir del 1° de enero del corriente año, determinando en

consecuencia el valor mensual de las prestaciones contratadas en PESOS

OCHOCIENTOS SEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS ($806.862.-), IVA

incluido;

QUE este Departamento Ejecutivo comparte

el criterio expuesto por la mentada Comisión, promoviendo el dictado del acto

administrativo pertinente;

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305

Ref.: Expte. N° 5587-2017 alc. 2.-

//...

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Otorgar un reconocimiento de mayores costos a la firma J.R.F. San

************* Isidro S.R.L., adjudicataria del Servicio VI correspondiente a la

Licitación Pública N° 38/2017, por conducto de la cual se contrataron los trabajos de

“CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO Y CUIDADO DE DISTINTAS PLAZAS,

PLAZOLETAS, BOULEVARES Y PASEOS DEL PARTIDO DE SAN ISIDRO”,

determinándose el valor mensual de las prestaciones contratadas en PESOS

OCHOCIENTOS SEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS ($806.862.-), IVA

incluido, para los servicios devengados a partir del 1° de enero del 2019, en un todo de

acuerdo a lo informado por la Comisión Asesora Permanente para la Adjudicación de

Licitaciones Públicas en el Expediente Municipal N° 5587-2017 alcance 2.-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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306

Ref.: Expte. N° 7036-2017-Alcance 15.-

SAN ISIDRO, 13 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 5 0

VISTO la Licitación Pública N° 40/2017,

referente a la “Contratación del Servicio de Camiones, Vehículos, Maquinarias y Equipos

de Diversas Características”, resultando adjudicataria la empresa TOTAL

SEÑALAMIENTO S.A. de diversos renglones del Rubro B, conforme lo determinado en

el Pliego de Bases y Condiciones que rige la citada contratación; y

Considerando:

QUE dicha empresa solicita un

reconocimiento de mayores costos sobre los precios adjudicados;

QUE la Comisión Asesora Permanente para la

Adjudicación de Licitaciones Públicas expresa que, en este tipo de contrataciones de

prolongada duración, deben quedar bajo estudio permanente las variaciones que se

produzcan en costos, precios y salarios, y luego considerar en qué medida dichos

incrementos puedan afectar seriamente la ecuación económico financiera, que

necesariamente debe resguardar el contrato celebrado, protegiendo la continuidad,

cantidad y calidad de las prestaciones brindadas;

QUE si bien este tipo de situaciones induciría

a interpretar beneficioso para la Comuna evitar el reconocimiento de las citadas

variaciones, un análisis más exhaustivo evidenciaría la necesidad de preservar el citado

equilibrio de obtener la prestación al menor costo posible, pero sin que ello afecte a la

integridad patrimonial de la prestataria y consecuentemente a los servicios que se presten;

QUE en conclusión, luego de un

pormenorizado análisis, dicha Comisión recomienda autorizar un incremento de mayores

costos, aplicando el principio del sacrificio compartido para cada servicio y en función del

equilibrio presupuestario buscado, del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%),

aplicable a los servicios que comenzaran a devengarse a partir del 1° de enero del 2019;

QUE este Departamento Ejecutivo comparte

el criterio expuesto por la Comisión Asesora Permanente para la Adjudicación de

Licitaciones Públicas, promoviendo el dictado del acto administrativo pertinente;

Page 307: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

307

Ref.: Expte. N° 7036-2017-Alcance 15.-

//…

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Reconocer un incremento del TREINTA Y CINCO POR CIENTO

************** (35%), sobre el precio de las prestaciones adjudicadas mediante

Licitación Pública N° 40/2017 a la empresa TOTAL SEÑALAMIENTO S.A., referente a

la “Contratación del Servicio de Camiones, Vehículos, Maquinarias y Equipos de

Diversas Características”, montos aplicables a los servicios que comenzaran a devengarse

a partir del 1° de enero de 2019, en un todo de acuerdo a lo informado por la Comisión

Asesora Permanente para la Adjudicación de Licitaciones Públicas.-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

Page 308: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

308

Ref. Expte. Nro. 1841-D-2019.-

SAN ISIDRO, 13 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 5 151 194748 1228115

VISTO el Pedido de Suministro Nro. 240-

186/2019; y

Considerando:

QUE el importe de las adquisiciones a

efectuarse como consecuencia de aquel excede la suma de $ 689.099, por lo que en virtud

de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades y lo informado a fojas 18,

corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Llamar a Licitación Privada Nro. 46/2019 para la adquisición

************* de “ARTÍCULOS DE LIBRERÍA PARA ESTABLECIMIENTOS

EDUCATIVOS MUNICIPALES”.-

ARTÍCULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 25 de febrero del 2019 a las

************* 10:00 horas en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av.

Centenario Nro. 77 – 1° Piso -, de San Isidro.-

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se imputará a la Jurisdicción 1.1.1.01.06.000.3, Categoría

Programática 21, Objeto del Gasto 5.1.4.31, del Presupuesto General de Gastos

pertinente.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

Page 309: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

309

Ref. Expte. Nro. 16510-D-2018.-

SAN ISIDRO, 13 de febrero de 20193 de agosto de 201810 de mayo de 2018 DECRETO NÚMERO: 2 5 2

VISTO el Pedido de Suministro Nº 649-

673/2018; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel se efectuó

el pertinente llamado a Licitación Privada Nº 09/2019, autorizado mediante Decreto Nro.

2576/2018.-

QUE realizada la apertura de las ofertas

presentadas por las diversas empresas participantes del proceso licitatorio, la Dirección

General de Compras efectuó la comparación y estudio de las mismas a fojas 45,

solicitando la Subsecretaría General de Higiene Urbana y Espacio Público a fojas 47 la

adjudicación a la más conveniente para la Comuna;

QUE conforme lo solicitado a fojas 49, se

procede al dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1ro.- Adjudicar a MACIAS ANDREA LAURA, CUIT Nº 27-20062478-0,

************** la contratación del “SERVICIO DE LIMPIEZA DE COLUMNAS,

POSTES Y PAREDES CON PEGATINAS PUBLICITARIAS EN LOS CENTROS

COMERCIALES DE BOULOGNE Y VILLA ADELINA, DESDE EL 1 DE MARZO

DEL 2019 Y POR LA VIGENCIA QUE ESTABLECE EL PLIEGO DE BASES Y

CONDICIONES QUE RIGE LA PRESENTE LICITACIÓN” por un monto total de

PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL ($ 885.000).-

ARTÍCULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************** presente Decreto se atenderá con fondos de la correspondiente

Partida Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.08.000-5, Categoría

Programática 01.01, Objeto del Gasto 3.3.9, del Presupuesto General de Gastos

pertinente.-

/…

Page 310: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

310

Ref. Expte. Nro. 16510-D-2018.- . Expte. Nro. 2077-D-2018.-

//…

ARTÍCULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

Page 311: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

311

Ref. Expte. Nro. 1842-D-2019.-

SAN ISIDRO, 13 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 5 3 1228115

VISTO el Pedido de Suministro Nro. 99-

43/2019; y

Considerando:

QUE el importe de las adquisiciones a

efectuarse como consecuencia de aquel excede la suma de $ 689.099, por lo que en virtud

de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades y lo informado a fojas 10,

corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Llamar a Licitación Privada Nro. 47/2019 para la compra

************* de “PINTURA ACRÍLICA Y DILUYENTE”.-

ARTÍCULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 1 de marzo del 2019 a las

************* 10:00 horas en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av.

Centenario Nro. 77 – 1° Piso -, de San Isidro.-

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se imputará a la Jurisdicción 1.1.1.01.03.000.2, Categoría

Programática 37.01, Objeto del Gasto 2.5.5, del Presupuesto General de Gastos

pertinente.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

Page 312: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

312

Ref. Expte. Nro. 16518-D-2018.-

SAN ISIDRO, 13 de febrero de 2019

DECRETO NÚMERO: 2 5 4

VISTO el Pedido de Suministro Nº 649-

710/2018; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel se efectuó

el pertinente llamado a Licitación Privada Nº 01/2019, autorizado mediante Decreto Nro.

2575/2018.-

QUE realizada la apertura de las ofertas

presentadas por las diversas empresas participantes del proceso licitatorio, la Dirección

General de Compras efectuó la comparación y estudio de las mismas a fojas 103,

solicitando la Subsecretaría General de Higiene Urbana y Espacios Público a fojas 105 la

adjudicación a la más conveniente para la Comuna;

QUE conforme lo solicitado a fojas 107, se

procede al dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1ro.- Adjudicar a CORBALAN ANALIA DEL CARMEN, CUIT

************** Nº 27-18387298-8, el “SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE 6

HECTÁREAS DEL PARQUE ARENAZA Y DE LOS SECTORES PARQUIZADOS

DEL MUSEO DEL JUGUETE, DESDE EL 1 DE MARZO DEL 2019 Y POR LA

VIGENCIA QUE ESTABLECE EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES QUE RIGE

LA PRESENTE LICITACIÓN” por un monto total de PESOS UN MILLÓN CIENTO

CUARENTA MIL ($ 1.140.000).-

ARTÍCULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************** presente Decreto se atenderá con fondos de la correspondiente

Partida Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.08.000-5, Categoría

Programática 50.01, Objeto del Gasto 3.3.5, del Presupuesto General de Gastos

pertinente.-

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313

Ref. Expte. Nro. 16518-D-2018.- .-

//…

ARTÍCULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

Page 314: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

314

Ref. Expte. Nro. 1581-D-2019

SAN ISIDRO, 13 de febrero de 2019 octubre

de 2018.-17 dee

DECRETO NÚMERO: 2 5 5

VISTO el Pedido de Suministro Nro. 600-

45/19; y

Considerando:

QUE el importe de la contratación a

efectuarse como consecuencia de aquel excede la suma de $ 689.099, por lo que en virtud

de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades y lo informado a fojas 16,

corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Llamar a Licitación Privada Nro. 45/2019 para la “CONTRATACIÓN

************* DE HORAS DE ALQUILER DE UNA MÁQUINA

RETROEXCAVADORA”

ARTÍCULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 26 de febrero del 2019 a las

************* 10:00 horas en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av.

Centenario Nro. 77 – 1° Piso -, de San Isidro.-

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se imputará a la Jurisdicción 1.1.1.01.07.000.4., Categoría

Programática 24-77., Objeto del Gasto 3.2.2., del Presupuesto General de Gastos

pertinente.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

Page 315: MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO · BOLETIN OFICIAL Nº 1020 1ra. Quincena de febrero de 2 0 1 9 Publicado, el día 5 de marzo de 2019. MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE

315

Ref.: Expte .Nro. 16288-D-2018.-

SAN ISIDRO, 13 de febrero de 201914 de

mayo de 2018.

DECRETO NÚMERO: 2 5 6

VISTO el Pedido de Suministro Nº 700-

2411/2018; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel se efectuó

el pertinente llamado a Licitación Privada Nº 14/2019, autorizado mediante Decreto Nro.

2526/2018;

QUE realizada la apertura de las ofertas

presentadas por diversas empresas participantes del proceso licitatorio, la Dirección

General de Compras elaboró el cuadro comparativo de cotizaciones de precios a fojas

164;

QUE en un todo de acuerdo al informe técnico

de la Secretaría de Salud Pública obrante a fojas 167 del expediente de marras,

corresponde proceder al dictado del acto administrativo tendiente a la adjudicación de los

distintos renglones que rigieron la Licitación Privada Nº 14/2019 a las ofertas más

convenientes para la Comuna;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Adjudicar a las firmas que a continuación se detallan, por los montos

************* que en cada caso se determina, los renglones que rigieron la Licitación

Privada Nº 14/2019, referente a la provisión de “AMPICILINA –

POVIDONA - METOCLOPRAMIDA- CLORHEXIDINA”, en un todo de acuerdo a los

informes técnicos obrantes a fojas 164 y 167 del Expediente Nº 16288-D-2018:

-DNM FARMA S.A., CUIT Nº 30-71013847-4, por un monto total de PESOS

NOVECIENTOS ONCE MIL QUINIENTOS SESENTA ($ 911.560,00), los Renglones

Nº 3º y 4º.-

-DROGUERÍA HEMOFARM S.R.L., CUIT Nº 30-70809246-7, por un monto total de

PESOS UN MILLÓN SETENTA MIL ($ 1.070.000,00), el Renglón Nº 2.-

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Ref.: Expte .Nro. 16288-D-2018.-

//…

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la Partida Presupuestaria

correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.09.000-6, Categoría Programática 27-28-29,

Objeto del Gasto 2.5.2, del Presupuesto General de Gastos Pertinente.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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RESOLUCIONES S L y T – S I R U y T

INSPECCIÓN GENERAL

FECHA: 4 de febrero de 2019.- RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 200 EXPEDIENTE Nº: 2553-P-2017.- MOTIVO: Habilitar con carácter precario el local sito en Hipólito Yrigoyen N° 412 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, destinado al rubro “CENTRO DE ESTÉTICA – PILATES CON 3 CAMAS”, habiendo iniciado actividades con fecha 3 de abril de 2017.- FECHA: 4 de febrero de 2019.- RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 201 EXPEDIENTE Nº: 9207-L-2011.- MOTIVO: Reconocer el cambio de titularidad operado en el local sito en Alsina N° 501 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, destinado al rubro “RETAPIZADO DE MUEBLES EN FORMA MANUAL”, inscribiendo el mismo a nombre de Ana María Tachdjian a partir del 7 de febrero de 2018.- RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 202 ANULADA FECHA: 6 de febrero de 2019.- RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 203 EXPEDIENTE Nº: 11926-C-1998.- MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de agosto de 2018 al rubro “GALLETITERÍA” del local sito en Sarratea N° 785 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 204 ANULADA FECHA: 6 de febrero de 2019.- RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 205 EXPEDIENTE Nº: 5567-2018.- MOTIVO: Otorgar Permiso de Localización al inmueble sito en Juramento N° 142/40 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, para un “Jardín Maternal y de Infantes”.-

FECHA: 12 de febrero de 2019.- RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 207 EXPEDIENTE Nº: 14667-G-2018.- MOTIVO: Autorizar al Arquitecto Germán Gechter, en su carácter de profesional responsable de la obra a ejecutarse, la extracción a cargo del propietario de un ejemplar arbóreo existente en el interior del predio sito en Bolívar N° 263 de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, debiendo reponer dos ejemplares de Lapachillo (Poecilanthe Parviflora) a la Dirección de Ecología y Conservación de la Biodiversidad.-

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FECHA: 12 de febrero de 2019.- RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 208 EXPEDIENTE Nº: 13308-K-2018.- MOTIVO: Autorizar al Sr. Javier Kölliker Frers, en su carácter de copropietario, la extracción a su cargo de un ejemplar arbóreo sito en la vía pública frente al inmueble ubicado en Bolívar N° 239 de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, debiendo replantar dos ejemplares de Jacarandá mimosifolia. Denegar la extracción de un ejemplar de Ciprés Calvo ubicado en el interior del referido predio.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 209 ANULADA

FECHA: 15 de febrero de 2019.- RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 210 EXPEDIENTE Nº: 16625-A-2018.- MOTIVO: Otorgar Permiso de Localización al inmueble sito en Estanislao del Campo N° 65/69 de la localidad de Acassuso, jurisdicción de este Partido, para el funcionamiento de un “Centro Terapéutico para la Atención de Adicciones con Consultorios Externos”.-

FECHA: 15 de febrero de 2019.- RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 211 EXPEDIENTE Nº: 14397-M-2018.- MOTIVO: Autorizar a la Sra. Elsa Estela Faralli, en su carácter de propietaria, la extracción a su cargo de dos ejemplares arbóreos existentes en el interior del predio sito en Thames N° 889 esquina Cosme Argerich N° 696 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, debiendo replantar un ejemplar de Jacarandá mimosifolia. Deberá entregar en carácter de reposición un ejemplar de Molle (Schinus Longifolios) a la Dirección de Ecología y Conservación de la Biodiversidad.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 212 ANULADA

FECHA: 15 de febrero de 2019.- RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 213 EXPEDIENTE Nº: 12941-P-2009.- MOTIVO: Autorizar a partir del 15 de septiembre de 2016 la ampliación de superficie en 225 m² (superficie estacionamiento incluyendo 18 módulos) quedando una superficie total afectada a la actividad de 884 m² en el local sito en Dorrego N° 2150 de ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, destinado al rubro “OFICINAS ADMINISTRATIVAS”.-

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RESOLUCIONES S. E. A. R.

A R S I

FECHA: 4 de febrero de 2019.- RESOLUCION A.R.S.I. Nº: 28 EXPEDIENTE Nº: 8356-C-2018.- Confirmar los ajustes practicados y, en consecuencia determinar por el período comprendido entre 2014/1A y 2018/3B, respecto de la cuenta N° 41.900, un saldo a favor del Municipio en concepto de capital, con más los recargos e intereses correspondientes. Instruir sumario a fin de determinar si la conducta del contribuyente podría encuadrar en las sanciones previstas en el artículo 46° inciso b) ó c) de la Ordenanza Fiscal vigente.- FECHA: 4 de febrero de 2019.- RESOLUCION A.R.S.I. Nº: 29 EXPEDIENTE Nº: 10240-A-2017.- Confirmar los ajustes practicados y, en consecuencia determinar por el período comprendido entre 2012/5A y 2016/6B, respecto de la cuenta N° 61.475, un saldo a favor del Municipio en concepto de capital, con más los recargos e intereses correspondientes. Instruir sumario a fin de determinar si la conducta del contribuyente podría encuadrar en las sanciones previstas en el artículo 46° inciso b) ó c) de la Ordenanza Fiscal vigente.- FECHA: 6 de febrero de 2019.- RESOLUCION A.R.S.I. Nº: 30 EXPEDIENTE Nº: 1244-P-2019.- Encuadrar lo solicitado en lo establecido en el Artículo 1° Inciso A del Decreto N° 90/2018 reglamentario del Artículo 82° bis de la Ordenanza Fiscal vigente, otorgando una reducción del 25% sobre la Tasa por Inspección de Comercios e Industrias, cuenta N° 74.951 y aplicando la misma a partir del bimestre Marzo-Abril de 2019 por el término de un año calendario a partir de la cuota sobre la que se obtuvo el primer beneficio.- FECHA: 6 de febrero de 2019.- RESOLUCION A.R.S.I. Nº: 31 EXPEDIENTE Nº: 16462-V-2017.- Confirmar los ajustes practicados y, en consecuencia determinar por el período comprendido entre 2017/5A y 2017/6B, respecto de la cuenta N° 73.479, un saldo a favor del Municipio en concepto de capital, con más los recargos e intereses correspondientes. Instruir sumario a fin de determinar si la conducta del contribuyente podría encuadrar en las sanciones previstas en el artículo 46° inciso b) ó c) de la Ordenanza Fiscal vigente.- FECHA: 6 de febrero de 2019.- RESOLUCION A.R.S.I. Nº: 32 EXPEDIENTE Nº: 16987-A-2018.- Confirmar los ajustes practicados y, en consecuencia determinar por el período comprendido entre 2015/3A y 2016/6B, respecto de la cuenta N° 71.263, un saldo a favor del Municipio en concepto de capital, con más los recargos e intereses correspondientes. Instruir sumario a fin de determinar si la conducta del contribuyente podría encuadrar en las sanciones previstas en el artículo 46° inciso b) ó c) de la Ordenanza Fiscal vigente.-

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FECHA: 6 de febrero de 2019.- RESOLUCION A.R.S.I. Nº: 33 EXPEDIENTE Nº: 8717-D-2018.- Confirmar los ajustes practicados y, en consecuencia determinar por el período comprendido entre 2013/1A y 2015/2B, respecto de la cuenta N° 52.447, un saldo a favor del Municipio en concepto de capital, con más los recargos e intereses correspondientes. Instruir sumario a fin de determinar si la conducta del contribuyente podría encuadrar en las sanciones previstas en el artículo 46° inciso b) ó c) de la Ordenanza Fiscal vigente.- FECHA: 6 de febrero de 2019.- RESOLUCION A.R.S.I. Nº: 34 EXPEDIENTE Nº: 14216-D-2018.- Confirmar los ajustes practicados y, en consecuencia determinar por el período comprendido entre 2014/1A y 2014/4B, respecto de la cuenta N° 73.583, un saldo a favor del Municipio en concepto de capital, con más los recargos e intereses correspondientes. Instruir sumario a fin de determinar si la conducta del contribuyente podría encuadrar en las sanciones previstas en el artículo 46° inciso b) ó c) de la Ordenanza Fiscal vigente.- FECHA: 6 de febrero de 2019.- RESOLUCION A.R.S.I. Nº: 35 EXPEDIENTE Nº: 1219-A-2018.- Confirmar los ajustes practicados y, en consecuencia determinar por el período comprendido entre 2016/4A y 2018/2B, respecto de la cuenta N° 75.248, un saldo a favor del Municipio en concepto de capital, con más los recargos e intereses correspondientes. Instruir sumario a fin de determinar si la conducta del contribuyente podría encuadrar en las sanciones previstas en el artículo 46° inciso b) ó c) de la Ordenanza Fiscal vigente.- FECHA: 6 de febrero de 2019.- RESOLUCION A.R.S.I. Nº: 36 EXPEDIENTE Nº: 1920-A-2018.- Considerar improcedente la disconformidad planteada por la Asociación Civil San Isidro Golf Club. Confirmar los ajustes practicados y, en consecuencia determinar por el período comprendido entre 2013/1A y 2018/2B, respecto de la cuenta N° 25.302, un saldo a favor del Municipio en concepto de capital, con más los recargos e intereses correspondientes. Instruir sumario a fin de determinar si la conducta del contribuyente podría encuadrar en las sanciones previstas en el artículo 46° inciso b) ó c) de la Ordenanza Fiscal vigente.- FECHA: 7 de febrero de 2019.- RESOLUCION A.R.S.I. Nº: 37 EXPEDIENTE Nº: 13766-A-2017.- Confirmar los ajustes practicados y, en consecuencia determinar por el período comprendido entre 2012/3A y 2013/5A, respecto de la cuenta N° 71.437, un saldo a favor del Municipio en concepto de capital, con más los recargos e intereses correspondientes. Instruir sumario a fin de determinar si la conducta del contribuyente podría encuadrar en las sanciones previstas en el artículo 46° inciso b) ó c) de la Ordenanza Fiscal vigente.-

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FECHA: 8 de febrero de 2019.- RESOLUCION A.R.S.I. Nº: 38 EXPEDIENTE Nº: 379-2018.- Confirmar los ajustes practicados y, en consecuencia determinar por el período comprendido entre 2013/5A y 2014/4B, respecto de la cuenta N° 72.296, un saldo a favor del Municipio en concepto de capital, con más los recargos e intereses correspondientes. Confirmar los ajustes practicados y, en consecuencia determinar por el período comprendido entre 2013/5A y 2015/1A, respecto de la cuenta N° 72.295, un saldo a favor del Municipio en concepto de capital, con más los recargos e intereses correspondientes. Instruir sumario a fin de determinar si la conducta del contribuyente podría encuadrar en las sanciones previstas en el artículo 46° inciso b) ó c) de la Ordenanza Fiscal vigente.- FECHA: 8 de febrero de 2019.- RESOLUCION A.R.S.I. Nº: 39 EXPEDIENTE Nº: 16162-I-2018.- Confirmar los ajustes practicados y, en consecuencia determinar por el período comprendido entre 2014/3A y 2018/6B, respecto de la cuenta N° 65.498, un saldo a favor del Municipio en concepto de capital, con más los recargos e intereses correspondientes. Instruir sumario a fin de determinar si la conducta del contribuyente podría encuadrar en las sanciones previstas en el artículo 46° inciso b) ó c) de la Ordenanza Fiscal vigente.-

RESOLUCION A.R.S.I. Nº: 44 ANULADA