monografia de derechos humanos 1

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  • 8/3/2019 Monografia de Derechos Humanos 1

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    MONOGRAFA

    DERECHO A UN AMBIENTE SANO

    Presentada por:

    Huangal Gil, Milagros.

    Huerta Ros, Pavel Francis.

    Lpez Hinostroza, Madaleine.

    Varas Baca, Jos Luis.

    ESCUELA:

    Medicina Humana

    LNEA DE INVESTIGACIN DE LA ESCUELA:

    Bsica

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    2011

    "La salud humana es un reflejo de la

    salud de la tierra."

    Herclito de Efeso

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    DEDICATORIA

    Esta monografa est dedicada:

    A Dios, por brindarnos la dicha de la salud y bienestar

    fsico y espiritual.

    A nuestros padres, como agradecimiento a su esfuerzo,

    amor y apoyo incondicional, durante nuestra formacin

    tanto personal como profesional.

    A nuestros docentes, por brindarnos su gua y sabidura

    en el desarrollo de este trabajo.

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    AGRADECIMIENTO

    A todos los docentes de la UCV que nos

    brindaron y apoyaron con sus

    conocimientos durante toda nuestra carrera

    universitaria.

    Al Dr. Javier Castro More por habernos

    brindado la oportunidad de realizar esta

    monografa e investigar sobre el presente

    tema.

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    INDICE

    DERECHO A UN AMBIENTE SANO

    Pg.

    I.- CAPITULO I:

    Derechos Humanos y Ambiente................................................................................08

    II.- CAPITULO II:

    Crisis de salud por la metalrgica de Doe Run Per................................................15

    III.- CAPITULO III:

    La Oroya ante la Comisin Interamericana de Derechos Humanos........................20

    IV.- CAPITULO IV:

    Responsabilidad Social..............................................................................................23

    CONCLUSIONES...32

    BIBLIOGRAFA.35

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    INTRODUCCION

    El derecho a un medio ambiente equilibrado es el ltimo derecho establecido en el

    inciso 22 del artculo 2 de nuestra Constitucin Poltica actual. Es indiscutible que

    constituye un derecho fundamental de la persona no solo en nuestro pas sino en la

    mayora de pases del mundo, por ello, debe ser estrictamente respetado.

    El avance cientfico y la tecnologa han hecho que este derecho por un lado y por

    otro est siendo vulnerado, y es que el hombre ahora con su vasto conocimiento,

    podemos decir que, est en la capacidad de destruir el medio ambiente completo, si

    as lo quisiera, de la noche a la maana.

    Se puede decir que en nuestro pas existe entre otros un lugar al que llamaremos

    "fantasma", no por ser un lugar tenebroso, sino por ser un lugar que pareciera noimportarle a nadie, es decir, "un lugar olvidado", el lugar al que nos referimos es La

    Oroya.

    A continuacin entraremos de lleno a realizar un anlisis desde el punto de vista

    legal sobre el derecho que tiene la persona a "un medio ambiente sano".

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    I.- DERECHOS HUMANOS Y AMBIENTE

    El derecho a un medio ambiente equilibrado es el ltimo derecho establecidoen el inciso 22 del artculo 2 de nuestra Constitucin Poltica actual. Esindiscutible que constituye un derecho fundamental de la persona no solo ennuestro pas sino en la mayora de pases del mundo, por ello, debe serestrictamente respetado.[1]

    El avance cientfico y la tecnologa han hecho que este derecho por un lado ypor otro est siendo vulnerado, y es que el hombre ahora con su vastoconocimiento, podemos decir que, est en la capacidad de destruir el medioambiente completo, si as lo quisiera, de la noche a la maana. [2]

    Se puede decir que en nuestro pas existe entre otros un lugar al que

    llamaremos "fantasma", no por ser un lugar tenebroso, sino por ser un lugarque pareciera no importarle a nadie, es decir, "un lugar olvidado", el lugar alque nos referimos es La Oroya.[1]

    Al igual que otros derechos, el derecho a gozar de un ambiente sano surgecon la Declaracin Universal de los Derechos Humanos en 1948; laDeclaracin tuvo como finalidad sugerir a los pases del mundo que adoptaranestos derechos en sus respectivas constituciones, ello con el nico propsitode consolidar a la persona humana como el fin supremo de las naciones. [4]

    La Comisin Mundial sobre el Medio Ambiente y Desarrollo elabor unconjunto de principios jurdicos para la proteccin del medio ambiente y eldesarrollo duradero, considerando en la parte que corresponde a "Principios,Derechos y Deberes Generales" a uno de ellos, como un derecho humanofundamental: "Todos los seres humanos tienen el derecho fundamental a unmedio ambiente adecuado para su salud y su bienestar".

    En la Constitucin peruana de 1979, en su artculo 123 se reconociexpresamente como un derecho ciudadano, al derecho a habitar en unambiente saludable y ecolgicamente equilibrado. [1]

    Es en la Constitucin Peruana de 1993, nuestra actual Constitucin, en el quese reconoce el derecho al medio ambiente sano como un derechofundamental de las personas al ubicarlo como tal en el artculo 2, inciso 22;aqu se puede ver que a este derecho se le ha dado una mayor importancia, locual demuestra respecto a este tema, un favorable avance en nuestroordenamiento jurdico. Ahora bien, en esta misma Carta existen dos artculos

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    ms relacionados a este tema, que vienen a ser: el articulo 7, que reconocecomo derecho de la persona el derecho a la salud, el cual lamentablemente envarias ocasiones se ha visto vulnerado por ilcitos ambientales; y el artculo 59,donde se establece claramente que el Estado garantiza la libertad detrabajo,empresa, comercio e industria, siempre y cuando esta libertad no lesione la

    salud de las personas. [3]

    Dentro de nuestra legislacin encontraremos la Ley General del Ambiente,donde se aprecia que el artculo I del Ttulo Preliminar seala de maneraesencial lo siguiente:"Toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en unambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de lavida"; a su vez, en el artculo VIII del mismo ttulo dice lo siguiente: "Todapersona natural o jurdica, pblica o privada, debe asumir el costo de losriegos o daos que genere sobre el ambiente."; asimismo el artculo 6 delTtulo I dice: "El ejercicio de los derechos de propiedad y a la libertad de

    trabajo, empresa, comercio e industria, estn sujetos a las limitaciones queestablece la ley en resguardo del ambiente".[1]

    El Cdigo Civil Peruano tambin se hace presente respecto al tema del medioambiente sano, sealando en su artculo 961(referido al ejercicio de lapropiedad) lo siguiente: "El propietario, en ejercicio de su derecho yespecialmente en su trabajo de explotacin industrial, debe abstenerse deperjudicar las propiedades contiguas o vecinas, la seguridad, el sosiego y lasalud de sus habitantes. Estn prohibidos los humos, hollines, emanaciones,ruidos, trepidaciones y molestias anlogas que excedan de la tolerancia que

    mutuamente se deben los vecinos en atencin a las circunstancias".[2]

    La primera generacin de Derechos Humanos es positivizada por el Bill ofRights norteamericano de 1776 y por la Declaracin de Derechos del Hombrey el Ciudadano suscrita en Francia en el ao 1789. Se trata de losdenominados derechos civiles y polticos, dirigidos a proteger la libertad,seguridad, la integridad fsica y moral de los individuos. Se caracterizan porser derechos exclusivos del individuo, sin atencin a la sociedad, ni a ningnotro inters, porque deben responder a los derechos individuales, civiles oclsicos de libertad. [3]

    La segunda generacin de Derechos Humanos incorpora los derechoseconmicos, sociales y culturales, estos hacen referencia a la necesidad quetiene el hombre de desarrollarse como ser social en igualdad de condiciones.Nacen a raz del capitalismo y de lo que se ha conocido como la explotacindel hombre por el hombre. Su primera incorporacin la encontramos en la

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    Constitucin mexicana de Quertaro suscrita en el ao 1917, siendodesarrollada tambin tanto por la Constitucin de las Repblicas SocialistaFederativa de Rusia del ao 1918 y por la Constitucin de la Repblica deWeimar de 1919. El derecho a la educacin, a la salud, al trabajo, seguridadsocial, asociacin, huelga y derecho a la familia, forman parte de esta segunda

    generacin de Derechos Humanos. Un sector de la doctrina denomina a estageneracin como derechos crdito o sea, aquellos que son invocables por elciudadano ante el Estado al asumir ste ltimo no ya el papel de garante de laseguridad (estado gendarme) sino que la realizacin de los objetivos sociales.[1]

    Los derechos humanos tanto de primera como de segunda generacin fueronincorporados rpidamente en una gran cantidad de constituciones a nivelglobal, pero no pasaban de ser parte del derecho interno de los distintosEstados. Esto viene a cambiar a partir de 1948, cuando a raz de las

    atrocidades cometidas en las dos anteriores guerras mundiales, y el fracasode la Liga de las Naciones, el 10 de diciembre de 1948 una gran cantidad depases reunidos en el seno de la emergente Organizacin de las NacionesUnidas toma el acuerdo de suscribir la Declaracin Universal de DerechosHumanos. [2]

    Especficamente, el derecho a la proteccin del ambiente ha sido encasilladopor la doctrina dentro de la tercera generacin de derechos humanos.Contiene una serie de principios que inundan la totalidad del sistema jurdico,de ah que se hable de su transversalidad. Tiene por objeto la tutela de la vida,

    la salud y el equilibrio ecolgico. Vela por la conservacin de los recursosnaturales, el paisaje y los bienes culturales. El derecho a gozar de unambiente sano y ecolgicamente equilibrado es una derecho subjetivoconcebido para todos y cada uno de los sujetos, oponible a cualquiera(Estado y/o particular) y con posibilidad de ser ejercitado a nombre decualquiera por formar parte de los denominados intereses difusos.[1]

    1.1 Mecanismos previstos para la defensa de los derechos ciudadanos al

    medio ambiente sano en el Per:En nuestro ordenamiento hay tres Procesos por los cuales se pueden ejercerla defensa inmediata de los derechos al ambiente, desde distintos aspectos:

    a) El Proceso de amparo, establecido en el artculo 200, inciso 2 de laConstitucin. Este proceso ha sido utilizado en muchas ocasiones por

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    ciudadanos que han visto vulnerado o amenazado su derecho a habitar en unambiente saludable y ecolgicamente equilibrado.

    b) El Proceso de Cumplimiento, establecido en el artculo 200, inciso 6 de laConstitucin. Este Proceso es utilizado por ciudadanos que consideran que las

    autoridades y funcionarios no cumplen con aplicar las normas ambientales apesar de estar obligados a ello. Este Proceso en muchas ocasiones haobligado a funcionarios pblicos a cumplir con la aplicacin de las normassobre la materia.

    c) El Proceso de Habeas Data, establecido en el artculo 200, inciso 3 de laConstitucin. Este Proceso a criterio de unos juristas no debe ser utilizado.Este medio est siendo utilizado cuando las entidades pblicas se niegan abrindar informacin ambiental, la misma que es muy importante para unaadecuada defensa de los derechos ambientales.[1]

    1.2 El derecho al ambiente como derecho humano de primera o de tercerageneracin

    Adems de la clasificacin de los derechos humanos por generaciones, elautor Loperana Rota nos ofrece otra clasificacin dividida en dos categoras:Por una parte, los derechos que el Estado debe respetar y proteger, y por otra,

    los que el Estado debe promover o proveer. Como bien lo afirma el autor, slolos primeros son imprescindibles para que una sociedad pueda ser calificadacomo tal, mientras que los segundos son opciones civilizatorias,actualizables con el desarrollo social y progreso econmico en su contenido.

    Siguiendo esta anterior clasificacin, los derechos civiles y polticos oderechos de primera generacin formaran parte de los Derechos Humanosque el Estado debe respetar y proteger; por tratarse de derechos intrnsecos ala naturaleza humana. Respecto a estos derechos, la funcin del Estado esreconocerlos, respetarlos y protegerlos. Se trata de derechos que son

    anteriores a la conformacin del mismo Estado y que por tanto ste debereconocer como derechos fundamentales y encomendar a los PoderesPblicos su tutela.

    Contrario a lo anterior, los derechos de segunda y tercera generacinentraran dentro de la categora de los derechos que el Estado deberpromover o proveer. Se trata de derechos humanos que necesitan o dependen

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    de los sistemas sociales o polticos. A manera de ejemplo, el derecho a laeducacin o a la asistencia sanitaria universal, son consecuencia de undesarrollo civilizatorio y por tanto requieren necesariamente de laintervencin del sistema social y poltico del Estado.

    No obstante; surge la duda respecto al lugar que debera ocupar el derecho alambiente dentro de esta categora. El medio ambiente precede al hombre, alDerecho y al mismo Estado. Por ello el derecho a un medio ambiente sano yecolgicamente equilibrado como derecho fundamental no depende de lossistemas sociales y polticos, al no ser forjado por el actuar humano sino por lamisma naturaleza. Lo mismo sucede con el derecho a la vida, el cual tambinprecede al Estado. En este sentido el rol del Estado respecto al derecho alambiente lo es de dar reconocimiento, respeto y proteccin. [2]

    1.2 El derecho a un ambiente adecuado y a su proteccin:

    Por ello y siguiendo la acertada tesis esbozada por el profesor LoperenaRota, el derecho a un medio ambiente adecuado entra dentro de la categorade los derechos que el Estado debe reconocer, respetar y proteger, en dondeel rol estatal se ve supeditado a tutelar que no sean violentados, sin que suactuacin positiva sea imprescindible. (3)

    Tal y como se manifest anteriormente, esta primera categora de derechosengloba a la primera generacin de derechos humanos, sean los civiles y

    polticos; de ah que el derecho a un ambiente sano y ecolgicamenteequilibrado guarde una estrecha relacin con los derechos humanos civiles ypolticos, independientemente a que en la prctica estos sean aquellosderechos sobre los que el Estado de Derecho se limita a respetar y tutelar. (5)

    Por otro lado es importante en este punto resaltar la diferencia que existeentre el derecho a un ambiente adecuado y el derecho a la accin pblica parala proteccin del ambiente. Mientras el primero es cronolgicamente anterior ypor ende no se ejerce frente al Estado, el segundo es posterior y si se ejercefrente a ste. El derecho a la proteccin del medio ambiente est

    debidamente relacionado con los derechos de solidaridad, debido a que por elprincipio de equidad inter e intra generacional, las futuras generacionesdependen del uso actual que demos a nuestros recursos naturales. De ahque la intervencin Estatal es necesaria para asegurar que las generacionesvenideras lleguen a gozar de un ambiente sano en donde se puedandesarrollar en armona con el equilibrio ecolgico.

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    El derecho a la proteccin del medio ambiente por medio de la accin pblicadel Estado, as como de la participacin solidaria de los dems individuos,entra dentro de la segunda categora expuesta, de derechos que el Estadodebe promover o proveer. A esta categora pertenecen los derechos humanosde tercera generacin o de solidaridad, los cuales, como se explic, necesitan

    de la plena accin del aparato estatal para su debida implementacin yproteccin.

    De lo anterior, se extrae que el derecho a gozar de un medio ambiente sano,sea aquel que permite disfrutar de los elementos de la biosfera, forma parte delos derechos humanos de primera generacin o aquellos que el Estado nocrea sino que nicamente reconoce y tutela. Mientras que el derecho a laproteccin del medio ambiente, sea aquel que obliga al Estado a proveer deinstrumentos para prevenir, proteger y restaurar el medio ambiente, formaparte de la tercera generacin de derechos humanos denominados derechos

    de solidaridad; pues nicamente con la intervencin solidaria, tanto del Estadocomo la colaboracin de los dems ciudadanos, se podr asegurar a lasgeneraciones venideras el goce de una medio ambiente adecuado. (4)

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    II. CRISIS DE SALUD POR LA METALRGICA DE DOE RUN PER

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    Nuestra actual constitucin reconoce el derecho al medio ambiente sano comoun derecho fundamental de las personas y dentro de nuestra legislacinencontramos la ley general del ambiente, seala de manera esencial Todapersona tiene derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludableequilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida.

    El articulo VIII del mismo ttulo dice lo siguiente Toda persona natural ojurdica pblica o privada debe asumir el costo de los riesgos o daos quegenere sobre el ambiente.

    En los Andes peruanos, la gigantesca metalrgica de Doe Run Per opera 24horas al da, lanzando continuamente humo txico cargado de metales

    pesados sobre la densamente poblada ciudad de La Oroya. La metalrgicaemite tal contaminacin que los oronos sufren de enfermedades respiratoriasy casi todos los nios y nias en la ciudad padecen de envenenamiento conplomo. Si los estndares de salud internacionalmente aceptados fueranimplementados, muchos de estos nios y nias recibiran inmediatamenteatencin mdica o seran hospitalizados. Sin embargo la mayora no lareciben, y dado que el plomo inhibe el desarrollo adecuado del cerebro, losnios y nias en La Oroya podran ser perjudicados de por vida. (10)

    Desde 1998, AIDA ha implementado varias estrategias para proteger la saludpblica en La Oroya. De manera reciente llevamos un caso y una peticin demedidas cautelares ante la Comisin Interamericana de Derechos Humanos anombre de habitantes locales. A travs de un trabajo de medios yproporcionando informacin tcnica y legal, hemos educado a organizacioneslocales, agencias del gobierno y la comunidad afectada, en lo que concierne ala contaminacin y a los problemas de salud que la ciudad enfrenta. Lapublicacin de AIDA, titulada La Oroya no puede esperar, ayud a dar inicioa la extensa campaa internacional para salvar La Oroya. (6)

    Desafortunadamente, a pesar que las cortes nacionales, autoridadesinternacionales e innumerables organizaciones e instituciones han solicitadose tomen acciones en La Oroya, el gobierno peruano, la compaa que operala metalrgica (Doe Run Per), y los propietarios (U.S. Renco Group), han

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    sido lentos en responder. Aunque se han realizado algunas mejorasambientales, y ahora existen programas para atender a algunos niosafectados, queda mucho trabajo por hacer. Se deben realizar serios esfuerzospara reducir las emisiones, limitar la exposicin del pblico al plomo y otroscontaminantes, y educar a las personas acerca de los riesgos a la salud.

    Hasta que este problema se resuelva, AIDA continuar sus esfuerzos paraasegurar que los derechos humanos a la salud, a la vida y a vivir en unambiente sano estn protegidos en La Oroya.

    Qu futuro les espera a los nios de este lugar?

    El derecho fundamental que tiene la persona de vivir en un ambiente sano yequilibrado al parecer no existe en la Oroya porque ante las accionesefectuadas por el AIDA dicha empresa no hace caso hasta entonces talentidad mencionada seguir luchando para hacer respetar los derechos de lospobladores de la oroya y buscar el buen desarrollo de los nios de dichapoblacin. (8)

    En un estudio realizado por el ministerio de salud en el ao 1999 el 99.1 % delos nios de La Oroya sufra de intoxicacin debido al plomo mientras el 20%necesitaba urgentemente hospitalizacin, el hecho es alarmante sobre todo sisabemos que plomo inhibe el desarrollo neurolgico de los nios; monitoreosde calidad de aire realizados muestran los promedios diarios de dixido deazufre , exceden el triple los lmites mximos permisibles que exige laOrganizacin mundial de la Salud y segn un informe del Instituto Blacksmitde los 10 lugares ms contaminados del planeta, lamentablemente la ciudadde Oroya este ocupando el quinto lugar de la lista. Porque la empresa mineraDoeRunPeru hace la vista gorda del dao que esta generendo en la oroya. (5)

    2.1. La Oroya ante la Comisin Interamericana de Derechos Humanos

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    En un esfuerzo por obligar al Estado peruano a resolver la crisis de saludexistente en La Oroya, AIDA acudi a la Comisin Interamericana deDerechos Humanos (CIDH) en 2005, para solicitarle se tomen medidascautelares urgentes para proteger los derechos humanos. En colaboracin conEarthjustice, el Centro de Derechos Humanos y Ambiente (CEDHA) y nuestros

    colegas peruanos, llevamos este caso en representacin de ms de 60adultos y nios y nias que viven en La Oroya y sufren problemas de salud,posiblemente causados por la contaminacin de la metalrgica. El aosiguiente, el Estado incumpli las acciones ordenadas por el TribunalConstitucional Peruano en La Oroya para proteger la salud humana y elambiente. Por eso, en 2006 presentamos una demanda de caso a la CIDH,solicitndole evaluar completamente la situacin de derechos humanos yobligar al Estado Peruano a prevenir que la metalrgica Doe Run Percontamine la ciudad.

    La Comisin respondi favorablemente a nuestros esfuerzos. En 2007, laComisin orden implementar medidas cautelares para prevenir el dao a lasalud, integridad y las vidas de las personas de La Oroya. Especficamentecomo primer paso, la Comisin orden al Estado peruano diagnosticar yproveer tratamiento mdico especializado al grupo de personas querepresentamos. Debido a que el Estado fue lento en su respuesta, la Comisinse reuni con las partes en 2008 y 2009, y reiter al Estado peruano lanecesidad de implementar las medidas apropiadas, que estn siendo

    implementadas parcialmente.

    En agosto de 2009, la Comisin acept la peticin de AIDA de evaluar el casoen contra del Estado peruano, basada en el hecho que las enfermedades ymuertes presuntamente causadas por la severa contaminacin puedenconstituir violaciones a los derechos humanos de la vida e integridad personal.Adems, que el Estado puede haber violado el derecho de informacin almanipular y no publicar informacin esencial. La Comisin tambin concluy

    que el Estado peruano demor injustificadamente el cumplimiento de ladecisin del Tribunal Peruano Constitucional de 2006, y por lo tanto, podraestar violando los derechos de las personas al acceso a la justicia y asoluciones nacionales efectivas.

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    En marzo de 2010 la CIDH realiz una Audiencia para el Caso la Oroya antela CIDH, en la cual AIDA y sus colegas presentaron evidencia delincumplimiento de las medidas cautelares y de la debilidad de las accionespara atender la gravedad de la situacin en La Oroya. El Estado peruanoinform acerca de los escasos avances en la implementacin de acciones y

    solicit levantar las medidas cautelares justificando que ya han logradogarantizar la salud de los habitantes de la comunidad de la Oroya. Lo anteriorignora las conclusiones de los expertos independientes que siguen el caso,por lo cual AIDA insiste en el cumplimiento de las medidas.

    Mientras se produce la decisin de la CIDH en este caso, en AIDAcontinuaremos presionando al Ministerio de Salud Peruano a que cumpla conlas obligaciones, e insistiremos para que la CIDH mantenga su atencin en el

    Estado Peruano hasta que se hayan protegido efectivamente los derechoshumanos en La Oroya. Un cambio positivo en La Oroya beneficiar al grupoque representamos, a la poblacin e incluso a la regin, pues se crear unprecedente legal hemisfrico que se podra aplicar a otros casos en los cualeslos gobiernos permiten que la contaminacin txica afecte la salud de laspersonas. (8)

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    III. VICTORIA LEGAL EN TRIBUNAL PERUANO, AUNQUE LA SENTENCIA NOHA SIDO IMPLEMENTADA

    En 2006, el Tribunal Constitucional peruano reconoci que los altos niveles decontaminacin en La Oroya estaban causando serios problemas de salud a la

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    poblacin. El Tribunal orden al Ministro de Salud cumplir con la ley y tomaracciones urgentes para prevenir impactos adicionales irreversibles al ambientey al derecho humano en cuanto a la salud. Esta decisin fue basada ennumerosos estudios cientficos del gobierno, organizaciones de la sociedadcivil, y Doe Run Per, quien opera la metalrgica. En su decisin, el Tribunal

    acept todos los argumentos presentados por la Sociedad Peruana deDerecho Ambiental (SPDA), quien represent a las personas de La Oroya eneste caso que AIDA apoy. (3)

    El Tribunal brind 30 das al Estado para:

    Brindar atencin mdica de emergencia a las personas contaminadascon plomo, dando prioridad a las mujeres embarazadas y a los nios;

    Implementar un plan de accin para mejorar la calidad del aire en LaOroya;

    Declarar Estado de Emergencia cuando los niveles de contaminacinson excesivos;

    Establecer programas de monitoreo epidemiolgico y ambiental.

    Esta sentencia establece un precedente legal clave por tres razones

    fundamentales. Primero, reconoce que los niveles de contaminacinextremadamente altos, como los de La Oroya, pueden causar serios eirreversibles daos a la salud de las personas, violando los derechoshumanos. Segundo, reitera la obligacin del Estado de proteger a laspersonas, ordenndole acciones especficas para reducir las amenazas a lasalud. Tercero, al ordenar al Estado que coordine con la compaacontaminadora, el Tribunal confirma que las corporaciones son responsablesde desarrollar sus negocios de forma que respeten los derechos humanos a lasalud, a la vida y a un ambiente sano. (5)

    En respuesta a esta sentencia, el Estado peruano realiz algunos cambios,pero de ninguna forma cumpli completamente con la orden. Por lo tanto, en2006 AIDA en conjunto con abogados peruanos, Earthjustice, y CEDHA,presentaron el caso ante la Comisin Interamericana de Derechos Humanos.Por medio de este caso, buscamos que se aplique la orden del Tribunal y se

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    implementen medidas adicionales que verdaderamente protegern la salud enLa Oroya.

    En el caso concreto de la poblacin de la ciudad de La Oroya, sobretodo delos nios y mujeres gestantes, considerando que desde el ao 1999, en que

    se realizaron los primeros estudios que determinaron la existencia depoblacin contaminada con plomo en la sangre, hasta la actualidad, hantranscurrido ms de 7 aos, sin que el Ministerio de Salud haya implementadoun sistema de emergencia que proteja, recupere y rehabilite la salud de lapoblacin afectada. (6)

    Por ello, al profundizar el anlisis del problema, se plantea la siguienteinterrogante: Qu ms se debe esperar para que el Ministerio de Saludcumpla su deber de dictar las medidas indispensables e inmediatas para quese otorgue atencin mdica especializada a la poblacin de La Oroya cuya

    sangre se encuentra contaminada con plomo?.

    En su extensa sentencia el TC considera que si bien en la labor de atencinde la salud de la poblacin resulta importante la actuacin conjunta entre elMinisterio de Salud y empresas privadas, es necesario precisar que antesituaciones de grave alteracin de la salud como la contaminacin por plomoen la sangre, como sucede en el caso de los nios y mujeres gestantes de laciudad de La Oroya, el Ministerio de Salud, en tanto ente rector del SectorSalud, es el principal responsable de la recuperacin inmediata de la salud delos pobladores que se encuentran afectados en las situaciones antes

    descritas.

    Finalmente, el TC exhorta al Gobierno Regional de Junn, MunicipalidadProvincial de Yauli - La Oroya, Ministerio de Energa y Minas, ConsejoNacional del Ambiente y empresas privadas tales como la Empresa Doe RunPer SRL, entre otras, que desarrollan sus actividades mineras en la zonageogrfica que comprende a la ciudad de La Oroya, a participar,urgentemente, en las acciones pertinentes que permitan la proteccin de lasalud de los pobladores de la referida localidad, as como la del medioambiente de La Oroya, debiendo priorizarse, en todos los casos, el tratamiento

    de los nios y las mujeres gestantes. (4)

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    IV. RESPOSABILIDAD SOCIAL

    La responsabilidad social aplicada por la empresa minera en una determinadazona, implica coherencia entre crecimiento econmico, equidad social ycuidado del ambiente en concordancia con el estado, poblacin del entorno,

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    respetando su cosmovisin, filosofa empresarial de la empresa y las normasambientales en vigencia. (6)

    En el fortalecimiento de la institucionalidad de una gestin confiable,transparente y responsable de los recursos disponibles, las empresas mineras

    dentro de un dilogo consensuado sobre Minera y Desarrollo Sostenible secomprometieron conjuntamente con las diferentes instituciones y actores comocorresponde y que alcanza al Estado Peruano compartida entre el PoderEjecutivo, Gobiernos Regionales, Municipalidades Provinciales y Distritales;Empresas privadas; Poblacin; Organismos no Gubernamentales "ONG" y laIglesia a contribuir activamente al desarrollo de las capacidades locales, laproteccin del ambiente, el respeto a las identidades culturales y valoressociales locales, as como en la construccin de relaciones de confianza y elfortalecimiento de una cultura de dilogo y paz. (3)

    En este sentido, el compromiso afirmado por la empresa minera es parcial,debido a que solo contribuye segn su propio beneficio, invirtiendomnimamente en la proteccin del ambiente.

    4.1.- Avances De La Responsabilidad Social En La Actividad MineroMetalrgica.

    La empresa minera de acuerdo a su filosofa empresarial adecua su accionardentro del mbito de desarrollo minero; asumiendo responsabilidades

    obligatorias inherentes a la actividad, frente a sus trabajadores y la comunidaddel entorno y las actividades especficas propiamente de la empresa. Setienen infinidad de modelos de responsabilidad que utilizan las empresasdentro y fuera de su competencia.

    Las preocupaciones sociales y ambientales de la empresa, en sus actividadesoperaciones y las relaciones con su entorno implica necesariamente dosdimensiones; una dimensin interna (hacia adentro) y otra la externa (haciaafuera)

    En este marco de trabajo responsable de la empresa minera metalrgicapuntualizada, las polticas de apoyo desde sus inicios hasta la fecha hantranscurrido por diferentes procesos de adecuacin, desde un perodo defilantropa hasta la bsqueda del desarrollo sostenible en la zona minera,porque en el fondo las costumbres y culturas ancestrales de una zona a otrason singulares y diferenciadas segn su ubicuidad; siendo su aplicacin por

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    ende diversa y variada. La creatividad y preparacin tcnica apropiada por laempresa y aplicada por intermedio de su personal especializada inspira alograr resultados halagadores e imitables por otras empresas minerasmediante las pasantas y/o intercambios de experiencias a nivel empresarial.En el campo de la minera no se tienen recetas ni mecanismos de accin

    universales, su avance es fruto de experiencias y know out empresariales, aldispensar de una entidad facilitadora y representativa de las empresas comoes la Sociedad Nacional de Minera, petrleo y energa (SNMPE), apoya yaporta en el mejoramiento de la responsabilidad social acorde a nuestrarealidad nacional. (11)

    4.1.1.- Responsabilidad social filantrpica.

    La empresa minera en sus inicios acto con una motivacin altruista,referida al deseo o inters de mejorar las condiciones de la poblacin,utilizando los recursos econmicos que provienen de las utilidades,para conseguir beneficios coyunturales o particulares segn lasnecesidades del momento y euforia social sesgada de la poblacin. Elapoyo generoso no es equitativo, sino selectivo; siendo su finalidad,lograr el apoyo sistmico de los instituciones/comunidades/gruposbeneficiados dadas las circunstancias contra sus autoridades uorganizaciones sociales organizadas. Generalmente se ejecutabantrabajos aislados de poca representacin y envergadura, por citarse:

    Construccin: Local comunal, Plaza de toros, etc.

    Donaciones: Eventos sociales y actividades deportivos; Aniversarioscomunales y de la poblacin, Fiestas patronales, ayudas econmicas,campaas mdicas, Desayuno escolar, Paquetes de tiles escolares yMantenimiento de vas de comunicacin.

    Actividades por cierto valederas para la comunidad, perointranscendentes, de poco valor dentro del programa de progreso ydesarrollo de la poblacin en s. Con este tipo de actividades

    paternalistas se busc mecer a la poblacin. (1)

    Los reclamos de distintos grupos de inters dentro de la Poblacin]Autoridades locales, la Iglesia, ONG`s, Comits de defensa ambiental,comunidades campesinas, juntas vecinales, etc. ante lasinsatisfacciones e incumplimientos de compromisos y normas vigentes

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    por parte de las empresas mineras generaron un conflicto social yambiental. Segn reporte de la Defensora del Pueblo, se reconoce quela actividad minera ocupa el primer lugar con 48% que corresponde aconflictos socio ambiental. (2)

    La Empresa frente a esta coyuntura de presin ejercida por losdiferentes grupos de inters y mantener un clima armonioso en suentorno y su imagen institucional, adopta estrategias de acercamiento yde persuasin de cambio: Evala, promueve y Organiza "Asociacin /Comit / Fundacin sin fines ni lucros", con la finalidad de canalizar susactividades de Relaciones comunitarias armoniosas, lo que llamaramos"responsabilidad social en vas de concertacin".

    4.1.2.- Responsabilidad social en vas de concertacin:

    Existen dos fondos a utilizarse en actividades de desarrollo social ybienestar de las comunidades y/o poblaciones dentro de su zona deinfluencia: Las llamadas "Programas sociales" bajo la responsabilidadde la empresa y el aporte econmico voluntario, extraordinario ytemporal, denominado "Programa minero de solidaridad con el pueblo",con un inversin aproximado de dos mil quinientos millones de nuevossoles durante cinco aos a partir del ao 2007. (12)

    Es de precisar, dentro del marco de la responsabilidad social

    empresarial en la minera no se est tocando los fideicomisos sociales(proyectos mineros) administradas por Pro Inversin y el fondo empleo(remanente econmico que queda despus de la distribucin de lasutilidades a los trabajadores), que es materia de otro anlisis. (10)

    Los programas y/o proyectos a ejecutarse por la "Asociacin / Comit /Fundacin sin fines ni lucros", continan siendo de corte asistencialiderada por la empresa minera e integrada por diversas instituciones dela localidad, donde la mitad ms uno de sus integrantes, incluida lapresidencia es designada por la empresa; el gobierno local participa

    como invitado. La empresa aporta los recursos econmicos y asesoratcnica en concordancia a su presupuesto e importancia de lassolicitudes de la poblacin, priorizndose por proyectos/programas demayor impacto: Generacin de cadenas productivas, utilizando losrecursos naturales predominantes en la zona, en actividades:

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    Agro industriales: Asesora tcnica especializada en productosagrcolas y conversin en microempresarios de los agricultores.

    Cadenas productivas: Productos lcteos, mejoramiento gentico de losganados y pastizales

    Forestacin: Manejo adecuado de las plantaciones y sus cuidados.

    Mejoramiento de la educacin: Construccin y/o refaccin deinfraestructuras educativas.

    Construccin e implementacin de postas mdicas.

    Utilizacin de tecnologa moderna en el cuidado del ambiente: Agua,desage, Residuos slidos urbanos, tratamiento de aguas residualesdomsticas.

    Adquisicin de productos perecibles de la Zona/Regin.

    Uso de mano de obra de la poblacin organizada como una empresacomunal para prestacin de servicios no profesionales a la empresa.

    Impulsando la participacin de la mujer en la formacin y conduccin demicroempresas

    Concluida el proyecto, la empresa minera entrega a la comunidad y/oGobierno local mediante actos protocolares; quedando su

    implementacin, conservacin y mantenimiento a cargo de lacomunidad beneficiada. En ese aspecto existe un punto de quiebre,referente a la falta de recursos econmicos y tcnicos de la comunidady Gobierno local para su conservacin y mantenimiento respectivo; porcuanto no se disponga de estrategias de desarrollo a mediano y largoplazo por parte de la empresa, y no estar considerado dentro de losplanes estratgicos (05 aos) del gobierno local y su presupuestoparticipativo anual; por citarse, cuando la empresa minera a peticin dela poblacin aprueba la construccin de un centro de salud, desde suconceptualizacin (perfil) hasta la construccin e implementacin con

    equipos e instrumentacin y ulterior entrega a la poblacin. Laresponsabilidad de sostenimiento que comprende conservacin,mantenimiento, pago de personal especializado y administrativo,medicinas, etc., estar a cargo del estado y la comunidad o la empresaen forma parcial mientras continua sus operaciones. El estado disponede recursos insuficientes para este tipo de sostenibilidad; ms an

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    estar considerado mnimamente o no dentro del presupuestoparticipativo anual preparado por el Gobierno Local y/o Regional. Ascomo se menciona de un centro de salud, podemos considerar lamisma deduccin, cuando se efectan otros proyectos o programascomo la construccin de carreteras, centros educativos, etc. (5)

    Otro aspecto que se debe considerar; es como las empresas minerasmodernas estn involucrando a la poblacin en acciones departicipacin ciudadana en los monitoreos participativos y defiscalizacin de sus actividades operativas, conforman e implementanlos llamados Comits de monitoreo y vigilancia ciudadana como unamedida de transparencia y buena voluntad. Desarrollan programas decapacitacin y entrenamiento, talleres, pasantias para los

    representantes de la poblacin para fortalecer sus capacidades; de estaforma, la poblacin dispone de herramientas de control y fiscalizacin yejerce una labor participativa efectiva. (7)

    4.1.3.- Responsabilidad social sostenible

    La minera se desarrolla en zonas alto andinas por encima de los 3 000

    m.s.n.m., donde la presencia del estado es precaria o por no decir nula;si a esto adicionamos la existencia del terreno accidentado y adverso,dficits de infraestructura bsica, vas de acceso en psimascondiciones de transitabilidad, la existencia de extrema pobreza,analfabetismo, alta desnutricin crnica y baja empleabilidad depobladores de la zona; en esas circunstancias la empresa minera tienepresencia social, econmica y en lo poltico en su zona de influencia.

    La empresa participa independientemente en la preparacin deproyectos concordantes con las necesidades de la comunidad a

    beneficiar con o sin conocimiento de las autoridades locales, aportandoasesora tcnica especializada y presupuesto, prosiguiendo con suejecucin y entrega de la obra concluida de igual modo, el gobiernoLocal/Regional ejecuta proyectos de inversin acorde a un presupuestoparticipativo, pero en forma limitada. (5)

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    Si bien la empresa minera, busca contribuir a elevar los niveles dedesarrollo social, proteccin del ambiente y respeto a los derechoshumanos en el marco global de calidad, viabilidad, contribucin activa yvoluntaria al mejoramiento social, econmico y ambiental que laglobalizacin actual exige. Su participacin ser sostenible siempre y

    cuando, las inversiones de proyeccin social que realizan tenga un solohorizonte en el presente y para el futuro; donde su participacincomprometa solidariamente al Gobierno Regional/ Local - Empresasprivadas- sociedad civil.

    En esos tiempos de globalizacin, no es suficiente para una empresaminera cumplir correctamente las normas legales correspondientes ocontar con el aval del gobierno. La comunidad / poblacin tienepreponderancias que se deben tener en consideracin si se deseahacer minera en su zona, ese compromiso se obtendr solamente con

    el respeto y el dialogo abierto, consensuado y transparente.

    Las autoridades municipales y regionales, elegidas por el votouniversal, tienden a ver a las empresas privadas como aliadoimportante en la gestin gubernamental, referente al apoyo en elaspecto tcnico y econmico, porque el presupuesto municipal oregional es nfimo (va transferencias del gobierno central, e ingresospropios "tributos") para la ejecucin de las diversas obras de interssocial: Los sistemas de control son rigurosas de parte del estado, lo quemotiva la realizacin de proyectos de inters social y programas

    autosostenibles.

    Segn la Ley Orgnica de Municipalidades y la Ley Orgnica deGobiernos Regionales y sus modificatorias especifican que losgobiernos locales y regionales deben formular sus presupuestosanuales participativos en cabildos abiertos y asambleas, con laparticipacin de las autoridades, instituciones sociales representativas,Iglesia, ONG, juntas vecinales, etc. Estas normas definen

    procedimientos y acciones destinadas a una mejor utilizacin delpresupuesto asignado va transferencias (FONCOMUN, Canon Minero,Canon forestal, Canon hidroenergetico, Regalas mineras, Vigencia deminas y penalidades), y va ingresos propios (Tributos) de la institucin.Dentro de estos trminos, los diferentes planes de desarrollo buscan:

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    Organizacin social de la poblacin: Elaboracin de planesestratgicos, planes de desarrollo local y regional, planes deacondicionamiento territorial, plan de desarrollo urbano, Plan dedesarrollo rural, Plan de desarrollo de comunidades, etc. (5) (6)

    Concretizacin de servicios bsicos: agua, alcantarillado, electricidad,medios de comunicacin, etc.

    Mejora de vas de comunicacin, recreacin y deportes.

    Plan de disposicin de residuos slidos urbanos y aguas residualesdomsticas.

    Implementacin de acciones conducentes a la salud, educacin,seguridad ciudadana, etc.

    La ejecucin de un proyecto / programa, motiva la asignacin de unpresupuesto integral analizado y aprobado convenientemente acorde asu dimensin por las instancias responsables, son consideradasgradualmente en el presupuesto participativo anual hasta su conclusin;este procedimiento de control es supervisada por un comit devigilancia, elegidos dentro del marco del proceso participativo, conresponsabilidad solidaria. (7)

    Qu falta hacer...?

    Es inconcebible, en tiempos actuales de globalizacin, dentro de unrea geogrfica definida como Distrito, Provincia o Regin coexistandos entes "Empresa minera" y "Gobierno Local/Regional" ejecutandoproyectos/programas de inversin con diferentes lneas de accin ycriterios divergentes; la empresa por coercin y con un plancortoplacista; y las autoridades por mantenerse en el poder.

    La empresa minera complementado con su poltica del buen vecino, enla bsqueda de un desarrollo corporativo "Estado-Empresa-Poblacin",

    debera participar en las actividades del gobierno Local/Regional segnle corresponda, en la elaboracin de planes de desarrollo / estratgico,para lograr bajo una sola visin, un desarrollo sostenible progresivo,coherente y duradero en el tiempo y en aproximacin perenne yconsentida con la poblacin dentro de su zona de explotacin.

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    Es importante que la empresa minera disponga de un plan estratgico amediano y largo plazo con conocimiento y aceptacin de la poblacin yautoridades de los proyectos y /o programas de presencia local yregional; sus actividades no deben circundarse en el corto plazo,propensos a las presiones de los grupos de inters.

    Es de soslayar, cuando la empresa minera concluye con su actividadminera, al cumplirse el ciclo de vida til de la mina[11]se retiradesarrollando un plan de cierre preparado y presentado al estado segncompromiso y su correspondiente aprobacin por el Ministerio deEnerga y Minas, como estipula las normas pertinentes. La poblacinseguir perdurando en el espacio-tiempo, con las fortalezas yoportunidades logradas mediante las alianzas estratgicas: Estado-Empresa-Poblacin, como son el posicionamiento de las actividadesautosostenibles eficientes en el mercado.

    Se debe tener presente, quien ms conoce la realidad de la zona es elpoblador y sus autoridades; por eso, cuan importante sera para lapoblacin, que la empresa minera con una correcta orientacin de lospresupuestos asignados a los programas de relaciones comunitarias yde aporte voluntario extraordinario sean considerados dentro delprograma del presupuesto participativo anual de los gobiernos locales yregionales, es la nica forma de lograr progreso, desarrollo corporativo,ante todo sostenibilidad con vigencia de los proyectos y/o programasefectuadas por la empresa minera y las autoridades locales/regionales.

    Los gobiernos locales y regionales se vern fortalecidos con laejecucin de los diferentes proyectos / programas en conjuncin con laempresa privada; el soporte tcnico es significativo y puntual parasuperar los diversas inconvenientes y engorrosos trmites para suaprobacin en el Sistema Nacional de Inversin Pblica "SNIP",ejecucin bajo diversas modalidades, eficiente supervisin y una optimafiscalizacin por el rgano de Control Interno / Contralora de laRepublica.

    El estado dentro de su contribuciones como ente facilitador, estara enla obligacin de dictar normas especficas adicionales para facilitar lainclusin de los presupuestos asignados por las empresas privadas enel presupuesto participativo anual propiciado y liderado por el gobiernolocal/regional en concordancia a la LOM y LOGR y su modificatoria con

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    una correcta aplicacin ejecutiva, seguido de una supervisin yauditorias del proyecto dentro del periodo establecido. (12)

    V.- CONCLUSIONES:

    1. Los derechos humanos son facultades y atributos del ser humano. Sebasan en la dignidad humana que es la calidad y condicin de serhumano de toda persona.

    2. El derecho a un ambiente sano es un derecho de primera generacin.

    3. El derecho fundamental que tiene la persona de vivir en un ambientesano y equilibrado al parecer no existe en la Oroya, es lamentable quelos nios peruanos el futuro de nuestro pas sean las victimas msperjudicadas de tan inhumana contaminacin.

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    4. Los altos niveles de contaminacin en la Oroya estn causando seriosproblemas de salud a la poblacin.

    5. Los argumentos presentados por la SPDA en representacin de lapoblacin de La Oroya fue aceptada por el tribunal

    6. Se declar estado de emergencia, se estableci programas demonitoreo epidemiolgico y ambiental, y se brind atencin deemergencia.

    7. De acuerdo a la contaminacin ambiental por parte de diversas Fuentesde emisin toxica, el caso de la Oroya es uno de los contaminantes defuente antropogenicas ya que producen un mayor impacto ambiental.Se clasifica dentro de las contaminantes ambientales como el dereferencia ya que la fuente es identificable y se produce reaccionesqumicas producidas por ellas en su conjunto.

    8. La emisin de arsnico como tambin plomo son unos de loscontaminantes expuestos al medio ambiente por estos reactoresmetalrgicos en la Oroya la cual altera la calidad de cuerpo receptor enla atmosfera.

    9. Existen normas de calidad del aire en la cual las leyes peruanasregulan el nivel normal de ella y declaran en una jurisdiccindeterminada segn las circunstancias especficas que prev la ley.

    10.Las normas para emisiones gaseosas aplicables a la actividad minero-metalrgica son regidos por el (ECA) estndares de calidad ambiental y(LMP) lmites mximos permisibles, quienes monitorean y brindan unnivel de proteccin ambiental.

    11.Doe Run Per desde 1997 viene explotando plomo y otros metalespesados, productos de esta actividad el medio ambiente de esta ciudad(Oroya) esta muy contaminada y Doe Run en los 10 aos que vienetrabajando no se ha preocupado por reducir el gran nivel decontaminacin que su complejo metalrgico viene causando al medio

    ambiente de esta ciudad sobre todo en sus habitantes.

    12. En un estudio realizado por el ministerio de salud en el ao 1999 el99.1 % de los nios de La Oroya sufra de intoxicacin debido al plomomientras el 20% necesitaba urgentemente hospitalizacin, el hecho es

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    alarmante sobre todo si sabemos que plomo inhibe el desarrolloneurolgico de los nios; monitoreos de calidad de aire realizadosmuestran los promedios diarios de dixido de azufre , exceden el triplelos lmites mximos permisibles que exige la Organizacin mundial dela Salud y segn un informe del Instituto Blacksmit de los 10 lugares

    ms contaminados del planeta, lamentablemente la ciudad de Oroyaeste ocupando el quinto lugar de la lista.

    13.El estado, la empresa tienen pleno conocimiento que las operacionesmineras no son perennes; por ser un recurso natural no renovable,tiene un ciclo de vida til. Este proceso operativo conlleva a lageneracin de la contaminacin ambiental en aire, agua y suelo y quetiene persistencia en el espacio-tiempo

    14.La actividad minero metalrgica, siempre motiva la aparicin deconflictos sociales, sea por incumplimiento de compromisos y/o normasambientales vigentes por parte de la empresa, la falta de una adecuadafiscalizacin por parte del estado peruano y la exclusin de laparticipacin ciudadana en programas de monitoreo del ambiente (aire,agua y suelo).

    15.Que las empresas mineras avancen en su responsabilidad social yambiental, aplicando con coherencia sus cdigos de conducta,reconociendo a las autoridades y organizaciones sociales locales y asus legtimos representantes, respetando los derechos laborales ysometindose a certificaciones de calidad ambiental y social, y lo msimportante conservando el respeto a la cultura y costumbres locales dela poblacin. El desarrollo de proyectos / programas de corto plazo porcoercin, ejercidas por la poblacin para el logro de un beneficio osatisfaccin de un reclamo, es sntoma que la relaciones armoniosas

    aplicadas por la empresa no estn funcionando acorde a la definicin yesquema estructural de Responsabilidad Social.

    16.Si bien las relaciones armoniosas con las comunidades y poblacin delrea geogrfica se encuentran en un proceso de aprendizaje (mejora

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    continua), desde la actividad filantrpica, seguida de la concertada. Laresponsabilidad social sostenible, se realizar siempre y cuando existaun compromiso transparente y en tiempo real en la satisfaccin de lasnecesidades de la poblacin en el presente y para el futuro y contandocon planes estratgicos a mediano y largo alcance y el apoyo normativo

    del estado en sus diversos estamentos, integrando a la poblacin coninversiones en proyectos/programas factibles y "autosostenibles" en eltiempo y con presencia slida en el mercado.

    17.Las inversiones programadas y aprobadas por la empresa en el marcode las relaciones armoniosas hacia las comunidades y aporte voluntarioextraordinario, convendra que deban ser incluidas en el presupuestoparticipativo anual del gobierno Local / Regional y la conformacin

    correspondiente de una supervisin multidisciplinaria representativa departe del Estado-Empresa-Poblacin desde su concepcin,construccin y entrega final, conforme a ley.

    18.La preparacin del presupuesto participativo anual con participacin desus autoridades, empresas, instituciones representativas, Iglesia, ONG,

    juntas vecinales, debe contar con una normativa especfica, para unacorrecta aplicacin de los aportes econmicos privados y su correctafiscalizacin para la satisfaccin de los partes interesadas.

    VI. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS:

    1. Ley Orgnica de Municipalidades, Ley N 27972.

    2. Mogrovejo, M.; Modelos de inversin social para empresas mineras,experiencias y propuestas; cuaderno Difus, diciembre 2007.

    3. Tanaka, Martn; et al; Minera y conflicto social; Economa y sociedad 65;CIES; octubre 2007.

    4. Fundacin Casa de la Paz; Responsabilidad social en la MinerayComunicaciones: Unas mirada desde los conflictos ambientales; LaSerena; Agosto 2008.

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    http://www.monografias.com/trabajos54/resumen-economia/resumen-economia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/lacomunica/lacomunica.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/resumen-economia/resumen-economia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/lacomunica/lacomunica.shtml
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    5. Instituto de Ingenieros de Minas del Per;Aporte econmico y social de laMinera en el Per - 2005; Lima, Noviembre 2006.

    6. Quedena, Enrique; Minera y Conflictos Sociales en el Per, Trasfondo de

    un desencuentro entre Comunidades, Empresas y Estado; Escuela para eldesarrollo, Lima, Octubre 2005.

    7. http://www.aida-americas.org/es/project/laoroya_en

    8. http://www.emagister.com/derecho-medio-ambiente-sano-caso-oroya-cursos-2470352.htm

    9. http://www.dd-rd.ca/site/_PDF/publications/es/globalizacion/Peru.pdf

    10.Victoria legal en el tribunal peruano | La Oroya, Per (base de datos en linea).Per: Asociacin Interamericana para la Defensa del Ambiente; 2009 (fechade acceso 09 de noviembre del 2011). URL disponible en:http://www.aida-americas.org/es/project/tribunal_es

    11.El Tribunal Constitucional Peruano Ordena al Gobierno Atender la Emergenciade Salud Pblica en La Oroya | La Oroya, Per (base de datos en linea).Per: Asociacin Interamericana para la Defensa del Ambiente; 2006 (fechade acceso 12 de noviembre del 2011). URL disponible en:http://www.aida-americas.org/es/node/1232

    12.http://www.aida-americas.org/es/project/doerun_es

    http://www.monografias.com/trabajos13/artcomu/artcomu.shtmlhttp://www.aida-americas.org/es/project/laoroya_enhttp://www.emagister.com/derecho-medio-ambiente-sano-caso-oroya-cursos-2470352.htmhttp://www.emagister.com/derecho-medio-ambiente-sano-caso-oroya-cursos-2470352.htmhttp://www.monografias.com/trabajos13/artcomu/artcomu.shtmlhttp://www.aida-americas.org/es/project/laoroya_enhttp://www.emagister.com/derecho-medio-ambiente-sano-caso-oroya-cursos-2470352.htmhttp://www.emagister.com/derecho-medio-ambiente-sano-caso-oroya-cursos-2470352.htm