moises. trabajo genero completo
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Violencia de género y medios de comunicaciónTRANSCRIPT
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Universidad de Buenos Aires
Facultad de Ciencias Sociales
Aporte de la teoría de género al análisis de lo social
Cátedra Bas Cortada - Danieletto
El delito como problemática social: un abordaje
desde la perspectiva del género
Alumnas:
Castagno, Anael
Castillo, María Victoria
González, Silvia Laura
González, Laura Andrea
Moisés, María Silvina
Sastre, Lorena
Diciembre 2010
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Introducción
El delito forma parte de las cuestiones sociales que ocupan más espacio en los
medios masivos de comunicación. Desde las ciencias sociales, muchos autores han
planteado que un tema se convierte en cuestión social, cuando es introducido en la
agenda pública como tal. Como sabemos, desde los medios de comunicación se han
venido sosteniendo debates que, mayormente, abordan el delito como una expresión de
la inseguridad, de la decadencia de la juventud, de la marginalidad, etc. Desde los
medios y, en consonancia, desde algunas fuerzas políticas, se han propuesto discusiones
acerca de la edad de la punición, de los delitos cometidos por menores de edad, del
estado de las cárceles, entre otras. Desde nuestro lugar, nos proponemos analizar el
delito desde una perspectiva que introduzca consideraciones más profundas, que den
lugar a un análisis que pueda explicar el delito. En este sentido, sostenemos que la
cuestión del género no es un tema a agregar en la cuestión del delito así como tampoco
en cualquier cuestión social que pretenda analizarse con seriedad, sino más bien que
implica plantear una perspectiva específica para el análisis del desarrollo de las
relaciones entre éstos. Adoptar una perspectiva de género supone plantear desde el
inicio que se intentarán poner en evidencia los efectos de una producción y
reproducción de determinadas relaciones de dominación. Producción y reproducción de
la desigualdad que adquiere expresiones concretas en todos los ámbitos de una
sociedad: el trabajo, la familia, la política, las organizaciones sociales, el arte, la
empresa, la salud, la ciencia, la sexualidad y la historia.
La mirada de género en los estudios de ciencias sociales, no está supeditada a
que la adopten las mujeres, ni está dirigida exclusivamente a ellas. Tratándose de una
cuestión de concepción del mundo y de la vida, lo único definitorio es la comprensión
de la problemática que abarca y el compromiso que se adopte hacia ésta. Por lo tanto
adoptamos esta vía de análisis por considerar que, además de enriquecer la mirada del
investigador, hace surgir cuestiones ocultas e interrogantes prolíferos en lo relativo a la
investigación social.
Si quisiéramos trazar un somero recorrido del nacimiento y la
institucionalización del término género, empezaríamos por decir que en los años 70` se
intenta incorporar en las ciencias sociales una visión teórica feminista, introduciendo el
3
término género con un significado propio y como una acepción específica, distinta de la
caracterización tradicional del vocablo que hacía referencia a un tipo o a una especie.
Esto trajo aparejado ciertas resistencias producto de los sistemas científicos
sociales tradicionales, que empleando formulaciones tradicionales y limitadas,
proporcionan explicaciones causales universales. Esto llevó a un nuevo desafío dentro
de la ciencia que, como sabemos, ha sido modelada por la histórica exclusión, la
subrepresentación, de las mujeres y sus experiencias. De esta forma podemos
acercarnos a afirmar que el conocimiento está sesgado por el género de quien investiga,
en nuestro caso por el patrón dominante de conocimiento de las ciencias sociales.
No obstante, sólo a finales de los años 80` y principios de los 90`, el concepto
adquiere consistencia y comienza a tener impacto en América Latina. Es cuando las
intelectuales feministas logran instalar en la academia y en las políticas públicas la
denominada “perspectiva de género.”
El desafío que plantea la introducción de esta perspectiva al análisis de las
relaciones sociales, depende de incorporar al género como la forma primaria de de las
relaciones de poder. En este sentido, intentamos desarrollar un análisis que incorpore al
género como categoría analítica. Según Scott, las preguntas que se abren en la historia y
en la practica histórica actual son “¿Cómo actúa el género en las relaciones sociales
humanas? ¿Cómo da significado el género a la organización y percepción del
conocimiento histórico?1”
A partir de estas preguntas es como nos introducimos al concepto de género
como categoría de análisis para abordar la cuestión del delito, como hecho social.
El género como concepto clave en el análisis de las relaciones sociales
Existe cierto consenso en la distinción entre sexo y género. En tanto el sexo
corresponde a un hecho biológico producto de la diferenciación de la especie humana;
se denomina género a la significación social que adquiere esta diferencia.
Por lo tanto, las diferencias anatómicas y fisiológicas entre hombres y mujeres
que derivan de este proceso, pueden y deben distinguirse de las atribuciones que la
sociedad establece para cada uno de los sexos individualmente constituidos. Por esto
1 SCOTT, Joan: “El genero, una categoría útil para el análisis histórico. En Amelang. L y Nash, M;
Historia y género: las mujeres en la Europa moderna y contemporánea. Alfons el Magnànim, 1990. Pág. 5
4
mismo, decimos que la diferencia de género, entre lo masculino y lo femenino, es un
hecho social y se basa en los significados que cada sociedad le atribuye a la
diferenciación sexual.
Siguiendo a Scott “el género es un elemento constitutivo de las relaciones
sociales basadas en las diferencias que distinguen los sexos y el género es una forma
primaria de relaciones significantes de poder.”2
En este sentido el género permite una explicación significativa de los roles de las
mujeres y de los varones en la vida social, permite acercarnos al significado que tienen
las conductas y actividades de las mujeres y de los varones en las relaciones sociales.
Asimismo, el género presenta, siguiendo a Scott, conceptos normativos, que afirman el
significado de lo masculino y lo femenino, constituyendo un principio organizador de
conductas sociales, y estructurando así las acciones por las cuales se espera que una
persona actúe de acuerdo a la determinación biológica planteada por el sexo.
Lo normativo de estas relaciones significantes de poder que plantea el concepto
de género son los significados y valoraciones que se da a la diferencia existente entre
los sexos dentro de la sociedad, las cuales son percibidas como naturales.
Partimos del concepto de poder de Foucault para referirnos al entramado de
relaciones de poder que se entretejen en las relaciones sociales. Según Foucault en sus
tesis sobre el poder, entendemos que:
- El poder pasa a través de dominados y dominantes es una relación de
singularidad (hay que sustituir la imagen piramidal por una reticular);
- El poder no es una propiedad, es una estrategia, no se posee, se ejerce;
- Poder y saber se imbrican. Aunque son de distinta naturaleza, cada relación de
poder se constituye en un campo correlativo de saber y cada campo de saber se
conforma entre relaciones de poder. Pero la práctica del poder es irreductible a la
práctica del saber (existe cierta primacía del poder sobre el saber);
- El poder, es esencia, no es represivo, su ejercicio es riesgo, inestable. Funciona
a través de una red de efectos inducidos;
- El poder es productivo. Produce, por ejemplo, individuos, produce sexualidad,
produce ilegalismos indispensables para el mantenimiento del sistema legal. Los
2 Ídem, Pág. 23
5
procesos jurídicos, carcelarios, laborales, educativos y militares de la modernidad
conllevan en sí, un afán individualizante capaz de atrapar a cada persona e identificarla
con precisión. Lo que el autor llama un saber de lo individual.
Así como los sujetos son individuos respecto de la social, las normas son
particulares respecto de las leyes. En una sociedad regida solamente
(fundamentalmente) por leyes, todos deben acatar esas leyes. En una sociedad reticulada
por normas, cada institución -familia, escuela, iglesia, Estado- determina lo que es
normal. No es únicamente cumpliendo las mismas normas que se es sano, buena mujer
o una esposa ejemplar, hay que considerar que cada caso es particular. En este sentido,
cada institución particulariza, o aspira hacerlo.
Los procesos de individuación estudiados en Voluntad de saber, de Foucault, muestran
también que se produce individualidad a partir de los dispositivos de sexualidad. A la
sexualización de la familia burguesa, continuará la sexualización de las clases
populares. La nueva tecnología del sexo es un asunto social y estará a cargo de la
medicina, la pediatría y la economía3, quiere decir que se instalan dispositivos de
sexualidad que individualizan desde arriba. El dispositivo de sexualidad es dinámico,
polimorfo, cambiante.
Foucault rechazó la tesis represiva del poder y señaló la relación poder-deseo, el
próximo paso será preguntar por qué se ha establecido alrededor del sexo un complejo
dispositivo productor de verdad. El tema de la verdad, a partir del sexo, es tomado a
partir del sexo como conocimiento. La condición de posibilidad del poder, en todo caso,
del poder de verdad, que permite volver inteligible su ejercicio no debe ser buscado en
la existencia primera de un punto central, sino más bien, considerar al poder como
omnipresente no porque se reagrupe todo bajo una unidad, sino porque se está
produciendo en cada instante, está en todas partes, es el nombre que se presta a una
situación estratégica compleja en una sociedad dada.
En este sentido, utilizamos la categoría analítica de género como un instrumento
teórico para explicar e interpretar como se entretejen las relaciones de poder, en los
modos de ordenamiento de la experiencia social, en las actividades normativas de
hombres y mujeres, que al estar determinada por la percepción social ordena ciertos
valores sociales que han sido definidos como “masculinos” y “femeninos”.
3 FOUCAULT, M. “La voluntad del saber” México, Siglo XXI, 2007, Pág. 14
6
El género es un concepto relacional que remite a las relaciones sociales entre
varones y mujeres. Según R. W. Connell, “la masculinidad existe sólo en contraste con
la feminidad”4, definiendo los roles y papeles que tienen las mujeres en una sociedad en
relación con los roles y papeles de los varones y a la inversa. Estas relaciones son parte
de una construcción social que emerge de los procesos históricos de las sociedades, y no
como una relación biológica.
R. W. Connell, plantea que las prácticas y las relaciones que construyen los
principales patrones de masculinidad son de hegemonía y de subordinación. “La
masculinidad hegemónica se puede definir como la configuración de práctica genérica
que encarna la respuesta corrientemente aceptada al problema de la legitimidad del
patriarcado, la que garantiza (o se torna para garantizar) la posición dominante de los
hombres y la subordinación de las mujeres,” 5
En la base de dominación y de predominio masculino, la diferencia conlleva a
una jerarquía en lo que lo masculino es lo dominante y lo femenino es lo dominado, lo
masculino es lo fuerte y lo femenino lo débil, delicado, inferior. En este sentido, la vida
social esta organizada bajo estos patrones, apoyados en la división sexual del trabajo,
donde se le asigna a cada sexo su espacio, su momento, su lugar, construyendo así una
realidad sexuada.
“Cuando los dominados aplican a lo que les domina unos esquemas que son el
producto de la dominación, o, en otras palabras, cuando sus pensamientos y sus
percepciones están estructurados de acuerdo con las propias estructuras de la relación
de dominación que se les ha impuesto, sus actos de conocimientos son, inevitablemente,
unos actos de reconocimiento, de sumisión.”6
Bourdieu plantea la problemática de la construcción y significación inmediata
que adquieren las prácticas dentro de la sociedad partiendo del análisis del principio de
una sociedad androcéntrica. Bajo esta visión se convierte en el garante de las
significaciones sociales y de valores organizadas de acuerdo con la división de géneros
relacionales a partir de lo femenino y lo masculino, donde la diferencia entre los
cuerpos biológicos es fundamento objetivo de la diferencia entre los sexos. El autor
plantea que es una construcción social arbitraria de lo biológico y en especial del
4 R. W. CONNELL. “La organización social de la masculinidad” Pág. 32 5 Ídem. Pág. 39 6 BOURDIEU, PIERRE, “La dominación masculina”. Editorial Anagrama. Barcelona. Pág. 26
7
cuerpo, de sus costumbres, funciones y de su reproducción biológica, proporcionando
un fundamento natural a la visión androcéntrica de la división sexual del trabajo.
De esta forma se legitima una relación de dominación, inscribiéndose como
dominación naturalizada que se hace habitus.
Los esquemas de percepción de los sujetos condicionan la existencia misma,
condicionando sus prácticas y las valoraciones que tienen de ellas. En este sentido, la
sexualidad de las mujeres se presenta frente a estos esquemas de percepción de
sobrevaloración del acto sexual, en donde las expectativas que surgen se presentan a
partir de una experiencia íntima cargada de afectividad que no incluye la penetración
sino otras prácticas como la conquista, las caricias, el cuidado de su cuerpo, etc.
La dominación masculina es ejercida por medio de la violencia simbólica. Esa
violencia simbólica que es insensible e invisible para los dominados, es ejercida a través
del conocimiento, reconocimiento y sentimiento, pero además es admitida tanto por el
dominador como por el dominado.
El efecto de dominación simbólica se ejerce a través de los esquemas de
percepción, de apreciación y de acción que constituyen los hábitos y que sustentan una
relación de conocimiento profundamente oscura para ella misma. La lógica de la
dominación masculina y de la sumisión femenina, es espontánea e impetuosa, solo se
entiende si se verifican unos efectos duraderos que el orden social ejerce sobre las
mujeres (y los hombres), es decir, unas inclinaciones espontáneamente adaptadas al
orden que ella les impone.
De este modo, abordar el género como un concepto relacional, implica hacer
mención a relaciones sociales entre varones y mujeres. Refiere siempre a relaciones
entre prácticas-que también son relaciones de poder y resistencia-, que pueden darse
según diferentes modelos, uno de ellos es la doctrina liberal de las esferas separadas “lo
público y lo privado”.
La dicotomía público/privado oculta la sujeción de las mujeres a los hombres
dentro de un orden aparentemente universal, igualitario e individualista.
Tras esta doctrina persiste la creencia de que la naturaleza de las mujeres es tal
que lo correcto es que estén sometidas a los hombres y que el lugar que les corresponde
es la esfera privada, doméstica; a su vez, para los hombres es que gobiernen y habiten
ambas esferas, las cuales, desde esta perspectiva, son diferentes pero estrechamente
interrelacionadas, e igualmente importantes y valiosas.
8
Esta doctrina de “separados pero iguales” difumina la realidad patriarcal de una
estructura social caracterizada por la desigualdad y la dominación de las mujeres por los
hombres.
Una de las consecuencias importantes de esta concepción liberal radica en que
conceptualiza y trata al mundo público o a la sociedad civil, haciendo abstracción de la
esfera doméstica privada. Así, la separación entre privado y público se vuelve a
establecer como una división dentro de la propia sociedad civil, dentro del mundo de los
varones.
Las feministas rechazan el supuesto en virtud del cual la separación entre lo
público y lo privado se sigue inevitablemente de las características naturales de los
sexos y sostienen que sólo resulta posible una correcta comprensión de la vida social
liberal cuando se acepta que las dos esferas presuntamente separadas y opuestas están
inextricablemente interrelacionadas, que ambas son las dos caras de la misma moneda:
el patriarcalismo liberal. Ello queda plasmado en la consigna “lo personal es político”,
haciendo hincapié en cómo las circunstancias personales están estructuradas por
factores públicos. (Pateman, 1996).
La invisibilidad de las mujeres -que atraviesa dicho discurso liberal- también
tiene su correlato en el ámbito económico, que ignora la división por sexo del trabajo y
su articulación con la reproducción del sistema capitalista; la oculta en el ámbito
familiar doméstico. Se insiste en la obligación primera de las mujeres como madres y
esposas, pero no se le otorga a toda esa actividad fundamental para la “sostenibilidad de
la vida humana” ningún valor económico, sino que es tratada como un campo externo a
la economía, como una esfera “valiosa pero separada”.
Frente a ello, la crítica feminista ya no consistirá sólo en lo personal es político
sino que también lo impersonal, lo “aparentemente neutro” -organizaciones e
instituciones sociales- también lo es.
Respecto a este punto es interesante hacer mención de la autora Joan Acker,
quien introduce en su análisis, con la pretensión de examinar las organizaciones como
procesos dotados de género, el concepto de clase en las en las organizaciones sociales.
La sexualidad y las cuestiones de clase han sido ocultadas por el discurso asexual y
genéricamente neutro. Esta forma de ver las organizaciones separa a las estructuras de
las personas que las conforman. Según Acker, el discurso que reza que las estructuras
organizativas y las relaciones laborales son neutras e incorpóreas es parte de una
estrategia más amplia de control de las sociedades capitalistas industriales, parcialmente
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construidas sobre una subestructura profundamente arraigada de diferencias de género y
dominación. Precisamente, en el contexto de esta lógica organizativa -que se presenta
como neutral e incorpórea- los empleos (que aparecen como abstractos) y el sistema
jerárquico, presuponen la existencia de un ser que trabaja, universal y sin cuerpo
definido. La persona que más se acerca a ese ser incorpóreo que realiza un trabajo
abstracto es el hombre cuya vida se centra en el trabajo de tiempo completo, para toda la
vida, mientras la mujer se ocupa de sus necesidades personales y la de sus hijos. Es a
través de esa ausencia de sexualidad, emociones y procreación cómo las imágenes de
cuerpos de hombres y de masculinidad dominan los procesos organizativos, marginando
a las mujeres y ayudando a mantener la segregación de género en las organizaciones.
Así los cuerpos de las mujeres son sospechosos, estigmatizados y se usan como razones
para controlar y excluir.
En términos de Bourdieu, es el coeficiente simbólico negativo que tienen en
común las mujeres respecto de su separación de los hombres, el que afecta de manera
negativa a todo lo que son y a todo lo que hacen. Así, en el mercado laboral, están
siempre peor pagas que los hombres con los que comparten iguales puestos de trabajo;
más aún, con iguales certificaciones que éstos, consiguen puestos menos elevados; están
más afectadas por el paro y precariedad del empleo, principalmente de tiempo parcial,
lo cual a su vez, las excluye de los juegos del poder y de las perspectivas de ascenso.
Por otra parte, la definición generizada de algunos trabajos incluye la
sexualización de la trabajadora como parte del trabajo. Éstos son trabajos que sirven a
los hombres, como las secretarias o enfermeras, o a un público predominantemente
masculino. Ya sea por exclusión o sexualización del cuerpo femenino, lo que se
presenta es una subvaloración hacia las mujeres porque se presupone que son incapaces
de amoldarse a los requerimientos del trabajo abstracto (Acker, 2000).
De aquí que considerar el trabajo como una categoría abstracta, independiente de
la persona que lo hace, es esencial para establecerlo como mecanismo de coacción y
control de/en los procesos laborales. El uso continuo de estos sistemas abstractos
reproduce los supuestos de género subyacentes y la posición subordinada de las mujeres
o su exclusión.
El género, por lo tanto, opera tanto en la esfera de la producción como en la de la
reproducción y no únicamente en la esfera doméstica. (Beechey, 1994).
Más precisamente, las relaciones sociales que se establecen en la producción
material no son contrapuestas a las que intervienen en la producción de seres humanos.
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Ambas son atravesadas por un doble antagonismo (sexos, clases) que constituye el
elemento motor del mantenimiento y la transformación de las modalidades de la
producción y de la reproducción. Afirmar que las mismas relaciones de sexo y de clase
operan tanto en el ámbito de la producción como en el de la reproducción, supone
atentar contra un esquema que sitúa esencialmente las relaciones de clase en el ámbito
de la producción y las relaciones de sexo en el de la reproducción. (Combes y Haicault,
1994).
Es por esto que, al analizar la esfera de producción, debe redefinirse la esfera de
reproducción (ámbito doméstico) como la esfera de producción de seres humanos,
condición necesaria para la subsistencia del trabajador, y con él, del sistema capitalista
todo.
El control sobre la fuerza de trabajo de las mujeres es la palanca que permite a
los hombres beneficiarse del servicio personal y doméstico de las mujeres, incluso
liberarse de la crianza de los hijos e hijas y de muchas tareas desagradables tanto dentro
como fuera del hogar. En dicho espacio el poder patriarcal tiene su razón de ser: tanto
dentro como fuera del hogar los hombres tienen más poder, -frente a una situación
subsidiaria/violencia en la que se encuentra la mujer- ya que la dependencia mutua de
ninguna manera excluye la posibilidad de coerción.
También, ya desde un enfoque marxista-feminista, Hartmann concibe al espacio
familiar como un espacio de lucha, como un sitio dónde personas con distintas
actividades e intereses en determinados procesos suelen entrar en conflicto entre sí,
ponderándose la existencia de intereses opuestos entre los integrantes más que intereses
armoniosos. En su trabajo la autora destaca que las mujeres que no tienen un trabajo
asalariado fuera de hogar trabajan más de 50 horas a la semana en tareas domésticas. En
cambio, en las familias de naturaleza dual, la esposa dedica un mínimo de 30 horas por
semana al mantenimiento de la casa y del esposo; de aquí que realiza prácticamente el
mismo trabajo doméstico que realizan otras mujeres no asalariadas y además, reciben
casi la misma ayuda de los maridos de éstas o incluso menos. Con ello, a la mujer se la
vincula –exclusivamente- al ámbito doméstico y al cuidado de los hijos y recibe poca
ayuda del hombre asimismo trabaje a la par de él. Esto se complejiza respecto de las
mujeres de menores ingresos quiénes son más propensas a ingresar al mercado laboral y
vivir la doble jornada del trabajo doméstico y el trabajo asalariado (Hartmann, 2000).
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Consideraciones generales acerca del delito
La noción de delito ha estado históricamente condicionada por el sistema de
relaciones sociales (materiales e ideológicas) predominantes en cada etapa del
desarrollo de la sociedad. En este sentido, se sostiene que el catalogo de las
transgresiones reprimidas con penas se creó en torno a reducidos tipos y se fue
ampliando y transformando de modo paulatino, en la medida que la demanda social,
económica y política lo reclamaba. En este sentido, para cada tipo de formación social
la jerarquía de los actos punibles ha ido cambiando y es necesario entenderlas de este
modo: como reflejo de un estado determinado de relaciones materiales, políticas e
ideológicas concretas.
Entendemos que condiciones materiales y relaciones de poder son las dos
dimensiones que atraviesan el orden y deben atravesar cualquier análisis de éste que
tenga pretensión de cientificidad. Consideramos que género y condiciones materiales
son los aspectos en torno a los cuales se tornan inteligibles las relaciones sociales no
sólo entre clase dominante y dominada, sino también al interior de éstas; así como
también entre varones y mujeres, varones y varones, y mujeres y mujeres. Esta postura
es compartida por Combes y Haicault (1994) cuando dicen “las relaciones sociales que
se establecen en la producción material no son contrapuestas a las que intervienen en
la producción de seres humanos. La contradicción no se sitúa entre una y otra forma de
producción, ambas permanentemente atravesadas por un doble antagonismo (sexos,
clases), que constituye el elemento motor del mantenimiento y la transformación de las
modalidades de la producción y la reproducción”7.
Si aceptamos que la permanencia del orden capitalista de dominación masculina
está asentada sobre dispositivos de dominación que van mucho más allá de lo
directamente visible, que encierra formas de pensamiento a priori neutrales (como la
ciencia y sus intereses), instituciones aparentemente neutrales (como la familia, la
escuela y el Estado mismo); así como también determinados discursos destinados a
construir los géneros; entonces género y clase se nos presentan como dimensiones
inseparables en el análisis, aunque no iguales. Las relaciones de género son
transversales, se dan tanto entre clases antagónicas, como al interior de una misma
7 Combes, Danielle y Haicault, Monique: Producción y reproducción. Relaciones sociales de sexo y de
clase; en Las mujeres y el trabajo. Rupturas conceptuales; ICARIA; 1994; p. 541
12
clase; a su vez las distintas masculinidades y feminidades tienen relaciones entre sí que
adquieren matices diferentes si se las analiza a la luz del concepto de clase social.
El derecho penal es así entendido como un discurso, como parte de estos
elementos que, a primera vista nos parecen neutrales pero que, sin embargo, pertenece a
este andamiaje de dispositivos de poder. A este respecto plantea Foucault: “poder y
saber se articulan por cierto en el discurso. Y por esa misma razón, es preciso concebir
el discurso como una serie de segmentos discontinuos cuya función táctica no es
uniforme ni estable (…) como una multiplicidad de elementos discursivos que pueden
actuar en estrategias diferentes. Tal distribución es lo que hay que restituir, con lo que
acarrea de cosas dichas y cosas ocultas, de enunciaciones requeridas y prohibidas; con
lo que supone de variantes y efectos diferentes según quién hable, su posición de poder,
el contexto institucional en que se halle colocado (…) el discurso transporta y produce
poder; lo refuerza pero también lo mina, le expone, lo toma frágil y permite
detenerlo”.8
En este sentido, el derecho penal podría interpretarse como lenguaje sometido a
relaciones de poder y que, como tal, construye mientras nombra; dice y, en este mismo
movimiento, establece los límites de lo decible y lo pensable en un determinado
momento histórico. Momento histórico que caracterizamos como capitalista y
masculino. Más adelante veremos cómo, a partir del discurso del derecho penal mismo,
se han elaborado distintas estrategias de resistencia y cuáles han sido sus logros y
dificultades.
A la hora de desentrañar la articulación del derecho penal como discurso, para
establecer qué es lo que constituye un delito y quién es tomado como delincuente se
hace necesario establecer las condiciones de posibilidad de estos conceptos que de
ninguna manera son ideas “naturales”, sino históricas que se establecen en relación a un
orden determinado. Sólo así se entiende por qué en la edad feudal se consideraban
delitos las ofensas religiosas y en la edad moderna la propiedad privada es lo que se
debe proteger (Universidad de La Habana).
En términos generales podemos referirnos al sistema penal como una forma de
control social formal orientada exclusivamente hacia el ámbito de lo público (dominio
por excelencia del varón) destinada a mantener el orden social capitalista y masculino.
Aquí se hace evidente que, para garantizar el orden social, no basta sólo con someter a
8 Foucault, Michel; Verdad y poder. Diálogo con M Fontana; en Microfísica del poder; LA PIQUETA; 1980; pp.59-60.
13
los varones a un control. Pues bien, ¿cómo se controla entonces a las mujeres? La
respuesta está en las formas de control informal, las instituciones en las que, desde su
nacimiento, se socializa a las mujeres en valores y normas específicas. La escuela, la
familia, funcionan como los ámbitos en los que la mujer aprehende sus funciones
sociales, su lugar en la sociedad, que no es otro que el de madre, la reproductora de la
especie. La razón última del confinamiento de la mujer al ámbito de lo privado es la de
la diferencia “natural” sexual, la debilidad, la docilidad, la sensibilidad y todas aquellas
cualidades negativas (en relación al hombre blanco) con las que se ha asociado la idea
de lo femenino. La mujer, que no ha sido un objeto de interés para la criminología, ha
sido considerada igual a los niños o a los ancianos (débiles, necesitados de protección) y
foco de estas formas informales de control. Recluida en el ámbito privado, sale de su
familia de origen (donde la controlaba su padre y su madre) para pasar bajo el control de
su marido, y ella se encargará de que su hija no se aparte de lo esperable de una mujer.
Una mujer que delinque es una excepción doble, se ha apartado de lo esperable de una
mujer, y también de la desviación esperable de una mujer.
Cabe entonces, ante las diferencias entre las tasas de delincuencia masculina y
femenina, revertir el razonamiento y plantear que no es que las mujeres delincan menos,
sino que son controladas por otros mecanismos distintos a los que controlan al varón y
que, por tanto, las mujeres objeto de la justicia penal son lo que llamamos la excepción
doble.
A partir de todas las ideas desarrolladas en los dos apartados anteriores, estamos
en condiciones de adentrarnos en el análisis de la problemática que hemos planteado, no
sin antes realizar las pertinentes aclaraciones teórico- metodológicas.
Aclaraciones teórico-metodológicas
El objetivo principal de trabajo es explorar con enfoque de género las personas
que están en conflicto con la ley, según sexo. Sosteniendo, a modo de hipótesis que:
mujeres y varones cometen y padecen hechos delictuales, con distinta frecuencia y de
distintas características en razón de su sexo. Utilizaremos como variable independiente
el sexo y, como variables dependientes los delitos cometidos y padecidos por hombre y
mujeres entre agosto y noviembre de 2010.
14
En segundo lugar y en relación a la recolección de datos, se relevaron los delitos
cometidos, y sus correspondientes víctimas, durante el período que va desde el 10 de
agosto del 2010 al 19 de noviembre del 2010, que correspondieron a 102 días. Los
delitos recolectados, correspondieron a los publicados en dos medios de prensa escrita
de tirada nacional: diario Clarín y diario La Nación.
Creemos que para dar cuenta del fenómeno, es pertinente separar analíticamente
las etapas de análisis. Si bien establecimos que el género es nuestro concepto eje, éste
no incide de la misma forma y mediante los mismos mecanismos en relación a cometer
y padecer delitos. Cuando tratamos los victimarios utilizamos nociones como
criminalidad, control formal e informal, socialización y resocialización, entre otros.
Cuando tratamos víctimas, hacemos referencia a la violencia institucional, física y
simbólica. Cabe aclarar que esta distinción es puramente analítica y que de ningún
modo significa que los conceptos sean independientes entre sí, la distinción sirve
únicamente para resaltar cuáles son aquellos que actúan (o dejan de actuar) específica o
más marcadamente según se trate de cometer o padecer delitos.
Presentación y análisis de los datos recabados
Sobre un base de 219 delitos registrados, confeccionamos los siguientes cuadros
discriminando el número absoluto de personas involucradas como víctimas o
victimarios, según sexo. Hemos obtenido los siguientes resultados:
15
Número de victimarios por tipo de delito, según sexo.
En el primer cuadro observamos que del total de victimarios, 230 (lo que
representa un 91,2% del total) son varones mientras que 21 (un 8,8% del total) son
mujeres. Si bien la diferencia global es, de por sí, muy significativa, las mayores
concentraciones de frecuencias se presentan en tipos específicos de delitos: contra la
vida (71 varones frente a 11 mujeres); contra la propiedad (68 frente a 8) y contra la
vida y propiedad (57 frente a 0).
En cuanto al número de mujeres que delinquen, encontramos que los tipos de
delitos en los que más incurren son: contra la vida (11 mujeres); contra la propiedad (8)
y contra la libertad, honestidad e indemnidad sexual (2).
Vemos que tanto para el caso de los varones como de las mujeres, las
concentraciones de casos son en los mismos tipos de delitos. En todas las categorías, los
valores correspondientes a los varones son significativamente superiores a los
correspondientes a las mujeres.
En primera instancia podríamos afirmar, teniendo en cuenta los delitos
relevados, que la incidencia de las mujeres en los delitos como victimarias es casi
inexistente.
Con el fin de visualizar los datos, presentamos los siguientes cuadros que fueron
realizados en términos porcentuales y sobre el total de victimarios según sexo,
obteniendo los siguientes resultados:
V
M
Desconocido
Total
Contra la vida y la propiedad 54 1 2 57
Contra la vida 65 11 76
Contra la propiedad 68 6 12 86
Contra la vida, propiedad e intimidad 14 2 16
Contra la libertad, honestidad e indemnidad sexual
11 2 13
Contra la libertad 11 1 12
Contra la administración pública 1 1
Contra la salud pública 2 2
Totales 226 23 14 263
16
17
Número de víctimas por tipo de delito según sexo.
En este cuadro, las diferencias según el sexo persisten en el mismo sentido que
en el cuadro anterior, pero no son tan marcadas. De un total de 271 víctimas, un 39%
(106) son mujeres, mientras que un 61% (165) son varones.
Dentro de las categorías que tienen mayor numero de víctimas, en todas los
varones sufren más delitos que las mujeres: contra la vida (54 varones frente 31
mujeres), contra la propiedad (43 frente a 27); y contra la vida y propiedad (42 frente a
7).
En general, las victimas masculinas superan en todas las categorías a las
mujeres, con la excepción de delitos contra la propiedad y la intimidad (5 mujeres frente
a 4 varones) y en los delitos contra la honestidad (26 mujeres frente a 6 varones).
Como en el caso anterior, presentamos los gráficos correspondientes:
V
M
Desconocido
Total
Contra la vida y la propiedad 38 7 45
Contra la vida 54 31 85
Contra la propiedad 46 30 4 80
Contra la vida, propiedad e
intimidad
13 7 20
Contra la propiedad e intimidad 4 4 8
Contra la administración pública 1 1 2
Contra la libertad 6 4 10
Contra la honestidad 6 30 36
Contra la salud pública 1 1 2
Totales 169 115 4 288
18
19
Un primer rasgo a destacar es acerca de los delitos contra la honestidad. En este
tipo de delito, encontramos que el número de víctimas varones es de 6, mientras que el
número de víctimas mujeres asciende a 30. En uno de los casos de víctimas varones, el
delito fue el abuso que un profesor cometió contra 4 alumnos menores, otro fue la
distribución de pornografía infantil y, en el tercero un suboficial es acusado de
pedofilia. Aquí se encuentran las 6 víctimas masculinas, en todos los casos menores de
edad.
Cuando las víctimas son mujeres, los delitos son: explotación sexual (21
víctimas); violación a una menor (2 víctimas menores de edad, una de las cuales fue
asesinada); violación a mujer; abuso sexual a una menor; dos casos restantes de
pedofilia y un último caso de violación e incesto.
La presencia significativa de las mujeres víctimas de la explotación sexual, nos
conduce a recuperar el planteo de Saskia Sassen, quién pone de relieve el crecimiento
de una variedad de circuitos globales alternativos para generar ingresos, obtener
ganancias y asegurar los ingresos de los gobiernos. Estos circuitos incorporan un
número creciente de mujeres. La autora destaca fundamentalmente: el tráfico de mujeres
para la prostitución así como para el trabajo regular, exportaciones organizadas de
mujeres como damas de compañía, enfermeras y para el servicio doméstico y las
remesas enviadas a sus países de origen por una creciente fuerza de trabajo que emigra.
Estas contrageografías desnudan las conexiones sistemáticas entre las mujeres
en mayor medida pobres y de baja remuneración, con frecuencia representadas como
una carga más que como un recurso y las que están emergiendo como fuentes
significativas para la producción de ganancias ilegales y como una importante fuente de
divisas para los gobiernos. De aquí que intenta dar cuenta de cómo la generización entra
en la formación y viabilidad de los programas y condiciones de la economía global,
cada vez más a costa de las mujeres.
Las mujeres son uno de los grupos cuya marginalización ideológica (referida a la
división “natural” del trabajo en la familia) unida a la necesidad creciente del gran
número de ellas de entrar en el mercado de trabajo para obtener ingresos con que
mantener parcial o totalmente sus grupos domésticos, la han convertido en mano de
obra idónea para estas formas de explotación y dominación, que se enmarcan en los
cambios económicos.
Por otra parte, la diferencia importante que existe entre víctimas mujeres y varones
de este delito puede atribuirse a la mayor visibilización de los delitos contra la
20
honestidad en los cuales las víctimas son mujeres. Existe una sobrevaloración de la
honestidad de las mujeres, en relación a la de los varones. Las ideas de pureza, castidad,
debilidad, sensibilidad, afectividad que han sido asociadas a la Mujer Ideal, en
contraposición a las nociones de agresividad, racionalidad, fortaleza, protección
asociadas a la figura del Varón parecen explicar que cuando las víctimas son mujeres,
para el discurso del derecho penal, el daño es mayor. La idea de la honestidad de la
mujer, que equivale a inexperiencia sexual, se presupone, por lo cual el daño que sufre
una mujer víctima de un delito de este tipo es mucho más grave, profundo y castigable
que, por ejemplo, los ataques a la honestidad de los varones (como puede ser la
obligación a la iniciación sexual). En este sentido los delitos contra la honestidad
sexual masculina, que es vivida con acuerdo a las cualidades que se presumen propias
del varón: agresividad, fuerza, conquista, sin afectividad, no son vistos como tales. De
la misma manera que, en el caso de la prostitución, donde se intercambia sexo por
dinero, la mujer prostituta es tomada como delincuente (atenta contra la honestidad
femenina), mientras que el otro polo del intercambio no comete delito alguno, no atenta
contra la honestidad de la mujer ni contra la suya propia. Larrandart (2000) plantea que
lo que se tutela no es la libertad sexual de la mujer, sino su honestidad. La mujer es
objeto de represión y/o tutelaje por su maternidad, su honestidad sexual y su
dependencia.
Según Alessandro Baratta, “el proceso de criminalización y la percepción o
construcción social de la criminalidad se revelan estrictamente ligados a las variables
generales de las que dependen, en la sociedad, las posiciones de ventaja y desventaja,
de fuerza y vulnerabilidad, de dominación y de explotación, de centro y de periferia”9.
En este sentido, el derecho penal es un sistema de control específico de las relaciones de
trabajo productivo y, por lo tanto, de las relaciones de propiedad, de la moral del
trabajo, así como del orden publico que lo garantiza. Es así que la mayor parte de los
delitos registrados, son aquellos que atentan contra la propiedad privada, valor supremo
y fundante del sistema capitalista. En relación a los datos registrados, el hecho de que la
mayor parte de los delitos contra la propiedad son perpetrados por varones, evidencia
nuevamente que el ámbito foco del control formal es el ámbito público, dominio del
accionar masculino.
9 Baratta, Alessandro; El paradigma de género. De la cuestión criminal hacia la cuestión humana; en Birgin, H (comp.): El género del derecho penal. Las trampas del poder punitivo; p. 57.
21
Por otro lado y entendiendo que el derecho es la cristalización de un orden social
vigente anclado en determinados valores que deben ser custodiados, es asimismo, el que
define lo lícito y lo ilícito. Lo que debe cuestionarse es la definición del delito en sí
misma por estar fundamentado en esta oposición binaria que es el género socialmente
construido y en base a la cual se asignan los roles que deben llevar adelante varones y
mujeres. En este sentido, el derecho es el control formal que garantiza el orden
establecido en el ámbito público en el que predominan los varones. El control informal
orientado a garantizar que las mujeres cumplan su rol (madre, esposa) se lleva adelante
en la esfera privada bajo la dominación patriarcal. El control formal interviene sólo
cuando es evidente que el control informal no ha sido suficiente. Entre los delitos contra
la vida perpetrados por mujeres, la mayoría de éstos asesinatos o intentos, se producen
en el ámbito privado; mientras que la mayor cantidad de homicidios cometidos por
varones suceden en al ámbito público. Es posible que el control informal de la mujer a
cargo del varón no haya alcanzado para mantener a ésta en el carril de la “normalidad”
(definida por la medicina, la psicología). Podría decirse que las mujeres que han
cometido homicidios, son doblemente desviadas: se han desviado además de lo
típicamente esperable de mujeres “anormales” (prostitución, aborto, infanticidio) en las
que las instituciones como las clínicas psiquiátricas serían las encargadas de
reencauzarlas en los valores tradicionalmente asociados a ellas. Es el control formal el
que intervendrá en estas situaciones en las que las mujeres se han desviados de la
desviación esperable.
En este sentido, es como funcionan los dispositivos de poder de Foucault, Los
dispositivos se presentan, y pretenden actuar como dispositivos de contención:
prohibición de la masturbación, control de natalidad, medicalización de perversiones,
penalización de agravios de pudor. Se excluyen las sexualidades que son consideradas
aberrantes, realizando una especificación de los individuos (normal/anormal), y se
adquiere derecho a juzgarlos. La sexualidad permitida se restringe a los límites de la
conyugalidad claramente delimitados; pareja heterosexual, monogámica y unida
legalmente.
El derecho penal está construido sobre un modelo de docilidad y pasividad
asignado a la mujer; es ésta la construcción social que hay que deconstruir. El derecho
motiva comportamientos considerados deseables y es un mecanismo de resolución de
conflictos por medio del cual el Estado envía mensajes a la comunidad acerca de cuáles
con las formas correctas de caracterizar las relaciones sociales, acerca de cómo deben
22
comportarse sus miembros, qué se espera de ellos y cuáles son sus derechos y
obligaciones. Mensajes que se envían y están en estricta relación con las relaciones
culturales machistas que se sustentan en el rol asignado y en el estereotipo de “mujer
normal”. Rol que es parte del imaginario social, del cual los jueces no están exentos, por
lo tanto las definiciones de lo lícito y lo ilícito deben ser interpretadas a la luz de estas
cuestiones. La sacralización de la mujer fundamentada desde el derecho en el supuesto
de la castidad, pureza, docilidad y debilidad es, ante los delitos que hemos registrados
donde las mujeres atentaron contra la vida, insuficiente para dar cuenta de ellos. Los
casos en que las mujeres han atentado contra la honestidad sexual rompen con la imagen
de pureza, afectividad y sensibilidad asociada a lo femenino.
Sin embargo, desde los datos que se han registrado, surge que las mujeres
atentan más contra la vida que contra la propiedad. Esto podría interpretarse como una
continuidad del confinamiento de la mujer al ámbito privado. Mientras los hombres que
han atentado contra la vida lo han hecho en situaciones de robo, las mujeres han
atentado contra la vida de sus familiares o personas de su entorno más cercano.
Por otro lado y siguiendo con este razonamiento, de los delitos contra la vida en
los que las mujeres fueron víctimas, en su mayoría fueron cometidos por miembros del
círculo familiar, 17 de 31 delitos, de los cuales 13 fueron perpetuados por la pareja o ex-
pareja de la víctima. La violencia física es la última garantía de la dominación
masculina en la esfera privada: representa, en cantidad y en el modo en que fueron
registrados por los medios, el corolario de la violencia contra la mujer.
Retomando a Connell, el género dominante es aquel que sostiene y usa los
medios de violencia. Uno de los patrones de violencia que se derivan de esta situación
es el hecho de que muchos hombres usan la violencia contra la mujer para sostener su
dominación, por ejemplo, el acoso sexual, acoso en el trabajo, violencia física, verbal,
violación, llegando hasta el extremo del asesinato. En las noticias relevadas se observan
9 casos de asesinatos de mujeres perpetrados por sus parejas o ex parejas.
A partir de los datos, encontramos que efectivamente varones y mujeres cometen delitos
de diferentes tipos, pero esto no en razón de su sexo, sino en razón a todo un andamiaje
de dispositivos de control y dominación que construyen y controlan que varones y
mujeres asuman los roles que ambos están llamados a desempeñar en la sociedad. Esto
podría hablarnos de que algunos dispositivos de dominación gozan de buena salud y se
presentan en la vida de las mujeres a la hora de sufrir delitos, así como también a la hora
de no denunciarlos. Cuando la mujer es víctima, lo es del abuso y la explotación sexual;
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de la violencia doméstica, demostrando esto la máxima expresión de la violencia del
hombre sobre la mujer. Mientras que cuando son victimarias y, por ejemplo, atentan
contra la vida, también lo hacen dentro del ámbito privado y contra sus cercanos. Esto
significa que siguen siendo blanco de la violencia por parte del varón; cuando una mujer
asesina a su pareja, en parte lo hace en tanto esposa, la función asignada por excelencia
a la mujer.
Algunas reflexiones finales
Consideramos que los delitos contra la vida donde las mujeres son víctimas, solo
llegan a visibilizarse cuando llegan a extremos de muerte o situaciones donde está en
riesgo la vida, pero otras expresiones de violencia cotidianas son invisibilizadas
públicamente. Larrandart menciona que las situaciones violentas que sufren las mujeres
forman parte de la cifra negra de delitos que no se dan a conocer, debido en parte al
temor de ser doblemente victimizadas o porque creen que esto agravará el conflicto en
que se encuentran.
De todas formas se puede decir también que en el contexto actual hay cierta
apertura al tema de la violencia de género, dado por la existencia de organizaciones,
públicas y privadas que tienen por objetivo visibilizar estas problemáticas, al mismo
tiempo que brindar mayor apoyo a las mujeres víctimas, para que ellas mismas tomen
conciencia de la propia situación de opresión para desnaturalizar cuestiones de violencia
familiar, y específicamente de pareja. Esto significa un gran avance, aunque de ningún
modo el final, en la institucionalización de la violencia de género como cuestión social.
A partir de lo relevado y en relación a las ideas que desarrollamos más arriba,
podríamos preguntarnos si la incidencia de los delitos contra la propiedad en los que las
victimarias son mujeres puede deberse al ingreso masivo de las mujeres al mercado
laboral, que ha ido aumentando con el correr de los años, es decir, por su mayor
participación en el ámbito público, esfera tradicionalmente reservada a los hombres.
Por último y en consecuencia con lo que mencionáramos al principio, abordar un
fenómeno desde la perspectiva del género conlleva no sólo a un enriquecimiento de la
mirada, sino también a la emergencia, bajo otra luz, de nuevas problemáticas. A este
respecto y como una de estas problemáticas que emergen en el proceso mismo de
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investigación, no podemos soslayar el número importante de asesinatos perpetuados por
policías o militares, en funciones o retirados, que mataron jóvenes en situaciones de
presuntos asaltos, incluso disparándoles por la espalda (12 casos). Podríamos agrupar
estos casos como productos del “gatillo fácil”, es decir, por un exceso de autoridad.
Aunque esta cuestión trascienda el estudio de género, no está exenta a la cuestión de
clase y al posicionamiento de una problemática, creemos importante mencionar estos
casos, aplicando las categorías teóricas que hemos tomado para observar la realidad
críticamente para visibilizar situaciones de opresión y desigualdades de poder. Estos
delitos están relacionados con un sector vulnerable de la sociedad, que está conformado
por jóvenes pobres que de por sí son estigmatizados como peligrosos por esquemas de
percepción construidos socialmente. Esto se relaciona directamente con lo que
planteamos en nuestra introducción; la construcción del delito se hace también a partir
de la opinión pública (ámbito por excelencia de la circulación del imaginario social),
por lo que la criminalización de las clases populares (tema recurrente en los medios) es
una noción que hace desplazar el punto de discusión y empobrece el análisis del delito.
La perspectiva de género, como vimos nos conduce a la raíz última de lo lícito y
lo ilícito en un determinado momento histórico. Es probable que, ante la irrupción de la
mujer en el mercado de trabajo, en los espacios públicos, en la arena política, asistamos
a redefiniciones de lo lícito y lo ilícito. El desafío está en atender críticamente ese
proceso identificando los mecanismos que oculten la dominación de género. En este
sentido, reivindicamos la diversidad en lugar de la mera igualdad. La diversidad entre
seres humanos y no entre sexos biológicos, la construcción de las subjetividades con
experiencias vividas no predeterminadas y asignadas de antemano a varones y mujeres;
a la construcción de visiones del mundo construidas social pero conscientemente con el
fin de la emancipación de la lógica binaria, liberación que consideramos fundamental
tanto para varones como para mujeres.
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