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Manual de Trámites Municipales

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Manual de Trámites Municipales

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Manual de Trámites MunicipalesIntroducción

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¿Para qué esta guía?

El Ayuntamiento de Erandio se planteó, en agosto del 2015, como una acción estratégica, la necesidad de modernizar y mejorar la gestión de la organización municipal. Un proceso, que comenzó con la elaboración del Plan de Legislatura, una herramienta de planificación, ordenada y coherente, de la acción política para los próximos cuatro años.

La concreción de la acción política a través del Plan de Legislatura tiene, sin duda alguna, múltiples beneficios:

• Establece y prioriza los objetivos en cada área. • Facilita la elaboración de los presupuestos municipales ya que al racionalizar y distribuir los recursos en

función de objetivos antes priorizados constituye un elemento base para su confección.• Facilita la tarea de gobierno al convertirse en su hoja de ruta.• Favorece la alineación de la organización administrativa con los objetivos al haber sido aprobados por el

Órgano de Gobierno.• Permite medir su grado de cumplimiento, tanto a la ciudadanía como a la oposición. • Se convierte en un signo de transparencia y participación en la gestión pública.

El proceso de modernización sigue su curso y alcanza ahora dos de sus hitos más importantes, como son la publicación de este Manual de Trámites y la puesta en marcha del Servicio de Atención a la Ciudadanía (SAC).

Este Manual de Trámites será la herramienta fundamental del SAC y debe ser revisada, modificada y actuali-zada continuamente. Las aportaciones de la ciudadanía, las modificaciones normativas o el proceso de sim-plificación municipal irán provocando modificaciones que permitirán que el manual sea un elemento “vivo”, completamente actualizado y en continua transformación.

Con este manual se pretenden identificar todas las gestiones que se realizan a nivel municipal y resolver las demandas de la ciudadanía de un modo inmediato y sencillo. Para ello, por cada trámite o procedimiento admi-nistrativo, se han elaborado fichas en las que se da respuesta a cuestiones clave como: ¿qué documentación se debe aportar?, ¿dónde se solicita?, ¿cuáles son los plazos?, etc.

A su vez, y para mayor facilidad, estas fichas se encuentran clasificadas en categorías que coinciden general-mente con las Áreas y Servicios del Ayuntamiento de Erandio responsables de su ejecución, lo que permite una búsqueda más ágil:

• ORGANIZACIÓN: comprende Secretaría, Estadística y Servicios Económicos• CIUDADANÍA: comprende Acción Social y Cooperación al Desarrollo, Cultura y Deportes, Salud Pública,

Consumo, Igualdad, Seguridad Ciudadana, Educación – Escuela de Música, Juventud, Empleo, Promoción Económica, Desarrollo Local, Comercio y Euskara

• TERRITORIO: comprende Urbanismo, Obras y Servicios y Medio Ambiente

PRESENTACIÓN

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Cada ficha de trámite incluye referencias, bien a un documento que debe ser cumplimentado o bien a una nor-mativa legal que soporta la gestión correspondiente.

Se ha elaborado así un manual, en formato libro electrónico, que contiene hipervínculos para acceder a cuantos documentos auxiliares o referencias legislativas sean necesarias. Es un manual digital navegable y, tanto su índice como todas sus referencias a documentos auxiliares, están convertidos en links que nos dirigen direc-tamente a ellos.

En el caso de los enlaces correspondientes a legislación, se ha optado por remitir al portal de noticias jurídicas, en tanto en cuanto es un portal de referencia en el ámbito jurídico.

De la misma manera, los documentos auxiliaren están editados en pdf rellenables para facilitar su cumplimen-tación.

Este Manual de Trámites, que ha sido elaborado gracias a la colaboración y participación de toda la plantilla municipal, estará albergado en la sede electrónica del Ayuntamiento de Erandio para facilitar su consulta.

Agradecimientos:

En primer lugar, cabe destacar la enorme implicación de todas y cada una de las Áreas y Servicios municipales. Hacer suyo este trabajo con enorme ilusión y no poco esfuerzo ha permitido presentar este valioso instrumento municipal.

Por otra parte, debemos destacar y agradecer el acompañamiento de Roberto Otxandio Izaguirre, consultor de Otxandio&Team Consulting, en la elaboración del Plan de Legislatura y en la puesta en marcha del SAC, así como en la elaboración de este Manual de Trámites. Con él hemos compartido un sinfín de horas de consulta, debate y reflexión sobre este proceso de modernización y mejora de la administración en Erandio.

Queremos mostrar asimismo nuestro agradecimiento al IVAP por su colaboración en la formación del personal adscrito al Servicio de Atención Ciudadana.

Debemos agradecer, cómo no, la colaboración de los Ayuntamientos de Abanto-Zierbena, Barakaldo, Bilbao y Galdakao, por la colaboración prestada desde sus Servicios de Atención Ciudadana. En ellos hemos podido conocer su propia experiencia, lo que ha enriquecido enormemente el proceso de implantación del SAC y la publicación de este Manual de Trámites.

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¿Cómo utilizar este Manual?

ÍNDICE: El acceso a la información sobre cada trámite, se puede realizar mediante el índice situado en las primeras páginas de este documento. Haciendo clic sobre cada título se mostrará el contenido y las características de cada trámite.

CLASIFICACIÓN: Los trámites están agrupados en categorías que coinciden generalmente con las Áreas y Servicios del Ayuntamiento de Erandio responsables de su ejecución, lo que permite una búsqueda más ágil.

¿Si mi trámite no está en este Manual?

Para realizar cualquier tipo de solicitud o comunicación al Ayuntamiento (cuando el trámite no requiera un modelo específico) se debe utilizar este documento normalizado, cumplimentado correctamente.

Modelo Instancia General

¿Dónde y cómo consultar sobre este Manual y otros asuntos municipales?

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC

Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2

Astrabudua: Meso kalea, 20

Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eus

Por email: [email protected]

Por Whatsapp en www.erandio.eus

Ampliar información:

944 89 00 10

[email protected]

www.erandio.eus > Manual de Trámites

www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

¿CÓMO UTILIZAR ESTE MANUAL?

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NOMBRE DEL TRÁMITE

Qué es Presenta una pequeña definición del trámite: para qué se utiliza, cuál es el objeto del mismo...

Quién lo puede solicitar Indica quién o quiénes, personas u entidades físicas o jurídicas, pueden llevarlo a cabo.

Documentación a aportar Explicita la documentación a adjuntar a la solicitud para la correcta ejecución del trámite.

Dónde se tramita

En las siguientes casillas se especifican los modos y lugares donde realizar el trámite de forma completa o aquellos mediante los que es posible recibir información.

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eus

Por email: [email protected]

Más información:

944 89 00 10

[email protected]

www.erandio.eus > Manual de Trámites

www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económicoSi el trámite supone algún tipo de coste, se hará referencia a la ordenanza o normativa que así lo establezca.

Plazo para resolver y notificar

Indica los plazos estimados y legales para la finalización del trámite.

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ESTRUCTURA DE LA FICHA

Cada ficha del Manual de Trámites muestra una estructura similar, en la que se aporta información específica sobre cada trámite.

Área / ServicioCÓDIGO

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“El Gobierno vasco, las diputaciones de Gipuzkoa, Bizkaia y Álava, los ayuntamientos de las tres capitales vascas y Eudel, instituciones integradas en la Comisión de Coordinación de las Administraciones Públicas en materia de Política Lingüística Hakoba, han creado la imagen del ‘Txantxangorri (Petirrojo) del euskara’, que difundirán a través de diversos soportes, para «dar alas» a la lengua vasca y fomentar su uso”

{

NOMBRE DEL TRÁMITE

Normativa aplicableSe muestra un listado con enlaces para la visualización de la normativa y legislación aplicable en cada caso.

Documentación a aportar Documentación a aportar

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

En esta sección se indican los pasos que se seguirán desde el SAC una vez recibida la comunicación o solicitud.

A modo informativo, se indican los pasos que seguirá el trámite una vez se envíe al Área o Servicio municipal que corresponda.

ObservacionesCualquier información adicional, así como cualquier otra información importante que sea necesaria para la correcta ejecución del trámite.

Área responsable Se indica el ÁREA y SERVICIO responsable del trámite.

Área / ServicioCÓDIGO

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CIUDADANÍA

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PROCEDIMIENTOS:

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1. ORGANIZACIÓN

ORGANIZACIÓN - SECRETARÍA:

1.1 INFORMACIóN Y ORIENTACIÓN A LA CIUDADANÍA ..................................................................................................... xx1.2 REGISTRO DE ENTRADA: SOLICITUD DE INSTANCIA GENERAL ......................................................................................1.3 INFORMACIÓN SOBRE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN TRAMITACIÓN. OBTENCIÓN DE COPIAS .........................1.4 SOLICITUD DE CITA PREVIA CON ALCALDE, CONCEJALAS/ES Y TÉCNICAS/OS .......................................................... 161.5 CERTIFICADO DE ACUERDOS MUNICIPALES Y DATOS OBRANTES EN LOS REGISTROS MUNICIPALES. ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA .................................................................................................................... 181.6 DATOS PERSONALES. EJERCICIO DEL DERECHO DE ACCESO, CANCELACIÓN, MODIFICACIÓN U OPOSICIÓN 201.7 RECLAMACIÓN DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL ............................................................................................... 221.8 DENUNCIAS POR INCUMPLIMIENTO DE ORDENANZAS Y NORMATIVA GENERAL ......................................................... 241.9 RECEPCIÓN DE SUGERENCIAS, RECLAMACIONES Y AGRADECIMIENTOS ................................................................... 251.10 CELEBRACIÓN DE MATRIMONIO CIVIL POR ALCALDE O CONCEJALA/CONCEJAL DELEGADA/O .................................... 271.11 LICENCIA AUTOTAXI. AUTORIZACIÓN MUNICIPAL PARA CAMBIO DE VEHÍCULO ........................................................... 29

ORGANIZACIÓN - ESTADÍSTICA:

1.12 ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES .................................................................................................... 311.13 ALTA POR NACIMIENTO ......................................................................................................................................... 331.14 CAMBIO DE DOMICILIO ......................................................................................................................................... 351.15 BAJA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES ................................................................................................... 371.16 VOLANTE DE EMPADRONAMIENTO INDIVIDUAL ....................................................................................................... 391.17 VOLANTE DE EMPADRONAMIENTO COLECTIVO ........................................................................................................ 411.18 MODIFICACIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES ................................................ 421.19 CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO ................................................................................................................... 431.20 RENOVACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN PADRONAL PARA EXTRANJEROS NO COMUNITARIOS SIN AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA PERMANENTE .............................................................................................................................. 44 1.21 RECLAMACIÓN AL CENSO ELECTORAL ................................................................................................................... 45

ORGANIZACIÓN - SERVICIOS ECONÓMICOS:

1.22 ALTA IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCIÓN MECANICA ................................................................................. 471.23 DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA POR BAJA DEL VEHÍCULO ........................ 481.24 BONIFICACIONES SEGÚN ORDENANZAS FISCALES .................................................................................................. 491.25 EXENCIONES SEGÚN ORDENANZAS FISCALES. IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA .................... 511.26 RECTIFICACIÓN DE LIQUIDACIONES DE IMPUESTOS Y TASAS ................................................................................... 531.27 LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. PLUSVALÍAS ......................................................................................................................................................... 541.28 MODIFICACIÓN DE DATOS DE CONTRIBUYENTES .................................................................................................... 551.29 DEVOLUCIONES TRIBUTARIAS. INGRESOS INDEBIDOS ............................................................................................ 561.30 CERTIFICADOS DE BIENES .................................................................................................................................... 571.31 PAGO A LA CARTA ................................................................................................................................................. 581.32 DOMICILIACIÓN DEL IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA ................................................................ 591.33 DUPLICADO DE AVISO DE PAGO PARA EL IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA ................................... 601.34 DUPLICADO DE JUSTIFICANTES DE PAGO ............................................................................................................... 611.35 CERTIFICADOS TRIBUTARIOS ................................................................................................................................. 621.36 APLAZAMIENTO Y/O FRACCIONAMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS ................................................................ 631.37 DEPÓSITO DE FIANZAS ......................................................................................................................................... 641.38 DEVOLUCIÓN DE FIANZAS ..................................................................................................................................... 65

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PROCEDIMIENTOS:

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2. CIUDADANÍA

CIUDADANÍA - ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO:

2.1 AYUDA ESPECIAL INCLUSIÓN SOCIAL .........................................................................................................................2.2 AYUDAS INDIVIDUALES PARA ATENCIÓN TEMPRANA ....................................................................................................2.3 CENTRO DE DÍA SAN JOSÉ .......................................................................................................................................2.4 DERIVACIÓN BANCO DE ALIMENTOS ..........................................................................................................................2.5 DERIVACIÓN KIT BEBÉ ..............................................................................................................................................2.6 SOLICITUD DEL TÍTULO FAMILIA NUMEROSA ..............................................................................................................2.7 FONDO DE BIENESTAR SOCIAL ..................................................................................................................................2.8 GIZATEK ..................................................................................................................................................................2.9 IMSERSO - TERMALISMO ..........................................................................................................................................2.10 IMSERSO - TURISMO ................................................................................................................................................2.11 PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA: POR INVALIDEZ Y POR JUBILACIÓN .................................................................................2.12 CAMBIO DEL PROGRAMA INDIVIDUAL DE ATENCIÓN ....................................................................................................2.13 HOGAR RESIDENCIA SAN JOSÉ .................................................................................................................................2.14 RESIDENCIA TEMPORAL ............................................................................................................................................2.15 REVISIÓN DE LA DEPENDENCIA .................................................................................................................................2.16 SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO ..............................................................................................................................2.17 SOLICITUD DE AYUDA DE EMERGENCIA SOCIAL ..........................................................................................................2.18 SOLICITUD AYUDA ECONÓMICA PARA MUJERES VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO .....................................................2.19 SOLICITUD DEL GRADO DE DISCAPACIDAD .................................................................................................................2.20 SOLICITUD DE REVISIÓN DEL GRADO DE DISCAPACIDAD .............................................................................................2.21 SOLICITUD TARJETA DE ESTACIONAMIENTO .................................................................................................................2.22 SOLICITUD DE TELEASISTENCIA ................................................................................................................................2.23 SUBVENCIONES EN MATERIA DE INTERÉS SOCIAL: FINANCIACIÓN DE INICIATIVAS Y ACTIVIDADES DE INTERÉS SOCIAL .................................................................................................................................................2.24 CONVOCATORIA EN MATERIA DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO ................................................................................2.25 SOLICITUD DE URGENCIA SOCIAL MUNICIPAL .............................................................................................................2.26 VALORACIÓN DE LA DEPENDENCIA ............................................................................................................................

CIUDADANÍA - COMERCIO:

2.27 ACCESO A SERVICIOS DE INTERÉS PARA EL COMERCIO ..............................................................................................2.28 SOLICITUD CITA ASESORAMIENTO OFICINA TÉCNICA DE COMERCIO .............................................................................2.29 SOLICITUD REPOSICIÓN LLAVE ACCESO A CONTENEDOR DE RESIDUOS ORGÁNICOS ....................................................2.30 SOLICITUD AUTORIZACIÓN ACTIVIDADES ASOCIACIONES DE COMERCIANTES ...............................................................2.31 SUBVENCIONES ASOCIACIONES DE COMERCIANTES ..................................................................................................

CIUDADANÍA - CONSUMO:

2.32 OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR. SOLICITUDES EN MATERIA DE CONSUMO ..............................

CIUDADANÍA - CULTURA Y DEPORTES:

2.33 SOLICITUD DE LOCALES MUNICIPALES DESTINADOS A USO CULTURAL ........................................................................2.34 SOLICITUDES DE USO DEL MERCADO DE ALTZAGA .....................................................................................................2.35 SOLICITUD DE SUBVENCIONES. CONVOCATORIA ANUAL DE SUBVENCIONES PARA FINANCIAR ACTIVIDADES CULTURALES .......................................................................................................................................2.36 SOLICITUD DE SUBVENCIONES EXTRAORDINARIAS. CONCESIÓN DIRECTA ....................................................................2.37 SOLICITUD DE PARTIPACIÓN EN ACTIVIDADES CULTURALES ........................................................................................2.38 SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES EN ESPACIOS PÚBLICOS ................2.39 INSCRPCIÓN EN EL REGISTRO MUNICIPAL DE ASOCIACIONES .....................................................................................2.40 SOLICITUD DE INSTALACIÓN DE TXOZNAS DURANTE LAS FIESTAS PATRONALES ...........................................................2.41 SOLICITUD DE SUBVENCIONES DEPORTIVAS ..............................................................................................................2.42 JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES DEPORTIVAS ........................................................................................................2.43 SOLICITUD REALIZACIÓN DE ACTOS DEPORTIVOS .......................................................................................................2.44 SOLICITUD DE ESPACIOS DEPORTIVOS ......................................................................................................................2.45 SOLICITUD DE ALTA EN EL ABONO INSTALACIONES DEPORTIVAS .................................................................................2.46 SOLICITUD DE BAJA EN EL ABONO INSTALACIONES DEPORTIVAS .................................................................................2.47 RESERVA ALQUILER DE INSTALACIONES EN LOS POLIDEPORTIVOS MUNICIPALES .........................................................2.48 CURSILLOS DEPORTIVOS ..........................................................................................................................................

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Manual de Trámites MunicipalesÍndice

PROCEDIMIENTOS:

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CIUDADANÍA - EDUCACIÓN / ESCUELA DE MÚSICA:

2.49 SUBVENCIONES EN MATERIA DE EDUCACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE LA ANTEIGLESIA DE ERANDIO ..............................2.50 UTILIZACIÓN DE LOS EDIFICIOS E INSTALACIONES DOCENTES PÚBLICAS .....................................................................2.51 INFORMACIÓN SOBRE CENTROS ESCOLARES DEL MUNICIPIO .....................................................................................2.52 MATRICULACIÓN ESCUELA DE MÚSICA ......................................................................................................................

CIUDADANÍA - EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA, DESARROLLO LOCAL:

2.53 AYUDAS AL AUTOEMPLEO. AYUDAS POR INICIO DE ACTIVIDAD .....................................................................................2.54 INSCRIPCIÓN EN EL DIRECTORIO DE EMPRESAS ........................................................................................................2.55 SOLICITUD CITA EN EL SERVICIO AUTOEMPLEO ..........................................................................................................2.56 INSCRIPCIÓN EN PROGRAMAS DE EMPLEO ................................................................................................................2.57 GESTIÓN DE OFERTAS DE EMPLEO ............................................................................................................................2.58 SOLICITUD CITA EN EL SERVICIO DE ORIENTACIÓN LABORAL .......................................................................................2.59 CESIÓN TEMPORAL DE LOCALES Y MATERIALES DEL CENTRO BEHARGINTZA ...............................................................2.60 ERANDIOKO UDALEKUAK, 3-6 URTE ...........................................................................................................................

CIUDADANÍA - EUSKERA:

2.61 EUSKARA IKASTEKO BEKAK ETA DIRU-LAGUNTZAK .....................................................................................................2.62 ERROTULUAK, IRUDI KORPORATIBOA ETA WEB GUNEA EUSKARAZ JARTZEKO DIRU-LAGUNTZAK .....................................2.63 ITZULPEN ZERBITZUA ...............................................................................................................................................2.64 EUSKARA SUSTATZEKO JARDUERETARAKO DIRU-LAGUNTZAK ......................................................................................2.65 GIDABAIMENA EUSKARAZ (DIRU-LAGUNTZAK) .............................................................................................................2.66 IPUIN, NARRAZIO ETA BERTSOPAPER LEHIAKETAK .......................................................................................................2.67 HAIKU LEHIAKETA .....................................................................................................................................................2.68 UDAL EUSKALTEGIA ..................................................................................................................................................2.69 UDAL EUSKALTEGIA EUSKARA IKASTAROAK - MATRIKULA ............................................................................................

CIUDADANÍA - IGUALDAD:

2.70 CURSOS ORGANIZADOS POR EL SERVICIO DE IGUALDAD ............................................................................................

CIUDADANÍA - JUVENTUD:

2.71 SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN LAS ACTIVIDADES DE JUVENTUD2.72 TRAMITACIÓN DE CARNETS INTERNACIONALES

CIUDADANÍA - SALUD PÚBLICA:

2.73 CERTIFICADO INHUMACIÓN CEMENTERIOS MUNICIPALES ...........................................................................................2.74 SOLICITUD CONCESIÓN OSARIO CEMENTERIOS MUNICIPALES ....................................................................................2.75 DUPLICADO TÍTULO CONCESIONES CEMENTERIOS MUNICIPALES ................................................................................2.76 LICENCIA DE EXHUMACIÓN DE CADÁVERES O RESTOS CADAVÉRICOS EN CEMENTERIOS MUNICIPALES .........................2.77 SOLICITUD REVERSIÓN CONCESIONES CEMENTERIOS MUNICIPALES ...........................................................................2.78 TRANSMISIÓN TITULARIDAD DE LOS DERECHOS FUNERARIOS EN LOS CEMENTERIOS MUNICIPALES .............................2.79 ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS: CALIDAD AMBIENTAL, CONDICIONES HIGIÉNICO SANITARIOS .......................................2.80 INSALUBRIDAD, CONTROL DE PLAGAS .......................................................................................................................2.81 CAMBIOS CENSO CANINO: BAJAS, TRASLADO A OTRA COMUNIDAD, CAMBIO PERSONA PROPIETARIA .............................2.82 ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS: SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS ............................................................................................................................................................2.83 SOLICITUD DE LICENCIA PARA LA TENENCIA DE PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS O RENOVACIÓN DE LA MISMA ...........................................................................................................................................................2.84 INSTALACIONES EVENTUALES DE VENTA EN LA VÍA PÚBLICA .......................................................................................

CIUDADANÍA - SEGURIDAD CIUDADANA:

2.85 CESIÓN VOLUNTARIA DE VEHÍCULO PARA BAJA DEFINITIVA EN TRÁFICO Y TRATAMIENTO COMO RESIDUO SÓLIDO URBANO .............................................................................................................................2.86 COMUNICACIÓN DE INCIDENCIAS EN ESPACIOS PÚBLICOS .........................................................................................2.87 DENUNCIAS POR INCUMPLIMIENTO DE ORDENANZAS Y NORMATIVA EN GENERAL ........................................................2.88 OBJETOS PERDIDOS .................................................................................................................................................2.89 AUTORIZACIÓN DE PROGENITORES PARA VIAJES DE PERSONAS MENORES SIN COMPAÑÍA AL EXTRANJERO ...................2.90 SOLICITUD DE INFORME DE LA PÒLICÍA LOCAL ...........................................................................................................

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PROCEDIMIENTOS:

3. TERRITORIO

TERRITORIO-URBANISMO

3.1 LICENCIA DE OBRA MAYOR ....................................................................................................................................3.2 LICENCIA DE OBRAS DE DERRIBO O DEMOLICIÓN ...................................................................................................3.3 LICENCIA DE MOVIMIENTO DE TIERRAS ..................................................................................................................3.4 LICENCIA DE INSTALACIÓN DE ASCENSOR ..............................................................................................................3.5 LICENCIA DE PARCELACIÓN Y SEGREGACIÓN ..........................................................................................................3.6 LICENCIA DE ACTIVIDAD CLASIFICADA (ANEXO-II.A Ley 3/1998). COMUNICACIÓN PREVIA DE INICIO ...........................3.7 LICENCIA DE PRIMERA UTILIZACIÓN .......................................................................................................................3.8 LICENCIA DE INSTALACIÓN DE GRÚAS ....................................................................................................................3.9 INSTALACIÓN DE ANDAMIAJES, MONTACARGAS, MÁQUINAS ELEVADORAS, TRABAJOS VERTICALES... .........................3.10 LICENCIA DE INSTALACIÓN DE VALLAS PUBLICITARIAS ............................................................................................3.11 LICENCIA DE OCUPACIÓN DE VÍA PÚBLICA (CONTENEDORES DE OBRAS, ACOPIOS DE MATERIALES...) ........................3.12 LICENCIA REFERIDA A LA INSTALACIÓN DE BARRACAS, ATRACCIONES DE FERIA, CIRCOS, U OTRO TIPO DE EVENTOS RELACIONADOS CON ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVADES RECREATIVAS ....................3.13 LICENCIA DE TERRAZAS Y VELADORES ..................................................................................................................3.14 COMUNICACIÓN PREVIA OBRAS MENORES .............................................................................................................3.15 COMUNICACIÓN PREVIA DE INICIO DE ACTIVIDAD CLASIFICADA (Anexo II.B Ley 3/1998) ...........................................3.15 bis COMUNICACIÓN PREVIA DE INICIO DE ACTIVIDADES COMERCIALES MINORISTAS Y DE SERVICIOS DE SUPERFICIE ÚTIL NO SUPERIOR A 750 METROS CUADRADOS, INCLUIDAS EN EL ANEXO DE LA LEY 12/2012 DE 26 DE DICIEMBRE ............................................................................................................3.16 LICENCIA DE VADOS Y PASOS DE ACERA ................................................................................................................3.17 COMUNICACIÓN PREVIA CAMBIO DE TITULARIDAD DE LICENCIA ...............................................................................3.18 SOLICITUD DECLARACIÓN DE RUINA ......................................................................................................................3.19 QUEJAS, SUGERENCIAS Y AVISOS ........................................................................................................................... 3.20 SOLICITUD DE INFORMACIÓN URBANÍSTICA ..........................................................................................................3.21 INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS (ITE) ...............................................................................................................

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1. ORGANIZACIÓNSECRETARÍAESTADÍSTICA

SERVICIOS ECONÓMICOS

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Manual de Trámites MunicipalesOrganización / Secretaría1.1

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INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN A LA CIUDADANÍA

Qué esConsiste en facilitar información y orientación a la ciudadanía sobre la actividad municipal en general, los trámites a realizar ante el Ayuntamiento o, en su caso, ante otros organismos e instituciones.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

DNI, para las personas no empadronadas.

La que la persona solicitante considere necesaria para dar una mejor respuesta a su solicitud.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: Inmediato en el caso de cuestiones municipales.

Plazo máximo: 7 días hábiles en el caso de consultas de mayor complejidad.

Normativa aplicableLey 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Art. 35 letras g / i)

Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (Art. 69)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Consulta con el Área competente.4. En el caso de consultas sencillas, respuesta directa desde el SAC a la solicitud.

POR EL ÁREA COMPETENTE5. En el caso de consultas de mayor complejidad, respuesta a la solicitud de la persona

interesada por el medio elegido en la solicitud.

Observaciones Las consultas de carácter urbanístico disponen de un trámite específico para ello.

Área responsable ORGANIZACIÓN / SECRETARÍA

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Manual de Trámites MunicipalesOrganización / Secretaría

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1.2

REGISTRO DE ENTRADA: SOLICITUD DE INSTANCIA GENERAL

Qué esConsiste en la recepción de las instancias y documentación que la ciudadanía quiera dirigir y entregar al Ayuntamiento.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

DNI, para las personas no empadronadas.

La que la persona solicitante considere necesaria para dar una mejor respuesta a su solicitud.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: Inmediato.

Plazo máximo: 3 meses. Ver aclaraciones.

Normativa aplicable

Ley 30/1.992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Art. 38)

Real Decreto 2568/1986, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (Arts. 151 a 162)

Ley 11/2.007 de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos (Art. 6)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. En caso de no presentar la documentación completa, se le requerirá para que así lo haga en

el plazo de 10 días hábiles. Requerimiento-Subsanación Transcurrido el plazo, se entenderá que la persona interesada desiste de la solicitud,

declarándolo así expresamente el Ayuntamiento.4. Completa la solicitud remisión al Área competente.

POR EL AREA COMPETENTE5. Instrucción y Resolución.6. En su caso, elaboración de Decreto de aceptación o desistimiento.

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1.2

REGISTRO DE ENTRADA: SOLICITUD DE INSTANCIA GENERAL

Observaciones

Con carácter general, el plazo máximo para resolver y notificar la respuesta a la persona interesada es de 3 meses desde la fecha de registro.

En todo caso, deberá tenerse en cuenta lo establecido en los artículos 42 y 43 de la Ley 30/1.992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Serán tramitados, igualmente, de la misma forma todas aquellas solicitudes, escritos, comunicaciones y documentos que se dirijan a otras administraciones públicas con las que se tenga suscrito el oportuno convenio.

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1.3

INFORMACIÓN SOBRE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN TRAMITACIÓN. OBTENCIÓN DE COPIAS

Qué es

Es la obtención de información sobre el estado de tramitación de un procedimiento concreto.

Es la obtención de copias de los documentos obrantes en ese expediente en tramitación.

Es la solicitud de colaboración en la cumplimentación de trámites de audiencia, alegaciones y recursos.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada en ese procedimiento concreto o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

DNI de la persona solicitante.

La que la persona solicitante considere necesaria para dar una mejor respuesta a su solicitud.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económicoSin coste, salvo caso de obtención de copias.

Ordenanza fiscal 6. Reguladora de las tasas por expedición de documentos administrativos.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: Inmediato.

Plazo máximo: 7 días hábiles en el caso de consultas donde sea necesaria la intervención de otra Área.

Normativa aplicable

Ordenanza fiscal 6. Reguladora de las tasas por expedición de documentos administrativos

Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Arts. 31, 32 y 35 letra a)

Ley 11/2007 de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos (Arts. 30 y 37)

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1.3

INFORMACIÓN SOBRE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN TRAMITACIÓN. OBTENCIÓN DE COPIAS

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. INFORMACIÓN: En el caso de información sobre el estado de tramitación de un expediente,

se consultará de manera inmediata al Área Gestora, quien dispondrá de un plazo máximo de 10 días para informar sobre el estado de tramitación. Recibida la información, el SAC dará la información a la persona interesada.

2. COPIAS: En los supuestos de obtención de copias, el Área Gestora facilitará al SAC las copias solicitadas en el plazo máximo de diez días desde la solicitud.

POR EL AREA COMPETENTE3. Para colaboración en trámites, si se precisa asistencia jurídica o técnica específica, se

derivará al Área Gestora para que contacte con la persona interesada.

ObservacionesDigital: Gratuito.

Formato papel: Se cobrarán las fotocopias según la Ordenanza fiscal 6. Reguladora de las tasas por expedición de documentos administrativos

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1.4

SOLICITUD DE CITA PREVIA CON ALCALDE, CONCEJALAS/ES Y TÉCNICAS/OS

Qué esConsiste en la solicitud de una cita o reunión con el Alcalde, Concejalas/es de la Corporación o personal técnico municipal.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportarSolicitud de cita previa

La cumplimentación del modelo sólo será necesaria si la persona interesada requiere registro de entrada de su solicitud.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Inmediato

Normativa aplicableLey 30/1.992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. (Art. 35 letras g, i)

Ley 7/1.985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (Art. 69)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

A. CITA CON ALCALDE O CONCEJALA/CONCEJAL:

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remisión de la solicitud al cargo político indicado.

POR EL ALCALDE O CONCEJALA/CONCEJAL:4. Evaluación de la solicitud5. Respuesta al SAC indicando fecha y hora o derivación al Área si corresponde.

POR EL SAC6. Contacto con la persona solicitante y confirmación fecha y hora.7. Archivo de la solicitud o inclusión en expediente abierto si corresponde.

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1.4

SOLICITUD DE CITA PREVIA CON ALCALDE, CONCEJALAS/ES Y TÉCNICAS/OS

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

B. CITA CON PERSONAL TÉCNICO:

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remisión de la solicitud al Área competente.

POR EL PERSONAL TÉCNICO O ÁREA COMPETENTE4. Evaluación de la solicitud.5. Respuesta a la persona solicitante indicando fecha y hora de la entrevista.6. Comunicación al SAC del resultado de la misma.

ObservacionesEs muy importante, para la correcta gestión de la cita previa, indicar el asunto que se desea tratar para la preparación adecuada de la reunión.

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1.5

CERTIFICADO DE ACUERDOS MUNICIPALES Y DATOS OBRANTES EN LOSREGISTROS MUNICIPALES. ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

Qué es

Facilitar certificación sobre acuerdos municipales adoptados por Alcaldía, Junta de Gobierno Local o Pleno Corporativo y la obtención de copias de documentos obrantes en los archivos municipales, referidos a asuntos finalizados.

Importante:

El acceso no podrá afectar a la seguridad ciudadana, a la potestad sancionadora o de vigilancia e inspección y deberá ser respetuosa con la normativa sobre protección de datos de carácter personal.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud general

DNI de la persona solicitante o, en caso de representación legal, Impreso de designación de representante

Indicando la información solicitada y la modalidad que se prefiera para acceder a la información. Podrá explicarse para qué se solicita, si se desea.

Dónde se tramita

Presencialmente:

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Via telemática:

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Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económicoEn el caso de expedición de copias, Ordenanza fiscal 6. Reguladora de las tasas por expedición de documentos administrativos.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 7 días.

Plazo máximo: 14 días.

Normativa aplicable

Ley 30/1.992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Arts. 31, 32 y 35 letra a)

Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (Art. 70.3)

Ley 11/2.007 de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos (Art. 30 y 37)

Ley Orgánica 15/1.999 de 13 de diciembre de Protección de datos de carácter personal y normativa de desarrollo

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1.5

CERTIFICADO DE ACUERDOS MUNICIPALES Y DATOS OBRANTES EN LOSREGISTROS MUNICIPALES. ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remisión a Secretaría.

POR EL AREA COMPETENTE4. Resolución concediendo total o parcialmente el acceso o, en su caso, denegando el acceso.5. Notificación a la persona solicitante y personas interesadas que lo hayan solicitado y en su

caso, oponentes.• Si la información se refiere a información que no obra en poder del Ayuntamiento, se

remitirá al órgano competente, informando a la persona solicitante.• Cuando la información afecte a derechos o intereses de terceros podrá ser denegada.

POR LOS SERVICIOS ECONÓMICOS6. Realización de la liquidación correspondiente si el acceso se realiza mediante copias escritas.

ObservacionesTelefónicamente: el canal telefónico sólo se podrá utilizar para solicitar certificaciones de acuerdos plenarios.

Si la información ha sido publicada, la resolución podrá indicar la forma de acceder a ella.

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1.6

DATOS PERSONALES. EJERCICIO DEL DERECHO DE ACCESO, CANCELACIÓN, MODIFICACIÓN U OPOSICIÓN

Qué esConsiste en el permiso de acceso a los datos personales propios que obren en el Ayuntamiento, así como a solicitar su eliminación, modificación cuando sean inexactos o incompletos u oponerse al tratamiento de los mismos en determinados supuestos legales.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud para el acceso, cancelación, modificación u oposición al uso de los datos personales

DNI de la persona solicitante o, en caso de representación legal, Impreso de designación de representante.

En su caso, la que justifique el dato erróneo o la situación personal que justifica el ejercicio del derecho de oposición.

Dónde se tramita

Presencialmente:

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Via telemática:

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Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

ACCESOPlazo estimado: 1 mes.Plazo máximo para resolver: 1 mes y 10 días hábiles para el acceso efectivo.Efecto de la no respuesta en plazo: negativo. Ver observaciones.

CANCELACION, MODIFICACION Y OPOSICIONPlazo estimado: 10 días.Plazo máximo para resolver: 10 días para hacerlo y comunicarlo.Efecto de la no respuesta en plazo: negativo. Ver observaciones.

Normativa aplicable

Ley 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos

Ley Orgánica 15/1.999 de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal

Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1.999

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1.6

DATOS PERSONALES. EJERCICIO DEL DERECHO DE ACCESO, CANCELACIÓN, MODIFICACIÓN U OPOSICIÓN

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Registro y escaneo de la solicitud.2. Envío a Secretaría.

POR SECRETARIA3. Comprobación de la existencia de datos de la persona interesada en los ficheros del

Ayuntamiento. Si existen datos, según los casos:• ACCESO. En el plazo máximo de 1 mes se dicta resolución estimando la solicitud. Desde

la notificación el acceso a los datos en el plazo máximo de 10 días hábiles desde la estimación.

• MODIFICACIÓN. En el plazo máximo de 10 días hábiles desde solicitud se realiza la modificación y se comunica a la persona interesada.

• CANCELACION Y OPOSICION. Previo informe favorable, en un plazo máximo de 10 días hábiles, se realiza la cancelación o bloqueo de datos y se comunica a la persona interesada.

ObservacionesEn los casos de desestimación expresa o no contestación en plazo (silencio administrativo) la persona solicitante podrá presentar reclamación de tutela de derechos ante la Agencia Vasca de Protección de Datos.

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1.7

RECLAMACIÓN DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL

Qué es

Es el reconocimiento del derecho a ser indemnizada/o por las administraciones públicas correspondientes de toda lesión que se sufra en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos entendidos en un sentido amplio.

Quién lo puede solicitarToda persona que haya recibido un daño en su persona o en sus bienes como consecuencia del funcionamiento de un servicio público municipal, o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, Impreso de designación de representante.

DNI, para las personas no empadronadas.

Fotografías del lugar del suceso y/o del bien dañado, en su caso.

Informe médico acreditativo de las lesiones personales, en su caso.

Denuncia ante la Policía Local, en su caso.

Presupuesto o factura del gasto ocasionado.

Dónde se tramita

Presencialmente:

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Via telemática:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo máximo: 6 meses. En procedimiento abreviado, 30 días hábiles.

Efecto de la no respuesta en plazo: negativo.

Normativa aplicable

Ley 7/1985, de 2 de abril de Bases del Régimen Local. (Art. 54)

Ley 30/1.992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. (Arts. 139 a 144)

Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial

EN FUNCIÓN DE LA CUANTÍA RECLAMADA:

Ley 9/2004, de 24 de noviembre, de la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi. (Art. 3)

Decreto 73/2011, de 12 de abril, de modificación del límite mínimo de cuantía en los asuntos sobre responsabilidad patrimonial que deban ser dictaminados por la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi

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1.7

RECLAMACIÓN DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remisión a Secretaría.

POR EL AREA COMPETENTE4. Decreto de incoación de expediente.5. Notificación del Decreto a la persona solicitante para la incorporación de cuantos documentos

considere oportunos.6. Simultáneamente, solicitud de informe a la/las Áreas implicadas y, en su caso, a la empresa

que presta el servicio municipal.7. Apertura de período de prueba y práctica de medios de prueba, en su caso.8. Audiencia a la persona solicitante con remisión de toda la documentación obrante en el

expediente.9. Elaboración de propuesta de resolución.10. Solicitud de dictamen a la comisión jurídica asesora en reclamaciones de 18.000,00 € o

superior.11. Resolución.

Observaciones

Cuando a la vista de las actuaciones, documentos e informaciones del procedimiento general, el órgano instructor entienda que son inequívocas la relación de causalidad entre la lesión y el funcionamiento del servicio público, la valoración del daño y el cálculo de la cuantía de la indemnización, podrá acordar de oficio la suspensión del procedimiento y la iniciación de un procedimiento abreviado.

Todos los actos administrativos dictados en el expediente se notifican a la compañía aseguradora con la que el Ayuntamiento tiene contratado su seguro de responsabilidad civil.

El derecho a reclamar prescribe al año de producido el hecho o el acto que motivó la indemnización o de manifestarse su efecto lesivo. En caso de daños de carácter físico o psíquico, el plazo empezará a computarse desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas.

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1.8

DENUNCIAS POR INCUMPLIMIENTO DE ORDENANZAS Y NORMATIVA GENERAL

Qué esPoner en conocimiento del Ayuntamiento la existencia de un determinado hecho, sancionable o no, a fin de que se acuerde la iniciación de un determinado procedimiento.

Quién lo puede solicitarCualquier persona física o jurídica interesada (por ejemplo, comunidades de propietarios) o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, Impreso designación de representante

Aquella que permita probar los hechos afirmados en la denuncia.

Dónde se tramita

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Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: en función del hecho denunciado, de si es competencia municipal o no.

Plazo máximo para resolver: 3 meses.

Normativa aplicableLey 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Art. 35 letras g / i)

Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (Art. 69)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remisión al Área o Administración competente.

POR EL AREA COMPETENTE4. Análisis de la procedencia o no de apertura de expediente.5. Acuerdo de incoación o de no incoación.6. Notificación a la persona denunciante.

ObservacionesLa denuncia no transforma a la persona denunciante en interesada en el procedimiento, pero se le notificará la iniciación del mismo, en su caso, así como la resolución que le ponga fin.

Cuando la denuncia se remita a otra Administración la respuesta corresponderá a ésta misma.

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1.9

RECEPCIÓN DE SUGERENCIAS, RECLAMACIONES Y AGRADECIMIENTOS

Qué es

1. Recepción de sugerencias formuladas por la ciudadanía para mejorar la calidad de los servicios, incrementar el rendimiento o el ahorro del gasto público, simplificar trámites o suprimir los que sean innecesarios, o cualquier otra medida que suponga un mayor grado de satisfacción de la ciudadanía respecto al Ayuntamiento.

2. Recepción de las reclamaciones formuladas por la ciudadanía por las tardanzas, desatenciones o cualquier otro tipo de actuación irregular que observen en el funcionamiento de las dependencias administrativas o de los servicios municipales.

3. Recepción de agradecimientos.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud para la presentación de quejas, sugerencias y agradecimientos.

En caso de representación legal, Impreso de designación de representante.

La que la persona solicitante considere necesaria para conocer el caso y dar una mejor respuesta a su escrito.

Dónde se tramita

Presencialmente:

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Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 7 días.

Plazo máximo legal para resolver: 3 meses.

Normativa aplicable

Real Decreto Legislativo 2568/1986, de 28 de noviembre por que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (Art. 231)

Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (Art. 26)

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1.9

RECEPCIÓN DE SUGERENCIAS, RECLAMACIONES Y AGRADECIMIENTOS

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remisión según el contenido al Área competente y a la responsable política/o del Área.

POR EL ÁREA COMPETENTE

SUGERENCIA3. Análisis de la sugerencia.4. Si NO es viable:

a. Comunicación a la persona remitente.c. Archivo de la sugerencia.

5. Si SÍ es viable:a. Comunicación de la decisión adoptada.b. Desarrollo de la acción.c. Archivo del expediente.

QUEJA o RECLAMACIÓN3. Análisis de la queja o reclamación.4. Comunicación a la persona remitente.5. Si SÍ son necesarias acciones posteriores:

a. Planificación y desarrollo de las mismas. b. Comunicación a la persona remitente.c. Archivo del expediente.

7. Si NO son necesarias acciones posteriores:a. Archivo del expediente (Queja, Informe de análisis, Comunicación, Resolución).

AGRADECIMIENTO-FELICITACIÓN3. Recepción y análisis.4. Comunicación a la persona remitente.5. Archivo del documento.

Observaciones

Las quejas formuladas por este medio no tendrán la calificación de recurso administrativo ni su presentación interrumpirá los plazos establecidos en la normativa vigente. Tampoco condicionan en modo alguno el ejercicio de las restantes acciones o derechos de las personas interesadas en un determinado procedimiento.

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1.10

CELEBRACIÓN DE MATRIMONIO CIVIL POR ALCALDE O CONCEJALA/CONCEJAL DELEGADA/O

Qué esEs la solicitud para la celebración de la ceremonia de matrimonio civil en el Ayuntamiento de Erandio en la que la persona oficiante sea el Alcalde o la Concejala o Concejal en quien delegue.

Quién lo puede solicitar

Cualquier persona que cumpla los requisitos establecidos en el Decreto de Alcaldía 1386 / 2015:

• Tener la condición de vecina/o de Erandio, al menos una de las personas contrayentes, con una antelación igual o superior a seis meses al día de la fecha.

• Ser propietaria/o de una vivienda en el término municipal de Erandio.

• Ser titular de negocio, comercio o empresa erradicada en Erandio.

Documentación a aportar

Solicitud Matrimonio Civil

En caso de representación legal, Impreso de designación de representante.

DNI de las personas contrayentes.

DNI de las personas que actúan como testigos.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 7 días.

Plazo máximo para resolver: 3 meses.

Normativa aplicable

Código Civil (Título III)

Decreto de Alcaldía 1386/2015, de 30 de junio

Instrucción de 26 de enero de 1995, de la Dirección General de los Registros y del Notariado.

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1.10

CELEBRACIÓN DE MATRIMONIO CIVIL POR ALCALDE O CONCEJALA/CONCEJAL DELEGADA/O

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR LA ALCALDÍA5. Comprobación de agenda de Alcaldía y Concejala o Concejal.6. Aprobación fecha y hora registradas en la solicitud.7. Si las personas contrayentes desean contraer matrimonio ante un miembro de la Corporación

distinto al señalado en el Decreto de Alcaldía 1386/2015, se elaborará Resolución de Delegación expresa.

8. Comunicación al SAC.

POR EL SAC9. Comunicación con la persona interesada para confirmación de fecha o modificación.10. Comunicación a la Policía Local de fechas y horas de uso del Salón de Plenos para la apertura

y cierre de dependencias municipales.11. Confección del Acta de Matrimonio Civil.12. Remisión del Acta firmada al Registro Civil para su inscripción.

Observaciones

El expediente de matrimonio civil se tramita a través del Juzgado de Paz - Registro Civil de Erandio, por ello el plazo es el mínimo necesario para la entrega de la documentación correspondiente. En este sentido, las personas solicitantes se comprometen a iniciar la tramitación del expediente matrimonial ante el Juzgado que corresponda con una antelación mínima de 3 meses a la celebración del matrimonio.

La confirmación de la fecha del matrimonio civil quedaría pendiente de la remisión por el Juzgado de Paz del Auto del justificante del Registro Civil (provisional) y del Auto del Registro Civil autorizando el matrimonio civil (documentación posterior, pero siempre antes de la celebración del matrimonio).

En cualquier caso, las personas serán informadas sobre diferentes aspectos de la tramitación del expediente de bodas civiles, tales como:

Consulta los requisitos para contraer un matrimonio civil.Consulta el modo de inscribir un matrimonio.

Muy importante:

Procedimiento general para la asignación de fecha:

Si la boda la celebra la/el Juez de Paz, se celebrará generalmente un viernes (Juzgado de Paz) y la concertación de fecha y hora deberá realizarse en el propio Juzgado de Paz - Registro Civil.

Si la boda la celebra el Alcalde o Concejala o Concejal del Ayuntamiento, se celebrarán el primer y tercer sábado del mes en horario comprendido entre las 12:30 y las 14:00 horas y siempre por riguroso orden de presentación de Solicitud.

Área responsable ORGANIZACIÓN / SECRETARÍA

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1.11

LICENCIA AUTOTAXI. AUTORIZACIÓN MUNICIPAL PARA CAMBIO DE VEHÍCULO

Qué es Autorización para el cambio de vehículo adscrito a una licencia municipal de auto turismo (Taxi).

Quién lo puede solicitar La persona titular de la licencia de Auto-taxi.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, Impreso de designación de representante.

DNI, para las personas no empadronadas.

Indicación del vehículo, matrícula, al que se sustituye.

Permiso de circulación.

Tarjeta de Inspección Técnica.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económicoEl establecido en la ORDENANZA FISCAL Nº 9, Reguladora de las tasas sobre servicio de transporte de auto taxis y demás vehículos de alquiler (ANEXO – TARIFAS).

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 15 días.

Plazo máximo para resolver: 3 meses.

Efecto de la no respuesta en plazo: positivo.

Normativa aplicable

Ley 2/2000, de 29 de junio. de Transporte Público Urbano e Interurbano de Viajeros en automóviles de turismo.

Decreto 243/2002, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Transporte Público Urbano e Interurbano de Viajeros en automóviles de turismo.

Ordenanza Municipal del Taxi que ha de regir en el término municipal de la Anteiglesia de Erandio.

ORDENANZA FISCAL Nº 9, Reguladora de las tasas sobre servicio de transporte de autotaxis y demás vehículos de alquiler.

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1.11

LICENCIA AUTOTAXI. AUTORIZACIÓN MUNICIPAL PARA CAMBIO DE VEHÍCULO

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Envío a Secretaría.

POR EL AREA COMPETENTE4. Verificación del cumplimiento de la normativa aplicable.5. Decreto autorizando el cambio de vehículo.6. Remisión a Servicios Económicos y archivo.

POR GESTION TRIBUTARIA7. Liquidación tributaria.

Observaciones No se admitirán vehículos con antigüedad superior a 2 años.

Área responsable ORGANIZACIÓN / SECRETARÍA

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1.12

ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES

Qué esEs la inscripción de una persona en el Padrón municipal de habitantes para ejercer como vecina o vecino todos los derechos y deberes contemplados en la legislación vigente.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Documento de Alta en el Padrón

En caso de representación legal, Impreso de designación de representante.

Documento acreditativo de la vivienda (recibo IBI, escritura o contrato de alquiler de la vivienda). Si el inmueble se encuentra dado de alta en el Catastro Urbano a nombre de la persona interesada, será el propio servicio del SAC quien aporte la información.

D.N.I. - N.I.F. personas mayores de 14 años.

N.I.E. o Pasaporte, en este orden, para las personas extranjeras.

Personas menores: Libro de Familia.

Autorización de empadronamiento en domicilio ajeno.

Autorización paterna.

Declaración responsable.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: al instante, si no median circunstancias especiales.

Plazo máximo para resolver: 3 meses.

Efecto de la no respuesta en plazo: positivo.

Normativa aplicable

Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, Arts. 15 a 18

Ley 19/12015, de 13 de julio, Art. 44, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil

Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, Arts. 53 a 83

Resolución de 16 de marzo de 2015

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1.12

ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. 2. Registro y escaneado de los datos de la persona interesada. 3. Comprobación en la base de datos del estado de la vivienda (si está o no vacía...).4. Para las altas que no precisen de comprobaciones adicionales:

a. Introducción de los datos en la aplicación informática del Padrón de habitantes. b. Escaneado de los documentos presentados. c. Remisión de la documentación a Estadística para su archivo y comprobación.

POR ESTADÍSTICA5. Solicitud de informe a la Policía Local y otros actos de comprobación. 6. En caso de denegación del alta, resolución motivada y notificación a la persona solicitante. 7. En caso de alta, notificación de ésta al municipio de procedencia. 8. Archivo de la documentación.

Observaciones

Las certificaciones que de dichos datos se expidan tendrán carácter de documento público y fehaciente a efectos administrativos.

No es preciso solicitar la baja en el municipio de procedencia.

Se informará a los interesados de la posibilidad de realizar, al mismo tiempo, el cambio del domicilio fiscal a efectos de las exacciones municipales.

Impreso de solicitud para el cambio de domicilio fiscal.

A las nuevas altas se les facilitarán los oportunos volantes individuales de empadronamiento para su presentación en la tramitación de la tarjeta sanitaria de Osakidetza ante el ambulatorio correspondiente.

Área responsable ORGANIZACIÓN / ESTADÍSTICA

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1.13

ALTA POR NACIMIENTO

Qué esEs la solicitud de inscripción de una persona recién nacida en el Padrón municipal de habitantes, adquiriendo así la condición de vecina/o. Para solicitar el alta por nacimiento, la persona menor no debe haber estado empadronada en ningún otro municipio anteriormente.

Quién lo puede solicitarMadre o padre de la persona recién nacida, tutoras/es o personas residentes mayores de edad con los que vivan.

Documentación a aportar

Impreso de Alta por Nacimiento

Libro de Familia o Certificación Literal de Nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente.

Autorización de empadronamiento en domicilio ajeno.

En caso de representación legal, Impreso de designación de representante.

Autorización paterna.

Declaración responsable.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: al instante, si no median circunstancias especiales.

Plazo máximo para resolver: 3 meses.

Efecto de la no respuesta en plazo: positivo

Normativa aplicable

Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, Arts. 15 a 18

Ley 19/12015, de 13 de julio, Art. 44

Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, Arts. 53 a 83

Resolución de 16 de marzo de 2015

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1.13

ALTA POR NACIMIENTO

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. 2. Registro y escaneado de los datos de la persona interesada. 3. Para las altas que no precisen de comprobaciones adicionales:

a. Introducción de los datos en la aplicación informática del Padrón de habitantes. b. Escaneado de los documentos presentados.c. Remisión de la documentación a Estadística para su comprobación y archivo.

POR ESTADÍSTICA4. En su caso, informe de la Policía Local y otros actos de comprobación. 5. En caso de denegación del alta, resolución motivada y notificación a la persona solicitante. 6. Archivo de la documentación.

Observaciones

Se comprobarán todas las solicitudes relativas a alta de personas menores en domicilio distinto a la madre o al padre, aunque conste la autorización de ambos progenitores.

Se facilitará a los progenitores la información necesaria para el acceso a:1. Ayudas económicas que el Gobierno Vasco concede por nacimiento, adopción, acogimiento

familiar pre-adoptivo o tutela de hijas e hijos, facilitándose los impresos necesarios, así como la tramitación ante el organismo mencionado:• Carátula• Impreso de solicitud• Relación de documentación a aportar• Instrucciones

2. Bonificaciones en exacciones municipales por familia numerosa:• Impreso de solicitud del título de familia numerosa / Diputación Foral de Bizkaia• Impreso de solicitud• ORDENANZA FISCAL Nº 1 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES, Art. 19.4• ORDENANZA FISCAL Nº 2 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCIÓN

MECANICA, Art. 4.3• ORDENANZA FISCAL Nº 21, REGULADORA DE LAS TASAS POR CURSOS DE LA ESCUELA DE

MÚSICA, anexo Tasas académicas

3.- Servicio HAURRESKOLA:• Información Erandioko Haurreskolak

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1.14

CAMBIO DE DOMICILIO

Qué esEs la solicitud de cambio de domicilio habitual dentro del mismo municipio de Erandio a efectos del Padrón municipal de habitantes.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Documento de solicitud de cambio de domicilio

Impreso designación de representante

Documento acreditativo de la vivienda (recibo IBI, escritura o contrato de alquiler de la vivienda). Si el inmueble se encuentra dado de alta en el Catastro Urbano a nombre de la parte interesada, será el propio servicio del SAC quien aporte la información.

D.N.I. - N.I.F. personas mayores de 14 años

N.I.E. o Pasaporte (en este orden) para las personas extranjeras

Menores: Libro de familia

Autorización de empadronamiento en domicilio ajeno

Autorización paterna

Declaración responsable

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

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Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: al instante, si no median circunstancias especiales.

Plazo máximo para resolver: 3 meses.

Efecto de la no respuesta en plazo: positivo.

Normativa aplicable

Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, Arts. 15 a 18

Ley 19/12015, de 13 de julio, Art. 44

Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, Arts. 53 a 83

Resolución de 16 de marzo de 2015

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1.14

CAMBIO DE DOMICILIO

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida de la solicitud de cambio de domicilio junto con el resto de documentación

referenciada. 2. Comprobación de la documentación y de que la solicitud esté firmada por cada una de las

personas solicitantes. 3. Registro de la solicitud. 4. Comprobación en la base de datos del estado de la vivienda (si está o no vacía...) 5. Para los cambios de domicilio que no precisen de comprobaciones adicionales:

a. Introducción de los datos en la aplicación informática del Padrón de habitantes. b. Escaneado de los documentos presentados (importante de cara a los trámites y funciones

relacionados con el Instituto Nacional de Estadística). c. Remisión de la documentación a Estadística para su comprobación y archivo.

POR ESTADÍSTICA6. Solicitud de informe a la Policía Local y otros actos de comprobación. 7. En caso de denegación del cambio de domicilio, Resolución motivada y notificación a la

persona solicitante.

Observaciones

Se comprobarán todas las solicitudes relativas a cambios de domicilio de personas menores en domicilio distinto al de la madre o padre, aunque conste la autorización de ambos progenitores.

Se informará a las personas interesadas de la posibilidad de realizar, al mismo tiempo, el cambio de domicilio fiscal a efectos de las exacciones municipales.

Impreso de solicitud cambio de domicilio fiscal

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1.15

BAJA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES

Qué es

Es la solicitud de la baja de inscripción de una persona en el Padrón Municipal de habitantes, derivada de: 1. Defunción de una ciudadana o ciudadano y la baja se realice a petición de una persona

familiar.2. A solicitud de cualquier persona extranjera, comunitaria o no, si se trata de emigración al

extranjero.3. De oficio o a solicitud de la persona que acredite algún derecho sobre la vivienda (persona

propietario o inquilina) para el caso de las bajas por inscripción indebida.

Quién lo puede solicitarCualquier persona interesada o su representante legal.Impreso designación de representante

Documentación a aportar

Para cada caso: 1. Defunción: Certificado de defunción. 2. Baja por emigración al extranjero: NIE o Pasaporte de la persona solicitante. Impreso de solicitud3. Bajas de Oficio: DNI de la persona solicitante Documentación que refuerce la solicitud (Título de propiedad o contrato de arrendamiento) Impreso de solicitud

Dónde se tramita

Presencialmente:

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Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Si es por defunción o traslado al extranjero, al instante.

Si se trata de una baja por inscripción indebida, el plazo finalizará cuando lo establezca el Consejo Provincial de Empadronamiento.

Normativa aplicable

Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, Arts. 15 a 18

Ley 19/12015, de 13 de julio, Art. 44

Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, Arts. 53 a 83

Resolución de 16 de marzo de 2015

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1.15

BAJA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. 2. Recogida del certificado de defunción o el documento judicial, en su caso. 3. Registro y escaneado de los datos de la persona interesada.4. Introducción de los datos en la aplicación del Padrón de habitantes. 5. Escaneo de la documentación. 6. Remisión de la documentación a Estadística.

POR ESTADÍSTICADEFUNCIÓN o TRASLADO AL EXTRANJERO: Se realiza la baja automática tras comprobar la documentación aportada

BAJA POR INSCRIPCION INDEBIDA • Se solicita informe a la Policía Local sobre la no residencia. • Se realiza Decreto de inicio de expediente. • Notificación personal • Publicación, en su caso, en el Boletín Oficial de Bizkaia.• Remisión del expediente, con las alegaciones si las hubiera, al Consejo Provincial de

Empadronamiento para su Resolución. Tras el informe favorable, el Instituto Nacional de Estadística autoriza la baja de oficio y el Ayuntamiento tramita la baja.

Observaciones

Las bajas por Inscripción indebida en el Padrón municipal de habitantes pueden realizarse de oficio a iniciativa del Ayuntamiento o previa denuncia de cualquier persona que tenga la condición de interesada por tener algún derecho sobre la vivienda, sea persona propietaria o inquilina.

Las personas españolas que se desplazan a vivir al extranjero deben solicitar el alta en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero de ese país a través de la embajada o consulado correspondiente.

Las bajas por emigración a otro municipio se harán efectivas a través del tratamiento mensual de incidencias remitidas por el Instituto Nacional de Estadística.

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1.16

VOLANTE DE EMPADRONAMIENTO INDIVIDUAL

Qué esEs el documento que acredita el empadronamiento de una persona en un domicilio, con los datos que constan en ese momento en el Padrón municipal de habitantes.

Quién lo puede solicitarCualquier persona interesada o su representante legal. Impreso designación de representante

Documentación a aportar DNI, pasaporte, permiso de conducir o permiso de residencia de la persona interesada.

Dónde se tramita

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Al instante.

Normativa aplicable

Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, Arts. 15 a 18

Ley 19/12015, de 13 de julio, Art. 44

Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, Arts. 53 a 83

Resolución de 16 de marzo de 2015

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Comprobación de la identidad de la persona interesada o de aquella para la que se solicita

el volante. 2. Entrega del volante de empadronamiento a la persona solicitante. 3. En caso de solicitud telefónica o telemática, se remitirá el volante exclusivamente al domicilio

que conste en el Padrón municipal de habitantes.

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1.16

VOLANTE DE EMPADRONAMIENTO INDIVIDUAL

Observaciones

El documento sólo tiene valor informativo.

Bajas de oficio en trámite: se hará constar en el volante si se está tramitando expediente de baja de oficio de la persona que consta en el mismo.

Entre los usos más frecuentes para los que se expide el volante de empadronamiento individual podemos destacar:

• Tramitación de la tarjeta sanitaria de Osakidetza ante el ambulatorio correspondiente.

• Expedientes de bodas civiles: Consulta los requisitos para contraer un matrimonio civilConsulta el modo de inscribir un matrimonio

• Expedientes para la conformación de Parejas de hecho ante el Gobierno Vasco, facilitándose los impresos necesarios, así como la tramitación ante el Organismo mencionado:SolicitudPacto Clausulas GeneralesPacto Comunicación ForalPacto Bienes GanancialesPacto Separación de Bienes

• Expedientes de Etxebide: Información y alta.

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1.17

VOLANTE DE EMPADRONAMIENTO COLECTIVO

Qué esEs el documento que acredita el empadronamiento en el que aparecen todas las personas de un domicilio, con los datos que constan en ese momento en el Padrón municipal de habitantes.

Quién lo puede solicitarCualquier persona interesada o su representante legal. Impreso designación de representante

Documentación a aportar DNI, pasaporte, permiso de conducir o permiso de residencia de la persona interesada.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

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Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Al instante.

Normativa aplicable

Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, Arts. 15 a 18

Ley 19/12015, de 13 de julio, Art. 44

Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, Arts. 53 a 83

Resolución de 16 de marzo de 2015

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Comprobación de la identidad de la persona interesada o de aquella para la que se solicita el

volante. 2. Entrega del volante de empadronamiento a la persona solicitante. 3. En caso de solicitud telefónica o telemática, se remitirá el volante exclusivamente al domicilio

que conste en el padrón.

Observaciones

El documento sólo tiene valor informativo.

Bajas de oficio en trámite: se hará constar en el volante si se está tramitando expediente de baja de oficio de la persona que consta en el mismo.

Entre los usos más frecuentes para los que se expide el volante de empadronamiento colectivo podemos destacar:

• Expedientes de solicitud de ayudas económicas a Lanbide: Impresos y solicitudes de la RGI Relación de documentos a adjuntar a la solicitud

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1.18

MODIFICACIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL PADRÓN MUNICIPAL DEHABITANTES

Qué esEs la modificación de los datos personales de la persona que figura inscrita en el Padrón municipal de habitantes, bien por la existencia de errores o por la modificación de algún dato.

Quién lo puede solicitarCualquier persona interesada o su representante legal.Impreso designación de representante

Documentación a aportarLa documentación a aportar dependerá del dato a modificar o actualizar: si tiene relación con el DNI, el pasaporte o el NIE, deberá presentar el mismo. Si tiene relación con los estudios, deberá presentar el título académico correspondiente.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Al instante.

Normativa aplicable

Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, Arts. 15 a 18

Ley 19/12015, de 13 de julio, Art. 44

Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, Arts. 53 a 83

Resolución de 16 de marzo de 2015

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recoger y comprobar la documentación. 2. Modificar los datos en la aplicación del Padrón de habitantes. 3. Escanear la documentación. 4. Remisión a Estadística para su comprobación y archivo

ObservacionesLos cambios habituales suelen ser: Sustitución de PASAPORTE por NIE.Sustitución de NIE por DNI (obtención de la nacionalidad española).

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1.19

CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO

Qué es Es la expedición del documento que certifica el empadronamiento de una o varias personas en el municipio.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona interesada o su representante legal. Impreso designación de representante.

Documentación a aportar DNI, pasaporte, permiso de conducir o permiso de residencia de la persona interesada.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Según el modo de solicitud:

PRESENCIAL. Máximo de 3 días. TELEMÁTICO. Máximo de 3 días.TELEFÓNICO o E-MAIL. Por correo postal ordinario, aproximadamente 5 días hábiles.

Normativa aplicable

Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, Arts. 15 a 18

Ley 19/12015, de 13 de julio, Art. 44

Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, Arts. 53 a 83

Resolución de 16 de marzo de 2015

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Comprobación de la identidad de la persona interesada o de aquella para la que se solicita el

certificado. 2. Entrega del certificado de empadronamiento a la persona solicitante. 3. En caso de solicitud telefónica o telemática, se remitirá el certificado exclusivamente al

domicilio que conste en el Padrón.

Observaciones

Bajas de oficio en trámite: se hará constar en el certificado si se está tramitando expediente de baja de oficio de la persona que consta en el mismo.

Entre los usos más frecuentes para los que se expide el certificado de empadronamiento podemos destacar la tramitación de Pensiones ante la Seguridad Social:• Pensión de viudedad• Prestación temporal de viudedad• Pensión de orfandad• Pensión en favor de familiares• Subsidio en favor de familiares• Auxilio por defunción• Indemnizaciones por Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional

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1.20

RENOVACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN PADRONAL PARA EXTRANJEROS NOCOMUNITARIOS SIN AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA PERMANENTE

Qué esEs la renovación de la inscripción en el Padrón que han de realizar cada 2 años las personas extranjeras no comunitarias que no disponen de autorización de residencia permanente en España.

Quién lo puede solicitarToda persona interesada o, en caso de menores, su madre o padre o su representante legal. Impreso designación de representante

Documentación a aportar

Se utilizará como solicitud el documento remitido previamente a la persona interesada:Renovación personas mayores de edadRenovación personas menores de edadPermiso de residencia en vigor (NIE) si lo tienen, o, en su defecto, documentación en vigor del país de procedencia (Pasaporte).

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Al instante.

Normativa aplicable

Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, Arts. 6, 12, 13, 20 y 29Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, Arts. 15 a 18Ley 19/12015, de 13 de julio, Art. 44Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, Arts. 53 a 83Resolución de 16 de marzo de 2015

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SACComprobación en el Padrón de la situación de la persona solicitante y de la documentación aportada. Realización de la renovación padronal. Remisión a Estadística.

POR ESTADÍSTICAComprobación y archivo. La renovación padronal se remitirá al Instituto Nacional de Estadística junto con el resto de movimientos mensuales el penúltimo día hábil de cada mes.

Observaciones

Es posible realizar este trámite cuando la persona interesada realice cualquier otro trámite relacionado con el Padrón: cambio de domicilio, modificación de datos personales… Se informará a las personas interesadas de la existencia del portal de inmigración y de la normativa y modelos de solicitudes que a través de él se pueden realizar.

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1.21

RECLAMACIÓN AL CENSO ELECTORAL

Qué esEs la reclamación al Censo Electoral, poniendo de manifiesto la exclusión o inclusión incorrecta o los datos erróneos de la persona electora.

Quién lo puede solicitarToda persona interesada o representante legal. Impreso designación de representante

Documentación a aportarModelo de solicitud

DNI, pasaporte, permiso de conducir o permiso de residencia de la persona interesada.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 día.

Plazo máximo: 3 meses.

Efecto de la no respuesta en plazo: negativo.

Normativa aplicableResolución de 27 de agosto de 2008, de la Oficina del Censo Electoral, sobre reclamaciones y consultas a los datos de inscripción y otros aspectos de la gestión del Censo Electoral

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC Sin proceso electoral convocado: 1. Cumplimentación automática de la solicitud e impresión para firma de la persona solicitante,

en su caso. 2. Obtención de firma del Alcalde y de la Secretaría Municipal certificando que la persona

solicitante se encuentra o no empadronada en Erandio. 3. Realización de tres copias: una para el Ayuntamiento, una para la persona interesada y otra

para la Oficina del Censo Electoral. 4. Expedición de volante de empadronamiento si está empadronada. 5. Remisión de la reclamación a la Oficina del Censo Electoral acompañando el volante de

empadronamiento. 6. Archivo de la reclamación.

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1.21

RECLAMACIÓN AL CENSO ELECTORAL

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR ESTADÍSTICA Con proceso electoral abierto:1. Cumplimentación automática de la solicitud e impresión para firma de la persona solicitante,

en su caso. 2. Obtención de firma del Alcalde y de la Secretaría Municipal certificando que la persona

solicitante se encuentra o no empadronada en Erandio. 3. Realización de tres copias: una para el Ayuntamiento, una para la persona interesada y otra

para la Oficina del Censo Electoral.4. Expedición de volante de empadronamiento si está empadronada. 5. Remisión de la reclamación a la Oficina del Censo Electoral acompañando el volante de

empadronamiento el mismo día de la recepción de la reclamación. 6. Archivo de la reclamación.

ObservacionesSi existe un proceso electoral abierto, la Oficina del Censo Electoral resuelve en un plazo máximo de 7 días, comunicándolo a la persona electora y al Ayuntamiento. Se incluye a la persona solicitante en el Censo.

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1.22

ALTA IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCIÓN MECANICA

Qué esEs el trámite de alta en el impuesto que grava la titularidad de los vehículos de tracción mecánica aptos para circular por las vías públicas cualesquiera que sean su clase y categoría.

Quién lo puede solicitar Titular del vehículo o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud de Alta del Impuesto de Vehículos

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

D.N.I. si se trata de persona física

N.I.F si se trata de persona jurídica.

Ficha Técnica del vehículo

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: al instante.

Normativa aplicableOrdenanza Fiscal nº 2 del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica

Norma Foral 7/1989 del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación aportada. 2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada. 3.Comprobación de la residencia del titular3. Liquidación del impuesto.4. Emisión e impresión de la liquidación.5. Abono de la autoliquidación, bien en las entidades colaboradoras o bien en el propio SAC.

Observaciones

Con la autoliquidación abonada se acudirá a la Jefatura Provincial de Tráfico para la matriculación del vehículo.

Se facilitará información sobre los trámites a realizar, e impresos a cumplimentar.

Igualmente, se informará sobre los trámites a realizar para la Domiciliación del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica

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1.23

DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA POR BAJA DEL VEHÍCULO

Qué esEs la solicitud de devolución de la parte proporcional prorrateada por meses del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica por baja definitiva o por baja temporal por robo o sustracción en la Jefatura de Tráfico.

Quién lo puede solicitar Titular del vehículo o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud de Devolución del Impuesto de Vehículos por baja definitiva

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representanteDocumento de baja expedido por la DGT.En el caso de baja temporal por robo o sustracción, denuncia del robo.Recibo de pago del Impuesto del año en curso.Número de cuenta bancario, IBAN y 20 dígitos.

Dónde se tramita

Presencialmente: Servicio de Atención Ciudadana - SAC

Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: 7 días desde la solicitud de devolución.

Normativa aplicableOrdenanza Fiscal nº 2 del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (Art. 7)Norma Foral 7/1989 del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (Art. 5)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC (cuando se trate de solicitudes de personas particulares)1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. 2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada. 3. Envío a Gestión Tributaria.

POR GESTION TRIBUTARIA5. Realización de los cálculos pertinentes del importe a devolver.6. Remisión al Departamento de Tesorería para que procedan a la devolución después de

comprobar la inexistencia de deudas con el Ayuntamiento.

Observaciones

Las devoluciones las efectúa el Departamento de Tesorería.La devolución se hará a la persona que figura como titular del impuesto.El Ayuntamiento realizará de oficio las devoluciones correspondientes cuando la baja del vehículo le haya sido comunicada por la Jefatura Provincial de Tráfico.

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1.24

BONIFICACIONES SEGÚN ORDENANZAS FISCALES

Qué esEs la solicitud de aplicación de las bonificaciones previstas en la normativa específica de tributos tales como el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana.

Quién lo puede solicitar La persona sujeto pasivo contribuyente o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Solicitud de bonificaciones en el Impuesto de Bienes Inmuebles

Solicitud de bonificaciones en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica

BONIFICACIONES IMPUESTO DE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA

D.N.I. de la persona titular del vehículo.

Documentación del vehículo: ficha técnica y permiso de circulación cuya dirección coincida con la del D.N.I. de la persona titular.

Certificación de que el vehículo se encuentre reconocido como histórico o certificado original de pertenencia a un club de vehículos legalmente establecido.

Título de Familia Numerosa, bonificación por familia numerosa.

Impreso Diputación Foral de Bizkaia.

BONIFICACION IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES POR FAMILIA NUMEROSA

Título de Familia Numerosa, bonificación por familia numerosa.

Impreso Diputación Foral de Bizkaia.

Recibo abonado del IBI en curso.

Número de cuenta bancario, IBAN y 20 dígitos para la devolución de la cuota bonificada.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 7 días.

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1.24

BONIFICACIONES SEGÚN ORDENANZAS FISCALES

Normativa aplicable

Ordenanza Fiscal nº 2 del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (Art. 4)

Norma Foral 7/1989 del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (Capitulo II, Art. 2)

Ordenanza Fiscal nº 1 del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (Art. 19)

Norma Foral 9/1989 del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (Art. 19)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. 2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada. 3. Envío a Gestión Tributaria.

POR GESTION TRIBUTARIA

IMPUESTO DE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA 4. Concesión de la bonificación y su inclusión en el Padrón del Impuesto del ejercicio siguiente.

IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES 4. Cálculo de la cuota bonificada y traslado al Departamento de Tesorería para que proceda a su

devolución a la persona sujeto pasivo.

Observaciones

Las bonificaciones tendrán efecto en el ejercicio siguiente al de su solicitud y no tendrán carácter retroactivo.

BONIFICACIONES IMPUESTO DE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA Vehículos clásicos, más de 25 años de antigüedad: 100 %Vehículos eléctricos: el 75 % durante 5 añosVehículos híbridos, Gas Licuado del Petróleo…: 50 % durante 5 añosFamilia Numerosa: 50 %, con menos de 16 caballos fiscales

BONIFICACION IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES FAMILIA NUMEROSA

Familia Numerosa categoría general: valor catastral < 15.000,00 €, el 30 % valor catastral > 15.000,00 €, el 20 %

Familia Numerosa categoría especial: valor catastral < 15.000,00 €, el 40 % valor catastral > 15.000,00 €, el 25 %

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1.25

EXENCIONES SEGÚN ORDENANZAS FISCALES. IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

Qué esEs la solicitud de exenciones previstas en la normativa específica del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

Quién lo puede solicitar Persona sujeto pasivo contribuyente o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud de exención

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

EXENCIÓN MAQUINARIA AGRÍCOLA

D.N.I. de la persona titular del vehículo.

Documentación del vehículo: ficha técnica y permiso de circulación cuya dirección coincida con la del D.N.I.

Cartilla de Inscripción en el Registro de Maquinaria Agrícola.

EXENCIÓN POR DISCAPACIDAD

D.N.I. de la persona titular del vehículo.

Documentación del vehículo: ficha técnica y permiso de circulación cuya dirección coincida con la del D.N.I.

Certificado de la discapacidad expedido por la Diputación Foral de Bizkaia

Dónde se tramita

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Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 7 días.

Normativa aplicableOrdenanza Fiscal nº 2 del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (Art. 3)

Norma Foral 7/1989 del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (Art. 2)

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1.25

EXENCIONES SEGÚN ORDENANZAS FISCALES. IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Envío al Departamento de Gestión Tributaria.

POR GESTION TRIBUTARIA4. Concesión de la exención y formalización de su exclusión en el Padrón del Impuesto del

ejercicio siguiente.5. Notificación de la exención a la persona contribuyente.

Observaciones

Las exenciones tendrán efecto en el ejercicio siguiente al de su solicitud y no tendrán carácter retroactivo.

EXENCION IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

Grado discapacidad mayor o igual al 65 %.

Grado discapacidad mayor o igual al 33 % y menor al 65 %, se requiere Baremo de Movilidad A, B o C, o 7 o más puntos en los demás baremos.

Potencia fiscal del vehículo menor o igual a 14 caballos fiscales, excepto si está modificado para albergar sillas de ruedas.

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1.26

RECTIFICACIÓN DE LIQUIDACIONES DE IMPUESTOS Y TASAS

Qué esEs la solicitud que se puede hacer cuando por causas imputables a la Administración o a la propia persona contribuyente, la liquidación practicada sea susceptible de modificación.

Quién lo puede solicitar Persona sujeto pasivo contribuyente o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Toda la que sea pertinente para demostrar la carga de la prueba del solicitante.

Dónde se tramita

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Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.

Normativa aplicableLey 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Art. 35 letras g / i)

Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (Art. 69)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Envío al Departamento de Gestión Tributaria.

POR EL AREA COMPETENTE4. Resolución del Recurso.5. Notificación a la persona contribuyente

Observaciones La solicitud tiene el carácter de Recurso de Reposición.

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1.27

LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE INCREMENTO DE VALOR DE LOSTERRENOS DE NATURALEZA URBANA. PLUSVALÍAS

Qué es

Es la solicitud de liquidación de este impuesto, que se devenga por el incremento de valor que han experimentado durante el periodo impositivo los terrenos de naturaleza urbana cuya propiedad se transmita por cualquier título o sobre los que se constituya o transmita cualquier derecho real de goce, limitativo del dominio de los mismos.

Quién lo puede solicitar Persona sujeto pasivo contribuyente o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Toda la que sea pertinente para demostrar la carga de la prueba del solicitante.Escritura Pública o documento en el que consten los actos o contratos que dan origen al impuesto.Declaración privada de herederos en el caso de transmisiones bonificadas.Sentencia judicial de divorcio y separación, y cuaderno particional en el caso de adjudicaciones no sujetas.Sentencia judicial de adjudicación en el caso de bienes embargados en subasta.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

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Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: 1 mes.

Normativa aplicableOrdenanza Fiscal nº 3 reguladora del Impuesto sobre Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana

Norma Foral 8/1989 del Impuesto sobre Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Envío al Departamento de Gestión Tributaria.

POR EL AREA COMPETENTE4. Práctica de la liquidación.5. Notificación a la persona contribuyente.

Observaciones La exacción de este impuesto se puede realizar en régimen de autoliquidación cuando así sea posible.

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1.28

MODIFICACIÓN DE DATOS DE CONTRIBUYENTES

Qué esEs el cambio de los datos fiscales de la persona titular a efectos del pago de impuestos y tasas municipales.

Quién lo puede solicitar Persona sujeto pasivo contribuyente o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Toda la que sea pertinente para demostrar la carga de la prueba del solicitante.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: al momento.

Normativa aplicableOrdenanza Fiscal General de Gestión, Inspección y Recaudación de los tributos

Norma Foral 2/2005 de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Modificación de los datos en el programa correspondiente.4. Envío al Departamento de Gestión Tributaria.

Observaciones

Se cotejará con datos del Registro General del Ayuntamiento.

Se informará a las personas interesadas de la posibilidad de realizar, al mismo tiempo, el traslado de los nuevos datos incorporados al resto de las Áreas municipales para que, si fuese necesario, sea incorporado a los distintos expedientes relacionados.

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1.29

DEVOLUCIONES TRIBUTARIAS. INGRESOS INDEBIDOS

Qué es Es la solicitud de devolución de ingresos indebidos en cualquiera de los supuestos legales.

Quién lo puede solicitar Persona sujeto pasivo contribuyente o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Toda la que sea pertinente para demostrar la carga de la prueba del solicitante.Número de cuenta bancario, IBAN y 20 dígitos.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: 1 mes.

Normativa aplicableOrdenanza Fiscal General de Gestión, Inspección y Recaudación de los tributos

Norma Foral 2/2005 de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia (Art. 31 y 229).7

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Envío a departamento de Gestión Tributaria.

POR GESTION TRIBUTARIA4. Realización de los cálculos pertinentes del importe a devolver.5. Remisión al Departamento de Tesorería para que procedan a la devolución a la persona sujeto

pasivo después de comprobar la inexistencia de deudas con el Ayuntamiento.6. Notificación a la persona contribuyente.

ObservacionesLa solicitud tiene carácter de Recurso de Reposición.

Las devoluciones las efectúa el Departamento de Tesorería.

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1.30

CERTIFICADOS DE BIENES

Qué es

Es la expedición del documento administrativo que certifica la propiedad de los bienes muebles e inmuebles o la percepción de ayudas sociales por parte de la persona interesada.En general este certificado se expide para ser presentado en otras instituciones: en los juzgados para el trámite de petición de Justicia Gratuita; en Ayuntamientos para la Solicitud de Ayudas; en Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social…

Quién lo puede solicitar Persona sujeto pasivo contribuyente o su representante legal.

Documentación a aportarSolicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económicoSin coste, con carácter general.

Ordenanza fiscal nº 6, reguladora de las tasas por expedición de documentos administrativos

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: 7 días.

Normativa aplicableOrdenanza Fiscal General de Gestión, Inspección y Recaudación de los tributos

Norma Foral 2/2005 de 10 de marzo General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Envío al Departamento de Gestión Tributaria.

POR GESTION TRIBUTARIA4. Consulta de los datos a incluir.5. Emisión del certificado.6. Notificación a la persona contribuyente.

ObservacionesInformación extraída de los padrones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, del Impuesto sobre Actividades Económicas y del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

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1.31

PAGO A LA CARTA

Qué es

Al objeto de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, el Ayuntamiento de Erandio ofrece a la ciudadanía la posibilidad de pago a la carta, aportando los datos necesarios para la domiciliación de los recibos de vencimiento periódico gestionados directamente por el Ayuntamiento: Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y Tasa de Vados.

Quién lo puede solicitar Persona sujeto pasivo contribuyente o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representanteToda la que sea pertinente para demostrar la carga de la prueba del solicitante.Número de cuenta bancario, IBAN y 20 dígitos.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: Inmediato.

Normativa aplicable Ordenanza Fiscal General de Gestión, Inspección y Recaudación de los tributos (Art. 31)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Envío al Departamento de Gestión Tributaria.

POR GESTION TRIBUTARIA4. Inclusión en el Padrón de pagos con vencimiento especial del ejercicio siguiente.

Observaciones

Los recibos se pagarán en 2 plazos, sin intereses; el primero, entre el 1 de abril y el 31 de mayo y, el segundo, entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre de cada año.

Características del Pago a la Carta:1. Podrán acogerse a esta modalidad de pago aquellas personas que no tengan deudas

pendientes con el Ayuntamiento en vía ejecutiva.2. Los recibos se cobrarán en los plazos indicados por domiciliación bancaria.3. Si la persona contribuyente no paga en alguno de los plazos comprometidos, automáticamente

se anulará la concesión del pago a la carta. La persona contribuyente deberá abonar las deudas pendientes dentro del periodo voluntario de cobro de cada tributo o por vía ejecutiva una vez transcurrido el mismo.

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1.32

DOMICILIACIÓN DEL IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

Qué esEs la domiciliación del pago del impuesto de vehículos por nueva alta o por cambio de cuenta en cualquier entidad financiera.

Quién lo puede solicitar Persona titular del vehículo o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Solicitud de domiciliación bancaria.

Número de cuenta bancario, IBAN y 20 dígitos.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: Inmediato.

Normativa aplicableOrdenanza Fiscal General de gestión, recaudación e inspección

Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. 2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada. 3. Envío a Tesorería.

Observaciones Este trámite se puede realizar durante todo el año.

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1.33

DUPLICADO DE AVISO DE PAGO PARA EL IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

Qué esEs la emisión de copia de aviso de pago o documento cobratorio, documento que sirve para realizar el pago del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica cuando no se dispone del original.

Quién lo puede solicitar Toda persona titular del vehículo o su representante legal.

Documentación a aportarSolicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Inmediato.

Normativa aplicable Sin normativa expresa.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. 2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada. 3. Emisión, impresión y entrega del duplicado a la persona interesada para su pago.

Observaciones El duplicado se solicitará durante el período de pago del impuesto que suele ser de 2 meses.

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1.34

DUPLICADO DE JUSTIFICANTES DE PAGO

Qué esEs la obtención de justificante de pago, duplicado de recibo abonado cuando no se dispone del original.

Quién lo puede solicitar La persona titular del recibo o persona autorizada por el mismo.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

DNI del titular si lo solicita de forma presencial.

Dónde se tramita

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Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificarInmediato si se solicita de forma presencial; tres días si se solicita de manera telemática.

Si el pago del recibo se encuentra domiciliado, el justificante del pago ya realizado se podrá emitir a partir de las ocho semanas desde el pago del recibo.

Normativa aplicable Sin normativa expresa.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. 2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada. 3. Emisión, impresión y entrega del duplicado a la persona interesada para su pago.

ObservacionesJustificante de pago:

En el caso de que el recibo haya sido abonado mediante domiciliación bancaria y no hayan transcurrido 8 semanas desde el pago, la persona interesada deberá solicitarlo en su entidad bancaria.

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1.35

CERTIFICADOS TRIBUTARIOS

Qué es

Es la expedición de los documentos acreditativos de estar al corriente en el pago de las deudas tributarias municipales (salvo Impuesto de Bienes Inmuebles, Impuesto de Actividades Económicas y tasas por agua, basuras y saneamiento).

Se expiden a solicitud de los contribuyentes, un certificado de que la persona solicitante no tiene deuda exigible y vencida, para poder presentarlo generalmente ante la Administración (contrataciones, subvenciones, etc.).

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

DNI del titular si lo solicita de forma presencial.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Inmediato.

Normativa aplicable Sin normativa expresa.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Comprobación de la situación tributaria y, en su caso, impresión y entrega del certificado a la

persona interesada.

ObservacionesLas certificaciones del Impuesto de Bienes Inmuebles y del Impuesto de Actividades Económicas las expide la Diputación Foral de Bizkaia.

Las certificaciones sobre agua, basuras y saneamiento las expide el Consorcio de Aguas.

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1.36

APLAZAMIENTO Y/O FRACCIONAMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

Qué es

Es la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento de deudas cuando la situación económico financiera impida de forma transitoria efectuar el pago.

Puede solicitarse el fraccionamiento de cualquier deuda, en período voluntario o ejecutivo; en caso de que haya deuda en vía ejecutiva, la solicitud debe incluir el total de la misma.

Es condición obligatoria para tramitar la solicitud aportar una cuenta bancaria para la domiciliación del cobro.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

DNI del titular si lo solicita de forma presencial.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar En el plazo máximo de cinco días.

Normativa aplicableOrdenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección (Art. 33)

Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia (Art. 63)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Envío a Tesorería.

POR TESORERÍA4. Emisión de informe técnico.5. Elaboración de resolución y remisión al SAC.

POR EL SAC6. Notificación a la persona interesada.

ObservacionesSe entregará un documento con las condiciones del fraccionamiento o aplazamiento, que deberá ser firmado por la persona interesada.

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1.37

DEPÓSITO DE FIANZAS

Qué esEs la solicitud para la constitución de fianzas y avales, depositadas para responder por posibles responsabilidades en diversos órdenes (contratación administrativa, ejecución de obras de urbanización, utilización del dominio público...).

Quién lo puede solicitar Cualquier persona titular o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Si la fianza es por medio de:1. AVAL: el aval extendido por la entidad financiera.2. METÁLICO: el comprobante bancario del ingreso en la cuenta previamente facilitada por el

Ayuntamiento.

Modelos de avales.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

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Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificarLa constitución de fianzas se realiza en el momento, toda vez que ha sido exigida por acuerdo municipal pertinente.

Normativa aplicableNormativa según la naturaleza de la fianza o aval: Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, Ley de Contratos del Sector Público

Acuerdo de Junta de Gobierno o Decreto de Alcaldía (en cada caso correspondiente)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Emisión de la Carta de Pago y entrega a la persona interesada.4. Envío a Tesorería

POR TESORERÍA5. Incorporación al expediente.

Observaciones Sin observaciones que reseñar.

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1.38

DEVOLUCIÓN DE FIANZAS

Qué esEs la solicitud de devolución de fianzas y avales, depositadas para responder por posibles responsabilidades en diversos órdenes (contratación administrativa, ejecución de obras de urbanización, utilización del dominio público…).

Quién lo puede solicitar Cualquier persona o su representante legal.

Documentación a aportarSolicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificarPlazo estimado: 1 mes.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Normativa aplicableNormativa según la naturaleza de la fianza o aval: Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, Ley de Contratos del Sector Público

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remisión al Área competente del establecimiento de la fianza.

POR EL ÁREA COMPETENTE4. Emisión de informe por la persona técnica responsable del establecimiento del aval.5. Resolución por órgano competente.6. Remisión a Tesorería, que remitirá la fianza correspondiente al SAC para su devolución

POR EL SAC7. Notificación a la persona interesada que en caso de ser positiva incluirá devolución del aval.

Observaciones Sin observaciones que reseñar.

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2. CIUDADANÍAACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

COMERCIOCONSUMO

CULTURA Y DEPORTESEDUCACIÓN - ESCUELA DE MÚSICA

EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA, DESARROLLO LOCALEUSKARA

IGUALDADJUVENTUD

SALUD PÚBLICASEGURIDAD CIUDADANA

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Acción Social y Cooperación al Desarrollo2.4

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2.1

AYUDA ESPECIAL INCLUSION SOCIAL

Qué esEs la prestación económica destinada a sufragar los gastos asociados a necesidades básicas y derivados de un proceso de inclusión social y/o laboral.

Quién lo puede solicitar

La persona en situación de exclusión social, que reúna los siguientes requisitos: · No tener derecho a percibir la Renta de Garantía de Ingresos.· Constituir una unidad de convivencia como mínimo con 12 meses de antelación a la fecha de

la solicitud.· La persona debe estar empadronada y tener su residencia efectiva en Bizkaia con una

antigüedad mínima de 30 meses.

En relación a los recursos económicos: · Tener ingresos mensuales inferiores a la cuantía mensual de esta Ayuda. · No disponer de bienes inmuebles. · No disponer de dinero, títulos, valores, vehículos y, en general, cualquier otro bien mueble de los

referidos en el Decreto 147/2010, de 25 de mayo de la Renta de Garantía de Ingresos, por una cuantía máxima equivalente a 6 mensualidades de la Ayuda Especial para la Inclusión Social.

· Estar inscrita en el servicio Vasco de Empleo - LANBIDE.

Documentación a aportar

Solicitud ayuda especial a la inclusión: http://www.bizkaia.eus/home2/archivos/DPTO3/Temas/Impresos-%20Solicitudes%20DAS/SOLICITUD%20AEIS%202012.pdf?idioma=CA

DNI, pasaporte, tarjeta, permiso o justificante de residencia de la persona solicitante y de los demás miembros de la unidad de convivencia mayores de 14 años.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

DNI de la persona representante y acreditación de su representación.

Libro de Familia.

Demanda de separación o acreditación de la tramitación de la separación o certificado de que las medidas provisionalísimas se están llevando a cabo.

Certificado de discapacidad.

Certificado de empadronamiento colectivo (se adjuntará de oficio).

Contrato de arrendamiento, subarriendo, hospedaje o de alquiler de habitaciones, acompañados de sus correspondientes recibos.

Certificado de residencia en centro de acogida.

Declaración jurada de ingresos, así como del patrimonio de todos los miembros de la unidad de convivencia.

Justificante de ingresos de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años: 1. Vida Laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social (c/ Julio Urquijo, 13 (Bilbao) / c/

Villa de Plencia, 14 (Getxo) // www.seg-social.es)2. Fotocopia del contrato de trabajo y de la última nómina mensual.3. Fotocopia del recibo de la última pensión o certificación del Instituto Nacional Seguridad

Social de pensión actualizada (en c/ Iruña, 13 (Deusto).4. Fotocopia del recibo del último pago de prestación por desempleo o certificación actualizada

del Instituto Nacional de Empleo (c/ Cataluña 1, San Ignazio (Bilbao) / c/ Negubide 1, Areeta (Getxo) Es necesaria cita previa: 901010210/ 944506579.

5. Certificado del Servicio Público de Empleo Estatal (Tfno. 901 119 999 / c/ Cataluña 1, San Ignazio (Bilbao) / c/ Negubide 1, Areeta (Getxo). Es necesaria cita previa: 901 010 210 / 944 506 579).

6. Fotocopia del recibo del último pago del convenio regulador o resolución correspondiente.7. Certificados bancarios sobre estado de cuentas y títulos bancarios.8. Certificado de Bienes y Declaración de la Renta o, en su caso, certificado de no haber tenido

obligación de declarar en Hacienda Foral. 9. Justificante de inscripción en Lanbide, Servicio Vasco de Empleo.10. Documento bancario.11. Cualquier otro documento que, en su caso, se considere necesario.

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2.1

AYUDA ESPECIAL INCLUSION SOCIAL

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo máximo legal: seis meses. Silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicable

Decreto Foral 60/2011, de 22 de marzo, por el que se regula la ayuda especial para la Inclusión Social:

http://www.bizkaia.eus/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/Decreto%20regulador%20AEIS.pdf?idioma=CA

Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 207/2011, de 13 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 60/2011, de 22 de marzo, por el que se regula la ayuda especial para la inclusión social: http://www.bizkaia.eus/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/Decreto%20modificaci%C3%B3n%20decreto%20regulador%20aeis.pdf

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recoger, comprobar y registrar la solicitud junto con la documentación. 2. Entregar copia sellada a la persona solicitante como justificante.3. Dar cita con la Trabajadora Social del Ayuntamiento para entrevista.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO4. Cita con la Trabajadora Social para hacer la propuesta de Ayuda Especial para la Inclusión Social.4. Remitir la solicitud a la Diputación Foral de Bizkaia. Departamento de Acción Social.

Observaciones

La prestación se otorgará por un periodo de 12 meses y podrá renovarse hasta un máximo de 30 meses.

Es la Diputación Foral de Bizkaia la que resuelve, pero para tramitarla hace falta cita previa con la trabajadora social de base de referencia porque es ella quien tiene que realizar la propuesta.

Para mayor información:

http://www.bizkaia.eus/Home2/Temas/DetalleTema.asp?Tem_Codigo=1537&idioma=CA&dpto_biz=9&codpath_biz=9|9532|238|1525|1537

Solicitud: http://www.bizkaia.eus/home2/archivos/DPTO3/Temas/Impresos-%20Solicitudes%20DAS/SOLICITUD%20AEIS%202012.pdf?idioma=CA

Ficha de cuenta bancaria: http://www.bizkaia.eus/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/Ficha%20cuenta%20bancaria.pdf?idioma=CA

Propuesta de ayuda especial para la inclusión social: http://www.bizkaia.eus/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/PROPUESTA%20AEIS.pdf?idioma=CA

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2.2

AYUDAS INDIVIDUALES PARA ATENCIÓN TEMPRANA

Qué es

Ayuda Pública en régimen de libre concurrencia que posibilita de forma más completa la integración en el entorno familiar, escolar y social, a niños y niñas de 0 a 6 años que presentan trastornos en su desarrollo o tienen riesgos de padecerlos.

Únicamente se financiarán mediante las presentes ayudas individuales los tratamientos prescritos recibidos por las personas beneficiarias (solicitantes) durante su vigencia. La cuantía de la ayuda individual no podrá exceder en ningún caso del costo real del concepto subvencionado, siendo objeto de concesión, una vez cumplidos los requisitos previstos en los artículos precedentes, las siguientes cuantías máximas, que se reajustarán en el caso de cofinanciación por otra Entidad:

· Tratamiento Global Seguimiento:

Ayuda Individual: 89 euros/mes. Asociado con Fisioterapia: 164 euros/mes

· Tratamiento Global Intensivo:

Ayuda Individual: 178 euros/mes. Asociado con Fisioterapia: 253 euros/mes

· Tratamiento específico del área motora-fisioterapia:

Ayuda Individual: 75 euros/mes.

La concesión de las citadas cuantías se determinará en función de la disponibilidad presupuestaria prevista en las disposiciones adicionales.

La fecha de efectos de la concesión de la ayuda nunca podrá ser anterior a la fecha de solicitud de la ayuda o de la Resolución del Plan Individual de Atención (PIA).

Quién lo puede solicitar

Niños y niñas de 0 a 6 años que presenten trastornos en su desarrollo o tengan riesgos de padecerlos y que reúnan los siguientes requisitos:

1. Empadronamiento en el Territorio Histórico de Bizkaia.

2. Presentar la solicitud en plazo según modelo oficial, o haber sido orientado/a hacia el Servicio de Atención Temprana en la Resolución del Programa Individual de Atención (PIA).

3. Tener una edad comprendida entre 0 y 6 años.

Documentación a aportar

Las solicitudes de Ayuda Individual de Atención Temprana se presentarán en el modelo normalizado modelo oficial (91 KB). En el caso de que exista una Resolución del Programa Individual de Atención a la Dependencia que oriente hacia el servicio de atención temprana, esta Resolución tendrá los efectos de solicitud a partir de la fecha de su emisión, por lo que se tendrá por presentada desde entonces, sin que en este caso sea necesario presentar el modelo normalizado.

En el caso de que se simultaneen la Resolución del Plan Individual de Atención y la presentación de la solicitud según modelo normalizado, se otorgará preferencia y producirá efectos la más antigua de ambas.

Constituirá requisito indispensable para la concesión de la ayuda la obtención de un informe de prescripción favorable por parte del Equipo de Valoración y Orientación de la necesidad de recibir la Ayuda de Atención Temprana, orientando hacia este tipo de ayuda.

1. Para los casos en los que no exista un informe de prescripción emitido por el Equipo de Valoración y Orientación vigente en el momento de presentar la solicitud, se deberá aportar la siguiente documentación junto con la solicitud:

· Ficha identificativa de domiciliación bancaria de la persona que ejerza la patria potestad o representación legal. Documento para la domiciliación bancaria.

· Certificado actualizado de empadronamiento familiar (que deberá ser de carácter colectivo) en el Territorio Histórico de Bizkaia (se adjuntará de oficio).

· D.N.I. o libro de familia completo de la persona beneficiaria (solicitante) de la ayuda.

· D.N.I. de la persona que ejerce la patria potestad o representación legal.

Para aquellos supuestos en que la resolución del Plan Individual de Atención haga los efectos de la solicitud, de la anterior documentación solo se requerirá la que no conste en el Servicio de Valoración de la Dependencia.

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AYUDAS INDIVIDUALES PARA ATENCIÓN TEMPRANA

Documentación a aportar

2. En el caso de que exista un informe de prescripción vigente emitido por el Equipo de Valoración y Orientación en el momento de presentar la solicitud y, siempre y cuando no hubieran variado las circunstancias que se tuvieron en cuenta en el momento de emitirlo, se deberá aportar junto con la solicitud, además de la documentación indicada en el punto 1, la siguiente:

Un informe emitido por la Entidad que vaya a realizar el tratamiento, describiendo:

· Datos identificativos de la Entidad: Nombre, dirección completa y CIF

· Datos de tratamiento: Número de sesiones, duración de cada sesión y tipo de tratamiento, fecha previsible de inicio del tratamiento y duración del mismo.

· Nombre, descripción de la titulación y número de colegiado/a del/la profesional o profesionales que prestarán el servicio.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo máximo legal: seis meses.

No suele en ningún caso superior a los dos meses salvo excepciones.

Normativa aplicable

Decreto Foral 194/2015 de 15 de Diciembre (prórroga):http://www.bizkaia.eus/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/DF%20194-2015,%20de%2015%20de%20diciembre%20PRORROGA.pdf?idioma=CA

Decreto Foral 120/2014 de 4 de noviembre que modifica el DF 176/2012:http://www.bizkaia.eus/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/decreto%20120%202014%20atenci%C3%B3n%20temprana.pdf

Decreto Foral 161/ 2013 de 25 de noviembre que modifica el DF 176/2012:http://www.bizkaia.eus/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/P%C3%A1ginas%20desdeestimu2013.pdf

Decreto Foral 176/2012 de 11 de Diciembre:http://www.bizkaia.eus/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/estimulaci%C3%B3n%202012.pdf

MODELO DE ATENCIÓN TEMPRANA PARA LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO:

http://www.bizkaia.eus/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/Atencion%20Temprana%20-castellano-%2028-2-11%20(2).pdf?idioma=CA

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AYUDAS INDIVIDUALES PARA ATENCIÓN TEMPRANA

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recoger, comprobar y registrar la solicitud junto con la documentación.

2. Entregar copia sellada a la persona solicitante como justificante.

3. Dar cita con la Trabajadora Social del Ayuntamiento para entrevista.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

4. Cita con la Trabajadora Social.

5. Remitir la solicitud al Diputación Foral de Bizkaia. Dpto. de Acción Social.

Observaciones

Cualquier duda relativa a este servicio se resolverá en Diputación Foral de Bizkaia.

La vigencia de las ayudas de atención temprana concedidas se corresponderá con el año natural y podrá prorrogarse sucesivamente por igual o inferior periodo de tiempo, en tanto se mantengan las circunstancias que motivaron su concesión y se cumplan las obligaciones previstas en el Decreto Foral.

En todo caso, la ayuda individual se extinguirá cuando la persona beneficiaria cumpla 6 años.

Las solicitudes de Atención Temprana se presentarán en el modelo oficial. No obstante, en el caso de que en el Programa Individual de Atención a la dependencia se oriente este servicio como idóneo, la resolución del PIA se considerará solicitud a todos los efectos, por lo que resultará suficiente dicha resolución para tenerse por presentada la solicitud.

Área responsable CIUDADANÍA / ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

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2.3

CENTRO DE DÍA SAN JOSE

Qué es

Es un centro que ofrece a las personas mayores un servicio diurno de lunes a viernes, proporcionando una atención integral y personalizada.

El municipio de Erandio dispone de un Centro de Día municipal que se encuentra ubicado en el Hogar Residencia San José.

Se trata de un recurso intermedio entre la ayuda a domicilio y la estancia en una residencia que ofrece entre otros los siguientes servicios:

· Hacer ejercicios para trastornos propios de la edad.· Recibir una atención personal.· Realizar actividades de ocio y ocupación del tiempo libre.· Facilita apoyo y asesoramiento a sus familiares.

Quién lo puede solicitarPueden ser usuarias las personas mayores de 60 años empadronadas en Erandio, con dificultades para realizar las actividades cotidianas por causas físicas o psíquicas.

Documentación a aportar

Las personas usuarias vienen derivadas por la Diputación Foral de Bizkaia tras realizar la valoración de la dependencia en los servicios sociales municipales y elegir en el Programa Individual de Atención dicho recurso. El expediente es por tanto facilitado al centro por los servicios sociales municipales toda vez que desde la Diputación se recibe la orden de Ingreso en el Centro de Día.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económicoEl coste es establecido por la Diputación Foral de Bizkaia.En su caso, de acuerdo a la Ordenanza Fiscal municipal nº 16.

Plazo para resolver y notificar

La Diputación Foral de Bizkaia nos envía una persona usuaria al comunicar una baja. Baja-alta.

Normativa aplicableEstatutos de la Residencia, control de calidad, manual de buenas prácticas.Ordenanza fiscal nº 16, en su caso.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

Cuando recibimos la oferta de la Diputación Foral de Bizkaia para ocupar baja/alta, nos envía al Centro unos mínimos datos que complementamos con los que obran en el expediente de servicios sociales para preparar el alta cuya fecha viene marcada por la Diputación Foral de Bizkaia.

Observaciones

Se puede tramitar para aquellas personas que tienen reconocido un grado de dependencia suficiente como para poder optar a una plaza concertada de Diputación Foral de Bizkaia, o con la puntuación obtenida según la tabla de recursos sociales y petición a través del Programa Individual de Atención.

Área responsable CIUDADANÍA / ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

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2.4

DERIVACIÓN BANCO DE ALIMENTOS

Qué es Es la entrega de alimentos a personas a través de Cruz Roja o Sortarazi.

Quién lo puede solicitarToda persona empadronada en Erandio que no tenga cubiertas sus necesidades básicas, según valoración de la Trabajadora Social.

Documentación a aportar

· Solicitud general

· DNI de la persona solicitante.

· En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

· Certificado del Servicio Público de Empleo Estatal si la persona es perceptora de prestaciones económicas (901 119 999 / 944 506 579 / c/ Cataluña, 1, San Ignacio (Bilbao)

· Certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en el que indique si cobra alguna prestación (901 106 570 / Cita previa, c/ Iruña, 13, Deusto.

· Vida Laboral de todas las personas mayores de 16 años, expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social (c/ Julio Urquijo, 13, Deusto). Se puede obtener a través de internet en www.seg-social.es

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Mes y medio.

Normativa aplicableCruz Roja: www.cruzrojabizkaia.orgConvenio Sortarazi.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recoger, revisar, escanear y remitir al área de Acción Social.

2. Dar cita con la Trabajadora Social.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

3. Cita con la Trabajadora Social.

4. Remisión a Cruz Roja o Sortarazi.

Observaciones

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2.5

DERIVACIÓN KIT BEBÉ

Qué esEs el Kit de alimentación e higiene para las y los bebés de 0 a 24 meses y kit de higiene y limpieza para las familias. Se realiza a través de Cruz Roja.

Quién lo puede solicitarToda persona empadronada en Erandio que no tenga cubiertas sus necesidades básicas, según valoración de la Trabajadora Social.

Documentación a aportar

· Solicitud general

· DNI de la persona solicitante.

· En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

· Certificado del Servicio Público de Empleo Estatal si la persona es perceptora de prestaciones económicas (901 119 999 / 944 506 579 / c/ Cataluña, 1, San Ignacio (Bilbao)

· Certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en el que indique si cobra alguna prestación (901 106 570 / Cita previa, c/ Iruña, 13, Deusto.

· Vida Laboral de todas las personas mayores de 16 años, expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social (c/ Julio Urquijo, 13, Deusto). Se puede obtener a través de internet en www.seg-social.es

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Mes y medio.

Normativa aplicable Cruz Roja: www.cruzrojabizkaia.org

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recoger, revisar, escanear y remitir al área de Acción Social.

2. Dar cita con la Trabajadora Social.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

3. Cita con la Trabajadora Social.

4. Remisión a Cruz Roja.

Observaciones

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2.6

SOLICITUD DEL TÍTULO DE FAMILIA NUMEROSA

Qué es

Es el Título oficial que reconoce a una familia numerosa su condición como tal. Su objetivo es facilitar el acceso a las ventajas existentes para las familias numerosas. Se consideran familias numerosas:

· Uno o dos ascendientes con 3 o más hijas/os, sean o no comunes.

· Uno o dos ascendientes con dos hijas/os si una/o tiene reconocida la condición de grado de discapacidad.

· Dos ascendientes con dos hijas/os cuando ambos ascendientes tuvieran reconocido grado de discapacidad (fueran personas discapacitadas) o al menos una/o de ellos tuviera un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

· Madre o padre con dos hijas/os cuando haya fallecido la/el otra/o progenitora/progenitor.

Existen también otros supuestos recogidos en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas. Las hijas e hijos deben cumplir las siguientes condiciones:

· Ser solteras y solteros.

· Ser menores de 21 años. Este límite se amplía hasta cumplir los 26 años si son estudiantes. No existe límite de edad para las hijas e hijos con reconocimiento de minusvalía.

· Convivir con la/el ascendiente o ascendientes.

· Depender económicamente de la/del ascendiente o ascendientes.

Quién lo puede solicitar Personas empadronadas en Erandio que reúnan los requisitos arriba mencionados.

Documentación a aportar

Solicitud en modelo oficial: http://www.bizkaia.net/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/Solicitud%20Familias%20Numerosas%202013.pdf?idioma=CA&bnetmobile=0

Libro de Familia y D.N.I. de todas las personas de la familia que lo posean.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante.

Certificados pertinentes para acreditar situaciones especiales tales como la condición de persona con discapacidad o incapacitada para el trabajo, estudiante, viudedad, separación o divorcio.

En el caso de separación o divorcio, se presentará el Convenio Regulador en su caso y la respectiva sentencia, a efectos de comprobación de la guarda y custodia de las/los hijas/os.

Para personas solicitantes de otras nacionalidades:

Además de lo anterior, si son de países miembros de la Unión Europea y del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Islandia, Noruega y Liechtenstein), la tarjeta de residencia.

Si son de países no pertenecientes a la Unión Europea:

· Permiso de residencia.· Número de Identificación de Extranjera y/o Extranjero.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

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Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

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2.6

SOLICITUD DEL TÍTULO DE FAMILIA NUMEROSA

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificarPlazo máximo: tres meses.

Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicable Ley 40/2003, 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

El Servicio de Mujer e Intervención Familiar de Diputación Foral es el encargado de informar y tramitar los Títulos de Familia Numerosa.

Las solicitudes y documentación se podrán presentar en:

a) Las oficinas del Departamento sitas en Ugasko 5 bis 1ª, Bilbao, o, a excepción del Ayuntamiento de Bilbao, en las Unidades de Bienestar Social del Ayuntamiento correspondiente.

b) Igualmente cabe la posibilidad de remitir los documentos necesarios, una vez escaneados, para la tramitación del título a la siguiente dirección de correo electrónico [email protected]

POR EL SAC

1. Recoger, comprobar y registrar la solicitud junto con la documentación.

2. Entregar copia sellada a la persona solicitante como justificante.

3. Remitir la solicitud a la Diputación Foral de Bizkaia.

ObservacionesPara mayor información:

http://www.bizkaia.eus/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/Solicitud%20Familias%20Numerosas%202013.pdf?idioma=CA

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2.7

FONDO DE BIENESTAR SOCIAL

Qué es

Es una prestación económica de carácter periódico, complementaria de los servicios sociales para aquellas personas que bien por su avanzada edad o debido a su grado de discapacidad, no pueden acceder al trabajo ni disponer de otros ingresos con que atender las necesidades básicas.

Son personales e intransferibles y se otorgan con carácter alimenticio, no pudiendo ser objeto de embargo o retención ni ofrecerse en garantía de obligaciones.

Tipos de pensiones: · por Ancianidad.· por Incapacidad.

La pensión del Fondo de Bienestar Social por ancianidad o invalidez, se concede mientras se cumplan los requisitos establecidos.

El importe de la pensión mensual en su cuantía es de 149,86€ al mes y 14 pagas al año.

La prestación es concedida o denegada por la Diputación Foral de Bizkaia, según se cumplan o no los requisitos para tener derecho a la misma.

Quién lo puede solicitar

Pueden ser beneficiarios/as de la Pensión del Fondo de Bienestar Social, las personas que reúnan los siguiente requisitos:

1. Estar empadronado/a previamente en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma Vasca. (se incluye a los extranjeros y extranjeras, personas refugiadas y apátridas, con permiso de residencia).

2. Haber cumplido 65 años de edad o en caso de enfermedad, tener más de 16 años, tener reconocido/a grado de discapacidad por el órgano competente y encontrarse absolutamente incapacitado/a para toda clase de trabajo.

3. No disponer de ingresos propios o familiares, con que atender las necesidades básicas.

· Se considera que se carece de ingresos al percibir para beneficio exclusivo y durante el año natural unos ingresos inferiores al importe anual de las ayudas de esta pensión, bien sea en concepto de rentas, retribuciones, pensiones o cualquier otro (se exceptúa la valoración de la vivienda en propiedad que sea residencia de la persona solicitante).

· Si la persona solicitante está integrada en una unidad familiar, la renta per cápita de dicha unidad será inferior al importe anual de esta prestación económica.

Documentación a aportar

· Documento acreditativo de la identidad de la persona solicitante y de los demás miembros de la unidad familiar (cónyuge, hijo/as menores o mayores incapacitado/as para el trabajo).

· Libro de familia.

· Certificado de empadronamiento colectivo (se adjuntará de oficio).

· Certificado del estado civil (Juzgado de Paz correspondiente// www.justizia.net).

· En caso de separación/ divorcio: sentencia de separación/divorcio y convenio regulador.

· Certificado de defunción del cónyuge (Juzgado de Paz correspondiente // www.justizia.net)

· Certificado del Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) de la pensión actualizada C/ Iruña 13 Deusto (Bilbao), se necesita cita previa 901 10 65 70. En el caso de personas extranjeras además deberán aportar certificado de pensiones del país de origen.

· Justificantes de ingresos de los miembros de la familia (Certificado del Instituto Nacional Seguridad Social en C/ Iruña 13 Deusto (Bilbao), se necesita cita previa 901106570, nóminas…).

· Impreso normalizado sobre domiciliación bancaria sellado por la entidad financiera: http://www.bizkaia.eus/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/Ficha%20cuenta%20bancaria.

pdf?idioma=CA.

· Además de la documentación antes descrita, en el caso de solicitud del Fondo de Bienestar Social por Incapacidad se aportará:

· Certificado de reconocimiento de discapacidad.

· Vida Laboral (Tesorería General de la Seguridad Social TGSS: Julio Urquijo 13 (Bilbao) / Villa de Plencia 14 (Getxo) // www.seg-social-es.

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2.7

FONDO DE BIENESTAR SOCIAL

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Se suelen resolver en el mismo mes en el que entra la solicitud.

Competencia de Diputación Foral de Bizkaia.

Normativa aplicable

Decreto 129/1986, por el que se regulan las pensiones del Fondo de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma del País Vasco a ancianos e incapacitados para el trabajo.

Modificaciones sustanciales (Decreto 38(/1988)

Modificaciones sustanciales (decreto 163/1990)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recoger, comprobar y registrar la solicitud junto con la documentación.

2. Entregar copia sellada a la persona solicitante como justificante.

3. Dar cita con la Trabajadora Social del Ayuntamiento para entrevista.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

4. Cita con la Trabajadora Social.

5. Remitir la solicitud al Diputación Foral de Bizkaia. Dpto. de Acción Social.

Observaciones

Es la Diputación Foral la administración que lo aprueba pero hace falta cita previa con la Trabajadora Social de Base de referencia.

Cualquier duda relativa a este servicio se resolverá en Diputación Foral de Bizkaia (Camino Ugasko 2-4, 48014 Bilbao // Centralita 944068000).

Área responsable CIUDADANÍA / ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

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2.8

GIZATEK

Qué es

Es un servicio público dirigido a la orientación, integración social y promoción de la autonomía de aquellas personas de cualquier edad cuya discapacidad o dependencia conlleven limitaciones de su actividad o restricciones en la participación ciudadana que puedan ser compensadas o mitigadas mediante la aplicación de productos y métodos tecnológicos diversos.

Objetivo:Promocionar la autonomía personal e integrar socialmente a personas con limitaciones de su actividad o restricciones en la participación ciudadana proporcionando orientación sobre los productos de apoyo y métodos tecnológicos que resulten idóneos, conforme al tipo de discapacidad o situación de dependencia, para compensar o paliar dichas limitaciones.

Prestaciones que ofrece:· Exposición permanente de productos de apoyo.· Asesoramiento sobre:

· el acceso a las distintas prestaciones,· una posible subvención para la adquisición de productos de apoyo, o· el préstamo de productos de apoyo.

· Orientación sobre cualquier aspecto técnico que pueda servir para mejorar la autonomía personal de la persona solicitante, mediante la elaboración de un informe técnico de idoneidad.

· Tramitación de las solicitudes de ayuda económica destinadas a la adquisición de productos de apoyo para personas con discapacidad o en situación de dependencia.

Quién lo puede solicitar

Encontrarse en una situación de dependencia valorada como mínimo con grado II, o tener una discapacidad de al menos el 33%.

Poseer la nacionalidad española u otra de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea, en cuyo caso se deberán cumplir las condiciones específicas establecidas a tal efecto en el decreto foral correspondiente.

Estar empadronadas en algún municipio de Bizkaia.

Documentación a aportar

· Documentación requerida para tramitar las solicitudes de ayudas económicas destinadas a la adquisición de productos de apoyo

· DNI de la persona solicitante o de su representante legal y demás personas que aparezcan en la solicitud.

· En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante.

· Documento bancario.

· Informe técnico de idoneidad emitido por Gizatek, o únicamente en los casos previstos en el decreto foral en vigor los informes realizados por profesionales colegiados.

· En las solicitudes de ayuda para la adquisición de productos de apoyo para adaptar vehículos a motor o realizar elementos de construcción en la vivienda habitual se aportará la documentación específica establecida en el decreto foral en cada caso.

· Únicamente en el supuesto de resultar beneficiario de la subvención se deberá aportar la factura original de la compra de los productos subvencionados en los términos y plazos recogidos en el decreto en vigor.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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2.8

GIZATEK

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Depende del producto solicitado y de los ingresos económicos de la unidad familiar.

Plazo para resolver y notificar

El plazo estimado suele ser de 10/15 días para emitir el certificado de idoneidad, en el cual se acepta o rechaza la solicitud.

Normativa aplicablehttp://www.bizkaia.eus/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/Decreto%20Gizatek%202016.pdf?idioma=CA

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Informar/asesorar y facilitar la solicitud.

2. Posteriormente, las solicitudes deberán entregarse directamente en Gizatek (C/Lertxundi 14, 48009-Bilbao; teléfono: 900-220-002).

Observaciones

Competencia de Diputación Foral de Bizkaia.

Plazo de presentación de las solicitudes año 2016: Desde el 15 de enero de 2016 hasta el 31 de octubre de 2016.

No hace falta cita con la Trabajadora Social de referencia.

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2.9

IMSERSO-TERMALISMO

Qué es

Es un servicio complementario a las prestaciones del Sistema de la Seguridad Social español.

El Programa de Termalismo proporciona el acceso a los tratamientos termales, que se presten en los establecimientos que cuenten con manantiales de agua minero medicinal, declarados de utilidad pública, contribuyendo con ello a mejorar la calidad de vida de las personas mayores, así como la promoción del envejecimiento activo, la mejora de la salud y la prevención de la dependencia.

Quién lo puede solicitar

Podrán participar en el Programa de Termalismo del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), las personas residentes en España, que reúnan alguno de los siguientes requisitos:

•Ser pensionista de jubilación o incapacidad permanente del Sistema de Seguridad Social español.

•Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.

•Ser pensionista por otros conceptos o perceptora/perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.

•Ser asegurada/o o beneficiaria/o del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco o más años de edad.

Las personas usuarias de plaza deben reunir los siguientes requisitos:

•No padecer alteraciones del comportamiento que puedan alterar la normal convivencia en los establecimientos, ni padecer enfermedad transmisible con riesgo de contagio.

•Poder valerse por sí misma/o para realizar las actividades básicas de la vida diaria.

•Necesitar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.

•Alcanzar, de conformidad con la baremación establecida, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.

Las personas usuarias de los tratamientos y, en su caso, sus acompañantes, acreditarán al IMSERSO, Instituto de Mayores y Servicios Sociales, el cumplimiento de los requisitos establecidos en los párrafos a), b) y c) de este apartado mediante declaración responsable, en el modelo que se acompaña a la solicitud.

Documentación a aportarLa solicitud en:

http://www.imserso.es/imserso_01/envejecimiento_activo/vacaciones/como_acreditarse/index.htm

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

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2.9

IMSERSO-TERMALISMO

Coste económico

Los programas se cofinancian por la persona usuaria y por el IMSERSO, Instituto de Mayores y Servicios Sociales, con cargo a sus presupuestos.

La aportación del IMSERSO podrá oscilar entre el 20 por ciento y el 50 por ciento del coste del servicio, atendiendo a los tipos de temporadas y turnos.

Las personas usuarias abonarán al balneario, por asistir al turno correspondiente, el precio fijado en la resolución de convocatoria de las plazas según el balneario, la temporada y la duración del turno elegido.

Plazo para resolver y notificar

Las plazas serán adjudicadas, en el plazo máximo que establezca la resolución de convocatoria, por la Dirección General del IMSERSO, Instituto de Mayores y Servicios Sociales, en función de la distribución provincial de las plazas establecidas, del número de plazas ofertadas por cada balneario y turnos, tomando en consideración la puntuación alcanzada por los expedientes de solicitud de plaza.

Normativa aplicablehttp://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-8941

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-13428

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Facilitar la solicitud.

Posteriormente, la persona interesada podrá presentar la documentación en las siguientes direcciones:

· Por Internet, a través de la Sede Electrónica del IMSERSO , cumplimentando la solicitud

· Servicios Centrales del Imserso (c/ Ginzo de Limia, 58 - 28029 Madrid).

· Apartado de Correos nº 10.140 - 28080 Madrid.al Apartado de Correos

ObservacionesPrograma de Termalismo del IMSERSO.

Teléfono de atención: 901 109 899

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2.10

IMSERSO-TURISMO

Qué es

Es la Administración del Estado, a través del IMSERSO, Instituto de Mayores y Servicios Sociales, dentro de su política de envejecimiento activo, promueve un Programa de Turismo destinado a personas mayores, con los objetivos de facilitar la incorporación de este colectivo a las corrientes turísticas, al tiempo que paliar las consecuencias que en materia de empleo produce el fenómeno de la estacionalidad en el sector turístico del país.

Quién lo puede solicitar

Personas residentes en España que reúnan cualquiera de los siguientes requisitos:

•Ser pensionistas de jubilación del sistema público español de pensiones.

•Ser pensionistas de viudedad y tener 55 años cumplidos.

•Pensionistas por otros conceptos, o preceptora/perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, en todos los casos con 60 años cumplidos.

•Ser titular o beneficiaria/o del sistema de la Seguridad Social, con 65 años cumplidos.

Podrán participar la/el cónyuge o pareja de hecho sin necesidad de que éstos reúnan los requisitos de edad o pensión.

Se admitirá como acompañante a una hija/o con discapacidad, que tenga un grado de discapacidad igual o superior al 45%, siempre y cuando esta discapacidad le permita viajar y lo haga con sus progenitores compartiendo habitación con ellos. Deberá cumplimentarse el apartado correspondiente de la solicitud con los datos de la/del hija/o.

En todo caso, las personas solicitantes deberán valerse por sí mismas y no padecer alteraciones de comportamiento que impidan la normal convivencia en los hoteles.

Si reúne cualquiera de estas condiciones y la persona está interesada en esta oferta de viajes del IMSERSO tendrá que acreditarse para obtener plaza, cumplimentando la solicitud.

Documentación a aportarLa solicitud en:

http://www.imserso.es/imserso_01/envejecimiento_activo/vacaciones/como_acreditarse/index.htm

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Dependiendo de las fechas, modalidad, duración del viaje y tipo de alojamiento.

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2.10

IMSERSO-TERMALISMO

Plazo para resolver y notificar

Una vez procesadas todas las solicitudes recibidas en el plazo señalado, el IMSERSO acreditará a tantas personas usuarias como plazas disponibles existan y se procederá, en caso necesario, a aplicar la valoración correspondiente, relativa a edad, ingresos y viajes realizados con anterioridad.

Normativa aplicableConvocatoria anual del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. SecretarÍa de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Facilitar la solicitud.

Posteriormente, la persona interesada podrá presentar la documentación en las siguientes direcciones:

· Por Internet, a través de la Sede Electrónica del IMSERSO, cumplimentando la solicitud

· Servicios Centrales del Imserso (c/ Ginzo de Limia, 58 - 28029 Madrid).

· Apartado de Correos nº 10.140 - 28080 Madrid.al Apartado de Correos

ObservacionesPrograma de Termalismo del IMSERSO.

Teléfono de atención: 901 109 899

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2.11

PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA: POR INVALIDEZ Y POR JUBILACIÓN

Qué es

Son prestaciones económicas para aquellas personas que, carezcan de recursos económicos suficientes por edad o por discapacidad y no tengan derecho a una pensión contributiva.

Dentro de esta modalidad, se encuentran las prestaciones siguientes:

• Pensión no contributiva de invalidez.

• Pensión no contributiva de jubilación.

• Complemento por alquiler a personas pensionistas no contributivas.

Quién lo puede solicitar

Pensión no contributiva de invalidez:

Personas empadronadas en el municipio mayores de 18 años y menores de 65 años, que tengan reconocida una discapacidad igual y/o superior al 65 % y carezcan de rentas o ingresos suficientes.

Pensión no contributiva de jubilación: Personas empadronadas en el municipio mayores de 65 años, que carezcan de rentas o ingresos, que residan legalmente y lo hayan hecho durante 10 años entre la edad de 16 y aquella en que se solicita la pensión, de los cuales 2 deberán ser consecutivos o inmediatamente anteriores a la solicitud.

Documentación a aportar

· Solicitud pensión no contributiva: http://www.bizkaia.eus/home2/archivos/DPTO3/Temas/Impresos-%20Solicitudes%20DAS/SOLICITUD%20DE%20PNC.pdf?idioma=CA

· DNI, pasaporte, tarjeta, permiso o justificante de residencia de la persona solicitante y de los demás miembros de la unidad de convivencia mayores de 14 años. En caso de menores de 14 años, fotocopia de inscripción del Libro de familia.

· DNI de la persona representante y acreditación de su representación cuando la solicitud se inscriba por persona distinta del posible beneficiario/a. En caso de representación legal escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante.

· Fotocopia del Libro de Familia.

· En caso de personas solicitantes extranjeras/os: fotocopia del pasaporte y de la tarjeta, permiso o justificante de residencia en el Estado, referente tano a la residencia actual, como a periodos que se alegan.

· Certificado de empadronamiento familiar. (se adjuntará de oficio)

· Ficha de acreedor y de domiciliación bancaria: http://www.bizkaia.eus/home2/archivos/DPTO3/Temas/Impresos-%20Solicitudes%20DAS/Ficha%20bancaria%20persona%20interesada%20(c%C3%B3digo%20IBAN)%20v5%20(autorrellenable).pdf?idioma=CA

· En caso de solicitar ayuda por alquiler de vivienda, fotocopia del contrato de arrendamiento.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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2.11

IMSERSO-TERMALISMO

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo máximo: 3 meses.

Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicable

Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (BOE Nº 154, del 29 de junio de 1994).

Real Decreto 118/1998, de 30 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo, en cuanto a comprobación de los requisitos para el derecho a pensiones no contributivas del sistema de la Seguridad Social (BOE núm 42, de 18 de febrero de 1998).

Real Decreto 1191/2012, de 3 de agosto, por el que se establecen normas para el reconocimiento del complemento de pensión para el alquiler de vivienda a favor de pensionistas de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recoger, comprobar y registrar la solicitud junto con la documentación.

2. Entregar copia sellada a la persona solicitante como justificante.

3. Dar cita con la Trabajadora Social del Ayuntamiento para entrevista.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

4. Cita con la Trabajadora Social.

5. Remitir la solicitud a la Diputación Foral de Bizkaia. Departamento de Acción Social.

Observaciones

Las personas solicitantes pueden aportar la documentación directamente en Diputación Foral de Bizkaia, no obstante, se puede dar cita con los Servicios Sociales para su tramitación.

Diputación Foral Bizkaia es quien resuelve.

El complemento por alquiler de vivienda a personas pensionistas no contributivas se devengará anualmente y se abonará en un único pago.

La persona beneficiaria deberá comunicar en el plazo máximo de 30 días desde la fecha en que se produzca, cualquier variación de su situación.

La persona beneficiaria de la pensión no contributiva de invalidez y que esté afectada por discapacidad o enfermedad crónica en un grado igual o superior al 75%, cuando tenga cualquier grado de dependencia establecido, tiene derecho a un complemento del 50% en la citada pensión no contributiva de invalidez con las condiciones y límites expuestos para la misma.

Límites rentas o ingresos pensiones no contributivas de jubilación o invalidez.

Área responsable CIUDADANÍA / ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

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2.12

CAMBIO DEL PROGRAMA INDIVIDUAL DE ATENCIÓN

Qué es

"Dependencia" es el estado de carácter permanente de una persona por la que precisa de la atención de otra u otras personas para realizar actividades básicas de la vida diaria, o de otros apoyos para su autonomía personal.

Cuando las circunstancias de la persona cambian, se puede requerir un cambio también en los servicios y prestaciones necesarios para su atención.

Quién lo puede solicitarToda aquella persona con reconocimiento de la Valoración de Dependencia o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud:http://www.bizkaia.eus/home2/archivos/DPTO3/Temas/Impresos-%20Solicitudes%20DAS/Valoraci%C3%B3n%20Dependencia/Solicitud%20de%20cambio%20de%20PIA%20v4.pdf?idioma=CA

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Dos meses.

Normativa aplicable

Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 162/2009 de 1 de diciembre, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de dependencia.

Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recoger, comprobar y registrar la solicitud.

2. Entregar a la persona interesada acuse de recibo.

3. Remitir la solicitud al Departamento de Acción Social del Diputación Foral de Bizkaia para su resolución.

Observaciones No hace falta cita con la Trabajadora Social de Base

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2.13

HOGAR - RESIDENCIA SAN JOSÉ

Qué es

Es el centro municipal que ofrece atención integral y vivienda permanente a las personas mayores, tanto a las que pueden valerse por sí mismas, como a aquellas que precisen ayuda de otra persona para la realización de las actividades de la vida diaria.

Para ello cuentan con servicios de atención sanitaria, social, rehabilitadora y ocupacional, así como la posibilidad de participar en actividades de carácter cultural y recreativo.

Va dirigido a las personas mayores de 60 años, con dificultades para realizar las actividades cotidianas por causas físicas y/o psíquicas. También a personas autónomas y con alguna problemática social.

Quién lo puede solicitar La persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportarTanto la documentación como las indicaciones y/o aclaraciones oportunas, se facilitarán en la misma residencia en la entrevista con la persona responsable.

Dónde se tramita

Presencialmente:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económicoDe acuerdo a la Ordenanza fiscal Municipal nº17

Plazas concertadas con la Diputación Foral de Bizkaia, coste establecido por la propia Diputación Foral de Bizkaia.

Plazo para resolver y notificar

Cumplimentado el expediente, éste se presenta en la Junta Rectora y/o Comisión de Gobierno para su aprobación. Si hay plaza libre el ingreso se produce de inmediato; en caso contrario, cuando haya disponibilidad.

Normativa aplicableOrdenanza Fiscal municipal nº 17, reguladora de las estancias en el Hogar Residencia San José.

Estatutos de la Residencia.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recoger, comprobar y registrar la solicitud.

2. Entregar a la persona interesada acuse de recibo.

3. Remitir la solicitud al Hogar Residencia San José de Erandio.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

4. Cita con la persona responsable de la residencia en caso de personas residentes válidas y semi-válidas.

En caso de personas mayores dependientes se realizará la valoración de la dependencia en los servicios sociales municipales.

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2.13

HOGAR - RESIDENCIA SAN JOSÉ

Observaciones

Se puede tramitar tanto para aquellas personas que tienen reconocida un grado de dependencia suficiente como para poder optar a una plaza concertada de Diputación Foral de Bizkaia, como para aquellas personas autónomas.

En principio los mayores dependientes grado 3 son competencia de la Diputación Foral de Bizkaia.

Área responsable CIUDADANÍA / ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

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2.14

RESIDENCIA TEMPORAL

Qué es

Las estancias temporales ofrecen a las familias o personas cuidadoras de personas mayores dependientes un tiempo para su descanso, recuperación o para hacer frente a una situación de necesidad.

La solicitud de estancia temporal estará motivada por:

· Respiro: descanso o vacaciones de la persona cuidadora principal.

· Otras situaciones que conlleven la imposibilidad o grave dificultad de prestar el debido cuidado por parte de la persona cuidadora, tales como: enfermedad aguda o intervención quirúrgica de la persona cuidadora, fallecimiento, necesidad de atender a otros familiares o fallecimiento de estas/os, traslado u obras importantes en el domicilio de la persona dependiente...

Quién lo puede solicitar

· Personas que tengan 60 años cumplidos en la fecha de la presentación de la solicitud. No obstante, podrá solicitar el ingreso cualquier persona dependiente que tenga necesidades asistenciales y de cuidado que puedan ser cubiertas en uno de los centros de la red foral de residencias.

· Que hayan obtenido la calificación de persona dependiente.

· Que tengan derecho a este servicio de acuerdo a lo previsto en las Prestaciones y Catálogo de servicios de atención del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. (Ley de Dependencia 39/2006 de 14 de diciembre)

· Empadronadas en el Territorio Histórico de Bizkaia.

· Que reúnan los requisitos de art. 3 del Título I de la Ley 12/2008, de Servicios Sociales.

· O su representante legal.

Documentación a aportar

· Modelo normalizado al efecto.

· Fotocopia del D.N.I., o, en su defecto, de cualquier otro documento acreditativo de la personalidad de la persona solicitante y, en su caso, del representante legal o persona que ejerza la guarda de hecho.

· En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

· Fotocopia del D.N.I., o, en su defecto, de cualquier otro documento acreditativo de la personalidad de cada miembro de la unidad de convivencia.

· En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud en nombre de la persona incapaz.

· Informe médico conforme al modelo del Anexo IV.

· Certificado o volante de empadronamiento colectivo en el que conste la vecindad administrativa en el Territorio Histórico de Bizkaia en el momento de la presentación de la solicitud.

· Certificado de pensión del Instituto Nacional de la Seguridad Social y/o entidad pagadora de otra/s pensión/es e ingresos, referido al importe anual de los mismos, así como al número de pagas extraordinarias, en su caso de la persona solicitante y, en su caso, de los/las miembros de la unidad de convivencia.

· Documentos acreditativos, en su caso, de la composición de la unidad de convivencia, certificados de estar en paro o estudiando los hijos/as entre 18 y 28 años, inclusive, certificados de grado de discapacidad, etc.

· Documentos acreditativos de la situación (sanitaria, laboral,..) de las personas cuidadoras de la persona solicitante que motive la solicitud de estancia temporal.

· Documento para la domiciliación bancaria del abono del precio público por estancia temporal en un centro de la red foral de residencias conforme a la normativa foral específica que lo regule.

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2.14

RESIDENCIA TEMPORAL

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económicoEl precio público máximo diario, para el año 2016, a abonar por estancia en una residencia temporal será de 72,90 €.

Plazo para resolver y notificar

Es la Diputación Foral de Bizkaia la administración que lo aprueba.

Normativa aplicable

DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 84/2014, de 1 de julio, por el que se regula el régimen de acceso a estancias temporales en residencias para personas dependientes.

DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 83/2014, de 1 de julio, por el que se acuerda la aplicación y se regula el precio público por la prestación del servicio público foral de residencias para personas dependientes en estancia temporal.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Envío a la Diputación Foral de Bizkaia, Departamento de Acción Social.

Las solicitudes deberán presentarse, al menos, con un (1) mes de antelación a la fecha de inicio del periodo de estancia solicitado, salvo en casos de urgencia.

Tras verificar que la solicitud se encuentra debidamente cumplimentada y realizar la evaluación de la situación económico-patrimonial y, en su caso, socio-familiar y sanitaria de la persona solicitante, la Diputación Foral de Bizkaia-Departamento de Acción Social, reconocerá a la persona solicitante la condición de beneficiaria de plaza en estancia temporal, incorporándose al proceso de asignación de plaza.

En el supuesto que no se le asignara plaza pública, y cumpliera el resto de los requisitos, la persona beneficiaria tendrá derecho a percibir una prestación económica (prestación vinculada al servicio) para el abono de su posible estancia temporal en una residencia, de forma privada, siempre que la misma esté situada dentro del Territorio Histórico de Bizkaia.

En los supuestos de urgencia debidamente justificados, la persona solicitante podrá ser ingresada de forma inmediata en una residencia de la red foral, iniciándose posteriormente los trámites oportunos para la regularización administrativa de su situación.

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2.14

RESIDENCIA TEMPORAL

Observaciones

No hace falta cita con la Trabajadora Social de Base, pueden hacerlo directamente en Diputación Foral de Bizkaia o entregar la solicitud en el Ayuntamiento y se remite directamente a Diputación.

La duración mínima de la estancia será de 2 días naturales. En el caso que la solicitud de estancia temporal venga motivada por descanso o vacaciones de la persona cuidadora, el período máximo será de 30 días naturales por año.

En las estancias por otros motivos, el plazo máximo será de 3 meses.

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2.15

REVISIÓN DE LA DEPENDENCIA

Qué es

La dependencia es el estado de carácter permanente de una persona por la que precisa de la atención de otra u otras personas para realizar actividades básicas de la vida diaria, o de otros

apoyos para su autonomía personal.

El grado de dependencia se podrá revisar de oficio o a instancia de la persona interesada cuando cambien las circunstancias iniciales.

Quién lo puede solicitar

La persona que tenga un grado de dependencia siempre que se dé una de las siguientes circunstancias:

1. que hayan transcurrido dos años desde la anterior valoración.

2. que, aunque no hayan transcurrido dos años, un informe de salud avale un cambio sustancial de la situación de dependencia.

Os su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud debidamente firmada.

Informe de salud que avale el cambio de la situación de dependencia.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

2 meses.

Normativa aplicable

Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 162/2009 de 1 de diciembre, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de dependencia.

Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.

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2.15

REVISIÓN DE LA DEPENDENCIA

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recoger, comprobar y registrar la solicitud.

2. Entregar a la persona interesada acuse de recibo.

3. Remitir la solicitud al Departamento de Acción Social del Diputación Foral de Bizkaia para su resolución.

Observaciones

No hace falta cita con la Trabajadora Social de referencia.

Las personas solicitantes pueden aportar la documentación directamente en Diputación Foral de Bizkaia o en el Servicio de Atención a la Ciudadanía, en el cual tras comprobar la documentación se remitirá a dicha administración.

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2.16

SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO

Qué esEs un servicio integral orientado a las personas que presentan dificultades para la realización de las actividades de la vida diaria proporcionándoles atención directa y personal en el propio domicilio.

Quién lo puede solicitar

Personas y/o unidades familiares que requieran, en razón de su pérdida de autonomía, la intervención temporal o permanente de un servicio de apoyo en las actividades básicas de la vida diaria para continuar residiendo en su domicilio habitual.

La persona debe estar empadronada con un año de antelación en cualquiera de los municipios de la CAPV, debiendo los seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud estar empadronada en Erandio.

O su representante legal.

Documentación a aportar

· Solicitud del Servicio de Ayuda a Domicilio (Anexo I).

· En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

· Certificado de empadronamiento de la persona solicitante y de los miembros de la unidad • Certificado de empadronamiento de la persona solicitante y de los miembros de la unidad familiar - colectivo (se adjuntará de oficio).

· DNI de la persona solicitante o su representante legal, o cualquier documento de identificación equivalente.

· Libro de familia, cuando existan personas menores de 18 años en la unidad familiar.

· Orden Foral de reconocimiento de la valoración de la dependencia, si la tuviera reconocida, reconociendo el derecho al recurso del Servicio de Ayuda a Domicilio.

· Certificado de Discapacidad expedido por el órgano oficial competente.

· Informe médico del estado de salud según modelo normalizado que figura en el anexo (Anexo V).

· Certificado médico en el que se indique la enfermedad infecto-contagiosa cuando padezca alguna de ellas.

· Documento para la domiciliación bancaria del abono del precio público por el servicio (Anexo IV).

· Certificados bancarios relativos al estado de cuentas, títulos bancarios e intereses según modelo oficial (Anexo VI).

· Certificado de la situación actual, del saldo medio e intereses de los últimos 3 años del capital mobiliario de las entidades bancarias donde tenga cartillas de ahorro, cuentas corrientes, bonos, acciones, nóminas a plazo fijo, etc, de todos los números de cuenta que figuren en el Certificado de Hacienda, así como otros de los que sean titulares todas las personas de la unidad familiar.

· Declaración de la Renta o, en su caso, certificado de no haber tenido obligación de declarar en Hacienda Foral. Ogasuna / Hacienda Camino Capuchinos, 2 (Bilbao) / Tfno. 901 502 000.

· Certificados de bienes inmuebles expedidos por Hacienda Foral o último recibo del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y/o rústica. Hacienda Foral. Ogasuna / Hacienda Camino Capuchinos, 2 (Bilbao) / Tfno. 901 502 000.

· Fotocopia del recibo de la última pensión o certificación del Instituto Nacional Seguridad Social de pensión actualizada, ó certificado de no estar percibiendo ninguna pensión (c/ Iruña, 13, Deusto).

· Certificado si se es o no persona perceptora de la Renta de Garantía de Ingresos y de la Prestación Complementaria de Vivienda o en su caso si se ha realizado la solicitud en Lanbide (Plaza Educador Hermano Benjamín, 5-Erandio) y en qué afecta.

· Certificado de pensiones de mutuas o aseguradoras privadas y/o prestaciones actualizados, emitidos por el organismo que conceda, señalando el tipo y cuantía.

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2.16

SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO

Documentación a aportar

· Fotocopia de la última nómina o nóminas (en caso de que sean variables).

· Justificantes de gastos deducibles (alquiler, crédito hipotecario, entre otros).

· Modelo de datos a terceros cumplimentado, firmado por la persona solicitante o su representante legal y sellado por la entidad bancaria.

· Declaración Jurada de rendimientos de bienes inmuebles y patrimonio (alquileres de pisos, garajes, locales, terrenos, etc.).

· Cualquier otra documentación a juicio de los Servicios Sociales municipales que sea de interés.

El Anexo VII es un resumen de todos los documentos que debe presentar con la solicitud.

Dónde se tramita

Presencialmente:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Según Baremo municipal de aportación económica.

Plazo para resolver y notificar

Plazo máximo: dos meses.Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicable

Ordenanza reguladora de la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio en Erandio publicada en el Boletín Oficial de Bizkaia del 18 de septiembre de 2014.

http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2014/09/20140918a178.pdf#page=15

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recoger, comprobar y registrar la solicitud junto con la documentación.

2. Entregar copia sellada a la persona solicitante como justificante.

3. Dar cita con la Trabajadora Social del Ayuntamiento para entrevista.

4. Remitir la solicitud al Departamento de Acción Social y Cooperación al Desarrollo.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

5. Cita con la trabajadora social.

6. Visita domiciliaria y rellenar si procede Hoja de Compromiso (cuando se necesitan dos personas para mover a la persona beneficiaria) (Anexo III).

7. Emisión de Informe Social por la Trabajadora o Trabajador Social. (Anexo II) y cumplimentación de la Hoja de Funciones (Anexo VIII).

8. Resolución.

9. Notificación al Área de Economía, Tesorería y Contabilidad y a la persona interesada.

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2.16

SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO

ObservacionesExiste la obligación de comunicar al Ayuntamiento cualquier variación en la situación de la persona atendida.

Área responsable CIUDADANÍA / ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

(Anexos)

Solicitud de Servicio de Ayuda a Domicilio

http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2014/09/20140918a178.pdf#page=15

Anexo IAnexo IIAnexo IIIAnexo IVAnexo VAnexo VIAnexo VIIAnexo VIII

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2.17

SOLICITUD DE AYUDA DE EMERGENCIA SOCIAL

Qué esSon prestaciones no periódicas de naturaleza económica y subvencional destinadas a complementar los recursos que resulten insuficientes para hacer frente a los gastos específicos de carácter ordinario necesarios para prevenir, evitar o paliar situaciones de marginación social.

Quién lo puede solicitar

Pueden acceder a estas prestaciones económicas todas las personas residentes en Erandio que cumplan los siguientes requisitos:

· Empadronamiento en la CAPV con al menos seis meses de antelación o durante cinco años continuados de los diez anteriores.

· Constituir una unidad de convivencia independiente con una antelación de un año a la solicitud.

· No ser destinatarias de la prestación complementaria de vivienda salvo en los casos reglamentariamente señalados.

· Tener cumplidos 18 años. Quedan exceptuadas las personas menores de 18 años que:

· Tengan económicamente a su cargo a personas menores o a personas adultas con discapacidad y/o con calificación de dependencia.

· Sean huérfanas de madre y padre.

· Estuvieran unidas a otra persona por matrimonio u otra forma de relación permanente análoga a la conyugal con al menos seis meses de antelación.

· Hayan sido víctimas de maltrato doméstico.

· No disponer de recursos suficientes con los que afrontar los gastos específicos que se cubren con esta ayuda.

O su representante legal.

Documentación a aportar

· DNI o pasaporte o NIE, de todos los miembros.

· En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

· Libro de Familia.

· En caso de separación, Sentencia Judicial, Convenio Regulador, Demanda de Pensión de Alimentos o Certificado de/la abogado/a de la Reclamación Judicial por incumplimiento de Sentencia o Declaración Jurada.

· Certificado de bienes del país de origen.

· Documento Bancario cumplimentado.

· Documento de saldo medio de las cuentas bancarias y fotocopia de los movimientos bancarios de los últimos seis meses de todos los miembros de la unidad familiar y primera hoja de las personas titulares de la cartilla (Banco o Caja).

· Contrato de alquiler, Subarriendo, Hospedaje/Pupilaje, Extrema Necesidad y Recibos.

· Recibo bancario del pago de la hipoteca.

· Gastos de mantenimiento: recibos de agua, luz, comunidad, gas natural e Impuesto de bienes Inmuebles, antigua contribución urbana. Para necesidades primarias: dentista y óptica (dos presupuestos). Reparaciones e instalaciones (dos presupuestos).

· Si está trabajando, contrato y últimas nóminas o declaración jurada de ingresos.

· Documento de alta y renovación de la demanda de empleo puesta al día de todas las personas en desempleo entre 16 y 65 años (Lanbide Erandio, Plaza Educador Hermano Benjamín, 5 Erandio).

· Certificado del Servicio Público de Empleo Estatal en el que se indique cual es la situación actual, si percibe o no prestaciones económicas, si las tiene solicitadas, de todas las personas entre 16 y 65 años (SEPE 901 119 999 / Cataluña, 1, San Ignazio (Bilbao) / Negubide, 1, Areeta (Getxo). Necesaria cita previa: 901 010 210 / 944 506 579).

· Certificado de si es o no persona perceptora de la Renta de Garantia de Ingresos y de la Prestación Complementaria de Vivienda o en su caso si se ha realizado la solicitud en Lanbide y en qué fecha (Lanbide Erandio, Plaza Educador Hermano Benjamín, 5 de Erandio).

· Declaración de la Renta, o Certificado Negativo de Hacienda de todas las personas mayores de edad (Hacienda: Camino Capuchinos, 2, Bilbao / Edificio Casa Barco, Fueros, s/n (Getxo) / 901 502 000).

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2.17

SOLICITUD DE AYUDA DE EMERGENCIA SOCIAL

Documentación a aportar

· Certificado de Bienes y Contribuciones de todas las personas mayores de edad (Hacienda: Camino Capuchinos, 2, Bilbao / Edificio Casa Barco, Fueros, s/n (Getxo) / 901 502 000).

· Certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) si percibe o no prestación, cuantía y tiempo de todas las personas mayores de edad (INSS: Iruña 13, Deusto (Bilbao, necesita cita previa 901 106 570).

· Informe sobre Afiliación y periodos de alta en la Seguridad Social (vida laboral) de todas las personas mayores de 16 años expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social (c/ Julio Urquijo, 13 (Bilbao) / Villa de Plencia, 14 (Getxo) / www.seg-social.es)

· Solicitud de inscripción en Etxebide (012 / www.etxebide.info).

· Permiso de circulación del vehículo (documento verde).

· Resumen documentación.

Dónde se tramita

Presencialmente:

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Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo máximo: dos meses.Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicableLey 18/2008, de 23 de diciembre (BOPV N 250/2008) para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social.

Decreto 4/2011, de 18 de enero (BOPV N 27/2011) de las Ayudas de Emergencia Social.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recoger, comprobar y registrar la solicitud junto con la documentación. 2. Entregar copia sellada a la persona solicitante como justificante. 3. Dar cita con la Trabajadora Social del Ayuntamiento para entrevista.4. Remitir la solicitud al Departamento de Acción Social y Cooperación al Desarrollo.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

5. Cita con la trabajadora social.6. Resolución. 7. Notificación al Área de Economía, Tesorería y Contabilidad y a la persona interesada.

Observaciones

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2.18

SOLICITUD AYUDA ECONÓMICA PARA MUJERES VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO

Qué es Es la ayuda económica para mujeres con credencial de víctima de violencia de género.

Quién lo puede solicitar Mujeres empadronadas en el municipio o su representante legal.

Documentación a aportar

De la persona solicitante y miembros a su cargo:

· Solicitud general.

· Documento acreditativo de identidad.

· En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante.

· Documento acreditativo de la orden de protección.

· Libro de familia o, en su caso, documento acreditativo de la guarda, custodia o tutela.

· En su caso, certificado de discapacidad expedido por la Diputación Foral de Bizkaia.

· Informe de empleabilidad emitido por Lanbide (Plaza Educador Hermano Benjamín, 5 Erandio).

· Última declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o, en su caso, certificado de no estar sujeto a obligación de hacer declaración, expedido por Hacienda de la Diputación Foral de Bizkaia (901 502 000 Camino Capuchinos, 2, Bilbao).

· Vida Laboral, expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social (Julio Urquijo, 13 en Deusto o www.seg-social.es)

· Documento de alta y renovación de la demanda de empleo en Lanbide (Plaza Educador Hermano Benjamín, 5 Erandio o, en su caso, certificado de estar estudiando.

· Certificados bancarios de los últimos seis meses.

· Demanda, sentencia de divorcio y convenio regulador de hijas/os a cargo, en su caso.

Dónde se tramita

Presencialmente:

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Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

6 meses.

Silencio administrativo: positivo.

Normativa aplicable

Orden de 29 de octubre de 2014, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales , por la que se establece el procedimiento de concesión y de pago de la ayuda económica a las mujeres víctimas de violencia de género, prevista en el artículo 27 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género

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2.18

SOLICITUD AYUDA ECONÓMICA PARA MUJERES VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recoger, revisar, escanear y remitir la documentación al Área de Acción Social y Cooperación al Desarrollo.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Cita con la Trabajadora Social

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

4. Cita con la trabajadora social.

5. Emisión de Informe Social por la Trabajadora o Trabajador Social.

6. Remisión al Gobierno Vasco.

Observaciones

Las interesadas en solicitar esta ayuda se pueden poner en contacto con la trabajadora social de base de su municipio o con el Servicio de Asistencia a la Víctima ubicado en el Palacio de Justicia de Bilbao.

También lo pueden hacer directamente solicitando los formularios en Zuzenean o descargándoselos directamente de nuestra web. La solicitud puede hacerse tanto de forma presencial, en papel, como telemática.

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Acción Social y Cooperación al Desarrollo2.4

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2.19

SOLICITUD DEL GRADO DE DISCAPACIDAD

Qué es

Es la solicitud para valorar y calificar el grado de discapacidad física, psíquica o sensorial que afecta a la persona siguiendo la normativa establecida por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, para garantizar la igualdad de condiciones en el acceso a los beneficios, derechos económicos y servicios que los organismos públicos otorguen.

Quién lo puede solicitar La persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

· Se rellenará el impreso de solicitud correspondiente, que deberá estar en todo caso firmado por la persona que solicita la valoración.

· No obstante, podrá firmar la solicitud la persona que ejerza como representante legal o voluntario, si esta situación queda debidamente acreditada.

· En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante.

· Junto a la solicitud, se adjuntará el DNI (o libro de familia en el caso de menores, o permiso de residencia en el caso de extranjeros), y los informes médicos y psicológicos.

Dónde se tramita

Presencialmente:

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A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo máximo: 3 meses.

Silencio administrativo: negativo.

Competencia de la Diputación Foral de Bizkaia.

Normativa aplicableREAL DECRETO 1971/1999, de 23 de diciembre de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recoger, revisar, escanear y remitir a la Diputación Foral de Bizkaia (Camino de Ugasko, 3 bis 48014 Bilbao).

ObservacionesNo hace falta cita con la Trabajadora Social.

Las personas solicitantes pueden aportar la documentación directamente en Diputación Foral de Bizkaia.

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2.21

SOLICITUD TARJETA DE ESTACIONAMIENTO

Qué esEs la solicitud de la Tarjeta de Estacionamiento para personas con discapacidad válida para estacionar en los lugares señalados al efecto.

Quién lo puede solicitar

· Personas empadronadas con discapacidad reconocida.

· Personas con déficit visual.

· Personas en situación de dependencia y movilidad reducida.

· O su representante legal.

Documentación a aportar

Tres tipos de tarjetas:

1. Solicitud Tarjeta genérica

· DNI

· Grado de discapacidad reconocida

· Dos fotografías tamaño carnet

· Documento que acredita la representación legal de la persona discapacitada: Impreso designación de representante.

· En el caso de déficit visual: informes médicos y/o documento si están afiliados a la Organización Nacional de Ciegos Españoles.

· En el caso de personas con situación de dependencia: reconocimiento de grado de dependencia y un informe médico en el que indique que utiliza necesariamente silla de ruedas u otros bastones para andar.

· Personas con enfermedad neurodegenerativa con limitación de movilidad: informe médico en el que indique que utiliza necesariamente silla de ruedas u otros bastones para andar.

· Menores de 3 años en situación de dependencia: reconocimiento de dependencia y si tienen reconocida discapacidad con 4 ó 5 puntos y si no tiene discapacidad informe médico en el que indique que utiliza necesariamente.

2. Solicitud Tarjeta provisional

· DNI

· Dos fotografías tamaño carnet

· Documento que acredita la representación legal de la persona discapacitada: Impreso designación de representante.

· Certificado médico que acredite las circunstancias que acrediten excepcionales para su concesión, y validado.

3. Solicitud Tarjeta para transporte colectivo para personas con discapacidad

· CIF de institución, entidad u organismo.

· Estatutos de la sociedad.

· DNI de la persona física solicitante/representante legal.

· Documento que acredita la representación legal de la persona solicitante: Impreso designación de representante.

· Permiso de circulación de los vehículos.

· Memoria de las actividades previstas relacionadas con el transporte de personas con discapacidad con movilidad reducida en el ámbito de los servicios sociales de promoción de la autonomía personal y de la atención de la dependencia y de las personas con discapacidad.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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2.21

SOLICITUD TARJETA DE ESTACIONAMIENTO

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: dos meses.

Normativa aplicable

El Real Decreto 1056/2014 que añade tres nuevos supuestos.

Decreto 50/2016, de 22 de marzo, por el que se regula la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recoger, revisar, escanear y remitir a la Diputación Foral de Bizkaia (Camino de Ugasko, 3 bis 48014 Bilbao).

Observaciones

No hace falta cita con la Trabajadora Social de referencia.

Fecha de caducidad: 5 años para las tarjetas definitivas y un año para las tarjetas temporales.

Para mayor información: http://www.gizartelan.ejgv.euskadi.eus/r45-content/es/contenidos/tramita_decreto/dncg_dec_67918_2015_04/es_def/adjuntos/bopv%20decreto%20castellano.pdf

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2.22

SOLICITUD DE TELEASISTENCIA

Qué es

Es un sencillo dispositivo, conectado a la línea telefónica del domicilio de la persona usuaria, que permite disponer de atención permanente las 24 horas del día, todos los días del año y que ofrece:

· Apoyo inmediato a través de la línea telefónica a demandas de diversas órdenes: angustia, soledad, caídas, etc.

· Movilización de recursos ante situaciones de emergencia sanitaria, domiciliaria o social.

· Seguimiento permanente desde el Centro de Atención mediante llamadas telefónicas periódicas.

· Agenda, para recordar a la persona usuaria datos importantes sobre el tema de la medicación, realización de gestiones, etc.

Quién lo puede solicitar

· Personas mayores de 65 años en situación o riesgo de Dependencia (Situación reconocida por resolución administrativa de órgano competente o en caso de riesgo mediante dictamen del órgano de valoración).

· Personas mayores de 75 años que vivan solas.

· Personas con discapacidad intelectual, física, sensorial o que padezcan una enfermedad mental, en situación de dependencia (Situación reconocida por resolución administrativa de órgano competente o en caso de riesgo mediante dictamen del órgano de valoración).

· Personas en determinadas situaciones de riesgo de aislamiento social.

· Deben disponer de línea telefónica fija en el domicilio.

Documentación a aportar

· Impreso solicitud Teleasistencia www.gizartelan.ejgv.euskadi.eus/contenidos/informacion/teleasistencia/es_teleasis/adjuntos/

es_Modelo%20de%20solicitud_es.GUARDABLE.pdf

· Impreso ficha sanitaria http://www.gizartelan.ejgv.euskadi.eus/contenidos/informacion/teleasistencia/es_teleasis/

adjuntos/Anexo%20I.GUARDABLE.pdf

· Impreso modelo de representación voluntaria http://www.gizartelan.ejgv.euskadi.eus/r45contss/es/contenidos/informacion/teleasistencia/

es_teleasis/teleasistencia.html

· DNI o NIE de la persona solicitante y de su representante legal.

· Documento que acredita la representación legal de la persona discapacitada: Impreso designación de representante.

· Libro de familia en caso de menores.

· Si en la solicitud se autoriza a la comprobación de los datos ante la administración pública, no sería necesaria más documentación. En caso contrario ver Anexo.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

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2.22

SOLICITUD DE TELEASISTENCIA

Coste económico4 euros mensuales como máximo (en algunos casos, según cuales sean los ingresos, podrán estar exentos).

Plazo para resolver y notificar

2 meses.

Normativa aplicableDecreto 144/2011www.euskadi.eus/bopv2/datos/2011/06/1103380a.pdf

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recoger, revisar, escanear y remitir la documentación al Área de Acción Social y Cooperación al Desarrollo.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Cita con la Trabajadora Social.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

4. Cita con la trabajadora social.

5. Emisión de Informe Social por la Trabajadora o Trabajador Social, si fuera necesario.

6. Remisión al Gobierno Vasco.

Observaciones

Área responsable CIUDADANÍA / ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

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2.23

SUBVENCIONES EN MATERIA DE INTERÉS SOCIAL: FINANCIACIÓN DE INICIATIVAS Y ACTIVIDADES DE INTERÉS SOCIAL

Qué es

El objeto de esta subvención es financiar las iniciativas y actividades de interés social destinadas a la consecución de los siguientes objetivos:

· Sufragar gastos de actividades que organizan las Asociaciones para la prevención, atención, promoción e integración social del colectivo de las personas mayores.

· Sufragar gastos de organización de proyectos de difusión y concienciación ciudadana en relación con el envejecimiento activo.

· Fomentar la participación del colectivo de personas mayores a través del asociacionismo.

· Fomentar todo tipo de actividades de ocio que fomenten la sociabilización del colectivo.

Quién lo puede solicitar

Tendrán la consideración de entidades beneficiarias, toda persona jurídica, incluidas aquellas que no tienen personalidad jurídica propia, que promueva o realice actividades de carácter social descritas en el punto anterior que regula el objeto de la subvención y que resulten de interés para el municipio de manera que complementen las llevadas a cabo por el Ayuntamiento de la Anteiglesia de Erandio.

Además, deberán cumplir con los requisitos generales establecidos en la Ordenanza Reguladora para la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Erandio, publicada en el Boletín Oficial de Bizkaia con fecha 24 de febrero de 2011, y deberán ser entidades o asociaciones sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y registradas en el Registro correspondiente, con sede en el territorio histórico de Bizkaia y que desarrollen sus actividades en este municipio.

Documentación a aportar

Las solicitudes se presentarán cumplimentadas y ajustadas al modelo de solicitud que acompañará a la convocatoria anual en el Anexo I, y con la siguiente documentación:

1. Identificación de la parte solicitante y documentos que acrediten la representación de la entidad, en su caso. En este sentido, cabe destacar que las personas físicas deberán aportar copia del DNI. Las personas jurídicas deberán aportar:

· C.I.F.

· Acuerdo de nombramiento de sus órganos y representantes, debidamente inscrito en su correspondiente registro oficial si lo hubiere.

· Estatutos, igualmente inscritos. Los Estatutos de las Asociaciones deberán estar inscritos en el Registro de Asociaciones del Gobierno Vasco. Se deberá presentar también la resolución por la que se acuerda la inscripción de la Asociación.

· D.N.I. del representante, de cara a identificarlo como tal en lo que a la subvención se refiere: Impreso designación de representante.

2. Documentación acreditativa de los requisitos necesarios para ser beneficiaria/o, establecidos en el punto segundo de la presente convocatoria.

3. Declaración jurada de quien solicita de no haber incurrido en causas de incompatibilidad con la condición de beneficiario/a del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (Anexo II).

4. Memoria descriptiva del proyecto en virtud del cual se pretende obtener la subvención, o resumen de las actividades previstas.

5. Facturas y documentos justificativos del coste de la actividad o proyecto a subvencionar (en caso de permitirse pagos anticipados de la subvención, basta inicialmente con el presupuesto detallado y desglosado de la actuación, estableciendo el concepto del gasto y su fuente de financiación. (Anexo III).

6. Documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 letra e) de la Ordenanza Reguladora para la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Erandio, publicada en el Boletín Oficial de Bizkaia con fecha 24 de febrero de 2011. El propio Ayuntamiento comprobará que la parte solicitante esté al corriente con la Hacienda Municipal de Erandio. (Anexo IV).

7. Declaración, en su caso, de las subvenciones o ayudas que la parte solicitante hubiese obtenido para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales. (Anexo V).

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2.23

SUBVENCIONES EN MATERIA DE INTERÉS SOCIAL: FINANCIACIÓN DE INICIATIVAS Y ACTIVIDADES DE INTERÉS SOCIAL

Documentación a aportar

8. Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30.000 euros en el supuesto de coste de ejecución de obra, o de 12.000 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, la parte beneficiaria deberá presentar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores con el mismo objeto de contrato. Además, en el caso de las obras, las ofertas deberán ir acompañadas de una Memoria Valorada de las obras o Proyecto de obras, en su caso, firmada por personal Técnico competente. La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

La resolución sobre la concesión de la subvención será notificada a las entidades beneficiarias debidamente motivada en el plazo máximo de cuatro meses desde que se realizó la solicitud.

Normativa aplicable

Ordenanza General Reguladora de las Subvenciones y aquellas Normas Específicas para las Subvenciones en Materia de Bienestar Social, Deporte, Cultura, Educación, Euskera, Igualdad y Dinamización del Comercio del Ayuntamiento de la Anteiglesia de Erandio.

Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recoger, comprobar y registrar la solicitud.

2. Entregar a la persona interesada acuse de recibo.

3. Remitir la solicitud y documentación al Departamento municipal de Acción Social y Cooperación al Desarrollo.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

4. Realización de informe técnico de valoración de las solicitudes con propuesta de Resolución.

5. Realización de Decreto.

6. Notificación de la Resolución

POR SERVICIOS ECONÓMICOS

7. Abono de las subvenciones concedidas.

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2.23

SUBVENCIONES EN MATERIA DE INTERÉS SOCIAL: FINANCIACIÓN DE INICIATIVAS Y ACTIVIDADES DE INTERÉS SOCIAL

Observaciones

Pendiente de publicación la convocatoria para el año 2016.

Para más información: http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2011/02/20110224a038.pdf#page=107

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2.24

CONVOCATORIA EN MATERIA DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO

Qué es

Es objetivo de la presente ayuda apoyar, por una parte, proyectos de Cooperación para el desarrollo en países del Sur y, por otra, campañas de sensibilización en el ámbito de la Anteiglesia de Erandio.

Las subvenciones que se regulan en las presentes bases tienen por objeto contribuir económicamente al desarrollo de actividades de Organizaciones No Gubernamentales en materia de Desarrollo cuya actividad vaya dirigida a la consecución de los objetivos siguientes:

a) Apoyar proyectos de Cooperación en países del Sur: Los programas de cooperación irán destinados a realizar actuaciones que impliquen la mejora de las condiciones socio-económicas de los países del Sur.

b) Realizar campañas de sensibilización en el ámbito del Municipio de Erandio: Las acciones de sensibilización, por su parte, estarán enfocadas a fomentar en la población del Municipio de Erandio el espíritu de solidaridad y a la concienciación con los países del Sur y con las personas originarias de los mismos.

Quién lo puede solicitar

Tendrán la consideración de entidades beneficiarias, toda persona jurídica, incluidas aquellas que no tienen personalidad jurídica propia, que promueva o realice actividades de carácter social descritas en el punto anterior que regula el objeto de la subvención y que resulten de interés para el municipio de manera que complementen las llevadas a cabo por el Ayuntamiento de la Anteiglesia de Erandio.

Además, deberán cumplir con los requisitos generales establecidos en la Ordenanza Reguladora para la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Erandio, publicada en el Boletín Oficial de Bizkaia con fecha 24 de febrero de 2011, y deberán ser entidades o asociaciones sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y registradas en el Registro correspondiente, con sede en el territorio histórico de Bizkaia y que desarrollen sus actividades en este municipio.

Documentación a aportar

Las solicitudes conforme al modelo de solicitud, deben ir acompañadas, necesariamente, de la siguiente documentación:

· La solicitud cumplimentada y ajustada al modelo que acompaña a la presente convocatoria. Anexo.

· Documentos acreditativos a la personalidad del solicitante y, en su caso, de la representación de quien actúa en su nombre:

· Estatutos de la entidad solicitante.

· Certificado de inscripción en el registro de asociaciones que corresponda.

· Copia del documento de identificación fiscal de la asociación solicitante.

· Indicación y acreditación del representante legal de la entidad solicitante (DNI, pasaporte o similar). Impreso designación de representante.

· Relación de las solicitudes de subvención para el mismo objeto a otros organismos públicos o privados, detallando cantidad solicitada, nombre de las entidades y la cantidad concedida.

· Certificaciones expedidas por las administraciones competentes (Hacienda Foral y Tesorería de la Seguridad Social) de encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social.

· Declaración responsable en la que se haga constar que la entidad solicitante cumple los requisitos exigidos por la presente convocatoria.

· Declaración responsable en la que se haga constar que la entidad solicitante no se halla incursa en ninguna causa de prohibición enumerada en el Artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones.

· Certificación de la entidad bancaria donde se deba ingresar la subvención, en la que se haga constar el número de la cuenta y titular de la misma.

· Memoria de la actuación a realizar. Dicha memoria se deberá ajustar al modelo que figurará en el Anexo.

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2.24

CONVOCATORIA EN MATERIA DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO

Documentación a aportar

· En cualquier caso, deberá incluir un presupuesto desglosado de los gastos e ingresos previstos para el desarrollo de la actuación, así como los recursos propios que se aportan y las subvenciones solicitadas o concedidas correspondientes a otras instituciones o entidades.

· En el caso de que la actividad se vaya a desarrollar en un centro educativo o con colectivos de educación no formal, deberá adjuntarse a la documentación el acuerdo del máximo órgano de representación del centro o colectivo, en el que se exprese el apoyo explícito de dicho órgano a la actividad y su voluntad de llevarla a cabo en el caso de ser subvencionada.

· Cuanta documentación gráfica, técnica, financiera y de otra índole se estime necesaria para la correcta comprensión del proyecto o actuación a desarrollar.

· En el caso de que las solicitudes no se acompañen de la documentación referente a la entidad solicitante se dará un plazo de diez días, a partir del día siguiente a la notificación, para la documentación omitida.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Dos meses.

Normativa aplicable

BOB del 24 de febrero de 2011 Ordenanza General Reguladora de las Subvenciones y aquellas Normas Específicas para las Subvenciones en Materia de Bienestar Social, Deporte, Cultura, Educación, Euskera, Igualdad y Dinamización del Comercio del Ayuntamiento de la Anteiglesia de Erandio, así como las Bases Específicas para la Concesión de Ayudas o Subvenciones en materia de Cooperación Internacional.

Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recoger, comprobar y registrar la solicitud.2. Entregar a la persona interesada acuse de recibo.3. Remitir la solicitud y documentación al Departamento municipal de Acción Social y Cooperación

al Desarrollo.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

4. Realización de informe técnico de valoración de las solicitudes con propuesta de Resolución.5. Realización de Decreto.6. Notificación de la Resolución

POR SERVICIOS ECONÓMICOS

7. Abono de las subvenciones concedidas.

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2.24

CONVOCATORIA EN MATERIA DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO

Observaciones

Las solicitudes de ayudas económicas a Organizaciones No Gubernamentales en materia de Desarrollo para proyectos de cooperación y campañas de sensibilización se presentarán en el Servicio de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de la Anteiglesia de Erandio, en el plazo de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial de Bizkaia. Todas aquellas solicitudes que se presenten fuera de esta fecha serán desestimadas.

Las solicitudes de ayuda humanitaria o de emergencia se presentarán en el Servicio de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de la Anteiglesia de Erandio en el momento en que tenga lugar la situación que justifica el proyecto.

Para más información: http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2011/02/20110224a038.pdf#page=107

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2.25

SOLICITUD DE URGENCIA SOCIAL MUNICIPAL

Qué es

Es una prestación municipal de naturaleza económica destinada a prevenir, evitar o paliar situaciones de exclusión social, previa valoración de los Servicios Sociales. Es de carácter extraordinario y tiene por objeto atender acogimientos de urgencia y situaciones críticas determinadas por la carencia de alojamiento o por graves conflictos vecinales, así como adoptar medidas de urgencia para favorecer la convivencia social y la solidaridad entre personas vecinas del municipio y evitar situaciones de marginación social.

Quién lo puede solicitar

Personas empadronadas en el municipio de Erandio, mayores de edad, que necesitan hacer frente a una situación sobrevenida y que no reúnan los requisitos establecidos para el acceso a las ayudas de emergencia social, que no dispongan de ingresos suficientes y que participen en un plan de intervención social integral.O su representante legal.

Documentación a aportar

· Solicitud general

· En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante.

· DNI o pasaporte o NIE, de todos los miembros.

· Libro de Familia.

· En caso de separación: Sentencia Judicial, Convenio Regulador, Demanda de Pensión de Alimentos o Certificado de/la abogado/a de la Reclamación Judicial por incumplimiento de Sentencia o Declaración Jurada.

· Certificado de bienes del país de origen.

· Documento Bancario cumplimentado.

· Documento de saldo medio de las cuentas bancarias y fotocopia de los movimientos bancarios de los últimos seis meses de todos los miembros de la unidad familiar y primera hoja de las personas titulares de la cartilla (Banco o Caja).

· Contrato de alquiler, Subarriendo, Hospedaje/Pupilaje, Extrema Necesidad y Recibos.

· Recibo bancario del pago de la hipoteca.

· Gastos de mantenimiento: recibos de agua, luz, comunidad, gas natural e Impuesto de bienes Inmuebles (IBI) antigua contribución urbana. Para necesidades primarias: dentista y óptica (dos presupuestos). Reparaciones e instalaciones (dos presupuestos).

· Si está trabajando, contrato y últimas nóminas o declaración jurada de ingresos.

· Documento de alta y renovación de la demanda de empleo puesta al día de todas las personas en desempleo entre 16 y 65 años (Lanbide Erandio, Plaza Educador Hermano Benjamín, 5 Erandio).

· Certificado del Servicio Público de Empleo Estatal en el que se indique cual es la situación actual, si percibe o no prestaciones económicas, si las tiene solicitadas, de todas las personas entre 16 y 65 años (Servicio Público de Empleo Estatal: 901 119 999 / Cataluña, 1, San Ignazio (Bilbao) / Negubide, 1, Areeta (Getxo). Necesaria cita previa: 901 010 210 / 944 506 579.

· Certificado de si es o no persona perceptora de la Renta de Garantia de Ingresos y de la Prestación Complementaria de Vivienda o en su caso si se ha realizado la solicitud en Lanbide y en qué fecha (Lanbide Erandio, Plaza Educador Hermano Benjamín, 5 Erandio).

· Declaración de la Renta, o Certificado Negativo de Hacienda de todas las personas mayores de edad (Hacienda: Camino Capuchinos, 2, Bilbao / Edificio Casa Barco, Fueros, s/n (Getxo) / 901 502 000).

· Certificado de Bienes y Contribuciones de todas las personas mayores de edad (Hacienda: Camino Capuchinos, 2, Bilbao / Edificio Casa Barco, Fueros, s/n (Getxo) / 901 502 000).

· Certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social si percibe o no prestación, cuantía y tiempo de todas las personas mayores de edad (Instituto Nacional de la Seguridad Social: Iruña, 13, Deusto (Bilbao, necesita cita previa 901 106 570).

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2.25

SOLICITUD DE URGENCIA SOCIAL MUNICIPAL

Documentación a aportar

· Informe sobre Afiliación y periodos de alta en la Seguridad Social (vida laboral) de todas las personas mayores de 16 años expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social (Julio Urquijo, 13 (Bilbao) / Villa de Plencia, 14 (Getxo) / www.seg-social.es

· Solicitud de inscripción en Etxebide (012 / www.etxebide.info).

· Permiso de circulación del vehículo (documento verde).

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

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Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.Plazo máximo: 2 meses.

Normativa aplicableOrdenanza municipal reguladora de la concesión de ayudas municipales en los casos de urgencia socialBOB núm. 23. viernes, 1 de febrero de 2008http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2008/02/20080201a023.pdf#page=31

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recoger, comprobar y registrar la solicitud.

2. Entregar a la persona interesada acuse de recibo.

3. Dar cita con la Trabajadora Social del Ayuntamiento para entrevista.

4. Remitir la solicitud al Departamento de Acción Social.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

5. Diagnóstico, valoración del caso y emisión de informe técnico con propuesta de resolución.

6. Resolución.

7. Notificación a la persona interesada y al Departamento de Economía, Tesorería y Contabilidad.

Observaciones

Área responsable CIUDADANÍA / ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

Anexos

Link de instancia general

Link de documento bancario cumplimentado

Link del documento del saldo medio de las cuentas bancarias

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Acción Social y Cooperación al Desarrollo

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2.26

VALORACIÓN DE LA DEPENDENCIA

Qué es

"Dependencia" es el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal (artículo 2.2. de la Ley 39/2006).

Quién lo puede solicitar

· Persona en situación de dependencia.

· Ser ciudadano/a de la Unión Europea o residir legalmente en territorio estatal y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales, dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de valoración. Para las y los menores de cinco años el periodo de residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia.

· Estar empadronado/a en el municipio de Erandio en el momento de presentar la solicitud con una residencia legal en el Estado de 5 años de antigüedad, de los cuales 2 han de ser inmediatamente anteriores a la solicitud.

· Su representante legal.

Documentación a aportar

· Solicitud general

· En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante.

· D.N.I. u otro documento acreditativo de la identidad de la persona solicitante.

· D.N.I. u otro documento acreditativo de la identidad de la persona que ostente la representación legal o voluntaria.

· En menores de 18 años, Libro de Familia u otro documento acreditativo de la relación de parentesco.

· Modelo de representación voluntaria, en caso de otorgarse dicha representación, firmado por la persona otorgante y la persona representante.

· En caso de incapacidad legal, la documentación acreditativa de la representación legal.

· Informe de salud.

· Certificado de residencia legal, en su caso.

· Ficha de domiciliación bancaria.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo máximo: seis meses.Silencio administrativo: negativo.

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Acción Social y Cooperación al Desarrollo

T. 944 89 00 10 · [email protected] · www.erandio.eus

2.26

VALORACIÓN DE LA DEPENDENCIA

Normativa aplicable

Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 162/2009 de 1 de diciembre, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de dependencia.

Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recoger, comprobar y registrar la solicitud.

2. Entregar a la persona interesada acuse de recibo.

3. Dar cita con la Trabajadora Social del Ayuntamiento para entrevista.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

4. Remitir la solicitud al Departamento de Acción Social del Diputación Foral de Bizkaia para su resolución.

Observaciones

Es la Diputación Foral la administración que lo aprueba, pero hace falta cita previa con la Trabajadora Social de Base de referencia.

Para mayor información: http://www.bizkaia.eus/home2/Temas/DetalleTema.asp?Tem_Codigo=6695&idioma=CA&dpto_biz=3&codpath_biz=3|6691|6692|6695

Área responsable CIUDADANÍA / ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Comercio

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2.27

ACCESO A SERVICIOS DE INTERÉS PARA EL COMERCIO

Qué es

Es la comunicación a Gobierno Vasco de las siguientes modalidades especiales de venta:

· comunicación de venta con rebajas· comunicación de venta en liquidación· comunicación de ventas ocasionales

Quién lo puede solicitar Comercios que realicen modalidades especiales de venta.

Documentación a aportar

Venta en rebajas:

http://www.industria.ejgv.euskadi.eus/r44-de0038/es/contenidos/autorizacion/co_rebajas/es_orn/rebajas.html

Venta en liquidación:

http://www.industria.ejgv.euskadi.eus/r44-de0038/es/contenidos/autorizacion/co_liquidaciones/es_orl/liquidaciones.html

Ventas ocasionales:

http://www.industria.ejgv.euskadi.eus/r44-de0038/es/contenidos/autorizacion/co_ventas_ocasionales/es_orh/ventas_ocasionales.html

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

COMERCIO

944 170 747

[email protected]

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

No hay resolución.

Normativa aplicable

Ley 7/1994, de 27 de mayo de 1994 (B.O.P.V. 13-06-1994), de la Actividad Comercial. Modificada por Ley 7/2008, de 25 de junio, de segunda modificación.

Decreto 137/1997, de 10 de junio, por el que se establecen las dos temporadas anuales de venta en rebajas para la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Ley 7/1996, de Ordenación del Comercio Minorista, modificada por Ley 1/2010, de 1 de marzo.

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121

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Comercio

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2.27

ACCESO A SERVICIOS DE INTERÉS PARA EL COMERCIO

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida de la solicitud.

2. Facilitar la información solicitada.

Aclaraciones

Área responsable CIUDADANIA / COMERCIO

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Comercio

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2.28

SOLICITUD CITA ASESORAMIENTO OFICINA TÉCNICA DE COMERCIO

Qué es Es la solicitud de cita en el servicio de asesoramiento de la Oficina Técnica de Comercio.

Quién lo puede solicitar Comercios y/o empresas de Erandio o sus representantes legales.

Documentación a aportarImpreso de solicitud de cita

En caso de representación legal, Impreso designación de representante.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

COMERCIO: 944 170 747 [email protected]

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Inmediato.

Normativa aplicable

Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Ley 2/2004, de 25 de Febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y de la documentación aportada, si la hubiera.

2. Entregar copia sellada a la persona solicitante como justificante.

3. Dar cita con la Técnica de Comercio

Aclaraciones

Área responsable CIUDADANIA / COMERCIO

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Comercio

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2.29

SOLICITUD REPOSICIÓN LLAVE DE ACCESO A CONTENEDOR DE RESIDUOS ORGÁNICOS

Qué es Es la solicitud de reposición de la llave de acceso al contenedor de residuos orgánicos.

Quién lo puede solicitar Las personas que habitan en las viviendas adheridas a la campaña o sus representantes legales.

Documentación a aportarSolicitud general

En caso de representación legal, Impreso designación de representante.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

COMERCIO: 944 170 747 [email protected]

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

No hay.

Normativa aplicable

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida de solicitud, registro y comprobación de la relación de viviendas adheridas a la campaña.

2. Entrega de la llave.

3. En caso de incidencia, remisión a Comercio.

AclaracionesSe repondrá la llave una única vez, a razón de una llave por vivienda.Causa de reposición, el extravío.

Área responsable CIUDADANIA / COMERCIO

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124

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Comercio

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2.30

SOLICITUD AUTORIZACIÓN ACTIVIDADES - ASOCIACIONES DE COMERCIANTES

Qué esEs la solicitud de autorización para la realización de actividades de dinamización y / o animación comercial en calle y/o en locales municipales.

Quién lo puede solicitarAsociaciones de comerciantes del municipio de Erandio legalmente constituidas o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud general. a presentar con 1 mes de antelación a la fecha de la actividad a solicitar.

En caso de representación legal

Impreso designación de representante.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

COMERCIO: 944 170 747 [email protected]

Coste económico Gratuito.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mesPlazo máximo legal: 6 mesesSilencio administrativo: Negativo

Normativa aplicableOrdenanzas municipales, si fueran de aplicación.Normativa Espectáculos Gobierno Vasco, si fuera de aplicación.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud o justificación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Envío a COMERCIO para su tramitación.

POR COMERCIO 4. Decreto de incoación de expediente.5. Notificación del Decreto a la persona/entidad solicitante.6. Solicitud de informe a otros servicios municipales si procediera.7. Elaboración de propuesta de resolución.8. Notificación de resolución a la persona/entidad solicitante

Aclaraciones

ObjetivosValorar sinergias con Urbanismo (exención de aplicación de ordenanza de uso de espacio público) y Sanidad y Consumo (exención de aplicación ordenanza venta ambulante, en el caso de ferias de rebajas).

Área responsable CIUDADANIA / COMERCIO

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Comercio

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2.31

SUBVENCIONES ASOCIACIONES DE COMERCIANTES

Qué esEs la convocatoria anual de subvenciones del Ayuntamiento de Erandio mediante régimen de concurrencia competitiva.

Quién lo puede solicitarAsociaciones de comerciantes del municipio de Erandio legalmente constituidas o sus representantes legales.

Documentación a aportar

SOLICITUD: Convocatoria anual: Apartado Tercero: Presentación de solicitudesEn caso de representación legal, Impreso designación de representante.

JUSTIFICACIÓN (cuando proceda):Convocatoria anual: Apartado Noveno: Justificación de la AyudaEn caso de representación legal, Impreso designación de representante.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

COMERCIO: 944 170 747 [email protected]

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes (desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes).Plazo máximo legal: 4 meses.Silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicableConvocatoria anual.Ordenanza reguladora para la concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Erandio.Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud o justificación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Envío a COMERCIO para su tramitación.

POR COMERCIO 4. Informe técnico de valoración de solicitudes y/o justificaciones con propuesta de resolución.5. Decreto.6. Notificación de resolución.

POR SERVICIOS ECONÓMICOS7. Abono de la subvenciones concedidas.

Aclaraciones

Área responsable CIUDADANIA / COMERCIO

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Consumo

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2.32

OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR SOLICITUDES EN MATERIA DE CONSUMO

Qué es

Son las solicitudes de información, mediación, inspección, denuncia, arbitraje o formación que se realizan en materia de consumo.

La Oficina Municipal de Información al Consumidor del Ayuntamiento de Erandio tiene como objetivo:

· informar a la ciudadanía sobre cómo defender sus derechos como personas consumidoras y usuarias en la compra de bienes y en la utilización de servicios.

· recibir quejas, denuncias y reclamaciones de personas consumidoras y usuarias y remitirlas a las entidades u organismos correspondientes.

· mediar, buscando soluciones por acuerdo entre las partes, en las quejas y reclamaciones.

· indicar las direcciones y principales funciones de otros centros públicos o privados relacionados con temas de consumo.

· realizar tareas de educación y formación en materia de consumo.

Quién lo puede solicitar

Personas físicas, que sean consumidoras o usuarias finales, es decir, que compren un bien o utilicen un servicio para su uso personal y no para su uso en actividades comerciales o profesionales, empadronadas en Erandio o su representante legal.

El Ayuntamiento de Erandio ofrece también sus servicios a las personas empadronadas en los municipios que conforman la Mancomunidad del Txorierri: Derio, Larrabetzu, Lezama, Loiu, Sondika y Zamudio.

Documentación a aportar

· Solicitud general, detallando el asunto u objeto de consulta o reclamación, adjuntando la documentación más relevante para el caso. O si se trata de una Solicitud de arbitraje (requiere reclamación previa).

· En caso de representación legal: Impreso designación de representante.

· Otra documentación a aportar: la que la persona solicitante considere necesaria para conocer el caso y darle una mejor respuesta (presupuestos, facturas, tickets de compra, contratos, publicidad, fotografías, etc.).

· Hoja de Reclamaciones oficiales cumplimentada en el establecimiento.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado consultas: 7 días hábiles.

Plazo estimado reclamaciones: dependerá del sector objeto de reclamación.

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Consumo

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2.32

OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR SOLICITUDES EN MATERIA DE CONSUMO

Normativa aplicable

LEY 6/2003, de 22 de diciembre, de Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias. (Modificada por la Ley 9/2007, de 29 junio: deroga el art. 67; por la Ley 7/2008, de 25 junio: modifica los arts. 53.1 y 62; y por la Ley 2/2012, de 9 febrero: modifica los arts. 40.4, 41 y 42, y añade la Disposición Adicional 2ª). (Euskadi).

DECRETO 142/2014, de 1 de julio, de hojas de reclamaciones de Consumo y del procedimiento de atención de quejas, reclamaciones y denuncias de las personas consumidoras y usuarias. (Euskadi).

REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. (Modificada, entre otras, por la Ley 3/2014, de 27 marzo) (Estatal).

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. Registro, escaneado y copia a la persona interesada. Remisión a CONSUMO.

SALUD PÚBLICA Y CONSUMO

2. Recepción de la documentación en la Oficina municipal de Información al Consumidor.

3. Registro en KontsumoNet, si procede.

4. Respuesta a la solicitud realizada.

5. Comunicación de la misma a la persona interesada por el canal elegido.

EN EL CASO DE SOLICITUDES DE MEDIACIÓN

1. Recepción de la documentación en la Oficina municipal de Información al Consumidor.

2. Registro en KontsumoNet.

3. Remisión de la reclamación al establecimiento reclamado para formulación de alegaciones.

4. Comunicación a la persona reclamante de los trámites y resultados de los mismos para su conocimiento y opciones disponibles:

SUPUESTOS:

Si Alegaciones satisfactorias

· Comunicación a la persona reclamante.

· Archivo del expediente.

Si Alegaciones no satisfactorias o no se reciben. Comunicación de opciones para la persona reclamante:

· Archivo de la reclamación. Si la técnica considera que no existe base legal para otras actuaciones o la reclamación no tiene visos de prosperar.

· Acceso a la Vía Judicial. Indicación de modos y medios.

· Solicitud de Arbitraje:

Explicación de la opción: documentación necesaria y solicitud.

Recogida de la solicitud y remisión del expediente completo a la Junta Arbitral de Consumo de Euskadi a través de KontsumoNet.

La Junta Arbitral de Consumo de Euskadi comunica directamente a la persona interesada si la solicitud se admite a trámite, señala la fecha de audiencia de arbitraje y notifica el laudo emitido.

Si la Oficina Municipal de Información al Consumidor observa algún tipo de infracción por parte del establecimiento o empresa reclamada:

· Informe a la jefatura.

· Si se estima:

Se dará traslado a Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo u organismo competente.

Envío copia completa de solicitud y expediente.

El organismo competente comunicará directamente al establecimiento o empresa la resolución adoptada.

5. Archivo del expediente.

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Consumo

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2.32

OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR SOLICITUDES EN MATERIA DE CONSUMO

Observaciones

La Oficina Municipal de Información al Consumidor no atiende problemas:

· entre particulares: por ejemplo, comunidades de personas propietarias, compraventa entre particulares, alquiler de vivienda entre particulares.

· de empresa: por ejemplo, empresa que tenga un problema de telefonía.

· con la administración pública: multas, impuestos…

· en los que se haya iniciado la vía judicial o en las que ya haya recaído sentencia judicial.

· conflictos que versen sobre intoxicación, lesión o muerte.

Área responsable CIUDADANÍA / CONSUMO

Direcciones de interés

KONTSUMOBIDE - INSTITUTO VASCO DE CONSUMOAlameda de Rekalde, 39A - BAJO - 48008 BILBAO 944 031 500 [email protected]

BIZILAGUN (temas relativos a alquiler y comunidades)Gran Vía, 85 - 48011 BILBAO 012 (gratuito)

ARARTEKO (temas relacionados con las administraciones públicas vascas)Done Bikendi Kalea, 8 - 48001 Bilbao 944 234 409 [email protected]

ORGANIZACIONES VASCAS DE CONSUMO:

E.K.A. - O.C.U.V., Organización de Consumidores y Usuarios VascaPlaza Nueva, 7 - 1º Dcha. - 48005 Bilbao944 168 506 [email protected]

E.K.E., Federación de Consumidores de EuzkadiLedesma, 10 Bis - 4º dpto. 1 - 48001 Bilbao944 246 420 [email protected]

U.C.E., Unión de Consumidores Provincial de BizkaiaHurtado de Amézaga, 27 - 11º Dpto. 5. - 48.008 Bilbao944 215 559 [email protected]

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Cultura y Deportes

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2.33

SOLICITUD DE LOCALES MUNICIPALES DESTINADOS A USO CULTURAL

Qué es

Es la solicitud de locales destinados al uso cultural que el Ayuntamiento pone a disposición de aquellas/os vecinas/os y asociaciones interesadas.

Los locales que se pueden solicitar son:

· Sala reuniones antiguos locales de Correos, Altzaga.

· Salón de actos y sala azul del Centro Cultural Josu Murueta, Astrabudua.

· Salón de actos del Centro Cultural Erandiogoikoa.

Quién lo puede solicitar Personas físicas mayores de edad o personas jurídicas o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud general. Indicando los datos de la entidad que pretende utilizar el local, indicando la fecha, horario previsto y actividades a realizar y si se requiere del uso de algún material municipal.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico

Sin coste para las asociaciones inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones o aquellas entidades que organicen actos abiertos al público, sin coste de acceso y que sean de interés municipal.

Resto de supuestos abonando la tasa correspondiente.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: en el momento de entrega de la solicitud.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicable

Reglamento de locales municipales de uso cultural BOB 22/03/2013:http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2013/03/20130322a058.pdf#page=34

Ordenanza Fiscal nº 19 reguladora de los servicios culturales prestados por el Ayuntamiento: http://erandio.net/comun/documentos/Documento1140.pdf

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Cultura y Deportes

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SOLICITUD DE LOCALES MUNICIPALES DESTINADOS A USO CULTURAL

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado de los datos de la persona interesada.

3. Comprobación de la disponibilidad del local solicitado.

4. En el caso de que no corresponda el abono de tasa, confirmar directamente con la persona interesada el uso del local.

5. En el caso de abono de tasa, cobrar la tasa correspondiente.

6. Remitir la solicitud y justificante pago a Cultura.

POR CULTURA

7. Comunicar a la Policía Local y/o al Centro Cultural la autorización correspondiente.

ObservacionesLa confirmacion de la solicitud se realizará a la mayor brevedad posible de forma verbal o telefónica. Si no fuera posible se realizará mediante correo electronico o por escrito.

Área responsable CIUDADANÍA / CULTURA Y DEPORTES

2.33

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131

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Cultura y Deportes

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2.34

SOLICITUD DE USO DEL MERCADO DE ALTZAGA

Qué esLa plaza del mercado se utiliza en la actualidad para la realización de actos culturales por parte de asociaciones y otras entidades.

Quién lo puede solicitar Personas físicas mayores de edad o personas jurídicas o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud general. Indicando los datos de la entidad que pretende utilizar el local, indicando la fecha, horario previsto y actividades a realizar y si se requiere del uso de algún material municipal.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económicoGratuitamente: las asociaciones inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones o aquellas entidades que organicen actos abiertos al público, sin coste de acceso y que sean de interés municipal.

Resto de supuestos, abonando la tasa correspondiente.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 10 días.Plazo máximo legal: 3 meses.Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicable

Reglamento de locales municipales de uso cultural BOB 22/03/2013: http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2013/03/20130322a058.pdf#page=34

Ordenanza Fiscal nº 19 reguladora de los servicios culturales prestados por el Ayuntamiento: http://erandio.net/comun/documentos/Documento1140.pdf

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado de los datos de la persona interesada.3. Comprobación de la disponibilidad del local solicitado. 4. En el caso de que no corresponda el abono de tasa, confirmar directamente con la persona

interesada el uso del local.5. En el caso de abono de tasa, cobrar la tasa correspondiente.6. Remitir la solicitud y justificante pago a Cultura.

POR CULTURA7. Comunicar a la Policía Local y/o al Centro Cultural la autorización correspondiente.

ObservacionesLa confirmacion de la solicitud se realizará a la mayor brevedad posible de forma verbal o telefonica. Si no fuera posible se realizará mediante correo electronico o por escrito.

Área responsable CIUDADANÍA / CULTURA Y DEPORTES

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2.35

SOLICITUD DE SUBVENCIONES (CONVOCATORIA ANUAL DE SUBVENCIONES PARA FINANCIAR ACTIVIDADES CULTURALES)

Qué esEs la convocatoria que el Ayuntamiento de Erandio realiza, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de actividades culturales en el municipio de Erandio.

Quién lo puede solicitarPersonas físicas empadronadas o Personas jurídicas sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones o sus representantes legales.

Documentación a aportar

Solicitud especÍfica aprobada en la convocatoria anual adjuntando un proyecto de actividades a realizar durante el año y un presupuesto que refleje los ingresos y gastos en el ejercicio.

Para la justificación, será necesario presentar solicitud especÍfica adjuntando memoria de actividad realizada y justificantes que acrediten los ingresos y gastos obtenidos en el ejercicio, además de la cartelería y los programas de mano.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado :3 meses desde la presentación de la solicitud.

Plazo máximo legal: 4 meses desde la fecha de solicitud.

Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicable

Ordenanza Municipal de Subvenciones BOB 24/2/2011: http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2011/02/20110224a038.pdf#page=107

Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-20977

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2.35

SOLICITUD DE SUBVENCIONES (CONVOCATORIA ANUAL DE SUBVENCIONES PARA FINANCIAR ACTIVIDADES CULTURALES)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro y escaneado a la persona interesada.

3. Remisión de la solicitud a Cultura.

POR CULTURA

4. Valoración de las solicitudes en base a los criterios establecidos, Informe Técnico.

5. Informe al órgano colegiado designado en la convocatoria.

6. Resolución, Decreto Alcaldía.

7. Notificación de la Resolución a las personas interesadas.

8. Abono de las subvenciones concedidas.

9. Publicación en Tablón de anuncios y portal web municipal.

Justificación. Las entidades o personas beneficiarias deberán de presentar antes del 31 de enero del año siguiente al que se concede la subvención, una justificación de los gastos realizados con motivo de las actividades desarrolladas y una memoria de las acciones que se han llevado a cabo.

ObservacionesEl plazo para la presentación de las solicitudes dependerá de la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Bizkaia, pero, de manera orientativa, las solicitudes deben de presentarse antes del fin del mes de marzo de cada ejercicio.

Área responsable CIUDADANÍA / CULTURA Y DEPORTES

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2.36

SOLICITUD DE SUBVENCIONES EXTRAORDINARIAS (CONCESIÓN DIRECTA)

Qué es

Es la concesión de subvenciones directas que el Ayuntamiento de Erandio puede destinar a la financiación de actividades culturales en el municipio de Erandio cuando hayan sido previstas nominativamente en el presupuesto municipal o cuando se acrediten razones que impidan la concurrencia competitiva.

Quién lo puede solicitarPersonas físicas empadronadas en el municipio de Erandio o su representante legal.

Personas jurídicas sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones o sus representantes legales.

Documentación a aportar

Solicitud general adjuntando un proyecto de actividad a realizar durante el año y un presupuesto que refleje los ingresos y gastos en el ejercicio. Se deberán acreditar las razones que han impedido su presentación en la convocatoria anual.

Para la justificación, será necesario presentar solicitud general adjuntando memoria de actividad realizada y justificantes que acrediten los ingresos y gastos obtenidos en la actividad, además de la cartelería y los programas realizados.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 2 meses desde la presentación de la solicitud.

Plazo máximo legal: 4 meses desde la fecha de solicitud.

Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicable

Ordenanza Municipal de Subvenciones BOB 24/2/2011: http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2011/02/20110224a038.pdf#page=107

Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-20977

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2.36

SOLICITUD DE SUBVENCIONES EXTRAORDINARIAS (CONCESIÓN DIRECTA)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro y escaneado a la persona interesada.

3. Remisión de la solicitud a Cultura.

POR CULTURA

4. Valoración de la solicitud, verificación de las razones que se acreditan para la presentación de la solicitud.

5. Informe de la Comisión Informativa de Cultura.

6. Resolución concesión de la subvención, Decreto Alcaldía.

7. Notificación de la resolución a las personas interesadas.

8. Abono de las subvenciones concedidas. Se realizará un abono inicial del 75% de la subvención, quedando pendiente el 25% a que se acredite la justificación de la subvención.

9. Publicación en el Tablón de anuncios y portal web municipal.

Justificación. Las entidades o personas beneficiarias deberán de presentar antes del 31 de enero del año siguiente al que se concede la subvención, una justificación de los gastos realizados con motivo de las actividades desarrolladas y una memoria de las acciones que se han llevado a cabo.

Observaciones No hay un plazo de solicitud establecido.

Área responsable CIUDADANÍA / CULTURA Y DEPORTES

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2.37

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES CULTURALES

Qué esEs la solicitud de participación en determinadas actividades culturales, dado que la organización de algunas de ellas requiere conocer y priorizar las solicitudes recibidas.

Quién lo puede solicitar

Personas físicas o su representante legal.

En algunos casos tendrán prioridad las personas empadronadas en Erandio y las que se encuentren en determinados tramos de edad, tales como personas jóvenes, niñas y niños, personas mayores…

Documentación a aportar

Solicitud general

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Si fuera necesario algún documento adicional se indicará en la Agenda Cultural.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico A determinar en función de cada programa.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes desde la presentación de la solicitud.

Plazo máximo legal: 3 meses desde la fecha de solicitud.

Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicable

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud, verificando el padrón de habitantes y documentación en su caso.

2. Registro y escaneado de los datos a la persona interesada.

3. Remisión de la solicitud a Cultura.

POR CULTURA

4. El departamento de Cultura contactará con las personas interesadas para informarles de su admisión en la actividad solicitada y de las condiciones que deberán cumplir (pago de tasas si las hubiera…).

Observaciones

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2.38

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADESCULTURALES EN ESPACIOS PUBLICOS

Qué esEs la obtención del permiso para la realización de determinadas actividades recreativas o espectáculos públicos, según la normativa vigente.

Quién lo puede solicitar Personas físicas y/o jurídicas o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General. Indicando adjuntando proyecto de actividades a realizar detallando lugar de realización, horarios, participantes, planos descriptivos… y si se requiere del uso de algún material municipal.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes desde la presentación de la solicitud.

Plazo máximo legal: 3 meses desde la fecha de solicitud.

Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicable

Articulo 31 Ley 10/2015 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (BOPV 7/1/2016): https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2016/01/1600033a.pdf

Decreto 277/2010 de 2 de noviembre, sobre obligaciones de autoprotección (BOPV 14/12/2010)

Decreto 44/2014 de 25 de marzo, sobre seguros de RC (BOPV 28/3/2014):https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2014/03/1401477a.shtml

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro y escaneado de los datos de la persona interesada.

3. Remisión de la solicitud a Cultura.

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2.39

INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MUNICIPAL DE ASOCIACIONES

Qué esEs la inscripción en el Registro de asociaciones de Erandio y recoge aquellas entidades culturales, deportivas, comisiones de fiestas y otras que tienen su domicilio social en el municipio de Erandio.

Quién lo puede solicitar Personas jurídicas sin ánimo de lucro con domicilio social en Erandio o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General. para la inscripción de la asociación en el Registro de Asociaciones de Erandio.

Estatutos de la Asociación.

Acta de constitución.

Código de Identificación Fiscal.

Resolución por la que se inscribe a la asociación en el Registro General de Asociaciones del País Vasco.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 semana.Plazo máximo legal: 6 meses.Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicableLey 7/2007 de 22 de junio de asociaciones de Euskadi:https://www.euskadi.eus/bopv2/datos/2007/07/0703902a.pdf

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud, verificando el padrón de habitantes y documentación en su caso.

2. Registro y escaneado de los datos a la persona interesada.3. Remisión de la solicitud a Cultura.

POR CULTURA4. Aprobación de la inscripción de la asociación en el Registro de Asociaciones de Erandio

mediante Decreto de Alcaldía.5. Notificación a la persona/asociación interesada.

Observaciones

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2.40

SOLICITUD DE INSTALACIÓN DE TXOZNAS DURANTE LAS FIESTAS PATRONALES

Qué esEs la solicitud de instalación de txoznas durante las fiestas patronales de Erandio por parte de asociaciones locales.

Quién lo puede solicitar Entidades inscritas en el Registro de Asociaciones de Erandio o su representante legal.

Documentación a aportar

· Solicitud general solicitando la colocación de txozna indicando las fechas de montaje y desmontaje un mes antes del inicio de las fiestas.

· En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante.

· En el caso de comercialización y/o venta de alimentos y/o bebidas se deberán presentar cumplimentados los impresos de solicitud de autorización sanitaria.

· En el caso de instalación de estructuras desmontables se deberá presentar un certificado firmado por personal técnico competente que acredite que la estructura es sólida. Este documento se aportará una vez realizado el montaje.

· Certificado que acredite la contratación de un seguro de Responsabilidad Civil. Se presentará el modelo de certificado de Gobierno Vasco firmado por la entidad aseguradora.

· Certificado que acredite que la instalación cuenta con extintores adecuados para los riesgos que conlleva.

· Certificado que acredite que la instalación eléctrica se ha realizado correctamente mediante un instalador autorizado y extender el boletín de instalación diligenciado en la Delegación de Industria sellado.

· Acreditación mediante certificado bancario del depósito de fianza por importe de mil euros por txozna.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económicoOrdenanza fiscal nº 26, reguladora de las tasas por ocupación del dominio público municipal mediante instalaciones o puestos provisionales o ambulantes.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.

Plazo máximo legal: 6 meses.

Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicableDecreto de horarios de hostelería y txoznas durante periodos festivos. Ley 10/2015, de 23 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, art. 28.

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2.40

SOLICITUD DE INSTALACIÓN DE TXOZNAS DURANTE LAS FIESTAS PATRONALES

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud, verificando el padrón de habitantes y documentación en su caso.

2. Registro y escaneado de los datos a la persona interesada.

3. Remisión de la solicitud a Cultura.

POR CULTURA

4. Aprobación de la solicitud.

5. Informar a Servicios Económicos municipales de las entidades que deben depositar la correspondiente fianza.

6. Informe de la Policía Local sobre el cumplimiento de las condiciones establecidas.

7. Devolución de fianzas.

Observaciones

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2.41

SOLICITUD DE SUBVENCIONES DEPORTIVAS

Qué esEs la solicitud de ayuda económica por parte de asociaciones deportivas sin ánimo de lucro inscritas en el censo municipal o por parte de personas deportistas individuales no profesionales del municipio.

Quién lo puede solicitarAsociaciones deportivas sin ánimo de lucro inscritas en el censo municipal o por parte de personas deportistas individuales no profesionales del municipio.

Documentación a aportar

Solicitud general. En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante.Proyecto de actividades.Presupuesto de ingresos y gastos.Datos actualizados de la asociación o entidad.Necesidades técnicas, para actividades puntuales.

Dónde se tramita

Presencialmente: Servicio de Atención Ciudadana - SAC

Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.Plazo máximo legal: 3 meses.Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicableLey 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones.Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Erandio.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC Y/O POR DEPORTES1. Recogida y comprobación de la solicitud, verificando el padrón de habitantes y documentación

en su caso.2. Registro y escaneado de los datos a la persona interesada.3. Remisión de la solicitud a Cultura.

POR DEPORTES4. Valoración de las solicitudes presentadas de acuerdo a los criterios establecidos en las

Bases Reguladoras de la convocatoria.5. Propuesta de concesión informada.6. Decreto de Alcaldía aprobando las cantidades a conceder.7. Comunicación escrita de la concesión a las entidades o personas interesadas.

Aclaraciones Plazos, según Ordenanza y Convocatoria en vigor.

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2.42

JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES DEPORTIVAS

Qué esEs la justificación de gastos de las asociaciones deportivas sin ánimo de lucro inscritas en el censo municipal o por parte de personas deportistas individuales no profesionales del municipio que han recibido subvención.

Quién lo puede solicitarAsociaciones deportivas sin ánimo de lucro inscritas en el censo municipal o por parte de personas deportistas individuales no profesionales del municipio.

Documentación a aportar

Solicitud general.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante.

Modelo debidamente cumplimentado.

Memoria de actividades.

Balance de ingresos y gastos.

Relación numerada de facturas.

Justificaciones documentales, cartelería.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.Plazo máximo legal: 3 meses.Efectos del silencio administrativo: positivo.

Normativa aplicableLey 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones.Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Erandio.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC Y/O POR DEPORTES1. Recogida y comprobación de la solicitud, verificando el padrón de habitantes y documentación

en su caso.2. Registro y escaneado de los datos a la persona interesada.3. Remisión de la solicitud a Deportes.

Aclaraciones Antes del 31 de enero para justificar lo concedido el año anterior.

Área responsable CIUDADANÍA / CULTURA Y DEPORTES

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2.43

SOLICITUD DE REALIZACIÓN DE ACTOS DEPORTIVOS

Qué es Es la solicitud de autorización para realizar actos de carácter deportivo en Erandio.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud general.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante.

Memoria explicativa de la actividad a realizar.

En su caso, certificado que acredite la contratación de un seguro de Responsabilidad Civil. Se presentará el modelo de certificado de Gobierno Vasco firmado por la entidad aseguradora.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 2 semanas.Plazo máximo legal: 3 meses.Efecto del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicableLey 4/1995 de 10 de noviembre de Espectáculos PúblicosDecreto G.V. 44/2014 de 25 de marzo Seguros de Responsabilidad Civil exigiblesDecreto G.V. 296/1997 de 16 de diciembre de horarios de espectáculos públicos

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC Y/O POR DEPORTES1. Recogida y comprobación de la solicitud, verificando el padrón de habitantes y documentación

en su caso.2. Registro y escaneado de los datos a la persona interesada.3. Remisión de la solicitud a Deportes.

POR DEPORTES4. Valoración de las solicitudes presentadas de acuerdo a los criterios establecidos en la

convocatoria.5. Realización de autorización expresa y su notificación.6. Comunicación escrita de la concesión a las entidades o personas interesadas.

Aclaraciones Se solicitarán en su caso informes positivos de: Policía Local, Obras y Servicios, Urbanismo...

Observaciones Será necesario solicitarlo con al menos un mes de antelación.

Área responsable CIUDADANÍA / CULTURA Y DEPORTES

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Cultura y Deportes

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2.44

SOLICITUD DE ESPACIOS DEPORTIVOS

Qué esEs la solicitud de uso, de forma extraordinaria y sin ánimo de lucro, de espacios deportivos municipales, tales como campos de futbol, polideportivos…

Quién lo puede solicitar Cualquier persona física o jurídica que desee utilizar espacios deportivos o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud general.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante.

Memoria explicativa de la actividad a realizar.

En su caso, certificado que acredite la contratación de un seguro de Responsabilidad Civil. Se presentará el modelo de certificado de Gobierno Vasco firmado por la entidad aseguradora.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Según tasas en vigor.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.Plazo máximo legal: 3 meses.Efecto del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicableReglamento uso de instalaciones Ordenanza fiscal nº 23

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC Y/O POR DEPORTES1. Recogida y comprobación de la solicitud, verificando el padrón de habitantes y documentación

en su caso.2. Registro y escaneado de los datos a la persona interesada.3. Remisión de la solicitud a Deportes.

POR DEPORTES4. Estudio de la solicitud.5. Realización de autorización expresa y su notificación.6. Comunicación escrita de la concesión a las entidades o personas interesadas.

Aclaraciones Formas de pago: en metálico o con tarjeta de crédito en los polideportivos municipales y/o en el SAC.

Observaciones Será necesario solicitarlo con al menos un mes de antelación.

Área responsable CIUDADANÍA / CULTURA Y DEPORTES

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2.45

SOLICITUD DE ALTA EN EL ABONO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS

Qué es Es la inscripción en los polideportivos municipales como persona abonada.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona física empadronada o no.

Documentación a aportar

Boletín de inscripción debidamente cumplimentado.

Documento Nacional de Identidad de todas las personas que integran el abono.

Para abono familiar: · Acreditación constitución de pareja· Libro de Familia

Aplicación de bonificaciones: · Certificación Renta Garantía de Ingresos con relación de personas beneficiarias· Acreditación de discapacidad

Para las personas estudiantes, certificado de estudios oficiales.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Según tasas en vigor. Ordenanza fiscal nº 23.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: inmediato.Plazo máximo legal: 1 semana.Efecto del silencio administrativo: positivo.

Normativa aplicableReglamento uso de instalaciones Ordenanza fiscal nº 23

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC Y/O POR DEPORTES1. Recogida, comprobación, escaneado de la documentación y registro de la solicitud.2. Entrega a la persona interesada de la solicitud o del acuse de recibo con el correspondiente

número de registro.3. Inscripción en el padrón de personas abonadas y realización de la tarjeta de abono.

AclaracionesSe realizará una fotografía a la persona solicitante. En caso de no acudir en el momento de la inscripción es necesaria la entrega de una fotografía reciente.

Área responsable CIUDADANÍA / CULTURA Y DEPORTES

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2.46

SOLICITUD DE BAJA EN EL ABONO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS

Qué es Es la anulación de la condición de persona abonada a los polideportivos municipales.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona física o su representante legal.

Documentación a aportarSolicitud general

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: inmediato.

Plazo máximo legal: 1 semana.

Efecto del silencio administrativo: positivo.

Normativa aplicable Reglamento de Instalaciones.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC Y/O POR DEPORTES

1. Recogida, comprobación, escaneado de la documentación y registro de la solicitud.

2. Entrega a la persona interesada de la solicitud o del acuse de recibo con el correspondiente número de registro.

3. Inscripción en el padrón de personas abonadas y realización de la tarjeta de abono.

Aclaraciones Siempre antes del 31 de enero del año en curso y en cualquier momento para el año siguiente.

Área responsable CIUDADANÍA / CULTURA Y DEPORTES

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2.47

RESERVA-ALQUILER DE INSTALACIONES EN LOS POLIDEPORTIVOS MUNICIPALES

Qué esEs la reserva y alquiler de instalaciones en los polideportivos municipales, tales como canchas, sauna o squash.

Quién lo puede solicitarPersonas abonadas a los polideportivos, 7 días antes de su uso.

Cualquier otra persona, 24 horas antes.

Documentación a aportarPersonas abonadas: tarjeta polideportivos.

Personas no abonadas: Documento Nacional de Identidad

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Según tasas en vigor. Ordenanza fiscal nº 23.

Plazo para resolver y notificar

Inmediato.

Normativa aplicableOrdenanza fiscal nº 23.

Reglamento de Instalaciones Deportivas.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

Abono de la tasa correspondiente.

Observaciones La cancelación de la reserva no tiene coste si se realiza con 24 horas de antelación.

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Cultura y Deportes

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2.48

CURSILLOS DEPORTIVOS

Qué esEs la solicitud de inscripción en cursos deportivos, renovación de los mismos o cambios de grupos.

Quién lo puede solicitar

Toda persona física interesada en ellos o su representante legal.

INSCRIPCIONES:

Personas abonadas

Natación, niñas y niños del 18 al 25 de cada mes.

Resto de actividades, del 24 al 28 de cada mes.

Personas no abonadas

El día 1 de cada mes y por orden de llegada.

PAGOS PARA RENOVACION Y SOLICITUD DE CAMBIOS:

Natación, niñas y niños del 20 al 25 de cada mes.

Resto de actividades, del 24 al 28 de cada mes.

Documentación a aportar

Solicitud general.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante.

Tarjeta abono.

Personas no abonadas, acreditación de edad (niñas y niños la primera vez).

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Según tasas en vigor. Ordenanza fiscal nº 23.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: inmediato.

Plazo máximo legal: 1 mes.

Efecto del silencio administrativo: positivo.

Normativa aplicableOrdenanza fiscal nº 23.

Reglamento de Instalaciones Deportivas.

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Cultura y Deportes

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2.48

CURSILLOS DEPORTIVOS

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC Y/O POR DEPORTES

1. Recogida, comprobación, escaneado de la documentación y registro de la solicitud.

2. Entrega a la persona interesada de la solicitud o del acuse de recibo con el correspondiente número de registro.

3. Finalizados los plazos de inscripción, Resolución de las solicitudes según demanda y, en su caso, realización de sorteos.

4. Aviso a las personas interesadas.

Aclaraciones

El no abono del precio correspondiente en el plazo establecido supone la pérdida de la plaza.

Los cambios solicitados, si fueran superiores a lo ofertado, se sortearán los días 26 o 29 de cada mes, según la actividad.

Las plazas ofertadas cada mes, si son inferiores a la demanda se sortearán los días 28 o 30 de cada mes, según la actividad.

Observaciones Formas de pago: en metálico o con tarjeta de crédito en los polideportivos municipales y/o en el SAC.

Área responsable CIUDADANÍA / CULTURA Y DEPORTES

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Educación - Escuela de Música

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2.49

SUBVENCIONES EN MATERIA DE EDUCACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE LA ANTEIGLESIA DE ERANDIO

Qué esEs la subvención que tiene por objeto financiar iniciativas destinadas a organizar actividades de carácter socio- educativo o cívico llevadas a cabo por los centros escolares dentro del municipio.

Quién lo puede solicitar

Tendrán la consideración de personas/entidades beneficiarias, los centros educativos que desarrollen actividades de carácter socio- educativo o cívico, así como las Asociaciones de Madres y Padres de alumnas/os y las Asociaciones que tengan relación o realicen actividades en materia de educación.

Documentación a aportar

La requerida con carácter general en la Ordenanza y en particular en los siguientes Anexos:

1. Identificación de la parte solicitante y documentos que acrediten la representación de la entidad, en su caso (Anexo I).

Las personas físicas deberán aportar el DNI. Las personas jurídicas deberán aportar:

a) CIF

b) DNI del representante

2. Declaración jurada de quien solicita de no haber incurrido en causas de incompatibilidad con la condición de beneficiaria/o del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Anexo II).

3. Memoria descriptiva del proyecto en virtud del cual se pretende obtener la subvención.

4. Facturas y documentos justificativos del coste de la actividad o proyecto a subvencionar (Anexo III).

5. Documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social (Anexo IV).

6. Declaración responsable de financiación (Anexo V).

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes Plazo estimado: 1 mesPlazo máximo: 3 mesesEfectos de la no respuesta en plazo: negativo

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Educación - Escuela de Música

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2.49

SUBVENCIONES EN MATERIA DE EDUCACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE LA ANTEIGLESIA DE ERANDIO

Normativa aplicableOrdenanza General reguladora de subvenciones y de aquellas Normas específicas para las subvenciones en matera de Bienestar Social, Deporte, Cultura, Educación, Euskera, Igualdad y Dinamización del Comercio del Ayuntamiento de la Anteiglesia de Erandio.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1.- Recoger la solicitud, verificarla, escanearla y registrarla.

2.- Entregar copia sellada.

3.- Remitir al Área de Educación.

POR EL ÁREA DE EDUCACIÓN

4.- Examen de las solicitudes y elaboración de la propuesta.

5.- Resolución mediante Decreto de Alcaldía.

6.- Notificación a las personas interesadas y al Departamento de Intervención.

7.- Justificación de la subvención concedida antes del 31 de enero del año siguiente.

Área responsable CIUDADANÍA / EDUCACIÓN - ESCUELA DE MÚSICA

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Educación - Escuela de Música

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2.50

UTILIZACIÓN DE LOS EDIFICIOS E INSTALACIONES DOCENTES PÚBLICAS

Qué esEs la solicitud para utilización de los edificios e instalaciones docentes públicas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Euskadi, para la realización de actividades educativas, deportivas, culturales u otras de carácter social, no previstas en la programación anual del centro educativo.

Quién lo puede solicitar Cualquier asociación, así como cualquier persona física o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General, que debe presentarse un mes antes del comienzo de la actividad.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Informe favorable de la Dirección del centro sobre la conveniencia de la utilización, con indicación expresa de que la actividad no interfiere de forma alguna en la actividad escolar.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado, al instante

Normativa aplicableDecreto 76/2008, de 6 de mayo, de regulación de la utilización de los edificios e instalaciones docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Euskadi para actividades no comprendidas en las programaciones anuales de dichos centros.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recoger la solicitud, verificarla, escanearla y registrarla.

2. Entregar copia sellada.

3. Notificación a las personas interesadas.

Área responsable CIUDADANÍA / EDUCACIÓN - ESCUELA DE MÚSICA

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Educación - Escuela de Música

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2.51

INFORMACIÓN SOBRE CENTROS ESCOLARES DEL MUNICIPIO

Haurreskolas

Erandioko Haurreskola-Altzaga

Desanexión, 4Hora apertura: 07:30 h.

Hora cierre: 17:00 h.Listado de aulas

T.: 944 674 687 Fax: 944 674 687

< 1 año:

Número de aulas: 2

Total plazas: 16

E- mail: [email protected]

1 año:

Número de aulas: 2

Total plazas: 26

Erandioko Haurreskola-Astrabudua

Mezo, 36Hora apertura: 07:30 h.

Hora cierre: 16:30 h.Listado de aulas

T.: 944 674 526 Fax: 944 674 526

< 1 año:

Número de aulas: 2

Total plazas: 16

E- mail: [email protected]

1 año:

Número de aulas: 2

Total plazas: 26

Erandioko Haurreskola-Erandiogoikoa

J.M Olague "Txuma"Hora apertura: 07:30 h.

Hora cierre: 16:30 h.Listado de aulas

T.: 944 530 601

Agrupado 0, 1 y 2 años:

Número de aulas: 1

Total plazas: 10

E- mail: [email protected]

HAURRESKOLAK PARTZUERGOA

Otaola hiribidea, 29 –Jaizkibel eraikina, 1.

20600 EIBAR (Gipuzkoa)

http://www.haurreskolak.eus/

Secretaría:

Tel: 943-821750

Fax: 943-821903

E-mail: [email protected]

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2.51

INFORMACIÓN SOBRE CENTROS ESCOLARES DEL MUNICIPIO

Centros educativos

CEIP Goikolanda HLHI

Avanzada Errepidea, 14Aula de 2 años - Educación Infantil y Primaria.

Modelo D

T.: 944 533 039

E- mail: [email protected]

Altzaga Ikastola

Kukularrabidea, 8 Aula de 2 años - Educación Infantil, Enseñanza Primaria y Secundaria Obligatoria.

Modelo D

T.: 944 671 705 www.erandiobhi.com

E- mail: [email protected]

CEIP Ignacio Aldekoa HLHI

Meso, 37Aula de 2 años - Educación Infantil y Primaria.

Modelos B y D

T.: 944 175 099

E- mail: [email protected]

Jado Ikastetxea (Concertado)

Tartanga, 13 Educación infantil (desde 1 año), Enseñanza Primaria y Secundaria Obligatoria.

Modelo D

T.: 944 672 558 www.jadoikastetxea.com

E- mail: [email protected]

Gobierno Vasco. Delegación Territorial de Educación de BizkaiaGran Vía, 85 (Bilbao)Tel: 94 403 10 69Fax: 94 403 11 63E-mail: [email protected]

Zuzenean / Atención ciudadana: Teléfono 012

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2.51

INFORMACIÓN SOBRE CENTROS ESCOLARES DEL MUNICIPIO

Institutos

IES Erandio BHI

Kukularra Bidea, 8Educación Secundaria Obligatoria.

Modelo D

T.: 944 671 513 www.erandiobhi.com

E- mail: [email protected]

IES Astrabudua BHI

Meso, 36Educación Secundaria Obligatoria.

Modelos A y B

T.: 944 675 349

E- mail: [email protected]

IES Ategorri BHI

Tartanga, 11

Bachiller.

Modelos A y D

T.: 944 675 261 www.ategorrihezkuntza.net

E- mail: [email protected]

Jado Ikastetxea (Concertado)

Tartanga, 15

Ciclos Formativos.

Modelos A y D

T.: 944 675 311 www.tartanga.net

E- mail: administració[email protected]

Gobierno Vasco. Delegación Territorial de Educación de BizkaiaGran Vía, 85 (Bilbao)Tel: 94 403 10 69Fax: 94 403 11 63E-mail: [email protected]

Zuzenean / Atención ciudadana: Teléfono 012

EPA ErandioDesanexión, 4

T.: 944 673 504 E-mail: [email protected]

Escuela de MúsicaJosu Murueta Plaza s/n Desanexión, 4- 1º

E-mail:[email protected].: 944 170 776 T.: 944 670 838

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2.52

MATRICULACIÓN ESCUELA DE MÚSICA

Qué es

Es la matriculación en la Escuela de Música Municipal.

Oferta educativa:

1. Música y movimiento (4, 5 y 6 años)

2. Nivel II (a partir de 7 años)

Instrumentos ofertados: acordeón, clarinete, flauta, guitarra, pandero, percusión, piano, saxofón, trikitixa, trompeta, violín, violonchelo.

Agrupaciones: Orquesta de cuerda, Orquesta de guitarras, Orquesta de acordeones, Banda, Conjunto instrumental.

Música de cámara, Triki-pandero taldea, Grupo de percusión.

Otras especialidades: coro personas adultas, coro infantil, combo.

3. Nivel III

Quién lo puede solicitarCualquier persona esté o no empadronada/o en el municipio.

Dirigido a personas a partir de los cuatro años y sin límite de edad.

Documentación a aportarHoja de inscripción cumplimentada.Foto tamaño carnet (Niñas/os de 4, 5 y 6 años)Documento acreditativo familia numerosa, si fuera el caso.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Escuela de Música

Contacto: 944 170 776

e-mail: [email protected]

Coste económico

Inscripción gratuita.

TASAS:NIVEL 1 (Alumnas/os de 4, 5 y 6 años)

Matrícula: 62,25 €Mensualidad:4 años: 15,30 €5 años: 20,40 €6 años: 28,75 €

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2.52

MATRICULACIÓN ESCUELA DE MÚSICA

Coste económico

NIVEL 2 (Alumnas/os a partir de 7 años)Matrícula: 110,40 €Mensualidad:Lenguaje Musical: 17,10 €Instrumento: 21,60 €Actividad de grupo: 7,20 €

Otras cuotasSeguro: 10,45 €, cuota anualMaterial: 12,70 €, cuota anual

Descuentos en matricula• 25% de descuento en cada matrícula si hay 2 ó más miembros de la unidad familiar

matriculados en el centro.• 50% de descuento en cada matrícula de miembros de Familia numerosa General.• 60% de descuento en cada matrícula de miembros de familia numerosa especial.

Incrementos en matrícula y mensualidades50% de Incremento en la matrícula y en las mensualidades de los no residentes en Erandio.

Plazo para resolver y notificar

En el caso del alumnado matriculado en el centro, la matrícula se efectúa de manera automática.En el caso de alumnado nuevo, la confirmación de la plaza se hará en un plazo no superior a una semana una vez finalizado el periodo de matriculación.

Las notificaciones se harán por llamada telefónica o mensaje sms.

Normativa aplicable

Ordenanza Fiscal Nº 21 reguladora de las tasas por cursos de la Escuela de Música.Criterios de admisión para alumnado nuevo:

• Estar empadronada/o en el municipio.• Edad.• Sorteo en caso de mayor demanda que oferta de plazas.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recoger la matrícula, escanearla y registrarla.

2. Entregar copia sellada.

3. Remitir al Área de Educación-Escuela de Música.

POR EL ÁREA DE EDUCACIÓN

4. Examen de las solicitudes y elaboración de la propuesta.

5. Resolución.

6. Notificación a las personas interesadas.

Aclaraciones

OBSERVACIONES

Área responsable CIUDADANÍA / EDUCACIÓN - ESCUELA DE MÚSICA

Anexos

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158

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2.53

AYUDAS AL AUTOEMPLEO. AYUDAS POR INICIO DE ACTIVIDAD

Qué esSon las ayudas municipales a personas promotoras por la puesta en marcha y funcionamiento de una nueva.

Quién lo puede solicitarUna empresa, cualquiera que sea su forma jurídica, que desarrolle su actividad profesional o localice su actividad en Erandio y cuyo alta en actividades económicas se encuentre dentro del periodo establecido en la normativa anual.

Documentación a aportar

Formulario de solicitud, página dos de las bases de la convocatoria.

a) Solicitud general

b) Declaración responsable

c) Ficha de acreedor de la sociedad o entidad

d) Plan de negocio.

e) Documento de identidad de cada una de las personas promotoras.

f) Certificado de empadronamiento de cada una de las personas promotoras. En caso de empadronamiento en Erandio, la comprobación se hará de oficio.

g) Declaración de Alta en el régimen especial de autónomos o, en su caso, mutualidad de previsión social equivalente, por cada persona socia.

h) Declaración censal del alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Retenedores _ modelo 036 _ o Alta Impuesto Actividades Declaración censal del alta, modificación y baja en el censo de Empresarios, Profesionales y Económicas IAE _ modelo 840 o 845 _.

i) Certificado de estar al corriente de pagos con Hacienda.

j) Certificado Seguridad Social.

k) Facturas de las inversiones realizadas entre los tres meses anteriores al alta y los tres meses posteriores a la misma. Tendrán consideración de inversión las mismas que las recogidas en el plan de negocio.

l) Justificantes de pago de las inversiones realizadas entre los tres meses anteriores al alta y los tres meses posteriores a la misma. Los justificantes tendrán que tener su correspondiente factura para poder se considerados válidos.

m) Recibo abonado de la tasa municipal por prestación de servicios de control administrativo mediante licencia de apertura o mediante comunicación previa o declaración responsable.

n) Escritura de constitución de la sociedad y en el supuesto de comunidad de bienes y sociedades civiles, documento de constitución de la sociedad

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

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159

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2.53

AYUDAS AL AUTOEMPLEO. AYUDAS POR INICIO DE ACTIVIDAD

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mesSilencio administrativo, negativo.

Normativa aplicable Bases de la convocatoria

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y la documentación.

2. Registro y escaneado de los datos de la persona interesada.

3. Remisión de la solicitud a Empleo, Promoción Económica y Desarrollo Local para su tramitación.

POR EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

4. Informe técnico de valoración de solicitudes y/o justificaciones con propuesta de Resolución.

5. Decreto de Alcaldía aprobando y otorgando la ayuda económica por inicio de actividad.

6. Notificación de Resolución a la persona interesada.

POR SERVICIOS ECONÓMICOS

7. Abono de la subvención concedida.

Aclaraciones

OBSERVACIONES

Área responsable CIUDADANÍA / EDUCACIÓN - ESCUELA DE MÚSICA

Anexos

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2.54

INSCRIPCIÓN EN EL DIRECTORIO DE EMPRESAS

Qué esEs el alta, renovación, modificación y/o baja de la inscripción de las empresas del municipio en la web del Ayuntamiento de Erandio _ Behargintza, con el objetivo de promover la difusión del tejido empresarial municipal.

Quién lo puede solicitar Cualquier empresa ubicada en Erandio o su representante legal.

Documentación a aportarFicha de alta, renovación o modificación. Catálogo de empresas

Archivo .jpg del logotipo de la empresa (opcional)

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: inmediato

Normativa aplicable Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recepción de la solicitud de alta, renovación, modificación y/o baja.

2. Remisión a Empleo, Promoción Económica y Desarrollo Local para su tramitación.

POR EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

3. Comprobación de los datos.

4. Publicación en la web municipal.

5. Seguimiento y actualización de los datos.

Aclaraciones

OBSERVACIONES

Área responsable CIUDADANÍA / EDUCACIÓN - ESCUELA DE MÚSICA

Anexos

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2.55

SOLICITUD CITA EN EL SERVICIO DE AUTOEMPLEO

Qué es

Es la solicitud de cita en el servicio de autoempleo o emprendizaje municipal:• Información general• Ayudas y subvenciones• Cursos formativos

Quién lo puede solicitar Cualquier empresa ubicada en Erandio o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud de cita.

En caso de representación legal, Impreso de designación de representante

La que la persona solicitante considere necesaria para conocer su caso y poder prestar así un mejor servicio.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Inmediato

Normativa aplicable No hay.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación si la hubiera.

2. Registro y escaneado de los datos de la persona interesada.

3. Calendarización de la cita y remisión a Empleo, Promoción Económica y Desarrollo Local.

POR EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

4. Cita con la persona técnica de autoempleo y emprendizaje.

Aclaraciones

OBSERVACIONES

Área responsable CIUDADANÍA / EDUCACIÓN - ESCUELA DE MÚSICA

Anexos

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2.56

INSCRIPCIÓN PROGRAMAS DE EMPLEO

Qué es

Es la inscripción para tomar parte en programas de fomento de empleo, tales como:

· Programa Municipal de Empleo

· Programa Comarcal de Empleo

· Programa Hazilan

· Programa Txertatu Merkatuan

Quién lo puede solicitarToda persona interesada en participar y que cumpla los requisitos establecidos en las bases de los diferentes programas.

Documentación a aportarFicha solicitud de inscripción, debidamente cumplimentada y documentación específica requerida en las bases de cada uno de los programas.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Según bases de cada convocatoria.

Normativa aplicable

Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2003-23936Ayudas para acciones locales de promoción de empleo para el ejercicio en curso. BOPV _ Programa Comarcal EmpleoAcuerdo municipal _ Programa Municipal de EmpleoPrograma operativo juvenil 2014-2020 Gobierno Vasco http://www.lanbide.euskadi.eus/contenidos/informacion/fondosocial_europeo_documenta/es_def/adjuntos/POPV%20FSE%202014-2020.pdf HAZILAN /TXERTATU MERKATUAN

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Entrega de copia sellada a la persona solicitante como justificante.

3. Remisión al área de Empleo, Promoción Económica y Desarrollo Local para su tramitación.

POR EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

4. Comprobación cumplimiento requisitos bases.

5. Selección de candidaturas.

6. Comunicación a la persona interesada.

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2.56

INSCRIPCIÓN PROGRAMAS DE EMPLEO

Aclaraciones

OBSERVACIONES

Área responsable CIUDADANÍA / EDUCACIÓN - ESCUELA DE MÚSICA

Anexos Ficha solicitud de inscripción,

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2.57

GESTIÓN DE OFERTAS DE EMPLEO

Qué es

Quién lo puede solicitar

Documentación a aportar

Dónde se tramita

Ampliar información

Coste económico

Plazo para resolver y notificar

Normativa aplicable

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

Aclaraciones

OBSERVACIONES

Área responsable CIUDADANÍA / EDUCACIÓN - ESCUELA DE MÚSICA

Anexos

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2.58

SOLICITUD CITA EN EL SERVICIO DE ORIENTACION LABORAL

Qué es

Es la solicitud de una entrevista con una persona orientadora laboral para:

· Inscripción Lanbide.

· Actualización demanda.

· Realización curriculum vitae y carta de presentación.

· Información formación Lanbide y otras entidades.

· Información planes de empleo municipales y comarcales.

· Información Programas de fomento de empleo juvenil

HAZILAN

TXERTATU MERKATUAN

· Información Centro de empleo.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona física o su representante legal.

Documentación a aportar

· Solicitud de cita.

· En caso de representación legal, Impreso de designación de representante.

· Documento Nacional de identidad, pasaporte, tarjeta, permiso o justificante de residencia de la persona solicitante.

· Vida Laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social (c/ Julio Urquijo, 13 (Bilbao) / c/ Villa de Plencia, 14 (Getxo) // www.seg-social.es)

· Diplomas y/o acreditaciones formativas.

· Curriculum vitae personal.

· Cualquier otro documento que, en su caso, se considere necesario.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Inmediato.

Normativa aplicableLey Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2003-23936

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2.58

SOLICITUD CITA EN EL SERVICIO DE ORIENTACION LABORAL

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Entrega de copia sellada a la persona solicitante como justificante.

3. Remisión a Empleo, Promoción Económica y Desarrollo Local.

POR EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

4. Cita con la orientadora laboral.

Aclaraciones

OBSERVACIONES

Área responsable CIUDADANÍA / EDUCACIÓN - ESCUELA DE MÚSICA

Anexos Ficha solicitud de inscripción,

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2.59

CESIÓN TEMPORAL DE LOCALES Y MATERIALES DEL CENTRO BEHARGINTZA

Qué esEs la solicitud de cesión temporal de diversos espacios y materiales ubicados en las instalaciones del Behargintza.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona física o su representante legal.

Documentación a aportarInstancia general

En caso de representación legal, Impreso de designación de representante.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 3 díasPlazo máximo: 15 días

Normativa aplicable

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Entrega de copia sellada a la persona solicitante como justificante.

3. Remisión a Empleo, Promoción Económica y Desarrollo Local.

POR EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

4. Confirmación o denegación del uso de las instalaciones y/o del material, en función de la disponibilidad.

Aclaraciones

OBSERVACIONES

Área responsable CIUDADANÍA / EDUCACIÓN - ESCUELA DE MÚSICA

Anexos

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168

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2.60

ERANDIOKO UDALEKUAK (3-6 AÑOS)

Qué esEs la inscripción en colonias de verano para niñas y niños de entre 3 y 6 años de edad, organizadas por el Ayuntamiento de Erandio en las ludotecas municipales y en el Centro Socio-cultural de Erandiogoikoa.

Quién lo puede solicitar Responsable legal de niñas y niños de entre 3 y 6 años de edad empadronadas/os en Erandio.

Documentación a aportarFicha de inscripción Udalekuak.

Tarjeta sanitaria de la niña o del niño.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

15 días desde la finalización del plazo de inscripción.

Normativa aplicable Bases anuales.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud de inscripción y documentación requerida.

2. Registro y escaneado de la documentación requerida a la persona interesada.

3. Remisión a Empleo, Promoción Económica y Desarrollo Local.

POR EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

4. Adjudicación de las plazas según los turnos establecidos en la convocatoria anual. En el caso de que hubiera más solicitudes que plazas, se procederá a realizar un sorteo, tal como se estipula en las bases de la convocatoria anual.

5. Publicación de los listados, provisionales y definitivos.

Aclaraciones

OBSERVACIONES

Área responsable CIUDADANÍA / EDUCACIÓN - ESCUELA DE MÚSICA

Anexos Ficha de inscripción Udalekuak.

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2.61

EUSKARA IKASTEKO BEKAK ETA DIRU-LAGUNTZAK

Zer da? Herritik kanpo euskara ikasten ari diren herritarrei eskainitako diru-laguntza.

Nork eska dezake?

Interesdunak edo haren legezko ordezkariak.

BALDINTZAK:· 16 urtetik gorakoa eta Erandion erroldatua izatea.· Laguntzaren xede den ikastaroa Erandioko Udal Euskaltegiak ez eskaintzea.· Ikastaroa HABEk homologatuta euskaltegian egina izatea; edo UEUk edo EHUk antolatutako

(euskarazko) ikastaroetan egina izatea, beti ere kurrikulutik kanpokoa bada.

Aurkeztu beharreko agiriak

KASU GUZTIETAN:

· Eskabide-orria (eredu berezia)

· Eskatzailearen Nortasun Agiria

· Eskabide-orrian euskaltegiak bete beharrekoa hutsik egonez gero, matrikularen eta bestelako datu guztiak biltzen dituen egiaztagiria

ETA KASUAN KASU:

· 0tik 15 urtera bitarteko seme-alabak dituzten ikasleak:

· Familia liburua.

· Haurren edo adineko pertsonen zaintzaileak:

· Lantoki edo lan-erakundearen ziurtagiria edo familiaren adierazpena.

· Merkataritza edo ostalaritzako enplegatuak edo titularrak:

· Establezimenduaren legezko ordezkariak emandako ziurtagiria.

· Aisialdiko begiraleak:

· Aisialdiko begiralearen titulua edo prestakuntza ikastaroa egiten ari dela adierazten duen ziurtagiria.

· Familia unitate bakoitzeko, oinarri hauetan ezarritakoak baino sarrera txikiagoak dituzten ikasleak:

· Familia unitatea osatzen dutenen PFEZren aitorpena.

· PFEZren aitorpena aurkeztu behar ez denean, eskuratutako sarreren egiaztagiria (Gizarte Segurantzaren ziurtagiria edo beharrezko erakundearena).

· Familiaren erroldatze agiria.

· Oinarrizko errentaren hartzaileak edo gizarte larrialdiko laguntzenak:

· Diru-laguntza horiek jaso direla egiaztatzen duen ziurtagiria.

· Lanik gabeko ikasleak, prestaziorik jasotzen ez badute:

· Lana eskatzeko inskripzioaren frogagiria, betiere eskatutako diruz laguntzekoa den ikastaroa hasi baino lehenago.

· Langabeziagatiko prestazioa ez dela jasotzen egiaztatzen duen ziurtagiria.

· Araututako ikastetxeetan inskribatutako ikasleak:

· Ikasle txartela edo hezkuntza zentroaren egiaztagiria.

· Erandioko udal erroldan inskribaturik dauden elkarteetako kideak:

· Bazkidetza egiaztatzen duen zuzendaritza-taldearen ziurtagiria.

· Familia unitate bereko beste kideren bat euskaltegian aldi berean matrikulatuta duen ikaslea:

· Familiaren erroldatze agiria.

· Ikasketa zentroaren ziurtagiria, kideko bana.

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Euskara

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2.61

EUSKARA IKASTEKO BEKAK ETA DIRU-LAGUNTZAK

Non izapidetzen da?

Aurrez aurre:

HAZ Erandio - Herritaren Arreta Zerbitzua Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Ordutegia: astelehenetik ostiralera, 08:00 - 15:00.

Irailaren 23a Plaza, 1

Postaz:

Postetxeko bulegoetan, posta ziurtatu irekiaren bidez

Telematikoki:

Webaren bidez: www.erandio.eusEmailez: [email protected]

Informazio gehiago 944 89 01 28 www.erandiokoeuskarazerbitzua.com > Bekak eta diru-laguntzak [email protected]

Kostu ekonomikoa Doan.

Ebatzi eta jakinarazteko epea

Deialdian ezarritako epea amaitu eta, gehienez, hiru hilabeteko epean (2016. urtean, azaroaren 16a baino lehen).

Administrazioaren isiltasunaren ondorioak: aurkakoa.

Araudi aplikagarria

2016ko deialdia (laburpena)

20. ordenantza fiskala. Udal euskaltegiko tasak arautzen dituena

Erandio Elizateko Udalaren Diru-laguntzak arautzen dituen Ordenantza Orokorra (BAO. 38. zk. 2011, otsailak 24. Osteguna)

Eskaera jaso ondoren jarraitu beharreko prozedura

HAZ

1. Eskabidea eta dokumentazioa jasotzea eta egiaztatzea.

2. EUSKARA ZERBITZURA bidaltzea.

EUSKARA ZERBITZUA

3. Eskaera eta erantsitako dokumentazioa egiaztatzea eta ikuskatzea.

4. Dokumentazioa osatu gabe badago, telefonoz edo/eta telematikoki eskatzea.

5. Baldintzetako bat bete ezean, interesdunari jakianaraztea, eta okerrik izan bada hori zuzentzeko epea ematea.

6. Txosten teknikoa egitea.

7. Alkatearen dekretua egitea.

8. Ogasun sailera ordaintzeko proposamena bidaltzea

9. Interesdunari jakinaraztea.

Argibideak

Oharrak

Sail arduraduna HERRITARTASUNA - EUSKARA ZERBITZUA

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Euskara

T. 944 89 00 10 · [email protected] · www.erandio.eus

2.62

ERROTULUAK, IRUDI KORPORATIBOA ETA WEB GUNEA EUSKARAZ JARTZEKO DIRU-LAGUNTZAK

Zer da? Establezimenduko kanpoko errotulu finkoak, irudi korporatiboa eta Web orria euskaraz edo euskaraz eta gaztelaniaz jartzeko diru-laguntza.

Web orrietarako diru-laguntza arudia herriko elkarte eta erakundeei ere aplikatuko zaie.

Nork eska dezake?Bere jarduera ekonomikoa Erandioko udalerrian dauden lokaletan garatzen duen pertsona fisiko edo juridikoak.

Aurkeztu beharreko agiriak

· Eskabide-orria (eredu orokorra)

· Eskatzailearen Nortasun Agiria

· Egindako gastuen jatorrizko faktura.

· Administrazioko zerga obligazioak egunean dituela egiaztatuko duen agiria.

Horiez gain:

· Errotuluen kasuetan:

· Errotuluaren izena jasotzen duen agiria edo argazkia.

· Irudi korporatiboaren kasuetan:

· Entitateak egin eta argitaratu duen elementu bakoitzaren ale bat (ibilgailuaren errotulazioaren kasuan argazkia).

· Web guneen kasuetan:

· Web gunearen helbidea.

Non izapidetzen da?

Aurrez aurre:

HAZ Erandio - Herritaren Arreta Zerbitzua Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Ordutegia: astelehenetik ostiralera, 08:00 - 15:00.

Irailaren 23a Plaza, 1

Postaz:

Postetxeko bulegoetan, posta ziurtatu irekiaren bidez

Telematikoki:

Webaren bidez: www.erandio.eusEmailez: [email protected]

Informazio gehiago 944 89 01 28 www.erandiokoeuskarazerbitzua.com > Errotulaziorako diru-laguntzak [email protected]

Kostu ekonomikoa Doan.

Ebatzi eta jakinarazteko epea

Deialdian ezarritakoa (2017ko urtarrilaren 22a baino lehen).

Administrazioaren isiltasunaren ondorioak: aurkakoa.

Araudi aplikagarria2016ko deialdia

Erandio Elizateko Udalaren Diru-laguntzak arautzen dituen Ordenantza Orokorra (BAO. 38. zk. 2011, otsailak 24. Osteguna)

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2.62

ERROTULUAK, IRUDI KORPORATIBOA ETA WEB GUNEA EUSKARAZ JARTZEKO DIRU-LAGUNTZAK

Eskaera jaso ondoren jarraitu beharreko prozedura

HAZ

1. Eskabidea eta dokumentazioa jasotzea eta egiaztatzea.

2. EUSKARA ZERBITZURA bidaltzea.

EUSKARA ZERBITZUA

3. Eskaera eta erantsitako dokumentazioa egiaztatzea eta ikuskatzea.

4. Dokumentazioa osatu gabe badago, telefonoz edo/eta telematikoki eskatzea.

5. Txosten teknikoa egitea.

6. Alkatearen dekretua egitea.

7. Ogasun sailera ordaintzeko proposamena bidaltzea

8. Interesdunari jakinaraztea.

Argibideak

Oharrak

Sail arduraduna HERRITARTASUNA - EUSKARA ZERBITZUA

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2.63

ITZULPEN ZERBITZUA

Zer da? Gaztelaniaz idatzitako testuak euskaratzeko edo euskarazkoak zuzentzeko eskaintzen den laguntza teknikoa.

Nork eska dezake? Herriko elkarte, establezimendu, enpresa, Ikastetxeak…

Aurkeztu beharreko agiriak

Itzuli beharreko testuak. BALDINTZAK:

· Gehienez hiru orri izatea

· Herrian zabalkunde soziala izango duten testuak izatea

· Testuak euskarri informatikoan ematea, edo posta elektroniko bidez helaraztea

Non izapidetzen da?

Aurrez aurre:

HAZ Erandio - Herritaren Arreta Zerbitzua Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Ordutegia: astelehenetik ostiralera, 08:00 - 15:00.

Irailaren 23a Plaza, 1

Postaz:

Postetxeko bulegoetan, posta ziurtatu irekiaren bidez

Telematikoki:

Webaren bidez: www.erandio.eusEmailez: [email protected]

Informazio gehiago 944 89 01 28 www.erandiokoeuskarazerbitzua.com > Itzulpenak [email protected]

Kostu ekonomikoa Doan.

Ebatzi eta jakinarazteko epea

Aurreikusitako epea: 3-4 egun.

Araudi aplikagarria

Eskaera jaso ondoren jarraitu beharreko prozedura

HAZ

1. Testuak jasotzea.

2. Baldintzak betetzen direla egiaztatzea.

3. EUSKARA ZERBITZURA bidaltzea.

EUSKARA ZERBITZUA

4. Itzulpena egitea.

5. Interesdunari adierazitako helbidera bidaltzea.

Argibideak

Oharrak

Sail arduraduna HERRITARTASUNA - EUSKARA ZERBITZUA

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2.64

EUSKARA SUSTATZEKO JARDUERETARAKO DIRU-LAGUNTZAK

Zer da? Erandion euskara sustatzeko helburua duten jarduerak eta programak bultzatzeko diru-laguntzak.

Nork eska dezake? Udalerriko elkarteek edo gainerako erakundeek, ikastetxeek eta guraso elkarteek.

Aurkeztu beharreko agiriak

LAGUNTZA ESKATZEKO:

· Eskabide-orria (eredu berezia - I. eranskina).

· IFK.

· Ordezkariaren Nortasun Agiria.

· Zinpeko adierazpena (II. eranskina).

· Diruz laguntzekoa litzatekeen egitasmoaren txostena.

· Administrazioko zerga obligazioak egunean dituela egiaztatuko duen agiria (III. eranskina).

Epeak:

· ELKARTE eta gainerako ERAKUNDEAK: 2016ko maiatzaren 20a baino lehen.

· GURASO ELKARTE eta IKASTETXEA: 2016ko irailaren 5etik urriaren 16ra.

EMANDAKO LAGUNTZA ZURITZEKO:

· Jardueraren memoria.

· Diru-laguntzaren xedea bete egin dela adierazten duen aitorpena (IV. eranskina).

· Gastu eta eta bestelako diru-laguntzen zerrenda (V. eranskina).

Epeak.

· ELKARTE eta gainerako ERAKUNDEAK: 2017ko otsailaren 1a baino lehen.

· GURASO ELKARTE eta IKASTETXEA: 2017ko abuztuaren 1a baino lehen.

Non izapidetzen da?

Aurrez aurre:

HAZ Erandio - Herritaren Arreta Zerbitzua Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Ordutegia: astelehenetik ostiralera, 08:00 - 15:00.

Irailaren 23a Plaza, 1

Postaz:

Postetxeko bulegoetan, posta ziurtatu irekiaren bidez

Telematikoki:

Webaren bidez: www.erandio.eusEmailez: [email protected]

Informazio gehiago 944 89 01 28 www.erandiokoeuskarazerbitzua.com > Euskarazko jardueretarako diru-laguntzak [email protected]

Kostu ekonomikoa Doan.

Ebatzi eta jakinarazteko epea

Gehienez, 4 hilabete.

Administrazioaren isiltasunaren ondorioak: aurkakoa

Araudi aplikagarria2016ko deialdia

Erandio Elizateko Udalaren Diru-laguntzak arautzen dituen Ordenantza Orokorra (BAO. 38. zk. 2011, otsailak 24. Osteguna)

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2.64

EUSKARA SUSTATZEKO JARDUERETARAKO DIRU-LAGUNTZAK

Eskaera jaso ondoren jarraitu beharreko prozedura

HAZ

1. Eskabidea eta dokumentazioa jasotzea eta egiaztatzea.

2. EUSKARA ZERBITZURA bidaltzea.

EUSKARA ZERBITZUA

3. Eskaera eta erantsitako dokumentazioa egiaztatzea eta ikuskatzea.

4. Dokumentazioa osatu gabe badago, telefonoz edo/eta telematikoki eskatzea.

5. Txosten teknikoa egitea.

6. Alkatearen dekretua egitea.

7. Ogasun sailera ordaintzeko proposamena bidaltzea

8. Interesdunari jakinaraztea.

Argibideak

Oharrak

Sail arduraduna HERRITARTASUNA - EUSKARA ZERBITZUA

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2.65

GIDABAIMENA EUSKARAZ (DIRU-LAGUNTZAK)

Zer da? Gidabaimena lortzeko azterketa teorikoa euskaraz egin duten gazteentzako diru-laguntzak.

Nork eska dezake? Erandion erroldatutako 17 eta 23 urte bitarteko gazteek.

Aurkeztu beharreko agiriak

· Eskabide-orria (eredu orokorra).

· Nortasun Agiria.

· Matrikularen ordainagiria.

· Azterketa euskaraz egin dela ziurtatzen duen agiria.

Epea: 2016ko abenduaren 27ra arte.

Non izapidetzen da?

Aurrez aurre:

HAZ Erandio - Herritaren Arreta Zerbitzua Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Ordutegia: astelehenetik ostiralera, 08:00 - 15:00.

Irailaren 23a Plaza, 1

Postaz:

Postetxeko bulegoetan, posta ziurtatu irekiaren bidez

Telematikoki:

Webaren bidez: www.erandio.eusEmailez: [email protected]

Informazio gehiago 944 89 01 28 www.erandiokoeuskarazerbitzua.com > Gidabaimena euskaraz [email protected]

Kostu ekonomikoa Doan.

Ebatzi eta jakinarazteko epea

Gehienez, hilabete bat.

Administrazioaren isiltasunaren ondorioak: aurkakoa.

Araudi aplikagarria 2016ko deialdia

Eskaera jaso ondoren jarraitu beharreko prozedura

HAZ

1. Eskabidea eta dokumentazioa jasotzea eta egiaztatzea.

2. EUSKARA ZERBITZURA bidaltzea.

EUSKARA ZERBITZUA

3. Eskaera eta erantsitako dokumentazioa egiaztatzea eta ikuskatzea.

4. Dokumentazioa osatu gabe badago, telefonoz edo/eta telematikoki eskatzea.

5. Txosten teknikoa egitea.

6. Alkatearen dekretua egitea.

7. Ogasun sailera ordaintzeko proposamena bidaltzea

8. Interesdunari jakinaraztea.

Argibideak

Oharrak Autoeskola “Gidabaimena euskaraz” kanpainan parte hartutakoen artekoa izan behar da.

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2.66

IPUIN, NARRAZIO ETA BERTSOPAPER LEHIAKETAK

Zer da? Euskara zerbitzuak antolatutako “Ipuin, narrazio eta bertsopaper lehiaketa”n parte hartzeko egin beharrekoa.

Nork eska dezake? Nahi duten guztiek, deialdian ezarritako arauak betez gero.

Aurkeztu beharreko agiriak

· Ipuina, narrazioa edo bertsopapera.

· Datu pertsonalak eta harremanetarakoak.

Epea: Urteko deialdian ezarritakoa.

Non izapidetzen da?

Aurrez aurre:

HAZ Erandio - Herritaren Arreta Zerbitzua Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Ordutegia: astelehenetik ostiralera, 08:00 - 15:00.

Irailaren 23a Plaza, 1

Postaz:

Postetxeko bulegoetan, posta ziurtatu irekiaren bidez

Telematikoki:

Webaren bidez: www.erandio.eusEmailez: [email protected]

Informazio gehiago 944 89 01 28 www.erandiokoeuskarazerbitzua.com > Gidabaimena euskaraz [email protected]

Kostu ekonomikoa Doan.

Ebatzi eta jakinarazteko epea

Gehienez, hilabete bat.

Administrazioaren isiltasunaren ondorioak: aurkakoa.

Araudi aplikagarria 2016ko deialdia

Eskaera jaso ondoren jarraitu beharreko prozedura

HAZ

1. Ipuinak, narrazioak, bertsopaperak eta dokumentazioa jasotzea.

2. EUSKARA ZERBITZURA bidaltzea.

EUSKARA ZERBITZUA

3. Lanak mailaren arabera sailkatzea eta datuak erregistratzea.

4. Dokumentazioa osatu gabe badago, telefonoz edo/eta telematikoki eskatzea.

5. Aurkeztutako lanak epaimahaikideei helaraztea.

6. Epaia jasotakoan, irabazleei jakinaraztea.

7. Sari-emate ekitaldia antolatzea.

Argibideak

Oharrak

Sail arduraduna HERRITARTASUNA - EUSKARA ZERBITZUA

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2.67

HAIKU LEHIAKETA

Zer da? Euskara zerbitzuak antolatutako “Haiku lehiaketa”n parte hartzeko egin beharrekoa.

Nork eska dezake? Nahi duten guztiek, deialdian ezarritako arauak betez gero.

Aurkeztu beharreko agiriak

· Lehiaketarako haikua (gehienez 3 bakoitzeko).

· Datu pertsonalak eta harremanetarakoak.

Epea: Urteko deialdian ezarritakoa.

Non izapidetzen da?

Aurrez aurre:

HAZ Erandio - Herritaren Arreta Zerbitzua Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Ordutegia: astelehenetik ostiralera, 08:00 - 15:00.

Irailaren 23a Plaza, 1

Postaz:

Postetxeko bulegoetan, posta ziurtatu irekiaren bidez

Telematikoki:

Webaren bidez: www.erandio.eusEmailez: [email protected]

Informazio gehiago 944 89 01 28 www.erandiokoeuskarazerbitzua.com > Haiku lehiaketa [email protected]

Kostu ekonomikoa Doan.

Ebatzi eta jakinarazteko epea

Gehienez, hiru hilabete.

Araudi aplikagarria 2016ko deialdia

Eskaera jaso ondoren jarraitu beharreko prozedura

HAZ

1. Haikua(k) eta dokumentazioa jasotzea.

2. EUSKARA ZERBITZURA bidaltzea.

EUSKARA ZERBITZUA

3. Lanak mailaren arabera sailkatzea eta datuak erregistratzea.

4. Dokumentazioa osatu gabe badago, telefonoz edo/eta telematikoki eskatzea.

5. Aurkeztutako lanak epaimahaikideei helaraztea.

6. Epaia jasotakoan, irabazleei jakinaraztea.

7. Sari-emate ekitaldia antolatzea.

Argibideak

Oharrak

Sail arduraduna HERRITARTASUNA - EUSKARA ZERBITZUA

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2.68

UDAL EUSKALTEGIA

Zer da? Erandioztarrak euskalduntzeko eta alfabetatzeko Udal Zerbitzua.

Nork egin dezake matrikula? 16 urtetik gorako edozein herritarrek gauzatu dezake matrikula.

Eskainitako zerbitzuak

· Aurrez aurreko ikastaroak. Astean 8, 6, 4 eta 2 eskola-ordukoak.

· Autoikaskuntza. BOGA sistemaren bidez (IKASTEN plataforma), internet bidez.

· HABE azterketa eta Hizkuntza Eskakizunetarako azterketa prestatzeko ikastaroak.

· Xede Berezietarako taldeak: merkatariak, gurasoak….

Egoitzak eta jendaurreko ordutegia

Egoitzak:

Altzaga: Desanexio kalea, 4, 3.a (Bekoa ikastetxea).

Astrabudu: Atxutegi kalea, 6, behea.

Ordutegia:

· Ikasturtean zehar: 09:30 - 15:30

· Udan: 08:00 - 14:00

· Iraileko matrikulaldia: 09:30 - 18:30

Arduradunak

EUSKARA, ENPLEGU, EKONOMIA SUSTAPENA, TOKIKO GARAPENA, MERKATARITZARAKO ZINEGOTZIA: EGOKIÑE ANGULO GOTI

Irailaren 23a enparantza. Erandio 48950

944 89 01 86

[email protected].

www.erandioko-udala.net

ZUZENDARIA: JOSÉ A. LEGARRETA IZKARA

Desanexio kalea, 4, 3.a (Bekoa ikastetxea) Erandio 48950

944 67 60 75

[email protected]

www.udaleuskaltegiak.eus

Kexak, iradokizunak eta eskerrak

944 67 60 75

[email protected]

Idatziaz Udal Euskaltegiko Erregistroaren bidez.

Matrikula orria Ikaslearen fitxa

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2.69

UDAL EUSKALTEGIA. EUSKARA IKASTAROAK - MATRIKULA

Zer da?

Udal euskaltegian matrikulatzeko egin beharrekoa.

Ikastaroak:

ASTEKO ORDUAK: 20-25, 10, 8, 7’5, 6, 4

· Ohiko taldeak – astelehenetik ostegunera

· Xede bereziko taldeak – astean bi edo hiru egun

· Autoikaskuntza (Boga)

Nork eska dezake? 16 urtetik gorako edozein herritarrek, (edo legezko ordezkariek).

Aurkeztu beharreko agiriak Ikaslearen fitxa

Non izapidetzen da?

Aurrez aurre:

HAZ Erandio - Herritaren Arreta Zerbitzua Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Ordutegia: astelehenetik ostiralera, 08:00 - 15:00.

Irailaren 23a Plaza, 1

Udal Euskaltegia Desanexio kalea 4, 3. Solairua (Beko ikastetxea)Ordutegia:

· Ikasturtean zehar: 09:30 - 15:30

· Udan: 08:00 - 14:00

· Iraileko matrikulaldia: 09:30 - 18:30

Postaz:

Postetxeko bulegoetan, posta ziurtatu irekiaren bidez

Telematikoki:

Webaren bidez: www.erandio.eusEmailez: [email protected]

Informazio gehiago

Udal Euskaltegia Desanexio kalea 4, 3. Solairua (Beko ikastetxea)

944 67 60 75 Erandioko Udal euskaltegia [email protected]

Kostu ekonomikoa

Aukeratutako ikastaro-moduluaren arabera (orduko tasa: 1,16 €):

Asteko eskola-orduak Ikasturteko eskola-orduak Matrikularen ordainsaria

20 - 25 692 - 865 802,72 - 1.003,4 € 10 346 401,35 € 8 280 324,80 € 7’5 259’5 301,00 € 6 206 238,95 € 4 130 150,80 €

Ebatzi eta jakinarazteko epea

Iraileko matrikulaldian: irailaren azken astean.

Ikasturtean zehar: momentuan bertan.

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Euskara

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2.69

UDAL EUSKALTEGIA. EUSKARA IKASTAROAK - MATRIKULA

Araudi aplikagarria 20. ordenantza fiskala. Udal euskaltegiko tasak arautzen dituena.

Eskaera jaso ondoren jarraitu beharreko prozedura

HAZ

1. Dokumentazioa jasotzea, egiaztatzea eta eskaneatzea.

2. Dokumentazioa osatu gabe badago, eskatzea (gehienez 10 eguneko epearen barruan aurkezteko).

3. UDAL EUSKALTEGIRA bidaltzea.

UDAL EUSKALTEGIA

4. Dokumentazioa jasotzea eta erregistratzea.

5. Behar izanez gero, mailaketa proba egiteko deitu.

6. Ikasleari jakinarazi talde osatu den ala ez.

Argibideak

Oharrak Euskaltegiei buruzko Informazioa: UDAL EUSKALTEGIAK

Sail arduraduna HERRITARTASUNA - EUSKARA ZERBITZUA

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Igualdad

T. 944 89 00 10 · [email protected] · www.erandio.eus

2.70

CURSOS ORGANIZADOS POR EL SERVICIO DE IGUALDAD

Qué esEs la inscripción para participar en los programas y actividades promovidas por Igualdad: cursos de la Escuela de Empoderamiento, talleres, charlas o similares.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona física interesada o su representante legal

Documentación a aportarHoja de inscripción.

En caso de representación legal: Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Siete días antes del inicio de cada curso o actividad.

Normativa aplicable

Procedimiento a seguir después de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro y escaneado de los datos de la persona interesada.

3. Remisión a Igualdad para su tramitación.

POR IGUALDAD

4. Determinado que el curso puede realizarse al haber un número de personas suficiente, desde Igualdad nos ponemos en contacto con las personas interesadas para confirmar su asistencia al curso (confirmación de inscripción telemáticamente y telefónicamente) e informarles de horarios y demás aspectos del curso.

AclaracionesEn las inscripciones tendrán preferencia las personas empadronadas. Las solicitudes se resolverán por estricto orden de inscripción.

OBSERVACIONES

Área responsable CIUDADANÍA / IGUALDAD

Documentación adicional

Autorización. Siempre que la actividad lo requiera se deberá adjuntar la autorización de la madre, padre y/o representante legal de la persona menor de 18 años.

Tendrán preferencia las personas empadronadas en el municipio y se comprobará mediante el certificado de empadronamiento de la persona solicitante.

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Juventud

T. 944 89 00 10 · [email protected] · www.erandio.eus

2.71

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN LAS ACTIVIDADES DE JUVENTUD

Qué es Es la inscripción en las actividades que organiza Juventud.

Quién lo puede solicitarCualquier persona física interesada o su representante legal, aunque tendrán prioridad las personas de entre 15 y 35 años de edad empadronadas en Erandio.

Documentación a aportar

Hoja de inscripción debidamente cumplimentada.

En caso de representación legal Impreso designación de representante

Este modelo necesita además de las casillas habituales una para indicar la fecha de nacimiento, otra para indicar el número de cuenta y una tercera para poner la dirección de correo electrónico.

Dependiendo de la actividad, autorización de madre-padre-representante legal de la persona menor de 18 años. Se adjunta documento.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Depende de la actividad, según folleto correspondiente.

Plazo para resolver y notificar

Según folleto correspondiente.

Solo se notificará, por teléfono o por whatsapp, a las personas admitidas.

Normativa aplicable Las condiciones de cada convocatoria se recogen en el folleto correspondiente.

Procedimiento a seguir después de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro y escaneado de los datos de la persona interesada.

3. Remisión a Juventud para su tramitación.

POR JUVENTUD

4. Finalizado el plazo de inscripción, realizar la lista definitiva de personas admitidas en base a los criterios de prioridad establecidos y el número de personas establecidas para cada curso.

5. Avisar por Whatsapp, o en su defecto por vía telefónica, a las personas que tienen plaza para que confirmen su asistencia e informar sobre las condiciones del curso: fecha, lugar, importe…

6. Generar la remesa de cobro con el importe correspondiente al curso y a la categoría y cargarla al número de cuenta indicado en la solicitud por la persona inscrita.

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Juventud

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2.71

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN LAS ACTIVIDADES DE JUVENTUD

Observaciones

Si no se llenan las plazas con jóvenes de 15 a 35 años, la oferta se hace extensiva a toda la población en general.

Las personas empadronadas en Erandio tendrán prioridad en todas las actividades, según las condiciones que se establezca en cada una de ellas y el orden de registro.

Una vez hecho el cobro de la actividad no se devolverá el dinero.

Juventud se reserva el derecho a cancelar, modificar y/o aplazar las actividades programadas.

Las actividades solo se llevarán a cabo si se cumple el número mínimo de personas establecido que varía en función de la actividad, el local en el que se desarrolla...

Área responsable CIUDADANÍA / JUVENTUD

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2.72

TRAMITACIÓN DE CARNETS INTERNACIONALES

Qué es

Es la solicitud de tramitación de los diferentes carnets internacionales que ofrece el Gobierno Vasco a través de las Áreas de Juventud de los Ayuntamientos:

· Carnet Internacional de Estudiante (ISIC - International Student Identity Card): es un carnet reconocido en todo el mundo que permite disfrutar de descuentos y servicios especiales en transporte, alojamientos, museos, teatros, centros culturales y lugares históricos de todo el mundo. Está dirigido a estudiantes universitarias/os, de enseñanzas medias (Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional...) o de escuelas oficiales que acrediten su condición de estudiantes mediante certificado de matriculación en un curso académico. La validez es de un curso escolar y además de septiembre a diciembre del siguiente año.

· Carnet de profesora/profesor (ITIC - International Teacher Identity Card): es un carnet reconocido en todo el mundo que permite disfrutar de descuentos y servicios especiales en transporte, alojamientos, museos, teatros, centros culturales y lugares históricos de todo el mundo. Está dirigido a profesoras y profesores, personal docente en una institución educativa oficialmente reconocida. La validez es de un curso escolar y además de septiembre a diciembre del siguiente año.

· Carnet GO-25 (IYIC- International Youth Travel Card): es un carnet reconocido en todo el mundo que permite disfrutar de descuentos y servicios especiales en transporte, alojamientos, museos, teatros, centros culturales y lugares históricos de todo el mundo. Está dirigido especialmente a personas jóvenes menores de 26 años. La validez es de un año natural.

· Carnet de Alberguista: este carnet de alberguista permite a personas de todas las edades alojarse en los albergues nacionales y extranjeros. La validez es de un año natural. Es internacional. Hay 6 modalidades:

· Carnet de alberguista joven con Gazte-txartela

· Carnet de alberguista juvenil

· Carnet de alberguista adulto

· Carnet de alberguista de familia

· Carnet de alberguista de grupo

· Carnet de alberguista de grupo censado en el censo de asociaciones juveniles de la Dirección de Juventud.

Quién lo puede solicitar

· Carnet Internacional de Estudiante (ISIC): mayores de 12 años. No existe límite superior de edad.

· Carnet de profesor/a (ITIC): cualquier profesora/profesor de una institución educativa oficialmente reconocida durante el año en curso.

· Carnet GO-25: personas mayores de 14 años y menores de 26 años.

· Carnet de Alberguista:

· Carnet de alberguista joven con Gazte-txartela: personas entre 14 y 30 años.

· Carnet de alberguista juvenil: personas entre 14 y 30 años.

· Carnet de alberguista adulto: personas mayores de 30 años.

· Carnet de alberguista de familia: unidad familiar con hijas/os menores de 16 años.

· Carnet de alberguista de grupo: mínimo 10 personas, incluida la responsable.

· Carnet de alberguista de grupo censado en el censo de asociaciones juveniles de la Dirección de Juventud: mínimo 10 personas, incluida la responsable.

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2.72

TRAMITACIÓN DE CARNETS INTERNACIONALES

Documentación a aportar

· Carnet Internacional de Estudiante (ISIC): fotocopia del Documento Nacional de Identidad, fotografía tamaño carnet y certificado de estar matriculada/o en un centro académico oficialmente reconocido durante un mínimo de 15 h. semanales.•Carnet de profesor/a (ITIC): fotocopia del Documento Nacional de Identidad, fotografía tamaño carnet y documento que acredite ser profesor/a en una institución educativa oficialmente reconocida durante el año en curso.

· Carnet GO-25: fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

· Carnet de Alberguista:

· Carné de Alberguista Joven con Gazte-txartela: fotocopia del Documento Nacional de Identidad y de la Gazte Txartela

· Carnet de alberguista juvenil: fotocopia del Documento Nacional de Identidad

· Carnet de alberguista adulto: fotocopia del Documento Nacional de Identidad

· Carnet de alberguista de familia: fotocopia del Documento Nacional de Identidad de la persona responsable y fotocopia del libro de familia.

· Carnet de alberguista de grupo: fotocopia del Documento Nacional de Identidad de la persona responsable y listado de las personas que integran el grupo.

· Carnet de alberguista de grupo censado en el censo de asociaciones juveniles de la Dirección de Juventud: fotocopia del Documento Nacional de Identidad de la persona responsable y certificado del Censo de Asociaciones Juveniles de la Dirección de Juventud.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico

· Carnet Internacional de Estudiante (ISIC): 6,00 €

· Carnet de profesor/a (ITIC): 8,00 €

· Carnet GO-25: 6,00 €

· Carnet de Alberguista:

· Carné de alberguista joven con Gazte-txartela: 2,50 €

· Carnet de alberguista juvenil: 5,00 €

· Carnet de alberguista adulto: 11,00 €

· Carnet de alberguista de familia: 22,00 €

· Carnet de alberguista de grupo: 15,00 €

· Carnet de alberguista de grupo censado en el censo de asociaciones juveniles de la Dirección de Juventud: exento de pago de tasa

Plazo para resolver y notificar

Inmediato.

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2.72

TRAMITACIÓN DE CARNETS INTERNACIONALES

Normativa aplicableCondiciones establecidas por Gobierno Vasco

(http://www.gazteaukera.euskadi.eus/)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro y escaneado de los datos de la persona interesada.

3. Remisión a Juventud para su tramitación.

POR JUVENTUD

4. Generación del carnet correspondiente, tras el cargo en la tarjeta de crédito necesaria.

Observaciones

Área responsable CIUDADANÍA / JUVENTUD

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Salud Pública

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2.73

CERTIFICADO INHUMACION CEMENTERIOS MUNICIPALES

Qué esEs el certificado que documenta la fecha, el cementerio y el enterramiento en el que una persona fue inhumada.

Quién lo puede solicitar Cualquier familiar directo o representante legal de la persona fallecida.

Documentación a aportar

• Solicitud general.

Indicando el nombre de la persona finada y los datos que se conozcan respecto a su inhumación o fecha de fallecimiento. Documento de pago de la tasa municipal.

• Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante o, en caso de representación legal Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económicoOrdenanza Fiscal nº 7, Reguladora de las Tasas por Servicios Funerarios.

Expedición de Certificados, copias… 30.25€.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 15 días.

Normativa aplicable

Reglamento municipal de unidades de enterramiento e Inscripciones y Lápidas en los cementerios municipales de Erandio (BOB núm. 161. Lunes, 23 de agosto de 1999).

Decreto 202/2004, de 19 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de sanidad mortuoria de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV Núm 221 - jueves 18 de noviembre de 2004).

Procedimiento a seguir después de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Remisión a Salud Pública.

POR SALUD PÚBLICA

4. Verificación en archivos municipales.

5. Expedición del certificado.

6. Notificación a la persona interesada.

AclaracionesCertificado necesario para obtener la autorización sanitaria para el traslado exterior de restos exhumados.

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Salud Pública

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2.73

CERTIFICADO INHUMACION CEMENTERIOS MUNICIPALES

OBSERVACIONES

Área responsable CIUDADANÍA / SALUD PÚBLICA

Anexos

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2.74

SOLICITUD CONCESIÓN OSARIO CEMENTERIOS MUNICIPALES

Qué esEs la solicitud de concesión de nicho de restos, osario, en los cementerios municipales. Son concesiones a treinta años, prorrogables y trasmisibles vía herencia.

Quién lo puede solicitar

Personas empadronadas en Erandio o personas que demuestren arraigo en el municipio y que, disponiendo de cenizas o restos, desean su inhumación en cualquiera de los cementerios de Erandio, bien procedentes de nicho o fosa de enterramiento, de incineración o de traslado desde otro municipio. O su representante legal.

Documentación a aportar

· Documento Nacional de Identidad de la persona o personas que van a ser titulares de la concesión y certificado de exhumación o incineración de la persona finada, si no procede de un enterramiento municipal.

· En caso de representación legal, Impreso designación de representante.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económicoOrdenanza Fiscal nº 7, Reguladora de las Tasas por Servicios Funerarios.

Concesiones sobre osarios de primera clase por un período de 30 años, 272.40€

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: 15 días.

Normativa aplicable

Reglamento municipal de unidades de enterramiento e Inscripciones y Lápidas en los Cementerios municipales de Erandio, (BOB núm. 161. Lunes, 23 de agosto de 1999).

Decreto 202/2004, de 19 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de sanidad mortuoria de la Comunidad Autónoma del País Vasco. (BOPV núm. 221 - jueves 18 de noviembre de 2004).

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. 2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada. 3. Remisión a Salud Pública.

POR SALUD PÚBLICA 4. Cotejo de la documentación.5. Decreto de Concesión.6. Expedición de título de concesión.7. Comunicación a la persona solicitante.

Previamente a retirar el Título habrán de satisfacer las tasas municipales de aplicación.

Aclaraciones Concesiones por un período de treinta años.

Área responsable CIUDADANÍA / SALUD PÚBLICA

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2.75

DUPLICADO TÍTULO CONCESIONES CEMENTERIOS MUNICIPALES

Qué esEs la solicitud por pérdida o extravío del título de la concesión de los Cementerios municipales. Sólo puede existir un único título oficial por cada derecho funerario.

Quién lo puede solicitarLa o las personas titulares del derecho o su representante legal. Se comunicará solicitud del duplicado a todas las personas titulares.

Documentación a aportar

· Solicitud general.

· Documento Nacional de Identidad de las personas titulares o, en caso de representación legal, Impreso de designación de representante.

· Documento de pago de la tasa municipal.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económicoOrdenanza Fiscal nº 7, Reguladora de las Tasas por Servicios Funerarios.

Expedición de Títulos, 62.85€.

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: 30 días.

Normativa aplicable

Reglamento municipal de unidades de enterramiento e Inscripciones y Lápidas en los Cementerios municipales de Erandio, (BOB núm. 161. Lunes, 23 de agosto de 1999).

Decreto 202/2004, de 19 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de sanidad mortuoria de la Comunidad Autónoma del País Vasco. (BOPV núm. 221 - jueves 18 de noviembre de 2004).

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. 2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada. 3. Remisión a Salud Pública.

POR SALUD PÚBLICA

4. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación adjunta.

5. Emisión de duplicado.

6. Notificación a la persona interesada

AclaracionesEl cambio de titularidad no reinicia el plazo de vigencia del derecho. La emisión de un duplicado del Título sobre un derecho funerario invalida definitivamente cualquier documento anterior.

Área responsable CIUDADANÍA / SALUD PÚBLICA

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2.76

LICENCIA DE EXHUMACIÓN DE CADÁVERES O RESTOS CADAVÉRICOS EN CEMENTERIOS MUNICIPALES

Qué es

Cadáver es el cuerpo humano durante los cinco años siguientes a la muerte.

Restos cadavéricos son lo que queda del cuerpo humano, una vez transcurridos, al menos, cinco años desde la muerte y siempre que hayan terminado los fenómenos de destrucción de la materia orgánica.

Con carácter general no podrá ser exhumado ningún cadáver antes de transcurridos cinco años desde la inhumación, salvo cadáveres embalsamados u orden judicial. Y previa autorización sanitaria.

Supuestos:· Sin traslado, dentro de la misma concesión, panteones o sepulturas.· Con traslado a otra concesión dentro del cementerio municipal.· Con traslado fuera del cementerio municipal.

Quién lo puede solicitar Cualquier familiar directo o representante legal de la persona fallecida.

Documentación a aportar

· Solicitud general.

· Documento Nacional de Identidad de las personas titulares o, en caso de representación legal, Impreso de designación de representante.

· Título de la concesión, en su caso.

· Indicará en la solicitud si precisa caja de restos.

· Documento de pago de las tasas municipales por exhumación de cadáver o restos y por caja de restos, en su caso.

· Si se desea su traslado fuera del cementerio municipal habrán de presentar Autorización Sanitaria de traslado, expedida por el Departamento de Sanidad de Gobierno Vasco, para lo que será necesario solicitar previamente en el Ayuntamiento un Certificado de Inhumación.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico

Ordenanza Fiscal nº 7, Reguladora de las Tasas por Servicios Funerarios.

Por exhumación de restos, reducción o traslado y reinhumación interior: 100.60€.

Por exhumación de cadáveres: 619.20€.

Por exhumación de restos vencido el plazo de arrendamiento y/o de oficio: Exento.

Por suministro de caja de restos: 40.00€.

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: 15 días.

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2.76

LICENCIA DE EXHUMACIÓN DE CADÁVERES O RESTOS CADAVÉRICOS EN CEMENTERIOS MUNICIPALES

Normativa aplicable

Reglamento municipal de unidades de enterramiento e Inscripciones y Lápidas en los Cementerios municipales de Erandio, (BOB núm. 161. Lunes, 23 de agosto de 1999).

Decreto 202/2004, de 19 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de sanidad mortuoria de la Comunidad Autónoma del País Vasco. (BOPV núm. 221 - jueves 18 de noviembre de 2004).

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. 2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada. 3. Remisión a Salud Pública.

POR SALUD PÚBLICA

4. Se contactará con la persona solicitante para concertar fecha y hora de exhumación.

Aclaraciones

El servicio no incluye otros gastos derivados de la exhumación, tales como cajas de restos, bolsas de traslado…

En caso de cadáver con esqueletización incompleta que no sea exhumado, la tasa deberá ser abonada en todo caso, ya que el servicio ha sido solicitado y prestado.

Observaciones En los meses de junio, julio, agosto y septiembre se suspenden temporalmente las exhumaciones.

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2.77

SOLICITUD REVERSIÓN CONCESIONES CEMENTERIOS MUNICIPALES

Qué es

Es el enterramiento en donde no existen cadáveres ni restos, puede ser retrotraído a la Administración.

Habrán de ser previamente exhumados y trasladados todos los cadáveres y restos cadavéricos existentes y, en el caso de que el Ayuntamiento acceda a dicha solicitud, se habrá de estar a las tarifas que, para esa modalidad de enterramiento, estén establecidas por la Ordenanza Fiscal correspondiente en cada momento. En el caso de existir diferencia de tarifa respecto a la abonada en el momento de la concesión original, el Ayuntamiento satisfará la misma cuantía que la abonada en su día.

En el caso de antiguas concesiones sobre solares para panteones donde haya construida cripta y alzado, el Ayuntamiento de Erandio realizaría una inspección sobre el panteón construido a fin de valorar su estado y posibilidades de aprovechamiento de conformidad a lo que establece el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria. A resultas de la inspección, la administración local realizaría una tasación pericial sobre el valor actual de la construcción funeraria, con derecho a presentar tasación pericial contradictoria en caso de disconformidad.

Quién lo puede solicitarLa o las personas titulares del derecho o su representante legal o, si estuvieran fallecidas, las personas que les hayan sucedido en el derecho.

Documentación a aportar

· Solicitud general.

· Documento Nacional de Identidad de las personas titulares o, en caso de representación legal, Impreso de designación de representante.

· Título de la concesión, en su caso.

· Documentos que acrediten su derecho sobre la concesión y de que no hay otras personas con derechos sobre la misma, o su avenencia con la solicitud.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

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Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: 60 días.

Normativa aplicable

Reglamento municipal de unidades de enterramiento e Inscripciones y Lápidas en los Cementerios municipales de Erandio, (BOB núm. 161. Lunes, 23 de agosto de 1999).

Decreto 202/2004, de 19 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de sanidad mortuoria de la Comunidad Autónoma del País Vasco. (BOPV núm. 221 - jueves 18 de noviembre de 2004).

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2.77

SOLICITUD REVERSIÓN CONCESIONES CEMENTERIOS MUNICIPALES

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. 2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada. 3. Remisión a Salud Pública.

POR SALUD PÚBLICA

4. Inspección de la concesión: ocupación, estado constructivo, tasación.

5. Emisión de informes técnicos.

6. Decreto.

7. Notificación propuesta de liquidación y plazo para aceptación o alegaciones.

Aclaraciones

Área responsable CIUDADANÍA / SALUD PÚBLICA

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2.78

TRANSMISIÓN TITULARIDAD DE LOS DERECHOS FUNERARIOS EN LOSCEMENTERIOS MUNICIPALES

Qué es

Es el derecho funerario en los cementerios municipales: son los títulos otorgados en su día sobre las modalidades de enterramiento (nicho, osario, panteón o sepultura) otorgados a un plazo de treinta años o por el plazo máximo legal (“a perpetuidad”), trasmisibles.

Es el cambio de la titularidad de las concesiones en los Cementerios municipales.

Los derechos funerarios se trasmiten por herencia, legado o sucesión intestada, siempre a título gratuito y excluyendo en todo caso el ánimo de lucro.

Quién lo puede solicitar

La o las personas titulares del derecho o su representante legal.

Las personas herederas, legatarias de una o un titular o sus descendientes, acompañando la documentación necesaria a fin de acreditar y registrar debidamente su derecho sobre la concesión.

El Ayuntamiento la insta de oficio siempre que hayan fallecido todas las personas titulares.

Documentación a aportar

Transmisión por fallecimiento de titular:

· Título de la Concesión

· Certificado de defunción, si la persona no fue enterrada en Erandio.

· Documentación que acredite el derecho a la trasmisión.

· Si hay personas herederas o legatarias testamentarias, presentación del testamento.

· En sucesión intestada, libro de familia y/o cualquier documento que acredite el derecho

· Documentación acreditativa del parentesco dentro del cuarto grado en línea recta o del segundo en línea colateral.

· Documento Nacional de Identidad y datos personales de la totalidad de los nuevos titulares.

· Declaración Jurada y Documento Nacional de Identidad de aquellas personas que deseen la renuncia a cualquier derecho sobre la concesión.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Ordenanza Fiscal nº 7, Reguladora de las Tasas por Servicios Funerarios.

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2.78

TRANSMISIÓN TITULARIDAD DE LOS DERECHOS FUNERARIOS EN LOSCEMENTERIOS MUNICIPALES

Coste económico

El 4% del valor de la concesión según la Ordenanza Fiscal vigente, o en su defecto el valor de tasación que se determine considerando a estos efectos el terreno, la cripta y el alzado construidos, para todas aquellas transmisiones de sepulturas, nichos y solares de los cementerios municipales que se tramiten de acuerdo a la ley y el reglamento en vigor.

A estos efectos se considerarán las siguientes valoraciones:

· Terreno: tarifa por m2 establecida en los epígrafes A) y B) (*):

Panteón de 1ª (9 baldas): 14,00 m2

Panteón de 2ª (6 baldas): 10,50 m2

Panteón de 3ª (3 baldas): 7,00 m2

Sepulturas: valor concesión según Ordenanza Fiscal

· Criptas: valor a aplicar a efectos de transmisión:

Panteón de 1ª: 12.570,40 € Panteón de 2ª: 8.380,25 € Panteón de 3ª: 5.237,65 € Sepulturas: 2.618,85 €

· Alzados: valor a aplicar a efectos de transmisión:

Panteón de 1ª 3.142,60 € Panteón de 2ª 2.199,80 € Panteón de 3ª 1.257,05 € Sepulturas 1.257,05 €

(*) A) Solares destinados a la construcción de panteones en ambos cementerios:

1. Concesión de solares para la construcción de Panteones por el plazo máximo legal: 1.780,80 €/m2

B) Concesiones “sepulturas” en Cementerio de Santa María:

2. Sepultura de adultos para 3 inhumaciones: 1.361,80 €/m2

3. Sepultura de adultos par una inhumación: 1.047,55 €/m2

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: 3 meses.

Normativa aplicable

Reglamento municipal de unidades de enterramiento e Inscripciones y Lápidas en los Cementerios municipales de Erandio, (BOB núm. 161. Lunes, 23 de agosto de 1999).

Decreto 202/2004, de 19 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de sanidad mortuoria de la Comunidad Autónoma del País Vasco. (BOPV núm. 221 - jueves 18 de noviembre de 2004).

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. 2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada. 3. Remisión a Salud Pública.

POR SALUD PÚBLICA

4. Informe técnico.

5. Decreto autorizando.

6. Expedición del nuevo título.

7. Liquidación de tasas.

8. Notificación a la persona interesada.

9. Para recoger el título habrá que presentar documento de pago de las tasas municipales.

Aclaraciones El cambio de titularidad no reinicia el plazo de vigencia del derecho.

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2.79

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS:CALIDAD AMBIENTAL. CONDICIONES HIGIÉNICO-SANITARIAS

Qué esEs la denuncia de las deficiencias observadas en las condiciones higiénico sanitarias en establecimientos de titularidad municipal, tales como centros escolares, centros deportivos, culturales...

Quién lo puede solicitar Cualquier persona física, jurídica o su representante legal.

Documentación a aportar

· Solicitud general.

· En caso de representación legal, Impreso de designación de representante.

· Detalle del asunto que solicita, descripción y localización.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: 15 días.

Normativa aplicableLey 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.

La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, de modificación de la Ley 7/1985, art. 25 j).

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. 2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada. 3. Remisión a Salud Pública.

POR SALUD PÚBLICA

4. Se practicará inspección en el lugar, si procede,

5. Se emitirán los informes técnicos oportunos en aras a adoptar las medidas correctoras necesarias.

Aclaraciones

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2.80

INSALUBRIDAD, CONTROL DE PLAGAS

Qué es

Es la denuncia por parte de la persona interesada de situaciones de insalubridad y control de plagas.

1. Protección de la salubridad pública:

Inspecciones y control se riesgos para la salud pública y de terceros en viviendas, solares, vías públicas, lonjas, patios comunitarios…

Detección y verificación de denuncias sobre insalubridad a fin de prevenir o corregir circunstancias o factores ambientales que estén representando o puedan generar riesgos para la salud pública.

2. Plagas:

Se atienden avisos de personas particulares acudiendo a detectar e investigar la especie responsable y el grado de infestación. Se indican medidas correctoras a adoptar. Se realiza un tratamiento. Si el problema persiste y el origen está en una propiedad privada, la responsabilidad es de la persona titular, quien deberá contratar a empresa especializada registrada.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona física, jurídica o su representante legal.

Documentación a aportar

· Solicitud general.

· En caso de representación legal, Impreso de designación de representante.

· Detalle del asunto que solicita, descripción y localización.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: 15 días.

Normativa aplicable

Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.

Deberes de seguridad, salubridad, ornato público y habitabilidad, art.4 y 15 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.

Reglamento (UE) Nº 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo de 22 de mayo de 2012 relativo a la Comercialización y el Uso de los Biocidas

La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, de modificación de la Ley 7/1985, art.25,j).

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2.80

INSALUBRIDAD, CONTROL DE PLAGAS

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. 2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada. 3. Remisión a Salud Pública.

POR SALUD PÚBLICA

4. Se practicará inspección en el lugar, si procede.

5. Se emitirán los informes técnicos oportunos.

6. Se podrán imponer o adoptar medidas correctoras.

Aclaraciones

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2.81

CAMBIOS CENSO CANINO: BAJAS, TRASLADO A OTRA COMUNIDAD, CAMBIO PERSONA PROPIETARIA

Qué esEs el trámite a través del cual se puede solicitar la baja por muerte, robo o desaparición, el traslado a otra comunidad, modificación de datos de la persona propietaria, modificación datos del animal o el cambio de persona propietaria de los canes del municipio.

Quién lo puede solicitar

Las personas titulares, o nuevas personas titulares, de canes que se encuentran censados, esto es, que disponen de microchip validado en un registro oficial.

En el País Vasco los censos municipales se encuentran unificados en el Registro General de Identificación de Animales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Documentación a aportar

Solicitud general con la siguiente documentación, según el motivo:

CASO 1: SOLICITUD POR PARTE DE UNA NUEVA PERSONA PROPIETARIA

· Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante y de la anterior persona propietaria, salvo empadronadas en Erandio*.

· Cartilla/pasaporte del animal.

· Presentarán la cartilla firmada por ambas, ó

· Documento privado de venta o donación firmado por ambas.

· Ó se personarán ambas ante el SAC para firmar en el momento el impreso del Registro General de Identificación de Animales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

· Si es por fallecimiento de la anterior persona propietaria presentará certificado de defunción u otro documento (esquela, recordatorio, o similar) que evidencie la defunción.

Observaciones:

· Corresponde a la persona nueva propietaria la obligación de comunicación, que deberá realizarse en el plazo de un mes desde la fecha de transmisión.

· Cualquier venta o cesión conllevará la obligación de quien trasmite de entregar a la nueva persona propietaria los animales debidamente identificados, censados y con la Cartilla- Pasaporte Oficial Canina actualizada.

CASO 2: SOLICITUD DE BAJA POR MUERTE DEL ANIMAL

· Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante, salvo empadronada en Erandio*.

· Cartilla/pasaporte del animal.

· Adjuntará Informe Veterinario o Declaración Jurada de la propietaria informando del fallecimiento del animal.

CASO 3: SOLICITUD DE BAJA POR ROBO O DESAPARICIÓN

· Deberá efectuarse en el plazo de 5 días desde el extravío o denuncia.

· Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante, salvo empadronada en Erandio*.

· Cartilla/pasaporte del animal.

· Adjuntará denuncia presentada ante un servicio policial.

CASO 4: SOLICITUD DE BAJA POR TRASLADO DEL ANIMAL A OTRA COMUNIDAD AUTÓNOMA

· La comunicación deberá realizarse en el plazo de 10 días.

· Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante, salvo empadronada en Erandio*.

· En la solicitud deberá constar el nombre de la nueva persona propietaria, si la hubiera, y la nueva dirección del animal.

· Cartilla/pasaporte del animal.

· Si hay cambio trasmisión de propiedad: presentará la cartilla, cumplimentada y firmada por ambas personas o, en su defecto:

· Un documento privado de venta o donación firmado por ambas.

· O se personarán ambas ante el ayuntamiento para firmar en el momento el impreso del Registro General de Identificación de Animales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

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2.81

CAMBIOS CENSO CANINO: BAJAS, TRASLADO A OTRA COMUNIDAD, CAMBIO PERSONA PROPIETARIA

Documentación a aportar

CASO 5: SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE DATOS DE LA PERSONA PROPIETARIA O DEL ANIMAL

· Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante, salvo empadronada en Erandio*.

· Cartilla/pasaporte del animal.

*En todos los casos, si la persona solicitante es menor de 14 años se deberá incluir, además, la fotocopia del Documento Nacional de Identidad de la persona tutora que también deberá firmar el documento de inscripción.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Inmediato, en el momento de la firma si la documentación está completa.

Normativa aplicable

Ley 6/93 de 29 de octubre de Protección de Animales.

Decreto 101/2004 de 1 de junio, sobre Tenencia de Animales de la especie canina en la C.A.P.V.

Ley 50/99, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos y Real Decreto 287/2002 de 22 de marzo, que la desarrolla.

Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los animales en el Término Municipal de Erandio. BOB nº 55 de 18-03-08.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Impresión de formulario de cambios y su firma, traslado a Registro General de Identificación de Animales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Observaciones

Estos trámites también los podrá realizar ente veterinario habilitado. En ese caso usted tendrá que remitir una copia de la documentación a REGIA, Registro General de Identificación de Animales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Si el trámite es ante el Ayuntamiento, no será necesario, su Ayuntamiento se encarga.

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2.82

ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS: SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS

Qué es

Es la presencia de animales potencialmente peligrosos en lugares o espacios públicos que exigirá que la persona, que los conduzca y controle, lleve consigo la licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, así como la certificación acreditativa de la inscripción del animal en el Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos.

Es la solicitud de inscripción de un animal potencialmente peligroso en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos.

Quién lo puede solicitarLas personas titulares de dichos animales o sus representantes legales, que dispongan de licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos y que tengan censados el o los animales objeto de Inscripción.

Documentación a aportar

· Solicitud de Inscripción: Documento Sol Inscrip APP-biling

· Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante.

· Cartilla sanitaria-pasaporte del o de los animales, donde conste el número de microchip.

· Licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

· Póliza del seguro de responsabilidad civil, con una cobertura mínima de 120.000,00€ y recibo del pago de la misma del año en curso.

· Documento de pago H): Inscripción y/o renovación de perro potencialmente peligroso.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económicoOrdenanza Fiscal Nº 14 Reguladora del Servicio municipal de Recogida y Protección de Animales.

Inscripción y/o renovación de perro potencialmente peligrosos: 10.50 €.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 15 días.Entrega de credencial, 30 días.

Normativa aplicable

Ley 6/93 de 29 de octubre de Protección de Animales.

Decreto 101/2004 de 1 de junio, sobre Tenencia de Animales de la especie canina en la C.A.P.V.

Ley 50/99, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos y Real Decreto 287/2002 de 22 de marzo, que la desarrolla.

Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los animales en el Término Municipal de Erandio. BOB nº55 de 18-03-08.

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2.82

ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS: SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. 2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada. 3. Remisión a Salud Pública.

POR SALUD PÚBLICA

4. Informe favorable y Decreto autorizando la Inscripción.

5. Emisión de tarjeta del animal. Notificación a la persona interesada.

Aclaraciones

En cada municipio existirá un Registro de Animales Potencialmente Peligrosos clasificado por especies, en el que necesariamente habrán de constar, al menos, los datos personales de la persona propietaria, las características del animal que hagan posible su identificación y el lugar de residencia habitual del mismo, especificando si está destinado a convivir con los seres humanos o si por el contrario tiene finalidades distintas (guarda, protección, etc.)

La sustracción o pérdida del animal habrá de ser comunicada por su titular a los Responsables del Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos en el plazo máximo de 48 horas desde que se tenga conocimiento de los hechos.

El traslado de un animal potencialmente peligroso de una Comunidad Autónoma a otra, con carácter permanente o por período superior a tres meses, obliga a la persona propietaria a efectuar las inscripciones oportunas en los correspondientes Registros Municipales.

En cada Comunidad Autónoma se constituye un Registro Central informatizado para su consulta por otras Administraciones y autoridades, así como por aquellas personas que acrediten un interés legítimo, por ejemplo deseo de adquirir cierto animal de estas características... Para ello, se envían los datos del Registro Municipal al Registro central de la C.A.P.V., una vez que se ha anotado la incidencia.

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2.83

SOLICITUD DE LICENCIA PARA LA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS O RENOVACION DE LA MISMA

Qué es

Con carácter genérico, se consideran animales potencialmente peligrosos todos los que, perteneciendo a la fauna salvaje, siendo utilizados como animales domésticos, o de compañía, con independencia de su agresividad, pertenecen a especies o razas que tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas.

También tendrán la calificación de potencialmente peligrosos, los animales domésticos o de compañía que reglamentariamente se determinen, en particular, los pertenecientes a la especie canina, perros potencialmente peligrosos, incluidos dentro de una tipología racial, que por su carácter agresivo, tamaño o potencia de mandíbula tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas.

La licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos es la licencia expedida por el Ayuntamiento donde resida la persona solicitante y que le habilita para la tenencia de cualesquiera animales clasificados como potencialmente peligrosos.

Quién lo puede solicitar

Debe tener licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos cualquier persona, sea propietaria o vaya a encargarse del cuidado, paseo o manejo del animal:

· mayor de edad,

· empadronada en Erandio,

· con certificado negativo de antecedentes penales (antigüedad máxima de tres meses), que acredite que la persona titular no ha sido condenada por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad pública y la salud pública, de asociación con banda armada o de narcotráfico.

Documentación a aportar

· Solicitud Licencia: Doc. Sol Licencia APP-biling

· Documento nacional de Identidad de la persona solicitante.

· Fotografía reciente de tamaño carnet de la persona solicitante.

· Aportar certificado negativo de antecedentes penales emitido por la Gerencia Territorial de Justicia: https://sede.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Sede/es/tramites/certificado-antecedentes

O bien cumplimentación del documento Autorización-Penales autorizando al Ayuntamiento para su obtención: Documento Sol Certificado Penales-biling.

· Certificado de capacidad física y aptitud psicológica expedido por centro autorizado, con una antigüedad máxima de un año a contar desde la fecha de su expedición.

· Declaración jurada de no haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves con alguna de las sanciones accesorias de las previstas en el apartado 3 del artículo 13 de la Ley 50/1999: Documento Decl Jurad LAPP-biling.

· Documento de pago Tramitación (otorgamiento o renovación) de licencia para tenencia de animales potencialmente peligrosos.

Dónde se tramita

Presencialmente:

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2.83

SOLICITUD DE LICENCIA PARA LA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS O RENOVACION DE LA MISMA

Coste económicoOrdenanza Fiscal Nº14 Reguladora del Servicio municipal de Recogida y Protección de Animales.

Tramitación (otorgamiento o renovación) de licencia para tenencia de animales potencialmente peligrosos: 20.95 €.

Plazo para resolver y notificar

lazo estimado: 15 días.Entrega de credencial: 30 días.

Normativa aplicable

Ley 6/93 de 29 de octubre de Protección de Animales.

Decreto 101/2004 de 1 de junio, sobre Tenencia de Animales de la especie canina en la C.A.P.V.

Ley 50/99, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos y Real Decreto 287/2002 de 22 de marzo, que la desarrolla.

Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los animales en el Término Municipal de Erandio. BOB nº55 de 18-03-08.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. 2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada. 3. Remisión a Salud Pública.

POR SALUD PÚBLICA

4. Informe favorable y Decreto de concesión de licencia.

5. Emisión de carnet.

6. Notificación a la persona interesada.

Aclaraciones

La licencia es de carácter individual, debiendo obtenerla todas las personas que tengan o conduzcan animales potencialmente peligrosos.

La obtención de la licencia faculta a la persona titular para la posesión y manejo de estos animales.

Siendo persona propietaria de un perro potencialmente peligroso tendrá, además, el deber de inscribir al animal en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos. Una vez obtenida la licencia, la persona titular dispone de 15 días para inscribir el animal en dicho registro.

Ver trámite ANIMALES-PELIGROSOS-REGISTRO.

La licencia tendrá un período de validez de 5 años, tras el cual deberá ser renovada. Tendrá valor la licencia obtenida en cualquier otro municipio para la tenencia y manejo de este tipo de animales en el municipio de Erandio. No obstante, si la persona con licencia de otro municipio reside actualmente en Erandio, deberá efectuar la renovación, cuando corresponda, en Erandio.

Tener o manejar perros potencialmente peligrosos sin licencia es una infracción calificada como muy grave.

En el caso de que la persona propietaria del animal sea una persona jurídica, aquellas personas que sean responsables del cuidado y control del animal deberán solicitar la correspondiente licencia.

El presente trámite no es de aplicación a los perros y animales pertenecientes a las Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas, Policía Local y empresas de seguridad con autorización oficial, puesto que no se ven afectados por esta Ley.

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2.84

INSTALACIONES EVENTUALES DE VENTA EN LA VÍA PUBLICA

Qué esEs la licencia que se otorga por el aprovechamiento especial del dominio público y concesión administrativa que se otorga por el uso privativo del mismo.

Quién lo puede solicitar La o las personas titulares de la instalación o su representante legal.

Documentación a aportar

PUESTOS NO DE ALIMENTOS:

· Solicitud: Doc. a presentar no alimentos. pdf

· Documento nacional de Identidad de la persona solicitante.

· Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

· Alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social.

· Póliza de Responsabilidad Civil.

· Memoria detallando las características del puesto que pretende instalar (materiales, equipamiento, dimensiones… Incluidas fotografías

· Productos que pretende poner a la venta.

· Entregar firmado: Solic otros puestos no de alimentación y doc que present _2015.pdf

SI SE PRETENDE LA VENTA DE ALIMENTOS:

· Entregar a la persona solicitante: Impreso documentación a presentar.

· Deberá presentar debidamente cumplimentados la solicitud especial y firmados los anexos I y II: Documento Otros puestos de alimentación ambulante anexo I y II. Solicitud y declaración responsable 2015.

FIESTAS PATRONALES O ACTOS CULTURALES O DEPORTIVOS: INSTALACIÓN DE TXOSNAS Y SIMILARES

· Establecimientos temporales que limiten su actividad a fiestas patronales, siendo exclusivamente solicitantes asociaciones o agrupaciones del municipio de Erandio, o titulares de licencias en vigor de locales de restauración en Erandio, y siempre que limiten la actividad a elaboraciones a alimentos y bebidas de escasa manipulación y bajo riesgo sanitario.

· Txosnas y similares documentación a presentar _2015.pdf

· Txosnak y similares anexo I y II_solicitud y declaración responsable 2015.pdf

FERIAS Y MERCADOS AGRÍCOLAS O TEMÁTICOS QUE INCLUYAN PUESTOS DE ALIMENTACIÓN

· Solicitud instalación de ferias-promotor_2015. pdf

· Condiciones y declaración responsable instalación de ferias-promotor_2015.pdf

Dónde se tramita

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2.84

INSTALACIONES EVENTUALES DE VENTA EN LA VÍA PUBLICA

Coste económicoOrdenanza Fiscal – Tasa por Venta Ambulante.

Depende del tipo de venta, metros a ocupar y días de ocupación.

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: 30 días.

Normativa aplicable

Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria.

Ordenanza Reguladora de la Venta Ambulante y en Mercadillos del término municipal de la anteiglesia de Erandio, que fue publicado en el «Boletín Oficial de Bizkaia» número 244, de fecha 26 de diciembre de 1995; y su Modificación de 29 de noviembre de 2001 acordó modificar el contenido del artículo 21 (Título II, Capítulo III) . BOB núm. 239. Viernes, 14 de diciembre de 2001.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. 2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada. 3. Remisión a Salud Pública.

POR SALUD PÚBLICA

4. Petición de los informes técnicos pertinentes.

5. Propuesta de resolución.

6. Notificación, que si es favorable, recogerá la licencia, las condiciones y la tasa fiscal a abonar.

Aclaraciones

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2.85

CESIÓN VOLUNTARIA DE VEHÍCULO PARA BAJA DEFINITIVA EN TRÁFICOY TRATAMIENTO COMO RESIDUO SÓLIDO URBANO

Qué esEs la cesión al Ayuntamiento de un vehículo para tramitar la baja definitiva del mismo y su tratamiento como residuo sólido urbano.

Quién lo puede solicitar La persona titular de cualquier vehículo a motor o su representante legal.

Documentación a aportar

· Solicitud general.

· DNI de la persona solicitante o, en caso de representación legal, Impreso de designación de representante.

· Permiso de Circulación.

· Tarjeta de inspección Técnica del vehículo.

· Seguro obligatorio de automóviles.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 15 días. Plazo máximo legal: 3 meses.Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicableReal Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, art. 35.3.

Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, art. 20.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remisión a Seguridad Ciudadana.

POR SEGURIDAD CIUDADANA

4. Firma del acta de cesión del vehículo al Ayuntamiento.

5. Declaración como residuo por el Ayuntamiento.

6. Retirada del vehículo por el Ayuntamiento al centro de reciclaje quien gestiona y obtiene:

· El certificado de destrucción del vehículo emitido por el Gobierno Vasco. · La baja del vehículo en la Dirección General de Tráfico.

7. Remisión de ambos documentos a la persona interesada.

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210

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Seguridad ciudadana

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2.85

CESIÓN VOLUNTARIA DE VEHÍCULO PARA BAJA DEFINITIVA EN TRÁFICOY TRATAMIENTO COMO RESIDUO SÓLIDO URBANO

Aclaraciones

A partir de la cesión, la persona interesada queda liberada de responsabilidades administrativas, renuncia a recibir contraprestación alguna y se compromete a entregar la documentación del vehículo.

La persona titular del vehículo deberá estar al día en el pago de todas las tasas e impuestos relacionados con el vehículo.

Área responsable CIUDADANÍA / SEGURIDAD CIUDADANA

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211

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Seguridad ciudadana

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2.86

COMUNICACIÓN DE INCIDENCIAS EN ESPACIOS PUBLICOS

Qué esEs el acto por el que una persona particular pone en conocimiento de la administración la existencia de una determinada incidencia: alumbrado, arquetas, deterioro de mobiliario urbano, semáforos…

Quién lo puede solicitar Cualquier persona física o jurídica o su representante legal.

Documentación a aportar

· Solicitud general.

· DNI de la persona solicitante o, en caso de representación legal, Impreso de designación de representante.

· La que la persona solicitante considere necesaria para dar a conocer el caso.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar El correspondiente a cada tipo de incidencia.

Normativa aplicableLey 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remisión a Seguridad Ciudadana.

POR SEGURIDAD CIUDADANA

4. Comunicación a la empresa adjudicataria del mantenimiento en los casos de incidencia de iluminación o semáforos.

5. Remisión del aviso al Área competente.

6. Resolución de la incidencia comunicada.

Aclaraciones

Área responsable CIUDADANÍA / SEGURIDAD CIUDADANA

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212

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2.87

DENUNCIAS POR INCUMPLIMIENTO DE ORDENANZAS Y NORMATIVA GENERAL

Qué esEs la comunicación a la administración, por parte de una persona particular, de la existencia de un determinado hecho, sancionable o no, a fin de que se acuerde el inicio de un determinado procedimiento para clarificar y sancionar, en su caso, los hechos denunciados.

Quién lo puede solicitarCualquier persona física o jurídica o su representante legal. La denuncia no convierte por sí sola a quien la presenta en persona interesada en el procedimiento.

Documentación a aportar

· Solicitud general.

· DNI de la persona solicitante o, en caso de representación legal, Impreso de designación de representante.

· La que la persona solicitante considere necesaria para dar a conocer el caso.

Dónde se tramita

Presencialmente:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar El correspondiente a cada procedimiento en caso de apertura del mismo.

Normativa aplicable

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Ley 2/1998, de 20 de febrero, de la potestad sancionadora de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remisión a Seguridad Ciudadana.

POR SEGURIDAD CIUDADANA

4. Remisión del escrito al área correspondiente.

5. En su caso, instrucción del procedimiento o procedimientos correspondientes.

6. Comunicación a la persona denunciante de la Resolución, en su caso.

Aclaraciones

Área responsable CIUDADANÍA / SEGURIDAD CIUDADANA

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2.88

OBJETOS PERDIDOS

Qué es Es la entrega o solicitud de recuperación de objetos extraviados en la vía o espacios públicos.

Quién lo puede solicitarCiudadanía que haya perdido un objeto de su propiedad.

Ciudadanía que haya encontrado un objeto en la vía pública.

Documentación a aportar

Entrega y/o hallazgo de un objeto: no es necesario más que el objeto hallado y, en su caso, datos personales que permitan localizarle, para que pasado el plazo legal pueda reclamar el objeto como propio.

Recuperación del objeto en su día hallado y entregado: Presentación Documento Nacional de Identidad, Permiso de conducción o Pasaporte y documento, si lo hubiere, con el que demostrar la propiedad pretendida.

Dónde se tramita

Presencialmente:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado de entrega una vez identificado el objeto: inmediato.

Normativa aplicable Código Civil, arts. 615 y siguientes.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SACEntrega y hallazgo de un objeto:1. Recogida del objeto y de los datos identificativos.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Envío a Seguridad Ciudadana.

POR SEGURIDAD CIUDADANA

4. Se realizan las gestiones oportunas para localizar a la persona propietaria del objeto hallado.

5. Si se localiza a la persona legítima propietaria, seguridad Ciudadana se pone en contacto con ella para proceder a su entrega, vía telefónica o a través de escrito dirigido al domicilio.

Aclaraciones

No obstante, la persona interesada que hubiese hallado el objeto perdido y lo hubiera depositado, puede solicitar la entrega del mismo si, transcurridos más de dos años, no ha sido entregado o recogido por la persona legítima propietaria o poseedora. En el caso de cámaras fotográficas no se suele hacer entrega de las tarjetas de datos.

Área responsable CIUDADANÍA / SEGURIDAD CIUDADANA

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2.89

AUTORIZACIÓN DE PROGENITORES PARA VIAJES DE PERSONAS MENORES AL EXTRANJERO SIN SU COMPAÑÍA

Qué esEs la concesión del permiso de la madre, padre o persona tutora de una persona menor de edad para viajar al extranjero cuando no es acompañada por alguno de sus progenitores o por quien tenga la patria potestad o tutela legal de la persona menor.

Quién lo puede solicitar La madre, padre o persona tutora legal de la/el menor.

Documentación a aportar· Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante y de la persona menor, ambos en

vigor.

· Libro de Familia.

Dónde se tramita

Presencialmente:

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Vía telemática:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Inmediato.

Normativa aplicableReglamentación Comunitaria: Reglamento (CE) 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remisión a Seguridad Ciudadana

POR SEGURIDAD CIUDADANA

4. Expedición de la autorización.

Aclaraciones

Requisitos: No tener pasaporte individual y viajar con Documento Nacional de Identidad al extranjero sola/o. Es válido sólo para los países que permiten la entrada con Documento Nacional de Identidad español. Si las personas menores disponen de pasaporte, no necesitan ningún tipo de autorización adicional.

Validez de la autorización, 90 días desde la fecha de expedición del permiso.

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Seguridad ciudadana

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2.90

SOLICITUD DE INFORME DE LA POLICÍA LOCAL

Qué esEs el informe que recoge la actuación de la patrulla de la Policía Local de Erandio, con motivo de una incidencia en la que está implicada la persona solicitante o su representante legal.

Quién lo puede solicitar

Cualquier persona implicada en una intervención policial, persona física o jurídica, que justifique la necesidad del informe, puede solicitar un informe realizado por la Policía Local.

También podrán solicitar informe las/os abogadas/os o compañías de seguros, o familiares, en representación de la persona implicada en la intervención, aunque en estos últimos casos deberán presentar autorización escrita de la persona implicada y hacer constar dicha circunstancia.

Documentación a aportar

· Solicitud general, descriptivo de los hechos, conforme a modelo normalizado o bien escrito personalizado.

· DNI de la persona solicitante o, en caso de representación legal, Impreso de designación de representante.

· A la solicitud de informe deberá acompañarse resguardo acreditativo del pago de la tasa correspondiente a la expedición de documentos administrativos, que podrá efectuarse en cualquier entidad bancaria en la que éste Ayuntamiento tenga abierta una cuenta o en el SAC en el momento de la solicitud.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Vía telemática:A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Informes sobre accidentes de tráfico y atestados realizados por la Policía Local a instancia de parte interesada: 50.30 €.Informaciones diversas que se hayan de realizar a petición de parte interesada y que requieran una especial gestión de cualquier servicio municipal: 40.05 €.

Normativa aplicableOrdenanza fiscal nº 6 reguladora de las tasas por expedición de documentos administrativos.Ley Orgánica 15/1.999 de 13 de diciembre de Protección de datos de carácter personal y normativa de desarrollo.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Registro y escaneado de la documentación y entrega de copia a la persona interesada.2. Remisión a Seguridad Ciudadana.POR SEGURIDAD CIUDADANA 3. Estudio de lo solicitado.4. Elaboración del informe.5. Notificación del resultado a la persona interesada.

Aclaraciones

Área responsable CIUDADANÍA / SEGURIDAD CIUDADANA

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3. TERRITORIO

URBANISMOOBRAS Y SERVICIOS

MEDIO AMBIENTE

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Manual de Trámites MunicipalesTerritorio / Urbanismo3.1

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LICENCIA DE OBRA MAYOR

Qué esAutorización municipal para la ejecución de obras de nueva planta de edificios o de instalaciones, así como para las de ampliación, reforma o rehabilitación que afecten a su estructura y/o configuración arquitectónica.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

Proyecto técnico (básico o de ejecución) suscrito por facultativo competente en soporte papel y digital. En caso de proyecto de ejecución, éste deberá estar visado por el colegio oficial correspondiente. La licencia se podrá otorgar sobre proyecto básico, si bien antes de iniciarse la obra, deberá aportarse proyecto de ejecución.

Autorizaciones sectoriales concurrentes que en cada caso sean exigibles en función de la legislación aplicable:

· Aguas - Ur Agentzia (URA)· Carreteras - Diputación Foral Bizkaia (DFB)· Costas - Demarcación de Costas· Aeropuerto - Agencia Estatal Seguridad Aérea (AESA). La solicitud se presentará ante el Ayuntamiento.· Suelos potencialmente contaminados- Órgano ambiental· Ferrocarril - Eusko Trenbide Sarea / Metro · Patrimonio cultural, histórico y artístico – DFB / Gobierno Vasco· Otros…

En caso de ser necesaria la colocación de instalaciones auxiliares (andamios, grúas…) y/o ocupación de dominio público deberá obtenerse de manera independiente la oportuna licencia.(Ficha ¿??).

Nombramiento de dirección facultativa de obra (dirección de obra, dirección de ejecución material y coordinación de seguridad y salud).

Impreso de estadística y edificación del Gobierno Vasco.

Otra documentación exigible en función de la naturaleza específica de la actuación (edificación en suelo no urbanizable, edificios protegidos,…).

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico

Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Ordenanza Fiscal nº 5.· Tipo General: 5 %.· Viviendas sujetas a régimen de protección pública: 3 %

Tasa por prestación de servicio. Ordenanza Fiscal nº 11.· Tipo General: 0,5 %.

El impuesto y la tasa por prestación de servicios se calcularán sobre el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra (presupuesto de ejecución material sin IVA).

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Manual de Trámites MunicipalesTerritorio / Urbanismo3.1

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LICENCIA DE OBRA MAYOR

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efecto del silencio: Negativo.

Normativa aplicable

Ley 2/2006, de 30 junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco (artículos 207 y siguientes).

Código Técnico de la Edificación (CTE).

Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio.

Normativa sectorial.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

· Recogida y comprobación de la solicitud, así como de la documentación aportada.

· Registro, escaneado y entrega de copia sellada a la persona interesada.

· Remisión del expediente al Departamento de Urbanismo.

· Examen del proyecto por los servicios técnicos municipales para comprobar su adecuación a la normativa urbanística. Emisión de informe.

· Adopción de resolución y notificación al interesado.

· Traslado al Área Económica.

· Liquidación tasas e impuestos municipales. Notificación

· Control sobre ejecución de las obras (acta de replanteo, condicionado licencia,..).

· Aportación, en su caso, de documentación fin de obras

· Informe servicios técnicos municipales.

· Liquidación final impuestos municipales.

Observaciones

La autorización sectorial correspondiente a actuaciones en zona de servidumbre aeronáutica del aeropuerto de Bilbao se solicitará a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea según formulario a descargar de su página web y que deberá presentarse ante el Ayuntamiento

El resto de autorizaciones sectoriales se deberán solicitar por el interesdo ante el órgano competente para su posterior aportación ante el Ayuntamiento junto con la petición de licencia.

La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

Área responsable TERRITORIO / URBANISMO

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Manual de Trámites MunicipalesTerritorio / Urbanismo

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3.2

LICENCIA DE OBRAS DE DERRIBO O DEMOLICIÓN

Qué es Autorización municipal para proceder a la demolición de edificios y construcciones.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

Proyecto técnico por duplicado, en soporte papel y digital, suscrito por facultativo competente y visado por el colegio oficial correspondiente, que incluirá:

· Memoria técnica explicativa de los trabajos a realizar, con indicación del programa y coordinación de los mismos, así como las precauciones a adoptar en defensa de las personas y de las cosas, y en relación a la propia obra, a las vías públicas y a las construcciones o edificios colindantes.

· Planos de estado actual de las construcciones afectadas en plantas, alzados y secciones a escala 1:100.

· Fotografías del aspecto exterior del conjunto del edificio tamaño 18 x24 cm. firmadas por el autor del proyecto y bajo la manifestación de su concordancia con la realidad.

· Estudio de Seguridad y Salud en el trabajo por duplicado, elaborado por técnico competente.

· Estudio de gestión de residuos.

Impreso de estadística y edificación del Gobierno Vasco.

Nombramiento de personal técnico responsable de las obras, y coordinador de seguridad.

Autorizaciones sectoriales concurrentes que en cada caso sean exigibles en función de la legislación aplicable:

· Aguas – Ur Agentzia (URA)· Carreteras - Diputación Foral Bizkaia (DFB)· Costas – Demarcación de Costas· Suelos potencialmente contaminados- Órgano ambiental· Ferrocarril – Eusko Trenbide Sarea / Metro · Patrimonio cultural, histórico y artístico – DFB / Gobierno Vasco· Otros…

En caso de que el edificio se encuentre situado sobre una parcela incluida en el inventario de emplazamientos que soporten o hayan soportado una actividad o instalación potencialmente contaminante del suelo deberán cumplirse las exigencias establecidas por el órgano medioambiental de CAPV.

Dónde se tramita

Presencialmente:

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3.2

LICENCIA DE OBRAS DE DERRIBO O DEMOLICIÓN

Coste económico

Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Ordenanza Fiscal nº 5.· Tipo General: 5 %.

Tasa por prestación de servicio. Ordenanza Fiscal nº 11.· Tipo General: 0,5 %.

El impuesto y la tasa por prestación de servicios se calcularán sobre el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra (presupuesto de ejecución material sin IVA).

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efecto del silencio: Positivo.

Normativa aplicable

Ley 2/2006, de 30 junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco (artículos 207 y siguientes)

Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio.

Normativa sectorial.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

· Recogida y comprobación de la solicitud, así como de la documentación aportada.

· Registro, escaneado y entrega de copia sellada a la persona interesada.

· Remisión del expediente al Departamento de Urbanismo.

· Examen del proyecto por los servicios técnicos municipales para comprobar su adecuación a la normativa urbanística. Emisión de informe.

· Adopción de resolución y notificación al interesado.

· Remisión al Área Económica

· Liquidación tasas e impuestos municipales.

· Notificación de la liquidación a la persona interesada

· Aportación, en su caso, de documentación fin de obras

· Informe servicios técnicos municipales.

· Liquidación final, en su caso, de impuestos municipales.

· Remisión de la liquidación final a la persona interesada.

Observaciones

El impuesto y la tasa por prestación de servicios se calcularán sobre el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra (presupuesto de ejecución material sin IVA).

La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

Área responsable TERRITORIO / URBANISMO

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3.3

LICENCIA DE MOVIMIENTO DE TIERRAS

Qué esAutorización municipal para los movimientos de tierras y para las obras de desmonte y explanación en cualquier clase de suelo, que supongan desniveles superiores a un metro.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

Proyecto técnico por duplicado, en soporte papel y digital, suscrito por facultativo competente y visado por el colegio oficial correspondiente, que incluirá:

· Memoria: se indicarán las características dimensiones y referencia al topográfico, original y transformado de las obras y plan de etapas; se deberán justificar las condiciones técnicas de seguridad así como la previsión de espacios a los taludes de remate.

· Planos a escala mínima 1/500 con curvas de nivel metro a metro, indicándose la parcelación existente y la propiedad de parcelas, así como detallar la edificación y arbolado existentes; incluir perfiles que sean necesarios.

Autorizaciones sectoriales que en su caso sean procedentes (URA, IHOBE, Diputación Foral-Obras Públicas, …).

Nombramiento del personal técnico responsable de las obras.

Dónde se tramita

Presencialmente:

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Coste económico

Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Ordenanza Fiscal nº 5.· Tipo General: 5 %.

Tasa por prestación de servicio. Ordenanza Fiscal nº 11.· Tipo General: 0,5 %.

El impuesto y la tasa por prestación de servicios se calcularán sobre el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra (presupuesto de ejecución material sin IVA).

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efecto del silencio: Negativo.

Normativa aplicable

Ley 2/2006, de 30 junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco (artículos 207 y siguientes).

Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco

Decreto 49/2009, de 24 de febrero, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero y la ejecución de los rellenos.

Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal(art. 51Normativa Procedimental, pag. 6540 BOB)

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3.3

LICENCIA DE MOVIMIENTO DE TIERRAS

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

· Recogida y comprobación de la solicitud y de la documentación exigida.

· Registro, escaneado de la solicitud y entrega de copia a la persona interesada.

· Remisión del expediente al Departamento de Urbanismo.

· Examen de la solicitud y documentación por los servicios técnicos municipales para comprobar su adecuación a la normativa urbanística.

· Emisión de informes.

· Resolución y notificación al interesado.

· Remisión al Área Económica

· Liquidación tasas e impuestos municipales.

· Notificación de la liquidación a la persona interesada.

ObservacionesEn el caso de que las tierras obtenidas de la intervención sean objeto de vertido o explanación en volumen superior a 500.000,00 m3 será preceptiva la obtención de licencia de actividad clasificada (Ley 3/1998, Anexo II-A, apartado 11).

Área responsable TERRITORIO / URBANISMO

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3.4

LICENCIA DE INSTALACIÓN DE ASCENSOR

Qué esAutorización municipal para la realización de obras consistentes en la eliminación de barreras arquitectónicas o mejora de las condiciones de accesibilidad del edificio mediante la instalación de nuevo ascensor o la modificación de su recorrido a cota del portal.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

Proyecto técnico por duplicado, en soporte papel y digital, suscrito por facultativo competente y visado por el colegio profesional correspondiente. Dicho proyecto, además del contenido que le es propio, deberá acompañar la siguiente documentación:

a) Alternativas de ubicación, razonando de mejor a peor las posibles ubicaciones, justificando la racionalidad de la adoptada, dentro de los criterios establecidos en la normativa vigente de accesibilidad y adecuación a las Normas Subsidiarias de Erandio.

b) Estudio de las afecciones de vistas de los colindantes, con fotografías, plano de planta y de alzado de los edificios afectados, con situación de ventanas.

c) Criterios funcionales justificando las mejoras que aporta el proyecto en las condiciones de accesibilidad al edificio.

d) Criterios sobre la composición de la caja del ascensor en relación a la fachada existente.

e) Propuesta de medidas necesarias para minimizar las afecciones al medio ambiente.

f) Evaluación de los impactos (físico, estético, acústico, etc.) que se deriven de la solución planteada, así como las propuestas de corrección.

g) Las soluciones que afecten a espacio público deberán ir acompañadas de un Anexo de obras de urbanización del espacio público afectado, y deberá exponerse a la Comisión de Urbanismo del Ayuntamiento para su aprobación.

h) El coste de ejecución de las obras, así como el valor económico de todos los bienes y derechos que hubieran de expropiarse en su caso, sin perjuicio de su posterior reajuste.

i) La relación de todos los bienes y derechos afectados por la solución propuesta, descripción de sus características y la identificación de sus titulares.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico

Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Ordenanza Fiscal nº 5.· Construcciones, instalaciones u obras que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad

de los discapacitados: 2 %.

Tasa por prestación de servicio. Ordenanza Fiscal nº 11.· Tipo General: 0,5 %.

El impuesto y la tasa por prestación de servicios se calcularán sobre el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra (presupuesto de ejecución material sin IVA).

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224

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3.4

LICENCIA DE INSTALACIÓN DE ASCENSOR

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efecto del silencio: Positivo.

Normativa aplicable

Ley 2/2006, de 30 junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco (artículos 207 y siguientes).

Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio.

Ordenanza municipal para la promoción de la accesibilidad a las viviendas (BOB nº 62 de 28 de marzo de 2012).

Ley 20/1997, de 4 de diciembre para la Promoción de la Accesibilidad (BOPV 4/12/1997).

Decreto 68/2000, sobre Normas Técnicas de Accesibilidad (BOPV 12/06/2014).

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

· Recogida y comprobación de la solicitud y de la documentación exigida.

· Registro, escaneado de la solicitud y entrega de copia a la persona interesada.

· Remisión del expediente al Departamento de Urbanismo.

· Examen de la solicitud y documentación por los servicios técnicos municipales para comprobar su adecuación a la normativa urbanística.

· Emisión de informes.

· Resolución y notificación al interesado.

· Remisión al Área Económica

· Liquidación tasas e impuestos municipales.

· Notificación de la liquidación a la persona interesada.

Observaciones

En caso de afecciones al dominio público además de la licencia será exigible la pertinente autorización / concesión para la ocupación privativa.

En el supuesto de ubicaciones incluidas en el Inventario de emplazamientos que soportan o han soportado actividades potencialmete contaminantes del suelo se deberán tener en cuenta las exigencias procedimentales derivadas de la aplicación de la legislación específica.

La expropiación de espacios privados pertenecientes a terceros exigirá la tramitación de un procedimiento específico regulado en Ordenanza municipal.

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3.5

LICENCIA DE PARCELACIÓN Y SEGREGACIÓN

Qué esAutorización administrativa de carácter declarativo que habilita para la división de solares, parcelas, fincas o terrenos en dos o más lotes independientes, de forma simultánea o sucesiva.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

Plano de localización de la finca a la que se refiere la operación a escala 1:1000.

Plano suscrito por técnico competente que refleje la delimitación de la finca en su estado inicial y la situación final resultante de la operación de fraccionamiento propuesta, a escala adecuada en función de la superficie.

Nota informativa simple del Registro de la Propiedad relativa a la finca afectada.

Proyecto o minuta de escritura pública que describa la operación de fraccionamiento propuesta con arreglo a las exigencias de la legislación hipotecaria.

La documentación se aportará en soporte papel y digital. El plano que describa la operación estará georreferenciado con coordenadas UTM bajo el sistema ETRS-89 utilizando el metro como unidad de trabajo. En cuanto a la documentación gráfica el formato será “dgn” para Microstation o compatible, mientras que para la documentación escrita (proyecto de escritura pública) será formato “doc” o compatible.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico

Tasa por prestación de servicio. Ordenanza Fiscal nº 11.

· Hasta 250,00 m2 ......................................0,82 €/m2

· De 251 m2 hasta 5.000 m2. ......................0,04 €/m2

· De 5.001 hasta 10.000 m2 ........................0,03 €/m2

· De 10.001 hasta 25.000 m2 ......................0,02 €/m2

· De 25.001 hasta 50.000 m2 ......................0,02 €/m2

· De más de 50.001 m2 ...............................0,01 €/m2

Terrenos no urbanizables: 50 % de las tarifas precedentes.

Coste Mínimo: 192,75 €

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efecto del silencio: Negativo.

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3.5

LICENCIA DE PARCELACIÓN Y SEGREGACIÓN

Normativa aplicable

Ley 2/2006, de 30 junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco (artículos 38, 39 y 40; artículos 207 y siguientes).

Ley 19/1995 de modernización de las explotaciones agrarias (artículo 24)

Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (artículos 16.2 y 26)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

· Recogida y comprobación de la solicitud y de la documentación exigida.

· Registro, escaneado de la solicitud y entrega de copia a la persona interesada.

· Remisión del expediente al Departamento de Urbanismo.

· Examen de la solicitud y documentación por los servicios técnicos municipales para comprobar su adecuación a la normativa urbanística.

· Emisión de informes.

· Resolución y notificación al interesado.

· Remisión al Área Económica

· Liquidación tasas e impuestos municipales.

· Notificación de la liquidación a la persona interesada

ObservacionesLa licencia no tendrá ningún efecto si en el plazo de 3 meses desde la concesión de la misma no se presenta en el Ayuntamiento el documento público en el que se formalice el acto.

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3.6

LICENCIA DE ACTIVIDAD CLASIFICADA (ANEXO-II.A LEY 3/1998). COMUNICACIÓN PREVIA DE INICIO

Qué es

Autorización municipal que tiene por objeto la instalación, ampliación o reforma de una actividad o establecimiento incluido en el apartado A) del Anexo II de la Ley 3/1998, General de Protección de Medio Ambiente del País Vasco, susceptible de originar daños al medio ambiente, a las personas o a sus bienes, generar riesgos de producir tales daños o causar molestias a las personas.

En caso de ser necesaria la realización de obras en el local o la construcción del inmueble, no podrá concederse licencia para estas intervenciones sin que previamente se haya obtenido la licencia de actividad correspondiente.

La tramitación de la licencia de actividad se realiza con participación de otras Administraciones Públicas, además del Ayuntamiento.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

Proyecto técnico y memoria descriptiva, firmados por técnico competente, en los que se detallarán las características de la actividad, la descripción del medio sobre el que se emplace, su posible repercusión ambiental y las medidas correctoras que se propongan utilizar, con expresión de su grado de eficacia y garantía de seguridady firmado por técnico competente (2 copias en formato papel y 1 en formato digital).

En los supuestos de proyectos sometidos a evaluación de impacto ambiental, la documentación citada deberá incorporar un estudio de impacto ambiental.

En su caso Plan de Autoprotección según Norma Vasca de Autoprotección Decreto 277/2010, de 2 de noviembre

Autorizaciones Sectoriales, correspondiente, en cada caso:

· Aguas - Ur Agentzia (URA)· Carreteras - Diputación Foral Bizkaia (DFB)· Costas - Demarcación de Costas· Aeropuerto - Agencia Estatal Seguridad Aérea (AESA). La solicitud se presentará ante el Ayuntamiento.· Suelos potencialmente contaminados- Órgano ambiental· Ferrocarril - Eusko Trenbide Sarea / Metro · Patrimonio cultural, histórico y artístico – DFB / Gobierno Vasco· Otros…

Si para la instalación de la actividad son necesarias obras de nueva planta, o de reforma, ampliación o acondicionamiento del local se presentará la documentación señalada en la ficha correspondiente según el alcance de las obras para la tramitación de la correspondiente licencia o comunicación previa, sin perjuicio de la posibilidad de tramitación conjunto de las obras y de la actividad.

Dónde se tramita

Presencialmente:

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Via telemática:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

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3.6

LICENCIA DE ACTIVIDAD CLASIFICADA (ANEXO-II.A LEY 3/1998). COMUNICACIÓN PREVIA DE INICIO

Coste económico

Tasa por prestación de servicio. Ordenanza Fiscal nº 10.· Hasta 50 m2 ......................................................... 386,85 €· Más de 50 m2 hasta 100 m2 ................................. 542,40 € · Más de 100 m2 hasta 250 m2 ............................... 929,20 € · Más de 250 m2 hasta 500 m2 ............................ 1.548,55 €· Por cada m2 en exceso a partir de 500 m2 .............1,26 €/m2

En todo caso, el importe mínimo a satisfacer será de 322,00 €.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efecto del silencio: Positivo.

Normativa aplicable

Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco (artículos 55 y siguientes).

Código Técnico de la Edificación (CTE).

Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio.

Decreto 68/2000, de 11 de abril, por el que se aprueban las normas técnicas sobre condiciones de accesibilidad de los entornos urbanos, espacios públicos, edificaciones y sistemas de información y comunicación.

Decreto 213/2012, de 16 de octubre, de Contaminación Acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (R.E.B.T).

Decreto 277/2010, de 2 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de autoprotección exigibles a determinadas actividades, centros o establecimientos para hacer frente a situaciones de emergencia.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

· Recogida de la solicitud y comprobación de la documentación.

· Registro, escaneado de la solicitud y entrega de copia a la persona interesada

- Remisión del expediente al Departamento de Urbanismo.

· Examen del proyecto por los servicios técnicos municipales para comprobar su adecuación a la normativa urbanística.

· Emisión de informes.

· Exposición pública del expediente por espacio de 15 días mediante anuncio en el BOB y notificación personal a vecinos inmediatos al lugar de la instalación al objeto de que puedan presentarse alegaciones.

· Remisión al Departamento de Sanidad del Gobierno Vasco en solicitud de informe preceptivo y vinculante.

· Informes técnicos necesarios según la naturaleza de la actividad y sobre las alegaciones si las hubiere.

· Informe del Ayuntamiento razonado sobre el establecimiento de la actividad.

· Remisión al órgano medioambiental correspondiente en solicitud de Informe de imposición de medidas correctoras (Departamento de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Bizkaia en el caso de actividades en suelo urbano residencial o por la Dirección de Calidad Ambiental del Gobierno Vasco en el resto de supuestos).

· Resolución del expediente y notificación al interesado

· Taslado al Área Económica

· Liquidación tasas municipales.

· Notificación de la liquidación al interesado

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3.6

LICENCIA DE ACTIVIDAD CLASIFICADA (ANEXO-II.A LEY 3/1998). COMUNICACIÓN PREVIA DE INICIO

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

COMUNICACIÓN PREVIA DEL INICIO DE LA ACTIVIDAD: Este documento se aportará por el interesado una vez implantadas las medidas correctoras impuestas en la licencia de actividad clasificada y habilitadas las instalaciones, junto con una certificación expedida por persona técnica competente que acredite que la actividad y/o las instalaciones se adecuan al proyecto constructivo y a la documentación técnica presentada y que se han cumplido las medidas correctoras impuestas. Con posterioridad se realizarán las siguientes actuaciones:

· Visita de comprobación de los servicios técnicos municipales (Sanidad / Urbanismo) y emisión de informes sobre adecuación de la actividad a la solicitud realizada y a las medidas correctoras impuestas.

· Liquidación final, en caso de modificaciones.

Observaciones

La actividad podrá iniciarse desde el mismo día de presentación ante el Ayuntamiento de la comunicación previa, sin perjuicio de las facultades de comprobación, verificación, inspección y sanción que a la Administración municipal corresponden, y del abono de las tasas municipales correspondientes.

El inicio de la actividad se realizará bajo la exclusiva responsabilidad del titular de la misma y del personal técnico que, en su caso, haya emitido los certificados que acreditan el cumplimiento de las exigencias legales, sin perjuicio de que deba disponerse de los títulos administrativos habilitantes o de controles previos que sean preceptivos de acuerdo con la normativa sectorial aplicable.

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento declarado determinará la IMPOSIBILIDAD DE CONTINUAR CON EL EJERCICIO del derecho o actividad afectada, desde que el Ayuntamiento tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.

Con antelación a la solicitud de licencia de actividad clasificada el promotor de la actividad pública o privada podrá realizar ante el ayuntamiento la consulta dirigida a que se le proporcione información de los requisitos jurídicos y técnicos de la licencia y de las medidas correctoras previsibles, así como la viabilidad de la actividad. Esta consulta está prevista en el artículo 57.1 de la Ley 3/1998, General de Protección del Medioambiente.

En caso de ser precisa la construcción del inmueble que albergará la actividad o las realización de obras de acondicionamiento, dichas actuaciones deberán se robjeto dela preceptiva licencia o comunicación previa, según los casos

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3.7

LICENCIA DE PRIMERA UTILIZACIÓN

Qué es

Autorización administrativa de carácter declarativo que tiene por objeto comprobar si un edificio, obra o parte de ella puede destinarse a determinado uso por estar en ubicación apropiada y reunir condiciones técnicas de seguridad y salubridad y, en su caso, si se ha cumplido el deber de realizar la urbanización correspondiente.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

Planos final de obra en los que se recojan el estado definitivo de la edificación incluyendo en su caso, las modificaciones que ajustadas a la legalidad se hayan realizado durante las mismas, suscritos por los Técnicos Directores de la Obra, visados por el Colegio Profesional correspondiente, en su caso. Así mismo se presentará, en la condiciones establecidas, proyecto “as built” de la obra de urbanización vinculada a la edificación, realmente ejecutada.

Certificados y Liquidación Final de Obra, visado por el Colegio Profesional correspondiente, en su caso.

Certificados y liquidación final de control y seguimiento del Plan de Seguridad, visado por el Colegio Oficial correspondiente, en su caso.

Certificados de Control de Calidad, visado por el Colegio Oficial correspondiente, en su caso y Libro de Control de Calidad.

Documentación de los órganos administrativos competentes, en relación con el funcionamiento de ciertas instalaciones específicas, tales como ascensores, electricidad en el B.T., instalación de agua, calefacción, protección contra incendios, telecomunicaciones, red de gas en su caso, etc.

Justificante de haber cumplimentado el trámite de Declaración de Alta del Impuesto de Bienes Inmuebles.

Proforma de la escritura de declaración de obra nueva.

Fotografía en color mínimo 18x 24 de cada una de las fachadas interiores y exteriores del edificio.

Informe final de la gestión de residuos y materiales de construcción y demolición con el contenido y alcance que se señala en el artículo 6 y en el anexo III de este Decreto. 112/2012, de 26 de junio, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

En su caso, resultado de las mediciones “in situ” del aislamiento acústico a ruido aéreo en las fachadas exteriores y elementos de las fachadas, para corroborar el cumplimiento de los aislamientos fijados en proyecto.

Acta de recepción de la obra de urbanización vinculada a la edificación.

Dónde se tramita

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Coste económicoImpuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO): liquidación definitiva en su caso.

Tasa por prestación de servicio. Ordenanza Fiscal nº 11.· Tipo General: 0,5 %.

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3.7

LICENCIA DE PRIMERA UTILIZACIÓN

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efecto del silencio: Negativo.

Normativa aplicableNormas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio.

Ley 2/2006 de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco (arts. 207 y siguientes).

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

· Recogida y comprobación de la solicitud y de la documentación exigida.

· Registro, escaneado de la solicitud y entrega de copia a la persona interesada.

· Remisión del expediente al Departamento de Urbanismo.

· Examen de la solicitud y documentación por los servicios técnicos municipales para comprobar su adecuación a la normativa urbanística.

· Inspección.

· Emisión de informes.

· Resolución y notificación al interesado.

· Traslado del expediente al Área Económica

· Liquidación por el Área Económica, en caso de modificaciones en el presupuesto objeto de licencia.

· Remisión de la liquidación a la persona interesada

Observaciones

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3.8

LICENCIA DE INSTALACIÓN DE GRÚAS

Qué esAutorización administrativa que se otorga para la instalación y funcionamiento de grúas-torre, conjunta o independientemente de la licencia de obras.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

Proyecto Técnico de Instalación y Seguridad, suscrito por facultativo competente, en formato papel y digital. Incluirá plano de localización y plano que describa la circunferencia de movimiento de la grúa.

Documento suscrito por técnico responsable en virtud del cual asuma la dirección de la grúa y su mantenimiento durante todo el periodo previsto para la instalación.

Seguro de Responsabilidad Civil.

Autorización servidumbre aeronaútica Agencia Estatal de Seguridad Aérea:http://www.seguridadaerea.gob.es/lang_castellano/particulares/servidumbres/default.aspx.

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Ordenanza Fiscal.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes. Plazo máximo legal: 3 meses. Efecto del silencio: Positivo.

Normativa aplicableNormas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio.Ley 2/2006 de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco (arts. 207 y siguientes).

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

· Recogida y comprobación de la solicitud y de la documentación exigida. · Registro, escaneado de la solicitud y entrega de copia a la persona interesada.· Remisión del expediente al Departamento de Urbanismo.· Examen de la solicitud y documentación por los servicios técnicos municipales para comprobar

su adecuación a la normativa urbanística. · Emisión de informes.· Resolución y notificación al interesado.· Traslado del expediente al Área Económica· Liquidación por el Área Económica.· Remisión de la liquidación a la persona interesada.

Observaciones

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3.9

INSTALACIÓN DE ANDAMIAJES, MONTACARGAS, MÁQUINAS ELEVADORAS, TRABAJOS VERTICALES…

Qué esAutorización administrativa que se otorga para la instalación en vía pública de andamiajes, montacargas, máquinas elevadoras o similares conjunta o independientemente de la licencia de obras.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Modelo comunicación previa

En el caso de andamiajes o torres de montacarga proyecto técnico de instalación firmado por facultativo competente, en formato papel y digital, con el siguiente contenido mínimo:

· Memoria descriptiva que recoja y concrete el tiempo de permanencia y la superficie pública en planta (aceras, viales, etc.) a ocupar por las instalaciones auxiliares, así como acopio de materiales y su protección, dimensionado y características de todos los elementos que configuran la estructura metálica, justificando el cumplimiento del Decreto 68/2000 de 11 de abril por el que se aprueban las Normas Técnicas sobre Condiciones de Accesibilidad, asumiendo el Técnico redactor el coorecto montaje, utilización y desmontaje de esta infraestructura.

· Plano en planta, alzado y secciones, que definan y proyecten lo especificado en el párrafo anterior, en el que se señalen los accesos a los locales comerciales y portales, incluyendo los servicios públicos afectados, tanto aéreos como soterrados (redes de suministros de agua, saneamientos, conducciones eléctricas, etc., así como sus registros correspondientes, arquetas, armarios, báculos de luminarias, etc.).

· Seguro de responsabilidad civil.

· Estudio Básico de Seguridad y Salud.

En el caso de máquinas elevadores, plataformas móviles o trabajos verticales:

· Ficha técnica del elemento o instalación.

· Plan de trabajo que incluya superficie a ocupar, tiempo de permanencia, medidas de seguridad y cualquier otra circunstancia de interés.

· Seguro de responsabilidad civil.

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Ordenanza Fiscal nº 27: 1,40 euros por metro cuadrado o fracción y mes o fracción.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efecto del silencio: Positivo.

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3.9

INSTALACIÓN DE ANDAMIAJES, MONTACARGAS, MÁQUINAS ELEVADORAS, TRABAJOS VERTICALES…

Normativa aplicableNormas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio.

Ley 2/2006, de 30 junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco (artículos 207 y siguientes).

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

· Recogida y comprobación de la solicitud y de la documentación exigida.

· Registro, escaneado de la solicitud y entrega de copia a la persona interesada.

· Remisión del expediente al Departamento de Urbanismo.

· Examen de la solicitud y documentación por los servicios técnicos municipales para comprobar su adecuación a la normativa urbanística.

· Emisión de informes.

· Resolución y notificación al interesado.

· Traslado a la Policía Local para conocimiento.

· Remisión del expediente al Area Económica para que liquide.

· Remisión de la liquidación a la persona interesada.

ObservacionesCuando en una actuación intervenga más de una empresa deberá acreditarse la designación de un coordinador de seguridad y salud.

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3.10

LICENCIA DE INSTALACIÓN DE VALLAS PUBLICITARIAS

Qué esAutorización administrativa que tiene por objeto la colocación de carteles y vallas de propaganda visibles desde la vía pública cuando estén apoyadas o levantadas en un elemento que sirva de soporte estructural.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

Proyecto Técnico de Instalación y Seguridad, suscrito por facultativo competente, en soporte papel y digital.

Seguro de Responsabilidad Civil vigente.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Ordenanza Fiscal nº 24: 5,50 € / metro cuadrado

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efecto del silencio: Positivo.

Normativa aplicableNormas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio (apartado 5.3.1 / pag. 6520 BOB.

Ley 2/2006 de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco (arts. 207 y siguientes).

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

· Recogida y comprobación de la solicitud y de la documentación exigida.

· Registro, escaneado de la solicitud y entrega de copia a la persona interesada.

· Remisión del expediente al Departamento de Urbanismo.

· Examen de la solicitud y documentación por los servicios técnicos municipales para comprobar su adecuación a la normativa urbanística.

· Emisión de informes.

· Resolución y notificación al interesado.

· Traslado a la Policía Local para conocimiento.

· Remisión del expediente al Area Económica para que liquide.

· Remisión de la liquidación a la persona interesada.

Observaciones

Área responsable TERRITORIO / URBANISMO

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236

Manual de Trámites MunicipalesTerritorio / Urbanismo

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3.11

LICENCIA DE OCUPACIÓN DE VÍA PÚBLICA (CONTENEDORES DE OBRAS,ACOPIOS DE MATERIALES...)

Qué esAutorización administrativa que se otorga para permitir el aprovechamiento especial del dominio público por colocación temporal contenedores, acopio de materiales, o instalaciones diversas no incluidas en otras categorías.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

Plano que delimite la exacta porción o espacio del dominio público que se pretende ocupar, con indicación de la superficie afectada.

Definición de las características de la ocupación: tipo de instalación, materiales y número de unidades.

Período temporal de ocupación.

Seguro de Responsabilidad Civil.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico

Ordenanza Fiscal nº 24. Contenedores para depósito de escombros o materiales:

· Por ocupación hasta 10 días por metro cuadrado o fracción: 5,60 €· Por ocupación de 11 a 15 días por metro cuadrado o fracción: 11,55 €· Por ocupación de 16 a 30 días por metro cuadrado o fracción: 17,15 €

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 10 días.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efecto del silencio: Negativo.

Normativa aplicableNormas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio.

Ley 2/2006 de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco (arts. 207 y siguientes).

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237

Manual de Trámites MunicipalesTerritorio / Obras y Servicios

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3.11

LICENCIA DE OCUPACIÓN DE VÍA PÚBLICA (CONTENEDORES DE OBRAS,ACOPIOS DE MATERIALES...)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

· Recogida y comprobación de la solicitud y de la documentación exigida.

· Registro, escaneado de la solicitud y entrega de copia a la persona interesada.

· Remisión del expediente al Departamento de Urbanismo.

· Examen de la solicitud y documentación por los servicios técnicos municipales para comprobar su adecuación a la normativa urbanística.

· Emisión de informes.

· Resolución y notificación al interesado.

· Traslado a la Policía Local para conocimiento.

· Remisión del expediente al Area Económica para que liquide.

· Remisión de la liquidación a la persona interesada.

ObservacionesEn el caso de que la ínstalación se encuentre vinculada a obras, resultará preceptivo acreditar la obtención de la correspondientes licencia.

Área responsable TERRITORIO / URBANISMO

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238

Manual de Trámites MunicipalesTerritorio / Urbanismo

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3.12

LICENCIA REFERIDA A LA INSTALACIÓN DE BARRACAS, ATRACCIONES DE FERIA,CIRCOS, U OTRO TIPO DE EVENTOS RELACIONADOS CON ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVADES RECREATIVAS

Qué esAutorización administrativa que se otorga para permitir la ocupación del dominio público o espacios abiertos para actividades con un marcado interés cultural, deportivo, artístico o festivo (circos, ferias diversas, atracciones recreativas, conciertos...

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En el caso de circos o instalaciones similares: · Proyecto técnico de instalación suscrito por facultativo competente, en soporte papel y digital.· Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil.· Certificación de correcto montaje y cumplimiento de condiciones para apertura al público, firmada

con fecha y hora (a aportar una vez montado).· Otras autorizaciones sectoriales necesarias según el tipo de evento o actividad del que se trate.

En el caso de ferias o acotencimientos similares:· Memoria descriptiva, en soporte papel y digital, que defina las características del evento, su

objeto, espacios a ocupar, duración temporal, instalaciones, y cualquier otra circunstacia que resulte de interés para el adecuado conocimiento de lo pretendido. Incorporará plano de situación y plano de emplazamiento acotado indicando superficie a ocupar.

· Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil.· Carné de Manipulador de Alimentos (en su caso)· Identificación de la persona o técnico responsable del correcto montaje y del cumplimiento de

condiciones fijadas (en el caso de montajes sencillos no industrializados como barras, txoznas, pequeños tablados y similares será el montador).

· Otras autorizaciones sectoriales necesarias según el tipo de evento o actividad del que se trate.

En el caso de barracas, atracciones de feria o similares:· Solicitud en la que se describa el tipo de actividad o atracción, lugar de emplazamiento, superficie

a ocupar y las fechas durante las cuales estará montada la instalación.· Plano de emplazamiento y ubicación. En caso de terrenos de titularidad privada, se hará constar

el nombre y dirección del propietario.· Documentación técnica acreditativa del cumplimiento de las condiciones de seguridad relativas al

menos, a la descripción de la atracción, instrucciones de montaje, mantenimiento, conservación y uso, dimensiones, aforo, superficie necesaria de emplazamiento y tensión de alimentación. Se incluirán fotografías.

· Certificado de revisión anual de la atracción, realizado por persona técnica titulada competente o por entidad de inspección acreditada.

· Certificado de seguridad y solidez, realizado en cada montaje por persona técnica titulada competente o por entidad de inspección acreditada. Se aportará una vez concedida la licencia y realizado el montaje, con carácter previo al funcionamiento de la instalación. En caso de que por ser festivo el Ayuntamiento esté cerrado se presentará en la Jefatura de Policía Local - Udaltzaingoa.

· Póliza del seguro de responsabilidad civil vigente, con detalle de las coberturas contratadas.· Certificado de enganche eléctrico. · Carné de manipulador de alimentos de todas y cada uno de las personas que vayan a tener

contacto con los mismos, si es el caso.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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239

Manual de Trámites MunicipalesTerritorio / Obras y Servicios

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3.12

LICENCIA REFERIDA A LA INSTALACIÓN DE BARRACAS, ATRACCIONES DE FERIA,CIRCOS, U OTRO TIPO DE EVENTOS RELACIONADOS CON ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVADES RECREATIVAS

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Ordenanza Fiscal nº 26.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 15 días.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efecto del silencio: Negativo.

Normativa aplicable

Ley 10/2015 de 23 de diciembre de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (R.D. 2816/1982 de 27 de agosto).

Decreto 400/2013 de 30 de Julio de espectáculos con artificios pirotécnicos en la Comunidad Autónoma de Euskadi

IMPORTANTE: Esta relación de normativa no es exhaustiva ni limitativa, pudiendo existir otras normativas aplicables en función del tipo de actividad.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

· Recogida y comprobación de la solicitud y de la documentación exigida.

· Registro, escaneado de la solicitud y entrega de copia a la persona interesada.

· Remisión del expediente al Departamento de Urbanismo y el Departamento de Cultura.

· Examen de la solicitud y documentación para comprobar su adecuación a la normativa aplicable.

· Emisión de informes.

· Resolución y notificación al interesado.

· Liquidación.

Observaciones

Área responsable TERRITORIO / URBANISMO

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240

Manual de Trámites MunicipalesTerritorio / Urbanismo

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3.13

LICENCIA DE TERRAZAS Y VELADORES

Qué esAutorización administrativa para la instalación sobre la vía pública de terrazas, veladores u otras instalaciones complementarias de actividad de hostelería o similares.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

Plano que delimite la exacta porción o espacio del dominio público que se pretende ocupar, con indicación de la superficie afectada.

Documento que acredite la existencia de autorización municipal de apertura para la actividad de hostelería o la formulación de comunicación previa.

Seguro de responsabilidad civil.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Ordenanza Fiscal nº 24. Por metro cuadrado o fracción y año: 11,95 €

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efecto del silencio: Positivo.

Normativa aplicableOrdenanza municipal de terrazas y veladores (BOB nº 107 de 7 de junio de 2004) y posterior modificación del artículo 22.4 (BOB nº 164 de 28 de agosto de 2004).

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

· Recogida y comprobación de la solicitud y de la documentación exigida.

· Registro, escaneado de la solicitud y entrega de copia a la persona interesada.

· Remisión del expediente al Departamento de Urbanismo.

· Examen de la solicitud y documentación por los servicios técnicos municipales para comprobar su adecuación a la normativa urbanística.

· Resolución y notificación al interesado, así como a la Policía Local.

· Liquidación.

· Remisión de la liquidación a la persona interesada.

Observaciones

Área responsable TERRITORIO / URBANISMO

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Manual de Trámites MunicipalesTerritorio / Urbanismo

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3.14

COMUNICACIÓN PREVIA OBRAS MENORES

Qué es

Documento que se presenta ante el Ayuntamiento y que habilita para la realización de obras menores, entendiendo por tales aquellas caracterizadas por su sencillez técnica y por su escasa entidad constructiva y económica, que no precisan deproyecto técnico al no afectar a elementos estructurales. Las obras pueden quedar referidas tanto a viviendas como a locales comerciales. Ejemplo: obras de reforma interior (cocinas, baños, pavimentos…) demolición parcial de tabiquería, cambio de material de paredes, raseos, pintados, sustitución de carpintería interior y exterior, retejo de cubiertas, etc.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Modelo de comunicación previa obras menores

Presupuesto de ejecución material detallado.

Documentación adicional en función del tipo específico de actuación. Ver FICHA ADJUNTA.

Autorizaciones sectoriales concurrentes que en cada caso sean exigibles en función de la legislación aplicable:

· Aguas - Ur Agentzia (URA).· Carreteras - Diputación Foral Bizkaia (DFB).· Costas - Demarcación de Costas.· Aeropuerto - Agencia Estatal Seguridad Aérea (AESA). La solicitud se presentará ante el Ayuntamiento.· Suelos potencialmente contaminados - Órgano ambiental.· Ferrocarril - Eusko Trenbide Sarea / Metro. · Patrimonio cultural, histórico y artístico - DFB / Gobierno Vasco.· Otros…

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico

Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Ordenanza Fiscal nº 5

· Tipo General: 5 %

· Trabajos de limpieza, pintura, adecuación, reparación o rehabilitación que afecten de manera integral a la fachada o fachadas de un edificio, siempre que alguna de ellas dé frente a la vía pública: 2%

· Ejecución de trabajos de sustitución o reforma integral de la cubierta de los edificios: 2%

· Construcciones, instalaciones u obras que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad de los discapacitados: 2%

Tasa por prestación de servicio. Ordenanza Fiscal nº 11

· Tipo General: 0,5 %

El impuesto y la tasa por prestación de servicios se calcularán sobre el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra (presupuesto de ejecución material sin IVA).

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242

Manual de Trámites MunicipalesTerritorio / Obras y Servicios

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3.14

COMUNICACIÓN PREVIA OBRAS MENORES

Plazo para resolver y notificar

Inmediato.

Normativa aplicableNormas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio.

Ley 2/2006 de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco (art. 207.5).

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

· Recogida y comprobación de la comunicación previa y documentación.

· Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

· Liquidación y cobro del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras, así como de la tasa por prestación de servicios.

· Entrega de copia sellada justificante a la persona solicitante.

· Remisión del expediente al Departamento de Urbanismo.

· Copia a Área Económica y a la Policía Local.

· Revisión por servicios técnicos municipales de la comunicación previa y de la documentación adjunta para comprobar su adecuación a la normativa urbanística.

· Si es necesario, realización por el Área Económica de liquidación complementaria.

Observaciones

En caso de ser necesaria la ocupación de vía pública con andamios u otros elementos auxiliares de obra se deberá solicitar la autorización independiente. (Ver ficha)

Ejemplos de obras menores sujetas a comunicación previa son todo tipo de reforma de viviendas y locales comerciales que no afecten ni a la configuración estética de fachada ni a la estructura del inmueble, tales como reformas de cocinas y baños, demolición parcial de tabiquería, cambio de material de paredes y suelos, raseos, pintados, sustitución de carpintería interior y exterior, retejo de cubiertas, etc.

Excepciones: no podrán someterse a comunicación previa las actuaciones en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) Se encuentren expresamente sometidas a licencia.

b) Se refieran a edificios o conjuntos sometidos a algún tipo de protección por el planeamiento urbanístico o por otras disposiciones normativas en atención a su valor histórico, artístico o ambiental.

c) Supongan actuaciones constructivas o instalaciones de nueva planta en suelo no urbanizable.

d) Supongan la alteración de los parámetros urbanísticos básicos como son la edificabilidad, altura, volumen, ocupación o uso.

e) Impliquen la creación de nuevas unidades de vivienda o locales.

f) Afecten a construcciones, instalaciones y usos en situación de fuera de ordenación, que resulten totalmente incompatibles según régimen previsto en el artículo 101.3.a) de la Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo del País Vasco en la medida que el planeamiento urbanístico en vigor prevea su desaparición en un plazo determinado.

g) Modifiquen elementos comunes de la edificación relativos a la estructura, o aspecto exterior de las edificaciones (v.gr.: cierre de balcones o terrazas, etc.), o puedan suponer sobrepasar las cargas con las que fueron calculadas.

Área responsable TERRITORIO / URBANISMO

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3.15

COMUNICACIÓN PREVIA DE INICIO DE ACTIVIDAD CLASIFICADA(ANEXO II.B LEY 3/1998)

Qué es

Documento que se presenta ante el Ayuntamiento y que habilita para la puesta en funcionamiento de una nueva actividad, así como para la ampliación o reforma de una existente siempre que se encuentre incluida en el apartado B) del Anexo II de la Ley 3/1998, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, susceptible de originar daños al medio ambiente, a las personas o a sus bienes, generar riesgos de producir tales daños o causar molestias a las personas.

En caso de que sean necesarias obras para el acondicionamiento del local, será exigible la previa tramitación de la correspondiente licencia o comunicación previa, según la entidad de dichas actuaciones.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Modelo de comunicación previa

Memoria, en soporte papel y digital, que incorpore la descripción de la actividad y de las medidasimplantadas para minimizar el posible impacto de la misma en el medio ambiente, las personas o sus bienes (el contenido de esta memoria se ajustará a lo señalado en el Anexo-IV del Decreto nº 165/1999 de 9 de marzo del Gobierno Vasco).

Certificación expedida por persona técnica competente que acredite que la actividad y/o instalaciones se adecúan al proyecto y a la documentación técnica presentada y que cumple todos los requisitos ambientales, incluidos, en su caso, los recogidos en la correspondiente declaración de impacto ambiental. Se acompañará de la documentación técnica que corresponda en función del tipo de actividad y de sus características (potencia, superficie, altura del local, carga de fuego,…), según se indica orientativamente en el apartado Observaciones.

Autorizaciones sectoriales que, en su caso, pudieran resultar preceptivas: Medio Ambiente, Suelos, Costas, Obras Públicas, URA, Ferrocarril,.. Se deberá tramitar previamente por el interesado, y aportarse en el momento de comunicar la actividad.

Si no hay obra, documentación acreditativa de la revisión de la instalación de protección contra incendio por la empresa instaladora.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico

Ordenanza Fiscal Municipal nº 10:

· Hasta 50 m2 ........................................................ 386,85 € · Más de 50 hasta 100 m2 ...................................... 542,40 €· Más de 100 hasta 250 m2 ................................... 929,20 € · Más de 250 hasta 500 m2 ................................ 1.548,55 € · Por cada m2 en exceso a partir de 500 m2 ........... 1,26 €/m2

En todo caso, el importe mínimo a satisfacer será de 322,00 €.

Plazo para resolver y notificar

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3.15

COMUNICACIÓN PREVIA DE INICIO DE ACTIVIDAD CLASIFICADA(ANEXO II.B LEY 3/1998)

Normativa aplicable

Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco (artículos 55 y siguientes).

Código Técnico de la Edificación (CTE).

Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio.

Decreto 68/2000, de 11 de abril, por el que se aprueban las normas técnicas sobre condiciones de accesibilidad de los entornos urbanos, espacios públicos, edificaciones y sistemas de información y comunicación.

Decreto 213/2012, de 16 de octubre, de Contaminación Acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (R.E.B.T).

Decreto 277/2010, de 2 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de autoprotección exigibles a determinadas actividades, centros o establecimientos para hacer frente a situaciones de emergencia.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

· Recogida y comprobación de la comunicación previa y documentación.· Registro, escaneado y copia a la persona interesada.· Liquidación tasa por prestación de servicios y, en su caso, tasa por ocupación del dominio público.· Entrega de copia sellada justificante a la persona solicitante.· Remisión del expediente al Departamento de Urbanismo. · Copia a Área Económica y a la Policía Local.· Revisión por servicios técnicos municipales de la comunicación previa y de la documentación

adjunta para comprobar su adecuación a la normativa urbanística.· Si es necesario, realización por el Área Económica de liquidación complementaria.

Observaciones

Se señala a continuación la documentación que con carácter general deberá aportarse junto a la comunicación previa y cuyo contenido concreto podrá variar en función del emplazamiento y características de la actividad:

A) Documentación que acredite el cumplimiento de las exigencias ligadas a la normativa sobre protección contra incendios (Código Técnico de la Edificación – Documento Básico de Seguridad contra Incendios) mediante

· Fotografías de la instalación de extintores o, en su caso, de otros sistemas de protección contra incendios y de su señalización.

· Certificado de la empresa instaladora, diligenciado, en su caso, por el Departamento de Industria del Gobierno Vasco.

B) Actividades que dispongan de cámaras frigoríficas (pescaderías, carnicerías, fruterías, supermercados, etc… ): se deberán aportar las siguientes mediciones de ruidos realizadas por entidad acreditada conforme a lo señalado en el Decreto 213/2012 de 16 de octubre,

· Medida de emisión ruidos de la actividad.· Medida de inmisión en vecino más afectado. (Lkeq,ti;LAmax)· Medida de aislamiento a ruido aéreo. (DnT,A)· Medida del ruido de impacto. (L´n,Tw)

C) Actividades de Hostelería con ocupación menor de 300 personas y potencia eficaz inferior a 50 W. para una carga estándar de 4 ohmios: deberá aportarse

· Certificado de instalación e limitador acústico.· Medida emisión ruidos de la actividad.· Medida de inmisión en vecino más afectado. (Lkeq,ti;LAmax)· Medida de aislamiento a ruido aéreo. (DnT,A)· Medida del ruido de impacto. (L´n,Tw)· Medida de vibraciones.( Law)

Las mediciones de ruidos deberán ser realizadas por entidad acreditada conforme a lo señalado en el Decreto 213/2012 de 16 de octubre de contaminación acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco:

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3.15

COMUNICACIÓN PREVIA DE INICIO DE ACTIVIDAD CLASIFICADA(ANEXO II.B LEY 3/1998)

Observaciones

D) Actividad de guardería vehículos: se deberá aportar la siguiente documentación

• Certificado de instalación de baja tensión diligenciada ante industria para ventilación natural o forzada.

• Medición de ruidos generados por la puertas mecanizadas de acceso y salida de vehículos y en su caso por la instalación de la ventilación forzada.

E) Se aportará, en caso de que resulte aplicable, Plan de Autoprotección de la actividad según Norma Vasca de Autoprotección Decreto 277/2010, de 2 de noviembre.

La actividad se podrá iniciar desde el mismo día de la presentación en el Registro del Ayuntamiento de la documentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, verificación, inspección y sanción del Ayuntamiento, y el abono de las tasas municipales correspondientes.

El inicio de la actividad se realizará bajo la exclusiva responsabilidad del titular de la misma y del personal técnico que, en su caso, haya emitido los certificados que acreditan el cumplimiento de las exigencias legales, sin perjuicio de que deba disponerse de los títulos administrativos habilitantes o de controles previos que sean preceptivos de acuerdo con la normativa sectorial aplicable.

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento declarado determinará la IMPOSIBILIDAD DE CONTINUAR CON EL EJERCICIO del derecho o actividad afectada, desde que el Ayuntamiento tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.

Con antelación a la Comunicación de Actividad Clasificada, el promotor de la actividad pública o privada podrá realizar ante el ayuntamiento la consulta dirigida a que se le proporcione información de los requisitos jurídicos y técnicos de la licencia y de las medidas correctoras previsibles, así como la viabilidad de la actividad. Esta consulta está prevista en el artículo 57.1 de la ley 3/1998, general de protección del medio ambiente.

Área responsable TERRITORIO / URBANISMO

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3.15 bis

COMUNICACIÓN PREVIA DE INICIO DE ACTIVIDADES COMERCIALES MINORISTAS Y DE SERVICIOS DE SUPERFICIE ÚTIL NO SUPERIOR A 750 METROS CUADRA-DOS, INCLUIDAS EN EL ANEXO DE LA LEY 12/2012 DE 26 DE DICIEMBRE

Qué es

Documento que se presenta ante el Ayuntamiento y que habilita para la puesta en funcionamiento de actividades comerciales minoristas y de prestación de determinados servicios que se encuentren incluidas en el anexo de la Ley 12/2012 de 26 de diciembre y cuya superficie útil de exposición y venta al público no sea superior a 750 metros cuadrados.

Quedan exceptuadas las actividades que tengan impacto en el patrimonio histórico-artístico o que impliquen el uso privativo y ocupación de los bienes de dominio público.

En caso de que sean necesarias obras para el acondicionamiento del local, será exigible la previa tramitación de la correspondiente licencia o comunicación previa, según la entidad de dichas actuaciones.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Modelo de comunicación previa

Justificante alta Impuesto de Actividades Económicas.

En caso e actividades con superficie útil de exposición y venta superior a 75,00 m2 se aportará además:

· Memoria, en soporte papel y digital, que incorpore la descripción de la actividad, su objeto y características técnicas propias de su desarrollo o proceso productivo, maquinaria, combustibles, instalaciones higiénicas, … y de las medidas implantadas para minimizar el posible impacto de la actividad en el medio ambiente, las personas o sus bienes.

· Documentación gráfica:· Plano de situación· Plano de distribución en planta acotado· Plano de sección reflejando alturas libres.

· Fotografías de fachada y de interior.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico

Ordenanza Fiscal Municipal nº 10:

· Hasta 50 m2 ........................................................ 386,85 € · Más de 50 hasta 100 m2 ...................................... 542,40 €· Más de 100 hasta 250 m2 ................................... 929,20 € · Más de 250 hasta 500 m2 ................................ 1.548,55 € · Por cada m2 en exceso a partir de 500 m2 ........... 1,26 €/m2

En todo caso, el importe mínimo a satisfacer será de 322,00 €.

Plazo para resolver y notificar

No existe plazo de procedimiento o resolución. La mera comunicación debidamente cumplimentada es título habilitante para el ejercicio de la actividad

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3.15 bis

COMUNICACIÓN PREVIA DE INICIO DE ACTIVIDADES COMERCIALES MINORISTAS Y DE SERVICIOS DE SUPERFICIE ÚTIL NO SUPERIOR A 750 METROS CUADRA-DOS, INCLUIDAS EN EL ANEXO DE LA LEY 12/2012 DE 26 DE DICIEMBRE

Normativa aplicable

Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.

Código Técnico de la Edificación (CTE).

Decreto 68/2000, de 11 de abril, por el que se aprueban las normas técnicas sobre condiciones de accesibilidad de los entornos urbanos, espacios públicos, edificaciones y sistemas de información y comunicación.

Decreto 213/2012, de 16 de octubre, de Contaminación Acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (R.E.B.T).

Decreto 277/2010, de 2 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de autoprotección exigibles a determinadas actividades, centros o establecimientos para hacer frente a situaciones de emergencia.

Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

· Recogida y comprobación de la comunicación previa y documentación.· Registro, escaneado y copia a la persona interesada.· Liquidación tasa por prestación de servicios y, en su caso, tasa por ocupación del dominio

público.· Entrega de copia sellada justificante a la persona solicitante.· Remisión del expediente al Departamento de Urbanismo. · Copia a Área Económica y a la Policía Local.· Revisión por servicios técnicos municipales de la comunicación previa y de la documentación

adjunta para comprobar su adecuación a la normativa urbanística.· Si es necesario, realización por el Área Económica de liquidación complementaria.

Observaciones

La actividad se podrá iniciar desde el mismo día de la presentación en el Registro del Ayuntamiento de la documentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, verificación, inspección y sanción del Ayuntamiento, y el abono de las tasas municipales correspondientes.

El inicio de la actividad se realizará bajo la exclusiva responsabilidad de las personas titulares de la actividad y del personal técnico que, en su caso, haya emitido la certificación, sin perjuicio de que para iniciar las actividades se deba disponer de los títulos administrativos habilitantes o de controles previos que sean preceptivos de acuerdo con la normativa sectorial aplicable.

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento declarado determinará la IMPOSIBILIDAD DE CONTINUAR CON EL EJERCICIO del derecho o actividad afectada, desde que el Ayuntamiento tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.

Sin perjuicio de las inspecciones que puedan realizarse y del resultado de las mismas, podrá resultar exigible la aportación con posterioridad a la comunicación previa de documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas en la legislación sobre protección contra incendios, insonorización, ventilación, instalaciones eléctricas, u otras que resulten aplicables en función de las características del local y de la actividad pretendida

Con antelación a la comunicación previa, podrá realizarse ante el Ayuntamiento consulta dirigida a que se proporcione información sobre los requisitos jurídicos y técnicos de la licencia y de las medidas correctoras previsibles, así como la viabilidad de la actividad.

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3.16

LICENCIA DE VADOS Y PASOS DE ACERA

Qué esAutorización que tiene por objeto el aprovechamiento de la vía pública para entrada y salida de vehículos en edificios particulares a través de vías de dominio público, lo que supone un uso común especial del mismo.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

Plano de situación acotado que indique la longitud del vado solicitado.

Fotografía estado actual.

Documento que acredite que la actividad a la que dará servicio se encuentra regularizada, bien por haberse realizado comunicación previa, bien porque cuenta con autorización administrativa de apertura.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico

Tasa por prestación de servicio. Ordenanza Fiscal nº 28:

· Pasos de uso particular por año o fracción:· Hasta 10 vehículos .................................101,20 €· Más de 10 hasta 25 vehículos ................187,30 € · Más de 25 hasta 50 vehículos ................331,85 € · Más de 50 vehículos ...............................466,80 €

· Pasos de uso mercantil, comercial o con ocasión de obras, por año o fracción:· Hasta 10 vehículos ..................................229,45 €· Más de 10 hasta 25 vehículos .................318,65 € · Más de 25 hasta 50 vehículos .................407,90 € · Más de 50 vehículos ................................571,00 €

· Reserva de aparcamiento por metro línea o fracción: 19,15 €

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efecto del silencio: Negativo.

Normativa aplicable

Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (artículos 84 y siguientes).

Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (artículos. 75, 77 y concordantes).

Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio.

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3.16

LICENCIA DE VADOS Y PASOS DE ACERA

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

· Recogida y comprobación de la solicitud, así como de la documentación exigida.

· Registro, escaneado de la solicitud y entrega de copia a la persona interesada.

· Remisión del expediente al Departamento de Urbanismo.

· Solicitud de informe a la Policía Local

· Emisión de informe técnico.

· Resolución y notificación al interesado.

· Liquidación.

Observaciones

Si es preciso realizar rebaje de acera se deberá obtener con carácter previo la oportuna autorización municipal. Se tramitarán conjuntamente la autorización de las obras y la autorización de vado.

La obra de acondicionamiento de bordillo y acera sólo podrá dar comienzo una vez que se reciba la notificación de autorización de vado.

No se dará autorización de vado para acceso a locales si no se ha obtenido previamente la oportuna licencia de actividad o formulado comunicación previa.

En el caso de actividades de tipo comercial la reserva de vado será horaria, por lo que en la solicitud deberá especificarse dicho horario.

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3.17

COMUNICACIÓN PREVIA CAMBIO DE TITULARIDAD DE LICENCIA

Qué esDocumento a través del cual se pone en conocimiento de la Administración municipal el cambio de titularidad de una licencia de actividad, lo que determina que será el nuevo titular el responsable de su ejercicio.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona o su representante legal.

Documentación a aportarModelo de comunicación previa

Documento que acredite el consentimiento del anterior titular.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 89 00 10 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites www.facebook.com/erandiokoudala/SAC

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico

Ordenanza Fiscal Municipal nº 10:· Hasta 50 m2 ........................................................ 386,85 € · Más de 50 hasta 100 m2 ...................................... 542,40 €· Más de 100 hasta 250 m2 ................................... 929,20 € · Más de 250 hasta 500 m2 ................................ 1.548,55 € · Por cada m2 en exceso a partir de 500 m2 ........... 1,26 €/m2

En todo caso, el importe mínimo a satisfacer será de 322,00 €.

Plazo para resolver y notificar Inmediato.

Normativa aplicable

Ley 2/2006 de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco (art. 207.5).Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco (artículos 55 a 66).Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (artículo 71 bis).

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

· Recogida y comprobación de la comunicación previa. · Registro, escaneado y entrega de copia sellada a la persona interesada.· Remisión del expediente al Departamento de Urbanismo · Revisión e inspección por el Departamento de Urbanismo y remisión al Área de Intervención

para liquidación.· Notificación de liquidación.

Observaciones

Según el Decreto 171/1985, de 11 de junio, por el que se aprueban las normas técnicas de carácter general de aplicación a las actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas a establecerse en suelo urbano residencial, en su disposición transitoria primera, caso de cambio de titularidad o de ampliación o modificación de la actividad se le impondrán las medidas correctoras indicadas en dichas normas técnicas.

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3.18

SOLICITUD DECLARACIÓN DE RUINA

Qué esSolicitud de verificación del estado de deterioro en el que se encuentra una edificación, para decidir si como resultado de dicha situación es procedente declarar el estado ruinoso de aquella.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

Datos de identificación relativos al inmueble.

Informe de facultativo competente (arquitecto), en que se justifique la causa de instar la declaración de ruina, el estado físico del inmueble, y se acredite asimismo si en el momento de la petición el edificio reúne, a su juicio, condiciones de seguridad y habitabilidad suficientes que permitan a sus ocupantes la permanencia en él hasta que se adopte el acuerdo que proceda.

Relación de los moradores, cualquiera que fuese el título de posesión, así como los titulares de derechos reales sobre el inmueble si los hubiera.

Acreditación de la titularidad, en el caso de quién solicite la declaración de ruina sea el propietario.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Ordenanza Fiscal nº 11. Informe en materia de declaración de ruina a instancia de parte: 342,45 €

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 3 meses.

Plazo máximo: 3 meses.

Efecto del silencio: Estimatorio.

Normativa aplicable Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo de la Comunidad Autónoma del País Vasco (artículo 201).

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

· Recogida de la solicitud y comprobación de la documentación.

· Registro, escaneado y entrega de copia sellada a la persona interesada.

· Remisión del expediente al Departamento de Urbanismo.

· Emisión de informe técnico.

· Trámite de audiencia a la propiedad y personas arrendatarias, en su caso.

· Elaboración de Resolución.

· Notificación a las personas interesadas de la resolución.

· Liquidación.

Observaciones

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3.19

QUEJAS, SUGERENCIAS Y AVISOS

Qué esComunicación realizada por cualquier persona avisando de deficiencias, averías o desperfectos en mobiliario urbano o infraestructuras municipales.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona.

Documentación a aportar Solicitud General (en caso de que se realice por escrito).

Dónde se tramita

Presencialmente:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económico Gratuito.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado:· Avisos urgentes: máximo 48 horas.· Por desperfectos: 15 días.

Plazo máximo para resolver: 3 meses.

Normativa aplicable Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local (artículos 25 y ss).

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

· Recogida y comprobación de la comunicación previa.

· Registro, escaneado y entrega de copia sellada a la persona interesada.

· Remisión del expediente al Departamento de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios.

· Emisión de informe técnico, en caso de que resulte necesario.

· Gestión de la avería o desperfecto.

· Notificación al particular sobre el resultado de la gestión (vía telefónica, correo electrónico o escrita).

Observaciones

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3.20

SOLICITUD DE INFORMACIÓN URBANÍSTICA

Qué esInformación escrita sobre el régimen y las condiciones urbanísticas aplicables a una finca o inmueble concreto, sobre la posibilidad de realizar ciertas obras, o instalar determinadas actividades, sobre el planeamiento general, etc.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

Según el caso, la siguiente documentación:

· Documento que permita la identificación inequívoca de la finca o inmueble objeto de la consulta (referencia catastral, plano de situación, delimitación sobre ortofoto, etc...)

· Descripción pormenorizada de la obra o actividad que se desee instalar, incluyendo, en su caso, plano de distribución interior acotado, referencia a la maquinaria a instalar, o cualquier otra información que se esitme adecuada para el correcto conocimiento de lo pretendido.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba Zeharkalea, 2Astrabudua: Meso kalea, 20 Horario: De lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas

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Coste económicoGratuito, en el supuesto de consultas urbanísticas.En caso de que lo solicitado sea una certificación: 61,55 €. Ordenanza Fiscal nº 6.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 15 días.Plazo máximo legal: 3 meses.Efectos del silencio: No procede.

Normativa aplicableReal Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (artículo 5.d).

Ley 2/2006, de 30 de junio de Suelo y Urbanismo de la Comunidad Autónoma del País Vasco (artículo 9).

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

· Recogida y comprobación de la solicitud, así como de la documentación aportada.· Registro, escaneado y entrega de copia sellada a la persona interesada.· Remisión del expediente al Departamento de Urbanismo. · Informe servicios técnicos municipales.· Oficio de contestación.· Notificación al interesado de la contestación.· En caso de certificación urbanísticas, liquidación por el Área Económica.

Observaciones

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3.21

INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS (ITE)

Qué es

Informe que debe presentarse ante el Ayuntamiento y que tiene por objeto verificar la situación de los edificios mediante una inspección visual de la estructura, fachada y cubierta, y de las redes comunes de saneamiento y abastecimiento, con el fin de conocer sus características constructivas, su estado y las patologías que puedan afectarle.

Quién lo puede solicitar Propietarios de edificios residenciales colectivos o unifamiliares con fachada a vía pública.

Documentación a aportar

(Ver Observaciones)

PRESENTACIÓN INICIAL DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS (ITE)· Impresode presentación, según modelo · Informe de la Inspección Técnica de Edificio (ITE) en formato *.PDF Y *.XML

PRESENTACIÓN DE CERTIFICADO DE SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS · Impreso, según modelo · Certificado de Subsanación de deficiencias señaladas en el Informe de la Inspección Técnica

de Edificio (ITE) en formato *.PDF Y *.XML.

El técnico contratado debe facilitar los documentos a los propietarios según los modelos establecidos, que el Gobierno Vasco pone a disposición de los técnicos (ver EuskoREGITE).

Dónde se tramita

Presencialmente:

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Via telemática:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 94 489 01 10, desde fuera del municipio.

Coste económicoEl trámite de presentación de la ITE o del Certificado de Subsanación de Deficiencias ante el Ayuntamiento es gratuito.

Plazo para resolver y notificar

Inmediato.

Normativa aplicable

Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (art. 29)

Ley 2/2006, de 30 de junio de Suelo y Urbanismo de la Comunidad Autónoma del País Vasco (artículo 200)

DECRETO 241/2012, de 21 de noviembre, por el que se regula la inspección técnica de edificios en la Comunidad Autónoma del País Vasco

DECRETO 80/2014, de 24 de mayo de modificación del Decreto 241/2012 por el que se regula la inspección técnica de edificios en la Comunidad Autónoma del País Vasco

ORDEN de 15 de octubre de 2013, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, de modificación de los anexos II y III del Decreto 241/2012, de 21 noviembre de 2012 por el que se regula la Inspección Técnica de Edificios en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

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3.21

INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS (ITE)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

· Recogida y comprobación de la instancia, así como de la documentación aportada.

· Registro, escaneado y entrega de copia sellada a la persona interesada.

· Remisión del expediente al Departamento de Urbanismo.

· Informe servicios técnicos municipales.

· Introducción de la información en la base de datos del Gobierno Vasco (Euskoregite)

· En función de lo señalado en el informe de los servicios técnicos municiaples a la vista del contenido de la ITE se dictará, en su caso, orden de ejecución dirigida a la propiedad del inmueble exigiendo la reparación de las deficiencias advertidas.

Observaciones

1º ¿QUÉ ES LA ITE?

Es la realización de un informe y dictamen elaborado por técnico/a facultativo/a, a partir de una inspección visual, que indica el estado de conservación de los edificios a fin de mantenerlos en las condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, garantizando los trabajos y obras precisas para conservarlos o rehabilitarlos, manteniendo en todo momento las condiciones requeridas para la habitabilidad o el uso efectivo, e informando tanto de las condiciones básicas de accesibilidad y estado de la eficiencia energética del edificio, como de la posible mejora de las mismas.

2º ¿QUIÉN TIENE OBLIGACIÓN DE TENER LA ITE?

Propietarios de: · toda edificación o construcción catalogada o protegida con independencia de su antigüedad y

régimen de protección. · toda edificación de uso residencial con una antigüedad superior a 50 años. Se entenderán

incluidos en los mismos términos las construcciones y edificios “fuera de ordenación” · todas aquellas edificaciones que, independientemente de su edad y de su uso, pretendan

acogerse a las ayudas públicas para la conservación, mejora de la accesibilidad o eficiencia energética de dichas construcciones.

A efectos de la aplicación de obligaciones de ITE, se entenderá por edificación de uso residencial aquella en la que el uso mayoritario sea el de vivienda o alojamiento dotacional, aunque simultáneamente pueda contener otros usos.

Quedan EXCLUIDAS las construcciones y edificaciones unifamiliares aisladas que no tengan fachada a vía o espacio de uso público.

3º FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN DE LA ITE.

· Edificios residenciales con antigüedad ANTERIOR al 27 de junio de 1967: 27 DE JUNIO DE 2018

· Edificios residenciales con antigüedad POSTERIOR al 27 de junio de 1967: 1 AÑO DESDE QUE CUMPLAN 50 AÑOS DE ANTIGÜEDAD

· Edificios catalogados o protegidos: 1 AÑO DESDE LA CATALOGACIÓN

· Edificios hoteleros y residencias: 5 AÑOS DESDE QUE CUMPLAN 50 AÑOS DE ANTIGÜEDAD

· Edificios con obras de conservación, accesibilidad o eficiencia energética de objeto de ayuda/subvención pública: ANTES DE SOLICITAR LA AYUDA independientemente de la antigüedad del edificio.

4º ELECCIÓN DE LA PERSONA AUTORIZADA PARA LA REALIZACIÓN DE LA ITE.

Las únicas personas autorizadas para llevar a cabo la ITE son: · Profesionales con licenciatura en Arquitectura. · Profesionales con licenciatura en Arquitectura Técnica.

Cualquier perona que ostente esta titulación está capacitada para realizar esta tarea en su totalidad. Además, no existe ningún registro oficial de profesionales, por lo que cada comunidad podrá elegir al que más le convenga.

Las personas autorizadas se encargarán de realizar la ITE según el modelo establecido por el Gobierno Vasco.

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3.21

INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS (ITE)

Observaciones

5º PRESENTACIÓN DE LA ITE EN EL AYUNTAMIENTO.

La ITE no se considera realizada hasta que no se procede a su entrega en el Ayuntamiento. La obligación de presentación por parte de la comunidad finaliza en ese instante, y desde esa fecha empiezan a correr los 10 años de validez de la ITE, sin perjuicio de que la comunidad deba llevar a cabo alguna actuación de subsanación y, por lo tanto, deba presentar posteriormente el certificado de subsanacióncorrespondiente.

El Ayuntamiento será el encargado de subir al registro único de la CAPV los datos de cada ITE.

6º OBLIGACIONES DERIVADAS DEL INFORME DE LA INSPECCIÓN DE ITE Y PRESENTACIÓN DEL CERTIFICADO DE SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS.

Los propietarios quedan obligados a ejecutar las actuaciones que se fijen en la ITE en los términos y plazos allí establecidos. Una vez realizadas dichas actuaciones en el plazo indicado, se debe presentar el correspondiente certificado de subsanación de deficiencias en los mismos formatos señalados para el Informe de ITE (*.PDF Y *.XML), en la Sede Electrónica adjuntando los archivos, o presencialmente, en soporte papel y CD.

MÁS INFORMACIÓN:

Para obtener información sobre cualquier edificio residencial de la CAPV hay que entrar en Euskoregite y rellenar la ficha con los datos básicos del edificio: calle, número y municipio. El sistema ofrecerá el año de construcción del edificio, el plazo para la presentación de la ITE y la opción de descargar la ficha técnica del edificio.

Guía Rápida sobre la ITE

Web Gobierno Vasco

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