ley general de salud y lineamientos

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LEY GENERAL DE SALUD LINEAMIENTOS DE POLITICA EN SALUD INTEGRANTES: Ramírez Rojas Katia Rosa Ramos Saavedra Vanesa April Sisniegas Pajuelo César André CURSO Salud Pública DOCENTE Dr. Carlos Ortiz Regis Lambayeque, 17 de Agosto del 2015

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Page 1: Ley General de Salud y Lineamientos

LEY GENERAL DE SALUD

LINEAMIENTOS DE POLITICA EN SALUD

INTEGRANTES:

Ramírez Rojas Katia Rosa Ramos Saavedra Vanesa April Sisniegas Pajuelo César André

CURSO

Salud Pública

DOCENTE

Dr. Carlos Ortiz Regis

Lambayeque, 17 de Agosto del 2015

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LEY GENERAL DE SALUD

La ley general de salud fue promulgada el 9 de julio de 1997 y publicada el 20 de julio del mismo año. Consta de seis títulos más un título preliminar y disposiciones complementarias transitorias y finales.

En el título preliminar, se contempla la definición de salud como una condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo. Además resalta que la protección de la salud es un derecho irrenunciable y debe ser de interés público, donde el Estado tomaría responsabilidad en su regulación, vigilancia y promoción; deberá velar por problemas de desnutrición y de salud mental de la población, los de salud ambiental, así como los problemas de salud del discapacitado, del niño, del adolescente, de la madre y del anciano en situación de abandono social. También, brindar condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, aseguramiento universal, garantizando la libre elección de sistemas previsionales.

Se menciona que el financiamiento del Estado se orienta preferentemente a las acciones de salud pública y a subsidiar total o parcialmente la atención médica a las poblaciones de menores recursos.

Toda persona está obligada a proporcionar a la Autoridad de Salud la información que le sea exigible de acuerdo a ley. Asimismo, promueve la investigación científica y tecnológica en el campo de la salud y la educación en salud en todos los niveles y modalidades.

TÍTULO I: DE LOS DERECHOS, DEBERES Y RESPONSABILIDADES CONCERNIENTES A LA SALUD INDIVIDUAL

Como derechos se mencionan:

Libre acceso a prestaciones de salud y a elegir el sistema previsional de su preferencia.

Exigir que los bienes destinados a la atención de su salud correspondan a las características y atributos indicados en su presentación

Exigir que los servicios que se le prestan para la atención de su salud cumplan con los estándares de calidad.

Recibir, en cualquier establecimiento de salud, atención médico-quirúrgica de emergencia cuando la necesite y mientras subsista el estado de grave riesgo para su vida o su salud, para lo cual se deberá considerar un consentimiento previo o el de la persona llamada legalmente a darlo.

Ser debida y oportunamente informada por la Autoridad de Salud sobre medidas y prácticas de higiene, dieta adecuada, salud mental, salud reproductiva, enfermedades transmisibles, enfermedades crónico degenerativas, diagnóstico precoz de enfermedades y demás acciones conducentes.

Elegir libremente el método anticonceptivo de su preferencia. Recurrir al tratamiento de su infertilidad, así como a procrear mediante el uso

de técnicas de reproducción asistida.

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Recibir órganos o tejidos de seres humanos vivos de cadáveres o de animales para conservar su vida o recuperar su salud.

Recibir tratamiento y rehabilitación en situaciones de discapacidad física, mental o sensorial.

Recibir una alimentación sana y suficiente para cubrir sus necesidades biológicas.

A la recuperación, rehabilitación y promoción de su salud mental. A que se le extienda la certificación de su estado de salud cuando lo considere

conveniente. Participar individual o asociadamente en programas de promoción y

mejoramiento de la salud invidual o colectiva. Al respeto de su personalidad, dignidad e intimidad

Entre los deberes y responsabilidades:

Velar por el mejoramiento, la conservación y la recuperación de su salud y la de las personas a su cargo.

Ninguna persona puede actuar o ayudar en prácticas que signifiquen peligro, menoscabo o daño para la salud de terceros de la población.

Toda persona es responsable frente a terceros por el incumplimiento de las prácticas sanitarias y de higiene destinada a prevenir la aparición y propagación de enfermedades transmisibles, así como la contaminación del ambiente.

Cumplir con las normas de seguridad que establecen las disposiciones pertinentes y participar y colaborar en la prevención y reducción de los riesgos por accidentes.

Participar en el mejoramiento de la cultura sanitaria de su comunidad Participar y cooperar con las autoridades públicas en la prevención y solución

de los problemas ocasionados por situaciones de desastre

TITULO II, DE LOS DEBERES, RESTRICCIONES Y RESPONSABILIDADES EN CONSIDERACION A LA SALUD DE TERCEROS

CAPITULO I: DEL EJERCICIO DE LAS PROFESIONES MÉDICAS Y AFINES DE LAS ACTIVIDADES TECNICAS Y AUXILIARES EN EL CAMPO DE LA SALUD

Menciona que es obligatorio contar con un título profesional para desempeñar actividades profesionales propias de la medicina, odontología, farmacia o cualquier otra relacionada con la atención de la salud, y se consideran como actos propios del ejercicio profesional de la medicina los siguientes: La expedición de recetas (Sólo los médicos pueden prescribir medicamentos. Los cirujano-dentistas y las obstetrices sólo pueden prescribir medicamentos dentro del área de su profesión), certificados e informes directamente relacionados con la atención de pacientes, la ejecución de intervenciones quirúrgicas, la prescripción o experimentación de drogas, medicamentos o cualquier producto, sustancia o agente destinado al diagnóstico, prevención o tratamiento de enfermedades.

Toda información relativa al acto médico que se realiza, tiene carácter reservado, y debe estar sustentado correctamente en la Historia clínica.

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Deben informar al paciente sobre el diagnóstico, pronóstico, tratamiento y manejo de su problema de salud, así como sobre los riesgos y consecuencias de los mismos

La importancia de los códigos de bioética en investigación experimental con personas (Declaración de Helsinki)

CAPITULO II: DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD Y SERVICIOS MEDICOS DE APOYO

Los establecimientos de salud y los servicios médicos de apoyo, deben cumplir los requisitos que disponen los reglamentos y normas técnicas que dicta la Autoridad de Salud de nivel nacional, al igual que para las actividades de obtención, donación, conservación, transfusión y suministro de sangre humana, se rigen por la ley de la materia y su reglamento, para lo cual deberán estar correctamente habilitados o en instituciones médico-legales, cumpliendo, en cada caso, los procedimientos que la ley establece. Los que cuenten con servicios de internamiento de pacientes, están obligados a practicar la necropsia por razones clínicas para vigilar la calidad de la atención que proveen.

También están obligados a prestar atención médico-quirúrgica de emergencia, a quien la necesita y mientras subsista el estado de grave riesgo para su vida o salud.

Deberán asumir responsabilidad de los daños y perjuicios que se ocasionan al paciente por no haber dispuesto o brindado los medios que hubieren evitado que ellos se produjeran, siempre que la disposición de dichos medios sea exigible.

Todo acto médico que se lleve a cabo en un establecimiento de salud o servicio médico de apoyo es susceptible de auditorías internas y externas en las que puedan verificarse los diversos procedimientos a que es sometido el paciente.

CAPITULO III: DE LOS PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y GALENICOS, Y DE LOS RECURSOS TERAPEUTICOS NATURALES

La encargada de hacer que el reglamento se cumpla, es la Autoridad de Salud a nivel nacional, inspeccionando a las empresas fabricantes, distribuidoras y dispensadoras

Los artículos de este capítulo indican que todos los productos requieren de un Registro Sanitario para su fabricación, importación, distribución o expendio. Utilizando las siguientes fórmulas farmacéuticas:

- USP: Farmacopea Británica, Farmacopea Internacional de la Organización Mundial de la Salud, Formulario Nacional Británico, Farmacopea Alemana, Farmacopea Francesa, Farmacopea Belga, Farmacopea Europea.

- USP-DI: Farmacopea Helvética, Farmacopea Japonesa.

Para poder inscribir productos se necesitan una solicitud, garantizar la calidad y seguridad, un protocolo de análisis sobre la base metodológica de la farmacopea autorizada, certificado de libre comercialización, y debe estar rotulado en español.

La Autoridad de Salud a nivel nacional es la que aprueba el Formulario Nacional de Medicamentos, elaborado por una Comisión de Expertos, este formulario precisará, la

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forma farmacéutica, dosis, indicaciones, contraindicaciones, reacciones adversas, advertencias y otras especificaciones que garanticen la eficacia y seguridad.

Si es que los productos farmacéuticos se importaran, se deberá hacer una declaración jurada, en donde se especifique el número de registro sanitario, la identificación, y fecha de vencimiento. Sólo para fines de investigación se podrá autorizar la importación, producción y uso de medicamentos no registrados.

El Registro Sanitario es temporal y renovable cada cinco años. La Autoridad de Salud de nivel nacional puede suspender o cancelar el Registro de los productos que no cumplan con lo pedido anteriormente. Los medicamentos contaminados, adulterados, falsificados, alterados y expirados deben ser retirados del mercado y destruidos apropiadamente.

Para que las personas se dediquen a fabricar o almacenar productos farmacéuticos deben disponer de locales, equipo técnico y de control adecuados. También deben seguir las Buenas Prácticas de Manufactura, de Laboratorio y de Almacenamiento recomendadas por la Organización Mundial de la Salud o a las que dicte la Autoridad de Salud de nivel nacional.

La calidad de los productos farmacéuticos está bajo responsabilidad de la empresa fabricante si es que han sido elaboradas en el país, y del importador o distribuidor si son elaborados en el extranjero.

Con respecto a las plantas medicinales y preparados obtenidos, deben estar sujetas a los requisitos y condiciones que establece el reglamento. Las plantas medicinales que se ofrezcan sin referencia a propiedades terapéuticas, diagnósticas o preventivas, pueden comercializarse libremente. La Autoridad de Salud a nivel nacional establece un listado de plantas medicinales de uso restringido o prohibido por razón de su toxicidad o peligrosidad.

La comercialización de los productos farmacéuticos sólo se hará en establecimientos farmacéuticos, bajo la responsabilidad de un químico farmacéutico.

Los medicamentos deben ser identificados con su nombre de marca y con su Denominación Común Internacional.

Con respecto a su expendio, los productos farmacéuticos están clasificados en: de venta con presentación médica especial numerada (farmacias y boticas), de venta bajo receta médica (farmacias y boticas), de venta sin receta médica (farmacias y boticas), de venta sin receta médica (establecimientos no farmacéuticos).

Los productos farmacéuticos que cuenten con Registro Sanitario en el país que pueden ser vendidos sin receta médica, pueden ser objeto de publicidad a través de medios, pero no deben exagerar sus propiedades.

Los productores y distribuidores deben informar a la Autoridad de Salud de nivel nacional sobre las reacciones adversas, y esta debe adoptar medidas que resguarden la salud de la población.

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CAPITULO IV: DEL CONTROL NACIONAL E INTERNACIONAL DE LAS ENFERMEDADES TRANSMISIBLES

Los artículos de este capítulo explican que la Autoridad de Salud de nivel nacional es la encargada de poner en marcha estrategias para evitar la propagación, controlar, y erradicar a las enfermedades transmisibles. Así mismo determinará las enfermedades transmisibles de declaración y notificación obligatorias.

Sólo por motivos especiales (médicas o biológicas) se puede exceptuar a una persona de la vacunación y revacunación.

Las autoridades administrativas, municipales, militares y policiales, así como los particulares, están obligados a prestar el apoyo requerido por la Autoridad de Salud, para que pueda evitar la propagación, controlar, y erradicar a las enfermedades transmisibles

En caso de epidemias la Autoridad de Salud dispone de los recursos médico-asistenciales de los sectores público y privado de las zonas afectadas y colindantes. También tiene control sanitario de las fronteras, así como de todos los puertos. Puede restringir la producción de bienes y servicios, comercio y tránsito de personas, animales, vehículos y objetos que representen un riesgo grave para la salud de la población.

Los propietarios de animales domésticos, domesticados o en cautiverio, deben cumplir las medidas sanitarias que la Autoridad de Salud determine, si no las cumple puede perder su propiedad o posesión.

CAPÍTULO V: DE LOS ALIMENTOS Y BEBIDAS, PRODUCTOS COSMÉTICOS Y SIMILARES, INSUMOS, INSTRUMENTAL Y EQUIPO DE USO MÉDICO-QUIRÚRGICO Y ODONTOLÓGICO, PRODUCTOS SANITARIOS Y PRODUCTOS DE HIGIENE PERSONAL Y DOMÉSTICA.

Este capítulo menciona que la producción y comercio de alimentos y bebidas deben estar sujetos a vigilancia higiénica y sanitaria. Los cuáles serán aptos para el consumo cuando cumplan con las normas sanitarias establecidas por la autoridad en salud a nivel nacional.

También menciona que estos no deben ser adulterados o falsificados y sólo podrán venderse con el adecuado registro sanitario.

La autoridad de salud a nivel nacional será encargada del control sanitario de los alimentos, productos cosméticos, instrumental médico-quirúrgico y productos de higiene personal y doméstica. Y entregarán el registro sanitario previa solicitud con carácter de declaración jurada, el cual será temporal y renovable. La venta ambulatoria de estos productos queda prohibida.

La importación de cualquier producto cuyo comercio y distribución se encuentre prohibido en el país de origen por ser dañino para la salud queda prohibida.

La producción y manipulación de estos productos debe darse en un ambiente adecuado y conservando la higiene de las personas que intervengan.

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CAPÍTULO VI: DE LAS SUSTANCIAS Y PRODUCTOS PELIGROSOS PARA LA SALUD.

Deben tomarse todas las medidas y precauciones necesarias en la importación, fabricación y comercio para evitar daños en la salud humana, animal o ambiental. Cuando se considere peligrosa para la salud, el estado debe tomar las medidas de protección correspondientes.

La autoridad de salud va a dictar las normas relacionadas con la calificación, límite de toxicidad y peligrosidad de estas sustancias para prevenir los riesgos y controlar los daños a la salud.

Los residuos de estas sustancias deben ser sometidos a tratamiento y disposición según las normas establecidas y no ser vertidos a fuentes o reservorios de agua.

CAPÍTULO VII: DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD EN LOS AMBIENTES DE TRABAJO.

Quienes dirijan los servicios de extracción, transporte o comercio deben tomar las medidas necesarias para garantizar la salud de los trabajadores y terceras personas que hacen uso de sus servicios.

Las condiciones de higiene y seguridad que deben reunir los ambientes de trabajo, equipos y maquinarias y cualquier otro elemento relacionado a estas actividades deben cumplir con las normas establecidas por la autoridad nacional de salud, la cual vigilará su cumplimiento. También las condiciones higiénicas y sanitarias de todo centro de trabajo deben ser acordes con la naturaleza de la actividad sin distinciones.

CAPÍTULO VIII: DE LA PROTECCIÓN DEL AMBIENTE PARA LA SALUD

La protección del ambiente es responsabilidad del estado y las personas naturales y jurídicas, los cuales tienen la obligación de mantenerlo dentro de los estándares que establece la autoridad de salud. Toda persona está impedida de efectuar descarga de desechos en tierra, agua o aire, sin haber adoptado las medidas de seguridad que señalan las normas sanitarias.

La autoridad de salud debe dictar las medidas necesarias para minimizar y controlar los riesgos para la salud. Cuando la contaminación signifique daño para el ambiente y la salud de las personas, la autoridad debe tomar las medidas de prevención para que dichos actos cesen.

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TÍTULO TERCERO: DEL FIN DE LA VIDA

La muerte pone fin a la persona, se considera al cese de actividad cerebral como ausencia de vida, cuando no es posible establecer dicho diagnóstico se confirma la muerte con la constatación de paro cardio-respiratorio irreversible.

Se debe realizar necropsia en los siguientes casos:

Razones clínicas Con fines de cremación para determinar la causa de muerte Razones sanitarias para proteger la salud de terceros Razones médico-legales

Solo es permitido inhumar cadáveres en cementerios si se cuenta con la autorización de la autoridad de salud.

Todo cadáver que suponga riesgo de propagar infecciones será cremado previo a la necropsia. La autoridad de salud está obligada a erradicar cementerios si estos constituyen un riesgo para la salud.

Los cadáveres de las personas no identificadas o identificadas cuyos restos no han sido reclamados en el plazo de 36 horas luego de su ingreso a la morgue, de igual manera a quienes por voluntad manifiesta de la persona antes de fallecer o con autorización de sus familiares serán dedicados a fines de investigación y estudio.

TÍTULO CUARTO: DE LA INFORMACIÓN EN SALUD Y SU DIFUSIÓN

Toda persona está obligada a proporcionar de manera correcta y oportuna los datos que la autoridad de salud requiere para la elaboración de las estadísticas, evaluación de recursos en salud y otros estudios especiales.

En caso de epidemia declarada, la prensa, la radio, la televisión y todo medio de comunicación deben colaborar con la autoridad de salud de la forma en que el poder ejecutivo lo disponga.

La autoridad en salud está obligada a advertir a la población sobre los riesgos y daños que ocasionan a la salud ciertos productos, sustancias o actividades.

TÍTULO QUINTO: DE LA AUTORIDAD EN SALUD

La autoridad en salud es central, desconcentrada y descentralizada. Es ejercida por el poder ejecutivo y los órganos descentralizados de gobierno. Tiene a su cargo la dirección y gestión de la política nacional de salud y es la máxima autoridad en normativa en materia de salud.

La autoridad de salud está facultada a disponer acciones de orientación y educación, inspeccionar en cualquier bien mueble o inmueble, tomar muestras y realizar las pruebas correspondientes que considere pertinentes para el cumplimiento de sus funciones, aplicar medidas correctivas y sanciones.

La autoridad podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública para asegurar el cumplimiento de las disposiciones y medidas que adopte en resguardo de la salud.

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TÍTULO SEXTO: DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD, INFRACCIONES Y SANCIONES.

CAPÍTULO I: DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD

Se considera medidas de seguridad:

Aislamiento Cuarentena Observación y vacunación de personas y animales Destrucción o control de insectos u otra fauna transmisora y nociva Decomiso y sacrificio de animales Suspensión de trabajos Emisión de mensajes publicitarios que adviertan peligro Decomiso, inmovilización y retiro del mercado de objetos y sustancias Cierre temporal o definitivo de instalaciones Suspensión o cancelación del registro sanitario Medidas que a criterio se consideren sanitariamente justificables.

Estas medidas son de inmediata ejecución y se aplican sin perjuicio de las sanciones que correspondan. Deben sujetarse a los siguientes principios: ser proporcionales a los fines que persiguen, su duración no debe exceder lo que exige la situación de riesgo que la justificó y debe preferirse aquellas medidas que siendo eficaces para el fin, perjudiquen menos al principio de libre circulación.

CAPÍTULO II: DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES

Sin perjuicio de las acciones civiles o penales, las infracciones a la presente ley serán pasibles a una de las siguientes sanciones:

Amonestación Multa Cierre temporal o clausura del establecimiento Suspensión o cancelación del registro sanitario

Al imponer una sanción se tendrá en cuenta:

Los daños en la salud de las personas La gravedad de la infracción Condición de reincidencia del infractor

LINEAMIENTOS DE POLÍTICA SECTORIAL DE SALUD

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LA SITUACIÓN DE SALUD Y DEL SECTOR

Frente a los intentos fallidos por alcanzar el desarrollo integral de nuestro país, se crearon una serie de lineamientos, orientados en este caso, al sector salud; cuya meta común es proteger la dignidad personal de todos los peruanos, velando por su derecho a la vida y a la salud, mediante el acceso a servicios de salud brindados con calidad, eficiencia, eficacia y, sobre todo, humanidad. De tal manera que sirvan como instrumento para colaborar en la construcción de una sociedad más solidaria, justa, democrática y saludable.

En una visión general de la situación de salud y del sector salud, se contemplan diversos aspectos, entre los que destacan:

De acuerdo a estudios de la OMS, el desempeño global del sistema de salud de Perú ocupa el puesto 129 en el mundo (uno de los últimos en el ranking internacional) y el puesto menos destacado en Latinoamérica; en cuanto a la equidad de la contribución financiera, el Perú tiene el último lugar (184), y en el logro global de metas el penúltimo lugar.

Deficiente salud ambiental, alta prevalencia de enfermedades transmisibles y crecimiento de las no transmisibles: El país presenta la característica de mosaico epidemiológico, con prevalencia de enfermedades crónicas y degenerativas en los quintiles más ricos y prevalencia de enfermedades infecciosas en los quintiles más pobres, en donde las tasas de mortalidad materna se mantuvieron; y en términos generales se incrementaron las enfermedades reemergentes y emergentes (malaria, dengue, TBC multidrogo resistente, SIDA), los accidentes, las lesiones y las muertes violentas por diversas causas, a diferencia del estrato de los más ricos.

Respecto al estudio salud ambiental, se estudió la población por estratos económicos: en el caso de los más pobres existe un menor acceso a servicios básicos (el 30% de la población urbana y el 60% de la población rural no tienen acceso aún a servicios de agua segura, eliminación de excretas y disposición final de residuos sólidos). Siendo una población predominantemente rural, dispersa, con los más altos niveles de analfabetismo, desnutrición infantil (según ENDES, el promedio nacional de desnutrición crónica en niños menores de 6 años se ha mantenido igual entre el año 1996 (25.8%) hasta el año 2000 (25.4%), empeorando en el estrato de los más pobres) y mayores tasas de mortalidad infantil.

Existen además otros factores modernos de riesgo ambiental como los sistemas productivos y de transporte altamente contaminantes del medio ambiente, que afectan la vida en gran número de ciudades, ríos, áreas cultivables y el mar. Asimismo, la inseguridad alimentaria que se evidencia en las malas condiciones nutricionales afectando principalmente a los niños, a las mujeres y a los adultos mayores.

Elevada desnutrición infantil y materna, según la ENDES 2000, la prevalencia de la desnutrición crónica infantil se ha mantenido casi en el promedio de 1996: 25.4% versus 25.8% respectivamente. Resultados peores se obtienen en zonas rurales del país zonas rurales del país, estos demuestran que entre 1996 y el año 2000, la desnutrición crónica se ha incrementado llegando a niveles tan dramáticos como el 75 y 80% del total de niños menores de 5 años.

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Elevada mortalidad infantil y materna, teniéndose en cuenta que la tasa de mortalidad infantil en Perú es una de las más altas de América Latina, sólo superada por la de República Dominicana, Nicaragua, Bolivia y Haití. Según la ENDES 2000, el promedio nacional de mortalidad infantil se redujo a 33 por mil nacidos vivos, 10 puntos por debajo de lo que fue en 1996. Sin embargo, en los quintiles de menores ingresos, la mortalidad infantil se incrementó en los últimos 4 años, lo que significa que el promedio nacional mejoró sólo porque la mortalidad infantil descendió significativamente en los quintiles de mayores ingresos. Ésta es una de las muestras más evidentes del incremento de la desigualdad social y sus consecuencias en la salud.

Por otro lado, la mortalidad materna es uno de los indicadores que en las últimas décadas se redujo de 400 a 185 x 100,000 nacidos vivos en el país (ENDES, 2000). A pesar de ello es una de las más altas de América Latina. Entre las principales causas de mortalidad materna se encuentran: Hemorragia (47%), Otras (19%), Infección (15%), Hipertensión Inducida por el Embarazo (12%), Aborto (5%), TBC (1%), Parto Obstruido (1%). La probabilidad de morir por causas maternas es dos veces mayor para las mujeres del área rural que para las mujeres del área urbana.

Reducida cobertura y aumento de la exclusión, lo cual se expresa en que aproximadamente un 20% de la población del país tiene posibilidades de acceder a los servicios del seguro social, sólo el 12% accede a los servicios privados y 3% es atendido por la Sanidad de las Fuerzas Armadas (FFAA) y de la Policía Nacional del Perú (PNP). El otro 65% depende de los servicios públicos de salud y se estima que un 25% del total no tiene posibilidades de acceder a ningún tipo de servicio de salud. Subsisten importantes barreras al acceso de la población a los servicios de salud, así como para ejercer plenamente el derecho a la salud, entre las que destacan:

Barreras económicas: A esto se añade el costo de otros componentes de la consulta como son los exámenes auxiliares, los medicamentos, el transporte, tiempo e ingresos que se dejan de percibir por asistir a una consulta.

Barreras geográficas: Debido a las diferentes percepciones del proceso salud-enfermedad, la relación entre la vida y la muerte, embarazo, parto y puerperio (desconfian del personal de los centros y puestos de salud, así como de las técnicas empleadas durante el parto)

Barreras por la inconducta de los prestadores de Salud: Sobretodo maltrato y/o tratamiento inadecuado, con agravamiento de la condición.

Limitado acceso a los medicamentos, teniendo en cuenta los siguientes criterios: Accesibilidad: (limitada debido a los precios elevados, limitada capacidad adquisitiva y bajos niveles de subsidio), Calidad (Dudosa, por apertura de establecimientos farmacéuticos sin previa evaluación técnica, evaluación limitada de la calidad realizada por el organismo regulador (DIGEMID), el incremento del comercio informal y de la falsificación de medicamentos), selección y uso racional de medicamentos (alta frecuencia de automedicación y libre dispensación de productos que requieren receta médica, así como la prescripción de medicamentos innecesarios) y Regulación: (Falta de una política nacional de medicamentos)

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Ausencia de política de recursos humanos, aún sigue pendiente una definición global con relación a los recursos humanos que debe basarse en los principios de: promoción por sistema de méritos; remuneraciones idóneas; y fomento de la solidaridad en el desempeño y en la organización. Los impedimentos hacia estas metas se estudian en el año 2001, donde se destaca el crecimiento no planificado de la formación del personal de salud, débil regulación y acreditación de la idoneidad de los profesionales médicos egresados (crecimiento desmesurado de Facultades de Medicina), tendencia a la sobre especialización de los profesionales médicos, existencia de un servicio rural y urbano marginal de Salud, sin recursos suficientes, limitada formación y capacitación de los equipos de salud a distancia.

Segmentación e irracionalidad en el sector, que impide articular eficazmente las acciones de salud es causa de duplicidades e ineficiencia y dificulta el rol rector del MINSA. Esta desarticulación se da entre diversos órganos estatales (Promudeh, Ministerio de la Presidencia, Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior, Ministerio de Salud, ESSALUD), no existiendo suficientes instancias de coordinación y planeamiento intersectorial. Así también, esta segmentación es aliada del centralismo existente, pues la descentralización es imposible sin una adecuada coordinación de los niveles de atención y de organización en el nivel local, regional y nacional.

Desorden administrativo y ausencia de liderazgo del ministerio de salud, lo cual se explica por una débil organización interna (por la presencia de programas y proyectos financiados con cooperación externa que actuaban paralelamente a las estructuras formales de dirección, planificación y administración del nivel central y de las direcciones regionales), fragmentación de las intervenciones en salud, escasa inversión en promoción de la salud y prevención de enfermedades, existencia de casos de corrupción.

Financiamiento insuficiente e inequitativo, dado por la privatización del gasto (entendido como gasto directo de las familias), el aumento de la desigualdad en el acceso y la vulnerabilidad de los gastos focalizados para los más pobres y canalización de recursos de la cooperación internacional sin coherencia con las prioridades y necesidades del país en salud pública, como consecuencia de la falta de una propuesta de lineamientos estratégicos por parte del Ministerio de Salud que sirvan de referente. De acuerdo al informe de la OPS, el Perú es uno de los Países de la región panamericana que menos invierte en salud con sólo el 4.8% de su PBI, cifra que se encuentra más cerca de los países con menos gasto

Limitada participación ciudadana y promoción de la misma, el compromiso de la sociedad es identificar los problemas, y proponer, de esta manera el proceso será descentralizado, democrático y justo.

VISIÓN, MISIÓN Y PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA POLÍTICA DE SALUD

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1. VISIÓN: para la década 2010-2020, habrán más fuentes de trabajo estables y formales, con mejores ingresos; también más acceso a los servicios de salud mediante un sistema nacional descentralizado.

2. MISIÓN: proteger la dignidad de la persona desde su nacimiento, promover la salud, prevenir enfermedades y garantizar la atención integral de salud de todos los habitantes del país.

3. PRINCIPIOS BÁSICOS:a. La solidaridad es el camino: contrarrestar el utilitarismo predominante

en la sociedad y disminuir las actitudes egoístas y las prácticas antisolidarias.

b. La universalización del acceso a la salud es nuestra legítima aspiración: promoción de la salud, prevención de la enfermedad y atención a toda la población, también se debe asegurar la suficiencia de los recursos físicos, humanos y financieros.

c. La familia es la unidad básica de salud con la cual trabajar: la familia debe formar a la persona a favor de la salud y la vida, estos valores serán reforzados luego en la escuela.

d. La integridad de la persona y de la atención se corresponden: debemos entender integralmente el proceso de salud-enfermedad, integrar los sectores público y privado, y los aspectos preventivo-promocionales con los asistenciales-curativos. El centro del sistema de cuidado de la salud: la familia, la comunidad y la ciudadanía.

e. La eficacia y la eficiencia son exigencias irrenunciables: para esto tenemos tres diferentes funciones, la función de gobierno es propia del nivel central del Ministerio de Salud y de las Direcciones de Salud (DISAS). La función de financiamiento es compartida por el Ministerio de Salud, el Seguro Social, las sanidades de las fuerzas armadas y policiales, el sector privado y también la cooperación técnica internacional. Y la función prestadora es asumida por los hospitales y los establecimientos de primer y segundo nivel organizados en redes y micro-redes de servicios.

f. La calidad de la atención es un derecho ciudadano: se dará trato adecuado a las diferentes culturas de nuestro país, respetando su dignidad, un tratamiento eficaz, y también la apertura de medicina tradicional.

g. La equidad es un principio elemental de la justicia social: se priorizarán acciones que favorezcan a sectores de más bajos recursos, favoreciendo el acceso a los servicios de salud mediante el Seguro Integral de Salud (SIS).

LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA DÉCADA

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1. PROMOCIÓN DE LA SALUD Y PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDADEs responsabilidad de todos los sectores del gobierno nacional y de los gobiernos locales, pero es una prioridad para el sector salud por su importancia en el desarrollo social y en el mejoramiento de los niveles de vida. La Política de Salud se orienta a promover también una adecuada nutrición de los peruanos para reducir principalmente la desnutrición crónica infantil y la desnutrición materna en el largo plazo. Se priorizará a madres gestantes, lactantes, y niños de 6 a 24 meses, se incorporarán programas preventivos y de atención a problemas crónicos (obesidad, osteoporosis, HTA, DIABETES). Se reducirá la mortalidad infantil y materna; disminuirá la alta prevalencia de enfermedades transmisibles como la tuberculosis, malaria, y dengue. Asimismo, monitorearán los riesgos ambientales como la disposición final de residuos sólidos o la contaminación atmosférica y ambiental en ciudades como Lima-Callao, Arequipa, Trujillo, Ilo o La Oroya.

El retardo en el crecimiento o desnutrición, afecta a uno de cada cuatro niños menores de 5 años. De esta manera 4 de cada 10 niños del sector rural tienen desnutrición, deteriorando su capacidad intelectual, limitando su productividad en la vida adulta y aumentando las posibilidades de tener enfermedades crónicas.

La reducción de la prevalencia de anemia en niños y mujeres en edad fértil es otra de las prioridades nutricionales de nuestro país; así, la anemia afecta al 50% de los niños menores de 5 años y al 31% de las mujeres en edad fértil.

2. ATENCIÓN INTEGRAL MEDIANTE LA EXTENSIÓN Y UNIVERSALIZACIÓN DEL ASEGURAMIENTO EN SALUD

El Seguro Integral de Salud (SIS) busca ofrecer accesibilidad a los servicios de salud a la población pobre y extremadamente pobre, especialmente a los niños y mujeres en edad fértil.

3. SUMINISTRO Y USO RACIONAL DE MEDICAMENTOS

Se garantiza el alcance de medicamentos para todos, con precios adecuados y de calidad (priorizando medicamentos genéricos y desarrollando una vigilancia ética).Promover el uso racional de los medicamentos, dando información adecuada y completa sobre estos para evitar la automedicación irracional. Y tambié promover el uso de medicina tradicional.

4. POLÍTICA DE GESTIÓN Y DESARROLLO DE LOS RECURSOS HUMANOS CON RESPETO Y DIGNIDAD

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Este lineamiento es debido a la ausencia de política de recursos humanos, se promoverá el desarrollo de los recursos humanos y la profesionalización de la gestión de los mismos con respeto a la persona humana y a la dignidad de los trabajadores. Para esto se priorizará la formación de médicos generales integrales en el nivel de atención primario, se capacitará a todos los profesionales y no profesionales que integran el sector, y se garantiza recursos suficientes.

5. CREACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL COORDINADO Y DESCENTRALIZADO DE SALUD (SNCDS)

Este Sistema nos permitirá crear los procedimientos para contar con información en salud completa e integrada para la futura toma de decisiones sobre el sector.

6. NUEVO MODELO DE ATENCIÓN INTEGRAL DE SALUD

El nuevo modelo integral de salud pone especial énfasis en las acciones de promoción que apunten al crecimiento del bienestar integral, personal y colectivo (físico, emocional y socioeconómico). Priorizando a los niños (grupo etáreo básico en donde debe hacerse promoción, orientando pautas de estilo de vida saludables), mujeres, adultos mayores y discapacitados.

7. MODERNIZACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD Y FORTALECIMIENTO DE SU ROL DE CONDUCCIÓN SECTORIAL

Se redimensionarán en 3 programas los servicios de Salud. Ampliar el Seguro Integral de Salud (SIS). Se implementará la Dirección General de Promoción de la Salud

(DIGEPROS). Se promoverá la rendición de cuentas del MINSA y los establecimientos

de salud. Se institucionalizarán todos los programas y proyectos con

financiamiento de cooperación externa que venían actuando con autonomía y paralelamente a las estructuras normales del MINSA.

Se fortalecerá el sistema de vigilancia epidemiológica del MINSA. Se implementará el Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos y el

Centro Nacional de Salud Intercultural. Se proveerá de equipamiento, insumos básicos y medicamentos a todas

las unidades operativas para que estén en condiciones de brindar los servicios de salud que la población del país necesite.

Se promoverá la inversión en infraestructura y equipamiento de establecimientos, en particular de primer nivel y también en los hospitales.

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8. FINANCIAMIENTO INTERNO Y EXTERNO ORIENTADO A LOS SECTORES MÁS POBRES

Este lineamiento se debe al financiamiento insuficiente e inequitativo, para esto se reorientará el gasto en función de la inversión en infraestructura y equipamientos de los establecimientos para la atención de los sectores de menores recursos.

9. DEMOCRATIZACIÓN DE LA SALUD

Se garantiza el derecho a la salud integral como parte de los derechos fundamentales, reconociendo los siguientes derechos humanos:

Respeto a su personalidad, dignidad e intimidad. Libre acceso a prestaciones de salud. Recibir atención de emergencia. No se someterá a ninguna persona a tratamiento quirúrgico sin su

consentimiento previo. Recibir información en materia de salud. Recibir información completa de la prescripción. Recibir órgano o tejidos en buen estado. Recibir tratamiento y rehabilitación en caso de discapacidad. Alimentación sana y suficiente. Recibir certificación de su estado de salud. Participar en programas de promoción de salud.

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS 2002 – 2006

1. PROMOCIÓN DE LA SALUD Y VIGILANCIA DE FUNCIONES ESENCIALES DE SALUD PÚBLICA

Se promoverán estilos de vida saludables en todos los grupos etáreos de la población.

2. PREVENCIÓN DE LAS ENFERMEDADES CRÓNICAS Y DEGENERATIVAS

Se iniciarán programas de prevención de mayor impacto negativo y reducción de la morbilidad

3. EDUCACIÓN PARA MEJORAR EL ACCESO A ALIMENTOS DE CALIDAD

Habrá implementación de alimentos de mejor calidad en poblaciones prioritarias y se promoverá el uso adecuado de alimentos propios de la región con alto valor nutritivo

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4. DESARROLLO DEL SEGURO INTEGRAL DE SALUD Y MEJORAMIENTO DEL SEGURO SOCIAL

El aseguramiento en salud se fortalecerá a través del financiamiento público y modificación de la cobertura del seguro integral de salud y calidad de atención del seguro social

5. REDUCCIÓN DE MORBIMORTALIDAD INFANTIL, MATERNA Y POR ENFERMEDADES TRANSMISIBLES E INMUNO PREVENIBLES

Se buscará disminuir la incidencia de IRA y EDA en población infantil, de la mortalidad infantil y materna.

6. POLÍTICA DE AMPLIACIÓN Y USO RACIONAL DE MEDICAMENTOS

Se mejorará el acceso y promoción de uso racional de medicamentos de calidad a precios razonables.

7. REESTRUCTURACIÓNB INTEGRAL DE LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS DEL MINSA

Se fortalecerá la rectoría del MINSA como expresión de la formulación de lineamientos de política para el largo plazo, modernización y desarrollo de RRHH.

8. INICIO DEL PROCESO DE INTEGRACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN SECTORIAL

Será conformado el conejo nacional de salud y se aprobará el plan nacional coordinado y descentralizado de salud.

9. IMPLEMENTACIÓN DE POLÍTICAS COMUNES EN LA REGIÓN ANDINA

Promoción de la salud y participación ciudadana, accesibilidad a medicamentos de calidad, descentralización de los sistemas de salud, aseguramiento y manejo de desastres y siniestros.

ESTRATEGIAS

1. PARTICIPACIÓN Y CONTROL CIUDADANO

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Para garantizar una adecuada interacción entre la oferta y la demanda del servicio de salud, se promoverá el protagonismo de usuarios y prestadores en forma conjunta, ejerciendo su derecho y cumpliendo sus responsabilidades.Se impulsará los mecanismos de rendición de cuentas ante la comunidad como expresión del respeto al derecho de los ciudadanos a recibir información oportuna y confiable.

2. ADECUACIÓN DE LA ESTRUCTURA DEL MINISTERIO DE SALUD PARA EJERCER LA CONCERTACIÓN Y CONDICIÓN SECTORIAL

Se fortalecerá la capacidad operativa y modernizará el funcionamiento del ministerio de salud al dotarlo de capacidad de liderazgo y mística.Es importante el desarrollo de organismos especializados para la función de gobierno sectorial y de administración financiera en el nivel nacional y sub-nacional.

3. COMPROMISO DE LOS RECURSOS HUMANOS CON LOS OBJETIVOS SECTORIALES

El sector salud requiere desarrollar los recursos humanos. Buscando la capacitación permanente del personal profesional y técnico, a la vez que impulsará niveles adecuados de remuneración y condiciones de trabajo.

4. DIÁLOGO SECTORIAL E INTERSECTORIAL

El MINSA promoverá permanentemente la concertación sectorial e intersectorial. Como eje de esta orientación se tiene al consejo nacional de salud, el cual cumple la función de ente concertados del sistema nacional coordinado y descentralizado de salud.Se construirá el plan nacional de salud para la década con participación de todos los actores del sector salud.Habrá promoción del diálogo entre el sector salud y otros sectores en el ámbito local y regional, que contribuirá a la formulación y aplicación de planes locales de salud.

5. DESCENTRALIZACIÓN DEL SECTOR COMO PARTE DE LA DESCENTRALIZACIÓN DEL ESTADO

El MINSA promoverá la descentralización sectorial como forma de garantizar la una mayor capacidad de decisión en los niveles operativos vinculados a gobiernos locales.

6. REORIENTACIÓN DEL FINANCIAMIENTO PARA CUBRIR LAS NECESIDADES NACIONALES EN SALUD

El MINSA impulsará la reorientación del financiamiento, garantizando una distribución más equitativa de los recursos para beneficio de los sectores pobres, buscando que en el largo plazo todas las comunidades accedan al

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aseguramiento de salud. Por lo que el financiamiento en salud se sustenta en las posibilidades de desarrollo sostenible del país.

7. AGENDA COMPARTIDA Y CONCERTACIÓN CON LA OPERACIÓN TÉCNICA INTERNACIONAL

Habrá promoción de nuevos aportes de la cooperación técnica internacional como prioridad de la política de salud

8. ESTABLECER POLÍTICAS REGIONALES ANDINAS COMUNES

Los países de la región andina compartimos una serie de problemas comunes, que van más allá de nuestras fronteras. Por lo que podemos aprender de las alternativas de solución que se apliquen en cada uno de nuestros países.

RESULTADOS ESPERADOS 2001 – 2006

1. EN EL 2006 RESPECTO A LA PROMOCIÓN DE LA SALUD Y LA VIGILANCIA DE FUNCIONES ESENCIALES DE SALUD PÚBLICA

Habrá programas de promoción de la salud en conjunto con los gobiernos locales, comunidades, coordinación intersectorial e instituciones de la sociedad civil.Se controlará la calidad del agua en todo el país, al igual que la disposición de residuos sólidos y monitorización de la contaminación atmosférica.

2. EN EL 2006 LA PREVENCIÓN DE LAS ENFERMEDADES CRÓNICAS Y DEGENERATIVAS SE EXPRESARÁ EN:

Aplicación nacional del programa de prevención y control de la hipertensión, diabetes, ceguera y neoplasias mpas frecuentes.

3. EN EL 2006 LA EDUCACIÓN PARA MEJORAR LA NUTRICIÓN Y EL ACCESO A ALIMENTOS DE CALIDAD

Apoyará a los programas de complementación alimentaria y habrá ayudado a familias de sectores prioritarios y habrá reducido la desnutrición crónica en niños menores de 6 años, por debajo del 20% en las zonas de mayor pobreza.

4. EN EL 2006 LA IMPLEMENTACIÓN DEL SEGURO INTEGRAL DE SALUD Y EL MEJORAMIENTO DEL SEGURO SOCIAL

Los sectores más pobres del país estarán asegurados teniendo prioridad el componente madre-hijo.Los establecimientos, servicios y prestaciones habrán aumentado su calidad y eficiencia.

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Se habrá evitado el uso irracional de los recursos.

5. EN EL 2006 LA MORBIMORTALIDAD INFANTIL, MATERNA Y POR ENFERMEDADES TRANSMISIBLES, MOSTRARÁ

Disminución significativa de la incidencia de IRA y EDA en menores de 5 años.Reducción significativa de la mortalidad infantil y materna.Disminución de la incidencia de TBC, dengue y malaria.Mantenimiento de la interrupción del virus del sarampión y poliovirus, así como disminución de la fiebre amarilla y meningitis por H. influenzae tipo B.

6. EN EL 2006 LA APLICACIÓN DE UNA NUEVA POLÍTICA DE MEDICAMENTOS LOGRARÁ

Mayor acceso a medicamentos por parte de la población, un sistema óptimo de control de calidad de los medicamentos y un programa nacional de uso racional de medicamentos.

7. EN EL 2003 LA REESTRUCTURACIÓN INTEGRAL DE LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS DEL MINSA

Habrán fortalecido la capacidad de planificación y gestión de políticas sanitarias en el ámbito central y descentralizado. Se habrá desarrollado una política de gestión de RRHH, adecuadamente capacitados, remunerados y comprometidos con la política nacional de salud. Y se habrá implementado una política nacional de medicamentos que disminuya los costos de bolsillo dedicados a la adquisición de los mismos.

8. EN EL 2003 EL PROCESO DE INTEGRACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN SECTORIAL

Permitirá tener un plan sectorial coordinado de salud concertado por el consejo nacional de salud para su ejecución descentralizada, mientras que la ciudadanía participará activamente en el diseño y aplicación de la política nacional de salud en todos los niveles.Habrá un suministro oportuno de medicamentos y se usarán racionalmente.

9. EN EL 2006, EL IMPULSO A POLÍTICAS COMUNES EN LA REGIÓN ANDINA SIGNIFICARÁ

Aplicación de políticas conjuntas e intercambio de experiencias en promoción de la salud y participación ciudadana, así como de uso racional de medicamentos e intercambio de la experiencia internacional de aseguramiento universal de salud en todos los países de la región. Se implementará un sistema de vigilancia demográfica incluyendo el intercambio permanente de experiencias en política de gestión y capacitación de RRHH.

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