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Justicia Penal Juvenil Restaurativa Un camino posible

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Page 1: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Justicia Penal Juvenil RestaurativaRestaurativa

Un camino posible

Page 2: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

¿Qué es la Justicia Restaurativa?

Movimiento gestado hace alrededor de 30 años,Movimiento gestado hace alrededor de 30 años,especialmente en países anglosajones, pero queluego se ha expandido paulatinamente hacia otrossistemas.

Page 3: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Raíces

* Crítica al sistema penal (principalmente cárcel)

* Abolicionismo-comunitarismo (Niels Christie)

* Movimiento Pro-víctimas

Page 4: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Común denominador

Cuestiona la base retributiva del sistema penal,privilegiando la idea de solución del conflicto por lasprivilegiando la idea de solución del conflicto por laspartes directamente involucradas en él.

Se orienta a la reparación y restauración de relacionessociales (reparación material, moral y sicológica)

Page 5: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Por lo tanto…

Cuestiona tanto el funcionamiento de procedimientosinquisitivos y acusatorios (persecución penal pública)

Hay más espacios para su ‘entrada’ en los procedimientosHay más espacios para su ‘entrada’ en los procedimientosque integran aspectos acusatorios (oportunidad, salidasalternativas, negociación, etc.)

Requiere un cambio en las expectativas que tenemosacerca del sistema penal.

Page 6: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Definición ECOSOC-ONU 2002Principios Básicos para el uso de programas de justicia restaurativa en procesos

criminales

Procesos restaurativos: Cualquier proceso en el cual la víctima y el ofensor,y cuando es apropiado otras personas o miembros de sus comunidadesafectados por el delito, participan juntos activamente en la resolución de losproblemas generados por el delito cometido, generalmente con la ayuda de unfacilitador. Estos procesos pueden incluir mediación, conciliación,facilitador. Estos procesos pueden incluir mediación, conciliación,conferencias y círculos de sentencia.

Resultados restaurativos: Acuerdo logrado como resultado de un procesorestaurativo. Incluyen respuestas y programas como la reparación, restitución,servicio a la comunidad, con el objeto de satisfacer necesidades yresponsabilidades de las partes y de la comunidad y lograr la reintegración dela víctima y ofensor.

):.

Page 7: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Desarrollo Internacional

Movimiento en expansión: 2004 estimaban 770 programasen USA; más de 500 en Europa y más de 400 en Canadá.

En un comienzo orientada a la Justicia Juvenil y delitos demenor gravedad; con el tiempo se ha expandido a lajusticia penal de adultos y delitos de mayor gravedad.

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Desarrollo Comparado

• Los modelos más restaurativos en la actualidad se han implementadoen países con raíces anglosajonas (Canadá, Nueva Zelanda-Australia,Irlanda del Norte), en un comienzo principalmente con imputadosjóvenes.

• Modelos ‘parcialmente restaurativos’ se han implementado en el ReinoUnido, Europa (Francia, España, Austria, Bélgica, Noruega, Finlandia,etc.) y recientemente ciertas iniciativas en América Latina, tras lasreformas a los procesos criminales durante la década de los 90.

Page 9: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Resultados

Restorative Justice: The Evidence (Sherman y Strang,2007)2007)

Revisión de 36 estudios experimentales que comparan losresultados de sistemas convencionales y de justiciarestaurativa (USA, Canadá, UK, Australia)

Page 10: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Resultados

• Sustancial reducción de la reincidencia para cierto tipo de

ofensores, comparado con el sistema convencional: delitos violentos ycontra la propiedad (Jóvenes Canadá: 2 años: 11% reincidencia v/s37% que cumplieron en prisión)

• Más efectiva en delitos violentos con una víctima particular, que endelitos contra la propiedad.

• Víctimas: mejores resultados para reducir el stress post traumático ysalud mental (disminuye el miedo, etc.) y satisfacción con el proceso.Evidencia más consistente que respecto a ofensores.

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Perspectivas en Chile

Hasta ahora: Implementación modesta

Page 12: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Tipo de Delitos

Si la JR se usa sólo para delitos menores es problemático:

– Amplía la red de control social (no ‘sustituye’)

– Es menos efectiva (Sherman y Strang) por lo tanto no sólo no esineficiente para ese caso en particular, sino que no permite avanzarhacia otros delitos (‘no es efectiva’)

– Es una solución muy gravosa (en vez de una amonestación odesestimación)

Page 13: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Tipo de Delitos• Avanzar hacia una oferta de JR en otro tipo de delitos

implicaría:

– Revisar normativa (Principio de Oportunidad, AcuerdosReparatorios y Suspensión Condicional del Procedimiento. ,Reparatorios y Suspensión Condicional del Procedimiento. ,regular la Mediación Penal)

– Crear y financiar Programas de Mediación con capacidad deacoger esa demanda.

– Establecer diálogos interinstitucionales permanentes paraimplementarlo (información, acuerdos, generar confianzas…)

Page 14: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Problemas (Chile)

• Cuando no se incorpora formalmente “molesta”:

– Choca con esquema adversarial (partes a través de sus abogados

enfrentan sus posiciones, de una manera rutinaria)enfrentan sus posiciones, de una manera rutinaria)

– Choca con intereses institucionales

– Choca con celeridad (diseño) No hay espacio (procedimiento simplificado, etc.)

– Sanción de reparación del daño (no hay información, no hay incentivos…)

Page 15: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Participación de Víctimas

• Creencia generalizada: “Víctimas no están interesadas en participar”

• Es cierto que hay temas de cultura legal, pero:• Es cierto que hay temas de cultura legal, pero:

– También deben ser informadas de la posibilidad

– Deben sentir que hay un espacio institucional para su participación

– Proyecto mediación UDP-MP: Ninguna víctima se negó a participar

– Muy bueno resultados en experiencia comparada

– Buenas experiencias previas en Chile (antes 20.084)

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JR y Ley 20.084

*Pobre en elementos restaurativos en contexto de justiciajuvenil:

- Salidas alternativas: adultos

- No incorpora procesos restaurativos

- Sanción de reparación del daño (limitada; sin procesorestaurativo)

Page 17: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

JR y Ley 20.084

• Es difícil que JR funcione si no se hacen cambios que leden mayor espacio: Especialización.

• Compatible con objetivo de responsabilización• Compatible con objetivo de responsabilización

• Víctimas informadas participan y pueden beneficiarse

• ¿Sistema Juvenil?

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Reparación del Daño

Con anterioridad a la entrada en vigencia de la reformaprocesal penal, el concepto de reparación era ajeno alsistema penal chileno:

- Inquisitivo/ Persecución Penal Pública: Estado-ofensor- Inquisitivo/ Persecución Penal Pública: Estado-ofensor(víctima excluida)

- Sanciones de corte retributivo

- Principio de legalidad el la persecución penal(discrecionalidad ha hecho posible introducir medidas dereparación a nivel comparado)

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Ley 20.084: Sanciones

Artículo 10.- Reparación del daño. La reparación del dañoconsiste en la obligación de resarcir a la víctima elperjuicio causado con la infracción, sea mediante unaprestación en dinero, la restitución o reposición de la cosaobjeto de la infracción o un servicio no remunerado en suobjeto de la infracción o un servicio no remunerado en sufavor. En este último caso, la imposición de la sanciónrequerirá de la aceptación previa del condenado y de la

víctima.

El cumplimiento de la sanción no obstará a que la víctimapersiga la responsabilidad contemplada en el artículo 2320del Código Civil, pero sólo en aquello en que la reparaciónsea declarada como insuficiente.

Page 20: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

• Se introduce por primera vez en Chile una sanción decontenido eminentemente reparatorio.

• Además, las orientaciones técnicas del SENAME• Además, las orientaciones técnicas del SENAMEdispusieron que esta sanción debía ser llevada adelanteprincipalmente a través de procesos de mediación a cargode las instituciones colaboradoras que ganaran los procesos

de licitación pública al efecto.

Page 21: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

• A tres años de la implementación de la ley deresponsabilidad penal adolescente, la sanción de reparacióndel daño a la víctima ha sido utilizada escasamente y másescasos o inexistentes son los procesos de mediación conescasos o inexistentes son los procesos de mediación conese propósito.

• Este trabajo intenta avanzar en las razones que explicanesta situación y comprender las motivaciones de losdiversos actores legales involucrados en suimplementación para no fomentarla (Capítulo; contextoinvestigación)

Page 22: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Crónica de una muerte anunciada…

- Mal diseño legal sanción de reparación:

Restringe a delitos menores, en que puedeRestringe a delitos menores, en que puedeconsiderarse gravosa.

No establece ningún procedimiento que involucre a las partes en la decisión sobre la reparación.

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• Orientaciones Técnicas del SENAME (Marzo2007) establecen Programas de Mediación:

Propósito: Promover que la implementación de la sanciónPropósito: Promover que la implementación de la sanciónde reparación del daño cumpliera con los objetivos de laLRPA, especialmente el de educación y responsabilizacióny además con otros objetivos relevantes para SENAME,como son la reparación del joven, la habilitación y suintegración social.

Asimismo, se intentaba incorporar a través de ellaelementos de justicia restaurativa.

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• Problemas:

Engorroso: No está claro en las OT la oportunidad en quedebería llevarse adelante la mediación (antes o después dedebería llevarse adelante la mediación (antes o después dela imposición de la sanción) ni la relación de los resultadosde la mediación con la imposición de la sanción.

Sin adecuada promoción (desconocimiento existencia yoperación)

Mediación asociada con sanción (¿voluntariedad?)

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Más allá del diseño institucional…

• Entrevistas a los profesionales involucrados: Jueces,Fiscales, Defensores y Delegados

¿Cuáles de las razones que se indican a continuación cree usted que¿Cuáles de las razones que se indican a continuación cree usted queexplican por qué los programas de mediación diseñados por lasinstituciones colaboradoras del SENAME para implementar la sanciónde reparación del daño no están recibiendo casos?

Por cada una de las alternativas marque con un número de 1 a 10 deacuerdo al nivel de importancia, siendo 10 muy importante y 1 sinimportancia:

Page 26: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

a) No existe información acerca de la existencia de los programasb) No hay suficiente información disponible acerca de cómo estos

programas funcionan

c) La mediación es ajena a nuestra cultura legal

d) Las víctimas no están interesadas en participar en procesos ded) Las víctimas no están interesadas en participar en procesos demediación

e) En un proceso de mediación el joven no se responsabiliza por eldelito cometido

f) La mediación es una medida ‘blanda’ ante los ojos del públicog) Los jóvenes no tienen medios económicos para reparar, por lo

quela familia se termina haciendo cargo

h) El proceso de mediación toma mucho tiempo, lo que lo haceineficiente

i) Otra, por favor indique cuál.

Page 27: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Sumadas todas las respuestas: Más relevante

• Inexistencia de información funcionamientoprogramas (239)programas (239)

• Inexistencia de información existenciaprogramas (231)

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Menos relevante

• El joven no se responsabiliza por el delito• El joven no se responsabiliza por el delitocometido a través de un proceso demediación (100)

Page 29: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

1) No hay suficiente información disponible acerca de cómo estos programas funcionan 239

2) No existe información acerca de la existencia de los programas 231

3) La mediación es ajena a nuestra cultura legal 199

4) La mediación es una medida ‘blanda’ ante los ojos del público 170

5) Las víctimas no están interesadas en participar en procesos de mediación 157

6) Los jóvenes no tienen los medios económicos para reparar, por lo que la familia se termina haciendo cargo

148

7) El proceso de mediación toma mucho tiempo, lo que la hace ineficiente 131

8) En un proceso de mediación el joven no se responsabiliza por el delito cometido

100

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Falta de Información

Relevante para todos los grupos deentrevistados (4 primeras prioridades)

Page 31: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Jueces, Fiscales y Defensores

• Nunca han escuchado hablar de los ProgramasProgramas

• Tienen escasa información acerca de sufuncionamiento

Page 32: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Jueces, Fiscales y Defensores

Estarían abiertos a considerar un proceso de mediación sicontaran con información acerca de cómo funcionan ycontaran con información acerca de cómo funcionan yhubiera un espacio institucional para ellos (confianza eincentivos)

Mediación y reparación me parecen bien y se responsabiliza al

adolescente. Pero no sé si se habrá eliminado de la ley, no está

presente en las peticiones (Jueza especializada)

Page 33: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Delegados de Reparación y Servicios Comunitarios

• No ven en términos generales que sea su responsabilidadgenerar y comunicar esta información, aunque creen que esnecesaria:

– Jueces, fiscales y defensores tienen el deber de informarse

– La dirección del Programa y no ellos están encargados de ladifusión

– Todo el interés se ha centrado en los Servicios en Beneficio de laComunidad, dejando de lado el Programa de Mediación.

Page 34: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Directores de Programas

• Llegan muy pocos casos, no hay experiencia paratransmitir

• No hay información, pero también hay desconfianza y• No hay información, pero también hay desconfianza yomnipotencia desde los actores legales frente a su labor.

La verdad es que no confío en el intermediario preferiría

hacerlo yo. No tienen todavía claro que es una sanción (Jueza de

Garantías)

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Cultura Legal

• Defensores y Delegados de Reparación yServicios Comunitarios: Razón másServicios Comunitarios: Razón másimportante

• Jueces: Tercera razón más importante

• Fiscales: Cuarta razón más importante

Page 36: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Cultura Legal

Concepto enfatiza las particularidades de los sistemaslegales de diferentes países y las conexiones que existenentre la cultura y el derecho.

“las actitudes de las personas hacia la ley y el sistema

legal -sus creencias, valores, ideas y expectativas. En

otras palabras, es aquella parte de la cultura que

concierne al sistema legal” (Friedman, 1998: 20)

Page 37: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Cultura Legal

• Se ha criticado el concepto de cultura legal por serimpreciso, intentar abarcar demasiado y por laimposibilidad de ser probado a través de un análisisempírico sistemático (Coterrel, 1997)empírico sistemático (Coterrel, 1997)

• “Una parte importante de mi trabajo consiste en extraer

inferencias acerca de la cultura legal sobre la base de

datos aislados y fenómenos sociales generales. Que esas

inferencias no son ni puedan ser rigurosas, no significa

que no valgan la pena de hacerse” (1997: 40).

Page 38: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Cultura Legal

• Cultura legal interna dice relación con aquella quecorresponde a aquellos miembros de la sociedad que sedesempeñan dentro del sistema legal.desempeñan dentro del sistema legal.

• La cultura legal externa es la cultura legal del público general

Page 39: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Entrevistados

• Generalmente se refieren a la cultura legal externa:

“Para nosotros ha sido complicado, la gente no tiene

cultura de mediación, esperan que alguien les

resuelva el conflicto, que les digan qué hacer… no sé si la

gente está preparada, tampoco se ha hecho una campaña

para mostrarles las ventajas” (Delegado Santiago)

Page 40: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Entrevistados

“No creo que la gente esté dispuesta a dialogar, a

aceptarse” (Defensora XI Región)

“A la gente le gusta que un juez le resuelva los“A la gente le gusta que un juez le resuelva los

conflictos” (Juez especializado)

“… me parece que es muy punitivo, entonces tiene que

estar este castigo duro, el tema del diálogo, de resolver

los conflictos entre los involucrados sin que venga una

autoridad a resolver el problema, no existe. Eso está

en la base de nuestra cultura” (Delegada Santiago)

Page 41: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Entrevistados

• Nadie mencionó que la cultura legal interna era unfactor determinante para no llevar adelanteprocesos de mediación (Jurados: desconfianza dejueces legos)jueces legos)

• Son otros los factores que influyen para cadagrupo de entrevistados.

• Globalización y cuestionamientos a lafuncionalidad del concepto (Ejemplo: Reforma enChile)

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Medida “blanda”

• Defensores: segunda razón más importante

• Delegados: tercera razón más importante• Delegados: tercera razón más importante

• Jueces: cuarta razón más importante

• Fiscales: última opción

Page 43: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

• Generalmente esta razón está ligada a lasopiniones acerca de la cultura legal externa: “lagente quiere un castigo”: por eso las víctimas noparticipan.participan.

• Fiscales (razón menos relevante): Señalan notomar decisiones en base a este criterio.

Page 44: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Víctimas no interesadas en participar

• Todos los entrevistados la ubican en el quinto lugar de importancia.

• Razones:

– Cultura legal: no quieren reparación o mediación.– Cultura legal: no quieren reparación o mediación.

En el supuesto de que hubiera información a los jueces y losjueces la impusieran y los abogados supieran que existe, lasvíctimas del delito no muestran un interés en que se vaya a haceruna mediación con el chiquillo que los agredió. Esa es laexperiencia que tengo en protección, la mediación es algo que noles interesa a las víctimas, es más, se mira con desconfianza, comoun arreglémoslo así no mas, no tiene el mismo valor que si alhechor del delito se le da un castigo (Delegado Santiago)

Page 45: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

- Falta de información de parte de la Fiscalía:

“La víctima no asiste mucho a las audiencias, aunque hay un formato de

citación del tribunal, pero los fiscales no las llevan mucho a las audiencias, yo

creo que porque los fiscales creen que se va a presionar de parte de la víctimacreo que porque los fiscales creen que se va a presionar de parte de la víctima

una salida alternativa. Las víctimas no son informadas por la fiscalía de las

audiencias, habría que contactarse con todas las víctimas yo creo, o sea, la

ventaja de un sistema acusatorio es que la víctima sepa qué hace un juez, un

fiscal, un defensor, entonces si la víctima está presente al menos puede

entender que las partes dieron razones para fundamentar sus posiciones”

(Juez no especializado)

Page 46: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

– Pobre diseño institucional:

“Creo que la figura de la víctima no está presente. No se puede

llegar a tener una conversación y proponer un proceso como este¿En qué momento se podría tener esa conversación?” (DelegadaSantiago)

“No sé de la mediación. Mediación para la reparación, en quémomento? La sanción ya esta impuesta, o la quiere plantear

para una sustitución? Si es después, para qué? Se afecta unaresolución del tribunal, yo creo que debería ser antes, coordinadocon la Defensa” (Jueza XI Región)

Page 47: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

En contraste: Opiniones de jueces y delegados (sistemaprevio a ley 20.084)

“Es sorprendente que hay más gente dispuesta a eso, más de lo que

uno se imaginaría. En una audiencia por robo en bienes nacionales de

uso público la victima asistió y lo conocía de vista y se conformo con

que el niño prometiera que no lo iba a volver a hacer y eso fue todo.

Uno como juez, o persona, sabe que esas promesas se las lleva el

viento, pero lo rescatable es que la victima se haya sentido bien con

eso” (Jueza especializada)

Page 48: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Jóvenes no tienen dinero para pagar reparación

• Fiscales: Primera razón• Fiscales: Primera razón

• Delegados: sexta razón de importancia

• Jueces: séptima razón de importancia

• Defensores: Última opción

Page 49: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Fiscales

• Fiscales: razón más relevante

• Equiparan la reparación del daño al pago de una suma de dinero:

“No, no lo he hecho porque generalmente los cabros no tienen ni un

peso para pagar. Son gente súper pobre, de dónde van a sacar la

plata? Y llegan con las familias que son más pobres que ellos. Los

programas de mediación no me parece que tengan mucho sentido si la

gente no tiene plata para pagar” (Fiscal no especializado Santiago)

Page 50: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Responsabilidad de la familia:

“Bueno, es un tema real, aunque personalmente creo que no está mal

que la familia se haga cargo, porque también entendemos que sonque la familia se haga cargo, porque también entendemos que son

jóvenes menores de edad que siendo responsables no significa que

tienen los medios para responder económicamente cuando sea esa la

compensación que hay que realizar” (Delegado XI Región)

“Pero hablando como juez, si bien la plata va a salir del bolsillo de

los papás, por eso les duele y va a haber más control sobre ellos, para

no tener que pagar nuevamente” (Jueza XI Región)

Page 51: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

¿Otro tipo de reparación?

“Hacer un trabajo para la víctima, ella no está dispuesta a aceptar al “Hacer un trabajo para la víctima, ella no está dispuesta a aceptar al

joven en su casa. Se puede dar la opción, pero es poco probable” (Jueza XI Región)

“… reparar el daño simbólico podría ser, como disculpas, yo estaría

dispuesto, pero en la práctica funciona con dinero, la gente lo

entiende así. Pero si se trata de pagar los daños eso va contra los

padres. Si se sanciona al menor a regar las plantas, puede pensarse

como un abuso en contra del menor, mas que de una pena” (Juez

especializado Santiago)

Page 52: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

La mediación toma mucho tiempo y hace el proceso ineficiente

• Fiscales y jueces: Sexta razón de importancia• Fiscales y jueces: Sexta razón de importancia

• Defensores y delegados: Séptima razón de importancia

Page 53: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Fiscales

“A nosotros nos miden por números. Nosotros podemos tener con

muy buenas intenciones una causa abierta dos o tres meses más, pero

nos preguntan por qué no terminó antes si estaba todo listo, por qué

no lo hizo. Los fríos números atentan a veces contra la imposición de

sanciones de mayor calidad” (Fiscal especializado)sanciones de mayor calidad” (Fiscal especializado)

“Lo que pasa, y volvemos al tema de una cuestión práctica, o sea

estamos hablando de plazos breves, entonces todo eso te dilata la

investigación y quedas corto en los plazos, te pueden cerrar, o sea, no

es una solución muy práctica, sobre todo pensando en como está

concebido el sistema, creo yo” (Fiscal no especializado)

Page 54: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Jueza

“Requeriría que hayan mas antecedentes respecto de la

víctima, generalmente no hay tiempo para conversar con

la víctima o el imputado” (Jueza especializada)

Page 55: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

En un proceso de mediación el joven no se responsabiliza

• Fiscales y Delegados: Séptima razón más • Fiscales y Delegados: Séptima razón más importante

• Defensores y Jueces: Última opción

Page 56: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Reflexiones

• En términos generales (y cuando se disociaba el proceso demediación de la sanción de reparación en términoseconómicos) los diferentes actores entrevistados tendierona coincidir en que el proceso de mediación, bien diseñado,a coincidir en que el proceso de mediación, bien diseñado,puede ser un espacio positivo y capaz de promover laresponsabilización, especialmente a través de salidasalternativas e instancias pre-judiciales.

Page 57: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

• Relevante: Investigación muestra que el objetivo más• Relevante: Investigación muestra que el objetivo másimportante para los actores del sistema es laresponsabilización del adolescente (diferentessignificados)

Page 58: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

“La idea de reparar, si estuviéramos en otra sociedad, esa sería misanción favorita. Tendría que ser una sociedad donde el adolescentees una persona con mas menos sus derechos garantizados, y por tantoconsciente de sí misma y su valor y a partir de eso se puede empatizarcon otro al que le provoco un daño, un igual y hacer un discursosincero de reparación. Cuando se trata de iguales, se puede hablar de

Contextos

sincero de reparación. Cuando se trata de iguales, se puede hablar deuna voluntad verdadera de reparar a otro, pero cuando estamos eneste escenario de precariedad es muy difícil” (Jueza no especializada deSantiago)

“En el fondo del problema es que el denominador común de ellos es lafalta de empatía, de no mirar el sufrimiento ajeno. Yo creo que nuncase ponen en la situación del otro. El tema de la empatía esfundamental y a través de la confrontación con la víctima lo podríandesarrollar” (Jueza no especializada Santiago)

Page 59: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

Desconocimiento

• Nadie se hace cargo:

– Información

– Cultura Legal externa

– Víctimas no quieren participar (o “Fiscales no informan”)

• Institución nueva, es necesario crear unainstitucionalidad adecuada (Ley, acuerdosinterinstitucionales, etc.)

Page 60: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

A pesar de eso

• Mediación:

– Se valora y al menos a nivel de discurso se menciona– Se valora y al menos a nivel de discurso se mencionaque una información adecuada haría una diferencia a lahora de imponer la sanción.

• Metodología

• Conocimiento procesos y resultados: genera confianza

– Necesario tiempos e incentivos institucionales(Fiscalía)

Page 61: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

• No se concibe a la reparación como algo diferente al pago de una suma de dinero.

– Desincentivo– Desincentivo

– Pierde parte importante del valor restaurativo

– Desconocimiento de la norma (también en consentimiento de la víctima)

Page 62: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

• Joven no se responsabiliza: última opción.

Señal positiva

… Pero no suficiente

¿de qué hablamos cuando hablamos de responsabilización?

Page 63: Justicia Penal Juvenil Restaurativa

• Falta de información: nadie se hace cargo, pero se valora y al menos anivel e discurso se menciona que haría una diferencia a la hora deimponer la sanción.

• Cultura Legal: Externa más que interna

• Medida blanda: La gente no participa (Fiscales no la toman en cuenta)• Medida blanda: La gente no participa (Fiscales no la toman en cuenta)

• Víctimas no se interesan en participar (Pobre diseño institucional,Fiscales no informan, no hay cultura de reparación)

• Jóvenes no tienen dinero: Equipara reparación con dinero: familiaasume, no se responsabiliza.

• Tiempo e incentivos institucionales (necesidad de establecer en la ley,o crear incentivos: quizá no sanción)

• Si se responsabiliza (mediación)