informe del resultado de la fiscalizaciÓn superior …
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Gasto Federalizado
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Gobierno del Estado de Jalisco
Recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal. Gobierno del Estado de Jalisco
Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 10‐A‐14000‐02‐0302
GF‐395
Alcance
Universo Seleccionado: 310,742.9 miles de pesos Muestra Auditada: 211,265.4 miles de pesos Representatividad de la Muestra: 68.0 %
Resultados
Control Interno
1. Los resultados de la evaluación del control interno arrojaron fortalezas y debilidades en la gestión del fondo, entre las que destacan las siguientes:
Fortalezas:
• Los recursos se transfieren directamente a los beneficiarios (proveedores, contratistas y prestadores de servicios).
• La documentación comprobatoria original del gasto esta bajo el resguardo de la Secretaría de Finanzas del Estado de Jalisco.
• Los recursos del FASP son depositados por el Gobierno Federal en una cuenta bancaria específica para administrar los recursos del FASP, y se identifican por separado los rendimientos financieros.
• Se cuenta con mecanismos de control para la recepción de los bienes adquiridos, lo que garantiza que se reciban los bienes con las características solicitadas y se deja documentado mediante acta de recepción.
Debilidades:
• No se cuenta con mecanismos y actividades de control suficientes para garantizar y verificar que se cumpla con las metas autorizadas.
• Se carece de mecanismos de control que garanticen que en las adquisiciones y contratación de obra pública se cumplan los criterios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad, honradez y transparencia.
Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010
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• No se cuenta con mecanismos de control que permitan verificar que los anticipos de obra contratados se entregaron en tiempo.
• No hay mecanismos de conciliación adecuados entre las dependencias que generan información del FASP.
• La integración del padrón de proveedores autorizados por el Gobierno del Estado es discrecional, ya que los requisitos o condiciones para ser aceptado no son de carácter público; además, la actualización del mismo sólo depende del contribuyente y no de la valoración de mejores precios, condiciones de venta y servicio.
En razón de lo anteriormente expuesto, la Auditoría Superior de la Federación considera que el control interno para la gestión del fondo en el estado de Jalisco es regular, ya que aun cuando existen estrategias y mecanismos de control adecuados sobre el comportamiento de algunas actividades, éstos no son suficientes para garantizar el cumplimiento de la normativa y la transparencia en la operación del fondo.
Véase acción(es): 10‐A‐14000‐02‐0302‐01‐001
Transferencia de los Recursos
2. Se abrió una cuenta bancaria productiva para la recepción y administración de los recursos y sus rendimientos para el ejercicio fiscal 2010; asimismo, la Tesorería de la Federación transfirió en tiempo y forma el importe de 310,742.9 miles de pesos, los cuales al 31 de agosto de 2011 generaron rendimientos financieros por 10,238.8 miles de pesos.
3. El Consejo Estatal de Seguridad Pública fue el encargado del manejo de los recursos y la Secretaría de Finanzas del Estado pagó las obligaciones contraídas con los proveedores; asimismo, la entidad creó la Comisión Interinstitucional para Administrar los Fondos para la Seguridad Pública Estatal, es un órgano de coordinación, decisión y consulta, encargado de la determinación de techos financieros con base en lo dispuesto en los convenios de coordinación y sus anexos técnicos, y emitió su reglamento.
Registros e información financiera
4. La entidad recibió 310,742.9 miles de pesos, los cuales generaron rendimientos por 10,238.8 miles de pesos, los cuales se registraron contablemente de manera oportuna.
5. La entidad cuenta con la documentación comprobatoria y justificativa del gasto por la adquisición de bienes y servicios y la contratación de obra pública, la cual cumple con los requisitos fiscales.
6. Se determinó una diferencia por 3,341.0 miles de pesos entre el estado de cuenta bancario al 30 de agosto de 2011 y lo reportado en la relación de saldos de las cuentas del estado programático presupuestal; asimismo, se verificó que la Secretaría de Finanzas y el Consejo Estatal de Seguridad Pública realizan conciliaciones; sin embargo, éstas se realizan
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de manera global, mezclando recursos federales y estatales, por lo que no se pueden conciliar cifras sólo de recursos federales.
Véase acción(es): 10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐001
Destino de los Recursos
7. Los recursos del fondo asignados al estado fueron por 310,742.9 miles de pesos, y se destinaron a los siguientes ejes:
RECURSOS FEDERALES EJERCIDOS
(Miles de pesos)
Eje Asignado 2010 Ejercido al 31 de diciembre de 2010
Muestra
Alineación de las Capacidades del Estado Mexicano contra la delincuencia
154,830.8 44,723.8 97,296.6
Prevención del Delito y Participación Ciudadana 0.0 0.0 0.0
Desarrollo Institucional 22,674.8 6,143.0 6,886.9
Sistema Penitenciario 2,100.0 0.0 2,100.0
Combate a la Corrupción 14,745.6 13,105.8 12,687.9
Plataforma México 114,536.9 95,588.5 91,971.3
Indicadores de Medición 1,854.8 90.1 322.7
Total 310,742.9 159,651.2 211,265.4
FUENTE: Avance físico y financiero del ejercicio presupuestal 2010, generado por el SSyE.
El Gobierno del Estado de Jalisco ejerció al 31 de diciembre de 2010 sólo 159,651.2 miles de pesos que representan el 51.4% de los recursos ministrados al estado, por lo que hubo un subejercicio del 48.6% por 151,091.7 miles de pesos; asimismo, no se cumplió con el 100.0% de las metas previstas para el ejercicio fiscal 2010.
Véase acción(es): 10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐002
8. El Gobierno del Estado de Jalisco realizó reprogramaciones al presupuesto federal por 21,932.4 miles de pesos, lo que representó el 7.1% de los recursos ministrados al estado; éstas fueron debidamente justificadas y autorizadas; sin embargo, en el Balance del Presupuesto del Sistema de Evaluación y Seguimiento (SSyE) se reportaron reprogramaciones por 20,410.2 miles de pesos, que representaron el 6.6% de los recursos del fondo, por lo que se determinó una diferencia de 1,522.2 miles de pesos.
El estado, en el transcurso de la auditoría, proporcionó la documentación aclaratoria y justificativa, con lo que se solventa lo observado.
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Transparencia del ejercicio de los recursos
9. El Gobierno del Estado de Jalisco remitió a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los informes trimestrales del Formato Único, Nivel Fondo y Ficha de Indicadores; sin embargo, en el Formato Ficha de Indicadores no se reportaron las metas reales; asimismo, la entidad no publicó los formatos Nivel Fondo y Ficha de Indicadores.
Véase acción(es): 10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐003
10. El Gobierno del Estado de Jalisco no reportó de manera pormenorizada a través del Portal Aplicativo de la SHCP, el avance físico de las obras y acciones, sólo a nivel de eje, tampoco se reportaron los resultados de las evaluaciones realizadas, en virtud de que el Aplicativo de la SHCP no permite reportarlo de esa manera.
Véase acción(es): 10‐0‐06100‐02‐0302‐01‐001
11. El Gobierno del Estado de Jalisco informó a la Auditoría Superior de la Federación, a la Secretaría de la Función Pública Federal, a la Auditoría Superior del Estado de Jalisco y a la Contraloría del Estado de Jalisco, de la apertura de la cuenta bancaria en la que se recibieron y administraron los recursos del fondo.
12. La entidad no cuenta con las constancias emitidas por el Servicio de Administración Tributaria sobre la situación fiscal que guardan las empresas que forman parte del padrón de proveedores del estado.
Véase acción(es): 10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐004
Eje: Alineación de las Capacidades del Estado Mexicano contra la Delincuencia
13. Las erogaciones registradas en el eje “Alineación de las Capacidades del Estado” se autorizaron de conformidad con los acuerdos establecidos durante el ejercicio fiscal de 2010 en la Comisión Interinstitucional para la Administración de los Fondos para la Seguridad Pública Estatal, y se verificó que se aplicaron a los programas establecidos en el cuadro de metas programáticas y montos.
14. El Centro estatal de Control y Confianza del Estado de Jalisco se encuentra certificado y acreditado; y cuenta con una plantilla de 64 personas de las cuales se tiene 1 coordinadora de poligrafístas, 9 poligrafístas, 1 coordinador del área medico‐toxicológica, 7 químicos, 1 jefe del área médica, 6 médicos, 1 coordinadora del área de psicología, 6 psicólogos, 1 coordinador de entorno socioeconómico, 5 trabajadores sociales de control de confianza, 1 director coordinador de la unidad de control de confianza, 12 evaluadores de control de confianza y 1 coordinadora jurídica.
15. De la contratación de los servicios a las empresas Devor Diagnostics, S.A. de C.V., y Patología Especializada, S.C., por 2,183.9 miles de pesos, se observó que se contrataron para evaluaciones psicológicas, toxicológicas y servicios de evaluación médica, respectivamente; asimismo, la empresa cuenta con la autorización del Centro Nacional de Certificación y Acreditación para realizar evaluaciones para el ejercicio 2009; sin embargo, no cuenta con la autorización para el ejercicio 2010; además, los exámenes fueron aplicados para la
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renovación de la Licencia Oficial Colectiva y portación de armas de fuego y no al proceso de evaluación de Control de Confianza.
Véase acción(es): 10‐A‐14000‐02‐0302‐06‐001
16. En la revisión de los acuerdos de la Comisión Interinstitucional para Administrar los Fondos para la Seguridad Pública Estatal (CIAF), se identificó que algunos de los techos financieros y de los bienes muebles propuestos para ser adquiridos no se llevaron a cabo; sin embargo, se adquirieron otros bienes que no estaban autorizados por el Sistema Nacional de Seguridad Pública, por un importe de 5,811.1 miles de pesos.
Véase acción(es): 10‐A‐14000‐02‐0302‐06‐002
17. La entidad adquirió una Camioneta Chevrolet modelo Tahoe 2011 blindada con un costo de 1,934.6 miles de pesos mediante acuerdo CIFAF/2010/20/01 y autorizada con el oficio número FOSEG/E10/1337/2011, y pagó al proveedor Transportadora de Protección y Seguridad, S.A. de C.V.; sin embargo, esta adquisición no estaba contemplada en el Anexo Técnico, Único; tampoco cuenta con la cédula técnica, ni con la autorización por parte del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Véase acción(es): 10‐A‐14000‐02‐0302‐06‐003
18. Con la revisión de la compra de 472 chalecos antibalas, realizada mediante la Adjudicación Directa núm. AD/33/2010 a la empresa extranjera Point Blank Body Armor, INC, por 5,631.9 miles de pesos, se constató que se realizó indebidamente un pago por 343.8 miles de pesos por concepto de gastos y honorarios aduanales por su importación.
Véase acción(es): 10‐A‐14000‐02‐0302‐06‐004
19. Se constató que los bienes adquiridos con recursos del FASP mediante los contratos 454‐10, 59/11, 336/10, 69/11 y orden de compra 36075, se encuentran operando y se destinaron para realizar funciones directamente vinculadas con la seguridad pública, y cuentan con el resguardo respectivo.
20. De la obra Preliminares, cimentación componente 1 Construcción de edificio de dos niveles núm. de contrato 002.01/2010‐SEDEUR‐DGOP‐FOSEG‐LP por 4,885.4 miles de pesos, adjudicado por licitación pública, el anticipo se otorgó 50 días después del inicio que indica el contrato; no se localizó la bitácora de obra y se realizaron ampliaciones en plazo y monto superiores al 25.0% sin que se localizara la solicitud de manera justificada dirigida a la Secretaría de la Función Pública y la contestación de autorización.
Véase acción(es): 10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐005
21. De la obra “Estructura de concreto, acero componente 2 Construcción de edificio de dos niveles” con contrato núm. 002.02/2010‐SEDEUR‐DGOP‐FOSEG‐LP por 10,361.6 miles de pesos, adjudicado por licitación pública, se constató que el anticipo se otorgó 50 días después de la fecha que indica el contrato; asimismo, no se localizó la bitácora de obra.
Véase acción(es): 10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐006
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22. De la obra “Instalación eléctrica componente 3 Construcción de edificio de dos niveles” con núm. de contrato 002.06/2010‐SEDEUR‐DGOP‐FOSEG‐LP por 9,746.3 miles de pesos, se constató que se adjudicó por licitación pública; asimismo, no presentaron la bitácora de obra.
Véase acción(es): 10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐007
23. De la obra “Voz, datos, cctv, detección de incendios componente 3a Construcción de edificio de dos niveles”, con núm. de contrato 002.03/2010‐SEDEUR‐DGOP‐FOSEG‐LP por 13,374.8 miles de pesos, adjudicado por licitación pública, el anticipo se otorgó 53 días después del inicio que indica el contrato; asimismo, no se cuenta con la bitácora de obra; además, se constató que la obra está en proceso y no existe evidencia de la aplicación de penas convencionales por 1,337.5 miles de pesos, por el incumplimiento en la fecha de terminación de la obra.
Véase acción(es): 10‐A‐14000‐02‐0302‐06‐005 10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐008
24. De la obra “Instalación hidrosanitaria componente 4 Construcción de edificio de dos niveles” con núm. de contrato 002.04/2010‐SEDEUR‐DGOP‐FOSEG‐LP por 3,042.4 miles de pesos, se constató que fue adjudicado por licitación pública, y que el anticipo se otorgó 51 días después del inicio que indica el contrato; además, que la entidad no cuenta con la bitácora de la obra y no existe evidencia que acredite la aplicación de penas convencionales por 100.2 miles de pesos por el incumplimiento en la fecha de terminación de la obra.
El estado, en el transcurso de la auditoría, proporcionó parte de la documentación aclaratoria y justificativa, con lo que se solventa parcialmente lo observado.
Véase acción(es): 10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐009
25. De la obra “Acabados y limpieza componente 5 Construcción de edificio de dos niveles” con núm. de contrato 002.05/2010‐SEDEUR‐DGOP‐FOSEG‐LP por 7,360.2 miles de pesos, se constató que fue adjudicado por licitación pública, que el anticipo se otorgó 50 días después del inicio que indica el contrato; asimismo, que la entidad no cuenta con la bitácora de obra.
El estado, en el transcurso de la auditoría, proporcionó parte de la documentación aclaratoria y justificativa, con lo que se solventa parcialmente lo observado.
Véase acción(es): 10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐010
26. De la obra “Extraescolar academia de policía y vialidad del estado”, con núm. de contrato 14‐000801/2010 por un importe de 2,067.8 miles de pesos, se constató que fue adjudicado a la empresa PROMACO de México S.A. DE C.V., mediante concurso por invitación, conforme a la normatividad local; asimismo, se observó que el anticipo se otorgó a la empresa 157 días después del inicio que indica el contrato.
Véase acción(es): 10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐011
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27. De la obra “Blindaje sistema de seguridad contra intrusión protección balística y antiesquirlas y demás especificaciones de su propuesta”, con núm. de orden de compra 37229 por 9,617.1 miles de pesos adjudicado a la empresa GDL Ingenieros Civiles, S.A. de C.V., se verificó que se realizó por adjudicación directa, justificando mediante acta de la Comisión de Adquisiciones y Enajenaciones del 20 de diciembre de 2010; sin embargo, no se presentó evidencia que se fundó y motivó en criterios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad, honradez y transparencia.
Véase acción(es): 10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐012
28. De la obra “Instalación de equipo de voz y datos servicio de adecuaciones eléctricas, actualización de cableado e interruptores de soporte, suministro e instalación de ups diferentes capacidades en el SITE de informática de SSP”, se constató que la orden de compra núm. 38518 por 2,444.8 miles de pesos fue adjudicada por el procedimiento de concurso por invitación conforme la normatividad local; asimismo, se verificó que se cuenta con la documentación de comprobación del gasto, con el acta de terminación del servicio y se encuentra operando.
Eje: Desarrollo Institucional
29. La Secretaría de Seguridad Pública contrató los servicios para impartir el curso de preparación global para examen CENEVAL de bachillerato a elementos de la SSP, con los contratos números CEC/001/2010 y CEC/003/2010, por 541.9 miles de pesos, adjudicados directamente, sin que se presentara evidencia documental que acreditara de manera suficiente los criterios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez.
Véase acción(es): 10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐013
30. En el análisis del Eje Desarrollo Institucional, Programa Formación Especializada, Proyecto Cursos de Formación Especializada, Acción Policía Preventivo, para el pago de los servicios de cursos y honorarios, se observó que la Secretaría de Seguridad Pública celebró, a través del procedimiento de contratación de servicios, 192 contratos, de los cuales 19 con un importe de 856.8 miles de pesos, por concepto de cursos, no cuentan con la autorización del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Véase acción(es): 10‐A‐14000‐02‐0302‐06‐006
Eje: Sistema Penitenciario
31. La entidad ejerció 2,100.0 miles de pesos en la obra “Instalación de transformador suministro e instalación de subestación unitaria compacta para 23kv 400a con sección de acometida y todo lo descrito en el presupuesto con garantía de 1 año a partir de concluida su instalación y puesta en marcha en la vialidad principal al acceso a la penal de puente grande”, y se constató que los recursos se destinaron conforme al cuadro de montos y metas establecidos en el Anexo Técnico Único.
32. De la obra “Instalación de transformador suministro e instalación de subestación unitaria compacta para 23kv 400a con sección de acometida y todo lo descrito en el presupuesto con garantía de 1 año a partir de concluida su instalación y puesta en marcha
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en la vialidad principal al acceso a la penal de puente grande”, con orden de compra núm. 37065 por 2,774.4 miles de pesos, se constató que se adjudicó a la empresa Proyectos en Electrotecnia y Sistemas de Cómputo, S.A. DE C.V., de manera directa, justificando mediante oficio núm. SSP/FFSJ/0953/2010; sin embargo, no se cuenta con evidencia de que la adjudicación se fundó y motivó en criterios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad, honradez y transparencia.
Véase acción(es): 10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐014
Eje: Combate a la Corrupción
33. Con la revisión del pago de percepciones extraordinarias, correspondientes a las acciones Policía Preventivo en Activo, Personal Penitenciario en Activo, Ministerio Público en Activo Policía Investigadora o Ministerial en Activo y Peritos en Activo, se constató que no se cumplió con la totalidad de las evaluaciones requeridas para el pago de percepciones extraordinarias, por lo que se realizaron pagos indebidos por 12,687.9 miles de pesos.
Véase acción(es): 10‐A‐14000‐02‐0302‐06‐007
Eje: Plataforma México
34. Se verificó que los municipios de El Salto, Guadalajara, Lagos de Moreno, Ocotlán, Puerto Vallarta, Tepatitlán de Morelos, Tlajomulco de Zúñiga, Tlaquepaque, Tonalá, Zapopan y Zapotlan el Grande fueron beneficiados por el Programa SUBSEMUN; sin embargo, la entidad no cuenta con evidencia que haga constar que la interconexión a Plataforma México se llevó a cabo en un plazo no mayor de seis meses a partir de la firma del Anexo Técnico Único.
El estado, en el transcurso de la auditoría, proporcionó la documentación aclaratoria y justificativa, con lo que se solventa lo observado.
35. Se reportaron 21,643.3 miles de pesos ejercidos en la acción “Terminales Digitales Portátiles”; asimismo, con la revisión de la documentación comprobatoria del gasto, se constató que 17,689.1 miles de pesos se ejercieron en la adquisición de radios portátiles XTS 1500 y XTS2250; asimismo, se comprobaron 3,954.3 miles de pesos, por la adquisición de radios móviles XTL1500, importe que debió registrarse en la acción “Terminales Digitales Móviles”.
Véase acción(es): 10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐015
36. Se constató que se ejercieron 17,605.2 miles de pesos en la acción “Estación de captura de registros”, y se ejercieron en la adquisición de las etapas 1‐B, II y III del Sistema de Identificación Biométrica para la Seguridad Pública y la Procuración de Justicia, adjudicando de manera directa el contrato núm. 498/09; la excepción a la licitación se fundó y motivó adecuadamente; asimismo, se constató la entrega en tiempo y forma de los bienes.
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Eje: Indicadores de Medición
37. De la acción “Apoyo a la estructura ocupacional” del Eje: Indicadores de Medición, se ejercieron 142.4 miles de pesos para el pago a 6 prestadores de servicios profesionales sin que exista la justificación ni evidencia de que el personal contratado intervino en la elaboración de los reportes de seguimiento y el reporte de los indicadores de medición.
El estado, en el transcurso de la auditoría, proporcionó la documentación aclaratoria y justificativa, con lo que se solventa lo observado.
38. Se comprobó que el Informe Anual de Evaluación del FASP correspondiente al ejercicio de 2010, se envió al Sistema Nacional de Seguridad Pública en tiempo.
El contrato del servicio de elaboración del Informe de Evaluación se realizó mediante adjudicación directa, con el contrato núm. 324/10 de prestación de servicios por 197.2 miles de pesos, y se verificó que en éste no se estipula la pena convencional pecuniaria a que se hará acreedora, ni las sanciones penales y administrativas que correspondan.
El estado, en el transcurso de la auditoría, proporcionó la documentación aclaratoria y justificativa, con lo que se solventa lo observado.
Participación Social
39. La entidad está llevando a cabo los siguientes programas para fomentar la participación de la sociedad en materia de prevención del delito: Coordinación de la Red Jalisco Interinstitucional de Prevención del Delito, Foros “Unidos en un Solo Esfuerzo”, Comités Escolares, Segundo Foro Ciudadano Estatal “Por un Jalisco Seguro y Sin Violencia”, Coordinación de Comunidades Preventivas, Proyecto Integral de Prevención y Atención a Pandillas, Trípticos (VEA y Enlace Juvenil), Coordinación de Fortalecimiento Interinstitucional, 5to y 6to. Diplomado “Formación de Profesionales de Prevención del Delito”, Coordinación DARE, Seminario XIV DARE, Encuentro de Brigadas Infantiles, Coordinación de Escuela Preventiva, Congreso Infantil “Por Un Jalisco Seguro y Sin Violencia”, Encuentro de Comités Escolares de Prevención del Delito, Coordinación de Planeación, Seguimiento y Evaluación, Encuesta del Impacto de programas preventivos, Programa Gira Preventiva, y Posicionamiento de Prevención del Delito.
Eficiencia de los Recursos y Acciones del Fondo
40. El estado de Jalisco tiene implementado el sistema de emergencias 066 y de denuncia anónima 089; en 2010 se recibieron en el sistema 066; 480,409 llamadas reales, dato que representó el 18.3% con respecto al total de llamadas recibidas, en tanto, que las llamadas recibidas en broma representaron el 81.7%; en 2009, esa proporción fue del 21.0% y 79.0%, respectivamente.
La entidad sólo cuenta con registro de atención de llamadas en el tiempo en que la operadora toma el reporte del denunciante, pero no tiene registros en cuanto al tiempo de respuesta de atención a las emergencias por parte de las dependencias que dan el servicio,
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por lo mismo, no se cuenta con metas establecidas para hacer más eficiente el tiempo de respuesta.
En 2010, existe un indicador de 3.7 policías por cada mil habitantes; este dato representó una disminución del 0.1% con respecto a 2009.
El comportamiento al alza del índice delictivo no se corresponde con el decremento que se tuvo en el indicador de número de policías por cada mil habitantes.
Véase acción(es): 10‐A‐14000‐02‐0302‐01‐002
Eficacia en el Cumplimiento de las Metas del Fondo
41. En el estado de Jalisco fueron ejercidos al 31 de diciembre de 2010 159, un importe de 651.2 miles de pesos del FASP, al 31 de marzo de 2011, 197,273.0 miles de pesos, y al 31 de agosto, 248,543.1 miles de pesos; estas cifras representan el 51.4%, el 63.5% y el 80.0%, respectivamente, de su asignación.
Se presentaron reprogramaciones a las metas originales al 31 de agosto de 2011 por un monto de 20,410.2 miles de pesos. Las reprogramaciones representaron el 6.6% del monto del fondo, con respecto al programa original; el número de modificaciones programáticas afectó el adecuado desarrollo del ejercicio del fondo.
Las principales causas del subejercicio en el estado fueron las siguientes:
• Problemas de diseño institucional
• Trabas burocráticas
Las causas fundamentales de las reprogramaciones fueron:
• Para mejora del cumplimiento de metas y objetivos
No se presentó un ejercicio oportuno de los recursos debido que al 31 de diciembre de 2010 no se habían ejercido al 100.0%.
El estado no cumplió con las metas establecidas en los indicadores de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público debido a que no envió estos indicadores.
Tampoco cumplió con las metas que estableció en el Cuadro de Metas Programáticas de 70 acciones que representan un avance financiero inferior al 100.0%.
De acuerdo con los elementos anteriores, puede concluirse que el estado no realizó una gestión eficaz del fondo.
Véase acción(es): 10‐A‐14000‐02‐0302‐01‐003
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Impacto de los Recursos y Acciones y Cumplimiento de los Objetivos del Fondo
42. En 2010, los recursos asignados al FASP, por 310,742.9 miles de pesos, representaron el 8.3% del presupuesto total del Gobierno del Estado en materia de seguridad pública (recursos propios del estado más los del FASP u otros).
El FASP se distribuyó en seis ejes aprobados por el Consejo Nacional de Seguridad Pública; el eje de Alineación de capacidades contra la delincuencia es al que mayores recursos se le otorgaron, con 154,830.8 miles de pesos, cifra que representó el 49.8 % del presupuesto total.
Respecto al proceso de profesionalización del personal, la certificación del personal del sistema de seguridad pública del estado presenta un avance insuficiente, puesto que, del total de este personal, a la fecha sólo está evaluado en las pruebas de control de confianza el 43.8 %; en este insuficiente avance del proceso de certificación ha influido el hecho de que el Centro de Evaluación de Control de Confianza obtuvo la acreditación hasta el 30 de septiembre de 2011.
En la entidad la operación policial sigue siendo fundamentalmente activa, ya que las acciones de inteligencia policial presentan un desarrollo suficiente. En este contexto, la operación y funcionamiento de Plataforma México es adecuada; este sistema permite crear bases de datos eficaces, que posibilitan el intercambio de datos y el acceso a la información sobre seguridad pública, para orientar la operación policial.
En 2010, el índice delictivo del estado registró un aumento respecto a 2009 del 49.3%. Asimismo, el número de delitos por cada 1,000 habitantes fue de 3.1.
Como consecuencia de la dinámica del índice delictivo, el número de internos que ingresaron en 2010 a los centros de readaptación social Centro de Reinserción Social, Reclusorio Preventivo de Guadalajara, Centro de Reinserción Femenil, Centro de Observación, Clasificación y Diagnostico (menores), Centro de Atención Integral Juvenil (menores), Centro Integral de Justicia Regional de Tequila, Centro Integral de Justicia Regional de Ameca, Centro Integral de Justicia Regional de Chapala, Centro Integral de Justicia Regional de Lagos de Moreno, Centro Integral de Justicia Regional de Autlan de Navarro, Centro Integral de Justicia Regional de Tepatitlán de Morelos, Reclusorio Puerto Vallarta y Reclusorio Ciudad Guzmán fue de 1,225 mujeres y 16,942 son hombres. Esto implicó un aumento del 8.5% respecto de 2009, lo cual ha incidido en una sobrepoblación del 66.0%; en tanto que para 2009 había sido de 72.1%.
De la población liberada en 2010, el 27.0% volvió a reincidir, dato que con respecto a 2009 presentó un decremento del 0.9%. Entre las causas que motivaron la reincidencia a los centros de readaptación social, se encuentran las siguientes: la inseguridad en la zona metropolitana de Guadalajara, la pobreza, falta de empleo, vicios y malas compañías.
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El Estado cumplió con los objetivos del FASP, de acuerdo con lo siguiente:
Impulsó la dotación de equipamiento de personal y de las instalaciones de seguridad pública, apoyo a las acciones a los Municipios en materia de seguridad pública, en cuanto a equipamiento de las corporaciones, el Centro de Evaluación de Control de Confianza se encuentra operando y sus procesos fueron certificados y recientemente acreditado.
Por otra parte, se verificó que no se cumplió en los siguientes aspectos:
No cumplió con el 100.0% de las metas físico‐financieras, previstas para cada eje según el Anexo Técnico Único del Convenio de Coordinación para el Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública durante el ejercicio fiscal 2010, y existió subejercicio de los recursos debido a que al 31 de diciembre de 2010, sólo se había ejercido el 51.4% de los recursos.
En relación con el ejercicio 2009, se determinó un aumento de los principales delitos en el estado.
Con el fin de apoyar la evaluación de los resultados del fondo, se consideró un conjunto de indicadores, de los cuales se presenta una selección en la tabla siguiente:
INDICADORES PARA APOYAR LA EVALUACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL FASP
ESTADO DE JALISCO Cuenta Pública 2010
Indicador Valor I.- EFICACIA EN EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA DE INVERSIÓN Y SUS METAS. I.1.- Nivel de gasto al 31 de diciembre de 2010 (% ejercido del monto asignado). 51.4 I.2.- Nivel de gasto al 31 de marzo de 2011 (% ejercido del monto asignado). 63.5 I.3.- Reprogramaciones realizadas al 31 de diciembre de 2010 con respecto al presupuesto asignado del fondo (%).
3.8
I.4.- Reprogramaciones realizadas al 31 de marzo de 2011 con respecto al presupuesto asignado del fondo (%).
6.6
I.5.- Se cumplieron las metas convenidas en el Anexo Técnico Único (Sí, No, Parcialmente). Parcialmente I.6.- Metas alcanzadas al 31 de diciembre de 2010 con respecto a las programadas en el Anexo Técnico Único (%).
N/P
I.7.- Cumplimiento de las metas establecidas por la entidad federativa en los indicadores de desempeño del cuarto trimestre del Sistema de la SHCP (Sí, No, Parcialmente o No se definieron).
No
II.- EFICIENCIA EN EL USO DE LOS RECURSOS. II.1.- Existe en el estado el servicio de denuncia anónima 089 (Sí o No). Sí II.2.- Existe en el estado el servicio de emergencia 066 (Sí o No). Sí II.3.- Llamadas reales con respecto al total de las llamadas recibidas en 2009 (%). 21.0 II.4.- Llamadas reales con respecto al total de las llamadas recibidas en 2010 (%). 18.3
II.5.- Tiempo promedio de respuesta en el servicio de emergencia 066 en 2009 (minutos). N/P II.6.- Tiempo promedio de respuesta en el servicio de emergencia 066 en 2010 (minutos). N/P
Gasto Federalizado
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III.- IMPACTO Y CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS. III.1.- Importancia del FASP respecto del presupuesto estatal asignado en materia de seguridad pública (%).
8.3
III.2.- Número de policías por cada 1,000 habitantes en 2009 (%). 3.8 III.3.- Número de policías por cada 1,000 habitantes en 2010 (%). 3.7 III.4.- Personal certificado a 2010 respecto del total de personal (Evaluaciones de Control de Confianza) (%).
0.0
III.5.- En el Estado existe Centro de Evaluación y Control de Confianza (Sí o No). Sí III.5.1.- Se encuentra certificado (Sí o No). Sí III.5.2.- Se encuentra acreditado (Sí o No). Sí III.6.- Delitos cometidos por cada 1,000 habitantes en 2010. 3.1 III.7.- Sobrepoblación que existe en los centros penitenciarios con respecto a su capacidad en 2010 (%). 66.0 III.8.- Población que vuelve a reincidir a los centros penitenciarios en 2010 (%). 27.0 IV.- TRANSPARENCIA EN LA APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. IV.1.- Cumplimiento de la entrega de los informes a la SHCP. Índice de cumplimiento de la entrega de los informes a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del FASP. (Formato Único; Nivel Fondo e Indicadores de Desempeño). [Bueno= Igual a 100.0%; Regular menor a 100.0% y mayor a 80.0%; y Bajo = Menor a 80.0%]
Bajo
IV.2.- Congruencia de la información remitida a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del fondo (Formato Único).
¿La información del reporte del cuarto trimestre del “Formato Único” remitido a la SHCP coincide con los registros contables del estado? (Sí o No).
Sí
IV.3.- Calidad de la información remitida a la SHCP. ¿La información del reporte del cuarto trimestre del “Formato Único” remitido a la SHCP se reportó de forma pormenorizada (obra por obra, acción por acción)? (Sí, No, Parcialmente).
No
IV.4.- Difusión de la información remitida a la SHCP. ¿El estado difundió en su página de internet, órgano local oficial de difusión y otros medios locales de comunicación, los informes remitidos a la SHCP sobre el ejercicio, destino y resultados del fondo (Formato Único; Nivel Fondo e Indicadores de Desempeño) (Sí, No, Parcialmente).
Parcialmente
V.- EVALUACIÓN DEL FONDO. V.1.- El estado realizó al cierre del ejercicio la evaluación sobre los resultados del FASP prevista por la normativa (Sí o No).
No
FUENTE: Indicadores proporcionados por la entidad fiscalizada, Sistema de Seguimiento y Evaluación (SSyE), Anexo Técnico Único y reportes enviados a la SHCP. N/P: No proporcionaron información.
Véase acción(es): 10‐A‐14000‐02‐0302‐01‐004
43. Respecto de la solicitud de las evaluaciones del desempeño con base en indicadores, para verificar el grado de cumplimiento en los objetivos, metas y resultados de la aplicación de los recursos del Fondo y de la publicación de los resultados obtenidos en la página de Internet de la entidad y de la SHCP, se constató que dichas evaluaciones no fueron realizadas.
Véase acción(es): 10‐A‐14000‐02‐0302‐01‐005
Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010
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44. La entidad fiscalizada no contó con evidencia documental de que se acordaron con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público las medidas de mejora para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinan los recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, así como su seguimiento.
Véase acción(es): 10‐0‐04W00‐02‐0302‐01‐001
Acciones
Recomendaciones
10‐A‐14000‐02‐0302‐01‐001.‐ Para que el Gobierno del Estado de Jalisco instruya a quien corresponda y se implementen las actividades necesarias, a fin de disminuir las debilidades y deficiencias detectadas en el control interno, con objeto de proporcionar una seguridad razonable respecto del logro de los objetivos del fondo, y de mejorar la eficacia de los procesos de operación, administración y control. [Resultado 1]
10‐A‐14000‐02‐0302‐01‐002.‐ Para que el Gobierno del Estado de Jalisco instruya a quien corresponda, con el objeto de que se implementen las acciones necesarias a fin de hacer más eficientes los recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, para mejorar la seguridad pública del estado. [Resultado 40]
10‐A‐14000‐02‐0302‐01‐003.‐ Para que el Gobierno del Estado de Jalisco instruya a quien corresponda, con el objeto de que se implementen las acciones necesarias a fin de hacer más eficaces los recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, con el fin de mejorar la seguridad pública del estado. [Resultado 41]
10‐A‐14000‐02‐0302‐01‐004.‐ Para que el Gobierno del Estado de Jalisco instruya a quien corresponda, para que se realicen las acciones con la finalidad de que se establezcan obras y acciones que vayan dirigidas al cumplimiento de los objetivos del fondo y que impacten realmente a la mejora de la seguridad pública del estado. [Resultado 42]
10‐A‐14000‐02‐0302‐01‐005.‐ Para que el Gobierno del Estado de Jalisco instruya a quien corresponda con objeto de que, con base en el seguimiento y los resultados de los indicadores de desempeño del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública, se lleven a cabo las evaluaciones para mejorar el cumplimiento de los objetivos para los que se destinan los recursos. [Resultado 43]
10‐0‐04W00‐02‐0302‐01‐001.‐ Para que el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública instruya a quien corresponda para que, con base en el seguimiento y los resultados de los indicadores de desempeño del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP), así como de las evaluaciones realizadas, conjuntamente con las entidades federativas y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se acuerden las medidas de mejora que sean necesarias para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinan los recursos del FASP. [Resultado 44]
Gasto Federalizado
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10‐0‐06100‐02‐0302‐01‐001.‐ Para que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público instruya a quien corresponda a fin de que se hagan las adecuaciones pertinentes a su Portal Aplicativo, con el fin de que las entidades federativas puedan reportar de forma pormenorizada lo referente al avance físico de las obras y acciones del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal. [Resultado 10]
Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria
10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐001.‐ Ante la Contraloría del Estado de Jalisco, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no reportaron de manera correcta en el programático presupuestal y en los registros contables y presupuestales conciliaron de manera conjunta mezclando recursos federales y estatales. [Resultado 6]
10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐002.‐ Ante la Contraloría del Estado de Jalisco, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no ejercieron el 100.0% de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública al 31 de diciembre de 2010, ni cumplieron con las metas establecidas. [Resultado 7]
10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐003.‐ Ante la Contraloría del Estado de Jalisco, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no informaron las metas reales en el formato Ficha de Indicadores, ni llevaron a cabo la publicación de los formatos Nivel Fondo y Ficha de Indicadores. [Resultado 9]
10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐004.‐ Ante la Contraloría del Estado de Jalisco, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no contaron con las constancias emitidas por el Servicio de Administración Tributaria sobre la situación fiscal que guardan las empresas que forman parte del padrón de proveedores del estado. [Resultado 12]
10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐005.‐ Ante la Contraloría del Estado de Jalisco, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión otorgaron el anticipo después del inicio de la obra con núm. de contrato 002.01/2010‐SEDEUR‐DGOP‐FOSEG‐LP, y no presentaron la bitácora de obra ni la autorización de la Secretaría de la Función Pública para ampliar el plazo y el monto en más del 25.0%. [Resultado 20]
10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐006.‐ Ante la Contraloría del Estado de Jalisco, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión otorgaron el anticipo con fecha posterior al inicio de la obra con contrato núm.
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002.02/2010‐SEDEUR‐DGOP‐FOSEG‐LP y no cuentan con la bitácora de la obra. [Resultado 21]
10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐007.‐ Ante la Contraloría del Estado de Jalisco, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no presentaron la bitácora de la obra con núm. de contrato 002.06/2010‐SEDEUR‐DGOP‐FOSEG‐LP. [Resultado 22]
10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐008.‐ Ante la Contraloría del Estado de Jalisco, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión otorgaron el anticipo después del inicio de la obra con núm. de contrato 002.03/2010‐SEDEUR‐DGOP‐FOSEG‐LP y no cuentan con la bitácora de la obra. [Resultado 23]
10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐009.‐ Ante la Contraloría del Estado de Jalisco, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión otorgaron el anticipo después del inicio de la obra con núm. de contrato 002.04/2010‐SEDEUR‐DGOP‐FOSEG‐LP y no cuentan con la bitácora de la obra. [Resultado 24]
10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐010.‐ Ante la Contraloría del Estado de Jalisco, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión otorgaron el anticipo después del inicio de la obra con núm. de contrato 002.05/2010‐SEDEUR‐DGOP‐FOSEG‐LP. [Resultado 25]
10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐011.‐ Ante la Contraloría del Estado de Jalisco, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión otorgaron el anticipo después del inicio de la obra con núm. de contrato 14‐000801/2010. [Resultado 26]
10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐012.‐ Ante la Contraloría del Estado de Jalisco, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no fundaron y motivaron los criterios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez, para soportar la adjudicación directa de la orden de compra núm. 37229. [Resultado 27]
10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐013.‐ Ante la Contraloría del Estado de Jalisco, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no presentan evidencia de la manera en que se fundaron y motivaron los criterios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez, para soportar el dictamen de adjudicación directa de los contratos números CEC/001/2010 y CEC/003/2010. [Resultado 29]
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10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐014.‐ Ante la Contraloría del Estado de Jalisco, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no fundaron y motivaron los criterios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez, para soportar el dictamen de adjudicación directa de la obra con orden de compra núm. 37065. [Resultado 32]
10‐B‐14000‐02‐0302‐08‐015.‐ Ante la Contraloría del Estado de Jalisco, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no registraron el importe por adquisición de radios móviles de manera correcta en la acción "Terminales Digitales Móviles". [Resultado 35]
Pliegos de Observaciones
10‐A‐14000‐02‐0302‐06‐001.‐ Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 2,183,944.98 pesos (dos millones ciento ochenta y tres mil novecientos cuarenta y cuatro pesos 98/100 M.N.), más los intereses que correspondan hasta la fecha del reintegro, por efectuar pagos a una empresa que realizó las evaluaciones sin contar con la autorización del Centro Nacional de Certificación y Acreditación en el ejercicio 2010; y además, los exámenes fueron aplicados para la renovación de la licencia oficial colectiva y portación de armas de fuego y no al proceso de evaluación de control de confianza. [Resultado 15]
10‐A‐14000‐02‐0302‐06‐002.‐ Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 5,811,089.00 pesos (cinco millones ochocientos once mil ochenta y nueve pesos 00/100 M.N.), más los intereses que correspondan hasta la fecha del reintegro, por la adquisición de bienes que no estaban autorizados por el Sistema Nacional de Seguridad Pública. [Resultado 16]
10‐A‐14000‐02‐0302‐06‐003.‐ Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 1,934,637.49 pesos (un millón novecientos treinta y cuatro mil seiscientos treinta y siete pesos 49/100 M.N.), más los intereses que correspondan hasta la fecha del reintegro, por una camioneta blindada cuya adquisición no estaba contemplada en el Anexo Técnico Único, tampoco está autorizada por parte del Sistema Nacional de Seguridad Pública ni cuenta con cédula técnica. [Resultado 17]
10‐A‐14000‐02‐0302‐06‐004.‐ Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 343,752.22 pesos (trescientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta y dos pesos 22/100 M.N.), más los intereses que correspondan hasta la fecha del reintegro, por el pago indebido de gastos y honorarios aduanales. [Resultado 18]
10‐A‐14000‐02‐0302‐06‐005.‐ Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 1,337,483.97 pesos (un millón trescientos treinta y siete mil cuatrocientos ochenta y tres pesos 97/100 M.N.), más su actualización correspondiente al momento en que se haga efectiva la recuperación, por la falta de
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aplicación de penas convencionales en el contrato núm. 002.03/2010‐SEDEUR‐DGOP‐FOSEG‐LP. [Resultado 23]
10‐A‐14000‐02‐0302‐06‐006.‐ Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 856,750.59 pesos (ochocientos cincuenta y seis mil setecientos cincuenta pesos 59/100 M.N.), más los intereses que correspondan hasta la fecha del reintegro, por el pago de los servicios de cursos que no cuentan con la autorización del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. [Resultado 30]
10‐A‐14000‐02‐0302‐06‐007.‐ Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 12,687,941.76 pesos (doce millones seiscientos ochenta y siete mil novecientos cuarenta y un pesos 76/100 M.N.), más los intereses que correspondan hasta la fecha del reintegro, por pagos improcedentes por concepto de percepciones extraordinarias que no cumplieron con los requisitos establecidos en la normativa. [Resultado 33]
Recuperaciones Probables
Se determinaron recuperaciones probables por 25,155.6 miles de pesos.
Consecuencias Sociales
El Gobierno del Estado de Jalisco presentó un subejercicio al 31 de diciembre de 2010, ya que a esa fecha sólo ejerció el 51.4% de los recursos del fondo, lo que afectó los objetivos y líneas de acción de los ejes en materia de seguridad pública destinados para salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar la libertad, el orden y la paz pública de la población; otro factor importante por considerar es que no se ha evaluado a la totalidad de los elementos de seguridad, lo que impidió identificar con claridad al personal calificado, confiable, competente y cuyos valores y principios sean acordes con los requerimientos de la sociedad en materia de seguridad pública.
Resumen de Observaciones y Acciones
Se determinó(aron) 32 observación(es), de la(s) cual(es) 4 fue(ron) solventada(s) por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. La(s) 28 restante(s) generó(aron): 7 Recomendación(es), 15 Promoción(es) de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria y 7 Pliego(s) de Observaciones.
Dictamen: negativo
La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos; y se aplicaron los procedimientos de auditoría y las pruebas selectivas que se estimaron necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente dictamen, que se refiere sólo a las operaciones revisadas.
La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, el Gobierno del Estado de Jalisco no cumplió con las disposiciones
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normativas, como se precisa en los resultados que se presentan en el apartado correspondiente de este informe, donde destacan los siguientes: falta de autorización en la contratación de servicios por 2,183.9 miles de pesos; adquisición de bienes no autorizados por 5,811.1 y 1,934.6 miles de pesos; por el pago de percepciones extraordinarias improcedentes por 12,687.9 miles de pesos; cursos no autorizados por 856.8 miles de pesos; penas convencionales no aplicadas por 1,337.5 miles de pesos; pagos improcedentes que no cumplen con los fines del fondo 343.8 miles de pesos, y errores y omisiones de la información financiera por 3,341.0 miles de pesos.
Apéndices
Áreas Revisadas
La Secretaría de Finanzas del Estado, la Secretaría de Seguridad Pública, el Consejo Estatal de Seguridad Pública, la Procuraduría General de Justicia, el Instituto de Ciencias Forenses, la Secretaría de Desarrollo Urbano y la Secretaría de Administración, todas del estado de Jalisco.
Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas
Durante el desarrollo de la auditoría practicada se determinaron incumplimientos en las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan:
1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Articulo 134.
2. Presupuesto de Egresos de la Federación: Artículos 8, párrafo primero, Fracciones I, II, III y IV, párrafo primero y cuarto y quinto, 9, Fracción II.
3. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: Artículos 85, Fracciones I y II, 107, Fracción I, Párrafo tercero y 110.
4. Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas: Artículos 46, Párrafo segundo y último y 50 Fracción I.
5. Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas: Artículos 122, 123 y 124.
6. Ley de Coordinación Fiscal: Artículos 45, 48 y 49.
7. Código Fiscal de la Federación: Artículo 32‐D.
8. Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Artículos 97, 142; Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado, Artículos 8, 9, 13 y 21; Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco, Artículos 19, Fracción III, 28, 36, 49 y 52; Convenio de Coordinación en el Marco del Sistema Nacional de
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Seguridad Pública, celebrado entre el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, numeral 6 del Marco Legal y Clausulas tercera; cuarta, quinta, séptima, Fracciones VI, VIII, y décima séptima, fracción III; contratos de obra pública 002.03/2010‐SEDEUR‐DGOP‐FOSEG‐LP y 002.04/2010‐SEDEUR‐DGOP‐FOSEG‐LP, cláusula décima tercera;
Anexo Técnico Único del Convenio de Coordinación 2010: Eje Alineación de las Capacidades del Estado Mexicano Contra la Delincuencia, Mecánica Operativa numeral 3.1., subnumerales 3.1.1, Fracción. III y 3.1.2; Eje Prevención del delito y Participación ciudadana, Mecánica Operativa numeral 3.2. subnumerales 3.2.2. y 3.2.3; Eje Desarrollo Institucional, Mecánica Operativa, numeral 3.3, subnumerales 3.3.1, Fracciones II, III y IV, y 3.3.2; Eje Sistema Penitenciario, Mecánica Operativa, numeral 3.4, subnumeral 3.4.1, Fracción III; Eje Combate a la Corrupción, Mecánica Operativa, numeral 3.5, subnumerales 3.5.1, Fracción III, subnumeral 3.5.1, Fracción III, inciso b) Percepciones extraordinarias, numeral 3, 4 y 9 y subnumeral 3.5.2; Eje Plataforma México, Mecánica Operativa, numeral 3.6, subnumeral 3.6.1., Fracción III, subsubnumeral 3.6.1.1., Fracciones II, inciso B) y III; Eje Indicadores de Medición, numeral 3.7, subnumeral 3.7.1, Fracciones II, numeral 2, inciso C), numeral 1 y IV, inciso A), numeral 2; Eje Indicadores de Medición, Mecánica Operativa, inciso D, numeral 3; numeral IV, inciso a, subnumeral 2 y 3; Criterios Generales para la Administración y Ejercicio de los Recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal, numeral 12; Lineamientos Generales para el Diseño y Ejecución de los Programas de Evaluación, décimo primero, Párrafo Último; Guía Técnica de Infraestructura y Equipamiento de Seguridad Pública, numeral 3.5 Cédulas Técnicas y 4.3.7 Validación de los Expedientes Técnicos; Resolución Miscelánea Fiscal para 2010, Regla 1.2.1.15.
Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones
Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones que derivaron de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes:
Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto; fracción IV, párrafo primero; y párrafo penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32, 39, 49, fracciones I, II, III y IV; 55, 56 y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
Comentarios de la Entidad Fiscalizada
Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar y/o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Auditoría Superior de la
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Federación y que les dio a conocer esta entidad fiscalizadora para efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado.
En el Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010, se consideran las justificaciones, aclaraciones y demás información presentada por la entidad fiscalizada, la cual entregó mediante los oficios número DGAI/DRE/0184/2011, DGAI/DRE/0202/2011, DGAI/DRE/0336/2011 y DGAI/DRE/0342/2011 del 31 de octubre, 4 de noviembre, y 12 y 15 de diciembre de 2011, respectivamente, que se anexan a este informe.
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