guía práctica para el usuario ecoopsos · carta de derechos del afiliado y del paciente ......
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Gua Prctica
Para el Usuario Ecoopsos
Carta de Derechos del afiliado y del paciente
Carta de Desempeo EPS
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Empresa Promotora de Salud ECOOPSOS EPS SAS Av. Boyaca (Carrera 72) No. 50-34 Tel: 5190088 www.ecoopsos.com.co Novena Edicin - Mayo 2018 ISSN- 2145-6704 Derechos reservados de autor No est permitida la reproduccin total o parcial de este libro, ni su tratamiento informtico, ni la transmisin de ninguna forma o por cualquier medio, ya sea electrnico, mecnico, por fotocopia, por registro u otros mtodos, sin el permiso previo y por escrito de ECOOPSOS EPS SAS Diagramacin: Linca Publicidad Portada: Linca Publicidad Impresin: Nuevas ediciones Ltda Carrera 26 A No 5-92 Tel: 4086677- Bogot D.C- Colombia E_- mail: [email protected]
http://www.ecoopsos.com.co/mailto:[email protected] -
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GUIA PRCTICA PARA EL USUARIO
ECOOPSOS
INDICE
Pg.
Glosario PRESENTACION .............................................................................................................................. 8
CAPITULO PRIMERO ...................................................................................................................... 9
CARTA DE DERECHOS DE LOS AFILIADOS Y DE LOS PACIENTES ............................................ 9
I. EL RGIMEN SUBSIDIADO SINNIMO DE EQUIDAD .................................................... 9
III. SERVICIOS DE SALUD A LOS QUE TENEMOS DERECHO LOS USUARIOS DEL REGIMEN
SUBSIDIADO Y DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO - PLAN DE BENEFICIOS . .................................. 18
IV. UN COMPROMISO: EL AUTOCUIDADO, LA PROTECCIN Y LA PROMOCIN DE
ESTILOS DE VIDA SALUDABLES .................................................................................................... 25
..Que Necesita como Usuario para Demandar Servicios De Salud..? ................................ 25
V. LOS SERVICIOS NO SON INFINITOS, PROTEJAMOS LOS RECURSOS ............................ 31
VI. NUESTROS DERECHOS EN SALUD COMPROMISO Y RESPONSABILIDAD DE TODOS
34
DERECHOS DE AFILIADOS, COTIZANTES Y BENEFICIARIOS ..................................................... 34
VII. NUESTROS DEBERES COMPROMISO Y RESPONSABILIDAD DE TODOS ............... 50
DEBERES DE AFILIADOS, COTIZANTES Y BENEFICIARIOS .......................................................... 50
VIII. REGIMEN DE CUOTAS MODERADORAS Y COPAGOS TODOS PONEMOS ...... 56
IX. LA RED DE INSTITUCIONES DE SALUD, DISPONIBLE PARA SU SERVICIO. .................... 61
X. RED DE URGENCIAS ANTE LA CUAL PUEDE ACCEDER ................................................ 61
XI. MECANISMOS DE ACCESO A LOS SERVICIOS Y LIBRE ELECCION .................................. 67
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XII. TRANSPORTE Y ESTADIA DENTRO DEL PLAN DE BENEFICIOS ....................................... 69
XIII. VERIFICACION DE DERECHOS Y SANCIONES ANTE EL USO FRAUDULENTO DEL SERVICIO
70
XIV. SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DE CONTACTO PARA ACCEDER AL SERVICIO .......... 71
XV. PARTICIPACION DE LOS AFILIADOS EN LA VIGILANCIA Y CONTROL DE LOS
SERVICIOS DE SALUD ................................................................................................................... 80
XVIII. MECANISMOS DE SOLUCIN DE CONFLICTOS DENTRO DEL SGSSS .......................... 88
XIX. INSPECCION VIGILANCIA Y CONTROL DEL SGSSS ....................................................... 90
XX. MECANISMOS DE PROTECCION EN CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS .....................
CAPITULO SEGUNDO ............................................................................................................... 93
CARTA DE DESEMPEO DE ECOOPSOS EPS SAS ..................................................................... 93
I. ECOOPSOS EPS SAS, la Empresa Solidaria de Salud creada por y para la
comunidad. ................................................................................................................................. 93
II. RESULTADOS DE LA ENTIDAD POR INDICADORES DE CALIDAD ................................. 94
III. POSICION EN EL ORDENAMIENTO DEL RANKING DE SATISFACCION EPS ................. 97
IV. LA ACREDITACION EN CALIDAD UN MEDIO PARA MEJORAR LA CALIDAD DE LOS
SERVICIOS QUE PRESTAMOS A NUESTROS USUARIOS .............................................................. 98
V. RESULTADOS DE LA ENTIDAD POR INDICADORES FINANCIEROS CON CORTE A
DICIEMBRE DE 2017 ................................................................................................................... 100
VI. SANCIONES EJECUTORIADAS ..................................................................................... 101
ANEXO PRIMERO
RED PRESTADORA DE SERVICIOS.97
ANEXO SEGUNDO
INDICADORES DE CALIDAD DE LA RED DE SERVICIOS Res. 256 de 2016......119
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GLOSARIO
CONOZCAMOS EL SIGNIFICADO DE ALGUNOS TERMINOS QUE UTILIZAMOS
CON MAYOR FRECUENCIA.
ATENCIN DOMICILIARIA: Es la prestacin de servicios de salud extra
hospitalaria que busca brindar una solucin a los problemas de salud
en el domicilio o residencia y que cuenta con el apoyo de
profesionales, tcnicos o auxiliares del rea de salud y la
participacin de la familia.
ACTIVIDAD EN SALUD: Conjunto de acciones, operaciones o tareas
que especifican un procedimiento en salud, en las cuales se utilizan
recursos fsicos, humanos o tecnolgicos.
ATENCION PRIORITARIA: Es la atencin que puede recibir si est
enfermo y su vida no corre peligro, pero no puede esperar hasta una
cita programada.
ATENCION AMBULATORIA: Son todas aquellas intervenciones que
pueden hacerse sin que tenga que quedarse en una hospital o
clnica.
ATENCION HOSPITALARIA: Contrario a lo anterior son las intervenciones
que exigen estar hospitalizado en un hospital o clnica ms de 24
horas.
DETERMINANTES SOCIALES: son las circunstancias en que las personas nacen, crecen, viven, trabajan y envejecen, incluido el sistema de salud.
Esas circunstancias son el resultado de la distribucin del dinero, el poder y
los recursos a nivel mundial, nacional y local, que depende a su vez de las
polticas adoptadas. REEMBOLSO: Es el dinero que se te devuelve cuando has pagado por
tu cuenta, servicios que deben ser asumidos por el Plan de Beneficios,
en situaciones excepcionales y reguladas especficamente.
BENEFICIARIOS: Son los miembros de un grupo familiar del cabeza de
familia (conyugue, compaero, hijos y padres).
COPAGO PARA EL REGIMEN SUBSIDIADO: Son los pagos que hacen los
beneficiarios para los servicios de salud que reciben, es solo una
pequea parte de lo que deberan pagar.
COTIZANTE: Las personas nacionales o extranjeras residentes en
Colombia, que por estar vinculadas a travs de un contrato de
trabajo, servidores pblicos, pensionados o jubilados o trabajadores
independientes, con capacidad de pago, aportan un porcentaje de
los ingresos para obtener el derecho a recibir los beneficios del
Sistema de Proteccin Social en Salud.
CUOTA MODERADORA: Es un aporte en dinero que debe ser pagado
por todos los afiliados, cotizantes y beneficiarios por los servicios que
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demandamos como afiliados, con el fin de regular la utilizacin del
servicio de salud y estimular su buen uso. Promoviendo en los afiliados
la inscripcin en los programas de atencin integral desarrollados por
las EPS.
COPAGO PARA EL REGIMEN CONTRIBUTIVO: Corresponde a una parte
del valor del servicio cubierto por el Plan de Beneficios, que debe
asumir el usuario beneficiario del cotizante, tiene como finalidad
financiar el sistema con esta contribucin recaudada por la EPS,
antes de recibir el usuario el servicio.
DEMANDA INDUCIDA: Son todas la acciones, que como EPS hacemos
para organizar, incentivar y orientar a nuestros afiliados para que usen
las actividades de Deteccin Temprana y Proteccin Especfica y se
vincule a los programas de intervencin de riesgo que desarrolla EPS.
ENFERMEDAD DE ALTO COSTO: Son todas aquellas enfermedades
crnicas, severas, progresivas, persistentes y con alto grado de
letalidad, que afectan gravemente la condicin de salud del afiliado
y por tanto exigen tratamientos integrales complejos y de elevado
costo para el sistema de salud.
INTERCONSULTA: Es la solicitud expedida por el profesional de la salud
responsable de la atencin de un paciente a otros profesionales de la
salud, quienes emiten juicios, orientaciones y recomendaciones
tcnico-cientficas sobre la conducta a seguir con el paciente.
MOVILIDAD: Es el cambio de pertenencia a un rgimen ya se
subsidiado o contributivo dentro de la misma EPS para los afiliados en
el Sistema General de Seguridad Social en Salud focalizados en los
niveles I y II del SISBN y algunas poblaciones especiales.
PROMOCION DE LA SALUD: : Son todas las actividades de informacin
educacin, capacitacin y comunicacin que desarrolla la EAPB
con los afiliados, para el fomento de factores protectores, la
induccin a estilos de vidas saludables y para el control de las
enfermedades crnicas no transmisibles.
PREVENCION DE LA ENFERMEDAD: Son todas aquellas actividades que
se realizan en las personas, la familia o la comunidad, con el fin de
evitar que una dificultad de salud surja o avance y disminuir sus
consecuencias en la poblacin.
PARTICIPACION CIUDADANA: Es el ejercicio de los deberes y derechos
del individuo para propender por la conservacin de la salud
personal, familiar y comunitaria y aportar a la planeacin, gestin,
evaluacin y veedura en los servicios de salud.
PLANILLA INTEGRADA DE PAGO DE APORTE (PILA): Mediante la
Resolucin 1303 de 2005, es un sistema implementado por el
Gobierno Nacional a travs del Ministerio de Salud y Proteccin Social
que busca facilitar a los aportantes realizar los pagos a seguridad
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social (pensiones, salud, riesgos profesionales, SENA, ICB, cajas de
compensacin familiar) a travs de transferencias electrnica.
PORTABILIDAD: Es la garanta de la accesibilidad a los servicios de
salud, en cualquier municipio del territorio nacional, para todo
afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud que emigre
del municipio domicilio de afiliacin o de aquel donde habitualmente
recibe los servicios de salud, en el marco de las reglas previstas en el
presente Ttulo.
RUTAS INTEGRALES DE ATENCION EN SALUD (RIAS): Son el conjunto de
acciones que integran el manejo del riesgo. Su alcance se concentra
en el cuidado y la gestin de la persona, ya sea en su condicin de
persona sana con riesgo, con la enfermedad o con discapacidad
establecida.
REMISIN: Son aquellas situaciones en las que, por la condicin de
salud debe ser atendido por otro profesional, especialista o
instituciones especializada a su cuidado.
TECNOLOGA EN SALUD: Concepto que incluye todas las actividades ,
intervenciones ,insumos , medicamentos , dispositivos , servicios y
procedimientos usados en la prestacin de servicios de salud, as
como los sistemas organizativos y de soporte con los que se presta
esta atencin en salud.
TRIAGE: Es el mtodo de seleccin y clasificacin de pacientes que
ingresan al servicio de urgencias donde se debe brindar una
valoracin rpida y ordenada para identificar enfermedades que
requieren atencin mdica inmediata de aquellas que pueden
esperar.
URGENCIA: Son los casos en los que debe ser atendido con prontitud,
porque su vida corre peligro.
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PRESENTACION
Seor afiliado (a):
Nos complace tenerle con nosotros como parte activa, centro y fin
de nuestra gestin; en esta oportunidad le presentamos la Gua
Prctica del Usuario - ECOOPSOS, que remplaza la Gua del Afiliado
empleada hasta la fecha.
Esta Gua lo orientar sobre los Derechos y Deberes que como
Afiliado y Paciente de la Seguridad Social en Salud usted tiene, los
Mecanismos y Procedimientos para acceder a los servicios del Plan
de Beneficios y las Condiciones de Desempeo que ECOOPSOS
demuestra, como garanta de la competitividad, seriedad y
compromiso de la entidad con la salud de usted y su familia.
Si requiere informacin adicional no dude en visitar nuestras oficinas
de atencin al usuario ubicadas en su municipio, consultar nuestra
pgina Web: www.ecoopsos.com.co o comunicarse con la lneas
Gratuitas regionales de Atencin al Usuario 24 horas: Cundinamarca-
Huila - Tolima: 018000978082 ; Antioquia Boyac - Norte de
Santander: 018000978084.
http://www.ecoopsos.com.co/ -
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CAPITULO PRIMERO
CARTA DE DERECHOS DE LOS AFILIADOS Y DE LOS PACIENTES
I. EL RGIMEN SUBSIDIADO SINNIMO DE EQUIDAD
El Rgimen Subsidiado es el conjunto de normas que rigen la vinculacin al
Sistema General de Seguridad Social en Salud de las personas pobres y
vulnerables con sus grupos familiares quienes no cuentan con capacidad
para afiliarse al Rgimen Contributivo del Sistema. Esta vinculacin se hace
a travs del pago de una cotizacin subsidiada, con recursos del Estado.
Quines se benefician del subsidio en salud?
Las personas que por su situacin de pobreza y vulnerabilidad no tienen
capacidad de pagar una cotizacin al Sistema General de Seguridad
Social en Salud y que se encuentran clasificados en los niveles 1 y, 2 del
SISBEN o identificadas como poblaciones especiales; para lo cual deben
las autoridades locales realizar los Listados de Poblacin Pobre No Afiliada,
teniendo en cuenta los siguientes criterios:
Recin nacidos
Poblacin infantil abandonada y Menores desvinculados del conflicto
armado a cargo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
Poblacin infantil vulnerable bajo proteccin en instituciones diferentes
al ICBF.
Poblacin en condiciones de desplazamiento forzado
Comunidades Indgenas.
Poblacin desmovilizada.
Personas mayores en centros de proteccin.
Poblacin rural migratoria.
Poblacin ROM (Gitanos).
Personas incluidas en el programa de proteccin a testigos
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Qu es el SISBEN?
Es el Sistema de Identificacin de Beneficiarios de Programas Sociales que
permite determinar las personas que requieren subsidios del Estado; a travs
de la aplicacin de una encuesta en el domicilio, que recoge la
informacin de su situacin social y econmica; el responsable de la
aplicacin de la Encuesta SISBEN, es el Municipio donde Usted reside, a
travs de las oficinas de planeacin de la Alcalda y/o del organismo que
ella designe.
Cmo se realiza el Proceso de Afiliacin?
1. A travs de la aplicacin de la encuesta del SISBEN, se identifican los
beneficiarios de los subsidios del Estado, dando prioridad a los ms
necesitados, clasificados en los niveles 1y 2
2. Su municipio debe publicar los listados de la Poblacin Pobre No Afiliada,
segn le corresponda, para que estas personas puedan hacer uso de
este derecho.
3. El Ente Territorial debe publicar el listado de las EPS autorizadas en el
municipio, la Red Prestadora de Servicios de Salud y la Carta de
Desempeo y planear e informar a los Usuarios sobre afiliacin en IPS y
Colegios.
4. La poblacin que se encuentre en estos listados de elegibles, debe
acercarse al lugar definido por las autoridades municipales, y
presentando sus documentos de identidad, escoger la EPS que quiera
dentro de las autorizadas. de conformidad a lo establecido en el
Decreto780 Artculo 2.1.7.1 Derecho a la libre escogencia de EPS. En el
Sistema General de Seguridad Social en Salud la eleccin de EPS se har
directamente por el afiliado de manera libre y voluntaria.
5. Suministrar a la EPS, los datos generales de su grupo familiar para que
pueda ser llenado el Formulario nico de Afiliacin y Traslado.
El ncleo familiar estar constituido por:
El cnyuge o compaera(o) permanente.
Los hijos menores de 18 aos
Los hijos mayores de 18 aos con incapacidad permanente
certificada.
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Los hijos mayores entre los 18 y 25 aos cuando sean estudiantes
con una intensidad de por los menos 20 horas semanales y
dependan econmicamente del cabeza del ncleo familiar.
Los nietos que sean hijos de menores de 18 aos o de menores de
25 aos estudiantes con una intensidad de por los menos 20 horas
semanales y que dependan econmicamente del cabeza del
ncleo familiar.
Los menores que vivan en el mismo hogar de acuerdo con la
ficha SISBEN a cargo de cualquiera de los dos cnyuges o
compaera(o) permanente o bajo proteccin de la familia.
5. Ninguna persona ajena al propio interesado, tiene autoridad para
obligar a nadie a escoger una u otra EPS, esta decisin es autnoma
y libre del beneficiario.
6. Una vez escogida la EPS del rgimen subsidiado, el afiliado deber
permanecer mnimo un (1) ao, despus de este tiempo podr
desistir de su voluntad de afiliacin con esta entidad y durante los
procesos de traslado seleccionar otra de las EPS autorizadas, a menos
que pierda las condiciones que lo acrediten como beneficiario de
subsidios del Estado o que la entidad seleccionada se retire del
mercado.
II. REGIMEN CONTRIBUTIVO SINONIMO DE UNIVERSALIDAD
El Rgimen Contributivo es el conjunto de normas que rigen la vinculacin
de los colombianos, que tienen vnculos laborales formales con empresas o
patronos, o trabajan de manera independiente y que por ello, tienen
capacidad de pago al Sistema General de Seguridad Social en Salud. Esta
capacidad se asume de manera compartida con la empresa y/o el
patrono, mediante una contribucin calculada segn sus ingresos laborales
denominada cotizacin, por medio de la cual tienen derecho a los servicios
de salud definidos en el Plan de Beneficios, tanto l como empleado,
como su familia o beneficiarios.
RECUERDE QUE NO PUEDE FIRMAR EL FORMULARIO DE AFILIACION
CON MAS DE UNA (1) EMPRESA PROMOTORA DE SALUD, ESTO PONE
EN RIESGO SU AFILIACION.
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Quienes son afilados al Rgimen Contributivo?
Existen dos tipos de vinculacin al Rgimen contributivo:
Como Trabajador Dependiente: Es aquella persona contratada
laboralmente por una empresa o por un patrono, para desarrollar labores
en un cargo especfico segn sus capacidades y formacin, trabajo por el
cual recibe un salario que incluye las prestaciones sociales, dentro de las
cuales est el aporte a los servicios de salud, denominado cotizacin.
Como Trabajador Independiente, es aquella persona que desarrolla una
actividad comercial, industrial, agrcola, ganadera, tcnica, profesional
entre otras, por sus propios medios, la cual le genera ingresos suficientes
que le permiten afiliarse al Sistema de Seguridad Social, con su grupo
familiar, como Trabajador Independiente; en este caso, asume de los
recursos que recibe por su trabajo, el aporte correspondiente a la
Cotizacin, el cual se calcula segn los ingresos que declara recibir.
Cmo puede mantenerse afiliado al Sistema de manera permanente y
continua? - Movilidad entre Regmenes -
Para mantenerse en el Sistema afiliado en forma permanente, debe hacer
uso del derecho a la movilidad entre regmenes, el cual consiste en la
posibilidad que el usuario del Rgimen Subsidiado y del Rgimen
Contributivo tiene de permanecer en la misma EPS, independientemente
a su condicin de trabajador en un determinado momento o de perder el
empleo en cualquier circunstancia; de esta forma, se garantiza la
continuidad e integralidad en la prestacin de los servicios del Plan de
Salud definido para los colombianos.
Cmo hago uso de la movilidad entre regmenes?
Cuando una persona previamente afiliada al rgimen subsidiado adquiere
capacidad de pago, podr mantenerse en la misma EPS del rgimen
subsidiado a la que se encuentra afiliado, sin necesidad de hacer nueva
afiliacin, solo requiere informarle al nuevo patrono, su voluntad de
mantenerse afiliado con la EPS con la que viene recibiendo servicios como
usuario del rgimen subsidiado y la empresa est en la obligacin de
realizar los trmites administrativos correspondientes a esta movilidad; en
este evento, la persona y su ncleo familiar reciben todos los beneficios del
rgimen contributivo, incluidas las prestaciones econmicas que
corresponden por ser afiliado cotizante.
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Los Afiliados al Rgimen Subsidiado que deciden asumir su cotizacin
directamente como trabajadores independientes, deben ingresar a la
pgina WEB www.ecoopsos.com.co Opciones:
Rgimen Contributivo
Empleadores trabajadores independientes
Pasos de inscripcin.
Registrndose como Aportante ante ECOOPSOS EPS S.A.S siguiendo el paso
a paso:
Paso 1. Descargue el Formulario de Inscripcin y novedades de aportantes
Paso 2. Diligencie el formulario, conforme al Instructivo
Paso 3. Remita el Formulario diligenciado al correo electrnico
[email protected], anexando Copia del
Documento de Identidad y Registro nico Tributario (RUT)
Importante: Para agilizar el Proceso le recomendamos que el asunto del
Correo Electrnico debe ser INSCRIPCION APORTANTE TIPO Y NUMERO DE
DOCUMENTO:
Ejemplo: INSCRIPCION APORTANTE CC 41584256
Por lo anterior el trabajador independiente recibir una notificacin de
INSCRIPCION COMO APORTANTE INDEPENDENTE siempre y cuando cumpla
con todos los requisitos; en el transcurso de 3 das hbiles recibir al correo
electrnico registrado en el FORMULARIO DE INSCRIPCION Y NOVEDADES DE
APORTANTES una notificacin de Inscripcin como Aportante por parte de
ECOOPSOS.
De otra parte ECOOPSOS le asignara una contrasea que debe ser
solicitada en la pgina WEB WWW.ECOOPSOS.COM.CO opciones:
Rgimen contributivo
Empleadores trabajadores independientes
De clic aqu en caso de no tener contrasea.
Contrasea que ser enviada al correo electrnico registrado en el
FORMULARIO DE INSCRIPCIN Y NOVEDADES DE APORTANTE en un
transcurso de 10 a 15 minutos.
http://www.ecoopsos.com.co/mailto:[email protected]://www.ecoopsos.com.co/http://webecoopsos.ecoopsos.com.co/WebExterna/Forms/Administracion/FrmForgetPass.aspx -
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De otra parte puede acercarse a las oficinas de ECOOPSOS e informar su
decisin de afiliarse a la seguridad social como usuario del Rgimen
Contributivo Trabajador Independiente; asumiendo los siguientes
acciones:
1. Diligenciar el FORMULARIO DE INSCRIPCIN Y NOVEDADES DE
APORTANTE y el FORMULARIO UNICO DE AFILIACION Y REGISTRO DE
NOVEDADES AL SGSSS teniendo en cuenta los instructivos de
diligenciamiento, registrando el ingreso base de cotizacin, que
corresponda a los ingresos como trabajador independiente y
adjuntando copia del documento de identidad y RUT.
2. Una vez radicada la afiliacin como trabajador independiente usted
debe solicitar a un Operador de informacin (Asopagos, Mi Planilla,
Aportes en Lnea etc) que liquide los Aportes de Seguridad Social
mediante la modalidad de planilla electrnica, como trabajador
independiente, el cual debe ser como mnimo UN SALARIO MINIMO
LEGAL MENSUAL VIGENTE, con esta informacin la Pagina realizar las
liquidaciones correspondientes a los compromisos econmicos en
Pensiones, Riesgos Laborales y Salud, con el Sistema General de
Seguridad Social.
3. Puede usted, posterior a la liquidacin con el operador, generar el pago
mediante un cdigo aportado por el mismo para que con l se acerque
a cualquier punto de pago (Efecty, Servientrega, Pagatodo, Almacenes
de Cadena y Bancos) realizando este proceso cada mes, garantizando
con este legalizar su afiliacin al rgimen contributivo con la EPS
ECOOPSOS.
Afilie a su familia sin costo adicional
Por el solo hecho de estar afiliado al Rgimen Contributivo, usted tiene
derecho a afiliar a los miembros de su familia como beneficiarios,
recibiendo la misma atencin que el afiliado cotizante, recibiendo el
mismo Plan de Beneficios en Salud en los mismos lugares y con los mismos
cuidados.
Al hacer uso de su derecho a la Movilidad usted tiene DERECHO a incluir
como beneficiarios a:
1. Cnyuge, compaera permanente
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2. Al recin nacido, presentando el Registro Civil.
3. Los hijos menores de 18 aos, incluso sin son adoptivos.
4. Los hijos de cualquier edad si tienen incapacidad permanente y
dependan econmicamente del Cotizante.
5. Los Hijos Entre 18 y 25 aos de edad, cuando sean estudiantes de tiempo
completo y dependan econmica del afiliado Cotizante.
6. Los Hijos del Conyugue o Compaero(a) permanente del afiliado que se
encuentra definida en la Numeral 3 y 4.
7. Cuando no se tenga conyugue o Compaero(a) permanente o hijos,
pueden afiliar a los padres que no se encuentren pensionados y
dependan econmicamente de este.
Nota: Se entiende que existe dependencia econmica cuando una
persona recibe de otras personas los medios necesarios para la
subsistencia.
...Reconocimiento de Prestaciones Econmicas
El trabajador dependiente o trabajador independiente, afiliado al
Rgimen Contributivo, tiene derecho al reconocimiento y pago de
las incapacidades por enfermedad general y por licencias de
maternidad y paternidad, as como el derecho a la cobertura en
caso de accidentes de trabajo y/o enfermedad laboral. En estos dos
casos, la demanda de servicios de salud que se origina ser cubierta
por la ARL a la que se encuentre afiliado el cotizante, conforme a las
reglas propias del Sistema de Riesgos Laborales.
Cmo se legaliza la Afiliacin?
1. Diligenciando el Formulario nico de Afiliacin y registro de novedades
al SGSSS, segn corresponda el caso para Rgimen Subsidiado o
Rgimen Contributivo.
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A partir de cundo queda afiliada la persona?
A partir del diligenciamiento del Formulario nico de Afiliacin y registro de
novedades al SGSSS, el cual debe firmar el cotizante o afiliado, segn el
rgimen al que corresponda; presentando los documentos de identidad
como: registro civil, tarjeta de identidad, cedula de ciudadana, cedula de
extranjera etc. del afiliado y su grupo familiar.
Cmo se identifica un Afiliado dentro del Sistema?
Con la presentacin del documento de identidad.
Cmo se afilia un recin nacido hijo de un afiliado?
Para la afiliacin de los recin nacidos, HIJOS DE AFILIADOS a ECOOPSOS
EPS SAS, no es necesario que pasen por el proceso de seleccin de
beneficiarios, pues a sus hijos se les otorga el cupo de manera automtica
cuando nace, presentando el Certificado de Nacido Vivo, y se legalizada
la afiliacin en el momento en que los padres y/o responsables del menor,
presentan el Registro Civil de nacimiento, diligencian el formulario de
afiliacin y entonces reciben el carne de ste.
En todo caso, al recin nacido se le garantiza el acceso a los servicios de
salud, a partir de la fecha de nacimiento y durante un ao con la
presentacin del Certificado de Nacido Vivo, entregada a los padres por la
IPS que atendi el parto.
La afiliacin del recin nacido, HIJO de NO AFILIADOS a ECOOPSOS EPS
S.A.S, se realiza de manera individual, siempre y cuando se encuentren
debidamente identificados con el Registro Civil de Nacimiento, y una vez la
Entidad Territorial disponga de cupos para la afiliacin de su ncleo familiar,
estas se tramitar ante la EPS a la cual el menor este afiliado.
.Actualice sus Datos,asegure su afiliacin
La veracidad y la actualizacin de la informacin de datos tambin es su
responsabilidad!
NOTA: Los datos personales aportados, forman parte de los ficheros
automatizados existentes en la Entidad, sern tratados y protegidos segn:
la ley Orgnica 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013 de Proteccin de
Datos de Carcter Personal, las polticas de tratamiento de la informacin y
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las normas que los reglamentan o complementan para el almacenamiento
y uso de la informacin.
Puede usted hacer Cambio de EPS?
Claro que s. El perodo mnimo de permanencia de un afiliado en la misma
Empresa Promotora de Salud del Rgimen Subsidiado y/o Contributivo es de
un ao; una vez cumplido este periodo, usted podr manifestar libremente
su voluntad de traslado, diligenciando en la oficina de atencin al usuario
de la EPS a la cual desea trasladarse ubicada en su municipio, el Formulario
nico de Traslado definido por el Ministerio de la Salud y de la Proteccin
Social.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto780 Artculo 2.1.7.1 Derecho a
la libre escogencia de EPS. En el Sistema General de Seguridad Social en
Salud la eleccin de EPS se har directamente por el afiliado de manera
libre y voluntaria.
III. EL DERECHO A LA PORTABILIDAD NACIONAL
Qu debo hacer cuando cambio de municipio de manera ocasional y de
forma permanente?
De acuerdo a la normatividad vigente Usted puede ejercer su derecho a la
portabilidad, para lo cual debe notificar a su EPS, la decisin de trasladarse
de municipio de manera ocasional (menos de un mes), de forma temporal
(mximo doce meses) o de forma permanente (definitivo), a travs de la
lnea telefnica de atencin al usuario o mediante una comunicacin
escrita o por correo electrnico ([email protected]) o
personalmente en cualquiera de nuestras oficinas municipales, o a travs
de nuestra pagina web www.ecoopsos.com.co en el link de Portabilidad
Cambio de municipio, especificando los siguientes datos:
Sus Nombres y apellidos
Su nmero de documento de identidad y el tipo de documento
Telfono fijo
Telfono Celular
Municipio del que se va (municipios de origen)
Municipio al que se traslada (municipio receptor)
Direccin del nuevo municipio
Tiempo que estar en el municipio al que se traslada
mailto:[email protected]://www.ecoopsos.com.co/ -
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Hospital en el que lo estaban atendiendo en su municipio de origen
Hospital en el que desea que lo atiendan en el nuevo municipio
Correo electrnico
De esta forma Ecoopsos EPS SAS o cualquier EPS, podr garantizar la
portabilidad de su afiliacin y el acceso a los servicios de salud en cualquier
parte del Territorio Nacional.
No existen periodos de carencia, ni periodos mnimos de afiliacin para
que los afiliados del Rgimen Subsidiado, accedan una vez afiliados a una
EPS a los servicios de salud a los que tiene derecho en el Plan de Beneficios.
III. SERVICIOS DE SALUD A LOS QUE TENEMOS DERECHO LOS USUARIOS DEL
REGIMEN SUBSIDIADO Y DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO PLAN DE BENEFICIOS
El Plan de Beneficios comprende una serie de servicios actividades de
salud, procedimientos y suministros que el Sistema General de Seguridad
Social en Salud garantiza para las personas de los niveles 1 y 2 del SISBEN y
sin capacidad de pago afiliadas al Rgimen Subsidiado y a las personas
con capacidad de pago afiliadas al Rgimen Contributivo, a travs de las
EPS habilitadas, que busca mantener una vida saludable de los afiliados y
recuperar su salud.
Cules Servicios de Salud estn cubiertos por el Plan de Beneficios?
1. Acciones de Promocin de la Salud y Prevencin de la Enfermedad
Son acciones en salud que se realizan a la poblacin en general, las
cuales permiten identificar factores de riesgo individuales y colectivos que
favorecen la aparicin inicial de la enfermedad, con el fin de planear
y realizar intervenciones que faciliten el diagnostico, tratamiento
oportuno, y la reduccin, duracin de la enfermedad, evitando
secuelas incapacidad o muerte, el desarrollo de estas actividades se
realizan en el marco de la Poltica de atencin integral (PAIS), Modelo de
atencin integral ( MIAS) y las Rutas Integrales de:
Acciones de Proteccin Especfica.
Vacunacin
Atencin Preventiva en Salud Bucal
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Atencin del Parto
Atencin al Recin Nacido
Planificacin familiar
Acciones de Deteccin temprana de:
Alteraciones de Crecimiento y Desarrollo en Menores de 10 aos
Alteraciones de Joven de 10 a 29 aos
Alteraciones de Mujeres embarazadas
Alteraciones de Adulto mayor de 45 aos
Alteraciones de Agudeza visual
Alteraciones de Cncer de seno y cuello uterino ( Incluye la mamografa y
la biopsia de mama.
Las acciones de proteccin especfica y deteccin temprana se organizan bajo
Rutas Integrales de Atencin las cuales incorporan acciones sectoriales e
intersectoriales; intervenciones individuales y colectivas, con el propsito de
identificar e intervenir oportunamente factores de riesgo, ya sea para evitar la
aparicin de una o varias condiciones especficas en salud o para realizar el
diagnstico, tratamiento, rehabilitacin y paliacin, segn cada situacin.
Las RIAS actualmente establecidas son:
Para la promocin y mantenimiento de la salud.
Para la poblacin materno perinatal.
Para la poblacin con riesgo o presencia de alteraciones cardio cerebro
vascular metablicas manifiestas (Hipertensin Arterial -HTA, Diabetes
Mellitus DM y Obesidad.)
Para la poblacin con riesgo o presencia de cncer (Cncer de Mama y
Cncer de Crvix).
Para la poblacin con riesgo o presencia de alteraciones nutricionales
(Atencin a la Desnutricin Aguda para menores de 5 aos).
Para la poblacin con riesgo o presencia de trastornos mentales y del
comportamiento manifiesto debido a uso de sustancias psicoactivas y
adicciones.
Para la poblacin con riesgo o presencia de enfermedades infecciosas
(Enfermedades transmitidas por vectores: Chagas, Leishmaniosis, Malaria, Dengue,
Chikungunya y Zika).
2. Atencin Ambulatoria y Hospitalaria del Menor Complejidad
Consulta mdica
Consulta odontolgica
Exmenes diagnsticos (laboratorio clnico, radiografas, etc.)
Procedimientos
-
20
Suministro de medicamentos
Internacin a nivel hospitalario de baja complejidad
Material mdico quirrgico
Exmenes de laboratorio
Imgenes diagnsticas
Derechos de hospitalizacin
Ciruga y sala de partos
Atencin del parto de bajo riesgo vaginal
Ligadura de Trompas de Falopio.
3. Atencin Ambulatoria y Hospitalaria de Mayor Complejidad
Atencin en Salud sexual y reproductiva.
Atencin de enfermedades del metabolismo.
Atencin de enfermedades cardiovasculares.
Atencin de enfermedades gastrointestinales.
Atencin de enfermedades inflamatorias.
Atencin de enfermedades infecciosas.
Atencin de enfermedades neurolgicas.
Atencin de enfermedades oftalmolgicas.
Atencin de enfermedades renales y urolgicas.
Atencin domiciliaria requeridas por el mdico tratante.
Atencin de enfermedades mentales cubre la hospitalizacin por
90 das, en caso de ser mujeres o menores vctimas de violencia
intrafamiliar cubre hasta 180 das de hospitalizacin.
4. La Atencin de Menores de 18 aos, se establece por Ciclos Vitales
definindolos as:
de 0 a 6 aos;
6 a 14 aos;
14 a 18 aos.
Para este grupo poblacional, el Plan de Beneficios cubre las
tecnologas en salud para el diagnostico, tratamiento y/o
Rehabilitacin, requeridas en la atencin de cualquier necesidad de
salud que se presenten en la modalidad ambulatoria, hospitalaria o
domiciliaria, segn el criterio del profesional tratante. Algunos servicios
especiales para esta poblacin, por ciclo vital:
-
21
Atencin desde la etapa prenatal a menores de 6 aos.
Cobertura de Implante Coclear a menores de 3 aos.
Atencin en Salud Mental. Sesiones de psicoterapia individual en
total por psiclogo y mdico especialista competentes, durante el
ao calendario.
Psicoterapia Ambulatoria. Para las personas menores de 6 aos
vctimas de violencia intrafamiliar, abuso sexual, trastornos
alimentarios como anorexia o bulimia, caso de abuso de sustancias
psicoactivas y personas menores con discapacidad.
Atencin con Internacin En Salud Mental. Para las personas menores
de 6 aos vctimas de violencia intrafamiliar, abuso sexual, trastornos
alimentarios como anorexia o bulimia, casos de abuso de sustancias
psicoactivas y menores con discapacidad,
Atencin desde los 6 aos a menores de 14 aos.
Atencin en Salud Mental. Se cubre la atencin ambulatoria con
psicoterapia individual o grupal. Para las personas de 6 aos a
menores de 14 aos, vctimas de violencia intrafamiliar, abuso sexual,
trastornos alimentarios como anorexia o bulimia, caso de abuso de
sustancias psicoactivas y personas menores con discapacidad
Psicoterapia Ambulatoria.
Atencin con Internacin En Salud Mental.
Atencin Para Menores De 14 Aos A Menores De 18 Aos
Atencin en Salud Mental, Para las personas de 14 aos a menores de
18 aos, vctimas de violencia intrafamiliar, abuso sexual, trastornos
alimentarios como anorexia o bulimia, caso de abuso de sustancias
psicoactivas y personas menores con discapacidad,
Psicoterapia Ambulatoria.
Atencin con Internacin En Salud Mental.
La atencin para Jvenes y maternas se prestara directamente por
Pediatra y Ginecologa sin necesidad de ser prescritos por el mdico
general.
-
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5. Atencin de Enfermedades de Alto Costo
Trasplante renal, corazn, hgado, mdula sea y crnea.
Manejo quirrgico de enfermedades cardiacas, de aborto torcica y
abdominal, vena cava, vasos pulmonares y renales, incluyendo las
tecnologas en salud de cardiologa y hemodinmia para
diagnostico, control y tratamiento, as como la atencin hospitalaria
de los casos de infarto agudo de miocardio.
Manejo quirrgico para afecciones del sistema nervioso central,
incluyendo las operaciones plsticas en crneo necesarias para estos
casos, as como las tecnologas en salud de medicina fsica y
rehabilitacin que se requieran, as mismo, los casos de trauma que
afecten la columna vertebral y/o el canal raqudeo siempre que
involucren dao o probable dao de medula y que requieran
atencin quirrgica, bien sea por neurociruga o por ortopedia y
traumatologa.
Correccin quirrgica de la hernia de ncleo pulposo incluyendo las
tecnologas en salud de medicina fsica y rehabilitacin que se
requiera.
Atencin de insuficiencia renal aguda o crnica, con tecnologa en
salud para su atencin y/o las complicaciones inherentes a la misma
en el mbito ambulatorio y hospitalario.
Atencin integral del gran quemado. Incluye las intervenciones de
ciruga plstica reconstructiva o funcional para el tratamiento de las
secuelas, la internacin, fisiatra y terapia fsica.
Pacientes infectados por VIH/SIDA.
Pacientes con cncer.
Reemplazos articulados.
Internacin en Unidad de Cuidados Intensivos.
Manejo quirrgico de enfermedades congnitas.
Manejo del trauma mayor.
6. Urgencias
Se garantiza la atencin inicial de urgencias a toda la poblacin afiliada
independientemente de la edad y para cualquier enfermedad o evento
de salud que presente, est a tencin se garantiza en las diferentes
Instituciones Prestadores de Servicios de Salud del Pas. Para el caso de
los pacientes con problemas mentales se cubre la atencin inicial de
urgencias.
-
23
Las atenciones subsiguiente y/o tratamiento definitivo solo ser
garantizado por la EPS si los casos y eventos corresponden al Plan de
Beneficios.
7. Medicamentos
Los afiliados tienen derecho a recibir los medicamentos incluidos en la
Resolucin 5269 de 2017 en su anexo 1 y para tramitarlo y recibirlos,
usted debe presentar la frmula mdica original vigente y cualquier
documento que lo identifique tal como carn de salud y/o su
documento de identificacin en los puntos de atencin incluidos en la
red de la entidad.
La cobertura de un medicamento en el Plan de Beneficios en Salud con
cargo a la UPC est determinada por las siguientes condiciones:
principio activo, concentracin, forma farmacutica y uso especfico en
los casos en que se encuentre descrito en el listado de medicamentos
del Anexo 1 de la Resolucin 5269 de 2017.
Para la cobertura deben coincidir todas estas condiciones segn como
se encuentren descritas en el listado.
Los medicamentos descritos en el Anexo 1 de la Resolucin 5269 de
2017, al igual que otros que tambin se consideren con cargo a la UPC
Seor Afiliado recuerde
(Artculo 16 del Decreto 2200 de 2005)
Artculo 2.5.3.10.16. Contenido de la prescripcin. La prescripcin del
medicamento deber realizarse en un formato el cual debe contener,
como mnimo, los siguientes datos cuando estos apliquen:
1. Nombre del prestador de servicios de salud o profesional de la salud
que prescribe, direccin y nmero telefnico o direccin electrnica.
2. Lugar y fecha de la prescripcin.
3. Nombre del paciente y documento de identificacin.
4. Nmero de la historia clnica.
5. Tipo de usuario (contributivo, subsidiado, particular, otro).
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16944#16 -
24
6. Nombre del medicamento expresado en la Denominacin Comn
Internacional (nombre genrico).
7. Concentracin y forma farmacutica.
8. Va de administracin.
9. Dosis y frecuencia de administracin.
10. Perodo de duracin del tratamiento.
11. Cantidad total de unidades farmacuticas requeridas para el
tratamiento, en nmeros y letras.
12. Indicaciones que a su juicio considere el prescriptor.
13. Vigencia de la prescripcin.
14. Nombre y firma del prescriptor con su respectivo nmero de registro
profesional.
(Artculo 17 del Decreto 2200 de 2005)
Las frmulas de medicamentos tendrn una vigencia no inferior a
(30) das contado a partir de la fecha de su expedicin.
Para pacientes con patologas crnicas como Hipertensin, Diabetes
y otras, con manejo de medicamentos su mdico tratante podr
realizar la formular hasta por un periodo de (90) das, La EPS a travs
de sus proveedores realizara la entrega mes a mes.
Los medicamentos de los programas especiales estn financiados por
el Ministerio de Salud y Proteccin Social.
Recuerde a su mdico la formulacin del medicamento en
presentacin genrica para evitar inconvenientes al momento
de la entrega de su medicamento.
8. Traslado de pacientes
Se cubre el traslado interinstitucional a otros niveles superiores de atencin
siempre y cuando medie la remisin de un profesional de la salud en las
patologas cubiertas por el plan de beneficios del POS subsidiado.
Cmo es la atencin de accidentes de trnsito?
En caso de accidente de trnsito, la cobertura inicial es por parte de la
pliza SOAT de los vehculos involucrados. La EPS cubre los servicios
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16944#17 -
25
facturados despus que se sobrepasen los 800 Salarios Mnimos Legales,
cubiertos por el seguro SOAT. La cobertura estar a cargo de la EPS siempre
y cuando se trate de los procedimientos y actividades definidos dentro de
la cobertura del Rgimen Subsidiado que fueron detalladas anteriormente.
IV. UN COMPROMISO: EL AUTOCUIDADO, LA PROTECCIN Y LA
PROMOCIN DE ESTILOS DE VIDA SALUDABLES
..Que Necesita como Usuario para Demandar Servicios De Salud..?
Crear conciencia de los riesgos biolgicos, ambientales y sociales que
afectan su salud, por tanto, mejorar las condiciones de salud de nuestros
afiliados y mantenerlos saludables, es la misin y deber ser de la entidad,
para ello garantizamos, un programa institucional especial denominada
Demanda Inducida, mediante el cual directamente la entidad llega al
domicilio del al afiliado y de la familia y/o lo contacta en los sitios de
atencin en salud que utiliza, para crearle conciencia de sus riesgos
biolgicos, ambientales y sociales y de esta forma canalizarle a las
acciones en salud que requiere y a las acciones educativas, formativas y
de informacin que le ayuden a transformar sus costumbres y prctica
individuales y colectivas creando factores protectores para una vida
saludable.
Por ello, seor usuario le invitamos a participar en:
Las actividades educativas desarrolladas a travs de los espacios y
reuniones peridicas de aprendizajes permanentes y continuados
programadas en su municipio y orientados a la transformacin de
costumbres y prctica individuales de vida y estilos saludables que
generen factores protectores para una vida sana, realizadas por el
PIEFI, Programa de Informacin y Educacin. Este programa cuenta con
temas enfocados al Desarrollo Humano y a la Promocin de la salud y la
prevencin de la enfermedad, en los cuales entregamos material
informativo como: plegables, volantes, peridico, cartillas, entre otros de
los diferentes temas, que le ayudaran a recordar estos para fomentar su
prctica y le facilitaran transmitir a su comunidad el conocimiento
adquirido.
-
26
PARTICIPE EN ESTAS ACTIVIDADES DE CAPACITACION, APRENDERA Y
PODRA AYUDAR A SU FAMILIA Y A SU COMUNIDAD A MANTENERSE
SANOS
Los Grupos de Inters en Salud - GIS, creados para reunir
peridicamente a los afiliados con riesgos de enfermar comunes a los
que usted puede tener. A travs de stos desarrollamos:
a. Capacitacin y educacin en salud para evitar o mitigar el riesgo.
b. Seguimiento y acompaamiento peridico a la prestacin de las
acciones en salud necesarias para intervenir sus factores de riesgo,
monitorizando y acompaando los servicios de salud que usted
recibe.
c. Actividades sociales, culturales, recreativas y motivacionales
ajustadas a sus expectativas, intereses y necesidades como espacio
de integracin con sus vecinos y otros afiliados interesados en
prevenir el riesgo de enfermar.
d. Conocimiento de factores protectores ambientales, culturales,
econmicos, laborales, habitacionales, que le permitan crear en su
diario actuar acciones protectoras de su salud y estilos de vida
saludables y de auto cuidado para prevenir la enfermedad.
ASISTA PERIODICAMENTE A LOS GRUPO DE INTERS GIS, QUE SEA
CONVOCADO, RECUERDE QUE DEBEMOS MANTENER CONTROLADOS
TODOS LOS FACTORES DE RIESGO Y ESTO REQUIERE SU COMPROMISO
FRENTE A LAS ACTIVIDADES QUE REALIZAMOS, ASI SE MANTENDRA
SANO
ASISTACOMPROMETASE
Programas Especiales de Intervencin del Riesgo
Programa Infancia Sana
Orientado a los nios y nias menores de 10 aos, para mantener y/o
mejorar el estado de salud, en el ambiente en el que se desarrollan
diariamente: hogar, escuela o colegio, barrio, etc.; as como el refuerzo
de los lazos de confianza, responsabilidad y afecto previniendo toda
forma de maltrato infantil.
-
27
Programa Jovenes Para Jovenes
Creado especialmente para los y las jvenes entre los 11 y los 29 aos,
est orientado a promover el desarrollo de actitudes, comportamientos y
habilidades para la vida, a travs del autoconocimiento, la autoestima,
la comunicacin y la adecuada convivencia entre los grupos de
pertenencia.
Programa Salud Femenina
Orientado a las mujeres desde los 15 y hasta los 49 aos de edad, para
la proteccin de la salud femenina mediante la implementacin de
acciones de reconocida eficacia en la prevencin de lesiones
cancerosas invasivas y en la promocin del uso de mtodos de
planificacin familiar.
Programa Mujer Gestante
Busca disminuir la incidencia de complicaciones relacionadas con el
embarazo, parto y postparto, a travs de la intervencin temprana de
factores de riesgo mejorando as las condiciones de salud del binomio
madre e hijo.
Programa Adulto Sano
Dirigido a hombres y mujeres adultos, y est orientado al manejo
adecuado de las enfermedades crnicas no transmisibles como la
Hipertensin Arterial y la Diabetes Mellitus y de las complicaciones
derivadas de estas como es la Enfermedad Renal Crnica.
RECUERDE como afiliado a ECOOPSOS EPS SAS usted recibe en forma
permanente en nuestras oficinas, en las IPS o directamente en su domicilio o
espacios comunitarios, a travs de nuestro equipo de gestores en salud:
Informacin y orientacin sobre las actividades de proteccin
especfica y deteccin temprana que segn su edad y sexo debe
recibir y la forma de acceder a estas, garantizando la intervencin
preventiva de los riesgos de enfermar.
Educacin y capacitacin promocionando el desarrollo individual e
integral por ciclo vital y la adopcin de estilos de vida saludable.
-
28
Canalizacin a los servicios de Proteccin Especfica, Deteccin
Temprana contratadas con las IPS, en los diferentes momentos de
contacto de usted con la entidad (oficina, IPS, jornadas extramurales
en su comunidad, espacios de participacin comunitaria y visitas
domiciliarias)
Participacin en espacios municipales de comunicacin de alto
impacto que permitan un contacto con otros grupos de poblacin,
que puedan recibir y multiplicar la informacin referente a
actividades, procedimientos e intervenciones de proteccin
especfica y deteccin temprana.
Cules son los Servicios de Proteccin Especfica y Deteccin Temprana?
Los promotores de demanda inducida y atencin primaria de nuestra
Entidad, realizan en cada contacto con usted canalizacin a estos
programas, de acuerdo al ciclo vital, djese convencer y asista a los
controles que ellos le indiquen, as:
Recin Nacidos
Control mdico a las 72 horas de nacido del menor.
Nios y Nias de 0 a 10 aos:
Programa de vacunacin segn esquema PAI.
Programa de Crecimiento y Desarrollo
Tamizaje de salud visual (para nios y nias de 4 aos)
Programa de salud oral
Jvenes entre los 11 y 29 aos
Programa Deteccin de alteraciones del joven
Programa de Salud oral
Tamizaje visual (para jvenes de 11 y 16 aos)
Mujeres menores de 25 aos y hasta los 69 aos:
Canalizacin a toma de citologa vaginal
Mujeres en edad frtil:
Programa de vacunacin segn esquema PAI
Programa de Planificacin familiar
-
29
Programa de Control Prenatal
Control a los 8 das posparto
Adultos mayores de 45 aos
Programa de Planificacin familiar
Programa Deteccin de alteraciones del adulto
Toma de mamografa (para usuarias de 50 y mas aos)
Tamizaje visual (adultos de 45, 55, 60, 65 aos y mas)
Cules son los eventos de Inters en Salud Pblica?
A continuacin mencionamos algunos eventos de inters en salud pblica
a los cuales se realiza seguimiento y vigilancia:
Eventos Inmunoprevenibles
Parlisis flcida aguda (PFA)
Sarampin/Rubola, y Sndrome de Rubola Congnita (SRC)
Parotiditis
Ttanos neonatal
Ttanos accidental
Tos ferina y difteria
Varicela
Eventos supuestamente atribuidos a la inmunizacin (ESAVI)
Meningitis Bacteriana Aguda
Enfermedades respiratorias
Infeccin respiratoria aguda
Infeccin respiratoria aguda grave inusitada
Eventos por Micobacterias
Tuberculosis Y Tuberculosis Farmacorresistente
Lepra
Enfermedades Transmitidas Por Vectores (ETV) y zoonosis
Fiebre Amarilla
Malaria
Dengue
-
30
Chikungua
Zika
Leishmaniasis cutnea, mucosa y visceral
Enfermedad de Chagas
Infecciones De Transmisin Sexual (ITS)
VIH/SIDA
Sfilis gestacional y congnita
Hepatitis B y C
ZOONOSIS
Rabia
Accidente ofdico
Leptospirosis
Encefalitis
Otros eventos de zoonosis
Enfermedades vehiculizadas por agua y/o alimentos
Enfermedad diarreica aguda en menores de 5 aos
Enfermedades transmitidas por alimentos (ETA)
Fiebre tifoidea/paratifoidea
Clera
Hepatitis A.
Intoxicaciones
Eventos de Maternidad Segura
Mortalidad materna
Mortalidad perinatal y neonatal tarda
Morbilidad materna extrema (MME).
Enfermedades Crnicas no Transmisibles
Cncer en menores de 18 aos
Hipotiroidismo congnito
Defectos Congnitos
Lesiones por plvora
Exposicin al Fluor
Violencia de Gnero
Enfermedades Hurfanas Raras
-
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Intento de suicidio
Vigilancia Nutricional
Bajo peso al nacer a trmino
Desnutricin en menores de 5 aos.
V. LOS SERVICIOS NO SON INFINITOS, PROTEJAMOS LOS RECURSOS
Exclusiones y Limitaciones del Plan de Beneficios
As como, un nmero importante de actividades estn cubiertas en el
Rgimen Subsidiado (Resolucin 5269 de 2017), existen algunos servicios
de salud que no se encuentran dentro del Plan de Beneficios tales como:
Tecnologas cuya finalidad no sea la promocin de la salud, prevencin,
diagnstico, tratamiento, rehabilitacin o paliacin de la enfermedad.
Tecnologas de carcter educativo, instructivo o de capacitacin, que
no corresponden al mbito de la salud aunque sean realizadas por
personal del rea de la salud.
Servicios no habilitados en el sistema de salud, as como la internacin en
instituciones educativas, entidades de asistencia o proteccin social tipo
hogar geritrico, hogar sustituto, orfanato, hospicio, guardera o granja
protegida, entre otros.
Cambios de lugar de residencia o traslados por condiciones de salud, as
sean prescritas por el mdico tratante.
Servicios y tecnologas en salud conexos, as como las complicaciones
que surjan de las atenciones en los eventos y servicios que cumplan los
criterios de no financiacin con recursos del SGSSS sealados en el
artculo 154 de la Ley 1450 de 2011.
Cmo acceder a los servicios de salud NO contemplados en el Plan de
Beneficios?
Existen algunos servicios de salud no incluidos en el Plan de beneficios y por
tanto, se le denominan TECNOLOGIAS NO POS, estos pueden ser
medicamentos, procedimiento o servicios, cuya prestacin se encuentran
bajo la responsabilidad de los Entes Territoriales Departamentales de
acuerdo a modelos definidos por la Resolucin 1479 de 2015 y adoptado
por cada uno de los Entes.
-
32
Por tanto, seor usuario, si pertenece al Rgimen Subsidiado, una vez el
mdico le prescriba los servicios y/o medicamentos NO incluidos en el Plan
de Beneficios, Usted debe dirigirse a las Oficinas de Atencin al Usuario de
manera Inmediata (cuenta con un plazo mximo de 3 das hbiles) y
entregar los siguientes soportes:
Orden medica vigente y legible, expedida por el mdico tratante.
Justificacin NO POS vigente y legible, expedida por el mdico
tratante.
Evolucin, Reporte de consulta, Epicrisis y/o Historia Clnica legible,
expedida por el mdico tratante.
Con los soportes correctamente diligenciados y completos, el Comit
Tcnico Cientfico, conformado por un mdico, un representante de los
usuarios y un representante de las IPS, evaluar el caso y generara una
respuesta dentro de los 2 das hbiles siguientes a la solicitud.
Transcurridos los dos (2 das hbiles), usted debe acercarse a la oficina
donde radic su solicitud, para ser notificado de la respuesta por parte de
CTC, la cual puede ser (APROBACIN Y/O NEGACION) segn Criterios de la
Normatividad Vigente (Resolucin 5395 de 2013 Titulo II)
En caso de ser Aprobada la solicitud, y su departamento de carnetizacin
es Cundinamarca, Usted debe dirigirse con el Acta de CTC a la Secretaria
de Salud Municipal donde le informaran la direccin del proveedor de
medicamentos ms cercano o la IPS que realizara el procedimiento.
Usuarios carnetizados en los Departamentos de Antioquia, Boyac, Huila y
Norte de Santander una vez aprobada la solicitud, le harn entrega del
Acta de CTC y le informaran la fecha y el proveedor que entregara los
medicamentos o la IPS donde le ser realizado el procedimiento.
Si su lugar de carnetizacin corresponde al Departamento de Tolima
deber radicar la Orden medica, Justificacin NO POS, Evolucin, y/o
Historia Clnica, expedida por el mdico tratante vigentes y legibles, ante el
Hospital de la red pblica de I y II Nivel ms cercana a su sitio de
residencia, donde le realizaran entrega del Medicamento o le informaran la
IPS que realizara el procedimiento.
En caso de pertenecer al Rgimen Contributivo, el mdico le entregara un
documento como este, para ser radicado en las oficinas de ECOOPSOS EPS
S.A.S
-
33
Si tiene alguna inquietud dirjase a nuestras oficinas de informacin y
atencin al usuario consignadas en sta cartilla o acrquese a las oficinas
departamentales que a continuacin relacionamos:
ENTE DEPARTAMENTAL
DEPARAMENTO
CIUDAD DIRECCIN PAGINA WEB
Antioquia Medelln Calle 42B No. 52-106 www.antioquia.gov.co
Boyac Tunja Calle 20 No. 9 - 90 Casa de la Torre www.boyaca.gov.co
Cundinamarca Bogot Calle 26 No 51-53 www.cundinamarca.gov.co
Huila Neiva Carrera 4 Calle 8 esquina www.gobernacionhuila.gov.co
Norte de Santander San Jos de Ccuta Avenida 5 Calle 13 y 14 Esquina; Ccuta www.nortedesantander.gov.co
Tolima Ibagu Carrera 3a. Entre calles 10A y 11 www.tolima.gov.co
Causales de negacin de tecnologas No Cubiertas por el Plan de
Beneficios.
De acuerdo a lo definido en la Resolucin 5395 de 2013, la solicitud
adelantada por usted podr ser negada por las siguientes causas:
Ilegibilidad en alguno de los documentos.
Falta de Orden mdica.
Tecnologa solicitada sin justificacin mdica.
Error en las cantidades prescritas en nmeros y/o letras.
http://www.antioquia.gov.co/http://www.boyaca.gov.co/http://www.cundinamarca.gov.co/http://www.gobernacionhuila.gov.co/http://www.nortedesantander.gov.co/http://www.tolima.gov.co/ -
34
Identificacin ilegible o no concordante en los soportes clnicos
entregados.
Exclusin de la tecnologa dentro del Plan de Beneficios.
o Tecnologas cuya finalidad no sea la promocin de la salud,
prevencin, diagnstico, tratamiento, rehabilitacin o paliacin de la
enfermedad.
o Tecnologas de carcter educativo, instructivo o de capacitacin,
que no corresponden al mbito de la salud aunque sean realizadas
por personal del rea de la salud
o Servicios no habilitados en el sistema de salud, as como la internacin
en instituciones educativas, entidades de asistencia o proteccin
social tipo hogar geritrico, hogar sustituto, orfanato, hospicio,
guardera o granja protegida, entre otros.
o Cambios de lugar de residencia o traslados por condiciones de salud,
as sean prescritas por el mdico tratante.
o Servicios y tecnologas en salud conexos, as como las complicaciones
que surjan de las atenciones en los eventos y servicios que cumplan
los criterios de no financiacin con recursos del SGSSS sealados en el
artculo 154 de la Ley 1450 de 2011.
o Servicios y tecnologas que no sean propiamente del mbito de la
salud o que no se puedan configurar como determinantes sociales
de salud conforme al artculo 9 de la Ley 1751 de 2015.
VI. NUESTROS DERECHOS EN SALUD COMPROMISO Y RESPONSABILIDAD
DE TODOS
DERECHOS DE AFILIADOS, COTIZANTES Y BENEFICIARIOS
Los afiliados del Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia
independientemente a su condicin de cotizantes, beneficiarios o afiliados
subsidiados tienen una serie de derechos definidos normativa y
constitucionalmente, que deben ser acatados y respetados por todos los
actores del sistema independientemente del Rgimen de Salud al que se
pertenezcan o al estado de la afiliacin que se tenga.
-
35
CONOZCAMOS NUESTROS DERECHOS
DE TODA PERSONA FRENTE A LOS SERVICIOS DE SALUD
Derecho al Acceso a los servicios de salud
Todo afiliado o paciente tiene derecho a que las EPS y las IPS les garanticen
acceso a los servicios de salud, sin restricciones por motivos de raza, sexo,
edad, idioma, religin, opiniones polticas o de cualquier ndole, origen
social, posicin econmica o condicin social tiene derecho a:
Acceder, en condiciones de calidad y oportunidad y sin restriccin a
las actividades, procedimientos, intervenciones, insumos y
medicamentos incluidos en el Plan de Beneficios.
Acceder a las actividades procedimientos, intervenciones, insumos y
medicamentos no incluidos en el plan de beneficios y que sean
requerido con necesidad.
Ninguna barrera, ni obstculos que impidan su utilizacin y si es
necesario la presencia y soporte de un acompaante para acceder
al servicio, este traslado debe garantizarse.
Acceder a las pruebas de exmenes diagnsticos indispensables para
determinar si requiere o no un servicio de salud.
A que la entidad promotora de salud autorice los servicios que
requiera y aquellos que requiera con necesidad, incluso si no se
encuentran en el plan obligatorio de salud. El acceso a los servicios de
salud, debe ser oportuno, de calidad y eficiente.
Acceder a los servicios y tecnologas de salud, que le garanticen una
atencin integral, oportuna y de alta calidad.
Recibir proteccin especial cuando se padecen enfermedades
catastrficas o de alto costo. Esto implica el acceso oportuno a los
servicios de salud y la prohibicin de que bajo ningn pretexto se
pueda dejar de atender a la persona, ni pueda cobrrsele copagos.
-
36
Especificaciones muy precisas sobre cul es la institucin prestadora
de servicios de salud que tiene la obligacin de realizar las pruebas
diagnsticas requeridas.
Acompaamiento para obtener una cita con un especialista y
durante el proceso de solicitud del servicio, con el fin de asegurar el
goce efectivo de sus derechos.
No condicionar la prestacin de los servicios a pago de sumas de
dinero cuando carece de la capacidad econmica para sufragarlas.
No tener obstculos burocrticos y trmites administrativos que
demoran irrazonablemente el acceso a un servicio de salud.
Respeto a la voluntad de aceptar o rechazar la donacin de sus
rganos para que sean trasplantados a otros enfermos.
Morir con dignidad y respetando la voluntad de permitir que el
proceso de la muerte siga su curso natural en la fase terminal de su
enfermedad.
Acceder a los servicios de salud sin que la Entidad Promotora De Salud
pueda imponer como requisito de acceso a un servicio de salud el
cumplimiento de cargas administrativas propias de la Entidad.
Toda persona tiene derechos a que su Entidad Promotora De Salud
autorice y tramite internamente los servicios de salud ordenados por
su mdico tratante, pudiendo ste iniciar dicho trmite; incluyendo
aquellos servicios de salud que no se encuentren en el Plan de
Beneficios.
Recibir la atencin de urgencias que sea requerida con la
oportunidad que su condicin amerite sin que sea exigible
documento o cancelacin de pago previo alguno, ni sea obligatoria
la atencin en una institucin prestadora de servicios de salud de la
red definida por la entidad promotora de salud.
Los pagos moderados no pueden constituir barreras de acceso a los
servicios de salud para las personas que no tienen la capacidad
econmica de acuerdo con la estratificacin socioeconmica de
soportar el pago del mismo.
-
37
Recibir los servicios de salud en condiciones de habitabilidad, higiene,
seguridad y respeto a su intimidad.
Recibir la valoracin cientfica y tcnica por parte de la entidad
promotora de salud, cuando del concepto mdico externo de un
profesional de la salud reconocido, se considere que la persona
requiera dicho servicio.
Acceder a los bienes y servicios de salud con continuidad. El acceso
a un mejor servicio debe ser continuo y en ningn caso puede ser
interrumpido sbitamente.
Presentar para la verificacin de derechos nicamente el documento
de identidad o cualquier otro mecanismo tecnolgico que permita
demostrar el derecho. No podr exigirse al afiliado, copia, fotocopia
o autenticaciones de ningn documento.
Acceder a los servicios de salud de acuerdo con el principio de
integralidad, garantizando la oportunidad, calidad y eficiencia de
todos ellos.
Derecho a la Proteccin especial a nias y nios.
Proteccin especial a nias y nios que acceden a los servicios de salud,
para conservar su vida, su dignidad y su integridad, as como para
desarrollarse armnica e integralmente, estn especialmente protegidos,
entendindose por nia o nio, toda persona menor de 18 aos, las cuales
tienen los siguientes derechos:
Que la EPS que lo afilie incluya en los servicios que le cubre:
educacin, informacin, fomento de la salud, promocin y
prevencin, diagnstico, tratamiento y rehabilitacin de la
enfermedad en los diferentes niveles de complejidad; as como el
suministro de medicamentos esenciales en su denominacin genrica
de acuerdo con los contenidos del Plan de Beneficios.
Que se le preste asistencia mdica durante todo el proceso de su
enfermedad de acuerdo con los contenidos del Plan de Beneficios.
Tener el concepto cientfico del mdico tratante, de la IPS
encargada de garantizar la prestacin del servicio, como el principal
criterio para establecer si se requiere un servicio de salud.
Que la IPS tratante, escuche el concepto diferente de un mdico
tratante del afiliado no adscrito a la entidad, y que su orden mdica,
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conceptos y valoracin sea aceptada como la del mdico tratante
si en el pasado la institucin la haba aceptado.
Que el mdico tratante solicite al Comit Tcnico Cientfico, la
autorizacin de los servicios de salud no incluidos dentro del plan de
beneficios respectivo.
Que las entidades encargadas de garantizarle el acceso a los
servicios de salud EPS acten con base en la informacin oficial que
de ellos se cuente en el Sistema de Salud, la cual ha de ser veraz y
actual.
Recibir atencin por eventos de accidentes de trnsito, catastrficos
y terroristas, cuando se hayan agotado las coberturas del SOAT y/o
FOSYGA, siempre y cuando estn incluidos en el Plan de Beneficios y
en las condiciones de ste.
Que en virtud del principio de integralidad, los usuarios reciban la
atencin y el tratamiento completo, segn lo prescrito por el mdico
tratante.
No ser discriminado cuando se trate de procedimientos o
medicamentos excluidos del Plan de Beneficios.
Ser notificado previamente por la IPS tratante de las tarifas que
aplican para los medicamentos, las cuales no podrn ser superiores
en ms de un treinta por ciento (30%), de aquellas que la institucin
aplica en promedio ponderado a las entidades aseguradoras que
den cobertura a esta clase de servicios.
Recibir atencin de urgencias en todo el territorio nacional y desde el
primer da de afiliacin a la EPS.
Que la atencin inicial de urgencias, incluya todas aquellas acciones
realizadas a una persona con patologa de urgencia, tales como:
- Las actividades, procedimientos e intervenciones necesarios para
la estabilizacin de sus signos vitales;
- La realizacin de un diagnstico de impresin;
- La definicin del destino inmediato de la persona con la patologa
de urgencia tomando como base el nivel de atencin y el grado
de complejidad de la entidad que realiza la atencin inicial de
urgencia, al tenor de los principios ticos y las normas que
determinan las acciones y el comportamiento del personal de
salud.
Derecho a la libre escogencia:
El afiliado tiene derecho a elegir libremente el asegurador, el mdico y en
general los profesionales de la salud, como tambin a las instituciones de
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salud que le presten la atencin requerida dentro de la oferta disponible,
en desarrollo de ello, tiene derecho a:
Los cambios en la oferta de prestadores por parte de las entidades
promotoras de salud no podrn disminuir la calidad o afectar la
continuidad en la provisin del servicio y debern contemplar
mecanismos de transicin para evitar una afectacin de la salud del
usuario.
Dicho cambio no podr eliminar alternativas reales de escogencia
donde haya disponibilidad. Las eventuales limitaciones deben ser
racionales y proporcionales.
Solicitar cambio de IPS donde recibe los servicios, para realizar este
trmite puede acercarse a la Oficina de atencin al usuario de su
municipio y pedir al promotor que diligencie el formulario de solicitud de
cambio de IPS. Dicha novedad ser aplicada por nuestra entidad al
comienzo del mes siguiente de su solicitud.
Desvincularse de aquellas entidades que no garantizan
adecuadamente el goce efectivo de su derecho a la salud
Trasladarse a aquellas que demuestren que estn prestando los servicios
de salud con idoneidad, oportunidad y calidad.
Derecho al Reconocimiento de reembolsos:
El afiliado a la seguridad social tiene derecho a acceder al
reconocimiento de reembolsos a las tarifas que tenga establecidas el
Ministerio de la Proteccin Social para el sector pblico, de los gastos
hechos por ste, en casos de atencin de urgencias cuando sea atendido
en una IPS que no tenga contrato con la respectiva EPS o cuando haya
sido autorizado expresamente por la EPS, para una atencin especfica y en
caso de incapacidad, imposibilidad, negativa injustificada o negligencia
demostrada de la EPS. En todos los casos:
La solicitud de reembolso debe efectuarse dentro de los 15 das
siguientes al alta del paciente y debe ser pagada por la EPS en los
treinta (30) das siguientes a su presentacin.
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El solicitante debe adjuntar original de las facturas, certificacin por
un mdico de la ocurrencia del hecho y de sus caractersticas y
copia de la historia clnica del paciente.
La EPS no est obligada a hacer reconocimientos econmicos ni
asumir ninguna responsabilidad, por atenciones no autorizadas por
profesionales, personal o instituciones no contratadas o adscritas.
Para el caso de los Afiliados al Rgimen Contributivo, estos tienen
derecho a recibir las prestaciones econmicas por licencia o
incapacidad, an ante la falta de pago o cancelacin extempornea
de las cotizaciones cuando la Entidad Promotora De Salud no haya
hecho uso de los diferentes mecanismos de cobro que se encuentran a
su alcance para lograr el pago de los aportes.
Derecho a la Informacin:
Toda persona tiene derecho a la informacin, y por tanto, el usuario tiene
derecho como mnimo a lo siguiente:
Solicitar y recibir antes del momento de la afiliacin, informacin sobre
las opciones de afiliacin con las que cuenta y el desempeo de cada
una de estas instituciones.
Obtener informacin especfica sobre los servicios que presta la EPS y
aquellos que cubre y que no cubre.
Recibir informacin detallada sobre la forma y procedimientos que
deben observarse para el acceso a los servicios de salud que le
corresponde segn el plan de servicios que le corresponde.
Contar con informacin actualizada sobre la red de prestadores
contratada por la entidad y a la cual puede acceder.
Obtener de los funcionarios de la entidad la informacin e instrucciones
adecuadas sobre asuntos, acciones y prcticas conducentes a la
promocin y conservacin de su salud personal y de la de los miembros
de su hogar.
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Gozar de absoluta confidencialidad en su relacin con los datos
registrados en su afiliacin, en los procesos de autorizacin y en su
historia clnica.
La historia clnica sea tratada de manera confidencial y reservada y que
nicamente pueda ser conocida por terceros, previa autorizacin del
paciente o en los casos previstos en la ley, y a poder consultar la
totalidad de su historia clnica en forma gratuita y a obtener copia de la
misma.
Garantizar que se le preste durante todo el proceso de la enfermedad,
asistencia de calidad por trabajadores de la salud debidamente
capacitados y autorizados para ejercer.
Recibir la provisin y acceso oportuno a las tecnologas a los
medicamentos requeridos.
A la intimidad. Se garantiza la confidencialidad de toda la informacin
que sea suministrada en el mbito del acceso a los servicios de salud y
de las condiciones de salud y enfermedad de la persona, sin perjuicio de
la posibilidad de acceso a la misma por los familiares en los evento
autorizados por la ley o las autoridades en la condiciones que esta
determine.
Acceder a los servicios de salud sin que se le trasladen cargas
administrativas y burocrticas que le corresponde asumir a los
encargados o intervinientes en la prestacin del servicio.
Recibir informacin sobre los canales formales para presentar
reclamaciones, quejas, sugerencias y en general, para comunicarse con
la administracin de las instituciones, as como a recibir una respuesta
por escrito y oportuna.
Conocer previamente en caso de desafiliacin, la causa de sta,
mediante comunicacin escrita, en la cual se precisen las razones, la
fecha a partir de la cual se har efectiva la medida y los trmites que
debe adelantar, en caso de no considerar adecuada la informacin
empleada y/o estar en desacuerdo con esta.
Solicitar, revisar y recibir explicaciones o rendicin de cuentas acerca de
los costos por los tratamientos, de los servicios obtenidos.
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Recibir informacin sobre el monto de los copagos y cuotas
moderadoras correspondientes al nivel del cotizante.
Disfrutar y mantener una comunicacin plena y clara con el personal de
la salud, apropiada a sus condiciones sicolgicas y culturales y, en caso
de enfermedad, estar informando de los procedimientos y tratamientos
que se le vayan a practicar y el pronstico y riesgo que dicho
tratamiento conlleve.
Recibir por escrito, el prestador de servicios de salud, las razones por las
cuales el servicio no ser prestado, cuando se presenta dicha situacin.
Toda persona tiene derecho a que las entidades promotoras de salud o
autoridades pblicas no obligadas a autorizar un servicio de salud
solicitado, adopten las medidas adecuadas para, por lo menos:
(a) suministrar la informacin que requiera para saber cmo funciona
el sistema de salud y cules son sus derechos,
(b) entregarle al afiliado por escrito las razones por las cuales no se
autoriza el servicio,
(c) indicar especficamente cual es la institucin prestadora de
servicios de salud que tiene la obligacin de realizar las pruebas
diagnosticas que requiere y una cita con un especialista, y
(d) acompaarla durante el proceso de solicitud del servicio, con el
fin de asegurar el goce efectivo de sus derechos.
Derecho de participacin en los servicios de salud:
Toda persona tiene el derecho y la obligacin de participar en los servicios
de salud y por tanto debe:
Mantener la confidencialidad y secreto de su informacin clnica, sin
perjuicio de la posibilidad de acceso a la historia con su autorizacin
o por parte de las autoridades competentes en las condiciones que
la ley determine.
Afiliarse al sistema general de seguridad social en salud, en condicin
de afiliado al Rgimen Contributivo o al Rgimen Subsidiado y otros
temporalmente estarn como vinculados hasta tanto se afilien a uno
u otro.
Acceso al servicio de salud de la manera en que le corresponda
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segn el sistema de salud al que se encuentre vinculado
Participar individual o colectivamente como usuarios de los servicios,
a travs de la asociacin, la representacin y la veedura, tanto de
las entidades rectoras del sistema, como de las EPS y las IPS.
Derecho al Buen Trato
El afiliado tiene el derecho a recibir un trato digno en el acceso a servicios
de salud que respete sus creencias y costumbres, su intimidad, as como las
opciones personales que tenga sobre los procedimientos, sin recibir trato
discriminatorio.
A no ser sometido en ningn caso a tratos crueles o inhumanos que afecten
su dignidad, ni a ser obligados a soportar sufrimiento evitable, ni obligados a
padecer enfermedades que pueden recibir tratamiento.
Derechos a la Afiliacin a los Regmenes Subsidiado y Contributivo:
Para el proceso de seleccin de beneficiarios y afiliacin al Rgimen
Subsidiado o Contributivo de Salud, se tiene como derechos los siguientes:
Mantener el ncleo familiar en la misma EPS el cual est constituido por:
- El cnyuge o compaera(o) permanente.
- Los hijos menores de 18 aos de cualquiera de los dos cnyuges o
compaera(o) permanente.
- Los hijos mayores de 18 aos de cualquiera de los dos cnyuges o
compaera(o) permanente con incapacidad permanente
certificada en los trminos de la Ley 100 de 1993.
- Los hijos mayores entre los 18 y 25 aos cuando sean estudiantes con
una intensidad de por los menos 20 horas semanales y dependan
econmicamente del cabeza del ncleo familiar.
- Los nietos de cualquiera de los dos cnyuges o compaera(o)
permanente que sean hijos de menores de 18 aos o de menores de
25 aos estudiantes con una intensidad de por los menos 20 horas
semanales y que dependan econmicamente del cabeza del ncleo
familiar, es decir que reciban de otra los medios necesarios para su
subsistencia.
- Los menores que vivan en el mismo hogar de acuerdo con la ficha
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SISBEN a cargo de cualquiera de los dos cnyuges o compaera(o)
permanente o bajo proteccin de la familia.
Cuando existan otros miembros del grupo familiar distintos de los
contemplados en este listado, estos constituirn otros ncleos familiares
y continuarn afiliados siempre y cuando mantengan las condiciones
para pertenecer al Rgimen Subsidiado de Salud.
Cuando el afiliado cabeza de familia ingrese al Rgimen Contributivo
como beneficiario, los dems miembros del ncleo familiar que se
encuentren afiliados al Rgimen Subsidiado de Salud y que no renan
las condiciones para ser afiliados al Rgimen Contributivo, continuarn
como beneficiarios del Rgimen Subsidiado de Salud de forma
individual o podrn conformar un nuevo grupo familiar con otro cabeza
de familia.
Cuando uno de los cnyuges o compaero permanente ingrese al
Rgimen Contributivo como cotizante, los dems miembros del ncleo
familiar del Rgimen Subsidiado, pasarn a formar parte del ncleo
familiar del Rgimen Contributivo.
Toda persona tiene derecho a:
- Afiliarse sin sujecin a la aplicacin de preexistencias dentro del Plan
de Beneficios.
- No ser sometida al otorgamiento de incentivos para lograr su
renuncia a la EPS,
- No admitir discriminacin en su afiliacin por causa de su estado
previo, actual o potencial de salud y utilizacin de servicios,
- No permitir que la EPS le termine unilateralmente su afiliacin ni que
niegue la de quien desee afiliarse.
- Recibir un carn que lo identifique como afiliado de la EPS, el cual
ser su documento de identificacin y tendr validez mientras
permanezca afiliado a la entidad.
DERECHOS COMO PACIENTES CONOCELOS Y EXIGELOS
Derecho a la Atencin Mdica de Buena Calidad
Toda persona tiene derecho, sin discriminacin, a:
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Una atencin mdica apropiada.
Ser atendido por un mdico que tenga libertad para dar una opinin
clnica y tica, sin ninguna interferencia exterior.
Recibir durante todo el proceso de la enfermedad, la mejor asistencia
mdica disponible, respetando los deseos del paciente, incluso en el
caso de enfermedad irreversible.
Mantener una comunicacin plena, permanente, expresa y clara
con el profesional de la salud tratante.
Atencin mdica y de los mdicos con la calidad, aceptando estos
la responsabilidad de ser los guardianes de la calidad de los servicios
mdicos.
Una seleccin justa de los tratamientos particulares de intervencin
limitada, basada en criterios mdicos, sin discriminacin.
Atencin mdica continuada, una vez el servicio de salud haya sido
iniciado.
Recibir una segunda opinin por parte de un profesional de la salud
en caso de duda.
El mdico tiene la obligacin de:
Agotar las posibilidades razonables de tratamiento efectivo para la
superacin de su enfermedad y a recibir, durante todo el proceso de
la enfermedad, la mejor asistencia mdica disponible por personal de
la salud debidamente competente y autorizada para su ejercicio.
Cooperar para la coordinacin de la atencin mdicamente
indicada, con otro personal de salud que trate al paciente.
No discontinuar el tratamiento de un paciente mientras se necesite
ms tratamiento indicado mdicamente, sin proporcionar al
paciente ayuda razonable y oportunidad suficiente para hacer los
arreglos alternativos para la atencin.
Derecho a la libertad de eleccin
El paciente tiene derecho a:
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Elegir o cambiar libremente su mdico y hospital o institucin de
servicio de salud, sin considerar si forman parte del sector pblico o
privado.
Solicitar la opinin de otro mdico en cualquier momento.
Derecho a la autodeterminacin
El paciente tiene derecho a:
La autodeterminacin y toma decisiones libremente con relacin a
su persona, para lo cual, el mdico debe informar al paciente las
consecuencias de su decisin.
Dar o negar su consentimiento para cualquier examen, diagnstico o
terapia.
Tener la informacin necesaria para tomar sus decisiones, por lo cual
el profesional de la salud, debe explicar claramente al paciente cul
es el propsito de todo examen o tratamiento y cules son las
consecuencias de no dar su consentimiento.
Negarse a participar en la investigacin o enseanza de la medicina.
Aceptar o rechazar procedimientos, por si mismo o, en caso de
inconsciencia, incapacidad para decidir o minora de edad, por sus
familiares o representantes, dejando expresa constancia en lo posible
escrita de su decisin.
Ser respectado en su voluntad de participar o no en investigaciones
realizadas por personal cientficamente calificado, siempre y cuando
se le haya informado acerca de los objetivos, mtodos, posibles
beneficios, riesgos previsibles e incomodidades que el proceso
investigativo pueda implicar.
Ser respetado en su voluntad de aceptar o rehusar la donacin de sus
rganos para que estos sean trasplantados a otros enfermos, de
conformidad con la ley.
Morir con dignidad y respeto de su voluntad de permitir que el
proceso de la muerte diga su curso natural en la fase terminal de su
enfermedad.
Derecho del Paciente inconsciente
Si el paciente est inconsciente o no puede expresar su voluntad, se debe:
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El derecho a que los familiares o representantes, en caso de
inconsciencia, incapacidad para decidir o minora de edad del
paciente, consientan o rechacen procedimientos o tratamientos. Los
profesionales de la salud, los progenitores y los tutores o curadores
promovern la adopcin de decisiones autnomas por parte de los
menores de edad.
Obtener el consentimiento de un representante legal, cuando sea
posible y cuando sea legalmente pertinente.
Si no es posible y se necesita urgente una intervencin mdica, se
debe suponer el consentimiento del paciente, a menos que sea
obvio y no quede la menor duda que ste rechazara la