portabilidad imss issste

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1 PORTABILIDAD DE PORTABILIDAD DE DERECHOS, SAR-ISSSTE, DERECHOS, SAR-ISSSTE, PENSIONISSSTE, PENSIONISSSTE, SUELDO DE COTIZACIÓN, SUELDO DE COTIZACIÓN, CUOTAS Y APORTACIONES CUOTAS Y APORTACIONES Curso de actualización Ley Curso de actualización Ley del ISSSTE del ISSSTE Abril, 2008 Abril, 2008

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Page 1: Portabilidad imss issste

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PORTABILIDAD DE PORTABILIDAD DE DERECHOS, SAR-ISSSTE, DERECHOS, SAR-ISSSTE,

PENSIONISSSTE,PENSIONISSSTE,SUELDO DE COTIZACIÓN, SUELDO DE COTIZACIÓN,

CUOTAS Y APORTACIONESCUOTAS Y APORTACIONES

Curso de actualización Ley del ISSSTECurso de actualización Ley del ISSSTEAbril, 2008Abril, 2008

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ContenidosContenidos

Sistema Nacional de PensionesSistema Nacional de Pensiones

Transferencia de derechos IMSS-ISSSTE, Transferencia de derechos IMSS-ISSSTE, INFONAVIT-FOVISSSTEINFONAVIT-FOVISSSTE

SAR-ISSSTE en la nueva LeySAR-ISSSTE en la nueva Ley

PENSIONISSSTEPENSIONISSSTE

Sueldo de cotización en la nueva Ley del Sueldo de cotización en la nueva Ley del ISSSTEISSSTE

Cuotas y aportacionesCuotas y aportaciones

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Portabilidad de derechosPortabilidad de derechos

Page 4: Portabilidad imss issste

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Heterogeneidad de los sistemas Heterogeneidad de los sistemas públicos de pensionespúblicos de pensiones

En México, no hay un solo sistema público de En México, no hay un solo sistema público de pensiones igual a otro, aunque prácticamente todos son pensiones igual a otro, aunque prácticamente todos son de de beneficio definido beneficio definido y otorgan pensiones por vejez, y otorgan pensiones por vejez, invalidez, y fallecimiento entre otras prestaciones.invalidez, y fallecimiento entre otras prestaciones.La mayoría de los sistemas ofrecen La mayoría de los sistemas ofrecen segurosseguros de salud, de salud, invalidez, muerte, riesgos de trabajo y retiro.invalidez, muerte, riesgos de trabajo y retiro.La La provisión de los serviciosprovisión de los servicios se hace de manera directa se hace de manera directa o celebrando convenios con el IMSS o el ISSSTE.o celebrando convenios con el IMSS o el ISSSTE.Los servicios de salud, en particular el de salud para Los servicios de salud, en particular el de salud para pensionados, tienen pensionados, tienen altos costos de operaciónaltos costos de operación y los y los ingresos resultan insuficientes.ingresos resultan insuficientes.El IMSS, el ISSSTE y el ISSSTE-León El IMSS, el ISSSTE y el ISSSTE-León son los únicos son los únicos sistemas de capitalización individualsistemas de capitalización individual. El resto son de . El resto son de reparto. reparto.

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55

Cobertura Cobertura estimadaestimada

2.8 millones de 2.8 millones de derechohabientesderechohabientes

Local y EstatalLocal y EstatalESTADOSESTADOS

FederalFederal

EmpleadosEmpleados IMSS 550 mil IMSS 550 mil derechohabientesderechohabientes

IMSSIMSS 47.5 millones de 47.5 millones de

derechohabientesderechohabientes

ISSSTEISSSTE 10.8 millones de 10.8 millones de

derechohabientesderechohabientes

Entidades y Entidades y sector sector paraestatalparaestatal

ParaestatalParaestatal700 mil 700 mil

derechohabientesderechohabientes Banca de desarrollo Banca de desarrollo 20,600 derechohabientes20,600 derechohabientes

Fuentes: Informe IMSS, ISSSTE , Fuentes: Informe IMSS, ISSSTE , http://www.issste.gob.mx, taller para la reforma de los sistemas de pensione, SHCP. Los datos para estados, , taller para la reforma de los sistemas de pensione, SHCP. Los datos para estados, empresas paraestatales y banca de desarrollo fueron estimados utilizando el número de empleados y pensionados y el coeficiente familiar estimado empresas paraestatales y banca de desarrollo fueron estimados utilizando el número de empleados y pensionados y el coeficiente familiar estimado por el IMSS para el país.por el IMSS para el país.

Universidades públicas N/DUniversidades públicas N/D

Municipios N/DMunicipios N/D

XX

XX

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66

Sistema Nacional de PensionesSistema Nacional de Pensiones

““Este sistema se irá construyendo mediante la Este sistema se irá construyendo mediante la incorporación de trabajadores independientes y incorporación de trabajadores independientes y la la transformación de los sistemas de reparto transformación de los sistemas de reparto públicos en sistemas de cuentas individualespúblicos en sistemas de cuentas individuales con con portabilidad portabilidad entre los sistemas ya entre los sistemas ya reformados”.reformados”.

Plan Nacional de Desarrollo 2006-2012Plan Nacional de Desarrollo 2006-2012

Page 7: Portabilidad imss issste

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Transferencia de derechosTransferencia de derechos

Los trabajadores que hubieren cotizado al ISSSTE y que Los trabajadores que hubieren cotizado al ISSSTE y que por virtud de una nueva relación laboral se inscriban al por virtud de una nueva relación laboral se inscriban al IMSS, podrán IMSS, podrán transferirtransferir a este último los derechos de los a este último los derechos de los años de cotización al Instituto.años de cotización al Instituto.Los trabajadores inscritos en el IMSS que inicien una Los trabajadores inscritos en el IMSS que inicien una relación laboral que los inscriba al ISSSTE podrán relación laboral que los inscriba al ISSSTE podrán transferirtransferir al Instituto los derechos de sus semanas de al Instituto los derechos de sus semanas de cotización.cotización.Lo mismo se establece para los Lo mismo se establece para los fondos de viviendafondos de vivienda entre entre INFONAVIT y FOVISSSTE y se sientan bases para que INFONAVIT y FOVISSSTE y se sientan bases para que el ISSSTE establezca el ISSSTE establezca convenios de portabilidadconvenios de portabilidad con con otras instituciones.otras instituciones.

Page 8: Portabilidad imss issste

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Acumulación y equivalencia de Acumulación y equivalencia de cotizacionescotizaciones

Para tener derecho a pensionarse bajo cualquier Para tener derecho a pensionarse bajo cualquier régimen o a recibir servicios médicos, régimen o a recibir servicios médicos, no se no se acumularánacumularán aquellos periodos en los que el aquellos periodos en los que el trabajador hubiera cotizado simultáneamente al trabajador hubiera cotizado simultáneamente al ISSSTE y al IMSS.ISSSTE y al IMSS.

Un año de cotizaciones en el ISSSTE equivalen Un año de cotizaciones en el ISSSTE equivalen a 52 semanas de cotización en el IMSS.a 52 semanas de cotización en el IMSS.

Page 9: Portabilidad imss issste

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Servicios médicosServicios médicos

La asistencia médica a los La asistencia médica a los pensionadospensionados será prestada será prestada siempre y cuando hubieren cotizado cuando menos siempre y cuando hubieren cotizado cuando menos durante durante 15 años en alguna 15 años en alguna o o 24 en conjunto24 en conjunto. .

En este caso, la asistencia médica deberá ser prestada En este caso, la asistencia médica deberá ser prestada por aquél Instituto en el que hubiere cotizado durante por aquél Instituto en el que hubiere cotizado durante mayor tiempo.mayor tiempo.

Los Los trabajadores en activo trabajadores en activo que coticen simultáneamente que coticen simultáneamente al Instituto y al IMSS, tendrán derecho a recibir atención al Instituto y al IMSS, tendrán derecho a recibir atención médica y demás servicios del seguro de salud médica y demás servicios del seguro de salud por parte por parte de ambosde ambos

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1010

Pensiones de RCVPensiones de RCV

Los Trabajadores que lleguen a la edad de pensionarse bajo los Los Trabajadores que lleguen a la edad de pensionarse bajo los supuestos del seguro de RCV y que supuestos del seguro de RCV y que tentengan recursos acumulados gan recursos acumulados en su afore, podrán solicitar que estos últimos en su afore, podrán solicitar que estos últimos se acumulense acumulen para la para la contratación de su pensión.contratación de su pensión.El Pensionado El Pensionado tendrá derecho a recibir el excedentetendrá derecho a recibir el excedente de los de los recursos acumulados en su Cuenta Individual, sin distinguir si recursos acumulados en su Cuenta Individual, sin distinguir si fueron acumulados conforme al régimen de la LSS o el de la fueron acumulados conforme al régimen de la LSS o el de la LISSSTE, solamente si la Pensión que se le otorgue es superior en LISSSTE, solamente si la Pensión que se le otorgue es superior en más del treinta por ciento de la Pensión Garantizada.más del treinta por ciento de la Pensión Garantizada.Para tener derecho a la Para tener derecho a la Pensión GarantizadaPensión Garantizada los Trabajadores los Trabajadores deberán tener reconocidos un mínimo de 25 años de cotización, en deberán tener reconocidos un mínimo de 25 años de cotización, en el ISSSTE, o que hayan transferido sus semanas de cotización del el ISSSTE, o que hayan transferido sus semanas de cotización del IMSS y que éstas, con sus años de cotización al ISSSTE, acumulen IMSS y que éstas, con sus años de cotización al ISSSTE, acumulen 25 años de cotización.25 años de cotización.

Page 11: Portabilidad imss issste

1111

Portabilidad en viviendaPortabilidad en vivienda

Los trabajadores que hubieren cotizado al ISSSTE y que Los trabajadores que hubieren cotizado al ISSSTE y que por virtud de una nueva relación laboral se inscriban al por virtud de una nueva relación laboral se inscriban al INFONAVIT, podrán INFONAVIT, podrán transferirtransferir a este último los recursos a este último los recursos acumulados en la Subcuenta del Fondo de la Vivienda.acumulados en la Subcuenta del Fondo de la Vivienda.De la misma manera, los trabajadores inscritos en el De la misma manera, los trabajadores inscritos en el INFONAVIT que inicien una relación laboral que los INFONAVIT que inicien una relación laboral que los sujete al régimen del ISSSTE podrán sujete al régimen del ISSSTE podrán transferirtransferir los los recursos de la Subcuenta del Fondo de la Vivienda.recursos de la Subcuenta del Fondo de la Vivienda.

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1212

Portabilidad en viviendaPortabilidad en vivienda

Los Trabajadores que obtengan un crédito de vivienda bajo el Los Trabajadores que obtengan un crédito de vivienda bajo el régimen del ISSSTE o del FOVISSSTE y que tengan recursos régimen del ISSSTE o del FOVISSSTE y que tengan recursos acumulados en la Subcuenta de Vivienda de su Cuenta Individual, acumulados en la Subcuenta de Vivienda de su Cuenta Individual, podrán solicitar que se acumulen para aplicarse como podrán solicitar que se acumulen para aplicarse como pago inicial pago inicial de su créditode su crédito y que las y que las aportacionesaportaciones sucesivas a cualquiera de los sucesivas a cualquiera de los institutos o a ambos, sean destinadas a reducir el saldo insoluto a institutos o a ambos, sean destinadas a reducir el saldo insoluto a cargo del propio trabajador.cargo del propio trabajador.Los trabajadores que se encuentren amortizando un crédito de Los trabajadores que se encuentren amortizando un crédito de vivienda otorgado por FOVISSSTE o por INFONAVIT y que, por vivienda otorgado por FOVISSSTE o por INFONAVIT y que, por virtud de una nueva relación laboral, virtud de una nueva relación laboral, cambien de régimen de cambien de régimen de seguridad socialseguridad social deberán seguir utilizando sus aportaciones para el deberán seguir utilizando sus aportaciones para el pago del crédito correspondiente.pago del crédito correspondiente.

Page 13: Portabilidad imss issste

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SAR ISSSTESAR ISSSTE

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AntecedentesAntecedentes

El Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) fue El Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) fue establecido para los afiliados al IMSS y al ISSSTE el 1 de establecido para los afiliados al IMSS y al ISSSTE el 1 de mayo de mayo de 19921992..En julio de En julio de 19971997, el SAR/IMSS se convirtió en el sistema , el SAR/IMSS se convirtió en el sistema de las afores y el SAR/ISSSTE se mantuvo como un de las afores y el SAR/ISSSTE se mantuvo como un esquema de retiro complementario.esquema de retiro complementario.El El SAR-ISSSTE SAR-ISSSTE es un sistema de cuentas individuales es un sistema de cuentas individuales integradas por dos subcuentas: integradas por dos subcuentas: ahorro para el retiroahorro para el retiro (2 (2 por ciento del salario base de cotización) y por ciento del salario base de cotización) y viviendavivienda (5 (5 por ciento del salario base de cotización), administrado por ciento del salario base de cotización), administrado por FOVISSSTE.por FOVISSSTE.

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1515

Retiro de recursos del SAR Retiro de recursos del SAR ISSSTEISSSTE

De acuerdo a la De acuerdo a la ley abrogadaley abrogada, el trabajador, tiene , el trabajador, tiene derecho a disponer del saldo acumulado en la subcuenta derecho a disponer del saldo acumulado en la subcuenta de ahorro para el retiro cumpliendo de ahorro para el retiro cumpliendo 65 años de edad65 años de edad o al o al tener acceso a una tener acceso a una pensiónpensión por jubilación, retiro por edad por jubilación, retiro por edad y tiempo de servicios, invalidez, riesgo de trabajo y y tiempo de servicios, invalidez, riesgo de trabajo y cesantía en edad avanzada, o sus cesantía en edad avanzada, o sus beneficiariosbeneficiarios en caso en caso de fallecimiento. A este monto, se agrega el saldo de la de fallecimiento. A este monto, se agrega el saldo de la subcuenta de viviendasubcuenta de vivienda en caso de no haberse ejercido el en caso de no haberse ejercido el crédito al que están destinadas.crédito al que están destinadas.

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Manejo de recursos del SAR Manejo de recursos del SAR ISSSTEISSSTE

La nueva Ley del ISSSTE sin prever una normatividad La nueva Ley del ISSSTE sin prever una normatividad detallada y precisa sobre el SAR, establece que los detallada y precisa sobre el SAR, establece que los trabajadores no deben tener más de una cuenta trabajadores no deben tener más de una cuenta individual, por lo que si en algún momento están dados individual, por lo que si en algún momento están dados de alta en una afore, las cuentas se deben de alta en una afore, las cuentas se deben unificarunificar transfiriendo a la afore los saldos registrados. transfiriendo a la afore los saldos registrados. Los recursos acumulados en el SAR deberán ser Los recursos acumulados en el SAR deberán ser transferidostransferidos al PENSIONISSSTE y se mantendrán al PENSIONISSSTE y se mantendrán invertidos en créditos a cargo del Gobierno Federal en el invertidos en créditos a cargo del Gobierno Federal en el Banco de México.Banco de México.A los Trabajadores que hayan elegido la acreditación de A los Trabajadores que hayan elegido la acreditación de Bonos de Pensión, se les Bonos de Pensión, se les acumularánacumularán los fondos de su los fondos de su cuenta SAR en su Cuenta Individual.cuenta SAR en su Cuenta Individual.

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PENSIONISSSTEPENSIONISSSTE

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PENSIONISSSTEPENSIONISSSTE

El Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al El Fondo Nacional de Pensiones de los Trabajadores al Servicio del Estado, denominado PENSIONISSSTE, Servicio del Estado, denominado PENSIONISSSTE, órgano público desconcentradoórgano público desconcentrado, tendrá a su cargo la , tendrá a su cargo la administraciónadministración de las cuentas individuales y la de las cuentas individuales y la inversióninversión de los recursos de las mismas (con excepción de los de los recursos de las mismas (con excepción de los fondos de vivienda).fondos de vivienda).Estará sujeto a la regulación y supervisión de la Estará sujeto a la regulación y supervisión de la CONSAR, debiendo cumplir con las disposiciones de la CONSAR, debiendo cumplir con las disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el RetiroLey de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y las reglas y las reglas de carácter general que emita dicha.de carácter general que emita dicha.El ISSSTE dispondrá de un plazo de 12 meses a partir de El ISSSTE dispondrá de un plazo de 12 meses a partir de la vigencia de esta Ley, para que establezca lo necesario la vigencia de esta Ley, para que establezca lo necesario para la creación y el funcionamiento del para la creación y el funcionamiento del PENSIONISSSTEPENSIONISSSTE

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1919

PENSIONISSSTEPENSIONISSSTE

El PENSIONISSSTE administrará las cuentas El PENSIONISSSTE administrará las cuentas individuales de los afiliados durante los individuales de los afiliados durante los 36 meses36 meses siguientes a su creación. Pasado este tiempo, podrán siguientes a su creación. Pasado este tiempo, podrán optar por mantenerse o transferir sus recursos a una optar por mantenerse o transferir sus recursos a una afore.afore.El cobro de las comisiones se fija como máximo el El cobro de las comisiones se fija como máximo el promediopromedio de las que cobren las afores. de las que cobren las afores.Estas comisiones estarán destinadas a cubrir los gastos Estas comisiones estarán destinadas a cubrir los gastos de administración y operación del PENSIONISSSTE que de administración y operación del PENSIONISSSTE que sean inherentes a sus funciones.sean inherentes a sus funciones.Se podrá Se podrá reinvierta el remanente de operaciónreinvierta el remanente de operación, , favoreciendo a los trabajadores de menores ingresos, favoreciendo a los trabajadores de menores ingresos, una vez satisfechos sus costos de administración, una vez satisfechos sus costos de administración, necesidades de inversión y constitución de reservas;necesidades de inversión y constitución de reservas;

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2020

Régimen de inversiónRégimen de inversión

PENSIONISSSTE proveerá que las PENSIONISSSTE proveerá que las inversiones se canalicen inversiones se canalicen preferentemente, a través de su preferentemente, a través de su colocación en valores, a colocación en valores, a fomentarfomentar: :

I.I. La actividad productiva nacional;La actividad productiva nacional;

II.II. La construcción de vivienda;La construcción de vivienda;

III.III. La generación de energía, la producción de La generación de energía, la producción de gas y petroquímicos, ygas y petroquímicos, y

IV.IV. La construcción de carreteras. La construcción de carreteras.

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Comisión EjecutivaComisión Ejecutiva

La dirección del PENSIONISSSTE queda a La dirección del PENSIONISSSTE queda a cargo de una cargo de una Comisión EjecutivaComisión Ejecutiva de 18 de 18 integrantes con 9 representantes del gobierno integrantes con 9 representantes del gobierno y 9 vocales nombrados por las organizaciones y 9 vocales nombrados por las organizaciones de los trabajadores.de los trabajadores.

Para ocupar el cargo de Para ocupar el cargo de vocalvocal se requiere ser se requiere ser mexicano, estar en pleno goce y ejercicio de mexicano, estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos, y ser de sus derechos civiles y políticos, y ser de reconocida honorabilidad y experiencia reconocida honorabilidad y experiencia técnica y administrativa.técnica y administrativa.

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2222

Perfil Perfil profesional y éticoprofesional y ético del Director del Director General o su equivalente de una General o su equivalente de una

administradoraadministradoraSer Ser residente en territorio mexicanoresidente en territorio mexicano;;Haber prestado por lo menos Haber prestado por lo menos 5 años5 años sus servicios en puestos de sus servicios en puestos de alto nivel decisorio, cuyo desempeño requiera conocimiento y alto nivel decisorio, cuyo desempeño requiera conocimiento y experiencia en materia financiera y administrativa;experiencia en materia financiera y administrativa;No estar realizando ni haber realizado en los últimos No estar realizando ni haber realizado en los últimos 2 años,2 años, funciones de regulación de entidades del sistema financiero funciones de regulación de entidades del sistema financiero mexicano;mexicano;No haber sido inhabilitadoNo haber sido inhabilitado para ejercer el comercio o para para ejercer el comercio o para desempeñar cargo o comisión en el servicio público o en el desempeñar cargo o comisión en el servicio público o en el sistema financiero mexicano, ysistema financiero mexicano, yNo estar desempeñando o haber desempeñado en los últimos 2 No estar desempeñando o haber desempeñado en los últimos 2 años previos a su designación, años previos a su designación, cargo algunocargo alguno en partidos o en partidos o agrupaciones políticas, organizaciones de trabajadores o de agrupaciones políticas, organizaciones de trabajadores o de patrones o cargos de elección popular.patrones o cargos de elección popular.En el caso de las Administradoras o instituciones que realicen En el caso de las Administradoras o instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, el director general o funciones similares de naturaleza pública, el director general o su equivalente, adicionalmente deberá su equivalente, adicionalmente deberá ser ciudadano mexicanoser ciudadano mexicano..

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2323

Sueldo de cotizaciónSueldo de cotización

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Sueldo de cotizaciónSueldo de cotización

El El Sueldo BásicoSueldo Básico será el sueldo del tabulador regional será el sueldo del tabulador regional que para cada puesto se haya señalado. Las Cuotas y que para cada puesto se haya señalado. Las Cuotas y Aportaciones se efectuarán sobre el Sueldo Básico, Aportaciones se efectuarán sobre el Sueldo Básico, hasta 10 salarios mínimoshasta 10 salarios mínimos. . El cálculo del Sueldo Básico en ningún caso podrá dar El cálculo del Sueldo Básico en ningún caso podrá dar por resultado por resultado una cantidad menor una cantidad menor al Sueldo Básico al Sueldo Básico establecido en la ley abrogada.establecido en la ley abrogada.

Page 25: Portabilidad imss issste

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Ley del ISSSTE abrogadaLey del ISSSTE abrogada Ley del ISSSTE vigenteLey del ISSSTE vigente

Artículo 15Artículo 15.- El sueldo básico que se tomará en cuenta .- El sueldo básico que se tomará en cuenta para los efectos de esta Ley para los efectos de esta Ley se integrará solamente con el se integrará solamente con el sueldo presupuestal, el sobresueldo y la compensaciónsueldo presupuestal, el sobresueldo y la compensación de de que más adelante se habla, excluyéndose cualquiera otra que más adelante se habla, excluyéndose cualquiera otra prestación que el trabajador percibiera con motivo de su prestación que el trabajador percibiera con motivo de su trabajo.trabajo.

Sueldo presupuestalSueldo presupuestal es la remuneración ordinaria es la remuneración ordinaria señalada en la designación o nombramiento del trabajador señalada en la designación o nombramiento del trabajador en relación con la plaza o cargo que desempeña.en relación con la plaza o cargo que desempeña.

""SobresueldoSobresueldo" es la remuneración adicional concedida al " es la remuneración adicional concedida al trabajador en atención a circunstancias de insalubridad o trabajador en atención a circunstancias de insalubridad o carestía de la vida del lugar en que presta sus servicios.carestía de la vida del lugar en que presta sus servicios.

""CompensaciónCompensación" es la cantidad adicional al sueldo " es la cantidad adicional al sueldo presupuestal y al sobresueldo que se otorga presupuestal y al sobresueldo que se otorga discrecionalmente en cuanto a su monto y duración a un discrecionalmente en cuanto a su monto y duración a un trabajador en atención a las responsabilidades o trabajos trabajador en atención a las responsabilidades o trabajos extraordinarios relacionados con su cargo o por servicios extraordinarios relacionados con su cargo o por servicios especiales que desempeñe y que se cubra con cargo a la especiales que desempeñe y que se cubra con cargo a la partida específica denominada "Compensaciones partida específica denominada "Compensaciones Adicionales por Servicios Especiales".Adicionales por Servicios Especiales".

Las cotizaciones establecidas en los artículos 16 y 21 de Las cotizaciones establecidas en los artículos 16 y 21 de esta Ley, se efectuarán sobre el sueldo básico, hasta por esta Ley, se efectuarán sobre el sueldo básico, hasta por una cantidad que no rebase una cantidad que no rebase diez veces el salario mínimo diez veces el salario mínimo generalgeneral que dictamine la Comisión Nacional de los que dictamine la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, y será el propio sueldo básico, hasta Salarios Mínimos, y será el propio sueldo básico, hasta por la suma cotizable, que por la suma cotizable, que se tomará en cuenta para se tomará en cuenta para determinar el monto de los seguros, pensiones, subsidios determinar el monto de los seguros, pensiones, subsidios y préstamos que otorga esta Ley.y préstamos que otorga esta Ley.

El sueldo básico de los trabajadores de los organismos El sueldo básico de los trabajadores de los organismos públicos se determinará con sujeción a los lineamientos públicos se determinará con sujeción a los lineamientos que fija el presente artículo.que fija el presente artículo.

Artículo 17Artículo 17. El Sueldo Básico que se tomará en cuenta . El Sueldo Básico que se tomará en cuenta para los efectos de esta Ley, para los efectos de esta Ley, será el sueldo del tabulador será el sueldo del tabulador regional que para cada puesto se haya señaladoregional que para cada puesto se haya señalado..

Las Cuotas y Aportaciones establecidas en esta Ley se Las Cuotas y Aportaciones establecidas en esta Ley se efectuarán sobre el Sueldo Básico, efectuarán sobre el Sueldo Básico, estableciéndose como estableciéndose como límite inferior un Salario Mínimo y como límite superior, el límite inferior un Salario Mínimo y como límite superior, el equivalente a diez veces dicho Salario Mínimoequivalente a diez veces dicho Salario Mínimo..

Será el propio Sueldo Básico, hasta el límite superior Será el propio Sueldo Básico, hasta el límite superior equivalente a diez veces el Salario Mínimo del Distrito equivalente a diez veces el Salario Mínimo del Distrito Federal, el que Federal, el que se tomará en cuenta para determinar el se tomará en cuenta para determinar el monto de los beneficios en los seguros de riesgos del monto de los beneficios en los seguros de riesgos del trabajo e invalidez y vida establecidos por esta Leytrabajo e invalidez y vida establecidos por esta Ley..

Las Dependencias y Entidades deberán informar al Las Dependencias y Entidades deberán informar al Instituto anualmente, en el mes de enero de cada año, los Instituto anualmente, en el mes de enero de cada año, los conceptos de pago sujetos a las Cuotas y Aportaciones conceptos de pago sujetos a las Cuotas y Aportaciones que esta Ley prevé. De igual manera deberán comunicar que esta Ley prevé. De igual manera deberán comunicar al Instituto cualquier modificación de los conceptos de al Instituto cualquier modificación de los conceptos de pago, dentro del mes siguiente a que haya ocurrido dicha pago, dentro del mes siguiente a que haya ocurrido dicha modificación.modificación.

Page 26: Portabilidad imss issste

2626

Seguro de medicina preventiva, enfermedad, enfermedad, Seguro de saludmaternidad y rehabilitación físico y mentalTrabajador 2.75 Trabajador 2.75 para activos

0.625 para pensionadosDependencias y Entidades 6.75 Dependencias y Entidades 7.375 para activos

0.72 para pensionados3.5 cuota social 1/

Préstamos a mediano y corto plazo Préstamos personalesTrabajador 0.5 Se financiarán con el fondo constituido al efecto en el InstitutoDependencias y entidades 0.5Servicios de atención para el bienestar y desarrollo infantil, Servicios sociales y culturalesintegrales de retiro a jubilados y pensionistas, serviciosturísticos, promociones culturales, de preparación técnica,fomento deportivo y de recreación y servicios funerariosTrabajador 0.5 Trabajador 0.5Dependencias y entidades 0.5 Dependencias y entidades 0.5Riesgos de trabajo Riesgos del trabajoDependencias y entidades 0.25 Dependencias y entidades 0.75Pago de Jubilaciones, pensiones e indemnizaciones Retiro, cesantía en edad avanzada y vejezglobales2/

Trabajador 3.5 Trabajador 6.125Dependencias y entidades 3.5 Dependencias y entidades 2.0 retiro

2.0 SAR 3.175 cesantía en edad avanzaday vejez

1.5 cuota social 3/

Ahorro solidario (voluntario)Trabajador hasta 2.0Dependencias y entidades hasta 6.5Invalidez y vidaTrabajador 0.625Dependencias y entidades 0.625

Vivienda ViviendaDependencias y entidades 5.0 Dependencias y entidades 5.0Gastos generales de administraciónTrabajador 0.75Dependencias y entidades 1.25

COMPARATIVO DE CUOTAS Y APORTACIONES DEL ISSSTE (1/2)(Por cientos del salario básico)

Ley anterior Ley vigente

Page 27: Portabilidad imss issste

2727

TOTAL POR APORTANTE TOTAL POR APORTANTETrabajador 8.0 Trabajador 10.625Dependencias y entidades 19.75 Dependencias y entidades 25.145

SUMA 27.75 SUMA 35.77TOTAL POR SEGURO TOTAL POR SEGUROSalud 9.5 Salud 14.97Préstamos 1.0 PréstamosServicios sociales y 1.0 Servicios sociales y 1.0culturales culturalesRiesgos de trabajo 0.25 Riesgos de trabajo 0.75Pensiones y jubilaciones 9.0 incluyendo SAR Pensiones y jubilaciones 12.8 más ahorro solidarioInvalidez y vida Invalidez y vida 1.25Vivienda 5.0 Vivienda 5.0Administración 2.0 Administración

SUMA 27.75 SUMA 35.77NOTAS:1/ Estimado. Cuota social del 13.9 por ciento del salario minimo general vigente al primero de julio de 1997 actualizado trimestralmentepor el INPC; la cantidad inicial que resulte, se actualizará trimestralmente conforme al INPC.2/ En la Ley del ISSSTE vigente, las cuotas del seguro de invalidez y vida están incluidas en el pago de pensiones, jubilaciones eindemnizaciones globales3/ Estimado. Cuota social del 5.5 por ciento del salario minimo general vigente al primero de julio de 1997 actualizado trimestralmentepor el INPC (Indice de Precios al Consumidor); la cantidad inicial que resulte, se actualizará trimestralmente conforme al INPC.FUENTE: Ley del ISSSTE, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 27 de diciembre de 1983. Ley del ISSSTE publicada en elDiario Oficial de la Federación del 31 de marzo de 2007

COMPARATIVO DE CUOTAS Y APORTACIONES DEL ISSSTE (2/2)(Por cientos del salario básico)

Ley anterior Ley vigente

Las nuevas cuotas entrarán en vigor en 2008, con excepción de las Las nuevas cuotas entrarán en vigor en 2008, con excepción de las aportaciones de los trabajadores al seguro de RCV y la cuota social aportaciones de los trabajadores al seguro de RCV y la cuota social del seguro de salud, cuya aplicación será paulatina.del seguro de salud, cuya aplicación será paulatina.

Page 28: Portabilidad imss issste

2828

Aumento en las aportaciones para Aumento en las aportaciones para el seguro de RCVel seguro de RCV

AñosAños Cuota a cargo del TrabajadorCuota a cargo del Trabajador

A la entrada en vigor de A la entrada en vigor de esta Leyesta Ley

3.5%3.5%

20082008 4.025%4.025%

20092009 4.55%4.55%

20102010 5.075%5.075%

20112011 5.6%5.6%

2012 en adelante2012 en adelante 6.125%6.125%

Page 29: Portabilidad imss issste

2929

Cuota socialCuota social $ al día $ al día $ al año $ al año asegurados asegurados $ total $ total

Seguro de SaludSeguro de Salud 7.6528 7.6528 2,793.26 2,793.26 2,392,6882,392,688

6,683,394,374 6,683,394,374

Seguro de RCVSeguro de RCV 3.0281 3.0281 1,105.25 1,105.25 2,644,508,5652,644,508,565

Cuota socialCuota social

Cuota social Cuota social Seguro de Seguro de

SaludSalud

Trabajadores Trabajadores cubiertoscubiertos

20082008 57.2%57.2%

20092009 71.5%71.5%

20102010 85.8%85.8%

20112011 100.0%100.0%

Page 30: Portabilidad imss issste

3030

Gracias por su atención

Alberto GarcíaAlberto Garcí[email protected]@congreso.gob.mx