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Encuentro Regional- Rendición de cuentas 2017
Respuestas a preguntas y solicitudes
Departamentos de Antioquia y Chocó
Vicepresidencia de Integración Productiva
10-10-2017
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Respuestas a preguntas y solicitudes Departamentos de Antioquia y Chocó
Las preguntas que a continuación se relacionan, fueron recogidas en el marco del
Encuentro Regional - Rendición de cuentas vigencia 2017- desarrollado en el municipio
de Apartadó, del departamento de Antioquia y son transcritas en el presente documento
respetando la literalidad de lo manifestado por los ciudadanos; así mismo, para su
respectiva respuesta han sido clasificadas en los siguientes temas:
1. Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial
2. Comercialización
3. Adecuación de tierras
4. Asistencia técnica
5. Asociatividad
6. Tierras
7. Varios
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Regional: Unidad Técnica Territorial No. 5 (Antioquia y Chocó)
Tema 1. Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque
Territorial
• ¿Cómo hago para que me ayuden para sembrar arroz y maíz?
• ¿Cómo hago para que me ayuden en pollos y cerdo?
• ¿Cómo hago para trabajar con ganado?
• Quisiera sembrar limón criollo, pero necesito una ayuda para poder cumplir con mi deseo.
• Sugiero a la Agencia gestionar recursos para una trilladora de arroz para la vereda provincia, donde se está trabajando con cultivos de arroz.
• Solicitamos se nos dé el proyecto a partir de mayo para fortalecer la siembra a tiempo para que el verano no afecte la siembra
• ¿Cómo salir adelante con mi familia?. Soy cabeza hogar.
• Propuesta de gallinas ponedoras.
• El proyecto de arepas, registro Invima.
• Yo sugiero que cuando se haga un encuentro, se tenga en cuenta a la asociación de pescadores Asopescatur
Respuesta:
De conformidad con el Decreto Ley 2364 del 2015, el objeto de la Agencia de Desarrollo
Rural, es ejecutar la política de desarrollo agropecuario y rural con Enfoque Territorial
formulada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural MADR, a través de la
estructuración, cofinanciación y ejecución de Proyectos Integrales de Desarrollo
Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial.
En desarrollo de dicho objeto, el artículo 4 ibidem señala una serie de funciones de la
ADR, las cuales se encuentran primordialmente dirigidas a la formulación, estructuración,
cofinanciación y ejecución de proyectos integrales de desarrollo agropecuario y rural con
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enfoque territorial, los cuales fueron definidos por el artículo 2 del Acuerdo 007 de 2016
de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 2. PROYECTOS INTEGRALES DE DESARROLLO AGROPECUARIO Y
RURAL CON ENFOQUE TERRITORIAL. Los proyectos Integrales de Desarrollo
Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial, se entenderán como aquellos orientados a
la generación de ingresos, que involucran de forma integral los componentes de
cofinanciación definidos en el presente Acuerdo.
Los tipos de Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque
Territorial son los siguientes:
1. Proyectos estratégicos Nacionales: Para los efectos del presente Acuerdo, se
entenderán como Proyectos Estratégicos Nacionales las iniciativas de corto,
mediano y largo plazo priorizadas por el Gobierno Nacional, que articulan el
concurso de actores públicos y privados, que tienen un impacto en el desarrollo
agropecuario y rural del país y coadyuvan a su crecimiento económico y social.
2. Proyectos Territoriales: Para los efectos del presente Acuerdo, se entenderán
como Proyectos Territoriales las iniciativas de corto mediano y largo plazo, que
articulan el concurso de actores públicos y privados, que tienen un impacto en el
desarrollo agropecuario y rural de la región y coadyuvan a su crecimiento
económico y social.
3. Proyectos Asociativos: Para los efectos del presente Acuerdo, se entenderán
como Proyectos Asociativos las iniciativas de corto, mediano y largo plazo, que
articulan el concurso de actores públicos y privados, que tienen un impacto en el
desarrollo agropecuario y rural de una colectividad local y coadyuvan a su
crecimiento económico y social”.
Así mismo, el Artículo 3° del Acuerdo 007 de 2016 señaló que sin perjuicio de los
lineamientos y criterios que se definen en las políticas de desarrollo agropecuario y rural
formuladas por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, la asignación y distribución
de recursos se entenderá como la regionalización de los mismos para la cofinanciación de
los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial, a
partir de la aplicación del criterio de enfoque territorial.
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Para la vigencia de 2017, las políticas sectoriales y lineamientos generales y específicos
para la asignación y distribución anual de los recursos fueron fijados por el Ministerio de
Agricultura y Desarrollo Rural de la siguiente forma:
a) Intervención integral en los territorios rurales de acuerdo con lo previsto en el Plan
Nacional de Desarrollo.
b) Atención a la población víctima.
c) Implementación del Acuerdo Final de Paz.
d) Iniciativas priorizadas para proyectos estratégicos nacionales como son: Colombia
siembra, mesas de concertación y diálogo social, acuerdo final para la paz,
CONPES N° 3811 del 2014 y mecanismos de intervención integral en territorios
rurales; y proyectos de iniciativa territorial o asociativa.
Se establecen como montos de cofinanciación de los Proyectos Integrales de Desarrollo
Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial, los siguientes:
a) Proyectos Estratégicos Nacionales: Por tratarse de proyectos estratégicos del
orden nacional, el valor de la cofinanciación estará determinado por el alcance del
proyecto.
b) Proyectos Territoriales: El valor de la cofinanciación por cada proyecto, será de
hasta Cuatro Mil (4.000) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV).
c) Proyectos Asociativos: El valor de la cofinanciación por cada proyecto, será de
hasta setecientos veinticinco (725) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes
(SMMLV).
Vale la pena resaltar que uno de los requisitos financieros con los que se debe cumplir en
los proyectos es garantizar la disponibilidad de una contrapartida mínima del 10% del
valor del componente o de los componentes del Proyecto Integral de Desarrollo
Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial.
Por otra parte, podrán acceder al programa de cofinanciación de Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial, nacionales y de iniciativa
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territorial y/o asociativa, productores rurales que hagan parte de formas organizativas, las cuales deben cumplir con los siguientes requisitos habilitantes:
a) Su naturaleza debe ser sin ánimo de lucro y su objeto social debe estar relacionado con el sector agropecuario y o el desarrollo rural. Las colectividades étnicas per se cumplen con el presente requisito.
b) Tener como mínimo seis (6) meses de constitución legal anterior a la fecha en que
se postule como sujeto beneficiario del proyecto y la vigencia debe ser superior al horizonte del proyecto.
c) No estar incursa en alguna de las causales de impedimento o incompatibilidad. Así como no presentar antecedentes fiscales o disciplinarios.
d) El ochenta y cinco por ciento (85%) de los beneficiarios que forman parte del
proyecto, pertenecen a la forma organizativa.
e) Cuando se incluya la adecuación y/o construcción de un bien público la forma organizativa debe contar con un predio que reúna las condiciones técnicas, jurídicas y ambientales para desarrollar las acciones propuestas.
f) No debe hallarse inmersa en causal de disolución o liquidación.
g) Su representante legal no debe presentar antecedentes penales, disciplinarios y/o
fiscales.
h) Presentar el certificado de existencia y representación legal con una expedición no mayor a treinta (30) días, contados a partir de la fecha en que acepta participar en el programa.
i) Copia del Registro Único Tributario - RUT y copia de la cédula de ciudadanía de su
representante legal.
La estructuración y postulación de los proyectos la podrán hacer personas naturales o
jurídicas, públicas o privadas bajo los lineamientos del “Reglamento para la aprobación de
los proyectos integrales de desarrollo agropecuario y rural con enfoque territorial y la
adjudicación de los recursos que los cofinancian” (Agencia de Desarrollo Rural - ADR,
2016) y siguiendo lo establecido en el Procedimiento “Estructuración de Proyectos
Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural” Código: PR-EFP-001 (Versión: 2 del
27/Octubre/2017), documentos que se encuentran publicados en la página web de la ADR
(www.adr.gov.co - sección: servicios, proyectos productivos integrales). En caso de
requerir apoyo para la estructuración de los proyectos, se puede solicitar a la ADR a
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través de la Unidad Técnica Territorial No. 5, la cual tiene jurisdicción y competencia en
los departamentos de Antioquia y Chocó, con sede en la Calle 48 b # 80 – 53, barrio
Calasanz de la ciudad de Medellín, teléfono (1) 3830444 extensión 2000 o dirigir una
comunicación al Director Técnico Territorial Dr. Octavio Antonio David Yepes al correo
Tema 2. Comercialización
• ¿Cómo puedo asegurar la comercialización de plátano? Propongo que nos aseguren la comercialización de plátano.
• Soy un pequeño productor de plátano, pero en estos momentos estamos en crisis porque no tenemos quién nos apoye y no tenemos quien lo compre.
Respuesta:
De conformidad con el Decreto Ley 2364 del 2015, el objeto de la Agencia de Desarrollo
Rural, es ejecutar la política de desarrollo agropecuario y rural con Enfoque Territorial
formulada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural MADR, a través de la
estructuración, cofinanciación y ejecución de Planes y Proyectos Integrales de Desarrollo
Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial.
Vale la pena señalar que los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario y Rural con
Enfoque Territorial, son aquéllos orientados a promover el desarrollo rural integral de los
territorios nacionales, a partir de la inclusión productiva de productores rurales, en el
marco de la implementación de tres pilares (Estructuración, Cofinanciación y Ejecución).
La integralidad se genera en la aplicación de cuatro principios básicos para cumplir el
proceso productivo:
1. Asistencia Técnica: Comprende la asesoría regular y continúa a los productores
(as) agrícolas, pecuarios, forestales y pesqueros en: aptitud de los suelos,
planificación de las explotaciones; aplicación y uso de tecnologías y
comercialización entre otros.
2. Acceso a Activos Productivos: Cofinanciación en mejoramiento, adecuación y/o
construcción de infraestructura física, logística o de transporte; mecanización
agropecuaria; adquisición de especies pecuarias y de zoocría; dotaciones para
pesca; fortalecimiento del sector primario agrícola; fortalecimiento del sector
secundario, referido a la construcción y adecuación de plantas y equipos de
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transformación, bodegas de post cosecha, entre otros; fortalecimiento de las
capacidades productivas y de innovación, como herramientas y equipos,
inversiones en Tecnología de innovación y biotecnología.
3. Adecuación de Tierras: Construcción de obras de infraestructura destinadas a
dotar un área determinada con riego, drenaje o protección contra inundaciones,
con el propósito de aumentar la productividad del sector agropecuario
o implementación de soluciones alternativas de agua (sistemas de riego, pozos
profundos y superficiales, entre otros).
4. Comercialización: Cofinanciación de actividades de marketing, operaciones de
mercadeo, implementación y fortalecimiento de puntos de venta; procesos de
denominación de origen, entre otros.
Así mismo, es necesario indicar que conforme al Acuerdo 007 de 2016, la línea de
cofinanciación de comercialización es el conjunto de acciones necesarias que permitan
poner en el lugar indicado y el momento preciso una mercancía o servicio, logrando que
los clientes que conforman el mercado, lo conozcan y lo consuman.
Por otra parte, de manera paralela a las competencias del Ministerio de Agricultura y
Desarrollo Rural, es importante señalar que la Agencia de Desarrollo Rural ha celebrado
un acuerdo de voluntades a través de memoriales de entendimiento para dar inicio a la
conformación de una alianza público privada dirigida a consolidar redes de apoyo para los
esquemas de comercialización del sector agropecuario y rural del país.
En este orden de ideas, el pasado 18 de octubre de 2017 la Agencia de Desarrollo Rural
realizó una firma masiva de ALIANZAS COMERCIALES PRODUCTIVAS – ADR - con 68
instituciones, de las cuales 22 pertenecen al sector público, 45 son privadas y 1 mixta.
Este acuerdo tiene el propósito de aunar esfuerzos para potenciar oportunidades de
negocios entre el sector empresarial y los productores agrícolas y pecuarios del sector
rural colombiano, de modo que estos escenarios comerciales permitan consolidar
relaciones comerciales, sostenibles, rentables y duraderas de doble vía.
A continuación, se presenta la relación de empresas con quienes se han generado dichos
memorandos de entendimiento.
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Tabla 1. Aliados comerciarles ADR a Octubre de 2017
N° EMPRESA NATURALEZA
1. FEDEMANGO PRIVADA
2. PEPSICO PRIVADA
3. MERCACENTRO PRIVADA
4.
ASOCIACION COLOMBIANA DE LA INDUSTRIA
GASTRONÓMICA PRIVADA
5. CORPOICA PÚBLICA
6. CVR -INGENIERIA DEL CONOCIMIENTO S.A.S PRIVADA
7. ACOPI ANTIOQUIA PRIVADA
8. AGROFUTURO ANTIOQUIA PRIVADA
9. FEDERACION COLOMBIANA DE PAPA PRIVADA
10. CORABASTOS PÚBLICA
11. COMFAMILIAR NARIÑO PRIVADA
12. AGRONOVA LATINOAMERICANA SAS PRIVADA
13. FEDEPASIFLORAS PRIVADA
14. CORPOAGROREDES COLOMBIA PRIVADA
15. POSTOBON - NUTRIUM PRIVADA
16.
CUN (Corporación Unificada Nacional de
Educación Superior) PRIVADA
17. PROCOLCACAO PRIVADA
18. RED CACAOTERA PRIVADA
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19. IPES PÚBLICA
20. FEDECACAO PRIVADA
21. GOBERNACION DE SANTANDER PÚBLICA
22. GOBERNACION NORTE DE SANTANDER PÚBLICA
23. COTELCO PRIVADA
24. CONAMIC PRIVADA
25. LA TIENDA NATURISTA.COM PRIVADA
26. INSTITUTO SINCHI PRIVADA
27. CORACTIVA PRIVADA
28. UPRA PÚBLICA
29. COLOMBIA COMPRA EFICIENTE PÚBLICA
30. VITAL NATURAL S.A.S PRIVADA
31. GOBERNACION DE CAUCA PÚBLICA
32.
SECRETARIA DE AMBIENTE, AGRICULTURA Y
PESACA DEL VALLE DEL CAUCA PÚBLICA
33.
FEDERACION COLOMBIANA DE
ACUICULTORES - FEDEACUA PRIVADA
34. GRUPO ÉXITO PRIVADA
35. ACOPI NACIONAL PRIVADA
36. EMBAJADA DE BRASIL EN COLOMBIA PÚBLICA
37.
INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO –
ICA PÚBLICA
38. GOBERNACIÓN DE LA GUAJIRA PÚBLICA
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39. GOBERNACION CESAR PÚBLICA
40. GOBERNACION MAGDALENA PÚBLICA
41. SWISSCONTACT COLOMBIA PRIVADA
42.
CORPORACION COLOMBIA INTERNACIONAL -
CCI PRIVADA
43. FENALCO PRIVADA
44. COLSUBSIDIO PRIVADA
45. ASOHOFRUCOL PRIVADA
46. ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ PÚBLICA
47. ALCALDIA DE IBAGUE PÚBLICA
48. FENALCE PRIVADA
49. COMPENSAR PRIVADA
50. ASOPANELA PRIVADA
51. FUNDES PRIVADA
52.
FUNDACIÓN ESCUELA TECNOLÓGICA DE
NEIVA "JESÚS OVIEDO PEREZ" PRIVADA
53. FUNREDAGRO PRIVADA
54. CENTRAL DE ABASTOS DE DUITAMA MIXTA
55. EJERCITO NACIONAL PÚBLICA
56. SURCOLAC PRIVADA
57. SEMILLAS DEL HUILA PRIVADA
58. CEAGRODEX DEL HUILA S.A. PRIVADA
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59. UNIVERSIDAD SUR COLOMBIANA - HUILA PÚBLICA
60. FUNDACION AMBIENTE DORADO PRIVADA
61.
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y
DESARROLLO RURAL PÚBLICA
62. ALCALDIA FILANDIA QUINDIO PÚBLICA
63. ALCALDIA QUIMBAYA PÚBLICA
64. DEPARTAMENTO QUINDIO PÚBLICA
65. DEPARTAMENTO RISARALDA PÚBLICA
66.
CORPORACION CENTRO PROVINCIAL DE
GESTION AGROEMPRESARIAL DEL GUAVIARE
( CEPROMEGUA )
PRIVADA
67. SUPER ALCOSTO MITÚ PRIVADA
68. COMERCIALIZADORA EL IMPERIO PRIVADA
Por otra parte, la comercialización internacional de productos agrícolas en fresco requiere
del cumplimiento de la normatividad fitosanitaria y requisitos de importación de los países
destino. Es necesario conocer la lista de productos y países en los cuales contamos con
admisibilidad, así como los requisitos fitosanitarios para la exportación, para lo cual se
recomienda dirigirse al ICA, Dirección de asuntos internacionales al correo
Para mayor información en temas de comercialización recomendamos realizar contacto
con la Agencia de Desarrollo Rural - ADR a través de la Unidad Técnica Territorial No. 5,
la cual tiene jurisdicción y competencia en los departamentos de Antioquia y Chocó, con
sede en la Calle 48 b # 80 – 53, barrio Calasanz de la ciudad de Medellín, teléfono (1)
3830444 extensión 2000 o dirigir una comunicación al Director Técnico Territorial Dr.
Octavio Antonio David Yepes al correo [email protected].
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Tema 3: Adecuación de tierras
• Para mí es muy importante el proyecto de Adecuación de tierras para el rendimiento de nuestros productos, ya que tenemos espacios muy reducidos.
Respuesta:
La comunidad de la zona puede solicitar la identificación y viabilidad de la ejecución de un
distrito de adecuación de tierras (riego, drenaje y/o protección contra inundaciones), a la
Agencia de Desarrollo Rural - ADR, de acuerdo con lo establecido en el proceso
“Prestación del Servicio Público de Adecuación de Tierras”, el cual se encuentra
publicado en la página web de la ADR (www.adr.gov.co).
Allí se establece que, para definir la viabilidad de un nuevo distrito de adecuación de
tierras, en el marco de la Ley 41 de 1993, se debe surtir previamente la etapa de pre
inversión, prevista en el proceso mencionado.
En esta etapa se llevan a cabo los estudios de identificación, factibilidad y los diseños
detallados del posible proyecto con su respectiva evaluación técnica, financiera,
económica, jurídica, social y ambiental, mediante los cuales se determina si el proyecto es
viable o no, si es posible realizar su construcción y posterior puesta en marcha, y si su
administración, operación y conservación es autosostenible.
Los estudios y diseños del proyecto determinan el costo de las obras y con base en ellos
se define el valor que los beneficiarios del mismo deben pagar por concepto de
recuperación de inversiones, que para pequeños productores corresponde al 10% del
costo total de las obras, los cuales deben ser pagados en un 10% durante la construcción
y en un 90% durante la operación con un plazo de 12 años.
Una vez se logre recuperar la inversión realizada por el estado, en el porcentaje indicado
por la Ley 41 de 1993, el Distrito será entregado en propiedad a los usuarios beneficiados
del mismo que pagaron la recuperación de la inversión.
Los estudios y diseños también definen el valor de la tarifa fija y volumétrica que deben
cancelar mensualmente los usuarios por el servicio público de adecuación de tierras y que
sirve para que la Asociación de Usuarios del Distrito de Adecuación de Tierras, que se
constituya con posterioridad a la finalización del estudio de factibilidad, realice la
administración, operación y conservación del distrito y de esta manera el mismo sea
sostenible en el tiempo y opere sin realizar inversiones adicionales a las del
mantenimiento preventivo, rutinario y correctivo que sean necesarias.
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Como se mencionó, en primer lugar, se requiere realizar un estudio de identificación, que
constituye la primera sub etapa de pre inversión en la realización de un proyecto de
adecuación de tierras, la cual se realiza de acuerdo con lo establecido en el Manual de
Normas Básicas para la Realización de Proyectos de Adecuación de Tierras, actualizado
por la UPRA.
En esta etapa, se realiza una evaluación directa básica del área del proyecto y su entorno,
así como de la población que se beneficiará con el mismo.
Se hace el primer contacto oficial con los miembros o grupos de la comunidad solicitante
del proyecto, una recopilación de información existente, un reconocimiento de campo por
parte de un equipo interdisciplinario con la participación de algunos miembros de la
comunidad conocedores del área, y de esta manera se obtiene en forma selectiva la
información inicial complementaria y se efectúa el análisis detallado de toda la información
obtenida para elaborar los estudios básicos de cartografía, agrología, geología,
geomorfología, climatología y meteorología, hidrología, demografía, catastral,
productividad agropecuaria, mercado, ambiental, diagnostico, plan agropecuario, plan
ingeniería, mecanismos de financiación, evaluación y conclusiones.
De esta manera, se concluye, en primera instancia, si el proyecto es viable o no; si es
viable, se continúa con el desarrollo de los estudios de factibilidad y diseños detallados.
Por lo anterior, las comunidades interesadas en ejecutar un proyecto de adecuación de
tierras deben realizar la solicitud de identificación a la Agencia de Desarrollo Rural, para
iniciar el proceso de la etapa de pre inversión del proyecto, en concordancia con lo
descrito anteriormente.
Igualmente, la Agencia de Desarrollo Rural puede ejecutar proyectos de adecuación de
tierras a través del Acuerdo 007 de 2016, teniendo en cuenta el cumplimiento de
requisitos o reglamentación establecida, los cuales también se encuentran publicados en
la página web de la entidad.
Para mayor información al respecto recomendamos realizar contacto con la Agencia de
Desarrollo Rural - ADR a través de la Unidad Técnica Territorial No. 5, la cual tiene
jurisdicción y competencia en los departamentos de Antioquia y Chocó, con sede en la
Calle 48 b # 80 – 53, barrio Calasanz de la ciudad de Medellín, teléfono (1) 3830444
extensión 2000 o dirigir una comunicación al Director Técnico Territorial Dr. Octavio
Antonio David Yepes al correo [email protected].
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Tema 4: Asistencia Técnica
• Mi proyecto es de cacao, plátano, maíz y arroz. Le he pedido a la Agencia de Desarrollo Rural el fortalecer el proyecto en asistencia técnica y mantenimiento como limpias, podas y canales.
• Asesoría del cacao.
Respuesta:
La Agencia de Desarrollo Rural a través de la Dirección de Asistencia Técnica ha venido
implementando el Plan Nacional de Asistencia Técnica con Enfoque Territorial orientado a
incrementar la productividad y competitividad del sector agropecuario en el territorio
nacional, para lo cual se suscribió un convenio marco con la Gobernación de Antioquia
con la finalidad de implementar el Plan de Asistencia Técnica en el Departamento.
Conforme al procedimiento, la Secretaria de Agricultura del departamento articula los
municipios priorizando las cadenas productivas a intervenir, en el marco de la
implementación del Plan de Asistencia Técnica para cada cadena; a la fecha se ha
visualizado cubrir, en el departamento de Antioquia, con asistencia técnica a 58
municipios para beneficiar a cuatro mil setecientos cincuenta (4.750) productores, en las
líneas de Aguacate, Arroz, Cacao, Café, Caña Panelera, Ganadería, Hortalizas, Pasifloras
y Plátano.
Para mayor información al respecto recomendamos realizar contacto con la Agencia de
Desarrollo Rural - ADR a través de la Unidad Técnica Territorial No. 5, la cual tiene
jurisdicción y competencia en los departamentos de Antioquia y Chocó, con sede en la
Calle 48 b # 80 – 53, barrio Calasanz de la ciudad de Medellín, teléfono (1) 3830444
extensión 2000 o dirigir una comunicación al Director Técnico Territorial Dr. Octavio
Antonio David Yepes al correo [email protected].
Tema 5: Asociatividad
• ¿Por qué las asociaciones no se permiten en forma de núcleo familiar porque están muchas con experiencia negativa debido a la sociedad?
Mediante el Decreto Ley 2364 de 2015, “Por el cual se crea la Agencia de Desarrollo
Rural, ADR, se fija su objeto y estructura” se define como su principal objetivo ejecutar la
política de desarrollo agropecuario y rural con enfoque territorial, formulada por el
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Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de la estructuración, cofinanciación y
ejecución de planes y proyectos integrales de desarrollo agropecuario y rural nacionales y
de iniciativa territorial o asociativa, así como fortalecer la gestión del desarrollo
agropecuario y rural, y contribuir a mejorar las condiciones de vida de los pobladores
rurales y la competitividad del país. Así mismo, son funciones de la agencia, entre otras:
- Apoyar a las entidades territoriales e instancias de integración territorial, y a las
organizaciones sociales, comunitarias y productivas rurales, para asegurar su
participación en los procesos de estructuración, cofinanciación y ejecución de los
proyectos integrales de desarrollo agropecuario y rural con enfoque territorial que
impulse la agencia.
- Apoyar el proceso de formalización de organizaciones sociales, comunitarias y
productivas rurales, entre otras, para facilitar su participación en los procesos de
planeación y ejecución de planes de desarrollo rural con enfoque territorial.
- Constituir con otras personas jurídicas de derecho público o privado, asociaciones,
fundaciones o entidades para promover el desarrollo agropecuario y rural.
Así mismo el artículo 26° del mencionado decreto establece como funciones de la
Dirección de Participación y Asociatividad:
- Gestionar la aplicación de instrumentos para asegurar la participación y fomentar
la asociatividad de los pobladores rurales, las organizaciones sociales,
comunitarias y productivas rurales, en el proceso de formulación, cofinanciación,
ejecución, seguimiento y control de proyectos integrales de desarrollo
agropecuario y rural.
- Adelantar las acciones y proponer las metodologías para su aplicación por las
Unidades Técnicas Territoriales, para apoyar la creación y formalización de las
organizaciones sociales, comunitarias y productivas rurales, entre otras.
- Diseñar y mantener actualizado el inventario de organizaciones sociales,
comunitarias y productivas.
- Diseñar y ejecutar programas de apoyo a la formalización y fortalecimiento de las
organizaciones sociales, comunitarias y productivas rurales, entre otras, para la
conformación de redes de estructuradores y ejecutores de proyectos integrales de
desarrollo agropecuario y rural.
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- Constituir alianzas con las entidades territoriales e instancias de integración
territorial y las organizaciones sociales, comunitarias y productivas rurales para
impulsar el desarrollo agropecuario y rural con enfoque territorial.
- Identificar junto con las entidades territoriales e instancias de integración territorial
y las organizaciones sociales, comunitarias y productivas rurales, fuentes alternas
de recursos para la cofinanciación de proyectos integrales de desarrollo
agropecuario y rural.
- Promover y facilitar la participación de las organizaciones sociales, comunitarias y
productivas rurales, entre otras, en los Consejos Municipales de Desarrollo Rural -
CMDR y los Consejos Seccionales de Desarrollo Agropecuario -CONSEA.
En caso de requerir apoyo al respecto recomendamos realizar contacto con la Agencia
de Desarrollo Rural - ADR a través de la Unidad Técnica Territorial No. 5, la cual tiene
jurisdicción y competencia en los departamentos de Antioquia y Chocó, con sede en la
Calle 48 b # 80 – 53, barrio Calasanz de la ciudad de Medellín, teléfono (1) 3830444
extensión 2000 o dirigir una comunicación al Director Técnico Territorial Dr. Octavio
Antonio David Yepes al correo [email protected].
Tema 6: Tierras
• ¿Por qué no se mete la línea de compra de terreno?
• Pedimos tierras para los campesinos acompañado de proyectos productivos. Sin tierra no hay paz.
Respuesta:
Para la atención de las preguntas relacionadas con programas de acceso a tierras,
adjudicación de predios y/o formalización de la propiedad rural, se informa que la entidad
competente sobre el particular es la Agencia Nacional de Tierras – ANT, en virtud de lo
dispuesto en el Decreto 2363 del 7 de diciembre de 2015 “Por el cual se crea la Agencia
Nacional de Tierras, (ANT), se fija su objeto y estructura” y dentro de sus funciones se
encuentra la de:
Artículo 4º numeral 8. "Otorgar el Subsidio Integral de Reforma Agraria, conforme a las
políticas y lineamientos fijados por el Gobierno nacional"; y la del Artículo 4º numeral 12
referida a "Hacer el seguimiento a los procesos de acceso a tierras adelantados por la
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Agencia, en cualquiera de sus modalidades y aquellos que fueron ejecutados por el
Incoder o por el Incora, en los casos en los que haya lugar”.
Cualquier información al respecto puede dirigirse a la Agencia Nacional de Tierras Calle
43 No. 57-41 Bogotá, Colombia o llamar al (+57 1) 5185858, opción 0, o al 018000-
933881, correo electrónico [email protected].
Tema 7: Varios
• Mejorar las vías terciarias y caminos vecinales, tenemos productos, pero no tenemos vías.
Respuesta:
La red terciaria son aquellas vías de acceso que unen las cabeceras municipales con sus
veredas o unen veredas entre sí.
En el artículo 5 de la Ley 1682 de 2013, se establece como función pública las acciones
de planificación, ejecución, mantenimiento y mejoramiento de los proyectos y obras de
infraestructura del transporte, en el cual se materializa el interés general previsto en la
Constitución Política, al fomentar el desarrollo y crecimiento económico del país; su
competitividad internacional; la integración del territorio nacional, y el disfrute de los
derechos de las personas.
Estas funciones se ejercen a través de las entidades y organismos competentes de orden
nacional, departamental, municipal o distrital, directamente o con la participación de los
particulares. Es por lo anteriormente expuesto, que en la Ley 715 de 2001, artículo 74, se
establece como función de los departamentos adelantar la construcción y conservación de
los componentes de la infraestructura de transporte que corresponda.
Así mismo el decreto 618 de 2013 por el cual se modifica la estructura del Instituto
Nacional de Vías (Invías) y se determinan las funciones de sus dependencias, establece
en el “Artículo 1°. Objeto del Instituto Nacional de Vías (Invías). El Instituto Nacional de
Vías (Invías) tendrá como objeto la ejecución de las políticas, estrategias, planes,
programas y proyectos de la infraestructura no concesionada de la Red Vial Nacional de
carreteras primaria y terciaria, férrea, fluvial y de la infraestructura marítima, de acuerdo
con los lineamientos dados por el Ministerio de Transporte.”
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Adicionalmente, en el artículo 17 se establecen las funciones de Subdirección de la Red
Terciaria y Férrea dentro de las que se mencionan las siguientes:
“17.1 Ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con la
infraestructura de la red terciaria y férrea no concesionada y evaluar su ejecución.
17.2 Administrar los procesos de construcción, conservación, rehabilitación de la
infraestructura de la red terciaria y férrea no concesionada a cargo del Instituto.
17.3 Elaborar los estudios previos y especificaciones técnicas directamente o a través de
terceros para la contratación de estudios, diseños y obras de la infraestructura a su cargo.
17.4 Liderar la planificación, programación y metodología del proceso de supervisión,
ejecución y seguimiento a las interventorías de los contratos de ejecución de obras de la
infraestructura vial y férrea de su responsabilidad.
17.5 Ejercer la supervisión a los contratos de interventoría de ejecución de obras de la
infraestructura vial y férrea a cargo de la dependencia.
17.6 Efectuar la vigilancia del contrato principal de obra realizando las actividades
técnicas definidas y a cargo del Instituto, que no sean concurrentes con las actividades a
cargo del Interventor.
17.7 Asistir a las Direcciones Territoriales en el proceso de supervisión, ejecución y
seguimiento de los contratos de obra de la infraestructura vial y férrea bajo su
responsabilidad.
17.8 Controlar, evaluar y hacer el seguimiento de los planes y proyectos a su cargo.
17.9 Preparar y mantener actualizados modelos de convenios para la ejecución de los
proyectos con las entidades territoriales.
17.10 Participar en el análisis del soporte tecnológico y de los requerimientos de
información, necesario para que la Subdirección pueda interactuar adecuadamente con
otras dependencias del Instituto y con instituciones externas, en coordinación con la
Oficina Asesora de Planeación.
17.11 Emitir el concepto, acompañando el informe de interventoría o de supervisión,
cuando fuere el caso, en el que se sustente la actuación, para adelantar los trámites
correspondientes para declarar el incumplimiento del contrato, cuantificando los perjuicios
del mismo, imponer las multas y sanciones pactadas en el contrato y hacer efectiva la
cláusula penal.
17.12 Las demás inherentes a la naturaleza de la dependencia y las que le sean
asignadas por las normas legales...”
El INVIAS desarrolló el documento denominado “Guía de Diseño de Pavimentos con
Placa Huella” y el documento “cartilla guía para la evaluación de cantidades y ejecución
de presupuestos para la construcción de obras de la red terciaria y férrea” la cual servirá
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de apoyo y línea base para la construcción de proyectos que contemplen dicha
alternativa. De igual forma dicho actualizó el “manual de diseño de pavimentos asfálticos
para vías con bajos y medios volúmenes de tránsito”.
Lo anterior en cumplimiento del CONPES 3856 de 2016 por medio del cual el Gobierno
determinó la estrategia de estandarización de proyectos de infraestructura 2016-2018,
para mejorar la calidad y eficiencia de la inversión pública, a través de contribuir a
solucionar las debilidades en materia de estructuración de proyectos que enfrentan las
entidades públicas nacionales y territoriales.
Vale la pena señalar que las vías terciarias son la gran apuesta de infraestructura para el desarrollo del campo y la consolidación de la paz, dado que se ejecutan en las zonas más vulnerables y con mayor impacto en la generación de economías locales. (DNP, Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018).
• ¿Qué posibilidades hay que nosotras participemos en ferias artesanales? De conformidad con el Decreto Ley 2364 del 2015, el objeto de la Agencia de Desarrollo
Rural, es ejecutar la política de desarrollo agropecuario y rural con Enfoque Territorial
formulada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural MADR, a través de la
estructuración, cofinanciación y ejecución de Planes y Proyectos Integrales de Desarrollo
Agropecuario y Rural nacionales y de iniciativa territorial o asociativa, así como fortalecer
la gestión del desarrollo agropecuario y rural y contribuir a mejorar las condiciones de vida
de los pobladores rurales y la competitividad del país.
En caso de requerir apoyo en temas inherentes al objeto de la Agencia de Desarrollo
Rural - ADR, se puede solicitar a través de la Unidad Técnica Territorial No. 5, la cual
tiene jurisdicción y competencia en los departamentos de Antioquia y Chocó, con sede en
la Calle 48 b # 80 – 53, barrio Calasanz de la ciudad de Medellín, teléfono (1) 3830444
extensión 2000 o dirigir una comunicación al Director Técnico Territorial Dr. Octavio
Antonio David Yepes al correo [email protected].
• ¿Por qué la ADR en conjunto con el Banco Agrario deberían apoyar créditos para los proyectos?
La Agencia de Desarrollo Rural – ADR en el Artículo 3° del Acuerdo 007 de 2016 señaló
que sin perjuicio de los lineamientos y criterios que se definen en las políticas de
desarrollo agropecuario y rural formuladas por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo
Rural, la asignación y distribución de recursos se entenderá como la regionalización de
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los mismos para la cofinanciación de los Proyectos Integrales de Desarrollo Agropecuario
y Rural con Enfoque Territorial, a partir de la aplicación del criterio de enfoque territorial.
Para la vigencia de 2017, las políticas sectoriales y lineamientos generales y específicos
para la asignación y distribución anual de los recursos fueron fijados por el Ministerio de
Agricultura y Desarrollo Rural de la siguiente forma:
d) Intervención integral en los territorios rurales de acuerdo con lo previsto en el Plan
Nacional de Desarrollo.
e) Atención a la población víctima.
f) Implementación del Acuerdo Final de Paz.
d) Iniciativas priorizadas para proyectos estratégicos nacionales como son: Colombia
siembra, mesas de concertación y diálogo social, acuerdo final para la paz,
CONPES N° 3811 del 2014 y mecanismos de intervención integral en territorios
rurales; y proyectos de iniciativa territorial o asociativa.
Se establecen como montos de cofinanciación de los Proyectos Integrales de Desarrollo
Agropecuario y Rural con Enfoque Territorial, los siguientes:
d) Proyectos Estratégicos Nacionales: Por tratarse de proyectos estratégicos del
orden nacional, el valor de la cofinanciación estará determinado por el alcance del
proyecto.
e) Proyectos Territoriales: El valor de la cofinanciación por cada proyecto, será de
hasta Cuatro Mil (4.000) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV).
f) Proyectos Asociativos: El valor de la cofinanciación por cada proyecto, será de
hasta setecientos veinticinco (725) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes
(SMMLV).
Por otra parte, la ley 16 de 1990, estableció el Sistema Nacional de Crédito Agropecuario
y creó el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, Finagro. De esta
manera, sugerimos dirigirse a Finagro, la cual es una entidad que promueve el desarrollo
del sector rural colombiano, con instrumentos de financiamiento y desarrollo rural, que
estimulan la inversión. FINAGRO actúa como entidad de segundo piso, es decir, otorga
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recursos en condiciones de fomento a las entidades financieras, para que éstas a su vez
otorguen créditos a proyectos productivos. Así mismo, para facilitar el acceso al
financiamiento, FINAGRO administra instrumentos para el desarrollo de su proyecto
agropecuario.
Juan Manuel Londoño Jaramillo
Vicepresidente de Integración Productiva