educaciÓn religiosa

35
RETOS Y APORTES DE LA EDUCACIÓN RELIGIOSA EN EL CONTEXTO DE LA FORMACIÓN INTEGRAL, A PARTIR DEL DECRETO 4500 DE 2006 Juan Manuel Marín Osorio Juan Pablo Duarte Amado Resumen: La permanencia de la Educación Religiosa Escolar en el sistema educativo colombiano y su ratificación como área fundamental y obligatoria, mediante la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994) y el Decreto 4500 de 2006 sobre la Educación Religiosa, son expresión del denodado interés por consolidar una educación con procesos efectivos de formación integral. La adecuada formación de la dimensión trascendente en el ser humano, principal objetivo de la ERE, es un aspecto esencial de cara a la humanización de la educación; puesto que, una educación humana es aquella que atendiendo a la integralidad del ser, favorece espacios para el desarrollo de todas sus dimensiones. Educar la dimensión religiosa se constituye en un eje articulador de verdaderas experiencias integradoras, que ha de ser potenciado por los diferentes agentes de este loable y censurado acto pedagógico. Palabras clave: Educación Religiosa Escolar, educación integral, dimensión trascendente, humanización. Estudiante del programa de Licenciatura en Teología, facultad de Filosofía y Teología; Fundación Universitaria Luis Amigó. Estudiante del programa de Licenciatura en Teología, facultad de Filosofía y Teología; Fundación Universitaria Luis Amigó. 1

Upload: juan-duarte

Post on 06-Mar-2016

224 views

Category:

Documents


3 download

DESCRIPTION

trabajo de síntesis sobre la realidad actual de la educación rerligiosa en Colombia

TRANSCRIPT

Page 1: EDUCACIÓN RELIGIOSA

RETOS Y APORTES DE LA EDUCACIÓN RELIGIOSA EN EL CONTEXTO DE LA FORMACIÓN INTEGRAL, A PARTIR DEL DECRETO 4500 DE 2006

Juan Manuel Marín Osorio

Juan Pablo Duarte Amado

Resumen: La permanencia de la Educación Religiosa Escolar en el sistema

educativo colombiano y su ratificación como área fundamental y obligatoria,

mediante la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994) y el Decreto 4500 de 2006

sobre la Educación Religiosa, son expresión del denodado interés por consolidar

una educación con procesos efectivos de formación integral. La adecuada formación

de la dimensión trascendente en el ser humano, principal objetivo de la ERE, es un

aspecto esencial de cara a la humanización de la educación; puesto que, una

educación humana es aquella que atendiendo a la integralidad del ser, favorece

espacios para el desarrollo de todas sus dimensiones. Educar la dimensión religiosa

se constituye en un eje articulador de verdaderas experiencias integradoras, que ha

de ser potenciado por los diferentes agentes de este loable y censurado acto

pedagógico.

Palabras clave: Educación Religiosa Escolar, educación integral, dimensión

trascendente, humanización.

Summary: Staying of School Religious Education (ERE) in the Colombian education

system and its heartland and ratification as required by the General Education Law

(Law 115 of 1994) and Decree 4500 of 2006 on Religious Education, are expression

of the fierce interest in education to consolidate a comprehensive training’s effective

processes. The proper formation of the transcendent dimension in human beings, the

main objective of the ERE, is an essential aspect towards the humanization of

education, since education is one that human response to the completeness of

being, conducive spaces for development of all its dimensions. Educating the

Estudiante del programa de Licenciatura en Teología, facultad de Filosofía y Teología; Fundación Universitaria Luis Amigó. Estudiante del programa de Licenciatura en Teología, facultad de Filosofía y Teología; Fundación Universitaria Luis Amigó.

1

Page 2: EDUCACIÓN RELIGIOSA

religious dimension, is a true linchpin of integrative experiences, which should be

enhanced by the various players of this laudable and censored pedagogical act.

Keywords: School Religious Education, integral education, transcendent dimension,

humanization.

1. Identificación e historia de la Educación Religiosa Escolar en el contexto colombiano

La Educación Religiosa Escolar (ERE) es un área obligatoria del sistema educativo

colombiano, que debe estar contenida en el Proyecto Educativo Institucional y en el

currículo de las instituciones de educación formal. Sus lineamientos y estándares

son emitidos y regulados por el Ministerio de Educación Nacional (MEN) en

colaboración con la Conferencia Episcopal de Colombia. En este sentido, la

categoría educación religiosa hace referencia a un ejercicio sistemático y riguroso de

enseñanza del fenómeno religioso en general y de los contenidos de la religión en

particular, en el ambiente de la Escuela. Por inscribirse en el contexto de la

educación formal, la ERE coopera en la consecución del propósito de “desarrollar en

el educando conocimientos, habilidades, aptitudes y valores mediante los cuales, las

personas puedan fundamentar su desarrollo en forma permanente”1.

La identificación de la ERE desde su ubicación en el marco legal de la legislación

colombiana, constituye un primer intento de delimitación del objeto del presente

escrito, puesto que es evidente cómo la abundante terminología usada para

designar la enseñanza de la religión en la Escuela, fácilmente se presta para

ambigüedades; por ejemplo, se habla indistintamente de catequesis escolar,

catequesis, catecismo, formación religiosa, ciencias religiosas o simplemente

religión. Esta pluralidad de identificaciones obedece en gran manera al proceso que

-al menos en el contexto colombiano- ha experimentado la ERE; por tal motivo, se

hace necesario presentar, de manera sintética, algunas precisiones conceptuales

que orienten la comprensión del desarrollo histórico de la educación religiosa en el

sistema educativo nacional.

1 COMISIÓN EPISCOPAL PARA LA EVANGELIZACIÓN DE LA CULTURA Y LA EDUCACIÓN, cita Ley 115, art. 10 y 11. En: lineamientos y estándares curriculares para el área de educación religiosa; (23 de Agosto de 2004) Santa fe de Bogotá: Conferencia Episcopal de Colombia.

2

Page 3: EDUCACIÓN RELIGIOSA

En consecuencia, es preciso acudir a los aportes de la teología sistemática,

entendida como una rama de la Teología que tiene por objeto la sistematización

estructural y orgánica de los diferentes tratados y prácticas que se circunscriben en

el marco de la disciplina teológica. La teología sistemática en su aporte a la

inteligencia de la fe, ofrece conceptualizaciones mediante las cuales es posible; por

una parte, delimitar los objetos de conocimiento de los tratados, y por otra,

establecer relaciones de interdependencia entre los mismos.

Así pues, el episcopado colombiano, haciendo uso de la labor sistemática de la

teología, entiende la ERE como “el estudio de la revelación cristiana y su experiencia

religiosa, tomada en sus diversos componentes y manifestaciones histórico-

culturales, en nuestro contexto y el de occidente. Este estudio, realizado con

métodos escolares, se orienta a identificar las características de esa experiencia

religiosa, sus formas de vivencia y expresión, su aporte a la humanización y al bien

de la sociedad y la cultura, de manera que los alumnos elaboren sus propias

conclusiones y actitudes debidamente motivados y responsables ante ese hecho

religioso”2. Según lo anterior, la Educación Religiosa es un ejercicio de carácter

académico que busca la transmisión de un conocimiento que genere en los

educandos actitudes, procedimientos y conceptos; dicha caracterización permite

intuir la estrecha relación de la ERE con la catequesis y sus afines catecismo o

catequesis escolar.

No obstante, la catequesis, pese a contar con un carácter eminentemente didáctico,

hace referencia directa a una forma específica de evangelización de los cristianos,

cuyo fin es que la fe, ilustrada por la doctrina, se torne viva, explícita y activa, para

conducir a los miembros de la comunidad cristiana a un auténtico discipulado y

seguimiento de Jesús3. En este sentido, el término catequesis se refiere a una

experiencia propia de la comunidad cristiana enfocada a la evangelización, que

pretende la generación de actitudes morales y claridades doctrinales, para dar

cuenta de la asimilación del mensaje de Jesucristo y de la pertenencia a dicha

comunidad. A manera de contraste, es posible enunciar que mientras la catequesis 2 CONFERENCIA EPISCOPAL COLOMBIANA. Guía para el desarrollo de los contenidos de la Enseñanza Religiosa Escolar en los Niveles de Básica Secundaria y Media. Colombia, 1999. p. 14.3 Cfr. SEMERARO, Marcello. La Catequesis. En: diccionario teológico enciclopédico. Estella (Navarra): Verbo Divino. (1999) p, 136.

3

Page 4: EDUCACIÓN RELIGIOSA

adelanta un trabajo de instrucción para la maduración en la fe, desde dentro de la

comunidad y hacia todos los miembros de la misma; la ERE, se esfuerza por hacer

comprensibles algunos de los contenidos y de las prácticas religiosas, sobre todo

cristianas, para un sector específico de la población, a saber: la comunidad

educativa.

Continuando con el intento de delimitación, es preciso aludir a al término religión,

con el cual también se suele identificar la asignatura de Educación Religiosa. Desde

una perspectiva muy general, este concepto posee un carácter histórico cultural y

designa las diversas formas en que se ha desarrollado la relación del hombre

creyente con el Dios en quien cree; según esto, la categoría religión, no se agota en

una conceptualización de la teología sistemática pues es la Religión el escenario en

el cual nace y se consolida la disciplina teológica, es decir, la Teología nace como

una mediación entre la cultura y la Religión. En este orden de ideas, puede sugerirse

que la Religión es el objeto de conocimiento del área de ERE, que ha de ser

adaptado para cada nivel del sistema educativo, y que en el caso colombiano tiene

un marcado matiz cristiano-católico.

Después de rastrear algunos indicios conceptuales, para la adecuada identificación

de la ERE, adquiere especial interés comprender el aporte de cada uno de los

términos con los que ésta se ha designado, en la reconstrucción de la historia más

reciente de la asignatura en el contexto colombiano. Sin embargo, es preciso señalar

que la variación en los términos ha obedecido a particularidades de la práctica

escolar, bien sea por las intencionalidades de cada institución o por las sugerencias

del Magisterio eclesial de cada región, ya que la legislación siempre ha mantenido

como identificación genérica del área, el concepto Educación Religiosa.

Según lo antes mencionado sobre la catequesis, se descubre la pertinencia de éste

término para la designación de la asignatura de Educación Religiosa en el contexto

de las políticas educativas previas a la Constitución de 1991; puesto que con la

plena vigencia del Concordato de 1973 y la designación del Catolicismo como

El Concordato es un instrumento legal que busca establecer acuerdos entre la Iglesia (Santa Sede) y un Estado, para regular las relaciones entre ellos en materias de mutuo interés. El Estado colombiano y la Santa Sede, mediante tratados internacionales han tenido desde antiguo un Concordato que regula asuntos entre las dos potestades.

4

Page 5: EDUCACIÓN RELIGIOSA

religión oficial de Estado, la Iglesia gozaba de algunos privilegios que le daban

preeminencia en muchos escenarios de la vida social, entre ellos la educación

formal. Así pues, la Iglesia de la época recibió del Estado, por medio de la ley 20 de

1974, el encargo de regular y diseñar los programas de la ERE en todas las

instituciones educativas del territorio nacional; este dato permite comprender que la

enseñanza y específicamente los contenidos del área estuvieran enfocados a la

instrucción en aras de la maduración de la fe cristiana en los educandos, lo cual está

hablando de un ejercicio eminentemente catequético; de hecho, la popularidad de

nombres como catecismo o catequesis escolar, son una consecuencia del título de

"catecismo” dado a los textos guías para la asignatura, los cuales eran elaborados

por el Magisterio eclesial colombiano (Conferencia Episcopal) y latinoamericano

(CELAM).

Con la entrada en vigencia de la nueva Constitución Política de 1991 y su

declaración de la libertad religiosa y de la igualdad de todas las confesiones ante la

Ley (art. 19), se produce un cambio notable en las perspectivas de la ERE,

sobretodo en el sector público de la educación. Ante este hecho, los programas de la

asignatura, -emitidos todavía por la Conferencia Episcopal- fueron renovados de

manera que se garantizara el derecho a la libertad religiosa de los miembros de la

comunidad educativa. Con esta innovación legislativa, se amplió el horizonte del

objeto de conocimiento de la ERE, pues en adelante le correspondió hacer y suscitar

reflexión académica sobre el fenómeno religioso en general; por lo que se

comprende que hiciera carrera el término religión en sentido genérico para la

designación del área. Sin embargo, el arraigo de la religión Católica en el grueso de

la población nacional y la preeminencia del Cristianismo en Occidente, han hecho

que en la práctica educativa se conserven muchas perspectivas del pasado en lo

que a educación religiosa se refiere.

La última reforma concordataria fue aprobada por la ley 20 de 1974, 21 años antes de la Reforma de la Constitución colombiana, llevada a cabo en 1991. (URIBE BLANCO, Mauricio- MARTIN DE AGAR, José. Concordato y jurisprudencia constitucional en Colombia. En: Revista electrónica de difusión científica – Universidad Sergio Arboleda Bogotá – Colombia http://www.usergioarboleda.edu.co/civilizar El término “Magisterio Eclesiástico” se aplica al grupo de jerarcas que ostentan una función autoritativa en lo concerniente a la enseñanza de la fe; comúnmente, las referencias a este término designan la tarea colegiada de los Obispos, de la Iglesia en general (colegio cardenalicio) o de un país o región en particular (conferencias episcopales). (cfr. RAHNER, Karl. Curso fundamental sobre la fe. Barcelona: Herder; 1979. p,436)

5

Page 6: EDUCACIÓN RELIGIOSA

En la historia reciente de la ERE en Colombia, llama la atención la bipolaridad

registrada entre la ratificación legal que ha garantizado su constante permanencia en

el sistema educativo y la dificultad para su integración y adecuada orientación en

varias instituciones escolares. A nivel legal, se pueden establecer dos fases de la

ERE, una comprendida entre el Concordato de 1973 y la Constitución Política de

1991; y la otra, desde la constitución pasando por la Ley General de Educación (Ley

115) hasta llegar al Decreto 4500 de 2006. Las mencionadas fases revisten gran

importancia, en cuanto han determinado los enfoques de programación, planeación

e investigación en torno a la ERE.

En la primera fase, no se exigen criterios diferentes a los propuestos por los

documentos del Magisterio de la Iglesia, para la justificación de la ERE en el plan

fundamental de la educación formal. El artículo XII del Concordato aclara que

“compete a la Iglesia, en desarrollo de su misión apostólica, la elaboración de los

programas y la aprobación de los textos para la Educación Religiosa Católica”.

Según lo anterior, se deduce que el Estado y por ende el sistema educativo

confieren a la religión un valor en sí misma, quizá por la singularidad de la que

gozaba el catolicismo y por su influencia en la vida social. Para este periodo

aparecen la Ley 20 de 1974 aprobatoria del Concordato en la que se da autonomía a

la Iglesia Católica para la programación y regulación de la asignatura. En el mismo

año, el Decreto 080 es enfático a la hora de presentar la obligatoriedad de la

Educación Religiosa en el plan fundamental mínimo para los diferentes niveles de la

educación formal. En este contexto, los diseños curriculares de la asignatura y los

textos guías para el desarrollo de la programación ratificaban la complementariedad

entre la educación religiosa en la Escuela y la catequesis impartida al interior de la

Iglesia. Aún con la presencia de corrientes opuestas a un modelo con las

mencionadas características, se mantuvo una rigurosidad confesional en los criterios

definidos para el desarrollo del área.

La situación de la ERE sufre algunas variaciones con el comienzo de la segunda

fase. La transición de la oficialidad de un único sistema religioso a la libertad y

pluralidad de manifestaciones religiosas, a partir de la Constitución (art. 19) y de la

Ley 133 de 1994 (art. 6), se exige en primera instancia una modificación en los

6

Page 7: EDUCACIÓN RELIGIOSA

programas del área. Quizá este hito histórico nacional, catalizó algunas de las

perspectivas críticas y de rechazo de la población en general y de la comunidad

educativa en particular frente al área de Educación Religiosa, por ser considerada

instrumento de la Iglesia para el proselitismo o para la prolongación de su

hegemonía.

Esta segunda fase ubicada en las últimas dos décadas, ha sido el periodo de

caracterizado por la crisis generalizada de la ERE, pues no se ha podido menguar

el nivel de crítica o rechazo formal ni informal; ante este panorama, se sugiere el

comienzo de un proceso de justificación de la ERE, para lo cual se hace pertinente

recurrir a la concepción de integralidad de la educación. Este es el reto investigativo

de la actualidad y el marco de referencia deseado para la programación veraz de la

asignatura. El camino ya ha sido abierto por las prescripciones de la Ley General de

Educación e impulsado por los enunciados teóricos y prácticos del Decreto 4500;

con base en estos referentes legales, la Conferencia Episcopal de Colombia ha

mostrado grandes avances en la reflexión pedagógica al respecto, mediante las

orientaciones curriculares y didácticas para el desarrollo de la ERE en las

instituciones escolares.

2. La formación integral, fundamento de la educación para la humanización

Las sociedades humanas de toda la historia han visto en la educación el canal más

adecuado para la conservación y transmisión de su peculiaridad física y espiritual.

Educación y sociedad poseen un vínculo de mutua dependencia y en esta relación la

educación ejerce una función eminentemente formativa en dos dimensiones; por una

parte, forma a los ciudadanos para la vida en comunidad; y por otra, informa a la

sociedad de las trasformaciones que en ella deben realizarse para responder a las

exigencias de los ciudadanos; es decir, educación y sociedad tienen una relación

dialéctica. A partir de esta ubicación de la educación, se comprende el carácter

procesual y flexible que a ella le corresponde, y además, se vislumbra su objetivo

fundamental que es la promoción del desarrollo integral del ser humano, en aras de

consolidar “formas mejores de existencia humana”4.

4 JAEGUER, Werner. Paideia: los ideales de la cultura griega. Bogotá: Fondo de Cultura Económica (1992) p, 4.7

Page 8: EDUCACIÓN RELIGIOSA

La formación integral no es una mera tendencia de la educación, sino una

identificación programática, en cuanto la integralidad es el principio rector de toda

manifestación educativa en las sociedades humanas. No obstante, el deseo de una

formación más integral que responda a lo auténticamente humano, es decir, a la

naturaleza holística del hombre, surge de manera explícita con el movimiento

humanista, que a su vez retoma las posturas de la Grecia antigua frente al asunto de

la Paideia, para posteriormente materializarse en modelos pedagógicos que con

ayuda de las ciencias humanas intentan responder a la totalidad del hombre

atendiendo a sus condiciones y a sus exigencias. En consecuencia, hablar de

educación integral es evocar un proceso consolidado en la historia que es a la vez

realidad y utopía.

La permanencia de un sistema educativo caracterizado por la integralidad, obedece

en primer lugar a los lineamientos curriculares y por consiguiente a un plan de

estudios lo suficientemente estructurado y completo; pero en un segundo momento,

corresponde a todas las áreas el reconocimiento de la naturaleza integral del ser

humano, de manera que en el cumplimiento de sus objetivos específicos, no se

conviertan en promotoras de una escisión en el educando; pues, esto es desde todo

punto de vista una contradicción al fundamento de la educación humana, que es la

humanización, es decir, la revaloración de lo auténticamente humano.

Según lo anterior, la consecución de un modelo cada vez más integral de educación,

está en relación directa con la concepción de hombre, la cual debe ser

desprejuiciada y puesta al margen de intereses utilitaristas de índole política o

económica. Generalmente, la realidad compleja del hombre ha sido reducida a

alguna de sus dimensiones en detrimento de las demás; al menos, así lo

demuestran los diferentes modelos de hombre propuestos por el sistema

sociocultural imperante en cada época de la historia humana. Ante este panorama,

el rescate de lo auténticamente humano constituye una mirada del hombre en su

conjunto reconociendo la importancia de la totalidad de sus realidades; sin pensar

que la complejidad sugiera inaccesibilidad, sino una pluralidad que debe ser

contemplada y asumida desde un ejercicio constante de reflexión.

8

Page 9: EDUCACIÓN RELIGIOSA

En conclusión, lo más auténtico en el ser humano es su condición de “misterio” , es

decir, el carácter profundo de su identidad que para efectos de una mejor

comprensión es entendida desde la clasificación por dimensiones o arquetipos, a los

que debe atender la educación de manera específica y holística, paralelamente. La

integridad en la persona hace referencia a la “posesión por entero de todas las

propiedades que por naturaleza le corresponden”5; en consecuencia, la educación

integral constituye un esfuerzo por dar unidad a todos los aspectos posibles de la

vida humana.

Al respecto de la promoción de una formación cada vez más integral con miras a la

humanización, resulta sensato poner de relieve que éste es un interés compartido

por diversas disciplinas, sobretodo en un contexto cultural como el actual, donde

pseudovalores derivados del materialismo han puesto de soslayo las características

esenciales y ónticas del ser; un ejemplo muy claro de la empresa humanizante

puede encontrarse en las conceptualizaciones pedagógicas sobre el acto educativo,

pues cada vez se hace mayor énfasis en la generación de aprendizajes significativos

que potencialicen al ser en sus relaciones intersubjetivas y en sus dominios:

“cognoscitivo, procedimental y actitudinal; es decir, en los ámbitos del saber, saber

hacer y del ser”6.

3. La Educación Religiosa Escolar en el contexto de la formación integral

En lo concerniente a la realidad integral que constituye al ser humano, es importante

hacer referencia a su condición religiosa de la que se deriva una ineludible

dimensión trascendental. El fenómeno de lo religioso cuenta con diferentes

manifestaciones en todas las culturas; en efecto, aún con las peculiaridades que

demarcan las condiciones de tiempo y de espacio, son abundantes los vestigios

tangibles e intangibles que dan cuenta de la inquietud humana por el Misterio de la

La identificación del hombre como “misterio” es una propuesta de la filosofía personalista, específicamente Gabriel Marcel en su libro el misterio del ser enuncia que considerar al hombre como “misterio” es abordar lo inagotable que es el ser y que nunca llegaremos a conocerlo plenamente ni a realizarlo en su integridad. (cf. VÉLEZ, Jaime. El Hombre es un Enigma. Bogotá: CELAM; 2001. p, 15.) 5 VILLALOBOS, Elvia Marveya. Didáctica integrativa y el proceso de aprendizaje. México: Trillas, 2007. p, 26.6 ZULUAGA LÓPEZ, Rodrigo Hernán. La transversalidad: un enfoque pedagógico de los contenidos de la Educación Religiosa Escolar. Medellín, 2006; p, 40. Trabajo de grado (licenciatura en ciencias religiosas) Universidad Pontifica Bolivariana. Facultad de Teología.

9

Page 10: EDUCACIÓN RELIGIOSA

trascendencia; por este motivo, ciencias humanas como la Antropología, la

Sociología, e incluso algunas corrientes psicológicas; apuntan a la comprensión de

esta dimensión, que por descontado afirman y defienden. Independiente de su

designación, la dimensión religiosa o trascendente sigue siendo elemento

constitutivo de la realidad humana, puesto que “la relación relevante de la persona

está en el nivel trascendental, ámbito en el cual es capaz de preguntarse por la

existencia de algo o de alguien que trascienda la realidad y que pueda dar respuesta

al sentido último de la existencia”7. En este sentido, la presencia de la Educación

Religiosa en el sistema escolar es garante de una educación orientada por la

concepción integral de ser humano; es decir, animada por la búsqueda de lo

auténticamente humano.

Se afirma que la Educación Religiosa es “la educación en los valores, totalmente

asumidos, a la luz de la revelación, para brindar respuestas a las necesidades

integrales del ser humano en su totalidad”8. La validez de estas respuestas reposa

en la carga antropológica que por la encarnación de Jesucristo, es ineludible a la

manifestación del Dios cristiano; es decir, el Dios hecho hombre, se convierte en la

propuesta de un estilo de vida válido para el hombre de todos los tiempos y capaz

de aportar plenitud y realización al ser humano completo. Así pues, es válido afirmar

que la ERE, como potenciadora de la naturaleza espiritual y religiosa, se

circunscribe en el propósito fundamental del sistema educativo: la formación integral

del ser humano9. Los estudios actuales sobre la Educación Religiosa, coinciden en

apuntar a su carácter articulador en aras de brindar una educación que responda a

las necesidades de cada una de las dimensiones del desarrollo humano; la viabilidad

y el sustento de este tipo de afirmaciones puede sentarse en el hecho de que la

religión a nivel general cumple una misión integradora en el ser humano, puesto que

su sentido se deriva de la carga evocadora de la etimología “religare” que quiere

decir volver a unir, religar.

“El misterio, puesto que trata del ser, abarca a todos los seres, y por eso se extiende hasta lo infinito. Por ser misterio escondido y secreto escapa a la sola inteligencia” (Op. Cit. VÉLEZ. p, 15).7 Op. Cit. VILLALOBOS, E.2007; p, 27. 8 AGUDELO, Humberto Arturo. Educación en los valores. Bogotá: Paulinas. 2000. p, 19.9 Cfr. LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, Ley 115 de febrero 8 de 1994 (art. 5).

10

Page 11: EDUCACIÓN RELIGIOSA

En este orden de ideas, se puede inferir que las constantes referencias de la

legislación colombiana en materia educativa, a la importancia y obligatoriedad de la

Educación Religiosa, demuestran el interés del Estado por fortalecer los procesos de

formación integral, ratificados en los pactos internacionales; tanto la ley 115 como el

Decreto 4500 no desconocen la dimensión trascendente de la persona. Aunque

pueda pensarse que la figura de autoridad de la Iglesia en Colombia, sea un

fundamento para determinar la inserción de la Educación Religiosa en el plan de

estudios de todos los niveles del sistema educativo, la principal causa radica en la

concepción integral del ser humano y consiguientemente en la búsqueda de una

formación igualmente íntegra.

En consecuencia con lo anterior, la Constitución Política de Colombia hablando del

derecho a la educación, pone en el estado la responsabilidad de “regular y ejercer la

suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad,

por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física

de los educandos” (art. 67). En este artículo, aparece una insinuación implícita a la

necesidad de la educación religiosa, pues se reconoce la importancia de la

formación moral del educando; además, en la exigencia hecha al Estado de hacer

veeduría del cumplimiento de los fines se establece la concordancia con el artículo 5

de la Ley General de Educación, en el cual se contemplan los fines del sistema

educativo, que enfatizan en la consolidación de un proceso de “formación integral,

física, psíquica, intelectual, espiritual, social, afectiva, ética, cívica”; aquí tiene

resonancia nuevamente la importancia de la educación religiosa para el buen

desarrollo de la educación en Colombia.

De manera explícita la Ley General de Educación declara que la Educación

Religiosa es un área obligatoria y fundamental del sistema educativo (art. 23); sin

embargo, la práctica educativa en las instituciones escolares fue degenerando en un

desinterés por la asignatura y en muchas controversias en torno a su desarrollo; por

tal motivo, el Estado en uso de sus atribuciones legales, vio pertinente pronunciarse

frente a la problemática mediante el Decreto 4500 de 2006, donde se reafirma el

carácter de obligatoriedad y se dan algunas indicaciones de orden reflexivo y

práctico para la total vinculación de la Educación Religiosa Escolar en los Proyectos

11

Page 12: EDUCACIÓN RELIGIOSA

Educativos Institucionales (PEI). No obstante, la obligatoriedad de la ERE, el decreto

se cuida de hacer objeción al derecho de libertad de cultos contemplado en la

Constitución Política (art. 19), ya que presenta una formulación es flexible y de

carácter orientador.

Según el decreto 4500 la Educación Religiosa “se fundamenta en una concepción

integral de la persona sin desconocer su dimensión trascendente” (art. 3); y en

cuanto a su desarrollo se enfatiza en la consideración de los aspectos tanto

académicos como formativos. Sin embargo, aún con el carácter académico de la

ERE y con el respeto debido a las demás confesiones religiosas, no se ha de perder

de vista que la práctica educativa de la asignatura no puede restringirse a una labor

meramente intelectual; pues, aunque el área tal como se ha expuesto difiera

notablemente de la catequesis, debe presentar los contenidos mediante un modelo

didáctico eminentemente experimental, capaz de generar en los estudiantes

actitudes que conduzcan a una vivencia, si no confesional sí esencial del proyecto

de Jesús. En este sentido resulta iluminador hacer memoria de la comprensión que

tiene el Concilio Vaticano II acerca de la ERE.

La Educación Religiosa busca, sobre todo, que los bautizados se hagan más

conscientes cada día del don recibido de la fe, mientras son iniciados gradualmente en

el conocimiento del misterio de la salvación; aprendan a adorar a Dios Padre en

espíritu y en verdad (cf. Jn 4,23), ante todo en la acción litúrgica, adaptándose a vivir

según el hombre nuevo en justicia y santidad de verdad (Ef. 4,22-24), y así lleguen al

hombre perfecto, a la edad de la plenitud de Cristo (cf. Ef. 4,13) y contribuyan al

crecimiento del cuerpo místico. Ellos, además, conscientes de su vocación,

acostúmbrense a dar testimonio de la esperanza que en ellos hay (cf. 1Pe 3,15) y a

ayudar a la conformación cristiana del mundo, mediante la cual los valores naturales

contenidos en la consideración integral del hombre redimido por Cristo contribuya al

bien de toda la sociedad.10

El Concilio Vaticano II, hace caer en la cuenta de una riqueza presente en la

totalidad del ser humano, tal como es la condición religiosa. Esta dimensión no debe

ser aislada de otras realidades del ser humano (física y psicológica), antes bien

10 CONCILIO VATICANO II, Documentos completos. Declaración “Gravissimum Educationis Momentum”. Bogotá: Paulinas, 1981. p, 377.

12

Page 13: EDUCACIÓN RELIGIOSA

deben ser leídas en su conjunto e interpretadas como partes de una misma unidad

presente en la persona humana; estos aspectos resaltados por el documento

magisterial presentan una evidente concordancia con las formulaciones legales que

se han mencionado, especialmente en la Ley General y en el Decreto 4500.

4. Educar la dimensión trascendente del ser humano, un camino de humanización

Con la certeza de que el hombre está constituido por una dimensión trascendente,

es preciso tener presente que la formación humana integral debe abarcar dicha

dimensión. Atender a la dimensión trascendente del ser humano o concebir su

adecuado desarrollo desde el currículo formativo, es de antemano un ejercicio de

humanización de la educación; en cuanto, la antropología que orienta los

lineamientos curriculares parte de una imagen de hombre holístico.

Con la inclusión de la ERE en el sistema escolar, la educación gana en

humanización; puesto que, la religión constituye una mediación para el buen

desarrollo de la persona y de las comunidades; ya que toda experiencia religiosa

cumple una función performativa en el sujeto que la vive. Paradójicamente, en la

actualidad, es evidente el hecho de que cada vez son más pocos los ciudadanos

que asumen los valores cristianos como un elemento de su identidad cultural; lo cual

indica que, lo religioso no cuenta con un sustento antropológico de peso; tanto en el

individuo como en la sociedad, la religión aparece como un acto escindido de su

identidad; es decir, lo religioso ha dejado de ser significativo y determinante en la

experiencia humana y se ha reducido a la celebración tradicional de una serie de

ritos. En consecuencia el ser humano de hoy, “no siente la necesidad de un

compromiso eclesial y evangelizador. Así se explica la incoherencia que se da entre

la fe que se dice profesar y el compromiso real de la vida"11.

En medio de un contexto, con estas características, se hace indispensable

emprender una movilización por el rescate de lo simbólico y de lo religioso en el

hombre. La formación de la dimensión trascendente es un rescate de los valores

auténticamente humanos, que generen en los educandos el deseo de

11 IV CONFERENCIA EPISCOPAL LATINOAMERICANA. Santo Domingo. Conclusiones. 1992. N 9613

Page 14: EDUCACIÓN RELIGIOSA

comprometerse en la creación de un mundo más habitable y de una sociedad más

solidaria y tolerante. Es ahora cuando se piensa en la misión esencial de la

educación, sacar de la masa; la cual le viene dada desde su etimología “educare”;

en este sentido, resulta absolutamente necesario, que la ERE se inspire y se

fundamente en la transmisión de una antropología centrada en los valores

propiamente evangélicos y que unifique las mentalidades científicas y humanistas.

La ERE adquiere un carácter relevante para la humanización de la persona, pero

esta responsabilidad radica en cada miembro de la comunidad educativa; puesto

que la formación de seres humanos para la realización personal y para la vida en

comunidad no es un asunto exclusivo de las ciencias humanas.

Cuando se piensa en la propuesta de una educación que concibe la promoción de la

dimensión trascendente, se sugiere que ella no debe fijarse de modo exclusivo en

los contenidos e informaciones que construyen y consolidan el pensamiento; como

ya lo ha reflexionado la pedagogía, el núcleo de una educación verdaderamente

humana se cimienta sobre otros aspectos igualmente profundos, tal como son los

valores y las virtudes humanas, en su mayoría discernidas y promulgadas desde la

Iglesia, quien apela directamente a las consideraciones construidas por la

antropología religiosa.

Hablar de Educación Religiosa en Occidente, aún con las corrientes laicistas y

seculares, evoca un ejercicio de transmisión, proclamación y sensibilización de los

principios del Cristianismo; así pues, la adecuada ejecución del área deberá atender

a los valores evangélicos, que promueven la dignificación de la persona y la

construcción de una comunidad de seres humanos, que por su manera de

relacionarse, se convierten en lugar teológico; es decir, en revelación de Dios para

todos los hombres. Todo lo anterior, exige traspasar las fronteras conceptuales,

situación que para nuestra mentalidad, heredera del cartesianismo y el positivismo,

se considera todo un reto. La ERE es portadora de humanización por su

armonización de elementos conceptuales y experienciales; por lo que se puede

pensar que en el acto pedagógico de la enseñanza de la religión, se plantean

posibles soluciones al reto de la coherencia humana, entendida como integración de

teoría y praxis; reto que se plantea de manera específica en el campo de la

14

Page 15: EDUCACIÓN RELIGIOSA

educación, en la búsqueda de procesos que generen aprendizajes significativos

capaces de articular competencias desde el saber, el saber hacer y el ser. La ERE,

si es enfocada adecuadamente puede consolidarse en el canal mediante el cual la

educación interpela a la sociedad, ya que ella tiene a aportar al educando

experiencias significativas de aprendizaje.

Lo ya expuesto sobre educar desde la trascendencia para humanizar, amerita una

incipiente profundización en el término “trascendencia”. Este vocablo ofrece una

gama amplia de significados; por ejemplo uno de los significados de trascender es el

espacial, o fundado en una imagen de carácter espacial. Según ello, trascender

significa “ir de un lugar a otro, atravesando o traspasando cierto límite”12; según esto,

la realidad que traspasa el límite es llamada trascendente y la acción y efecto de

estar más allá de un límite dado, es la trascendencia. Otra definición apuntaría a lo

siguiente: “algo trascendente es superior a algo inmanente, hasta el punto de que

cuando se ha querido destacar la superioridad infinita de Dios respecto a lo creado

se ha dicho que Dios trasciende lo creado e inclusive que Dios es trascendencia”13;

así pues, algo trascendental es algo realmente importante y capital. En el contexto

de la educación, las definiciones apuntan a considerar que ella abarca la vida entera

de la persona, el concepto de trascendencia desempeña un papel importante en el

modo de concebir a la persona, el ser humano tiene la posibilidad de trascender, y

ello además “no es lo remoto, sino de alguna manera lo más cercano, pues es el ser

mismo trascendente que se abre a la comprensión y se comporta en su verdad.”14

En consecuencia con lo presentado, se establece que la formación para que sea

efectivamente humana debe ser intensamente integral, de manera que el alumno

considere en su educación la importancia de formarse en la dimensión trascendente,

pues: “no nos podemos quedar en una ética, fundamentada para el tiempo y el

espacio. Es necesario también fijarnos en las virtudes cristianas, para complemento

y ubicación del ser, ante valores que iluminan y clarifican el deber ser de lo

existencial humano. Realidades que son más diáfanas a la luz de la esperanza y la

Caridad”15. Es así como, la educación podría preparar al ser humano para una 12 FERRATER MORA, José. Trascendencia. En: Diccionario de filosofía. Barcelona: Ariel, 2001. v, IV (Q-Z); p, 3565.13 Ibíd. p, 3565.14 Ibíd. p, 3566.15 AGUDELO, Arturo. Educación en los valores. Bogotá: Paulinas, 2000. p. 29

15

Page 16: EDUCACIÓN RELIGIOSA

autentica formación en el plano de lo humano que abarca, como se subraya a través

de presente escrito, un objetivo básico del acto educativo.

5. La situación actual de la Educación Religiosa: aportes y retos

La Educación Religiosa Escolar (ERE), entendida como un área fundamental del

sistema educativo colombiano, que mediante la educación en los valores asumidos

desde la revelación, propicia el adecuado desarrollo de la dimensión trascendente y

en consecuencia, aporta a la formación integral de los educandos; pasa en la

actualidad por una realidad compleja que para efectos de su comprensión puede ser

vista en términos de aportes y retos, desde su lugar de inserción en el sistema

educativo que propende por la integralidad. A continuación, se presentará un

compendio de los aportes más significativos de la ERE a la educación integral, a

partir de su carácter articulador; para seguidamente, contrastarlos con los asuntos

que permanecen pendientes en la consolidación del área en el contexto del los

planes educativos, y que se formulan como retos.

La humanización de la educación, un camino posible desde la ERE

Es preciso aludir que el interés por la fundamentación de la Educación Religiosa a

partir de la concepción de integralidad de la educación, surge como respuesta a la

sospecha de la que ha sido objeto la religión en general y como defensa de la

dimensión espiritual o trascendente en el hombre, germen de armonía e integración

personal y colectiva. Este aporte de la religión, adquiere importancia, sobre todo si

se tiene en cuenta que uno de los grandes indicios de deshumanización en los

diferentes escenarios de la sociedad, radica en la visión fragmentada del hombre,

resultante de un acelerado y arrollador proceso de separación en las dimensiones

esenciales del ser.

La ERE, como mediación didáctica de la religión, aporta en la reconstrucción más

sensata del concepto de hombre y de su identidad; ya que suscita en el ámbito

educativo la importancia de la religación, es decir, de la reivindicación del hombre en

relación consigo mismo, con los otros, con el cosmos y con la Trascendencia. El

espacio dedicado a la asignatura de Educación Religiosa, se convierte en el

16

Page 17: EDUCACIÓN RELIGIOSA

escenario propicio para hacer reflexión sobre el hombre y su contexto vital, mediante

el desarrollo de conceptos, procedimientos y actitudes.

De cara a la formación integral, la ERE intenta ofrecer planes y programaciones que

tiendan a la generación de aprendizajes significativos, según lo presentado por un

abundante número de textos guías, se armonizan de manera adecuada enfoques

como el experiencial, el argumentativo y el celebrativo; los cuales, expresan en su

conjunto el camino más adecuado para potenciar la dimensión trascendente, puesto

que la vinculación de los estudiantes en un desarrollo didáctico desde tales

enfoques, sugiere casi por consecuencia lógica, la creación de una sensibilidad ante

el hecho religioso.

Desde una perspectiva más ambiciosa, se puede concluir afirmando que la ERE no

agota su aporte a la educación integral, en la especificidad de su objeto de

conocimiento. Ella, ejerce una función articuladora en el proceso educativo; en

primer lugar, porque muchos de sus contenidos son materia recurrente de planes

curriculares transversales, debido a la creciente necesidad de su difusión ante las

problemáticas en las que se mueve y a las que se enfrenta el ser humano

contemporáneo; y en segundo lugar, por sus latentes esfuerzos de integración de lo

teórico y lo práctico, que derivan de la concepción holística de ser humano.

Con el ánimo de iluminar las anteriores reflexiones desde el marco legal vigente para

la ERE, se evidencia que la vinculación efectiva del área no constituye un

menoscabo de la autonomía institucional, puesto que además, de que a nivel

legislativo la autonomía sugiere sujeción, se ofrece la posibilidad de determinar la

intensidad horaria de acuerdo a las prioridades de cada institución; el carácter

flexible de la ERE es un aporte para la programación de un diseño curricular

ampliamente integrador.

Otro gran aporte de la ERE a la formación integral, a partir del decreto 4500,

consiste en la consideración y revaloración de la dimensión trascendente mediante

la articulación de aspectos formativos y académicos; así como, la posibilidad que se

brinda de realizar un diagnóstico evaluativo cada vez más completo, que permite

17

Page 18: EDUCACIÓN RELIGIOSA

vislumbrar el avance en el proceso de desarrollo de la persona en todas sus

dimensiones y de la institución en el conjunto de sus propósitos.

Por otra parte, el decreto confirma el gran aporte de la ERE en la consolidación de

una conciencia crítica en los estudiantes, puesto que mediante su ejecución, se abre

la posibilidad de que el estudiante tome opciones respecto de su inclinación religiosa

o confesional; conjuntamente, se brinda desde la asignatura un espacio que

favorece la libertad del estudiante, aspecto determinante en la consolidación de una

personalidad íntegra.

En último término, las formulaciones hechas por el Decreto sobre la ERE determinan

un aporte frontal en la instauración de un sistema educativo más acorde a los fines

propuestos por la Ley General de Educación, ya que se plantea que esta área, como

todas las demás debe ser orientada por un docente cualificado y lo suficientemente

preparado; ya que, la educación integral no es una negación de los saberes

específicos, sino una reificación de los mismos de cara a desentrañar su utilidad en

el desarrollo humano.

La vinculación efectiva de la ERE en los planes educativos, una tarea pendiente

La discusión en torno a la permanencia, obligatoriedad o enfoque de la ERE en las

instituciones educativas oficiales, así como las constantes críticas y desprestigios de

la misma; son una manifestación del fenómeno de “indiferencia religiosa” presente

en la sociedad. Se entiende por indiferencia religiosa “la actitud de alejamiento de la

fe”16 que se muestra en diferentes grados como increencia, agnosticismo y ateísmo;

de estos grados el que más se ha popularizado en el contexto latinoamericano y que

además constituye una causa directa para la crisis de la ERE en Colombia, es el de

la increencia. Este grado se caracteriza por una inclinación a salvaguardar la

dimensión trascendente al margen de una comunidad de fe específica; es más bien,

un rechazo frontal a las instituciones eclesiales y la promoción de una práctica

religiosa no confesional, que consiste en la vivencia íntima y personal de la fe. La

corriente de la increencia, es consecuencia de la sospecha generalizada de la

16 VÉLEZ COREA, Jaime. Cultura y no creencia en América Latina. Bogotá: CELAM. 1998. (serie: fe y cultura No, 3) p, 434.

18

Page 19: EDUCACIÓN RELIGIOSA

postmodernidad a lo institucional, y la causa del ambiente religioso sincrético,

característico de esta época, que desvirtúa el auténtico sentido de la religión en la

vida humana.

La consolidación del fenómeno de la indiferencia religiosa y sus derivados, son el

resultado de un proceso dado en la historia, del que es preciso resaltar algunas

características generales. Con esto, no se pretende la elaboración de un ensayo

histórico sobre la religión y sus medios de transmisión de la fe; sino que se busca, a

partir de algunas claves históricas, contextualizar la realidad de la educación

religiosa, para identificar su importancia en un proceso educativo que pretenda la

formación integral de la persona.

A manera de referente histórico es pertinente aludir a la centralidad que durante

varios siglos tuvo la educación religiosa en el currículo formativo. De ello dan cuenta

las máximas escolásticas que consideraban a la filosofía, y por tanto a las demás

disciplinas profanas, sirvientas o esclavas de la Teología; dicha centralidad obedecía

a la estructuración teocéntrica de la sociedad y a la preeminencia que ostentaba la

Iglesia en el contexto de la dirección de los estados. Posteriormente, en la época de

las reformas, empiezan a menguarse las perspectivas unívocas en lo que a religión y

Revelación se refiere; puesto que la postura de la Iglesia oficial encuentra una

oposición en otras voces que sugieren nuevas formas de comprender y presentar la

religión. Tal antecedente, se convierte en el caldo de cultivo para que gran parte de

la sociedad comience a ver con sospecha y criticidad el fenómeno religioso, hasta el

punto de mantener la religión a distancia de los demás asuntos de la vida social y

política; esta actitud se generalizó hasta ser acogida por gruesos sectores de la

población, y se ha prolongado desde tiempos de la revolución industrial y del

iluminismo hasta la contemporaneidad, adquiriendo diversas manifestaciones para

tomar forma en lo que hoy se conoce como “indiferencia religiosa”.

El anterior contexto histórico constituye una síntesis muy somera sobre el proceso

del fenómeno religioso; no obstante, en él se ponen de relieve a manera de

contraste, las líneas fundamentales para comprender en qué medida las posiciones

bipolares de la religión (aprobación Vs desaprobación), han afectado la realidad

19

Page 20: EDUCACIÓN RELIGIOSA

actual, caracterizada por la indiferencia generalizada frente a lo religioso y por la

presencia de una pluralidad indiscriminada de formas religiosas.

Respondiendo a una comprensión deductiva de la sociedad, se han señalado

aspectos de la religión en general, por considerar que estos favorecen el rastreo de

los indicios de la realidad particular de la educación religiosa en las instituciones

educativas; pues se considera que la Escuela es una síntesis de la sociedad, ya que

en ella se hacen presentes de manera incipiente los pensamientos y

comportamientos característicos de un colectivo determinado.

Según lo enunciado, se entiende que los temas relacionados con la religión y por

tanto la educación religiosa, no encuentren un asidero en el entorno social

contemporáneo; por ello, dar a conocer las formulaciones de la fe es un asunto que

ha perdido interés en el colectivo social. Más concretamente, es evidente el reducido

número de personas, vinculadas a una institución educativa, que muestran empatía

con el área religión; la población juvenil, especialmente, es heredera de la

indiferencia religiosa patente en la sociedad. Esta tendencia, es amparada y

promovida por las diversas propuestas culturales y en parte por los medios de

comunicación que intentan presentar una imagen desfigurada de la religión,

mediante el escarnio de las limitaciones de la institución eclesial.

Hasta aquí se ha hecho un esbozo del principal reto de la ERE como es la

indiferencia religiosa, ésta realidad sugiere; una fundamentación teórica sólida y

sensata, así como la implementación de una práctica cada vez más seria y profunda;

solamente así, se conseguirá una variación en la comprensión de la ERE y

consiguientemente su consolidación plena tanto en el sistema escolar, como en el

colectivo de la comunidad educativa.

Para el caso colombiano, ya se han enunciado las particularidades en la primera

parte de este escrito; sin embargo, se ha de tener en cuenta que la realidad de la

ERE debe ser reflexionada y evaluada a partir del instrumento legal, que hoy la

respalda y regula su ejecución; a saber: Decreto 4500 del 19 de diciembre de 2006.

Por razones lógicas, el Decreto antes mencionado hace una cuidadosa

concordancia con otros instrumentos legales que abordan la misma temática; a este

20

Page 21: EDUCACIÓN RELIGIOSA

punto puede pensarse que uno de los retos que se derivan para la ERE es el

adecuado conocimiento de la normatividad vigente, pues con sujeción a ésta se

puede encontrar un derrotero que determine el curso adecuado de la asignatura en

los colegios; paralelo a esto, aparece como reto una interpretación detallada de

todos los instrumento, pues en su conjunto se evidencia una latente ambigüedad en

las formulaciones.

Todavía la elaboración y revisión adecuada del PEI sigue siendo una tarea

pendiente para no pocas instituciones; y justamente de esta problemática general

surge otro de los retos planteados a la ERE desde el Decreto 4500, que consiste en

la distribución consciente y coherente de la intensidad horaria, pues sale a la vista

que la elaboración de los horarios institucionales obedecen más a un problema de

funcionalidad que de realización de los objetivos planteados en el PEI. En este

mismo sentido, aún no se tiene la suficiente claridad ni los insumos adecuados, para

permitir desde todo punto de vista la libertad religiosa; por una parte, las

instituciones no se esfuerzan en la elaboración de programas alternos para aquellos

que en atención al artículo 68 de la C.P.N, se abstengan de recibir la asignatura de

educación religiosa; y por otra, permanece sin resolver el asunto de los contenidos,

donde quizá, se registra el mayor nivel de ambigüedad entre las disposiciones

legales y las práctica estatales. Específicamente, es casi risible el hecho de que se

impida el proselitismo a favor de un credo específico, y la elaboración de los

programas y la regulación parcial del área sean responsabilidad de la Conferencia

Episcopal de Colombia.

En último término, el Decreto hace alusión a la idoneidad de los docentes de la ERE,

donde también se vislumbra un gran reto; en cuanto que, el adecuado desarrollo del

plan del área depende en gran manera de la capacidad y conocimiento de quien la

oriente. Y la práctica en las instituciones muestra sin ambages que no siempre la

asignación del área se hace a personas formadas con estudios en el área. “También

la falta de una adecuada consideración de la asignatura en el sistema de evaluación

escolar es obstáculo para el cumplimiento acabado del trabajo de los maestros. En

el fondo, por diversas razones y motivaciones, la dimensión religiosa de la educación

21

Page 22: EDUCACIÓN RELIGIOSA

de nuestros alumnos no siempre tiene el lugar que le corresponde en el proceso de

enseñanza-aprendizaje”.17

Del intento de solución y de la elaboración de respuesta a estos retos, depende en

gran manera la configuración de la ERE como una asignatura que favorece la

realización de una educación integral; pero ¿sobre quién recae directamente el

llamado de atención acerca de los retos? ¿Quién está al frente del adecuado

desarrollo de la ERE? En consecuencia con lo que se ha venido enunciando, puede

pensarse que existe una responsabilidad colectiva de toda la comunidad educativa;

el gobierno por medio del MEN, la autoridad eclesiástica y las instituciones escolares

(directivas, docentes, padres de familia y estudiantes); pero, esta tarea colegiada

debe consolidarse y hacerse con mayor tenacidad; para hacer notar que la ERE es

parte esencial de la formación integral de todo ciudadano y que su permanencia en

el sistema educativo es: consecuencia de una imagen holística de ser humano y

causa de una sociedad más atenta a tal condición humana.

BIBLIOGRAFÍA

AGUDELO, Arturo. Educación en los valores. Bogotá: Paulinas, 2000. p. 29.

FERRATER MORA, José. Trascendencia. En: Diccionario de filosofía. Barcelona: Ariel, 2001; v, IV (Q-Z); p, 3565.

JAEGUER, Werner. Paideia: los ideales de la cultura griega. Bogotá: Fondo de Cultura Económica, 1992; p, 4.

RAHNER, Karl. Curso fundamental sobre la fe. Barcelona: Herder, 1979; p,436.

SEMERARO, Marcello. La Catequesis. En: diccionario teológico enciclopédico. Estella (Navarra): Verbo Divino, 1999; p, 136.

VÉLEZ CORREA, Jaime. El Hombre es un Enigma. Bogotá: CELAM; 2001. p, 15.

__________. Cultura y no creencia en América Latina. Bogotá: CELAM. 1998. (serie: fe y cultura No, 3) p, 434.

VILLALOBOS, Elvia Marveya. Didáctica integrativa y el proceso de aprendizaje. México: Trillas, 2007. p, 26.

17 GOÉZ, Álvaro. Proyecto de creación del instituto teológico latinoamericano de evangelización, pastoral y catequesis; adscrito a la facultad de filosofía y teología. Fundación Universitaria Luis Amigó. (archivo de internet).

22

Page 23: EDUCACIÓN RELIGIOSA

NUEVA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA, 1991. Bogota: Esquilo, 1992, 4 Ed.

LEY 20 DE 1974, Aprobatoria del Concordato de 1973.

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, Ley 115 de febrero 8 de 1994.

LEY 133 DE 1994.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, Decreto 4500 de diciembre 19 de 2006, sobre la Educación Religiosa.

_______________, Decreto 080 de enero 22 de 1974, disposiciones sobre la educación media.

CONCILIO VATICANO II, Documentos completos. Declaración “Gravissimum Educationis Momentum”. Bogotá: Paulinas, 1981. p, 377.

IV CONFERENCIA EPISCOPAL LATINOAMERICANA. Santo Domingo. Conclusiones. 1992. n, 96.

CONFERENCIA EPISCOPAL COLOMBIANA. Guía para el desarrollo de los contenidos de la Enseñanza Religiosa Escolar en los Niveles de Básica Secundaria y Media. Colombia, 1999. p. 14.

COMISIÓN EPISCOPAL PARA LA EVANGELIZACIÓN DE LA CULTURA Y LA EDUCACIÓN, cita Ley 115, art. 10 y 11. En: lineamientos y estándares curriculares para el área de educación religiosa; (23 de Agosto de 2004) Santa fe de Bogotá: Conferencia Episcopal de Colombia.

ZULUAGA LÓPEZ, Rodrigo Hernán. La transversalidad: un enfoque pedagógico de los contenidos de la Educación Religiosa Escolar. Medellín, 2006; p, 40. Trabajo de grado (licenciatura en ciencias religiosas) Universidad Pontifica Bolivariana. Facultad de Teología.

GOÉZ, Álvaro. Proyecto de creación del instituto teológico latinoamericano de evangelización, pastoral y catequesis; adscrito a la facultad de filosofía y teología. Fundación Universitaria Luis Amigó. (Archivo de internet).

URIBE BLANCO, Mauricio- MARTIN DE AGAR, José. Concordato y jurisprudencia constitucional en Colombia. En: Revista electrónica de difusión científica – Universidad Sergio Arboleda Bogotá – Colombia http://www.usergioarboleda.edu.co/civilizar.

23