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NOTAS SOBRE DERECHO NOTAS SOBRE DERECHO ECLESIASTICO Y LIBERTAD ECLESIASTICO Y LIBERTAD RELIGIOSA EN REPUBLICA RELIGIOSA EN REPUBLICA

DOMINICANADOMINICANA

Brigham Young University (BYU)Brigham Young University (BYU)

Provo, Utah, U.S.A.Provo, Utah, U.S.A.

Octubre 2013Octubre 2013

Dr. Miguel Nuñez DuranDr. Miguel Nuñez Duran

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I- I- ALGUNOS ASPECTOS ALGUNOS ASPECTOS SOCIALES:SOCIALES:

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• LLocalizaciónocalización de Republica Dominicana: de Republica Dominicana:

• Archipiélago de las Antillas Mayores (Mar Caribe),Archipiélago de las Antillas Mayores (Mar Caribe),• Segunda Isla Mas Grande luego de Cuba,Segunda Isla Mas Grande luego de Cuba,• Comparte la Isla con Republica de Haiti (parte Comparte la Isla con Republica de Haiti (parte

occidental)occidental)

• Extensión TerritorialExtensión Territorial: : • 48,310 kilómetros cuadrados,48,310 kilómetros cuadrados,

• PoblaciónPoblación:: • 9.4 millones (Ultimo Censo 2010), 9.4 millones (Ultimo Censo 2010), • 10.1 Reporte del Departamento de Estado de 10.1 Reporte del Departamento de Estado de

U.S.A. (2012),U.S.A. (2012),

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• Grupos ReligiososGrupos Religiosos: :

• No existen datos Precisos. Datos de No existen datos Precisos. Datos de encuesta Gallup 2006:encuesta Gallup 2006:

• 69% Católicos (40% practicantes, 29% no 69% Católicos (40% practicantes, 29% no

practicantes),practicantes),• 18% evangélicos y otros protestantes;18% evangélicos y otros protestantes;• 10 % no declaran religión,10 % no declaran religión,• 3% Adventistas del Séptimo Día, Iglesia de 3% Adventistas del Séptimo Día, Iglesia de

Jesucristo de los Santos de los Últimos Días, Jesucristo de los Santos de los Últimos Días, Testigos de Jehová, Judíos, Musulmanes,Testigos de Jehová, Judíos, Musulmanes,

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GRUPOS RELIGIOSOSGRUPOS RELIGIOSOS

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

porcentaje

Catolicos

Evangelicos

Adv. 7mo Dia

otros

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OBSERVACIONESOBSERVACIONES::

- Tendencia de Grupos Religiosos - Tendencia de Grupos Religiosos similar a otros Países de similar a otros Países de Latinoamérica;Latinoamérica;

- Se observa declive de la Iglesia - Se observa declive de la Iglesia Católica comparada con otros Católica comparada con otros reportes anteriores, por crecimiento reportes anteriores, por crecimiento de otros grupos como los de otros grupos como los evangélicos;evangélicos;

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-Pluralidad de Creencias motiva un Pluralidad de Creencias motiva un mayor fomento al respeto y la defensa mayor fomento al respeto y la defensa de la libertad religiosa. de la libertad religiosa.

-No debe entenderse como una fuente -No debe entenderse como una fuente de futuros conflictos pues la tradición de futuros conflictos pues la tradición histórica demuestra lo contrario.histórica demuestra lo contrario.

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II- II- FUENTES PRINCIPALES DEL FUENTES PRINCIPALES DEL DERECHO ECLESIASTICO Y DE DERECHO ECLESIASTICO Y DE LA LIBERTAD RELIGIOSA. LA LIBERTAD RELIGIOSA.

2.1 2.1 Aspectos GeneralesAspectos Generales::• No existe texto único; Derecho No existe texto único; Derecho

Eclesiástico disperso en distintas Eclesiástico disperso en distintas normas y regulaciones;normas y regulaciones;

• Anteproyectos de Ley sobre Libertad Anteproyectos de Ley sobre Libertad Religiosa y de Cultos.Religiosa y de Cultos.

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•Concentrado esencialmente en: Concentrado esencialmente en: - - Constitución de la República;Constitución de la República;

- Tratados Internacionales sobre - Tratados Internacionales sobre Derechos Fundamentales,Derechos Fundamentales,

- Concordato con el Vaticano;- Concordato con el Vaticano;

- Leyes adjetivas nacionales;- Leyes adjetivas nacionales;

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2.2 2.2 Constitución del 2010Constitución del 2010. (26 de . (26 de enero del 2010, G.O. 10561, 26 enero del 2010, G.O. 10561, 26 enero del 2010).enero del 2010).

2.2.1 2.2.1 Texto:Texto:

““Art. 45. Libertad de conciencia y de Art. 45. Libertad de conciencia y de cultos.cultos. El Estado garantiza la libertad de El Estado garantiza la libertad de concienciaconciencia y y de cultosde cultos, con sujeción al , con sujeción al orden público y respecto a las buenas orden público y respecto a las buenas costumbres.”costumbres.”

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2.2.2 2.2.2 Otros TextosOtros Textos ConstitucionalesConstitucionales::

• Existen 30 textos constitucionales desde la Existen 30 textos constitucionales desde la

fundación de la Republica en el 1844.fundación de la Republica en el 1844.

• El texto del Articulo 45 de la Constitución El texto del Articulo 45 de la Constitución Actual se mantuvo casi inalterable en la Actual se mantuvo casi inalterable en la mayoría de los textos constitucionales, con mayoría de los textos constitucionales, con excepción de algunas de las primeras excepción de algunas de las primeras Constituciones de finales del Siglo XIX y Constituciones de finales del Siglo XIX y principios del Siglo XX donde se declaraba un principios del Siglo XX donde se declaraba un estado confesional a favor de la iglesia estado confesional a favor de la iglesia católica.católica.

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• La mayoría de las constituciones hacen La mayoría de las constituciones hacen referencia la libertad de conciencia y de referencia la libertad de conciencia y de cultos, sin incluir expresamente la libertad cultos, sin incluir expresamente la libertad de religión.de religión.

OBSERVACIONESOBSERVACIONES::

• La Constitución del 2010 significó un paso La Constitución del 2010 significó un paso importante en el fortalecimiento de los importante en el fortalecimiento de los mecanismos de control constitucional y garantías mecanismos de control constitucional y garantías a los derechos fundamentales, entre ellas: un a los derechos fundamentales, entre ellas: un Tribunal Constitucional, rango constitucional del Tribunal Constitucional, rango constitucional del recurso de amparo, habeas data,… recurso de amparo, habeas data,…

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• Sin embargo, la redacción del Art. 45 se Sin embargo, la redacción del Art. 45 se mantuvo igual a la de textos anteriores. No mantuvo igual a la de textos anteriores. No adoptó la redacción de los tratados adoptó la redacción de los tratados internacionales sobre derechos internacionales sobre derechos fundmaentales.fundmaentales.

• Al ser un texto muy limitado permite Al ser un texto muy limitado permite mayor posibilidad de interpretaciones en mayor posibilidad de interpretaciones en cuanto al ámbito de la libertad de culto y la cuanto al ámbito de la libertad de culto y la libertad de religión.libertad de religión.

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Reconocemos que los redactores de la Reconocemos que los redactores de la Constitución pudieron haber tomado en Constitución pudieron haber tomado en cuenta las demás fuentes del Derecho cuenta las demás fuentes del Derecho Eclesiástico, en especial los tratados Eclesiástico, en especial los tratados internacionales, que deben utilizarse como internacionales, que deben utilizarse como uno de los métodos de interpretación y uno de los métodos de interpretación y valoración de los derechos fundamentales, valoración de los derechos fundamentales, pues dichos tratados tienen fuerza de ley y pues dichos tratados tienen fuerza de ley y consagran un ámbito mas extenso de los consagran un ámbito mas extenso de los derechos de libertad de conciencia, culto y derechos de libertad de conciencia, culto y religion. religion.

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2.3 2.3 Tratados InternacionalesTratados Internacionales

(libertad de conciencia, culto o (libertad de conciencia, culto o religión)religión)::

Declaración Declaración Universal de los Universal de los Derechos HumanosDerechos Humanos (DUDH) (DUDH) (Naciones Unidas, 10 de diciembre del (Naciones Unidas, 10 de diciembre del 1948).1948).

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““Articulo 18Articulo 18. Toda persona tiene . Toda persona tiene derecho derecho a la libertada la libertad de pensamiento, de pensamiento, de conciencia y de conciencia y de religiónde religión; este ; este derecho derecho incluye la libertad de cambiar incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia,de religión o de creencia, así como así como la la libertad de manifestar su religión o su libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamentecreencia, individual y colectivamente, , tanto en público como en privadotanto en público como en privado, por la , por la enseñanza, la práctica, enseñanza, la práctica, el cultoel culto y la y la observancia.observancia.””

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Declaración Americana de los Declaración Americana de los Derechos y Deberes del HombreDerechos y Deberes del Hombre (Colombia, 1948)(Colombia, 1948)

““Artículo IIIArtículo III.  Toda persona tiene el .  Toda persona tiene el derecho de profesar libremente una derecho de profesar libremente una creencia religiosacreencia religiosa y de manifestarla y y de manifestarla y practicarlapracticarla en público y en privado en público y en privado.”.”

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Pacto Internacional de Derechos Pacto Internacional de Derechos Civiles y PolíticosCiviles y Políticos (16 de diciembre (16 de diciembre del 1966)del 1966)

““Artículo 18Artículo 18 1. Toda persona tiene derecho a 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de la libertad de

pensamientopensamiento, , de concienciade conciencia y y de religiónde religión; este ; este derecho incluye la libertad de tener o de adoptar la derecho incluye la libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias de su elección, así como la religión o las creencias de su elección, así como la libertad de manifestar su religión o sus creencias, libertad de manifestar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante el culto, la celebración de los en privado, mediante el culto, la celebración de los ritos, las prácticas y la enseñanza.ritos, las prácticas y la enseñanza.

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2. Nadie será objeto de medidas coercitivas que 2. Nadie será objeto de medidas coercitivas que puedan menoscabar su libertad de tener o de puedan menoscabar su libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias de su elección. adoptar la religión o las creencias de su elección.

3. La libertad de manifestar la propia religión o las 3. La libertad de manifestar la propia religión o las propias creencias estará sujeta únicamente a las propias creencias estará sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la ley que sean limitaciones prescritas por la ley que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la necesarias para proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral públicos, o los derechos y libertades salud o la moral públicos, o los derechos y libertades fundamentales de los demás.fundamentales de los demás.

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4. 4. Los Estados Partes en el presente Pacto se Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a comprometen a respetar la libertad de los respetar la libertad de los padrespadres y, en su caso, de los tutores legales, y, en su caso, de los tutores legales, para garantizar que los hijos reciban la para garantizar que los hijos reciban la educación religiosaeducación religiosa y moral que esté de y moral que esté de acuerdo con sus propias conviccionesacuerdo con sus propias convicciones..

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““Artículo 27Artículo 27

En los Estados en que En los Estados en que existan minoríasexistan minorías étnicas, étnicas, religiosasreligiosas o lingüísticas, o lingüísticas, no se negaráno se negará a las personas que pertenezcan a dichas a las personas que pertenezcan a dichas minorías el derecho que les corresponde, en minorías el derecho que les corresponde, en común con los demás miembros de su grupo, común con los demás miembros de su grupo, a tener su propia vida cultural, a profesar y a tener su propia vida cultural, a profesar y practicar su propia practicar su propia religiónreligión y a emplear su y a emplear su propio idioma”.propio idioma”.

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- - Convención Americana sobre Convención Americana sobre Derechos HumanosDerechos Humanos ( (Pacto de San Pacto de San José, 22 de noviembre del 1969).José, 22 de noviembre del 1969).

“ “Artículo 12.  Libertad de Conciencia y Artículo 12.  Libertad de Conciencia y  de Religión de Religión. .

1. Toda persona tiene derecho a la 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia y de religión.  libertad de conciencia y de religión.  Este derecho implica la libertad de Este derecho implica la libertad de conservar su religión o sus creencias, o conservar su religión o sus creencias, o de cambiar de religión o de creenciasde cambiar de religión o de creencias

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así como así como la libertad de profesar y la libertad de profesar y divulgar su religión o sus divulgar su religión o sus creencias, individual o creencias, individual o colectivamentecolectivamente, tanto en público , tanto en público como en privado. como en privado.

2. Nadie puede ser objeto de 2. Nadie puede ser objeto de medidas restrictivas que puedan medidas restrictivas que puedan menoscabar la libertad de menoscabar la libertad de conservar su religión o sus conservar su religión o sus creencias o de cambiar de religión creencias o de cambiar de religión o de creencias.o de creencias.

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3. La libertad de manifestar la propia 3. La libertad de manifestar la propia religión y las propias creencias está religión y las propias creencias está sujeta únicamente a las limitaciones sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la ley y que sean prescritas por la ley y que sean necesarias para proteger la seguridad necesarias para proteger la seguridad el orden, la salud o la moral públicos o el orden, la salud o la moral públicos o los derechos o libertades de los demás. los derechos o libertades de los demás.

4. Los padres, y en su caso los tutores, 4. Los padres, y en su caso los tutores, tienen derecho a que sus hijos o tienen derecho a que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa y pupilos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.propias convicciones.

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OBSERVACIONESOBSERVACIONES: :

• En los tratados internacionales, el ámbito En los tratados internacionales, el ámbito del derecho a la libertad de religión está del derecho a la libertad de religión está ampliamente definido y diferenciado del ampliamente definido y diferenciado del concepto de libertad de conciencia y concepto de libertad de conciencia y libertad de cultos. A diferencia del texto libertad de cultos. A diferencia del texto consagrado en la Constitución Dominicana consagrado en la Constitución Dominicana que consagra la libertad de conciencia y que consagra la libertad de conciencia y culto, no de religión, siendo un derecho culto, no de religión, siendo un derecho fundamental de primera generación.fundamental de primera generación.

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Se incluye en los tratados aspectos como la Se incluye en los tratados aspectos como la libertad de profesar y divulgar su religión de libertad de profesar y divulgar su religión de forma pública o privada, otro aspecto no forma pública o privada, otro aspecto no incluido en el texto constitucional incluido en el texto constitucional dominicano. dominicano.

(Es posible que el constituyente del 2010 (Es posible que el constituyente del 2010 haya entendido que la interpretación de la haya entendido que la interpretación de la libertad de culto estaba garantizada por los libertad de culto estaba garantizada por los textos de los tratados internacionales, o que textos de los tratados internacionales, o que las leyes adjetivas debían de regularlos. Aun las leyes adjetivas debían de regularlos. Aun así, entendemos que una redacción similar así, entendemos que una redacción similar debió incluirse en el texto constitucional debió incluirse en el texto constitucional dominicano).dominicano).

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Limitaciones deben estar prescritas por ley Limitaciones deben estar prescritas por ley (no solo hace referencia a una ley previa (no solo hace referencia a una ley previa sancionadora, “nulla poena sine lege”, como sancionadora, “nulla poena sine lege”, como principio general de derecho, sino también a principio general de derecho, sino también a la posibilidad de leyes adjetivas sobre la posibilidad de leyes adjetivas sobre libertad de cultos).libertad de cultos).

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2.4 2.4 Concordato suscrito entre Rep. Concordato suscrito entre Rep. Dom. y la Santa SedeDom. y la Santa Sede. (16 de junio . (16 de junio del 1954)del 1954)

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Contexto HistóricoContexto Histórico: :

Firmado por el Papa Pio XII durante el Firmado por el Papa Pio XII durante el gobierno del dictador Rafael gobierno del dictador Rafael Leonidas Trujillo Molina, ajusticiado Leonidas Trujillo Molina, ajusticiado el 30 de mayo del año 1961. Período el 30 de mayo del año 1961. Período de fuerte violación a los derechos de fuerte violación a los derechos fundamentales de los dominicanos y fundamentales de los dominicanos y extranjeros opuestos al régimen del extranjeros opuestos al régimen del dictador. dictador.

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Principales DisposicionesPrincipales Disposiciones::

• Declara la ReligiónDeclara la Religión Católica la de la Católica la de la Nación Dominicana. Nación Dominicana.

• Reconoce un carácter de “Reconoce un carácter de “sociedad sociedad perfectaperfecta” de la Iglesia Católica.” de la Iglesia Católica.

• Reconoce la Reconoce la personalidad jurídica de personalidad jurídica de todas las instituciones y asociaciones todas las instituciones y asociaciones religiosasreligiosas constituidas de conformidad al constituidas de conformidad al derecho canónico. derecho canónico.

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• Reconoce los Reconoce los efectos jurídicos civiles del efectos jurídicos civiles del matrimoniomatrimonio bajo normas del Derecho bajo normas del Derecho Canónico.Canónico.

• Establece la Establece la asistencia espiritualasistencia espiritual de losde los eclesiásticos eclesiásticos católicos a los militarescatólicos a los militares..

• Establece como día festivo y de Establece como día festivo y de descanso, el domingo y otros días de descanso, el domingo y otros días de precepto de la iglesia católica.precepto de la iglesia católica.

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• Iguala los títulos y grados académicos de las Iguala los títulos y grados académicos de las instituciones a los otorgados por el Estado instituciones a los otorgados por el Estado Dominicano.Dominicano.

• Los principios y la moral católicas deben ser Los principios y la moral católicas deben ser

enseñadas en las escuelas públicas.enseñadas en las escuelas públicas.

• Favorece el Favorece el uso de fondos públicos para la uso de fondos públicos para la construcción de templos y edificiosconstrucción de templos y edificios para para fines eclesiásticos a favor fines eclesiásticos a favor de la Iglesia de la Iglesia CatólicaCatólica..

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• Exoneración de impuestosExoneración de impuestos sobre la sobre la propiedad de edificios propiedad de la propiedad de edificios propiedad de la iglesia, así como de impuestos sobre iglesia, así como de impuestos sobre sucesiones y donaciones (siempre que sucesiones y donaciones (siempre que le bien sea usado con fines le bien sea usado con fines eclesiásticos). Exoneración a los eclesiásticos). Exoneración a los eclesiásticos o religiosos por el ejercicio eclesiásticos o religiosos por el ejercicio de su ministerio.de su ministerio.

• Deroga todas las disposiciones de leyes, Deroga todas las disposiciones de leyes, decretos, órdenes y reglamentos decretos, órdenes y reglamentos opuestos al concordato.opuestos al concordato.

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OBSERVACIONESOBSERVACIONES::

• Firma de Concordato, como en Firma de Concordato, como en otros estados de Latino América otros estados de Latino América (Argentina, Perú, Colombia), (Argentina, Perú, Colombia), manifiesta manifiesta un alto grado un alto grado desigualdad de los privilegios y desigualdad de los privilegios y derechosderechos conferidos por el Estado conferidos por el Estado Dominicano a los distintos grupos Dominicano a los distintos grupos religiosos.religiosos.

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Algunos Algunos privilegios y derechos privilegios y derechos conferidos han ido desapareciendoconferidos han ido desapareciendo lentamente, pero persisten muchos lentamente, pero persisten muchos tales como: exoneraciones de tales como: exoneraciones de impuestos por las actividades de los impuestos por las actividades de los religiosos, personalidad jurídica fuera religiosos, personalidad jurídica fuera de la legislación civil (sobre de la legislación civil (sobre sociedades sin fines de lucro), sociedades sin fines de lucro), exclusividad en la enseñanza exclusividad en la enseñanza espiritual de los militares, entre otros.espiritual de los militares, entre otros.

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• Declara un Estado ConfesionalDeclara un Estado Confesional. Hay . Hay discrepancias de opiniones sobre este discrepancias de opiniones sobre este aspecto. Consideramos que el Estado aspecto. Consideramos que el Estado Dominicano es un Estado Laico. Dominicano es un Estado Laico. Debemos de tomar en consideración: Debemos de tomar en consideración:

- Contexto histórico. Violación - Contexto histórico. Violación sistemática de derechos fundamentales sistemática de derechos fundamentales en la dictadura de Trujillo y necesidad en la dictadura de Trujillo y necesidad de demostrar apego a principios de demostrar apego a principios morales y religiosos.morales y religiosos.

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- - Las Constituciones posteriores al Las Constituciones posteriores al Concordato y algunas anteriores, no Concordato y algunas anteriores, no consagraron un Estado Confesional.consagraron un Estado Confesional.

- El Art. 74, numeral 3 de la Constitución - El Art. 74, numeral 3 de la Constitución Actual (2010) declara con rango Actual (2010) declara con rango constitucional a los tratados y pactos constitucional a los tratados y pactos internacionales relativos a los derechos internacionales relativos a los derechos humanos.humanos.

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La religión no incide de forma determinante en la La religión no incide de forma determinante en la política nacionalpolítica nacional, lo que no quiere decir que la , lo que no quiere decir que la Iglesia Católica no incida como ente de poder Iglesia Católica no incida como ente de poder político.político.

Jurisprudencia Dominicana. (S.C.J. 22 Oct. 2008). Jurisprudencia Dominicana. (S.C.J. 22 Oct. 2008). ““que para que un Estado sea confesional debe que para que un Estado sea confesional debe darse una confusión entre éste y una darse una confusión entre éste y una determinada religión a tal punto que éste invada determinada religión a tal punto que éste invada la esfera de acción de aquel, lo que no ocurre en la esfera de acción de aquel, lo que no ocurre en el caso,..”el caso,..”

Proceder del Estado Dominicano en los últimos 30 Proceder del Estado Dominicano en los últimos 30 años demuestra la actitud de un estado tendente años demuestra la actitud de un estado tendente al secularismoal secularismo

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2.4 2.4 Ley No.: 198-11 sobre Matrimonios Ley No.: 198-11 sobre Matrimonios Religiosos y sus Efectos en Republica Religiosos y sus Efectos en Republica

DominicanaDominicana. . (3 de agosto del 2011)(3 de agosto del 2011)

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Establece las condiciones para que Establece las condiciones para que los matrimonios celebrados por los matrimonios celebrados por iglesias establecidas en el País, que iglesias establecidas en el País, que no tengan acuerdos internacionales no tengan acuerdos internacionales con el Estado (se refiere al con el Estado (se refiere al Concordato de la Iglesia Católica), Concordato de la Iglesia Católica), tengan efectos civiles.tengan efectos civiles.

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OBSERVACIONESOBSERVACIONES::

- - Ejemplo del Ejemplo del avance recienteavance reciente en en cuanto al cuanto al derecho a la igualdadderecho a la igualdad entre los grupos religiosos no entre los grupos religiosos no católicos y la Iglesia Católicacatólicos y la Iglesia Católica..

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2.5 2.5 Otras RegulacionesOtras Regulaciones están están dispersas en la legislacion dispersas en la legislacion nacional y contienen nacional y contienen referencias l derecho de referencias l derecho de Libertad Religiosa, Libertad Religiosa, principalmente desde el punto principalmente desde el punto de vista del derecho a la de vista del derecho a la igualdad y no discriminación.igualdad y no discriminación.

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III-III-REPORTE SOBRE LIBERTAD REPORTE SOBRE LIBERTAD RELIGIOSA EN REPUBLICA RELIGIOSA EN REPUBLICA

DOMINICANA.DOMINICANA.

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Reporte Internacional sobre Libertad Reporte Internacional sobre Libertad Religiosa del Departamento de Religiosa del Departamento de Estado de U.S.A. 2012. Declara que: Estado de U.S.A. 2012. Declara que: “…“…en la practica, el Gobierno en la practica, el Gobierno generalmente respeta la libertad generalmente respeta la libertad religiosareligiosa.” ... …“.” ... …“No hubo reporte de No hubo reporte de abusos de la libertad religiosaabusos de la libertad religiosa.”.”

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OBSERVACIONESOBSERVACIONES::

• Concepto generalizado de que el Concepto generalizado de que el Estado reconoce el derecho a la Estado reconoce el derecho a la libertad religiosa.libertad religiosa.

• Concepto generalizado de que Concepto generalizado de que existe desigualdad de derechos y existe desigualdad de derechos y privilegios entre grupos religiosos privilegios entre grupos religiosos no católicos y la iglesia católica. no católicos y la iglesia católica.

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IV- IV- LIBERTAD DE CULTO O LIBERTAD LIBERTAD DE CULTO O LIBERTAD RELIGIOSA EN DERECHO ECLESIASTICO RELIGIOSA EN DERECHO ECLESIASTICO DOMINICANO.DOMINICANO.

4.1 4.1 Constitución del 2010Constitución del 2010..

Artículo 45. Artículo 45. Trata sobre Trata sobre libertad de conciencia libertad de conciencia y de y de cultoscultos, no hace referencia , no hace referencia directa a la libertad de religion. directa a la libertad de religion.

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4.2 4.2 Definición Jurisprudencial de Definición Jurisprudencial de “libertad de conciencia y de “libertad de conciencia y de cultos”. cultos”.

Recurso de Inconstitucionalidad Recurso de Inconstitucionalidad

sobre Resolución 3874 del 10 de julio sobre Resolución 3874 del 10 de julio del 1954. Ministerio Jesús es Sanidad del 1954. Ministerio Jesús es Sanidad y Vida Eterna Inc.. y Vida Eterna Inc.. Suprema Corte de Suprema Corte de Justicia, 22 de octubre del 2008. Justicia, 22 de octubre del 2008.

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ResumenResumen::

RecursoRecurso interpuesto por entidad interpuesto por entidad religiosa incorporada como religiosa incorporada como asociación sin fines de lucro, asociación sin fines de lucro, solicitando la inconstitucionalidadsolicitando la inconstitucionalidad de de algunos artículos de la algunos artículos de la Resolución del Resolución del Congreso Nacional que ratifica el Congreso Nacional que ratifica el acuerdo con la Santa Sedeacuerdo con la Santa Sede, o , o Concordato. Antes de la Nueva Concordato. Antes de la Nueva Constitución.Constitución.

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Decisión AdoptadaDecisión Adoptada::

Decisión AdoptadaDecisión Adoptada::

Rechaza el recurso por considerar que los Rechaza el recurso por considerar que los artículos impugnados son conformes a la artículos impugnados son conformes a la Constitución de la Republica. Constitución de la Republica.

- Utilidad PrácticaUtilidad Práctica: :

a) Define concepto de a) Define concepto de libertad de libertad de concienciaconciencia::

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““Considerando, que… …se hace necesario Considerando, que… …se hace necesario precisar, en primer término, precisar, en primer término, qué es la qué es la libertad de conciencia y qué es la libertad libertad de conciencia y qué es la libertad de cultos, así como su significación y de cultos, así como su significación y alcance; alcance; que, en cuanto a la primera… …si que, en cuanto a la primera… …si bien en su origen estaba limitada bien en su origen estaba limitada exclusivamente a la libertad de conciencia exclusivamente a la libertad de conciencia religiosareligiosa,, hoy día hoy día se define comose define como la la facultad para un individuo de facultad para un individuo de adherirse o no adherirse en su fuero adherirse o no adherirse en su fuero interno, tanto en materia religiosa, interno, tanto en materia religiosa, como en materia de creencias como en materia de creencias filosóficas, políticas y otras, a la filosóficas, políticas y otras, a la opinión entienda crea se corresponde opinión entienda crea se corresponde con sus conviccionescon sus convicciones; …”; …”

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B) Define concepto de B) Define concepto de libertad de cultoslibertad de cultos::

Considerando, … … la expresión “Considerando, … … la expresión “libertad de libertad de cultoscultos”,… …”,… …es el derecho que pertenece a es el derecho que pertenece a todo hombre o mujer de manifestar por todo hombre o mujer de manifestar por actos externos la intimidad de su conciencia actos externos la intimidad de su conciencia religiosa,religiosa, lo que en modo alguno debe lo que en modo alguno debe interpretarse como una prohibición para que el interpretarse como una prohibición para que el Estado, como ente jurídico, a través de una Estado, como ente jurídico, a través de una convención sancionada por el Congreso Nacional, convención sancionada por el Congreso Nacional, proclame su adhesión a una determinada proclame su adhesión a una determinada creencia religiosa, en el caso dominicano: la creencia religiosa, en el caso dominicano: la católica; católica;

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RESUMENRESUMEN:: La Libertad de Conciencia es una facultad La Libertad de Conciencia es una facultad

del individuo (deberíamos decir, es un del individuo (deberíamos decir, es un derecho consagrado del individuo),derecho consagrado del individuo),

No se limita a la materia religiosa, pues se No se limita a la materia religiosa, pues se extiende a otras materias del pensamiento, extiende a otras materias del pensamiento, creencias filosóficas, políticas y otras,creencias filosóficas, políticas y otras,

Difiere de la definición dada en la DUDH, y Difiere de la definición dada en la DUDH, y el Pacto de San José. el Pacto de San José.

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La Libertad de Cultos es un derecho de todo La Libertad de Cultos es un derecho de todo individuo,individuo,

Es la manifestación mediante actos Es la manifestación mediante actos externos de la conciencia religiosa. externos de la conciencia religiosa.

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4.3 4.3 InterpretaciónInterpretación del Texto del Texto ConstitucionalConstitucional::

METODO: Interpretación Contextualizada, desde METODO: Interpretación Contextualizada, desde la Propia Constituciónla Propia Constitución. . Ámbito Internacional Ámbito Internacional (Bloque Constitucional)(Bloque Constitucional)..

““Artículo 74Artículo 74. Principios de Aplicación e . Principios de Aplicación e Interpretación de los Derechos y Garantías Interpretación de los Derechos y Garantías Fundamentales. …3) Fundamentales. …3) Los tratados, pactos y Los tratados, pactos y convenciones relativas a derechos humanosconvenciones relativas a derechos humanos, , suscritos y ratificados por el Estado Dominicano, suscritos y ratificados por el Estado Dominicano, tienen jerarquía constitucionaltienen jerarquía constitucional y son de aplicación y son de aplicación directa e inmediata por los tribunales y demás directa e inmediata por los tribunales y demás órganos del Estadoórganos del Estado.” .”

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El derecho a la libertad de cultos en la El derecho a la libertad de cultos en la Constitución Dominicana Constitución Dominicana debe de interpretarse debe de interpretarse en combinación con los tratados sobre derechos en combinación con los tratados sobre derechos humanos ratificados por el Paíshumanos ratificados por el País, entre ellos la , entre ellos la DUDH y el Pacto de San José, que contienen una DUDH y el Pacto de San José, que contienen una declaración mas amplia de este tipo de derechos, declaración mas amplia de este tipo de derechos, que que incluye el derecho a la libertad de religiónincluye el derecho a la libertad de religión, , así como a su manifestación publica o privadaasí como a su manifestación publica o privada, , en en referencia a la libertad de cultoreferencia a la libertad de culto. .

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Diferencia de conceptos:Diferencia de conceptos:

Libertad ReligiosaLibertad Religiosa: : Como derecho fundamental Como derecho fundamental implica la capacidad de todo hombre de elegir implica la capacidad de todo hombre de elegir libremente su religión, o de cambiarla, y de libremente su religión, o de cambiarla, y de manifestar públicamente esa religión o creencia.manifestar públicamente esa religión o creencia.

Libertad de CultoLibertad de Culto: Derecho del hombre a : Derecho del hombre a

manifestar su creencia y poder adorar en un manifestar su creencia y poder adorar en un lugar establecido, publico o privado. lugar establecido, publico o privado. Condición Condición indispensable y parteindispensable y parte de la libertad religiosa. de la libertad religiosa.

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OBSERVACION:OBSERVACION:

• En aplicación de los métodos de En aplicación de los métodos de interpretación de los derechos interpretación de los derechos fundamentales dados por la fundamentales dados por la Constitución del 2010, Constitución del 2010, el derecho el derecho eclesiástico dominicano incluye la eclesiástico dominicano incluye la libertad de religión y la libertad de libertad de religión y la libertad de cultoscultos de todo ser humano. de todo ser humano.

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V- CONCLUSIONESV- CONCLUSIONES::

1.1. Existe un concepto generalizado en el País como Existe un concepto generalizado en el País como en el extranjero de que Rep. Dominicana practica en el extranjero de que Rep. Dominicana practica la libertad religiosa, como un Estado Laico, no así la libertad religiosa, como un Estado Laico, no así la igualad religiosa.la igualad religiosa.

2.2. En los últimos años hubo avances importantes en En los últimos años hubo avances importantes en eliminar el desequilibrio en cuanto a igualdad eliminar el desequilibrio en cuanto a igualdad religiosa.religiosa.

3.3. En los últimos años hubo avances importantes en En los últimos años hubo avances importantes en materia constitucional que favorece la protección materia constitucional que favorece la protección y garantías de derechos fundamentales, como la y garantías de derechos fundamentales, como la libertad de culto y religión.libertad de culto y religión.

4.4. Derecho Eclesiástico Dominicano consagra la Derecho Eclesiástico Dominicano consagra la libertad de conciencia, culto y religión, pero libertad de conciencia, culto y religión, pero carece de una ley adjetiva sobre libertad carece de una ley adjetiva sobre libertad religiosa, cultos e instituciones religiosas.religiosa, cultos e instituciones religiosas.

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MUCHAS GRACIASMUCHAS GRACIAS


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