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Seminario de Alf Ross 04/11/13 21:16
Realismo Americano:
2 Tesis :
1. el rechazo de la explicación de los fenómenos jurídicos a partir de
variables endógenas del derecho. ( abrir las puertas a la ciencia y la
economía )
2. el rechazo de la construcción teórica de un cuerpo de conceptos jurídicos
sistemáticamente elaborados. ( evitar que el estudio filosófico del derecho
se convierta en ciencia )
Máximo impulsor del realismo norteamericano: Karl N. Lewellyn ;
sostuvo que realismo jurídico consistía en una serie de métodos y
actividades , era un movimiento no una teoría.
Jerome Frank: deslindar la ideología del formalismo jurídico.
J. Adler: necesidad de realizar estudios empíricos del derecho. ( el
pensamiento jurídico es un nombre para el pensamiento empírico y
pragmático sobre el derecho.
Puntos de Partida del Realismo Jurídico :
1. el derecho como flujo , como algo cambiante y como creación
judicial
2. el derecho como medio para alcanzar fines sociales
(instrumentalismo)
3. la concepción de la sociedad en movimiento permanente mas
rápido que el derecho ( adaptarse )
4. divorcio entre el ser y el deber ser a efectos de estudio
5. desconfianza de conceptos tradicionales que describen lo que los
jueces hacen en realidad
6. desconfianza de las formulaciones normativas son el factor
operativo de las autoridades
7. agrupar casos y situaciones jurídicas mas estrictamente
8. hallar los efectos del derecho
9. problemas jurídicos deben ser planteados sistemáticamente y
pragmáticamente
Doctrina de Holmes: basada en la experiencia y el sentido común ( objeto de
estudio : hacer predicciones )
1. el pragmatismo sustituye la verdad filosófica por la psicología de la
creencia y el pensamiento en contexto
2. les hacían falta instrumentos su pragmatismo jurídico
3. tratan de reencontrarse con la tradición realista y empírica
3 elementos del realismo jurídico norteamericano:
I. los intereses afectados por la ley tienen derecho a juicio
II. agentes independientes
III. decisiones cotidianas justificadas.
Una concepción pragmática de los Derechos ( Tuzet )
Realista: quiere saber en realidad en que consiste ser titular de derechos (
concepción factual , formulan predicciones sobre como decidirán los jueces
considerando los efectos económicos sociales y políticos )
Pragmatista: se interesan en las consecuencias de ser titular de derechos (
concepción analítica y conceptual del derecho ) el significado de un concepto
esta en sus efectos concebibles y prácticamente relevantes.
Ventajas de la Máxima Pragmática:
1. actividades que debemos realizar para comprobar nuestras creencias.
2. Verificar cuales son verdaderas o falsas
3. Verificar las consecuencias
4. Ofrecer criterios públicos para determinar significados
Ambigüedades :
a. Lectura practica : significado en las consecuencias practicas de su
aplicación .
b. Lectura observacional: consecuencias observables de la aplicación de un
concepto.
Derecho: profecías de lo que realmente harán los tribunales. ( hecho )
Campo jurídico: ( pragmática ) :
Distinguir los conceptos jurídicos en base a sus consecuencias
Denunciar falta de sentido a conceptos jurídicos distintos con base
base en sus consecuencias.
Vida del derecho : predicciones ( probablemente sancionado )
Las únicas consecuencias aplicables son las que dice el juez no lo que la
norma dice ( empírico )
Pragmatismo conceptual : las consecuencias de cada concepto normativo
Pasos para aceptar el pragmatismo conceptual:
1. Excluir consecuencias lógicas y triviales
2. Las consecuencias practicas de la aplicación definen el concepto
3. Distinguir consecuencias meramente normativas
Derechos Fundamentales: se deben de considerar en términos de
consecuencias, no solo significa tener derecho de libertad si no las
consecuencias de tener ese derecho de libertad.
Como determinar el contenido de los derecho fundamentales:
1. Determinar consecuencias normativas
2. Considerar si en un caso concreto las consecuencias son diferentes entre
2 derechos fundamentales
3. Balancear el caso concreto
4. Determinar consecuencias de hecho
5. Consecuencias de hecho a nivel social y económico
Divergencia entre 1 y 2: considerar si existe y si existe significa dos cosas
1. Falta de protección del derecho
2. Revisar la normatividad
Un pragmatista no separa la vida del derecho de su normatividad
Consecuencias practicas : 1) Deónticas 2) Factuales
Los derechos son la razón justificativa de las consecuencias jurídicas
Derechos Subjetivos: posiciones ( consecuencias ) que el derecho te pone en
situaciones de facto
El enfoque pragmatista sirve para determinar justamente el contenido de los
derechos y su real alcance con base a sus consecuencias
Instrumentalismo Pragmático: lo que mejor describe el realismo jurídico ( el
derecho no es un fin es una herramienta )
El realismo es un conjunto de actitudes hacia el derecho
Escepticismo Radical: afirman que los jueces no crean derecho solo aplican
conocimiento preexistente
Realismo doctrinal constructivo: ( Tuzet ) a partir de la aplicación pone en
relaciones las consecuencias normativas y fácticas para definir el contenido
del derecho.
Máxima Pragmática: el significado de un concepto esta en sus
consecuencias.
Usar el método pragmático significa considerar cuales efectos definen lo que
en verdad significa el concepto
Consecuencia Normativa + Efectos Prácticos = Pragmatismo
Meta-teoría: como deberían actuar los juristas.
Seminario de Alf Ross 04/11/13 21:16
El Formalismo Jurídico:
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