tratado de lisboa

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http://ec.europa.eu/archives/lisbon_treaty/glance/ better_life/index_es.htm El Tratado en pocas palabras El 1 de diciembre de 2009, tras años de negociación sobre cuestiones institucionales, entró en vigor el Tratado de Lisboa. El nuevo texto modifica los actuales Tratados de la UE y la CE, pero no los sustituye. El nuevo Tratado brinda a la Unión el marco y los instrumentos jurídicos necesarios para afrontar los retos del futuro y responder a las expectativas de los ciudadanos. 1. Una Europa más democrática y transparente: el Parlamento Europeo y los Parlamentos nacionales tienen mayor protagonismo, hay más oportunidades para que los ciudadanos hagan oír su voz y es más fácil saber cómo se reparten las tareas entre la Unión y los países miembros. Mayor protagonismo del Parlamento Europeo: el Parlamento Europeo, directamente elegido por los ciudadanos de la Unión, estrena nuevas competencias sobre legislación, presupuesto y firma de acuerdos internacionales por la UE. Cabe destacar el mayor recurso al procedimiento de codecisión, pues coloca al Parlamento Europeo en pie de igualdad con el Consejo, que representa a los Estados miembros, para la mayor parte de la legislación de la UE. Mayor participación de los Parlamentos nacionales: los Parlamentos nacionales pueden participar más en las labores de la UE gracias, en particular, a un nuevo mecanismo que garantiza que la Unión sólo actúe cuando resulte más eficaz (subsidiariedad). Esta novedad, unida al mayor protagonismo del Parlamento Europeo, acrecenta la democracia y la legitimidad de las actuaciones de la Unión. A la escucha de los ciudadanos: gracias a la "iniciativa ciudadana", un grupo de al menos un millón de ciudadanos de un número significativo de Estados miembros puede pedir a la Comisión que haga propuestas de legislación.

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http://ec.europa.eu/archives/lisbon_treaty/glance/better_life/index_es.htm

El Tratado en pocas palabras

El 1 de diciembre de 2009, tras años de negociación sobre cuestiones institucionales, entró en vigor el Tratado de Lisboa.

El nuevo texto modifica los actuales Tratados de la UE y la CE, pero no los sustituye. El nuevo Tratado brinda a la Unión el marco y los instrumentos jurídicos necesarios para afrontar los retos del futuro yresponder a las expectativas de los ciudadanos.

1. Una Europa más democrática y transparente: el Parlamento Europeo y los Parlamentos nacionales tienen mayor protagonismo, hay más oportunidades para que los ciudadanos hagan oír su voz y es más fácil saber cómo se reparten las tareas entre la Unión y los países miembros.

Mayor protagonismo del Parlamento Europeo: el Parlamento Europeo,directamente elegido por los ciudadanos de la Unión, estrena nuevas competencias sobre legislación, presupuesto y firma de acuerdos internacionales por la UE. Cabe destacar el mayor recurso al procedimiento de codecisión, pues coloca al ParlamentoEuropeo en pie de igualdad con el Consejo, que representa a los Estados miembros, para la mayor parte de la legislación de la UE.

Mayor participación de los Parlamentos nacionales: los Parlamentos nacionales pueden participar más en las labores de laUE gracias, en particular, a un nuevo mecanismo que garantiza quela Unión sólo actúe cuando resulte más eficaz (subsidiariedad). Esta novedad, unida al mayor protagonismo del Parlamento Europeo,acrecenta la democracia y la legitimidad de las actuaciones de laUnión.

A la escucha de los ciudadanos: gracias a la "iniciativa ciudadana", un grupo de al menos un millón de ciudadanos de un número significativo de Estados miembros puede pedir a la Comisión que haga propuestas de legislación.

Reparto de tareas: la relación entre los Estados miembros y UniónEuropea queda más perfilada gracias a una clasificación precisa de las competencias de cada cual.

Retirada de la Unión: el Tratado de Lisboa prevé explícitamente por primera vez la posibilidad de que un Estado miembro se retirede la Unión.

2. Una Europa más eficaz, con métodos de trabajo y votación simplificados, instituciones modernas y adaptadas a la Unión de los Veintisiete y más capacidad para actuar en los ámbitos prioritarios para la UE de hoy.

Eficacia en la toma de decisiones: la aprobación por mayoría cualificada en el Consejo se amplía a otras políticas, con el finde agilizar las decisiones e incrementar su eficacia. A partir de2014 la mayoría cualificada obedecerá al principio de doble mayoría (mayoría de los Estados miembros y de la población), que refleja la doble legitimidad de la Unión. La doble mayoría se alcanzará cuando los votos favorables representen, como mínimo, el 55% de los Estados miembros y el 65% de la población.

Un marco institucional más estable y racionalizado: el Tratado deLisboa crea el cargo de Presidente del Consejo Europeo elegido por dos años y medio, vincula directamente la elección del Presidente de la Comisión a los resultados de las elecciones europeas, prevé nuevas disposiciones relativas a la futura composición del Parlamento Europeo e introduce normas más claras sobre las cooperaciones reforzadas y los aspectos financieros.

Mejorar la vida de los europeos: el Tratado de Lisboa mejora la capacidad de la UE para abordar cuestiones que hoy día son prioritarias para la Unión y sus ciudadanos. Es el caso de la actuación en el campo de la justicia, la libertad y la seguridad,ya sea para luchar contra el terrorismo o combatir la delincuencia. Lo mismo ocurre, en cierta medida, con otros camposcomo política energética, salud pública, protección civil, cambioclimático, servicios de interés general, investigación, política espacial, cohesión territorial, política comercial, ayuda humanitaria, deporte, turismo y cooperación administrativa.

3. Una Europa de derechos y valores, libertad, solidaridad y seguridad, que potencie los valores de la Unión, conceda rango deDerecho primario a la Carta de los Derechos Fundamentales, establezca nuevos mecanismos de solidaridad y garantice una mejorprotección a sus ciudadanos.

Valores democráticos: el Tratado de Lisboa especifica y consolidalos valores y objetivos sobre los que se basa la Unión. Dichos valores constituyen un punto de referencia para los ciudadanos europeos y representan lo que Europa puede ofrecer a sus socios de todo el mundo.

Derechos de los ciudadanos y Carta de los Derechos Fundamentales:el Tratado de Lisboa conserva los derechos ya existentes e introduce otros nuevos. En particular, garantiza las libertades ylos principios enunciados en la Carta de los Derechos Fundamentales, cuyas disposiciones pasan a ser jurídicamente

vinculantes. La Carta contiene derechos civiles, políticos, económicos y sociales.

Libertad de los ciudadanos europeos: el Tratado de Lisboa conserva y consolida las "cuatro libertades" y la libertad política, económica y social de los ciudadanos europeos.

Solidaridad entre los Estados miembros: el Tratado de Lisboa establece que la Unión y los Estados miembros actúan conjuntamente con espíritu de solidaridad si un Estado miembro esobjeto de un ataque terrorista o víctima de una catástrofe natural o de origen humano. También se hace hincapié en la solidaridad en el sector de la energía.

Mayor seguridad para todos: la Unión tiene más capacidad de actuación en el campo de la justicia, la libertad y la seguridad,lo que redunda en beneficio de la lucha contra la delincuencia y el terrorismo. Las nuevas disposiciones sobre protección civil, ayuda humanitaria y salud pública también pretenden impulsar la capacidad de la UE para enfrentarse a las amenazas contra la seguridad de los ciudadanos europeos.

4. Hacer de Europa un actor en la escena global combinando los instrumentos con que cuenta la política exterior europea a la hora de elaborar y aprobar nuevas políticas. Gracias al Tratado de Lisboa, Europa está en condiciones de expresarse con más claridad ante sus socios internacionales. Se ponen en juego todaslas capacidades económicas, humanitarias, políticas y diplomáticas de Europa para fomentar sus intereses y valores en todo el mundo, respetando los intereses particulares de los Estados miembros en el marco de las relaciones exteriores.

La figura del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad —que también es Vicepresidentede la Comisión— da mayor peso, coherencia y visibilidad a la actuación exterior de la UE.

El nuevo Servicio Europeo de Acción Exterior asiste al Alto Representante en el desempeño de sus funciones.

La personalidad jurídica única de la Unión fortifica su poder de negociación, convirtiéndola en un actor más eficaz a escala internacional y un socio más visible para otros países y organizaciones internacionales.

El desarrollo de la Política Europea de Seguridad y Defensa conserva un sistema especial de toma de decisiones. Sin embargo, también prepara el terreno para la cooperación reforzada de un grupo más reducido de Estados miembros.

Una Europa más democrática y transparente

El funcionamiento de la UE se rige por tres principios democráticos:

Igualdad democrática: las instituciones europeas deben atender por igual a todos los ciudadanos

Democracia representativa: un mayor papel del Parlamento Europeoy mayor participación de los Parlamentos nacionales

Democracia participativa: nuevos mecanismos de interacción entrelos ciudadanos y las instituciones, tales como la iniciativa ciudadana.

Además, quedan más claras las relaciones entre los Estados miembros y la Unión Europea.

Mayor poder para el Parlamento EuropeoLos diputados del Parlamento Europeo, elegidos por sufragio universal directo cada cinco años, representan a los ciudadanos de los Estados miembros. Las competencias de la Eurocámara han ido ampliándose poco apoco Con cada nuevo Tratado. El de Lisboa no es una excepción, pues leconfiere más poderes legislativos, presupuestarios y en materia de acuerdos internacionales.

En materia legislativa, el procedimiento de codecisión (que pasa a llamarse "procedimiento legislativo ordinario") se amplía a otros campos. Eso significa que, en una serie de áreas en las que antes a losumo se le consultaba, el Parlamento tendrá tanto poder legislador como el Consejo. Entre ellas figuran la inmigración legal, la cooperación judicial penal (Eurojust, prevención de la delincuencia, aproximación de las normas penales, infracciones y sanciones), la cooperación policial (Europol) y determinados aspectos de política comercial o agrícola. De este modo, el Parlamento Europeo intervendrá en casi todos los procesos legislativos.

En materia presupuestaria, el nuevo Tratado incorpora la práctica establecida del marco financiero plurianual, que debe contar con la preceptiva aprobación del Parlamento. Desaparece la actual distinción entre los llamados "gastos obligatorios" (ayudas directas a la agricultura por ejemplo) y "no obligatorios": el Parlamento y el Consejo deberán fijar todos los gastos de manera conjunta. Esta

innovación reequilibra el peso respectivo de ambas instituciones a la hora de aprobar el presupuesto de la UE.

Por último, el Parlamento Europeo deberá aprobar todos los acuerdos internacionales en campos sometidos al procedimiento legislativo ordinario.

Mayor participación de los Parlamentos nacionalesEl Tratado ofrece a los Parlamentos nacionales más posibilidades de participar codo a codo con las instituciones europeas en la labor de la Unión. Una nueva disposición establece claramente los derechos y obligaciones de los Parlamentos nacionales dentro de la UE: derecho a la información, control de la subsidiariedad, mecanismos de evaluaciónen el espacio de libertad, seguridad y justicia, revisión de los Tratados, etc.

Una de las grandes innovaciones del Tratado de Lisboa es la nueva facultad de control de la subsidiariedad. Según el principio de subsidiariedad, la UE sólo actúa (excepto en ámbitos de su exclusiva competencia) cuando resulta más eficaz que una actuación de los paísesmiembros. A partir de ahora, si un Parlamento nacional considera que una propuesta no se ajusta a este principio, puede iniciar un procedimiento que se desarrollará en dos tiempos:

si una tercera parte de los Parlamentos nacionales considera quela propuesta no se ajusta al principio de subsidiariedad, la Comisión deberá reexaminarla y podrá decidir mantenerla, modificarla o retirarla;

si una mayoría de los Parlamentos nacionales comparte ese punto de vista pero la Comisión, con todo, decide mantener su propuesta, deberá exponer sus motivos y corresponderá al Parlamento Europeo y el Consejo decidir si el procedimiento legislativo sigue adelante o no.

Transparencia en el Consejo de MinistrosTanto los Parlamentos nacionales como los ciudadanos pueden conocer directamente las decisiones tomadas por los Ministros de cada país en el Consejo, ya que todos los debates en materia legislativa pasan a ser públicos.

Más democracia participativaLos ciudadanos europeos ya tienen a su disposición muchos medios de informarse y participar en el proceso político europeo. A ellos se añade la iniciativa ciudadana: un millón de ciudadanos de uno o variosEstados miembros pueden instar a la Comisión a presentar propuestas sobre cualquier cuestión en la cual tenga competencias la UE. Una vez haya entrado en vigor el Tratado de Lisboa se detallará cómo se ejerceen la práctica esta iniciativa.

El Tratado destaca por otra parte la importancia de la consultas y el diálogo con las asociaciones, la sociedad civil, los interlocutores

sociales, las comunidades religiosas y las organizaciones no confesionales.

Relaciones entre la Unión Europea y sus Estados miembrosA menudo los ciudadanos se preguntan quién hace cada cosa en la UE. ElTratado precisa quién debe actuar: la Unión o los Estados miembros. Hay tres categorías de competencias:

Competencias exclusivas: en ámbitos como la unión aduanera, la política comercial común o la competencia, sólo la Unión puedelegislar.

Medidas de apoyo, coordinación o complemento: en áreas como cultura, educación o industria, la Unión sólo puede apoyar la actuación de los Estados miembros(por ejemplo, facilitando la financiación).

Competencias compartidas:en otros ámbitos (medio ambiente, transporte, protección de los consumidores, etc.) tanto la Unión como los Estados miembros pueden legislar sin perjuicio del principio de subsidiariedad.

Una vez incorporado a la Unión Europea, cada país es libre de permanecer en ella o no. El Tratado de Lisboa introduce una cláusula de retirada voluntaria que reconoce la posibilidad de abandonar la Unión en cualquier momento.

Instituciones eficaces y modernas

El Tratado de Lisboa no altera sustancialmente la arquitectura institucional de la Unión, basada en el triángulo compuesto por sus tres principales instituciones: el Parlamento, el Consejo y la Comisión. Ahora bien, para servir mejor a los ciudadanos europeos, introduce una serie de nuevos elementos que aumentan la eficacia, coherencia y transparencia de las instituciones.

Éstas pasan a ser siete: el Parlamento Europeo, el Consejo Europeo, elConsejo, la Comisión Europea, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el Banco Central Europeo y el Tribunal de Cuentas. ¿Qué cambia entonces con el Tratado?

El Parlamento EuropeoEl Parlamento Europeo representa a los votantes de los Estados miembros. El Tratado de Lisboa aumenta sus poderes en los ámbitos legislativo, presupuestario y de aprobación de acuerdos internacionales. Modifica también su composición: no podrá tener más de 751 diputados (750 más el Presidente) y el reparto de escaños entrepaíses miembros se efectuará según un principio de "proporcionalidad regresiva", lo que significa que los diputados de los países más poblados representarán a más ciudadanos que los de los menos poblados.Ningún Estado miembro podrá tener menos de 6 diputados ni más de 96.

El Consejo EuropeoEl Consejo Europeo, cuya función es de impulso político, se convierte en institución de la UE, pero no por ello recibe nuevas atribuciones. Sin embargo, se crea una nueva figura: el Presidente del Consejo Europeo, elegido por éste para un mandato de dos años y medio y cuya misión principal será garantizar la preparación y continuidad de su labor y favorecer el consenso entre los países miembros. El Presidenteno podrá desempeñar durante su mandato funciones del cargo electo en su país.

El Consejo de la Unión EuropeaEl Consejo representa a los Gobiernos de los Estados miembros. En esencia, su función sigue siendo la misma. Seguirá compartiendo las funciones legislativas y presupuestarias con el Parlamento Europeo y ejerciendo un cometido fundamental en la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) y la coordinación de las políticas económicas.

La principal novedad que introduce el Tratado de Lisboa se refiere al proceso de decisión. En primer lugar, el Consejo decidirá por mayoría cualificada salvo en caso de que los Tratados establezcan otro procedimiento, como el voto por unanimidad. En la práctica, esto supone que el voto por mayoría cualificada se amplía a numerosos ámbitos (por ejemplo, inmigración o cultura).

En 2014 se introducirá un nuevo sistema: la votación por doble mayoría. Para su aprobación por el Consejo, las propuestas de legislación europea no sólo deberán contar con el respaldo de los países miembros (55%), sino también de la población (65%). Quedará asíreflejada la doble legitimidad de la UE como unión de pueblos y naciones, y el proceso legislativo será más eficaz y transparente. Este nuevo método se completará con otro nuevo mecanismo (similar al llamado "compromiso de Ioannina"): cuando un número reducido de Estados miembros (cercano a la minoría de bloqueo) se oponga a una decisión, podrá manifestarlo y el Consejo deberá hacer cuanto esté en su mano para alcanzar una solución satisfactoria para ambas partes en un plazo razonable.

La Comisión Europea

Su misión principal es la defensa del interés general europeo. El Tratado ofrece la perspectiva de que cada Estado miembro tenga un Comisario, mientras que, según los anteriores Tratados, su número debía llegar a ser inferior al de Estados miembros.

Otra novedad importante: el Tratado de Lisboa introduce una relación directa entre los resultados de las elecciones al Parlamento Europeo yla elección del candidato a la Presidencia de la Comisión.

También se refuerza la posición del Presidente, que podrá cesar a los Comisarios.

El Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y Vicepresidente de la ComisiónLa creación de este cargo constituye una de las principales innovaciones institucionales del Tratado de Lisboa y dará mayor coherencia a las relaciones de la Unión con otros países y organismos internacionales.

El Alto o Alta Representante tiene una doble competencia: representar al Consejo en cuestiones de Política Exterior y de Seguridad Común y actuar como Comisario de Asuntos Exteriores de la Comisión. Como responsable de política exterior y política de defensa común, preside las reuniones periódicas de los Ministros de Asuntos Exteriores (el "Consejo de Asuntos Exteriores"). Además, representa a la Unión en la escena internacional en asuntos relacionados con la PESC y está asistido por un nuevo Servicio Europeo de Acción Exteriorcompuesto porfuncionarios del Consejo, la Comisión y los servicios diplomáticos nacionales.

Las demás institucionesLas funciones y competencias del Banco Central Europeo (BCE) y el Tribunal de Cuentas se mantienen sin cambios significativos. En cambio, el Tratado amplía el ámbito de intervención del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (sobre todo en cuanto a cooperación policial y judicial en materia penal) e introduce algunas modificaciones de procedimiento.

Los Parlamentos nacionalesAunque los parlamentos nacionales no formen parte de la estructura institucional oficial de la UE, desempeñan una función esencial en su funcionamiento. El Tratado reconoce y consolida esa función. Por ejemplo, si un número suficiente de parlamentos nacionales está convencido de que sería mejor adoptar una iniciativa legislativa en elámbito local, regional o nacional, la Comisión debe retirarla o justificar claramente por qué a su juicio la iniciativa no es contraria al principio de subsidiariedad.

Una Europa de derechos y valores

Dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos son los valores fundamentales proclamados al comienzo del Tratado de Lisboa. Todos los Estados miembros los comparten y debe respetarlos todo país que desee incorporarse a la Unión.

La defensa de esos valores y de la paz y bienestar de sus pueblos pasaa ser objetivo primordial de la Unión. A él se añaden otros más específicos, como el fomento de la justicia y la protección social y la lucha contra la exclusión social y la discriminación.

El Tratado de Lisboa contiene progresos importantes en materia de derechos fundamentales y abre el camino a la adhesión de la UE al Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales.

Asimismo, garantiza la aplicación de la Carta de los Derechos Fundamentales. Con ello, la UE se dota de un catálogo de derechos civiles, políticos, económicos y sociales que son jurídicamente vinculantes tanto para sus instituciones como para los Estados miembros a la hora de aplicar la legislación europea. La Carta enunciatodos los derechos fundamentales en seis capítulos: Dignidad, Libertades, Igualdad, Solidaridad, Ciudadanía y Justicia. También proclama otros derechos que no figuran en el Convenio Europeo (protección de datos, bioética y derecho a una buena administración) yconsolida las medidas contra la discriminación por razón de sexo, razay color. La Carta se refiere además a los derechos sociales en las empresas, como el derecho a la información y consulta de los trabajadores o el derecho de negociación y acción colectiva (huelga).

Pero además, el Tratado de Lisboa introduce un nuevo derecho que permite a todos dar su punto de vista sobre las cuestiones europeas: la posibilidad de que un grupo de al menos un millón de ciudadanos de un número significativo de Estados miembros firme una petición que inste a la Comisión a presentar una propuesta legislativa.

La Unión Europea en el Mundo

Al promover sus valores e intereses a escala internacional, la UE actúa como principal potencia comercial del planeta y primera prestadora de ayuda a los países en desarrollo. Gracias al Tratado de Lisboa, Europa se expresará con más claridad en sus relaciones exteriores.

Para mantener su libertad, seguridad y prosperidad, Europa tiene que realizar su potencial a escala mundial. En un mundo globalizado, ningún país puede enfrentarse en solitario a la seguridad del abastecimiento energético, el cambio climático, el desarrollo sostenible, la competitividad de la economía y el terrorismo. Se necesita una respuesta que sólo está al alcance de la UE en su conjunto.

El Tratado de Lisboa introduce dos novedades que tienen importantes consecuencias para la acción exterior de la Unión. Se trata de las figuras de Presidente “permanente” del Consejo Europeo (con un mandatorenovable de dos años y medio) y de Alto Representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y Vicepresidente de la Comisión, que vela por la coherencia de la actuación exterior de la Unión. Así la UE puede ejercer una labor más sólida y eficaz a nivel internacional. Al conectar las distintas facetas de su política exterior (diplomacia, seguridad, comercio, desarrollo, ayuda humanitaria, negociaciones internacionales, etc.) la UE está en condiciones de expresarse con más claridad ante sus países socios y las organizaciones de todo el mundo.

El impacto de las actuaciones de la UE también queda reforzado graciasal nuevo Servicio de Acción Exterior, que presta su ayuda al Alto Representante recurriendo a los medios de que disponen las instituciones y los Estados miembros de la UE.

El Tratado atribuye a la UE una personalidad jurídica única. En adelante, la Unión puede celebrar acuerdos internacionales y participar en organizaciones internacionales. Habla y actua como una sola entidad.

El Tratado de Lisboa da mayor visibilidad a los principios en los que se basa la UE: democracia, Estado de Derecho, derechos humanos y

libertades fundamentales y respeto de la dignidad humana, la igualdad y la solidaridad. Por primera vez se establece una base jurídica específica para la ayuda humanitaria y se abre la puerta a la creaciónde un Cuerpo Voluntario Europeo de Ayuda Humanitaria.

Además de definir el papel de la UE en el mundo, el Tratado de Lisboa contempla una Política Común de Seguridad y Defensa y la reconoce comoparte integrante de la Política Exterior y de Seguridad Común. Se introduce una "cláusula de solidaridad" que prevé la actuación conjunta de la Unión y los Estados miembros si un Estado miembro es objeto de un ataque terrorista.

Más justicia, libertad y seguridad

Entre las grandes prioridades de la Unión Europea figura la de crear un espacio de justicia, libertad y seguridad.

El Tratado de Lisboa introduce cambios importantes en las actuales normas europeas sobre libertad, seguridad y justicia y facilita una actuación más amplia, legítima, eficaz, transparente y democrática de la UE en este campo.

Antes de su entrada en vigor, las decisiones importantes en esta materia debían adoptarse por unanimidad en el Consejo; al Parlamento yel Tribunal de Justicia Europeos les correspondía un papel menor.

El Tratado de Lisboa supone mayor democracia y transparencia: un conjunto uniforme de disposiciones jurídicas se adopta ahora en un proceso en el que el Parlamento Europeo, como colegislador (procedimiento de codecisión), desempeña un papel más relevante. Además, se extiende el principio de mayoría cualificada en el Consejo.

La actuación de la UE con respecto a la cooperación policial y judicial en asuntos penales se ve facilitada al suprimirse la distinción entre diferentes ámbitos políticos (los denominados "pilares") que antes caracterizaba a la estructura institucional.

No obstante, los Estados miembros mantienen la posibilidad de emprender iniciativas legislativas sobre cooperación policial

operativa, justicia penal y cooperación administrativa (siempre y cuando las respalde una cuarta parte del total de países). La ComisiónEuropea asume plenamente su papel como guardiana de los Tratados y como garante, junto al Tribunal de Justicia Europeo, de la correcta aplicación de todas las decisiones.

Los Parlamentos nacionales participan de manera más activa en el examen y la elaboración de dictámenes sobre temas de justicia, libertad y seguridad.

El Tratado de Lisboa garantiza las libertades y los principios enunciados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, cuyas disposiciones pasan a ser jurídicamente vinculantes. Por su parte, el Tribunal de Justicia obtiene más poderes para asegurar la correcta aplicación de la Carta.

Todos estos cambios contribuyen a un proceso decisorio más amplio, legítimo, eficaz, transparente y democrático para el espacio común de libertad, seguridad y justicia, y ponen fin a los repetidos bloqueos de propuestas a que daba lugar el principio de unanimidad.

Es de señalar, no obstante, que tres Estados miembros han juzgado necesario negociar o prorrogar ciertas disposiciones particulares sobre aspectos concretos de justicia, libertad y seguridad para mantener algunos puntos de sus normativas nacionales.

Políticas para mejorar la vida

Encabezar la lucha contra el cambio climático, desarrollar una ambiciosa política espacial o garantizar la seguridad del suministro energético son algunos ejemplos de lo que ahora puede hacer la UE gracias al Tratado de Lisboa.

La Unión desarrolla muy variadas actividades que repercuten en nuestravida cotidiana; pero no son menos complejos y diversos los desafíos que afronta Europa. El Tratado nos ayudará a seguir avanzando en un mundo de creciente competencia y cambios demográficos. Su introducciónno sólo será positiva para el crecimiento y la competitividad, sino también en aspectos sociales: de ahora en adelante, toda política

europea deberá favorecer el empleo, una protección social adecuada y la lucha contra la exclusión social.

Cambio climático y medio ambienteEl cambio climático es una de nuestras mayores amenazas actuales, puesafecta tanto a nuestra vida social y económica como a nuestro medio ambiente. Combatirlo en la escena internacional constituye, junto con el desarrollo sostenible, el frente principal de la política medioambiental europea. Desarrollo sostenible y protección del medio ambiente ya figuraban en los Tratados vigentes; pero el de Lisboa establece definiciones claras para permitir a la Unión una actuación más contundente.

EnergíaEl suministro energético es de crucial importancia para todos: baste recordar cómo para muchos europeos han aumentado las facturas en los últimos años. El Tratado de Lisboa permite a Europa garantizar el suministro y favorece el uso de recursos sostenibles y competitivos.

El Tratado contiene un capítulo expresamente dedicado a la energía en el que se definen las competencias fundamentales y los objetivos generales de la política energética: el funcionamiento de los mercados, la seguridad del suministro, la eficiencia y el ahorro, el desarrollo de formas nuevas y renovables y la interconexión de redes. Por vez primera existe un principio de solidaridad en virtud del cual,si un país miembro atraviesa graves dificultades de suministro energético, los demás le ayudarán a abastecerse.

Protección civilEl Tratado de Lisboa pretende facilitar la prevención y protección frente a catástrofes tanto naturales como provocadas por el hombre. Lanueva base jurídica permite apoyar las medidas de los Estados miembrosen este campo y fomentar la cooperación operativa. Ahora que empiezan a aparecer las primeras señales visibles del cambio climático en Europa (inundaciones e incendios), la cooperación entre los Estados miembros es más necesaria que nunca.

Salud públicaEl bienestar de los ciudadanos europeos ocupa un lugar central en el Tratado de Lisboa, que prevé mejorar las políticas sanitarias. El Tratado contempla medidas cuyo objetivo directo es proteger la salud pública, incluidas las relativas al tabaco y el consumo excesivo de alcohol. Para mayor protección del paciente, la UE puede ahora establecer normas aplicables a los productos y dispositivos médicos. Por último, el Tratado ayuda a los Estados miembros a reaccionar en caso de alerta precoz de amenazas transfronterizas graves, tales como la gripe aviar. El Tratado permite a los Estados miembros movilizar todos sus recursos de manera coordinada y eficaz en caso de que las amenazas se concreten.

Servicios públicosEl Tratado de Lisboa reconoce el papel de los servicios públicos para la cohesión social y regional: los transportes, las escuelas y la asistencia sanitaria son vitales para todos nosotros. Un protocolo especial anexo al Tratado establece las claves de unos servicios de interés general eficaces y oportunos.

Política regionalEl Tratado también consolida la cohesión económica, social y territorial en la Unión: por primera vez se incluye entre los objetivos de la UE el principio de cohesión territorial. El Tratado deLisboa refuerza el papel de las regiones; la nueva definición del principio de subsidiariedad (la UE sólo actúa cuando los resultados puedan mejorar los que alcanzarían los Estados miembros) alude a los niveles local y regional.

InvestigaciónEl Tratado de Lisboa sitúa en el núcleo de la política de investigación la creación de un Espacio Europeo de Investigación por el que investigadores, conocimientos y tecnologías circulen libremente. En un momento en que aparecen nuevos agentes mundiales deseosos de lanzar proyectos espaciales, el Tratado establece una nueva base jurídica para una política espacial coherente. Reconoce asíexplícitamente que Europa no puece pasar por alto los beneficios económicos y estratégicos de una política espacial.

Política comercialA todos interesa que el comercio se mantenga justo y libre. El Tratadode Lisboa hace extensiva la política comercial europea a la inversión directa extranjera. Los instrumentos de la propiedad intelectual - marcas, diseños, patentes, derechos de autor - favorecen la innovación, el crecimiento y la competitividad. El Tratado de Lisboa facilita su protección uniforme en toda la Unión.

DeporteEl Tratado de Lisboa abre la puerta a una verdadera dimensión europea del deporte. Las nuevas disposiciones permiten que la Unión apoye, coordine y complemente las medidas de los Estados miembros, favorecen la neutralidad y transparencia de las competiciones y facilitarán la cooperación entre organismos deportivos Pero además, protegen la integridad física y moral de los y las deportistas, con especial atención a los jóvenes.

EconomíaLa zona del euro, compuesta por los países que han adoptado la moneda común, también funcionará mejor con el Tratado de Lisboa. La Comisión puede ahora dirigir advertencias "directas" a aquellos Estados

miembros cuya falta de disciplina presupuestaria pueda amenazar el buen funcionamiento de la eurozona.

Protección de datosEl Tratado de Lisboa establece de modo inequívoco que toda persona tiene el derecho – por lo demás consagrado en la Carta de los DerechosFundamentales - a la protección de sus datos personales.

TurismoEl Tratado de Lisboa contempla nuevas disposiciones específicas sobre turismo con el objetivo de convertir a la UE en el primer destino turístico mundial.

¿Por qué necesita Europa el Tratado de Lisboa?Para realizar plenamente su potencial, la Unión Europea necesita modernización y reforma. La UE de los Veintisiete funciona en la actualidad con unas normas concebidas para 15 países miembros. Durantelos últimos diez años la Unión Europea ha tratado de encontrar la forma adecuada de optimizar los instrumentos con los que cuenta y reforzar su capacidad de actuación.

Al mismo tiempo, cada vez son más quienes desean una actuación colectiva de la UE para solucionar los problemas que nos afectan todos, ya se trate del cambio climático, la seguridad energética o el terrorismo internacional. Como la UE ha crecido y tiene nuevas responsabilidades, es lógico que actualice su modo de proceder. Con sus mejoras, el Tratado dota a la Unión de los medios necesarios para enfrentarse a los desafíos del mundo de hoy.

Las razones fundamentales del Tratado son tres: más eficacia en la toma de decisiones, más democracia gracias al mayor protagonismo del Parlamento Europeo y los Parlamentos nacionales y más coherencia en laactuación exterior. Con ello la UE estará mejor preparada para defender día a día los intereses de sus ciudadanos.

¿Qué cambia para los ciudadanos con el Tratado de Lisboa?Entre los elementos del Tratado de Lisboa que refuerzan la capacidad de actuación de la UE destacan la consolidación de la coherencia de cara al exterior, la ampliación de la gama de políticas internas, la mayor eficacia en la obtención de resultados y logros políticos para los ciudadanos y la modernización de unas instituciones adecuadas parala Europa de los Veintisiete.

El Tratado dota a la Unión de una voz más fuerte y coherente frente alresto del mundo, pues combina las funciones de Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad con las de Vicepresidente de la Comisión. Además, crea un nuevo Servicio de Acción Exterior que propicia el desempeño de esa doble misión y prestauna asistencia diplomática y consular más práctica a los ciudadanos que viajen fuera de la UE.  

El Tratado de Lisboa responde a las inquietudes manifestadas por los ciudadanos europeos. En él se expresa abiertamente el compromiso político de abordar el doble desafío del cambio climático y la política energética. Por primera vez en la historia de los tratados sededica un apartado a la energía, para que la Unión garantice el buen funcionamiento del mercado energético y, en particular, el suministro de energía, el rendimiento y el ahorro energéticos y el desarrollo de nuevas energías renovables.

Se abren nuevas posibilidades de actuación transfronteriza en campos como la salud pública, la protección civil y el deporte. El Tratado deLisboa sitúa la libertad, la justicia y la seguridad entre sus prioridades más importantes. La Unión Europea puede combatir con mayoreficacia las organizaciones criminales dedicadas al tráfico de personas entre países, promover y apoyar la prevención de la delincuencia y contribuir a la lucha antiterrorista mediante la inmovilización de bienes. El Tratado revalida el compromiso de la UE para la elaboración de una política de inmigración común. El Tratado de Lisboa también contiene una "cláusula de solidaridad" según la cualla Unión y los Estados miembros actuan conjuntamente con espíritu de solidaridad si un Estado miembro es objeto de un ataque terrorista o víctima de una catástrofe natural o de origen humano.

Estas innovaciones facilitan la puesta en práctica de las políticas dela Unión en diversos campos (crecimiento económico y competitividad, desarrollo del empleo y las condiciones sociales, aumento de la seguridad personal y colectiva, fomento del medio ambiente y las condiciones sanitarias, desarrollo de la cohesión y la solidaridad entre los Estados miembros, progreso científico y tecnológico), ademásde mejorar su capacidad de actuación en la escena internacional.

El Tratado de Lisboa también crea un sistema institucional estable, enel que las decisiones se toman de forma rápida y transparente, con máscontrol democrático y al nivel que resulte más adecuado. Así los ciudadanos tienen una idea más clara del reparto de las responsabilidades de cada cuál y de los motivos por los que actúa la Unión Europea.

Por primera vez, un millón ciudadanos de varios Estados miembros pueden pedir directamente a la Comisión que presente una iniciativa que estimen oportuna dentro de los ámbitos de competencia de la UE.

¿Tienen más peso los Parlamentos nacionales en los asuntos europeos?Sí. Por primera vez, los Parlamentos nacionales quedan plenamente reconocidos como parte del tejido democrático de la Unión Europea y setoman medidas para que tengan una participación más estrecha en las actividades de la UE. 

En concreto, pueden actuar como "guardianes" del principio de subsidiariedad (según el cual la toma de decisiones debe hacerse al nivelmás cercano al ciudadano, comprobando en todo momento que la acción comunitaria esté justificada frente a las demás posibilidades de actuación a nivel nacional, regional o local). Los Parlamentos nacionales pueden manifestar su parecer desde la fase inicial de una propuesta, antes de que la estudien a fondo el Parlamento Europeo y elConsejo de Ministros.

¿Pueden los ciudadanos presentar sus iniciativas a las instituciones de la Unión?Sí. El Tratado de Lisboa prevé la "iniciativa ciudadana europea". Estanueva disposición de democracia participativa establece que un grupo de al menos un millón de ciudadanos nacionales de un número significativo de Estados miembros puede tomar la iniciativa de invitara la Comisión a que presente una propuesta adecuada sobre cuestiones que, en opinión de los interesados, requieren un acto jurídico de la Unión para aplicar el Tratado de Lisboa. Las modalidades concretas de la iniciativa se establecen mediante legislación.   

¿Se hace más democrática la toma de decisiones con el Tratado de Lisboa?Sí. El Tratado de Lisboa amplía el número de ámbitos políticos donde la legislación comunitaria debe ser aprobada por el Parlamento Europeodirectamente elegido y por el Consejo de Ministros nacionales (procedimiento de "codecisión").

Además, otorga mayor protagonismo al Parlamento Europeo y a los Parlamentos nacionales, reforzando con ello el control democrático de la Unión Europea.

El Tratado establece un reparto más preciso de competencias entre la Unión y los Estados miembros. Así los ciudadanos tienen una idea más clara de cuáles son los cometidos respectivos.

¿Cómo es el nuevo sistema de votación en el Consejo de Ministros?En el Consejo de Ministros la norma es la "votación por mayoría cualificada", según el principio de la doble mayoría. Las decisiones se aprueban si los votos favorables representan, como mínimo, el 55% de los Estados miembros de la UE (en la actualidad, 15 de los 27 países) y el 65% de la población. Para impedir que un grupo muy pequeño de países con muchos habitantes obstruya la adopción de decisiones, las minorías de bloqueo deben estar formadas, como mínimo,por cuatro Estados miembros. De lo contrario, se considera que hay mayoría cualificada aunque no se cumpla el criterio de población.

El Consejo Europeo ha decidido que el nuevo sistema entra en funcionamiento a partir de 2014. En los tres primeros años de aplicación, hasta 2017, los Estados miembros pueden pedir que se adopte un acto de conformidad con la mayoría cualificada que estableceel actual Tratado de Niza.

¿Se tomarán más decisiones por mayoría cualificada?Sí. Con el Tratado de Lisboa la aprobación por mayoría cualificada se amplía a nuevos campos. La Unión Europea tiene mucho que ganar con

este procedimiento de decisión más sencillo que facilita la lucha contra el cambio climático, la búsqueda de la seguridad energética o la ayuda humanitaria de urgencia a las zonas de crisis de todo el mundo. Los cambios también afectan a la iniciativa ciudadana, la protección diplomática y consular, y las cuestiones de procedimiento. La unanimidad sigue siendo necesaria para asuntos como impuestos, política exterior, defensa y seguridad social.

¿Cuáles son los principales cambios institucionales que introduce el Tratado?A diferencia de los Tratados actuales, el Tratado de Lisboa ofrece la perspectiva de mantener un Comisario de cada Estado miembro. Los dirigentes de la Unión Europea se han comprometido a adoptar una decisión a este respecto basándose en las disposiciones del Tratado.

El Parlamento Europeo podrá tener hasta 751 diputados, con un máximo de 96 y un mínimo de 6 por Estado miembro.

Se crea el nuevo puesto permanente de Presidente del Consejo Europeo, con un mandato de dos años y medio, para dar más continuidad y estabilidad a las tareas de la institución.

Además, el Tratado crea la figura del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, que también es Vicepresidente de la Comisión y preside el Consejo de Relaciones Exteriores. Así queda reforzada la coherencia en la acción exterior y aumenta la visibilidad de la UE en el mundo, al darle un "rostro" a laUnión.

¿Qué mejoras supone para los ciudadanos europeos la Carta de los Derechos Fundamentales?El Tratado de Lisboa remite a la Carta como catálogo de los derechos que todos los ciudadanos de la Unión deben disfrutar respecto de las instituciones de la UE y las garantías vinculantes de su legislación. La Carta contiene seis capítulos que tratan de los derechos individuales relacionados con la dignidad, las libertades, la igualdad, la solidaridad, la ciudadanía y la justicia. Estos derechos proceden básicamente de otros instrumentos internacionales, como el Convenio Europeo de Derechos Humanos, y reciben de este modo una expresión jurídica en la Unión.

Las instituciones de la Unión deben respetar los derechos recogidos enla Carta. Las mismas obligaciones se imponen a los Estados miembros cuando apliquen la legislación de la UE. Además, el Tribunal de Justicia vela por la correcta aplicación de esta Carta, cuya incorporación no altera las competencias de la Unión pero sí refuerza y amplía los derechos y las libertades de sus ciudadanos.

¿Mantiene el Tratado de Lisboa los logros de la UE en defensa del medio ambiente? ¿Y la lucha contra el cambio climático?Por supuesto. El Tratado de Lisboa establece que uno de los objetivos de la Unión es favorecer el desarrollo sostenible de Europa, en particular mediante un nivel elevado de protección y mejora de la calidad del medio ambiente. Aunque el desarrollo sostenible ya estaba presente en los tratados anteriores, el Tratado de Lisboa consolida este objetivo y lo define con más precisión. Además, señala que el desarrollo sostenible es uno de los objetivos fundamentales de la Unión en sus relaciones con el resto del mundo.

El medio ambiente es uno de los ámbitos en los que la Unión y los Estados miembros tienen competencias compartidas. La Unión interviene para tratar de obtener una serie de objetivos bien delimitados: preservar, proteger y mejorar la calidad del medio ambiente, proteger la salud de las personas, promover una utilización racional y prudentede los recursos naturales y Fomentar medidas a escala internacional para hacer frente a los problemas regionales o mundiales del medio ambiente.

El cambio climático figura entre los mayores desafíos medioambientales, sociales y económicos que afronta hoy en día la humanidad. Con el Tratado de Lisboa, combatirlo en el plano internacional pasa a ser objetivo específico de la política medioambiental de la UE. El Tratado añade a la lista de objetivos de esta política el apoyo a la actuación internacional en la lucha contrael cambio climático. De este modo reconoce expresamente el papel de liderazgo mundial que en este campo debe desempeñar la UE.

¿Hay mejoras en el campo de la justicia y los asuntos de interior?El Tratado de Lisboa facilita la actuación a nivel europeo en el campode la justicia, la libertad y la seguridad, generalizando la

aplicación del método comunitario (es decir, la aprobación por mayoríacualificada de las propuestas que haga la Comisión) y potenciando el protagonismo del Parlamento Europeo, el control democrático por parte de los Parlamentos nacionales y el papel supervisor del Tribunal de Justicia. Dinamarca, Irlanda y el Reino Unido mantienen un régimen especial.

¿Refuerza el Tratado de Lisboa la voz de Europa en el mundo?Sí, esa es una de sus mayores virtudes. El Tratado fija una serie de principios y objetivos comunes que guían la actuación exterior de la Unión: democracia, Estado de Derecho, universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos y las libertades fundamentales, respeto de la dignidad humana, igualdad y solidaridad.

El Tratado de Lisboa recoge en un mismo Título casi todas las disposiciones sobre relaciones exteriores de los tratados ahora vigentes. Ello facilita su comprensión y favorece la coherencia de la acción de la Unión.  

Las actuales funciones del Alto Representante de la Unión para AsuntosExteriores y Política de Seguridad se combinan con las del Vicepresidente de la Comisión, creándose así una nueva figura institucional que ejerce un doble papel. De este modo queda reforzada la coherencia en la acción exterior y se aumenta el peso de la UE en la escena internacional, dándole un "rostro" a la Unión y abriendo camino al desarrollo progresivo del "interés común europeo".

El Alto Representante y Vicepresidente cuenta con la asistencia del Servicio Europeo de Acción Exterior, en el que trabajan conjuntamente funcionarios del Consejo, la Comisión y los servicios diplomáticos de los Estados miembros.

El Tratado de Lisboa establece por primera vez una base jurídica específica para la ayuda humanitaria, haciendo especial hincapié en elrespeto de los principios del Derecho internacional y los principios de imparcialidad, neutralidad y no discriminación. También prevé la creación de un Cuerpo Voluntario Europeo de Ayuda Humanitaria.

¿Qué significa el Tratado para África y para los países que necesitan ayuda al desarrollo o ayuda humanitaria?

El Tratado de Lisboa establece por primera vez una base jurídica independiente para la ayuda humanitaria, haciendo hincapié en su especificidad y en la aplicación de los principios del Derecho humanitario internacional, como la imparcialidad y la no discriminación.

El Tratado afirma explícitamente que la reducción y la erradicación dela pobreza son el objetivo principal de la política de la Unión en el ámbito de la cooperación para el desarrollo. La Unión debe tenerlo en cuenta al aplicar las políticas que puedan afectar a los países en desarrollo. Esto requiere que la política de cooperación para el desarrollo posea entidad propia y no constituya un mero complemento dela Política Exterior y de Seguridad Común.

Cuando se necesite una ayuda financiera urgente, el Consejo actúa por mayoría cualificada a propuesta de la Comisión, lo cual acelera las ayudas.

Según el Tratado de Lisboa, la cooperación para el desarrollo y la ayuda humanitaria son competencias compartidas paralelas (es decir, laUnión aplica una política propia y los Estados miembros pueden hacer lo mismo, evitándose así que la actuación de la UE sea un mero complemento de las políticas nacionales).

¿Disminuye con el Tratado la capacidad de los Estados miembros para mantener su propia política exterior?No. La Unión Europea actúa como tal cuando debe hablar con una sola voz en la escena internacional. Hay toda una serie de cuestiones de política exterior que aconsejan la actuación conjunta de los Estados miembros de la UE.

Con el cargo de Alto Representante no se crean nuevas competencias, sino que se simplifica la acción exterior de la UE, eliminando redundancias y confusiones. Su actuación debe basarse en decisiones unánimes de los Veintisiete y complementa las políticas y los esfuerzos diplomáticos de los Estados miembros, sin sustituirlos.

¿Se crea un ejército europeo con el Tratado?No. La defensa sigue en manos de cada país. El Tratado prevé que los Estados miembros puedan poner capacidades civiles y militares a disposición de la Unión para aplicar la Política Común de Seguridad y

Defensa. Sin embargo, cualquier Estado miembro puede oponerse a las operaciones de ese tipo y las aportaciones se hacen siempre de forma voluntaria.

Cuando un grupo de Estados miembros lo desee y cuente con los medios necesarios para ello, puede participar en misiones de desarme, misiones humanitarias y de rescate, misiones de asesoramiento militar y misiones de mantenimiento de la paz. Ningún Estado miembro puede verse obligado a participar en estas misiones. 

¿Se reducen los logros sociales de la UE con el Tratado de Lisboa?En absoluto. El Tratado permite el mantenimiento y desarrollo de los logros sociales de la UE, respetando en todo caso las prerrogativas nacionales. 

La economía social de mercado altamente competitiva, el pleno empleo yel progreso social se encuentran entre los objetivos de la Unión. La coordinación de las políticas económicas y de empleo de los Estados miembros es una de las competencias de la Unión, que también puede tomar iniciativas para coordinar las políticas sociales nacionales.

Según la "cláusula social" que contiene el Tratado, los aspectos sociales (promoción de un nivel de empleo elevado, protección social adecuada, lucha contra la exclusión social, etc.) se deben tener en cuenta al definir y ejecutar todas las políticas.

Los derechos fundamentales también quedan reconocidos en el Tratado deLisboa, mediante la incorporación de una referencia vinculante a la Carta de los Derechos Fundamentales. La Carta dedica uno de sus capítulos a la solidaridad, enumerando una serie de derechos y principios directamente relacionados con el ámbito social, como el derecho a la información y consulta de los trabajadores en las empresas, el derecho de negociación y de acción colectiva, el derecho de acceso a un servicio gratuito de colocación, la protección en caso de despido injustificado, el derecho de acceso a la seguridad social ya los servicios sociales, etc.

¿Representa el Tratado de Lisboa un peligro para losservicios públicos?

No. El Tratado de Lisboa reconoce que los servicios públicos constituyen un instrumento indispensable de cohesión social y regional. Además, contiene un Protocolo especial donde se establecen los principios básicos para fomentar unos servicios de interés económico general eficaces, sobre los que descansa la actuación futurade la UE.

En la Carta se afirma que la Unión reconoce y respeta el derecho de acceso a los servicios de interés económico general, tal como disponenlas legislaciones y prácticas nacionales, con el fin de promover la cohesión social y territorial de la Unión.

El Tratado los define como "servicios a los que en la Unión todos conceden valor", aludiendo a su papel en el fomento de la cohesión social y territorial. 

Dada la importancia de estos servicios, el Tratado de Lisboa pide a laUnión y a los Estados miembros que garanticen su funcionamiento con arreglo a principios y condiciones, en particular económicas y financieras, que les permitan cumplir su cometido. 

¿Aumenta con el Tratado de Lisboa el número de decisiones tomadas en Bruselas?No. El Tratado permite una aplicación más transparente y descentralizada de las políticas de la UE, contribuyendo a que las decisiones se tomen tan cerca de los ciudadanos como sea posible. Además, incorpora las dimensiones local y regional al marco jurídico de la UE, al afirmar que la Unión debe respetar la identidad nacional de los Estados miembros, inherente a sus estructuras fundamentales, también en lo referente a la autonomía local y regional. El Tratado selimita a simplificar el reparto de competencias entre la Unión y los Estados miembros, haciéndolo más explícito. Hay menos "zonas de sombra" que puedan dar lugar a confusión e incertidumbre.

¿Se crea con el Tratado de Lisboa un "superestado" europeo?No. El Tratado de Lisboa es un compromiso internacional suscrito y ratificado por Estados miembros soberanos que deciden compartir parte de su soberanía en el marco de una cooperación supranacional. En su texto se reconoce que la Unión refleja la voluntad de los Estados

miembros y sus ciudadanos, y que las competencias de la UE emanan de dichos Estados.

El Tratado no modifica la naturaleza básica de la UE, sino que introduce importantes innovaciones institucionales que hacen posible una Unión más sólida y eficaz, sin que ello vaya en detrimento de los Estados miembros. Al contrario, la UE complementa la actuación de estos cuando no pueden lograr sus objetivos por sí solos.

¿Por qué el Tratado de Lisboa no es más fácil de leer?Los tratados de la UE siempre se han cambiado modificando los textos que ya existían: así ocurrió con el Acta Única Europea y con los Tratados de Maastricht, Ámsterdam y Niza. Con el Tratado de Lisboa se ha utilizado el mismo procedimiento. Los dos tratados principales de la Unión cambian de nombre, pasando a llamarse "Tratado de la Unión Europea" y "Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea". Ambos tienen el mismo rango.

También existe un texto consolidado de los dos Tratados fundamentales,que integra las modificaciones aportadas por la Tratado de Lisboa.

¿Cómo entró en vigor el Tratado de Lisboa? ¿Cuándo?El Tratado entró en vigor el 1 de diciembre de 2009. Para entrar en vigor, hubo de ser ratificado por los 27 Estados miembros, cada uno delos cuales decidió con arreglo a sus propias normas constitucionales si lo ratificaba mediante referéndum o votación parlamentaria.

El Tratado de Lisboa: introducción

El Tratado de Lisboa responde a la necesidad de reformar la estructuray el modo de funcionamiento de la UE. Las sucesivas ampliaciones de laUE han elevado el número de Estados miembros a 27. Por tanto, es preciso adaptar el funcionamiento de las instituciones y las modalidades de toma de decisiones a nivel europeo.

El Tratado de Lisboa ha permitido la reforma de varias políticas de laUE. Asimismo, ha redefinido y reforzado las acciones llevadas a cabo anivel europeo.

ANTECEDENTES

La redacción de un tratado que establecía una Constitución para Europa constituyó el primer intento de reforma. Su objetivo era sustituir los tratados constitutivos de la UE por una Constitución europea.

La Constitución se firmó en Roma el 29 de octubre de 2004. No obstante, antes de su entrada en vigor, debía ser ratificada por la totalidad de los Estados miembros. Sin embargo, el proceso de ratificación tuvo resultados negativos en muchos Estados miembros.

El 23 de julio de 2007, se convocó una nueva Conferencia intergubernamental en Lisboa para hallar una alternativa al Tratado constitucional y poder retomar las reformas. Se abandonó pues la idea de una Constitución europea y se entablaron nuevas negociaciones con el propósito de elaborar un tratado modificativo.

El 13 de diciembre de 2007, los 27 Jefes de Estado o de Gobierno de laUE firmaron el nuevo tratado modificativo en Lisboa. El Tratado de Lisboa entró en vigor el 1 de diciembre de 2009, tras ser ratificado por todos los Estados miembros de acuerdo con sus respectivas normas constitucionales.

DIFERENCIAS CON EL TRATADO POR EL QUE SE ESTABLECÍA UNA CONSTITUCIÓN PARA EUROPA

El Tratado de Lisboa se basa en gran medida en el Tratado constitucional. La mayoría de las reformas institucionales y políticasplanteadas en la Constitución se retoman en el Tratado de Lisboa, aunque se presentan bajo una forma diferente.

El Tratado constitucional implicaba la derogación de los tratados constitutivos de la UE y su sustitución por un único texto: la Constitución Europea. El Tratado de Lisboa, por el contrario, no sustituye a los tratados constitutivos sino que los modifica, como ya lo hicieran los Tratados de Ámsterdam y Niza. El Tratado de Lisboa se presenta, por tanto, como una serie de modificaciones de los tratados constitutivos.

A pesar de que este cambio de forma no tiene consecuencia alguna en elplano jurídico, resulta muy importante en el plano simbólico y político. Se abandona la idea de dotar a Europa de una Constitución y

el derecho comunitario sigue fundamentándose en los tratados internacionales.

Por tanto, la UE sigue basándose en los dos tratados constitutivos: elTratado de la UE y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. Eltratado por el que se establece la Comunidad Europea pasó a denominarse «Tratado de funcionamiento de la UE».

LAS APORTACIONES DEL TRATADO DE LISBOA

El Tratado de Lisboa:

reforma las instituciones y mejora el proceso de toma de decisiones dela UE;

refuerza la dimensión democrática de la UE; reforma las políticas internas de la UE; refuerza la política exterior de la UE.

Aspectos institucionales

La reforma de las instituciones de la UE se había hecho necesaria debido al aumento del número de Estados miembros. El Tratado de Lisboamodifica las normas relativas a la composición de la Comisión, del Parlamento Europeo, del Comité de las Regiones y del Comité Económico y Social Europeo.

Asimismo, el Tratado de Lisboa supone la reforma del proceso de toma de decisiones en el seno del Consejo. Se suprime el anterior sistema de ponderación de votos y se establece una nueva definición de la mayoría cualificada para la votación de las decisiones.

El Tratado de Lisboa crea, además, dos nuevas funciones en el entramado institucional de la UE:

el Presidente del Consejo Europeo; el Alto Representante de la UE para Asuntos Exteriores y Política de

Seguridad.

Asimismo, el Tratado de Lisboa pone especial empeño en aclarar y mejorar el funcionamiento de la UE. Se suprime la anterior estructura de pilares y se establece un nuevo reparto de competencias entre la UE y los Estados miembros. El Tratado de Lisboa simplifica los procedimientos legislativos y la tipología de los actosjurídicosadoptados en el seno de la UE.

Asimismo, el Tratado de Lisboa dota de una mayor flexibilidad al funcionamiento de la UE. Establece varias cláusulas institucionales encaminadas a facilitar la construcción europea en

determinados ámbitos políticos. Por otra parte, se promueve una cooperación más intensa entre los Estados miembros.

Refuerzo de la democracia europea

Uno de los objetivos del Tratado de Lisboa es reforzar la democracia europea para aportar una mayor legitimidad a las decisiones y acercar la UE a sus ciudadanos. En este sentido, se han reforzado demanera considerable las competencias del Parlamento Europeo. Asimismo,el Tratado de Lisboa atribuye una función más importante a los parlamentos nacionales en el seno de la UE.

El Tratado de Lisboa crea, además, la iniciativa ciudadana, que permite a los ciudadanos participar de manera más activa en la construcción europea.

Políticas internas de la UE

Uno de los cambios más relevantes se refiere al espacio europeo de libertad, seguridad y justicia. El Tratado de Lisboa refuerza las competencias de la UE en lo que respecta a:

el control fronterizo, el asilo y la inmigración; la cooperación judicial en materia civil; la cooperación judicial en materia penal; la cooperación policial.

Por otra parte, el Tratado de Lisboa define las competencias de la UE en materia de política económica, social y energética. Establece, además, el nuevo objetivo de crear un espacio europeo de investigación.

Política exterior de la UE

Se refuerza el papel de la UE en el plano internacional. El Tratado deLisboa proporciona fundamentalmente coherencia y visibilidad a la política exterior y de seguridad común de la UE. La UE adquiere de este modo la personalidad jurídica necesaria para negociar y ser partecontratante en los tratados internacionales. En lo que respecta al ámbito internacional, la UE está desde entonces representada por el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad.

A raíz del Tratado, los tratados constitutivos constan de una sección dedicada a la política de seguridad y defensa común. A largo plazo se prevé establecer una política de defensa europea común.

http://europa.eu/legislation_summaries/institutional_affairs/treaties/lisbon_treaty/ai0033_es.htm