recaudacion tributaria en las municipalidades monografia para optar el titulo profesional de...

58
Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS, CONTABLES Y FINANCIERAS ESCUELA ACADEMICA PROFESIONAL DE ECONOMÍA Y FINANZAS RECAUDACION TRIBUTARIA EN LAS MUNICIPALIDADES Monografía para optar el Título Profesional de Economista Presentado por: Bach. EDWIN DEMETRIO JARA SOLIS Asesor: Dr. Econ. TEODORO T. QUISPEALAYA BONELLI

Upload: unjfsc

Post on 22-Feb-2023

0 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Universidad Nacional JoséFaustino Sánchez Carrión

FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS, CONTABLES Y FINANCIERAS

ESCUELA ACADEMICA PROFESIONAL DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RECAUDACION TRIBUTARIA EN LAS MUNICIPALIDADESMonografía para optar el Título Profesional de

Economista

Presentado por:

Bach. EDWIN DEMETRIO JARA SOLIS

Asesor: Dr. Econ. TEODORO T. QUISPEALAYA

BONELLI

Huacho – Perú2013

RECAUDACION TRIBUTARIA EN LAS MUNICIPALIDADES

2

ASESOR: Dr. Econ. Teodoro T. QUISPEALAYABONELLI

MIEMBROS DEL JURADO:Presidente: Mg. Econ. INGA SOLLER, RosaAdrianaSecretario: Mg. Econ. RUIZ HUARAZ, CarlosBernardino

3

Vocal: Econ. BENDEZU RIVERA, Máximo Aurelio

4

DEDICATORIAA mi madre por haberme apoyado entodo momento, por sus consejos, susvalores, por la motivación constanteque me ha permitido ser una personade bien, pero más que nada, por suamor.

A mi padre por los ejemplos deperseverancia y constancia que locaracterizan y que me ha infundadosiempre, por el valor mostrado parasalir adelante y por su amor y atodos aquellos que ayudaron directao indirectamente a realizar estetrabajo.

5

AGRADECIMIENTO

A Dios, por brindarnos ladicha de la salud ybienestar físico yespiritual.

A nuestros docentes, porbrindarnos su guía ysabiduría en el desarrollode este trabajo.

INDICE

6

Recaudación Tributaria en las Municipalidades

…………………………….................................... 2

Asesor y jurados ……………………………………………………………………………………...…….3

Dedicatoria ……………………………………………………………………………………………..…… 4

Agradecimiento.………………………………………………………………………………………..….5

Presentación ………………………………………………………………………………………………..8

Capítulo I

Gerencia de administración tributaria

1.1 funciones

………………………………………….........................................................

................ 9

1.2 Estructura de la gerencia de administración tributaria

………………………………...………..…11

a) Oficina de planeamiento tributario y orientación al contribuyente

………………….….….11

b) oficina de recaudación tributaria ………..……………………..……………………………....13

c) oficina de fiscalización tributaria …….………………………………………………....….

…..16

d) oficina de cobranzas coactivas …………………………………………………………....……18

Capítulo II

Gestión Municipal

2.1 el marco constitucional y los principios tributarios……………………….……..

………………..…21

2.2 clasificación de los tributos……………………………………………………..………………………21

2.2.1 impuesto predial………………………………………………...……………………………….21

7

2.2.2 impuesto al patrimonio vehicular………………………………………………………………23

2.2.3 impuesto de alcabala……………………………………………………………………………24

2.2.4 impuesto a los juegos……………………………………………………………...……………25

2.2.5 impuesto a las apuestas……………………………..…………………………………………25

2.2.6 impuesto a los espectáculos públicos…………………………………………………..……25

2.3 sistema de administración tributaria…………………………………………………………………..26

2.3.1 los procesos de tributación……………………………………………………………………..26

2.3.2 el marco constitucional y los principios tributarios……………...

…………..………………26

2.3.2.1 elementos esenciales del tributo………………………….………………………….27

2.4 código tributario…………………………………………………………………………………….……27

2.4.1 elementos esenciales del tributo…………………………………………………...………………..27

Capítulo III

Caso Práctico3.1 funciones…………………………………………………………………….………..………………….28

a) tributos administrados por la municipalidad provincial de

Huaura…………………………….29

3.2 indicadores de gestión………………………………………………………………………….………30

a) recaudación del impuesto predial…………………………………………………………………30

b) recaudación del impuesto de alcabala…………………………………………….……………..30

c) recaudación del impuesto al patrimonio vehicular………………………………………………

31

d) recaudación a los espectáculos públicos no

deportivos………………………………………..32

e) recaudación de los arbitrios de limpieza pública……………………………...

…………………33

f) recaudación de los arbitrios de Serenazgo…………………………………………………...

…..34

3.3 alineamiento………………………………………………….…………………………………………..35

3.3.1 plan de desarrollo concertado………………………....………………………………………35

3.3.2 ley marco de modernización de la gestión del estado………..

8

……………………………..36

3.3.3 marco macroeconómico multianual……………………………………………………………36

3.3.3.1 aumentar la recaudación tributaria…………………………………………………..36

Conclusiones………………………………………………………………….…………………………..….37

Bibliografía………………………………………………………………………………………………...….39

Anexos……………………………………………………………..………………………………………….40

9

PRESENTACION

El presente proyecto detalla el objetivo de mejorar y ampliar

la capacidad de las municipalidades para prestar servicios

tributarios y realizar acciones de control y fiscalización a

la población de contribuyentes de la ciudad de huacho.

Uno de los sectores de la Administración Pública que ha

demorado e ponerse acorde con la modernidad y en carrera de

la calidad total en prestación de servicios, es

indudablemente las Municipalidades.

Cabe manifestar entonces que el desarrollo municipal en

general ha sido y es muy incipiente en el Perú, lo cual

indudablemente involucra a todos sus sistemas. Y es necesario

mencionar que desde que se restablecieron las elecciones

democráticas para la elección de alcaldes y regidores, el

municipio se convirtió en la fuente para poder pagar los

favores políticos, derivando ello en la asimilación de

personal que no era el más adecuado para desempeñar funciones

propias de dichas instituciones.

En ese sentido el propósito específico de este trabajo es el

de revisar la situación de la Administración Tributaria

Municipal, así como proponer las un conjunto de opciones para

modernizarla, dentro del marco jurídico establecido para el

tratamiento tributario.

10

CAPITULO I

Gerencia de Administración Tributaria

La Gerencia de Administración Tributaria, es un órgano de

línea encargado de programar, dirigir, ejecutar y

controlar los procesos técnicos tributarios para la

generación de las rentas municipales.

1.1 Funciones

Son funciones de la Gerencia de Administración

Tributaria, las siguientes:

Organizar, normar, ejecutar, coordinar y controlar la

captación de los ingresos de la Municipalidad por

conceptos de tributos y otras rentas municipales; así

11

como proponer las medidas sobre políticas y

simplificación del sistema tributario municipal.

Planificar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar

el funcionamiento de las Oficinas que conforman la

Gerencia de Administración Tributaria.

Formular políticas tributarias de gestión en el

ámbito de su competencia.

Velar por el estricto cumplimiento de las normas

tributarias y administrativas de su competencia.

Participar y/o presidir comisiones de trabajo

relacionados con el ámbito de su competencia.

Revisar, coordinar y visar directivas, informes,

notificaciones, resoluciones y otros documentos

relacionados con el ámbito de su competencia.

Proponer proyectos de Ordenanzas, Decretos,

Directivas sobre el ámbito de su competencia.

Supervisar y coordinar la elaboración del calendario

de obligaciones tributarias municipales y coordinar

su publicación.

12

Planear, organizar, coordinar y controlar los

procesos de registro, acotación, recaudación y

fiscalización de las rentas municipales; supervisando

así mismo la emisión de las Resoluciones de

Determinación, Órdenes de Pagos, Resoluciones de

Multa y otros valores de conformidad a las normas

vigentes.

Resolver las solicitudes, reclamaciones e

impugnaciones de naturaleza tributaría y no

tributaría y demás procedimientos que le competen en

primera instancia.

Proponer programas y/o campañas destinadas a

incrementar la recaudación de los tributos y demás

obligaciones a su cargo.

Brindar orientación y atender reclamos de los

contribuyentes que requieran su atención por su

complejidad e importancia.

Planificar, coordinar, supervisar y evaluar la

campaña tributaria anual, así como controlar la

cobranza de los tributos municipales.

13

Otras que le delegue la Alcaldía o la Gerencia

Municipal. O que le sean dadas por las normas

sustantivas.

1.2 Estructura de la Gerencia de Administración Tributaria

La Gerencia de Administración Tributaria cuenta con las

siguientes Unidades

Orgánicas:

Oficina de Planeamiento Tributario y Orientación al

Contribuyente

Oficina de Recaudación y Control

Oficina de Fiscalización Tributaria

Oficina de Cobranzas Coactivas

A) Oficina de Planeamiento Tributario y Orientación al

Contribuyente

La Oficina de Planeamiento Tributario y Orientación al

Contribuyente es la encargada de planificar las acciones

estratégicas tributarias y de orientar al contribuyente en

el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

14

Funciones

Son funciones de la Oficina de Planeamiento Tributario y

Orientación al

Contribuyente:

1. Organizar, ejecutar y supervisar el proceso de recepción

e ingreso en la base de datos del sistema computarizado

de las declaraciones juradas y otros documentos

tributarios de su competencia.

2. Elaborar cuadros estadísticos de los ingresos captados

para la toma de decisiones.

3. Diseñar y administrar el sistema de registro de

contribuyentes de acuerdo a los tributos que se recaudan

y mantenerlos actualizados a través de la cuenta

corriente por contribuyente.

4. Brindar orientación tributaria a los contribuyentes

sobre los diferentes conceptos de pago de tributos, así

como orientar los procedimientos administrativos en sus

peticiones y atender los reclamos de los mismos.

5. Diseñar y actualizar los formularios y/o formatos de

Declaraciones Juradas y otros de carácter tributario

municipal.

15

6. Efectuar y coordinar la emisión y distribución masiva

anual de las declaraciones juradas y liquidación del

impuesto predial y arbitrios municipales.

7. Proponer programas y/o campañas destinadas a incentivar

la recaudación de los tributos y demás obligaciones a su

cargo.

8. Recepcionar, clasificar y mantener actualizado los

archivos de carácter tributario.

9. Expedir copias y constancias de declaraciones juradas,

pagos y otros documentos tributarios que obran en los

archivos a su cargo.

10. Tramitar las solicitudes y expedientes de

contribuyentes y usuarios de la información tributaria,

directamente relacionadas con los archivos a su cargo.

11. Proponer proyectos de directivas, procedimientos y

ordenanzas que permitan mejorar el rendimiento e

incrementen la base tributaria a fin de alcanzar las

metas de recaudación prevista.

16

12. Elaborar el calendario de obligaciones tributarias

municipales y coordinar su publicación con la Oficina de

Relaciones Públicas e Imagen Institucional.

13. Evaluar y proponer el proceso de quiebra de valores, de

la obligación tributaria y no tributaria en condición de

cobranza dudosa y/o recuperación onerosa.

14. Efectuar el control y seguimiento permanente de las

obligaciones tributarias de los Principales

Contribuyentes.

15. Informar a los contribuyentes sobre el estado de sus

obligaciones tributarias y/o administrativas y brindar

la orientación correspondiente.

16. Mantener permanentemente informado a la Gerencia de

Administración Tributario, sobre los niveles de

recaudación y deudas que mantiene los contribuyentes y

las acciones a tomar para mejorar la recaudación

municipal.

17. Supervisar y controlar el proceso de recepción,

registro, distribución y archivo de los documentos de la

oficina.

17

18. Las demás funciones que le sean asignados por la

Gerencia de Administración Tributario, concordante con

el ámbito de su competencia.

B) Oficina de Recaudación y Control

La Oficina de Recaudación y Control es la encargada de

efectuar las acciones de recaudación y control tributario.

Funciones

Son funciones de la Oficina de Recaudación y Control:

1. Planificar, organizar, dirigir y supervisar las

actividades generales del área.

2. Programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar la

cobranza ordinaria de los tributos y demás ingresos

municipales, con arreglo a las disposiciones legales

vigentes.

3. Organizar y ejecutar la cobranza de las Infracciones al

Reglamento de Tránsito y de las Multas Administrativas,

que pongan a su cargo las diferentes unidades orgánicas

de la Municipalidad.

18

4. Controlar y centralizar la recaudación de los tributos

municipales.

5. Calificar sanciones para los infractores tributarios y/o

administrativos, de acuerdo al Reglamento de Aplicación

y Sanciones (RAS).

6. Verificar el calendario de cumplimiento de obligaciones

tributarias y notificar a los morosos para sus pagos.

7. Llevar un registro de deudas tributarias y no

tributarias por diferentes conceptos de los

contribuyentes deudores.

8. Elaborar cuadro estadístico de la recaudación obtenida,

para la toma de decisiones.

9. Informar a los contribuyentes sobre el estado de sus

obligaciones tributarias y/o administrativas y brindar

la orientación pertinente.

10. Dirigir, ejecutar, evaluar y controlar los convenios

por fraccionamiento de deuda tributario o

administrativa.

19

11. Controlar las multas administrativas e infracciones al

reglamento de tránsito.

12. Transferir en forma oportuna los valores en estado de

cobranza ordinaria a la oficina de cobranzas coactiva,

conforme a Ley.

13. Proponer de ser necesario, la ejecución de acciones de

carácter general para impulsar la gestión de cobranza o

para la actualización de la cuenta corriente.

14. Evaluar y proponer el proceso de quiebre e incineración

de valores, en los casos que la obligación tributaria ó

administrativa sería incobrable y/o onerosa.

15. Proponer campañas y/o programas destinados a incentivar

la recaudación de los tributos y demás obligaciones a su

cargo.

16. Mantener permanentemente informado a la Gerencia de

Administración Tributaria, sobre los niveles de

recaudación y deudas por cobrar que mantiene los

contribuyentes y las acciones a tomar para mejorar la

recaudación municipal.

20

17. Supervisar y controlar el proceso de recepción,

registro, distribución y archivo de los documentos de la

oficina.

18. Emitir Órdenes de Pago, Resolución de Determinación y

otras que sobre la materia se le asigne.

19. Remitir en forma oportuna a la Oficina de Cobranzas

Coactivas los valores de cobranza conforme a Ley

20. Las demás funciones que le sean asignadas por la

Gerencia de Administración Tributaria, concordante con

el ámbito de su competencia.

C) Oficina de Fiscalización Tributaria

La Oficina de Fiscalización Tributaria es la encargada de

efectuar las acciones de fiscalización establecidas en el

Código Tributario y en la Ley de Tributación

Municipal, así como otras normas que normen el aspecto

tributario.

Funciones

Son funciones de la Oficina de Fiscalización Tributaria:

21

1. Programar, diseñar y ejecutar programas de fiscalización

tributaria para la detección de omisos por evasión de

tributos.

2. Elaborar y mantener actualizado las normas y

procedimientos que permitan orientar y fiscalizar la

captación de las rentas municipales.

3. Detectar a los omisos y evasores a través de trabajo de

campo en forma permanente.

4. Aplicar la legislación tributaria y administrativa

vigente y velar por su estricto cumplimiento.

5. Coordinar acciones para revisar y verificar tanto en el

campo como en gabinete declaraciones juradas y otros

documentos para determinar la correcta aplicación de las

disposiciones legales en materia de rentas municipales.

6. Ejecutar programas de fiscalización con el uso de

información catastral, con el consiguiente beneficio de

incrementar los ingresos municipales y mantener

actualizados las cuentas corrientes.

7. Proponer y coordinar para que los procedimientos

administrativos y tributarios se mantengan actualizados,

22

los mismos que permitan orientar y hacer más óptima los

procesos de fiscalización.

8. Hacer campañas para la verificación de las

inafectaciones prediales, espectáculos públicos no

deportivos, funcionamiento de locales comerciales;

determinando su correcta aplicación en la base de datos

del sistema.

9. Comunicar a los contribuyentes las omisiones tributarias

detectadas.

10. Proponer programas y/o campañas de fiscalización que

permitan detectar en forma masiva los omisos y evasores

tributarios.

11. Mantener permanentemente informado a la Gerencia de

Administración Tributaria, sobre los procesos de

fiscalización desarrollados por su área.

12. Supervisar y controlar el proceso de recepción,

registro, distribución y archivo de los documentos de la

oficina.

13. Efectuar controles periódicos de fiscalización a los

principales contribuyentes.

23

14. Supervisar y coordinar que las cuentas corrientes de

los contribuyentes que se encuentran en la base de datos

del sistema, se mantengan actualizados, con la finalidad

que al momento de efectuar los cruces y verificaciones

de información en los procesos de fiscalización, sean

los más precisos.

D) Oficina de Cobranzas Coactivas

La Oficina de Cobranzas Coactivas es la encargada de

ejercer las acciones de coerción para el cobro de las

deudas exigibles de naturaleza tributaria y no tributaria,

de conformidad con la ley de la materia.

Funciones

Son funciones de la Oficina de Cobranzas Coactivas:

1. Organizar, dirigir y controlar los procesos coactivos en

la Municipalidad.

2. El ejecutor coactivo es el titular del procedimiento

coactivo.

24

3. Programar, organizar, dirigir, controlar y ejecutar a

nombre de la Municipalidad las acciones de coerción para

el cumplimiento de las respectivas obligaciones de

naturaleza tributaria y no tributaria, de acuerdo a lo

establecido por Ley.

4. Recepción de resoluciones de determinación, resoluciones

de multas administrativas, infracciones al reglamento de

tránsito u otros valores de cobranza, para que inicie el

correspondiente procedimiento coactivo.

5. Devolver los documentos a que se hace referencia en el

punto anterior, a la oficina que inicialmente los

remitió, por no contar con los requisitos de Ley, entre

ellos podemos mencionar, que no se haya cumplido con el

término de computo de la notificación respectiva, su

contenido sea ambiguo, impreciso, dudoso o contenga

errores materiales

6. Dispondrá el inicio del procedimiento coactivo en los

siguientes casos:

a. Por el cobro de obligaciones tributarias.

b. Por el cobro de obligaciones no tributarias

c. Ejecutar garantías otorgadas a favor de la

Municipalidad por los deudores tributarios ó por

terceros cuando corresponda.

25

d. Por cobro de multas administrativas.

e. En los casos de demoliciones, construcciones de

cercos o similares, reparaciones urgentes en

edificios, los de espectáculos ó locales públicos,

clausura de locales o servicios, y adecuación a

reglamentos de urbanizaciones ó disposiciones

municipales o similares, salvo regímenes

especiales.

f. Todo acto de coerción para cobro o ejecución de

obras, suspensiones, paralizaciones, modificaciones

ó destrucción de las mismas que provengan de actos

administrativos, excepto regímenes especiales.

7. Disponer se traben medidas cautelares previas y embargos

de conformidad a Ley.

8. Suspender o dar por concluir el procedimiento coactivo

de conformidad a Ley.

9. Disponer la tasación y remate de los bienes embargados

de acuerdo a Ley.

10. Formular la liquidación de las costas procesales

coactivas de acuerdo al arancel aprobado por la

Municipalidad.

26

11. Emitir resoluciones respecto a los escritos, recursos ó

solicitudes que presenten los interesados.

12. Supervisar permanentemente a los auxiliares coactivos,

sobre el estado y avance de los expedientes coactivos y

administrativos que están bajo su responsabilidad.

13. Autorizar el pago que efectúa el contribuyente dentro

de los procesos de ejecución coactiva.

14. Emitir informes mensuales sobre la recaudación y

procesos a seguir para la recuperación de deudas por

cobrar.

15. Informar mensualmente, sobre el inventario de bienes y

cuentas corrientes bancarias embargadas, los remates

efectuados, así como el avance de las cobranzas

coactivas por todo concepto.

16. Controlar los pagos que se realicen bajo las distintas

modalidades coactivas, actualizando la cuenta corriente.

17. Coordinar con las dependencias públicas competentes el

apoyo necesario para el cumplimiento de las acciones

coercitivas.

27

18. Las demás funciones que le sean asignadas por la

Gerencia de Administración Tributaria, concordante con elámbito de su competencia.

CAPITULO II

Gestión Municipal

2.1. EL Marco Constitucional y los Principios Tributarios

“Las Municipalidades Provinciales y Distritales son los

órganos de gobierno local. Tienen autonomía política,

económica y administrativa en los asuntos de su

competencia. Las Municipalidades de los centros poblados

son creadas conforme a Ley”.

28

“Los tributos se crean, modifican o derogan, o se

establece una exoneración, exclusivamente por Ley o

Decreto Legislativo en caso de delegación de facultades,

salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan

mediante Decreto Supremo.

Los gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales pueden

crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o

exonerar de estas dentro de su jurisdicción, y con los

límites que señala la Ley.

2.2 Clasificación de los Tributos

2.2.1 Impuesto Predial

El impuesto grava la propiedad de un predio urbano o

rústico.

Son predios:

Los terrenos, incluyendo terrenos ganados al mar, a

los ríos y otros espejos de agua, así como

edificaciones e instalaciones fijas y permanentes que

constituyan partes integrantes de dichos predios.

Sujeto activo (Acreedor):

29

Municipalidades distritales donde se ubica el predio.

Sujeto pasivo (Deudor):

En calidad de contribuyente, las personas naturales o

jurídicas propietarias de los predios, cualquiera sea

su naturaleza.

Inafectaciones:

Los predios de propiedad de:

a) El Gobierno Central, Gobiernos Regionales y

Gobiernos Locales.

b) Gobiernos extranjeros en condición de reciprocidad,

cuando se destine a residencia de sus representantes

diplomáticos o al funcionamiento de oficinas

dependientes de sus embajadas, legaciones o

consulados así como los predios de propiedad de los

organismos internacionales reconocidos por el

gobierno que les sirve de sede.

c) Las sociedades de beneficencia siempre que se

destinen a sus fines específicos y no se efectúe la

actividad comercial en ellos.

30

d) Las entidades religiosas siempre que se destinen a

templos conventos. Monasterios y museos. (RTF 761-

1-96)

e) Las entidades públicas destinadas a prestar

servicios públicos asistenciales.

f) El Cuerpo General de Bomberos cuando el predio se

destine a sus fines específicos.

g) Comunidades campesinas y nativas de la sierra y la

selva, con excepción de las extensiones cedidas a

terceros para su explotación económica.

h) Las universidades y centros educativos debidamente

reconocidos respecto de sus predios destinados a sus

finalidades educativas y culturales conforme a la

Constitución.

i) Las concesiones en predios forestales del Estado

dedicados al aprovechamiento forestal y de fauna

silvestre y en las plantaciones forestales.

2.2.2 Impuesto al Patrimonio Vehicular

Es de periodicidad anual, grava la propiedad de los

vehículos automóviles, camionetas, station wagon,

31

camiones, buses y omnibuses, con una antigüedad no

mayor de 3 años, contados a partir de su primera

inscripción en el Registro de Propiedad Vehicular.

La administración del impuesto corresponde a la

Municipalidad Provincial en cuya dirección tenga el

propietario..

Sujetos del impuesto

A) Sujeto Activo.-

Municipalidad Provincial

B) Sujeto Pasivo.-

Personas naturales o jurídicas propietarias de los

vehículos gravados, al 1 de enero del año. Cuando

se efectúe cualquier transferencia, el adquirente

asumirá la condición de contribuyente a partir del

1 de enero del año siguiente de producido el hecho.

Inafectaciones

Gobierno Central, Regiones y Municipalidades.

Gobiernos extranjeros y organismos

internacionales

Entidades religiosas.

Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del

Perú.

32

Universidades y centros educativos

Vehículos de propiedad de personas jurídicas

que no formen parte de su activo fijo.

Los vehículos nuevos de pasajeros con antigüedad no

mayor de tres (3) años de propiedad de las personas

jurídicas o naturales, debidamente autorizados por

la autoridad competente para prestar servicio de

transporte público masivo. La inafectación

permanecerá vigente por el tiempo de duración de la

autorización correspondiente.

2.2.3 EL Impuesto de Alcabala

Es la realización inmediata y grava las

transferencias de propiedad de bienes inmuebles

urbanos o rústicos a título oneroso o gratuito,

cualquiera sea su forma, inclusive las ventas con

reserva de dominio.

Sujeto Pasivo

Es sujeto pasivo en calidad de contribuyente:

Comprador del inmueble, o Adquirente del inmueble.

33

2.2.4 Impuesto a los Juegos

Actividades relacionadas con:

– Pimball, Juegos de video y demás juegos

electrónicos

– Bingos

– Rifas

Sujeto Pasivo

• Como contribuyentes Empresas o instituciones que

realizan las actividades gravadas, así como

quienes obtienen los premios.

• Como Agentes retenedores Las empresas o personas

organizadoras cuando el impuesto recae sobre los

premios.

2.2.5 Impuesto a las Apuestas

La organización de eventos hípicos y similares, en

los que se realice apuestas

Sujeto Pasivo

• Empresas o instituciones organizadoras de las

actividades gravadas.

Ellas determinan libremente el monto de los premios

por cada tipo de apuestas; así como las sumas que

34

destinarán a la organización del evento y a su

funcionamiento.

2.2.6 Impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos

El impuesto a los espectáculos públicos no

deportivos, grava el monto que se abona por

presenciar o participar en espectáculos públicos no

deportivos en locales y parques cerrados.

La obligación tributaria se origina al momento del

pago del derecho de ingreso para presenciar o

participar en el espectáculo.

Sujeto Pasivo

• Como contribuyentes Las personas que adquieren

entradas para asistir a los espectáculo

• Como responsables tributarios en calidad de

agentes perceptores las personas que organizan los

espectáculos.

•Como responsable solidario al pago del impuesto el

conductor del local donde se realice el

espectáculo.

2.3 Sistema De Administración Tributaria

El sistema de Administración Tributaria constituye la

columna vertebral del conjunto de funciones que desarrolla

35

la Administración tributaria, a través de ella se hace

contacto con el USUARIO, su importancia, que debe estar

reflejada en la eficiencia y la eficacia que actué en la

respuesta inmediata y no en el POPULISMO.

2.3.1 Los procesos de la tributación

La Tributación Municipal y la calidad del servicio

deben ser estudiadas y analizadas como parte integral

de la captación de recursos y de ello dependerá el

desarrollo de la ciudad.

2.3.2 El Marco Constitucional y los Principios Tributarios

Los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales

pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y

tasas o exonerar de estas dentro de su jurisdicción, y

con los límites que señala la Ley.

2.3.2.1 Elementos Esenciales del Tributo

Deben estar señalados en la ley de creación:

Hecho imponible: supuesto señalado en la ley

como determinante de la obligación.

Base imponible: elemento cuantificante sobre el

que se aplica la alícuota.

36

Alícuota: porcentaje para determinar el tributo.

2.3 Código Tributario

2.3.1 Elementos Esenciales del Tributo

Acreedor tributario es aquel que a favor del cual debe

realizarse la prestación tributaria.

El Gobierno Central, los Gobiernos Regionales y los

Gobiernos Locales son acreedores de la obligación

tributaria, así como las entidades de derecho público

con personería jurídica propia, cuando la ley les

asigne esa calidad expresamente.

Deudor Tributario:

Deudor Tributario es la persona obligada al

cumplimiento de la prestación tributaria como

contribuyente o responsable.

Contribuyente: Aquel que realiza o respecto del cual

se produce el hecho generador de la obligación

Tributaria.

Responsable: Es aquel que sin tener la condición de

contribuyente debe cumplir la obligación atribuida a

éste.

CAPITULO III

37

Caso de recaudación tributaria en la provincia de Huaura

3.1 Funciones

La Municipalidad Provincial de Huaura tiene competencia y

ejerce las funciones y atribuciones señaladas por la

Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de

Municipalidades y otras disposiciones legales vigentes,

como son:

Normar, administrar, organizar, ejecutar y fiscalizar las

actividades en materia de:

1. Organización del Espacio Físico y Uso del Suelo

2. Saneamiento, Salubridad y Salud

3. Tránsito, vialidad y transporte publico

4. Educación, cultura, deportes y recreación

5. Abastecimiento y Comercialización de Productos y

Servicios

6. Programas Sociales, defensa y promoción de

derechos

7. Seguridad Ciudadana

8. Promoción del Desarrollo Económico Local

9. Promover convenios internacionales para la

implementación de programas de erradicación del

consumo ilegal de drogas

10. Coordinar con los diversos niveles del Gobierno

Nacional, Regional, y Sectorial, la correcta

38

aplicación de los instrumentos de planeamiento y

de gestión ambiental

11. Llevar los registros civiles en mérito al

convenio suscrito con el RENIEC, conforme a ley

12. Otros servicios públicos

a) Tributos administrados por la Municipalidad

Provincial de Huaura

Con el fin de lograr un sistema tributario municipal

eficiente, permanente y simple, se dictó la Ley de

Tributación Municipal (Decreto Legislativo N°776),

vigente a partir del 1 de enero de 1994.

Cuadro Nº 01: Tributos Administrados por la

Municipalidad Provincial de Huaura

39

3.2. Indicadores de Gestión

a) Recaudación del impuesto predial

La recaudación del Impuesto Predial en el año 2011 llegó

al importe de S/. 2’054,731, superior en 3.5% a la

recaudación del año 2010 que ascendió a S/. 1’985,226.40

Como el Índice de Precios al Consumidor publicado por el

Instituto Nacional de Estadística para el año 2011 fue

de 4.74%, tenemos como resultado que si bien hubo un

crecimiento nominal de la recaudación del impuesto

predial, el crecimiento real fue negativo.

En el siguiente gráfico visualizamos la recaudación del

Impuesto Predial de los últimos 5 años a valores

nominales.

Gráfico Nº 01: Recaudación del Impuesto Predial 2007 –

2011

b) Recaudación del Impuesto de Alcabala

La recaudación del Impuesto de Alcabala en el año 2011

llegó al importe de S/. 483,343, inferior en 29% a la

41

recaudación del año 2010 que ascendió a S/. 679,648. La

recaudación de este impuesto depende de las

transferencias de inmuebles que se realicen en la

jurisdicción del cercado de Huacho.

En el siguiente gráfico visualizamos la recaudación del

Impuesto de Alcabala de los últimos 5 años a valores

nominales.

Gráfico Nº 02: Recaudación del Impuesto de Alcabala 2007 –

2011

c) recaudación del Impuesto al Patrimonio Vehicular

La recaudación del Impuesto al Patrimonio Vehicular en

el año 2011 llegó al importe de S/. 71,052, inferior en

42

13% a la recaudación del año 2010 que ascendió a S/.

81,428.

En el siguiente gráfico visualizamos la recaudación del

Impuesto al Patrimonio Vehicular de los últimos 5 años

a valores nominales.

Gráfico Nº 03: Recaudación del Impuesto al Patr.

Vehicular 2007 – 2011

d) Recaudación a los Espectáculos Públicos no

Deportivos

La recaudación del Impuesto a los Espectáculos

Públicos no Deportivos en el año 2011 llegó al

43

importe de S/. 170,033, en tanto que la recaudación

del año 2010 ascendió a S/. 19,857. Un incremento

notable que casi multiplica por 10 la recaudación de

un año a otro.

En el siguiente gráfico visualizamos la recaudación

del Impuesto a los Espectáculos Públicos no

Deportivos de los últimos 5 años a valores nominales.

Gráfico Nº 04: Recaudación del Impuesto a los

Espectáculos 2007 – 2011

44

e) Recaudación de los Arbitrios de Limpieza Pública

La recaudación de los Arbitrios de Limpieza Pública en

el año 2011 llegó al importe de S/. 1’046,684, en tanto

que la recaudación del año 2010 ascendió a S/. 910,268,

lo que significa un incremento de 15% en relación al

año anterior.

En el siguiente gráfico visualizamos la recaudación de

los Arbitrios de Limpieza Pública de los últimos 5 años

a valores nominales.

Gráfico Nº 05: Recaudación de los Arbitrios de

Limpieza Pública 2007 – 2011

f) Recaudación de los Arbitrios de Serenazgo

45

La recaudación de los Arbitrios de Serenazgo en el año

2011 llegó al importe de S/. 1’046,684, en tanto que la

recaudación del año 2010 ascendió a S/. 910,268, lo que

significa un incremento de 15% en relación al año

anterior.

En el siguiente gráfico visualizamos la recaudación de

los Arbitrios de Limpieza Pública de los últimos 5 años

a valores nominales.

Gráfico Nº 06: Recaudación de los Serenazgo 2007 –

2011

46

3.3 Alineamiento con Estrategias y Planes

3.3.1 Plan de Desarrollo Concertado

Dentro del Plan de Desarrollo Concertado de la

Provincia de Huaura para el Período 2009 – 2021 se

considera como uno de los objetivos estratégicos:

“Fortalecer la gestión local con eficiencia,

transparencia y participación”.

Política: “Mejora continua en la gestión

municipal”

Estrategia: “Capacitación al personal y

autoridades locales, con enfoque de género e

incrementando la eficacia y eficiencia”

47

Proyecto: “Fortalecimiento de Capacidades de los

Gobiernos Locales”

El presente proyecto, cuyo objetivo es mejorar y

ampliar las capacidades para la prestación de

servicios a los contribuyentes se enmarca dentro

del Objetivo Estratégico “Fortalecer la gestión

local con eficiencia, transparencia y

participación” y de la Política “Mejora continua

en la gestión municipal”

3.3.2 Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado

Promulgada en enero del 2002 y en su Artículo 1º

declara al Estado en proceso de modernización

señalando que la finalidad es “Mejorar la gestión

pública y construir un Estado democrático,

descentralizado y al servicio del ciudadano”; así

mismo en su Artículo 4º señala que la finalidad

fundamental de la modernización es “la obtención de

mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de

manera que se logre una mejor atención a la

ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los

recursos públicos”.

48

Esta Ley Marco de Modernización, proporciona sustento

legal para mejorar los servicios de la Municipalidad

Provincial de Huaura.

3.3.3 Marco Macroeconómico Multianual 2011 – 2013

El Marco Macroeconómico Multianual 2011 – 2013 precisa

como uno de sus objetivos principales:

3.3.3.1 Aumentar la recaudación tributaria.

Ampliar la base tributaria a través de medidas

que combatan la evasión y subvaluación. Se

facilitará el pago de tributos y se disminuirá el

tiempo de respuesta a los reclamos.

El presente proyecto se enmarca dentro de

los objetivos del Marco Macroeconómico Multianual

2011 – 2013.

CONCLUSIONES

Las Municipalidades – Problemática

Es necesario reconocer que en la actualidad la mayoría de las

Municipalidades tiene un deficiente sistema de Administración

Tributaria, unido a ello la falta de infraestructura y de

personal idóneo. Tratando el presente trabajo, en

consecuencia, la modernización de los sistemas que conforman

dicho sistema.

49

Las Municipalidades son los Órganos del Gobierno Local y

emanan de la voluntad popular, representan al vecindario y

promueven la adecuada prestación de los servicios públicos.

La jurisdicción Municipal se divide en tres: Provincial,

Distrital y de Centro Poblado Menor.

La Administración Tributaria Municipal

Los Gobiernos Locales están facultados para crear, modificar

y suprimir contribuciones y tasa, exonerar de éstas, dentro

de su jurisdicción y con los límites que señala ley; más no

así con los impuestos.

La Administración tributaria, constituye el principal

componente ejecutor del sistema tributario y su importancia

está dada por la actitud que adopte para aplicar las normas

tributarias.

Son impuestos creados a favor de las municipalidades: el

impuesto predial, el impuesto de alcabala, impuesto al

patrimonio automotriz, a las apuestas, a los juegos y a los

espectáculos públicos. Asimismo, son ingresos municipales:

las contribuciones especiales por obras públicas, las tasas y

el fondo de compensación municipal.

50

Sistemas de F0.unciones

Los sistemas de funciones definidos para el presente trabajo

y que pueden ser tomados como referencia para realizar un

cambio significativo dentro de cualquier Administración

Tributaria Municipal, son los siguientes:

Función de Recaudación.

Se debe tener en cuenta los sistemas de recaudación, es decir

la existencia de una base de datos de contribuyentes,

discriminados por el tipo de tributo; así como el desarrollo

de sistemas de cobro a través de la red de agencias

bancarias.

Función de Fiscalización Tributaria.

Sistema mediante el cual se determina el incumplimiento de

las obligaciones tributarias. Debe adoptarse ciertos

criterios como la clasificación de los contribuyentes:

importancia fiscal (grandes, medianos y pequeños), actividad

económica, ubicación geográfica, etc.

El Servicio de Administración Tributaria – SAT

El Servicio de Administración Tributaria SAT, fue creado por

la Municipalidad Metropolitana de Lima, con la finalidad de

51

que se encargara de principalmente de la recaudación,

fiscalización, determinación y liquidación de la deuda

tributaria, individualizar al sujeto pasivo de la obligación

tributaria, recaudar los ingresos municipales, etc.

El SAT tiene como principal ingreso el 5% de toda la

recaudación que realiza de los ingresos municipales.

Crear el SAT ha sido una de las mejores ideas concebidas en

lo que respecta a Administraciones Tributarias de los

Gobiernos Locales; se ha logrado incrementar la recaudación e

forma significativa, reducir a cero los niveles de

corrupción; sin embargo, lo que no se ha visto es un

eficiente desarrollo de los procedimientos de trabajo interno

y de atención de requerimientos de los contribuyentes. Es

importante impulsar el apoyo a la creación de instituciones

similares dentro de los demás Gobiernos Locales tanto a nivel

de Lima Metropolitana como a nivel nacional.

Es necesario que se controle el funcionamiento financiero

dentro de esta institución a efectos de que perduren sus

servicios en forma eficiente.

52

BIBLIOGRAFIA

CÓDIGO TRIBUTARIO, Decreto Legislativo N° 816, Publicado el21.04.96 diario oficial el peruano.

LEY DE TRIBUTACIÓN MUNICIPAL, Decreto Legislativo N° 776.

LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, Ley N° 23853.

FLORES APAZA, Alberto, Administración Tributaria en losGobiernos Locales.

53

ANEXOS

54

55

56

______________________Mg. Econ. Inga Soller, Rosa Adriana

PRESIDENTE

____________________________________________

Mg. Econ. Ruiz Huaraz, Carlos Bernardino Econ. Bendezu Rivera, Máximo Aurelio

SECRETARIO VOCAL

57

___________________________Dr. Econ. Teodoro T. Quispealaya Bonelli

ASESOR

58