contabilidad bancaria
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Si t d C t bilid d Sistema de Contabilidad para Bancos Universales
Generalidades Legales y Contablesg y
Universidad Alejandro de HumboldtLic. Antonio García Varela
Noviembre del 2011
Contabilidad BancariaDefiniciones BásicasDefiniciones Básicas
Bancos
Institución Financiera que tiene como una de sus actividades
principales la recepción de depósitos y la obtención de dinero principales la recepción de depósitos y la obtención de dinero
prestado, con objeto de conceder préstamos y efectuar
inversiones, que se encuentren sometidas a la legislación , q g
bancaria
Institución de Tipo Financiero (perteneciente al Sector TerciarioInstitución de Tipo Financiero (perteneciente al Sector Terciario de la Economia)
Administracion del dinero de terceros (Captacion y Colocacion)Caracteristicas de la
Definicion
Legislacion Bancaria
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Contabilidad BancariaDefiniciones BásicasDefiniciones Básicas
Intermediación Financiera
Es la actividad que realizan las instituciones bancarias y que
Intermediación Financiera
consiste en la captación de fondos bajo cualquier modalidad y
su colocación en créditos o en inversiones en títulos valores
itid l d l N ió d l E t d emitidos o avalados por la Nación o empresas del Estado,
mediante la realización de las operaciones permitidas por las
Leyes de la RepúblicaLeyes de la República
Art. 5 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario
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Contabilidad BancariaDefiniciones Básicas
Sistema Financiero
Definiciones Básicas
Se denomina Banca o Sistema Financiero al conjunto de Bancos y sus
Entes Reguladores que conforman la economía de un país determinadoSISTEMA BANCARIOSISTEMA BANCARIO
BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERASABRIL DEL 2011
NUMERO DE BANCOS y OTRAS INSTITUCIONES
SUBSISTEMA PRIVADOS DEL ESTADO TOTAL %Banca Universal 16 4 20 54%Banca Comercial 5 - 5 14%Banca con Leyes Especiales 4 4 11%
FINANCIERAS
Banca con Leyes Especiales - 4 4 11%Banca de Desarrollo 4 2 6 16%Banca de Inversion 1 1 2 5%
TOTAL 26 11 37 100%
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FUENTE: Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN)Gerencia General de Regulacion - Gerencia de Investigacion y Desarrollo Estadistico
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Contabilidad BancariaDefiniciones Básicas
Operaciones Bancarias
Definiciones Básicas
Operaciones Bancarias
Pasivas: Son aquellas por las que el Banco recibe o capta Pasivas: Son aquellas por las que el Banco recibe o capta dinero de las personas, a través de las cuentas de ahorros,
cuentas corrientes, DPF, entre otros.
i ll d l ó lActivas: Son aquellas operaciones de colocación que realizanlas entidades bancarias, a fin de generar dinero con el dinero
que captaron de los clientes, A través de prestamos, créditos etc.
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Contabilidad BancariaDefiniciones Básicas
Spread Bancario
Definiciones Básicas
El Spread Bancario mide el costo de la intermediación
financiera; es decir, la diferencia entre el precio que cobran los
bancos a quienes adquieren préstamos y lo que pagan a los
depositantes.
Para un banco particular, el cálculo del diferencial de tasas por
banco a partir de las tasas contractuales podría hacerse de la
siguiente manera:
Tasa Pasiva Promedio Tasa Activa Promedio Spread Bancario pactada Bancopactada BancoSpread Bancario = -
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Contabilidad BancariaLey de Instituciones del Sector Bancario
Ley establece el marco legal para la constitución funcionamiento
Ley de Instituciones del Sector Bancario(Gaceta Oficial Nº 6.015 Extraordinario del 28 de diciembre de 2010)
Ley establece el marco legal para la constitución, funcionamiento, supervisión, inspección, control, regulación, vigilancia y sanción
de las instituciones que operan en el sector bancario venezolano sean éstas públicas privadas o de cualquier otravenezolano, sean éstas públicas, privadas o de cualquier otra
forma de organización.
El objeto principal de esta Ley consiste en garantizar el j p p y gfuncionamiento de un sector bancario sólido, transparente,
confiable y sustentable, que contribuya al desarrollo económico-social nacional, que proteja el derecho a la población venezolana q p j p
a disfrutar de los servicios bancarios, y que establezca los canales de participación ciudadana.
Arts. 1 y 2 de la Ley de Instituciones del Sector BancarioLic. Antonio García Varela – Univ. Alejandro de Humboldt - semestre 2011-III
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Contabilidad BancariaLey de Instituciones del Sector Bancario
El Sector Bancario Privado comprende el conjunto de
Ley de Instituciones del Sector Bancario(Gaceta Oficial Nº 6.015 Extraordinario del 28 de diciembre de 2010)
p jinstituciones privadas, que previa autorización del ente regulador
se dedican a realizar actividades de intermediación financiera.
El Sector Bancario Público comprende el conjunto de entidades bancarias en cuyo capital social la República Bolivariana de
Venezuela posee la mayoría accionaria.
Art. 3 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario
La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario p(SUDEBAN) y el Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios (FOGADE), se regirán por las
disposiciones de esta Ley.p y
Art. 4 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario
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Contabilidad BancariaLey de Instituciones del Sector BancarioLey de Instituciones del Sector Bancario
(Gaceta Oficial Nº 6.015 Extraordinario del 28 de diciembre de 2010)
Son Instituciones que realizan todas las operaciones de intermediaciónSon Instituciones que realizan todas las operaciones de intermediación financiera y sus servicios conexos, sin más limitaciones que las
expresamente establecidas en la Ley.
Para operar requieren de un capital social mínimo suscrito y pagado de Banco Universal
CIENTO SETENTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 170.000.000,00) , si tienen su asiento principal en el Área Metropolitana de Caracas.
Son aquellos que tienen por objeto principal fomentar, financiar o promover las actividades de producción de bienes y servicios de las pequeñas
empresas industriales y comerciales, de la economía popular y alternativa, de los microempresarios y microempresas.Banco
Mi fi iPara operar requieren de un capital social mínimo suscrito y pagado de
TREINTA Y CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 35.000.000,00) , si tienen su asiento principal en el Área Metropolitana de Caracas.
Microfinanciero
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Arts. 11 y 12 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario9
Contabilidad BancariaLey de Instituciones del Sector BancarioLey de Instituciones del Sector Bancario
(Gaceta Oficial Nº 6.015 Extraordinario del 28 de diciembre de 2010)
Su objeto es realizar operaciones de cambio vinculadas al servicio deSu objeto es realizar operaciones de cambio vinculadas al servicio de encomienda electrónica y aquellas operaciones cambiarias que hayan sido
autorizadas por el Banco Central de Venezuela.
Para operar requieren de un capital social mínimo suscrito y pagado de UN Í
Casas de Cambio
MILLON DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 1.200.000,00) , si tienen su asiento principal en el Área Metropolitana de Caracas.
Las casas de cambio no tendrán el carácter de instituciones bancarias.
Cambio
Son aquellos que tienen por objeto la compra y venta de divisas en efectivo, con las limitaciones que el Banco Central de Venezuela establezca.
Para operar requieren de un capital social mínimo suscrito y pagado de Operador Cambiario
DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 200.000,00) , si tienen su asiento principal en el Área Metropolitana de Caracas.
Los operadores cambiarios fronterizos no son instituciones bancarias.
Cambiario Fronterizo
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Arts. 13 y 14 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario10
Contabilidad BancariaLey de Instituciones del Sector BancarioLey de Instituciones del Sector Bancario
(Gaceta Oficial Nº 6.015 Extraordinario del 28 de diciembre de 2010)
Los Bancos Comerciales, Bancos Hipotecarios, Bancos de Inversión, Bancos de Desarrollo, Bancos de Segundo Piso, Fondos del
Mercado Monetario, Entidades de Ahorro y Préstamo; que mantengan operaciones a la fecha de entrada en vigencia de la Ley,
dispondrán de un lapso de noventa días continuos a partir de ladispondrán de un lapso de noventa días continuos, a partir de la entrada en vigencia de la Ley, para presentar ante la Superintendencia
de las Instituciones del Sector Bancario, un plan para su transformación al tipo correspondiente de institución del sectortransformación al tipo correspondiente de institución del sector
bancario previsto por la Ley.
Los Bancos Universales, Casas de Cambio y Operadores Cambiarios Fronterizos que no cumplan con los niveles de capital social mínimoFronterizos, que no cumplan con los niveles de capital social mínimo
requeridos por esta Ley, realizarán también solicitud de transformación al tipo de institución que les corresponda o presentarán un plan de recapitalización o fusión con otras instituciones del sector bancario.
11Disposición Transitoria Segunda de la Ley de Instituciones del Sector Bancario
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Contabilidad BancariaEntes Reguladores
Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN)
Entes Reguladores
Para los efectos de la Ley de Instituciones de Sector Bancario, la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario es el ente de regulación del sector bancario bajo la vigilancia y coordinación del Órgano
Superior del Sistema Financiero NacionalSuperior del Sistema Financiero Nacional.
Art. 6 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario
Corresponde a la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario autorizar, supervisar, inspeccionar, controlar y regular el ejercicio de la
actividad que realizan los sujetos bajo su tutela conforme a lo previsto enactividad que realizan los sujetos bajo su tutela, conforme a lo previsto en la Ley.
Art. 154 de la Ley de Instituciones del Sector BancarioArt. 154 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario
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Contabilidad BancariaEntes Reguladores
Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN)
Entes Reguladores
El Superintendente de las Instituciones del Sector Bancario tendrá a su cargo la elaboración, administración, la ejecución y el control del presupuesto de la SUDEBAN, y será financiado mediante las contribuciones trimestrales
adelantadas a cargo de las instituciones supervisadasadelantadas a cargo de las instituciones supervisadas.
Art. 168 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario
Las contribuciones que deben abonar las instituciones supervisadas a la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario serán fijadas por el Órgano Superior del Sistema Financiero Nacional, de la siguiente forma:
El aporte de las instituciones bancarias estará comprendido entre un mínimoEl aporte de las instituciones bancarias estará comprendido entre un mínimo del cero coma cuatro por mil y un máximo de cero coma seis por mil del promedio de los activos del último cierre semestral de cada institución.
Art. 169 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario
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Contabilidad BancariaEntes ReguladoresEntes Reguladores
Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN)
L S i t d i d l I tit i d l S t B i d á tiliLa Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, podrá utilizar como abreviatura de su identificación la palabra “SUDEBAN”, así como el logo que actualmente utiliza e identifica a la Superintendencia de Bancos y
Otras Instituciones Financieras..
Disposición Transitoria Primera de la Ley de Instituciones del Sector Bancario
14Lic. Antonio García Varela – Univ. Alejandro de Humboldt - semestre 2011-III
Contabilidad BancariaEntes Reguladores
Aporte a la Superintendencia de Instituciones del Sector BancarioArticulo 169 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario
Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN)
Entes Reguladores
Articulo 169 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario
En caso de Atraso
Resolucion 652.10 ‐ Aporte Correspondiente al 1er Semestre del Ejercicio Economico 2011Resolucion 131.11 ‐ Aporte Correspondiente al 2do Semestre del Ejercicio Economico 2011
Instituciones Bancarias
5 dias habilesSUDEBAN
del mes siguiente
Intererses de Mora
epcio
nAD
E, BAN
DES,
ncarias en
acion o
enidas
Activos Semestrales Promedio
0,6 mil Mil Semestral
Exce
B.C.V., FOGA
Inst. B
anLiquida
Interv
Gastos
Operativos
Pagadero en Sextos (1/6) Mensuales
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Contabilidad BancariaEntes Reguladores
Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios (FOGADE)
Es un instituto autónomo con personalidad jurídica y patrimonio
Entes Reguladores
Es un instituto autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio. Está adscrito al Ministerio del Poder Popular con
competencia en materia para las Finanzas, a los solos efectos de la tutela administrativa y se regirá por las disposiciones y g p p
contenidas en la Ley.Este gozará de autonomía en los términos previstos en el
ordenamiento jurídico vigente y de las prerrogativas, privilegios,ordenamiento jurídico vigente y de las prerrogativas, privilegios, y exenciones de orden fiscal, tributario y procesal, que la Ley
otorga a la República, tendrá la organización que la presente Ley y el Reglamento Interno establezcan y estará sujeto a la
i ió d l S i t d i d l I tit i d lsupervisión de la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario y al control posterior de la Contraloría General
de la República.
Art. 105 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario
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Contabilidad BancariaEntes Reguladores
Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios (FOGADE)
Entes Reguladores
El Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios tendrá por objeto:
Garantizar los fondos captados del público por las instituciones bancarias, en cualquiera de sus modalidades y de acuerdo a los límites establecidos
en la presente Leyen la presente Ley. Ejercer la función de liquidador de las instituciones bancarias y sus
empresas relacionadas.
Art. 106 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario
Este garantizará los depósitos del público en moneda nacional, hasta por un monto de Treinta Mil Bolívares Fuertes (Bs 30 000 00) por depositante enmonto de Treinta Mil Bolívares Fuertes (Bs. 30.000,00) por depositante en una misma institución bancaria cualesquiera sean los tipos de depósitos
que su titular mantenga.
Art. 126 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario
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Contabilidad BancariaEntes Reguladores
Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios (FOGADE)
Entes Reguladores
El patrimonio del Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios estará integrado por:
Los Aportes efectuados por las Instituciones Bancarias. Los aportes efectuados por el Ejecutivo Nacional.
Los beneficios obtenidos como resultado de las operaciones del Fondo de Protección Social de los Depósitos BancariosProtección Social de los Depósitos Bancarios.
Las reservas de capital, incluidas las reservas de garantía. Cualquier otro ingreso, bien o derecho, que por cualquier título, entre o se
destine a formar parte del patrimonio del Fondo de Protección Social de los p pDepósitos Bancarios.
Art 118 de la Le de Instit ciones del Sector BancarioArt. 118 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario
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Contabilidad BancariaEntes Reguladores
Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios (FOGADE)
Entes Reguladores
Las instituciones bancarias deberán efectuar aportes mensuales al Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios. Los referidos aportes
deberán hacerse efectivos dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mescada mes.
La tarifa para la determinación de los aportes para las Instituciones Bancarias Públicas será de no menos del cero coma veinticinco por ciento (0,25%) del total de los depósitos del público que estas instituciones tengan
l i d d t i di t t t ipara el cierre de cada semestre inmediatamente anterior.
La tarifa para la determinación de los aportes para las Instituciones Bancarias Privadas será de no menos del cero coma setenta y cinco por ciento (0 75%) del total de los depósitos del público que estas institucionesciento (0,75%) del total de los depósitos del público que estas instituciones
tengan para el cierre de cada semestre inmediatamente anterior.
Este Aporte se pagará mediante Primas Mensuales equivalentes cada una de ellas a un sexto (1/6) de dicho porcentajede ellas a un sexto (1/6) de dicho porcentaje.
Art. 119 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario
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Contabilidad BancariaEntes Reguladores
Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios (FOGADE)
Entes Reguladores
Ley de Instituciones del Sector BancarioAporte al Fondo de Proteccion Social de los Depositos Bancarios (FOGADE)
Articulo 119
Intererses de MoraEn caso de Atraso
Instituciones Bancarias
FOGADE5 dias habiles
del mes siguiente
Intererses de Mora
Captaciones al Final del Semestre
PrivadasPublicas cepcion
Bancarias e
n uidacion
o
ervenidas
Falta de Pago (Art. 207)
Resp. Personal (Art. 208)
Multa del 40% del Monto del Aporte
s vos
PrivadasPublicas
0,75% Semestral0,25% Semestral
Exc
Inst. B
Liqu Inte
Multa del 10% de los Ingresos Personales o 700 UT
Resp. Personal (Art. 208)
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Pagadero en Sextos (1/6) Mensuales
Gastos
Operativ
Contabilidad BancariaNormativa PrudencialNormativa Prudencial
Resolucion 063.11Asambleas de Accionis tas de Insti tuciones Bancarias y No Bancarias
18 de Febrero del 2011
Quorum s/ Cod. de Comercio
Instituciones Bancarias
Asamleas de Accionistas
Publicacion Diario Circulacion Nacional
25 dias de Anticipacion
Notifiacion a la
AclaratoriaAplicaciónNo aplica 2do Semestre 2010
(Cominucado 05850)2do Semestre 2011(Cominucado 04633)
90 dias continuos despues del Cierre del Ejercicio Economico
20 dias continuos de anticipacion
ot ac o a aSUDEBAN
* Pag del Diario de la Publicacion*Proyecto de Acta de Asamblea
Recaudos Plazo para la Notificacion
(Cominucado 05850)(Cominucado 04633)
* Proyecto de Acta de Asamblea* Informe de la Junta Directiva
* Informe del Comisario* Informe sobre Prevencion de Legitimacion de Capitales
*C t l G i
Copia Certificada del Acta8 dias continuos siguientes
30 dias de plazo para Registrarla* Carta a la Gerencia
* Informe del Comité de Riesgo* Estados Financieros Auditados
Registro de Acta de Asamblea10 dias continuos siguientes
para Registrarla
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Contabilidad BancariaNormativa PrudencialNormativa Prudencial
Resolucion 273.08Presentacion Semestra l de los Edos Financieros de acuerdo a las Normas VEN‐NIF
21 de Octubre del 2008
Instituciones Bancarias
Edos Financieros Consolidados
de acuerdo a las VEN‐NIF
Semestre Terminado
Informacion Complementaria30/06/2010
Resolucion 227.106 de mayo de 2010
28 de diciembre de 2010
Diferimiento 31/Dic/2010
Resolucion 648.10
Diferimiento HASTA NUEVO AVISO
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Contabilidad BancariaReservas de Capital y Aplicación de UtilidadesReservas de Capital y Aplicación de Utilidades
Las instituciones bancarias deben alcanzar una reserva no menor del cincuenta por ciento (50%) de su capital social
Reserva Legal
cincuenta por ciento (50%) de su capital social.
La reserva en mención se constituye trasladando semestralmente no menos del veinte por ciento (20%) de sus utilidades después de impuestos y es sustitutoria de aquella a que se refiere la Ley que regula las operaciones
Reserva Legal mercantiles o cualquier otra Ley relacionada aplicable.
Cuando la reserva legal haya alcanzado el cincuenta por ciento (50%) del capital social, deberá destinarse no menos del diez por ciento (10%) de las utilidades del ejercicio al aumento de la misma, hasta que ésta sea igual al j , q g
ciento por ciento (100%) del capital social.
Art. 44 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario
Si la institución bancaria registra pérdidas, se aplica a su cobertura el monto de las utilidades no distribuidas y de las reservas voluntarias, si las hubiere, en caso de que los montos antes indicados no fueren suficientes los accionistas
d b á l é did t é d t di f ti
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deberán reponer las pérdidas a través de aportes en dinero en efectivo.Art. 46 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario 23
Contabilidad BancariaReservas de Capital y Aplicación de UtilidadesReservas de Capital y Aplicación de Utilidades
Ley de Instituciones del Sector BancarioF d S i l C ti i (A ti l 47)
Apartado10%
Fondo Social para Contingencias (Articulo 47)
Capital SocialInstituciones Bancarias
Aportes Semestrales
Transferencia en Efectivo a un
fideicomiso en otra i i i
Garanti zar compromisos
labora les en caso de i id iequivalentes al 0,5%Ins ti tucion Bancaria Liquidacion
Multa por Incumplimiento (Articulo 198)
Normativa PrudencialInexistente
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Equiva lente a entre el 1% y el 3% del Capita l Socia l .
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Contabilidad BancariaReservas de Capital y Aplicación de UtilidadesReservas de Capital y Aplicación de Utilidades
l dd
Ley de Instituciones del Sector BancarioAporte Social (Articulo 48)
Resultado Bruto Antes de Impuestos
Apartado5%
Instituciones Bancarias
Normativa PrudencialInexistente
Financiamiento de Proyectos de Consejos
Comunales
Multa por Incumplimiento (Articulo 198)Equiva lente a entre el 1% y el 3% del Capi ta l Socia l .
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Contabilidad BancariaÍndices FinancierosÍndices Financieros
Índices de Calidad de ActivosMiden en que proporción se está deteriorando la capacidad productiva delMiden en que proporción se está deteriorando la capacidad productiva del banco, al analizar su morosidad a través de, cartera demorado y de sus
activos inmovilizados.
Cartera Inmobi l i zada BrutaCartera de Credi tos Bruta Cartera de Credi tos Bruta
Cobertura Morosidad
Prov p/ Cartera de Creditos Calidad de Activos
Indica el nivel de reservas para créditos de dudosa
recuperación que la entidad fi i ti
Representa el riesgo de pérdida de cartera crediticia,
representado por los créditos l h fi l i d
Prov p/ Cartera de Creditos(139.00)
Cartera de Creditos
Definicion Definicion
financiera mantiene con respecto a la cartera crediticia
total.
cuyo plazo ha finalizado o cuya gestión de cobro ha sido
trasladada a instancia judicial, con la relación al total de
cartera crediticia.
Inmobilizada(133.00 y 134.00)
Cartera de Creditos Bruta(130.00 ‐ 139.00)
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Contabilidad BancariaÍndices Financieros
Índices de RentabilidadMiden la Capacidad de la Institución Financiera para generar utilidad por las
Índices Financieros
Miden la Capacidad de la Institución Financiera para generar utilidad, por las actividades que lleva a cabo a partir de los recursos empleados, es decir, buscan
medir la capacidad de una entidad financiera de generar ingresos para expandirse, mantener una posición competitiva en el mercado, reponer y aumentar sus fondos
patrimoniales
Indice R.O.A. Indice R.O.E.Rentabilidad sobre Activos Rentabilidad sobre Patrimonio
patrimoniales.
Definicion DefinicionActivos Promedio( 100 00 d l i / 3)
Resul tado Neto del Periodo Indices de Rentabilidad
Resul tado Neto del PeriodoActivos Promedio Patrimonio Promedio
(Σ 100.00 del Trimestre / 3)
Patrimonio Promedio(Σ 300.00 del Trimestre / 3)
Mide el nivel de retribución neta que el manejo de determinado volumen de activos productivos generan para la institución
durante un período
Expresa el nivel de retorno que sobre los capitales invertidos reciben los accionistas de la
entidad financiera. durante un período.
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Contabilidad BancariaÍndices Financieros
Índices de LiquidezEstos miden la disponibilidad de dinero que la Institución Bancaria tiene en un
Índices Financieros
s os de a d spo b dad de d e o que a s uc ó a ca a e e e udeterminado momento.
La liquidez nos permite evaluar la capacidad del banco para enfrentar sus compromisos a corto plazo y debe ser analizada tomando en consideración la
Acido Super Acido
Disp + Inv Ti tulos Valores Indices de Disponibi l idades
naturaleza de los pasivos.
Disponibilidades(110.00) Establece la capacidad de la Establece la Capacidad para
Disp + Inv Titulos Valores Indices de LiquidezCaptaciones del Publ ico
Disponibi l idadesCaptaciones del Publ ico
Definicion Definicion
Inv. Titulos Valores(121.00 y 122.00)
Captaciones del Publico
institución de afrontar a una fecha determinada con sus
disponibil idades inmediatas, los retiros de depósitos del
público derivado de los valores
responder ante los retiros de depositos del publico en el
Corto Plazo.
(210.00)público, derivado de los valores manejados en moneda nacional.
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Contabilidad BancariaOperaciones Interbancarias
Constituyen un instrumento de financiamiento /
Operaciones Interbancarias
Constituyen un instrumento de financiamiento / colocación a Corto Plazo destinado a superar
deficiencias financieras. Estas operacionesdeficiencias financieras. Estas operaciones están autorizadas solamente entre entidades
emisoras del sector financiero.
El plazo de negociación es de 1 día a 30 días.p g
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Contabilidad BancariaOperaciones Interbancarias
Representación Grafica de las Operaciones de
Operaciones Interbancarias
Representación Grafica de las Operaciones de Overnight
ACTIVA PASIVA
Fecha Valor (VEB)
ACTIVA(Excedente de
Liquidez)
PASIVA(Escacez de
Liquidez)
Fecha Vcto (VEB + Intereses)Fecha Vcto (VEB + Intereses)
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Contabilidad BancariaOperaciones Interbancarias
Aspectos ContablesS i d d A ti d l O ió (C l d d F d )
Operaciones Interbancarias
Sociedad Activa de la Operación (Colocadora de Fondos)
Operaciones Interbancarias – Operaciones de OvernightEn esta subcuenta se registra las obligaciones que la institución tiene con otrasEn esta subcuenta se registra las obligaciones que la institución tiene con otras
Instituciones Financieras del país, bajo la modalidad de Overnight.
-- 01 --124.02 Operaciones Interbancarias - Obligaciones Overnight XXX113.01 Depósitos en bancos y corresponsales del país XXX
Apertutra de Reporto Activo02-- 02 --
113.01 Depósitos en bancos y corresponsales del país XXX124.02 Operaciones Interbancarias - Obligaciones Overnight XXX512 04 Rendimientos por colocaciones en el B C V y Operaciones Interbancarias XXX512.04 Rendimientos por colocaciones en el B.C.V y Operaciones Interbancarias XXX
Vencimiento de Reporto Activo
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Contabilidad BancariaOperaciones Interbancarias
Aspectos ContablesSociedad Pasiva de la Operación (Captadora de Fondos)
Operaciones Interbancarias
Sociedad Pasiva de la Operación (Captadora de Fondos)
Financiamiento de Otras Inst. Financiares bajo modalidad de OvernightEn esta cuenta se deben incluir las colocaciones de excedentes que efectúen las q
instituciones en el Banco Central de Venezuela, en Obligaciones Overnight y en obligaciones emitidas por instituciones financieras del país a plazos no
mayores de sesenta (60) días.
-- 01 --113.01 Depósitos en bancos y corresponsales del país XXX241.08 Financiamiento de otras Inst. Financieras bajo la modalidad overnight XXX
Apertutra de Reporto Pasivo
241.08 Financiamiento de otras Inst. Financieras bajo la modalidad overnight XXX414 01 Gastos por obligaciones con Inst Financieras hasta un año XXX414.01 Gastos por obligaciones con Inst. Financieras hasta un año XXX113.01 Depósitos en bancos y corresponsales del país XXX
Vencimiento de Reporto PasivoLic. Antonio García Varela – Univ. Alejandro de Humboldt - semestre 2011-II
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