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Edita: DIPUTACIÓ PROVINCIAL DE VALÈNCIA Edita: DIPUTACION PROVINCIAL DE VALENCIA Divendres, 8 de MAIG de 2009. N.º 108 Viernes, 8 de MAYO de 2009. N.º 108 Pág. Pág. Les publicacions que apareixen en el Butlletí Oficial de la Província són responsabilitat exclusiva dels òrgans remitents. Las publicaciones que figuran en el Boletín Oficial de la Provincia son responsabilidad exclusiva de los órganos remitentes. DELEGACION DEL GOBIERNO 3 Anuncio de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valen- ciana sobre notificación a Emmanuel Sampo y otros. 3 Anuncio de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valen- ciana sobre notificación a Ángel Dual Borja y otro. 4 Anuncio de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valen- ciana sobre notificación a Jesús Fuentes Sánchez y otros. 4 Anuncio de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valen- ciana sobre notificación a Svetlana Sergeeva y otros. 5 Anuncio de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valen- ciana sobre notificación a Dimitar Georgiev Sirakou. 5 Anuncio de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valen- ciana sobre notificación a Javier Guillén Segura y otros. 5 Anuncio de Delegación del Gobierno en la Comunidad Valencia- na sobre notificación a Dña. Jennifer Rose Hoare. 6 Edicto de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valencia- na sobre solicitud de propaganda comercial aérea de la empresa Aero Rally, S.L. 6 Edicto de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valencia- na sobre solicitud de propaganda comercial aérea de la empresa Acción Comunicación Publicidad Aérea, S.L. DIPUTACION 6 Anuncio de la Excelentísima Diputación Provincial de Valencia sobre información pública de relación de bienes y derechos afecta- dos por el expediente de expropiación forzosa para la ejecución de las obras del proyecto de “Nueva conexión de la CV-509 (de Sueca a Corbera. Tramo: variante de Sueca -CV-511) con la variante de Sueca-Autovía N-332, de Almería a Valencia (AZ-322/PB).” MUNICIPIOS 7 Edicte de l’Ajuntament de Llaurí sobre aprovació definitiva del padró fiscal de la taxa de recollida de residus sòlids urbans per a l’exercici 2009. 7 Anunci de l’Ajuntament de Xàtiva sobre adjudicació definitiva de la concessió administrativa d’ús privatiu parcel·la DEQ 128 polígon la Vila, instal·lació de centre de transferència de residus industrials. 7 Anunci de l’Ajuntament de Benifairó de les Valls sobre adjudi- cació definitiva del contracte d’obres per a sala polivalent. 8 Anunci de l’Ajuntament d’Alcàntera de Xúquer sobre adjudicació provisional de contracte d’obres. Expedient núm.: FEIL-MY-02. 8 Anunci de l’Excel·lentíssim Ajuntament de Sueca sobre resolució per a la cobertura en propietat, per promoció interna, d’una plaça d’oficial de la Policia Local. 8 Edicte de l’Ajuntament de Catarroja sobre aprovació definitiva de l’expedient de modificació de la plantilla i relació de llocs de treball números 1 i 2 de 2009. 9 Edicto del Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona sobre aproba- ción definitiva de estudio de detalle de parcela sita en calle n.º 6, n.º 7-A, Lloma Llarga. 9 Edicto del Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona sobre aproba- ción definitiva de estudio de detalle de solar en calle Valencia, n.º 32-34. 9 Anuncio del Ayuntamiento de Alzira sobre aprobación definitiva del proyecto final de obras de urbanización de la Unidad de Eje- cución PAR-07. 9 Edicto del Ayuntamiento de Massanassa sobre solicitud de licen- cia de apertura de una carnicería. 10 Edicto del Ayuntamiento de Paterna sobre notificación de denun- cias por infracciones de tráfico a Montoro Lozano, Roberto An- tonio, y otros. 11 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre expe- diente 01306/2009/2179: notificación de providencias de inicio dictadas en diversos expedientes sancionadores. 12 Edicto del Ayuntamiento de Cullera sobre notificación de denun- cias por infracciones de tráfico a Bolonio Palomo, Julio, y otros. 13 Edicto del Ayuntamiento de La Pobla Llarga sobre notificación a los sancionados Ramón Miñana Caridad y otros. 14 Edicto del Ayuntamiento de Paterna sobre notificación por com- parecencia de las resoluciones de imposición de sanciones en expedientes por infracción a la Ley sobre el Tráfico, Seguridad Vial y ordenanza municipal de tráfico a García Venera, Josefa, y otros 14 Anuncio del Excelentísimo Ayuntamiento de Sueca sobre notifi- cación de requerimiento para la retirada de vehículos del Depósi- to Municipal. 15 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre expe- diente 01306/2009/2180: notificación de resoluciones/liqui- daciones aprobadas en diversos expedientes sancionadores. 16 Anuncio del Ayuntamiento de Xirivella sobre expediente de modificación de puestos de trabajo núm. 17. 16 Edicto del Ayuntamiento de La Pobla Llarga sobre notificación de multas de tráfico a José Luis Rubio Torres y otros. 17 Edicto del Ayuntamiento de Calles sobre ordenanza reguladora de bases generales para la adjudicación de programas de actuación integrada. 18 Anuncio del Ayuntamiento de Náquera sobre adjudicación defi- nitiva de las obras de soterramiento de contenedores en casco urbano. 18 Anuncio del Ayuntamiento de Vila-real sobre notificación a los interesados de la tramitación de diferentes expedientes de vehícu- los abandonados. 19 Anuncio del Ayuntamiento de Alginet sobre lista definitiva, tri- bunal y fecha de la oposición de una plaza de arquitecto. 19 Edicto del Ayuntamiento de Godella sobre aprobación padrón tasa recogida de basura ejercicio 2009, primer semestre. 20 Edicto del Ayuntamiento de Paterna sobre adjudicación definiti- va del contrato de las obras de “Construcción de Glorieta (C/29 y 232) y encauzamiento del barranco de La Font (C/232 y 540)”. 20 Anuncio del Ayuntamiento de Paterna sobre adjudicación defini- tiva obra ejecución Parque Central.

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Page 1: Cast 8-mayo-2009 n.º 108 - La Pobla Llarga · cación de propuesta de resolución dictada en el expediente 01306/ 2009/244, del Servicio Central del Procedimiento Sancionador (Sección

Edita: DIPUTACIÓ PROVINCIAL DE VALÈNCIA Edita: DIPUTACION PROVINCIAL DE VALENCIADivendres, 8 de MAIG de 2009. N.º 108 Viernes, 8 de MAYO de 2009. N.º 108

Pág. Pág.

Les publicacions que apareixen en el Butlletí Ofi cial de laProvíncia són responsabilitat exclusiva dels òrgans remitents.

Las publicaciones que fi guran en el Boletín Ofi cial de laProvincia son responsabilidad exclusiva de los órganos remitentes.

DELEGACION DEL GOBIERNO3 Anuncio de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valen-

ciana sobre notifi cación a Emmanuel Sampo y otros. 3 Anuncio de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valen-

ciana sobre notifi cación a Ángel Dual Borja y otro. 4 Anuncio de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valen-

ciana sobre notifi cación a Jesús Fuentes Sánchez y otros. 4 Anuncio de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valen-

ciana sobre notifi cación a Svetlana Sergeeva y otros.5 Anuncio de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valen-

ciana sobre notifi cación a Dimitar Georgiev Sirakou.5 Anuncio de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valen-

ciana sobre notifi cación a Javier Guillén Segura y otros.5 Anuncio de Delegación del Gobierno en la Comunidad Valencia-

na sobre notifi cación a Dña. Jennifer Rose Hoare.6 Edicto de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valencia-

na sobre solicitud de propaganda comercial aérea de la empresa Aero Rally, S.L.

6 Edicto de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valencia-na sobre solicitud de propaganda comercial aérea de la empresa Acción Comunicación Publicidad Aérea, S.L.

DIPUTACION6 Anuncio de la Excelentísima Diputación Provincial de Valencia

sobre información pública de relación de bienes y derechos afecta-dos por el expediente de expropiación forzosa para la ejecución de las obras del proyecto de “Nueva conexión de la CV-509 (de Sueca a Corbera. Tramo: variante de Sueca -CV-511) con la variante de Sueca-Autovía N-332, de Almería a Valencia (AZ-322/PB).”

MUNICIPIOS7 Edicte de l’Ajuntament de Llaurí sobre aprovació defi nitiva del

padró fi scal de la taxa de recollida de residus sòlids urbans per a l’exercici 2009.

7 Anunci de l’Ajuntament de Xàtiva sobre adjudicació defi nitiva de la concessió administrativa d’ús privatiu parcel·la DEQ 128 polígon la Vila, instal·lació de centre de transferència de residus industrials.

7 Anunci de l’Ajuntament de Benifairó de les Valls sobre adjudi-cació defi nitiva del contracte d’obres per a sala polivalent.

8 Anunci de l’Ajuntament d’Alcàntera de Xúquer sobre adjudicació provisional de contracte d’obres. Expedient núm.: FEIL-MY-02.

8 Anunci de l’Excel·lentíssim Ajuntament de Sueca sobre resolució per a la cobertura en propietat, per promoció interna, d’una plaça d’ofi cial de la Policia Local.

8 Edicte de l’Ajuntament de Catarroja sobre aprovació defi nitiva de l’expedient de modifi cació de la plantilla i relació de llocs de treball números 1 i 2 de 2009.

9 Edicto del Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona sobre aproba-ción defi nitiva de estudio de detalle de parcela sita en calle n.º 6, n.º 7-A, Lloma Llarga.

9 Edicto del Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona sobre aproba-ción defi nitiva de estudio de detalle de solar en calle Valencia, n.º 32-34.

9 Anuncio del Ayuntamiento de Alzira sobre aprobación defi nitiva del proyecto fi nal de obras de urbanización de la Unidad de Eje-cución PAR-07.

9 Edicto del Ayuntamiento de Massanassa sobre solicitud de licen-cia de apertura de una carnicería.

10 Edicto del Ayuntamiento de Paterna sobre notifi cación de denun-cias por infracciones de tráfi co a Montoro Lozano, Roberto An-tonio, y otros.

11 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre expe-diente 01306/2009/2179: notifi cación de providencias de inicio dictadas en diversos expedientes sancionadores.

12 Edicto del Ayuntamiento de Cullera sobre notifi cación de denun-cias por infracciones de tráfi co a Bolonio Palomo, Julio, y otros.

13 Edicto del Ayuntamiento de La Pobla Llarga sobre notifi cación a los sancionados Ramón Miñana Caridad y otros.

14 Edicto del Ayuntamiento de Paterna sobre notifi cación por com-parecencia de las resoluciones de imposición de sanciones en expedientes por infracción a la Ley sobre el Tráfi co, Seguridad Vial y ordenanza municipal de tráfi co a García Venera, Josefa, y otros

14 Anuncio del Excelentísimo Ayuntamiento de Sueca sobre notifi -cación de requerimiento para la retirada de vehículos del Depósi-to Municipal.

15 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre expe-diente 01306/2009/2180: notificación de resoluciones/liqui-daciones aprobadas en diversos expedientes sancionadores.

16 Anuncio del Ayuntamiento de Xirivella sobre expediente de modifi cación de puestos de trabajo núm. 17.

16 Edicto del Ayuntamiento de La Pobla Llarga sobre notifi cación de multas de tráfi co a José Luis Rubio Torres y otros.

17 Edicto del Ayuntamiento de Calles sobre ordenanza reguladora de bases generales para la adjudicación de programas de actuación integrada.

18 Anuncio del Ayuntamiento de Náquera sobre adjudicación defi -nitiva de las obras de soterramiento de contenedores en casco urbano.

18 Anuncio del Ayuntamiento de Vila-real sobre notifi cación a los interesados de la tramitación de diferentes expedientes de vehícu-los abandonados.

19 Anuncio del Ayuntamiento de Alginet sobre lista defi nitiva, tri-bunal y fecha de la oposición de una plaza de arquitecto.

19 Edicto del Ayuntamiento de Godella sobre aprobación padrón tasa recogida de basura ejercicio 2009, primer semestre.

20 Edicto del Ayuntamiento de Paterna sobre adjudicación defi niti-va del contrato de las obras de “Construcción de Glorieta (C/29 y 232) y encauzamiento del barranco de La Font (C/232 y 540)”.

20 Anuncio del Ayuntamiento de Paterna sobre adjudicación defi ni-tiva obra ejecución Parque Central.

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BUTLLETÍ OFICIALDE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA

BOLETIN OFICIALDE LA PROVINCIA DE VALENCIA

2 N.º 1088-V-2009

Pág. Pág.

20 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia relativo al expediente 01306/2009/1286 de la Sección Tercera.

21 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi -cación de propuesta de resolución dictada en el expediente 01306/2009/244, del Servicio Central del Procedimiento Sancionador (Sección 2).

21 Edicto del Ayuntamiento de Paterna sobre adjudicación defi nitiva contrato obra de construcción del centro de enseñanza de música profesional de grado medio, auditorio y sótano.

21 Anuncio del Ayuntamiento de San Antonio de Benagéber sobre adjudicación provisional de la obra denominada “Proyecto de instalaciones deportivas”, para la construcción de edifi cio público de carácter deportivo.

21 Edicto del Ayuntamiento de Tavernes Blanques sobre bases que han de regir la convocatoria para la selección de un/a auxiliar de biblioteca, grupo C, subgrupo C1/C2.

23 Anuncio del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre ex-humación y traslado de osario de los restos cadavéricos que ocupan diversas unidades de enterramientos en los cementerios dependien-tes de este ayuntamiento.

23 Anuncio del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi -cación a Broadnet Consorcio, S.A., de decreto archivo relativo al expediente 03501 2000 1407, de solicitud de licencia para instalación de radiosite, en edifi cio sito en C/ Doctor Manuel Candela, n.º 2.

23 Edicto del Ayuntamiento de Calles sobre aprobación inicial expe-diente presupuesto general del ejercicio 2009.

23 Edicto del Ayuntamiento de Cullera sobre exposición pública de la matrícula del impuesto sobre actividades económicas ejercicio 2009.

23 Edicto del Ayuntamiento de L’Énova sobre aprobación inicial del presupuesto general para el ejercicio 2009.

24 Edicto del Ayuntamiento de Bétera sobre aprobación defi nitiva del presupuesto del ejercicio 2009.

24 Anuncio del Ayuntamiento de San Antonio de Benagéber sobre adjudicación provisional de la obra denominada “Proyecto de adecuación de edifi cio público polivalente y multiusos para la ju-ventud “, para adecuar la conocida como “Masía del Cura” como edifi cio público social.

24 Edicto del Ayuntamiento de Masalavés sobre delegación de ma-trimonio civil.

24 Anuncio del Ayuntamiento de Alboraya sobre aprobación inicial del presupuesto 2009 y plantilla presupuestaria.

24 Anuncio del Ayuntamiento de Alboraya sobre nombramiento de funcionarios.

25 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi -cación de la resolución de la reclamación de responsabilidad pa-trimonial formulada por Guillermo Arazo Badenes relativa al ex-pediente 1305/2006/608(E3).

25 Edicto del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria sobre aprobación defi nitiva de la ordenanza reguladora del precio público por la prestación del servicio de ayuda a domicilio.

27 Edicto del Ayuntamiento de La Granja de la Costera sobre cita-ción por comparecencia a Antonio Molina Zamora y otra.

27 Edicto del Ayuntamiento de Buñol sobre delegación autorización de matrimonio civil el día 16 de mayo de 2009 en Francisco Ca-rrascosa Pérez.

28 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre expe-diente 3007/07, notifi cación a D. Félix Pedro Bastardo Pérez.

28 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi -cación de la resolución de la reclamación de responsabilidad pa-trimonial presentada por Dª Mª Carmen Manso Díaz, relativa al expediente 1305/2005/801(E3).

29 Anuncio del Ayuntamiento de La Pobla de Farnals sobre vehícu-los abandonados en la vía pública.

31 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi -cación de la resolución de responsabilidad patrimonial presentada por Dª Ana María Martínez Atienzar, relativa al expediente 1305/2005/739(E3).

32 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia relativo al expediente 02401/2009/102.

32 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi -cación de la resolución de la reclamación de responsabilidad pa-trimonial presentada por Germán Ortega Poveda, recaída en el expediente 1.305/2008/572(E3).

33 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi -cación de la resolución de la reclamación de responsabilidad pa-trimonial formulada por Mikel Xabier Resano Cayuela relativa al expediente 1305/2006/401(E3).

33 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi -cación de la resolución de la reclamación de responsabilidad pa-trimonial formulada por Mª Rosario Vélez de Guevara Bernárdez relativa al expediente 1305/2006/611(E3).

34 Edicto del Ayuntamiento de La Pobla Llarga sobre aprobación defi nitiva del Reglamento Regulador del Servicio de Recogida, Retirada y Permanencia en Depósito de Vehículos.

35 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi -cación de la resolución de la reclamación de responsabilidad pa-trimonial formulada por Tomás Martínez Gutiérrez relativa al ex-pediente 1305/2006/754(E3).

35 Edicto del Ayuntamiento de Alberic sobre aprobación inicial de la modifi cación de créditos nº 4/09, suplemento de créditos y créditos extraordinarios.

36 Edicto del Ayuntamiento de Vinalesa sobre aprobación defi nitiva de la modifi cación de los estatutos del organismo autónomo Patro-nato de Servicios Integrales de Vinalesa.

36 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi -cación de providencias de incoación dictadas en los expedientes sancionadores 01306/2009/1563 y veintiún más del Servicio Cen-tral del Procedimiento Sancionador (Sección 2).

37 Edicto del Ayuntamiento de Picassent sobre aprobación defi nitiva de la modifi cación de la ordenanza fi scal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas, sillas, toldos, marquesinas y otros elementos auxiliares análogos con fi nalidad lucrativa.

38 Anuncio del Ayuntamiento de Alboraya sobre publicación inicial de la ordenanza reguladora del precio público por la prestación del servicio de publicidad de la radio municipal.

39 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi -cación de la resolución de la reclamación de responsabilidad pa-trimonial presentada por Mª José Oltra Herrero relativa al expe-diente 01305/2005/798(E3).

39 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi -cación de la resolución de la reclamación de responsabilidad pa-trimonial presentada por Dª Marina Conejero Hinarejos, relativa al expediente 1305/2005/631(E3).

40 Anuncio del Ayuntamiento de Alboraya sobre publicación inicial del reglamento regulador de la radio local.

41 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi -cación de la resolución de la reclamación de responsabilidad pa-trimonial formulada por Ignacio López Blasco relativa al expedien-te 1305/2006/52(E3).

41 Edicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi -cación de la resolución de responsabilidad patrimonial presentada por D. Onésimo Orozco Orozco, relativa al expediente 1305/2005/86 (E3).

42 Edicto del Ayuntamiento de Alboraya sobre aprobación del padrón del impuesto sobre bienes inmuebles-urbana, ejercicio 2009.

42 Edicto del Ayuntamiento de Alboraya sobre aprobación del padrón del impuesto sobre bienes inmuebles-rústica, ejercicio 2009.

43 Anuncio del Ayuntamiento de Cheste sobre notifi cación de cadu-cidad de inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes a Yang Lijia y otros, la cual ha sido imposible practicar.

43 Edicto del Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona sobre notifi ca-ción al interesado por resultar desconocido o ausente en expedien-te sobre infracción urbanística.

44 Edicto del Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona sobre notifi ca-ción al interesado por resultar desconocido o ausente en su domi-cilio, en expediente sobre orden de ejecución de limpieza.

44 Edicto del Ayuntamiento de Alboraya sobre exposición de la matrícula del impuesto sobre actividades económicas, ejercicio 2009.

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BUTLLETÍ OFICIALDE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA

BOLETIN OFICIALDE LA PROVINCIA DE VALENCIA

3N.º 1088-V-2009

Delegación del Gobierno en la Comunidad ValencianaSecretaría GeneralAnuncio de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana sobre notifi cación a Emmanuel Sampo y otros.

ANUNCIODe conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 ambos de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notifi cación de los ACUERDOS DE INICIACIÓN de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos contra los denunciados que a continuación se relacionan, en cuanto que, habiéndose in-tentado la notifi cación en los últimos domicilios conocidos, ésta no se ha podido practicar.Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Infracciones Administrativas de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Ofi cial de la Provincia.Transcurrido dicho plazo, se dictarán las oportunas resoluciones.El plazo máximo de duración del presente procedimiento sancionador será de 6 meses, no teniendo efectos presuntos la falta de resolución expresa.

DENUNCIADOEXPEDIENTE

FECHAACUERDO

DOMICILIOLOCALIDAD

PRECEPTO INFRINGIDO

EMMANUEL SAMPO1202/2009

3/3/2009C/ PINTOR LLUCH 2 7BONREPÒS I MIRAMBELL

Art. 25 Ley Orgánica 1/1992 de 21 de febrero.

YORDAN TODOROV ANDREEV1335/2009

3/9/2009C/ TANGER 11 1BARCELONA

Art. 25 Ley Orgánica 1/1992 de 21 de febrero.

FRANCISCO LOPEZ REVERT1363/2009

3/10/2009C/ BROVALES 6POBLA DE VALLBONA (LA)

Art. 25 Ley Orgánica 1/1992 de 21 de febrero.

FRANCISCO TORRES GOMEZ1473/2009

3/12/2009C/ GABRIEL MIRO 44 2GANDIA

Art. 25 Ley Orgánica 1/1992 de 21 de febrero.

JOSE LUIS LOPEZ SANTANA1474/2009

3/12/2009C/ ARQUITECTO TOLSA 3 5 40VALENCIA

Art. 25 Ley Orgánica 1/1992 de 21 de febrero.

ALEJANDRO PONS HERNANDEZ1476/2009

3/12/2009Avda. CONSTITUCIÓN 227 2 2VALENCIA

Art. 25 Ley Orgánica 1/1992 de 21 de febrero.

RICARDO ALVARO DOS PASSOS CERQUEIRA1533/2009

3/16/2009Camino VIEJO DE TORRENTE 24 2 30ALAQUÀS

Art. 25 Ley Orgánica 1/1992 de 21 de febrero.

JUAN CASTAÑO HUESO1550/2009

3/17/2009C/ AUSIAS MARCH 29 14TAVERNES BLANQUES

Art. 25 Ley Orgánica 1/1992 de 21 de febrero.

IGNACIO JUAN GIMENO COROMINA1552/2009

3/17/2009C/ MAGISTRADO CATALA 25GANDIA

Art. 25 Ley Orgánica 1/1992 de 21 de febrero.

Valencia, 21 de abril de 2009.—El secretario general, Vicente Moret Millás.2009/11668

Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana Secretaría GeneralAnuncio de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana sobre notifi cación a Ángel Dual Borja y otro.

ANUNCIODe conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 ambos de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notifi cación de los ACUERDOS DE INICIACIÓN de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos contra los denunciados que a continuación se relacionan, en cuanto que, habiéndose in-tentado la notifi cación en los últimos domicilios conocidos, ésta no se ha podido practicar.Los correspondientes expedientes obran en el Servicio de Infracciones Administrativas de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Va-lenciana, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Ofi cial de la Provincia.Transcurrido dicho plazo, se dictarán las oportunas resoluciones.El plazo máximo de duración del presente procedimiento sancionador será de 6 meses, no teniendo efectos presuntos la falta de resolución expresa.

DENUNCIADOEXPEDIENTE FECHA ACUERDO DOMICILIO

LOCALIDAD PRECEPTO INFRINGIDO

Ángel Dual Borja259/2009 26-01-2009 C/ Tribunal de las Aguas, 15

Quart de Poblet Art. 25 Ley Orgánica 1/1992 de 21 de febrero.

Mariano Jiménez Salazar790/2009 12-02-2009 Pl. Llaurí, 49-8

Paterna Art. 23.a) Ley Orgánica 1/1992 de 21 de febrero.

Valencia, 21 de abril de 2009.—El secretario general, Vicente Moret Millás.2009/11726

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BUTLLETÍ OFICIALDE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA

BOLETIN OFICIALDE LA PROVINCIA DE VALENCIA

4 N.º 1088-V-2009

Delegación del Gobierno en la Comunidad ValencianaSecretaría GeneralAnuncio de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana sobre notifi cación a Jesús Fuentes Sánchez y otros.

ANUNCIODe conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 ambos de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notifi cación de las RESOLUCIONES de los expedientes sancionadores que se indican, y de los Modelos 069 de Ingresos No Tributarios, instruidos contra los denunciados que a continuación se rela-cionan, en cuanto que, habiéndose intentado la notifi cación en los últimos domicilios conocidos, ésta no se ha podido practicar.Contra estas resoluciones, que no son fi rmes en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el excelentísimo señor Ministro del Interior, dentro del plazo de un mes, contado desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del presente en el Boletín Ofi cial de la Provincia, con advertencia de que una vez transcurrido continuará la tramitación de las sanciones para proceder a su exacción por vía ejecutiva.Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Infracciones Administrativas de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma Valenciana.

DENUNCIADOEXPEDIENTE

FECHARESOLUCIÓN

DOMICILIOLOCALIDAD

CONTENIDO RESOLUCIÓN

JESUS FUENTES SANCHEZ244/2009

3/25/2009C/ TORRETA 6 9SILLA

Sanción de 600 e incautación de las sustancias.

CRISTIAN MARTIN MUÑOZ295/2009

3/25/2009C/ CATARROJA 15 19PAIPORTA

Sanción de 400 e incautación de las sustancias

NADIR ASSOUS489/2009

3/25/2009C/ PICAYO 20 5 19VALENCIA

Sanción de 301 e incautación de las sustancias

JOSE SANTIAGO LLEDO597/2009

3/16/2009C/ MORERA 4ALBERIC

Sanción de 301 e incautación de las sustancias

FRANCISCO RICARDO ANDREU BUSTILLO716/2009

3/16/2009AVDA. PAIS VALENCIANO 27 1TORRENT

Sanción de 301 e incautación de las sustancias

JOSE JAVIER NAVARRO CARSI720/2009

3/16/2009C/ AMPLE 26VINALESA

Sanción de 301 e incautación de las sustancias

DAMIAN FAUS LLUQUET741/2009

3/16/2009C/ SAN VICENTE 36BENAGUASIL

Sanción de 400 e incautación de las sustancias

Valencia, 2 de febrero de 2009.—El secretario general, Vicente Moret Millás.2009/11658

Delegación del Gobierno en la Comunidad ValencianaSecretaría GeneralAnuncio de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana sobre notifi cación a Svetlana Sergeeva y otros.

ANUNCIODe conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 ambos de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notifi cación de los ACUERDOS DE INICIACIÓN de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos contra los denunciados que a continuación se relacionan, en cuanto que, habiéndose in-tentado la notifi cación en los últimos domicilios conocidos, ésta no se ha podido practicar.Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Infracciones Administrativas de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Ofi cial de la Provincia.Transcurrido dicho plazo, se dictarán las oportunas resoluciones.El plazo máximo de duración del presente procedimiento sancionador será de 6 meses, no teniendo efectos presuntos la falta de resolución expresa.

DENUNCIADOEXPEDIENTE

FECHA ACUERDODOMICILIOLOCALIDAD

PRECEPTO INFRINGIDO

SVETLANA SERGEEVA975/2009

19/2/2009C/ Doctor Pascual, 1-1-3-4Cambrils

Art. 25 Ley Orgánica 1/1992 de 21 de febrero.

BENAISSA KOCHI1183/2009

27/2/2009Avda. Salvador Allende, 13 -2 -3Carlet

Art. 25 Ley Orgánica 1/1992 de 21 de febrero.

URSULA LACUEVA SANCHEZ1390/2009

10/3/2009C/ Umbría, 5Montán

Art. 25 Ley Orgánica 1/1992 de 21 de febrero.

DAVID GARCIA ESCUDERO1427/2009

11/3/2009C/ Jaume I, 3 -2 -4Gavà

Art. 25 Ley Orgánica 1/1992 de 21 de febrero.

ROBERTO MONZO GIMENEZ1435/2009

11/3/2009C/ Cuenca, 3 -7Manises

Art. 25 Ley Orgánica 1/1992 de 21 de febrero.

FIHRI ZOHIR1526/2009

13/3/2009C/ Virgen de la Paloma, 6- iz bjBorriana/Burriana

Art. 25 Ley Orgánica 1/1992 de 21 de febrero.

BADR TAKHTOUFTE1618/2009

27/3/2009C/ Calderón de la Barca, 3 -2 -3Gandia

Art. 25 Ley Orgánica 1/1992 de 21 de febrero.

Valencia, 21 de abril de 2009.—El secretario general, Vicente Moret Millás.2009/11731

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BUTLLETÍ OFICIALDE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA

BOLETIN OFICIALDE LA PROVINCIA DE VALENCIA

5N.º 1088-V-2009

Delegación del Gobierno en la Comunidad ValencianaSecretaría GeneralAnuncio de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana sobre notifi cación a Dimitar Georgiev Sirakou.

ANUNCIODe conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 ambos de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notifi cación de las resoluciones de recursos interpuestos contra las resoluciones de los expedientes sancionadores que se indican y de los Modelos 069 de Ingresos No Tributarios, instruidos contra los denunciados que a continuación se relacionan, en cuanto que, habiéndose intentado la notifi cación en los últimos domicilios conocidos, ésta no se ha podido practicar.Contra estas resoluciones, que son fi rmes en vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente dentro del plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente en el Boletín Ofi cial de la Provincia.Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Infracciones Administrativas de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma Valenciana.

DENUNCIADOEXPEDIENTE FECHA RESOLUCIÓN DOMICILIO

LOCALIDAD CONTENIDO RESOLUCIÓN

DIMITAR GEORGIEV SIRAKOU2445/08 06/03/09 C/ Carlos Cervera 23, 13

46006 – VALENCIA Desestima recurso

Valencia, 30 de abril de 2009.—El secretario general, Vicente Moret Millás.2009/11786

Delegación del Gobierno en la Comunidad ValencianaSecretaría GeneralAnuncio de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana sobre notifi cación a Javier Guillén Segura y otros.

ANUNCIODe conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 ambos de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notifi cación de las resoluciones de los expe-dientes sancionadores que se indican y de los Modelos 069 de Ingresos no Tributarios instruidos contra los denunciados que a conti-nuación se relacionan, en cuanto que, habiéndose intentado la notifi cación en los últimos domicilios conocidos, ésta no se ha podido practicar.Contra estas resoluciones, que no son fi rmes en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el excelentísimo señor Ministro del Interior, dentro del plazo de un mes, contado desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del presente anuncio en el Boletín Ofi cial de la Provincia, con advertencia de que una vez transcurrido continuará la tramitación de las sanciones para proceder a su exacción por vía ejecutiva.Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Infracciones Administrativas de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana.

DENUNCIADOEXPEDIENTE

F. RESOLUCIÓNDOMICILIOLOCALIDAD

CONTENIDO

Javier Guillen Segura10477/2008 16/03/2009 C/ Levante 18

Dolores (Los) CartagenaSanción de 301 €e incautación de las sustancias.

Alfredo Serra Rivas10829/2008 23/02/2009 C/ Pereyra Y Morante, 8- 1ª 6-

EivissaSanción de 301 €e incautación de las sustancias.

David Santos Galan11085/2008 09/03/2009 C/ Antonio Almela 2

Alcúdia (l’)Sanción de 400 €e incautación de las sustancias.

Francisco Javier Barbeta Sotos136/2009 30/03/2009 C/ Federico García Lorca, 1- 18

PaternaSanción de 675 €e incautación de las sustancias.

Octavio Ponce Fernández137/2009 09/03/2009 C/ Pio X, 10- 4- 7

MislataSanción de 450 €e incautación de las sustancias.

Rubén Nadal Díaz202/2009 30/03/2009 C/ Pelayo, 61- Bj

AlgemesíSanción de 301 €e incautación de las sustancias.

Sergio Ángel Ledesma Pellicer583/2009 16/03/2009 C/ Jaime I, 5

DomeñoSanción de 301 €e incautación del arma.

Alejandro Javier Boix Montoro737/2009 16/03/2009 C/ Fuencaliente, 16- 1

ValenciaSanción de 301 €e incautación del arma.

Valencia, a 22 de abril de 2009.—El secretario general, Vicente Moret Millás.2009/11857

Delegación del Gobierno en la Comunidad ValencianaSecretaría GeneralAnuncio de Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana sobre notifi cación a Dña. Jennifer Rose Hoare.

ANUNCIODe conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 ambos de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notifi cación de los ACUERDOS DE INICIACIÓN de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos contra los denunciados que a continuación se relacionan, en cuanto que, habiéndose in-tentado la notifi cación en los últimos domicilios conocidos, ésta no se ha podido practicar.

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BOLETIN OFICIALDE LA PROVINCIA DE VALENCIA

6 N.º 1088-V-2009

Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Infracciones Administrativas de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Ofi cial de la Provincia.Transcurrido dicho plazo, se dictarán las oportunas resoluciones.El plazo máximo de duración del presente procedimiento sancionador será de 6 meses, no teniendo efectos presuntos la falta de resolución expresa.

DENUNCIADOEXPEDIENTE FECHA ACUERDO DOMICILIO

LOCALIDAD PRECEPTO INFRINGIDO

Jennifer Rose Hoare1382/2009 10/3/2009 C/Arquitecto Urtiaga, 32-3-3

JÁVEA/XÁBIA Artículo 17.3.e) Ley 17/1985, de 1 de julio.

Valencia, 22 de abril de 2009.—El secretario general, Vicente Moret Millás.2009/11868

Delegación del Gobierno en la Comunidad ValencianaSecretaría GeneralAutorizaciones AdministrativasEdicto de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana sobre solicitud de propaganda comercial aérea de la empresa Aero Rally, S.L.

EDICTOExpediente: 311/2009.Ante esta Delegación del Gobierno se ha solicitado por la empresa AERO RALLY, S.L., con domicilio social en Madrid, Aeródromo Villanueva del Pardillo, autorización para realizar actividades de publicidad de todo tipo de trabajos aéreos, en el ámbito de la pro-vincia de Valencia.En cumplimiento de lo dispuesto en la Orden de 20 de diciembre de 1966 de la Presidencia del Gobierno, sobre Reglamentación de la propaganda comercial aérea (B.O.E. de 24-12-66), se pu-blica el presente edicto a fi n de que, en el plazo de veinte días, los Alcaldes de los municipios afectados puedan dirigir a esta Delegación del Gobierno las manifestaciones que estimen opor-tunas sobre la procedencia de la concesión de esta autoriza-ción.Transcurrido el citado plazo sin que hayan comparecido en el expe-diente, se estimará emitido informe favorable, continuándose el procedimiento.Valencia, a 21 de abril de 2009.—El secretario general, Vicente Moret Millás.

2009/9895

Delegación del Gobierno en la Comunidad ValencianaSecretaría GeneralAutorizaciones AdministrativasEdicto de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana sobre solicitud de propaganda comercial aérea de la empresa Acción Comunicación Publicidad Aérea, S.L.

EDICTOExpediente: 294/2009.Ante esta Delegación del Gobierno se ha solicitado por la empresa ACCION COMUNICACIÓN PUBLICIDAD AEREA, S.L., con domicilio social en Madrid, apartado de correos 19216, autorización para realizar actividades de publicidad con arrastre de carteles pu-blicitarios a distintas fi rmas comerciales, en el ámbito de la provin-cia de Valencia.En cumplimiento de lo dispuesto en la Orden de 20 de diciembre de 1966 de la Presidencia del Gobierno, sobre Reglamentación de la propaganda comercial aérea (B.O.E. de 24-12-66), se publica el presente edicto a fi n de que, en el plazo de veinte días, los Alcaldes de los municipios afectados puedan dirigir a esta Delegación del Gobierno las manifestaciones que estimen oportunas sobre la proce-dencia de la concesión de esta autorización.Transcurrido el citado plazo sin que hayan comparecido en el expe-diente, se estimará emitido informe favorable, continuándose el procedimiento.Valencia, a 27 de abril de 2009.—El secretario general, Vicente Moret Millás.

2009/9137

Excelentísima Diputación Provincial de ValenciaArea de CarreterasAnuncio de la Excelentísima Diputación Provincial de Valencia sobre información pública de relación de bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa para la ejecución de las obras del proyecto de “Nueva conexión de la CV-509 (de Sueca a Corbera. Tramo: variante de Sueca -CV-511) con la variante de Sueca-Autovía N-332, de Almería a Valencia (AZ-322/PB).”

ANUNCIOAprobado por Decreto de la Presidencia núm. 00004 de fecha 9 de enero de 2009, el proyecto: ”Nueva conexión de la CV-509 (de Sueca a Corbera. Tramo: variante de Sueca - CV-511) con la Variante de Sueca-Autovía N-332 de Almería a Valencia.” (AZ-322/PB), lo que a tenor de lo establecido en el art. 94 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, lleva aneja la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación de los terrenos afectados por la expropiación, en cumplimiento de lo que establece el art. 56 del Reglamento de Expropiación Forzosa, se somete a información pública durante el plazo de 15 días a contar desde la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, la relación de propietarios afectados por dicha obra, aprobada por Decreto de la Presidencia núm. 1931 de fecha 16 de abril de 2009, durante el cual podrán formular las alegaciones que estimen oportunas ante esta Corporación Provincial.Asimismo este anuncio servirá de notifi cación para aquellos propietarios desconocidos o de los que se ignore el domicilio, de acuerdo con lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.Valencia, a 27 de abril de 2009.—El secretario general, Vicente Boquera Matarredona.—El diputado presidente del Area de Carreteras, Enri-que Crespo Calatrava.

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7N.º 1088-V-2009

PROYECTO: NUEVA CONEXIÓN DE LA CV-509 CON LA VARIANTE DE SUECA -AUTOVIA N-332 DE ALMERIA A VALENCIA

EXPEDIENTE: AZ - 322T.M.: FORTALENY

Finca Ref. Catastral Superficie (m2) Agrup. Polig Parc. Nº Urb Exprop. Ocupación Servidum. Vuelo Titulares Domicilio CP Municipio Cultivo 1 - 1 1 96 610 VENDRELL MONLEON, ANTONIO C/ MAYOR, 54 46418 FORTALENY NARANJOS4 - 1 1 344 138 56 GOMEZ VIDAL, ELENA VICTORIA C/ VALL DE COCENTAINA, 12 46419 SUECA JARDIN

MORENO GARCIA, JUAN JOSE7 - 1 1 214 245 118 GIMENO BOU, JOSE C/ MAJOR, 34 46418 FORTALENY NARANJOS9 - 1 1 326 603 119 CERVERO SANSALONI, GREGORIO C/ VIRGEN DEL ROSARIO, 18 46418 FORTALENY NARANJOS11 - 1 1 133 1724 229 RUBIO GARCIA, FRANCISCA C/ FILLOLA, 19 46410 SUECA NARANJOS12 - 1 1 132 479 116 HEREDEROS DE FERRANDO OLTRA, FELIX C/ MAYOR, 40 46418 FORTALENY LABOR RIEGO SIN

CULTIVAR

13 - 1 001210300YJ34A 214 BRINES LLOPIS, ANTONIO C/ MAYOR, 43 46418 FORTALENY EDIFICACION

14 - 1 1 230 197 ESTADO. MINISTERIO DE FOMENTO PS. CASTELLANA, 144-1-1IZQDA 28046 MADRID LABOR RIEGO SIN CULTIVAR

15 - 1 1 256 919 16 VENDRELL MONLEON, ANTONIO C/ MAYOR, 54 46418 FORTALENY NARANJOS16 - 1 1 9063 158 GAS DE SUECA, S.L C/ MARE DE DEU, 17 46010 SUECA CAMINO17 - 1 1 41 1376 HEREDEROS DE FERRANDO OLTRA, FELIX C/ MAYOR, 40 46418 FORTALENY LABOR RIEGO SIN

CULTIVAR

18 - 1 1 289 943 OLLER ALCAÑIZ, JOSEMARIA C/ NOU, 20-2-2 46410 SUECA NARANJOS19 - 1 1 42 83 OLLER ALCAÑIZ, MARIA TERESA C/ NOU, 18 46410 SUECA NARANJOS20 - 1 7 14 234 PENELLA FOS, DANIEL C/ MARIANO SERRANO, 32 46410 SUECA NARANJOS21 - 1 7 148 513 VILA CASTILLO, AMPARO C/ PELAYO, 69 46007 VALENCIA LABOR RIEGO SIN

CULTIVAR

22 - 1 7 152 481 APARICIO MASCARELL, MIGUEL C/ ESCOLES JARDINS, 8 46410 SUECA NARANJOS GOTEO23 - 1 1 265 114 PEIRO FERRER, JUAN BAUTISTA DOMICILIO DESCONOCIDO FORTALENY NARANJOS24 - 1 7 17 254 PONS GARCIA, M. DOLORES C/ NOU, 12 46410 SUECA NARANJOS25 - 1 7 16 668 TOMAS PEREZ, ENRIQUE C/ CANTARRANA, 23-3-5 46410 SUECA NARANJOS26 - 1 7 15 410 CASTILLO LOPEZ, JOSEFINA C/ MALVA, 15-9 46007 VALENCIA LABOR RIEGO SIN

CULTIVAR

27 - 1 001230100YJ34A 902 ROS CARBO, VICENTE GUILLERMO C/ MARE DE DEU, 21-4-8 46410 SUECA EDIFICACION

28 - 1 1 354 1 4 SANSALONI SIMO, ANTONIO C/ SAN VICENTE 16 46418 FORTALENY NARANJOS

2009/12972

Ajuntament de LlauríEdicte de l’Ajuntament de Llaurí sobre aprovació defi ni-tiva del padró fi scal de la taxa de recollida de residus sòlids urbans per a l’exercici 2009.

EDICTEEn sessió plenària ordinària de data 17 d’abril del 2009, ha sigut aprovat definitivament el següent padró fiscal, corresponent a l’exercici 2009:Recollida de residus sòlids urbans: 44.635 €.La liquidació d’aquesta taxa s’efectuarà prorratejada en quatre quo-tes trimestrals, i el període de pagament coincidirà amb el cobrament del servici de l’aigua potable i es farà per part de l’empresa Acciona SLV.Transcorregut el termini voluntari de pagament, els imports no sa-tisfets s’exigiran pel procediment de costrenyiment, amb el corres-ponent recàrrec, els interessos de demora i, si és el cas, els gastos de tramitació.Contra l’aprovació del padro cap la interposició del recurs preceptiu de reposició en el termini d’un mes, previ al recurs contenciós ad-ministratiu.Llaurí, 22 d’abril del 2009. L’alcalde-president, Juan Carlos Ribes Ciscar.

2009/12106

Ajuntament de XàtivaÀrea de FomentSecció Gestió PatrimonialAnunci de l’Ajuntament de Xàtiva sobre adjudicació de-finitiva de la concessió administrativa d’ús privatiu parcel·la DEQ 128 polígon la Vila, instal·lació de centre de transferència de residus industrials.

ANUNCIPer acord de Junta de Govern de data 30 de març de 2009, es va aprovar l’adjudicació defi nitiva de la concessió administrativa d’ús privatiu del bé de domini públic, parcel·la DEQ 128 Polígon de la Vila, per procediment obert, diversos criteris d’adjudicació, oferta econòmicament més avantatjosa, la qual cosa es publica als efectes de l’article 138 de la Llei 30/2007, de 30 d’octubre, de Contractes del Sector Públic.

1. Entitat adjudicadora.a) Organisme: Ajuntament de Xàtiva.b) Dependència que tramita l’expedient: Departament de Gestió Patrimonial.c) Expedient num.: 947/2008.2. Objecte del contracte.a) Tipus de contracte: contracte administratiu especial.b) Descripció de l’objecte: ús privatiu de la parcel·la DEQ, polígon la Vila de Xàtiva per a la implantació d’un centre de transferència de residus industrials.3. Tramitació, procediment.a) Tramitació: ordinària.b) Procediment: obert.4. Preu del contracte.Preu de 120.000,00.- euros anuals.5. Adjudicació defi nitiva.a) Data: 30 de març del 2009.b) Contractista: Gestión Integral de Residuos Sólidos, SA, GIRSA.c) Nacionalitat: espanyola.d) Import d’adjudicació: 130.000,00 euros anuals.Xàtiva, 6 d’abril del 2009.—El vicesecretari, secretari en funcions, Eduardo Balaguer Pallás.

2009/12011

Ajuntament de Benifairó de les VallsAnunci de l’Ajuntament de Benifairó de les Valls sobre adjudicació defi nitiva del contracte d’obres per a sala polivalent.

ANUNCIAdjudicació defi nitiva.Per Resolució d’Alcaldia de data 1 d’abril del 2009, es va aprovar l’adjudicació defi nitiva del contracte d’obres de construcció de “Sala Polivalent amb zona de cafeteria junt a la piscina municipal”, fet que es publica als efectes de l’article 138 de la Llei 30/2007, de 30 d’octubre, de Contractes del Sector Públic.1. Entitat adjudicadora.a) Organisme: Ajuntament de Benifairó de les Valls.

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BUTLLETÍ OFICIALDE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA

BOLETIN OFICIALDE LA PROVINCIA DE VALENCIA

8 N.º 1088-V-2009

b) Número d’expedient: 13/2009.2. Objecte del contracte.a) Tipus de contracte: obres. b) Descripció de l’objecte: construcció de “sala polivalent amb zona de cafeteria junt a la piscina municipal”.3. Tramitació, procediment.a) Tramitació: urgent.b) Procediment: negociat sense publicitat.4. Preu del contracte: cent tres mil cinc-cents cinquanta-un euros amb cinquanta-tres cèntims (103.551,53 euros).5. Adjudicació defi nitiva.a) Data: 1 d’abril del 2009.b) Contractista: Construcciones J. Manuel Navarro Boira, SL.c) Import d’adjudicació: cent tres mil cinc-cents cinquanta-un euros amb cinquanta-tres cèntims (103.551,53 euros).Benifairó de les Valls, 1 d’abril del 2009.—L’alcaldessa, Mª Vicen-ta Llanes Pérez.

2009/12146

Ajuntament d’Alcàntera de XúquerAnunci de l’Ajuntament d’Alcàntera de Xúquer sobre adjudicació provisional de contracte d’obres. Expedient núm.: FEIL-MY-02.

ANUNCIFaig pública l’adjudicació provisional per les obres que s’hi citen, per causa d’expedient de contractació al nostre munipi en el marc del Fons Estatal d’Inversió Local (RDL 9/2008, de 28 de novem-bre).Obres de millora de la xarxa de sanejament i defensa contra avingu-des de la barriada les Malvines.Adjudicatari proposat: TEUSA-AEDIFICATIO 2004, SL.Import d’adjudicació: 85.206,57 euros.Data d’adjudicació provisional: 15-4-2009.Nombre total de persones a ocupar per l’empresa en l’execució de l’obra: 3.Nombre de persones ja integrades en l’empresa del total a ocupar: 1.Nombre de persones de nova contractació per l’empresa del total a ocupar: 4.Alcàntera de Xúquer, 20 d’abril del 2009.—L’alcaldessa-presidenta, Teresa Nieves Perucho Nieves.

2009/11615

Excel·lentíssim Ajuntament de SuecaAnunci de l’Excel·lentíssim Ajuntament de Sueca sobre resolució per a la cobertura en propietat, per promoció interna, d’una plaça d’ofi cial de la Policia Local.

ANUNCIResolució núm: 675/2009.Convocat per l’Ajuntament de Sueca concurs oposició per a cobrir en propietat, per mitjà de promoció interna, una plaça d’ofi cial de la Policia Local i totes les vacants que es produïsquen fi ns a la fi nalit-zació del procés selectiu, enquadrada en l’Escala d’Administració Especial, Subescala: Servicis Especials, Classe: Policia Local i els seus auxiliars, Grup C1 de titulació de l’article 76 de la Llei 7/2007 de 12 d’abril, de l’Estatut Bàsic de l’Empleat Públic.Finalitzat el termini de presentació d’instàncies per a participar en este procés selectiu, i de conformitat amb la Base Tercera per les quals es regix la present convocatòria, fent ús de les atribucions que em conferix la legislació vigent.Resolc:1.- Aprovar la llista provisional d’aspirants admesos i exclosos per a participar en el concurs oposició per a cobrir en propietat, per mitjà de promoció interna, una plaça d’ofi cial de la Policia Local, enquadrada en l’Escala d’Administració Especial, Subescala: Servi-cis Especials, Classe: Policia Local i els seus auxiliars, Grup C1.Admesos:-Benedito Fos, Juan Miguel.-Estornell Laliga, Salvador.

-Ibiza Marco, Juan Francisco.-Reyes Perelló, Mª José.-Sebastiá Delás, Mª Carmen.-Sellés Tur, Eugenio.-Soler Miñana, Rafael.-Vila Arrebola, Bárbara.-Zamora Vendrell, Juan Antonio.Exclosos: cap.2.- La llista provisional s’esdevindrà automàticament en defi nitiva, si en el termini de 10 dies hàbils des de la seua publicació en el Butlletí Ofi cial de la Província, no es produïra cap reclamació.3.- Fixar la composició del tribunal que ha de qualifi car el concurs oposició per a cobrir la referida plaça d’ofi cial de la Policia Local, en els següents membres:-President: titular: Sr. José Vicente Vallet Pérez.Suplent: sra. Mª José Coves Prieto.-Secretari: titular: Sr. José Pascual Martínez Oviedo.Suplent: Sr. José Torres Ventura.-Vocals:Titular: Sr. José V. Muñoz Ramón.Suplent: Sra. Mª del Carmen Aparisi Aparisi.Titular: Sr. Juan José Figueres López.Suplent: Sr. Vicente Ramón Sánchez Rincón.Titular: Sr. Juan Bta. Torró Beltran.Suplent: Sr. Francisco Miguel Ferrando Pastor.Titular: Sr. Francisco Peñalosa Carrasquer.Suplent: sr. Pau Manuel Aragó.Titular: sr. Carles Vendrell Carbó.Suplent: sra. Raquel Adrian Pinazo.Titular: sr. José Ricardo Pérez García.Suplent: sr. Jesús Mª Martínez Gómez.Titular: sr. Rafael Andrés Palacios Cebolla.Suplent: sra. Mª Amparo Alandete Castillo.4.- Fixar la composició dels assessors que col·laboraran amb el Tribunal per a la formulació i qualifi cació de les proves d’aptitud intel·lectuals, físiques i d’idioma.Proves psicotècniques: sr. Josep Contell Carbonell.Proves físiques: sr. Salvador Andreu Sanchís.Exercici de valencià: sra. Mª Elena Pedralva Pérez.5.- Fixar la data per a la realització de la primera part de l’exercici únic de la fase d’oposició, que tindrà lloc el dia 13 de juny del 2009, a les 9:00 hores, en la Casa Consistorial. Els membres del tribunal queden convocats el mateix dia, a les 8:30 hores.6.- Donar compte als membres del tribunal designats, al president de la Junta de Personal, seccions sindicals i Departament de Personal.7.- Publicar la present Resolució en el Butlletí Ofi cial de la Pro-víncia.Així ho resol l’alcalde-president, sr. Joan Baldoví Roda.Sueca, 22 d’abril del 2009.—La secretària, en funcions.—L’alcalde.

2009/12048

Ajuntament de CatarrojaÀrea de Recursos HumansEdicte de l’Ajuntament de Catarroja sobre aprovació defi nitiva de l’expedient de modifi cació de la plantilla i relació de llocs de treball números 1 i 2 de 2009.

EDICTEAtés que no s’hi han presentat reclamacions, i una vegada transco-rregut el termini d’informació pública, sense que s’hi hagen produït al·legacions, en data 27 de d’abril del 2009, ha sigut aprovada defi -nitivament la modifi cació de la plantila, de la RLT i de l’organigrama d’este Ajuntament (expedients 01/09 i 02/09), aprovada provisional-ment pel Ple en la sessió del 5-3-09, de manera que se’n publica el text íntegre i es complix, així, el que disposen l’article 126.3 del text refós 781/1986, de 18 d’abril, i l’article 151 de la Llei 39/1988, de 28 de desembre.

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9N.º 1088-V-2009

1r. Modifi cació de la RLT en relació amb el lloc de Secretaria Ge-neral, a fi d’afegir-hi com a condicions particulars, i als efectes de confi gurar el barem de mèrits específi cs determinats per l’Ajuntament (d’acord amb el que disposa l’article 17 del RD 1732/1994, de 29 de juliol, sobre provisió de llocs de treball reservats a funcionaris de l’Administració Local amb habilitació de caràcter nacional, en la redacció que en dóna l’article 5 del RD 834/2003, de 27 de juny, pel qual es modifi ca la normativa regualdora dels sistemes de selecció i provisió de llocs de treball reservats a funcionaris de l’Administració Local amb habilitació de caràcter nacional), les següents:1. Cursos de formació i perfeccionament genèrics1.1. Es valoraran fi ns a un màxim d’1 punt els cursos de formació i perfeccionament.Es valoraran amb un màxim de 0,05 punts per crèdit els cursos realitzats per a l’obtenció del doctorat.1.2. Es valorarà fi ns a un màxim de 0,5 punts la col·laboració o realització d’articles en revistes jurídiques.2. Cursos de formació i perfeccionament específi cs.Es valoraran fi ns a un màxim d’1,5 punts els cursos de formació i perfeccionament de caràcter sectorial que tinguen relació directa amb les peculiaritats i característiques de la corporació convocant (contrac-tació administrativa, patrimoni, urbanisme, expropiació forçosa).La valoració de cada curs s’efectuarà en funció de la durada, d’acord amb l’escala següent:a) de 100 o més hores: 1,25 punts.b) de 75 o més hores: 1 punt.c) de 50 o més hores: 0,75 punts.d) de 25 o més hores: 0,50 punts.e) de 15 o més hores: 0,25 punts.3. Aptituds per al lloc.Es valorarà el treball dut a terme en llocs de treball realitzats amb l’Administració Local o similars al contingut tècnic del lloc convo-cat fi ns a un màxim d’1,5 punts.3.1. Servicis prestats com a funcionari d’habilitació de caràcter es-tatal de la subescala de Secretaria, categoria d’entrada, en propietat, interinatge, provisional, en comissió de servicis o acumulat, d’acor amb la valoració següent: 0,05 punts per mes treballat.4. Coneixements de valencià.Es valorarà fi ns a un màxim d’1,5 punts, sempre que s’acredite estar en possessió del certifi cat o de l’homologació pertinents expedits per la Junta Qualifi cadora de Coneixements de Valencià o equivalents de l’Escola Ofi cial d’Idiomes, d’acord amb l’escala següent:a) Coneixements de grau elemental: 0,06 punts.b) Coneixements de grau mitjà: 1,25 punts.c) Coneixements de grau superior: 1,50 punts.Els coneixements de valencià de nivell oral estan previstos com a requisit d’accés, de manera que no es valoren com a mèrit.5. Memòria.Es valorarà la presentació d’una memòria sobre la implantació de noves tecnologies a l’activitat pròpia del lloc convocat que s’haja dut a terme en alguna de les administracions on el concursant haja prestat servicis.Este apartat té com a missió l’adequació del perfi l professional i de les aptituds del concursant així com les possibles iniciatives en un millor exercici del lloc convocat. El tribunal podrà sol·licitar l’exposició i la defensa de la memòria susdita. Es valorarà fi ns a un màxim d’1,5 punts.Catarroja, 28 d’abril del 2009.—L’alcalde president, Francisco Chi-rivella Peris.

2009/12067

Ayuntamiento de La Pobla de VallbonaEdicto del Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona sobre aprobación defi nitiva de estudio de detalle de parcela sita en calle n.º 6, n.º 7-A, Lloma Llarga.

EDICTOEl Ayuntamiento pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 24 de enero de 2008, adoptó acuerdo sobre aprobación defi nitiva de estudio de detalle de parcela sita en calle n.º 6, nº 7-A.- Lloma Llar-ga.- Suelo Urbano Extensivo. Clave r.9, tramitado a instancia JULIO BUESO GÓMEZ.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artí-culo 104 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, Urbanística Valenciana, signifi cando que la entrada en vigor del citado Plan, al carecer de normas urbanísticas, se produce desde la publicación del presente anuncio.La Pobla de Vallbona, 25 de enero de 2008.—La alcaldesa-presiden-ta, Mª Carmen Contelles Llopis.

2009/3562

Ayuntamiento de La Pobla de VallbonaEdicto del Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona sobre aprobación defi nitiva de estudio de detalle de solar en calle Valencia, n.º 32-34.

EDICTOEl Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 17 de abril de 2007, adoptó acuerdo sobre aprobación defi nitiva de Eestudio de detalle de solar sito en calle Valencia, nº 32-34. Ref. Catastral: 0655709YJ2805N0001OT-0655710YJ2805N0001FT, tramitado a instancia de la mercantil OBRES I PROJECTES NOVA CONSTRUCCIÓ, S.A.L.Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artí-culo 104 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, Urbanística Valenciana, signifi cando que la entrada en vigor del citado Plan, al carecer de normas urbanísticas, se produce desde la publicación del presente anuncio.La Pobla de Vallbona, 6 de junio de 2007.—La alcaldesa-presidenta, Mª Carmen Contelles Llopis.

2009/3569

Ayuntamiento de AlziraAnuncio del Ayuntamiento de Alzira sobre aprobación defi nitiva del proyecto fi nal de obras de urbanización de la Unidad de Ejecución PAR-07.

ANUNCIOMediante Resolución de Alcaldía nº 34 de fecha 27 de marzo de 2009, se resolvió aprobar defi nitivamente el proyecto fi nal de las obras de urbanización de la Unidad de Ejecución PAR-07, presenta-do por la entidad “P. Armiñana Promociones Inmobiliarias, S.L.”Este acto pone fi n a la vía administrativa y contra él se podrá inter-poner recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo adoptó, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la recepción de la publicación del presente anuncio; igualmente puede impugnarse directamente ante los Juzgados de lo Contencioso- Administrativo de la Ciudad de Valencia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, sin perjuicio de que puede ejercitar cualquier otra acción que estime procedente.Asimismo, y de conformidad con lo que se establece en el artículo 107.2 de la Ley Autonómica Valenciana 16/2005, se hace saber para su conocimiento general, que la publicación de este anuncio deter-mina por si mismo la entrada en vigor del proyecto de urbaniza-ción.Alzira, a 3 de abril de 2009.—La alcaldesa, Elena Mª Bastidas Bono.

2009/10879

Ayuntamiento de MassanassaEdicto del Ayuntamiento de Massanassa sobre solicitud de licencia de apertura de una carnicería.

EDICTOPor Juan Vicente Tomás Martín se ha solicitado licencia ambiental para ejercer una actividad dedicada a carnicería, dicha actividad será emplazada en Condes de Trigona, 26 B, dch.Lo que se hace público por término de 30 días, de acuerdo con lo previsto en el art. 50 de la Ley de la Generalitat Valenciana 2/2006 de 5 de mayo, de Prevención de la Contaminación y Calidad Am-biental, a fi n de que cuantos lo consideren oportuno formulen las observaciones que tengan por convenientes.Massanassa, a 15 de abril de 2009.—El alcalde-presidente, Vicente Pastor Codoñer.

2009/11222

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10 N.º 1088-V-2009

Ayuntamiento de PaternaRecaudación EjecutivaEdicto del Ayuntamiento de Paterna sobre notifi cación de denuncias por infracciones de tráfi co a Montoro Lozano, Roberto Antonio, y otros.

EDICTODe conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1.992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace publica notifi cación a los denunciados que se relacionan, de la imposición de denuncias e iniciación de los expedientes sancionadores instruidos por el Ayuntamiento de Paterna,. Ya que habiéndose intentado la notifi -cación personal en el último domicilio conocido de cada interesado, esta no se ha podido practicar por causas ajenas a esta Administración.Los citados expedientes obran en poder de la Ofi cina Administrativa de la Policía Local del Ayuntamiento de Paterna, donde están a disposi-ción de las personas interesadas en días y horas abajo indicadas. Siendo el Instructor D. Ricardo Suárez de Lezo Oliag nombrado por Decre-to de esta Alcaldía 1931/2002Así mismo podrán presentar escrito de alegaciones que estimen conveniente a su derecho y en su caso proponer las pruebas que convenga a su defensa ante el Sr. Alcalde, durante los quince días hábiles siguientes a la publicación de este edicto.Las personas responsables de los hechos cometidos por un menor responderán solidariamente con él, en lo que se refi ere estrictamente a lo pecuniario, los padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho (Art. 72 RDL 339/90 modifi cado por Ley 17/2005).Igualmente se advierte el deber del titular del vehículo de identifi car al conductor: Si Vd.,no es el responsable de la infracción o se trata de una persona jurídica, tiene la obligación de identifi carlo, y en caso de incumplimiento de esta obligación sin causa justifi cada, podrá ser san-cionado con una multa de 301 a 600 euros, como autor de una infracción Muy Grave ( art. 72.3 del RDL 339/90 ,modifi cado por Ley 17/2005). Como toda sanción Muy Grave, el incumplimiento de la obligación de identifi car al infractor, lleva aparejada la accesoria de retirada del Permiso de Conducir por un plazo de entre uno y tres meses.Transcurrido el citado plazo sin que se presenten alegaciones ,y sin perjuicio de que comparezcan en cualquier momento anterior a la resolu-ción que se adopte ,se entenderán cumplidos los trámites de notifi cación de denuncia, iniciación del expediente y propuesta de resolución ya que la presente notifi cación contiene un pronunciamiento preciso sobre la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Real decreto 1398/1993 de 4 de Agosto,(BOE de 9-8-1993)por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para el Ejerci-cio de la Potestad Sancionadora.El pago de las denuncias puede efectuarse en la Agencia de Recaudación Ejecutiva del Ayuntamiento de Paterna, sita en la calle Pérez Galdos s/n, en horario de 8 a 14 horas de lunes a viernes y de 16.00 a 18.30 horas, de lunes a jueves. Para efectuar ingresos directos o transferencias bancarias a la cuenta restringida de recaudación de multas, deberá previamente solicitarse autorización e instrucciones mediante llamada te-lefónica al número 96 137.07.89.El importe de la multa se reducirá en un 30%, si se efectúa el pago anticipado en el plazo de 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto, con los efectos derivados de lo dispuesto en el Art 67.1 de Ley 17/2005 de 19 de Julio.Nº Exped. NIF Infractor Nombre y Apellidos Municipio Fecha/Hora Art./Ley Infring. Puntos Importe

781/2009 44852747X MONTORO LOZANO ROBERTO ANTONIO VALENCIA 27/01/2009 / 15:20 20 / OC 0 60,00903/2009 29196061 VACAL CAMINERO EVA MARIA VALENCIA 01/02/2009 / 09:54 29 / OC 0 100,00958/2009 X 9385836L PASARE EUGEN PATERNA 30/01/2009 / 08:00 29 / OC 0 100,00963/2009 52723187B MOYANO MIÑANA MIGUEL PATERNA 03/02/2009 / 06:21 29 / OC 0 60,001000/2009 X 1966726L SALIHU TAHIR POBLA DE VALLBONA (LA) 04/02/2009 / 00:09 29 / OC 0 60,001061/2009 73645641D FOLGADO MARTINEZ MARIA DOLORES PATERNA 07/02/2009 / 23:07 29 / OC 0 60,001077/2009 B 96920996 IMPROVEN CONSULTING SL VALENCIA 07/02/2009 / 00:00 20 / OC 0 60,001109/2009 48312293B MARANCHON SORIANO RAUL PATERNA 07/02/2009 / 00:45 171 / LSV 0 60,001246/2009 19435512Y NAVARRO LERMA AMPARO ASCENSION VALENCIA 02/02/2009 / 13:00 29 / OC 0 60,001418/2009 B 96748249 ARQUITECTURA Y URBANISMO T VALENCIA 29/01/2009 / 20:40 154 / RGC 0 60,001674/2009 48408529S GALVEZ PAREDES MARA PATERNA 21/02/2009 / 00:30 29 / OC 0 60,001679/2009 37906225V MEDINA MARCOS RAFAEL BENETUSER 18/02/2009 / 13:38 20 / OC 0 60,001691/2009 48307005J TORRENT COLLADO JOSE ENRIQUE PATERNA 17/02/2009 / 10:53 154 / RGC 0 60,001782/2009 52722833W BAUTISTA BARROSO ENCARNA LA CAÑADA 19/02/2009 / 11:00 29 / OC 0 60,001829/2009 48408529S GALVEZ PAREDES MARA PATERNA 24/02/2009 / 16:36 154 / LSV 0 60,001842/2009 48311484F MENDOZA ARROGANTE VICENTE PATERNA 23/02/2009 / 20:15 20 / OC 0 60,001885/2009 24326668M AVENDAÑO VALERO JUAN PATERNA 23/02/2009 / 09:40 171 / LSV 0 60,001897/2009 19430283K AMBLAR CORRECHER ENRIQUE VALENCIA 24/02/2009 / 19:15 29 / OC 0 100,001922/2009 22651780T PLATERO PEREZ M MERCEDES PATERNA 25/02/2009 / 18:35 29 / OC 0 60,001924/2009 19836115H AMBLAR PEREZ JOSE MANUEL PATERNA 25/02/2009 / 20:16 29 / OC 0 60,001960/2009 29191279R SENIS NAVARRO ENRIQUE PATERNA 25/02/2009 / 13:05 29 / OC 0 100,001968/2009 22667565F MENENDEZ GONZALEZ LUIS ANDRES PATERNA 25/02/2009 / 20:32 154 / LSV 0 60,001969/2009 73762083W MARTINEZ TAENGUA M DOLORES PATERNA 25/02/2009 / 20:38 154 / LSV 0 60,001970/2009 19875268W LOPEZ MIGUEL JOSE LUIS PATERNA 25/02/2009 / 20:43 20 / OC 0 60,001999/2009 44514977H MONTENEGRO RIVERO RUBEN ALFAFAR 25/02/2009 / 20:47 154 / LSV 0 60,002013/2009 22672449S MORA LLABATA VICENTE PATERNA 26/02/2009 / 19:17 29 / OC 0 60,002021/2009 48309876D ROMERO AMADOR DIEGO PATERNA 26/02/2009 / 11:54 29 / OC 0 60,002062/2009 22551674J CASADO MELGOSA JUAN MANUEL PATERNA 25/02/2009 / 18:20 29 / OC 0 60,002090/2009 48310377G ESCUDERO GABARRI JOSE PATERNA 01/03/2009 / 07:58 29 / OC 0 60,002094/2009 73750367 SORIANO PEREZ MARIA PATERNA 01/03/2009 / 08:04 29 / OC 0 60,002098/2009 73648823V ROA SERRANO FERNANDO PATERNA 01/03/2009 / 08:46 29 / OC 0 60,002123/2009 52739541N RUBIO GARCIA GINES PATERNA 28/02/2009 / 23:20 29 / OC 0 100,002142/2009 48308710Q FERNANDEZ CASTELLANO PEDRO PATERNA 27/02/2009 / 09:42 20 / OC 0 60,002209/2009 48305394N DE JOSE ALBA IVAN PATERNA 04/03/2009 / 20:51 29 / OC 0 60,002228/2009 48307005J TORRENT COLLADO JOSE ENRIQUE PATERNA 04/03/2009 / 19:17 29 / OC 0 60,002230/2009 52720151B MORENO LLABATA M REMEDIOS PATERNA 04/03/2009 / 19:11 154 / LSV 0 60,002231/2009 19392284H VENEGAS CARUANA RAFAEL VALENCIA 04/03/2009 / 12:07 29 / OC 0 60,002263/2009 52739351Y SORIANO GONZALEZ ENRIQUE PATERNA 24/02/2009 / 10:40 171 / LSV 0 60,002275/2009 24300004K NOVELLA MARTINEZ ENRIQUE PATERNA 26/02/2009 / 13:00 29 / OC 0 60,002285/2009 52721754G GARCIA BENLLOCH M AMPARO PATERNA 03/03/2009 / 20:35 29 / OC 0 60,002339/2009 48443686M GOMEZ RODRIGUEZ VICENTE PATERNA 02/03/2009 / 17:43 29 / OC 0 60,002340/2009 24304449G REAL BALAGUER VICENTE PATERNA 02/03/2009 / 17:41 29 / OC 0 60,002341/2009 52723894M SABARIEGO GIRONA JOSE MANUEL PATERNA 02/03/2009 / 17:30 29 / OC 0 100,00879/2009 50994698 FUENTES PISA JOSE PATERNA 30/01/2009 / 10:55 29 / OC 0 100,002369/2009 5060387L GARCIA PEDRON JUAN PATERNA 05/03/2009 / 20:55 29 / OC 0 60,002376/2009 52728418K IZQUIERDO TENA ANTONIO PATERNA 05/03/2009 / 11:35 29 / OC 0 100,002385/2009 48312310M GOMEZ BAUTISTA PABLO DANIEL MONTECAÑADA 05/03/2009 / 15:35 29 / OC 0 60,002403/2009 48306034 MORENO MONTAÑES MANUEL PATERNA 04/03/2009 / 11:45 29 / OC 0 60,00736/2009 85091552Q CASABLANCA MOLLA JUAN JOSE BENETUSSER 26/01/2009 / 11:40 29 / OC 0 100,002466/2009 25386043T BORT BARRACHINA JULIA PATERNA 06/03/2009 / 11:51 29 / OC 0 100,002470/2009 19389706Q CHULVI CERVERA JOSEFA VALENCIA 11/03/2009 / 12:22 29 / OC 0 60,002495/2009 19445021Q RUIZ ROMERO JUAN PATERNA 06/03/2009 / 19:08 29 / OC 0 60,002500/2009 19430654R MONTESINOS LLOPES VICENTE MANUEL PATERNA 11/03/2009 / 13:22 29 / OC 0 100,002526/2009 5119025F ASTOR GUARDIOLA LUIS PATERNA 09/03/2009 / 11:54 29 / OC 0 60,002585/2009 73762083W MARTINEZ TAENGUA M DOLORES PATERNA 06/03/2009 / 09:50 29 / OC 0 60,00

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11N.º 1088-V-2009

Nº Exped. NIF Infractor Nombre y Apellidos Municipio Fecha/Hora Art./Ley Infring. Puntos Importe

2631/2009 4532135P ESPADA SERRANO JUAN PEDRO PATERNA 11/03/2009 / 13:31 29 / OC 0 60,002641/2009 X 4810386M OLIVA GABRIELA EDILIA PATERNA 11/03/2009 / 19:30 29 / OC 0 60,00645/2009 44866389J REQUENA GARCIA ALEJANDRO VALENCIA 25/01/2009 / 19:45 20 / OC 0 150,002678/2009 X 4225344Z PONCE RUALES LUCIA DEL CARMEN PATERNA 16/03/2009 / 15:58 29 / OC 0 60,002693/2009 27041345S FERNANDEZ FERNANDEZ NICANOR PATERNA 16/03/2009 / 12:25 29 / OC 0 60,002694/2009 B 97648885 ALERTALIMP SL VALENCIA 16/03/2009 / 10:16 154 / RGC 0 60,002766/2009 19835021M LECHIGUERO SAN FRANCISCO ALBERTO PATERNA 12/03/2009 / 16:25 18 / RGC 0 100,002770/2009 75075899N OGALLAR HERRERA PEDRO PATERNA 12/03/2009 / 20:18 154 / RGC 0 60,002771/2009 52675971Z JUAN PARDO AMPARO PATERNA 12/03/2009 / 20:20 154 / RGC 0 60,00

Lo que se publica para conocimiento de los interesados.Paterna, a 22 de abril de 2009.—El alcalde, Lorenzo Agustí Pons.

2009/12073

Excelentísimo Ayuntamiento de ValenciaServicio Central del Procedimiento SancionadorSección PrimeraEdicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre expediente 01306/2009/2179: notifi cación de providencias de inicio dictadas en diversos expedientes sancionadores.

EDICTO REF/EXPED.: BE/be 01306/2009/2179De conformidad con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente edicto se notifi ca a la/s persona/s que se señala a continuación que, no habiendo sido posible la práctica de la notifi cación de las Providencia de Inicio de Expediente/s Sancionador/es, dictada/s en el/los expediente/s mencionado/s ad infra, la/s misma/s se halla/n a su disposición en estas dependencias municipales.La/s Providencia/s de Inicio que se notifi can son:

Expte nº Interesado/a Doc. Identifi cación Emplazamiento Fecha del trámite

Sanción propuesta

01306/2009/888 JUAN FRANCISCO CAZORLA PANIAGUA 39645129Y BLASCO IBAÑEZ 30/03/09 1.500,01 €

01306/2009/890 IVAN ECHANDIA ZAFRA X02318084Y AV. SUECIA 30/03/09 1.500,01 €

01306/2009/1070 FLORICA CIOBOTARUPasaporte de Rumanía

09474993ERMITA 30/03/09 1.500,01 €

01306/2009/1419 MANUEL JOSE WALLNER JORDA 19845486M PL. LUIS CASANOVA 30/03/09 1.500,01 €

01306/2009/1432 CARMEN TORRES RODRIGUEZ 24355596E MUSICO CABANILLES 30/03/09 1.500,01 €

01306/2009/1469 MARIA LAURA D’UVA X04968012N ALAMEDA 30/03/09 1.500,01 €

01306/2009/1471 CARLOS ALBERTO VASQUES MADEIRAPasaporte de Portugal

5501147XATIVA 30/03/09 1.500,01 €

El/los citado/s Expediente/s Sancionador/es tiene/n su origen en el incumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Reguladora de la Venta No Sedentaria de 26 de noviembre de 2004.1º.- Instruyen el presente procedimiento de forma indistinta D. Juan Izquierdo Fos, D. Juan Vicente Alonso Molina, D. Alberto Benavent Escribá, Dª Teresa Pérez Jiménez, D. Francisco Espinosa Ferrando y Dª María Isabel López López según Resolución de Alcaldía nº 875 y Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, ambos de fecha 22 de junio de 2007 y art. 13.1.c) del Reglamento aprobado por RD 1398/93, de 4 de agosto, BOE de 9 de agosto.La persona interesada dispone de un plazo de 15 días hábiles para, si lo estima conveniente, presentar recusación contra los designados Instructor/a.2º.- El órgano competente para resolver es la Junta de Gobierno Local, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 127.1.l) de la Ley 7/85, de 2 de abril, modifi cada por Ley 57/03, de 16 de diciembre, que delegó la atribución (por acuerdo de 10 de febrero de 2006 conforme a lo dispuesto en el art. 127.2 de dicha Ley), en el Concejal Delegado de Procedimiento Sancionador.3º.- La persona interesada podrá reconocer voluntariamente su responsabilidad, conforme a lo dispuesto en los artículos 13.1.d) y 8 del Re-glamento aprobado por R.D. 1398/93, de 4 de agosto, citado, con los efectos previstos en éste último artículo.4º.- Se le concede un plazo de 15 días hábiles para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes, y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse. Se le comunica al interesado, asimismo, el derecho a la audiencia en el procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.1.f), en relación con el artículo 19 del citado Reglamento aprobado por R.D. 1398/93, de 4 de agosto.5º.- Caso de no formular alegaciones contra la Providencia de Inicio, ésta podrá tener carácter de Propuesta de Resolución, con los efectos previstos en los artículos 13.2, 16.1, 18 y 19 del citado Reglamento aprobado por RD 1398/93, de 4 de agosto.6º.- Con la Providencia se inicia un procedimiento sancionador, por lo cual comienza el cómputo de un nuevo plazo máximo de trami-tación del mismo, de seis meses, a contar desde la fecha de este acto, plazo que puede quedar interrumpido por las causas legalmente previstas. Transcurrido el citado plazo de seis meses sin que se haya notifi cado la citada Resolución sancionadora expresa, se producirá la caducidad del procedimiento sancionador, salvo en los supuestos en que éste se hubiera paralizado por causas imputables al interesa-do, en cuales se interrumpirá el citado plazo. Asimismo, el órgano instructor de este procedimiento sancionador podrá acordar la sus-pensión del plazo máximo para resolver cuando concurra alguna de las circunstancias previstas y exigidas para ello en el artículo 42, apartado 5, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común. Lo que se comunica a las personas interesadas para su conocimiento y efectos señalados en dichas Providencias, contra las cuales no cabe recurso por ser meros actos de trámite.El secretario.

2009/12114

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BUTLLETÍ OFICIALDE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA

BOLETIN OFICIALDE LA PROVINCIA DE VALENCIA

12 N.º 1088-V-2009

Ayuntamiento de CulleraEdicto del Ayuntamiento de Cullera sobre notifi cación de denuncias por infracciones de tráfi co a Bolonio Palomo, Julio, y otros.

EDICTODe conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notifi cación a los denunciados que en el anexo se relacionan, cuyos últimos domicilios conocidos son los que se indican, de la imposición de denuncias e iniciación de los expedientes sancionadores ins-truidos por el Ayuntamiento de Cullera.Dichos expedientes obran en las Ofi cinas Municipales, Negociado de Inspección Tributaria, sitas en Plaza la Virgen, 5, de Cullera.En el plazo de los quince días hábiles siguientes a esta publicación, se podrá presentar, por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, escrito de alegaciones, dirigido al Sr. Alcalde-Presidente, aportando o proponiendo las pruebas que se consideren oportunas. (Art. 79 R.D. Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto articulado de la Ley sobre Tráfi co, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.Igualmente puede efectuarse el pago de las denuncias en las Dependencias de la Policía Local del Ayuntamiento de Cullera, sitas en Pza Es-paña, 1, bajo, o mediante giro postal, haciendo constar el número de expediente y matrícula del vehículo. Transcurrido el mencionado plazo sin haber efectuado alegaciones o realizado el pago de la multa, se dictarán las oportunas resoluciones sancionadoras.En Cullera, a 23 de Abril de 2009.—Ante mí, el secretario general, (P.D), jefa Neg. Inspección Tributaria, María José Borja Lledó.—La te-niente de alcalde, delegada de Inspección Tributaria, Juana Sapiña Arlandis.

nomMunicipi Cognom1 Cognom2 Nom Adreca expedient dataDenuncia import Artic. Punt Apar. Proc.

CULLERA BOLONIO PALOMO JULIO CL CRUZ ROJA 15 20086789 22/12/2008 30 039 0 E LSV

SUECA MARTINEZ PIERA ROSA MARIA CIUDAD DE PAMPLONA 1 5 C 20090096 12/01/2009 30 053 1 1 LSV

CULLERA ROMERO RICART MARIA LUISA CL PROGRES 18 20090053 08/01/2009 60 039 2 A LSV

CULLERA SIMO GISBERT LAURA DEL TIR 1 5 14 20090063 08/01/2009 60 039 4 1 LSV

CULLERA AUGUSTO GONZALEZ LAURA CL LOPE DE VEGA 6 10 37 20090012 02/01/2009 30 039 2 C LSV

CULLERA RIPOLL RODRIGO RAUL CL REY D JAIME 63 2 3 20090018 02/01/2009 30 039 0 E LSV

CULLERA CABALLERO FERRER JUDITH CL C FAVARETA 13 7 25 20090132 16/01/2009 60 039 4 1 LSV

SUECA MARTINEZ PIERA ROSA MARIA CIUDAD DE PAMPLONA 1 5 C 20090112 13/01/2009 30 053 1 1 LSV

CULLERA FLEITAS MARTIN FEDERICO CL DR RIOS 3 20090184 20/01/2009 30 053 1 1 LSV

CULLERA GIL NICOLA MILAGROS IRENE CL REY DON JAIME 74 1 2 20090230 22/01/2009 30 053 1 3 LSV

CULLERA NAVARRO MORENO SYLVESTER CL POLVORIN 33 20090282 29/01/2009 60 039 4 1 LSV

CULLERA PALAU MARTINEZ MANUELA CL CALVARIO 33 20090291 30/01/2009 30 039 2 C LSV

CULLERA MARTINEZ CASTELLO VICENTE CL DEL RIU 34-1 20090295 30/01/2009 30 053 1 1 LSV

SUECA RUEDA PEDROCHE FRANCISCO SEBASTIAN DIEGO 8 1 2 20090306 31/01/2009 30 039 2 E LSV

CULLERA CRESPO FORTEA MARIA FRANCISCA AV RACO 7 5 22 4 20090244 25/01/2009 30 039 2 E LSV

CULLERA MELERO ARLANDIS PEDRO LUIS CL SEQUIA 8 20090246 25/01/2009 30 039 2 E LSV

CULLERA GAYON IBOR ALFREDO CL BAIX 3 3 4 20090257 26/01/2009 30 039 2 0 LSV

SUECA FERNANDEZ ALBEROLA MARIA TERESA LA ESPERANZA 7 20090259 26/01/2009 60 053 2 1 LSV

CULLERA MARTINEZ CASTELLO VICENTE CL DEL RIU 34-1 20090261 26/01/2009 30 053 1 1 LSV

CULLERA ARIÑO VALLDECABRES LURDES CL VALENCIA 99 20090264 27/01/2009 60 039 4 1 LSV

CULLERA CLIMENT LOPEZ JAQUELINE CL DR JPESET ALEIXANDRE1-3-14 20090266 27/01/2009 60 039 4 1 LSV

CULLERA SIMO GISBERT LAURA DEL TIR 1 5 14 20090267 27/01/2009 60 039 4 1 LSV

CULLERA MARIN LORENTE ANTONIO AV PUERTO 15 3 10 20090271 27/01/2009 30 039 2 E LSV

CULLERA JANIKUNAS 0 DAINIUS CL CR LORENZO BORJA 1 20090272 27/01/2009 60 039 4 1 LSV

MISLATA LUCAS TORRANO ENCARNACION JUAN DE AUSTRIA 1 2 20090277 29/01/2009 30 039 2 G LSV

CULLERA RUIZ MARTINEZ JUAN RAMON CL ASTRONOMO ARAGO 1 9 17 20090308 31/01/2009 30 053 1 1 LSV

CULLERA CORDOBA CORTS LUIS HERMINIO CL PLZA LLIBERTAT 4 6 11 20090314 01/02/2009 30 053 1 1 LSV

VALENCIA MOLINA MURIEL GERONIMO SANTOS CL CAVITE 25 20090320 01/02/2009 30 053 1 1 LSV

CULLERA JUAN MARIN DARWIN VALENCIA 82 3 3 20090324 01/02/2009 30 039 2 E LSV

CULLERA MONTAGUT MONSENY VICENTE J CL CERVANTES 34-7-C 20090326 01/02/2009 30 039 2 E LSV

CULLERA PORCA CASTELLO LORENA CL DR ALEMANY 61 20090336 03/02/2009 30 039 0 E LSV

CULLERA MACENA DA SILVA LUCIANA AVDA BLASCO IBAÑEZ 3 1 13 20090337 03/02/2009 30 039 2 C LSV

SUECAALTERNATIVES MODULARS SL

0 0 CL LA MILAGROSA 2 20090358 20/02/2009 30 053 1 2 LSV

CULLERA MIRALLES GARCIA JUAN VICENTE CL MARINA 10 1 20090359 20/02/2009 30 039 2 E LSV

CULLERA MUNERA GOMEZ MARIA PILAR CL MARQUES DE LA ROMANA 7 5 25 20090360 20/02/2009 30 039 2 0 LSV

CULLERA RIPOLL SANCHIS NOELIA CIUTAT DE VALENCIA 42 1 3C 20090366 21/02/2009 30 039 2 F LSV

CULLERA HARBUZ 0 EDUART MIHAI FAVARETA 43 20090330 01/02/2009 30 053 1 1 LSV

CULLERA GONZALEZ BARCENA MORA VALENTIN CAMINO MARENYET SN 20090339 03/02/2009 60 039 4 1 LSV

PICASSENT MADRIGAL PARRA M MERCEDES CL MARQUES DOS AGUAS 14 20090341 03/02/2009 30 053 1 1 LSV

CULLERA TIRADO DOMINGUEZ PABLO CL JOSE BURGUERA 41 3 A 20090342 03/02/2009 30 053 1 1 LSV

CULLERA BELTRAN FUERTES BEGOÑA CL NOU 4 20090344 01/02/2009 30 039 2 E LSV

VALENCIA POPOLITOV 0 ROMAN CL MAESTRO ASENSI 4 20090355 20/02/2009 30 039 2 C LSV

SUANCES DE JESUS RITO MANUEL EDUARDO COMILLAS 14 20090373 23/02/2009 30 053 1 1 LSV

CULLERA MIGUEL LOPEZ GABRIEL CL C SAN JORGE 26 20090392 04/02/2009 30 039 2 C LSV

LLAURI MAGRANER 0 THIERRY ALZIRA 2 20090395 04/02/2009 30 053 1 1 LSV

CULLERA SEGURA DELGADO SANDRA CL SAN VICENTE FERRER 20 2 3 20090399 04/02/2009 30 039 2 C LSV

VALENCIA GRAU BORJA MARIA ISABEL BELGICA 85 32 20090400 04/02/2009 30 039 0 2 LSV

CULLERA PEINADO PEDROS MARIA JOSE CL CHURRUCA 29 IZ 1 20090343 03/02/2009 60 053 2 1 LSV

CULLERA DIOP 0 IBRA CL PINTOR SOROLLA 56 2 20090401 05/02/2009 30 038 0 2 LSV

CULLERA MARCO ALPUENTE DAVID DEL RIO 6 20090402 05/02/2009 30 039 2 C LSV

CULLERA BODI BARBERA FERNANDO CL CL JOSE BRUGUERA 39 2 20090405 05/02/2009 30 053 1 1 LSV

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BUTLLETÍ OFICIALDE LA PROVÍNCIA DE VALÈNCIA

BOLETIN OFICIALDE LA PROVINCIA DE VALENCIA

13N.º 1088-V-2009

nomMunicipi Cognom1 Cognom2 Nom Adreca expedient dataDenuncia import Artic. Punt Apar. Proc.

CULLERA AUDIVERT MARTIN CARLOS CL SUECA 13 B 2 2 20090408 06/02/2009 30 039 2 C LSV

SUECA GARCIA PLANELLS JUAN RAMON MANYA SALVADOR LLEDO 14 3 20090411 06/02/2009 30 053 1 1 LSV

CULLERA GONZALEZ ENRIQUEZ MARGARITACL VICENTE GRAU FONT 1 POR 2 5º 14º

20090412 06/02/2009 30 053 1 1 LSV

VALENCIA CASTELLO PALANCA SALVADOR MANUEL SIMO 41-4-1 20090414 06/02/2009 30 039 0 E LSV

CULLERA TIRADO DOMINGUEZ PABLO CL JOSE BURGUERA 41 3 A 20090421 07/02/2009 30 039 2 E LSV

CULLERA MELIA CASTELLO MANUEL CL CONDESA URGEL 2 2 2 20090422 07/02/2009 30 053 1 1 LSV

CULLERA IBOR LOPEZMARIA ENCARNA-CION

CL SAN MIGUEL 21 20090424 07/02/2009 30 039 2 F LSV

FAVARA CEBOLLA MOLINA BAUTISTA PAIS VALENCIA 18 20090427 07/02/2009 30 039 0 E LSV

CULLERA IBOR COLOM JAIME CL MUR DE LES ANIMES 50 20090428 07/02/2009 60 039 4 1 LSV

ALICANTE CANTOS ALCALA TRINIDAD CL MTRO LA TORRE 12 APDO 3036 20090430 07/02/2009 60 116 0 0 RGC

ALICANTE CANTOS ALCALA TRINIDAD CL MTRO LA TORRE 12 APDO 3036 20090431 07/02/2009 90 009 1 0 LSV

ALBORAYA FONTANELLAS LARTATEGUI FELIPE AV AUSIAS MARCH 26 B 7 20090433 09/02/2009 30 053 1 1 LSV

CULLERA PALERO SAPIÑA MARIA CONCEPCION RAMBLA SAN ISIDRO 12 6 17 20090436 09/02/2009 30 039 2 0 LSV

CULLERA IVANOVA LYUTSKANOVA TANYA CL PINTOR SOROLLA 1 1 20090438 09/02/2009 30 053 1 1 LSV

CULLERA HERNANDEZ TOUZET ALEJANDRA ISABEL AV PUERTO 7 B ED LONJA 2 15 20090440 09/02/2009 30 039 2 C LSV

XATIVA MARTINEZ ALVAREZ RAMON GERMANIAS 6 9 49 20090443 10/02/2009 30 039 2 C LSV

CULLERA FALCO COLUBI ENCARNACIÓN MOLINOS 8 20090445 10/02/2009 30 039 2 C LSV

CULLERA FUERTES MARTINEZ GEMA MARIA AV DEL PORT 5 4 20090447 10/02/2009 30 039 2 C LSV

CULLERA LLORET NAVARRO MARIA AV ALICANTE 13 ESC 3 5 20090456 11/02/2009 60 039 4 1 LSV

CULLERA BRONIUS 0 STROPUS CL TEATRE 16 B 20090457 11/02/2009 60 039 1 2 LSV

CARLET NAVARRO GARCIA EMILIO GONZALO SALVADOR ALLENDE 11 A 20090458 11/02/2009 30 039 2 C LSV

BENIDORM ASENSIO SAPIÑA ENCARNACION AV NICARAGUA 49 8 B 20090376 24/02/2009 30 053 1 1 LSV

CULLERA BLASCO JOVER EMILIO CL CL MAESTRO SERRANO 1-15 20090465 12/02/2009 30 039 0 E LSV

CULLERA VIVES MONTELL MERCEDES CL ENTRA DE MARTA 50 EL BROSQ 20090467 12/02/2009 30 039 2 C LSV

TAVERNES DE LA VALLDIGNA

RUANO RUANO ANGEL BONAVISTA 15 20090468 12/02/2009 30 053 1 3 LSV

VALENCIA GARCIA FERRERO SANTIAGO MAESTRO RODRIGO 86 2 13 A 20090470 12/02/2009 30 039 2 C LSV

VALENCIA FALOMIR BALLESTER JAIME FILIPINAS 11 5 18 20090472 12/02/2009 30 039 2 C LSV

CULLERA GLOBAL LLORCA SL 0 0 LA ACEQUIA 38 20090475 28/02/2009 30 039 4 2 LSV

CULLERA GIMENO RUBIO TANIA CL C UNIDAS EDF FLOR 2 ES4 D 20090478 13/02/2009 30 039 2 C LSV

SANTA COLOMA DE GRAMANET

MACAGGI 0 SARAH JANE CIRCUNVALACION 105 PO 1 20090482 13/02/2009 30 039 2 C LSV

SUECA ALIAGA CALABUIG SALVADOR VALENCIA 5 1 2 20090483 14/02/2009 30 038 0 2 LSV

SUECA NAVARRO MARTINEZ ANTONIO DR FLEMING 7 2 5 20090485 14/02/2009 30 053 1 1 LSV

LLIRIA GARCIA MARTINEZ ALFREDO SAN FRANCISCO 118 20090489 14/02/2009 30 039 4 2 LSV

LLAURI ROMERO TORREGROSA ROSA MARIA SAN VICENTE 34 20090521 19/02/2009 60 039 2 A LSV

CULLERA MORALES QUEL ANA PATRICIA AVDA DEL PUERTO 7 8 15 20090496 16/02/2009 30 039 2 C LSV

CARCAIXENT TCHAPDA ARMIÑANA ADRIAN AV JOSE VIDAL CANET 43 B 20090497 16/02/2009 30 039 2 0 LSV

CULLERA ILCA MOTORS SL 0 0 CL GUARDIA CIVIL 20090380 25/02/2009 30 039 4 2 LSV

CULLERA SIMO GISBERT LAURA DEL TIR 1 5 14 20090382 04/02/2009 30 039 2 C LSV

JAEN LEON PADILLA MIGUEL PEDRO AVDA ANDALUCIA 32 DCHA 7B 20090384 04/02/2009 30 053 1 1 LSV

CULLERA MARTINEZ FRAILE ERNESTO PLZ DE LA VERDURA 1-1 20090386 04/02/2009 60 039 4 1 LSV

CULLERA PALERO HIGUERO FRANCISCO C LA MUNTANYA 18 20090387 04/02/2009 30 053 1 1 LSV

VALENCIAJOSE MONSERRAT SOCIEDAD ANONIMA

0 0 CAMINO MONCADA 121 20090390 04/02/2009 30 039 2 C LSV

CULLERA APARISI MONTAGUD VICENTE CL SUECA 11 BJ 20090501 16/02/2009 30 039 4 2 LSV

ALZIRALAVANTIA VALENCIA SL

0 0 CL BARITONO GUILERMO PAL 1 20090503 16/02/2009 30 053 1 1 LSV

CULLERA FERRER MONTANER AMPARO C AUSIAS MARCH 1 6 11 20090508 28/02/2009 30 039 4 2 LSV

CULLERA GIMENEZ SIMON AMANECER CL DOCTOR ALEMANY 49 6 33 20090509 16/02/2009 30 053 1 1 LSV

ALZIRA VALLET GARCIA MARIA ANGELES AV DEL PARC 10 1 2 20090515 17/02/2009 30 039 4 2 LSV

CULLERA MARGARYAN 0 GAGIK CL CL MADRID 6 20090518 19/02/2009 30 053 1 1 LSV

CULLERA GONZALEZ CERVELLO JUAN JOSE MUR DE LES ANIMES 11 20090523 19/02/2009 30 053 1 3 LSV

CULLERA TELLO GRAU RAUL CL 25 DE ABRIL 57 4 7 20090524 19/02/2009 30 053 1 1 LSV

FAVARA TORRES ALEMANY DANIEL VALENCIA 13 1 20090527 19/02/2009 30 053 1 1 LSV

CULLERA SAPIÑA LLOPIS FRANCISCA CL MARINA 34 2 20090529 19/02/2009 30 039 2 0 LSV

CULLERA CALERO LOPEZ AGUSTIN CL TRINQUET 32 20090530 19/02/2009 30 039 2 E LSV

CULLERA GRAU MARTINEZ CARLOS CL BEN ZEYAN 3 3 5 20090531 16/01/2009 30 053 1 1 LSV

CULLERA JULIAN GIMENO JORGE ENRIQUE CL PL DE LA LLIBERTAT 21 20090535 14/02/2009 30 039 0 2 LSV

CULLERA RIPOLL ARLANDIS CARMEN AV BLASCO IBAÑEZ 7 10 19 20090537 16/02/2009 30 053 1 3 LSV

FORTALENY SANCHIS SABATER VICENTE CRER CORBERA 14 20090539 17/02/2009 30 039 0 E LSV

CULLERA TUR FEMENIA JUAN RS ANTONIO EDIF FELIPE II 2 2 2 9 20090540 17/02/2009 30 039 2 C LSV

2009/12040

Ayuntamiento de La Pobla LlargaEdicto del Ayuntamiento de La Pobla Llarga sobre notifi cación a los sancionados Ramón Miñana Caridad y otros.

EDICTODe conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se hace publica notifi cación a los sancionados que a continuación se relacionan cuyos últimos domicilios conocidos son los que se indican de la iniciación de los expedientes sancionados que se expresan.En el plazo de quince días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del presente edicto podrán los interesados proceder con-forme a las siguientes instrucciones:

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14 N.º 1088-V-2009

1. Presentar alegaciones si no están conformes con la denuncia las alegaciones que consideren convenientes a su defensa y proponer las prue-bas que estime oportunas.2. En caso de no ser el conductor en el momento de la infracción y de conformidad con lo establecido en el artículo 72.3 de la Ley sobre Trafi co, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, de 2 de marzo de 1990 deberá comunicar a este Ayuntamiento el nombre domi-cilio y D.N.I del conductor advirtiéndole que el incumplimiento de esta obligación será sancionado como falta grave, con multa de 300,51 euros.Transcurrido el plazo sin que se haya efectuado alegación alguna se elevará a defi nitiva la propuesta de sanción sin ulterior comunicación dándose por concluida la tramitación.El importe de la sanción se reducirá en un 30% si realiza el pago durante los 10 días naturales siguientes aquel en que tenga lugar la citada publicación:- En el Banco de Valencia 0093/0345/59/0000021337, haciendo constar el numero de expediente o del boletín y matricula del vehículo- Mediante giro Postal dirigido al Ayuntamiento de La Pobla Llarga haciendo constar el numero de expediente o del boletín y matricula del vehículo.Transcurrido dicho plazo se procederá al cobro de la misma en vía de apremio con los recargos e interés legales que correspondan.

BOLETIN INFRACTOR DIRECCION MUNICIPIO IMPORTE/EUROS

4112 Ramon Miñana Caridad C/ San Vicente, 29-12 La Pobla Llarga 50

0209 Rafael Pla Asins C/ Emilio Cremades, 3 La Pobla Llarga 40

4117 Vicente Sánchez Pérez C/ Luis Santangel, 16 La Pobla Llarga 40

0207 Vicente Sánchez Pérez C/ Luis Santangel, 18 La Pobla Llarga 40

0208 Oscar Tudela Sancho Avda Estación, 25 La Pobla Llarga 40

En La Pobla Llarga, a 23 de abril de 2009.—El alcalde, Rafael Soler Vert.2009/12095

Ayuntamiento de PaternaUnidad de RecaudaciónEdicto del Ayuntamiento de Paterna sobre notifi cación por comparecencia de las resoluciones de imposición de san-ciones en expedientes por infracción a la Ley sobre el Tráfi co, Seguridad Vial y ordenanza municipal de tráfi co a García Venera, Josefa, y otros.

EDICTOProcedimiento: SancionadorDe conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 Y 61 de la Ley 30/1.992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. No habiendo sido posible realizar la notifi cación de la SANCIÓN de los expedien-tes sancionadores que se relacionan por causas ajenas a esta administración, ya que se ha intentado la notifi cación en dos ocasiones, resultando ausentes o desconocidos en el último domicilio conocido, se procede a la publicación de la imposición de la sanción por infracciones de tráfi co a los interesados que se relacionan una vez recaída resolución por parte de la Alcaldía del Excelentísimo Ayuntamiento de Paterna. Dicha resolución obra en la Ofi cina de Recaudación del Ayuntamiento de Paterna sita en la C/ Pérez Galdós s/n donde los interesados podrán personarse para ser notifi cados y retirar el documento de pago, dentro de los quince días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de este edicto, transcurrido dicho plazo se les tendrá por notifi cados a todos los efectos. Nº Exped. NIF Infractor Nombre y Apellidos Municipio Fecha/Hora Art./Ley Infring. Puntos Importe

245/2009 19834012P GARCIA VENERA JOSEFA PATERNA 13/01/2009 / 12:30 29 / OC 0 100,00348/2009 52720402D DE MATIAS VALERO M MERCEDES PATERNA 13/01/2009 / 11:30 29 / OC 0 60,00579/2009 52720402D DE MATIAS VALERO M MERCEDES PATERNA 21/01/2009 / 18:42 29 / OC 0 60,001178/2009 X 4904934T OLAZABAL VIERA OCTAVIO LUIS PATERNA 04/02/2009 / 07:40 154 / LSV 0 60,001535/2009 73758819G GABALDON BALLESTEROS ROSA PATERNA 17/02/2009 / 19:50 18 / RGC 0 100,001747/2009 22698022N MONTORO GOMEZ AMPARO PATERNA 18/02/2009 / 16:55 7 / OC 0 100,002023/2009 52724316J HERRERO ATIENZAR JOSE PATERNA 26/02/2009 / 15:59 29 / OC 0 100,00

Paterna, a 22 de abril de 2009.—El alcalde, Lorenzo Agustí Pons.2009/12075

Excelentísimo Ayuntamiento de SuecaPolicía LocalAnuncio del Excelentísimo Ayuntamiento de Sueca sobre notifi cación de requerimiento para la retirada de vehículos del Depósito Municipal.

ANUNCIO-NOTIFICACIÓNREQUERIMIENTO PARA LA RETIRADA DE VEHÍCULOS DEL DEPÓSITO MUNICIPAL.Se ha constatado que los vehículos que se adjuntan en el listado anexo, permanecen en el Depósito Municipal de Vehículos de este Ayunta-miento, habiendo transcurrido más de dos meses desde que se produjo dicho depósito, de conformidad con lo establecido en el artículo 71.1. del Texto de la Ley sobre Tráfi co, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial aprobado por Real Decreto Legislativo 339/90 de 2 de marzo, modifi cado por las Leyes 5/97, de 24 de marzo y 11/99, de 21 de abril; por medio del presente se le requiere a los titulares de dichos vehículos para que, en el plazo de 15 días, procedan a la retirada de los vehículos indicados, advirtiéndoles que si no lo hicieren se procederá a su tratamiento como residuo sólido urbano, siendo de aplicación lo dispuesto en la vigente Ley 10/2000 de 12 de diciembre, de Residuos de la Comunidad Valenciana.Igualmente se le hace saber que si no fuera de su interés la retirada del vehículo indicado solo quedarán exento de responsabilidad adminis-trativa si lo ceden a un gestor de residuos autorizados, o lo entregan a este Ayuntamiento, debiendo en este último caso formalizar los trámites de la entrega, dentro del plazo indicado, ante las dependencias de esta Policía Local. Habiéndose intentado la notifi cación por dos veces, ésta no se ha podido practicar por causas no imputables a la Administración; y una vez cuando el destinatario consta como desconocido en dicho domicilio o lugar; es por lo que se realizan las mismas a través de este Anuncio que se deberá exponer durante un plazo de 15 dias en el tablón de edictos de los correspondientes Ayuntamientos y en el B.O.P. de Valencia, según

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lo establecido en el artículo 59,4 de la Ley 30/92 de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.Si transcurrido el plazo no se hubiesen comparecido los titulares, la notifi cación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.En Sueca, a 23 de abril de 2009.—La secretaria en funciones, Mª José Coves PrietoRelación anexa de vehículos para publicar en el B.O.P. y en los respectivos Ayuntamientos del lugar de residencia de los titulares, habiéndose cumplido los plazos establecidos en la legislación vigente sobre Residuos Sólidos urbanos.

Expd Titular y DNI Vehículo Localidad Fecha inicio Expediente y lugar de ubicación

391 Ricardo José L. Rodríguez López Renault Expres V-8029-EB VALENCIA 18-01-09 DMV Policía Local

421 Santiago Couto Rodríguez 09393207 Opel Corsa Z-1959-AD ALAQUAS 14-01-09 DMV Policía Local

423 Eugenio Prieto Quintela 34930427 Range Rover 2101-BWF VALENCIA 14-01-09 DMV Policía Local

428 Galinaitis Darius X5832999S Ford Fiesta V-6213-GK SUECA 18-12-08 DMV Policía Local

429 Diop Saliou X1206846J Ford Sierra V-9718-CD CALPE 10-11-08 DMV Policía Local

430 Najimi Redouane X3198712X Renault Safrane V-4655-EU SILLA 22-01-09 DMV Policía Local

435 Vizitiu Maricela X6757795G Mercedes 300 V-7103-FU SUECA 20/01/09 DMV Policía Local

2009/12035

Excelentísimo Ayuntamiento de ValenciaServicio Central del Procedimiento SancionadorSección PrimeraEdicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre expediente 01306/2009/2180: notifi cación de resoluciones/liqui-daciones aprobadas en diversos expedientes sancionadores.

EDICTO REF/EXPED.: BE/be 01306/2009/2180Intentada la notifi cación de la/s Resolución/es dictada/s en el/los procedimiento/s sancionador/es que se indica/n así como la/s liquidación/es que se adjunta/n a la/s misma/s y, no habiendo sido posible su práctica, efectúese mediante publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Ofi cial de la Provincia, así como exposición al público en el Tablón de Edictos de la Corporación, de conformidad con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común.La/s Resolución/es y liquidación/es que se notifi can son:

Expte nº Interesado/a Doc. Identifi cación Número y fecha de Resolución/Acuerdo Liquidación/Importe

01306/2009/1 TOMAS LARA ROMERO 48389951K 1161-W, 30/03/09MO 2009 21 1150 3,

1.500,01 €

01306/2009/3 JOHN SAID X2567463L 1163-W, 30/03/09MO 2009 21 1160 5,

1.500,01 €

01306/2009/14 AMMAR AMMOUCHE X1867421M 1170-W, 30/03/09MO 2009 21 1090 1,

1.500,01 €

01306/2009/35 MARIC NICOLAE X7297047K 1175-W, 30/03/09MO 2009 21 1250 6,

1.500,01 €

01306/2009/449 ANTONIO ATANET RODRIGUEZ 24330608N 1015-W, 16/03/09

MO 2009 21 960 4,1.500,01 €

MO 2009 21 970 6,1.500,01 €

01306/2009/452 BENITA GONZALEZ SANTOS 72662569ª 1017-W, 16/03/09MO 2009 21 980 1,

1.500,01 €

El pago de la/s liquidación/es podrá realizarse, previa retirada del documento cobratorio en el Servicio Central del Procedimiento Sancionador sito en la Casa Consistorial (Pl. Ayuntamiento 2º piso), en los siguientes plazos y lugar:

A. PLAZO:- Recaudación en Periodo Voluntario (art. 62.2 Ley 58/2003, General Tributaria):a). Si la notifi cación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de la recepción de la notifi cación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.b). Si la notifi cación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de la recepción de la notifi cación has-ta el día cinco del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.- Recaudación en Periodo Ejecutivo: Si no se produce el pago en el plazo señalado, al día siguiente del vencimiento de su plazo se iniciará el periodo ejecutivo de recaudación que determinará la exigencia de los intereses de demora y de los recargos del periodo ejecutivo en los tér-minos de los artículos 26 y 28 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003) y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.

B. LUGAR:- El Pago podrá realizarse en las Agencias de la / del:a). Banco de Valenciab). Banco Español de Crédito (BANESTO)c). Banco de Bilbao- Vizcaya Argentariad). Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona (La Caixa)

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e). Banco Santander-Central Hispanof). Caja RuralContra el acto administrativo transcrito, que es defi nitivo en vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, podrá usted interponer uno de los siguientes recursos:a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notifi cación.Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo, a su elección ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia o ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de su propio domicilio, en el plazo de seis meses, desde esta desestimación presuntab) Recurso contencioso-administrativo, a su elección, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia o ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de su propio domicilio, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de esta notifi cación.Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente.El secretario.

2009/12115

Ayuntamiento de XirivellaÁrea de SecretaríaAnuncio del Ayuntamiento de Xirivella sobre expediente de modifi cación de puestos de trabajo núm. 17.

ANUNCIOSe procede a publicar extracto del expediente de modifi cación de puestos de trabajo núm. 17 aprobado inicialmente por el pleno del Ayunta-miento, de fecha 13 de noviembre de 2008, publicado en BOP núm. 288, de fecha 03/12/2008, una vez resuelta la alegación presentada en el plazo de información pública, y aprobado de forma defi nitiva por el Pleno núm. 8 del Ayuntamiento, de fecha 01 de abril del 2009.Puesto afectado por el expediente de modifi cación de puestos de trabajo núm. 17:

N AREA Lloc de Treball N vll Grup D Base Destí Especifi c

PUESTO DE NUEVA CREACIÓN

PUESTO MODIFICADO claus

62-B ECONOMICA OFICIAL ENCARGADO VIGILANCIA Y MANTENIMIENTO 1 3 C2 NQ 16 9119,76 4406,76 4970,77 “1”2”3”

“1” CAMBIO ADSCRIPCION

“2” CAMBIO DENOMINACION PUESTO

“3” CAMBIO FUNCIONES

Xirivella, a 22 de abril de 2009.—El alcalde-presidente.2009/12103

Ayuntamiento de La Pobla LlargaEdicto del Ayuntamiento de La Pobla Llarga sobre notifi cación de multas de tráfi co a José Luis Rubio Torres y otros.

EDICTODe conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se hace publica notifi cación a los sancionados que a continuación se relacionan cuyos últimos domicilios conocidos son los que se indican de la iniciación de los expedientes sancionados que se expresan.En el plazo de quince días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del presente edicto podrán los interesados proceder con-forme a las siguientes instrucciones:1. Presentar alegaciones si no están conformes con la denuncia las alegaciones que consideren convenientes a su defensa y proponer las prue-bas que estime oportunas.2. En caso de no ser el conductor en el momento de la infracción y de conformidad con lo establecido en el artículo 72.3 de la Ley sobre Trafi co, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, de 2 de marzo de 1990 deberá comunicar a este Ayuntamiento el nombre domicilio y D.N.I del conductor advirtiéndole que el incumplimiento de esta obligación será sancionado como falta grave, con multa de 300,51 euros.Transcurrido el plazo sin que se haya efectuado alegación alguna se elevará a defi nitiva la propuesta de sanción sin ulterior comunicación dándose por concluida la tramitación.El importe de la sanción se reducirá en un 30% si realiza el pago durante los 10 días naturales siguientes aquel en que tenga lugar la citada publicación:- En el Banco de Valencia 0093/0345/59/0000021337, haciendo constar el numero de expediente o del boletín y matricula del vehículo- Mediante giro Postal dirigido al Ayuntamiento de La Pobla Llarga haciendo constar el numero de expediente o del boletín y matricula del vehículo.Transcurrido dicho plazo se procederá al cobro de la misma en vía de apremio con los recargos e interés legales que correspondan.

BOLETIN INFRACTOR DIRECCION MUNICIPIO IMPORTE/EUROS

0577 Jose Luis Rubio Torres C/ Furs, 5 Ontinyent 40

0675 Nicolae Belenaca C/ Santa Ana, 17 Senyera 40

4113 Nicolae Beleonca C/ Santa Ana, 17 Senyera 40

En La Pobla Llarga, a 23 de abril de 2009.—El alcalde, Rafael Soler Vert.2009/12109

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17N.º 1088-V-2009

Ayuntamiento de CallesEdicto del Ayuntamiento de Calles sobre ordenanza re-guladora de bases generales para la adjudicación de programas de actuación integrada.

EDICTONo habiéndose presentado reclamaciones contra el acuerdo del Ple-no del Ayuntamiento, de fecha 18 de julio de 2008, sobre aprobación provisional de la presente ordenanza local se eleva automáticamen-te a defi nitivo el acuerdo hasta entonces provisional, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario de conformidad con el artículo 49 de Ley 7/1.985 Reguladora de las Bases de Régimen Local (modifi cado por Ley 11/1.999), y se pública el texto íntegro en el B.O.P. en los si-guientes términos:

BASES GENERALES PARA LA ADJUDICACION DE PROGRA-MAS DE ACTUACION INTEGRADA

TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALESBase 1ª. Ámbito de aplicaciónLas prescripciones de las presentes Bases Generales serán de apli-cación a los Programas de Actuación, que afecten a terrenos situados dentro del Término Municipal de Calles.Si un mismo Programa afectara además a un Término Municipal colindante se estará a las Bases Generales y Particulares que se consensúen con el otro Ayuntamiento y, en su defecto, a lo que re-suelva la Conselleria competente en materia de territorio.Base 2ª. Régimen jurídicoLos contratos para el desarrollo y ejecución de Programas de Actua-ción tienen naturaleza administrativa especial, y se regirán por las disposiciones contenidas en la Ley Urbanística Valenciana 16/2005, de 30 de diciembre (“Ley Urbanística Valenciana”), por lo dispues-to en el Reglamento que la desarrolla y por las cláusulas contenidas en estas Bases Generales y en las Bases Particulares que se aprueben para cada Programa.También serán de aplicación las disposiciones contenidas en el Tí-tulo IV del Libro II del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legisla-tivo 2/2000, de 16 de junio (“Ley de Contratos de las Administra-ciones Públicas”), y las establecidas en el Reglamento General de dicha ley, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (“Reglamento de Contratos de las Administraciones Públicas”), así como las normas de Derecho comunitario y demás disposiciones reguladoras de la contratación administrativa de las entidades locales que resulten de aplicación.Base 3ª. Prerrogativas del AyuntamientoDe conformidad con la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, el Ayuntamiento ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos para el desarrollo y ejecución de los Programas de Actua-ción, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, así como las demás fa-cultades que, específi camente, le reconozca la Ley Urbanística Va-lenciana o su Reglamento.Base 4ª. Conocimiento por parte del aspirante a Urbanizador de las normas reguladoras de los contratos a que se refi eren las presentes Bases Generales de programaciónLa participación en el procedimiento de selección de Urbanizador, supone la aceptación de las Bases por los aspirantes. El desconoci-miento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documen-tos anejos que forman parte del mismo o de las instrucciones que puedan tener aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.Base 5ª. Procedimiento y forma de adjudicaciónEl Contrato se adjudicará mediante el procedimiento abierto de lici-tación y la forma de concurso, en los términos establecidos legal y reglamentariamente.

TÍTULO II. ADJUDICACIÓN DEL PROGRAMA DE ACTUA-CIÓN INTEGRADABase 6ª. Legitimación para formular los Programas de Actuación mediante gestión indirecta6.1. Podrán ser Urbanizadores y promover Programas de Actuación las personas, físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, sean o no propietarias de los terrenos

afectados, y reúnan las condiciones de legitimación, solvencia eco-nómica y fi nanciera, técnica y profesional exigidos por la Ley Urba-nística Valenciana, por su Reglamento, por la normativa aplicable en materia de contratación con las Administraciones Públicas y por la Bases Generales y Particulares de programación.Base 7ª. Garantía provisional7.1. Para tomar parte en los procedimientos de concurso para la adjudicación de un Programa de Actuación, será preciso acompañar a la proposición la acreditación de haber prestado garantía provisio-nal conforme a lo dispuesto en la Ley de Contratos de las Adminis-traciones Públicas, por importe equivalente al 2 por 100 de la esti-mación aproximada de las cargas del Programa de Actuación fi jada en las Bases Particulares y que servirá asimismo de precio máximo de licitación.7.2. Si resultara de aplicación el régimen del silencio positivo pre-visto en el artículo 130.5 de la Ley Urbanística Valenciana, el cálcu-lo de la garantía provisional se hará en aplicación de lo que disponen las Bases Particulares que, como modelo tipo apruebe por Orden el Conseller competente en materia de Territorio.7.3. La prestación de la garantía provisional se acreditará de la si-guiente forma:1. Mediante resguardo de la Tesorería Municipal, cuando se haya constituido en dinero, en valores públicos o en valores privados.2. Mediante aval o póliza de seguro de caución, debiendo verifi car-se la personalidad y/o legitimación de la persona que fi rma el docu-mento en nombre de la entidad por:a) Bastanteo efectuado por la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento.b) Documento formalizado ante la fe pública de Notario. 7.4. La garantía provisional responderá del mantenimiento de las propuestas de Programa por los licitadores hasta la adjudicación, y de la propuesta del adjudicatario hasta la formalización del Programa.Las proposiciones que se retiren, sin causa justifi cada, con anterio-ridad al transcurso del plazo de que dispone el Ayuntamiento para la adjudicación del Programa de Actuación sin que ésta se haya resuel-to, no tendrán derecho a la devolución de la garantía provisional. La renuncia del adjudicatario a la formalización del contrato para el desarrollo y ejecución del Programa conllevará la pérdida de la ga-rantía provisional.Base 8ª. Presentación de proposiciones8.1. Para participar en el concurso para la adjudicación de un Pro-grama de Actuación, los interesados deberán ajustar su proposición al modelo y a las determinaciones incluidas en las Bases Particula-res.8.2. La presentación de proposiciones supone la aceptación de la Bases Generales y Particulares de programación que regulen la ad-judicación del Programa por parte de los interesados, e implica la declaración responsable de que el licitador reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para resultar adjudicatario del Progra-ma.Las proposiciones de los interesados tendrán que presentarse en cualquiera de los registros a que se refi ere la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, dentro del plazo y en el horario señalados en el anuncio de concurso.8.3. Los licitadores podrán examinar las Bases Generales y Particu-lares del Programa en el lugar designado en el anuncio del concurso, donde podrán igualmente obtener las copias de la documentación. Las dudas respecto a la documentación y demás requisitos del con-curso serán resueltas por la unidad administrativa designada en el anuncio del concurso.Base 9ª. Adjudicación del Programa.La adjudicación del Programa se realizará en favor de la proposición más ventajosa de acuerdo con los criterios fi jados en las Bases Par-ticulares de programación. En su defecto, se aplicarán las siguientes valoraciones supletorias que también regirán en caso de resultar aplicable el régimen del silencio positivo previsto en el artículo 130.5 de la Ley Urbanística Valenciana:1. Para la Alternativa Técnica:a) La calidad técnica de la ordenación propuesta. Este criterio repre-sentará un 50 ciento de la valoración de la Alternativa Técnica.b) La resolución adecuada de la integración de la actuación en su entorno.

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c) La mejor estructuración de dotaciones públicas y de espacios libres. Los criterios establecidos en las dos letras anteriores repre-sentarán en conjunto un 20 por ciento de la valoración de la Alter-nativa Técnica.d) La calidad técnica de las resoluciones propuestas para la urbani-zación. Este criterio representará un 10 por ciento.e) Número, diseño, ubicación y calidad de las viviendas sometidas a algún régimen de protección que se comprometa a promover el urbanizador. Este criterio representará un 10 por ciento.f) Inversión en Programas de restauración paisajística o de imagen urbana dentro del ámbito del Programa, como objetivos complemen-tarios del mismo, de acuerdo con las directrices establecidas en los artículos 30 a 35 de la Ley 4/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de ordenación del territorio y protección del paisaje. Este criterio supondrá un 5 por ciento.g) Plazo de ejecución del Programa de actuación integrada.h) Compromiso de edifi cación simultánea a la urbanización de los solares resultantes de la Actuación por encima de un mínimo legal-mente exigible.i) Compromisos adicionales asumidos voluntariamente y a su cargo por el Urbanizador. Los criterios establecidos en las tres letras anteriores representarán en conjunto un 5 por ciento.2. Para la Proposición Jurídico-Económica:a) Importe de las cargas de urbanización, expresado en euros por metro cuadrado de edifi cabilidad. Este criterio representará un 30 por ciento de la valoración de la Proposición Jurídico-Económica.b) La valoración de los terrenos a efectos de fi jar el coefi ciente de cambio para el pago en especie representará un 65 por ciento.c) Compromisos fi nancieros para la ejecución de las obligaciones complementarias asumidas voluntariamente y a su costa por el Ur-banizador. Este criterio supondrá un 5 por ciento. Base 10ª. Garantía defi nitiva.10.1. Con anterioridad a la fi rma del contrato con la Administración actuante el adjudicatario del Programa de Actuación Integrada de-berá constituir la garantía defi nitiva, por el importe establecido en las Bases Particulares, o en su defecto, por el 4 por ciento del valor de las cargas de urbanización y que acreditará por cualquiera de las formas previstas para la garantía provisional en estas Bases.10.2. Transcurrido el plazo de doce meses desde que se entiendan recibidas las obras de urbanización de conformidad con lo previsto en estas Bases, procederá la devolución de la garantía defi nitiva.

TÍTULO III. EJECUCIÓN DEL CONTRATOBase 11ª. Plazo de ejecución del Programa de Actuación y prórroga del contratoEl Urbanizador está obligado a cumplir los plazos fi jados en la Ley Urbanística Valenciana, en las Bases Particulares y en el contrato que suscriba con la Administración actuante.Salvo disposición contraria en las Bases Particulares de progra-mación, no podrán prorrogarse los plazos totales o parciales de ejecución.El incumplimiento de esta obligación esencial habilitará al Ayunta-miento a imponer las multas coercitivas que se señalen en las Bases Particulares de Programación y, en su caso, a resolver el contrato.

TÍTULO IV. EXTINCIÓN DEL CONTRATO SUSCRITO ENTRE EL URBANIZADOR Y LA ADMINISTRACIÓNBase 12ª. Resolución del Contrato14.1. Son causas de resolución del contrato las previstas en la Ley Urbanística Valenciana, en su Reglamento y en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas para los contratos administrativos especiales, con los efectos que se establecen en cada una de ellas.14.2. Para la resolución del Contrato entre el Ayuntamiento y el Urbanizador será preceptiva la previa emisión de informe favorable por el Consejo del Territorio y el Paisaje.Base 13ª. Jurisdicción competenteLas resoluciones de los recursos administrativos previstos en el Reglamento de la Ley Urbanística Valenciana podrán ser impugnadas ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha Jurisdicción.

Contra la aprobación defi nitiva de la presente ordenanza se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdic-ción.En Calles, a 15 de julio de 2008.—El alcalde, Ángel Valero Solaz.En Calles, a 13 de noviembre de 2008.—El alcalde, Ángel Valero Solaz.

2009/11984

Ayuntamiento de NáqueraAnuncio del Ayuntamiento de Náquera sobre adjudicación defi nitiva de las obras de soterramiento de contenedores en casco urbano.

ANUNCIOPor Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 22 de abril de 2009, se adjudicó defi nitivamente el contrato de obras consis-tentes en SOTERRAMIENTO DE CONTENEDORES EN CAS-CO URBANO, lo que se publica a los efectos del artículo 138 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.1. Entidad adjudicadora.a) Organismo: AYUNTAMIENTO DE NÁQUERAb) Dependencia que tramita el expediente: SECRETARÍAc) Número de expediente: 33/092. Objeto del contrato.a) Tipo de contrato: NEGOCIADO SIN PUBLICIDADb) Descripción del objeto: SOTERRAMIENTO DE CONTENEDO-RES EN CASCO URBANO3. Tramitación, procedimiento.a) Tramitación: URGENTEb) Procedimiento: NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD4. Precio del Contrato. 58.391,72 €, más 9.342,68 €, por un total de 67.734,40 euros, IN-CLUIDO IVA.5. Adjudicación.a) Fecha: 22 de abril de 2009b) Contratista: HOBRESCON S.L.c) Nacionalidad: ESPAÑOLAd) Importe de adjudicación: 58.391,72 €, más 9.342,68 €, por un total de 67.734,40 euros, INCLUIDO IVAEn Náquera, a 22 de abril de 2009.—El alcalde, Ricardo Arnal Pavía.

2009/11735

Ayuntamiento de Vila-realAnuncio del Ayuntamiento de Vila-real sobre notifi cación a los interesados de la tramitación de diferentes expe-dientes de vehículos abandonados.

ANUNCIOIntentada notifi cación sin efecto, y no habiendo sido posible su práctica, al no ser localizado el destinatario, a tal objeto, de con-formidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se detalla a continuación relación de vehículos, de los que se presume racio-nalmente su abandono y/o difi cultar el normal funcionamiento de los servicios municipales. Estos vehículos deberán ser retirados por sus titulares en el plazo máximo de QUINCE DÍAS contados a partir de la publicación del presente escrito en el B.O.P. de VALENCIA y en el Tablón de Anuncios de los respectivos Ayun-tamientos, en los que estén empadronados, advirtiéndose que en caso contrario, se procederá a su trámite como residuo sólido urbano.

TIPO MATRÍCULA MARCA/MODELO TITULAR EXPTE.

Todo Terreno V-1070-DY Suzuki Vitara Euromex de Rústicos, S.L. 10/09

Lo que se comunica a los efectos oportunos.Vila-real, a 15 de abril de 2009.—El alcalde.

2009/12125

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19N.º 1088-V-2009

Ayuntamiento de AlginetAnuncio del Ayuntamiento de Alginet sobre lista defi niti-va, tribunal y fecha de la oposición de una plaza de ar-quitecto.

ANUNCIOFinalizado el periodo de diez días para subsanar defectos y presentar reclamaciones a la lista provisional de admitidos y excluidos apro-bada por Resolución 1266/2008, relativa a la provisión en propiedad de la plaza de Arquitecto, vacante en este Ayuntamiento, y no ha-biéndose presentado alegación alguna. Vistas las bases quinta, sexta y demás de aplicación de las aprobadas por Decreto 824/2008 de 7 de agosto.En uso de las facultades que me confi ere el art. 21.1 h) de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local, por la presente Resuelvo:PRIMERO: Aprobar defi nitivamente la lista provisional de admiti-dos y excluidos siguiente:ADMITIDOS:ALONSO BURGAZ, CRISTINA 24.373.542 MAÑO NADAL, PILAR 20.837.928 CAÑO VILLALBA, Mª LOURDES 25.407.634 VBAYO CALDUCH, MARIA 24.388.468 GBELLVER SOLAZ, LEOPOLDO 22.542.197 NBENAYAS CHECA, ALEJANDRA 18.995.934 GBONASTRE PINA, JAVIER 73.557.326 ZCALZA PEREZ, LEON GONZALO 29.200.550 ACARDO PALACIOS, MIGUEL ANGEL 85.090.020 WCERDA GARGALLO, ESTRELLA 18.953.983 MCERVERO TORTOSA, PAULA 44.515.630 GCORONADO VIANA, MANUEL 29.179.943 GCOSTA MEDES, VICENTE 20.830.633 QCRESPO SÁNCHEZ-CAÑAMARES, MARIA LOURDES 45.632.221 ZDEL BLANCO QUIJANO, DAVID 12.779.162 VDEL PESO PEIRO, JOSE 85.091.145 TDIAZ ESPIÑEIRA, EVA MARIA 02.886.227 AESPI SANCHIS, BEGOÑA 85.087.006 RFAUS IBIZA, MARIA FEDERICA 20.012.344 KFELICI LLOPIS, ANTONIO 20.820.820 DFERNÁNDEZ BOSCH, MARTA 51.406.009 CFERNÁNDEZ ROMERO, JUAN ANT. 20.827.771 YFURIO ORTIZ, ESTHER 22.571.414 LFUSTER CORTIJO, HECTOR 29.184.533 VGALVEZ MARTINEZ, CAROLINA 73.561.550 YGARCIA RUIZ, ROSARIO 52.755.136 JGIL ASENSIO, XAVIER 20.445.037 SGONZALEZ ANGULO, MARIA JOSE 44.857.959 RGONZALEZ CEVALLOS, MARTA 44.501.853 GGREUS CLIMENT, ESTHER 29.199.830 LLAVARA PERONA, NURIA 29.004.705 AMANZANA FAS, PAOLA 53.225.173 EMARGARIT BOSCÁ, FCO. JAVIER 20.040.860 VMIGUEL VÁZQUEZ, SANDALIO 52.635.083 CMONZO LACAL, CRISTINA 20.812.721 KOCHANDO ALMAZAN, JOSE Mª 44.875.358 NORQUIN GARCIA, IGNACIO JESÚS 33.563.043 VOTERO GIMÉNEZ, LUCIA 21.666.243 JPASTOR BADIA, LLUIS 33.401.132 APELLUZ GUADALUPE, ARACELI 07.490.767 NPEREZ MARTÍN, BENITO 52.705.378 GQUILES HERRERO, FCO. JAVIER 22.545.099 QROGER SÁNCHEZ, ISABEL 24.382.515 PSAIZ MALAVIA, JESÚS 72.571.204 VSÁNCHEZ CASTELLON, FCO. JUAN 20.819.718 ASANCHIS ESTEVE, LORENA 48.312.666 QTUDELA PINEDA, JESSICA 20.824.150 LVELENCOSO CASTILLEJO, Mª JESÚS 44.855.601 N

EXCLUIDOS: Ninguno.SEGUNDO: Nombrar el Tribunal que debe valorar las pruebas de la oposición convocada para una plaza de Arquitecto de la plantilla de funcionarios del Ayuntamiento que estará formado por:PRESIDENTE: Dª. MARIA ROVIRA MAS, y D. LUIS ANGEL DE DIOS IBARLUCEA, Funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter Estatal, y Técnico de Administración Gene-ral como titular y suplente respectivamente.SECRETARIO: D. JOSE VICENTE IBOR RIDAURA, Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter Estatal, y D. LUIS ANGEL DE DIOS IBARLUCEA, Técnico de Administración General, titular y suplente respectivamente.

VOCALES: D. EVARISTO LOPEZ TERUEL, Arquitecto Municipal del Ayuntamiento de Liria y D. LUIS LATORRE MATUTE Arqui-tecto Municipal del Ayuntamiento de Cullera, titular y suplente, designado por la Alcaldía.D. RUBEN MUÑOZ MARTI Y Dª CARMEN PEREZ-OLEAGUE IBÁÑEZ titular y suplente respectivamente, en representación de la Generalitat Valenciana.D. JORGE BLASCO CASTANY Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter Estatal, y Dª NURIA COMPAÑ BARCO, Técnico de Administración General, como titular y suplen-te respectivamente.TERCERO: Según la Base 7 (Calendario), se convoca al Tribunal a las 8 horas 30 minutos, en el Salón de Sesiones de este Ayunta-miento, y a los aspirantes a las 9 horas, en la Casa de la Cultura del día 15 de junio del año 2009, para la realización del primer ejercicio, de conformidad con las Bases.CUARTO: Una vez comenzadas las pruebas, los sucesivos anuncios que ocasionen la celebración de estas pruebas como son las fechas de los diferentes ejercicios, así como la puntuación obtenida por los participantes, se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamien-to, con 12 horas de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de 48 si se trata de un nuevo ejercicio, según las bases aprobadas por R.D. 826/2008.Lo que se hace publico para general conocimiento, en Alginet, a 22 de abril de 2009.—El alcalde, Enrique Girona Climent.

2009/11837

Ayuntamiento de GodellaEdicto del Ayuntamiento de Godella sobre aprobación padrón tasa recogida de basura ejercicio 2009, primer semestre.

EDICTOPor resolución de la Alcaldía número 701/2009 de fecha 23 de abril de 2009, se acordó aprobar el padrón relativo a la tasa de recogida de basuras o residuos sólidos urbanos correspondiente al ejercicio de 2009, primer semestre, que incluye 5.650 recibos por un importe de 271.848,75 euros.Queda abierto el período de exposición pública por el plazo de 15 días contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el “Boletín Ofi cial” de la provincia, durante el cual los interesados podrán examinar en las Ofi cinas Municipa-les de Recaudación, sitas en calle Tenor Alonso, número 65, el Padrón aprobado y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.Asimismo, contra dicho acto y las liquidaciones que se deriven de este padrón, se podrá interponer recurso de reposición ante la Alcal-día en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la fi nalización de la exposición al publico, conforme a lo establecido en el artículo 14.2 apartado c) del Real Decreto Legislativo 2/2.004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Se establece como plazo de pago en período voluntario, de l de mayo al 30 de junio (ambos inclusive), o inmediato día hábil posterior si el último día es inhábil.Los citados recibos podrán abonarse en los plazos señalados, en cualquiera de las entidades colaboradoras que fi guran en los propios recibos, en su horario de apertura al público. Se recuerda a los con-tribuyentes que podrán domiciliar el pago en las entidades colabo-radoras. Los duplicados podrán obtener en la ofi cina municipal de recaudación.Se hace constar que se notifi ca de forma colectivamente los recibos mediante la publicación del presente anuncio en el “Boletín Ofi cial” de la provincia, así como a través de edictos que lo adviertan, todo ello, a tenor de lo dispuesto en el artículo. 102,3 de la vigente Ley General Tributaria.Se advierte que transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo ejecutivo correspondiente, los intereses de demora, y en su caso, las costas que se produzcanGodella, 23 de abril de 2009.—El alcalde, Salvador Soler Chuliá.

2009/11982

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20 N.º 1088-V-2009

Ayuntamiento de PaternaEdicto del Ayuntamiento de Paterna sobre adjudicación defi nitiva del contrato de las obras de “Construcción de Glorieta (C/29 y 232) y encauzamiento del barranco de La Font (C/232 y 540)”.

EDICTODe conformidad con el artículo 138 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público y en cumplimiento del acuerdo de La Junta de Gobierno Local se hace pública la adjudicación defi nitiva del Con-trato de obras de “Construcción de Glorieta (C/29 y 232) y encau-zamiento del Barranco de la Font (C/232 y 540)”, mediante Proce-dimiento Abierto a Varios Criterios, y fi nanciado con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local.Empresa adjudicataria: ROMYMAR S.A.Importe: 1.800.996’34 €.Lo que se comunica para conocimiento general.Paterna a 21 de abril de 2009.—El alcalde, Lorenzo Agustí Pons.

2009/11824

Ayuntamiento de PaternaAnuncio del Ayuntamiento de Paterna sobre adjudicación defi nitiva obra ejecución Parque Central.

ANUNCIODe conformidad con el artículo 138 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público y en cumplimiento del acuerdo de La Junta de Gobierno Local se hace pública la adjudicación defi nitiva del Con-trato de “Ejecución Obra del Parque Central”, mediante procedimien-to abierto a varios criterios, y fi nanciado con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local.Empresa adjudicataria: INTERSA-INFRAESTRUCTURAS TE-RRESTRES, S.A.Importe: 3.645.000 €, IVA incluido.Lo que se comunica para conocimiento general.Paterna, a 21 de abril de 2009.—El alcalde, Lorenzo Agustí Pons.

2009/11861

Excelentísimo Ayuntamiento de ValenciaServicio Central del Procedimiento SancionadorEdicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia re-lativo al expediente 01306/2009/1286 de la Sección Tercera.

EDICTO De conformidad con lo previsto en los artículos 59.5 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente edicto se notifi ca a la persona que se señala a conti-nuación que, no habiendo sido posible la práctica de la notifi cación de la providencia de inicio de procedimiento sancionador dictada en el expediente de referencia, la misma se halla a su disposición en estas dependencias municipales.La providencia que se notifi ca es:“Vista la denuncia 266286, en que consta que el 1-1-09 a las 07,30 horas, se gritaba o vociferaba y usaban aparatos musicales en C/ San Juan Bosco nº 66-19ª, molestando a vecinos.1º.- En virtud de delegación conferida por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 22-6-07, se incoa sancionador contra D. DANNY WILFRIDO GAONA TORRES (NIE X6504074L) por los siguientes hechos:El 1-1-09 a las 07,30 horas, se gritaba o vociferaba (1º) y usaban aparatos musicales (2º) en C/ San Juan Bosco nº 66-19ª, molestando a vecinos.2º.- Tales hechos pueden constituir infracción LEVE tipifi cada en:- Ley 37/03, de 17-11, en su art. 28.5.b).- Ordenanza Municipal de Protección contra la Contaminación Am-biental, aprobada por el Pleno de 30 de mayo de 2008, BOP de 26 de junio, en su art. 65.2, apartado 1º, letra f).3º.- Las sanciones que pueden imponerse por cada una de las infrac-ciones cometidas (según la concurrencia o no de circunstancias a tener en cuenta para la graduación de la sanción (conforme al art. 66 de la ordenanza, a) Las circunstancias del responsable; b) Naturaleza de la

infracción; c) La importancia del daño o deterioro causado (incomo-didad, peligro, daños o perjuicios causados, permanencia o transito-riedad de los riesgos o peligros respecto a las personas, a los bienes o al entorno); d) La intencionalidad o negligencia; e) La reincidencia y la reiteración o continuación en la comisión de la misma infracción; f) Conducta del infractor en orden al cumplimiento de la normativa; g) Trascendencia económica, ambiental o social de la infracción. Dentro de este apartado se considerará como circunstancia agravante la nocturnidad. Cuando a una infracción pudiera corresponderle la imposición de la sanción en su grado mínimo, podrá imponerse ésta en sus grados medio o máximo para evitar que resulte más benefi cio-sa la comisión de la infracción que la sanción impuesta) son:– Multa, que puede ir desde un mínimo de 60 euros a un máximo de 600 euros, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 58.c) de la ley 7/02, de 3-12; art. 29.1.c) de la ley 37/03 de 17-11 y 67 de la Ordenanza Municipal. Las sanciones se impondrán dividiendo los importes establecidos legalmente en los siguientes grados: Grado mínimo, inferior al 33% de la cuantía máxima (de 60 a 199 euros); Grado medio, comprendido entre el 33,1% y el 66% de la cuantía máxima (de 200 a 399 euros), y Grado máximo, superior al 66,1% de la cuantía máxima (de 400 a 600 euros). Las infracciones en horario nocturno se sancionaran en su grado inmediato superior.Se estima procede imponer una sanción de multa por importe de 200,00 para el hecho 1º.1.200,00 para el hecho 1º.2.4º.- Instruyen indistintamente el presente procedimiento los siguien-tes funcionarios: D. Juan Vicente Alonso Molina, quien interviene inicialmente como Instructor, D. Juan Izquierdo Fos, Dª Teresa Pérez Giménez, D. Francisco Espinosa Ferrando, D. Alberto Benavent Escribá y Dª María Isabel López López, según acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 22-6-07 y art. 13.1.c) del Reglamento aproba-do por RD 1398/93, de 4-8, BOE de 9-8.La persona interesada, si lo estima conveniente, puede presentar recusación contra los designados Instructores, con el régimen pre-visto en el art. 29 de la ley 30/92, de 26-11.5º.- El órgano competente para resolver es la Junta de Gobierno Local, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 30.1.a) y Disposición Final 1ª de la Ley 37/03, de 17-11, en relación con el art. 127.1.l) de la Ley 7/85, de 2-4, reguladora de las bases de régimen local que delegó (por acuerdo de 22 de junio de 2007) en D. Félix Crespo Hellín, la resolución de los expedientes sancionadores instruidos por el Servicio Central del Procedimiento Sancionador.6º.- La persona interesada podrá reconocer voluntariamente su res-ponsabilidad, conforme a lo dispuesto en los artículos 13.1.d) y 8 del Reglamento aprobado por R.D. 1398/93, de 4-8, citado, con los efectos previstos en este último artículo.7º.- Se le concede un plazo de 15 días hábiles al interesado para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse. Se le comunica, asimismo, el derecho a la audiencia en el procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.1.f), en relación con el artículo 19 del citado Reglamen-to aprobado por R.D. 1398/93, de 4-8.8º.- Caso de no formular alegaciones contra la presente providencia, ésta podrá tener carácter de propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 13.2, 16.1, 18 y 19 del citado reglamento aprobado por RD 1398/93, pudiendo, al efecto, solicitar copia de los documentos obrantes en el expediente.9º.- La presente Providencia inicia un procedimiento sancionador, por lo cual comienza el cómputo de un nuevo plazo máximo de tramitación del mismo, de seis meses, a contar desde la fecha de este acto. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notifi cado la resolución expresa, se producirá la caducidad del procedimiento sancionador, salvo en los supuestos que el plazo máximo puede quedar interrum-pido por las causas legalmente previstas. El instructor del procedi-miento podrá, asimismo, acordar la suspensión del citado plazo cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 42.5 de la ley 30/92, de 26-11.”Lo que se comunico a la persona interesada para su conocimiento y efectos señalados en dicha providencia, contra la cual no cabe recur-so por ser mero acto de trámite.El secretario.

2009/12948

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21N.º 1088-V-2009

Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia Servicio Central del Procedimiento SancionadorEdicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi cación de propuesta de resolución dictada en el expe-diente 01306/2009/244, del Servicio Central del Procedimiento Sancionador (Sección 2).

EDICTODe conformidad con lo previsto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente edicto se notifi ca a la persona que se señala a continuación la PROPUESTA DE RESOLUCIÓN que se señala, dictada en el procedimiento sancionador que se tramita en el expediente sancionador que asimismo se indica.

Expte nº Persona expedientada.Lugar de los hechos denun-ciados por la Policía Local en el municipio de Valencia.

Fecha de la denuncia de la Policía Local.

Providencia de incoación y notifi cación de la misma.

Fecha de la propuesta de resolución y sanción de multa cuya imposición

se propone.

244/2009 D. MODESTO MORENO SANTAMARÍA. C/ Justo Vilar, nº 1. 29/11/2008,

a las 18:00 hs..

Providencia de incoación de 19/01/2009, notifi cada

el 06/02/2009.

Propuesta de resolución de 25/01/2009.

Multa propuesta de 400 €.

El procedimiento sancionador a que dicho expediente se refi ere, como se señala en la citada Propuesta de Resolución y se indicó asimismo en la Providencia de Incoación del mismo, tiene por expedientado/a a las persona que han sido señalada, y en él se le imputa una infracción tipi-fi cada como leve en el art. 49.a), en relación con el art. 18.4.e), ambos, del Decreto Legislativo del Gobierno Valenciano 1/2003, de 1 de abril.De conformidad con lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 30/1992, se comunica a la persona expedientada que en el plazo de DIEZ DÍAS há-biles a contar desde el siguiente al de la publicación del presente Edicto en el Boletín Ofi cial de la Provincia de Valencia podrá comparecer para el conocimiento íntegro de la propuesta de resolución que ha sido citada, en las dependencias del Servicio Central del Procedimiento Sancionador de este Ayuntamiento, sitas en la Ciudad de Valencia, Plaza del Ayuntamiento número 1 (Edifi cio de las Casas Consistoriales), 2ª planta. -----------------------------------------------------Lo que le comunico para su conocimiento y efectos.Valencia, a 28 de abril de 2009.—El secretario.

2009/12525

Ayuntamiento de PaternaEdicto del Ayuntamiento de Paterna sobre adjudicación defi nitiva contrato obra de construcción del centro de enseñanza de música profesional de grado medio, audi-torio y sótano.

EDICTODe conformidad con el artículo 138 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público y en cumplimiento del acuerdo de La Junta de Gobierno Local se hace pública la adjudicación defi nitiva del Con-trato de Obras de Construcción del Centro de Enseñanza de Música Profesional de Grado Medio, Auditorio y Sótano Aparcamiento, mediante procedimiento abierto a varios criterios, y fi nanciado con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local.Empresa adjudicataria: CORSAN-CORVIAM CONSTRUCCION, S.A.Importe: 4.999.808,80 €, IVA Incluido.Lo que se comunica para conocimiento general.Paterna, a 21 de abril de 2009.—El alcalde, Lorenzo Agustí Pons.

2009/11862

Ayuntamiento de San Antonio de BenagéberAnuncio del Ayuntamiento de San Antonio de Benagéber sobre adjudicación provisional de la obra denominada “Proyecto de instalaciones deportivas”, para la construc-ción de edifi cio público de carácter deportivo.

ANUNCIOPor acuerdo de la Junta de Gobierno de este Ayuntamiento, de fecha 6 de abril de 2009, se adjudicó provisionalmente el citado contrato de obras, fi nanciadas por el Fondo Estatal de Inversión Local, lo que se publica a los efectos del artículo 135.3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.1. Entidad adjudicadora: Ayuntamiento de San Antonio de Benagéber (Dependencia: Ofi cina Técnica. Expediente número: 84.08.IND (A).2. Objeto del contrato.a) Tipo de contrato: Administrativo.b) Descripción del objeto: ejecución de la obra “Proyecto de insta-laciones deportivas”, para la construcción de edifi cio público de carácter deportivo.c) Perfil de Contratante: página web: http://www.gva.es/sabenageber/

3. Tramitación: urgente; procedimiento: negociado con publicidad.4. Precio del Contrato. Precio 344.827,58 euros, y 55.172,41 euros del IVA.5. Adjudicación.a) Fecha: 6 de abril de 2009.b) Contratista: CONSTRUCCIONES OLOCAU, S.L.c) Nacionalidad: Española.d) Importe de adjudicación: Precio: 336.000 euros y 64.000 euros de IVA, más mejoras.En San Antonio de Benagéber, a 14 de abril de 2009.—El alcalde-presidente, Eugenio Cañizares López.

2009/11925

Ayuntamiento de Tavernes BlanquesEdicto del Ayuntamiento de Tavernes Blanques sobre bases que han de regir la convocatoria para la selección de un/a auxiliar de biblioteca, grupo C, subgrupo C1/C2.

EDICTOLa Junta de Gobiernos Local en fecha 07 de abril de 2009, ha resuel-to aprobar las bases de la convocatoria de las pruebas de selección de la plaza que a continuación se indica, vacante en la plantilla de personal de este Ayuntamiento.BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE UN/A AUXILIAR DE BIBLIOTECA, GRUPO: C, SUBGRUPO: C1/C2 EN EL AYUNTAMIENTO DE TAVERNES BLANQUES (VALENCIA).PRIMERA. OBJETO.1.- Es objeto de las presentes bases la selección la provisión con ca-rácter defi nitivo la siguiente plaza de funcionario de carrera vacante en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Tavernes Blanques:- Un/a auxiliar de biblioteca: Grupo C, Subgrupo: C1/C2. escala de Administración Especial. subescala: Servicios Especiales. Clase: cometidos especiales.2.- El procedimiento selectivo será el de concurso-oposición, cu-briéndose por el sistema de promoción interna.SEGUNDA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.1. Los requisitos generales: los previstos en la base segunda de las Bases Generales.2. Requisitos específi cos:A) Acreditar la condición de funcionario de carrera del Ayuntamien-to de Tavernes Blanques del subgrupo C2.

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22 N.º 1088-V-2009

B) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de 1er grado o equivalente, o tener cumplidas las condi-ciones para obtenerla en la fecha que fi nalice el plazo de presentación de instancias. O bien, en su defecto, conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Vigésimo Segunda de la Ley 30/1984, de 2 de Agosto, poseer una antigüedad de 10 años en la Subescala del subgrupo C2, o poseer una antigüedad de 5 años y la superación de un curso específi co de formación al que se accederá por criterios objetivos.

TERCERA. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INS-TANCIAS.1. El lugar de presentación será Registro General del Ayuntamiento de Tavernes Blanques, además de lo especifi cado en las Bases Ge-nerales para las convocatorias de este Ayuntamiento.2. El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de las bases en el Boletín Ofi cial del Estado. Si el último día del plazo recae en sábado, se entenderá prorrogado automáticamente hasta el siguiente día hábil.3. Los derechos de examen serán de 50 euros, a ingresar en “la Caixa”, número de cuenta: 2100-2791-50-0200038105.4. Así mismo, se tendrá en cuenta lo dispuesto en base tercera de las Bases Generales.

CUARTA. ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES.1.- Se tendrá en cuenta lo dispuesto en la base cuarta de las Bases Generales.

QUINTA. TRIBUNAL.1.- Se tendrá en cuenta lo dispuesto en la base quinta de las Bases Generales, a excepción de su apartado 1 que se regirá por lo si-guiente:“El Tribunal califi cador tendrá la siguiente composición por desig-nación de alcaldía:A) Presidente/a:- Funcionario/a de Carrera del Ayuntamiento de Tavernes Blan-ques.B) 3 Vocales:- Funcionarios/as de Carrera del Ayuntamiento de Tavernes Blan-ques.C) Secretario/a:- Funcionario/a de Carrera del Ayuntamiento de Tavernes Blan-ques.”

SEXTA. DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS1.- Se tendrá en cuenta lo dispuesto en la base sexta de las Bases Generales.2.- El orden de intervención de los aspirantes en aquellos ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente será el alfabético, dando comienzo por el aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra “Z” insaculada, de acuerdo con la Resolución aprobada el 23 de abril de 2008 de la Consellería de Justicia, Interior y Administraciones Públicas y publicada en el Diario Ofi cial de la Generalitat Valencia-na en fecha 5 de mayo de 2008.

SÉPTIMA. PROCESO SELECTIVO.

7.1. FASE DE OPOSICIÓN.1.- Las pruebas selectivas consistirán en los siguientes ejercicios:A) Primer ejercicio: Obligatorio y eliminatorio. Consistirá en la realización de una prueba de conocimientos referidos a los conteni-dos del programa que fi gura en el anexo (materias comunes y espe-cífi cas) a través de un cuestionario de 30 preguntas. El tribunal fi ja-rá con antelación sufi ciente la duración de la prueba, que no podrá ser inferior a 60 minutos. Adoptará la forma de test con cuatro res-puestas alternativas, de las cuales sólo una será la correcta. Para la corrección de esta prueba se tendrá en cuenta los siguientes crite-rios:Cada pregunta contestada erróneamente tendrá una penalización de un tercio sobre las correctas, y las contestaciones en blanco no pun-tuarán. La fórmula de corrección será la siguiente:

((nº aciertos) – (nº fallos/3)) x 10Puntuación = ——————————————— (nº Preguntas)

La califi cación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, debiendo obtenerse una califi cación de 5 puntos para superar el mismo.B) Segundo ejercicio. Obligatorio y eliminatorio. Consistirá en la realización de una prueba escrita de conocimientos, referida a los contenidos de materias del programa que fi gura en el temario dentro del Anexo, a través de la realización del desarrollo de un tema entre dos propuestos por el Tribunal. Dichos temas no tendrán porque coincidir con los epígrafes literales del temario, aunque sí con su contenido. Dicho temas serán leídos en sesión pública ante el tribu-nal, que podrá formular las preguntas o aclaraciones que sobre los mismos juzgue oportunas. Se valorará la claridad de ideas y el co-nocimiento de los temas expuestos.La califi cación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, debiendo obtenerse una califi cación de 5 puntos para superar el mismo.C) Tercer ejercicio. Obligatorio y eliminatorio. Consistirá en la realización de un máximo de dos supuestos prácticos relacionados con las funciones y trabajos a desarrollar, en el tiempo que fi je el Tribunal en atención a las características de las pruebas, sin que pueda ser superior a 4 horas. El Ayuntamiento facilitará a los oposi-tores el material y equipo de protección individual necesario para la realización del ejercicio. La califi cación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, debiendo obtenerse una califi cación de 5 puntos para superar el mismo.2.- La máxima puntuación a obtener en la fase de oposición será de 30 puntos.7.2. FASE DE CONCURSO.1.- Se tendrá en cuenta lo establecido en la base séptima, punto 7.2 de las Bases Generales.OCTAVA. RELACIÓN DE APROBADOS.1.- Conforme lo dispuesto en la base octava de las Bases Genera-les.NOVENA. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.1.- Conforme lo dispuesto en la base novena de las Bases Genera-les.DÉCIMA. NOMBRAMIENTO.1.- Conforme lo dispuesto en la base décima de las Bases Genera-les.UNDÉCIMA. CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE TRABAJO.1.- Se regirá conforme a lo dispuesto en la base undécima de las Bases Generales.DUODÉCIMO. INCIDENCIAS.1.- Conforme lo dispuesto en la base duodécima de las Bases Gene-rales.DECIMOTERCERA. NORMATIVA Y RECURSOS.1.- Conforme lo dispuesto en la base octava de las Bases Genera-les.DECIMOCUARTA. PUBLICACIÓN.1.- Las presentes bases se publicarán íntegramente en el Boletín Ofi cial de la Provincia, Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Tavernes Blanques y en la Web municipal. Asimismo, se entregará una copia de estas bases a los representantes de personal del Ayun-tamiento.

ANEXO: TEMARIO PRUEBAS SELECTIVAS DE UN/A AUXI-LIAR DE BIBLIOTECAMATERIA COMÚN:Tema 1: La Constitución española de 1978. Estructura y principios. La Organización territorial del Estado.Tema 2: Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.Tema 3: La potestad reglamentaria de las Entidades Locales: Regla-mentos y Ordenanzas. Procedimiento de elaboración. El Reglamen-to Orgánico. Los bandos.Tema 4: Principios generales del procedimiento administrativo. Normas reguladoras. Las fases del procedimiento.MATERIA ESPECÍFICA:Tema 5: Concepto y función de la biblioteca. Tipos de bibliotecas. Normativa de bibliotecas en la Comunidad Valenciana. La bibliote-ca pública: concepto, normativa y servicios.Tema 6: El Manifi esto de la UNESCO para Bibliotecas Públicas.

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Tema 7: El edifi cio bibliotecario: instalaciones y equipamiento.Tema 8: La sección infantil en la biblioteca pública.Tema 9: El fondo local.Tema 10: La hemeroteca, mediateca y acceso a Internet en la biblio-teca pública.Tema 11: Gestión de la colección bibliográfi ca. Selección, adquisi-ción, preparación y colocación de los fondos.Tema 12: Catalogación y clasifi cación de fondos. Las normas ISBD y la CDU.Tema 13: Los catálogos. Concepto y clases.Tema 14: Servicios y atención a los usuarios. El préstamo. El servi-cio de orientación y referencia.Tema 15: Servicios de extensión bibliotecaria.Tema 16: Conceptos básicos de las tecnologías de la información y la comunicación en las bibliotecas. Automatización, OPAC e Internet.Tema 17: Defi nición y tipología del documento de archivo.Tema 18: Valores y edades de los documentos de Archivo.Tema 19: Defi nición de Archivo. Funciones. Clases.Tema 20: Tratamiento documental en el archivo: ingreso, selección, expurgo, preparación y organización.En Tavernes Blanques, a 22 de abril de 2009.—El alcalde, Arturo Ros Ribes.

2009/11937

Excelentísimo Ayuntamiento de ValenciaAnuncio del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre exhumación y traslado de osario de los restos cadavéricos que ocupan diversas unidades de enterra-mientos en los cementerios dependientes de este ayun-tamiento.

ANUNCIOSe va a proceder a la exhumación y traslado al osario para posterior incineración de los restos que ocupan nichos en los Cementerios de Benimamet, Cabañal, Campanar, General, Grao, Massarrochos, y Palmar, cuyas concesiones caducaron el día 31 de Diciembre de 2.008.Los titulares de estos nichos podrán comparecer en el Negociado de Cementerios, con objeto de renovar dichas concesiones, en el plazo de 15 días, transcurrido el cual se llevarán a cabo las exhumaciones anunciadas.Valencia, a 14 de abril 2009.—El secretario.

2009/11977

Excelentísimo Ayuntamiento de ValenciaArea de Urbanismo, Vivienda y Calidad UrbanaServicio de Licencias Urbanísticas de Obras de Edifi caciónSección de Antenas y TelecomunicacionesAnuncio del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi cación a Broadnet Consorcio, S.A., de decre-to archivo relativo al expediente 03501 2000 1407, de solicitud de licencia para instalación de radiosite, en edifi cio sito en C/ Doctor Manuel Candela, nº 2.

ANUNCIONo teniendo constancia de que haya sido recibida la notifi cación de Decreto Archivo de fecha 19 de enero de 2009 relativa al expedien-te nº 03501 2000 1407, del Servicio de Licencias Urbanísticas de Obras de Edifi cación, Sección de Antenas y Telecomunicaciones, sobre solicitud de licencia para instalación de estación base de ra-diosite en edifi cio sito en C/ Doctor Manuel Candela nº 2, dirigida a Broadnet Consorcio S.A. y visto que intentada la notifi cación por segunda vez, la misma no ha podido ser practicada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92 de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y proce-dimiento Administrativo común, modifi cada por Ley 4/99, de 13 de enero, se publica para su conocimiento lo siguiente: “Visto el informe de inspección de fecha 12 de enero de 2009 (del que se adjunta fotocopia), realizado por los técnicos de la Sección de Antenas y Telecomunicaciones, en el que constatan que la estación base de telefonía fi ja de BROADNET CONSORCIO S.A. sita en C/ Doctor Manuel Candela nº 2 ha sido desmantelada por completo,

dese por concluso el expediente y archívese, notifi cándose lo actua-do a los interesados”.El expediente, se encuentra a disposición de los interesados para su examen y consulta en las ofi cinas de la Sección de Antenas y Tele-comunicaciones de esta Corporación, ubicada en la planta 6ª del edifi cio del Nuevo Ayuntamiento en la Avda. de Aragón, nº 35.Valencia, a 22 de abril de 2009.—El secretario, Pedro García Rabasa.

2009/11985

Ayuntamiento de CallesEdicto del Ayuntamiento de Calles sobre aprobación inicial expediente presupuesto general del ejercicio 2009.

EDICTOAprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 17 de abril de 2009, el Presupuesto General de la Entidad Local para el ejercicio de 2009 y la Plantilla de Personal, se expone al público durante el plazo de 15 días hábiles el expedien-te completo a efectos de que los interesados que se señalan en el apartado 1 del art. 170 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Las Hacien-das Locales, puedan examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno del Ayuntamiento por los motivos que se indican en el apar-tado 2 del mismo artículo.El presupuesto se considerará defi nitivamente aprobado si en el ci-tado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso con-trario el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. Calles, a 23 de abril de 2009.—El alcalde, Angel Valero Solaz.

2009/11981

Ayuntamiento de CulleraEdicto del Ayuntamiento de Cullera sobre exposición pública de la matrícula del impuesto sobre actividades económicas ejercicio 2009.

EDICTORecibida de la Agencia Estatal de Administración Tributaria la ma-trícula del Impuesto sobre Actividades Económicas de este munici-pio, correspondiente al ejercicio 2009, en cumplimiento de lo dis-puesto en el artículo 3º del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del Impuesto sobre Ac-tividades Económicas, se expone al público, durante el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la inserción del presente edicto en el “Boletín Ofi cial” de la provincia.Contra los datos contenidos en la matrícula del Impuesto sobre Ac-tividades Económicas, los interesados podrán interponer ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria recurso de reposición potestativo, o reclamación económico-administrativa ante el tribunal correspondiente, dentro del plazo de un mes, contado desde el día inmediato siguiente al término del período de exposición pública.Cullera, 8 de abril de 2009.—P.S.M., el secretario general, Javier A. Gieure Le Caressant.—El teniente de alcalde delegado de Servicios Económicos, José Lledo Costa.

2009/12037

Ayuntamiento de L’EnovaEdicto del Ayuntamiento de L’Énova sobre aprobación inicial del presupuesto general para el ejercicio 2009.

EDICTOAprobado inicialmente por el Ayuntamiento pleno en sesión cele-brada el 27 de noviembre de 2008 el presupuesto general para el ejercicio 2009, con sus bases de ejecución y la plantilla de personal, se expone al público el expediente por plazo de 15 días hábiles al objeto de su examen para los interesados y presentación de recla-maciones ante el pleno, según lo dispuesto por el artículo 151 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales.En caso de no presentarse reclamaciones en dicho plazo, el presu-puesto se entenderá defi nitivamente aprobado sin más trámites.L’Énova, a 23 de abril de 2009.—El alcalde, Francisco Ordiñana Martínez. 2009/12038

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24 N.º 1088-V-2009

Ayuntamiento de BéteraEdicto del Ayuntamiento de Bétera sobre aprobación defi nitiva del presupuesto del ejercicio 2009.

EDICTOHabiéndose publicado en el Boletín Ofi cial de la Provincia de Va-lencia número 45, de fecha 2 de abril de 2009, y expuesto al público el expediente de aprobación del Presupuesto General del Ayunta-miento de Bétera, para el ejercicio 2009, durante el plazo de 15 días, a los efectos de que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas ante el Pleno.Visto que durante el citado período de exposición pública no se ha presentado ninguna reclamación al mismo y en virtud de lo dispues-to en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ha-ciendas Locales, se eleva a defi nitivo el acuerdo de aprobación inicial de dicho expediente, cuyo resumen por capítulos es el siguiente:A) ESTADO DE GASTOS: 20.987.489,28 € Operaciones Corrientes:1 Gastos de personal 9.265.857,88 €2 Gastos en bienes corrientes y servicios 6.159.129,30 €3 Gastos fi nancieros 358.600,00 €4 Transferencias corrientes 722.960,00 € TOTAL OPERACIONES CORRIENTES: 16.506.547,18 € Operaciones de capital:6 Inversiones reales 3.377.500,00 €8 Activos fi nancieros 44.000,00 €9 Pasivos fi nancieros 1.059.442,10 € TOTAL OPERACIONES DE CAPITAL: 4.480.942,10 €B) ESTADO DE INGRESOS: 20.987.489,28 € Operaciones corrientes:1 Impuestos directos 8.444.840,38 €2 Impuestos indirectos 400.000,00 €3 Tasas y precios públicos 4.375.610,00 €4 Transferencias corrientes 5.417.232,09 €5 Ingresos patrimoniales 189.119,92 € TOTAL INGRESOS CORRIENTES: 18.826.802,39 € Operaciones de capital:6 Enajenación de inversiones reales 0,00 €7 Transferencias de capital 841.186,89 €8 Activos fi nancieros 41.000,00 €9 Pasivos fi nancieros 1.278.500,00 € TOTAL INGRESOS CAPITAL: 2.160.686,89 €De conformidad con el artículo 171.1 del mencionado Texto, contra la aprobación defi nitiva, los interesados podrán interponer directa-mente recurso contencioso-administrativo, ante la sala correspon-diente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, dentro del plazo de dos meses, a contar desde el del día siguiente al de la publicación de este edicto en el Boletín Ofi cial de la Provincia de Valencia.Bétera, 29 de abril de 2009.—El alcalde-presidente, José Manuel Aloy Martínez.

2009/12721

Ayuntamiento de San Antonio de BenagéberAnuncio del Ayuntamiento de San Antonio de Benagéber sobre adjudicación provisional de la obra denominada “Proyecto de adecuación de edifi cio público polivalente y multiusos para la juventud “, para adecuar la conocida como “Masía del Cura” como edifi cio público social.

ANUNCIOPor acuerdo de la Junta de Gobierno de este Ayuntamiento, de fecha 6 de abril de 2009, se adjudicó provisionalmente el siguiente contra-to de obras, fi nanciadas por el Fondo Estatal de Inversión Local, lo que se publica a los efectos del artículo 135.3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.1. Entidad adjudicadora: Ayuntamiento de San Antonio de Benagéber (Dependencia: Ofi cina Técnica), exte: 84.08.IND (B).

2. Objeto del contrato.a) Tipo de contrato: Administrativo.b) Descripción del objeto: ejecución de la obra “Proyecto de adecua-ción de edifi cio público polivalente y multiusos para la juventud “, para adecuar la conocida como “Masía del Cura” como edifi cio público social.c) Perfi l de contratante: página web: http://www.gva.es/sabenageber/3. Tramitación: urgente; procedimiento: negociado con publicidad.4. Precio del contrato. Precio 415.763,79 euros, y 66.522,20 euros IVA.5. Adjudicación provisional.a) Fecha: 6 de abril de 2009.b) Contratista: SECOPSA CONSTRUCCIÓN, S.A.c) Nacionalidad: Española.d) Importe de adjudicación: Precio: 415.763,79 euros y 66.522,20 euros de IVA, con mejoras.San Antonio de Benagéber, a 15 de abril de 2009.—El alcalde-pre-sidente, Eugenio Cañizares López.

2009/11929

Ayuntamiento de MasalavésEdicto del Ayuntamiento de Masalavés sobre delegación de matrimonio civil.

EDICTOPor resolución de la Alcaldía, de fecha 21 de Abril de 2009, de conformidad con la Ley 35/1994 e Instrucción de 26 de enero de 1995, se ha delegado la facultad de celebrar matrimonio civil en el concejal Sonia Bella Mas, cuyo acto tendrá lugar el día 14 de mayo de 2009, a las 19:30 horas, entre los interesados Pepe Oriola Mas y Carmina Rodríguez Nicolau. Lo que se hace público de acuerdo con el art. 44 del RD 2.568/1986, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades locales.Masalavés, 22 de abril de 2009.—El alcalde. 2009/12077

Ayuntamiento de AlborayaAnuncio del Ayuntamiento de Alboraya sobre aprobación inicial del presupuesto 2009 y plantilla presupuestaria.

ANUNCIOEl Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 27 de abril de 2009, aprobó inicialmente el expediente del Presupuesto General y Plantilla presupuestaria para el ejercicio 2009.Dicho expediente estará expuesto al público por el plazo de 15 días hábiles, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y formular ante el Pleno, en su caso, las reclamaciones que contra el mismo se estimen pertinentes, según dispone el artículo 169.1 ambos del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo.Si durante dicho plazo no se presenta ninguna reclamación, el citado expediente se considerará aprobado defi nitivamente, entrando en vigor, en el ejercicio correspondiente, una vez publicado en la forma prevista en el artículo 169.3 de la citada Ley.Alboraya, a 30 de abril de 2009.—El alcalde, Manuel Alvaro Man-zano.

2009/12869

Ayuntamiento de AlborayaAnuncio del Ayuntamiento de Alboraya sobre nombra-miento de funcionarios.

ANUNCIODe conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 b) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, tras la superación de los procesos selectivos se hacen públicos los siguien-tes nombramientos:D. Enrique González de Manuel, D.N.I.: 33.568.828-J, Agente.D. Emiliano Moreno Jiménez, D.N.I.: 53.208.558-J, Agente.En Alboraya, a 4 de mayo de 2009.—El alcalde, Manuel Alvaro Manzano.

2009/13186

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25N.º 1088-V-2009

Excelentísimo Ayuntamiento de ValenciaEdicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi cación de la resolución de la reclamación de respon-sabilidad patrimonial formulada por Guillermo Arazo Badenes relativa al expediente 1305/2006/608(E3).

EDICTOLa Alcaldía por Decreto de fecha 3 de abril de 2009 ha dispuesto lo siguiente: “Vista la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por Don Guillermo Arazo Badenes registrada el día 20 de julio de 2006, por la que se solicita una indemnización como compensación económica por un presunto robo sufrido en la taquilla del polideportivo del Carmen. Visto que su escrito carecía de algunos de los requisitos exigidos en el artículo 6.1 del R.D. 429/93, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de las Admi-nistraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial, a faltar determinar la evaluación económica, y la proposición de prueba.Visto que, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 71. de la Ley 30/92, se requirió a la reclamante para que procediera a subsanar tal defecto, concediéndole para ello un plazo de 10 días hábiles, y siendo recibido el ofi cio de requerimiento por el mismo en fecha 10/08/2006, según acuse de recibo del servicio de correos obrante en las actuaciones. Visto que, transcurrido con exceso el plazo con-cedido, no ha tenido lugar hasta ahora la subsanación de tal defecto. Atendido lo dispuesto en los artículos 42, 47 y 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 6.1 del R.D. 429/93, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Re-glamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial, teniendo presente el infor-me de la Ofi cina de Responsabilidad Patrimonial, el Teniente de Alcalde que suscribe, en uso de las facultades resolutorias delegadas mediante Resolución de Alcaldía, RESUELVE: ÚNICO.-Tener por desistido de su reclamación, por las razones expuestas en el cuerpo de esta Resolución, Don Guillermo Arazo Badenes . Proceder al archivo de las actuaciones, sin más trámite.”Contra el acto administrativo transcrito, que es defi nitivo en vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en la Ley regu-ladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, podrá usted interponer uno de los siguientes recursos: a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido re-suelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-admi-nistrativo de Valencia, en el plazo de seis meses, desde esta desesti-mación presunta. b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publica-ción de este anuncio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente. Lo que se le notifi ca para su conocimiento y efectos.El secretario, P.D.—El jefe la Ofi cina de Responsabilidad Patrimo-nial, José Vte. Ferrer.

2009/12100

Ayuntamiento de Riba-roja de TúriaEdicto del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria sobre aprobación defi nitiva de la ordenanza reguladora del precio público por la prestación del servicio de ayuda a domicilio.

EDICTOPor la Junta de Gobierno Local de fecha 19 de enero de 2009 se aprobó provisionalmente la Ordenanza Reguladora DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO, mediante el siguiente acuerdo:“1º.- Aprobar la Ordenanza Reguladora de los Precios Públicos por la prestación de los servicios ayuda domiciliaria, en los términos propuestos por la Concejalia de Servicios Sociales.2º.- Proceder a la publicación en el BOP a efectos de que en el plazo de 30 días hábiles a contar desde la publicación, los interesados

puedan examinar el expediente y presentar reclamaciones que esti-men oportunas.En caso de no presentarse reclamaciones, se considerara defi nitiva-mente aprobada la nueva Ordenanza propuesta, entrando en vigor de acuerdo con lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, a los 15 días de su publicación íntegra en el BOP.3º.- Publicar el acuerdo defi nitivo, o el provisional elevado a defi ni-tivo, así como el Texto íntegro de la Ordenanza en el Boletín Ofi cial de la Provincia de Valencia, entrando en vigor a los 15 días de su publicación.”En cumplimiento de este acuerdo y en virtud de lo dispuesto en el art. 49 de la Ley 7/85, se publico dicho anuncio en el Boletín Ofi cial de la Providencia de Valencia de fecha 4 de febrero de 2009, a fi n de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.Trascurrido el plazo concedido de 30 días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación, y no habiéndose presentado reclamacio-nes se entienden defi nitivamente aprobados los acuerdos hasta en-tonces provisionales, procediendo ahora la publicación defi nitiva del acuerdo y de las modifi caciones cuyos textos son los siguientes:

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO

ARTICULO 1: FUNDAMENTO Y RÉGIMEN JURÍDICODe conformidad con lo previsto en los art 4.1 a) y 41 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y arts 41. y ss del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Hacien-das Locales, este Ayuntamiento establece el precio público por la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio.

ARTICULO 2: ÁMBITO DE APLICACIÓN.El Servicio de Ayuda a Domicilio del Excmo. Ayuntamiento de Riba-roja del Túria, es un servicio comunitario que ofrece un apoyo indi-vidualizado a nivel preventivo, educativo o asistencial a familias o personas solas, con difi cultades para mantener o restablecer su bien-estar físico o social, favoreciendo el que puedan continuar viviendo en su hogar y/o entorno mientras les sea posible o conveniente, siempre y cuando residan en el municipio de Riba-roja del Túria.El Servicio de Ayuda a Domicilio cubrirá la falta de autonomía de aquellas personas que se vean imposibilitadas para la realización de las tareas de la vida diaria. Se presta en el propio domicilio del usuario/a y consiste en un apoyo de tipo personal y/o domestico.

ARTICULO 3: FINES DEL SERVICIO• Articular un instrumento que permita al Ayuntamiento a aplicar y regular un servicio básico, desde el punto de vista social para deter-minados sectores de población: Tercera Edad, Discapacitados y Fa-milia e Infancia, y en general a aquellas personas que por circunstan-cias puntuales requieran la prestación del servicio transitoriamente• Evitar o retrasar el ingreso en Instituciones o Centros de aquellas personas que no lo deseen, ofreciéndoles una alternativa adecuada que les permita permanecer en su medio habitual• Atender situaciones coyunturales de crisis personal o familiar que afecten a la autonomía personal.• Facilitar mediante el apoyo del SAD aquello que el usuario/a no puede hacer por si mismo, tendiendo a desarrollar y estimular sus propias capacidades• Colaborar con las familias en la atención a las personas dependien-tesEn casos especiales, podría ampliarse el marco de cobertura, previo informe favorable del/la Trabajador/a Social responsable del Ser-vicios

ARTICULO 4: PRESTACIONES1 - Tareas de atención personal: consisten en ayudas a la persona, estimulándola para que realice todo aquello que no puede por si misma, en las siguientes AVD: (levantarse,2 - Asearse, bañarse/ducharse, deambular por casa, vestirse. Calzar-se, peinarse, afeitarse/maquillarse, comer, subir y bajar escaleras)3 - Tareas de cuidados especiales, a realizar con las personas que sufren graves dependencias e incluye las siguientes: (Aseo personal, incluyendo cambio de ropa, lavado de cabello y todo aquello que

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requiera la higiene habitual e personas inmovilizadas e incontinen-tes):• Cambio de bolsas, colectores y pañales• Ayuda y apoyo a la movilización en casa fi n de prevenir la forma-ción de escaras o úlceras• Transferencias (de la cama a la silla, de la silla al WC, etc)• Ayuda para la ingestión de medicamentos, quedando totalmente prohibida la realización de curas que requieran la intervención de especialistas en enfermería, así como la administración de medica-mentos por vía intravenosa o similares• Ayuda para comer y/o alimentación especial4 - Tareas de índole preventivo y de ayuda en la vida social y rela-cional:• Detención de cambios situacionales y observación de relaciones familiares y sociales• Potenciar valores positivos para superación de situaciones de crisis• Entrenamiento en habilidades domesticas, higiénicas y de organi-zación y economía domestica• Supervisar la toma de medicamentos prescritos,• Salir de compras con la persona atendida• Ayudar a la persona a la realización de gestiones• Acompañamiento a consultar médicas, hogar o club, etcExcepcionalmente, otros servicios o tareas distintas de las anteriores, siempre que concreta y explícitamente se convenga con los Servicios Sociales Municipales.La intervención en el hogar, variara en función de las necesidades y objetivos, de acuerdo a las cuales se establecerá unas prestaciones u otras, lo que se refl ejara en el plan individualizado de Atención4 - La realización de aquellas tareas domesticas o de atención en el hogar, que se deriven de la prestación principal, objeto del servi-cio.

ARTICULO 5: DE LOS BENEFICIARIOS/ASPodrán ser benefi ciarios del Servicio de Ayuda a Domicilio las per-sonas que cumplan los siguientes requisitos:1. Estar empadronado/a en el municipio de Riba-roja y residir efec-tivamente en el mismo.2. Personas dependientes.3. Familias que convivan con un anciano/a o persona discapacitada y que por razones de salud o trabajo debidamente justifi cadas, pre-senten difi cultades para su atención4. Familias desestructuradas en las que existan menores en situación de riesgo

ARTICULO 6: ORDEN DE PRELACIÓN DE LOS SERVICIOSLa extensión, intensidad y tipo de servicios a prestar vendrán con-dicionados, además de por la situación de necesidad que los genera, por los créditos disponibles para este programa así como por la disponibilidad de recursos humanos. Caso de darse estas limitaciones se establecerá un orden de prelación atendiendo, en primer lugar, a los demandantes que lo tuvieran reconocido en ejercicios anteriores y sobre los que persista la situación de necesidad que motivó su concesión y, en segundo lugar, a aquellos que presenten una mayor necesidad atendiendo a la valoración médica familiar y económica recogida en el informe social correspondiente.

ARTICULO 7: LIMITACIONES EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.El SAD no podrá cubrir situaciones que requieran atención continua todo el día, bien sea médica y/o social y se prestara con carácter diurno, aunque excepcionalmente y siempre previa valoración de la Trabajadora Social, si se justifi ca la necesidad puede atenderse el servicio de SAD en horario de tarde. Únicamente se establecen las siguientes limitaciones:• Como máximo se prestara 1 hora diaria de lunes a viernes, salvo en aquellos casos que por sus circunstancias y de forma excepcional requieran más tiempo de servicio (personas solas sin familia en la localidad hasta que puedan hacer uso de otros recursos más adecua-dos a sus necesidades).• Igualmente el tiempo mínimo de prestación de servicio será de 30 minutos

• El horario en que se prestará el SAD lo determinará, siempre y en todo caso, el Departamento Municipal de Servicios Sociales basán-dose en criterios de adecuación de las tareas a realizar, priorizándo-se aquellas que tengan que ver con la atención del usuario/a, y en la disponibilidad horaria que tenga la empresa prestataria. Si el benefi ciario/a no estuviese de acuerdo con el horario fi jado pasará a la situación de lista de espera.

ARTICULO 8: RÉGIMEN ECONÓMICOEl SAD dispondrá para su fi nanciación de los siguientes recursos:• Convenios de colaboración con la Conselleria de Bienestar So-cial• Aportación económica del Ayuntamiento de Riba-roja• Aportación económica de los benefi ciarios/as

ARTICULO 9: INICIACIÓN Y PROCEDIMIENTOEl procedimiento para la concesión de la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio podrá iniciarse de ofi cio o a instancias de parte.Si se inicia de ofi cio, deberán garantizarse en su tramitación los re-quisitos y circunstancias documentales fi jados para el caso de ini-ciarse a instancia de parte.Las solicitudes se presentaran en el Registro de Entrada del M. I. Ayuntamiento de Riba-roja. Dichas solicitudes deberán ir fi rmadas por el posible usuario/a o representante legal y en las mismas se indicará que prestación desea y el motivo por el cual la realiza.

ARTICULO 10: DOCUMENTACIÓN QUE DEBE ACOMPAÑAR A LAS SOLICITUDES• Fotocopia del DNI de todos los miembros de la unidad conviven-cial.• Fotocopia del Libro de Familia, en su caso• Justifi cante de la pensión o pensiones que percibe, debidamente actualizadas, en el supuesto de ser pensionista en cualquiera de los distintos regímenes o mutualidades• Fotocopia de la última o últimas nóminas del resto de miembros de la unidad convivencial o, en su defecto, justifi cante de encontrar-se en situación de desempleo.• Fotocopia de todas las hojas de la declaración del IRPF del año inmediatamente anterior al de la presentación de la solicitud.• Informe médico actualizado del usuario• Nº de la cuenta bancaria a efectos de domiciliación del pago del precio público• Cualquier otro documento que sea necesario para justifi car la si-tuación objeto de demanda del SADLa acreditación de estos documentos tendrá carácter obligatorio. La no presentación de alguno de ellos podrá dar lugar a la exclusión de las prestaciones que se soliciten

ARTICULO 11: SUBSANACIÓN DE SOLICITUDES DEFEC-TUOSASSi el escrito de iniciación del expediente no reuniese los requisitos previstos en la Ley 90/92 de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas del Procedimiento Administrativo Común o no se acompaña algún o algunos de los documentos exigidos en esta nor-mativa, se dará un plazo de diez días para subsanación de las defi -ciencias, con apercibimiento de que si no lo hicieren se archivará el expediente sin mas tramite.

ARTICULO 12: TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDESLas solicitudes de Ayuda a Domicilio serán atendidas y valoradas por la Comisión de Servicios Sociales Municipal. Quienes emitirán un informe propuesta atendiendo al grado de autonomía personal, situación socio-familiar y situación económicaLa Concejal de Servicios Sociales dictara la resolución oportuna indicando en el supuesto de concesión:• Datos personales de principal benefi ciario/a• Domicilio donde se va a realizar la prestación• Tipo de prestación• Tiempo de dedicación del Servicio• Horario aproximado del Servicio• Coste total del Servicio• Aportación económica del benefi ciario (precio público)• Fecha de inicio y fi n del servicio

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En caso de denegación se concretaran las causas que han motivado tal decisión, entre las que fi guran:• Valerse por si mismo para las tareas de la prestación solicitada.• No cumplir los requisitos establecidos en el presente reglamento• Tener ingresos sufi cientes para su prestación de forma particular.La resolución sobre la concesión o denegación del SAD será notifi -cada por escrito al benefi ciario o representante legal. Dicha resolución tendrá carácter contractual entre la persona benefi ciaria y los Servi-cios Sociales, estando obligada a fi rmarlo en el supuesto de estar de acuerdo con la misma.

ARTICULO 13: MOTIVOS DE BAJA EN EL SAD• Temporales: cuya duración tendrá un máximo de tres meses y cuyas cusas serán únicamente:1- hospitalización del benefi ciario/a2- vacaciones del benefi ciario/a3- traslado temporal al domicilio de un familiar4- por estancia temporal en Centro Residencial• Defi nitivas: cuyas causas serán:1 - haber superado el periodo de tres meses anteriormente fi jado2 - fallecimiento del benefi ciario/a3 - ingreso en Centro Residencial de forma defi nitiva4 - por desaparición de las circunstancias que motivaron la concesión del SAD5 - por voluntad de los interesados6 - por falta de adaptación a las condiciones fi jadas por los Servicios Sociales Municipales7 - por falta de respeto o mala fe reiterada hacia las auxiliares de Ayuda a Domicilio

ARTICULO 14: DETERMINACIÓN DEL PRECIO PÚBLICOEl importe del Precio Público a abonar por la prestación del SAD estará determinada por el coste real de la hora de prestación del SAD que de forma anual deberá calcularse por el Departamento de Servi-cios Sociales.

ARITCULO 15: CRITERIOS PARA EL CALCULO DEL PRECIO PÚBLICOA efectos del calculo de los Precios Públicos, tendrán en cuenta, siempre y en todos los casos:- los ingresos anuales de la unidad convivencial- el número de personas que conviven con dichos ingresos- el tiempo de prestación del servicioSe considerara “Unidad Convivencial” aquella formada por todas las personas con relación de consanguinidad o afi nidad que convivan en un mismo domicilio.

MODULO ECONÓMICO:

RENTA PER CAPITA MENSUAL APORTACIÓN USUARIOS

Hasta el Salario Mínimo Interprofesio-nal (S:M:I) 0% del módulo precio/hora

Desde el S.M.I hasta el 125% del salario S.M.I. 20% del módulo precio/hora

Del el 125% hasta el 150% 40% del módulo precio/hora

Del 150% hasta el 175% 60% del módulo precio/hora

Del 175% al 200 % 80% del módulo precio/hora

Del 200% 100% del módulo precio/hora

A los efectos de determinar la renta per cápita de la unidad familiar en el que el benefi ciario del Servicio se integra, se tomará como referencia de los ingresos anuales totales de la unidad familiar con-viviente, procedentes de salarios, pensiones intereses, rentas y cua-lesquiera otros, dividiéndolos por el número de personas que com-pongan la unidad familiar.

ARTICULO 16: RECAUDACIÓNLas cantidades liquidadas de acuerdo con estas tarifas serán objeto de domiciliación por los solicitantes o usuarios de los servicios previa correspondiente liquidación.

Concluido el plazo de ingreso en voluntaria sin haberse producido el mismo las deudas derivadas de estas normas podrán exigirse por el procedimiento administrativo de apremio.

ARTICULO 17: NORMATIVA COMPLEMENTARIAEn lo no regulado en estas normas, será de aplicación las disposicio-nes generales sobre gestión, liquidación y recaudación de tributos locales.

DISPOSICIÓN ADICIONALSe faculta al Ilmo. Sr. Alcalde y, por su delegación a la Concejala Delegada del Área de Servicios Sociales, a dictar las disposiciones internas oportunas que puedan completar a los apartados contenidos en estas normas.

DISPOSICION FINALLa presente Ordenanza una vez aprobada defi nitivamente y a su entrada en vigor (hecho que se producirá a los 15 días de la publi-cación del texto íntegro de la misma en el Boletín Ofi cial de la Provincia de Valencia,) permanecerá en vigor hasta su modifi cación o derogación expresa.”Contra el presente acuerdo que es defi nitivo en vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 107.3 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre, los interesados podrán interponer directamente recur-so contencioso-administrativo en la forma y plazos que establece la normativa reguladora de dicha jurisdicción.No obstante los interesados podrán interponer cualquier otro que estimen conveniente en defensa de sus derechos e intereses.En Riba-roja de Túria, a 16 de abril de 2009.—El alcalde, Francisco Tarazona Zaragoza.

2009/11987

Ayuntamiento de La Granja de la CosteraEdicto del Ayuntamiento de La Granja de la Costera sobre citación por comparecencia a Antonio Molina Zamora y otra.

EDICTOPor los técnicos municipales del Ayuntamiento de La Granja de la Costera, se ha emitido informe sobre la procedencia de la declaración de ruina del inmueble sito en la C/Iglesia, nº 6 de La Granja de la Costera, conforme al Art. 210 de la ley 16/2005, de 30 de Diciembre de la Generalitat, Urbanística Valenciana.Según certifi cación registral, este inmueble pertenece a D. Antonio Molina Zamora y Dña. María Zapata Moner, cuyo último domicilio consta el del mismo inmueble en ruinas. Personados en dicho inmue-ble, se constata que estas personas no viven en él.Para dar audiencia a los interesados previa la declaración de ruina y desconociendo la situación actual de los mismos, se cita a compare-cer en este Ayuntamiento a los titulares, herederos, descendientes o causahabientes para que presenten las alegaciones pertinentes en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el B.O.P.En La Granja de la Costera, a 23 de abril de 2009.—El alcalde-pre-sidente, Carlos Garrido Calabuig.

2009/12024

Ayuntamiento de BuñolEdicto del Ayuntamiento de Buñol sobre delegación au-torización de matrimonio civil el día 16 de mayo de 2009 en Francisco Carrascosa Pérez.

EDICTOPor Decreto nº 851/09, la Alcaldía-Presidencia de este Ayuntamien-to dispuso:1.- Delegar en el Sr. concejal Francisco Carrascosa Pérez la autori-zación del matrimonio de Rafael Hernández Alemán y Sandra Patri-cia Mendoza García, a celebrar el día 16 de mayo de 2009.Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Re-glamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por R.D. 2.568/86, de 28 de no-viembre.Buñol, 23 de abril de 2009.—El alcalde, E. Fernando Giraldos Roser. 2009/12081

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Excelentísimo Ayuntamiento de ValenciaServicio ActividadesSección AdministrativaEdicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre expediente 3007/07, notifi cación a D. Félix Pedro Bas-tardo Pérez.

EDICTODestinatario: FELIX PEDRO BASTARDO PEREZ. C/ CONVENTO SANTA CLARA N. 4 P. AC, 46002 VALENCIARef. E/03901/2007/3007PROCEDIMIENTO: Licencia ambiental, de acuerdo con la Ley 2/2006 de 5 de Mayo, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental.SOLICITANTE: FELIX PEDRO BASTARDO PEREZACTIVIDAD: BAR-CAFETERIA.EMPLAZAMIENTO: CONVENTO SANTA CLARA N. 4 P. ACFECHA DE REGISTRO DE ENTRADA: 27/12/07En relación con el procedimiento de referencia, se le comunica in-forme emitido por la Sección Urbanística de Licencias de fecha 28/11/08, por la Sección Técnica de fecha 19/02/09:Informe Sección Urbanística de Licencias:El Proyecto de Obras NO se ajusta a la Normativa que resulta de aplicación:1. Deberá aportar planos acotados donde indique la situación de la unidad condensadora del aire acondicionado (no puede sobresalir del plano de fachada ni verter el aire a patio interior).2. En planos no quedan defi nidos los vertidos de aire (viciado y climatizado), por lo que deberá presentar plano acotado referente a los elementos citados.3. Deberá aportar Memoria y plano explicativo del sistema de ex-tracción y evacuación de humos, en los que quede defi nidas las ca-racterísticas del mismo, recorrido, punto de vertido y medidas co-rrectoras adoptadas, justifi cando el cumplimiento de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana y Ordenanzas Municipales de Usos y Actividades art.94.4. Planos de Secciones E.1:50. Se grafi ará la situación, trazado y punto de vertido de conductos y chimeneas de evacuación de humos, gases y olores.5. Planos de ventilación, aire acondicionado, evacuación de humos E.1:50. Se indicará la situación de la maquinaria, ventiladores, tra-zado de conductos, campanas de captación, punto de vertido de humos, equipos de depuración de humos.6. Planos de Secciones E.1:50. Se grafi ará la situación, trazado y punto de vertido de conductos y chimeneas de evacuación de humos, gases y olores. Planos de ventilación, aire acondicionado, evacuación de humos E.1:50. Se indicará la situación de la maquinaria, ventila-dores, trazado de conductos, campanas de captación, punto de ver-tido de humos, equipos de depuración de humos.7. Fotografía en color de la fachada del edifi cio.8. Plano de alzado a E.1:50 de la planta baja, indicando los materia-les y los elementos arquitectónicos.9. El acceso al aseo de minusválidos no se ajusta a las condiciones de adaptabilidad (Orden de 25 de mayo de 2004).Informe Sección Técnica:Examinada la documentación técnica que conforma el expediente de referencia, cabe informar que las condiciones técnicas de las insta-laciones previstas no se ajustan a la normativa vigente.1. Deberán indicarse las medidas correctoras de insonorización para garantizar el aislamiento acústico mínimo de 60 dB(A) requerido a los elementos constructivos horizontales de separación con espacios destinados a uso residencial, ya que lo indicado en el estudio acús-tico se considera insufi ciente.2. Conforme la ITC-BT 28.4.d del Real Decreto 842/2002 y el Art. 14.5 del Real Decreto 2816/1982, en las instalaciones para alumbra-do de locales o dependencias donde se reúna público, el número de líneas secundarias y su disposición en relación con el total de lám-paras a alimentar deberá ser tal que el corte de corriente en una cualquiera de ellas no afecte a más de la tercera parte del total de lámparas instaladas en los locales o dependencias que se iluminan alimentadas por dichas líneas, por lo que deberá disponerse de al

menos tres circuitos de alumbrado, cada uno de ellos dotado de magnetotérmico, y, excepto si las luminarias a instalar son de clase II, de protección diferencial, debiendo en todo caso quedar asegurada la selectividad de los dispositivos de protección .3. Deberá indicarse la potencia calorífi ca de cada uno de los aparatos de la cocina directamente destinados a la preparación de alimentos (en freidora indicar litros) con el fi n de valorar lo establecido en el punto 2 de la Sección SI 1 del Documento Básico SI “Seguridad en Caso de Incendio” del Código Técnico de la Edifi cación. En el su-puesto de que la potencia de los elementos destinados a la preparación de alimentos supere 20 KW, deberá sectorizarse la cocina como local de riesgo especial, o bien protegerse todos los aparatos con un sis-tema automático de extinción tal y como se contempla en dicho ar-tículo.4. Deberá justifi carse el cumplimiento del punto 2 de la sección SI 1 del Documento Básico SI “Seguridad en Caso de Incendio” del Código Técnico de la Edifi cación respecto a las condiciones espe-ciales que deben cumplir los sistemas de extracción de los humos de las cocinas.Se le concede el plazo de QUINCE DÍAS para que aporte ampliación de memoria, POR TRIPLICADO, suscrita por técnico competente y visado por el Colegio Ofi cial correspondiente, en la que se subsanen las defi ciencias señaladas por los Servicios Técnicos Municipales sobre los proyectos y memorias presentados en su solicitud de Li-cencia.Transcurrido dicho plazo sin que, por su parte, se haya dado cum-plimiento debido a este requerimiento, comenzará a discurrir el plazo de tres meses, establecido en el art. 92.1 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicos y del Procedimiento Administrativo Común, y que deter-mina la caducidad del procedimiento iniciado a raíz de la mentada solicitud, con archivo del expediente.Lo que le comunico para su conocimiento y efectos.Valencia, 24 de febrero de 2009.—El secretario, p.d.

2009/11986

Excelentísimo Ayuntamiento de ValenciaEdicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi cación de la resolución de la reclamación de res-ponsabilidad patrimonial presentada por Dª Mª Carmen Manso Díaz, relativa al expediente 1305/2005/801(E3).

EDICTOLa Alcaldía por Decreto de fecha 21 de abril de 2009 ha dispuesto lo siguiente: “Visto que se ha intentado la notifi cación por dos veces de la Resolución de Alcaldía nº 13390-H de fecha 18 de noviembre de 2008.sin que se haya podido practicar, procédase a efectuar la notifi cación mediante anuncios en el tablón de edictos del Ayunta-miento y en el Boletín Ofi cial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común”.El texto de la Resolución es el siguiente: “Vista la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada Doña Maria Carmen Manso Díaz, mediante escrito registrado de entrada el 29 de noviembre de 2005 con nº 00110/2005/200672, por la que se solicita una indem-nización por las lesiones sufridas por una supuesta caída el 26 de noviembre de 2004 derivada del mal estado de acera en la calle Li-nares nº 16.Visto que la indemnización fue concretada en la cantidad de 2.353,44 € (considerando 48 día de baja impeditiva x 49,03 €).Vis-to que, por lo que respecta a la realidad del daño y su individualiza-ción, la reclamante ha aportado diversa documentación medica que acredita la existencia del daño que alega, el cual la llevo a estar, 41 días impedida tal y como se desprende de los partes de baja y de alta en la Seguridad Social.Visto que, en lo que se refi ere a la relación de causalidad entre el funcionamiento de un servicio público muni-cipal y el daño producido, podemos afi rmar que durante la instrucción del procedimiento no se ha acreditado que los daños que alega la interesada se hayan producido como consecuencia de un funciona-miento normal o anormal de los servicios municipales; ya que una mera caída en la vía pública no implica por sí sola la responsabilidad patrimonial de la Administración. Visto que existen diversas circuns-tancias que rompen el nexo causal, como el hecho de que ha queda-

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do acreditado que la arqueta estaba tapada con una madera que fue colocada por tercera persona ajena al Ayuntamiento y a la contrata, y que se ha probado con los Informes emitidos por la sección de Aguas y por la contratista que la mercantil EMIVASA, contratista del Ayuntamiento, nunca instala tapas de madera. Y que además, a mayor abundamiento, en dichos informes se pone de manifi esto que la contratista no recibió ninguna llamada comunicando la falta de trapa del ramal., ni siquiera por los abonados del nº 16 de la calle que tienen la trapa delante de su portal, domicilio que coinciden con el de la reclamante y con el de los testigos. Visto que durante la instrucción del procedimiento se ha acreditado el buen funcionamien-to y la corrección de la prestación del servicio de Aguas puesto que dicha trapa de madera no fue colocada por la mercantil EMIVASA, sino por una tercera persona desconocida. Visto que no se puede pretender que se establezca por el Ayuntamiento un servicio de vi-gilancia durante 24 horas, que pueda evitar la producción de actos vandálicos o antijurídicos.Vista la doctrina del Tribunal Supremo sobre la interrupción del nexo causal con motivo de la actuación de un tercero, expuesta, entre otras, en la sentencia de 17 de marzo de 2003: “La intervención de tercero en la producción de los daños es ya un problema clásico en el campo de la responsabilidad patrimonial de la Administración, sobre el cual jurisprudencia de este Tribunal no tiene una solución defi nida, sino una constante invocación a respuestas puntuales e individualizadas, subordinadas a las circuns-tancias específi cas y peculiares de cada caso concreto, sin duda para evitar que formulaciones excesivamente generales puedan acarrear en el futuro consecuencias indeseadas o excesivas. Esta prudencia judicial se acrecienta en los casos en que los daños se achacan a la pura inactividad de la Administración, porque siendo cada vez más, y cada vez más generales, los fi nes que el ordenamiento jurídico asigna a ésta, y ordenado constitucionalmente que los sirva “con efi cacia” (art. 103.1 de la Constitución), la responsabilidad patrimo-nial de la Administración podría alcanzar una expansión gigantesca si se admitiera que nace en todos aquellos casos en que la Adminis-tración no cumple con efi cacia los fi nes que le señala el ordenamien-to jurídico (v.g. persecución de los delitos, cuidado del medio am-biente, ordenación del tráfi co viario, organización de servicios sani-tarios, etc.), aunque sea una persona extraña y conocida quien haya desencadenado el proceso causal (v.g. quien ha cometido el delito del que se derivan los daños, o quien ha realizado el acto contami-nante que los ha producido, etc.). El relativismo o casuismo de la materia, en los casos de meras inactividades de la Administración, acaso sólo permita concluir que ni el puro deber abstracto de cumplir ciertos fi nes es sufi ciente para generar su responsabilidad cuando el proceso causal de los daños haya sido originado por un tercero, ni siempre la concurrencia de la actuación de éste exime de responsa-bilidad a la Administración cuando el deber abstracto de actuación se ha concretado e individualizado en un caso determinado.” Visto que para el éxito de la acción de responsabilidad patrimonial –dice la Sentencia del Tribunal Supremo de 4 de junio de 1994- es nece-sario “que el daño o lesión patrimonial sufridos por el reclamante sean consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos en una relación directa, inmediata y exclusiva de causa a efecto, sin intervenciones extrañas que alteren el nexo cau-sal”. Es necesario “que exista una relación de causa a efecto entre la actuación administrativa y el resultado dañoso, erigiéndose este nexo causal en elemento fundamental y sine qua non para declarar proce-dente la responsabilidad patrimonial” (Sentencia T.S. de 20 de di-ciembre de 1994).Vista la doctrina del Tribunal Supremo, contenida, entre otras, en la sentencia de 5 de junio de 1998, acerca de que la prestación por la Administración de un servicio público y la titula-ridad por parte de aquélla de la infraestructura material para su prestación, no implica que el vigente sistema de responsabilidad patrimonial objetiva de las Administraciones Públicas convierta a éstas en aseguradoras universales de todos los riesgos con el fi n de prevenir cualquier eventualidad desfavorable o dañosa para los ad-ministrados que pueda producirse con independencia del actuar ad-ministrativo, porque, de lo contrario, se transformaría en un sistema providencialista no contemplado en nuestro ordenamiento jurídico.Visto que como consecuencia de todo ello puede afi rmarse que no se ha acreditado el nexo causal entre el funcionamiento de un servicio municipal y los supuestos daños sufridos por la recla-mante. O lo que es igual, no se ha constatado la existencia de esa relación directa, inmediata y exclusiva de causa a efecto, sin inter-

venciones extrañas que alteren el nexo causal entre el evento dañoso y el funcionamiento del servicio municipal a que hace referencia la doctrina del Alto Tribunal como requisito necesario para el nacimien-to de la responsabilidad patrimonial de la Administración. Atendida la Jurisprudencia contenida, entre otras, en las Sentencias del Tribu-nal Supremo de fechas, 06/04/92, 04/06/94, 05/06/98, 20/10/98 y 20/12/94; y la existente sobre la interrupción del nexo causal con motivo de la actuación de un tercero, expuesta, entre otras, en la sentencia del Tribunal Supremo de 17 de marzo de 2003. Así como lo dispuesto en los artículos 139 y ss. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 4 y ss. del R.D. 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial.El Teniente de Alcalde que suscribe, en virtud de la delegación que le ha sido conferida por Resolución nº 855, de 22 de junio de 2007, teniendo presentes los informes de la Ofi cina de Responsabilidad Patrimonial y la conformidad de la Asesoría Jurídica, RESUELVE: UNICO.- Desestimar, por las razo-nes que constan en el cuerpo de la presente resolución, la reclamación de responsabilidad patrimonial citada al comienzo, interpuesta por Dª Maria Carmen Manso Díaz.”Contra el acto administrativo transcrito, que es defi nitivo en vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en la Ley regu-ladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, podrá usted interponer uno de los siguientes recursos: a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido re-suelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-admi-nistrativo de Valencia, en el plazo de seis meses, desde esta desesti-mación presunta. b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publica-ción de este anuncio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente. Lo que se le notifi ca para su conocimiento y efectos.El secretario, p.d., el jefe la Ofi cina de Responsabilidad Patrimonial, José Vte. Ferrer.

2009/12044

Ayuntamiento de La Pobla de FarnalsAnuncio del Ayuntamiento de La Pobla de Farnals sobre vehículos abandonados en la vía pública.

ANUNCIOVisto que se ha intentado por dos veces notifi cación a los siguientes, sin poder llevarse a cabo, viene a notifi carse lo siguiente:

“NOTIFICACIÓNPor la Alcaldía, en fecha de cinco de febrero de dos mil nueve se ha resuelto lo siguiente, Resolución 107/2009:Visto que a través del Acta de la Policía Local de este Ayuntamiento, levantada por los Agentes A-027 y A-47 el día veintidós de mayo de dos mil ocho se ha constatado que el vehículo propiedad de Don Iordanov Manolov Mladen, clase turismo, marca Renault, modelo 19 GTS, matrícula V0050DC, se encuentra estacionado en Paseo de España (frente a parking público), donde ha permanecido ininterrum-pidamente por un periodo superior a un mes, y presenta evidentes signos de abandono consistentes en deterioro de patrimonio público (vierte aceites sobre la vía pública) y carece de seguro.Visto que a través del Acta de la Policía Local de este Ayuntamiento, levantada por los Agentes A-046 el día veintidós de mayo de dos mil ocho se ha constatado que el vehículo propiedad de Don Victor Portoni Juan, clase turismo, marca Renault, modelo R11 TSE, ma-trícula V4938BN, se encuentra estacionado en Pl. Cortes Valencianas, s/n, donde ha permanecido ininterrumpidamente por un periodo superior a un mes, y presenta evidentes signos de abandono consis-tentes en desperfectos que le impiden desplazarse por sus propios medios (ruedas) y carece de seguro.

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BOLETIN OFICIALDE LA PROVINCIA DE VALENCIA

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Visto que a través del Acta de la Policía Local de este Ayuntamiento, levantada por los Agentes A-035 y A-52, el día tres de agosto de dos mil ocho se ha constatado que el vehículo propiedad de Don Enrique Galán García, clase turismo, marca Citroen, modelo Saxo 15D SX, matrícula 9411BRZ, se encuentra estacionado en C/ Lepanto cruce con C/ Cantarrana, donde ha permanecido ininterrumpidamente por un periodo superior a un mes, y presenta evidentes signos de aban-dono consistentes en peligro para los peatones, deterioro del patrimo-nio público (vierte aceite sobre la vía pública) y carece de seguro.Visto que a través del Acta de la Policía Local de este Ayuntamiento, levantada por los Agentes A-027 y A-47, el día veintidós de mayo de dos mil ocho se ha constatado que el vehículo propiedad de Don José Caballar Sánchez, clase turismo, marca Seat, modelo TOLEDO 1.9TD, matrícula V1777ES, se encuentra estacionado en Paseo de España (frente a parking público), donde ha permanecido ininterrum-pidamente por un periodo superior a un mes, y presenta evidentes signos de abandono consistentes en peligro para los peatones, dete-rioro del patrimonio público (vierte aceite sobre la vía pública) y carece de seguro.Visto que a través del Acta de la Policía Local de este Ayuntamiento, levantada por los Agentes A-027 y A-47, el día veintidós de mayo de dos mil ocho se ha constatado que el vehículo propiedad de Doña María Elena Guamán González, clase turismo, marca Renault, mo-delo R19, matrícula 9557BST, se encuentra estacionado en Paseo de España (frente a parking público), donde ha permanecido ininterrum-pidamente por un periodo superior a un mes, y presenta evidentes signos de abandono consistentes en peligro para los peatones, dete-rioro del patrimonio público (vierte aceite sobre la vía pública) y carece de seguro.Visto que a través del Acta de la Policía Local de este Ayuntamiento, levantada por el Agente A-046, el día veintidós de mayo de dos mil ocho se ha constatado que el vehículo propiedad de Don José Ricar-do Seves Berenguer, clase turismo, marca Seat, modelo Marbella, matrícula V5007CM, se encuentra estacionado en Avda. del Mar (frente complejo Bergamonte), donde ha permanecido ininterrumpi-damente por un periodo superior a un mes, y presenta evidentes signos de abandono consistentes en desperfectos que le impiden desplazarse por sus propios medios (ruedas) y carece de seguro.Visto que a través del Acta de la Policía Local de este Ayuntamiento, levantada por los Agentes A-046 el día veintidós de mayo de dos mil ocho se ha constatado que el vehículo propiedad de Don Vicente Segarra Esteve, clase turismo, marca Ford, modelo Fiesta, matrícula V3672EU, se encuentra estacionado en Pl. Cortes Valencianas, s/n, donde ha permanecido ininterrumpidamente por un periodo superior a un mes, y presenta evidentes signos de abandono consistentes en desperfectos que le impiden desplazarse por sus propios medios y carece de seguro.Visto que a través del Acta de la Policía Local de este Ayuntamiento, levantada por los Agentes A-035 y A-48 el día trece de abril de dos mil ocho se ha constatado que el vehículo propiedad de Don Francis-co Muñoz Gabarre, clase turismo, marca Citroen, modelo Xsara pica 20HDI, matrícula V4652CKR, se encuentra estacionado en C/ Sen-yera (frente a Bar mediterranea), donde ha permanecido ininterrum-pidamente por un periodo superior a un mes, y presenta evidentes signos de abandono consistentes en desperfectos que le impiden desplazarse por sus propios medios (ruedas) y carece de seguro.Visto que a través del Acta de la Policía Local de este Ayuntamiento, levantada por los Agentes A-035 y A-48 el día trece de abril de dos mil ocho se ha constatado que el vehículo propiedad de Don Pedro González Aguilar, clase turismo, marca SEAT, modelo Córdoba 1.4, matrícula V3897FK, se encuentra estacionado en C/ Cumbres Ma-yores crece con Paseo de España, donde ha permanecido ininterrum-pidamente por un periodo superior a un mes, y presenta evidentes signos de abandono consistentes en desperfectos que le impiden desplazarse por sus propios medios (ruedas) y carece de seguro.Visto que a través del Acta de la Policía Local de este Ayuntamiento, levantada por los Agentes A-035 y A-48 el día trece de abril de dos mil ocho se ha constatado que el vehículo propiedad de Don Gastón Scaravilli Franco, clase turismo, marca ALFA ROMEO, modelo ALFA SW, matrícula V7746BYV, se encuentra estacionado en Avda. Madrid cruce con C/ Serranos (descampado), donde ha permanecido ininterrumpidamente por un periodo superior a un mes, y presenta evidentes signos de abandono consistentes en desperfectos que le

impiden desplazarse por sus propios medios, constituye peligro por tener aristas o cristales cortantes y carece de seguro.Visto que a través del Acta de la Policía Local de este Ayuntamiento, levantada por los Agentes A-035 y A-48 el día trece de abril de dos mil ocho se ha constatado que el vehículo propiedad de Doña Ama-ra Marín Ruano, clase turismo, marca Mercedes Benz, modelo 190 D 2.5, matrícula V5611EP, se encuentra estacionado en C/ Contitu-ción frente a Edifi cio Polaris (frente a Mancomunitat L´Horta Nord), donde ha permanecido ininterrumpidamente por un periodo superior a un mes, y presenta evidentes signos de abandono consistentes en desperfectos que le impiden desplazarse por sus propios medios (ruedas) y carece de seguro.Visto que a través del Acta de la Policía Local de este Ayuntamiento, levantada por los Agentes A-035 y A-48 el día trece de abril de dos mil ocho se ha constatado que el vehículo propiedad de Don Salva-dor Vicent Cubells, clase turismo, marca Daewo, modelo Lanos, matrícula V1740GF, se encuentra estacionado en C/ Collidors (fren-te a Mancomunitat L´Horta Nord), donde ha permanecido ininte-rrumpidamente por un periodo superior a un mes, y presenta eviden-tes signos de abandono carece de seguro.Visto que a través del Acta de la Policía Local de este Ayuntamiento, levantada por los Agentes A-011 y A-49 el día catorce de mayo de dos mil ocho se ha constatado que el vehículo propiedad de Doña Amparo León Martínez, clase ciclomotor dos ruedas, marca Gilera, modelo Runner 50, matrícula C5922BLX, se encuentra estacionado en C/ Vicente Galmés (frente al número 15), donde ha permanecido ininterrumpidamente por un periodo superior a un mes, y presenta evidentes signos de abandono consistentes en desperfectos que le impiden desplazarse por sus propios medios.Visto que a través del Acta de la Policía Local de este Ayuntamien-to, levantada por los Agentes A-036 y A-41 el día catorce de mayo de dos mil ocho se ha constatado que el vehículo propiedad de Don Ángel Ricardo Gualán Cóndolo, clase turismo, marca Ford, mode-lo Fiesta, matrícula 4188FDR, se encuentra estacionado en C/ Rufes (frente al número 3), donde ha permanecido ininterrumpida-mente por un periodo superior a un mes, y presenta evidentes signos de abandono consistentes en que una vez inmovilizado por la Policía Local han transcurrido 48 horas sin que conductor o propietario hayan corregido las defi ciencias que motivaron la me-dida y carece de seguro.Visto que a través del Acta de la Policía Local de este Ayuntamiento, levantada por los Agentes A-049 y A-41 el día treinta de septiembre de dos mil ocho se ha constatado que el vehículo propiedad de Don José Ballester Andrés, clase turismo, marca Renault, modelo Laguna 1.8, matrícula V6270EX, se encuentra estacionado en C/ Rafelbuñol frente al número 6, donde ha permanecido ininterrumpidamente por un periodo superior a un mes, y presenta evidentes signos de aban-dono consistentes en desperfectos que le impiden desplazarse por sus propios medios, constituye un peligro para los peatones por tener aristas o cristales cortantes y carece de seguro.Visto que a través del Acta de la Policía Local de este Ayuntamiento, levantada por los Agentes A-049 y A-41 el día dos de octubre de dos mil ocho se ha constatado que el vehículo propiedad de Don José Carceller Cobelas, clase turismo, marca Volkswagen, modelo Golf 1.6, matrícula V6474FD, se encuentra estacionado en Pl. Cortes Valencianas, s/n, donde ha permanecido ininterrumpidamente por un periodo superior a tres meses, y presenta evidentes signos de aban-dono y carece de seguro.Visto que a través del Acta de la Policía Local de este Ayuntamiento, levantada por los Agentes A-049 y A-41 el día tres de octubre de dos mil ocho se ha constatado que el vehículo propiedad de Don Yuriy Paranchych, clase turismo, marca Lada, modelo Samara 2109 B5, matrícula V7647DN, se encuentra estacionado en Pl. Cortes Valen-cianas, donde ha permanecido ininterrumpidamente por un periodo superior a tres meses, y presenta evidentes signos de abandono y carece de seguro.Visto que a través del Acta de la Policía Local de este Ayuntamiento, levantada por los Agentes A-049 y A-41 el día dieciséis de octubre de dos mil ocho se ha constatado que el vehículo propiedad de Don Jordi Iranzo Bas clase Motocicleta dos ruedas sin sidecar, marca Suzuki, modelo SV650S, matrícula 5135BVW, se encuentra estacio-nado en C/ Massamagrell frente al número 1, donde ha permanecido

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ininterrumpidamente por un periodo superior a un mes, y presenta evidentes signos de abandono y carece de seguro.Visto que a través del Acta de la Policía Local de este Ayuntamiento, levantada por los Agentes A-047 y A-51 el día tres de noviembre de dos mil ocho se ha constatado que el vehículo propiedad de Don José Luis Marqués Felix clase Turismo, marca Volkswagen, modelo Golf, matrícula V-9110-CY, se encuentra estacionado en C/ Camp de Mor-vedre cruce con C/ Vall d´Albaida, donde ha permanecido ininterrum-pidamente por un periodo superior a un mes, y presenta evidentes signos de abandono consistentes en ausencia de ruedas delantera y trasera izquierda, con el interior revuelto y sin tapa delantera izquier-da del motor, se encuentra elevado mediante macetero de piedra, su-pone un gran peligro para la seguridad vial, ya que existe la posibilidad de que el mismo se rompa e impacte con algún peatón.Resultando que el artículo 71.1. del texto articulado de la Ley sobre Tráfi co, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aproba-do por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo establece que se presumirá racionalmente el abandono de un vehículo cuando transcurran más de dos meses desde que el vehículo haya sido depo-sitado tras su retirada de la vía pública por autoridad competente o cuando permanezca estacionado por un periodo superior a un mes en el mismo lugar y presente desperfectos que hagan imposible su des-plazamiento por sus propios medios o le falten la placas de matricu-lación, en este último supuesto tendrá el tratamiento de residuo sóli-do urbano de acuerdo con la normativa ambiental correspondiente.Resultando que el artículo 3.b) de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos establece que se entenderá por Residuos urbanos o muni-cipales los vehículos abandonados, y en la misma línea se pronuncia el artículo 3.2.e) de la ley 10/2000, de 12 de diciembre, de Residuos de la Comunidad Valenciana.Considerando que el órgano competente para la adopción de la pre-sente Resolución es el Alcalde en virtud del artículo 21.1 letra s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen local, y demás normas de pertinente y general aplicación.RESUELVOPRIMERO.- Requerir a los titulares para que en el plazo de 15 días, proceda a la retirada del vehículo, con la advertencia de que de no dar cumplimiento a lo señalado el vehículo tendrá la consideración de residuo sólido urbano por lo que procederá a su desguace y tratamiento conforme a lo indicado en la legislación ambiental aplicable.SEGUNDO.- Informar a los propietarios de los vehículos que en virtud de lo establecido en el artículo 71.2 de la Ley sobre Tráfi co, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial los gastos que se originen como consecuencia de la retirada del vehículo, serán por cuenta del titular, que deberá abonarlos o garantizar su pago como requisito previo a la devolución del vehículo, sin perjuicio del dere-cho de recurso que le asiste y de la posibilidad de repercutirlos sobre el responsable del accidente, del abandono del vehículo o de la in-fracción que haya dado lugar a la retirada, todo ello sin perjuicio de la incoación del correspondiente expediente sancionador, por infrac-ción tipifi cada en el artículo 73 de la Ley de Residuos de la Comu-nidad Valenciana.TERCERO.- Informar al interesado de que puede ceder el vehículo a gestor autorizado en cuyo caso dicha cesión debe constar en docu-mento fehaciente y ser comunicada al Ayuntamiento.CUARTO.- Informar al interesado de que puede ceder el vehículo al Ayuntamiento de La Pobla de Farnals, fi rmando la declaración de renuncia al vehículo abandonado que se adjunta.QUINTO.- Dar traslado de la presente Resolución a los interesados, signifi cándoles los recursos que pueden interponer frente a la misma.Todo lo cual se le comunica para su constancia y efectos, haciéndo-le saber que el presente acto administrativo es de trámite y por tanto no cabe recurso en contra.En La Pobla de Farnals a cinco de febrero de dos mil nueve.La secretaria, Paloma Salcedo Benavente.”Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artícu-lo 59.5 de la Ley 30/92, de veintiséis de noviembre.En La Pobla de Farnals, a 16 de abril de 2009.—La secretaria, Pa-loma Salcedo Benavente.

2009/12099

Excelentísimo Ayuntamiento de ValenciaEdicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi cación de la resolución de responsabilidad patrimo-nial presentada por Dª Ana María Martínez Atienzar, relativa al expediente 1305/2005/739(E3).

EDICTOLa Alcaldía por Decreto de fecha 21 de abril de 2009 ha dispuesto lo siguiente: “Visto que se ha intentado la notifi cación por dos veces de la Resolución de Alcaldía nº 11453-H de fecha 17 de octubre de 2008 sin que se haya podido practicar, procédase a efectuar la noti-fi cación mediante anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamien-to y en el Boletín Ofi cial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común”. El texto de la Resolución es el siguiente: “Vista la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por Dª Ana Mª Martínez Atienzar mediante escrito registrado de entrada el 3 de noviembre de 2005 con nº 105/2005/7727, por la que se solicita una indemnización por las lesiones sufridas presuntamente como consecuencia de una caída sufrida en la calle Rodrigo Pertegaz el día 24 de octubre de 2005. Visto que la reclamante no cuantifi có el importe de la indem-nización. Visto en lo que se refi ere a la relación de causalidad entre el funcionamiento de un servicio público municipal y el daño produ-cido, que a lo largo de la instrucción del procedimiento no ha habido ninguna prueba tendente a acreditar que los daños que alega la inte-resada se hayan producido tal y como se relatan en el escrito de re-clamación. Visto que no se ha presentado prueba testifi cal que acre-ditara los hechos Visto que de las fotografías aportadas por la recla-mante se aprecia además que las obras a las que se hace referencia en el escrito inicial están debidamente señalizadas y valladas. Visto, como conclusión, que puede afi rmarse que no se ha constatado la existencia de una relación directa, inmediata y exclusiva de causa a efecto, sin intervenciones extrañas que alteren el nexo causal entre el evento dañoso y el funcionamiento de un servicio municipal a que hace referencia la doctrina del Alto Tribunal como requisito necesario para el nacimiento de la responsabilidad patrimonial de la Adminis-tración. Atendida la Jurisprudencia, entre otras las Sentencias del Tribunal Supremo de fechas 05/06/98 y 20/10/98; las Sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 12/07/03, 10/09/03; así como lo dispuesto en los artículos 139 y ss. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el 4 y ss. del R.D. 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públi-cas en materia de Responsabilidad Patrimonial. El Teniente de Alcal-de que suscribe, en virtud de la delegación que le ha sido conferida, teniendo presentes el informe de la Ofi cina de Responsabilidad Pa-trimonial y la conformidad de la Asesoría Jurídica, RESUELVE: UNICO.- Desestimar, por las razones que constan en el cuerpo de la presente Resolución, la reclamación de responsabilidad patrimonial citada al comienzo, presentada por Dª Ana Mª Martínez Atienzar”.Contra el acto administrativo transcrito, que es defi nitivo en vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en la Ley regu-ladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, podrá usted interponer uno de los siguientes recursos: a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido re-suelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-admi-nistrativo de Valencia, en el plazo de seis meses, desde esta desesti-mación presunta. b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publica-ción de este anuncio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente. Lo que se le notifi ca para su conocimiento y efectos.El secretario, p.d., el jefe la Ofi cina de Responsabilidad Patrimonial, José Vte. Ferrer.

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32 N.º 1088-V-2009

Excelentísimo Ayuntamiento de ValenciaServicio de SanidadEdicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia rela-tivo al expediente 02401/2009/102.

EDICTODe acuerdo con lo dispuesto en los arts. 59.4 y 60.2 de la Ley 30/92, de 26-11, por el presente Edicto se notifi ca a Dª MERITXELL SAN-CHEZ ARMADA que la Alcaldía, con fecha dictó Decreto de fecha 9 de febrero de 2009, del siguiente tenor literal:“Visto el Informe emitido por la Policía Local en fecha 8/01/09 respecto al inmueble sito en el calle Pintor Ferrandis nº 16-1 donde se constata que en el mismo no reúne mínimas condiciones de habi-tabilidad siendo un foco de insalubridad para el vecindario. Consul-tados los datos obrantes en los fi ches municipales, resultando inqui-lina de la misma Dª Maritxell Sánchez ArmadaEn uso de las atribuciones que me confi eren los artículos 124.4.g), 25 y 26 de la Ley 7/85, de 2 de Abril (modifi cada por Ley 57/03 de 16-12), 206 y 212 de la Ley 16/05, de 30-12, y 41 del Regla-mento de Organización, Funcionamiento y Régimen jurídico de las Entidades Locales, aprobado por R. D. 2568/86, de 28 de Noviem-bre, B. O. E. de 22 de Diciembre, Ley Orgánica 6/85, de 1-7, 72 de la Ley 30/92, de 26-11, 24 y siguientes de la Ley 14/86, de 25-4, y demás normas aplicables, RESUELVO como medida/s preventiva/s:1.- Ordenar a Dª Maritxell Sánchez Armada, inquilina del inmueble sito calle Pintor Ferrandis nº 16-1, que en el plazo de 15 DIAS pro-ceda a:- Deberá proceder a la limpieza, desinfección, desinsectación y desratización por empresa autorizada, del inmueble, procediendo a la retirada de muebles y enseres viejos y en mal estado, trastos, y basura.- Respecto de los animales albergados deberá permitir visita de inspección de la Inspección veterinaria municipal, la cual podrá ordenar las medidas cautelares pertinentes atendiendo a los condi-ciones zoosanitarias de los mismos.Su incumplimiento podrá determinar que se proceda:a) al inicio de expediente sancionador por posible infracción GRAVE establecida en los artículos 35 B) 4º de la Ley General de Sanidad, 14/86 de 25 de abril, y 83 K) de la ley 4/2005 de Salud Pública Valenciana, relativo a la “el incumplimiento de los requerimientos específi cos (...) que formulen las autoridades sanitarias, siempre que se produzcan por primera vez y no concurra daño grave para la salud de las personas”, sancionándose con una multa desde 3.000,01 has-ta 15.000 euros.b) a la ejecución subsidiaria por parte del Ayuntamiento, previa so-licitud, en su caso, de la oportuna autorización judicial de entrada en domicilio.”Contra el acto administrativo transcrito, que es defi nitivo en vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en la Ley regu-ladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, podrá usted interponer uno de los siguientes recursos:a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación de este Edicto.Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia en el plazo de seis meses, desde esta desestimación presunta.b) Recurso contencioso-administrativo, antele Juzgado de lo Con-tencioso-administrativo de Valencia, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este Edicto.Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente.Lo que le comunico para su conocimiento y efectos.Valencia, a 24 de marzo de 2009.—El secretario.

2009/11979

Excelentísimo Ayuntamiento de ValenciaEdicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi cación de la resolución de la reclamación de res-ponsabilidad patrimonial presentada por Germán Ortega Poveda, recaída en el expediente 1.305/2008/572(E3).

EDICTOLa Alcaldía por Decreto de fecha 21 de abril de 2009 ha dispuesto lo siguiente: “Visto que se ha intentado la notifi cación por dos veces de la Reso-lución Alcaldía nº nº 1245-H, de fecha 30 de octubre de 2008 sin que se haya podido practicar, procédase a efectuar la notifi cación me-diante anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el Boletín Ofi cial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común”.El texto de la Resolución es el siguiente: “Vista la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por Don Germán Ortega Poveda, registrada 13 de octubre de 2008 con el numero 00110/2008/163099, por el que se solicita una indemnización por los daños sufridos presuntamente por la actuación de la Policía Nacio-nal. Visto que el importe de los daños por los que se reclama ha sido evaluado en la cantidad de 100€. Visto que el interesado manifi esta en su reclamación que los daños fueron presuntamente provocados por la Policía Nacional, la cual depende del Ministerio del Interior (Dirección General de la Policía). Visto que el Ayun-tamiento de Valencia no es competente para conocer y resolver el procedimiento de responsabilidad patrimonial que pueda incoarse en virtud de la reclamación de Don Germán Ortega Poveda. Aten-dido a lo preceptuado por los artículos 139.1 y 142.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en el art. 6.1 del R.D. 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Adminis-traciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial, te-niendo presentes el informe de la Ofi cina de Responsabilidad Pa-trimonial y la conformidad de la Asesoría Jurídica, el Teniente de Alcalde que suscribe, en virtud de la delegación que le ha sido conferida por Resolución de la Alcaldía, RESUELVE:PRIMERO.- Inadmitir la reclamación de responsabilidad patrimonial interpues-ta por Don Germán Ortega Poveda.SEGUNDO.- Dar traslado de la presente resolución, junto con el expediente incoado en virtud de la reclamación de referencia a la ya mencionada Direccion General de Policia y de la guardia Civil dependiente del Ministerio del Interior, según lo indicado, por tratarse de un asunto de su competencia.TERCERO.- Proceder al archivo de las actuaciones, sin más trámite, dejando constancia mediante fotocopia de las re-mitidas a la Dirección General de Policía y Guardia Civil depen-diente del Ministerio del Interior .”Contra el acto administrativo transcrito, que es defi nitivo en vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en la Ley re-guladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, podrá usted inter-poner uno de los siguientes recursos: a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recu-rrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia, en el plazo de seis meses, desde esta desestimación presunta. b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Todo ello sin per-juicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente.Lo que se le notifi ca para su conocimiento y efectos.El secretario, P.D. el jefe de la Ofi cina de Responsabilidad Patrimo-nial, José Vte. Ferrer.

2009/12023

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33N.º 1088-V-2009

Excelentísimo Ayuntamiento de ValenciaEdicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi cación de la resolución de la reclamación de res-ponsabilidad patrimonial formulada por Mikel Xabier Resano Cayuela relativa al expediente 1305/2006/401(E3).

EDICTOLa Alcaldía por Decreto de fecha 15 de abril de 2009 ha dispuesto lo siguiente: “ Visto que se ha intentado la notifi cación por dos veces de la Resolución de Alcaldía 12262- H de fecha 29 de octubre de 2008 sin que se haya podido practicar, procédase a efectuar la noti-fi cación mediante anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamien-to y en el Boletín Ofi cial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común”.El texto de la Resolución es el siguiente: “Vista la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por Don Mikel Xavier Re-sano Cayuela, registrada el 8 de mayo de 2006 con el numero 110/2006/078831, por la que se solicita indemnización por los daños presuntamente ocasionados por la retirada de su vehiculo por la grúa municipal.Visto que su escrito carecía de algunos de los requisitos exigidos en el artículo 6.1 del R.D. 429/93, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial, al faltar determinar documento que acredite la propiedad del bien dañado.Visto que, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 71. de la Ley 30/92, se re-quirió a la reclamante para que procediera a subsanar tal defecto, concediéndole para ello un plazo de 10 días hábiles, y siendo reci-bido el ofi cio de requerimiento por el mismo en fecha 10 de julio de 2006, según acuse de recibo del servicio de correos obrante en las actuaciones. Visto que, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 71. de la Ley 30/92, se requirió a la reclamante para que procediera a subsanar tal defecto, concediéndole para ello un plazo de 10 días hábiles, y siendo recibido el ofi cio de requerimiento por el mismo en fecha 26/01/06, según acuse de recibo del servicio de correos obrante en las actuaciones. Visto que, transcurrido con exceso el plazo concedido, no ha tenido lugar hasta ahora la subsanación de tal defecto. Atendido lo dispuesto en los artículos 42, 47 y 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 6.1 del R.D. 429/93, de 26 de marzo, por el que se aprue-ba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial, y visto el in-forme de la Ofi cina de Responsabilidad Patrimonial, el Teniente de Alcalde que suscribe, en uso de las facultades resolutorias que le han sido delegadas por la Alcaldía, RESUELVE:ÚNICO.-Tener por desistido, por las razones expuestas en el cuerpo de esta Resolución, a Don Mikel Xavier Resano Cayuela .Proceder al archivo de las actuaciones, sin más trámite.”Contra el acto administrativo transcrito, que es defi nitivo en vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en la Ley regu-ladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, podrá usted interponer uno de los siguientes recursos: a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido re-suelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-ad-ministrativo de Valencia, en el plazo de seis meses, desde esta des-estimación presunta. b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publica-ción de este anuncio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente.Lo que se le notifi ca para su conocimiento y efectos.El secretario, P.D.—El jefe la Ofi cina de Responsabilidad Patrimo-nial, José Vte. Ferrer.

2009/12076

Excelentísimo Ayuntamiento de ValenciaEdicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi cación de la resolución de la reclamación de res-ponsabilidad patrimonial formulada por Mª Rosario Vélez de Guevara Bernárdez relativa al expediente 1305/2006/611(E3).

EDICTOLa Alcaldía por Decreto de fecha 15 de abril de 2009 ha dispuesto lo siguiente: “Visto que se ha intentado la notifi cación por dos veces de la Resolución Alcaldía nº 12422 de 30 de octubre de 2008, sin que se haya podido practicar, procédase a efectuar la notifi cación mediante anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el Boletín Ofi cial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común”.El texto de la Resolución es el siguiente: “Vista la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por Doña María Rosario Vélez de Guevara, registrada de entrada el día 1 de agosto de 2006 con el numero 110/2006/131654, por la que solicita indemnización por daños en su vehiculo provocados presuntamente por el camión de la basura. Visto que su escrito carecía de algunos de los requi-sitos exigidos en el artículo 6.1 del R.D. 429/93, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de las Administra-ciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial, al faltar determinar la evaluación económica de la responsabilidad patrimonial reclamada, la acreditación de la titularidad del bien dañado, indispensable para determinar la legitimación activa en la presente reclamación.Visto que, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 71. de la Ley 30/92, se requirió a la reclamante para que procediera a subsanar tal defecto, concediéndole para ello un plazo de 10 días hábiles, y siendo recibido el ofi cio de requeri-miento por el mismo en fecha 07/09/2006, según acuse de recibo del servicio de correos obrante en las actuaciones. Visto que, transcurrido con exceso el plazo concedido, no ha tenido lugar hasta ahora la subsanación de tal defectoAtendido lo dispuesto en los artículos 42, 47 y 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, y el artículo 6.1 del R.D. 429/93, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Pro-cedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Res-ponsabilidad Patrimonial, y visto el informe de la Ofi cina de Responsabilidad Patrimonial, el Teniente de Alcalde que suscribe, en uso de las facultades resolutorias que le han sido delegadas por la Alcaldía, RESUELVE:ÚNICO.-Tener por desistido, por las razones expuestas en el cuerpo de esta Resolución, a Don María Rosario Vélez de Guevara . Proceder al archivo de las actuaciones, sin más trámite.”Contra el acto administrativo transcrito, que es defi nitivo en vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en la Ley re-guladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, podrá usted inter-poner uno de los siguientes recursos: a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recu-rrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia, en el plazo de seis meses, desde esta desestimación presunta. b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Todo ello sin per-juicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente.Lo que se le notifi ca para su conocimiento y efectos.El secretario, P.D.—El jefe la Ofi cina de Responsabilidad Patrimo-nial, José Vte. Ferrer.

2009/1208

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34 N.º 1088-V-2009

Ayuntamiento de La Pobla LlargaEdicto del Ayuntamiento de La Pobla Llarga sobre apro-bación defi nitiva del Reglamento Regulador del Servicio de Recogida, Retirada y Permanencia en Depósito de Vehículos.

EDICTONo habiéndose presentado reclamaciones ni alegaciones durante el tramite de información publica y audiencia a los interesados a que ha sido sometido el expediente (Boletín Ofi cial de la provincia nº 59 de fecha 11 de marzo de 2009, ha devenido defi nitivo el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 23 de febrero de 2009 sobre el Reglamento Regulador del Servicio de Recogida, Retirada y Permanencia de Vehículos.

REGLAMENTO REGULADOR DEL SERVICIO DE RECOGIDA, RETIRADA Y PERMANENCIA EN DEPOSITO DE VEHICU-LOS.PREAMBULO.El Real Decreto 339/1990, de 2 de marzo por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfi co, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece en su artículo 7 la Competencia de los municipios para la retirada de los vehículos de las vías urbanas y el posterior depósito de aquéllos cuando obstaculicen o difi culten la circulación o supongan un peligro para ésta o se encuentren inco-rrectamente aparcados en las zonas de estacionamiento restringido; igualmente establece cómo de competencia municipal la retirada de vehículos en las vías interurbanas y el posterior depósito de éstos, en los casos y condiciones que reglamentariamente se determinen.La Ley11/1999, de 21 de abril, de modifi cación de la Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y otras medi-das para el desarrollo del Gobierno Local, en materia de tráfi co, circulación de vehículos a motor y seguridad vial ha venido a modi-fi car el artículo 71.1 de la Ley antes referida sobre Tráfi co, Circula-ción de Vehículos a motor y Seguridad Vial lo que supone un impor-tante cambio en la confi guración jurídica y tratamiento del grave problema de proliferación de vehículosabandonados con lo que ello represente de perjuicio medioam-biental.En virtud de la expresada competencia municipal y en virtud de la potestad reglamentaria igualmente reconocida a las Entidades Loca-les se elabora el presente Reglamento, cuyo objeto es regular el Servicio de recogida, retirada y permanencia en depósito de los vehículos que por su situación de incumplimiento de la Ley sobre Tráfi co, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial o de abandono en lugares públicos sean objeto de la prestación del men-cionado Servicio

Capítulo 1º.De las infracciones a la Ley sobre Tráfi co, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.Artículo 1.- Los miembros de la Policía Local, haciendo uso de sus atribuciones Contempladas en la Ley sobre Tráfi co, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y Código de la Circulación, determinarán la retirada y traslado a depósito de los vehículos, en los casos previstos en la ley asi como en el articulo 35 y siguien-te de la vigente ordenanza Municipal Circulación, Trafi co y Segu-ridad Vial.Artículo 2.- La retirada de los vehículos será supervisada por el Agente de la Policía Local, que instruirá la correspondiente propues-ta de infracción a la Ley sobre Tráfi co, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.Artículo 3.- Por el Agente de la Policía Local actuante y el conduc-tor del servicio de grúa y el encargado del depósito, se levantará por triplicado el Acta de depósito del vehículo, haciendo constar en la misma:La fecha y hora del depósito.Identifi cación del vehículo (matrícula, marca, modelo, color, tipo, etc.).Estado del vehículo según inspección ocular, adjuntando fotografías del mismo.Forma de llevar a cabo el precinto del vehículo.Y demás observaciones detectadas por los actuantes.

El Acta será fi rmada por todos los actuantes, entregándose copia de la misma a cada una de las partes interventoras. El ejemplar del Acta del Agente de la Policía Local actuante se anexará al expediente administrativo incoadoArtículo 4.- 1. La recogida del vehículo del depósito por parte de su propietario o persona debidamente acreditada, conlleva el pago mediante autoliquidación de los derechos por traslado y tiempo de depósito, se anexará copia de la Carta de Pago al expediente admi-nistrativo incoado, dando fi n a su tramitación.2. Por el encargado del depósito se levantará por triplicado el Acta de levantamiento de Precintos y Salida del vehículo del depósito, haciendo constar:Fecha y hora de la recogida y salida del vehículo del depósito.Identifi cación del vehículo (matrícula, marca, modelo, color, tipo, etc.).Estado del vehículo según inspección ocular.Forma del desprecintado del vehículo.Datos de identifi cación del propietario del vehículo.Y demás observaciones detectadas por los actuantes.El Acta será fi rmada por el encargado del depósito y el propietario del vehículo, o persona debidamente acreditada, al que se le hace entrega del vehículo. Cumplimentada la misma, se adjuntará ejemplar conjuntamente a la copia de la Carta de Pago de los derechos auto-liquidados, a los que se refi ere el párrafo 1 de este artículo.3. Por el encargado del depósito se notifi cará formalmente al propie-tario del vehículo o persona debidamente acreditada que recibe el vehículo, la propuesta de sanción instruida por el Agente de la Poli-cía Local por supuesta infracción al Código de la Circulación.De los vehículos abandonados.Artículo 5.- Por la Policía Local se incoará expediente administrati-vo por supuesto abandono de vehículos en lugares públicos, en los casos expresados en el artículo 1º, apartado a) 1 y 2.- Cuando el vehículo permanezca estacionado por un período supe-rior a un mes en el mismo lugar y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios o le falten las placas de matriculación tendrá el tratamiento de residuo sólido ur-bano, de acuerdo con la Ley 10/2000 de 12 de diciembre, de Residuos de la Comunidad Valenciana, momento a partir del cual, el Ayunta-miento adquiere la propiedad de los residuos urbanos recogidos y los poseedores quedarán exentos de responsabilidad por los daños que puedan causar tales residuos.- Cuando transcurran más de dos meses desde que el vehículo haya sido depositado tras su retirada de la vía pública y aquellos vehículos que, aun teniendo signos de abandono, mantengan la placa de ma-triculación o dispongan de cualquier signo o marca visible que permita la identifi cación de su titular, se requerirá a éste, una vez transcurridos los plazos para que en el plazo de quince (15) días retire el vehículo, con la advertencia de que, en caso contrario, se procederá a su tratamiento como residuo sólido urbano.Artículo 6.- El Señor Alcalde o en su caso, el Concejal-Delegado del Servicio, interesará de la Jefatura Provincial de Tráfi co la baja de los vehículos declarados como Residuos Sólidos Urbanos y que por su condición permitan su identifi cación y que transcurri-do los plazos establecidos no hayan sido reclamados por sus ti-tulares. Formalizada la baja por la Jefatura Provincial de Tráfi co, se procederá al traslado del vehículo declarado como Residuo Sólido Urbano al desguace. El conductor del servicio de grúa expedirá el recibo correspondiente del traslado y entrada en desguace del vehículo, que se anexará al expediente de su razón dando fi n a su tramitación administrativa, en caso de que no haya suscrito convenio de retirada de vehículos con un centro gestor autorizado.Artículo 7.- 1. Por el encargado del depósito se procederá a la recep-ción, custodia y salida de los vehículos. Velando en todo momento por el estado de los vehículos depositados conforme al acta de re-cepción, sin alteración de los precintos2. El encargado del depósito conjuntamente con el Agente de la Policía Local y el conductor del servicio de grúa, levantará y fi rma-rá las Actas de depósito y precinto de los vehículos depositados, dando fe de su entrada y estado, conforme a la inspección ocular realizada.

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3. El encargado del depósito levantará el Acta de salida del depósito de los vehículos depositados, que fi rmará conjuntamente con la otra persona actuante y debidamente acreditada. La formalización de este Acta se ajustará a lo recogido en el apartado 2 del artículo 4 de este ReglamentoArtículo 8.- 1. El precinto los vehículos se efectuará mediante la colocación de carteles, sellando las puertas, capó y maleteros de los vehículos impidiendo su acceso sin violentar el mismo. En estos carteles se leerá la palabra “POLICÍA LOCAL PRECINTADO”Artículo 9.- Transcurridos dos meses desde la fecha del depósito del vehículo tras su retirada, sin que haya sido reclamado por su titular, se expedirá por el encargado del depósito certifi cación acreditativa del tiempo y diligencias practicadas para esclarecer su titular. De este proceso se excluirán los vehículos depositados por requerimientos a instancias judiciales y/o administrativas.Artículo 10.- Por el Señor Alcalde o Concejal-Delegado, en su caso, se procederá a iniciar el expediente administrativo por abandono, publicando en el Boletín Ofi cial de la Provincia y cualesquiera otros medios que se estime oportunos, la relación de vehículos que han sido retirados y se encuentran depositados y que transcurrido el plazo de dos meses no han sido reclamados por sus titulares, a los que se les otorga un plazo de QUINCE (15) días para proceder a retirarlos previo pago de los costes ocasionados.2. Transcurrido el segundo plazo otorgado, se decretará la situación de abandono del vehículo, iniciándose el expediente para su trata-miento como residuo sólido urbano.Disposición FinalEl presente Reglamento entrará en vigor, una vez se publique ínte-gramente su texto en el Boletín Ofi cial de la Provincia, y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen LocalLo que se hace publico a los efectos y en cumplimiento de lo pre-visto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local y 52 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre publicándose el texto integro del referido Reglamento Regulador del Servicio de Recogida, Retirada y Permanencia de Vehículos.Contra el acuerdo de aprobación defi nitiva anteriormente reseñado que pone fi n a la via administrativa, los interesados podrán interpo-ner directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de justicia de la Comunidad Valenciana en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente al de la inserción del presente edicto en el boletín ofi cial de la provincia de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1b) y 46 de la Ley 29/1988 de 13 de julio Reguladora de la Ju-risdicción Contencioso-Administrativa.El presente Reglamento entrará en vigor en la forma prevista en el artículo 70.2 en relación con el articulo 65.2 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local.En La Pobla Llarga, a 22 de abril de 2009.—El alcalde, Rafael Soler Vert.

2009/12112

Excelentísimo Ayuntamiento de ValenciaEdicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi cación de la resolución de la reclamación de res-ponsabilidad patrimonial formulada por Tomás Martínez Gutiérrez relativa al expediente 1305/2006/754(E3).

EDICTOLa Alcaldía por Decreto de fecha 16 de abril de 2009 ha dispuesto lo siguiente: “Visto que se ha intentado la notifi cación por dos veces de la Resolución de Alcaldía 12265- H de fecha 29 de octubre de 2008 sin que se haya podido practicar, procédase a efectuar la noti-fi cación mediante anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamien-to y en el Boletín Ofi cial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común”.El texto de la Resolución es el siguiente: “Vista la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por Don Tomas Martínez Gutiérrez el 30/06/04 con el numero 00110/2005/107788, por daños en su vehiculo por presunta retirada indebida de la grúa.Visto que su

escrito carecía de algunos de los requisitos exigidos en el artículo 6.1 del R.D. 429/93, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial, al faltar determinar la evaluación económica de la responsabilidad patrimonial reclamada, la acredita-ción de la titularidad del bien dañado, indispensable para determinar la legitimación activa en la presente reclamación y la proposición de prueba de que pretendía valerse en el procedimiento. Visto que, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 71. de la Ley 30/92, se re-quirió a la reclamante para que procediera a subsanar tal defecto, concediéndole para ello un plazo de 10 días hábiles, y siendo reci-bido el ofi cio de requerimiento por el mismo en fecha 18/01/06, según acuse de recibo del servicio de correos obrante en las actua-ciones. Visto que, transcurrido con exceso el plazo concedido, no ha tenido lugar hasta ahora la subsanación de tal defecto. Atendido lo dispuesto en los artículos 42, 47 y 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 6.1 del R.D. 429/93, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial, teniendo presente el informe de la Ofi cina de Responsabilidad Patrimonial, el Teniente de Alcalde que suscribe, en uso de las facultades resolutorias delegadas mediante Resolución de Alcaldía, RESUELVE:ÚNICO.-Tener por desistido de su reclamación, por las razones expuestas en el cuerpo de esta Resolución, a Don Tomas Martínez Gutiérrez.Proceder al archivo de las actuaciones, sin más trámite.”Contra el acto administrativo transcrito, que es defi nitivo en vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en la Ley regu-ladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, podrá usted interponer uno de los siguientes recursos: a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido re-suelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-ad-ministrativo de Valencia, en el plazo de seis meses, desde esta des-estimación presunta. b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publica-ción de este anuncio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente.Lo que se le notifi ca para su conocimiento y efectos.El secretario, P.D.—El jefe la Ofi cina de Responsabilidad Patrimo-nial, José Vte. Ferrer.

2009/12071

Ayuntamiento de AlbericEdicto del Ayuntamiento de Alberic sobre aprobación inicial de la modifi cación de créditos nº 4/09, suplemen-to de créditos y créditos extraordinarios.

EDICTOEl Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 27 de abril de 2009, aprobó inicialmente la modifi cación de créditos nº 4/08, créditos extraordinarios y suplemento de créditos, lo que se expone al público en el BOP y tablón de anuncios del Ayuntamiento, duran-te el plazo de 15 días hábiles, a efectos de que los interesados que se indican en el apartado 1º del artículo 170 del Real Decreto Legis-lativo 2/2004, de 5 de marzo, puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen ante el Pleno de la Corpo-ración, por los motivos que se indican en el apartado 2º del mismo artículo.La documentación íntegra del expediente se encontrará a disposición del público en el Departamento de Intervención, durante el plazo anteriormente citado.En caso de no presentarse reclamaciones, se entenderá defi nitiva-mente aprobado sin necesidad de adoptar nuevo acuerdo.Alberic, 27 de abril de 2009.—El alcalde, Enrique Carpi Cortés.

2009/12418

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36 N.º 1088-V-2009

Ayuntamiento de VinalesaEdicto del Ayuntamiento de Vinalesa sobre aprobación defi nitiva de la modifi cación de los estatutos del orga-nismo autónomo Patronato de Servicios Integrales de Vinalesa.

EDICTOEl Pleno del Ayuntamiento de Vinalesa, en sesión extraordinaria celebrada en fecha 13 de febrero de 2.009, aprobó inicialmente la modifi cación de los Estatutos del organismo autónomo Patronato de Servicios Integrales de Vinalesa.Abierto el periodo de información pública por un plazo de trein-ta días, contados desde la publicación en el “Boletín Ofi cial de la Provincia” nº 56, de fecha 7 de marzo de 2.009, y no habiéndose producido ninguna reclamación, queda defi nitivamente aprobada la modifi cación de conformidad con lo que dispone el art 49 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 70-2 de la misma ley se publica el texto íntegro de la modifi cación en el “ Boletín Ofi cial de la Provincia”siendo el siguiente:Se modifi can los siguientes artículos de los Estatutos del Patronato de Servicios Integrales de Vinalesa que quedan con la siguiente re-dacción:“Artículo 15 e). Al presidente le corresponden las siguientes atribu-ciones:e) Ejercer la dirección superior del personal, contratarlo, nombrarlo, despedirlo y sancionarlo de conformidad con la legalidad vigente.Artículo 15 d). Al Presidente le corresponden las siguientes atribu-ciones:d) Corresponde al Presidente del PASIV las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos de obras, de sumi-nistro, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales, y los contratos privados cuando su im-porte no supere el 10 por ciento de los recursos ordinarios del pre-supuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea supe-rior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recur-sos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.Asimismo corresponde al Presidente del PASIV la adjudicación de concesiones sobre los bienes del mismo y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando su valor no supere el 10 por ciento de los recursos ordinarios del pre-supuesto ni el importe de tres millones de euros, así como la enaje-nación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados.Artículo 18 l) Corresponde a la Junta rectora:l) Las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos no mencionados en el artículo 15 d) de los Estatutos del Patronato de Servicios Integrales como de competencia del Presi-denteAsimismo corresponde a la Junta Rectora la adjudicación de conce-siones sobre los bienes de la Corporación y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial así como la enajenación del patrimonio cuando no estén atribuidas al Presi-dente, y de los bienes declarados de valor histórico o artístico cual-quiera que sea su valor.”Asimismo quedan derogados a partir de la entrada en vigor de la modifi cación los artículos 15 apartado ñ) y artículo 18 apartados g, l), ll) de los Estatutos del Patronato de Servicios Integrales por que-dar incorporado su contenido en los artículos 15 e), 15 d) y 18 l) de los Estatutos en la nueva redacción propuesta.Contra la aprobación defi nitiva de esta modifi cación se puede inter-poner recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde la publicación del presente edicto en el “Boletín Ofi cial de la Provincia” ante los juzgados de lo contencioso admi-nistrativo de Valencia.En Vinalesa, a 20 de abril de 2009.—El alcalde-presidente, Julio Martínez Blat.

2009/12118

Excelentísimo Ayuntamiento de ValenciaServicio Central del Procedimiento SancionadorSección SegundaEdicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi cación de providencias de incoación dictadas en los expedientes sancionadores 01306/2009/1563 y veintiún más del Servicio Central del Procedimiento Sancionador (Sección 2).

EDICTODe conformidad con lo previsto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente edicto se notifi ca a las personas que se se-ñalan a continuación las providencias de incoación de procedimien-tos Sancionadores, dictadas en los expedientes sancionadores que seguidamente se indican.

Expediente sancionador Interesado/a Fecha providencia

incoación

1563/2009.VICENTE BULEO CUESTA.22699223V

30/03/2009.

1575/2009.JOSÉ ANTONIO TRAVER MUÑOZ.44883121R.

30/03/2009.

1615/2009.VICTORIANO MICÓ LLÁCER.2252759H.

30/03/2009.

1637/2009.JUAN JOSÉ RAMOS RIBES.44515996W.

30/03/2009.

1640/2009.MANUEL MAXIMINO BLAT.53379563J.

30/03/2009.

1649/2009.HELENA GODOY CAMINERO.33568586V.

30/03/2009.

1664/2009.JOHN KWARSTEN.X0906793H.

30/03/2009.

1666/2009.SUSANA PILES VICENTE.53601735M

30/03/2009.

1668/2009.SUSANA PILES VICENTE53601735M.

30/03/2009.

1670/2009.SERGIO MARTÍNEZ LÓPEZ.4827603B.

30/03/2009.

1671/2009.JOSÉ ANTONIO RAMOS MARTÍNEZ.25408936P.

30/03/2009.

1673/2009.ZOHEIR KORTAS.X3967536J

30/03/2009.

1676/2009.BRUNO ALEXANDRE DIAS TEIXEIRA.X5840002A.

30/03/2009.

1696/2009.JOSÉ LUÍS GÓMEZ ALBARRACÍN.48437551B.

01/04/2009.

1717/2009.VICENTE SUBIELA NAVARRO.52721464J

01/04/2009.

1722/2009.JOSZSEF LAGOS HAMER.X8051021B.

01/04/2009.

1723/2009.MIGUEL RAMÍREZ PRADO.53363803P

01/04/2009.

1724/2009.MARTÍN FADAY.X2675596Y.

01/04/2009.

1731/2009.CHECK OMAR COULIBALY.X67774129.

03/04/2009.

1784/2009.ABDELAZIZ BOUCHAFIZA.X07708349M.

03/04/2009.

1790/2009.ABDERRACHID EL ARNOUKI.X03789668G

03/04/2009.

1792/2009.ABDELKRIM TIZIRINE.X2583600X.

03/04/2009.

Los procedimientos sancionadores a que dichos expedientes se re-fi eren, como se señala en sus Providencias de Incoación, tienen por expedientado/a, respectivamente, a cada una de las personas que han sido señaladas bajo el epígrafe “Interesado/a”, y en todos ellos se imputa una infracción tipifi cada como grave en el art. 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero.

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37N.º 1088-V-2009

De conformidad con lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 30/1992, se comunica a las personas expedientadas que en el plazo de DIEZ DÍAS hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del presente Edicto en el Boletín Ofi cial de la Provincia de Valencia podrán comparecer para el conocimiento íntegro de las providencias de incoación que han sido citadas, en las dependencias del Servicio Central del Procedimiento Sancionador de este Ayuntamiento, sitas en la Ciudad de Valencia, Plaza del Ayuntamiento número 1 (Edifi cio de las Casas Consistoriales), 2ª planta.--------------------------------Lo que se notifi ca a las citadas personas para su conocimiento y efectos.Valencia, 27 de abril de 2009.—El secretario.

2009/12416

Ayuntamiento de PicassentEdicto del Ayuntamiento de Picassent sobre aprobación defi nitiva de la modifi cación de la ordenanza fi scal regu-ladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso pú-blico con mesas, sillas, toldos, marquesinas y otros ele-mentos auxiliares análogos con fi nalidad lucrativa.

EDICTOPor ausencia de reclamaciones, ha quedado defi nitivamente aproba-da la modifi cación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Ocupación de terrenos de uso público local con mesas, sillas, toldos, marquesinas y otros elementos auxiliares análogos con fi nalidad lucrativa, aprobada provisionalmente mediante acuerdo del Pleno municipal de fecha 26 de febrero de 2009, publicándose el texto íntegro y dando cumplimiento así a lo dispuesto en el artículo 17 del RDL 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundi-do de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y D.T.2ª Ley 25/1998 de 13 de julio.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCU-PACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO LOCAL CON MESAS, SILLAS, TOLDOS, MARQUESINAS Y OTROS ELE-MENTOS AUXILIARES ANÁLOGOS CON FINALIDAD LU-CRATIVA.

Artículo 1º.- Fundamento y naturalezaAl amparo de lo previsto en los artículos 57 y 20 del R.D.L.2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, de conformidad con lo que disponen los artículos 15 a 19 de dicho texto legal, este Ayuntamien-to establece la tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas, sillas, toldos, marquesinas y otros elementos auxiliares aná-logos con fi nalidad lucrativa, que se regulará por la presente orde-nanza fi scal.

Artículo 2º.- Hecho imponibleConstituye el hecho imponible de esta tasa el aprovechamiento de vías y terrenos de uso público mediante la ocupación con mesas, sillas, toldos, marquesinas y otros elementos auxiliares análogos con fi nalidad lucrativa

Artículo 3º.- Sujetos pasivosSon sujetos pasivos de las tasas en concepto de contribuyentes, las personas físicas y jurídicas, así como las entidades a que se refi ere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, a cuyo favor se otorguen las licencias para disfrutar del aprovechamiento especial, o quienes se benefi cien del aprovechamiento, si se procedió al disfrute sin la oportuna autorización.

Artículo 4º.- Responsables1.- Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo las personas físicas y jurídicas a que se refi eren los arts. 41 y 42 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre General Tributaria.2.- Serán responsables subsidiarios los administradores de las socie-dades y los síndicos, interventores o liquidadores de quiebras, con-cursos, sociedades y entidades en general, en los supuestos y con el alcance que señala el art. 43 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre General Tributaria.

Artículo 5º.- Base imponibleLa base imponible estará constituída por el valor de la superfi cie ocupada contada en metros cuadrados o fracción y el plazo de apro-vechamiento.

Artículo 6º.- Cuota tributaria1.- La cuota tributaria será la resultante de aplicar a la base imponi-ble las siguientes tarifas:1.1. Ocupación con mesas y sillas con fi nalidad lucrativa:1.1.1. Del 1 de enero al 31 de diciembre: 33,90 euros/metro cuadrado/año.1.1.2. Del 1 de abril al 30 de septiembre: 18,30 euros/metro cuadrado/semestre.1.1.3. Mensual: 10,00 euros/metro cuadrado/mes.1.1.4. Ocupación por días: 0,50 euros/metro cuadrado/día o frac-ción.1.1.5. Solicitud de una ampliación de los metros cuadrados autori-zados en los epígrafes anteriores: 1.1.1, 1.1.2 y 1.1.3: 0,50 euros/metro cuadrado/día.1.2. Cuando la instalación de las terrazas se realice con la colocación de toldos, sombrillas, separadores y otros elementos auxiliares, la tarifa del apartado 1.1. anterior se incrementará mediante la aplica-ción de un coefi ciente corrector igual a 1’5.2.- A los efectos de la aplicación general de los precios indicados se tendrá en cuenta las siguientes normas:a) Si como consecuencia de la colocación de toldos, marquesinas, sombrillas, separadores, barbacoas y otros elementos auxiliares se delimita una superfi cie mayor a la ocupada por mesas y sillas, se tomará aquélla como base de cálculo.b) Si el número de m2 del aprovechamiento no fuese entero se re-dondeará por exceso para obtener la superfi cie ocupada.c) Las autorizaciones mensuales serán de meses naturales completos.d) La ocupación realizada sin licencia, así como los excesos de ocupación que no tengan licencia, se presumirá producida por un periodo de 30 días. A estos efectos, se practicará liquidación por el citado periodo de 30 días con aplicación de la tarifa prevista en el art. 1.1.4. del apartado anterior, y teniendo en cuenta los metros cuadrados ocupados en el momento de la comprobación.e) Cuando por motivos especiales (Fiestas taurinas, patronales, etc.) se quiera incrementar la ocupación ya concedida, se debera presen-tar solicitud de ocupación, así como la autoliquidación correspon-diente, ingresar el importe de la tasa y la declaración prevista en el art. 8.2, con al menos quince días de antelación a la fecha de dicha ocupación.

Artículo 7º.- Devengo.La tasa se devengará en el momento de concesión de licencia o en el momento en el que se inicie la ocupación en el caso de que no se haya solicitado licencia.

Artículo 8º.- Normas de gestión.1.- La tasa se exigirá en régimen de autoliquidación y se ingresará en el momento de presentación de la solicitud, con carácter de de-pósito previo.2.- Las personas o entidades interesadas en la concesión de aprovecha-mientos regulados en esta ordenanza deberán solicitar la correspon-diente licencia, presentar la autoliquidación e ingresar el importe de la tasa, así como formular declaración en la que expresarán la clase y número de los elementos a instalar y los metros cuadrados a utilizar, en los siguientes plazos (según los epígrafes previstos en el art. 6):Epígrafe 1.1.1. Del 1 al 20 de diciembre, del año anterior a la ocu-pación.Epígrafe 1.1.2. Del 1 al 20 de marzo.Epígrafe 1.1.3. Del 1 al 20 del mes anterior a la ocupación.Epígrafe 1.1.4. Al menos quince días antes de la fecha de la ocupa-ción.Epígrafe 1.1.5. Al menos quince días antes de la fecha de la ocupa-ción.3.- La Administración procederá en cualquier momento a la compro-bación de los elementos instalados, así como a su medición y pro-cederá a practicar las liquidaciones complementarias procedentes sin perjuicio de las sanciones a que hubiere lugar por no haber presen-tado la correspondiente solicitud.4.- Las licencias se otorgarán para la temporada que se soliciten, debiendo los interesados formular nueva solicitud para temporadas sucesivas.

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38 N.º 1088-V-2009

5.- Las cuotas tributarias resultantes para el período solicitado tienen carácter irreductible y no procederá devolución alguna cuando la no utilización privativa o aprovechamiento especial sea por causas impu-tables al interesado. En el supuesto de que no sea concedida la auto-rización se procedera a la devolucion de las cantidades ingresadas, siempre que no se hubiese producido una ocupación sin licencia.6. El documento en el que conste la concesión de la licencia de ocupa-ción deberá fi jarse en lugar visible en la puerta del establecimiento.7. Las ocupaciones del dominio público local sujetas a estas tasas que se efectúen sin la preceptiva licencia municipal previa, o exce-diéndose de ella dará lugar a la adopción de las medidas de restau-ración de orden jurídico infringido y de la realidad física altera y a la imposición de las sanciones que prevean las normas que resulten de aplicación a tal supuesto.Artículo 9º.- Infracciones y sancionesEn todo lo relativo a la califi cación de infracciones tributarias y san-ciones, además de lo previsto en esta Ordenanza, se estará a lo dis-puesto en la Ley General Tributaria y demás normativa aplicable.Artículo 10º.- Destrucción o deterioro del dominio público.1.- Cuando la utilización privativa o el aprovechamiento especial lleve aparejada la destrucción o deterioro del dominio público local, el benefi ciario sin perjuicio del pago de la tasa a que hubiere lugar, estará obligado al reintegro del coste total de los respectivos gastos de reconstrucción o reparación y al depósito previo de su importe.2.- Si los daños fueran irreparables, el Ayuntamiento será indemni-zado en cuantía igual al valor de bienes destruídos o el importe del deterioro de los dañados.3.- A tal efecto la Corporación no podrá condonar total ni parcial-mente las indemnizaciones y reintegros a que se refi ere el presente apartado.DISPOSICIÓN TRANSITORIAPara el año 2009, las solicitudes de licencia de ocupación de los epígrafes 1.1.1 y 1.1.2, del art. 6, se podrán presentar durante los meses de abril, mayo o junio, siempre con diez días hábiles de an-telación al período de ocupación solicitado. En estos casos, las tari-fas previstas en el apartado 1.1.1 y 1.1.2, del art. 6, se prorraterán por meses naturales, incluyendo en la autoliquidación el mes corres-pondiente al del día de inicio de la ocupación.El periodo mínimo de ocupación será de seis meses para la tarifa del apartado 1.1.1 y de tres meses para la tarifa del apartado 1.1.2.DISPOSICION DEROGATORIALa presente Ordenanza fi scal deroga desde su entrada en vigor, la anterior Ordenanza fi scal reguladora de la tasa por ocupación de terrenos de uso público local con mesas, sillas, toldos, marquesinas y otros elementos auxiliares análogos con fi nalidad lucrativa.DISPOSICION FINALLa presente Ordenanza fi scal entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Ofi cial de la Provincia y comenzará a aplicarse ese mismo día, permaneciendo en vigor hasta su modifi ca-ción o derogación expresa.Picassent, 27 de abril de 2009.—La alcaldesa, Conxa García Ferrer.

2009/12278

Ayuntamiento de AlborayaAnuncio del Ayuntamiento de Alboraya sobre publicación inicial de la ordenanza reguladora del precio público por la prestación del servicio de publicidad de la radio mu-nicipal.

ANUNCIOEl pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 27 de abril de 2009, adoptó el siguiente acuerdo:PRIMERO.- Aprobar inicialmente la Ordenanza Reguladora del Precio Público por la prestación del servicio de publicidad en la emisora municipal de radio, que a continuación se transcribe: “ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO MUNI-CIPAL POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PUBLICIDAD EN LA EMISORA MUNICIPAL DE RADIO.Artículo 1º.- Fundamento legalDe conformidad con lo dispuesto en los artículos 41 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprue-

ba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece el precio público por la prestación del Servicio de Publicidad en la Emisora Municipal de Radio.Artículo 2º.- ConceptoTendrán la consideración de precios públicos regulados en esta or-denanza las contraprestaciones pecunarias establecidas para cada uno de los servicios defi nidos en la correspondiente tarifa.Artículo 3º.- Ámbito de aplicaciónEl presente acuerdo de imposición y regulación, será de aplicación en todo el término municipal de Alboraya. Artículo 4º.- CuantíaLa cantidad a abonar será el resultado de la aplicación de la siguien-te tarifa:

CUÑAS PUBLICITARIASDuración (segundos) Importe unitario15” 6,00 €20” 8,00 €25” 10,00 €30” 12,00 €MICROESPACIOSDuración (minutos) Importe unitarioEntre 3 y 5 20,00 €PATROCINIOSDuración (minutos) Importe unitario10 30,00 €15 35,00 €20 40,00 €25 45,00 €30 50,00 €UTILIZACION DE ESTUDIOGrabación de cuñas Importe unitarioPrimera cuña 15,00 €Por cada cuña adicional 5,00 €DESCUENTOS APLICABLESEmisión de cuñas mensuales por contratante Descuento aplicable100 o más 40,00%De 80 a 99 30,00%De 60 a 79 20,00%De 40 a 59 10,00%Emisión de patrocinios mensuales por contra-tante Descuento aplicable

100 o más 40,00%De 80 a 99 30,00%De 60 a 79 20,00%De 40 a 59 10,00%

Sobre los precios especifi cados en estas tarifas se aplicará el Impues-to sobre el Valor Añadido o cualquier otro que resulte de aplicación.Artículo 5º.- Obligación del pago1.- Están obligados al pago del precio público regulado en esta or-denanza quienes contraten o se benefi cien de los servicios prestados por este Ayuntamiento a que se refi ere el artículo segundo. 2.- El pago de las tarifas se exigirá mediante factura mensual de los servicios prestados, de acuerdo con los usos del comercio aplicables en el sector, sin perjuicio, en caso de impago, de su exacción con los recargos y por los medios previstos legalmente.Artículo 12º.- Interpretación1.- El Ayuntamiento aprobará un reglamento del servicio de radio municipal en el que quedarán defi nidas las cuestiones relativas a la prestación de este servicio2.- El Ayuntamiento será competente para resolver sobre las cues-tiones no contempladas en esta ordenanza y que redunden en una mejor prestación del servicio.Artículo 13º.- Infracciones y sancionesEn todo lo relativo a la califi cación de infracciones tributarias, así como de las sanciones que a las mismas correspondan en cada caso,

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39N.º 1088-V-2009

se estará a lo dispuesto en la Ley General Tributaria y en la legisla-ción específi ca aplicable.DISPOSICION FINALLa presente ordenanza ha sido aprobada por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 27 de abril de 2009 y entrará en vigor a partir de su publicación en el Boletín Ofi cial de la Provincia, perma-neciendo en vigor hasta su modifi cación o derogación expresa.Segundo.- Someterla a información pública mediante anuncio de exposición en el “Boletín Ofi cial” de la Provincia, por un periodo de treinta días, contados desde el día siguiente al de su publicación, junto a la exposición en el tablón de anuncios del Ayuntamiento para que los interesados puedan presentar reclamaciones, entendiendo el acuerdo elevado a defi nitivo en el caso de que no se presente, nin-guna, y, en consecuencia, sin necesidad de acuerdo plenario.Tercero.- A efectos de lo que establece el Art. 70 de la Ley Regula-dora de las Bases de Régimen Local y el artículo 17.4 de la Ley Reguladora de Hacienda Locales, publicar el texto íntegro del Re-glamento.Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigor el día de su publi-cación en el “Boletín Ofi cial” de la Provincia, permaneciendo vigen-te en tanto no sea modifi cada o derogada.Quinto.- El acuerdo de aprobación defi nitiva podrá ser impugnado en los términos y formas que se determinen en el anuncio que se publicará en el “Boletín Ofi cial” de la Provincia, una vez haya trans-currido el periodo de treinta días y no se hayan presentado reclama-ciones o éstas se hayan resuelto.En Alboraya, a 30 de abril de 2009.—El alcalde-presidente, Manuel Álvaro Manzano.

2009/12911

Excelentísimo Ayuntamiento de ValenciaEdicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi cación de la resolución de la reclamación de res-ponsabilidad patrimonial presentada por Mª José Oltra Herrero relativa al expediente 01305/2005/798(E3).

EDICTOLa Alcaldía por Decreto de fecha 21 de abril de 2009 ha dispuesto lo siguiente: “Visto que se ha intentado la notifi cación por dos veces de la Resolución de Alcaldía 12268- H de fecha 29 de octubre de 2008.sin que se haya podido practicar, procédase a efectuar la noti-fi cación mediante anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamien-to y en el Boletín Ofi cial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.”El texto de la Resolución es el siguiente:”Vista la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por Doña Maria José Oltra Herrero, registrada el día 15/11/05 con el numero de entrada 113/2005/015931, por el que se solicitaba indemnización por la retirada presuntamente indebida de un ciclomotor. Visto que su escrito care-cía de algunos de los requisitos exigidos en el artículo 6.1 del R.D. 429/93, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial, y art. 31 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, al faltar determinar el lugar exacto de ocurrencia del presunto siniestro. Visto que, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 71. de la Ley 30/92, se requirió a la reclamante para que procediera a subsanar tal defecto, concediéndole para ello un plazo de 10 días hábiles, me-diante ofi cio recibido el 12/12/05, según acuse de recibo del servicio de correos obrante en las actuaciones. Visto que, transcurrido con exceso el plazo concedido, no ha tenido lugar hasta ahora la subsa-nación de tales defectos.Atendido lo dispuesto en los artículos 42, 47 y 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 6.1 del R.D. 429/93, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Re-glamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial, y visto el informe de la Ofi cina de Responsabilidad Patrimonial, el Teniente de Alcalde que suscribe, en uso de las facultades resolutorias que le han sido dele-gadas por la Alcaldía, RESUELVE:ÚNICO.-Tener por desistido, por las razones expuestas en el cuerpo de esta Resolución, a Doña

Maria José Oltra Herrero. Proceder al archivo de las actuaciones, sin más trámite.”Contra el acto administrativo transcrito, que es defi nitivo en vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en la Ley regu-ladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, podrá usted interponer uno de los siguientes recursos: a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido re-suelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-ad-ministrativo de Valencia, en el plazo de seis meses, desde esta des-estimación presunta. b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publica-ción de este anuncio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente.Lo que se le notifi ca para su conocimiento y efectos.El secretario, P.D.—El jefe la Ofi cina de Responsabilidad Patrimo-nial, José Vte. Ferrer.

2009/12053

Excelentísimo Ayuntamiento de ValenciaEdicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi cación de la resolución de la reclamación de respon-sabilidad patrimonial presentada por Dª Marina Coneje-ro Hinarejos, relativa al expediente 1305/2005/631(E3).

EDICTOLa Alcaldía por Decreto de fecha 21 de abril de 2009 ha dispuesto lo siguiente: Visto que se ha intentado la notifi cación por dos veces de la Reso-lución de Alcaldía nº 13441-H de fecha 19 de noviembre de 2008 sin que se haya podido practicar, procédase a efectuar la notifi cación mediante anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el Boletín Ofi cial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común.El texto de la resolución es el siguiente: “Vista la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por Dª Marina Conejero Hinarejos, mediante escrito registrado de entrada el 20 de septiembre de 2005 con nº 00101/2005/3545, popr la que se solicitaba una in-demnización por los daños materiales sufridos presuntamente cuan-do caminaba por la acera frente a la Basílica de la Virgen el día 16 de septiembre de 2005. Visto que el importe de la reclamación se concretó en la cantidad de 60€. Visto por lo que se refi ere a la reali-dad del daño, su individualización, la reclamante no ha aportado prueba sufi ciente para entender acreditados los hechos, puesto que ni siquiera aporta factura, tan solo presenta un recibo que hubiera podido ser expedido en cualquier momento.. Visto que respecto a la valoración de la reclamación el reclamante solicita la cantidad de 60 € no fundamentando dicha valoración.Visto en lo que se refi ere a la relación de causalidad entre el funcionamiento de un servicio públi-co municipal y el daño producido, que a lo largo de la instrucción del procedimiento no ha habido ninguna prueba tendente a acreditar que los daños que alega la interesada se hayan producido como consecuencia de un resbalón provocado por la existencia en la acera de un liquido gelatinoso proveniente de La maquina que se utiliza para limpiar la plaza. Visto que el Servicio de Gestión de Residuos Sólidos y Limpieza en su informe de 14 de febrero de 2006 dispone “no se tiene constancia de aviso o denuncias al respecto anteriores”; y que el informe de la contratista pone de manifi esto que el día de los hechos no se realizo servicio de fregado tan solo de barrido, y afi rma que, aun cuando se hubiera realizado el servicio de fregado, que no fue el caso, solo se hubiera utilizado un producto biodegra-dable, TERFLOR, que no presenta aspecto gelatinoso. Visto que, además, no se han propuesto prueba testifi cal. Visto, como conclu-sión, que puede afi rmarse que no se ha acreditado el nexo causal entre el funcionamiento de un servicio municipal y los daños sufridos por el reclamante. Atendida la Jurisprudencia, entre otras las Senten-

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cias del Tribunal Supremo de fechas 05/06/98, 06/04/92 y 20/10/98; las Sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 30/04/03 y 31/03/04 y 10/09/2003; así como lo dis-puesto en los artículos 139 y ss. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce-dimiento Administrativo Común, y el 4 y ss. del R.D. 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedi-mientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsa-bilidad Patrimonial.El Teniente de Alcalde que suscribe, en virtud de la delegación que le ha sido conferida por la Alcaldía, teniendo presentes el informe de la Ofi cina de Responsabilidad Patrimonial y la conformidad de la Asesoría Jurídica, RESUELVE: UNICO.- Des-estimar, por las razones que constan en el cuerpo de la presente Resolución, la reclamación de responsabilidad patrimonial citada al comienzo, por Dª Marina Conejero Hinarejos”. Contra el acto administrativo transcrito, que es defi nitivo en vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en la Ley regu-ladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, podrá usted interponer uno de los siguientes recursos: a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido re-suelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-admi-nistrativo de Valencia, en el plazo de seis meses, desde esta desesti-mación presunta. b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publica-ción de este anuncio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente.Lo que se le notifi ca para su conocimiento y efectos.El secretario, p.d., el jefe la Ofi cina de Responsabilidad Patrimonial, José Vte. Ferrer.

2009/12026

Ayuntamiento de AlborayaAnuncio del Ayuntamiento de Alboraya sobre publicación inicial del reglamento regulador de la radio local.

ANUNCIOEl pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 27 de abril de 2009, adoptó el siguiente acuerdo:PRIMERO.- Aprobar inicialmente el Reglamento Regulador de la Prestación del Servicio de radio local, que a continuación se trans-cribe: REGLAMENTO REGULADOR DEL SERVICIO DE RADIO LO-CAL EN ONDAS MÉTRICAS CON MODULACIÓN DE FRE-CUENCIACAPÍTULO IObjeto, principios generales y ámbito de aplicación Artículo 1. El objeto de este reglamento es la regulación de los servicios de radiodifusión de la Emisora Local de Alboraya.Artículo 2. La emisora municipal de radio de Alboraya es un servicio de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de fre-cuencia, otorgada al Ayuntamiento de Alboraya mediante concesión administrativa por el Gobierno Valenciano para su explotación me-diante gestión directa o privada.Artículo 3.Uno. La actividad de este medio de comunicación social del Ayun-tamiento de Alboraya se inspirará en los principios siguientes: a) La promoción y protección de la lengua propia de la Comunidad Valenciana. b) La objetividad, veracidad e imparcialidad de las informaciones. c) La separación entre informaciones y opiniones, la identifi cación de quienes sustentan estas últimas y la libre expresión de las mis-mas. d) La protección de la juventud y de la infancia, evitando la exalta-ción de la violencia y la apología de hechos y conductas atentatorias a la vida, la libertad y la igualdad de

hombres y mujeres. e) El respeto al pluralismo político, cultural y lingüístico, religioso y social. f) El respeto al pluralismo, el valor de la igualdad y los demás prin-cipios recogidos en la Constitución, en el Estatuto de Autonomía y en la legislación básica del Estado. Dos. Este reglamento se interpretará y aplicará con arreglo a los criterios de respeto y defensa del ordenamiento constitucional y estatutario, así como de la promoción y difusión de las actividades propias de la Comunidad Valenciana. CAPÍTULO IIOrganizaciónArtículo 4. La emisora municipal de radio de Alboraya es un servicio público gestionado de forma directa y dependiente del Consejo de Administración de Ecodial.Artículo 5. Serán funciones del Director de la radio:1. Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos del Consejo.2. Dirigir e inspeccionas los acuerdos.3. Representar administrativamente al órgano especial, así como asistir a las sesiones del Consejo siempre que sea requerido.4. Ejercer la Dirección del Consejo de Programación.5. Controlar el adecuado desarrollo de la programación y el buen funcionamiento de la emisora.Artículo 6. El Consejo de Programación estará integrado por el Di-rector de la radio, los profesionales, personal técnico y realizadores de los programas.Artículo 7. Corresponde al Consejo de Programación la gestión in-mediata del servicio a través de la coordinación de programas, control y seguimiento de espacios y previsiones necesarias. Le co-rresponde a su vez formular al Consejo de Administración las pro-puestas de proyectos de programación, transmitirle las necesidades técnicas y económicas de funcionamiento de la emisora, velar por el cumplimiento de los horarios y resolver los imprevistos y lagunas que se originen en la emisión.El Consejo de Programación se reunirá cuantas veces lo decida el Director de la radio y con la asiduidad que requiera la debida coor-dinación de programas y el control y seguimiento del funcionamien-to de la emisora.Artículo 8. El Consejo de Administración de Ecodial será el órgano encargado de llevar a cabo el control de la emisora de radio munici-pal y de las actuaciones del Consejo de Dirección, velando también por el respeto a los principios enunciados en el artículo 3.1 de este reglamento, todo ello de conformidad con el artículo 20 de la Cons-titución Española.CAPÍTULO IIIFuncionamiento de la Emisora LocalArtículo 9. Profesionales.La Emisora de Radio Local estará dirigida por un profesional de la información, al frente de un equipo de redactores, técnicos y perso-nal en prácticas que compondrán la plantilla de la misma. Artículo 10. Funciones.- Director: Será el encargado de coordinar el equipo humano profe-sional y de prácticas de la Emisora con el objetivo de lograr una emisión de los contenidos optima. Desempeñando las labores propias del cargo.- Redactores: Serán quienes formaran el equipo de redacción y que-darán bajo la supervisión y orden del Director o del Redactor Jefe en el cual éste delegue. Sus labores serán principalmente las de elaborar la información de los Servicios Informativos y la conducción de los programas para los que se les designe o contrate.- Técnicos: Serán los profesionales encargados principalmente de la coordinación técnica de las emisiones de la Radio Local tanto en los propios estudios como en las emisiones externas, así como del man-tenimiento y buen funcionamiento de todo el equipamiento técnico de la Emisora de Radio Local.Personal en prácticas: Dado que el equipo para poner en marcha una Emisora de Radio Local debe ser compacto y estar auxiliado por el trabajo de más profesionales especializados en la información, se considera oportuno dotar, para su funcionamiento correcto, a la Emisora de un equipo de personal becado formado por futuros pro-

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fesionales de la información, con el objetivo de completar el cuerpo de redacción de la Emisora. Las funciones principales de este grupo de personal becado será la de elaborar información, colaborar en cuantas tareas se le encomienden en la Emisora así como participar en la elaboración, creación y difusión de los espacios radiofónicos que se les encomiende, siempre bajo la supervisión y orden del Di-rector del medio o en su defecto del Redactor Jefe en el que el pri-mero haya delegado. CAPITULO IVDe la programación y uso del valencianoArtículo 11. La programación de la emisora de radio municipal de Alboraya se inspirará en los principios recogidos en el artículo 3.1.Artículo 12. El número de horas de programación en valenciano no podrá ser inferior al 50% del tiempo total de la emisión de conformi-dad con lo dispuesto en el artículo 19 apartado f del Decreto 38/1998, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen de frecuencia y de inscripción de las mismas en el Registro de concesionarios. CAPÍTULO VRecursos económicos.Artículo 13. La fi nanciación de la emisora municipal se realizará conforme lo establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y mediante ingresos comercia-les propios. Segundo.- Someterlo a información pública mediante anuncio de exposición en el “Boletín Ofi cial” de la Provincia, por un periodo de treinta días, contados desde el día siguiente al de su publicación, junto a la exposición en el tablón de anuncios del Ayuntamiento para que los interesados puedan presentar reclamaciones, entendiendo el acuerdo elevado a defi nitivo en el caso de que no se presente, nin-guna, y, en consecuencia, sin necesidad de acuerdo plenario.Tercero.- A efectos de lo que establece el Art. 70 de la Ley Regula-dora de las Bases de Régimen Local y el artículo 17.4 de la Ley Reguladora de Hacienda Locales, publicar el texto íntegro del Re-glamento.Cuarto.- El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publi-cación en el “Boletín Ofi cial” de la Provincia, permaneciendo vigen-te en tanto no sea modifi cada o derogada.Quinto.- El acuerdo de aprobación defi nitiva podrá ser impugnado en los términos y formas que se determinen en el anuncio que se publicará en el “Boletín Ofi cial” de la Provincia, una vez haya trans-currido el periodo de treinta días y no se hayan presentado reclama-ciones o éstas se hayan resuelto.En Alboraya, a 20 de abril de 2009.—El alcalde-presidente, Manuel Alvaro Manzano.

2009/12918

Excelentísimo Ayuntamiento de ValenciaEdicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi cación de la resolución de la reclamación de res-ponsabilidad patrimonial formulada por Ignacio López Blasco relativa al expediente 1305/2006/52(E3).

EDICTOLa Alcaldía por Decreto de fecha 15 de abril de 2009 ha dispuesto lo siguiente: “Visto que se ha intentado la notifi cación por dos veces de la Resolución de Alcaldía 12272- H de fecha 29 de octubre de 2008.sin que se haya podido practicar, procédase a efectuar la noti-fi cación mediante anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamien-to y en el Boletín Ofi cial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común”.El texto de la Resolución es el siguiente: “Vista la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada Don Ignacio López Blasco el día 4 de enero de 2006 con el numero 00110/2006/002301, por la que se solicita indemnización por daños sufridos en su vehiculo al caerle presuntamente una señal de tráfi co provisional.Visto que su escrito carecía de algunos de los requisitos exigidos en el artículo 6.1 del R.D. 429/93, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial, a faltar determinar evaluación econó-

mica y documento que acredite la propiedad del bien dañado.Visto que, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 71. de la Ley 30/92, se requirió a la reclamante para que procediera a subsanar tal defecto, concediéndole para ello un plazo de 10 días hábiles, y siendo reci-bido el ofi cio de requerimiento por el mismo en fecha 31/01/06, según acuse de recibo del servicio de correos obrante en las actua-ciones. Visto que, transcurrido con exceso el plazo concedido, no ha tenido lugar hasta ahora la subsanación de tal defecto. Atendido lo dispuesto en los artículos 42, 47 y 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 6.1 del R.D. 429/93, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial, teniendo presente el informe de la Ofi cina de Responsabilidad Patrimonial, el Teniente de Alcalde que suscribe, en uso de las facultades resolutorias delegadas mediante Resolución de Alcaldía, RESUELVE: ÚNICO.-Tener por desistido de su reclamación, por las razones expuestas en el cuerpo de esta Resolución, Don Ignacio López Blas-co. Proceder al archivo de las actuaciones, sin más trámite.”Contra el acto administrativo transcrito, que es defi nitivo en vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en la Ley regu-ladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, podrá usted interponer uno de los siguientes recursos: a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido re-suelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-admi-nistrativo de Valencia, en el plazo de seis meses, desde esta desesti-mación presunta. b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publica-ción de este anuncio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente.Lo que se le notifi ca para su conocimiento y efectos.El secretario, P.D.—El jefe la Ofi cina de Responsabilidad Patrimo-nial, José Vte. Ferrer.

2009/12059

Excelentísimo Ayuntamiento de ValenciaEdicto del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre notifi cación de la resolución de responsabilidad patrimo-nial presentada por D. Onésimo Orozco Orozco, relativa al expediente 1305/2005/86 (E3).

EDICTOLa Alcaldía por Decreto de fecha 3 de abril de 2009 ha dispuesto lo siguiente: “Visto que se ha intentado la notifi cación por dos veces de la Resolución de Alcaldía nº 13112 H de fecha 11 de noviembre de 2008 sin que se haya podido practicar, procédase a efectuar la notifi cación mediante anuncios en el tablón de edictos del Ayunta-miento y en el Boletín Ofi cial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común”.El texto de la Resolución es el siguiente: “Vista la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por Don Enésimo Orozco Orozco, registrada el día 26 de enero de 2005 con nº 00111/2005/2097, por la que se solicitó una indemnización por los daños ocasio-nados en el vehículo matrícula V-0086-FT, al ser retirado por la grúa municipal el 28 de diciembre de 2004. Visto que el importe de la indemnización reclamada se fi jo por la reclamante en cuanto a la responsabilidad patrimonial en la cantidad de 437,32 €.Visto que la entidad contratista del servicio de grúa municipal señala “el vehicu-lo fue enganchado por un vehiculo grúa que dispone de un enganche hidráulico (no garras ni cadenas), el cual por medio de unas palas se colocan en los neumáticos del vehículos a remolcar, sin tocar ningu-na otra parte del mismo exceptuando los neumáticos … durante el traslado ni el conductor de la grúa, ni el policía local comunicaron que se reprodujera ningún tipo de daño al vehiculo… “; y que ma-

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nifi estan no ser conocedores de haberle producido ningún tipo de desperfecto a la reclamante. Visto que en consecuencia no se ha acreditado que dichos daños fueron ocasionados por el funciona-miento del servicio municipal como pretende la reclamante, ya que ni siquiera ha aportado prueba testifi cal que pudiera atestiguar lo narrado en la reclamación. Visto que en consecuencia, falta la relación causal entre el funcionamiento del servicio municipal y los perjuicios por los que se reclama y que no se ha constatado la existencia de la relación directa, inmediata y exclusiva de causa a efecto, sin inter-venciones extrañas que alteren el nexo causal a que hace referencia la doctrina del Tribunal Supremo como requisito necesario para el nacimiento de la responsabilidad patrimonial de la Administración. Atendida la jurisprudencia contenida el Informe propuesta de Reso-lución emitido por la Ofi cina de Responsabilidad Patrimonial y según se dispone en los artículos 139 y ss. de la Ley 30/92, de 26 de no-viembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como 4 y ss. del R.D. 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial. El Teniente de Alcalde que suscribe, en virtud de las facultades resolutorias delegada por la Alcaldía, teniendo presentes el informe de la Ofi cina de Responsabilidad Pa-trimonial y la conformidad de la Asesoría Jurídica, RESUELVE: UNICO.- Desestimar, por las razones que constan en el cuerpo de la presente Resolución, la reclamación de responsabilidad patrimonial interpuesta por Don Enésimo Orozco Orozco. Procédase al archivo del expediente.”Contra el acto administrativo transcrito, que es defi nitivo en vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en la Ley regu-ladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, podrá usted interponer uno de los siguientes recursos: a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido re-suelto, podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-admi-nistrativo de Valencia, en el plazo de seis meses, desde esta desesti-mación presunta. b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publica-ción de este anuncio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime procedente. Lo que se le notifi ca para su conocimiento y efectos.El secretario, p.d., el jefe la Ofi cina de Responsabilidad Patrimonial, José Vte. Ferrer.

2009/12101

Ayuntamiento de AlborayaEdicto del Ayuntamiento de Alboraya sobre aprobación del padrón del impuesto sobre bienes inmuebles-urbana, ejercicio 2009.

EDICTOAprobado por resolución núm. 1.067 de la Alcaldía de esta misma fecha, el padrón correspondiente al Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana para 2009, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 124.3 de la Ley General Tributaria, y artículo 42 de la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección de los Tributos Locales, quedan expuestos al público interesado por plazo de quince días hábiles en las ofi cinas de este Ayuntamiento, calle Milagrosa, 17, contados desde el siguiente al de su publicación, a efectos de su examen y formulación en su caso de las oportunas reclamaciones.Lo que pongo en su conocimiento a los efectos oportunos, hacién-dole saber contra el acto administrativo en materia tributaria o de ingreso de derecho público, anteriormente transcrito, que no es de-fi nitivo en vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales en la redacción dada por la Ley 50/1998 y en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa 29/1998 podrá interponer recurso de reposición previo al contencioso-administrativo ante el

mismo órgano que lo dictó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de este edicto.Si transcurre un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido resuelto y notifi cado podrá entender que ha sido desestimado e interponer el recurso Contencioso-Administrati-vo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valencia, en el plazo de seis meses.Podrá interponer cualquier otro que crea conveniente a su derecho.Asimismo se fi ja como período de cobro en voluntaria: Del 10 de junio al 9 de septiembre de 2009. Los contribuyentes afectados por los citados conceptos, podrán realizar el pago de su deuda mediante ingreso en metálico o cheque nominativo emitido por entidad ban-caria o caja de ahorros, a Ayuntamiento de Alboraya, en las ofi cinas bancarias colaboradoras de este Ayuntamiento, durante su horario habitual. Transcurrido el plazo de ingreso en voluntaria, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo correspondiente, intereses de demora, y en su caso, las cos-tas que se produzcan.Lo que se hace público para general conocimiento y en cumplimien-to de lo dispuesto en el artículo 88 del Reglamento General de Re-caudación.Alboraya, a 28 de abril de 2009.—El alcalde, Manuel Alvaro Manzano.

2009/12766

Ayuntamiento de AlborayaEdicto del Ayuntamiento de Alboraya sobre aprobación del padrón del impuesto sobre bienes inmuebles-rústica, ejercicio 2009.

EDICTOAprobados por resolución número 1.066 de la Alcaldía de esta mis-ma fecha, el padrón correspondiente al Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica 2009, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 124.3 de la Ley General Tributaria, y artículo 42 de la Or-denanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección de los Tributos Locales, quedan expuestos al público interesado por plazo de quince días hábiles en las ofi cinas de este Ayuntamiento, calle Milagrosa, 17, contados desde el siguiente al de su publicación, a efectos de su examen y formulación en su caso de las oportunas reclamaciones.Lo que pongo en su conocimiento a los efectos oportunos, hacién-dole saber contra el acto administrativo en materia tributaria o de ingreso de derecho público, anteriormente transcrito, que no es de-fi nitivo en vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales en la redacción dada por la Ley 50/1.998 y en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa 29/1998 podrá interponer recurso de reposición previo al contencioso-administrativo ante el mismo órgano que lo dictó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de este edicto.Si transcurre un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que éste haya sido resuelto y notifi cado podrá entender que ha sido desestimado e interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valencia, en el plazo de seis meses.Podrá interponer cualquier otro que crea conveniente a su derecho.Asimismo se fi ja como período de cobro en voluntaria: Del 10 de junio al 9 de septiembre de 2009. Los contribuyentes afectados por los citados conceptos, podrán realizar el pago de su deuda mediante ingreso en metálico o cheque nominativo emitido por entidad ban-caria o caja de ahorros, a Ayuntamiento de Alboraya, en las ofi cinas bancarias colaboradoras de este Ayuntamiento, durante su horario habitual. Transcurrido el plazo de ingreso en voluntaria, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo correspondiente, intereses de demora, y en su caso, las cos-tas que se produzcan.Lo que se hace público para general conocimiento y en cumplimien-to de lo dispuesto en el artículo 88 del Reglamento General de Re-caudación.Alboraya, a 28 de abril de 2009.—EL alcalde, Manuel Alvaro Manzano.

2009/12767

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43N.º 1088-V-2009

Ayuntamiento de ChesteAnuncio del Ayuntamiento de Cheste sobre notifi cación de caducidad de inscripción en el Padrón Municipal de Habi-tantes a Yang Lijia y otros, la cual ha sido imposible practicar.

ANUNCIOIntentada la notifi cación personal en el domicilio de los interesados que se indica, de la Resolución de Alcaldía de fecha 15 de Febrero de 2006, dictada en expediente número 54/2006 sin que se haya podido practicar, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifi ca por medio de anuncios en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el Boletín Ofi cial de la Provincia la siguiente RESOLUCIÓN:“El artículo 16.1, párrafo segundo, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, establece la obligatoriedad de la renovación periódica cada dos años de las inscripciones en el Padrón Municipal de Habitantes de los extranjeros no comunitarios sin auto-rización de residencia permanente, y la caducidad de dichas inscripciones en caso de no llevarse a cabo tal renovación en el plazo indicado. En este caso, la caducidad podrá declararse sin necesidad de audiencia previa del interesado.La Resolución de 28 de abril de 2005, de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Local, dicta instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar dicha caducidad.Se ha constatado por los servicios municipales competentes que a esta fecha se ha producido la caducidad de las siguientes inscripciones padronales de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente, por haber transcurrido dos años desde su fecha de alta en el Padrón Municipal de Habitantes o desde la fecha de la última renovación expresa, sin haber procedido a su renovación:

Nombre y apellidos Documento identifi cación Domicilio Fecha inscripción

o renovaciónFecha notifi cación

preaviso caducidad1

YANG LIJIA 15II58552 Avda.Castilla, 46-4-14 02/10/2008 ------

HALAL EL MOSTAFA N602907 Valencia, 6-3-3 18/07/2008 ------

CHANGE ZHANG X24868243M D. Vicente Prats. 13-20 19/09/2008 ------

HICHAM EL ATTARI X4077736C Pl. Mercado, 23-2-3 05/09/2008 ------

NUBE DEL ROSARIO CHIMBAY ALVARADO 0301150785 Pl. Castillo, 3-3-12 24/08/2008 ------

ZHENGJIE ZHOU X2499187F D. Vicente Prats, 13-20 20/09/2008 -----

MEIPU ZHOU X7067447F D. Vicente Prats, 13-20 19/09/2008 -----

LATIFA DANAHI EP KHALLAF X7518862R Valencia, 6-2-2 27/09/2008 -----

JUAN ARMANDO PACHECO LIRA X5165236B Cenia, 9 16/08/2008 ------

VADYM HAVRYLIUK AH015540 Avda. Vicente Navarro, 18-3-9 04/10/2008 -----

HALIMA EL KADIRI EP SAHBAOUI X4392690N Antonio Machado, 23-2-6 23/10/2008 -------

En virtud de lo expuesto, RESUELVO:1.º- Declarar la caducidad de la inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes de los extranjeros no comunitarios sin autorización de resi-dencia permanente señalados, por haber transcurrido dos años desde su fecha de alta en el Padrón o desde la fecha de la última renovación expresa, sin haber procedido a su renovación.2.º- Notifi car la presente resolución a los interesados, por los procedimientos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.3.º- Que los servicios municipales correspondientes procedan a dar baja por caducidad en el Padrón Municipal de Habitantes a las referidas inscripciones caducadas, en la fecha de la notifi cación a los interesados.4.º- Contra esta resolución, que pone fi n a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notifi cación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos meses contados igualmente desde el día siguiente a su notifi cación, sin per-juicio de que se ejercite, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente”.Contra dicho acto, que pone fi n a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos meses contados igualmente desde el día siguiente a su publicación, sin perjuicio de que se ejercite, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente.Cheste, a 20 de abril de 2009.—El alcalde, David Doménech Pérez.1 En el caso de que el Ayuntamiento hubiera realizado previamente el preaviso de caducidad, al ser un trámite no obligatorio, se hará constar esta circunstancia.

2009/12231

Ayuntamiento de La Pobla de VallbonaEdicto del Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona sobre notifi cación al interesado por resultar desconocido o ausente en expedien-te sobre infracción urbanística.

EDICTODe conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notifi cación relativa al expediente abajo indicado, por resultar desconocido el interesado, o que habiéndose intentado la notifi cación individual en el último domicilio conocido, no ha podido practicarse.

Nº EXPEDIENTE INTERESADO EMPLAZAMIENTO PROCEDIMIENTO

51/2009 (2.6.7) Santiago García Llovell C/ Doctor Marco Mereciano, nº 66-3 (Valencia) Infracción urbanística

La Pobla de Vallbona, a 22 de abril de 2009.—La alcaldesa-presidenta, Mª Carmen Contelles Llopis.2009/12227

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44 N.º 1088-V-2009

TARIFAS

SUSCRIPCION UNIVERSAL A INTERNET: GRATUITA

INSERCION DE ANUNCIOS

a) Los instados por ayuntamientos, organismos autónomos dependien-tes de los mismos y mancomunidades municipales, siempre que no sean repercutibles a terceros (por carácter tipográfi co, incluido los espacios en blanco) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,050 euros

b) Los instados por particulares, organismos ofi ciales, administraciones públicas, etc., incluso por ayuntamientos, organismos autónomos y mancomunidades municipales, en el supuesto de que exista la posi-bilidad de su repercusión a terceros (por carácter tipográfi co, inclui-do los espacios en blanco) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,075 euros

c) Aquellos que incluyan mapas, imágenes, gráfi cos y estadillos, con independencia de por quién sean instados (por página o la parte proporcional que ocupe la imagen) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 270,00 euros

d) Los de carácter urgente al amparo de lo previsto en el artículo 7.3 de la Ley 5/2002, de 4 de abril, Reguladora de los Boletines Ofi ciales de las Provincias, se aplicará el doble de las tarifas reguladas en los apartados anteriores.

e) Importe mínimo por inserción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 110,00 euros

ADMINISTRACION: Beato Nicolás Factor, 1 - 46007 ValenciaTels.: 96 388 25 80 - 96 388 25 82 - 96 388 25 84 - Fax y Tel.: 96 388 25 81

«BOP»: Calle Ciudad de Llíria, 53. Pol. Ind. Fuente del Jarro - 46988 Paterna

Teléfono: 96 132 33 61. Fax: 96 132 33 00e-mail: [email protected]

«B.O.P.» en Internet: http: //bop.dival.es

Depósito legal: V. 1-1958

TARIFES

SUBSCRIPCIÓ UNIVERSAL A INTERNET: GRATUÏTA

INSERCIÓ D’ANUNCIS

a) Els instats per ajuntaments, organismes autònoms dependents d’estos i mancomunitats municipals, sempre que no siguen re-percutibles a tercers (per caràcter tipogràfi c, inclosos els espais en blanc) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,050 euros

b) Els instats per particulars, organismes ofi cials, administracions pú-bliques, etc., fi ns i tot per ajuntaments, organismes autònoms i mancomunitats municipals, en cas que hi haja la possibilitat de la seua repercussió a tercers (per caràcter tipogràfi c, inclosos els espais en blanc) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,075 euros

c) Aquells que incloguen mapes, imatges, gràfi cs i quadres resum, amb independència de per qui siguen instats (per pàgina o la part propor-cional que ocupe la imatge) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 270,00 euros

d) Els de caràcter urgent a l’empara del que preveu l’article 7.3 de la Llei 5/2002, de 4 d’abril, Reguladora dels Butlletins Ofi cials de les Províncies, s’aplicarà el doble de les tarifes regulades en els apartats anteriors.

e) Import mínim per inserció . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 110,00 euros

ADMINISTRACIÓ: Beat Nicolás Factor, 1 - 46007 ValènciaTels.: 96 388 25 80 - 96 388 25 82 - 96 388 25 84 - Fax i Tel.: 96 388 25 81

«BOP»: Carrer Ciutat de Llíria, 53. Pol. Ind. Fuente del Jarro - 46988 Paterna

Telèfon: 96 132 33 61. Fax: 96 132 33 00e-mail: [email protected]

«B.O.P.» en Internet: http: //bop.dival.es

Depòsit legal: V. 1-1958

Ayuntamiento de La Pobla de VallbonaEdicto del Ayuntamiento de La Pobla de Vallbona sobre notifi cación al interesado por resultar desconocido o ausente en su domi-cilio, en expediente sobre orden de ejecución de limpieza.

EDICTODe conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notifi cación relativa al expediente abajo indicado, por resultar desco-nocido el interesado, o que habiéndose intentado la notifi cación individual en el último domicilio conocido, no ha podido practicarse.

Nº EXPEDIENTE INTERESADO EMPLAZAMIENTO PROCEDIMIENTO

502/2009 (2.4.4) Isidoro Martínez Lleves C/ Túria, nº 9 (Mislata) Orden de ejecución de limpieza

La Pobla de Vallbona, a 22 de abril de 2009.—La alcaldesa-presidenta, Mª Carmen Contelles Llopis.2009/12229

Ayuntamiento de AlborayaEdicto del Ayuntamiento de Alboraya sobre exposición de la matrícula del impuesto sobre actividades económi-cas, ejercicio 2009.

EDICTOPor comunicación de la Agencia Estatal de la Administración Tribu-taria, la matrícula correspondiente al Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2009 y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del R.D. 243/95 y del artículo 91 de la Ley 39/98 de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, queda ex-puesta al público interesado por plazo de 15 días hábiles en las ofi -cinas de este Ayuntamiento, calle Milagrosa, 17, contados desde el siguiente al de la publicación en el “Boletín Ofi cial” de la provincia, a efectos de examen y formulación en su caso de las oportunas re-clamaciones.Lo que pongo en su conocimiento a los efectos oportunos, hacién-dole saber que la inclusión de un sujeto pasivo en la matrícula, así como su exclusión o la alteración de cualquiera de los datos a los que se refi ere el apartado 2 del artículo 2 del R.D. 243/95, constitu-

yen actos administrativos contra los que cabe interponer recurso de reposición potestativo ante el mismo órgano que lo dictó en el plazo de quince días a contar desde el día inmediato siguiente al del tér-mino del período de exposición pública de la matrícula, o alternati-vamente reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo correspondiente.La interposición del recurso de reposición o reclamación económi-co-administrativa contra los actos citados no originará la suspensión de los actos liquidatorios subsiguientes, salvo que así lo acuerde expresamente el órgano administrativo o el Tribunal Económico-Administrativo competente, de conformidad con el artículo 111 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.Podrá interponer cualquier otro que crea conveniente a su derecho.Lo que se hace público para general conocimiento.Alboraya, a 29 de abril de 2009.—EL alcalde, Manuel Alvaro Manzano.

2009/12772

CONTIENE SUPLEMENTO