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Boletín 100

Junta Directiva (2014-2016)

PresidenteHugo Francisco Ospina Giraldo

VicepresidenteLuis Alfredo Caicedo Ancines

Miembros De Junta DirectivaJorge Eliécer Moreno Urrea

José Hilario Sanabria CaballeroGustavo Alberto Ramírez RubioBlanca Yaneth Romero Reina

José Orlando Ramírez ZuluagaAlfredo Blanco Núñez

Humberto Fernández PazMariana Milagros Rodríguez

Dirección EjecutivaJuan Miguel Vásquez Suárez

Instituto Nacional DeContadores Públicos De

Colombia - INCPCarrera 7 No 156 - 68 Ofc. 1703

Edificio North Point 3Celular: 310 854 14 80/ 87

[email protected]

Las colaboraciones publicadas no comprometen la responsabilidad del INCP. Las opiniones expresadas pertenecen exclusivamente a sus autores.

MisiónPropender por el desarrollo integral del contador público y el ejercicio ético de la profesión contable generando en la comunidad respeto y confianza a través del aseguramiento de la información.

VisiónSer la institución líder de la profesión contable a nivel nacional y representarla internacionalmente.

EstrategiaDefinir e implementar un portafolio claro de productos y servicios para nuestros grupos de interés.

Política de CalidadEl INSTITUTO NACIONAL DE CONTADORES PUBLICOS DECOLOMBIA – INCP – es una organización sin ánimo de lucro de tipo gremial, que con criterios de racionalidad económica y propiciando la relación intersectorial, genera oportunamente valor agregado a sus grupos de interés, a través de la investigación, la difusión del conocimiento, la representación gremial, la orientación técnica y la generación de beneficios, productos y servicios de calidad. A nuestros socios, que son la razón de ser, el INCP permanentemente innova, promueve el mejoramiento continuo, practica la inteligencia intrapersonal, consolida su presencia a nivel nacional, y gracias a sus membrecías internacionales con IFAC y AIC el INCP se constituye como el principal organismo consultor, satisfaciendo a sus grupos de interés mediante una oferta de valor distintiva.

ISSN 2382-3550 (en línea)

ContenidoGestión

HerramientasProfesionales

Bolet

ín 10

0

04 Taller Práctico - Renta Personas Naturales05 II Cumbre INCP - ¿Qué sigue en Colombia en materia de estándares internacionales?

07 El CTCP adiciona una nueva pregunta a su consulta pública sobre las normas de aseguramiento

08 IAASB propone mejoras a los estándares de auditoría enfocados a las revelaciones de los estados financieros

10 Consejo de Ética propone mejoras a ciertas provisiones sobre servicios diferentes a aseguramiento en el Código de Ética

11 ¿Cómo va el plan de adopción de las NIIF en Colombia?

14 Las empresas cotizadas afrontan un nuevo reto contable, NIIF 15

15 Así avanza la adaptación de las NIIF

16 Contabilidad Financiera y Tributaria - Chile

18 Estandarización, globalización e infraestructura de transporte

19 Norma internacional de auditoria NIA 800 - el informe del auditor en compromisos de auditorías de propósitos especiales

20 Plan de Trabajo del Consejo Técnico de la Contaduría Pública

24 Obligación de presentar y llevar libros de contabilidad en Colombia

26 El control de inventarios y movimientos en un almacén

27 CMPC o Costes de Capitales

28 Consolidación de estados financieros con matrices en el exterior

30 Cambios en retención en la fuente

31 Si ganó más de $3 millones 131 mil al mes, debe declarar renta

32 Retefuente a través de entidades financieras: ¿eficiencia o carga adicional?

34 Si compra maquinaria este año, pagará menos impuestos en 2015

35 Renta en personas naturales

36 Brasil reduce impuesto a toma de créditos en el exterior

37 La importancia del control interno en la empresa

38 La auditoria a los estados financieros, más que una opinión

41 Trece (13) maneras de posesionar las auditorías en las organizaciones

42 ¿Para quién es el informe de Auditoría?

44 ¿Qué es la “auditoría estratégica”?

45 Encuesta resalta la importancia del propósito que debe tener una marca

47 Colombia y Argentina interesados en aumentar el comercio binacional

48 ¿Cómo funcionan los Multifondos?

49 Normas para la tercerización

50 ¿Cómo comunican la Responsabilidad Social Empresarial (RSE) las empresas?

Cifras eIndicadoresMundiales

Normatividad

Material Relacionado

Análisis

Entorno

Boletín 100

52 El futuro económico de Asia enfrenta cinco desafíos

54 FMI destaca rendimientos de la economía colombiana

55 El BCE rebaja su tasa de interés al 0,15 %, nuevo mínimo histórico.

56 ¿Realmente necesitas un estudio de mercado?

58 Cinco preguntas para poner a prueba a su organización

60 Unión de Bolsas en la Alianza Pacífico

62 Citas de negocios virtuales, el nuevo servicio de Proexport Colombia

75 Normativilidad

81 Material Relacionado

67 Tareas pendientes del departamento contable para el segundo semestre

68 Impuesto IMAN dejará en la quiebra a independientes con ingresos medios y altos

69 Bancarización un dolor de cabeza sin reversa

70 Contrapartida - La medición en la revisión del marco conceptual IFRS

70 Contrapartida - Los aportes sociales de las cooperativas bajo NIIF

71 Contrapartida - NIIF 4 para organizaciones que manejan los servicios funerarios o los planes exequiales

71 Contrapartida - Dudas sobre la retención en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta

65 Banco Mundial: Resumen de perspectivas mundiales (Junio)

Boletín 100 - Ju1io 2014 5

Gestión

En su segunda versión, la Cumbre INCP es el encuentro profesional y académico más importante del Instituto Na-cional de Contadores Públicos de Colombia, entidad gremial de la profesión contable en Colombia de mayor representa-tividad, sobre preparación de la información financiera, au-ditoría, educación y desarrollo profesional. De manera más específica, la II Cumbre INCP es un escenario profesional que brinda la oportunidad de debatir acerca de la importan-cia y los retos de la adopción e implementación continua de normas internacionales como IFRS, NIA, Normas de Educa-ción, entre otras. En su primera versión, desarrollada en el 2012 en la ciudad de Bogotá, la Cumbre INCP se enfocó en debatir a través de exposiciones magistrales los principales retos ad portas de incorporar en nuestra legislación la con-vergencia hacia estándares internacionales de información financiera. En el 2014 la II Cumbre INCP se enfocará, bajo la metodología de conferencias magistrales y sesiones de discusión paralelas, en la identificación de los pasos siguien-tes tanto normativos, como regulatorios y de los distintos actores interesados en la consolidación del proceso de con-vergencia, así como identificar los aspectos que a partir de las lecciones aprendidas internacionales deben darse en una fase venidera de buenas prácticas de información, reportes integrados, sostenibilidad y gobierno corporativo.

La II Cumbre INCP será un encuentro en donde se reunirán importantes actores nacionales e internacionales, responsa-bles de toma de decisiones e involucrados en el proceso de convergencia en organizaciones del sector público, privado, la academia y los reguladores. A diferencia de la I Cumbre INCP, evento dirigido a contadores, auditores, revisores fis-cales, analistas financieros y en general tomadores de de-cisiones en empresas privadas y públicas sobre aspectos concernientes a la ciencia contable, la II Cumbre INCP está además de ellos dirigida a empresarios, gerentes, miem-bros de Juntas Directivas y profesionales de otras disciplinas que, por su responsabilidad o rol en la organización, están siendo involucrados en el mismo proceso de transformación cultural y organizacional que demanda los nuevos reportes de información financiera bajo estándares internacionales.

La II Cumbre INCP estará permeada por una metodología participativa, en la que los asistentes a la misma podrán aportar opiniones y propuestas concretas con base en una metodología de escenarios que servirá para anticiparse a los siguientes pasos que la profesión debe dar en búsqueda de una competitividad profesional sostenible. Esta metodología será explicada y detallada en las próximas semanas y bus-cará construir un escenario de prospectiva para la profesión en Colombia.

II Cumbre INCP - ¿Qué sigue en Colombia en materia de estándares internacionales?

Boletín 100 - Ju1io 20146

Herramientas Profesionales Estándares Internacionales

El CTCP adiciona una nueva pregunta a su consulta pública sobre las normas de aseguramiento

Boletín 100 - Ju1io 2014 7

Herramientas ProfesionalesEstándares Internacionales

El INCP invita y anima a los distintos actores relacionados con la profesión contable en el país, a opinar sobre el do-cumento “Propuesta de normas de aseguramiento de la in-formación financiera para la convergencia hacia estándares internacionales” emitido por el Consejo Técnico de la Con-taduría Pública.

Luego de haber participado en la mesa de trabajo instau-rada por el CTCP sobre la materia y de haber realizado su Secretaría Técnica, el INCP es un actor de la profesión que cree firmemente que la participación en estos espacios podrá construir una profesión más fuerte, competente y de muy altos estándares frente a los requerimientos internacionales.

Propuesta de normas de aseguramiento de la in-formación financiera para la convergencia hacia estándares internacionales

Justificación:

1. La integración internacional de las actividades económi-cas, políticas y socio-culturales ha generado la globaliza-ción de los mercados y con ella la necesidad de obtener información financiera homogénea, transparente y con-fiable sobre la cual tomar decisiones de manera fidedig-na. Esta información financiera se resume y se presenta en una serie de reportes financieros que son preparados con el propósito de cubrir las necesidades comunes de diferentes tipos de usuarios; dado el impacto que tienen dichos reportes financieros sobre la toma de decisiones, es importante que estos representen adecuadamente la situación financiera de cualquier organización. Se hace necesario entonces, generar un alto grado de confianza y transparencia sobre los estados financieros; una audi-toria sobre dichos estados, responde a esta necesidad, ya que el propósito de esta actividad es “(…) aumentar el grado de confianza de los usuarios sobre los estados financieros(…)”

2. Bajo el contexto globalizado en el que se mueven los ne-gocios en la actualidad, el ejercicio de auditoría cobra una mayor relevancia a nivel internacional y se genera la nece-sidad de crear prácticas unificadas de esta actividad en el mundo, con el fin de homogenizar el objetivo, los criterios, el lenguaje y los resultados esperados de una auditoria y del aseguramiento de la información financiera.

3. Como respuesta a las necesidades aquí mencionadas, nace la Federación Internacional de Contadores (IFAC- por sus siglas en inglés), organización que representa la profesión contable a nivel mundial y cuyo objetivo princi-pal es servir al interés público mediante el fortalecimien-to de la profesión y la contribución al desarrollo de las economías a nivel internacional. La IFAC está compuesta por 179 miembros y asociados en 130 países y jurisdic-ciones, que representan aproximadamente 2,5 millones de contadores en la práctica pública, educación, servi-cios gubernamentales, industria y comercio. Dentro de los cuatro comités designados por la IFAC para el forta-lecimiento mundial de la profesión contable, se encuen-tra la Junta de Estándares Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB – por sus siglas en inglés), que es la encargada de la emisión de los estándares de audi-toría y aseguramiento de la información y otros pronun-ciamientos y orientaciones para el uso de los contadores profesionales a nivel internacional.

El objetivo principal de esta Junta “(…) es servir al in-terés público mediante la emisión de estándares de au-ditoría, aseguramiento y otros estándares relacionados de alta calidad y facilitar la convergencia de estándares de auditoría y aseguramiento a nivel internacional (...), mejorando la calidad y coherencia de la práctica alrede-dor del mundo y fortaleciendo la confianza pública en la profesión de auditoría y aseguramiento (…)”.

Consulte el documento completo de la Propuesta del CTCP aquí.

El 18 de junio, el CTCP agrega una cuarta pregunta a su consulta pública.Preguntas1. Los estándares de auditoría y aseguramiento de la informa-

ción y las normas de control de calidad, han sido emitidas por la Junta de Estándares Internacionales de Auditoria, y Aseguramiento - IAASB (por sus siglas en Inglés) y el Códi-go de Ética para Profesionales de la Contabilidad emitido por la Junta Internacional de Estándares de Ética para Contado-res (IESBA por sus siglas en Inglés) para su aplicación uni-versal. ¿Usted cree que independientemente de este hecho, uno o más estándares o normas, o alguna sección del Códi-go de Ética para Profesionales de la Contabilidad, contienen requerimientos que conducirían a un ejercicio profesional inapropiado si se aplicaran en Colombia?

Si su respuesta es afirmativa, por favor especifique para el estándar o norma pertinente, o para la sección o sec-ciones del Código de Ética para Profesionales de la Con-tabilidad, cada requisito, aspecto y/o circunstancia que hacen inadecuada su aplicación por los contadores públi-cos y las firmas de contadores públicos que presten ser-vicios de aseguramiento para las entidades colombianas pertenecientes a los grupos 1 y 2. Por favor adjunte su propuesta alternativa junto con su soporte técnico.

2. El CTCP propondrá a las autoridades de regulación que emitan principios, normas, interpretaciones y guías de auditoría y aseguramiento de la información, control de calidad y de ética. ¿Usted considera necesario emitir interpretaciones y/o guías adicionales a los estándares emitidos por el IAASB y por el IESBA, para la aplicación o entendimiento de algún estándar? Por favor especifi-que el estándar o norma y el tema en particular en don-de surge la necesidad de la guía de aplicación adicional o de interpretación.

3. ¿Usted considera que alguno de los estándares o normas a que hace referencia este documento podría ir en contra de alguna disposición legal colombiana? Si su respuesta es afirmativa, por favor señale los aspectos o temas que podrían ir en contra de la disposición legal debidamente sustentados y adjunte una propuesta alternativa junto con el soporte técnico.

4. ¿Usted considera necesario que los revisores fiscales de los preparadores de información financiera clasificados en el grupo 1 apliquen de forma anticipada las Normas Internacionales de Aseguramiento de la Información Fi-nanciera a partir del 1° de enero del 2015, con el fin de que los estados financieros con corte a 31 de diciem-bre del 2015, preparados de conformidad con lo previsto en el Marco Técnico Normativo contenido en el Decreto 2784 del 2012 y sus decretos modificatorios, se auditen y/o dictaminen según las mencionadas normas?

Fuente: Consejo Técnico de la Contaduría Pública

Boletín 100 - Ju1io 20148

Herramientas Profesionales Estándares Internacionales

El Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Ase-guramiento (IAASB) ha emitido para comentario público los cambios propuestos a las Normas Internacionales de Audi-toría (NIA), con el fin de aclarar las expectativas de los audi-tores al auditar las revelaciones de los estados financieros.Las propuestas incluyen nuevas guías sobre consideraciones significativas frente a las revelaciones—desde el momento en que el auditor planea la auditoría y valora los riesgos de error material, hasta cuando el auditor evalúa los errores y genera una opinión sobre los estados financieros."Las revelaciones siempre han formado parte esencial de la auditoría de los estados financieros según las NIA. Sin embargo, a lo largo de la última década, los requerimien-tos y las prácticas relacionadas con las revelaciones han evolucionado. Las revelaciones ahora ofrecen información más útil en términos de decisiones, siendo más narrativas y subjetivas por naturaleza," resalta el Profesor Arnold Schil-der, presidente del IAASB. "Esto genera desafíos desde una perspectiva de auditoría, y las propuestas mejoran ciertas áreas de las NIA, con el fin de apoyar una aplicación apro-piada de los requerimientos de los estándares."El trabajo del IAASB se basa en la retroalimentación recibida sobre su Documento de Debate de enero 2011, La natu-raleza evolutiva de la información financiera: Revelación y sus implicaciones de auditoría (The Evolving Nature of Fi-nancial Reporting: Disclosure and Its Audit Implications). El Consejo se ha beneficiado igualmente de la cooperación y relación con las partes interesadas, incluyendo los emisores de estándares, quienes están explorando de manera activa iniciativas relacionadas con las revelaciones. El IAASB reco-noce que muchos temas relacionados con revelaciones no pueden ser solucionados por el IAASB únicamente, y que se hace necesaria una colaboración y cooperación entre varias partes interesadas para potenciar la confianza pública en las revelaciones de los estados financieros."La confianza pública en la información financiera puede verse afectada si las revelaciones son de baja calidad, incluyendo revelaciones excesivas o revelaciones no ma-

teriales que puedan opacar el entendimiento de asuntos importantes. Esto puede suceder, por ejemplo, cuando las revelaciones son preparadas y auditadas relativamente tarde en el proceso de la información financiera," aclara James Gunn, Director Técnico del IAASB. "Por ende, una de las áreas claves abarcada en las propuestas del Consejo es la guía adicional para permitir establecer un enfoque apropiado del auditor sobre las revelaciones e invitar al auditor a enfocar previamente su atención en éstas, in-cluyendo las revelaciones en las que la información no se deriva del sistema contable."

¿Cómo comentar? El IAASB invita a todas las partes in-teresadas a comentar el Borrador de Consulta del IAASB que contiene los cambios propuestos a las NIA para abarcar las revelaciones en una auditoría. Para acceder al Borrador de Consulta o enviar un comentario, visitar el sitio web del IAASB, www.iaasb.org. Los comentarios deben ser enviados antes de septiembre 11, 2014.Acerca del IAASBEl IAASB desarrolla normas y guías de auditoría y asegura-miento para uso de todos los contadores profesionales, bajo un proceso compartido de emisión de normas que involucra al Consejo de Supervisión del Interés Público (PIOB), el cual supervisa las actividades del IAASB, y del Grupo Consultivo Asesor del IAASB, el cual genera aportes de interés público para el desarrollo de normas y guías. Las estructuras y los procesos que soportan las operaciones del IAASB son facili-tados por la Federación Internacional de Contadores (IFAC).Acerca de la IFACIFAC es la organización global para la profesión contable, de-dicada a servir el interés público a través del fortalecimiento de la profesión y contribuir en el desarrollo de economías internacionales sólidas. La IFAC se compone de 179 miem-bros y asociados en 130 países y territorios, representando aproximadamente a 2,5 millones de contadores en la práctica pública, la educación, el gobierno, la industria y el comercio.

Preparado por el Departamento de Comunicaciones de la IFAC. Contactar a [email protected] para obtener mayor información. Cancelar suscripción a todos los correos de la IFAC | Administrar las suscripciones de la IFAC“Copyright © May 2014 by the International Federation of Accountants (IFAC). All rights reserved. Used with permission of IFAC. Contact [email protected] for permission to reproduce, store or transmit, or to make other similar uses of this document. This publication has been translated from the English language into the Spanish language by Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia. IFAC assumes no responsibility for the accuracy and completeness of the translation or for actions that may ensue as a result thereof.”“Copyright © mayo 2014 por la Federación Internacional de Contadores (IFAC). To-dos los derechos reservados. Utilizado con permiso de la IFAC. Contactar a [email protected] para obtener autorización de reproducir, almacenar, transmitir o cualquier uso similar de este documento. Esta publicación ha sido traducida del idioma inglés al idioma español por el Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia. La IFAC no asume responsabilidad alguna por la exactitud e integridad de la traducción o por las acciones que puedan ser generadas como resultado.”

Fuente: IFAC – Traducción propia INCP

IAASB propone mejoras a los estándares de auditoría enfocados a las revelaciones de los

estados financieros

Boletín 100 - Ju1io 2014 9

Herramientas Profesionales

Boletín 100 - Ju1io 201410

Herramientas Profesionales

El Consejo de Normas Internacionales de Ética para Con-tadores (IESBA, el Consejo de Ética) ha emitido para co-mentario público el Borrador de Consulta (ED), Cambios propuestos a ciertas provisiones del Código sobre servicios diferentes a aseguramiento para clientes de auditoría. Los cambios propuestos tienen como objetivo mejorar las pro-visiones sobre la independencia en el Código de Ética para Contadores Profesionales (el Código) al:

• proporcionar orientación y aclaraciones adicionales sobre lo que constituye la responsabilidad de gestión, incluyen-do orientación mejorada sobre cómo el auditor puede garantizar mejor que el gestor de cliente realizará todos los juicios y tomará las decisiones que son responsabi-lidad del área, una vez el auditor preste sus servicios diferentes al aseguramiento a su cliente de auditoría;

• proporcionar una mejor guía y aclaración sobre el con-cepto servicios "rutinarios o mecánicos" relacionados con la preparación de registros contables y estados financie-ros para clientes de auditoría que no son entidades de interés público; y

• retirar la provisión que permite que la firma de auditoría preste ciertos servicios tributarios y de teneduría de li-bros a clientes de auditoría que son entidades de interés público (en situaciones de emergencia).

"En el desarrollo de las propuestas, el consejo tomó en cuenta los resultados de una encuesta de benchmarking de los países del G-20, y un número de otros territorios, so-bre ciertos tipos de servicios diferentes al aseguramiento," resaltó el Director Técnico del IESBA, Ken Siong. "Las pro-puestas responden igualmente a las recomendaciones de un grupo de trabajo, establecido por el consejo, que analiza los retos que enfrentan los contadores profesionales en las pe-queñas y medianas empresas y firmas al cumplir con el Có-digo, y a la retroalimentación de la comunidad regulatoria."

¿Cómo comentar? El Consejo de Ética invita a todos los interesados en estándares internacionales de ética para la profesión contable a responder el Borrador de Consulta. Para acceder al Borrador de Consulta y enviar los comen-tarios, favor visitar el sitio web del Consejo de Ética www.

ethicsboard.org. Los comentarios deben ser entregados an-tes de agosto 18, 2014. El Consejo de Ética invita a las organizaciones profesionales de contabilidad nacionales y regionales a compartir el Borrador de Consulta e incitar la participación de sus miembros y empleados.

Acerca del IESBA

El Consejo de Normas Internacionales de Ética para Conta-dores (IESBA) es un consejo independiente de emisión de normas que desarrolla y emite -en el interés público- nor-mas de ética de alta calidad y demás declaraciones para los contadores profesionales alrededor del mundo. A través de sus actividades, el IESBA desarrolla el Código de Ética para Contadores Profesionales, el cual establece los requerimien-tos éticos para contadores profesionales. Las estructuras y los procesos que soportan las operaciones del IESBA son fa-cilitados por la IFAC. Referirse a la página www.ethicsboard.org para obtener mayor información.

Acerca de IFAC

IFAC es la organización global para la profesión contable, de-dicada a servir el interés público a través del fortalecimiento de la profesión y contribuir en el desarrollo de economías internacionales sólidas. La IFAC se compone de 179 miem-bros y asociados en 130 países y territorios, representando aproximadamente a 2,5 millones de contadores en la práctica pública, la educación, el gobierno, la industria y el comercio.

“Copyright © May 2014 by the International Federation of Accountants (IFAC). All rights reserved. Used with permission of IFAC. Contact [email protected] for permission to reproduce, store or transmit, or to make other similar uses of this document. This publication has been translated from the English language into the Spanish language by Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia. IFAC assumes no responsibility for the accuracy and completeness of the translation or for actions that may ensue as a result thereof.”

“Copyright © mayo 2014 por la Federación Internacional de Contadores (IFAC). Todos los derechos reservados. Utilizado con permiso de la IFAC. Contactar a [email protected] para obtener autorización de reproducir, almacenar, transmitir o cualquier uso similar de este documento. Esta publicación ha sido traducida del idioma inglés al idioma español por el Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia. La IFAC no asume responsabilidad alguna por la exactitud e integridad de la traducción o por las acciones que puedan ser generadas como resultado.”

Fuente: IFAC – Traducción propia INCP

Consejo de Ética propone mejoras a ciertas provisiones sobre servicios diferentes a aseguramiento en el Código de Ética

Estándares Internacionales

Boletín 100 - Ju1io 2014 11

Herramientas ProfesionalesEstándares Internacionales

La globalización de la economía colombiana demanda la im-plantación de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

Ad-portas del mundo globalizado, se hace necesario encon-trar caminos que permitan acceder a nuestras organizacio-nes a los mercados mundiales y a su vez que se facilite el ingreso a nuestro mercado de inversionistas extranjeros. Es por eso, que la globalización del reporte financiero se vuelve un proceso necesario e inaplazable, para facilitar este pro-ceso de doble vía.

Las NIIF (o IFRS por sus siglas en inglés) son un conjunto de normas basadas en principios, tendientes a reflejar la realidad económica de las transacciones, exigentes en el desglose de información y en gran parte orientadas a su uti-lización como lenguaje común internacional y que facilita la globalización de los mercados. Estos estándares contables, juegan un papel fundamental tanto en la preparación de información financiera como en el monitoreo y la aplicación

de nuevos modelos de administración, primordiales para los procesos de globalización de los mercados económicos.

Sin lugar a dudas, la información financiera es la primera herramienta que los accionistas e inversionistas (interesa-dos claves de la información “stakeholders”) utilizan para la toma de decisiones, pero ¿Cómo puede un inversionista europeo tomar una decisión estratégica sobre una empresa colombiana, si no hablan el mismo lenguaje financiero? La adopción de las NIIF, busca eliminar, o por lo menos dismi-nuir, esa brecha entre los diferentes principios de contabi-lidad, lo cual conlleva una mayor transparencia y claridad la información financiera, permitiendo una mejor toma de decisiones por parte de los inversionistas.

Estado actual de la implementación de NIIF en Colombia: avanzando pero falta

De acuerdo con los Decretos 2706 y el 2784 de diciembre de 2012, se confirmaron las recomendaciones en materia

¿Cómo va el plan de adopción de las NIIF en Colombia?

Boletín 100 - Ju1io 201412

Herramientas Profesionales Estándares Internacionales

de convergencia a NIIF y en normas de aseguramiento de la información en Colombia, las cuales indicaron el esta-blecimiento de Grupos de aplicación conformados de la si-guiente manera:

• Grupo 1: Empresas que aplicarán de forma plena las NIIF tal como las emite el IASB. Estas empresas es-tán conformadas por emisores de valores, y entida-des de interés público.

• Grupo 2: Empresas que aplicará las NIIF para pymes tal como las emite el IASB, pero con aplicación vo-luntaria de las NIIF plenas aplicables para el Grupo 1. Las que decidan tomar las NIIF plenas, mantendrán las fechas de aplicación del Grupo 2.

• Grupo 3: En este grupo de empresas se aplicará una contabilidad simplificada, la cual se establece en el De-creto 2706, el cual es una recopilación de conceptos establecidos entre las NIIF para Pymes emitidas por el IASB y la normativa ISAR emitidas por la UNCTAD.

Las fechas de inicio de aplicación para grupo 1 y 3 será a partir del 1 de enero de 2015. Es decir con el cierre del período fiscal colombiano terminado en 31 de diciembre de 2015. Para el grupo dos, será en el año terminado en 2016.

Un proyecto como este debe ser controlado internamente, aunado al de un asesoramiento de un grupo de profesiona-les especializados en temas de IFRS, los cuales podrán ser provistos por una firma como la nuestra. Este tiene que ser un proceso en el que se garantice la transferencia de cono-cimiento acumulado de un experto en Normas Internaciona-les. No se trata sólo de recibir una capacitación o asesoría desde el punto de vista técnico. Más allá de estos aspectos, las compañías tienen que revisar los asuntos de negocios que se vean impactados por la implementación de NIIF, y quién más que las compañías mismas que son las que cono-cen sus operaciones, su modelo de negocio, la aplicabilidad y transversalidad que va a tener en sus operaciones.

En Colombia se puede concluir que el tema de NIIF es su-premamente trascendental y no es meramente contable, sino que es un tema holístico. Por supuesto, tiene que ver con cumplimiento y regulaciones de la Ley establecida, pero también hay que verlo como un proceso propio de análi-sis interno en el cual se puedan identificar las debilidades, oportunidades, fortalezas y amenazas que se tengan en las diferentes áreas de cada compañía, para así convertirlas en mejores prácticas. Una vez las compañías dejen de ver esto como una imposición más del Gobierno o una exigencia le-gal, podrán ver que en realidad es una puerta abierta a cambios y establecimiento de mejores prácticas internas – tal como lo hacen las compañías globales-.

El modelo de reporte colombiano actual es muy reglamenta-do en la dinámica contable mas con las normas internacio-nales pasará a ser un modelo contable mucho más robusto en el reporte y en la información financiera, donde habrá más letras que números, rompiendo todo lo que hasta ahora

se ha realizado. Es la contabilidad la que dice cómo se pre-paran los reportes financieros, es la base para la toma de decisiones en las empresas, y los administradores se basan en estos para hacerlas realidad. Los reportes de nuestro país podrían decir más sobre la realidad económica ya que siempre ha estado más tendiente al cumplimiento de la nor-ma tributaria y a las reglas o doctrinas emitidas por las en-tidades de vigilancia y control, que a cualquier otro aspecto. Las empresas del Grupo 1 están corriendo contra reloj para alcanzar el cumplimiento establecido y librarse de sancio-nes, pero no están viendo en el fondo la gran oportunidad que pueden estar desaprovechando.

Fuera de los beneficios de la aplicación de las NIIF, entre otros, el aumento en la calidad y comparabilidad de la in-formación financiera y la mejora de la competitividad em-presarial, el cambio a NIIF, ofrece varias oportunidades para realizar un proyecto de transformación financiera. Proyectos que pueden apalancar la implementación de NIIF, y parte de una transformación financiera, serían por ejemplo la estan-darización y homologación de sistemas y procesos, informes externos e internos entre el grupo; implementación de cen-tros de excelencia y simplificación de la estructura legal por una más eficiente, todo con el objetivo de incrementar la calidad y/o reducir costos y tiempos.

La importancia de la capacitación y asesoría adecuada

Nadie va a estar preparado en la totalidad en la parte téc-nica para las NIIF. Como no hay expertos en NIIF holísticos en el mundo sino especialistas por temas, las compañías de-berían identificar debilidades y tener requerimientos espe-cíficos. Esto se logra siendo conscientes de la capacitación que requiere su gente y así poder entender las normas que realmente les aplica a ellos. Es una realidad que las compa-ñías colombianas tendrán que llevar contabilidades de doble propósito o de varios inclusive, una contabilidad fiscal y otra bajo normas internacionales, amén de las compañías ameri-canas que deban cumplir con el principio contable america-no y qué decir de aquellas que deban cumplir también con la contabilidad gubernamental – por supuesto esto será un reto para los próximos cinco años-.

Nosotros como EY tenemos claro que no basta con un es-pecialista para cubrir todo lo que es NIIF, sino que se nece-sita un equipo de expertos en los diferentes temas, que en nuestro caso son capacitados por personas del exterior y que son enviados a países donde las NIIF ya son una reali-dad, para que tengan experiencia práctica. Cualquier aseso-ría brindada debe seguir el objetivo de proporcionar solucio-nes de alto impacto que involucren a la Administración y a la Junta Directiva ya que son ellos los directos responsables de lo que pase con el futuro de la compañía.

Fuente: Pulzo – Por Felipe Jánica Vanegas, Contador Público, especialista en finan-zas y certificado en IFRS por el Instituto de Contadores de Inglaterra y Gales.

Boletín 100 - Ju1io 201414

Herramientas Profesionales Estándares Internacionales

El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad y el Consejo de Contabilidad Financiera de Estados Unidos publi-caron el a finales de mayo una nueva norma sobre reconoci-miento de ingresos que sustituye a las anteriores normas al respecto empleadas en Estados Unidos y en Europa.

La nueva norma NIIF 15, afectará en España únicamente a las compañías cotizadas que presentan cuentas anuales con-solidadas. En general, la norma persigue una mayor unidad de criterios contables a nivel internacional, de manera que se permita una comparación más ajustada entre las ventas de una compañía estadounidense y otra europea. En particular, la nueva norma regula la presentación de los ingresos ordina-rios instando a un mayor desglose de los mismos.

“La publicación de una norma conjunta sobre reconocimien-to de ingresos ordinarios es un logro importante en térmi-nos de convergencia pero, para las empresas, el verdadero trabajo acaba de empezar,” explicó Enrique Asla, socio res-ponsable del Departamento de Práctica Profesional de KPMG en España. En opinión de Asla, la nueva norma “afectará a uno de los indicadores de la información financiera más importantes, los ingresos ordinarios, cuyo alcance se exten-derá a la práctica totalidad de las empresas que formulen sus estados financieros de acuerdo con la normativa esta-dounidense o las NIIF”.

El socio de KPMG en España considera que los nuevos re-querimientos contables afectarán especialmente a empre-sas que venden artículos o servicios de forma combinada. “Por ejemplo”, explicó Enrique Asla “una empresa de telefo-nía que vende por un precio determinado un paquete de lla-madas, conexión a internet, televisión... deberá asignar el importe total del contrato a cada uno de los distintos com-ponentes incluidos en el mismo y reconocer su correspon-diente ingreso de acuerdo con los nuevos criterios”. Desde el punto de vista de caja, señaló, “es lo mismo, pero la con-tabilización de las ventas tendrá que ajustarse a los nuevos requisitos”. Los sectores que se verán más afectados por la nueva norma serán los de telecomunicaciones, ingeniería, construcción, informática.

Los nuevos criterios contables pueden cambiar qué bienes y/o servicios se agrupan o se separan a la hora de recono-

cerlos como ingresos. Es posible que haya que reconocer ingresos en un momento posterior o anterior al que se re-gistran en la actualidad; y la distribución de los ingresos entre distintos bienes y líneas de servicios puede variar.

El experto de KPMG apunta que hasta ahora la normativa al respecto en Estados Unidos era más prolija en normas específicas sobre reconocimiento de ventas. “Los usuarios de información financiera demandan una norma contable única; en general este tipo de reformas tendentes a una mayor convergencia son bien recibidas”, comentó.

Los reguladores internacionales de contabilidad, el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad y el Consejo de Contabilidad Financiera de Estados Unidos, llevan trabajan-do en la reforma de esta normativa desde hace cinco años. La nueva norma entrará en vigor el 1 de enero de 2017 aun-que las empresas pueden optar por aplicarla de forma anti-cipada. “Aunque la fecha parece lejana las compañías deben iniciar cuanto antes el proceso de transición para asegurar una adecuada gestión del mismo”, recomienda Enrique Alsa.

La extensión del proceso de adaptación y elaboración de la nueva normativa ha provocado “que muchas empresas hayan aplazado el análisis de su impacto a la espera de disponer de una norma más asentada”, dijo el profesional de KPMG. “No obstante”, añadió, “nos encontramos ante una norma ya pu-blicada que afectará a las empresas de manera distinta”.

“La conclusión de esta reforma de forma exitosa es un logro tanto para el regulador estadounidense como el internacional”, declaró en un comunicado Hans Hoogervors, presidente del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad. “Juntos hemos mejorado la información relativa a los ingresos”, añadió.

“La publicación de la norma es un importante primer paso”, manifestó Russell Golden, presidente del Consejo de Conta-bilidad Financiera de Estados Unidos. “Pero este no es el fi-nal del proceso, ahora habrá que trabajar en garantizar que las compañías son capaces de llevar a cabo esta transición sin problemas”, añadió.

Fuente: CincoDías

Las empresas cotizadas afrontan un nuevo reto

contable, NIIF 15

Boletín 100 - Ju1io 2014 15

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Jorge Castaño Director de Investigación y Desarrollo de la Superfinanciera, explicó cómo va el proceso de adopción de las normas de parte de las distintas compañías.

Las empresas colombianas vigiladas por la Superinten-dencia Financiera de Colombia adelantan un proceso para comenzar a reportar, desde enero de 2015, sus estados financieros según la normativa internacional. Las Nor-mas Internacionales de Información Financiera corres-ponden a un conjunto de único de normas legalmente exigibles y globalmente aceptadas, comprensibles y de alta calidad basados en principios claramente articula-do, que requieren que los estados financieros contengan información comparable, transparente y de alta calidad, que ayude a los inversionistas, y a otros usuarios, a to-mar decisiones económicas.

Se remplaza el término contabilidad por el de informa-ción financiera. Más que un nuevo marco contable o mo-delo contable es una buena práctica en materia de infor-mación financiera.

Sin embargo desde alguno sectores, el especial el fiducia-rio, han surgido inquietudes sobre la manera en que podrán cumplir con dicho cronograma, pues la estructura de sus negocios le hace compleja la adopción de las Normas Inter-nacionales de Información Financiera, NIIF.

No obstante el Gobierno ya es consciente de los afanes del sector por lo cual trabaja en los mecanismos para darle cla-ridad a la norma y a la manera como tendrán que hacer la transición hacia los parámetros internacionales.

Para darle claridad a la evolución que tiene la adopción de las normas, Jorge Castaño, Director de Investigación y De-sarrollo de la Superintendencia Financiera, se refirió a las soluciones planteadas por parte del Gobierno para que las entidades cumplan con el cronograma.

“Las sociedades fiduciarias, sobre los patrimonios que ad-ministran, que son alrededor de 23.000, la norma los obliga

a que adopten las normas NIIF. Pero hemos evidenciado que de esos hay una gran proporción con la posibilidad de hacerlo. Bien sea porque emiten títulos o son una cartera colectiva. De esos son unos 250 o 300 vehículos y quedan otros 22 mil que no tienen la capacidad porque son cons-tituidos para unos fines específicos por lo que no estarían obligados a adoptar las normas NIIF o no tienen la infor-mación completa para hacerlo”, resume Castaño la incerti-dumbre de las fiduciarias de cómo podrán reportar bajo los estándares exigidos.

Sin embargo añade que “el Ministerio de Hacienda está pre-parando un decreto en donde a ese otro grupo los va a obli-gar a un reporte de información mucho más sencilla pero no en estándar NIIF porque la realidad económica de esos patrimonios autónomos y fideicomisos no amerita la estruc-tura de reporte internacional”.

Al indagar sobre las inquietudes e impedimentos que les hayan dado a conocer con relación a la adopción de las NIIF señala Castaño que “en la entidades vigiladas, dado que hay una reserva en materia de cartera y va a haber un trata-miento especial en materia de inversiones los impactos son relativamente menores. Pero la industria si está viendo que se está haciendo muy difícil la implementación tecnológica. La transición a convertir toda esta información en los repor-tes que se requiere es lo que mayor esfuerzo demanda de las entidades”.

No obstante, y pese a los rezagos tecnológicos de los que se afana la industria en la Superintendencia confían en que los tiempos pactados se podrán cumplir. “Se está haciendo un proceso de acompañamiento grande por convertir esos plazos pero creemos que en enero de 2015 vamos a tener un estándar mejor de información. Tendremos que hacer ajustes pero tenemos incluso el 2015 para realizar los ajus-tes así que vamos bien de tiempo”.

Fuente: Dinero

Así avanza la adaptación de las NIIF

Boletín 100 - Ju1io 201416

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Contabilidad Financiera y Tributaria - Chile

Las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS) permiten que la información contable, traducida en estados financieros, se elabore bajo un enfoque globalizado. Dicha información, no obstante, incorpora juicios y crite-rios -vinculados a la gestión de recursos económicos- de los administradores, que permiten obtener datos útiles para tomar decisiones a múltiples usuarios.

La contabilidad tributaria, por su parte, tiene como objeti-vo proporcionar una metodología que permita, entre otros, determinar una base sobre la cual calcular el Impuesto a la Renta. Es decir, la lógica en la que se basan las valoraciones de recursos y obligaciones, no es igual a la usada por la in-formación financiera, debido a que la información tributaria se construye, principalmente, desde las disposiciones de la Ley de Impuesto a la Renta.

Las franquicias tributarias, en tanto, orientadas a disminuir la base impositiva, producen una distorsión significativa en la información, al utilizarse mecanismos de depreciación acelerada o al no reconocerse los activos por arrendamien-tos financieros, por ejemplo.

Al respecto, el Proyecto de Ley de Reforma Tributaria (en-viado al Congreso) plantea utilizar de forma más extrema el concepto de ‘depreciación acelerada’, pudiendo reconocerse como gasto el 100% de la inversión realizada, con lo cual, una entidad según el tipo de información que utilice poseerá un mayor o menor patrimonio, explicado por los bienes de capital adquiridos (contabilidad financiera) o por la imputa-ción de ellos como gastos (contabilidad tributaria).

Por último, cabe resaltar que la contabilidad tributaria ex-pone una realidad económica completamente diferente a la determinada por la contabilidad financiera. Por ello, debe-mos informar claramente de los efectos en las decisiones si se toma una u otra información, sobre todo para aquellos emprendedores que comienzan a desarrollar actividades empresariales.

Fuente: estrategia.cl

Boletín 100 - Ju1io 201418

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Cuando el país decidió, mediante la expedición y desarrollo de la Ley 1314 de 2009, el nuevo marco de principios y nor-mas de contabilidad de información financiera y de asegura-miento de información aceptados en Colombia, en apego de la equidad, reciprocidad y conveniencia nacional para apo-yar la internacionalización económica; se vio la necesidad de llegar a la convergencia de normas de contabilidad de información financiera y de aseguramiento de la informa-ción con estándares de aceptación mundial que finalmente, unifiquen la contabilidad. Es así, como las Normas Inter-nacionales de Información Financiera, NIIF, se convierten en fuente de construcción oportuna del escenario para el reconocimiento y medición de todo aquel ordenamiento es-tructural y conceptual que trae consigo la aplicación y desa-rrollo de la Ley 1682 de noviembre de 2013, imperativo que contiene importantes definiciones, disposiciones, principios y políticas de la infraestructura de transporte en Colombia; industria, sin duda alguna, bastión para el desarrollo de cualquier país empeñado en la movilización sin fronteras de bienes, personas y servicios.

Bajo este escenario, las empresas en Colombia dedicadas a tan importante renglón de la economía y clasificadas según les corresponda para efectos de aplicar el nuevo marco téc-nico de contabilidad de información financiera bajo los linea-mientos y criterios de los Decretos 2784 de 2012; 2706 de 2012; 3022 de 2013 y demás normas que les modifiquen o

adicionen, deberán estar preparadas para asumir y corregir los impactos que se deriven de transformar sus cuentas y estructura de sus Estados Financieros a los nuevos paradig-mas contables y de información Financiera; principalmente si se tiene en cuenta que para efectos contables tan solo le restan de vida útil al Decreto 2649 de 1993 aproximada-mente 6 meses hasta diciembre 31 de 2014.

Pasará a la historia de nuestro país el hecho de tener un or-denamiento contable reglado, que por más de dos décadas nos distanció del mundo, en cuanto a la forma dinámica y global de llevar las cuentas y presentar informes financieros a terceros interesados en nuestras empresas, en línea con la evolución de los negocios, buen juicio y criterio profesio-nales para su manejo.

Tendrán mucho por hacer, estudiar y decidir las personas naturales y jurídicas que de acuerdo con la normatividad vigente estén obligadas a llevar contabilidad, así como a los contadores públicos, funcionarios y demás personas encar-gadas de la preparación de estados financieros y otra in-formación financiera de su promulgación y aseguramiento, para dar aplicación a los correspondientes nuevos marcos normativos en cada uno de sus niveles de complejidad para su reconocimiento, medición, contabilización y revelación en sus estados financieros de sus negocios y hechos eco-nómicos, en particular bajo el rubro de activos, Propiedad Planta y Equipo.

Estandarización, globalización e infraestructura de transporte

Boletín 100 - Ju1io 2014 19

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Los nuevos paradigmas de la contabilidad de informes fi-nancieros y de aseguramiento de dicha información, condu-cen a que la empresa colombiana provea información a ter-ceros interesados, basada en la transparencia que plantea el marco conceptual NIIF:

“El objetivo de la información financiera con propósito ge-neral es proporcionar información financiera sobre la enti-dad que informa que sea útil a los inversores, prestamistas y otros acreedores existentes y potenciales para tomar de-cisiones sobre el suministro de recursos a la entidad. Esas decisiones conllevan a comprar, vender o mantener patri-monio e instrumentos de deuda y proporcionar o liquidar préstamos y otras formas de crédito”, transparencia que estará ganada si dichos informes reúnen las características cualitativas exigidas en cada uno de sus niveles de marcos técnicos a aplicar como la materialidad o importancia relati-va, representación fiel, comparabilidad, verificabilidad, etc. En esta realidad, son evidentes los beneficios para ambos extremos, recursos y negocios para la empresa; seguridad y confianza para el inversionista.

La Superintendencia de Puertos y Transporte viene asu-miendo la verificación del estudio y evaluación de los posi-bles impactos y de requerimientos de información financiera que surjan para la supervisión sobre el sector con ocasión de la entrada en vigencia de la Ley de Infraestructura de Transporte 1682 de 2013 y su desarrollo, en concordan-cia con la convergencia de las normas de contabilidad, in-formación financiera y de aseguramiento. Así las cosas, es oportuno asociar la idea de enfatizar la supervisión sobre la infraestructura del transporte para verificar el impacto de la implementación de Normas de Información Financiera, Nor-mas Internacionales de Información Financiera NIIF para las pyme y Contabilidad Simplificada para la Microempresa, en las empresas de transporte destinatarias de la vigilancia de la entidad.

Fuente: La República - Por Juan Miguel Durán Prieto, Superintendente de Puertos y Transporte

Las auditorías de propósitos especiales se efectúan sobre: estados contables preparados sobre bases diferentes a las normas contables vigentes; partes o componentes de los estados contables; el cumplimiento de acuerdos contractua-les y sobre estados contables resumidos. En estos casos, la norma establece que el auditor debe revisar y evaluar las conclusiones surgidas de los elementos de juicio obtenidos durante estos compromisos especiales de auditoría como una base para expresar su opinión que debe constar clara-mente en un informe escrito.

La norma requiere que el auditor acuerde formalmente con el cliente el alcance y el propósito del compromiso y el tipo de informe que va a ser emitido, en general, la estruc-tura del informe es similar al informe sobre los estados contables, lógicamente con las variaciones necesarias de acuerdo con la especial naturaleza de estos trabajos. La norma incluye requisitos y elementos para cada uno de estos informes especiales.

Fuente: Centrocontable.com - Por Mercy Villarreal Jiménez

Norma internacional de auditoria NIA 800 - el informe del auditor en compromisos de auditorías

de propósitos especiales

Boletín 100 - Ju1io 201420

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El Ministerio de Comercio, industria y Turismo presenta el Plan de Trabajo del segundo semestre (julio 1 a diciembre 31) a ser ejecutado por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública sobre los diferentes proyectos en materia de infor-mación financiera.

En cumplimiento con lo señalado en el numeral 1 del artícu-lo 8 de la Ley 1314 de 2009, que establece: “(…) Enviará a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, al menos una vez cada seis (6) meses, para su difusión, un programa de trabajo que describa los proyectos que considere emprender o que se encuentren en curso. Se entiende que un proyecto está en proceso de preparación desde el momento en que se adopte la decisión de elaborarlo, hasta que se expida (…)”

Con base en lo anterior y lo aprobado en la sesión del 10 de Junio de 2014, el Consejo Técnico de la Contaduría Pú-blica desarrollará los siguientes proyectos en el segundo semestre de 2014:

A) Propuesta de normas y enmiendas de información fi-nanciera para los emisores de valores, las entidades de interés público y las empresas de tamaño grande clasifi-cados en el Grupo 1.

B) Propuesta de norma de información financiera para enti-dades en proceso de liquidación.

C) Propuesta de norma sobre el sistema documental contable.

D) Propuesta de normas de aseguramiento de la información.

E) Participación en los GTTs conformados por el GLENIF.

F) Emisión de guías para la valuación de activos y pasivos.

G) Coordinación de actividades de divulgación, conocimien-to y comprensión de las normas de contabilidad, de in-formación financiera y aseguramiento de la información.

Bogotá, D.C., junio 10 de 2014.

Consolidación plan de trabajo del 1° de julio al 31 diciembre de 2014

Plan de Trabajo del Consejo Técnico de la Contaduría Pública

Boletín 100 - Ju1io 2014 21

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MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO CONSEJO TÉCNICO DE LA CONTADURÍA PUBLICAPROGRAMA DE TRABAJO DEL 1° DE JULIO EN EL 31 DE DICIEMBRE DE 2014

A.NORMAS Y ENMIENDAS A LOS MARCOS TECNICOS NORMATIVOS PARA LOS EMISORES DE VALORES, LAS ENTIDADES DE INTE-RES PUBLICO Y LAS EMPRESAS DE TAMAÑO GRANDE CLASIFICADOS EN EL GRUPO 1

ACTIVIDADES A DESARROLLAR2014 2015 2016

T-3 T-4 T-1 T-2 T-3 T-4 T-1 T-2 T-3 T-4Emisión de nuevas normas y enmiendas

1 DEBIDO PROCESO PARA LA EMISION

1.1 Elaborar y publicar el borrador de propuesta de las normas para dis-cusión pública X X X X X

1.2 Plazo para comentarios X X X X X

1.3 Considerar las recomendaciones recibidas de los comités y de todos los interesados durante el lapso de exposición pública para comentarios X X X X X

1.4Evaluar, analizar los impactos y recomendaciones de los proyectos de normas, formuladas por la DIAN, los organismos responsables del di-seño y manejo de la política económica y las Superintendencias

X X X X X

1.5 Presentar el proyecto definitivo, junto con sus recomendaciones a las autoridades de regulación X X X X X

1.6 Publicar los proyectos definitivos X X X X X1.7 Fecha esperada para la expedición de las normas por parte de las au-

toridades de regulación X X X X X

Boletín 100 - Ju1io 201422

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B. NORMA DE INFORMACIÓN FINANCIERA PARA ENTIDADES EN PROCESO DE LIQUIDACIÓN

ACTIVIDADES A DESARROLLAR2014 2015 2016

T-3 T-4 T-1 T-2 T-3 T-4 T-1 T-2 T-3 T-4

Expedición de la norma año 2014 y aplicación obligatoria 01/01/2016

1 DEBIDO PROCESO PARA LA EMISION DE LA NORMA

1.1 Plazo para comentarios X

1.2 Considerar las recomendaciones recibidas de los comités y de todos los interesados durante el lapso de exposición pública para comentarios X

1.3 Evaluar, analizar los impactos y recomendaciones de los proyectos de normas, formuladas por la DIAN, los organismos responsables del di-seño y manejo de la política económica y las Superintendencias

X

1.4 Presentar el proyecto definitivo, junto con sus recomendaciones a las autoridades de regulación X

1.5 Publicar los proyectos definitivos X

1.6 Fecha esperada para la expedición de las normas por parte de las au-toridades de regulación X

1.7 Aplicación obligatoria a partir del 01/01/2016 X Nota: La elaboración y publicación del borrador de norma finalizó en el primer semestre de 2014.

C. NORMA SOBRE EL SISTEMA DOCUMENTAL CONTABLE

ACTIVIDADES A DESARROLLAR2014 2015 2016

T-3 T-4 T-1 T-2 T-3 T-4 T-1 T-2 T-3 T-4

Expedición de las normas año 2014 y aplicación obligatoria 01/01/2015

1 DEBIDO PROCESO PARA LA EMISION DE LAS NORMAS

1.1 Considerar las recomendaciones recibidas de todos los interesados du-rante el lapso de exposición pública para comentarios X

1.2 Evaluar, análizar los impactos y recomendaciones de los proyectos de normas, formuladas por la DIAN, los organismos responsables del di-seño y manejo de la política económica y las Superintendencias

X

1.3 Presentar el proyecto definitivo, junto con sus recomendaciones a las autoridades de regulación X

1.4 Publicar el proyecto definitivo X

1.5 Fecha esperada para la expedición de las normas por parte de las au-toridades de regulación X

1.6 Aplicación obligatoria a partir del 01/01/2015 X Nota: La elaboración, publicación y el plazo de comentarios del borrador de norma finalizó en el segundo semestre de 2013.

D. NORMAS DE ASEGURAMIENTO DE LA INFORMACIÓN

ACTIVIDADES A DESARROLLAR2014 2015 2016

T-3 T-4 T-1 T-2 T-3 T-4 T-1 T-2 T-3 T-4

Expedición de las normas año 2014, período de preparación año 2015 y aplicación obligatoria 01/01/2016

1 DEBIDO PROCESO PARA LA EMISION DE LAS NORMAS

1.1 Plazo para comentarios X

1.2 Considerar las recomendaciones recibidas de los comités y de todos los interesados durante el lapso de exposición pública para comentarios X

1.3 Evaluar, analizar los impactos y recomendaciones de los proyectos de normas, formuladas por la DIAN, los organismos responsables del di-seño y manejo de la política económica y las Superintendencias

X

1.4 Presentar el proyecto definitivo, junto con sus recomendaciones a las autoridades de regulación X

1.5 Publicar el proyecto definitivo X

1.6 Fecha esperada para la expedición de las normas por parte de las au-toridades de regulación X

1.7 Período de preparación año 2015 X X X X

1.8 Aplicación obligatoria a partir del 01/01/2016 X Nota: La elaboración y publicación del borrador de norma finalizó en el primer semestre de 2014.

Boletín 100 - Ju1io 2014 23

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E. PARTICIPACIÓN EN LOS GTTs CONFORMADOS POR GLENIF

ACTIVIDADES A DESARROLLAR2014 2015 2016

T-3 T-4 T-1 T-2 T-3 T-4 T-1 T-2 T-3 T-4

Envió de comentarios a los borradores de proyectos de normas y en-miendas del IASB

1 DEBIDO PROCESO X X X X X X X X X X

1.1 Publicar el borrador para discusión público X X X X X X X X X X

1.2 Considerar las recomendaciones recibidas de los comités y de todos los interesados durante el lapso de exposición pública para comentarios X X X X X X X X X X

1.3 Presentar las recomendaciones del país al GLENIF y al IASB X X X X X X X X X X

"IASB: International Accounting Standards Board GLENIF: Grupo Latinoamericano de Información Financiera Emisora Normas GTT: Grupo Técnico de Trabajo"

F. GUÍAS PARA LA VALUACIÓN DE ACTIVOS Y PASIVOS

ACTIVIDADES A DESARROLLAR2014 2015 2016

T-3 T-4 T-1 T-2 T-3 T-4 T-1 T-2 T-3 T-4

Expedición de las guías año 2015

1 DEBIDO PROCESO PARA LA EMISION DE LAS GUIAS

1.1 Elaborar y publicar los borradores de propuestas para comentarios X X X X X X X X X X

1.2 Plazo para comentarios X X X X X X X X X

1.3 Considerar las recomendaciones recibidas de los comités y de todos los interesados durante el lapso para comentarios X X X X X X X X X

1.4 Publicar las guías definitivas X X X X X X X X

G. COORDINAR LA DIVULGACIÓN, CONOCIMIENTO Y COMPRENSIÓN DE LAS NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y ASEGURAMIENTO DE LA INFORMACIÓN

ACTIVIDADES A DESARROLLAR2014 2015 2016

T-3 T-4 T-1 T-2 T-3 T-4 T-1 T-2 T-3 T-4

1. Participar en el programa denominado " Formador de Formadores", con el fin de capacitar instructores en NIIF. Organizado por la Mesa de Educación

X X

2. Coordinar junto con los Ministerios de Educación, Hacienda, Comercio, las facultades y los programas de contaduría la adecuación de los con-tenidos académicos para la enseñanza de las Normas de Información Financiera y Aseguramiento de la Información

X X X X X X X X X X

3. Realización de talleres en NIIF para las PYMES X X

4. Participar en las actividades de difusión organizadas por las universi-dades y los diferentes organismos de la profesión y otros X X X X X X X X X X

5. Elaboración de guías para un mejor entendimiento de las NIIF X X

T=Trimestre10/06/2014.

Fuente: Consejo Técnico de la Contaduría Pública

Boletín 100 - Ju1io 201424

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Las normas contables colombianas están en proceso de ser reemplazadas por las Normas Internacionales de Informa-ción Financiera, NIIF.

En Colombia, los requerimientos mercantiles (Código de Co-mercio Unificado) indican que los comerciantes (personas jurídicas o naturales) están obligados a llevar contabilidad de acuerdo con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Colombia (PCGA).

Dichos PCGA se comprimen en decretos reglamentarios emi-tidos por el Gobierno Nacional (Decretos 2649 y 2650 de 1993) y las circulares externas y doctrinas contables emiti-das por las superintendencias (Entidades de supervisión). En adición, las normas tributarias prevalecen sobre los PCGA.

En Colombia existen diez Superintendencias, de las cuales la Superintendencia Financiera de Colombia y la Superinten-dencia de Sociedades, tienen a su cargo la supervisión de la mayoría de empresas colombianas.

Las normas contables colombianas están en proceso de ser reemplazadas por las Normas Internacionales de Informa-ción Financiera (“NIIF” o “IFRS” por sus siglas en inglés). El proceso de convergencia a NIIF es un proceso holístico y no meramente contable. Esto quiere decir que afecta a toda la organización dentro de las empresas y no solamente al área contable y financiera.

Convergencia a Normas Internacionales de In-formación Financiera (NIIF o IFRS por sus siglas en Inglés) y de Aseguramiento de la información

El 13 de julio de 2009 se aprobó en el Congreso de la Repúbli-ca la Ley 1314, la cual tiene por objetivo la conformación de un sistema único y homogéneo de alta calidad, comprensible y de forzosa observancia, de normas de contabilidad, de in-formación financiera y de aseguramiento de la información.

En palabras sencillas, en Colombia se decidió tener como referencia las Normas Internacionales de Información Fi-nanciera (“NIIF” o IFRS por sus siglas en Inglés, tal como

las emite el IASB). Lo anterior, teniendo en cuenta las reco-mendaciones emitidas por el Consejo Técnico de la Conta-duría Pública (“CTCP”) y los diferentes comités técnicos ad honorem establecidos por la Ley 1314 de 2009. Vale la pena anotar que el CTCP es el organismo normalizador estable-cido por la mencionada Ley y que junto con este organismo se establecieron comités técnicos ad honorem conformado principalmente por representantes de las empresas colom-bianas y en general la comunidad de negocios en Colombia, a través de las diferentes agremiaciones.Quiere decir esto que el proceso que ha venido adelantando el Gobierno en materia de internacionalización en materia financiera-contable y de aseguramiento de la información ha sido sumamente participativo. En ese orden de ideas, se estableció como marco de referencia para las normas de aseguramiento en Colombia las Normas Internacionales de Auditoría (“ISA”, por sus siglas en inglés, emitidas por la Federación Internacional de Contadores Públicos -IFAC).Se han establecido grupos de aplicación de las NIIF de con-formidad con los siguientes grupos: grupo 1, grupo 2 y gru-po 3. El grupo 1 está conformado por compañías de tamaño grande y/o de interés público, el Grupo 2 está conformado por compañías de tamaño mediano y el Grupo 3 por mi-croempresas y/o pymes.Las fechas de aplicación para el grupo 1 y grupo 3 inician el 1 de enero de 2015 con la preparación de un estado finan-ciero de apertura con corte a 1 de enero de 2014, y un esta-do financiero completo bajo NIIF con corte a 31 de diciem-bre de 2015 comparativo con el mismo periodo anterior (del año 2014). Para el grupo 2 estas fechas se corren un año.Las normas de auditoría generalmente aceptadas en Colom-bia, van a converger a estándares internacionales de audi-toría emitidos por la Federación Internacional de Contadores (IFAC). Las fechas de aplicación son semejantes a las de los grupos antes indicados.

Fuente: Pulso.com – Por Felipe Jánica Vanegas, Contador Público, especialista en finanzas, certificado en IFRS por el Instituto de Contadores de Inglaterra y Gales.

Obligación de presentar y llevar libros de contabilidad en Colombia

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Boletín 100 - Ju1io 201426

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El control de inventarios y movimientos en un almacén

Las naves industriales y los almacenes, desde siempre, han ser-vido como lugar de almacenamiento de productos de grandes negocios o multinacionales; y por otro lado, como espacio para la gestión del inventario que satisfará las necesidades de estas grandes multinacionales.

El inventario representa un gran coste para una cadena de nego-cios, por lo que albergarlo en el mismo lugar de almacenaje de la propia nave industrial podría llegar a reducir los gastos de forma considerable. Pues nos referimos al coste del inventario en sí, su-mándole el del transporte de mercancías, el coste de la gestión de los bienes (trabajo, fumigación, reenvasado, etc.) y la custodia de las mercancías en la nave industrial.

Para lograr todo esto, el director de inventario debe garantizar el equilibrio entre la oferta y la demanda mediante el establecimiento de un nivel mínimo de espera para cubrir los plazos de entrega. Para lograrlo, el director de inventario debe actuar como enlace constante con los programas para mantenerse al tanto de la evolu-ción de las necesidades y prioridades. El almacén debe tener siem-pre existencias suficientes para cubrir el tiempo de entrega para las acciones de reemplazo para evitar el desabastecimiento.

¿Cómo se gestiona el control del inventario?

Hay dos métodos de control de inventario que son aplicables a las situaciones de emergencia:

• Política de nivel de pedido.

• Reordenar la política de ciclo.

Ambos son aplicables a todo tipo de negocios y van asociados a diferentes pros y contras. Hay que tener en cuenta que en la prác-tica sólo funcionaría en un entorno bastante estable donde la va-riabilidad de la demanda y la reposición de tiempo de entrega son razonablemente estables y previsibles.

La gestión del inventario en una emergencia es más “proyecto basado”, equiparar la oferta y la demanda en un entorno rápida-mente cambiante. Esto requiere la construcción de una cadena de suministro que tiene un alto nivel de flexibilidad y capacidad de adaptación, con la rápida identificación de las necesidades y el cumplimiento rápido de esa necesidad a través de la cadena de suministro.

En la gestión de este tipo de sistema el inventario debe ser con-siderado en cantidades relativamente pequeñas (paquetes de in-ventario de artículos de socorro asociados) que se vincularía una necesidad identificada y, más tarde, se trasladaría a través de la fuente a la necesidad identificada.

Fuente: emprendices.co

Boletín 100 - Ju1io 2014 27

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El coste de capital o CMPC es el coste ya sea explícito o im-plícito, que efectivamente le supone a la empresa la utiliza-ción de estos recursos financieros. El conocer el coste efecti-vo de cada una de las opciones financieras, le permitirá a la empresa elegir los recursos de menor coste incrementando, por tanto, los beneficios.

Siendo,

CP el capital propio de la empresaCA el capital ajeno (pasivo) de la empresaKca el coste de los capitales ajenos, normalmente los inte-reses a pagarKcp el coste de capital propio, normalmente el pago de di-videndos

El coste del capital se define como el tipo de rendimiento interno mínimo que todo proyecto de inversión debe pro-porcionar para que el valor de mercado de las acciones de la empresa se mantenga sin cambio. Habitualmente se utiliza con tasa de actualización en el VAN para la valoración de proyectos de inversión.

El calcular el coste medio ponderado de capital le permitirá a la empresa tomar dos tipos de decisiones:

Aceptación o rechazo de un proyecto. Sólo los proyectos cuya rentabilidad sea superior al coste de capital van a producir beneficios en la empresa, aumentando indirectamente el va-lor de mercado de las acciones de la empresa, y por lo tanto la riqueza de sus accionistas.

Determinación de la estructura financiera óptima de la em-presa que sería aquella que proporciona el mínimo del coste de capital.

Factores que determinan el CMPC

Factores Exógenos:Condiciones de la economía:Tasa de inflación esperada.Tipo de interés libre de riesgo.Condiciones de los activos en el mercado:• Prima por liquidez.• Prima por riesgo del mercado.

Factores Endógenos:Condiciones de la empresa:• Riesgo global de la empresa.• Cuantía de financiación solicitada.

Fuente: contabilidad-empresa.com

CMPC o Costes de Capitales

Boletín 100 - Ju1io 201428

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Cuando la matriz no esté domiciliada en el país, solo procede la consolidación de los estados financieros de las subordinadas.

Uno de los efectos derivados de la situación de control en Colombia es la obligación para la sociedad matriz o contro-lante de preparar y difundir estados financieros de propósito general consolidados con sus subordinadas. Para estos efec-tos, es importante considerar qué pasa cuando la matriz o controlante se encuentra ubicada en exterior.

¿Cuándo se presenta una situación de control?

Según la legislación colombiana, existe control cuando el poder de tomar decisiones de una sociedad comercial está sometido a la voluntad de una o varias, que pueden ser per-sonas jurídicas o naturales, bien sea directamente o a través de las mismas sociedades que controla (indirectamente).

La ley presume que existe control en cualquiera de los si-guientes casos: (i) cuando más del 50% del capital perte-nezca a una persona jurídica o natural, quien será el con-trolante; (ii) cuando se tenga el derecho de emitir los votos necesarios para tomar las decisiones en el máximo órgano social, es decir, en la asamblea de accionista o junta de socios, o adicionalmente se tenga el número de votos ne-cesarios para elegir la mayoría de los miembros de la junta

directiva; y (iii) cuando en razón de un contrato se ejerza una influencia dominante en las decisiones de los órganos de administración de la sociedad.

¿Qué son y cuándo se genera la obligación de consolidar estados financieros?

Los estados financieros consolidados son aquellos que pre-sentan la situación financiera, los flujos de efectivo, los re-sultados de las operaciones, los cambios en el patrimonio y en la situación financiera de una compañía matriz y sus su-bordinadas como si fueran una sola compañía. La finalidad de esta obligación es que la sociedad controlante presente una información financiera completa y veraz.

Es así que, siempre que exista una situación de control por parte de una persona jurídica societaria respecto de una o varias sociedades en Colombia, la matriz o controlante debe preparar y difundir estados financieros de propósito general consolidados.

Debe advertirse que la obligación de preparar y presentar estados financieros consolidados no releva a la matriz ni a sus sociedades controladas de preparar y presentar estados financieros individuales.

Consolidación de estados financieros con matrices en el exterior

Boletín 100 - Ju1io 2014 29

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¿Quién debe consolidar los estados financieros cuando la matriz se encuentra en el exterior?

En principio se podría pensar que la sociedad matriz ubicada en el exterior, por tener una inversión en el país y estar su-jeta a las normas colombianas como accionista de la misma, debe cumplir con la obligación de preparar y presentar los estados financieros consolidados. Sin embargo, la aplica-ción de la ley colombiana a un extranjero, así tenga una inversión en una compañía en el territorio colombiano, en principio, no es posible, en especial la aplicación de normas contables internas a sociedades extranjeras.

La situación expuesta fue entendida por la Superintendencia de Sociedades quien, repetidamente en su doctrina y a tra-vés de la Circular Externa 005 del 2000, señaló que, cuando la matriz o controlante no esté domiciliada en el país, solo procede la consolidación de los estados financieros de las subordinadas colombianas.

Lo anterior quiere decir que todas las compañías ubicadas en el territorio colombiano, y que estén bajo el control de una misma persona extranjera, deben consolidar sus estados financieros para cumplir con la obligación ya mencionada.

Así mismo, la mencionada entidad señaló que la consolida-ción puede realizarse a través de cualquiera de las socieda-

des colombianas, pero que por efectos prácticos se prefiere que sea la sociedad subordinada con mayor patrimonio.

¿Cuál es el órgano encargado de aprobar los es-tados financieros consolidados cuando la matriz se encuentra en el exterior?

En la Ley 222 de 1995 se establece que los estados finan-cieros consolidados deben ser sometidos a consideración de quien sea competente para su aprobación. Por regla general, la obligación de aprobar o improbar estados financieros en Colombia es de la Asamblea de Accionistas o Junta de Socios.

No obstante lo anterior, teniendo en cuenta la situación par-ticular que se presenta cuando la matriz o controlante se encuentra ubicada en el exterior, la Superintendencia de Sociedades ha señalado que, ante la ausencia de un ór-gano competente que pueda dar tal aprobación, bastaría con remitirlos a dicha entidad. En este caso, los estados financieros deben remitirse certificados y dictaminados por el representante legal, el contador y el revisor fiscal de la sociedad que los consolidó en Colombia.

Fuente: La República – Por Juan José Castaño Trujillo

Boletín 100 - Ju1io 201430

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Cambios en retención en la fuente

Mediante decreto 1020 de mayo 28 de 2014 el gobierno hace modificaciones a las retenciones en la fuente, en esta oportunidad a los requisitos para no efectuar retefuente a las empresas acogidas a le ley 1429 de 2010, modifica al-gunos artículos sobre tarifas de retenciones en la fuente, y nuevamente aplaza la implementación de la retención en la fuente por intermedio de las instituciones financieras.

La norma modifica el numeral 1 del artículo 4 del decreto 4910 de 2011, el cual exige que para no efectuar retefuen-te a una empresa que se haya creada en el respectivo año gravable y se haya acogido a la ley 1429 (Ley de empleo), deberá solicitar aparte de la certificación bajo la gravedad de juramento, un certificado de cámara de comercio, y o la copia del RUT para probar que la fecha de creación de la empresa, está dentro de las estipuladas en la ley.

Además indica dicho decreto que para las empresas que se hayan creado en años anteriores al gravable, y que estén gozando de beneficio de la ley 1429, se debe hacer una consulta por parte del agente retenedor en el portal de la DIAN para verificar si la empresa goza de beneficio, pero aclara que si no sale ningún resultado en la consulta, deberá solicitar los documentos relacionados en el párrafo anterior.

Recordemos que ya previamente hemos comentado en artí-culos anteriores que muchas empresas que se han acogido a esta ley 1429, no aparecen en la base de datos de la DIAN, por lo que para no hacer la retención en la fuente, en este caso se deben pedir los documentos antes mencionados.

Aclara que las empresas acogidas a la ley 1429 de 2010 no tienen ninguna exención en la auto retención del CREE.

El artículo 5 de este decreto hace aclaraciones sobre las ta-rifas que deben ser observados a la hora de efectuar reten-ciones en la fuente sobre otros ingresos tributarios cuando el retenido sean una persona natural no obligadas a decla-rar, la cual será del 3.5% y por ningún motivo el 2.5%.

Por otro lado el artículo 6 aclara que para los concepto de servicio de restaurante, hoteles y hospedaje, la tarifa será del 3.5% lo mismo que el arrendamiento de inmuebles y de transporte de pasajeros.

Y por último nuevamente aplazan la implementación de la retención en la fuente por intermedio de las instituciones financieras. Tema que se aplaza hasta el 1 de junio del año 2017.

Fuente: Consultorcontable.com – Por William Dussan Salazar

Boletín 100 - Ju1io 2014 31

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Con el cambio de la reglamentación que en 2012 planteó la reforma tributaria, este año más colombianos deben declarar renta. No sólo tienen que hacerlo los empresarios o las perso-nas que ganen grandes sumas de dinero. Las personas natu-rales que durante el año pasado devengaron ingresos superio-res a $37 millones 577 mil, deberán presentar este gravamen.

Es decir, si un trabajador bien sea independiente o vinculado a una organización, tuvo ingresos superiores a los $3 millo-nes 131 mil mensuales, deberá hacer la declaración de renta.

Pero este es sólo uno de los casos en los que las perso-nas naturales deberán hacerlo. El Gobierno Nacional, con la normativa que entró en vigencia este año, también dispuso varias reglas.

Si el patrimonio de un residente en el país superó, a diciem-bre de 2013, los $120 millones es decir, 4.500 Unidades de Valor Tributario, debe realizar declaración de renta.

El mismo escenario afronta quien haya consumido con su tar-jeta de crédito 2.800 UVT, que equivalen a $75 millones 155 mil. El otro caso por el cual las personas naturales tienen que hacer este trámite en la DIAN es si el valor acumulado de las transacciones bancarias que realizó el año pasado, así como inversiones financieras superan los $120 millones.

Cabe recordar, que la fecha límite para realizar este trámite es el 6 de septiembre y no es una constante que todo el que declare deba pagar impuesto sobre la renta, a los primeros $29 millones de utilidades no se les adiciona un pago.

Según el director de la DIAN en Santander, José Alfredo Díaz, el número de personas que en Bucaramanga tendrán que realizar esa declaración durante este año es de 120 mil. Por lo cual el funcionario llamó a que “no dejen todo para úl-tima hora y se acerquen a la Dian a realizar sus respectivas declaraciones”, sostuvo.

Así mismo, Díaz indicó que la Dian está presta a brindar charlas y talleres para aclarar las dudas en diferentes espa-

cios, por ejemplo, durante las próximas tres semanas rea-lizarán rondas informativas por los municipios de San Gil, Málaga y Barbosa.

Las sanciones

El incumplimiento de la norma, es decir, no realizar la de-claración de renta en las fechas determinadas, así como el pago del impuesto, expone a las personas naturales a una sanción económica correspondiente al 5% del total del valor del gravamen a pagar. Es decir, que la sanción mínima en este caso sería de $268 mil y corren, además, con intereses por presentación extemporánea.

Además “quienes no declaren su patrimonio podrían tener multas de hasta el 92% del bien omitido dentro del reporte”, indicó el director regional de la DIAN.

Algunos datos para tener en cuenta

1. Para realizar la declaración es necesario tener actualiza-do el Registro Único Tributario, RUT.

2. Identificar en qué caso se encuentra para realizar la de-claración, es decir, en qué grupo de los mencionados an-teriormente.

3. Si quien hará el trámite es comerciante, debe llevar con-tabilidad y diligenciar el formulario 110. Si no es comer-ciante, el número de formato es 210.

4. Llevar los valores a declarar a un contador profesional para evitar errores en los valores.

5. Tener certificados de ingresos y retenciones. Así como el soporte si el ingreso es en acciones.

Fuente: Vanguardia.com – Por Galvis Ramírez y Cía. S.A.

Si ganó más de $3 millones 131 mil

al mes, debe declarar renta

Boletín 100 - Ju1io 201432

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El Gobierno Nacional, a través de la administración tribu-taria, ha expresado en múltiples ocasiones la necesidad de ejercer un mayor control y efectividad sobre el sistema de retenciones en la fuente.

Bajo esa motivación, se incorporó en la Ley 1430 de 2010 el artículo 376-1 al ordenamiento tributario que contempla un mecanismo para que los pagos sujetos a retención en la fuente sean realizados a través de las entidades financie-ras y particularmente, desde cuentas de ahorro y corrientes “marcadas” para tal fin.

Por medio del Decreto 1159 de 2011 se reglamentó esa disposición dando claridad acerca de la operatividad de los pagos, la cual tiene impactos importantes no solo para las entidades financieras sino también para los agentes de re-tención. El plazo para adaptarse a este nuevo mecanismo fue el 1 de junio.

Si bien este esquema presenta ventajas relevantes (mayor control por parte del fisco, certificados de retención cen-tralizados en la DIAN, causación de la retención en el mo-mento del pago y no del reconocimiento del gasto, entre otras) también trae consigo diferentes retos (extinción de obligaciones por mecanismos diferentes al pago a través de entidades financieras, operativización entre los pagadores y los bancos, posibles aumentos en costos financieros por tener que contar con varias cuentas bancarias, entre otros).

Según las cifras publicadas por la DIAN, del total del recaudo anual del impuesto de renta y complementarios, 55% (para el 2013 proyectado) se obtuvo gracias al mecanismo de re-tención en la fuente. En algunas vigencias ha llegado a repre-sentar incluso 67%. En el caso del IVA la participación para el año pasado alcanzó 16% pero ha llegado a niveles de 29%.

El punto fundamental está en si una estructura de pagos como la contemplada en el artículo 376-1 realmente per-mite tener la eficiencia y la vigilancia que busca el Estado

sobre las retenciones o si terminará siendo en una carga adicional para los agentes económicos que declaran y pagan de manera estricta y que consideran que ya tienen múltiples responsabilidades con las que contribuyen al recaudo y con-trol sobre los impuestos nacionales.

Se tiene conocimiento acerca de que grandes pagadores o agentes de retención no están de acuerdo con el mecanismo porque consideran que trae consigo desarrollos tecnológi-cos y de sus sistemas de información, sino porque deben cambiar procedimientos y flujos de caja (por lo menos en un primer momento). Al respecto, el Gobierno Nacional está próximo a expedir una modificación regulatoria que amplía el plazo para cumplir con lo establecido en el Decreto 1159 hasta tanto no se verifique y evalúe si operativamente es viable su operación.

Es de buen recibo el proyecto de regulación, pues se consi-dera que lo más adecuado es que el mecanismo contempla-do se revise con mayor profundidad con todos los agentes involucrados (agentes de retención, sujetos pasivos, entida-des financieras, Dian) para asegurarse que el esfuerzo para implementar los procedimientos establecidos en la norma sea el adecuado en aras de lograr los fines que persigue el Estado en materia fiscal.

¿Para qué sirve la retención en la fuente?

Es un mecanismo que utilizan los Gobiernos para mejorar el recaudo y control sobre los diferentes tributos. Tiene por objetivo asegurar el recaudo de los impuestos; acelerar el pago y dar liquidez al Estado porque se anticipa el momento en el cual se debería pagar la obligación y mejorar los meca-nismos de control y cruce de información. Así han realizado el recaudo de impuestos en los últimos años.

Fuente: La República – Por María Mercedes Cuéllar, Presidenta de Asobancaria.

Retefuente a través de entidades financieras: ¿eficiencia o carga adicional?

Boletín 100 - Ju1io 201434

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Si compra maquinaria este año, pagará menos

impuestos en 2015

Al superar las metas en el recaudo del IVA, se le permitirá a los empresarios descontar parte de este tributo pagado por la compra de bienes de capital en el impuesto de renta del próximo año.

Las empresas que compren bienes de capital este año po-drán descontar parte del IVA pagado en el próximo impues-to de renta. Este es uno de los estímulos plasmados en la reciente reforma tributaria para las compañías que se la jueguen por modernizarse.

Resulta que el artículo 60 de la Ley 1607 de 2012 (Refor-ma Tributaria), indica que "los responsables del régimen común podrán descontar del impuesto sobre la renta el IVA causado y pagado por la adquisición o importación de bienes de capital a lo largo de cada vigencia fiscal, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el presente artículo...".

La buena noticia es que este año se están cumpliendo las condiciones a las que hace referencia dicho ítem, dijo el mi-nistro de Hacienda, Mauricio Cárdenas Santamaría.

"A mayo más o menos 700,000 millones de pesos por en-cima de la meta de IVA total, es decir que si el IVA sigue como va, el próximo año las empresas podrán descontar del impuesto de renta la mitad (8 por ciento) del IVA pagado en 2014 sobre bienes de capital".

Es importante aclarar que esta medida no aplica para todos los años, solo cuando se supera la meta de recaudo del IVA fijada anualmente por la DIAN. Esto no sucedió en 2013, pero hoy está pasando, así que lo que falta por definir es la cantidad de puntos que permitirá cruzar el Gobierno.

Los bienes de capital son las inversiones que hacen las empresas en equipos para mejorar su productividad, ta-les como maquinaria pesada, generadores, o vehículos, entre otros.

Fuente: El Colombiano – Por Nicolás Abrew Quimbaya

Boletín 100 - Ju1io 2014 35

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Renta en personas naturales

¿Cómo deben interpretarse los requisitos que personas na-turales tienen que cumplir para no estar obligadas a decla-rar el Impuesto sobre la Renta?

El artículo 7º del Decreto 2972 del 2013 que establece los lugares y plazos para presentar la declaraciones tributarias, contiene la totalidad de requisitos que deben cumplir los empleados, trabajadores por cuenta propia y demás per-sonas naturales y asimiladas a estas para no encontrarse obligados a declarar el impuesto referido.

Entre esos requisitos encontramos:

(i) Que los ingresos brutos sean inferiores a 1.400 UVT ($37.577.000).

(ii) Que el valor total acumulado de consignaciones banca-rias, depósitos o inversiones financieras no exceda de 4.500 UVT ($120.785.000).

Se trata de dos requisitos independientes con dos supuestos de hecho distintos a saber: en el primero de ellos, se exige que los ingresos brutos consignados o no en una cuenta bancaria sean inferiores a 1.400 UVT y en el segundo que el acumulado de consignaciones bancarias con recursos pro-venientes o no de sueldos o ingresos derivados de la acti-vidad económica de la persona, no supere las 4.500 UVT.

Lo anterior implica que sin importar la forma de pago o en dónde se consignen los recursos que serán ingreso para el sujeto o incluso cuál es la fuente de los recursos que se consignen en cuentas bancarias del mismo, para que la per-sona natural no sea declarante del impuesto sobre la renta, en ningún caso sus ingresos brutos podrán ser superiores a 1.400 UVT o el monto total de sus consignaciones bancarias superior a 4.500 UVT.

Tan claro es que si por ejemplo los ingresos brutos del su-jeto equivalen a 4.600 UVT y a su vez fueron consignados en sus cuentas bancarias, debe concluirse que el sujeto no cumple con dos de los requisitos para ser no declarante del impuesto de renta por lo que en él se radica dicho deber formal.

Finalmente, debe resaltarse que los requisitos a que nos referimos sólo determinan la obligación de presentar decla-ración o no del impuesto sobre la renta, pero no sirven de derrotero para depurar la misma, no determinan cuales son los ingresos que se declaran ni cuáles los que se gravan. Para tal efecto existen normas específicas del Estatuto Tri-butario Nacional.

Fuente: Portafolio

Boletín 100 - Ju1io 201436

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Brasil reduce impuesto a toma de créditos

en el exterior

El gobierno brasileño redujo un impuesto que cobraba a em-presas y bancos cuando tomaban créditos en el exterior, lo que en la práctica podría estimular un mayor acceso a finan-ciamiento, en un contexto de débil crecimiento económico.

Este Impuesto a las Operaciones Financieras (IOF) fue ins-taurado a fines del 2012 para contener el elevado ingreso de capitales desde el exterior, que inyectaba dólares al merca-do y apreciaba al real.

"Estamos eliminando el último IOF que fue colocado en aquella ocasión. Esta medida va a favorecer la toma de cré-ditos en el exterior", dijo a la prensa el ministro de Hacien-da, Guido Mantega.

Con esta medida se reduce a 180 días (antes era de 360) el plazo mínimo de toma de préstamos externos que serán be-neficiados con impuesto cero, pero se mantiene el impuesto de 6% para operaciones inferiores a un plazo de 6 meses.

Mantega precisó que entre los factores que incidieron en la toma de esta decisión está la normalización del flujo de capitales para Brasil y del mercado de cambio. "Como el mercado de cambio funciona normalmente, no se requiere de esos instrumentos", aseguró.

Esta medida podría hacer caer el precio del dólar en el me-diano plazo, cuyo alto valor ha encarecido las importaciones en los últimos meses, además de impulsar la inflación.

No obstante, Mantega aseguró que "la retirada del IOF no tiene que ver con el control de precios", ya que "no se ad-ministra el tipo de cambio para contener la inflación", que está cayendo, aseguró.

El indice de precios del consumidor anotó un alza del 0,67% en abril, menor a marzo, aunque alcanzó 6,28% en 12 me-ses, cerca del límite de la meta de 6,5% del Banco Central.

En tanto, en lo que va de año, el real, que se cotiza en 2,284 por dólar, ha registrado un avance del 3,2%. En 2013 el real perdió 12,96% y en 2012 cerró con una caída de 8,55%.

La economía de Brasil creció un débil 0,2% en el primer tri-mestre del año, tras expandirse 2,5% en el 2013; 1% en el 2012 y 2,7% en el 2011. En el 2010, creció un 7,5%.

Fuente: Terra (Economía)

Boletín 100 - Ju1io 2014 37

Herramientas ProfesionalesAuditoría

Es necesario implantar control interno en la empresa o ne-gocio para poder crecer y permanecer en el mercado.

Desde tiempos remotos, el ser humano ha tenido la necesidad de controlar sus pertenencias y las del grupo del cual forma parte, por lo que de alguna manera se tenían tipos de control para evitar desfalcos; por tal situación, es necesario que una empresa establezca un control interno, ya que con esto se logra mejorar la situación financiera, administrativa y legal.

Se dice que el control interno es una herramienta surgida de la imperiosa necesidad de accionar proactivamente a los efectos de suprimir y/o disminuir significativamente la mul-titud de riesgos a las cuales se hayan afectadas los distintos tipos de organizaciones, sean estos privados o públicos, con o sin fines de lucro. Partiendo de esto mencionamos la si-guiente interpretación del control interno:

Es la base donde descansan las actividades y operaciones de una entidad; es decir, que las actividades de producción, distribución, financiamiento, administración, entre otras, son regidas por el control interno; además, es un instru-mento de eficiencia y no un plan que proporciona un regla-mento tipo policíaco o de carácter tiránico.

El mejor sistema de control interno es aquel que no daña las relaciones de empresa-clientes y mantiene en un nivel de alta dignidad humana las relaciones de dirigentes y subordi-nados; su función es aplicable a todas las áreas de operación de los negocios, de su efectividad depende que la administra-ción obtenga la información necesaria para seleccionar las al-ternativas que mejor convengan a los intereses de la entidad.

Por lo tanto, se debe ver, de acuerdo con las necesidades del negocio o empresa, qué control se tiene que implantar o tener. Partiendo de este punto veremos la importancia de los objetivos del control interno:

• Proteger los recursos de la empresa o negocio evitando pérdidas por fraudes o negligencias.

• Asegurar la exactitud y veracidad de los datos contables y extracontables, los cuales, son utilizados por la Direc-ción para la toma de decisiones.

• Promover la eficiencia de la explotación de los recursos con que cuenta la empresa o negocio.

• Estimular el seguimiento de las prácticas ordenadas por la gerencia.

• Promover y evaluar la seguridad, la calidad y la mejora continua.

• Velar porque todas las actividades y recursos de la em-presa o negocio estén dirigidos al cumplimiento de los objetivos de la entidad.

• Garantizar la eficacia, la eficiencia y economía en todas las operaciones.

• Definir y aplicar medidas para prevenir los riesgos, detectar y corregir las desviaciones que se presenten en la empresa o negocio y que puedan afectar el logro de sus objetivos.

• Garantizar que el sistema de control interno disponga de sus propios mecanismos de verificación y evaluación.

• Velar porque la empresa o negocio disponga de procesos de planeación y mecanismos adecuados para el diseño y desarrollo organizacional.

• Las características del control interno son:

• El sistema de control interno forma parte integrante de los sistemas contables, financieros, de planeación, de in-formación operacional de la empresa o negocio.

• Corresponde a la máxima autoridad de la empresa o ne-gocio la responsabilidad de establecer, mantener y per-feccionar el sistema de control interno.

• En cada área de la empresa o negocio, el funcionario encargado de dirigir es responsable del control interno ante su jefe inmediato, de acuerdo con los niveles de autoridad establecidos en la empresa o negocio.

• La unidad de control interno, o quien haga sus veces, es la encargada de evaluar en forma independiente el sistema de control interno de la empresa o negocio.

• Todas las transacciones de la empresa o negocio deberán registrarse en forma exacta y oportuna.

Fuente: El Economista – Por Ambrosio Amaro González, integrante de la Comisión de Desarrollo de Auditoría – Bosques, del Colegio de Contadores Públicos de México.

La importancia del control interno

en la empresa

Boletín 100 - Ju1io 201438

Herramientas Profesionales Auditoría

Para los contadores que son los encargados de formularlos, los estados financieros son un “fin”. Son el corolario de su trabajo y la culminación de sus esfuerzos. Para los empresa-rios y directivos de los negocios sólo son un “medio” que les permite orientarse para tomar las medidas y decisiones que consideren adecuadas para la buena marcha de la empresa.

Situación que se puede resumir, en que los estados finan-cieros registran los resultados económicos obtenidos por la gestión integral del negocio o servicio que la organización ejecuta, cuya información interesa a varios sectores de la sociedad como son:

Los dueños y/o accionistas. Les interesa plenamente co-nocer los resultados del ente económico, así como el cum-plimiento de los objetivos, tener confianza y seguridad de sus aportaciones e inversiones y seguir invirtiendo inclusive con sus dividendos.

Los directivos y funcionarios. Les interesa la excelente conducción del negocio, para saber en qué condiciones se encuentra y si se les están dando cumplimiento a los ob-jetivos establecidos comparando lo real con lo planeado o programado, además porque en base a ello tomarán las de-cisiones correctivas que consideren pertinentes e informen a los accionistas de su actuación y los resultados de ésta.

A la Administración: Le garantiza la correcta administra-ción de la entidad de acuerdo con sus metas y objetivos.

Supervisores y organismos de control: Punto de partida en su vigilancia y control.

A las instituciones de crédito y financieras y compa-ñías de seguros: Les interesa que los entes económicos manejen estados financieros dictaminados dando credibili-dad a su información financiera.

Entidades gubernamentales: Le interesa que los Estados Financieros estén dictaminados por aspectos de formalidad

La auditoria a los estados financieros,

más que una opinión

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Boletín 100 - Ju1io 201440

Herramientas Profesionales Auditoría

y normatividad. Para vigilar el cumplimiento de las disposi-ciones normativas, impositivas, operativas y administrati-vas para dar validez a los estados financieros manifestando sanciones a aquellos contadores que no se apeguen a las disposiciones antes mencionadas.

A los trabajadores: Como un medio de sentir estabilidad en su aspecto laboral y seguridad social.

A los proveedores y acreedores: Porque les interesa la liquidez y razonabilidad de los Estados Financieros dictami-nados ya que esa credibilidad se traduce en proporcionar mayor o menor crédito a las empresas.

A los inversionistas: Porque les interesa la excelente mar-cha del ente económico, respaldado por estados financieros dictaminados, debido a que de esa manera estarán en con-diciones de analizar, en invertir o no invertir en determinado tipo de empresa.

Al público en general: Para tener conocimientos si de-terminado ente económico goza de una buena imagen de comercio, si existen buenos servicios, de productos y saber si estos tienen calidad.

Bajo ésta óptica, la auditoría a los estados financieros implica un examen a los estados financieros de manera integral de sus operaciones y soportes, en lo económico, administrativo, financiero/contable, jurídico, ambiental, .etc, consecuente con la gestión, cumplimiento norma-tivo, control interno y de cara al desarrollo de la misión organizacional, que de tranquilidad y confianza al núcleo social de su interés.

En razón a lo anterior, la auditoría Financiera no solo debe encaminarse a la verificación sobre los registro contables, también es, el examen pormenorizado de las actuaciones de la organización, áreas, procesos, autorizaciones, opera-ciones, registros y soportes y sus responsables de manera eficiente, eficaz, efectiva, económica y productiva, dentro de rigores normativos y legales.

De tal suerte que un proceso de auditoría financiera requie-re considerar entre otros los siguientes aspectos:

• Tener en cuenta en todo momento del examen, la Misión de la Organización.

• Conocer la organización, la política, normatividad, es-tructura organizacional, procesos, responsables, infor-mación financiera, manual contable con su plan de cuen-tas y dinámica contable, notas explicativas a los estados financieros, Informes de gestión, informes de auditorías anteriores, entre otros.

• Preparar las guías, programas o cuestionarios de audi-toría y control interno y demás papeles de trabajo, en función de las cuentas representativas y críticas, fruto de un estudio concienzudo y pormenorizado.

• Conocer los aplicativos informáticos que maneja la organi-zación, especialmente de la contabilidad y las finanzas.

• Revisar las diferentes cuentas asignadas de los estados fi-nancieros, considerando en los hallazgos las connotaciones contables, financieras, administrativas, jurídicas, económi-cas, ambientales u otra, que estas puedan generar, deter-minando para cada una de ellas, la causa, efecto e impac-to, que posibiliten dar un juicio/valor, o recomendación.

• Plasmar en los papeles de trabajo de manera técnica, soportada y objetiva, cada una de los hallazgos, los cua-les se constituyan en prueba suficiente y competente a tener en cuenta en la elaboración del informe de opinión final y la carta de control interno.

• Además de opinar sobre la razonabilidad de los esta-dos financieros, el auditor deberá conceptuar sobre la calidad del control interno, el cumplimiento normati-vo que le aplica, la responsabilidad y cumplimiento en la seguridad social de sus empleados, el licenciamien-to de su sistemas informáticos, así como aspectos de incertidumbres que a corto y mediano plazo éste abo-cada la organización por amenazas de carácter exter-no e interno.

Adicionalmente y en relación con el control interno deberá:

• Evaluar la calidad de los sistemas de información y me-dios de información con los que cuenta el área y proce-so contable.

• Verificar los perfiles del talento humano, que sean idó-neos y responsables del manejo y registro de la conta-bilidad, instalados en áreas funcionales acordes con una estructura organizacional necesaria para su funciona-miento adecuado.

• Verificar la existencia del manual contable, donde no solo señale el plan de cuentas requerido, también la di-námica contable, el flujo y diagramación del proceso, la normatividad que le aplica, el mapa de riesgo y demás elementos necesarios en la formalización del manejo contable organizacional.

• Verificar el adecuado manejo y custodia de la correspon-dencia y archivo contentivo de los soportes y memoria institucional de la organización.

• Establecer la oportunidad de la rendición de cuentas e informes propios del área contable y en relación con la oportunidad y obligatoriedad de sus publicaciones.

• Constatar la existencia de procesos de control que el área contable realiza sobre las dependencias fuentes de la información contable.

• Seguimiento al Plan de Mejoramiento, entre otras.

Fuente: marcontrol.blogspot.com - Por Marco Hernando Bonilla Martínez

Boletín 100 - Ju1io 2014 41

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El ser humano por esencia y naturaleza es reacio y apático al control. En el interior supone la existencia de descon-fianza, intromisión en su vida personal y cierto temor a la detección de sus errores.

Adicionalmente, la Auditoria a través del tiempo ha sido una mala experiencia para sus receptores, dado que su actua-ción era entendida de forma policiva, represiva, autoritaria y desmedida para demostrar poder por quienes la ejercían; ese paradigma no ha sido del todo erradicado y su resulta-do muchas veces infructuoso, carente de mejoramiento, es más aún rechazado por los altos costos económicos que su ejercicio representa.

Como maneras de encontrar los medios y formas para po-sesionar las auditorias en el contexto organizacional, a con-tinuación me permito hacer unas sugerencias, que sin ser postulados, son acciones que en su momento emplee como auditor en muchas entidades y empresas del estado, inclu-sive privadas, que nos ayudara a repensar como hacer entender a las organizaciones la importancia, credibilidad y utilidad que representa contar con la figura de la auditoria.

Las auditorias deben partir del entendimiento en la aplica-bilidad de las normas que rigen el proceso auditor, están son: Independencia mental, cuidado profesional, entrena-miento, planeación y supervisión, obtención de evidencias y presentación y comunicación de resultados; sin este piso

o base es imposible que la auditoria logre sus objetivos de posesionarse.

Así las cosas, reflexionemos sobre las maneras de introducir a la realidad estas sugerencias:

1. Reunión con las altas directivas de la organización para socializar la tarea de la auditoria, haciéndoles entender el propósito de la auditoria y el conocimiento que sobre ella tiene el grupo auditor, cuyo resultado permitirá blin-dar a la administración sobre malos manejos, y propor-cionar mayor confianza sobre su labor y responsabilidad.

2. Presentación del grupo, para informarles sobre las calidades de cada uno de sus integrantes y el alcance de su trabajo.

3. Reunión con cada una de las áreas operativas y en re-lación con el alcance de la auditoria, para conocer las generalidades de su manejo operativo e información a su cargo.

4. En todo momento la auditoria debe hacer ver a la orga-nización que su labor esta rigurosamente planeada.

5. Que la auditoria tiene pleno conocimiento del objeto a evaluar, sea la empresa o entidad en su conjunto, área, proceso etc.

6. La Auditoria debe dar muestra en todo momento de compromiso, puntualidad, respeto y buenas maneras.

Trece (13) maneras de posesionar las auditorías en las organizaciones

Auditoría

Boletín 100 - Ju1io 201442

Herramientas Profesionales Auditoría

Recordando que mientras dura la auditoria se trabaja con la información de la entidad, con los recursos de la entidad y para la entidad.

7. Como propósito de la auditoria es fundamental el fomen-to de la cultura del autocontrol en todos los que hacen parte de la organización, cada vez que se hable con las áreas o se socialice los resultados.

8. La información que se pida así como la intervención de los auditores, debe estar bien concebida, cuidando de no solicitar la misma información por diferentes vías y desgastar a las áreas con reuniones repetitivas y temas iguales.

9. La auditoría debe dejar la sensación de presencia en la organización no por su autoridad desmedida si no por la minuciosidad y compromiso de su labor y materialidad de sus hallazgos.

10. La auditoría se hace con la organización y no a espaldas de la administración. Los hallazgos como los resultados de la auditoria deben ser socializados, discutidos y con-certados con la organización y especialmente generando compromisos de mejoramiento.

11. Sus resultados deben presentarse oficialmente con la oportunidad requerida y con la calidad esperada de una auditoria competente y especializada.

12. El costo económico de la auditoria se justifica con las recomendaciones del trabajo de auditoria, cuya adopción proporcionara, contención del riesgo de actividades ope-rativas, como mejoramiento de procesos en términos de tiempo y recursos.

13. Los informes de auditoría deben contener no solo el listado de debilidades como resultado de la auditoria, si no de manera relevante los aspectos de gestión po-sitiva de la organización. Lo anterior permite generar un concepto más equilibrado sobre el actuar de la ad-ministración, y proporciona un grado de confianza a sus responsables por el reconocimiento que se hace de su labor.

Recuerde: “Las auditorías no se crearon para detectar erro-res o fraudes, si no para contribuir en el mejoramiento continuo de las organizaciones“.

Fuente: marcontrol.blogspot.com - Por Marco Hernando Bonilla Martínez

Los receptores del informe son generalmente: la alta geren-cia, la administración local (de la función evaluada), el Co-mité de Auditoría, otros auditores y algún ente regulador. Lo difícil es cada uno de estos grupos desea un algo diferente; pero usted debe de satisfacerlo a todos con el mismo docu-mento. Es por esta razón que el redactar un informe de audi-toría no es tarea fácil y por lo que necesitamos implementar el enfoque de riesgo al proceso de desarrollo del informe.

Tenemos la imperiosa necesidad de desarrollar un informe que tenga un impacto significativo en el lector en los pri-

meros treinta segundos o antes, que el usuario tenga el mismo en sus manos o lo observe a través de la pantalla del computador. La realidad es que si deseamos tener éxito, tenemos que desarrollar una cubierta que atraiga, una pri-mera página que presente un resumen ejecutivo que atrape la atención de nuestros clientes de forma inmediata.

Piense en las toneladas de correspondencia, reportes, do-cumentos e email que usted recibe en una semana. ¿Cuá-les usted lee inmediatamente y cuáles usted aparta, tanto física como mentalmente, para leerlos luego? La pregunta aquí es:

¿Desea usted que su informe de auditoría sea colocado en la pila de papeles que serán leídos más tarde? La res-puesta: Claro que no. Si usted quiere que su informe sea tratado como un asunto de urgencia, debe de capturar la atención de su cliente inmediatamente. Responda las si-guientes preguntas:

¿Poseen sus informes un diseño con un impacto visual apro-piado?

¿Contienen mejoras significativas a los procesos examinados?

¿La reacción originada es la implementación de las reco-mendaciones propuestas?

Fuente: nahunfrett.blogspot.com – Por Nahun Frett

¿Para quién es el informe de Auditoría?

Boletín 100 - Ju1io 201444

Herramientas Profesionales Auditoría

Para decirlo brevemente, la auditoría estratégica se orienta a darle aseguramiento a la Alta Dirección respecto de la efec-tividad de su estrategia, en lugar de hacerlo prioritariamente respecto de su sistema de control interno transaccional.

Metodología de auditoría estratégica: partiendo de la premisa de que no se puede auditar lo que no se conoce, lo primero es encuadrar el propósito de la estrategia y el contexto en que se enmarca.

Propósitos de la estrategia:

• Comprender y documentar el ambiente en que opera la organización a efectos de identificar oportunidades y amenazas.

• En virtud de lo anterior, plantear objetivos para sostener la misión y lograr la visión de la organización.

• Identificar y gestionar los riesgos que afectan a la organi-zación, principalmente los provenientes del exterior (es-tratégicos), por oposición a los riesgos internos (operacio-nales), que han sido el foco de atención de los auditores internos desde la aparición del informe COSO de 1992

Alcance de la labor de aseguramiento respecto de la estra-tegia: la Alta Dirección espera de la Auditoría Interna una contribución de aseguramiento estratégico. ¿Y qué se puede esperar de tal labor?

• Asegurar que el diagnóstico y los planes estratégicos estén sustentados en información fidedigna, oportuna y ajustada a los cambios del ambiente

• Asegurar que las metas sean relevantes para el logro de la misión y estén sustentadas en procesos robustos.

• Asegurar que se hayan identificado los riesgos estraté-gicos, se los haya documentado y se los monitoree y

mitigue a través de procesos igualmente robustos e in-formación confiable y oportuna.

• Asegurar que exista una adecuada comunicación de la estrategia, trasmitiendo a cada quien lo que precisa co-nocer para contribuir con su tarea al éxito conjunto (on a need to know basis).

Transición hacia la auditoría estratégica:

1. Ética profesional

2. Capacidad gerencial de auditoría interna

3. Conocimiento de las normas profesionales en Auditoría Interna

4. Gobierno, riesgo y control

5. Perspicacia en los negocios

6. Comunicaciones efectivas

7. Persuasión y colaboración

8. Pensamiento crítico

9. Entrega de servicios de auditoría interna

10. Mejora e innovación

El desafío es formarse en estas áreas y desarrollar una meto-dología para afrontar el cambio. Tarea nada sencilla, pero con una gran recompensa al final del camino: haber convertido a la unidad de auditoría interna en una pieza clave de la organi-zación, a su conductor en miembro valorado de la Alta Direc-ción y al resto de sus integrantes en profesionales valorados y disputados por todas las áreas para integrarse a ellas.

Fuente: Auditool.com - Por Guillermo Casal

¿Qué es la “auditoría estratégica”?

Boletín 100 - Ju1io 2014 45

Herramientas ProfesionalesComercial

El “propósito” será un factor cada vez más importante para la consolidación de las marcas, puesto que es una oportuni-dad comercial, y un sentido de propósito “es fundamental” para el empleo de los mejores talentos, señala la última en-cuesta realizada por la Federación Mundial de Anunciantes (WFA, en inglés).

La encuesta fue realizada entre agosto 2013 y febrero 2014 a miembros corporativos de la WFA y de las Asociaciones Nacionales de Anunciantes (Cámara de Anunciantes del Pa-raguay, en el caso local), alcanzando a 828 encuestados, de 33 países. De acuerdo al trabajo, el 88% de los encuestados coinciden con que el propósito (intención, finalidad, deter-minación, objetivos) será cada vez más importante para la consolidación de las marcas.

El estudio dice también que el 87% cree que es importante para las marcas tener un sentido de “propósito”, el 83% estima que es una “oportunidad comercial”, y que el 74% estima que el sentido de “propósito” es fundamental para el empleo de los mejores talentos.

La investigación sostiene asimismo que para el 67% de los encuestados no todas las marcas son adecuadas para te-ner un sentido de “propósito” (sin que se sienta artificial). Además, el 66% cree que es relativamente nuevo para las marcas comunicar su “propósito” en las comunicaciones de marketing de marcas. El 63% sostiene que las marcas en las que ha trabajado han tenido éxito en la comunicación eficaz del “propósito”, a través de la marca.

Por otra parte, la encuesta global sostiene que un 59% acepta que es posible medir el impacto del “propósito” en las ventas, y que para el 51% de los contactados “es fácil” medir el impacto que el “propósito” ha sumado a una marca.

En cuanto a la facilidad o no de comunicar el propósito de la marca, el 71% está de acuerdo con que sus marcas tienen un sentido de propósito, en tanto que el 63% asegura que sus marcas han comunicado con éxito el propósito a través de comunicaciones de marketing de la marca.

RSE y ética: en relación al ítem de que para los profesiona-les de marketing, el propósito es la responsabilidad social de la empresa (RSE) y la ética, el 55% de los encuestados cree en la importancia de la creación de programas para impactar positivamente a las comunidades, el 47% en actividades em-

Encuesta resalta la importancia del

propósito que debe tener una marca

Boletín 100 - Ju1io 201446

Herramientas Profesionalespresariales éticas, el 39% protección y mejora del medioam-biente, 35% ayudar a hacer frente a los problemas mundia-les, por ejemplo, las enfermedades, la pobreza mundial, el hambre, la falta de agua, etc., y otro 35% escuchar y actuar con base en las necesidades y comentarios de los clientes.

El estudio agrega que en el 2013, incluso es más una cues-tión de la RSE y la sostenibilidad. Tal es así que el 65% con-testó que apoyaría la creación de programas para impactar positivamente a las comunidades, el 56% la protección y mejora del medioambiente, otro 56% actividades empresa-riales éticas, el 52% en ayudar a hacer frente a los proble-mas, mundiales, el 40% a escuchar y actuar con base en las necesidades del cliente, y 18% en salvaguardar y mejorar el bienestar de los empleados de las empresas, etc.

La actitud de las empresas: En cuanto al tema de que las empresas deben mirar más allá de la organización en busca de ayuda, un 89% de los encuestados cree que el propósito debe impregnar toda la organización y tener aceptación por parte de todas las funciones de la empre-sa. El 78% estima que los medios de comunicación son esenciales para involucrar a la gente con el “propósito” de la marca, y ayudar a darle forma como parte de un diálogo. Para el 75% el propósito debe ser formado a tra-vés de la participación de las personas fuera de la orga-nización, incluyendo los clientes y cadena de suministro; y para el 68% es importante trabajar con terceros (ONG, gobiernos, etc.) para dar credibilidad al “propósito” de la marca.

Fuente: abc.com.py

Comercial

Los atributos más importantes que genera confianza a los consumidores

1. Escuchas las necesidades y comentarios del cliente 9. Trabajar para proteger/ mejorar el medio ambiente.

2. Productos o servicios de calidad (operaria) 10. Atender las necesidades de la sociedad.

3. Tratar bien a los empleados. 11. Afectar positivamente a la comunidad local (operarios)

4. Colocar a los clientes por encima de las ganancias. 12. Liderazgo superios muy respetado (operativo)

5. Tomar medidas para abordar el problema o crisis. 13. Ofrecer retornos financieros consistentes (operativo)

6. Tener prácticas comerciales éticas. 14. Ocupa un lugar en una lista mundial (operativo)

7. Tener negocias trasparente y abiertos 15. Asociarse con terceros (operativo)

8. Comunicarse con frecuencia y honestidad. Encuesta realizada entre agosto 2013 y febrero 2014

Fuente: Investigación Mundial del Propósito de las Marcas

Boletín 100 - Ju1io 2014 47

Herramientas ProfesionalesComercial

Colombia y Argentina interesados en

aumentar el comercio binacional

Buscar caminos que lleven a aumentar el comercio entre Colombia y Argentina, es uno de los propósitos de la segun-da reunión que adelantó la ‘Comisión de Relaciones Econó-micas, Inversiones y de Monitoreo del Comercio Bilateral’, la cual fue liderada, en el caso colombiano, por la Viceministra de Comercio Exterior, Claudia Candela, y en el caso de Ar-gentina, por el Secretario de Relaciones Económicas Inter-nacionales, Embajador Carlos Bianco.

Durante el encuentro, las partes destacaron el enorme po-tencial que existe entre las dos naciones para incrementar el comercio histórico de bienes en diversos sectores y se intercambiaron propuestas para facilitar el acceso recíproco entre ambos mercados.

Colombia tradicionalmente le ha vendido a ese país, pro-ductos de química básica, carbón, plásticos y derivados del petróleo, entre otros. Por su parte, Argentina le vende a Colombia bienes agroindustriales, maquinaria y equipo y bienes del sector automotor.

En la reunión se abordó también la necesidad de fortale-cer el sector industrial, especialmente entre las pequeñas y medianas empresas, a través de una mayor coordinación entre los países.

Igualmente, los funcionarios de los dos Gobiernos evaluaron las posibilidades para la promoción de la inversión y el tu-rismo entre estas dos naciones. Los registros en este último sector, evidencian que entre el 2009 y el 2013, el número de argentinos que visitó Colombia creció 97%, mientras que los colombianos que visitaron Argentina aumentaron 52%.

Fuente: Fernoticias.com

Boletín 100 - Ju1io 201448

Herramientas Profesionales

El esquema Multifondos permite a los afiliados a los Fondos de Pensiones escoger un tipo de fondo para que su ahorro pensional sea invertido, teniendo en cuenta edad, perfil de riesgo, metas y momento laboral.

Adicionalmente, el esquema de Multifondos estableció un tipo de fondo que se conoce como Fondo Especial de Retiro Programado, también bajo la administración de las Adminis-tradoras de Fondos de Pensiones.

¿Cuáles son las modalidades que existen?

Fondo de Mayor Riesgo: Ideal para quienes están inician-do su vida laboral. Está dirigido a quienes consideran que pueden asumir mayor riesgo para su ahorro pensional, pero posiblemente con mayor rentabilidad en el largo plazo.

Fondo Moderado: Recomendado para quienes no se en-cuentran en una edad alta para obtener la pensión. Está di-rigido a aquellos afiliados que no quieren asumir mayores riesgos con su ahorro pensional. Sus inversiones serán más cautas así como posiblemente moderadas sus rentabilidades.

Fondo Conservador: Dirigido a aquellas personas que se acercan a la edad para obtener su pensión, y por lo tanto, desean reducir su exposición al riesgo y ser cautos con su ahorro pensional.

De otro lado, el Fondo Especial de Retiro Programado está dirigido a los pensionados que buscan que su ahorro pen-sional se administre con una baja exposición al riesgo, pero con posibilidades de tener rentabilidades atractivas.

¿Qué características tienen estas modalidades?

Los Fondos de Pensiones Obligatorias deberán procurar a través de la gestión eficiente de los recursos, el mejor re-torno posible al final del periodo de acumulación de aportes. Así el Fondo conservador: tendrá baja exposición al riesgo, el Fondo Moderado: buscará moderada exposición al riesgo, el Fondo Mayor Riesgo: asumirá mayor exposición al riesgo y el Fondo Especial de Retiro Programado: es un tipo de fondo con el cual se busca una administración conservadora para al pago de pensiones.

¿Quiénes pueden acceder a los Multifondos?

Los afiliados a pensiones obligatorias bajo el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS).

¿Qué beneficio tienen los Multifondos?

El esquema Multifondos busca administrar los recursos de acuerdo a las necesidades y expectativas del afiliado. En ese sentido, los trabajadores podrán elegir la mejor manera para administrar sus ahorros pensionales dependiendo de su perfil de riesgo, su momento laboral y su edad.

Fuente: porvenir.com.co

¿Cómo funcionan los Multifondos?

Laboral

Boletín 100 - Ju1io 2014 49

Herramientas ProfesionalesLaboral

La norma prohíbe la intermediación laboral con el fin de mejorar la calidad del trabajo.

Los principales ítems que definen al “outsourcing” tienen que ver con el hecho de que el proveedor es un tercero especializado, hace apenas una parte del proceso de producción de su cliente, ese tercero especializado es autónomo, les puede prestar servicios si-multáneamente a varios clientes, lo hace con su propio personal o trabajadores, no existe ningún tipo de subordinación entre los tra-bajadores del tercero y el cliente, y el tercero especializado actúa bajo su propia cuenta y riesgo.

“En el marco del auge de la tercerización de servicios por cuenta del buen momento por el que atraviesa la economía colombiana es claro que se presentan casos de intermediación laboral que afectan la calidad de vida y que van en contravía de los derechos del traba-jador”, afirmó Eduardo Bejarano, director de Derechos Fundamen-tales del Ministerio de Trabajo.

La norma establece que una actividad de tercerización se vuelve intermediación laboral cuando el cliente es dueño de los medios de producción (maquinaria e instalaciones) en los que deben operan los trabajadores del tercero especializado, el cliente ejerce mando y da órdenes sobre los trabajadores de la empresa que hace la tercerización, el cliente determina a que trabajador en particular se contrata o se desvincula, siendo “presuntamente” empleados del tercero especializado, o el tercero especializado no tiene indepen-dencia económica, pues depende del cliente.

Así las cosas, dada la situación en la cual la tercerización de los servicios constituya una contratación indirecta de los trabajadores en la cual se presenten casos de subordinación se estaría incum-pliendo la Ley 1429 de 2010.

La denominada Ley de Formalización y Generación de Empleo, es-tablece en su artículo 63 que “el personal requerido en toda insti-tución o empresa para el desarrollo de las actividades misionales permanentes no podrá estar vinculado a través de Cooperativas de Servicio de Trabajo Asociado que hagan intermediación laboral o bajo ninguna otra modalidad de vinculación que afecte los dere-chos constitucionales, legales y prestacionales consagrados en las normas laborales vigentes”.

“El Ministerio a través de las direcciones territoriales recibe denun-cias al respecto e impone multas hasta de 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes a quienes no cumplan con esta disposi-ción”, aclara Bejarano. Posterior a la entrada en vigor de esta norma salió el decreto 2025 de 2011 que reglamentó en detalle las formas de contratación de personal en una empresa pública o privada.

“Cuando se hace mención a intermediación laboral, se entenderá como el envío de trabajadores en misión para prestar servicios a empresas o instituciones. Esta actividad es propia de las empresas de servicios temporales, por lo tanto esta actividad no está per-mitida a las cooperativas y pre cooperativas de trabajo asociado”, sostiene el decreto.

Fuente: Portafolio

Normas para la tercerización

Boletín 100 - Ju1io 201450

Herramientas Profesionales Responsabilidad social empresarial

¿Cómo comunican la Responsabilidad Social Empresarial (RSE) las

empresas?

Según un estudio publicado por KPMG International, Unloc-king the value of social investment, aunque muy pocas em-presas informan del impacto que tienen estas inversiones en las personas a las que pretenden ayudar; en conjunto, 100 de las empresas más grandes del mundo invirtieron más de 8.500 millones de euros (12.200 millones de dólares estadounidenses) en programas sociales en 2013.

Según se desprende del estudio, en el que se han revisado los informes corporativos publicados entre 2012 y 2013 de estas 100 compañías, éstas y sus fundaciones invirtieron, de media, el equivalente al 2,5 por ciento de sus benefi-cios, quitando impuestos, en programas dirigidos a abor-dar retos sociales y medioambientales como son el acceso a la educación, la asistencia sanitaria y la ayuda en caso de catástrofes.

No obstante, el estudio también releva que únicamen-te el 20 por ciento de estas empresas dio información cuantificada del impacto de los programas que financian, y solo el 32 por ciento comunicó una estrategia de inver-sión detallada.

“Medir el impacto de estas inversiones sobre el terreno puede ser complicado, pero es crucial para entender en qué medida son eficaces estos programas, cómo pueden mejorarse y dónde es mejor invertir el dinero para ofrecer los mayores beneficios. Para todo ello, es imprescindible contar con una estrategia para la inversión social”, comen-ta José Luis Blasco.

Acerca del estudio: los profesionales del área de Cambio Climático y Sostenibilidad de KPMG analizaron información publicada por las empresas y por sus fundaciones corpora-tivas asociadas para evaluar la eficacia de la información presentada sobre la inversión social y su impacto.

Fuente: prnoticias.com

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Boletín 100 - Ju1io 2014 51Patrocinador Platino

Publicidad pagada mediante el programa de Patrocinadores del INCP. Los patrocinadores del INCP son personas jurídicas que gracias a su aporte, contribuyen al desarrollo integral del profesional contable en Colombia a través de la canalización de recursos económicos que posibilitan al Instituto ejecutar actividades académicas y de investigación. Para mayor información de los diferentes modelos de patrocinio, por favor consulte www.incp.org.co ó solicita le información a [email protected]

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Boletín 100 - Ju1io 201452

El futuro económico de Asia enfrenta cinco desafíos

Entorno

Boletín 100 - Ju1io 2014 53

Económico

Según la revista Finanzas y Desarrollo del FMI, Asia se en-frenta a cinco desafíos en su búsqueda de un crecimiento económico sostenido: superar la trampa del ingreso me-dio, mejorar las instituciones y la gobernabilidad, abordar el problema del envejecimiento de la población, frenar la creciente desigualdad y fomentar el desarrollo financiero.

Si las tendencias actuales continúan, en menos de dos dé-cadas la economía de Asia será más grande que las de Esta-dos Unidos y Europa juntas, una posibilidad que ha llevado a algunos a referirse al siglo XXI como el “Siglo de Asia”. Pero, como explica el Director del Departamento de Asia del FMI, Changyong Rhee, “Si bien el futuro de Asia luce brillante, su éxito no está garantizado, ya que depende fundamental-mente de una combinación correcta de políticas para conte-ner los riesgos y asegurar el crecimiento”.

Pobreza, trampa del ingreso medio o nuevo mo-delo de crecimiento

Según la edición de F&D de junio de 2014, todas las zonas de la diversa región asiática enfrentan desafíos. En el con-tinente aún hay cerca de 700 millones de personas pobres —65% de los pobres del mundo, definiendo la pobreza como la subsistencia con menos de US$1,25 por día—, y la des-igualdad del ingreso va en aumento. Los mercados emer-gentes de la región se enfrentan a la tarea de dejar atrás su condición de economías de mediano ingreso y pasar a engrosar las filas de las economías avanzadas. Y varias de las economías industriales de Asia se han embarcado en el difícil proceso de transformar su modelo de crecimiento.

Si la desaceleración en China es mayor de lo previsto, otros países de la región pagarán la factura. En Japón existe el riesgo de que las medidas tomadas en el marco del progra-ma de la Abeconomía —basadas en el plan económico de las “tres flechas” del Primer Ministro Shinzo Abe— podrían ser menos eficaces de lo previsto en su cometido de estimular el crecimiento, particularmente si las reformas estructurales en los mercados laborales y de productos son insuficientes y no logran elevar la confianza de los consumidores y los inversionistas. Así mismo tensiones políticas nacionales e internacionales podrían obstaculizar el comercio o debilitar la inversión y el crecimiento en toda la región.

De materializarse cualquiera de estos riesgos, el resultado probablemente será una moderación, y no una interrupción, del ímpetu favorable de la región. Pero los problemas es-tructurales más profundos podrían sembrar obstáculos más complicados para los países de toda la región que van en busca de un crecimiento sostenido. En la edición más re-ciente de F&D las perspectivas de Asia se analizan desde diversos ángulos, procurando arrojar luz sobre el presente y el futuro económico de la región.

David Dollar, de la Brookings Institution, examina el ree-quilibrio de la economía de China —de la inversión al con-sumo— y los efectos que tendrá este cambio en las econo-

mías en desarrollo de la región. La apreciación gradual del renminbi, la mayor flexibilidad en la migración de las zonas rurales a urbanas y otros ajustes en esta potencia regional están creando oportunidades para otros países en desarrollo de Asia, como aumentos del turismo y de la exportación de manufacturas.

Reglas para avanzar

Shikha Jha y Juzhong Zhuang, del Banco Asiático de De-sarrollo, investigaron el papel que juega la gobernabilidad en la prosperidad de Asia, llegando a la conclusión de que diferentes aspectos de la gobernabilidad inciden en distintas etapas del desarrollo. En particular, el vínculo entre el cre-cimiento y dos indicadores de gobernabilidad —eficacia del gobierno y calidad de la regulación— es más fuerte en Asia que en otras partes del mundo.

Dando un vistazo al futuro de las finanzas asiáticas, James Walsh, del FMI, llega a la conclusión de que incluso a me-dida que se tornan más grandes, complejos e interconecta-dos, los sistemas financieros de la región tienen que seguir siendo ágiles y estar preparados para ajustarse a nuevas realidades.

La Gobernadora del Banco Central de Malasia, Zeti Akhtar Aziz, presenta su punto de vista sobre la resiliencia de Asia y cómo la región puede enfrentarse a las transiciones eco-nómicas y financieras en el resto del mundo. Señala que la diversidad, tanto dentro de las economías como a escala regional, es crucial para sustentar el potencial de crecimien-to de Asia.

Y para redondear el vistazo que echa a Asia, la edición de F&D incluye artículos sobre la mayor integración de Aus-tralia con Asia, el pilar de la dieta coreana —es decir, el kimchi— y la influencia mundial y el impacto económico de exportaciones culturales de Asia, como las telenovelas co-reanas y las producciones de Bollywood.

• También en la edición de junio de 2014 de F&D, los in-vestigadores Andrea Pescatori, Damiano Sandri y John Simon observan que a lo largo de horizontes de 5, 10 y 15 años no se distingue un punto claro en el que la deuda de una nación ponga en riesgo su crecimiento a mediano plazo. Los economistas del FMI Rex Ghosh, Ma-hvash Qureshi y Charalambos Tsangarides examinan el costo de comprometerse con un tipo de cambio fijo, ya sea explícito o no. Prakash Loungani traza una semblan-za de Christopher Pissarides, cuyos estudios pioneros sobre desempleo y los mercados laborales le valieron el Premio Nobel en 2010. Y el jefe de redacción de Journal of Economic Perspectives, Timothy Taylor, examina la re-lación intensa y a veces complicada entre la economía y la moral.

Fuente: Fondo Monetario Internacional

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Boletín 100 - Ju1io 201454

Económico

FMI destaca rendimientos de la

economía colombiana

De acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI), la economía colombiana mantiene un “sólido desempeño”, ca-racterizado por un mayor crecimiento económico, una baja inflación, desempleo decreciente y continua creación de em-pleo formal. la entidad multilateral Aseveró que el próximo año la economía crecerá en un 4.5 %.

El informe del FMI determinó que la sostenibilidad fiscal, la reestructuración al sistema de regalías petroleras y mineras y la puesta en marcha de una reforma tributaria son aspec-tos a destacar a la hora de valorar el desempeño económico del país. Entretanto, El ministro de Hacienda, Mauricio Cár-denas, aseguró que el documento del FMI es un “espalda-razo” a una economía nacional donde los buenos resultados “no son frutos de la casualidad”.

Sin embargo, el FMI fue muy claro al aseverar que Colom-bia no debe bajar la guardia y debe mantenerse atenta a los diferentes “riesgos externos”. Estos son: la caída en los precios de las materias primas, el deterioro de las condi-ciones financieras mundiales y los efectos secundarios en las economías emergentes que ocasione la normalización monetaria de Estados Unidos.

Así mismo, la organización financiera enfatizó en la ne-cesidad de desarrollar reformas estructurales para que el crecimiento económico sea más incluyente. A su vez, afir-mó que es fundamental reducir la informalidad laboral y promover la inclusión al sistema financiero abaratando el ingreso al mismo.

Fuente: Mercado de Dinero – Por Juan Pablo Rodríguez Méndez

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Boletín 100 - Ju1io 2014 55

Financiero

El Banco Central Europeo (BCE) bajó los tipos de interés en la zona del euro en 10 puntos básicos, hasta el mínimo histórico del 0,15 %, para impulsar el crecimiento y la inflación.

Asimismo, el Consejo de Gobierno decidió fijar también por primera vez una tasa de depósito negativa de menos 0,1 por ciento para fomentar la fluidez de capital, y adelantó el anuncio de medidas no convencionales.

El Consejo de Gobierno del banco reunido en Fráncfort reaccionó así al largo periodo de baja inflación en la eurozona, también en un intento de dar un nuevo estímulo a la coyuntura económica. La tasa se situaba en el 0,25 por ciento desde noviembre de 2013.

El presidente del BCE, Mario Draghi, también decidió penalizar a los bancos por almacenar su dinero en el BCE al establecer una tasa negativa de depósito de un -0,1 por ciento, por primera vez en la historia del organismo europeo. Sin embargo, los economistas aler-tan que los bancos podrían pasar esta penalización a sus clientes estableciendo una tasa más elevada en sus créditos.

Caída de la inflación en la eurozona

Draghi cumplió así con lo esperado por los analistas y se mantuvo en línea con sus últimas declaraciones, en las que aseguró que el organismo estaba listo para actuar contra el largo periodo de baja inflación que lastra la recuperación económica de la zona.

La inflación en la eurozona es desde hace meses demasiado baja. Esta semana el instituto de estadística de la Unión Europea, Euros-tat, dio a conocer que en mayo la inflación se situó en un 0,5 por ciento, dos décimas menos que en marzo, lo que ha redoblado la presión sobre el BCE.

Esta nueva caída deja la inflación muy por debajo de la recomenda-ción del BCE de tener una tasa inferior pero cerca del dos por ciento. Draghi dará una rueda de prensa para explicar las decisiones toma-das en el seno del consejo de gobierno a las 14:30 hora local (12:30 GMT) y donde se espera que dé a conocer otras medidas un plan de ayuda de hasta 40.000 millones de euros destinado a reactivar el crédito a las pequeñas y medianas empresas de los países del sur de Europa. El BCE también dará a conocer los nuevos pronósticos trimestrales de junio.

Fuente: Dw.de

El BCE rebaja su tasa de interés al 0,15 %, nuevo

mínimo histórico.

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Boletín 100 - Ju1io 201456

Estratégico

Ya sea para conocer el tamaño de tu mercado, si tu producto o servicio se adapta a las necesidades reales del cliente, los puntos de mejora de un producto antes de lanzarlo o cual-quier otra decisión estratégica, la investigación te ayudará a minimizar los riesgos.

La falta de presupuesto no debe ser una razón para lanzarte a la area sin realizar un estudio de mercado. Está en jue-go la supervivencia misma de tu empresa. “Cuántas veces vemos negocios que se han cerrado a los seis meses de montarlos. Son empresas con una oferta que está fuera del mercado porque se cae en el error de pensar que nuestras ideas son las mismas que las del público. Y no se contras-tan. Hay que pensar que sólo salen al mercado un 20% de los productos que se testan. Imagín

El calentón del emprendedor, que le lleva a creer que su idea es buena sin contrastarla y la creencia de que las inves-tigaciones de mercado son caras están detrás de esta cruda realidad. Y lo cierto es que una investigación para testar una idea, con un equipo de profesionales, puede hacerse con una inversión de unos 3.000 euros. Y lo que es más, “tú mismo puedes hacer tu propia investigación y obtener unos resultados fiables siempre que se haga de forma correcta”, continúa Maldonado.

Investiga con fundamento

Si hablamos de estudio de mercado, significa que nos re-ferimos a seguir una metodología que permita obtener re-

sultados válidos para tomar decisiones. No sirve con pedir opinión a un grupo de amigos y conocidos. Tampoco basta con mirar en Google para hacer una pequeña aproximación a lo que hace la competencia. Hablamos de que realices tu propia investigación siguiendo una metodología lo más cer-cana posible a la que utilizan los profesionales. “Se trata de tomar decisiones minimizando un poco el riesgo. Y en este sentido, el diseño y el trabajo de campo son claves para que los resultados sean de calidad”, comenta María Ángeles Zabaleta, consumer research senior manager de la firma Nielsen. ¿Por dónde empezar?

Define una meta. “Lo primero es definir el objetivo de la investigación. Para qué la voy a hacer, qué quiero saber con ella o de qué me va a servir. Dependiendo del objetivo, buscaré una metodología u otra”, explica Ricardo Pérez, new business consultant de Kantar Worldpanel.

“Como emprendedor, lo primero es saber si tu producto o servicio es bueno o no. Fíjate ese primer objetivo. Igual también te gustaría saber cómo sería la gente que lo com-praría, si necesitas que sea de color verde o no... Pero pri-mero tienes que saber si la idea de tu producto va a funcio-nar o no, cuáles son las cosas buenas y cuáles las malas”, explica Javier Maldonado.

¿Qué tipo de investigación? En función de tu objetivo, tendrás que escoger entre las herramientas de investi-

¿Realmente necesitas un estudio de mercado?

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Boletín 100 - Ju1io 2014 57

Estratégico

gación posibles. Algunas sólo proporcionan datos puros y duros (estudios cuantitativos). Otras, valores de calidad o de intención de compra, de oportunidades y amenazas (cualitativos).

Puede que para arrancar necesites una combinación de los dos. Por ejemplo, para empezar igual lo primero que te in-teresa es conocer el tamaño del mercado en el que quieres entrar. Su valor en precio o por potenciales clientes. Para eso se utilizan los paneles de consumo o de compra, en los que se pregunta a la gente qué ha consumido o comprado (no se le pregunta sobre intención de compra, que es lo que te dice si tienes una oportunidad).

El panel te ayudará a determinar el tamaño de tu mercado potencial, pero lo tendrás que complementar después con una encuesta de satisfacción que te proporcione pistas so-bre las oportunidades y amenazas que existen realmente en ese segmento concreto.

Cada herramienta sirve para un objetivo. “Para testar un nuevo producto, siempre haremos un test de producto. Para conocer las motivaciones de compra, lo mejor es una en-cuesta. Pero si ya estoy en el mercado y quiero detectar por qué se ha producido una caída de ventas, hago un panel de compra y veo qué barreras ha habido. Qué ha podido provocar el no crecimiento, analizo quiénes de mis compe-tidores sí crecen, qué factores han aprovechado... Igual es

que mi competencia ha entrado en Carrefour y como yo no lo he hecho y estoy en menos puntos de venta, no he podido crecer”, dice Ricardo Pérez.

¿Quién es mi público? La tercera decisión clave es escoger el universo de personas que van a participar en la investi-gación. El mínimo posible para obtener resultados fiables. Y dependerá del tipo de negocio que vayas a montar. No es lo mismo un negocio que esté dirigido a un público general y a un mercado nacional, que un comercio local para un público muy segmentado.

“Si quieres poner una tienda que se llama Juguetos en un centro comercial, lo primero que debes hacer, aparte de ver el local y analizar si ya tienes competencia en ese lugar, es analizar en distintos momentos del día qué tipo de gen-te pasa: hombres, mujeres, de qué edad, si tienen hijos... para ver un poco el tránsito. Y luego preguntarles si estarían interesados en este tipo de tienda, qué surtido creen que debe tener, qué servicios…”, comenta Maldonado.

Por el contrario, si lo que quieres es lanzar un negocio que se dirige a un público mucho más grande, tendrás que ver dónde está ese consumidor, en toda España, y cómo vas a llegar a él de la forma más eficiente y económica. El mínimo de muestra fiable (en este caso, unas 100) y el canal más adecuado para llegar a ellos.

Fuente: emprendedore.es – Por Pilar Alcázar.

Entorno

Boletín 100 - Ju1io 201458

Estratégico

Cinco preguntas para poner a prueba a su

organización

Si su objetivo es la obtención de excelentes resultados, entonces cada elemento de la organización de su compa-ñía necesita dar un buen apoyo a la rápida toma y ejecu-ción de sus decisiones. Sugerimos cinco partes esenciales de la organización:

Información: cada compañía se pregunta “¿prestan apo-yo nuestros sistemas de información a nuestros objeti-vos empresariales?” pero esto es demasiado amplio. Lo crucial es: ¿tienen las personas con un papel clave en la toma de decisiones la información que necesitan, cuándo y cómo la necesitan? La clave es pensar en qué es exac-tamente lo que se requiere para las decisiones críticas y comprender como hacer que esa información esté dispo-nible de forma sistemática.

En Lafarge’s Aggregates & Concrete Division, por ejemplo, se dieron cuenta de que algunas de sus decisiones más im-portantes estaban relacionadas con su pesada flota de equi-po móvil, que estaba esparcida en 620 ubicaciones en 25 países. El vicepresidente ejecutivo, Tom Farrel, invirtió en un sistema que capturaba información sobre cada equipo en cada una de las ubicaciones – la localización de cada equipo en particular, los niveles de uso, registros de man-tenimiento y demás – y casaron esos datos con un proceso analítico estándar que reflejaba las mejores prácticas del grupo. El sistema permitía a los directivos locales el tomar decisiones mejor informadas sobre el tamaño de la flota, los programas de mantenimiento y el reparto de equipos entre las ubicaciones.

Personas: en cuanto al personal se refiere, la pregunta habitual es si nuestra compañía está ganando la batalla por el talento. Pero esto puede solo puede responderse a lo largo de un periodo de varios años. Ahora mismo es mejor preguntarse: “¿estamos poniendo a los mejores emplea-dos en los puestos donde pueden tener el mayor impacto en las decisiones?”.

El observar su organización desde esta perspectiva puede cambiar como se utiliza su talento. Una empresa tecnológi-ca, por ejemplo, se dio cuenta de que menos de un 30% de las posiciones críticas con la misión de la compañía estaban en manos de los individuos con mejor rendimiento. También descubrió que sólo el 40% de estos individuos ocupaban los puestos clave. El reubicar a muchas de estas personas ayu-dó a la compañía a sacar el máximo partido a su grupo de talento y a mejorar la efectividad de sus decisiones.

Entorno

Boletín 100 - Ju1io 2014 59

Estratégico

Incentivos ligados al rendimiento: los directivos nor-malmente se preguntan: “¿son nuestras remuneraciones competitivas con las empresas de nuestro sector”?, pero una pregunta mucho más potente es esta: “se centran nuestros objetivos de resultados e incentivos en que las personas tomen y ejecuten las decisiones acertadas para el negocio”?

UD Trucks (anteriormente Nissan Diesel), por ejemplo, re-muneraba a su fuerza de venta principalmente sobre el nú-mero de camiones vendidos en un periodo determinado, con apenas un pequeño incentivo para los servicios postventa. Para asegurar que los incentivos ayudaban a los vendedores a tomar las decisiones correctas sobre su tiempo y sus inte-racciones con los clientes, la compañía añadió nuevos obje-tivos para las inspecciones de camiones (uno de los princi-pales indicadores de los ingresos por servicios postventa) y para los beneficios por estos servicios.

Comportamientos de liderazgo: típicamente, las com-pañías se preguntan si tienen un equipo de liderazgo eficaz. Una pregunta más factible es: “¿Demuestran nuestros líde-res, en todos los niveles y de forma consistente, comporta-mientos de liderazgo eficaces?”. Las organizaciones con un alto nivel de rendimiento definen cuidadosamente los com-portamientos que quieren ver y apoyan a las personas que los adoptan.

Jim Kilts, por ejemplo, cuando era consejero delegado de Gillette, le pidió a su equipo que acordara un código espe-cífico de comportamientos, que incluía un debate abierto y honesto y un apoyo incondicional una vez su hubiera toma-do la decisión. Los ejecutivos de Gillette por entonces, re-cibían cuatro calificaciones anuales por separado sobre sus comportamientos, uno de ellos mismos, otro de los directi-vos de su mismo nivel, otro de los que reportaban directa-

mente a ellos y uno del propio Kilts. La puntuación afectaba a una parte importante de sus bonus.

Cultura: todas las compañías quieren una cultura de alto rendimiento. Una compañía centrada en las decisiones se pregunta: “¿refuerza nuestra cultura una rápida y efectiva toma de decisiones e implementación a través de toda la or-ganización?”. La razón por la que hay que enunciar de esta forma la pregunta es porque las mejoras que perduran en la eficacia de las decisiones normalmente requieren un cambio en la cultura de la empresa.

Aunque toda cultura de alto rendimiento tiene su propia y única personalidad, todas parecen estimular un set de comportamientos remarcablemente similar – y todo ese set de comportamientos dan apoyo a las decisiones efecti-vas. La gente quiere ganar apasionadamente. Se orientan hacia el exterior, se centran en el cliente y en la competen-cia en lugar de en la política interna. Piensan como dueños y tienen una predisposición hacia la acción. Hacen traba-jo en equipo, y traen entusiasmo y energía a su trabajo. Shinhan Bank ha crecido hasta convertirse en el segundo banco de Corea y obtiene, consistentemente, las mejores puntuaciones que marcan la satisfacción de los clientes. Un factor clave: su cultura de responsabilidad, rendimiento y enfoque en el cliente.

Una compañía que ataca los puntos débiles en su organi-zación en las cinco áreas descritas aquí encontrará que su toma de decisiones y la ejecución de las mismas mejorarán de forma significativa, y en consecuencia, su rendimiento. Aunque primero tiene que hacerse las preguntas adecuadas.

Fuente: Managers Magazine – Por José Ignacio Ríos, Socio de Bain & Company

Entorno

Boletín 100 - Ju1io 201460

Tecnología

La nueva herramienta, conocida como telepresencia, per-mite conectar a los empresarios colombianos en cualquier región del país con el mundo para conocer nuevos clientes y adecuar su oferta a las demandas del mercado internacional sin necesidad de desplazarse.

Sin moverse de su ciudad de origen, los empresarios co-lombianos tienen hoy la oportunidad de acceder a un nuevo servicio que ofrece Proexport Colombia: citas de negocios a través de un sistema virtual que requiere me-nos capacidad de internet y ofrece mayor seguridad que los convencionales. Esta herramienta, conocida como te-lepresencia, permitirá a un empresario hablar hasta con cinco compradores de diferentes países en menos de un día, evitándose desplazamientos y gastos en tiempo y dinero.

Son algunas de las ventajas que ofrece la nueva herramien-ta de Proexport Colombia para promover las exportaciones colombianas y la diversificación de mercados.

“Las oficinas regionales e internacionales de Proexport cuentan con esta tecnología que exige menor velocidad de conexión de internet, apenas 500k, y permite ver y escu-char al interlocutor como si estuviera a pocos metros de distancia, con una gran calidad de audio y video”, explicó María Claudia Lacouture, presidenta de Proexport Colombia.

Después de un año de adecuación, Proexport inauguró en Bogotá la sala principal del sistema de telepresencia, y otras en Madrid (España) y Lisboa (Portugal). Próximamente ha-brá en las oficinas de Medellín y Cali en Colombia, en Toron-to (Canadá) y Miami (Estados Unidos).

“Esta tecnología busca generar más oportunidades de nego-cio y abrir nuevos espacios para que las empresas accedan a la información y a las recomendaciones de los comprado-res internacionales y así adecúen su producto o servicio a lo que busca el cliente internacional. Es un herramienta que ofrecerá un servicio importante para las empresas de las regiones”, agregó la Presidenta de Proexport.

Citas de negocios virtuales, el nuevo servicio de Proexport Colombia

Entorno

Boletín 100 - Ju1io 2014 61

Tecnología

El sistema de videoconferencia avanzado facilita una comu-nicación bidireccional o multi-direccional a través de una conexión entre dos o más sedes, posibilitando la opción de compartir la visualización en simultánea de presentaciones, gráficos y los productos ofertados.

La herramienta, que no tiene ningún costo, está disponible para los empresarios interesados en cualquiera de las ofici-nas de Proexport en el país y en los Centros de Información.

Andrés Gómez, gerente comercial de Fibertex, empresa bo-gotana productora de ropa de control, deportiva y calcetería en algodón, que exporta a 28 países con su marca Co’Coon, fue uno de los primeros en utilizar la herramienta.

“Con las citas que se alcanzan a tener con esta tecnología se ahorra en tiempo unas seis semanas por comprador y alrededor de US$5.000 si hablamos de un país cercano. Es una herramienta que permite acercarse mucho más rápido al cliente, optimizar recursos y dedicarse a cumplir con la expectativas del negocio”, señaló el empresario.

Además de permitir citas de negocios virtuales, también ser-virá para ayudar en la validación de la oferta, que es el primer paso antes de encontrarse con un comprador internacional.

“Vamos a programar sesiones permanentes en las que un comprador o experto internacional tenga citas uno a uno con exportadores para que, con sus recomendaciones, puedan adecuar sus productos a las exigencias de un determinado mercado”, sostuvo la Presidenta de Proexport Colombia.

Esta no es la primera herramienta tecnológica que imple-menta Proexport. En la Macrorrueda de Negocios 50, que se realizó en febrero de 2014, organizó la primera Macrorrueda Virtual, en la que participaron 70 exportadores colombianos de 12 departamentos y compradores de cuatro países a tra-vés de un sistema de telepresencia, reportando expectati-vas por más de US$600.000.

Fuente: Proexport

Entorno

Boletín 100 - Ju1io 201462

Actualidad

Unión de Bolsas en la Alianza Pacífico

La Bolsa de Valores de México se integrará a las de Colombia, Perú y Chile, que ya hacían parte del Mila (Mercado Integrado Latinoa-mericano), para cohesionar los mercados de los países de la Alianza del Pacífico.

Cada vez más la unión de Colombia, Perú, Chile y México en la Alian-za del Pacífico va tomando más fuerza, y prueba de ello es la futura integración de los mercados de valores de estos países.

Magali Silva, ministra peruana de Comercio Exterior y Turismo, se-ñaló que “los presidentes van a lanzar ya la integración total de las cuatro bolsas de América Latina. A través del Mila (Mercado Inte-grado Latinoamericano) ya estábamos integrados Colombia, Chile y Perú, pero la bolsa de mayor impacto es la mexicana”.

Silva afirmó que la integración de los mercados de valores de la Alianza del Pacífico, que se estaba trabajando desde diciembre pa-sado, será de “gran impacto” entre los inversionistas, y además destacó que esto implica la libertad total de movimiento de bienes, servicios, capitales y personas.

Para Esteban Tamayo, jefe de Investigaciones Económicas de Ser-finco, la Alianza del Pacífico dinamizará de manera importante el mercado accionario regional, ya que México será el mercado más grande comparado con cualquier miembro del Mila.

Tamayo agregó que el impacto en Colombia será de dos vías. “Pri-mero, gracias a la entrada de México los colombianos tendrán la oportunidad de invertir en un nuevo portafolio de acciones y tendrán la opción de diversificar mucho más su portafolio de renta varia-ble. Segundo, y más importante, las acciones locales observarán un aumento en demanda proveniente de este país y posiblemente se podrá canalizar demanda desde Estados Unidos, sirviendo México como intermediario”.

Integración de México

De igual forma, Alejandro Reyes, jefe de Investigaciones Económicas de Ultrabursátiles, indicó que la bolsa mexicana es lo bastante “buena y grande; en la región es la segunda después de la de Brasil y pues esto obviamente le daría un dinamismo adicional y una visibilidad mayor a las bolsas del Mila, que ya juntas, se ven más atractivas”.

Por eso Reyes agregó que la llegada de México le daría más fuerza al mercado de valores de la Alianza, ya que la Bolsa de cada uno de los países es lo bastante “pequeña” en la región, y mucho más en el mundo.

Sin embargo, este impacto se observará de mediano a largo plazo, ya que falta por mejorar la integración de mercados en temas re-gulatorios y legales. Esto ha sido el caso también con el Mila, en el que los mercados de Chile, Perú y Colombia cuentan con diferentes legislaciones que ponen barreras a algunas transacciones.

Fuente: elmundo.com – Por César Augusto Betancourt Restrepo

Patrocinador Platino

Publicidad pagada mediante el programa de Patrocinadores del INCP. Los patrocinadores del INCP son personas jurídicas que gracias a su aporte, contribuyen al desarrollo integral del profesional contable en Colombia a través de la canalización de recursos económicos que posibilitan al Instituto ejecutar actividades académicas y de investigación. Para mayor información de los diferentes modelos de patrocinio, por favor consulte www.incp.org.co ó solicita le información a [email protected]

Cifras e indicadores mundiales

Boletín 100 - Ju1io 201464

Cifras de interés

Cifras e indicadores mundiales

Boletín 100 - Ju1io 2014 65

Banco Mundial: Resumen de perspectivas mundiales (Junio)

2012 2013 2014f 2015f 2016f

Condiciones mundiales

Volumen del comercio mundial (GNFS) 2.7 2.6 4.1 5.2 5.4

Precios de los productos básicos (en US$)

Productos básicos distintos al petróleo -8.6 -7.2 -2.5 -0.6 0.1

Precio del petróleo (US$ por barril)1 1 105.0 104.1 102.8 99.3 98.1

Flujos de capital internacional hacia los países en desarrollo (% del PIB)2

Países en desarrollo

Ingreso neto de capitales 5.2 5.6 5.6 5.4 5.1

Asia oriental y el Pacífico 4.8 6.1 5.9 5.4 5.0

Europa y Asia central 7.3 6.9 8.0 8.4 8.0

América Latina y el Caribe 5.4 5.9 5.8 5.8 5.5

Oriente Medio y Norte de África 2.3 2.2 1.7 1.8 1.8

Asia meridional 5.6 3.9 4.5 4.5 4.4

África al sur del Sahara 6.4 5.8 5.2 5.3 5.4

Crecimiento real del PIB3

Total mundial 2.5 2.4 2.8 3.4 3.5

Partida pro memoria: Mundo (ponderaciones PPA)4 3.2 3.1 3.4 4.0 4.2

Ingreso alto 1.5 1.3 1.9 2.4 2.5

Zona euro -0.6 -0.4 1.1 1.8 1.9

Japón 1.4 1.5 1.3 1.3 1.5

Estados Unidos 2.8 1.9 2.1 3.0 3.0

Países en desarrollo 4.8 4.8 4.8 5.4 5.5

Asia oriental y el Pacífico 7.4 7.2 7.1 7.1 7.0

Europa y Asia central 1.9 3.6 2.4 3.7 4.0

América Latina y el Caribe 2.6 2.4 1.9 2.9 3.5

Oriente Medio y Norte de África 0.6 -0.1 1.9 3.6 3.5

Asia meridional 5.0 4.7 5.3 5.9 6.3

África al sur del Sahara 3.7 4.7 4.7 5.1 5.1

Fuente: Banco Mundial.

Notas: PPA = paridad del poder adquisitivo; e = estimación; f = proyección.1. Promedio simple de los precios del petróleo Dubai, Brent y West Texas Intermediate.

2. Esta edición de las Perspectivas de la Economía Mundial (GEP, por sus siglas en inglés) utiliza una nueva metodología para medir las corrientes internacionales de capital que se ajusta más a las definiciones implementadas en la sexta edición del Manual de Balanza de Pagos del Fondo Monetario Internacional (FMI). Al usar esta metodología, los capitales que fluyen hacia los países en desarrollo son cerca de 0,5 puntos porcentuales más altos que los informados en ediciones anteriores del GEP, que combinaba datos de la quinta edición de ese Manual con Estadísticas sobre la Deuda Internacional del Banco Mundial.

3. Tasas de crecimiento agregado calculadas usando ponderaciones del PIB en dólares constantes de 2010.

4.Calculado usando ponderaciones de la PPA de 2010.

Análisis

Boletín 100 - Ju1io 201466

Análisis

Boletín 100 - Ju1io 2014 67

Contable

Apenas termina el primer semestre y todavía no respiran tranqui-los los departamentos de contabilidad, luego de enviar información a las entidades de control, atender a los socios en las asambleas, presentar las declaraciones tributarias, los medios magnéticos, dili-genciar ahora los insoportables requerimientos de la UGPP de unas bases de datos e información que no tenían la mayor parte de los software de nómina disponibles, elaborar el balance de apertura del desconocido mundo de las NIIF para los grupos 1 y 3, y sin chance de descanso alguno vino la actualización de la contabilidad que ve-nía atrasada por las múltiples actividades, y luego sí a pensar que se nos viene en el 2014.

Contabilidad bajo NIIF grupos 1 y 3. Luego de atender los rigurosos estudios sobre NIIF normalmente en horarios extendidos de 3 am a 6 am para poder desocupar el resto del día y comenzar a diligenciar las homologaciones y luego los ajustes de NIIF del balance de apertura pre-liminar de Diciembre de 2012, efectuar en serio el balance de apertura de Diciembre de 2013 y comenzar una tarea de llevar dos contabilidades en el período de transición, bajo unas condiciones la mayor de las veces muy lamentables desde el punto de vista del soporte tecnológico.

Hay que preparar el sistema de información con los requerimientos de NIIF con aproximadamente 15 nuevos procesos contables durante el 2014, que suenan lógicos pero implementarlos puede convertirse en toda una historia de terror si no hay una asesoría adecuada. Lo cierto es que el 1 de enero de 2015 se abrirán los saldos de libros de la contabilidad oficial ya bajo NIIF y con unos nomenclaturas des-conocidas, no oficiales, con un valor inicial en el patrimonio por los ajustes del balance de apertura que todavía no sabemos qué nombre darle en Colombia y si se puede distribuir o no entre los accionistas, con unas consecuencias tributarias que también desconoce la mayo-ría de las empresas.

Al 1 de enero de 2015 aparecerán un buen número de nuevos obligados a llevar contabilidad del régimen simplificado bajo el modelo micro del grupo 3.

El grupo 2, deberá preparar el balance de apertura al 31 de diciembre de 2014 bajo el modelo contable pymes.

Nuevos requerimientos de medios magnéticos. Muy pocos han comenzado a evaluar su costosa implementación de cortes mensuales, bimestrales y anuales de casi toda la contabilidad. Pero lo delicado será en el 2015 cuando la contabilidad oficial bajo NIIF no sea la base fiscal, lo cual nos imaginamos se deberá reglamentar antes del 31 de octubre de 2014.

Fuente: Gabriel Vásquez Tristancho, socio INCP, Socio Impuestos Baker Tilly Colombia, Columnista Vanguardia Liberal. Amigo Experto INCP.

Tareas pendientes del departamento contable para

el segundo semestre

Análisis

Boletín 100 - Ju1io 201468

Tributaria

Si Usted es médico, abogado, ingeniero civil, contador, ar-quitecto, técnico o tecnólogo, mecánico, jardinero, entre otros miles de oficios que hacemos los colombianos sin un contrato laboral, bien sea porque decidió ser independiente y estableció su propia oficina como persona natural o por-que no fue posible vincularse mediante contrato laboral y está clasificado en la categoría de empleado, va a tener un problema muy delicado con su declaración de renta 2013 y siguientes, porque el denominado IMAN o impuesto mí-nimo alternativo se calcula sobre los ingresos brutos sin poder Usted tomar ningún costo directo ni deducción por expensas necesarias.

Veamos con unos ejemplos sencillos. Si Usted como abo-gado o médico, persona natural, factura al mes $ 25 millo-nes, y de este valor debe pagar el arriendo de su oficina o consultorio, su secretaria, gastos de papelería, servicios pú-blicos, costo de dos asistentes, en promedio dichos gastos representan $ 10 millones mensuales, con lo cual le queda solamente $ 15 millones de ingresos netos.

Ahora veamos los impuestos que debe pagar y que afectan directamente su ingreso de bolsillo. Por la seguridad social y por retención en la fuente por renta, sin tener en cuenta la distracción del 25% de parte exenta para calcular la reten-ción pero no para pagar el impuesto, le deberían descontar mensualmente el 34% del ingreso bruto, es decir, $ 8,5 mi-llones. Significa que de los $ 15 millones que le quedaban

netos mensuales, solamente dispone Usted de $ 6,5 millo-nes para los demás gastos de gasolina, pago de vehículo, gastos de representación y pago de vivienda.

Pero viene el golpe final, cuando va a presentar su decla-ración de renta y calcula el impuesto por el IMAN, por este ingreso bruto, sin poder deducir ninguno de las expensas necesarias para desarrollar su actividad como trabajador in-dependiente, el impuesto liquidado sería de $ 38,2 millones.

Segundo ejemplo, si Usted tiene contratos por servicios como trabajador independiente y sus facturas al mes son superiores a $ 50 millones y en promedio tiene un margen de utilidad máximo del 15% en la mayoría de las activida-des, le quedarían $ 7,5 millones mensuales. Al final del año le va a tocar pagar por el impuesto mínimo alternativo IMAN la despreciable suma de $ 118 millones, es decir, significa que el producto de todo su trabajo se fue en impuestos y no le quedó absolutamente nada para alimentar a su familia, ni para pagar la vivienda, ni para pagar la educación de sus hijos, ni mucho menos la suya.

Tercer ejemplo, si Usted factura como independiente más de $ 100 millones mensuales por servicios prestados, Usted está quebrado por los impuestos.

Fuente: Gabriel Vásquez Tristancho, socio INCP, Socio Impuestos Baker Tilly Co-lombia, Columnista Vanguardia Liberal. Amigo Experto INCP.

Impuesto IMAN dejará en la quiebra a independientes con ingresos medios y altos

Análisis

Boletín 100 - Ju1io 2014 69

Tributaria

Bancarización un dolor de cabeza sin reversa

Ya muy cerca del cierre del primer semestre, varias preocu-paciones tienen las empresas por la aplicación de las normas vigentes sobre bancarización, a través de las cuales el obje-tivo principal es desconocer costos, deducciones, impuestos descontables y pasivos de los “pagos” que “no” efectúen los contribuyentes o responsables a través del sistema fi-nanciero, entre los cuales destacamos depósitos en cuentas bancarias, giros o transferencias bancarias, cheques girados al primer beneficiario, tarjetas de crédito, tarjetas débito u otro tipo de tarjetas o bonos.

Frente a las consultas efectuadas a la autoridad tributaria sobre dos temas específicos, los pagos a través de los ser-vicios postales y sobre los cheques girados al primer bene-ficiario, la siguiente es la posición de oficial.

Sobre la consulta si dichos pagos se realizan a través de las empresas autorizadas de giros como por ejemplo Servien-trega, Envía, etc, cumplen con los requisitos legales para su aceptación, la autoridad tributaria “reitera que al no tratarse de actividades financieras, los pagos realizados a través de los servicios postales de pago no cumplen con los requisitos analizados en el presente escrito, para efectos del reconoci-miento fiscal como costos, deducciones, pasivos o impues-tos descontables del artículo 771-5 del Estatuto Tributario.”.

La segunda consulta tiene repercusiones mucho más delica-das como se analizará adelante. Sobre los cheques girados al primer beneficiario, señala la autoridad tributaria que el inciso primero del artículo 715 del Código de Comercio esta-

blece “que la negociabilidad de los cheques podrá limitarse insertando en ellos una cláusula que así lo indique, con lo que el legitimado para exigir el pago, puede obtenerlo bien acudiendo directamente ante el banco librado para hacerlo efectivo por ventanilla, o procurar el recaudo, como lo au-toriza la misma preceptiva en su inciso segundo, por con-ducto de un banco, mediante el sistema de compensación bancaria.”

Según la DIAN necesariamente implica la imposición de esta cláusula en el cheque mediante el cual se realice el pago, para efectos del reconocimiento fiscal como costos, deduc-ciones, pasivos o impuestos descontables.”

Pero lo delicado de este último asunto es la no posibilidad de cambiar lo actuado, es decir un camino sin reversa. Significa que “todos” los cheques girados sin este sello de “páguese al primer beneficiario”, entonces serán objeto de controver-sia de manera inmediata. No hay que olvidar que cualquier alteración podría constituir una falsedad y esto sería un do-ble delito, el tributario y el penal.

Y finalmente una cuenta que no se ha efectuado y es que los efectos de estos potenciales rechazos son múltiples porque adicional a renta no habrán ni impuestos descontables en IVA ni aceptación de pasivos.

Fuente: Gabriel Vásquez Tristancho, socio INCP, Socio Impuestos Baker Tilly Co-lombia, Columnista Vanguardia Liberal. Amigo Experto INCP.

Análisis

Boletín 100 - Ju1io 201470

Estándares internacionales

Contrapartida - La medición en la revisión del marco conceptual IFRS

Contrapartida - Los aportes sociales de las cooperativas bajo NIIF

Como consecuencia de las discusiones que se han plantea-do por parte de la fundación IFRS en la revisión del mar-co conceptual, específicamente en el tema de medición es pertinente realizar algunas observaciones sobre los temas presentados en el documento de discusión (DP).

En primer lugar se presenta una definición de medición que sigue apartándose de las propuestas teóricas, conjugando en un solo término dos conceptos que merecería diferenciarse. Estos conceptos son los de la medición y la valoración.

Entendiendo el primero como “la cuantificación de los atribu-tos cualitativos del bien” para luego realizar el proceso de Va-loración: “expresión monetaria de los atributos cuantitativos”.

Tal como IASB lo ha propuesto en su documento de dis-cusión se estaría hablando desde lo teórico de la “valora-ción”, tal como se puede deducir de la definición plantea-da por este organismo regulador: “Proceso mediante el cual se determinan los valores que deben incluirse en los estados financieros”

Indudablemente las estructuras regulativas no pretenden ser bases teóricas de conceptualización por lo cual es válido que se parta de una definición como lo planteada, esto rea-firma el hecho que se reitera respecto de considerar, como algunos lo han empezado a proponer, una estructura regu-lativa como una guía teórica para la enseñanza de la conta-bilidad financiera que induciría a errores de concepto como el que se discute.

En segundo lugar se analiza como los objetivos fijados para el informe financiero de propósito general y sus caracte-

rísticas cualitativas fundamentales, de pertinencia y repre-sentación fiel, junto a las de mejora sirven de guía en las decisiones tendientes a elegir una base de medición por parte de los preparadores de información o para asistir al regulador en los criterios fijados en relación con la discusión de nuevas normas o su revisión.

Es así como IASB propone considerar que el objetivo fijado para la medición debe ser ofrecer información que contribu-ya a una representación fiel de información relevante sobre los recursos de la entidad, las obligaciones que demandan esos recursos y como la administración gestiona los recur-sos de la entidad.

Este debe ser el criterio en el cual se apoyen los preparado-res de información al tomar decisiones respecto de buscar la mejor base de medición para su caso particular teniendo en cuenta el conocimiento del negocio y la forma en la cual los recursos generan flujos de efectivo o van a ser liquidados.

Esta es la esencia de una estructura basada en principios como la que desde su prólogo propone la fundación IFRS, en la cual el preparador de la información debe tomar de-cisiones suficientemente contrastadas teniendo en cuenta los objetivos fijados para el informe financiero, haciendo un buen uso de su experiencia y juicio profesional.

¿Estarán los contadores preparados para cambiar su para-digma de esperar que la norma tome decisiones por ellos?

Fuente: Marcos Ancisar Valderrama Prieto. Tomado de CONTRAPARTIDA. Número 905, Junio 09 de 2014, Publicado en el departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana

Como parte del proceso de revisión del Marco Conceptual IASB, se viene discutiendo lo relacionado a las definiciones de pasivo y patrimonio, llama la atención las diferentes po-sibilidades que se generan en desarrollo de normas particu-lares en relación a estas definiciones.

En términos generales un pasivo es una obligación presen-te de la entidad de transferir un recurso económico como resultado de sucesos pasados. Un recurso económico es un derecho, u otra fuente de valor, que es capaz de producir beneficios económicos. Por ejemplo, instrumentos como pa-sivos financieros, crearían obligación de transferir recursos económicos y los instrumentos de patrimonio no tendrían

la obligación de transferencia de recursos económicos. Pero atendiendo NIC 32, NIIF 2 o CINIIF 2 algunos instrumen-tos de patrimonio, crean obligaciones para la transferencia de recursos económicos y algunos instrumentos de pasivos financieros, no crean ninguna obligación de transferir re-cursos económicos.

Aunque parezcan muy triviales las diferencias de tratamien-to que presentan algunas normas con relación a la definición de pasivo y patrimonio, para algunos entes el tema es de vital importancia, porque en ocasiones su aplicación puede trascender inclusive la esencia del negocio de estos entes. En el caso del sector cooperativo en Colombia, los aportes

Análisis

Boletín 100 - Ju1io 2014 71

Estándares internacionales

sociales deben ser devueltos a sus asociados cuando se des-vinculan de la Cooperativa, siendo esta desvinculación de carácter voluntario, bajo NIIF se tomarían como un pasivo financiero. Pero los aportes sociales mantienen ciertos ele-mentos propios de un instrumento de patrimonio, a pesar que la entidad no se reserva el derecho incondicional de rechazar dichos retiro.

En el Documento de Sustentación de la Propuesta a los Mi-nisterios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, In-dustria y Turismo sobre la aplicación de las Normas Interna-cionales de Información Financiera en Colombia, el Comité de expertos del sector cooperativo presentó el diagnóstico y propuesta de posibles alternativas de tratamiento a los aportes sociales de las cooperativas, señalando tres:

1) Que se dé el carácter de instrumento de patrimonio a los aportes sociales de las cooperativas, no aplicación de NIC 32, NIIF 2 y CINIIF 2.

2) Que se hagan las adecuaciones necesarias en el ordena-miento jurídico colombiano, para que el sector coopera-tivo pueda ajustarse a los estándares internacionales de contabilidad e información financiera, en lo que tiene que ver con el tratamiento de los aportes en las empresas cooperativas.

3) La definición de un plazo de ajuste o de transición sufi-ciente para que las cooperativas incrementen los rubros diferentes al capital social representado en aportes.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública acogió la opción dos. Es oportuno indagar por el avance del tema, teniendo presente que muchas Cooperativas del País pertenecen al Grupo 2 – Pymes y el reloj empieza a correr en su contra.

Fuente: Braulio Adriano Rodriguez Castro. Tomado de CONTRAPARTIDA. Número 908, Junio 16 de 2014, Publicado en el departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana

Cuando se habla de la NIIF 4, surge la inquietud de si las organizaciones que manejan los servicios funerarios o los planes exequiales, están en la obligación de aplicar la norma internacional de información financiera – NIIF 4; y si es así ellos estarán en las condiciones financieras para respaldar las obligaciones, o las contingencias surgidas en el ejercicio de la actividad especial que están desarrollando.

Muchas de estas organizaciones no son compañías de se-guros, y por lo tanto no son consideradas de interés pú-blico, porque de serlo, el rigor exigido sería más amplio en el manejo de sus reservas para eventos catastróficos que se pueden presentar en las siniestralidades del producto que ofrecen.

En relación con el producto ofrecido y con estas compañías que actualmente no son entidades de seguros, deberán uti-lizar la NIIF N°4 para el registro de esta actividad especial y por lo tanto reconocer un contrato de seguros donde la empresa asume el riesgo significativo de aseguradora, con una contraparte (tenedor de la póliza o contrato) que espe-ra sean compensados sus riesgos en caso de que ocurra el evento futuro incierto.

De acuerdo con lo anterior, estas empresas sin estar su-pervisadas, vigiladas o controladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, tendrán que cumplir entre otras obligaciones la prueba de adecuación de los pasivos, reco-nocer las deficiencias en resultados del periodo y valorar los riesgos asociados y los componentes de las contingencias de los eventos futuros inciertos.

No obstante algunas compañías que manejan este produc-to han argumentado que la Ley 795 de 2003, establece que los servicios funerarios no constituyen actividad ase-guradora; argumento que resultó infructuoso, por cuan-to el Consejo Técnico de la Contaduría Pública como ente normalizador en Colombia, aclaró que estas organizaciones deben ceñirse al nuevo marco regulatorio y por lo tanto aplicar la NIIF 4 en su contabilidad. Gran parte de estas compañías pertenecientes al marco regulatorio establecido por el decreto reglamentario N°3022 de 2013, tendrán que incurrir en desembolsos asociados a esta nueva estrategia para llevar su contabilidad, por cuanto las secciones de las NIIF para Pymes no contemplan la actividad aseguradora en actividades especiales, toda vez que en el mundo se considera que ésta actividad es desarrollada por entidades de interés público.

A propósito de interés público, será interesante evaluar si esta actividad realizada por entidades diferentes al sector financiero, está siendo inspeccionada, vigilada y controla-da por la Superintendencia Financiera, en disposición de su misión “de preservar la confianza pública de los ciudadanos y la estabilidad del sistema financiero…” Ejerciendo la ins-pección, vigilancia y control de quienes realizan la actividad aseguradora en Colombia.

Fuente: Rocío Carvajal S. Tomado de CONTRAPARTIDA. Número 906, Junio 16 de 2014, Publicado en el departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Univer-sidad Javeriana

Contrapartida - NIIF 4 para organizaciones que manejan los servicios funerarios o los

planes exequiales

Análisis

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Tributaria

Como es sabido, con la expedición de la Ley 1607 de 2013, se suscitó un cambio significativo en la forma de calcular la retención en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta, a favor de una persona natural asalariada o independiente.

Para el efecto, señala la norma que el beneficiario del pago deberá con antelación entregar una confesión donde evi-dencie si pertenece o no a la categoría de empleados.

A su vez, el gobierno nacional expedido en principio el De-creto 0099 de 2013 y posteriormente el 1070 de 2014, los cuales reglamentaron la ley sobre esta materia, indicando especialmente, que la renta exenta del 25% señalada en el numeral 10 del artículo 206 del Estatuto tributario, también procede sobre los pagos o abonos en cuenta de las personas naturales que no provengan de una relación laboral, o legal y reglamentaria.

No obstante, pareciera que a la autoridad fiscal se le olvido que esta exención consagrada en el numeral 4 del artícu-lo 2 del Decreto 1070 de 2014, sobre los pagos diferentes de salarios de las personas naturales categoría empleados, también procede a la hora de elaborar la declaración de ren-ta por el año gravable 2013, si por dicho periodo estuvo in-cursa en la categoría de “empleados” y que por consiguiente deba utilizar el formulario 210 prescrito en la resolución 093 del 8 de abril de 2014.

Se concluye lo anterior debido a que observando el instruc-tivo para la casilla 63, el fisco da a entender que el beneficio

de renta exenta al tenor de la norma descrita en el inciso anterior, aplica exclusivamente sobre el total de los pagos laborales recibidos en el año.

Lo dicho hasta aquí significa, que tal despropósito irá en contra del principio de equidad, pues no tiene sentido que para efectos de la retención en la fuente, si aplique, pero se excluya en la depuración de la declaración de la renta sobre los ingresos recibidos por concepto de honorarios, comisio-nes o servicios como categoría empleado.

Por otra parte, en lo concerniente al renglón 48, señala el instructivo que la deducción por concepto de dependientes, no podrá superar el 10% de los ingresos brutos recibidos como empleado, en otras palabras, da a entender que no se tendría en cuenta el límite máximo de las 385 UVT en el año (32x12), definidas desde el comienzo en el numeral 3 del artículo 2 del Decreto 0099 de 2013.

Como se puede observar, son tantos los interrogantes que hay alrededor de este formulario, que sin duda lo que va a pasar, es que muchos contribuyente cometan errores que al final serán ocasionados por la misma autoridad fiscal, en la medida que no son claros y concisos a la hora de redactar las normas.

Fuente: Cesar Evelio Anzola Aguilar. Tomado de CONTRAPARTIDA. Número 902, Junio 09 de 2014, Publicado en el departamento de Ciencias Contables de la Ponti-ficia Universidad Javeriana

Contrapartida - Dudas sobre la retención en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta

Análisis

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Estándares internacionales

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Normatividad

Boletín 100 - Ju1io 201474

Normatividad

Boletín 100 - Ju1io 2014 75

Encuentre en nuestro portal web, haciendo clic sobre el en-lace indicado, la siguiente información destacada del mes.

Contable

Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría PúblicaNorma: Elementos que se deben tener en cuenta para la determinación de la vida útil indefinida de un activo intangible.Descripción: Para determinar la vida útil indefinida de un activo intangible, es preciso considerar los factores econó-micos y legales que pueden influir en el activo. La vida útil a seleccionar será la menor entre las definidas por estos factores, y en este análisis se debe incluir el período de renovación de los derechos legales siempre y cuando exista evidencia que respalde la renovación de un costo significa-tivo. Cabe aclarar que la NIC 38 no señala factores especí-ficos a revisar puesto que depende de las características y prácticas de cada entidad.Regulación: Concepto 196 / 12-05-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública

Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría PúblicaNorma: ¿Las cuotas extraordinarias que se recauden en las copropiedades, se deben registrar como un pasivo diferido?Descripción: Los recursos provenientes de una cuota extraordinaria ordenada para un fin específico, aparte de aquellos acumulados en el fondo de imprevistos, deben contabilizarse como una cuenta de naturaleza pasiva. De manera que si las cuotas extraordinarias tienen como ob-jetivo recaudar fondos necesarios para atender gastos para el normal funcionamiento de una unidad residencial que no pueden ser cubiertos con los recursos del Fondo de Impre-vistos, su registro debe efectuarse como un ingreso.Regulación: Concepto 134 /12-05-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública

Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría PúblicaNorma: ¿Qué estados financieros están obligados a llevar los administradores de edificios?Descripción: De acuerdo con el Decreto 2649 de 1993, los administradores de edificios deben presentar el informe anual a la asamblea general de copropietarios, incluyendo el inventario y balance, el balance general el estado de ingre-sos y egreso, mas conocido como estados de resultados y la correspondiente ejecución presupuestal.Regulación: Concepto 182 / 12-05-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública

Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría PúblicaNorma: ¿Cómo se identifica los casos en que una empresa se hace cargo de la recuperación de la cartera?Descripción: Los pagarés y cheques entregados como me-dio de garantía, son indicativos de que la compañía conti-núa asumiendo el riesgo sobre la recuperación de la cartera, dado que la empresa no se desprende de los riesgos inhe-rentes a esta y por lo tanto, asume cualquier pérdida que

se dé, así las cosas deberá mantener las cuentas por cobrar en su contabilidad.Regulación: Concepto 34 / 21-05-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública

Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría PúblicaNorma: Normas contables se aplican de acuerdo a la activi-dad principal que ejerce la entidad comercial.Descripción: CTCP aclaró que la contabilidad de una en-tidad debe ser llevada bajo un tipo exclusivo de normati-vidad, es decir en el evento en que deban aplicarse nor-mas correspondientes al sector privado, estas se aplicarán de manera uniforme a todos los hechos económicos de la entidad. Razón por la cual, la federación consultante debe realizar un análisis de las actividades desarrolladas por la misma, con el fin de determinar cuáles su actividad principal y de esta forma establecer cuales son las normas que se deben aplicar.Regulación: Concepto 177 / 21-05-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública

Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría PúblicaNorma: SuperSociedades presentó guía de aplicación ge-neral para la reclasificación de tipo contable de las mi-croempresas.Descripción: CTCP informó que la Superintendencia de So-ciedades presentó una guía de aplicación general que mues-tra el procedimiento que se debe seguir por parte de las sociedades comerciales calificadas como microempresas, para realizar los ajustes y reclasificaciones de tipo contable que surgen como consecuencia del nuevo marco a que se deben sujetar este tipo de sociedades para la preparación y presentación de su información.Regulación: Concepto 201 / 21-05-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública

Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría PúblicaNorma: ¿Qué entidades están exentas de realizar el cálculo del impuesto de renta diferido?Descripción: Las entidades sin ánimo de lucro no están sujetas al gravamen del impuesto a la renta, de manera que no tendrán que realizar el cálculo del impuesto de renta diferido sobre las diferencias temporales que no afectan la renta líquida gravable.Regulación: Concepto 96 / 11-04-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública

Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría PúblicaNorma: ¿Cuáles con los tipos de descuentos en los que se pueden beneficiar los clientes de las diferentes entidades? Descripción: CTCP aclaró que existen 2 clases de des-cuentos, el comercial y el condicionado el primero que no se reconoce contablemente puesto que figura en la factura y el valor que se contabiliza es el valor neto de la factura. El descuento condicionado, es un descuento que depende de las políticas de la empresa hacia los clientes y se hará efectivo en el momento en que se cumplan las condicio-nes exigidas para su otorgamiento; en ese momento, se llevará a la contabilidad como un menor valor del servicio turístico adquirido.Regulación: Concepto 184 / 21-05-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública

Normatividad

Boletín 100 - Ju1io 201476

Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría PúblicaNorma: ¿El parentesco afecta que el contador de una em-presa firme los balances?Descripción: CTCP informó que no existe un impedimento expreso en el que se prohíba a un contador público firmar los estados financieros de una entidad en la cual el repre-sentante legal es un familiar en segundo grado de consan-guinidad, razón por la cual el contador puede avalar con su firma los balances que sean solicitados para verificar el estado financiero de la empresa. Regulación: Concepto 251 / 09-05-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública

Estándares Internacionales

Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría PúblicaNorma: ¿Las NIIF son aplicables a las empresas en proceso de reorganización empresarial?Descripción: CTCP aclaró que el concepto de “proceso de reorganización” constituye una de las hipótesis fundamen-tales de las NIIF y de los principios de contabilidad general-mente aceptados en Colombia, por lo cual, si es inminente la liquidación de una entidad o su disolución, el marco téc-nico de los grupos 1, 2 o 3 no sería aplicable; en este caso se aplicarían las directrices contables establecidas para las empresas en liquidación. En estas circunstancias, la enti-dad debe evaluar la situación para establecer sí está afecta-ción de la hipótesis de proceso de reorganización implica un cambio de las políticas contables aplicadas. Regulación: Concepto 171 / 12-05-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública

Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría PúblicaNorma: Entidades que cuenten con una planta de personal mayor a 10 y hasta 200 harán parte del grupo 2 de las NIIFDescripción: CTCP aclaró que con base en el Decreto 3022 de 2013, pertenecen al Grupo 2 de las NIIF las entidades que no se clasifiquen en lo grupos 1 o 3, es decir aque-llas que cuenten con una planta de personal mayor a 10 y hasta 200 trabajadores o con activos entre 500 y hasta 30.000 SMMLV, lo que equivale a la suma de $294.750.000 a $17.685.000.000. Regulación: Concepto 49 / 21-05-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública

Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría PúblicaNorma: CTCP aclaró sobre los cambios introducidos por las normas internacionales de información financiera (NIIF) respecto a la propiedad horizontal.Descripción: Luego de la implementación de las normas internacionales, surgen algunas incógnitas acerca de los cambios introducidos y las incidencias que tienen dentro de la contabilidad de la propiedad horizontal, por ejemplo, cómo se debe registrar el fondo de imprevistos, las cuo-tas extraordinarias, o para el caso concreto, como regis-trar la inversión de una planta eléctrica y transformadores financiados mediante un crédito. Respecto a estas dudas, el CTCP se remitió a las Normas Internacionales de Infor-mación Financiera, y sostuvo que, el tratamiento contable

por el fondo de imprevistos y las cuotas extraordinarias con-tinuará siendo el tratado por la orientación profesional de la contaduría pública en entidades de propiedad horizontal. Respecto a la adquisición de activos fijos, afirmó que de acuerdo con la definición de propiedad, planta y equipo, es-tos serán activos tangibles que se mantendrán para su uso en la producción o suministro de bienes o servicios, para arrendarlos a terceros o con propósitos administrativos, y que se esperan usar durante más de un período.Regulación: Concepto 69 / 21-05-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública

Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría PúblicaNorma: ¿Debería consolidarse aquella entidad sin ánimo de lucro que recibe donaciones con la compañía multinacional que la fundó?Descripción: CTCP aclaró que si los ingresos que recibe la Fundación por parte de la compañía multinacional tiene una destinación específica, la operación se debe asimilar a las subvenciones del gobierno tratadas en las NIC20 de acuerdo a la jerarquía normativa establecida en NIC 8.11 y 8.12, en la cual se establece que una subvención se debe “reconocer en resultados sobre una base sistemática a lo largo de los periodos en los que la entidad reconozca como gasto de los costos relacionados que la subvención preten-de compensar”. Regulación: Concepto 84 / 27-03-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública

Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría PúblicaNorma: ¿Qué requisitos debe cumplir una entidad para per-tenecer al grupo 1 de las NIC?Descripción: El CTCP aclaró que para conocer si la entidad pertenece al grupo 1 se debe evaluar si cumple con los li-terales A o B del artículo 1 del decreto 2784 de 2012; si no los cumple, debe llegar a cumplir con alguno de los requi-sitos contenidos en el literal C, en términos de empleados activos. Si cumple con estos requisitos, de manera necesa-ria debe cumplir alguna de las condiciones relativas a las relaciones de inversión y operaciones de comercio exterior citadas en este literal.Regulación: Concepto 119 / 10-04-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública

Entidad: Consejo Técnico de la Contaduría PúblicaNorma: Los que con los cambios del decreto 3024 de 2013, están obligados al grupo 1 de las NIIF, no tienen opción de acogerse al cronograma de otro grupoDescripción: Se considera que no es equitativo que quie-nes decidan voluntariamente pertenecer al Grupo 1, estan-do obligados a ser parte del Grupo 2, si tengan la opción de acogerse al cronograma de este Grupo, de acuerdo con lo dispuesto en el parágrafo 4 del artículo 3 del Decreto 3022 de 2013, mientras quienes resulten obligados a ser parte del Grupo 1 como consecuencia de los cambios introducidos por el Decreto 3024 de 2013, no puedan hacerlo.Regulación: Concepto 104 / 21-05-2014 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública

Entidad: Superintendencia Financiera de ColombiaNorma: La SuperFinanciera aclaró los aspectos a tener en cuenta para presentar el informe de auditoría al estado de situación financiera de apertura

Normatividad

Boletín 100 - Ju1io 2014 77

Descripción: La Superintendencia Financiera de Colombia buscando que los preparadores de información del Grupo 1 vigilados realicen en forma ordenada y planificada la con-vergencia hacia el marco técnico normativo anexo al Decre-to 2784 de 2012, requirió a los revisores fiscales de dichas entidades para que el informe de auditoría al ESFA, tenga en cuenta las condiciones enunciadas en la presente cir-cular, reiterando que el objetivo del informe de auditoría al ESFA es lograr aumentar la confianza de sus usuarios y obtener seguridad razonable que el mismo ha sido prepara-do de conformidad con el marco técnico normativo anexo al Decreto 2784 de 2012, y demás que normas modificatorias, y que se encuentra libre de errores materiales. Regulación: Circular Externa 13 / 12-06-2014 / Superin-tendencia Financiera de Colombia

Entidad: Superintendencia Financiera de ColombiaNorma: Planes de implementación del proceso de conver-gencia hacia las normas internacionales de información fi-nancieraDescripción: Superfinanciera aclaró que de conformidad con lo establecido en la Resolución 743 del 17 de diciembre de 2013, “Por la cual se incorpora en el Régimen de Conta-bilidad Pública, el marco normativo aplicable para algunas empresas sujetas a su ámbito y se dictan otras disposicio-nes”, el Régimen de Contabilidad Pública que algunos pre-paradores de información financiera deben aplicar corres-ponde al marco técnico normativo contenido en el anexo del Decreto 2784 de 2012. Dichos preparadores de información se referencian en la presente circular.Regulación: Carta Circular 57 / 12-06-2014 / Superinten-dencia Financiera de Colombia

Tributario

Entidad: DIANNorma: Para la procedencia del beneficio de exclusión del IVA en la importación de bienes donados, no se pueden es-tablecer condicionamientos adicionales a los previstosDescripción: Para efectos de la utilización del beneficio en la que se exentan del Impuesto Sobre las Ventas (IVA) a las entidades sin ánimo de lucro, se verifica que en la dispo-siciones reglamentarias que no se consagran restricciones por razón de la existencia de vinculación entre el donante y el donatario y tampoco establecen un término perento-rio para la adquisición de los bienes con dineros provenien-tes de donaciones. De manera que para la procedencia del beneficio de exclusión del impuesto sobre las ventas en la importación de bienes donados, no se pueden establecer condicionamientos o requisitos adicionales a los previstos en las disposiciones vigentes.Regulación: Concepto 26630 / 29-04-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Entidad: DIANNorma: La resolución de compensación no es la que deter-mina la fecha del pago del impuesto, sino la procedencia o

no para efectuar el cruce de saldos deudores y acreedores del contribuyenteDescripción: Se debe entender en qué fecha nace el cré-dito para el contribuyente, de manera que al respecto, se observa que a la luz del artículo 803 del Estatuto Tributario, la jurisprudencia y la doctrina han sostenido reiteradamente que para los saldos a favor generados en las declaracio-nes del impuesto sobre las ventas, se tiene como fecha de consolidación el último día del respectivo período gravable. Consecuente con lo anterior, la resolución de compensación no es la que determina la fecha del pago del impuesto, sino la procedencia o no para efectuar el cruce de saldos deudo-res y acreedores del contribuyente.Regulación: Concepto 27420 / 06-05-2014 / Dirección Na-cional de Impuestos y Aduanas Nacionales

Entidad: DIANNorma: No es aplicable la exclusión del IVA a la importa-ción de bienes a través de envíos o entregas urgentesDescripción: Las empresas intermediarias de tráfico postal y envíos urgentes no pueden aplicar la exclusión del im-puesto sobre las ventas por la importación de bienes obje-tos de envíos o entregas urgentes cuyo valor no exceda de doscientos dólares USD$200, por cuanto su aplicación se encuentra sujeta a reglamentación.Regulación: Concepto 24790 / 15-04-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Entidad: DIANNorma: La DIAN procedió a ampliar el concepto de aplica-ción del artículo 771-5 del estatuto tributario, sobre medios de pago para la aceptación de costos de deducciónDescripción: Según o determinado en el artículo 771-5 del Estatuto Tributario, sólo se aceptará fiscalmente como costos, deducciones, pasivos o impuestos descontables, los pagos en dinero en efectivo que realicen los contribuyentes y responsables, los cuales correspondan al menor valor que resulte de comparar entre los porcentajes que señala el pa-rágrafo del artículo 771-5 del total pagado de acuerdo con el año que se trate o cien mil (100.000) UVT, y el porcentaje establecido por la misma disposición para cada periodo, de los costos y deducciones totales del contribuyente o res-ponsable. Entonces, los pagos en efectivo que excedan el menor valor que resulte, de acuerdo con los parámetros an-teriores, serán beneficiarios del reconocimiento fiscal como costos, deducciones, pasivos o impuestos descontables, se-gún corresponda.Regulación: Concepto 30266 / 19-05-2014 / DIAN

Entidad: DIANNorma: Procedencia de la deducción de gastos por concep-to de interés subcapitalizadoDescripción: DIAN aclaró que la deducción de gastos por concepto de intereses subcapitalizado, solo serán proceden-tes siempre que las obligaciones que generan intereses no excedan 3 veces el valor del patrimonio líquido del contribu-yente a diciembre del año inmediatamente anterior, restric-ción que aplica a los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, con las únicas excepciones con-sagradas en la norma.Regulación: Concepto 30265 / 16-05-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Normatividad

Boletín 100 - Ju1io 201478

Entidad: DIANNorma: ¿La diferencia en cambio se debe considerar como un ingreso gravado para determinar el CREE?Descripción: Se considera que tanto para el impuesto so-bre la renta, como para el impuesto sobre la renta CREE, el ajuste negativo resultado de la diferencia en cambio sobre una inversión en moneda extranjera constituye un gasto período.Regulación: Concepto 29006 / 12-05-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Entidad: DIANNorma: ¿Cuál es el periodo gravable del impuesto sobre las ventas para aquel que estaba sujeto al régimen simplificado y ahora pertenece al común?Descripción: La persona natural que había pertenecido al régimen simplificado del impuesto sobre las ventas y luego deje de cumplir alguno(s) de los requisitos previstos en el artículo 499 del Estatuto Tributario, habrá de enten-derse incorporada al Régimen Común y Conforme al artí-culo 600 del referido Estatuto del período gravable anual, cuatrimestral o bimestral, el cual se determina teniendo en cuenta el total de ingreso bruto a 31 de diciembre del año gravable anterior. Regulación: Concepto 30117 / 16-05-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Laboral

Entidad: Ministerio de TrabajoNorma: Los trabajadores que hayan perdido su ocupación podrán acceder a un seguro de desempleoDescripción: El Viceministro de Empleo y Pensiones, Juan Carlos Cortés, instó a los trabajadores que han perdido el empleo en el último año y que no han solicitado el Seguro de Desempleo, para que se acerquen a las Cajas de Com-pensación Familiar y realicen el trámite correspondiente. El Seguro de Desempleo permite tener acceso a salud, cotizar a pensión y recibir el pago de la cuota monetaria si era merecedor, a aquellas personas que hayan estado afiliadas a una Caja de Compensación Familiar un año dentro de los últimos 3 años como persona dependiente, o 2 años dentro de los últimos 3 años como independientes.Regulación: Comunicado de Prensa 68 / 27-05-2014 / Mi-nisterio de trabajo

Entidad: Ministerio de TrabajoNorma: La obligación que tiene el contratante de afiliar a riesgos laborales al contratista no aplica para aquellos sus-critos con calidad de prestación de serviciosDescripción: En busca de brindar claridad sobre la obliga-ción de afiliar a riesgos laborales a los trabajadores de una sociedad contratista por parte de la empresa contratante, el Ministerio de Trabajo se remitió a lo dispuesto por el Decre-to 723 de 2013, que tiene por objeto establecer las reglas para llevar a cabo la afiliación, cobertura y pago de aportes en el Sistema General de Riesgos Laborales de las perso-nas vinculadas a través de contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas,

tales como contratos civiles, comerciales o administrativos. Así las cosas, explicó el ministerio, que el citado Decreto no aplica para aquellos contratos de prestación de servicios suscritos con personas jurídicas, ya que dichos contratis-tas tienen en su calidad de empleadores, la obligación de efectuar la correspondiente afiliación al Sistema de Riesgos Laborales de los trabajadores dependientes a su cargo, y a su vez de los contratistas personas naturales o trabajadores independientes de alto riesgo con los que tenga vínculo.Regulación: Concepto 28293 / 20-02-2014 / Ministerio de Trabajo

Entidad: Ministerio de TrabajoNorma: ¿Quién debe responder por la incapacidad de un empleado?Descripción: Es claro que por los primeros 180 días de incapacidad, la EPS a la cual se encuentre afiliado el traba-jador, deberá atender el pago del auxilio económico y pos-teriormente dicha prestación estará a cargo de la AFP, siem-pre y cuando exista concepto favorable de rehabilitación o mientras se determina la pérdida de capacidad laboral, a efectos de establecer el eventual otorgamiento de una pen-sión de invalidez, en virtud de la interpretación constitucio-nal que en esta materia ha efectuado la citada Corte.Regulación: Concepto 53253 / 31-03-2014 / Ministerio de Trabajo

Entidad: Ministerio de TrabajoNorma: ¿Qué requisitos son necesarios para acceder a la exoneración de aportes al SENA y al ICBF?Descripción: La exoneración del empleador de los aportes del SENA y al ICBF, así como de las cotizaciones al Régi-men contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud, se aplica en el caso de las personas naturales, siempre que se tengan contratados dos a más trabajado-res, mediante un contrato de trabajo, los cuales individual-mente devenguen menos de diez salarios mínimos legales mensuales vigentes y que cumpla a cabalidad con todas las obligaciones laborales, recordando que la normatividad no contempla en una exoneración del aporte a las cajas de compensación familiar. Regulación: Concepto 34604 / 28-02-2014 / Ministerio de Trabajo

Comercial

Entidad: Superintendencia de SociedadesNorma: Las personas que desarrollan actividades dentro de una compañía multinivel no se convierten en comerciantes por esta actividadDescripción: En lo referente a la actividad que desarrolla la compañía multinivel o comercializadora de bienes o ser-vicios mercantil en los términos del Código de Comercio, las personas que participan en la venta y/o distribución de sus bienes o servicios no se convierten en comerciantes por ese hecho, es una condición que se predica de las perso-nas naturales o jurídicas que en forma habitual, nombre

Normatividad

Boletín 100 - Ju1io 2014 79

propio y con finalidad de lucro desarrollan tales actividades como medio de vida, condiciones que se echan de menos en los vendedores independientes, cuando su actividad en la gran mayoría de los casos es eventual y/o temporal; se encuentran sujetos a los términos de un contrato suscrito, cualquiera que sea la clase o denominación del vínculo con-tractual; uno de los derechos de orden legal es la facultad para dar por terminado el vínculo contractual, en cualquier tiempo y en forma unilateral, circunstancias extrañas a la condición del comerciante, persona natural, establecida en el Ordenamiento Mercantil. Regulación: Concepto 220038682 / 13-03-2014 / Superin-tendencia de Sociedades.

Entidad: Superintendencia de Industria y Comercio Norma: Finalidad y objetivo de la protección del derecho a la libre competencia.Descripción: En cuanto a al derecho de libre competencia económica se supone responsabilidades para las empresas como base del desarrollo, el cual tiene una función social que implica obligaciones, con la finalidad a que el Estado fortalezca las organizaciones solidarias y estimulará el de-sarrollo empresarial, impidiendo mediante mandato legal, la obstrucción o que se restrinja la libertad económica y evi-tará o controlará cualquier abuso que personas o empresas hagan de su posición dominante en el mercado nacional. La normatividad que se expide en lo referente a libre compe-tencia tienen como objetivo preservar y promover mercados competitivos, teniendo en cuenta los resultados benéficos que produce para el interés general.Regulación: Concepto 58954 / 30-04-2014 / Superinten-dencia de Industria y Comercio

Entidad: Superintendencia de Industria y Comercio Norma: ¿Recibir donaciones con el uso de una marca puede generar cuestiones legales atinentes al derecho a la com-petencia?Descripción: SIC aclaró que lo que se sanciona no es la infracción de alguna ley por un agente económico determi-nado sino el hecho a que dicho agente haya obtenido una ventaja significativa, es decir, una disminución de los costos de producción o distribución de los productos o servicios de que se trate, o el acceso privilegiado al mercado, como consecuencia de la infracción a dicha ley.Regulación: Concepto 71135 / 20-05-2014 / Superinten-dencia de Industria y Comercio

Entidad: Superintendencia de Industria y Comercio Norma: ¿Procede la solicitud de patente por parte de una unión temporal?Descripción: Podrán ser titulares de una patente solamen-te personas naturales y jurídicas, por lo cual las Uniones Temporales, al no encajar en ninguno de dichos conceptos, no podrán ser titulares de una patente, así mismo, dado que la capacidad de representación del vocero de la Uniones Temporales se ha otorgado por el ordenamiento jurídico de manera exclusiva para efectos de la contratación estatal, no es posible que éste represente a las personas naturales y jurídicas que la conforman a efectos de presentar una soli-citud de patente. Sin embargo, es posible que en virtud de

la figura del apoderamiento se otorgue a al representante de la Unión Temporal la representación de aquellos que la conforman a efectos de que eleve la solicitud a efectos del trámite de solicitud del privilegio de patente, el cual de ser exitoso culminará con el otorgamiento de dicho derecho en cabeza de las personas naturales o jurídicas en nombre de las cuales se formuló la solicitud.Regulación: Concepto 267813 / 24-01-2014 / Superinten-dencia de Industria y Comercio.

Entidad: Superintendencia de Industria y ComercioNorma: ¿Qué término tiene la SIC para pronunciarse sobre una integración empresarial?Descripción: Como condición para que empiece a correr el plazo de tres meses para que la Superintendencia se pro-nuncie respecto de una integración empresarial, es que las empresas intervinientes hayan suministrado la totalidad de la información que se les ha solicitado, teniéndose como empresas intervinientes aquellas empresas que hacen parte de la operación de integración que se proyecta realizar y que ejercen una misma actividad económica o pertenecen a la misma cadena de valor y que puede tener efectos en el mercado nacionalRegulación: Concepto 5139 / 03-02-2014 / Superinten-dencia de Industria y Comercio

Aduanero

Entidad: DIANNorma: ¿Con qué término cuenta la subdirección de ges-tión de fiscalización aduanera, para recaudar pruebas, en un procedimiento administrativo aduanero?Descripción: La práctica de pruebas en el procedimiento administrativo aduanero por parte de la subdirección de Gestión de Fiscalización Aduanera en el territorio nacional será de dos meses, o de tres meses cuando se deba practi-car en el exterior, y correrá a partir de la ejecutoria del acto que la decretó. Regulación: Concepto 30264 / 16-05-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Entidad: DIANNorma: El propietario de una mercancía que se encuentra en zona franca, puede disponer de ella, previo el cumpli-miento de los requisitos exigidosDescripción: Operaciones permanentes y transitorias: La venta de los saldos de materia prima no utilizable en el pro-ceso industrial de los productos finales, es una actividad ex-cepcional en el desarrollo industrial del proceso y por tanto en tal evento esta circunstancia debe quedar plenamente justificada y documentada a fin de obtener la autorización de la operación por parte del usuario operador.Regulación: Concepto 30261 / 16-05-2014 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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“En términos generales, las notas a los estados financieros son explicaciones que amplían el origen y significado (sic) de los datos y cifras que se presentan en dichos estados, proporcionan información acerca [...] Ver más

IASB publica propuestas como parte de la Iniciativa de cambios en revelaciones

El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad el 25 de marzo 2014 publicó con el objetivo de obtener comen-tarios un Proyecto de Norma para esbozar propuestas de modificación a la NIC [...] Ver más

Lo que todo Auditor de información financiera debe conocer de la NIA 610, Uso del Trabajo de Auditores Internos

La norma internacional de auditoria 610 manifiesta que de acuerdo con la Norma Internacional de Auditoria 315 el auditor externo puede determinar si es necesaria e impor-tante la función de auditoría interna [...] Ver más

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3. Grupo 1

Los que con los cambios del decreto 3024 de 2013, están obligados al grupo 1 de las NIIF, no tienen op-ción de acogerse al cronograma de otro grupo

Se considera que no es equitativo que quienes decidan vo-luntariamente pertenecer al Grupo 1, estando obligados a ser parte del Grupo 2, si tengan la opción de acogerse al cronograma de este Grupo, de [...] Ver más

¿Qué requisitos debe cumplir una entidad para perte-necer al grupo 1 de las NIC?

El CTCP aclaró que para conocer si la entidad pertenece al grupo 1 se debe evaluar si cumple con los literales A o B del artículo 1 del decreto 2784 de 2012; si no los cumple, debe llegar a cumplir con alguno [...] Ver más

¿Cómo se aplican las NIIF de los grupos 1 y 3 de las empresas?

Consejo Técnico de la Contaduría Pública aclaró que el gru-po 1 de las empresas aplicará las NIIF completas, y para el Grupo 3 se dará aplicación la NIIF para las Micro Empresas, sin embargo, este tema no se [...] Ver más

Supersociedades solicita el estado de situación finan-ciera de apertura – ESFA - para las sociedades que se clasificaron en el Grupo 1.

Mediante la circular externa 115-000004 la Superintenden-cia de Sociedades con base en las facultades de inspección, vigilancia y control otorgadas por la ley, solicita y establece los plazos y requisitos mínimos para la [...] Ver más

Entidades comerciales podrán aplicar el marco nor-mativo del grupo 1 y sujetarse al cronograma del gru-po 2 de las NIC

De acuerdo con lo establecido en el parágrafo 4 del artículo 3 del Decreto 3022 de 2013. “Las entidades señaladas en el artículo 1 de este Decreto, podrán voluntariamente aplicar el marco técnico normativo [...] Ver más

¿Está obligada a preparar estados financieros bajo NIIF, una empresa calificada dentro del grupo 1 que lleva un proyecto de construcción culminado en 2014?

En Colombia, están obligadas a presentar información fi-nanciera de acuerdo con las Normas de Información Finan-ciera (NIIF), los entes económicos clasificados dentro del Grupo 1 teniendo en cuenta los [...] Ver más

Guía de Orientación emitida por la Superintendencia de Sociedades para la aplicación por primera vez del Marco Técnico Normativo para Preparadores de infor-mación financiera pertenecientes al Grupo 1

El país viene desarrollando el proceso de convergencia a estándares internacionales contables, de información finan-ciera y de aseguramiento de información como lo señaló la Ley 1314 de 2009, con el propósito de apoyar la internacio-nalización de las relaciones económicas, con [...] Ver más

¿Cómo saber si una empresa pertenece a la clasifica-ción del grupo 1 NIIF?

Independientemente de la superintendencia que vigile al ente económico, de acuerdo con el Decreto No. 2784 de 2012 y sus modificaciones, pertenecen al grupo No. 1: los emisores de valores, las entidades y negocios de interés público y las entidades que no cuenten con una planta de [...] Ver más

Entidades de grupos 1 y 3 NIIF deberán llevar su con-tabilidad de manera eficaz

MinCit aclaró que durante los años 2013 y 2014 las enti-dades que hagan parte de los grupos 1 y 3 deben llevar su contabilidad de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 2649 de 1993, incluyendo la valoración de sus pasivos por beneficios. Al mismo tiempo, en el caso de las entidades [...] Ver más

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Clasificación de la compañía para efectos de NIIF, siendo que la empresa no cumple con los requisitos para pertenecer al grupo 1

La entidad deberá revisar lo establecido en los Decretos 2784 de 2012 y 3024 de 2013, para determinar el grupo al cual pertenece. Salvo por lo establecido para las importa-ciones y exportaciones, un hecho económico ocurrido en el año 2013 no tendría efecto en la evaluación, ya que en los Decretos [...] Ver más

Especificaciones que debe cumplir una empresa para saber que pertenece al grupo No. 1

Para conocer si la entidad pertenece al Grupo No. 1 se debe evaluar si cumple con los literales a) o b) del artículo 1º del Decreto 2784 de 2012 modificado por el Decreto 3024 de 2013. Si no los cumple, debe llegar a cumplir alguno de los requisitos contenidos en el literal c), en términos de em-pleados o de activos [...] Ver más

Pertenencia al grupo 1 dentro de la clasificación para la aplicación de las normas de información financiera debe estimarse de conformidad a la norma legal

Para conocer si la entidad pertenece al grupo 1 se debe evaluar si cumple con los literales a o b del artículo 1 del Decreto 2649 de 2012, si no los cumple debe llegar a cum-plir con alguno de los requisitos contenidos, en términos de empleados o de activos pero adicionalmente y de manera [...] Ver más

Preparación de estados financieros de grupo 1 frente a implementación de NIIF debe seguir en forma es-tricta los consecuentes periodos para ello

De conformidad con el cronograma de aplicación del marco técnico normativo para los preparadores de información fi-nanciera del Grupo 1, que está contemplado en el decreto 2784 de 2012 los primeros estados financieros se preparan con corte al 31 de diciembre de 2015, [...] Ver más

Para conocer si una entidad pertenece al Grupo 1 des-de el punto de vista contable, es necesario analizar el cumplimiento de los criterios legales pertinentes

De conformidad a este concepto, se establece la necesidad de acudir a lo establecido en el Decreto 2784 de 2012, con respecto a la emisión de valores por parte de la misma; que sean entidades de interés público; o entidades que tengan planta de personal superior a 200 trabajadores, [...] Ver más

La empresa para la cual trabajo está clasificada en el Grupo 1 o 2?

Para conocer si la entidad corresponde al grupo 1 es necesa-rio analizar el cumplimiento de los criterios del artículo 1 del Decreto 2784 de 2012: a) Emisores de valores, b) Entidades de interés público, c) Entidades diferentes. Por lo anterior, para el caso planteado donde la empresa [...] Ver más

Grupos 1, 2 y 3 deben usar su información contable y aplicarlas a NIIF de conformidad a lo establecido en las normas sobre la materia.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública informa que tanto los grupos 1 y 3 ya se encuentran reglamentados, frente a la aplicación de los Decretos 2784 de 2012 y 2706 de 2012, respectivamente, quedando pendiente la expedi-ción del decreto para el Grupo 2; de conformidad a tales decretos [...] Ver más

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) aclara el significado de la palabra “compras”, incluida como requisito para la clasificación de las empresas en el grupo 1

Mediante concepto del mes de agosto del 2013, el CTCP interpreta el requisito de “compras” incluido en el numeral 3iv del artículo 1° del Decreto 2784 del 2012, indicando que tratándose de entidades manufactureras o comercia-lizadoras, corresponde solo a las compras de inventarios [...] Ver más

Para efectos de la aplicación del marco técnico nor-mativo para los preparadores de información finan-ciera del grupo 1 deberá tenerse en cuenta el periodo de preparación obligatorio

El Periodo de preparación obligatorio, comprende desde el 1° de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2013. Se refiere al tiempo durante el cual las entidades debe-rán realizar actividades relacionadas con el proyecto de convergencia de las normas de contabilidad e información [...] Ver más

El CTCP recordó los requisitos para clasificar dentro del grupo 1 del marco técnico normativo para los pre-paradores de información financiera

Consejo Técnico de la Contaduría Pública establece que para clasificar dentro del Grupo 1, se debe tener la categoría de empresa grande (planta de personal mayor a doscientos (200) trabajadores ó activos totales superiores a 30.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV)) y adicional a ello. [...] Ver más

4. Grupo 2

Entidades que cuenten con una planta de personal mayor a 10 y hasta 200 harán parte del grupo 2 de las NIIF

CTCP aclaró que con base en el Decreto 3022 de 2013, pertenecen al Grupo 2 de las NIIF las entidades que no se clasifiquen en lo grupos 1 o 3, es decir aquellas que cuenten con una planta de personal mayor a 10 y hasta 200 trabajadores o con activos entre 500 y hasta 30.000 SMMLV, [...] Ver más

Las entidades del grupo 2 y su proceso de implemen-tación de las normas internacionales de información financiera

En el mes de marzo de 2014 la Superintendencia de So-ciedades emitió la Circular Externa 115-000002 mediante la cual imparte instrucciones para el proceso de conver-gencia de la norma local a estándares internacionales de información financiera, para los preparadores que confor-man [...] Ver más

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Grupo 2 aplicará NIIF para las Pymes (IFRS for SME)

El pasado 27 de diciembre de 2013 se emitió el decre-to 3022 en el cual se determina quienes pertenecerán al grupo 2. Los pertenecientes a éste grupo aplicarán el estándar internacional denominado “NIIF para las Pymes – IFRS for SME”. Cabe recordar que éste marco normativo estaba [...] Ver más

Establece un régimen normativo para los preparado-res de información financiera - Grupo 2

Establece un régimen normativo para los preparadores de información financiera que conforman el Grupo 2, para sus estados financieros individuales, separados, consolidados y combinados. Los primeros estados financieros a los que los preparadores les aplicarán el marco técnico normativo [...] Ver más

Empresas de grupos 2 o 3 deben cumplir con todas las obligaciones que deriven de la aplicación de “NIIF” plenas.

De conformidad con lo estipulado por el Decreto 2784 de 2012, si una empresa de los citados grupos decide volunta-riamente aplicar el marco regulatorio dispuesto en tal nor-ma, deberá cumplir con todos los compromisos que surgie-sen de tal decisión, entre las que se incluye ceñirse por el [...] Ver más

Documento de Sustentación de la Propuesta sobre la aplicación de la Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) para pequeñas y medianas enti-dades (PYMES) en Colombia- NIIF para las PYMES Grupo 2

En cumplimiento de lo establecido en el numeral 8 del artí-culo 8 de la Ley 1314 de 2009 y de acuerdo con lo señalado en el plan de trabajo del CTCP del 30 junio de 2013, se in-forma a la opinión pública que el 1 de octubre se remitió a los Ministerios de Comercio, Industria y Turismo, y Hacienda y Crédito Público, respectivamente, el documento de sus-tentación de la propuesta sobre la aplicación de la Norma Internacional de [...] Ver más

5. Grupo 3

¿Sociedad constituida en el curso del año 2014 cla-sificada en el grupo 3, a qué fecha debe elaborar su estado de situación financiera de apertura?

Dado que se trata de una entidad nueva y que no tie-ne antecedentes, deberá aplicar desde el momento de su constitución el nuevo marco técnico normativo según el grupo al que corresponda, sin embargo, teniendo en cuenta que la contabilidad debe ser llevada para efectos legales de [...] Ver más

Grupos 1, 2 y 3 deben usar su información contable y aplicarlas a NIIF de conformidad a lo establecido en las normas sobre la materia.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública informa que tanto los grupos 1 y 3 ya se encuentran reglamentados, frente a la aplicación de los Decretos 2784 de 2012 y 2706

de 2012, respectivamente, quedando pendiente la expedi-ción del decreto para el Grupo 2; de conformidad a tales decretos [...] Ver más

6. NIIF 15

NIIF (IFRS) 15 Ingresos de Contratos con Clientes aplicable a partir del 2017

El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB), emisor de las (NIIF- IFRS) y el Consejo de Normas de Contabilidad Financiera (FASB), emisor de los (USGAAP en EE.UU.), han emitido conjuntamente un estándar para el reconocimiento de ingresos [...] Ver más

7. Ley 1314 de 2009

La globalización e interconexión de la economía hace necesaria la homogeneización de la información

En un reciente estudio realizado por la Asociación de Super-visores Bancarios de las Américas se hizo una comparación del avance de [...] Ver más

Convergencia a NIIF en el manejo de inversiones

Con la aprobación de la Ley 1314 de 2009, Colombia ingresó en un proceso de convergencia hacia estándares interna-cionales en temas contables, de información financiera y aseguramiento de [...] Ver más

Todo sobre las NIIF

El 27 de diciembre de 2013 el gobierno colombiano emitió el decreto 3022, a través del cual se reglamenta la ley 1314 de 2009 sobre el marco técnico normativo para los prepara-dores de información financiera [...] Ver más

La aplicación de las Normas de Aseguramiento de In-formación –NAI – en Colombia

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) en de-sarrollo de las funciones asignadas en la Ley 1314 de 2009, cumpliendo el debido proceso establecido en el artículo 8º de dicho ordenamiento, [...] Ver más

La aplicación de las NIIF generará cambios en la cul-tura contable originados, principalmente, en los ma-yores requerimientos de revelación

En cumplimiento de la Ley 1314 de 2009 que promueve la convergencia de normas de contabilidad y de información financiera y de aseguramiento de información hacia están-dares internacionales de [...] Ver más

Requerimientos para dar aplicación a la norma que establece el marco normativo para los preparadores de información financiera

Según lo estipulado en la Ley 1314 de 2009 en especial en su artículo 10 que establece que son las autoridades de supervisión, las encargadas de vigilar que los entes econó-micos bajo inspección, así como [...] Ver más

Las propiedades horizontales deben adecuarse a los estándares internacionales de información

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Se considera que las propiedades horizontales estando obli-gadas a llevar contabilidad deben cumplir lo dispuesto por la Ley 1314 y por consiguiente, clasificarse en alguno de [...] Ver más

8. PCGA

Una diferencia menos entre PCGA y las NIIF - Mejoras en la contabilización del riesgo crediticio propio

Muchos inversionistas y analistas estarán encantados de escuchar que las ganancias y pérdidas resultantes de los cambios en el propio crédito de una compañía ahora podrán ser excluidos de pérdidas y [...] Ver más

9. Control de inventarios

¿Se podría tratar el inventario obsoleto como mate-rias primas o semielaborados que han sido dejados de utilizar por deterioro?

La materia prima y los productos semielaborados, que ten-gan una lenta rotación, que estén en óptimas condiciones para la venta o para ser consumidos en un proceso produc-tivo en períodos superiores a un año, hacen parte de los inventarios y no de los activos no corrientes [...] Ver más

Contabilización de inventarios por parte de prestador de servicios debe incluir el costo de las asistencias y la correlación con el ingreso que producirá ese activo

Un prestador de servicios debe reconocer inventarios que incluyan el costo de mano de obra y otros del personal di-rectamente involucrado en la prestación del servicio, así como valores indirectos atribuibles, siempre y cuando se den dos condiciones a saber, que el valor acumulado aún no cuente [...] Ver más

La obsolescencia de los inventarios no es deducible fiscalmente

El despacho consideró que no es dable solicitar fiscalmente como deducción el valor de los inventarios no enajenados por obsolescencia, pues dicha conclusión surge al analizar el concepto del gasto desde el punto de vista de su viabilidad, teniendo en cuenta los requisitos generales de las deduc-ciones contenidos en el artículo 107 del Estatuto Tributario. [...] Ver más

Control Interno de los Inventarios

El control interno es aquel que hace referencia al conjunto de procedimientos de verificación automática que se produ-cen por la coincidencia de los datos reportados por diversos departamentos o centros operativos. [...] Ver más

Si la entidad es comercializadora o manufacturera, deberá tomar solo las compras para el costo de la ad-quisición de los inventarios

El CTPC señala que el costo de adquisición de los inven-tarios comprenderá el precio de compra, los aranceles de importación otros impuestos que no sean recuperables con posterioridad de las autoridades fiscales, los transportes, el almacenamiento y otros costos directamente atribuibles a la [...] Ver más

10. Consolidación de estados financieros

¿Cuáles son los objetivos básicos de la consolidación de Estados Financieros?

Tener una visión global de la situación financiera de las so-ciedades que conforman al grupo empresarial o la situa-ción de control, el conocimiento de la situación financiera del grupo, disminuyendo los riesgos para los inversionistas potenciales, las entidades crediticias y los intereses de ter-ceros. [...] Ver más

11. Situación de control

La obligación de inscribir situación de control no ex-cluye a las sociedades subordinadas ni a las casas matrices

La Superintendencia de Sociedades dijo que el registro mer-cantil de la situación de control y/o de grupo empresarial, deben realizarse cuando se configuren los presupuestos se-ñalados en los artículos 26, 27 y 28 de la Ley 222 de 1995. Las presunciones de subordinación corresponden al control interno por participación, al control interno por el derecho a emitir votos constitutivos de mayoría [...] Ver más

Recuerdan la importancia de registrar la existencia de una situación de control o grupo empresarial

Con el fin de evitar la causación de multas la Superinten-dencia de Sociedades manifiesta que es importante efectuar el registro de la situación de control y/o subordinación como la de grupo empresarial. Si quien está obligado por ley al registro no lo hace, sin perjuicio de las multas a que hubiere lugar, la [...] Ver más

¿Cuándo se considera que una sociedad es controlada?

La ley ha señalado que el hecho de tener el poder de decisión de una sociedad sometido a la voluntad de otra u otras personas es el que determina la existencia de la situación de control o subordinación. Siempre que una sociedad se encuentre enmarcada en esta situación se predicará [...] Ver más

12. Retención en la fuente

Quien deje de ostentar la condición de gran contribu-yente, deberá seguir presentando retenciones en la fuente a título de IVA

Respecto al alcance que tiene el código de responsabilidad N° 09 en el RUT, para una persona jurídica que en el año 2013 era gran contribuyente y autorretenedor y para el año 2014 conservó únicamente la calidad de autorretenedor, se-ñaló la Dirección de Impuestos y Aduanas [...] Ver más

¿Qué tipo de retención se le realiza a la persona natu-ral clasificada como empleado?

Las personas naturales que se clasifiquen como empleada deberá atender a las definiciones, condiciones, y requisitos consagrados en el Decreto 3032 de 2013, y una vez que se establezca que pertenece a esta categoría se deberá prac-

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ticar retención en la fuente por los pagos que se realicen, [...] Ver más

DIAN señaló las tarifas aplicables a la retención en la fuente por otros ingresos tributarios

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales confirmó que en virtud de las modificaciones que trajo el decreto 2418 de 2013, sobre la retención en la fuente por otros ingresos, la tarifa de retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta aplicable al arrendamiento de bienes [...] Ver más

Retefuente en el 2014 para sueldos desde $ 3’896.000

La Unidad de Valor Tributario (UVT), para calcular todos los pagos a la Dian, será de $ 27.477. Menos posibilidad de descuentos. El próximo año, cuando los colombianos se en-frentarán a un nuevo esquema de aporte mínimo del im-puesto de renta, basado en las medidas adoptadas en la [...] Ver más

Tarifa del 4% de la retención en la fuente por concep-to de rendimientos financieros por interés

La modificación que trajo el Decreto 2418 al Decreto 700 de 1997, en cuanto a la tarifa de retención en la fuente por concepto de rendimientos financieros por interés, en el descuento o enajenación, debe entenderse modificada del 7% al 4% en virtud del artículo 3º del mismo [...] Ver más

Los recursos entregados por Coldeportes a los depor-tistas “pilotos” que se encuentran en el extranjero, deben efectuar la retención en la fuente

Los valores recibidos como subsidios o donaciones consti-tuyen ingresos gravados a los deportistas “pilotos” que se encuentran en el extranjero a quienes se les entregaron los subsidios de Coldeportes, en la medida que son susceptibles de incrementar su patrimonio en el mismo momento de la percepción, tal como lo dispone el artículo 26 del Estatuto [...] Ver más

¿Son responsables de practicar retención en la fuente las sociedades fiduciarias a título del impuesto sobre las ventas?

La DIAN resolvió dar respuesta a la consulta, manifestando que corresponde a las sociedades fiduciarias que de acuerdo con el artículo 437 – 2 del Estatuto Tributario, ostenten la calidad de agentes de retención, practicar retención en la fuente a título del impuesto sobre las ventas [...] Ver más

Los cambios en impuestos de renta y retefuente

¿Cuáles son los principales aspectos que introdujo el Decre-to reglamentario 3032 de 2013, para efectos de determinar el impuesto sobre la renta y la retención en la fuente aplica-ble a las personas naturales clasificadas como empleados? [...] Ver más

¿La declaración de retención en la fuente se debe li-quidar sobre el valor correspondiente al total de esta?

La DIAN considera que legalmente no se prohíbe la liqui-dación de los intereses que puedan hacerse tomando cada uno de los conceptos de la retención incluidos en las casillas 57, 58, 59 del formulario; de tal forma que cuando estos procedan, puede realizarse o sobre la totalidad [...] Ver más

Retención en la fuente sobre rendimientos financieros

Modifica el artículo 1º del Decreto Reglamentario 2201 de 1998 “Retención en la fuente sobre rendimientos financieros provenientes de títulos de denominación en moneda extran-jera”, el artículo 4º “Base de autorretención” y 5º “Pago de rendimientos financieros vencidos a no autorretenedores” del Decreto [...] Ver más

13. Impuesto sobre la renta

Conozca quienes tienen que declarar renta

Los vencimientos para declarar el impuesto de renta inician en el mes de agosto, teniendo en cuenta el último dígito del NIT o cédula de ciudadanía. Si usted es un asalaria-do que el año pasado devengó ingresos brutos inferiores a 37’577.000 pesos en el año, (3’131.416 mensuales) o si su patrimonio bruto [...] Ver más

Disponibles en la página web de la DIAN los formu-larios para la declaración del impuesto de renta para Personas Naturales

110* Declaración de Renta y Complementarios para Perso-na Jurídicas y Asimiladas, Personas Naturales y Asimiladas Obligadas a llevar libros de contabilidad. [...] Ver más

¿Hasta cuándo tiene plazo de pagar el impuesto a la renta?

Recuerde que si no declara renta a tiempo, usted puede hacerse acreedor una multa que va desde el 20% de sus in-gresos brutos. Aunque que no todas las personas naturales están obligadas a pagar este impuesto, debe saber que la Reforma Tributaria cambió muchos términos a este respecto [...] Ver más

Esté atento si debe declarar o pagar el impuesto de renta

De acuerdo con la Directora de la DIAN en Ibagué, no todos los obligados a presentar la declaración del impuesto sobre la renta, deben [...] Ver más

¿Ya declaró renta? Tenga en cuenta que si gana más de $3 millones tendrá que hacerlo

De acuerdo con el director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, Seccional Bucaramanga, José Alfredo Díaz Archila, en 2013 cerca de 62 mil personas de-clararon renta, pero esta cifra podría [...] Ver más

Hay más de 1,7 millones de personas que se preparan para declarar renta este año

Si usted el año pasado registró ingresos por más de $37,5 millones, prepárese para hacer su declaración de renta. Esta semana quedarían listos los formularios con los cambios in-troducidos en [...] Ver más

Que los impuestos no lo cojan desprevenido

El secretario de Hacienda de Bogotá, Ricardo Bonilla Gon-zález, destacó que este año por primera vez, el impuesto predial aportará más del 25 % de los ingresos tributarios de la ciudad. Por esa razón la Secretaría [...] Ver más

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La DIAN hace precisión sobre la fecha de inicio y ter-minación del plazo para la declaración de la renta y complementarios

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16. Comercio bilateral

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17. Alianza pacifico

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