autonomía indígena guaraní en charagua

29
Autonomía Indígena Guaraní en Charagua Perspectiva desde los titulares de derecho Nación Guaraní La Paz, septiembre de 2011 Formulación Proyecto de Estatuto

Upload: autonomiasscz

Post on 09-Jul-2015

1.998 views

Category:

Documents


5 download

DESCRIPTION

PROYECTO DE ESTATUTO DE LA AUTONOMIA INDIGENA GUARANI IYAMBAE EN CHARAGUA

TRANSCRIPT

Page 1: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua

Autonomía Indígena Guaraní en Charagua

Perspectiva desde los titulares de derecho Nación Guaraní

La Paz, septiembre de 2011

Formulación Proyecto de Estatuto

Page 2: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua

Avance Proceso Autonómico

01/12/2010 Se inicia su trabajo la Asamblea Autonómica Guaraní en Charagua

Se conforma la Asamblea con 59 asambleístas (13 mujeres – 39 hombres) 45 del Pueblo Guaraní y 14 áreas urbanas, 22 jóvenes.

Se aprueba el reglamento funcionamiento

Se conforman las 6 comisiones de trabajo Bases Fundamentales del Estatuto Autonómico Estructura y Organización del Gobierno Participación y Control Social Régimen Competencial y Fiscal Visión de Desarrollo Regímenes Especiales

Apertura en la construcción de Propuestas para su incorporación en proyectos de Estatuto (instituciones, comunidades, sectores)

Se elaboran estrategias para incidir en la población urbana a su participación en el órgano deliberativo e incorporación de sus propuestas en el proyecto de Estatuto.

Se formula el Proyecto Borrador de Estatuto - Comisión Redactora (14/09/2011-30/10/2011) Se difunde el proceso por distintos medios de comunicación Nacional y Local. Asambleístas Guaraníes liderizan el concejo Autonómico y la Presidencia de la Coordinadora de

los once municipios en conversión. El borrador del Estatuto es puesto en consideración de las Capitanías y Organizaciones Urbanas Hasta Diciembre deberá ser aprobado por la Asamblea autonómica el proyecto de Estatuto.

Page 3: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua
Page 4: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua
Page 5: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua

Dificultades• Resistencia de ciertos sectores urbanos (ganaderos, profesionales),

tradicionales por perdida de hegemonía política partidaria. (no cambio de las estructuras vigentes).

• Autoridades Municipales provisionales, en contra por aferrarse al poder.

• Asamblea Autonómica Guaraní sin recursos públicos para encarar Desafío de la Construcción Participativa del Estatuto Autonómico a pesar de ser norma de carácter público, caso diferente a Cartas orgánicas y Estatutos departamentales.

• La propia normativa de Estado con respecto a la Autonomía Indígena, con plazos que debilitan el proceso.

Page 6: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua

En las estructuras de poder. Reconocimiento y empoderamiento nuestras organizaciones.

(ñande reko) Saber que somos diferentes, respetarnos y convivir. En construir el desarrollo territorial (desde nuestra cultura),

donde nuestros principios sean el cimiento de nuestro gobierno, como la solidaridad, reciprocidad, al igual que garantizar principios de paridad de genero, generacional en los niveles de decisión

Mejorar las condiciones de vida de las comunidades a partir de estrategias de desarrollo que tengan como pilar fundamental nuestra cosmovisión

Contar con nuevos lideres hombres y mujeres formados con principios y valores que sean los que asuman los desafíos de implementar la autonomía indígena

Nuestro fin es ser libres, sin dueño ser iyambae

Page 7: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua

TITULO I Yaiko kavi päve (Para vivir bien)

CAPÍTULO I: Bases fundamentales de la Autonomía

CAPITULO II: Principios y valores

CAPITULO III: Derechos deberes y garantías de la Autonomía

CAPITULO IV: Territorialidad de la autonomía

TITULO II Ñomboati Jupigue (Estructura y organización del gobierno)

CAPÍTULO I: Estructura del Gobierno

CAPITULO II: Mborokuai simbika iyapoa (Órgano legislativo)

CAPITULO III: Tëtarembiokuai reta (Órgano ejecutivo)

CAPITULO IV: Jurisdicción Indígena

TITULO III Participación y control social

CAPITULO I: Participación y control social

TITULO IV Régimen competencial y fiscal

CAPITULO I: Competencias

CAPITULO II: Recursos Naturales

Page 8: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua

TITULO V Mbaiumbaeyekou regua (Visión de desarrollo)

CAPITULO I: Mbaeyekou mbara viki ñemuña (Producción en abundancia)

CAPITULO II: Mbaeyekou ivi iporeta (Recursos Naturales)

CAPITULO III: Ivi jare iviguasu (Tierra territorio)

CAPITULO IV: Recursos hidricos

CAPITULO V: Turismo

CAPITULO VI: Energía y transporte

TITULO VI Ñemboe yande reko regua (Educación y cultura)

CAPITULO I: Educación

CAPITULO II: Teko - Cultura

CAPITULO III: Teko roïsa(Salud)

CAPITULO IV: Deporte

TITULO VII Reforma del estatuto autonómico guaraní

Page 9: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua

TITULO I

YAIKO KAVI PÄVE

PARA VIVIR BIEN

CAPÍTULO I

BASES FUNDAMENTALES DE LA AUTONOMÍA

Artículo 1.- (Entidad Territorial Autónoma)

La entidad territorial asume la identidad de Autonomía Indígena Guaraní Iyambae en Charagua, conautogobierno, ejerciendo su libre determinación en el marco de la unidad del estado, siendo un derechosocial pluricultural comunitario desde sus ancestros, recuperando, compartiendo su cultura, historia,lengua, instituciones jurídicas, políticas, sociales y económicas propias.

Artículo 2.- (Jerarquía del Estatuto)

El Estatuto Autonómico Indígena Guaraní Iyambae en Charagua es la máxima norma que rige en nuestroterritorio ancestral y tiene como fin el YAIKO KAVI PÄVE, estando sujeto a la Constitución Política delEstado y las Leyes vigentes en nuestro país.

Artículo 4.- (Jee - Denominación)

La denominación que asume la entidad territorial es “Autonomía Indígena Guaraní Iyambae en Charagua”.

Artículo 6.- (Símbolos)

La bandera de la Autonomía Indígena Guaraní, de colores celeste, verde y café, y en la parte central de labandera el Karakarapepo con un arco y flecha.

La flor del carnaval, El Guanaco, El Tren de la integración, y El Tacú Manija.

Page 10: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua

1. Principios

Yaiko Kavi-Vivir bien.

Teko kavi-vida armoniosa.

ivi maraei -tierra sin mal.

Iyambae – sin dueño

Meteiramiño – unidad.

Yoparareko- reciprocidad.

Ñomoiru – complementariedad.

jupigue opaetepe-justicia social.

Yopoepi – intercambio.

Motïro – trabajo mancomunado.

Aguiye mökoirova- no seas traidor

2. Valores

Mbaeyekou toyeporu yemboetereve- que las riquezas naturales se utilicen según la necesidad en el marco del respeto.

Mboroguirovia – creencia.

Mboroaiu – amor al prójimo.

Yemboete – respeto.

Yeyora – libertad.

yombori-solidaridad.

Yerovia – alegría.

jupigue – transparencia.

Oyovake - igualdad entre mujeres y hombres.

Ñemoäta gätu- ser valiente.

Pia kavi- ser bueno.

Jupigue yayapo Mbae- ser honesto.

Ikui Mbae – incorruptible.

CAPITULO II

PRINCIPIOS Y VALORES

Artículo 8.- (Principios y Valores)

Page 11: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua

CAPITULO III

DERECHOS, DEBERES Y GARANTÍAS DE LA AUTONOMIA

Articulo 9.- (Derechos)

a) Participación de todas y todos los habitantes de la entidad autónoma, en las tomas de decisiones, según sus formas de organización social.

b) Respetar, Mantener, Desarrollar y Fortalecer su Identidad Cultural sin discriminación.

c) Se reconocen todos los derechos insertos en las normas comunales, zonales y otros.

II. Se reconocen los derechos individuales y colectivos plasmados en la constitución políticas del estado.

Artículo 10.- (Derecho a la Consulta)

I. El Gobierno Autónomo Indígena Guaraní Iyambae en Charagua garantiza la consulta previa e informada respecto a la explotación de los recursos naturales renovables estratégicos existentes en su jurisdicción territorial y las medidas administrativas y legislativas que les afecten y normará los procedimientos apropiados para su aplicación.

Artículo 11.- (Deberes)

a) Cumplir y hacer cumplir el Estatuto Autonómico Guaraní Iyambae en Charagua.

b) Respetar las normas Comunales, zonales y otras.

Page 12: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua

CAPITULO IV

TERRITORIALIDAD DE LA AUTONOMIA

Artículo 13.- (Base Territorial)

La Autonomía Indígena Guaraní Iyambae tiene como base el territorio ancestralmente ocupado, a partir del cual inicia el proceso de reconstitución territorial de la nación guaraní.

Artículo 15.- (Organización Territorial)

I. El Gobierno Autónomo Indígena Guaraní en Charagua, se encuentra organizada en seis zonas, dos parques y un área de preservación ecológica, que son:

a) Zona Charagua Norte, asume el ámbito territorial de la capitanía Charagua norte y sus comunidades.

b) Zona Parapitiguasu, asume el ámbito territorial de la capitanía Parapitiguasu y sus comunidades.

c) Zona Alto Isoso, asume el ámbito territorial de la capitanía Alto Isoso y sus comunidades.

d) Zona Bajo Isoso, asume el ámbito territorial de la capitanía Bajo Isoso y sus comunidades.

e) Zona Charagua Estación, tiene como ámbito territorial las organizaciones sociales de la zona.

f) Zona Charagua Pueblo, tiene como ámbito territorial las organizaciones sociales de la zona.

g) parque nacional Kaa Iya.

h) parque nacional otuquis.

i) Área de preservación Ecológica de la nación Guaraní Ñembiguasu.

II. Las zonas son unidades territoriales políticas administrativas.

Page 13: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua

TITULO II

ÑOMBOATI JUPIGUE

ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DEL GOBIERNO

CAPÍTULO I

ESTRUCTURA DE GOBIERNO

Articulo 17.- (Órganos del Gobierno)

La estructura del Gobierno Autónomo Indígena Guaraní Iyambae en Charagua está conformada de la siguiente manera:

1) Mborokuai Simbika iyapoa reta- Órgano Legislativo.

2) Tëtarembiokuai reta- Órgano Ejecutivo.

CAPITULO II

MBOROKUAI SIMBIKA IYAPOA

ORGANO LEGISLATIVO

Artículo 18.- (Alcance)

El órgano Legislativo, es la instancia responsable de normar, procedimientos y decisiones definidas por el Ñemboatiguasu- la Gran Asamblea para implementar las políticas y propuestas definidas.

Artículo 19.- (Composición y mandato)

El Mborokuai Simbika Iyapoa, está compuesto por 12 legisladores/as, (2 por zonas) debiendo ser 6 hombres y 6 mujeres, teniendo los miembros un periodo de mandato de 6 años, pudiendo ser elegidos una sola vez.

Estará conformado y presidido por un directorio y se regirá según su reglamento interno.

Page 14: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua

Artículo 20.- (Forma de Elección).

Serán elegidos de acuerdo a normas y procedimientos propios de cada zona.

Artículo 21.- (Atribuciones)

Las atribuciones del Mborokuai Simbika Iyapoa reta son las siguientes:

a) Dictar leyes, interpretarlas, derogarlas, abrogarlas y modificarlas en el ámbito de las competencias del gobierno autónomo y de las definiciones del Ñemboatireta.

b) Fiscalizar la gestión del ejecutivo en sus diferentes ámbitos.

c) Emitir informes semestral, anual y a solicitud de las ñemboati reta.

d) Aprobar el presupuesto, plan operativo anual, plan sexenal, planes de desarrollo, contratos, de acuerdo al mandato del Ñemboatiguasu.

e) Convocar al Ñemboatiguasu de forma extraordinaria.

f) Convocar cuando fuese necesario al tëtarembiokuai reta.

g) Otras que estén en el ámbito de sus competencias.

Page 15: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua

CAPITULO III

TËTAREMBIOKUAI RETA

ORGANO EJECUTIVO

Artículo 26.- (Tëtarembiokuai – Ejecutivo zonal).

El Tëtarembiokuai es el máximo representante zonal, responsable de la ejecución de políticas, la gestión y administración pública al interior de cada zona. Esta autoridad es elegida por cada Ñemboati.

Artículo 27.- (Atribuciones de los Tëtarembiokuai)

a) Representar a su zona ante instancias públicas y privadas

b) Ejecutar los planes y políticas zonales para lograr el yaiko kavi päve.

c) Elaborar, Gestionar y Ejecutar el plan quinquenal zonal.

d) Suscribir acuerdos de cooperación con otras entidades públicas y privadas.

e) Presentación de informes sobre avances físico financiero de los proyectos.

f) Presentar y rendir informes de ejecución financiera anual a los ñemboati reta.

g) Presentar y rendir informes al Mborokuai Simbika iyapoa reta cuando sea necesario.

h) Cumplir las decisiones y mandatos del ñemboati reta y el Simbika iyapoa reta.

i) Administrar los recursos económicos y financiero asignado por el estado, recursos propios y de cooperación de manera eficiente y transparente.

j) Contratar al personal administrativo en coordinación con el ñemboati.

k) Otras atribuciones delegadas por el ñemboati reta o por ley autónoma.

Page 16: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua

Artículo 28.- (Periodo de Mandato)

El periodo de mandato de los Tëtarembiokuai de la Autonomía es de seis (6) años.

Artículo 29.- (Coordinador de la Autonomía Indígena Guaraní Iyambae).

Es el máximo representante de la entidad autónoma y responsable de la gestión y administración pública en coordinación con los tëtarembiokuai.

Artículo 30.- (Atribuciones del coordinador)

a) Representar al gobierno autónomo ante las diferentes instancias.

b) Es el máximo responsable del tesoro del gobierno autónomo.

c) Coordinar con los tëtarembiokuai reta la planificación, ejecución y evaluación de las políticas públicas de la entidad autónoma.

d) Asumir y ejecutar planes y programas estratégicos en beneficio de toda la entidad autónoma.

e) Promulgar las leyes sancionadas por el Mborokuay Simbika iyapoa.

f) Cumplir y hacer cumplir las decisiones y mandatos del ñemboati reta y el Mborokuai Simbika iyapoa reta.

g) Convocar a los Tembiokuai reta

Artículo 31.- (Periodo de Mandato)

El periodo de mandato del Coordinador de la Autonomía es de Tres (3) años.

Page 17: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua

Artículo 32.- (Forma de Elección).

Serán elegidos de acuerdo a normas y procedimientos propios de cada zona.

Cada zona ejerce la coordinación de la entidad autónoma, por un periodo tres años a través de la elección de un coordinador.

El mecanismo de rotación garantizara el ejercicio de la coordinación a cada una de las seis zonas en igualdad de condiciones.

Articulo 34.- (Yepoepi De la Revocatoria de Mandato)

I. La revocatoria de mandato se efectuara en los siguientes casos:

a) Por incumpliendo de mandato de las ñemboati reta.

b) Acto de corrupción y malversación de fondos.

c) Abuso de poder y nepotismo.

d) Incumplimiento de presentación o desaprobación de informes.

e) Por incumplimiento al estatuto autonómico.

f) Por daño y perjuicio a los intereses individuales y colectivos.

g) Dualidad de funciones.

II. La revocatoria de mandato se realizara de acuerdo a normas y procedimientos propios de los ñemboati reta el mismo que debe ser vinculante a los órganos de gobierno.

Page 18: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua
Page 19: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua

CAPITULO IV

JURISDICCIÓN INDÍGENA

Artículo 35.- (Administración de Justicia)

La autonomía indígena guaraní iyambae en Charagua administra justicia a través de sus autoridades tradicionales, aplicando sus principios, valores culturales, normas y procedimientos propios, en el marco de la constitución política del estado y la ley de Deslinde jurisdiccional.

Articulo 37.- (Composición de la Administración de Justicia)

La administración de la Justicia Indígena está conformada por tres niveles: comunal, zonal e interzonal.

I. Comunal, conformada por dos instancias, la primera a cargo del Arakuaa iya comunal y la segunda instancia conformada por el ñemboatimi.

II. Zonal, conformada por dos instancias, la primera a cargo de dos Arakuaa iya y la segunda instancia conformado por el ñemboati.

III. Interzonal, conformada por el Gran Consejo de Arakuaa iya reta, que es la máxima instancia del órgano de administración de justicia indígena, compuesta por ocho (8) Arakuaa iya reta, cuatro hombres y cuatro

mujeres, dos (2) por cada zona indígena guaraní.

Page 20: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua

TITULO III

PARTICIPACION Y CONTROL SOCIAL

CAPITULO I

PARTICIPACION Y CONTROL SOCIAL

Articulo 40.- (Instancias de Participación y Control Social)

I. Es la instancia máxima de decisión de la Autonomía Indígena Guaraní Iyambae en Charagua y está conformada en tres niveles:

Ñemboatimi - (Asamblea comunal)

Ñemboati – (Asambleas Zonal)

Ñemboati Guasu – (Gran asamblea)

II. Las decisiones emanadas de los Ñemboati reta son de carácter vinculante a los órganos de gobierno de la autonomía indígena guaraní iyambae.

Artículo 47.- (Tiempo de Mandato)

Los representantes al Ñemboati guasu serán elegidos por un periodo máximo de 3 años. Se reunirán tres veces al año en asambleas ordinarias y podrá convocarse a asambleas extraordinarias cuantas veces se requiera.

Page 21: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua
Page 22: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua

TITULO IV

REGIMEN COMPETENCIAL Y FISCAL

CAPITULO I

COMPETENCIAS

Artículo 48.- (Competencias)

El Gobierno Autónomo Indígena Guaraní, asume las competencias exclusivas, compartidas y concurrentes y además de sus competencias asumirá las de los municipios, cuyo ejercicio se realizará gradualmente de acuerdo a su desarrollo de capacidades institucionales y características culturales propias, establecidas en los artículos 302, 303 y 304 de la Constitución Política del Estado.

Articulo 58.- (Elaboración, Aprobación y Fiscalización del Presupuesto)

El presupuesto anual y sexenal de la autonomía indígena será elaborado y presentado por el órgano ejecutivo Tëtarembiokuai, aprobado por el Ñemboati y el Ñemboati guasu, legislado y fiscalizado por el MborokuaiSimbika Iyapoa, en función al plan general de desarrollo del estado plurinacional y el Yaiko kavi päve.

Articulo 59.- (Administración y Ejecución Presupuestaria)

La administración del presupuesto estará sujeta a una ley autonómica indígena y la ejecución descentralizada del presupuesto será realizada por los ejecutivos zonales, a través de administraciones y cuentas mixtas para cada zona.

Articulo 60.- (Tesorería de la Autonomía Indígena)

I. Se implementa el tesoro del gobierno autónomo como encargado de la tesorería, finanzas y crédito público a nivel general de la autonomía y de las zonas.

II. El máximo responsable del tesoro del gobierno autónomo será designado por el Ñemboati guasu, en base a meritos.

Page 23: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua

TITULO V

VISION DE DESARROLLO

MBAIU MBAEYEKOU REGUA.

CAPITULO I

PRODUCCIÓN EN ABUNDANCIA

Artículo 61.- (Organización Económica Productiva)

La Autonomía Indígena Guaraní Iyambae en Charagua reconoce las diferentes formas de organización económica: la comunitaria, la estatal, privada y la social cooperativa, y su combinación para la constitución de empresas mixtas.

Artículo 62.- (Promoción de la Producción)

Articulo 63.- (Apoyo a las Iniciativas Productivas)

Artículo 64.- (Infraestructura Productiva)

CAPITULO II

RECURSOS NATURALES

Articulo 67.- (Conservación de los Recursos Naturales)

I. El Gobierno Autónomo Indígena Guaraní Iyambae, trazara políticas y planes para la conservación de los recursos naturales y la biodiversidad en el marco de los valores culturales ancestrales, de acuerdo a las necesidades de subsistencias de las familias y el respeto al kaa iya (dueño del monte).

Articulo 71.- (Protección de los Parques)

I. El gobierno autónomo indígena guaraní iyambae en Charagua en el marco de las políticas nacionales, ejerce la administración y preservación de las áreas protegidas en su jurisdicción: kaa iya, ñembiguasu, otuquis y otros.

Page 24: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua

CAPITULO III

IVI JARE IVIGUASU

TIERRA TERRITORIO

Articulo 72.- (Objetivo)

El Gobierno Autónomo Indígena Guaraní Iyambae en Charagua tiene como objetivo, resguardar, establecer y asegurar los límites de nuestro territorio para que cumplan una función social productiva, como también para el cuidado de todos sus recursos naturales a través de la gestión de planes de ordenamiento territorial, plan de manejo predial que permita el uso y manejo en condiciones equitativas de hombres y mujeres para su sostenibilidad y conservación.

Artículo 73.- (Reasentamiento)

I. El gobierno autónomo indígena guaraní iyambae promoverá los planes de reasentamientos dentro de su jurisdicción territorial respetando los derechos propietarios colectivos de las capitanías y derechos propietarios individuales.

Articulo 74.- (Aprovechamiento Racional de la Tierra)

Cada propiedad privada individual y colectiva debe elaborar planes de manejo integral del territorio en bases a normas internas, cuyo cumplimiento será supervisado por el gobierno autónomo indígena guaraní iyambaeen marcado en las leyes nacionales.

Artículo 75.- (Transferencia de Tierras)

Toda compra y venta de tierras de propiedades individuales dentro de las zonas, debe ser consultada al Ñemboatiguasu, teniendo preferencia para la compra las capitanías, independientemente de las zonas interesadas.

Page 25: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua

CAPITULO IV

RECURSOS HÍDRICOS

Artículo 76.- (Agua)

I. El agua es un derecho fundamental para la vida, en el marco de la soberanía. El gobierno autónomo promoverá su uso y acceso al agua en base a principios de solidaridad, complementariedad, reciprocidad, equidad, diversidad y sostenibilidad.

II. La autonomía indígena guaraní respeta, reconoce, protege y promueve el manejo y la gestión sustentable del agua de las comunidades en el marco de las normas y procedimientos propios.

Articulo 77.- (Acceso y Uso del Agua)

I. El gobierno autónomo priorizara el acceso al agua potable y salubre para el consumo humano de todos sus habitantes.

II. El uso del agua en la producción debe priorizar la producción de alimentos para satisfacer las necesidades familiares.

Artículo 79.- (Agua para Riego)

I. El gobierno autónomo formulara políticas orientadas a la construcción de infraestructura y el fortalecimiento de sistemas de riegos, promoviendo el uso de tecnologías adecuadas para la producción que contribuyan a la seguridad alimentaria.

II. La autonomía indígena guaraní formulara, gestionara y ejecutara proyectos de aprovechamientos hídricos para la generación de energía eléctrica y riego.

Page 26: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua

TITULO VI

ÑEMBOE YANDE REKO REGUA

EDUCACION Y CULTURA

CAPITULO I

EDUCACION

Artículo 83.- (Educación)

Dar cumplimiento a lo establecido en la ley 070 Avelino Siñani y Elizardo Pérez, para promover una Educación gratuita, obligatoria, de calidad, participativa, activa, productiva, competitiva, técnica tecnológica, comunitaria, contextualizada, intracultural, intercultural, plurilingüe, sin discriminación de cultura, raza, religión e idioma y con equidad de género.

CAPITULO II

TEKO – CULTURA

Artículo 87.- (Teko - cultura)

El gobierno autónomo indígena guaraní Iyambae Formulara y ejecutara políticas de protección, conservación, recuperación, custodia y promoción de la cultura guaraní incluyendo los conocimientos, saberes, prácticas, artesanías, costumbres, música, danzas, creencias y del patrimonio natural, histórico, arqueológico, paleontológico, científico, tangible e intangible.

Page 27: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua

CAPITULO III

TEKO ROÏSA

SALUD

Articulo 89.- (Acceso a la Salud)

El gobierno autónomo indígena guaraní, en el marco de sus competencias reglamentara y ejecutara políticas, planes, programas y proyectos para el acceso a la salud universal, gratuita, equitativa, intercultural, intracultural, participativa con calidad y calidez, con el objetivo de alcanzar niveles óptimos de salud física, mental, social y espiritual de sus habitantes.

Artículo 91.- (Medicina Tradicional)

El Gobierno Autónomo Indígena Guaraní, en virtud del reconocimiento a la medicina tradicional y sus médicos tradicionales, promueve las siguientes políticas:

a) Resguardar, registrar y patentar la propiedad y los derechos intelectuales colectivos sobre los conocimientos y productos de la medicina tradicional.

b) Potenciar la investigación, el rescate de los conocimientos y prácticas de la medicina tradicional.

c) Promover la elaboración de registros, recetas y medicamentos con productos naturales y tradicionales.

Articulo 92.- (Coordinación y Cooperación entre la Medicina Tradicional y la Medicina Académica)

El médico académico como el médico natural o tradicional, tienen los mismos derechos, reconocimiento en igualdad de condiciones y desarrollan el ejercicio de la práctica médica de forma coordinada y cooperándose en busca del bienestar de las personas.

Page 28: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua

TITULO VII

REFORMA DEL ESTATUTO AUTONOMICO GUARANI

Artículo 96.- (Reforma total o parcial)

La reforma total o parcial del Estatuto Autonómico, se lo realizara previa aprobación por dos tercios (2/3) del total de los miembros del Ñemboati Guasu, se sujetaran al control de constitucionalidad a cargo del tribunal constitucional plurinacional y serán sometidos a referéndum para su aprobación.

Artículo 97.- (Procedimiento de reforma)

La reforma del Estatuto Autonómico, podrá ser solicitada a iniciativa del Ñemboatimi y Ñemboati, poniéndose a conocimiento del Ñemboati Guasu.

Page 29: Autonomía Indígena Guaraní  en Charagua

Gracias..