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  • 7/28/2019 Articulo Responsabilidad Civil- TESIS ECUADOR

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    LA RESPONSABILIDAD CIVIL DEL MDICO EN ELECUADOR

    Marco R. Garca C.(*)

    Yo he visto en varios hospitales que muchos se han quedadomuertos fuera de sus muros y por falta de socorro hanperecido miserablemente. Sin embargo pienso lo contrario desu institucin. Mucha gente ha venido aqu, y aqu tienealojamiento. Pero meha extraado una cosa, y es que por lanoche muchos tienen que quedarse afuera.

    Robert Copeland. The Hyeway to the Spytell Haouse, 1536

    1. Introduccin

    El avance de la medicina es agigantado. La medicina se ha transformado y losmdicos de hoy disponen de tcnicas maravillosas para la prevencin,tratamiento y rehabilitacin de los pacientes. Los pacientes que se enteran delos prodigios de la medicina consideran infalible a la medicina y ante unresultado no esperado, vienen las decepciones y aparece el litigio de laresponsabilidad mdica.

    La relacin mdico paciente se ha deteriorado, el mdico no aplica principiosbioticos en la atencin de sus pacientes y los pacientes comienzan a ver susmdicos como responsables de situaciones no esperadas en la evolucin de unapatologa o un tratamiento quirrgico, fruto en la mayora de las veces de lanormal evolucin de una enfermedad.

    La responsabilidad mdica surgida de su actuacin profesional es unapreocupacin de los mdicos a nivel universal. Los reclamos porresponsabilidad mdica inciden en la prctica asistencial, la relacin mdico-paciente y el gasto en salud

    La gran mayora de las reclamaciones por responsabilidad mdica son productode un inadecuado manejo de unos pocos aspectos del acto mdico. Por ellocreemos de utilidad para el mdico prctico conocer algunos detalles de laprctica de la medicina, como tambin de aspectos relacionados con laConstitucin y leyes vigentes en el Ecuador.

    (*)Magister en administracin gerencial hospitalaria. Ex jefe del servicio de ortopedia y traumatologa del Hospital General de las

    Fuerzas Armadas. Miembro de la Sociedad Ecuatoriana de Biotica. Secretario de la Sociedad Ecuatoriana de Biotica.

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    Se considera que la relacin mdico-paciente, la historia clnica y elconsentimiento mdico, aplicados bajo principios bioticos son aspectos crticosde la mayor importancia prctica.

    Los reclamos por real o presunta responsabilidad mdica generalmente se

    originan en una ruptura de la relacin mdico-paciente, antes que en un dao oun error mdico inexcusable.

    El trato adecuado, la buena comunicacin, la informacin suficiente, elconsentimiento mdico y el respeto al conjunto de los derechos del paciente sonelementos claves en la prevencin de los reclamos por responsabilidad mdica.

    Es necesario capacitar a los mdicos en el conocimiento de leyes y reglamentosque rigen la prctica mdica y en el conocimiento de principios bioticos quesumados a su capacitad tcnica en el rea de su especialidad, permitanproporcionar al paciente un tratamiento de calidad con calidez y bajo laaplicacin de principios bioticos.

    La aplicacin de los principios constitucionales, leyes y reglamentos que rigenel derecho a la salud de los ecuatorianos y que regula la prctica mdica porparte de los profesionales de la salud, ms una oportuna asignacin derecursos, permitirn que el Ecuador alcance niveles de calidad en la atencinmdica de los pacientes, sin distingo de carcter econmico, ni discriminacinsocial.

    2. Conceptos generales

    2.1. La medicina como arte

    La medicina es un conjunto cambiante de conocimientos, habilidades ytradiciones que se aplican en la preservacin de la salud, la curacin de lasenfermedades y la mejora del sufrimiento. Los lmites de la medicina seconfunden con la psicologa, sociologa, economa e incluso la herencia cultural.La enfermedad puede estar codificada en el genoma humano, y tal vez tambinen las privaciones de la pobreza e ignorancia. La medicina, por tanto, debe

    ocuparse no slo de una molcula anormal, sino tambin de una infanciaanormal. Como tal es una profesin abierta, lo que produce modestia y regocijoen aquellos que la practican como profesin. (Wyngaarden, 1988: 1)

    La capacidad mdica se fundamenta en el continuo cambio producto de lainvestigacin diaria y sacrificada de quienes se han preparado para servir conamor a sus semejantes. Pero la prctica de la medicina es mucho ms que laaplicacin de conocimientos cientficos porque la medicina debe centrarse en elpaciente con absoluto respeto de sus derechos y fundamentada en principiosbioticos. En la poca actual no se admite la actitud paternalista del pasado, enla que el mdico decida sobre lo que debera hacer sobre sus pacientes.Actualmente, el paciente y sus familiares tienen una activa participacin en las

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    decisiones sobre los tratamientos propuestos, luego de recibir una adecuadainformacin de beneficios, alternativas, efectos secundarios, complicaciones yriesgos de los tratamientos propuestos.

    2.2. El paciente

    Del latn patior, pteris, passus sum, que significa padecer, hemos obtenido eltrmino sanitario de paciente. En relacin al enfermo, paciente es una palabrams intensa. El que tiene una enfermedad no siempre la padece y, sobre todo,no siempre sufre. Y sin embargo, paciente es el que padece.1

    El paciente se presenta ante el mdico en un terreno extrao y poco familiar;esto es, en el medio estructurado y artificial del consultorio, clnica o camahospitalaria. El paciente quiere que se le escuche, quiere expresar sus temores e

    inquietudes, desea compartir con el mdico y que este se interese en ellos comoseres humanos, con afecto y ternura, pero sin juzgarlos. Espera del mdico quelo atienda con capacidad profesional en el rea de su competencia; los pacientesdesean que se les informe a un grado razonable, en un lenguaje comprensible.Un buen mdico es aquel que escucha a su paciente y que est siempre alerta asus inquietudes.

    2.3. El mdico

    El mdico ingresa a una profesin con valores establecidos y tradiciones deconducta tica y responsabilidades. No obstante cada mdico, como cadapaciente, es peculiar. No es un instrumento incorpreo que pueda conformarseen forma pasiva por la profesin, sino un ser humano con fuerzas y debilidadesinnatas que deben reconocerse para cumplir las expectativas de los pacientes yde la profesin, de las cuales son importantes tambin las normas que estableceel mdico para s mismo. (Wyngaarden, 1988: 2)

    El estudiante que se prepara para ser mdico debe saber que es una profesinde servicio, que le permitir vivir con dignidad, pero sin lujos. El futuro

    mdico, se prepara en las aulas y los hospitales para aprender a convivir ytratar el dolor ajeno. Actualmente, en la mayora de las universidades delEcuador, se ha incorporado la ctedra de humanidades que permite alestudiante de medicina obtener conocimientos sobre la biotica y su aplicacinal campo mdico.

    El mdico deber estudiar toda su vida, en permanente actualizacin para estaral da con los continuos avances de la ciencia mdica.

    1

    www.elalmanaque.com/Medicina/.../paciente.htm -

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    2.4. El acto mdico

    El acto mdico, en el cual se concreta la relacin mdico-paciente, es una forma

    especial de relacin entre personas. Por lo general una de ellas, el enfermo,acude motivada por una alteracin en su salud a otra, el mdico, quien est encapacidad de orientar y sanar de acuerdo a sus capacidades y al tipo deenfermedad que el primero presente. A travs del acto mdico se intentapromover la salud, curar y prevenir la enfermedad y rehabilitar al paciente. Elmdico se compromete a colocar todos los medios a su alcance para efectuar unprocedimiento (mdico o quirrgico), actuando con apoyo en susconocimientos, su adiestramiento tcnico y su diligencia y cuidado personalpara curar o aliviar los efectos de la enfermedad, sin poder garantizar losresultados, previa advertencia de los posibles riesgos y complicaciones

    inherentes al mismo.2

    El acto mdico es hoy un tema de mximo inters para la sociedad, los mdicos,y dems profesionales de la salud. Su correcta comprensin (el conocimiento delos factores o determinantes que limitan o posibilitan su ejercicio) puede ayudara precisar adecuadamente las competencias y los campos profesionalesactualmente en conflicto. Pero sobre todo, puede contribuir a esclarecer lascausas del deterioro progresivo que desde hace algunas dcadas afecta a sucomponente esencial, la relacin mdico-paciente, y que ha puesto en cuestinel rol social, la eficacia curativa y la filiacin humanstica de la medicina.3

    3. La calidad en la atencin mdica

    La calidad de la atencin mdica depende, en gran parte, de la aplicacin de laciencia y la tecnologa, de manera que rinda el mximo de beneficios para lasalud sin aumentar los riesgos.

    Se debe recordar que, segn Avedis Donabedian, la calidad de la atencin de lasalud es el grado por el cual los medios ms deseables se utilizan para alcanzarlas mayores mejoras posibles en la salud. 4 A su vez y en su opinin la calidad

    es una propiedad que la atencin mdica puede poseer en grado variable.(idem: 1743). Donabedian propone las siguientes definiciones para laaceptabilidad, eficacia, efectividad, eficiencia, equidad, y legitimidad:

    2www.medspain.com/ant/n10.../Actomed.htm -

    3sisbib.unmsm.edu.pe/.../acto_mdico_lmites.htm -

    4

    docentes.uacj.mx/.../Introd%20Admon%20Salud%20Pub/Donabedian.doc

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    Aceptabilidad: Conformidad con los deseos y expectativas individuales delas personas.

    Eficacia: Capacidad tcnico-cientfica para lograr mejoras.

    Efectividad: El grado de mejora de la salud obtenida con relacin almximo posible.

    Eficiencia: Capacidad de reducir los costos sin disminuir las mejorarobtenidas.

    Equidad: Conformidad con lo justo y razonable en la distribucin de lasacciones de atencin mdica y sus beneficios.

    Legitimidad: Conformidad social expresada en principios, normas,costumbres, leyes y regulaciones.

    3.1. Dimensiones en la calidad de la atencin en salud

    Avedis Donabedian (idem), el especialista ms reconocido en el mundo sobre eltema, define calidad como la capacidad de lograr los mayores beneficios, conlos menores riesgos posibles para el paciente, dados unos recursos.

    En las definiciones de calidad sealadas anteriormente, se deduce que implicavarias dimensiones que merecen ser explicadas en detalle:

    3.1.1. La dimensin tcnica

    Es la ms importante, que consiste en la mejor aplicacin del conocimiento(idoneidad profesional) y la tecnologa (procedimientos y equipos) disponiblesen favor del paciente. Es el concepto que de manera tradicional han conocidolos profesionales de la salud, y depende de manera fundamental, pero noexclusiva, de sus cualidades y capacitacin.

    La situacin en el campo tecnolgico es muy delicada en el Ecuador porque el

    nivel pblico no cuenta con el equipamiento moderno y suficiente para cubrirlas necesidades de una poblacin cada vez ms demandante y los turnos paradeterminados exmenes son diferidos para muchos das, perdiendo tiempovalioso en el diagnstico y tratamiento de las patologas. La situacin esdiferente a nivel privado, porque un buen nmero de hospitales y clnicasprivadas ofrecen servicios con tecnologa moderna, pero los costos no estnaccesibles a toda la poblacin.

    3.1.2. La seguridad

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    Esta se mide segn el riesgo implcito para el paciente, considerando losservicios ofrecidos, su condicin en particular, la eficacia de la estrategiadefinida y la destreza con que sta se aplique. En el momento de iniciar laatencin de un paciente, los servicios pueden incrementar mucho ms losriesgos que los beneficios, por lo cual una medida de calidad debe ponderar enqu grado se logr el equilibrio ms favorable entre ellos. En la dimensin de laseguridad se enfatiza que no deben lograrse beneficios para un paciente a costade aumentar los riesgos a l o a terceros.

    3.1.3. La calidad es el servicio

    Donabedian (idem) considera que la relacin interpersonal con el paciente y lascaractersticas del lugar en que se preste la atencin deben reflejar respeto ypermitir privacidad y comodidad de cada paciente en particular; lo anteriorhace parte integral de la calidad de la atencin ya que influye en forma decisivaen la aceptabilidad por parte del paciente y por ello en la naturaleza y xito dela atencin y en los beneficios de la misma.

    3.1.4. El costo racional de la atencin

    Entendiendo su estrecha relacin con los beneficios y riesgos que se derivan deello, mejorar la calidad e implementar tecnologa moderna implica elincremento en los costos. Pero los costos se han incrementado an ms ante elaumento en las demandas por supuestas malas prcticas, porque muchosmdicos solicitan exmenes, en ocasiones innecesarios, que elevan los costos.De all que es necesario que existan protocolos de manejo universales deacuerdo al nivel operativo de la institucin de salud, los mismos que deben serla gua en la atencin de los pacientes y a que a su vez deben servir para evaluarla calidad de atencin brindada a los pacientes y disminuir los costos en laatencin mdica.

    La dimensin del costo racional tambin se ve afectada por la atencin que sedebe prestar a usuarios de primero y segundo nivel que no deberan acudir a

    los hospitales de especialidades, en prejuicio de pacientes que realmenterequieren de atencin especializada. La solucin sera una adecuada referenciay contrarreferencia de los pacientes, pero fundamentalmente depende de laconcienciacin de los pacientes mediante programas de educacin.

    Debe agregarse que la calidad tiene grados variables y puede ser analizadadesde diferentes puntos de vista. El profesional o los grupos de profesionales

    juzgarn los procedimientos que deben ser empleados, la tcnica, el juiciodiagnstico y los resultados de la atencin a un usuario. ste evaluar losbeneficios de su atencin por variables subjetivas, como el trato que recibi, el

    lugar en el cual fue atendido, la oportunidad y confianza que le gener el

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    prestador del servicio y el resultado obtenido (la revisin de los sntomas, elmejoramiento de su condicin funcional).

    La calidad es un concepto relativo, nunca absoluto, que requiere puntos dereferencia que permitan la comparacin (estndares), los cuales reflejan un

    consenso y una valoracin social de cmo conseguir mayores beneficios para unpaciente o para toda la poblacin, o para ambos.

    3.3. La historia clnica

    La historia clnica es el documento ms importante en el proceso de la relacinmdico paciente y refleja la atencin brindada al paciente. Por lo tanto, es elrequisito indispensable para atender cualquier reclamo presentado ante lasautoridades.

    La historia clnica, es un documento que registra la experiencia mdica con elpaciente y representa un instrumento imprescindible para el cuidado actual ofuturo, que requiere de un sistema de metodologa de registro y anlisis querena la informacin para anlisis posteriores dentro de un contexto mdicolegal. La progresiva complejidad en la gestin de servicios de salud y losavances en la informtica exigen que la implantacin de los nuevos modelos deatencin y gestin se apoyen en sistemas documentales de informacin yregistros que permitan un monitoreo y evaluacin dinmicos de las actividadesde salud utilizando los datos obtenidos en la prctica clnica, para bajo los

    conceptos actuales de biotica asegurar estndares de calidad en la atencinmdica, mejorar la precisin diagnstica, regular el uso de exmenescomplementarios, racionalizar los tratamientos de manera eficaz, favorecer lainvestigacin y la docencia e incorporar a otros profesionales de la salud en elseguimiento y control del paciente; lo que en definitiva redundar en disminuirla morbimortalidad, evitar el subregistro de enfermedades, mejorar la relacincosto-beneficio, optimizar los recursos humanos y materiales existentes en lasunidades de salud y mejorar el acceso y la calidad de atencin. (Expedientenico para la historia clnica, pg. 1).

    Los lineamientos establecidos en el Ecuador para el manejo de la historia clnicafueron aprobados mediante resolucin del Directorio del Consejo nacional deSalud del 25 de octubre del 2006. En l se ha establecido la historia clnicaorientada por problemas propuesta por Lawrence Leed en 1994, unametodologa innovadora, sistemtica y ordenada de la informacin que rebasael mbito de la historia clnica tradicional. En esta historia clnica se habla delmanejo del registro orientado por problemas en el que se incluye la gua deanlisis.

    Como vemos, las directrices sobre el manejo de la historia clnica en el Ecuadores muy clara, pero en la prctica, el manejo de la misma, tanto a nivel pblico y

    privado, no se cumple en forma eficiente. En los principales hospitales pblicospodemos observar que los archivos de historias clnicas se encuentran

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    abarrotados y en los casos crnicos se constituyen en desordenados tomos, conhojas sueltas, que no garantizan un eficiente manejo de la informacin. Enalgunos centros pblicos y privados se ha implementado registros electrnicosde la historia clnica que facilitan el manejo de la misma y que garantizarnconservar la informacin.

    Otro problema en el pas es que no existe una historia clnica nica, porquecuando los pacientes emigran a otras ciudades se abren nuevos expedientesclnicos. Es de aspirar que, a futuro, se implemente una historia clnica nicapor paciente.

    3.4. La biotica en la atencin mdica

    3.4.1. El ejercicio mdico actual

    En los ltimos aos, el Ecuador ha pasado de la atencin mdica estatal yprivada a la atencin por mltiples prestadores: estatales, municipales,privados, sistemas prepagos, fundaciones privadas. Estas y otras posiblesinterrelaciones determinan un panorama cada vez ms complejo, desordenado,que ha pasado a ser mltiple y con poder disperso.

    Proliferan las facultades de medicina sin previa planificacin de los recursosnecesarios en salud; existe falta de liderazgo en la salud pblica. Antes, loshospitales pblicos, las universidades, el ministerio de salud, marcaban elrumbo con autoridad reconocida. Actualmente, cada entidad sanitaria funcionade manera casi autnoma, con limitados mecanismos de control. Existecontroversia entre lo estatal y lo privado por la falta de aplicacin, control yretroalimentacin de aquello que est escrito y no se cumple.

    Falta aplicacin de la medicina preventiva y mayores recursos para la medicinacurativa y de rehabilitacin. El tratamiento de las patologas crnicas nodispone de recursos para su atencin eficiente.

    La intervencin por especialidades ha producido una ruptura en la relacinmdico-paciente de tal manera que cada mdico examina y analiza una parte

    del organismo, pero el ser humano integral es dejado de lado.La prdida de valores como la equidad, la solidaridad, la transformacin de lacobertura y la calidad en temas de mercado son algunos de los principios queorientan la organizacin actual.

    Las nuevas tecnologas son aplicadas en el pas, pero son de acceso limitado yreservado a quienes disponen de recursos econmicos suficientes. Pero los demayores recursos, incluidos los funcionarios gubernamentales, no confan enlos profesionales ecuatorianos y ante la ms mnima dolencia emplean susrecursos y los del estado para ser atendidos en el exterior

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    3.4.2. La biotica

    La biotica es un neologismo acuado por el onclogo norteamericano VanRensselaer Potter (1911-2002), el mismo que dedic toda su vida a lainvestigacin del cncer y al cultivo del humanismo, mediante la exaltacin de

    los valores ticos. (Garca, 2006: 45; Fracapani, 1999: 11)La primera edicin de la Encyclopedia of bioethics, preparada por W. Reich,defina a la biotica como el estudio sistemtico del comportamiento humanoen el campo de las ciencias de la vida y de la salud, cuando estecomportamiento es examinado a la luz de valores y principios morales.(Aramini, 2007: 57)

    Los cuestionamientos a esta primera definicin indujeron a una nuevaformulacin del concepto de biotica, que en la segunda edicin de laEncyclopedia of bioethics se define de la manera siguiente: Biotica es un trminocompuesto derivado de las palabras griegas bios (vida) y ethike (tica). Ellapuede ser definida como el estudio sistemtico de las dimensiones morales incluida la visin moral, las decisiones, la conducta y las polticas- de lasciencias de la vida y el cuidado de la salud, usando las diversas metodologasticas en un marco interdisciplinario. (Aramini, 2007: 58)

    Tradicionalmente la profesin mdica, como las otras profesiones, ha regido supraxis cindose a lo prescrito por los colegios deontolgicos (obligaciones = loque debe ser); pero en la actualidad las ciencias de la vida han recibido elimpacto de los progresos vertiginosos de la ciencia y la tecnologa en los

    confines de la vida, de las tcnicas de reproduccin asistida y la ingenieragentica, para no citar ms que algunos y del dao que hace al hombre alecosistema, todo lo cual ha planteado problemas ticos inimaginables para losprofesionales de hace medio siglo; por esta razn y porque el mundo actual esesencialmente pluralista, se ha impuesto la biotica que ofrece mtodos deresolucin a travs del anlisis multidisciplinario. (Garca, 2006: 53)

    3.4.3. Los principios bioticos en salud

    Principio de beneficencia: manda hacer el bien. Es el principio fundamental,porque el personal de salud se encuentra formado para hacer el bien, no slo alindividuo enfermo sino a la sociedad en su conjunto. Se basa en que losprocedimientos diagnsticos y teraputicos que se apliquen deben beneficiar alpaciente, es decir, ser seguros y efectivos. (Ciccone, 2005: 42; Garca, 2006: 61)

    Principio de no-maleficencia: se basa en el principio hipocrtico de primum nonnocere, es decir, "ante todo, no hacer dao". Este principio, algunos autores lorelacionan con el anterior, porque ningn profesional de la salud deber utilizarsus conocimientos para ocasionar daos al enfermo. En la prctica se refiere a

    que el balance entre los beneficios y los riesgos de cualquier actuacin mdica

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    debe ser siempre a favor de los beneficios del paciente. (Ciccone, 2005: 42;Garca, 2006: 62)

    Principio de autonoma: este es un moderno principio que se refiere a lacapacidad que tiene el enfermo para decidir, en uso de su autonoma, lo mejor

    que considere en su beneficio, luego de recibir las explicaciones adecuadas. Esteprincipio que siempre ha estado ausente de la tradicin mdica, a pesar de lagran importancia que ha adquirido en los ltimos aos; durante muchos siglosel paciente nunca ha participado en la toma de decisiones y el mdico era quiendecida; el deber del mdico era hacer el bien al paciente, y el de ste,aceptarlo. (Ciccone, 2005: 41; Garca, 2006: 59)

    Principio de Justicia: este principio se basa en dos hechos: (Ciccone, 2005: 43;Garca, 2006: 62)

    a) Todas las personas, por el mero hecho de serlo, tienen la misma dignidad,independientemente de cualquier circunstancia, y por tanto, sonmerecedoras de igual consideracin y respeto.

    b) Hay que luchar por una distribucin justa y equitativa de los siemprelimitados recursos sanitarios para conseguir el mximo beneficio en lacomunidad, evitando desigualdades en la asistencia sanitaria.

    Estos cuatro principios adquirieron rpidamente una gran importancia, ya queresultaron muy tiles para los profesionales sanitarios que no eran expertos encuestiones de biotica y que actuaban generalmente de forma emprica ointuitiva ante cualquier dilema moral que apareca en su labor diaria con elenfermo.

    En las ltimas dcadas, los principios de autonoma y de justicia cada vezadquieren mayor relevancia El principio de autonoma, por la activaparticipacin del paciente en la toma de decisiones en ejercicio de suautonoma, consta como derecho de los pacientes en la legislacin ecuatoriana.El principio de justicia, tiene como precepto la distribucin adecuada de lossiempre escasos recursos asignados a la salud.

    3.4.4. La relacin mdico-paciente

    La relacin entre el mdico y el paciente debe caracterizarse por ser unarelacin interpersonal. El paciente se beneficia de las acciones del mdico y elmdico cada da aprende de sus pacientes. Todo mdico tiene una deuda degratitud con la sociedad y los pacientes, gracias a los cuales aprendi lamedicina. Aunque el estudiante pague matrcula durante su enseanza, el teneracceso a hospitales de la comunidad lo hace deudor con la sociedad y lospacientes. Todos hemos producido sufrimiento en el aprendizaje de lamedicina. El progreso de la medicina se hace, la mayora de las veces, a costa

    del dolor de nuestros semejantes. El pensar esto nos debe producir unsentimiento no slo de gratitud sino de humildad. (Vlez, 1987: 121)

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    La relacin mdico paciente ha conservado su valor no obstante los grandesadelantos de los ltimos tiempos. La medicina de hoy cuenta condescubrimientos notables para la determinacin y alivio de las enfermedades;

    sin embargo, hay factores en la organizacin de la medicina actual que llevan aldeterioro de la relacin mdico paciente al punto de que se habla dedeshumanizacin de la medicina.

    Debemos cambiar la relacin mdico-enfermo para situar al enfermo en lo quees: persona necesitada de ayuda. El mdico, con su actitud, an en las peorescondiciones materiales, puede humanizar la medicina, y debe hacerlo, medianteuna medicina biogrfica, en el sentido de que la enfermedad es unacontecimiento que ocurre a la persona cuya vida es personal, biogrfica,argumental y narrativa. Esto es deseable y posible hasta cierto punto: hay que

    hacer que el enfermo considere a su mdico, lo conozca por su nombre, recibade l un trato personal y humanizado.5

    3.4.5. El consentimiento informado

    El consentimiento informado en el rea clnica debe entenderse como laaceptacin por parte de un enfermo competente de un procedimientodiagnstico o teraputico despus de contar con la informacin adecuada paraimplicarse libremente en la decisin clnica. Los requisitos bsicos son: libertad,

    competencia e informacin suficiente. Por lo tanto, tiene que entenderse comofruto de la relacin clnica, siempre basada en dos pilares insustituibles einconfundibles: la confianza y el proceso de informacin ms o menos complejo(Garca, 2006: 169, 340) que incluye la comprensin del procedimientopropuesto, explicar en qu consiste, proponer las alternativas posibles, laoportunidad y los resultados esperados (con beneficios, secuelas y riesgos), conel fin de llegar a una decisin, ya sea de eleccin, de aceptacin o de rechazo.6

    En nuestro pas, la Constitucin Poltica de la Repblica del Ecuador (art. 361),la Ley Orgnica de la Salud (art. 7) y el Cdigo de tica Mdica del Ecuador(art. 15 y 16), sealan la obligacin del consentimiento informado para larealizacin de todo procedimiento clnico o quirrgico.

    El consentimiento informado en el rea clnica, tiene que entenderse como laaceptacin por parte de un enfermo competente de un procedimientodiagnstico o teraputico despus de tener la informacin adecuada paraimplicarse libremente en la decisin clnica.

    5www.cuentayrazon.org/revista/doc/098/Num098_024.doc -

    6 www.bioetica.org.ec/ -

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    El principio de autonoma es el fundamento del consentimiento informado quetiene gran importancia en la praxis mdica actual. El mdico tiene la obligacinde informar al paciente de una forma adecuada e inteligible de los potencialesriesgos y beneficios de los tratamientos que se va a efectuar y de los exmenesauxiliares de diagnstico que va a utilizar.

    El uso este principio previene o disminuye la posibilidad de errores, negligenciay coercin a la vez que promueve en el mdico su autocrtica. Pero su principalpropsito es establecer la autonoma del paciente, promover su derecho a laautodeterminacin y proteger su condicin como un ser humano que se respetaa s mismo.

    Como requisitos del consentimiento informado, se deben cumplir por lo menoslos siguientes:

    Voluntariedad: Los sujetos deben decidir libremente someterse a un tratamientoo participar en un estudio sin que haya persuasin, manipulacin ni coercin.El carcter voluntario del consentimiento es vulnerado cuando es solicitado porpersonas en posicin de autoridad o no se ofrece un tiempo suficiente alpaciente para reflexionar, consultar o decidir.

    Informacin: Debe ser comprensible y debe incluir el objetivo del tratamiento odel estudio, su procedimiento, los beneficios y riesgos potenciales y laposibilidad de rechazar el tratamiento o estudio una vez iniciado en cualquiermomento, sin que ello le pueda perjudicar en otros tratamientos. El intercambiocomunicativo entre ambos (profesional paciente), basado en la confianza,

    ampliar las posibilidades de comprensin de los resultados del tratamientopor parte del paciente.

    Comprensin: Es la capacidad de comprender que tiene el paciente que recibe lainformacin.

    Pero no para aqu la obligacin tica del mdico. Ante la duda debe ejercer sucapacidad de persuasin, informando con lenguaje comprensible, al alcance deldesarrollo intelectual de su paciente o de sus representantes, sobre cul es elverdadero bien para ste, desde el punto de vista de su dignidad y su libertad ydesde el punto de vista de la medicina, echando mano de su autoridad moral yacadmica.

    Es importante recalcar que el consentimiento informado debe ser solicitado alpaciente, y que debe ser otorgado por el paciente o su representante legal paracada acto individual mdico o de investigacin. Asimismo, tal consentimientono se puede otorgar para siempre, pues las circunstancias existenciales cambiandurante el curso de una misma intervencin mdica o de una investigacincientfica. Solamente en casos muy especiales y en situaciones de emergenciapuede actuarse sin la expresa manifestacin de dicho consentimiento.

    Es necesario tener siempre presente que el enfermo o en su defecto, su legtimorepresentante legal, es la primera persona responsable de su vida y de su salud.

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    El mdico que acepta ayudarlo toma el papel de quien colabora con el sujetoprincipal en una relacin sinrgica, en la cual el mejor objetivo se logra solocuando existe la cooperacin entre el paciente y el profesional. Como mdicossomos los mayores y ms responsables artfices de esa indispensablecooperacin.

    4. El derecho a la salud

    La Declaracin Universal de Derechos Humanos recoge el derecho la salud enel art. 25: Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que leasegure, as como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial laalimentacin, el vestido, la vivienda, la asistencia mdica y los servicios socialesnecesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo,enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de prdida de sus medios desubsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. Adems elmismo artculo hace referencia a la salud materno-infantil: La maternidad y lainfancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los nios,nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio tienen derecho a igual proteccinsocial.7

    La Constitucin de la Repblica del Ecuador, en el Art. 32, seala que: [Derechoa la salud]. La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realizacin sevincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, laalimentacin, la educacin, la cultura fsica, el trabajo, la seguridad social, los

    ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir. Este derecho se explicitapara las personas adultas mayores (art. 37).

    La Ley Orgnica de la Salud, en el captulo sobre los derechos y deberes de laspersonas y del estado en relacin con la salud, establece en el art. 7 los derechosde las personas sobre la salud:

    a. Acceso universal, equitativo, permanente, oportuno y de calidad a todaslas acciones y servicios de salud;

    b. Acceso gratuito a los programas y acciones de salud pblica, dandoatencin preferente en los servicios de salud pblicos y privados, a losgrupos vulnerables determinados en la Constitucin Poltica de laRepblica;

    c. Vivir en un ambiente sano, ecolgicamente equilibrado y libre decontaminacin;

    d. Respeto a su dignidad, autonoma, privacidad e intimidad; a su cultura,sus prcticas y usos culturales; as como a sus derechos sexuales yreproductivos;

    e. Ser oportunamente informada sobre las alternativas de tratamiento,productos y servicios en los procesos relacionados con su salud, as como

    7www.un.org/es/documents/udhr/ -

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    en usos, efectos, costos y calidad; a recibir consejera y asesora depersonal capacitado antes y despus de los procedimientos establecidosen los protocolos mdicos. Los integrantes de los pueblos indgenas, deser el caso, sern informados en su lengua materna;

    f. Tener una historia clnica nica redactada en trminos precisos,comprensibles y completos; as como la confidencialidad respecto de lainformacin en ella contenida y a que se le entregue su epicrisis;

    g. Recibir, por parte del profesional de la salud responsable de su atenciny facultado para prescribir, una receta que contenga obligatoriamente, enprimer lugar, el nombre genrico del medicamento prescrito;

    h. Ejercer la autonoma de su voluntad a travs del consentimiento porescrito y tomar decisiones respecto a su estado de salud yprocedimientos de diagnstico y tratamiento, salvo en los casos deurgencia, emergencia o riesgo para la vida de la personas y para la saludpblica;

    i. Utilizar con oportunidad y eficacia, en las instancias competentes, lasacciones para tramitar quejas y reclamos administrativos o judiciales quegaranticen el cumplimiento de sus derechos; as como la reparacin eindemnizacin oportuna por los daos y perjuicios causados, en aquelloscasos que lo ameriten;

    j. Ser atendida inmediatamente con servicios profesionales deemergencia, suministro de medicamentos e insumos necesarios en loscasos de riesgo inminente para la vida, en cualquier establecimiento desalud pblico o privado, sin requerir compromiso econmico ni trmiteadministrativo previos;

    k. Participar de manera individual o colectiva en las actividades de salud yvigilar el cumplimiento de las acciones en salud y la calidad de losservicios, mediante la conformacin de veeduras ciudadanas u otrosmecanismos de participacin social; y, ser informado sobre las medidasde prevencin y mitigacin de las amenazas y situaciones devulnerabilidad que pongan en riesgo su vida; y,

    l. No ser objeto de pruebas, ensayos clnicos, de laboratorio oinvestigaciones, sin su conocimiento y consentimiento previo por escrito;ni ser sometida a pruebas o exmenes diagnsticos, excepto cuando laley expresamente lo determine o en caso de emergencia o urgencia enque peligre su vida.

    La misma Ley Orgnica de la Salud, en el captulo sobre los servicios de salud(art. 180 y 186) regula, adems, la regulacin del funcionamiento de losservicios de salud.

    La Ley de Derechos y Amparo del Paciente en el captulo sobre los derechos delpaciente (art. 2-7) seala los derechos de los pacientes: atencin digna, a no serdiscriminado, derecho a la confidencialidad, a la informacin, a decidir.

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    El Cdigo de tica Mdica del Ecuador, en el captulo sobre los deberes yderechos del mdico para con los enfermos, norma (art. 6, 7, 15-19) lasobligaciones de los mdicos: ser responsable de la situacin del paciente, llevaruna ficha clnica, a intervenir bajo autorizacin, a realizar anestesias eintervenciones complejas con los medios suficientes y advertir sobre laspatologas y diagnsticos.

    La Ley del Anciano hace referencia a la obligacin del Estado de garantizar aladulto mayor el derecho a un nivel de vida que asegure la salud y la asistenciamdica (art. 2, 7).

    Aunque la Constitucin Poltica del Ecuador y sus leyes y reglamentos hanestablecido claramente el derecho a la salud de los ecuatorianos, el problema esel cumplimiento de los preceptos constitucionales, para lo cual la autoridadsanitaria nacional debe exigir los recursos econmicos que permitan dar

    cumplimiento a lo sealado por la carta magna. Adems, le corresponde vigilarel cumplimiento de las disposiciones para la atencin privada.

    5. La responsabilidad

    Solo el ser humano es responsable. La responsabilidad, la autonoma y lalibertad son los mismos. El simple hecho de tener cosas, poseer desde un trabajoa una familia, pasando por propiedades de muy diverso tipo, llave anejasdiferentes responsabilidades.8

    La responsabilidad, en general, no viene a ser otra cosa que el deber de asumirlas consecuencias de un dao por dos vas legales: la responsabilidad penal, quebusca sancionar; y la responsabilidad civil, que busca la reparacin de un dao.

    5.1. La responsabilidad civil9

    La responsabilidad civil consiste en la obligacin que recae sobre una personade reparar el dao que ha causado a otro, sea en naturaleza o bien, por unequivalente monetario, (normalmente mediante el pago de una indemnizacinde perjuicios). Dez-Picazo define la responsabilidad como la sujecin de unapersona que vulnera un deber de conducta impuesto en inters de otro sujeto ala obligacin de reparar el dao producido. Aunque normalmente la personaque responde es la autora del dao, es posible que se haga responsable a unapersona distinta del autor del dao, caso en el que se habla de responsabilidadpor hechos ajenos, como ocurre, por ejemplo, cuando a los padres se les hace

    8www.lacavernadeplaton.com/.../responsabilidad00.htm -

    9es.wikipedia.org/wiki/Responsabilidad_civil -

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    responder de los daos causados por sus hijos, o al propietario del vehculo delos daos causados por el conductor.

    La responsabilidad civil puede ser contractual o extracontractual. Cuando lanorma jurdica violada es una ley (en sentido amplio), hablamos de

    responsabilidad extracontractual, la cual, a su vez, puede ser delictual o penal(si el dao causado fue debido a una accin tipificada como delito), o cuasi-delictual o no dolosa (si el perjuicio se origin en una falta involuntaria).Cuando la norma jurdica transgredida es una obligacin establecida en unadeclaracin de voluntad particular (contrato, oferta unilateral, etctera),hablamos, entonces, de responsabilidad contractual.

    El cdigo civil del ecuador no hace ninguna referencia a la forma de loscontratos en el campo mdico y es obligacin de los asamblestas, revisar laslegislaciones de otros pases, para actualizar la legislacin mdica del Ecuador

    que debe quedar claramente establecida, a fin de que los pacientes sientan laseguridad en la atencin mdica y que tambin los mdicos trabajen en unambiente de confianza, que evite la prctica de la medicina defensiva, comosucede, por ejemplo, en Estados Unidos, donde el excesivo nmero dedemandas a los profesionales, por supuestas malas prcticas mdicas, hallevado al retiro de prestigiosos profesionales.

    5.2. Responsabilidad contractual: obligaciones de medios y de resultados

    Las obligaciones se clasifican habitualmente como de medios y de resultados, ytiene una gran importancia a la hora de determinar la responsabilidad civilcontractual. El incumplimiento, que es uno de los requisitos bsicos para que laresponsabilidad se produzca, depender de la clase de obligacin.

    Cuando una norma o un contrato obligan a una persona a alguna cosadeterminada, sea sta una accin o una abstencin (hacer o no hacer algo), estaobligacin es considerada de resultado. Tal es el caso de un transportista que seobliga a llevar determinada mercanca a un destino en particular. Aqu laresponsabilidad es prcticamente automtica, pues la vctima slo debe probarque el resultado no ha sido alcanzado, no pudiendo entonces el demandadoescapar a dicha responsabilidad, excepto si puede probar que el perjuicioproviene de una causa ajena (por ejemplo, que se debe a un caso fortuito o defuerza mayor).

    Por otra parte, en aquellos casos en que una norma o un contrato slo obligan aldeudor a actuar con prudencia y diligencia, la obligacin es considerada demedios. Este es el caso de la obligacin que tiene un mdico respecto a supaciente: el mdico no tiene la obligacin de sanarlo, sino de poner sus mejoresoficios y conocimientos al servicio del paciente, es decir, de actuar en formaprudente y diligente (aunque hay excepciones, en algunos casos el mdico

    asume una obligacin de resultado, como ocurre en la ciruga estticavoluntaria). En estos casos, la carga de la prueba le corresponde a la vctima o

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    demandante, quien deber probar que el agente fue negligente o imprudente alcumplir sus obligaciones.

    En el caso de la obligacin de medios es ms difcil probar la responsabilidadcivil, dado que el incumplimiento no depende slo de no haber logrado el

    resultado (en el ejemplo anterior, sanar al paciente), sino que habra quedemostrar que pudo ser posible haberlo logrado si el obligado hubiese actuadocorrectamente.

    5.3. Responsabilidad extracontractual

    Surge cuando el dao o perjuicio causado no se origina en una relacincontractual sino en cualquier otro tipo de actividad.

    La responsabilidad extra contractual puede definirse como aquella que existecuando una persona causa, ya por s misma, ya por medio de otra de la queresponde, ya por una cosa de su propiedad o de que se sirve, un dao a otrapersona, respecto de la cual no estaba ligada por un vnculo obligatorio anteriorrelacionado con el dao producido (idem). Esta rea del Derecho Civil tambinse conoce como delitos y cuasidelitos civiles (fuentes de las obligaciones). Lasfuentes principales de las obligaciones extracontractuales son el hecho ilcito yla gestin de negocios.

    Un caso de responsabilidad extracontractual es el que puede surgir por losdaos y perjuicios causados a terceros como consecuencia de actividades quecrean riesgos a personas ajenas a la misma (por ej., la conduccin de unautomvil, el desarrollo de una actividad industrial).

    Otro supuesto es el de la responsabilidad por daos causados por bienespropios: cuando se desprende un elemento de un edificio y causa lesiones aquien pasa por debajo; cuando alguien sufre un accidente por el mal estado delsuelo... Tambin se es responsable por los daos y perjuicios que originen losanimales de los que se sea propietario.

    La responsabilidad puede tener su origen en actos de otra persona por la que

    debemos responder: un padre es responsable de los daos y perjuicios quecause su hijo menor de edad; un empresario, por los que causen sus empleados.

    El Estado puede ser responsable tambin por errores judiciales, por accidentescausados por el mal estado de las carreteras, etc.

    5.4. La responsabilidad penal10

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    es.wikipedia.org/wiki/Responsabilidad_penal -

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    La responsabilidad penal es la consecuencia jurdica de la violacin de la ley,realizada por quien siendo imputable o inimputable, lleva a trmino actosprevistos como ilcitos, lesionando o poniendo en peligro un bien material o laintegridad fsica de las personas.

    La responsabilidad penal es, en Derecho, la sujecin de una persona quevulnera un deber de conducta impuesto por el Derecho penal al deber deafrontar las consecuencias que impone la ley. Dichas consecuencias se imponena la persona cuando se le encuentra culpable de haber cometido un delito ohaber sido cmplice de ste. La responsabilidad penal la impone el Estado, yconsiste en una pena que busca castigar al delincuente e intentar su reinsercinpara evitar que vuelva a delinquir.

    Tambin podr ser comn o especial. Comn, cuando el delito cometido puedeser realizado por cualquier individuo (robo, violacin, asesinato). Especial,

    cuando el delito es cometido por un funcionario pblico aprovechndose de sucondicin.

    La responsabilidad penal no busca resarcir o compensar a la vctima del delito,sino que esa ser una responsabilidad civil independiente y derivada del actodelictivo. Sera un tipo de responsabilidad civil extracontractual por producirun acto lesivo para otra persona.

    En ocasiones, dichos conceptos se confunden y sobre todo en el derechoanglosajn, dado que ambas responsabilidades pueden llevar a obligacionespecuniarias. Sin embargo, existen varias diferencias:

    Su finalidad es distinta: La responsabilidad penal sanciona, y la civil repara undao. Normalmente el destinatario tambin es distinto. La responsabilidadpenal se suele pagar al estado; la civil, a la vctima.

    5.5. La responsabilidad mdica

    El concepto de responsabilidad mdica aparece ya en los aos 2392 a. C.,cuando el cdigo del rey Hammurabi dedicaba al menos nueve artculos, de los

    282 de que constaba, a las faltas y castigos para los mdicos. Y as entre otrospreceptos estableca: "si un mdico abre a alguien una gran herida con elcuchillo de bronce y lo mata, o si vaca a alguien una cavidad con el cuchillo debronce y le deja sin ojo se le debern cortar las manos". Tambin en este cdigose encuentra el concepto ms primitivo de contrato o pacto entre mdico yenfermo, donde a cambio de la prestacin del servicio de uno, el otro quedabaobligado a pagar en monedas o especies.11

    11 distritos.telepolis.com/1395/lib/e.../Codigo_de_Hammurabi.pdf -

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    Posteriormente, en Roma, surgi la ley de Aquilia que rega a los mdicos. Ensta se hablaba por primera vez de la culpa gravis que ha servido de base amuchas legislaciones.

    En todos los tiempos y en las distintas civilizaciones hubo mdicos que, aunque

    con distintas metodologas o creencias, debieron responder de su bien hacer, yafuese ante el pueblo, el juez o el jefe de la tribu.

    La responsabilidad mdica es parte de la responsabilidad profesional y tienerelacin directa con el accionar mdico, ya sea por una atencin mdica, unaintervencin quirrgica, un procedimiento, etc. Desde el punto de vista de lalegislacin ecuatoriana, se encuadra en lo sealado por el art. 202 de la LeyOrgnica de Salud.

    En este sentido, Lacassagne seala, en una cita de Andrs Ycaza Palacios sobrela responsabilidad mdica en el Ecuador, que, la responsabilidad mdica es laobligacin para los mdicos de sufrir las consecuencias de ciertas faltas por elloscometidas que pueden comportar una doble accin, civil y penal".Manifestando seguidamente que debe entenderse bajo este concepto laresponsabilidad que afecta al mdico por sus actos u omisiones que puedanconsiderarse culpables, ya sea por imprudencia, descuido, ligereza o por erroren la administracin de medicamentos o en la ejecucin de operaciones o en laemisin de juicios cientficos, en las actuaciones periciales o, en fin, en cualquieracto en que intervenga en calidad de facultativo".12

    5.5.1. La responsabilidad mdica en el Ecuador

    La Constitucin Poltica del Ecuador, en el art. 54, establece lasresponsabilidades civil y penal de las personas y entidades que prestanservicios pblicos y en el art. 363, establece las responsabilidades del estadosobre la salud a lo largo de 8 literales.

    El art. 54 de la Constitucin Poltica se refiere en general a las personas oentidades que presten servicios pblicos y se hace referencia a la mala prcticaen el ejercicio de su profesin, lo que claramente determina que la prctica

    mdica debe atender a esta responsabilidad establecida en la Constitucin.

    Asimismo, el art. 361 describe la obligacin del estado para ejercer la rectoradel sistema a travs de la autoridad sanitaria nacional, y el 362 identifica losactores del servicio pblico y las caractersticas fundamentales: seguros, decalidad y calidez, y garantizarn el consentimiento informado, el acceso a lainformacin y la confidencialidad de la informacin de los pacientes. Losservicios pblicos estatales de salud sern universales y gratuitos en todos los

    12www.derechoecuador.com/index.php?... -

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    niveles de atencin y comprendern los procedimientos de diagnstico,tratamiento, medicamentos y rehabilitacin necesarios.

    La gratuidad y universalidad de los servicios pblicos estatales de salud es unarealidad slo en el papel, porque los familiares deben adquirir la mayora de

    insumos y medicamentos para la atencin de los pacientes en una entidadpblica. Esto se ratifica a diario cuando vemos en televisin las ayudaseconmicas que se solicitan para la atencin de pacientes.

    El Cdigo Penal del Ecuador (art. 14 y 15) seala en forma general que lasinfracciones de responsabilidad culposa pueden ser consideradas en el mbitomdico cuando no se ha dado cumplimiento a las normas y reglamentos o en elcaso de negligencia, imprudencia o impericia.

    En el Cdigo Penal del Ecuador se describen cules son los delitos y las faltasque se pueden cometer como consecuencia de la actividad mdica as como suscorrespondientes sanciones, especficamente para los casos de aborto noconsentido (art. 441), aborto preterintencional (art. 442), aborto consentido (art.443), aborto voluntario consentido (art. 444), aborto letal (445), aborto efectuadopor profesional de la salud (446), y las condiciones del aborto teraputico yeugensico (art. 447).

    Consideramos que la vida debe ser protegida desde la concepcin y nuestrasleyes han establecido claramente las sanciones por los delitos de aborto. Lo quela ley no ha establecido es el derecho a la objecin de conciencia por parte delmdico, cuando en casos de aborto teraputico o eugensico, los principios

    ticos y morales individuales sern los que determinen si determinado mdicoacepta o no la realizacin del procedimiento abortivo.

    5.5.2 Responsabilidad de la autoridad sanitaria nacional en el Ecuador

    El Art. 199 de la Ley Orgnica de la Salud se seala que: Corresponde a laautoridad sanitaria nacional la investigacin y sancin de la prctica ilegal,negligencia, impericia, imprudencia e inobservancia en el ejercicio de lasprofesiones de la salud, sin perjuicio de la accin de la justicia ordinaria.

    Este artculo establece no solo la investigacin y sancin por parte de laautoridad sanitaria nacional, sino tambin abre campo para la accin de la

    justicia ordinaria. De hecho, cada vez con ms frecuencia se denunciansupuestos casos de mala prctica mdica, que son investigados por la fiscala.Aqu debemos anotar que se refieren al ejercicio de las profesiones de lasalud. Pero no hay que olvidar la prctica de las medicinas tradicionales yalternativas plenamente reconocida en la Ley Orgnica de la Salud, en sus art.,189 al 192, respecto a la cual el Art. 191 seala que la autoridad sanitarianacional implementar procesos de regulacin y control para evitar que las

    prcticas de las medicinas tradicionales atenten a la salud de las personas. Noobstante, las sanciones apuntan exclusivamente a los profesionales de la salud.

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    Otros artculos de la misma ley prevn otros casos susceptibles de sancin:amparar con un ttulo a personas no autorizadas (art. 200), generar dao alpaciente por impericia, imprudencia, negligencia o inobservancia (art. 202).

    6. Amparo al paciente en situaciones de emergencia, infracciones y sanciones

    La Constitucin (art. 365) establece que, por ningn motivo, losestablecimientos pblicos o privados ni los profesionales de la salud negarn laatencin de emergencia.

    Varias leyes amparan al paciente en situacin de emergencia y establecensanciones a las infracciones por inobservancia en el cumplimiento de lasnormas, impericia en la actuacin del profesional de la salud con falta total oparcial de conocimientos tcnicos o experiencia, imprudencia con omisin del

    cuidado o diligencia exigible, y negligencia con omisin o demora injustificadaen su obligacin profesional.

    Debemos anotar que, en relacin a las infracciones en la prctica mdica, seencuentra vigente la Ley Reformada y Codificada de la Federacin MdicaEcuatoriana para el Ejercicio, Perfeccionamiento y Defensa Profesional, lamisma que seala las funciones y atribuciones del Tribunal de Honor para

    juzgar y establecer sanciones (art. 22-26).

    7. Aplicacin de la ley

    Como podemos ver, en el Ecuador existe legislacin en la Constitucin Poltica,el Cdigo Penal, la Ley Orgnica de la Salud, la Ley de Derechos y Amparo delPaciente, el Cdigo de la Salud, Ley del Anciano y la Ley Reformada yCodificada de la Federacin Mdica Ecuatoriana para el Ejercicio,Perfeccionamiento y Defensa Profesional, que establecen los derechos y deberesdel Estado, de la instituciones y de los profesionales de la salud para la atencinde los pacientes.

    Pero se requiere que toda esta legislacin sea revisada en forma integral paraser aplicada en forma eficiente y, adems, se realice una amplia difusin debidoal desconocimiento total o parcial de su existencia y aplicacin. Con unconocimiento legal adecuado los profesionales de la salud estaremos encondiciones de cumplir con el deber fundamental de garantizar la salud integralde los ecuatorianos, fundamentada en la equidad, solidaridad y con laaplicacin de principios bioticos, como lo establece la Constitucin Poltica delEcuador.

    10. BibliografaTextos

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