anexos del boletÍn oficial n° 3154

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ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 577 - MEGC/09 ANEXO I Vacantes de Cargos de Supervisión que se concursan: Área Cantidad de Cargos Especialidad Educación Inicial – Primaria/EGB – Primaria Adultos Tres (3) Educación Primaria Uno (1) Lengua Extranjera (Inglés) Educación Media Tres (3) No específica Cinco (5) No específica Educación Superior no Universitaria Uno (1) Artística Supervisión Técnico Pedagógica Uno (1) Ciencias de la Educación o equivalente Supervisión de Organización Escolar Uno (1) No específica ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154 N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 1

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Page 1: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 577 - MEGC/09

ANEXO I

Vacantes de Cargos de Supervisión que se concursan:

Área Cantidad de Cargos EspecialidadEducación Inicial –Primaria/EGB – Primaria Adultos

Tres (3) Educación Primaria

Uno (1) Lengua Extranjera (Inglés)Educación MediaTres (3) No específicaCinco (5) No específicaEducación Superior no

Universitaria Uno (1) ArtísticaSupervisión Técnico Pedagógica

Uno (1) Ciencias de la Educación o equivalente

Supervisión de Organización Escolar

Uno (1) No específica

ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

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ANEXO IITITULO I

Del proceso concursalCAPITULO I

De las etapas del Concurso

Artículo 1º:- El concurso comprenderá tres etapas eliminatorias: Evaluación de antecedentes, aprobación del Curso de Capacitación de los postulantes al presente concurso y prueba de oposición.

Artículo 2º:- La primera etapa, correspondiente a la Evaluación de antecedentes, estará a cargo de una Junta de Seguimiento, Asistencia y Evaluación de antecedentes de los postulantes al concurso de acuerdo con los criterios establecidos en la presente norma.

Artículo 3º:- Previamente a la participación en la prueba de oposición, los postulantes que superen la etapa de evaluación de antecedentes, conforme a lo establecido en el Artículo 18º del presente anexo, deberán realizar el Curso de Capacitación de los postulantes al presente concurso, conforme los lineamientos que oportunamente dará a publicidad la Dirección General de Educación de Gestión Privada.

Artículo 4º:- Aquellos postulantes que aprueben el Curso de Capacitación citado en el artículo anterior, tendrán acceso a una prueba de oposición, cuya evaluación estará a cargo de un Jurado, especialmente conformado para el presente concurso, de acuerdo con los criterios establecidos en esta norma.

CAPITULO IIDe los requisitos de inscripción al concurso

Artículo 5º:- Los aspirantes podrán postularse a uno a más cargos definidos en el Anexo I de la presente norma. Si al finalizar el proceso de concurso, el postulante se hallase en condiciones de ser designado en más de un cargo, deberá elegir el cargo en el que será designado con expresa renuncia al otro cargo, posibilitando la designación con carácter titular del postulante que se encuentre a continuación en el listado surgido de la prueba de oposición.

Artículo 6º:- Para su postulación, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1. – Títulos:

1.1. – Áreas de Supervisión de Nivel Inicial, Primario y Primaria de Adultos; Supervisión de Educación Especial; Supervisión de Nivel Medio, Supervisión de Nivel Superior No Universitario y Supervisión Técnico Pedagógica:

Deberán poseer título docente en el nivel educativo al que corresponda la vacante y en la especialidad, en los casos de Lengua Extranjera, Educación Artística, Salud y Educación Especial.

1.2. Sector Supervisión de Organización Escolar:

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 577 - MEGC/09 (continuación)

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Deberán poseer título docente o habilitante relacionado con la función (área contable, administrativa, jurídica o similar)

2. – Antigüedad:Deberán acreditar, a la fecha de vencimiento del período de inscripción al presente concurso, como mínimo, diez (10) años de antigüedad docente en cualquier nivel, sector, modalidad o área institucional del sistema educativo, en los cuales, en forma continua o discontinua, deberán cumplirse los requisitos detallados en el siguiente cuadro:

Supervisión de Niveles Inicial-Primario- Primaria de Adultos; Media; Especial; Superior No Universitario y Técnico Pedagógico.

Supervisión de Organización Escolar:

Desempeño certificado, de por lo menos 5 años, al frente de alguno de los cargos de dirección en Instituciones Educativas de Gestión Privada incorporadas a la enseñanza oficial en el sistema educativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Experiencia, de por lo menos 3 años, con certificado laboral legalizado en tareas de control / supervisión / asistencia contablecon desempeño en el cargo de Representante Legal, Apoderado Legal, Director General o Director Administrativo en Instituciones Educativas de Gestión Privada incorporadas a la enseñanza oficial en el sistema educativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En los casos de Lengua Extranjera, Educación Artística y Salud, con carácter de excepción dada la especificidad propia del perfil y las características en la gestión educativa de dichas especialidades, se admitirá como antecedentes de conducción asimilables a cargos de dirección, los cargos de coordinador, director de departamento o similares. Esta excepción no será aplicable a los demás perfiles de los cargos objeto de esta convocatoria.

3. - No gozar del beneficio jubilatorio en esta ni en otras jurisdicciones ni estar en condiciones de acceder a la jubilación ordinaria en su máximo porcentaje, de acuerdo con la normativa vigente, antes del 31 de diciembre del año de la inscripción para el presente concurso.

4. - No deberán registrar ninguna de las sanciones disciplinarias previstas en el artículo 36 incisos c, ch, d, e y f del Estatuto del Docente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 7º - La inscripción para el concurso se realizará en la fecha y lugar establecidos en el cronograma que oportunamente dé a publicidad la Dirección General de Educación de Gestión Privada. Los aspirantes se inscribirán personalmente o por intermedio de persona autorizada por el interesado, con firma certificada por autoridad escolar con jerarquía no inferior a Director, por entidades bancarias oficiales, Policía o Escribano Público, en los lugares que fije la convocatoria, completarán los formularios aprobados para tal efecto y acompañarán la documentación que acredite su trayectoria a los fines de su valoración por la Junta de Seguimiento, Asesoramiento y Evaluación. Las fotocopias de títulos, títulos de grado,

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 577 - MEGC/09 (continuación)

pos-títulos y pos-grado, deberán estar certificadas por el organismo de control competente. Las fotocopias de otros antecedentes serán presentadas ante la Dirección General de Educación de Gestión Privada, con sus originales, para su certificación, con el agregado en las mismas de la leyenda “Es copia del original”. Toda documentación en idioma extranjero que por su índole debe ser admitida, será acompañada por su traducción al castellano realizada por Traductor Público matriculado. Los originales no podrán ser retenidos. (Decreto Nº 371/2001 BOCBA 1165)

Aquellos postulantes que ya hubiesen presentado documentación ante la Dirección General de Educación de Gestión Privada con motivo del concurso realizado n el marco de la Resolución N° 2896-MEGC/06 podrán agregar o actualizar la información ya presentada junto con el “Formulario de Inscripción de Postulantes al Concurso” (Anexo III de la presente resolución), dejando constancia de que se trata de una actualización de la información ya presentada. En todos los casos, a los efectos del recalculo de su antigüedad docente, deberán presentar las certificaciones de servicios actualizadas (original y copia).

Artículo 8º - La documentación será presentada en la forma en que se indique en el instructivo correspondiente, el que será confeccionado y puesto a disposición de los aspirantes por parte de la Dirección General de Educación de Gestión Privada con la antelación que estime necesaria. Tal documentación se identificará con el nombre del aspirante y, en el caso de las mujeres, éstas deberán identificarse con el apellido de soltera.

CAPITULO IIIDe la Junta de Seguimiento, Asesoramiento y Evaluación

Artículo 9º.- La Junta de Seguimiento, Asesoramiento y Evaluación tendrá su cargo la asignación de puntaje a los antecedentes de los postulantes al concurso de acuerdo con las pautas y criterios establecidos en el presente Anexo II. Como resultado de dicha asignación de puntaje se establecerá un orden de mérito para cada vacante, el cual será publicado de acuerdo con el cronograma del concurso y servirá de base para la asignación de vacantes al curso de capacitación citado en el artículo 3º.

Artículo 10º. - Son funciones de Junta de Seguimiento, Asesoramiento y Evaluación de antecedentes de los postulantes las siguientes:

a) Constituirse en primera sesión y elaborar la agenda de las siguientes y sucesivas reuniones ordinarias, a las cuales sus miembros quedarán automáticamente convocados en ese mismo acto. Si circunstancias excepcionales lo exigiesen, cualquiera de los miembros de la Junta de Seguimiento, Asesoramiento y Evaluación podrá convocar a los restantes a celebrar sesión extraordinaria con no menos de 24 horas de anticipación, empleando a tal fin un medio fehaciente de convocatoria y con indicación de los temas a tratar.

b) Fijar en la primera sesión los días y horarios en que atenderá a los aspirantes. c) Sesionar con una frecuencia mínima de una sesión por semana.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 577 - MEGC/09 (continuación)

d) Redactar, firmar, llevar y conservar el libro de actas de sesiones de la Comisión.

e) Conservar y custodiar los legajos de los aspirantes. f) Verificar que los aspirantes reúnan todas las condiciones generales

establecidas en el Artículo 6º del presente reglamento.g) Recibir de los aspirantes la documentación correspondiente que avale la

información suministrada en el Formulario de Inscripción de Postulantes al Concurso (Anexo III); entregar constancia de recibo y formar con la documentación recibida el legajo de cada aspirante.

h) Indicar las omisiones, errores e irregularidades que en cada caso se detecten como consecuencia de lo previsto en los dos incisos anteriores y hacer saber las falencias al aspirante de que se trate, para lo cual exhibirá la lista de legajos observados en su sede. En cada caso, el aspirante tiene la carga de tomar conocimiento de las observaciones y podrá subsanarlas en el término de cinco días hábiles contados desde el primer día de exhibición de la lista. Vencido dicho término sin que el aspirante haya subsanado la falencia indicada, será nula la presentación.

i) Depuradas las listas de aspirantes, exhibir las mismas en su sede. j) Conforme con la documentación obrante en los legajos particulares, asignar a

cada aspirante el puntaje que le corresponda.k) Sobre la base de los puntajes asignados de acuerdo con el inciso anterior,

confeccionar la lista de orden de mérito de los aspirantes habilitados a ingresar en el Curso de Capacitación a que se refiere el artículo 3º del presente reglamento, con los límites de cantidad de postulantes allí determinado.

l) A solicitud de los aspirantes, otorgar los certificados destinados a quienes éstos requieran, para solicitar ante las instituciones u organismos en donde prestan servicios, las autorizaciones de licencia para realizar el Curso de Capacitación a que se refiere el artículo 3º.

m) Responder a los requerimientos de las autoridades educativas cuando le fuere solicitado.

n) Recibir los escritos de los recursos que interpongan los aspirantes contra sus decisiones y dictaminar acerca de las impugnaciones formuladas.

o) Establecer los procedimientos de evaluación que aseguren la homogeneidad de criterios y la transparencia en la evaluación de los antecedentes.

p) Preservar la confidencialidad sobre todo lo referido al Concurso. Quedan comprendidos en el deber de confidencialidad los asistentes técnico-administrativos que colaboren con esta Junta.

Artículo 11: La Junta de Seguimiento, Asesoramiento y Evaluación estará formada por siete (7) miembros titulares y dos (2) suplentes y quedará constituida con la presencia de, por lo menos, cinco de sus miembros y las decisiones se tomarán por el voto coincidente de la mitad más uno de sus miembros presentes. Tanto la decisión como las disidencias deberán fundamentarse y constarán en el acta respectiva. En caso de empate, la cuestión se elevará a la Dirección General de Educación de Gestión Privada, la que debe pronunciarse en las siguientes 24 horas hábiles.

Artículo 12: Todos los miembros de la Junta de Seguimiento, Asesoramiento y Evaluación son pares. La Junta de Seguimiento, Asesoramiento y Evaluación no tiene

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 577 - MEGC/09 (continuación)

autoridades ni presidente. Los miembros pueden acordar la división de las tareas entre ellos, lo que no obstará a la responsabilidad de todos por las mismas.

Artículo 13: La Junta de Seguimiento, Asesoramiento y Evaluación formará el legajo encarpetado de los aspirantes sobre la base de títulos y antecedentes que éstos presenten y cualquier otro dato o documento pertinente. En la tapa de la carpeta figurará el nombre y apellido del postulante. Se abrirá una ficha por cada legajo en la que se registrará el nombre y apellido del aspirante y su situación de revista. Las mujeres se identificarán con el apellido de soltera. Una segunda ficha con nombre y apellido, número de documento de identidad, número de ficha municipal - si tuviese -, situación de revista, domicilio, código postal y teléfono, nacionalidad, fecha y lugar de nacimiento, registrará en forma discriminada la totalidad de los títulos, cursos y antecedentes que presente el aspirante y el valor de puntaje que se le otorgue en cada oportunidad en que sea clasificado.

El legajo y las fichas serán numerados en forma coincidente. Toda modificación, incorporación o baja de datos del legajo, será registrada también en las respectivas fichas, de modo que estas últimas guarden permanente concordancia con el legajo y se mantengan actualizadas.

A pedido de los interesados y, a su cargo, se expedirán copias de los legajos y de las respectivas fichas.

Artículo 14: La Junta de Seguimiento, Asesoramiento y Evaluación aprobará la tipificación de los formularios que deban utilizarse para la tramitación de las distintas etapas del Concurso. La Junta de Seguimiento, Asesoramiento y Evaluación no podrá innovar respecto del formulario de inscripción previsto en el Anexo III de la Resolución.

Artículo15: La Junta de Seguimiento, Asesoramiento y Evaluación tendrá su sede en la Dirección General de Educación de Gestión Privada, sita en la Avenida Santa Fe nº 4358/62 de la Ciudad de Buenos Aires.

CAPITULO IVAsignación de puntaje de los antecedentes

Artículo 16º.- Para la asignación de puntaje a los antecedentes de cada uno de los postulantes, la Junta de Seguimiento, Asesoramiento y Evaluación tendrá un plazo de 30 días a partir de la fecha de cierre de la inscripción al presente concurso, prorrogable por única vez. Los miembros de la Junta determinarán un procedimiento de evaluación que asegure la homogeneidad de criterios y la transparencia en la evaluación de antecedentes.

Artículo 17º:- A los fines de la calificación de los antecedentes presentados se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

1.- Tìtulos:

La asignación de puntaje será:

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Docente……………………………………………nueve (9) puntos.Habilitante…………………………………………seis (6) puntos.

Para la evaluación de este ítem solo se considerarán los títulos de carácter nacional o aquellos que, otorgados en el extranjero, se encuentren revalidados en el país.

2.- Otros títulos

a) Áreas Inicial-Primaria- Primaria de Adultos; Educación Especial, Educación Media, Educación Superior No Universitaria y Técnico Pedagógico:

1. Por título incluido en el Anexo de Títulos General:1.1. El declarado docente: tres (3) puntos por cada uno.1.2. El declarado habilitante: dos (2) puntos por cada uno.1.3. El declarado supletorio: un (1) punto por cada uno.

A los efectos del presente concurso el título de Maestro Normal Nacional se considerará en todos los casos, supletorio de otro título docente.2. Por título no incluido en el Anexo de Títulos General:2.1. El universitario con plan de estudios no inferior a cuatro años: dos (2) puntos por cada uno.2.2. El universitario con plan de estudios inferior a cuatro años: un (1) punto por cada uno.2.3. El título de nivel terciario no universitario: un (1) punto por cada título.

3. Cuando para formar el título básico en un área de la educación se requieran dos títulos, en las otras áreas serán valorados cada uno por separado en “Otros Títulos”, de la siguiente forma:3.1. El título terciario o universitario que conjuntamente con el de Maestro Normal Nacional o su equivalente conforme un título docente: tres (3) puntos por cada uno, en lugar del puntaje que le hubiera correspondido de acuerdo con las valoraciones previstas en el punto 2.3.2. El título terciario que conjuntamente con el de Maestro Normal Nacional o sus equivalentes conforme el título habilitante: dos (2) puntos por cada uno en lugar del puntaje que le hubiere correspondido de acuerdo con la valoración prevista en el punto 2.

4. Los postítulos universitarios con un plan de estudios cuya duración no sea inferior a cuatro años que, conjuntamente con el de Maestro Normal Nacional o sus equivalentes compongan un título docente en el área de Educación Especial, serán valorados dentro de dicha área en el inciso a) “Otros Títulos” con dos (2) puntos.

5. Salvo lo dispuesto en el punto anterior, los títulos que componen el título docente, habilitante o supletorio del aspirante, no podrán ser valorados para la misma Área en el inciso a) “Otros Títulos”.

6. En caso de títulos intermedios u obtenidos a lo largo de una misma carrera en orden necesariamente sucesivo, se valorará en el inciso a) “Otros Títulos” solamente el obtenido en último término.

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Del mismo modo, de acreditarse la posesión de diversos títulos obtenidos sucesivamente a lo largo de una misma carrera, se valorizará en el Acápite 1 “Títulos”, el obtenido en último término.

En los casos de títulos no sucesivos obtenidos a partir del tronco curricular común, uno de ellos será valorado en su totalidad, conforme con su categorización. El o los otros títulos otorgarán un puntaje adicional, en proporción a las asignaturas o carga horaria que hubiese demandado su obtención a continuación del Tronco Común (Decreto Nº 307/02).7. Los títulos de carreras de posgrado y postítulo o equivalentes, especializaciones, maestrías y doctorados otorgados por instituciones de nivel superior, no universitarias o universitarias, oficiales o privadas reconocidas, nacionales o extranjeras, serán considerados y valorados en específicos y no específicos. A los efectos del presente concurso se considerarán específicos aquellos títulos en los que las materias del plan de estudio referidas al área en la que concursa alcancen el 40% o más del total de las asignaturas de la carrera. Asimismo se considerarán específicas cuando se trate de materias referidas a la integración de las personas con necesidades especiales en los distintos niveles del sistema educativo. Para los postulantes que concursen para el área técnico pedagógica se considerarán específicos los estudios referidos a orientación y evaluación de planes de estudio.7.1. Específicos. Según su afinidad y pertinencia con el cargo por desempeñar, serán valorados de la siguiente forma:Hasta trescientos cincuenta y nueve (359) horas............................................sin puntaje. De trescientos sesenta (360) horas a quinientas treinta y nueve (539)...........un (1) punto.De quinientas cuarenta (540) horas a setecientas diecinueve (719) horas…un y medio (1,5) punto.De setecientas veinte (720) horas en adelante.............................................dos (2) puntos.

7.2. No específicos. Serán valorados de la siguiente forma:Hasta trescientas cincuenta y nueve (359) horas..........................sin puntaje.De trescientas sesenta (360) horas a quinientas treinta y nueve (539).....medio punto (0,5) punto.De quinientas cuarenta (540) horas a setecientas diecinueve (719) horas.....tres cuartos (0,75) punto.De setecientas veinte (720) horas en adelante................................un (1) punto.

b) Supervisión de Organización Escolar1. Por título docente relativo a la función:1.1. El declarado docente: tres (3) puntos por cada uno.1.2. El declarado habilitante: dos (2) puntos por cada uno.

2. Por título no incluido en el Anexo de Títulos:

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2.1 - Títulos universitarios con Plan de Estudios no inferior a cuatro años: dos (2) puntos por cada uno.2.2 - Títulos universitarios con Plan de Estudios inferior a cuatro años: un (1) punto por cada uno.2.3 - Títulos de nivel terciario no universitario: un (1) punto por cada uno. 3. Los títulos de carreras de posgrado y postítulo o equivalentes, especializaciones, maestrías y doctorados otorgados por instituciones de nivel superior, no universitarias o universitarias, oficiales o privadas reconocidas, nacionales o extranjeras, serán considerados y valorados en específicos y no específicos. A los efectos del presente concurso se considerarán específicos aquellos títulos en los que las materias del plan de estudio referidas al área en la que concursa alcancen el 40% o más del total de las asignaturas de la carrera.

3.1- Específicos. Según su Afinidad y Pertinencia con el cargo de desempeño, serán valorados de la siguiente forma:

Hasta 359 (trescientas cincuenta y nueve) horas..................……..... Sin puntaje.De 360 (trescientas sesenta) a 539 (quinientas treinta y nueve) horas.......Un (1) punto.De 540 (quinientas cuarenta) a 719 (setecientas diecinueve) horas.........Uno y medio (1,50) punto.De 720 (setecientas veinte) horas en adelante......……................Dos (2) puntos.

3.2 - No específicos. Se valorarán de la siguiente forma:Hasta 359 (trescientas cincuenta y nueve) horas..............................Sin puntaje.De 360 (trescientas sesenta) a 539 (quinientas treinta y nueve) horas.......Medio (0,50) punto.De 540 (quinientas cuarenta) a 719 (setecientos diecinueve) horas......…Tres cuartos (0,75) punto.De 720 (setecientas veinte) horas en adelante………..............…….un (1) punto.

4. Cuando para formar el título básico en un área de la educación se requieran dos títulos, en las otras áreas serán valorados cada uno por separado en “Otros Títulos”, teniendo en cuenta lo establecido en los puntos 1 a 3 del presente acápite.

5. En el caso de títulos intermedios u obtenidos a lo largo de una misma carrera en orden necesariamente sucesivo se valorará en el rubro “Otros Títulos” solamente el que otorgue mayor puntaje.Del mismo modo, de acreditarse la posesión de diversos títulos obtenidos sucesivamente a lo largo de una misma carrera, se valorará en el Acápite “1” “Titulos” solamente el que otorgue mayor puntaje.En los casos de títulos no sucesivos obtenidos a partir de un tronco curricular común, uno de ellos será valorado en su totalidad, conforme con su categorización. El otro otorgará un puntaje adicional, en el rubro “Otros Títulos”, en proporción a las asignaturas o carga horaria que hubiese demandado su obtención a continuación del título común. d) En todos los casos, por aplicación de este Acápite “Otros Títulos”, sólo se podrá acumular hasta seis (6) puntos.

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3.- Antigüedad:En cualquier jurisdicción oficial o de institutos incorporados a la enseñanza oficial, en cualquier nivel o área de la educación, diez centésimos (0,10) de punto por cada año. Cuando se trate del área o nivel al que corresponda el cargo o asignatura concursada, cuarenta y cinco (0,45) de punto por cada año.

4.- Cargos y antecedentes: El puntaje se asignará por cada año (Dec. Nº 371/2001)4.1 En el cargo en el que el docente revista como titular, excluido el inicial de cada escalafón: veinticinco centésimos (0,25) de punto.4.2 En cargos de jerarquía superior del mismo escalafón: cincuenta centésimos (0,50) de punto.El desempeño que se bonificará podrá ser como titular, interino o suplente En los casos, en que al momento de la fecha de cierre de presentación de antecedentes al presente concurso, se desempeñen como supervisores, con carácter de interinos, en la Dirección General de Educación de Gestión Privada como resultado de las listas conformadas de acuerdo con lo normado por la Resolución N° 5292-MEGC/07 se les asignará por el ítem 4.2., el valor de un (1) punto con independencia de la antigüedad en dicho cargo. Si alguno alcanzara a dicho momento más de un año de servicios en dicho cargo se asignará cincuenta centésimos (0,50) de punto por cada año a partir del segundo año cumplido.Por aplicación de este punto 4, podrán acumularse hasta seis (6) puntos.

5. – Estudios de capacitación, perfeccionamiento y/o actualización docente en instituciones oficiales o privadas con reconocimiento oficialLos cursos de actualización podrán ser Específicos y No específicos. Se consideran Específicos aquellos que tengan contenidos propios de la asignatura o cargo y/o vinculación directa con la práctica pedagógica para su área y nivel de competencia. En las Áreas de Educación Inicial, Primaria, Especial y Adultos otorgarán puntaje para la calificación los cursos con una carga horaria no menor a 30 (treinta) horas cátedra. En el resto de las áreas de la educación otorgarán puntaje los cursos cuya carga horaria no sea menor a 20 (veinte) horas cátedra.

Los Cursos “Específicos” tendrán un puntaje de tres milésimos (0,003) de punto por hora cátedra. Los Cursos “No Específicos” tendrán un puntaje de quince diezmilésimos (0,0015) de punto por hora cátedra.

Por aplicación de este Acápite se podrá acumular hasta seis (6) puntos. Cuando se supere este tope no será valorado. Sólo se valorarán los cursos realizados en los últimos diez (10) años.

6.- Experiencia en gestión directiva:a. En gestión estatal: 0, 10 puntos por cada dos años completos debidamente documentados b. En gestión privada: 0, 30 puntos por cada dos años completos debidamente documentados

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 577 - MEGC/09 (continuación)

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 577 - MEGC/09 (continuación)

Si tomará idéntico criterio si el postulante presenta experiencia en cargos de similar jerarquía al que concursa.Por aplicación de este punto podrá acumularse hasta un máximo de seis (6) puntos.

7. Antecedentes Culturales y Pedagógicos:

a) Los antecedentes pedagógicos obtenidos posteriormente al titulo que le otorga competencia, serán valorados una sola vez, de la siguiente forma:

1. Propios de la especialidad, del cargo para el que concursa el aspirante:

1.1 Libros, obras, publicaciones, con constancia del ámbito de difusión y certificación de los auspiciantes o publicadores y/o registradas: hasta alcanzar la totalidad de uno (1) punto.

1.2. Proyectos especiales, investigaciones, adscripciones en el nivel superior. (para su reconocimiento deberá presentarse el documento, constancia del seguimiento de la tarea y evaluación de la misma, con la certificación de los auspiciantes y ámbito de difusión): hasta alcanzar la totalidad de uno (1) punto.

1.3. Participación en congresos, jornadas, conferencias, simposios, ferias, exposiciones, competencias y olimpíadas científicas, artísticas y deportivas, encuentros o seminarios pedagógicos con auspicio oficial (para su reconocimiento deberá presentar el trabajo aceptado y certificado por el ente organizador responsable): hasta alcanzar la totalidad de un (1) punto.

1.4. Desempeño como profesor de cursos reconocidos por Ministerios o Secretarías de Educación de jurisdicción nacional, provincial o municipal: se le otorgará tres milésimos (0,003) de punto por hora en los casos de cursos “Específicos”, o quince diezmilésimos (0,0015) de punto por hora en los casos de cursos “No específicos”. Este puntaje se otorgará una sola vez por cada curso dictado y hasta totalizar un (1) punto.

2. De la educación en general:

2.1. Libros, obras, publicaciones, con constancia del ámbito de difusión y certificación de los auspiciantes o publicadores y/o registradas: hasta alcanzar la totalidad de un (1) punto.

2.2. Proyectos especiales, investigaciones, adscripciones en el nivel superior no universitario (para su reconocimiento deberá presentarse el documento, constancia del seguimiento de la tarea y evaluación de la misma, con la certificación de los auspiciantes y ámbitos de difusión): hasta alcanzar la totalidad de un (1) punto.

2.3. Participación en congresos, jornadas, conferencias, simposios, ferias, exposiciones, competencias y olimpíadas científicas, artísticas y deportivas, encuentros o seminarios pedagógicos con auspicio oficial (para su reconocimiento

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 577 - MEGC/09 (continuación)

deberá presentar el trabajo aceptado y certificado por en ente organizador responsable): hasta alcanzar la totalidad de un (1) punto.

3. Premios:

Cuando algunos de los antecedentes detallados como pedagógicos en los puntos 1 y 2 hayan merecido premios o distinción de significación en el ámbito oficial o privado,se podrá acumular hasta un (1) punto.

b.- Los antecedentes culturales realizados con posterioridad a la obtención de su título básico, serán valorados una sola vez y de la siguiente forma:

Actividades propias de la especialidad en la que concursa el docente y que han contribuido a su desarrollo personal (conciertos, exposiciones, exhibiciones, actuaciones, eventos): hasta alcanzar la totalidad de un (1) punto.

Las constancias de los puntos 1 y 2 de este inciso b) deberán ser presentadas con las certificaciones de las entidades organizadoras responsables del tema que traten las mismas.

Participación en Congresos, Jornadas, Conferencias, Simposios, Encuentros o Seminarios de Cultura General con auspicio oficial (para su reconocimiento deberá presentar el trabajo aceptado y certificado por el ente organizador responsable): hasta alcanzar la totalidad de un (1) punto.

Libros de Cultura General (con constancia del ámbito de difusión y certificación de los auspiciantes o publicadores): hasta alcanzar la totalidad de un (1) punto.Proyectos especiales e investigaciones: (para su reconocimiento deberá presentar el documento, seguimiento de la tarea y evaluación de los auspiciantes y ámbito de difusión): hasta alcanzar la totalidad de un (1) punto.Premios: Cuando alguno de los antecedentes detallados como Culturales del punto l al 5 de este inciso b) hayan merecido premios o distinción de significación en el ámbito oficial o privado se podrán acumular hasta cincuenta centésimos (0,50) de punto. Concurrencias y residencias hospitalarias: para su reconocimiento deberá presentarse la constancia que acredite el cumplimiento total de la misma: hasta alcanzar la totalidad de un (1) punto (Conforme art. 11 del Decreto Nº 1.929, BOCBA 2.067 del 15/11/2004).

c.- Becas: hasta alcanzar la totalidad de un (1) punto.

1. Específicas: con contenidos propios de la especialidad del cargo en que concursa el aspirante:• Hasta tres (3) meses: hasta setenta y cinco milésimos (0,075) de punto.• Hasta seis (6) meses: hasta quince centésimos (0,15) de punto.• Más de seis (6) meses: hasta treinta centésimos (0,30) de punto.

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 577 - MEGC/09 (continuación)

2. No específicas: se otorgará el 50 % del valor de puntaje de las específicas.

d.- Por el rubro Antecedentes Pedagógicos y Culturales se podrán acumular hasta un máximo de seis (6) puntos, los cuales se podrán alcanzar en su totalidad por el inciso a) punto l) Propios de la especialidad de la asignatura o cargo que concursa el docente.

Por el inciso a) punto 2) De la educación en general, se podrá acumular hasta un máximo de dos (2) puntos.

Por el inciso b) Antecedentes Culturales, se podrá acumular hasta un máximo de dos (2) puntos.

Por el inciso c) Becas, se podrá acumular hasta un máximo de un (1) punto.

CAPITULO VDel Curso de Capacitación

Artículo 18º:- Una vez determinado el orden de mérito definitivo para cada vacante como resultado de la evaluación de antecedentes de los postulantes, los mismos se encontrarán habilitados para ingresar al curso previsto en el artículo 3 del presente anexo, a razón de seis postulantes por cada vacante, a menos que no hubiere suficiente cantidad de aspirantes, en cuyo caso se realizará con los que se hubieran inscripto. En caso de que no existieran al menos dos postulantes para una vacante, lo cual desvirtuaría el sentido del concurso, se declarará desierto para dicha/s vacante/s, permaneciendo abierto para las restantes.

Artículo 19º: Los participantes del curso deberán cumplir con un mínimo de 80% de asistencia sobre el total de las clases y actividades previstas.

Al finalizar el mismo, los docentes a cargo tomarán a los participantes que cumplan con las condiciones establecidas en el párrafo anterior, una evaluación escrita sobre los contenidos desarrollados en el curso, con calificación de aprobado o desaprobado.

Artículo 20º: Los postulantes que aprueben el Curso de Capacitación serán notificados fehacientemente de lugar, día y hora en que deberán presentarse para realizar la prueba de oposición.

Artículo 21º: A los fines del seguimiento y asesoramiento sobre los contenidos y el desarrollo del curso, la Dirección General de Educación de Gestión Privada podrá convocar a especialistas de reconocida trayectoria y experiencia en el sector.

CAPITULO VIDel Jurado

Artículo 22º:- Se conformará un Jurado por cada una de las áreas para la que se concursen cargos, las que se encuentran definidas en el Anexo I de la presente resolución, cada uno de los cuales estará compuesto por tres miembros titulares y un

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ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 577 - MEGC/09 (continuación)

miembro suplente. Los miembros del Jurado no podrán intervenir en ninguna otra instancia del presente concurso.

Artículo 23º: La función de miembro del jurado es irrenunciable salvo que se halle en alguna de las causales de recusación establecidas en el artículo 60 del Estatuto del Docente. Los miembros del jurado que revisten en jurisdicción del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires serán relevados de sus funciones, con goce de haberes, por el tiempo que demande su actuación, si correspondiese.

Artículo 24º: El Jurado deberá estar formado permanentemente por la totalidad de sus integrantes, ingresando los suplentes en caso de ausencia justificada, recusación o excusación del titular.

Artículo 25º: El Jurado deberá valorar las pruebas, calificarlas y expedirse dentro de los treinta (30) días corridos a partir de la fecha en que se tomará la primera parte de la prueba de oposición. Sólo por razones debidamente justificadas o por la cantidad de aspirantes, podrá la Dirección General de Educación de Gestión Privada previo dictamen de la Junta de Seguimiento, Asistencia y Evaluación, prorrogar el término señalado y fijar la nueva fecha de vencimiento del término.

Artículo 26º: Dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la calificación de la última parte de la prueba de oposición, el Jurado elevará a la Junta de Seguimiento, Asesoramiento y Evaluación todas las actuaciones producidas, acompañadas de un acta final, firmada por todos sus miembros, en la que se especificará la calificación obtenida por cada aspirante en cada una de las partes de la prueba y el puntaje final obtenido.

CAPITULO VIIDe la prueba de oposición

Artículo 27º:- El Jurado designado elaborará la Prueba de Oposición de acuerdo con los criterios establecidos en la presente norma.

Artículo 28º:- La oposición se realizará en el establecimiento, día y hora que fije el Jurado. Consistirá en una prueba práctica escrita de dos (2) horas de duración que será calificada dentro de los siete (7) días hábiles inmediatos posteriores al de su realización, y una prueba oral consistente en un coloquio de hasta treinta (30) minutos por aspirante que será tomada dentro de los siete (7) días hábiles posteriores a la calificación de la prueba práctica con la misma salvedad anterior.Si por razones excepcionales o por la magnitud del número de concursantes, fuese necesario prolongar el período de actuación del Jurado, la Dirección General de Educación de Gestión Privada determinará el plazo, mediante una nueva disposición. Cada una de las partes de la prueba de oposición será calificada de 0 a 50 puntos y tendrá carácter eliminatorio; será requisito indispensable para su aprobación obtener no menos de 25 puntos en cada una de ellas. El promedio de las dos (2) partes será la calificación definitiva de la oposición. El participante que no asista a alguna de las dos (2) partes de la prueba de oposición, cualquiera sea la causa que lo motive, quedará eliminado del concurso.

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A los docentes que participen de la prueba de oposición y que por esta razón no puedan asistir a sus obligaciones, no se les computarán inasistencias durante los días que deban rendir. La Junta de Seguimiento, Asistencia y Evaluación extenderá los comprobantes que certifiquen las fechas de rendición de cada parte.Durante la realización de la prueba, la Junta asesorará al Jurado en materia de normas de procedimiento. Además, pondrá a disposición del Jurado todos los elementos necesarios para la realización de la prueba.La prueba práctica consistirá en la redacción de dos informes: uno acerca de los distintos aspectos de gestión del cargo concursado, y otro de la observación, análisis de una institución educativa y orientación institucional. La institución será seleccionada por medio de sorteo entre los aspirantes El concursante no podrá realizar esta tarea en instituciones educativas en las que desarrolla o haya desarrollado tareas rentadas o no, en forma estable, transitoria o ad hoc. El Jurado en mayoría, deberá presenciar dicha experiencia.Para el área de Supervisión Técnico Pedagógico, el segundo informe versará sobre el análisis de uno de los planes de estudio del instituto, su implementación y orientación.La calificación obtenida en la prueba práctica será puesta en conocimiento de los concursantes antes de rendir la prueba oral. Los docentes que hayan aprobado la parte práctica deberán rendir la prueba oral, que estará a cargo del mismo Jurado; para ello serán convocados por orden alfabético. Todos los concursantes podrán presenciarla.Los miembros del Jurado se abstendrán de manifestar su aprobación o reprobación con respecto a las exposiciones durante el desarrollo del coloquio. En el coloquio, el Jurado evaluará la capacidad creativa para el desempeño de la función y la iniciativa para resolver las situaciones especiales planteadas.También interrogará sobre alguno de los siguientes temas:

a) Funciones del cargo a que aspira y su relación con la comunidad; b) Legislación escolar; c) Organización, gestión y administración escolar;d) Planeamiento estratégico de la educación;e) Resolución de conflictos;f) Procesos sociales y educativos contemporáneos

Finalizado el coloquio el Jurado hará saber a cada concursante la calificación obtenida en esta prueba oral.Artículo 29º:- En caso de empate entre dos o más candidatos, la prioridad se determinará según el orden excluyente que se establece a continuación:

a) El mayor puntaje total de la prueba de oposición.b) El mayor puntaje en el rubro Otros Títulos y Cursos.c) El de mayor antigüedad en cargos directivos de gestión privada.d) El de mayor antigüedad en la docencia de gestión privada.e) El mayor puntaje en el rubro Antecedentes Culturales y Pedagógicos.

CAPITULO VIIIDel Orden de mérito definitivo, designación y toma de posesión

Artículo 30º: - La Junta de Seguimiento, Asesoramiento y Evaluación hará público el orden de mérito definitivo mediante la exhibición del acta respectiva en su sede. El orden de mérito se presume conocido desde el día siguiente al primer día de su

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 577 - MEGC/09 (continuación)

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Page 16: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

exhibición y desde entonces se computarán todos los términos y plazos que sean pertinentes y consecuentes a dicho orden de mérito.

Artículo 31º: - Las designaciones sólo tendrán efecto a partir de la toma de posesión del cargo.

TITULO IIDe los recursos, recusaciones y excusaciones

Artículo 32º: Las impugnaciones a las decisiones de este Concurso deben efectuarse de conformidad con lo que establece el Decreto nº 1.510/97, en cuanto a la forma, contenido y términos, tal como se encuentran previstos en los artículos 35 a 50 (Escritos) y 91 a 108 (Recursos administrativos, Recurso de reconsideración y Recurso jerárquico) de la mencionada norma jurídica.

Artículo 33º: En los casos de licencia, inasistencia o recusación de cualquiera de los miembros titulares de la Junta de Seguimiento, Asesoramiento y Evaluación, el suplente asumirá como titular debiendo, la Dirección General de Educación de Gestión Privada, designar un nuevo suplente en su reemplazo.

Artículo 34º: Las inasistencias a las sesiones de la Junta de Seguimiento, Asesoramiento y Evaluación deben justificarse. El mérito de la justificación será considerado por los restantes miembros de la Junta. Se considerará que es injustificada la inasistencia sin causa o aquella que el miembro intente justificar sin que la causal sea aprobada por los restantes miembros. En caso de inasistencia injustificada, el miembro titular será desplazado de la Junta e ingresará su respectivo suplente.

TITULO IIIDe la Publicidad de los actos

Artículo 35º: La Junta de Seguimiento, Asesoramiento y Evaluación hará públicas todas las decisiones del presente concurso mediante la exhibición del acta respectiva en su sede. Las decisiones de la Junta de Seguimiento, Asesoramiento y Evaluación se presumen conocidas desde el día siguiente al primer día de su exhibición y desde entonces se computan todos los términos y plazos. Si fuese incierta la fecha del primer día de exhibición, se estará a la fecha consignada en el acta respectiva.

Artículo 36º: Las listas definitivas de aspirantes se exhibirán durante todo el período que corresponda, o hasta que sean reemplazadas por la que tendrá vigencia a continuación. La fecha en que comenzará la exhibición de las listas tanto de aspirantes, como las correspondientes al orden de mérito y el plazo para la notificación, tanto para concursos para cargos titulares como para cubrir interinatos y suplencias, se publicarán en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Se considerará falta el incumplimiento de esta disposición por parte de los responsables.

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 577 - MEGC/09 (continuación)

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ANEXO III –

FORMULARIO DE INSCRIPCION DE POSTULANTES AL CONCURSOCONCURSO DE TÍTULOS, ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN PARA LA COBERTURA CON CARÁCTER TITULAR DE LOS CARGOS DE SUPERVISIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD

DECLARACION JURADAA.- VACANTE PARA LA QUE SE INSCRIBE: (completar con una X la opción elegida)

Área Vacante del área para la que se concursa

Opción

Educación inicialEducación Inicial –Primaria/EGB – Primaria Adultos

Educación Primaria

Lengua Extranjera (Inglés)Educación MediaNo específica

Educación Especial Educación EspecialNo específicaArtística

Educación Superior no Universitaria

SaludSupervisión Técnico Pedagógica

Orientación y evaluación de planes de estudio

Supervisión de Organización escolar

No específica

Primera Presentación Actualización de datos

B.- DATOS PERSONALES:Apellido y Nombre:

Documento de Identidad: Tipo: Nro.:Lugar de nacimiento: Fecha:Domicilio real:

Localidad: Prov.:Tel: Correo electrónico:

C.- ULTIMA SITUACION DE REVISTA:Institución: Característica:Dirección: Localidad:Tel: Correo electrónico:Cargo que desempeña: Desde: Hasta:Observaciones:

ANEXO III - RESOLUCIÓN N° 577 - MEGC/09 (continuación)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 17

Page 18: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

D.- ANTECEDENTES PROFESIONALES REQUERIDOS PARA CONCURSAR (Anexo I Artículo 6°):

1. Institución: Característica:Dirección: Localidad:Tel: Correo electrónico:Cargo que desempeña: Desde: Hasta:

2. Institución: Característica:Dirección: Localidad:Tel: Correo electrónico:Cargo que desempeña: Desde: Hasta:

3. Institución: Característica:Dirección: Localidad:Tel: Correo electrónico:Cargo que desempeña: Desde: Hasta:

4. Institución: Característica:Dirección: Localidad:Tel: Correo electrónico:Cargo que desempeña: Desde: Hasta:

E.- CONDICIONES ESPECÍFICAS:1.- Antigüedad en la docencia de gestión estatal y de gestión privada a la fecha de vencimiento de la inscripción al presente concurso:

2.- Antigüedad en el desempeño de cargos directivos en el ámbito de la gestión estatal a la fecha de vencimiento de la inscripción al presente concurso:

3.- Antigüedad en el desempeño de cargos directivos en el ámbito de la gestión privada a la fecha de vencimiento de la inscripción al presente concurso:

4.- Antigüedad en cargo de igual jerarquía al que concursa a la fecha de vencimiento de la inscripción al presente concurso:

5.- Antigüedad en cargos directivos o de igual jerarquía al que concursa en el ámbito de otras jurisdicciones (nacionales o provinciales) a la fecha de vencimiento de la inscripción al presente concurso:

6.- Declaro NO gozar de beneficio jubilatorio alguno en ésta o en otra jurisdicción ni estar en condiciones de acceder a dicho beneficio.

7.- Declaro NO encontrarme comprendido en las causales que inhabilitan para el ejercicio de cargos públicos.

8.- Declaro NO registrar ninguna de las sanciones previstas en el artículo 36 incisos c, ch, d, e y f del Estatuto del Docente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

9.- Adjunto documentación………….folios.

ANEXO III - RESOLUCIÓN N° 577 - MEGC/09 (continuación)

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Page 19: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

(Se completará la planilla de Certificación de Antecedentes con las fotocopias legalizadas de toda la documentación presentada incluida las certificaciones de antigüedad)

LOS DATOS CONSIGNADOS TIENEN CARÁCTER DE DECLARACION JURADALUGAR y FECHA:

FIRMA Y ACLARACION DEL ASPIRANTE:

CERTIFICACIÓN A CARGO DEL PERSONAL INTERVINIENTE EN LA RECEPCIÓNCERTIFICO QUE LA FIRMA QUE ANTECEDE FUE REALIZADA ANTE MÍ Y QUE EL ASPIRANTE PRESENTA………………..FOLIOS.

Firma y sello

PLANILLA DE CERTIFICACIONES DE ANTECEDENTES Y TITULOS (según foliado)

Nº Títulos, cursos,

seminarios, etc.

Folio

Institución Fecha OBS

RECIBO DE INSCRIPCIÓN PARA EL INTERESADO(Nombre y Apellido) …………………………………………………………………..

SE ENCUENTRA INSCRIPTO COMO ASPIRANTE A LA VACANTE (consignar de acuerdo con Anexo I) …………………………………………………………….. PARA EL CONCURSO DE TÍTULOS ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN PARA LA COBERTURA CON CARÁCTER TITULAR DE LOS CARGOS DE SUPERVISIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA DEL MINISTERIO DE EDUCACION DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONÓMA DE BUENOS AIRES.

Ha presentado las certificaciones de antecedentes que se detallan en la planilla adjunta.

LUGAR Y FECHA:

FIRMA DEL PERSONAL INTERVINIENTE:

SELLO

ANEXO III - RESOLUCIÓN N° 577 - MEGC/09 (continuación)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 19

Page 20: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 735 - MCGC/09

ANEXO FONDO METROPOLITANO DE LA CULTURA, LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

CONDICIONES GENERALES Y FORMULARIOS PARA SOLICITAR SUBSIDIOS EN EL MARCO DE LA LÍNEA PROMOCIÓN DEL TANGO EN EL EXTERIOR

En el marco de la mencionada línea de subsidios pueden presentarse personas físicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, registrado en el DNI / LE / LC o personas jurídicas con domicilio registrado en la Ciudad de Buenos Aires, en ambos casos con anterioridad al 01-01-2009.

La normativa en la que se encuadra corresponde a los Decretos Nº 1020-GCABA-04, 115-05 y 2075-07 y sus modificatorias y la Resolución Nº 553-MCGC-09; y pueden ser consultadas en la página web del Gobierno de la Ciudad o en la oficina de la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias.

Presentación

El proyecto debe ser presentado en Av de Mayo 575 – Planta Baja Of. 12, de lunes a viernes en el horario de 10 a 17 hs. desde el 26 de mayo hasta el 26 de junio de 2009.

Deberá confeccionarse en una carpeta cuyo contenido debe realizarse en computadora impreso a simple faz, en hoja A4, con dos perforaciones y sujetas por un broche. Todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas por el solicitante.

Documentación requerida

La presentación debe respetar el siguiente orden:

1. Carátula: donde conste el título del proyecto y el nombre y apellido del solicitante (se adjunta modelo F2009/01)

2. Índice.

3. Si el solicitante es una persona física:a) Original y fotocopia simple de la primera, segunda hoja y, en caso de corresponder, último cambio de domicilio del Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento (el original se devuelve una vez comparado con la copia); b) Fotocopia simple de comprobante de CUIL/CUIT.

4. Carta dirigida al Ministro de Cultura (se adjunta modelo F2009/02)

5. Ficha de presentación de datos (se adjunta modelo F2009/03)

6. Proyecto: - Descripción General del proyecto - Objetivos - Detalle presupuestario del proyecto: Descripción de los gastos a realizarse

- Monto máximo solicitado: Sumatoria de los gastos a realizar con el dinero del subsidio - Monto mínimo solicitado: Mínimo indispensable para la concreción del proyecto sin el cual su realización devendría imposible (aclarar que gastos se solventarían con este monto)

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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 735 - MCGC/09 (continuación)

- Currículum del solicitante o antecedentes del grupo: En el caso de que el proyecto sea desarrollado por un grupo de personas deberán presentarse antecedentes del mismo.

7. Fotocopia del comprobante de C.U.I.T. o C.U.I.L.

8. Anexos: Todo material que se adjunte al proyecto (libros, CD´S, videos, etc.) deben estar debidamente asegurados, foliados y firmados como parte de la carpeta. No se acepta material suelto. En el índice debe consignarse el material que se adjunta.

Importante:

� Es necesaria una muestra de la actividad desarrollada por el artista para la evaluación del proyecto. Incluir como anexo.

� Toda documentación en otro idioma (invitaciones, aceptación de participación, etc.) debe estar acompañada por una copia traducida por traductor público matriculado.

� En caso de ser subsidiado, el beneficiario debe utilizar el dinero adjudicado y rendir cuenta documentada de los gastos en un plazo no mayor a los ciento veinte (120) días desde su acreditación en la cuenta bancaria; no obstante la duración del proyecto puede exceder este plazo, estando limitada por el cierre del año en curso.

� Revise bien el contenido antes de su entrega, no se aceptarán agregados con posterioridad al ingreso del proyecto.

� Los resultados de la convocatoria estarán disponibles en la página del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (www.buenosaires.gov.ar/Cultura)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 21

Page 22: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 735 - MCGC/09 (continuación)F2009/01

FONDO METROPOLITANO DE LA CULTURA, LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

LÍNEA PROMOCIÓN DEL TANGO EN EL EXTERIOR 2009

TITULO DEL PROYECTO:

NOMBRE Y APELLIDO:

MINISTERIO DE CULTURA

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 22

Page 23: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 735 - MCGC/09 (continuación)

F2009/2

Buenos Aires, ....... de …………………………… de 2009

Señor Ministro de Cultura

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Ing. Hernan Lombardi

El/la que suscribe ……………………………………………...................................................

DNI/LE/LC Nº …………………………….. con domicilio en ………………………………

...............………………………………………………. de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, se dirige a Ud. con el objeto de solicitar un subsidio en el marco del Fondo

Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires.

El subsidio solicitado se requiere para el proyecto presentado bajo el título

………………………………………………………………………………………………………...

y se inscribe en la Línea de Subsidios ……………………………..……….., Disciplina

.......………………………………………

El monto solicitado es de $.............. (pesos……………………………………...……...…),

siendo de utilidad un otorgamiento mínimo de $.................. (pesos…………………………

………………).

Por la presente declaro que renuncio a toda acción derivada del dictado de los decretos

Nº 1.020-GCBA-04 y Nº 115-GCBA-05 y la resolución Nº 553-MCGC-09.

Firma……………………………………………………

Aclaración………………………………………………

DNI………………………………………………………

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 23

Page 24: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

F2009/3

Titulo del Proyecto

LINEA LÍNEA PROMOCIÓN DEL TANGO EN EL EXTERIOR

Monto solicitado $ Monto Mínimo Solicitado

$

FICHA DE PRESENTACIÓN DE DATOS LÍNEA PROMOCIÓN DEL TANGO EN EL EXTERIOR

– PERSONAS FÍSICAS

Datos del Solicitante

Apellido y Nombres

Tipo y Nº de doc: DNI / LE / LC

Número de CUIT / CUIL

Nacionalidad

Fecha de Nacimiento

Domicilio inscripto en el D.N.I. (ultimo cambio)

Domicilio constituido para notificaciones en la Ciudad de Buenos Aires

Teléfono Principal

Teléfonos Opcionales

Correo Electrónico

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 735 - MCGC/09 (continuación)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 24

Page 25: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

F2009/3

FICHA DE PRESENTACIÓN DE DATOS PERSONAS JURÍDICAS

Título del Proyecto

LíneaLÍNEA PROMOCIÓN DEL TANGO EN EL EXTERIOR

Monto Solicitado $ Monto Mínimo $

Datos del Solicitante

Razón Social

Domicilio según Estatuto

Domicilio Constituido

Teléfono

Teléfonos Alternativos

Correo Electrónico

Tipo de Sociedad

Numero de IGJ / INAES

CUIT

Información del Representante Legal

Apellido y Nombre

DNI / LE / LC

Tipo de Representación

Teléfono

Teléfono Alternativo

Correo Electrónico

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 735 - MCGC/09 (continuación)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 25

Page 26: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 736 - MCGC/09

ANEXO FONDO METROPOLITANO DE LA CULTURA, LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

CONDICIONES GENERALES Y FORMULARIOS PARA SOLICITAR SUBSIDIOS EN EL MARCO DE LA LÍNEA ESCRITORES ARGENTINOS

En el marco de la mencionada línea de subsidios pueden presentarse personas físicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, registrado en el DNI / LE / LC o personas jurídicas con domicilio registrado en la Ciudad de Buenos Aires, en ambos casos con anterioridad al 01-01-2009.

La normativa en la que se encuadra corresponde a los Decretos Nº 1020-04, 115-05 y 2075-07 y la Resolución Nº 553-MCGC-09; y pueden ser consultadas en la página web del Gobierno de la Ciudad o en la oficina de la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias.

Presentación

Los proyectos deberán ser presentado en Av. de Mayo 575 – Planta Baja Of. 12, lunes a viernes en el horario de 10 a 17hs, en las siguientes fechas, desde el 13 de mayo hasta el 19 de junio de 2009.

Deberá confeccionarse en una carpeta cuyo contenido debe realizarse en computadora impreso a simple faz, en hoja A4, con dos perforaciones y sujetas por un broche. Todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas por el solicitante.

Documentación requerida

La presentación debe respetar el siguiente orden:

1. Carátula: donde conste el título del proyecto y el nombre y apellido del solicitante (se adjunta modelo F2009/01)

2. Índice.

3. Si el solicitante es una persona física:a) Original y fotocopia simple de la primera, segunda hoja y, en caso de corresponder, último cambio de domicilio del Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento (el original se devuelve una vez comparado con la copia); b) Fotocopia simple de comprobante de CUIL/CUIT. Si es una persona jurídica:c) Fotocopia certificada del estatuto, contrato social de la entidad o instrumento equivalente;d) Fotocopia certificada de la última acta de designación de autoridades (si correspondiera);e) Fotocopia certificada de inscripción en la Inspección General de Justicia o el Instituto Nacional de Acción Cooperativa y Mutual u organismo competente que corresponda. En el caso de las instituciones pertenecientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana deberán presentar el certificado de inscripción expedido por la Dirección Nacional de Culto Católico de la Secretaría de Culto de la Nación. Las instituciones pertenecientes a otros cultos deben acreditar la personería en la forma que lo hacen las personas jurídicas de carácter privado; f) Fotocopia certificada del poder que acredite representación legal (únicamente para el caso en que el proyecto sea presentado por apoderado de la entidad titular del proyecto)

g) Fotocopia simple de inscripción del CUIT de la entidad;

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 26

Page 27: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 736 - MCGC/09 (continuación)

h) Original y fotocopia simple de la primera, segunda hoja del Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento (el original se devuelve una vez comparado con la copia).

4. Carta dirigida al Ministro de Cultura (se adjunta modelo F2009/02)

5. Ficha de presentación de datos (se adjunta modelo F2009/03)

6. Proyecto: - Descripción General del proyecto - Objetivos - Detalle presupuestario del proyecto: Descripción de los gastos a realizarse

- Monto máximo solicitado: Sumatoria de los gastos a realizar con el dinero del subsidio - Monto mínimo solicitado: Mínimo indispensable para la concreción del proyecto sin el cual su realización devendría imposible (aclarar que gastos se solventarían con este monto) - Currículum del solicitante o antecedentes del grupo: En el caso de que el proyecto sea desarrollado por un grupo de personas deberán presentarse antecedentes del mismo.

7. Presupuestos: Deben presentarse dos presupuestos por ítem, expedidos por los proveedores de los bienes o servicios que se pretendan adquirir o contratar. A excepción de los casos en que se encuentre debidamente fundada la imposibilidad de agregar los dos presupuestos.

8. Fotocopia del comprobante de C.U.I.T. o C.U.I.L.

9. Anexos: Todo material que se adjunte al proyecto (libros, CD´S, videos, etc.) deben estar debidamente asegurados, foliados y firmados como parte de la carpeta. No se acepta material suelto. En el índice debe consignarse el material que se adjunta.

Importante:

� Es necesaria una muestra de la actividad desarrollada por el artista para la evaluación del proyecto. Incluir como anexo.

� Toda documentación en otro idioma (invitaciones, aceptación de participación, etc.) debe estar acompañada por una copia traducida por traductor público matriculado.

� En caso de ser subsidiado, el beneficiario debe utilizar el dinero adjudicado y rendir cuenta documentada de los gastos en un plazo no mayor a los ciento veinte (120) días desde su acreditación en la cuenta bancaria; no obstante la duración del proyecto puede exceder este plazo, estando limitada por el cierre del año en curso.

� Cabe aclarar que la acreditación del subsidio, no se realizará antes de los sesenta (60) días contados a partir de la fecha del cierre de la convocatoria.

� Revise bien el contenido antes de su entrega, no se aceptarán agregados con posterioridad al ingreso del proyecto.

� Los resultados de la convocatoria estarán disponibles en la página del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (www.buenosaires.gov.ar/Cultura)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 27

Page 28: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

F2009/01

FONDO METROPOLITANO DE LA CULTURA, LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

LÍNEA ESCRITORES ARGENTINOS 2009

TITULO DEL PROYECTO:

NOMBRE Y APELLIDO:

MINISTERIO DE CULTURA

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 736 - MCGC/09 (continuación)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 28

Page 29: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

F2009/2

Buenos Aires, ....... de …………………………… de 2009

Señor Ministro de Cultura

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Ing. Hernan Lombardi

El/la que suscribe ……………………………………………...................................................

DNI/LE/LC Nº …………………………….. con domicilio en ………………………………

...............………………………………………………. de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, se dirige a Ud. con el objeto de solicitar un subsidio en el marco del Fondo

Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires.

El subsidio solicitado se requiere para el proyecto presentado bajo el título

………………………………………………………………………………………………………...

y se inscribe en la Línea de Subsidios ……………………………..……….., Disciplina

.......………………………………………

El monto solicitado es de $.............. (pesos……………………………………...……...…),

siendo de utilidad un otorgamiento mínimo de $.................. (pesos…………………………

………………).

Por la presente declaro que renuncio a toda acción derivada del dictado de los decretos

Nº 1.020-04 y Nº 115-05 y la resolución Nº 553-MCGC-09.

Firma……………………………………………………

Aclaración………………………………………………

DNI………………………………………………………

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 736 - MCGC/09 (continuación)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 29

Page 30: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

F2009/3

Titulo del Proyecto

LINEA

Monto solicitado $ Monto Mínimo Solicitado

$

FICHA DE PRESENTACIÓN DE DATOSLÍNEA ESCRITORES ARGENTINOS

– PERSONAS FÍSICAS

Datos del Solicitante

Apellido y Nombres

Tipo y Nº de doc: DNI / LE / LC

Número de CUIT / CUIL

Nacionalidad

Fecha de Nacimiento

Domicilio inscripto en el D.N.I. (ultimo cambio)

Domicilio constituido para notificaciones en la Ciudad de Buenos Aires

Teléfono Principal

Teléfonos Opcionales

Correo Electrónico

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 736 - MCGC/09 (continuación)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 30

Page 31: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

F2009/3

FICHA DE PRESENTACIÓN DE DATOS PERSONAS JURÍDICAS

Título del Proyecto

Línea

Monto Solicitado $ Monto Mínimo $

Datos del Solicitante

Razón Social

Domicilio según Estatuto

Domicilio Constituido

Teléfono

Teléfonos Alternativos

Correo Electrónico

Tipo de Sociedad

Numero de IGJ / INAES

CUIT

Información del Representante Legal

Apellido y Nombre

DNI / LE / LC

Tipo de Representación

Teléfono

Teléfono Alternativo

Correo Electrónico

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 736 - MCGC/09 (continuación)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 31

Page 32: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 737 - MCGC/09

1

ANEXO I

FONDO METROPOLITANO DE LA CULTURA, LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

CONDICIONES GENERALES Y FORMULARIOS PARA SOLICITAR SUBSIDIOSLÍNEA PATRIMONIO CULTURAL

RESTAURACIÓN de BIENES INMUEBLES y BIENES MUEBLES

En el marco de las mencionadas Disciplinas de subsidios pueden presentarse personas físicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, registrado en el DNI / LE / LC o personas jurídicas con domicilio registrado en la Ciudad de Buenos Aires, en ambos casos con anterioridad al 01-01-2009.

La normativa en la que se encuadra son los decretos Nº 1020-04, 115-05 y 2075-07, y la resolución Nº 571-MCGC-08 y puede ser consultada en la página web del Gobierno de la Ciudad o en la oficina de la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias.

RESTAURACION DE BIENES INMUEBLES

La Línea “Inmuebles de Valor Patrimonial”, por un monto de hasta pesos ochenta mil ($ 80.000) comprende aquellos proyectos destinados a obras de restauración y/o conservación de edificios de valor patrimonial.

Los inmuebles situados dentro del radio del Casco Histórico de la Ciudad de Buenos Aires, deberán estar incluidos en el Catálogo Urbanístico del Código de Planeamiento Urbano (Ley 449). Se entiende por Casco Histórico de la Ciudad de Buenos Aires al polígono delimitado por las calles Bartolomé Mitre con la totalidad de los lotes frentistas, el eje de las Avenidas Ingeniero Huergo, Brasil y Paseo Colón, la Avenida Martín García con la totalidad de los lotes frentistas, el eje de la Avenida Montes de Oca y las calles Finocchieto y Lima, finalmente la totalidad de los lotes frentistas de la Avenida Independencia y el eje de la calle Combate de los Pozos.

Los proyectos deberán encuadrarse en una de las siguientes categorías:

A) Arquitectura Emblemática: Comprende todos aquellos edificios de alto valor patrimonial que constituyen un hito urbano dentro de la ciudad o un referente de importancia para los vecinos. Tendrán prioridad aquellos casos que ostenten la calidad de Monumento Histórico Nacional y/o figuren en el Catálogo Urbanístico del Código de Planeamiento Urbano con grado de Protección Integral.

B) Arquitectura Significativa: Comprende todos aquellos edificios de carácter singular y significativa complejidad, que por su valor histórico, urbanístico, arquitectónico o simbólico otorgan carácter a su entorno. Tendrán prioridad aquellos casos que figuren en el Catálogo Urbanístico del Código de Planeamiento Urbano con grado de Protección Estructural.

C) Arquitectura Doméstica: Comprende edificios de pequeña escala de valor patrimonial para los barrios. Tendrán prioridad aquellos casos que figuren en el Catálogo Urbanístico del Código de Planeamiento Urbano con grado de Protección Cautelar.

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 32

Page 33: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 737 - MCGC/09 (continuación)

2

Dentro del universo de estas tres categorías, el monto de Subsidio a otorgar estará directamente relacionado con la valoración edilicia del bien en cuestión.

Presentación

Los proyectos deberán ser presentado en Av. de Mayo 575 – Planta Baja Of. 12, lunes a viernes en el horario de 10 a 17hs, desde el 18 de mayo hasta el 19 de junio de 2009.

Deberá confeccionarse en una carpeta cuyo contenido tendrá que realizarse en computadora impreso a simple faz, en hoja A4, con dos perforaciones y sujetas por un broche. Todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas por el solicitante.

Documentación requerida

La presentación deberá respetar el siguiente orden:

1) Carátula: donde conste el título del proyecto y el nombre y apellido del solicitante (se adjunta modelo F2009/01)

2) Indice

3) Si el solicitante es una persona física: DNI original y fotocopia simple de la primera y segunda hoja del DNI/LE/LC, como también la hoja donde figura el último domicilio. Los únicos documentos aceptados son los antes citados, no aceptándose cédula de identidad, pasaporte, constancia de extravío de DNI, certificación policial de domicilio, etc. Si la persona física actúa en representación de un condominio, debe presentar además un poder otorgado ante escribano público Si el solicitante es una persona jurídica: Original o copia certificada de estatuto, contrato social o instrumento equivalente, con todas las modificaciones existentes al día de la presentación, debidamente inscriptos ante la Inspección General de Justicia o el Instituto Nacional de Acción Cooperativa y Mutual u organismo competente que corresponda, en dichos instrumentos debe constar que el domicilio de la entidad solicitante se encuentra en la Ciudad de Buenos Aires. Para el caso de instituciones pertenecientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana, certificado de inscripción expedido por la Dirección Nacional de Culto Católico de la Secretaría de Culto de la Nación. Las instituciones pertenecientes a otros cultos deben acreditar la personería en la forma que lo hacen las personas jurídicas de carácter privado. Los instrumentos que acrediten las facultades del representante legal (copia certificada de poder o, en su caso, del documento que certifique la representación legal invocada (Acta de designación de autoridades debidamente certificados por Escribano Público; Resolución o Decreto de nombramiento, etc.); original y fotocopia simple de la primera y segunda hoja del DNI/LE/LC del representante legal. Si el solicitante es un consorcio de copropietarios: Copias certificadas del acta de designación (para el caso de administrador con mandato vigente) y del acta por la que se decide y encomienda la solicitud del subsidio; copia certificada del Reglamento de Copropiedad y original y fotocopia simple de la primera y segunda hoja del DNI/LE/LC del representante legal.

4) Carta dirigida a la Ministro de Cultura (se adjunta modelo F2009/02)

5) Ficha de presentación de datos del solicitante (se adjunta modelo F2009/03)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 33

Page 34: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 737 - MCGC/09 (continuación)

3

6) Título de propiedad del inmueble para el caso de edificios no subdivididos en unidades funcionales.

7) Original y copia del CUIT O CUIL.

8) Resumen o síntesis del Proyecto y aplicación del Subsidio (máximo una carilla).

Asimismo, con carácter de obligatoriedad, se deberá detallar la siguiente información que deberá ser realizada conjuntamente con un Profesional con antecedentes en el campo de la preservación y conservación de edificios de valor patrimonial.

1) Memoria Descriptiva del Proyecto: a. Descripción general del Proyecto y resultado que se pretende alcanzar. b. Objetivos generales y específicos. c. Fundamentación clara y concisa de las causas que determinan la solicitud del

Subsidio. Se deberá aportar documentación respaldatoria que acredite lo expuesto. Este punto es de suma importancia para la Evaluación del Proyecto.

d. Uso actual del bien, indicando uso futuro si está previsto un cambio. En caso que el bien inmueble esté desocupado, deberá indicarse el destino previsto.

e. Inversiones realizadas, o si las mismas están previstas.

2) Diagnóstico detallado del estado actual del bien a intervenir.

3) Especificaciones Técnicas del Proyecto.

4) Dos (2) Presupuestos detallados referidos al proyecto, indicando los montos estimados por rubro con las tareas que éstos comprenden, los mismos deben estar firmados por un profesional idóneo, con antecedentes en la especialidad. Aexcepción de los casos en que se encuentre debidamente fundada la imposibilidad de agregar un segundo presupuesto.

5) Cronograma de ejecución de obra (tareas y tiempo estimado).

6) Planos de relevamiento de patologías y deterioros, indicando las acciones propuestas.

7) Documentación fotográfica actualizada general y de detalle de los sectores a intervenir.

8) Petición clara y concreta del monto al que se aspira. Todo Proyecto deberá contar con un detalle de etapas, de modo tal de evaluar el otorgamiento de montos parciales. En cada etapa deberá indicarse el monto involucrado y el destino del mismo.

El grado de detalle con que se realice la presentación favorecerá la evaluación del proyecto. Aquellos proyectos que no presenten la documentación solicitada quedarán automáticamente desestimados. El Área correspondiente podrá solicitar a los participantes la ampliación o reformulación de esta información, o el cumplimiento de requisitos adicionales y específicos.

RESTAURACION DE BIENES MUEBLES

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 34

Page 35: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 737 - MCGC/09 (continuación)

4

En lo que respecta a Restauración de Bienes Muebles por un monto máximo de hasta pesos cuarenta mil ($ 40.000), el proyecto deberá ser presentado en Av. de Mayo 575 – Planta Baja Of. 12, de lunes a viernes en el horario de 10 a 17hs. A partir del 07 de mayo hasta el 09 de junio del corriente año.

Deberá confeccionarse en una carpeta cuyo contenido tendrá que realizarse en computadora impreso a simple faz, en hoja A4, con dos perforaciones y sujetas por un broche. Todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas por el solicitante.

Documentación requerida

La presentación deberá respetar el siguiente orden:

1) Carátula: donde conste el título del proyecto y el nombre y apellido del solicitante (se adjunta modelo F2009/01)

2) Índice

3) Si el solicitante es una persona física: DNI original y fotocopia simple de la primera y segunda hoja del DNI/LE/LC, como también la hoja donde figura el último domicilio. Los únicos documentos aceptados son los antes citados, no aceptándose cédula de identidad, pasaporte, constancia de extravío de DNI, certificación policial de domicilio, etc. Si el solicitante es una persona jurídica: Original o copia certificada de estatuto, contrato social o instrumento equivalente, con todas las modificaciones existentes al día de la presentación, debidamente inscriptos ante la Inspección General de Justicia o el Instituto Nacional de Acción Cooperativa y Mutual u organismo competente que corresponda, en dichos instrumentos debe constar que el domicilio de la entidad solicitante se encuentra en la Ciudad de Buenos Aires. Para el caso de instituciones pertenecientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana, certificado de inscripción expedido por la Dirección Nacional de Culto Católico de la Secretaría de Culto de la Nación. Las instituciones pertenecientes a otros cultos deben acreditar la personería en la forma que lo hacen las personas jurídicas de carácter privado. Los instrumentos que acrediten las facultades del representante legal (copia certificada de poder o, en su caso, del documento que certifique la representación legal invocada (Acta de designación de autoridades debidamente certificados por Escribano Público; Resolución o Decreto de nombramiento, etc.); original y fotocopia simple de la primera y segunda hoja del DNI/LE/LC del representante legal.

4) Carta dirigida a la Ministro de Cultura (se adjunta modelo F2009/02).

5) Ficha de presentación de datos (se adjunta modelo F2009/03).

6) Original y copia del CUIT o CUIL.

7) Resumen o síntesis del Proyecto y aplicación del Subsidio (máximo una carilla).

Asimismo, con carácter de obligatoriedad, se deberá detallar la siguiente información que deberá ser realizada conjuntamente con un Profesional con antecedentes en el campo de la preservación y conservación de bienes de valor patrimonial. Se deberán presentar al menos dos (2) propuestas de intervención con su correspondiente presupuesto:

1) Memoria Descriptiva del Proyecto. La Memoria contendrá:

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 35

Page 36: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 737 - MCGC/09 (continuación)

5

a. Descripción general del Proyecto y resultados que se pretenden alcanzar. b. Objetivos generales y específicos. c. Fundamentación clara y concisa de las causas que determinan la solicitud del

Subsidio. Se deberá aportar documentación respaldatoria que acredite lo expuesto. Este punto es de suma importancia para la Evaluación del Proyecto.

d. Inversiones realizadas, o si las mismas están previstas.

2) Diagnóstico detallado del estado actual del bien a intervenir.

3) Especificaciones Técnicas del Proyecto.

4) Presupuestos detallados referidos al Proyecto, indicando los montos estimativos por rubro con las tareas que éstos comprenden, los mismos deberán estar firmados por persona idónea, con antecedentes en la especialidad. A excepción de los casos en que se encuentre debidamente fundada la imposibilidad de agregar un segundo presupuesto.

5) Cronograma de ejecución de obra (tareas y tiempo estimado).

6) Planos de relevamiento de patologías y deterioros, indicando las acciones propuestas.

7) Documentación fotográfica actualizada general y de detalle de los sectores a intervenir.

8) Petición clara y concreta del monto al que se aspira. Todo Proyecto deberá contar con un detalle de etapas, de modo tal de evaluar el otorgamiento de montos parciales. En cada etapa deberá indicarse el monto involucrado y el destino del mismo.

El grado de detalle con que se realice la presentación favorecerá la Evaluación del Proyecto. Aquellos Proyectos que no presenten la Documentación Solicitada quedarán automáticamente desestimados. El Área correspondiente podrá solicitar a los participantes la ampliación o reformulación de esta información, o el cumplimiento de requisitos adicionales y específicos.

Son obligaciones de los beneficiarios:

1) Dar cumplimiento en tiempo y forma al Proyecto Subsidiado, el que será monitoreado en todas sus etapas por la Dirección General de Patrimonio o la Dirección General Casco Histórico, con la que deberán mantener contacto permanente. Será obligatoria la presentación de dos (2) informes preliminares de avance de las tareas y de un (1) informe final al concluir el trabajo, todos ellos en formato papel y digital.

2) Contratar un seguro de caución como requisito previo al depósito del monto adjudicado, en un plazo no mayor a 15 días corridos a partir de la notificación del acto administrativo por el que se otorgue el subsidio, en caso que el Ministerio de Cultura así lo exija.

3) Poner a consideración ante el área del Ministerio de Cultura correspondiente, los contratos destinados a la ejecución de las obras, con sus correspondientes especificaciones técnicas, y aceptar las observaciones que se les formulen en relación con las mejores

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 36

Page 37: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 737 - MCGC/09 (continuación)

6

formas de cumplir con la protección patrimonial y con las demás condiciones necesarias para llevar a buen fin el proyecto.

4) Tramitar los permisos para la realización de los trabajos en el Área de Patrimonio Urbano de la Dirección General de Planeamiento Interpretativo (Órgano de Aplicación de las Áreas de Protección Histórica), Av. Carlos Pellegrini 291, 8º Piso, los días martes y jueves de 10,00 a 13,00 hs., para el caso de muebles o inmuebles que estén ubicados dentro de un Área de Protección Histórica (APH) y/o presenten algún nivel de protección de acuerdo al Código de Planeamiento Urbano. Cuando el bien esté protegido por una declaratoria como Monumento, Bien de Interés o Lugar Histórico Nacional, el proyecto deberá contar con la aprobación de la Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos.

5) Rendir cuenta documentada de los gastos, ante la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de las Artes y las Ciencias Dentro de los 120 días computados desde la Acreditación del Subsidio o en el plazo que establezca la Resolución que lo otorgue. Para ello, deberán adjuntar un resumen de los gastos realizados como Declaración Jurada, acompañado con fotocopias certificadas de los respectivos comprobantes, o bien presentar un juego de fotocopias simples y los originales de los comprobantes, para su cotejo y posterior devolución. Se firmará un Acta de Inicio y otra de Final de Obra, con conformidad del beneficiario y del Profesional del GCBA que realice la supervisión de las mismas.

6) Mencionar el apoyo recibido del Ministerio de Cultura en cualquier publicación que realicen. Asimismo, deberán colocar en el cartel de obra el logo del Fondo con la siguiente leyenda: “Realizado con el apoyo del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias del Ministerio de Cultura del GCBA”, según consta en el Art. 37 del Anexo de la Resolución Nº 553-MCGC-09.

Los incumplimientos serán sancionados conforme lo determina el Arts. 17 del Anexo de la Resolución Nº 553-MCGC-09. De ser necesaria cualquier ampliación o aclaración, comunicarse con:

Para Consultas Técnicas: Dirección General de Patrimonio e Instituto Histórico, Av. de Mayo 575, 5º Piso, Of. 503 / 504, de lunes a viernes de 14,00 a 17,00 hs. Tel. 4323-9400 int. 2806.

Dirección General Casco Histórico, Av de Mayo 575 3º piso, of. 301, lunes, martes, jueves y viernes de 10,00 a 13,00 hs. Tel: 4342-5975 int. 2723 / 2783

Subsecretaria de Patrimonio Cultural, Av. de Mayo 575, 3º Piso, Of. 309, de lunes a viernes de 14,00 a 17,00 hs. Tel. 4323-9400 int. 2785/2737.

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 37

Page 38: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 737 - MCGC/09 (continuación)F2009/01

FONDO METROPOLITANO DE LA CULTURA,LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

LÍNEA PATRIMONIO CULTURALRESTAURACIÓN DE BIENES INMUEBLES Y BIENES MUEBLES

2009

CATEGORÍA:

TITULO DEL PROYECTO:

NOMBRE Y APELLIDO, RAZÓN SOCIAL O DENOMINACION DEL CONSORCIO:

MINISTERIO DE CULTURA

7

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 38

Page 39: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 737 - MCGC/09 (continuación)

8

F2009/2

Buenos Aires, ....... de …………………………… de 2009

Señor Ministro de Cultura

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Ing. Hernán Lombardi

El/la que suscribe ……………………………………………...................................................

DNI/LE/LC Nº …………………………….. con domicilio en ………………………………

...............………………………………………………. de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, se dirige a Ud. con el objeto de solicitar un subsidio en el marco del Fondo

Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El subsidio solicitado se requiere para el proyecto presentado bajo el título

………………………………………………………………………………………………………...

y se inscribe en la Línea de Subsidios Patrimonio Cultural, Disciplina

.......………………………………………

El monto solicitado es de $.............. (pesos……………………………………...……...…),

siendo de utilidad un otorgamiento mínimo de $.................. (pesos…………………………

………………).

Por la presente declaro que renuncio a toda acción derivada del dictado de los decretos Nº

1.020-GCBA-04 y Nº 115-GCBA-05 y la Resolución Nº 553-MCGC-09.

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

Firma……………………………………………………

Aclaración………………………………………………

DNI………………………………………………………

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 39

Page 40: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

9

F2009/3

FICHA DE PRESENTACIÓN DE DATOS LINEA PATRIMONIO CULTURAL – Personas Físicas

Titulo del Proyecto

Disciplina

Monto solicitado $ Monto Mínimo Solicitado

$

Datos del Solicitante

Apellido y Nombres

Tipo y Nº de doc: DNI / LE / LC

Número de CUIT / CUIL

Nacionalidad

Lugar y Fecha de Nacimiento

Domicilio inscripto en el D.N.I. (último cambio)

Domicilio constituido para notificaciones en la C.A.Bs.As.

Teléfono Principal

Teléfonos Opcionales

Correo Electrónico

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 737 - MCGC/09 (continuación)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 40

Page 41: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 737 - MCGC/09 (continuación)

10

F2009/3

FICHA DE PRESENTACIÓN DE DATOS LINEA PATRIMONIO – PERSONAS JURÍDICAS O

CONSORCIOS DE COPROPIETARIOS

Título del Proyecto

Disciplina

Monto Solicitado $ Monto Mínimo $

Datos del Solicitante

Razón Social o Nombre Consorcio

Domicilio Constituido en la C.A.Bs.As. Teléfono

Teléfonos Alternativos

Correo Electrónico

Tipo de Sociedad

Numero de IGJ / INAES

CUIT

Información del Representante Legal

Apellido y Nombre

DNI / LE / LC

Tipo de Representación

Teléfono

Teléfono Alternativo

Correo Electrónico

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 41

Page 42: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 737 - MCGC/09 (continuación)

ANEXO II

FONDO METROPOLITANO DE LA CULTURA, DE LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

CONDICIONES GENERALES Y FORMULARIOS PARA SOLICITAR SUBSIDIOSLÍNEA PATRIMONIO CULTURAL

DISCIPLINA COLECCIONES 2009

Esta es una línea de subsidios para personas físicas o jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, registrado en el DNI / LE / LC con anterioridad al 01-01-2009, por un monto máximo de hasta 30.000.- (pesos treinta mil).

Los subsidios podrán ser destinados a la preservación, restauración, clasificación o digitalización de colecciones, archivos, fondos o subfondos documentales de valor patrimonial (gráficos, fotográficos, sonoros o fílmicos).

La normativa en la que se encuadra son los 1020-04, 115-05 y 2075-07, y la resolución Nº 571-MCGC-2009 y puede ser consultada en la página web del Gobierno de la Ciudad o en la oficina de la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de las Artes y las Ciencias.

Presentación

Los proyectos deberán ser presentado en Av. de Mayo 575 – Planta Baja Of. 12, lunes a viernes en el horario de 10 a 17hs, desde el 18 de mayo hasta el 19 de junio de 2009.

Deberá confeccionarse en una carpeta cuyo contenido tendrá que realizarse en computadora impreso a simple faz, en hoja A4, con dos perforaciones y sujetas por un broche. Todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas por el solicitante.

Documentación requerida

La presentación deberá respetar el siguiente orden:

1. Carátula: donde conste el título del proyecto y el nombre y apellido del solicitante (se adjunta modelo F2009/01)

2. índice

3. Personas físicas: Fotocopia simple de la primera y segunda hoja del DNI/LE/LC, como también la hoja donde figura el último domicilio. Los únicos documentos aceptados son los antes citados, no aceptándose cédula de identidad, pasaporte, constancia de extravío de DNI, certificación policial de domicilio u otro documento.

4. Personas jurídicas: -Copia certificada del estatuto de la entidad o contrato social. -Ultima acta de designación de autoridades certificada por notario público.

-Fotocopia de inscripción en la Inspección General de Justicia (original y 1 copia). -Fotocopia de inscripción del CUIT de la entidad (original y 1 copia).

-Fotocopia de la primera y segunda hoja del documento de identidad del representante legal (original y 1 copia).

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 42

Page 43: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 737 - MCGC/09 (continuación)

5. Carta dirigida al Ministro de Cultura (se adjunta modelo F2009/02)

6. Ficha de presentación de datos (se adjunta modelo F2009/03)

7. Proyecto: - Descripción General del proyecto - Objetivos - Detalle presupuestario del proyecto: Descripción de los gastos a realizarse.

- Monto máximo: sumatoria de los gastos a realizar según detalle anterior - Monto mínimo: parte del detalle presupuestario que permita la concreción del proyecto (aclarar que gastos se solventarán con este monto) - Cronograma de ejecución del subsidio. Descripción de los plazos en los que se cumplirán las distintas etapas del proyecto. - Curriculum del solicitante o antecedentes del grupo: En el caso de que el proyecto sea desarrollado por un grupo de personas deberán presentarse antecedentes del mismo.

8. Presupuestos: Deberán presentarse dos presupuestos por item, debidamente documentado por los proveedores de los bienes o servicios.

9. Fotocopia del comprobante de C.U.I.T. o C.U.I.L.

10. Anexos: Todo material que se adjunte al proyecto (libros, CD´S, videos, etc) deberá estar debidamente asegurados, foliados y firmado como parte de la carpeta. No se aceptará material suelto. En el índice deberá incluirse que material se adjunta.

Importante:

� Revise bien el contenido antes de su entrega, no se aceptarán agregados con posterioridad al ingreso del proyecto.

� Los resultados de la convocatoria estarán disponibles en la página del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (www.buenosaires.gov.ar/Cultura)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 43

Page 44: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 737 - MCGC/09 (continuación) F2009/01

FONDO METROPOLITANO DE LA CULTURA, LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

LÍNEA PATRIMONIO CULTURALDISCIPLINA COLECCIONES

2009

TITULO DEL PROYECTO:

NOMBRE Y APELLIDO:

MINISTERIO DE CULTURA

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 44

Page 45: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 737 - MCGC/09 (continuación)F2009/2

Buenos Aires, .......de……………………………de 2009

Señor Ministro de Cultura Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Ing. Hernán Lombardi Presente

El que suscribe……………………………………………...................................................

DNI/LE/LC Nº……………………………..con domicilio en……………………………………

……………………………………………….de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se

dirige a Ud. con el objeto de solicitar un subsidio en el marco del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El subsidio solicitado se requiere para el proyecto presentado bajo el título de

………………………………………………………………………………………………………...

y se inscribe en la Línea de Subsidios……………………………..……….., Área específica

………………………………………

El monto solicitado es de $..............(pesos……………………………………...……...…),

siendo de utilidad un otorgamiento mínimo de $..................(pesos…………………………

………………).

Por la presente certifico que renuncio a toda acción y derecho derivadas del dictado

de los decretos Nº 1.020-GCBA-04 y Nº 115-GCBA-05 y la resolución Nº 553-MCGC-09

y normas que declaro conocer y aceptar sus términos.

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente

Firma……………………………………………………

Aclaración………………………………………………

DNI………………………………………………………

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 45

Page 46: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 737 - MCGC/09 (continuación)F2009/3

FICHA DE PRESENTACIÓN DE DATOS LINEA PATRIMONIO CULTURAL – Personas Físicas

Titulo del Proyecto

LINEA PATRIMONIO CULTURAL

DISCIPLINA COLECCIONES

Monto solicitado $ Monto Mínimo Solicitado

$

Datos del Solicitante

Apellido y Nombres

Tipo y Nº de doc: DNI / LE / LC

Número de CUIT / CUIL

Nacionalidad

Lugar y Fecha de Nacimiento

Domicilio inscripto en el D.N.I. (último cambio)

Domicilio constituido para notificaciones

Teléfono Principal

Teléfonos Opcionales

Correo Electrónico

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 46

Page 47: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO II - RESOLUCIÓN N° 737 - MCGC/09 (continuación) F2009/3

FICHA DE PRESENTACIÓN DE DATOS LINEA PATRIMONIO – PERSONAS JURÍDICAS

Título del Proyecto

Línea

Disciplina

Monto Solicitado $ Monto Mínimo $

Datos del Solicitante

Razón Social

Domicilio Legal

Domicilio Constituido

Teléfono

Teléfonos Alternativos

Correo Electrónico

Tipo de Sociedad

Numero de IGJ / INAES

CUIT

Información del Representante Legal

Apellido y Nombre

DNI / LE / LC

Tipo de Representación

Teléfono

Teléfono Alternativo

Correo Electrónico

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 47

Page 48: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO III - RESOLUCIÓN N° 737 - MCGC/09 (continuación)

ANEXO III

FONDO METROPOLITANO DE LA CULTURA, LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

CONDICIONES GENERALES Y FORMULARIOS PARA SOLICITAR SUBSIDIOSLÍNEA PATRIMONIO CULTURAL

DISCIPLINA INVESTIGACIONES Y PUBLICACIONES 2009

Esta es una línea de subsidios para personas físicas o jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, registrado en el DNI / LE / LC con anterioridad al 01-01-2009, por un monto máximo de hasta $8.000.- (pesos ocho mil).

Los subsidios podrán ser destinados a la publicación e investigación que favorezca a la difusión del patrimonio cultural tangible e intangible de la Ciudad

La normativa en la que se encuadra son los 1020-04, 115-05 y 2075-07, y la resolución Nº 571-MCGC-09 y puede ser consultada en la página web del Gobierno de la Ciudad o en la oficina de la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de las Artes y las Ciencias.

Presentación

Los proyectos deberán ser presentado en Av. de Mayo 575 – Planta Baja Of. 12, lunes a viernes en el horario de 10 a 17hs, desde el 18 de mayo hasta el 19 de junio de 2009

Deberá confeccionarse en una carpeta cuyo contenido tendrá que realizarse en computadora impreso a simple faz, en hoja A4, con dos perforaciones y sujetas por un broche. Todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas por el solicitante.

Documentación requerida

La presentación deberá respetar el siguiente orden:

1. Carátula: donde conste el título del proyecto y el nombre y apellido del solicitante (se adjunta modelo F2009/01)

2. índice

3. Personas físicas: Fotocopia simple de la primera y segunda hoja del DNI/LE/LC, como también la hoja donde figura el último domicilio. Los únicos documentos aceptados son los antes citados, no aceptándose cédula de identidad, pasaporte, constancia de extravío de DNI, certificación policial de domicilio u otro documento.

4. Personas jurídicas: -Copia certificada del estatuto de la entidad o contrato social. -Ultima acta de designación de autoridades certificada por notario público.

-Fotocopia de inscripción en la Inspección General de Justicia (original y 1 copia). -Fotocopia de inscripción del CUIT de la entidad (original y 1 copia).

-Fotocopia de la primera y segunda hoja del documento de identidad del representante legal (original y 1 copia).

5. Carta dirigida al Ministro de Cultura (se adjunta modelo F2009/02)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 48

Page 49: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO III - RESOLUCIÓN N° 737 - MCGC/09 (continuación)

6. Ficha de presentación de datos (se adjunta modelo F2009/03)

7. Proyecto: - Descripción General del proyecto - Objetivos - Detalle presupuestario del proyecto: Descripción de los gastos a realizarse.

- Monto máximo: sumatoria de los gastos a realizar según detalle anterior - Monto mínimo: parte del detalle presupuestario que permita la concreción del proyecto (aclarar que gastos se solventarán con este monto) - Cronograma de ejecución del subsidio. Descripción de los plazos en los que se cumplirán las distintas etapas del proyecto. - Curriculum del solicitante o antecedentes del grupo: En el caso de que el proyecto sea desarrollado por un grupo de personas deberán presentarse antecedentes del mismo.

8. Presupuestos: Deberán presentarse dos presupuestos por ítem, debidamente documentado por los proveedores de los bienes o servicios.

9. Fotocopia del comprobante de C.U.I.T. o C.U.I.L.

10. Anexos: Todo material que se adjunte al proyecto (libros, CD´S, videos, etc) deberá estar debidamente asegurados, foliados y firmado como parte de la carpeta. No se aceptará material suelto. En el índice deberá incluirse que material se adjunta.

Importante:

� Revise bien el contenido antes de su entrega, no se aceptarán agregados con posterioridad al ingreso del proyecto.

� Los resultados de la convocatoria estarán disponibles en la página del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (www.buenosaires.gov.ar/Cultura)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 49

Page 50: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO III - RESOLUCIÓN N° 737 - MCGC/09 (continuación)

F2009/01

FONDO METROPOLITANO DE LA CULTURA, LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

LÍNEA PATRIMONIO CULTURAL INVESTIGACIONES Y PUBLICACIONES

2009

TITULO DEL PROYECTO:

NOMBRE Y APELLIDO:

MINISTERIO DE CULTURA

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 50

Page 51: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO III - RESOLUCIÓN N° 737 - MCGC/09 (continuación)F2009/2

Buenos Aires, .......de……………………………de 2009

Señor Ministro de Cultura Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Ing. Hernan Lombardi Presente

El que suscribe……………………………………………...................................................

DNI/LE/LC Nº……………………………..con domicilio en……………………………………

……………………………………………….de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se

dirige a Ud. con el objeto de solicitar un subsidio en el marco del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El subsidio solicitado se requiere para el proyecto presentado bajo el título de

………………………………………………………………………………………………………...

y se inscribe en la Línea de Subsidios……………………………..……….., Área específica

………………………………………

El monto solicitado es de $..............(pesos……………………………………...……...…),

siendo de utilidad un otorgamiento mínimo de $..................(pesos…………………………

………………).

Por la presente certifico que renuncio a toda acción y derecho derivadas del dictado

de los decretos Nº 1.020-GCBA-04 y Nº 115-GCBA-05 y la resolución Nº 553-MCGC-09 y normas que declaro conocer y aceptar sus términos.

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente

Firma……………………………………………………

Aclaración………………………………………………

DNI………………………………………………………

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 51

Page 52: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 738 - MCGC/09

ANEXO

FONDO METROPOLITANO DE LA CULTURA, LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

CONDICIONES GENERALES Y FORMULARIOS PARA SOLICITAR SUBSIDIOSLÍNEA TRADUCCION DE TEXTOS

2009

Esta es una línea de subsidios para personas físicas o jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, registrado en el DNI / LE / LC con anterioridad al 01-01-2009, por un monto máximo de hasta $ 15.000.- (pesos quince mil).

Los subsidios podrán ser destinados a contribuir a la concrecion de proyectos vinculados a traduccion de obras de autores argentinos para su posterior publicación en el extranjero.

La normativa en la que se encuadra son los 1020-04, 115-05 y 2075-07 y sus modificatorios, y la resolución Nº 553-MCGC-09 y puede ser consultada en la página web del Gobierno de la Ciudad o en la oficina de la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de las Artes y las Ciencias.

Presentación

El proyecto deberá ser presentado en Av. de Mayo 575 – Planta Baja Of. 12, de lunes a viernes en el horario de 10 a 17hs, a partir del 19 de mayo hasta el 19 de junio del corriente año.

Deberá confeccionarse en una carpeta cuyo contenido tendrá que realizarse en computadora impreso a simple faz, en hoja A4, con dos perforaciones y sujetas por un broche. Todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas por el solicitante.

Documentación requerida

La presentación deberá respetar el siguiente orden:

1. Carátula: donde conste el título del proyecto y el nombre y apellido del solicitante (se adjunta modelo F2009/01)

2. índice

3. Personas físicas: Fotocopia simple de la primera y segunda hoja del DNI/LE/LC, como también la hoja donde figura el último domicilio. Los únicos documentos aceptados son los antes citados, no aceptándose cédula de identidad, pasaporte, constancia de extravío de DNI, certificación policial de domicilio u otro documento.

4. Personas jurídicas: -Copia certificada del estatuto de la entidad o contrato social. -Ultima acta de designación de autoridades certificada por notario público.

-Fotocopia de inscripción en la Inspección General de Justicia (original y 1 copia). -Fotocopia de inscripción del CUIT de la entidad (original y 1 copia).

-Fotocopia de la primera y segunda hoja del documento de identidad del representante legal (original y 1 copia).

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 52

Page 53: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 738 - MCGC/09 (continuación)

5. Carta dirigida al Ministro de Cultura (se adjunta modelo F2009/02)

6. Ficha de presentación de datos (se adjunta modelo F2009/03)

7. Proyecto: - Descripción General del proyecto - Objetivos - Detalle presupuestario del proyecto: Descripción de los gastos a realizarse.

- Monto máximo: sumatoria de los gastos a realizar según detalle anterior - Monto mínimo: parte del detalle presupuestario que permita la concreción del proyecto (aclarar que gastos se solventarán con este monto) - Cronograma de ejecución del subsidio. Descripción de los plazos en los que se cumplirán las distintas etapas del proyecto. - Curriculum del solicitante o antecedentes del grupo: En el caso de que el proyecto sea desarrollado por un grupo de personas deberán presentarse antecedentes del mismo.

8. Fotocopia del comprobante de C.U.I.T. o C.U.I.L. 9. Anexos: Todo material que se adjunte al proyecto (libros, CD´S, videos, etc)

deberá estar debidamente asegurados, foliados y firmado como parte de la carpeta. No se aceptará material suelto. En el índice deberá incluirse que material se adjunta.

10. Copia certificada de instrumento legal que acredite el compromiso para la traducción y publicación de un libro de autor argentino con una empresa, institución u organización sin fines de lucro del exterior, cuya actividad principal sea la edición de libros.

11. Copia del instrumento que acredite el derecho de autor de la obra propuesta.

Importante:

� Revise bien el contenido antes de su entrega, no se aceptarán agregados con posterioridad al ingreso del proyecto.

� Los resultados de la convocatoria estarán disponibles en la página del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (www.buenosaires.gov.ar/Cultura)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 53

Page 54: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

F2009/01

FONDO METROPOLITANO DE LA CULTURA,LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

LÍNEA TRADUCCION DE TEXTOS 2009

TITULO DEL PROYECTO:

NOMBRE Y APELLIDO:

MINISTERIO DE CULTURA

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 738 - MCGC/09 (continuación)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 54

Page 55: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

F2009/2

Buenos Aires, .......de……………………………de 2009

Señor Ministro de Cultura Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Ing. Hernan Lombardi Presente

El que suscribe……………………………………………...................................................

DNI/LE/LC Nº……………………………..con domicilio en……………………………………

……………………………………………….de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se

dirige a Ud. con el objeto de solicitar un subsidio en el marco del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El subsidio solicitado se requiere para el proyecto presentado bajo el título de

………………………………………………………………………………………………………...

y se inscribe en la Línea de Subsidios……………………………..……….., Área específica

………………………………………

El monto solicitado es de $..............(pesos……………………………………...……...…),

siendo de utilidad un otorgamiento mínimo de $..................(pesos…………………………

………………).

Por la presente certifico que renuncio a toda acción y derecho derivadas del dictado

de los decretos Nº 1.020-04 y Nº 115-05 y la resolución Nº 553-MCGC-09 y normas que declaro conocer y aceptar sus términos.

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente

Firma……………………………………………………

Aclaración………………………………………………

DNI………………………………………………………

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 738 - MCGC/09 (continuación)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 55

Page 56: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

F2009/3

FICHA DE PRESENTACIÓN DE DATOS LINEA TRADUCCION DE TEXTOS – Personas Físicas

Titulo del Proyecto

LINEA TRADUCCION DE TEXTOS

DISCIPLINA

Monto solicitado $ Monto Mínimo Solicitado $

Datos del Solicitante

Apellido y Nombres

Tipo y Nº de doc: DNI / LE / LC

Número de CUIT / CUIL

Nacionalidad

Lugar y Fecha de Nacimiento

Domicilio inscripto en el D.N.I. (último cambio)

Domicilio constituido para notificaciones

Teléfono Principal

Teléfonos Opcionales

Correo Electrónico

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 738 - MCGC/09 (continuación)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 56

Page 57: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

FICHA DE PRESENTACIÓN DE DATOS LINEA TRADUCCION DE TEXTOS – PERSONAS

JURÍDICAS

Título del Proyecto

Línea

Disciplina

Monto Solicitado $ Monto Mínimo $

Datos del Solicitante

Razón Social

Domicilio Legal

Domicilio Constituido

Teléfono

Teléfonos Alternativos

Correo Electrónico

Tipo de Sociedad

Numero de IGJ / INAES

CUIT

Información del Representante Legal

Apellido y Nombre

DNI / LE / LC

Tipo de Representación

Teléfono

Teléfono Alternativo

Correo Electrónico

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 738 - MCGC/09 (continuación)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 57

Page 58: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

OTROS DATOS

1. Datos de la obra a ser traducida 1.1. Título:

1.2. Autor:

1.3. Editor original:

1.4.- Año de publicación:

1.5.- Número de páginas:

2. De la traducción2.1. Idioma propuesto:

2.2. Si existen ya otras traducciones del trabajo en el idioma propuesto, especifique:

3. De la Publicación 3.1 Empresa/Organismo responsable según instrumento legal correspondiente:

3.1 País de publicación:

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 738 - MCGC/09 (continuación)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 58

Page 59: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 739 - MCGC/09

ANEXO I FONDO METROPOLITANO DE LA CULTURA, LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

CONDICIONES GENERALES Y FORMULARIOS PARA SOLICITAR SUBSIDIOS EN EL MARCO DE LAS DISCIPLINAS ARTES VISUALES, LITERATURA, MÚSICA, Y CIENCIA

DE LA LÍNEA CREADORES

En el marco de las mencionadas disciplinas de subsidios pueden presentarse personas físicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, registrado en el DNI / LE / LC con anterioridad al 01-01-2009, por un monto máximo de hasta pesos siete mil ($ 7.000.-).

La normativa en la que se encuadra corresponde a los Decretos Nº 1020-04, 115-05 y 2075-07 y la Resolución Nº 553-MCGC-09 y pueden ser consultadas en la página web del Gobierno de la Ciudad o en la oficina de la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias.

Las Disciplinas

Los solicitantes de subsidios en el marco de la Línea Creadores, deben inscribir su proyecto optando por una de las Disciplinas. Las Disciplinas incluídas en el presente instructivo presentan las siguientes características: a) Artes Visuales; Literatura y Música: Destinadas prioritariamente a investigación, capacitación, difusión (publicación y digitalización) y producción (edición, equipamiento, materiales e insumos); b) Ciencia: Destinadas prioritariamente a investigación, capacitación y difusión (publicación y digitalización).

Presentación

Los proyectos deberán ser presentado en Av. de Mayo 575 – Planta Baja Of. 12, lunes a viernes en el horario de 10 a 17hs, desde el 04 de mayo hasta el 05 de junio de 2009.

Deberá confeccionarse en una carpeta cuyo contenido debe realizarse en computadora impreso a simple faz, en hoja A4, con dos perforaciones y sujetas por un broche. Todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas por el solicitante.

Documentación requerida

La presentación debe respetar el siguiente orden:

1. Carátula: donde conste el título del proyecto y el nombre y apellido del solicitante (se adjunta modelo F2009/01)

2. Índice

3. Fotocopia simple de la primera y segunda hoja del DNI/LE/LC, como también la hoja donde figura el último domicilio. Los únicos documentos aceptados son los antes citados, no aceptándose cédula de identidad, pasaporte, constancia de extravío de DNI, certificación policial de domicilio, etc.

4. Carta dirigida al Ministro de Cultura (se adjunta modelo F2009/02)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 59

Page 60: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 739 - MCGC/09 (continuación)

5. Ficha de presentación de datos (se adjunta modelo F2009/03)

6. Proyecto: - Descripción General del proyecto - Objetivos - Detalle presupuestario del proyecto: Descripción de los gastos a realizarse

- Monto máximo solicitado: Sumatoria de los gastos a realizar con el dinero del subsidio - Monto mínimo solicitado: Mínimo indispensable para la concreción del proyecto sin el cual su realización devendría imposible (aclarar que gastos se solventarían con este monto) - Currículum del solicitante o antecedentes del grupo: En el caso de que el proyecto sea desarrollado por un grupo de personas deberán presentarse antecedentes del mismo.

7. Presupuestos: Deben presentarse dos presupuestos por ítem, expedidos por los proveedores de los bienes o servicios que se pretendan adquirir o contratar. A excepción de los casos en que se encuentre debidamente fundada la imposibilidad de agregar los dos presupuestos.

8. Fotocopia del comprobante de C.U.I.T. o C.U.I.L.

9. Anexos: Todo material que se adjunte al proyecto (libros, CD´S, videos, etc.) deben estar debidamente asegurados, foliados y firmados como parte de la carpeta. No se acepta material suelto. En el índice debe consignarse el material que se adjunta.

Importante:

� Es necesaria una muestra de la actividad desarrollada por el artista para la evaluación del proyecto. Incluir como anexo.

� Toda documentación en otro idioma (invitaciones, aceptación de participación, etc.) debe estar acompañada por una copia traducida por traductor público matriculado.

� En caso de ser subsidiado, el beneficiario debe utilizar el dinero adjudicado y rendir cuenta documentada de los gastos en un plazo no mayor a los ciento veinte (120) días desde su acreditación en la cuenta bancaria; no obstante la duración del proyecto puede exceder este plazo, estando limitada por el cierre del año en curso.

� Cabe aclarar que la acreditación del subsidio, no se realizará antes de los sesenta (60) días contados a partir de la fecha del cierre de la convocatoria.

� Revise bien el contenido antes de su entrega, no se aceptarán agregados con posterioridad al ingreso del proyecto.

� Los resultados de la convocatoria estarán disponibles en la página del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (www.buenosaires.gov.ar/Cultura)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 60

Page 61: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 739 - MCGC/09 (continuación)

F2009/01

FONDO METROPOLITANO DE LA CULTURA, LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

LÍNEA CREADORES2009

DISCIPLINA:

TITULO DEL PROYECTO:

NOMBRE Y APELLIDO:

MINISTERIO DE CULTURA

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 61

Page 62: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

F2009/2

Buenos Aires, ....... de …………………………… de 2009

Señor Ministro de Cultura

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Ing. Hernan Lombardi

El/la que suscribe ……………………………………………...................................................

DNI/LE/LC Nº …………………………….. con domicilio en ………………………………

...............………………………………………………. de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, se dirige a Ud. con el objeto de solicitar un subsidio en el marco del Fondo

Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires.

El subsidio solicitado se requiere para el proyecto presentado bajo el título

………………………………………………………………………………………………………...

y se inscribe en la Línea de Subsidios ……………………………..……….., Disciplina

.......………………………………………

El monto solicitado es de $.............. (pesos……………………………………...……...…),

siendo de utilidad un otorgamiento mínimo de $.................. (pesos…………………………

………………).

Por la presente declaro que renuncio a toda acción derivada del dictado de los decretos

Nº 1.020-GCBA-04 y Nº 115-GCBA-05 y la resolución Nº 553-MCGC-09.

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

Firma……………………………………………………

Aclaración………………………………………………

DNI………………………………………………………

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 739 - MCGC/09 (continuación)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 62

Page 63: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

F2009/3

FICHA DE PRESENTACIÓN DE DATOS LINEA CREADORES – PERSONAS FÍSICAS

Titulo del Proyecto

LINEA CREADORES

DISCIPLINA

Monto solicitado $ Monto Mínimo Solicitado

$

Datos del Solicitante

Apellido y Nombres

Tipo y Nº de doc: DNI / LE / LC

Número de CUIT / CUIL

Nacionalidad

Fecha de Nacimiento

Domicilio inscripto en el D.N.I. (ultimo cambio)

Domicilio constituido para notificaciones en la Ciudad de Buenos Aires

Teléfono Principal

Teléfonos Opcionales

Correo Electrónico

ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 739 - MCGC/09 (continuación)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 63

Page 64: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 740 - MCGC/09 ANEXO

FONDO METROPOLITANO DE LA CULTURA, LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

CONDICIONES GENERALES Y FORMULARIOS PARA SOLICITAR SUBSIDIOSLÍNEA PROMOCION Y DESARROLLO CULTURAL AÑO 2009

La línea de Subsidios Promoción y Desarrollo Cultural comprende las siguientes Disciplinas:

a) Emprendimientos de base cultural, científica o artística, destinada a fomentar el establecimiento y/o el desarrollo de actividades y proyectos culturales privados de promoción cultural desarrollados por personas físicas o jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un monto máximo de hasta PESOS TREINTA CINCO MIL ($ 35.000)

b) Microemprendimientos de base cultural: Destinada a proyectos culturales realizados por personas físicas u organizaciones de base con domicilio registrado en el DNI/LC/LE con anterioridad al 01-01-2009 y/o personas jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; por un monto máximo de hasta PESOS OCHO MIL ($ 8.000); orientados a la realización de actividades artísticas y socioculturales dentro del ámbito geográfico de la Ciudad de Buenos Aires.

La normativa en la que se encuadra son los Decretos 1020-04, 115-05, 2075-07 y sus modificatorios y la Resolución Nº 553-MCGC-09 y puede ser consultadas en la página web del Gobierno de la Ciudad o en la oficina de la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias.

LAS DISCIPLINAS

Los solicitantes de subsidios en el marco de la línea Promoción y Desarrollo Cultural, deben inscribir su proyecto optando sólo por una de las Disciplinas mencionadas más arriba.

Las mismas comprenden programas, proyectos o actividades destinados a los siguientes rubros, siendo posible aplicar más de uno de ellos en la misma presentación:

Capacitación: En las diferentes disciplinas tanto en el ámbito local como en el exterior; organización de talleres, cursos, seminarios, etc.

Producción: Edición, equipamiento, materiales e insumos.

Intervenciones y equipamiento: Refacciones y mejoras edilicias, adquisición de mobiliario y tecnología.

PRESENTACIÓN

Los proyectos deberán ser presentado en Av. de Mayo 575 – Planta Baja Of. 12, lunes a viernes en el horario de 10 a 17hs, desde el 11 de mayo hasta el 12 de junio de 2009.

Deberá confeccionarse en una carpeta cuyo contenido tendrá que realizarse en computadora impreso a simple faz, en hoja A4, con dos perforaciones y sujetas por un broche. Todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas por el solicitante.

Documentación requerida

Para personas físicas:1) Original y fotocopia simple de la primera, segunda hoja y, en caso de corresponder, último cambio de domicilio del Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento (el original se devuelve una vez comparado con la copia); 2) Fotocopia simple de comprobante de CUIL/CUIT.

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 64

Page 65: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 740 - MCGC/09 (continuación)

Para personas jurídicas:1) Fotocopia certificada del estatuto, contrato social de la entidad o instrumento equivalente; 2) Fotocopia certificada del último acta de designación de autoridades (si correspondiera); 3) Fotocopia certificada de inscripción en la Inspección General de Justicia o el Instituto Nacional de Acción Cooperativa y Mutual u organismo competente que corresponda. En el caso de las instituciones pertenecientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana deberán presentar el certificado de inscripción expedido por la Dirección Nacional de Culto Católico de la Secretaría de Culto de la Nación. Las instituciones pertenecientes a otros cultos deben acreditar la personería en la forma que lo hacen las personas jurídicas de carácter privado; 4) Fotocopia certificada del poder que acredite representación legal (únicamente para el caso en que el proyecto sea presentado por apoderado de la entidad titular del proyecto) 5) Fotocopia simple de inscripción del CUIT de la entidad; 6) Original y fotocopia simple de la primera, segunda hoja del Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento (el original se devuelve una vez comparado con la copia).

Oganización del proyecto:

El proyecto deberá respetar el siguiente orden:

1. Carátula: donde conste el título del proyecto y el nombre y apellido del solicitante (se adjunta modelo F2009/01)

2. Índice

3. Documentación que acredita identidad o personería y domicilio del titular

4. Carta dirigida a la Ministro de Cultura (se adjunta modelo F2009/02)

5. Ficha de presentación de datos (se adjunta modelo F2009/03)

6. Proyecto: - Antecedentes: Descripción de las principales actividades realizadas con anterioridad al proyecto por el cual se solicita el subsidio y de las principales actividades planteadas para el año en curso.

- Descripción general del proyecto: síntesis del proyecto no mayor a 200 palabras.

- Objetivos generales y específicos del proyecto

- Fundamentación: Resultados que se pretenden alcanzar con el proyecto, argumentando las proyecciones previstas en forma clara y razonable.

- Descripción de los beneficios concretos a la comunidad que se obtendrán con la realización del proyecto: Cantidad de personas que estimativamente accederán a un nuevo centro cultural o a futuros conciertos, films, etc.

- Población beneficiaria del proyecto: Definición de los destinatarios a los que el proyecto se dirige, teniendo en cuenta sus perfiles socioculturales, necesidades, demandas, modos de informarse o capacidad para involucrarse en las propuestas del proyecto.

- Cronograma de ejecución del subsidio: Cuadro que contenga las actividades concretas necesarias para la realización del proyecto definiendo el tiempo estimado para su concreción. El cuado deberá contener una columna que indique el objetivo, otra con las acciones implicadas y una tercer columna indicando el tiempo estimado para su realización.

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 65

Page 66: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

Ejemplo:Objetivo Acciones Tiempo estimado Publicación de libro -corrección del manuscrito

-edición-impresión

30 días 15 días 15 días

Para evaluar la consistencia del proyecto es indispensable completar el cuadro donde se solicitan los objetivos, las actividades, duración y fechas estimadas de realización de las mismas.

- Detalle presupuestario: Debe incluirse un cuadro en el que figuren los productos y/o servicios necesarios para llevar adelante el total del proyecto junto con los costos de los mismos.

- Monto Solicitado: Especificación del monto total pedido al Fondo Metropolitano de las Artes y las Ciencias.

- Monto mínimo para la realización del proyecto: Teniendo en cuenta que, en función de los recursos disponibles en la Línea de Subsidio, no pueda asignarse la totalidad de lo solicitado a un proyecto determinado, este monto debe figurar en el cuadro de presupuesto y conjuntamente con los ítems que se cumplirán con el mismo.

- Necesidad económica del solicitante para llevar a cabo el proyecto: explicación de la situación actual del solicitante y las limitaciones económicas por los cuales no podría realizar el proyecto sin la adjudicación del subsidio.

7. Presupuestos: Además deben presentarse dos presupuestos por ítem, expedidos por los proveedores de los bienes o servicios que se pretendan adquirir o contratar. A excepción de los casos en que se encuentre debidamente fundada la imposibilidad de agregar un segundo presupuesto. Por ejemplo, si se requiere un techo de chapa, la presentación deberá incluir dos presupuestos del mismo material a utilizar, provenientes de dos posibles proveedores distintos.

8. Fotocopia del comprobante de C.U.I.T. o C.U.I.L.

9. Anexos: Todo material que se adjunte al proyecto (libros, CD´S, videos, Curriculums de participantes, etc.) deberá estar debidamente asegurados, foliados y firmado como parte de la carpeta. No se aceptará material suelto. En el índice deberá incluirse que material se adjunta.

Importante:

� Toda documentación en otro idioma (invitaciones, aceptación de participación, etc.) deberá estar acompañada por una copia traducida por traductor público nacional.

� En caso de ser subsidiado, el beneficiario debe utilizar el dinero adjudicado y rendir cuenta documentada de los gastos en un plazo no mayor a los ciento veinte (120) días desde su acreditación en la cuenta bancaria; no obstante la duración del proyecto puede exceder este plazo, estando limitada por el cierre del año en curso.

� Cabe aclarar que la acreditación del subsidio, no se realizará antes de los sesenta (60) días contados a partir de la fecha del cierre de la convocatoria.

� Para el caso de los proyectos seleccionados y cuyo monto solicitado sea mayor o igual a $ 20.000 (PESOS VEINTE MIL), el Ministerio de Cultura, a sugerencia del área sustantiva o por propia iniciativa y a través de la Resolución por la que otorga el subsidio, puede exigir al solicitante, que en un plazo no mayor a 15 días corridos,

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 740 - MCGC/09 (continuación)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 66

Page 67: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

proceda a la contratación de un seguro de caución como requisito previo al depósito del monto adjudicado.

� Revise bien el contenido antes de su entrega, no se aceptarán agregados con posterioridad al ingreso del proyecto.

� Los resultados de la convocatoria estarán disponibles en la página del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (www.buenosaires.gov.ar/Cultura).

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 740 - MCGC/09 (continuación)

F2009/01

FONDO METROPOLITANO DE LA CULTURA, LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

LÍNEA PROMOCIÓN Y DESARROLLO CULTURAL2009

ÁREA ESPECÍFICA:

TITULO DEL PROYECTO:

NOMBRE Y APELLIDO O RAZÓN SOCIAL:

MINISTERIO DE CULTURA

F2009/01

FONDO METROPOLITANO DE LA CULTURA, LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

LÍNEA PROMOCIÓN Y DESARROLLO CULTURAL2009

ÁREA ESPECÍFICA:

TITULO DEL PROYECTO:

NOMBRE Y APELLIDO O RAZÓN SOCIAL:

MINISTERIO DE CULTURA

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 67

Page 68: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

F2009/2

Buenos Aires, ....... de …………………………… de 2009

Señor Ministro de Cultura

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Ing. Hernan Lombardi

El/la que suscribe ……………………………………………...................................................

DNI/LE/LC Nº …………………………….. con domicilio en ………………………………

...............………………………………………………. de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, se dirige a Ud. con el objeto de solicitar un subsidio en el marco del Fondo

Metropolitano de las Artes y las Ciencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El subsidio solicitado se requiere para el proyecto presentado bajo el título

………………………………………………………………………………………………………...

y se inscribe en la Línea de Subsidios ……………………………..……….., Disciplina

.......………………………………………

El monto solicitado es de $.............. (pesos……………………………………...……...…),

siendo de utilidad un otorgamiento mínimo de $.................. (pesos…………………………

………………).

Por la presente declaro que renuncio a toda acción derivada del dictado de los decretos Nº

1.020-04 y Nº 115-05 y la resolución Nº 553-MCGC-09.

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

Firma……………………………………………………

Aclaración………………………………………………

DNI………………………………………………………

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 740 - MCGC/09 (continuación)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 68

Page 69: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 740 - MCGC/09 (continuación)F2009/3

Titulo del Proyecto

LINEA

DISCIPLINA

Monto solicitado $ Monto Mínimo Solicitado

$

Datos del Solicitante

Apellido y Nombres

Tipo y Nº de doc: DNI / LE / LC

Número de CUIT / CUIL

Nacionalidad

Lugar y Fecha de Nacimiento

Domicilio que figura en el Documento (último cambio) (Calle, Número, Dpto., C. Postal)

Domicilio constituido para notificaciones (Calle, Número, Dpto. y Ciudad)

Teléfono Principal

Teléfonos Opcionales

Correo Electrónico

FICHA DE PRESENTACION DE DATOS PERSONAS FISICAS Y ORGANIZACIONES SIN PERSONERIA JURIDICA

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 69

Page 70: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

F2009/3

FICHA DE PRESENTACIÓN DE DATOS PERSONAS JURÍDICAS

Título del Proyecto

Línea

Disciplina

Monto Solicitado $ Monto Mínimo $

Datos del Solicitante

Razón Social

Domicilio según Estatuto

Domicilio Constituido

Teléfono

Teléfonos Alternativos

Correo Electrónico

Tipo de Sociedad

Numero de IGJ / INAES

CUIT

Información del Representante Legal

Apellido y Nombre

DNI / LE / LC

Tipo de Representación

Teléfono

Teléfono Alternativo

Correo Electrónico

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 740 - MCGC/09 (continuación)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 70

Page 71: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 742 - MCGC/09

ANEXO FONDO METROPOLITANO DE LA CULTURA, LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

CONDICIONES GENERALES Y FORMULARIOS PARA SOLICITAR SUBSIDIOS EN EL MARCO DE LA LÍNEA FOMENTO DE LA DANZA

En el marco de la mencionada línea de subsidios pueden presentarse personas físicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, registrado en el DNI / LE / LC o personas jurídicas con domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires, en ambos casos con anterioridad al 01-01-2009. Los montos a subsidiar, deben ser sugeridos en los dictámenes por el área sustantiva, no pudiendo superar los límites que por destino de subsidio se detallan a continuación:

1) Investigación: Pesos Doce Mil ($ 12.000.-). 2) Formación-difusión: Pesos Treinta y Cinco Mil ($ 35.000.-) 3) Creación: Pesos Veinticinco Mil ($ 25.000.-) 4) Docencia e intervenciones en unidades penitenciarias: Pesos Ocho Mil ($

8.000.-)

La normativa en la que se encuadra corresponde a los Decretos Nº 1020-04, 115-05 y 2075-07, y la Resolución Nº 553-MCGC-09; y puede ser consultadas en la página web del Gobierno de la Ciudad o en la oficina de la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias.

Destinos

Los solicitantes de los subsidios Fomento de la Danza deben inscribir su proyecto optando por uno de los siguientes destinos:

1) Investigación: Proyectos de investigación con producción teórico-conceptual relativa a la danza como disciplina artística (incluye relevamientos, trabajos de archivo, traducciones, publicaciones, edición, entre otros) desarrollados por personas físicas y jurídicas.

2) Formación-difusión: Proyectos de formación y/o difusión de la danza como disciplina artística dirigidos a un ámbito y un público especifico desarrollados por personas físicas y jurídicas.

3) Creación: Proyectos de creación, reposición o circulación de obra, con sustento coreográfico desarrollados por personas físicas y jurídicas.

4) Docencia e intervenciones en unidades penitenciarias: Proyectos de docencia e intervenciones de danza como disciplina artística desarrollados por personas físicas y jurídicas. La convocatoria se realizará en:

a) Servicio Psiquiátrico Central de Mujeres Unidad nº 27 Servicio Penitenciario Federal (Barracas)

b) Instituto Correccional de Mujeres Nº 3 Servicio Penitenciario Federal (Ezeiza)

c) Modulo de Hombres Jóvenes-Adultos (entre 18 y 22 años) Complejo Penitenciario Federal Nº 1 (Ezeiza)

Presentación

Los proyectos deberán ser presentado en Av. de Mayo 575 – Planta Baja Of. 12, lunes a viernes en el horario de 10 a 17hs, entre el 12 mayo hasta el 12 de junio de 2009.

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Page 72: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

Deberá confeccionarse en una carpeta cuyo contenido debe realizarse en computadora impreso a simple faz, en hoja A4, con dos perforaciones y sujetas por un broche. Todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas por el solicitante.

Documentación general requerida

Para personas físicas:1) Original y fotocopia simple de la primera, segunda hoja y, en caso de corresponder, último cambio de domicilio del Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento (el original se devuelve una vez comparado con la copia); 2) Fotocopia simple de comprobante de CUIL/CUIT.

Para personas jurídicas:1) Fotocopia certificada del estatuto, contrato social de la entidad o instrumento equivalente;2) Fotocopia certificada de la última acta de designación de autoridades (si correspondiera);3) Fotocopia certificada de inscripción en la Inspección General de Justicia o el Instituto Nacional de Acción Cooperativa y Mutual u organismo competente que corresponda. En el caso de las instituciones pertenecientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana deberán presentar el certificado de inscripción expedido por la Dirección Nacional de Culto Católico de la Secretaría de Culto de la Nación. Las instituciones pertenecientes a otros cultos deben acreditar la personería en la forma que lo hacen las personas jurídicas de carácter privado; 4) Fotocopia certificada del poder que acredite representación legal (únicamente para el caso en que el proyecto sea presentado por apoderado de la entidad titular del proyecto) 5) Fotocopia simple de inscripción del CUIT de la entidad; 6) Original y fotocopia simple de la primera, segunda hoja del Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento (el original se devuelve una vez comparado con la copia).

Oganización del proyecto:

El proyecto deberá respetar el siguiente orden:

1. Carátula: donde conste el título del proyecto y el nombre y apellido del solicitante (se adjunta modelo F2009/01)

2. Índice

3. Documentación que acredita identidad o personería y domicilio del titular

4. Carta dirigida al Ministro de Cultura (se adjunta modelo F2009/02)

5. Ficha de presentación de datos (se adjunta modelo F2009/03)

6. Proyecto: - Antecedentes: Descripción de las principales actividades realizadas con anterioridad al proyecto por el cual se solicita el subsidio y de las principales actividades planteadas para el año en curso (dossier, video, VHS o DVD).

- Descripción general del proyecto: síntesis del proyecto no mayor a 200 palabras.

- Objetivos generales y específicos del proyecto

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 742 - MCGC/09 (continuación)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 72

Page 73: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

- Fundamentación: Resultados que se pretenden alcanzar con el proyecto, argumentando las proyecciones previstas en forma clara y razonable.

- Periodo y duración del proyecto/fecha prevista de estreno o reestreno:

- Monto Solicitado: Especificación del monto total pedido al Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias.

- Monto mínimo para la realización del proyecto: Teniendo en cuenta que, en función de los recursos disponibles en la Línea de Subsidio, no pueda asignarse la totalidad de lo solicitado a un proyecto determinado, este monto debe figurar en el cuadro de presupuesto y conjuntamente con los ítems que se cumplirán con el mismo.

7. Presupuestos: Plan económico y financiero. Deben presentarse dos presupuestos por ítem, expedidos por los proveedores de los bienes o servicios (de existir) que se pretendan adquirir o contratar. A excepción de los casos en que se encuentre debidamente fundada la imposibilidad de agregar un segundo presupuesto.

8. Fotocopia del comprobante de C.U.I.T. o C.U.I.L.

9. Anexos: Todo material que se adjunte al proyecto (libros, CD´S, videos, Curriculums de participantes, etc.) deberá estar debidamente asegurados, foliados y firmado como parte de la carpeta. No se aceptará material suelto. En el índice deberá incluirse que material se adjunta

REQUISITOS ESPECIFICOS ADICIONALES:

REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS PARA EL DESTINO: 2) “FORMACION – DIFUSION”

Descripción de los beneficios concretos a la comunidad que se obtendrán con la realización del proyecto: Cantidad de personas que estimativamente accederán a un nuevo centro cultural o a futuros conciertos, films, etc.

Población beneficiaria del proyecto: Definición de los destinatarios a los que el proyecto se dirige, teniendo en cuenta sus perfiles socioculturales, necesidades, demandas, modos de informarse o capacidad para involucrarse en las propuestas del proyecto.

REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS PARA EL DESTINO: 3) “CREACION”

a) Concepción estética b) Ficha técnica. c) Un video (DVD) de obra completa anteriormente estrenada, dirigido por el

mismo coreografo-director del proyecto presentado.

REQUERIMIENTOS ESPECIFICOS PARA EL DESTINO: 4) “DOCENCIA E INTERVENCIONES EN UNIDADES PENITENCIARIAS”

a) El periodo de duración no puede superar los nueves meses especificando carga horaria semanal. b) Materiales necesarios para la actividad (No incluirlos en el presupuesto)

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 742 - MCGC/09 (continuación)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 73

Page 74: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

IMPORTANTE: El presupuesto de este proyecto contempla únicamente los honorarios de los docentes y/o artistas.

Importante:

� La amplitud de la descripción que se realice en la solicitud favorecerá el conocimiento del solicitante y del proyecto presentado para la posterior evaluación de ambos.

� Toda documentación en otro idioma (invitaciones, aceptación de participación, etc.) debe estar acompañada por una copia traducida por traductor público matriculado.

� En caso de ser subsidiado, el beneficiario debe utilizar el dinero adjudicado y rendir cuenta documentada de los gastos en un plazo no mayor a los ciento veinte (120) días desde su acreditación en la cuenta bancaria; no obstante la duración del proyecto puede exceder este plazo, estando limitada por el cierre del año en curso.

� Cabe aclarar que la acreditación del subsidio, no se realizará antes de los sesenta (60) días contados a partir de la fecha del cierre de la convocatoria.

� Revise bien el contenido antes de su entrega, no se aceptarán agregados con posterioridad al ingreso del proyecto.

� La presentación del pedido de subsidio implica la aceptación de los términos y condiciones fijados por el Decreto Nº 1.020-GCBA-04 y sus normas complementarias.

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 742 - MCGC/09 (continuación)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 74

Page 75: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

F2009/01

FONDO METROPOLITANO DE LA CULTURA, LAS ARTES Y LAS CIENCIAS

LÍNEA FOMENTO DE LA DANZA2009

DESTINO:

TITULO DEL PROYECTO:

NOMBRE Y APELLIDO:

MINISTERIO DE CULTURA

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 742 - MCGC/09 (continuación)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 75

Page 76: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

F2009/2

Buenos Aires, ....... de …………………………… de 2009

Señor Ministro de Cultura

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Ing. Hernán Lombardi

El/la que suscribe ……………………………………………...................................................

DNI/LE/LC Nº …………………………….. con domicilio en ………………………………

...............………………………………………………. de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, se dirige a Ud. con el objeto de solicitar un subsidio en el marco del Fondo

Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires.

El subsidio solicitado se requiere para el proyecto presentado bajo el título

………………………………………………………………………………………………………...

y se inscribe en la Línea de Subsidios ……………………………..……….., Destino

.......………………………………………

El monto solicitado es de $.............. (pesos……………………………………...……...…),

siendo de utilidad un otorgamiento mínimo de $.................. (pesos…………………………

………………).

Por la presente declaro que renuncio a toda acción derivada del dictado de los decretos

Nº 1.020-GCBA-04 y Nº 115-GCBA-05 y la resolución Nº 553-MCGC-09.

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

Firma……………………………………………………

Aclaración………………………………………………

DNI………………………………………………………

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 742 - MCGC/09 (continuación)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 76

Page 77: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

F2009/3

FICHA DE PRESENTACIÓN DE DATOS LINEA FOMENTO DE LA DANZA – PERSONAS FÍSICAS

Titulo del Proyecto

DESTINO

Monto solicitado $ Monto Mínimo Solicitado

$

Datos del Solicitante

Apellido y Nombres

Tipo y Nº de doc: DNI / LE / LC

Número de CUIT / CUIL

Nacionalidad

Fecha de Nacimiento

Domicilio inscripto en el D.N.I. (último cambio)

Domicilio constituido para notificaciones en la Ciudad de Buenos Aires

Teléfono Principal

Teléfonos Opcionales

Correo Electrónico

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 742 - MCGC/09 (continuación)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 77

Page 78: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

F2009/3

FICHA DE PRESENTACIÓN DE DATOS LINEA FOMENTO DE LA DANZA – PERSONAS JURÍDICAS

Título del Proyecto

Destino

Monto Solicitado $ Monto Mínimo $

Datos del Solicitante

Razón Social

Domicilio Legal

Domicilio Constituido

Teléfono

Teléfonos Alternativos

Correo Electrónico

Tipo de Sociedad

Numero de IGJ / INAES

CUIT

Información del Representante Legal

Apellido y Nombre

DNI / LE / LC

Tipo de Representación

Teléfono

Teléfono Alternativo

Correo Electrónico

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 742 - MCGC/09 (continuación)

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 78

Page 79: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 790 - MCGC/09

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 791 - MCGC/09

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 79

Page 80: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 792 - MCGC/09

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 793 - MCGC/09

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 80

Page 81: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 794 - MCGC/09

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 795 - MCGC/09

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 81

Page 82: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 796 - MCGC/09

ANEXO RESOLUCION Nº 809 - MSGC - MHGC - 09

EXPEDIENTE DONANTE DONACION DESTINO IMPORTE

2.930/06 Dr. Adolfo Schygiel y MédicosIntegrantes de Neonatología.

2 Reductores de presión para tubode oxígeno portátil de 425 lts, dealuminio marca Griffoiv, Nros.54.930 y 54.931

Hospital General de Agudos"Dr. J.M. Ramos Mejía"

$660,00

3.061/06 Dr. Orlando Garcea. 1 Cizalla doble articulación de 18cm. - Nº 54.926 y diversoselementos.

Hospital General de Agudos"Dr. J.M. Ramos Mejía"

$518,86

7.995/06 e inc. Rueda Femenina del RotaryClub de Once y LaboratorioBaliarda S.A.

1 Aparato de aire acondicionadomarca Electrolux, modelo EAM 07F,Nº de patrimonio 37.518 y 2ventiladores de techo color blancomarca Martin&Martin, Nº deinventario 37478/9.

Hospital General de Agudos"Dr. J.M. Ramos Mejía"

$1.160,00

8.012/06 Dra. Silvia Kochen. 1 Upgrade de cabezal de conexiónde Fibra Optica a USB, Nº dePatente 55.013

Hospital General de Agudos"Dr. J.M. Ramos Mejía"

$5.220,00

10.802/06 e inc. Dra. Cristina Bruno yCooperativa de Acción Social(C.O.A.S.)

1 Electroencefalógrafo portátilSamavi Lincon II, Nº de Serie681005, Nº de inventario 54858 ydiversos elementos.

Hospital General de Agudos"Dr. J.M. Ramos Mejía"

$9.219,00

TOTAL $16.777,86

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 809 - MSGC-MHGC/09

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 82

Page 83: ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N° 3154

ANEXO RESOLUCION Nº 811 - MSGC - MHGC - 09

EXPEDIENTE DONANTE DONACION DESTINO IMPORTE

3.058/06 Dr. Orlando Garcea. 1 Adaptador de mouse y 1 cablepara impresora.

Hospital General de Agudos"Dr. J.M. Ramos Mejía"

$20,00

44.523/06 Dr. Eduardo Kesberg. 2 Colchones de Aire marca Aera,modelo HE 7700-Nro. 37871/2 ydiversos elementos.

Hospital General de Agudos"Dr. J.M. Ramos Mejía"

$1.570,00

46.098/06 e inc. Química Erovne y otros. 1 Copiadora-Impresora y adaptadorde Red marca Konica-Minolta,modelo DI 1610, Nº de Serie26001578-Nº 365 y diversoselementos.

Hospital General de Agudos"Dr. J.M. Ramos Mejía"

$4.169,01

50.736/06 e inc. Dr. Gustavo Caruso y otros. 1 CPU Nº 55297 y diversoselementos.

Hospital General de Agudos"Dr. J.M. Ramos Mejía"

$3.288,01

TOTAL $9.047,02

ANEXO - RESOLUCIÓN N° 811 - MSGC-MHGC/09

N° 3154 - 15/4/2009 Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 83