recurso de nulidad

Post on 18-Aug-2015

222 Views

Category:

Documents

0 Downloads

Preview:

Click to see full reader

DESCRIPTION

1

TRANSCRIPT

1 Recurso de NULIDAD Derecho procesal iii Universidad de magallanes Reglamentacin Sereglamentaespecfcamenteenlosarts. !"a#!N$%%& sinper'uicio deserle aplica(leslasnormasgeneralesdelosrecursosdel ttulo I& li(ro III N$%%& as como supletoriamente las disposicionesre)erentes al 'uicio oral. concepto *s+ ,el acto'urdicoprocesal delaparteagraviada& destinadoao(tener lainvalidacindel procedimientooslodelasentenciadefnitiva pronunciada por un tribunal de juicio oral o por el juezdegarantaenunprocedimientosimplifcadoodeaccinpenal privada, de parte del tri(unal superior 'er-r.uico esta(lecidoen la le/& (asado en las causales de ha(er sido pronunciada dicharesolucin coninfraccinsustancial delos derechos y lasgarantas asegurados por la Constitucin o por los tratadosinternacionales queseencuentranvigentes, por haberseefectuadounaerrneaaplicacindel derechoquehubiereinfuidosubstancialmenteenlodispositivodel fallooporhaberse incurrido en uno de los motivos absolutos denulidad contemplados en la ley0. $ARA$1*RIS1I$AS a2 *3traordinario. (2 Se interpone directamente ante el tri(unal .ue dict la resolucinimpugnada& .ue ser- el tri(unal de 'uicio oral .ue dict la sentenciadefnitiva o el 'ue4 de garanta .ue dict la sentencia defnitiva enun procedimiento simplifcado& para .ue sea conocido / resuelto porel tri(unal superior 'er-r.uico. c2 La regla general es .ue el recurso sea conocido por la $orte deApelaciones respectiva. *3cepcionalmente es conocido en un casode competencia per saltum por la $orte Suprema& en el caso de lascausales de los arts. ! letra a& !5 inc.1N$%% / art. ! letra ( /!5 inc. N$%%. Adem-s& esta competencia per saltum tiene )uer4a atractiva& /a .uetam(i6nla$ortepuedeconocer'untocona.uellasdoscausales&otras causales en .ue se hu(iera )undado el recurso / .ue sean decompetencia de las $ortes de Apelaciones. $ARA$1*RIS1I$AS" d2 Se contempla la competencia per saltumrespecto de lassentencias defnitivas pronunciadas por un tri(unal oral en lo penalo por un 'ue4 de garanta en el procedimiento simplifcado. e2 *s de derecho estricto. )2 *s conocido por los tri(unales de acuerdo a sus )acultades'urisdiccionales. g2 %or regla general& slo tiene por o('eto invalidar una sentencia enlos casos .ue determina a le/. h2 De acuerdo con ello& acogido el recurso& la $orte respectiva en susentencia de nulidad de(er- determinar el estado en .ue hu(iere de.uedar el procedimiento/ordenar-laremisindelosautosaltri(unal no inha(ilitado .ue corresponda. $ARA$1*RIS1I$AS i2No recorre en cuantoa suprocedencia todala'erar.uadelostri(unales chilenos como es el caso de la casacin de )orma. '2No procedesu interposicinen)ormacon'untacon ning7n otrorecurso. 82 Slo puede ser deducido por la parte agraviada& confgur-ndoseel agravio no slo por el per'uicio .ue provoca el )allo en la parterecurrente& sino .ue adem-s por el generado por la causal .ue lohace procedente& salvo en el caso de un motivo a(soluto de nulidad. l2 No constitu/e instancia. m2 No seadmiteporregla general larenuncia anticipada& puesto.ue ello nos llevara a los procedimientos convencionales. 9INALIDAD*S D*L R*$URS: *llas son seg7n sus causales de procedencia+ a2 Asegurar el respecto de las garantas / derechos )undamentales&tanto dentro del proceso& como en la dictacin de la sentencia del'uicio oral. $onsecuente con ello& se contempla la causal gen6rica del art. !letra a N$%%& en contra de la sentencia .ue se hu(iere pronunciadoo emanadodeun 'uiciooral enelcualnosehu(ierenrespetadodichas garantas.

(2 ;elar por la correcta / uni)orme aplicacin de la le/ en lasentencia a pronunciarse en la resolucin del conUNAL*S ?U* IN1*R;I*N*N *l recurso de(e interponerse directamente ante el tri(unal .ue dictla resolucin .ue se trata de invalidar& a .uo. Dicho rgano 'urisdiccional ser- el tri(unal de 'uicio oral .ue dict lasentenciadefnitivaoel 'ue4degaranta.uedictlasentenciadefnitiva en un procedimiento simplifcado. Se interpone para ante el tri(unal superior 'er-r.uico esta(lecido enla le/& ad .uem. ?ue por regla general ser- la $orte de Apelaciones& salvo el caso.ue nos encontremos ante la competencia por saltum& en cu/o casoconocer- / resolver- la $orte Suprema& estos casos son+ 1RI>UNAL*S ?U* IN1*R;I*N*N a2 $uando& en la tramitacin del 'uicio o en el pronunciamiento de lasentencia& se hu(ieren in)ringido sustancialmente derechos ogarantas asegurados por la $onstitucin o por los tratadosinternacionalesratifcadospor $hile.ueseencuentrenvigentes&art. ! letra a / art. !5 inc.1 N$%%. (2 $uando& en el pronunciamiento de la sentencia& se hu(iere hechouna errnea aplicacin del derecho .ue hu(iere in

top related