presentacion sociedad anonima (1) saul cabrera peña

Post on 03-Jul-2015

2.113 Views

Category:

Business

1 Downloads

Preview:

Click to see full reader

DESCRIPTION

La Sociedad Anónima en Guatemala, Doctrina, y Aspectos importantes.

TRANSCRIPT

Sociedad

Anónima

Integrantes

Denisé Gabriela EscobarEdwin Saúl Cabrera Peña

Joel Daleth Mejía Helen Yanina Cruz Salguero

Sociedades Mercantiles

(Sociedad Anónima)

Artículo 86.- Sociedad anónima.Sociedad anónima es la que tiene el capital

dividido y representado por acciones. La

responsabilidad de cada accionista está

limitada al pago de las acciones q hubiere

suscrito.

Sociedad Anónima

La sociedad anónima es una sociedad

formalmente mercantil, de carácter capitalista, se

identifica con denominación, tiene un capital

dividido y representado en títulos llamados

acciones, y los socios limitan su responsabilidad

hasta el monto total de las acciones que son de su

propiedad.

En el sistema de autorización y control

permanente, la sociedad, como persona jurídica,

no tiene ninguna explicación contractual; la

sociedad surge como tal cuando el Estado lo

autoriza. La base de este procedimiento se

encuentra en la teoría del intervencionismo del

Estado en la actividad privada,

con el objeto del evitar que el afán de ganancia

no cause perjuicio a la sociedad. A esto se le

suma el hecho de que el Estado mantiene control

permanente sobre la sociedad para que ésta

ajuste su conducta al ordenamiento jurídico.

Denominación

Artículo 87.- Denominación. La sociedad anónima se

identifica con una denominación, la que podrá formarse

libremente, con el agregado obligatorio de la leyenda:

Sociedad Anónima, que podrá abreviarse S.A.

La denominación podrá contener el nombre de un socio

fundador o lo apellidos de dos o más de ellos, pero en

este caso deberá igualmente incluirse la designación del

objeto principal de la sociedad.

La sociedad anónima se identifica con unadenominación, la que podrá formarlibremente, con el agregado obligatorio de laleyenda: sociedad anónima.

Razón social opciones en orden depreferencias. Nombre comercial(puede ser o no igual al de la razón social)

Sociedad Anónima (Administración)

La constitución de una sociedad anónima debehacerse mediante escritura pública, con elcumplimiento de los requisitos mínimos formalesestablecidos en la Ley de Sociedades de Capital, debetener en cuenta el Reglamento del Registro Mercantilya que se requiere la inscripción y posteriormente sepublicará en el Diario Oficial.

Una sociedad anónima es una entidad jurídica

cuya existencia se distingue de la de su

propietario. Sus titulares participan del capital

social mediante acciones que les confieren

derechos económicos y políticos. Las

acciones se diferencian entre sí según las

potestades que confieren o por su

valor nominal.

La sociedad anónima, para su vida diaria,

necesita de valerse de un órgano ejecutivo y

representativo a la vez, que lleve a cabo la

gestión cotidiana de la sociedad y la represente

en sus relaciones jurídicas con terceros.

La estructura del órgano de administración de

una sociedad constituye una de las menciones

más importantes de los estatutos.

Formación y constitución de la sociedad

anónima

Para proceder a la constitución de una sociedad

anónima se requiere cumplir una serie de

requisitos establecidos por el ordenamiento

jurídico respectivo. Entre ellos, generalmente

se incluye, según la legislación en concreto:

1. Un mínimo de socios o accionistas, y que cada

uno de ellos suscriba una acción por lo menos (en

España se contemplan las sociedades

"unipersonales“)

2. Un mínimo de capital social o suscripción de

las acciones emitidas

3. La escritura constitutiva de la sociedad

anónima con ciertas menciones mínimas de

este.

Sociedad Anónima (Fiscalidad)

Modalidad de tributación

Desde el punto de vista fiscal, estas sociedades tributan

por el Impuesto sobre Sociedades. El Impuesto sobre

Sociedades es un impuesto de naturaleza personal y de

carácter directo que grava las rentas obtenidas por

las sociedades y demás personas jurídicas no

sujetas a IRPF. (Impuesto sobre la Renta

de las Personas Físicas)

Base Imponible

Con respecto a la base imponible del impuesto,

debemos partir de que el hecho imponible es la

obtención de renta por la sociedad, estimándose la renta

obtenida como la diferencia entre los ingresos y los

gastos deducibles, sumando o restando los incrementos

patrimoniales que se produzcan en el ejercicio.

Para aplicar esta nueva escala, es necesario que

durante los doce meses siguientes al inicio del

período impositivo, la plantilla media de la

entidad no sea inferior a la unidad y además, que

tampoco sea inferior a la plantilla media

de los doce meses anteriores al inicio del

primer período impositivo.

Sociedad Anónima (Legalidad)

La sociedad mercantil más utilizada es la

Sociedad Anónima ya que la responsabilidad de

los socios se limita a lo aportado por ellos.

La sociedad mercantil es una asociación de dos o

más personas que, mediante

la creación de un fondo patrimonial busca

obtener beneficios individuales mediante las

ganancias

que de obtengan.

El objeto de la sociedad anónima es realizar

cualquier actividad que constituya especulación

comercial (que se cree la empresa para obtener

ganancias monetarias).

Esta sociedad se rige por la ley general de

sociedades mercantiles, por lo que deberá

constar en escritura social ante un notario

público.

Los principales datos que deberá

contener una escritura

constitutiva de una sociedad

anonima

1. Los nombres, nacionalidad y domicilio de las

personas físicas o morales que integran la

sociedad.

2. El objeto o giro de la sociedad.

3. Su razón o denominación social.

4. Su duración.

5. El importe del capital social.

6. La cantidad que cada socio aporta como

capital,

especificando el importe en efectivo y en

especie.

7. El nombramiento de los administradores, sus

facultades y la designación de los que deberán

hacer uso de la firma social.

8. Domicilio de la sociedad

9. La forma en que se repartirá las utilidades

entre los socios así como las pérdidas

10. Los casos en que la sociedad deberá

disolverse anticipadamente y la forma en que

deberá

efectuarse la liquidación.

Órganos de la sociedad:

Asamblea General.Consejo de Administración y/o Administrador único.Gerencia General y Gerencias específicas.

Formación de una S.A.

Pasos a seguir

I. DILIGENCIAS PREVIAS:1.- Se reúnen los socios (2 mínimo)

2.-Discuten, el nombre, el capital pagado, objeto (aque se dedicará la sociedad), Banco donde seoperará, Consejo de Administración, Distribución delos cargos (Presidente, Vicepresidente, Secretarioetc. y Representante Legal, que puede ser o no socio,es decir una persona ajena).

3.-Decididos dos o tres posibles nombres, se

apersonan al módulo de información del RegistroMercantil General de la República, para verificar queno hayan similares empresas y que los interesados seopongan a ella, cuando se publiquen.

los Edictos.

• II.- DILIGENCIAS ANTE EL NOTARIO4.Determinados tales aspectos, se solicita al

Notario la nota dirigida al Banco,solicitando la apertura de la cuentacorrespondiente.

5.Con la respectiva Boleta de depósito delBanco se constituyen ante el notario parasuscribir la Escritura de Constitución de laSociedad.

6.Suscrita la Escritura, le solicitan al Notarioentender el Nombramiento derepresentante legal para que comparezca aefectuar todos los trámites en nombre de lasociedad.

7.-El Notario adquiere un formulario en elregistro mercantil para la inscripción delnombramiento del Representante Legal (verrequisitos) ya inscrito puede hacerse valerante cualquier autoridad administrativa ojudicial de la República.

8.-El Notario extiende testimonio de la escriturade Constitución de la sociedad y llenando unformulario lo presenta ante el RegistroMercantil para Inscripción de la Sociedad.Inscriben la sociedad provisionalmente si notiene defectos u omisiones; si tiene defectos uomisiones ordenan corregir la Escritura.

9.El Notario solicita la emisión la orden del

Edicto a publicarse en el Diario oficial poruna vez, para que los interesados conozcan elnacimiento de una nueva Sociedad, quepueda afectarles por su similitud de nombres.

10.Transcurridos quince días de publicado elEdicto (verificar) si no hay oposición de nadie,se inscribe DEFINITIVAMENTE la Sociedad y se

solicita la emisión de las Patentes deSociedad y de Comercio.

• III.- PASOS POSTERIORES DE LA ESCRITURACION DE LA SOCIEDAD

11.Emitidas ambas patentes, el RepresentanteLegal, comparece ante la Superintendencia deAdministración Tributaria para, registrar sudomicilio fiscal, obtener el número de NIT ydemás documentación contable deconformidad con la Ley.

2.De igual manera solicita su registro el InstitutoGuatemalteco de Seguridad Social, IRTRA,BANCO DE LOS TRABAJADORES (si lo desean).

Gracias por su

atención…!!

top related