exposicion obligaciones iv francys arteaga seccion 33

Post on 01-Jul-2015

287 Views

Category:

Education

0 Downloads

Preview:

Click to see full reader

DESCRIPTION

La Novacion como medio de extincion de las Obligaciones en Venezuela, definicion, clases, efectos y diferencias entre novacion y cesion de creditos

TRANSCRIPT

La Novación

Clases de Novación

Objetiva

Es la figura jurídica mediante

la cual la parte deudora extingue

la obligación original

sustituyendo esta con una nueva obligación con objeto o título

diverso

La Novación

Requisitos

Existencia de una obligación anterior o preexistente (Art. 1.324 C.C) Existencia de una obligación nueva distinta de la primera La voluntad o intención de novar Que las partes tengan capacidad suficiente para novar

La Novación

Novación

Es una forma de extinguir un crédito.

La obligación se extingue y nace una nueva.

Es indispensable el consentimiento del deudor.

Todos sus accesorios se extinguen.

Cesión de Crédito

Es la sustitución del acreedor por otra persona, acto que podrá ser realizado por la novación.

La obligación persiste.El deudor debe ser

solamente notificado del cambio de acreedor

La obligación persiste con todos sus accesorios

Diferencias

top related