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    INDICE

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    INTRODUCCION

    I.- ORGANIZACIÓN SINDICAL

    1.- CONCEPTO.- 

    En esta sección trataremos del concepto de organización y libertad sindicales, y

    de las clases de organizaciones sindicales.

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    I.- DEFINICIÓN Y FINES DE LA ORGANIZACIÓN

    SINDICAL

    Noción.- Una organización sindical es, en principio, una agrupación organizada detrabajadores o de empleadores para la defensa y el mejoramiento de su situación

    profesional.

    Se dice que es una agrupación organizada porque se encuentra regida por 

    normas internas dadas por sus miembros o por sus órganos facultados para

    darlas, las que se hallan sujetas, a su vez, a otras normas expedidas por el Estado

    o por otras organizaciones de mayor jerarqua a las cuales aqu!lla se encuentra

    afiliada.

    Esta calidad de grupo organizado reviste dos manifestaciones" #$ elestablecimiento de órganos de gobierno integrados por todos los miembros, como

    la asamblea general, o sólo por alguno de ellos elegidos para ejercer las

    funciones de dirección y de ejecución de los acuerdos, como la junta directiva, o

    transitoriamente para el estudio y la realización de tareas determinadas, como las

    comisiones% y &$ la convicción en todos sus miembros de la necesidad de acatar 

    las decisiones de los órganos de gobierno, convicción que nace de la conciencia

    de que su voluntad y acción comunes constituyen una fuerza m's grande que la

    suma de la voluntad y acción de cada uno de ellos.

    En el fondo, una organización sindical no es sino un medio por el cual susmiembros delegan su facultad personal de petición y negociación en un grupo de

    dirección. Su poder radica en la creencia de sus integrantes en la fuerza de la

    unión, en la disciplina interna y en el cumplimiento de las decisiones de los

    órganos de dirección.

    Es preciso indicar, no obstante% que la organización sindical no puede agrupar 

    conjuntamente a empleadores y trabajadores, por cuanto los intereses de unos y

    otros se oponen sustancialmente. (istórica y estructuralmente, las organizaciones

    sindicales de los trabajadores se han constituido para actuar frente a los

    empleadores% y recprocamente, las organizaciones de empleadores, para actuar frente a los trabajadores. )a reunión de los trabajadores y los empleadores en una

    misma organización ha sido, como ya se dijo, *n+ &$, una de las bases del

    corporativismo fascista inspirado en las corporaciones de las Edades edia y

    oderna que agrupaban conjuntamente a los maestros, due-os de los talleres

    artesanales, y a sus dependientes" los compa-eros y los aprendices.

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    uando se dice defensa y mejoramiento de su situación profesional se indica que

    la organización sindical tiene por fines la defensa de los derechos y la promoción

    de los intereses de los miembros de la organización, y por extensión los de todos

    los participantes en la actividad ocupacional o del centro de trabajo cuya

    representatividad asume la organización sindical. En otros t!rminos, defender los

    derechos significa desarrollar, una actividad ante las personas que conforman la

    otra parte en la relación laboral y ante el Estado, para evitar la negación de una

    ventaja, situación o bien patrimonial obtenidos legal o contractualmente, o para

    lograr su restitución si el desconocimiento o incumplimiento ya se han producido%

    promover los intereses quiere /decir tratar de conseguir/ nuevos derechos, ya a

    trav!s de una convención con la parte contraria, ya mediante una norma legal,

    ejercitando, en ambos casos, los derechos de petición y negociación.

    )os derechos e intereses a los cuales apuntan los fines de la organización sindical

    gravitan en la esfera profesional porque se refieren a la situación de sus afiliados

    como participantes en la actividad ocupacional o profesional que es esencial

    mente económica. Se proyectan, por lo tanto, a las condiciones de la contratación

    y del trabajo, a la remuneración y al nivel de vida de los trabajadores y sus

    familias, a la cobertura de los riesgos sociales y a la organización para hacerles

    frente, a la solución de los problemas del empleo, a la formación profesional, a la

    participación en la propiedad y utilidades de la empresa, y en general a la

    delineación de la poltica económica y social en los niveles empresarial%

    profesional, local o nacional

    0e este modo, los fines de la organización sindical sobrepasan el campo estricto

    del 0erecho del 1rabajo% ingresan a los 'mbitos de la Seguridad Social, la 2oltica

    del Empleo, la 3ormación 2rofesional, la 2articipación y la Economa en general.

     4simismo, en cuanto buscan tambi!n la expedición de nuevas normas legales

    m's favorables a sus integrantes y representados, avanzan del terreno jurdico de

    la aplicación de las normas legales al terreno poltico donde se preparan y

    aprueban !stas.

    0esde el punto de vista económico, subyacente a la actividad legal, la

    organización sindical tiene por finalidad esencial tratar con el empleador o los

    empleadores las condiciones de la contratación de la fuerza de trabajo del grupo

    laboral representado, y exigir del Estado las condiciones mnimas de protección de

    esa fuerza. 2or lo tanto, la organización sindical, forma parte del mercado de

    fuerza de trabajo que es, a su vez, una parte del mercado en general. 2ero,

    adem's, al buscar el mejoramiento de las condiciones de trabajo y de vida de los

    trabajadores, la organización sindical tiene una finalidad poltica que puede

    proyectarse a la5postulación del cambio de la estructura económica y del Estado.

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    0ada la importancia económica y social de las organizaciones sindicales, en casi

    todos los pases altamente industrializados, se ha garantizado su existencia legal

    de modo uniforme, y su autonoma normativa y de gestión, haci!ndolas reposar 

    sobre la noción de libertad sindical, y consider'ndolas como instituciones sin las

    cuales no es posible el funcionamiento de una economa de mercado ni la

    democracia. 1al no es el caso de numerosos pases en vas de desarrollo con

    diversas formas de autoritarismo. Estatal, propenso a desconocer, de , derecho o

    de hecho, la libertad sindical.

    Definición legal.- Fines.- El onvenio 67 de la 891 ha definido a la organizaciónsindical como /toda organización de trabajadores o de empleadores que tenga por 

    objeto fomentar y 0efender los intereses de los trabajadores o de los

    empleadores/ *art. #:+$. El onvenio #;# de la 891 sobre la sindicación de los

    empleados p

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    "#.- Fines no $e%&i'ios a las o%gani(aciones sinicales.-

    2ese a la amplitud de los fines atribuidos a las organizaciones sindicales, la

    legislación nacional les prohbe algunos y ejecutar las actividades

    correspondientes a ellos.

    0ice a este respecto una norma" /)as organizaciones sindicales est'n impedidas

    de" 0edicarse institucionalmente de manera exclusiva a asuntos de poltica

    partidaria, sin menoscabo de las libertades que la onstitución 2oltica y los

    onvenios 9nternacionales de la 891 ratificados por el 2er< les reconocen./ *1U8

    de la )@1, art. ##+, a, con el texto dado por la )ey &7A#&, art. 9o$.&? )a razón de

    ser de esta limitación podra hallarse en la división social de funciones para

    intervenir en las diferentes manifestaciones de la actividad ciudadana. )a

    onstitución, ha conferido a los partidos polticos la función de concurrir /a la

    formación y manifestación de la voluntad popular/ y postular candidatos para la

    constitución de los 2oderes )egislativo y Ejecutivo y otros órganos del Estado *art.

    ?;+$% a las organizaciones sindicales les ha reconocido la función de promover y

    defender los derechos e intereses /de las personas que trabajen o hayan

    trabajado para obtener un ingreso económico *arts. &B+ y &6+$% de manera que ni

    aqu!llos pueden ejecutar las funciones de !stas, ni a la inversa. En otros 'mbitos

    de la vida social, la especialización de funciones rige para otros grupos" para las

    empresas y las personas naturales, a las que se reconoce el derecho a la

    actividad económica de producción y comercialización de bienes y servicios% para

    los colegios profesionales, la defensa de los derechos de sus miembros y laparticipación en determinados órganos del Estado% y, en fin, para todos los

    ciudadanos, la practica de alguna actividad, asoci'ndose o individualmente,

    siempre que no sean contrarios a la onstitución. Un grupo humano as

    determinado no puede asumir funciones de otro u otros.

     4l referirse a un impedimento institucional, la disposición comentada se dirige a la

    organización en s y no a cada uno de sus integrantes. 2or ella se le prohbe

    integrar partidos polticos de cualquier modo *v!ase n+ ;$, mas no emitir opinión

    sobre cuestiones inherentes a la poltica del Estado vinculada a la situación,

    intereses y derechos de sus miembros, efectuar las peticiones que estimennecesarias y practicar otras acciones propias de estas organizaciones en apoyo

    de sus demandas. El impedimento aludido por la norma es /dedicarse de manera

    exclusiva a asuntos de poltica partidaria/. 2or lo tanto, no se les veda

    manifestarse contra las polticas laboral y económica, cuya incidencia es directa

    sobre las remuneraciones y las condiciones de vida y de trabajo, ni. 4simismo,

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    apoyar o criticar, como lo prefieran, a alg

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     &or la democracia " el reconocimiento de los derec+os de los trabajadores% /ro&ugnó un latino

    americanismo amigo de los 00, aunue criticó a excesos los mono&olios norteamericanos%

    2.3.- ANTECEDENTES HISTÓRICOS EN EL PERÚ

    2ue Mari)tegui, el gran $mauta &eruano, uien traó el &rograma " las metas del &rimer esfueroserio &ara la creación de una organiación sindical ue 4unifiue " dirija a todas las fueras

     &roletarias del &a.s4%

    $ él se debe el statuto " el /rograma de Luc+a ue fueron a&robados &or el Comité (rganiador 

    como documentos centrales de la Confederación 5eneral de Trabajadores del /er el 17 de Ma"o

    de 1989%

    esde su origen nuestra Central se constitu"e como una organiación unitaria, ue recusa los

    reagos del sindicalismo tradicional " luc+a &or los derec+os de los trabajadores " el cambio social

    en el /er%Contra la naciente organiación sindical se desató desde un &rinci&io la ofensiva anti obrera de las

    dictaduras de la é&oca% l régimen de #)nc+e Cerro 193:-1938!, no sólo arremetió brutalmente

    contra la recién creada C5T/ sino ue la ilegalió% 'déntico com&ortamiento tuvo #amane

    (cam&o, &residente del /er &or algunos meses del a;o 38!, ue creó cam&os de concentración en

    las selvas de Madre de ios &ara recluir a los luc+adores sociales% e igual manera, feromente

    re&resor también fue el general (scar acional de Trabajadores "luego la Confederación #indical de Trabajadores /eruanos ue fracasaron &or su falta de

    re&resentatividad " su conducta obsecuente " servil%

    n 1937, la C5T/ no &udo continuar sus luc+as aunue &ersistieron los esfueros de gru&os

    clandestinos de trabajadores clasistas% Conviene recordar ue el marco de las dictaduras de esta

    é&oca, se corres&ondió con un contexto internacional de &redominio de las corrientes nai fascistas

    " la llegada al gobierno del aristócrata Manuel /rado 0gartec+e l939-l9?@!, ue a&erturaron un

    nuevo escenario &ara el desarrollo de las luc+as del movimiento obrero &eruano%

    l término de la #egunda 5uerra Mundial l939-19?@!, el triunfo de los &a.ses 4aliados4

    encabeados &or stados 0nidos, 'nglaterra " la 0

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    obrero internacional " la resistencia +eroica de los &ueblos ocu&ados &or el naismo, as. como &or 

    el desarrollo del movimiento sindical latinoamericano%

    Con ocasión del Congreso de la 2ederación de Trabajadores de C+ile, reunido en #antiago el a;o

    19?3, se &roduce un encuentro de l.deres sindicales &eruanos, &rinci&almente comunistas " a&ristas" de otras tendencias, ue actuando en un marco de unidad &rinci&ista suscriben lo ue se conoce

    como el $cuerdo de #antiago, ue tiene como &ro&ósito recom&oner en el /er la unidad sindical "

    dar nacimiento a una sola organiación re&resentativa de los trabajadores &eruanos%

    l 1ro de Ma"o de 19?? ante la tumba del $mauta Bosé Carlos Mari)tegui ueda sellado el acuerdo

    ue no se &udo mantener " se ingresa a un &er.odo de confrontaciones " luc+as ue no es el caso

    detallar &ero ue im&iden la recom&osición unitaria del sindicalismo &eruano%

    /ero es bueno destacar ue en el combate contra las dictaduras, la sangre generosa de m)rtires

    obreros como Luis >egreiros *ega " #imón errera 2arf)n - ante uienes inclinamos nuestras

     banderas en este 3? aniversario- son ejem&lo de la unidad ue debemos mantener &ara la

    reconstrucción de un /er nuevo dentro de un mundo mejor " m)s justo%

    2.3.1.- LA CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE DEFENSA Y UNIFICACIÓN SINDICAL-

    CDUS

    2enecido el gobierno de Manuel /rado en 19?@, asume la &residencia de la

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    tuvo en su siniestro ministro del interior, $lejandro s&ara Ea;artu, al m)s fero de sus

    re&resentantes%

    l (C>'( (

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    Metalrgica, los trabajadores del Cuco " $reui&a, as. como la 2ederación de /escadores del /er

    " el #indicato de la Com&a;.a /eruana de Teléfonos, cu"o secretario general nriue $rias $si)n

    asumió la mas alta res&onsabilidad%

    Lo acom&a;aron en este esfuero los com&a;eros L)aro 5amboa, Mario *idal Cabeas, $sunción#u)re, Borge

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    una nueva crisis, cu"as &rimeras se;ales se notaron en el incremento del endeudamiento con el

    exterior ue &asó de 837 millones de dólares en 1963 a 6D@ millones en 1967%

     >uevamente se levantan en &ie de luc+a los &ueblos del Cusco " $reui&a rec+aando el irrisorio

    aumento, " los mineros de $tacoc+a " C+icr)n del de&artamento de Cerro de /asco, conmocionaron

    a la ciudad de Lima en la &rimera marc+a minera ue recuerda la +istoria de las luc+as sociales &eruanas%

    stas jornadas de moviliación &o&ular, formaron &arte de un im&ortante &roceso de organiación "

    moviliación enmarcada en los esfueros del movimiento sindical &or contar con una re&resentación

    gremial ue ex&rese verdaderamente sus intereses de clase%

    Cuando los trabajadores &eruanos consideraron culminado este &roceso de luc+a &or conseguir una

    central sindical autónoma " clasista, a través del C0# se convocó a un Congreso >acional

    celebrado entre el 9 " 1? de junio de 196D, en el mismo ue se reconstitu"ó la Confederación

    5eneral de Trabajadores del /er, C5T/, dando inicio a una nueva eta&a en el desarrollo de lasluc+as del movimiento sindical &eruano " latinoamericano%

    II.- ORGANIZACIÓN SINDICAL EN EL PROCESO DE DESARROLLO TECNOLÓGICO

    Y DE GLO!ALIZACIÓN DE LA ECONOMÍA DE FLE"I!ILIZACIÓN SINDICAL.

    1. I#$%&'())*+#

    La tecnolog.a " globaliación es una realidad &resente en todo el mundo, deriv)ndose de ella la

    moderniación de la &roducción, acogiéndose como estrategia em&resarial ue &ermite adecuarse a

    los cambios originados en el mercado%Con la tecnolog.a " la globaliación " la a&ertura del mercado a escala mundial se estandarian los

    sistemas &roductivos, lo ue conlleva al fenómeno global de flexibiliar la organiación del trabajo

    " en &articular lo laboral, ue com&rende la flexibilidad del mercado de trabajo " la contratación de

    la fuera laboral%

    o" es notorio ue el ca&ital dirige a su conveniencia las relaciones laborales, dejando en

    entredic+o a las organiaciones sindicales " a los instrumentos legales ue tratan de 4&roteger4 al

    trabajador% La tendencia es a individualiar la relación ca&ital-trabajo, lo cual significa un

    mecanismo ue desvincula al trabajador de las organiaciones sindicales, siendo esto el terreno &ro&icio &ara disminuir los beneficios conuistados +istóricamente &or dic+as organiaciones, a

    través de negociaciones colectivas, originando el deterioro de las condiciones de trabajo " de vida,

    ue actualmente se define como &recariación%

    Las transformaciones ue ex&erimentan los sistemas &roductivos " la organiación del trabajo,

    orientados &or el enfoue neoliberal, +an contribuido a la inestabilidad del mercado laboral,

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    concret)ndose en la disminución de em&leos a tiem&o indeterminado, " la incor&oración de

    contratos eventuales%

    2. F*/**0)*+# ' M%)'& ' T%/&

    La flexibiliación se +a convertido en el ca&italismo en el elemento central del mercado de trabajo, &ro&iciando transformaciones en las formas de inserción en la estructura &roductiva, en las formas

    de re&resentación sindical " &ol.tica4 $ntunes, 1997G13!, corres&ondiendo estas transformaciones a

    un mundo globaliado " de la im&lementación tecnológica donde im&era la com&etencia, lo cual

    im&lica ada&tar el nmero de trabajadores " la calidad del trabajo a los nuevos reuerimientos del

    mercado " de la &roducción%

    La bsueda de ada&tación de las em&resas a los cambios tecnológicos en cuanto la im&lementación

    de las estrategias del mercado se manifiestan en acciones ue tienen como finalidad variar dise;os,

     &roductos, métodos de trabajo, nuevas formas técnico-administrativas, entre otras, ue definen unanueva organiación del trabajo influenciada &or el to"otismo%

    La nueva organiación del trabajo tiende +acia la reducción del trabajo +oriontal, ue euivale a la

    am&liación de categor.as de trabajo, integración de funciones " &rocesos sim&les de &roducción%

    Las em&resas est)n reduciendo sus niveles jer)ruicos " la gerencia tradicional introduciendo

    innovaciones ue se orientan a reducir costosH como eui&os flexibles, sistemas de &lanificación "

    control de la &roducción, la redefinición de los &uestos de trabajo en el sentido de la &olivalencia

    laboral% #e necesita, &or lo tanto, una organiación ue se ada&te al entorno, ue busue alianas

    externas e internas " ue &romueva la flexibilidad de las relaciones laborales%sta nueva forma de organiación del trabajo im&one exigencias a los trabajadores, tales como la

    realiación de nuevas funciones, trabajar en eui&o " con ma"or calidad, res&onder a los &roblemas

    no &revistos, &ara realiar toda clase de actividades dentro de un )rea determinada% s decirH acarrea

    crear una nueva definición en la división " en el contenido del trabajo, a través de la am&liación de

    las res&onsabilidades del trabajador en la &roducción%

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    =ajo esta conce&ción, se introducen elementos de desregulación " flexibiliación, &ermitiendo al

    ca&ital definir los instrumentos necesarios &ara fragmentar el trabajo, incrementar la tecnolog.a,

    intensificar la jornada, logrando una ma"or ex&lotación " un ma"or control sobre la fuera de

    trabajo, trastocando los derec+os del trabajador, a saberG un trabajo estable, &ermanente "

    organiado% Trae como consecuencia, el desem&leo estructural, la &recariación " el debilitamientode la acción sindical, as. como el reem&lao del &uesto de trabajo individual &or gru&os de trabajo,

    donde se entrelaan las diferentes )reas funcionales ue conducen a la intensificación del trabajo%

    l ca&ital, &ara ada&tarse a las exigencias del mercado, se ve en la necesidad de concretar un

     &roceso &roductivo flexible, ue se dirija a sustituir la &roducción en masa &or una &roducción

    variable, la división de las tareas, el trabajador individualiado, entre otrosH &ara lograr esto se

    difunde la idea de ue tanto la em&resa como la fuera de trabajo deben tornarse en com&etitivos,

     &roductivos, multidisci&linarios, &olivalentes &ara &oder sobrevivir en el mundo de la globaliación%

    /or lo tanto, el trabajador debe realiar varias actividades sim&les, ue im&lica de acuerdo a Coriat199@G?1! 4deses&ecialiación " &olivalencia de los obreros &rofesionales " calificados,

    transform)ndolos en trabajadores multifuncionales4, logrando as. el ca&ital intensificar el trabajo "

    la &roducción ", &or ende, aumentar la ex&lotación del trabajo " la &roductividad del ca&ital%

    La flexibiliación del a&arato &roductivo +ace necesario flexibiliar las relaciones de trabajo de

    diferentes formasG incrementando la &ro&orción de trabajadores eventuales " subcontratados, con la

    ma"or movilidad interna " &olivalencia, o a través de nuevas formas de remuneración, siendo esto

    una condición de eficiencia, com&etitividad " tendencia al euilibrio% n función de esto se +an

    dise;ado estrategias en las em&resas &ara desarrollar dos ti&os de flexibilidad, con el &ro&ósito deobtener una fuera de trabajo ue esté acorde con los reuerimientos del mercado%

    0n ti&o de flexibilidad es la interna o funcional, basada, segn $lonso 1997G1?7! 4en la

     &olifuncionabilidad de los trabajadores, ue &ermite rotarlos internamente " asignarlos a sus

     &uestos4% sta flexibilidad lleva a una integración de funciones de la organiación ue recaen sobre

    el &ersonal " una integración a su ve de tareas%

    l otro ti&o es la flexibilidad externa, ue im&lica la inexistencia de relaciones &ermanentes con el

    em&leadorH "a sea, de acuerdo a $lonso 1997G1?D!, 4&or la existencia de contratos &or tiem&o

    determinado, trabajo de media jornada, o directamente &or la existencia de una relación desubcontratación4, esto determina la contratación de trabajadores &or corto tiem&o, sobre la base de

    las exigencias de la &roducción, o a la subcontratación de determinadas fases del &roceso

     &roductivo%

    0na nueva modalidad ue se +a im&uesto dentro de la flexibilidad externa es el teletrabajo, ue

    consiste en realiar todas las actividades laborales desde el +ogar, sim&lemente recibiendo,

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     &rocesando " devolviendo información a través de un com&utador% ste nuevo modelo, &lantea

    Mesa 8:::!, se extiende como resultado del interés de las em&resas en economiar es&acios de

    oficinas " gastos diversos, manteniendo un alto nivel de &roductividadH siendo, &or lo tanto,

    ventajoso a la nueva tendencia em&resarial de descentraliación " reducción de las estructuras%

    l desarrollo de las nuevas tecnolog.as de la comunicación, junto con la modificación de todos los &rocesos de &roducción " la &erenne necesidad de las em&resas de reducir sus costos

    administrativos est)n tra"endo consigo cambios mu" im&ortantes en lo ue tiene ue ver con el

    em&leo, la contratación " las formas ue ado&ta la relación laboral en todas sus dimensiones%

    ste ti&o de trabajo se sustenta en el bajo costo de la &roducción, debido a la incor&oración de

    fuera de trabajo en condiciones &recarias, se trabaja todos los d.as, en +orarios ue sobre&asan las

    D +oras diarias, " en tiem&os de ma"or demanda se am&l.a la jornada de trabajo, sin &ercibir &ago

    extraordinario, "a ue la forma de remuneración es &or tarea realiada% Las &osibilidades de mejorar 

    las relaciones de trabajo son m.nimas, "a ue no se mantienen v.nculos con otros trabajadores nicon organiaciones sindicales, lo cual disminu"e su &oder de negociación%

    La flexibilidad laboral, tanto interna como externa, +a sido relacionada a los intentos de abaratar los

    costos de mano de obra, as. como el des&ido de fuera de trabajo, contratación tem&oral e inestable,

    am&liación de las +oras de trabajo, reducción o eliminación de beneficios sociales, entre otros% $u.

    se revela la fragilidad de la clase trabajadora " el reconocimiento ue el trabajo est) regido &or la

    lógica del ca&ital " de las mercanc.as, buscando la com&etitividad de las em&resas, siendo esto una

    constante del ca&italismo ue a&unta al crecimiento, la ex&lotación del trabajo " al desarrollo

    tecnológico " organiacional%$+ora bien, la flexibiliación laboral im&uesta &or el ca&ital consigue su aliado en el stado, a

    través de &ol.ticas laborales orientadas a disminuir el costo laboral a las em&resas como una forma

    de aumentar su com&etitividad, esto mediante desregulaciones " flexibiliaciones, modificando las

    condiciones de trabajo, la duración " distribución de la jornada laboral, la justificación de des&idos,

    la movilidad de los trabajadores dentro " fuera de la em&resa, la organiación del &roceso de trabajo

    estableciendo la jeraru.a de las cualificaciones, entre otros%

    ic+as modificaciones &ro&orcionan un so&orte legal ue facilita la ada&tación de las em&resas a

    las condiciones económicas, generando un aumento del trabajo &recario e inestable en aras degarantiar la com&etitividad, &or lo tanto, no son estrategias ni &ol.ticas destinadas a disminuir la

    ex&lotación del trabajador, sino &or el contrario se trata como &lantea

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    $nte esta situación, se observa cómo la flexibilidad del trabajo se im&one como criterio, tanto en el

    sector &rivado como en las &ol.ticas de stado &ara abordar las transformaciones en las relaciones

    socio laboral% sta visión crea los mecanismos &ara modificar la contratación laboral ", &or ende,

    los salarios, dando como resultado ue la flexibilidad en el trabajo conduce a la exclusión social, "a

    ue se necesita menos mano de obra &ara &roducir%$ctualmente, el mundo atiende a las exigencias de la globaliación ue em&uja a la com&etitividad,

    donde la fuera laboral se obliga a ada&tarse a dic+as exigencias, esto ex&lica la &resión de los

    em&resarios &ara desregular " abaratar las formas de trabajo, observ)ndose la tendencia del ca&ital a

    acoger la flexibiliación de las relaciones de trabajo con m)s bene&l)cito ue las medidas ue

    liberalian el mercado " la actividad económica%

    n este contexto se encuentran los sindicatos con una tendencia marcadamente mermada de su

     &oder de negociación, 4%%% tanto en lo ue se refiere a las reivindicaciones salariales como a su

     &artici&ación en la generación de &ol.ticas " consensos sociales necesarios &ara gestar &ol.ticas deeuidad4 s&inosa, 1999G889!%

    La flexibilidad del mercado de trabajo tiende a debilitar la organiación sindical, al disminuir el

    nmero de trabajadores &ermanentes, &resentando dificultades &ara re&resentar e incor&orar a las

    nuevas categor.as de trabajadores, surgidas de las transformaciones de la estructura económicaH a

    saberG trabajadores &arciales, a destajo, &recarios, entre otros% sto le resta &oder de negociación

    colectiva a los sindicatos, debido a ue el individualismo comiena a negociar las condiciones de

    trabajo, lo ue su&one la ada&tación &or &arte de los trabajadores a la &ol.tica o estrategia formulada

     &or el ca&ital at)ndolo al ideario del &atrón, transformando su conciencia " sus formas dere&resentación, alej)ndose, de acuerdo a ntunes 1997G3:!, 4del sindicalismo " de los movimientos

    sociales ue luc+aban en defensa del control social de la &roducción4, &artici&ando dentro del orden

    establecido

    l trabajador &ercibe ante esta situación el desmontaje de la estructura sobre la cual est) sustentada

    la acción de las organiaciones sindicales, " la disminución de su &oder en las grandes decisiones

    socio-&ol.ticas " económicas relacionadas con el mercado laboral%

    /aralelamente al &roceso ue im&ulsa el agotamiento de las organiaciones sindicales, se establecen

    los llamados sindicatos de em&resa, ue sustitu"en al sindicalismo de clase, estableciendo como

    finalidad subordinar a los trabajadores a la filosof.a em&resarial, convirtiéndolo en un sindicato

    mani&ulado " mani&ulador ue &artici&a en todo, &ero sin cuestionar las ganancias del ca&ital, la

    ex&lotación del trabajador, las condiciones laborales, entre otros%

  • 8/18/2019 69347882-W-MONOGRAFICO.doc

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    #e observa, &or lo tanto, como los sindicatos se +an vuelto grandes em&resas, actuando bajo una

    lógica nada distinta a la em&resa ca&italistaH esto conduce a un sindicato con una crisis de identidad

    ue &ermite la incor&oración del trabajo &recario, la sub&roletariación, la terceriación del trabajo

    " &or su&uesto la inestabilidad laboral, as. como, la negación de 4darle un lugar al trabajo " a lostrabajadores como una dimensión constitutiva de la sociedadI s&inosa, 1999G887!, dejando

    es&acio al em&resario &ara im&oner condiciones de em&leo, sin un intermediario ue &roteja la

    fuera laboral%

    n s.ntesis, el mercado de trabajo est) enfrentando un &roceso en el ue se est)n redefiniendo los

     &a&eles de los actores ue interactan en él, influenciado, de acuerdo a Cam&ero 1999G8:1!, &or 4la

    lógica del mercado, disminución del &a&el del stado " del sistema &ol.tico en las relaciones

    laborales, concentración &rogresiva de éstas en la em&resa, &a&el sindical difuso " configuración deun discurso de alta audiencia social desde el em&resario 4H estos factores configuran una situación

    de incertidumbre &ara el trabajador, ante el crecimiento de formas transitorias de contratación ue

    trastocan la estabilidad laboral, afectando la cultura del trabajo%

    /or otra &arte, se &uede &lantear ue la flexibiliación de las relaciones laborales im&lica la

    negación al trabajador de &artici&ar enG

    1% La organiación del trabajo,

    8% l dise;o, conjuntamente con los sindicatos, de estrategias de mejoramiento de la &roducción "

    de las condiciones de trabajo,3% La definición bilateral de contratos colectivos de trabajo,

    ?% La im&lantación de una cultura laboral ue im&liue beneficios tanto al trabajador como al

    em&leadorH esto a &esar de ue la (rganiación 'nternacional del Trabajo +a realiado grandes

    esfueros &or generar una normativa a favor de los derec+os del trabajador, basada en los &rinci&ios

    de justicia social, euidad, " en el trabajo como centro de &rotección social, lo cual a&unta a

    minimiar la &recariación de las condiciones de trabajo, la inestabilidad del em&leo, la exclusión

    social, entre otros%

  • 8/18/2019 69347882-W-MONOGRAFICO.doc

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    III.- ORGANIZACIONES SINDICALES EN LA LEGISLACIÓN PERUANA. SECTOR 

    PRIVADO CONSTITUCIÓN, REGISTRO, FINES, FUNCIONES, O!LIGACIONES,

    PROHI!ICIONES, ESTATUTOS, ADMINISTRACIÓN

    FINES, FUNCIONES, O!LIGACIONES Y PROHI!ICIONES DE LOS

    ORGANIZACIONES SINDICALES

    1%- LOS FINES Y FUNCIONES DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES %

      e acuerdo al T0( de la L

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     &rimero!, +ace mención a la com&etencia de los Bugados s&ecialiados de Trabajo &ara conocer 

    de las acciones de los trabajadores sometidos al régimen laboral de la actividad &rivada% #in

    embargo, la facultad de re&resentación no es limitada, &uesto ue el trabajador &uede tomar la

    decisión de accionar directamente en forma voluntaria o &or mandato de la le", caso en el cual el

    sindicato &odr) actuar en calidad de asesor%

    %- /romover la creación " fomentar el desarrollo de coo&erativas, cajas, fondos ", en general,

    organismos de auxilio " &romoción social de sus miembrosK%

    Las organiaciones sindicales +an desarrollado bastante esta función, ue consiste en crear "

    fomentar instituciones de auxilio social como son coo&erativas, fondos mutuos, etc%, con el objetivo

    de &aliar la grave crisis económica ue atraviesa la sociedad en general " el trabajador en &articular%

    %- J/romover el mejoramiento cultural, la educación general, técnica " gremial de sus miembrosK%

    La cultura no &uede ser descartada en el funcionamiento de las organiaciones sindicales &orue

    siem&re es " ser) necesaria una ma"or ca&acitación en los cam&os técnico, cient.fico " cultural de

    sus afiliados% n momentos en ue existe un mundo cambiante, es necesario ue se creen &rogramas

    de reconversión laboral a efectos de ue los trabajadores estén &re&arados &ara afrontar los retos de

    la nueva tecnolog.a%

    2%- Jn general, todos los ue no estén re;idos con sus fines esenciales ni con las le"esK%

    #e refiere a las dem)s funciones ue &ueda desarrollar toda organiación social, las mismas ue &ueden encuadrarse dentro de legalidad " la moral%

    2.- LAS OBLIGACIONES DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES.

       Son obligaciones de las ogani!aciones sindicales"

    a. (bservar estrictamente sus normas institucionales con sujeción a las le"es " normas ue las

    regulan

    b. Llevar libros de actas, de registro, de afiliación " de contabilidad debidamente sellados &or la

    $utoridad de Trabajo%

    c. $sentar en el libro de actas las corres&ondientes asambleas de la junta directiva as. como los

    acuerdos referentes a las mismas " dem)s decisiones de interés general%

  • 8/18/2019 69347882-W-MONOGRAFICO.doc

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    d. Comunicar a la $utoridad de Trabajo la reforma de sus estatutos, acom&a;ando co&ia autentica

    del nuevo texto ", asimismo, a auella " al em&leador, la nomina de Bunta irectiva " los

    cambios ue en ellas se &roducan dentro de los cinco @! d.as +)biles siguientes%

    e. (torgar a sus dirigentes la credencial ue los acredite como tales%

    f. Las dem)s ue se;alen las le"es " normas ue las regulan%

    3.- LAS PROHI!ICIONES DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES.

     Las ogani!aciones sindicales es#$n i%&edidas de"

    a% edicarse institucionalmente de manera exclusiva a asuntos de &ol.tica &artidaria, sin

    menoscabo de las libertades ue la Constitución /ol.tica " los Convenios 'nternacionales de la

    ('T ratificados &or el /er les reconocen%

     b% Coaccionar directa o indirectamente a los trabajadores a ingresar o retirarse de la organiación

    sindical, salvo los casos de ex&ulsión &or causales &revistas en el estatuto, debidamente

    com&robadas%

    c% $&licar fondos o bienes sociales a fines diversos de los ue constitu"en el objeto de la

    organiación sindical o ue no +a"an sido debidamente autoriados en la forma &revista &or la

    le" o &or el estatuto%

    d% istribuir directa o indirectamente rentas o bienes del &atrimonio sindical%

    e%

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    #e inclu"e a los trabajadores menores de edad, si cum&len los reuisitos &ara integrar una

    organiación sindical, &ues el código de los ni;os " adolescentes, ecreto Le" > 861:8, $rt% 7:

    reaG

    Los adolescentes &ueden ejercer los derec+os laborales de car)cter colectivo, &udiendo formar &arte

    o constituir sindicatos &or unidad &roductiva, rama, oficio o ona de trabajo, los ue &odr)n afiliarse

    a organiaciones de grado su&eriorK%

    Con res&ecto a los trabajadores extranjeros, éstos est)n facultados "a ue ninguna norma les

     &ro+.be ejercer el derec+o colectivo de trabajo, cuando su contrato laboral +a sido refrenado "

    autoriado &or la autoridad administrativa de trabajo%

    Con relación a los trabajadores analfabetos, estos tienen la &lenitud de los derec+os colectivos de

    trabajo, como cualuier otro trabajador%

    8%- J>o formar &arte del &ersonal de dirección o desem&e;ar cargo de confiana del em&leador,

    salvo ue el estatuto ex&resamente lo admitaK%

     La Le" de /roductividad " Com&etitividad Laboral- L/CL, en su art.culo ?3 establece ue el

     &ersonal de dirección es auel ue ejerce la re&resentación general del em&leador frente a otros

    trabajadores o a terceros, o ue lo sustitu"e, o ue com&arte con auellas funciones de

    administración " control o de cu"a actividad " grado de res&onsabilidad de&ende el resultado de la

    actividad em&resarial%

    3%- J>o estar afiliado a otro sindicato del mismo )mbitoK%

    0n trabajador solo &uede estar afiliado a un sindicato % Le" 8@@93, art, 11 inciso d!% sta norma

    se a&lica si un trabajador solo tiene una actividad ocu&acional, &ues es evidente ue no &odr.a

     &ertenecer a dos o m)s sindicatos de la misma em&resa, actividad o gremioH no es a&licable a los

    trabajadores ue trabajen en dos o m)s em&resas o ejerciendo adem)s una actividad inde&endiente,

    con tal ue no +a"a incom&atibilidad entre estas afiliaciones%

    Los trabajadores &odr)n afiliarse a un sindicato durante el &eriodo de &rueba, sin menoscabo de losderec+os " obligaciones ue durante dic+o &eriodo les corres&onde ejercer a las &artes res&ecto a la

    relación laboral%

    '.2.- RE,UISIOS ARA LA CONSIUCI/N DE UNA ORGANIZACI/N SINDICAL.

    A. N78%& ' 9**'&:

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    /ara constituir una organiación sindical se reuiere afiliar &or lo menos a veinte 8:! trabajadores

    trat)ndose de sindicatos de em&resas o cincuenta @:! trat)ndose de sindicato de otra naturalea% n

    las em&resas cu"o nmero de trabajadores no alcance al reuerido &ara constituir un sindicato, se

     &odr) elegir a dos 8! delegados ue lo re&resenten ante su em&leador " ante la $utoridad de

    Trabajo% sta re&resentación es mu" frecuente en el caso &eruano, en ue la gran ma"or.a de estasest)n dentro del sector del micro " &eue;a em&resa MN/#!H los trabajadores lo +an denominado

    Jcomités sindicalesK% Los delegados &ueden ejercer todos los derec+os colectivos establecidos en la

    Constitución " en la le", entre ellos la negociación colectiva " el derec+o de +uelga%

    !. A:8/ ):$*$($*;

    La constitución de un sindicato se +ar) en una asamblea, la misma ue deber) a&robar tres &untos

    fundamentalesG

    a% La voluntad de los afiliados de constituir el sindicato%

     b% La a&robación del estatuto%

    c% La elección de la &rimera junta directiva%

    Todo lo actuado en la asamblea constitutiva se +ar) constar en acta refrendada &or notario &blico o

    a falta de este &or el jue de &a de la localidad con indicación de lugar, fec+a " nomina de

    asistentes

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    devendr.a &or decisión de sus afiliados, en cu"o caso conllevar.a asimismo a la cancelación del

    registro sindical%

    l articulo > 17 del T0( de la Le" de

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       Aco%&a0an a la solici#*d indicada #es co&ias de los sig*ien#es doc*%en#os e1enados &o 

    no#aio &blico o3 a 1al#a de es#e3 &o el 4*e! de &a! de la localidad.

    1% $cta de la asamblea general de constitución del sindicato " su denominaciónH

    8% statutosH

    3% >omina de afiliados, en el caso de organiaciones sindicales de &rimer grado, con ex&resa

    indicación de sus nombres " a&ellidos, &rofesión, oficio o es&ecialidadH nmeros de >' "

    libreta militar " fec+a de ingresoH

    ?% >omina de las organiaciones afiliadas cuando se trate de federaciones confederaciones, con

    indicación del nmero de registro de cada una de ellasH

    @% >omina de la junta directiva elegida%

    2.2- TRAMITE DE LA SOLICITUD

    1% La $$T $utoridad $dministrativa de Trabajo! sella un ejem&lar como constancia de rece&ción

    " devuelve una co&ia a la organiación sindicalH

    8% l ex&ediente es remitido a la #ubdirección de

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    7% La dirección de &revención " solución de conflictos emite una resolución en segunda " ultima

    instancia ue &uede ser confirmada a la &rimera o revoc)ndola " ordenando el registro

    corres&ondiente%

    2.3.- PERSONERIA GREMIAL DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES

    l articulo 17 " 1D del T0( del decreto le" 8@@93 dicen a la letra%

    A%$=)(& 1>?.- l sindicato debe inscribirse en el registro corres&ondiente a cargo de la $utoridad de

    Trabajo% l registro es un acto formal, no constitutivo, " no &uede ser denegado salvo cuando no se

    cum&la con los reuisitos establecidos &or el &resente ecreto Le"%

    A%$=)(& 1@?.- l registro de un sindicato le confiere &ersoner.a gremial &ara los efectos &revistos

     &or la le", as. como &ara ser considerado en la conformación de organismos de car)cter nacional e

    internacional%l objeto del registro sindical, de acurdo al T0( de L

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    6.- PERSONERIA URIDICA DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES.

    l T0( de la L

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    +ec+o ue de estar atado al sindicato% Como si fuera la le" misma con la ue se gobierna los

    sindicatos% Todo estatuto debe contener las siguientes dis&osicionesG enominación " omicilioH

    objetoH condiciones de ace&taciones de los sociosH dis&osiciones sobre los sociosH su ca&italH la

    administración dis&osiciones sobre los sociosH su fiscaliaciónH el desenvolvimiento de las

    asambleasH el &roceso electoralH " la disolución de la organiación% /or todo esto, el estatutoconstitu"e la fuente del órgano gremialH es la norma de garantia la existencia " también al mismo

    tiem&o, su reglamentoH &or eso +a" uienes lo definen como el ordenamiento constitucional de la

    asociación, esto es, el conjunto de normas ue regulan de modo abstracto " &ara el futuro la

    estructura interna " externa de la asociación%

    Los estatutos formulan las normas esenciales " m.nimas de organiación del sindicato " sirven &ara

    el desenvolvimiento de una identidad "a concretada " con vida &ro&ia, convirtiéndose as. en la le"

    ma"or del sindicato la ue orienta su desarrollo, marca sus fines " limita la ca&acidad, fundamenta

    su existencia " al mismo tiem&o la legitima%l estatuto es el cam&o legal ue ser) as. mismo como conjunto de reglas donde se establecen los

    derec+os " deberes de los asociados " el régimen de la asociación% #in dic+a carta, el sindicato seria

    un gru&o amorfo% /or este motivo, &ara ue su valide se di)fana, el estatuto deber) ser a&robada

     &or los ad+erentes, " desde entonces em&iea a &oseer el estatus de una norma legal &ara el

    sindicato, sus dirigentes " sus ad+erentes siem&re en ue no infrinjan la le", las buenas costumbres

    " el orden &ublico%

    l reconocimiento del estatuto es necesario ue la acta de a&robación sea ejercitado en el acto de

    fundación del gremio o de un avente ad hoc.

    ADMINISTRACION DEL SINDICATO

    La administración del sindicato &arte del deseo del ue el sindicato, en tanto como &ersona moral

    reuiere de &ersonas naturalea ue se encarguen de su manejo, en mismo ue &asa

    inexorablemente &or la existencia de un estatuto donde tengan ue se;alarse bajo ue condiciones

    dic+a actividad deber) &resentarse, las &ersonas llamadas a ejercitarlas, los órganos de gobierno, sus

    atribuciones, funciones " res&onsabilidades " dem)s actos ue tengan ue ver con su

    gobernabilidad% /or este motivo es "a cl)sico ue los estatutos +agan la división de &oderes delestamento sindical en la asamblea general órgano su&remo " la junta directiva!órgano de

    re&resentación " de ejecución!, cuidando de res&etar los derec+os fundamental del individuo as.

    como la libertad sindical% #u&letoriamente a la libertad estatutaria la administración del sindicato se

    a&o"a en los &rinci&ios de asociación establecidos en los art.culos D: " ss% e CC% s dentro de los

    estatutos ue +ablamos todos los relacionados con la administración del gremio

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    o influencia, &ara as. &roteger la efectividad de la acción sindical% La coexistencia de organiaciones

    sindicales de desigual entidad re&resentativa en un )mbito determinado im&lica necesariamente un

    fraccionamiento del &oder sindical ", &or tanto, &uede dejar sin tutela los intereses de los

    trabajadores% e all. ue los distintos ordenamientos jur.dicos &recisen com&atibiliar tal &luralidad

    con mecanismos ue garanticen una re&resentación colectiva efica% La solución transaccionalencontrada, instituida desde 1919 &or la &ro&ia Constitución de la ('T 1  &ara seleccionar a sus

    integrantes sindicales " em&resariales, +a sido la re&resentatividad, &or la cual se reserva ciertas

    com&etencias a los sindicatos ue tengan determinada im&ortancia%8

    sta solución no deja de &roducir ciertos recelos en materia de doctrina &uesto ue se considera ue

    el &rivilegio de algunos sindicatos contradice la libertad sindical, tanto en lo referente a la

    multi&licidad e igualdad de los sindicatos, como en lo ue +ace a la libre afiliación, al condenar a

    las organiaciones ue no +a"an obtenido tal calificación a &erder todo atractivo &or su &r)ctica

    ino&erancia% #in embargo, nosotros creemos con Montalvo Correa 19D:G 3?6! ue la ma"or re&resentatividad no sólo no contradice las exigencias del &rinci&io de libertad sindical sino ue

    constitu"e un mecanismo necesario &ara im&edir, valga el juego de &alabras, ue la libertad sindical

    formal! va"a contra la libertad sindical real!% o &uede

    atentar contra los intereses &ara cu"a tutela &recisamente se demanda " obtiene %%%!% #on, &or tanto,las &ro&ias exigencias funcionales de la libertad sindical, a &artir de su mismo fundamento -cabr.a,

    as., +ablar de una es&ecie de OcausaP de la libertad sindical- las ue, sin atreverse a negar ciertos

    m)rgenes de actuación a cualuier asociación ue voluntariamente &ueda crearse, establecen una

    cierta discriminación en vista de +acer efectiva la actuación &or Jlas organiaciones m)s

    re&resentativasKP Montalvo Correa 19D:G 8?6!%

    1 El artículo 3.5 de la Constitución de la OIT establece que los Estados miembros se obligan a designar a «los delegados yconsejeros técnicos no gubernamentales de acuerdo con las organiaciones m!s re"resentati#as de em"leadores otrabajadores$ seg%n sea el caso$ siem"re que tales organiaciones e&istan en el "aís de que se trate'. ( no debe ol#idarse

    que las delegaciones nacionales que "artici"an en la Con)erencia *eneral de la OIT est!n com"uestas "or cuatro miembros+dos designados "or el Estado y uno "or las organiaciones sindicales y "atronales m!s re"resentati#as$ res"ecti#amente.,dem!s de ello$ en #arios con#enios de la OIT se -ace re)erencia al tema de la re"resentati#idad$ como es el caso de los CIT$ /00$ /11 y /52.2En la misma dirección sostiene Ermida /44/+ /1 que «la categoría re"resentati#idad$ como cosa di)erente de la

    re"resentación$ surge a "artir de una constatación y una necesidad. 6or una "arte$ se constata )!cilmente que$ a menudo$los sindicatos "oseen un "oder de con#ocatoria$ audiencia$ in)luencia o e)icacia$ que #a muc-o m!s all! del límite de susa)iliados ..... Esto se #e con claridad$ a #eces$ en ocasión de un con)licto$ cuando la medida de acción decidida "or elsindicato es lle#ada a cabo "or un n%mero de trabajadores muy su"erior al de los a)iliados ...... , ello se sumó unanecesidad )!ctica. En sistemas de "luralidad sindical$ se -acía necesario mitigar los e&cesos del "luralismo$ seleccionandoalgunas de las organiaciones concurrentes "ara la legitimación de determinados actos negociación colecti#a$ integración deórganos bi o tri"artitos$ concertación social o "ara la "roducción de ciertos e)ectos e)icacia erga omnes de la con#encióncolecti#a'.

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    abida cuenta, entonces, de la necesidad de recurrir a la noción de ma"or re&resentatividad, los

     &roblemas centrales ue se encuentran en este terreno van a girar en torno a los criterios con los ue

    se determinar) la re&resentatividad de las organiaciones " a las  prerrogativas ue im&licar) tal

    Oes&ecial consideración jur.dica P%

    4.2.- SECCION SINDICAL

    0na sección sindical es el conjunto de trabajadores de un centro de trabajo o de toda una em&resa

    en caso de ue ésta sea &eue;a ue estén afiliados o no, a un mismo sindicato% La #ección #indical

    es la unidad organiativa b)sica del sindicato%

    4.2.1.- EL DERECHO A CONSTITUIR SECCIONES SINDICALES

    st) reconocido en la Le" (rg)nica de Libertad #indical L%(%L%#%!, en su art.culo D%1, ue diceG

    JLos trabajadores afiliados a un sindicato &odr)n, en el )mbito de la em&resa o centro de trabajoG

    Constituir #ecciones #indicales de conformidad con lo establecido en los statutos del #indicatoK%

     La L.O.L.S.3 en s* a#5c*lo (6.2 es#ablece"

    J$ los efectos de esta Le", se consideran trabajadores tanto auellos Que sean sujetos de una

    relación laboral como auellos ue lo sean de una

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     JLas (rganiaciones #indicales, en el ejercicio de la libertad sindical tienen derec+o al ejercicio de

    la actividad sindical en la em&resa o fuera de ella, ue com&render), en todo caso, el derec+o a la

    negociación colectiva, al ejercicio del derec+o de +uelga, al &lanteamiento de conflictos

    'ndividuales " colectivos " a la &resentación de candidaturas &ara la lección de Comités de

    m&resa " elegados de /ersonalK%

    1. Los trabajadores afiliados a un sindicato podrán, en el ámbito de la Empresa o centro de

    trabajo:

    a) onstituir !ecciones !indicales de conformidad con lo establecido en los

     Estatutos del !indicato.

    b) elebrar reuniones, previa notificación al Empresario, recaudar cuotas "

    distribuir información sindical, fuera de las horas de trabajo " sin perturbar la

    actividad normal de la Empresa.

    c) #ecibir la información $ue le remita su !indicato.

    %. !in perjuicio de lo $ue se establezca mediante convenio colectivo, las !ecciones

    !indicales de los sindicatos más representativos " de los $ue tengan representación en los

    comit&s de empresa " en los órganos de representación tendrán los siguientes derechos:

    a). on la finalidad de facilitar la difusión de a$uellos avisos $ue puedan interesar

    a los afiliados al sindicato " a los trabajadores en general, la empresa pondrá a su

    disposición un tablón de anuncios $ue deberá situarse en el centro de trabajo " en

    lugar donde se garantice un adecuado acceso al mismo de los trabajadores.

    b) ' la negociación colectiva, en los t&rminos establecidos en su legislación

    espec(fica.

    c) ' la utilización de un local adecuado en el $ue puedan desarrollar susactividades en a$uellas empresas o centros de trabajo con más de %*

    trabajadores.

    4.2.2.- ESTRUCTURA DE UNA SECCIÓN SINDICAL

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    Cada #indicato, de acuerdo con su norma estatuaria "

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    - l Comité de la #ección #indical debe funcionar " trabajar en eui&o% #us &rinci&ales cometidos

     &odr.an serG

    - 'nformación a los afiliados " al resto de los trabajadores de su centro de trabajo d toda la gestión

    ue se +aga con la &atronal a fin de solucionar los &osibles conflictos%

    - 'nformación directa a los afiliados de los &lanteamientos emanados como información interna

    desde su #ector%

    - 'nformación a los órganos de gobierno de su #ector &rovincial%

    - /otenciar la afiliación al sindicato de su centro de trabajo%

    - Conocer el estado de la em&resa o centro de trabajo en los as&ectos económico-social, de

    organiación del trabajo, de seguridad e +igiene " de servicios%

    - laborar las &lataformas reivindicativas de acuerdo con las &retensiones de los com&a;eros del

    centro de trabajo " la &lataforma general &ara las negociaciones ue emanan del sindicato% -

    Conocer " dar a conocer a los afiliados la legislación laboral b)sica% - /artici&ar activamente en la

    vida del sindicato% - >egociar en la em&resa o centro de trabajo &or medio de los Comités o Buntas

    directamente sola o en unión con otras #ecciones #indicales de su )mbito% - #er un canal de

    información rec.&roca entre el sindicato " los afiliados%

    4.3.- FUERO SINDICAL

    4.3.1.- APRO"IMACION AL CONCEPTO La libertad sindical también denominada como

    erec+o de #indicación! configura la &remisa sobre la cual se desarrollar) este ensa"o%

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    La discriminación antisindical conce&to antitético de la libertad sindical! emerge como un

     &roblema &rofundamente grave en la relación establecida entre el em&leador " sus trabajadoresH sin

    embargo, la ra. m)s cr.tica radica en el +ec+o ue se genera un doble efecto negativo, afect)ndose

    al trabajador como individualidad ", adem)s, al sindicato%

    $ efectos de evitar auellos actos ue contravengan la recurrida libertad sindical, las distintaslegislaciones nacionales +an regulado de una u otra forma! el asunto% $u. +a" ue &recisar ue

    Jlas técnicas jur.dicas utiliadas en la redacción de esas normas son, b)sicamente, tresG o una

    dis&osición de car)cter general, o una dis&osición ue enumera detalladamente las diferentes formas

    de actos incriminados, o una s.ntesis entre estos dos modelos extremos consistente en una

     &ro+ibición de car)cter general acom&a;ada de una enumeración, no limitativa, de las formas m)s

    graves de discriminaciones antisindicalesK3% 'nclusive, algunos ordenamientos jur.dicos +an tendido

    a la es&ecial &rotección de ciertas clases de trabajadores, como fundadores " dirigentes del

    sindicato%Las regulaciones normativas ue se +agan a&untan a fortalecer la tan debilitada figura del

    movimiento sindical, es&ecialmente latinoamericano% >o debe olvidarse ue los sindicatos, segn

    refiere Leo&oldo 5amarra *ilc+e, son un elemento &erfeccionador de la democracia, al +acerla

    m)s &artici&ativa, sentando las bases de la democracia social?% Téngase en consideración ue los

    sindicatos no uieren nicamente &artici&ar de los beneficios derivados de decisiones tomadas &or

    otros, sino ue uieren &artici&ar activamente en la toma de decisiones &ol.ticas, lo cual encaja en la

    democracia social, "a ue en ésta es la &luralidad de sujetos uienes &artici&an en la formación de la

    voluntad &ol.tica del &ueblo%

    4.3.2.- B5( : 9(%& :*#'*)

    s una J5arant.aK, ue la le" reconoce a determinados trabajadores &ara no ser des&edidos ni

    trasladados a otros establecimientos de la misma em&resa sin causa justificada%

    4.3.3.- B5( $%/'&%: :$# 8%'&: &% 9(%& :*#'*)

    1%- Miembros de los sindicatos en formación

    esde la &resentación de la solicitud de registro " +asta 3 meses des&ués%8%- Miembros de la Bunta directiva

    l estatuto debe se;alar ue cargos com&rende la &rotección%

    La organiación sindical debe &oner en conocimiento del em&leador " del Ministerio de

    3 7artolomei de la Cru$ 8.*. 6rotección contra la 9iscriminación ,ntisindical. :ausana$ O)icina Internacional del Trabajo y :aConcorde$ /4;

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    Trabajo los nombres " cargos de los dirigentes ue gocen del fuero sindical%

    3%-Los :8 delegados elegidos en auellas em&resas con menos de 8: trabajadores

    ?%- Los re&resentantes de los trabajadores a falta de sindicato

    @%- Los candidatos a dirigentes o delegados%

    3: d.as calendario antes de la realiación del &roceso electoral " +asta 3: d.as calendariodes&ués de concluido éste%

    6%- Miembros de la comisión negociadora de un &liego de reclamos%

    asta 3 meses des&ués de concluido el &rocedimiento de negociación colectiva%

    l nmero de dirigentes am&arados &or el fuero sindical es establecido &or las &artes en el &roceso

    de negociación colectiva%

    $ falta de acuerdo, el numero de dirigentes am&arados &or el fuero sindical &ara sindicatos de

    em&resa es de no mas de 3 dirigentes si tiene +asta @: afiliados, agreg)ndose 1 dirigente &or cada@: afiliados adicionales , +asta un m)ximo de 18 dirigentes%

    4.4.- PATRIMONIO SINDICAL

    l &atrimonio del #indicato est) conformado &orG

    a%- Cotiaciones " otras contribuciones de sus miembros

    #on las llamadas Jcotiaciones sindicales J% Los montos " exigibilidad deben fijarse en el

    estatuto% b%- Contribuciones de terceros

    c%- /or bienes aduiridos Na sea &or donaciones o &or com&ras de los mismos%

    7C+%o 1*nciona la Co#i!aci+n sindical8

    $ &edido del sindicato " con la autoriación escrita del trabajador, el em&leador est) obligado a

    deducir de las remuneraciones las cuotas sindicales legales, ordinarias " extraordinarias cuando

    sean comunes a todos los afiliados!, " las contribuciones destinadas a la constitución " fomento de

    las coo&erativas formadas &or trabajadores sindicaliados%La obligación del em&leador cesa en el momento ue el trabajador o la organiación sindical

    comunica la renuncia o la ex&ulsión%

    4.

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    n atención a su ubicación en una escala jer)ruica organiativa, los sindicatos &ueden ser de

     &rimer grado sindicatos de em&resa, de actividad, de gremio, de oficio varios! " las organiaciones

    sindicales de grado su&erior como las 2ederaciones " Confederaciones% /ero tratando de jeraru.as

    " grados debemos ex&resar ue la Constitución de 1993, no dice nada en relación a la organiación

    de 2ederaciones " Confederaciones de trabajadores, &or lo ue necesariamente debemos recurrir alarticulo 8, inciso 13 de la mencionada constitución /ol.tica del stado " recordar ueG JToda

     &ersona tiene derec+o a asociarse " a constituir fundaciones " diversas formas de organiación

     jur.dica sin fines de lucro, sin autoriación &revia " con arreglo a le"K% >o &ueden ser disueltas &or 

    resolución administrativa@6

    n nuestro &a.s el %L% >ro% 8@@93, en su $rt.culo 36, se;ala ue &ara constituir una federación se

    reuiere la unión de no menos de dos sindicatos registrados de la misma actividad o clase 7% Los

    sindicatos conformantes o ad+erentes de una federación deben ser del mismo ti&o de actividad, &ues

    la formación de federación &or actividad &rofesional, +ace &osible la negociación colectiva &or ramas de actividad% (rden ue es raonable " ue no &odr.a tomarse como &retexto &ara argumentar 

    un atentado a la libertad sindicalH &ues en caso de conformar federaciones con sindicatos de

    diferentes formas de actividad, se correr.a el riesgo de desconocimiento o descuido en alguno de los

     &untos ue interesan a los gru&os sindicales ue re&resentanH situaciones ue si afectar.a la libertad

    " res&onsabilidad sindical%

    Teniendo como es&acio la libertad sindical referida, debemos ex&resar también ue Jlos sindicatos "

    federaciones &odr)n retirarse de las res&ectivas organiaciones de grado su&erior en cualuier 

    momento aunue exista &acto en contrarioD

    4..- DISOLUCIÓN DEL SINDICATO

    La disolución de un sindicato se &roduce &orG

    a%- 2usión o absorciónH

    5 Articulo 5 del convenio 87 de la Confederación General de la OIT: la! or"ani#acione!de traba$adore! % de e&'leadore! tienen el derec(o de con!tituir federacione! %confederacione!) a!* co&o el de a+liar!e a la! &i!&a!, % toda or"ani#ación o

    confederación tienen el derec(o de a+liar!e a or"ani#acione! internacionale! detraba$adore! % de e&'leadore!- /ocu&ento de la OIT) de!taca 0ue (a% 3 or"ani#acione! de traba$adore! 0ue !e'ueden con!iderar "lobale!, la ederación indical -, la ConfederaciónInternacional de Or"ani#acione! indicale! 6ibre! CIO6- % la Confederación undialde Traba$o CT-7 n e!te 'a!a$e adverti&o! 0ue a! or"ani#acione! !indicale! de "rado !u'erior) !olo'ueden e!tar for&ado! 'or 'er!ona! ab!tracta!) en ca&bio lo! !indicato!) deben e!tarconfor&ado! 'or 'er!ona! naturale! o +!ica!8 Articulo 37 del /.6. ro 25593

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     b%- /or acuerdo de la ma"or.a absoluta de sus miembros ado&tada en asamblea general o

    fuera de ella, acreditado con las corres&ondientes firmas%

    c%- /or cum&lirse cualuiera de los eventos &revistos en el estatuto, &ara este efecto%

    d%- /or resolución en ltima instancia de la Corte #u&rema%

    e%- /or liuidación de la em&resa

    7C*$l es el des#ino del &a#i%onio sindical8

    l &atrimonio sindical ue uedare, una ve realiados los activos " &agados los &asivos es decir 

     &agadas las deudas!, ser) adjudicado &or el liuidador &ersona nombrada &ara administrar el

     &roceso! a la organiación sindical ue el estatuto o la asamblea general designe &ara tal efecto%

    $ falta de designación se adjudicara a la =eneficencia /blica del domicilio del sindicato o a una

    institución u organiación de utilidad social oficialmente reconocido%

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    S(:$#$*;& 

    s el erec+o /rocesal del >i;o " del $dolescente ue tiene &or objeto el estudio del  &rocedimiento

    en las v.asG Civil, /enal " Tutelar de naturalea es&ecial%

    A'$*;& 

    E)($*;& 

    CONTENIDO 

    Constituido &or la ejecución de las medidas de &rotección o de tratamiento en el )mbito tutelar o

     &enal res&ecto a ni;os " adolescentes%

    L*:)*+# (;#* # P%7

    1.- DIAGNÓSTICO SITUACIONAL

    n forma &revia a la &romulgación del &rimer Código de los >i;os " $dolescentes se +an efectuado

    una serie de estudios de investigación sobre el trabajo de menores de edad, como el efectuado &or la

    doctora $na Mar.a N);e 4l Trabajo de los Menores de dad " la Convención 'nternacional de los

    erec+os del >i;o4 1991!%

    ste estudio arriba, entre otras, a las siguientes conclusiones, reveladoras de una cruda realidadG

    1% Ualter $larcón en 4Trabajo 'nfantil " conom.a 2amiliar en los ogares /o&ulares de

    Lima4, se;ala ue adem)s de la &obrea, en la incor&oración de los ni;os al mercado de

    trabajo, juega un rol fundamental las as&iraciones de los &adres res&ecto al futuro de sus +ijos%

    s &osible ue muc+as familias &obres &refieran ue sus +ijos sólo estudien% #ólo el 86V de

    ni;os &obres trabaja, frente al 7?V ue no trabaja%

    #in embargo, la demostración de la &obrea es la raón fundamental del trabajo infantil, 

    ueda corroborada con las m)s altas tasas de trabajo infantil en las ciudades m)s &obres del

     &a.sG $"acuc+o, $maonas, Cajamarca%

    8% l trabajo en onas urbanas est) asociado a la &obrea, a una estrategia de sobrevivencia

    familiar% #in embargo no es la nica causa del trabajo infantil en estas onas% >o todas las

    familias &obres tienen a sus +ijos trabajando%

    http://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/naturaleza/naturaleza.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/norma/norma.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/resumen-economia/resumen-economia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mercado/mercado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/einfantil/einfantil.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/einfantil/einfantil.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/henrym/henrym.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/naturaleza/naturaleza.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/norma/norma.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/resumen-economia/resumen-economia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mercado/mercado.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/einfantil/einfantil.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/henrym/henrym.shtml

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    0n rubro im&ortante son los trabajadores del +ogarH sin embargo dic+a modalidad viene

    reduciéndose &aulatinamente%

    3% Los ni;os trabajadores de las onas urbanas &refieren actividades en la calle% >o obstante

    ue las condiciones de trabajo en la calle son &eligrosas, &or la contaminación, " los riesgos

    de violencia " maltratos%

    l ma"or &orcentaje de ni;os ue trabaja en el cam&o se debe a ue en sociedades 

    tecnológicamente menos avanadas, con escasa mecaniación " uso intensivo de la mano de

    obra, todos los ca&aces de contribuir al trabajo diario lo +acen%

    l trabajo rural no &resenta las caracter.sticas de ex&lotación, ni las de&lorables condiciones

    en ue se desarrolla el trabajo de los ni;os en las onas urbanas%

    ?% a" una gran &oblación de menores ue trabaja en onas rurales, " este trabajo est)asociado a la organiación familiar " al modo de &roducción agrario%

    @% Los ni;os em&iean a trabajar a &artir de los 6 u D a;os en la ciudad, " antes an, a los @

    a;os en el cam&o%

    l gran &orcentaje de menores trabajadores estudia% l D?V de uienes trabajan, también

    estudian% #in embargo el &orcentaje de ni;os ue revela atraso escolar, es ma"or en los ue

    trabajan%

    6% Contra lo ue &uede su&oner, los ni;os trabajadores no &rovienen de +ogares incom&letos,ni se trata de ni;os abandonados% l 7DV &ertenece a las familias integradas%

    7% 2inalmente, dic+o estudio reveló, ue el control del stado, necesario &ara cautelar los

    derec+os de los ni;os trabajadores es insuficiente en las onas urbanas " nulas en el cam&o%

    2rente a esta realidad, WCu)l es la res&uesta legislativaX /reviamente efectuaremos un breve an)lisis

    de los antecedentes normativos%

    2.- ANTECEDENTES NORMATIVOS

    La convención 'nternacional de los erec+os del >i;o, cu"a moderna doctrina deb.a ser

    internaliada en la legislación nacional, consagra en su $rt% 38, ue los estados &artes reconocen el

    derec+o al ni;o a estar &rotegido contra la ex&lotación económica " contra el desem&e;o de

    http://www.monografias.com/trabajos16/evolucion-sociedades/evolucion-sociedades.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/produccion-sistema-economico/produccion-sistema-economico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/produccion-sistema-economico/produccion-sistema-economico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/control/control.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/control/control.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/indicad-evaluacion/indicad-evaluacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/evolucion-sociedades/evolucion-sociedades.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos54/produccion-sistema-economico/produccion-sistema-economico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/control/control.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/indicad-evaluacion/indicad-evaluacion.shtml

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    cualuier trabajo &eligroso o ue entor&eca su educación, o sea nocivo &ara su salud o desarrollo

    f.sico, mental, moral o social%

    Los estados &artes ado&tar)n medidas legislativas, administrativas, sociales " educativas &ara

    asegurar la a&licación de este art.culo%

    a!% 2ijar)n una edad m.nima &ara trabajar 

     b!% o obstante lo cual, la citadas normas no se adecuan &lenamente al es&.ritu de la Convención, ue

    destaca la condición del ni;o " adolescente como sujeto &leno de derec+os% n tanto &ueda ser

    alcanado el objetivo ue &ro&ugna la (%'%T de abolición del trabajo infantil, ue no se ajusta a la

    realidad de la ma"or.a de &a.ses latinoamericanos, deben efectiviarse una serie de &ol.ticas

    destinadas a mejorar las medidas ue va"an m)s all) de la mera su&ervisión " tutela estatal% ebe

     &ues estimularse la organiación " auto-&rotección de los adolescentes trabajadores " la

     &artici&ación de la sociedad civil, sin ue ello signifiue relevar al stado de su res&onsabilidad en

    la &rotección integral de la ni;e% $+ora s., &asemos a analiar la res&uesta legislativa en el /er%

    3.- RÉGIMEN DEL ADOLESCENTE 5UE TRA!AA3.1. 8/*$& ' *))*+#

    ste Código am&ara a los adolescentes ue trabajan en forma de&endiente o &or cuenta ajena, " en

    forma inde&endiente o &or cuenta &ro&ia%

    http://www.monografias.com/trabajos13/conce/conce.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/conce/conce.shtml

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    ic+a &rotección inclu"e al trabajo doméstico " familiar no remunerado, al de trabajadores

    ambulantes " al de trabajadores a domicilio%

    3.2. P%&$))*+# ' A'&:)#$ T%/'&%

    La &rotección del adolescente trabajador es res&onsabilidad del /

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    xce&cionalmente, la legislación nacional &odr) &ermitir el em&leo o el trabajo de &ersonas de 13

    a;os en em&leos ligeros, a condición ue no se &erjudiue su salud o desarrollo, ni su asistencia a la

    escuela%

    La a&robación del Convenio 13D de la (%'%T, estimamos ue, debe significar la adecuación del

    Código de los ni;os " $dolescentes a dic+as normas de car)cter  internacional%

    3.3.3 RK(*:*$&: % ($&%*0)*+#

    $corde con la &rotección es&ecial ue el Código dis&ensa al adolescente trabajador, se exige &ara

    otorgar la autoriación ue el trabajo no &erturbe la asistencia regular a la escuela " la &resentación

    del certificado médico ue acredite la ca&acidad f.sica, mental " emocional del adolescente &ara las

    labores, certificado ue ser) ex&edido gratuitamente &or el sector #alud " #eguridad #ocial%

    3.3.4 R*:$%& ' A'&:)#$ T%/'&%

    ste registro estar) a cargo de la de las instituciones res&onsables de autoriar el trabajo del

    adolescente% Contendr) los siguientes datos% >ombre del adolescente, nombre de sus &adres o

    res&onsables, su fec+a de nacimiento, dirección " lugar de residencia, labor desem&e;ada,

    remuneración, +orario de trabajo, escuela a la ue asiste " el +orario de clases " el nmero del

    certificado médico%

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    4.2 R8(#%)*+#

    La remuneración no ser) inferior a la de los dem)s trabajadores de la misma categor.a%

    l nuevo Código, a nuestro entender lamentablemente, +a su&rimido la &ro+ibición ue exist.a en el

    anterior Código sobre el trabajo a destajo ue significaba la &rotección del adolescente frente aexigencias de rendimiento en el trabajo%

    4.3 F)**'': % A:*:$#)* E:)(

    l adolescente trabajador goar) de facilidades ue +agan com&atible su trabajo con la asistencia

    regular a la escuela% n tanto ue el derec+o a vacaciones remuneradas se conceder) en el &er.odo

    de vacaciones escolares%

    4.4 S(%*'' S&)* O/*$&%*

    Los adolescentes ue trabajan, en cualuiera de las modalidades, tienen derec+o a la #eguridad#ocial (bligatoria, &or lo menos en las &restaciones de salud%

    #e +a su&rimido en el nuevo Código la obligación de los em&leadores de inscribir, adem)s, a los

    trabajadores de&endientes en el régimen de accidentes de trabajo " de enfermedades &rofesionales%

    Los trabajadores inde&endientes abonar)n sólo el 1:V de la cuota corres&ondiente al trabajador

    de&endiente%

    4.< P%&%8 ' E8&: M(#*)*:

    #e trata de &rogramas de ca&acitación &ara el em&leo fomentados &or los munici&ios ue tendr)n

    como sus &rinci&ales beneficiarios a los adolescentes registrados en ellos%

    4. M'*': ' A($&-%&$))*+#

    s en este tema donde se advierte con nitide el cambio de &aradigma en el tratamiento del

    adolescente trabajador% $u. se &lasman las normas de la Convención 'nternacional de los erec+os

    del >i;o ins&iradas en la moderna doctrina de la &rotección integral ue lo eleva a la categor.a de

    sujeto &leno de derec+os, distanci)ndose as. de las antiguas normas ue regulaban el trabajo de

    menores de edad%

    4..1 D%)&: L/&%: C&)$*;&:

    Los adolescentes &ueden ejercer los derec+os laborales de car)cter colectivo, &udiendo formar &arte

    o construir sindicatos &or unidad &roductiva, rama, oficio o ona de trabajo% $simismo estos

    sindicatos &odr)n afiliarse a organiaciones de grado su&erior, como las federaciones%

    http://www.monografias.com/trabajos13/segsocdf/segsocdf.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/segsocdf/segsocdf.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/cumplimiento-defectuoso/cumplimiento-defectuoso.shtml#INCUMPLhttp://www.monografias.com/trabajos12/higie/higie.shtml#tipohttp://www.monografias.com/trabajos12/higie/higie.shtml#tipohttp://www.monografias.com/trabajos/adpreclu/adpreclu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/adpreclu/adpreclu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/napro/napro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/segsocdf/segsocdf.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/cumplimiento-defectuoso/cumplimiento-defectuoso.shtml#INCUMPLhttp://www.monografias.com/trabajos12/higie/higie.shtml#tipohttp://www.monografias.com/trabajos/adpreclu/adpreclu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/napro/napro.shtml

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    4..2 C)*'' (%='*)

    $dem)s el adolescente tiene ca&acidad jur.dica en los siguientes cam&osG

    Y /ara celebrar actos " contratos relacionados con su actividad laboral, " con el ejercicio de su

    derec+o de asociación%Y /ara formar asociaciones civiles &ara obtener mejores condiciones de vida " trabajo%

    Y /ara acudir directamente ante las autoridades administrativas " judiciales &ara reclamar los

    derec+os relacionados con su actividad económica%

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    *'%- ('E$C'(># #'>'C$L# > L$ L5'#L$C'(> /$G #CT(<

    /0=L'C(%

    O%gani(aciones sinicales e '%abaao%es e la a&inis'%ación $*blica.- 

    Se entiende por administración p

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    VII.- RELACION SEMEANZAS Y DIFERENCIAS ENTRE ORGANIZACIONES SINDICALES DEL SECTOR PU!LICO Y

    PRIVADO

    >.1.- DIFERENCIAS ENTRE ORGANIZACIONES SINDICALES DEL SECTOR PÚ!LICO Y PRIVADO

    SECTOR PÚ!LICO SECTOR PRIVADO

    • Los servidores &blicos, em&leados " obreros &ermanentes

    sujetos al sistema nico de remuneraciones de la administración

     &blica, tiene derec+o constituir organiaciones sindicales "

    afiliarse a ellas $rt% 1S, %#% >S ::3-D8-/CM!

    • Los trabajadores ue &ertenecen al régimen de la actividad

     &rivada sean del sector &blico o &rivado, &ueden constituir 

    organiaciones sindicales " afiliarse a ellas% $rt% 1S, %#% >S

    :1:-8::3-T

    • st)n im&edidos de constituir sindicatos o afiliarse a ellos los

    funcionarios del estado ue tienen &oder decisión, &ersonal de

    fuera militar " &olicial% $rt% 8S!

    • /ara ser miembro de un sindicato se reuiere no formar &arte

    del &ersonal de dirección o desem&e;ar cargo confiana del

    em&leador, salvo ue el estatuto lo &ermita%$rt% 18%b!

    •  >o &odr)n afiliarse al sindicato los trabajadores ue no +a"an

    su&erado el &eriodo de &rueba%$rt% 7S!

    • Los trabajadores &odr)n afiliarse estando en condición de

     &eriodo de &rueba%$rt% 18S!

    • /ara ue un sindicato de servidores &blico &uede constituirse "

    subsistir reuiere de la afiliación de &or los menos del 8:V de

    la totalidad de servidores con derec+o a sindicaliarse, el cual

    debe ser igual o ma"or a un numero de 8: miembros%$rt% 9S!

    • /ara constituir un sindicato se reuiere de la afiliación de un

    m.nimo de 8: trabajadores trat)ndose de sindicato de em&resa "

    @: &ara otros de ti&os de sindicatos% $rt% 1?S!

    http://www.monografias.com/trabajos11/empre/empre.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/empre/empre.shtml

  • 8/18/2019 69347882-W-MONOGRAFICO.doc

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    • Cuando el nmero de servidores &blicos sea ma"or de @ "

    menor de 8: miembros, sólo &ueden elegir un delegado ue los

    re&resente en sus intereses% $rt% 3S, %#% >S :86-D8-B0#!

    • n l as em&resas  cu"o trabajadores no alcance al numero

    reuerido &ara constituir un sindicato, &odr) elegir dos

    delegados ue le re&resente ante el em&leador " la autoridad

    administrativa $rt% 1@S!

    •  >o +a" reelección inmediata &ara los miembros de la Bunta

    irectiva% $rt% 16S, %#% >S ::3-D8-/CM!

    •  >o se;ala dic+a &ro+ibición, &or lo cual &uede admitir 

    reelección%

    • Las &eticiones se +acen ante el funcionario &blicos ue

    re&resentan al stado, &ero ue no dejan de ser trabajadores de

    este% $rt% 88S " ss!

    • Las &eticiones o &liego de reclamo se &lantean ante el

    em&leador% $rt% @3S!

    >.2.- SEMEANZAS ENTRE ORGANIZACIONES SINDICALES DEL SECTOR PÚ!LICO Y PRIVADO

    1anto el sector p

  • 8/18/2019 69347882-W-MONOGRAFICO.doc

    50/51

    SEC+OR

    ,LICO

     Y

    SEC+OR

    ,RI/ADO

    El convenio 67 sobre )ibertad Sindical

    y 2rotección al 0erecho de

    Sindicalización es aplicable al sector 

    estatal as como al privado. Este

    onvenio garantiza ampliamente la

    constitución de sindicatos, con

    autonoma del Estado, de los patronos,

    etc. Iuedan excluidos de su aplicación

    solamente las fuerzas armadas,

    policas y similares.

  • 8/18/2019 69347882-W-MONOGRAFICO.doc

    51/51

    @.- CONCLUSIONES

    .- RECOMENDACIONES

    !I!LIOGRAFIA