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La Responsabilidad Penal en Entidades Deportivas Webinar Unisport, 8 de abril de 2020

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La Responsabilidad Penal en Entidades Deportivas unisport.es

La Responsabilidad Penal en Entidades Deportivas Webinar Unisport, 8 de abril de 2020

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Índice •Art. 31 bis Código Penal

•¿Cuando hay responsabilidad penal?

•Tipología de entidades deportivas

•Federaciones • ¿Quien puede cometer un delito que transmita la responsabilidad penal a la entidad?

• ¿Siempre que se cometa un delito la entidad es responsable penalmente?

•Clubes, asociaciones deportivas y fundaciones • ¿Quien puede cometer un delito que transmita la responsabilidad penal a la entidad?

• ¿Siempre que se cometa un delito la entidad es responsable penalmente?

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Índice •Empresas

• ¿Quien puede cometer un delito que transmita la responsabilidad penal a la entidad?

• ¿Siempre que se cometa un delito la entidad es responsable penalmente?

•Programas de Compliance

•Delitos que traspasan la responsabilidad

•Multas

•Preguntas

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Art. 31 bis Código Penal CUANDO POR QUIEN

• cometidos en nombre o por cuenta de las personas jurídicas.

• en su beneficio directo o indirecto • cuando se han incumplido

gravemente por los representantes de la persona jurídica los deberes de supervisión, vigilancia y control de su actividad atendidas las concretas circunstancias del caso.

• por sus representantes legales o por aquellos que, actuando individualmente o como integrantes de un órgano de la persona jurídica, están autorizados para tomar decisiones en nombre de la persona jurídica u ostentan facultades de organización y control dentro de la misma

• por quienes, estando sometidos a la autoridad de las personas físicas mencionadas en el párrafo anterior, han podido realizar los hechos por haberse incumplido gravemente por aquéllos los deberes de supervisión, vigilancia y control de su actividad atendidas las concretas circunstancias del caso.

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¿Siempre? Siempre que NO TENGAN un Programa de Compliance y lo hayan implantado de manera eficiente: - el órgano de administración ha adoptado y ejecutado con eficacia, antes de la comisión del delito, modelos de organización y gestión que incluyen las medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos de la misma naturaleza o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión; - la supervisión del funcionamiento y del cumplimiento del modelo de prevención implantado ha sido confiada a un órgano de la persona jurídica con poderes autónomos de iniciativa y de control o que tenga encomendada legalmente la función de supervisar la eficacia de los controles internos de la persona jurídica; - los autores individuales han cometido el delito eludiendo fraudulentamente los modelos de organización y de prevención y no se ha producido una omisión o un ejercicio insuficiente de sus funciones de supervisión, vigilancia y control por parte del órgano de control

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Personas jurídicas en el sector deportivo Las entidades deportivas tienen unas características especiales respecto al resto de personas jurídicas en lo que respecta a la implantación de programas de Compliance.

Para poder entrar a determinar qué características son éstas, primero veremos cuantas tipologías de entidades deportivas existen:

FEDERACIONES

CLUBES DEPORTIVOS

FUNDACIONES

ASOCIACIONES DEPORTIVAS

EMPRESAS

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FEDERACIONES

Representantes legales Sólo el Presidente ostenta la Representación legal de la Federación, en su ausencia un Vicepresidente, si así está previsto en los estatutos.

Quien actuando individualmente o como integrantes de un órgano de la persona jurídica Cada uno es responsable de un área, toma decisiones: - Miembros de la Junta Directiva. - Miembros de los Comités. - Directivos contratados por la Federación: gerente, etc. - Personal laboral o colaboradores estrechos.

¿Por quien?

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Federaciones excepción Las disposiciones relativas a la responsabilidad penal de las personas jurídicas no serán aplicables al Estado, a las Administraciones públicas territoriales e institucionales, a los Organismos Reguladores, las Agencias y Entidades públicas Empresariales, a las organizaciones internacionales de derecho publico, ni a aquellas otras que ejerzan potestades públicas de soberanía o administrativas.

¿Cuando ejerce una Federación Funciones de Delegación Pública Administrativa?

? • ¿Organización de competiciones? • ¿Gestión de equipamientos deportivos? • ¿Organización de actividades de ocio? • ¿Potestad sancionadora? • ¿Potestad reguladora? • ¿Procesos electorales?

Entonces… por los mismos hechos un. Club será responsable penalmente y una Federación no?

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CLUBES Y ASOCIACIONES DEPORTIVAS

Los Clubes, Asociaciones deportivas y Federaciones tienen las siguientes características:

- Formadas por personas físicas

- No tienen relación laboral con sus asociados

- Tienen personal laboral

- Tienen potestad disciplinaria sobre sus

asociados - Están representadas por

personas físicas

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CLUBES DEPORTIVOS

Representantes legales Sólo el Presidente ostenta la Representación legal del Club, en su ausencia un Vicepresidente, si así está previsto en los estatutos.

Quien actuando individualmente o como integrantes de un órgano de la persona jurídica Cada uno es responsable de un área, toma decisiones: - Miembros de la Junta Directiva. - Miembros de los Comités. - Directivos contratados por el Club: gerente, etc. - Personal laboral o colaboradores estrechos.

¿Por quien?

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EMPRESAS y FUNDACIONES

Las Empresas y Fundaciones tienen las siguientes características:

- Formadas por personas jurídicas o físicas

- Tienen relación laboral con sus empleados/as

- Tienen relación contractual con colaboradores

- Tienen potestad disciplinaria sobre sus

empleados/as - Están representadas por personas físicas a nivel individual o en

tanto que representantes de personas jurídicas accionistas o patronas

Entonces….. Si una persona jurídica de

las que las representa, es

condenada penalmente, la

empresa o Fundación

representada será también

responsable si le beneficiaba el

hecho?

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Empresas y fundaciones Por quien

Representantes legales Dependerá de cada empresa, quien tenga la representación otorgada. Puede ser una persona o varias.

Quien actuando individualmente o como integrantes de un órgano de la persona jurídica Cada uno es responsable de un área, toma decisiones: - Propietarios. Patronato. - Miembros de la Dirección. - Cualquier trabajador/a.

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Delitos que transmiten la responsabilidad a la entidad

Art. 156 bis: Tráfico ilegal de órganos humanos. (*) Art. 161: Manipulación genética. Art. 177 bis: Trata de seres humanos Arts. 187, 188 y 189: Prostitución y corrupción de menores. Art. 197, a 197 ter: Descubrimiento y revelación de secretos. Art. 248, 251: Estafas. Art. 257, 258, 258 bis: Frustración en la ejecución. Art. 259, 260, 261: Insolvencias punibles. Art. 261: Alteración de precios en subastas públicas. Art. 264 a 264 ter: Daños informáticos.

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Delitos que transmiten la responsabilidad a la entidad

Arts. 270, 273, 274. 275, 277: Contra la Propiedad industrial o intelectual. Arts. 278 a 280, 282, 282 bis, 283, 284, 285bis, 285 quarter, 286 Relativos al mercado y los consumidores. Art. 286 bis y ter: Corrupción en los negocios y deportiva. Art. 294: Delitos societarios. Art. 313: Contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. (*) Art. 319: Contra la ordenación del territorio y el urbanismo. (*) Art. 326, 326 bis, 328: Contra los recursos naturales y el medio ambiente. Art. 343: Energía nuclear y radiaciones ionizantes. Art. 348: Riesgo catastrófico – estragos. Art. 359, 360, 361, 362, 362 bis, 362 ter, 362 quinties, 364, 365, 368: Contra la salud pública. Art. 386: Falsificación de moneda y efectos timbrados.

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Delitos que transmiten la responsabilidad a la entidad

Art. 399 bis: Falsificación de tarjetas de crédito, débito y cheques de viaje. Art. 424: Cohecho. NO LAS EMPRESAS, O NO NECESARIAMENTE TODAS. Art. 429 y 430: Tráfico de influencias. Art. 301: Blanqueo de capital. Art. 304 bis: Financiación ilegal de partidos políticos. NO LAS EMPRESAS, O NO NECESARIAMENTE TODAS. Arts. 305 a 307, 307 ter, 308, 310: Contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social. Art. 311, 311bis, 312, 314 a 316: Contra los derechos de los trabajadores. Art. 510: Derechos fundamentales y libertades públicas. Arts. 515, 518: Odio y enaltecimiento del odio. NO LAS EMPRESAS Arts. 570 bis, 570 ter, 572: De las organizaciones criminales. Arts. 573 a 578: De terrorismo.

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Penas • Multa económica

• Inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, para contratar con el sector público y para disfrutar de beneficios fiscales o de la Seguridad Social, por un plazo máximo de 15 años.

• Clausura de los locales y establecimientos de la persona jurídica por un máximo de 5 años.

• Suspensión de las actividades de la persona jurídica por un periodo máximo de 5 años.

• Prohibición de desarrollar en el futuro las actividades en el ejercicio de las cuales se haya cometido, favorecido o encubierto el delito. Puede ser temporal o definitiva.

• Intervención judicial de la persona jurídica, por un máximo de 5 años.

• Disolución de la persona jurídica.

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Daño reputacional

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dos multas por valor de 30.000 euros cada una al Sevilla F.C por permitir la exhibición en su campo de una pancarta del grupo de aficionados Biris Norte

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¿Qué es un Programa de Compliance?

Qué

deb

e te

ner

Auditoria de riesgos

Código ético

Plan de comunicación

Canal ético

Medidas disciplinarias

Plan de formación

Formación anual

Identificación de medidas a implantar

Estudio de protocolos

Informe de Cumplimiento Normativo

Protocolos

Manual de Compliance

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Análisis de riesgos ¿A quien entrevistamos para valorar que riesgos tienen? A todas las personas responsables de área y miembros de los órganos de gobierno. ¿A quien le presentamos el análisis de riesgos? Miembros del órgano de gobierno. ¿Quién debe aprobar el Programa de Compliance? Órgano de control. ¿Quién es el órgano de gobierno? Propiedad, representantes de la propiedad

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¿Quién vela por el cumplimiento? Órgano de control y supervisión – ¿Compliance Officer o Comité de Compliance?

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ÉTICA

REPUTACIÓN

TÉCNICA

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