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1 PREÁMBULO INFORMACIÓN AL COLEGIADO: SERVICIOS ATA Desde comienzos del año pasado, el servicio ATA del Colegio Territorial de Arquitectos de Alicante está intentando informar a los colegiados, no sólo de normativas y aspectos técnicos, sino de aquellas otras cuestiones de importancia para el ejercicio de la profesión. La materialización de esas intenciones se ha resuelto actualmente en las siguientes funciones esenciales del servicio ATA: 1. Consultas: una de las principales funciones es, resolver las dudas y consultas técnicas, normativas y de planeamiento que surgen al desempeñar la profesión. Actualmente, al llamar al CTAA ya se dispone de una extensión telefónica propia ATA. 2. Circulares ATA, publicaciones y acceso a normativas: actualmente disponemos de dos enlaces para acceder a información técnica-normativa y archivos de interés: o Nuevo acceso a normativas ATA: click AQUÍ o Circulares ATA y archivos de ayuda: click AQUÍ El contenido de ambos enlaces irá actualizándose a medida que salgan nuevas normativas, circulares o archivos de interés.

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Page 1: 06 circular ATA2 11_CIRCULAR ATA (05/02/2020) DB-SI DISEÑO DE NÚCLEOS DE COMUNICACIÓN VERTICAL - RESIDENCIAL VIVIENDA Introducción En el diseño de los núcleos de comunicación

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PREÁMBULO

INFORMACIÓN AL COLEGIADO: SERVICIOS ATA

Desde comienzos del año pasado, el servicio ATA del Colegio Territorial de Arquitectos de Alicante está

intentando informar a los colegiados, no sólo de normativas y aspectos técnicos, sino de aquellas otras

cuestiones de importancia para el ejercicio de la profesión. La materialización de esas intenciones se ha

resuelto actualmente en las siguientes funciones esenciales del servicio ATA:

1. Consultas: una de las principales funciones es, resolver las dudas y consultas técnicas,

normativas y de planeamiento que surgen al desempeñar la profesión. Actualmente, al llamar

al CTAA ya se dispone de una extensión telefónica propia ATA.

2. Circulares ATA, publicaciones y acceso a normativas: actualmente disponemos de dos enlaces

para acceder a información técnica-normativa y archivos de interés:

o Nuevo acceso a normativas ATA: click AQUÍ

o Circulares ATA y archivos de ayuda: click AQUÍ

El contenido de ambos enlaces irá actualizándose a medida que salgan nuevas normativas,

circulares o archivos de interés.

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11_CIRCULAR ATA (05/02/2020)

DB-SI DISEÑO DE NÚCLEOS DE COMUNICACIÓN VERTICAL - RESIDENCIAL VIVIENDA

Introducción

En el diseño de los núcleos de comunicación para edificaciones de uso residencial, intervienen numerosos

factores a tener en cuenta: estabilidad, seguridad de utilización de uso, ventilación, iluminación…y

principalmente, evacuación en caso de incendios. En esta circular nos centraremos en este último aspecto,

atendiendo exclusivamente a las exigencias del DB-SI para uso residencial vivienda privada, por ser éste,

motivo de numerosas consultas recibidas en el CTAA. Aunque quede fuera del alcance de esta circular,

queda claro que a esta normativa estatal habrá que sumar el resto de normativas de carácter autonómico

o municipal no tratadas aquí, las cuales pueden suponer variaciones y limitaciones más restrictivas que

las del propio DB-SI. No obstante, al final de la circular se incluye un apartado de “condicionantes

adicionales según DC09, HS y SUA” que complementa lo explicado del SI.

Intentar aclarar todos los aspectos de dicho DB-SI en una circular es una tarea compleja y difícilmente

abarcable, por lo que esta circular tratará de sintetizar exclusivamente aquellos aspectos de mayor

relevancia a la hora de diseñar los núcleos de comunicación vertical en viviendas privadas atendiendo al

DB-SI. Como siempre, para matizar y completar lo aquí expuesto se recomienda la lectura completa de

dicho documento.

A la presente circular se incorpora una tabla de Excel para que, de forma simplificada y siempre bajo la

supervisión y responsabilidad del proyectista, se facilite la labor de diseñar dichos núcleos de

comunicación. Dicha tabla se puede descargar en el enlace a la “Base de datos ATA” (click AQUÍ).

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Definiciones y conceptos generales

RESISTENCIA AL FUEGO DE LOS ELEMENTOS COMPARTIMENTADORES Capacidad de un elemento de construcción para mantener durante un tiempo determinado las funciones1 de resistencia (R), integridad (E) y aislamiento (I).

REACCIÓN AL FUEGO DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS

Es la respuesta de un material medida en términos de su contribución al desarrollo del mismo por la propia

combustión, en condiciones específicas de ensayo.

La clasificación europea principal

de reacción al fuego de los

materiales según el R.D. 312/ 2005

y la norma UNE-EN 13501 1:2002.

Euroclases

A1: No Combustible. Sin contribución en grado máximo al fuego

A2: No Combustible. Sin contribución en grado menor al fuego

B: Combustible. Contribución muy limitada al fuego

C: Combustible. Contribución limitada al fuego

D: Combustible. Contribución media al fuego

E: Combustible. Contribución alta al fuego

F: Sin clasificar

Según la opacidad, velocidad de

propagación y producción de los

humos, s(smoke)

s1: baja

s2: media

s3: alta

Según la “facilidad” para

desprender gotas o partículas

inflamadas, d(drop)

d0: nula

d1: media

d2: alta

PINTURAS

▪ Pintura ignífuga: La propiedad ignífuga, hace referencia a la cualidad de no contribuir a la

propagación de la llama ni a la propagación de humo por combustión.

▪ Pintura intumescente: la intumescencia, hace referencia a la capacidad de estas pinturas a

hincharse por la acción del calor hasta el punto que la espuma que produce la reacción es capaz

de aislar la superficie. Protege la estructura de soporte del edificio ante un eventual incendio en

1 Clasificación europea de resistencia al fuego: RD 312/2005 i UNE-EN 13501-2:2002

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el que se pudiera alcanzar la temperatura de colapso durante un tiempo estimado, en función

del espesor de pintura aplicado.

SECTOR DE INCENDIO

Espacio de un edificio separado de otras zonas del mismo por elementos constructivos delimitadores

resistentes al fuego durante un período de tiempo determinado, en el interior del cual se puede confinar

(o excluir) el incendio para que no se pueda propagar a (o desde) otra parte del edificio. Los locales de

riesgo especial no se tienen por qué considerar sectores de incendio (ejemplo: garaje en vivienda

unifamiliar no constituye sector).

RECINTO: Espacio del edificio limitado por cerramientos, particiones o cualquier otro elemento

separador (CTE parte I/ definiciones)

ORIGEN DE EVACUACIÓN, O:

▪ Cualquier punto ocupable de un edificio, en general

▪ Puerta de salida a zonas de circulación en: unidades de alojamiento, viviendas, habitaciones de

hotel, despachos (siempre que superficie < 50 m2 y densidad =<1 persona/ 5 m2)

▪ Cualquier punto ocupable en locales de riesgo especial y zonas de ocupación nula cuya superficie

exceda de 50m2

ALTURA DE EVACUACIÓN, H

o Máxima diferencia de cotas entre el origen y la salida que corresponda

o Puede ser ascendente o descendente, en función del sentido de evacuación

o No se consideran las plantas donde sólo haya ocupación nula.

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RECORRIDO DE EVACUACIÓN

Recorrido que conduce desde un origen de evacuación hasta una salida de planta, situada en la misma

planta considerada o en otra, o hasta una salida de edificio. Conforme a ello, una vez alcanzada una salida

de planta, la longitud del recorrido posterior no computa a efectos del cumplimiento de los límites a los

recorridos de evacuación.

ESPACIO EXTERIOR SEGURO

Es aquel en el que se puede dar por finalizada la evacuación de los ocupantes del edificio, debido a que

cumplen las condiciones espaciales y de seguridad definidas en el Anejo SI A (terminología) del DB SI.

SALIDA DE EDIFICIO

Puerta o hueco de salida a un espacio exterior seguro. En el caso de salidas previstas para un máximo de

500 personas puede admitirse como salida de edificio aquella que comunique con un espacio exterior que

disponga de dos recorridos alternativos hasta dos espacios exteriores seguros, uno de los cuales no exceda

de 50 m.

SALIDA DE PLANTA

Es alguno de los siguientes elementos, pudiendo estar situada, bien en la planta considerada o bien en

otra planta diferente:

▪ El arranque de una escalera no protegida2 que conduce a una planta de salida del edificio

▪ El arranque de una escalera compartimentada como los sectores de incendio, o una puerta de

acceso a una escalera protegida, a un pasillo protegido o al vestíbulo de independencia de una

escalera especialmente protegida.

2 Siempre que el área del hueco del forjado no exceda a la superficie en planta de la escalera en más de 1,30 m²

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▪ Una salida de edificio.

▪ Una puerta de paso, a través de un vestíbulo de independencia, a un sector de incendio

diferente que exista en la misma planta

ESCALERA ABIERTA AL EXTERIOR

Escalera que dispone de huecos permanentemente abiertos al exterior que, en cada planta, acumulan

una superficie de 5A m2, como mínimo, siendo A la anchura del tramo de la escalera, en m. Cuando dichos

huecos comuniquen con un patio, las dimensiones de la proyección horizontal de éste deben admitir el

trazado de un círculo inscrito de h/3 m de diámetro, siendo h la altura del patio.

Características de una escalera abierta al exterior:

▪ Puede considerarse como escalera especialmente protegida sin que para ello precise disponer

de vestíbulos de independencia en sus accesos.

▪ Una escalera abierta al exterior no tiene que ser necesariamente especialmente protegida, salvo

cuando deba serlo por la altura que salva, conforme a SI 3-5, en cuyo caso puede considerase

como tal siempre que cumpla las condiciones de escalera protegida.

▪ En una escalera abierta al exterior que por la altura que salva deba ser protegida o especialmente

protegida, las paredes que la separen del espacio interior del edificio deben ser EI 120. Cuando

dichas paredes sean fachadas están sujetas, al igual que sus huecos, a lo establecido en SI 2.1.

para limitar el riesgo de propagación exterior del incendio a la escalera.

ESCALERA PROTEGIDA

Escalera de trazado continuo desde su inicio hasta su desembarco en planta de salida del edificio que, en

caso de incendio, constituye un recinto suficientemente seguro para permitir que los ocupantes puedan

permanecer en el mismo durante un determinado tiempo. Para ello debe reunir, además de las

condiciones de seguridad de utilización exigibles a toda escalera (véase DB-SU 1-4) las siguientes:

▪ Es un recinto destinado exclusivamente a circulación y compartimentado del resto del edificio

mediante elementos separadores EI 120. Si dispone de fachadas, éstas deben cumplir las

condiciones establecidas en el capítulo 1 de la Sección SI 2 para limitar el riesgo de transmisión

exterior del incendio desde otras zonas del edificio o desde otros edificios. En la planta de salida

del edificio las escaleras protegidas o especialmente protegidas para evacuación ascendente

pueden carecer de compartimentación

▪ El recinto tiene como máximo dos accesos en cada planta, los cuales se realizan a través de

puertas EI2 60-C5 y desde espacios de circulación comunes y sin ocupación propia.

▪ En la planta de salida del edificio, la longitud del recorrido desde la puerta de salida del recinto

de la escalera, o en su defecto desde el desembarco de la misma, hasta una salida de edificio no

debe exceder de 15 m

▪ El recinto cuenta con protección frente al humo, mediante una de las siguientes opciones:

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o Ventilación natural mediante ventanas practicables o huecos abiertos al exterior con

una superficie útil de ventilación de al menos 1 m² en cada planta.

o Ventilación mediante dos conductos independientes de entrada y de salida de aire,

dispuestos exclusivamente para esta función y que cumplen las condiciones definidas

en el anejo SI A.

ESCALERA ESPECIALMENTE PROTEGIDA

Escalera que reúne las condiciones de escalera protegida y que además dispone de:

▪ Un vestíbulo de independencia diferente en cada uno de sus accesos desde cada planta. La

existencia de dicho vestíbulo de independencia no es necesaria cuando se trate de una escalera

abierta al exterior, ni en la planta de salida del edificio, cuando se trate de una escalera para

evacuación ascendente, pudiendo la escalera en dicha planta carecer de compartimentación.

▪ El vestíbulo de independencia de la escalera especialmente protegida situado en un edificio de

viviendas no puede comunicar directamente con el acceso a las mismas, sino que debe hacerlo

con una zona común, pasillo, distribuidor, etc., desde la cual se acceda a las viviendas.

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▪ Dos escaleras especialmente protegidas no pueden compartir un mismo vestíbulo de

independencia dado que éste no es un elemento añadido a una escalera especialmente

protegida, sino que forma parte de ella, por lo que si dos escaleras compartiesen un mismo

vestíbulo de independencia dejarían de ser dos escaleras especialmente protegidas diferentes e

independientes una de otra. Se puede admitir que una escalera protegida o especialmente

protegida carezca de sistema de control de humo, tanto en su recinto como en el vestíbulo de

independencia, cuando sirva a una sola planta y no salve una altura de evacuación mayor de 3,00

m.

*en cuanto a los conductos de ventilación en el vestíbulo de independencia, éstos deberán quedar enfrentados y a la altura definida

en Anejo SI-A

VESTÍBULO DE INDEPENDENCIA

Recinto de uso exclusivo para circulación situado entre dos o más recintos o zonas con el fin de aportar

una mayor garantía de compartimentación contra incendios y que únicamente puede comunicar con los

recintos o zonas a independizar, con aseos de planta y con ascensores. Cumplirán las siguientes

condiciones:

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▪ Sus paredes serán EI 120. Sus puertas de paso entre los recintos o zonas a independizar tendrán

la cuarta parte de la resistencia al fuego exigible al elemento compartimentador que separa

dichos recintos y al menos EI2 30-C5

▪ Los vestíbulos de independencia de las escaleras especialmente protegidas dispondrán de

protección frente al humo conforme a alguna de las alternativas establecidas para dichas

escaleras

▪ Los vestíbulos de independencia situados en un itinerario accesible (ver definición en el Anejo A

del DB SUA) deben poder contener un círculo de diámetro Ø 1,20 m libre de obstáculos y del

barrido de las puertas. Cuando el vestíbulo contenga una zona de refugio, dicho círculo tendrá

un diámetro Ø 1,50 m.

Procedimiento de diseño de núcleos de comunicación (ver archivo Excel)

1_SECTORIZACIÓN (SI 1)

Tabla para comprobar sectores de incendio:

Uso previsto del edificio, zona o establecimiento Condiciones de compartimentación

Residencial Vivienda La superficie construida de todo sector de incendio =< 2.500 m2 (excepto viviendas unifamiliares que nunca precisarán tener sectores de incendio)

ZONA de uso diferente y subsidiario del principal de un edificio o establecimiento

Residencial Vivienda Siempre constituirá sector de incendio diferenciado del uso principal

Aparcamiento

Sc <= 100m2 ó aparcamiento de vivienda unifamiliar constituirá local de riesgo bajo en todo caso

Sc > 100m2: siempre sector de incendios y

comunicación a través de vestíbulo

No constituirá sector en viviendas unifamiliares

No hay límite de superficie de sector

En robotizados cada sector de incendio tendrá

Sc<10.000m2 cuando esté situado por debajo de

otro uso

Aparcamientos robotizados: siempre sector de incendios y comunicación a través de vestíbulo

Alojamiento Constituirá sector de incendio si Sc>=500m2

Administrativo, docente o comercial

Constituirá sector de incendio si Sc>=500m2

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Pública concurrencia

Constituirá sector de incendio si Sc>=500m2 Constituirá siempre sector de incendio en caso de establecimiento integrado en edificio de uso residencial vivienda

Escaleras y ascensores que sirvan a diferentes sectores de incendio

Estarán delimitados por elementos constructivos de resistencia al fuego >= resistencia al fuego de los elementos separadores de sectores de incendio

Las escaleras y pasillos protegidos, los vestíbulos de independencia y las escaleras compartimentadas no forman parte del sector de incendio

Ascensores no accesibles desde el recinto de una escalera protegida

Puertas E30 o bien vestíbulo de independencia en cada acceso Siempre vestíbulo de independencia en el acceso a un local de riesgo especial o a zona de uso aparcamiento

2_RIESGO ESPECIAL (SI 1)

▪ Tabla 2.1 riesgo alto, medio y bajo→ según S (superficie construida) y V (volumen construido)

▪ Tabla 2.2 condiciones de las zonas de riesgo especial integradas en edificios

3_EVACUACIÓN (SI 3)

▪ Cálculo de la ocupación según densidades de ocupación definidas en tabla 2.1

▪ Determinar la necesidad de una o dos salidas de planta o recinto según tabla 3.1

▪ Definir la longitud de los recorridos de evacuación según tabla 3.1

▪ Dimensionado de elementos de evacuación según tabla 4.1

▪ Protección de escaleras según tabla 5.1

4_VENTILACIÓN (ANEJO SI-A)

Ventilación de escaleras protegidas y especialmente protegidas:

a) Ventilación natural mediante ventanas practicables o huecos abiertos al exterior con una superficie

útil de ventilación de al menos 1 m² en cada planta.

b) Ventilación mediante dos conductos independientes de entrada y de salida de aire, dispuestos

exclusivamente para esta función y que cumplen las condiciones siguientes:

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- la superficie de la sección útil total es de 50 cm² por cada m3 de recinto en cada planta3, tanto

para la entrada como para la salida de aire; cuando se utilicen conductos rectangulares, la

relación entre los lados mayor y menor no es mayor que 4.

- las rejillas tienen una sección útil de igual superficie y relación máxima entre sus lados que el

conducto al que están conectadas;

- en cada planta, la parte superior de las rejillas de entrada de aire está situada a una altura

sobre el suelo < 1 m y las de salida de aire están enfrentadas a las anteriores y su parte inferior

está situada a una altura > 1,80 m.

- Sistema de presión diferencial conforme a EN 12101-6:2005 (ver anejo SI A del DB-SI)

Anexo: condicionantes adicionales según DB-HS, DB-SUA y DC-09

VENTILACIÓN E ILUMINACIÓN SEGÚN NORMAS DE DISEÑO Y CALIDAD EN EDIFICIOS (DC-09):

A. Escaleras no protegidas:

A.1 En caso de optar por ventilación natural → se deberá iluminar de forma

natural a través de huecos o lucernarios

Ventilación natural: a través de huecos cuya superficie de apertura practicable sea

>=1/6 de la superficie mínima de iluminación. En caso de iluminación cenital, dicho

lucernario deberá tener un perímetro de ventilación de al menos 1/6 de la superficie

mínima de iluminación.

▪ Iluminación por huecos (superficie mínima de iluminación): 1m2 de hueco en cada

planta en las que haya viviendas.

▪ Iluminación cenital (lucernario):

o sólo hasta cuatro plantas

o hueco central libre en toda la altura de la escalera en el que se inscriba un

círculo de D=1,10m

3 En las escaleras protegidas y especialmente protegidas, el volumen a considerar para calcular la superficie útil del conducto de

entrada y del conducto de salida de aire para ventilación es el correspondiente al volumen del recinto de la escalera (y en su caso del vestíbulo de independencia) correspondiente a una planta, considerando la planta con más volumen, cuando éste sea variable. Lo anterior es válido incluso cuando la escalera sirva a un mismo sector de incendios en diferentes plantas.

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o superficie translúcida superior a los 2/3 de la superficie en planta de la

escalera

A.2 En caso de ventilación por conductos→ventilación según DB-SI

B. Escaleras protegidas o especialmente protegidas→ventilación según DB-SI

CONDICIONES CTE DB-HS3

Uno de los apartados a tener en cuenta en este documento y que afecta a los núcleos de comunicación,

es el referido a las condiciones espaciales en cubierta, una vez que los conductos de ventilación llegan a

ella.

En ese caso habrá que considerar el apartado 3.2 Condiciones particulares de los elementos/ 3.2.1

Aberturas y bocas de ventilación/ 3.2.4 Conductos de extracción para ventilación mecánica/ 4.2.2

A modo de resumen4, éstos son los parámetros más importantes a considerar en cubierta:

▪ Bocas de expulsión: retranqueo de 3m respecto de espacios donde pueda haber personas de

forma habitual y respecto de elementos de entrada de ventilación (apartado 3.2.1 del HS3,

punto 4)

▪ Cada conducto de extracción debe disponer de un aspirador mecánico situado después de la

última abertura de extracción en el sentido del flujo del aire.

4 Se recomienda lectura completa del DB-HS3 para tener en cuenta apartados no contemplados aquí

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▪ La sección de cada tramo del conducto comprendido entre dos puntos consecutivos con aporte

o salida de aire debe ser uniforme.

▪ Los conductos que atraviesen elementos separadores de sectores de incendio deben cumplir

las condiciones de resistencia a fuego del apartado 3 de la sección SI1

CONDICIONANTES ESPACIALES SEGÚN CTE DB-SUA

Figuras a tener en cuenta:

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Consultas de los colegiados

1_ En edificios de viviendas cualquier comunicación con el aparcamiento se hará a través de vestíbulo

de independencia. ¿Se puede acceder al ascensor desde el interior del vestíbulo o hay que hacerlo

después de la segunda puerta, tal y como hay que hacerlo en el caso de escalera especialmente

protegida?

Siempre se puede disponer el acceso al ascensor en el recinto de la escalera o en el vestíbulo de

independencia, pero las puertas del ascensor deben ser E305 en este último caso.

2_ Cuando hay una sola salida de planta en el garaje, ¿se puede salir por la rampa al espacio exterior

seguro y en qué condiciones?

4.-puerta peatonal propia de salida de ancho mínimo de 90cm.

3_ ¿Las puertas del vestíbulo de independencia deben abrir en sentido de la evacuación o hacia el

interior del mismo?

Las puertas que conectan los aparcamientos, locales de riesgo medio y alto con los vestíbulos de

independencia, deben abrir hacia el interior del vestíbulo de independencia. Las restantes puertas no

tienen esta obligación a no ser que por causa de número de personas a evacuar deban abrir en el sentido

de evacuación.

4_ ¿Es obligatoria la ventilación e iluminación natural del núcleo de comunicación en un edificio de

viviendas de 4 plantas?

No es obligatoria, es una posibilidad más que conlleva la obligatoriedad de unos mínimos de iluminación

natural en cada planta atendiéndonos a lo expuesto en las DC-09.

5 Para más detalles ver apartado 4 del punto 1 del DB-SI1

Condiciones que se han de cumplir para poder hacerlo:

1.-distancia máxima de 35m desde la puerta de salida a cualquier punto del garaje.

2.-pendiente máxima de la rampa de 18%.

3.-paso peatonal propio de ancho mínimo de 80cm separado de la zona de rampa de tránsito de vehículos,

y habrá de estar claramente señalizado en el pavimento o/y con resalte o escalón respecto a la rampa.

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En caso de utilizar ventilación mecánica no sería necesaria dicha iluminación natural y habría que ceñirse

a lo expuesto en el DB-SI.

5_ Según el DB-SI… ¿hay alguna limitación de superficie para sectorizar aparcamientos vinculados a un

edificio de viviendas?

No. Según DB-SI no hay límite de superficie para sectorizar aparcamientos (a excepción de los robotizados

que se limitan a 10.000m2). No obstante, conviene puntualizar que normalmente se suelen sectorizar

aparcamientos en virtud de normativas municipales o las propias recomendaciones de bomberos.

6_ A la hora de implantar ascensor en un edificio existente es necesario reducir el ancho de la escalera

¿Cuál es el ancho mínimo que ésta puede alcanzar?

Según las DC-09, capítulo IV: rehabilitación (Artículo 25, apartado c)

En las escaleras que sean paso necesario desde la vía pública a las viviendas de un edificio, o a los

espacios de uso común y que para la instalación de ascensor sea necesario modificar la anchura

de la escalera, ésta podrá reducirse hasta 0,80 m.

Según SUA: Tabla 4.1 Escaleras de uso general. Anchura útil mínima de tramo en función del uso

(1) En edificios existentes, cuando se trate de instalar un ascensor que permita mejorar las condiciones de accesibilidad para personas con discapacidad, se puede admitir una anchura menor siempre que se acredite la no viabilidad técnica y económica de otras alternativas que no supongan dicha reducción de anchura y se aporten las medidas complementarias de mejora de la seguridad que en cada caso se estimen necesarias.

Por otro lado, se considera que un ancho de 80cm es el mínimo necesario para que los bomberos, junto al

equipo que llevan a la espalda, puedan acceder a las viviendas

7_ Quería preguntar en qué consisten el sistema de presión diferencial y el sistema de ventilación por

conductos que el CTE DB-SI permite para ventilar escaleras protegidas, así como el método para calcular

ambas opciones (sección de conductos, presión, etc.).

Puedes informarte de la presión diferencial en los comentarios del DB-SI así como de las secciones de

ventilación exigibles para los conductos. No obstante, todo ello está descrito en la UNE EN-12101-6 (parte

6). Por otro lado, en la tabla Excel adjunta se calcula la sección útil que requiere cada uno de los conductos

(impulsión y extracción) para la ventilación del núcleo.

8_ ¿Puede la escalera general de un edificio no tener ventana en una de sus plantas o descansillos?

Si no se dispone de ventana en una de las plantas (de al menos 1 m2 libre para ventilación), de acuerdo

con el DB SI se deberá disponer de un sistema de presurización al conjunto de la escalera.

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9_ Una unifamiliar aislada (PB+P1, sin sótano ni aparcamiento ni locales de riesgo especial) ¿es un

sector de incendios único o no puede considerarse sector de incendios?

De acuerdo al DB-SI, no tiene sentido hablar de sector de incendios en una vivienda unifamiliar.

“Una vivienda unifamiliar nunca precisa tener sectores de incendio en su interior. Los locales de riesgo

especial que pueda contener se deben compartimentar conforme a lo que se indica en SI 1, tabla 2.2”

(versión con comentarios del DB-SI/ pág. 18)

“Definición de sector de incendios: Espacio de un edificio separado de otras zonas del mismo por elementos

constructivos delimitadores resistentes al fuego durante un período de tiempo determinado, en el interior

del cual se puede confinar (o excluir) el incendio para que no se pueda propagar a (o desde) otra parte del

edificio” (Anejo A. Terminología del DB-SI).

No obstante, y desde mi punto de vista, sí que sería buena práctica aplicar a la envolvente de la vivienda

los condicionantes y limitaciones constructivas exigidas a un sector de incendios.

10_ ¿Cómo se puede resolver la salida de un local de riesgo especial que necesariamente se realiza a

través de un vestíbulo de independencia de una escalera especialmente protegida? (ver dibujo 1) ¿Sería

suficiente con disponer puertas de EI de modo que se creara un vestíbulo previo antes de llegar al de la

escalera especialmente protegida? (ver dibujo 2)

Según el caso que planteas y suponiendo que el local de riesgo necesite sectorización, la solución

correspondiente al dibujo 2 sería la que cumpliría con el DB SI, puesto que una escalera especialmente

protegida ha de tener su propio vestíbulo previo, mientras diferentes sectores pueden compartir el

vestíbulo previo.

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11_ En un edificio plurifamiliar ¿se puede partir la meseta de la escalera principal por la mitad para

generar un peldaño?

Según apartado 3 del punto 4.1 del SUA1, en el caso de escaleras de uso restringido: “Podrán disponerse

mesetas partidas con peldaños a 45º y escalones sin tabica…” (por ejemplo, en el caso de viviendas

unifamiliares).

Sin embargo, en el caso de escaleras de uso general, el apartado 4.2.2 del SUA1 expone que “excepto en

los casos admitidos en el punto 3 del apartado 2 de esta Sección, cada tramo tendrá 3 peldaños como

mínimo”. Por otro lado, en el apartado 2 del punto 4.2.3 “mesetas”, se comenta que “Cuando exista un

cambio de dirección entre dos tramos, la anchura de la escalera no se reducirá a lo largo de la meseta

(véase figura 4.4). La zona delimitada por dicha anchura estará libre de obstáculos y sobre ella no barrerá

el giro de apertura de ninguna puerta…”.

En el caso de escaleras de uso general, al no especificarse claramente la posibilidad de mesetas partidas,

y al entender como “obstáculo” la existencia de un peldaño aislado, podemos determinar que,

efectivamente para escaleras de uso general no se admiten mesetas partidas ni peldaños aislados.

Jorge López, Departamento ATA