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Año 10, núm. 106, febrero 2017 ISSN: 2007-1280 XXIV Aniversario de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México El rechazo al migrante centroamericano Fuerza Armada y derechos humanos en México A , El Congreso Constituyente y la participación mexiquense A Vasconcelos, el promotor cultural de la Revolución mexicana

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Año 10, núm. 106, febrero 2017 ISSN: 2007-1280

XXIV Aniversario de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México

El rechazo al migrante centroamericano

Fuerza Armada y derechos humanos en México

A , El Congreso Constituyente y la participación mexiquense

A Vasconcelos, el promotor culturalde la Revolución mexicana

1 Editorial

2 XXIV Aniversario de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México

5 El rechazo al migrante centroamericano

8 Fuerzas Armadas y derechos

humanos en México

12 AL PIE DE LA LETRA, TUS DERECHOS

El Congreso Constituyente

y la participación mexiquense

14 ACORDES Y LETRAS Vasconcelos, el promotor cultural de la Revolución mexicana

EntérateContenido

Fechas signifi cativas de febrero

4 A propósito del Día Mundial contra el Cáncer. La preven-ción y la detección temprana son fundamentales para detener el alarmante aumento de la incidencia de esta enfermedad.

5 Centenario de la Constitución Política de los Estados Uni-dos Mexicanos, máxima ley de México que reconoce que todas las personas gozarán de los derechos humanos, así como de las garantías para su protección.

6 En el marco del Día Internacional de Tolerancia Cero con la Mutilación Genital Femenina, se destaca que dicho acto refl eja una desigualdad entre los sexos muy arrai-gada y constituye una forma extrema de discriminación contra mujeres y niñas.

13 Aniversario de la Comisión de Derechos Humanos del Es-tado de México, organismo público autónomo orientado a la promoción y defensa de la cultura de los derechos humanos.

20 De acuerdo con las Naciones Unidas, la celebración del Día Mundial de la Justicia Social busca apoyar la labor de la comunidad internacional encaminada a erradicar la pobreza y promover el empleo pleno y el trabajo decente, la igualdad entre los sexos y el acceso al bienestar social y la justicia social para todos.

21 El Día Internacional de la Lengua Materna fue procla-mado por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO); anualmente, esta fecha tiene como fi n promover el multilingüismo y la diversidad cultural.

Participa con nosotros, envía tu artículo al correo-e:

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Te invitamos a conocer las instalaciones de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, a través de las visitas guiadas.

Contáctanos al 2360560 exts. 154 a la 156.

Comisión de Derechos Humanos

Editorial

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México celebra su XXIV aniversario; por ello, en este número se exponen tanto los ordena-mientos que crean y dan fundamento legal a la institución, como las

acciones más trascendentes que hasta el momento han realizado quienes asumieron el cargo de comisionados o presidentes durante su gestión.

Asimismo, se aborda el tema de los migrantes, quienes además de sufrir in-numerables tipos de violaciones a sus derechos, son estigmatizados tanto por las autoridades como por la ciudadanía, pues se les victimiza o se les consi-dera personas peligrosas en lugar de que se les brinde apoyo. Asimismo, se escribe sobre el papel que ha desempeñado el Ejército mexicano desde hace diez años que salió a las calles para fortalecer la seguridad y hacer frente al narcotráfico; específicamente, se plantean los riesgos de la instauración de la Ley de Seguridad Interior que actualmente tiene el carácter de iniciativa y está próxima a analizarse en la Cámara de Diputados federal.

A propósito del centenario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en “Al pie de la letra, tus derechos” se menciona cómo se creó el Congreso Constituyente, con qué fin y quiénes lo integraron; asimismo, se destaca la participación de algunos mexiquenses que aportaron mucho a éste y a la conformación de los artículos de la Constitución.

Finalmente, en la sección “Acordes y letras” se abordará uno de los perso-najes destacados en la historia y el desarrollo de México y cuyo nacimiento se conmemora en febrero, José Vasconcelos. Este personaje fue promotor de la educación, político y escritor poco valorado en la literatura mexicana; por lo que en el presente número se expondrá una breve reseña del libro La sonata mágica, compilación de textos que tratan, entre otros temas, sobre la justicia y la ética.

XXIV Aniversario de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México

Eduardo Castro Ruiz

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México en febrero de 2017 cumplió 24 años al servicio de los habitantes de la entidad y de quienes transitan por ésta. A partir de 1993 se promueve y difunde la cultura de los derechos fundamen-tales, y quienes lo han presidido han tenido la responsabili-dad de representar la digna figura del ombudsman.

El 20 de octubre de 1992 se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México Gaceta del Gobierno, la ley que crea la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, como un organismo público autónomo de carácter permanente, con personalidad jurídica y patrimo-nio propios, con la responsabilidad de proteger los derechos humanos de los habitantes del Estado de México, así como de los mexicanos y los extranjeros que se encuentren en su terri-torio, la cual entró en vigor el 21 de octubre de ese año.1

De acuerdo con antecedentes históricos y testimonios de ser-vidores públicos que formaron parte de la plantilla inicial de esta defensoría de habitantes en los primeros días de febrero de 1993 se comenzó a brindar servicio de manera oficial al público y a celebrar el aniversario de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México en febrero sin tener una fecha específica.

Debido a la importancia de contar con una fecha cierta para celebrar la apertura de este organismo, el Consejo Consultivo de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, en la segunda sesión ordinaria realizada el 14 de febrero de 2013, aprobó el acuerdo 2/2013-09, por el cual se declaró el 13 de febrero como Aniversario de la creación de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México.

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1 El decreto del 28 de enero de 1992 adicionó al artículo 102 Constitucional un apartado B, ordenando que las legislaturas de los estados dispondrían de un año a partir de la publicación de referencia, para establecer los organismos de pro-tección a los derechos humanos de las entidades federativas y en ese entonces el Distrito Federal.

3XXIV Aniversario de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México

Durante estos 24 años de gestión, esta defensoría de habitantes ha con-tado con seis titulares:

Mireille Roccatti Velázquez (1993-1997)

Durante su gestión se crearon diversos programas en pro de la de-fensa, la capacitación y la atención a la ciudadanía mexiquense. Estableció la base de la estructura organizacional de la Comisión; en la planeación de este organigrama implementó el programa de supervisión al sistema penitenciario por lo que se instauró la Visi-taduría Especial de Atención al Sistema Penitenciario. Identificó y determinó la protección de los derechos de gru-pos vulnerables: niños, mujeres, indígenas, campesinos, entre otros, e impulsó la promoción, la observación, el estudio y la di-vulgación de los derechos humanos a partir de, entre otras accio-nes, la firma de convenios con dependencias gubernamentales e instituciones educativas.

Miguel Ángel Contreras Nieto (1997-2001)

En esta administración se instauraron nuevas visitadurías regiona-les, ubicadas en los municipios de Naucalpan de Juárez, Ecatepec de Morelos, Nezahualcóyotl y Tejupilco, además, en Toluca se creó la Primera Visitaduría General y se implementó el Programa de Aten-ción a la Familia, la Mujer y la Infancia (Profamin), se integraron los Círculos de Mujeres y las Brigadas Estudiantiles, se incrementaron ca-pacitaciones, foros, talleres, pláticas, conferencias, seminarios y con-gresos, tanto en el sector público como social; fueron aprobadas por la LIII Legislatura local y publicadas en el periódico oficial Gaceta del Gobierno, la Ley que crea el Centro de Atención para las Víctimas del Delito en el Estado de México y la Ley para la Protección e Integra-ción al Desarrollo de las Personas con Discapacidad en el Estado de México, mismas que como parte de la innovación y con el objetivo de hacer uso de las tecnologías de la información y la comunicación, se publicó la página institucional en internet y se inauguró la biblio-teca de este organismo.

Miguel Ángel Osorno Zarco (2001-2005)

En este periodo se incrementó la demanda de los servicios, por lo que se planeó la construcción del nuevo edificio en el que la Comisión de Derechos Humanos mexiquense tendría su sede, se crearon departamentos especia-lizados para la atención en los ámbitos psicológico, trabajo social, medicina legal, control y seguimiento de acuerdos y quejas; se fomentó la cultura de respeto a la equidad de género, a la ecología y a la salud; asimismo, se llevaron cabo campañas permanentes para la difusión, la capacitación, la divulgación y la promoción de los derechos humanos.

Jaime Almazán Delgado (2005 a 2009)

Durante su gestión se promovió ante la Legislatura del Estado de México la modificación de leyes vinculadas con la defensa y la igualdad de mujeres, niños, adultos mayores y personas con discapacidad; así como de refor-mas para fortalecer las acciones de los defensores municipales en derechos humanos, se desarrollaron y se implementaron los programas: Visitaduría Itinerante, Atención a los Pueblos Indígenas y Atención a Migrantes; se fir-mó un convenio con la Universidad Autónoma del Estado de México, para la coedición el díptico sobre no-violencia activa (Ahimsa), se impulsaron e incrementaron programas como “Círculos familiares”, “Círculo de mu-jeres”, “Brigadas estudiantiles”, “Jornadas comunitarias”, actividades so-cioculturales y donaciones en conjunto con otras instituciones, así como, apoyo al programa “Bienvenido Paisano”; asimismo, se impulsaron pro-gramas de profesionalización para que el personal brinde una mejor y espe-cializada atención a la población de la entidad.

Marco Antonio Morales Gómez (2009-2015)

Este periodo se caracterizó por el fortalecimiento de una mayor promoción, difusión y divulgación de los derechos humanos entre los ciudadanos que habitan la entidad mexiquense, así como de quienes transitan por este te-rritorio, se llevaron a cabo foros, conferencias, mesas de trabajo, jornadas comunitarias, jornadas de salud, coloquios y presentaciones de libros que abordaron temáticas de suma importancia en nuestra materia. Durante esta gestión se abrieron nuevas visitadurías adjuntas re-gionales, ubicadas en los municipios de Lerma, Ixtapan de la Sal, Valle de Bravo, Texcoco y Zumpango; se elaboraron el plan y programas de estudio de especialidad, maestría y doctorado, enfocados en crear el Centro de In-vestigación y Docencia en Derechos Humanos para promover y difundir la investigación y el conocimiento en esta materia.

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5XXIV Aniversario de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México

Eduardo Castro Ruiz

Servidor público adscrito a la Unidad Jurídica y Consultiva de la Codhem.

Aún queda un largo camino que seguir en la promoción, la defensa y la protección de los

derechos humanos de los habitantes del Estado de México; por ello, cada día se trabaja para

cumplir con los objetivos planteados.

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México es pione-ra al proponer y llevar a la práctica el uso de la mediación y la conciliación como medio alternativo para la solución de confl ictos, siempre y cuando no impliquen la omisión o violación no grave de los derechos humanos.

Baruch F. Delgado Carbajal (2015-a la fecha)

Ha fortalecido la cultura de respeto a los derechos humanos como objetivo prioritario en la defensoría de habitantes mexiquense, impulsando activi-dades encaminadas a ampliar la cobertura y el impacto de la capacitación en la materia. En este sentido, se imparte la especialidad en derechos hu-manos dirigida a los servidores públicos de los tres ámbitos de gobierno. Por otra parte, se han propuesto reformas en materia de derechos humanos con el fi n de armonizar el marco jurídico estatal, se publicaron la primera y segunda edición del Catálogo para la califi cación de violaciones a derechos humanos, documento orientativo-normativo que permite ho-mologar criterios para la califi cación y la clasifi cación de quejas. En lo que se refi ere a las Recomendaciones, en 2016, uno de los principales puntos recomendatorios que se señalan en este documento es la de implementar medidas integrales de reparación a favor de las víctimas de violaciones a derechos humanos, la restitución, la rehabilitación, la com-pensación, la satisfacción y las medidas de no repetición. Se realizó el mural “El reconocimiento de los derechos humanos”, obra que refl eja el recono-cimiento de los derechos primigenios a partir de dos perspectivas: las viola-ciones cotidianas a las prerrogativas fundamentales y el estado ideal del ser humano en el que se le respetan sus derechos, objetivo de esta defensoría de habitantes.

Fuente consultada

Codhem (Comisión de Derechos Humanos del Estado de México) disponible en: http://www.codhem.org.mx, consultado en: enero de 2017.

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Durante la primera década del siglo XXI, se ha acentuado el fenóme-no de la migración y, con ello, de forma paralela emergen situaciones como la desigualdad, la pobreza, la violencia, la superveniencia y la marginación, las cuales se traducen en vulnerabilidad.

Ahora bien, existen diversos instrumentos internaciona-les que consideran la migración como un derecho humano. Al respecto, la Declaración Universal de Derechos Humanos enuncia, en su artículo 13, que “toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado. Toda persona tiene derecho a salir de cual-quier país, incluso del propio, y a regresar a su país”.

Por su parte, la Convención Americana sobre Derechos Hu-manos, la Convención Internacional para los Trabajadores Migratorios y sus familias —al igual que los protocolos como el referido en la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional— puntualizan y consagran el derecho a la migración, su protección, se-guridad, regulación y reconocimiento.

De tal modo que si jurídicamente existe un sinfín de ins-trumentos y disposiciones legales internacionales, nacio-nales y locales, así como el compromiso de las autoridades en diversos ámbitos, ¿por qué niños, adolescentes, mujeres, jóvenes y adultos mayores sufren violaciones al ejercicio

Iván Hernández PérezRafael Chacón Villagrán

El rechazo al migrante centroamericano

7El rechazo al migrante centroamericano

de sus derechos fundamentales al desplazarse de un país a otro? ¿Por qué migrar se vuelve un tor-mento? Cientos de circunstancias podrían dar respuesta a estas interrogantes perennes; sin em-bargo, no son, ni por equivocación, justificables.

De acuerdo con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en su boletín de prensa del 18 de diciembre del 2016, resaltó que “Cada vez con mayor frecuencia, los migrantes están siendo acusados del aumento de la criminalidad, el terro-rismo y el desempleo, sin suministrar datos esta-dísticos que prueben este tipo de afirmaciones”.

Quizá este contexto de violencia e inseguridad que ahora vivimos ha provocado que no se repi-tan aquellos actos solidarios de los tiempos de la Guerra Civil, cuando México apoyó a 21,000 per-sonas proporcionándoles asilo o a los miles de re-fugiados del centro y sur de América que llega-ron a nuestro territorio cuando escapaban de las dictaduras militares de sus países; sin embargo, la hospitalidad no ha sido una constante, entre 2007 y 2010 la cifra de migrantes muertos, se-cuestrados, deportados, maltratados o violen-tados ha aumentado considerablemente, y esto nos permite conjeturar que el tipo de trato que reciben los migrantes en México, actualmen-te, dista de ser cordial y generoso.

Así, respecto a la migración existen dos puntos de vista, aquellos en los que se les victimiza y otros en los que

se les considera peligrosos, circulan acusaciones que se propagan por los sitios a los que llegan los migrantes, de tal modo que generan entre la población miedo y rechazo, tal es el caso del albergue que en 2012 se construyó en Tultitlán, Estado de México —municipio al que llegan los migrantes en tránsito centroamericanos que vienen a bordo del tren de carga denominado la Bestia, cuyo destino es Estados Unidos—, éste tuvo que ser reubicado en Huehuetoca, pues entre los vecinos se divulgaron algunos ru-mores que relacionaban a los migrantes con de-litos como robo, violaciones, corrupción, venta y consumo de droga, entre otros.

Cabe comentar que las casas de migrantes son lugares en los que se les provee de alimentos y un techo en donde pasar la noche que les per-mita descansar y continuar con su camino, además de protegerlos de los fenómenos na-turales, también los aguarda de los peligros; esta casa que funciona en Huehuetoca es admi-nistrada por la Diócesis de Cuautitlán y cuenta con el apoyo municipal y estatal, así como por organizaciones de la sociedad civil, como Soy Migrante, Cultura Migrante, Colectivo Ustedes Somos Nosotros, Fundación Caminos de Ayuda

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Iván Hernández Pérez

Defensor municipal de derechos humanos de Coyotepec

Rafael Chacón Villagrán

Defensor municipal de derechos humanos de Tultitlán

Fuentes consultadas

Barrera, J. M., “Clausuran albergue de migrantes en Tultitlán”, El Universal, 25 de abril de 2012.

Organización de los Estados Americanos (OEA), Comisión Interamericana de Derechos Humanos. disponible en: http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2016/190.asp, consultada en: enero 2016.

Organización de las Naciones Unidas (ONU) (1948), Declaración Universal de los Derechos Humanos, disponible en: http://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/ , consultada en: diciembre de 2016.

Morales, J. (2015), Derechos de los migrantes en el sistema interamericano de derechos humanos, México, Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Unidad de Política Migratoria, Boletín mensual de estadísticas migratorias 2015, disponible en: http://www.pol it icamigratoria.gob.mx/work/models/SEGOB/CEM/PDF/Estadisticas/Boletines_Estadisticos/2015/Boletin_2015.pdf, consultado en: diciembre de 2016.

Coacalco, Movimiento Migrante Mesoamericano y la Universidad Iberoamericana. No obstante, los problemas a los que se enfrentan los albergues obligan a las personas que los administran a dejar de proporcionar el apoyo por evitar problemas con los vecinos.

Ante esta situación, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH, 2016) “llama a los Estados de la región a adoptar medidas para pre-venir todo tipo de discursos y apologías al odio tendentes a incitar a la violencia o cualquier otro

tipo de acciones ilegales contra personas mi-grantes, refugiados y apátridas”, ya que actual-mente existen más de 63 millones de migrantes internacionales en los países de América.

La solución al problema de migración es di-fícil de resolver, pues es tanto como pedirle a las personas que se queden en sus lugares de origen, no obstante, y aunque las causas de la migración son diversas, los peligros a los que se exponen son graves, de tal modo que, las accio-nes que nos corresponden como ciudadanos es orientarlos para que acudan a centros especiales para su protección, al mismo tiempo, es oportu-no que los municipios en los que existe presencia migrante consideren a este sector en las políti-cas públicas para procurarles protección y que de esta manera sus derechos humanos no sean vulnerados.

Iván Hernández Pérez

Defensor municipal de derechos humanos de Coyotepec

Rafael Chacón Villagrán

Defensor municipal de derechos humanos de Tultitlán

9Fuerzas Armadas y derechos humanos en México

Diez días después del acto de investidura, de Fe-lipe Calderón Hinojosa como el jefe del Ejecutivo federal, anunció un operativo del ejército contra el crimen organizado que azotaba de manera es-trepitosa a Michoacán, en donde se contabilizaron aproximadamente 500 asesinatos entre los miem-bros de los diversos cárteles del narcotráfico.

En consecuencia, el denominado “Operativo Conjun-to Michoacán” consistió en facultar al Ejército, a las Fuer-zas Armadas, a la Policía Federal y a la Marina Armada de México para resolver los problemas generados por la delincuencia organizada, como medida de respuesta a los insuficientes elementos de policía estatal y municipal.

No obstante a pesar de las diferentes investigaciones respecto a la presencia de las Fuerzas Armadas en torno a la seguridad pública, el artículo 129 de la Cons-titución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) señala lo siguiente:

En tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar. Solamente ha-brá Comandancias Militares fijas y permanentes en los castillos, fortalezas y almacenes que dependan inmediatamente del Gobierno de la Unión; o en los campamentos, cuarteles o depósitos que, fuera de las poblaciones, estableciere para la estación de las tropas.

Por otra parte, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con base en un ejercicio de interpretación, ha sostenido por medio de la tesis jurisprudencial P./J. 38/2000 que el artículo 129 constitucional autoriza que las Fuerzas Arma-das puedan actuar en auxilio de las autoridades civiles, cuando éstas solici-ten el apoyo de la fuerza con la cual disponen. En ese sentido, el Ejército está constitucionalmente facultado para actuar en materia de seguridad pública, en auxilio de las autoridades competentes. Asimismo, cabe señalar que de

Fuerzas Armadas y derechos humanos en México

José Antonio de León González

esa interpretación, también se instituye que el presidente de la república podrá disponer de dichas fuerzas a favor de la seguridad interior, sin que exista un estado de suspensión de garantías para que se vean en la necesidad de interve-nir, puesto que pueden existir diversas situaciones que no justifiquen el estado de emergencia, pero que sí pongan en pe-ligro o agudicen la seguridad interna, de-sarrollando su ejercicio a las disposiciones constitucionales y legales aplicables.

Desafortunadamente, a 10 años de que las Fuerzas Armadas fueran desplega-das en apoyo a las tareas de seguridad pública, si bien es cierto que existen innumerables bajas tanto en el cri-men organizado como en el ejército; también lo es que los miembros del fuero castrense se han involucrado en la comisión de delitos y violaciones a derechos humanos contra civiles, ca-sos documentados por las autoridades gubernamentales que se encuentran en etapa de investigación.

En 2016, el secretario de la Defensa Na-cional (Sedena), general Salvador Cien-fuegos, advirtió que el Ejército no debía estar más en las calles, en virtud de que su entrenamiento no había sido conce-bido para luchar contra la delincuencia, sino para responder a las amenazas del exterior; aunado a ello, hizo un llamado de atención a los legisladores federales, señalando que en caso de continuar la lucha contra el crimen organizado, se requiere de un marco legal para que las

fuerzas armadas puedan llevar a cabo esas tareas de seguridad pública.

De igual forma, en septiembre y no-viembre del año pasado se presentaron al Congreso de la Unión dos iniciativas para la creación de una Ley de Seguri-dad Interior que, entre sus generali-dades, detallan el procedimiento para que las Fuerzas Armadas continúen ejerciendo labores civiles de seguri-dad, además de facultarlas para recibir denuncias, llevar a cabo detenciones, cateos y aseguramientos, tomar de-claraciones y hacer entrevistas o inte-rrogatorios a testigos.

Dicha situación alarma a distintas or-ganizaciones de la sociedad civil, así como a defensores de derechos hu-manos, pues consideran que una ley de ese tipo no regula por completo la actuación de los cuerpos militares, sino que los faculta para llevar a cabo un sinnúmero de acciones que, debido a su naturaleza, requieren ser realiza-das por otras instituciones. Asimismo, consideran que el uso de las Fuerzas Armadas en el combate a grupos cri-minales y en actividades propias de la seguridad pública muchas veces resulta en graves violaciones a dere-chos humanos, tales como la tortura, la desaparición forzada y la ejecución extrajudicial.

En ese sentido, según estudios de la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA por sus si-

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11Fuerzas armadas y derechos humanos en México

glas en inglés), se señaló que entre 2012 y 2016, hubo 6182 casos de delitos y viola-ciones a derechos humanos, perpetrados por miembros de las Fuerzas Armadas, los cuales se encuentran en investiga-ción y pendientes de resolverse; sin em-bargo, frente a ese número, sólo existen 29 sentencias penales emitidas por jue-ces federales.

En consecuencia, la creación de un nue-vo marco jurídico legal que delimite las facultades de las fuerzas armadas y vigile que su actuar no atente contra los dere-chos humanos, enfrenta tres obstáculos:

1. Ausencia de reformas legales sólidas y eficaces

En 2014, se llevó a cabo una reforma al Código de Justicia Militar, al enton-ces vigente Código Federal de Pro-cedimientos Penales y a la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, como antecedente a la propuesta de una Ley de Seguridad Interior. Dichas modificaciones pretendían restringir la jurisdicción militar y anular el fue-ro castrense, bajo el argumento de que aquellos casos de violaciones a dere-chos humanos cometidas por miem-bros de las fuerzas armadas en contra de civiles no podían estar sujetos a un ámbito especial, sino que requerían ser juzgados por tribunales civiles u ordi-narios, armonizando la legislación a los estándares internacionales.

En virtud de ello, este tipo de investigacio-nes se encuentran con dilaciones a causa de los trámites excesivamente burocráticos y, al mismo tiempo, carentes de transparen-cia. Asimismo, los responsables continúan sujetándose a la jurisdicción militar, por lo que se impide que las pesquisas se vuelvan rápidas y efectivas.

2. La investigación de casos que involucran a soldados no es prioritaria

La mayoría de las investigaciones se ha enfocado en analizar aquellas faltas de índole castrense, es decir, conductas que contravienen la disciplina militar; por lo que las violaciones a derechos humanos pasan a segundo plano. De igual manera y atendiendo a la naturaleza de esa institu-ción, relativa a las relaciones de subordina-

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Fuentes consultadas:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dis-ponible en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_050217.pdf, consultado en: febrero de 2017.

SCJN (Suprema Corte de Justicia de la Nación) (2000), Jurispru-dencia constitucional P./J. 38/2000, Semanario Judicial y su Gaceta, novena época, tomo XI, abril de 2000, p. 549.

SRE (Secretaría de Relaciones Exteriores) (2014), Boletín in-formativo “Se reforma en México el Código de Justicia Militar”, núm. 54, disponible en: https://embamex2.sre.gob.mx/eua/images/pdf/boletines/019_Boletn_54_es-panol.pdf, consultado en: febrero de 2017.

José Antonio de León González

Servidor público adscrito a la Visitaduría General Toluca de la Codhem.

ción que existen entre mandos superiores y soldados, no se pueden delimitar ni deslin-dar responsabilidades a autoridades de altos rangos, debido al cumplimiento en órdenes para la ejecución de ciertas acciones que, posteriormente, pudieran constituirse en delitos o violaciones a derechos humanos.

3. La falta de un marco legal completo accesorio a la materia

La creación de disposiciones legales que incluyan una regulación sobre las facultades que poseen las fuerzas arma-das respecto a tareas de seguridad pú-blica debe conllevar un análisis crítico acerca del impacto que produciría su permanencia en las calles, en atención a los índices de violencia y a los casos de violaciones a derechos humanos, los cuales se han incrementado.

Tras lo descrito anteriormente, la discu-sión legislativa debe estar encaminada a fortalecer todos los instrumentos re-lativos a este tema, como por ejemplo aquellos cuerpos que pretendan elimi-nar y sancionar de manera apropiada la corrupción; o bien, respecto a realizar acciones para lograr la reestructuración, la profesionalización y la capacitación de las policías locales, hecho favorable para que los miembros de las Fuerzas Ar-madas vuelvan a los cuarteles; también es preciso fortalecer los mecanismos de transparencia en la actuación de las Fuerzas Armadas; pero sobre todo, que la normativa de seguridad interna con-sidere el respeto a los derechos humanos en todos los sentidos, con el fin de que la autoridad no pueda prohibirlos o res-tringirlos.

13Al pie de la letra, tus derechos

El Congreso Constituyente y la participación mexiquenseEl Congreso Constituyente y la participación mexiquense

Rafael Chacón Villagrán

Con el fi n de conducir al país al orden legal, Ve-nustiano Carranza1 impulsó la idea de convocar a un Congreso Constituyente, el cual se caracterizó por la presencia de dos grupos: el de los progre-sistas o de izquierda, liderado por Obregón; y el de los moderados o de derecha, encabezado por Ca-rranza. Asimismo, éste se celebró en Querétaro el 1 de diciembre de 1916 al 31 de enero de 1917, para establecer las demandas sociales y los principios jurídicos surgidos de la Revolución mexicana, los cuales se materializaron con la promulgación de la Constitución, el 5 de febrero de 1917.

Para Carranza era posible obtener de la reforma un gobierno democrático, que desaparecieran las contradicciones y las omisiones, lograr una federación compuesta de Estados libres y so-beranos con base en la autonomía municipal; la verdadera independencia de los poderes y el respeto a las garantías individuales.

Por lo que convocó a trabajar en torno a este ideal, de modo que se fi jaron dos meses, perio-do en el cual se realizaron 66 sesiones. Además, se nombraron dos comisiones de Constitución debido a que en la primera el diputado Múji-ca “propuso se nombrara una segunda Comi-sión de Constitución o se ampliara la existente, confesando que la actual no podría dar cima a su tarea” (Diario de los debates del Congreso Constituyente 1916-1917).

La primera comisión se integró por los diputa-dos Colunga, Mújica, Monzón, Recio y Alber-to Román, la cual dictaminó el primer título “Garantías, proyecto que consistió en realizar 132 artículos y nueve transitorios, y la segun-da se conformó por Machorro Narváez, Medina, Jara, Méndez y Agustín Garza González, quie-nes se encargaron de elaborar el artículo 39, así como los sucesivos a éste.

1 Venustiano Carranza Garza (1859-1920). Fue empresario, militar y político mexicano; participó en la segunda etapa de la Revolución mexicana como Primer Jefe del Ejército Constitucionalista; posteriormente, se destacó por crear un Congreso Constituyente en Querétaro del cual se derivó la promulgación de la Constitución de 1917 y se le eligió como presidente de la República de 1917 a 1920.

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Esta nueva Constitución “trajo la protesta de Estados Unidos, ya que consideraban que los artículos 3, 27 y 123 lesionaban los intereses de los extranjeros, a ésta se sumó la queja de las compañías petroleras que veían afectados sus intereses ya que el go-bierno de Carranza trataba que los hidro-carburos quedaran bajo el dominio de la nación” (Cámara de Diputados, Congreso de la Unión), hecho que concretó más tarde el presidente Lázaro Cárdenas del Río.

En resumen, el poder constituyente es so-berano y temporal; representa al pueblo, y no tiene límites jurídicos. La participación del Estado de México en este congreso fue de gran importancia pues algunos de los integrantes dejaron un legado fundamental para el fomento de la justicia social. Algunos de ellos son:

Rafael Chacón Villagrán

Defensor municipal de derechos humanos de Tultitlán

Fuentes consultadas

Andrade, E. (2015), Derecho constitucional, México, Oxford.

Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, “Los Constituyentes abogados en el Congreso de 1916-1917”, disponible en: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/li-bros/8/3535/14.pdf, consultado en: enero de 2017.

Cámara de Diputados, Congreso de la Unión, “El congreso constituyente y la Constitución de 1917”, disponible en http://www.diputados.gob.mx/museo/s_nues3.htm, consultada en: enero de 2017.

Comisión Nacional para la celebración del Sesquicentenario de la pro-clamación de la Independencia Nacional y del Cincuentenario de la Revolución Mexicana, Diario de los debates del Congreso Constitu-yente 1916-1917, Comisión Nacional para la celebración del Sesqui-centenario de la proclamación de la Independencia Nacional y del Cincuentenario de la Revolución Mexicana, disponible en: http://www.constitucion1917.gob.mx/work/models/Constitucion1917/Re-source/251/1/images/debatesI.pdf, consultada en: enero de 2017.

Rousseau, J. (2014), “El Contrato Social”, México, Gredos.

Secretaría de Cultura “Venustiano Carranza convoca a un Congreso Cons-tituyente”, disponible en http://www.cultura.gob.mx/efemerides-del-dia/?numero=141#.WIkDlH1psbk, consultada en: enero de 2017.

Enrique A. Enríquez nació en Toluca, el 15 de julio de 1887. Realizó sus estudios profe-sionales en la Escuela de Jurisprudencia del propio estado.

Fue diputado propietario al Congreso Consti-tuyente por el XVI distrito electoral del Estado de México, participó en la elaboración del ar-tículo 27 constitucional, intervino, además, en los debates de los artículos 33 y 115.

José E. Franco nació en Otumba, el 19 de marzo de 1887 y en el Congreso Constitu-yente, representó a uno de los distritos del Estado de México.

Juan Manuel Giff ard nació en Cuautitlán, el 4 de agosto de 1889. Fue electo diputado al Congreso Constituyente por su pueblo natal.

Manuel A. Hernández nació en Otumba, el 9 de enero de 1885. Fue electo diputado su-plente al Congreso Constituyente en donde estuvo siempre en el grupo de las izquierdas, defendiendo los derechos de los obreros y campesinos.

Fernando Moreno nació en Toluca en 1883. En el Congreso Constituyente representó al distrito de Zinacatepec.

Guillermo Ordorica nació en Tenancingo, en 1874. Al triunfo de Venustiano Carranza, fue electo diputado por el distrito de Tenancingo y legislador constituyente. Entre otros cargos, se desempeñó como presidente de la Lotería Nacional en 1923.

15Acordes y letras

En febrero, se conmemora el nacimiento de uno de los precursores de la educación en México: José Vasconce-los, considerado por Octavio Paz como el “Gran poeta de América”, a quien por su labor emprendida se le dio el apelativo de “Maestro de América”.

Nació en Oaxaca el 27 de febrero de 1882; poco tiempo vivió en su tierra natal. Residió unos años en Piedras Negras, Coahuila. Viajó y conoció muchos lugares tan-to del país como del mundo. Durante un breve perio-do, de 1905 a 1908, ejerció como abogado. Participó en la Revolución mexicana; apoyando a los movimien-tos maderista y, posteriormente, al villista.

Fundó el “Ateneo de la Juventud” en 1909. Fue el pri-mer secretario de Educación Pública del país y titular del Departamento Universitario y Bellas Artes. Asimis-mo fue rector de la Universidad Nacional Autónoma de México y se le reconoce, entre otras acciones, por haber creado el lema y el emblema por los cuales se distingue esta institución.

Convencido de que con la educación se forjaría una nación mejor, José Vasconcelos publicó, editó, tradu-jo y distribuyó libros de manera gratuita a la pobla-ción, específicamente a quienes carecían de recursos económicos; asimismo, mandó construir escuelas,

acción con la cual el muralismo de pintores como Diego Rivera tuvo gran auge, pues quiso que en las paredes de esos recintos se plasmara arte.

Este político emprendió un programa de alfabetiza-ción; se interesó por poner en funcionamiento varias bibliotecas, ya que en México había pocas. Respecto de lo que decía sobre estos lugares, Krauze men-ciona que “Vasconcelos creía que la biblioteca com-plementa en muchos casos la escuela; en muchos casos la sustituye y en todos los casos la supera”.

Una de sus obras más conocidas es su serie auto-biográfica, integrada por seis títulos: Ulises criollo (1935), La tormenta (1936), El desastre (1938), El proconsulado (1939), La flama, Los de arriba y En la Revolución. Historia y tragedia (1959); de éstos sólo el primero es el más conocido e, incluso, Mariano Azuela y Xavier Villaurrutia lo calificaron como “el mejor libro de la Revolución Mexicana”.

No obstante, en 1933 se publicó un libro no tan conoci-do de este escritor mexicano en el cual se evidencia su dominio narrativo y su facilidad para abordar diversos temas: La sonata mágica; en este texto se percibe su autenticidad ya que Vasconcelos expresa tanto sus sen-timientos como sus vivencias más íntimas.

Vasconcelos, el promotor cultural de la Revolución mexicana

Vasconcelos, el promotor cultural de la Revolución mexicana

Dulce Thalía Bustos Reyes

Dulce Th alía Bustos Reyes

Servidora pública adscrita al Centrode Estudios de la Codhem.

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Fuentes consultadas

Cultura Colectiva (2013), “La SEP, Vasconcelos y su ideal democrático”, Cultura Colectiva, disponible en: http://culturacolectiva.com/la-sep-vasconcelos-y-su-ideal-democratico/, consultado en: febrero de 2017.

Krauze, E. (2010), “Vasconcelos: libros, aulas, artes”, Letras Libres, disponible en: http://www.letraslibres.com/mexico/vasconcelos-libros-aulas-artes, consultado en: febrero de 2017.

Proceso (2009), “Leer a Vasconcelos”, Proceso, disponible en: http://www.proceso.com.mx/83985/leer-a-vasconcelos, consultado en: febrero de 2017.

UNAM (Universidad Nacional Autónoma de México) (2015), “José Vasconcelos y la Universidad Nacional”, disponible en: http://www.fundacionunam.org.mx/rostros/jose-vasconcelos-y-la-unam/, consultado en: febrero de 2017.

Vasconcelos, J. (1950), La sonata mágica, Buenos Aires, Espasa-Calpe.

La sonata mágica es un libro conformado por relatos, re-fl exiones, ensayos y cuentos. El título se debe a uno de los textos que lo integran, el cual narra el proceso complicado de un pianista para crear una composición musical que maraville y deleite a quienes la escuchan, en específi co, a su círculo

de amigos —poetas, fi ló-sofos y artistas—; sin embargo, su

propósito no lo realiza por completo pues, cuando se dispone a tocar el piano, ocurre algo in-

esperado para todos: el protagonista muere.

De los cuentos que forman parte La sonata mágica destacan “El gallo giro”, “El fusilado”, “Es mejor fon-dearlos” y “Topilejo”. El primero narra la historia de Matías a quien, al igual que su compañero de celda, lo acusaron injustamente de querer matar al jefe ci-vil, motivo por el cual fue arrestado; años después, lo liberan y, al regresar a su pueblo descubre que, mien-tras estuvo preso, no sólo el jefe civil lo despojó de su libertad, sino también de su casa, su negocio y su

mujer, por ello, decide asesinarlo, este delito lo hace reingresar a la cárcel.

“El fusilado” es la historia de un hombre quien, ya muerto, narra cómo fue testigo del fusilamiento de sus compañeros y, al igual que ellos, asesina-do de la misma forma; asimismo, explica las re-acciones de quienes se enteraron de su deceso y, al mismo tiempo, da su visión de lo que representa la muerte para él: una libertad absoluta, sobre todo para su espíritu.

“Es mejor fondearlos” trata sobre un preso, quien añora salir de la cárcel; cuando él cree que recu-perará su libertad, los militares lo lanzan al agua con un grillete atado a su tobillo. A esa manera de eliminar a sus enemigos, los del ejército chileno le llamaban “fondear”; por recomendación de ellos, el Estado mexicano cambió el fusilamiento por esa si-lenciosa manera de matar.

“Topilejo” narra cómo un italiano presenció la muer-te de uno de sus amigos y la de otros de sus compa-ñeros de prisión; él logra salvar su vida porque acata la orden de los militares: matar a quien estaba a su lado, sin embargo, se vuelve loco por ver la manera en que el ejército asesinaba y, no conforme con ello, desmembraba a los cadáveres, motivo por el cual nunca denunció esos actos crueles.

Lo que tienen común estos cuentos es la denuncia de Vasconcelos por la violencia con la que actuaba el Estado mexicano a través del Ejército al privar injustamente de la vida y la libertad (derechos fun-damentales de todo ser humano) a quienes consi-deraba enemigos, sólo porque sus ideas o acciones contravenían con la forma de pensar del gobierno.

DH Magazine, año 10, número 106, febrero 2017 es una publicación mensual. © D.R. Comisión de Derechos Humanos del Estado de MéxicoDr. Nicolás San Juan número 113, colonia Ex Rancho Cuauhtémoc, Toluca, Estado de México, C. P. 50010, tel. (01722) 236 05 60.www.codhem.org.mx Número de autorización del Comité Editorial: CE/PP/04/17.Reserva de derechos al uso exclusivo número 04-2009-052610285300-102.ISSN: 2007-1280.

Baruch F. Delgado CarbajalPresidente

Ariel Pedraza MuñozDirector del Centro de Estudios

Zujey García GascaEditora

Jessica Mariana Rodríguez SánchezAsistencia editorial

Dulce Thalía Bustos ReyesCorrección de estilo

Deyanira Rodríguez SánchezDiseñadora e ilustradora

Colaboran en este número

Eduardo Castro RuizIván Hernández Pérez

Rafael Chacón VillagránJosé Antonio de León González

Dulce Thalía Bustos Reyes

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Comisión de DerechosHumanos del Estado de México

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