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1. ANÁLISIS INSTITUCIONAL
Por disposición constitucional, le compete a la Asamblea Legislativa (AL) ejercer el mandato
conferido por el pueblo, representándolo en el proceso de formación de leyes, normas
constitucionales, aprobación de convenios y tratados internacionales, mediante la discusión y
Dirección General de Presupuesto Nacional
ASAMBLEA LEGISLATIVA INFORME DE EVALUACIÓN ANUALEJERCICIO ECONÓMICO 2018
participación de los diferentes actores de la sociedad civil, así como la fiscalización del accionar a
los diferentes órganos que conforman el Estado costarricense, con el fin de establecer las
condiciones que propicien el desarrollo humano sostenible con justicia social.
Esta institución tiene la particularidad de que su actividad administrativa se rige por los acuerdos
tomados por el Directorio de la Asamblea de cada legislatura, que va del 1° de mayo de un año al
31 de abril del siguiente, lo cual difiere del periodo que se evalúa, así como con respecto a los
responsables de la ejecución del presupuesto, por cuanto en un mismo año participan dos
directorios legislativos distintos; por otra parte, en cuanto al cumplimiento de la razón de ser de la
institución, el proceso de formulación, discusión y aprobación de leyes se origina en propuestas
individuales o grupales que dependen del apoyo de mayoría en el Congreso o bien por la injerencia
del Poder Ejecutivo quien presenta iniciativas y define prioridades sobre proyectos de su interés.
Aunado a lo anterior, está la independencia de labores y votos que se da entre los bloques de
representantes de partidos políticos y de cada diputado en su accionar, así como del proceso que
sigue cada proyecto de ley en su deliberación, lo que impide que en materia legislativa sea factible
la elaboración de un plan y la fijación de metas de gestión relacionadas con la razón de ser de la
institución, por cuanto, de común acuerdo entre el Directorio Legislativo y el Ministerio de
Hacienda, el presente informe no constituye una evaluación respecto a un plan preestablecido, sino
un ejercicio de rendición de cuentas sobre la labor legislativa para el ejercicio 2018.
2. GESTIÓN FINANCIERA
El siguiente cuadro contiene los datos de los recursos autorizados y ejecutados para 2018, con
ingresos corrientes y de financiamiento (001 y 280).
Cuadro 1
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Asamblea LegislativaEjecución del Presupuesto 2018 por clasificación objeto del gasto
Al 31 de diciembre 2018(en millones de colones)
Partida Presupuesto Inicial 2018
Presupuesto Actual 2018
Presupuesto Ejecutado 2018
Porcentaje de Ejecución
TOTAL 36.715,0 36.715,0 31.706,7 86,4%
Recurso Externo - - - -
SUBTOTAL 36.715,0 36.715,0 31.706,7 86,4%
Remuneraciones 29.678,5 29.423,4 26.739,6 90,9%Servicios 3.820,5 3.792,5 2.699,3 71,2%Materiales 816,8 819,8 554,6 67,7%Intereses - - - - Activos Financieros - - - - Bienes Duraderos 1.597,4 1.597,4 1.060,3 66,4%Transf Corrientes 801,9 1.081,9 652,9 60,4%Transf de Capital - - - - Amortización - - - - Cuentas Especiales - - - -
Fuente: Sistema Integrado de Gestión de la Administración Financiera.
¹ Corresponde al presupuesto aprobado por la Asamblea Legislativa para el ejercicio presupuestario 2018.² Corresponde al presupuesto inicial incluyendo las modificaciones presupuestarias realizadas durante el 2018.³Se refiere al devengado, que es el reconocimiento del gasto por la recepción de bienes y servicios independientemente de cuando se efectúe el pago de la obligación.
Conforme al cuadro anterior, el nivel de ejecución de la Asamblea Legislativa para 2018 es inferior
en 4.6% al alcanzado en 2017 (91,1%).
A continuación se muestra un análisis de las partidas que obtuvieron porcentajes de ejecución
menor o igual a 90,0%.
Partida 1-Servicios (Ejecución 71,2%)
Al respecto la institución indica que, en el rubro de “Alquiler de edificios y terrenos”, se
presupuestaron recursos para cambio de precios en nuevos contratos y aumentos derivados de los
contratos que no vencían; no obstante, dichos recursos al final del ejercicio no se ejecutaron.
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Por otra parte, para el “Alquiler de equipo de cómputo” se presupuestaron ¢180 millones; no
obstante, se pagaron ¢131,4 millones, quedando en el disponible ¢48,5 millones.
En lo relativo al rubro de “servicios públicos”, se presentaron sobrantes y se generaron
principalmente por el desfase en el cobro de los servicios por parte de los prestatarios del mismo;
en particular se indica que, la institución migró los servicios de telefonía de un sistema analógico a
tecnología I.P, proyecto que sufrió contratiempos y rezagos en el pago, lo cual generó un
importante sobrante.
En lo relativo al rubro de “Información”, se menciona que el proyecto de comunicación integral al
ciudadano, que involucraba la trasmisión radial de las sesiones del plenario, televisión digital vía la
web del plenario y las comisiones legislativas, fue inicialmente retrasado y finalmente se pospuso
indefinidamente por parte del Directorio Legislativo por considerarse oneroso; lo cual generó un
sobrante significativo en este rubro. Al respecto, la institución indica como medida correctiva iniciar
el procedimiento administrativo para la contratación de una radioemisora en frecuencia modulada
de alcance nacional para las transmisiones del plenario y las comisiones plenas, cuyo plazo de
implementación se estableció en nueve meses a partir de la resolución de la Sala Constitucional
(dicho plazo vence en abril de 2019).
Respecto al rubro de “Impresión Encuadernación y Otros”, se generó un sobrante significativo; esto
debido al incumplimiento parcial del proveedor para el Escaneo de la Actas del Plenario.
En el caso de los rubros de “Servicios Económicos y Sociales” y “Mantenimiento de Edificios y
Locales”, las nuevas autoridades legislativas suspendieron la contratación de la consultoría para la
reorganización del departamento que atiende las Tecnologías de Información, esto en virtud de la
situación fiscal del país; por otra parte, se presentaron problemas y retrasos en la ejecución de las
diversas contrataciones en mantenimiento de las edificaciones.
Partida 2-Materiales y Suministros (Ejecución 67,7%)
En lo relativo al rubro de “Combustibles y lubricantes”, se generó un sobrante debido a que los
precios del combustible resultaron menores a los inicialmente proyectados (los señores diputados y
diputadas reciben una asignación de 500 litros de combustible al mes). Al respecto, como medida
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correctiva, la institución indica que resulta difícil de predecir las variaciones en el precio
internacionales del petróleo; así como, los factores macroeconómicos que en este inciden; no
obstante, se hará un esfuerzo para ajustarlo lo máximo posible en un plazo anual.
Por otra parte, respecto al rubro de “Alimentos y bebidas”, se produjo un sobrante, considerando
que se disponían recursos comprometidos y disponibles para hacer frente a las necesidades
institucionales derivadas de la discusión y aprobación de la Ley N° 9635, “Ley de Fortalecimiento
de las Finanzas Públicas”, no obstante, el Directorio Legislativo decidió disminuir dichos gastos.
Como medida correctiva, la institución menciona, mejorar la proyección de la demanda, así como la
coordinación entre el departamento encargado de tramitar los requerimientos y la Proveeduría,
todo lo cual se hará en un plazo anual.
Partida 5-Bienes Duraderos (Ejecución 66,4%)
En lo relativo al rubro de “Equipo y Mobiliario de Oficina”, la institución indica que logró adjudicar la
contratación de mobiliario de oficina por la suma de ¢90,0 millones; sin embargo, el recibo de parte
de los bienes se hizo el último día hábil del 2018; por lo que, debido al proceso de cierre del año,
no se pudo gestionar el pago respectivo.
Por otra parte, se menciona que el rubro de “Equipo y Programa de Cómputo” presenta un nivel
muy bajo de ejecución, esto debido, principalmente, a lo lento de los procesos de contratación. Se
menciona al respecto que, la adquisición de equipo de cómputo y de otros componentes quedó
adjudicada; pero, los equipos ingresarán a la institución durante el año 2019 por la suma de ¢147,3
millones. Como medidas correctivas, la institución menciona que coordinará el trámite de pago y
recomendará al Comité Permanente de Tecnologías de Información (COPETI), dar seguimiento a
la aprobación de presupuestos para procesos de adquisición de Tecnologías de información (TI).
Lo cual se hará durante el I trimestre 2019.
Partida 6-Transferencias corrientes (Porcentaje de Ejecución 60.4%)
En lo correspondiente al rubro de “Otras Prestaciones a Terceras Personas”, para el pago de las
incapacidades; la institución indica que el gasto presentó niveles muy inferiores a los observados
años anteriores.
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Por otra parte, respecto al rubro de “Prestaciones Legales”, el Directorio Legislativo modificó los
requisitos para que más funcionarios se acogieran al programa de movilidad laboral; no obstante,
la duración de diversas acciones no permitió ejecutar los recursos en los tiempos previstos,
impidiendo ejecutar casi la totalidad de los recursos incluidos vía modificación al presupuesto. Al
respecto, como medida correctiva se indica que, por tratarse de un tema resorte del Directorio
Legislativo, en cuanto a la metodología, requisitos y aprobación se refiere; se solicitará al Directorio
Legislativo de turno, considerar el tema de la disponibilidad de recursos presupuestarios y lo plazos
necesarios para su ejecución. Al respecto, el plazo de implementación será el II cuatrimestre 2019.
Modificaciones presupuestarias
Respecto a las modificaciones presupuestarias tramitadas, la institución indica que se realizaron
únicamente dos modificaciones al presupuesto institucional durante del año 2018, bajo los
Decretos Ejecutivos N° 40.995-H de abril y N° 41.409-H de noviembre; ambos para atender
necesidades puntuales y por un monto total de ¢504,2 millones.
Al respecto, la institución indica que, la primera se realizó para atender la contratación y pago de
servicios médicos (psicología) y, respecto a la segunda, los recursos se destinaron a cubrir
posibles faltantes en Servicios Públicos (por el cambio de la central telefónica a telefonía IP),
algunas otras subpartidas derivadas de la discusión del proyecto de Fortalecimiento de las
Finanzas Públicas (Tiempo extraordinario); asimismo para el impulso dado al proyecto de movilidad
laboral voluntaria (Prestaciones legales), recursos que por los tiempos no se ejecutaron, pero que
al 31 de diciembre se habían aprobado 40 solicitudes y plazas que deben ser eliminadas de la
relación de puestos.
3. RESULTADOS DE LA GESTIÓN
Conforme al Acuerdo de Directorio Legislativo tomado en Sesión Nº 104-2008, de 21 de mayo de
2008, artículo 45, fundamentado en un acuerdo previo con la Dirección General de Presupuesto
Nacional, a continuación se presenta básicamente un Informe de Resultados de carácter
informativo, con datos estadísticos de los proyectos o leyes aprobados, discutidos o desestimados
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durante el período y las sesiones de control político; así como, un resumen de los proyectos
tramitados durante el período, que la Dirección General de Presupuesto Nacional considera más
relevantes por el beneficio que se espera reciba la población.
Durante el 2018, ingresaron a la corriente legislativa 525 proyectos de ley, se aprobaron 133 leyes
y 674 proyectos de ley fueron desechados.
Asimismo, se realizaron un total de 753 sesiones en el plenario legislativo durante los períodos
extraordinarios y ordinarios comprendidos en el año 2018, con una duración total de 754 horas y 25
minutos, las cuales fueron transcritas en forma literal en su totalidad y constan en el Sistema
Integrado Legislativo (SIL).
De acuerdo con la información suministrada por la Asamblea Legislativa, con base en los registros
del SIL, se destaca lo siguiente:
Aprobación de leyes:
Ley Nº 9522, Aprobación de la enmienda al Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozonoEsta iniciativa fue presentada por el Poder Ejecutivo. El proyecto fue estudiado y discutido bajo el
expediente 20.380 y se aprobó el 5 de febrero de 2018. La Enmienda constituye un Acuerdo entre
las Partes para reducir el consumo y la producción de hidrofluorocarbonos (HFC), que son gases
que se utilizan con frecuencia para sustituir a las sustancias que agotan el ozono (SAO), y que, si
bien no inciden o dañan la capa de ozono, son poderosos gases de efecto invernadero que tienen
un importante potencial en el calentamiento global.
Ley Nº 9524, Fortalecimiento del control presupuestario de los órganos desconcentrados del Gobierno Central Esta iniciativa fue presentada por varios diputados. El proyecto fue estudiado y discutido bajo el
expediente 20.203 y se aprobó el 22 de febrero de 2018. Esta ley procura el control presupuestario
de los órganos desconcentrados de la Administración Central, y devuelve a la Asamblea Legislativa
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el control pleno de la aprobación del presupuesto, a través de la regulación por los procedimientos
aplicados a los ministerios a los que pertenecen estos órganos.
Ley N° 9531, Reforma de varios artículos de la Ley N° 7210, Ley de Régimen de Zonas Francas, de 23 de noviembre de 1990, y sus reformas, para promover la inversión y la generación de empleo de calidad en la región de occidente de Alajuela Iniciativa fue presentada por el diputado Arce Sancho. El proyecto fue estudiado y discutido bajo el
expediente 20.464 y se aprobó el 12 de abril de 2018. Establece que en los artículos 16 bis, 20
inciso g), 21 bis y 21 ter incisos d), g), h) e i) de la Ley N° 7210, Ley de Régimen de Zonas Francas
de 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; donde se lee Gran Área Metropolitana Ampliada
(GAMA) se sustituya por Gran Área Metropolitana (GAM), con el fin de que los cantones ubicados
actualmente en el GAMA (Grecia, Valverde Vega, Naranjo, Palmares y San Ramón), tengan más
beneficios fiscales y durante un mayor plazo, al igual que los que están ubicados en el GAM.
Ley N °9542, Fortalecimiento de la Policía MunicipalEsta iniciativa fue presentada por el Poder Ejecutivo. El proyecto fue estudiado y discutido bajo el
expediente 20.302 y se aprobó el 17 de abril de 2018. Mediante esta ley se viene a regular, unificar
y dotar a la policía municipal de un marco jurídico que permita su adecuado funcionamiento,
delimitando sus competencias y su accionar dentro de cada cantón.
Ley Nº 9571, Pérdida de credencial de diputado por violación del principio de probidad, mediante la reforma del artículo 112 de la Constitución Política Esta iniciativa fue presentada por varios diputados. El proyecto fue estudiado y discutido bajo el
expediente 19.117 y se aprobó el 15 de mayo de 2018. A través de un artículo único, se adiciona
un párrafo final al artículo 112 de la Constitución Política, con el siguiente texto:
ARTÍCULO 112- La función legislativa es también incompatible con el ejercicio de todo otro cargo
público de elección popular.
Los diputados no pueden celebrar, ni directa ni indirectamente, o por representación, contrato
alguno con el Estado, ni obtener concesión de bienes públicos que implique privilegio, ni intervenir
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como directores, administradores o gerentes en empresas que contraten con el Estado, obras,
suministros o explotación de servicios públicos.
La violación a cualquiera de las prohibiciones consignadas en este artículo o en el anterior,
producirá la pérdida de la credencial de diputado. Lo mismo ocurrirá si en el ejercicio de un
Ministerio de Gobierno, el diputado incurriere en alguna de esas prohibiciones.
Los diputados cumplirán con el deber de probidad. La violación de ese deber producirá la pérdida
de la credencial de diputado, en los casos y de acuerdo con los procedimientos que establezca una
ley que se aprobará por dos tercios del total de los miembros de la Asamblea Legislativa.
Ley Nº 9576, Ley para el fomento de la competitividad de la pyme mediante el desarrollo de consorcios Esta iniciativa fue presentada por el Poder Ejecutivo. El proyecto fue estudiado y discutido bajo el
expediente 18.890 y se aprobó el 29 de mayo de 2018. Esta ley tiene por objeto establecer el
marco normativo necesario para fomentar, crear, desarrollar y consolidar consorcios de pymes
como mecanismo asociativo para fortalecer la competitividad y el desarrollo de las micro, pequeñas
y medianas empresas.
Ley Nº 9580, reforma de los artículos 43 y 47 de la Ley N° 5476, Código de Familia, de 21 de diciembre de 1973, Ley para ampliar la protección del patrimonio familiar Esta iniciativa fue presentada por el diputado Vargas Varela. El proyecto fue estudiado y discutido
bajo el expediente 20.416 y se aprobó el 29 de mayo de 2018. Se reforma el artículo 43 del Código
de Familia, con el fin de que la persona propietaria del inmueble destinado a habitación familiar
pueda afectarlo y que cumplan los siguientes requisitos: pertenecer al grupo familiar, habitar en el
inmueble y que presenten alguna discapacidad por la cual requieran de apoyos permanentes y
generalizados, o que estén en la vejez. De esta forma, se protege dichos inmuebles de las deudas
contraídas por la persona propietaria registral.
Se reforman los incisos b) y ch) del artículo 47 del Código de Familia, con el fin de disponer que
dicha afectación cesará por cese de la obligación alimentaria con los hijos e hijas mayores de
edad, especificando que en el caso de las personas adultas con discapacidad y que requieran de
apoyos permanentes y generalizados o adultas mayores, cesará cuando sea superada la situación
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de dependencia económica. También cesará la afectación por disposición judicial, a solicitud del
propietario, una vez comprobada la utilidad o necesidad de la desafectación, basados en criterios
de razonabilidad y proporcionalidad y sea a favor de las personas beneficiarias.
Ley N. º 9582, Ley de Justicia Restaurativa Iniciativa fue presentada por el diputado Alvarez Desanti. El proyecto fue estudiado y discutido bajo
el expediente 19.935 y se aprobó el 11 de junio de 2018. El objetivo de esta ley es definir un marco
conceptual y procedimental para instaurar la justicia restaurativa en el ordenamiento jurídico
costarricense, como un instrumento que contribuya a resolver los conflictos jurídicos generados por
los hechos delictivos, con la participación activa de las partes intervinientes, a fin de restaurar los
daños a la víctima, procurar la inserción social de la persona ofensora, con soluciones integrales y
promover la paz social.
Ley Nº 9583, reforma del artículo 78 de la Ley N° 7983, Ley de protección al trabajador, de 16 de febrero de 2000, y sus reformas, para hacer efectivo el aporte a la universalización de la pensión a los trabajadores no asalariadosEsta iniciativa fue presentada por varios diputados. El proyecto fue estudiado y discutido bajo el
expediente 19.735 y se aprobó el 7 de junio de 2018. Se establece una contribución del quince por
ciento (15%) de las utilidades netas de las empresas públicas del Estado, se encuentren en
régimen de competencia o no. Para efectos de esta ley se entenderá por empresas públicas del
Estado las siguientes:
a) Correos de Costa Rica S.A.
b) Refinadora Costarricense de Petróleo S.A. (RECOPE).
c) Sistema Nacional de Radio y Televisión (SINART).
d) Instituto Costarricense de Ferrocarriles (INCOFER).
e) Instituto Nacional de Seguros (INS).
f) Editorial Costa Rica.
g) Instituto Costarricense de Electricidad (ICE).
h) Banco Nacional de Costa Rica (BNCR).
i) Banco de Costa Rica (BCR).
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En el transitorio único se establece que la contribución establecida se empezará a pagar en el año
siguiente a la aprobación de esta, a razón de un cinco por ciento (5%) en los primeros tres años, un
diez por ciento (10%) los siguientes tres años y a partir del sétimo año se aplicará la tasa
establecida; lo anterior se aplicará siempre que sean empresas públicas del Estado que no se
encuentren actualmente pagando la obligación correspondiente.
Ley N° 9635 Ley de fortalecimiento de las finanzas públicasEsta iniciativa fue presentada por el Poder Ejecutivo. El proyecto fue estudiado y discutido bajo el
expediente 20.508 y se aprobó el 03 de diciembre de 2018. La iniciativa tiene como objetivo el
fortalecimiento de la hacienda pública. Según lo indicado en la exposición de motivos, el proyecto
consta de cuatro componentes, dos dirigidos a la búsqueda de ingresos frescos que permitan
reducir el déficit fiscal en el corto plazo, y dos propuestas cuyo objetivo es generar una disciplina
fiscal y una mayor calidad en el gasto público en el mediano y largo plazo. En relación con las
propuestas orientadas a generar ingresos frescos, se propone la modificación del impuesto general
sobre las ventas (IGV), estableciéndose un impuesto al valor agregado (IVA), con lo cual se estaría
ampliando el objeto del impuesto, así como el número de contribuyentes, pasando de un criterio de
deducción de créditos bastante limitado, a otro de deducción financiera plena.
Control Político
El control político es una facultad constitucional que tienen los legisladores que pueden ejecutarlo
en lugares y sobre temas que no estén relacionados con ningún expediente en discusión, razón por
la cual no es posible integrarlo en su totalidad en un registro.
Una de las formas de ejercer el control político es mediante las comisiones investigadoras en
temas específicos, sobre los cuales se levantan registros en el SIL, lo que hace posible una
contabilidad parcial. Al menos 40 comisiones permanentes especiales y de tipo especial realizan investigaciones, aunque no se establezcan explícitamente como tales en el Reglamento
de la Asamblea Legislativa. No obstante, por disposición de los señores y señoras diputadas a lo
interno de dichos foros, con respaldo de criterios jurídicos del Departamento de Servicios Técnicos,
se han abierto a investigación diversos temas de interés parlamentario.
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En la actualidad, en la Agenda del Plenario Legislativo existe un total de 63 temas de investigación que rindieron diversos informes según su tipología y que fueron enviados desde la
Comisión que los originó y que abarcan varios años hacia atrás. Se incluye el tema de Sinocem,
entre otros, que ha generado un aumento definitivo en el volumen de trabajo.
Así, los asuntos investigados que forman parte de la agenda parlamentaria en el Plenario
corresponden a un histórico de temas que trascienden el período del presente Informe.
En total, durante el período en estudio, se convocaron 503 y pusieron a despacho 979 proyectos
de ley, lo que conformó la agenda legislativa en las diferentes comisiones parlamentarias.
Es importante anotar que los temas de investigación no requieren convocatoria por parte del Poder
Ejecutivo ni puestas a despacho de los diputados y de las diputadas.
Se realizaron 219 sesiones correspondientes a comisiones que tienen función investigadora.
Etapa final de la investigación. Cada comisión investigadora al finalizar el análisis del tema, emite
un Informe Final que envía al Plenario Legislativo, con recomendaciones y conclusiones que no
son vinculantes y no acarrean responsabilidades directas a los supuestos responsables de los
hechos denunciados.
Estos Informes pueden ser de tipo unánime, de mayoría afirmativo, de mayoría negativo, de
minoría afirmativa y de minoría negativo, que son incorporados en el Orden del Día del Plenario
Legislativo, en la I Parte, sección de Informes de Control Político.
El control político es inherente al diputado, por lo cual lo pueden realizar en cualquier órgano
legislativo, sin necesidad de que exista una investigación; pero son las comisiones creadas con
facultad investigadora las que puede rendir informes sobre las investigaciones que les sean
asignadas.
El Reglamento de la Asamblea Legislativa le confiere la potestad de investigar a las siguientes
comisiones Permanentes Especiales:
Control de Ingreso y Gasto Público.
Ambiente.
Turismo.
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Seguridad y Narcotráfico.
Respecto de los informes que cuentan con conclusiones, recomendaciones o sanciones, se incluye
un resumen de los siguientes:
Investigación sobre la práctica del Aleteo del Tiburón en Costa Rica (Originalmente denominado): Investigación sobre la práctica del des aleteo del Tiburón en Costa Rica (Comisión Permanente Especial de Ambiente). Expediente N° 16890
CONCLUSIONES: Es deber del Estado costarricense impedir la práctica del aleteo de tiburones.
Las regulaciones y sanciones actuales no son suficientemente efectivas.
El aleteo resulta insostenible y agota los recursos marinos que los pescadores nacionales
necesitan para vivir y pone en peligro la riqueza de las aguas nacionales para futuras generaciones
de costarricenses.
RECOMENDACIONES: Cumplir con los deberes constitucionales para garantizar a la población
costarricense el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado y evitar que diversas
especies de tiburones sean expuestas al peligro de la extinción por la explotación irracional.
Solicitar la elaboración a la institución que corresponda y publicar un Decreto Ejecutivo que acoja
por este medio, el Código de Conducta para la Pesca Responsable, emitido por la Organización de
las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y el IV Foro Internacional de
Pescadores.
Investigación exhaustiva respecto de lo que ha hecho el Ministerio de Ambiente y Energía en cuanto al tema de la matanza de Caimanes y en cuanto al tema del degrado General del Refugio de Vida Silvestre Caño Negro (Comisión Permanente Especial De Ambiente). Expediente N° 17139
CONCLUSIONES: El Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones como ente rector del
Sector de Recursos Naturales, Energía y Telecomunicaciones, debe velar por la protección del
ambiente, los elementos que la componen y del suministro y uso racional de los mismos.
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Parte de los deberes y tareas del Estado Costarricense es el procurar y asegurar la protección
ambiental, estableciendo un sistema de áreas protegidas en todo el territorio nacional.
RECOMENDACIONES: Cumplir con los deberes consagrados en el artículo 50 de la Constitución
Política para garantizar que todos los ciudadanos costarricenses habiten en un ambiente sano y
ecológicamente equilibrado.
Ordenar a las autoridades ambientales, al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), al Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AYA) y al Ministerio de Ambiente, Energía y
Telecomunicaciones (Minaet), al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) a tomar las
acciones legales y administrativas correspondientes, que mejoren los controles institucionales de
revisión y seguimiento, sobre el uso adecuado de los agroquímicos en el cultivo de la piña y otros
monocultivos, por parte de las empresas productoras, residentes en la Cuenca de Río Frío y los
alrededores del Refugio de Vida Silvestre Caño Negro.
Informe referente al manejo, uso y destino de los recursos públicos utilizados por La Asociación Gerontológico Costarricense (AGECO).
CONCLUSIONES: Esta investigación fue desarrollada por la Comisión Permanente Especial para
el Control de Ingreso y Gasto Público. Se centró en el manejo, uso y destino de los recursos
públicos utilizados por la asociación gerontológica costarricense (AGECO).
RECOMENDACIONES: El Poder Ejecutivo debe formular políticas públicas integrales tendientes a
garantizar la creación de condiciones y oportunidades para que todas las personas adultas
mayores tengan una vida plena y digna, acorde con los más altos valores.
De conformidad con la atribución que le confiere el inciso b) del literal 3, del artículo 49 de la Ley
General de la Administración Pública, No. 6227, del 2 de mayo de 1978, se recomienda girar las
instrucciones pertinentes a los miembros de las instituciones públicas que conforman la Junta
Rectora del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor, para que, en cumplimiento de lo
establecido en los artículos 37 y 44 de la Ley No. 7935 y 33 de su Reglamento, asistan
regularmente a las sesiones convocadas por ese Consejo, toda vez que ese cuerpo colegiado
requiere de una coordinación, integración y compromiso interinstitucionales que permitan aunar
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esfuerzos orientados al bienestar de las personas adultas mayores del país y brindar una solución
conjunta en materia de vejez y envejecimiento.
Informes sobre el estado financiero de las pensiones del régimen de invalidez, vejez y muerte.CONCLUSIONES: Esta investigación fue desarrollada por la Comisión Permanente Especial para
el Control de Ingreso y Gasto Público. El propósito fue analizar el estado financiero de las
pensiones del régimen de invalidez, vejez y muerte.
RECOMENDACIONES: Solicitar a la CCSS que inicie, continúe o finalice, según sea el caso, todos
los procedimientos de investigación contra los funcionarios que se encuentren involucrados en los
casos denunciados, para determinar si existen o no responsabilidades, de forma tal que se
establezcan las sanciones o exoneraciones correspondientes. Además, recomendarle a los
correspondientes órganos encargados de dichos procedimientos que utilicen las actas y la
documentación entregada a esta Comisión, para determinar la responsabilidad de los funcionarios
cuyas declaraciones no se ajustan a la verdad.
Requerir a la CCSS que, una vez finalizados los informes de los órganos administrativos
nombrados para efectos de investigar a los funcionarios involucrados en los casos denunciados,
envíe copia a la Comisión Permanente Especial para el Control del Ingreso y Gasto Público, a fin
de poder conocer la decisión y darle seguimiento al tema.
Reubicación del proyecto Nueva Cinchona y el manejo de la Comisión Nacional de Emergencias. CONCLUSIONES: Proyecto carente de toda planificación, plagado de irregularidades
contractuales, de ilegalidades, incumplimientos, violaciones a la legislación vigente y, favoritismos,
pésima gestión gerencial respecto de la administración, control y sana inversión de los recursos
públicos.
RECOMENDACIONES: Proceder con la destitución de la Presidente Ejecutiva de la CNE, sin
perjuicio de las responsabilidades civiles y penales, que eventualmente se puedan individualizar en
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su contra por la Contraloría General de la República, el Ministerio Público o la Procuraduría de la
Ética Pública.
Elevar a la Procuraduría de la Ética, la Contraloría General de la República y al Ministerio Público,
para que, conforme en derecho corresponda y a sus respectivas competencias, investiguen si
existen responsabilidades administrativas, civiles y o penales por las actuaciones de los
funcionarios responsables de las irregularidades denunciadas.
Investigación sobre las armas que se encuentran bajo custodia de los diferentes cuerpos policiales existentes en nuestro país. Expediente N° 18392
CONCLUSIONES: Existe incumplimiento por parte de los órganos estatales, las instituciones
autónomas y semiautónomas, las empresas públicas, las municipalidades autorizadas y las
empresas de seguridad privadas, del deber de informar semestralmente, a la Dirección General de
Armamento, sobre la cantidad, el tipo, el número de serie, el patrimonio, el nombre de la persona a
quien se le han asignado y el estado de las armas de fuego bajo su custodia.
Existe incumplimiento de la Dirección General de Armamento, de mantener actualizado el
inventario permanente y de ejercer control y fiscalización de todas las armas.
Existe incumplimiento de la Dirección General de Armamento de llevar un control estricto de las
armas en poder del Estado y sus instituciones.
RECOMENDACIONES:
Al Director General de la Policía de Transito:
a) Organización de personal encargado de armería.
b) Inventario físico de todo el armamento.
c) Realizar gestiones ante DGA para determinar si las armas están debidamente inscritas.
d) Realizar inventarios en sedes regionales.
e) Implementar un programa informático para armería y sedes regionales.
f) 10 días para que informe a la Auditoría las gestiones realizadas (art 36 Ley de Control Interno).
Al Ministro:
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-Instruir procedimiento administrativo para determinar la responsabilidad de la empresa de
seguridad contratada.
-Valorar la posibilidad de rescisión del contrato.
-Informar en un plazo de 30 días hábiles las acciones ejecutadas.
Al Director General de la Policía de Transito:
-Instruir al Departamento Administrativo financiero para que en las futuras adquisiciones de armas,
estas se reciban en la Armería.
-Establecer procedimientos para la salvaguarda de bienes
-Proporcionar dispositivos de seguridad en la bodega Nº 99.
-Girar instrucciones para que donde se ubique la armería cuente con las condiciones de seguridad.
-Capacitar los armeros.
-Instruir a las jefaturas regionales para que cada oficial tenga su arma reglamentaria.
-Efectuar análisis de necesidades de armas.
-Realizar una efectiva supervisión.
-Informar en un plazo de 10 días hábiles las acciones ejecutadas.
Investigación sobre la gestión empresarial, gestión social y gestión administrativa desarrollada por la Junta De Protección Social durante los últimos cuatro años (2008 al 2012) (Comisión Permanente Especial para el Control del Ingreso y El Gasto Públicos) Expediente N° 18707.CONCLUSIONES: Los juegos electrónicos de la Junta de Protección Social son atractivos para los
sectores que buscan legitimar capitales.
Dice el Instituto Costarricense sobre Drogas que cualquier producto de lotería que pueda tener
cincuenta o más por ciento de rédito, es riesgoso para la legitimación de capitales.
La Procuraduría General de la República indica que se debe recopilar la información de los
jugadores de la lotería electrónica si así lo dispone la Unidad de Inteligencia Financiera.
RECOMENDACIONES: Exigirle a la Junta Directiva de la Junta de Protección Social que de
manera inmediata implemente los mecanismos necesarios para identificar a todos los compradores
y ganadores de lotería electrónica.
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Solicitarle al Instituto Costarricense sobre Drogas que le dé seguimiento formal y permanente para
que la Junta de Protección Social cumpla con lo indicado por la Unidad de Inteligencia Financiera.
Que la Auditoría de la Junta de Protección Social siga vigilante de que los juegos de lotería no se
presten para la legitimación de capitales.
Convocatoria para que comparezca ante la Comisión, el Sr. José María Figueres Olsen y otros, a fin de que se refieran a las asesorías pagadas por Alcatel y a otros extremos relacionados con el mismo caso. Expediente N° 18833. CONCLUSIONES: Si los premios no se hubieran dado, el precio de la red celular habría sido
mucho menor y el ICE y los consumidores habrían gastado mucho menos por la misma. De esta
suerte, queda zanjada la discusión de que no se trata de fondos públicos, como quisieron disimular
con insistencia los representantes del Partido Liberación Nacional, pues las multimillonarias
“consultorías” pagadas pasaron a ser “fondos públicos” desde el momento en que hicieron incurrir
al ICE en mayores costos, encareciendo el servicio final, para los y las consumidoras.
Alcatel no necesita pagar tan caro por una “consultoría” que los propios expertos en
comunicaciones y tecnología le podrían haber realizado. Máxime tratándose de una empresa líder
en esos temas, con ciento catorce años dedicados por entero a esos rubros, y con instalaciones en
Estrasburgo orientadas única y exclusivamente a investigación y desarrollo.
Queda totalmente claro que un contrato verbal no es costumbre entre empresas trasnacionales de
gran renombre, sino que éstas exigen contratos firmados con los consultores, atestados que los
califiquen, términos de referencia concretos, plazos de entrega y resultados sobre los productos
esperados. Los contratos “verbales” fueron los que hicieran, en su momento, los ex Presidentes
Rafael A. Calderón y Miguel Ángel Rodríguez, con la diferencia, de que ambos se aprestaron a
darle la cara a la justicia y a la ciudadanía. En los dos casos citados, se trata exactamente del
mismo modus operandi. Es incuestionable la certeza de que ni en Europa, ni en Estados Unidos,
se hacen consultorías multimillonarias, de “palabra”.
RECOMENDACIONES: Enviar el presente informe al Ministerio Público junto con una solicitud para
que se reabra el caso y se investigue a cabalidad todo lo actuado, considerando que el caso no ha
prescrito de acuerdo con la ley.
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Exhortar a los partidos políticos para que soliciten a las autoridades correspondientes que se
inhabilite a José María Figueres Olsen para ocupar cargos públicos o representar al país ante
organismos internacionales de Derecho Público, por un periodo de 10 años.
Investigación en torno a los salarios de los altos mandos de la empresa de Servicios Públicos de Heredia. Expediente N° 19335CONCLUSIONES: A los Diputados firmantes les preocupa la práctica reiterada que están llevando
a cabo diversas instituciones públicas de contratar estudios salariales que siempre derivan en la
necesidad de incrementar la remuneración de los altos jerarcas. La inquietud surge tanto porque
las recomendaciones tienden hacia la misma dirección –aumento salarial– como por los costos de
estas contrataciones, a pesar de contar con Departamentos de Recursos Humanos, cuyos
funcionarios reciben un sueldo pagado con fondos públicos.
A pesar que la Junta Directiva dejó sin efecto el acuerdo por el cual había accedido a un aumento
salarial del 40% a favor del Gerente y Subgerente Generales y les ordenó regresar el dinero
recibido de más, lo hizo con un plazo de 48 meses, de forma tal que Allan Benavides tiene que
devolver ¢6.415.000 en cómodas mensualidades de ¢133.645,8 y Lissette Montoya regresará
¢3.117.714 en tractos de ¢64.952,3, ambos sin pagar intereses. En la práctica, esta devolución
equivale a una suerte de préstamo que le realizara la institución en condiciones favorables para
funcionarios cuya remuneración mensual no solo es muy alta en comparación con el resto de los
costarricenses.
RECOMENDACIONES:
Al Poder Ejecutivo:
Revisar, en los ámbitos de su competencia, la práctica que están realizando diversas instituciones
para contratar estudios de mercado que fijan nuevas condiciones salariales, cuando en estas
existen Departamentos o Direcciones de Recursos Humanos que pueden realizarlo.
Ordenar al Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica que en los estudios que está
realizando en materia de empleo público –según lo manifestó la Ministra Olga Marta Sánchez
Corrales en la sesión N° 7 del 18 de junio de 2015– se incorpore un análisis de los salarios que se
pagan a la Alta Administración, incluyendo a sus asesores, en las instituciones autónomas, las
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empresas públicas financieras y no financieras y se planteen propuestas de reforma necesarias
para racionalizar los costos operativos de estas.
A la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos:
Analizar el impacto que tienen los salarios que devengan los altos jerarcas de la ESPH en la
estructura tarifaria que deben pagar los usuarios de los servicios públicos que brinda esta y remitir
un informe a esta Comisión en un plazo no mayor a 3 meses.
Investigación en torno al pago, a favor de la Viceministra de Gobernación, Carmen Muñoz Quesada, de pluses salariales por concepto de prohibición sin contar con requisitos académicos. Expediente N° 19675RECOMENDACIONES:
Al Presidente de la República:
Destituir inmediatamente a la Viceministra de Gobernación y Policía, Carmen Muñoz Quesada, por
violentar el deber de probidad contenido en el artículo 3 de la Ley contra la Corrupción y el
Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.
Al Ministro de Seguridad:
Realizar las gestiones correspondientes ante la Caja Costarricense del Seguro Social y el
Ministerio de Hacienda para recuperar los dineros pagados por concepto de cuotas obrero-
patronales e impuesto de la renta resultantes del sobresueldo recibido por Carmen Muñoz
Quesada.
Recuperar, de forma inmediatamente posterior a la destitución de Carmen Muñoz de su puesto, las
sumas adeudadas por esta a raíz del pago improcedente de la prohibición.
A la Contraloría General de la República:
Sancionar a Carmen Muñoz Quesada y a Nuria Villalta Solano con la prohibición para ejercer
cargos públicos por un periodo de cuatro años, de conformidad con lo establecido por el artículo 72
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de la Ley Orgánica. Considerar la evidencia contenida en este informe y expediente para exonerar
de toda responsabilidad a Gabriel Castro González en relación con este caso.
4. OBSERVACIONES
Es necesario reiterar que este informe no constituye una evaluación, sino un ejercicio de rendición
de cuentas, dadas las características particulares del ente legislativo. Por tal razón, para 2017, la
Dirección General de Presupuesto Nacional (DGPN), formuló una recomendación sobre los
resultados de la gestión legislativa, solicitando que para el informe 2018, se incluyera un apartado
con las leyes más importantes aprobadas, considerando aspectos sobre el posible impacto o
repercusión que vayan a generar en la población nacional y su importancia para el país; asimismo,
un apartado sobre los principales informes de control político emitidos por las diferentes comisiones
legislativas. Con ese fin, durante el 2018, se hizo una reunión con funcionarias del Departamento
de Desarrollo Estratégico Institucional, para aclarar dudas sobre los requerimientos de la DGPN,
que simplificaran el informe para ambas entidades; no obstante lo anterior, la DGPN no encontró
diferencias entre el informe remitido respecto de la gestión 2018, de la de años anteriores.
Por otra parte, la información remitida respecto a la gestión financiera consideró los requerimientos
solicitados por la DGPN.
Respecto a la ejecución de los recursos asignados, cabe indicar que la institución obtuvo un
86,4%, porcentaje inferior al 90,1% alcanzado en el año 2017. No obstante, es oportuno aclarar,
que este difiere del 87,0% de ejecución reportado por la institución; lo cual se debe a un ajuste
realizado por la Contabilidad Nacional en fecha posterior a la de la liquidación utilizada por la
DGPN, que corresponde al pago del aguinaldo de los señores diputados, el cual si constaba en los
registros internos de la Asamblea Legislativa.
En relación con los factores que señala la entidad que incidieron en la ejecución, algunos de estos
se repitieron en años anteriores; al respecto se pudo determinar que en el año 2017 y 2018 se
presentó la posposición de proyectos debidamente planificados; este es el caso del proyecto de
Comunicación Integral al ciudadano. Asimismo, se presentaron retrasos o desfases en la remisión
de facturas por parte de los proveedores. Por otra parte, respecto a los combustibles, en ambos
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años se presentaron precios menores a los proyectados y en lo relativo a las contrataciones, se
presentaron recursos en ambos ejercicios que quedaron comprometidos pero no ejecutados.
También, el pago de incapacidades en ambos ejercicios fue inferior respecto a lo previsto.
5. RECOMENDACIONES
Se recomienda al Jefe del Departamento de Desarrollo Estratégico Institucional dar seguimiento a
la ejecución de la recomendación formulada en el Informe Anual de Evaluación del 2017, en razón
de que es necesario que se consideren los requerimientos formulados por la DGPN
Se recomienda a la Dirección Ejecutiva girar las instrucciones correspondientes para que los
proyectos de interés institucional, se fundamenten en un estudio de costo/beneficio, que permita al
Directorio Legislativo tomar una decisión informada y razonada sobre los proyectos que se le
presenten, evitando así la desestimación de los proyectos, una vez que sean aprobados por el
Directorio.
Se recomienda a la Dirección Ejecutiva dar seguimiento a las medidas correctivas y plazos
propuestos para su implementación, así como evaluar los resultados de las mismas, con el fin de
determinar si se requiere una revisión más profunda de los procesos de contratación y la definición
consiguiente de otras medidas correctivas con definición de plazos y responsables.
Se recomienda a la Dirección Ejecutiva, aprovechar la movilización de recursos hacia otras
necesidades, cuando estos se deriven de proyectos desestimados, ahorros por precios menores o
contrataciones no realizadas, para aprovechar así la ejecución de los recursos que le fueron
asignados. Caso contrario, presente al Directorio Legislativo una propuesta de rebaja al
presupuesto asignado a la institución para 2019 y años siguientes. Asimismo, hacer un análisis y
revisión de sus procesos, con el fin de tomar medidas que resulten efectivas para asegurar una
mayor utilización de los recursos asignados y ajustar la solicitud de recursos de la entidad, de cara
a la formulación del presupuesto para 2020 y años siguientes.
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Las recomendaciones anteriores, no menoscaban la potestad del Jerarca institucional de tomar
acciones distintas de las que aquí se proponen, guardando la relación que corresponde con los
aspectos a los que se les quiere dar solución o mejorar en las mismas. Por tal razón, se solicita
comunicar a la Dirección General de Presupuesto Nacional, a más tardar el 30 de abril de 2019,
sobre las acciones que se deriven de las recomendaciones anteriores, los responsables de las
mismas y plazos establecidos, en el entendido de que dichas acciones deberán impactar los
resultados de la ejecución presupuestaria de 2019 y la formulación del presupuesto de 2020 y
siguientes.
Elaborado porMarcos V. González Valerin
Analista PresupuestarioUnidad de Análisis de Poderes
Dirección General de Presupuesto Nacional
Aprobado porFanny V. Morales Mendoza
CoordinadoraUnidad de Análisis de Poderes
Dirección General de Presupuesto Nacional
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