valoración y evaluación del impacto del programa nacional de casas de justicia
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MARZO DE 2012
Esta publicación se produjo para estudio de la Agencia de Estados Unidos para el
Desarrollo Internacional (USAID). Fue preparada por Management Sciences for
Development, Inc. y su subcontratista, Partners Colombia.
PROGRAMA DE ACCESO A LA
JUSTICIA
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO
DEL PROGAMA DE CASAS DE JUSTICIA EN COLOMBIA
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
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PROGRAMA DE ACCESO A
LA JUSTICIA
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN
DE IMPACTO DEL PROGRAMA DE CASAS DE
JUSTICIA EN COLOMBIA
MARZO DE 2012
ADVERTENCIA
Este informe fue preparado por Management Sciences for Development y Partners
Colombia, Inc. en el marco del Programa de Acceso a la Justicia, Contrato No. AID-DFD-I-
00-04-00175, para estudio de la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo
Internacional (USAID). El Gobierno de los Estados Unidos y la Agencia de Estados Unidos
para el Desarrollo Internacional (USAID) no se hacen responsables ni comparten
necesariamente las opiniones expresadas por los autores. La versión inicial en idioma
inglés fue traducida por MSD al español. En caso de discrepancia entre ambas versiones,
prevalece la versión en inglés.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
2
Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional,
USAID
Nadereh Lee, Directora (e)
Jene Thomas, Subdirector (e)
Donald Chisholm, Director de la Oficina de Democracia y Derechos
Humanos
Orlando Muñoz, Gerente del Programa de Acceso a la Justicia de
USAID
Programa de Acceso a la Justicia de USAID
Javier Said, Director
César A. Reyes M., Subdirector
Revisión, Edición y Diseño: Julián Alberto Trujillo Marín
Bogotá. Marzo, 2012
Esta publicación se realizó con el apoyo de la Agencia de Estados Unidos para el
Desarrollo Internacional (USAID) a través del Programa de Acceso a la Justicia.
La información incluida en éste documento no corresponde a información oficial
del gobierno de Estados Unidos y no representa los puntos de vista o posiciones
de USAID ni del gobierno de Estados Unidos.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
3
AGRADECIMIENTOS
Para la elaboración del estudio de valoración y evaluación de impacto del Programa
Nacional de Casas de Justicia, Management Sciences for Development Inc. contrató los
servicios de Partners Colombia. En nombre de todos, hacemos un reconocimiento especial a
Linn Hammergren, consultora de MSD, por su guía y liderazgo para la organización, diseño y
edición del presente informe.
Personas de Partners Colombia encargadas de llevar a cabo la evaluación
Oscar Manuel Gaitan Sanchez, Director Ejecutivo
Gustavo Salazar Arbeláez, Coordinador y Supervisor Técnico
Equipo técnico
Edgar Ricardo Serrano,
Investigador Senior
Jaidivi Núñez Varón,
Investigador Senior
Heyder Alfonso
Camelo, Investigador
Junior
Carlos Alberto Bula,
Asesor Financiero
Edwin Girón, Estadista
Olga Cecilia Pinilla,
Asesora de
Investigación
Victoria Gaitán Pinilla,
Asistente Investigación
Equipo de trabajo de campo
Jan Carlos Campo
María Cristina Zapata
Johana Paola Romo
Alejandro Quintero Salazar
Ana María Ospina
Wenseslao Villa Rivera
María Constanza Amaya
Ela Lucia Padilla
Raúl David Rangel
Yaneidy Bayona Tarazona
Josué Arnoldo Moreno
Tania Alejandra Pico
Equipo regional
Paola Alejandra Martínez
(Bajo Cauca)
Patricia Elena Ruiz (Montes
de María y Barranquilla)
Iván Darío Benavides
(Nariño)
Edna Reynet Hurtado (Meta)
MSD - Revisión, edición y diseño
Michael Willis, Ex-Director del Programa de Acceso a la Justicia (PAJ)
Javier Said, Director del Programa de Acceso a la Justicia (PAJ)
César Castillo, Coordinador de Casas de Justicia
Ana Daza, Coordinadora Regional PAJ
Julian Trujillo, Consultor PAJ
Angel Cardona, Director de Operaciones
Yeree Woo, Promotor de Desarrollo de Negocios
Audry Tafoya, Coordinador de Gestión y de Desarrollo de Negocios
Viviana Gamboa, Traductora
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
4
Este trabajo no se habría podido realizar sin el apoyo de los funcionarios del Ministerio de
Justicia, del Departamento Nacional de Planeación, las autoridades del Departamento de
Antioquia, y la Secretaría de Gobierno de la Alcaldía Mayor de Bogotá. A todos ellos, un
especial agradecimiento por la colaboración brindada. Así mismo, el equipo de trabajo
desea resaltar el interés y apoyo que los expertos y las personas entrevistadas
manifestaron, y quienes con sus puntos de vista, estudios y documentos adicionales,
enriquecieron los contenidos del presente informe. (Anexo 4).
El equipo expresa sus más sinceros agradecimientos al personal de las veintiún Casas de
Justicia visitadas, y a las demás personas que participaron en las entrevistas y grupos
focales. Su cooperación fue fundamental para la ejecución y culminación de nuestro
trabajo.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
5
Tabla de contenido
Resumen ejecutivo
Introducción
Capítulo I - Antecedentes del Programa Nacional de Casas de Justicia
Contexto
Modelos y marco jurídico
Expansión del programa y adecuación de personal
Conclusiones
Capítulo II - Desde la demanda (la perspectiva del usuario): hallazgos sobre
los servicios prestados por las Casas de Justicia
Introducción
¿Quién utiliza los servicios de las Casas de Justicia?
¿Por qué acuden los usuarios a las Casas de Justicia?
¿A quién acuden y qué resultados se obtienen?
¿Han disminuido las barreras de acceso a la justicia por medio de las Casas de
Justicia?
¿Hubo diferencias en la evaluación que hizo cada grupo de la experiencia?
Otros temas y preguntas cubiertos
Conclusiones acerca de la demanda y de la respuesta a los servicios prestados
por las Casas de Justicia
Capítulo III - Desde la oferta: hallazgos sobre el funcionamiento de las Casas
de Justicia
Introducción
Personal
Infraestructura, equipos, mantenimiento, ubicación
Administración del programa
Conclusiones
Capítulo IV - Contrastes entre la oferta y la demanda: qué funciona, qué no
funciona y cómo explicar las diferencias
Introducción
Áreas problemáticas de las Casas de Justicia
¿Qué tan pertinentes son los servicios prestados a las poblaciones rurales y a las
poblaciones de zonas de la Iniciativa de Desarrollo Estratégico para Colombia
(CSDI)?
Variaciones en el funcionamiento de las Casas de Justicia
Visiones diferentes, conclusiones diferentes
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ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
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Capítulo V - Reflexiones y recomendaciones
Introducción
Recomendaciones a corto plazo que no dependen de los asuntos de mayor
relevancia
Asuntos a abordar antes de efectuar planes para el mediano y el largo plazo
Acciones alternativas a medio plazo que deben anteceder los planes de expansión
del programa a largo plazo
Conclusiones
Bibliografía
ANEXOS
Anexo 1 - Metodología
Anexo 2 – Infraestructura (tabla)
Anexo 3 - Cuestionario
Anexo 4 - Lista de personas entrevistadas
110
110
111
115
117
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124
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
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Índice de gráficas y tablas
RESUMEN EJECUTIVO
Categorización de los municipios donde están ubicadas las 21 Casas de Justicia
Usuarios y no usuarios de las Casas de Justicia clasificados por género, grupo
étnico y otras categorías
Cuadro comparativo de acuerdos y niveles de acatamiento según el tipo de disputa
y estatus de CSDI (sondeo)
ÍNDICE DE GRÁFICAS
Gráfica 1: Entidades públicas del orden local y nacional que podrían formar parte
de las Casas de Justicia
Gráfica 2: Repartición rural-urbana según las Casas de Justicia de Zonas CSDI y no
CSDI, Villavicencio y Villa de Socorro
Gráfica 3: Dependencias y servicios frecuentados por los usuarios en las Casas de
Justicia
Gráfica 4: Respuesta a la pregunta, “¿Volvería a la Casa de Justicia?”
Gráfica 5: Respuesta a la pregunta, “¿Recomendaría la Casa de Justicia a otras
personas?”
Gráfica 6A: Confianza de los usuarios en los servicios que se prestan
Gráfica 6B: Confianza de los usuarios en las entidades que proveen servicios
Gráfica 7: Confianza del usuario en la Casa de Justicia como entidad
Gráfica 8A: Respuesta a la pregunta, “¿A quién acudieron los ciudadanos antes de
llegar a la Casa de Justicia?”
Gráfica 8B: Respuesta a la pregunta, “¿Por qué utilizan los ciudadanos las Casas de
Justicia actualmente?”
Gráficas 9A y 9B: Porcentaje del personal que reporta casos que no fueron
atendidos y tipos de casos que no fueron atendidos.
ÍNDICE DE TABLAS
Tabla 1: Número de Casas de Justicia y usuarios en el período 2002-2010
Tabla 2: Personal, período 2002-2010, para todas las Casas de Justicia
Tabla 3: Clasificación de municipios donde están ubicadas las 21 Casas de Justicia
Tabla 4: Usuarios y no usuarios de las Casas de Justicia clasificados por género,
grupo étnico y otras categorías
Tabla 5: Clasificación socioeconómica de usuarios de las Casas de Justicia (sondeo;
el asterisco denota Zona CSDI)
Tabla 6: Tipos de servicio solicitados en las Casas de Justicia. Villavicencio, Villa de
Socorro y sondeo
Tabla 7: Tipos de solicitudes hechos a las Casas de Justicia en el período 2002-2009
(censo)
Tabla 8: Comparación entre conciliaciones y niveles de cumplimiento según el tipo
de conflicto y Zona CSDI- no CSDI (sondeo)
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ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
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Tabla 9: Respuesta a la pregunta, “¿Cómo afectó la negociación su relación con la
contraparte?
Tabla 10: Respuesta a la pregunta, “¿Disminuyó el tiempo requerido para tener
acceso a la justicia?”
Tabla 11: Respuesta a la pregunta, “¿Disminuyó el costo requerido para tener
acceso a la justicia?”
Tabla 12: Respuesta a la pregunta, “¿Resolvieron las autoridades los problemas
más rápido?”
Tabla 13: Respuesta a la pregunta, “¿Ha traído más problemas recurrir a las
autoridades?”
Tabla 14: Respuesta a la afirmación, “Ahora entiendo mejor a las autoridades.”
Tabla 15: Respuesta a la afirmación, “La comunidad ha aprendido a resolver sus
problemas de una mejor manera.”
Tabla 16: Evaluación de las mujeres a las Casas de Jusiticia.
Tabla 17: Evaluación de los afro-colombianos a las Casas de Justicia
Tabla 18: Evaluación de los indígenas a las Casas de Justicia
Tabla 19: Respuestas de los grupos focales de mujeres a los servicios prestados por
las Casas de Justicia
Tabla 20: Grupos focales, respuesta de los hombres afrocolombianos a la pregunta,
“¿Qué pasaría si no hubiera una Casa de Justicia?”
Tabla 21: Percepciones de trato discriminatorio
Tabla 22: Respuestas del grupo focal de mujeres mestizas a la pregunta, “¿Cómo se
resolvían los conflictos antes y cómo se resuelven ahora?”
Tabla 23: Respuesta a la pregunta, “¿Brinda la Casa de Justicia una mayor seguridad
a la comunidad?”
Tabla 24: Personal profesional incluido en este estudio, perteneciente a las 21 Casas
de Justicia en el año 2009
Tabla 25: Distribución de personal en las 21 Casas de Justicia en 2010,
discriminadas por dependencia y número de personas en cada una de ellas
Tabla 26: Servicios prestados a las personas entrevistadas en las 21 Casas de
Justicia.
Tabla 27: Evolución del Programa Nacional de Casas de Justicia por fases y tipos de
municipios con acceso a una Casa de Justicia
Tabla 28: Diferencias en las respuestas obtenidas a las cuatro preguntas sobre
satisfacción entre poblaciones rurales y urbanas
Tabla 29: Respuesta de los participantes de los grupos focales de Zonas CSDI y no
CSDI a la pregunta, “¿Cómo se sintió después de haber acudido a la Casa de
Justicia?”
Tabla 30: Porcentajes y respuestas a preguntas específicas por Casa de Justicia,
según tipo de municipio
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ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
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Siglas y abreviaturas
CADE Centro de Atención Distrital Especializado
CAIVAS Centro de Atención a Víctimas de Abuso Sexual
CAVIF Centro de Atención contra la Violencia Intrafamiliar
CJ Casas de Justicia
CRIs Centros de Recepción e Información
CSDI Iniciativa para el Desarrollo Estratégico de Colombia (Colombia Strategic Development
Initiative)
OSC Organización de la Sociedad Civil
DANE Departamento Administrativo Nacional de Estadística
FES Fundación de Educación Superior
GOC Gobierno de Colombia
ICBF Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
TIC Tecnologías de la Información y Comunicación
TI Tecnologías de la Información
LGBTI Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transgeneristas e Intersexuales
MASC Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos
MIJ Ministerio de Interior y de Justicia, entiéndase Ministerio de Justicia y del Derecho
MSD Management Sciences for Development
ONG Organización No Gubernamental
PNCJ Programa Nacional de Casas de Justicia (National Justice House Program)
SAU Sistema de Atención al Usuario
SENA Servicio Nacional de Aprendizaje
SISBEN Sistema de Identificación de Posibles Beneficiarios
UAI Unidad de Asistencia Integral
URI Unidades de Reacción Inmediata
USAID Agencia de los Estados para el Desarrollo Internacional
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
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Resumen ejecutivo
Introducción
La presente evaluación del Programa Nacional de Casas de Justicia (PNCJ) fue realizada
para la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional, USAID por la
compañía Management Sciences for Development, MSD a través del subcontratista de ésta
Partners for Democratic Change Colombia (en adelante Partners). La evaluación incluye
una revisión documental y un arduo trabajo de campo sobre el funcionamiento de 21 de
las 73 Casas de Justicia que existían a principios del 2011. Su propósito es evaluar el
desempeño del programa, identificar sus problemas y causas, y generar una serie de
recomendaciones para enfrentarlos, sobre todo en lo que se refiere a:
El marco legal del Programa y el carácter adecuado del apoyo administrativo,
logístico y material.
El éxito de Programa en el cumplimiento de sus objetivos estratégicos que incluye
la reducción de obstáculos al acceso de los ciudadanos a la justicia; el aumento de
la presencia estatal a nivel local; la reducción de los atrasos judiciales a través del
uso de mecanismos alternativos de solución de conflictos; y el diseño de
programas para prevenir la violencia doméstica.
La capacidad del programa para resolver las necesidades legales de poblaciones en
situación de vulnerabilidad, o residentes en zonas de conflicto y áreas rurales.
Las fortalezas y debilidades del personal que trabaja en las Casas en aspectos tales
como sus habilidades, competencias y conocimiento para manejar el Programa.
El trabajo de campo fue realizado por el subcontratista Partners y siguió una metodología
mixta. El elemento más importante de ella fue la realización de entrevistas estructuradas a
5.646 usuarios y a 746 no usuarios de 21 Casas de Justicia, de las cuales 19 fueron
muestras no aleatorias (llamadas sondeos a lo largo de este documento)1; las 2 restantes
se hicieron aleatoriamente. Éstas fueron complementadas con 35 grupos focales, 84
entrevistas a personal de las Casas y observaciones del equipo que dirigió el trabajo de
campo.
Antecedentes y marco legal del PNCJ
El PNCJ se creó a principios de 1990 inspirado en la rica concepción de derechos de la
nueva Constitución Política de Colombia de 1991, las persistentes debilidades del sistema
1 Hubo problemas de contexto (ausencia de registros adecuados) que impidieron la construcción de
muestras aleatorias. El equipo de investigación intentó compensar esta dificultad utilizando los
registros donde existía disponibilidad de éstos y a través de la selección aleatoria a individuos que
estaban disponibles. Con todo, el equipo de investigación reconoce que estas muestras no fueron
aleatorias.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
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judicial formal y estudios realizados por consultores de USAID con propuestas dirigidas a
mejorar el acceso a la justicia para grupos social y geográficamente marginados. Si bien
este tipo de Programa no es el único existente en América Latina o en Colombia para
mejorar el acceso a la justicia, la manera como fue creado y posteriormente implementado
demuestra que es el que tiene mayor potencial para brindar servicios legales a personas de
escasos recursos, en condición de vulnerabilidad o residentes en zonas rurales. Además,
durante sus 17 años de existencia, el Programa ha acumulado una serie importante de
objetivos adicionales a tener en cuenta.
La existencia oficial del PNCJ empezó cuando se incluyó en el Plan de Desarrollo de la
Justicia para el período 1994-1998 bajo el título de “Justicia para la Gente”. Un año más
tarde (1995), se firmó el primer acuerdo interinstitucional que definió los objetivos del
programa y los compromisos de varias entidades gubernamentales nacionales y locales
participantes, a la vez que creó las dos primeras Casas de Justicia. Este acuerdo incluyó
cinco objetivos relativos al otorgamiento de información y orientación a miembros de las
comunidades. Sorprendentemente este primer acuerdo no hizo énfasis en mecanismos
alternativos de solución de conflictos (MASC) aunque estos ya fueran del interés del
Ministerio de Justicia; con el tiempo los MASC se convirtieran en la fortaleza del Programa.
En 1997, con el nombramiento de un nuevo Ministro y el remplazo de la mayoría de los
funcionarios de la Dirección de Acceso, de donde hacía parte el programa, la resolución
alternativa de conflictos comenzó a ser un tema central, y hubo un movimiento orientado
a eliminar servicios poco relevantes para el Programa2. En el 2000 una serie de estudios
críticos impulsaron la promulgación del Decreto 1477/00, que hasta hoy es la única norma
que regula el programa y, por lo tanto, la regulación más formal de sus objetivos. Este
Decreto adicionó al Programa actividades para beneficio de familias y menores de edad, y
para promover la defensa de los derechos humanos y prevenir abusos, pero estableció que
la participación de las entidades integrantes del Programa era voluntaria. Un último
cambio fundamental se dio cuando el PNCJ se incluyó en el Plan Nacional de
Consolidación3 a mediados del año 2000. Luego, en el 2005, se firmó otro acuerdo
interinstitucional que, si bien no cambió ni el propósito ni la participación voluntaria de las
2 El nombre “Dirección de Acceso a la Justicia” fue el que tuvo esta oficina durante todo el período
cubierto por la presente evaluación. Sin embargo, este nombre fue recientemente cambiado por el
de Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC). Esta nueva denominación
no es usada en este reporte en parte debido a razones históricas, pero también porque con el
cambio de nombre, aún no es claro hasta qué punto las funciones y organización de esta oficina se
verán afectadas. 3 El Plan Nacional de Consolidación del Gobierno de Colombia busca consolidar la seguridad y los
logros sociales en 51 municipios a través de la construcción de la presencia del estado en áreas
previamente no controladas por el gobierno. También pretende promover seguridad, aplicación de
la ley, vigencia del estado de derecho y asistencia para el desarrollo en una forma coordinada. A su
turno, la Embajada de los Estados Unidos tiene una Iniciativa para el Desarrollo Estratégico que
pretende complementar y apoyar el Plan Nacional de Consolidación focalizando la asistencia
estadounidense en áreas estratégicas conocidas como regiones CSDI.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
12
agencias nacionales en el Programa, sí buscó señalar responsables del cubrimiento de los
costos para el mantenimiento de las casas, cargando la mayor parte de ellos a los
gobiernos locales. A su vez, dispuso la creación de Centros de Recepción de Información
(CRI) en cada una de las Casas de Justicia y de tres nuevos modelos a saber: las Casas de
Justicia, los Centros de Convivencia (que debían ser establecidos en municipios con menos
de cien mil habitantes habitantes) y un modelo articulado que aún no se ha definido4.
De lo anterior se pueden sacar tres conclusiones. La primera es que si bien éste es un
Programa interinstitucional, todavía existe una única disposición normativa que lo regula,
según la cual las entidades que hacen parte de él no tienen una participación obligatoria.
La segunda es que ni el propósito del Programa ni su contenido se han podido resolver
todavía. Tercero, la creación de nuevas Casas de Justicia y el funcionamiento de las
existentes dependen realmente de la disposición de las autoridades locales para apoyarlas
financieramente y de la capacidad de estas autoridades para obtener financiamiento de
agencias nacionales. Éste es un problema que afecta fundamentalmente a los municipios
pequeños, sobre todo a aquellos que hacen parte del Plan de Consolidación Nacional, no
todos los cuales están incluidos en la Iniciativa de Desarrollo Estratégico de la Embajada de
los Estados Unidos en Colombia (CSDI por sus iniciales en inglés). Tales municipios en
zonas de consolidación rara vez tienen los suficientes recursos para implementar los
servicios y entidades mencionadas en el Decreto 1477/00. Sin embargo, el programa ha
crecido hasta el punto de tener hoy 77 Casas de Justicia (73 en el momento que se realizó
el trabajo de campo). Además se han creado aproximadamente 30 Centros de Convivencia.
DESDE LA DEMANDA
De acuerdo a consultas realizadas con USAID, las Casas de Justicia seleccionadas para esta
evaluación debían ser escogidas por MSD/Partners teniendo en cuenta criterios tales como
el de incluir municipios de todos los tamaños5, una combinación de Casas de municipios
pertenecientes a regiones CSDI y otras por fuera de ellas; asimismo Casas existentes
durante diferentes periodos de tiempo. Se hizo otro esfuerzo por incluir las Casas de
Justicia que, por lo menos en teoría, operaran tanto en poblaciones rurales como urbanas.
El cuadro a continuación muestra la lista de Casas por tamaño de municipio. Cabe anotar
que en Colombia, los municipios están legalmente clasificados según su tamaño (e ingreso
promedio) desde municipios especiales que cuentan con aproximadamente 500.000
habitantes hasta los de sexta categoría que tienen 10.000 habitantes o menos.
Categorización de los municipios donde están ubicadas las 21 Casas de Justicia
URBANOS RURALES
Ciudad/ Departamento
Ubicación Categoría/ estatus CSDI
Departamento/ Región
Ubicación Categoría/ estatus CSDI
4 Este informe sólo se enfoca en las Casas de Justicia y no cubre los Centros de Convivencia.
5 El municipio es la entidad administrativa más pequeña en Colombia, casi equiparable a un
condado, que puede agrupar una o varias localidades o hacer parte de una ciudad muy grande.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
13
URBANOS RURALES
Ciudad/ Departamento
Ubicación Categoría/ estatus CSDI
Departamento/ Región
Ubicación Categoría/ estatus CSDI
Bogotá, D.C. Usme Especial/No Cauca Puerto Tejada
Sexta/No 6
Cali Aguablanca Especial/No Bajo Cauca Tarazá Sexta/CSDI para todos
Cundinamarca Soacha Secunda/No El Bagre
Antioquia Bello Especial/No Zaragoza
Meta Villavicencio Secunda/ CSDI
Sur del Tolima
Ataco
Santander Bucaramanga Especial/No Chaparral
Barranquilla La Paz Primera/No
Rioblanco
Simón Bolívar
Medellín Villa del Socorro
Especial/No Ortega
Cauca Popayán Tercera/No
Guajira Riohacha Cuarta/No
Nariño Pasto Segunda/ CSDI
Nariño Tumaco Cuarta/ CSDI
¿Quién utiliza las Casas de Justicia?
La respuesta a esta pregunta se encuentra en la siguiente tabla, diseñada acorde con las
entrevistas realizadas por el equipo de evaluadores.
Usuarios y No-Usuarios de las Casas de Justicia según género, grupo etnico y otras
categorías
Características Sondeo N=2416
Villavicencio N=1.159
Villa del Socorro N=1,143
No-Usuarios N=586 (sólo Sondeo)
No
%
No
%
No
% No %
Mujeres 1574 65,2 766 66,1 846 74 314 52.7
Hombres 837 34,64 393 33,9 297 26 278 46.6
LGBTI 5 0,16 0 0 0 0 4 0.7
Afrocolombianos 583 24,15 8 0,7 ND ND 105 17,7
Indígenas 74 3,1 4 0,35 4 0,35 23 3,9
6 Hubo una discrepancia frente a la categorización de Puerto Tejada de acuerdo a la Ley 617/00 y la
que es utilizada para el mismo municipio por el DANE. Según la primera, éste debería ser un
municipio de cuarta categoría, pero el DANE considera que pertenece a la sexta. El equipo de
investigación utilizó la categorización del DANE.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
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SES 1 1.331 55,1 792 68,34 110 9,62 242 40,6
SES 2 864 35,8 319 27,52 996 87,1 247 41,4
SES 3-5 (para no-usuarios 3-6)
177 7,3 30 2,6 12 1,1 101 17
SES NS/NR
45 1,85 18 1,55 25 2,2 6 1%
ND: la categorización étnica para Medellín (Villa de Socorro) no está registrada porque la mayoría de los entrevistados se categorizaron como “paisas”-residentes del departamento de Antioquia. Las entradas del sondeo están medidas para darle el mismo valor a cada una de las 16 muestras separadas.
Fuente: datos y análisis del equipo de investigación.
Los usuarios son principalmente mujeres que provienen de los niveles socioeconómicos
más bajos (estratos 1 y 2). Los afrocolombianos componen casi un cuarto de los
entrevistados en el sondeo. Esta es probablemente la misma situación en Villa del Socorro
si sus habitantes no se denominaran como paisas por pertenecer al departamento de
Antioquia. En contraste, los no usuarios son menos las mujeres aquellos que provienen de
niveles socioeconómicos más altos. En suma, parece ser que las Casas de Justicia sí están
atrayendo a la población objetivo, teniendo en cuenta las variaciones de los municipios
donde están ubicadas. Por otro lado, se nota una ausencia de los usuarios procedentes de
zonas rurales, los cuales constituyen sólo el 10.6% de los usuarios en las zonas CSDI, y
menos del 5% en zonas que no son CSDI, y un 2.25% y 0.7% en Villavicencio y Villa del
Socorro respectivamente. Existen varias explicaciones al respecto: las primeras Casas
tendían a construirse en zonas urbanas; aquellas en regiones CSDI, con amplias zonas
rurales fueron construidas recientemente (así es que este 10% pueden considerarse como
un éxito). Además, en estas áreas rurales el transporte y la comunicación presentan todavía
una gran dificultad y por eso es por lo que incluso las sugeridas Casas de Justicia
itinerantes hasta cierto punto no son muy prácticas. Lo anterior se debe a que a veces los
posibles usuarios viven muy lejos como para recibir servicios de las Casas, pero es un
problema tanto desde el punto de vista de la justicia como del interés del Gobierno en
lograr presencia del Estado en esos territorios, lo cual es un objetivo del Plan de
Consolidación.
¿Para qué se utilizan las Casas de Justicia?
La respuesta es simple: el 50% las utiliza para resolver conflictos, predominantemente
casos de familia. El porcentaje restante recurre a ellas por otras razones, siendo la más
importante el obtener o remplazar documentos de identificación, asuntos civiles o
criminales, disputas entre vecinos, peticiones para obtener información, y en las zonas
CSDI y Villavicencio también se provee de capacitación. La importancia relativa de la
resolución alternativa de conflictos y de otro tipo de disputas varía según las Casas y
según las regiones CSDI o no CSDI. El punto importante a resaltar es que mientras la
resolución alternativa de conflictos es todavía el servicio más frecuente, existe una gran
variedad de otros servicios prestados.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
15
¿Cuáles son los resultados?
La encuesta practicada por el equipo de investigadores se enfocó en los resultados de la
resolución alternativa de conflictos. Los resultados más significativos se muestran a
continuación:
Comparación entre acuerdos y niveles de conformidad discriminada según tipo de
disputa y estatus de CSDI (sondeo)
Naturaleza de la Disputa
NO-CSDI Total de Disputas =978
CSDI Total de Disputas = 464
Villa del Socorro Total de Disputas =853
Villavicencio Total de Disputas =727
% Con Acuerdos
% Acuerdo cumplido
% Con Acuerdo
% Acuerdo cumplido
% Con Acuerdo
% Acuerdo Cumplido
% Con Acuerdo
% Acuerdo Cumplido
Familia 89,52 69,44 67,07 64,24 89,13 75,61 82,07 70,46
Penal 71,68 61,73 72,55 56,76 82,29 69,62 76,58 85,95
Otro 56,67 52,94 62,07 44,44 84,15 79,71 100 50
Terrateniente-arrendatario 86,49 54,69 60 66,67 100 62,5 66,67 77,27
Otro de carácter civil 75 65,43 62,26 51,52 86,84 72,73 81,33 77,05
Disputas entre vecinos 78,21 62,3 81,54 75,47 83,67 73,17 90,48 87,72
Total 83,64 66,26 68,53 62,58 87,1 74,56 80,88 76,19
Las figuras para CSDI y no-CSDI son muestras ponderadas
Fuente: datos y análisis por Partners
Aunque existen diferencias significativas entre las cuatro muestras (en donde las regiones
CSDI tienen los porcentajes más bajos), el porcentaje de disputas en las que se alcanzó un
acuerdo y el porcentaje de los acuerdos que se cumplieron son bastante altos; tan altos
que cabe la pena preguntarse si los encuestados entendieron lo qué se les estaba
preguntando. En respuesta a otra pregunta sobre cómo, con posterioridad al acuerdo, las
conciliaciones habían mejorado la relación entre las partes contendientes, entre el 21 y el
49% afirmaron que había mejorado, mientras que entre el 14 y el 20% dijeron que no
había habido diferencia alguna. Únicamente del 3 al 10% admitieron que esa relación
había empeorado. Por consiguiente (con algo de escepticismo sobre las tasas de éxito),
se puede decir que las Casas de Justicia son exitosas en el cumplimiento de su objetivo
principal que es el resolver conflictos.
Los números aumentan en las cuatro preguntas denominadas como las “preguntas de
satisfacción”- ¿Volvería a una Casa de Justicia? ¿La recomendaría a otros? ¿Confía en los
servicios que provee la entidad que lo atendió? ¿Confía en la Casa de Justicia? Las
respuestas afirmativas a estas preguntas rondaron entre el 85 y el 95%, sin que existiera
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
16
una diferencia significativa entre las Casas ubicadas en zonas CSDI y aquellas por fuera de
éstas.
¿Lograron las Casas de Justicia superar las hipotéticas barreras de acceso?
En esta sección se hicieron once preguntas, seis de ellas relacionadas con barreras físicas y
de otro tipo (como costos y tiempo) y el resto con barreras cognitivas. Hubo un problema
con la formulación del cuestionario, lo que hizo que sólo se pudieran contar las respuestas
positivas (aspectos que mejoraron pero de todas formas no había razón para creer que
empeoraron)7. Las respuestas en cuanto a la reducción de las barreras de acceso
mostraron un abanico de resultados más amplio, en donde las Casas en zonas CSDI
obtuvieron casi siempre los menores resultados. Pero el hecho que el 42% de los
encuestados afirmen que el acceso toma menos tiempo y el 57% responda que acudir a las
autoridades no tiene problema alguno, demuestra que la situación no es tan negativa,
incluso si las Casas en zonas que no son CSDI y las otras dos Casas calificaron con entre 10
o 20 puntos más alto. El resultado más importante es que a pesar de que la reducción de
barreras tuvo un puntaje bajo, los encuestados muestran que para ellos las Casas de
Justicia tienen un nivel de relevancia alto. Esto demuestra que, siguiendo parte de la
estrategia del Plan de Consolidación, la presencia y la satisfacción tienen su propio valor,
independientemente de cuál sea el costo para acceder a esos servicios.
¿Hay grupos que evalúan la experiencia de manera diferente?
El interés con esta pregunta era determinar si los llamados grupos vulnerables –mujeres,
afrocolombianos y poblaciones indígenas-, estaban igual de satisfechos con la experiencia
en las Casas. En términos generales, las respuestas a las encuestas sugieren que frente a las
“preguntas de satisfacción” hechas a integrantes de estos grupos los resultados fueron
iguales o más altos que los que arrojaron las respuestas de la población en general. Por
otro lado, los grupos focales mostraron resultados diferentes. Las mujeres mestizas le
dieron una buena calificación a las Casas y un pequeño grupo de mujeres indígenas
respondieron que eran excelentes. Las mujeres y los hombres afrocolombianos fueron más
críticos, acusando a las Casas de ser excesivamente burocráticas, de ignorar las prácticas
comunitarias y, en algunos casos, de proveer servicios ineficientes. Frente al último
aspecto, los grupos focales contaron con tan solo 26 miembros y por eso a sus resultados
no se les debe dar mucha importancia. No obstante, puede ser una señal de que se
avecinan problemas y por eso es necesario seguir investigando el tema.
7 El problema se centró en dos categorías de “no cambio”-situación en donde las cosas
permanecían igual y en donde en realidad no habían logrado hacer ningún cambio. No obstante, la
ausencia de una posible respuesta negativa probablemente no es tan importante ya que como
evidencia el material complementario de los grupos focales, éstos no sugirieron que las Casas
lograran empeorar algunas de las categorías.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
17
Frente al asunto del “tratamiento diferencial” (un concepto colombiano nacido con la
Constitución8) los mismos grupos no mostraron signos de que la discriminación fuese un
problema. Casi ningún miembro respondió que no tuvieran un tratamiento respetuoso o
normal. Nosotros tomamos lo normal como algo positivo, ya que dudamos que los
encuestados se estuvieran refiriendo a algo diferente.
Otros objetivos perseguidos por el Programa
Estos incluyen el aumento de la legitimidad del Estado, mejora de seguridad y la reducción
de la congestión judicial. El trabajo de campo tocó sólo uno de estos de manera directa-la
seguridad- y no desde el enfoque que busca darle USAID, que tiene que ver más con la
seguridad de las Casas. El tema de la legitimidad del Estado se basa en la debatible
hipótesis que afirma que proveer un buen servicio (acceso a servicios de resolución de
conflictos y otros relacionados) va a aumentar la mentada legitimidad. Esto es posible
sobre todo para las poblaciones que antes no contaban con ningún servicio, pero como en
las mismas zonas la mayoría de los servicios son de origen local, y por eso, lo que puede
aumentar sea la legitimidad de sus autoridades locales.
El impacto frente a la congestión judicial puede ser aún más debatible debido a que el
acceso en las Casas está siendo proveído a personas que no están asistiendo a ningún
despacho judicial. Existen otros detalles que pueden explicar el aumento o la disminución
de la congestión judicial pero esto no quita que el referido impacto sea dudoso. Frente a la
seguridad, la encuesta sí les pidió a los usuarios que evaluaran cómo su propia seguridad o
la de su comunidad había cambiado y encontrado percepciones positivas con las Casas.
Las respuestas oscilan entre el 35% para las zonas CSDI y el 68% en Villa del Socorro.
Nuestras respuestas frente a la preocupación de USAID de garantizar la seguridad de las
Casas son bastante abstractas. Primero, estas Casas por su misma naturaleza están
ubicadas en zonas peligrosas y lo que se puede hacer para cambiar esta situación es poco.
Segundo, aunque han habido ataques contra algunas Casas de Justicia solo de dos se
puede afirmar que ellas fueron el objetivo del ataque, mientras que los otros fueron
motivados por errores que no tienen tanta posibilidad de repetirse.
DESDE LA OFERTA - HALLAZGOS EN RELACIÓN AL FUNCIONAMIENTO DE LAS CASAS
DE JUSTICIA
Personal
La gran mayoría del personal de las Casas de Justicia son empleados del gobierno. A pesar
de los diferentes acuerdos interinstitucionales, el personal proveniente de las agencias
8 El artículo 13 de la Constitución Política afirma que el Estado adoptará medidas para asegurarse de
que los grupos marginados cuenten con igualdad real y efectiva ante a la ley.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
18
nacionales por lo general se encuentra en las Casas de Justicia más grandes y ubicadas en
zonas urbanas. El total del personal encuestado de las 21 Casas oscila entre 5 y 118
empleados9 (ver la Tabla 25), y el de las Casas más grandes varios empleados trabajan
medio tiempo o son trabajadores voluntarios en los centros conciliatorios o en los
consultorios jurídicos. Los gobiernos locales más pequeños generalmente tienen que
utilizar trabajadores permanentes de medio tiempo o contratar personas para llenar los
cupos necesarios. Este último caso pasa sobre todo con los coordinadores, el personal de
tecnología y las personas que trabajan en los CRI. Sin embargo, tanto ahí como en las
Casas más grandes, representantes de las agencias nacionales usualmente trabajan medio
tiempo y en horarios que no son fijos. Esta tendencia es alimentada sobre todo por el tipo
de presupuestos que tienen y por la creación de sus propios centros multi-servicios. Otros
problemas relacionados con el personal incluyen las constantes rotaciones de empleados,
poca capacitación y una insuficiente coordinación sobre todo, pero no exclusivamente,
entre el personal del nivel local y el del nivel nacional.
Infraestructura, equipos, mantenimiento y ubicación
La mayor parte de estas actividades, incluyendo la ubicación y hasta construcción de las
Casas de Justicia dependen de las autoridades locales. Hay muchas quejas del personal y
algunos usuarios frente a las insuficiencias existentes sobre todo en temas relacionados
con el presupuesto y los suministros. Los municipios más pequeños se pueden enfrentar
con el problema de no contar con los recursos para cubrir estas necesidades, como
también es posible que haya otros para los cuales las Casas no sean relevantes. Se puede
decir que las Casas que mejor funcionan son aquellas ubicadas en el departamento de
Antioquia, ya que las han adoptado como parte de sus propios programas.
Administración
Existen tres niveles de administración del Programa: nacional, local y por medio de
comisiones interinstitucionales. La administración nacional la tiene la Dirección de Acceso a
la Justicia del Ministerio del Interior y de Justicia (ahora Dirección de Métodos
Alternativos de Solución de Conflictos) del Ministerio de Justicia y del Derecho (antes Vice
Ministerio de Justicia del Ministerio del Interior y de Justicia). Siempre ha sido
problemático tanto para el Ministerio como para esta División tener un control efectivo. La
División ha promovido activamente su visión sobre cómo debieran operar las Casas de
Justicia. También han evitado llamar la atención a las agencias nacionales por la limitada
9 Los datos obtenidos para la Casa de Justicia de Bello están basados en un censo llevado a cabo
durante el último trimestre del año 2010. Estas cifras no solamente incluyen el personal que recibe
un salario sino también voluntarios y pasantes que estaban trabajando en esta Casa al momento en
el cual el censo fue llevado a cabo. El personal voluntario y los pasantes son principalmente
conciliadores en equidad, pasantes de sicología y consultorios jurídicos. Este número está sujeto a
fluctuación.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
19
colaboración de éstas, pero esto tampoco le ha permitido ganar puntos frente a las Casas.
La administración de las Casas de Justicia no es mucho más fuerte tampoco, ya que
muchas veces es confiada a un coordinador con poco poder para obligar al personal local
a hacer sus tareas, fuera de que cuentan con escasos recursos y no tienen un buen sistema
de información. Por el lado de las comisiones de coordinación-nacional, municipal y de
Casas de Justicias-, en la mayoría de los casos éstas no existen y cuando sí se han
conformado casi nunca se reúnen.
COMPARACIÓN LA OFERTA Y LA DEMANDA: LO QUE FUNCIONA, LO QUE NO Y EL
POR QUÉ
Áreas problemáticas de todas las Casas de Justicia
Necesidades insatisfechas y los casos desatendidos: al equipo de investigación se le
pidió que revisara las actividades del PNCJ frente a las necesidades insatisfechas de las
poblaciones objetivo, creyendo de alguna manera que esa información iba a estar
disponible. Lo cierto es que no lo está, y por consiguiente el equipo decidió equiparar las
necesidades con los servicios que son demandados a las Casas de Justicia. Aunque éste no
es un cambio completamente satisfactorio, es la única información disponible. Como se
mencionó anteriormente, las demandas parecen haber sido en mayor medida suplidas. Sin
embargo, se encontró la categoría denominada “casos desatendidos” que merece una
mayor atención. Éstos se mencionaron en las entrevistas al personal, lo que significa que
no sabemos con qué frecuencia suceden, pero sí sabemos que los casos criminales y las
quejas que no son sujetas a la conciliación (que son categorías que posiblemente se
traslapan) son un grupo importante dentro de esta categoría. Dejando de lado las
demandas presentadas por los usuarios que no comprenden la función de las Casas de
Justicia, se puede decir que una de las explicaciones al por qué de esas demandas
desatendidas se debe a que el personal no está autorizado a tratarlas (porque no son
conciliables) o que el oficial autorizado (usualmente de carácter nacional) no está presente.
Mientras que estos casos pueden ocurrir en todos lados, lo más probable es que frustre
más a los usuarios que viven en los municipios más pequeños, donde la entidad alternativa
más apropiada no está presente.
Servicios imprevistos: este término hace referencia a aquellas actividades realizadas en
las Casas de Justicia que no fueron incluidas en el modelo estándar. Hay una gran
multiplicidad de casos como estos y diferentes causas que explican su presencia. Una tiene
que ver con el uso de las instalaciones de las Casas de Justicia para llevar a cabo otros
programas locales- en donde las autoridades locales argumentan que como ellas pagan
por el mantenimiento de las Casas, también pueden usar el espacio que no está siendo
ocupado. De todas maneras, este tipo de uso no hace ningún daño- simplemente afecta
las visiones de las personas que consideran que esos espacios deberían utilizarse para
otros propósitos. Una segunda está relacionada con una serie de servicios especiales que
son incorporados con alguna visión jurídica al PNCJ, en ocasiones debatible a los ojos del
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
20
Ministerio de Justicia. Una tercera tiene que ver con proyectos creados por los niveles
locales, que también son financiados por ellos y que se incluyen para satisfacer alguna
necesidad local o porque las autoridades buscan ganar crédito con alguien. Los servicios
imprevistos son mencionados sólo porque han sido una fuente de debate entre algunas
Casas de Justicia y el Ministerio. Muchas Casas de Justicia ignoran los llamados de atención
del Ministerio porque no tiene mucho poder sobre ellas; otras cumplen las órdenes pero
en ambos casos se generan resentimientos probablemente innecesarios.
Algunas consideraciones adicionales a las altas tasas de éxito de la mediación: a pesar
de que esto ya fue mencionado, vale la pena una explicación adicional, sobre todo porque
las tasas en esta materia son extremadamente altas. Aunque puede ser posible que los
conciliadores de las Casas de Justicia sean extremadamente exitosos o que sus clientes
sean muy receptivos a sus prácticas, también puede ser que los encuestados no hayan
entendido la pregunta o que se les haya hecho o que tales preguntas se hayan formulado
muy temprano como para poder determinar si el acuerdo persistió en el tiempo. Por lo
tanto, se necesitan estudios adicionales al respecto.
Pertinencia de los servicios a las poblaciones rurales y de las regiones CSDI
Esto responde a una serie de preguntas planteadas por USAID. Generalmente las
respuestas son positivas, pero hay que tener en cuenta dos advertencias. Las poblaciones
rurales están sub-representadas entre los usuarios de las Casas de Justicia, pero una vez
pueden acceder a los servicios resultan siendo las que más los aprecian. Los resultados de
los usuarios entrevistados en las regiones CSDI estuvieron entre los más bajos de las
cuatro categorías de usuarios entrevistados, pero con todo son aceptables. Debido a que
las regiones CSDI y los municipios pequeños y rurales entraron a formar parte del
programa en la última fase (desde el 2006 hasta el presente), parte de la explicación puede
estar ahí, sobre todo en lo que concierne a atraer más usuarios del sector rural. Los
contrastes en los resultados obligan a plantearse más preguntas: la necesidad de tener
mejores estrategias de comunicación especialmente en zonas rurales; la necesidad de
explorar el potencial de las Casas itinerantes; el rol que los programas adicionales
(conocidas como las plataformas extendidas) tienen en lo que se refiere a mantener
resultados altos en las regiones CSDI, especialmente en grupos focales en donde tienen un
puntaje más alto; y el potencial que puede tener un modelo menos estandarizado en las
zonas rurales CSDI.
Diferencias de desempeño entre las Casas de Justicia
Existen considerables diferencias en relación a esta categoría, pero no pudimos encontrar
una buena explicación, salvo el hallazgo que muestra que las Casas en las regiones que no
son CSDI obtienen mejores resultados que aquellas ubicadas en regiones CSDI en casi
todas las respuestas. Cuando separamos las Casas de acuerdo con las categorías de
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
21
municipio, encontramos amplias diferencias tanto entre las categorías como dentro de
ellas . A su vez, y de manera muy sorprendente, encontramos diferencias en los resultados
de aspectos clave dentro de las Casas de Justicia evaluadas de manera individual. Aunque
muchas de estas diferencias pueden tener explicación en las interpretaciones del
cuestionario y de cómo fue administrado en las diferentes Casas, creemos que los
resultados (especialmente los que se refieren a las diferencias entre las Casas) ameritan
mayores estudios. Seguramente hacen referencia a las quejas frente a asuntos
operacionales mencionados por el personal de las Casas de Justicia. Si esto es cierto, esta
información podría proveer la base para implementar algún tipo de asistencia
especializada.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
22
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN
DE IMPACTO DEL PROGRAMA DE CASAS
DE JUSTICIA EN COLOMBIA
Introducción
PROPÓSITO
Por medio del Contrato No. AID-514-TO-10-00001, USAID (Colombia) contrató a
Management Sciences for Development, Inc. (MSD) y ésta a su vez subcontrató a Partners
for Democratic Change (PDC), para realizar un estudio de valoración y la evaluación de
impacto del Programa Nacional de Casas de Justicia en Colombia. El requerimiento se basa
en las recomendaciones proferidas en la evaluación del Proyecto de Reforma y
Modernización de la Justicia de 2010. Con esta nueva evaluación se pretende dar una guía
a USAID y al gobierno colombiano acerca de las acciones a emprender en relación con las
Casas de Justicia. La evaluación de 2010 y otros observadores coinciden en su apreciación
sobre la utilidad de las mismas, pero la falta de una evaluación adecuada10, la variabilidad
de los contenidos y objetivos del programa, y las tensiones y problemas visibles, llevan a
considerar necesario llevar a cabo esta nueva evaluación.
Este informe se basa en la revisión previa de documentos disponibles y en un trabajo de
campo exhaustivo sobre el funcionamiento de 21 de las 73 Casas de Justicia existentes
hasta principios de 201111. La evaluación se concentra en la calidad de los servicios
prestados a usuarios rurales y urbanos de las Casas de Justicia y, en la medida de lo
posible, se compara con las necesidades de servicios de las poblaciones objetivo. Los
temas específicos cubiertos incluyen:
• Marco normativo del PNCJ
• Logros del programa en el cumplimiento de sus objetivos estratégicos, incluyendo la
reducción de las barreras de acceso a la justicia de los ciudadanos, el aumento de la
10
Tanto el Ministerio como USAID han hecho evaluaciones parciales (ver bibliografía). No obstante,
una serie de razones conllevaron a considerar que era necesaria una evaluación sistemática. Por
tanto, se comisionaron de manera paralela tres estudios, cada uno de ellos con un enfoque
relativamente diferente. Nuestro equipo tuvo la posibilidad de entrevistar al autor de uno de ellos,
José María Mejía Wills, por lo que algunos de sus hallazgos han sido incorporados a este informe.
11
A principios de 2012 se habían inaugurado otras 4 Casas de Justicia, para un total de 77 Casas de
Justicia.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
23
presencia del Estado a nivel local, la reducción de la congestión judicial con la
implementación de métodos alternativos de resolución de conflictos, el desarrollo de
programas de prevención de violencia intrafamiliar.
• Fortalezas y debilidades del personal en materia de destrezas y conocimientos para
ejecutar el programa
• Capacidad financiera, administrativa, logística y tecnológica
• Evaluación de los servicios prestados con relación al contexto en el que se instauran las
Casas de Justicia, especialmente de aquellas localizadas en zonas de conflicto y en áreas
rurales
Se pidió incluir en la evaluación recomendaciones con el fin de fortalecer el programa
según el análisis de los resultados obtenidos, especialmente a partir del trabajo de campo,
y enfocándose en los temas anteriormente especificados.
METODOLOGÍA
La investigación realizada para este estudio se basó en una metodología multi-
dimensional. En adición a la revisión previa de documentos y evaluaciones que la
anteceden, la presente evaluación se estructura a partir de una serie de datos cuantitativos
y cualitativos:
• Sondeo, consistente en 3.188 entrevistas semi-estructuradas aplicadas a los usuarios de
servicios de 19 Casas de Justicia. Para ello se seleccionaron de forma no aleatoria a
personas que hubieran acudido a las Casas de Justicia (CJ), proceso que se detalla en el
anexo metodológico de este informe.
• Muestreo probabilístico simple, consistente en 2.302 entrevistas semi-estructuradas
aplicadas a una selección aleatoria de usuarios de las Casas de Justicia de Villavicencio y
Villa de Socorro (Medellín), haciendo uso del mismo cuestionario construido para el
sondeo.
• 586 entrevistas semi- estructuradas aplicadas a no usuarios, definidos como personas
que viven cerca de las Casas de Justicia y que no han hecho uso de sus servicios. La suma
de los no usuarios y de 158 personas encuestadas para el muestreo probabilístico, dieron
como resultado un grupo de control necesario para tener una perspectiva diferente sobre
el impacto de las Casas de Justicia.
• 84 entrevistas semi- estructuradas realizadas al personal de las 21 Casas de Justicia. Se
increpó acerca de las condiciones laborales, de la formación recibida, y de sus
percepciones acerca del impacto del programa.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
24
• Censo trimestral del Ministerio de Interior y de Justicia realizado desde 200212, como
fuente alterna de información sobre las actividades, estructuración y utilización de las
Casas de Justicia.
•35 grupos focales creados a partir de las 21 Casas de Justicia con énfasis en mujeres y
minorías étnicas. Aunque parcialmente cuantificables, los resultados aparecen en gran
parte como información cualitativa que sirvió para elaborar resultados de carácter
cuantitativo.
• Diálogos con los encuestados para lograr la obtención de críticas mejor fundamentadas.
(Anexo 4)
• Análisis del marco normativo del programa y de su evolución en el tiempo.
• Observaciones del equipo a cargo del trabajo de campo.
Puesto que existen contradicciones entre las fuentes, el análisis e incorporación de los
datos no fue fácil. Sucedió no solo en la yuxtaposición de los resultados cualitativos y
cuantitativos, sino también con las fuentes de información primarias sobre servicios, entre
ellas el censo, las 19 muestras no aleatorias del sondeo, y las dos muestras probabilísticas.
La aplicación de metodologías diferentes y la categorización de los acontecimientos
pueden ser sus causas, sobre todo en lo que respecta al censo y al sondeo, pero no se
pueden descartar otras explicaciones. En vista de que las diferencias no son dramáticas,
hemos llegado a conclusiones consistentes sobre la caracterización de las poblaciones y
los tipos de servicio prestados, con lo que se comprueba que el sondeo es un instrumento
apropiado para evaluar las Casas de Justicia. Las diferencias en los grupos focales,
particularmente con mujeres, son previsibles tal y como se explica más adelante. La
participación en un grupo de discusión tiende a modificar las respuestas individuales y
abre la oportunidad de dar detalles y comentarios que los cuestionarios semi-
estructurados imposibilitan.
ESTRUCTURA DEL INFORME
La primera parte se este informe versa sobre el progreso del Programa de Acceso a la
Justicia desde sus inicios en 1994. A continuación, los temas cubiertos son: análisis de los
hallazgos desde la perspectiva del usuario o la demanda para profundizar en cómo utilizan
las poblaciones objetivo las Casas de Justicia y qué resultados se obtienen; hallazgos en la
oferta, donde se aborda la estructura, el financiamiento del personal y de otros asuntos
12
El Ministerio no efectuó el censo de 2010. Sin embargo, MSD recogió la información del último
trimestre del año en calidad de contratista de USAID. El censo consta de un trabajo de observación
de diez días en cada una de las Casas de Justicia, y el número de usuarios del trimestre se
extrapolan a partir de estos datos.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
25
que inciden en la oferta de servicios de las Casas de Justicia (CJ); contrastes entre oferta y
demanda, donde se procuran identificar las fortalezas actuales del programa y sus
debilidades, así como sus causas; finalmente, recomendaciones para USAID y el gobierno
de colombiano.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
26
CAPÍTULO I
ANTECEDENTES DEL PROGRAMA DE ACCESO
A LA JUSTICIA
CONTEXTO
La Constitución de Colombia de 1991 se destaca por el carácter garantista que adquiere en
relación con el reconocimiento y protección de los derechos de los ciudadanos. Para el
cumplimiento de lo allí estipulado, el gobierno colombiano ha puesto en práctica una serie
de reformas dirigidas a mejorar el funcionamiento del sector judicial por medio de la
creación de distintas instancias y mecanismos en los juzgados, la fiscalía, la procuraduría, la
defensoría del pueblo, la defensa de los derechos humanos, entre otros. Igualmente, la
Constitución resalta la importancia del acceso a los servicios de justicia y en especial para
grupos de población vulnerable, conformados por personas de escasos recursos y todas
las que enfrentan obstáculos de acceso a la justicia13. En vista de que el sistema formal de
justicia sigue presentando serias demoras e ineficiencia en su funcionamiento, el Estado ha
buscado mecanismos innovadores capaces de garantizar un mayor acceso a la justicia de
los grupos poblacionales que no están familiarizados con las instituciones formales, como
lo son los MASC y la formación en derechos. En este vía, el PNCJ se consolida como el más
importante y el de mayor trayectoria en el país. Desde 1994 inicia actividades que con el
tiempo han llevado a la expansión del programa y a la modificación de sus componentes y
objetivos, por lo que en la actualidad coexisten varios modelos y concepciones acerca de
sus objetivos estratégicos y de su propósito fundamental.
Tanto en América Latina como en otras regiones del mundo, la motivación por encontrar
estrategias que faciliten el acceso a la justicia de las poblaciones vulnerables se ha puesto
a la orden del día. Las Casas de Justicia en Colombia constituyen uno de los ejemplos de
mayor reconocimiento en América Latina. Existen también otros modelos interesantes que
vale la pena traer a colación:
• La Justicia de Paz del Perú, con cerca de 7.000 juzgados al servicio de los pobladores de
áreas rurales. Anteriormente conocidos como jueces de paz no letrados, los jueces de paz
existen desde hace más de 150 años. Aplican una combinación del derecho formal y
13
El artículo 13 de la Constitución hace énfasis en el enfoque diferencial para los grupos
poblacionales más vulnerables que actualmente comprenden mujeres, población LGBTI, minorías
étnicas, niños, y discapacitados mental o físicamente. Lo que esto implica en términos de trato
(interpretaciones legales que favorezcan a los más vulnerables, atención prioritaria a quejas y
reclamos, programas especiales, y/u otros) sigue siendo algo vago, por lo que es necesario que la
Corte Constitucional se pronuncie al respecto y procure una definición más precisa.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
27
consuetudinario para la resolución de conflictos simples. Dentro del sistema de justicia del
Perú, son los funcionarios que obtienen los más altos índices de confianza.
• Los Consultorios Jurídicos Populares y Alegras del Perú. Los Consultorios fueron creados
a mediados de los años ochenta para brindar el servicio de consultoría jurídica y
orientación a ciudadanos de escasos recursos en zonas metropolitanas. No podían
representar a sus clientes ante los juzgados porque la mayoría del personal lo constituían
los estudiantes de Derecho. Las Alegras sucedieron a los consultorios; atienden asuntos
relacionados con la cuota alimentaria y otros conflictos de índole familiar que intentan
resolver con mecanismos de mediación, y brindan asesoría jurídica para personas de la
calle que han sido demandadas.
• Los juzgados de pequeñas causas y jueces itinerantes del Brasil. Los primeros no son
frecuentados por personas de bajos recursos, pero garantizan el acceso a un juez e incluso
a servicios de mediación a las para disputas administrativas y civiles de pequeñas cuantías.
Los segundos, “jueces en los buses” o en embarcaciones, facilitan el acceso a la justicia a
personas de pocos recursos que residen en zonas urbanas y rurales. Brasil también cuenta
con un sistema integral e integrado de servicios públicos que recibe diversas
denominaciones y se encuentra usualmente situado en los centros urbanos; en su oferta
incluye el servicio de una oficina para la defensa pública.
• La introducción en países como Nicaragua y Paraguay de justicias de paz legalmente
habilitadas para servir a las poblaciones ubicadas en zonas rurales.
•El apoyo de los auxiliares jurídicos, introducidos en Guatemala con un proyecto de USAID
y conocidos en Nicaragua como “facilitadores judiciales”, y la resolución alternativa de
conflictos para informar y resolver conflictos con mayor prontitud. Los ministerios de
justicia de Argentina y Perú han tomado la delantera en este tema con la creación de
programas autónomos, mientras que en países como México la resolución alternativa de
conflictos es una opción adyacente a los juzgados.
• Programas de MASC asociados a códigos de procedimiento penal (Colombia incluida),
que permiten la mediación en casos de ofensas leves entre la víctima y el perpetrador. Las
fiscalías suelen hacerse cargo de este tipo de trabajo que así adquiere el carácter de
justicia restaurativa.
Las Casas de Justicia en Colombia combinan varios de estos mecanismos y representan un
enfoque integrado que procura responder a las necesidades jurídicas de la población
marginada. También acogen a miembros de otros programas recientemente creados en
Colombia con el fin de atender los problemas de acceso a la justicia (ej., los jueces de paz y
el Programa de Conciliación en Equidad del Ministerio de Justicia y del Derecho también
financiado por USAID. Ver USAID and Management Sciences International, 2010). El
escenario colombiano se torna aún más complejo con la existencia de otros programas
pertenecientes a otras entidades que funcionan de manera independiente de las Casas de
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
28
Justicia prestando también diferentes servicios integrados en un mismo lugar, como de
hecho sucede con los centros de servicio integrado (los CADE en Bogotá, que brindan
dentro de su oferta asesoría jurídica para asuntos laborales) y un sin número de centros de
otras entidades que ofrecen un acceso integral a sus servicios (la Fiscalía con Unidades de
Respuesta Inmediata (URIs), los Sistemas de Atención al Usuario (SAUs) y, los juzgados
descentralizados (centros multi-servicio para áreas metropolitanas). No obstante, el
Programa Nacional de Casas de Justicia predomina como el esfuerzo más grande y
prolongado, y el de mayor potencial para la provisión de servicios jurídicos a la población
rural de escasos recursos, primordialmente a la que está ubicada en zonas de conflicto.
Tiene además otros objetivos ajenos a otros programas de accesibilidad en Colombia y en
otros lugares del mundo. Sobre estos se ha desatado una fuerte e interesante polémica
que relataremos después: cuáles son, cuáles deberían ser, y hasta qué punto se pueden
utilizar para medir el impacto del programa. Ahondaremos en estas preguntas más
adelante y en lo que resta de este capítulo estableceremos las bases de la discusión
mediante la evaluación del progreso del programa.
MODELOS Y MARCO NORMATIVO
Los preceptos que motivaron la creación y expansión del PNCJ se han transformado en el
tiempo, como se constata en la serie de decretos y acuerdos que han dado forma a su
estructura y operatividad. Sin embargo, durante sus diecisiete años de funcionamiento no
se ha cumplido a cabalidad con el cambiante marco normativo del programa, razón por la
que actualmente existen no menos de tres modelos organizativos y de funcionamiento
conformados por porciones de las 73 Casas de Justicia vigentes14.
El PNCJ se originó a mediados de los años noventa como resultado de la preocupación
generada por la falta de acceso a la justicia en Colombia, y fue impulsado por varias
consultorías relacionadas con el Programa de Modernización de la Justicia de USAID
(1992-2000). Bajo la dirección de la entidad encargada de implementar el programa (FES -
Fundación de Educación Superior), se contrató a un grupo de consultores para desarrollar
propuestas que propendieran por el mejoramiento del acceso a la justicia de los grupos
social y geográficamente marginalizados15.
La propuesta planteada por los consultores y
presentada en una serie de estudios corresponde al primer modelo concebido como Casa
de Justicia en Colombia. Se vislumbraba como una entidad administrativa que tendría que
situarse en los municipios y distritos donde predominan poblaciones vulnerables y
14
Desde que culminamos el trabajo de campo se han sumado 4 Casas de Justicia al programa, de
tal forma que en marzo de 2012 se contaba con 77. La alusión a “modelo” de Casas de Justicia tiene
varios referentes. En este caso se usa para señalar los servicios que se espera que las Casas provean;
también se utiliza para describir su diseño acorde al tamaño del municipio (como se expone
parcialmente en un acuerdo nacional de 2005); pero cobra otro significado en los análisis
presupuestales del presente informe. El modelo funcional sigue cambiando con el tiempo. 15
El equipo estaba constituido por Annette Pearson de González, Luis Ernesto Salinas, César
Augusto Solanilla y Juan Pablo Galeano, todos bajo la dirección de Eduardo Aldana Valdés.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
29
económicamente desfavorecidas, con altos índices de conflicto y una presencia limitada de
las instituciones de la justicia formal. La Casa de Justicia estaría a cargo de la prestación de
servicios integrados e integrales que respondieran a diversas necesidades. Inicialmente los
consultores presentaron una especie de multi-door courthouse (centros multi-agenciales de
justicia) donde estarían disponibles jueces, fiscales, policía, defensores públicos y servicios
de conciliación. Esta tuvo que ser descartada casi que de inmediato porque varias
entidades del orden nacional, principalmente la judicial, se mostraron renuentes. Por ende,
se le dio una mayor importancia a aspectos relacionados con el acceso, el ADR y la
asesoría legal, así como a servicios complementarios para atender disputas civiles y
penales.
La versión final de la propuesta se oficializó con su inclusión en el Plan de Desarrollo de la
Justicia para 1994-1998 con el título de “Justicia para la gente” y su posterior registro en la
base de datos de proyectos del DNP como CONPES No. 2744/9416. Las primeras Casas de
Justicia se construyeron a mediados de 1995 en las ciudades de Bogotá (Ciudad Bolívar) y
Cali (Aguablanca) y en el mismo año se suscribió el primer acuerdo inter-institucional,
“Convenio Nacional para la puesta en marcha de las Casas de Justicia en Colombia: la
justicia entra por casa”, que estableció los objetivos y responsabilidades de las
instituciones participantes. Se listaron cinco objetivos:
• Proveer información y educación a los ciudadanos acerca de sus derechos, y los medios
para acceder a ellos.
• Orientar acerca de las obligaciones de los ciudadanos colombianos según la Constitución
y las leyes
• Brindar orientación y asesoría
• Atender a la comunidad según las funciones legales y constitucionales de las entidades
participantes
• Promover la convivencia pacífica y el respeto a los derechos de todos
Hasta entonces, las entidades participantes eran la Fiscalía, la Procuraduría17, la Defensoría
del Pueblo, Instituto Colombiano de Medicina Legal, el Instituto Colombiano de Bienestar
16
El plan trazó una meta que aún no se cumple (a menos de que se incluyan los Centros de
Convivencia) que consistía en crear 100 Casas de Justicia en el mismo número de municipios.
Municipio es la división administrativa más baja en Colombia. Puede hacer parte de un área
metropolitana o estar compuesta por un distrito rural y urbano con varios núcleos poblacionales,
uno de los cuales (normalmente el más grande) se identifica como la cabecera del municipio.
17
USAID se refiere en su versión al inglés a la Procuraduría General de la Nación como Inspector
General, a pesar de que la traducción no es del todo correcta, ya que la PGN tiene funciones
adicionales. La Procuraduría es una entidad particular en Colombia. Sus funciones principales
consisten en: supervisar el cumplimiento de la ley por parte de los funcionarios públicos (como lo
haría el inspector general); representar los intereses de la sociedad en asuntos civiles, penales,
contencioso administrativos; investigar asuntos de interés social, en especial relativos a la violación
de derechos constitucionales y otros asuntos de intreés social. Por ejemplo, uno de los estudios
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
30
Familiar (ICBF), la Superintendencia de Notariado y Registro, los centros de conciliación
donde existieran, y las pertenecientes a los gobiernos locales, primordialmente las
comisarias de familia, las Inspecciones de Policía y la Personería18. Fuera de facilitar el
acceso a la justicia de las poblaciones marginales, el programa de Casas de Justicia buscó
superar o al menos sortear varias debilidades del sistema judicial formal y de los juzgados
en particular, sobre todo en lo ateniente a la congestión, demoras, ineficiencia y costos
elevados para los usuarios y para el Estado19.
La coordinación del programa le fue
delegada al Ministerio de Justicia que contaría con la asesoría de un Comité de
Coordinación Nacional. Este último se daría cita mensual para monitorear el programa y
resolver los problemas emergentes.
En 1997, tan solo dos años después de haber inaugurado el programa, el nombramiento
de un nuevo Ministro de Justicia y el remplazo del equipo original encargado de la
supervisión del PNCJ, precipitaron un cambio de dirección en el Programa con una
orientación hacia la resolución alternativa de conflictos en sustitución del sistema formal
de justicia o mediante la conciliación. Así las cosas, los otros servicios tenderían a ser
eliminados. Pero como la organización y gestión de las Casas de Justicia depende de los
esfuerzos locales, el MIJ tuvo un margen de maniobra limitado en su papel de supervisor
oficial del programa y se quedó corto a la hora de lograr el real afianzamiento de su
directriz. Esta situación condujo a que cada Casa de Justicia la adoptara a su manera. Al día
de hoy no se ha resuelto cuál es el tipo de servicios que deben incluirse en la plataforma
de servicios de las CJ.
En el año 2000 tuvo lugar otro cambio, encausado por una serie de estudios y
diagnósticos20 que resaltaron ciertas dificultades y debilidades del PNCJ.
En respuesta a los
hallazgos y en un intento por dar al programa cimientos legales e institucionales más
sólidos, el Ministerio de Justicia expidió el Decreto 1477/00 con miras a analizar los
conflictos sociales y encontrar las formas de combatirlos, y a diseñar estrategias para
facilitar el acceso de las comunidades a mecanismos de justicia alternativa o formal. El
decreto sumó a los objetivos iniciales del PNCJ relacionados con la provisión de acceso a la
justicia para las comunidades, los de brindar orientación acerca de los derechos y
obligaciones de los ciudadanos, promover la defensa de los derechos humanos
(especialmente de la familia y los menores de edad), y desarrollar programas para la
prevención de la violencia intrafamiliar y la violación de derechos. También se incrementó
patrocinados por la Procuraduría indagó e identificó las necesidades de apoyo psicosocial que
requieren las personas en condición de desplazamiento forzado en Colombia. 18
Los nombres de estas entidades no tienen un equivalente en inglés. La Inspección de Policía se
encarga de hacer cumplir las normas o regulaciones locales y la Personería de los asuntos legales de
orden local. El personero es una figura de control encargada de supervisar a los funcionarios
públicos del orden local (papel similar al del inspector general en Estados Unidos, y al de la
Procuraduría General), y también puede hacer las veces de defensor del pueblo. Normalmente
ostenta el título de abogado. 19
Corporación Excelencia en la Justicia, 1999; 18. 20
Entre los más importantes Pearson (1997) y Corporación Excelencia en la Justicia (1999).
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
31
el número de entidades que debían formar parte del programa. La gráfica en la siguiente
sección describe aquellas que figuran bajo el Decreto del año 2000.
El Decreto 1477/00 avivó la polémica referente a los objetivos del PNCJ, pues se cuestionó
si la pretensión de proveer soluciones integrales a las necesidades y demandas sociales no
relacionadas con la resolución de conflictos y la protección de derechos estaba
desfigurando su propósito esencial. Fuera de las inquietudes derivadas de estos cambios,
el principal problema reside en el hecho de que a medida que las funciones y objetivos se
incrementan, los recursos y los fondos de inversión no han crecido al mismo ritmo. Una de
las dificultades específicas que enfrenta el programa es que las entidades participantes que
acordaron proveer capital humano y fondos, no han cumplido con las cantidades y
presencia estipuladas. En este sentido el Decreto 1477/00 no fue de gran ayuda puesto
que no sentó los mecanismos necesarios para asegurar la participación de las entidades
y/o sancionar su incumplimiento, sino que aligeró las cargas al darle a la participación un
matiz voluntario y no obligatorio21.
Así las cosas, las entidades tendieron a refugiarse y
excusarse por la falta de recursos humanos y económicos necesarios para solventar su
presencia en las CJ y en otras prioridades institucionales y humanas relacionadas con sus
propios centros de servicio integrado22. Una de las soluciones propuestas para
contrarrestar este problema fue la firma de convenios específicos entre cada municipio y
las dependencias regionales de las entidades del orden nacional. No obstante, como lo
constató Mejía Wills (2011; 11) en una revisión hecha a 56 Casas de Justicia, solo el 13.2%
hizo uso de este mecanismo.
Los esfuerzos para incentivar la participación de las demás entidades también se vieron
frustrados por la no consolidación del Comité Nacional de Coordinación del programa, en
manos del MIJ. Finalmente, en 2005 se creó el Comité Nacional de Casas de Justicia que a
pesar del rol esencial de monitoreo que debía ejercer de acuerdo a los planes iniciales del
programa, solo se reunió una vez. Se ha comprobado que los comités individuales de las
Casas de Justicia siguen esta misma línea, reuniéndose de manera esporádica o existiendo
únicamente en el papel, en parte porque el funcionario local encargado de coordinar el
trabajo de la Casa de Justicia no cuenta con los recursos legales para exigir su
implementación.
Tampoco ha sido favorable para el programa la serie de transformaciones a las que ha sido
sujeta la entidad de la que depende: en un principio Ministerio de Justicia, después Vice-
Ministerio de Justicia adscrito al Ministerio de Interior y Justicia (2002-2011), y desde
mediados de 2011 Ministerio de Justicia y del Derecho. Bajo cualquiera de las figuras y
21
Al disponer que las entidades en la lista “podrían participar”, las faculta para decidir sobre su
participación y presencia como parte del personal de las Casas de Justicia.
22
Por ejemplo, la Fiscalía creó en adición a sus Unidades de Asistencia Integral (UAIs) y (SAUs), los
Centros de Atención contra la Violencia Intrafamiliar (CAVIF) y el Centro de Atención Integral para
Víctimas de Asalto Sexual (CAIVAS). Como ambos pueden apoyarse en representantes del ICBF, esto
puede explicar la inhabilidad de la segunda para proveer personal a las Casas de Justicia.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
32
nombres que este ministerio ha tenido, la Dirección de Acceso a la Justicia que siempre ha
estado encargada de dirigir y monitorear el programa, no ha tenido ni los recursos ni el
personal necesarios para operar. Con la nueva administración y autonomía del mismo, así
como el cambio de denominación de la Dirección de Acceso a la Justicia renombrada
como Dirección de Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos, que queda claro
que esta Dirección continúa con personal y recursos insuficientes. Aún no está claro si esta
situación continuará luego de la recreación de un Ministerio de Justicia separado y la
nueva denominación de Direción de MASC. Además, hay que anotar que se han dado
conflictos entre esta Dirección (su Programa de Casas de Justicia en particular) y varias
Casas de Justicia cuando la primera observa que las segundas no actúan de conformidad
con la visión del Ministerio. Durante las entrevistas aplicadas para este estudio se evidenció
el conflicto recientemente vivido con la CJ de Tumaco, ya que el alcalde adicionó
programas sociales a la oferta de servicios y el Ministerio solicitó la remoción de los
mismos.
Estas tensiones no han coartado la aparición de modificaciones y adiciones ulteriores al
programa. La más significativa y de mayores repercusiones es el enlace del PNCJ al Plan
Nacional de Consolidación Territorial suscrito por el presidente Álvaro Uribe (2002-2010) a
mediados de la última década, que busca aumentar la presencia del Estado en las zonas
geográficas donde los grupos armados al margen de la ley habían ejercido una supremacía
y constreñido el funcionamiento del sistema formal de justicia. Sin embargo, las barreras
geográficas, económicas y culturales siempre han obstaculizado el acceso a la justicia de
las poblaciones de estas zonas. Una vez enlazado el programa al Plan de Consolidación,
cambiaron los criterios de ubicación de las Casas de Justicia puesto que se dio prelación a
los municipios aislados ubicados en las zonas con mayores niveles de conflicto,
denominados por USAID como zonas CSDI. Consecuentemente, se hizo inminente la
transformación de la plataforma de servicios de las Casas de Justicia y la sustracción de
representantes de entidades que pudieran generar retaliaciones por parte de los grupos
armados ilegales e incluyendo a cambio de ellas más programas de orden local
relacionados con la convivencia ciudadana. Es así como surgen los Centros de Convivencia.
Estos no se incluyen en el análisis y evaluación realizados en este estudio, pero es
importante anotar que su estructura y propósito cuentan con un menor consenso que el
de las Casas de Justicia ordinarias23.
23
En una variable, los Centros de Convivencia constan de entidades más pequeñas y no tienen
participación de los organismos de justicia nacional, pero prestan los servicios de resolución de
conflictos y una gran variedad de programas locales para la promoción de la convivencia pacífica.
En otra variable, no hay representación de los organismos nacionales que se presume forman parte
de las Casas de Justicia (ICBF, Fiscalía, Justicia de Paz), pero sí cubren programas nacionales
orientados a mejorar las condiciones socioeconómicas de las personas que habitan en zonas de
conflicto. Aunque se haya hecho un mayor énfasis en los municipios más pequeños, parece ser que
los centros más exitosos están ubicados en municipios medianos con fondos disponibles para
financiar otros programas y contratar el personal necesario para ejecutarlos.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
33
Uno de los problemas originados por este nuevo enfoque es el hecho de que los
municipios que cumplen con los indicadores señalados por el Plan de Consolidación están
entre los más pobres del país y no cuentan con la robustez institucional o financiera
necesaria para soportar el programa. En su mayoría disponen de una planta de personal y
una institucionalidad tan baja que la casa arrastraría toda la infraestructura de servicios, o
peor aún no cuentan con los funcionarios requeridos. Aún así, las personas encargadas del
programa siguieron el mismo curso, dando lugar a la firma de un convenio para la puesta
en marcha del Programa Nacional de las Casas de Justicia y Convivencia Ciudadana en
junio de 2005. Sorprende que en este acuerdo no haya referencia a las funciones de las
Casas de Justicia, lo que implica que siguen vigentes aquellas esbozadas en el Decreto
1477/00. El nuevo acuerdo procuró dar un orden a los diversos modelos organizacionales y
operativos que habían evolucionado en medio de la informalidad y definió tres modelos
de Casas de Justicia que intentó articular así: la Casa de Justicia (que incluía una variación
regional para las áreas más aisladas con la incorporación de una casa central y varias
satélites); el Centro de Convivencia; y un modelo articulado que aún no se define (al
menos cuando se escribió este informe). Estos modelos guardan relación con el tamaño
de la comunidad, de tal manera que los Centros de Convivencia tendrían que ser
destinados a municipios con menos de 100,000 habitantes. Esta parte del convenio se ha
pasado por alto y por ende, hasta el día de hoy se continúan construyendo Casas de
Justicia en las comunidades más pequeñas, incluso en las zonas CSDI.
El Convenio de 2005 también ordenó la creación de Centros de Recepción de Información
(CRI) para cada Casa de Justicia bajo la financiación del municipio correspondiente, facultó
la participación de otras instituciones a las tradicionalmente listadas siempre y cuando
fueran consistentes en sus funciones con el propósito de las Casas de Justicia, y ordenó la
creación de tres comités territoriales (nacional, distrital, y de Casas de Justicia) para la
coordinación de los programas. Como se mencionó arriba, la conformación de los comités
se ha incumplido.
Finalmente, el Convenio estableció las responsabilidades de las entidades participantes,
aclarando que las alcaldías municipales deben aportar una sede, ya sea un inmueble o el
terreno para construirlo con fondos del MIJ o de donantes, así como los servicios de
vigilancia, aseo, cafetería y servicios públicos domiciliarios; mientras que a las otras les
compete suministrar todos los equipos de oficina y técnicos necesarios para su óptimo
funcionamiento. Bajo este esquema, para los municipios más pequeños que ahora
constituían la prioridad del programa la carga se volvió inmensa, a veces imposible de
sobrellevar.
Mientras que el Decreto 1477/00 se considera aún como el documento oficial de mayor
relevancia para la definición del propósito del programa, los convenios y directivas
ulteriores se han extralimitado o se han dedicado a darle vueltas. El Ministerio de Justicia
(o Vice Ministerio de Justicia entre 2002 y 2011) no ha tenido la oportunidad de hacer
cumplir su visión o incluso de monitorear efectivamente lo que está ocurriendo en el
terreno. Por tanto, el programa continúa andando de manera descentralizada y con
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
34
diferentes variables locales que, en algunos casos mejoran y en otros empeoran la
situación. Como se sustenta en los siguientes capítulos, al favorecer ciertas funciones o
actividades se pasan por alto las mayores fortalezas del programa, y esto afecta su
verdadero potencial. El PNCJ surgió como una herramienta clave para prestar orientación
jurídica y acceso a la resolución de conflictos en poblaciones urbanas y rurales de escasos
recursos. En este sentido, el Programa ha funcionado. Apuntar hacia otros objetivos como
descongestionar los despachos, afianzar la legitimidad estatal, y reducir el conflicto
violento, pueden estar fuera de lugar dado que el programa no puede resolver las causas
que han generado este tipo de problemas y fuera de ello, nunca se esclareció cómo y
quién tendría que hacerlo.
EXPANSIÓN DEL PROGRAMA Y ADECUACION DE PERSONAL
En el momento en el que se llevó a cabo el trabajo de campo (principios de 2011) existían
73 Casas de Justicia; 20 % de ellas se hallaban localizadas en zonas CSDI. Según el
Convenio de 2005, estas últimas, e incluso muchas más, deberían haber respondido al
modelo de los Centros de Convivencia. No obstante, se ha comprobado que quienes las
establecen deciden qué nombre ponerles. De todas formas es preciso anotar que existen
30 Centros de Convivencia adicionales que no se tuvieron en cuenta en este informe
porque requieren de una evaluación aparte.
Como se detalla en el Capítulo 3, USAID ha contribuido enormemente a la construcción de
las Casas de Justicia y a la capacitación inicial del personal, así como al desarrollo de
programas especiales por medio de subvenciones que entrega a ONGs. Sin embargo, gran
parte de la inversión proviene de las alcaldías municipales y del gobierno nacional24.
Con el
apoyo de USAID, la Dirección de Acceso del MIJ instituyó un censo trimestral de las Casas
de Justicia y de su carga laboral, como se refleja en la tabla correspondiente. La exactitud
de los datos está sujeta a debate puesto que no todas las Casas de Justicia suministran
información sistemáticamente25.
Fuera de eso, el Ministerio ha hecho algunos cambios en
la organización de los datos, lo que dificulta el análisis cronológico. Empero, el censo sigue
siendo un instrumento útil para evaluar los avances logrados desde 2002.
La siguiente tabla (Tabla 1) muestra el número de usuarios por Casas de Justicia en el
periodo de tiempo establecido, el total de usuarios, y número de usuarios discriminados
por zonas CSDI y no CSDI. Los datos no están completos porque no se incluyeron en el
censo algunas Casas de Justicia en ciertos trimestres. Por la misma razón, la suma del
número de Casas de Justicia según las categorías CSDI y no CSDI no equivale al total de
24
Existen donaciones de otros contribuyentes del sector privado, pero estas no se examinan en
detalle. 25
El censo no comprende todos los datos del periodo que cubre, sino que extrapola las actividades
de cada trimestre con base en un periodo de observación de diez días en cada Casa de Justicia.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
35
Casas de Justicia. El conteo CSDI/no CSDI se basa en las Casas donde sí se efectuó la
recolección de datos.
Tabla 1: Número de Casas de Justicia y usuarios, 2002-2010
2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010
Casas 24 37 37 40 47 50 53 65 69
Usuarios 396.802 574.149 819.770 1.024.931 1.139.386 1.423.585 1.386.584 1.308.035 191.793
Casas CSDI
2 3 4 5 7 7 14 23 18
Usuarios CSDI
18.473 49.457 60.081 82.041 108.982 200.380 186.634 202.254 44.809
Casas no CDSI
19 28 33 35 37 39 39 39 37
Usuarios no CSDI
378.330 524.671 759.649 942.856 1.030.362 1.223.182 1.198.736 1.105.783 146.984
Nota: el número de Casas es equivalente al total al final de cada año; en el caso de CSDI y no CSDI el
número de Casas corresponde al que cubrió el censo. Los números para 2010 son solo válidos para el
último trimestre del año, siendo ésta la única información disponible para ese año.
Fuente: MIJ, Censo de las Casas de Justicia
La tabla indica que los niveles más altos de consulta corresponden al año 2007, habiendo
decrecimientos menores tanto en el 2008 como en el 2009. Puesto que se cubrió un
número menor de Casas en el 2007 en comparación con el 2008 y el 2009, es probable que
la disminución sea real. Como los datos de 2010 están incompletos, no se puede asegurar
si se trata de una tendencia o de un comportamiento pasajero. Sería riesgoso extrapolar
las estadísticas de 2010 porque el censo cubrió una porción aún más pequeña de las Casas
de Justicia existentes.
La Gráfica 1, diseñada por el Ministerio de Interior y Justicia, señala cuáles son las
entidades que “podrían participar” en cada Casa de Justicia. Como se acotó anteriormente,
se le ha dado un carácter voluntario a la participación de las mismas (según el Decreto
1477/00), a pesar de que la suscripción de una serie de acuerdos nacionales y locales
posteriores exige le exige a las entidades cumplir con su apoyo. No hay prácticamente
ninguna Casa de Justicia en el país que cuente con la totalidad de la representación de las
entidades abajo relacionadas. Las razones de la presencia o ausencia de algunas entidades
se analizan en el Capítulo 3 en “Desde la oferta”, pero se puede anotar que tal y como se
ve en la Tabla 2, las entidades del orden local son las que hacen presencia. Las del orden
nacional se encuentran con mayor frecuencia en las Casas de Justicia más grandes
ubicadas en centros urbanos con una población más densa.
Gráfica 1: Entidades públicas del orden local y nacional que podrían ser parte de las
Casa de Justicia
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
36
Fuente: gráfica “Entidades que hacen parte de la casa de justicia”, del Ministerio de Interior y de
Justicia
Aunque se presumiría que la mayoría de entidades envíen sus funcionarios a las Casas de
Justicia, algunas, incluyendo las alcaldías, se valen de contratistas independientes para
este propósito. Adicionalmente, los jueces de paz y conciliadores en equidad, así como el
personal de los centros de conciliación y los consultorios jurídicos (de las universidades), se
sirven de voluntarios. En el caso de los últimos dos se puede disponer de un coordinador
asalariado.
La Tabla 2 da cuenta del personal presente en las Casas de Justicia en funcionamiento en
el periodo establecido. Las cifras provienen del censo y por ende no incluyen la totalidad
de Casas de Justicia. Cabe anotar que estar en la Casa no implica un trabajo de tiempo
completo y que algunos funcionarios, en su mayoría representantes de las entidades del
orden nacional, solo hacen presencia medio tiempo. Por esta razón, no hay cifras
disponibles de 2002, año en el que el censo intentó medir el nivel de esfuerzo.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
37
Tabla 2: Personal, periodo 2002-2010, para todas las Casas de Justicia
2002* 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010
Total personal NA 724 1225 1402 1449 1566 1604 1805 1923
No. Casas de Justicia 24 37 37 40 47 50 53 65 69
Promedio personal/Casa NA 19.6 33.1 35 30.9 31.3 30.3 27.8 27.9
Inspección de Policía 85 97 102 114 151 141 173 176
Personeros 33 35 30 41 36 32 59 50
Comisaría de familia 156 192 193 190 231 244 308 311
Fiscal local 91 108 137 138 142 129 125 161
Conciliadores en equidad 131 226 190 212 221 249 223
Universidades** 138 207 229 216 161 280 268 252
Coordinadores*** 50 85 133 171 184 176 209 153
Defensor del pueblo 39 44 47 46 46 54 58 51
Desarrollo comunitario 12 108 83 22 42 21 42 39
Justicia de Paz 38 21 34 29 36 40 34
ICBF 28 29 29 21 22 17 28 31
Centro de conciliación 29 33 23 40 81 61 48 39
Medicina legal 11 20 36 27 18 19 22 29
Unidad de mediación 13 26 16 22 22
Mediadores comunitarios 18 11 41 26 23 16 55
Trabajador social 15 22 24 40 44 38 40 53
Psicólogo**** 37 58 78 105 115 96 98 99
*No se tabuló la cifra total de personal para este periodo
**Consultorios jurídicos que brindan asesoría jurídica
***Incluye personal de mantenimiento y vigilancia, de CRI y de TI
****Incluye funcionaros del Estado y de las universidades
Fuente: MIJ, Censo de las Casas de Justicia
Durante todo este periodo el número de Casas de Justicia y el personal aumentaron
gradualmente, presentando unos pocos saltos significativos – por ejemplo, entre 2002 y
2003, y entre 2008 y 2009. El número promedio de trabajadores por Casa aumentó
aproximadamente de 20 en 2003 a 35 en 2005 y desde entonces, ha sufrido un descenso
leve, probablemente en razón de la inauguración de nuevas Casas de Justicia en
municipios más pequeños. Es necesario hacer tres precisiones adicionales sobre el tema
del personal. En primer lugar, respecto a las cifras de personal se muestra el total por
dependencia, incluyendo a los profesionales y al personal que desempeña funciones
básicas. Lo mismo sucede con los coordinadores. En segundo lugar, instituciones como las
universidades y conciliadores en equidad suelen contratarse por medio tiempo o en
calidad de voluntarios. Así las cosas, si se hubiera calculado exclusivamente el personal
con base en trabajadores de tiempo completo, esto habría dado como resultado números
mucho más bajos a los obtenidos. En tercer lugar, la tabla da cuenta del personal en
números mas no de las entidades del orden nacional participantes, por lo que no se debe
asumir que de las 268 personas pertenecientes a las universidades haya una distribución
pareja entre todas las Casas de Justicia, o que las 28 vinculadas al ICBF reportadas para el
año 2009 están distribuidas en el mismo número de Casas de Justicia. De hecho, sólo 32
de las 56 Casas evaluadas por Mejía Wills (2011; 31) contaban con consultorios jurídicos
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
38
universitarios dos años después, pero cada consultorio tenía a varias personas trabajando
en él y en su mayoría de medio tiempo. Más adelante, daremos una mirada a los patrones
de adecuación de personal en las 21 Casas de Justicia que hacen parte de este estudio con
el fin de dar una idea más acertada de las variaciones en su distribución y sus números.
Retomando lo que se dijo previamente, el personal local representa el mayor porcentaje
del personal disponible en las Casas de Justicia. Entre las entidades públicas del orden
nacional, solamente el fiscal local hace presencia de manera significativa, entiendo esta
última como su participación en la mayoría de Casas de Justicia. Los demás representantes
de entidades públicas del orden nacional (Defensoría del Pueblo, Medicina Legal, ICBF,
jueces de paz) no cuentan con suficientes funcionarios para hacer presencia en todas las
Casas de Justicia. También es de notar que la participación de las entidades públicas del
orden nacional ha demostrado una tendencia a la baja, primero leve y luego abrupta en los
años más recientes. Hay dos explicaciones probables: una estrechez presupuestal que
dificulta disponer de personal que pueda trabajar fuera de las oficinas de la entidad, y el
desarrollo de centros de servicios propios orientados a mejorar el acceso de la población
vulnerable. La primera explicación es aplicable a Casas de Justicia ubicadas en áreas
aisladas, mientras que la segunda lo es para municipios más grandes. Si bien cada
organización suele tener propósitos diferentes, la modalidad de servicios integrados tanto
para la justicia como para la prestación de otros servicios públicos ha tenido tanta acogida
en Colombia que los centros compiten entre sí por el personal.
CONCLUSIONES
Este estudio de valoración y evaluación de impacto del Programa de Casas de Justicia en
Colombia se elaboró por solicitud de USAID, con el fin de orientar al gobierno colombiano
en la solución de una serie de cuestiones que atañen al progreso del Programa Nacional
de Casas de Justicia, y al apoyo permanente que USAID le brinda. Los cuestionamientos se
relacionan con qué y cómo apoyar el programa. Tanto para USAID como para el Gobierno
de Colombia (GOC), resulta importante establecer si los problemas deben resolverse con
antelación, posteriormente, o de forma paralela a la expansión del PNCJ. El debate
continuo en torno a los objetivos, estructura y financiación del programa entre los
promotores y participantes colombianos complica aún más el panorama. La inclusión de
las Casas de Justicia en el Plan Nacional de Consolidación dio pie a otro enfoque al
posicionar como prioritaria la presencia y, por ende, la rápida expansión del programa en
las zonas CSDI, mientras que el debate, aún no resuelto, es la discusión sobre las
funciones de las Casas, lo cual podría poner un mayor énfasis en asegurar el cumplimiento
de funciones clave (como quiera que éstas se definan). Actualmente, y ante la creación del
nuevo Ministerio de Justicia, el Ministerio de Interior deberá seguir respondiendo por los
Centros de Convivencia. Así las cosas, se hace manifiesta la divergencia, en tanto que el
mandato del Interior se centra en la organización política interna y en el conflicto en un
sentido más amplio con el fin de propender por la paz, mas no en la solución de conflictos
individuales.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
39
Incluso antes de la creación del enfoque CSDI, el debate en torno a los objetivos del
programa estaba por encima de la capacidad de los actores involucrados, por lo que les
estaba siendo imposible afianzar su visión. La situación jurídica de las Casas de Justicia es
también ambigua, ya que son el resultado o producto de un programa multi-institucional y
carecen de autonomía presupuestal, de personal, y de personería jurídica. La incapacidad
de las partes interesadas, especialmente de las Casas de Justicia y del Ministerio de Justicia
para exigir los aportes pactados con las demás entidades participantes, ha propiciado una
gran fragilidad institucional. Sin embargo, como se relata en los siguientes capítulos, los
servicios que brindan las Casas de Justicia tienen gran acogida entre los usuarios, pero su
continuidad y calidad dependen de la voluntad de las instituciones participantes. Si las
Casas de Justicia se consideran como evidencia de una mayor presencia del Estado en las
zonas de conflicto, ellas tienen menos importancia en la medida en la que tras el
reestablecimiento de la presencia del Estado de todas maneras se introducen instituciones
formales que tienen el potencial de realizar las acciones que las Casas implementan. No
obstante, si las CJ se entienden como entidades que actúan a favor de las personas que
más dificultades tienen a la hora de tener acceso los servicios formales, la calidad de sus
servicios suscita una mayor preocupación y la participación voluntaria de las entides
resulta impráctica.
Una última observación versa sobre las dificultades derivadas de la dependencia del
programa en la Dirección de Acceso del Ministerio de Justicia, entidad que no cuenta con
el presupuesto para apoyar a las Casas de Justicia ni con el poder político para velar y
exigir el cumplimiento de los compromisos que las demás entidades públicas del orden
nacional adquirieron con el programa. En verdad, las Casas de Justicia son, en gran parte,
el resultado de lo que las autoridades locales son capaces de producir o de negociar con
las autoridades nacionales. Coincidencialmente, los casos más exitosos (según sus propias
pautas) son los más renuentes a acatar las directrices del Ministerio de Justicia. Por
ejemplo, el departamento de Antioquia ha adoptado el programa como propio, creando
varias de sus Casas de Justicia sin depender mucho del Ministerio de Justicia, razón por la
que no le encuentra sentido a la incidencia del Ministerio de Justicia en sus actividades y
funcionamiento26.
Esta experiencia junto con otras vividas en áreas como Bogotá, sugieren
que contrarrestar la fragilidad de las Casas de Justicia por medio del fortalecimiento del
Ministerio de Justicia no es la única salida viable, y que también podría funcionar una
supervisión y monitoreo del programa a otro nivel. Antes de adentrarnos en estas y en
otras alternativas menos tajantes, haremos un repaso de las acciones hasta ahora
emprendidas y a los recursos utilizados para su ejecución.
26
Se informó, por ejemplo, que cuando la Dirección de Acceso a la Justicia anunció que se
necesitaba la aprobación del Ministerio de Justicia para inaugurar la Casa de Justicia de Itagüí
(Antioquia), las autoridades locales hicieron caso omiso al considerar que se trata de un programa
departamental. Aunque el Gobierno Nacional y el MIJ han financiado la construcción de Casas de
Justicia en Antioquia, el departamento también lo ha hecho con recursos propios y parece estar
dispuesto a seguir por la vía de la autonomía.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
40
CAPÍTULO II
DESDE LA DEMANDA
(PERSPECTIVA DEL USUARIO):
HALLAZGOS EN LOS SERVICIOS PRESTADOS
POR LAS CASAS DE JUSTICIA
INTRODUCCIÓN
En este capítulo se evalúa el impacto que las Casas de Justicia han tenido en su propósito,
esto es, el acceso a la justicia de poblaciones vulnerables, ya sea en razón de bajos
recursos económicos, género, etnicidad, o ubicación geográfica. También se retoman otros
objetivos que han surgido con el paso del tiempo. Empezamos con la formulación de
preguntas básicas inherentes a:
• ¿Quién recurre a los servicios de las Casas de Justicia?
• ¿Por qué acudir a las Casas de Justicia? Ej. ¿Qué tipos de servicios se solicitan?
• ¿Cuáles son los resultados obtenidos? (énfasis en resolución de conflictos)
• ¿Cómo evalúan los usuarios los servicios y su experiencia en la Casa de Justicia?
Estas preguntas nos sirven para medir la demanda y los grados de satisfacción del usuario.
Sin embargo, existe una teoría más amplia que cobija los modelos de Casas de Justicia, la
cual argumenta que el programa cumple sus metas al reducir las barreras de acceso a la
justicia acercando los servicios jurídicos a las poblaciones objetivo, no solo en términos
físicos sino también en términos de costos, facilidad de uso, y mejor entendimiento de sus
derechos y de la manera de exigir su respeto. Por ende, este capítulo también explora qué
tanto esto ha ocurrido.
Tras la vinculación del programa al Plan Nacional de Consolidación, se incluyeron objetivos
adicionales que apuntaron al aumento en la prestación de servicios a poblaciones en
anteriores zonas de conflicto, especialmente en las áreas rurales más lejanas. Así las cosas,
se abordan temas como:
•El cubrimiento de las Casas de Justicia ubicadas en cabeceras municipales a poblaciones
rurales.
• En qué medida difiere la experiencia de los usuarios de las Casas de Justicia ubicadas en
áreas rurales y CSDI, su evaluación y reducción de barreras de acceso.
• Qué tan bien les va a las Casas de Justicia con la prestación de sus servicios a grupos
vulnerables (mujeres, afrocolombianos e indígenas) y qué tanto se aplica el enfoque
diferencial que exige la Constitución.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
41
Finalmente, se evaluarán los impactos esperados del PNCJ en términos de percepción de
seguridad, reducción de la congestión judicial, mayor legitimidad del Estado, y disminución
del conflicto o sustitución de los medios utilizados para resolverlos.
El análisis que sigue se basa en los hallazgos de los evaluadores de campo,
complementados con los datos del censo del MIJ. En razón de las características de la
fuente primaria de información (las 19 muestras no probabilísticas y las dos muestras
probabilísticas), el interés especial de USAID en el impacto en zonas CSDI en
contraposición a las zonas de no CSDI, y del esfuerzo (no del todo exitoso) de diferenciar a
los usuarios rurales de los no rurales, la mayoría de la información recogida se presenta
separando los resultados obtenidos del sondeo aplicado en las 19 Casas de Justicia y las
dos muestras probabilísticas (en Villavicencio y Villa de Socorro). A continuación se
discriminan los resultados del sondeo en las categorías de Casas de Justicia de CSDI y no
CSDI. Y se provee una guía adicional en el siguiente cuadro para facilitar el análisis de la
información.
Explicaciones metodológicas adicionales
El anexo metodológico ofrece más detalles, pero los siguientes puntos son esenciales
para la comprensión de la información presentada:
En primer lugar, el sondeo no se compone de muestras probabilísticas a pesar del
esfuerzo hecho para captar una base representativa amplia con la selección aleatoria
de usuarios de las Casas de Justicia, así como con una selección de personas
entrevistadas para anteriores evaluaciones (no siempre completas) sobre servicios
prestados en años previos. Puesto que las 19 muestras del sondeo varían en tamaño
(por las dificultades que hubo para encontrar al segundo tipo de entrevistados)
decidimos estandarizar el muestreo hecho para cada Casa de Justicia, y así evitar una
sobrevaloración de aquellas donde más entrevistas se hicieron. Por tanto, aunque se
efectuó un total de 3.188 entrevistas, las muestras sopesadas para este estudio
comprenden un total de 2.416 entrevistas. En algunas tablas se da cuenta de los
resultados analizados y descartados con el objeto de establecer comparaciones.
En segundo lugar, a las cuatro Casas de Justicia del sur del Tolima se les dio el
valor/peso de una, ya que constituyen un solo modelo regional y comparten servicios.
Como se menciona más adelante, la teoría no funcionó en la práctica, aún así se
prosiguió con el supuesto de combinarlas. En consecuencia, a pesar de que la
encuesta da cuenta de 19 Casas de Justicia, el recuento se lleva a cabo para 16
después de sumar como una las del Tolima.
En tercer lugar, USAID pidió información sobre poblaciones rurales, aquí entendidas
como aquellas que residen en áreas rurales externas de los centros poblacionales
donde operan las Casas de Justicia. Es necesario hacer esta precisión dado que en el
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
42
contexto colombiano, algunas cabeceras municipales son tan pequeñas que cabrían en
la categoría de rurales (menos de 7.000 habitantes). Al final, muy pocos entrevistados
pudieron ser clasificados como rurales según la definición adoptada para este informe.
Este hallazgo es significativo por sí solo, pero no se ha llevado a cabo un análisis
adicional de esta categoría por la exigua relevancia numérica de la misma.
Las Casas de Justicia escogidas no incluyen Centros de Convivencia, categoría
secundaria que cobija entidades similares cuya supervisión también depende de la
Dirección de Acceso del Ministerio.
La siguiente tabla discrimina las Casas de Justicia incluidas en este estudio de acuerdo al
tipo de municipio en el que se encuentran ubicadas. Utiliza las categorías establecidas por
la Ley 617/2000 de la siguiente manera: especial, con más de 500.000 habitantes; categoría
uno, entre 100.000 y 500.000; categoría dos , entre 50.000 y 100.000; categoría tres entre
30.000 y 50.000; categoría cuartro, entre 20.000 y 30.000; categoría cinco entre 10.000 y
20.000; y categoría seis, por debajo de 10.000. El ingreso promedio también entra en la
clasificación y aunque no haya modificado las categorías de los municipios, sí tiene un
impacto en la clasificación de los usuarios. También se incluye la discriminación según
zonas (CSDI – no CSDI). A pesar de que técnicamente Villavicencio sería parte de una zona
de CSDI, se excluye en las tablas de Casas de CSDI del sondeo. La caracterización
rural/urbana en la Tabla 3 alude al municipio como un todo y a la distribución poblacional
de este.
Tabla 3: Clasificacion de municipios deonde estan ubicadas las 21 Casas de Justicia
URBANO RURAL
Ciudad/ Departamento
Ubicación Categoría/ CSDI Depto./ Región
Ubicación Categoría/ CSDI
Bogotá, D.C. Usme Especial/No Cauca Puerto Tejada
Sexto/No27
Cali Aguablanca Especial/No Bajo Cauca Tarazá Sexto/CSDI para todos El Bagre
Zaragoza
Cundinamarca Soacha Secundario/No Sur del Tolima
Ataco Sexto/CSDI para todos Chaparral
El Charco
Ortega
Antioquia Bello Especial/No
Meta Villavicencio Secundario/CSDI
27
Hay una discrepancia entre la categorización de Puerto Tejada según la Ley 617/00 y la del
DANE. De acuerdo a la primera debería estar ubicado en la categoría 4, pero el DANE lo incluye en
la categoría 6. El equipo optó por adherirse a la clasificación del DANE.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
43
Santander Bucaramanga Especial/No
Barranquilla La Paz Primario/No
Simón Bolívar
Medellín Villa del Socorro
Especial/No
Cauca Popayán Terciario/no
Guajira Riohacha Cuarto/No
Nariño Pasto Secundario/CSDI
Nariño Tumaco Cuarto/CSDI
La selección de las 21 Casas de Justicia se hizo en consulta con USAID. Se prestó especial
atención a la inclusión de varias categorías: la selección de Casas ubicadas en los diferentes
tipos o categorías municipales, evaluación de una mezcla de zonas CSDI y no CSDI, así
como Casas que han existido por periodos de tiempo largos, medianos y relativamente
cortos. También se procuró incluir Casas de Justicia que atraen, al menos en teoría,
población rural y urbana.
¿QUIÉN UTILIZA LOS SERVICIOS DE LAS CASAS DE JUSTICIA?
Empezamos categorizando a los usuarios por género, grupo étnico, y estrato
socioeconómico. Los recuentos son producto tanto del sondeo como de las dos muestras
probabilísticas, e incluyen una categoría para no usuarios extraída del sondeo. Puesto que
la categoría de no usuarios fue la selección menos sistemática, no se incluirá en ningún
otro análisis. Sin embargo, en calidad de grupo de control arroja diferencias interesantes:
mientras que las mujeres vuelven a ser mayoría en esta categoría de no usuarios, la brecha
es menor. Igualmente, los no usuarios cuentan con el mayor porcentaje de grupos de
mayores ingresos, siendo este un sesgo previsible. Las dos columnas del sondeo muestran
los datos primarios y los resultados ponderados.
Tabla 4: Usuarios y no usuarios de las Casas de Justicia clasificados por género, grupo
étnico y otras categorías
CARACTERÍSTICAS SONDEO
N=3,188 SONDEO N=2,416
VILLAVICENCIO N=1,159
VILLA DE SOCORRO N=1,143
NO USUARIOS N=586 (SONDEO)
No % No % No % No % No %
Mujeres 2095 65.7 1574 65.2 766 66.1 846 74 314 52.7
Hombres 1087 34.1 837 34.64 393 33.9 297 26 278 46.6
LGBTI 6 0.2 5 0.16 0 0 0 0 4 0.7
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
44
CARACTERÍSTICAS SONDEO N=3,188
SONDEO N=2,416
VILLAVICENCIO N=1,159
VILLA DE SOCORRO N=1,143
NO USUARIOS N=586 (SONDEO)
No % No % No % No % No %
Afrocolombianos 638 20 583 24.15 8 0.7 ND ND 105 17.7
Indígenas 89 2.8 74 3.1 4 0.35 4 0.35 23 3.9
Estrato socioeconómico 1
1.767 55.4 1.331 55.1 792 68.34 110 9.62 242 40.6
Estrato socioeconómico 2
1.129 35.4 864 35.8 319 27.52 996 87.1 247 41.4
Estratos socioeconómicos 3-5 ( no usuarios, estratos 3-6)
233 7.4 177 7.3 30 2.6 12 1.1 101 17
Estrato socioeconómico NS/NA*
59 1.9 45 1.85 18 1.55 25 2.2 6 1
ND: La clasificación étnica no se registra en Villa de Socorro porque las personas encuestadas se auto-clasificaron como “paisas”. *NS/NR= No sabe/ No responde
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación
En comparación con la distribución general de la población, las únicas categorías que más
o menos coinciden con lo normal son género, estrato socioeconómico, y grupos de
Lebianas, Gays, Bisexuales, Transexuales e Intersexuales (LGBTI). Las mujeres están
“sobrerrepresentadas” entre los usuarios de las Casas de Justicia y, como se constata abajo,
esto se refleja en el número significativo de casos de familia, sobre todo de requerimientos
de conciliación por cuota alimentaria. No tenemos estadística del porcentaje de población
LGBTI en los municipios cubiertos, pero tiende a ser más elevada que la que aquí se refleja.
Sin embargo, la reticencia a auto-identificarse y la limitada posibilidad de resolver sus
problemas por medio de los servicios prestados en las Casas de Justicia, explica su baja
representación. En cuanto al estrato socioeconómico, en la distribución general de la
población se obtienen las siguientes cifras: estrato 1, 23.2%; estrato 2, 41.20%; estrato 3,
27.10% (DANE, 2011); si bien es cierto que las Casas de Justicia están localizadas en las
áreas más pobres donde la distribución nacional no hace eco. Además, las buscan
beneficiar a los grupos de estratos más bajos, por ende resulta positivo que los no usuarios
sean aquellos de estratos socioeconómicos más altos. También vale la pena mencionar que
a pesar de ser un país de renta media (ingresos per cápita equivalentes a US $6,225 en
2011), Colombia es uno de los países más desiguales de América Latina y por tanto del
mundo, con un coeficiente Gini de 58.628.28
28
Los rankings de 2010 ubican a Colombia como el país más desigual de América Latina y el tercero
del mundo.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
45
La Tabla 5 muestra las diferencias en los niveles socioeconómicos de los usuarios de cada
Casa de Justicia. No utilizamos los resultados ponderados de la muestra en este caso
porque los porcentajes solo aplican a las Casas de Justicia de manera individual, es decir,
que no afectarían la ponderación. Sin embargo, se puede apreciar la diferencia en el
tamaño de las muestras y la necesidad de ponderar las encuestas.
Tabla 5: Clasificación socioeconómica de los usuarios por Casa de Justicia (sondeo; el
asterisco denota CSDI)
CASA DE JUSTICIA
ESTRATO SOCIOECONÓMICO
Total NIVEL 1 NIVEL 2 NIVEL 3 NS/NA
No No % No % No % No %
3,188 1,767 55.4% 1,129 35.4% 233 7.3% 59 1.9%
Aguablanca (Cali) 197 147 74.6% 37 18.8% 12 6.1% 1 0.5%
La Paz (Barranquilla)
177 134 75.7% 30 16.9% 13 7.3% 0 0.0%
Bello 160 0 0.0% 159 99.4% 1 0.6% 0 0.0%
Ciudad Norte (Bucaramanga)
223 134 60.1% 77 34.5% 7 3.1% 5 2.2%
El Bagre* 290 178 61.4% 95 32.8% 13 4.5% 4 1.4%
La Paz (Popayán) 203 46 22.7% 81 39.9% 57 28.1% 19 9.4%
Pasto* 151 27 17.9% 82 54.3% 42 27.8% 0 0.0%
Puerto Tejada* 169 115 68.0% 31 18.3% 9 5.3% 14 8.3%
Riohacha* 210 110 52.4% 79 37.6% 18 8.6% 3 1.4%
Simón Bolívar (Barranquilla)
210 92 43.8% 97 46.2% 20 9.5% 1 0.5%
Soacha 302 132 43.7% 137 45.4% 33 10.9% 0 0.0%
Sur del Tolima* (Chaparral, Ortega, Ataco, Rioblanco
161 119 73.9% 40 24.8% 2 1.2% 0 0.0%
Tarazá* 161 135 83.9% 22 13.7% 0 0.0% 4 2.5%
Tumaco* 104 86 82.7% 15 14.4% 2 1.9% 1 1.0%
Usme (Bogotá) 182 61 33.5% 119 65.4% 2 1.1% 0 0.0%
Zaragoza* 288 251 87.2% 28 9.7% 2 0.7% 7 2.4%
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación
Este es un grupo sorprendentemente variado, a pesar de que los usuarios de cada casa se
agrupen en los estratos 1 a 3. Las diferencias que merecen atención responden a las pocas
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
46
Casas de Justicia que parecieran atraer a un número mayor de usuarios del estrato 2 (Bello
y Usme, y en cierta medida Pasto, Simón Bolívar, y Soacha) y la categoría 3 (La Paz y Pasto).
De estas, la única ubicada en una región CSDI es la de Pasto. Aún así, todas pertenecen a
municipios de las categorías superiores (de especial a dos), y, como sucede en Villa de
Socorro (86.7% de estrato 2) tendrían, de acuerdo a su definición, un promedio de ingresos
más alto y un número relativamente superior de ciudadanos ubicados por encima del
estrato más bajo (1) referente al estrato socioeconómico. Si hubiera una proporción más
grande de usuarios de las categorías 2 y 3 sería motivo de alarma solo si la demanda de
los menos pobres estuviera afectando la atención de posibles usuarios de categorías de
ingresos más bajos.
Finalmente, y no obstante las dudas mencionadas acerca de la fidelidad de los datos, la
gráfica a continuación muestra las diferencias entre las Casas de Justicia de CSDI y no CSDI
según el lugar de residencia (rural o urbano) del usuario.
Gráfica 2: Discriminación rural-urbana según Casas de Justicia en zonas CSDI y no
CSDI, Villavicencio y Villa de Socorro
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación
En esta gráfica se refleja el motivo por el cual no haremos un análisis exhaustivo de la
categoría urbana/rural. En conclusión, los usuarios rurales (incluyendo aquellos de centros
poblacionales pequeños fuera del pueblo o de la ciudad donde se encuentra la Casa de
Justicia) representan un 7% de los usuarios de la encuesta y tan solo un 10% en las zonas
CSDI. En Villavicencio y Villa del Socorro, los porcentajes son mínimos. Puesto que la
mayoría de cabeceras del CSDI se clasifican como rurales con base en poblaciones
inferiores a los 7.000 habitantes, y recordando que los municipios de categoría 6 cuentan
con menos de 10.000, podemos estar incurriendo en juegos semánticos. Más allá de esto,
era del interés de USAID saber hasta dónde ha llegado la prestación de servicios de
acceso a la justicia en las poblaciones rurales más aisladas, y la respuesta es que no muy
lejos. Esbozamos dos explicaciones parcialmente corroboradas en secciones posteriores
89% 94,90% 97,74% 99,26%
10,60% 4,90% 2,26% 0,74%
0%
20%
40%
60%
80%
100%
120%
CSDI Non-CSDI Villavicencio Villa del Socorro
Urban
Rural
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
47
sobre las barreras de acceso. Las noticias sobre las Casas de Justicia no habían llegado
todavía a ciertos núcleos de la población objetivo, y aún si habían llegado los problemas
de transporte, incluyendo amenazas de los grupos armados al margen de la ley, impedían
a las personas arribar hasta la sede de la Casa.
Los mismos problemas afectan el modelo regional, como de hecho sucede en el sur del
Tolima. Aunque se suele explicar el fracaso de este modelo arguyendo que los municipios
quieren ser nucleares y no satélites, el desplazamiento de los usuarios hacia la sede
principal o del personal a las sedes satélite ha sido inviable. En los municipios rurales la
comunicación y el transporte presentan dificultades, e incluso la propuesta de Casas de
Justicia itinerantes pueder ser impráctica por las mismas razones. O no hay carreteras o
están en mal estado; esto, junto con la latencia de otras amenazas, y ambos factores
inciden en el desplazamiento de usuarios potenciales y en los esfuerzos para hacerles
llegar los servicios.
El hecho de que un 10% de los usuarios de las Casas de Justicia en zonas CSDI provengan
de áreas rurales puede verse como un logro importante, y probablemente con una mayor
difusión de los servicios disponibles se pueda doblar el porcentaje. En las áreas donde el
transporte no es tan problemático se podrían implementar servicios móviles, pero como lo
han descubierto los brasileros que son los pioneros de esta práctica, cuando las
poblaciones están muy dispersas (ej., la cuenca amazónica), el tiempo que le toma al
personal desplazarse de un lugar a otro es mucho mayor al que requiere la prestación del
servicio en cuestión, con lo que surge una gran limitante (World Bank, 2004).
¿POR QUÉ ACUDEN LOS USUARIOS A LAS CASAS DE JUSTICIA?
El énfasis de esta pregunta recae sobre los servicios prestados. Por ello, en otro aparte se
dará una mirada a los casos no atendidos, categoría introducida por el personal de las
Casas de Justicia y cuyas dimensiones no pudo definir nuestro equipo. Casos no atendidos
no se refieren a asuntos que no fueron resueltos por un exceso de demanda, sino porque
se trataba de quejas para las que el personal de las Casas de Justicia no tenía facultad legal
o experticia para manejar.
En cuanto a los servicios prestados no sorprende que al alto número de mujeres usuarias
obedezca como la categoría preponderante la de conflictos familiares.
Tabla 6: Tipos de servicio solicitados en las Casas de Justicia. Villavicencio, Villa de
Socorro y sondeo29
29
Los porcentajes deben tomarse como aproximados, sobre todo los del sondeo, pues por un lado
no se trata de una muestra aleatoria y por el otro, se sumaron varios “servicios no esperados” como
una nueva categoría que describimos en el capítulo 4. Sin embargo, la correspondencia entre las
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
48
TIPO DE CASO/SOLICITUD
NO CSDI N=1,511 SONDEO
CSDI N=905 SONDEO
SONDEO N=2,416
VILLA DEL SOCORRO N=1,143
VILLAVICENCIO N=1,159
% % % % %
Conflicto familiar 37.40% 27.39% 33.65% 42.96% 34.86%
Pérdida o ausencia de documentos
14.14% 9.12% 12.26% 8.84% 13.29%
Asuntos penales 7.52% 5.66% 6.83% 8.66% 13.81%
Solicitud de información, certificados, cartas, etc.
6.10% 12.29% 8.42% 5.07% 6.38%
No pago del arriendo o de servicios públicos
7.82% 1.68% 5.52% 1.40% 2.85%
Asuntos civiles 7.17% 5.85% 6.68% 3.41% 6.56%
Conflictos con los vecinos 5.16% 7.21% 5.93% 13.39% 5.44%
Desplazamiento 2.16% 5.11% 3.27% 0 0
Asuntos laborales 0.50% 1.57% 0.90% 0.26% 0
Violaciones de derechos humanos
0.18% 4.20% 1.68% 1.14% 0
Atención u orientación psicológica
0.53% 0.43% 0.50% 1.84% 6.99%
Capacitación 2.28% 16.42% 7.58% 0 9.06%
Asuntos económicos, ayuda con
el SISBEN30
6.92% 0.16% 4.39% 5.60% 0.43%
Otro 0.98% 1.10% 1.00% 0 0.17%
NA 1.13% 1.80% 1.38% 7.44% 0.17%
Total 100% 100% 100% 100% 100%
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación
Se observa en primera instancia que las Casas de Justicia ofrecen una gran variedad de
servicios de los que al menos la mitad se relacionan con conflictos que pueden ser
resueltos vía mediación. El segundo hallazgo en orden de importancia es que los conflictos
familiares llevan el liderazgo sobre las demás categorías, y en las zonas CSDI doblan la
frecuencia de la segunda. En las demás categorías de servicios el orden es muy parecido
salvo en unas pocas excepciones. Por ejemplo, la frecuencia de capacitación es más alta en
las casas de CSDI y en Villavicencio, así como de asuntos penales en el caso de
Villavicencio. En comparación con otras zonas, las de CSDI tuvieron más solicitudes de
información y orientación para temas relacionados con desplazamiento forzado,
Tablas 6 y 7 (la última con valores obtenido del censo) sugiere que los porcentajes resultantes son
más o menos acertados. 30
El SISBEN es un programa de seguridad social orientado a las poblaciones que no pueden
contribuir al servicio de salud.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
49
violaciones de derechos humanos y capacitación. El tema de capacitación se abordará en
los capítulos 3 y 4 aunque desde ya hay que decir que capacitar a los funcionarios es una
tarea que exige contar con la presencia y/o disponibilidad de los mismos. Las Casas de
Justicia, el Ministerio y USAID (por medio de su programa de subvenciones) han centrado
sus esfuerzos en diversos programas de capacitación en las zonas CSDI.
En contraposición a lo que sucede en las zonas CSDI, las demás Casas de Justicia tuvieron
más consultas sobre conflictos familiares, pérdida o ausencia de documentos, no pago del
arriendo o del salario, y del SISBEN; las anteriores, indicadores de personas más adeptas a
hacer uso del sistema. En las cifras de Villavicencio y Villa de Socorro no se observan
grandes diferencias y siguen el orden y popularidad de las funciones de las Casas en zonas
CSDI y no CSDI. Aún así, Villavicencio cuenta con un mayor número de asuntos penales y
atención psicológica de forma ocasional, mientras que en la categoría de documentos
extraviados se asemeja más a las zonas no CSDI que a las de CSDI. En cuanto a
capacitación y otros servicios se hace uso de lo que esté disponible y ambos se moldean
de acuerdo a los rasgos específicos de la población a la que se le presta el servicio y al
contexto local en el que funciona la CJ. Si comparamos estos resultados con las cifras del
censo del MIJ, se encuentra una pequeña diferencia en la categorización de los servicios.
Por ejemplo, el censo no incluye el desplazamiento forzado ni los derechos humanos como
categorías distintas a pesar de que en nuestro estudio la suma de estas equivale a una cifra
nada despreciable equivalente al 10% de las solicitudes hechas en zonas CSDI.
Tabla 7: Tipos de solicitudes hechas a las Casas de Justicia en el periodo 2002-2009
(censo)
TIPO DE SOLICITUD 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009
Conflictos familiars 39.4% 33% 33.5% 31.7% 30.3% 27.9% 29.8% 29.9%
Pérdida o ausencia de documentos 15.5% 15.3% 13.4% 14.3% 16.8% 22.9% 17.1% 17.5%
Asuntos penales 9.0% 11.3% 12.4% 13.1% 13.5% 11.2% 8.6% 9.9%
Solicitud de información, certificados, etc. 0.0% 8.5% 8.7% 9.2% 9.4% 7.9% 11.4% 9.6%
No pago del arriendo o de servicios públicos 5.9% 5.2% 4.5% 4.4% 4.5% 4.5% 5.0% 5.1%
Otros asuntos civiles 5.7% 5.7% 6.7% 7.7% 8.3% 7.3% 7.8% 6.9%
Conflictos con los vecinos 5.4% 5.4% 6.6% 7.1% 7.3% 7.5% 8.2% 7.0%
Otro 8.1% 2.8% 1.2% 0.8% 0.3% 0.3% 0.3% 0.8%
Fuente: Ministerio de Interior y de Justicia, Censo de las Casas de Justicia, 2002-2010
Las diferencias entre el censo y nuestras encuestas de sondeo no son significativas, y las
existentes se pueden explicar con base en dos factores: la categorización diferente del
censo y la no inclusión de todas las Casas de Justicia en el censo anual y en el trimestral. Lo
cual nos lleva a la conclusión de que así como el sondeo no fue probabilístico, el censo
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
50
tampoco llega a ser más representativo. Finalmente, las coincidencias entre uno y otro
indican que ambos son mecanismos relativamente eficientes para evaluar el panorama.
¿A QUIEN ACUDEN Y QUE RESULTADOS SE OBTIENEN?
Nos concentramos en las conflictos porque arrojan la mayor cantidad de información
sobre los resultados obtenidos, lo que no quiere decir que todos los servicios brindados
estén orientados a la solución de conflictos. La siguiente gráfica evidencia los tipos de
atención y dependencias encontrados.
Gráfica 3: Dependencias y servicios utilizados por los usuarios en las Casas de Justicia
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
51
6,30%
24,76%
1,55% 0,52%
0,09% 0,00%
16,91%
4,92%
24,76%
0,09%
9,84%
0,09% 0,00% 0,00%
10,18%
0,00%
1,49%
30,88%
7,09%
0,09%
1,49%
0,44%
21,96%
0,35%
19,69%
0,00% 0,70% 0,00%
2,71%
0,00%
12,95%
0,17% 0,91%
26,00%
11,42%
1,54% 1,22%
2,85%
7,09%
3,64%
22,15%
0,60% 0,72%
0,53%
4,39%
2,13%
14,15%
0,66%
0,00%
5,00%
10,00%
15,00%
20,00%
25,00%
30,00%
35,00%
Psi
cólo
go
Co
mis
aria
de
Fam
ilia
(Fam
ily S
erv
ices
)
Co
nci
liad
or
en
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Co
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sarr
ollo
co
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ario
Fisc
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Po
licía
Insp
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ión
de
trab
ajo
Just
icia
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Paz
Me
dic
ina
Lega
l
Pe
rso
ner
ía
Re
gist
rad
urí
a ci
vil
Otr
o *
NS/
NR
Villavicencio
Villa del Socorro
Poll
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
52
Cabía esperar que los funcionarios locales sean los más solicitados en la medida en la que
son los que más presencia hacen en las Casas de Justicia. Otro estudio sobre la gestión en
las Casas de Justicia (Mejía Wills, 2011) sugiere que al ser los más conocidos son los que
más confianza generan a los usuarios en el plano personal y funcional. Lo que sí sorprende
es que dado el énfasis en disputas especialmente de tipo familiar, se acude muy seguido a
la Inspección de Policía y, en Medellín y Villavicencio al fiscal local. La Inspección de Policía
es una dependencia del orden local presente en casi todas las Casas de Justicia, lo que
lleva a que haya una mayor carga de trabajo para sus funcionarios y una percepción más
clara de los servicios que allí se prestan. Más allá de hacer cumplir los mandatos locales y
garantizar el orden público también está facultada para conciliar, por lo que es natural que
sea el lugar donde la mayoría de conflictos inician y terminan. El fiscal tiene la facultad de
manejar y conciliar casos de inasistencia alimentaria y, junto con el inspector de policía,
sería la autoridad a la que se le tendrían que reportar los delitos. De acuerdo con el código
de procedimiento penal, el fiscal también puede mediar en algunos casos específicos que,
como sucede con los reclamos por inasistencia alimentaria, prefieren evitar un juicio.31
Las restricciones de tiempo no nos permitieron desarrollar este tema, pero un análisis
detallado de las cerca de 6.000 entrevistas realizadas incluyendo la muestra cualitativa del
sondeo, proporcionaría más información para evaluar cuáles dependencias se encargaron
de manejar qué tipo de casos. Un análisis parecido podría realizarse a partir de la
experiencia del usuario en las distintas dependencias que hacen presencia en las CJ y su
nivel de satisfacción con las mismas.32
La alternancia limitada en el uso de las demás
dependencias puede ser el resultado de la presencia esporádica de las mismas en las Casas
de Justicia. Siendo este el patrón de psicólogos, consultorios jurídicos, y jueces de paz
según el sondeo; los últimos fueron retirados de las Casas de Justicia de CSDI por temor a
retaliaciones. Lo mismo sucedió con la figura del fiscal, lo que explicaría la disminución en
la participación de esta dependencia según los resultados del sondeo.
Con relación a la frecuencia de conflictos presentados en las Casas de Justicia, hubo
diferencias substanciales entre las cuatro muestras primarias: en zonas CSDI sumaron el
46% de las consultas efectuadas mientras que en zonas no CSDI sumaron 58.5%;
Villavicencio obtuvo un 60% y Villa del Socorro 69.2%. No obstante, el índice de acuerdos
pactados y el cumplimiento de los mismos son elevados, resultado inusual si se compara
con las cifras que arrojan otros sistemas MASC. Se recomienda examinar más a fondo esta
31
Corporación Excelencia (2009) afirma que casi un tercio del tiempo de los fiscales de Bogotá se
invierte en trabajos de conciliación para requerimientos por cuotas alimentarias.
32
La evaluación de la experiencia del usuario en las CJ y en la dependencia a la que acudió podría
contrastarse con la imagen y razón de ser de la entidad correspondiente, cosa que no hicimos
porque nos concentramos en la confianza que despierta la entidad sin diferenciar las dependencias.
Sin embargo, es factible analizar las experiencias de los usuarios con cada entidad para evaluar qué
tanto aporta cada una de ellas en la reducción de barreras de acceso a la justicia y con base en esto,
determinar cuáles son las más efectivas y cuáles necesitan mejorar su atención o irse de las CJ.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
53
estadística en tanto que los requerimientos por cuota alimentaria ponen a prueba el
acatamiento del acuerdo conciliatorio por un periodo considerable de tiempo. Si las
personas consideran que se están respetando los acuerdos, este es un buen indicador del
nivel de satisfacción de los usuarios con el programa, independientemente de lo que esté
ocurriendo. La Tabla 8 provee información detallada sobre el grado de éxito de las
conciliaciones para diferentes tipos de disputa.
Tabla 8: Comparación entre los acuerdos conciliatorios y el grado de cumplimiento,
según el tipo de conflicto y zona CSDI/no CSDI (sondeo)
Tipo de conflicto
NO CSDI TOTAL CONFLICTOS
=978
CSDI TOTAL CONFLICTOS
= 464
VILLA DEL SOCORRO TOTAL
CONFLICTOS=853
VILLAVICENCIO TOTAL
CONFLICTOS=727
% Acuerdo
% Cumplimiento
% Acuerdo
% Cumplimiento
% Acuerdo
% Cumplimiento % Acuerdo
% Cumplimiento
Familiar 89.52 69.44 67.07 64.24 89.13 75.61 82.07 70.46
Penal 71.68 61.73 72.55 56.76 82.29 69.62 76.58 85.95
Otro 56.67 52.94 62.07 44.44 84.15 79.71 100 50
Arrendador y arrendatario 86.49 54.69 60 66.67 100 62.5 66.67 77.27
Otros civiles 75 65.43 62.26 51.52 86.84 72.73 81.33 77.05
Entre vecinos 78.21 62.3 81.54 75.47 83.67 73.17 90.48 87.72
Total 83.64 66.26 68.53 62.58 87.1 74.56 80.88 76.19
Nota: Las cifras para CSDI y no CSDI son muestras ponderadas
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación
Como se evidencia en la Tabla 6, los casos de conflictos familiares son los de mayor
frecuencia en las Casas de Justicia no adscritas a CSDI, y representan la mayor proporción
de tipos de conflictos entre los casos atendidos. Como lo indica la Tabla 8, también
cuentan con un mejor récord de negociación en tanto que el 88% llegó a un acuerdo,
mientras que solo un 68.2% lo logró en zonas CSDI. A pesar de no ser altamente
representativos en términos numéricos, los casos de conflictos entre propietarios y
arrendatarios fueron más comunes en las Casas de Justicia no CSDI (su resultado es de 8%,
en comparación con el 2% obtenido en región CSDI, y según figura en la Tabla 6) y una
tasa de acuerdos más alta; si bien hay menos casos de este tipo en regiónes CSDI, su
grado de acatamiento es superior.
Las Casas no CSDI, Villavicencio, y Villa del Socorro, alcanzaron niveles más altos de
conciliación y de acatamiento del acuerdo conciliatorio que las Casas de CSDI. Para ello
existen dos explicaciones fehacientes y probables fuente de tensión: las Casas no CSDI y
las otras dos muestras tienen una mejor adecuación de personal y experiencia que las de
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
54
zonas CSDI; o bien fue más fácil para los usuarios de zonas no CSDI optar por la
conciliación. Habría una tercera explicación, y es que los conflictos en las zonas CSDI son
de otro tipo, lo que hace más difícil que puedan ser conciliados. Si no se sigue
investigando no se puede tener certeza sobre ninguno de estas explicaciones, como
también es factible que la respuesta sea una combinación de las tres.
En nuestro trabajo de campo encontramos que otro de los impactos que tiene la
resolución de conflictos se debe a los efectos que propicia en la relación entre las partes.
En la Tabla 9 se tabulan los resultados de los 3 tipos de entrevista aplicados y se divide el
sondeo entre zonas CSDI y de no CSDI.
Tabla 9: Respuesta a la pregunta: “¿Cómo afectó la negociación su relación con la
contraparte?”
RESPUESTA
CSDI NO CSDI VILLAVICENCIO VILLA DEL SOCORRO
N=463 N=978 N=727 N=853
Mejoró 28.90% 33.40% 21.60% 47.83%
Empeoró 6.90% 9.60% 3.03% 7.85%
Igual 21.40% 27.90% 14.72% 20.40%
No me importa 3.70% 12.60% 41.40% 9.38%
NS/NA 39.00% 16.60% 19.26% 14.54%
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación
Sin una base comparativa a nivel nacional o internacional, es difícil diagnosticar si los
resultados obtenidos son buenos. Aparte de Villavicencio, solo un 20% afirmó que la
relación empeoró o que no le importa, mientras que las zonas CSDI obtuvieron
porcentajes más bajos. Aunque los usuarios de CSDI sean menos propensos a llegar a
acuerdos y a cumplirlos, el proceso de conciliación no tiene un efecto negativo para su
situación.
Fuera de los conflictos, no se tiene información comparativa para los demás tipos de
servicios solicitados en las Casas de Justicia. Los demás servicios representan más de la
mitad de las consultas realizadas en zonas CSDI, mientras que en zonas no CSDI
representan el 40%. El cuestionario no fue diseñado para captar información referente a
este tipo de servicios, ejemplo, si los documentos extraviados se recuperaron o
reexpidieron, por lo que sería recomendable proceder con esta investigación. Así mismo,
las cifras sobre resolución de conflictos hablan de la función principal de las Casas de
Justicia pero las necesidades jurídicas de la población objetivo trascienden este campo de
acción, por ende es prioritario evaluar los resultados de las demás áreas de servicio.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
55
Una de las formas de abordar este tema es preguntar a los usuarios qué tan satisfechos se
sintieron con el servicio prestado. Ninguna de nuestras preguntas iba dirigida a medir el
nivel de satisfacción del servicio recibido, pero este se podría inferir de las respuestas a
preguntas más generales, incluyendo las que cubren las gráficas a continuación. La primera
se refiere a si el usuario volvería a la Casa de justicia y la segunda, si recomendaría la Casa
de justicia a otros.
Gráfica 4: Respuesta a la pregunta “¿Volvería a la Casa de Justicia?”
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación
Gráfica 5: Respuesta a la pregunta: “¿Recomendaría la Casa de Justicia a otras
personas?”
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación
89,53% 95,17% 92,56%
2,16% 1,64% 2,71% 5,03% 1,90% 3,06%
3,28% 1,29% 1,66% 0,00%
20,00%
40,00%
60,00%
80,00%
100,00%
Sondeo Villavicencio Villa del SocorroMedellín
¿Volvería a la Casa de Justicia?
SI
NO
Lo Pensaría
NS/NR
87,83% 95,86%
90,38%
3,21% 1,55% 3,32% 5,51% 1,12% 4,90%
3,45% 1,47% 1,40% 0,00%
20,00%
40,00%
60,00%
80,00%
100,00%
120,00%
Sondeo Villavicencio Villa del SocorroMedellín
¿Recomendaría a otros la Casa de Justicia?
SI
NO
Lo Pensaría
NS/NR
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
56
Las gráficas muestran que las respuestas a ambas preguntas son supremamente positivas.
Hay una pequeña diferencia entre las dos y entre las categorías de las casas: las Casas no
CSDI obtuvieron un puntaje un poco más bajo para ambas preguntas, pero la diferencia es
mínima con relación a las otras. Los usuarios de Villavicencio obtuvieron los mayores
puntajes, pero la diferencia respecto a los otros es de nuevo muy leve. Es necesario aclarar
que la satisfacción no es indicadora de que el servicio se haya prestado, ya que el buen
trato y una explicación razonable de porqué no se atiende una solicitud le puede generar
satisfacción al usuario e incluso excusar posibles demoras. Como veremos luego, en la
retroalimentación a las respuestas (en los grupos focales) emergen las quejas. De todas
formas, en las preguntas con las que se valora la experiencia del usuario en la Casa de
Justicia (gráficas 4, 5, 6 y 7) el nivel de aprobación es altísimo.
¿HAN DISMINUIDO LAS BARRERAS DE ACCESO A LA JUSTICIA POR MEDIO DE LAS
CASAS DE JUSTICIA?
El cuestionario diseñado se centra en los impactos sobre varias las barreras de acceso a la
justica, entre ellas el tiempo de espera para solicitar servicios, los costos, la rapidez con la
que se resuelven los problemas, y la reducción de conflictos al acudir a las autoridades. El
objetivo esencial del PNCJ consiste en disminuir estas barreras, por tanto, era primordial
que en la evaluación se pudiera medir lo hasta ahora alcanzado. Puesto que las respuestas
se estructuran a partir de una autoevaluación del usuario, no contamos con una base
comparativa excepto en el caso de ciertas Casas de Justicia o en categorías más
abarcadoras (zonas CSDI y no CSDI), por lo que la evidencia debe ser tomada como
indicio.
Tabla 10: Respuesta a la pregunta, “¿Disminuyó el tiempo requerido para acceder a la
justicia?”
Respuesta Sondeo N=2.416
Muestra Villavicencio N=1.159
Muestra Villa del Socorro N=1.143
CSDI N= 905
No CSDI N=1.511
Si 1.253 51,85% 876 75,58% 685 59,93% 388 42,8% 865 57,3%
No (Consolidado)
1.069 44,25% 277 23,9% 413 36,13% 465 51,3% 604 39,9%
NS/NR 94 3,90% 6 0,52% 45 3,94% 52 5,8% 42 2,8%
No consolidado = Suma No e Igual
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación
Tabla 11: Respuesta a la pregunta, “¿Disminuyó el costo requerido para tener acceso
a la justicia?”
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
57
Respuesta Sondeo N=2.416
Muestra Villavicencio N=1.159
Muestra Villa del Socorro N=1.143
CSDI N=905
No CSDI N=1.511
Si 1.584 65,6% 970 83,69% 909 79,53% 393 43,4% 1191 78,8%
No (Consolidado)
739 30,6% 179 15,45% 52 4,55%
460 50,9% 278 18,4%
NS/NR 93 3,9% 10 0,86% 908 4,6% 52 5,7% 42 2,8%
No consolidado = Suma No e Igual
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación
Aunque “igual” pareciera tener el mismo significado que “no”, el equipo incluyó esta
categoría por la insistencia de los encuestados sobre su relevancia. Sin acabar de entender
la manera en la que ellos y otros entenderían “no” (¿no hace diferencia?, ¿cuesta más?,
¿toma más tiempo?), las tomaremos como equivalentes y nos concentraremos en las
respuestas positivas. A pesar de que estas dos tablas parecen indicar un menor impacto en
las áreas CSDI, se pueden explicar en razón del contexto respectivo.
Primero, los resultados eminentemente positivos en las zonas no CSDI responden a la
existencia y aplicación de una base comparativa, así como al hecho de que las Casas de
Justicia remplazaron una serie de servicios dispersos que ya funcionaban en este tipo de
región. En cambio en las zonas CSDI las Casas de Justicia introdujeron por primera vez los
servicios. En vista de que la pregunta procura establecer una comparación entre la
situación actual y el statu quo anterior, las zonas no CSDI arrojan resultados más positivos.
Segundo, puesto que los municipios no CSDI suelen ser más grandes, la ubicación de
todos los servicios en un mismo lugar redujo costos y tiempo de acceso. Tercero, el
número mayor de respuestas positivas para zonas no CSDI sienta las bases de la
conclusión a la que llegaron varios miembros del equipo acerca de la mayor efectividad de
las Casas de Justicia en áreas urbanas, ya que los usuarios de zonas CSDI ubicados fuera de
la cabecera rural se ven obligados a invertir dinero y tiempo para llegar hasta el lugar
donde se prestan los servicios. Si bien hay argumentos retrospectivos que permiten
explicar porqué les fue peor a las zonas CSDI, habría que indagar aún más para determinar
si tales argumentos son aún válidos. E incluso si lo fueran, la falta de acceso derivada de
los factores tiempo y dinero en zonas CSDI requiere de mayor atención, como se resalta en
las recomendaciones de este informe.
En cuanto a las diferencias encontradas en Villavicencio y Villa del Socorro (técnicamente
zonas no CSDI), y entre estas y los resultados del sondeo, Villa del Socorro responde al
patrón de CJ no CSDI, mientras que Villavicencio arroja los resultados más altos para
ambas preguntas pese a vivir una situación similar a las zonas CSDI. También se puede
esgrimir que los resultados obedecen a la estructura organizativa de la Casa de Justicia de
Villavicencio y al tipo de servicios que presta, pero habremos de examinar con mayor
detalle esta hipótesis en el capítulo “desde la oferta”.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
58
Las diferencias entre las zonas CSDI y no CSDI son menores y los puntajes más positivos
para las preguntas sobre la rapidez con la que las autoridades solucionan los conflictos y
sobre qué tantos problemas acarrean acudir a ellas. Una vez más, Villavicencio reporta los
mayores puntajes aunque de manera menos pronunciada que en la pareja anterior de
preguntas. Por su parte, las cifras de Villa del Socorro son similares a las de las Casas de
Justicia no CSDI.
Tabla 12: Respuesta a la pregunta, “¿Resuelven las autoridades los problemas más
rápido?
Respuesta Sondeo N=2.416
Muestra Villavicencio N=1.159
Muestra Villa del Socorro N=1.143
CSDI N=905
No CSDI N=1.511
Si 1416 58,6% 840 72,48% 739 64,65% 436 48,2% 980 64,9%
No 525 21,7% 83 7,16% 207 18,11% 187 20,7% 338 22,4%
Igual 366 15,1% 225 19,41% 150 13,12% 233 25,7% 133 8,8%
No (consoli- dado)
891 36,8%
308 26,57% 357 31,23%
420 46,4% 471 31,2%
NS/NR 109 4,5% 11 0,95% 47 4,11% 49 5,5% 59 3,9%
No consolidado = Suma de No e Igual
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación
Tabla 13: Respuesta a la pregunta, “¿Ha traído más problemas recurrir a las
Autoridades?”
Respuesta Sondeo
N=2.416 Muestra Villavicencio N=1.159
Muestra Villa del Socorro N=1.143
CSDI N=905
No CSDI N=1.511
Si 481 19,9% 152 13,11% 184 16,10% 218 24,1% 263 17,4%
No 1550 64,2% 861 74,29% 835 73,05% 516 57,0% 1034 68,4%
Igual 249 10,3% 128 11,04% 81 7,09% 116 12,8% 133 8,8%
No (consolidado)
1799 74.5%
989 85,33% 916 80,14%
632 69,8% 1.167 7,2%
NS/NR 136 5,6% 18 1,55% 43 3,76% 55 6,1% 82 5,4%
No consolidado = suma de No e Igual
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación
Mientras que la primera pregunta muestra a las zonas CSDI por debajo del 50%, con un
rezago de 20 puntos en relación a las demás, las respuestas de la segunda pregunta son
similares entre zonas CSDI y no CSDI, así como en Villavicencio y Villa del Socorro.
El tercer conjunto de tablas se concentra en la satisfacción de los usuarios y de las
comunidades con los mecanismos de resolución de conflictos ofrecidos en las Casas de
Justicia. Los puntajes de Casas ubicadas en zonas CSDI son más altos para esta pregunta,
pero nuevamente evidencian un rezago en relación con las demás categorías. Llama la
atención que Villa del Socorro obtiene puntajes más altos que Villavicencio en este caso, y
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
59
presenta el valor superior sobre una mejor comprensión de las autoridades. Se desprenden
de aquí nuevas preguntas sobre el impacto que tienen los programas de capacitación de
acuerdo a sus contenidos, ya que con algunos se pretendió educar a los usuarios acerca de
sus derechos y de los mecanismos de acceso a estos. No obstante, las Casas de Justicia de
CSDI y de Villavicencio dieron un mayor puntaje a la capacitación (16.4% y 9%
respectivamente, sin registro en el caso de Villa del Socorro, y solo 2.3% en zonas no CSDI).
En la Tabla 15, sobre el aprendizaje de la comunidad para resolver problemas de mejor
manera, las zonas CSDI y Villavicencio son las de puntajes más bajos, pero no hay una gran
diferencia entre las cuatro categorías; todas las cifras sobrepasan el 50%.
Tabla 14: Respuesta a la afirmación, “Ahora entiendo mejor a las autoridades.”
RESPUESTA VILLAVICENCIO
N=1,159 VILLA DEL SOCORRO N=1,143
CSDI N=905
NO CSDI N=1,511
Sí 876 75.58% 951 83.20% 580 64.1% 1167 77.2%
No1
40 3.45% 87 7.61% 112 12.4% 168 11.1%
Igual 236 20.36% 61 5.34% 151 16.7% 119 7.9%
No2 276 23.81% 148 12.95% 263 29.1% 287 19%
NS/NA 7 0.60% 44 3.85% 62 6.8% 57 3.8% 1
Respuestas simples = no 2
Suma igual y no
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación
Tabla 15: Respuesta a la afirmación, “La comunidad ha aprendido a resolver sus
problemas de una mejor manera.”
RESPUESTA VILLAVICENCIO
N=1,159 VILLA DEL SOCORRO
N=1,143 CSDI
N=905 NO CSDI N=1,511
Sí 653 56.34% 716 61.52% 505 55.8% 976 64.6%
No1
122 10.53% 174 15.24% 221 24.5% 220 14.6%
Igual 369 31.84% 207 19.38% 132 14.5% 204 13.5%
No2 491 42.37% 381 34.62% 353 39% 424 28.1%
NS/NA 15 1.29% 46 3.86% 47 5.2% 111 7.3% 1
Respuestas simples = no 2
Suma no e igual
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación
También se pidió a los usuarios calificar la confianza en la dependencia a la que acudieron
y en su respectiva Casa de Justicia. La exploración sobre el grado de satisfacción de los
usuarios llega hasta este punto en el cuestionario. Como se constata, las respuestas son
abrumadoramente positivas, aunque un poco menos para el proveedor específico del
servicio.
Gráfica 6A: Confianza de los usuarios en los servicios que se prestan
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
60
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación
Gráfica 6B: Confianza de los usuarios en las entidades que proveen servicios
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación
Gráfica 7: Confianza del usuario en la Casa de Justicia como entidad
3,10% 0,69% 2,80% 9,20%
2,76% 9,54
62,90%
87,75%
64,04
14,40% 6,73%
21,96
10,30%
2,07% 1,66% 0,00%
10,00%
20,00%
30,00%
40,00%
50,00%
60,00%
70,00%
80,00%
90,00%
100,00%
Sondeo Muestra de usuarios en Villavicencio
Muestra de usuarios en Villa Socorro
Ninguna
Poca
Suficiente
Completa
NR/NS
4,60% 2,30%
13,00%
7,00%
57,90%
65,90%
13,80% 14,80% 10,80% 10,00%
0,00%
10,00%
20,00%
30,00%
40,00%
50,00%
60,00%
70,00%
CSDI Non - CSDI
Ninguna
Poca
Suficiente
Completa
NS/NR
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
61
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación
A comparación de las diferencias en los puntajes sobre las preguntas que se refieren a las
barreras de acceso, los de este segmento tienden a ser más altos y parecidos,
especialmente cuando se combinan las opciones favorables de suficiente confianza y
confianza total. A la Casa de Justicia le fue mejor que a la entidad que provee el servicio,
principalmente en las categorías de CSDI y zonas no CSDI. Por otro lado, en la pregunta 2
que evalúa el grado de confianza en la Casa de Justicia, los usuarios CSDI dan puntajes
relativamente más altos que los no CSDI; sin embargo, Villavicencio cuenta con los
puntajes más altos, llegando a un 95% al sumar suficiente confianza y confianza total. En
las respuestas a las otras dos preguntas de satisfacción (gráficas 5 y 6) los patrones son
similares, con un ligero aumento en los puntajes obtenidos en ambas. Así las cosas, se
concluye que aun si el programa no ha eliminado las barreras de acceso, los usuarios
valoran positivamente sus servicios.
Podríamos continuar con la comparación, en tratándose de grupos vulnerables, pero el
aspecto común aquí es que, en promedio, la satisfacción de los usuarios con los servicios
de las Casas de Justicia es supremamente alta según el grupo de preguntas
correspondiente a las gráficas 4 a 7, mientras que el resultado positivo es menor para la
reducción barreras, especialmente en las zonas CSDI. Las inquietudes que tienden a surgir
ante este panorama se contrarrestan con base en las siguientes acotaciones: no hay
manera de definir qué valor corresponde a un puntaje positivo en las zonas donde se
pregunta por vez primera sobre las barreras; así mismo la ambigüedad de las palabras con
las que se formuló la pregunta no facilitó al entrevistado aclarar si creía que la situación
0,37% 2,40% 0,80% 1,20% 1,72%
9,30% 5,30% 6,80%
87,37%
48,70%
73,20%
64,50%
8,39%
37,10%
16,70%
23,70%
2,15% 2,10% 3,90% 3,70%
0,00%
10,00%
20,00%
30,00%
40,00%
50,00%
60,00%
70,00%
80,00%
90,00%
100,00%
Sample of users inVillavicencio
Sample of users inVilla del Socorro
CSDI Non-CSDI
Ninguna
No mucha
Aceptable
Total
NS/NR/REF
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
62
estaba mejorando o empeorando. Segundo, la permanencia de ciertas barreras no afectó
la evaluación general de los usuarios acerca de la experiencia; si la hubiera afectado, las
cuatro preguntas sobre satisfacción habrían tenido puntajes más bajos y no guardarían
semejanza entre las zonas CSDI y no CSDI. Esto nos lleva a un terreno algo confuso, dado
que no se tiene a la mano información derivada de otras preguntas sobre barreras (de las
once planteadas, se han abordado seis33
) que podrían ser claves para el análisis de los
índices de satisfacción. Los puntajes más altos se dieron a las cuatro preguntas sobre
satisfacción y, fuera de ello, la diferencia remota entre zonas CSDI y no CSDI (donde
usualmente las no CSDI califican mejor) nos impide identificar a alguna de ellas como el
factor crítico. En otras palabras, las barreras de acceso identificadas en el marco normativo
del programa y retomadas para la elaboración de los términos de referencia de este
informe, no explican por qué tienen los usuarios un grado de apreciación tan alto por las
Casas de Justicia.
¿HUBO DIFERENCIAS EN LA EVALUACIÓN QUE HIZO CADA GRUPO DE LA
EXPERIENCIA?
Para esta pregunta contamos con dos fuentes de información: las encuestas y los grupos
focales. Las respuestas no son del todo consistentes debido a la diferencia de formatos
aplicados a unos y otros.. Se dice que responder una encuesta es tanto un
“comportamiento” como un reflejo de lo que el encuestado “de verdad piensa”. Esto pude
ser aún más cierto en el caso de los grupos focales en los que la oportunidad de discutir
las respuestas con los demás influye en la respuesta individual. Estas no se tabulan sino
que se toman como material anecdótico (o a veces contradictorio) en relación con las
estadísticas.
Iniciamos con tres tablas resultantes del sondeo y los muestreos, que reflejan las
respuestas de tres grupos (mujeres, afrocolombianos e indígenas) al cuestionario primario.
La tabla sobre mujeres incluye mujeres de las otras dos categorías en tanto que las de
afrocolombianos e indígenas incluyen mujeres y hombres. Lo mismo sucede con los
grupos focales, por lo que las categorías se traslapan.
Tabla 16: Evaluación de las mujeres a las Casas de Justicia
33
Las demás estaban relacionadas con las barreras cognitivas (entendimiento del usuario de sus
derechos) y dos más con la facilidad de uso del servicio. La única en la que los usuarios CSDI
obtuvieron un puntaje más alto que los no CSDI fue en la referente a “ahora hay más autoridades
presentes”. Es lógico que los usuarios de zonas CSDI perciban que hay más, y de hecho hay una
diferencia sustancial (86% respuestas positivas en Casas CSDI contra 60% en no CSDI). No obstante,
los usuarios CSDI demostraron una menor comprensión de las autoridades que las de zonas fuera
de CSDI (29% versus 84%).
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
63
RESPUESTAS POSITIVAS CSDI N=596
NO CSDI N=978
VILLA DEL SOCORRO N=846
VILLAVICENCIO N=766
Confianza en la entidad que provee el servicio*
70.6% 77.6% 85.9% 94.4%
Confianza en la Casa de Justicia*
89.6% 87.6% 84.1% 95.1%
Volvería 90.7% 88.2% 91.7% 96.8%
La recomendaría 89.9% 87.5% 88.4% 92.5%
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación
*Las dos preguntas con asteriscos combinan las dos respuestas de tendencia positiva (suficiente
confianza y confianza total)
Las respuestas de las mujeres replican las de la población en cada categoría y en cada uno
de los muestreos. Las leves diferencias no dan lugar a un patrón discernible para ninguna
de las preguntas, en comparación con lo analizado en las gráficas 4-7. No se hace una
evaluación separada de los hombres ya que los resultados sugieren que siguen la misma
línea de las mujeres.
Tabla 17: Evaluación de los afro-colombianos a las Casas de Justicia
RESPUESTAS POSITIVAS CSDI N=153
NO CSDI N=433
VILLAVICENCIO N=8
Confianza en la entidad que provee el servicio*
70.9% 81.3% 87.5%
Confianza en la Casa de Justicia*
87.8% 92.3% 100%
Volvería 87.0% 91.9% 75%
La recomendaría 83.2% 92.7% 75%
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación. No hay datos para
Villa del Socorro porque, como se anotó, las personas encuestadas se auto-clasificaron “paisas.”
*Las dos preguntas con asteriscos combinan las dos respuestas de tendencia positiva (suficiente
confianza y confianza total)
Los puntajes del grupo de afrocolombianos (hombres y mujeres) fueron ligeramente
menores que los de la población global (gráficas 4-7) y las mujeres. Entre las pocas
excepciones encontradas, vale la pena fijarse que los afrocolombianos en zonas sin CSDI se
ubican en los puntajes superiores. Las cifras de Villavicencio se basan en un número tan
limitado de personas, que no resultan significativas.
Tabla 18: Evaluación de los indígenas a las Casas de Justicia
RESPUESTAS POSITIVAS CSDI
N=40 NO CSDI
N=35 VILLA DEL SOCORRO
N=4
VILLAVICENCIO N=4
Confianza en la entidad proveedora del servicio*
64.3% 91.5% 100% 100%
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
64
Confianza en la Casa de Justicia*
83.3% 93.6% 100% 100%
Volvería 88.1% 95.7% 100% 100%
La recomendaría 88.1% 95.7% 100% 100%
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación
*Las dos preguntas con asteriscos combinan las dos respuestas de tendencia positiva (suficiente
confianza y confianza total).
Mientras que para Villa del Socorro y Villavicencio los valores resultantes son muy
pequeños y por ende apenas ilustrativos, los de zonas CSDI y no-CSDI obtenidos del
sondeo son significativos y ponderables. Lo más interesante es que los grupos indígenas
de zonas CSDI valoran en menor medida las CJ que aquellos de zonas no CSDI o que la
población global. También es preciso resaltar el grado de confianza en la entidad que
provee los servicios, siendo de 64%.
Las respuestas de poblaciones especiales tienden a coincidir con lo arriba descrito (gráficas
4, 5, 6, and 7) en las cuatro muestras. Se hicieron preguntas relativamente diferentes a los
grupos focales, pero más importante aún es que se les dio la posibilidad de estructurar sus
respuestas. Por ejemplo, la pregunta “¿Cómo se sintió cuando fue a las Casa de
Justicia?” se formuló a mestizos34, afrocolombianos y mujeres indígenas. El tamaño de los
dos últimos grupos focales (con 11 y 8 participantes, respectivamente), sólo dio pie para
obtener resultados ilustrativos, mientras que la categoría “mujeres mestizas” con 82
participantes y más locaciones es más significativa.
Tabla 19: Respuestas de los grupos focales de mujeres en su evaluación a los servicios
prestados por las Casas de Justicia
RESPUESTA MUJERES MESTIZAS
N=82 MUJERES
AFROCOLOMBIANAS N=11
MUJERES INDÍGENAS
N=8
No % No % No %
Bueno, excelente 50 71 1 9 8 100
Espero que mejoren el servicio
10 8.3 3 27
Malo – no resolvieron el problema
6 7.3 4 37
Resolvieron el problema rápido
5 6
Normal, es lo mismo que ir a una institución del Estado
4 4.9 3 27
Me dieron la información que necesitaba
3 3.7
NR 4 4.8
34
En los grupos focales separamos a las mujeres mestizas de las mujeres afrocolombianas e
indígenas.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
65
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación
A la pregunta sobre si las Casas de Justicia cuentan con servicios que beneficien las
necesidades de las mujeres, 63 % de las mujeres mestizas, 55% de las mujeres
afrocolombianas, y 71% de las mujeres indígenas respondieron que sí. Las respuestas
negativas fueron del orden de 10% (8 de las 82 mujeres mestizas entrevistadas), y ninguna
provino de los grupos de mujeres afro e indígenas.
Las mujeres como categoría tienden a aprobar en la misma medida que la población
global las Casas de Justicia (ellas representan más del 60% de los usuarios entrevistados),
pero tuvimos la oportunidad de contar con respuestas más detalladas de los grupos
focales que señalaron problemas relacionados con la insatisfacción del servicio y con la
solución al problema. Las respuestas de grupos focales con mujeres afrocolombianas son
eminentemente menos positivas, sobre todo en lo que concierne al formato abierto. Solo
1 de las 11 encuestadas dio una respuesta totalmente positiva.
• Deberían colaborar más con la comunidad
• Me dieron cita para 2 meses después (2)
• No reconocen nuestras formas de gobierno
• Allí no la tienen a una en cuenta (2)
• No tienen en cuenta las actividades propias de los afrocolombianos (2)
• Siempre me llevo una mala experiencia en la Casa de Justicia
• Tuve un problema con mi amigo por el nombre que le quería poner a mi hijo, pero como
ellos (el personal de la Casa de justicia) no saben nada de la gente afrocolombiana, no
pudieron resolver el conflicto
• Las cosas no serían distintas sin la Casa de Justicia
• La Casa de Justicia es muy burocrática y lo envía a uno a otra parte
• Con la poca colaboración que nos prestan, las cosas siguen igual
Aunque las mujeres indígenas se ubicaron en la categoría positiva, las respuestas a
preguntas abiertas fueron distintas y merecen ser enunciadas:
• Solucionan problemas rurales (1)
• Es un lugar que brinda protección a las mujeres (4)
• La atención es buena (1)
• Median problemas (1)
• Estamos aprendiendo sobre las ventajas que ofrece este lugar (1)
Las respuestas de los hombres afrocolombianos en los grupos focales presentan algunas
diferencias, pero siguen la misma tendencia crítica que se entrevé en las respuestas de las
mujeres afrocolombianas.
Tabla 20: Grupos focales, respuesta de los hombres afrocolombianos a la pregunta,
“¿Qué pasaría si no hubiera una Casa de Justicia?”
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
66
RESPUESTAS NO COMENTARIOS %
No pasaría nada 6 La Casa de Justicia no ha reducido las violaciones de derechos humanos – si hay plata de por medio en un desalojo, la gente rompe la notificación
No pasaría nada distinto Sin la CJ no pasaría nada distinto. Con lo poco que nos colaboran, todo sería igual.
40%
Las cosas serían diferentes 4 26.7
La gente encontraría otra opción
1 6.7
No tendrían las mismas soluciones
1 6.7
NR 3 20
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación. Barranquilla, Soacha,
Villavicencio, Aguablanca, y Tumaco.
Cuando se preguntó a los hombres afrocolombianos las razones por las que no acuden a
las Casas de Justicia, 13 de 15 argumentaron que es por falta de información y
conocimiento, y dos dijeron que habían oído que el servicio es malo. En ambos casos
salieron a flote la burocracia, las filas largas, y la ausencia de trabajo comunitario o de
visitas de monitoreo por parte del personal de las Casa de justicia.
La información de estas tablas da lugar a las siguientes conclusiones: 1) En las encuestas
generales, las preguntas relacionadas con la valoración de la experiencia en conjunto
obtienen resultados muy positivos tanto de los grupos vulnerables como del público en
general. 2) En los grupos focales hay un mismo patrón entre las mujeres mestizas e
indígenas, pero se altera en las mujeres y hombres afrocolombianos quienes critican el
servicio y la falta de respeto del personal con las costumbres propias de la comunidad.
Como no se evaluaron grupos focales para cada Casa de Justicia, y puesto que las
preguntas difieren del cuestionario así como la dinámica de respuesta abierta, inferimos
que los grupos focales no están contradiciendo los hallazgos sino manejando otro nivel de
profundidad en sus respuestas. En suma sí hubo quejas, pero el cuestionario semi-
estructurado no tenía los matices necesarios para captarlas. De tal manera se concluye que
incluso aquellos que sientan quejas sobre el servicio valoran las Casas de Justicia y se
abstienen de decir que no quieren contar con ellas, aunque cuando se abre el espacio
identifican fácilmente los aspectos que podrían mejorar.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
67
OTROS TEMAS Y PREGUNTAS CUBIERTOS EN ESTE ESTUDIO
Los cuestionarios no se estructuraron para abordar preguntas adicionales de manera
directa, y las otras fuentes de información tampoco las cubrieron. En consecuencia, se
hacen inferencias cuidadosas con base en las opiniones de las personas entrevistadas,
incluyendo tanto a los usuarios como al personal de las Casas de Justicia.
Enfoque diferencial
El enfoque diferencial es un concepto desarrollado en Colombia semejante a la acción
afirmativa, pero más contundente en sus implicaciones35.
Sienta sus bases en el Artículo
1336 de la Constitución y se ratifica con las sentencias de la Corte Constitucional. En
esencia, obliga al Estado a dar atención especial a los grupos más vulnerables y a
garantizar la no vulneración de sus derech+os. El término enfoque diferencial no se
encuentra en la Constitución, pero es de uso común para referirse a este tipo de trato
especial. Su aplicación concreta en casos o servicios como los prestados por las Casas de
Justicia requiere de mayor elaboración, ya que su definición sobrepasa lo que el Artículo
13 establece (garantizar iguales derechos y atención a todos los ciudadanos).37
Mediante el sondeo y las muestras se procuró determinar la validez de este concepto,
preguntando a las personas identificadas en la categoría “vulnerables” su percepción sobre
el trato brindado por el personal de las Casas de Justicia. Tuvieron tres opciones de
respuesta: trato respetuoso, trato normal, y trato discriminatorio. La mayoría de respuestas
se ubicó en las primeras dos, ya que pocas personas consideraron haber sido
discriminadas. A pesar de que se esperaba tener un porcentaje significativo de respuestas
que indicaran un mejor trato (“trato respetuoso”), la mayoría de entrevistados y una buena
parte del personal (según la encuesta adicional a funcionarios) no está al tanto del enfoque
35
Aunque el término enfoque diferencial se usa en Colombia, hay conceptos similares en otras
constituciones iberoamericanas y en declaraciones de las Naciones Unidas. Por ejemplo, el
“Comentario General no. 18: Contra la Discriminación” (noviembre 20 de 1989) proferido por la
Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, que en su artículo 10 anota que los
Estados pueden recurrir a las acciones afirmativas para “eliminar las condiciones que causan o
ayudan a perpetuar la discriminación”. No obstante, la acción afirmativa interpretada por países
como Estados Unidos y organismos como Naciones Unidas, se refiere a acciones más concretas (ej.
cuotas) y resulta más limitada en su aplicación (ej., eliminación de las condiciones) que el “enfoque
diferencial” o que los fragmentos relevantes del Artículo 13 de la Constitución. 36
“El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas
en favor de grupos discriminados o marginados. El Estado protegerá especialmente a aquellas
personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en situación de debilidad
manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.” 37
“Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las
autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna
discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política
o filosófica.”
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
68
diferencial y de lo que este implica, por lo que acordamos interpretar “trato normal” como
categoría positiva.
Tabla 21: percepciones de trato discriminatorio
RESPUESTA
MUJERES AFROCOLOMBIANAS, INDÍGENAS Y DESPLAZADAS
TODAS LAS MUJERES38
MUJERES Y HOMBRES
INDÍGENAS
MUJERES Y HOMBRES AFROCOLOMBIANOS
CSDI NO CSDI VILLAVICENCIO VILLA DEL SOCORRO NO CSDI CSDI NO CSDI CSDI
N=190 N=363 N=79 N=359 N=35 N=40 N=433 N=151
Respetuoso 35.50% 39% 19.00% 73.30% 39.5% 48% 40.01% 34.1%
Discriminato rio 2.90% 0.4% 1.00% 0.30% 2.6% 4% 0.4% 1.7%
Normal 50.8% 47.6% 52.00% 24.20% 49.5% 32% 47.3% 52.7%
NS/NR 10.8% 12.9% 28.00% 2.20% 8% 17% 12.3% 11.5%
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación
Infortunadamente, esta pregunta se aplicó únicamente a los grupos vulnerables. A
excepción de Villa del Socorro no se creó la categoría “todas las mujeres”. Los usuarios
indígenas y afrocolombianos no se sondearon en Villavicencio y Villa del Socorro, en el
primer caso porque los números eran insignificantes y en el segundo porque se auto-
reconocieron como “paisas”. Más allá de estas dificultades las opiniones recogidas tienden
a ser positivas: el “trato respetuoso” oscila entre 19% en el caso de mujeres mestizas en
Villavicencio, y 73% para todas las mujeres en Villa del Socorro. Sin embargo, la
combinación de trato respetuoso y trato igual suma más de 80%, con Villa del Socorro por
encima del 90%. En cuanto a trato discriminatorio, los porcentajes son supremamente
bajos y solo llegan a 4% en el caso de mujeres y hombres indígenas en zonas CSDI.
Si comparamos estos resultados con la evaluación de los grupos vulnerables a los servicios
de las Casas de Justicia, surgen algunas contradicciones. Sobre todo en los grupos focales,
la población indígena se mostró más positiva mientras que la afrocolombiana mucho
menos, registrando un mayor número de quejas sobre la calidad del servicio y la falta de
respeto por las costumbres de la comunidad. Las mujeres mestizas tendieron a dar más
respuestas positivas que los afrocolombianos, y sus quejas están más relacionadas con la
insatisfacción del servicio recibido que con el trato.
38
Por alguna razón, el sondeo en Villa del Socorro se hizo por partes. La pregunta sobre trato
discriminatorio se hizo a todas las mujeres. Es por esto que el número de mujeres no se
corresponde con el número total de mujeres del muestreo.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
69
Al parecer, las apreciaciones negativas encontradas en los grupos focales sobre las Casas
de Justicia no están vinculadas a patrones de discriminación en tanto alcanzan niveles de
satisfacción con el trato diferencial brindado, motivo por el cual sus quejas versan sobre
otros factores.
Impacto sobre la legitimidad del Estado
Uno de los objetivos que mayor fuerza ha ganado en el PNCJ en los últimos años es el
(re)establecimiento de la presencia del Estado y su activa participación por medio de sus
instituciones, entre las que prevalecen las del sector judicial. Incluida como área prioritaria
en los términos de referencia del presente estudio, se enuncia como la “construcción de la
legitimidad el Estado”. Como resultado de discusiones previas sostenidas con USAID, no se
diseñaron preguntas específicas sobre este asunto, pero hubo varias que lo exploraron a
partir de conceptos parecidos como una mayor disposición para hacer uso de la Casa de
Justicia y de las entidades públicas del orden nacional allí representadas con el fin de
resolver conflictos, las apreciaciones positivas sobre los servicios prestados y el programa
en general, y las percepciones de los usuarios de una mayor confianza en los mecanismos
ofrecidos y en el conocimiento de sus derechos. Se podría argüir que la legitimidad del
Estado va mucho más allá, pero es razonable asumir que los cambios evidenciados
constituyen un paso hacia adelante y manejar esta inferencia con sumo cuidado, ya que
existen casos de individuos interesados en favorecer un programa o entidad
gubernamental que no conceden mayor legitimidad al Estado (o su administración).
Hacemos uso de esta presunción para facilitar la interpretación de los resultados de la
encuesta y darles crédito, pues la mayoría presenta diferencias abismales entre las distintas
dependencias de entidades del orden nacional evaluadas por las poblaciones objetivo.
Lo anterior se presenta de varias formas en tablas y gráficas de las que vale destacar
aquellas que indagan acerca de la confianza en la entidad que provee el servicio (Gráfica 6)
y en la Casa de Justicia (Gráfica 7); la disposición de volver a la Casa (Gráfica 4) así como de
recomendarla a otros (Gráfica 5); y finalmente, las percepciones sobre una mejor
comprensión de las autoridades (Tabla 14). Esto no quiere decir que las otras tablas
correspondientes a este capítulo no sean relevantes. Es evidente que el grado de
satisfacción con un servicio o la capacidad de hacer uso de los mecanismos no equivale a
una mayor legitimidad del Estado, pero se pueden vincular como meta y objetivo. Por otro
lado, aunque los puntajes de las zonas CSDI fueron un poco más bajos que los de zonas
no CSDI, fueron en conjunto positivos.
Otro grupo de indicadores sobre las modalidades de la resolución de conflictos antes y
después de la introducción de las Casas de Justicia señala cambios que pueden estar
relacionados con la percepción de una mayor legitimidad del Estado. Tanto el personal de
las Casas de Justicia como los grupos focales informaron acerca de la tendencia a recurrir a
la intervención de los grupos armados y su disminución en la medida en la que aumenta la
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
70
confianza en los funcionarios de las Casas de Justicia. Las siguientes gráficas reflejan las
respuestas del personal a las dos preguntas.
Gráfica 8A: Respuesta a la pregunta, “¿A quién acudieron los ciudadanos antes de
llegar a la Casa de Justicia?”
Fuente: Entrevistas al personal de las Casas de Justicia. Las cifras son porcentuales y van de acuerdo
a las respuestas dadas por el personal.
Al preguntar a dónde van los ciudadanos para resolver sus conflictos ahora, 81 de los 84
miembros del personal entrevistados afirmaron que recurren a las Casas de Justicia y
citaron las siguientes razones.
Gráfica 8B: Respuesta a la pregunta, “¿Por qué utilizan los ciudadanos las Casas de
Justicia aacvtualmente?”
Recursos Cercanía Reconoci-
miento Seguimiento
Servicios integrales
Acceso a la justicia
NS/NR/REF
N=84
1
24
38
3 3
10
5
0
5
10
15
20
25
30
35
40
Econ
omy
Prox
imity
Reco
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on
Follo
w-u
p
Com
preh
ensiv
e se
rvic
es
Acce
ss to
Just
ice
DK/N
A/RE
F
N=84
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
71
Fuente: Entrevistas al personal de las Casas de Justicia. Las cifras son porcentuales y van de acuerdo a
las categorías mencionadas por el personal de casos no resueltos.
Como se muestra en la gráfica anterior, la razón principal es el reconocimiento de las Casas
de Justicia, seguida de su proximidad. Entre los 84 miembros del personal, 77 afirmaron
que el proceso ha incidido en una mayor legitimidad del Estado. No obstante, se tiene en
cuenta que las respuestas suministradas por el personal pueden estar sesgadas a favor de
sus funciones y de la entidad para la que trabajan dentro de la Casa de Justicia.
Desafortunadamente no se incluyó una pregunta comparativa en las entrevistas semi-
estructuradas, pero se cuenta con respuestas de los grupos focales que coinciden con la
visión del personal. Por ejemplo, entre las mujeres afrocolombianas, el 100% (11)
reconoció que antes de que se inaugurara la Casa de Justicia los conflictos se resolvían
según las costumbres o entre las mismas personas, mientras que ahora 55% acudiría a una
Casa de Justicia, (un 45%) a la Inspección de Policía o al consultorio jurídico. De las 82
mujeres mestizas entrevistadas para los grupos focales (Tabla 22), 57 (69%) sostuvieron
que antes de la inauguración de la Casa de Justicia tenían que aguantarse los problemas o
tratar de resolverlos solas. Actualmente, 56% recurre a las Casas de Justicia. En otra
pregunta relacionada solo 12 (15%) respondieron que nada ha cambiado y las demás
percibieron alguna mejora. Entre sus comentarios cuentan que “el trato de los otros ha
mejorado”, “ya no permito que me humillen”, “ahora concilio con los demás”.
Tabla 22: Respuestas del grupo focal de mujeres mestizas a la pregunta, “¿Cómo se
resolvían los conflictos antes y cómo se resuelven ahora?”
ANTES NO % DESPUÉS NO %
Trataba de resolverlos sola 35 42.7 Voy a la Comisaria de Familia 23 28.0
Me aguantaba el problema 22 26.8 Voy a la Fiscalía 23 28.0
Iba a la policía 20 24.4 Voy a la policía 20 24.4
Iba donde mis familiares 6 6.1 Voy donde sus familiares 6 9.8
Voy a la iglesia 8 10
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación. 82 mujeres.
Nota: las conclusiones se dedujeron de las respuestas que se obtuvieron para otras preguntas
relacionadas con el tema.
En diálogos previos sostenidos con USAID, el equipo consultor concluyó que formular
preguntas sobre la legitimidad del Estado no conduce a ningún lado porque involucran
conceptos que no son de uso cotidiano en las poblaciones encuestadas. Sin embargo, su
confianza (abrumadora) en las Casas de Justicia, la percepción sobre una mejor
comprensión de sus derechos, un mejor entendimiento de las autoridades, y la confianza
en los servicios para la resolución de problemas, son mejores indicadores de la confianza
en el Estado y, potencialmente, en su legitimidad. En este sentido, se puede afirmar que las
Casas de Justicia sí están cumpliendo con su propósito y aunque sus avances no son tan
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
72
grandes con los usuarios de zonas CSDI, hay resultados positivos que señalan un progreso
en este campo.
Impacto en la seguridad
La evaluación de 2010 sobre el Proyecto de Reforma y Modernización a la Justicia exploró
el impacto que el programa ha tenido en materia de seguridad en las Casas de Justicia, sus
usuarios y su personal. Esta vez dimos prelación a la percepción de los usuarios sobre el
impacto en su seguridad personal que, en términos generales, se calificó como positivo.
Las respuestas de las encuestas aplicadas para el sondeo y los muestreos, y los grupos
focales (las mujeres en especial), indican que los usuarios se sienten más seguros con la
presencia de la Casa de Justicia en su territorio. La Tabla 23 recoge las respuestas de las
encuestas, pero solo se incluyen las respuestas positivas para evitar confusiones entre las
modalidades de “no hubo cambios” e “igual”.
Tabla 23: Respuesta a la pregunta, “¿Brinda la casa de Justicia una mayor seguridad a
la comunidad?”
RESPUESTA
NO CSDI N=1,522
CSDI N=905
MUESTRA USUARIOS VILLAVICENCIO N=1,159
MUESTRA USUARIOS VILLA DEL SOCORRO N=1,143
Hay más seguridad
No % No % No % No %
832 55.00% 316 34.90% 719 62.04% 779 68.15%
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación.
Se reitera que solo se incluyeron las respuestas positivas, y que las zonas CSDI mostraron
la menor mejoría, esto último previsible ya que son zonas post-conflicto y aún peligrosas
que evitan la inclusión de jueces y fiscales en el personal de las CJ. Preocupa que si no hay
percepciones mucho más positivas sobre la seguridad, los usuarios eviten ir a las Casas de
Justicia. Es necesario explorar más a fondo esta problemática, a pesar de las
contradicciones que genera en dos de los objetivos que se persiguen: las Casas de Justicia
deben estar ubicadas donde mejor sirvan a las poblaciones objetivo (usualmente estos
grupos residen en zonas poco seguras), pero si se ubican allí se incrementarán los
problemas de seguridad. Como se plantea en el Capítulo I, la expansión premeditada a
zonas CSDI (áreas de conflicto o postconflicto) se creyó tan riesgosa que varios
funcionarios y dependencias que podrían aumentar las posibilidades de sufrir retaliaciones
no fueron incluidos en los equipos de personal. En resumen, a pesar de que ubicar las
Casas de Justicia en zonas de riesgo puede afectar su seguridad, los resultados señalan
que los usuarios consideran que han mejorado la seguridad de la comunidad.
Durante el tiempo que el programa ha funcionado ha habido atentados contra las Casas
de Justicia así como otros incidentes. Sin embargo, en la mayoría de casos las Casas de
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
73
Justicia son objetivos incidentales, por lo que no se debería asumir que los ataques van
dirigidos contra el programa. Solo en dos ocasiones fueron objetivos directos, pero ambos
ocurrieron en convergencia con otros eventos. El primero sucedió en Ciudad Bolívar en el
primer año de funcionamiento del PNCJ. La Fiscalía no había podido hacer presencia en la
zona y arribó con varios fiscales armados a hacer arrestos en frente de la Casa de Justicia,
por lo que las retaliaciones no se hicieron esperar. Aparentemente el programa y la Fiscalía
aprendieron su lección, pues no se registran más incidentes desde entonces. El segundo
ataque se debió a una confusión generada por reportes de prensa acerca de una nueva
Casa de Justicia nombrada “Justicia y Paz”, con lo que se asumió que hacía parte del
programa de Justicia y Paz dedicado a desmovilizar los grupos paramilitares. En
consecuencia, la guerrilla atentó contra la Casa en señal de desacuerdo con el programa.
Teniendo en cuenta el número de Casas de Justicia instauradas y la larga duración del
programa, los ataques directos o incidentales han sido muy pocos. Podrían desalentar a los
usuarios a hacer uso de la Casa de Justicia, pero se constata que su efecto ha sido limitado.
Impacto en la congestión judicial
El tema de la congestión es complejo. Una vez más, nuestras conclusiones se basan en
evidencia indirecta recogida en el trabajo de campo que indica que el impacto fue mínimo.
Puesto que las Casas de Justicia se enfocan en poblaciones de ingresos más bajos,
atienden conflictos que probablemente no arribarían a los despachos en razón de los
costos, la distancia y la poca familiaridad de los usuarios con los procedimientos formales.
Empero, dos reflexiones adicionales complican el panorama.
En primer lugar, muchas conflictos atendidas por las Casas de Justicia son de inasistencia
alimentaria. Puesto que la inasistencia alimentaria se penalizó en Colombia –decisión que
debería reconsiderarse—, es probable que su solución en las Casas alivie la carga laboral
de los fiscales que de acuerdo a la Corporación Excelencia en la Justicia (2009) son
quienes más intentan mediar con el fin de evitar los juzgados. Sin embargo, la falta de
acatamiento del acuerdo conciliatorio puede hacer que el caso termine en la fiscalía o en
los juzgados. A pesar de los resultados positivos obtenidos sobre el grado de acatamiento
de los acuerdos conciliatorios tramitados en las Casas sería recomendable hacer un estudio
a largo plazo. La experiencia de la Casa de Justicia puede ser similar a la que se
experimenta dentro del sistema formal: el procesado paga a cuotas unos meses y después
deja de hacerlo, pues la cuota alimentaria no es de un solo pago y la experiencia en
Colombia y en otros países indica que si la orden proviene de un juzgado o del resultado
de la aplicación de mecanismos alternativos, el acatamiento termina mucho antes de que
el niño llegue a la edad adulta. En cualquier caso, la tasa de acatamiento según lo reportan
los querellantes es tan alta, que o bien evaluamos a un grupo especial de personas, o los
resultados son tan preliminares que necesitan de seguimiento.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
74
En segundo lugar, como se anotó en la evaluación de 2010 del Programa de Reforma y
Modernización de la Justicia de USAID, las Casas de Justicia solían brindar asesoría para las
acciones de tutela (mecanismo de protección contra la vulneración -por acción u omisión-
de los derechos fundamentales que garantiza la Constitución). Puesto que las tutelas se
tienen que llevar ante un juzgado, también suman a la carga de casos. Sin embargo, no se
tiene noción acerca de cuántas se preparan en las Casas de Justicia y por consiguiente de
su efecto, pero es muy probable que tal y como sucede con los casos de inasistencia
alimentaria no produzcan mayor efecto. Para sintetizar se puede decir que las Casas de
Justicia funcionan como alternativas a los juzgados para aquellos que no hacen uso del
sistema judicial (o que no lo han hecho hasta que acuden a las Casas de Justicia) y que
como tales mejoran el acceso a la justicia, pero no aumentan ni disminuyen la congestión
judicial de manera significativa.
CONCLUSIONES SOBRE LA DEMANDA Y RESPUESTA DE LOS USUARIOS A LOS
SERVICIOS
La demanda de servicios de las Casas de Justicia tiende a ser variable. La categoría de
servicios más importante atañe a la asistencia para resolver conflictos. De estos, los
conflictos familiares son las más comunes. Los otros tipos de disputas incluyen diferencias
entre vecinos, asuntos civiles, desacuerdos entre arrendadores y arrendatarios, entre otros.
Las respuestas de las encuestas dan resultados muy positivos, ya sea al medir el porcentaje
de casos de conflictos en las que se llegó a pactar un acuerdo, o bien al grado de
acatamiento del acuerdo conciliatorio que reportan los usuarios. Hubo algunas diferencias
según el tipo de disputa y de región (Casas en zonas CSDI o no CSDI), y a pesar de que no
afectan los resultados y conclusiones generales, vale la pena explorarlas.
El trabajo de campo no se prestó para el análisis de otro tipo de servicios frecuentemente
solicitados, como la expedición o pérdida de documentos, la necesidad de guardar
información de forma segura, asuntos penales, etc. Se podría usar la información
recolectada en los cuestionarios para indagar acerca de las diferencias en este campo. Sin
embargo, la satisfacción generalizada entre los usuarios con las Casas de Justicia, su
voluntad de regresar y de recomendarlas a otros, le resta peso a las diferencias. Los
porcentajes ubicados en rangos positivos presentan variaciones muy leves entre las
distintas categorías, que oscilan entre 80% y 90%.
Los grupos focales reafirman estos resultados, a excepción de los afrocolombianos. Estos
últimos expresaron quejas recurrentes sobre la calidad del servicio, la falta de respeto por
prácticas culturales y una excesiva burocracia. Solo hubo 26 individuos en representación
de unos pocos municipios, por lo que no se puede asegurar que los problemas
mencionados sean sistemáticos, resultantes de una dinámica de grupo, o relacionados con
las condiciones específicas de ciertos contextos. En todo caso, los grupos focales hicieron
emerger varios asuntos relevantes para la evaluación, especialmente lo concerniente a la
calidad de los servicios prestados.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
75
Visto lo anterior, sorprenden los puntajes relacionados con la capacidad de las Casas de
Justicia de reducir las barreras de acceso. Aunque alcanzan un rango positivo, los
resultados no llegan a los mismos niveles de la satisfacción, y se generan diferencias más
pronunciadas entre las zonas CSDI y no CSDI. La explicación más razonable a este
fenómeno es que el asunto de las barreras es menos importante para los usuarios que la
disponibilidad de los servicios que responden a sus necesidades. En cuanto a la reducción
de barreras los usuarios en zonas CSDI se obtuvieron resultados menos favorables mas no
negativos, probablemente en razón de la ausencia de servicios antes de la presencia de las
Casas de Justicia. Aunque satisfechos con la disponibilidad de los mismos, no tenían un
punto de comparación que les permitiera calificarlos como mejor o peor al statu quo
anterior. Como se sustentará en los siguientes apartes, nada de esto implica que no se
puedan mejorar los servicios o mejorar su alcance, acorde con lo que en teoría puede
cubrir cada Casa de Justicia39. Debemos empezar por reconocer que los usuarios tienen
una opinión supremamente favorable del programa en su estado actual, así que cualquier
modificación en su estructura organizacional, en su formato y sus contenidos, debería
hacerse con el mayor cuidado para asegurar que no vaya en detrimento del
posicionamiento hasta ahora logrado.
39
En su estudio sobre las Casas de Justicia y Centros de Convivencia en Bogotá, la Corporación
Excelencia en la Justicia (2008) anota que muchos usuarios potenciales no tenían conocimiento
acerca de las funciones de las Casas de Justicia, o tenían una idea distorsionada. Aunque su
encuesta pretendía alcanzar a los no usuarios, optó por centrarse en aquellos que viven cerca de las
Casas de Justicia y que pueden tener algún grado de familiaridad con ellas. Sería interesante
averiguar no solo cuántas personas han recibido las Casas de Justicia en las zonas rurales, sino
también cuántas personas sabían que tenían una a su alcance. De los últimos tres estudios
contratados por el PNCJ, solo el de Mejía Wills toca este punto, y lo hace parcialmente al indagar
acerca de programas de difusión.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
76
CAPÍTULO III
DESDE LA OFERTA: HALLAZGOS EN EL
FUNCIONAMIENTO DE LAS CASAS DE
JUSTICIA
INTRODUCCIÓN
Desde la perspectiva de los usuarios el programa funciona, pero sería difícil concebir que
los mismos tengan una visión negativa, ya que para muchos las Casas representan la
oportunidad de resolver sus conflictos y otros problemas de orden jurídico fuera del
contexto penal, a través de los líderes tradicionales (no solo de los formales sino también
de los que ejercen el poder local, incluidos los “caciques”), o del uso de mecanismos
coercitivos. Sin embargo, el programa podría mejorar en aspectos tales como costos y
tiempo de acceso a la justicia, que en esta ocasión arrojó un rango positivo entre 35 y 50%
en las respuestas. Los puntajes de las zonas CSDI evidencian un rezago constante con
relación a las no CSDI. En esta vía también podrían implementarse mejoras, así como en las
Casas de Justicia que obtuvieron resultados inferiores al promedio.
La pregunta base no debería ser si el programa en efecto funciona, sino qué hacer para
que funcione mejor. Una manera de llegar a responder tal pregunta es cotejar los puntajes
de los usuarios con otras características de las Casas de Justicia, con el fin de evaluar hasta
qué medida variables dependientes como grados de éxito y de satisfacción están,
condicionadas por las variables independientes como organización, personal, financiación,
y administración. Es a esto a lo que precisamente nos queremos referir al hablar “Desde la
oferta”, incluyendo tanto los servicios que se prestan como la organización, estructura y
financiación de la oferta. Con datos más amplios y contundentes se habría podido llevar a
cabo un análisis más minucioso. En este estudio nos limitamos a identificar las áreas
problemáticas y procuramos revelar las variables independientes de las que estas se
derivan.
Las observaciones hechas en la evaluación de 2010 del Programa de Reforma y
Modernización de la Justicia de USAID acerca de las variables independientes, fomentó en
parte la petición de esta evaluación. Si bien hubo una apreciación positiva del programa,
se percibieron algunos problemas en su implementación en varias Casas de Justicia tales
como: la falta de personal, dificultades en la contratación (incluyendo posibles violaciones
al código laboral), infraestructura y equipos inadecuados, problemas de seguridad para el
personal y los usuarios. También se encontraron diferencias sustanciales en términos de la
oferta de servicios y en la organización de las Casas de Justicia, así como eventuales
tensiones que esta situación genera con la Dirección de Acceso a la Justicia del MIJ,
encargada de supervisar el desarrollo del programa. Otro factor de alerta que no se había
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
77
mencionado en la evaluación de 2010 que abordaremos ahora y que se desarrollará en los
últimos capítulos, es la sostenibilidad del programa. Se puede caer en el error de creer que
su permanencia y expansión en diez y siete años son motivos suficientes para considerar
irrelevante su sostenibilidad, pero la fragilidad de la que se habló en el Capítulo 1 no ha
desparecido y continúa siendo materia de preocupación para los interesados en la
prosperidad del programa y en su capacidad de generar mayores beneficios a las
poblaciones a las que atiende.
En esta parte el análisis se elabora a partir de la información del censo de Casas de Justicia
realizado entre los años 2002 y 2010 por la Dirección de Acceso a la Justicia del MIJ, las
entrevistas realizadas al personal de las Casas de Justicia, y en las observaciones hechas
por el equipo durante el trabajo de campo. Se complementan con información
proveniente de otras fuentes, incluyendo el estudio paralelo acerca de la organización, los
procedimientos y el personal de las Casas de Justicia (Mejía Wills, 2011). Como sucedió
con la información recolectada desde la demanda, se encuentran diferencias entre los
datos que responden a distintas fuentes, de donde surge otro problema: si el programa
contara con un mejor seguimiento y con mejores bases de datos, gran parte de nuestro
trabajo de campo habría sido innecesario y el tiempo y esfuerzos del equipo se habrían
podido invertir de forma inmediata en el análisis.
PERSONAL
Uno de los factores que afecta la operatividad del programa y de cada Casa de Justicia se
refiere a los recursos humanos: quiénes hacen parte del personal, cómo se seleccionan y
contratan, supervisan y preparan para su trabajo. En esta área se habían identificado varios
problemas, a saber: el vacío que genera la ausencia de representantes de varias entidades
que en teoría deberían hacer parte de las Casas de Justicia (siendo las del orden nacional
las más ausentes); la incapacidad de los municipios más pequeños de pagar a trabajadores
de tiempo completo; la alta rotación de personal; la renovación indebida e irregular de
contratistas y contratos; capacitación y supervisión inadecuadas, entre otros. Es factible
que algunas expectativas sobre el personal no sean realistas ni necesarias, en tanto la
configuración más efectiva para la provisión de servicios puede diferir en algunos aspectos
de lo que establece la ley, los convenios y las concepciones de los supervisores del
programa; tema que se analizará más adelante y que requiere de una mayor atención a la
que le podemos dar en el estudio, siendo vital tanto para la sostenibilidad como para el
avance del programa. A continuación examinaremos las prácticas actuales y en el capítulo
siguiente evaluaremos su impacto.
¿Quiénes trabajan en las Casas de Justicia y a qué entidades representan?
Los recursos humanos han sido un problema perenne del PNCJ, aun desde sus inicios.
Como se anotó, el personal proviene de varias entidades públicas del orden municipal y
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
78
nacional, cuya participación es en mayor medida voluntaria, según lo determina la ley
(Decreto 1477/00). Esto quiere decir que del personal proyectado, una buena parte no
hace presencia en las Casas de Justicia, especialmente de las entidades públicas del orden
nacional. También significa que para los municipios más pequeños y más pobres, proveer
el personal necesario consuma gran parte del rubro de personal de sus presupuestos. Así
las cosas, cuando solo hay un personero o un inspector de policía, es probable que éste
trabaje solo media jornada en la Casa de Justicia o que tenga otras responsabilidades que
debe atender al mismo tiempo. En otros municipios pequeños se ha encontrado que el
funcionario permanece en la oficina de la entidad que representa y no físicamente en la
Casa, por lo que los usuarios son enviados a esta. Otro estudio financiado por USAID
reportó que está práctica explica la ausencia de los personeros en muchas Casas de
Justicia, pues prefieren quedarse en las oficinas municipales donde les es más fácil trabajar
desde allí (Mejía Wills, 2011).
Varias entidades públicas del orden local y nacional han resuelto el problema acudiendo a
la contratación de personal por prestación de servicios, pero esto crea otros problemas,
entre ellos la posible violación de las leyes laborales colombianas sobre uso, duración y
renovación de contratos a término fijo40. Esta práctica, al parecer excesiva en varias
agencias del Estado, busca evadir los topes de contratación pública establecidos por la ley,
ha sido ampliamente criticada y pareciera haber una intención de tomar medidas que le
pongan fin41.
Aparte de los líos jurídicos que esto genera, surgen otros problemas. Por
ejemplo, hay personal cuyos contratos ya han terminado hace meses y aún así las personas
continúan trabajando con la esperanza de que su contrato sea renovado (USAID/ MSI,
2010), o, para evitar violar la ley, se contratan año a año personas diferentes y se pierden
así los beneficios derivados de la experiencia y la capacitación recibida. En esta medida, la
inestabilidad laboral a la que están sujetos los contratistas en las Casas de Justicia afecta la
calidad de su trabajo.
Nuestros datos sobre dotación de personal se basan en los censos del MIJ; el de 2009 sólo
lista a profesionales trabajando en cada Casa de Justicia. Como se muestra en la Tabla 24,
es evidente que los municipios más pequeños tienen menos personas profesionales,
oscilando entre 2 y 5 personas, y casi todos abogados. En el extremo superior hay una
mayor variación, aunque los números más altos de profesionales se encuentran en las
40
En este sentido existen varios casos problemáticos, incluyendo los posibles intentos de ocultar
una relación laboral (como lo define el Art. 23 del Código Laboral) bajo otro nombre, violaciones y
restricciones sobre el tiempo y renovación de contratos a término fijo (Artículos 46 y 47). Si bien
estas prácticas resultan de carácter legal o ilegal, es de conocimiento generalizado que los contratos
repetitivos cuya duración es menor al año están diseñados para evitar su interpretación como
contratos a término indefinido.
41
Este es un problema recurrente en Colombia tanto en el sector privado como el público. Rafael
Pardo, Ministro de Trabajo, anunció recientemente que erradicará esta práctica del Gobierno para
dar ejemplo y propender por una solución. “14 millones no tienen un trabajo digno,” El Tiempo,
noviembre 13, 2011; 11
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
79
categorías especial y 1 de municipios. Hay excepciones importantes para Villa del Socorro
en la categoría especial con solo 9 profesionales, y Tumaco en la categoría 4 con 18.
Recordemos que se trata de profesionales censados, lo cual deja por fuera personal
administrativo, conciliadores en equidad, justicia de paz, y todos aquellos que no cuentan
con un título profesional. En el caso de Bello, por ejemplo, solo se reportan 13
profesionales pero hay un número importante de conciliadores en equidad y de pasantes
que trabajan medio tiempo en la Casa de Justicia.
Tabla 24: Personal profesional incluido en este estudio, perteneciente a las 21 Casas
de Justicia en el año 2009
CASA DE JUSTICIA
TOTAL ABOGADO SICÓLOGO TRABAJADOR SOCIAL
ADMINISTRADOR DE EMPRESAS
MÉDICO OTRO
Bajo Cauca- El Bagre (6) 5 2 2 1
Bajo Cauca - Tarazá* (6)
Bajo Cauca- Zaragoza (6) 3 2 1
Barranquilla La Paz (1) 11 8 1 1 1
Barranquilla Simón Bolívar (1) 16 12 1 2 1
Bogotá Usme (Especial) 12 10 2
Bucaramanga (Especial) 13 10 1 0 2
Cali Aguablanca (Especial) 20 11 3 2 1 2 1
Medellín Villa del Socorro (Especial) 9 7 1 1
Pasto (2) 19 13 3 3
Popayán (3) 9 9
Riohacha (4) 4 3 1
Soacha (2) 11 9 1 1
Sur del Tolima- Chaparral (6) 3 2 1
Sur del Tolima- Ortega (6) 2 2
Sur del Tolima-Ataco(6) 3 3
Sur del Tolima Rioblanco (6) 4 3 1
Tumaco (4) 18 11 3 1 3
Villavicencio (2) 9 5 2 1 1
Puerto Tejada (6) **
Bello (Especial) 13 9 2 2
* Construida en 2011 **Empezó a operar en el año 2009 – no incluida en el censo
Fuente: MIJ, Censo, 2009
La Tabla 25, armada por el equipo de consultoría con base en los datos primarios del
censo de 2010, da cuenta de todo el personal (no solo de profesionales) que trabajaba en
cada Casa de Justicia, ya fuera por el programa o la entidad a la que se encontraba
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
80
suscrito. Solo se incluyen 20 Casas de Justicia porque Tarazá se inauguró después de que
la información se recogió. La tabla incluye profesionales asalariados y personal de soporte,
así como voluntarios y trabajadores de medio tiempo. Aquí, las diferencias son más
notables, y las cifras de personal proveído por las instituciones de base (dejando de lado
los programas especiales) oscilan en un rango enorme (6 para Rioblanco - 11842 para Bello,
a pesar de tener solo 13 profesionales). La categoría 6 de municipios cuenta con un
número mucho más bajo de personal, y normalmente carece de conciliadores en equidad
y de consultorios jurídicos. Empero, los municipios de CSDI tienden a contar con más
programas especiales, tales como actividades para desplazados, minorías étnicas, niños y
adolescentes.
Tabla 25: Distribución del personal en las 21 Casas de Justicia en 2010,
discriminadas por dependencia y número de personas en cada una de ellas
42
Ver explicación sobre esta cifra en la pág. 8, nota al pie no. 9.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
81
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avic
en
cio
Centro de conciliación 3 2 4 1 4 Comisaria de familia 2 1 6 7 8 6 5 6 7 6 1 11 2 2 3 1 4 3 Conciliadores en equidad 2 3 12 6 33 2 10 3 3 6 2 5 12 5 9 3
Oficina juridical 10 18 2 1 10 5 6 8 3
Coordinación 1 2 1 8 5 1 8 1 1 2 5 1 1 1 1 1 1 1 2
CRI 2 1 2 1 5 2 2 2 24 1 1 1 1 1 1 2 2 Defensoría del pueblo 1 1 1 1 1 1 1 2 1 1 4 1 Desarrollo comunitario 2 1 5 1 1 1 7
Fiscalía 2 1 2 2 7 2 3 4 1 3 3 1 2 1 2
ICBF 1 2 1 1 Inspección de Policía 2 3 3 4 6 7 5 3 6 2 3 1 1 1 1 2 2 1 5 3
Justicia de Paz 6 2 1 1 2 Mediadores comunitarios 5 10
Medicina Legal 1 1 1 2 Personería- Veeduría 2 1 2 1 2 1 1 2 1 1 2 1
Psicología 3 17 2 4 2 1 1 1 1 1 1 1
Trabajo social 4 1 1 2 1 1 7 1 1
Plataforma básica de servicios 16 14 45 31
118 20 31 40 55 39 25 21 14 35 19 9 12 5 36 23
Comunidades étnicas 2 1 5 1 6
Acción Social 1 1 5 6
Políticas de infancia y juventud 2 Plataforma ampliada de entidades 5 4 3 Unidad de mediación y conciliación 4 Plataforma ampliada de servicios 10 2 10 8 1 3 12 Fuente: Censo Nacional de Casas de Justicia - Programa de Acceso a la Justicia. Noviembre-Diciembre 2010
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
82
Basándose en las dos tablas anteriores, hay varios aspectos que comentar. El primero y
más obvio es la mala calidad de la información recolectada. Sobre personal, por entidad y
valores totales, las cifras para 2010 existen, pero nunca se habían consolidado en una
misma tabla. Por ende, para crear la segunda tabla tuvimos que recolectar datos de varias
hojas de cálculo y elaborar una visión general compuesta.
Segundo, se reitera que lo que sucede en cada Casa de Justicia (incluyendo personal )
depende en gran parte del trabajo de las autoridades locales, que no solo se encargan de
contratar y ubicar al personal, sino que también diseñan nuevos programas y llegan a
acuerdos con las entidades públicas del orden nacional para que se efectúe el envío de sus
representantes a las Casas de Justicia. En algunas instancias puede haber otros factores en
juego, pero rara vez incluyen la intervención del Ministerio de Justicia.
Tercero, puesto que el número de profesionales y representantes de entidades varía
enormemente, es lógico preguntarse si el modelo de personal propuesto en el Decreto
1477/00 y en varios convenios es realista o de hecho necesario, y si está tomando en
cuenta las demás responsabilidades y limitaciones presupuestarias de las entidades
participantes. Una cosa es crear un modelo ideal de personal, y otra muy distinta, que sea
viable económicamente.
Sobre las mismas líneas argumentales, se puede afirmar que presencia no es lo mismo que
términos de empleo. El segundo estudio al que nos hemos referido (Mejía Wills, 2011)
provee información adicional sobre los patrones de contratación, y de cómo esos patrones
pueden estar afectando el rendimiento del personal. Incluso varían entre las entidades
públicas del orden local. Por ejemplo, las 56 Casas de Justicia evaluadas en el estudio
tenían un coordinador. A los coordinadores los debe poner el municipio, pero 40% eran
contratistas, 29% nombramientos políticos sin contrato o seguridad social, 20%
funcionarios, y 12% funcionarios provisionales (en espera de nombramiento oficial). Varios
de ellos (23%) tenían puesto tanto en la Casa de Justicia como en la Alcaldía municipal. La
situación es similar al examinar el personal asignado a los CRIs: 44.5% eran contratistas
(vinculados mediantes contratos de prestación de servicios), la mayoría contratada a través
de otra oficina municipal (Mejía Wills, 2011; 19-21). Ni el estudio de Mejía ni nuestro
trabajo de campo arrojan información sobre la situación laboral del personal local o
nacional de otras instituciones, pero valdría la pena recolectar esta información para poder
formular propuestas de mejoramiento en esta área. Lo que queda claro es que nadie
trabaja “para la Casa de Justicia”, sino que es ubicada allí por la entidad para la que trabaja.
Esto da cabida a otros problemas que abordaremos enseguida, pues la supervisión que
debe efectuar el coordinador se ve coartada, siendo esta otra condición problemática
propia de la participación de carácter voluntario a las que están sujetas las entidades.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
83
¿Cuáles funcionarios son los más requeridos?, y ¿cuáles son los más efectivos?
Es preciso dar respuesta a las dos preguntas de manera separada. La primera se trató en el
Capítulo 2 a partir de la Gráfica 3. Es claro que se acude en primer lugar a los inspectores
de policía, a los que siguen de cerca las Comisarías de Familia. Ambas (inspecciones y
comisarías) son entidades del orden municipal, por lo que es usual que hagan presencia en
todas las Casas de Justicia. La preponderancia de los conflictos familiares da cuenta del uso
frecuente de las comisarías, mientras que no hay una respuesta obvia para el uso de las
inspecciones de policía, a excepción de que éstas se encargan de velar por el cumplimiento
de las regulaciones locales y, hasta cierto punto, de garantizar los derechos humanos; así
las cosas, es allí donde las personas tienden a sentar su queja. Si se trata de una conducta
penal, el inspector de policía está facultado para imponer una multa (por contravenciones
menores) o iniciar una investigación antes de remitir la queja al fiscal o a la policía. Puesto
que los inspectores también pueden recolectar evidencias, requieren de un lugar para
guardarlas, y tanto Mejía Wills como nuestro equipo encontraron que, para este propósito,
a veces usan oficinas desocupadas dentro de la Casa de Justicia.
“La costumbre hace al maestro” y con el tiempo, determina la disponibilidad. Esto quiere
decir que se recurre a los funcionarios de la inspección de policía y de las comisarias de
familia para solicitar servicios que deberían brindar otras entidades y que no se hallan
presentes en la Casa de Justicia. Incluso si la entidad ausente abre su oficina en la Casa de
Justicia, es muy probable que ya se haya establecido un patrón de comportamiento o
costumbre que conlleve a considerar superflua la presencia de la persona/entidad nueva.
Esta lógica podría aportar una explicación parcial sobre la disminución evidente de
representantes de ciertas entidades en las CJ en los últimos años, no obstante, no pesa
tanto como las carencias de tipo presupuestal y de personal. En algunas entrevistas,
personas que trabajan tiempo completo en las CJ argumentan que los funcionarios del
orden nacional son ineficaces porque sus horarios y presencia en las Casas son
impredecibles y su asignación considerada un castigo o una estrategia para librarse de
aquellos cuyo rendimiento deja mucho que desear, sobre todo cuando se trata de sedes
retiradas en zonas rurales. De hecho es cierto que los empleados de entidades del orden
regional o nacional toman su servicio en las Casas de Justicia, sobre todo en las más
apartadas, como una situación de carácter temporal y un paso más en su carrera. En
consecuencia, la rotación es frecuente e inevitable.
La Tabla 26 repite lo que se expuso en la Gráfica 3: relaciona los servicios más solicitados
en las Casas de Justicia. Pero en este caso, nuestro interés se basa en la comparación de
los números resultantes con los esquemas arriba descritos.
Tabla 26: Servicios prestados a las personas entrevistadas en las 21 Casas de
Justicia
ENTIDAD
MUESTRA
USUARIOS
VILLAVICENCIO
MUESTRA
USUARIOS VILLA
DEL SOCORRO
SONDEO
N=3,188
SONDEO
N=2,416
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
84
N=1,159 N=1,143
N % N % N % N %
Psicología 73 6.30% 17 1.49% 29 0.91% 24 0.99%
Comisaria de familia 287 24.76% 353 30.88% 829 26.00% 657 27.2%
Conciliador en
equidad 18 1.55% 81 7.09% 364 11.42% 293 12.1%
Consultorios
jurídicos 6 0.52% 1 0.09% 49 1.54% 30 1.2%
Defensoría del
pueblo 1 0.09% 17 1.49% 39 1.22% 25 1.1%
Desarrollo
comunitario
5 0.44% 91 2.85% 59 2.4%
Fiscal local 196 16.91% 251 21.96% 226 7.09% 161 6.7%
ICBF 57 4.92% 4 0.35% 116 3.64% 84 3.5%
Inspección de Policía 287 24.76% 225 19.69% 706 22.15% 555 23%
Inspección de trabajo 1 0.09%
19 0.60% 21 0.9%
Justicia de Paz 114 9.84% 8 0.70% 23 0.72% 14 0.6
Medicina Legal 1 0.09%
17 0.53% 12 0.5%
Personería
31 2.71% 140 4.39% 92 3.8%
Registraduría civil
68 2.13% 57 2.4%
Otro * 118 10.18% 148 12.95% 451 14.15% 317 13.1%
NA
0.00% 2 0.17% 21 0.66% 16 0.7%
TOTAL 1159 100.00% 1143 100.00% 3188 100.00% 2.416 100.00%
*Otro incluye los CRI y programas de capacitación. Fuera de registrar y dirigir a los usuarios a la dependencia
indicada, el CRI provee información relacionada con el SISBEN, SISPAD y programas similares que benefician a
las poblaciones de bajos recursos.
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación.
Las dos columnas del sondeo reflejan las frecuencias de las muestras ponderadas y sin
ponderar, para así asignar un mismo valor a todas. Al menos para este ejercicio, las
diferencias encontradas son mínimas. La visita de un usuario a un funcionario o entidad
depende de dos factores: la preferencia del usuario y la presencia del funcionario
específico y/o de las alternativas presentes. Para determinar cuál factor es más relevante en
cada Casa de Justicia, debemos comparar su plataforma de oficinas o dependencias con
los patrones de utilización. Más adelante, analizaremos la “presencia” como un factor
determinante. Sin embargo, la preferencia también cuenta y puede depender de
experiencias previas que haya tenido el usuario y de la familiaridad que sienta hacia una
dependencia específica. Incluso en Casas como Villavicencio y Villa de Socorro donde una
gran variedad de oficinas brinda servicios, la Inspección de Policía se prefiere por encima
de otras dependencias disponibles y más adecuadas para atender ciertos tipos de
solicitudes.
En cuanto a la presencia, es importante reiterar que de los funcionarios del orden nacional
disponibles en las CJ, la mayoría trabaja solo medio tiempo e incluso en horarios
impredecibles, lo que incita a los usuarios a frecuentar a quienes siempre están allí.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
85
Sabemos que estas cosas suceden, pero no sabemos qué tanto ni cuánto inciden en los
patrones de uso actuales. Se necesita estudiar más a fondo esta dinámica enfocándose en
el uso específico de cada dependencia para poder determinar para qué y por qué se acude
a ellas. Esto será de ayuda para determinar de qué manera las CJ estarían mejor dotadas
de personal. Igualmente, evaluar en detalle la satisfacción de los usuarios con los servicios
aportaría más detalles sobre la situación actual de las CJ.
La utilidad de los servicios prestados es otra área para la que no se cuenta con suficiente
información. Como se insinuó antes, se podría acudir a la información de las encuestas de
este estudio para comparar las dependencias proveedoras de servicios con el nivel de
satisfacción de los usuarios; sin embargo, los niveles de satisfacción medidos en este
estudio son tan altos que dudamos que con este ejercicio se llegue a resultados
interesantes. Si bien es cierto que la satisfacción sobrepasa las expectativas, la calidad del
servicio es un aspecto preocupante porque los programas de capacitación en MASC que
implementa el MIJ pueden no haber incluido a funcionarios locales que terminan a cargo
de la mayoría de labores relacionadas a la solución de conflictos43. La satisfacción de los
usuarios puede radicar en el hecho de haber encontrado una solución a su problema, pero
la calidad y la consistencia de los servicios merecen un examen en tanto casos parecidos
producen resultados parecidos. En asuntos de justicia, la satisfacción del usuario es
importante pero no es el único criterio relevante para evaluarlos, ya que si las soluciones
vulneran los derechos, no se pueden tomar como tales y es vital saberlo. Como esta vez no
se tiene información relevante, se hace esta observación para futuros estudios sobre el
tema.
La utilidad también se relaciona con las facultades legales otorgadas a los distintos
funcionarios, incluyendo a aquellos de entidades públicas del orden nacional. Por ejemplo,
los fiscales locales asignados a las Casas de Justicia están facultados para manejar delitos
querellables susceptibles de conciliación y por ende, los demás delitos quedan fuera de su
jurisdicción. Pueden manejar las partes iniciales del proceso judicial en casos de delitos
más serios, es decir, captura, imputación de cargos, y medidas de aseguramiento. Sin
embargo, para poder proceder necesitan un juez, cargo que normalmente no está dentro
de la Casa de Justicia. Esto significa que, al fin de cuentas, no pueden hacer nada diferente
a lo que hacen los inspectores de policía, e incluso terminan siendo menos útiles ya que
tampoco pueden llevar a cabo investigaciones preliminares en la ausencia de la policía
judicial.
Situaciones parecidas afectan a los jueces de paz que han sido elegidos localmente y que,
como los conciliadores en equidad, básicamente están limitados a hacer conciliación. Los
defensores de familia del ICBF, responsables de velar por el respeto de los derechos de
todas las partes, se ven limitados a registrar posibles incumplimientos a los acuerdos de
43
Un argumento que carece de peso es que no se forma al personal en MASC porque entre sus
funciones se encuentran la conciliación y la mediación, lo cual indica que por la descripción de su
cargo ya deberían ser conocedores y expertos en las técnicas respectivas.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
86
conciliación. Por su parte, los representantes de la Defensoría del Pueblo también velan
por los derechos de los ciudadanos pero tienen responsabilidades adicionales. Todos estos
cargos fueron incorporados antes de que se efectuaran los cambios del Código de
Procedimiento Penal y antes de que el Programa Nacional de Casas de Justicia se adhiriera
al Plan Nacional de Consolidación, teniendo que priorizar sus acciones para los municipios
de categoría 6. Ante esta serie de transformaciones de carácter legal y jurídico, las
responsabilidades del personal se han alterado así como su coordinación con las demás
entidades y funciones que hacen parte de la estructura organizacional de las Casas de
Justicia. Así mismo, se puede argüir que en el momento en el que se suscribió el Decreto
1477, la falta de claridad sobre las responsabilidades respectivas de cada entidad
participante en el programa creó vacíos que inciden en la operatividad del mismo. En
cuanto a la vinculación del PNCJ al Plan Nacional de Consolidación, la falta de
participación de las entidades públicas del orden nacional en los municipios pequeños
deja en el aire la solución de problemas que por definición trascienden del mandato de los
funcionarios del orden local y de los demás trabajadores de las Casas de Justicia.
Capacitación del personal
Las Casas de Justicia brindan capacitación a los usuarios, pero también cuentan con
programas de formación para su personal. No obstante, ésta se provee de forma
esporádica por las mismas entidades que hacen parte de la Casa de Justicia o por otras
organizaciones, entre ellas el Ministerio de Justicia. Es importante acotar que hubo varias
quejas sobre la capacidad de respuesta del Ministerio para atender las solicitudes de
formación del personal, especialmente las referentes a MASC (Mejía Wills, 2011). Lo grave
de este punto radica en el hecho de que varias de las entidades presentes en las CJ ofrecen
servicios de conciliación, pero no hay muestra alguna de que su personal (aparte de
aquellos entrenados previamente por el programa del Ministerio de formación de
conciliadores de equidad) tenga una preparación específica y especializada en la materia.
El personal también se quejó por la falta de instrucción en el propósito y las perspectivas
de su trabajo en las Casas de Justicia, así como de la rotación frecuente que afecta el
impacto que las capacitaciones pueden tener.
Rotación de personal
Al respecto, hay varios asuntos a tratar. Como se indicó a partir de las encuestas hechas al
personal de las Casas de Justicia, la rotación es frecuente, sobre todo de funcionarios de
entidades públicas del orden nacional. Esta se debe en parte a la práctica recurrente de
contratar empleados por prestación de servicios, principalmente en las entidades públicas
del orden municipal. Así mismo, una causa aplicable solo a entidades públicas del orden
nacional, es que no resulta atractivo para los funcionarios ser asignados a locaciones
remotas; por ende las personas buscan ser transferidas o reubicadas cuanto antes. Tanto
en nuestro trabajo de campo como en la evaluación de Mejía Wills se encontró que la
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
87
rotación y la inseguridad se vislumbran como impedimentos al rendimiento, pero no
proveen datos sólidos y reveladores sobre la frecuencia de estos factores. Lo que sí
encontramos fue que el 41.7% (35 personas) del personal entrevistado no considera ni
propone cambios necesarios para mejorar el programa o la operatividad de la Casa de
Justicia, ya que “no han ocupado sus cargos por el tiempo suficiente” requerido para forjar
una opinión al respecto. Así mismo, se evidencia el anhelo entre el personal de una mayor
rotación de personas de baja aceptación. Si varias entidades públicas del orden nacional
promueven el trabajo en las Casas de Justicia como un castigo o como el lugar ideal para
ubicar a los funcionarios de bajo rendimiento, la probabilidad de que estén a la altura del
servicio que se brinda es mínima.
INFRAESTRUCTURA, EQUIPOS, MANTENIMIENTO Y UBICACIÓN
Aunque estas áreas no se cubrieron de manera sistemática en nuestro trabajo de campo, a
partir de nuestras observaciones e impresiones base realizamos una evaluación. En los
anexos se incluye una tabla elaborada a partir de los datos disponibles del trabajo de Mejía
Wills, donde se califican las condiciones de la mayoría de Casas de Justicia evaluadas. En
términos de mantenimiento e infraestructura, la primera inquietud que anotamos y que ya
había sido señalada en la evaluación de 2010, una vez ha sido construída e inaugurada la
Casa, las alcaldías municipales pueden no tener fondos disponibles para su
mantenimiento. Este es el caso de San Andrés, donde una Casa de Justicia tuvo que
cerrarse por las fallas estructurales del inmueble. Un buen número de Casas de Justicia está
en malas condiciones, lo que también se constata con la solicitud que una de ellas hizo a
USAID para construir una nueva edificación. Normalmente, el problema yace en la
incapacidad del municipio de destinar fondos para su mantenimiento, y ocasionalmente a
su renuencia cuando los beneficiarios directos son entidades públicas del orden nacional
que cuentan con más recursos, tales como la Fiscalía. Estos problemas suelen estar
asociados a los municipios más pobres.
Una segunda inquietud, también mencionada por Mejía Wills (2011), es que muchasCasas
de Justicia tienen un gran tamaño en relación con las necesidades de los municipios en las
que operan, lo que conlleva a que sean utilizadas para otros propósitos. De ahí las
tensiones que han surgido con el Ministerio de Justicia. Esto nos lleva a plantear otras
opciones, como la posibilidad de que la Casa de Justicia se adecúe a un inmueble del
gobierno municipal, o a que sea un remplazo del mismo (Mejía Wills). En otras palabras, es
válido cuestionar si en los municipios pequeños es estrictamente necesario construir una
Casa de Justicia aparte. La evidencia anecdótica indica que al menos en ciertos casos las
Casas de Justicia que exceden las necesidades del área en la que se introducen son
requeridas y a veces parcialmente financiadas por un alcalde que “quiere dejar testimonio
de su gestión”. Desafortunadamente, esto puede dejar a su sucesor con un elefante
blanco, difícil de mantener y de ocupar.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
88
La tercera inquietud que se recoge de las entrevistas aplicadas al personal de las CJ se
relaciona con la necesidad de reubicar la sede de una Casa de Justicia. Dos casos
específicos que salieron a flote en nuestro estudio son Usme (Bogotá) y Soacha
(Cundinamarca); las razones aducidas, la distancia entre la Casa de Justicia y las
poblaciones objetivo. Puesto que es el municipio el que suele dar el terreno o el inmueble
necesario para la implementación del programa, la locación disponible no es siempre la
más conveniente, ya sea por motivos de seguridad, transporte o problemas para construir
la edificación. En los municipios más pequeños la ubicación es un problema menor en vista
de que no hay tantas opciones, e igualmente la Casa de Justicia tiende a estar cerca de la
Alcaldía.
La cuarta inquietud atañe a otros problemas que presentan inmuebles específicos y que
fueron detectados y/o comentados por los trabajadores entrevistados. Aluden a la
ausencia de rampas para los discapacitados, a oficinas sin suficiente privacidad para
realizar entrevistas y procesos de conciliación, a la falta de aire acondicionado, a auditorios
muy pequeños para las reuniones que los requieren, y a la falta de espacios adecuados
donde los niños puedan quedarse mientras que sus padres reciben atención.
Nuestro equipo de campo notó una insuficiencia de computadores y de técnicos para su
mantenimiento. El personal mencionó la falta de conectividad (intranet e internet) y de un
buen sistema de información y registro de usuarios y casos atendidos/servicios prestados.
A propósito, USAID está desarrollando un sistema automatizado de registro para todas las
Casas de Justicia, que ya ha sido instalado como prueba piloto en cinco de ellas. Sin
embargo, no hay evidencias de que el Ministerio cuente con los fondos necesarios para
expandir su instalación y uso. Así mismo, ya se le han hecho varias críticas a la prueba
piloto, relacionadas con aspectos tecnológicos y con la resistencia a usar el sistema,
primordialmente por parte de los representantes de las entidades públicas del orden
nacional. Además, en Casas de Justicia como las de Bogotá se han desarrollado e
implementado sistemas propios; de ahí la resistencia a cambiar y a sustituir esta
herramienta de trabajo.
Finalmente, en muchos casos se aludió o se observó que no se cuenta con materiales
básicos de trabajo, tales como papel, carpetas, tinta y tóner para las impresoras. Es en
estos aspectos donde se reflejan las diversas repercusiones de la falta de recursos y de
presupuestos autónomos para las Casas de Justicia. Los municipios podrían suministrar un
fondo de caja menor para compras pequeñas, pero en vista de que casi nunca es suficiente
el personal se ve forzado a conseguir y suplir el material que hace falta para poder
funcionar.
Los comentarios en este sentido no fueron muchos, pues solo se tocó el tema en 21 de las
84 entrevistas sostenidas y la mayoría provino de aún menos Casas. Aún así, no se debe
interpretar como un problema focalizado sino como indicio de una situación generalizada
a la que pocos se refieren porque “no han estado ocupando el cargo el tiempo suficiente”.
Llama la atención que varios de los comentarios negativos y propuestas para mejorar la
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
89
operatividad provinieron de la Casa de Justicia de Villavicencio, a pesar de haber obtenido
los mejores puntajes de los usuarios. Puesto que esta es la Casa de Justicia que cuenta con
el programa más innovador de capacitación para usuarios dirigido por el SENA, las críticas
del personal pueden obedecer a una baja moral o al interés por mejorar la calidad de los
servicios.
ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA
El análisis de la administración del programa se ha estructurado en tres partes:
administración local (Casa de Justicia), administración nacional (Ministerio de Justicia) y rol
de los comités de coordinación encargados de supervisar y dirigir el PNCJ en todos sus
niveles.
Administración local (Casa de Justicia)
Así como no hay presupuestos para las Casas de Justicia, tampoco hay administraciones
autónomas. Nadie trabaja para la Casa de Justicia sino para alguna de las entidades del
orden local o nacional. Según las estadísticas, casi todas tienen un coordinador y un CRI
(Mejía Wills, 2011), pero la aceptación del coordinador suele ser tan voluntaria como la
participación de las entidades en el programa. Las excepciones a la regla ocurren cuando
el coordinador también ostenta un cargo alto en la administración municipal, con lo que al
menos puede ejercer un control real sobre los funcionarios del orden local. Sin embargo, la
mayoría de coordinadores no son funcionarios permanentes del municipio. Para los
representantes de entidades públicas del orden nacional y local, el liderazgo y control que
ejercen los coordinadores empleados en calidad de contratistas es casi una ficción. Esto
repercute en los índices de ausentismo, la calidad del trabajo individual, la disposición de
coordinación con los demás, y la provisión de información detallada sobre la oferta de
servicios, especialmente en su resolución. Esto último se explica a partir de dos tendencias:
1) los funcionarios del orden nacional se resisten a dar información al CRI cuando éste
existe. En al menos una de las Casas de Justicia encuestadas el guardia era el que
“registraba” a los usuarios y les indicaba a qué dependencia dirigirse. 2) Los usuarios que
ya están familiarizados con los servicios y los procedimientos respectivos no se toman la
molestia de ir a registrarse con el CRI sino que van directamente a la oficina que les brinda
el servicio. En estas condiciones, el monitoreo que debe ejercer el coordinador sobre la
actividad de la Casa de Justicia se ve diezmado.
El problema se vuelve más agudo en los municipios más pequeños y pobres que
normalmente no tienen los recursos necesarios con qué cubrir la contratación de un
funcionario de tiempo completo que haga las veces de coordinador, por lo que se valen de
una persona que ya ostenta un cargo a nivel local o la contrata por periodos de un año.
Más allá de quién sea nombrado coordinador y en qué condiciones, su autoridad sobre los
representantes de las entidades públicas del orden nacional y su capacidad de promover la
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
90
creación de comités distritales y comités de Casas de Justicia es muy limitada. Cuando los
coordinadores que guardan una relación cercana con el alcalde tienen un mayor chance de
lograrlo, pero también existe el riesgo de que una relación muy cercana (de patronazgo)
conlleve a que el elegido no trabaje a favor de un mejor funcionamiento de la Casa de
Justicia.
Administración nacional
Desde sus inicios, el programa ha sido supervisado por el Ministerio de Justicia. En sus
primeros años existió una unidad adjunta al Despacho del Ministro, que fue rápidamente
trasladada al Ministerio de Justicia (antes Vice-Ministerio y después Ministerio de Justicia y
del Derecho). Continuaremos refiriéndonos a la Dirección de Acceso a la Justicia ya que
este fue su nombre durante el periodo de tiempo evaluado en este estudio. Sin embargo,
su nuevo nombre es Dirección de MASC (Métodos Alternativos de Solución de Conflictos)
desde la reapertura del Ministerio de Justicia a mediados de 201144. Allí, el PNCJ es uno de
los varios programas que le compete supervisar a la Dirección. También es el más grande,
pero nunca ha contado con más de cinco profesionales encargados del tema . La Dirección
de Acceso a la Justicia ha tenido problemas de falta de personal y de recursos financieros
para cumplir con su trabajo. Consecuentemente, la supervisión de las Casas de Justicia se
ha hecho a distancia y aquellos encargados de la labor visitan de manera esporádica las
Casas de Justicia fuera de Bogotá. Mientras que su director cambia frecuentemente, su
personal lleva vinculado a la misma Dirección alrededor de 17 años, lo que al menos
facilita que haya cierta consistencia en las políticas internas. A pesar de los pocos
funcionarios dedicados al programa, estos han cursado debates internos sobre los
modelos que deben ser implementados en las Casas de Justicia. Después de su creación,
los Centros de Convivencia fueron transferidos a otro programa que cuenta con solo uno o
dos profesionales para su supervisión. Las divergencias internas sobre la organización y la
oferta de servicios que deberían brindar las Casas de Justicia afecta a algunas de ellas, ya
que ciertos funcionarios del Ministerio pueden ser más exigentes que otros en imponer el
modelo estandarizado. Fueron los miembros de la Dirección de Acceso a la Justicia
encargados del programa quienes establecieron el concepto de servicios “no esperados” e
insistieron en que fueran removidos de las Casas en las que se ofrecían. Su facultad jurídica
para efectuar dicho dictamen es cuestionable, aún así varias Casas de Justicia se han visto
forzadas a acatarlo.
La supervisión a distancia se ha visto severamente afectada por la ausencia de sistemas de
información confiables que den cuenta de las actividades de las Casas de Justicia. Así
mismo, los funcionarios que supervisan el programa tampoco tienen mecanismos para
monitorear las asignaciones presupuestales de las entidades públicas del orden local y
44
El segundo motivo por el que usamos su nombre original es que aún no queda claro si el nuevo
nombre implicará cambios en la función y organización de la División.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
91
nacional. Ahora bien, durante casi toda su existencia el Censo de las Casas de Justicia fue
ejecutado y costeado por USAID, y pese a los esfuerzos emprendidos para delegarlo al MIJ,
USAID tuvo que hacerse cargo de su realización en 2010 en vista de que la Dirección
tampoco tenía recursos disponibles para este propósito. El Ministerio podría ser más
proactivo a la hora de gestionar recursos para el programa, pero su éxito en este sentido
depende de las prioridades del gobierno. En todo caso queda claro que no va a ser posible
monitorear el programa con un recurso humano de tres o máximo cinco profesionales,
sin un rubro en un presupuesto considerable que facilite los viajes y viáticos necesarios
para visitar las Casas de Justicia, y sin un sistema de información, en medio de
persistentes polémicas sobre los objetivos del programa .
Comités de coordinación y sistema de acuerdos especiales
Como se estableció en 1995 y como se refuerza en el Decreto 1477/00 y en otros
convenios, para una mayor coordinación del PNCJ es preciso conformar y contar con una
serie de comités a nivel nacional, municipal, y por Casa de Justicia. Así mismo, suscribir
acuerdos complementarios entre las alcaldías y las gobernaciones participantes. Como se
ha dicho la implementación de comités ha sido parcial e incluso cuando existen muy pocas
veces se reúnen. Los acuerdos complementarios (o especiales) siguiendo el modelo del
Convenio Nacional de 2005 tampoco han tenido los efectos esperados y de acuerdo a
Mejía Wills (2011) solo han repercutido en 13% de las 56 Casas de Justicia evaluadas en su
estudio. Incluso en éstas impera el continuismo y se retrasa o impide la introducción de
nuevas dependencias de las entidades del orden nacionales, y no existe a ningún nivel
control alguno sobre los grados de cumplimiento de los acuerdos. Tampoco queda claro
qué tipo de sanciones aplican en caso de incumplimiento y, de todas formas, no hay
indicios de esfuerzos orientados a crear los mecanismos de control necesarios para
imponer lo que en ellos se establece. Ante este panorama, es preciso considerar si habría
otras formas más efectivas conducentes a incentivar la participación. Una ley vinculante
resulta atractiva pero implicaría dar cabida a largas discusiones y negociaciones con todos
los interesados, y de igual manera habría espacio para gestar un grado de resistencia tan
alto que la estrategia podría terminar siendo del todo inviable. Por tanto, es propicio
evaluar alternativas intermedias entre lo vinculante (la ley) y lo voluntario (los convenios y
acuerdos especiales).
CONCLUSIONES
Cuando revisamos el PNCJ desde la oferta, las razones o causas que justifican su
popularidad entre los usuarios (y sobre los puntajes supremamente elevados de ciertos
indicadores, tales como el grado de confianza en la Casa de Justicia y en los proveedores
de servicios, la disposición para volver y para recomendarla a otros) nos quedamos hasta
cierto punto perplejos. El desconcierto prevalece en tanto se comprueba que existen
numerosos problemas de infraestructura institucional que tocan áreas tan diversas como la
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
92
falta de adecuación del personal, la ausencia de un presupuesto operativo, y la acentuada
variabilidad de los servicios ofrecidos, así como debilidades serias en los mecanismos de
control y coordinación a todo nivel. En los programas convencionales la combinación de
estos problemas y debilidades sería tan lesiva que acabaría con ellos. No obstante, el PNCJ
no solo es popular entre sus usuarios sino que genera resultados visiblemente positivos. El
Programa Nacional de Casas de Justicia dista enormemente de las formas convencionales,
pues sus fundamentos jurídicos están basados en una serie de acuerdos voluntarios
sostenidos entre varias instituciones; su supervisión está a cargo de una oficina del
Gobierno Nacional que, a pesar de adoptar posiciones rígidas sobre el deber ser del
programa, su alcance y efectividad para hacer cumplir los lineamientos del programa son
muy limitados sus, trátese de dar zanahoria (recursos y reconocimiento) o garrote
(revocación de la autorización para operar u otras sanciones legales). En efecto, se trata de
un programa altamente descentralizado en su implementación y con una aspiración
frustrada de mantener el control central.
El análisis desde la oferta ha identificado debilidades estructurales, pero la pregunta que
nos corresponde hacer es en qué medida afectan estas debilidades la consecución de los
objetivos del programa y, obviamente, cuáles deben ser los objetivos del mismo.
Volveremos sobre este asunto en el próximo capítulo para evaluar con detenimiento las
áreas donde el programa no está dando los resultados esperados a pesar de sus índices de
aceptación entre los usuarios y, en sentido opuesto, evaluaremos en dónde obtiene
buenos resultados con relación a los objetivos del programa pese a las debilidades en su
diseño y al incumplimiento de los lineamientos y modelos estandarizados. Este es, en
definitiva, el punto en el que oferta y demanda se encuentran, y el lugar propicio para
describir las estrategias que podrían apuntar hacia avances contundentes del programa.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
93
CAPÍTULO IV
CONTRASTES ENTRE LA OFERTA Y LA
DEMANDA: QUÉ FUNCIONA, QUÉ NO
FUNCIONA, Y CÓMO EXPLICAR LAS
DIFERENCIAS
INTRODUCCIÓN
Uno de los fines de esta evaluación es determinar si el programa está logrando sus
objetivos. Sin lugar a dudas el programa ha sido un éxito con relación a su objetivo
fundamental de ampliar el acceso a la justicia para los ciudadanos de menores recursos en
general y para grupos vulnerables en particular, pero este “éxito” no está exento de
matices y ya veremos porqué. Los dos aspectos fundamentales que condicionan este éxito
tienen que ver con la calidad de los servicios y el cubrimiento de las poblaciones objetivo.
Para empezar, los testimonios efusivos de los usuarios son menos del 100%; también
existen diferencias entre las Casas de Justicia encuestadas sobre los niveles de aceptación,
los porcentajes de conflictos resueltos, y los niveles de servicio brindado.
Los avances en el cumplimiento de los objetivos secundarios tales como aumentar la
legitimidad del Estado, brindar un trato diferencial a grupos vulnerables, mejorar la
seguridad en zonas de conflicto, fomentar la convivencia pacífica, y reducir la congestión
judicial son menos claros. Puesto que algunos de estos objetivos secundarios pueden
distar de ser realistas, hemos pretendido evaluar hasta qué medida se están consiguiendo
y qué tan hipotéticos o factibles son de acuerdo a la estructura actual del programa.
La presente evaluación no solo se concentra en analizar los resultados obtenidos; su tarea
también consiste en formular recomendaciones a USAID y al GOC sobre la futura
expansión del programa y, en particular, las acciones necesarias para su avance. A
continuación daremos paso a la construcción de las mismas a partir de estos pasos:
• Identificar y describir las áreas funcionales en las que el rendimiento parece ser
problemático;
• Examinar con mayor detenimiento las diferencia entre los niveles de éxito de las
diferentes sub-categorías de usuarios (grupos vulnerables, poblaciones urbanas y rurales,
zonas CSDI y sin CSDI);
• Explorar las diferencias existentes entre las Casas de Justicia con el fin de encontrar las
causas y variables que inciden en mayores o menores niveles de progreso.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
94
Para dar estos pasos nos basamos en la información obtenida por medio del sondeo, las
muestras probabilísticas, los grupos focales, y las observaciones menos sistemáticas del
trabajo de campo.
ÁREAS PROBLEMÁTICAS EN LAS CASAS DE JUSTICIA
Necesidades insatisfechas
Las necesidades insatisfechas son uno de los puntos cruciales que MSD tocó en los
términos de referencia elaborados para el presente estudio y evaluación, bajo la
presunción de que ya existían datos (de las encuestas hechas a hogares por el DANE)
acerca del cubrimiento de las necesidades jurídicas de los ciudadanos.
Desafortunadamente, esto no es cierto. La literatura inicial que pudimos encontrar y
consultar solo contiene estudios parciales sobre esta materia45. En vista del interés especial
que USAID y el GOC tienen en esta área, podrían concertar con el DANE la inclusión de una
serie de preguntas sobre necesidades jurídicas insatisfechas en sus encuestas trimestrales,
si no anuales. Si éste fuera el camino a seguir también habría que tener en cuenta que los
hallazgos de las encuestas del DANE se consideran como los más confiables para las trece
áreas metropolitanas que cubre, pero no sucede así con su trabajo en las zonas rurales
sobre las que tienen más interés tanto USAID como el GOC.
En ausencia de fuentes alternas, fiables o no, hemos abordado las preguntas sobre
necesidades insatisfechas asumiendo que los casos que los ciudadanos llevan a las Casas
de Justicia son representativos de las necesidades que tienen, o al menos de las que
reconocen tener. También partimos de la base de que si no se atienden estas necesidades,
o se atienden de manera insatisfactoria, el programa no está funcionando como es debido.
No usamos esta misma lógica para las necesidades insatisfechas que las personas no
reconocen, pese a que las Casas de Justicia podrían solventarlas por medio de sus
programas de capacitación, de estrategias para difundir y proveer información a los
usuarios, o a través de encuestas dirigidas. La Corporación Excelencia en la Justicia hace
una advertencia al respecto en su estudio de 2008, pues encuentra que incluso en Bogotá
muchos ciudadanos no saben que tienen a su disposición Casas de Justicia, tampoco
saben qué son ni para qué sirven. Así las cosas, es previsible que no solo haya un
segmento de la población cuyas necesidades no están siendo atendidas por las Casas de
Justicia, sino también que sus necesidades insatisfechas diverjan de las que manifiestan los
usuarios actuales.
45
Fedesarrollo, 2007; Corporación Excelencia en la Justicia, 2008. Aunque el estudio de Fedesarrrollo
se enfoca en este tema específico y utiliza datos de encuestas, solo evalúa tres municipios. El
informe de Corporación Excelencia se basa en una evaluación de las Casas de Justicia y Centros de
Convivencia de Bogotá, e incluye un sondeo de las conflictos atendidos y las vías de resolución
encontradas. Ambos estudios aplican técnicas de sondeo y cuestionarios muy buenos, pero sería
muy costoso aplicarlas a nivel nacional.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
95
Lo que sí tenemos es la información recolectada sobre los “casos no atendidos” que puede
ser utilizada como un sustituto parcial sobre las necesides insatisfechas. Sobre estos, los
miembros del personal de las Casas de Justicia entrevistados aclararon que los casos no se
deben a la falta de tiempo para manejarlos sino que obedecen a asuntos que se salen de
sus manos, ya sea porque no tienen facultad jurídica sobre los mismos o porque el
funcionario responsable no estaba presente cuando el usuario potencial se presentó en la
dependencia. El personal también hizo hincapié en que este es un problema que atañe
especialmente a los representantes de entidades públicas del orden nacional cuya
presencia esporádica y horarios impredecibles están a la orden del día. En relación con los
casos no atendidos existe una segunda categoría que posiblemente se traslapa, a saber,
los “servicios no esperados”. Estos son servicios disponibles en una Casa de Justicia que no
tienen cabida en el modelo estandarizado de las mismas. De allí la pregunta de si este tipo
de actividades deberían asumirse y, en caso afirmativo, si responden a las necesidades de
los ciudadanos. Volveremos sobre los “servicios no esperados” en la siguiente sección.
Puesto que no hay datos primarios sobre el número de casos no atendidos, nos basamos
en cifras derivadas de las encuestas aplicadas al personal de las Casas de Justicia. En 66 de
las 84 entrevistas se hizo mención de esta categoría, lo que indica que es un problema
habitual para el que no se tiene una frecuencia estadística. Así mismo, pedimos al personal
que categorizara los tipos de casos no atendidos que mencionó; nuevamente, las cifras
que aquí aparecen corresponden a la frecuencia con la que el personal mencionó un tipo
específico de caso no atendido. Las dos gráficas a continuación se construyen con base en
los resultados de estas preguntas, expresados en porcentajes. La Gráfica 9A relaciona el
porcentaje de entrevistados que menciona el problema de casos no atendidos, mientras
que la Gráfica 9B muestra el porcentaje de entrevistados que identifica los tipos de casos
no atendidos.
Gráficas 9A y 9B: Porcentaje del personal que reporta casos que no fueron
atendidos y tipos de casos que no fueron atendidos
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
96
*66 trabajadores de los 84 entrevistados
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación
No asombra del todo que haya una mención recurrente de casos no atendidos, pues la
experiencia que se ha tenido en otros lugares con este tipo de servicios (orientados a
poblaciones que anteriormente no contaban con herramientas para afrontar sus
78,6
17,9
3,6
CASOS NO ATENDIDOS POR CJ
SÍ
NO
NS/NR
0
5
10
15
20
2523,8
20,2
17,9
13,1
6 6 4,8
2,4 1,2 1,2 1,2 1,2 1,2
TIPOS DE CASOS NO ATENDIDOS
Porcentaje
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
97
problemas) es que atrae a menudo otra cantidad de asuntos que no guardan relación
alguna con la oferta: solicitudes de prestación directa de servicios desligados de la justicia,
en lugar de pedir orientación sobre su acceso y sobre las entidades encargadas; quejas
sobre comportamientos y acciones de otros que no constituyen infracciones a ningún tipo
de ley (civil, penal, administrativa, u otras); solicitudes de empleo, de dinero, de crédito, y
así sucesivamente. Todas estas son necesidades insatisfechas, pero no del tipo que este
programa se propone cubrir.
Las explicaciones que dio el personal sobre cuáles fueron los casos no atendidos y porqué
no se atendieron, inquietan. En la segunda gráfica consta que el 24% del personal
entrevistado identifica los casos no atendidos como quejas de trasfondo penal, 20% habla
de requerimientos no querellables que escapan a su competencia y donde también cabrían
demandas de tipo penal, y 13% clasificó los casos no atendidos como conflictos laborales.
Otras categorías mencionadas con menor frecuencia se refieren a casos de desplazamiento
(Acción Social es la entidad responsable pero no está presente en las Casas de Justicia) y
de derechos humanos. Como se hizo evidente en otras tablas, los casos no atendidos
representan el 10% de los servicios solicitados en zonas CSDI. En cuanto a las razones que
se dan para no proceder con estos tipos de casos (datos que no se reflejan en las gráficas),
37% de las respuestas argumentan no tener la facultad jurídica para manejarlos en las
Casas de justicia mientras que 18% informa que el funcionario con la facultad jurídica para
atenderlo no estaba presente en el momento de recibir la queja.
Sin tener más detalles sobre el contenido de estos casos no es fácil decir qué tanto
distaban de los servicios que las Casas de Justicia deben proveer. La resolución de
conflictos está limitada en las Casas de Justicia y según su diseño a lo que es conciliable
entre las partes, ya que no hay jueces legalmente facultados en las sedes. Los casos
podrían ser remitidos a los juzgados, pero al parecer el personal de las Casas incluyó esta
modalidad en la categoría de casos no atendidos. Las quejas o problemas de carácter
administrativo están fuera del mandato legal de las Casas de Justicia, por lo que solo se
puede dar orientación acerca de las entidades encargadas de manejar este tipo de casos:
los juzgados administrativos. Aunque el número y distribución de los jueces contencioso
administrativo ha incrementado recientemente, no es muy probable que hagan presencia y
se encuentren disponibles en las zonas rurales más apartadas del país. El personero o el
inspector de policía están facultados para manejar presuntas violaciones de regulaciones
administrativas –mas no relativas a su legalidad o constitucionalidad—.
En términos generales, los delitos más graves se encuentran fuera de la competencia del
inspector de policía y del fiscal local, de quienes solo se espera que atiendan
contravenciones y delitos querellables. Como se explicó anteriormente, los fiscales locales
asignados a las Casas de Justicia pueden iniciar los procedimientos de delitos no
querellables, pero la usual ausencia de un juez o de un fiscal de jerarquía superior que
pueda llevar el caso al juez competente acarrea problemas en los municipios más
pequeños. Los casos laborales también tienen que ser presentados ante otras instancias.
Aunque solían ser negociables en las Casas de Justicia con o sin la presencia de un
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
98
inspector laboral (todavía presentes en unas pocas Casas de Justicia), es más probable que
los empleadores acudan a los juzgados ordinarios, menos expeditos pero reconocidos
como los encargados de lidiar con estos asuntos. En síntesis, se puede decir que los casos
no atendidos fueron identificados por el personal como aquellos para los que las Casas de
Justicia no están legalmente facultadas, ya sea porque no son conciliables o porque el
funcionario encargado no se encuentra disponible. Ante estos casos, se suele referir al
usuario a una entidad legalmente facultada para procesar su requerimiento. Algunas veces,
miembros del personal (sobre todo los personeros) asisten en la preparación de acciones
de tutela o de trámites para radicar quejas relacionadas con la condición de
desplazamiento o de victimización del conflicto, antes de enviar a las personas en cuestión
a las entidades administrativas o juzgados encargados de atender estos temas. La atención
brindada por los CRIs en relación con el SISBEN y con otros programas de protección
social sigue un curso similar.
Aunque el número de casos no atendidos no sea grande (una vez más, las cifras
corresponden a las respuestas del personal y no a la incidencia real), el hecho de que los
haya devela las limitaciones del modelo de Casas de Justicia y de la ley colombiana,
especialmente en zonas geográficas donde cierto funcionarios judiciales no hacen
presencia. Por ejemplo, cabe preguntar por qué el fiscal local no puede atender casos de
delitos no querellables en ausencia de un fiscal seccional, pero no le corresponde al PNCJ
responderla ni mucho menos resolverla. La conciliación como servicio estrella de las Casas
de Justicia goza de gran acogida y de buenos resultados desde la perspectiva de los
usuarios, pero tiene limitaciones serias que, según el caso en cuestión, la reducen a brindar
orientación para que las personas acudan a otras entidades a radicar sus quejas. Con base
en lo anterior se concluye que el modelo de Casas de Justicia se queda corto cuando de
abordar delitos serios se trata.
Servicios “no esperados”
Este término un tanto extraño se refiere a servicios no asociados con el modelo
estandarizado de las Casas de Justicia. En ellas hay varios tipos de servicios no esperados,
así como razones para su existencia. Uno comúnmente hallado en los municipios más
pequeños es la utilización del espacio sobrante para otras actividades locales. El espacio
sobrante puede ser producto de la ausencia de servicios esperados que no llegaron, o de
una construcción para la que se sobreestimó el espacio a utilizar. Al respecto, una de las
explicaciones que encontramos y que es quizá la menos justificable, es que al ser el
alcalde quien se responsabiliza del mantenimiento de la sede, cree que tiene la licencia
para hacer uso del espacio desaprovechado. Entre la categoría de servicios “no esperados”
también existen programas que las autoridades locales han diseñado e implementan para
beneficiar a las poblaciones objetivo. Algunos de los programas especiales listados en la
Tabla 25 pueden caer en esta categoría, aunque con el paso del tiempo la mayoría de ellos
adquieren el estatus de “esperados”. No es así para los funcionarios e interesados con una
visión más rígida sobre los fines legítimos del programa, quienes se continúan absteniendo
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
99
de considerarlos “esperados”. Por último, hay programas que por más que se quiera no
caben dentro de la oferta regular de las Casas de Justicia, a pesar de que han sido creados
por el gobierno municipal para satisfacer las necesidades de sus ciudadanos. El asunto en
cuestión no es definir si estos programas deberían o no existir, sino más bien determinar si
deberían o no hacer parte de los servicios que las Casas de Justicia prestan.
Los servicios “no esperados” han llamado la atención de la Dirección de Acceso del
Ministerio de Justicia porque se cree que su presencia distorsiona en ocasiones los
verdaderos objetivos del programa. Esto ha dado lugar a diferencias con las Casas de
Justicia donde el Ministerio detecta las anomalías, problemática que retomaremos en el
Capítulo 5 del presente informe. Tanto la presencia de los servicios no esperados como las
diferencias sobre su inclusión, varían en el tiempo y de Casa en Casa. Guardan relación con
la oferta y la demanda, y desde allí se puede determinar que si existe una demanda
evidente para estos servicios, y si se deben tomar medidas para ofertarlos en las entidades
y lugares indicados. No podemos dejar de anotar que la inclusión de servicios no
esperados en las Casas de Justicia también se reduce a un asunto de conveniencia para los
encargados de prestarlos y no necesariamente para los usuarios.
Ciertos servicios no esperados se distinguen por su carácter innovador y por el gran interés
que despiertan entre los usuarios. Entre ellos se destacan los programas de formación
técnica que ayudan a palear el desempleo al educar en habilidades y oficios específicos
como la peluquería a sus participantes. Otros más comunes e incluidos en la Gráfica 1 del
Capítulo 1, han sido objeto de críticas por parte de la Dirección de Acceso del MIJ, quien
los considera inapropiados. Servicios tales como los que prestan los inspectores laborales y
los representantes de la Registraduría Civil. Por otro lado, están el uso de espacios
desocupados para reuniones de concejos municipales o como depósitos de material o
evidencias recolectadas por los inspectores de policía. Si bien, estos últimos no guardan
vínculos con el objeto de la Casa de Justicia, tampoco parecen causarles daño alguno.
En este sentido, el modelo de los Centros de Convivencia es más flexible, habiendo un
mayor margen de maniobra para algunos usos alternativos del espacio y de la entidad,
mas no para todos. Esta dinámica responde a su enfoque con el que se busca incentivar la
participación comunitaria; por consiguiente, podría ser la modalidad más conveniente para
los municipios pequeños. Pero en realidad, los Centros de Convivencia son modelos más
exitosos en municipios medianos que cuentan con los fondos necesarios para financiarlos
ya que la inclusión de servicios adicionales representa costos más elevados para el
gobierno local.
Los servicios no esperados generan una gran incógnita, pues aún es incierto si se basan en
necesidades reales previamente insatisfechas, o en las percepciones de las autoridades
acerca de lo que podría llegar a funcionar. Cualquiera sea el caso, los esfuerzos periódicos
del Ministerio para controlar esos servicios son materia de una de las quejas más comunes
de algunas Casas de Justicia acerca de las acciones del Ministerio.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
100
Consideraciones adicionales sobre las mediaciones exitosas
El porcentaje de conflictos que llegan a acuerdos conciliatorios y el porcentaje de
cumplimiento de los mismos son supremamente elevados, como anotamos en el segundo
capítulo. Podemos especular que estos resultados denotan las habilidades sobresalientes
de mediación del personal de las Casas de Justicia, o que la clientela acoge esta práctica
con brazos abiertos y sin reparos. No obstante, es preferible indagar más a fondo para
encontrar o reafirmar el porqué de los resultados obtenidos, cosa que no fue posible hacer
con la información hasta ahora recolectada. Así las cosas, podemos plantear tres hipótesis:
1) los encuestados no entendieron las preguntas formuladas; 2) sus percepciones son más
favorables que los resultados; 3) es necesario hacer seguimiento a los niveles de
acatamiento de los acuerdos conciliatorios por un periodo de tiempo más largo. Los jueces
y fiscales colombianos que han llevado a cabo conciliaciones reportan con frecuencia que,
especialmente en los casos de familia, el acatamiento del acuerdo conciliatorio es apenas
temporal. Por esta razón, los mismos querellantes regresan una y otra vez46. Sería bueno
asegurarse de que el éxito de las conciliaciones que tienen lugar en las Casas de Justicia es
real y no darlo por sentado a partir de las hipótesis aquí reseñadas.
¿QUÉ TAN PERTINENTES SON LOS SERVICIOS PRESTADOS A LAS POBLACIONES
RURALES Y A LAS POBLACIONES DE ZONAS DE LA INICIATIVA DE DESARROLLO
ESTRATEGICO PARA COLOMBIA (CSDI)?
Otro tema de interés y detectable a través de los datos recolectados concierne al grado de
éxito de las Casas de Justicia en las comunidades rurales en comparación con las que se
ubican en centros urbanos, o de las ubicadas en zonas CSDI en comparación con las no
CSDI. El modelo de las Casas de Justicia no hace concesiones a este tipo de poblaciones;
excepciones a la regla las constituyen los programas especiales, los que se consideran
inapropiados en relación con los objetivos de las Casas de Justicia, y la creación de
Centros de Convivencia. El PNCJ propone el mismo grupo de servicios y entidades para
cada Casa de Justicia con la presunción de que serán igualmente útiles y accesibles para
todos los usuarios. El modelo regional intentó repartir servicios entre la sede central y las
Casas satélites, pero como se demostró con la Casa del sur del Tolima, los resultados no
fueron los esperados.
El hecho de que la mayoría de usuarios provengan de zonas urbanas o de cabeceras
municipales indica que los servicios de las Casas de Justicia siguen siendo menos
accesibles para los habitantes rurales. Como se muestra en la Gráfica 2 del Capítulo 2, el
46
No tenemos datos relativos a este punto y dudamos que existan. Un lector de USAID reportó que
en su experiencia personal solo 25% de estos casos se incumplieron en el tiempo. Si tal cosa es
válida, no es inconsistente con lo que informaron nuestros encuestados. No obstante, esto amerita
una evaluación más profunda.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
101
porcentaje mayor de usuarios puramente rurales corresponde a las zonas CSDI y sólo
alcanza un 10.6%. Además de los problemas de transporte, la falta de difusión y
conocimiento sobre los servicios afectan aún más a los municipios de categoría 6, ya que
estas zonas fueron recientemente incorporadas al programa. Puede que este argumento
no sea válido para todos los municipios de categoría 6 el país, pero sí lo para los que
incluimos en nuestro estudio.
Tabla 27: Evolución del Programa Nacional de Casas de Justicia por fases y tipos de
municipios con acceso a una Casa de Justicia
CATEGORÍA DE MUNICIPIO
FASE I 1995-2000
FASE II 2001-2005
FASE III 2006-2011
ESPECIAL - 1 Aguablanca, Bucaramanga
Bello, Villa del Socorro, Simón Bolívar, La Paz, Villavicencio
Usme
2 – 4 Soacha, Riohacha, Pasto, Popayán
Tumaco
5 – 6 El Bagre, Tarazá, Zaragoza, Chaparral, Ortega, Rioblanco, Ataco, Puerto Tejada
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación
El análisis de la dimensión rural del programa se evitó en las secciones previas porque las
cifras reportadas fueron muy bajas, por tanto nos habrían llevado a un nivel de
complejidad innecesario. Ahora construimos una tabla para comparar las respuestas de los
usuarios urbanos y los rurales a las cuatro preguntas de satisfacción.
Tabla 28: Diferencias en las respuestas obtenidas a las cuatro preguntas sobre
satisfacción entre poblaciones rurales y urbanas
Respuestas positivas
CSDI N=905
NO CSDI N=1,511
MUESTRA USUARIOS VILLA DEL SOCORRO N=1,143
MUESTRA USUARIOS VILLAVICENCIO N=1,159
URBANA N=805
RURAL N=96
URBANA N=1,434
RURAL N=74
URBANA N=1,135
RURAL N=8
URBANA N=1,131
RURAL N=28
Confianza en la entidad que provee el servicio 71.20% 73.95% 80.30% 87.83 85.99% 87.50% 94.69%
85.71%
Confianza en la Casa de Justicia
89.30% 94.79% 88% 91.89 % 86.70% 87.50% 95.75% 89.20%
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
102
Volvería
90.20% 96.87% 88.40% 93.24% 92.60% 87.5 95.31% 89.28%
La recomendaría
88.50% 93.75% 91.89% 86.9% 90.40% 87.50% 95.84% 96.42%
*La diferencia con el número total de entrevistados de otras tablas y los números de pobladores urbanos y rurales se debe a las pocas respuestas negativas (no) que no se incluyen en este análisis.
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación
Las respuestas de los usuarios rurales de las Casas de Justicia no indican que haya un
menor grado de satisfacción. De hecho, en las dos categorías con más personas
provenientes de áreas rurales (del sondeo), los puntajes dados a las Casas de Justicia son
un poco más altos, a excepción de una. Sin embargo, queda claro que la localización de las
Casas de Justicia en los municipios más pequeños no es suficiente para paliar la falta de
acceso a la justicia y el rezago que las zonas rurales experimentan. Las personas de origen
rural que llegan hasta las Casas de Justicia quedan satisfechas con el servicio, pero todavía
representan una minoría de los usuarios potenciales de estas zonas.
Nuestro análisis se ha orientado con mayor fuerza hacia las zonas CSDI y no CSDI porque
los números resultantes son más significativos. En el Capítulo 2 se analizaron las
diferencias entre ambos tipos de región, y en términos generales hubo un nivel de impacto
menor en la reducción de barreras de acceso en zonas CSDI, pero niveles de satisfacción
similares entre ambas categorías. También se incluyó información sobre zonas CSDI y no
CSDI en los grupos focales. Las zonas CSDI cubren municipios de categoría 6, a excepción
de Pasto (categoría 2) y Tumaco (categoría 4). Como se verá a continuación, las preguntas
planteadas difieren y procuran detalles que el cuestionario dirigido pasa por alto.
Tabla 29: Respuesta de los grupos focales de zonas CSDI y no CSDI a la pregunta,
“¿Cómo se sintió después de haber acudido a la Casa de Justicia?”
RESPUESTA
CSDI El Bagre, Tarazá, Zaragoza, Sur del Tolima, Pasto, Tumaco, N=60
NO CSDI La Paz, Simón Bolívar), Bello, Bucaramanga (Ciudad del Norte), Popayán, Puerto Tejada, Riohacha, Soacha, Bogotá (Usme) N=51
No % No %
Bien, excelente 31 52.43% 22 43.33%
Espero que mejoren el servicio
15 25 % 18 35.29 %
Mal – no resolvieron mi problema
8 13.33 % 1 1.9%
Resuelven los problemas rápido
3 5% 8 15.68%
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
103
Normal, igual que ir a una institución del Estado
2 3.33% 1 1.9%
Me dieron la información que necesitaba
1 1.66% 0 0%
Total 60 100% 51 100%
Fuente: datos y análisis del equipo de consultores encargados de la evaluación, extraídos de los grupos
focales
Curiosamente, los participantes de zonas CSDI dieron respuestas mucho más positivas
acerca de su experiencia en las CJ, pero también obtuvieron el porcentaje más alto de
respuestas que afirman que sus problemas no fueron resueltos. Los participantes de zonas
no CSDI fueron más críticas con la calidad del servicio, pero más positivas con relación a la
rapidez con la que se resolvieron sus problemas.
Con base en este análisis no podemos decir que el modelo esté funcionado peor en los
municipios CSDI o de comunidades rurales, en particular porque fue recientemente
introducido en estas zonas. Su aplicabilidad ha tenido varios vacíos y aunque ha dado
mejores resultados en cuanto al número de usuarios que atrae, es probable que su
rendimiento esté siendo aún insuficiente.
Surgen entonces inquietudes tales como:
• ¿Debe haber una mayor divulgación fuera de las cabeceras municipales/rurales sobre la
presencia de las Casas de Justicia en las zonas CSDI y en los municipios rurales? En caso
afirmativo, ¿cómo se pone en práctica?
• ¿Seguir adelante con el cambio del modelo regional de CJ por el de un modelo
itinerante? ¿En qué medida funciona, siendo que hay poblaciones tan dispersas, vías en tan
mal estado y ausencia de medios de comunicación? Si se opta por este modelo, ¿quién lo
financiará?
Como comenta Mejía Wills (2011), varias Casas de Justicia se están inclinando por el
modelo itinerante pero aún no encuentran recursos para financiarlo.
• ¿Juegan algún papel los programas adicionales y la plataforma de servicios extendidos en
la satisfacción que muestran los usuarios de CSDI con las Casas de Justicia?
• ¿Tiene sentido obligar a los municipios más pequeños a cumplir con el modelo
estandarizado? Partiendo de los problemas identificados y relativos al personal (Capítulo
3), ¿qué tanto aportan los representantes de entidades del orden nacional con su
presencia? No se discute la representación de los mismos sino cuáles son los indicados, y
si las instrucciones y facultades de sus representantes coinciden con las necesidades de los
usuarios.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
104
Una observación adicional merece ser hecha aquí: contrario a la propuesta del Convenio
Inter-Institucional de 2005, se continúa con el establecimiento de Casas de Justicia en
municipios con una población inferior a 100,000 habitantes, a cambio de los Centros de
Convivencia. Puesto que en Colombia solo hay alrededor de 60 municipios con 100,000 o
más habitantes, se esperaría que después de la directriz de 2005 se hubieran erigido casi
que de manera exclusiva Centros de Convivencia en municipios de menor población. Hasta
donde sabemos, los Centros de Convivencia dan una mayor cabida a los servicios no
esperados, pero es más común que esto suceda en los municipios medianos que en los
pequeños en razón de los fondos disponibles de los gobiernos municipales. Creemos que
la filosofía de los Centros de Convivencia podría extenderse a las Casas de Justicia más
pequeñas como un tercer modelo de funcionamiento que permitiría mermar la presión
ejercida sobre las entidades públicas del orden nacional para que hagan presencia, y daría
una mayor libertad de acción al municipio o cabecera para crear e innovar de acuerdo a
sus propias posibilidades de inversión.
VARIACIONES EN EL FUNCIONAMIENTO DE LAS CASAS DE JUSTICIA
Lo que dicen los datos sobre las diferencias en el desempeño
Las mayores diferencias se encuentran en los tipos de servicios ofrecidos por cada Casa de
Justicia (en materia de las entidades representadas o bien en las categorías), en la
adecuación de personal, patrones de demanda, y puntajes en las preguntas de evaluación.
Puesto que hay una multitud de variables independientes, es difícil establecer relaciones
causales. Por ejemplo, si lo que incidió en los puntajes de satisfacción fue el programa
especial de capacitación o la disponibilidad de más dependencias en una Casa de Justicia.
La siguiente tabla ilustra las diferencias y una base sobre la cual armar futuras hipótesis
acerca de lo que funciona y porqué funciona. La Tabla 30 discrimina las Casas de Justicia
según los tipos de municipio en las que están, teniendo en cuenta que hay una estrecha
relación con: 1) las características de la población, 2) los años de funcionamiento de la Casa
de Justicia, 3) el personal y la inversión; y, 4) el tipo de región CSDI/no CSDI (también
listado por aparte).
Tabla 30: Porcentajes y respuestas a preguntas especificas por Casa de Justicia, según
tipo de municipio
% CONFLICTOS QUE LLEGARON A UN ACUERDO
RESPUESTA: AHORA HAY MÁS AUTORIDADES
RESPUESTA: AHORA LAS AUTORIDADES RESUELVEN LOS PROBLEMAS MÁS RÁPIDO
AHORA CONOZCO MIS DERECHOS
AHORA HAY MÁS POSIBILIDADES DE RESOLVER UN PROBLEMA
AHORA HAY MÁS SEGURI- DAD
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
105
CASA DE JUSTICIA
%
%
%
%
%
%
MUNICIPIOS EN CATEGORÍA ESPECIAL
VILLA DEL SOCORRO 74.62% 84.9 66.9 78.64 74.1 66.8
USME 98.4 91.8 28 83.5 69.8 21.4
AGUA BLANCA 49.7 79.2 71.1 67.5 86.3 82.7
BELLO 80 100 55.6 100 44.4 78.1
CIUDAD NORTE BUCARAMANGA 73.1 61 58.3 81.6 85.2 54.3
CATEGORÍA ESPECIAL 75.3 83 53.3 83.2 71.4 59.1
CATEGORÍA 1
BARRANQUILLA LA PAZ 41.8 91.5 83.6 97.2 91 55.4
SIMÓN BOLÍVAR 37.1 95.7 93.8 89.5 89.5 78.6
PRIMERA CATEGORÍA 39.5 93.6 88.7 93.3 90.2 67.0
CATEGORÍA 2
VILLAVICENCIO 62.72% 87.60% 73.50% 80 73.5 62.02
SOACHA 65.2 76.2 39.1 85.8 46.4 11.3
PASTO 83.4 68.2 52.3 80.8 62.3 39.1
SEGUNDA CATEGORÍA 74.3 72.2 45.7 83.3 54.3 25.2
CATEGORÍA 3
LA PAZ 80.3 74.4 64.5 77.3 68.5 38.4
CATEGORÍA 4
RIOHACHA 64.3 83.3 80.5 93.8 96.7 74.3
TUMACO 44.2 72.1 52.9 75 69.2 43.3
CUARTA CATEGORÍA 54.3 77.7 66.7 84.4 82.9 58.8
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
106
CATEGORÍA 6
EL BAGRE 33.1 68.3 53.4 79.3 75.5 24.8
PUERTO TEJADA 58 71 74.6 65.1 72.8 56.2
SUR DE TOLIMA 67.1 73.3 75.8 88.2 88.8 49.7
TARAZÁ 52.8 65.2 39.1 77 62.1 32.9
ZARAGOZA 26 31.3 15.3 49.3 54.2 19.4
SEXTA CATEGORÍA 47.4 61.8 51.6 71.8 70.7 36.6
POR ZONA CSDI Y NO CSDI
NO CSDI 64.8 82.4 64.9 84.1 75.1 55
CSDI
51.2
63.1
48.2
74.9
68.7
34.9
Fuente: datos y análisis de Partners
A excepción de las categorías CSDI y no CSDI, es difícil encontrar patrones en los
resultados a estas preguntas. De hecho, las variaciones entre las mismas categorías de
municipios son interesantes y requieren de mayor investigación. Por ejemplo, ¿por qué,
habiendo tan pocos avances en el tema de seguridad en los municipios de categoría 6,
hubo tan buenos resultados en Puerto Tejada (no CSDI, posible explicación) y el sur del
Tolima? ¿Se debe a una característica o condición especial de la Casa de Justicia, o al
contexto (como lo indicaría el caso de Puerto Tejada)? ¿Por qué tuvieron puntajes más
elevados las 4 Casas de Justicia del sur del Tolima que todas las demás de categoría 6? En
cuanto a la categoría especial que normalmente puntea en todas las áreas, ¿cuál es la
razón para que Aguablanca (una de las Casas de Justicia de mayor trayectoria) tenga
puntajes inferiores a las demás en relación con los grados de acuerdo? ¿Por qué hay un
impacto tan leve en la seguridad y en la rapidez con la que se solucionan las conflictos en
Usme? ¿Cómo se explica que Bello, cuyos puntajes son siempre elevados y su personal el
más numeroso de las Casas de Justicia, registre 100% en “más autoridades” y solo 44% en
“más medios para resolver conflictos”? Las respuestas a algunas de estas preguntas
podrían residir en defectos del cuestionario o en la forma en la que se administró. De ser
así, las diferencias entre las Casas de una misma categoría serían mayores, pero no entre
los puntajes de una misma Casa. Por consiguiente, aunque pudo haber un margen de error
en los cuestionarios suministrados, los resultados sugieren que hay cabida para explorar
las diferencias en este y otros temas de rendimiento con más detenimiento, con el fin de
rastrear las razones detrás de las diferencias significativas entre una misma categoría y
entre una misma Casa de Justicia.
Percepciones de los usuarios y del personal sobre las deficiencias de las Casas de
Justicia
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
107
Pueden existir diferencias en el desempeño de las Casas de Justicia en niveles mucho más
sutiles que los que logramos evaluar en este estudio, y que provean respuestas a las
preguntas aquí planteadas. Aparte de esto, uno de nuestros hallazgos es que los miembros
del personal en disposición de ser entrevistados tenían tantas quejas acerca del programa
como los usuarios. La información en este sentido es menos sistemática que la del sondeo
y las muestras probabilísticas, ya que se basa en las entrevistas con las 84 personas
vinculadas laboralmente a las Casas de Justicia y en los grupos focales con poblaciones
especiales. Por lo tanto, es de carácter más anecdótico que científico. Si bien es cierto que
en las entrevistadas aplicadas al personal éste mostró una mayor conciencia sobre las
deficiencias en infraestructura y equipos, también expresó cierto grado de preocupación
acerca de la calidad del servicio y en sintonía con lo que la mayoría de usuarios indicó. Las
personas entrevistadas hicieron más hincapié en los servicios no esperados y en los retos
de allí derivados, así como en la falta continua de seguimiento y de coordinación entre las
distintas dependencias. Así mismo, salió a flote la falta de oportunidades de capacitación,
queja continua que, a pesar de ser un lugar común a nivel organizacional, relacionaron con
algunas de las debilidades del servicio de las CJ. En síntesis, las quejas del personal ayudan
a explicar parcialmente las inquietudes y diferencias en el rendimiento de las Casas de
Justicia, apuntando hacia causas que tienen solución y en las que podrían concentrarse los
donantes en coordinación con el Ministerio de Justicia.
VISIONES DIFERENTES, CONCLUSIONES DIFERENTES
El propósito y su incidencia en los resultados
Desde que el PNCJ empezó ha habido visiones divergentes acerca de su propósito.
Algunas de ellas, incluida la primera que proyectaba un servicio integral y en un mismo
lugar de justicia formal y alternativa, desaparecieron velozmente por motivo de la
resistencia que las instituciones mostraron, entre ellas la rama judicial que nunca ha dado
signos de querer participar 47
. Las condiciones especiales de las Casas de Justicia en zonas
CSDI donde se asocia la presencia de jueces de paz, fiscales y otras entidades públicas del
orden nacional con posibles retaliaciones, suponen un ajuste temporal en vista del
contexto en el que operan. No obstante, varias Casas y personas persisten en la defensa de
otras variables de organización y operatividad. Si se evaluaran las Casas de Justicia de
acuerdo a su definición básica –un lugar para solucionar conflictos y obtener información
sobre asuntos jurídicos para aquellos que no tienen acceso a las instituciones del sistema
de justicia formal— se diría casi que sin reservas que son un éxito. Pero al incluir en el
panorama funciones complementarias que algunas “críticas amigables” promueven, tales
como incentivar la convivencia, aumentar la legitimidad del Estado, reducir la congestión
47
La presencia de un juez de paz es excepcional. Este tipo de funcionarios nunca ha tenido una gran
aceptación en el medio judicial, por lo que hasta hace muy poco se decidió capacitarlos. Los jueces
de paz no sonprofesionales en Derecho y no reciben un pago por su labor comot tales.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
108
judicial, mejorar la seguridad local, empoderar a las personas de escasos recursos y a los
grupos vulnerables, las respuestas no son tan claras.
Es extremadamente difícil medir los resultados relacionados con los objetivos adicionales y
aún más complejo atribuirles una causalidad. Se ha reportado una mayor seguridad en
algunos municipios, pero su incremento en las comunidades puede estar relacionado con
las actividades de la Casa de Justicia o tratarse de un logro de las demás acciones
emprendidas por el GOC contra el delito. El afianzamiento de la legitimidad del Estado
(cosa que no hemos podido medir de manera directa) puede haber mejorado por la
presencia de la Casa de Justicia o ser de igual modo, el resultado de otro factor. Lo mismo
sucede con la manera en la que se valoran algunos de los objetivos complementarios del
programa y de su disminución, pues aquí también pueden jugar factores exógenos que se
escapan del control de la Casa de Justicia.
Por otro lado, hay objetivos complementarios que pueden ser inviables. Entre ellos, la
descongestión del sistema formal de justicia, o la disminución en las cifras globales de
delitos. Estos son problemas complejos cuyas soluciones requieren mucho más andamiaje
que lo que puede brindar el trabajo proveniente de las CJ actuales o la expansión del
programa. En cuanto al nuevo nombre de la Dirección de Acceso a la Justicia del Ministerio
de Justicia, ahora conocida como la Dirección de MASC de acuerdo a la Ley 1444/11,
Artículo 5, podría indicar que el GOC ya no contempla los mismos objetivos para el
programa, o que su énfasis ha cambiado. Aún está por verse qué sucederá con las
funciones adicionales incorporadas por el Decreto 1477/00 y el Convenio Inter-
Institucional del 2005. Lo mismo aplica para las Casas de Justicia que han agregado
funciones adicionales a su funcionamiento, tales como los comités de desarrollo
comunitario, los programas especiales de capacitación y de derechos humanos, u otras
actividades que han solicitado las comunidades a las que atienden.
Siempre y cuando no se inhiba la experimentación de las autoridades del orden local
dispuestas a trabajar a favor del programa, creemos que para seguir avanzando es preciso
concentrar las acciones hacia el perfeccionamiento de las áreas, modelos y estrategias que
mejor funcionan.
Disponibilidad de fondos y fragilidad del programa
Las Casas de Justicia más exitosas están ubicadas en los municipios más grandes y en los
departamentos que han tomado el programa como propio. En los demás lugares, la falta
de presupuesto y la falta de interés amenazan la sostenibilidad de las Casas de Justicia,
incluso en el corto plazo. Tal es así que la Casa de Justicia de Villavicencio no ha podido
pagar los salarios de sus funcionarios para lo correspondiente al primer trimestre de 2012,
por lo que ha propuesto cerrar la sede hasta el mes de marzo. Mientras que la solidez del
programa recaiga en el interés de la autoridad local de turno, será difícil contrarrestar la
fragilidad del mismo. Las autoridades y las administraciones locales cambian, y los
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
109
presupuestos y fondos de inversión se restringen, por lo que incluso un programa local
que ha dado buenos resultados puede carecer de un día para otro del apoyo y los recursos
necesarios para seguir andando. Condiciones similares afectan la participación de las
entidades públicas del orden nacional, agudizándose aún más en el caso de los municipios
pequeños que primero tienen que asegurarse de que la persona designada para trabajar
en la Casa llegue y después, de que al menos haga presencia en un horario fijo. El nuevo
Ministro de Trabajo anunció recientemente un plan para eliminar la contratación por
prestación de servicios de actividades misionales de las entidades públicas, lo cual sería
problemático en tanto se acude a esta figura para dotar de personal a las Casas de Justicia
cuando no hay un presupuesto local adecuado. Esto puede incrementar la tendencia del
personal local a ostentar dos cargos y a dificultar su disposición y disponibilidad, pues
tendrá que escoger si atiende a los usuarios en las Casas de Justicia mientras que ejerce las
funciones de su otro cargo, o si dispone de las oficinas municipales para recibir las
consultas de los usuarios de las Casas de Justicia, rompiendo así la plataforma del servicio
integral que se pretende brindar al usuario con el PNCJ. El esquema presupuestal
dispuesto en el Capítulo 3 da una idea aproximada de lo que costaría implementar el
modelo completo de CJ sin acudir a estas figuras de contratación y adecuación irregular de
personal, y siembra la incógnita sobre las fuentes de financiación necesarias para asumir
los costos reales y llegar a un punto de equilibrio. Para solucionar la fragilidad y la
disponibilidad precaria de fondos del programa, hay que replantear el qué y el cómo del
mismo. Con esta idea en mente, daremos paso a las consideraciones finales de este
estudio en el siguiente capítulo.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
110
CAPÍTULO V
REFLEXIONES Y RECOMENDACIONES
INTRODUCCIÓN
Como preludio a la formulación de las recomendaciones requeridas en este estudio,
reflexionaremos en torno a tres hallazgos no del todo consistentes:
• Desde el punto de vista de los usuarios, el Programa Nacional de Casas de Justicia (PNCJ)
ha sido un éxito. Tienen a su alcance los servicios que quieren y están satisfechos con los
resultados. Hay quejas relativas a detalles o a visiones de mundo diferentes (ej. Las mujeres
afrocolombianas en los grupos focales consideran que las Casas de Justicia no respetan
sus costumbres.)
• Desde el punto de vista de los críticos amigables, el programa no ha sido tan exitoso
porque no ha cumplido a cabalidad todas las funciones que estos consideran debería
incluir, o porque al contrario, se están extralimitando al acoplar otras. El personal también
tiene quejas relacionadas fundamentalmente al funcionamiento interno de las CJ, y en
general se muestra más crítico que los usuarios.
• Evaluado a luz de su sostenibilidad y proyección de expansión, el programa tiene
problemas serios. Puesto que existen diferentes perspectivas sobre sus fines, las
dimensiones y posibles soluciones varían de acuerdo a lo que se cree que debería estar
logrando.
Ahondando en las inconsistencias de las tres premisas anteriores, podemos decir que los
hechos no dan lugar a dudas; no resulta evidente qué es lo que se debería hacer. Por
tanto, en cambio de afirmar que se puede seguir adelante por el mismo curso, hemos
decidido reunir una serie de recomendaciones de corto plazo y hemos creado una lista de
preguntas cuyas respuestas servirán de base para definir qué hacer con el programa en el
largo plazo. Adoptamos una postura que no es necesariamente común a todos los socios
del programa, pues recalca que las mayores fortalezas del programa residen en la
resolución de conflictos y en la provisión de orientación legal e información a los usuarios;
en vista de esto, se piensa que los objetivos fundamentales del PNCJ deben centrarse en
estas áreas así como en los objetivos adicionales cuya conveniencia, viabilidad y afinidad
con otras políticas públicas se hayan comprobado. Rara vez se pone en duda lo que
conviene, pero la factibilidad (o viabilidad) y la coordinación son variables que se deben
tener siempre presentes para evaluar el programa y tomar decisiones.
Pese a que viabilidad y coordinación están relacionadas, también difieren la una de la otra.
La viabilidad atañe a dos factores: 1) si el objetivo puede lograrse a pesar de los costos
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
111
implicados, y 2) si los recursos disponibles posibilitan su realización. Hay muchos objetivos
que podrían lograrse si los fondos disponibles no fueran determinantes;
desafortunadamente lo son casi siempre. Aún así, ciertos objetivos escapan a esta lógica y
son precisamente aquellos para los que no hemos podido rastrear resultados significativos,
ni tampoco establecer la relación entre las actividades actuales y sus niveles de éxito.
En términos de coordinación, la financiación hace parte de la ecuación junto con otros
factores. El Programa Nacional de Casas de Justicia no está en el centro del universo de la
Política Pública en Colombia. Es más, varias de las entidades que en teoría están
comprometidas con su implementación tienen sus propios planes y objetivos. Puesto que
hay una afectación especial sobre el uso de sus recursos y sobre la priorización de la
prestación de servicios, los planes de estas entidades no están en sintonía con las
necesidades de las Casas de Justicia. Ya hemos mencionado la gran variedad de centros de
servicios integrados que se han creado y que requieren el tipo de personal que se define
en el plan estandarizado de las Casas de Justicia. También hemos revisado las
implicaciones económicas que tendría la implementación real o total del modelo
estandarizado de una Casa de Justicia, incluso en un escenario que permita algunos ajustes
según el contexto local en el que ésta opere.
Cuando las entidades no pueden participar en el programa y seguir trabajando de manera
paralela para alcanzar sus propios fines, se abstienen de enviar a sus representantes a las
Casas de Justicia; situación contraria a la que experimentan los CADEs, CAVIF, SAU, entre
otros. Además, ante la mayoría de estas entidades públicas del orden nacional (ej., la
judicatura, la Fiscalía General de la Nación, otros ministerios y entidades administrativas), el
Ministerio de Justicia es relativamente débil. Puede armar los planes que desee, pero la
implementación de los mismos depende en gran medida de la cooperación que reciba de
los más fuertes. Esta es una realidad de la vida política, tanto en Colombia como fuera de
ella. Por tanto, si los encargados de planeación en el Ministerio quieren contar con el
apoyo y los fondos de otras entidades, tienen que trazar estrategias eficaces que les
permitan lograr sus cometidos.
Con base en lo anterior dividimos la lista de recomendaciones en dos partes: la primera
abarca las recomendaciones a corto plazo que no dependen de las medidas que se tomen
pensando en el futuro del programa; la segunda versa sobre alternativas relacionadas con
asuntos de mayor envergadura, a implementar a mediano plazo y a largo plazo.
RECOMENDACIONES A CORTO PLAZO QUE NO DEPENDEN DE LAS SOLUCIONES
A ASUNTOS DE MAYOR RELEVANCIA
Independientemente de cómo se resuelvan o si en efecto se resuelven las visiones
encontradas sobre los propósitos del programa, hay una serie de recomendaciones que
requieren de atención inmediata y que pueden contribuir a las respuestas de preguntas
más complejas. En lo referente a USAID éstas deberían ser prioritarias en su esquema de
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
112
financiación del programa, y el GOC debería considerarlas como tales antes de seguir
avanzando con el programa.
¿Cómo mejorar la calidad de la información disponible sobre el desempeño de las
Casas de Justicia?
Gran parte de este estudio no habría sido necesario, o se habría podido hacer más rápido
si existieran bases de datos integradas con base en dos elementos: 1) las actividades de las
Casas de Justicia en términos de servicios prestados, a quiénes, por quiénes, y con qué
resultados; 2) los presupuestos que establecen quién está contribuyendo, con qué, y cómo
convertir las contribuciones en especie a valores monetarios. Con bases de datos
integradas no nos referimos necesariamente a bases de datos centralizadas. La
centralización es deseable, pero menos importante para la meta de asegurar que cada
Casa de Justicia cuente con la información necesaria para monitorear su propio
desempeño48.
Ambos proyectos suponen obstáculos parecidos, principalmente por la
reticencia de las entidades que no son del orden local a facilitar información. Aún así,
puede ser más fácil recoger información sobre las actividades de las Casas de Justicia
(incluyendo a su personal) que sobre los presupuestos.
En la actualidad se cuenta con tres sistemas automatizados de registro de casos y rastreo:
uno, desarrollado por contratistas de USAID e instalado en cinco Casas de Justicia; otro
utilizado en Bogotá, y otro más instalado en varias Casas de Justicia en Medellín. Se
recomienda evaluar los tres para saber si vale la pena adecuar alguno de ellos en su
formato actual o actualizado para las demás CJ en el país. Esta es una labor importante en
la que USAID u otro donante podría fácilmente financiar, junto con las mejoras que el
sistema elegido requiera. No obstante, los diseñadores del sistema deben estar preparados
para facilitar el ingreso de datos desde los demás modelos que persistan, previendo que
haya cierta resistencia a cambiarlos. También son necesarios fondos para la conectividad
(intranet e internet), para la compra de equipos adicionales y para capacitación. Como lo
anota MSD, es necesario que haya una coordinación en la ejecución de estos planes e
igualmente, contar con el apoyo del GOC y del Ministerio de Tecnologías de Información y
las Comunicaciones. Existe otra posibilidad, y es que el donante brinde el apoyo necesario
para la formulación de propuestas destinadas al Ministerio de Tecnologías de Información
y las Comunicaciones, en caso de que este tenga la capacidad de costear la conectividad
requerida. Puesto que el Ministerio de Justicia tiene su propia Dirección de Tecnologías de
Información, el sistema podría ser manejado desde allí, pero el proyecto necesitaría
48
Si cada casa de Justicia tuviera su propia base de datos integrada de actividades, la información
sería de fácil acceso para cualquier entidad encargada de inspeccionar el programa. Hacer la
distinción es importante puesto que la centralización se puede hacer más o menos necesaria según
las decisiones futuras sobre la estructuración del programa. Así mismo, puede ser más fácil
convencer a cada casa de Justicia de usar el sistema si es ella misma la que lo maneja que si se
presenta como una estrategia para mejorar la información del Ministerio de Justicia.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
113
recursos para capacitar al personal de las Casas de Justicia y de la Dirección MASC en su
uso y monitoreo.
El análisis financiero realizado por el equipo de consultores concluye que no hay forma de
elaborar un presupuesto recomendable para el funcionamiento de las Casas de Justicia. Sin
embargo, este no es el peor de los problemas. Tampoco hay un sistema de contabilidad
integrado, dado que la totalidad de los fondos proviene de los presupuestos de otras
entidades. Por ende, se señala como prioridad número uno la construcción de una
contabilidad integrada y en lo posible centralizada con el fin de poder monitorear los
niveles de inversión del programa. Solo después habría lugar para buscar mecanismos para
estandarizar los aportes presupuestales, pues hasta no saber qué se tiene, no hay manera
de determinar cuánto se necesita. Se intentó recoger información de distintas fuentes para
hacer el análisis financiero, pero hubo una serie de dificultades que nos llevan a pedir que
los resultados sean vistos como aproximaciones. En esta medida, tener acceso a la
información presupuestal se vislumbra como un reto mayor que la recopilación de
información sobre las actividades de las CJ. Incluso se nos informó que algunos alcaldes no
colaboraron con las cifras de inversión que manejan para las Casas de Justicia y las
entidades públicas del orden nacional tienen aún menos razones para cooperar.
USAID podría contribuir de manera significativa a ambos propósitos y debería incluirlos en
su lista de prioridades tanto para este como para un próximo proyecto.
Independientemente de la estructura que adquiera el PNCJ en el futuro, para operar como
un programa y no solo como un conjunto de esfuerzos individuales, es vital que tenga
ambos tipos de información para evaluar y mejorar su desempeño. Aun si se opta por la
descentralización, el funcionamiento de las Casas de Justicia no será óptimo si no cuentan
con mecanismos para recolectar información propia y sistemática de sus actividades, de la
adecuación de personal y de fondos de financiación e inversión.
¿Cómo definir el rol del Ministerio de Justicia y mejorar su desempeño?
Esta recomendación tiene dos aspectos: uno de corto plazo y otro de largo plazo. Nos
ocuparemos primero del corto plazo. Adicionalmente, se recomienda que al menos en el
corto plazo el Ministerio insista menos en la imposición del modelo estandarizado e insista
más en inventariar y evaluar lo que las Casas de Justicia están haciendo. Es más, el
Ministerio podría basarse en la información que recolecte al inventariar y evaluar las CJ
para trazar sus propios planes de funcionamiento y mejorar las estrategias y objetivos. Así
mismo, mientras que no se apruebe una política pública del más alto nivel y se prosiga con
convenios carentes de peso y de vinculación, es aconsejable que el Ministerio se vislumbre
como un defensor y facilitador de las Casas de Justicia, y como un participante y
beneficiario de las modalidades experimentales de trabajo que se están desarrollando.
Entre sus tareas es preciso que ejerza presión para la obtención de fondos que se destinen
al programa, pero estará mejor posicionado si las Casas de Justicia lo perciben como un
amigo antes que como un impositor. También se aumentan las probabilidades de obtener
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
114
información de las demás entidades participantes si su disposición es de apoyo y no de
confrontación. USAID podría contribuir en este sentido asesorando a la Dirección de MASC
y al Ministerio de Justicia en el desarrollo de instrumentos de monitoreo de actividades
(sistemas de información), analizando sus contenidos para identificar buenas prácticas,
señalando las áreas que requieren de más apoyo, creando así la base de un sistema de
premios y recompensas a innovaciones.
Llegar a un acuerdo interino sobre los servicios “no esperados” y flexibilizar las
restricciones sobre el uso de las Casas de Justicia para otras actividades
Esta es otra de las recomendaciones a corto plazo que hacemos al Ministerio. Las aliadas
más fuertes del Ministerio son las Casas de Justicia y los gobiernos locales que las apoyan.
Si continúan las tensiones porque no se cumple con el modelo estandarizado, se estará
subvalorando la esencia misma de las CJ. Al fin y al cabo, solo cuando se encuentren
respuestas satisfactorias para todas las partes que resuelvan las preguntas de largo
alcance, se podrá definir lo que debe estar en una Casa de Justicia. Por tanto, en el corto
plazo no tiene sentido rechazar las versiones locales de las Casas. Es posible que estas
variaciones incluyan más entidades y más servicios, pero más allá de cómo se reconfigure
su modelo, no se gana nada y más bien se pierde al anticiparse al modelo ideal. El interés
primordial del Ministerio debería ser el progreso en el desempeño de las actividades base,
sin que esto se traduzca en la exclusión de las otras. Su trabajo de formación en
conciliación (área que está siendo evaluada) es un insumo clave, al igual que hacer un
seguimiento a las personas que ya han recibido la capacitación.
Explorar con mayor detenimiento los “servicios no atendidos”
Puesto que no se conoce a ciencia cierta cuál es la magnitud de este problema ni de sus
causas posibles, sería importante explorar este tema en más detalle. Lo que se ha podido
establecer es que esta tendencia parecería más común en las Casas de Justicia más
aisladas, con personal disponible y para satisfacer necesidades para las que ese personal
no cuenta con facultades jurídicas de atender (incluso personal proveniente de entidades
nacionales), de tal forma que es imperativo reforzar la disponibilidad de ciertos
funcionarios en las Casas de Justicia o en sus alrededores, o flexibilizar las facultades
legales de aquellos que trabajan en la entidad. Los servicios no atendidos también pueden
ser indicio de que existen actividades o servicios que algunos funcionarios del orden
nacional ofrecen, pese a que ellos (o el personal del orden local) no pueden resolver. E
incluso puede indicar la existencia de demanda de servicios no relacionados con la justicia
y por ende la demanda de la presencia de otras entidades. También es posible que el
problema de los servicios no atendidos y sus causas responda a una combinación de las
consideraciones hasta aquí expuestas, pero es necesario recoger más información al
respecto para tener una idea más acertada de las dimensiones de este problema. Nuestros
instrumentos no fueron diseñados para explorar este tipo de problemas ya que solo
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
115
supimos de su existencia tras la obtención de los resultados. Por ende, sería bueno
construir encuestas dirigidas a los usuarios que procuren un análisis más profundo sobre
los servicios no atendidos.
Inventario de servicios prestados por las Casas de Justicia, sin tener en cuenta el área
de resolución de conflictos
Aunque las Casas de Justicia se destacan por su destreza en la resolución de conflictos,
esta no es lo única tarea que desempeñan. Fuera de ella, es enorme la variedad de
servicios que brindan a las poblaciones objetivo es enorme, tanto en la oferta como en sus
contenidos específicos y proveedores. Este estudio revela su magnitud, pero no sistematiza
gran parte de los datos. Este otro tipo de información es necesaria para poder determinar
con prontitud 1) cuáles son los programas que se están ejecutando; 2) cuáles son sus
objetivos; 3) quién los está financiando; y 4) qué tipo de resultados se están obteniendo.
Se ha constatado que varias de las actividades disponibles responden a los patrones de
demanda de los usuarios de las Casas de Justicia, pero solo se puede determinar qué tan
viable es responder a esta demanda y mejorar la oferta con base en una evaluación.
También resultaría útil inventariar y evaluar los programas de capacitación que se brindan,
ya que estos constituyen una porción significativa de los servicios de las Casas ubicadas en
zonas CSDI y de otras en lugares como Villavicencio. Evaluar así mismo, la instrucción que
recibe el personal y definir cuáles son sus necesidades en términos de entrenamiento. La
capacitación es fundamental para mejorar la prestación de servicios específicos, pero
también para mejorar la moral del personal, que a su vez repercute en la calidad de la
prestación de los servicios. USAID podría contribuir para la realización de estas
evaluaciones bajo el programa actual, o en un futuro cercano.
Evaluación de los Centros de Convivencia
La evaluación de este programa es un paso necesario para la Dirección de MASC, pues a
pesar de ser menos centros que el número de Casas de Justicia que funcionan en la
actualidad, ya llegan a 30 y han venido desarrollando una serie de programas llamativos
que sería bueno conocer. Como se mencionó arriba, los argumentos que dieron pie a los
Centros de Convivencia también pueden ser útiles para la creación de un modelo de Casas
de Justicia en los municipios más pequeños, en tanto que una fórmula inflexible es a todas
luces menos apropiada e inaceptable.
ASUNTOS DE MAYOR RELEVANCIA A SOLUCIONAR ANTES DE EFECTUAR PLANES A
MEDIANO Y A LARGO PLAZO
Pese a los problemas, divisiones y variaciones que tiene, las poblaciones objetivo han
acogido mayoritariamente el programa de Casas de Justicia. Sin embargo, para poder
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
116
avanzar y construir sobre los logros, es necesario atender ciertos asuntos. La mayoría de
los socios del Programa están de acuerdo en que antes de que el programa se siga
expandiendo es necesario considerar tales asuntos y resolverlos. Para algunos, la excepción
a la regla la constituyen los programas auto-sostenibles de los departamentos y distritos
donde las autoridades locales están dispuestas a asumir los costos de operación y a crear
sus propias Casas de Justicia. Independientemente de lo que suceda en el corto y el
mediano plazo, sería muy desafortunado que las decisiones que se tomen ahora
entorpezcan este tipo de avances. De hecho, una de las inquietudes manifestadas a lo
largo de los diálogos sostenidos en nuestro equipo es que por un intento de dar más
orden al programa se provoquen reacciones negativas o se derrumbe. Algunos opinan que
la experimentación local que se vive actualmente ha sido ventajosa porque ha permitido
que aquellos que quieren impulsar el programa lo hagan. No descartamos esta línea de
pensamiento como una posible respuesta a las preguntas planteadas a continuación, pero
también creemos que hay otras alternativas que hay que valorar.
Los asuntos más relevantes se dividen en tres categorías:
• El propósito de la Casa de Justicia y su modelo: ¿Cuáles son los objetivos lógicos y
prácticos a los que una Casa de Justicia puede responder, y qué tanto difieren de acuerdo
a su ubicación? ¿Debería haber un modelo estandarizado y requerimientos mínimos para
las Casas de Justicia, o simplemente una adecuación al contexto local como en efecto
sucede con los Centros de Convivencia?
• Financiación: ¿Cómo coordinar los requerimientos presupuestales y de recursos humanos
con las necesidades y planes de las entidades participantes? ¿Cómo suplir las necesidades
de los municipios de categoría 6 y de otras localidades que no tienen recursos suficientes?
• Organización: ¿Cuál debe ser el rol del Ministerio de Justicia y sus responsabilidades en
relación con el programa? ¿Existen otras alternativas viables para la coordinación del
programa?
Un segundo aspecto que debemos considerar para abordar estas preguntas es el proceso.
Es decir, ¿cómo y por medio de quién se resolverán las preguntas planteadas? Una vez se
hayan tomado varias determinaciones, el proceso también adoptará una forma específica.
Si el movimiento se da hacia un modelo más estructurado y centralizado, habrá que incluir
a más entidades en las discusiones y negociaciones dado que es esencial contar con su
aval respecto a los cambios que tendrán lugar. Esto pareciera ir en contravía de lo que
implica un control jerárquico, pero para que éste sea efectivo necesita en primer lugar
tener a todos los participantes a bordo. Si el movimiento es hacia un programa de
implementación local que recibe apoyo pero no dirige el Ministerio, el consenso deja de
ser tan importante y cada una de las partes primarias (Ministerio y Casa de Justicia
individual) puede acordar los detalles específicos.
Mencionaremos, pero sin desarrollar, dos alternativas radicales:
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
117
• Avanzar con el modelo estructurado y aceptar las cargas económicas que implica.
Aunque los costos y acuerdos necesarios entre las partes hacen de esta una alternativa
impráctica, varios continúan proponiéndola.
• Dejar las cosas como están, es decir, que haya una organización “voluntaria” y que el
Ministerio prosiga sin las herramientas de coerción necesarias para hacer cumplir lo
establecido. Siendo esta una solución por omisión, da pie a varias preguntas: en qué
consiste el programa, cómo y quiénes brindarían apoyo económico en calidad de
donaciones; cómo incentivar su adopción en los nuevos departamentos y municipios y
cómo abordar los asuntos que emergen de las Casas de Justicia más problemáticas. Dejar
que sean las propias Casas o los actores locales quienes determinen el programa tiene sus
atractivos, pero la optimización de recursos no lo es.
ACCIONES ALTERNATIVAS A MEDIO PLAZO QUE DEBEN ANTECEDER LOS PLANES DE
EXPANSIÓN DEL PROGRAMA A LARGO PLAZO
Las alternativas de medio plazo implican que su implementación es debatible e, incluso, si
se avalan por el socio mayoritario, tomará tiempo cumplirlas. Descartando por el momento
las dos opciones radicales anteriormente mencionadas, las alternativas a mediano plazo se
mueven alrededor de una serie de preguntas interrelacionadas con las tres preguntas
principales del programa, su financiación y su organización. Nuestra única recomendación
definitiva es que estas alternativas se estudien con detenimiento y que sus implicaciones
de financiación, de interacción con los donantes y de resultados variables también se
pongan en consideración. Conveniencia, viabilidad y coordinación siguen siendo criterios
indispensables para evaluar cada alternativa.
Modelos de Casas de Justicia: ¿un solo conjunto de servicios y proveedores, una
plataforma básica, o una entidad definida por los actores y circunstancias locales?
El Ministerio de Justicia parece inclinarse hacia un solo modelo, o hacia la serie de modelos
que mejor se correspondan con las capacidades locales. Si con esto se refiere a municipios
grandes con recursos abundantes, o a municipios más pequeños con menos fondos, es
evidente que existen desviaciones de lo que el Ministerio y el marco jurídico dictaminan.
Entre ambos extremos, (el modelo único con leves variaciones locales o un programa de
definición local) hay alternativas interesantes. Por ejemplo, se sugirió que el programa
defina las funciones básicas que tendría que desempeñar cualquier Casa de Justicia
merecedora de ser llamada tal y de apoyo externo, pero que las actividades adicionales no
se restrinjan siempre y cuando sean financiadas por el municipio. Si el Ministerio de Justicia
continúa en su papel de supervisor, podría certificar a las Casas de acuerdo con su
desempeño y sus funciones básicas, que probablemente consistan en la resolución
alternativa de conflictos y en brindar información y orientación legal.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
118
Las funciones base serían el factor determinante para definir los esquemas de participación
en el programa, pero tendrían que crearse incentivos de participación como acceso a
programas de capacitación y a donaciones para que la misma adquiera valor.
Aprovechando la popularidad que tienen las certificaciones en Colombia, como el ISO
9000 y sus sucesores, el Ministerio podría crear una serie de estándares para estas
funciones, preferiblemente basándose en sus resultados más que en su estructuración. En
adición a hacer cumplir el modelo estandarizado, podría diseñar premios y concursos u
otras actividades que ayuden a las locaciones de menos recursos.
A continuación se describen otros valores agregados y visiones que podría tener la entidad
supervisora, antes de lo cual hay que anotar que hubo consenso en el equipo evaluador a
favor de la definición de unos criterios mínimos que permitan la inclusión de otras
actividades en las CJ. Esto también ayudaría a determinar dónde se deben construir nuevas
Casas de Justicia (allí donde las autoridades locales mostraron la voluntad de concentrarse
en las funciones básicas y de financiarlas) y priorizar áreas donde los fondos provenientes
del Estado o de los donantes contribuyan a su progreso. La opción de un programa
definido localmente puede ser igualmente popular entre los usuarios, como sucede con la
inversión para la construcción de una cancha de fútbol, un puesto de salud o un centro
comunitario. Sin embargo, desde la perspectiva de la necesidad de aumentar los índices de
acceso a la justicia esto último no sería recomendable49.
De todas formas, un modelo de
centro comunitario sería el más conveniente para los municipios pequeños, así como la
incorporación de los servicios de la Casa de Justicia a un inmueble existente del gobierno
municipal. En síntesis, en el momento de definir qué es una Casa de Justicia se debe dar
espacio a la experimentación y a la innovación en aquellas Casas que cuentan con los
medios para hacerlo, así mismo explorar diferentes modelos organizacionales para Casas
con menos recursos con miras a asegurar que el desempeño de las funciones básicas no
sobrepase su capacidad para costearlas.
Donantes como USAID podrían suministrar los fondos para otros inventarios que den
cuenta de la situación actual, para aplicar encuestas a las autoridades municipales y
departamentales acerca de sus preferencias e inquietudes, y para reuniones donde los
asociados puedan discutir las diferentes opciones. El Ministerio sigue siendo el delegado
responsable de organizar este tipo de actividades, siendo lo esencial que esté en
disposición de recibir la variedad de opiniones que probablemente emerjan.
49
Una comparación útil es la experiencia del Banco de Desarrollo Interamericano en Jamaica con los
centros comunitarios como parte de su programa para reducir el crimen. Los centros tuvieron gran
acogida entre las comunidades, aunque el impacto en la reducción del crimen fue nula (McClean et
al, 2009). En este caso (comunidades urbanas enormes con altos índices de criminalidad y
poblaciones de muy bajos recursos), los centros comunitarios fueron la primera señal de atención
del Estado. Algo parecido sucede con las Casas de Justicia que llegan a municipios de muy bajos
recursos.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
119
Financiación de las Casas de Justicia: ¿municipal, departamental o nacional? ¿Cómo
articular a los donantes?
Una de las ventajas de que el programa mantenga su identidad nacional y una supervisión
centralizada es que hay un mayor potencial para atraer a posibles donantes. La
descentralización extrema (el modelo de definición local) no sería una opción práctica en
este sentido. Sin embargo, es evidente que algunos departamentos y distritos se han
apropiado del concepto de Casas de Justicia y en consecuencia han estado dispuestos a
financiar su desarrollo. Esto nos lleva a otra opción interesante: que el programa incentive
a otros departamentos con un buen flujo de recursos a hacer lo mismo, y así poder
destinar los fondos extra a aquellos con graves problemas presupuestales. Las
implicaciones que tendría este modelo variarían de acuerdo a la situación departamental o
municipal. Los departamentos que se han apropiado de las Casas de Justicia podrían
adherirse al programa a partir de la ejecución de las funciones básicas y de su habilidad
para llegar a acuerdos con las autoridades nacionales distintas del Ministerio de Justicia.
Así las cosas, el Ministerio podría concentrar sus esfuerzos en explorar las alternativas para
los más débiles, especialmente los municipios de categoría 6 ubicados en departamentos
menos generosos o de menor presupuesto. Los fondos provenientes de donaciones
podrían dirigirse hacia esta capa, así como hacia un eventual proyecto de certificación y de
concursos para las mejores innovaciones.
El asunto crítico detrás de estas sugerencias recae en la sensación de que el gobierno
nacional no destinaría muchos más recursos al Ministerio de Justicia para supervisar,
controlar y desarrollar el programa. Los recursos locales, los departamentales, y las
contribuciones de otras entidades del orden nacional, seguirían siendo las mayores fuentes
de financiación del programa; por tanto, lo mejor será direccionar los donantes a apoyar
actividades de interés general, tales como el desarrollo de sistemas de información,
evaluaciones y encuestas, intercambios de información sobre innovaciones en las
actividades básicas o fuera de ellas, o a dar apoyo a las Casas de Justicia ubicadas en las
regiones más pobres.
Por supuesto, si de repente, el gobierno nacional considerara al programa como una de
sus más altas prioridades, no solo los fondos disponibles sino el modelo cambiarían. Sin
embargo, no hay señales claras de que esto vaya a suceder, por tanto hemos basado
nuestras opciones en la presunción de que en el corto y el mediano plazo, el progreso
dependerá de lo que las autoridades locales y departamentales puedan invertir o negociar.
Como parte de este estudio se exigió al equipo el diseño de un plan de financiación que
no requiera dos o tres veces más de lo que actualmente se refleja en el análisis de
presupuestos. Sin embargo, no estamos preparados para llevar a cabo esta tarea porque
gran parte de ella depende de las decisiones que tome el GOC respecto a las alternativas
descritas y en parte, a algunas que se mencionarán a continuación, relacionadas con la
coordinación más que con los presupuestos de las Casas de Justicia. Es importante señalar
aquí que nuestra versión actualizada del modelo estandarizado implica un equipo de
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
120
trabajadores de tiempo completo en todas las Casas de Justicia incluyendo funcionarios
tanto de entidades del orden municipal como del orden nacional. Es cierto que una de las
estrategias para bajar costos consiste en contratar personal de medio tiempo, pero para
asegurar la prestación continua de servicios se tienen que fijar sus horarios de trabajo. Para
los municipios más pequeños (categorías 5 y 6) esto significaría seguir operando casi que
de la misma forma, designando a algunos funcionarios como trabajadores de medio
tiempo, empleando solamente a un coordinador y a alguien que se encargue del CRI.
Otros mecanismos para reducir costos, especialmente en los municipios más pequeños,
consisten en compartir el personal de tecnología con el gobierno municipal, y que el
coordinador se encargue de supervisar tanto a los voluntarios como los conciliadores en
equidad. Estos pasos dirigidos a la reducción de costos requerirían retomar la la sugerencia
hecha en el Capítulo 3 de ubicar la Casa de Justicia en una de las instalaciones del
gobierno municipal o que el nuevo edificio también se use para las oficinas de la alcaldía
municipal.
Para las Casas de Justicia más grandes, reducir costos implicaría permitir que los
funcionarios de entidades del orden nacional trabajen medio tiempo pero en horarios
preestablecidos, mas no a aquellos del orden municipal. Puesto que el personal de
entidades del orden nacional tiene un presupuesto asignado, los costos no aumentarían
pero habría que redoblar la eficiencia, a la que sospechamos no se está prestando
suficiente atención. El análisis de la demanda determina qué tantos funcionarios de medio
tiempo se requieren, lo que no le fue solicitado al equipo de esta evaluación y tampoco se
intentó. El censo del Ministerio da algunas claves al respecto, a pesar de su sospechada
falta de precisión, pero el análisis debe hacerse caso por caso. Incluso asumiendo que el
presupuesto global sea 25 o 50 % más alto del actual, no es mucho si se compara con lo
que el sistema formal de justicia ha estimado que requiere para proseguir con el programa
de descongestión judicial o para la implementación de nuevos códigos.
Existe otra fuente de ahorro potencial que no se refleja en el presupuesto de las Casas de
Justicia: aunque estas no reducen la congestión judicial, en la medida en que los servicios
prestados por despachos judiciales se extiendan a las áreas más remotas50,
la presencia de
una Casa de Justicia podría reducir la carga laboral y la demanda de personal de estos
últimos. En ausencia de la Casa y de los servicios que presta, muchas más quejas serán
llevadas ante los juzgados y fiscales y, pese a que haya un número importante de asuntos
que no éstos no pueden resolver, tendrán que atenderlos al menos para decidir que no
son de su competencia. La Casa de Justicia puede servir así de filtro preliminar y requerir su
propia financiación, pero posiblemente con costos más reducidos que los de la justicia
formal.
50
En teoría, la mayoría de estas áreas cuenta con servicios formales que se manejan por medio de
un fiscal o un juez encargado de dos o más municipios simultáneamente. Por expansión nos
referimos a disponer de uno para cada distrito o municipio, propuesta más costosa ya que implica
infraestructura y personal adicionales.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
121
Organización de las Casas de Justicia: ¿quién supervisa el proceso y cuánto control
debería tener sobre su progreso?
El equipo de evaluación ha analizado la opción de un modelo altamente descentralizado,
pero junto con la mayoría de los socios del Programa se inclina hacia su dirección
centralizada. Los socios departamentales que han logrado grandes avances prefieren que
el control se haga a nivel departamental. Puede que funcione mejor para ellos, pero se
reduce el potencial intercambio de información, la experimentación de diferentes modelos,
y el apoyo de donantes. Así las cosas, el rol que debe jugar el Ministerio de Justicia o
cualquier unidad central de coordinación, puede adoptar diversas formas:
• Podría controlar el programa y exigirle a las Casas de Justicia un modelo organizativo y
unas funciones concretas (al parecer, esto es lo que pretende pero aún no lo logra) con el
apoyo de un marco jurídico más dirigido.
• Podría hacer las veces de una cámara de compensación y de recaudador de información
sin interferir en las acciones de las Casas.
• Podría jugar un rol más activo en la negociación y participación de otras entidades del
orden nacional, aunque es difícil sin un marco jurídico más fuerte, sin recursos y sin
personal.
• Podría servir de articulador con los donantes, ayudando a identificar actividades que
requieren fondos. No todos los recursos donados tendrían que destinarse a las Casas de
Justicia individuales; una parte podría ser usada para apoyar al Ministerio en el desarrollo
de mecanismos de monitoreo, planeación y evaluación.
• Con la ayuda de los donantes, podría supervisar el desarrollo de herramientas y
programas de común interés, que cubren desde sistemas de información hasta programas
de capacitación para el personal.
Estos roles no son mutuamente excluyentes, pero la sola realización de cualquiera de ellos
(así se dejen de lado los otros) dependerá de la capacidad del Ministerio de encaminar
más recursos a la Dirección de MASC. Con base en el trabajo de campo, el equipo de
evaluación se inclina hacia un rol del Ministerio más de facilitador que de controlador, no
tanto como encargado de imponer el cumplimiento de la ley sino más bien como asesor,
monitor e interlocutor para el Programa. Esta preferencia también se remonta a
experiencias previas, y a creer en la capacidad del Ministerio en tender hacia un enfoque
de mayor soporte más colaborativo, especialmente si recibe los recursos adicionales para
hacerlo. Sin contar con ellos, realizar una supervisión menos intrusiva a las CJ sería lo más
positivo para el Ministerio
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
122
CONCLUSIONES
Si bien el Programa Nacional de Casas de Justicia puede no estar en un punto crítico, es
necesario revaluar sus objetivos y los medios que requiere para lograrlos. El propósito, la
financiación y la organización, antes denominados conveniencia, viabilidad y coordinación
de esfuerzos, podrían repensarse por un grupo más amplio que el que conforma la
Dirección de MASC. De hecho, es aconsejable que el Ministerio no tome decisiones
unilaterales a menos de que tenga los recursos para soportar las acciones que determine, e
incluso así, un pronóstico individual y no consultado no es del todo positivo.
El programa ha sido muy exitoso en su labor de hacer llegar los servicios básicos de justicia
a los más necesitados y a menudo a las poblaciones remotas. Aquellos que lo han usado,
apoyan tremendamente su continuidad. Además, hay departamentos y distritos que lo han
adoptado como propio y que ya no necesitan ni solicitan apoyo del gobierno central. Los
retos siguientes son: 1) expandir los avances positivos para que inter alia, donantes
extranjeros, no tengan que seguir involucrado en la creación de nuevas Casas de Justicia;
2) mejorar las prácticas exitosas para cubrir más poblaciones objetivo y seguir
incrementando los niveles de satisfacción; y 3) identificar e incentivar la adecuación de
buenas prácticas en las funciones básicas, como parte del apoyo básico que se debe
brindar a las Casas de Justicia, o como actividades adicionales que puedan considerar otras
Casas de Justicia.
Como normalmente sucede con este tipo de estudios, hay muchos problemas que se
identifican solo a partir de los hallazgos resultado de lasrespuestas a las preguntas
inicialmente planteadas. Algunos de estos (ej, la incomodidad de los afrocolombianas con
la falta de reconocimiento de sus costumbres; quejas sobre la burocracia, presencia
esporádica de las autoridades nacionales, los casos no atendidos) pueden explorase a
partir de estudios dirigidos y más detallados. Los hemos sugerido junto con otros a lo
largo de esta evaluación, pues varios de ellos son tan específicos que no tienen cabida en
los sistemas de información.
Siempre será arriesgado tratar de manipular el éxito, lección universal que subyace a
nuestra reticencia de hacer recomendaciones unilaterales y unidimensionales. El programa
puede mejorar, pero la imposición de un enfoque radical puede llevar a un retroceso.
Nuestras recomendaciones a corto plazo se hacen sin condiciones; en cuanto a lo que
puede suceder en el mediano y el largo plazo, solo nos atrevemos a sugerir alternativas. Si
en algo insistimos es que el programa no debe convertirse en lo que el coordinador de
cada Casa de Justicia o alcalde de turno tenga a bien hacer, pero nuestros resultados
demuestran que para definirlo con base en una estrategia centralizada es necesario
empezar por repasar y revaluar las funciones básicas y así mismo, dejar un espacio para la
innovación. La libertad de crear es importante por varias razones y en función del contexto
local. En los municipios y departamentos con fondos disponibles para innovación, hay
como mantenerlos interesados. En municipios más pobres es una manera de adaptar la
forma y algunas de las funciones a las limitaciones locales. El propósito y meta central del
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
123
programa –dar acceso a la resolución de conflictos, y a la orientación e información legal a
los ciudadanos de menores recursos en Colombia- se debe mantener, pero en cambio de
creer que los límites del programa terminan allí, sus seguidores podrían abordar otras
necesidades (entre ellas la capacitación con miras a mejorar los índices de empleo), si eso
es lo que los beneficiarios locales creen.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
124
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ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
130
ANEXO METODOLÓGICO
Contenidos
1. ANTECEDENTES
a. Objetivos del estudio y preguntas analizadas
b. Selección de Casas de Justicia para el estudio
c. Categorización de municipios donde están ubicadas las Casas de Justicia
2. METODOLOGÍA: INSTRUMENTOS
2.1 Encuestas
a. Tipo de estudio: sondeo
b. Tipo de estudio: muestreo probabilístico
c. Estructura del cuestionario: objetivo de cada sección
d. Tabulación y depuración de datos
2.2 Encuestas aplicadas a los no usuarios
2.3 Encuestas aplicadas a los funcionarios
a. Objetivos y estructura
b. Bases de datos
2.4 Grupos focales
a. Objetivo y participantes
b. Composición de los grupos focales
c. Tabulación de resultados
2.5 Redes conversacionales
a. Objetivo y participantes
b. Estructura de la red conversacional
c. Tabulación del análisis
2.6 Censo
ÍNDICE DE TABLAS
Tabla 1: Sistema de categorización de municipios según la Ley 617/2000
Tabla 2: Casas de Justicia involucradas en el Estudio por caracterización rural/urbana y
categoría de municipio 4.
Tabla 3: Cuantificación de los instrumentos
Tabla 4: Número de entrevistas por Casa de Justicia (sondeo)
Tabla 5: Tipos de usuarios entrevistados en cada Casa de Justicia (sondeo, muestreo
ponderado)
Tabla 6: Entrevistas aplicadas en zonas CSDI y no CSDI (sondeo, muestreo ponderado)
Tabla 7: Entrevistas por Casa de Justicia (muestreo aleatorio)
Tabla 8: Personal de las Casas de Justicia entrevistado
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
131
Tabla 9: Funcionarios entrevistados en cada Casa de Justicia
Tabla 10: Grupos focales y participantes por cada Casa de Justicia
Tabla 11: Fechas de construcción de las Casas de Justicia, actualización de junio de 2011
1. Antecedentes
a. OBJETIVOS DEL ESTUDIO Y PREGUNTAS EXPLORADAS
El estudio se adelantó en dos fases: la primera, de mapeo documental, consistió en la
revisión y análisis de los estudios, documentación y datos existentes del Programa
Nacional de Casas de Justicia y de algunas Casas de Justicia. Estos documentos
proveyeron información sobre el funcionamiento, las fortalezas, logros y deficiencias del
PNCJ. También sirvieron como base para entender los supuestos sobre los que se diseñó el
modelo para el programa y para la formulación de preguntas del trabajo de campo de la
segunda fase. Las preguntas se concentraron en los siguientes temas: i) caracterización del
usuario (estrato, grupo étnico, lugar de residencia, etc.); ii) tipología de los servicios
proveídos por las Casas de Justicia; iii) eficiencia y efectividad de los acuerdos y/o
decisiones sobre los servicios de resolución de conflictos; iv) reducción de las barrearas de
acceso a la justicia; v) impacto en la percepciones sobre la legitimidad el Estado, las Casas
de Justicia y las entidades participantes; vi) transformaciones en los patrones culturales de
las comunidades; y vii) similitudes y/o diferencias entre las Casas de Justicia CSDI y no
CSDI.
Las preguntas guía del estudio con las que se construyeron los instrumentos de
investigación se dividen en dos categorías: principal y secundaria, como se muestra en el
siguiente:
PREGUNTAS DEL ESTUDIO
Pregunta principal Preguntas secundarias
1 ¿Responde el PNCJ a las solicitudes de los ciudadanos?
¿Quién va a las Casas de Justicia y quién no? ¿Por qué
van?
¿Responde adecuadamente el
modelo estandarizado del
Programa Nacional de Casas
de Justicia a las solicitudes de
justicia de los usuarios reales y
potenciales, teniendo en
cuenta las diferencias entre el
2 Ha logrado el PNCJ reducir las barreras de acceso a la
justicia?
3 ¿Se han respetado los requerimientos constitucionales
de enfoque diferencial para los grupos poblacionales de
mujeres, discapacitados, jóvenes, afrocolombianos,
indígenas y LGBTI por el PNCJ?
4 Se están resolviendo lOs conflictos que llegan a las Casas
de Justicia por medio de acuerdos? ¿Hasta qué grado?
¿Cuál es el nivel de acatamiento de los acuerdos?
¿Varían por el tipo de disputa o por Casa de Justicia?
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
132
contexto urbano y rural y la
naturaleza respectiva de sus
conflictos?
¿Hay diferencias entre zonas CSDI y no CSDI?
5 ¿Ha aumentado la legitimidad del Estado el programa?
¿Según la percepción de los usuarios hay más confianza
institucional?
6 ¿Ha tenido impacto el PNCJ en la transformación
cultural, entendida como un cambio en las creencias
sobre el conflicto y el restablecimiento de las relaciones?
7 Respecto a las preguntas anteriores, ¿existe alguna
diferencia entre los resultados de las zonas CSDI y no
CSDI, o entre contextos urbanos y rurales?
b. CASAS DE JUSTICIA INVOLUCRADAS EN EL ESTUDIO
Las Casas de Justicia incluidas en el presente estudio fueron seleccionadas y aprobadas
por USAID con antelación al trabajo de campo. Contrario al pedido inicial de cubrir doce
(12) Casas, el equipo de consultores propuso incluir 19 para aprovechar la presencia de los
equipos de trabajo regionales. Después, la cobertura se amplió a las Casa de Justicia Simón
Bolívar en Barranquilla y a la de Usme en Bogotá, para un total de 21 Casas. El criterio de
selección buscó una mezcla de Casas según las siguientes características: i) ubicación
geográfica; ii) tiempo de construcción (1995-2000; 2000-2005; 2005-2011)51; iii) contexto
urbano o rural; iv) modelo autónomo o regional: el último incluido con las CJ del sur del
Tolima (Ataco, Rioblanco, Chaparral, Ortega) y Bajo Cauca (Tarazá, Zaragoza, El Bagre); v)
zonas CSDI y no CSDI; vi) minorías étnicas: afrocolombianos (Puerto Tejada, Tumaco,
Aguablanca), e indígenas (Riohacha, Popayán, sur del Tolima).
c. CATEGORIZACIÓN DE LOS MUNICIPIOS DONDE ESTÁN UBICADAS LAS CASAS DE
JUSTICIA
Para escoger los municipios procuramos hacer un balance entre las categorías que define
la Ley 617/2000, basándonos en dos criterios: tamaño poblacional y renta local. También
se usó la información estadística del DANE52 de proyecciones poblaciones municipales por
área (2005-2020), actualizada a junio 2011.
Tabla 1. Categorías de entidades territoriales en Colombia según la Ley 617/2000
51
Se adjunta la lista de fechas de construcción de las Casas de Justicia construcción. 52
Recuperado el 11 de julio de 2011 en
www.dane.gov.co/daneweb_V09/index.php?option=com_content&view=article&idem=75&Itemid=
72
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
133
CONTEXTO URBANO CONTEXTO RURAL
Categoría
municipio Características
Categoría
municipio Características
Especial Más de 500.000 habitantes.
Ingresos corrientes de libre
destinación superiores a 400.000
SMLM.
Quinta Entre 10.000 y 20.000
habitantes.
Ingresos corrientes de
libre destinación
superiores a 15.000 hasta
25.000 SMLV.
Económicamente
insuficientes
Actividad económica
agropecuaria con
tendencia a la explotación
forestal.
Hay un equilibrio entre la
población rural y urbana.
Primera Entre 100.000 y 500.000 habitantes.
Ingresos corrientes de libre
destinación superiores a 100.000
hasta 400.000 SMLV.
Segunda Entre 50.000 y 100.000 habitantes.
Ingresos corrientes de libre
destinación superiores a 50.000 hasta
100.000 SMLV.
Tercera Entre 30.000 y 50.000 habitantes.
Ingresos corrientes de libre
destinación superiores a 30.000 hasta
50.000 SMLV.
Sexta Igual o inferior a 10.000
habitantes.
Ingresos no superiores a
15.000 SMLV.
La mayoría de la población
reside en zonas rurales.
Económicamente Muy
insuficientes
Actividad principal se basa
en el sector agropecuario53.
Cuarta Entre 20.000 y 30.000 habitantes.
Ingresos corrientes de libre
destinación superiores a 25.000 hasta
30.000 SMLV.
A partir de la combinación de los criterios propuestos por la Ley 617/2000, la información
estadística del DANE, y el contexto de ubicación (rural o urbano) de los municipios, las
Casas de Justicia se clasifican de la siguiente manera:
Tabla 2. Contexto de Ubicación de las CJ participantes en el Estudio
CONTEXTO URBANO CONTEXTO RURAL
Ciudad/ Departamento
Localización Categoría Departamento/ Región
Localización Categoría
Bogotá, D.C. Usme Especial Cauca Puerto Tejada Sexta
Cali Aguablanca Especial Bajo Cauca Tarazá
Cundinamarca Soacha Segunda El Bagre
Antioquia Bello Especial Zaragoza
Meta Villavicencio Segunda Sur del Tolima
Ataco
Santander Bucaramanga Especial Chaparral
Barranquilla La Paz Primera
Rioblanco
Simón Bolívar
53
POSADA, Jaime. Agrupación de municipios colombianos según características de ruralidad.
Universidad Nacional de Colombia. Sede Medellín. 2010.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
134
Medellín Villa del Socorro
Especial Ortega
Cauca Popayán Tercera
Guajira Riohacha Cuarta
Nariño Pasto Segunda
Nariño Tumaco Cuarta
2. Metodología: Instrumentos de recolección de
información y análisis
El modelo multidimensional54 se utilizó para reunir, tratar y analizar la información
necesaria para abordar las preguntas planteadas en este estudio. Este nos permitió
establecer relaciones entre las distintas voces: coordinadores, funcionarios, asesores del
programa, investigadores expertos y comunidad en general, quienes respondieron a las
diferentes modalidades de indagación sobre aspectos críticos del PNCJ. Los instrumentos
aplicados incluyen: encuestas (a usuarios, y a no usuarios), entrevistas semi-estructuradas
(a funcionarios), grupos focales (comunidades), redes conversacionales (expertos, asesores
de programa), formularios de información financiera. La siguiente tabla ilustra el número
de participantes para cada instrumento:
Tabla 3. Cuantificación de instrumentos
CUANTIFICACIÓN DE INSTRUMENTOS
Municipio – Casa de
Justicia
Muestra de entrevistas
a usuarios en cada CJ
Entrevistas a
funcionarios
Participantes
grupo focal
Total
grupos
focales
Barranquilla /La Paz 209 4 21 3
Barranquilla/Simón
Bolívar 238 5 21 3
Bello 160 4 0 0
Usme/ Bogotá 232 4 5 2
Bucaramanga/Ciudad
Norte 249 3 5 1
Cali/ Aguablanca 214 4 15 3
El Bagre 321 10 7 1
Villa del Socorro/
Medellín* 1237 5 0 0
54
Los modelos multidimensionales refieren a la capacidad de reunir información dispersa desde
distintos campos de información, combinando diversidad de niveles y estableciendo conexiones
múltiples con los diferentes actores que entraron en relación con el programa o proyecto.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
135
Pasto 236 5 22 3
Popayán 254 4 14 2
Puerto Tejada 191 4 5 1
Riohacha 244 5 8 1
Soacha 331 5 6 3
Sur del Tolima 196 8 15 2
Tarazá 208 3 14 2
Tumaco 176 2 28 3
Villavicencio* 1223 4 34 4
Zaragoza 325 5 7 1
Total 6244 84 227 35
Anotaciones: las diferencias entre el número de entrevistas en cada muestra se deben principalmente a los siguientes
factores: 1) la no existencia de servicios no esperados que redujeron el número de entrevistas, ej., Aguablanca en
Cali, Ciudad Norte en Bucaramanga, Usme en Bogotá; 2) la dificultad extrema para tener acceso los registros, ej.,
Bello y Usme en Bogotá; 3) las poblaciones dispersas, ej., Chaparral, Ortega, Ataco, y Rioblanco; y 4) las muestras
probabilísticas más grandes (para las CJ de Villavicencio y Villa del Socorro) que sí contaban con los registros para
implementar esta técnica.
*Muestreo probabilístico
2.1 ENCUESTAS A USUARIOS
El reto inicial del estudio fue el diseño de un muestreo probabilístico para la aplicación de
entrevistas en cada CJ. La ausencia de archivos y registros requeridos para el diseño de un
marco muestral y la selección aleatoria de los informantes, imposibilitó la creación de una
muestra general para esta parte del trabajo de campo. Finalmente, los registros
disponibles nos permitieron construir muestras probabilísticas para Villavicencio y Villa del
Socorro. La falta parcial o total de registros nos llevó a seleccionar a un grupo de usuarios
de manera aleatoria para las demás casas con la creación de los datos de usuarios basados
en los registros de diversas entidades, en el CRI y en libros de asistencia, así como en una
selección de los usuarios que se hallaban presentes en casa CJ.
Definimos que los informantes principales serían los usuarios de las CJ, los informantes
secundarios y grupo de control los no usuarios que viven en las vecindades aleñadas a las
CJ. Las entrevistas se hicieron personalmente o, en su defecto, por teléfono. Se usó el
mismo cuestionario para todas las entrevistas, que fue diseñado para tomar entre 7 y 12
minutos.
Se definieron como usuarios a aquellas personas que usaron los servicios de la CJ en
cualquier momento. Como se explica más adelante, el método de selección es diferente en
la muestra probabilística y en el sondeo. El sondeo incluye a usuarios del día escogidos de
manera aleatoria en el momento en el que se iban de la CJ, durante al menos cuatro días
distintos, así como usuarios anteriores (históricos) no identificados de servicios esperados y
no esperados, encontrados en las listas o registros del CRI o en las oficinas de entidades
presentes en la CJ. Las muestras probabilísticas no incluyeron a usuarios del día puesto que
extrajeron a todos los entrevistados de su marco de muestreo.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
136
En el sondeo se establecieron objetivos para cada categoría de usuario. Se seleccionó un
promedio de 50 usuarios del día para ser entrevistados en cada CJ. Los usuarios históricos
(sondeo y muestreo) se dividieron en dos categorías: los que pidieron servicios de
entidades incluidas en el modelo estandarizado del MJ (ej., Comisarías de familia;
Inspección de Policía, conciliadores en equidad, y Defensoría del Pueblo) y usuarios de
servicios no esperados (servicios adicionales no incluidos en el modelo estandarizado55).
Para el sondeo, nuestra meta era entrevistar 120 usuario de servicios esperados y a 90
usuarios de servicios no esperado en cada CJ. El muestro aleatorio usó las categorías de
esperado y no esperado, y no se establecieron objetivos ya que las entrevistas se hicieron
de manera aleatoria a partir de en un mismo grupo. Las encuestas a no usuarios se
relacionan en la sección 2.2.
a. Tipo de estudio: sondeo
Cubrimiento geográfico: el sondeo basado en muestras no probabilísticas se realizó en
19 Casas de Justicia en las siguientes regiones: atlántica (Riohacha, La Paz y Simón
Bolívar); andina (Robledo and Bello, Bucaramanga, Agua Blanca, Usme, Soacha, El Bagre,
Zaragoza, Tarazá, Chaparral, Ortega, Ataco, Rio Blanco, and Popayán); y pacífica (Pasto,
Tumaco, y Puerto Tejada). Puesto que fue difícil entrevistar un número suficiente de
usuarios, decidimos analizar las cuatro Casas del sur del Tolima como una sola Casa,
como se ha hecho en otros estudios en los que se incluyen las Casas regionales. La tabla
a continuación muestra el número de entrevistas aplicadas por usuario/no-usuario para
cada CJ:
Tabla 4. Número de entrevistas por Casa de Justicia (sondeo)
USUARIOS DE LAS CASAS DE JUSTICIA SEGÚN TIPO USUARIO/NO-USUARIO Y CASA DE
JUSTICIA
CASA DE
JUSTICIA
TIPO DE USUARIO
Total Usuarios del día
Usuarios de
servicios
esperados
Usuarios de
servicios no
esperados
No usuario
residente del
vecindario
Número Número Número Número Número
Total 3784 808 1817 563 596
55
Entre los servicios no esperados están aquellos proveídos por el Programa de familias en acción
de Acción Social, programas de repartición de alimentos (ICBF), programas especiales para
delincuentes juveniles o jóvenes en riesgo, programas de atención para la tercera edad, programas
de capacitación, reuniones de asociaciones comunitarias y de organizaciones indígenas.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
137
USUARIOS DE LAS CASAS DE JUSTICIA SEGÚN TIPO USUARIO/NO-USUARIO Y CASA DE
JUSTICIA
CASA DE
JUSTICIA
TIPO DE USUARIO
Total Usuarios del día
Usuarios de
servicios
esperados
Usuarios de
servicios no
esperados
No usuario
residente del
vecindario
Número Número Número Número Número
AGUA BLANCA 214 42 141 14 17
BARRANQUILLA/
LA PAZ
209 50 121 6 32
BELLO 160 40 94 26 0
CIUDAD NORTE 249 49 133 41 26
EL BAGRE 321 76 103 111 31
LA PAZ 254 51 136 16 51
PASTO 236 50 79 22 85
PUERTO TEJADA 191 47 116 6 22
RIOHACHA 244 51 110 49 34
SIMON BOLÍVAR 238 48 42 120 28
SOACHA 331 51 222 29 29
SUR DE TOLIMA 196 46 112 3 35
TARAZÁ 208 53 105 3 47
TUMACO 176 50 36 18 72
USME 232 49 130 3 50
ZARAGOZA 325 55 137 96 37
Ponderación del sondeo: El tamaño de las muestras para cada una de las 19 CJ (16
cuando se toma el sur del Tolima como una Casa regional) varió ostensiblemente por las
razones anteriormente expuestas: las dificultades para localizar a los usuarios escogidos
de los registros de las CJ o la reticencia de los mismos a responder el cuestionario, la
imposibilidad de alcanzar nuestra meta con relación a los servicios no esperados cuando
no había tales, y otras circunstancias imprevistas como los problemas de orden público,
un bajo flujo de usuarios en el sur del Tolima, entre otros. Por tanto, ponderamos los
resultados para estandarizarlos y reducir el margen de error derivado de las diferencias
en el tamaño de las muestras.
Se aplicó la siguiente fórmula para ponderar cada CJ y equilibrar el tamaño de las
muestras:
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
138
Ponderación = , donde el mayor tamaño/2 = 151.
El tamaño mayor de la muestra se divide en dos para obtener una mediana y así establecer
una media que no se altere por los valores extremos. Con esta ponderación las CJ en el
sondeo tienen el mismo peso al analizarse en conjunto. La siguiente tabla muestra los
datos de usuarios obtenidos por Casa de Justicia tras la ponderación:
Tabla 5. Tipos de usuarios entrevistados en cada Casa de Justicia (sondeo,
muestras ponderadas)
ENCUESTA
TIPOS DE USUARIOS ENTREVISTADOS EN CADA CASA DE JUSTICIA
CASA DE
JUSTICIA
CATEGORÍAS DE APOYO
CATEGORÍAS FINALES EN LA
ENCUESTA
TOTAL
USARIOS
Usuario de
servicios
esperados
Usuario de
servicios no
esperados Usuarios del día
TOTAL
USUARIOS EN
LA LISTA TOTAL
Número Número Número Número Número
Total 1383 386 647 1769 2416
AGUA
BLANCA 108 11 32 119 151
BARRANQU
ILLA/ LA
PAZ 103 5 43 108 151
BELLO 89 25 38 113 151
CIUDAD
NORTE 90 28 33 118 151
EL BAGRE 54 58 40 111 151
LA PAZ 101 12 38 113 151
PASTO 79 22 50 101 151
PUERTO
TEJADA 104 5 42 109 151
RIOHACHA 79 35 37 114 151
SIMON
BOLÍVAR 30 86 35 116 151
SOACHA 111 15 26 126 151
SUR DE
TOLIMA 105 3 43 108 151
TARAZÁ 98 3 50 101 151
TUMACO 52 26 73 78 151
USME 108 2 41 110 151
ZARAGOZA 72 50 29 122 151
La siguiente tabla muestra la distribución ponderada de entrevistas aplicadas en zonas
CSDI y no CSDI:
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
139
Tabla 6. Entrevistas a usuarios aplicadas en zonas CSDI y no CSDI (sondeo, muestras
ponderadas)
ENTREVISTAS APLICADAS EN ZONAS CSDI Y NO CSDI EN CADA CASA DE JUSTICIA
Total NO CSDI CSDI
CASA DE
JUSTICIA: Número % Número % Número %
Total 2416 100.0% 1511 100.0% 905 100.0%
AGUA
BLANCA
151 6.2% 151 10.0% 0 0.0%
BARRANQU/
LA PAZ
151 6.3% 151 10.0% 0 0.0%
BELLO 151 6.2% 151 10.0% 0 0.0%
CIUDAD
NORTE
151 6.3% 151 10.0% 0 0.0%
EL BAGRE 151 6.2% 0 0.0% 151 16.7%
LA PAZ 151 6.3% 151 10.0% 0 0.0%
PASTO 151 6.2% 0 0.0% 151 16.7%
PUERTO
TEJADA
151 6.2% 151 10.0% 0 0.0%
RIOHACHA 151 6.2% 151 10.0% 0 0.0%
SIMON
BOLÍVAR
151 6.2% 151 10.0% 0 0.0%
SOACHA 151 6.2% 151 10.0% 0 0.0%
SUR DE
TOLIMA
151 6.3% 1* 0.06% 150 16.6%
TARAZÁ 151 6.3% 0 0.0% 151 16.7%
TUMACO 151 6.2% 0 0.0% 151 16.7%
USME 151 6.3% 151 10.0% 0 0.0%
ZARAGOZA 151 6.3% 0 0.0% 151 16.7%
*Nota: Uno de los registros del sur del Tolima se clasificó como NO CSDI, de ahí la diferencia. La
inconsistencia se hizo evidente en las últimas tablas, sin embargo, el peso de ese registro es de 0.062%
b. Tipo de estudio: muestreo probabilístico
Después de saber que sería imposible construir un muestreo probabilístico para todas las
casas del estudio optamos por dos muestreos probabilísticos para Villavicencio y Villa del
Socorro, ya que en ambos casos había suficientes registros para diseñar el marco del
muestreo con un nivel de confiabilidad de 95% y un margen de error de 5%.
Diseño del muestreo: se aplicó un método de muestreo probabilístico simple (MPS) en
las CJ de Villavicencio y Villa del Socorro.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
140
El muestreo se basó en la presunción establecida en la teoría estadística de inferencia y en
la aplicación de los principios básicos de la teoría de probabilidad de acuerdo a la cual los
resultados del modelo de muestras solo son válidos si se basan en la certeza de una
muestra que satisfaga las condiciones requeridas por la inferencia estadística. El estudio se
llevó a cabo con la certeza de que no sería posible generalizar los resultados más allá de
las dos casas incluidas. Por ende, los resultados son ilustrativos o heurísticos para la
población más grande. Sin embargo, el estudio muestra un alto grado de coincidencia en
las tendencias entre las muestras aleatorias, el censo y el sondeo semi-estructurado.
Parámetros y estimadores: para un universo conocido con antelación y compuesto por N
elementos (43.758 usuarios en Villavicencio y 45.320 en Villa del Socorro), “y” es la
población de interés caracterizada, por tanto “yk” es el valor para el elemento k-th del
mismo. El objetivo de la muestra es encontrar el valor de una población caracterizada
basándose en la sub-serie de elementos de dicha población o universo para estimar un
parámetro basado en el estudio de algunos elementos del universo.
Los parámetros a estimar en este estudio son:
Totales: U iy yt número de usuarios que han ido a la CJ en razón de
conflictos familiares, número de usuarios que creen que hay más autoridades ahora
gracias a la presencia de la CJ, entre otros.
Razones: z
y
t
tR , es la porción de usuarios que cree que gracias a las CJ las
autoridades han llegado a entender lo que están diciendo, entre otros.
Los estimadores dependen totalmente de los parámetros a estimar y en el diseño a aplicar
para cada CJ, en primera instancia,
s k
i
i
sk
ky y
n
Nytt ˆ
1̂ y el estimador para la varianza del total
2222
)(1
1 ,)1()ˆ(ˆ ss kysysy yy
nSS
N
n
n
NtV .
Marcos de muestreo: Las bases de datos en Villavicencio y Villa del Socorro nos
permitieron determinar el número de usuarios así como su nombre, identificación,
dirección, teléfono, barrio, motivo de la consulta y relación con la CJ. Tuvimos acceso a un
archivo de 43.758 usuarios en Villavicencio y 45.320 en Villa del Socorro, para un total de
89.078 usuarios en las dos Casas de Justicia que proveyeron el marco para seleccionar el
muestreo.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
141
Unidades de muestreo: Una unidad de muestreo es la partición del universo
1,...,, 21 INIII UUÜU en un conjunto o subconjuntos del universo que satisfacen:
1. IiU
2. IjIh UU
3. IN
i
Ii UU1
Cada Ui que forma parte de UI se llama una Unidad Primaria de Muestreo (UPM) y en
nuestro caso corresponde a los usuarios de los servicios ofertados por las Casas de Justicia.
Métodos de selección: Para las casas en Villavicencio y Villa del Socorro utilizamos un
diseño de Muestreo Probabilístico Simple (MPS) porque no teníamos información acerca
del comportamiento de la variabilidad de la población. Para seleccionar la muestra
implementamos el método negativo coordinado, donde cada usuario en la lista de
servicios esperados o no esperados tuvo la misma probabilidad de ser seleccionado.
Tamaños de las muestras: Para poder determinar el tamaño de la muestra para cada CJ,
aplicamos la fórmula de tamaño de muestra con proporciones poblacionales finitas.
donde N corresponde al tamaño de la población, p es la proporción de la respuesta, , alfa
es el valor del error tipo 1, y z es el número de unidades de desviación estandarizada para
una prueba bilateral con un margen de rechazo igual a Alpha p = 0.5, que genera el
máximo valor de error estandarizado. El valor usado para el error alpha es 5% (0.05), con
un nivel de confiabilidad de 95% (0.95), lo cual da a z un valor de 1.959963985
(prácticamente 1.96). Como resultado, los tamaños de las muestras fueron:
Tabla 7. Entrevistas por cada Casa de Justicia (muestreo aleatorio)
CASA DE
JUSTICIA
Archivos en
lista Objetivo N
N real
(entrevistas
hechas)
Villavicencio 43,758 1,253 1,223
Villa del
Socorro 45,320 1,280 1,237
TOTAL 89,078 2,533
2,460
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
142
c. Estructura del cuestionario del sondeo y objetivo de cada sección:
El diseño original se acordó en con el equipo de trabajo de campo y con MSD. A
continuación se hizo una pre-prueba de dos días tras lo cual se hicieron cambios. Durante
la tercera semana de mayo, se hizo una prueba en campo y se comprobó que tomaría
mucho tiempo completar el cuestionario (16 minutos en promedio). Por tanto se adaptó
una versión más corta que mantuvo intacto lo indispensable para el análisis. El cuestionario
consta de seis secciones: 1) información básica sobre la CJ; 2) información del usuario; 3)
eficiencia y efectividad para tomar decisiones y llegar a acuerdos; 4) barreras de acceso a la
justicia; 5) confianza y legitimidad del Estado; y 6) efecto simbólico y cultural. Presentamos
el cuestionario en el Anexo 4 y a continuación resumimos su contenido.
1) Información básica sobre la Casa de Justicia y el servicio prestado (Sección A):
Comprende la información básica sobe la Casa, el servicio o dependencia utilizadas,
el año del caso (si disponible), el número de identificación del caso (si disponible), y
el tipo de solicitud redactada. La composición abierta del registro fue compleja en
un principio, pero nos permitió definir las categorías de servicio y armonizarlas con
las tipologías del censo, así como codificar las entradas abiertas y tardías.
2) Información sobre el usuario (Sección B): Incluye el nombre del usuario y su lugar
de residencia que no siempre coincide con la ubicación de la CJ. El número
telefónico se registró para controles de calidad realizados aleatoriamente por las
oficinas de Partners’. También se le pidió a los entrevistados caracterizar su lugar
de residencia como rural o urbano. Esta información se comparó con la respuesta
escrita a la pregunta 6 que incluyó el barrio o pueblo del usuario. Examinamos el
lugar geográfico para verificar si la auto-categorización y la respuesta a la pregunta
6 coincidían, para después hacer las modificaciones o ajustes necesarios. La
pregunta 10 era una pregunta de control sobre el estrato del SISBEN. La
consistencia en las respuestas es alta. La pregunta 11 sobre auto-reconocimiento
étnico coincide exactamente con las categorías del Censo Nacional y se ajusta a los
estándares internacionales. La pregunta 12 sobre condición de desplazamiento
también busca una respuesta de auto-identificación. La pregunta 12 se dirigió a
personas que hubieran seleccionado alguna de las opciones 1 a 5 de la pregunta
11 (grupo étnico) o a quien hubiera dado una respuesta positiva a la pregunta 12
sobre la condición de desplazamiento.
3) Eficiencia y efectividad de las decisiones y los acuerdos (Sección C): La pregunta 14
se refiere a si el servicio prestado produjo una decisión o un acuerdo entre las
partes. En esta parte tuvimos dificultades porque la misma pregunta se efectuó en
casos relacionados con orientación y capacitación. En consecuencia, se creó el
campo SOLCON_TRAM en la base de datos para filtrar los resultados e incluir allí
las controversias. Así se eliminaron las posibles inconsistencias de los datos. Las
opciones dadas a la pregunta 16 se relacionan con el estado actual de ls conflictos
ya que los problemas no siempre tienen soluciones definitivas, como de hecho
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
143
sucede con las cuotas alimentarias, los contratos de arrendamiento y los créditos.
La pregunta 17 proviene de otro estudio en resolución alternativa de conflictos
realizado por un equipo de Partners y se relaciona con las vías en las que se llega a
un acuerdo, o las razones por las que no se produjo. En relación con otros impactos
derivados de la resolución de conflictos, se le preguntó a los usuarios sobre el
restablecimiento de lazos comunitarios (pregunta 18) y si los problemas se habían
resuelto de forma definitiva o habían reaparecido (pregunta 19).
4) Barreras de acceso a la justicia (Sección D): Esta sección fue creada para identificar
los impactos en las barreras de acceso a la justicia. Las barreras son obstáculos o
impedimentos que encuentran los ciudadanos en busca de respuestas satisfactorias
a sus necesidades jurídicas. Las barrearas se agruparon en las siguientes categorías:
1) temporal; 2) económica; 3) cultural; 4) cognitiva; 5) servicios no disponibles; y 6)
otros. Puesto que el DANE no tiene estudios asociados a las necesidades jurídicas
insatisfechas en Colombia, tema y que solo fue abordado tangencialmente en la
Encuesta de Victimización a Hogares de 2004, fue necesario recurrir a otras fuentes.
Para construir estas categorías tuvimos en cuenta estudios hechos en Colombia por
FEDESARROLLO y la Corporación Excelencia en la Justicia. Las preguntas adaptadas
de estos y de otras fuentes resultaron en seis (6) categorías. La Corporación
Excelencia había manejado ocho (8) categorías, a saber: 1) barreras históricas; 2)
barreras económicas; 3) barreras de lenguaje; 4) barreras geográficas; 5) barreras
culturales; 6) barreras por discriminación; 7) barreras por falta de documentación; y
8) barreras por falta de información.
5) Confianza y legitimidad del Estado (Sección F56): El contrato establece una
“evaluación de la percepción ciudadana del valor simbólico de las Casas de Justicia,
por ejemplo, determinar si las CJ son consideradas como representantes de la
presencia del Estado. Uno de los primeros objetivos del PNCJ fue “consolidar la
confianza en las instituciones jurídicas”57. Para poder medir este concepto un tanto
abstracto formulamos una serie de preguntas relativas a la percepción de las Casas
de Justicia e instituciones (pregunta 23); “percepción institucional” (pregunta 22);
percepción de los factores externos de la Casa de Justicia y su impacto en la
percepción institucional (pregunta 25).
6) Efecto simbólico y cultural (Sección G): Se preguntó a los usuarios acerca el carácter
simbólico de la CJ en su vida cotidiana. Definimos como indicador los cambios en
los patrones culturales comprendidos como las reglas o estándares adoptados por
las comunidades respecto a las conflictos, relaciones con los otros, motivaciones y
representaciones sociales presentes al buscar la ayuda de la Casa de Justicia. Y se
abordaron tres dimensiones: 1) marco de creencias; 2) modificación de prácticas
asociadas a la resolución de conflictos; y 3) restablecimiento de relaciones.
56
La Sección E se utilizó para entrevistas extensas. 57
Convenio Nacional para la puesta en marcha de las Casas de Justicia en Colombia: la justicia entra
por casa. Junio de 1995.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
144
7) Tabulación y depuración de datos
La información se registró en CSPRO. Los cuestionarios respondidos fueron
revisados por el coordinador del proyecto para detectar errores e inconsistencias y
se identificaron en unos pocos (51) cuestionarios (51) correspondientes a Tumaco
(18), Zaragoza (3), Barranquilla (6), Cali (2), sur del Tolima (5), Usme (6), Villavicencio
(3), Riohacha (4), Popayán (1), Puerto Tejada (1), y Bucaramanga (2), posteriormente
retirados de la base de datos. Los errores originados por la pregunta 16, “¿Se acató
el acuerdo o a la decisión?”, también hecha a aquellos que no estaban involucrados
en conflictos se corrigieron mediante la eliminación de estas y de las demás
respuestas relacionadas.
El mayor número de errores detectados en los resultados de Medellín condujo a la
repetición de todas las entrevistas hechas en esta ciudad y a la designación de un
equipo encargado de hacer una encuesta telefónica con la supervisión directa de la
oficina de Partners’ en Bogotá.
8) Construcción de bases de datos
En este proceso se construyeron tres bases de datos: 1) sondeo, 2) muestreo de
Villavicencio, y 3) muestreo de Villa del Socorro, con las mismas variables e
incluyendo campos clave que facilitaron un análisis comparativo de cada una. Se
crearon archivos en SPSS y Excel y se incluyeron los siguientes campos:
SOLCON_TRAM, con el propósito de separar la resolución de conflictos de otros
servicios, El sistema de codificación utilizado fue: 1=litigioso;
2=documentos/procedimientos/asesoría; 3=apoyo psicológico o económico; 4=
capacitación/reunión. Este campo se creó para captar datos reales sobre asuntos
que pueden ser resueltos con un acuerdo o decisión.
TIPOL_ENCU, con el propósito de comparar datos y medir su consistencia o
correspondencia con el censo y viceversa. Los códigos utilizados fueron:
1=conflictos familiares; 2=pérdida o falta de documentos; 3=problemas penales;
4=solicitud de información/permisos/certificados/cartas; 5=otros; 6=falta de pago
de arrendamiento o de servicios públicos; 7=problemas civiles; 8=conflictos entre
vecinos; 9=desplazamiento; 10=problemas laborales; 11=violaciones de derechos
humanos; 12=terapia u orientación psicológica; 13=capacitación; 14=apoyo
financiero/auxilio económico/SISBEN.
CATEG_MUN, creado para la categorización de entidades territoriales (municipios)
según el sistema anteriormente descrito. La codificación corresponde a:
1=municipio especial; 2=categoría 1; 3=categoría 2; 4=categoría 3; 5=categoría 4;
6=categoría 5; 7= categoría 6.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
145
CSDI, campo que define si un municipio está ubicado en una región CSDI. Los
valores asignados son binarios: 1= CSDI; 0= no CSDI.
2.2. ENCUESTAS A NO USUARIOS
Los no usuarios de los servicios de las CJ fueron entrevistados directamente. Las entrevistas
personales se hicieron en sus lugares de residencia o negocios ubicados en la vecindad
inmediata de la Casa respectiva. La vecindad inmediata se definió como un radio de cinco
cuadras alrededor de la sede de la casa. Después de que la persona respondiera que nunca
había usado los servicios de la CJ se abordaban las siguientes partes del cuestionario:
Sección A, información básica sobre la CJ, y Sección B, información sobre el usuario
correspondientes a las preguntas 1 a 12 (se excluía la 13). De las demás secciones solo se
usaron las preguntas 24, 25 y 28.2. La meta era entrevistar a 30 no usuarios por Casa, sin
embargo, no se hicieron entrevistas en Bello porque se tuvo que repetir el trabajo allí,
mientras que en Aguablanca el trabajo de campo se limitó y tuvo que suspenderse por los
altos índices de inseguridad y violencia. Los datos de no usuarios se incluyen en las tres
bases de datos mencionadas arriba.
2.3. ENTREVISTAS A FUNCIONARIOS
a. Objetivos y estructura
Como parte de nuestro modelo multidimensional diseñamos una encuesta directa,
personalizada y semi-estructurada para los funcionarios de las CJ seleccionadas. Los
funcionarios de servicios esperados y no esperados fueron entrevistados con preguntas
abiertas, cerradas y de opción múltiple. La duración de cada entrevista osciló entre 25 y 40
minutos.
Nuestro objetivo consistió en sondear las percepciones de los funcionarios sobre el
impacto conseguido por la Casa de Justicia en las comunidades receptoras. La entrevista
semi-estructurada contenía cuatro (4) partes. La primera caracterizaba al funcionario; la
segunda fue diseñada para recoger información sobre la reducción de las barreras de
acceso y sobre la relación existente entre la oferta y la demanda de servicios disponibles
con base en un enfoque diferencial; la tercera indagó acerca de los niveles de confianza en
las instituciones y de esta manera, en los índices de legitimidad del Estado en las
comunidades impactadas; la última parte buscó información sobre las transformaciones
culturales de los usuarios para la resolución de conflictos. Este cuestionario va en paralelo
con las secciones centrales de la encuesta para usuarios. Entrevistamos a 84 funcionarios
seleccionados aleatoriamente, concentrándonos en aquellos que prestan servicios básicos
(67) como se expone en seguida en la tabla.
Tabla 8: Personal de las Casas de Justicia entrevistado
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
146
Funcionario/Dependencia Número de entrevistados
Inspector de Policía 9
Centro de conciliación 10
CRI 3
Fiscal local 7
Coordinador 15
Comisaría de familia 14
Oficina de planeación municipal 1
ICBF 1
Desarrollo comunitario 4
Justicia de paz 1
Personería 2
Otro 12
Total 84
Aunque nuestro objetivo era entrevistar a cinco funcionarios en cada Casa de Justicia, el
número varió por diversos factores, particularmente por la disponibilidad de tiempo del
funcionario. En casos como el de El Bagre fue relativamente fácil que nos colaboraran, pero
en otros como Riohacha y Tarazá fue mucho más complicado. Las 7 entrevistas hechas en
el Tolima consistieron de 1 en Ataco (inspector de Policía), 2 en Ortega (Comisaría de
familia e inspector de Policía), 2 en Chaparral (inspector de Policía y coordinador) y 2 en
Rioblanco (Comisaría de familia y coordinador). La siguiente tabla muestra el número de
funcionarios entrevistados en cada Casa de Justicia:
Tabla 9. Funcionarios entrevistados en cada Casa de Justicia
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
147
b. Base de datos
La información obtenida por medio de las entrevistas se sistematizó con la aplicación del
programa SPSS, y reveló que algunos cuestionarios estaban incompletos, por lo que se
tuvieron que hacer llamadas telefónicas a los participantes entrevistados para que nos
dieran la información faltante. En la mayoría de los casas el funcionario encuestado no
sabía las respuestas porque él/ella no llevaba mucho tiempo vinculado al programa. Las
respuestas fueron codificadas como NS (no sabe) o NR (no responde). Con estas
entrevistas no buscábamos obtener datos para un análisis cuantitativo sino que nos
permitieran confirmar o complementar los datos recolectados en las encuestas de los
usuarios, los grupos focales y las redes conversacionales, pero también nos permitió
formular los hallazgos presentados en el documento técnico.
2.4. GRUPOS FOCALES
a. Objetivo y participantes
Los grupos focales se efectuaron para captar las percepciones de los ciudadanos, ampliar
nuestra comprensión del impacto atribuido por ellos a las Casas de Justicia, e identificar
situaciones presentes antes y después de la introducción de la Casa de Justicia.
Los resultados cualitativos nos permitieron validar, confirmar y/o complementar la
información obtenida con los instrumentos cuantitativos. El equipo señaló la necesidad de
desarrollar al menos tres grupos focales en cada CJ y propuso como informantes primarios
en grupos homogéneos a: mujeres usuarias de los servicios de las Casas de Justicia; no
CASA DE JUSTICIA
4 4,8 4,8 4,8 5 6,0 6,0 10,7 7 8,3 8,3 19,0 5 6,0 6,0 25,0 4 4,8 4,8 29,8 5 6,0 6,0 35,7 4 4,8 4,8 40,5 2 2,4 2,4 42,9 2 2,4 2,4 45,2
11 13,1 13,1 58,3 4 4,8 4,8 63,1 4 4,8 4,8 67,9 4 4,8 4,8 72,6 5 6,0 6,0 78,6 5 6,0 6,0 84,5 6 7,1 7,1 91,7 4 4,8 4,8 96,4 3 3,6 3,6 100.0
84 100.0 100.0
USME ZARAGOZA SUR DEL TOLIMA VILLA DEL SOCORRO AGUABLANCA SIMON BOLIVAR VILLAVICENCIO RIOHACHA TARAZA EL BAGRE SOACHA POPAYAN BELLO PASTO TUMACO BARRANQUILLA PUERTO TEJADA BUCARAMANGA Total
Frecuencia Porcentaje
Porcentaje válido vá
Porcentaje
acumulativo
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
148
usuarios de los servicios de las Casas de Justicia; minorías étnicas (afrodescendientes e
indígenas, entre otros). Igualmente, el equipo propuso efectuar grupos focales de jóvenes,
desplazados, y población LGBTI, de acuerdo a la realidad de cada contexto. Por ejemplo,
en Villavicencio tuvimos un grupo focal de desplazados en razón del porcentaje que
representan de la población municipal. Los grupos contaron con 5 a 8 personas. Las
percepciones de los participantes y las conclusiones se incluyen en el informe de este
estudio. El tiempo invertido con cada grupo focal osciló entre una hora y cuarenta y cinco
minutos y dos horas y media.
El trabajo de campo condujo a la redefinición de algunos grupos focales o a restricciones o
imposibilidades de reunirnos con ellos. Por ejemplo, se le dio prioridad al desarrollo de
grupos focales con comunidades indígenas en La Guajira y Pasto. Sin embargo, no
pudimos hacer lo mismo en Popayán donde convergen seis comunidades indígenas por la
decisión de sus líderes. En Puerto Tejada los grupos focales se efectuaron con toda la
población afrocolombiana. No hubo grupos focales en Medellín por las razones ya
mencionadas. Finalmente, se sostuvieron 35 grupos focales distribuidos de la siguiente
manera:
Tabla 10. Grupos focales y participantes por cada Casa de Justicia
Nombre
Casa de
Justicia
No
usuarios
Mujeres
mestizas
Afrodescendientes Indígenas Personas
desplazadas
Jóvenes Total
participantes
Total
grupos
B/quilla La
Paz 7 8 6
21 3
B/quilla
Simón
Bolívar
7 8 6
21 3
Puerto
Tejada 5
5 1
Popayán 8 6
14 2
Soacha 2 2 2
6 3
Usme 3 2
5 2
Tumaco 7 7 9
5 28 3
Tarazá 7 7
14 2
Zaragoza 7
7 1
El Bagre 7
7 1
Pasto 6 6 10
22 3
Villavicencio
10 3 3 12 6 34 4
Ortega
7
7 1
Ataco
8
8 1
Aguablanca
6 3
6 15 3
B/manga
5
5 1
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
149
Riohacha
8
8 1
TOTAL 61 82 44 11 12 17 227
35
Grupos
focales
b. Estructura de los grupos focales
Cada grupo focal se realizó en la CJ correspondiente o en un lugar cercano a la misma. Se
convino a los participantes con antelación con la ayuda de funcionarios y líderes
comunitarios o, de manera excepcional, espontáneamente. Los equipos de campo
siguieron una guía diseñada con base en momentos. El primer momento se refiere a la
preparación, es decir, en la conformación del grupo y la planeación logística; el segundo
momento se refiere a la ejecución, es decir, la introducción y el establecimiento de las
reglas del juego; el tercer momento es el inicio o formulación global de preguntas
principalmente asociadas a las situaciones antes y después de la llegada de la casa de
justicia; el cuarto momento es el cierre, donde tienen lugar las conclusiones y
comentarios. Las guías para los responsables de campo se han anexado a este informe.
Las directrices de las preguntas se consultaron con el equipo de profesionales de MSD y a
partir de ellas se definieron las preguntas específicas basadas en las poblaciones objetivo.
El tiempo de referencia para los grupos focales fue el periodo anterior y posterior a la
existencia de la Casa de Justicia.
c. Tabulaciones de resultados
Para el procesamiento de la información se agruparon las respuestas de los participantes
en categorías cualitativas con la identificación de las tendencias principales en las
respuestas. Para la tabulación del análisis de aplicaron estadísticas descriptivas simples. No
todos los grupos y no todos sus miembros dieron respuestas a preguntas específicas,
razón por la cual el número de participantes que aparecen en las tablas en el texto
principal es usualmente inferior al total del número de participantes de una categoría
específica.
2.5. REDES CONVERSACIONALES
a. Objetivo y participantes
Este instrumento se concentra en la recolección de información, la interpretación y
validación de resultados, y en las indagaciones sobre lecciones aprendidas en la ejecución
del programa y sus posibles reformulaciones. El proceso incluyó actores clave del PNCJ
tales como funcionarios del Ministerio de Justicia, ex directores de la Dirección Acceso a la
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
150
Justicia y aquellos que en algún punto ejercieron como líderes técnicos del PNCJ –
incluyendo a funcionarios y ex funcionarios del DNP—, expertos académicos e
investigadores. Las dos redes conversacionales58 tuvieron una duración promedio de dos
horas y media.
Las personas que participaron en la aplicación de este instrumento son: 1. diez (10)
investigadores de campo, profesionales de distintas disciplinas que fueron responsables de
recolectar información durante la Fase II del estudio; 2. seis (6) expertos y cuatro (4)
directores de la Dirección Acceso a la Justicia del Ministerio de Interior y de Justicia.
b. Estructura de la red conversacional
La aplicación de este instrumento incluyó una discusión explícita y estructurada de grupo
sobre un conjunto de problemas o tensiones referentes a las hipótesis guías de este
estudio. El desarrollo del instrumento consistió en: un primer momento para llevar a cabo
la presentación de los hallazgos preliminares del estudio basados en las hipótesis
previamente definidas; el segundo momento en el que se llevó a cabo la red
conversacional en torno a las tensiones del PNCJ: i) ¿Será necesario pensar en una
estrategia de casas de Justicia diferenciada para contextos rurales y urbanos?, ii) El
objetivo inicial del PNCJ era resolver conflictos cotidianas. Sin embargo, hoy hay zonas
CSDI en Colombia con conflictos de un alto grado de intensidad. En vista de esta situación,
¿qué se puede hacer para generar acceso a la justicia por medio de las CJ en estas zonas?,
iii) ¿La inclusión de servicios no esperados en las Casas de Justicia significa que la
plataforma estandarizada de las Casas de Justicia es ahora insuficiente y que las CJ se
deberían basar en el acceso a los derechos?, iv) La sostenibilidad del PNCJ se basa en la
voluntad política en oposición a la institucionalización. ¿Qué hacer al respecto? v) ¿Qué
alcance tiene el programa en la transformación cultural? vi) ¿Cuál debe ser el rol del MIJ
según las necesidades del programa?
Basándonos en los resultados presentados a los grupos, preguntamos cómo se podrían
explicar estas tensiones. Un relator introdujo la descripción de los resultados del estudio.
c. Tabulación y análisis
El procesamiento de la información incluyó el uso de los registros de las redes
conversacionales para así comprender los puntos de vista de los participantes. El análisis
de esta información se incorporó a los hallazgos del estudio.
58
Técnica etnográfica que facilita una discusión de grupo explícita y estructurada en la que se
propone un conjunto de problemas o tensiones, que responde a las hipótesis guía del estudio y que
permite a los participantes reflexionar acerca de los retos futuros de un programa o proyecto.
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
151
2.6. CENSO
La información que estructura el censo se recolectó trimestralmente de los CRI. Consiste en
una encuesta que debe completarse sobre los casos presentados en todas las Casas de
Justicia en el transcurso de una semana. Aunque la información básica de la encuesta
permanece estable durante los trimestres del año, se dan pequeños cambios de trimestre a
trimestre que nos permiten medir algunas variables específicas.
Se han medido dos indicadores desde 2001: 1) número de solicitudes de servicios de las
Casas de Justicia, usado para medir la demanda de servicios de la comunidad a las CJ; y 2)
oferta de servicios basada en la presencia institucional (permanencia y número de
funcionarios). Desde 2004, se ha empleado un indicador de capacidad de gestión para
establecer la relación entre la demanda y la oferta institucional ya instalada en la CJ,
aplicado inicialmente a las comisarías de familia. Desde 2006 también se ha recogido
información sobre la formulación y desarrollo de dos indicadores en áreas prioritarias o
líneas de acción: el fortalecimiento de MASC, y el apoyo a actividades de prevención,
capacitación y promoción realizadas por las CJ en y fuera de sus instalaciones.
La información usada para el estudio de impacto cubre el periodo 2002-2010. Para el
periodo 2002-2009 se usaron totales anuales puesto que existen algunas disparidades
entre el número de casos reportados cada trimestre (que no es constante) y las solicitudes
registradas. Por esta razón, los totales anuales procuran una imagen global del
funcionamiento de las CJ, ya que las variaciones trimestrales pueden confundir al lector y
no facilitan la comprensión de lectura. Los datos para estos años varían por los ajustes
hechos en la definición de las variables e indicadores que miden el rendimiento, en adición
a los cambios en el personal incluido en la recolección, sistematización y proceso de
análisis en años diferentes.
La Dirección de Acceso a la Justicia no realizó el censo de 2010, por lo que MSD fue el
responsable de recoger la información de 55 CJ a nivel nacional para el último trimestre
del año. El ejercicio para 2010 excluye las CJ que usan el sistema de información
desarrollado bajo el proyecto de USAID (Tunja, La Paz, Ibagué, Chía y Soacha), o su propio
sistema de información como en efecto sucede en Bogotá, donde los registros se
sistematizan por la Secretaría de Gobierno. La CJ de Riohacha se excluyó de esta media
porque estaba siendo remodelada cuando se recolectaron los datos, por lo que no fue
posible tener acceso a las estadísticas.
Tabla 11. Fechas de construcción de las Casas de Justicia, actualizadas hasta junio de
2011
DEPARTMENTO MUNICIPIO UBICACIÓN CJ FECHA DE INCIO DE OPERACIONES
INVERSIÓN
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
152
ANTIOQUIA CHIGORODÓ CHIGORODÓ Marzo 30, 1999 USAID
CESAR VALLEDUPAR ( 1 ) PRIMERO DE MAYO Junio 19, 1997 USAID
DISTRITO CAPITAL BOGOTÁ (1) CIUDAD BOLÍVAR Junio 17, 1995 USAID
DISTRITO CAPITAL BOGOTÁ (2 ) SUBA Octubre 5, 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá 2006 Adaptación-USAID
RISARALDA PEREIRA ( 1 ) VILLASANTANA Enero 22, 1998 USAID
SANTANDER BUCARAMANGA BUCARAMANGA Diciembre 1, 1997 USAID
TOLIMA IBAGUÉ IBAGUÉ Octubre 1, 1997 USAID
VALLE DEL CAUCA CALI ( 2 ) SILOÉ Julio 1, 1997 USAID
VALLE DEL CAUCA CALI (1) AGUABLANCA Julio 1, 1995 USAID
ANTIOQUIA BELLO BELLO Marzo 31, 2003 USAID
ANTIOQUIA MEDELLÍN ( 1 ) VILLA DEL SOCORRO Marzo 1, 2001 USAID
ATLÁNTICO BARRANQUILLA ( 1 ) LA PAZ Julio 11, 2000 USAID
ATLÁNTICO BARRANQUILLA ( 2 ) SIMON BOLÍVAR Junio 27, 2003 USAID
BOLÍVAR CARTAGENA ( 1 ) CHIQUINQUIRÁ Septiembre 1, 2000 USAID
BOLÍVAR CARTAGENA (2 ) COUNTRY Noviembre 25, 2002 USAID
CALDAS MANIZALES MANIZALES Mayo 29, 2002 USAID
CASANARE YOPAL YOPAL Deciembre 17, 2003 USAID
CAUCA POPAYÁN POPAYÁN Deciembre 20, 2000 USAID
CHOCÓ QUIBDÓ QUIBDÓ Deciembre 12, 2003 USAID
CÓRDOBA MONTERÍA MONTERÍA Marzo 19, 2005 USAID
CUNDINAMARCA CHÍA CHÍA Deciembre 22, 2003 USAID
CUNDINAMARCA GIRARDOT GIRARDOT Diciembre 20, 2002 USAID
CUNDINAMARCA SOACHA SOACHA Noviembre 13, 2003 USAID
GUAJIRA RIOHACHA RIOHACHA Marzo 1, 2001 USAID
HUILA NEIVA NEIVA Agosto 1, 2000 USAID
MAGDALENA SANTA MARTA SANTA MARTA Abril 21, 2003 USAID
META VILLAVICENCIO VILLAVICENCIO Julio 25, 2002 USAID
NARIÑO PASTO PASTO Febrero 15, 2001 USAID
NORTE DE SANTANDER
CÚCUTA CÚCUTA Junio 20, 2003 USAID
PUTUMAYO MOCOA MOCOA Mayo 17, 2001 USAID
PUTUMAYO PUERTO ASÍS PUERTO ASÍS Mayo 15, 2002 USAID
QUINDÍO ARMENIA ARMENIA Enero 27, 2003 USAID
RISARALDA PEREIRA ( 2 ) CUBA Diciembre 17, 2002 USAID
SAN ANDRÉS SAN ANDRÉS SAN ANDRÉS Marzo 30, 2001 USAID
SANTANDER FLORIDABLANCA FLORIDABLANCA Junio 7, 2003 USAID
VALLE DEL CAUCA BUENAVENTURA BUENAVENTURA Junio 4, 2005 USAID
VALLE DEL CAUCA BUGA BUGA Diciembre 30, 2003 USAID
VALLE DEL CAUCA CARTAGO CARTAGO Abril 9, 2003 USAID
VALLE DEL CAUCA TULUÁ TULUÁ Enero 30, 2003 USAID
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
153
ANTIOQUIA EL BAGRE EL BAGRE Septiembre 5, 2008 USAID
ANTIOQUIA MEDELLÍN ( 2 ) ROBLEDO Marzo 3, 2006 USAID
ANTIOQUIA MEDELLÍN (3) COMUNA 13 Agosto 28, 2010 Alcaldía Mayor de Medellín
ANTIOQUIA REMEDIOS REMEDIOS Mayo 30, 2008 USAID
ANTIOQUIA SEGOVIA SEGOVIA Noviembre 28, 2007 USAID
ANTIOQUIA TARAZÁ TARAZÁ Diciembre 15, 2010 USAID
ANTIOQUIA VEGACHÍ VEGACHÍ Septiembre 5, 2009 USAID
ANTIOQUIA YALÍ YALÍ Septiembre 5, 2009 USAID
ANTIOQUIA ZARAGOZA ZARAGOZA Noviembre 8, 2008 USAID
BOLÍVAR CARTAGENA (3) CANAPOTE Mayo 2009 Alcaldía Mayor de Cartagena
BOYACÁ TUNJA TUNJA Agosto 22, 2005 USAID
CAUCA BUENOS AIRES BUENOS AIRES Noviembre 24, 2009 USAID
CAUCA CORINTO CORINTO Septiembre 2009 USAID
CAUCA PUERTO TEJADA PUERTO TEJADA Noviembre 15, 2009 USAID
CAUCA TORIBIO TORIBIO Septiembre 2009 USAID
CESAR VALLEDUPAR ( 2 ) LA NEVADA Marzo 14, 2006 USAID
CHOCÓ CONDOTO CONDOTO Septiembre 11, 2009 USAID
CHOCÓ ISTMINA ISTMINA Julio 13, 2009 USAID
CHOCÓ NÓVITA NÓVITA Septiembre 11, 2009 USAID
CHOCÓ TADÓ TADÓ Septiembre, 2009 USAID
DISTRITO CAPITAL BOGOTÁ ( 3 ) LOS MÁRTIRES Abril 18, 2006 Alcaldía Mayor de Bogotá
DISTRITO CAPITAL BOGOTÁ ( 4 ) BOSA Abril 16, 2007
DISTRITO CAPITAL BOGOTÁ ( 5 ) USME Abril 28, 2007
NARIÑO TUMACO TUMACO Junio 13, 2009 USAID
RISARALDA DOSQUEBRADAS DOSQUEBRADAS Septiembre 13, 2010 Municipio + MIJ
TOLIMA ATACO ATACO Febrero 10, 2006 USAID
TOLIMA CHAPARRAL CHAPARRAL Febrero 10, 2006 USAID
TOLIMA ORTEGA ORTEGA Febrero 10, 2006 USAID
TOLIMA RIOBLANCO RIOBLANCO Febrero 10, 2006 USAID
VALLE DEL CAUCA PALMIRA PALMIRA Septiembre 24, 2010 Municipio + MIJ + Comunidad de Madrid
ANTIOQUIA AMALFI AMALFI En construcción Administración Departamental y Municipal
ANTIOQUIA ANORÍ ANORÍ En construcción Administración Departamental y Municipal
ANTIOQUIA APARTADÓ APARTADÓ En construcción
ANTIOQUIA CÁCERES CÁCERES En construcción
ANTIOQUIA CAUCASIA CAUCASIA En construcción
ANTIOQUIA EBÉJICO EBÉJICO En construcción Administración Departamental y Municipal
ANTIOQUIA ENVIGADO ENVIGADO En construcción
ANTIOQUIA FRONTINO FRONTINO En construcción Administración Departamental y Municipal
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
154
ANTIOQUIA ITAGÜÍ ITAGÜÍ En construcción USAID
ANTIOQUIA LA CEJA LA CEJA En construcción Administración Departamental y Municipal
ANTIOQUIA NECHÍ NECHÍ En construcción
ANTIOQUIA RIONEGRO RIONEGRO En construcción Administración Departamental y Municipal
ANTIOQUIA SANTAFE DE ANTIOQUIA
SANTAFE DE ANTIOQUIA
En construcción Administración Departamental y Municipal
ANTIOQUIA TURBO TURBO En construcción
ANTIOQUIA YARUMAL YARUMAL En construcción
CALDAS RIOSUCIO RIOSUCIO En construcción
CUNDINAMARCA CAJICÁ CAJICÁ En construcción
GUAJIRA BARRANCAS BARRANCAS En construcción
SUCRE SAN ONOFRE SAN ONOFRE En construcción
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1
INFRAESTRUCTURA DE LAS CASAS DE JUSTICIA
CASA DE JUSTICIA
INSTALACIONES ESTADO DEL TECHO ESTADO DE LOS SUELOS ESTADO DE LAS PAREDES ESTADO DE LOS BAÑOS ILUMINACIÓN
Instalaciones adecuadas, cumplen con los requisitos
Instalaciones no cumplen con los requisitos
Se requiere una ampliación
BUENO ACEPTABLE MALO BUENO ACEPTABLE MALO BUENO ACEPTABLE MALO BUENO ACEPTABLE MALO BUENO ACEPTABLE MALO
BELLO X X X X X X
ZARAGOZA X X X X X X
SIMÓN BOLÍVAR X X X X X X
LA PAZ X X X X X X
POPAYÁN X X X X X X
PUERTO TEJADA X X X X X X
SOACHA X X X X X X
VILLAVICENCIO X X X X X X X
PASTO X X X X X X X
TUMACO X X X X X X X
BUCARAMANGA X X X X X X
ATACO X X X X X X
CHAPARRAL X X X X X X X
ORTEGA X X X X X X X
RIOBLANCO X X X X X X X
SILOÉ X X X X X X
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
1
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
2
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3
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
4
Lista de personas entrevistadas
Fase I: Mapeo conceptual
1. Miguel Ceballos Arévalo, Viceministro de Justicia
2. Alba Lucía Rivera Pineda, Directora, Dirección MASC, Ministerio de Justicia
3. Beatriz Pereira, Coordinadora Programa Nacional de Casas de Justicia, Ministerio de
Justicia
4. Hilda Rojas, Coordinadora del Programa Nacional de Conciliación en Equidad
5. Lina Marcela Pinto, Coordinadora, Casa de Justicia de El Bagre
6. Jesús María Calle, Coordinador, Casa de Justicia de Zaragoza
7. Eduardo Paz, Coordinador, Casa de Justicia de Istmina
8. Adriana María Alzate, Coordinadora, Casa de Justicia de Bello
9. Yazmín Rodríguez Ortiz, Coordinadora, Casa de Justicia de Aguablanca, Cali
10. Diana Carolina Segura, Coordinadora, Casa de Justicia de Puerto Asís
11. Fabio Zarama, Coordinador Interino, Casa de Justicia de Pasto
12. Edwar Andrés Tenorio Gasca, Coordinador, Casa de Justicia de Tumaco
13. Jairo Villa, Coordinador, Casa de Justicia de Villavicencio
14. Gloria E. Salázar López, Coordinador, Casa de Justicia de Ibagué
15. Juan Barrero, Asesor del Ministerio de Justicia
16. Olga Cecilia Pinilla, Asesora, USAID Justice Houses Project, Checchi and Co.
Consulting, Florida International University, y miembro del equipo de Partners
Colombia Access to Justice Project
17. Pablo Olarte, Exdirector del DNP y Asesor, Programas de Justicia, Checchi and Co.
Consulting y Florida International University
18. Diana Padilla, Asesora, Florida International University
19. Julieta Franco, Exdirectora de la Defensoría Pública y Asesora, Florida International
University
20. Annette Pearson, Consultora de International Access to Justice
21. Germán Vallejo, Exdirector de la Dirección de Acceso a la Justicia, Asesor del
Ministerio de Justicia, Florida International University
22. César Castillo, Coordinador del Programa de Casas de Justicia, Management
Sciences for Development
23. Michael Willis, Exdirector del Programa de Acceso a la Justicia (2010-2011),
Management Sciences for Development
24. Ana Daza, Coordinadora de Monitoreo y Evaluación, Management Sciences for
Development
25. Javier Said, Director Programa de Acceso a la Justicia, Management Sciences for
Development
26. Yamile Sierra, Personal Técnico de Monitoreo y Evaluación, Management Sciences
for Development
ESTUDIO DE VALORACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CASAS DE JUSTICIA
5
Fase II: Trabajo de campo
1. Natalia Muñoz, Profesional Técnico, DNP, Departamento de Justicia y Seguridad
2. Amparo Urrego, Consultora, Justicia Comunitaria
3. Carlos Medina, Coordinador del Área de Justicia y Seguridad, Oficina de las
Naciones Unidas contra la Drogas y el Delito
4. Carolina Tenorio, Consejera para la Seguridad Ciudadana y la Convivencia Pacífica
5. Mario de Jesús Restrepo, Representante de la Gobernación de Antioquia
6. José María Mejía, Consultor del Ministerio de Justicia-MASC
7. Martha Zoé Rojas, Directora, Casa de Justicia de Popayán
8. Judhy Stella Velásquez, Ex Directora de la Dirección de Acceso a la Justicia,
Ministerio de Justicia, Icetex
9. Esther Sánchez, Consultora, Justicia Comunitaria y Derechos de los Pueblos
Indígenas
10. Maribel Argüello, Secretaría Distrital de Bogotá
11. Martha Lucía Ortiz, Secretaría Distrital de Bogotá
12. Wenceslao Villa, Experto, MASC Departamento del Tolima