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Gasto Federalizado 1 Recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal. Municipio de Taxco de Alarcón, Guerrero V.4.2.45. Municipio de Taxco de Alarcón, Guerrero Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 09-D-12055-02-0802 Alcance Universo Seleccionado: 65,652.6 miles de pesos Muestra Auditada: 64,779.8 miles de pesos Representatividad de la Muestra: 98.7 % Resultados Control interno 1. Los resultados de la evaluación del control interno arrojaron fortalezas y debilidades en la gestión del fondo, entre las que destacan las siguientes: Fortalezas Ejercicio de los recursos: se dispone de mecanismos de control para ejercer oportunamente de los recursos, ya que todos se aplicaron antes de la conclusión de diciembre de 2009. Ejecución de las obras: el periodo de ejecución es razonable, 68 días en promedio, y de 2 entre la firma del contrato y su inicio; además, no se modificó el monto de los contratos. Registros contables y presupuestarios: se dispone de los documentos comprobatorios y justificativos originales del gasto, por la existencia de los controles necesarios para tal fin. Participación social: este proceso se realizó con un alcance importante; cada comunidad se reunió en asamblea general para elegir a su representante social ante el COPLADEMUN, órgano en donde el fondo se programa; en el 82.5% de las obras revisadas se integró un comité local de desarrollo que vigila la ejecución de la obra y participó en su entrega- recepción. Además, el 25.0% de las obras analizadas se realizó mediante los comités comunitarios con lo que se lograron ampliar las metas previstas. Debilidades Generales. Insuficiente conocimiento del marco jurídico del FISM; se utilizó un manual de operación del fondo emitido por el Gobierno del Estado, que no se corresponde con la Ley de Coordinación Fiscal, por lo que se aplicaron recursos en renglones no autorizados; no existe una normativa que regule el proceso de adquisiciones; elevada rotación de personal en el cambio de administración, aproximadamente el 85.0% de la plantilla; los representantes sociales del COPLADEMUN se renuevan a la mitad del ejercicio fiscal, lo que afecta el adecuado funcionamiento de ese órgano, y se carece de manuales de organización y de procedimientos.

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Gasto Federalizado

1

Recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal. Municipio de Taxco de Alarcón, Guerrero

V.4.2.45. Municipio de Taxco de Alarcón, Guerrero

Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 09-D-12055-02-0802

Alcance Universo Seleccionado: 65,652.6 miles de pesos Muestra Auditada: 64,779.8 miles de pesos Representatividad de la Muestra: 98.7 %

Resultados

Control interno

1. Los resultados de la evaluación del control interno arrojaron fortalezas y debilidades en la gestión del fondo, entre las que destacan las siguientes:

Fortalezas

Ejercicio de los recursos: se dispone de mecanismos de control para ejercer oportunamente de los recursos, ya que todos se aplicaron antes de la conclusión de diciembre de 2009.

Ejecución de las obras: el periodo de ejecución es razonable, 68 días en promedio, y de 2 entre la firma del contrato y su inicio; además, no se modificó el monto de los contratos.

Registros contables y presupuestarios: se dispone de los documentos comprobatorios y justificativos originales del gasto, por la existencia de los controles necesarios para tal fin.

Participación social: este proceso se realizó con un alcance importante; cada comunidad se reunió en asamblea general para elegir a su representante social ante el COPLADEMUN, órgano en donde el fondo se programa; en el 82.5% de las obras revisadas se integró un comité local de desarrollo que vigila la ejecución de la obra y participó en su entrega-recepción. Además, el 25.0% de las obras analizadas se realizó mediante los comités comunitarios con lo que se lograron ampliar las metas previstas.

Debilidades

Generales.

Insuficiente conocimiento del marco jurídico del FISM; se utilizó un manual de operación del fondo emitido por el Gobierno del Estado, que no se corresponde con la Ley de Coordinación Fiscal, por lo que se aplicaron recursos en renglones no autorizados; no existe una normativa que regule el proceso de adquisiciones; elevada rotación de personal en el cambio de administración, aproximadamente el 85.0% de la plantilla; los representantes sociales del COPLADEMUN se renuevan a la mitad del ejercicio fiscal, lo que afecta el adecuado funcionamiento de ese órgano, y se carece de manuales de organización y de procedimientos.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

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Específicas.

Transferencia de recursos: el municipio desconoce la manera en cómo se distribuye el fondo entre los municipios y no realiza los cálculos para comprobar que el monto que le fue asignado es el correcto.

Promoción del fondo entre los habitantes del municipio: no se realiza ninguna actividad para que los representantes sociales y la población en general conozcan los objetivos y la normativa del fondo.

Planeación de las inversiones: el programa definitivo de inversión del fondo se integró hasta el mes de marzo, se modificó cada cuatrimestre y en ningún caso se autorizó por el cabildo; el municipio no tiene información actualizada sobre los déficits de servicios e infraestructura básica, ni dispone de estudios sobre las zonas y grupos de mayor rezago, que le apoyen en la planeación de las inversiones del fondo, por lo que se registró una inadecuada correspondencia de la distribución programática de la inversión, con los déficits de servicios básicos.

Por el desconocimiento de la normativa del FISM, el 24.4% del monto ejercido se aplicó en rubros no previstos por la Ley de Coordinación Fiscal y el 7.3%, en obras y acciones que no benefician a la población en rezago social y pobreza extrema.

El COPLADEMUN operó básicamente para integrar el programa de inversión del fondo, pero no ha incorporado a sus actividades la evaluación del FISM.

Se carece de adecuados controles para documentar el proceso de participación social, ya que solamente se acreditó la solicitud de la comunidad para el 27.1% de las obras ejecutadas.

Formulación de los proyectos para la ejecución de las obras y acciones: no existen mecanismos de control para garantizar que estos documentos están disponibles oportunamente, aun cuando el 36.5% de las obras realizadas fueron pavimentaciones, empedrados y rehabilitación de caminos rurales, que básicamente requieren de un levantamiento topográfico y de la cuantificación de costos por unidad de medida lo anterior, dado el reducido personal del área de obras públicas que además desempeña múltiples funciones; adicionalmente, no se dispuso de la validación de impacto ambiental para los proyectos.

Licitación y contratación de las obras y acciones: el proceso se desarrolla con insuficiencias porque no se ajustan a la normativa, debido principalmente a la limitada capacitación en el tema, la falta de asesoría jurídica al área de obras públicas, la inexistencia de un reglamento de la ley de obras públicas y la carencia de normativa en materia de adquisiciones, aplicable para los municipios; al respecto, el 11.2% del monto revisado se adjudicó incorrectamente, el 88.9% de las obras por contrato no presentó las garantías de cumplimiento ni la de vicios ocultos y el 100.0% tenía insuficiencias en el contrato.

El promedio de días entre la aprobación del programa de obras y su inicio fue de 71, que es un lapso excesivo, ya que el 88.9% de las obras por contrato, que fueron revisadas, se adjudicó en forma directa, es decir, no se aplicó un proceso de licitación y no se informó a la

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Contraloría Municipal de los contratos formalizados que se asignaron por adjudicación directa.

Ejecución de la obra pública y las acciones sociales: este proceso se desarrolló con debilidades que se deben principalmente al insuficiente personal en el área de obra pública, en virtud de que sólo dispone de ocho personas y dos vehículos; también, falta un reglamento de la ley en materia de obra pública para precisar algunos aspectos de este ordenamiento y la asesoría legal al área operativa es insuficiente.

En promedio, el 33.3% de las obras de la muestra de auditoría presentó 22 días de retraso en su ejecución, respecto del plazo contratado; en general, las obras iniciaron su ejecución con un acentuado desfase, 71 días después de que el COPLADEMUN aprobó la primera propuesta de inversión del fondo; el 2.1 % del monto pagado no se había ejecutado y no se reintegraron los pagos realizados en exceso, lo que refleja insuficiencias en los controles para los pagos de las estimaciones autorizadas y en la supervisión previa, así como la falta de aplicación de penas convencionales.

El 100.0% de las obras analizadas no dispone de reportes de supervisión, ni de las actas de entrega-recepción del contratista al municipio, y aproximadamente el 80.0% de las bitácoras carece de datos; en las obras ejecutadas por administración directa no se realizó la supervisión externa y los trabajadores contratados no se afiliaron al IMSS.

Entrega-recepción de las obras: el proceso no se ajusta a la ley, ya que no se formaliza documentalmente; debido, entre otras causas, a que se carece de una reglamentación de la ley en la materia y a la insuficiente comprensión de las autoridades municipales, respecto de la importancia de celebrar este acto para garantizar el interés del municipio.

Gastos Indirectos: por la inadecuada comprensión de la normativa que regula el fondo, el 20.0% de los recursos de este rubro fueron aplicados incorrectamente en aportaciones para el Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Guerrero (COPLADEG) y para la Contraloría General del Estado, para que inspeccionaran, vigilaran, validaran los expedientes y el programa de inversión, principalmente.

Registros contables y presupuestarios: existen insuficiencias en el control contable y presupuestal, ya que, a pesar que el 89.9% de las operaciones del FISM se registró de acuerdo con su naturaleza y presentó la especificidad, actualización, identificación y control adecuados, el 10.1% del monto ejercido del FISM se registró en las cuentas contables del Ramo 20, además, el 12.0% de los bienes adquiridos no se registró en la cuentas de activo fijo y patrimonio. Asimismo, por la falta de conciliación presupuestal se determinó un sobre ejercicio de los recursos del fondo. Además, carece de mecanismos para identificar la documentación comprobatoria del gasto como exclusiva del fondo y manejar con transparencia los recursos en la cuenta bancaria.

Participación social: se carece de controles para documentar la participación de los habitantes del municipio en el proceso de planeación, ejecución y evaluación de las obras; además, el COPLADEMUN no realiza una evaluación participativa del FISM, para coadyuvar en el mejoramiento y retroalimentación del fondo.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

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Transparencia del ejercicio, destino y resultados del fondo: la gestión del FISM no observó la transparencia prevista por la normativa, principalmente por la limitada capacitación al personal en esta materia; en tal sentido, solamente se cumplió con el 50.0% del envío de los informes del FISM a las instancias respectivas y la información que se proporcionó no tiene la calidad adecuada, ya que no corresponde con los registros contables, estos documentos no se hicieron públicos entre los habitantes del municipio y las actividades de difusión de las obras ejecutadas y acciones realizadas no contienen las especificaciones que la normativa establece, situaciones que originan espacios de opacidad en la gestión del fondo.

Desarrollo Institucional: no existe una cultura fortalecida en materia de desarrollo institucional, por lo que no se elaboró un programa para orientar la actuación del municipio en este renglón; para la aplicación de los recursos se consideró el manual del Programa de Desarrollo Institucional Municipal, expedido por el Gobierno del Estado, cuyas vertientes no se corresponden en su totalidad con la Ley de Coordinación Fiscal; al respecto, el 77.1% de los recursos aplicados en este concepto se ejerció incorrectamente.

Evaluación: no se tiene una cultura de la evaluación, por lo que no se realizan ejercicios de esta naturaleza que retroalimenten la operación del fondo. Al término del ejercicio, no se evalúan los resultados e impactos del FISM, para informar al cabildo y apoyar la estrategia operativa del fondo, por ello, no se identifican las fortalezas y debilidades en la gestión del FISM.

En razón de lo anteriormente expuesto, la Auditoría Superior de la Federación considera que el control interno para la gestión del FISM en el municipio de Taxco de Alarcón, Gro., es deficiente, ya que son insuficientes las estrategias y mecanismos de control sobre el comportamiento de la mayoría de las actividades, lo que afecta el cumplimiento de su objetivo, la observancia de la normativa y la transparencia en la operación del fondo. El municipio, en el transcurso de la auditoría, instruyó las acciones necesarias, con lo que se solventa lo observado.

Correspondencia del FISM con el Plan Municipal de Desarrollo

2. El Plan Municipal de Desarrollo (PMD) no establece información o es limitada en varios temas de política pública, por lo que no presenta el alcance que la normativa solicita; al respecto, se determinó que el 64.9% de las obras y acciones del programa de inversión del FISM corresponden a las líneas estratégicas del plan.

La implementación de la estrategia del PMD está restringida por las limitadas fuentes de financiamiento, por lo que, al ser el FISM el principal medio del municipio para financiar, la inversión pública, existe una fuerte presión para atender con este fondo la mayoría de las demandas sociales, aun cuando no se cumplan las disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal en lo referente al destino de los recursos.

3. En 2009, el FISM significó el 43.8% de la inversión total ejercida en obra pública en el municipio, por los tres órdenes de gobierno; si se consideran además las acciones de tipo social, el fondo fue la segunda fuente de financiamiento con el 23.2%, después de la inversión federal directa que representó el 55.0%, lo que destaca su importancia en la dotación de infraestructura y servicios básicos para la población en pobreza.

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4. El valor per cápita de la inversión en obra pública realizada en el municipio por los tres órdenes de gobierno fue, en 2009, de 1.1 miles de pesos, de los cuales 0.5 miles de pesos corresponden a los recursos del FISM; para las obras y acciones el indicador fue de 2.9 miles de pesos, de los que el fondo aportó 0.7 miles de pesos.

El gobierno municipal y el COPLADEMUN no participaron en la planeación, ejecución, seguimiento y evaluación de las inversiones federales y estatales realizadas en el municipio, salvo en el caso del 5.6% de las primeras, que se ejercieron en un esquema de mezcla de recursos; es decir, ese proceso de inversión se realiza al margen del conocimiento y de la intervención municipal.

La falta de articulación de las inversiones que se aplicaron en el ámbito municipal, no permite generar las sinergias necesarias entre las mismas para lograr su máximo impacto. El municipio, en el transcurso de la auditoría, instruyó las acciones necesarias, con lo que se solventa la observación.

Transferencia y recepción de los recursos

5. Las ministraciones del FISM fueron enviadas por el Gobierno del estado, de manera ágil y directa, sin limitaciones ni restricciones; el municipio no realizó transferencias de recursos del FISM a otras cuentas bancarias con fines de financiamiento, ni los recursos del fondo y sus accesorios fueron gravados o afectados en garantía.

Promoción del fondo entre los habitantes del municipio

6. El municipio no promovió el FISM entre sus habitantes, ni informó sobre los rubros en los que se puede aplicar y su normativa. El municipio, en el transcurso de la auditoría, instruyó las acciones necesarias, con lo que se solventa lo observado.

Planeación y aprobación del programa de inversión del FISM

7. Al 31 de agosto de 2009, se ejercieron 65,654.8 miles de pesos en 146 obras y 48 acciones.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

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FONDO PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL DESTINO DE LOS RECURSOS

MUNICIPIO DE TAXCO DE ALARCÓN, GUERRERO CUENTA PÚBLICA 2009

(Miles de pesos)

Rubro Núm. de obras

y acciones

Importe ejercido al

31 de agosto de 2010

%

Agua Potable 14 5,586.4 8.5 Alcantarillado 9 3,504.8 5.3 Drenaje y Letrinas 2 203.2 0.3 Urbanización municipal 66 20,111.9 30.6 Electrificación rural y de colonias pobres 8 4,546.4 6.9 Infraestructura básica de salud 3 822.0 1.3 Infraestructura básica educativa 20 5,415.3 8.3 Mejoramiento de vivienda 3 1,270.2 1.9 Caminos rurales 12 4,884.7 7.5 Gastos Indirectos 1 1,969.6 3.0 Desarrollo Institucional 1 1,313.4 2.0 Otros 55 16,026.9 24.4 TOTAL: 194 65,654.8 100.0

FUENTE: Auxiliares contables y estados de cuenta bancarios con corte al 31 de agosto de 2009, del municipio de Taxco de Alarcón, Guerrero.

NOTA: El importe ejercido presenta un excedente de 2.2 miles de pesos, respecto del monto asignado, y corresponden a intereses del FISM 2008, que se integraron por el municipio al ejercicio del FISM 2009.

8. Se ejercieron 16,026.9 miles de pesos en 13 obras y 42 acciones que no se encuentran en los rubros previstos por la Ley de Coordinación Fiscal para el FISM, a saber, proyecto de obra; vehículos para recolección de basura; comisaría municipal; obras en presidencia municipal; iglesias; preparatorias y panteón; estímulos para prestadores de servicio social; paquetes escolares; dotación de mobiliario; donaciones; campañas visuales y de prevención de mortalidad; brigadas odontológicas; fertilizante y talleres de capacitación y apoyo a productores agrícolas.

Véase acción(es): 09-D-12055-02-0802-06-001

9. Se aplicaron 4,790.0 miles de pesos del FISM en nueve obras ubicadas en la cabecera municipal, a saber, guarniciones y banquetas, canchas deportivas, parques infantiles, rehabilitación de unidad habitacional y reparación de viviendas, las cuales no benefician directamente a población en rezago social y pobreza extrema.

Véase acción(es): 09-D-12055-02-0802-06-002

10. El programa de inversión del FISM y sus modificaciones no fueron autorizadas por el cabildo, ni el 5.3% de las obras y acciones ejecutadas fueron aprobadas por el COPLADEMUN, al cual tampoco se le informaron los montos de cada una. El municipio, en el transcurso de la auditoría, instruyó las acciones necesarias, con lo que se solventa lo observado.

Formulación de los proyectos para la ejecución de las obras y acciones

11. Las obras del FISM dispusieron de un proyecto antes de su ejecución.

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Licitación y contratación de las obras y acciones

12. Una obra fue adjudicada bajo la modalidad de invitación restringida a tres contratistas, sin la justificación para la excepción a la licitación pública; los contratos de 9 obras no se formularon de acuerdo con la normativa y en 8 no se presentaron las garantías de cumplimiento y de vicios ocultos.

El Presidente Municipal, en el transcurso de la auditoría, informó que, en el ámbito de sus atribuciones, impuso una sanción al servidor público que incurrió en responsabilidad por el incumplimiento de la normativa aplicable, con lo que se solventa lo observado.

Ejecución de las obras y acciones

13. Tres obras por contrato no cumplieron con el plazo de ejecución y no se presentaron las justificaciones correspondientes; además, a pesar de que los contratos prevén la aplicación de penas convencionales, no se establece el procedimiento para ello, por lo que no fueron aplicadas. De las obras ejecutadas por administración directa, en 4 no se consideraron los montos máximos establecidos por la normativa, para hacer factible esta modalidad de ejecución; en 3 no se presentó el Acuerdo para la Ejecución; en 18 este documento se formuló después de la realización de las obras; en ninguna obra se afiliaron al IMSS los trabajadores contratados y no se realizó supervisión externa; adicionalmente, la totalidad de las obras carecen del dictamen de impacto ambiental. El Presidente Municipal, en el transcurso de la auditoría, informó que, en el ámbito de sus atribuciones, impuso una sanción al servidor público que incurrió en responsabilidad por el incumplimiento de la normativa aplicable, con lo que se solventa lo observado.

14. En la construcción de una cancha deportiva en la localidad de Tlamacazapa existe obra pagada no ejecutada por 141.9 miles de pesos.

Véase acción(es): 09-D-12055-02-0802-06-003

15 En nueve obras, el contratista no formalizó el acta de entrega-recepción al gobierno municipal. El municipio, en el transcurso de la auditoría, instruyó las acciones necesarias, con lo que se solventa lo observado.

16 No existe normativa de adquisiciones para los municipios del estado de Guerrero, por lo que se procede con base en lo que se considera conveniente.

Véase acción(es): 09-A-12000-02-0802-01-001

17 Se aplicaron 393.9 miles de pesos en rubros que no se corresponden con la naturaleza de los gastos indirectos, a saber, aportación al COPLADEG y a la Contraloría General del Estado.

Véase acción(es): 09-D-12055-02-0802-06-004

Registros contables y presupuestarios

18 En la cuenta bancaria del FISM, se incorporaron 71.0 miles de pesos que no corresponden al fondo; los comprobantes del gasto del FISM no fueron cancelados con la leyenda operado y no se identifican con el nombre del fondo; además, no se registraron 60.1 miles de pesos en

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

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las cuentas de activo fijo y patrimonio. El municipio, en el transcurso de la auditoría, instruyó las acciones necesarias, con lo que se solventa lo observado.

19 El registro de las erogaciones del FISM 2009, por 6,653.5 miles de pesos, para los programas de Hábitat y Rescate de Espacios Públicos, que el municipio realiza coordinadamente con la SEDESOL, no se registraron en la cuenta del fondo.

Véase acción(es): 09-D-12055-02-0802-01-001

20 Existe una diferencia de 2.2 miles de pesos, entre las cifras del ejercicio presupuestal del FISM con las reportadas en la Cuenta Pública Municipal. El municipio, en el transcurso de la auditoría, instruyó las acciones necesarias, con lo que se solventa lo observado.

Participación social

21. En el 82.5% de las obras revisadas se integró un comité local de desarrollo comunitario; sin embargo, no se documentó su participación en la programación, aplicación, control y evaluación de las obras; el 20.0% de las obras ejecutadas no tiene acta de entrega-recepción del municipio al comité local de desarrollo comunitario, y el 72.9% no presenta la solicitud de los beneficiarios. El municipio, en el transcurso de la auditoría, instruyó las acciones necesarias, con lo que se solventa lo observado.

22 El programa de inversión del FISM y sus modificaciones cuatrimestrales no fueron autorizadas por el cabildo, ni el 5.3% del monto ejercido fue aprobado por el COPLADEMUN; además, a este último no se le informaron los montos asignados a cada obra y acción; dicho órgano no efectuó el seguimiento del FISM, ni evaluó sus resultados. El municipio, en el transcurso de la auditoría, instruyó las acciones necesarias, con lo que se solventa lo observado.

Transparencia del ejercicio, destino y resultados del fondo

23. El municipio no informó sobre la cuenta bancaria del FISM 2009 a la Contraloría Municipal, a la SHCP, a la SFP y a la ASF; ni sobre la aplicación de los recursos del fondo que beneficiaron directamente a la población en rezago social y pobreza extrema, a la Contraloría Municipal, al CONEVAL y a la ASF. Tampoco hizo del conocimiento de la población el monto asignado del fondo, las obras y acciones por realizar, su costo, ubicación y beneficiarios, y al final del ejercicio, las metas alcanzadas; adicionalmente, los informes de los indicadores de desempeño del FISM enviados a la SHCP, no coinciden con la contabilidad del fondo. El municipio, en el transcurso de la auditoría, instruyó las acciones necesarias, con lo que se solventa lo observado.

24. El municipio no envió a la SHCP los informes de nivel fondo, ni la totalidad de los informes de los indicadores de desempeño; igualmente, existió una diferencia de cifras por 3,336.9 miles de pesos, entre lo informado en el formato único a la SHCP y lo registrado en la Cuenta Pública Municipal. Adicionalmente, no realizó la evaluación del FISM, con el apoyo de los indicadores de desempeño, para medir su impacto. El Presidente Municipal, en el transcurso de la auditoría, informó que, en el ámbito de sus atribuciones, impuso una sanción al servidor público que incurrió en responsabilidad por el incumplimiento de la normativa aplicable, con lo que se solventa lo observado.

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25. No existe evidencia del envío a la SEDESOL, por medio del Gobierno Estatal, de los informes trimestrales sobre el avance del FISM, ya que solamente se reportaron las obras convenidas con esa dependencia; además, los informes trimestrales sobre el ejercicio, destino y resultados del fondo no se publicaron en el órgano local oficial de difusión, ni se pusieron a disposición del público en general. El municipio, en el transcurso de la auditoría, instruyó las acciones necesarias, con lo que se solventa lo observado.

Gestión del desarrollo institucional

26. El municipio no elaboró un programa de desarrollo institucional que, convenido con la SEDESOL y con el Gobierno del Estado, orientara sus acciones en ese renglón. El Presidente Municipal, en el transcurso de la auditoría, informó que, en el ámbito de sus atribuciones, impuso una sanción al servidor público que incurrió en responsabilidad por el incumplimiento de la normativa aplicable, con lo que se solventa lo observado.

27. Se aplicaron 1,013.1 miles de pesos con cargo en el concepto de desarrollo institucional, en rubros que no corresponden con su naturaleza, a saber, aportación a la Coordinación General de Fortalecimiento Municipal del Gobierno del Estado, y obras en el palacio y espacios municipales.

Véase acción(es): 09-D-12055-02-0802-06-005

Evaluación del FISM

28. No se proporcionó evidencia de que la SHCP y la dependencia coordinadora del FISM (SEDESOL), acordaron con el municipio, por conducto del Gobierno del Estado, medidas de mejora para apoyar el cumplimiento de los objetivos para los que se destinan los recursos, las cuales fuesen resultado del seguimiento de las metas de los indicadores de desempeño del fondo y de los resultados de las evaluaciones realizadas al mismo.

Véase acción(es): 09-0-06100-02-0802-01-001 09-0-20100-02-0802-01-001

Impacto de las obras y acciones del FISM

29. De las 127 localidades del municipio, reportadas por el INEGI, las autoridades reconocen y atienden a 87, las restantes se integran a las más grandes y cercanas para ser atendidas; tiene 98,854 habitantes, de los cuales el 6.1% es indígena; el 51.0% de la población se concentra en la cabecera municipal; el 46.9% se emplea en la industria minera; el municipio presenta una elevada emigración por la falta de empleo.

El 31.2% del monto del FISM se destinó a la cabecera municipal; el 3.0% a localidades que de acuerdo con el CONEVAL tienen un grado muy bajo de rezago social; a localidades con grado bajo, se aplicó el 10.6% del monto; en aquellas que presentan un grado medio de rezago, se ejerció el 26.1% de los recursos; en las que tienen grado alto, se gastó el 5.1% del monto ejercido; en 8 localidades, para las que el CONEVAL no determinó su grado de rezago social, se destinó el 5.3% del monto, y el restante 18.7% de los recursos se aplicaron en acciones de cobertura municipal.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

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Los recursos ejercidos se concentraron en la cabecera municipal; por el contrario, en las 10 localidades con mayor grado de rezago social se ejerció sólo el 5.1%; además se identificó una localidad con grado de rezago social alto, en donde no se realizó inversión con el fondo, lo anterior contrasta con los altos déficits de servicios públicos que presentan dichas localidades. El municipio, en el transcurso de la auditoría, instruyó las acciones necesarias, con lo que se solventa lo observado.

30 La distribución programática de los recursos, respecto de la situación que los servicios básicos observan en 2010, en las 87 localidades atendidas por el municipio, se muestra lo siguiente: en el rubro de urbanización municipal se invirtió el 30.6% del fondo, en obras como empedrados y pavimentación de calles; el municipio informó que el 80.5% de las calles principales de dichas localidades están pavimentadas.

El 15.7% de los recursos se aplicó en los rubros de agua potable, drenaje y letrinas, y electrificación; en 2010, el 62.1% de las localidades dispone de agua potable, de las cuales, el 70.4% se abastecen por medio de tubería, el 25.9% por poliductos y el 3.7% mediante pozos; el 32.2% no tiene el servicio, y el 5.7% restante lo tiene de forma parcial. El 17.2% de las localidades tiene drenaje convencional, el 77.0% dispone de letrina o fosa séptica y el 5.8% tiene el servicio de manera parcial. En el 92.0% de las localidades existe energía eléctrica, en el 1.1% no se tiene y en el 6.9% es parcial.

En el rubro de infraestructura básica educativa se ejerció el 8.3% del fondo, se atendió a 16 localidades; de las 1,148 aulas en escuelas de nivel básico existentes en el municipio, solamente el 26.9% se encuentra en buenas condiciones constructivas. El 1.3% del monto se ejerció en infraestructura básica de salud para atender a tres localidades; sin embargo, en 57 aún no se dispone de la misma; en 19 localidades se tiene centro de salud, de los cuales, el 36.8% presenta buenas condiciones constructivas, 31.6% regulares y 31.6% deficientes; en 10 localidades se dispone de casa de salud, el 20.0% con buenas condiciones constructivas, el 40.0% regulares y el resto deficientes; en 20 localidades el servicio se proporciona mediante brigadas de salud.

El 7.5% del fondo se invirtió en caminos rurales, con lo que se atendieron 12 localidades; al respecto, el 59.8% de las localidades del municipio está comunicado por este medio, sus condiciones son buenas en el 19.2%; regulares en el 65.4% y deficientes en el 15.4%. El 5.3% del monto ejercido se destinó al rubro de alcantarillado para atender a 9 localidades.

Los ingresos propios representan sólo el 10.0% del total de los ingresos municipales; en 2009, el FISM representó el 31.0% de sus ingresos totales, incluidas las Participaciones Fiscales, y ha sido la principal fuente de financiamiento para el aumento en la cobertura de servicios e infraestructura básica, con lo que ha coadyuvado a la disminución de sus indicadores de rezago social. Sin embargo, el 56.6% de la población el municipio está en pobreza alimentaria, el 65.9% en pobreza de capacidades y el 84.0% en pobreza de patrimonio.

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Gasto Federalizado

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Eficacia en el cumplimiento del programa de inversión y en las metas del FISM

31 Se cumplieron parcialmente las metas del fondo, ya que, si bien al 31 de diciembre de 2009 se ejerció el 100.0% de los recursos del FISM, sólo el 97.6% de las obras de la muestra de auditoría cumplió con su avance físico programado y en el 99.2% de las obras revisadas la población se encuentran satisfecha; existe una obra inconclusa que no cumple con los beneficios previstos con su realización.

Asimismo, la calidad del proceso de programación fue insuficiente, puesto que el programa de inversión se modificó cada cuatrimestre y sólo se ejecutó el 60.3% de las obras y acciones inicialmente programadas. Además, el 24.4% del monto ejercido se aplicó en obras y acciones que no se corresponden con los rubros establecidos por el fondo en la Ley de Coordinación Fiscal, y el 7.3% se aplicó en proyectos que no beneficiaron a población en rezago social y pobreza extrema. El municipio, en el transcurso de la auditoría, instruyó las acciones necesarias, con lo que se solventa lo observado.

Eficiencia en el uso de los recursos

32 Se comparó el costo promedio por metro cuadrado de pavimentación de concreto hidráulico de 11 obras, respecto de los costos registrados para ese mismo concepto en tres municipios vecinos y se determinó que el costo que presentó el municipio fiscalizado es 17.5% inferior al promedio del costo en aquéllos; igualmente, se analizaron los costos de ese concepto en las obras seleccionadas, respecto del costo más bajo de las mismas y se encontró que la diferencia promedio es de sólo 6.3%, por lo que se concluye que el municipio utilizó con razonable eficiencia los recursos del FISM.

Cumplimiento de los objetivos

33. No se cumplieron los objetivos del FISM en el ejercicio 2009, de acuerdo con lo siguiente:

• El 7.3% del monto ejercido se aplicó en obras y acciones que no beneficiaron a población en pobreza extrema y rezago social, y el 24.4% se ejerció en rubros no autorizados en la Ley de Coordinación Fiscal.

• La distribución programática de la inversión ejercida no observó correspondencia con la situación del municipio en materia de servicios básicos, ya que el rubro al que mayor inversión se destinó fue urbanización municipal con el 30.6%; lo anterior, a pesar de que, para 2010, el 32.2% de las localidades no tiene acceso al servicio de agua potable entubada, el 1.1% no dispone de energía eléctrica y el 77.0% no tiene drenaje convencional, estos servicios básicos recibieron únicamente una inversión del 8.5%, 6.9% y el 0.3%.

• El 77.1% del monto ejercido en desarrollo institucional y el 20.0% de los gastos indirectos no corresponden a conceptos relacionados con la naturaleza de esos rubros.

• La gestión del fondo no tuvo la transparencia prevista, ya que no se envió a las instancias respectivas la totalidad de la información que la normativa prevé, ni se realizó la difusión del FISM con las características que la Ley de Coordinación Fiscal establece.

• Una obra tiene conceptos de obra pagados y no ejecutados.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

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• La gestión del fondo observó insuficiencias, principalmente en los procesos de planeación de las inversiones, licitación y contratación, gastos indirectos, transparencia del ejercicio, destino y resultados del fondo, desarrollo institucional y evaluación.

INDICADORES PARA APOYAR LA EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO

DE LAS METAS Y OBJETIVOS DEL FISM MUNICIPIO DE TAXCO DE ALARCÓN, GUERRERO

CUENTA PÚBLICA 2009

Concepto Indicador

I.- OPORTUNIDAD EN EL EJERCICIO DEL FONDO.

I.1.- Nivel de gasto al 31 de diciembre. (% ejercido del monto asignado). 100.0 I.2.- Nivel de gasto a la fecha de la auditoría (Agosto de 2010) (% ejercido del monto asignado). 100.0 II.- APLICACIÓN DE RECURSOS. II.1.- Recursos ejercidos en obras y acciones que no beneficiaron directamente a población en rezago social y pobreza

extrema (% respecto del monto total ejercido del FISM). 7.3

II.2.- Recursos ejercidos en rubros no autorizados por la Ley de Coordinación Fiscal (% respecto del monto total ejercido del FISM).

24.4

III.- RESULTADOS DE LAS VISITAS A LAS OBRAS . III.1.- Situación constructiva de las “obras visitadas”. (130).

1. Obras terminadas, (%). 99.2

2. Obras en proceso, (%). 0.0

3. Obras suspendidas, (%). 0.8

4. Obras canceladas, (%). 0.0

III.2.- Situación operativa de las “obras terminadas”

a) Operan adecuadamente, (%). 98.4

b) No operan adecuadamente, (%). 0.0

c) No operan, (%). 1.6

III.3.- Satisfacción de los beneficiarios de las obras visitadas (% de las obras en las que los beneficiarios están satisfechos, respecto de las obras visitadas).

97.7

IV.- PARTICIPACIÓN SOCIAL. IV.1.- Inversión en obras y acciones realizadas a propuesta del COPLADEM ó CDM. (% respecto del total de las realizadas). 93.3

IV.2.- Operación del COPLADEM o CDM y Participación Social.

IV.2.1.- ¿El COPLADEM o CDM sesionó para integrar la propuesta del programa de inversión?, Sí o No. Sí

IV.2.2.- ¿El COPLADEM o CDM sesionó para evaluar los resultados de inversión del fondo?, Sí o No. No

V.- TRANSPARENCIA EN LA APLICACIÓN DE RECURSOS .

V.1.- Entrega de informes trimestrales a la SEDESOL sobre el ejercicio del fondo (% de informes entregados respecto de los previstos enviar).

0.0

V.2.- Cumplimiento de la entrega de informes a la SHCP.

Índice de cumplimiento de la entrega de informes a la SHCP. (Formato Único; Nivel de Fondo e Indicadores de Desempeño).

50.0

V.3.- Calidad de la información remitida a la SHCP (Formato Único).

¿La información del reporte del cuarto trimestre del "Formato Único" remitido a la SHCP coincide con los registros contables del municipio?, Sí o No.

No

V.4.- Difusión de la información remitida a la SHCP.

Índice de cumplimiento de la difusión de los informes remitidos a la SHCP (Formato Único; Nivel de Fondo e Indicadores de Desempeño).

0.0

VI.- FINANZAS MUNICIPALES .

VI.1.- Importancia del fondo respecto de los Recursos Propios [Impuestos, derechos, productos y aprovechamientos] (%). 310.0 VI.2.- Importancia del fondo respecto de las Participaciones Fiscales (%). 106.4

VI.3.- Proporción de la inversión del fondo en obra pública, respecto de la inversión total del municipio en obra pública (%).

43.8

FUENTE: Expedientes de obras y acciones del FISM y balanza de registros contables.

El municipio, en el transcurso de la auditoría, instruyó las acciones necesarias, con lo que se solventa lo observado.

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Gasto Federalizado

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Acciones

Recomendaciones

09-A-12000-02-0802-01-001.- Para que el Gobierno del Estado de Guerrero instruya a quien corresponda, a fin de que, ante el Congreso del Estado, se promueva la formulación y emisión de normativa para los municipios del estado en materia de adquisiciones. [Resultado 16]

09-D-12055-02-0802-01-001.- Para que el Gobierno del municipio de Taxco de Alarcón, Guerrero, instruya a quien corresponda, a fin de que, en lo subsecuente, las erogaciones del Fondo para la Infraestructura Social Municipal que se destinen para la realización de obras y acciones coordinadas con otros programas, se registren en las cuentas del fondo. [Resultado 19]

09-0-06100-02-0802-01-001.- Para que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público instruya a quien corresponda, a fin de que, en lo subsecuente, con base en el seguimiento y los resultados de los indicadores de desempeño del Fondo para la Infraestructura Social Municipal, así como en las evaluaciones realizadas a este fondo, y coordinadamente con la Secretaría de Desarrollo Social, acuerde con los municipios, por conducto de las Entidades Federativas, medidas de mejora para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinan los recursos. [Resultado 28]

09-0-20100-02-0802-01-001.- Para que la Secretaría de Desarrollo Social instruya a quien corresponda, a fin de que, en lo subsecuente, con base en el seguimiento y los resultados de los indicadores de desempeño del Fondo para la Infraestructura Social Municipal, así como en las evaluaciones realizadas a este fondo, y coordinadamente con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, acuerde con los municipios, por conducto de las Entidades Federativas, medidas de mejora para el cumplimiento de los objetivos para los que se destinan los recursos. [Resultado 28]

Pliegos de Observaciones

09-D-12055-02-0802-06-001.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 16,026,868.49 pesos (dieciséis millones veintiséis mil ochocientos sesenta y ocho pesos 49/100 M.N.), más los intereses generados desde su disposición hasta su reintegro en la cuenta del fondo, por la ejecución de obras y acciones con recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal 2009 que no se encuentran en los rubros establecidos para el fondo por la Ley de Coordinación Fiscal. [Resultado 8]

09-D-12055-02-0802-06-002.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal, por un monto de 4,789,970.19 pesos (cuatro millones setecientos ochenta y nueve mil novecientos setenta pesos 19/100 M.N.), más los intereses generados desde su disposición hasta su reintegro en la cuenta del fondo, por la ejecución de cinco obras con el Fondo para la Infraestructura Social Municipal 2009, que no benefician directamente a población en rezago social y pobreza extrema. [Resultado 9]

09-D-12055-02-0802-06-003.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal, por un monto de 141,881.40 pesos (ciento cuarenta y un mil ochocientos ochenta y un pesos 40/100 M.N.), más los intereses generados desde su disposición hasta su reintegro en la cuenta del fondo, por conceptos de obra pagados y no ejecutados en una obra. [Resultado 14]

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

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09-D-12055-02-0802-06-004.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 393,915.88 pesos (trescientos noventa y tres mil novecientos quince pesos 88/100 M.N.), más los intereses generados desde su disposición hasta su reintegro en la cuenta del fondo, por ejercer recursos de los gastos indirectos en aportaciones al COPLADEG y a la Contraloría General del Estado, que son rubros que no se corresponden con los objetivos de ese concepto. [Resultado 17]

09-D-12055-02-0802-06-005.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 1,013,052.94 pesos (un millón trece mil cincuenta y dos pesos 94/100 M.N.), más los intereses generados desde su disposición hasta su reintegro en la cuenta del Fondo para la Infraestructura Social Municipal, por aplicar recursos del fondo con cargo en el concepto de desarrollo institucional, en una aportación a la Coordinación General de Fortalecimiento Municipal del Gobierno del Estado, así como en obras en el palacio y espacios municipales, que no se corresponden con los fines de ese rubro. [Resultado 27]

Recuperación de Recursos

Se determinaron recuperaciones por 22,365.8 miles de pesos, que se consideran como recuperaciones probables.

Consecuencias Sociales

El 24.4% de los recursos ejercidos se aplicaron en rubros no autorizados por la Ley de Coordinación Fiscal y el 7.3% en obras que no atienden a la población objetivo del fondo, lo que significó que no se generaron los beneficios previstos, en un contexto de necesidades de servicios básicos no cubierta todavía para el total de la población; además, se registró una insuficiente transparencia en la gestión del FISM, y no existió una adecuada correspondencia de la distribución programática de la inversión del fondo, con los déficits de servicios básicos que registra el municipio.

Resumen de Observaciones y Acciones

Se determinó(aron) 26 observación(es), de las cuales 18 fue(ron) solventada(s) por la entidad fiscalizada antes de la integración de este Informe. La(s) 8 restante(s) generó(aron): 4 Recomendación(es) y 5 Pliego(s) de Observaciones.

Dictamen: negativo

La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos; y se aplicaron los procedimientos de auditoría y las pruebas selectivas que se estimaron necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente dictamen, que se refiere sólo a las operaciones revisadas.

La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, el municipio de Taxco de Alarcón, Guerrero, no cumplió con las disposiciones normativas aplicables, como se precisa en los resultados que se presentan en el apartado correspondiente de este informe, donde destacan los siguientes: 16,026.9 miles de pesos por la aplicación de recursos en obras que están fuera de los rubros previstos para el fondo por la Ley de

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Coordinación Fiscal; 4,790.0 miles de pesos ejercidos en obras y acciones que no benefician directamente a población en rezago social y pobreza extrema y 1,407.0 miles de pesos por recursos aplicados en conceptos que no se corresponden con la naturaleza de los gastos indirectos y el desarrollo institucional.

Apéndices

Áreas Revisadas

La Tesorería Municipal y la Coordinación de Obras Públicas y Desarrollo Urbano, del municipio de Taxco de Alarcón, Guerrero.

Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas

Durante el desarrollo de la auditoría practicada, se determinaron incumplimientos en las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan:

1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Art. 134, párrafos segundo y quinto

2. Presupuesto de Egresos de la Federación: Arts. 8; fracción III; párrafos primero; segundo; tercero; quinto y sexto; y 9; fracciones II, III y V

3. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: Arts. 85; fracciones I y II; párrafos primero y segundo; 107; fracción I; párrafo tercero; y 110

4. Ley de Coordinación Fiscal: Arts. 25; 33; 48 y 49

5. Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; Art. 47, fracción V.

Ley Número 994 de Planeación del Estado Libre y Soberano de Guerrero; Arts. 13, inciso a, 19, fracción V, 41, fracción I, 42, fracción III, 45, fracciones I, II, IV y V, y 46

Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero, Arts. 65, fracciones I y II, 77, fracciones I y XVI, 106, 154, fracciones II y VIII, y 167.

Ley de Obras Públicas y sus Servicios del Estado de Guerrero, número 266. Arts. 21, 29, 52, párrafos primero y segundo, 54, fracción I, 57, 58, 59, fracción II, 65, 77, y 82.

Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Guerrero. Art. 37, fracción I

Ley Número 684 de Participación Ciudadana del Estado Libre y Soberano de Guerrero. Art. 48

Lineamientos para Informar sobre el Ejercicio, Destino y Resultados de los Recursos Federales Transferidos a las Entidades Federativas publicados en el Diario Oficial de la Federación el 25 de febrero de 2008. Numeral vigésimo tercero.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009

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Acta Constitutiva del Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal (COPLADEMUN) del 11 de marzo de 2009. Puntos sexto y noveno

Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones

Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones que derivaron de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes:

Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto; fracción IV, párrafo primero; y párrafo penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32, 39, 49, fracciones I, II, III y IV; 55, 56 y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Comentarios de la Entidad Fiscalizada

Es importante señalar que la documentación proporcionada por la(s) entidad(es) fiscalizada(s) para aclarar y/o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Auditoría Superior de la Federación y que les dio a conocer esta entidad fiscalizadora para efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado.

En el disco compacto del Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2009, se reproducen las justificaciones, aclaraciones y demás información presentada por la entidad fiscalizada, la cual entregó mediante los oficios número PRES/1939/2010, PRES/1999/2010 y PRES/2013/2010 del 18 de noviembre de 2010 y 30 de noviembre de 2010, respectivamente, que se anexa a este informe.

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