upc, gasto publico tributaria i, 2013

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  • 7/29/2019 Upc, Gasto Publico Tributaria i, 2013

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    UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESARPROGRAMA CONTADURIA PBLICA

    TRIBUTARIA

    CONCEPTO DE GASTO PBLICO

    El gasto pblico es la cantidad de recursos financieros, materiales y humanos que el sector pblico

    representado por el gobierno emplea para el cumplimiento de sus funciones, entre las que se encuentran demanera primordial la de satisfacer los servicios pblicos de la sociedad. As mismo el gasto pblico es uninstrumento importante de la poltica econmica de cualquier pas pues por medio de este, el gobierno influyeen los niveles de consumo, inversin, empleo, etc. As, el gasto pblico es considerado la devolucin a lasociedad de algunos recursos econmicos que el gobierno capt va ingresos pblicos, por medio de susistema tributario principalmente.

    La forma de estructurar el gasto pblico es de gran importancia para la economa en general, pues siendo uninstrumento poderoso que afecta la economa, su manejo causa u origina diversos fenmenos que algunasveces son positivos y otras veces son negativos para un pas e incluso otros pases que estn fuertementecorrelacionados econmicamente. Del anlisis de la estructuracin y aplicacin del gasto pblico se puedenpredecir ciertos comportamientos de la economa as como los fines que persigue el sector pblico.

    A lo largo de la historia de los estados modernos, el entendimiento de las funciones del gobierno paraintervenir en la economa a travs del gasto pblico ha tendido a incrementarse o decrementarseparalelamente de acuerdo al pensamiento ideolgico del gobierno en turno y/o de la influencia de las grandespotencias econmicas que confluyen en sus respectivas economas. En nuestro siglo, el sector pblico apartede realizar las funciones tradicionales de gobierno que eran salvaguardar a sus ciudadanos a travs del ordeninterno y externo, y administrar la justicia; ha asumido otras funciones mucho ms amplias valindose paraello del gasto pblico. En estas actividades el sector pblico ha venido utilizando al gasto para tratar de darms empleo, estimular la actividad econmica, crear la infraestructura productiva del pas, dar vivienda a lostrabajadores, elevar el nivel educativo proporcionando educacin gratuita, proporcionar servicios de salud,etc.

    Gasto pblico en Colombia

    El gasto pblico juega un papel de gran relevancia en la actividad econmica del pas, no solo en el manejeficaz de este sino en la correcta asignacin de los recursos pblicos.

    Antes del siglo XX se crea que el Estado no tena capacidad de autoadministrarse y que sus gastos no seraproductivos, a pesar de los ingresos que pudieran generarse, de ah que el Estado fuera un Estado gendarmque solo perciba ingresos fiscales para cubrir los gastos de las autoridades y su intervencin en la economa erexigua, por no decir nula. Como consecuencia de esta concepcin los gastos del Estado eran muy pocos.

    La gran depresin mundial de los aos 30 en el siglo XX evidenci la incapacidad del mercado parautoregularse y garantizar una eficiente distribucin de bienes y servicios. La frmula propuesta por economista Keynes para dar solucin a esta crisis econmica consisti en que el Estado asumiera un papactivo en la economa que le permitiera garantizar asignacin eficiente de bienes y servicios, una adecuaddistribucin del ingreso y propender por el desarrollo econmico. "De acuerdo con los postulados keynesianos, gasto pblico que tiene un mayor factor de multiplicador es aquel que llega a sectores con una alta propensin consumir, los cules, al recibir el ingreso, acrecientan la demanda agregada de la economa y por lo tanincrementan el volumen de la renta"1

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    En efecto, la puesta en prctica de la frmula de Keynes posibilit a los Estados salir de la crisis redefiniendo spapel, en tanto implic necesariamente para ellos la realizacin de una gran cantidad de gastos que otrora nasuman. El Estado empez a encargarse de manera creciente de la satisfaccin de necesidades de intergeneral, esto es de la prestacin de servicios pblicos, entre los que se pueden sealar la construccin dferrocarriles, carreteras, telecomunicaciones, transmisin de energa, entre otros, de esta forma pasaba de ser uEstado gendarme a ser un Estado intervencionista.

    La aplicacin de las teoras keynesianas al gasto pblico pareci confirmar la ley de Wagner, quien en el sigXIX, predijo que exista en todas las naciones del mundo una tendencia al aumento del gasto pblico.

    La teora keynesiana ha sido objeto de revisin en las ltimas dcadas, pues su aplicacin se considera como causa del creciente dficit fiscal de los Estados. Esta crtica sirve como soporte a quienes abogan por necesidad de reducir el gasto pblico y en consecuencia privatizar una gran cantidad de servicios que sentendan inherentes al Estado, esta frmula se dice por sus defensores garantiza una mejor prestacin de loservicios en tanto se traslada al sector privado en el cual rige la competencia. La tesis antes descrita configura ela actualidad una tendencia mundial que ya tiene presencia en nuestro pas y que en gran medida es impulsadpor los pases desarrollados y por las organizaciones que, en el nivel mundial orientan el mercado, tales como Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial.

    1. Clasificacin del gasto pblico.

    Los gastos pblicos en Colombia se clasifican en:

    1.1 Gastos de funcionamiento

    Como lo indica el nombre son los que garantizan el funcionamiento y la marcha del aparato estatal. Entre logastos de funcionamiento se encuentran los gastos de personal, los gastos generales, transferencias y gastos doperacin.

    Los gastos de personal son los necesarios para el pago de la burocracia estatal.

    Los gastos generales son los necesarios para adquirir las dotaciones en general y para que el Estado puedfuncionar, ejemplo papelera, implementos quirrgicos, etc.

    Las transferencias son los ingresos de una entidad que se trasladan a otra. Las dos transferencias mimportantes que existen en Colombia son el situado fiscal (hoy sistema general de participaciones) y las otraparticipaciones de las entidades territoriales en los ingresos corrientes de la Nacin.

    El situado fiscal se encuentra definido en artculo 356 de la Carta Poltica como el porcentaje de ingresocorrientes de la Nacin que se cede a los departamentos, municipios, distrito capital y los distritos especialepara financiar salud; educacin; saneamiento bsico; cultura, recreacin y deporte; etc., en las proporciones questablezca la ley. Estos porcentajes se definen relativamente a la distribucin de recursos y competencias, la cuse establece minuciosamente a como se distribuye el gasto correspondiente a ese situado fiscal.

    Las participaciones estn definidas en el artculo 357 de la Constitucin como una participacin de las entidadeterritoriales en los ingresos corrientes de la Nacin para el cubrimiento por parte de aquellos gastos de inversisocial en los porcentajes mnimos que establece la ley. Estos porcentajes, as como las reas prioritarias dinversin social tambin son definidos por la Ley.

    1.2. Gastos de inversin

    Son los gastos destinados al aumento del patrimonio pblico, tales como obras de infraestructura; y tambisegn ha entendido la Corte Constitucional, los gastos en inversin social que hacen parte del llamado gaspblico social, tales como agua potable, acueducto, alcantarillado.

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    1.3. Gastos que cubren el servicio de la deuda

    Comprende tanto el pago o abono de la deuda pblica externa o interna, como de los intereses, la financiacilas comisiones que deban pagarse por las mismas.

    2. El gasto pblico social

    El gasto pblico social puede expresarse tanto en gastos de funcionamiento como en gastos de inversin. P

    ejemplo, el pago del salario de un mdico perteneciente a un hospital pblico constituye gasto de funcionamienpero en tanto este profesional presta el servicio de salud y la salud hace parte del gasto pblico social, este serun gasto pblico social representado en un gasto de funcionamiento.

    El artculo 350 de la Constitucin Poltica de 1991 se refiri al gasto pblico social en dos aspectos: de un ladodeja en manos del Legislativo, para que a travs de Ley Orgnica determine qu partidas del presupuesto haceparte del gasto pblico social. El artculo 41 del Decreto 111 de 1996 mediante el cual se compilan las leyeorgnicas del presupuesto, establece que se entiende por gasto pblico social aquel "cuyo objetivo es la solucide las necesidades bsicas insatisfechas de salud, educacin, saneamiento ambiental, agua potable, vivienda,las tendientes al bienestar general y al mejoramiento de la calidad de vida de la poblacin, programadas tanto efuncionamiento como en inversin". Y de otro lado establece que la proporcin de inversin respecto del gastotal no podr disminuir comparativamente con el ao anterior.

    3. Principios constitucionales del gasto pblico

    Los principios del gasto pblico estn contenidos en los artculos 95, 150, 345 a 355 de la Constitucin Poltica en el Estatuto Orgnico del Presupuestos (Decretos 111 y 115 de 1996). Alfonso Miranda Talero 2 los resume ela siguiente lista:

    3.1. La proposicin de los gastos pblicos corresponde al Gobierno, pues la rama del poder pblico que gasta eprecisamente esta, el Ejecutivo (arts. 150, 154 y 200 num. 3).

    3.2. Los gastos propuestos por el Gobierno deben pasar por la aprobacin del Congreso, esto tiene explicacien que este rgano, el Congreso representa al pueblo. Esta participacin indirecta del pueblo en relacin con gasto pblico constituye una de las aplicaciones de la democracia como principio genrico (artculo 150 num. 11

    3.3. Los gastos no pueden aprobarse de manera global, deben discriminarse (artculo 345 y ss. C.P.).

    3.4. Las modificaciones al gasto pblico tienen lmites y restricciones, entre ellos el principal lmite deviene dprincipio del equilibrio presupuestal segn el cual los gastos no pueden superar los ingresos.

    3.5. El gasto pblico est sujeto a diversos controles: los principales son el control poltico a cargo del Congresocontrol administrativo ejercido por el Ejecutivo, concretamente por el Ministerio de Hacienda y el DepartamenNacional de Planeacin; y control fiscal y numrico legal, que corresponde a la Contralora.

    1 Restrepo, Juan Camilo. Hacienda Pblica. Tercera edicin, Santaf de Bogot: Universidad Externado dColombia, 1996, p.50.

    2 Miranda Talero, Alfonso. El Derecho de las Finanzas Pblicas. Segunda edicin. Santaf de Bogot: Leg1999, p. 56-57.

    Prof. HENRY Fco. ZULETA