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TRES ESTRATEGIAS DE DESARROLLO RURAL EN EL MARCO DEL POSACUERDO EN COLOMBIA POR: JUAN DAVID MUÑOZ GIRALDO TRABAJO DE GRADO PARA OPTAR AL TÍTULO DE POLITÓLOGO MODALIDAD ARTÍCULO ASESORA: ALIX BIBIANA GÓMEZ PROGRAMA DE CIENCIA POLÍTICA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA MEDELLÍN 2021

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TRES ESTRATEGIAS DE DESARROLLO RURAL EN EL MARCO DEL

POSACUERDO EN COLOMBIA

POR:

JUAN DAVID MUÑOZ GIRALDO

TRABAJO DE GRADO PARA OPTAR AL TÍTULO DE POLITÓLOGO

MODALIDAD ARTÍCULO

ASESORA: ALIX BIBIANA GÓMEZ

PROGRAMA DE CIENCIA POLÍTICA

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA

MEDELLÍN

2021

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Tres estrategias de desarrollo rural en el marco del posacuerdo en Colombia*

Juan David Muñoz Giraldo**

Carne de yugo, ha nacido

más humillado que bello,

con el cuello perseguido

por el yugo para el cuello.

Nace, como la herramienta,

a los golpes destinado,

de una tierra descontenta

y un insatisfecho arado.

Miguel Hernández

Resumen: El problema rural en Colombia atraviesa la historia política y social del país, es a

la vez causa y consecuencia del conflicto armado interno, por ello, el proceso de paz entre el

Estado colombiano y las Farc-ep auguró un escenario esperanzador para un sector del campo

colombiano, pues ya no sería el escenario de la confrontación armada sino el terreno donde

se construiría la paz. De ahí que en el marco del proceso de negociación surgieran una serie

de estrategias de desarrollo rural (EDR) sobre ese campo «sin guerra». En el presente artículo

se examina el escenario posterior a la firma en el marco de las categorías de posacuerdo y

posconflicto, y se analizan tres de esas estrategias; la Reforma Rural Integral, las Zonas de

Reserva Campesina y la Ley Zidres, posteriormente, a partir de un ejercicio comparativo

meramente en el plano normativo –no en su dimensión empírica–, se da cuenta de sus

encuentros y desencuentros y del modelo de desarrollo rural al que tiende cada una.

* Artículo desarrollado en el marco del debate académico de las sesiones del semillero de investigación:

Estudios Políticos Rurales, de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia. **Estudiante de último semestre del pregrado en Ciencia Política, e integrante del semillero de investigación Estudios Políticos Rurales, de la Facultad de Derecho y Ciencias Política de la Universidad de Antioquia.

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Palabras clave: estrategias de desarrollo rural, conflicto armado interno, economía

familiar, campesina y comunitaria, sistema agroindustrial.

Abstract: The rural problem in Colombia runs through the political and social history of the

country, it is at the same time, cause and a consequence of the internal armed conflict,

therefore, the peace process between the Colombian State and the FARC-ep predicted a

hopeful scenario for a sector of the Colombian countryside, since it would no longer be the

scene of the armed confrontation but the land where peace would be built. Hence, within the

framework of the negotiation process, a series of rural development strategies (RDS)

emerged in this field "without war." This article examines the post-signature scenario in the

framework of the post-agreement and post-conflict categories, and analyzes three of these

strategies; the Comprehensive Rural Reform, the Peasant Reserve Zones and the Zidres Law,

later, from a comparative exercise merely on the normative plane - not in its empirical

dimension -, it realizes its encounters and disagreements and the rural development model to

which each one tends.

Key words: rural development strategies, internal armed conflict, family peasant and

community economy, agro-industrial system.

Introducción

La cuestión rural o, lo que se ha denominado en la academia como «el problema rural»

(Machado, 2017, pág. 139) constituye un campo de estudio de una serie de fenómenos que

atraviesan los conflictos político-sociales del país. Según la perspectiva y enfoque el

«problema rural» en relación con otros aspectos de la realidad política colombiana puede ser

considerado causa o consecuencia de algunas conflictividades. Su concepción como

«problema» hace referencia a un estado de cosas históricamente inequitativo. De ahí que la

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confrontación armada, Estado colombiano-Guerrilla de las Farc-ep, hunde sus raíces en

conflictos por la tierra, relacionados con la tenencia de la misma y el régimen de desigualdad

que la ha caracterizado, conflictos por el uso y la vocación del suelo, la superposición de

figuras normativas en los territorios, la estructura de propiedad rural, la alta informalidad en

los títulos de propiedad, entre otros. Esto se puede evidenciar en diversos estudios como; El

problema de la tierra en Colombia (Machado, 2017), La cuestión agraria: tierra y posconflicto

en Colombia. (Restrepo y Bernal, 2014), Para sembrar la paz hay que aflojar la tierra

(Fajardo, 2002), y muchos otros. Y en indicadores que miden su magnitud, como el

coeficiente Gini de tierras, índice que permite medir la distribución desigual de la propiedad

rural (donde 0 (cero) significa total igualdad y 1 plena desigualdad) para el año de la firma

del Acuerdo Final (2016) según el Instituto Geográfico Agustín Codazzi la concentración de

la misma estaba alrededor de un 87,9% (El Tiempo, 2016) y de acuerdo al informe:

Radiografía de la desigualdad (Oxfam, 2017) basado en datos del Censo Nacional

Agropecuario de 2014, el 81% de la tierra productiva está en manos del 1% de los

propietarios.

Tales condiciones no solo se han perpetuado, sino que se han agudizado producto de factores

institucionales como; «la atomización en la ejecución del presupuesto de inversión del sector

y altos costos de la tercerización, la poca presencia de la institucionalidad sectorial en el

territorio, la escasa articulación de las entidades del nivel central para el diseño de la política

rural y la provisión de bienes y servicios» (Misión para la transformación del campo, 2015)

ente otros. También factores culturales, como el desprecio por el sujeto campesino y el

subsiguiente proceso de descampesinización, y otros de orden social y político, como el

conflicto armado interno. Estas circunstancias han dado lugar a una exclusión histórica de la

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clase campesina y han sostenido relaciones de desigualdad económica en el campo,

perpetuando condiciones de pobreza y dependencia económica.

Según informe del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) la pobreza

multidimensional en el campo se mantiene en niveles casi del doble de la cifra nacional: de

38,6 por ciento pasamos a 34,5 por ciento entre 2018 y 2019 (Revista Semana, 2020). Por su

parte, el informe Misión para la Transformación del Campo (2015) señala que «la reducción

de la pobreza multidimensional en la zona rural no ha sido suficiente para cerrar la brecha

entre el campo y la ciudad, que incluso se ha ampliado en el tiempo».

De esta situación se sigue que la persistencia del conflicto armado haya encontrado eco en

las reivindicaciones de tipo agrario, por eso, la guerra de guerrillas en Colombia la hicieron

campesinos y estos se unieron a la guerra, no hay que olvidar que la génesis de las Farc-ep

es un movimiento liberal campesino.

Las afectaciones de esta guerra prolongada de baja intensidad son incalculables sobre la

sociedad civil; siendo el desplazamiento forzado uno de los mayores flagelos. En el informe,

Una nación desplazada del Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH, 2015) se afirma

que cerca de seis millones de campesinos fueron desplazados, convirtiendo a Colombia en el

segundo país con mayor número de desplazados del mundo, después de Siria (BBC, 2019).

El desplazamiento forzado es a la vez consecuencia e instrumento de guerra, el despojo de

tierras que de aquel se desprende, ha sido una estrategia de los grupos armados para ejercer

control territorial, además, para llevar a cabo proyectos económicos de diversa índole, en

muchos casos, con la salvaguarda del paramilitarismo.

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De modo que la caracterización de este conflicto es también el de múltiples conflictos rurales.

Pero los conflictos en el ámbito rural no solo se manifiesta desde la dimensión empírica, es

decir, desde los hechos que se tejen alrededor de la estructura real de tenencia de la tierra, de

las condiciones materiales, las relaciones sociales de poder y producción en el campo, sino

también desde las políticas, programas, leyes, etc., que direccionadas al desarrollo rural

permiten la emergencia de nuevos ciclos de disputa (viejas y nuevas conflictividades) bien

porque sostienen diferentes concepciones de desarrollo rural o porque, en términos generales,

buscan proyectos distintos en el campo, que en vez de coexistir se contraponen. Es por esto

que el objetivo de este artículo es dar cuenta de cómo desde el Estado colombiano, surgen en

el marco del proceso de negociación entre el Estado y las Farc-ep, una serie de estrategias de

desarrollo rural, –en adelante EDR–, que en vez de configurar un programa unificado de

desarrollo, plantean una serie de propuestas que desde lo normativo, se contraponen, lo que

permite avizorar un escenario de disputa sobre el modelo de desarrollo rural en el país.

De la confrontación armada al posacuerdo

La confrontación armada entre el Estado colombiano y las Farc-ep puede caracterizarse a

grandes rasgos como un conflicto de orden revolucionario, cuyo objetivo era la toma del

poder político por parte de la guerrilla. La materialización del mismo se dio en el campo por

efectos de estrategia militar, sin embargo, éste no constituía el único conflicto de tal

naturaleza en el país, por ello, el Acuerdo Final de paz no supuso el fin de los conflictos

armados ni sociales, y tampoco inauguró un estado de pacificación nacional, pero sí implicó

el reconocimiento de un nuevo actor político de vertiente revolucionaria, lo que supuso abrir

la puerta (en términos formales) al ejercicio amplio y democrático de la oposición política.

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En ese sentido, cuando las Farc-ep se convierten en partido político pasan automáticamente

a ser oposición dentro del sistema de partidos, lo que implica la inversión del aforismo de

Clausewitz: la política como continuación de la guerra por otros medios (Foucault, 2000),

de modo que el Acuerdo Final simboliza la evolución de un conflicto y no su finalización,

además, porque la «paz no se deshace ni se hace con una firma», pues implica una

peacebuiding, es decir, una “construcción”, como afirma Johan Galtung (1968) De ahí que

en el presente trabajo se caracterice el escenario posterior a la firma como posacuerdo y no

como posconflicto, pues el conflicto es una situación inherente a toda sociedad y necesario

en todo régimen democrático. Lo problemático frente a un conflicto no es su existencia sino

la forma de tramitarlo.

Retomando a Galtung (1968) es pertinente afirmar que el Acuerdo Final de paz significó, en

principio, (y hasta ahora) una paz negativa, esto es, la mera ausencia de un tipo de

confrontación armada, a este período lo denominaremos: posacuerdo, en tanto hace

referencia al momento posterior a la firma y que requiere unos cambios inmediatos, como

reformas institucionales, y se entenderá por posconflicto a ese momento donde ya superada

la paz negativa, se inician una serie de cambios hacia una paz positiva, es decir, un número

de reformas estructurales que buscan superar las condiciones congénitas de la guerra, y

aumentar el bienestar social de la población en general.

Como afirma J. A. Cepeda en: El posacuerdo en Colombia y los nuevos retos de la Seguridad

El posacuerdo implica entonces la reconfiguración de la agenda política de gran parte

del país en el corto y mediano plazo, abarcando de manera coordinada los campos de

la seguridad, la justicia, la economía y la cooperación. Por su parte el posconflicto,

(…) implica enrutar el país, partiendo de los policies del posacuerdo, hacia la

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construcción de la paz o peacebuiding, en una perspectiva que va más allá del

mediano término y se proyecta en el largo plazo. (Cepeda, 2016.)

Así que Cepeda concibe posacuerdo y posconflicto como dos momentos de un mismo

proceso, con diferencias determinantes como la temporalidad y los propósitos, en el primero

deben darse las condiciones y cambios instituciones que impulsen la transformación de la

realidad política, como garantías en el escenario electoral a nuevas fuerzas políticas o la

creación de jurisdicciones especiales y/o transitorias, mientras que el segundo momento

implica además un cambio social y cultural, donde en términos generales se supera la

violencia como forma de tramitar los conflictos.

En cuanto a la delimitación temporal del presente artículo, se circunscribe al periodo de

negociación entre el Estado colombiano y las Farc-ep, que comienza en el año 2012 y termina

en 2016 con la firma del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción

de una Paz Estable y Duradera. Obedeciendo a la máxima recurrente del cuerpo negociador

según la cual; «nada estaba acordado hasta que todo fuese acordado». Pero, además,

recogiendo los cambios que sufrió el Acuerdo luego de que en la refrendación popular por

medio de un plebiscito se rechazara el Acuerdo construido entre la delegación del Gobierno

y las Farc-ep, y se emprendiera una renegociación de cada punto, con otros sectores sociales,

como el partido de oposición y las iglesias cristianas.

Es así como en el marco de este proceso de negociación surgen una serie de proyectos,

programas, leyes y estrategias enfocadas al desarrollo rural. Cabe decir que el origen de estas

estrategias no es más que la promesa o la esperanza que supone el proceso de negociación

sobre un campo “sin conflicto armado”, lo que en términos precisos solo significó la

terminación de un tipo de confrontación bélica. No obstante, bajo esa expectativa sobre el

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«campo sin guerra», se contempla, ahora sí, la inversión estatal y extranjera, de ahí que el

entonces presidente Santos afirmara en reiteradas ocasiones que la paz era la llave para el

desarrollo económico del país (Grajales, 2014) como también estableció en su Plan de

Desarrollo de 2010, la agricultura como una de las locomotoras del desarrollo económico.

Es por esto que la negociación contempló el tema rural como el primer punto de la agenda.

Pues este constituía no solo una de las reivindicaciones más importantes del cuerpo

negociador de las Farc-ep, por considerar que el problema rural era la génesis de su

movimiento, sino que era, además, uno de los puntos de mayor interés por parte del Estado

colombiano, por considerar que el conflicto era el principal obstáculo para el desarrollo

económico del país. Sin embargo, el proceso de paz no implicó un campo sin guerra, (o no

lo ha significado hasta ahora) pues múltiples grupos armados organizados (GAO); Clan del

golfo, Ejército de Liberación Nacional (ELN), disidencias de las Farc-ep, etc., hacen

presencia en el territorio nacional, desarrollando actividades de narcotráfico u otras

economías ilegales; de allí que, una vez las Farc-ep abandonaran los territorios donde ejercían

control territorial se diera un proceso de copamiento por parte de otros grupos amados, como

lo señala la Fundación Paz y Reconciliación (Pares) en informe de 2019, según la cual, desde

la firma del Acuerdo de paz hasta el 2019, el Clan del Golfo se había expandido a 26

municipios más de los que ya tenían presencia (Pares, 2019).

Aunque la Reforma Rural Integral (el primer punto del Acuerdo) es un acuerdo que plantea

un tipo de estrategia de desarrollo rural que busca consolidar la producción campesina y

comunitaria, y a la vez la producción agroindustrial, cabe preguntarse por las implicaciones

de llevar a cabo estas propuestas en un mismo territorio. Al mismo tiempo, desde otros

escenarios del Estado colombiano surgen otras propuestas que buscan consolidar un modelo

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propiamente agroindustrial, a partir de la Ley 1776 de 2016, diametralmente opuesto al

modelo que buscan las Zonas de Reserva Campesina, figura consignada en la Ley 160 de

1994, pero que diferentes organizaciones campesinas renuevan y reivindican en el marco del

proceso de negociación.

Metodología

El presente ejercicio investigativo se desarrolla bajo el paradigma de la investigación

cualitativa, dentro de este enfoque se privilegia, para este caso, la revisión o investigación

documental, que, en un primer momento, desde un ejercicio analítico-descriptivo busca dar

cuenta de los objetivos de cada una de las estrategias de desarrollo rural a analizar, a saber;

la Ley Zidres, la Reforma Rural Integral y las Zonas de Reserva Campesina. En un segundo

momento, a partir de una matriz analítica con base en elementos sustanciales de cada

estrategia como: concepción de desarrollo, estructura de la propiedad, modo de producción,

tenencia, territorios objeto de tal estrategia y sujetos a quienes va dirigida, se pretende

mostrar la visión de desarrollo rural que plantean; las relaciones sociales, de poder y

económicas que buscan configurar en los territorios, el vínculo con las instituciones públicas

y privadas y su lugar en el modelo productivo.

La tarea entonces en primer lugar es definir lo rural, exponer de qué modo se ha entendido y

desarrollado desde lo teórico y posteriormente definir cada una de las estrategias de

desarrollo rural, si bien esta última categoría ha tenido cierto tratamiento teórico ha sido

abordada más desde lo institucional, desde documentos oficiales y lineamientos de política

pública. No será necesario, por tanto, analizar a profundidad la dimensión práctica de tales

estrategias, es decir, las condiciones y posibilidades de su implementación, sino su mero

planteamiento teórico y, sobre todo, su concepción sobre el desarrollo rural.

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Referentes conceptuales

En primer lugar, es necesario decir que se entenderá lo rural como una «red compleja de

relaciones que articulan la población, el territorio, las relaciones sociales, las relaciones con

los recursos naturales y con lo urbano» (Machado, 2017). En segundo lugar, es importante

señalar que el concepto de desarrollo agrario al agotarse en la cuestión de la agricultura no

da cuenta de las nuevas dinámicas que, producto de la globalización han ampliado el espectro

de relaciones productivas y actividades en el campo. Como está consignado en el Informe

Nacional de Desarrollo Humano de 2011

se entiende lo rural como la complejidad que resulta de las relaciones entre cuatro

componentes: el territorio como fuente de recursos naturales, soporte de actividades

económicas y escenario de intercambios e identidades políticas y culturales; la

población que vive su vida vinculada a los recursos naturales y la tierra y que

comparte un cierto modelo cultural; a través del intercambio de personas, mercancías

e información, y las instituciones públicas y privadas que confieren el marco dentro

del cual funciona todo el sistema (PNUD, 2011)

Así mismo, es preciso establecer una distancia con la concepción de desarrollo agrario o

agropecuario que «se refiere a las condiciones productivas y de uso económico de los

recursos, vinculado a los procesos de modernización de la producción y sus articulaciones

con los mercados» (Ibíd.)

Ahora bien, es necesario para la construcción de la categoría de estrategia de desarrollo rural

traer la definición de Absalón Machado, en Multimodalidad y Diversidad en el Campo

Colombiano (2017), que define el desarrollo rural como: «procesos de mejoramiento de las

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condiciones de vida y el desarrollo social y político de las áreas rurales». En el mismo sentido,

Edelmira Pérez (2001) afirma que «el desarrollo rural, en particular, debe buscar la equidad

territorial, de género y social, en el acceso a bienes, servicios y demás beneficios del

desarrollo». También dentro de estos beneficios del «desarrollo» se señala; el acceso a

crédito, asistencia técnica, dotación de bienes y servicios y el mejoramiento y acceso a vías.

De modo que ambas definiciones comparten la concepción de cambio, propia de la categoría

de desarrollo. Tomando estas dos definiciones como base y lo que Alexander Schejtman

entiende por estrategias de desarrollo rural: «el conjunto de acciones orientadas a mejorar las

condiciones de vida y de trabajo de la población rural, en particular de los pequeños

productores y de los trabajadores con poca o ninguna tierra »(Schejtman, 2010), se entenderá

en el presente trabajo como estrategias de desarrollo rural: el conjunto de acciones destinadas

a mejorar las condiciones productivas, de vida y desarrollo social y político de las áreas

rurales. Teniendo en cuenta, además, que toda estrategia de desarrollo rural tiene un enfoque,

que a través de unas acciones específicas busca un desarrollo rural diferencial. La diferencia

con la definición de Schejtman es que no se particulariza sobre los pequeños productores o

los trabajadores con poca tierra.

Otro aspecto importante al abordar una EDR es que esta se concibe como un proceso; que es

extensible en el tiempo y contempla una serie de estrategias específicas, distinto al hablar,

por ejemplo, de un programa de desarrollo rural, de una figura jurídica o de un determinado

modelo de economía rural. Si bien, las Zidres y las ZRC, son también figuras jurídicas, en lo

normativo no se agota su alcance, y es precisamente la noción de estrategias de desarrollo

rural, lo que permite observar la dimensión social y política que, explicita o no, está contenida

en cada estrategia y cambia, necesariamente, el universo de relaciones (productivas, sociales,

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políticas) que se tejen en el campo. De tal suerte que, tras la lectura y el análisis de cada una

de las estrategias se hará una caracterización precisa de cada una para el posterior ejercicio

comparativo.

Por otro lado, para entender el modelo o sistema agroindustrial es necesario acudir a la

caracterización que hace Van der Ploeg (2010) sobre la agricultura empresarial que, para este

caso, describe un fenómeno similar a lo que Absalón Machado considera el sistema

agroindustrial. Machado define la agroindustria, como un «proceso de articulación de

diversas formas entre la agricultura y la industria cuyo resultado es un producto con valor

agregado hecho a través de una cadena de procesos y de coordinación que va desde el

agricultor hasta el consumidor en unas interacciones entre todos los agentes participantes en

la cadena» (Machado, 2017).

En esta definición es fundamental hacer hincapié sobre “el producto con valor agregado”

característica fundamental, aunque no exclusiva, en tanto la producción a gran escala,

altamente tecnificada y a bajos costos también hace parte del sistema agroindustrial. Por su

parte, Van der Ploeg (2010) señala que las diferentes formas de agricultura empresarial en

muchas ocasiones surgen de programas estatales. La agricultura empresarial según Ploeg, se

desarrolla principal (aunque no exclusivamente) con base en capital financiero e industria,

(comprendiendo crédito, insumos y tecnologías industriales), «la producción está altamente

especializada y destinada al mercado», (ibídem) buscando así lo que se considera: la

modernización de la agricultura, lo que implica una industrialización parcial del proceso

laboral.

Por su parte, Machado (2017), describe el sistema agroindustrial como:

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Un conjunto de relaciones socioeconómicas, políticas, culturales e institucionales,

cuyo núcleo central es la propiedad de los factores de producción (recursos físicos y

naturales, recursos humanos, recursos financieros, tecnología y conocimientos) y

cuya dinámica depende de los diferentes contextos y modos como el sistema se inserta

en la totalidad de una economía de mercado y del sistema socioeconómico y político.

El núcleo de poder, o la relación fundamental del sistema agroindustrial, se ubica por fuera

de la agricultura, en el aparato agroindustrial, financiero y tecnológico (Machado 2002, 221).

En otro sentido, es menester traer la definición de economía familiar, campesina y

comunitaria ya que esta constituye una de las principales propuestas de la Reforma Rural

Integral y de las Zonas de Reserva Campesina, tal definición se establece en la resolución

número 000464 de Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

Sistema de producción, transformación, distribución, comercialización y consumo

de bienes y servicios; organizado y gestionado por los hombres, mujeres, familias, y

comunidades, que abarca una diversidad de estrategias productivas incluidas la

agricultura, la ganadería, la pesca, la acuicultura, la silvicultura, el aprovechamiento

de los bienes y servicios de la biodiversidad, el turismo rural, las artesanías, la minería

artesanal, y otras actividades de comercio y servicios no vinculadas con la actividad

agropecuaria.

A continuación, se presenta cada una de las EDR a analizar, dando cuenta en un primer

momento de sus objetivos y posteriormente, detallando el tipo de enfoque que plantean de

acuerdo a su visión de desarrollo rural, las relaciones sociales y económicas que pretenden

reconfigurar en los territorios, el vínculo con las instituciones públicas y privadas y su lugar

en el modelo económico.

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¿Qué es la Ley Zidres?

La Ley 1776 o Ley Zidres, por la cual se crean las Zonas de Interés de Desarrollo Rural

Económico y Social, fue sancionada en enero del año 2016. Como explícitamente se afirma

en sus objetivos, la ley busca «constituir un nuevo modelo de desarrollo económico regional»

a partir de «la formulación, implementación y ejecución de proyectos agrícolas y pecuarios»,

con el objeto de promover «el desarrollo regional a través del ordenamiento territorial, la

modernización y especialización del aparato productivo, el desarrollo humano sostenible, la

agricultura dinámica y de contrato anticipado, la recuperación y regulación hídrica frente al

cambio climático, en un marco de integración empresarial de la sociedad». Además, también

contempla «el acceso y la formalización de la propiedad de la tierra a los campesinos, a los

trabajadores agrarios, mujeres rurales, jóvenes rurales y ocupantes tradicionales de bienes

inmuebles de la Nación» todo ello con el fin de lograr la inclusión social y productiva de los

campesinos. Cabe señalar que estas zonas se desarrollaran en territorios aislados de los

grandes centros urbanos, que exigen elevados costos de adaptación productiva, que presenten

altos índices de pobreza y tengan baja densidad poblacional.

Es preciso señalar que uno de los elementos centrales de la ley en lo que respecta a la

aprobación de los proyectos productivos, tiene que ver con la preponderancia del modelo

asociativo entre el pequeño productor campesino y el empresario o inversionista que permita

llevar a cabo un proyecto agroindustrial que responda a la «internacionalización de la

economía, sobre bases de alta competitividad, equidad, reciprocidad y conveniencia

nacional», en tanto, estas condiciones solo son posibles a partir de una alta inversión de

capital, adaptación productiva y tecnología.

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En ese mismo sentido, es claro que la ley busca la producción de alimentos a gran escala,

pues prioriza «aquellas iniciativas productivas destinadas a la producción de alimentos con

destino a garantizar el derecho humano a la alimentación», como afirmó el entonces

presidente Juan Manuel Santos en la promulgación de la ley (2016), «se busca convertir a

Colombia en la despensa de alimentos del mundo».

Para la oficialización de una Zidres se debe presentar un proyecto productivo asociativo,

donde podrán participar empresas agrícolas, forestales o ganaderas, con campesinos y

asociaciones de campesinos. En el parágrafo 1 del artículo 7 referente a los incentivos y

estímulos dice claramente: «Solo resultarán beneficiarios de la política de incentivos o

estímulos los proyectos asociativos, siempre y cuando integren como asociados al pequeño

o al mediano productor». Tales proyectos se deben inscribir ante el Ministerio de Agricultura

y Desarrollo Rural, luego un comité técnico evalúa y viabiliza los proyectos. Cumplidos los

pasos se procede a establecer las alianzas y se define la figura para la explotación de las

tierras, que contempla el arriendo, la compra, el aporte o la concesión.

La consolidación de una estrategia de desarrollo rural-agroindustrial

Dos afirmaciones en el planteamiento de la Ley nos permiten comprender el modelo de

desarrollo rural que contemplan, de un lado, la afirmación en el artículo 1: «Los proyectos

de las Zidres deben estar adecuados y corresponder a la internacionalización de la economía,

sobre bases de alta competitividad, equidad, reciprocidad y conveniencia nacional». La

internacionalización de la economía se refiere a la globalización económica y profundización

del capitalismo donde en el ámbito de la producción rural, los grandes proyectos

agroindustriales son los que sostienen bases de alta competitividad y rentabilidad económica,

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basado sobre todo en los monocultivos destinados a la producción industrial de alimentos o

de biocombustibles, con el fin de entrar en el comercio del mercado mundial. Como resultado

se concibe el campo como un escenario de rentabilidad económica orientada al desarrollo del

sector empresarial y no propiamente del sector rural, donde si bien se busca insertar a la

población que lo habita al mercado laboral, ello no implica necesariamente, un mejoramiento

de las condiciones de vida.

La otra afirmación señala: «las Zidres deberán constituir un nuevo modelo de desarrollo

económico regional», y acá es necesario responder algunas preguntas inevitables, ¿Cuál es

el viejo modelo? ¿Por qué un nuevo modelo? El viejo modelo bien puede referirse al

minifundio improductivo o al latifundio inculto con fines especulativos o de poder, el nuevo

modelo sin duda, se refiere a lo que Van der Ploeg denomina la agricultura empresarial o el

sistema agroindustrial, que se trata del mismo fenómeno, que en este caso (Ley Zidres) como

describe Van der Ploeg es de iniciativa gubernamental, se desarrolla principal (aunque no

exclusivamente) con base en capital financiero e industria (comprendiendo crédito, insumos

y tecnologías industriales), donde «la producción está altamente especializada destinada al

mercado» (2010).

Por otro lado, cabe decir por qué una ley como la Ley Zidres no se impulsó ni se promulgó

antes. Pues la presencia de la extinta guerrilla de las Farc-ep no solo impedía la inversión

extranjera en el territorio, sino que, siendo la tierra y su concentración un factor que conllevó

al conflicto en el país, la perpetuación de esta situación seguiría siendo una bandera de la

lucha armada, lo que impedía que una ley de este tipo se concretara, pues la estructura de la

propiedad agraria que requiere es el latifundio moderno, lo que agudiza la concentración de

la tierra. Así mismo, aunque su iniciativa fue gubernamental su implementación se llevará a

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cabo principalmente por empresas privadas e incluso multinacionales pues son las únicas que

pueden cumplir con requisitos como la alta especialización en la producción o la fijación de

precios. Otro aspecto para resaltar es que esta ley responde más al desarrollo del sector

industrial que al desarrollo del sector rural, de ello da cuenta la creación de Zonas Francas

Agroindustriales, esta es una figura comercial que establece beneficios tributarios y

aduaneros con el comercio exterior.

¿Qué son las Zonas de Reserva Campesina?

Las Zonas de Reserva Campesina (ZRC) son una figura de ordenamiento social, territorial y

ambiental de la propiedad rural establecida en el capítulo Xlll de la Ley 160 de 1994. Esta

Ley es la que crea el Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino,

que responde a una exigencia derivada de la Constitución de 1991 y que buscaba enmendar

el incumplimiento de la Ley 135 de 1961 y de paso renovar la normatividad en materia agraria

en el país.

Las ZRC las define la Ley en su artículo 80 como: «áreas geográficas seleccionadas por la

junta directiva del Incora, teniendo en cuenta las características agroecológicas y

socioeconómicas regionales» -cabe decir que hoy son seleccionadas por la Agencia Nacional

de Tierras-. El objetivo de las ZRC según lo establecido en el decreto reglamentario 1777 de

1996 es «fomentar y estabilizar la economía campesina, superar las causas de los conflictos

sociales que las afecten y, en general, crear las condiciones para el logro de la paz y la justicia

social en las áreas respectivas».

Dentro de los objetivos específicos de las ZRC se encuentran: la regulación en la expansión

de la frontera agrícola, la ocupación y aprovechamiento de terrenos baldíos, la adjudicación

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de los mismos a campesinos sin tierra –siempre y cuando no superen una Unidad Agrícola

Familiar (UAF) –, todo ello con el fin de evitar la inequitativa concentración de la tierra y su

fraccionamiento improductivo, condición generalizada en la geografía rural del país. Las

ZRC pueden ser creadas mediante solicitud por parte de organizaciones campesinas ante la

Agencia Nacional de Tierras o por iniciativa del Estado, y es este quien determina su

extensión.

Según Sergio Borda y Jhon Giraldo, miembros de la Asociación Nacional de Zonas de

Reserva Campesina -ANZORC- para el año 2018 había «62 organizaciones campesinas de

diferentes regiones del país que se encontraban afiliadas a -ANZORC»-. Actualmente, «hay

constituidas seis Zonas de Reserva Campesina, que suman una extensión de 831.111

hectáreas. En trámite de constitución de ZRC, hay unos siete procesos que representan unas

963.735 hectáreas, y en iniciativas de constitución, unos 44 procesos, los cuales pueden ser

aproximadamente seis millones setecientas mil hectáreas (6.763.828 ha) (Instituto Humboldt

2018)».

Cabe decir que la constitución de estas zonas en el país ha sorteado innumerables dificultades,

como señala Darío Fajardo (2014):

Desde su inclusión en la ley de reforma agraria de 1994 su desarrollo ha

encontrado severas dificultades de distinta índole: retrasos en su

reglamentación, obstinada negativa para financiarlas y ponerlas en marcha por

parte del Estado, encarcelamientos de sus organizadores, destrucción de

patrimonios y acciones militares contra las comunidades como lo ilustran en

particular los casos de las reservas campesinas de El Pato-Balsillas, Calamar

y Valle del Río Cimitarra.

Page 20: TRES ESTRATEGIAS DE DESARROLLO RURAL EN EL MARCO DEL

Zonas de Reserva Campesina: una estrategia de desarrollo rural regional, comunitaria

y ambientalmente sostenible

De modo que las ZRC gozan de un marco legal desde 1994 (Ley 160 de 1994) lo que permite

aseverar que es un proyecto extensible en el tiempo, ya que a la fecha hay 44 iniciativas de

constitución. Puede afirmarse que se enmarca en un desarrollo regional, en tanto, configuran

territorios con extensiones que superan jurisdicciones municipales y departamentales y la

comercialización de los productos se da en la mayoría de los casos, a través de circuitos

cortos de comercialización, reestableciendo así el vínculo productor- consumidor.

Es comunitaria en tanto numerosas organizaciones sociales y campesinas a través de amplios

procesos organizativos e incluso, de movilización social, han construido las propuestas de

ZRC y así mismo, han edificado sus procesos productivos, materializados a partir de

cooperativas o asociaciones, como la Asociación Campesina del Valle del Río Cimitarra

(ACVC), que ha tenido un exitoso proceso de producción, incluso de trasformación de

productos agrícolas.

Atendiendo a la dimensión social y política que subyace a toda EDR es preciso señalar que

las ZRC son una figura que busca la gestión de los conflictos sociales y especialmente la

consecución de la paz en los territorios, además, aspira a la democratización del acceso a la

tierra y la participación democrática.

Por último, en lo referente al componente ambiental, en el decreto reglamentario 1777 de

1996 se establece que las ZRC, deben servir como zonas de amortiguación para el Sistema

de Parques Nacionales Naturales, lo que de entrada puede entenderse como una simbiosis

entre producción y conservación ambiental, asimismo, se decreta que el gobierno nacional

Page 21: TRES ESTRATEGIAS DE DESARROLLO RURAL EN EL MARCO DEL

está en la obligación de financiar los Planes de Desarrollo Sostenible, que giran alrededor de

varios componentes; fortalecimiento comunitario, socioeconómico, salud, cultura, educación

y en el cual se establecen pactos comunitario para la preservación ambiental. También es

importante mencionar, como lo ha documentado el Instituto Von Humboldt la importancia

de esta figura en la conservación de los páramos y el bosque seco tropical (El Espectador,

2018).

Reforma Rural Integral: Hacia un nuevo campo colombiano

El primer punto del Acuerdo Final, denominado; Reforma Rural Integral (RRI), busca

transformar la realidad rural del país con equidad, igualdad y democracia; erradicando la

pobreza, integrando las regiones, promoviendo la igualdad y el buen vivir, garantizando el

disfrute de los derechos, con el fin de revertir los efectos del conflicto armado, «sentando

[así] las bases para una trasformación estructural del campo».

Con el objeto de cumplir estos objetivos se establecen tres grandes programas: el primero es

acceso y uso, que busca «promover el uso adecuado de la tierra de acuerdo con su vocación»,

se crea un fondo de tierras con tres millones de hectáreas para ser distribuida entre

campesinos sin tierra o que la tengan insuficiente, se crea un subsidio y crédito para compra

con el fin de promover el acceso a la tierra, se establece un programa de formalización de la

propiedad rural, y se crean medidas para el cierre de la frontera agrícola y la protección a

zonas de reserva.

El segundo punto son los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET), este es

un instrumento de planificación y gestión del territorio que busca la transformación

estructural de aquellas zonas más afectadas en el marco del conflicto armado, el diseño de

Page 22: TRES ESTRATEGIAS DE DESARROLLO RURAL EN EL MARCO DEL

los mismos se da a partir de un ejercicio participativo donde las comunidades construyen los

Planes de acción para la transformación regional, allí se realiza un diagnóstico local y de

acuerdo a las necesidades territoriales se esbozan los proyectos a ejecutar.

Y el tercer y último pilar son los Planes Nacionales para la Reforma Rural, que buscan

implementar programas de infraestructura y adecuación de tierras, servicios de riego,

electricidad, conectividad, programas de desarrollo social, salud, vivienda, en últimas, se

busca garantizar el acceso adecuado a servicios y bienes públicos en el campo.

RRI: una estrategia de desarrollo rural integral con enfoque territorial

En los principios rectores contenidos en el punto uno del Acuerdo hay una acepción de

desarrollo y un enfoque, así se entiende que

El desarrollo integral del campo depende de un adecuado balance entre las diferentes

formas de producción existentes –agricultura familiar, agroindustria, turismo,

agricultura comercial de escala-; de la competitividad y de la necesidad de promover

y fomentar la inversión en el campo con visión empresarial y fines productivos como

condición para su desarrollo (…).

De modo que su modelo de desarrollo rural como se afirma en el Acuerdo, «se adelantará en

un contexto de globalización y de políticas de inserción en ella», contexto donde se amplía

el espectro de relaciones productivas y actividades en el campo, dando paso a la agroindustria

o, a actividades económicas que no necesariamente están relacionadas con la agricultura. De

tal suerte que esta EDR aboga por distintos modos de producción pero no detalla las acciones

para llevar a cabo uno de estos, si bien enfatiza la especial protección que debe tener la

economía campesina, familiar y comunitaria, en este contexto de globalización, no establece

Page 23: TRES ESTRATEGIAS DE DESARROLLO RURAL EN EL MARCO DEL

un plan o programa para tal fin, por el contrario, puede afirmarse que hay una contradicción

latente al apoyar al mismo tiempo dos modelos de producción que abiertamente se

contraponen: la agroindustria y la economía campesina.

Ahora bien, el enfoque del desarrollo rural integral aparece explícitamente así

Que los planes y programas acordados como parte de la RRI deben tener un enfoque

territorial, diferencial y de género que implica reconocer y tener en cuenta las

necesidades, características y particularidades económicas, culturales y sociales de

los territorios, de las mujeres en todo su ciclo vital, de las comunidades rurales y de

grupos en condiciones de vulnerabilidad, garantizando la sostenibilidad socio-

ambiental.

Acá es importante señalar que a diferencia de programas y proyectos basados en un enfoque

sectorial y homogeneizante, el Acuerdo además de reconocer las particularidades de cada

territorio, reconoce las diferencias culturales de las comunidades y la especial protección que

deben tener las mujeres en su rol productor y reproductor y en su condición de víctimas del

conflicto armado.

Dicho lo anterior, y una vez expuestos los objetivos, concepción de desarrollo y enfoque de

cada EDR, es necesario hacer un ejercicio comparativo a partir de seis categorías que se

muestran a continuación y constituyen el eje central de cada estrategia, algunas como

tenencia y estructura de la propiedad son tomadas de la concepción clásica de estructura

agraria, y nos revelan que estos dos factores del histórico problema agrario en Colombia aún

están lejos de resolverse. Concepción de desarrollo y modo de producción van ligadas y dan

cuenta de la coherencia de cada estrategia en su dimensión teórica y práctica, al igual que el

Page 24: TRES ESTRATEGIAS DE DESARROLLO RURAL EN EL MARCO DEL

modelo productivo hacia el cual se dirige el país, por último, los territorios objeto de cada

estrategia y los sujetos a quien va dirigida revelan la necesidad del estado de consolidar su

soberanía, de atender regiones históricamente marginadas y la población que ha vivido las

consecuencias del conflicto armado.

Ejercicio comparativo entre Estrategias de Desarrollo Rural

Reforma Rural

Integral

ZIDRES Zonas de Reserva

Campesina

Concepción de

desarrollo

Desarrollo

integral del

campo (con

enfoque

territorial):

depende de un

adecuado balance

entre las diferentes

formas de

producción

existentes –

agricultura

familiar,

agroindustria,

turismo, agricultura

comercial de

escala-; de la

competitividad y

de la necesidad de

promover y

fomentar la

Desarrollo Rural

Agroindustrial:

Modernización

productiva y

tecnológica del

campo,

encaminada a la

consolidación de

proyectos

agroindustriales,

con un enfoque

eminentemente

sectorial.

Desarrollo rural

regional,

comunitario y

ambientalmente

sostenible:

Propuesta que

busca a través de

una figura de

ordenamiento

social, territorial y

ambiental de la

propiedad rural,

consolidar una

propuesta integral

de desarrollo

humano sostenible

y de la economía

campesina, y

comunitaria.

Page 25: TRES ESTRATEGIAS DE DESARROLLO RURAL EN EL MARCO DEL

inversión en el

campo con visión

empresarial y fines

productivos como

condición para su

desarrollo (…)

Estructura de la

propiedad

Unidad Agrícola

Familiar, pequeña

y mediana

propiedad rural.

Latifundio

moderno

Latifundio

moderno

Unidad Agrícola

Familiar, pequeña

y mediana

propiedad rural.

Modo de

producción

Economía

familiar,

campesina y

comunitaria:

sistema de

producción,

transformación,

distribución,

comercialización y

consumo de bienes

y servicios. (…)

Este sistema

incluye las distintas

formas

organizativas y los

diferentes medios

de vida que

emplean las

Modelo

Agroindustrial:

Producción a gran

escala,

transformación

altamente

tecnificada de

productos

agropecuarios,

destinados al

mercado.

Economía

familiar,

campesina y

comunitaria:

sistema de

producción,

transformación,

distribución,

comercialización y

consumo de bienes

y servicios;

organizado y

gestionado por los

hombres, mujeres,

familias, y

comunidades

(campesinas,

indígenas, negras,

Page 26: TRES ESTRATEGIAS DE DESARROLLO RURAL EN EL MARCO DEL

familias y

comunidades

rurales para

satisfacer sus

necesidades,

generar ingresos, y

construir

territorios; e

involucra

actividades

sociales, culturales,

ambientales,

políticas y

económicas (…)

Modelo

Agroindustrial:

Producción a gran

escala,

transformación

altamente

tecnificada de

productos

agropecuarios,

destinados al

mercado.

afrodescendientes,

raizales y

palenqueras) que

conviven en los

territorios rurales

del país. Este

sistema incluye las

distintas formas

organizativas y los

diferentes medios

de vida que

emplean las

familias y

comunidades

rurales para

satisfacer sus

necesidades,

generar ingresos, y

construir

territorios; e

involucra

actividades

sociales, culturales,

ambientales,

políticas y

económicas (…)

Tenencia:

«sistema de

relaciones jurídico-

políticas de

dominio sobre la

Formalización de

títulos de pequeña

y mediana

propiedad rural.

Tenencia precaria:

Arrendamiento

(acceso y

formalización de

Formalización de

predios que no

superen la

extensión de una

UAF

Page 27: TRES ESTRATEGIAS DE DESARROLLO RURAL EN EL MARCO DEL

tierra que adopta

formas históricas

diferenciadas»

(Barraclough,1968)

predios, sobre

bienes baldíos)

(acceso y

formalización de

predios, sobre

bienes baldíos)

Territorios objeto

de tal estrategia

Prioriza los

territorios más

afectados por el

conflicto armado, a

través de los

PDET.

Territorios aislados

de los grandes

centros urbanos,

que exigen

elevados costos de

adaptación

productiva y que

presentan altos

índices de pobreza.

Zonas de

colonización y/o

donde predominen

tierras baldías.

Sujetos a quienes

va dirigida

Comunidades más

afectadas por la

miseria, el

abandono y el

conflicto, con

énfasis en

medianos y

pequeños

productores y con

especial atención a

los derechos de las

víctimas.

Personas jurídicas,

naturales o

empresas

asociativas.

Empresas

agroindustriales y/o

multinacionales de

alimentos.

Sujetos de reforma

agraria según ley

160 de 1994

-Personas naturales

-Empresas

comunitarias

-Cooperativas

campesinas

Fuente: creación propia.

Del anterior ejercicio comparativo se derivan varias reflexiones y conclusiones, en primer

lugar, hay que decir que existen tres principios rectores que deben acoger todas las EDR, esto

es así porque tales principios son de orden Constitucional, en todas están consignados, pero

Page 28: TRES ESTRATEGIAS DE DESARROLLO RURAL EN EL MARCO DEL

no en todas son estructurantes, a saber, la priorización de la producción de alimentos, con el

fin de garantizar el derecho humano a la alimentación, y la función social y ecológica de la

propiedad. Las ZRC los recogen a cabalidad, pues la producción campesina tiene un énfasis

en la producción agrícola y ya vimos que su figura de ordenamiento es ambientalmente

sostenible y obedece a una economía solidaria, no obstante, es necesario preguntarse si un

modelo de producción agroindustrial como lo establecen la RRI y la Ley Zidres obedece a la

producción de alimentos encaminados a la alimentación, y es claro que no, porque en el

sistema agroindustrial la destinación de productos agrícolas puede estar encaminada a la

industria de biocombustibles u otros sectores productivos, además, la propiedad no cumple

la función social ni ecológica, pues estos proyectos económicos son de origen privado y,

aunque establecen modelos asociativos con pequeños productores o campesinos, el papel de

estos en la distribución del excedente capitalizable es secundario, por tanto, es una función

empresarial, no social, como lo mostraron en 2016 los senadores Jorge Enrique Robledo,

Iván Cepeda y otros, en la Demanda de inconstitucionalidad (2016) «por vicios de fondo; y

contra la totalidad de la misma ley por vicios de forma».

De igual modo, la estructura de la propiedad que requieren, denominada: latifundio moderno,

no concibe programas de conservación ambiental o preservación, como sí lo establece

explícitamente las ZRC, de manera que estas grandes extensiones de tierra buscan «la

producción altamente especializada y destinada al mercado» (Ploeg, 2010), en la mayoría de

los casos, destinada al mercado externo, debido a que, como está consignado en la Ley 1776

de 2016 deben responder a la «internacionalización de la economía, sobre bases de alta

competitividad, equidad, reciprocidad y conveniencia nacional.

Page 29: TRES ESTRATEGIAS DE DESARROLLO RURAL EN EL MARCO DEL

Otro aspecto fundamental es el tipo de tenencia sobre la tierra y esto debe entenderse a la luz

de la alta informalidad en los títulos de propiedad rural en el país, que según el Banco

mundial: «el 60 por ciento de los predios rurales en Colombia no está formalizado» (Semana,

2019) situación que ha contribuido al problema rural, porque de un lado, de esta situación se

han servido los despojadores para legalizar sus actos, y por otro, ha representado dificultades

para el Estado en lo referente al reconocimiento de derechos de propiedad, el mercado de

tierras, la tributación, etc., por ello, en el Acuerdo se crea un programa de formalización

masiva de la pequeña y mediada propiedad rural, y en las ZRC se establecen las condiciones

para titular tierras baldías a campesinos, siempre y cuando no superen la Unidad Agrícola

Familiar (UAF), en estas dos acciones los beneficiarios de la medida son los campesinos, sin

embargo, en la Ley Zidres se establece el arrendamiento como una forma de tenencia, lo que

Barraclough (1968) denomina tenencia precaria, y estos es problemático porque los

beneficiarios directos ya no son los campesinos, sino que puede ser una empresa

agroindustrial o un empresario, además, el arrendamiento puede ser sobre tierras baldías,

tierras cuyos destinatarios según la Ley 160 de 1994, solo pueden ser adjudicadas a

campesinos sin tierra o que la tengan insuficiente.

Ahora veamos los territorios objeto de estas EDR y es evidente que comparten algunas

condiciones, pues las zonas de colonización han sido históricamente las denominadas zonas

de frontera agrícola, territorios aislados de los grandes centros urbanos y donde ha proliferado

el conflicto armado, estos territorios considerados comúnmente como periferia, y

reconocidos por la ausencia histórica del Estado son ahora el centro de los proyectos

productivos en lo concerniente al desarrollo rural o a programas de desarrollo económico,

Page 30: TRES ESTRATEGIAS DE DESARROLLO RURAL EN EL MARCO DEL

porque el Estado debe ahora garantizar su presencia en todo el territorio y porque la

expansión económica propia del capitalismo así lo requiere (Serge, 2012).

Aunque de entrada puede considerarse que la RRI coincide con las ZRC en varios puntos,

estos obedecen más a un plano discursivo, en lo referente a principios y el deber ser, que a

acciones encaminadas a construir una EDR, y esto se puede constatar en fragmentos del punto

uno del Acuerdo Final donde su coincidencia es meramente enunciativa

Que a la transformación estructural del campo y en especial al cierre de la frontera

agrícola, contribuyen los campesinos y las campesinas (…). Para ello es necesario el

reconocimiento y apoyo a las Zonas de Reserva Campesina (ZRC) y demás formas

de asociatividad solidaria.

Conclusiones

En consecuencia, este ejercicio comparativo además de permitir establecer diferencias y

puntos de encuentro entre EDR, nos permite comprender que en relación al modelo de

desarrollo rural no hay consenso, y esto es problemático frente al futuro económico inmediato

del país, pues la agricultura sigue siendo uno de los sectores representativos en la económica

nacional pero también es uno de los más afectados por la apertura económica, pues las

ventajas comparativas no compensaron las ventajas competitivas que se anunciaron en los

Tratados de Libre Comercio (TLC), y actualmente, la falta de políticas claras en el sector y

de una propuesta unificada por parte del Estado sobre un tipo de EDR, implica malgastar los

ya insuficientes recursos.

No se quiere decir con esto que el establecimiento de un tipo de EDR implique la imposición

de un determinado modelo, como parece indicar la tendencia que está tomando la

Page 31: TRES ESTRATEGIAS DE DESARROLLO RURAL EN EL MARCO DEL

agroindustria en el país, y como busca la Ley Zidres y aprueba la RRI, con el agravante de

que la agroindustria representa en este momento la profundización de las causas que han

dado origen al conflicto por la tierra, en lo que tiene que ver con la concentración de la

propiedad y la adjudicación de baldíos. Es por esto que las EDR que se implementen en este

momento deben entender el periodo de reconstrucción que implica la consolidación del

posacuerdo, enfocarse en el fortalecimiento del sector campesino, en su dimensión

productiva, social, y en la conservación del ambiente, como buscan las ZRC y en cuyos fines

está la construcción y promoción de la paz territorial.

Por tanto, es imperativo consolidar el posacuerdo, en primera medida, cumpliendo con la

integralidad de lo acordado, llevar a cabo los cambios institucionales requeridos en términos

de justicia, seguridad y garantías para la oposición, para así revertir las causas históricas del

conflicto y evitar que estas se conviertan en nuevas banderas de la lucha armada, sin el

cumplimiento de estas condiciones, será imposible superar la violencia como forma de

tramitar los conflictos sociales, con todo, la desarticulación de las instituciones que hoy se

ocupan del desarrollo rural en el país y la dirección hacia la que tiende el modelo productivo,

parece avizorar que, lejos de la finalización de la confrontación armada, se auguran en el

orden social una reedición de los conflictos en el país.

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