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Trabajo fin de máster
Un trabajo de Dirk Engel
en el marco del Máster oficial en traducción intitucional de la Universidad de Alicante,
Universitat Jaume I y la Universitat de València
Profª supervisora: Catalina Iliescu Gheorghiu
y Aída Martínez-Gómez Gómez
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Índice de contenido
Repaso de los conocimientos adquiridos durante el máster.................................................................4
SINOPSIS.................................................................................................................................4
Corrección y edición profesional de textos (cod. 42400):......................................................4
Deontología y práctica profesional (cod. 42401):..................................................................5
Ordenamientos jurídicos comparados (cod. 42404):..............................................................6
Traducción jurada (cod. 42407):............................................................................................8
Traducción para los organismos internacionales (cod. 42410):.............................................9
Traducción para el ámbito económico y comercial (cod. 42413):.......................................10
Traducción para la exportación y el comercio exterior (cod. 42425):.................................12
Interpretación para los organismos internacionales (cod. 42447):.......................................13
Condiciones de trabajo.......................................................................................................................15
Consideraciones teórico-prácticas sobre el tipo de traducción realizada...........................................17
Sellos, emblemas, firmas, pólizas y otros elementos visuales: ...........................................18
Macroestructura y disposición del texto:..............................................................................21
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Errores ortotipográficos y de sintaxis:..................................................................................22
Nombres propios de instituciones, tribunales y otras entidades públicas:...........................23
Fechas y números:................................................................................................................24
Siglas, abreviaturas y acrónimos:.........................................................................................25
Conceptos polisémicos y la no equivalencia en la traducción:............................................25
Glosario de terminología jurídica.......................................................................................................27
Bibliografía.........................................................................................................................................41
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Repaso de los conocimientos adquiridos durante el máster
SINOPSIS
Corrección y edición profesional de textos (cod. 42400):
Tema 1: La edición: introducción a la materia ¿Qué es una editorial? ¿Quién es un editor?
Modelo de contrato para la publicación de una obra.
Tema 2: Historia de la edición: desde los libros en los monasterios, pasando por la
invención de la imprenta, hasta los tiempos de los dispositivos de lectura electrónica.
Tema 3: La editorial: la digitalización en el mercado español, retos del futuro.
Tema 4: Fases de la edición I: desde la idea hasta la publicación de un libro; modelos de
contrato de traducción, los aspectos a tener en cuenta como traductor.
Tema 5: Fases de la edición II: desde la idea hasta la publicación de un libro.
Tema 6: La propiedad intelectual: análisis de la Ley de Propiedad Intelectual.
Tema 7: Procesos de la edición: intervención del traductor, corrector y del asesor
lingüístico.
Tema 8: Prácticas de correción I: la correción ortotipográfica; simbolos de corrección DIN
16511.
Tema 9: Prácticas de correción I: la corrección de estilo; el autor corrector; niveles de
intervención.
Tema 10: Prácticas de correción II: la corrección terminológica.
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Tema 11: Prácticas de correción III: corrección de un texto.
Tema 12: Problemas de traducción.
Tema 13: Trabajo final: Sainete en San Fulgencio; La Censura cabalga de nuevo; Detienen
a la alcaldesa, a otros cuatro ediles y al abogado de San Fulgencio.
Opinión: Hacer un análisis de una ley es acudir directamente a la fuente original del propio objeto
de estudio, esto ha resultado especialmente interesante en el caso de la Ley de Propiedad
Intelectual.
Deontología y práctica profesional (cod. 42401):
Tema 1: El mercado laboral y salidas profesionales para el traductor: ¿trabajar por cuenta
propia o por cuenta ajena?
Tema 2: Derechos, obligaciones y código deontológico del colectivo profesional: la práctica
profesional; asociaciones profesionales.
Tema 3: Documentación bibliográfica: recursos bibliográficos; sistemas de cita y referencia
bibliográfica.
Tema 4: Teoria de la traducción automática y las herramientas de la TAO
Tema 5: Teoria de la traducción automática y las herramientas de la TAO
Tema 6: Recursos de documentación para el traductor: los diccionarios y las bases de datos
electrónicas y las memorias de traducción.
Tema 7: El proceso de traducción: la fase de la revisión de la traducción.
Lo más destacado: El tema 1 es una introducción a la traducción, pero a la vez también ofrece
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amplias posibilidades de investigar a fondo la situación actual en cuanto a tarifas, situación del
mercado, salidas profesionales, etc. En el tema 2 analiza a fondo la cuestión de un código
deontólogico para traductores, con propuestas de distintas asociaciones y autores. En el tema 3 se
aborda lo referente a la consulta de bibliografía, y se dan direcciones de interés para obtener
bibliografía según ámbito de especialidad, además se describen sistemas de cita de bibliografía
como el Chicago-Style o ISO, los cuales son interesantes especialmente de cara a publicaciones,
monografías, etc. Tanto el tema 4 como el 5 se ocupan de la traducción automática y las
herramientas TAO, con documentación relativa a estos temas, con actividades de reflexión sobre la
traducción automática y la asistida, sus posibles usos, beneficios y perjuicios para la traducción. El
tema 6 abarca nuevamente la documentación especializada pero con la variante del formato, ahora
electrónico, destacando sus ventajas frente al formato impreso. El tema 7 se ocupa específicamente
del proceso de revisión enmarcado en el proceso de traducción.
Opinión: Me ha parecido especialmente interesante: los consejos y la información relativa a las
salidas profesionales; la información relativa a documentación especializada según campo de
trabajo (médico, jurídico, etc.); las obligaciones fiscales del profesional autónomo.
Ordenamientos jurídicos comparados (cod. 42404):
Tema 1: Los modelos de difusión del Derecho a través de internet: los portales de Derecho
nacional de España, Alemania y Gran Bretaña.
Tema 2: El Derecho a través de internet: el Código de Seguridad Social de Alemania,
España, Gran Bretaña y Europa; legislación laboral alemana y española.
Tema 3: El Derecho a través de internet: portales para acceder a la jurisprudencia en materia
de derecho de la seguridad social y derecho laboral.
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Tema 4: Revisión de traducción: Dienstvertrag, el contrato de arrendamiento de servicios
profesionales.
Tema 5: Revisión de traducción: Tarifvertragsgesetz, la Ley de Convenio Colectivo.
Tema 6: Revisión de traducción: Urteil des Bundesarbeitsgericht, sentencia de la Corte
Federal de Trabajo.
Lo más destacado: El tema 1 recoge principalmente las direcciones de los portales públicos de
consulta de la legislación nacional de algunos países europeos, entre los que se encuentran
Alemania, España, Francia, Gran Bretaña, entre otros. El tema 2 clasifica y da la localización de lo
referente a la seguridad social y el derecho de trabajo de los países mencionados en el tema 1. En el
tema 3 se dan las direcciones de los portales de acceso gratuito a la jurisprudencia en materia de
derecho de la seguridad social y derecho laboral. Los temas 4, 5 y 6 abarcan revisiones de los
textos mencionados más arriba.
Opinión: Conocer los portales para acceder a la legislación nacional es información de gran valor
para la traducción jurídica: para la búsqueda de terminología y formulaciones es magnífico (si se
utilizan las leyes como corpus lingüístico puede ser muy útil para la traducción ─se pueden usar
programas como Antconc). Revisar las traducciones de las leyes que se plantea en las unidades 4, 5
y 6 ha sido didácticamente muy valioso y enriquecedor, sobre todo para conocer de primera mano
cuales son los preceptos legales en la materia. Según Valentín García Yebra (Teoría y práctica de
la traducción; 1982) el proceso traductológico consta de 2 fases: “La fase de la comprensión del
texto original, y la fase de la expresión de su mensaje, de su contenido, en la lengua receptora o
terminal”. De esta manera hemos podido evaluar ambas fases mediante la revisión: es interesante
ponerse en la piel de “profesor” pues como ya dijo Séneca “si vis scire, doce”. Más profesores
deberían “arriesgarse” a que su trabajo se someta a una revisión crítica por parte de los alumnos, los
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cuales mediante esa responsabilidad transferida aprenden mucho.
A pesar de todo lo anteriormente citado cabe destacar un pequeño fallo en la metodología de la
enseñanza, y es que, no se pone a disposición ningún ejemplo o explicación de los “criterios de
búsqueda” para que uno sea capaz de encontrar la ley, reglamento, orden, auto, etc. que se busca:
por ejemplo, no se facilita información sobre cómo buscar en el B.O.E. Es decir, que sí se dan todas
las direcciones de los portales, pero no se enseña al alumno cómo se manejan.
Traducción jurada (cod. 42407):
Tema 1: Introducción a la traducción jurada: la traducción jurada, la judicial y la jurídica.
Tema 2: Traducción jurada: certificado de notas; expediente académico; título universitario.
Tema 3: Traducción jurada: apostilla de la Haya; certificado de defunción; partida literal de
nacimiento; certificado de matrimonio; sentencia de divorcio.
Tema 4: Traducción jurada: atestado médico; informe médico.
Tema 5: Traducción jurada: poder notarial.
Lo más destacado: El tema uno es una introducción al ámbito de la traducción jurada. Se abordan
aspectos como la diferencia con respecto a la traducción judicial y la jurídica, los tipos de texto que
con mayor frecuencia son objeto de traducciones juradas y una visión general sobre la traducción e
interpretación jurada en España, esto último gracias a un artículo de Roberto Mayoral Asensio
(Universidad de Granada). Lo más significativo de este tema, y de la asignatura en general, han sido
las propuestas de normalización de la traducción jurada: de la oficina del Interior y Deporte de
Hamburgo recogidas en su Merkblatt für die Anfertigung von beglaubigten Übersetzungen y de
Luis Marquez Villegas (Universidad de Granada) recopiladas en el libro Introducción a la
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traducción jurídica y jurada: orientaciones metodológicas para la realización de traducciones
juradas y de documentos jurídicos. El tema 2 y los sucesivos han consistido todos en la traducción
de textos.
Opinión: Realizar simulacros de traducciones juradas ha sido muy interesante, pero la profesora si
bien facilitó documentación que contenía normas para la elaboración de traducciones juradas, que
yo sepa no llevó a cabo ninguna corrección individual, ni de grupo, de las traducciones encargadas,
cosa que supongo todos esperábamos, al menos yo...
Traducción para los organismos internacionales (cod. 42410):
Tema 1: Introducción a los organismos internacionales: historia y características.
Tema 2: La ONU: historia, estructura y organización, objetivos, miembros; traducción de un
documento de la ONU.
Tema 3: Los organismos especializados de la ONU: OIT, OMS, UNESCO, OMPI, OMI,
AIEA, FMI, etc; traducción de un documento del FMI.
Tema 4: La documentación producida por la ONU; traducción de un documento de la ONU.
Tema 5: La unidad de traducción de la ONU; resumen sobre la unidad de traducción de la
ONU.
Tema 6: La Unión Europea: historia, estructura y marco institucional, políticas, miembros;
traducción de un documento de un organismo de la UE.
Tema 7: Órganos y organismos descentralizados de la UE: CESE, BEI, BCE, EPSO, etc;
traducción de un documento de la UE.
Tema 8: La documentación producida por la UE; resumen de la documentación producida
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por la UE.
Tema 9: Traducción en la UE: la DGT, los servicios de traducción de los distintos
organismos internacionales de la UE, el Centro de Traducción de la UE; traducción de un
documento de la UE.
Trabajo Final: Oportunidades de trabajar en la DGT.
Lo más destacado: La asignatura se puede dividir en dos grandes apartados: la ONU y sus
organismos especializados y la UE y sus organismos descentralizados. La primera parte explica lo
fundamental respecto de la ONU: sus funciones, sus objetivos, su historia, su organización y
estructura, etc. Los temas pertenecientes a este bloque son el 1, 2, 3, 4, y 5. Algunos de estos temas
incluyen una traducción, otros un resumen. El segundo bloque describe la Unión Europea: su
historia, las políticas derivadas de la misma, los motivos de su creación, su estructura y
organización, etc. Este bloque también comporta varias traducciones y varios resumenes.
Opinión: La parte más interesante de la asignatura está en que permite hacerse una idea de las
posibles salidas profesionales en algún organismo de la UE: la propuesta de realizar un trabajo
sobre las posibilidades profesionales en O.O.I.I. me parece estupenda, pues así se enlaza el mundo
académico con el laboral, con el estudio de posibilidades de trabajo.
Traducción para el ámbito económico y comercial (cod. 42413):
Tema 1: El sistema financiero; el sector financiero; el mercado financiero.
Tema 2: Trabajo de terminología.
Tema 3: Los tipos de mercado financiero.
Tema 4: Los productos financieros: renta fija y renta variable / los fondos de inversión.
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Tema 5: El FMI: historia, fines, miembros, estructura y organización.
Tema 6: La traducción en el comercio internacional.
Tema 7: Traducción de un documento; elaboración de un glosario de comercio
internacional.
Trabajo final: Traducción de un documento.
Lo más destacado: el tema 1 aborda el concepto de sistema financiero: los agentes económicos (el
estado, economías domésticas y empresas); los intermediarios financieros (la banca, las
aseguradoras, gestoras de fondos, etc.); los mercados financieros (mercado monetario, de divisas y
de capitales). En el tema 2 se realizó un trabajo de búsqueda de terminología financiera (20
términos). El tema 3 profundiza en el concepto de mercado financiero e incorpora teoría sobre el
sector bancario español y alemán, además describe las principales tareas de los órganos de control
del sector financiero (BCE, CNMV y Banco de España). El tema 4 se podría dividir en dos partes:
en la primera se explica la diferencia entre renta variable y renta fija; en la segunda se incide en el
concepto del fondo de inversión (definición, funcionamiento, tipos, etc.). El tema 5 gira
exclusivamente en torno al FMI (historia, funciones, etc); también se ha realizado una traducción en
este tema sobre los resultados positivos en la lucha contra el lavado de dinero en Lichtenstein. El
tema 5 está compuesto por lo relativo al comercio internacional esto implica especialmente: los
términos y condiciones de compra-venta (INCOTERS 2000); la documentación que se genera en el
comercio internacional; los medios de cobro y pago internacionales (billetes, transferencia bancaria,
orden de pago, crédito documentario, etc.). El Tema 7 supuso la traducción de un certificado de
origen. El trabajo final: la traducción de las condiciones generales de compra-venta y suministro de
un contrato.
Opinión: El tema 1 es muy didáctico, buena es sobre todo la descripción de los tipos de sociedades.
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Al igual que en el tema 1 con las sociedades, me gusta el análisis contrastivo de la estructura (del
sector bancario) de ambos países, me parece información de primera. Lo que me ha gustado
especialmente de esta asignatura ha sido la traducción de las condiciones generales y de suministro,
pues aparte de contener mucha terminología sirve para la vida misma, pues la letra pequeña muchas
veces no la leemos los usuarios, a menudo para nuestra desventaja.
Traducción para la exportación y el comercio exterior (cod. 42425):
Tema 1: Introducción al comercio internacional: definición, características, tipos de
negocios, etc; traducción de dos textos.
Tema 2: La comunicación en el comercio internacional; traducción de un texto sobre cómo
comportarse siendo invitado en país extranjero.
Tema 3: Europa: mercado comunitario, moneda única; el BCE: funciones.
Tema 4: La publicidad en el comercio exterior: traducción de dos textos publicitarios para el
comercio exterior.
Tema 5: La empleabilidad en el comercio exterior; traducción de dos textos: un anuncio de
empleo y un artículo sobre la ocupación de directivos españoles en el panorama
internacional.
Tema 6: El tranporte en el comercio exterior; traducción de dos textos: un certificado de
seguro de transporte marítimo y una carta comercial para el envío de productos.
Tema 7: Los negocios del comercio exterior; traducción de tres textos.
Examen: Traducción de dos textos: Sociedad Estatal para la Promoción y Atracción de las
Inversiones Exteriores, S.A. y Plus 33,3 Prozent – Deutschlands Importe explodieren.
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Lo más destacado: El tema 1 introduce a la materia del comercio exterior e internacional, pero a la
vez da una serie de nociones básicas sobre economía (Oferta - Demanda). El tema 3 es un repaso a
los fundamentos de la UE: la integración europea, la unión monetaria y económica, mercado único,
politica de exterior y de seguridad común, política de interior y derecho comunitario, etc. Otro papel
importante desempeñan las funciones del BCE. El tema 4 abarca todo lo referente a la
comercialización, la venta y estudios de mercado de productos en el comercio exterior. En el tema 6
se desarrolla y explica lo referente al transporte en el comercio exterior y la documentación que los
distintos medios de tranporte requieren según derecho aplicable.
Opinión: Me resulta sobre todo interesante la información relativa a los medios de tranporte y la
documentación generada a tal efecto del tema 6: si, además, se hubiera incluido algunos modelos e
información en español hubiera sido aun mejor.
Interpretación para los organismos internacionales (cod. 42447):
Semanas de interpretación: Discursos:
Vom Staatenverbund zur Föderation ─ Gedanken über die Finalität der europäischen
Integration; Rede von Joschka Fischer am 12. Mai 2000 an der Humboldt-Universität in
Berlin.
So schnell wie möglich raus ─ entgültig─ Das Restrisiko ist nicht verantwortbar; Rede
anlässlich der Regierungserklärung “Zur Lage in Japan” vom 17.03.2011.
Rede des Bundesministers der Finanzen, Dr. Wolfgang Schäuble, in der Debatte zum
Hilfsantrag Portugals vor dem deutschen Bundestag am 12. Mai 2011 in Berlin.
Pressestatement der Bundeskanzlerin Merkel und des Ministerpräsident der Republik
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Moldau, Vladimir Filat.
Sesión de interpretación en directo: Pressestatement der Bundeskanzlerin Merkel und des
Ministerpräsident der Republik Moldau, Vladimir Filat.
Semana virtual: Trabajo final sobre oportunidades laborales en la Comisión Europea.
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Condiciones de trabajo
En mi caso estamos hablando de las prácticas de la modalidad 2, es decir, de las prácticas donde el
alumno propone la empresa y firma el correspondiente convenio con la misma. Debido a mi interés
en la traducción jurídica, a mi intención inicial de que las prácticas sirvieran para la posible
inserción laboral posterior al máster y a mi situación familiar al principio mis esfuerzos se centraron
en dos posibles empleadores: el Ayto. de SAN FULGENCIO (surgió como propuesta de Aida),
quienes, tras las debidas conversaciones con la responsable, no mostraron interés en que hiciera las
prácticas allí porque alegaron que no había suficiente volumen de trabajo (traducciones del o al
alemán); y la empresa SEPROTEC que me resultó interesante debido a que tiene adjudicada la
concesión de la interpretación judicial para la zona sur de Alicante (Juzgados de Orihuela, Elche,
entre otros) donde yo residía en el momento de solicitarlo. Tras los pertinentes trámites (envío de
CV, correo electrónico solicitando el trabajo, etc.) la responsable de Recursos Humanos se puso en
contacto con el Departamento de Traducción y el de Interpretación de la empresa, y tras muchas
llamadas y una larga espera a una contestación se me comunicó que tampoco había suficiente
volumen de trabajo. Pasado algún tiempo, y presionado por el plazo para “concretar” una empresa,
me puse en contacto con ESTHER RECIO, una de las funcionarias-traductoras de la
Administración de Justicia empleadas por la Generalitat con puesto en los Juzgados de Benidorm.
Para obtener la dirección y los teléfonos del despacho de Esther tuve que primero hacer algunas
averiguaciones, que no voy a describir aquí, porque carecen de interés.
Tras entablar conversaciones con Esther, esta se mostró muy simpática y abierta a la posibilidad de
que hiciera las prácticas con ella, de modo que pude aprovechar la ocasión de haberme desplazado
hasta los Juzgados de Benidorm para directamente recibir mi primer texto: una cédula de
emplazamiento con una extensión de 23 páginas y de 4.800 palabras traducidas. El segundo texto
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fue las actuaciones de las diligencias previas de un procedimiento abreviado con una extensión de
44 páginas y de 4.400 palabras traducidas. En ambos textos no era relevante el factor de la
originalidad de las traducciones, ni de la creatividad, pues no se trataba de textos publicitarios ni
comerciales, sino de textos redactados en lenguaje jurídico, con sus convenciones textuales
particulares, su terminología y su carácter seco y neutral.
La dificultad del encargo no estribaba en la longitud (con la cual meramente se llega al límite de lo
exigido en el máster) sino más bien en la dificultad del texto, de su temática. Me ha sido imposible
estimar el tiempo finalmente empleado, y eso que mi intención era cronometrar los momentos en
que traduciría (cosa que dejé de hacer a partir de la 3ª página porque resultaba pesado y se me
olvidaba), pero menos mal que existen las matemáticas y las funciones, con las que uno puede en un
plis plas averiguar qué tiempo y al parecer, por consecuencia, qué esfuerzo se ha empleado en la
traducción del texto... menos mal que es tan fácil.
La condición del encargo era básicamente el traducirlo, nada más. Esther me preguntó si quería
hacerlo y le contesté que sí, que eso era para lo que había venido. No tuve contacto directo con el
cliente y la traducción se la entregué finalmente a Esther para que me la corrigiera. Las
comunicaciones las manteniamos a través de correo electrónico, cosa que ha resultado funcionar
bien, hasta que aproximadamente en mayo/junio hubo problemas con el sistema de Hotmail, el
programa que utiliza Esther, que sin embargo se resolvieron pronto y no tuvieron mayor
repercusión.
Si nos alejamos de los aspectos meramente lingüísticos es fascinante contemplar, desde el punto de
vista de la tipología/género textual, como “tradu-lector” el trasfondo de los casos, enterarse de lo
sucedido, ver en qué lugar se situan los distintos actores y elementos: demandante, demandado,
inculpado, detenido, presunto delito, el juez, doy fe... la obra de teatro perfecta sobre la vida real,
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cada uno desempeña su papel y función. Y nosotros, el papel invisible del traductor.
Consideraciones teórico-prácticas sobre el tipo de traducción
realizada
El Merkblatt für die Anfertigung von beglaubigten Übersetzungen (hoja informativa para la
elaboración de traducciones juradas) de la Behörde für Inneres und Sport (autoridad de asuntos del
interior y del deporte), que en adelante llamaremos BIS, de la ciudad de Hamburgo contiene, desde
mi punto de vista, unas propuestas muy coherentes y acertadas de normas a seguir para la
resolución de problemas de traducción (ES > DE) del carácter de los que a continuación vamos a
describir. Otro compendio de normas para resolver problemas de traducción (DE > ES) nos facilita
Luis Marquez Villegas en la obra Introducción a la traducción jurídica y jurada, donde recoge la
recopilación de propuestas del entonces vicepresidente de A.P.E.T.I., Josep Peñarroja. Esta
información la facilitó la Profª Belén Lozano Sañudo (Traducción Jurada).
Las distintas convenciones textuales del texto, especialmente el aspecto de las numerosas firmas,
sellos, emblemas y marcas de fondo, que identifican a los organismos públicos o actores que
expiden el documento, suponen un verdadero problema que el traductor se plantea a la hora de la
traducción, pues en algunos casos son meros signos de identidad de uno u otro organismo; y otras,
tienen una función credencial. Hay además numerosos ejemplos de otros problemas menores como:
el formato de fechas, los errores ortotipográficos del TO, la denominación de instituciones u
órganos, las siglas o los elementos que no tienen equivalencia exacta. Estos problemas menores, sin
embargo, puede superarlos un traductor experimentado con su bagaje profesional aunque también
se recogen normas al respecto en las obras arriba citadas.
A continuación vamos a enumerar por apartados los problemas de traducción más relevantes de los
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textos traducidos. Ambos textos se pasarán a denominar en lo sucesivo como: “Texto A” (Cédula de
emplazamiento) y “Texto B” (Actuaciones en el caso Sven Pingel) y se adjuntarán como “Anexo
A” y “Anexo B” respectivamente:
Sellos, emblemas, firmas, pólizas y otros elementos visuales:
Cuando nos encontramos ante un sello, una firma, un emblema u otro elemento visual podemos
justificar nuestra actuación con argumentos diversos que se pueden dividir en dos grupos: aquellos
que van a favor de la traducción o reproducción y aquellos que van en contra de la traducción o
reproducción de estos elementos. Además hay que añadir que existen elmentos visuales con o sin
texto. Esto complica la toma de decisión del traductor ya que a veces habrán argumentos tanto a
favor como en contra de la traducción/reproducción de un elemento visual. Aquí se debe entender
traducción en sentido estricto, pudiendo ser esta una traducción literal, adaptada o libre; la
reproducción se referirá exactamente a la copia mediante sistemas de reconocimiento y
reproducción (escanear > copiar (img) > pegar (img) > imprimir).
ES > DE: La BIS propone que los sellos se traduzcan en la medida en que sea necesario para la
comprensión del texto. Las firmas se deben indicar como tales aunque no se deben de reproducir,
sino en su lugar emplear la formula: “unleserlich”.
DE > ES: Marquez Villegas propone que se acompañe una explicación sucinta del sello (quizás
incluyendo referencia al organo sellador) y que se traduzca su contenido. No es partidario de
traducir o reproducir las firmas, en su lugar sugiere la colocación de la formula: «firmado».
En el grupo de los argumentos que van a favor de la traducción o reproducción de los elementos
visuales se encontrarían, entre otros muchos que podrían citarse:
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1. algunos elementos (marcas de fondo, emblemas, sellos) clarifican la procedencia o el
destino del texto y la no traducción puede perjudicar la comprensión o interpretación del
texto para un tercer lector o el propio destinatario;
2. en el caso de documentos que requieran sello o compulsa, la no traducción o reproducción
obliga al lector destinatario a recurrir al original para verificar la validez del texto, mientras
que si el traductor incluye estos elementos visuales en una nota a pie de página, el lector
puede fiarse del criterio del traductor (esto lógicamente, solo puede aplicarse a la traducción
jurada);
3. los elementos visuales son un elemento de información y si no se reproducen se corre el
riesgo de perder parte del mensaje;
4. la no reproducción de algunos elementos visuales, especialmente las rayas o marcas que
hacen los funcionarios (o los traductores jurados) para indicar dónde acaba el texto (legal),
podría exponer tanto al funcionario como al traductor a la falsificación de documentos, si el
falsificador, por ejemplo, decide incluir texto en los espacios entre párrafos, al final del
documento, etc. Por este motivo es además importante en la traducción jurada dejar
constancia siempre de: número de páginas del original y número de páginas de la
traducción, del número asignado a cada página, del lugar donde finaliza una sección y su
traducción.
En el grupo de los argumentos que van en contra de la traducción o reproducción de los elementos
visuales se encontrarían, entre otros muchos que podrían citarse:
1. algunos elementos se incluyen accidentalmente y no forman parte del texto ni aportan
información (el reborde de otras páginas o los dedos en textos fotocopiados);
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2. el encargo de traducción y el cliente dejan claro que el destinatario no necesita la traducción
del elemento visual porque está solamente interesado en el contenido del texto (es
importante dejar constancia en una nota a pie de página de las secciones que se excluyen de
la traducción);
3. el formato o soporte no permite o aconseja la traducción del elemento visual (sería
conveniente dejar constancia en una nota a pie de página de los elementos que se excluyen);
4. el elemento visual está incompleto o ilegible (es importante dejar constancia en una nota a
pie de página de esta circunstancia);
5. el elemento visual emana de una autoridad o tiene autor y no se tiene certeza sobre la
respectiva autorización en el uso del elemento visual, bien por infracción de la Ley de
Propiedad Intelectual (marcas y productos registrados) u otras disposiciones legales, por
usurpación de identidad de una persona o autoridad. Este úlimo criterio no queda del todo
claro pues hay diversidad de opiniones en el profesorado: mientras unos no consideran
erroneo el emplear, por ejemplo, el emblema o un sello de los tribunales en su traducción;
otros son de la Opinión de que el derecho de uso del emblema o sello lo tiene reservado la
autoridad de la que emana, hay que tener en cuenta que nuestro TO a menudo es una copia
del escrito original. También la cuestión de las firmas es un tema muy discutido, donde se
aplican los mismos argumentos].
Podemos afirmar que, dado el carácter especial del encargo de traducción (el segundo texto, por
ejemplo, va dirigido de una autoridad judicial a otra, a traves de comunicado “interprofesional”) es
prácticamente obligatorio en cierta manera usar un programa de OCR (en mi caso ABBYY
FineReader) dado que es recomendable/obligatorio que estos elementos (sellos, firmas, emblemas,
marcas de fondo) figuren en las traducciones. Sin embargo en algunos casos se pueden aplicar
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tantos argumentos a favor como en contra de la traducción o reproducción de un elemento: en
algunos sellos con texto se puede aplicar a favor de la traducción los argumentos nº 2 y 3 y (en esos
mismos sellos) en contra de la traducción los argumentos nº 2 y 5.
La solución finalmente adoptada ha sido, en el caso de imágenes sin texto, la de reproducir la
imagen tal cual; en el caso de las imágenes con texto que identifican organos o instituciones, la de
no traducir el nombre del órgano o institución; en el caso de los sellos, la de no traducir el contenido
de los sellos, pero sí el título/rótulo sobre el que fueron cuñados cuando queda claro que no forman
parte del contenido del sello, por ejemplo, “El/La Secretario/a judicial”, “Sello de la Dependencia”,
“TIP: V-13608-Q”. Si se hubiera tratado de una traducción jurada, sin duda, la traducción se
hubiera tenido que ajustar más a las normas mencionadas: no reproducción o traducción de las
firmas (con inclusión de formula: “unleserlich” o «firmado» en su lugar); notas a pie de página con
la traducción de la inscripción de los sellos y explicación de la presunta procedencia de los mismos;
la correspondiente nota del traductor en el caso de casillas vacias de un formulario: pág. 2, 8 y 31
del Texto B (inclusión de formula: “kein Eintrag” o «sin marca» en su lugar). Para el caso de las
huellas dactilares de Sven Pingel (pág. 31), la reproducción podría considerarse facultativa.
Macroestructura y disposición del texto:
Otro aspecto que ha supuesto un problema de traducción ha sido el de las Floskeln o “formulas”
(que abundan en ambos textos) en relación con la macroestructura. En alemán los textos jurídicos
tienen una estructura determinada al igual que ocurre con los textos jurídicos españoles: esto trae
consigo el problema de que a menudo hay que elegir: entre hacer una traducción literal (que causa
un efecto de extrañamiento) calcando la estructura de la LO (esto es lo apropiado si no se quiere
perder el sentido del original y el significado de las palabras); o adaptar el TM con la estructura
propia de la LM (esto es quizá, según el caso, lo menos recomendable dado que al tratarse de textos
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jurídicos la importancia de las palabras es más elevada y los significados deben ser unívocos).
La BIS propone que la macroestructura del TM debe ajustarse a la del TO en la medida de lo
posible. Sin embargo, no se hace mención alguna a las fórmulas características que pueden
condicionar la estructura del texto. En el auto en España: los párrafos deben ir numerados; hay tres
partes: antecedentes de hecho, razonamientos jurídicos y parte dispositiva. En el auto en Alemania:
los párrafos no van enumerados; hay tres partes: Einleitung (parte introductoria donde se señalan las
partes y los abogados/procuradores que forman parte), Beschluss (parte dispositiva con la formula
“ergeht folgender Beschluss:“ que antecede al párrafo con la disposición judicial) y Gründe (los
razonamientos jurídicos).
Por todo lo anterior, la solución finalmente adoptada ha sido la traducción literal calcando la
estructura del TO dado que la adaptación, teniendo en cuenta la diferencia de las partes, el orden, la
numeración de los párrafos, etc. supondría desviarse demasiado del TO. En este género textual es
preferible que se note que es una traducción.
Errores ortotipográficos y de sintaxis:
Los errores ortotipográficos o de sintaxis son practicamente inevitables en documentos con una
extensión superior a 8 pág.. A este respecto la BIS y Luis Marquez Villegas proponen pasar por alto
el error y corregirlo directamente en la traducción (siempre y cuando este no pueda encerrar un
segundo sentido) y dejar constancia de la corrección realizada en una nota a pie de página. En el
caso de los nombres propios o de los topónimos, dependerá del juicio del traductor: el reproducir el
nombre e indicar con una nota aclaratoria cuál sería la forma de escritura correcta, o bien corregir
directamente e indicar esta circunstancia con una nota aclaratoria.
En los textos se encuentran ejemplos de faltas ortotipográficas, también de estilo y de sintaxis. Se
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citan algunos ejemplos:
Texto A:
pág. 3: A principios de julio de 2009 se acordo [...] acordaron que se facturarría directamente...
pág. 4: Dicho distribuidor [...] por lo que, casi en su totlidad la clientela ha sido captada y
desarrollada por la misma, lo que la concedente se está aprovechando de la clientela.
Texto B:
pág. 13: En Cullera (Valencia) [...] para asistir al detenido Sven Pincel ...
pág. 35: Que lo han detenido cunaod se encontraba ...
La solución finalmente adoptada frente a errores en el TO ha sido la de corregirlos directamente sin
nota a pie de página, dado que a excepción del error cometido en la página 13 del Texto B, donde el
nombre propio no aparece escrito igual que en las precedentes y posteriores ocasiones, no parece
que estos errores puedan inducir a un segundo sentido.
Nombres propios de instituciones, tribunales y otras entidades públicas:
A menudo se plantea uno la cuestión de dónde está la barrera entre lo que el lector de la cultura
meta es capaz de aceptar como algo suyo, aunque este algo provenga de otra cultura; y de lo que se
prefiere entender como algo ajeno, aunque sea compatible o tenga las mismas funciones que el
equivalente en la cultura del lector. En la traducción esta pregunta surge porque hablamos de los
elementos culturales que son propios de una cultura, de los que la caracterizan y hacen única, o al
menos eso es lo que a menudo creen sus miembros (muchas veces desconocedores de los rasgos
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característicos de otras culturas ajenas a la suya propia ─que pueden ser parecidos o incluso
idénticos). En la politica, y más concretamente, en la organización del Estado desempeña un papel
fundamental la idiosincrásia de un pueblo, y esto afecta también a la denominación de las distintas
entidades o instituciones que están enmarcadas en lo que entendemos por el servicio público.
Tras esta reflexión, que todo traductor seguramente habrá tenido, pero en la cual no podemos
ahondar dado que es más menester de la sociología y de la antropología que de la traducción, vamos
a mencionar cuál es la pauta a seguir que plantea Luis Marquez Villegas (82:1997): “Sólo se
traducirán ─los nombres de instituciones─ si existe equivalencia en la lengua de llegada. De lo
contrario, se mantendrá la denominación original (nombre o siglas) indicándose su traducción
más aproximada en una nota aclaratoria, a pie de página, cuando aparezca por vez primera en la
lengua de partida.”
La solución finalmente adoptada ha sido básicamente la anteriormente descrita con la excepción de
que se han omitido las notas a pie de página (cosa que ha sido un error en vistas de la norma
propuesta).
Fechas y números:
En la traducción de fechas y números tiene mucho sentido acogerse a una norma dada la cantidad
de elementos de numeración existentes: los números ordinales, los cardinales, múltiplo, los
decimales, porcentuales, arábigos, los romanos, etc.
La BIS propone a este respecto: [traducción:] El orden de los elementos de una fecha se regula
según las normas de la lengua meta (en Alemania según DIN 5008). En cuanto a los números
propone reproducirlos tal cual sin modificación, sean números arábigos o romanos. Además,
propone que si los números están expresados en letras, en la traducción deben estar expresados en
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letras también, esto último también se aplicaría al mes en la traducción de fechas.
Siglas, abreviaturas y acrónimos:
Dado que existen en abundancia no solo las siglas, las abreviaturas y los acrónimos en sí, sino
también los distintos procedimientos para su formación, tiene mucho sentido acogerse a una norma
para la traducción de estos elementos. Para estos elementos la BIS propone que conforme sea
posible se disuelvan y se traduzcan. Si no es posible traducir la sigla, abreviatura o acrónimo se
calcarán tal cual de la lengua origen y se añadirá una nota aclaratoria a pie de página con la
tradución más aproximada. La denominación de leyes y normas similares han de aclararse en una
nota, si la traducción no deja claro su significado. Si tras el debido erfuerzo de documentación el
traductor no es capaz de averiguar el significado de la sigla, abreviatura o acrónimo, deberá dejar
constancia de esta circunstancia en una nota aclaratoria a pie de página.
Conceptos polisémicos y la no equivalencia en la traducción:
Este apartado resulta especialmente interesante teniendo en cuenta que un error de traducción puede
acarrear una consecuencia punitiva para el detenido (Texto B). De hecho, precisamente el concepto
de falta (pág. 39 Texto B) ha dejado de existir en el Derecho alemán
que ahora ya solo distingue entre Verbrechen y Vergehen (§ 12 StGB), mientras que en el Derecho
español se distingue entre los delitos graves, los delitos menos graves y las faltas (arts. 13, 33 y ss.
CP).
BIS: [traducción:] Muchos conceptos, especialmente los del ámbito jurídico, o no se pueden
traducir o no con la suficiente univocidad. Esta circunstancia debe reflejarla el traductor en una
nota aclaratoria a pie de página (por ejemplo con la formula “Sin equivalencia en el sistema legal
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de la lengua de llegada” o “Describe el término de la lengua de origen solo parcialmente”). El
objetivo de dicha nota es indicar al lector las imperfecciones inevitables de una traducción.
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Glosario de terminología jurídica
(la) admisión a trámite/ejecución de la solicitud
(no aceptar/rechazar)
(das) In-die-Wege-leiten/Durchführung des
Antrags (nicht stattgeben/ablehnen)
(ser) conforme a la ley dem Gesetz entsprechen
(ser) conforme al uso der Sitte entsprechen
(vehículo) le figura señalamiento (Fahrzeug) ist als gestohlen gemeldet
a los efectos probatorios als Beweisstück
abuso del derecho Rechtsmissbrauch
acción de cesación Unterlassungsanspruch
acordar de forma vinculante wirksam/verbindlich vereinbaren
acreditación Glaubhaftmachung
acreedores Gläubiger
actuaciones Prozeßakten
acuerdo extrajudicial außergerichtliche Vereinbarung
acusación de culpabilidad compartida Mitschuldsantrag
acusado Angeklagter
adjunto anbei, Anhang
adjunto anbei, Anhang
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administrador concursal Insolvenzverwalter
admisión a trámite Einleitung des Verfahrens
alevosía Heimtücke
animus defendendi Verteidigungsabsicht
anotación Anmerkung (Anm.)
antecedentes de hecho Tatbestand
antecedentes de hecho Tatbestand
apartado Absatz (Abs.)
apercibir (Juez) mahnen (Richter)
aplicación analógica durch Analogie
apoderado procesal Prozessbevollmächtigter
aprehensión Beschlagnahme
aprehensión Beschlagnahme
apropiación indebida de vehículo a motor rechtswidrige Aneignung eines Kraftfahrzeuges
asistencia judicial Rechtshilfe
asistencia judicial Rechtshilfe
atestado (polizeiliches) Protokoll
audiencia Anhörung
auto Beschluss
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auto de apertura de procedimiento de
insolvencia
Eröffnungsbeschluss
auto de declaración de insolvencia richterliche Verfügung der Insolvenzerklärung
autor Täter (nur Strafprozess)
autoridad solicitada ersuchte Dienststelle
buena fe (art. CC) Gutgläubigkeit, Treu und Glauben (§ 242 BGB)
búsqueda y captura Fahndung
cálculo indemnizatorio Ausgleichsberechnung
capacidad para comparecer en juicio (art.7 LEC) Prozessfähigkeit (§ 51 ZPO)
capacidad para ser parte (art.6 LEC) Parteifähigkeit (§ 50 ZPO)
capacidad procesal (art. 23 LEC) Prozessfähigkeit (§ 78 ZPO)
cédula de emplazamiento Ladungsurkunde
coautor Mittäter
Código Penal Strafgesetzbuch
comandancia Regiment
compañía Kompanie
competencia desleal unlauterer Wettbewerb
competente zuständig
con carácter preliminar vorläufig
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concedente Konzessionsverleiher
concesionario Konzessionsinhaber
conducta abusiva missbräuchliches Verhalten
constituir apud acta la obligación (de) sich aktenkundig (dazu) verpflichten
contestar (la demanda) (die Anklage) erwidern
contrato atípico atypischer Vertrag
contrato de obra Werkvertrag
correctas prácticas mercantiles gutes kaufmännisches Handeln
costas Gerichtskosten
custodia Gewarsam
daño emergente eingetretener Schaden
daños y perjuicios Schadenersatz
daños y perjuicios por mora Verzugsschaden
dar fe y testimonio beglaubigen und bezeugen
dar muerte Tötung
deberes conyugales ehelichen Pflichten
Decanato Juzgado Gerichtspräsidium des Amtsgericht
decisión accesoria Nebenentscheidung
declaración de animus defendendi Verteidigungserklärung
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declaración indagatoria Vernehmungsaussage
declaración judicial Erklärung vor Gericht
declaración jurada eidesstattliche Erklärung
declinación de la competencia Rügen der Zustädigkeit
declinar rügen
decretar anordnen
dejar sin efecto außer Kraft setzen, für unwirksam Erklären
demanda de separación/divorcio Scheidungsklage
demarcación del partido judicial Gerichtsbezirk
demora Verzug
demora Verzug
denunciante Ankläger
depositaría judicial Hinterlegungsstelle
derechos que otorga la ley laut Gesetz zustehende Rechte
designar abogado Anwalt ernennen
desistimiento unilateral (del contrato) einseitiger Rücktritt (vom Vertrag)
detenido Verhafteter
diligencia Beleg
diligencias previas Vorverfahren
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diligencias previas por escrito schriftliches Vorverfahren
disponer beschliesen
disponer y gestionar vergüten und verwalten
doctrina aplicable anwendbare Rechtslehre
duplicado zweifache Ausfertigung
ejecución de la solicitud Durchführung des Antrags
ejecución forzosa Zwangsvollstreckung
ejecutable provisionalmente vorläufig vollstreckbar
ejecutar vollstrecken
ejecutoria Vollstreckung
emplazar laden
en atención a im Anbetracht der/des, im Hinblick auf
en debida forma in ordnungsgemäßer Form
en lugar de un pronunciamiento Anstelle einer Verkündung
en nombre del pueblo im Namen des Volkes
en nombre y representación de im Namen und Vertretung von
en vigor desde: rechtskräftig seit: / gültig seit
encartado Beschuldigter
enjuiciado verurteilter
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evitación del embargo por consignación Abwehrbefugnis
evitar abwenden
expedido/librado Ausgefertigt
extradicción Auslieferung
fe pública judicial Beglaubigungsbefugnis der Justiz
firmado (Fdo.) unterschrieben / gezeichnet (gez.)
fuero jurisdiccional Gerichtsstand
fundamentos de derecho Rechtsgrundlage
fundamentos de derecho Entscheidungsgründe
fundamentos de derecho juridico-materiales sachliche Rechtsgrundlage
fundamentos de derecho juridico-procesales verfahrensmäßige Rechtsgrundlage
gerente Geschäftsführer
guarda y custodia elterliche Sorge/Personensorge
ha fallado: für Recht erkannt:
habida cuenta de todo lo anterior Nach alledem...
hacer constar es wird vermerkt
hechos Handlungen
hechos punibles strafbare Handlung
hurto (art. CP) Diebstahl (§ 242 StGB)
33
impago/incapacidad de pago Zahlungsunfähigkeit
imponer auferlegen
impresiones dactilares Fingerabdrücke
in Mittäterschaft en unión de (personas)
incoación (de las actuaciones) Einleitung (des Verfahrens)
incoar einleiten
incoar sumario Ermittlungsverfahren einleiten
inculpado/imputado Beschuldigter
inhabilitación absoluta völliger Berufsverbot
instructor (de las diligencias) Ermittler (des Ermittlungsverfahren)
interrogatorio Vernehmung
irrefutable unwiderlegbar
juez presidente del juzgado local Vorsitzender Richter am Amtsgericht
juicio declarativo ordinario ordentliches Auseinandersetzungsverfahren
juicio ordinario ordentliches Verfahren
jurisprudencia Rechtsprechung
justificación de la solicitud Berechtigung der Antragsstellung
Juzgado de primera instancia e instrucción Amtsgericht erster Instanz
Juzgado Decano Gerichtspräsidium
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lectura de derechos Vorlesen der Rechte
legislación Gesetzgebung
legitimación (de la solicitud) (Antrags-) Berechtigung
letrado Rechtsanwalt
Ley de Contrato de Agencia “Vertretungsvertragsgesetz” (keine Entsprechung)
Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) Zivilprozessordnung (ZPO)
Ley de Enjuiciamiento Criminal Strafprozeßordnung
ley de transferencia de intereses alemana Diskontsatz-Überleitungs-Gesetz
libertad provisional sin fianza vorläufige Haftentlassung ohne
Sicherheitsleistung
librar autorización Erlaubnis erteilen
libre absolución Freispruch
lucro cesante entgangener Gewinn
lugar de satisfacción/perfección/cumplimiento Erfüllungsort
mala fe Bösglaubigkeit, wider Treu und Glauben
mandante Mandant
manifestación Stellungnahme
márgen comercial Handelsspanne
más nebst
35
menoscabar schädigen
menoscabo económico Vermögensbeeinträchtigung,
Vermögensschaden
mercancía facturada berechnete Ware
Ministerio Fiscal Staatsanwaltschaft
motivo Veranlassung
número de expediente Aktenzeichen
objeto (del procedimiento) Hauptsache (des Verfahren)
objeto/fondo de la cuestión (del procedimiento) Hauptsache (des Verfahrens)
obrante en la documental in den Akten liegend
Oficina de Protección de Menores Jugendamt
otrosí digo ich beantrage ferner
parte actora Antragssteller
parte dispositiva Entscheidung
participación social Gesellschaftsanteil
participar para conocimiento mitteilen zur Kenntnisnahme
partido judicial Gerichtsbezirk
patria potestad Sorgerecht
pedimento (das) Erbetene
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pensión compensatoria Versorgunsausgleich
pensión de alimentos Unterhalt
pérdida de imagen schlechten Ruf aneignen/erlangen
plazo inprorrogable Notfrist
poder general para pleitos Vollmacht
ponderación de culpabilidad Schuldabwägung
postulación procesal (art. 23 LEC) Prozessvertreter(zwang) vor Gericht (§ 78 ZPO)
postulación y defensa Prozeßfähigkeit und Prozeßbevollmächtigung
precepto im Gesetz vorgeschrieben
precio de fábrica Herstellerpreis
presunta participación mutmaßliche Teilnahme
pretensión Forderung
pretensión Forderung
prevenciones legales Rechtsbelehrung
principio de autonomía de la voluntad Prinzip der Autonomie des Willens
principio de equivalencia de las prestaciones Grundsatz der Gleichwertigkeit der
Dienstleistungen
prisión provisional preventiva Untersuchungshaft
procedimiento abreviado gekürtztes/vereifachtes Verfahren
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procedimiento de insolvencia Insolvenzverfahren
procesado (art. 384 LECrim ) Angeschuldigter (§157 SPO)
procesamiento Prozessführung
procurador prozeßbevollmächtigter
promulgado verkündet
providencia Anordnung
prueba de cargo Belastungsbeweis
puesto principal Hauptwache
puntos porcentuales Prozentpunkte
rebeldía Säumigkeit
rebeldía procesal säumig
reclamación de los intereses Zinsforderungen
recurso de apelación (art. LEC, art. LECrim) Berufung (ab § 511 ZPO, ab § 312 StPO)
recurso de casación (art. ) Kassationsbeschwerde1 (§ )
recurso de reforma (art. LEC, art. LECrim) Einspruch (Strafprozeß § 410 StPO)
recurso de reposición (art. 116 LRJAP-PAC) Abhilfegesuch, ¿Anfechtungsklage? (§ 41
VwGO)
1 Se recurre al Tribunal Supremo, que puede conocer de: r. de casación (sentencias que violan algún derecho del
acusado) y r. de revisión (revocación de sentencias firmes)
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Registro Civil Standesamt
representación procesal Prozessvertretung
representado Mandant
requerimiento Aufforderung
rescisión unilateral (del contrato) einseitige Kündigung (des Vertrags)
responsabilidad penal strafliche Verantwortung
robo (art. CP) Raub (§ 249 StGB)
salvo pacto en contrario sofern nichts anderes vereinbart wird
secretario (judicial) Urkundsbeamter der Geschäftsstelle
secretario (judicial) Urkundsbeamter der Geschäftsstelle
secretario actuario de la Administración de
Justicia
Urkundsbeamter der Geschäftsstelle
seguridad ciudadana Zivilschutz
sentencia de allanamiento (art. CC) Anerkenntnisurteil (§313b ZPO)
sentencia de allanamiento parcial (art. CC) Teilanerkenntnisurteil (§313b ZPO)
sentencia en rebeldía Versäumnisurteil
sin preaviso ohne Voranmeldung
solicitante Antragssteller
solicitud de asistencia judicial Rechtshilfersuchen, Antrag auf Rechtshilfe
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subasta forzosa Zwangsversteigerung
sumario Ermittlungsverfahren
suplico Einleitungsklausel (der Anträge an das Gericht)
sustanciación del proceso Betreiben des Verfahrens
testimonio Ausfertigung, beglaubigte Abschrifft
testimonio Ausfertigung, beglaubigte Abschrifft
tipo de interés base Basiszinzsatz
tomar declaración Vernehmen
Tribunal Regional Landgericht
unidad de hecho einheitliche Tat
unión (unir) Anschluss (anschliesen)
unión (unir) Anschluss (anschliesen)
uso de una placa Benutzung eines Polizeiausweises
via de transmisión Mitteilungsweg
vida conyugal común eheliche Lebensgemeinschaft
violación de la ley Verstoss gegen das Gesetz
vista oral mündliche Verhandlung
Y para que conste, se extiende la presente Als Beleg gild die vorliegende Ausfertigung
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Bibliografía
VALENTÍN GARCIA YEBRA; Teoría y práctica de la traducción; Editorial Gredos, 1982.
PEDRO SAN GINÉS AGUILAR, EMILIO ORTEGA ARJONILL; Introducción a la traducción
jurídica (inglés-español): orientaciones metodológicas para la realización de traducciones juradas
y de documentos jurídicos; Editorial: Comares 1997; ISBN: 8481515566.
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disponible en: http://www.abc.es/20081102/nacional-nacional/sainete-fulgencio-20081102.html
M. A. RUIZ COLL; “Detienen a la alcaldesa, a otros cuatro ediles y al abogado de San Fulgencio ”;
ABC [artículo electrónico del 30/10/2008]; disponible en:
http://www.abc.es/hemeroteca/historico-30-10-2008/abc/Valencia/detienen-a-la-alcaldesa-a-otros-
cuatro-ediles-y-al-abogado-de-san-fulgencio_91908022978.html
TONI GARCÍA; “La censura cabalga de nuevo”; EL PAIS [artículo electrónico del 5/11/2010];
disponible en:
http://www.elpais.com/articulo/cultura/censura/cabalga/nuevo/elpepucul/20101105elpepucul_5/Tes
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