todo lo que necesitas saber sobre el iva/media/markets/es/recursos de negocio... · empezando con...

15
TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE EL IVA Guía esencial sobre el impuesto del IVA

Upload: others

Post on 25-Jul-2020

3 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE EL IVA/media/Markets/ES/Recursos de Negocio... · Empezando con el IVA… El Régimen General. Tanto empresarios como profesionales aplicarán por

TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE EL IVA

Guía esencial sobre el impuesto del IVA

Page 2: TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE EL IVA/media/Markets/ES/Recursos de Negocio... · Empezando con el IVA… El Régimen General. Tanto empresarios como profesionales aplicarán por

Índice

3 Introducción3 ¿Cómo funciona?

4 Empezando con el IVA…4 El Régimen General

4 ¿Qué obligaciones formales supone?

5 El Régimen Simplificado de IVA

5 El Régimen Especial del Recargo de Equivalencia

6 Presentando el IVA6 Modelos 303 y 390

6 Modelo 340

6 Modelo 347

7 ¿Cómo se cumplimenta/envían los modelos?

8 Facturas

10 Régimen Especial del Criterio de Caja e IVA10 Régimen Especial del Criterio de Caja

10 EU VAT One-Stop Shop (prestación de servicios exteriores a través de Internet)

11 Últimas novedades 201711 ¿Qué es el SII?

11 ¿Supone el SII que tendré que enviar las facturas a la AEAT o utilizar la factura electrónica de forma obligatoria?

11 ¿Cuándo comienza a aplicarse?

12 ¿Es posible inscribirse de manera voluntaria? ¿qué ventajas supone?

12 ¿Qué debo hacer para prepararme?

13 Glosario

14 Más información

Todo lo que necesitas saber sobre el IVA

2

Page 3: TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE EL IVA/media/Markets/ES/Recursos de Negocio... · Empezando con el IVA… El Régimen General. Tanto empresarios como profesionales aplicarán por

Introducción

¿Cómo funciona?El IVA es un impuesto sobre el consumo. Como profesionales únicamente nos corresponde el papel de “recaudadores”, por decirlo de otra manera, es el consumidor final quien “paga” el impuesto, pero somos nosotros quienes realizamos el ingreso del mismo en la Hacienda Pública, por eso se dice que a efectos de IVA un empresario o profesional es un Sujeto Pasivo.

Periódicamente, debe realizar la liquidación del impuesto, para lo cual deducirá a la suma de las cuotas de IVA de las ventas del periodo (o IVA Repercutido) la suma de las cuotas de IVA pagado en mismo periodo (IVA Soportado). Si la diferencia es positiva, es decir el IVA Repercutido es mayor que el IVA Soportado, se procederá a su ingreso, mientras que si el IVA Repercutido es menor que el IVA Soportado, la Hacienda Pública procederá a la devolución o a su compensación en períodos posteriores.

Todo lo que necesitas saber sobre el IVA

3

El IVA, o Impuesto sobre el Valor Añadido, es un impuesto que la práctica totalidad de los negocios están obligados a repercutir a los clientes finales a los que venden un bien o prestan un servicio.

Page 4: TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE EL IVA/media/Markets/ES/Recursos de Negocio... · Empezando con el IVA… El Régimen General. Tanto empresarios como profesionales aplicarán por

Empezando con el IVA…

El Régimen GeneralTanto empresarios como profesionales aplicarán por defecto el denominado Régimen General IVA. En función de la operación repercutirán a los clientes un tipo del 21%, 10% ó 4%, mientras que a su vez nuestros proveedores nos repercutirán el IVA correspondiente.

Trimestralmente se procederá a la liquidación del impuesto, utilizando para ello el modelo 303, aunque es importante señalar que existe el denominado Registro de Devolución Mensual, que permite a los empresarios y profesionales realizar liquidaciones mensuales del impuesto, tomando en cuenta eso sí, que va a suponer mayor control y obligaciones adicionales.

¿Qué obligaciones formales supone?• Expedir y entregar factura completa a los clientes, aunque en algunas operaciones podemos emitir

facturas simplificadas (tickets) cuando el importe no supere los 3.000 euros.

• Libro registro de facturas expedidas

• Libro registro de facturas recibidas

• Libro registro de BBII

• Para aquellos inscritos en el Registro de Devolución Mensual, modelos 303 y 340 en formato electrónico (por norma general entre los días 1 y 20 del mes posterior al periodo liquidado) y la Declaración Resumen Anual de IVA 390 (entre el 1 y el 30 de enero del año siguiente).

• Para los no inscritos en este Régimen de forma trimestral el modelo 303 en formato impreso/electrónico (por norma general entre los días 1 y 20 del mes posterior al trimestre liquidado) y a Declaración Resumen Anual de IVA 390 (entre el 1 y el 30 de enero del año siguiente).

Cuando un negocio comienza su actividad parece lógico suponer que a corto medio plazo el IVA Soportado superará al Repercutido (ya que los gastos serán mayores que los ingresos). Esto en principio, no supone ninguna diferencia (recordemos que somos simplemente recaudadores del impuesto), pero desde un punto de vista financiero la liquidación trimestral supone que recuperaremos más tarde esa diferencia, por lo que es recomendable evaluar siempre esta posibilidad.

Todo lo que necesitas saber sobre el IVA

4

Page 5: TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE EL IVA/media/Markets/ES/Recursos de Negocio... · Empezando con el IVA… El Régimen General. Tanto empresarios como profesionales aplicarán por

El Régimen Simplificado de IVASe trata de un Régimen Especial exclusivamente para profesionales que tributan mediante el denominado Régimen de Estimación Objetiva o Módulos.

En la práctica y, a diferencia de lo que sucede en el Régimen General, la liquidación se calculará con independencia de las ventas o prestaciones de servicios realizadas deduciendo el IVA correspondiente a las compras del importe de los módulos pagados.

Es frecuente que se señale al Régimen de Módulos como una fuente de fraude, debido precisamente a la forma el cálculo de las liquidaciones de IVA, ya que no existe una justificación directa de las ventas (sino que esta se estima en base a ciertos criterios). Por ello, los requisitos para poder tributar en el mismo se van endureciendo periódicamente ya que tal y como fue concebido solamente aquellas actividades económicas de menor dimensión y que, además, realizan la mayor parte de su actividad con a consumidores finales deberían poder tributar por esta vía.

¿Qué obligaciones formales supone?• Libro Registro de facturas recibidas

• Conservar los justificantes de los módulos aplicados

• Realizar durante los tres primeros trimestres del año (del 1 al 20 del mes posterior al periodo correspondiente) un ingreso a cuenta de la liquidación anual, mediante la presentación por vía electrónica o impresa del modelo 303

El Régimen Especial del Recargo de EquivalenciaEs un Régimen Especial para minoristas, en el cual los proveedores repercuten al comerciante el tipo de IVA correspondiente más un recargo: 5,2% para el tipo general, 1,4% para el reducido y 0,5 para el superreducido. La aplicación de este recargo adicional permite que el empresario no realice las liquidaciones y simplifique al máximo las obligaciones formales.

Los proveedores deberán indicar en las facturas de forma diferenciada los tipos de RE aplicados así como las cuotas correspondientes, que deben aparecer de forma diferenciada la liquidación de IVA.

A diferencia de lo que sucede en el Régimen Simplificado, el ámbito de aplicación esta muy definido: solamente se aplicará a comerciantes minoristas que tributan en régimen de estimación objetiva o que sin realizar procesos de fabricación realicen al menos el 80% de las ventas a consumidores finales.

¿Qué obligaciones formales supone?• Certificar ante los proveedores el hecho de estar adscrito a este Régimen

• No existe obligación de emitir factura completa, salvo que el destinatario lo exija. Se podrán emitir eso si facturas simplificadas (tickets) (anexo ¿Qué es DevoluIVA?)

• No existe obligación de llevar Libros Registro

• No hay que realizar declaraciones liquidativas

Todo lo que necesitas saber sobre el IVA

5

Page 6: TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE EL IVA/media/Markets/ES/Recursos de Negocio... · Empezando con el IVA… El Régimen General. Tanto empresarios como profesionales aplicarán por

Presentando el IVA

Modelos 303 y 390El modelo 303 es el modelo único de liquidación de IVA, que se presenta con carácter mensual o trimestral en la AEAT. Debe ser utilizado en todo caso, sea cual sea el resultado o incluso si durante el período de liquidación no hemos desarrollado actividad. Como se ha señalado ya la presentación debe realizarse entre los días 1 y 20 del mes siguiente al periodo liquidado salvo el correspondiente al 4º Trimestre o al mes de diciembre en cuyo caso se realizará entre los días 1 y 30 de enero.

El modelo 303 tiene un Modelo Resumen Anual IVA que se denomina 390, cuya presentación se realiza entre los días 1 y 30 de enero del año siguiente al del periódo liquidado.

Modelo 340El modelo 340 contiene la información detallada de la liquidación correspondiente, es decir el desglose de las cuotas que presentamos en el modelo 303 y su obligatoriedad, por el momento, se circunscribe a aquellos negocios inscritos en el registro de devolución mensual aunque a medio plazo es previsible que se extienda al resto de actividades.

Desde un punto de vista de gestión operativa supone el envío por vía electrónica (no existe posibilidad de papel) de información relativa a la práctica totalidad de operaciones con terceros que realiza la empresa.

Modelo 347Se trata de una declaración recapitulativa de carácter anual que, con fines estadísticos y de lucha contra el fraude, es necesario remitir a la AEAT.

En el caso del modelo 347, están obligados a presentarlo todos aquellos empresarios y profesionales que hayan realizado durante el año natural operaciones con terceros por importe superior a 3005,06 euros y que no estén inscritos en el registro de devolución mensual. En modelo quedan reflejados datos de los terceros, y los importes de las operaciones realizadas, lo que facilita a la AEAT el cruce de la información y la detección de posibles desajustes en las liquidaciones presentadas.

El modelo 347 se presenta entre los días 1 y 28 del mes de febrero del año siguiente al periodo. Desde un punto de vista operativo supone un trabajo importante, ya que implica conciliar los importes y en algunos casos, las fechas de determinadas operaciones con clientes y proveedores, con un margen de tiempo bastante ajustado.

En Sage conocemos las dificultades que esto supone, Sage ContaPlus Flex, además de generar el modelo en si dispone de un módulo adicional de ayuda específico para el 347 que incluye informes de control y un acceso a una plataforma online para conciliar de forma automática la información de clientes y proveedores. Si quieres saber más sobre las funcionalidades que ofrece este módulo puedes contactar con nuestro servicio de atención al cliente en el 900 87 87 05.

Todo lo que necesitas saber sobre el IVA

6

Page 7: TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE EL IVA/media/Markets/ES/Recursos de Negocio... · Empezando con el IVA… El Régimen General. Tanto empresarios como profesionales aplicarán por

¿Cómo se cumplimenta/envían los modelos?Aunque inicialmente los modelos pueden presentarse en papel/soporte magnético o enviarse directamente a por vía electrónica, siendo esta opción la que de forma progresiva se va estableciendo y es obligatoria ya en algunos casos.

A través de la página web de la AEATEsta página web incluye un apartado denominado Sede Electrónica que permite al usuario introducir manualmente los valores correspondientes. Requiere certificado electrónico o validación mediante dni-e.

Utilizando software de gestión, como Sage One o Sage ContaPlus FlexExisten múltiples proveedores de software de gestión que generan los modelos oficiales de IVA, y permiten el envío de la información a través de la mencionada Sede Electrónica de forma directa, de esta forma evitaremos posibles errores derivados de la introducción manual de la información y simplificaremos toda la tramitación manteniendo la información de nuestro negocio en el mismo repositorio.

Utilizando los servicios de asesores o despachos profesionalesIncluso pueden realizar el proceso de presentación en nuestro nombre.

Contar en este caso con un software de gestión que simplifique los procesos de intercambio de la información entre nuestro negocio y el asesor nos permitirá ganar tiempo, evitar errores y reducir la dependencia del papel.

Todo lo que necesitas saber sobre el IVA

7

Page 8: TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE EL IVA/media/Markets/ES/Recursos de Negocio... · Empezando con el IVA… El Régimen General. Tanto empresarios como profesionales aplicarán por

Facturas

01Asegúrate que las facturas de venta incluyen siempre:• Una numeración única y correlativa

• Los datos de identificación fiscal básicos tanto de tu negocio como del cliente: nombre y domicilio fiscal y NIF

• La fecha de factura

• La fecha de operación, que no tiene que coincidir con la anterior y que influye en la liquidación de impuestos

• Descripción y cantidad, si procede, de los bienes y servicios incluidos

• Precio, descuentos y tipo de IVA unitario

• Base imponible, por tipo de IVA

• Cuota de IVA, por tipo de IVA

• Total de Factura

02Considera la posibilidad de utilizar la factura electrónica.Desde un punto de vista operativo ofrece múltiples ventajas: en caso de desastre se recuperan con facilidad, eliminando la dependencia y los costes asociados del papel, ofrecen todas las garantías de seguridad y simplifican su localización y consulta.

Todo lo que necesitas saber sobre el IVA

8

Page 9: TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE EL IVA/media/Markets/ES/Recursos de Negocio... · Empezando con el IVA… El Régimen General. Tanto empresarios como profesionales aplicarán por

03Las facturas simplificadas, (tickets) no incluyen información del cliente por lo que a efectos de IVA no pueden incluirse como IVA soportado.Es decir si en el desarrollo de nuestra actividad económica únicamente podremos deducir el IVA justificable mediante facturas completas. Desde un punto de vista operativo esto implica que un empresario o profesional no puede recuperar el IVA correspondiente a pequeños gastos diarios parkings, desayunos, taxis… (salvo que en todas y cada una de ellas solicite una factura).

Existen en el mercado servicios como DEVOLUIVA, compatible con Sage ContaPlus Flex que permiten a profesionales y empresarios generar facturas electrónicas de forma inmediata permitiendo así recuperar una media de más de 600 euros al año por estos conceptos. asociados del papel, ofrecen todas las garantías de seguridad y simplifican su localización y consulta.

04Recuerda que las facturas (ya sea en formato físico o electrónico) deben guardarse como mínimo hasta la prescripción del impuesto, lo que a efectos de IVA supone un plazo de cinco años.

Todo lo que necesitas saber sobre el IVA

9

Page 10: TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE EL IVA/media/Markets/ES/Recursos de Negocio... · Empezando con el IVA… El Régimen General. Tanto empresarios como profesionales aplicarán por

Régimen Especial del Criterio de CajaA partir de enero de 2014 el llamado Régimen Especial del Criterio de Caja, permite a los usuarios considerar el IVA como devengado únicamente cuando se ha cobrado, y no como en el caso del Régimen General, cuando la factura se ha emitido, lo que podía traducirse en problemas de liquidez para actividades con períodos de cobro muy largos. Sin embargo si decidimos tributar por esta vía hay que tomar en cuenta que nuestro cliente, independientemente del Régimen al que este sujeto tampoco podrá deducirse el IVA.

¿Quién puede acogerse a este Régimen?Por un plazo mínimo de 1 año podrán acogerse aquellas empresas o profesionales cuyo volumen de operaciones sea (o se estime) inferior a 2.000.000 de euros. Simplemente lo señalaremos en el momento del alta en la AEAT, y deberá quedar reflejado en nuestras facturas.

Pero… ¿y si no llego a cobrar la factura?En tal caso la operación se entera como devengada el 31 de diciembre del año posterior a aquel en el que se realizó la operación.

Por eso es importante controlar este tipo de operaciones, desde un punto de vista financiero pueden producirse desequilibrios en la tesorería, al acumularse muchas facturas en la liquidación correspondiente al último periodo de cada ejercicio natural.

EU VAT One-Stop Shop (prestación de servicios exteriores a través de Internet)Todos los servicios prestados a través de Internet en la UE a partir del 01/01/15 se consideran prestados en el país del comprador, siempre y cuando este sea un usuario final. Dentro de servicios prestados a través de Internet, se incluyen servicios de difusión multimedia online o servicios electrónicos que incluyen eBooks, apps, hosting….) ya sean suscripciones o ventas puntuales.

Esto implica que cuando vendamos o prestemos servicios a través de Internet a los países debemos aplicar el tipo IVA del país comprador y declararlo en ese país, es decir en el caso de una venta a UK, aplicaremos sus tipo impositivos: 20%, 5% y 0% y liquidaremos el IVA correspondiente ante la HMRC, en lugar de ante la AEAT. Será necesario además adaptar las facturas a los requerimientos, que varían en función de los países, confirmar la residencia del comprador y guardarla en un servidor dentro de la UE por un plazo mínimo de 10 años.

Para simplificar las cosas, eso si, indicar que no es necesario realizar las declaraciones en cada uno de los países, ya que la Agencia Tributaria ha dispuesto dentro de su web una ventanilla única a través de la cual realizar la liquidación de los impuestos sin necesidad de localizarse o darse de alta en cada uno de los países.

Régimen Especial del Criterio de Caja e IVA

para la prestación de servicios exteriores…

Todo lo que necesitas saber sobre el IVA

10

Page 11: TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE EL IVA/media/Markets/ES/Recursos de Negocio... · Empezando con el IVA… El Régimen General. Tanto empresarios como profesionales aplicarán por

¿Qué es el SII?Hasta ahora hemos visto como el IVA se gestiona fundamentalmente a través de los sujetos pasivos que recaudan el impuesto y proporcionan a la AEAT toda la información que necesita, a través de los correspondientes modelos informativos y autoliquidaciones.

Este sistema, que lleva más de 30 años en vigor comenzará a cambiar a partir de julio de 2017, ya que será en ese momento cuando comience a funcionar el SII, un nuevo sistema de comunicación entre los sujetos pasivos y la AEAT que permite suministrar de forma casi inmediata, por medios electrónicos, los registros de facturación.

¿Supone el SII que tendré que enviar las facturas a la AEAT o utilizar la factura electrónica de forma obligatoria?No exactamente, ya que no será necesario enviar la factura como tal, sino algunos de los datos que contiene… Básicamente se trata de la misma información que se viene incluyendo en los Libros Registro de IVA o en el modelo 340 de liquidación mensual.

En la práctica, conforme a lo dispuesto por la AEAT, esto supone que una vez emitida (o recibida) la factura, la comunicación del registro deberá realizarse, conforme a la estructura que suministre la agencia, en el plazo de cuatro días naturales para las facturas expedidas1 y de ocho para las facturas recibidas2.

¿Cuándo comienza a aplicarse?La reforma entrará en vigor a partir del 1 de julio de 2017 y en una primera fase afectará a todas aquellas empresas cuya facturación anual supere los €6M (GG.EE:)) así como aquellas que estén inscritas en el Registro Especial de Devolución Mensual de IVA (REDEME). En total se estiman que serán más de 60.000 las empresas que se verán afectadas en esta primera etapa.

Últimas novedades 2017el Suministro Inmediato de Información de IVA (SII)

o “IVA online”

1 En el caso de las facturas emitidas, el plazo es de 8 días naturales para aquellas facturas emitidas por un tercero. El plazo de entrega en todo caso debe ser anterior al día 16 del mes siguiente a aquel en que se hubiera producido el devengo del impuesto.

2 El plazo de entrega en todo caso debe ser igualmente anterior al día 16 del mes siguiente a aquel en que se hubiera producido el devengo del impuesto.

Todo lo que necesitas saber sobre el IVA

11

Page 12: TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE EL IVA/media/Markets/ES/Recursos de Negocio... · Empezando con el IVA… El Régimen General. Tanto empresarios como profesionales aplicarán por

¿Es posible inscribirse de manera voluntaria? ¿qué ventajas supone?Si, aunque hay que tomar en cuenta que la inscripción se realizará por un período mínimo de un año y que hay que notificarla en el mes anterior.

En términos operativos estar dentro del SII implica una reducción de las obligaciones formales: ya no será necesario realizar la presentación de los modelos 347, 340 y 390 así como de los Libros Registro de IVA debiendo presentar únicamente las autoliquidaciones del impuesto (modelo 303).

En cualquier caso, debemos tener en cuenta que los afectados deberán cumplimentar la información necesaria no solamente a partir del 1 de junio, sino con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2017.

¿Qué debo hacer para prepararme?Verificar el impacto de los nuevos requerimientos, tanto si estamos afectados directamente (GG.EE, empresas inscritas en el REDEME) como si consideramos la posibilidad de realizar la inscripción el SII de forma voluntaria, considerando aspectos tales como el volumen de las operaciones de compra y venta, las fechas en las que estas se producen y el ahorro en términos de tiempo que supone la presentación de documentos como el 347. Considerando siempre, además, que la intención de la AEAT es extender de forma progresiva el SII a todas.

Una vez tomada la decisión es necesario evaluar el impacto en nuestros sistemas asegurando, sobre todo la disponibilidad de las actualizaciones.

En Sage, más allá de ofrecer a todos los usuarios de nuestras soluciones las correspondientes actualizaciones que permitirán la integración directa de los registros a través de la sede electrónica de la AEAT estamos diseñando herramientas de autodiagnóstico y documentación para que dispongas de toda la información necesaria y ayudarte en los procesos de toma de decisiones. Encuentra toda la información sobre el SII en este enlace.

Todo lo que necesitas saber sobre el IVA

12

Page 13: TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE EL IVA/media/Markets/ES/Recursos de Negocio... · Empezando con el IVA… El Régimen General. Tanto empresarios como profesionales aplicarán por

Glosario

La Agencia Estatal de Administración tributaria también conocida como AEAT es el organismo público encargado de la gestión del sistema tributario y aduanero del estado.

A efectos de IVA se entienden como Adquisiciones o Entregas Intracomunitarias las entregas de bienes o prestaciones de servicios que se realizan fuera del territorio nacional pero dentro del ámbito de la UE.

Entendemos como base imponible el importe sujeto a la aplicación del impuesto. Multiplicado por el tipo impositivo correspondiente permite obtener la cuota del impuesto.

A efectos de IVA, una deducción consiste en la acción de restar a las cuotas repercutidas las cuotas soportadas en las adquisiciones de bienes o servicios.

Determinadas entregas de bienes o prestaciones de servicios se encuentran, exentas de la tributación de IVA tales como operaciones médicas, actividades educativas, operaciones de seguro y financiera y algunas operaciones inmobiliarias.

Este nivel se entienden como las adquisiciones o prestaciones (ventas) que tienen como origen o destino territorios que se encuentran fuera del ámbito de aplicación del impuesto. Las importaciones se consideran operaciones sujetas mientras que las exportaciones pasan a ser operaciones exentas.

El IGIC es el equivalente al IVA para su aplicación en la CA Canaria, donde no se aplica el IVA cuenta con su propios tipos y modelos liquidativos.

Es, por noma general, aquel que grava a los contribuyentes sin realizar ninguna aproximación a sus niveles de renta. El IVA puede considerarse como un impuesto indirecto.

Es el plazo fijado por la Administración para la presentación y el pago, si procediera, de la liquidación del impuesto. Normalmente está comprendido entre los días 1 y 20 del mes posterior al del período liquidado.

La persona física o jurídica que está obligada al cumplimiento de los trámites administrativos como contribuyente, o como en el caso del IVA como responsable.

Es una tasa fija o variable expresada en forma de coeficiente que aplicada sobre la base imponible da como resultado la cuota tributaria.

Agencia Tributaria

Adquisiciones / Entregas Intracomunitarias

Base Imponible

Deducción

Exención

Importaciones/ Exportaciones

Impuesto General Indirecto Canario

Impuesto indirecto

Periodo de liquidación

Sujeto Pasivo

Tipo Impositivo

Término Descripción

Todo lo que necesitas saber sobre el IVA

13

Page 14: TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE EL IVA/media/Markets/ES/Recursos de Negocio... · Empezando con el IVA… El Régimen General. Tanto empresarios como profesionales aplicarán por

Más información

Web AEAT: http://www.agenciatributaria.es/

Blog de Sage España: http://blog.sage.es/

Información legalLey del Impuesto sobre el Valor Añadido:

http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28740

Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido:

http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28925

Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación:

http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2012-14696

Disposiciones sobre facturación telemática y conservación telemática de facturas:

http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-7866

Método de estimación objetiva (módulos) del IRPF y régimen especial simplificado de IVA para 2015:

http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-12409

Nuestras solucionesSage España: http://www.sage.es/

Todo lo que necesitas saber sobre el IVA

14

Page 15: TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE EL IVA/media/Markets/ES/Recursos de Negocio... · Empezando con el IVA… El Régimen General. Tanto empresarios como profesionales aplicarán por

© Sage Spain • Labastida 10 - 12 • 28034 Madrid • sage.es

¿Conoces a alquien que quiera estar al día sobre ideas y consejos para aplicar en su negocio?

No olvides decirle que visite www.sage.es/recursos-de-negocio

Donde descargar gratis e-books, infografías y mucho más.