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Tipo INSTRUCCIÓN GENERAL Asunto NORMAS DE ACTUACION DE AUDITORIA INTERNA Y COLABORACIÓN CON LOS SERVICIOS DE AUDITORÍA INTERNA DE LOS ORGANISMOS PAGADORES Unidad SGAIE Número 1/2017 Vigencia Sustituye o modifica Instrucción general 03/12 Código documento 911109343047997891 Validación en www.sede.fega.gob.es Visado por: Maldonado Vallejo, Marta Fecha: 29/03/17 Firmado por: RIESGO PABLO MIGUEL ANGEL Fecha: 29/03/2017 15:51:39 Emitido por: AC Administración Pública

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Tipo INSTRUCCIÓN GENERAL

Asunto NORMAS DE ACTUACION DE AUDITORIA INTERNA Y

COLABORACIÓN CON LOS SERVICIOS DE AUDITORÍA

INTERNA DE LOS ORGANISMOS PAGADORES

Unidad SGAIE

Número 1/2017

Vigencia

Sustituye o

modifica

Instrucción general 03/12

Código documento 911109343047997891Validación en www.sede.fega.gob.esVisado por: Maldonado Vallejo, Marta Fecha: 29/03/17Firmado por: RIESGO PABLO MIGUEL ANGEL Fecha: 29/03/2017 15:51:39 Emitido por: AC Administración Pública

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Págs.

1 EXPOSICION DE MOTIVOS ........................................................................ 1

2 BASE LEGAL .............................................................................................. 1

3 FUNCIONES DE AUDITORIA INTERNA ..................................................... 2

3.1 Competencia............................................................................................ 2

3.2 Objeto ....................................................................................................... 2

3.3 Planificación ............................................................................................ 3

3.4 Desarrollo de los trabajos ...................................................................... 4

4 AUDITORÍA ................................................................................................. 5

4.1 Informe provisional. ................................................................................ 5

4.2. Reunión con la unidad gestora de la actividad auditada ................... 6

4.3. Informe definitivo ................................................................................... 6

4.4 Medición del grado de satisfacción/calidad percibida por las unidades

gestoras. ........................................................................................................ 7

4.5. Seguimiento. ........................................................................................... 7

4.6 Informes especiales de auditoría interna .............................................. 7

5 SERVICIOS DE CONSULTORÍA ................................................................. 8

6 SEGUIMIENTO DE LAS FUNCIONES DELEGADAS .................................. 8

7 COLABORACIÓN CON LOS ORGANISMOS PAGADORES DE LAS

COMUNIDADES AUTÓNOMAS ......................................................................... 9

7.1. Labores de apoyo y coordinación en ámbitos horizontales. .............. 9

7.2 Cursos de formación ............................................................................... 9

7.3 Colaboración específica con los Servicios de Auditoría Interna de los

OOPP .............................................................................................................. 9

INDICE

Código documento 911109343047997891Validación en www.sede.fega.gob.esVisado por: Maldonado Vallejo, Marta Fecha: 29/03/17Firmado por: RIESGO PABLO MIGUEL ANGEL Fecha: 29/03/2017 15:51:39 Emitido por: AC Administración Pública

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MINISTERIO

DE AGRICULTURA Y PESCA,

ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

FONDO ESPAÑOL

DE GARANTIAA AGRARIA

1 EXPOSICION DE MOTIVOS

El Reglamento (UE) 907/2014 de la Comisión, de 11 de marzo, establece que

los organismos pagadores están obligados a llevar a cabo “evaluaciones

individuales mediante un servicio de auditoria interna”.

En el caso del Fondo Español de Garantía Agraria, en adelante FEGA, el artículo

3 de su Estatuto aprobado por el Real Decreto 1441/2001, de 21 de diciembre,

dispone que son funciones del FEGA la auditoría de las actuaciones

competencia del organismo.

Además, el Estatuto contempla que esta unidad lleve a cabo el fomento de la

colaboración con los servicios de auditoría interna de los organismos pagadores

de las comunidades autónomas y la evaluación de los métodos de gestión y

control de las actuaciones financiadas por los fondos europeos agrícolas.

La auditoría interna y la colaboración en esta materia con los organismos

pagadores forman parte del grupo de actuaciones que permiten a la Dirección

del organismo la evaluación del funcionamiento de los sistemas de gestión y

control, que se encuentra regulada en la Instrucción General de septiembre de

2016, dado que, por la especificidad de estas tareas, se ha considerado

pertinente que su regulación se lleve a cabo en una instrucción especifica.

2 BASE LEGAL

Reglamento (UE) nº1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de

diciembre, sobre la financiación de la política agrícola común.

Reglamento (UE) 907/2014 de la Comisión, de 11 de marzo, que completa el

Reglamento (UE) nº1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de

diciembre en lo que se refiere a la autorización de los organismos pagadores y

otros órganos y a la liquidación de cuentas del FEAGA y del FEADER.

Real Decreto 1441/2001, de 21 de diciembre, del Ministerio de la Presidencia,

por el que se aprueba el Estatuto del Fondo Español de Garantía Agraria,

modificado por Real Decreto 1516/2006 de 7 de diciembre, Real Decreto

805/2011 de 10 de junio, el Real Decreto 401/2012 de 17 de febrero 2012 y el

Real Decreto 153/2016, de 15 de abril.

Orden APA/3147/2006, de 6 de octubre, por la que se autoriza al Fondo Español

de Garantía Agraria como organismo pagador y organismo de coordinación para

los nuevos fondos europeos agrícolas.

Marco Internacional para la Práctica Profesional de la Auditoría Interna (en

adelante, MIPPAI) del Instituto de Auditores Internos de España 2016.

Instrucción General 02/2015 de julio de 2015, “Actuaciones para la detección y

prevención del fraude”.

Instrucción General 4/11 de junio 2011,”Comisión de Seguimiento de los Sistemas de Gestión y Control Interno del FEGA Organismo Pagador”.

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MINISTERIO

DE AGRICULTURA Y PESCA,

ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

FONDO ESPAÑOL

DE GARANTIAA AGRARIA

Instrucción General 6/16 de septiembre de 2016, “Evaluación del Funcionamiento de los Sistemas de Gestión y Control del FEGA Organismo Pagador”.

3 FUNCIONES DE AUDITORIA INTERNA

3.1 Competencia

La función de auditoría interna es una actividad independiente y objetiva que

comprende la auditoría y/o la consultoría, concebidas para agregar valor y

mejorar las operaciones de una organización.

Respecto a las actuaciones competencia del FEGA, la función de auditoría

interna será ejercida por la Subdirección General de Auditoría Interna y

Evaluación, en adelante SGAIE, según disponen los artículos 3.10 y 4.3.b) del

Estatuto del organismo.

No obstante, previa autorización por la Presidencia del organismo, se podrá

encargar la realización de trabajos de auditoría y consultoría a empresas

externas al FEGA, siempre que la dirección y supervisión de la misma se efectúe

por personal perteneciente a esta Subdirección General.

Con la conformidad de la Presidencia, se podrán realizar trabajos de auditoría y

consultoría en colaboración con otros órganos que tengan atribuidas

competencias de control y que así lo requieran, y prestar estos servicios a

unidades de la administración pública que no pertenezcan a la estructura

orgánica del FEGA.

3.2 Objeto

La función de auditoría interna se realizará sobre las actuaciones del FEGA,

incluyendo aquellas que se deleguen en otros órganos en virtud del artículo 7 del

Reglamento (UE) nº1306/2013 del Parlamento y del Consejo.

La función de auditoría interna tiene por objeto comprobar que el funcionamiento

del organismo se ajusta a la normativa en vigor y a los principios generales de

buena gestión.

La actividad de auditoría interna debe evaluar y hacer las recomendaciones

apropiadas, aportando un enfoque sistemático y disciplinado, para mejorar los

procesos de gobierno, gestión de riesgos y de control.

- Para mejorar el proceso de gobierno:

Promoverá la ética y los valores apropiados dentro de la organización.

Asegurará la gestión y responsabilidad eficaces en el desempeño de la organización

Comunicará la información de riesgo a las áreas adecuadas de la organización.

Coordinará las actividades y la comunicación entre la dirección y los auditores internos

- Para mejorar la gestión de riesgos, evaluará la posibilidad de ocurrencia de

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MINISTERIO

DE AGRICULTURA Y PESCA,

ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

FONDO ESPAÑOL

DE GARANTIAA AGRARIA

fraude y cómo la organización gestiona el mismo.

- Para mejorar el proceso de control, evaluará la adecuación y eficacia de los controles respecto de lo siguiente:

Logro de los objetivos estratégicos de la organización.

Fiabilidad de la integridad de la información operativa.

Protección de activos.

Eficacia y eficiencia de las operaciones y programas.

Cumplimiento de la normativa.

Según el tipo de auditoría y/o consultoría de que se trate se verificará:

a) Que los actos, operaciones y procedimientos de gestión se han desarrollado de conformidad con las normas, disposiciones y directrices de aplicación y que se adecuan a los principios de eficacia, eficiencia y economía.

b) El efectivo funcionamiento de los sistemas de control interno del organismo.

c) Que los procedimientos aplicados garantizan la adecuada concesión y justificación de los fondos percibidos por los beneficiarios, así como el cumplimiento de las demás condiciones y obligaciones que les impongan las normas reguladoras de las subvenciones o ayudas.

d) Que la contabilidad expresa el resultado de su gestión y de la realidad patrimonial, de acuerdo con las normas y principios contables que le son de aplicación.

e) Que la información suministrada por los sistemas informáticos responde a los principios de fiabilidad, integridad, precisión y disponibilidad.

La SGAIE informará a la Presidencia del FEGA sobre el cumplimiento de estos

objetivos y formulará recomendaciones dirigidas a corregir las deficiencias que,

en su caso, lo requieran.

3.3 Planificación

3.3.1 Planes Quinquenales

La SGAIE elaborará Planes Quinquenales, de acuerdo al Anexo I 4.B ii, del

Reglamento (UE) 907/2014, que establece que el programa de auditoría

garantice que todos los ámbitos significativos se incluyan en un período que no

exceda de cinco años. Estos planes se elaborarán en base a un análisis de

riesgos para los entes auditables que configuren el universo de auditoría.

La Presidencia del FEGA, a propuesta de la SGAIE, aprobará dichos planes.

Los Planes Quinquenales podrán modificarse de forma motivada en función de

las necesidades del organismo. Para ello, la SGAIE solicitará a la Presidencia la

aprobación de estas modificaciones, que irán configurando un Plan Quinquenal

actualizado.

3.3.2 Planes Anuales de Actuación de Auditoría Interna

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MINISTERIO

DE AGRICULTURA Y PESCA,

ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

FONDO ESPAÑOL

DE GARANTIAA AGRARIA

La SGAIE elaborará Planes Anuales de Actuación de Auditoría Interna que

recogerán:

- Las auditorías seleccionadas, en base a un análisis de riesgo, donde se concretarán las directrices del Plan Quinquenal.

- Las consultorías que se van a realizar, en base a un análisis de riesgo, de entre las solicitadas a la unidad.

- Todas aquellas actuaciones cuya realización sea competencia de la SGAIE.

Los criterios de riesgos son los parámetros a los que se asignará una puntuación determinada para priorizar la selección de auditorías y consultorías a realizar.

a) Para las auditorías, el análisis de riesgos se realizará en dos fases: - Primero se realizará por ámbitos significativos, y en el caso de que

varios ámbitos obtengan igual puntuación, será la Presidencia la encargada de decidir cuál de ellos debe recogerse en el Plan.

- Una vez seleccionados los ámbitos significativos, se realizará el análisis de los criterios de riesgo de las actividades englobadas en cada uno de dichos ámbitos, al objeto de seleccionar las actividades a auditar dentro de los mismos.

b) Para las consultorías, se seleccionarán por criterios de riesgos. En caso de que varias consultorías obtengan igual puntuación, será la Presidencia la encargada de decidir cuál de ellas debe recogerse en el Plan.

A propuesta de la SGAIE y, atendiendo a las observaciones efectuadas en el

Comité de Dirección, se presentará el borrador del Plan Anual a la aprobación

del Presidente. Una vez obtenida la aprobación del Plan Anual, éste se distribuirá

a los miembros del Comité de Dirección para su conocimiento.

El Plan Anual podrá modificarse justificadamente, ya sea para incluir nuevas

actuaciones o para suprimir las planificadas inicialmente. Estas modificaciones

se someterán a la aprobación de la Presidencia del FEGA.

3.4 Desarrollo de los trabajos

Los trabajos de auditoría interna se efectuarán de conformidad con las Normas

Internacionales para el Ejercicio Profesional de la Auditoría Interna, las Normas

de Auditoría del Sector Público1 y las instrucciones dictadas por la Presidencia

del FEGA, así como al Código de ética de la SGAIE.

Las tareas a ejecutar en la realización de los trabajos de auditoría interna se

concretarán en el “Manual de Procedimiento de Auditoría Interna”, que elabore

y apruebe la SGAIE.

Con carácter general, el Subdirector General de Auditoría Interna y Evaluación

dirigirá el trabajo y designará al supervisor y a los funcionarios de su unidad que

1 Resolución de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se aprueban las normas de auditoría del sector público (BOE nº 234 de 30/09/1998).

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MINISTERIO

DE AGRICULTURA Y PESCA,

ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

FONDO ESPAÑOL

DE GARANTIAA AGRARIA

formarán parte de cada equipo. La asignación de los trabajos entre el personal

auditor y los plazos para su realización se establecerán en “Documentos de

planificación”, que serán aprobados por el Subdirector General de Auditoría

Interna y Evaluación.

El Subdirector General de Auditoría Interna y Evaluación comunicará el inicio de

los trabajos de auditoría a la Presidencia del FEGA y a la unidad (o unidades)

gestora de la actividad, solicitando a ésta la designación de un interlocutor con

el equipo auditor. En el caso de la consultoría dicha comunicación solo se enviará

a la unidad solicitante de esos trabajos.

Cuando la auditoría y/o consultoría afecten a unidades que no pertenezcan a la

estructura orgánica del FEGA la comunicación de inicio se realizará directamente

por la Presidencia.

La SGAIE podrá solicitar todos los documentos y antecedentes que considere

necesarios para el ejercicio de sus funciones. Los Subdirectores Generales

responsables de las actividades velarán por que estos documentos se faciliten

con la debida celeridad.

Las pruebas previstas en la auditoría y/o consultoría se podrán realizar tanto en

las dependencias de la unidad gestora, como en las dependencias de la SGAIE.

Los responsables de las actividades quedarán obligados a prestar la debida

colaboración y apoyo a los funcionarios encargados de la auditoría, poniendo los

medios materiales y humanos necesarios para que el equipo auditor ejerza

adecuadamente las funciones encomendadas.

4 AUDITORÍA

El resultado de la auditoría se recogerá en informes, que serán provisionales y

definitivos.

Los informes provisionales contendrán, de manera clara y concisa, los hechos,

consecuencias, conclusiones y recomendaciones que, con carácter provisional,

se consideren relevantes como resultado de la auditoría.

Los informes definitivos se emitirán sobre la base del informe provisional,

teniendo en cuenta:

- Las observaciones que se realicen en el caso de que la unidad responsable no esté de acuerdo con alguna de las recomendaciones.

- El plan de acción que aporte la unidad responsable con las medidas correctoras pertinentes para aquellas recomendaciones a las que no se formulen observaciones.

4.1 Informe provisional.

Una vez elaborados los informes provisionales de auditoría, la SGAIE los remitirá

a la unidad objeto de la auditoría.

Se informará a la unidad gestora de que dispone del plazo de 15 días hábiles

desde su recepción para presentar las observaciones y/o el plan de acción que

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MINISTERIO

DE AGRICULTURA Y PESCA,

ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

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DE GARANTIAA AGRARIA

considere oportuno para las recomendaciones para las que la unidad no haya

manifestado expresamente su desacuerdo en las observaciones. A propuesta

razonada de la unidad, se podrá considerar la ampliación de dicho plazo.

4.1.1 Observaciones

Con el fin de evitar trámites que retrasen la finalización de la auditoría, las

observaciones deberán estar debidamente documentadas y deben referirse de

forma concreta a una o a varias recomendaciones del informe que además

deben quedar claramente identificadas en el escrito. Las observaciones

constarán en el informe definitivo, así como el análisis que de las mismas lleve

a cabo la SGAIE.

4.1.2 Plan de Acción

El plan de acción se referirá a las recomendaciones del informe que la unidad

gestora haya aceptado. Este plan de acción constará en el informe definitivo, así

como el análisis que del mismo lleve a cabo la SGAIE.

En el citado plan figurarán tanto las medidas concretas a adoptar, como el

calendario previsto para su implantación.

La SGAIE realizará el análisis del plan de acción, valorando su adecuación, y

oportunidad.

4.2. Reunión con la unidad gestora de la actividad auditada

Una vez realizado por parte de la SGAIE el análisis tanto de las observaciones

como del plan de acción, éste será remitido a la unidad gestora. En el escrito de

remisión se convocará a la unidad a una reunión, en la que se debatirá acerca

de las diferencias encontradas entre esa unidad y el equipo de auditoría, en base

al análisis realizado.

4.3. Informe definitivo

El informe definitivo contendrá, de manera clara y concisa, los hechos,

conclusiones y recomendaciones que se consideren relevantes como resultado

de la auditoría, además de las observaciones presentadas y su análisis, el plan

de acción y su análisis y el documento que recoja el resultado de la reunión

citada en el apartado anterior, así como todas aquellas modificaciones del

informe provisional que sean consecuencia de estas actuaciones.

Si no se hubiesen presentado observaciones o plan de acción en el plazo

señalado, el informe provisional se dará por definitivo, indicando expresamente

esta circunstancia en el mismo.

Una vez elevado el informe a definitivo la SGAIE lo remitirá a la Presidencia, para

que, si lo estima conveniente, lo remita a la unidad objeto de la auditoría y en

concreto a los responsables de las actividades.

Se informará a la unidad gestora de que dispone del plazo de 10 días hábiles

desde su recepción para presentar un plan de acción, tanto en el caso de que

no se haya presentado dicho plan de acción de forma previa, como para el caso

de que se mantengan recomendaciones que no han quedado resueltas.

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MINISTERIO

DE AGRICULTURA Y PESCA,

ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

FONDO ESPAÑOL

DE GARANTIAA AGRARIA

Pasado el plazo dado desde la remisión del informe definitivo sin que la unidad

gestora haya presentado el plan de acción, la SGAIE informará a la Presidencia

de este hecho, para que tome las medidas que considere pertinentes.

4.4 Medición del grado de satisfacción/calidad percibida por las unidades

gestoras.

En todos los casos se distribuirá, para su cumplimentación por parte de las

unidades gestoras de las actividades auditadas, una encuesta de satisfacción

“Evaluación de la calidad de las auditorías” con independencia de que la SGAIE

pueda contactar directamente con el responsable de los procesos auditados al

finalizar la auditoría, en los supuestos que considere conveniente.

4.5. Seguimiento.

La SGAIE, una vez finalizado el Plan Anual, presentará los resultados del mismo

en la Comisión de Seguimiento de los Sistemas de Gestión y Control Interno del

Organismo2.

Trimestralmente como punto fijo del orden del día, de acuerdo a la “Instrucción

General de la Comisión de Seguimiento de los Sistemas de Gestión y Control

Interno del FEGA Organismo Pagador”, la SGAIE presentará a dicha Comisión

el estado de todas las recomendaciones agrupadas por auditoría realizada.

Se incluirán las recomendaciones con medidas correctoras no adecuadas o sin

respuesta, hasta que las mismas estén cerradas, a los efectos de que la

Presidencia pueda decidir las medidas pertinentes para resolverlas.

4.6 Informes especiales de auditoría interna

Cuando en el curso de una auditoría el Subdirector General de Auditoría Interna

y Evaluación entienda que los hechos detectados puedan tener una importancia

relevante para el Organismo o exista una sospecha de fraude, se emitirá un

informe especial.

En el informe especial se deberá indicar:

a) Descripción de los hechos constatados.

b) Posibles consecuencias para el Organismo.

c) Cuantificación de los perjuicios causados, cuando sea posible.

El informe especial se remitirá a la Presidencia del FEGA tan pronto se tenga

noticia del posible alcance, daño, perjuicio o indicio de fraude. La Presidencia,

en su caso, lo remitirá a la autoridad administrativa o judicial que proceda.

2 Apartado 4.3, Instrucción General sobre la Comisión de Seguimiento de los Sistemas de Gestión y

Control Interno del Organismo pagador

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ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

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DE GARANTIAA AGRARIA

5 SERVICIOS DE CONSULTORÍA

Según la definición dada en el MIPPAI los servicios de consultoría se definen

como: “Actividades de asesoramiento y servicios relacionados, proporcionadas

a los clientes, cuya naturaleza y alcance estén acordados con los mismos…sin

que el auditor interno asuma responsabilidades de gestión.”

Las unidades gestoras podrán solicitar consultorías dirigiéndose a la SGAIE, que

serán tenidas en cuenta para la elaboración del Plan Anual de Actuación de

Auditoría Interna del ejercicio siguiente.

El Subdirector de Auditoría Interna y Evaluación deberá valorar, antes de

aceptar un servicio de consultoría:

- que los auditores internos poseen los conocimientos, las aptitudes y otras competencias necesarias para desempeñar la totalidad o parte del trabajo;

- las necesidades y expectativas de la unidad gestora que lo solicita, incluyendo la naturaleza, oportunidad y plazo de obtención de los resultados del trabajo;

- la complejidad relativa y la extensión de la tarea necesaria para cumplir los objetivos del trabajo; y

- el coste del trabajo de consultoría en relación con los beneficios potenciales.

Durante el desarrollo de estos trabajos se establecerá un acuerdo con la unidad

gestora que los haya solicitado, en lo referido a objetivos, alcance,

responsabilidades respectivas y demás expectativas, que será recogido por

escrito.

El resultado de la consultoría se recogerá en un informe, que contendrá, de

manera clara y concisa, los hechos, consecuencias, conclusiones y

recomendaciones que se consideren relevantes como resultado de la misma.

Una vez elaborado el informe de la consultoría, la SGAIE lo remitirá a la unidad

objeto de la misma y en concreto a los responsables de las actividades a la vez

que a la Presidencia del FEGA, para su conocimiento.

6 SEGUIMIENTO DE LAS FUNCIONES DELEGADAS

En relación con los órganos con funciones delegadas, el punto 1 del Anexo I del

Reglamento (CE) nº 907/2014 sobre “Delegación” dispone, que el organismo

pagador deberá cerciorarse de que éstos cuentan con sistemas eficaces para

garantizar el cumplimiento de sus funciones de forma satisfactoria y realizar

exámenes periódicos para confirmar el correcto desarrollo de los trabajos y su

conformidad con la normativa comunitaria.

A tal fin, la SGAIE podrá llevar a cabo auditorías y/o consultorías de las funciones

delegadas, en el marco de los planes quinquenales y anuales de actuación de

auditoria interna correspondientes, para lo cual los acuerdos de delegación

deberán prever esta posibilidad.

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MINISTERIO

DE AGRICULTURA Y PESCA,

ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

FONDO ESPAÑOL

DE GARANTIAA AGRARIA

7 COLABORACIÓN CON LOS ORGANISMOS PAGADORES DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

7.1. Labores de apoyo y coordinación en ámbitos horizontales.

Se destaca la labor de coordinación y apoyo en el ámbito de la prevención,

detección y lucha contra el fraude, al que la normativa otorga especial

importancia en relación con la protección de intereses financieros [Art 58.1 del

Reglamento (UE) nº 1306/2013] y con los criterios de autorización [Anexo I del

Reglamento (UE) nº 907/2014].

Las actuaciones en este ámbito se encuentran reguladas en la Instrucción

General 02/2015, de julio de 2015, dado que por la especificidad de estas tareas

se ha considerado pertinente que su regulación se lleve a cabo en una

instrucción especifica.

7.2 Cursos de formación

En el marco de la oferta formativa del FEGA, la SGAIE organizará cursos de

formación dirigidos al personal de los organismos pagadores en materias que

contribuyan a mejorar el ejercicio de la función que tienen asignada.

El contenido de dichos cursos podrá ser orientado tanto a la generalidad del

personal de los organismos pagadores, como, de forma específica, al personal

de los servicios de auditoría interna, ya que normas internacionales de auditoría

recogen la necesidad del desarrollo profesional continuado de los auditores y

disponen el deber de perfeccionar sus conocimientos, aptitudes y otras

competencias.

7.3 Colaboración específica con los Servicios de Auditoría Interna de los

OOPP

La SGAIE promoverá la organización de actividades con los servicios de

auditoría interna de los organismos pagadores de las comunidades autónomas

con el fin de fomentar el intercambio de experiencias y puntos de vista. Estas

actividades consistirán principalmente en la celebración de Mesas Redondas,

Jornadas Técnicas y cursos de formación (ver apartado 7.2).

También difundirá y promoverá la participación de los servicios de auditoría

interna de los organismos pagadores en los distintos foros de auditoría tanto de

la Unión Europea: IAS (Internal Audit Service), AMADEUS (Annual Meeting of

Audit Directors of European Union Services) como de otros organismos

internacionales: IAI (Instituto de Auditores Internos).

Asimismo, gestionará el grupo de trabajo “Auditoría Interna” en la página web del

FEGA para el intercambio de información y opinión sobre temas de interés

común de los servicios de auditoría interna.

7.3.1 Mesas Redondas

Las Mesas Redondas reunirán a los responsables de los servicios de auditoría

de los organismos pagadores para debatir asuntos de interés y actualidad en

relación con el desarrollo de sus funciones. Por razón de la materia a tratar,

podrán participar en las reuniones otros colaboradores, de la Administración o

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no, con objeto de ser consultados sobre asuntos de su competencia. Con

carácter ordinario se celebrará una Mesa Redonda cada semestre del año.

La SGAIE elaborará el orden del día, en colaboración con los servicios de

auditoría de los organismos pagadores y con el acuerdo de la Presidencia, y

distribuirá la convocatoria de la Presidencia a los Directores y responsables de

auditoría de los organismos pagadores, a través del grupo de trabajo on line.

Asimismo, elaborará un acta que recogerá los asuntos tratados y acuerdos

alcanzados que se remitirá a los asistentes de la reunión.

7.3.2 Jornadas Técnicas de Auditoría Interna

La SGAIE promoverá la celebración de jornadas técnicas en base a un programa

de ponencias sobre temas de interés y actualidad en los ámbitos de auditoría y

control, impartidas tanto por los auditores de los servicios de auditoría interna de

los organismos pagadores como en su caso por profesionales con experiencia

en estos ámbitos tanto del sector público como privado.

Las jornadas se celebrarán, de forma general, con carácter anual. En su organización colaboraran los servicios de auditoría interna de los organismos pagadores y se celebraran en la comunidad autónoma proponente.

El Presidente, Firmado electrónicamente por Miguel Ángel Riesgo Pablo.

DESTINO:

Secretaría General y Subdirectores Generales del FEGA, Abogacía del Estado

e Intervención Delegada.

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Tel: 91 347 65 00

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