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INTRODUCCION 1

2. SITUACIÓN POLÍTICA DE HONDURAS. 2

2. DERECHOS CIVILES Y POLITICOS. 3

2.1. DERECHO A LA VIDA, A LA INTEGRIDAD PERSONALY A LA LIBERTAD 3

2.2. PREVENCION Y ERRADICACION DE LA TORTURA 4

2.3. AVANCES EN MATERIA DE REHABILITACION PENITENCIARIA 4

2.4. ACCESO A LA JUSTICIA Y REFORMA JUDICIAL. 6

2.5. DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESION 7

2.6. DERECHOS ECONÓMICOS Y SOCIALES 7

2.6.1. EL DERECHO A LA SALUD 7

2.6.2. EL DERECHO A LA EDUCACIÓN 8

2.6.3. DERECHO A LA CULTURA 10

2.6.4. ETNIAS, CULTURA Y DESARROLLO 10

2.6.5. EL DERECHO AL TRABAJO 11

2.6.6. DERECHO A UNA VIVIENDA DIGNA 12

2.6.7. DERECHO A LA ALIMENTACIÓN 13

3. DERECHOS DE LOS GRUPOS HUMANOS EN SITUACIÓN DE

VULNERABILIDAD. 14

3.1. DERECHOS DE LA MUJER 14

3.2. DERECHOS DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES 15

3.3. DERECHOS DE LA JUVENTUD. 16

3.4. DERECHOS DE LOS GRUPOS LGBT 17

3.5. DERECHOS DE LOS ADULTOS MAYORES 17

3.6. DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 18

3.7. DERECHOS DE LOS MIGRANTES 19

3.8. DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y AFROHONDUREÑOS 21

3.9. DERECHO A UN AMBIENTE SANO 22

CONCLUSIONES 24

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INTRODUCCION

1. El Estado de Honduras, al igual que otros Estados miembros de la Organización de las

Naciones Unidas (ONU), comparece a presentar el “ Informe Periódico Universal (EPU) ” en materia de derechos humanos, correspondiente al periodo 2006 - 2010, como parte de un proceso generado por el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas (CDH), encaminado a evaluar la situación interna de cada Estado miembro, en lo que se refiere a la vigencia, avance y compromisos pendientes en el ámbito de los derechos humanos.

2. Luego de un análisis exhaustivo de la situación de los derechos humanos en Honduras, se llegó a conclusiones claras y precisas con respecto a los avances obtenidos en esa materia, como producto del cumplimiento de los compromisos adquiridos a nivel internacional y los cambios experimentados a lo interno del país, por medio de reformas institucionales que conllevan la creación de unidades especializadas en Derechos Humanos, la creación de nuevas figuras de gobierno como el cargo de Ministra – Asesora Presidencial en materia de Derechos Humanos y la instalación de la Comisión de la Verdad.

1 2 No obstante lo anterior, se

identificaron igualmente compromisos pendientes derivados de los convenios internacionales que han sido suscritos, sobre lo cual se trabaja arduamente.

3. Con respecto a la interrelación de Honduras con los organismos internacionales de DDHH y

otros actores, el gobierno hondureño en todo momento ha estado anuente a colaborar, respaldando y asegurando el efectivo cumplimiento de los trabajos realizados por las comisiones de derechos humanos de la CIDH que han visitado el país en más de una oportunidad; así como ha dado respuesta inmediata a los requerimientos de información que formulan diversos relatores y organizaciones como Amnistía Internacional, para lo cual ha sido creado un “ Grupo de Trabajo Interinstitucional de Derechos Humanos

3”, el que se

encarga del análisis y gestión de las peticiones con participación de los operadores de justicia y otros entes competentes de gobierno.

4. La metodología del Examen Periódico Universal ha permitido al Estado de Honduras, tener una visión integral y transparente de la situación de los derechos humanos en el país, considerando que abre espacios de participación a las diferentes instituciones gubernamentales y poderes del Estado, los que en el ámbito de su competencia, aportaron los insumos que forman parte del informe. Importante es resaltar, que en el caso particular de Honduras, ha correspondido una agenda propia al Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH) y a las organizaciones no gubernamentales y de la Sociedad Civil frente al Consejo, con un informe independiente y enfoques basados en sus propias experiencias. El texto preliminar del informe fue socializado con los diferentes sectores una vez aprobado por los representantes de la mesa interinstitucional, habiendo procedido la coordinación a circular el documento entre los sectores no gubernamentales, con un plazo determinado para la formulación de las observaciones.

5. Con la incorporación de las observaciones generales, se logra crear un informe nacional único

e integral, el cual refleja las fortalezas, oportunidades y debilidades de nuestro sistema de derechos humanos, obligando a nuestras instituciones a diseñar nuevas estrategias, programas y políticas de trabajo, acordes a las necesidades actuales de la población y al fortalecimiento de las capacidades del Estado.

1 Diálogo Guaymuras –Acuerdo Tegucigalpa/San José, para la reconciliación nacional y el fortalecimiento de la democracia en Honduras, punto No. 6 –sobre la Comisión de Verificación y la Comisión de la Verdad 2 Decreto Ejecutivo N. PCM-011-2010 3 Acuerdo de creación del Grupo interinstitucional de Derechos Humanos

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6. La participación de Honduras en el examen periódico universal ofrece características especiales que la diferencian de otros Estados ya evaluados, por coincidir su proceso evaluativo, con un periodo marcado por incidentes políticos de alta repercusión internacional y fuertes críticas al sistema de protección y garantía de los derechos humanos del Estado hondureño.

7. No obstante lo anterior y siendo coincidentes con los compromisos de integración nacional y

reconciliación impulsados por el Poder Ejecutivo, el trabajo realizado por la comisión interinstitucional de gobierno, estuvo investido de un alto espíritu de objetividad y amplia participación de todos los sectores, con el real propósito de concentrar los diferentes enfoques en una sola posición de país, respetando cualquier criterio o definición política basada en los acontecimientos nacionales.

1. SITUACIÓN POLÍTICA DE HONDURAS.

8. En Honduras, la Constitución de la República establece tres poderes del Estado, los cuales actúan con autonomía en sus respectivos ámbitos de competencia y a su vez, en forma conjunta para la consecución de los objetivos de desarrollo integral de la población.

9. El Presidente Porfirio Lobo Sosa, ha cumplido con lo pactado en el Diálogo Guaymuras -Acuerdo Tegucigalpa / San José, como ser: el establecimiento de un gobierno de unidad y reconciliación nacional; sobre la Comisión de Verificación y Comisión de la Verdad; la normalización de las relaciones de Honduras con la comunidad internacional y garantía de observancia a la Constitución de la República y de las Leyes.

10. La Comisión de la Verdad integrada por personalidades nacionales y extranjeras de

reconocida solvencia moral y profesional, tiene como finalidad esclarecer los hechos ocurridos antes y después del 28 de junio del 2009, que permitan calificar la situación política a que estuvo sometido el Estado de Honduras.

11. Esta apertura de parte del titular del Poder Ejecutivo, ha contribuido notablemente a la

estabilidad y tranquilidad social, con el progresivo reconocimiento por parte de la comunidad internacional a su administración y los esfuerzos realizados.

12. En el ámbito de los derechos humanos, la actual administración de gobierno que preside el

Señor Porfirio Lobo Sosa, ha formulado invitación abierta4 a los organismos internacionales de

derechos humanos del Sistema Interamericano y de Naciones Unidas, para que envíen al país si así lo tienen a bien, cuantos Relatores y Comisiones de Trabajo estimen pertinentes, para constatar in situ los avances, compromisos pendientes y los esfuerzos en la materia de parte del Estado.

13. De igual forma, el gobierno hondureño formalizó petición a la Oficina del Alto Comisionado

para los Derechos Humanos de Naciones Unidas (OACDHNUD)5, con el objeto de proceder

ese alto organismo a la instalación de una Oficina o Representación en Honduras, que garantice la efectividad de su trabajo y consolide los esfuerzos que tanto el Estado hondureño como el Alto Comisionado realizan por la vigencia de los derechos humanos en el país.

14. El Estado de Honduras ha realizado avances importantes en la ejecutoria de los mandatos

emitidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), mediante el

4 Carta del Señor Presidente de la República, Don Porfirio Lobo Sosa, a la Organización de Estados Americanos ( OEA) 5 Carta del Señor Presidente de la República, Don Porfirio Lobo Sosa, a la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas (OACNUDH).

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reconocimiento de su responsabilidad internacional en un acto público celebrado en fecha 10 de junio del corriente año, por el asesinato de la ambientalista Blanca Jeannette Kawas Fernández el 6 de febrero de 1995, habiendo presentado el titular del Poder Ejecutivo las disculpas a los miembros de la familia Kawas y a la sociedad hondureña al reconocer la lucha inquebrantable realizada por la desaparecida ambientalista hondureña, destacando su permanente defensa por la protección y la conservación del ambiente y el desarrollo del Parque Nacional en Punta Sal, en la ciudad de Tela, Departamento de Atlántida.

15. Otras denuncias de supuestas violaciones a derechos humanos son actualmente investigadas

y tramitadas en los órganos del Sistema Interamericano y nacional, correspondientes a diferentes períodos de gobierno. Es oportuno señalar, que un número indeterminado de denuncias basadas originalmente en violaciones a derechos humanos, una vez concluidas las investigaciones, se verificó que estaban ligadas a la delincuencia común y al crimen organizado y en aquellas en que se establecen indicios de participación de agentes del Estado, se ha instruido igualmente la investigación, la consecuente identificación, juzgamiento y sanción correspondiente.

16. La Constitución de la República, los Convenios Internacionales suscritos por Honduras en

materia de Derechos Humanos; el sometimiento respetuoso del Estado a la competencia de organismos y tribunales internacionales de Derechos Humanos; Leyes nacionales especiales; la vigencia y fortalecimiento de las instituciones que promueven y garantizan el respeto a los Derechos Humanos; la creación de una nueva instancia de derechos humanos a lo interno del Poder Ejecutivo; reformas a la estructura institucional que permita en el corto y mediano plazo el diseño y ejecución de una Política Nacional de Derechos Humanos, que se concrete en un Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos y otros nuevos elementos consagrados en la estrategia Visión de País y Plan de Nación, constituyen un amplio marco de apoyo a las ejecutorias del Estado y reflejan una estructura en crecimiento, que sin lugar a dudas permitirá avances basados en la actual situación de derechos humanos y en la interacción entre la sociedad y el Estado.

2. DERECHOS CIVILES Y POLITICOS.

2.1. DERECHO A LA VIDA, A LA INTEGRIDAD PERSONALY A LA LIBERTAD

17. En Honduras se prohíbe la pena de muerte, fue de los primeros países en suscribir la

Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José, sin reservas de ninguna clase, donde se compromete a no restablecerla, tomando en cuenta que fue abolida absolutamente desde la Constitución de 1957, por consiguiente, es un paso en firme para proclamar la inviolabilidad del derecho a la vida.

18. La legislación hondureña protege al que está por nacer y se penaliza el aborto, excepto cuando, con el consentimiento de la mujer, se realice para salvarle la vida, en beneficio de su salud, o cuando esté seriamente perturbada o amenazada por el proceso de la gestación.

19. Para la efectividad de estos derechos, existen procedimientos e instituciones especializadas,

como el Ministerio Público y el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH), creadas por mandato constitucional en 1993 y 1995 respectivamente. Estas instituciones gozan de autonomía funcional y operativa, facilitando el acceso a la denuncia y al enjuiciamiento eficaz de actos injustos.

20. En materia de Derechos Humanos, el CONADEH tiene como mandato garantizar los derechos

y libertades reconocidos en la Constitución de la República. En materia de justicia, el Ministerio Público es una institución que goza de completa independencia funcional, administrativa, financiera y presupuestaria, siendo uno de sus objetivos, velar por el respeto de los derechos humanos, en coordinación con otros entes públicos y privados.

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2.2. PREVENCION Y ERRADICACION DE LA TORTURA

21. El Estado se obliga a través de su legislación interna y compromisos internacionales, a proteger la integridad física, psíquica y moral. En ese sentido, nadie puede ser sometido a torturas y tratos crueles, inhumanos y degradantes, tomando en cuenta que Honduras es Parte desde 1996 de la “Convención Contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes”. La Constitución de la República establece que la “libertad personal es inviolable y sólo con arreglo a las leyes podrá ser restringida o suspendida temporalmente.”

22. En ese sentido, se han propuesto reformas sustanciales a la legislación interna entre las que cabe resaltar, las siguientes: reformas a través del Congreso Nacional del Artículo 209-A del Código Penal vigente, a fin de armonizarlo plenamente con el Artículo 1 de la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles Inhumanos o Degradantes.

23. Asimismo en el año 2008, se aprobó la Ley del Mecanismo de aplicación del “Protocolo

Facultativo contra la Tortura otros Tratos o Penas Crueles Inhumanos o Degradantes”, la cual establece un Comité Nacional contra la Tortura integrado por un representante del Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y un representante de la Sociedad Civil, creándose además un Consejo Consultivo (Consejo Asesor)

24. La vigilancia, denuncia e investigación de los abusos o maltratos físicos, llevados a cabo por

la autoridad policial, corresponde a organismos defensores de los derechos humanos tales como el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, Defensa Pública, Fiscalía Especial de Derechos Humanos del Ministerio Público y también por las ONG´s, cuando estos se producen en el acto de la detención, procurando un trato justo en los centros de detención. No obstante lo anterior, debido a limitaciones presupuestarias y falta de una reglamentación específica, no se cuenta por parte de estos organismos con una presencia permanente en todos los centros de detención a nivel nacional, en ese sentido el Estado de Honduras, a través del Poder Judicial, gestiona para que la Comisión Interinstitucional de Justicia Penal encuentre una solución.

25. El Estado de Honduras a través del Poder Judicial en el seno de la Comisión Interinstitucional

de Justicia Penal, toma medidas para incorporar a los jueces penales, fiscales, defensores públicos, médicos forenses y personal de salud mental, policías, funcionarios de prisiones y demás afines a los planes de formación y capacitación profesional de los operadores de justicia, sobre los tratados internacionales y protocolos facultativos que permiten descubrir e investigar los casos de tortura, trato cruel, inhumano y degradante, especialmente para la aplicación del Protocolo de Estambul, así como para que se tomen medidas administrativas, a través de la Inspectoría de Juzgados y Tribunales para asegurar su efectivo cumplimiento.

26. El Estado se ha comprometido a garantizar un debido proceso para el juzgamiento de los

imputados por el delito de tortura y malos tratos, con toda objetividad e imparcialidad, con independencia de la condición social, rango militar o policial, y libre de toda injerencia.

2.3. AVANCES EN MATERIA DE REHABILITACION PENITENCIARIA

27. La Secretaría de Seguridad, a través de la Dirección Nacional de Servicios Especiales Preventivos (DNSEP), ha realizado diversos estudios y proyectos en los últimos años para fortalecer y remediar la situación de los internos en materia de rehabilitación y sobrepoblación penitenciaria, en cumplimiento a los compromisos del Estado en el campo de los Derechos Humanos. Entre estos proyectos, se tiene previsto para el período comprendido 2010-2013, que los establecimientos penitenciarios posean capacidad para albergar a nivel nacional a 15,000 internos, con la construcción de nuevos establecimientos penitenciarios en los siguientes lugares: Tegucigalpa, un reclusorio de máxima seguridad, uno de mínima seguridad, un módulo para privados de libertad con problemas mentales y otras enfermedades

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de atención especial. Para mayor seguridad personal de los internos, se trasladará a la ciudad de Choloma, Cortés, la Penitenciaría que se encuentra en San Pedro Sula.

28. En lo que se refiere a alimentación y atención médica, es importante mencionar que se ha mejorado la calidad de los alimentos que consumen los internos, como producto de un incremento del presupuesto que asigna el Estado y el apoyo de ONG’s, iglesias, alcaldías, fuerzas vivas de la comunidad y la empresa privada. Por su parte, hay avances sustanciales con relación al incremento de personal médico, de enfermería y la creación de clínicas médicas en los diferentes centros penales. Asimismo, se tiene proyectado para el período comprendido 2010-2013, que los 24 establecimientos penitenciarios posean su clínica médica con personal de enfermería y abastecimiento de medicamento en un 80%.

29. El 99% del personal de seguridad son policías penitenciarios, los cuales llevan en su currícula

la asignatura de derechos humanos, de igual manera, el 90% del personal de seguridad y administrativo ha recibido capacitación en esta materia. De los 24 Directores de los Establecimientos Penitenciarios, 20 son oficiales de la Policía Preventiva, los cuales en su currícula de formación llevan la asignatura de policía penitenciaria y los cuatro restantes son oficiales penitenciarios.

30. Actualmente asisten a los diferentes programas educativos 1,795 privados (as) de libertad, lo

cual representa un 16% de la población; se tiene proyectado para el periodo 2010-2013 la asistencia del 80% de los privados de libertad procesados y el 100% de los privados de libertad sentenciados a los diferentes programas educativos. Estos programas se realizan mediante alianzas entre la Dirección Nacional de Servicios Especiales Preventivos (DNSEP) de la Secretaría de Seguridad y los programas de Educación Formal desde Educación Básica hasta Superior, entre ellos, EDUCATODOS, Programa de Apoyo a la Enseñanza de la Educación Básica de Honduras (PRALEBAH) e Instituto Hondureño de Educación por Radio (IHER), asimismo programas de educación técnica con el Instituto Nacional de Formación Profesional (INFOP), ONG`s, iglesias evangélicas y católicas. Se ha construido una biblioteca en el Centro Penitenciario de Támara, ubicado en Francisco Morazán.

31. Está en marcha el proceso de regionalización de los equipos técnicos interdisciplinarios con la

finalidad de resolver lo pertinente al otorgamiento de beneficios de preliberación a los privados de libertad, asimismo se conformaron cinco equipos técnicos móviles integrados por médicos, psicólogos, trabajadores sociales y un profesional del derecho para elaborar el diagnóstico, tratamiento, clasificación y rehabilitación de la población penal. Se ha iniciado igualmente el proceso para el establecimiento de un Registro de identificación Nacional de Privados de Libertad, a fin de crear una base de datos en línea con cada Centro Penitenciario que contenga datos confiables de los privados de libertad, de los que han estado recluidos y los que actualmente están, con el propósito de identificar la incidencia de los delitos por departamento e inclusive por los municipios del país de manera que las autoridades implementen programas para reducir la incidencia delictiva por zonas geográficas.

32. En el año 2010 se emitió un Decreto Ejecutivo de Emergencia y Calamidad para nueve

Centros Penales (San Pedro Sula, Puerto Cortés, Santa Bárbara, La Esperanza, Progreso, Yoro, Trujillo, La Ceiba y Puerto Lempira), con el propósito de gestionar los fondos necesarios para atender de forma urgente la construcción y reparación de dichos establecimientos, en cumplimiento de lo ordenado por la Corte Suprema de Justicia, a raíz de los Habeas Corpus correctivos presentados por el Ministerio Público a través de la Fiscalía Especial de los Derechos Humanos, Comisionado Nacional de los Derechos Humanos y Jueces de Ejecución, a fin de proteger los derechos fundamentales de los privados de libertad y mejorar la infraestructura de los establecimientos penitenciarios que en su mayoría datan de principios del siglo XX, dos de ellos han dado lugar a sucesos lamentables.

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2.4. ACCESO A LA JUSTICIA Y REFORMA JUDICIAL.

33. La función de investigar los delitos, promover la acción penal pública y realizar la debida actividad probatoria, orientada a probar el estado de inocencia de los acusados corresponde al Ministerio Público desde el año de 1993, así como, el efectivo cumplimiento a las órdenes de captura libradas por los jueces.

34. Actualmente se encuentra en la Corte Suprema de Justicia previo a su remisión al Congreso Nacional, el Proyecto de Ley de la Carrera Judicial y del Consejo de la Judicatura. Este Consejo se concibe como un órgano independiente, encargado de regular el régimen de administración de personal y del presupuesto. El Proyecto no ha sido aún aprobado, no obstante existe el interés del Estado de Honduras sobre este importante tema.

35. La Ley de la Carrera Judicial vigente desde 1980, establece que los jueces y magistrados

gozarán del derecho de estabilidad y podrán ser removidos por causas justificadas de acuerdo a esta Ley y sus Reglamentos, en ese caso, el interesado cuenta con las garantías de un procedimiento de audiencias de descargo, en dos instancias administrativas donde puede presentar las pruebas que estime necesarias y, si lo considera pertinente, tiene asimismo expedita la vía judicial.

36. A partir de la entrada en vigencia en el año 2002 del actual Código Procesal Penal, se cuenta

con Jueces de Ejecución a nivel nacional, quienes al ser los encargados de la vigilancia del cumplimiento de las penas privativas de libertad, también velan por el efectivo cumplimiento de los fines y duración de la prisión preventiva, así como el tratamiento del imputado durante el proceso.

37. Al respecto, el Código Procesal Penal y sus reformas disponen los requisitos que deberán

cumplirse para la aplicación de medidas cautelares sustitutivas alternas a la prisión preventiva, para lo cual el Poder Judicial crea condiciones de independencia para que los jueces apliquen estas normas procesales a los casos concretos.

38. Con relación a la debida administración de justicia, la Ley del Ministerio Público en su artículo

16, numeral 9, otorga atribuciones a la institución para velar por la efectiva administración de justicia, al establecer: “Defender y promover la independencia y autonomía de los jueces y magistrados en el ejercicio legítimo de sus funciones”.

39. Complementariamente, todo ciudadano tiene garantía de acceso a la justicia por conducto del

Ministerio Público y el CONADEH, interponiendo denuncias contra cualquier autoridad independientemente de su nivel jerárquico, incluidos los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional. Con respecto a esto último, el Ministerio Público, a través de la Fiscalía Especial de los Derechos Humanos, desde su creación registra una gran cantidad de denuncias

6, con sus correspondientes expedientes para la investigación y, en su caso, la

deducción de responsabilidades a miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional. A partir de la reforma constitucional de 2004, ningún funcionario goza de inmunidad en el desempeño de sus funciones.

40. El Estado de Honduras, en el seno de la Comisión Interinstitucional de Justicia Penal,

integrada entre otros por el Poder Judicial, Ministerio Público, Secretaría de Seguridad, ha decidido tomar todo tipo de medidas para buscar mecanismos efectivos de prevención de las ejecuciones extrajudiciales, especialmente de jóvenes. Asimismo se procederá a brindar medidas de seguridad a jueces y demás miembros del Poder Judicial, que conocen de causas penales, especialmente de niños y niñas que pudieran estar siendo amenazados de muerte, a fin de garantizarles la vida, la integridad física e independencia en el buen desempeño de sus funciones judicial

6 Ver Cuadro de denuncias de violaciones a derechos humanos realizadas con posterioridad al 28 de junio de 2009

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2.5. DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESION

41. La Constitución de la República establece que “es libre la emisión del pensamiento por cualquier medio de difusión, sin previa censura. Son responsables ante la ley los que abusen de este derecho y aquellos que por medios directos o indirectos restrinjan o impidan la comunicación y circulación de ideas y opiniones”. El Artículo 187 de la Constitución de la República autoriza la suspensión del ejercicio de ciertos derechos entre ellos el contenido en el artículo 72 antes mencionado en caso de perturbación grave de la paz por medio de un Decreto emitido por el Presidente de la República en Consejo de Ministros y pudiendo ser ratificado, modificado o improbado por el Congreso Nacional. La restricción de garantías no podrá exceder de un plazo de cuarenta y cinco días por cada vez que se decrete. En caso de abuso en la aplicación del presente artículo dará lugar a la sanción que corresponde conforme a la ley.

42. Se investigan homicidios contra periodistas desde el año 2008, los cuales están en manos de

las autoridades, para cuyo efecto el Estado de Honduras ha solicitado la colaboración de países como Estados Unidos de América, España y Colombia, como muestra del interés en esclarecer las motivaciones y los culpables de tales hechos. De igual manera cabe mencionar que aquellos procesos que fueron judicializados y sobreseídos en primera instancia, continúan activos debido a la pronta interposición de recursos por parte del Ministerio Público y los fiscales especiales, los que tienen como finalidad encontrar a los responsables. De las investigaciones preliminares se constata que algunos de los homicidios son producto de la delincuencia común y crimen organizado.

2.6. DERECHOS ECONÓMICOS Y SOCIALES

2.6.1. EL DERECHO A LA SALUD

43. La Constitución de la República de Honduras establece que la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, reconociendo el derecho a la salud como un derecho inalienable, instando a todos los ciudadanos a participar en la promoción y preservación de la salud personal y comunitaria.

44. El modelo Nacional de salud de Honduras se ha caracterizado por su debilidad en la rectoría, su fraccionamiento en pequeños programas, la baja eficacia en la ejecución presupuestaria y la inequidad en la prestación de los servicios de salud a toda la población, sobre todo a los grupos más vulnerables.

45. En vista de esta situación, surge la necesidad de iniciar el proceso de reforma del sector para

establecer un sistema de salud plural e integrado que sea financieramente sostenible, centrado en la mejora equitativa de la salud de los individuos, la familia y la comunidad. En ese sentido, el gobierno de la República de Honduras a través de la Secretaria de Salud con apoyo técnico y financiero internacional, ha promovido nuevos modelos de gestión y prestación de servicios descentralizados, caracterizándose por tener un gran componente de participación social, los cuales están siendo conducidos por municipios, mancomunidades y organizaciones sociales.

46. Con el propósito de disminuir la exclusión social, estos modelos se inician en el año 2005 con

17 unidades de salud (clínicas maternas infantiles y unidades de salud de atención primaria), distribuidas en 8 municipios de 6 departamentos del país, beneficiando a 60,130 habitantes. Ya para el año 2010, se cuenta con 115 unidades de salud descentralizadas que cubren 62 municipios en 13 de los 18 departamentos de la nación, beneficiando a 854,576 habitantes.

47. El Estado de Honduras continúa brindando atención a través del sistema institucional, por

medio de sus 28 hospitales nacionales los cuales brindaron 280,797 egresos hospitalarios en

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el año 20097, asimismo el sistema primario de salud brindó a nivel nacional un total de 8,

762,387 atenciones a través de los 380 CESAMOS (Centro de Salud Medico-Odontológico), 1,029 CESARES (Centros de Salud Rural, atendidos por personal auxiliar de enfermería) y 58 clínicas materno infantil

8.

48. En cuanto a la atención a grupos vulnerables, desde el año de 1999 se cuenta con la Ley

Especial Sobre VIH/SIDA, cuyo objetivo fundamental es promover la defensa de los derechos humanos de las personas que conviven con esa enfermedad. El país ha avanzado en el logro de este objetivo siguiendo tres líneas estratégicas básicas: 1.Política y gestión social, 2.Promoción de la salud para la prevención del VIH, 3.Atención integral a los pacientes con VIH/SIDA.

49. En este marco el país cuenta con 35 centros de atención integral (CAI), cubriendo los 18

departamentos del país. Los CAI son centros especializados en la atención de las personas con VIH y otras infecciones de transmisión sexual, en donde se provee la atención y el tratamiento medicamentoso, ya sea antirretroviral y otros de acuerdo a cada caso.

50. Dos de estos centros de atención integral se ubican en los dos principales establecimientos

penitenciarios del país. De igual forma, se garantiza en todo el sistema penitenciario la realización de pruebas rápidas para la detección de VIH.

51. En el año 2005 se elaboró el Plan Nacional de Salud 20219, basado en las siguientes líneas

estratégicas: 1.El proceso de reforma del sector salud, promoviendo la separación de funciones; la rectoría, financiamiento, aseguramiento y la provisión de servicios; 2. La participación y protagonismo social; promoviendo la proactividad de la comunidad en el cuidado de la salud individual, familiar y comunitaria; 3. Articulación de acciones a nivel local, a través del fortalecimiento del rol rector la Secretaria de Salud, misma que coordina las acciones de todos los actores que participan en el sector; 4.Garantizar el acceso a un conjunto definido de prestaciones de cobertura de servicios de salud con equidad; 5.Calidad en los servicios para mejorar la satisfacción del usuario, la calidad técnico científico de las atenciones en salud y optimizar el uso de los recursos; 6.Transparencia de la gestión en el marco del consejo nacional anticorrupción.

52. El Estado de Honduras se encuentra actualmente en un proceso dinámico de reforma

encaminada a cumplir con los lineamientos trazados en este Plan Nacional de Salud 2021, el cual comenzará a dar frutos en los próximos años.

2.6.2. EL DERECHO A LA EDUCACIÓN

53. Según la Constitución de Honduras, “Es función esencial del Estado para la conservación el fomento y difusión de la cultura, la cual deberá proyectar sus beneficios a la sociedad sin discriminación de ninguna naturaleza. La Educación nacional será laica y se fundamentará en los principios esenciales de la democracia, inculcará y fomentará en los educandos profundos sentimientos hondureñistas y deberá vincularse directamente con el proceso de desarrollo económico y social del país.”

54. La Secretaría de Educación es la responsable de regir el Sistema Educativo Nacional. A partir del año 2000 dio inicio un proceso de transformación y reforma de la educación, orientado a que los niños, niñas y jóvenes desarrollen las competencias básicas necesarias, mediante la estructuración del Currículo Nacional Básico y su correspondiente diseño curricular, con el propósito de asegurar una educación de calidad, con equidad social y de género, a fin de que las comunidades alcancen el desarrollo social y cultural. El Currículo Nacional Básico incluye

7 Ver Cuadro de atenciones ambulatorias y egresos hospitalarios atendidos por la red de la secretaria de salud en el año 2009. 8 Ver cuadro de Capacidad instalada de unidades de salud a nivel nacional por nivel de complejidad y tipo de financiamiento. 9 Ver Plan Nacional 2021

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la educación para los derechos humanos resaltando el eje “Democracia Participativa”, orientado a una educación fundada en valores éticos, morales y cívicos, en un marco de igualdad, justicia, interculturalidad y educación sexual.

55. En el ámbito de la Educación Superior, las Universidades Públicas como la Universidad

Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) y la Universidad Pedagógica Nacional Francisco Morazán (UPNFM), han insertado programas de estudio de post grado en las materias de Derechos Humanos en niveles de Diplomado y Maestría.

56. A través de la Secretaria de Educación, se invierte en el nivel pre escolar, básico y medio

aproximadamente un 32.28% del Presupuesto General de la República, cifra que es relativamente limitada en comparación con la demanda de la población.

57. Si bien es cierto la educación es responsabilidad del Estado, son muchos los proyectos,

programas de países amigos y ONG`s tanto nacionales como internacionales que apoyan la educación para mejorar la calidad en sus diferentes niveles.

58. Es en la Educación Primaria en donde se realiza el mayor esfuerzo, ofreciendo una cobertura

neta del 86% de la población estudiantil en este nivel, sin embargo, la cobertura bruta comprende un 99.25% que incluye niños/as menores de 7 años y mayores de 13 años. Una importante masa poblacional no accede a la Educación Primaria especialmente en el área rural.

59. El analfabetismo constituye un tema prioritario para el sistema educativo nacional, por lo que

se han implementado diferentes programas para su erradicación, entre otros: “EDUCATODOS”, “Programa de Apoyo a la Enseñanza de la Educación Básica de Honduras (PRALEBAH)”, “El Maestro en Casa”, Telebásica y “Yo sí puedo”. Asimismo, sectores no gubernamentales contribuyen significativamente con programas educativos a través de la radio y la televisión para facilitar el acceso a la educación básica y media en las zonas más distantes de los centros educativos, tales como los que ejecuta el Instituto de Educación por Radio. Todos estos proyectos son apoyados por el Gobierno de Honduras.

60. En referencia a los avances logrados durante el periodo 2006 – 2010, cabe señalar

porcentajes positivos en el incremento del número de estudiantes, la creación de centros educativos a nivel nacional y creación de nuevas plazas de docentes por parte de la Secretaría de Educación, siendo estos porcentajes comparativos los siguientes: En el año 2006, la matrícula total de estudiantes en todos los niveles fue de dos millones cincuenta y cuatro mil seiscientos doce (2,054,612). Para el año 2009, la matrícula total de estudiantes fue de dos millones ochenta y nueve mil novecientos un (2, 089,901), lo que equivale a un incremento del 10.17%.

10

61. En el año 2006, existieron un total de ochenta mil ciento noventa y cinco (80,195) plazas de

docentes. Por su parte, el año 2009 reporta un total de ciento tres mil doscientas diez (103,210) plazas, lo que representa un incremento de veintitrés mil quince (23,015) nuevas plazas en relación al año 2006, con un porcentaje positivo del 28.70%.

62. En lo que respecta a la creación de nuevos Centros Educativos en el país, funcionaron en el

periodo 2006 un total de dieciocho mil ochocientos veinte (18,820) centros educativos a nivel nacional, cantidad que al periodo 2009 aumentó en un total de cuatro mil ciento cuarenta y cinco (4,145) nuevos centros educativos, para completar un total de veintidós mil novecientos sesenta y cinco (22,965) centros educativos, proyectando un incremento del 22.02%.

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Ver cuadros comparativos docentes, centros y matriculas.

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2.6.3. DERECHO A LA CULTURA

63. La Constitución de la República de Honduras garantiza la protección del patrimonio cultural. Las bases sobre las que descansa la temática cultural son: el fortalecimiento de la identidad nacional, la investigación, el rescate y la difusión del acervo cultural; la educación artística, la conservación y protección del patrimonio histórico y cultural, así como la organización, promoción y desarrollo del deporte, como parte de la formación integral de la población hondureña.

64. La Secretaría de Cultura, Artes y Deportes tiene como metas a corto y mediano plazo, el fortalecimiento de la cultura como un derecho humano fundamental, articulando la multiculturalidad y la interculturalidad. Honduras reconoce la diversidad de su población mediante acuerdo presidencial de 1994 que establece el carácter pluricultural y plurilingüístico.

65. En el año 1997 se crea la Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación, la cual

tiene como objeto la defensa, conservación, reivindicación, rescate, restauración, protección, investigación, divulgación, acrecentamiento y transmisión a las generaciones futuras, de los bienes que constituye el patrimonio cultural de la nación en todo el territorio nacional y en las aguas jurisdiccionales.

66. En el año 2005 se inició “El Plan de Lectura Nacional”, el cual consiste en campañas de

promoción al hábito de la lectura, a través del “Bibliobús y las Cajas Viajeras” en coordinación con las bibliotecas públicas y la red nacional de bibliotecas públicas.

67. La difusión de la cultura se realiza a través de: publicaciones, 49 casas de la cultura a nivel

nacional, programas culturales en medios de comunicación, organizaciones independientes y oficiales y 193 Bibliotecas Públicas.

68. En el año 2009 se llevo a cabo el Proyecto de la Cinemateca Nacional de Honduras. Este proyecto sirve para recopilar, almacenar, preservar, restaurar y difundir películas nacionales y extranjeras, asimismo, el material audiovisual que se produce en el país, brindando a la comunidad el servicio de proyección cultural; actualmente cuenta con un banco de 11 películas, 39 cortometrajes y documentales.

69. Las artes escénicas están bajo la jurisdicción del Estado y son atendidas a través de

instituciones pedagógicas, conjuntos orquestales y de banda, teatro, danza y programas especiales infantiles, siendo el principal escenario el Teatro Nacional Manuel Bonilla en la capital. Las artes plásticas cuentan con una institución gubernamental encargada de la formación de artistas y artesanos en diversas áreas, siendo esta la Escuela Nacional de Bellas Artes.

70. Se reconoce la importancia del papel de la cultura en la promoción y consolidación de los

Derechos Humanos, en el combate a la pobreza y a la inequidad, en el desarrollo integral de la sociedad y sus valores, fortaleciendo la autoestima personal.

2.6.4. ETNIAS, CULTURA Y DESARROLLO

71. Se han creado cuatro programas de desarrollo para las etnias: el desarrollo micro empresarial cultural, el fortalecimiento de su identidad cultural, el programa de integración y legislación afro hondureña y misquita y el programa de integración y legislación de los pueblos indígenas; Pesh, Lencas, Tawahkas, Tolupanes y Chorties. Asimismo, se han creado los Centros de Interpretación Lenca y de Instrucción Artesanal Lenca para la conservación de íconos culturales.

72. Los esfuerzos realizados por parte del Estado respecto a la educación de los grupos étnicos en el país, conlleva la creación de programas tales como el “Programa Nacional de Educación

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para las Etnias Autóctonas y Afro - Antillanas de Honduras (PRONEEAAH)”. Este programa fue creado a petición de los pueblos indígenas y afrohondureños, para responder a sus necesidades específicas en materia de educación, especialmente en la atención de la lengua y la cultura a nivel del aula escolar. Para ello se han elaborado adecuaciones curriculares en el nivel pre básico y básico hasta el sexto grado, asimismo para fortalecer el trabajo curricular, se han elaborado textos de lecto – escritura en siete lenguas indígenas y del español como segunda lengua (tawahka, pesh, chorti, miskito, tol, isleño de habla inglesa y garífuna).

73. En el marco de esa estrategia y para facilitar una mediación pedagógica adecuada a esta

población escolar, se han formado mil trescientos (1300) docentes con título de Maestro de Educación Primaria con orientación en Educación Intercultural Bilingüe (E. I. B.), mas mil trescientos (1300) en proceso de formación.

74. Se ha distribuido material educativo en los centros escolares de las regiones de influencia de

estos pueblos. La población escolar beneficiada es de ciento veinticinco mil (125,000) niños, lo que equivale a un 100% de la población escolar perteneciente a estos grupos étnicos.

2.6.5. EL DERECHO AL TRABAJO

75. La Constitución de la República de Honduras establece, que toda persona tiene derecho al trabajo, a escoger libremente su ocupación y a renunciar a ella en condiciones equitativas, satisfactorias y a la protección contra el desempleo, tomando como marco legal de aplicación los Convenios Internacionales y el Código del Trabajo. Asimismo, la Ley garantiza la estabilidad de los trabajadores en sus empleos y para su ejecución y garantía han sido creadas las instituciones y tribunales competentes.

76. Honduras es parte de veintiún (21) convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), de los cuales diez (10) son aplicables al área de salud y seguridad en el trabajo.

77. El salario mínimo de los trabajadores públicos y privados para el año 2009, fue establecido

con un monto de 5,500.00 lempiras a nivel urbano, y a nivel rural se fijo el valor de 4,055 lempiras mensuales.

78. Como parte de las políticas públicas en materia laboral, se establece “El Plan de Generación

de Empleo Digno (PNED) 2006-2010”, teniendo como meta en una primera fase, la generación de más de 400,000 empleos y en una segunda fase la generación de 757,000 empleos para el año 2015, se ha fijado una meta de generación de 650,000 empleos permanentes y 1, 150,000 empleos temporales. Las metas propuestas apuntan a mejorar la calidad de vida de los sectores más vulnerables como los niños, jóvenes, adulto mayor y mujeres jefes de familia.

79. Para la juventud se creó el programa “Mi Primer Empleo” para promover la inserción en el

mercado laboral de aproximadamente 6,000 jóvenes urbanos de escasos recursos, de entre 15 y 19 años de edad, que han abandonado el sistema convencional de educación y que no trabaja o trabaja poco en actividades informales.

80. En materia de prevención y erradicación progresiva del trabajo infantil, se está implementando

el “Plan de Acción Hemisférico del Trabajo Decente para el año 2020”, cuyo objetivo es erradicar en su totalidad las peores formas de trabajo infantil. Según la meta institucional en los últimos tres años de un total de 800,000 se han retirado un total de 60.687 niños de centros de trabajo.

81. Se ejecuta “El Programa Mujer Trabajadora”, cuya función principal es velar por el

cumplimiento de la legislación nacional y convenios internacionales de los cuales Honduras es parte, sustentando jurídicamente el marco funcional del mismo en tres componentes de; promoción, capacitación e investigación, realizando acciones estratégicas que promuevan

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mecanismos de difusión y material educativo laboral. En la actualidad se registran alrededor de 309 empresas maquiladoras que proveen 130 mil empleos directos, de los cuales el 60% es desempeñado por mujeres jóvenes. Es por ello que se buscan las instancias legales para garantizar el fortalecimiento y modernización de los instrumentos administrativos y jurídicos, de manera que el Estado pueda estimular la consolidación de la industria de la maquila pero dentro de un marco institucional renovado, que permita proteger los derechos de los trabajadores y garantizarles un ambiente sano y seguro, aumentando su productividad y eficiencia.

82. En cumplimiento a los programas del Decenio de las Américas por los Derechos y la Dignidad

de las Personas con Discapacidad (2006-2016), se ha presentado ante el Congreso Nacional el proyecto de la Ley de Creación de Talleres Ocupacionales para Personas Discapacitadas para promover la inclusión laboral plena, digna, productiva y remunerativa de las personas con discapacidad.

83. En los últimos cuatro años el movimiento sindical hondureño se ha fortalecido

progresivamente. Del año 2007 al 2010, la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social tramitó 46 casos de reconocimiento e inscripción de la personalidad jurídica de nuevos sindicatos de trabajadores, con lo cual el Registro Nacional de las Organizaciones Sociales con personalidad jurídica vigente, asciende a 528.

2.6.6. DERECHO A UNA VIVIENDA DIGNA

84. La Constitución de la República de Honduras establece que todo hondureño tiene derecho a una vivienda digna, entendiéndose como tal que cuente con los servicios básicos para constituir un hogar.

85. El Estado de Honduras desarrolla programas de vivienda de interés social que tienen por objeto mejorar las condiciones de vida de las familias hondureñas de ingresos bajos y medios, destinando para vivienda y desarrollo urbano (agua potable, luz eléctrica, calles, aguas residuales, teléfonos) un promedio del 6% del Presupuesto General de la República. Esta realidad ha sido posible mediante actividades realizadas por 21 Instituciones centralizadas y descentralizadas, tales como, Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA), Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI), Fundación para el Desarrollo de la Vivienda Social Urbana y Rural (FUNDEVI), Instituto de Previsión del Magisterio ( IMPREMA), Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados Públicos ( INJUPEMP), Instituto de Previsión de los Empleados de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (IMPREUNAH), Instituto de Previsión Militar (IPM), Secretaría de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRAVI), Programa Nacional de Desarrollo Rural Sostenible (PRONADERS), Fondo Hondureño de Inversión Social ( FHIS), Fondo Social de la Vivienda (FOSOVI), instituto Nacional Agrario (INA), Programa de Desarrollo de la Región del Trifinio (PRODERT), Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), Sistema Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA), Empresa Hondureña de Telecomunicaciones (HONDUTEL), Alcaldías, Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA), Estrategia de Reducción de la Pobreza (ERP), Programa de Vivienda Ciudadana y Crédito Solidario (PROVICCSOL).

86. Asimismo, mediante la institucionalidad de BANHPROVI, Instituto de la Propiedad (IP), FOSOVI, FHIS, INA y Alcaldías Municipales se realiza la legalización de un promedio de 20,658 lotes de terreno anuales para familias de escasos recursos. Además el Estado otorga un subsidio para la construcción de vivienda que es de 46,000.00 lempiras por familia, habiéndose entregado a los beneficiarios un promedio de 5,289 subsidios en los últimos 4 años.

87. BANHPROVI también colabora destinando fondos para la titulación de lotes, construcción de

viviendas nuevas, mejoramiento de viviendas y compras de lotes; promoviendo el crecimiento

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y desarrollo de los sectores productivos mediante concesión de financiamiento de corto, mediano y largo plazo.

88. El FHIS realiza cuatro programas de vivienda: Programa de Vivienda Japón, dirigido a la

construcción en áreas semiurbanas y rurales; Programa de Sustitución de Vivienda para el Combate al Mal de Chagas, dirigido a la construcción y mejoramiento de vivienda en la zona rural; Programa de Mejoramiento de Barrios, dirigido al desarrollo urbano de comunidades y el Programa Nuestras Raíces, que contribuye a una mayor participación de los pueblos Indígenas y Afro hondureños en el proceso de desarrollo integral de sus comunidades mediante la ejecución de proyectos para el mejoramiento y construcción de viviendas, dirigido a 9 pueblos Indígenas y Afro hondureños: Pueblo Chorti, Pueblo Lenca, Pueblo Tawahkas, Pueblo Pesh, Pueblo Tolupan, Pueblo Garífuna, Pueblo Miskito, Afrodescendientes de habla Inglesa.

2.6.7. DERECHO A LA ALIMENTACIÓN

89. En el año 2006, el gobierno de la República de Honduras aprobó la Política de Seguridad Alimentaria y Nutricional de Largo Plazo (PSAN), coordinada por la Secretaría del Despacho Presidencial y con el apoyo de instituciones públicas, ONG’s, cooperantes internacionales y organizaciones de la sociedad civil. La PSAN responde al interés nacional de contar con un marco integral, orientador y referencial para procesos de planeación y programación en este tema, y además integra y sistematiza una serie de compromisos nacionales e internacionales suscritos por el Estado de Honduras.

90. Al mismo tiempo la PSAN define un Plan de Acción a nivel nacional que identifica las tareas específicas que le corresponde asumir a las distintas Secretarías de Estado, a fin de generar una respuesta coordinada y rápida para las familias en extrema pobreza. Sus acciones son focalizadas en grupos de población y zonas geográficas, atendiendo al tipo de requerimientos específicos y tomando como prioridad la creación de oportunidades para la producción y un mayor acceso de la población a servicios sociales de calidad.

91. Para la ejecución de la política y su plan de acción, se creó, mediante Decreto Legislativo

Nº157-2008, la Secretaría de Desarrollo Social y Red Solidaria, mismo que fue reformado por el Decreto Legislativo Nº193-2009 pasando a ser la Secretaría de Desarrollo Social.

92. Actualmente, está en proceso de socialización, para ser sometido al Congreso Nacional, el

anteproyecto de la “Ley Marco de las Políticas Públicas Sociales dirigidas a la Población Vulnerable y en condiciones de Pobreza y Extrema Pobreza”, que ubica a la Dirección General de Seguridad Alimentaria – Nutricional y Bienestar Integral, dentro de la estructura de la Secretaría de Desarrollo Social.

93. Es importante mencionar que hasta el año 2009 se implementaron más de 45 programas en

Seguridad Alimentaria y Nutricional financiados por el gobierno de Honduras, por países cooperantes y agencias internacionales como el Gobierno de España, Estados Unidos, Suiza, Unión Europea, FAO, PMA, AECI, USAID, OPS/INCAP y Banco Mundial; ejecutadas por instituciones gubernamentales como la Secretaría de Agricultura y Ganadería, Secretaría de Salud, Secretaría del Despacho Presidencial, Secretaría de Finanzas, PRONADERS, DINADERS, INA, Fondo Nacional de Desarrollo Rural Sostenible, Instituto Hondureño de Turismo, Suplidora Nacional de Productos Básicos (BANASUPRO), BANHPROVI, FHIS, Secretaría de Educación, Secretaría de Gobernación, Secretaría de Industria y Comercio, Programa de Asignación Familiar (PRAF); y organizaciones no gubernamentales, entre otras, CARE, ADRA, Save The Children y Visión Mundial.

94. Asimismo, se creó el Programa Gubernamental Red Solidaria, durante el año 2006, como un

ente coordinador y articulador de las acciones tendientes a mejorar de manera progresiva las condiciones para el desarrollo humano, especialmente de los que viven en extrema pobreza a

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nivel rural, focalizando inversiones en las áreas de salud, nutrición, educación, infraestructura social básica y proyectos productivos, focalizando 1534 aldeas de 17 Departamentos del país, abarcando aproximadamente 230 mil familias.

95. En el sector rural, la seguridad alimentaria es impulsada mediante créditos blandos y

programas para la producción agropecuaria a fin de fomentar la creación de cajas rurales; estos fondos fueron otorgados por la Secretaría de Recursos Naturales, PRONADERS, BANADESA, BANHPROVI, FHIS y la ERP. Actualmente se cuenta con un avanzado proceso de socialización que concluirá en un proyecto de Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional.

3. DERECHOS DE LOS GRUPOS HUMANOS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD.

3.1. DERECHOS DE LA MUJER

96. En cuanto a los derechos de la mujer, ha habido avances significativos mediante la aprobación de diferentes leyes y la creación de las instituciones correspondientes, con base en los convenios internacionales, especialmente la “Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer”, ratificada por Honduras desde el año 1982 y la “Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la Mujer”, de la cual Honduras es parte desde el año 1995.

97. En 1997 fue aprobaba la Ley Contra la Violencia Doméstica, que tiene como propósito proteger la integridad física, psicológica, patrimonial y sexual de la mujer, contra cualquier forma de violencia por parte de su pareja. Esta Ley dio origen a la creación de los Juzgados contra la Violencia Doméstica en Tegucigalpa y San Pedro Sula y la Fiscalía Especial de la Mujer.

98. En 1998 se creó el Instituto Nacional de la Mujer (INAM) como una institución de desarrollo

social, autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por finalidad incorporar plenamente a la mujer al proceso de desarrollo sostenible, con equidad de género en lo social, económico, político y cultural. El INAM es el organismo responsable de formular, promover, coordinar, ejecutar y dar seguimiento a la política nacional de la mujer.

99. Durante el periodo 2002 – 2007 y como resultado de las luchas históricas del movimiento de

mujeres en Honduras y el mundo, es creada la Política Nacional de la Mujer, la cual busca impulsar la equidad de género y hacer operativos los compromisos internacionales del Estado de Honduras contenidos en la “Convención Sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer”

11 y aquellos derivados de la “Conferencia Internacional de

Población y Desarrollo” y de la lV Conferencia Mundial de la Mujer.

100. Como un logro más en el ámbito de los derechos de la mujer hondureña, fue aprobada la “Ley de Igualdad de Oportunidades para la Mujer”, con el propósito de integrar y coordinar las acciones que el Estado y la sociedad civil ejecutan para eliminar todo tipo de discriminación contra la mujer y alcanzar la igualdad de los hombres y mujeres ante la Ley, conforme lo manda la Constitución de la República.

101. A nivel gubernamental, son muchos los convenios de cooperación interinstitucional que el

INAM ha suscrito con diferentes entidades de la administración pública para asegurar la correcta aplicación de los tratados internacionales y la Ley, entre otros, con el Poder Judicial, la Secretaría de Seguridad y Secretaría de Defensa.

102. Entre los logros relevantes en esta materia cabe resaltar los siguientes: La creación de la

Unidad de Genero de la Policía; capacitación de agentes de la Policía Nacional de Honduras

11 Ver en anexos documento explicativo de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer elaborado por el INAM

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en asuntos de Género y Prevención de Violencia de Género, Doméstica, Intrafamiliar y Explotación Sexual Infantil; implementación de medidas vinculadas a la atención de la violencia contra la mujer como: la línea 114, casas refugio, oficinas de recepción de denuncias de violencia en estaciones de policía e incorporación de mejores condiciones académicas, formativas y de infraestructura para recibir más mujeres dentro de la Policía Nacional; aprobación de una política de equidad de género dentro de los partidos políticos cuyo cumplimiento será supervisado por el Tribunal Supremo Electoral; creación de la Unidad Especial de Investigación de Muertes Violentas de Mujeres, adscrita a la Fiscalía Especial de la Mujer.

103. En 1998, se creó la Comisión Interinstitucional de Femicidios, con el propósito de garantizar

la aplicación de las leyes mediante la realización de medidas eficaces que previenen la violencia contra la mujer. Esta comisión está conformada por las instituciones siguientes: Fiscalía Especial de la Mujer, Instituto Nacional de la Mujer, Unidad de la Mujer de la Dirección Nacional de Investigación Criminal, Unidad de Género de la Secretaría de Seguridad, Programa Especial de Derechos de la Mujer del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, Colectivo Feminista de Mujeres por la Paz Visitación Padilla, Centro de Estudios de la Mujer – Honduras (CEM-H), Centro de Derechos de la Mujer (CDM) y el Colectivo Feministas de Mujeres Universitarias (COFEMUN).

3.2. DERECHOS DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES

104. La Constitución de la República de Honduras establece la obligación de proteger a la infancia, conforme a lo dispuesto en los acuerdos internacionales y leyes especiales.

105. Desde 1990 Honduras es parte de la Convención sobre los Derechos del Niño. En el año 1996, se emite el Código de la Niñez y de la Adolescencia, que consagra los derechos fundamentales de los niños, establece y regula el régimen de prevención y protección que el Estado garantiza para asegurar su desarrollo integral, creando mecanismos y procedimientos necesarios para el acceso a la justicia. Para el cumplimiento de la codificación se crea el Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia (IHNFA) mediante Decreto Nº 199-97.

106. El INHFA funciona a través de tres grandes programas: Programa de Bienestar Familiar y

Desarrollo Comunitario, con un enfoque eminentemente preventivo y orientando al desarrollo de las principales acciones en el marco de tres áreas puntuales: atención a la niñez, fortalecimiento de la familia y divulgación y promoción de los derechos de los niños y niñas; Programa de Intervención y Protección Social, el cual tiene como objetivo la protección de la niñez en riesgo social promoviendo el no internamiento, involucrando para ello a la familia y a la sociedad en el proceso de intervención y de restitución de derechos. El IHNFA dispone a nivel nacional de cuatro (4) Centros de Protección (Casitas Kennedy y Casitas 21 de Octubre en Tegucigalpa, y Casitas Nueva Esperanza y Casitas Adolescentes Mujeres en San Pedro Sula); y el Programa de Reeducación y Reinserción Social, el cual tiene como objetivo lograr un cambio en la personalidad y comportamiento de los y las adolescentes de 12 a 18 años en conflicto con la Ley Penal, por medio del desarrollo de un proceso educativo sistemático, continuo e integral. En Honduras se cuenta con tres Centros de niños y un Centro de niñas.

107. El IHNFA ha participado activamente en la investigación y negociación para el arreglo amistoso y conciliatorio en 4 casos denunciados ante la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos.

108. Con el propósito de proteger los derechos de los niños y las niñas, el IHNFA supervisa

periódicamente los diferentes centros públicos y organizaciones privadas que trabajan en el área de niñez, es así como el Departamento de Supervisión y Control realizó aproximadamente 1000 visitas a diferentes centros, durante el período 2006 – 2010.

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109. Se resalta un significativo avance en la utilización de las medidas no privativas de libertad, lo que ha producido el descongestionamiento de los Centros de Internamiento y por ende una mejor calidad de la atención brindada a la población de los niños y niñas adolescentes infractores de la Ley Penal.

110. Ha existido preocupación con relación a supuestas ejecuciones de niños, que han sido objeto

de publicaciones internacionales en algunos países del mundo, por lo que en la Fiscalía Especial de la Niñez se creó la Unidad contra las Muertes Violentas de Niños y Niñas, con características de ejecución. En el año 2009 se presentaron en Tegucigalpa 107 denuncias, se judicializaron 14 casos que sumados a los presentados en años anteriores cuyo proceso penal estaba pendiente, ascienden a 46 y se obtuvieron 9 sentencias, las que fueron todas condenatorias. En el año 2010 se han presentado 108 denuncias de las cuales 36 son causas activas con identificación del imputado, 20 casos con orden de captura, 51 casos en investigación y sólo un caso ha sido sobreseído.

111. Las medidas adoptadas por el Estado de Honduras para garantizar la protección de los niños,

niñas y adolescentes, son entre otras; la creación de la Comisión Interinstitucional contra la Explotación Sexual y Trata de Niños, Niñas y Adolescentes (NNA) en Honduras; la elaboración del Plan de Acción Nacional contra la Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes (NNA) 2006-2011; la elaboración del Plan de Acción Nacional para la Erradicación Gradual y Progresiva del Trabajo Infantil en Honduras 2006-2015; Aprobación del Código de Conducta, (año 2005), dirigido al sector turístico; la creación de unidades policiales especializadas para la prevención y la investigación de delitos de explotación sexual comercial (ESC); el establecimiento de mecanismos de coordinación permanentes a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores por medio de los Consulados respectivos, a fin de hacer expedita la repatriación de víctimas que se encuentran en otros países, con la colaboración de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM); la creación de la línea 111, para denuncia de casos de violación de los derechos del niño y la creación del Observatorio de Derechos de la Niñez, en coordinación con UNICEF.

3.3. DERECHOS DE LA JUVENTUD.

112. La temática de juventud en Honduras se fundamenta en la responsabilidad del Estado derivada de los Tratados Internacionales ratificados por Honduras, como ser: Convención de los Derechos del Niño, Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes, Cumbre del Milenio y el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos

12.

113. En el orden legal interno se creó en el año 2005, la Ley Marco para el Desarrollo Integral de la

Juventud, mediante la cual se institucionaliza el sistema de juventud en Honduras y el Pacto por la Infancia, Adolescencia y Juventud.

114. El Instituto Nacional de la Juventud cuenta además con un anteproyecto de Política Nacional

de Juventud, el cual contiene siete lineamientos básicos propuestos por los jóvenes en diferentes foros y talleres, siendo estos: el empoderamiento de los jóvenes en los procesos democráticos participativos, el acceso universal a la sociedad del conocimiento, inclusión digital y comunicación multilingüe, a la cultura popular, al deporte y la recreación como estrategia de inclusión social y desarrollo, a los derechos económicos de las/os jóvenes a través del trabajo digno y el desarrollo rural, a la salud integral y estilo de vida saludable, a la protección social frente a la violencia y a la justicia como base de una cultura de paz.

115. Actualmente se trabaja en el fortalecimiento de la institucionalidad a través del Sistema

Municipal de Juventud con la apertura de Comisiones Regionales y Municipales de Juventud.

12 Ver en anexos el documento de la Política Nacional de Juventud 2007-2030.

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116. Dentro de las acciones que se prevé realizar en el marco de la Política Nacional de Juventud, se contemplan la creación de la red asociativa de organizaciones juveniles, el Consejo Consultivo Asesor en Temas de Juventud, los juzgados juveniles, la promoción de programas de voluntariado (100.000 jóvenes) y el Programa Nacional de Becas, entre otras.

117. En materia de Derechos Humanos, el Instituto Nacional de Juventud impulsa la Escuela para

Padres de Familia sobre Derechos Humanos de los jóvenes y normas de convivencia, sin violencia, ni discriminación por género; la capacitación en Derechos Humanos en la Oficina Municipal de Juventud y Comisiones Municipales de Juventud; la Auditoría Social sobre el cumplimiento de Derechos Humanos de jóvenes; el reforzamiento de la inclusión de una educación orientada a los Derechos Humanos de los jóvenes y valores éticos en el Currículo Nacional Básico, así como el proyecto de creación de una Fiscalía para los jóvenes a nivel nacional para la defensa de sus derechos.

3.4. DERECHOS DE LOS GRUPOS LGBT

118. El 17 de agosto de 2004, el Estado de Honduras otorgó la personalidad jurídica a las agrupaciones Colectivo Violeta, Comunidad Gay y Grupo Gay Lésbico, que la exigían desde hacía 15 años. En Honduras hay una gran cantidad de agrupaciones LGBT por lo que se resalta la decisión del Estado hondureño, que permite el desarrollo de las actividades de esta comunidad y es un paso en la aplicación de Tratados Internaciones como la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

3.5. DERECHOS DE LOS ADULTOS MAYORES

119. Los derechos del Adulto Mayor están contemplados en la “Ley Integral de Protección al Adulto Mayor y Jubilados”

13 del año 2007 y cuyo Reglamento está en proceso de revisión.

120. En el 2008 se creó la Dirección General del Adulto Mayor (DIGAM), adscrita a la Secretaría

de Gobernación y Justicia, la que por mandato legal rectora la materia del adulto mayor, cuyo objetivo es la vigilancia en el cumplimiento de la Ley.

121. Las instituciones que trabajan en la temática del adulto mayor son: La DIGAM, la Secretaría

de Salud con el Programa de Atención Integral al Adulto Mayor. Los Institutos de Previsión: IMPREMA, Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), IPM, INJUPEMP, Secretaría de Trabajo, Instituto Nacional de Estadística (INE), Alcaldía Municipal del Distrito Central, Fiscalía del Consumidor y Tercera Edad, CONADEH y el PRAF.

122. Entre las actividades que realiza la DIGAM se encuentra el otorgamiento de un beneficio

(pensión) dirigido a un reducido número de adultos mayores en condiciones de extrema pobreza y vulnerabilidad social, siendo este un beneficio de carácter vitalicio que consiste en el otorgamiento de 500 lempiras mensuales, además del reconocimiento de un decimo tercero y decimo cuarto mes.

123. Se ha iniciado por parte de la Dirección General del Adulto Mayor, una investigación y

supervisión del funcionamiento de los centros de atención de Adultos Mayores con la finalidad de indagar sobre las condiciones en que viven en dichos centros, encontrándose con que existen dieciséis centros a nivel nacional de los cuales dos son privados con fines de lucro, dos gubernamentales y doce son organizaciones sin fines de lucro en las que se atiende a Adultos Mayores en condiciones de pobreza, cuyo sostenimiento es a través de personas particulares y organizaciones filantrópicas.

13 Ver en anexos el documento de la Ley Integral de Protección al Adulto Mayor y Jubilados

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124. La Dirección recibe las denuncias por supuestas violaciones de los derechos de los adultos mayores, da seguimiento a las mismas, coordina con las instituciones competentes para su cumplimiento y brinda apoyo en la organización de grupos comunitarios de adultos mayores

125. Entre las metas a corto y mediano plazo de desarrollo de los derechos del adulto mayor, está

la elaboración y puesta en práctica de la Política Nacional del Adulto Mayor; incrementar el número de beneficiarios de la pensión, con el objeto de mejorar la calidad de vida de los adultos mayores en extrema pobreza; socializar a nivel nacional la Ley Integral de Protección al Adulto Mayor y Jubilados y la creación de unidades de adulto mayor en todas las Alcaldías Municipales a nivel nacional.

126. Entre los beneficios a las personas de la tercera edad establecidos en la Ley Integral de

Protección al Adulto Mayor y Jubilados, se encuentran: descuentos en facturas por servicio de salud brindados en hospitales y clínicas privadas, compra de medicamentos y material quirúrgico, consultas médicas – odontológicas, actividades de recreación, descuentos en pasajes aéreos, terrestres y marítimos, así como los derechos que otorgan los institutos de previsión y seguridad social, es importante hacer notar que apenas 23,054 (7.7%) se benefician de algún sistema de jubilación y pensión del país. Por su parte, el PRAF proporciona un bono semestral por seiscientos lempiras para una mínima cantidad de población de más de sesenta años de edad, en varios departamentos del país.

127. En abril del presente año se firmó un acta de compromiso entre el sector de transporte y la Secretaría de Obras Públicas y Transporte, obligándose con el Estado a otorgar el beneficio a los adultos mayores de viajar en forma gratuita en el transporte urbano en las ciudades de Tegucigalpa y Comayagüela.

3.6. DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

128. En mayo del año 2004, el Estado de Honduras a través del Gabinete Social aprobó la “Política Nacional para la Prevención de la Discapacidad, Atención y Rehabilitación Integral de las Personas con Discapacidad y la Promoción y Protección de sus Derechos y Deberes”

14 y en el

año 2005, entró en vigencia la “Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad”, creando la Dirección General de Desarrollo para las Personas con Discapacidad, la cual inició funciones en el año 2008. Esta Dirección General está adscrita a la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, y tiene por objeto rectorar y coordinar el desarrollo de acciones para la promoción y exigibilidad de derechos de las personas con discapacidad.

129. Entre los procesos que está realizando la Dirección se destacan: Elaboración del Plan Nacional de Accesibilidad Universal, que contiene los lineamientos técnicos y diversos componentes en relación a: tecnología, información, comunicación, transporte y entorno físico; proceso de identificación y registro de las personas con discapacidad, con la finalidad de garantizar el goce de derechos con fundamento en la Clasificación Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad y de la Salud de la OMS; asimismo cuenta con una Unidad de Exigibilidad de Derechos para recepción y atención de quejas y denuncias.

130. Es importante resaltar las acciones inclusivas en el área de empleo y el área educativa en un

esfuerzo conjunto con la Secretaría de Educación, Secretaría de Trabajo y ONG`s del sector de discapacidad.

131. En el año 2007, Honduras suscribe la “Convención de las Naciones Unidas sobre los

Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad”. El Protocolo Facultativo fue ratificado por el Congreso Nacional en agosto de 2009, estando pendiente el depósito del instrumento y

14 Ver en anexos el documento de la Política Nacional para la Prevención de la Discapacidad, Atención y Rehabilitación Integral de las Personas con Discapacidad y la Promoción y Protección de sus Derechos y Deberes

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a partir del año 2008 Honduras es parte de la “Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra las Personas con Discapacidad”.

132. En el Proceso Electoral 2009, presidido por el Tribunal Supremo Electoral, en colaboración

con la OEA y El Mirador Electoral, se desarrollaron apoyos especiales para incrementar la participación de las personas con discapacidad a nivel nacional.

133. En el 2009, La Dirección General de Desarrollo para las Personas con Discapacidad y El

Registro Nacional de las Personas, con apoyo de UNICEF y el Fondo de Desarrollo y Asistencia Social FIDAS/FHIS, desarrollaron la Campaña de Registro de Niñez con Discapacidad “Las Niñas y Los Niños Tenemos Derecho a un Nombre y a una Nacionalidad”, la cual se ejecutó en los departamentos de Francisco Morazán y Santa Bárbara. Actualmente se trabaja en un mecanismo específico que facilite el acercamiento del servicio de identificación a la niñez con discapacidad, por parte del Registro Nacional de las Personas.

134. En el 2009, con el apoyo de la Agencia Internacional de Cooperación Japonesa (JICA), se

funda el Movimiento de Vida Independiente Hondureño (MOVIH) y entre sus logros se firma el “Pacto por el Goce de Derechos y Mejora de las Condiciones de Vida de las Personas con Discapacidad”.

135. En el año 2007, se creó el Programa Especial para la Atención de las Personas con

Discapacidad del Comisionado Nacional de Derechos Humanos (CONADEH) y en el 2010 es creada la Unidad de Discapacidad de la Secretaría de Desarrollo Social, el Comisionado Especial de Discapacidad de la Secretaría del Despacho de la Presidencia y el cargo de Ministro Asesor Presidencial de Derechos Humanos. Se crea asimismo, la Comisión de enlace del Congreso Nacional con el sector de discapacidad, el cual forma parte a su vez de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso Nacional.

136. Según estimaciones de la OMS para países en vías de desarrollo como Honduras, existe un

10% de la población que presenta alguna discapacidad. Para enfrentar esta problemática el Estado a través de la Secretaria de Salud, fortalece su capacidad para atender a las personas con discapacidad, mediante la conformación del Departamento de Atención Integral a la Persona con Discapacidad (DAID), el cual tiene funciones técnico – normativas e interactúa con la Dirección General de Desarrollo para las Personas con Discapacidad, entidades adscritas a la Secretaría de Salud y Gobernación respectivamente.

137. Como resultado de este esfuerzo se han incorporado a la red de salud 8 centros de rehabilitación en zonas estratégicas del país, cuyo personal técnico se ha capacitado en el Clasificador Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad (CFI) y además se equipó en el año 2009 al Hospital de Puerto Lempira, Departamento de Gracias a Dios, con una cámara Hiperbárica para la atención de buzos artesanales de la zona de la Mosquitia, la que aun funciona con algunas limitaciones para cubrir las necesidades.

138. La Sociedad Civil hondureña participa activamente con el sector gubernamental, conformando

el Comité Nacional Honduras - Educación Para Todos los Niños Con Discapacidad Visual (EFAVI), implementando el Plan EFAVI 2010 – 2012 dirigido a los (as) niños (as) escolares con deficiencias visuales.

3.7. DERECHOS DE LOS MIGRANTES

139. El alto índice de desempleo sumado a la difícil situación económica por la que atraviesa Honduras, obliga al hondureño a emigrar a países con mayores niveles de desarrollo que ofrecen mejores condiciones de vida, no obstante las reiteradas violaciones a sus derechos humanos en los países en tránsito ( ruta del migrante ) y el país de destino mismo.

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140. Estas violaciones a los derechos humanos del migrante hondureño, son cometidas no solamente por la delincuencia común y el crimen organizado, también por las autoridades migratorias, de policía, del ejército y autoridades civiles en general, lo que se manifiesta en; abusos sexuales a la mujer migrante, secuestros individuales y colectivos, extorsión, maltrato infantil, prostitución infantil, abuso laboral, trata de personas, robo, homicidios, malos tratos físicos y psicológicos y un sinnúmero de delitos que en su conjunto, representan una violación masiva a los derechos humanos de una población altamente vulnerable, situación que empeora con la emisión de leyes que penalizan la migración irregular muy a pesar del importante aporte que realizan los migrantes a la economía de los Estados de destino.

141. Como consecuencia de esta lamentable situación que aqueja a la población migrante

hondureña, ha sido creada la “Política Nacional de Atención al Migrante“15

, la cual es coordinada por la Secretaría de Relaciones Exteriores y se ejecuta en estrecha relación con los entes de gobierno competentes y demás organizaciones no gubernamentales que velan por los derechos humanos del migrante.

142. Los ejes estratégicos de la política nacional de atención al migrante son los siguientes: la

prevención y la asistencia social, cultural y legal de los hondureños en el exterior, así como la asistencia al migrante retornado en el ámbito legal, administrativo, social, médico, psicológico, informativo, financiero y otros; regulación del movimiento legal de las personas a través de los acuerdos y convenios entre el país de origen y de destino, dando lugar a la migración laboral de trabajadores legalmente documentados, por períodos de tiempo determinados y crear las condiciones para el uso y la inversión óptima de las remesas en beneficio de los migrantes, sus familiares y comunidades de origen.

143. Como complemento a la Política Nacional de Atención al Migrante, el Estado ha generado y

asignado recursos humanitarios en beneficio de dicha población, creando el “Fondo de Solidaridad con el Hondureño Migrante en Condiciones de Vulnerabilidad (FOSHOMI)”

16. Este

fondo es financiado por el Estado con una asignación presupuestaria anual de Quince Millones de Lempiras (L. 15, 000,000.00), cantidad que debe ser incrementada en forma anual en un porcentaje mínimo equivalente al índice de inflación establecido por el Banco Central de Honduras para el año inmediato anterior.

144. El FOSHOMI está orientado a brindar apoyo a los hondureños migrantes en condiciones de vulnerabilidad y de escasos recursos económicos, en situaciones tales como; repatriación de hondureños fallecidos en el exterior, grave estado de salud por heridas, amputaciones, enfermedades terminales, asistencia a víctimas de trata de personas o secuestros, repatriación de menores no acompañados, mujeres y adultos mayores en condiciones de vulnerabilidad, búsqueda de hondureños desaparecidos en el proceso migratorio y asistencia inmediata a migrantes deportados por vía aérea y terrestre.

145. En lo referente a la promoción de la mano de obra nacional en el mercado internacional, la

Secretaría de Relaciones Exteriores conjuntamente con las Secretarías de Gobernación y Justicia, Secretaría del Trabajo y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), han desarrollado acciones encaminadas a abrir espacios de participación a la mano de obra nacional, mediante la implementación de programas de “ Flujos Laborales Temporales “ con países amigos en condiciones de absoluta legalidad, especialmente la apertura de Canadá y su gobierno, siendo esta la experiencia más próxima y positiva que Honduras tiene en el marco de la bilateralidad para la contratación de mano de obra hondureña, con la permanente demanda de empresas canadienses en las áreas de la construcción, agrícola, cárnicos y otras modalidades laborales, con el excelente desempeño del trabajador migrante y el consecuente beneficio económico para las familias que de ellos dependen.

15 Ver en anexos Decreto No. PCM -002-2008. 16 Ver en anexos Decreto No. 179-2007

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146. El mayor y más importante antecedente de prestación de servicios en el exterior por parte de la mano de obra nacional, lo constituyen entre 800,000 y 1, 000,000 de hondureños que residen en los Estados Unidos de América, de los cuales aproximadamente 73,000 se encuentran amparados en el Estatus de Protección Temporal (TPS). Este programa tiene vigencia para los nacionales de Honduras a partir del año 1998, y les permite permanecer en ese país y obtener su autorización de empleo. La Secretaría de Relaciones Exteriores realiza todas las acciones diplomáticas que son pertinentes ante el gobierno norteamericano, al efecto de obtener las respectivas renovaciones del TPS y las prórrogas de inscripción cuando resulta necesario, siendo conscientes del beneficio que esto le genera a miles de familias hondureñas que viven y dependen integralmente de las remesas que sus familiares generan en los Estados Unidos de América.

147. En el marco de la política exterior, Honduras ha suscrito y ratificado importantes convenios

internacionales y generado iniciativas encaminadas al fortalecimiento y desarrollo integral del migrante y sus familiares, siendo las siguientes: Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, la cual entró en vigor el año 2003;Acuerdo de Alianza Regional entre los Países del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA) para la creación de un Consejo Centroamérica y de El Caribe para la Protección y Desarrollo Integral del Migrante y sus Familiares.- (Adoptado en las Declaraciones de los Presidentes del SICA y actualmente en estudio por parte de una Comisión Ejecutiva nombrada por los Jefes de Estado) y el Convenio de Colaboración y Asistencia Interinstitucional entre el CONADEH, la Secretaría de Relaciones Exteriores de Honduras y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos de México

17.

148. La Secretaría de Relaciones Exteriores conformó un Grupo Especial de Trabajo institucional

para atender en forma permanente, la situación que aqueja a los hondureños sometidos al régimen judicial y penitenciario en el exterior. Entre las acciones que desarrolla dicho Grupo de Trabajo, cabe resaltar su participación en la defensa de los hondureños que han sido condenados a la pena capital, en países en los cuales ese sistema de hacer justicia continúa teniendo vigencia. Asimismo se han realizado visitas a centros penitenciarios en el extranjero para constatar la situación de derechos humanos de los hondureños internos en dichos establecimientos.

3.8. DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y AFROHONDUREÑOS

149. Entre los principios orientadores del desarrollo de la Visión de País, se establece el reconocimiento de Honduras como un país multicultural y plurilingüe. En tal sentido, sus objetivos, metas, programas y políticas no solo respetarán esta condición, sino que impulsarán y fomentarán su desarrollo.

150. Honduras es parte del Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes desde el año 1995, de la “Convención Internacional para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, Racismo, Xenofobia y otras Formas Conexas de Intolerancia en el año 2002 y promulgó el Decreto de Creación de la Comisión Nacional Contra el Racismo en Honduras en el año 2004, el Decreto 09-2007 para impulsar el desarrollo económico de las comunidades garífunas del litoral atlántico de Honduras y el Decreto Legislativo 330-2002 Abril Mes de la Herencia Africana en Honduras.

151. La Constitución de Honduras, en su artículo 173 establece que el Estado preservará y

estimulará las culturas nativas, así como las genuinas expresiones del folklore nacional, el arte popular y las artesanías, en ese sentido, el Gobierno de Honduras ha mantenido programas que velan por el cumplimiento y el respeto de los Derechos Humanos de los habitantes de los Pueblos Indígenas y Afrohondureños.

17 Ver en anexos documento de Convenio de Colaboración y Asistencia Interinstitucional entre el CONADEH, la Secretaría de Relaciones Exteriores de Honduras y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos de México.

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152. De los más de 7 millones de habitantes, un 11 % pertenecen a los pueblos Indígenas y

Afrohondureños del país, los que están distribuidos en 15 de los 18 departamentos y suman alrededor de 9 pueblos. Los departamentos con mayores índices de pobreza y analfabetismo, coinciden con los de mayor número de habitantes Indígenas y Afrohondureños.

153. Los diferentes pueblos y comunidades Indígenas y Afrohondureños mantienen sus raíces y se

encuentran dispersos a lo largo de todo el país: Miskitos en el departamento de Gracias a Dios; Pesh en los departamentos de Olancho, Colón y Gracias a Dios; Tolupanes en los departamentos de Yoro y Francisco Morazán; Lencas en los departamentos de Lempira, Intibucá, La Paz, Francisco Morazán y Santa Bárbara; Tawakas en Gracias a Dios, Maya Chortí en los departamentos de Copán y Ocotepeque, Afrodescendiente de habla inglesa en las Islas de la Bahía y la población Garífuna en las Islas de la Bahía, Colón, Cortés, Atlántida y Gracias a Dios.

154. El FHIS y la Secretaría de Gobernación y Justicia ejecutan el Programa de Desarrollo Integral

de Pueblos Autóctonos (DIPA), el cual tiene un carácter integral, intersectorial y participativo, incorporando de manera transversal los aspectos de inclusión social, de género y de medio ambiente en sus intenciones. El objetivo del programa es mejorar las condiciones de vida de los pueblos autóctonos de Honduras y contribuir a su desarrollo integral y sostenible en el ámbito económico, social, cultural y ambiental.

155. Además existe un Plan Especial para Comunidades Indígenas y Afrohondureñas, con el fin de

brindar una correcta aplicación del Programa Presidencial de Salud, Educación y Nutrición, el cual tiene como propósito establecer una estrategia para garantizar que los habitantes Indígenas y Afrohondureños que cumplan con los requisitos de elegibilidad del proyecto, tengan acceso a los beneficios del mismo y de manera culturalmente adecuada.

156. En el ámbito institucional, el Gobierno actual ha oficializado la creación de la “Secretaría para

el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y Afrohondureños y la Promoción de Políticas de Igualdad Racial (SEDINAFROPPIR)”, que tendrá como objetivo el desarrollo integral de estos pueblos en todo el país.

157. En el año 1994, dentro del Ministerio Público, fue creada la Fiscalía Especial de las Etnias y el Patrimonio Cultural, para garantizar la efectiva vigencia de los derechos humanos de los pueblos Indígenas y Afrohondureños.

158. En el año 2005, se creó la Comisión Intersectorial para la Titulación, Ampliación, Saneamiento

y Protección de Tierras de las Comunidades Misquitas y Garífunas de Honduras, coordinada por el Instituto Nacional Agrario (INA), está conformada por otras Secretarías de Estado con la representación de los pueblos y comunidades Misquitas y Garífunas.

159. En el año 2006, se creó en el Congreso Nacional la Comisión Ordinaria de las Etnias y en el

2010 se convierte en la Comisión Especial de Enlace para los Pueblos Indígenas y Afrohondureños. Los pueblos Indígenas y Afrohondureños tendrán participación dentro de esta Comisión en calidad de observadores, dando seguimiento a las iniciativas de Ley y otros asuntos de interés.

3.9. DERECHO A UN AMBIENTE SANO

160. El Estado de Honduras ha elaborado leyes y normas conducentes a la protección ambiental, tales como: la Normativa para la Observación del Tiburón Ballena, en las islas de la Bahía, la Normativa de Manejo de Especies de Fauna Silvestre y su Conservación Ex situ y el Reglamento para el Manejo de Residuos Sólidos.

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161. Se formuló y validó a nivel interno de la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente una Política Hídrica Nacional para brindar los lineamientos y elementos fundamentales para la recuperación, protección y manejo adecuado del recurso hídrico en el país para los próximos quince años. Asimismo para garantizar la protección del Lago de Yojoa se elaboró y aprobó el Reglamento General de la Ley de Protección de la Cuenca del Lago de Yojoa.

162. En materia ambiental, se han desarrollado varios proyectos, tales como: el Proyecto de

Biósfera Transfronteriza “Corazón del Corredor Biológico Mesoamericano”, beneficiando a los habitantes de la zona indígena (Misquitos, Tawahkas, Pesh, Garífunas y Sumos o Mayangnas); se estableció la Alianza para el Apoyo de la Implementación Nacional del Programa de Trabajo sobre Áreas Protegidas; se creó el Plan de Manejo del área propuesta Paisaje Terrestre y Marino Protegido Omoa.

163. Para controlar las importaciones, distribución y uso de sustancias agotadoras de la capa de

ozono, se trabaja en el Plan de Manejo de Refrigerantes. Honduras presentó ante el Comité Ejecutivo del Fondo Multilateral del Protocolo de Montreal la Propuesta Nacional para la Eliminación de CFC en Honduras, mediante la cual se apoyará a los sectores de mayor consumo de esta sustancia como también se promoverán la reconversión de equipos de refrigeración domestica o sustancias sustitutas como los hidrocarburos y se reforzará el marco legal vigente y las actividades nacionales encaminadas al cumplimiento de las obligaciones nacionales ante el Protocolo de Montreal.

164. Actualmente se implementa el Programa de Medio Ambiente en Centroamérica Premaca-

Danida, con el objetivo de lograr para el año 2011 incidir en la reducción de la pobreza en Centroamérica a través de una mejor gestión ambiental de los Estados y la Sociedad Civil, así como la aplicación de la legislación nacional y de los tratados ambientales regionales e internacionales.

165. El Estado de Honduras trabajó en un Plan de Lucha Contra la Desertificación y Sequía a fin de

mitigar los efectos de la misma, para lo cual se realizaron intervenciones en el área conformada por los 137 municipios de los departamentos de Choluteca, Valle, El Paraíso, Francisco Morazán, La Paz, Intibucá, Yoro, Comayagua, Olancho, Santa Barbará y Lempira. Además se produjo un millón cuatrocientos dieciséis mil plantas forestales y se plantaron 834 hectáreas en sitios de interés ecológico, con la finalidad de conservar fuentes de agua, restaurar áreas degradadas por incendios y plagas forestales, ornamentación, establecimiento de plantaciones maderables y bosques energéticos.

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CONCLUSIONES

I. En el marco de los Derechos Civiles y Políticos, Honduras ha realizado importantes avances

para lograr el respeto y promoción de los Derechos Humanos, especialmente con la creación de

instituciones que velan por su cumplimiento, trabajando coordinadamente con el Poder Legislativo

a efecto de introducir reformas profundas con la finalidad de procurar una justicia más activa y una

aplicación de la Ley más expedita, así como legislaciones que garanticen la plena observancia de

los derechos humanos, no obstante, siguen existiendo limitaciones para la investigación de los

casos así como deficiencias en las condiciones penitenciarias, producto de restricciones

presupuestarias, de recursos humanos y tecnológicos que no han permitido aún alcanzar la plena

realización de todos los derechos, sin embargo, es interés primordial del Estado de Honduras el

respeto de los derechos humanos a todos sus habitantes sin distinción de ningún tipo.

II. Con respecto a los derechos económicos, sociales y culturales, Honduras realiza esfuerzos

importantes encaminados a aumentar la cobertura y a mejorar la calidad de los servicios de salud,

educación y seguridad social entre otros, a través del incremento en el recurso humano

especializado, la generación de una infraestructura adecuada y mejor equipada, con resultados

favorables, no obstante, estos esfuerzos son superados por las crecientes necesidades de la

población hondureña, lo que torna de urgente necesidad la generación y ampliación del

presupuesto nacional para estos sectores

III. Quedan en evidencia en el presente informe los esfuerzos realizados por Honduras, en cuanto

al fortalecimiento y desarrollo de los grupos vulnerables del país, con la creación de una legislación

especializada y el cumplimiento de los compromisos internacionales suscritos en relación a estos

temas. El objetivo de estos esfuerzos se centra en la erradicación de la discriminación contra la

mujer, el adulto mayor y las personas con discapacidad. A los grupos LGBT, se les ha otorgado la

personalidad jurídica para efectos de la defensa de sus derechos.

Asimismo el Estado realiza esfuerzos para la erradicación del abuso infantil, la explotación laboral y

sexual, la trata, la falta de oportunidades para los jóvenes y en general todos aquellos factores que

inciden negativamente en su desarrollo integral, pero existen aun factores por parte del Estado y la

sociedad que limitan su plena realización.

IV. En el tema de las migraciones de hondureños al extranjero, resultan de particular preocupación

no solamente las violaciones a derechos humanos de que son objeto los migrantes en su ruta por

los países de tránsito y de destino, sino que también constituye motivo de preocupación para

Honduras, la penalización de la migración irregular que actualmente se aplica en determinados

países, constituyéndose este hecho en una violación masiva a los derechos de estas personas.

V. Se ha hecho patente en este informe, el interés de Honduras por la protección y conservación

de las culturas nativas indígenas y afrohondureña, con la creación de dependencias y legislaciones

especiales orientadas a la preservación de las diferentes expresiones de la cultura nacional, lo que

traerá como resultado la integración plena de estos pueblos a una sociedad debidamente

consolidada, respetando sus orígenes étnicos y culturales.

VI. Honduras es un país altamente vulnerable frente a los efectos del cambio climático, por lo que

se doblan esfuerzos para integrarse a los principales foros y suscribir los Convenios

Internacionales de mayor relevancia en esta materia. Los perjuicios económicos y humanos que

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los desastres naturales le han heredado al país, inciden hasta hoy en la economía nacional y el

desarrollo social del pueblo hondureño.

Los esfuerzos que realiza el Estado para lograr un ecosistema estable y adecuado, involucran a

todos los sectores del país, vale decir: Corporaciones Municipales, Cooperativas, Patronatos,

Fundaciones Ambientalistas, Organizaciones de la Sociedad Civil, Organizaciones No

Gubernamentales de Derechos Humanos, Sistema Educativo Nacional y otros, que ven con

preocupación el acelerado deterioro del ambiente mundial, con mayor intensidad, en los países en

desarrollo.

VII. El presente informe incorpora en las secciones pertinentes, lo referente a los avances

obtenidos por el Estado de Honduras en cuanto a las Observaciones Finales del Comité Contra la

Tortura, relacionadas con el Informe Inicial de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o

Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, así como de las Observaciones Finales del Comité de

Derechos Humanos sobre la aplicación del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos.