sistema nacional de presupuesto

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CONCEPTO

PRESENTACIoNSISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTOCONCEPTOEs el conjunto de rganos, normas ,tcnicas, mtodos y procedimientos que conducen el proceso presupuestal de todas las entidades y organismos del sector publico en sus fases de programacin , formulacin ,aprobacin, ejecucin y evaluacin.

OBJETIVOS Optimizar la gestin administrativa y financiera del estado.Equilibrar los ingresos e egresos.Mejorar la gestin presupuestaria en funcin a los ejercicios anteriores , tomando en cuenta las perspectivas futurasPRINCIPIOSEquilibrio presupuestario Equilibrio micro fiscalEspecialidad cuantitativaUniversalidad y unidadIntegridadInformacin y especificadAnualidadEficiencia en la ejecucin de los fondos pblicosCentralizacin normativa y descentralizacin operativaTrasferencia presupuestalExclusividad presupuestal Otros complementarios.INTEGRANTES DEL SISTEMAEsta integrado por :-La direccin nacional del presupuesto publico-DNPP-Titular de l a entidad-Las oficinas de presupuesto de las entidades

DIRECCION NACINAL DE PRESUPESTO PUBLICO-DNPPEs el rgano rector del sistema nacional de presupuesto, la mas alta autoridad tcnico normativa dicta las normas y establece los procedimientos relacionados con su mbito .

FUNCIONES:-Programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la gestin del proceso presupuestario.-Elaborar el ante proyecto de la ley anual de presupuesto.-Emitir las directivas y normas complementarias pertinentes .-Regular la programacin mensual izada del presupuesto de ingresos y gastos .-Emitir opinin autorizada de materia presupuestal de manera exclusiva y excluyente en sector publico.

EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICOPRESUPUESTO:Constituye el instrumento de la gestin del estado que permite las entidades lograr sus objetivos y metas durante el ao fiscal:

EL PRESUPUESTO CONTIENE:-Los gastos que , como mximo pueden contraer las entidades durante un ao fiscal en funcion a los ingresos-los objetivos y metas a alcanzar en un ao fiscal .INGRESOS DEL SECTOR PUBLICO:Son fondos pblicos in excepcin ,los ingresos de naturaleza tributaria .Los fondos pblicos se orientan a la atencin de los gastos que genere el cumplimiento de sus fines.

ESTRUCTURA:Los ingresos se estructuran de la siguiente manera:-Clasificacin econmica-Clasificacin por fuente de financiamiento. directoral de la direccin nacional del presupuesto publico.INGRESOS CORRIENTESCONCEPTO: son los recursos financieros que se obtienen de modo regular o peridico y que no alteran de manera inmediata la situacin patrimonial del estado entre los cuales se encuentran:IMPUESTO:A la renta ,al patrimonio, a la importacin, a la produccin y consumo, y otros documentos valorizados, etc.TASAS: de administracin general, de justicia y de polica, de educacin, de salud de vivienda y construccin, agropecuarios y de recursos no minerales, de industria, minera y comercio, de transportes y comunicaciones, entre otros CONTRIBUCIONES: para pensiones, para capacitacin e investigacin por obras publicas, entre otros VENTA DE BIENES: Agropecuario y minerales, industriales, de transportes, comunicaciones y almacenaje entre otrosPRESTACION DE SERVICIOS: Agropecuarios y minerales entre otrosRENTA DE LA PROPIEDAD: Real, de la propiedad financiera entre otrosMULTAS, SANCIONES Y OTROS: multas, anloga, sanciones y otros ingresos corrientesINGRESOS DE CAPITAL: son los recursos financieros no reembolsables provenientes de agencias internacionales se incluye tambin la recuperacin del capital colocado a prstamo entre los cuales se encuentran

Venta de activos: inmuebles (terrenos) urbanos rurales, vehculos, equipos y maquinarias (usados) entre otros

Amortizacin por prestamos concedidos (reembolsos)

CLASIFICACION POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO

El presupuesto del sector publico de acuerdo al origen de los recursos que lo conforman :-RECURSOS ORDINARIOS -CANON Y SOBRE CANON -PARTICIPACON EN RENTAS DE ADUANAS -CONTRIBUCIONES A FONDOS-FONDO DE COMPESACION MUNICIPAL-RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS -RECURSOS POR DONACIONES Y TRANSFERENCIAS-RECURSOS ORDINARIOS PARA LOS GOBIERNOS REGIONALES -RECURSOS ORDINARIOS PARA LOS GOBIERNOS LOCALES .

CLASIFICASION POR GENERICA DE INGRESO-Impuesto y contribuciones obligatorias -Obligaciones sociales -Venta de bienes y servicios -Venta de activos no financieros - Venta de activos financieros -Endeudamiento .

EL PROCESO PRESUPUESTARIO

Es el conjunto de procedimientos secuenciales a travs del cual se administra en forma adecuada comprende las siguientes faces: - Programacin -Formulacin-Aprobacin - Ejecucin-Evaluacin ESTRUCTURA DEL PROYECTO DE LEY ANUAL DE PRESUPUESTOcontiene las siguientes secciones :-Gobierno central -Instancias descentralizadas FACE DE LA EJECUCION es la fase donde concreta el flujo de ingresos y egresos los calendarios de compromisos y las presupuestadas se inicia el 1 de enero y culmina el 31 de diciembreparticipan las siguientes instituciones:-Direccin nacional de presupuesto publico -Unidades ejecutoras -Banco de la nacin

EJECUCION DEL GASTO PUBLICOcomprende las etapas siguientes -compromiso-devengado -pago CARACTERISTICAS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO-participativo-coherente -multianual-flexibleDEUDA PUBLICAes la acumulacin pendiente de pago de pasivos reconocidos por el sector publico puede ser clasificado en:-Interna: monto de obligaciones contradas con agentes econmicos residentes en el pas -Externa: contrada con agentes econmicos.META PRESUPUESTARIA es la expresin concreta se compone de los siguientes elementos:-Finalidad -Unidad de medida -Cantidad La meta presupuestaria muestra las siguientes variantes:-Meta presupuestaria de apertura.-Meta presupuestaria modificada - Meta presupuestaria obtenida PROCESOS PRESUPUESTARIA Es el conjunto de faces que deben desarrollarse para la aplicacin de presupuesto dichas faces son programacin ,formulacin, aprobacin, ejecucin y evaluacin. El cdigo tributario. Los tributos son los siguientes -PARA EL GOBIERNO CENTRAL : impuesto a la renta, impuesto general a las ventas, impuesto general, derechos arancelarios, entre otros. -PARA LOS GOBIERNOS LOCALES:Estn establecidos de acuerdo a la ley de tributario.