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Seguridad y Salud Impermeabilización del Polideportivo Municipal Cercedilla. Comunidad de Madrid L:\2008\208M01 Cercedilla Poli Adecuacion\1 Proyecto Plan E2\1 Memo\Seguridad y Salud FEESL 208M01 Cercedilla Poli Adecuacion.doc 1/148 ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD

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Seguridad y Salud

Impermeabilización del Polideportivo Municipal Cercedilla. Comunidad de Madrid

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ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD

Seguridad y Salud

Impermeabilización del Polideportivo Municipal Cercedilla. Comunidad de Madrid

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INDICE

Memoria ........................................................................................................................... 3 OBJETO DE ESTE ESTUDIO ............................................................................................... 3 DATOS GENERALES .......................................................................................................... 3 UBICACIÓN ..................................................................................................................... 3 CARACTERISTICAS DE LA OBRA ........................................................................................ 4 SEGURIDAD EN EL PROCESO CONSTRUCTIVO. .................................................................... 5 INSTALACIONES DE SERVICIO. ....................................................................................... 13 MAQUINARIA, HERRAMIENTAS Y MEDIOS AUXILIARES ....................................................... 16 MEDIOS AUXILIARES. ..................................................................................................... 27 ANALISIS Y EVALUACION INICIAL DE LOS RIESGOS. ......................................................... 35

Pliego de condiciones ..................................................................................................... 42 1. Condiciones de Índole Legal ........................................................................................ 42 1.1 NORMATIVA LEGAL DE APLICACIÓN ................................................................................ 42 1.2 OBLIGACIONES DE LAS PARTES IMPLICADAS .................................................................. 43 1.3 SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y TODO RIESGO DE CONSTRUCCIÓN Y MONTAJE ...... 44 1.4 LEGISLACIÓN APLICABLE A LA OBRA .............................................................................. 44

Condiciones de Índole Facultativa .................................................................................... 44 1.5 COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD ........................................................................ 44 1.6 ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD ................................................................................. 44 1.7 PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ................................................................ 45 1.8 LIBRO DE INCIDENCIAS. ............................................................................................... 45 1.9 APROBACIÓN DE LAS CERTIFICACIONES ......................................................................... 45 1.10 COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD ............................................................................... 45 1.11 COMPETENCIAS Y FACULTADES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD ............................ 46 1.12 DELEGADOS DE PREVENCIÓN Y SALUD ........................................................................ 46 1.13 COMPETENCIAS Y FACULTADES DE LOS DELEGADOS DE PREVENCIÓN ............................ 47 1.14 GARANTÍAS Y SIGILO PROFESIONAL DE LOS DELEGADOS DE PREVENCIÓN ..................... 47 1.15 SERVICIOS DE PREVENCIÓN....................................................................................... 48 1.16 SISTEMAS APLICADOS PARA LA EVALUACIÓN Y DECISIÓN SOBRE LAS ALTERNATIVAS

PROPUESTAS POR EL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD ................................................................ 49 1.17 FORMACIÓN E INFORMACIÓN A LOS TRABAJADORES .................................................... 50 1.18 Cronograma formativo. .............................................................................................. 50 1.19 ACCIONES A SEGUIR EN CASO DE ACCIDENTE LABORAL ............................................... 50

Condiciones de Índole Técnica ......................................................................................... 51 1.20 MATERIALES ............................................................................................................. 51 1.21 CONDICIONES DE LOS MEDIOS DE PROTECCIÓN COLECTIVA ......................................... 51 1.22 EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL ....................................................................... 53 1.23 SEÑALIZACIÓN ......................................................................................................... 53 1.24 INSTALACIÓN ELÉCTRICA .......................................................................................... 54 1.25 PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS. ............................................................................. 55 1.26 BARANDILLAS ........................................................................................................... 55 1.27 REDES ..................................................................................................................... 55 1.28 ANDAMIOS ............................................................................................................... 56 1.29 ÚTILES Y HERRAMIENTAS .......................................................................................... 56 1.30 MAQUINARIA DE ELEVACION Y TRANSPORTE ................................................................ 56 1.31 INSTALACIONES PROVISIONALES ............................................................................... 56 1.32 SERVICIO MÉDICO .................................................................................................... 57 1.33 SERVICIO TÉCNICO DE SEGURIDAD ............................................................................ 57 1.34 INSTALACIONES DE HIGIENE Y BIENESTAR .................................................................. 57 1.35 ORGANIZACIÓN GENERAL DE LA SEGURIDAD EN OBRA ................................................. 59 1.36 CONDICIONES TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES PROVISIONALES PARA LOS TRABAJADORES Y ÁREAS AUXILIARES DE EMPRESA. ................................................................ 59 1.37 ACOMETIDAS. ........................................................................................................... 60 1.38 CONDICIONES TÉCNICAS DE LA PREVENCIÓN DE INCENDIOS EN LA OBRA. ..................... 60 1.39 SEGURIDAD EN LOS TRABAJOS DE REPARACIÓN, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO. .... 62

Condiciones de Índole Económica ..................................................................................... 66 Presupuesto ................................................................................................................... 67 Fichas gráficas ............................................................................................................... 68

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Memoria

OBJETO DE ESTE ESTUDIO Este Estudio de Seguridad y Salud establece las previsiones respecto a prevención de riesgos, accidentes y enfermedades profesionales, durante la construcción de la obra así como cuando se realicen los trabajos de reparación, conservación, entretenimiento y mantenimiento y las instalaciones preceptivas de higiene y bienestar de los trabajadores.

Servirá para dar unas directrices básicas a la empresa constructora para llevar a cabo sus obligaciones en el campo de la prevención de riesgos profesionales, facilitando su desarrollo, bajo el control de los técnicos que aprueben el Plan, según el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se implanta la obligatoriedad de la inclusión de un Estudio de Seguridad y Salud en el Trabajo en los Proyectos de edificación y obras públicas, de aplicación para este caso. El presente estudio se realiza sobre proyecto de ejecución de la obra y servirá de base para la

realización del Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo que presente la Empresa Constructora antes del comienzo de las obras, y que recogerá las variaciones mínimas que sean necesarias para adaptar el Estudio a los medios que definitivamente emplee la Constructora.

DATOS GENERALES

Denominación:

Impermeabilización del Polideportivo Municipal, en Cercedilla, Comunidad de Madrid

Presupuesto:

El Presupuesto de Ejecución Material de las obras asciende a 149.285,53 €

Plazo:

Programado para 6 meses.

Plan de ejecución de la obra:

Con la planificación natural de una obra de estas características el técnico que suscribe ha supuesto un proceso constructivo coherente a fin de prever la necesidad de operarios en las distintas fases de la obra. El contratista principal en el momento de redactar el Plan de Seguridad, deberá contemplar estos extremos a fin de prever los adecuados servicios Higiénicos-Sanitarios.

Nº de trabajadores:

Para ejecutar la obra en un plazo de 6 meses, se estima un número máximo de trabajadores en punta, base para el cálculo de consumo de los "equipos de protección individual", así como para el

cálculo de las "Instalaciones Provisionales para los Trabajadores" de 8. Si el plan de seguridad y salud efectúa alguna modificación de la cantidad de trabajadores que se ha calculado que intervengan en esta obra, deberá justificarlo técnica y documentalmente.

UBICACIÓN

Situación:

La parcela en la que se ubica el Polideportivo tiene forma de polígono de cuatro lados dando uno de ellos a la Avenida de Manuel González Amezua, en Cercedilla, Madrid.

Altimetría:

La parcela es prácticamente plana, no presentando desnivel representativo en ninguna parte.

Edificaciones:

El Polideportivo sobre el que se actúa se ubica sobre una parcela exenta.

Servidumbres aparentes:

Sobre la parcela edificable no existen más servidumbres aparentes que las derivadas del uso simultáneo durante la ejecución de las obras de las instalaciones, por lo que deberá arbitrarse la correspondiente coordinación de actividades.

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Colindantes

El Polideportivo sobre el que se actúa se ubica sobre una parcela colindante en la parte trasera con el patio de un colegio, en el que se sitúa el graderío que cubre el almacén deportivo, sobre el que se prevé actuar en el presente proyecto.

Servicios públicos:

Actualmente el Polideportivo cuenta con todos los servicios urbanos, de abastecimiento de agua, energía eléctrica y saneamiento.

Accesos:

Los accesos para personal y vehículos se prevén desde la Avenida de Manuel González Amezua.

Climatología:

Dispone de un clima continental extremado por su proximidad a la Sierra de Guadarrama, a cuya falda se sitúa, por lo que debe preverse especial frío en invierno y calor en verano.

Centros de urgencia:

Los Centros Asistenciales más cercanos corresponden a:

URGENCIAS: SAN LORENZO DE EL ESCORIAL, Calle Juliana, 1 HOSPITAL: SAN LORENZO DE EL ESCORIAL, Carretera Guadarrama KM. 6,255

CARACTERISTICAS DE LA OBRA

Tipo de obra:

Se trata de obras de reparación de la edificación existente enfocadas fundamentalmente a la impermeabilización de cubiertas y eliminación de humedades en algunos paramentos.

Unidades de obra:

Demoliciones, cerramientos y albañilería, cubiertas, aislamientos e impermeabilización, electricidad y pintura.

Servicios afectados por la obra:

- Circulación de vehículos en la Avenida de Manuel González Amezua en entradas y salidas de

maquinaria y suministro de materiales a obra. - Circulación de peatones enfrente de fachada de la obra - Posible afectación por los alcances de maquinaria - Pasos obligados de peatones, a proteger - Limpieza viaria y control de tráfico

Otras dimensiones del riesgo:

- Perímetro del solar, a efectos de su cerramiento, que debe ser permanente a lo largo de toda la

obra. - Perímetro de bordes, a efectos de su protección con barandilla. - Superficie de huecos horizontales a proteger con mallazo. - Perímetro de escaleras (ojo, hueco y rampa) para su protección con red y/o barandillas. - Puntos de carga y descarga de materiales para dotación de plataformas. - Bajantes de escombro.

Otras cuestiones relativas al comienzo de las obras

- Circulación de personas ajenas a la obra: Se hará por el exterior de la obra, siempre que sea posible. Se consideran medidas especiales de protección para cubrir el riesgo de las personas que transiten en las inmediaciones de la obra de edificación, adoptando las medidas necesarias para impedir el paso al

personal ajeno a la misma. Durante las obras de exterior y mientras duren las maniobras de acceso y salida, se dispondrá del personal necesario para avisar y tomar las medidas de protección que se estimen oportunas.

- Suministro de energía eléctrica:

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Se tomará de la red de suministro al edificio la acometida general de la obra, colocando un cuadro general de protección de maquinaria y útiles eléctricos.

- Suministro de agua potable:

Se tomará de la red de suministro al edificio el agua, para el consumo de obra, conectando a la canalización más próxima.

- Características del vertido de agua sucia a los servicios higiénicos:

Se acometerá a la red de alcantarillado del edificio, no siendo necesaria la realización de trabajos de pocería.

- Servicios provisionales de obra:

Para la ejecución de estas obras no se ha previsto la instalación de casetas para uso de oficinas, aseos

y vestuarios, ya que en el propio edificio existen instalaciones suficientes para dar servicio al personal durante la realización de las obras.

SEGURIDAD EN EL PROCESO CONSTRUCTIVO.

Trabajos previos.

A. DESCRIPCION DE TRABAJOS

- Nombramiento de Delegado de Prevención. - Instalaciones provisionales de electricidad, agua y saneamiento.

- Aprovisionamiento de botiquín, extintores y elementos de protección individual y colectiva y de señalización.

- Vallado, con entradas distintas para vehículos y personal y su señalización.

B. RIESGOS MÁS FRECUENTES

- Atropellos y colisiones.

- Caída de materiales al interior y exterior de la obra. - Incendios de productos inflamables o combustibles. - Daños a obreros o terceras personas ajenas a la obra. - Electrocuciones. - Deslizamiento o derrumbamiento de acopios. - Daños en las instalaciones de servicios públicos.

C. MEDIDAS PREVENTIVAS

- Señalización de los riesgos y prohibiciones. - Limpieza de las zonas de circulación y de la vía pública. - Instalaciones provisionales de electricidad y contra incendios, conforme a norma. - Montaje y reparación de instalaciones siempre fuera de servicio y por personal

especializado. - No hacer fuego cerca de materiales inflamables o de fácil combustión.

- Correcta ubicación de comedores, vestuarios y aseos. - Detección previa de instalaciones de servicio público. - Protección de viandantes y vehículos que circulen en las proximidades.

D. PROTECCIONES PERSONALES

- Casco homologado. - Calzado con puntera y plantilla reforzadas. - Mono de trabajo. - Guantes.

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E. PROTECCIONES COLECTIVAS

- Señales de circulación en entradas y salidas de obra y en la vía pública. - Señales de riesgo en accesos e interior de obra. - Cinta de señalización y vallas peatonales en zonas de la vía pública que ocasionalmente

deban ocuparse o por las que pasen cargas, así como en las zanjas de acometidas a los servicios públicos.

- Visera perimetral en accesos como protección de personas que transiten en las inmediaciones

de la obra.

F. PROTECCION VIARIA

- Balizamiento. - Defensas - Señalización

- Limpieza viaria - Control de tráfico

Cerramientos y albañilería.

A. DESCRIPCION DE TRABAJOS

En función del lugar donde se realizan los trabajos y de los medios auxiliares a emplear, se presentan tres tipos diferenciados de actividad dentro de esta unidad:

- La tabiquería (más trasdosados, chapados, guarnecidos y enlucidos, enfoscados, etc.),

que se desarrolla a cubierto con utilización de andamio de borriquetas o similar.

- Las ayudas de albañilería a oficios, cuyos medios y riesgos corresponden a la unidad que auxilian.

- Cualquier otro elemento de este capítulo descrito en proyecto. B. RIESGOS MÁS FRECUENTES.

- Caídas de altura al no usar correctamente los medios auxiliares adecuados, como son los

andamios o las medidas de protección colectiva. - Caídas al mismo nivel. - Golpes contra objetos. - Cortes en manos por los materiales cerámicos. - Cortes por herramientas y maquinaria. - Caídas de materiales y utillaje.

- Ambiente pulvígeno en cortes cerámicos. - Partículas proyectadas. - Sobreesfuerzos. - Electrocución. - Dermatitis de contacto. - Salpicaduras de morteros y pastas.

C. MEDIDAS PREVENTIVAS

- Zonas de trabajo limpias, ordenadas y bien iluminadas.

- Realizar los trabajos con personal cualificado. - Mantener el mallazo de protección de huecos horizontales hasta cerramiento definitivo del

hueco. Para tirada de plomos y colocación de canalizaciones, romper exclusivamente el o los hilos que estorben conservando el resto.

- No quitar la barandilla o la red perimetral de planta a planta hasta llegar a ella en el andamio.

- Correcto apoyo, nivelación y arriostramiento de los andamios de servicio, con separación máxima de fachada de 25 cm.

- Constituir andamiadas de al menos 60 cm. con barandilla y rodapié. - Evitar trabajos a la vertical unos de otros.

- Elevar los materiales empaquetados, flejados o en bateas ciegas sin colmar que hagan imposible su caída y distribuirlos evitando sobrecargas y obstrucción de pasos.

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- Vaciar escombros y cascotes únicamente a través de bajantes tubulares o bateas ciegas.

- No sobrecargar la andamiada. - Acceder siempre a la andamiada desde la planta más próxima al nivel de trabajo. - No dejar sobre los andamios piezas sueltas que puedan caerse. - Vigilar conservación de los medios auxiliares y sus anclajes diariamente. - Acotar y señalizar a nivel de planta baja la vertical del andamio, para evitar el paso del

personal por la vertical de los trabajos. - Cubrir el ojo de la escalera en toda su superficie.

- Proteger huecos de fachada antes de instalar en su interior andamios de borriquetas con barandilla o red vertical.

- Evitar vuelos excesivos en el piso de los andamios de borriquetas. - Realizar los cortes cerámicos preferentemente por procedimiento húmedo y utilización de

guías salvamanos. - Vigilar las protecciones eléctricas.

D. PROTECCIONES PERSONALES

- Casco de seguridad. - Cinturón de seguridad, para el montaje de andamios y traslado de andamiadas y

plataformas y siempre que las medidas de protección colectiva no supriman el riesgo. - Calzado con suela y plantilla reforzada.

- Gafas securizadas en cortes cerámicos. - Guantes. - Mono. - Impermeable en caso de lluvia. - Mascarillas antipolvo.

E. PROTECCIONES COLECTIVAS

- Redes verticales y horizontales. - Mallazo o tablones en huecos horizontales. - Barandillas perimetrales de andamio. - Marquesinas en accesos a viviendas y sobre aceras peatonales.

- Cinta de acotamiento y señalización de la vertical de andamios a nivel de planta baja.

- Barandilla en ojo y perímetro de escalera. - Redes de seguridad o barandillas en ventanales y balconadas. - Bajante de escombros. - Plataformas de cargas voladas.

Cubiertas.

A. DESCRIPCION DE TRABAJOS

- La cubierta puede ser plana o inclinada.

B. RIESGOS MÁS FRECUENTES

- Caídas de altura por los bordes o en el interior. - Caídas al mismo nivel. - Hundimiento por sobrecarga del forjado.

- Caídas de materiales que se están usando en cubierta. - Incendios y explosiones. - Quemaduras (impermeabilizaciones y cortes de material). - Heridas por objetos punzantes.

- Golpes en manos. - Cortes por manejo de chapa. - Atrapamientos por materiales.

C. MEDIDAS PREVENTIVAS

- Zonas de trabajo limpias, ordenadas y bien iluminadas. - Realizar los trabajos con personal cualificado.

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- Los trabajos en los bordes de la cubierta inclinadas, se realizarán antes de quitar la red

bajo mástil o protegidos por andamio perimetral con plataforma de trabajo de 60 cm. de ancho provista de barandilla resistente, coincidiendo ésta con la línea de prolongación del faldón del tejado, sobrepasando este punto al menos 90 cm. sobre el alero para así poder servir de protección contra posibles caídas a lo largo de la cubierta.

- Elevar los materiales empaquetados, flejados o en bateas ciegas, sin colmar, que hagan imposible su caída.

- En las cumbreras, se colocarán ganchos de sujeción de cable para enganches del cinturón

de seguridad. - Evitar trabajos a la vertical unos de otros. - Prever los acopios teniendo en cuenta su inmediata utilización para que no transmitan

sobrecarga excesiva sobre el forjado. - No depositar herramientas, ni materiales sueltos en cubierta. - Evitar exposición continua al sol de las bombonas de gases. - Los trabajos en cubierta se suspenderán siempre que se presenten nieve, hielo o vientos

fuertes que comprometan la estabilidad de los operarios y puedan desplazar los materiales.

D. PROTECCIONES PERSONALES

- Casco homologado.

- Cinturones de seguridad homologados, para el caso excepcional de que los medios de protección colectiva no sean posibles o suficientes, estando anclados a los elementos resistentes.

- Calzado homologado provisto de suela antideslizante. - Mono de trabajo con perneras y mangas ajustadas e impermeable en tiempo lluvioso. - Guantes.

E. PROTECCIONES COLECTIVAS

- Plataformas de andamio de 60 cm. de ancho y doble barandilla o red trasera. - Redes horizontales o verticales. - Barandillas resistentes. - Ganchos de servicio para anclar la cuerda de los operarios.

Solados y alicatados.

A. DESCRIPCION DE TRABAJOS

Todos los solados se realizarán mediante gres o terrazo. Se realizarán alicatados en las paredes de cuartos húmedos.

B. RIESGOS MÁS FRECUENTES

- Caídas de altura. - Caídas al mismo nivel. - Caídas de materiales. - Heridas en manos.

- Proyecciones en ojos y cara. - Afecciones de la piel. - Salpicaduras de morteros y pastas.

- Aspiración del polvo al usar máquinas para cortar o lijar. - Golpes. - Sobreesfuerzos. - Incendios.

- Electrocuciones.

C. MEDIDAS PREVENTIVAS

- Acotar áreas de trabajo y señalizarlas. - Mantener zona limpia, ordenada y bien iluminada.

- Realizar los trabajos con personal cualificado. - Comprobar estabilidad y montaje correcto de plataforma de trabajo.

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- Proteger accesos y huecos próximos (ventanas, escaleras, etc.).

- Evitar interferencias horizontales. - Elevar los materiales empaquetados, flejados o en bateas ciegas sin colmar que hagan

imposible su caída y distribuirlos, evitando sobrecargas y obstrucción de pasos. - Carga y descarga de materiales a través de plataforma volada y con recipiente hermético. - Corte de materiales, preferentemente por vía húmeda. - Vaciado de escombros, únicamente a través de bajantes tubulares o bateas ciegas.

D. PROTECCIONES PERSONALES

- Casco. - Mono de trabajo. - Gafas en caso de proyecciones y radiaciones. - Mascarilla en caso de corte seco. - Mandil de cuero.

- Guantes apropiados a la función y riesgo. - Calzado de seguridad.

E. PROTECCIONES COLECTIVAS

- Andamios estables y seguros.

- Andamios con barandillas si tienen más de 2 m. de altura y plataformas de 60 cm. de ancho, por lo menos.

- Puestos de trabajo a cubierto de caída de objetos o protegido. - Conservación de las protecciones existentes o recolocación de redes en huecos de

fachada, ascensores y escaleras. - Protector de radial. - Acotamiento en planta baja de la vertical de los andamios, si hay riesgo de caída de

Aislamientos e impermeabilizaciones.

A. DESCRIPCION DE TRABAJOS.

- Aislamiento térmico de poliuretano proyectado sobre fábrica. - Aislamiento térmico de poliestireno extruido sobre forjado de terraza.

- Impermeabilización de cubiertas mediante extendido o aplicación en superficie B. RIESGOS MÁS FRECUENTES.

- Caídas de altura. - Caída de materiales.

- Quemaduras. - Incendios y explosiones. - Intoxicaciones.

C. MEDIDAS PREVENTIVAS.

- Mantener zonas de trabajo limpias, ordenadas y bien iluminadas.

- Conservar las protecciones colectivas contra caídas al vacío. - Realizar los trabajos con personal cualificado.

- Elevar los materiales empaquetados, flejados o en bateas ciegas, sin colmar, que hagan imposible su caída y distribuirlos evitando sobrecargas y obstrucción de pasos.

- Acopiar los materiales con garantías de estabilidad. - Evitar solapes con otros oficios. - Transporte de materiales en caliente en recipientes a medio llenar para evitar derrames

peligrosos. - Situar las bombonas de gas, las lámparas y mecheros de sellado de materiales

bituminosos separadas de éstos, a la sombra y en posición vertical, señalizando el riesgo de incendio. Al finalizar los trabajos comprobar que mecheros y sopletes han sido apagados.

- Evitar soldaduras en proximidad de las planchas aislantes y advertir del riesgo de

incendio e intoxicaciones en caso de incendio.

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- Evitar el paso de cables eléctricos, lámparas y puestos de soldadura en proximidad de los

acopios de estos materiales plásticos.

D. PROTECCIONES PERSONALES.

- Casco. - Mono de trabajo. - Calzado antideslizante.

- Botas, polainas y mandil de cuero en manipulación de asfaltos en - Caliente. - Cinturón de caída, si hubiera que aproximarse al vacío.

E. PROTECCIONES COLECTIVAS.

- Andamios y escaleras estables y seguros.

- Puestos de trabajo a salvo de otras interferencias. - Carro portabotellas.

- Pantallas antichispas en proximidad de soldaduras. - Dispositivo apoyasoplete aislado.

Electricidad, telefonía, seguridad, señales débiles y antenas.

A. DESCRIPCION DE TRABAJOS

Instalación de red general de tierra.

Acometida a la red general, instalación de caja general de protección, línea repartidora, contador, cuadros de protección.

Apertura de rozas y colocación de armarios y conductos bajo tubo; cableado y encastrado de mecanismos sin tensión e instalación de tomas de corriente, alumbrado, telefonía, sistema de recepción de señal UHF, VHF y FM y cualquier instalación del reglamento de telecomunicaciones incluida en el proyecto.

Cualquier otro elemento de este capítulo descrito en proyecto.

B. RIESGOS MÁS FRECUENTES

- Caídas de altura. - Caídas al mismo nivel. - Caídas de objetos.

- Proyección de partículas. - Pinchazos. - Golpes. - Cortes en manos. - Electrocución. - Quemaduras.

C. MEDIDAS PREVENTIVAS

- Zona de trabajo limpia, ordenada y bien iluminada.

- Conservar las protecciones colectivas o reponerlas antes de comenzar los trabajos. - Realizar el trabajo con personal cualificado. - Utilizar andamios, escabeles o escaleras estables. - Las escaleras estarán provistas de tirantes, para así delimitar su apertura cuando sean de

tijera; si son de mano serán metálicas con elementos antideslizantes en su base. - Trabajar siempre sin tensión, previa comprobación con aparato de control adecuado. - No hacer pruebas con tensión hasta después de comprobar el acabado de la instalación

eléctrica. - Uso correcto de la rozadora. - La herramienta manual se revisará con periodicidad para evitar cortes.

- Aprovechar los andamios de cerramiento para fijación de las bajantes de antenas, con plataforma metálica, barandilla y rodapié.

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- Suspender trabajos en cubiertas en caso de fuerte viento, lluvia, nieve, hielo y en presen-

cia de tormentas próximas.

D. PROTECCIONES PERSONALES

- Casco. - Mono de trabajo. - Calzado de seguridad.

- Calzado antideslizante. - Gafas securizadas contra impactos en rozas. - Guantes. - Mascarilla antipolvo en rozas. - Ganchos para anclaje de cinturón de seguridad.

E. PROTECCIONES COLECTIVAS

- Señalización de las zonas donde se esté trabajando.

- Andamios y escaleras estables y seguros. - Herramientas manuales homologadas para trabajos en tensión. - Comprobador de tensión. - Dispositivo de enclavamiento en posición de apertura de circuito.

- Maquinaria portátil con doble aislamiento.

Fontanería y sanitarios.

A. DESCRIPCION DE TRABAJOS

Instalación de red de acometida, con tubería de alimentación de agua para edificio y contadores.

Apertura de rozas e instalación de conducciones para agua fría y caliente con tubería de cobre protegida; montaje de aparatos sanitarios y grifería, todo en interiores. Cualquier otro elemento de este capítulo descrito en proyecto.

B. RIESGOS MÁS FRECUENTES

- Caídas de altura. - Caídas de objetos. - Caídas al mismo nivel. - Proyección de partículas. - Golpes con objetos.

- Cortes en manos. - Radiaciones (soldadura). - Quemaduras por la llama del soplete. - Explosiones e incendios en los trabajos de soldadura. - Intoxicaciones por plomo. - Explosiones por formación de acetiluro de cobre.

C. MEDIDAS PREVENTIVAS

- Zonas de trabajo limpias, ordenadas y bien iluminadas.

- Conservar las protecciones colectivas o reponerlas antes de comenzar los trabajos. - Realizar los trabajos con personal cualificado. - Mantener el mallazo de protección de huecos horizontales hasta cerramiento definitivo del

hueco. Para tirada de plomos y colocación de canalizaciones romper exclusivamente él o

los hilos que estorben, conservando el resto. - Elevar los materiales empaquetados, flejados o en bateas ciegas, sin colmar, que hagan

imposible su caída y distribuirlos evitan sobrecargas y obstrucción de paso. - Uso correcto de andamios, escabeles y escaleras. - La herramienta manual se revisará con periodicidad para evitar cortes y golpes en su uso. - Advertir o señalizar de la no utilización de acetileno para el soldado de cobre y sus

derivados debido al riesgo de explosión. - Acotar el puesto de trabajo.

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- Transportar botellas en carro portabotellas, alejándolas de toda fuente de calor,

protegiéndolas del sol. - No utilizar soplete cerca de aislamientos plásticos ni otros materiales inflamables. - Revisar válvulas, mangueras y sopletes para evitar fugas de gases. - No usar como toma de tierra o neutro la canalización de fontanería.

D. PROTECCIONES PERSONALES

- Casco. - Mono de trabajo. - Calzado de seguridad. - Gafas securizadas contra impactos en rozas. - Mascarilla antipolvo en rozas. - Guantes de cuero en manejo de tubos. - Equipo de soldadura completo.

E. PROTECCIONES COLECTIVAS

- Andamios y escaleras estables y seguros, con barandillas y rodapié. - Carro portabotellas. - Pantallas antichispas en la proximidad de aislantes plásticos.

- Señales de almacenamiento y utilización de gases. - Extintor de polvo polivalente.

Pinturas y varios.

A. DESCRIPCION DE TRABAJOS

Pinturas en paredes y techos, barnices en carpintería de madera y pinturas tipo ferro sobre cerrajerías. B. RIESGOS MÁS FRECUENTES

- Caídas de altura. - Caídas al mismo nivel.

- Caída de materiales. - Salpicaduras en ojos. - Intoxicación por emanaciones. - Explosiones e incendios.

C. MEDIDAS PREVENTIVAS

- Zonas de trabajo limpias, ordenadas y bien iluminadas. - Conservar las protecciones colectivas o reponerlas antes de empezar los trabajos. - Realizar los trabajos con personal especializado. - Acotar las zonas de trabajo y señalizarlas. - Acopiar materiales a resguardo de incendios. - Señalizar los locales de acopio con prohibición de fumar.

- Disponer de extintor en proximidad. - Usar correctamente andamios y escaleras.

- Buena ventilación. - Mantener cerrados los recipientes que contengan disolventes y alejados del calor y del

fuego.

D. PROTECCIONES PERSONALES

- Casco en trabajos en exterior. - Gorra en trabajos en interior. - Guantes. - Mono. - Gafas.

- Cinturón de caída clase C, si es necesario exponerse al vacío.

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E. PROTECCIONES COLECTIVAS

- Disponibilidad de cuarto-almacén de pinturas, con llave. - Señal de prohibido fumar, en la puerta. - Extintor en las proximidades. Polvo seco o polivalente.

INSTALACIONES DE SERVICIO.

Instalaciones higiénicas

A) Una oficina, con inodoro, lavabo y dotación de botiquín y extintores en alguna de las

i8nstalaciones existentes.

B) Para los 8 trabajadores previstos para esta obra en el momento de máxima simultaneidad, se prevé como mejor solución el empleo de las instalaciones existentes para resolver las zonas de aseos, vestuarios y comedores.

Este sistema permitirá según las necesidades de la obra y número de trabajadores en la misma ampliar, reducir o mover las dotaciones existentes.

Normas generales de conservación y limpieza:

Los suelos, paredes y techos de los aseos, vestuarios y duchas, serán continuos, lisos e impermeables, enlucidos en tonos claros y con materiales que permitan el lavado con líquidos desinfectantes o antisépticos con la frecuencia necesaria todos sus elementos,

tales como grifos, desagües y alcachofas de duchas, estarán siempre en perfecto estado de funcionamiento y los armarios y bancos aptos para su utilización.

El botiquín se situará en la oficina de la obra, y en estas dependencias, así como en los

vestuarios, en cuadro situado al exterior se colocará de forma bien visible la dirección del centro asistencial de urgencia y teléfonos del mismo.

Todas las estancias citadas estarán convenientemente dotadas del mobiliario, luz y calefacción reglamentarios.

Y se destinará personal encargado de la limpieza y conservación diaria de las mismas.

Instalación eléctrica de obra

A. DESCRIPCION DE TRABAJOS

Acometida a la red e instalación de cuadro principal de mando y protección con seccionador general de corte automático, interruptor omnipolar y protección contra faltas a tierra, sobrecargas y cortacircuitos mediante toma de tierra, interruptores magnetotérmicos y diferencial de 300 mA. con retardo de 0,2 segundos y de 30 mA. sin retardo.

B. RIESGOS MÁS FRECUENTES

- Caídas de altura. - Caídas al mismo nivel. - Descargas eléctricas. - Fallos de la toma de tierra.

- Caídas de materiales. - Incendios.

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C. MEDIDAS PREVENTIVAS

- Zona de trabajo limpia, ordenada y bien iluminada. - Realizar los trabajos sin tensión y con personal autorizado. - Considerar cualquier parte de la instalación bajo tensión mientras no se compruebe lo

contrario, de manera fiable, con aparatos destinados al efecto. - Utilizar cuadros que estén construidos de forma que hagan imposible el contacto con

elementos bajo tensión, con cierre de seguridad según norma UNE 20324 y protegidos

contra la intemperie. - Utilizar conductores aislados para una tensión de 1.000 V., sustituyendo las mangueras

que sufran deterioros que afecten a su aislamiento. - Vigilar que las tomas de corriente se hagan únicamente mediante clavijas normalizadas

blindadas. - Conectar a tierra toda carcasa metálica de aparatos que no lleven doble aislamiento. - Evitar depositar materiales sobre los conductores que vayan por el suelo, protegiéndolos

adecuadamente cuando atraviesen zonas de paso. - Prohibir el acceso a personas no autorizadas en el cuarto de contadores y señalizar el

riesgo eléctrico en la entrada. - Dar instrucciones sobre las medidas a adoptar en caso de incendio o accidentes de origen

eléctrico. - Comprobar periódicamente el funcionamiento de los diferenciales mediante el pulsador de

prueba y prohibir el puenteo de los dispositivos de protección. - Realizar los trabajos desde zonas y medios auxiliares debidamente protegidos contra

caídas de altura y caídas de materiales, evitando solapes con otros trabajos a la vertical. - Revisar periódicamente la instalación.

D. PROTECCIONES PERSONALES

- Casco de seguridad homologado, dieléctrico para el caso excepcional de que hubiera que trabajar con tensión.

- Guantes aislantes o dieléctricos. - Comprobador de tensión. - Herramientas homologadas. - Calzado dieléctrico.

- Equipo para trabajos en tensión.

- Cinturón de seguridad y trepadores para subir a postes.

E. PROTECCIONES COLECTIVAS

- Conservación de las ya existentes o su reposición por otras antes de empezar los trabajos.

- Andamios y escaleras estables y seguros. - Mantenimiento periódico del estado de conductores, puestas a tierra, enchufes, cuadros... - Señal de prohibido entrar en puerta de caseta, sin autorización. - Señal de riesgo eléctrico en puerta de caseta, y en cada cuadro. - Señal de "no enchufar sin clavija", en cada cuadro.

Prevención de incendios.

Las causas que propician la aparición de un incendio en un edificio de construcción no son

distintas de las que lo generan en otro lugar: existencia de una fuente de ignición (hogueras, braseros, energía solar, trabajos de soldadura, conexiones eléctricas defectuosas, cigarrillos, etc.) junto a una sustancia combustible (parquet, encofrados de madera, serrín, carburante para la maquinaria, pinturas y barnices, etc.) puesto que el comburente (oxígeno) está presente en

todos los casos.

Por todo ello, conviene comprobar periódicamente la instalación eléctrica provisional así como el correcto acopio de las sustancias combustibles a lo largo de la ejecución de la obra, efectuando este acopio en envases y zonas específicamente destinadas al efecto.

Como medios principales de extinción se dispondrán extintores portátiles de polvo polivalente.

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Como caminos de evacuación solo podemos contar con los propios accesos de obra; de aquí la

importancia del orden y limpieza en todos los tajos y fundamentalmente en las escaleras del edificio y rampas de sótanos.

Importante también una adecuada señalización, indicando los lugares de prohibición de fumar (acopio de líquidos combustibles) situación del extintor, camino de evacuación, etc.

Para el caso en que el fuego adquiriese proporciones tales que no fuese posible sufocarlo con los

medios previstos en obra, se requerirá inmediatamente la presencia de los servicios públicos de extinción, cuyo número de teléfono deberá figurar en lugar bien visible, a la entrada de la oficina de la obra y del barracón del personal.

Tener en cuenta que según la clase de fuego se deberá aplicar la materia extintora más adecua-da:

Clases de fuego y su extinción:

Clase A: Fuegos secos. El material combustible son materias sólidas inflamables, como la madera, el papel, la paja, etc., a excepción de los metales. La extinción de estos fuegos se consigue mediante agua o soluciones que contengan un gran porcentaje de agua.

Clase B: Fuegos producidos por líquidos inflamables y combustibles, o sólidos licuables. Los combustibles más frecuentes son alquitrán, gasolina, asfalto, disolventes, resinas, pinturas, barnices, etc.

La extinción de estos fuegos se consigue por sofocamiento.

Clase C: Son fuegos de sustancias que en condiciones normales pasan al estado gaseoso, como metano, butano, acetileno, hidrógeno, propano, gas natural.

Nota: Los extintores de polvo polivalente son indicados para extinguir los tres tipos de fuego A, B, C. Los extintores de agua se emplearán solo en fuegos del tipo A. Los extintores de anhídrido carbónico son indicados sólo para los fuegos del tipo B.

Clase D: Son aquellos en los que se consumen metales ligeros inflamables y compuestos químicos reactivos, como magnesio, aluminio en polvo, limaduras de titanio, potasio, sodio, litio, etc.

Para controlar y extinguir fuegos de esta clase es preciso emplear agentes extintores especiales.

Advertencia: Cuando se produzca fuego cerca de equipos eléctricos no se debe emplear agua, ni agentes extintores que contengan agua. Se deberán emplear extintores de polvo polivalente o de anhídrido carbónico.

- Los combustibles líquidos se almacenarán de forma aislada y serán ubicados en casetas

independientes, suficientemente ventiladas, utilizándose a su vez recipientes de

seguridad. - Los materiales combustibles sólidos (maderas, elementos de madera, productos plásticos,

textiles impermeabilizantes, etc.) han de almacenarse o acopiarse sin mezclar maderas con elementos textiles o productos bituminosos.

- Los acopios de materiales deben estar situados lejos de instalaciones de corriente eléctrica y debe evitarse el uso de fuentes de calor en su proximidad.

- Los acopios de materiales situados en las plantas ya forjadas deberán protegerse con

pantallas ignífugas cuando se esté empleando soldadura en esas plantas o en las supe-riores.

- Tener siempre un extintor a mano en los lugares donde se realicen trabajos con empleo de llama abierta (impermeabilización con lámina asfáltica por ejemplo).

- La maquinaria fija o móvil, accionada por energía eléctrica, ha de tener las conexiones de corrientes aisladas y bien realizadas. Todos los desechos, virutas y desperdicios que se

produzcan por el trabajo han de ser apartados con regularidad, dejando limpios diariamente los alrededores de las máquinas.

- En el caso de grandes cantidades de acopio, almacenamiento o concentración de

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embalajes o desechos, han de completarse los medios de protección con mangueras de

riego que proporcione agua abundante. - No podrán efectuarse trabajos de corte y soldadura en lugares donde haya explosivos,

vapores u otras materias inflamables o combustibles, ni donde pese a todas las medidas posibles de precaución no pueda garantizarse la seguridad ante un eventual incendio.

- En los trabajos de soldadura y corte se deben proteger de la proyección de materias incandescentes los objetos que sean susceptibles de combustión y que no hayan de ser cambiados de su emplazamiento, cubriéndolos con pantallas ignífugas.

MAQUINARIA, HERRAMIENTAS Y MEDIOS AUXILIARES

Maquinaria en general.

A. RIESGOS MÁS FRECUENTES

- Vuelcos. - Hundimientos. - Choques. - Formación de atmósferas agresivas. - Ruido.

- Explosión e incendios. - Atropellos. - Caídas a cualquier nivel. - Atrapamientos. - Cortes. - Golpes y proyecciones. - Contactos con la energía eléctrica.

- Los inherentes al propio trabajo a ejecutar. - Otros.

B. MEDIDAS PREVENTIVAS

- Comprobar que todas las máquinas con alimentación eléctrica que no lleven doble

aislamiento están dotadas de toma de tierra y protegida por disyuntor diferencial.

- Se prohíbe la manipulación de los componentes de una máquina accionada mediante energía eléctrica estando conectada a la red de suministro.

- Los motores con transmisión a través de ejes y poleas estarán dotados de carcasas protectoras antiatrapamientos (machacadoras, sierras, compresores, etc.) así como los engranajes de cualquier tipo, de accionamiento mecánico, eléctrico o manual.

- Los motores eléctricos estarán cubiertos con carcasas protectoras contra el contacto

directo con la energía eléctrica. Se prohíbe su funcionamiento sin carcasa o con deterioros importantes de éstas.

- Las máquinas con trepidación estarán dotadas de mecanismos de absorción y amortiguación.

- Las máquinas de funcionamiento irregular, o averiadas, serán retiradas inmediatamente para su reparación.

- Las máquinas averiadas que no se puedan retirar se señalizarán con carteles de aviso con

la leyenda: "Máquina averiada. No conectar". - Se prohíbe la manipulación y operaciones de ajuste y arreglo de máquinas al personal no

especializado específicamente en la máquina objeto de reparación. - Como precaución adicional para evitar la puesta en servicio de máquinas averiadas o de

funcionamiento irregular, se bloquearán los arrancadores, o en su caso, se extraerán los fusibles eléctricos.

- Sólo el personal autorizado con documentación escrita específica, será el encargado de la

utilización de una determinada máquina o máquina-herramienta. - Los ángulos sin visión de la trayectoria de carga para el maquinista encargado de

cualquier aparato elevador, se paliarán mediante operarios que, utilizando señales preacordadas, suplan la visión del citado trabajador.

- Los motores eléctricos de grúas y de montacargas estarán provistos de limitadores de altura y del peso a desplazar, que automáticamente corten el suministro eléctrico al

motor cuando se llegue al punto en el que se debe detener el giro o desplazamiento de la

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carga.

- Los lazos de los cables de izado estarán siempre protegidos interiormente mediante forrillos guardacabos metálicos, para evitar deformaciones y cizalladuras.

- Se prohíbe en esta obra la utilización de enganches "artesanales" construidos a base de redondos (según una "S") y doblados.

C. PROTECCIONES PERSONALES

- Casco de polietileno. - Ropa de trabajo. - Botas de seguridad. - Guantes de cuero. - Guantes de goma o PVC. - Guantes aislantes de la electricidad (mantenimiento). - Botas aislantes de la electricidad (mantenimiento).

- Mandiles de cuero (mantenimiento). - Polainas de cuero.

- Manguitos de cuero. - Gafas de seguridad antiproyecciones. - Faja elástica. - Faja antivibratoria.

- Manguitos antivibratorios. - Protectores auditivos.

D. PROTECCIONES COLECTIVAS

- Carcasas de protección de partes móviles. - Limitadores de carga, giro y desplazamiento.

- Dispositivos de avisos acústicos y luminosos. - Señales de maniobra. - Dispositivos antivuelco.

Maquinillo.

A. RIESGOS MÁS FRECUENTES

- Caída de la propia máquina por deficiente anclaje. - Caída de altura de materiales en las operaciones de subida o bajada. - Caídas de altura del operador, por ausencia de elementos de protección. - Descargas eléctricas por contacto directo o indirecto.

- Rotura del cable de elevación.

B. MEDIDAS PREVENTIVAS

- El anclaje del maquinillo se realizará mediante abrazaderas metálicas a puntos sólidos del

forjado, a través de sus patas laterales y trasera. El arriostramiento nunca se hará con

bidones llenos de arena u otro material de uso en obra. - Mantenimiento periódico de la máquina. - Antes de comenzar el trabajo, se comprobará el estado de los accesorios de seguridad,

así como el cable de suspensión de cargas, y de las eslingas a utilizar. - Estará prohibido circular o situarse bajo la carga suspendida. - Estará prohibido arrastrar cargas por el suelo; hacer tracción oblicua de las mismas;

dejar cargas suspendidas con la máquina parada o intentar elevar cargas sujetas al suelo

o algún otro punto. - Cualquier operación de mantenimiento, se hará con la máquina parada y desconectada. - Se comprobará la existencia del limitador de recorrido que impida el choque de la carga

contra el extremo superior de la pluma. - Indicar sobre la máquina el peso máximo a elevar.

C. PROTECCIONES PERSONALES

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- Casco homologado. - Botas con puntera y plantillas reforzadas. - Guantes de cuero. - Cinturón de seguridad en todo momento, anclado a un punto sólido, pero en ningún caso

a la propia máquina.

D. PROTECCIONES COLECTIVAS

- Gancho con cierre de seguridad, en buen estado. - Cable de alimentación desde cuadro secundario en perfecto estado de

conservación. - Se instalarán barandillas que cumplirán las mismas condiciones que en el resto de

los huecos. - Limitador de altura del gancho.

- El motor y los órganos de transmisión estarán correctamente protegidos. - La carga estará colocada adecuadamente sin que pueda dar lugar a basculamientos.

- Al término de la jornada de trabajo se pondrán los mandos a cero, no se dejarán cargas suspendidas y se desconectará la corriente eléctrica en el cuadro secundario.

Grúa móvil.

A. RIESGOS MÁS FRECUENTES

- Desprendimiento de la carga, por desenganche o fallo en los elementos de suspensión

(gancho, cable, pinza...). - Golpes con la carga debido a oscilaciones bruscas, tiros sesgados y otros errores de

maniobra.

- Choques con elementos fijos de la obra. - Atropello y aprisionamiento de personas en maniobras y operaciones de carga y

descarga. - Vuelco de la grúa.

B. MEDIDAS PREVENTIVAS

- Evitar alcances de pluma a menos de 5 m. de distancia de líneas eléctricas, tanto en operaciones de carga como en el paso bajo las mismas.

- Acotar el área de maniobras de la pluma y prohibir el acceso de personal a esta área. - Comprobar la estabilidad de la grúa antes de proceder al izado de cargas. - Iniciar las maniobras de elevación muy lentamente, de manera que si se detectara alguna

anomalía en la carga pueda ésta depositarse inmediatamente en el suelo.

- Utilizar únicamente elementos auxiliares (eslingas, pinzas, jaulas, contenedores, etc.) adecuados a las dimensiones de la carga o flejarla o asegurarla debidamente por otros medios.

- No efectuar tiros sesgados ni hacer más de una maniobra a la vez.

C. PROTECCIONES PERSONALES

- Casco homologado. - Mono. - Calzado con puntera reforzada.

- Guantes de cuero. - Chaleco reflectante en presencia de maquinaria móvil.

D. PROTECCIONES COLECTIVAS

- Valla peatonal y cinta de balizamiento. - Pestillos de seguridad en ganchos.

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Compresor.

A. RIESGOS MÁS FRECUENTES

- Caída o vuelco de la máquina. - Rotura o desenganche de mangueras. - Proyección de partículas. - Explosión, incendio.

- Polvo. - Ruido. - Contaminación por gases de escape.

B. MEDIDAS PREVENTIVAS

- Situar el compresor en terreno llano y seco donde no obstruya el paso del personal o

vehículos y esté a resguardo de golpes o caídas, nivelado y calzado. - Señalizar la obligación de protectores auditivos en su entorno.

- Evitar instalarlo en recintos cerrados y poco ventilados o dotarlos de ventilación forzada que expulse los gases de combustión al exterior.

- Utilizar, en lo posible, compresores insonoros, y en todo caso ubicarlos distantes de los lugares de trabajo y del vecindario y mantenerlos con la carcasa cerrada cuando estén

funcionando. - Usar solamente mangueras en buen estado, sin grietas ni abrasiones. Si hubiera que

empalmarlas, hacerlo con manguitos y abrazaderas, nunca con alambres. Y si tienen que cruzar vías de circulación, protegerlas con tubos metálicos.

- Realizar los acoplamientos con los correspondientes racores y juntas en buen estado. - Mantener siempre limpios el compresor y sus inmediaciones, y en especial las boquillas y

el interior de las mangueras, a fin de evitar proyecciones de partículas. Y por la misma

razón no utilizar el aire comprimido para limpiar el polvo de la ropa de trabajo. - Vigilar periódicamente la temperatura del aire para prevenir que por su recalentamiento

se produzcan explosiones por detonación de los vapores de aceite. - Evitar la presencia de materiales inflamables en las proximidades de la máquina, así

como derrames de aceite, grasa o gas-oil y realizar siempre el llenado de combustible a motor parado y, preferentemente, a principio de jornada.

C. PROTECCIONES PERSONALES

- Casco. - Mono de trabajo. - Calzado con puntera reforzada. - Gafas contra impactos.

- Orejeras.

D. PROTECCIONES COLECTIVAS

- Carcasa. - Indicadores de temperatura y presión. - Señales de utilización de tapones.

- Extractor de humos en recintos cerrados.

Grupo electrógeno.

A. RIESGOS MÁS FRECUENTES

- Caída o vuelco de la máquina.

- Electrocuciones. - Incendios. - Gases contaminantes. - Ruido.

B. MEDIDAS PREVENTIVAS

- Situar el grupo en terreno llano y seco donde no estorbe el paso de los vehículos ni de

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personal y esté a resguardo de golpes y caídas; nivelarlo y calzarlo.

- Evitar instalarlo en recintos cerrados y poco ventilados o dotarlos de ventilación forzada que expulse los gases de combustión al exterior.

- Utilizar en lo posible grupos insonorizados, y en todo caso ubicarlos distantes de los lugares de trabajo y del vecindario y mantenerlos con la carcasa cerrada cuando estén funcionando.

- Evitar la presencia de materiales inflamables en las proximidades de la máquina, así como derrames de aceite, grasa o gas-oil y realizar siempre el llenado de combustible a

motor parado y, preferentemente, a principio de jornada. - Su instalación deben hacerla únicamente electricistas que deberán proveerla de sus

propias protecciones contra cortocircuitos, sobreintensidades y corrientes de defecto. - Cuando exista otra fuente de energía que pueda alimentar también la instalación de obra

se instalará un conmutador que imposibilite el suministro simultáneo por ambas partes. C. PROTECCIONES PERSONALES

- Casco.

- Mono de trabajo. - Calzado con puntera reforzada. - Herramienta dieléctrica homologada.

D. PROTECCIONES COLECTIVAS

- Carcasa. - Tomas de tierra de neutro y carcasas. - Protección diferencial.

Hormigonera-pastera.

A. RIESGOS MÁS FRECUENTES

- Contacto eléctrico directo. - Contacto eléctrico indirecto. - Atrapamientos por vigas móviles.

- Vuelco.

- Polvo. - Ruido.

B. MEDIDAS PREVENTIVAS

- Situar la máquina en terreno llano y seco donde no estorbe el paso de vehículo y personal

y esté a resguardo de golpes y caídas; nivelarla y anclarla. - Mantener recubiertas las partes móviles: con carcasas de poleas, cadenas y correas de

transmisión y con rejilla las palas de la cuba. - Dotar la máquina de puesta a tierra y protección diferencial, así como de cables de

alimentación aislados contra contactos directos y aislamiento antihumedad. - La máquina dispondrá de conmutador marcha/parada accesible y protegido contra la

intemperie y los golpes.

- Efectuar únicamente las operaciones de limpieza, engrase y reparación a máquina parada y desconectada de la red.

C. PROTECCIONES PERSONALES

- Casco. - Mono.

- Guantes de goma. - Calzado impermeable con puntera reforzada. - Mascarilla en ambiente pulvígeno. - Orejeras si más de 80 decibelios. - Gafas en vertido de hormigones.

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D. PROTECCIONES COLECTIVAS

- Protección eléctrica diferencial y toma de tierra. - Carcasa y rejillas. - Anclajes eventuales.

Sierra circular.

A. RIESGOS MÁS FRECUENTES

- Golpes por retroceso de la madera. - Cortes y amputaciones en manos. - Contactos eléctricos. - Proyección de fragmentos metálicos. - Proyección de partículas de madera.

- Incendios.

- Ruido.

B. MEDIDAS PREVENTIVAS

- Restringir el manejo de esta máquina al mínimo personal posible, prohibiendo su uso a

los demás. - Situar la máquina en terreno llano y seco, donde no estorbe el paso de vehículos y

personal y esté a resguardo de golpes y caídas. Situar un extintor A en las proximida-des.

- Mantener recubiertas las partes móviles: carcasa en poleas y parte interior del disco y caperuza en la superior, con su cuchillo divisor.

- Dotar la máquina de puesta a tierra, protección diferencial, cables de alimentación

aislados y mando doble parada/marcha protegido y fácilmente accesible. - Utilizar únicamente el disco adecuado a la máquina con el dentado y trisque indicados

para la madera a cortar, sustituyéndolo en cuanto presente muestras de desgaste o deformación (patine, humee, le falten dientes, aparezcan manchas de recalentamiento o grietas, etc.).

- En el corte de piezas de reducido tamaño, ayudarse de empujadores a fin de mantener

las manos alejadas del disco.

- Antes de aserrar una pieza, cerciorarse de que no tiene clavos o pegotes de cemento. - Recoger inmediatamente en recipiente apropiado los recortes producidos y retirar el

serrín cada día al terminar la jornada. - Asegurar el traslado de esta máquina con grúa de forma equilibrada (cuatro anclajes) y

manteniendo la horizontalidad.

C. PROTECCIONES PERSONALES

- Casco. - Mono. - Guantes de lona o serraje. - Calzado con puntera y plantillas reforzadas. - Gafas o pantalla antipartículas.

- Orejeras en cortes continuados o si más de 80 dB.

D. PROTECCIONES COLECTIVAS

- Protección eléctrica diferencial y toma de tierra. - Carcasa cubriendo transmisiones y parte inferior del disco. - Cuchillo divisor.

- Caperuza de cubrición superior y lateral del disco. - Interruptor doble parada/marcha. - Empujadores. - Recipiente para recortes. - Extintor para fuegos de tipo A o polivalente.

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Vibrador.

A. RIESGOS MÁS FRECUENTES

- Descargas eléctricas. - Caídas de altura. - Salpicaduras de lechada en ojos.

- Vibraciones.

B. MEDIDAS PREVENTIVAS

- La operación de vibrado se realizará siempre desde una posición estable. - La manguera de alimentación desde el cuadro eléctrico estará protegida, si discurre por

zonas de paso.

C. PROTECCIONES PERSONALES

- Casco homologado. - Mono. - Botas de goma.

- Impermeable en tiempo de lluvia. - Guantes dieléctricos. - Gafas para protección contra las salpicaduras.

D. PROTECCIONES COLECTIVAS

- Barandilla situada en el borde de forjado.

- Barandillas en huecos verticales y horizontales. - Estará prohibido el uso de cuerdas con banderolas de señalización, a manera de

protección, aunque se pueden emplear para delimitar zonas de trabajo.

Cortadora cerámica.

A. RIESGOS MÁS FRECUENTES

- Cortes y amputaciones en manos. - Contactos eléctricos. - Proyección de partículas. - Ruido. - Polvo.

B. MEDIDAS PREVENTIVAS

- Restringir el manejo de la máquina al mínimo de personas posible, prohibiendo su uso a

los demás. - Situar la máquina en terreno llano y seco, donde no estorbe el paso de vehículos y

personal y esté a resguardo de golpes y caídas.

- Mantener recubiertas las partes móviles: carcasa en poleas y parte inferior del disco y caperuza sobre su parte superior.

- Dotar la máquina de puesta a tierra, protección diferencial, cables de alimentación aislados y mando doble parada/marcha protegido y fácilmente accesible.

- Elegir preferentemente el corte por vía húmeda a circuito cerrado y con dotación de mesa vaivén con asidero exterior y regletas aloja-piezas.

- Utilizar únicamente el disco adecuado al material a cortar.

- Mantener el entorno de la máquina limpio, ordenado y bien iluminado. - Asegurar que el traslado de la máquina con grúa se hace equilibrado (cuatro anclajes) y

manteniéndola horizontal. - Antes de cortar comprobar el buen funcionamiento del disco, sustituyéndolo si estuviese

mellado, desgastado o resquebrajado. - Evitar presiones excesivas, laterales y oblicuas de la pieza a cortar contra el disco.

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C. PROTECCIONES PERSONALES

- Casco. - Mono. - Guantes de lona o goma reforzada. - Mandil de lona en corte seco. - Impermeable en corte húmedo. - Gafas o pantalla transparente.

- Calzado con puntera reforzada, impermeable en corte húmedo. - Mascarilla antipolvo en corte seco. - Orejeras en cortes continuados o si más de 80 dB.

D. PROTECCIONES COLECTIVAS

- Protección eléctrica diferencial y toma de tierra.

- Carcasa cubriendo las transmisiones y parte inferior del disco. - Caperuza rígida de cubrición superior del disco.

- Interruptor doble parada/marcha. - Inyección de agua con o sin reciclado - Mesa vaivén con regletas y asideros exteriores.

Grupo de soldadura.

A. RIESGOS MÁS FRECUENTES

- Contacto directo en circuito de entrada. - Contacto directo en circuito secundario. - Contacto indirecto en cuerpo de máquina.

- Proyección de partículas incandescentes. - Radiaciones. - Humos y gases. - Incendios. - Quemaduras. - Caídas de altura.

- Caídas al mismo nivel.

B. MEDIDAS PREVENTIVAS

- Situar el grupo en terreno llano y seco, donde no obstruya el paso de personal ni

vehículos y esté a resguardo de golpes y caídas. - Asegurar el correcto aislamiento eléctrico de cables y conexiones para evitar contactos

directos. - El circuito de alimentación debe estar protegido por interruptor diferencial de 300 mA. si

se dispone de una buena toma de tierra, o de 30 mA. en caso contrario. - Conectar igualmente a tierra la carcasa metálica del grupo aunque se disponga de

protección diferencial en el circuito de alimentación, ya que el interruptor diferencial no protege al circuito secundario.

- Asegurar una protección eficaz contra las radiaciones ultravioleta, visibles e infrarrojos de

la soldadura tanto del soldador como de terceras personas que pudieran hallarse en las proximidades.

- Asegurar igualmente una eficaz protección del soldador y del lugar de trabajo y su

entorno contra los gases y humos de la soldadura, contra las chispas y proyecciones de metal fundido, especialmente en presencia de atmósferas explosivas y de materiales inflamables o especialmente combustibles, depósitos, silos, alcantarillas y en subte-rráneos en general, almacenamientos de combustibles, pinturas y productos plásticos.

Esto incluye el análisis de explosividad del aire ambiente en circuitos cerrados que hayan contenido o contengan alguno de estos productos.

- No soldar a más de una planta de altura, y ello con góndola y cinturón de seguridad. - Queda expresamente prohibido:

1. Dejar la pinza y su electrodo directamente en el suelo. Se apoyará sobre un

soporte aislante cuando se debe interrumpir el trabajo. 2. Tender de forma desordenada el cableado por la obra.

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3. Dejar sin aislamiento las clemas del grupo de soldadura.

4. Conectar sin poner a tierra la carcasa del grupo de soldadura. 5. Dejar conectado el grupo de soldadura cuando se realicen pausas de

consideración durante el trabajo. Para el almuerzo o comida por ejemplo. 6. El empalme de mangueras sin utilizar conectadores estancos de intemperie o

fundas termosoldadas. 7. La utilización de mangueras deterioradas o con cortes.

C. PROTECCIONES PERSONALES

- Casco dieléctrico. - Mono ajustado y sin bolsillos ni dobleces exteriores. - Complementos de soldar al completo: pantalla con vidrio filtrante, guantes, mandil y

polainas y manguitos de cuero. - Botas impermeables con puntera reforzada.

- Equipo de ayudante igual que el del soldador. - Equipo respiratorio autónomo o semiautónomo en lugares poco ventilados.

D. PROTECCIONES COLECTIVAS

- Protección mecánica de los cables, especialmente en zonas de paso.

- Protección diferencial y tierra del circuito de alimentación. - Puesta a tierra de la carcasa metálica del grupo. - Pinza portaelectrodos y cables del secundario debidamente aislados. - Eventualmente, limitadores de la tensión del equipo en vacío. - Pantallas antireflectantes ignífugas. - Extractor de humos. - Planchas para chispas bajo el punto de soldeo.

- Recipientes de recogida de recortes metálicos y puntas de electrodo. - Señales de indicación de "Riesgo eléctrico", "Riesgo de quemaduras" y "Proyección de

partículas".

Dúmpers.

A. RIESGOS MÁS FRECUENTES

- Caída de la carga. - Caída de personas transportadas. - Atropellos y choques. - Vuelco del vehículo en tránsito o durante el vertido. - Golpes con la manivela en la puesta en marcha.

- Vibraciones. - Ruido, especialmente en interior. - Gases de combustible.

B. MEDIDAS PREVENTIVAS

- Revisión y mantenimiento periódico del aparato.

- Asignar el manejo de este vehículo a personas con carnet de conducir. - Evitar la circulación con este vehículo fuera del recinto de la obra. - No transportar materiales fuera de la caja (barras, tubos, tablones, etc.) ni rebasar con la

carga los bordes de la misma de manera que se dificulte la visión del conductor. - No rebasar la carga admisible, que deberá estar señalizada en la máquina. - No transportar personas en el vehículo. - No fumar durante la carga de combustible

- En pendientes subir de frente y bajar marcha atrás. - Evitar la aproximación del vehículo a los bordes de excavación mediante obstáculos. - Instalar topes en las zonas de vertido. - Para arrancar el motor asir la manivela colocando los cinco dedos del mismo lado para

evitar el atrapamiento de la mano en el retroceso. - Antes de comenzar la marcha cerciorarse de que el volquete se halla trabado e

inmovilizado. - Antes de comenzar a trabajar comprobar el estado de los frenos y la presión de los

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neumáticos.

- Evitar la permanencia del vehículo en recintos cerrados, con el motor en marcha. - No sobrepasar en ningún caso la velocidad de 20 Kg. /hora.

C. PROTECCIONES PERSONALES

- Casco. - Mono.

- Impermeables en tiempo lluvioso. - Calzado con puntera y plantillas reforzadas, impermeable en áreas húmedas. - Cinturón antivibratorio. - Gafas contra el polvo en ambiente pulvígeno.

D. PROTECCIONES COLECTIVAS

- Carnet de conducir. - Pórtico antivuelco, si el vehículo dispone de él.

- Resalto en bordes de rampas. - Topes de máxima aproximación para descargas en bordes de excavación. - Señales de carga máxima, pendiente máxima y velocidad máxima sobre el vehículo. - Dotación de luces delanteras y pilotos traseros en caso de utilización del vehículo en

zonas sin iluminación. - Indicación de carga y velocidad máxima. - Señal de obligación de circular con la carga hacia arriba en rampas.

Carretilla mecánica.

A. RIESGOS MÁS FRECUENTES

- Caída de la carga. - Atropellos. - Vuelco. - Golpes.

B. MEDIDAS PREVENTIVAS

- Revisión y mantenimiento periódico del aparato. - Asignar el manejo de este vehículo a personas con carnet de conducir. - Evitar la circulación de este vehículo fuera del recinto de la obra. - No transportar personal en el vehículo. - Cerciorarse de que la máquina es la que corresponde al tipo de terreno existente y de

que pasarelas y rampas por las que ha de circular son de las dimensiones adecuadas y ofrecen la resistencia solicitada.

- No hacer modificaciones sobre la máquina y sus elementos con vistas a forzar su alcance o capacidad.

- Efectuar un solo movimiento de cada vez. - Evitar maniobras bruscas. - Transportar las cargas con la horquilla baja y el mástil inclinado hacía la máquina. Si la

carga dificulta la visibilidad del conductor circular marcha atrás. - En pendientes, subir de frente y bajar marcha atrás.

C. PROTECCIONES PERSONALES

- Casco.

- Mono. - Calzado con puntera y plantillas reforzadas, impermeable en áreas húmedas. - Gafas contra el polvo en ambiente pulvígeno.

D. PROTECCIONES COLECTIVAS

- Pórtico antivuelco. - Bocina.

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- Retrovisores.

- Luces delanteras y traseras.

Montacargas.

A. RIESGOS MÁS FRECUENTES.

- Tropiezos de la jaula con obstáculos sobresalientes.

- Rotura del cable de elevación. - Caída de materiales. - Electrocución. - Atrapamientos.

B. MEDIDAS PREVENTIVAS.

- Antes de poner el montacargas en servicio normal, se realizarán las pertinentes pruebas

de recepción (frenos, enclavamientos eléctricos, paracaídas, etc.) así como las revisiones periódicas durante su uso.

- Las puertas de acceso a la plataforma, tendrán los enclavamientos necesarios para anular cualquier movimiento de la plataforma mientras estén abiertas.

- Cartel indicando la carga máxima autorizada.

- En todas las puertas de acceso, en lugar bien visible, se colocará un cartel indicando la prohibición de viajar personal.

- Quitar materiales sobresalientes en plantas, antes de accionar el montacargas. - Evitar cargas longitudinales sobre salientes.

C. PROTECCIONES PERSONALES.

- Casco homologado para operador. - Guantes de cuero. - Se habilitará un lugar para el operador, protegido contra la caída de materiales.

D. PROTECCIONES COLECTIVAS.

- Los huecos de planta estarán protegidos con barandilla basculante. - Periódicamente se revisará el entablonado de acceso a la puerta del montacargas. - Cierre perimetral total en planta baja. - Dispositivo paracaídas. - Señalización de prohibición de uso a personas.

Herramientas manuales.

En este grupo se incluyen las siguientes: taladro percutor, martillo rotativo, pistola clavadora, lijadora, disco radial, rozadora y utillaje manual.

A. RIESGOS MÁS FRECUENTES

- Descargas eléctricas. - Proyección de partículas.

- Caídas de altura. - Ambiente ruidoso. - Generación de polvo. - Explosiones e incendios. - Cortes.

B. MEDIDAS PREVENTIVAS

- Zonas de trabajo limpias y ordenadas. - Todas las herramientas eléctricas serán de doble aislamiento - El personal que utilice estas herramientas ha de conocer las instrucciones de uso.

- Las herramientas serán revisadas periódicamente, de manera que se cumplan las

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instrucciones de conservación del fabricante.

- Estarán acopiadas en el almacén de obra, al que deben llevarse una vez finalizado el trabajo, colocando las más pesadas en las baldas más próximas al suelo.

- La desconexión de las herramientas no se hará con un tirón brusco. - No se usará una herramienta eléctrica sin enchufe; si hubiera necesidad de emplear man-

guera de extensión, éstas se harán de la herramienta al enchufe y nunca a la inversa. - Los trabajos con estas herramientas se realizarán siempre en posición estable y segura. - Depositar siempre utillaje de forma estable y segura y a salvo de caídas.

C. PROTECCIONES PERSONALES

- Casco homologado de seguridad. - Guantes de cuero. - Protecciones auditivas y oculares en el empleo de la pistola clavadora y martillo percutor. - Cinturón de seguridad para trabajos en altura.

- Mascarilla antipolvo.

D. PROTECCIONES COLECTIVAS

- Utilizar en lo posible las herramientas homologadas y adecuadas al uso que se destinan. - Utilizar preferentemente maquinaria de doble aislamiento.

- Dotar de toma de tierra la maquinaria que no sea de doble aislamiento.

MEDIOS AUXILIARES.

A. DESCRIPCION DE LOS MEDIOS AUXILIARES.

Los medios auxiliares más empleados son los siguientes:

Andamios colgados.

Andamios colgados móviles, formados por plataformas metálicas suspendidas de cables, mediante pescantes metálicos, anclados al forjado de cubierta.

Andamios tubulares.

Andamios apoyados en suelo firme, formados por elementos tubulares debidamente arriostrados entre sí y anclados a puntos fijos para evitar el vuelco. Se formarán plataformas de trabajo apoyadas sobre los elementos metálicos, de 2 pisas de 30 cm cada una con rodapié.

Andamios de borriquetas.

Se usan en diferentes trabajos de albañilería, como enfoscados, guarnecidos y tabiquería de paramentos interiores; estos andamios tendrán una altura máxima de 1,5 m, la plataforma de trabajo estará compuesta de tres tablones perfectamente unidos entre sí, habiendo sido ante-riormente seleccionados, comprobando que no tienen clavos. Al iniciar los diferentes trabajos, se tendrá libre de obstáculos la plataforma para evitar las caídas, no colocando excesivas cargas sobre ellas.

Escaleras fijas.

Constituidas por el peldañeado provisional a efectuar en las rampas de las escaleras del edificio para comunicar dos plantas distintas; de entre todas las soluciones posibles para el empleo del material más adecuado en la formación del peldañeado hemos escogido el hormigón puesto que es el que presenta la mayor uniformidad, y porque con el mismo bastidor de madera podemos

hacer todos los tramos, constando de dos largueros y travesaños en número igual al de peldaños de la escalera, haciendo éste las veces de encofrado.

Escaleras de mano.

Metálicas o de madera se emplean provisionalmente para acceder a una planta superior o cual-

quier otro lugar elevado del suelo. Estarán formadas por largueros de una sola pieza sin empalmes ni soldaduras. Los largueros no tendrán deformaciones ni abolladuras en las metálicas.

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Tendrán los peldaños soldados y estarán protegidos mediante pintura de los agentes

atmosféricos. Podrán ser simples o de tijera.

Castillete de hormigonado.

Está constituido por una plataforma sobre una estructura, fácilmente desplazable por la obra, que se emplea para las tareas de encofrado de las chapas más altas y el llenado de pilares. Pueden ser de madera o metálicos. Se recomienda el uso de los metálicos prefabricados ya que reúnen

mayores medidas de seguridad. Estos están construidos con angulares de acero, apoyados en 4 pies derechos arriostrados con cruces de San Andrés y su plataforma superior será como mínimo de 1,10x1,10 y estará dotada de barandilla.

Guindola o cesta de soldador

Se utilizan a modo de jaulas colgadas de vigas como plataformas de trabajo para soldadores, y

disponen de una barandilla cerrada perimetral de 90 cm. de altura.

Pasarelas y rampas

Son elementos auxiliares que permiten salvar, con seguridad y comodidad, el paso a través de zanjas o entre dos plataformas de no muy distinto nivel.

Puntales

Piezas extensibles para apoyo y sustentación de elementos portantes de la estructura y que circunstancialmente pueden utilizarse como elementos de seguridad (entibaciones, taludes, hastiales, prefabricados, etc.).

Visera de protección.

Para protección de accesos del personal, formada por una estructura metálica como elemento sustentante de los tablones, con ancho suficiente para el paso del personal, prolongándose hacia el exterior del cerramiento aproximadamente 2,50 m. y señalizada convenientemente.

Plataforma de carga volada.

Su objeto es evitar los roces del cable de la grúa contra el forjado y la tracción oblicua de la carga al recepcionarla en planta.

B. RIESGOS MÁS FRECUENTES

Andamios colgados.

- Caídas al mismo nivel. - Caídas al vacío. - Vuelco o caída por fallo del pescante. - Vuelco o caídas por fallo de la trócola. - Vuelco o caída por fallo o falta de tope del cable.

Andamios tubulares.

- Caídas al vacío, al uso o durante montaje y desmontaje.

- Atrapamientos durante el montaje. - Caídas de objetos. - Golpes con objetos o los propios elementos en montaje.

- Vuelco del andamio por defecto de apoyo o falta de arriostramiento.

Andamios de borriquetas.

- Caídas al mismo nivel. - Caídas a distinto nivel.

- Caídas al vacío. - Golpes o aplastamientos durante montaje y desmontaje. - Rotura de plataformas por fallo o deterioro del material.

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Escaleras fijas.

- Movimiento de la escalera por fallos del anclaje. - Golpes o cortes en las manos en montaje y desmontaje. - Caídas al mismo nivel. - Caídas a distinto nivel.

Escaleras de mano.

- Caídas al mismo nivel. - Caídas a distinto nivel. - Caídas al vacío. - Deslizamiento por incorrecto apoyo o rotura de cadenilla.

Visera de protección.

- Desplome de la visera, como consecuencia de que los puntales metálicos no estén bien aplomados.

- Desplome de la estructura metálica que forma la visera debido a que las uniones que se utilizan en los soportes, no son rígidas.

- Caídas de pequeños objetos al no estar convenientemente cuajada y cosida la visera.

C. MEDIDAS PREVENTIVAS

Andamios en general

- No depositar pesos violentamente sobre los andamios.

- No acumular demasiada carga ni demasiadas personas en un mismo punto. - Mantener las andamiadas libres de obstáculos y evitar movimientos violentos sobre ellas. - Los andamios se arriostrarán para evitar movimientos que puedan hacer perder el

equilibrio a los trabajadores. - Antes de subir a los andamios revisar la estabilidad de la estructura. - Los elementos verticales o pies derechos de los andamios se apoyarán sobre tablones de

reparto de cargas.

- Los pies derechos de los andamios en las zonas de terreno inclinado se suplementarán mediante husillos.

- Las plataformas de trabajo tendrán un mínimo de 60 cm. de anchura (equivalente a dos portapisos) y estarán firmemente ancladas a sus apoyos para evitar deslizamientos o vuelco.

- Las plataformas de trabajo ubicadas a 2 ó más metros de altura estarán protegidas

mediante barandilla perimetral reglamentaria de 90 cm. de altura. - No abandonar sobre las plataformas objetos o herramientas para evitar tropiezos y/o que

caigan sobre las personas. - No arrojar escombros desde los andamios. - No fabricar morteros o similares directamente sobre las plataformas de los andamios. - La distancia de separación entre un andamio y el paramento vertical de trabajo no será

superior a 25 cm. en prevención de caídas.

- Se prohíbe "saltar" de la plataforma del andamio al interior del edificio. El paso se realizará mediante una pasarela instalada al efecto.

- Se establecerán a lo largo y ancho de los paramentos verticales puntos fuertes de seguridad en los que arriostrar los andamios.

- Los andamios se inspeccionarán diariamente por el Encargado, el Capataz o el Vigilante de Seguridad, antes del inicio de los trabajos para prevenir fallos o falta de medidas de seguridad.

Andamios de borriquetas o caballetes

- En las longitudes de más de 3 m. se emplearán tres caballetes o borriquetas. - La distancia de separación entre ejes de borriquetas contiguas será como máximo de 2,5

m.

- Tendrán barandilla y rodapié cuando los trabajos se efectúen a una altura superior a 2 m. - Nunca se apoyará la plataforma de trabajo en otros elementos que no sean los propios

caballetes o borriquetas.

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- Las borriquetas se montarán perfectamente niveladas de forma que la plataforma quede

horizontal. - Las borriquetas de madera estarán sanas, en buen estado, sin deformaciones, siendo

completamente rígidas, en evitación de posibles movimientos oscilatorios. - Las plataformas se anclarán a las borriquetas de apoyo. - Las plataformas de trabajo no sobresaldrán más de 20 cm. por los laterales de las

borriquetas, para evitar el riesgo de vuelcos por basculamiento. - Sobre la plataforma de trabajo se mantendrá únicamente el material estrictamente

necesario, debiendo estar uniformemente repartido en evitación de sobrecargas puntuales.

- Las borriquetas metálicas de tijera estarán dotadas de cadenillas limitadoras de apertura máxima.

- Las plataformas de trabajo tendrán un mínimo de 60 cm. de anchura. - Los andamios sobre borriquetas, cuya plataforma de trabajo esté ubicada a 2 ó más

metros de altura, estarán protegidas mediante barandilla reglamentaria.

- Las borriquetas metálicas instaladas para sustentar plataformas situadas a más de 2 m. de altura estarán arriostradas entre sí para garantizar su estabilidad.

- Los trabajos en andamios sobre borriquetas situadas en balcones, bordes de forjado, junto a huecos de fachada, cubiertas o asimilables se protegerán del riesgo de caída desde altura por alguno de los sistemas siguientes:

- Cables en los que amarrar el fiador del cinturón de seguridad, anclados a puntos fijos de

la estructura (aplicable a trabajos de remate de poca duración). - Instalación de redes verticales colocadas tensas y sujetas, superior e inferiormente, a

anclajes preparados para ello en los bordes de forjados. - Montaje de pies derechos (puntales por ejemplo) firmemente acuñados al suelo y al

techo, en los que instalar una barandilla reglamentaria de 90 cm. de altura, medidos desde la plataforma de trabajo. (Además el espacio existente entre la plataforma de trabajo y el suelo deberá estar también cubierto o protegido por peto o barandilla).

- Redes perimetrales tipo horca o de bandeja (En trabajos sobre forjado de cubierta). - Se prohíbe formar andamios sobre borriquetas metálicas simples cuyas plataformas de

trabajo deban ubicarse a 6 ó más metros de altura. - Se prohíbe la formación de andamios de borriquetas apoyados a su vez sobre otro

andamio de borriquetas. - La iluminación eléctrica mediante portátiles a utilizar en trabajos sobre andamios de

borriquetas, estará montada a base de manguera antihumedad con portalámparas

estanco de seguridad con mango aislante y rejilla protectora de la bombilla, conectado a los cuadros de distribución.

Andamios tubulares

- Durante el montaje de los andamios metálicos tubulares se tendrán presentes las

siguientes normas: - No se iniciará un nuevo nivel sin antes haber concluido el nivel inferior con todos los

elementos de estabilidad, cruces de San Andrés y arriostramientos, instalados. - Las barras, módulos tubulares y tablones, se izarán mediante sogas de cáñamo atadas

con nudos de marinero (o mediante eslingas normalizadas). - Las plataformas de trabajo se consolidarán inmediatamente tras su formación, mediante

las abrazaderas de sujeción contra basculamientos.

- Los tornillos de las mordazas se apretarán por igual, realizándose una inspección del tramo ejecutado antes de iniciar el siguiente en prevención de los riesgos por la existencia de tornillos flojos, o de falta de alguno de ellos.

- Las uniones entre tubos se efectuarán mediante los "nudos" o "bases" metálicas, o bien

mediante las mordazas y pasadores previstos, según los modelos comercializados. - Las plataformas de trabajo tendrán un mínimo de 60 cm. de anchura. - Las plataformas de trabajo se limitarán lateral y posteriormente, por un rodapié de 15

cm. - Las plataformas de trabajo tendrán montada sobre la vertical del rodapié posterior una

barandilla sólida de 90 cm. de altura, formada por pasamanos, listón intermedio y rodapié.

- Las plataformas de trabajo, se inmovilizarán mediante las abrazaderas y pasadores clavados a los tablones.

- Los módulos de fundamento de los andamios tubulares, estarán dotados de husillos de nivelación, con el fin de garantizar una mayor estabilidad del conjunto.

- Los módulos de base de los andamios tubulares se apoyarán sobre tablones de reparto de

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cargas en las zonas de apoyo directo sobre el terreno.

- Se prohíbe expresamente en esta obra el apoyo de los andamios tubulares sobre suplementos formados por bidones, pilas de materiales diversos, "torretas de maderas diversas" y asimilables.

- Las plataformas de apoyo de los tornillos sin fin (husillos de nivelación) de base de los andamios tubulares dispuestos sobre tablones de reparto, se clavarán a éstos con los clavos de acero, hincados a fondo y sin doblar.

- Se prohíbe trabajar sobre plataformas dispuestas sobre la coronación de andamios

tubulares, si antes no se han cercado con barandillas sólidas de 90 cm. de altura forma-das por pasamanos, barra intermedia y rodapié.

- Los andamios tubulares sobre módulos con escalerilla lateral, se montarán con ésta hacia la cara exterior, es decir, hacia la cara en la que no se trabaja.

- Se prohíbe sobrecargar las plataformas de los andamios. Además las cargas se colocarán repartidas.

- Se señalizarán y protegerán las zonas próximas a la vertical de los andamios para evitar

accidentes producidos por la caída de objetos. - Se prohíbe, como regla general, trabajar en la vertical bajo los andamios, al unísono con

los trabajos que en estos se ejecutan. - Si excepcionalmente fuera preciso trabajar bajo la zona de peligro de caída de objetos

desde andamios se instalarán viseras resistentes de protección que sobrepasen amplia-mente la zona de riesgo.

- Los andamios tubulares se montarán a una distancia igual o inferior a 25 cm. del paramento vertical en el que se trabaja.

- Los andamios tubulares se arriostrarán firmemente mediante barras rígidas a puntales acuñados entre forjados. Se prohíbe el uso de cuerdas, alambres y asimilables para este menester.

- El acceso a los andamios se realizará por escaleras bien fijadas en ambos extremos y con protección anticaídas.

- Se prohíbe el uso de andamios sobre pequeñas borriquetas apoyadas sobre las plataformas de trabajo de los andamios tubulares.

Andamios colgados

- Como norma general las plataformas a colgar, cumplirán con los siguientes requisitos:

Barandilla delantera de 70 cm. de altura formada por pasamanos y rodapié. Barandilla

idéntica a la anterior, de cierre de tramos de andamiada colgada. Suelo de material antideslizante. Barandilla posterior de 90 cm. de altura formada por pasamanos, listón intermedio y rodapié.

- Los andamios colgados serán instalados por personal conocedor del sistema correcto de montaje del modelo específico que se va a utilizar. El montaje será dirigido por un especialista (Encargado, Capataz, Jefe de Equipo).

- A su recepción en obra se revisarán los elementos componentes de los andamios colgados levantándose un acta de los que se aceptan o se rechazan así como las causas del rechazo.

- El almacenamiento en obra, con el fin de no dañar los elementos de los andamios adicionalmente, con las consecuencias del transcurso del tiempo de acopio, se efectuará sobre lugar seco, resguardado de la intemperie (bajo una visera por ejemplo).

- En esta obra se utilizarán pescantes de apoyo por contrapeso para soportar los andamios

colgados; los contrapesos serán del tipo prefabricado con pasador, prohibiéndose los contrapesos construidos a base de pilas, sacos, bidones rellenos de material, etc.

- Los taladros de los forjados que atraviesen la bovedilla, serán suplementados mediante pletinas instalada atornilladas a la cara inferior del forjado de tal forma, que transfieran

las solicitaciones a las dos viguetas (o nervios) contiguos más próximos. - El cuelgue del cable del elemento preparado para ello en el pescante, se ejecutará

mediante un gancho de cuelgue dotado con pestillo de seguridad.

- Se prohíbe la unión de varias guindolas formando una andamiada de longitud superior a 8 m., por motivos de seguridad del conjunto.

- Las guindolas se unirán a las "carracas" a nivel de suelo; una vez efectuada la unión, se elevarán ligeramente desde el exterior (el operario u operarios accionarán los elementos de izado apoyados en el pavimento). Se procederá a continuación a cargar las "guindolas" con la carga máxima admisible (peso de un operario + material + sobrecarga de seguri-

dad), observándose el comportamiento de las carracas, cables, aprietos y pescantes. Concluida la prueba de carga, se levantará un acta de correcto montaje.

- Las guindolas contiguas en formación de andamiada continua se unirán mediante las

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"articulaciones" con cierre de seguridad, apropiadas para cada modelo según indique el

fabricante. - La separación entre la cara delantera de la andamiada y el paramento vertical en el que

se trabaja, no será superior a 25 cm., en prevención de caídas de personas, durante los trabajos en posición vertical.

- En prevención de movimientos oscilatorios se instalarán puntales perfectamente acuñados entre los forjados, a los que amarrar los arriostramientos de los andamios colgados.

- Se prohíben las "pasarelas de tablones" entre guindolas de andamios colgados. Se utilizarán siempre "módulos normalizados".

- Las guindolas de andamios colgados siempre se suspenderán de un mínimo de dos "trócolas" o "carracas". Se prohíbe, el cuelgue de un lateral y el apoyo del opuesto en, bidones, escalones, pilas de material y asimilables.

- Las andamiadas sobre las que se deba trabajar, permanecerán niveladas sensiblemente en la horizontal, en prevención de accidentes por resbalón sobre superficies inclinadas.

- La carga en las andamiadas permanecerá siempre uniformemente repartida en prevención de basculamientos por sobrecargas indeseables.

- Se prohíbe la realización de trabajos en niveles superiores situados en la misma vertical que los andamios colgados en los que se trabaja.

- Una vez a la semana "el Vigilante de Seguridad" realizará una inspección de los cables de sustentación de los andamios colgados. Todos aquellos que tengan el 5% de hilos rotos,

serán marcados para su sustitución inmediata. Igual proceder se seguirá ante la desigualdad entre el diámetro que todos los cables de una andamiada.

- Se prohíbe la anulación de cualquier dispositivo de seguridad de los andamios colgados. El Vigilante de Seguridad controlará diariamente esta norma en prevención de accidentes.

- Se prohíbe trabajar, transitar, elevar o descender las "guindolas" de los andamios colgados sin mantener izada la barandilla delantera, en prevención de accidentes por caídas entre el andamio y el paramento vertical.

- Los cables de sustentación, en cualquier posición, de los andamios colgados, tendrán longitud suficiente como para que puedan ser descendidos totalmente hasta el suelo en cualquier momento.

- Los andamios colgados en fase de "parada temporal" del tajo deben ser descendidos totalmente hasta el suelo, prohibiéndose su abandono en cotas más elevadas.

Andamios metálicos o torretas sobre ruedas

- Las plataformas de trabajo se consolidarán inmediatamente tras su formación mediante

las abrazaderas de sujeción contra basculamientos. - Las plataformas de trabajo en andamios sobre ruedas tendrán un ancho mínimo de 60

cm. - Las plataformas de trabajo de las torretas sobre ruedas tendrán la anchura máxima (no

inferior a 60 cm.) que permita la estructura del andamio, con el fin de hacerlas más seguras y operativas.

- La altura de la plataforma no será superior a 3 veces el lado menor, en planta, de la base, como norma general. (Esta altura se podrá aumentar siempre y cuando la estructura del andamio o torreta se arriostre horizontalmente a puntos fijos de la estructura del edificio o construcción de forma que se garantice totalmente su estabilidad).

- En la base, a nivel de las ruedas, se montarán dos barras de seguridad en diagonal para hacerla indeformable y estable.

- Cada dos módulos montados en altura se instalarán, de forma alternativa, una barra diagonal de estabilidad vista en planta.

- Las plataformas de trabajo estarán protegidas perimetralmente con barandilla de seguridad reglamentaria.

- Se prohíbe el montaje de andamios de borriquetas encima de plataformas de andamios o

torretas sobre ruedas. - Se prohíbe hacer pastas directamente sobre las plataformas de trabajo en prevención de

accidentes debidos a la existencia de superficies resbaladizas. - Los materiales se repartirán uniformemente sobre las plataformas de trabajo, evitando

sobrecargas. - Las cargas se izarán hasta la plataforma de trabajo mediante garruchas montadas sobre

horcas tubulares sujetas mediante un mínimo de 2 bridas al andamio o torreta. - Se prohíbe arrojar escombros directamente desde el andamio o torreta sobre ruedas. Los

escombros se descenderán en el interior de cubos y mediante la garrucha de izado y

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descenso de cargas.

- Bajo régimen de fuertes vientos queda prohibido trabajar en exteriores sobre estos andamios.

- Se prohíbe transportar personas o materiales mediante los andamios o torretas sobre ruedas durante el cambio de ubicación de éstos.

- Se prohíbe subir o realizar cualquier trabajo desde las plataformas de los andamios sobre ruedas sin haber bloqueado previamente las ruedas mediante los frenos antirrodadura o dispositivos de bloqueo.

- Se prohíbe apoyar los andamios o torretas sobre ruedas directamente en soleras no firmes (tierras, pavimentos frescos, jardines, etc.).

Torreta o castillete de hormigonado

- Si los castilletes de hormigonado se construyen, en esta obra, en acero cumplirán las

siguientes condiciones:

- Se emplearán en su construcción angulares de acero normalizado. - Se apoyará sobre cuatro pies derechos de angular dispuestos en los ángulos de un

cuadrado ideal y con una longitud superior en 1 m. a la de la altura en la que se decida ubicar la plataforma de trabajo.

- El conjunto se rigidizará mediante cruces de San Andrés en angular dispuestas en los cuatro laterales, la base a nivel del suelo, y la base al nivel de la plataforma de trabajo,

todos ellos electrosoldados. - Sobre la cruz superior se soldará un cuadrado de angular en cuyo interior se encajará la

plataforma de trabajo apoyada sobre una de las alas del perfil y recercada por la otra. - Las dimensiones mínimas del "marco" de angular descrito en el punto anterior serán de

1,10x1,10 m. (Lo mínimo necesario para la estancia de 2 hombres). - La plataforma de trabajo se formará mediante la colocación de una chapa metálica de 4

mm. de espesor del tipo antideslizante.

- Rodeando la plataforma en tres de sus lados, se soldará a los pies derechos barras metálicas componiendo una barandilla de 90 cm. de altura formada por barra pasamanos y barra intermedia. El conjunto se rematará mediante un rodapié de tabla de 15 cm. de altura.

- El ascenso y descenso de la plataforma se realizará a través de una escalera de mano metálica soldada a los pies derechos.

- El acceso a la plataforma se cerrará mediante una cadena o barra siempre que

permanezcan personas sobre ella. - En la base de las torretas de hormigonado se instalará un letrero con la siguiente

leyenda: "Prohibido el acceso al personal no autorizado". - Los castilletes de hormigonado estarán dotados de dos ruedas paralelas fijas una a una, a

sendos pies derechos para permitir un mejor cambio de ubicación. Los pies derechos opuestos, carecerán de ruedas para que actúen de freno una vez ubicado el castillete

para hormigonado. - Se prohíbe el transporte de personas o de objetos sobre las plataformas de los castilletes

de hormigonado durante sus cambios de posición, en prevención del riesgo de caída. - Las barandillas de los castilletes de hormigonado se pintarán en franjas amarillas y

negras alternativamente, con el fin de facilitar la ubicación "in situ" del cubilote mediante la grúa torre, aumentando su percepción para el gruista y disminuyendo el riesgo de golpes con el cubilote.

- Para el hormigonado de pilares de esquina, los castilletes se ubicarán con la cara de trabajo situada perpendicularmente a la diagonal interna del pilar, con el fin de lograr la posición más favorable y más segura.

Guindola o cesta de soldador

- Las guindolas a utilizar no serán de fabricación de obra, si no que serán montadas en

taller de cerrajería cumpliendo las siguientes características: - Estarán construidas con hierro dulce, o en tubo de sección cuadrada y chapa de hierro

dulce. - El pavimento será de chapa de hierro antideslizante. - Las dimensiones mínimas del prisma de montaje medidas al interior, serán 50x50x100

cm.

- Los elementos de colgar no permitirán balanceos. - Los "cuelgues" se efectuarán por "enganche doble" de tal forma que quede asegurada la

estabilidad de la guindola en caso de fallo de alguno de éstos.

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- Las soldaduras de unión de los elementos que forman la "guindola" serán de cordón

electrosoldado. - Estarán provistas de una barandilla perimetral de 100 cm. de altura formada por barra

pasamanos, barra intermedia y rodapié de 15 cm. en chapa metálica. - Las guindolas se protegerán con pintura anticorrosiva de colores vivos para permitir su

detección visual. - Las guindolas se izarán a los tajos mediante garruchas o cabrestantes; nunca

directamente a mano, en prevención de los sobreesfuerzos.

- El acceso al interior de las guindolas se efectuará por las alas de la perfileria metálica sujeto al fiador del cinturón de seguridad del operario, al cable de circulación paralelo a la viga, montado al efecto.

- El interior de las guindolas estará siempre libre de objetos y recortes que puedan dificul-tar la estancia del trabajador.

- El acceso directo a las guindolas se efectuará mediante el uso de escaleras de mano, provistas de uñas o de ganchos de anclaje y cuelgue en cabeza, arriostradas, en su caso,

al elemento vertical del que están próximas o pendientes.

Escaleras de mano

- Se colocarán apartadas de elementos móviles que puedan derribarlas. - Estarán fuera de las zonas de paso.

- Los largueros serán de una sola pieza, con los peldaños ensamblados. - El apoyo inferior se realizará sobre superficies planas, llevando en el pie elementos que

impidan el desplazamiento. - El apoyo superior se hará sobre elementos resistentes y planos. - Los ascensos y descensos se harán siempre de frente a ellas. - Se prohíbe manejar en las escaleras pesos superiores a 25 Kg. - Nunca se efectuarán trabajos sobre las escaleras que obliguen al uso de las dos manos.

- Las escaleras dobles o de tijera estarán provistas de cadenas o cables que impidan que éstas se abran al utilizarlas.

- La inclinación de las escaleras será aproximadamente 75º que equivale a estar separada de la vertical la cuarta parte de su longitud entre apoyos.

- Para trabajos eléctricos se usarán escaleras de poliéster o fibra de vidrio. Quedan prohibi-das para estos trabajos escaleras metálicas.

- Las escaleras portátiles que se utilicen para acceder a un nivel superior sobrepasarán en

un metro la altura a salvar. - Las escaleras metálicas estarán pintadas con pintura antioxidante. - Las escaleras de mano dispondrán de ganchos de sujeción en su parte superior para

anclaje. - Se prohíbe el uso de escaleras portátiles a modo de borriquetas como soporte de la

plataforma de trabajo.

- No se utilizarán escaleras portátiles por dos trabajadores a la vez. - Se debe utilizar caja porta-herramientas para el transporte de útiles o herramientas de

trabajo.

Pasarelas y rampas

- La anchura mínima será de 60 cm.

- Los tablones que componen la pasarela o rampas serán como mínimo de 20x7 cm. de sección, siendo de madera sana y escuadrada.

- Los tablones que forman el piso de la pasarela o rampa, se dispondrán de forma que no puedan moverse o producir basculamiento, mediante travesaños, debiendo quedar

garantizada la estabilidad del piso. - Se instalarán dispositivos o anclajes que eviten el deslizamiento de la pasarela. - Se mantendrán libres de obstáculos, facilitando su acceso.

- Se adoptarán las medidas necesarias para que el piso no resulte resbaladizo. - Las pasarelas situadas a más de 2 m. de altura sobre el suelo o piso dispondrán de

barandillas resistentes, a ambos lados de 90 cm. de altura con listón intermedio y rodapié de 20 cm.

- Las pasarelas se instalarán en zonas libres de riesgo de caída de objetos y se protegerán mediante pantallas horizontales o marquesina.

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Plataformas voladas para carga y descarga:

- La plataforma volada deberá tener una resistencia adecuada a las cargas a soportar,

debiendo disponer de pescantes de hierro laminado con el correspondiente arriostramiento longitudinal y transversal.

- Las colas de los pescantes se apuntalarán y calzarán con puntales resistentes. - Se instalará un tablón de reparto en el apoyo superior con la debida clavazón de

puntales.

- Los pescantes, apoyados en el forjado inferior, dispondrán de dispositivos o tetones para la instalación de puntales, que garanticen su inmovilidad.

- La plataforma volada dispondrá de barandilla y rodapié en sus laterales y puerta abatible o similar en su parte frontal.

- El operario encargado de la carga y descarga deberá utilizar el cinturón de seguridad convenientemente anclado a punto resistente colocado de antemano, siendo éste independiente de la plataforma.

Visera de protección.

- Los apoyos de la visera en el suelo y forjado se harán sobre durmientes de madera. - Los puntales metálicos estarán siempre verticales y perfectamente aplomados. - Los tablones que forman la visera de protección, se colocarán de forma que no se

muevan, basculen o deslicen.

D. PROTECCIONES PERSONALES

- Mono de trabajo. - Casco de seguridad homologado. - Zapatos con suela antideslizante.

- Cinturón de seguridad (en andamios con peligro de caída en altura). - Trajes para ambientes lluviosos. - Botas de seguridad (según los casos). - Guantes de cuero (montajes de los elementos auxiliares)

E. PROTECCIONES COLECTIVAS

- Se delimitará la zona de trabajo en la vertical de los andamios colgados, tubulares y de las plataformas de carga, evitando el paso del personal por debajo de éstos, así como que éste coincida con zonas de acopio de materiales.

- Se colocarán viseras o marquesinas de protección en los accesos que coincidan debajo de las zonas de trabajo.

- Se señalizará la zona de influencia mientras duren las operaciones de montaje y

desmontaje de los andamios.

ANALISIS Y EVALUACION INICIAL DE LOS RIESGOS. Este análisis inicial de riesgos se realiza sobre papel antes del comienzo de la obra; se trata de un trabajo previo necesario, para la concreción de los supuestos de riesgo previsibles durante la ejecución

de los trabajos, por consiguiente, es una aproximación realista a lo que puede suceder en la obra.

El siguiente análisis y evaluación inicial de riesgos, se realiza sobre el proyecto de ejecución de la obra, en consecuencia de la tecnología decidida para construir, que puede ser variada por el Contratista adjudicatario en su plan de seguridad y salud, cuando lo adapte a la tecnología de construcción que le sea propia.

En todo caso, los riesgos aquí analizados, se resuelven mediante la protección colectiva necesaria, los equipos de protección individual y señalización oportunos para su neutralización o reducción a la categoría de: "riesgo trivial", "riesgo tolerable" o "riesgo moderado", porque se entienden "controlados sobre el papel" por las decisiones preventivas que se adoptan en ese estudio de Seguridad y Salud.

El éxito de estas prevenciones actuales dependerá del nivel de seguridad que se alcance durante la ejecución de la obra. En todo caso, esta autoría de seguridad entiende, que el plan de seguridad y

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salud que componga el Contratista adjudicatario respetará a ser posible, la metodología y concreción

conseguidas por este trabajo. El pliego de condiciones técnicas y particulares, recoge las condiciones y calidad que debe reunir la propuesta que presente a la aprobación de esta autoría de seguridad y salud.

Madrid, Enero de 2.010

AUTOR DEL PROYECTO

Fdo.: Carlos Linares Merino

Ingeniero de Caminos, CC y PP Colegiado nº 5.299

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Planos

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Pliego de condiciones

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Pliego de condiciones

1. Condiciones de Índole Legal

1.1 NORMATIVA LEGAL DE APLICACIÓN

La ejecución de la obra objeto de este Estudio de Seguridad y Salud estará regulada por la Normativa de obligada aplicación que a continuación se cita, siendo de obligado cumplimiento para las partes implicadas.

Real Decreto 1627/1997 de octubre.- Por el que se establecen disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las obras de construcción en el marco de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos laborales.

Este R.D. define las obligaciones del promotor, el Proyectista, el Contratista, el Subcontratista y los Trabajadores Autónomos e introduce las figuras del Coordinador en materia de Seguridad y

Salud durante la elaboración del proyecto y durante la ejecución de la obra. El R.D. establece mecanismos específicos para la aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el R.D. 39/1997 de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

Orden del 27 de junio de 1997.- por el que se desarrolla el R.D. 3971997 de 17 de enero, en relación con las condiciones de acreditación de las entidades especificadas como Servicios de Prevención ajenos a la Empresa; de autorización de las personas o entidades especializadas que pretendan desarrollar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas; de autorización de las entidades Públicas o privadas para desarrollar y certificar actividades formativas en materia de Prevención de Riesgos Laborales.

Real Decreto 3971997 de 17 de enero.- por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de Prevención en su nueva óptica entorno a la planificación de la misma, a partir de la evaluación inicial de los riesgos inherentes al trabajo y la consiguiente adopción de las medidas adecuadas a

la naturaleza de los riesgos detectados. La necesidad de que tales aspectos reciban tratamiento especifico por la vía normativa adecuada aparece prevista en el Artículo 6 apartado 1, párrafo d y e de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales.- que tiene por objeto promover la Seguridad y Salud de los trabajadores, mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo. A tales efectos esta Ley establece los principios generales relativos a la prevención de los riesgos profesionales para la protección de la seguridad y salud, la eliminación de o disminución de los

riesgos derivados del trabajo, la información, la consulta, la participación equilibrada y la formación de los trabajadores en materia preventiva, en los términos señalados en la presente disposición. Para el cumplimiento de dichos fines, la presente Ley, regula las actuaciones a desarrollar por las Administraciones Públicas, así como por los empresarios, los trabajadores y sus respectivas organizaciones representativas.

En todo lo que no se oponga a la legislación anteriormente citada: Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción.- aprobado por la resolución del 4 de mayo de 1992 de la Dirección General de Trabajo, en todo lo referente a seguridad e higiene en el Trabajo.

Pliego General de Condiciones Técnicas de la Dirección General de Arquitectura. Real Decreto 48571997 de 14 de abril.- sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de Trabajo.

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Real Decreto 486/1997 de 14 de abril.- sobre manipulación individual de cargas que entrañe

riesgos, en particular dorso-lumbares para los trabajadores. Real Decreto 94971997 de 20 de junio.- sobre certificado profesional de titulados en prevención de riesgos laborales. Real Decreto 952/1997.- sobre residuos tóxicos y peligrosos.

Real Decreto 1215/1997 de 18 de julio.- sobre la utilización por los trabajadores de equipos de trabajo. Convenio Colectivo del Grupo de la Construcción y obras Públicas de la Autonomía de Madrid.- suscrito para los años 196 y 1997 y prorrogable al año 98 en lo que se refiere a reconocimientos médicos.

Estatuto de los Trabajadores.- Ley 8/1980.- Artículo 19.

Ordenanzas Municipales sobre el Uso del Suelo y Edificación en Madrid según acuerdo 90/1972 de 29 de febrero del Ayuntamiento de Madrid.

Ordenanzas de Señalización y Balizamiento de obras del Ayuntamiento de Madrid.

Decreto 2413/73 de 20 de setiembre.- por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y sus instrucciones complementarias que lo desarrollan, dictadas por Orden del Ministerio de Industria el 31 de octubre de 1973, así como todas las subsiguientes publicadas, que afecten en materia de seguridad en el trabajo.

1.2 OBLIGACIONES DE LAS PARTES IMPLICADAS

Cumplimiento del Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre y en especial los artículos 3, 4, 7, 11, 12,15 y 16 que se ocupan de las obligaciones de las partes intervinientes. Para aplicar los principios de acción preventiva, el Empresario designará uno o varios

trabajadores para ocuparse de dicha actividad, constituirá un servicio de prevención o concertará dicho servicio con una entidad especializada ajena a la Empresa.

La definición de estos servicios así como la dependencia de determinar una de las opciones que hemos indicado para su desarrollo, está regulado en la Ley de prevención de Riesgos Laborales 31/95 en sus artículos 30 y 31, así como en la Orden del 27 de junio de 1997 y R.D. 39/1997 de 17 de enero.

El incumplimiento por los Empresarios de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales dará lugar a las responsabilidades que están reguladas en el artículo 42 de dicha Ley.

El Empresario deberá elaborar y conservar a disposición de la Autoridad Laboral la documentación establecida en el Art. 23 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31795.

El Empresario deberá consultar a los trabajadores la adopción de medidas relacionadas en el Art.

33 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

La obligación de los trabajadores en materia de prevención de riesgos está regulada por el Art. 29 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/95.

Los trabajadores estarán representados por los Delegados de Prevención ateniéndose a los Art. 35 y 36 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Se deberá constituir un Comité de Seguridad y Salud según dispone en los Art. 38 y 39 la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

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1.3 SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y TODO RIESGO DE CONSTRUCCIÓN Y MONTAJE

Será preceptivo en la obra, que los técnicos responsables dispongan de cobertura de responsabilidad civil profesional ; así mismo el contratista debe disponer de cobertura de responsabilidad civil en el ejercicio de su actividad industrial, cubriendo el riesgo inherente a su actividad como constructor por los daños a terceras personas de los que pueda resultar responsabilidad civil extracontractual a su cargo, por hechos nacidos de culpa o negligencia ; inculpables al mismo o a personas de las que debe responder ; se entiende que esta

responsabilidad civil debe quedar ampliada al campo de la responsabilidad civil patronal. El contratista viene obligado a la contratación de un seguro en la modalidad de todo riesgo a la construcción durante el plazo de ejecución de la obra con ampliación de un periodo de mantenimiento de un año.

1.4 LEGISLACIÓN APLICABLE A LA OBRA

La legislación contemplada en este Estudio no es exhaustiva, así pues, debe entenderse transcrita toda la legislación laboral de España. Es de obligado cumplimiento el Derecho Positivo del Estado y de la Comunidad Autónoma y Ayuntamiento de Madrid aplicable a esta obra.

Condiciones de Índole Facultativa

1.5 COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD

Esta figura de la Seguridad y Salud se crea mediante los Art. 3, 4, 5, y 6 de la Directiva 92/57 CEE. “Disposiciones mínimas de seguridad y salud que deben aplicarse a las obras de construcciones temporales o móviles”. El R.D. 1627/1997 de 24 de octubre transpone a nuestro Derecho Nacional esta normativa incluyendo en su ámbito de aplicación cualquier obra pública o

privada en la que se realicen trabajos de construcción o ingeniería civil.

En el Art. 3 del R.D. 1627/1997 se regula la figura de los Coordinadores de Seguridad y Salud. En el apartado 2 del citado artículo se define la obligatoriedad por parte del Promotor de designar un coordinador en materia de seguridad y salud cuando en la ejecución de la obra intervengan más de una empresa o una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores

autónomos En el apartado 4 del mismo artículo se explicita que el Promotor no queda eximido de sus responsabilidades al nombrar al coordinador de seguridad y salud.

1.6 ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD

El Real Decreto 1627/1997 en su Art. 4 define las condiciones de obligatoriedad del Estudio de Seguridad y Salud. Estas son:

a) que el presupuesto de ejecución por contrata incluido en el proyecto sea igual o superior a

450.000 euros.

b) que la duración estimada sea superior a 30 días laborables, empleándose en algún momento a

más de 20 trabajadores simultáneamente.

c) que el volumen de mano de obra estimada, entendiendo por tal la suma de los días del total

de los trabajadores en la obra, sea superior a 500.

d) las obras de túneles, galerías conducciones subterráneas y presas.

Dentro de cuyas condiciones se encuentra la obra objeto de este Estudio.

En su Art. 5 se regula el contenido obligatorio del estudio de Seguridad y Salud:

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Memoria descriptiva de los procedimientos, equipos técnicos y medios auxiliares que hayan de

utilizarse y la identificación de los riesgos laborales que puedan producirse. Pliego de condiciones que tenga en cuenta la normativa legal vigente Planos de seguridad en la obra. Mediciones de todos los elementos de seguridad y salud identificados en la memoria y los

planos, y Presupuesto que cuantifique el conjunto de gastos

1.7 PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

El R.D. 1627/1997 en su Art. 7 obliga a cada contratista a elaborar un Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. Este Plan deberá ser aprobado, antes del inicio de la obra, por el Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra.

La Empresa Constructora se obliga a cumplir las directrices contenidas en este Plan de Seguridad

y Salud, coherente con el Estudio que le sirve de base y con los sistemas de ejecución que va a

emplear. Dicho plan deberá ser presentado, antes del inicio de la obra, a la aprobación expresa del Arquitecto Técnico autor del Estudio de Seguridad y Salud.

El R.D. 1627/1997 en su Art. 9 regula las obligaciones del Coordinador en materia de Seguridad y

Salud durante la ejecución de la obra.

El R.D. 1627/1997 en su Art. 10 refleja los principios generales aplicables durante la ejecución de la obra.

1.8 LIBRO DE INCIDENCIAS.

El Art. 13 del R.D. 1627/1997 regula las funciones de este documento. De acuerdo con el artículo 13 del Real Decreto1627/97 existirá en obra, con fines de control y seguimiento del Plan de Seguridad, un Libro de Incidencias, habilitado al efecto y facilitado por el Colegio Oficial al que pertenezca el redactor del Estudio de Seguridad. Dicho libro consta de hojas

cuadruplicadas destinadas cada una de sus copias a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a la Dirección Facultativa, al contratista o constructor principal y al Comité de Seguridad y Salud o Delegados de Prevención.

Las anotaciones en dicho libro podrán ser efectuadas por la Dirección Facultativa de la Seguridad, por los representantes del Constructor o contratista principal y Subcontratistas, por Técnicos de los órganos especializados en materia de seguridad y salud en el trabajo de las Administraciones públicas competentes y por los representantes de los trabajadores del centro de trabajo si en el mismo no existiera Comité. Dichas anotaciones estarán únicamente relacionadas con la

inobservancia de las instrucciones y recomendaciones preventivas recogidas en el Plan de Seguridad y Salud.

1.9 APROBACIÓN DE LAS CERTIFICACIONES

EL Coordinador de Seguridad y Salud será el encargado de revisar y aprobar las certificaciones

correspondientes al Plan de seguridad y Salud y serán presentadas a la Propiedad para su abono.

En el supuesto de aparición de riesgos no evaluados previamente en el Plan de Seguridad y Salud que precisaran medidas de prevención con precios contradictorios, para su puesta en la obra, éstos deberían ser autorizados por parte del Coordinador de Seguridad y Salud.

1.10 COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD

Artículo 38 Ley 31/95

1. El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado de participación

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destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia

de prevención de riesgos.

2. En cumplimiento del artículo 38 de la Ley 31/95 y del Convenio Colectivo del Sector en esta zona, se constituirá un Comité de Seguridad y Salud en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con 30 ó más trabajadores.

El Comité estará formado por los Delegados de Prevención, de una parte, y por el

empresario y/o sus representantes en número igual al de los Delegados de Prevención, de la otra.

En las reuniones del Comité de Seguridad y Salud participarán, con voz pero sin voto, los Delegados Sindicales y los responsables técnicos de la prevención en la empresa que no estén incluidos en la composición a la que se refiere el párrafo anterior. En las mismas condiciones podrán participar trabajadores de la empresa que cuenten con una especial

cualificación o información respecto de concretas cuestiones que se debatan en este órgano y técnicos en prevención ajenos a la empresa, siempre que así lo solicite alguna

de las representaciones en el Comité.

3. El Comité de Seguridad y Salud se reunirá trimestralmente y siempre que lo solicite alguna de las representaciones en el mismo. El Comité adoptará sus propias normas de

funcionamiento.

Las empresas que cuenten con varios centros de trabajo dotados de Comité de Seguridad y Salud podrán acordar con sus trabajadores la creación de un Comité Intercentros, con las funciones que el acuerdo le atribuya.

1.11 COMPETENCIAS Y FACULTADES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD

Artículo 39 Ley 31/95

1. El Comité de Seguridad y Salud tendrá las siguientes competencias:

a) Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y programas de prevención de riesgos en la empresa. A tal efecto, en su seno se debatirán antes de su puesta en práctica y en lo referente a su incidencia en la

prevención de riesgos, los proyectos en materia de planificación, organización del trabajo e introducción de nuevas tecnologías, organización y desarrollo de las actividades de protección y prevención y proyecto y organización de la formación en materia preventiva.

b) Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva prevención

de los riesgos, proponiendo a la empresa la mejora de las condiciones o la corrección de las deficiencias existentes.

1.12 DELEGADOS DE PREVENCIÓN Y SALUD

Artículo 35 Ley 31/95

1. Los Delegados de Prevención son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo.

2. Los Delegados de Prevención serán designados por y entre los representantes del

personal, en el ámbito de los órganos de representación previstos en las normas a que se refiere el artículo 34. Ley 31/95, con arreglo a la siguiente escala:

De 50 a 100 trabajadores 2 Delegados de Prevención. De 101 a 500 trabajadores 3 Delegados de Prevención. De 501 a 1000 trabajadores 4 Delegados de Prevención. De 1001 a 2000 trabajadores 5 Delegados de Prevención. De 2001 a 3000 trabajadores 6 Delegados de Prevención.

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De 3001 a 4000 trabajadores 7 Delegados de Prevención.

De 4001 en adelante 8 Delegados de Prevención.

En las empresas de hasta treinta trabajadores el Delegado de Prevención, será el delegado de personal. En las empresas de treinta y uno a cuarenta y nueve trabajadores habrá un Delegado de Prevención que será elegido por y entre los delegados de personal.

3. A efectos de determinar el número de Delegados de Prevención se tendrá en cuenta los

siguientes criterios:

a) Los trabajadores vinculados por contratos de duración determinada superior a un año se computarán como trabajadores fijos de plantilla.

b) Los contratados por término de hasta un año se computarán según el número de

días trabajados en el período de un año anterior a la designación. Cada

doscientos días trabajados o fracción se computarán como un trabajador más.

1.13 COMPETENCIAS Y FACULTADES DE LOS DELEGADOS DE PREVENCIÓN

Artículo 36 Ley 31/95

a) Colaborar con la dirección de la Empresa en la mejora de la acción preventiva.

b) Promover y fomentar la cooperación a los trabajadores en la ejecución de la

normativa sobre la previsión de riesgos laborales.

c) Ser consultados por el empresario con carácter previo a la ejecución acerca de las

decisiones a que se refiere el artículo 33 de la presente ley.

d) Ejercer una labor vigilancia y control sobre el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.

1.14 GARANTÍAS Y SIGILO PROFESIONAL DE LOS DELEGADOS DE PREVENCIÓN

Artículo 37 Ley 31/95

1. Lo previsto en el artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores en materia de garantías será de aplicación a los Delegados de Prevención en su condición de representantes de los trabajadores.

El tiempo utilizado por los Delegados de Prevención para el desempeño de las funciones previstas en esta Ley será considerado como de ejercicio de funciones de representación a efectos de la utilización del crédito de horas mensuales retribuidas previsto en la letra e) del citado artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores.

No obstante lo anterior, será considerado en todo caso como tiempo de trabajo efectivo, sin imputación al citado crédito horario, el correspondiente a las reuniones del Comité de

Seguridad y Salud y a cualesquiera otras convocadas por el empresario en materia de

prevención de riesgos, así como el destinado a las visitas previstas en las letras a) y c) del número 2 del artículo anterior.

2. El empresario deberá proporcionar a los Delegados de Prevención los medios y la

formación en materia preventiva que resulten necesarios para el ejercicio de sus funciones.

La formación se deberá facilitar por el empresario por sus propios medios o mediante concierto con organismos o entidades especializadas en la materia y deberá adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos, repitiéndose periódicamente si fuera necesario.

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El tiempo dedicado a la formación será considerado como tiempo de trabajo a todos los

efectos y su coste no podrá recaer en ningún caso sobre los Delegados de Prevención.

1.15 SERVICIOS DE PREVENCIÓN

Artículo 30 y 31 Ley 31/95

NOMBRAMIENTO POR PARTE DEL EMPRESARIO DE LOS TRABAJADORES QUE SE OCUPEN DE LAS

TAREAS DE PREVENCION DE RIESGOS PROFESIONALES

Protección y prevención de riesgos profesionales (Artículo 30 Ley 31/95).

1. En cumplimiento del deber de prevención de riesgos profesionales, el empresario designará uno o varios trabajadores para ocuparse de dicha actividad, constituirá un servicio de prevención o concertará dicho servicio con una entidad especializada ajena a

la empresa.

2. Los trabajadores designados deberán tener en la capacidad necesaria, disponer del

tiempo y de los medios precisos y ser suficientes en número, teniendo en cuenta el tamaño de la empresa, así como los riesgos a que están expuestos los trabajadores y su distribución en la misma, con el alcance que se determine en las disposiciones a que se

refiere la letra e) del apartado 1 del artículo 6 de la presente Ley.

Los trabajadores a que se refiere el párrafo anterior colaborarán entre sí y, en su caso, con los servicios de prevención.

3. Para la realización de la actividad de prevención, el empresario deberá facilitar a los

trabajadores designados el acceso a la información y documentación a que se refieren los

artículos 18 y 23 de la presente Ley.

4. Los trabajadores designados no podrán sufrir ningún perjuicio derivado de sus actividades de protección y prevención de los riesgos profesionales en la empresa. En ejercicio de esta función, dichos trabajadores gozarán, en particular, de las garantías que para los

representantes de los trabajadores establecen las letras a), b) y c) del artículo 68 y el apartado 4 del artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Esta garantía alcanzará también a los trabajadores integrantes del servicio de prevención, cuando la empresa decida constituirlo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo siguiente.

Los trabajadores a que se refieren los párrafos anteriores deberán guardar sigilo

profesional sobre la información relativa a la empresa a la que tuvieran acceso como consecuencia del desempeño de sus funciones.

5. En las empresas de menos de seis trabajadores, el empresario podrá asumir

personalmente las funciones señaladas en el apartado 2, siempre que se desarrolle de forma habitual su actividad en el centro de trabajo y tenga la capacidad necesaria, en función de los riesgos a que estén expuestos los trabajadores y la peligrosidad de las

actividades, con el alcance que se determine en las disposiciones a que se refiere la letra e) del apartado 1 del artículo 6 de la presente Ley.

6. El empresario que no hubiese concertado el servicio de prevención con una entidad

especializada ajena a la empresa deberá someter su sistema de prevención al control de una auditoría o evaluación externa, en los términos que reglamentariamente se determinen.

Los servicios de Prevención deberán estar en condiciones de proporcionar a la empresa el asesoramiento y apoyo que precise en función de los tipos de riesgo en ella existentes y en lo referente a:

a) El diseño, aplicación y coordinación de los planes y programas de actuación

preventiva.

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b) La evaluación de los factores de riesgos que pueden afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores en los términos previstos en el artículo 16 de esta Ley.

c) La determinación de las prioridades en la adopción de las medidas preventivas

adecuadas y la vigilancia de su eficacia.

d) La información y formación de los trabajadores.

e) La protección de los primeros auxilios y planes de emergencia.

f) La vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos derivados

del trabajo.

1.16 SISTEMAS APLICADOS PARA LA EVALUACIÓN Y DECISIÓN SOBRE LAS ALTERNATIVAS

PROPUESTAS POR EL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD

El Coordinador de Seguridad y Salud, para evaluar las alternativas propuestas por el Contratista

adjudicatario en su plan de seguridad y salud, utilizará los siguientes criterios técnicos:

Respecto a la protección colectiva

A. El montaje, mantenimiento, cambios de posición y retirada de una propuesta alternativa, no

tendrán más riesgos o de mayor entidad, que los que tiene la solución de un riesgo decidida en este trabajo.

B. La propuesta alternativa, no exigirá hacer un mayor número de maniobras que las exigidas

por la que pretende sustituir, se considera que: a mayor número de maniobras, mayor

cantidad de riesgos.

C. No puede ser sustituida por equipos de protección individual.

D. No aumentará los costos económicos previstos.

E. No implicará un aumento del plazo de ejecución de obra.

F. No será de calidad inferior a la prevista en este Estudio de Seguridad y Salud

Respecto a los equipos de protección individual.

A. Las propuestas alternativas no serán de inferior calidad a las previstas en este estudio de

seguridad.

B. No aumentarán los costos económicos previstos, salvo si se efectúa la presentación de una completa justificación técnica, que razone la necesidad de un aumento de la calidad decidida en este estudio de seguridad.

Cuestiones generales.

A. El plan de Seguridad y Salud, debe contestar fielmente a todas las obligaciones contenidas

en este estudio de Seguridad y Salud.

B. El plan de seguridad y salud, procurará reproducir la estructura de este estudio de seguridad y salud, con el fin de abreviar en todo lo posible, el tiempo necesario para realizar su análisis y proceder a los trámites de aprobación.

C. El plan de seguridad y salud, suministrará el "plan de ejecución de la obra" que propone el

Contratista adjudicatario como consecuencia de la oferta de adjudicación de la obra, conteniendo como mínimo, todos los datos que contienen el de este estudio de seguridad y salud.

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1.17 FORMACIÓN E INFORMACIÓN A LOS TRABAJADORES

El Contratista adjudicatario está legalmente obligado a formar en el método de trabajo correcto a todo el personal a su cargo; es decir, en el método de trabajo seguro; de tal forma, que todos los trabajadores de esta obra deberán tener conocimiento de los riesgos propios de su actividad laboral, así como de las conductas a observar en determinadas maniobras, del uso correcto de las protecciones colectivas y del de los equipos de protección individual necesarios para su protección.

Independientemente de la formación que reciban de tipo convencional está información específica se

les dará por escrito, utilizando los textos que para este fin se incorporan a este pliego de condiciones técnicas y particulares.

1.18 Cronograma formativo.

A la vista del camino crítico plasmado en la memoria de este estudio de seguridad y salud, está prevista la realización de unos cursos de formación para los trabajadores, capaces de cubrir los siguientes objetivos generales:

A. Divulgar los contenidos preventivos de este estudio de seguridad y salud, una vez

convertido en plan de seguridad y salud aprobado.

B. Comprender y aceptar su necesidad de aplicación. C. Crear entre los trabajadores, un auténtico ambiente de prevención de riesgos

laborales. Por lo expuesto, se establecen los siguientes criterios, para que sean desarrollados por el plan de

seguridad y salud. 1º. El Contratista adjudicatario suministrará en su plan de seguridad y salud, las fechas

en las que se impartirán los cursos de formación en la prevención de riesgos laborales, respetando

los criterios que al respecto suministrará este estudio de seguridad y salud, en sus apartados de "normas de obligado cumplimiento".

2º. El plan de seguridad recogerá la obligación de comunicar a tiempo a los trabajadores, las normas de obligado cumplimiento y la obligación de firmar al margen del original del citado documento, el oportuno "recibí". Con esta acción se cumplen dos objetivos importantes: formar de manera inmediata y dejar constancia documental de que se ha efectuado esa formación.

1.19 ACCIONES A SEGUIR EN CASO DE ACCIDENTE LABORAL

Acciones a seguir.

El accidente laboral significa un fracaso de la prevención de riesgos por multitud de causas, entre las

que destacan las de difícil o nulo control.

Por ello, es posible que pese a todo el esfuerzo desarrollado y nuestra intención preventiva, se

produzca algún fracaso.

El Contratista adjudicatario queda obligado a recoger dentro de su "plan de seguridad y salud" los siguientes principios de socorro:

1º. El accidentado es lo primero. Se le atenderá de inmediato con el fin de evitar el

agravamiento o progresión de las lesiones.

2º. En caso de caída desde altura o a distinto nivel y en el caso de accidentes eléctrico,

se supondrá siempre, que pueden existir lesiones graves, en consecuencia, se extremarán las precauciones de atención primaria en la obra, aplicando las técnicas

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especiales para la inmovilización del accidentado hasta la llegada de la ambulancia y

de reanimación en el caso de accidente eléctrico.

3º. En caso de gravedad manifiesta, se evacuará al herido en camilla y ambulancia; se evitarán en lo posible según el buen criterio de las personas que atiendan primariamente al accidentado, la utilización de los transportes particulares, por lo que implican de riesgo e incomodidad para el accidentado.

4º. El Contratista adjudicatario comunicará, a través del "plan de seguridad y salud" que componga, la infraestructura sanitaria propia, mancomunada o contratada con la que cuenta, para garantizar la atención correcta a los accidentados y su más cómoda y segura evacuación de esta obra.

5º. El Contratista adjudicatario comunicará, a través del "plan de seguridad y salud" que

componga, el nombre y dirección del centro asistencial más próximo, previsto para

la asistencia sanitaria de los accidentados, según sea su organización. El nombre y dirección del centro asistencial, que se suministrada en este estudio de seguridad y

salud, debe entenderse como provisional. Podrá ser cambiado por el Contratista adjudicatario.

6º. El Contratista adjudicatario, queda obligado a instalar una serie de rótulos con

caracteres visibles a 2 m., de distancia, en el que se suministre a los trabajadores y resto de personas participantes en la obra, la información necesaria para conocer el centro asistencial, su dirección, teléfonos de contactos etc., este rótulo contendrá como mínimo los datos del cuadro siguiente, cuya realización material queda a la libre disposición del Contratista adjudicatario.

Condiciones de Índole Técnica

1.20 MATERIALES

Con carácter general todos los materiales y medios auxiliares cumplirán obligatoriamente las

especificaciones contenidas en el Pliego General de Condiciones Varias de la Edificación que le sean aplicables con carácter específico.

1.21 CONDICIONES DE LOS MEDIOS DE PROTECCIÓN COLECTIVA

Condiciones generales

Las protecciones colectivas cumplirán toda la normativa específica y en particular el R.D. 1627/1997 de 24 de octubre.

En la Memoria de este Estudio de Seguridad y Salud, se han definido los medios de protección colectiva. El Contratista adjudicatario es el responsable de que en la obra, cumplan todos ellos, con las siguientes condiciones generales: 1º. La protección colectiva de esta obra, ha sido diseñada en los Planos de Seguridad y Salud.

El Plan de Seguridad y Salud los respetará fidedignamente, salvo si existiese una

propuesta diferente previamente aprobada. 2º. Las posibles propuestas alternativas que se presenten en el Plan de Seguridad y Salud,

requieren para poder ser aprobadas, una representación técnica de calidad en forma de Planos de ejecución de obra.

3º. Las protecciones colectivas de estas obra, estarán en acopio disponible para uso

inmediato, dos días antes de la fecha decidida para su primer montaje, según lo previsto en el Plan de Ejecución de obra.

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4º. Serán nuevas, a estrenar, si sus componentes tienen caducidad de uso reconocida, o si

así se especifica en su apartado correspondiente dentro de este "pliego de condiciones técnicas y particulares de Seguridad y Salud". Idéntico principio al descrito, se aplicará a los componentes de madera.

5º. Antes de ser necesario su uso, estarán en acopio real en la obra con las condiciones

idóneas de almacenamiento para su buena conservación. Serán examinadas por el Coordinador en materia a de Seguridad y Salud, o en su caso, por la Dirección

Facultativa, para comprobar si su calidad se corresponde con la definida en este Estudio de Seguridad y Salud o con el Plan de Seguridad y Salud que llegue a aprobarse.

6º. Serán instaladas previamente al inicio de cualquier trabajo que requiera su montaje.

Queda prohibida la iniciación de un trabajo o actividad que requiera protección colectiva, hasta que esta esté montada por completo en el ámbito del riesgo que neutraliza o elimina.

7º. El Contratista adjudicatario, queda obligado a incluir y suministrar en su "Plan de

ejecución de obra", la fecha de montaje, mantenimiento, cambio de ubicación y retirada de cada una de las protecciones colectivas que se contienen en este Estudio de Seguridad y Salud, siguiendo el esquema del plan de ejecución de obra que suministrará incluido en los documentos técnicos citados.

8º. Será desmontada de inmediato, toda protección colectiva en uso en la que se aprecien

deterioros con merma efectiva de su calidad real. Se sustituirá a continuación el componente deteriorado y se volverá a montar la protección colectiva una vez resuelto el problema. Entre tanto se realiza esta operación, se suspenderán los trabajos protegidos por el tramo deteriorado y se aislará eficazmente la zona para evitar accidentes. Estas operaciones quedarán protegidas mediante el uso de equipos de protección individual.

9º. Durante la realización de la obra, puede ser necesario variar el modo o la disposición de la

instalación de la protección colectiva prevista en el Plan de Seguridad y Salud aprobado. Si esto ocurre, la nueva situación será definida en los planos de seguridad y salud, para concretar exactamente la nueva disposición o forma de montaje. Estos planos deberán ser aprobados por el Coordinador en materia de seguridad y salud.

10º. Las protecciones colectivas proyectadas en este trabajo, están destinadas a la protección de los riesgos de todos los trabajadores y visitantes de la obra; es decir: trabajadores de la empresa principal, los de las empresas subcontratistas, empresas colaboradoras, trabajadores autónomos y visitas de los técnicos de dirección de obra o de la Propiedad; visitas de las inspecciones de organismos oficiales o de invitados por diversas causas.

11º. El Contratista adjudicatario, en virtud de la legislación vigente, está obligado al montaje, mantenimiento en buen estado y retirada de la protección colectiva por sus medios o mediante subcontratación, respondiendo ante La Propiedad de la obra, según las cláusulas penalizadoras del contrato de adjudicación de obra y del pliego de condiciones técnicas y particulares del proyecto.

12º. El montaje y uso correcto de la protección colectiva definida en este Estudio de Seguridad

y Salud, es preferible al uso de equipos de protección individual para defenderse de idéntico riesgo; en consecuencia, no se admitirá el cambio de uso de protección colectiva por el de equipos de protección individual.

13º. El Contratista adjudicatario, queda obligado a conservar la posición de uso prevista y montada, las protecciones colectivas que fallen por cualquier causa, hasta que se realice la investigación con la asistencia del Coordinador en materia de seguridad y salud. En

caso de fallo por accidente de persona o personas, se procederá según las normas legales vigentes, avisando además sin demora, inmediatamente, tras ocurrir los hechos, al Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, y en su caso, a la Dirección Facultativa la obra.

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Condiciones técnicas de instalación y uso de las protecciones colectivas

Dentro del apartado correspondiente de cada protección colectiva, que se incluyen en los diversos apartados del texto siguiente, se especifican las condiciones técnicas de instalación y uso, junto con su calidad, definición técnica de la unidad y las normas de obligado cumplimiento que se han creado para que sean cumplidas por los trabajadores que deben montarlas, mantenerlas, cambiarlas de posición y retirarlas.

El Contratista adjudicatario, recogerá obligatoriamente en su "Plan de Seguridad y Salud", las condiciones técnicas de instalación y uso, junto con la calidad, definición técnica de la unidad y las normas de obligado cumplimiento que se han creado para que sean cumplidas por los trabajadores que deben montarlas, mantenerlas, cambiarlas de posición y retirarlas. El Contratista adjudicatario, recogerá obligatoriamente en su "Plan de Seguridad y Salud", las condiciones técnicas y demás especificaciones mencionadas en el apartado anterior. Si el Plan

de Seguridad y Salud presenta alternativas a estas previsiones, lo hará con idéntica composición y formato, para facilitar su compresión y en su caso, su aprobación.

1.22 EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL

Condiciones generales

Los equipos de protección individual cumplirán toda la normativa existente y en particular los decretos R.D. 773/1997 de 30 de mayo y el R.D. 1407/1992 de 20 de noviembre. Como norma general, se han elegido equipos de protección individual cómodos y operativos, con el fin de evitar las negativas a su uso. Por lo expuesto, se especifica como condición expresa que: todos los equipos de protección individual utilizables en esta obra, cumplirán las siguientes condiciones generales:

1º. Tendrán la marca "CE", según las normas EPI. 2º. Los equipos de protección individual que cumplan con la indicación expresada en el punto

anterior, tienen autorizado su uso durante su período de vigencia. Llegando a la fecha de caducidad, se constituirá un acopio ordenado, que será revisado por el coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, para que autorice su

eliminación de la obra. 3º. Los equipos de protección individual en uso que estén rotos, serán reemplazados de

inmediato, quedando constancia en la oficina de obra del motivo del cambio y el nombre de la empresa y de la persona que recibe el nuevo equipo de protección individual, con el fin de dar la máxima seriedad posible a la utilización de estas protecciones.

4º. En los trabajos de altura con peligro de caída al no poder utilizar protecciones colectivas,

será obligatorio el uso del cinturón de seguridad, que según el tipo de riesgo al que se aplique podrá ser de tres clases:

- de sujeción, clase A. - de suspensión, clase B. - de caída, clase C.

1.23 SEÑALIZACIÓN

Señalización del riesgo en el trabajo.

Esta señalización cumplirá con el contenido del Real Decreto 485 de 14 de Abril de 1997, que

desarrolla los preceptos específicos sobre señalización de riesgos en el trabajo según la Ley 31 de 8 de Noviembre de 1995 de Prevención de Riesgos Laborales.

Descripción técnica.

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Calidad: Serán nuevas a estrenar. Con el fin de economizar costos se eligen y valoran los modelos

adhesivos en tres tamaños comercializados: pequeño, mediano y grande. Señal de riesgos en el trabajo normalizada según el Real Decreto 485 de 1997 de 14 de Abril. Con el fin de no aumentar innecesariamente el texto de este pliego de condiciones de seguridad y

salud, deben tenerse por transcritas en él, las literaturas de las mediciones referentes a la señalización de restos en el trabajo. Su reiteración es innecesaria.

El Plan de Seguridad, deberá acometer la ubicación de las señales de peligro en el interior de la obra.

Normas para el montaje de las señales.

1º.- Las señales se ubicarán según lo descrito en los planos.

2º.- Está previsto el cambio de ubicación de cada señal mensualmente como mínimo para garantizar su máxima eficacia. Se pretende que por integración en el "paisaje habitual de la obra" no

sea ignorada por los trabajadores. 3º.- Las señales permanecerán cubiertas por elementos opacos cuando el riesgo, recomendación

o información que anuncian sea innecesario y no convenga por cualquier causa su retirada.

4º.- Se instalarán en los lugares y a las distancias que se indican en los planos específicos de

señalización. 5º.- Se mantendrá permanentemente un tajo de limpieza y mantenimiento de señales, que

garantice su eficacia.

1.24 INSTALACIÓN ELÉCTRICA

La instalación eléctrica que, con carácter general, ha de suministrar energía a los distintos núcleos de trabajo, cumplirá lo establecido en los Reglamentos de Alta y Baja Tensión y resoluciones complementarias del Ministerio de Industria, así como la norma de la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, y en especial su capítulo 6, Artículos 51,52,59,60.

Los cuadros de distribución estarán formados por armarios metálicos normalizados, con placa de

montaje al fondo, fácilmente accesible desde el exterior. Para ello dispondrá de puerta con una cerradura de resbalón con llave de triángulo, y con posibilidad de poner un candado. Dispondrán de:

- Seccionador de corte automático. - Toma de tierra.

- Protección diferencial. Los interruptores diferenciales serán de media y alta sensibilidad, es decir, 300 mA y de 30 mA., el primero y general, con corte retardado temporizado a 0,1-0,2 segundos y de 30 mA todos los demás que protejan cada derivación, considerándose este sistema de protección obligadamente asociado a la puesta a tierra de las masas de máquinas y aparatos; puesta a tierra cuya resistencia no debiera sobrepasar los 20 ohmios.

Para la protección contra sobrecargas y cortacircuitos dispondrán de fusibles o interruptores

automáticos del tipo magneto-térmico. De este cuadro de distribución que consideramos general se efectuarán las tomas de corriente para los circuitos secundarios, que igualmente dispondrán de armarios con entrada de corriente estanco, con llegada de fuerza siempre sobre base de enchufe hembra.

Estos cuadros dispondrán de borna general de toma de tierra, de un interruptor de corte omnipolar, tipo normal, cortacircuitos calibrados para cada una de las tomas y protecciones de alta sensibilidad (30 mA). En caso de utilización de máquinas portátiles en zona de gran hume-dad, se contará con transformadores de intensidad a 24 V. y trabajar con esta tensión de seguridad.

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Medidas de seguridad en instalaciones eléctricas

Como normas generales de actuación en relación con estas instalaciones deben observarse las siguientes: Los bornes, tanto de cuadros como de máquinas, estarán protegidos con material aislante. Los cables de alimentación a máquinas y herramientas tendrán cubiertas protectoras, serán del tipo antihumedad y no deberán constituir obstáculo para el tránsito.

Está totalmente prohibida la utilización de las puntas desnudas de los cables como de macho

enchufe. En los almacenes de obra se dispondrá de clavijas recambio en número suficiente para poder sustituir el elemento deteriorado sin perjuicio para la instalación y para las personas. Toda la instalación eléctrica quedará sin tensión al terminar el trabajo, mediante corte del seccionador general.

Todas las instalaciones se revisarán periódicamente vigilando tanto al aislamiento de cada elemento o máquina como el estado de mecanismos, protecciones, conductores, cables, del

mismo modo que a sus conexiones o empalmes.

Los portalámparas serán de material aislante, de forma que no produzcan contacto con otros elementos o cortacircuitos. Toda reparación se realizará previo corte de corriente, y siempre por personal cualificado.

Los cuadros eléctricos permanecerán siempre cerrados y señalizados sobre ellos mediante carteles el peligro de riesgo eléctrico, así como el momento en que se están efectuando trabajos de conservación.

1.25 PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS.

Para la prevención de este riesgo se dispondrá en obra de extintores portátiles de polvo seco

polivalente situados en oficinas y almacén y debidamente señalizados.

Medidas de seguridad contra el fuego.

- Se señalizará adecuadamente la localización de extintores. - Se cortará la corriente desde el cuadro general, en evitación de cortacircuitos, una vez

finalizada la jornada laboral.

- Se prohibirá fumar en las zonas de trabajo donde exista un peligro evidente de incendio, por los materiales que se manejan.

- Aviso a todo el personal de comunicar cualquier conato de incendio a los responsables de obra.

- Colaboración de todos en la extinción. - Avisar sistemáticamente al servicio de bomberos.

1.26 BARANDILLAS

Las barandillas serán de materiales rígidos y resistentes, tendrán una altura de 90 cm. como mínimo y 15 cm. de rodapié, el hueco entre barandilla y rodapié estará protegido por una barra horizontal intermedia. Estas barandillas serán capaces de resistir una carga de 150 Kg. /ml. e irán sólidamente ancladas a elementos resistentes

1.27 REDES

Para el caso en que la colocación de placas no se hiciese desde plataformas rodantes en planta primera, se utilizarán redes de recogida horizontales, colocadas para una altura máxima de caída de 3 m. La cuadrícula máxima de red será de 7x 7 cm. y el diámetro del hilo como mínimo de 3 mm. Tendrán el perímetro reforzado con cuerda elástica de diámetro 10 mm. y su malla será rómbica para mejor soportar las tensiones. Se sujetarán mediante ganchos anclados cada metro en el canto vigas. Al colocar las redes se comprobará su estado, desechándose automáticamente

las que presenten cortes, desgastes o roces.

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1.28 ANDAMIOS

Se prevén dos tipos: tubulares y de borriquetas. Los andamios tubulares, formados por módulos metálicos, tubos y portapisos cumplirán las siguientes condiciones: - Se arriostrarán a los paramentos verticales anclándoles a puntos fuertes de seguridad

mediante tubo y grapa. - Las planchadas tendrán como mínimo 60 cm. de ancho. - Las plataformas se limitarán por todos sus lados con barandilla, prohibiéndose los

puentes entre ellas.

- Los módulos base estarán dotados de apoyos nivelables, placas bases y husillos y se apoyarán sobre tablones de reparto. Se prohibe expresamente su apoyo sobre suplemen-

tos de ladrillos, "torretas de tacos de madera", bidones, etc.

1.29 ÚTILES Y HERRAMIENTAS

La Orden General de Seguridad e Higiene e el Trabajo de 9 de marzo de 1971 regula las características y condiciones de estos elementos en sus Art. 94 al 99. El R.D. 1215/1997 de 18 de julio establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de los trabajadores de los equipos de trabajo.

1.30 MAQUINARIA DE ELEVACION Y TRANSPORTE

La Orden General de Seguridad e Higiene en el Trabajo de 9 de marzo de 1971, regula las características y condiciones de estos elementos en sus Art. 100 al 124.

Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención de los mismos R.D. 2291/85 de de noviembre (grúas-torre)

Instrucción Técnica Complementaria MIE-AEM-2 del reglamento de aparatos de elevación y manutención referente a grúas-torre desmontables para las obras aprobada por orden de 28 de junio de 1998. Instrucción Técnica Complementaria ITC-MIE-AEM-3 del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención referente a carretillas automotoras aprobada por Orden de 26 de mayo de 1989.

Normas para la Instalación y Utilización de Grúas en obras de construcción, aprobadas por Acuerdos Plenarios de 21 de marzo de 1975; 27 de junio de 1975 y 28 de marzo de 1977 del Ayuntamiento de Madrid. Reglamento de Seguridad en las Máquinas, R.D. 1495/86 de 26 de mayo, modificado por el R.D. 830/91 de 24 de mayo.

Aplicación de la Directiva del Consejo 89-392-CEE. R.D. 1435/92 de 27 de noviembre relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre máquinas.

1.31 INSTALACIONES PROVISIONALES

Se atenderán a lo dispuesto en el R.D. 1627/1997 de 24 de octubre en su anexo IV.

La Orden General de Seguridad e Higiene en el Trabajo de 9 de marzo de 1971 regula sus características y condiciones en los siguientes artículos:

Servicios higiénicos.- Art. 38 a 42.

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Locales Provisionales y trabajos al aire libre.- Art. 44 a 50.

Electricidad.- Artículos 51 a 70.

Prevención y Extinción de Incendios.- Art. 71 a 82.

Instalaciones Sanitarias de Urgencia.

1.32 SERVICIO MÉDICO

La Empresa contratista dispondrá de un Servicio Médico conforme al Reglamento de los Servicios Médicos de Empresa. (O.M. de 21.11.59). Todos los operarios de nuevo ingreso en la obra pasarán un reconocimiento médico previo que

será repetido en el período de un año. El botiquín estará situado en las oficinas y su localización estará convenientemente señalizada.

En lugar bien visible se dispondrá la lista de los centros sanitarios de urgencia con su dirección y teléfono. También constarán en esta lista los teléfonos de ambulancias y otros de interés general para la seguridad de la obra.

Periódicamente se repondrá el material de curas y se realizarán revisiones para comprobar su estado.

1.33 SERVICIO TÉCNICO DE SEGURIDAD

La Empresa Contratista dispondrá de asesoramiento técnico en materia de Seguridad e Higiene

en el Trabajo dispuesto a colaborar con la Dirección Facultativa de la Seguridad para llevar a la práctica las medidas propuestas.

Todos los operarios serán informados al ingresar en la obra de los métodos de trabajo y los riesgos que les afecten, juntamente con las medidas de prevención y protección a emplear.

1.34 INSTALACIONES DE HIGIENE Y BIENESTAR

Las condiciones de vestuarios, servicios higiénicos y comedor para los operarios, serán las siguientes: - La superficie mínima común de vestuarios y aseos será de 2 m2. por operario.

- El vestuario estará provisto de bancos o asientos y de taquillas individuales con llave, para guardar ropa y calzado. - Los aseos dispondrán de lavabos con agua corriente, caliente y fría, para cada 10 empleados o fracción y un espejo de dimensiones proporcionadas. - De realizarse trabajos marcadamente sucios se facilitarán los medios especiales de limpieza.

- Existirán retretes con descarga automática de agua corriente y papel higiénico, existiendo al

menos un inodoro por cada 25 operarios o fracción de esta cifra. Los retretes no tendrán comunicación directa con comedor ni vestuario. - Las puertas impedirán totalmente la visibilidad desde el exterior y estarán provistas de cierre

interior y una percha. - Se instalará una ducha de agua fría y caliente por cada 10 trabajadores o fracción. - Las duchas estarán aisladas, cerradas en compartimentos individuales, con puertas o cortinas que impidan la visibilidad desde el exterior.

- Los suelos, paredes y techos de los retretes, duchas, sala de aseo y vestuarios, serán continuos,

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lisos e impermeables y permitirán el lavado con líquidos desinfectantes o antisépticos con la

frecuencia necesaria. - Todos los elementos, tales como grifos, desagües y alcachofas de duchas estarán en perfecto estado, y taquillas y bancos aptos para su utilización. - Estas instalaciones dispondrán de iluminación adecuada, y vestuario y comedor estarán dotados de calefacción.

- El comedor dispondrá de mesas y asientos, calienta comidas y un recipiente de cierre hermético para desperdicios. - Se dotará del personal necesario para la limpieza y conservación de estos locales con las condiciones higiénicas exigibles.

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1.35 ORGANIZACIÓN GENERAL DE LA SEGURIDAD EN OBRA

1.36 CONDICIONES TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES PROVISIONALES PARA LOS TRABAJADORES Y ÁREAS AUXILIARES DE EMPRESA.

Instalaciones provisionales para los trabajadores con módulos prefabricados.

Estos servicios quedan resueltos mediante la instalación de módulos metálicos prefabricados

comercializados en chapa emparedada con aislamiento térmico acústico, montados sobre soleras ligeras de hormigón que garantizarán su estabilidad y buena nivelación. Los planos y las "literaturas" y contenido de las mediciones, aclaran las características técnicas que deben reunir estos módulos,

su ubicación e instalación. Se considera unidad de obra de seguridad, su recepción, instalación, mantenimiento, retirada y demolición de la solera de cimentación.

Materiales.

Dispuestos según el detalle de los planos de este estudio de seguridad y salud.

A. Cimentación de hormigón en masa de 150 Kg. de cemento PA-350,

si la necesitasen por su falta de firme en el apoyo. B. Módulos metálicos comercializados en chapa metálica aislante

pintada contra la corrosión en las opciones de compra o de alquiler mensual. Se han previsto en la opción de alquiler mensual conteniendo la distribución e instalaciones

necesarias expresadas en el cuadro informativo. Dotados de la carpintería metálica necesaria para su ventilación, con acristalamiento simple en las ventanas, que a su vez, estarán dotadas con hojas practicables de corredera sobre guías metálicas, cerradas mediante cerrojos de presión por mordaza simple.

C. Carpintería y puertas de paso formadas por cercos directos para

mampara y hojas de paso de madera, sobre cuatro pernos metálicos. Las hojas de

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paso de los retretes y duchas, serán de las de tipo rasgado a 50 cms. sobre el

pavimento, con cierre de manivela y cerrojillo. Las puertas de acceso poseerán cerraja a llave.

Instalaciones.

A. Módulos dotados de fábrica, de fontanería para agua caliente y fría y desagües, con las oportunas griferías, sumideros, desagües, aparatos sanitarios y duchas, calculadas en el cuadro informativo. Todas las construcciones están previstas en PVC.

B. De electricidad montada, iniciándola desde el cuadro de distribución,

dotado de los interruptores magnetotérmicos y diferencial de 30 mA.; distribuida

con manguera contra la humedad, dotada de hilo de toma de tierra. Se calcula un enchufe por cada dos lavabos.

Cuadro informativo de las necesidades para el cálculo de las instalaciones provisionales para los

trabajadores.

Vestuarios y aseos:

Nº de inodoros: 1 UD.

Nº de duchas: 2 UD.

Nº de lavabos: 2 Uds.

Nº de armarios taquilla: 5 Uds.

Nº de bancos de madera corridos: 1 Uds.

Nº de calentadores eléctricos de 100 l.: 1 UD

Nº de convectores eléctricos de 2000 w: 1 UD

1.37 ACOMETIDAS.

Se acometerá en los puntos disponibles a pie del lugar de trabajo, dado que cuenta con estos servicios. Las condiciones técnicas y económicas consideradas en este estudio de seguridad y salud, son las mismas que las señaladas para el uso de estos servicios en el pliego de condiciones técnicas y particulares del proyecto de la obra o del contrato de adjudicación.

Acometidas: energía eléctrica, agua potable.

El suministro de energía eléctrica al comienzo de la obra y antes de que se realice la oportuna

acometida eléctrica de la obra, se realizará mediante la puesta en funcionamiento de un grupo electrógeno generador trifásico, accionado por un motor de gasóleo. Se le considera un medio auxiliar necesario para la ejecución de la obra, consecuentemente no se valora en el presupuesto de seguridad. La acometida de agua potable, se realizará a la tubería de suministro especial para la obra, que tiene idéntico tratamiento económico que el descrito en el punto anterior.

1.38 CONDICIONES TÉCNICAS DE LA PREVENCIÓN DE INCENDIOS EN LA OBRA.

Las obras pueden incendiarse. Esta obra, está sujeta al riesgo de incendio, por consiguiente para

evitarlos o extinguirlos, se establecen las siguientes normas de obligado cumplimiento.

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1º.- Queda prohibida la realización de hogueras, la utilización de mecheros, realización de soldaduras y asimilables en presencia de materiales inflamables, si antes no se dispone del extintor idóneo para la extinción del posible incendio.

2º.- El Contratista adjudicatario, queda obligado a suministrar en su plan de seguridad y salud,

un plano en el que se plasmen unas vías de evacuación, para las fases de construcción según su plan de ejecución de obra y su tecnología propia de construcción. Es evidente, que

en fase de proyecto, no es posible establecer estas vías, si así se proyectaran quedarían reducidas al campo teórico.

3º.- Se establece como método de extinción de incendios, el uso de extintores cumpliendo la

norma UNE 23.110, aplicándose por extensión, la norma NBE-CPI-96.

4º.- En este estudio de seguridad y salud, se definen una serie de extintores aplicando las citadas

normas. Su lugar de instalación queda definido en los planos. El Contratista adjudicatario, respetará en su plan de seguridad y salud el nivel de prevención diseñado, pese a la libertad

que se le otorga para modificarlo según la conveniencia de sus propios: el sistema de construcción y de organización.

Extintores de incendios.

Definición técnica de la unidad.

Calidad: los extintores a montar en la obra serán nuevos, a estrenar.

Los extintores serán los conocidos con los códigos "A" y "B" y los especiales para fuegos eléctricos.

En las "literaturas" de las mediciones y presupuesto, quedan definidas todas sus características

técnicas, que deben entenderse incluidas en este pliego de condiciones técnicas y particulares y que no se reproducen por economía documental.

Lugares de esta obra en los que se instalarán los extintores de incendios:

- Vestuario y aseo del personal de la obra.

- Comedor del personal de la obra.

- Oficinas de la obra, independientemente de que la empresa que las utilice sea principal o subcontratada.

- Almacenes con productos o materiales inflamables.

- Cuadro general eléctrico.

- Cuadros de máquinas fijas de obra.

- Grúas torre fijas o sobre carriles.

- Mesa de sierra circular para material cerámico.

- Acopios especiales con riesgo de incendio.

Está prevista además la existencia y utilización, de extintores móviles para trabajos de soldaduras

capaces de originar incendios.

Mantenimiento de los extintores de incendios.

Los extintores serán revisados y retimbrados según el mantenimiento oportuno recomendado por su

fabricante, que deberá concertar el Contratista adjudicatario de la obra con una empresa especializada colaboradora del ministerio de industria para esa actividad.

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Normas de seguridad para la instalación y uso de los extintores de incendios.

1º. Se instalarán sobre patillas de cuelgue o sobre carro, según las necesidades de extinción

previstas.

2º. En cualquier caso, sobre la vertical del lugar donde se ubique el extintor y en tamaño grande, se instalará una señal normalizada con la oportuna pictografía y la palabra "EXTINTOR".

3º. Al lado de cada extintor, existirá un rótulo grande formado por caracteres negros sobre

fondo amarillo, que mostrará la siguiente leyenda.

NORMAS PARA USO DEL EXTINTOR DE INCENDIOS.

En caso de incendio, descuelgue el extintor.

Retire el pasador de la cabeza que inmoviliza el mando de accionamiento.

Póngase a sotavento; evite que las llamas o el humo vayan hacia usted.

Acciones el extintor dirigiendo el chorro a la base de las llamas, hasta apagarlas o agotar el

contenido.

Si observa que no puede dominar el incendio, pida que alguien avise al "Servicio Municipal de Bomberos" lo más rápidamente que pueda.

1.39 SEGURIDAD EN LOS TRABAJOS DE REPARACIÓN, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO.

Programa de mantenimiento.

Cimentación.

- Comprobación del estado general y buen funcionamiento de los conductos de drenaje y de desagüe: inspeccionar cada dos años.

- Inspección general de los elementos que conforman la cimentación: inspección cada

diez años.

Estructura vertical.

- Control del estado de las juntas y la aparición de fisuras o grietas en las paredes y pilares: inspección cada diez años.

- Renovación de las juntas estructurales en las zonas de sellados deteriorado: renovar cada cinco años

Estructura horizontal.

- Control del estado de las juntas y la aparición de fisuras y grietas en los tabiques y

soleras: inspeccionar cada cinco años.

- Control de aparición de lesiones en los elementos de hormigón de la estructura de

cubierta: inspeccionar cada cinco años. - Inspección general de la estructura resistente y del espacio bajo cubierta:

inspeccionar cada cinco años. - Control de aparición de lesiones en los elementos de hormigón de la estructura

horizontal: inspeccionar cada diez años. - Revisión general de los elementos portantes horizontales: inspección cada diez años.

Fachadas.

- Inspección general de los elementos que estanqueidad de los remates y aristas de

las cornisas, balcones, dinteles, cuerpos salientes de la fachada: inspección cada cinco años.

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- Inspección del estado de las juntas y la aparición de fisuras y grietas de los

cerramientos de obra de fábrica de cerámica: inspección cada diez años. - Limpieza de antepechos: cada 6 meses. - Limpieza de superficie de cornisas: cada año. - Comprobación del estado de las condiciones de solidez, anclaje y fijación de

barandas: cada cinco años. - Limpieza de los canales: cada 6 meses. - Renovación del sellado de marcas de ventanas: cada cinco años.

- Inspección general de los acabados de las fachadas: cada diez años.

Fachadas: ventanas, barandillas, rejas y persianas.

- Comprobación del estado de las ventanas y balconeras, su estabilidad y estanqueidad al agua y al aire: cada cinco años.

- Comprobación del sellado de las marcas de la fachada y especialmente con los

vierteaguas: cada cinco años. - Comprobación del estado de los herrajes de las ventanas y balconeras: cada cinco

años. - Limpieza de las ventanas, balconeras, persianas y celosías: cada 6 meses. - Limpieza de las canales y las perforaciones de desagües de las ventanas y

balconeras y limpieza de las guías de las correderas.: cada 6 meses.

- Comprobación del estado de solidez, anclaje y fijación de las barandillas y rejas: cada 5 años.

- Inspección del buen funcionamiento de los elementos móviles de las persianas enrollables: cada año.

- Reposición de cintas de persianas enrollables: cada tres años. - Renovación del sellado de las marcas con la fachada: cada diez años.

Cubiertas.

- Comprobación de la estanqueidad de las juntas de dilatación en la cubierta plana: cada año.

- Eliminación de la vegetación que crece entre la grava con productos herbicidas: cada año.

- Comprobación de la perfecta protección del aislamiento térmico.: cada dos años.

- Inspección de los acabados de las cubiertas: cada tres años. - Inspección de los anclajes y fijaciones de elementos sujetos a las cubiertas como

antenas, pararrayos etc.: cada cinco años.

Divisiones interiores.

- Inspección de los tabiques cerámicos y falsos techos: cada 10 años.

Carpintería interior.

- Inspección de mecanismos y herrajes: cada año. - Renovación de los acabados, pinturas y barnices: cada cinco años. - Renovación del tratamiento contra insectos y los hongos de la madera: cada diez

años.

Instalaciones. Red de evacuación.

- Revisión del estado de los canalones y sumidero: cada año. - Inspección de las evacuaciones horizontales: cada tres años. - Inspección de las bajantes: cada tres años.

- Vertido de agua caliente por desagües: cada mes. - Limpieza de canalones y sumideros de cubierta: cada 6 meses. - Limpieza de arquetas: cada tres años.

Instalaciones. Red de agua.

- Vaciado del depósito del grupo de presión: cada seis meses. - Revisión general del grupo de presión: cada dos años.

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- Limpieza de la válvula de retención, válvula de aspiración y los filtros del grupo:

cada 6 meses. - Limpieza de los sedimentos e incrustaciones del interior de las conducciones: cada

15 años.

Instalaciones. Red de electricidad.

- Inspeccionar la instalación del portero electrónico: cada año.

- Revisión de la antena de control remoto del garaje: cada año. - Inspección del estado de la antena de TV: cada año. - Comprobación de las conexiones de la red de toma de tierra y medida su

resistencia: cada dos años. - Inspección de la instalación de la antena colectiva de TV/FM: cada cuatro años. - Revisión general de la red eléctrica: cada cuatro años.

Medios auxiliares para la ejecución de las operaciones de mantenimiento.

Escaleras de mano, se emplearán para todo tipo de inspecciones que se realicen a una altura

menor de 2 mts. desde el nivel de apoyo.

Andamios metálicos modulares, se emplearán para las inspecciones y reparaciones de los

elementos de fachada en altura como revestimientos, reposición, reparaciones de juntas de dilatación, ventanas, cubiertas, etc.

Normas de prevención para el mantenimiento posterior de lo construido.

Escaleras de mano, en general son de aplicación lo reseñado en el punto 10.2.2. del

presente Pliego.

Andamios metálicos modulares: son de aplicación las normas reseñadas en el punto 10.2.4.

y 10.2.6. del presente Pliego.

Cubiertas.

El personal encargado de la reparación de los elementos de cubierta será conocedor del

sistema constructivo de la misma.

El riesgo de caída, se controlará montando andamios tubulares sobre el pavimento de la planta ático y cumplirán todas las normas contempladas en el presente Estudio de Seguridad.

Se preverán puntos fuertes para anclar el cinturón de seguridad a fin de poder desplazarse por el tejado.

Se suspenderán los trabajos de reparación en cubierta con vientos superiores a 50 Km. /h y

en tiempo lluvioso.

Fachadas.

Todos los elementos de fachadas que deban ser reparados, se ejecutarán por personal

especializado, se emplearán siempre andamios tubulares de los descritos en el presente Pliego.

Se cubrirán las estructuras de andamios con toldos que eviten caída de objetos a

viandantes.

Se prohíbe el uso de borriquetas en balcones o bordes de terrazas. Se prohíbe cualquier

sistema de andamios colgados.

Revestimientos, pavimentos.

El coste de las piezas de pavimento se ejecutará por vía húmeda en evitación de lesiones.

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Las zonas de trabajo tendrán una iluminación mínima de 100 lux.

La iluminación con portátiles, se efectuará con portalámparas estancos con mango aislante, provistos de rejilla protectora y alimentada a 24 voltios.

Las pulidoras y abrillantadoras a utilizar, estarán dotadas de doble aislamiento y dispondrán

de aro de protección antiatrapamiento.

Carpinterías exteriores.

Siempre que sea posible se ejecutarán todas las reparaciones desde el interior de la

edificación en caso contrario se tendrán presente las normas especificadas en el apartado de fachadas.

Se dispondrán anclajes de seguridad para amarrar a ellos los fiadores de los cinturones de seguridad durante las operaciones de sustitución o reparación de ventanas, cristales o

persianas.

Instalación eléctrica.

El montaje, sustitución o reparación de equipos eléctricos, será ejecutado por personal especialista (electricistas).

La iluminación se efectuará con portalámparas estancos y tendrán una luminancia de 100

lux.

Las escaleras de mano a utilizar serán del tipo tijera, dotadas con zapatas antideslizantes y

aislantes y dispondrá de cadena limitadora de apertura.

Las herramientas a utilizar estarán protegidas con material aislante normalizado contra los contactos eléctricos.

Antes de iniciar cualquier reparación, se dejará sin carga todo el circuito, colocando una nota

o pegatina advirtiendo que se está trabajando en el mismo.

Instalaciones de fontanería y aparatos sanitarios.

Se prohíbe el uso de mecheros o sopletes junto a materiales inflamables.

Se prohíbe abandonar los mecheros y sopletes encendidos.

El transporte de material sanitario se efectuará a hombro, se tendrá especial cuidado al

retirar fragmentos o piezas rotas ya que son muy cortantes.

La colocación de aparatos sanitarios será efectuada por dos o más operarios.

Antenas y demás elementos fijados a la cubierta.

Las operaciones de montaje de los componentes, se efectuará a cota interior de la

edificación. Se prohíbe la composición de elementos en altura.

Bajo condiciones meteorológicas extremas, lluvia fuerte, viento, tormentas, etc. se suspenderán los trabajos.

La reparación se hará con plataforma horizontal apoyada sobre cuñas en los planos inclinados de la cubierta.

Se colocarán fiadores para anclar los cinturones de seguridad.

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Condiciones de Índole Económica

Una vez al mes, la Constructora extenderá la valoración de las partidas que en materia de seguridad se hubiesen realizado en la obra; la valoración se hará conforme el Plan y de acuerdo con los precios contratados por la propiedad.

El abono de las certificaciones expuestas en el párrafo anterior se hará conforme se estipule en el

contrato de la obra.

Se tendrá en cuenta a la hora de redactar el presupuesto del Estudio o del Plan, solo las partidas que intervienen como medidas de seguridad y salud, haciendo omisión de medios auxiliares sin los cuales la obra no se podría realizar.

En caso de ejecutar en la obra unidades no previstas en el presupuesto del Plan, se definirán total

y correctamente las mismas, y se les adjudicará el precio de correspondiente, procediéndose para

su abono tal como se indica en los apartados anteriores.

En caso de plantearse una revisión de precios el Contratista comunicará esta proposición a la Propiedad por escrito, procediéndose seguidamente a lo estipulado en el apartado 2.6. de las Condiciones de Índole Facultativo.

Madrid, Enero de 2.010

AUTOR DEL PROYECTO

Fdo.: Carlos Linares Merino

Ingeniero de Caminos, CC y PP Colegiado nº 5.299

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Presupuesto

El presupuesto de seguridad y salud está incluido dentro del presupuesto general de la obra

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Fichas gráficas

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