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RESUMEN DE FASES

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RESUMEN DE FASES

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FASE I: Inscripción del tema de tesis y asignación del asesor

1. Acceda a INTRANET con su código y contraseña, luego diríjase a la opción INTEGRADO

ESPG y seleccione el cuadro SEGUIMIENTO DE TESIS para que sea enviado al sistema.

2. De ser un usuario nuevo, en el recuadro INFORMACIÓN ESTUDIANTE haga clic en PERFIL

USUARIO para actualizar los datos en el sistema.

3. Ingrese su correo electrónico y número de celular, haga clic en GUARDAR.

4. Usted está habilitado para ingresar a la FASE I: INSCRIPCIÓN DEL TEMA DE TESIS Y

ASIGNACIÓN DEL ASESOR y debe llenar la solicitud requerida.

5. Escoja la modalidad: TESIS (Individual) o TRABAJO DE INVESTIGACIÓN (Puede ser

desarrollado por el usuario o hasta un máximo de 3 maestrandos). Los doctorandos

inscribirán el proyecto de manera individual.

6. Luego en LÍNEAS DE INVESTIGACIÓN / ÁREA CONOCIMIENTOS debe llenar las Áreas de

investigación ya registradas, luego la Subárea, Disciplina y una Línea de investigación

como mínimo.

7. A continuación, registre la información requerida y obligatoria del formulario SOLICITUD

DE INSCRIPCIÓN DEL PROYECTO, y adjunte la ficha de inscripción del tema de tesis, luego

guarde y envíe la inscripción del tema de tesis.

8. Posterior a ello, puede realizar el pago bajo dos modalidades: (1) Uso de pasarela de pagos

online (https://net.upt.edu.pe/pasarela/) o (2) Caja postgrado.

9. Una vez validado el tema de investigación, se emite la RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE

INSCRIPCIÓN DEL TEMA DE TESIS Y DESIGNACIÓN DEL ASESOR DEL PROYECTO DE

INVESTIGACIÓN y mediante el sistema se da a conocer al GRADUANDO y ASESOR.

10. El sistema habilita la opción ASESORAMIENTO DEL PROYECTO y se activa el MARCADOR

DEL TIEMPO de asesoramiento (30 días), para que el GRADUANDO elabore el proyecto de

investigación con acompañamiento del ASESOR.

11. El ASESOR emite su informe de conformidad de culminación del proyecto y recomienda

su inscripción.

12. El sistema genera el documento de APROBACIÓN DEL ASESORAMIENTO y este llega al

GRADUANDO para su conocimiento y pueda continuar con la fase II.

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FASE II: Aprobación del proyecto, ratificación del asesor y desarrollo de la tesis

1. El graduando accede al sistema y debe llenar la solicitud de la FASE II: APROBACIÓN DEL

PROYECTO, RATIFICACIÓN DEL ASESOR Y DESARROLLO DE LA TESIS, y hacer clic en la

opción GUARDAR.

2. El PAGO DE CONCEPTOS puede hacerlo mediante dos modalidades: (1) Uso de pasarela

de pagos online (https://net.upt.edu.pe/pasarela/) o (2) Caja postgrado.

3. La ESPG designará mediante resolución al JURADO EVALUADOR del proyecto de tesis.

4. El JURADO EVALUADOR recibe el documento para la EVALUACIÓN DEL PROYECTO y llena

una ficha de evaluación de cumplimiento de criterios. En caso de no cumplirlas, colocará

las observaciones correspondientes.

5. Si hubiera observaciones, se envía al GRADUANDO y tendrá hasta diez días hábiles para

subsanarlas.

6. El GRADUANDO envía a través del sistema el proyecto de investigación corregido para

remitirlo al JURADO EVALUADOR.

7. En caso de estar todo conforme y subsanadas las observaciones, el JURADO EVALUADOR

emite informe favorable del PROYECTO DE INVESTIGACIÓN y se notifica al graduando para

su conocimiento.

8. La ESCUELA DE POSTGRADO recibe los documentos y emite la RESOLUCIÓN de

APROBACIÓN DEL PROYECTO DE TESIS Y RATIFICACIÓN DEL ASESOR, se notifica al

GRADUANDO y se inicia el asesoramiento para el desarrollo de la tesis.

9. El ASESOR y el GRADUANDO elaboran un cronograma de asesoría para establecer los hitos

del avance de tesis.

10. Se habilita al GRADUANDO la opción REGISTRO DE PROYECTO Y ASIGNACIÓN DE ASESOR

y se visualiza la barra de progreso de ASESORAMIENTO DE LA INVESTIGACIÓN por un

plazo de 180 días para el desarrollo de la investigación.

11. El ASESOR mediante sistema emite el INFORME DE CULMINACIÓN DE ASESORAMIENTO

y el INFORME DE ORIGINALIDAD obtenido de la plataforma Turnitin.

12. Culminado este proceso, los documentos mediante sistema son enviados al GRADUANDO

para conocimiento y pueda continuar con la fase III.

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FASE III: Dictamen de tesis

1. El graduando accede al sistema y debe llenar la solicitud de la FASE III: DICTAMEN DE

TESIS, y hacer clic en la opción GUARDAR.

2. El PAGO DE CONCEPTOS puede realizarlo mediante dos modalidades: (1) Uso de pasarela

de pagos online (https://net.upt.edu.pe/pasarela/) o (2) Caja postgrado.

3. La Escuela de Postgrado designa mediante resolución al JURADO INFORMANTE.

4. Mediante sistema se envía la RESOLUCIÓN al GRADUANDO, JURADOS INFORMANTES y a

la UNIDAD DE INVESTIGACIÓN para conocimiento.

5. Cada JURADO INFORMANTE, integrado por dos académicos, mediante el sistema reciben

la tesis para la evaluación correspondiente bajo los criterios de evaluación de la ficha.

6. Si uno o ambos jurados no tienen observaciones, el GRADUANDO recibe en su bandeja el

INFORME Y FICHA DE EVALUACIÓN DE LA TESIS con dictamen favorable.

7. Si uno o ambos jurados realizan observaciones, se emite un INFORME no favorable

detallando sus apreciaciones y llenando la FICHA DE EVALUACIÓN correspondiente.

8. Las observaciones planteadas en el INFORME DE LA INVESTIGACIÓN deberán ser resueltas

por el GRADUANDO dentro de un plazo máximo de 15 días.

9. Subsanadas las observaciones, el GRADUANDO mediante el sistema dará a conocer el

levantamiento de las mismas, para el análisis correspondiente del JURADO INFORMANTE.

10. El JURADO INFORMANTE recibe, revisa, evalúa y procede a emitir el informe

correspondiente.

11. Los informes favorables del JURADO INFORMANTE se notificarán mediante el sistema al

interesado.

12. Con los dos informes favorables del JURADO INFORMANTE se activa el CONTADOR DE

TIEMPO que le permite al GRADUANDO un plazo máximo de 45 días para solicitar la

sustentación de la tesis.

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FASE IV: Sustentación de tesis

1. El graduando accede al sistema y debe llenar la solicitud de la FASE IV: Sustentación de

tesis, adjuntando los requisitos que se exigen en esta fase y hacer clic en la opción

GUARDAR.

2. El PAGO DE CONCEPTOS puede hacerlo mediante dos modalidades: (1) Uso de pasarela

de pagos online (https://net.upt.edu.pe/pasarela/) o (2) Caja postgrado.

3. La unidad correspondiente verifica la conformidad de los requisitos.

4. La ESPG designarán mediante RESOLUCIÓN al JURADO EXAMINADOR de la tesis.

5. Mediante el sistema se hace conocer la RESOLUCIÓN DE DESIGNACIÓN DEL JURADO

EXAMINADOR al GRADUANDO, JURADOS y a la UNIDAD DE INVESTIGACIÓN para

conocimiento. La resolución además de contener el nombre del jurado examinador debe

señalar: fecha, hora y lugar de sustentación (virtual por los protocolos de la COVID-19).

6. El Acto de sustentación se desarrollará de acuerdo al reglamento de investigación.

7. El Acta de sustentación, suscrita por el JURADO y GRADUANDO, y la hoja de observaciones

serán incorporadas al sistema por el secretario del jurado.

8. El JURADO EXAMINADOR aprueba o desaprueba la sustentación de la tesis. La decisión

del jurado es inapelable.

9. Si el resultado de la sustentación de tesis es:

- APROBADA sin observaciones, el GRADUANDO queda expedito para tramitar su

diploma de grado.

- Si la tesis es APROBADA CON OBSERVACIONES, mediante el sistema se hará conocer

al GRADUANDO para que puedan ser levantadas por este mismo medio. Al

levantamiento de las observaciones por el JURADO EXAMINADOR el GRADUANDO

queda expedito para tramitar el diploma de grado.

- En caso de DESAPROBACIÓN de la sustentación de tesis, el JURADO EXAMINADOR

emitirá el acta y la hoja con las observaciones detalladas, que deberán incorporarse al

sistema para conocimiento y levantamiento de las mismas por el GRADUANDO. El

plazo para solicitar nueva fecha de sustentación es de 60 días para lo cual el sistema

activa el CONTADOR DE TIEMPO.

10. El proceso concluye con el ACTA DE APROBACIÓN sin observaciones pendientes;

quedando habilitando el GRADUANDO para tramitar el diploma de grado

correspondiente.

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UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

ESCUELA DE POSTGRADO

REGLAMENTO DE INVESTIGACIÓN DE LA

ESCUELA DE POSTGRADO

TACNA – PERÚ

2021

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Aprobación de documento

Elaboró

Unidad de Investigación

Revisó

Comisión de Investigación

Aprobó

Consejo de la Escuela de Postgrado

Revisión Fecha de revisión Consideraciones para el cambio del

documento

Rev.1 20/12/2019 Por actualización

Rev.2 16/03/2021 Por actualización

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Página 3

CONTENIDO

TÍTULO I ..............................................................................................................................6

DISPOSICIONES GENERALES .................................................................................................6

CAPÍTULO I ...............................................................................................................................6

OBJETO DEL REGLAMENTO......................................................................................................6

CAPÍTULO II ..............................................................................................................................6

DE LA FINALIDAD, OBJETIVOS, BASE LEGAL Y ALCANCE DE LA INVESTIGACIÓN ....................6

TÍTULO II .............................................................................................................................8

DE LAS DISPOSICIONES ESPECÍFICAS .....................................................................................8

CAPÍTULO III .............................................................................................................................8

DEL DESARROLLO DE LA INVESTIGACIÓN................................................................................8

CAPÍTULO IV.............................................................................................................................9

DE LOS LINEAMIENTOS DE LA INVESTIGACIÓN .......................................................................9

CAPÍTULO V ..............................................................................................................................9

DE LOS OBJETIVOS ESPECÍFICOS DE LA INVESTIGACIÓN .........................................................9

CAPÍTULO VI...........................................................................................................................10

DE LA ORGANIZACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN ......................................................................10

CAPÍTULO VII..........................................................................................................................10

DE LA COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN....................................................................................10

CAPÍTULO VIII ........................................................................................................................11

DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN .......................................................................................11

TÍTULO III .......................................................................................................................... 12

DE LA INVESTIGACIÓN INSTITUCIONAL ............................................................................... 12

CAPÍTULO IX ...........................................................................................................................12

DEL DESARROLLO DE LA INVESTIGACIÓN INSTITUCIONAL ...................................................12

CAPÍTULO X ............................................................................................................................14

DE LOS GRUPOS DE INVESTIGACIÓN .....................................................................................14

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CAPÍTULO XI ...........................................................................................................................16

DE LA ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN EN LA ESPG ................................16

TÍTULO IV .......................................................................................................................... 16

DE LA INVESTIGACIÓN CONDUCENTE AL GRADO ACADÉMICO ............................................ 16

CAPÍTULO XII ..........................................................................................................................16

CARACTERÍSTICAS DE LA INVESTIGACIÓN PARA OBTENER EL GRADO DE MAESTRO ..........16

CAPÍTULO XIII .........................................................................................................................18

DE LA INVESTIGACIÓN CONDUCENTE A LA TESIS PARA OBTENER EL GRADO DE MAESTRO O

DOCTOR .................................................................................................................................18

CAPÍTULO XIV ........................................................................................................................19

DE LA ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN CONDUCENTE A LA OBTENCIÓN

DEL GRADO DE MAESTRO O DOCTOR ...................................................................................19

CAPÍTULO XV .........................................................................................................................19

DE LA ELABORACIÓN DEL INFORME DE TESIS CONDUCENTE A LA OBTENCIÓN DEL GRADO

DE MAESTRO O DOCTOR .......................................................................................................19

CAPÍTULO XVI ........................................................................................................................19

DEL PROCEDIMIENTO PARA OBTENER EL GRADO DE MAESTRO O DOCTOR BAJO LA

MODALIDAD DE TESIS ...........................................................................................................19

CAPÍTULO XVII .......................................................................................................................20

INSCRIPCIÓN DEL TEMA DE TESIS Y ASIGNACIÓN DE ASESOR ..............................................20

CAPÍTULO XVIII ......................................................................................................................22

APROBACIÓN DEL PROYECTO DE TESIS Y RATIFICACIÓN DEL ASESOR .................................22

CAPÍTULO XIX.........................................................................................................................24

DESARROLLO DE TESIS CON EL ASESOR ................................................................................24

CAPÍTULO XX ..........................................................................................................................25

DEL PROCEDIMIENTO DE DICTAMEN DE TESIS .....................................................................25

CAPÍTULO XXI.........................................................................................................................27

DEL PROCEDIMIENTO DE SUSTENTACIÓN DE LA TESIS .........................................................27

TÍTULO V ........................................................................................................................... 30

DEL FINANCIAMIENTO ....................................................................................................... 30

CAPÍTULO XXII........................................................................................................................30

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DEL FINANCIAMIENTO DE LA INVESTIGACIÓN ......................................................................30

CAPÍTULO XXIII ......................................................................................................................31

DEL FINANCIAMIENTO INTERNO (INSTITUCIONAL) ..............................................................31

CAPÍTULO XXIV ......................................................................................................................32

DEL COFINANCIAMIENTO (MIXTO) .......................................................................................32

CAPÍTULO XXV .......................................................................................................................32

DEL FINANCIAMIENTO EXTERNO...........................................................................................32

CAPÍTULO XXVI ......................................................................................................................33

DE LOS GASTOS GENERALES ..................................................................................................33

CAPÍTULO XXVII .....................................................................................................................33

DEL PROCEDIMIENTO DE PROYECTOS FINANCIADOS POR LA UPT Y PROYECTOS

COFINANCIADOS ....................................................................................................................33

CAPÍTULO XXVIII ....................................................................................................................34

DEL INFORME FINAL ..............................................................................................................34

TÍTULO VI .......................................................................................................................... 35

DISPOSICIONES FINALES .................................................................................................... 35

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REGLAMENTO DE INVESTIGACIÓN DE LA ESCUELA DE POSTGRADO

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

La Escuela de Postgrado (ESPG) es la unidad académica del más alto nivel encargada de lograr la

especialización de profesionales e investigadores que contribuyan al desarrollo social,

económico, cultural y científico a nivel regional, nacional e internacional. La ESPG está bajo la

conducción de un director y cuyas atribuciones son prerrogativas análogas a la de un decano. La

unidad tiene autonomía académica, administrativa y de gobierno; asimismo, ofrece programas

de doctorado, maestría, diplomado y cursos especializados.

CAPÍTULO I

OBJETO DEL REGLAMENTO

Art. 1 El presente reglamento tiene por objeto normar y regular la organización y desarrollo

de la función de investigación, así como de las actividades que la integran y son

realizadas por el personal académico, estudiantes de maestría y doctorado de la ESPG

de la Universidad Privada de Tacna (UPT). Sus disposiciones son de observancia

obligatoria y de aplicación en la unidad académica.

CAPÍTULO II

DE LA FINALIDAD, OBJETIVOS, BASE LEGAL Y ALCANCE DE LA INVESTIGACIÓN

Art. 2 La investigación es un acto intrínseco de la comunidad universitaria representada por

sus docentes, estudiantes y egresados de la ESPG. La Escuela de Postgrado incentiva en

los diversos ámbitos, tipos y niveles la investigación, según las prioridades enmarcadas

en las líneas de investigación propuestas por la Comisión de Investigación de la Escuela

de Postgrado, alineadas a las de la universidad.

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Art. 3 La investigación científica, humanística y tecnológica en la Escuela de Postgrado de la

Universidad Privada de Tacna está orientada por los siguientes propósitos:

a) La búsqueda, análisis y comprensión de hechos y fenómenos naturales, económicos,

políticos, culturales, tecnológicos y de la vida social que aporten nuevos conocimientos,

enriquecen el saber y constituyen un vehículo para el desarrollo intelectual del

individuo, propiciando una mejora en la creación, renovación e innovación individual y

colectiva.

b) La generación del conocimiento científico sobre los diversos procesos naturales,

sociales, económicos, políticos, culturales y tecnológicos para contribuir al

conocimiento o a la solución de los problemas existentes en el entorno local, regional,

nacional e internacional.

Art. 4 Los objetivos generales de la investigación son:

a) Buscar la creación y reconstrucción del conocimiento que permita comprender la

realidad social, contribuyendo a la solución de los problemas educativos, sociales,

tecnológicos, políticos, culturales y económicos a nivel local, regional, nacional e

internacional y su interacción con el Estado.

b) Generar y promover la aplicación de conocimientos para contribuir de manera activa y

permanente en el desarrollo local, regional y nacional, impulsando el vínculo entre la

investigación, la docencia y el aprendizaje para alcanzar los fines de formación

posprofesional de la institución.

c) Contribuir al desarrollo del conocimiento, la innovación, la mejora de la calidad de vida

de los ciudadanos y la competitividad de las empresas; perfeccionando la investigación

científica, tecnológica y humanística a través de la formación de investigadores;

atendiendo la investigación básica y aplicada.

Art. 5 La base legal que sustenta este reglamento está constituido por:

- Ley Universitaria N° 30220.

- Reglamento de Registro Nacional de Trabajos de Investigación (Renati).

- Estatuto de la Universidad Privada de Tacna.

- Reglamento General de la Universidad Privada de Tacna.

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- Reglamento de Matrícula, Estudios y Evaluación de la UPT.

- Reglamento General de Grados y Títulos de la UPT.

- Reglamento de Investigación, Innovación y Tecnología de la UPT.

- Código de ética en la investigación de la UPT.

- Reglamento del comité de ética en la investigación de la UPT.

Art. 6 Están comprendidos en el alcance del presente reglamento: El Consejo de Escuela,

Dirección, Secretaría Académica Administrativa, Unidad de Investigación, docentes,

estudiantes y administrativos de la ESPG, así como aquellas personas y dependencias de

la UPT que tienen relación directa e indirecta con el desarrollo de los programas y cursos

de postgrado en todas sus modalidades.

TÍTULO II

DE LAS DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

CAPÍTULO III

DEL DESARROLLO DE LA INVESTIGACIÓN

Art. 7 La investigación en la Escuela de Postgrado se da a nivel de:

- Investigación institucional: Para los grupos de investigación, según el artículo 34,

capítulo XI del Reglamento de Investigación, Innovación y Tecnología de la

Universidad Privada de Tacna.

- Investigación conducente a la tesis para obtener el grado académico de maestro o

doctor: Dirigido a los egresados de los programas de maestría y doctorado para la

obtención del diploma de grado, a través de procedimientos y alternativas normadas

en el presente reglamento.

- Investigación conducente al trabajo de investigación para obtener el grado

académico de maestro: Dirigido a los egresados de los programas de maestría para

la obtención del diploma de grado, a través de procedimientos para el desarrollo de

una investigación aplicada.

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CAPÍTULO IV

DE LOS LINEAMIENTOS DE LA INVESTIGACIÓN

Art. 8 La investigación que efectúen los grupos de investigación se realizará en función a las

líneas de investigación y temas considerados en cada programa de maestría y

doctorado.

Art. 9 Las líneas de investigación resultan del diagnóstico que se debe llevar a cabo cada dos

años.

Art. 10 La investigación que realicen los maestrandos y doctorandos, conducente a la tesis de

grado, se deberá enmarcar en las líneas de investigación y temas previstos en cada

programa.

Art. 11 Las investigaciones independientes a las líneas definidas en cada programa se podrán

realizar luego de ser evaluadas por parte de la Comisión de Investigación.

CAPÍTULO V

DE LOS OBJETIVOS ESPECÍFICOS DE LA INVESTIGACIÓN

Art. 12 Los objetivos específicos de la investigación son:

a) Promover la especialización y la investigación en los estudiantes de maestría y

doctorado de la ESPG, que coadyuven a enriquecer el nivel académico y cultural en la

Escuela de Postgrado, la universidad y la sociedad en general.

b) Generar conocimientos que incidan en perfeccionar el nivel académico y cultural de la

Escuela de Postgrado, permitiendo la especialización de graduados comprometidos con

el desarrollo sostenible.

c) Impulsar la capacitación y actualización continua de los docentes de la Escuela de

Postgrado.

d) Impulsar la mejora continua y el cumplimiento de los estándares y criterios en materia

de investigación en los ámbitos académicos y administrativos de la Escuela de

Postgrado.

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e) Promover la cultura académica de investigación como un instrumento fundamental de

las estrategias del proceso de enseñanza y aprendizaje.

f) Conformar los espacios y medios para que la Escuela de Postgrado promueva de manera

fundamental el desarrollo de la investigación científica, tecnológica y humanista en el

entorno local, regional, nacional e internacional.

g) Difundir los resultados de la investigación a través de la presentación de una publicación

en revista indexada internacional según el trabajo de tesis desarrollado.

h) Promover la visibilidad a través de artículos de revista, informes de investigación,

congresos, tesis doctorales, prepublicaciones (preprints), presentaciones, documentos

multimedia, entre otras formas de las cuales se deriva la investigación.

CAPÍTULO VI

DE LA ORGANIZACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN

Art. 13 La Escuela de Postgrado de la Universidad Privada de Tacna cuenta con una Comisión de

Investigación encargada de proponer políticas, lineamientos generales y específicos. La

Unidad de Investigación forma parte de la organización y propone estrategias que

fortalecerán la articulación y operación de la función de investigación.

CAPÍTULO VII

DE LA COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN

Art. 14 La Comisión de Investigación de la Escuela de Postgrado de la Universidad Privada de

Tacna está conformada por:

- El presidente de la comisión, a cargo del director de la Escuela de Postgrado.

- La secretaría técnica, a cargo del coordinador de la Unidad de Investigación.

- La Secretaría Académica Administrativa de la ESPG.

- Los representantes de la ESPG acreditados por las facultades.

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- Los docentes investigadores invitados por la Dirección de la ESPG.

Art. 15 La Comisión de Investigación tendrá mínimamente dos reuniones de trabajo por

semestre.

Art. 16 Son atribuciones de la Comisión de Investigación de la Escuela de Postgrado:

a) Proponer, analizar y discutir los lineamientos y acciones correspondientes a la

investigación científica en la ESPG.

b) Proponer e impulsar la política de capacitación en investigación científica que se

desarrolle en la Escuela de Postgrado en el ámbito de los docentes y estudiantes de

maestría y doctorado.

c) Opinar sobre la plana docente en investigación de la Escuela de Postgrado de la

Universidad Privada de Tacna.

d) Fomentar la difusión, publicación y producción intelectual en la Escuela de Postgrado.

e) Opinar sobre cualquier situación o aspecto que se presente y que esté vinculado a las

actividades de investigación dentro de la Escuela de Postgrado.

CAPÍTULO VIII

DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

Art. 17 La Unidad de Investigación agrupa a docentes, estudiantes de maestría y doctorado, y

graduados de diversas disciplinas en razón del desarrollo de la investigación humanista,

económica, cultural, política, científica y tecnológica. Se encuentra bajo la conducción

de un coordinador, de acuerdo al estatuto y será designado por el director de la ESPG.

Art. 18 A través de la Unidad de Investigación de la Escuela de Postgrado se busca:

a) La actualización y difusión de los conocimientos científicos por medio de diversos

eventos de capacitación.

b) La realización de la investigación en las áreas propias de los programas de maestría y

doctorado.

c) La preparación y capacitación de investigadores.

d) Mejorar los servicios que demande la orientación de tesis y trabajos de investigación

que realizan los maestrandos y doctorandos.

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e) La publicación de los trabajos de investigación según reglamento.

Art. 19 Son funciones de la Unidad de Investigación de la ESPG:

a) Promover la elaboración de proyectos de investigación sobre materias en las líneas de

investigación definidas por la Escuela de Postgrado y que estén en estrecha relación con

las materias consideradas en los programas de maestría y doctorado.

b) Informar mensualmente al director de la Escuela de Postgrado, a través de su

coordinador, el avance de los proyectos de investigación en curso, las investigaciones

concluidas y los nuevos proyectos de investigación.

c) Captar recursos externos para el desarrollo de los proyectos de investigación, a través

de fondos concursables.

d) Incentivar el desarrollo de estudios, proyectos e investigaciones compatibles con las

prioridades establecidas en los planes nacionales y regionales de desarrollo, en

coordinación con los organismos competentes de la formulación de la política nacional

o regional de ciencia y tecnología.

e) Coordinar la especialización de docentes de alto nivel académico en investigación para

conducir las labores de investigación y desarrollo que requiere el país.

f) Promover en colaboración con las instituciones, empresas y centros de producción la

resolución de problemas concretos surgidos de la necesidad de adaptar o desarrollar

tecnologías que requieren la región y el país.

g) Proporcionar asistencia técnica a las instituciones que lo soliciten.

h) Las demás que le señalan el Estatuto de la Universidad Privada de Tacna y los

reglamentos correspondientes.

TÍTULO III

DE LA INVESTIGACIÓN INSTITUCIONAL

CAPÍTULO IX

DEL DESARROLLO DE LA INVESTIGACIÓN INSTITUCIONAL

Art. 20 La Escuela de Postgrado promueve el desarrollo de proyectos de investigación, difusión

y aplicación de sus resultados, a través de grupos o equipos de trabajo interdisciplinarios

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conformados por sus docentes, estudiantes y graduados, a los que se sumarán

profesionales del medio.

Art. 21 Las líneas de investigación de la Escuela de Postgrado serán propuestas por la Comisión

de Investigación y podría invitarse a investigadores en determinadas áreas para que

dichas líneas sean aprobadas por el Consejo de la Escuela de Postgrado. Estas líneas

deberán pasar por un proceso permanente de evaluación que determine su

consistencia, que será fruto de un diagnóstico que se deberá llevar a cabo cada dos años.

Art. 22 La Escuela de Postgrado de la Universidad Privada de Tacna apoya prioritariamente los

proyectos que forman parte de las líneas de investigación, las cuales irán en

concordancia con las tendencias locales, regionales, nacionales e internacionales.

Art. 23 Los criterios de priorización para los proyectos de investigación son los siguientes:

a) Las investigaciones responderán a la profundización del conocimiento o resolución de

un problema específico de la institución, la localidad, región o país.

b) La investigación responderá a los problemas del campo económico, social, político,

humanístico, artístico, científico o tecnológico.

c) La investigación tendrá un enfoque en la promoción del desarrollo sostenible y

preferentemente dirigido al entorno institucional, regional, nacional e internacional. En

estas investigaciones deberán ser factibles de medir tanto el efecto o el impacto de los

resultados obtenidos.

d) Deberán propiciar el inicio de procesos de generación de nuevas expectativas de

investigación en lo posible con apoyo financiero externo.

Art. 24 Para la propuesta de los investigadores por parte de la Dirección de la ESPG al

Vicerrectorado de Investigación, se tendrá en cuenta lo siguiente:

a) Podrán ser candidatos para ser acreditados como investigadores, quienes produzcan

investigaciones, contribuyan a la formación de grupos de investigación consolidados,

participen en la elaboración de proyectos de investigación, difundan la investigación o

produzcan trabajos que permitan ser patentados.

b) Los aspirantes que no pertenezcan a la comunidad universitaria de la Escuela de

Postgrado podrán ser candidatos siempre y cuando hayan prestado sus servicios por

más de un año bajo cualquier modalidad en el desarrollo o asesoría de la investigación;

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o sean investigadores de reconocida trayectoria debidamente presentados por el

director de la Escuela de Postgrado.

c) Podrán ser propuestos como investigadores de la Escuela de Postgrado los maestros o

magísteres y doctores pertenecientes a un centro de investigación del país o del

extranjero.

d) Estar registrado como investigador según el Reglamento de calificación, clasificación y

registro de los investigadores del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación

Tecnológica - Reglamento Renacyt vigente.

e) La Unidad de Investigación remitirá la relación actualizada de investigadores candidatos

a la Dirección de la Escuela de Postgrado y al Vicerrectorado de Investigación de la

Universidad Privada de Tacna.

f) Cada docente investigador (DI) actualizará su currículo CTI Vitae (otrora DINA) en un

periodo no mayor a tres meses e informará a la Unidad de Investigación de la ESPG y,

posteriormente, al Vicerrectorado de Investigación de la Universidad Privada de Tacna.

CAPÍTULO X

DE LOS GRUPOS DE INVESTIGACIÓN

Art. 25 Un grupo de investigación (GI) está constituido por docentes, estudiantes y egresados

que se reúnen con fines de investigación. Está conformado por un investigador principal

que conduce el proyecto de investigación, docentes coinvestigadores, investigadores

visitantes, estudiantes y egresados de posgrado de distintos programas académicos. Sus

actividades de investigación serán coordinadas por la Unidad de Investigación de la ESPG

y el Vicerrectorado de Investigación de la UPT. Los cargos considerados en el grupo de

investigación son:

- Docente investigador principal (DIP). Son los docentes de la Universidad Privada

de Tacna con el grado de maestro o doctor. Propone, formula y gestiona el proyecto

hasta su efectiva culminación. El docente investigador principal es, por tanto, el

responsable de todos los aspectos asociados con el diseño, presentación, ejecución,

validación, informes y entrega de resultados del proyecto ante la institución.

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- Coinvestigador. Son investigadores que comparten la responsabilidad del

investigador principal en la conducción de un proyecto en ejecución. También se

les denomina investigadores asociados. Son docentes de la UPT inscritos en el CTI

Vitae (otrora DINA), y forman parte del grupo de investigación (GI) que desarrolla

un proyecto en ejecución.

- Investigador visitante. Son profesionales de destacada trayectoria en investigación

quienes sin ser docentes de la UPT desarrollan labores específicas en el Instituto, o

integran grupos de investigación a invitación del investigador principal en

condiciones establecidas para tal fin.

- Investigadores estudiantes y egresados: Son aquellos que se encuentran en

formación, especialización profesional con aprobación de los cursos básicos de

investigación (estadística, informática básica o metodología de la investigación) o

habiendo concluido sus estudios forman parte de grupos de investigación con

proyectos en ejecución. Las tareas a realizar serán proporcionadas por el

investigador principal del Gl. Pueden ejecutar investigaciones con fines de grado o

título, que tributen a proyectos en ejecución bajo la supervisión del investigador

principal.

- Investigadores aprendices de la comunidad: Son aquellos ciudadanos con

educación superior (universitaria y no universitaria) que, con el propósito de

democratizar la investigación y fortalecer la línea de proyección social, participan

en equipos de investigación de la Escuela de Posgrado, bajo la supervisión del

investigador principal y el grupo de investigación.

Art. 26 Un grupo de investigación debe estar integrado por tres investigadores como mínimo.

Puede o no tener investigadores visitantes o investigadores estudiantes y egresados en

áreas afines del conocimiento. Su labor es en una línea relacionada con su especialidad

y su nacimiento responde a la presentación de un proyecto de investigación aprobado

por el Consejo de la ESPG y la oficina de Procesos de Investigación y Transferencia

Tecnológica (PITT), luego de la evaluación del mismo por un jurado externo o interno y

la expedición de la resolución correspondiente.

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Art. 27 Las actividades del grupo de investigación serán coordinadas por la Unidad de

Investigación y supervisadas por la oficina de Procesos de Investigación y Transferencia

Tecnológica (PIIT).

Art. 28 Los miembros de un grupo de investigación en actividad se comprometen a entregar un

artículo científico al año para su publicación en revistas indizadas. Asimismo, a la

participación como ponentes en foros, simposios, congresos, ciclos de conferencias, por

lo menos una vez al año. Una vez concluida la investigación, el grupo elevará el informe

pertinente para su difusión.

CAPÍTULO XI

DE LA ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN EN LA ESPG

Art. 29 La elaboración del proyecto de investigación institucional por iniciativa de un grupo de

investigación, miembros de la comunidad académica de los docentes o estudiantes de

maestría y doctorado, debe ser coherente con las líneas de investigación de la ESPG y

las líneas matrices de la UPT, siguiendo el esquema que se muestra en el anexo 1.

TÍTULO IV

DE LA INVESTIGACIÓN CONDUCENTE AL GRADO ACADÉMICO

CAPÍTULO XII

CARACTERÍSTICAS DE LA INVESTIGACIÓN PARA OBTENER EL GRADO DE MAESTRO

Art. 30 Para obtener el grado académico de maestro se elabora una tesis o un trabajo de

investigación que evidencia que se ha alcanzado el perfil de egreso del programa al que

se pertenece:

a) En maestrías de especialización, la tesis o trabajo de investigación deberá mostrar

la apropiación de conocimientos y el desarrollo de competencias para la solución

innovadora de problemas disciplinarios, interdisciplinarios o profesionales; para el

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análisis de situaciones particulares que favorezcan la mejora del quehacer

profesional.

b) En maestrías de investigación o académicas, la tesis o trabajo de investigación

deberá evidenciar el desarrollo de competencias científicas o creativas propias del

investigador, del creador o del intérprete artístico, así como la profundidad teórica,

disciplinaria y metodológica del campo del saber propio de la maestría. La

sustentación de la tesis de investigación será en las áreas que priorice el programa.

Art. 31 Para obtener el grado académico de maestro pueden elaborarse tesis o trabajo de

investigación:

a) Tesis. Identifica y contribuye a cerrar una brecha del conocimiento a partir de un

análisis de fuentes de información académica, actual y pertinente. Utiliza principios

de investigación establecidos.

b) Trabajo de investigación. Identifica y contribuye a cerrar una brecha de

conocimiento necesario para determinar cómo cumplir con una necesidad práctica,

a partir de un análisis de fuentes de información apropiadas, actuales y pertinentes;

y utilizando metodologías que sustenta como apropiadas para su objetivo. El

trabajo de investigación es aquel que transforma el conocimiento puro en

conocimiento práctico, por lo que debe ser ejecutable. Entre ellos tenemos:

Investigación aplicada y artículo científico.

b.1 Investigación aplicada

- Para la elaboración del proyecto de tesis de investigación aplicada

conducente a la obtención del grado de maestro debe seguir el esquema del

anexo 4.

- Para la elaboración del informe de tesis aplicada conducente a la obtención

del grado de maestro debe seguir el esquema del anexo 7.

b.2 Artículo científico

El maestrando debe de figurar como investigador principal con afiliación UPT y

debe de ceñirse a los esquemas sugeridos por las revistas indizadas, entre ellas:

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- Incluye como máximo tres maestrandos: Scopus, Web of Science, Wiley,

IEEE Xplore, Mathematical Reviews, Medline, SPIE Digital Library, McGraw-

Hill, Springer.

- Incluye como máximo dos maestrandos: Taylor & Francis Group, EconLit,

ProQuest, Bentham Science.

- Incluye un maestrando: SciELO, DOAJ, Redalyc, Latindex (catálogo 2.0).

Art. 32 El número máximo de integrantes de un grupo de trabajo de investigación es de hasta

tres maestrandos, mientras que una tesis solo puede ser elaborada, presentada y

sustentada de manera individual.

CAPÍTULO XIII

DE LA INVESTIGACIÓN CONDUCENTE A LA TESIS PARA OBTENER EL GRADO DE

MAESTRO O DOCTOR

Art. 33 Los estudios que realizan los maestrandos y doctorandos en la Escuela de Postgrado

conducen a la obtención de los grados académicos respectivos y para ello deberán

desarrollar, sustentar públicamente y lograr la aprobación de su tesis.

Art. 34 La tesis representa el aporte intelectual de los maestrandos y doctorandos. Consistirá en

la elaboración de una investigación original en la que se genere conocimiento

metodológicamente desarrollado, de manera que constituya un ejercicio creativo, por

lo que identifica y contribuye a cerrar una brecha a partir de un análisis de fuentes de

información académicas actuales y pertinentes.

Art. 35 Las tesis deberán estar dentro de las líneas de investigación, definidas por la Comisión

de Investigación y la Unidad de Investigación de la ESPG, aprobadas por el Consejo de

Escuela de Postgrado.

Art. 36 Las tesis para la obtención del grado de maestro o doctor serán desarrolladas

individualmente. Contará con la orientación de un asesor, quien tendrá la

corresponsabilidad de la autoría y ejecución de la investigación en todas sus etapas.

Art. 37 Las tesis que se ejecuten a través de un convenio interinstitucional aprobado por

resolución se priorizarán.

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CAPÍTULO XIV

DE LA ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN CONDUCENTE A LA

OBTENCIÓN DEL GRADO DE MAESTRO O DOCTOR

Art. 38 La elaboración del proyecto de investigación básica (pura o fundamental) conducente a

la obtención del grado de maestro o doctor debe seguir el esquema del anexo 3A o

anexo 3B; y, para el proyecto de investigación aplicada, el esquema a utilizar será el

anexo 4.

Art. 39 Los aspectos formales a considerar en la presentación del proyecto de tesis se

encuentran en el anexo 5. El modelo de carátula para el proyecto de tesis se encuentra

en el anexo 11.

CAPÍTULO XV

DE LA ELABORACIÓN DEL INFORME DE TESIS CONDUCENTE A LA OBTENCIÓN DEL

GRADO DE MAESTRO O DOCTOR

Art. 40 La elaboración del informe de investigación básica conducente a la obtención del grado

de maestro o doctor debe seguir la estructura que se muestra en el anexo 6A o anexo

6B; y, para la investigación aplicada, el esquema a utilizar será del anexo 7.

Art. 41 Los aspectos formales a considerar en la presentación del informe de tesis se encuentran

en el anexo 8. El modelo de carátula a utilizar para el informe final de tesis se encuentra

en el anexo 12.

CAPÍTULO XVI

DEL PROCEDIMIENTO PARA OBTENER EL GRADO DE MAESTRO O DOCTOR BAJO LA

MODALIDAD DE TESIS

Art. 42 Se debe seguir el siguiente procedimiento: (1) Presentación de la solicitud de inscripción

del tema de tesis y solicitud de asignación de asesor, (2) formulación del proyecto de

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tesis y ratificación del asesor, (3) dictamen favorable de la tesis y (4) sustentación de la

tesis con aprobación como mínimo por mayoría.

Todo trámite del procedimiento de graduación se hará previa verificación de no contar

con deuda. Las notificaciones se realizarán por correo electrónico el cual es declarado

por el tesista en el formulario único de trámite (FUT) o cualquier medio digital.

CAPÍTULO XVII

INSCRIPCIÓN DEL TEMA DE TESIS Y ASIGNACIÓN DE ASESOR

Art. 43 El maestrando o doctorando que solicite la inscripción del tema de tesis y asignación de

asesor pasados tres años desde su egreso, deberá solicitar amnistía académica,

cancelando los derechos correspondientes. La amnistía académica tiene una duración

de tres años a partir de la emisión de la resolución directoral que la aprueba.

Art. 44 La inscripción del tema de tesis es individual y procederá su inscripción a partir de la

matrícula en el segundo ciclo de la maestría o cuarto ciclo del doctorado.

Art. 45 El proceso para la obtención del grado de maestro o doctor se inicia con la presentación

de un FUT dirigido al director de la Escuela de Postgrado, solicitando la inscripción del

tema de tesis y designación del asesor de tesis adjuntando un ejemplar de la ficha de

inscripción del tema de tesis. Se recomienda una extensión que puede variar de entre

cinco a diez páginas, a espacio y medio, utilizando como esquema el anexo 2. El archivo

será en una versión digital que contenga el documento en formato Word y PDF, el

documento de pago correspondiente a la primera fase de inscripción del tema de tesis

y la solicitud de asignación de asesor.

Art. 46 En Secretaría de Dirección se verificará que el tesista no tenga deuda económica, se

registrará la solicitud y luego la derivará a la Unidad de Investigación de la ESPG, previo

proveído de la Dirección de la ESPG.

Art. 47 La Unidad de Investigación de la ESPG emitirá su reporte en el formato de informe de

investigación, en el cual se evaluará la duplicidad del tema y, posteriormente, realizará

la apertura del expediente del tesista.

Art. 48 En caso de encontrarse similitud en el título de la tesis, la Unidad de Investigación

comunicará al tesista para que proceda a cambiar el tema de tesis. En caso que el tesista

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no quiera subsanar lo observado, se procederá a informar a la Dirección de la ESPG y,

en segunda instancia, al comité de ética de investigación para que en dichas instancias

se tomen las acciones correspondientes.

Art. 49 El tesista puede sugerir a su asesor, quien debe tener como mínimo el grado de magíster

y registrado en el CTI Vitae (otrora Dina) para los graduandos de maestro. Para el caso

de los graduandos a doctor, el asesor debe tener como mínimo el grado de doctor, de

nacionalidad peruana o extranjera, inscritos en CTI Vitae (otrora DINA) o Renacyt, contar

con el código Orcid que permite identificar de manera personal la producción científica

del investigador, registro de Certificación de Conducta Responsable en Investigación

(CRI), además de certificar en el CTI Vitae un mínimo de tres asesorías de tesis

concordante al grado académico de maestría o doctorado, según corresponda. En caso

contrario, la Dirección de la ESPG le asignará el asesor de acuerdo a la línea de

investigación.

Art. 50 De no encontrarse duplicidad en el tema de tesis, la Unidad de Investigación realiza la

derivación a la Dirección de la ESPG para que se emita la resolución directoral de

inscripción del tema de tesis y designación del asesor. Una vez inscrito el tema de tesis,

el tesista y su asesor tendrán hasta 30 días hábiles para elaborar el proyecto de tesis. El

plazo puede ser ampliado hasta 15 días hábiles más, previo informe del asesor y a

solicitud del interesado (FUT), presentado antes del plazo establecido. Al término de los

plazos mencionados si no se presenta el proyecto de tesis, el asesor informará el o los

motivos por los que no se llegó a inscribir el proyecto de tesis; en consecuencia, el

trámite volverá a foja cero, debiendo el tesista presentar otro tema de tesis.

Art. 51 El proyecto de tesis es personal y conforme a la estructura mostrada en el anexo 3A, y

anexo 3B para investigación básica, y anexo 4 para investigación aplicada. El tesista

procede a elaborar el proyecto de tesis con la asistencia y recomendaciones del asesor.

El asesor enviará un informe de conformidad de culminación del proyecto a la Dirección

de la ESPG recomendando la continuación del proceso de obtención del grado

académico.

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CAPÍTULO XVIII

APROBACIÓN DEL PROYECTO DE TESIS Y RATIFICACIÓN DEL ASESOR

Art. 52 El maestrando o doctorando solicitará la revisión de su proyecto de tesis, adjuntando un

ejemplar del mismo en formato Word y PDF, adjuntando el documento de pago

correspondiente a la segunda fase de aprobación del proyecto de tesis y ratificación del

asesor, agregando copia del informe de culminación de elaboración del proyecto de

tesis. El proyecto de tesis a presentar cumplirá con los esquemas y formalidades, de

acuerdo a los anexos del presente reglamento. En Secretaría de Dirección se verificará

que no tenga deuda económica, se registrará la solicitud y luego la remitirá a la

Secretaría Académica Administrativa de la ESPG.

Art. 53 El asistente de Secretaría Académica Administrativa procederá a emitir su informe en el

formato correspondiente y derivará el expediente a la Unidad de Investigación de la

ESPG.

Art. 54 La Unidad de Investigación de la ESPG emitirá su reporte en el formato de informe de

investigación, evaluándose lo siguiente: Duplicidad y estructura del proyecto de tesis, y

expediente del solicitante.

Art. 55 La Unidad de Investigación, en caso de encontrar similitud en el documento de tesis,

procederá a comunicar al tesista para que proceda a subsanar las observaciones

correspondientes. En caso que el tesista no quiera subsanar lo observado, se procederá

a informar del caso al comité de ética de investigación para que en dicha instancia se

tomen las acciones correspondientes.

Art. 56 La Secretaría Académica Administrativa revisa los informes académico, económico y de

investigación para la designación del jurado evaluador del proyecto de tesis. En casos

excepcionales, a petición de Secretaría Académica Administrativa, Caja de la ESPG

procederá a emitir un informe en el formato de informe económico.

Art. 57 La Dirección y Secretaría Académica Administrativa de la ESPG designarán mediante

resolución al jurado evaluador del proyecto de tesis, confiriéndole la atribución de

revisar y evaluar el proyecto de tesis.

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Art. 58 La Unidad de Investigación procederá a remitir al jurado evaluador un ejemplar del

proyecto de tesis, la resolución correspondiente y la ficha de evaluación; y archiva el

expediente, haciéndose responsable de su conservación.

Art. 59 El jurado evaluador deberá llenar la ficha de evaluación del proyecto de tesis para emitir

un informe sobre el proyecto en un plazo no mayor de diez días hábiles, considerados a

partir de la recepción.

Art. 60 En caso que el jurado evaluador no remita la ficha de evaluación del proyecto de tesis y

el Informe de evaluación del proyecto de tesis en el plazo indicado, el maestrando o

doctorando podrá solicitar el cambio del jurado evaluador presentando un FUT a la

Dirección de la ESPG para la emisión de la resolución correspondiente.

Art. 61 Si el informe y evaluación del proyecto de tesis presenta observaciones, estas deberán

ser absueltas en un máximo de dos oportunidades y presentarlas dentro de los diez días

hábiles siguientes de ser notificado el tesista vía correo electrónico institucional o

personal; en caso contrario, se determinará como concluido el procedimiento

administrativo, debiendo inscribir otro tema de tesis.

Art. 62 Subsanadas las observaciones, el tesista presentará una solicitud dirigida al director de

la Escuela de Postgrado solicitando el levantamiento de las observaciones por parte del

jurado evaluador, adjuntando un ejemplar en versión digital del proyecto corregido. Si

en las observaciones se contempla el cambio de título, se procederá a emitir la

resolución correspondiente, previo informe del jurado evaluador.

Art. 63 El jurado evaluador en un plazo único no mayor de diez días hábiles, contados a partir

de la recepción del proyecto corregido, procederá a dar su conformidad o no en el

formato de informe de evaluación del levantamiento de observaciones al proyecto hasta

en dos ocasiones, de ser el caso. Recibido el informe favorable del jurado evaluador, se

procederá a disponer mediante resolución directoral la inscripción y el registro del

proyecto, cuya responsabilidad es de la Unidad de Investigación de la ESPG. El proyecto

de tesis tendrá una vigencia de dos años para su desarrollo y sustentación de la tesis,

contados a partir de la fecha de inscripción. Al término de los plazos mencionados, si no

se culmina con el desarrollo de la tesis, el trámite volverá a foja cero, debiendo el tesista

presentar otro tema de tesis por falta de pertinencia y vigencia de la investigación.

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Art. 64 Si el jurado evaluador emite opinión no favorable del proyecto de tesis, el maestrando o

doctorando tiene la opción de presentar hasta dos propuestas adicionales alternativas

del proyecto de tesis para su calificación en un periodo no mayor a un año desde la

inscripción del primer proyecto. Agotadas las propuestas adicionales, se tendrá que

iniciar nuevamente el trámite con un nuevo registro de inscripción del tema de tesis y el

documento de pago correspondiente.

CAPÍTULO XIX

DESARROLLO DE TESIS CON EL ASESOR

Art. 65 Una vez aprobado el proyecto de tesis de maestría o doctorado, el tesista y su asesor

tendrán hasta seis meses para el desarrollo de la tesis y utilizando el software Turnitin,

para evitar el plagio de trabajos de investigación. El tesista coordinará con la Unidad de

Investigación para el control del índice de similitud, el que será del 30% como porcentaje

máximo.

Art. 66 El plazo puede ser ampliado seis meses más, si las características de la tesis lo ameritan,

previo informe del asesor de tesis y a solicitud del interesado (FUT), presentado antes

del vencimiento del primer plazo establecido. Si al término de los plazos mencionados

no se presenta la tesis, el trámite volverá a foja cero debiendo el tesista presentar otro

tema de tesis.

Art. 67 Para cualquier modificación en el título de la tesis, el tesista deberá presentar un FUT

solicitando el cambio del título, previa aprobación del asesor, quien deberá elevar un

informe a la Dirección de la ESPG para efectos de emitir la resolución de cambio de título

en el registro correspondiente.

Art. 68 La tesis se da por concluida cuando el asesor remite a la Dirección de la ESPG el informe

de culminación de asesoramiento, informe del cronograma de asesoría y el informe de

originalidad que emite la plataforma Turnitin.

Art. 69 En el caso de no haber tomado contacto con el asesorado en el lapso de un mes, se dará

por concluido el procedimiento de asesoramiento, declarando en abandono el

desarrollo de la tesis mediante resolución directoral.

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Art. 70 En caso que el tesista no sea atendido por el asesor en el lapso de un mes para la

ejecución del trabajo, este podrá solicitar el cambio del asesor presentando un FUT a la

Dirección de la ESPG para la emisión de la resolución correspondiente.

CAPÍTULO XX

DEL PROCEDIMIENTO DE DICTAMEN DE TESIS

Art. 71 El tesista solicita la designación del jurado informante, quien dictaminará la tesis

adjuntando el archivo digital de la tesis, copia del informe del asesor y el documento de

pago correspondiente a la tercera fase del dictamen de tesis.

Art. 72 La Dirección de la Escuela y Secretaría Académica Administrativa emitirán una resolución

nombrando al jurado informante, previa evaluación de la documentación, según

informe de la Unidad de Investigación, en el cual se verificará también la originalidad del

trabajo de investigación, mediante la plataforma Turnitin, y en un plazo máximo de diez

días hábiles.

Art. 73 El jurado informante estará integrado por dos docentes quienes evaluarán la forma y

contenido de la tesis.

Art. 74 Los miembros del jurado informante llenarán la ficha de evaluación de tesis y emitirán

su informe, en forma individual, en el formato de informe de evaluación de la tesis

dentro de los veinte días hábiles, que será de conocimiento del interesado, a fin de que

proceda a solicitar fecha de sustentación. Estos informes serán incorporados al

expediente del tesista.

Art. 75 En caso de que algún miembro del jurado informante no remita la ficha de evaluación de

tesis y el informe de evaluación de la tesis, dentro del plazo previsto (veinte días hábiles),

el tesista podrá solicitar cambio de jurado informante.

Art. 76 En caso de que los miembros del jurado informante plantearan observaciones al informe

preliminar de tesis, el tesista deberá absolverlas en un máximo de dos oportunidades

y presentarlas dentro de los quince días hábiles.

Art. 77 Subsanadas las observaciones, el tesista presentará una solicitud adjuntando la tesis

corregida, junto con el informe observado, dirigida al director de la Escuela de

Postgrado solicitando el levantamiento de observaciones por parte del jurado

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informante. En caso que el tesista no quiera subsanar lo observado, se procederá a

informar del caso al comité de ética de investigación para que en dicha instancia se

tomen las acciones correspondientes.

Art. 78 En caso de que las observaciones no sean levantadas por el tesista en el término

establecido, deberá asumir el valor de la tasa por ampliación de plazo para el

levantamiento de las observaciones, debiendo continuar con el trámite por otros

quince días hábiles. En caso contrario, se declarará como abandono el procedimiento

para la obtención del grado académico mediante resolución directoral.

Art. 79 El jurado informante en un plazo no mayor de hasta diez días hábiles, contados a partir

de la recepción de la tesis corregida, procederá a dar conformidad a la tesis en el

formato de informe de evaluación del levantamiento de observaciones a la tesis.

Art. 80 Recibido el informe favorable del jurado informante, la Unidad de Investigación de la

ESPG notificará al interesado para que solicite mediante FUT la designación del jurado

examinador, que será conformado de preferencia por los jurados informantes para

que se determine lugar, fecha y hora de sustentación. Dicha solicitud deberá ser

presentada en un plazo no mayor a cuarenta y cinco días hábiles. Una vez vencido el

plazo, si el tesista no ha solicitado el jurado examinador deberá abonar el valor de la

tasa para solicitar ampliación por cuarenta y cinco días hábiles más por única vez. En

caso contrario, se declarará como abandono el procedimiento para la obtención del

grado académico mediante resolución directoral.

Art. 81 El tesista deberá presentar a la Secretaría de Dirección una solicitud pidiendo jurado

examinador adjuntando los siguientes requisitos:

Copia legalizada del diploma de grado (para maestría se requiere bachiller y para

doctorado se requiere magíster o maestro).

Certificados originales de estudios concluidos de maestría o doctorado.

Constancia de egresado de maestría o doctorado.

Certificado que acredite el conocimiento de un idioma extranjero a nivel intermedio

para maestría; y dos idiomas extranjeros a nivel intermedio para doctorado,

emitido por una institución reconocida.

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Para obtener el grado de maestro deberá presentar una copia de la

publicación de un artículo en revista indizada nacional o internacional según

el trabajo de tesis desarrollado.

Para obtener el grado de doctor presentará una copia de una publicación

en una revista indexada internacional según el trabajo de tesis desarrollado.

Recibo del derecho de grado.

Constancia de no adeudar derechos académicos.

Constancia de no adeudar libros expedida por la Biblioteca Central.

Copia de la partida de nacimiento.

Copia del DNI.

Archivo digital de la tesis.

Art. 82 La Secretaría de Dirección derivará la solicitud con los requisitos a la Unidad de

Investigación de la ESPG.

CAPÍTULO XXI

DEL PROCEDIMIENTO DE SUSTENTACIÓN DE LA TESIS

Art. 83 La Unidad de Investigación preparará el expediente de sustentación que debe contener

los siguientes documentos:

Informe de culminación de asesoramiento.

Resolución designando al jurado informante.

Informes de evaluación de la tesis.

Adicionalmente, el tesista presentará los requisitos señalados en el art. 81 y lo eleva

a Secretaria Académica Administrativa con el informe para sustentación de la

Unidad de Investigación.

Art. 84 La Unidad de Investigación procederá a pasar el archivo digital de la tesis por la

plataforma Turnitin para verificar el índice de similitud, según la normatividad

universitaria vigente / porcentaje de similitud, para verificar el porcentaje de

originalidad del trabajo de tesis y descartar el plagio de textos. En caso se encuentre

un porcentaje elevado de similitud, la Unidad de Investigación procederá a informar al

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maestrando o doctorando para que proceda a corregir dichas observaciones; en caso

que el tesista no quiera subsanar lo observado, se procederá a informar del caso al

comité de ética de investigación para que en dicha instancia se tomen las medidas

correspondientes.

Art. 85 Recibido el expediente y el informe para sustentación de la Unidad de Investigación,

Secretaría Académica Administrativa dará su conformidad emitiendo una resolución

designando al jurado examinador, lugar, fecha y hora de sustentación. El jurado

examinador estará conformado por tres miembros titulares que ostenten el grado de

magíster o doctor (presidente, secretario y vocal) para el acto de sustentación de la

tesis de maestría. En el caso del acto de sustentación de la tesis de doctorado, el jurado

examinador estará compuesto por tres miembros titulares que ostenten el grado de

doctor (presidente, secretario y vocal). El jurado estará presidido por el docente de

mayor categoría, grado académico y antigüedad.

Art. 86 El docente asesor será miembro del jurado examinador con voz, pero sin voto.

Art. 87 Son funciones del jurado examinador:

a) Verificar que la tesis cumpla con las exigencias establecidas en el presente reglamento.

b) Calificar la sustentación y la defensa de la tesis, según la escala establecida en el art.

90 del procedimiento de sustentación.

c) Firmar el acta de sustentación en tres ejemplares.

Art. 88 El acto de sustentación y defensa de la tesis es público y se realizará según el siguiente

procedimiento:

a) El secretario del jurado dará lectura a la resolución de sustentación emitida por la

Dirección de la ESPG.

b) El presidente del jurado invitará al graduando a efectuar la exposición, disponiendo de

un tiempo no mayor de 40 minutos.

c) Culminada la exposición, los miembros del jurado plantearán preguntas sobre el fondo

del tema de investigación, que deben ser absueltas satisfactoriamente por el

graduando.

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d) Terminadas las preguntas, objeciones y aclaraciones, el presidente solicitará se

desocupe el ambiente de sustentación con el objeto de la deliberación del jurado sobre

la calificación de la tesis.

e) El jurado emitirá su calificación personal y secreta de aprobación o desaprobación.

f) La redacción y firma del acta de sustentación deberá contener la calificación

respectiva.

g) Concluida la deliberación, el jurado invitará al público y graduando para que ingrese

al ambiente de sustentación, para luego proceder a dar lectura a la referida acta.

h) De ser necesario los jurados plantearán las observaciones y aclaraciones que

consideren pertinentes.

i) De existir observaciones, estas deben constar en la hoja de observaciones del jurado

examinador, que será firmada por el jurado y el graduando. Una copia debe entregarse

al graduando para el levantamiento de las mismas, que deben ser subsanadas dentro

de los diez días hábiles siguientes a la sustentación. Una vez vencido el plazo, si el

graduando no ha presentado el levantamiento de las observaciones deberá abonar el

valor de la tasa para solicitar una ampliación por diez días más para hacerlo.

j) El acta de sustentación y calificación por triplicado, suscrita por todos los miembros

del jurado y el graduando, será entregada a Secretaría de Dirección para su trámite

correspondiente.

Art. 89 En el caso de existir observaciones, el graduando deberá presentar una solicitud (FUT)

dirigida al director de la ESPG adjuntando un ejemplar de la tesis con el levantamiento

de las observaciones. La Unidad de Investigación remite al presidente del jurado

examinador el ejemplar de la tesis corregida y la copia de la hoja de observaciones. El

presidente del jurado examinador, en un plazo de diez días hábiles de recibida la tesis,

remitirá el informe de conformidad a la Dirección de la ESPG.

Art. 90 El jurado examinador aprueba o desaprueba la sustentación de la tesis. La decisión del

jurado es inapelable y no se puede revisar. El presidente declara públicamente el

resultado de la evaluación. La calificación de la sustentación de la tesis es según la

siguiente escala:

Desaprobado.

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Aprobado por mayoría.

Aprobado por unanimidad.

Aprobado con excelencia y reconocimiento público por resolución directoral, a

pedido de dos miembros del jurado.

Art. 91 En caso de desaprobación, el jurado examinador tiene la obligación de emitir un informe

detallado en la hoja de observaciones, el mismo que será entregado al graduando en

el mismo acto. El graduando podrá presentar y sustentar el mismo trabajo de tesis, por

segunda y única vez, dentro de los sesenta días hábiles a la fecha de sustentación,

previa presentación de una solicitud dirigida al director de la ESPG. En caso de

desaprobar por segunda ocasión, deberá elaborar una nueva tesis, debiendo seguir

nuevamente el procedimiento establecido en el presente reglamento.

Art. 92 En caso de que el graduando no se presente al acto de sustentación en un tiempo

prudente, el jurado examinador procederá a retirarse de la sala de sustentación,

emitiendo un informe en la hoja de observaciones, el mismo que será entregado al

graduando, donde posteriormente deberá abonar el valor de la tasa para solicitar

nueva fecha de sustentación.

TÍTULO V

DEL FINANCIAMIENTO

CAPÍTULO XXII

DEL FINANCIAMIENTO DE LA INVESTIGACIÓN

Art. 93 El financiamiento de los trabajos de investigación proviene de tres fuentes:

a) Internas (institucional): Presupuesto ordinario asignado a la ESPG y la Unidad de

Investigación que tendrán un carácter de intangible.

b) Cofinanciamiento (financiamiento mixto): La universidad financia en contrapartida con

fuentes externas la realización de un proyecto de investigación a través de otros grupos

de investigación, entidades cooperantes o redes de investigación.

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c) Financiamiento externo.

d) Autofinanciamiento.

Art. 94 Para que los proyectos de investigación sean incluidos en el Presupuesto General de la

universidad, las propuestas deben presentarse a la Unidad de Investigación de la ESPG,

según el flujo de presentación de proyectos en las fechas establecidas, y de acuerdo al

cronograma de convocatorias del Vicerrectorado de Investigación de la UPT o de la

Escuela de Postgrado.

Art. 95 La modalidad de acceso será mediante fondo concursable, organizado por la Unidad de

Investigación de la ESPG, de acuerdo a sus líneas de investigación.

CAPÍTULO XXIII

DEL FINANCIAMIENTO INTERNO (INSTITUCIONAL)

Art. 96 La universidad financia proyectos de investigación, según las líneas priorizadas por la

institución y la ESPG.

Art. 97 Los proyectos accederán a financiamiento concursable en el caso de que el fondo sea

otorgado por la Universidad Privada de Tacna o la ESPG.

Art. 98 La universidad asignará un monto de sus ingresos para el financiamiento de proyectos

internos de investigación, en concordancia al Plan Estratégico Institucional, políticas de

investigación y lineamientos de investigación de ejecución anual y de carácter

intangible.

Art. 99 Cuando se apruebe el Presupuesto General de la universidad, la oficina de Investigación

informará sobre la partida presupuestal aprobada al investigador principal, responsable

del proyecto y al coordinador de la Unidad de Investigación de la ESPG.

Art.100 La asignación de recursos será según el cronograma de informes de avance y se

efectuará teniendo en cuenta lo siguiente:

a) Al iniciar el proyecto: 40 %.

b) Según programación del grupo de investigadores: 60 %.

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CAPÍTULO XXIV

DEL COFINANCIAMIENTO (MIXTO)

Art.101 La universidad asignará un monto de sus ingresos para el financiamiento de proyectos

cofinanciados de investigación en concordancia al Plan Estratégico Institucional,

políticas de investigación y lineamientos de investigación de ejecución anual.

Art.102 Los proyectos cofinanciados de investigación se realizan con la participación de uno o

más entes externos, del sector público o privado, los cuales se vinculan al desarrollo del

proyecto mediante aportes en recursos financieros o en insumos; los que dependiendo

del tipo de proyecto pueden ser de carácter reembolsable o materia de condonación.

Art.103 Los proyectos cofinanciados usualmente se concretan en respuesta a convocatorias

establecidas para tal efecto, ya sea por parte de la universidad o fuentes cooperantes.

Art.104 Los proyectos cofinanciados usualmente se concretan como resultado del

establecimiento de conversaciones directas con universidades o entidades cooperantes

que participan en actividades de investigación, que de manera conjunta acuerdan

desarrollar proyectos de investigación mediante convenios específicos.

Art.105 Una vez considerado y aprobado internamente el proyecto de investigación, se genera

una carta de compromiso institucional firmada por el representante legal. Se procede

entonces al registro de la propuesta en sus términos técnicos y financieros ante la

entidad que convoca y demás entidades.

CAPÍTULO XXV

DEL FINANCIAMIENTO EXTERNO

Art.106 El fondo de ejecución corresponderá a los términos que propongan las fuentes

cooperantes según convenio específico entre la entidad externa, Escuela de Postgrado,

Vice Rectorado de Investigación y rector (a) como representante legal de la universidad.

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CAPÍTULO XXVI

DE LOS GASTOS GENERALES

Art.107 Los desembolsos, las erogaciones o los cargos operativos en que se incurren de manera

contable, durante el proceso de desarrollo de las actividades asociadas a un proyecto de

investigación en el tiempo de duración del mismo, se consideran gastos generales. Los

gastos generales se deben gestionar a través del sistema de compras, según sea el caso,

y se informará a la Unidad de Investigación de la ESPG.

Art.108 En caso de convenios interinstitucionales, los cuales surgen a partir de proyectos de

investigación cofinanciados, se pueden generar pagos y facturas para recaudar los

aportes o participación en proyectos de estas instituciones.

Art.109 En caso de presentarse situaciones que no estén definidas en este reglamento, se debe

consultar a la Unidad de Investigación de la ESPG o al Vicerrectorado de Investigación

de la UPT.

Art.110 Los gastos para difusión de los resultados deberán estar comprendidos dentro del

presupuesto del proyecto de investigación.

CAPÍTULO XXVII

DEL PROCEDIMIENTO DE PROYECTOS FINANCIADOS POR LA UPT Y PROYECTOS

COFINANCIADOS

Art.111 Las propuestas deberán someterse primero a un proceso de presentación, discusión y

evaluación por parte de académicos o metodólogos de la especialidad y la Unidad de

Investigación de la ESPG; los cuales considerarán su pertinencia y relevancia de acuerdo

a las líneas y política de investigación de la universidad, con el propósito de asegurar la

calidad, pertinencia y relevancia de dichos proyectos.

Art.112 Una vez revisado el proyecto de investigación, en concordancia con el formato de

evaluación del proyecto, será elevado a la oficina de Procesos de Investigación y

Transferencia Tecnológica (PITT), la cual evaluará la pertinencia del proyecto,

cronograma y presupuesto a asignarse, emitiendo un informe técnico al Vicerrectorado

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de Investigación y Dirección General de Administración, para que se le asignen las

partidas presupuestales respectivas.

Art.113 La Escuela de Postgrado reconocerá mediante resolución directoral de la ESPG al grupo

de investigadores y la elevará al vicerrector de Investigación para su ratificación.

Art.114 Una vez aprobada la propuesta, el investigador principal con el apoyo del Vicerrectorado

de Investigación procederá a gestionar la documentación requerida para la elaboración

de los respectivos contratos de ejecución y proceder con la debida legalización de los

mismos.

Art.115 La Unidad de Investigación de la ESPG hará un seguimiento permanente al desarrollo de

los proyectos según cronograma. En tal sentido, los investigadores principales deberán

presentar un informe de avance regular de acuerdo a las fechas establecidas.

Art.116 Los investigadores principales son los responsables de la buena marcha de los proyectos

de investigación ante la Unidad de Investigación.

Art.117 La Unidad de Investigación remitirá una copia a la oficina de Procesos de Investigación

y Transferencia Tecnológica (PITT) y a la Dirección de la ESPG sobre el avance de la

investigación y destino de los presupuestos asignados que genere el proyecto.

CAPÍTULO XXVIII

DEL INFORME FINAL

Art.118 Los investigadores principales emitirán un informe final a la Unidad de Investigación de

la ESPG, quien previa verificación dará la conformidad e informará a la oficina de

Procesos de Investigación y Transferencia Tecnológica (PITT), con copia a la Dirección de

la ESPG.

Art.119 El informe debe ser enviado a la entidad cofinanciadora, de darse el caso, la cual lo

evalúa según sus procedimientos internos derivando como resultado un acta de

liquidación o la solicitud de modificaciones y aclaraciones técnicas y presupuestales.

Art.120 Aprobado los resultados, se emitirá la conformidad para su difusión con la respectiva

ejecución del presupuesto para tal fin, según el Reglamento de Difusión de la Actividad

Científica y Publicaciones de la Universidad Privada de Tacna.

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TÍTULO VI

DISPOSICIONES FINALES

Primera Cualquier situación no contemplada en el presente reglamento será resuelta en primera

instancia por el director de la Escuela de Postgrado y, en segunda instancia y definitiva,

por el Consejo de Escuela de Postgrado.

Segunda Los egresados de las maestrías y doctorados que hayan culminado sus estudios o estén

estudiando antes de la vigencia del presente reglamento quedan exceptuados de

cumplir los requisitos especificado en los ítems 5 y 6 del artículo 81 del mismo, esta

excepción regirá hasta el 31 de diciembre del 2023. El presente reglamento entrará en

vigencia a partir de su aprobación en el Consejo de Escuela y ratificación en el Consejo

Universitario.

Tercera Las disposiciones previstas en el presente reglamento deberán entenderse en

concordancia con las normas vigentes de la universidad y el reglamento del Registro

Nacional de Trabajos de Investigación (Renati) para optar grados académicos y títulos

profesionales de la Sunedu, así como la normativa correspondiente, aplicándose para

los programas de maestría y doctorado de la Escuela de Postgrado de la UPT.

Cuarta Se derogan todas las disposiciones anteriores a partir de la aprobación del siguiente

reglamento.

Tacna, marzo de 2021

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GLOSARIO DE TÉRMINOS

1. Artículo científico. Es un trabajo de investigación publicado en una revista especializada del

conocimiento científico, tecnológico o innovador. El objetivo es difundir de manera clara,

objetiva y precisa los resultados de una investigación realizada sobre una determinada área

del conocimiento científico. En su proceso de publicación el manuscrito es evaluado por

revisores pares externos. Por su naturaleza pueden ser artículos de investigación original,

completo, corta comunicación o de revisión. Un artículo de corta comunicación se

caracteriza por presentar resultado (s) inédito (s), opiniones controversiales, resultado (s)

negativo (s) y, adicionalmente, su estructura obedece a la de un artículo completo.

Los artículos provenientes de revistas científicas o libros que utilizan el nombre de Actas o

Proceedings (en inglés) o Conference Papers en su título, son considerados artículos

científicos con excepción de los conference abstracts o resúmenes de conferencia, siempre

que sean artículos de investigación original, completo, corta comunicación o de revisión y

que en su proceso de publicación la revista emplea la evaluación por revisores pares.

2. Capítulo del libro. Es la principal división de un libro. La extensión del capítulo varía de

acuerdo con las intenciones y necesidades del autor y de la especialidad del libro, de esta

manera, la extensión de cada capítulo puede diferir considerablemente del resto y realiza

una contribución al conocimiento o tecnología.

3. Conflicto de intereses. Situación en la que un investigador incurre cuando en lugar de

cumplir con lo debido, toma sus decisiones o actúa en beneficio propio o de un tercero.

4. Desarrollo tecnológico. Es la aplicación de los resultados de la investigación o de cualquier

otro tipo de conocimiento científico a un plan o diseño en particular, para la elaboración de

materiales, productos, métodos, procesos o sistemas nuevos o sustancialmente mejorados,

antes del comienzo de su producción o utilización comercial.

5. Integridad científica. Deber -como requisito ético-legal- del investigador en el desarrollo de

todas sus actividades y basado en un comportamiento:

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- Honesto: En el compromiso con la verdad.

- Independiente: En la preservación de la libertad de acción en relación con presiones

exteriores a la profesión.

- Imparcial: En la neutralidad de la práctica de la profesional en relación con los intereses

particulares, ajenos a la investigación.

6. Investigación y desarrollo experimental (I+D). Trabajos creativos llevados a cabo de forma

sistémica para incrementar el volumen de conocimientos, incluido el conocimiento del

hombre, la cultura y la sociedad, y el uso de estos conocimientos para crear nuevas

aplicaciones. El término I+D engloba tres actividades: Investigación básica, investigación

aplicada y desarrollo experimental.

a) Investigación básica. Está dirigida a un conocimiento más completo a través de la

comprensión de los aspectos fundamentales de los fenómenos, de los hechos

observables o de las relaciones que establecen los entes.

b) Investigación aplicada. Está dirigida a determinar a través del conocimiento científico,

los medios (metodologías, protocolos y tecnologías) por los cuales se puede cubrir una

necesidad reconocida y específica.

c) Desarrollo experimental. Consiste en trabajos sistemáticos que aprovechan los

conocimientos existentes obtenidos de la investigación o la experiencia práctica, y está

dirigido a la producción de nuevos materiales, productos o dispositivos; a la puesta en

marcha de nuevos procesos, sistemas y servicios; o a la mejora sustancial de los ya

existentes.

7. Investigador. Persona natural que con su quehacer contribuye a lograr nuevos

conocimientos científicos en sus distintos niveles de concepción, así como aquél dedicado

al mejoramiento y generación de tecnologías y procesos. Realiza investigación científica,

humanística, social o actividades de desarrollo tecnológico.

8. Mala conducta científica. Incluye acciones u omisiones (carencia de acción) relacionadas

con idear, organizar, llevar a cabo, evaluar o solicitar proyectos de investigación que, de

forma deliberada o descuidada, distorsionan los resultados de la investigación, aportan

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información engañosa sobre la contribución personal a un proyecto de investigación o violan

otras normas de la tarea profesional de los investigadores.

9. Nivel de investigación

Los niveles de la investigación están en concordancia con la línea de investigación, con el

análisis estadístico y con los objetivos estadísticos.

a) Investigación retroactiva (ex post facto)

- Los estudios retroactivos se refieren a la investigación de hechos o sucesos

pasados que tengan fundamento científico y que permitan conocer la historia.

- Esta se orienta a los sucesos del pasado, analiza dichos sucesos en relación con

otros eventos del pasado y con sucesos del presente.

b) Investigación exploratoria (formulativa)

- Los estudios exploratorios determinan tendencias, identifican relaciones

potenciales entre variables y establecen el tema de investigaciones posteriores,

más rigurosas.

- Los objetivos de investigaciones exploratorias son examinar un tema problema de

investigación poco estudiado que no ha sido abordado antes, aumentando el

grado de familiaridad con fenómenos relativamente desconocidos y

estableciendo prioridades para futuras investigaciones.

c) Investigación descriptiva

- Es aquella que busca especificar propiedades, características y rasgos importantes

de cualquier fenómeno que se analice.

- La investigación descriptiva mide de manera independiente los conceptos o

variables. Se centra en medir con la mayor precisión posible.

- El investigador debe ser capaz de definir: ¿Qué se va a medir? y ¿cómo se va a

lograr precisión en esta medición?, identificando a quién o a quiénes tienen que

incluirse en la medición. Las predicciones son rudimentarias, se deben determinar

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y definir las variables, plantear hipótesis si las hubiera y diseñar la muestra

representativa.

d) Investigación correlacional

- Consiste en medir dos o más variables que se pretende ver si están o no

relacionadas en los mismos sujetos y después se analiza la correlación

(covariación). Intenta medir cómo el cambio del valor en una variable altera o

provoca variaciones en la otra.

- La correlación puede ser positiva (a más X más Y), negativa (a más X menos Y) y

de independencia estadística (X e Y). Si se prueba que existe correlación entre

variables sirve para las predicciones.

- Su propósito final es de examinar la relación entre variables o resultados de

variables, la correlación examina asociaciones, pero no relaciones causales.

e) Investigación explicativa (causal)

- Consiste en determinar las causas de los fenómenos físicos o sociales. Se centra

en explicar por qué ocurre un fenómeno y en qué condiciones se da éste o por

qué dos o más variables están relacionadas (causa-efecto).

- Están más estructurados e implican exploración, descripción y correlación.

- En este nivel se estudia el porqué de las cosas, hechos y fenómenos o situaciones,

se analizan las causas y efectos.

f) Investigación predictiva

- Consiste en explicar el porqué de la ocurrencia de los fenómenos físicos o sociales.

Se centra en predecir cómo ocurrirá el fenómeno y en qué condiciones.

- Cabe aclarar que estas predicciones no son exactas, pero probablemente sean

aproximadas. Este nivel de investigación permite al investigador predecir y

anticiparse a los hechos y fenómenos de estudio.

- En este nivel de investigación se sustentará la investigación retroactiva,

exploratoria, descriptiva, correlacional y causal que le permitirá contar con más

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elementos o hechos del fenómeno de estudio que probablemente puedan

suceder en diferentes escenarios.

g) Investigación activa (desarrollo)

- Consiste en realizar investigación que permita desarrollar una propuesta de

investigación netamente aplicada a la realidad concreta para conocer sus

resultados y consecuencias.

- Se realizará la investigación en base y sustentada por los niveles de investigación

anteriores.

- En este nivel de investigación se está en condiciones de asumir un rol activo, es

decir, en base a la realización de las investigaciones anteriores (retroactiva,

exploratoria, descriptiva, correlacional, causal y predictiva) el investigador cuenta

con los elementos necesarios para resolver los problemas que se presentan en su

objeto de estudio, o sea que una vez conocido el probable mal o la enfermedad

debidamente sustentado se puede actuar proporcionándole el remedio mediante

la investigación; de preferencia se atacará la causa del problema y no los

síntomas, por lo que se pueden resolver los diferentes problemas, en este caso

de contabilidad, administración, economía y de educación.

10. Proyectos de investigación. Se considerarán proyectos de investigación aquellos

procedimientos científicos plasmados en un documento que hayan sido aprobados a través

de un sistema de evaluación de revisores pares externos. Pueden o no ser subvencionados

para su ejecución. En un proyecto de investigación puede el investigador participar como:

a) Investigador principal. Investigador con las habilidades y responsabilidad requeridas

para dirigir un proyecto subvencionado por un fondo concursable de investigación.

b) Investigador asociado o coinvestigador. Investigador que colabora de manera

sustancial y mensurable con la ejecución del proyecto de investigación.

c) Investigador posdoctorado. Persona con grado académico de doctor que participa de

manera formal y bajo tutoría en un proyecto de investigación.

d) Tesista de doctorado. Es el candidato a doctor que participa de manera formal y bajo

tutoría en un proyecto de investigación como parte de sus tesis de doctorado.

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11. Registro Nacional Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica (Renacyt). Es el

registro de las personas naturales y jurídicas relacionadas con la ciencia, tecnología o

innovación tecnológica (CTI), dentro del territorio nacional, así como de nacionales

residentes en el extranjero. El Concytec tiene la titularidad del Renacyt, de acuerdo a lo

establecido en el literal q) del artículo 11 del Texto Único Ordenado de la Ley Marco de

Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, aprobado por el Decreto Supremo N° 032-

2007-ED.

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ANEXO 1

ESQUEMA DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN INSTITUCIONAL

A) INFORMACIÓN GENERAL

a) Nombre o título del proyecto

b) Área y línea de investigación de la ESPG

c) Ámbito y tiempo de la investigación

d) Institución cooperante.

B) INFORMACIÓN ESPECÍFICA

a) Planteamiento del problema: carácter y naturaleza del problema que se

enfrenta

b) Formulación del problema (general y específicos)

c) Justificación del problema

d) Objetivos (general y específicos)

e) Marco teórico

Antecedentes

Bases teóricas

Definición de conceptos

f) Metodología

Definiciones operacionales

Tipo de investigación

Nivel de investigación

Diseño de investigación

Universo de estudio, selección y tamaño de muestra, unidad de análisis y

observación.

g) Técnica de procesamiento de datos

Métodos y modelos de análisis de los datos según tipo de variables

Programas a utilizar para análisis de datos

C) INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

a) Cronograma

b) Presupuesto de la investigación (debiendo considerar incluso el monto destinado

a la difusión de los resultados)

c) Investigador principal del proyecto y Unidad de Investigación de la ESPG para su

administración.

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ANEXO 2

FICHA DE INSCRIPCIÓN DEL TEMA DE TESIS Y TRABAJO DE INVESTIGACIÓN CONDUCENTE A LA OBTENCIÓN DEL GRADO DE MAESTRO O DOCTOR

I. Datos generales

1.1 Título tentativo

1.2 Área y línea de investigación de la ESPG

1.3 Autor

II. Problema a investigar

III. Justificación de la investigación

IV. Objetivos de la investigación

V. Hipótesis de la investigación

VI. Variables e indicadores

VII. Metodología de la investigación

Referencias

Apéndice:

Matriz de consistencia.

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ANEXO 3A

ESQUEMA DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN BÁSICA CONDUCENTE A LA OBTENCIÓN DEL GRADO DE MAESTRO O DOCTOR

Investigación cuantitativa

I. Datos generales

1.1 Título tentativo 1.2 Área de investigación 1.3 Línea de investigación 1.4 Autor 1.5 Asesor 1.6 Lugar donde se realizará la investigación

II. El problema

2.1 Planteamiento del problema 2.2 Formulación del problema 2.3 Justificación de la investigación

III. Objetivos de la investigación

3.1 Objetivo general 3.2 Objetivos específicos

IV. Marco teórico

4.1 Antecedentes del estudio 4.2 Bases teórico científicas 4.3 Definición de conceptos

V. Metodología

5.1 Formulación de la hipótesis 5.2 Variables e indicadores

5.2.1 Identificación de la variable independiente 5.2.1.1 Indicadores 5.2.1.2 Escala para la medición de la variable

5.2.2 Identificación de la variable dependiente 5.2.2.1 Indicadores 5.2.2.2 Escala para la medición de la variable

5.2.3 Variables intervinientes (solo identificarlas señalando su forma de control). 5.3 Tipo de investigación 5.4 Nivel de investigación 5.5 Diseño de investigación

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5.6 Ámbito y tiempo social de la investigación 5.7 Población y muestra 5.8 Operacionalización de variables 5.9 Recolección de los datos

5.9.1 Técnicas de recolección de los datos 5.9.2 Instrumentos para la recolección de los datos

5.10 Procesamiento, presentación, análisis e interpretación de los datos

VI. Aspectos administrativos

6.1 Plan de acciones y cronograma 6.2 Asignación de recursos 6.3 Presupuesto y fuentes de financiamiento

VII. Referencias

APÉNDICE

Matriz de consistencia del proyecto de investigación.

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ANEXO 3B

ESQUEMA DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN BÁSICA CONDUCENTE A LA OBTENCIÓN DEL GRADO DE MAESTRO O DOCTOR

Investigación cualitativa

I. Datos generales

1.1 Título tentativo 1.2 Área de investigación 1.3 Línea de investigación 1.4 Autor 1.5 Asesor 1.6 Lugar donde se realizará la investigación

II. Planteamiento de la investigación

2.1 Descripción de la situación problemática 2.2 Formulación del problema 2.3 Objetivos de la investigación 2.4 Justificación de la investigación

III. Marco de referencia

3.1 Antecedentes de estudios similares 3.2 Marco teórico-referencial 3.3 Concepto de las categorías

IV. Metodología de la investigación

4.1 Tipo de investigación 4.2 Diseño de investigación 4.3 Informantes claves 4.4 Categorías 4.5 Técnicas e instrumentos 4.6 Rigor científico 4.7 Método de análisis de datos

V. Aspectos administrativos

5.1 Plan de acciones y cronograma 5.2 Asignación de recursos 5.3 Presupuesto y fuentes de financiamiento

VI. Referencias

APÉNDICE

Matriz de consistencia del proyecto de investigación.

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Página 47

ANEXO 4

ESQUEMA DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN APLICADA CONDUCENTE A LA OBTENCIÓN DEL

GRADO DE MAESTRO O DOCTOR

I. DATOS GENERALES

1.1 Título tentativo 1.2 Área de investigación 1.3 Línea de investigación 1.4 Autor 1.5 Asesor 1.6 Lugar donde se realizará la investigación

II. PROBLEMA DE INVESTIGACIÓN

2.1 Planteamiento del problema (características) 2.2 Formulación del problema 2.3 Justificación del problema

III. OBJETIVOS

3.1 Objetivo general 3.2 Objetivos específicos

IV. HIPÓTESIS

4.1 Hipótesis general 4.2 Variables e indicadores

4.2.1 Identificación de la variable 4.2.2 Indicadores

V. MARCO TEÓRICO

5.1 Antecedentes del problema 5.2 Bases teóricas 5.3 Definición de conceptos básicos

VI. PROPUESTA DE… (ENUNCIAR PROPUESTA DE NUEVA TÉCNICA, MÉTODO,

PROCEDIMIENTO, PRODUCTO O APLICATIVO) 1

1 Se describe de manera general la propuesta, en base a las características, propiedades, estructuras y funciones de la técnica, método, procedimiento o producto que se pretende elaborar, proponer y validar.

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VII. METODOLOGÍA

7.1 Tipo de investigación aplicada 7.2 Nivel de investigación 7.3 Diseño de investigación 7.4 Población de estudio 7.5 Operacionalización de variables 7.6 Técnicas de recolección de los datos 7.7 Análisis de datos

VIII. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

8.1 Plan de acciones y cronograma 8.2 Asignación de recursos 8.3 Presupuesto y fuentes de financiamiento

IX. REFERENCIAS

APÉNDICE

Matriz de consistencia del proyecto de investigación.

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Página 49

ANEXO 5

ASPECTOS FORMALES DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN

o Para citas y referencias: En el estilo APA para investigaciones sociales, CHICAGO para

investigaciones en el área de derecho, y, VANCOUVER para investigaciones en ciencias de la

salud.

o Márgenes: Los márgenes indicados por el formato APA para las páginas del contenido del trabajo escrito son:

• Margen izquierdo y superior: 4 cm. • Margen Derecho e Inferior: 3 cm. • Sangría: Es necesario dejar 5 espacios (1,27 cm) en la primera línea de cada párrafo

(sangría de primera línea). Para el caso de las referencias, debe utilizarse sangría francesa.

o Fuente o tipo de letra: Las siguientes son las especificaciones del formato APA para el contenido:

• Fuente: Times New Roman. • Tamaño: 12 pts. • Alineamiento: Justificado. • Interlineado: 1,5.

o Numeración de páginas • En el estilo APA los números comienzan en la página del título o portada del

documento y deben estar ubicados en la esquina superior derecha.

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Página 50

ANEXO 6A

ESTRUCTURA DEL INFORME DE TESIS BÁSICA CONDUCENTE A LA OBTENCIÓN DEL

GRADO DE MAESTRO O DOCTOR Investigación cuantitativa

CARÁTULA DE LA TESIS

PÁGINA DE RESPETO

CARÁTULA INTERIOR

PÁGINA DEL JURADO

PÁGINA DE DECLARACIÓN DE ORIGINALIDAD

PÁGINA DE DEDICATORIA

PÁGINA DE AGRADECIMIENTOS

ÍNDICE DE CONTENIDOS

ÍNDICE DE TABLAS

ÍNDICE DE FIGURAS

ÍNDICE DE APÉNDICES

RESUMEN. PALABRAS CLAVES

ABSTRACT. KEY WORDS

INTRODUCCIÓN

CAPÍTULO I: EL PROBLEMA

1.1 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA 1.2 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

1.2.1 Interrogante principal 1.2.2 Interrogantes secundarias

1.3 JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN 1.4 OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN

1.4.1 Objetivo general 1.4.2 Objetivos específicos

CAPÍTULO II: MARCO TEÓRICO

2.1 ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN 2.2 BASES TEÓRICAS 2.3 DEFINICIÓN DE CONCEPTOS

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CAPÍTULO III: MARCO METODOLÓGICO

3.1 HIPÓTESIS 3.1.1 Hipótesis general 3.1.2 Hipótesis específicas

3.2 OPERACIONALIZACIÓN DE VARIABLES 3.2.1 Identificación de la variable(s) independiente(s) 3.2.2 Identificación de la variable dependiente 3.2.3 Variables intervinientes (opcional)

3.3 TIPO DE INVESTIGACIÓN 3.4 NIVEL DE INVESTIGACIÓN 3.5 DISEÑO DE INVESTIGACIÓN 3.6 ÁMBITO Y TIEMPO SOCIAL DE LA INVESTIGACIÓN

3.7 POBLACIÓN Y MUESTRA 3.7.1 Unidad de estudio 3.7.2 Población 3.7.3 Muestra (Si el estudio lo requiere)

3.8 PROCEDIMIENTO, TÉCNICAS E INSTRUMENTOS 3.8.1 Procedimiento 3.8.2 Técnicas 3.8.3 Instrumentos

CAPÍTULO IV: RESULTADOS

4.1 DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO DE CAMPO 4.2 DISEÑO DE LA PRESENTACIÓN DE LOS RESULTADOS 4.3 RESULTADOS 4.4 PRUEBA ESTADÍSTICA 4.5 COMPROBACIÓN DE HIPÓTESIS 4.6 DISCUSIÓN DE RESULTADOS

CONCLUSIONES

RECOMENDACIONES

REFERENCIAS

APÉNDICE

- Matriz de consistencia del informe final de tesis.

- Instrumentos utilizados.

- Matriz de datos.

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Página 52

ANEXO 6B

ESTRUCTURA DEL INFORME DE TESIS BÁSICA CONDUCENTE A LA OBTENCIÓN DEL

GRADO DE MAESTRO O DOCTOR Investigación cualitativa

CARÁTULA DE LA TESIS

PÁGINA DE RESPETO

CARÁTULA INTERIOR

PÁGINA DEL JURADO

PÁGINA DE DECLARACIÓN DE ORIGINALIDAD

PÁGINA DE DEDICATORIA

PÁGINA DE AGRADECIMIENTOS

ÍNDICE DE CONTENIDOS

ÍNDICE DE TABLAS

ÍNDICE DE FIGURAS

ÍNDICE DE APÉNDICES

RESUMEN. PALABRAS CLAVES

ABSTRACT. KEY WORDS

INTRODUCCIÓN

CAPÍTULO I: PLANTEAMIENTO DE LA INVESTIGACIÓN

1.1 APROXIMACIÓN TEMÁTICA 1.2 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA 1.3 JUSTIFICACIÓN DEL ESTUDIO

1.3.1 Teórica 1.3.2 Metodológica 1.3.3 Práctica 1.3.4 Relevancia 1.3.5 Contribución

1.4 OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN 1.4.1 Objetivo general 1.4.2 Objetivos específicos

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CAPÍTULO II: MARCO DE REFERENCIA

2.1 ANTECEDENTES DEL ESTUDIO SIMILARES 2.2 BASES TEÓRICAS 2.3 CONCEPTOS DE LAS CATEGORÍAS

CAPÍTULO III: MARCO METODOLÓGICO

3.1 TIPO DE ESTUDIO 3.2 DISEÑO DE INVESTIGACIÓN

3.2.1 Diseños interpretativos (fenomenología, etnografía, teoría fundamental o estudio de caso)

3.2.2 Estudios sociocríticos (investigación acción o análisis crítico del discurso) 3.3 Técnicas de trabajo de campo 3.4 Instrumentos de levantamiento de información 3.5 Métodos de muestreo 3.6 Análisis cualitativos de los datos

CAPÍTULO IV: HALLAZGOS DE INVESTIGACIÓN

CONCLUSIONES

RECOMENDACIONES

REFERENCIAS

APÉNDICE

- Matriz de categorización

- Guion de preguntas o pauta de observación

- Formato de consentimiento informado

- Carta de aprobación de la institución para investigación (si procede)

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ANEXO 7

ESTRUCTURA DEL INFORME DE TESIS APLICADA CONDUCENTE A LA OBTENCIÓN DEL GRADO DE MAESTRO O DOCTOR

CARÁTULA DE LA TESIS

PÁGINA DE RESPETO

CARÁTULA INTERIOR

PÁGINA DEL JURADO

PÁGINA DE DECLARACIÓN DE ORIGINALIDAD

PÁGINA DE DEDICATORIA

PÁGINA DE AGRADECIMIENTOS

ÍNDICE DE CONTENIDOS

ÍNDICE DE TABLAS

ÍNDICE DE FIGURAS

ÍNDICE DE APÉNDICES

RESUMEN. PALABRAS CLAVES

ABSTRACT. KEY WORDS

INTRODUCCIÓN

CAPÍTULO I: EL PROBLEMA 1.1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA (características) 1.2. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

1.2.1 Problema principal

1.2.2 Problemas secundarios

1.3. JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN 1.4. OBJETIVOS

1.4.1 Objetivo general

1.4.2 Objetivos específicos

CAPÍTULO II: MARCO TEÓRICO

2.1. ANTECEDENTES DEL PROBLEMA 2.2. BASES TEÓRICAS DEL CAMBIO PLANEADO

(Debe contener información teórica, fórmulas matemáticas, modelos teóricos, metodologías relevantes, diseños recomendados)

2.3. DEFINICIÓN DE CONCEPTOS BÁSICOS

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CAPÍTULO III: MARCO METODOLÓGICO

3.1. HIPÓTESIS 3.1.1 Hipótesis general

3.2. OPERACIONALIZACIÓN DE VARIABLES 3.2.1. Identificación de la variable(s) independiente(s) 3.2.2. Identificación de la variable dependiente 3.2.3. Variables intervinientes (opcional)

3.3. TIPO DE INVESTIGACIÓN 3.4. NIVEL DE INVESTIGACIÓN 3.5. DISEÑO DE INVESTIGACIÓN 3.6. POBLACIÓN DE ESTUDIO 3.7. TÉCNICAS DE RECOLECCIÓN DE DATOS 3.8. ANÁLISIS ESTADÍSTICO DE DATOS

CAPÍTULO IV: RESULTADOS

4.1. DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO DE CAMPO 4.2. CAMBIOS RELEVANTES DE LA APLICACIÓN DE LA PROPUESTA 4.3. VERIFICACIÓN DE HIPÓTESIS DE LA INVESTIGACIÓN

CAPÍTULO V: DISCUSIÓN DE RESULTADOS

CAPÍTULO VI: PROPUESTA DE SOLUCIÓN (contiene nombre del modelo, diseño de estructura, metodología, entre otras)

6.1. DESCRIPCIÓN DE PROBLEMA FOCALIZADO 6.1.1. Presentación del nudo crítico (fotografías del caso específico) 6.1.2. Características relevantes del caso

6.2. DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA (variable independiente) 6.3. PROCESO DE MIGRACIÓN HACIA LA SOLUCIÓN PROPUESTA 6.4. COSTO DE IMPLEMENTACIÓN DE LA PROPUESTA 6.5. BENEFICIOS QUE APORTA LA PROPUESTA

CONCLUSIONES

RECOMENDACIONES

REFERENCIAS

APÉNDICE - Matriz de consistencia del informe final de tesis.

- Instrumentos utilizados.

- Matriz de datos.

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ANEXO 8

ASPECTOS FORMALES PARA EL INFORME FINAL DE TESIS

o Para citas y referencias: En el estilo APA para investigaciones sociales, CHICAGO para

investigaciones en el área de derecho, y, VANCOUVER para investigaciones en ciencias de la

salud.

o Márgenes: Los márgenes indicados por el formato APA para las páginas del contenido del trabajo escrito son:

• Margen izquierdo y superior: 4 cm. • Margen Derecho e inferior: 3 cm. • Sangría: Es necesario dejar 5 espacios (1,27 cm) en la primera línea de cada

párrafo (sangría de primera línea). Para el caso de las referencias, debe utilizarse sangría francesa.

• El margen en páginas con título de capítulo, índice, resumen, abstract, introducción y referencias, 7 cm a partir del borde superior.

o Fuente o tipo de letra: Las siguientes son las especificaciones del formato APA para el contenido:

• Fuente: Times New Roman. • Tamaño: 12 pts. • Alineamiento: Justificado. • Interlineado: 1,5.

o Numeración de páginas: • En el estilo APA los números comienzan en la página del título o portada del

documento y deben estar ubicados en la esquina superior derecha. • La numeración desde la página de carátula (título), hasta las listas de tablas y figuras

incluyendo las páginas de agradecimientos y dedicatoria deben ser con números romanos.

• El contenido del documento (desde introducción en adelante) debe ser con numeración arábiga.

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ANEXO 9A

MODELO DE MATRIZ DE CONSISTENCIA PARA EL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN

MATRIZ DE CONSISTENCIA – PROYECTO DE INVESTIGACIÓN CUANTITATIVA

PROBLEMA OBJETIVOS HIPÓTESIS VARIABLES E

INDICADORES METODOLOGÍA

1. INTERROGANTE PRINCIPAL

……..

2. INTERROGANTES ESPECÍFICAS

a) ……..

b) ……..

c) ……..

1. OBJETIVO GENERAL

………

2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

a) ……..

b) ……..

c) ……..

1. HIPÓTESIS GENERAL

…………

2. HIPÓTESIS ESPECÍFICAS

a) ……..

b) ……..

c) ……..

1. HIPÓTESIS GENERAL

Variable independiente (X)

X1. ……………

Indicadores:

- ……..

Variable dependiente (Y)

Y1. …………..

Indicadores:

- …….

2. HIPÓTESIS ESPECÍFICAS

X1. …………

Indicadores:

- ……..

X2………

Indicadores:

- ……

X3………..

Indicadores:

- ……

- Tipo de investigación

………..

……….

- Diseño de la investigación

-……….

-………

- Ámbito de estudio

-……….

-………

- Población

-……….

-………

- Muestra

-……….

-………

- Técnicas de recolección de datos

-……….

-………

- Instrumentos

-……..

-………..

Relevancia de la investigación

CONTRIBUCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN AL LOGRO DE LOS OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE (ODS):

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ANEXO 9B

MODELO DE MATRIZ DE CONSISTENCIA PARA EL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN

MATRIZ DE CONSISTENCIA – PROYECTO DE INVESTIGACIÓN CUALITATIVA

PROBLEMA OBJETIVOS CATEGORÍAS SUBCATEGORÍAS METODOLOGÍA INFORMANTES TÉCNICAS E

INSTRUMENTOS

1. INTERROGANTE

PRINCIPAL

……..

2. INTERROGANTES

ESPECÍFICAS

a) ……..

b) ……..

c) ……..

1. OBJETIVO GENERAL

………

2. OBJETIVOS

ESPECÍFICOS

a) ……..

b) ……..

c) ……..

Relevancia de la investigación:

CONTRIBUCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN AL LOGRO DE LOS OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE (ODS):

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ANEXO 10A

MODELO DE MATRIZ DE CONSISTENCIA PARA EL INFORME FINAL DE TESIS

MATRIZ DE CONSISTENCIA – INFORME FINAL DE TESIS CUANTITATIVA

PROBLEMA OBJETIVOS HIPÓTESIS VARIABLES E

INDICADORES METODOLOGÍA RECOMENDACIONES

1. INTERROGANTE

PRINCIPAL

……..

2. INTERROGANTES

ESPECÍFICAS

a) ……..

b) ……..

c) ……..

1. OBJETIVO

GENERAL

………

2. OBJETIVOS

ESPECÍFICOS

a) ……..

b) ……..

c) ……..

1. HIPÓTESIS GENERAL

…………

2. HIPÓTESIS

ESPECÍFICAS

a) ……..

b) ……..

c) ……..

1. HIPÓTESIS GENERAL

Variable independiente (X)

X1. ……………

Indicadores:

- ……..

Variable dependiente (Y)

Y1. …………..

Indicadores:

- …….

2. HIPÓTESIS ESPECÍFICAS

X1. …………

Indicadores:

- ……..

X2………

Indicadores:

- ……

X3………..

Indicadores:

- ……

- Tipo de investigación

………..

……….

- Diseño de la investigación

-……….

-………

- Ámbito de estudio

-……….

-………

- Población

-……….

-………

- Muestra

-……….

-………

- Técnicas de recolección de datos -……….

-………

- Instrumentos

-……..

-………..

1. …………………

2. …………………

3. …………………

4. …………………

Contribución de la investigación al logro

de los Objetivos de Desarrollo Sostenible

(ODS)

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Página 61

ANEXO 10B

MODELO DE MATRIZ DE CONSISTENCIA PARA EL INFORME FINAL DE TESIS

MATRIZ DE CONSISTENCIA – INFORME FINAL DE TESIS CUALITATIVA

PROBLEMA OBJETIVOS CATEGORÍAS SUBCATEGORÍAS METODOLOGÍA INFORMANTES TÉCNICAS E

INSTRUMENTOS

RECOMENDACIONES

3. INTERROGANTE

PRINCIPAL

……..

4. INTERROGANTES

ESPECÍFICAS

a) ……..

b) ……..

c) ……..

3. OBJETIVO

GENERAL

………

4. OBJETIVOS

ESPECÍFICOS

a) ……..

b) ……..

c) ……..

APRIORÍSTICAS

EMERGENTES

Contribución de la investigación

al logro de los Objetivos de

Desarrollo Sostenible (ODS)

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ANEXO 11

MODELO DE CARÁTULA PARA EL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

ESCUELA DE POSTGRADO

MAESTRÍA EN GESTIÓN AMBIENTAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE

SISTEMA DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS HOSPITALARIOS PARA

REDUCIR EL IMPACTO AMBIENTAL EN EL HOSPITAL HIPÓLITO UNANUE DE

TACNA, 2019

Proyecto de investigación

Presentado por:

Bach. José Carlos Albarracín Rodríguez

ORCID: 0000-0001-5818-4367

Para obtener el grado académico de:

MAESTRO EN GESTIÓN AMBIENTAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE

TACNA – PERU

2020

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ANEXO 12

MODELO DE CARÁTULA PARA EL INFORME FINAL DE TESIS

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

ESCUELA DE POSTGRADO

MAESTRÍA EN GESTIÓN AMBIENTAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE

SISTEMA DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS HOSPITALARIOS PARA

REDUCIR EL IMPACTO AMBIENTAL EN EL HOSPITAL HIPÓLITO UNANUE DE

TACNA, 2019

TESIS

Presentada por:

Bach. José Carlos Albarracín Rodríguez

ORCID: 0000-0001-5418-4367

Asesor:

Dr. Juan Alberto Pérez Lozano

ORCID: 0000-0001-8701-5463

Para obtener el grado académico de:

MAESTRO EN GESTIÓN AMBIENTAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE

TACNA – PERU

2020

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ANEXO 13

PÁGINA DEL JURADO

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

ESCUELA DE POSTGRADO

MAESTRÍA EN GESTIÓN AMBIENTAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Tesis

“…………………………………………………………………..……….”

Presentada por: Bach.________________________________________

Tesis sustentada y aprobada el…de…de…; ante el siguiente jurado

examinador:

PRESIDENTE: _____________________________________

Dr. (Dra.)

SECRETARIO: _____________________________________

Mag. / Dr. (Dra.)

VOCAL: ______________________________________

Mag. / Dr. (Dra.)

ASESOR: ______________________________________

Mag. / Dr. (Dra.)

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ANEXO 14

MODELO DE DECLARACIÓN JURADA DE ORIGINALIDAD

DECLARACIÓN JURADA DE ORIGINALIDAD

Yo……………………………………………………………, en calidad de:…………............de

la Maestría/ Doctorado ......................................................................... de la Escuela de

Postgrado de la Universidad Privada de Tacna, identificado (a) con DNI...................................

Soy autor (a) de la tesis titulada:

..........................................................................................................................................................

................................................................................................................................

DECLARO BAJO JURAMENTO

Ser el único autor del texto entregado para obtener el grado académico de

_____________________________, y que tal texto no ha sido entregado ni total ni parcialmente

para obtención de un grado académico en ninguna otra universidad o instituto, ni ha sido

publicado anteriormente para cualquier otro fin.

Así mismo, declaro no haber trasgredido ninguna norma universitaria con respecto al plagio ni a

las leyes establecidas que protegen la propiedad intelectual.

Declaro, que después de la revisión de la tesis con el software Turnitin se declara ____% de

similitud, además que el archivo entregado en formato PDF corresponde exactamente al texto

digital que presento junto al mismo.

Por último, declaro que para la recopilación de datos se ha solicitado la autorización respectiva a

la empresa u organización, evidenciándose que la información presentada es real y soy conocedor

(a) de las sanciones penales en caso de infringir las leyes del plagio y de falsa declaración, y que

firmo la presente con pleno uso de mis facultades y asumiendo todas las responsabilidades de ella

derivada.

Por lo expuesto, mediante la presente asumo frente a LA UNIVERSIDAD cualquier

responsabilidad que pudiera derivarse por la autoría, originalidad y veracidad del contenido

de la tesis, así como por los derechos sobre la obra o invención presentada. En consecuencia, me

hago responsable frente a LA UNIVERSIDAD y a terceros, de cualquier daño que pudiera

ocasionar, por el incumplimiento de lo declarado o que pudiera encontrar como causa del trabajo

presentado, asumiendo todas las cargas pecuniarias que pudieran derivarse de ello en favor de

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terceros con motivo de acciones, reclamaciones o conflictos derivados del incumplimiento de lo

declarado o las que encontrasen causa en el contenido de la tesis, libro o invento.

De identificarse fraude, piratería, plagio, falsificación o que el trabajo de investigación haya sido

publicado anteriormente; asumo las consecuencias y sanciones que de mi acción se deriven,

sometiéndome a la normatividad vigente de la Universidad Privada de Tacna.

Lugar y fecha: __________________

Nombres y apellidos

DNI

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ANEXO 15

PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCIÓN DEL TEMA DE TESIS Y ASIGNACIÓN DE ASESOR PARA

LA OBTENCIÓN DEL GRADO

La Secretaría de Dirección de la Escuela de Postgrado (SECESPG) recibe el FUT del maestrando/doctorando solicitando la inscripción del tema de tesis y designación del asesor de tesis adjuntando:

Ficha de inscripción del tema de tesis (anexo 2) en formatos Word y PDF.

Documento de pago correspondiente a la fase de inscripción del tema de tesis y asignación del asesor.

La Unidad de Investigación (UNIESPG) recibe el FUT y procede a elaborar el informe de investigación, previa revisión del informe económico. Asimismo, evalúa la posible duplicidad del tema de investigación.

La Unidad de Investigación da apertura al expediente del tesista, adjuntando el cuadro de asesores.

El expediente es derivado a la Dirección y Secretaría Académica (SACAD) para la designación del asesor.

La Dirección y SACAD, tomando en consideración el cuadro de asesores mediante proveído, indican el nombre del asesor.

El expediente es derivado a la Unidad de Investigación para la elaboración de la resolución.

La Dirección y SACAD suscriben la resolución directoral de inscripción del tema de tesis y designación del asesor.

La Unidad de Investigación envía la resolución de inscripción del tema de tesis y designación del asesor al tesista y al asesor, adjuntando el formato de informe de conformidad de culminación del proyecto de tesis.

El tesista con su asesor tienen 30 días hábiles para elaborar el proyecto de tesis.

En caso de no culminar la elaboración del proyecto de tesis en el tiempo

establecido, el asesor deberá solicitar la ampliación del plazo de la asesoría por 15 días hábiles.

Después de otorgar la conformidad, la Dirección y SACAD suscriben la resolución de ampliación de la asesoría.

El asesor emite el informe de conformidad de culminación del proyecto de la tesis.

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ANEXO 16

PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DEL PROYECTO DE TESIS, RATIFICACIÓN DEL ASESOR Y DESARROLLO DE LA TESIS PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO

SECESPG recibe el FUT del maestrando/doctorando solicitando la aprobación del proyecto de tesis y ratificación del asesor, adjuntando:

Archivo digital del proyecto de tesis en formatos Word y PDF.

Documento de pago, correspondiente a la segunda fase de aprobación del proyecto de tesis, ratificación del asesor y desarrollo de la tesis.

La Unidad de Investigación recibe el FUT y procede a elaborar el expediente y recopila los informes:

Académico.

Económico. La Unidad de Investigación verifica la posible duplicidad del tema de tesis. Asimismo, emite el informe de investigación para agregar al expediente.

SACAD verifica si los informes son válidos, previo a la designación de jurado evaluador. Si existiera un informe no favorable, la SACAD lo da a conocer.

La Dirección y SACAD verifican la relación de candidatos a jurado evaluador, de acuerdo al directorio de investigadores de la ESPG-UPT.

La Dirección y SACAD seleccionan al jurado evaluador teniendo en cuenta su profesión, grado y naturaleza de la investigación, de acuerdo a la normatividad vigente.

Designado el jurado evaluador, se devuelve el expediente a la Unidad de Investigación para la elaboración de la resolución y comunica al interesado, con las firmas de la Dirección y SACAD. La Unidad de Investigación procederá a registrar el proyecto de investigación en el Sistema de Registro de Proyectos.

La Unidad de Investigación hace llegar al jurado evaluador la resolución que lo designa como tal, adjuntando:

El proyecto de investigación en formato digital.

La ficha de evaluación del proyecto de tesis.

El formato del informe de evaluación del proyecto.

El jurado evaluador designado tiene 10 días hábiles para remitir la ficha de evaluación del proyecto de tesis, a partir de la fecha de recepción de la resolución que lo designa como jurado evaluador.

En caso de no ser favorable, se deberá seguir el procedimiento de levantamiento de observaciones.

Si el informe de evaluación del proyecto de tesis es favorable, la Dirección dispondrá su inscripción y se procederá a emitir la resolución de aprobación del proyecto de tesis y ratificación del asesor, que será enviada al tesista y asesor, adjuntando el formato de cronograma de asesoría y el formato de culminación de asesoría.

Para cualquier modificación en el título de la tesis, el tesista deberá presentar un FUT solicitando el cambio del título, previa aprobación del asesor. Este último deberá elevar un informe a la Dirección de la ESPG para que se proceda a emitir la resolución del cambio de título.

El tesista con su asesor tienen 6 meses para el desarrollo de la tesis. En caso de no culminar la tesis en el tiempo establecido, el asesor deberá

solicitar la ampliación del plazo de asesoría por 6 meses.

La Unidad de Investigación, luego de la conformidad de SACAD y la Dirección, elabora la resolución de ampliación de asesoría.

El director y SACAD suscriben la resolución de ampliación.

El asesor emite el informe de culminación de la asesoría, acompañando el informe de originalidad del trabajo de investigación.

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ANEXO 17 PROCEDIMIENTO DE DICTAMEN DE TESIS

SECESPG recibe el FUT del maestrando/doctorando solicitando la designación de jurado informante, acompañando lo siguiente:

Archivo digital de la tesis en formato Word y PDF.

Copia del informe de culminación de la asesoría.

Documento de pago correspondiente a la tercera etapa del dictamen de tesis.

La Unidad de Investigación proporcionará el expediente del tesista a SACAD, con los informes referentes al plazo, informe final del asesor y verificación de originalidad del trabajo de investigación.

El cuadro de posibles jurados informantes se adjunta al expediente.

La Dirección y SACAD, tomando como base el informe de la Unidad de Investigación y el cuadro de jurados, indica mediante proveído los nombres de los jurados informantes.

El expediente es derivado a la Unidad de Investigación para la elaboración de la resolución.

Dirección y SACAD suscriben la resolución. La Unidad de Investigación comunica a los jurados informantes y tesista la entrega de la resolución de designación de jurado informante, adjuntando un ejemplar de la tesis, ficha de evaluación y formato de informe a cada uno de los jurados informantes. Los jurados informantes tienen hasta 20 días hábiles para emitir su

informe a Secretaría de Dirección, a partir de la fecha de recepción de la resolución que lo designa como jurado informante.

En caso de no ser favorable el informe, el tesista deberá de levantar las observaciones de los jurados de la tesis, dentro de los 10 días hábiles de haber recibida la comunicación.

En caso de ser favorable el informe, se proseguirá con el trámite.

Recibidos los informes favorables de los jurados informantes, se comunicará al tesista para que continúe el trámite para su sustentación.

Los informes de los jurados informantes son derivados a la Unidad de Investigación para que sean adjuntados al expediente del tesista.

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ANEXO 18 PROCEDIMIENTO DE SUSTENTACIÓN DE LA TESIS

El tesista presenta una solicitud acompañando lo siguiente: Archivo digital del proyecto de tesis en formatos Word y PDF.

Copia de los dos informes favorables de los jurados informantes.

Requisitos exigidos en el Reglamento de Investigación.

La Unidad de Investigación elabora un informe de todo el proceso de investigación que ha seguido el tesista.

También se proporciona el expediente del tesista a SACAD, con el cuadro de posibles jurados examinadores.

La Dirección y la SACAD, tomando como base el informe de la Unidad de

Investigación y el cuadro de jurados mediante proveído, indican los nombres de los jurados examinadores.

El expediente completo es derivado a la Unidad de Investigación para la elaboración de la resolución.

Dirección y SACAD suscriben la resolución.

La Unidad de Investigación comunica a los jurados examinadores y al tesista, mediante la entrega de la resolución de designación del jurado examinador, adjuntando un ejemplar de la tesis.

El tesista realiza la defensa de su tesis en la fecha y hora señalada en la resolución y el tiempo previsto.

Una vez terminada la defensa, el jurado examinador emite su veredicto y se dará lectura al acta de sustentación de forma pública.

En caso de desaprobación de la defensa de la tesis, los integrantes del jurado comunicarán al tesista este resultado.

El tesista, de acuerdo al reglamento, podrá defender su tesis nuevamente dentro del plazo de 60 días hábiles.

En caso de ser aprobado, continúa el trámite.

Los integrantes del jurado y el tesista proceden a firmar el acta de sustentación.

El expediente de sustentación será entregado a la Unidad de Investigación para el trámite correspondiente.