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REGLAMENTO Y NORMAS
DE CONVIVENCIA
ESCOLAR
COLEGIO CEDI
AÑO 2017
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COLEGIO CEDI
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ÍNDICE DE MATERIAS
VISIÓN Y MISIÓN .......................................................................................................................................... 3
TITULO I FUNDAMENTACIÓN: .................................................................................................................... 3
TITULO II PREMISAS: ...................................................................................................................................... 4
TITULO III TIPOS DE FALTAS, PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES APLICABLES:................................. 7
TITULO IV DOCUMENTOS Y NORMAS FUNDAMENTALES: ................................................................ 11
TITULO V ASISTENCIA, PUNTUALIDAD, ATRASOS E INASISTENCIAS:............................................... 13
TITULO VI COMPORTAMIENTOS, ACTITUDES, VALORES EN AULA Y DEPENDENCIAS DE LA
ESCUELA: ..................................................................................................................................................... 15
TITULO VII MANTENCIÓN Y CUIDADO DE LOS BIENES: .................................................................... 17
TITULO VIII RENDIMIENTO ACADÉMICO: ............................................................................................. 18
TITULO IX ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS O EXTRA-PROGRAMÁTICAS: .............................. 20
TITULO X ESTÍMULOS Y PREMIOS: ............................................................................................................ 21
TITULO XI PROCEDIMIENTO PARA PASEOS, VISITAS PROGRAMADAS Y OTROS: ...................... 22
TITULO XII NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR ASOCIADAS A LOS ALUMNOS, PADRES Y
APODERADOS: ........................................................................................................................................... 22
TITULO XIV REGISTRO DE PERTENENCIAS DEL ALUMNO: ................................................................. 27
TITULO XV URGENCIAS MÉDICAS: ......................................................................................................... 27
TITULO XVI DEL PROCESO DE MATRICULA Y ADMISION: ................................................................ 27
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VISIÓN Y MISIÓN El COLEGIO C E D I, es una comunidad educativa que tiene como lema: "Educar en
conciencia para formar personas con conocimientos y valores" y promueve un Proyecto
Educativo, que a través de un currículum que propone lograr la síntesis entre los valores
y los principios integrales de nuestro proyecto con un estilo que provienen del esfuerzo y
la constancia en el hacer.
A continuación la visión y misión de nuestro Colegio:
VISIÓN
Aspiramos a ser percibidos como un Colegio de Excelencia Académica líderes en la
Comuna de Macul, que forme personas con una visión crítica-positiva, creativas y
autónomas en su desenvolvimiento social, nivelándose paso a paso con los mejores
establecimientos regionales, para convertirse en un aporte a la mejora de la calidad de
la Educación del país ante las alternativas académicas en la Educación General
Básica.
MISIÓN
Educar y formar personas para que adquieran una sólida base de conocimientos,
habilidades y valores que les permita completar con éxito la enseñanza escolar y
cuenten con herramientas eficaces para relacionarse en el ámbito social,
Entregándoles para estos efectos, una educación de calidad, basada la construcción
de conocimientos y aprendizajes cooperativos, pedagógico y valórico, que será
ejecutada por un equipo directivo - docente competente y comprometido, utilizando
para tales efectos, innovadoras metodologías de enseñanza, para así generar una
convivencia escolar gratificante con permanente comunicación con sus familias.
MANUAL DE NORMAS Y CRITERIOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA, COLEGIO CEDI.
TITULO I FUNDAMENTACIÓN:
“EDUCAR EN CONCIENCIA PARA FORMAR PERSONAS CON CONOCIMIENTOS Y VALORES”
La convivencia escolar se entiende como "la interrelación entre los diferentes miembros
de un establecimiento educacional que tienen incidencia significativa en el desarrollo
ético, socio afectivo e intelectual del alumno”. Tal concepción no se limita sólo a la
relación entre personas e individuos, sino que incluye las formas de interacción entre los
diferentes estamentos que conforman la comunidad educativa del COLEGIO C E D I,
por lo que constituye una construcción comunitaria que debe tender a un mayor éxito
en los aprendizajes, así como también, en la formación humana e integral que
promueve nuestra escuela.
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COLEGIO CEDI
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La pedagogía de nuestra institución, denominada COLEGIO CEDI, se basa en un Sistema
Educativo flexibilizado que con métodos, afecto, disciplina y valores nos permite educar
en conciencia y lograr, en el alumno, un buen desarrollo integral.
Principios Orientadores Institucionales
El Proyecto Educativo es un instrumento que guía la realización y la concreción de,
según las diversas situaciones y contextos propios de nuestro Colegio, en las cuales se
vivencian sus orientaciones, iniciativas y recursos hacia los procesos Educativos.
Nuestra Comunidad Educativa, propone transformarse en un Centro Educativo:
- Eficiente y calificado: Con un currículum educativo exigente y de calidad, que educa
responsablemente; y con una metodología y evaluación basadas en el respeto y el
esfuerzo. Estimulando y acompañando a los educandos para que desarrollen todos sus
recursos humanos orientados hacia el aprendizaje.
- Con un consciente sentido social: Nuestra propuesta Educativa, contribuye a formar
alumnos justos, responsables, participativos, afectivos y respetuosos de la diversidad de
sus pares, de manera que les permita desenvolverse y crecer en una sociedad más
justa, libre y democrática.
Las disposiciones del presente Manual de Normas y Criterios de Convivencia Escolar, son
relativas a la honestidad, la responsabilidad, la puntualidad y asistencia, la presentación
personal, el respeto por las personas, por los bienes personales y ajenos, el
reconocimiento de las propias faltas como medio para lograr la perfección, la
capacidad de autoformación y la disciplina. Éstas son normas de convivencia, no sólo
para ser aplicadas en la vida escolar, sino en las relaciones que establezca el futuro
ciudadano con sus semejantes.
El Colegio es un espacio para el aprendizaje, la maduración y el crecimiento personal
en el que tiene particular relevancia la disciplina entendida como trabajo, esfuerzo
personal y grupal tendiente a crear las condiciones adecuadas para "ser un ámbito de
interacción especialmente orientado, dispuesto, organizado para provocar
aprendizaje, para entusiasmar con la experiencia de aprender", de tal forma que el
desarrollo humano sea posible a través de la conquista del saber. Es de esta forma, y no
de otra, que el educando de nuestro Colegio puede ir acercándose al ideal de un
honesto ciudadano, siempre en consonancia con los valores transversales del currículo,
expresados en nuestro proyecto Educativo.
TITULO II PREMISAS:
La matrícula de un alumno en un establecimiento escolar es un acto de confianza
mutua y un vínculo generador de derechos y obligaciones jurídicas entre el Colegio y la
familia del estudiante en función de asegurar la debida formación y educación del
educando. Familia y Colegio deben hacer todo lo posible por responder a ese
compromiso mutuo para asegurar al o los alumnos un ambiente positivo en su
formación integral.
El sistema educativo procura velar por la continuidad en todo el ciclo escolar de la
educación de un alumno, pero la relación con la escuela se renueva anualmente, a
través de un Contrato de prestación de servicios educacionales, al cual el
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establecimiento educacional puede ponerle término por razones muy justificadas
señaladas en el mismo, o por mutuo acuerdo de las partes contratantes, o por
resoluciones tomadas por la Dirección del Colegio.
La labor de nuestro establecimiento es educativa y formativa en conocimientos, valores
y actitudes. La aplicación de una medida extrema, como la no renovación de contrato
o cancelación de matrícula se aplican después de haberse hecho un camino de
acompañamiento, seguimiento y soporte técnico, pedagógico y humano del alumno
que estaba experimentando dificultades. No basta lo que haga el Colegio, tiene que
haber una respuesta por parte del alumno y su familia. Lo señalado se explica porque
existen varias etapas y/o criterios antes de llegar a la no renovación o cancelación del
Contrato de Prestación de Servicios Educacionales. Estas son:
1.- El seguimiento con el alumno y llamado de atención verbal.
2.- Amonestación por escrito
3.- Citación del apoderado
4.- Suspensión de clases.
5.- Condicionalidad en las faltas graves o muy graves.
6.- Término del Contrato de Prestación de Servicios Educacionales
En el marco de las definiciones de nuestro Proyecto Educativo como Colegio, tenemos
derecho a establecer normas propias de convivencia, exigencias disciplinarias,
valóricas según nuestra propuesta educativa, que tanto los alumnos como los
apoderados libremente aceptan al firmar el Contrato de Prestación de Servicios
Educacionales.
1. El seguimiento con el alumno y llamado de atención verbal:
El seguimiento, es aquél en el cual el profesor jefe debe acompañar al alumno en
su proceso de crecimiento y desarrollo personal, realizando un diálogo
permanente tanto con el educando como con su familia, valorando de manera
especial los aspectos positivos de su conducta y mostrando los desafíos que el
alumno debe cumplir. El alumno al cometer una falta considerada leve, recibe un
llamado de atención por parte del docente, que lo invita a cambiar de actitud.
2. Amonestación por escrito:
Medida preventiva que se aplica por escrito, en su agenda escolar y en su hoja
de vida del libro de clases, cuando el alumno ha incurrido en reiteradas faltas
disciplinarias y/o presenta una situación académica deficiente o apenas
suficiente, que indican falta de compromiso con el Proyecto Educativo del
Colegio.
Por lo que se considera que es el compromiso formal de superación que busca
establecer, con claridad y precisión, aquellos desafíos que el alumno debe
cumplir, superando sus deficiencias en el aspecto académico, en su compromiso
personal y en su formación disciplinaria.
3. Citación al apoderado:
Motivada por reiteradas anotaciones, por hechos que signifiquen faltas graves
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reincidentes tanto conductuales y de responsabilidad o por situación académica
preocupante. Es aplicada por diferentes profesores de asignaturas o profesor jefe.
El apoderado toma conocimiento de la situación firmando la hoja de vida del
alumno y se le informa que si no hay cambios positivos en su hijo(a) se procederá
a la suspensión de clases.
4. Suspensión de clases:
Es una sanción o medida disciplinaria que consiste en informar al apoderado por
escrito, en su agenda escolar, de la gravedad de la falta cometida, y de
acuerdo a ello, el alumno se quedará en su casa hasta que la dirección lo señale,
reintegrándose a clases al momento previsto y con su apoderado. Esta decisión
será tomada una vez que el diálogo y la persuasión no han dado los resultados
esperados.
5. La Condicionalidad:
Medida preventiva y correctiva que se aplica cuando el alumno ha incurrido en
faltas disciplinarias graves y/o muy graves, y cuando a pesar de la amonestación,
persisten dichas faltas o el alumno no expresa en su comportamiento el perfil
educativo que corresponde a su nivel. En caso de una falta grave y/o muy grave,
se aplicará la condicionalidad en las situaciones que contemple este Manual de
Normas y Criterios de Convivencia Escolar, o cuando el Director y su Consejo lo
estime conveniente, de acuerdo a la gravedad del asunto. Es una última
advertencia, buscando el provocar cambios positivos en la conducta del alumno.
Por lo anteriormente señalado es que debe existir un compromiso tanto del
alumno como de su familia para que éste supere aquellas deficiencias que limitan
o amenazan su crecimiento humano. Es el claro llamado a la conciencia del
educando para que haga suyos los valores expresados en el proyecto educativo.
El alumno puede desistir a construir sus aprendizajes de acuerdo con la línea
valórica de nuestro proyecto Educativo a pesar del esfuerzo realizado por los
distintos integrantes de la escuela, frente a lo cual surge como posibilidad la
cancelación de la matrícula, que conlleva al término del Contrato de Prestación
de Servicios Educacionales.
6. No renovación del Contrato de Prestación de Servicios Educacionales:
Se aplica en casos debidamente calificados por la dirección del Colegio, a los
alumnos cuyo comportamiento disciplinario ha sido claramente negativo para la
comunidad escolar, habiendo agotado las medidas en busca de la recuperación
pedagógica o conductual del alumno. Esta sanción, por el carácter que tiene, la
aplica la Dirección del establecimiento, después de consultar las instancias
pertinentes.
El apoderado y el alumno serán oportunamente notificados de esta situación por
medio del Profesor Jefe o la Dirección del establecimiento.
El Consejo de Profesores y la Dirección contribuyen, desde su visión, a
acompañar el crecimiento como persona de cada alumno y su familia, tomando
decisiones no sólo para revisar la no renovación de la matrícula, sino
esencialmente para valorar y destacar los logros conseguidos por cada alumno.
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En las situaciones de amonestación y condicionalidad, el Colegio acompañará el
crecimiento y desarrollo del alumno a través del profesor jefe, Unidad Técnica y la
Dirección de la escuela, quienes decidirán, si la situación así lo amerita, la
derivación del alumno a especialistas quienes deberán acompañar el trabajo del
docente para poder determinar aquellas limitaciones que impiden al educando
conseguir el éxito esperado.
La Dirección de la escuela, a propuesta del Consejo de Profesores, podrá no
renovar el Contrato de Prestación de Servicios Educacionales a un alumno
cuando no se observen cambios significativos que reflejen en su conducta el perfil
de alumno que la escuela promueve.
Por lo tanto, no se renovará el Contrato de Prestación de Servicios Educacionales:
A) Por motivos conductuales graves, muy graves, o reiterados, agotadas las instancias
del conducto regular y las instancias de orientación y apoyo.
B) Por incumplimiento de la Medida de Condicionalidad.
C) Por un evidente rechazo al proyecto Educativo por parte del alumno y/o
apoderado.
TITULO III TIPOS DE FALTAS, PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES APLICABLES:
Antes de hacer un listado de las faltas atendiendo a su gravedad, cabe señalar que su
enumeración no es taxativa y que por lo tanto pueden existir otras que no estén señalas
expresamente y que derivan de situaciones que no se pudieron prever. Existe una
gradualidad en las faltas, siendo éstas clasificadas en faltas leves, que consisten en
comportamientos inadecuados serios, las faltas graves, y faltas muy graves.
Las faltas al Manual de Normas y Criterios de Convivencia Escolar, serán sancionadas
por el Director, o la autoridad correspondiente, previa conversación con el alumno que
incurrió en ella.
Todos los miembros de la comunidad escolar, tienen derecho a una convivencia en
que prime el respeto; y también tienen deberes que asumir, de acuerdo con su etapa
de desarrollo. Es obligación de la familia y de la escuela enseñar a los educando sus
derechos, cumplir sus deberes y respetar los derechos de los demás.
Cuando un alumno no cumple la norma, es legítimo que se le aplique la sanción que
corresponda de acuerdo a la gravedad de la falta.
DEL DEBIDO PROCESO
Previo a aplicar una medida o una sanción, se hace necesario conocer la versión de los
involucrados, considerando el contexto y la circunstancia que rodearon la falta.
El debido proceso contempla:
Que sean escuchados, con sus argumentos;
Que se presuma su inocencia.
A) Faltas Leves: Son aquellas actitudes y comportamientos que alteran el normal
desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje, que no involucran daño físico
y/o psíquico a otro miembro de la Comunidad Educativa.
Si la falta no queda comprendida dentro de esta definición constituye, por tanto, una
falta grave o muy grave.
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Faltas Leves o Comportamientos Inadecuados Serios:
1. La presentación personal incorrecta, no respetando las normas escritas que la
definen.
2. La frecuente desatención en clases.
3. Comer o masticar alimentos en la sala de clases.
4. Provocar el desaseo en las diferentes dependencias del Colegio.
5. La obstaculización en el normal desarrollo de la clase, como proferir gritos, conversar
o interrumpir constantemente.
6. Concurrir a clases sin tareas, útiles o equipo de Educación Física.
7. Omisión en presentar justificativos, comunicaciones o respuestas de circulares
enviadas al hogar, debidamente firmadas por el apoderado.
8. Tocar la campana del colegio sin autorización de los profesores, y/o antes o después
del horario que corresponde al de recreo.
9. Realizar desorden en forma colectiva en la sala de clases.
10. Otros.
Procedimiento y medidas a seguir para las faltas leves
Es un procedimiento de carácter administrativo, que consiste en una entrevista
personal del encargado de Convivencia con el alumno, toma de conocimiento del
profesor jefe y su apoderado, registrándose la falta en la hoja de vida del alumno, y una
anotación negativa. Además, los profesores de sub sectores anotarán la observación
correspondiente, con fecha precisa y de puño y letra en el libro de clases.
Se aplicarán las siguientes sanciones a las FALTAS LEVES:
a) Conversación del profesor jefe o de asignatura con el alumno y registro en su hoja de
vida (anotación negativa en el libro de clases).
b) Comunicación al apoderado por parte del profesor jefe o la Dirección.
c) Citar, si el asunto lo requiere, al apoderado con el profesor de la asignatura donde se
verificó la falta.
B) Faltas graves o muy graves: Dan lugar a la aplicación de medidas extremas,
excepcionalísimas y últimas, cuando la situación implique un riesgo real y actual para la
Comunidad Educativa. Esta situación se le informará previamente al alumno y a su
apoderado.
Faltas de carácter Grave:
1. La reincidencia de comportamientos inadecuados serios (faltas leves).
2. Lanzar piedras o cualquier proyectil hacia las personas o bienes del Colegio o de sus
dependencias, o hacia personas o bienes que se encuentran en el exterior del
establecimiento.
3. Actitudes, lenguaje, o comportamientos agresivos, groseros u ofensivos de hecho o
de palabra, hacia los compañeros, otros alumnos, o demás personas del Colegio.
4. Participar o promover juegos indebidos o no permitidos de violencia física.
5. No acatar órdenes impartidas por los docentes o por cualquier funcionario del
Colegio, dentro del aula o en cualquier dependencia del mismo.
6. Apropiarse de los útiles escolares o pertenencias personales de sus compañeros,
perjudicándolos, pero sin llegar al robo.
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7. Destruir pertenencias de compañeros de curso, o de alumnos en general.
8. Adulteración o falsificación de la firma del apoderado.
9. Interrupciones intencionales o reiteradas en clases, tanto individual como
colectivamente, interfiriendo manifiestamente en el desarrollo de la tarea docente.
10. Rehusarse a obedecer o trabajar en clases.
11. Realizar en la clase actividades ajenas a la asignatura o sub-sector que se realiza
conforme al horario.
12. Salir de la sala sin permiso por la autoridad que corresponde.
13. No justificar inasistencias a clases.
14. No asistir actividades programadas estando en la escuela.
15. Portar instrumentos peligrosos o corto punzantes.
16. Comportamientos inadecuados, irrespetuosos o groseros en ambientes dedicados a
la celebración de efemérides, y/o actividades de carácter patrio.
17. Daño o deterioro, serio o irreparable hacia los bienes materiales de la escuela que
estén al servicio personal o comunitario. Si un alumno causa algún daño material a
las dependencias del establecimiento debe responsabilizarse de él, el apoderado
quedará obligado a su reparación o reposición, debiendo la escuela dar aviso a
éste último. Se entiende que dicha falta debe ser reparada en su valor comercial
vigente al momento de producirse el daño, y que tal reparación no excluye al
alumno de la sanción disciplinaria correspondiente.
18. Mentir frente a situaciones en las que se vea involucrado el propio alumno o un
tercero.
19. La no presentación del apoderado cuando haya sido citado.
20. Alumno que provoque desorden en la vía pública que comprometa el prestigio del
establecimiento (por ejemplo peleas callejeras, rayados, desacatos a la autoridad
pública, etc.)
21. Rayar con grafiti dentro o fuera de la escuela (en cualquier parte de nuestra
comunidad)
22. Alumno que en la fecha indicada no haga entrega del material facilitado en
biblioteca.
23. Alumno que dentro del Colegio falte el respeto, o sea grosero con una autoridad
externa al establecimiento educacional.
24. Realizar exhibicionismo por parte del alumno, dentro de la escuela o en sus
inmediaciones.
25. Otros.
C) Faltas de carácter Muy Grave:
1. Reiteración de faltas graves.
2. La expulsión de una actividad educativa, o extra-programática.
3. Comportamientos y actitudes contrarias a los principios y valores en que el Colegio
basa su acción educativa y que están expresados en el proyecto Educativo.
4. Conductas que dañen seriamente a personas, actitudes violentas, despectivas, en
general todas aquellas que atenten contra la integridad física o mental de los
miembros de la Comunidad Educativa.
5. Faltas graves de respeto a profesores(as) y demás integrantes de la Comunidad
Educativa, incluido el Director.
6. No llevar con dignidad y respeto el uniforme del Colegio, tanto dentro como fuera de
él, especialmente durante la participación en actos oficiales representativos.
7. Hacer abandono temporal del Colegio, sin permiso de profesores, Director o Sub
Director (fuga).
8. Acumulación de atrasos sin que se evidencie una voluntad de superación del
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problema ante el primer llamado de atención
9. Robo o hurto de especies o valores, en el interior del Colegio o en sus dependencias
10. Robar, hurtar.
11. Usar sin autorización de la Dirección, el nombre del establecimiento para fines
particulares o en beneficio de terceros.
12. Portar o introducir al colegio cualquier tipo de armas, ya sea de fuego, ya sea
elementos corto punzante, o cualquier otro objeto contundente que pueda ser
utilizado para autolesionarse, poner en riesgo la seguridad o provocar lesiones a los
integrantes del Centro Educativo, o a terceros.
13. Utilizar los computadores del Colegio para chatear, observar, o bajar cualquier
información no educativa, o cualquier otra información que promueva anti valores.
14. La sustracción de pruebas, adulteración de notas en libros de clases, certificados o
cualquier otro documento que emane del Colegio, ya sea por escrito o vía Internet.
15. Actos de actos de hostigamiento, matonaje, bullying, violencia en todas sus
manifestaciones que atentan contra la integridad de las personas de la Comunidad
Educativa, ya sea en daño directo o a través de medios electrónicos, digitales y/o
cibernéticos.
16. No respetar la cultura de nuestro país, sus símbolos patrios y los actos cívicos y
culturales.
17. Otros
Procedimiento para las faltas graves y muy graves:
Proceso de investigación por parte del profesor jefe, derivación del alumno a la
Dirección. Definición del proceso de investigación por parte del profesor, definición de
la sanción por parte del Director (una vez realizada la investigación). Toma de
conocimiento de la sanción por parte del alumno y su apoderado (con constancia
escrita). Instancia de apelación por parte del apoderado del alumno, sólo cuando se
trate de sanciones que dan lugar a la no renovación de matrícula. El plazo para apelar
fundadamente sobre la resolución indicada anteriormente, será de 5 días hábiles por
escrito ante la autoridad correspondiente. Una vez estudiado el recurso, la Dirección se
comunicará personalmente y/o por escrito a los padres acerca de la resolución sin
ulterior recurso, quedando constancia.
Ante cualquier hecho puntual que implique ser sancionado por una falta grave o muy
grave, el Director o el profesor aplicarán la gradualidad establecida para tales casos.
Quedará registrado en la hoja de vida del libro de clases.
Se aplicarán las siguientes sanciones a las FALTAS GRAVES Y MUY GRAVES:
_ Registro en el libro de clases;
_ Comunicación y citación al apoderado por parte del profesor jefe;
_ Suspensión temporal de clases;
_ Matrícula condicional;
_ No renovación de matrícula.
Frente al incumplimiento de lo anterior por parte del alumno y su apoderado, la escuela
se reserva el derecho a no renovar la matrícula, con acuerdo del Consejo de Profesores,
y de las disposiciones legales vigentes, y previo informe al Departamento Provincial de
Educación.
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TITULO IV DOCUMENTOS Y NORMAS FUNDAMENTALES:
1. AGENDA ESCOLAR: Obligatoria para todos los alumnos del Colegio
ART.1 La agenda escolar o libreta de comunicaciones es un documento oficial del
Colegio, que hace de nexo permanente entre el establecimiento y familia del
alumno. Éste deberá llevarla en forma permanente manteniéndola ordenada,
limpia y bien presentada. Los apoderados deben revisarla y/o firmarla
diariamente cuando corresponda.
ART.2 Ésta deberá llevar los datos personales del alumno, los del apoderado,
apoderado suplente y la firma de uno de ellos. El Colegio sólo aceptará las
comunicaciones firmadas por el apoderado, las que podrán ser revisadas por
cualquier educador del establecimiento.
ART.3 En caso de pérdida de la agenda escolar deberá adquirir una nueva.
ART.4 Todo alumno tiene la obligación de tenerla y usarla en el Colegio, presentándola
cuando le sea requerida por algún profesor o por la Dirección.
ART.5 En ella los alumnos consignan las fechas de sus tareas, evaluaciones y
compromisos escolares, para llevar un control de sus calificaciones, como
también los aspectos personales y sociales que necesiten ser recordados. Es
responsabilidad de cada alumno cuidarla y mantenerla en buen estado, dándole
un uso estrictamente escolar. Por su parte, el apoderado deberá ocupar este
medio como conducto para comunicarse con el Colegio y justificar inasistencias,
pedir permisos, entrevistas personales y firma requerida.
2. PRESENTACIÓN, ASEO PERSONAL Y USO DEL UNIFORME ESCOLAR
El ser humano se relaciona no sólo con su entorno natural, sino también lo hace con los
demás, donde adquiere relevancia la higiene y presentación personal que permite que
cada educando se sienta cómodo entre los que le rodean.
El alumno deberá asistir a la escuela haciendo uso obligatorio del uniforme.
Será responsabilidad del apoderado y del alumno la correcta presentación personal y
el uso del uniforme escolar.
2.1. PRESENTACIÓN Y ASEO PERSONAL
ART.6 El alumno diariamente deberá presentarse a clases correctamente uniformado,
con el cabello limpio, peinado y ordenado. El largo del cabello, en los varones, no
debe sobrepasar el cuello de la polera.
ART.7 Los alumnos deben presentarse con su uniforme ordenado y zapatos lustrados. El
pantalón del uniforme debe usarse a partir de la cintura y el largo de la falda de
las damas sobre la rodilla. El uso de zapatillas de cualquier color, no se permite
con el uniforme.
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ART.8 Cualquier problema que tenga el apoderado con la presentación personal de su
pupilo deberá ser solucionado con el profesor jefe.
1ª vez. Se enviará comunicación al apoderado informando del incumplimiento de su
uniforme.
2ª vez Se enviará una nueva comunicación al apoderado citando al apoderado para
que exponga los motivos de dicho incumplimiento. El alumno será anotado en su
hoja de vida.
ART.9 El alumno que en forma reiterada no cumpla con estas normas de presentación
personal quedará amonestado en su informe de personalidad.
Los profesores y directivos se preocuparán de que se cumplan estas normas de
presentación y aseo personal en su control diario y permanente;
2.2. USO DEL UNIFORME ESCOLAR DEL NIVEL TRANSICION II (KINDER) A SEXTO BASICO
Damas Varones
Polera gris con cuello burdeo e insignia del
Colegio
Polera gris con cuello burdeo e insignia del
Colegio
Falda cuadrillé color gris con burdeo
Pantalón gris
Sweater plomo con escote en V e insignia
del Colegio
Sweater plomo con escote en V e insignia
del Colegio
Zapatos negros, calcetas o pantys plomas
Zapatos negros
En los días de frío y/o lluvia: chaquetón o parka gris, azul marino o negro, sin
combinaciones de colores. Pantalón gris o del color de la falda (niñas).
A contar del mes noviembre, previo aviso, se autorizará el uso del uniforme de
educación física de verano.
Los alumnos no podrán asistir a clases con buzo, polerón, zapatillas (Excepto Educ.
Física), o ropa que no corresponda al uniforme señalado anteriormente, salvo
autorización escrita del Director, y previa solicitud del apoderado. Tampoco podrá
retirarse del colegio sin su uniforme.
A los alumnos de Transición II (Kinder), es obligatoria la cotona o delantal del
parvulario.
El uso de prendas del uniforme de Educación Física no está autorizado en días en
que no se realice la asignatura.
Toda prenda de vestir debe estar marcada con el nombre del alumno y curso.
ART.10.1 Uso del Uniforme de Educación Física, obligatorio para todas las clases de
Educación Física.
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Uniforme de Educación Física
Damas y Varones
Buzo con el logo del Colegio (pantalón y polerón)
Polera blanca con logo del Colegio
Zapatillas deportivas
Útiles de aseo; jabón, toalla, peineta
Uniforme de Educación Física de verano
Damas
Varones
Polera blanca con logo del Colegio
Polera blanca con logo del Colegio
Calzas azul rey (cortas)con logo del
Colegio
Short azul rey con logo del Colegio
Calcetas blancas
Calcetas blancas
Zapatillas deportivas
Zapatillas deportivas
ART.10.2 El alumno que use buzo deportivo, será sólo el del Colegio. El uso del buzo
deportivo se permitirá sólo el día de clase de Educación Física, que debe estar
limpio y en buen estado. Los días de Educación Física, los alumnos deberán ingresar
al Colegio con el buzo.
ART.10.3 Toda prenda deberá estar marcada en forma indeleble con el nombre
completo y el curso. El no uso del uniforme y el desaseo personal será sancionado
con una anotación en el libro de clases y en su Informe de Personalidad.
ART.10.4 Es exclusiva responsabilidad de los apoderados estar informados sobre alertas
preventivas, y preemergencias. En ese caso la labor de los profesores es suspender
las clases para los niveles correspondientes:
- Alerta ambiental: Suspensión de las actividades de Transición II (kínder) a
segundos básicos.
- Preemergencia: Suspensión de las actividades en todos los niveles.
TITULO V ASISTENCIA, PUNTUALIDAD, ATRASOS E INASISTENCIAS:
Una forma de manifestar el respeto a los demás es mediante la puntualidad y asistencia
a los compromisos contraídos. La puntualidad es un hábito que, inserto en el respeto a sí
mismo y en el trabajo de los demás, adquiere gran importancia como logro educativo.
Es prioritario para el Colegio exigir a todos los miembros de la Comunidad Educativa el
esfuerzo en conquistar éste hábito, para que se cumpla en todas las actividades
programadas.
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1. ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD
ART.11 Los alumnos deben asistir diaria y puntualmente a todas las clases, taller y/o
actividades extra programáticas en las que se haya comprometido y las que
estén obligados. También los alumnos deberán asistir obligatoriamente a
actividades educativas de carácter oficial, previa citación.
Horario de ingreso Educación Básica
Jornada mañana: 8:00 AM
Jornada tarde: 13:40 PM
Horario de ingreso Pre escolares (Kínder)
Jornada mañana: 8:30 AM
Jornada tarde: 14:00 PM
2. INASISTENCIAS A CLASES POR ENFERMEDAD U OTRAS CAUSAS IMPREVISTAS
ART.12 Si un alumno falta a clases por enfermedad u otro motivo, el apoderado lo
justificará por medio de la agenda o personalmente, adjuntando, cuando
corresponda, el certificado médico.
Las justificaciones con certificado médico, deberán ser entregadas en la
Dirección del Colegio en los horarios señalados y previamente publicados, no se
podrá hacer en otro momento.
ART.13 En caso de enfermedad u otras causas imprevistas en el Colegio, corresponderá
al profesor o a la Dirección informar al apoderado para que asista a retirar a su
hijo(a), autorizando la salida de la escuela previa constancia del motivo y de la
hora en un libro "registro de salida" que se encuentra en la sala de profesores.
ART.14 Sólo el apoderado podrá retirar a su pupilo. En casos excepcionales en que el
apoderado no lo pueda hacer, podrá delegar esa obligación en otra persona,
pero siempre que el Colegio esté en conocimiento de ello y lo autorice.
ART.15 El retiro de un alumno por parte del apoderado en casos debidamente
justificados, se podrá realizar sólo en el horario establecido y previamente
publicado, y no en otro.
INASISTENCIAS A EVALUACIONES O TRABAJOS
ART.16 Ante ausencia a trabajos, interrogaciones y disertaciones, justificadas
oportunamente, el profesor respectivo dará una nueva fecha. Si el alumno no
cumple en esta segunda oportunidad será evaluado con nota insuficiente y se le
informará al apoderado en su agenda escolar.
ART.17 La inasistencia a cualquier prueba previamente fijada o la no entrega de un
trabajo establecido en la fecha indicada, debe ser justificada mediante
certificado médico, por escrito en la agenda escolar del Colegio o la presencia
del apoderado, dentro de las siguientes 24 horas, en la Dirección del
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establecimiento.
ART.18 El alumno que tenga pruebas pendientes por inasistencias y justificadas por el
respectivo certificado médico, serán caendarizadas y tomadas en la fecha que
indique el jefe de UTP o el mismo día en que el alumno se reintegre a clases. El no
cumplimiento y cerrando el proceso de notas, se evaluará con nota insuficiente.
INASISTENCIA A CLASES SIN CAUSA JUSTIFICADA
ART.19 Si un alumno abandona sin autorización del profesor el recinto del
establecimiento, será sancionado, ya que constituye una falta grave, que dará
lugar a una anotación en el libro de clases, citación de apoderado, suspensión o
condicionalidad según el caso.
ART.20 Las pruebas pendientes por inasistencias y que no han sido justificadas por el
apoderado dentro del plazo exigido y finalizado el proceso de notas, el alumno
será evaluado con nota insuficiente.
3. ATRASOS
Si el alumno, por razones de fuerza mayor está impedido de llegar puntualmente al
Colegio, debe ser el apoderado quien anticipadamente solicite la autorización a la
Dirección. Esta solicitud debe ser personalmente y no por teléfono.
1. Atrasos al Ingreso de la jornada escolar
Art.21 El alumno siempre tendrá que desarrollar el hábito de la puntualidad y evitará
llegar atrasado. Toda llegada del alumno al Colegio después de las 08:10 AM
jornada de la mañana y 13:50 PM jornada de la tarde, será considerada como
un atraso y será registrado en el registro de atrasos y posteriormente en la hoja
de vida del alumno y en el informe de personalidad.
ART.22 En casos debidamente justificados se aceptará el ingreso al Colegio hasta las
08:15 hrs. jornada de la mañana y 13:55 jornada de la tarde, horario en que el
Colegio cerrará sus puertas. Posterior a ese horario no se podrá ingresar al recinto
educacional si no es acompañado por el apoderado.
2. El alumno que acumule reiterados atrasos
Art.23 Al 6° atraso del alumno durante el semestre, se registrará en la hoja de vida de su
pupilo y en su informe de personalidad. Se informará por escrito al apoderado
de la medida aplicada.
TITULO VI COMPORTAMIENTOS, ACTITUDES, VALORES EN AULA Y DEPENDENCIAS DE LA
ESCUELA:
Para que se desarrolle una buena formación integral es necesario crear un ambiente
educativo donde reine un clima de respeto y tolerancia. No obstante tendremos que
enfrentar situaciones de conflicto que son esperables en toda comunidad educativa.
Aprender a enfrentarlas y resolverlas en forma pacífica es parte fundamental de
"aprender a convivir".
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ART.24 Al inicio de cada jornada, de los días lunes el alumno se ubicará en el patio
principal, para escuchar en silencio y con respeto los "Buenos Días" y/o "Buenas
Tardes", se entonará el Himno Nacional y las informaciones pertinentes,
acompañado por el profesor que corresponda. El resto de la semana los
alumnos se formaran frente a su sala de clases con el profesor de la asignatura.
ART.25 Los alumnos deben respetar a todo el personal del establecimiento (Directivos,
docentes, administrativos, y tendrán especial deferencia y respeto con el
personal auxiliar) El respeto y protección a la vida privada y pública y a la honra
de las personas y sus familias es fundamental en nuestro proyecto educativo y
de convivencia escolar. Lo anterior está garantizado por la Constitución Política
de la República, por lo que su infracción está sancionada.
ART.26 Como comunidad escolar hemos definido procedimientos de mediación escolar
con el objetivo de promover la gestión positiva de los conflictos, facilitar
acuerdos constructivos, reducir las tensiones y evitar la violencia dentro y fuera
del Colegio, creando un clima escolar pacífico y favorable donde se pueda
desarrollar la autoestima, la confianza mutua, las capacidades de compartir
sentimientos, información, experiencias, una actitud positiva y optimista ante la
vida.
Habrá un profesor a cargo de Convivencia Escolar.
ART.27 No se permitirá circular en bicicleta, patines, skates, scooter, u otros similares
dentro del establecimiento. Todo alumno que se movilice en bicicleta se hace
responsable de ella. El establecimiento no se responsabilizará de pérdidas o
deterioros que éstas experimenten.
ART.28 Cuando algún integrante de la Comunidad Educativa incurriera en robo o hurto
de documentos oficiales, reconocidos por el MINEDUC como libro de clases,
certificados, actas de notas, concentraciones de notas, informes de
personalidad, y otros de esa índole, será considerada falta gravísima y se
sancionará como falta muy grave de conformidad con lo señalado en dicho
acápite, aplicándoles las sanciones contempladas, especialmente la
condicionalidad o término de contrato de Servicios Educacionales.
ART.29 Durante el recreo los alumnos deben abandonar las salas de clases. Cooperarán
en esta labor los profesores de asignaturas que atendieron al curso, y el auxiliar.
Jugarán en el patio sólo con balones plásticos para evitar accidentes.
ART.30 En ausencia del profesor, los alumnos no podrán salir de la sala y ocuparán su
tiempo en lo que le indique el jefe de U.T.P. o el profesor que esté en horario de
completación.
ART.31 El alumno no podrá abandonar la sala en horas de clases
ART.32 La clase de Educación Física es obligatoria. El apoderado estará informado a
través de la libreta de comunicación de los días y horarios. Todo alumno que no
haga educación física deberá estar justificado por su apoderado ante el
profesor, o en su defecto presentar el certificado médico. El profesor de
educación física, asignará al alumno otra actividad.
ART.33 Los traslados de cursos a otras dependencias del establecimiento, como por
ejemplo en educación física, computación y talleres, se harán bajo la
responsabilidad del profesor que los atiende en ese momento, en forma
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ordenada.
ART.34 El uso de las salas fuera del horario de clases debe tener autorización de la
Dirección.
ART.35 Al finalizar la jornada los alumnos saldrán formados de su sala de clases hasta la
salida del Colegio, con el profesor a cargo del último periodo.
ART.36 Los alumnos que asistan a talleres pedagógicos deben traer su colación, debido
a que no podrán salir del establecimiento. La Dirección destinará un lugar físico
para ellos. Por seguridad está prohibido a los alumnos, salir a realizar compras
fuera de la escuela, o ir a almorzar a su casa. Hay casos excepcionales en los
que el profesor respectivo otorgará al alumno permiso, siempre y cuando el
alumno cumpla con los requisitos para otorgarle esa autorización, como por
ejemplo, vivir a una distancia máxima del colegio de 200 metros a la redonda,
que el traslado sea a pie, sin tener que tomar locomoción, para evitar
accidentes en el trayecto, solicitud escrita por parte del apoderado, etc.
ART.37 No se permitirá a los alumnos su permanencia en las puertas de acceso del
Colegio o lugares adyacentes a ellas. Los alumnos que esperan transporte
escolar lo harán en la entrada principal.
ART.38 Con el fin de proteger y velar por la seguridad de los alumnos, no está permitido
traer elementos tales como MP3, Ipod, MP4, celulares, cámaras fotográficas,
notebooks, tablet y otros artículos similares u objetos personales de valor. La
escuela no se responsabilizará por pérdida, hurto o robo de los objetos
mencionados. Los alumnos que no cumplan con lo anterior se exponen a que
dichas pertenencias sean retenidas hasta que asista su apoderado, quien en
caso de no hacerlo, serán entregados a fin de año.
TITULO VII MANTENCIÓN Y CUIDADO DE LOS BIENES:
El Colegio pone a disposición tanto de cada alumno como de cada curso diversos
materiales escolares, siendo responsabilidad de los usuarios mantenerlos en buen
estado. Todo destrozo, deterioro o daño en general, deberá ser reparado o repuesto
por los responsables del daño inferido, de acuerdo al valor del mismo, determinado por
la administración.
El respeto hacia sí mismo y a los demás, deberá manifestarse, a través, del cuidado y
mantención de la sala de clases, los muebles que se encuentran en su interior, y demás
lugares del colegio. Esta preocupación es responsabilidad de cada uno de los alumnos.
Es obligación moral de todo alumno informar al Director o profesor de curso sobre los
deterioros, destrozos o daños que sean detectados como señal de pertenencia al
colegio.
ART.39 Todos los integrantes de la Comunidad Educativa serán solidarios con el personal
auxiliar para mantener limpio y ordenado el recinto. El cariño y cuidado por la
belleza ecológica es emblemático en el colegio C E D I. Por eso, tendrá especial
diligencia en la mantención de las plantas y árboles, su deterioro será
considerado una falta grave. El alumno será cuidadoso de la luz y el agua como
en el uso de los materiales y equipos didácticos de uso común.
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ART.40 Cada alumno es responsable del buen uso de los recursos y bienes que utilice y
que son patrimonio del Colegio: bancos, sillas, muebles en general, material de
trabajo que se les asigne, instrumentos de laboratorio, computadores, data
show, mapas, libros, materiales deportivos, plantas, paredes, vidrios, baños,
artefactos sanitarios, camarines, duchas, instrumentos musicales etc. Cualquier
deterioro, o daño en general de éstos, deberá ser restituido por él o los
causantes. En caso de no presentarse responsables, el curso o grupo asumirá el
pago del daño.
ART.41 Está absolutamente prohibido rayar los baños, los bancos y sillas, las paredes del
establecimiento en especial, con contenidos que afecten el honor y/o la honra
de las personas, y todo lo que sea contrario a las buenas costumbres.
El alumno que sea sorprendido en esta acción se le aplicará la condicionalidad,
pudiendo incluso cuestionar su permanencia en el Colegio.
ART.42 La escuela no se responsabilizará por pérdidas de bienes o valores de los
alumnos, ocurridas durante la permanencia de éste en el Colegio, ya sea en
actividades sistemáticas o extra programáticas.
ART.43 Entregar a los profesores o auxiliar todo aquello que no sea de su propiedad con
el objeto de devolverlo a su dueño.
ART.44 El uso de equipos audiovisuales, DVD, data show, computadores, impresoras y
sala multiuso, debe realizarse con la presencia permanente de un profesor o el
encargado respectivo.
USO DE LA BIBLIOTECA
ART.45 El plazo de devolución de los libros prestados será de quince días corridos.
Renovables sólo en el caso de no estar en reserva.
ART.46 Los textos únicos, colecciones o enciclopedias, serán facilitados sólo para lectura
en el recinto.
ART.47 Todos los alumnos deberán devolver los préstamos en el día indicado.
ART.48 Los alumnos reincidentes como también aquellos que no respetan el silencio del
lugar serán enviados a su sala correspondiente.
TITULO VIII RENDIMIENTO ACADÉMICO:
El crecimiento integral supone y exige la responsabilidad con los compromisos escolares
y el logro de un buen rendimiento académico. El Colegio posee un Reglamento
específico de Promoción y Evaluación, del cual destacamos los siguientes puntos:
ART.49 Como una manera de tener informados a los apoderados de los logros
obtenidos por su pupilo en los diferentes periodos del año lectivo, el Colegio
entregará informes de notas parciales y semestrales de la situación académica y
conductual. De esta manera, el apoderado deberá preocuparse de que el
alumno alcance el nivel de desarrollo integral deseado.
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COLEGIO CEDI
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ART.50 Los informes de notas semestrales serán entregados personalmente a los
apoderados en reuniones de padres y apoderados.
ART.51 Los alumnos que al término del primer semestre manifiesten un bajo rendimiento
académico, recibirán del Profesor jefe las observaciones respectivas. Con uno o
más subsectores reprobados quedarán amonestados con citación del
apoderado.
ART.52 El repetir curso por segunda vez en el establecimiento, no habiendo
aprovechado las oportunidades dadas, habiéndose revisado la situación, caso
a caso por el Consejo de Profesores y la Dirección, se verá si continúa o no en el
Colegio, dependiendo de la disposición de vacantes y de su conducta.
ART.53 La falta de honestidad en los deberes escolares, se considera una falta grave.
Las situaciones de copiar en pruebas, presentación de trabajos ajenos serán
sancionadas en la parte conductual valórica.
1ª vez amonestación escrita en su agenda escolar firmada por el apoderado.
2ª vez suspensión, citación de apoderado y anotación en la hoja de vida.
3ª vez Condicionalidad.
1. AMONESTACIÓN: Es el compromiso formal de superación que busca
establecer, con claridad y precisión, aquellos desafíos que el alumno debe
cumplir, superando sus deficiencias en el aspecto académico, en su
compromiso personal y en su formación disciplinaria. La amonestación puede
ser escrita o verbal.
- Amonestación verbal:
Es motivada por una falta leve. Es aplicada por el profesor respectivo, o la autoridad
que corresponda. Se registra en la hoja de vida del alumno el hecho que constituye la
falta, y la medida que se tomará.
- Amonestación escrita:
Está motivada por reiteradas amonestaciones verbales, por reiteradas faltas que siendo
leves o graves, se ven reflejadas en el aspecto conductual del alumno. De esta falta se
deja constancia en la hoja de vida del alumno. La amonestación deberá ser firmada
por el apoderado. Esta sanción implica un compromiso del alumno y del apoderado
para superar dichas faltas.
La aplica el profesor jefe, dando lugar a una anotación negativa en el libro de clases.
2. CONDICIONALIDAD:
La condicionalidad significa que la permanencia del alumno en el Colegio estará sujeta
a la superación de las tareas rectificadoras señaladas.
ART.54 La condicionalidad tiene una duración equivalente al año lectivo en curso y
representa un compromiso de superación, crecimiento personal y una medida
rectificadora para que el alumno tome conciencia y supere las deficiencias en
su rendimiento académico, compromiso y/o con el proceso de formación
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disciplinaria.
ART.54.1 Los alumnos repitientes que hayan sido aceptados por el Consejo de Profesores
y la Dirección, estarán también en situación de condicionalidad. Los profesores
jefes entregarán semestralmente informes sobre su desempeño.
ART.54.2 Aquellos alumnos que no presentan una aceptación y un comportamiento
adecuado a la línea de esta unidad educativa, ya sea en clases, visitas
programadas, paseos y actos cívicos internos que tengan un abierto desinterés
por el proceso Educativo integral, firmarán un documento de condicionalidad.
ART.54.3 Los alumnos que presenten reincidencia en actitudes deshonestas, groseras o
deterioren los bienes propios del establecimiento o ajenos quedarán en situación
de condicionalidad.
ART.54.4 Los alumnos que luego de un período de seguimiento personal y familiar,
analizada su ficha personal y su registro de observaciones tanto en conducta
como en rendimiento, y que como consecuencia de ello sean propuestos por el
Consejo de Profesores y el Director quedarán condicionales.
ART.54.5 Los alumnos que en el transcurso del año presenten actitudes calificadas de
graves, podrán quedar condicionales por la Dirección, escuchando la opinión
del Consejo de Profesores.
ART.54.6 La condicionalidad es anual, es decir, al término del año lectivo,
independiente del momento de cursada la condicionalidad, ésta será evaluada
por la Dirección, quien definirá la situación en un posible término del Contrato de
prestación de Servicios Educacionales o bien en una amonestación, luego de
haber escuchado las sugerencias del Consejo de Profesores.
TITULO IX ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS O EXTRA-PROGRAMÁTICAS:
El COLEGIO C E D I ofrece como actividad extra-programática el taller de música, como
un complemento importante para los alumnos en el desarrollo de sus aptitudes
artísticas, presentándolas en los actos culturales programados por el establecimiento,
para apoderados o alumnos.
La actividad extra-programática tiene un carácter obligatorio, una vez que el alumno
opta por ella. Por tanto, no podrá retirarse cuando lo estime conveniente, sin que su
apoderado informe al Colegio de dicha determinación.
ART.55 Como complemento a las actividades académicas se realizarán talleres de
comprensión lectora, habilidades matemáticas, inglés y música para los
diferentes cursos y serán de carácter de obligatorio.
ART.56 El alumno que opta por el taller de música debe tener un buen rendimiento en
las asignaturas del Plan de Estudio. Si el alumno está mal en conducta y/o
rendimiento, el profesor responsable de este proceso, podrá suspenderlo de esa
actividad.
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Normas que los alumnos y apoderados deben cumplir en las actividades
complementarias y extra-programáticas
1. Las actividades se realizaran en jornadas alternas a la del alumno.
2. Dicho ingreso debe ser con el uniforme escolar, en caso de que el alumno no lo
pueda hacer, se debe acercar al profesor correspondiente.
3. El apoderado no puede hacer ingreso a los talleres en ningún caso, ya sea para
acompañar a su pupilo, para entregarle algún objeto o alimento, para practicar
con los instrumentos, etc.
4. Cualquier apoderado que desee conversar con el profesor deberá hacerlo fuera del
horario de los talleres, antes del inicio, al término de la práctica o en el horario de
atención del profesor.
5. El alumno deberá constantemente ganarse su permanencia en el taller, a través, de
buen rendimiento académico, buena disciplina y debe saber que está siendo
constantemente evaluado por los profesores del Colegio, especialmente por su
profesor jefe.
6. La asistencia y puntualidad a las prácticas de los talleres, serán un antecedente a
considerar por los profesores para la participación en los eventos futuros. Toda
inasistencia deberá ser justificada en forma escrita por el apoderado.
7. El apoderado no puede sacar material escrito o instrumental que sea de uso exclusivo
de los alumnos, tampoco puede ingresar su material para utilizar en los talleres, salvo
una determinación del profesor a cargo.
8. Es importante la colaboración de los apoderados para el correcto funcionamiento
del taller, para que su pupilo (quien es realmente el que tiene que ocupar las
instalaciones del establecimiento), aproveche al máximo el compartir y convivir
sanamente.
TITULO X ESTÍMULOS Y PREMIOS:
Fiel a la praxis y tradición de nuestro Colegio, se privilegiará todas las instancias positivas
a su alcance para estimular al educando a la propia superación y crecimiento
personal.
En determinados casos, se hará público reconocimiento de sus logros, habilidades y
aptitudes, a través, de las premiaciones y estímulos, como la Excelencia Académica, el
premio al Mejor Compañero por amistad y compañerismo, se reconoce y se destaca
también la Superación y el Esfuerzo, el Compromiso Social, etc.
Los premios son los siguientes:
1.- Premio COLEGIO C E D I, a los alumnos destacados por su EXCELENCIA ACADÉMICA.
2.- Premio, en relación a la Amistad y Compañerismo.
3.- Premio, en relación al Esfuerzo y Superación
4.- Premio, en relación a la música y la conducta deportiva.
5.- Premio en relación a 100% asistencia.
Siempre será valorado en un alumno el buen comportamiento, la colaboración y
responsabilidad, la asistencia y puntualidad, la vivencia de los valores entregados por el
Colegio y la destacada trayectoria que pueda demostrar en el arte, en el deporte, la
música y la creatividad en general, es por ello que se crean estas instancias para
premiarlos.
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TITULO XI PROCEDIMIENTO PARA PASEOS, VISITAS PROGRAMADAS Y OTROS:
ART.57 Las visitas pedagógicas, forman parte de nuestro proceso educativo, por lo cual
están autorizadas, deben ser organizadas y comunicadas a la Dirección del
Colegio por el profesor jefe con quince días de anticipación, para poder
informar a la Dirección Provincial Oriente.
Los alumnos deberán asistir con el uniforme escolar o buzo deportivo oficial,
según en lugar, y contar con la autorización por escrito del apoderado.
ART.58 A fin de año, los cursos que deseen tener un momento de encuentro, tipo paseo,
éste deberán realizarlo en horario fuera de clases.
ART.59 Los cursos autorizados para realizar visitas pedagógicas contarán con el respaldo
del Seguro Escolar (Decreto N° 313, ART.3 de la Ley 16744).
ART.60 No están autorizadas las campañas económicas, tales como rifas, bingos,
comidas, bailes, etc. utilizando el local y equipos del Colegio en beneficio de
grupos particulares.
ART.61 Está estrictamente prohibido el uso del nombre del Colegio para fiestas, afiches y
otros eventos sin autorización de la Dirección, especialmente si atentan contra
los valores sustentados por el establecimiento. El Colegio avalará sólo las
actividades propias y oficiales organizadas por la Dirección junto con el Centro
General de Padres y Apoderados.
TITULO XII NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR ASOCIADAS A LOS ALUMNOS, PADRES Y
APODERADOS:
Los padres de familia son la instancia básica y primeros responsables de la
educación y el fomento de los valores y principios en sus hijos. El Colegio y sus
educadores son colaboradores de la familia en el crecimiento integral de los
educandos.
La opción de ellos por este Colegio, los convierte en agentes educadores que entregan
su respaldo y cooperación a los procesos de enseñanza, aprendizaje, a la formación de
hábitos y valores proporcionados por el Colegio.
1. Normas asociadas a los alumnos.
El alumno tiene los siguientes derechos:
a) Ser respetado y valorado como persona en todo momento.
b) Conocer el proyecto Educativo, el Reglamento de Evaluación y el Manual de
Normas y Criterios de Convivencia Escolar.
c) Recibir una educación de calidad de acuerdo a los planes y programas del Ministerio
de Educación, contextualizados y enriquecidos según nuestro proyecto Educativo.
d) Vivenciar una educación basada en conocimientos e inspirada en valores propios
de nuestra institución, en coherencia con nuestro Proyecto Educativo.
e) Compartir, de acuerdo a su edad, intereses y habilidades, en todas las actividades
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académicas y extra programáticas que se realicen en el Colegio: deportivas,
culturales, artísticas y de acción social.
f) Utilizar la infraestructura del Colegio que requiera para el normal desarrollo del
Régimen Curricular en actividades de aula, laboratorio de computación, biblioteca,
deportivas, etc., conforme a las normas y procedimientos que establece la
Dirección para su uso y cuidado.
El alumno tiene los siguientes deberes u obligaciones:
a) Conocer, respetar, cumplir y valorar el proyecto Educativo, el Manual de Normas
y Criterios de Convivencia Escolar y el Reglamento de Evaluación, actuando
responsablemente como protagonista y gestor de su propio crecimiento.
b) Acoger y vivenciar los valores que deben distinguir a un alumno con la identidad
del Colegio CEDI.
c) Aceptar y adherirse positivamente a las exigencias disciplinarias, ético-morales,
como expresión de seriedad y respeto a la formación que promueve el Colegio.
d) Dar exacto cumplimiento a los compromisos académicos, culturales y extra-
programáticos programados por el Colegio o por el curso.
e) Traer una colación adecuada para su normal nutrición y salud.
f) Todos los demás deberes que contiene este Manual de Normas y Criterios de
Convivencia Escolar.
2. De los padres y apoderados
Se espera de los Padres y Apoderados que:
a) Sean fieles colaboradores de todos los estamentos del colegio que están al servicio
de sus hijos: Dirección, profesores(as), educadoras de párvulos, administrativos,
auxiliares y la Directiva General del Centro de Padres y Apoderados.
b) Estén interesados en conocer y vivenciar el proyecto Educativo del Colegio.
c) Sean responsables y puntuales, en el fiel cumplimiento de sus obligaciones como
apoderados y/o sostenedores, tanto en el acompañamiento académico de su
pupilo, como en el financiamiento, y compromisos con su grupo curso y el Centro
General de Padres y Apoderados.
d) Sean participativos y activos en las reuniones de curso.
e) Participen en las actividades formativas, educativas y sociales que ofrece el
establecimiento, para estar en consonancia con lo que el Colegio ofrece a sus hijos.
g) Los padres de familia conforman un estamento que tiene sus representantes frente a
la comunidad escolar y es iniciativa de los padres aceptar los cargos para
representar a sus grupos-cursos o directivas generales.
h) Elijan democráticamente a sus representantes, tanto en el curso al que pertenecen
él o sus hijos, como en el Centro General de Padres y Apoderados
Normas asociadas a los Padres y Apoderados
ART.64 Es deber del apoderado, conocer, comprender y aceptar los fundamentos del
Colegio que se presenta en el Proyecto Educativo, y colaborar asumiendo su rol
activo como integrante de la Comunidad Educativa.
ART.65 Supervisar el cumplimiento de tareas y compromisos asumidos por su pupilo en
las actividades curriculares de aula y de carácter extra-programáticas.
ART.66 Acompañar a su pupilo en los procesos acordados con el centro educativo para
el mejoramiento de su rendimiento académico y conductual.
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ART.67 Imponerse a cabalidad del Reglamento Interno y Manual de Normas y Criterios
de Convivencia Escolar del alumno, y el de Evaluación y Promoción.
ART.68 Tratar respetuosamente a todos los integrantes de la Comunidad Educativa.
ART.69 Responder por las acciones de violencia realizadas por su hijo en contra de
alguna persona, o de las dependencias del Colegio.
ART.70 Aceptar la mediación o diálogo y el apoyo del Colegio para superar dificultades
familiares que afectan directamente el proceso educativo y la personalidad en
desarrollo de su pupilo.
ART.71 Buscar apoyo profesional fuera del Colegio cuando se presenta algún tipo de
patología o de dificultad mayor en su pupilo, especialmente cuando sea
sugerido por el profesor jefe del alumno o la Dirección del establecimiento.
ART.72 Informar al Colegio sobre cualquier eventualidad que afecte el bienestar y la
seguridad de sus hijos.
ART.73 Cada alumno tendrá un apoderado, que de preferencia será uno de sus padres.
Como una excepción, se aceptará a otra persona que los represente.
ART.74 La matrícula es un trámite que obligatoriamente debe ser cumplido por el
apoderado en las fechas establecidas. Quién así no lo haga dará a entender
que deja la matrícula a disposición del establecimiento.
ART.75 Asumir responsablemente los compromisos económicos contraídos con el
Colegio, por la prestación de servicios del año en curso.
El apoderado se compromete a pagar los primeros 20 días de cada mes, una
cantidad de dinero señalada y expresada en el Contrato de Prestación de
Servicios Educacionales, a contar del mes de Marzo hasta Diciembre. Además
aportará responsablemente las cuotas propias del Centro General de Padres y
Apoderados y de sus respectivos cursos, especialmente para fines culturales,
visitas pedagógicas, etc. Todo cambio de apoderado deberá ser justificado y
notificado a la Dirección del establecimiento. En caso de falta grave del
apoderado en su responsabilidad como tal, el Colegio se reserva el derecho de
poner fin a su condición y exigir el cambio de apoderado.
Art.76 Es deber de los padres y apoderados estar en continua comunicación con el
Colegio respecto al alumno, a través, de la agenda escolar, oportunas
conversaciones con el profesor jefe en el horario establecido y siguiendo siempre
los conductos regulares: profesor jefe – profesor de asignatura - jefe UTP - y
Director del Colegio como última instancia.
ART.77 Los padres y apoderados deben garantizar la existencia y participación de sus
pupilos en todas las actividades de carácter obligatorio que promueve el
Colegio y en los compromisos adquiridos.
ART.78 Es obligación de los padres y apoderados concurrir al Colegio siempre que sean
citados, ya sea por algún problema con su pupilo, como por alguna actividad
educativa que el Colegio juzga de suma importancia. Especialmente cuando la
actividad educativa sea convocada por el Director del establecimiento. El
incumplimiento no justificado motivará el cambio de apoderado y la anotación
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en la hoja de vida del alumno.
ART.79 Los padres y apoderados están obligados a asistir a las asambleas y reuniones
oficiales de sus cursos, sin niños. En los casos de inasistencia no justificada,
deberán justificar con el profesor jefe a más tardar al próximo día lectivo.
Además, todo apoderado que no pueda asistir a reunión por alguna razón
válida, debe justificar dicha inasistencia antes de la reunión y posteriormente
acudir a una entrevista concertada por el profesor jefe.
ART.80 Las reuniones de padres y apoderados serán tres en el año como mínimo, siendo
avisadas con anticipación. Su horario será de 19:30 a 20:30 hrs. como máximo y
la asistencia es obligatoria. Es sin niños.
ART.81 Será de su responsabilidad la correcta presentación personal de su pupilo de
acuerdo al Manual de Normas y Criterios de Convivencia Escolar, en lo que se
refiere al uso del uniforme escolar, educación física, aseo y presentación
personal.
ART.82 La firma del apoderado es única y la estampará en el espacio correspondiente
que existe en la agenda. Es conveniente registrar la firma del padre y de la
madre. Así mismo, se preocuparán que sean llenados cuidadosamente los datos
personales del alumno. La adulteración de la firma del apoderado es
considerada falta grave.
ART.83 Debe asegurar la asistencia de su pupilo a las actividades escolares, y toda
inasistencia de éste a clases debe ser justificada por él, por medio de la agenda
escolar o personalmente.
ART.84 No se aceptarán llamadas telefónicas para efectos de justificación.
ART.85 Las horas médicas, dentales y/o tratamientos deberán ser solicitadas en horarios
que no interfieran con las clases sistemáticas. De lo contrario, deberá acercarse
a la Dirección para dejar la constancia respectiva.
ART.86 Para retirar de clases a un alumno se debe realizar el trámite en la Dirección,
personalmente por el apoderado, en el horario previamente publicado por el
Colegio.
ART.87 El apoderado debe exigir diariamente a su pupilo la agenda escolar para su
revisión y control.
ART.88 Todo ingreso al establecimiento debe ser con autorización, identificándose
como apoderado e indicando el motivo, para que a través del auxiliar o
profesor se llame a la persona que se necesita.
ART.89 Todo apoderado que necesite salas del colegio, para realizar reuniones
extraordinarias fuera del horario de clases, deberá solicitarlo a la Dirección del
establecimiento.
ART.90 Queda estrictamente prohibido interrumpir las horas de clases. Cualquier
consulta al profesor debe realizarse en el día y horario que esté fijado
previamente por él.
ART.91 Los apoderados se abstendrán de llamar por teléfono a los alumnos mientras
permanezcan en clases, a excepción de casos de urgencia, informando en la
Dirección.
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ART.92 El apoderado al firmar el Contrato de Prestación de Servicios Educacionales se
compromete a acatar las normas de convivencia y la línea educativa del
Colegio, y velará por el respeto y honra del personal de esta obra Educativa. Las
faltas graves de respeto a los integrantes de la unidad educativa serán
sancionadas con la finalización del Contrato de Prestación de Servicios
Educacionales.
ART.93 El apoderado no podrá alterar información relativa a la realidad
socioeconómica con el propósito de adquirir indebidamente los beneficios
sociales del Centro Educativo.
ART.94 Colaborar con los profesores en la realización y cumplimiento de las visitas y
salidas educativas que éstos determinen convenientes.
ART.95 Todo apoderado asume el compromiso de formar parte del Centro General de
Padres y Apoderados. Organismo encargado de colaborar en la labor
educativa y bienestar de los alumnos. Por consiguiente tiene el deber moral de
pagar la cuota del Centro General de Padres y participar en los proyectos del
mismo que van en ayuda de su propio pupilo.
ART.96 El apoderado se abstendrá de cualquier trato económico, directo o indirecto
con el personal docente, administrativo o de servicio del Colegio.
ART.97 El apoderado debe prohibir a su pupilo traer al colegio todo objeto que no
corresponda a las actividades de clases, tales como anillos, cadenas, celular,
MP3, MP4, cámara fotográfica digital, tablet, juegos de video, juegos en general,
u otros similares, o andar trayendo más dinero del necesario para gastos
personales. En caso de no cumplirse esta norma, el Colegio no se
responsabilizará por pérdidas.
ART.98 Anualmente se realizará una evaluación del apoderado por parte del profesor
jefe y consejo de profesores respecto de su participación en reuniones, la
formación exigida y su rol con el curso y el Colegio. El apoderado que no haya
cumplido con suficiencia esta tarea no podrá seguir como tal.
ART.99 La agresividad, incompatibilidad de caracteres o irresponsabilidad grave del
apoderado, como también el incumplimiento de sus compromisos acordado
con el Colegio serán causales para la no renovación de la matrícula cuyo
contrato será siempre anual, es decir, hasta el término de las clases del
respectivo año escolar. El juicio y calificación de estos actos o actitudes son de
exclusiva responsabilidad de la Dirección y del Consejo de Profesores.
ART.100 Es deber del apoderado responder y pagar los deterioros, daños o pérdidas de
libros de la biblioteca, instrumentos, equipos o parte de ellos, vidrios, mobiliario,
ornamentación interna o externa y demás implementos de propiedad del
Colegio, ocasionado individualmente por su pupilo o con su participación.
ART.101 El retiro de documentos oficiales del alumno (certificado de estudios, informe de
personalidad) lo debe realizar el apoderado personalmente y firmar documento
de retiro.
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TITULO XIV REGISTRO DE PERTENENCIAS DEL ALUMNO:
1. En caso de hurtos, robos, porte de armas blancas u objetos sospechosos al interior de
las salas de clases y/o grupos de alumnos, que no han sido en forma voluntaria
colocados a disposición de una consulta por parte de los profesores, se procederá a
revisar las pertenencias de los alumnos, previa consulta a ellos de quién se opone a
dicha revisión. Si un alumno no desea ser revisado por situaciones personales, se
respetará su decisión,
TITULO XV URGENCIAS MÉDICAS:
1. En caso de enfermedad del alumno, éste será atendido en la Sala de Primeros Auxilios
por el profesor encargado. El profesor jefe o la Dirección avisará al apoderado para
el retiro del alumno.
2. En caso de accidente se entregará la ficha de accidente escolar.
a) Se avisará de inmediato al apoderado en los teléfonos por él proporcionados.
b) El alumno, según la gravedad del caso será derivado de inmediato al servicio de
urgencia del hospital más cercano, para este caso, EL HOSPITAL LUÍS CALVO
MACKENNA, acompañándose la hoja del seguro escolar. El alumno será
acompañado por un adulto responsable o profesor.
c) Si el accidente es de menor gravedad, será el mismo apoderado quien traslade
al alumno al centro asistencial.
TITULO XVI DEL PROCESO DE MATRICULA Y ADMISION:
El Colegio acoge a todos los niños y niñas que deseen pertenecer al
establecimiento, previa inscripción y cumplimiento de los requisitos que la ley
establece y el Respectivo PEI.
A los alumnos antiguos se les enviará una comunicación informando del proceso de
matrícula, la forma de pago y el plazo para su inscripción.
El no matricularse en la fecha informada significará que deja la vacante para otro
postulante.
A los alumnos nuevos se publicará a través de la página web las vacantes
disponibles y el periodo de postulación.
La institución no renovará la matrícula a aquel alumno(a) que repita
consecutivamente un curso.
Todas estas normas están destinadas para realizar un trabajo acorde a las
necesidades de los educandos y a mejorar los lazos de buena convivencia en la
comunidad escolar. La Dirección del establecimiento junto al cuerpo docente se
transformarán en gestores y permanentes supervisores de los buenos hábitos de los
alumnos. Dado un ambiente gratificante y de reconocimiento de la superación de
los alumnos, la función del Colegio se beneficiará ampliando y mejorando los
canales de comunicación entre las familias que apoyan nuestra gestión educativa.
El proceso de enseñanza aprendizaje será internalizado por cada uno de los
miembros de este Colegio, como la premisa más importante, para entregar los
mejores alumnos a la nueva sociedad.