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COLEGIO CEDI Poeta Augusto Winter N°4017 Macul / www.colegiocedi.cl / fono: 22210636- 27929720 1 REGLAMENTO Y NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR COLEGIO CEDI AÑO 2017

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COLEGIO CEDI

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REGLAMENTO Y NORMAS

DE CONVIVENCIA

ESCOLAR

COLEGIO CEDI

AÑO 2017

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ÍNDICE DE MATERIAS

VISIÓN Y MISIÓN .......................................................................................................................................... 3

TITULO I FUNDAMENTACIÓN: .................................................................................................................... 3

TITULO II PREMISAS: ...................................................................................................................................... 4

TITULO III TIPOS DE FALTAS, PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES APLICABLES:................................. 7

TITULO IV DOCUMENTOS Y NORMAS FUNDAMENTALES: ................................................................ 11

TITULO V ASISTENCIA, PUNTUALIDAD, ATRASOS E INASISTENCIAS:............................................... 13

TITULO VI COMPORTAMIENTOS, ACTITUDES, VALORES EN AULA Y DEPENDENCIAS DE LA

ESCUELA: ..................................................................................................................................................... 15

TITULO VII MANTENCIÓN Y CUIDADO DE LOS BIENES: .................................................................... 17

TITULO VIII RENDIMIENTO ACADÉMICO: ............................................................................................. 18

TITULO IX ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS O EXTRA-PROGRAMÁTICAS: .............................. 20

TITULO X ESTÍMULOS Y PREMIOS: ............................................................................................................ 21

TITULO XI PROCEDIMIENTO PARA PASEOS, VISITAS PROGRAMADAS Y OTROS: ...................... 22

TITULO XII NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR ASOCIADAS A LOS ALUMNOS, PADRES Y

APODERADOS: ........................................................................................................................................... 22

TITULO XIV REGISTRO DE PERTENENCIAS DEL ALUMNO: ................................................................. 27

TITULO XV URGENCIAS MÉDICAS: ......................................................................................................... 27

TITULO XVI DEL PROCESO DE MATRICULA Y ADMISION: ................................................................ 27

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VISIÓN Y MISIÓN El COLEGIO C E D I, es una comunidad educativa que tiene como lema: "Educar en

conciencia para formar personas con conocimientos y valores" y promueve un Proyecto

Educativo, que a través de un currículum que propone lograr la síntesis entre los valores

y los principios integrales de nuestro proyecto con un estilo que provienen del esfuerzo y

la constancia en el hacer.

A continuación la visión y misión de nuestro Colegio:

VISIÓN

Aspiramos a ser percibidos como un Colegio de Excelencia Académica líderes en la

Comuna de Macul, que forme personas con una visión crítica-positiva, creativas y

autónomas en su desenvolvimiento social, nivelándose paso a paso con los mejores

establecimientos regionales, para convertirse en un aporte a la mejora de la calidad de

la Educación del país ante las alternativas académicas en la Educación General

Básica.

MISIÓN

Educar y formar personas para que adquieran una sólida base de conocimientos,

habilidades y valores que les permita completar con éxito la enseñanza escolar y

cuenten con herramientas eficaces para relacionarse en el ámbito social,

Entregándoles para estos efectos, una educación de calidad, basada la construcción

de conocimientos y aprendizajes cooperativos, pedagógico y valórico, que será

ejecutada por un equipo directivo - docente competente y comprometido, utilizando

para tales efectos, innovadoras metodologías de enseñanza, para así generar una

convivencia escolar gratificante con permanente comunicación con sus familias.

MANUAL DE NORMAS Y CRITERIOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR DE LA COMUNIDAD

EDUCATIVA, COLEGIO CEDI.

TITULO I FUNDAMENTACIÓN:

“EDUCAR EN CONCIENCIA PARA FORMAR PERSONAS CON CONOCIMIENTOS Y VALORES”

La convivencia escolar se entiende como "la interrelación entre los diferentes miembros

de un establecimiento educacional que tienen incidencia significativa en el desarrollo

ético, socio afectivo e intelectual del alumno”. Tal concepción no se limita sólo a la

relación entre personas e individuos, sino que incluye las formas de interacción entre los

diferentes estamentos que conforman la comunidad educativa del COLEGIO C E D I,

por lo que constituye una construcción comunitaria que debe tender a un mayor éxito

en los aprendizajes, así como también, en la formación humana e integral que

promueve nuestra escuela.

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La pedagogía de nuestra institución, denominada COLEGIO CEDI, se basa en un Sistema

Educativo flexibilizado que con métodos, afecto, disciplina y valores nos permite educar

en conciencia y lograr, en el alumno, un buen desarrollo integral.

Principios Orientadores Institucionales

El Proyecto Educativo es un instrumento que guía la realización y la concreción de,

según las diversas situaciones y contextos propios de nuestro Colegio, en las cuales se

vivencian sus orientaciones, iniciativas y recursos hacia los procesos Educativos.

Nuestra Comunidad Educativa, propone transformarse en un Centro Educativo:

- Eficiente y calificado: Con un currículum educativo exigente y de calidad, que educa

responsablemente; y con una metodología y evaluación basadas en el respeto y el

esfuerzo. Estimulando y acompañando a los educandos para que desarrollen todos sus

recursos humanos orientados hacia el aprendizaje.

- Con un consciente sentido social: Nuestra propuesta Educativa, contribuye a formar

alumnos justos, responsables, participativos, afectivos y respetuosos de la diversidad de

sus pares, de manera que les permita desenvolverse y crecer en una sociedad más

justa, libre y democrática.

Las disposiciones del presente Manual de Normas y Criterios de Convivencia Escolar, son

relativas a la honestidad, la responsabilidad, la puntualidad y asistencia, la presentación

personal, el respeto por las personas, por los bienes personales y ajenos, el

reconocimiento de las propias faltas como medio para lograr la perfección, la

capacidad de autoformación y la disciplina. Éstas son normas de convivencia, no sólo

para ser aplicadas en la vida escolar, sino en las relaciones que establezca el futuro

ciudadano con sus semejantes.

El Colegio es un espacio para el aprendizaje, la maduración y el crecimiento personal

en el que tiene particular relevancia la disciplina entendida como trabajo, esfuerzo

personal y grupal tendiente a crear las condiciones adecuadas para "ser un ámbito de

interacción especialmente orientado, dispuesto, organizado para provocar

aprendizaje, para entusiasmar con la experiencia de aprender", de tal forma que el

desarrollo humano sea posible a través de la conquista del saber. Es de esta forma, y no

de otra, que el educando de nuestro Colegio puede ir acercándose al ideal de un

honesto ciudadano, siempre en consonancia con los valores transversales del currículo,

expresados en nuestro proyecto Educativo.

TITULO II PREMISAS:

La matrícula de un alumno en un establecimiento escolar es un acto de confianza

mutua y un vínculo generador de derechos y obligaciones jurídicas entre el Colegio y la

familia del estudiante en función de asegurar la debida formación y educación del

educando. Familia y Colegio deben hacer todo lo posible por responder a ese

compromiso mutuo para asegurar al o los alumnos un ambiente positivo en su

formación integral.

El sistema educativo procura velar por la continuidad en todo el ciclo escolar de la

educación de un alumno, pero la relación con la escuela se renueva anualmente, a

través de un Contrato de prestación de servicios educacionales, al cual el

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establecimiento educacional puede ponerle término por razones muy justificadas

señaladas en el mismo, o por mutuo acuerdo de las partes contratantes, o por

resoluciones tomadas por la Dirección del Colegio.

La labor de nuestro establecimiento es educativa y formativa en conocimientos, valores

y actitudes. La aplicación de una medida extrema, como la no renovación de contrato

o cancelación de matrícula se aplican después de haberse hecho un camino de

acompañamiento, seguimiento y soporte técnico, pedagógico y humano del alumno

que estaba experimentando dificultades. No basta lo que haga el Colegio, tiene que

haber una respuesta por parte del alumno y su familia. Lo señalado se explica porque

existen varias etapas y/o criterios antes de llegar a la no renovación o cancelación del

Contrato de Prestación de Servicios Educacionales. Estas son:

1.- El seguimiento con el alumno y llamado de atención verbal.

2.- Amonestación por escrito

3.- Citación del apoderado

4.- Suspensión de clases.

5.- Condicionalidad en las faltas graves o muy graves.

6.- Término del Contrato de Prestación de Servicios Educacionales

En el marco de las definiciones de nuestro Proyecto Educativo como Colegio, tenemos

derecho a establecer normas propias de convivencia, exigencias disciplinarias,

valóricas según nuestra propuesta educativa, que tanto los alumnos como los

apoderados libremente aceptan al firmar el Contrato de Prestación de Servicios

Educacionales.

1. El seguimiento con el alumno y llamado de atención verbal:

El seguimiento, es aquél en el cual el profesor jefe debe acompañar al alumno en

su proceso de crecimiento y desarrollo personal, realizando un diálogo

permanente tanto con el educando como con su familia, valorando de manera

especial los aspectos positivos de su conducta y mostrando los desafíos que el

alumno debe cumplir. El alumno al cometer una falta considerada leve, recibe un

llamado de atención por parte del docente, que lo invita a cambiar de actitud.

2. Amonestación por escrito:

Medida preventiva que se aplica por escrito, en su agenda escolar y en su hoja

de vida del libro de clases, cuando el alumno ha incurrido en reiteradas faltas

disciplinarias y/o presenta una situación académica deficiente o apenas

suficiente, que indican falta de compromiso con el Proyecto Educativo del

Colegio.

Por lo que se considera que es el compromiso formal de superación que busca

establecer, con claridad y precisión, aquellos desafíos que el alumno debe

cumplir, superando sus deficiencias en el aspecto académico, en su compromiso

personal y en su formación disciplinaria.

3. Citación al apoderado:

Motivada por reiteradas anotaciones, por hechos que signifiquen faltas graves

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reincidentes tanto conductuales y de responsabilidad o por situación académica

preocupante. Es aplicada por diferentes profesores de asignaturas o profesor jefe.

El apoderado toma conocimiento de la situación firmando la hoja de vida del

alumno y se le informa que si no hay cambios positivos en su hijo(a) se procederá

a la suspensión de clases.

4. Suspensión de clases:

Es una sanción o medida disciplinaria que consiste en informar al apoderado por

escrito, en su agenda escolar, de la gravedad de la falta cometida, y de

acuerdo a ello, el alumno se quedará en su casa hasta que la dirección lo señale,

reintegrándose a clases al momento previsto y con su apoderado. Esta decisión

será tomada una vez que el diálogo y la persuasión no han dado los resultados

esperados.

5. La Condicionalidad:

Medida preventiva y correctiva que se aplica cuando el alumno ha incurrido en

faltas disciplinarias graves y/o muy graves, y cuando a pesar de la amonestación,

persisten dichas faltas o el alumno no expresa en su comportamiento el perfil

educativo que corresponde a su nivel. En caso de una falta grave y/o muy grave,

se aplicará la condicionalidad en las situaciones que contemple este Manual de

Normas y Criterios de Convivencia Escolar, o cuando el Director y su Consejo lo

estime conveniente, de acuerdo a la gravedad del asunto. Es una última

advertencia, buscando el provocar cambios positivos en la conducta del alumno.

Por lo anteriormente señalado es que debe existir un compromiso tanto del

alumno como de su familia para que éste supere aquellas deficiencias que limitan

o amenazan su crecimiento humano. Es el claro llamado a la conciencia del

educando para que haga suyos los valores expresados en el proyecto educativo.

El alumno puede desistir a construir sus aprendizajes de acuerdo con la línea

valórica de nuestro proyecto Educativo a pesar del esfuerzo realizado por los

distintos integrantes de la escuela, frente a lo cual surge como posibilidad la

cancelación de la matrícula, que conlleva al término del Contrato de Prestación

de Servicios Educacionales.

6. No renovación del Contrato de Prestación de Servicios Educacionales:

Se aplica en casos debidamente calificados por la dirección del Colegio, a los

alumnos cuyo comportamiento disciplinario ha sido claramente negativo para la

comunidad escolar, habiendo agotado las medidas en busca de la recuperación

pedagógica o conductual del alumno. Esta sanción, por el carácter que tiene, la

aplica la Dirección del establecimiento, después de consultar las instancias

pertinentes.

El apoderado y el alumno serán oportunamente notificados de esta situación por

medio del Profesor Jefe o la Dirección del establecimiento.

El Consejo de Profesores y la Dirección contribuyen, desde su visión, a

acompañar el crecimiento como persona de cada alumno y su familia, tomando

decisiones no sólo para revisar la no renovación de la matrícula, sino

esencialmente para valorar y destacar los logros conseguidos por cada alumno.

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En las situaciones de amonestación y condicionalidad, el Colegio acompañará el

crecimiento y desarrollo del alumno a través del profesor jefe, Unidad Técnica y la

Dirección de la escuela, quienes decidirán, si la situación así lo amerita, la

derivación del alumno a especialistas quienes deberán acompañar el trabajo del

docente para poder determinar aquellas limitaciones que impiden al educando

conseguir el éxito esperado.

La Dirección de la escuela, a propuesta del Consejo de Profesores, podrá no

renovar el Contrato de Prestación de Servicios Educacionales a un alumno

cuando no se observen cambios significativos que reflejen en su conducta el perfil

de alumno que la escuela promueve.

Por lo tanto, no se renovará el Contrato de Prestación de Servicios Educacionales:

A) Por motivos conductuales graves, muy graves, o reiterados, agotadas las instancias

del conducto regular y las instancias de orientación y apoyo.

B) Por incumplimiento de la Medida de Condicionalidad.

C) Por un evidente rechazo al proyecto Educativo por parte del alumno y/o

apoderado.

TITULO III TIPOS DE FALTAS, PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES APLICABLES:

Antes de hacer un listado de las faltas atendiendo a su gravedad, cabe señalar que su

enumeración no es taxativa y que por lo tanto pueden existir otras que no estén señalas

expresamente y que derivan de situaciones que no se pudieron prever. Existe una

gradualidad en las faltas, siendo éstas clasificadas en faltas leves, que consisten en

comportamientos inadecuados serios, las faltas graves, y faltas muy graves.

Las faltas al Manual de Normas y Criterios de Convivencia Escolar, serán sancionadas

por el Director, o la autoridad correspondiente, previa conversación con el alumno que

incurrió en ella.

Todos los miembros de la comunidad escolar, tienen derecho a una convivencia en

que prime el respeto; y también tienen deberes que asumir, de acuerdo con su etapa

de desarrollo. Es obligación de la familia y de la escuela enseñar a los educando sus

derechos, cumplir sus deberes y respetar los derechos de los demás.

Cuando un alumno no cumple la norma, es legítimo que se le aplique la sanción que

corresponda de acuerdo a la gravedad de la falta.

DEL DEBIDO PROCESO

Previo a aplicar una medida o una sanción, se hace necesario conocer la versión de los

involucrados, considerando el contexto y la circunstancia que rodearon la falta.

El debido proceso contempla:

Que sean escuchados, con sus argumentos;

Que se presuma su inocencia.

A) Faltas Leves: Son aquellas actitudes y comportamientos que alteran el normal

desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje, que no involucran daño físico

y/o psíquico a otro miembro de la Comunidad Educativa.

Si la falta no queda comprendida dentro de esta definición constituye, por tanto, una

falta grave o muy grave.

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Faltas Leves o Comportamientos Inadecuados Serios:

1. La presentación personal incorrecta, no respetando las normas escritas que la

definen.

2. La frecuente desatención en clases.

3. Comer o masticar alimentos en la sala de clases.

4. Provocar el desaseo en las diferentes dependencias del Colegio.

5. La obstaculización en el normal desarrollo de la clase, como proferir gritos, conversar

o interrumpir constantemente.

6. Concurrir a clases sin tareas, útiles o equipo de Educación Física.

7. Omisión en presentar justificativos, comunicaciones o respuestas de circulares

enviadas al hogar, debidamente firmadas por el apoderado.

8. Tocar la campana del colegio sin autorización de los profesores, y/o antes o después

del horario que corresponde al de recreo.

9. Realizar desorden en forma colectiva en la sala de clases.

10. Otros.

Procedimiento y medidas a seguir para las faltas leves

Es un procedimiento de carácter administrativo, que consiste en una entrevista

personal del encargado de Convivencia con el alumno, toma de conocimiento del

profesor jefe y su apoderado, registrándose la falta en la hoja de vida del alumno, y una

anotación negativa. Además, los profesores de sub sectores anotarán la observación

correspondiente, con fecha precisa y de puño y letra en el libro de clases.

Se aplicarán las siguientes sanciones a las FALTAS LEVES:

a) Conversación del profesor jefe o de asignatura con el alumno y registro en su hoja de

vida (anotación negativa en el libro de clases).

b) Comunicación al apoderado por parte del profesor jefe o la Dirección.

c) Citar, si el asunto lo requiere, al apoderado con el profesor de la asignatura donde se

verificó la falta.

B) Faltas graves o muy graves: Dan lugar a la aplicación de medidas extremas,

excepcionalísimas y últimas, cuando la situación implique un riesgo real y actual para la

Comunidad Educativa. Esta situación se le informará previamente al alumno y a su

apoderado.

Faltas de carácter Grave:

1. La reincidencia de comportamientos inadecuados serios (faltas leves).

2. Lanzar piedras o cualquier proyectil hacia las personas o bienes del Colegio o de sus

dependencias, o hacia personas o bienes que se encuentran en el exterior del

establecimiento.

3. Actitudes, lenguaje, o comportamientos agresivos, groseros u ofensivos de hecho o

de palabra, hacia los compañeros, otros alumnos, o demás personas del Colegio.

4. Participar o promover juegos indebidos o no permitidos de violencia física.

5. No acatar órdenes impartidas por los docentes o por cualquier funcionario del

Colegio, dentro del aula o en cualquier dependencia del mismo.

6. Apropiarse de los útiles escolares o pertenencias personales de sus compañeros,

perjudicándolos, pero sin llegar al robo.

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7. Destruir pertenencias de compañeros de curso, o de alumnos en general.

8. Adulteración o falsificación de la firma del apoderado.

9. Interrupciones intencionales o reiteradas en clases, tanto individual como

colectivamente, interfiriendo manifiestamente en el desarrollo de la tarea docente.

10. Rehusarse a obedecer o trabajar en clases.

11. Realizar en la clase actividades ajenas a la asignatura o sub-sector que se realiza

conforme al horario.

12. Salir de la sala sin permiso por la autoridad que corresponde.

13. No justificar inasistencias a clases.

14. No asistir actividades programadas estando en la escuela.

15. Portar instrumentos peligrosos o corto punzantes.

16. Comportamientos inadecuados, irrespetuosos o groseros en ambientes dedicados a

la celebración de efemérides, y/o actividades de carácter patrio.

17. Daño o deterioro, serio o irreparable hacia los bienes materiales de la escuela que

estén al servicio personal o comunitario. Si un alumno causa algún daño material a

las dependencias del establecimiento debe responsabilizarse de él, el apoderado

quedará obligado a su reparación o reposición, debiendo la escuela dar aviso a

éste último. Se entiende que dicha falta debe ser reparada en su valor comercial

vigente al momento de producirse el daño, y que tal reparación no excluye al

alumno de la sanción disciplinaria correspondiente.

18. Mentir frente a situaciones en las que se vea involucrado el propio alumno o un

tercero.

19. La no presentación del apoderado cuando haya sido citado.

20. Alumno que provoque desorden en la vía pública que comprometa el prestigio del

establecimiento (por ejemplo peleas callejeras, rayados, desacatos a la autoridad

pública, etc.)

21. Rayar con grafiti dentro o fuera de la escuela (en cualquier parte de nuestra

comunidad)

22. Alumno que en la fecha indicada no haga entrega del material facilitado en

biblioteca.

23. Alumno que dentro del Colegio falte el respeto, o sea grosero con una autoridad

externa al establecimiento educacional.

24. Realizar exhibicionismo por parte del alumno, dentro de la escuela o en sus

inmediaciones.

25. Otros.

C) Faltas de carácter Muy Grave:

1. Reiteración de faltas graves.

2. La expulsión de una actividad educativa, o extra-programática.

3. Comportamientos y actitudes contrarias a los principios y valores en que el Colegio

basa su acción educativa y que están expresados en el proyecto Educativo.

4. Conductas que dañen seriamente a personas, actitudes violentas, despectivas, en

general todas aquellas que atenten contra la integridad física o mental de los

miembros de la Comunidad Educativa.

5. Faltas graves de respeto a profesores(as) y demás integrantes de la Comunidad

Educativa, incluido el Director.

6. No llevar con dignidad y respeto el uniforme del Colegio, tanto dentro como fuera de

él, especialmente durante la participación en actos oficiales representativos.

7. Hacer abandono temporal del Colegio, sin permiso de profesores, Director o Sub

Director (fuga).

8. Acumulación de atrasos sin que se evidencie una voluntad de superación del

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problema ante el primer llamado de atención

9. Robo o hurto de especies o valores, en el interior del Colegio o en sus dependencias

10. Robar, hurtar.

11. Usar sin autorización de la Dirección, el nombre del establecimiento para fines

particulares o en beneficio de terceros.

12. Portar o introducir al colegio cualquier tipo de armas, ya sea de fuego, ya sea

elementos corto punzante, o cualquier otro objeto contundente que pueda ser

utilizado para autolesionarse, poner en riesgo la seguridad o provocar lesiones a los

integrantes del Centro Educativo, o a terceros.

13. Utilizar los computadores del Colegio para chatear, observar, o bajar cualquier

información no educativa, o cualquier otra información que promueva anti valores.

14. La sustracción de pruebas, adulteración de notas en libros de clases, certificados o

cualquier otro documento que emane del Colegio, ya sea por escrito o vía Internet.

15. Actos de actos de hostigamiento, matonaje, bullying, violencia en todas sus

manifestaciones que atentan contra la integridad de las personas de la Comunidad

Educativa, ya sea en daño directo o a través de medios electrónicos, digitales y/o

cibernéticos.

16. No respetar la cultura de nuestro país, sus símbolos patrios y los actos cívicos y

culturales.

17. Otros

Procedimiento para las faltas graves y muy graves:

Proceso de investigación por parte del profesor jefe, derivación del alumno a la

Dirección. Definición del proceso de investigación por parte del profesor, definición de

la sanción por parte del Director (una vez realizada la investigación). Toma de

conocimiento de la sanción por parte del alumno y su apoderado (con constancia

escrita). Instancia de apelación por parte del apoderado del alumno, sólo cuando se

trate de sanciones que dan lugar a la no renovación de matrícula. El plazo para apelar

fundadamente sobre la resolución indicada anteriormente, será de 5 días hábiles por

escrito ante la autoridad correspondiente. Una vez estudiado el recurso, la Dirección se

comunicará personalmente y/o por escrito a los padres acerca de la resolución sin

ulterior recurso, quedando constancia.

Ante cualquier hecho puntual que implique ser sancionado por una falta grave o muy

grave, el Director o el profesor aplicarán la gradualidad establecida para tales casos.

Quedará registrado en la hoja de vida del libro de clases.

Se aplicarán las siguientes sanciones a las FALTAS GRAVES Y MUY GRAVES:

_ Registro en el libro de clases;

_ Comunicación y citación al apoderado por parte del profesor jefe;

_ Suspensión temporal de clases;

_ Matrícula condicional;

_ No renovación de matrícula.

Frente al incumplimiento de lo anterior por parte del alumno y su apoderado, la escuela

se reserva el derecho a no renovar la matrícula, con acuerdo del Consejo de Profesores,

y de las disposiciones legales vigentes, y previo informe al Departamento Provincial de

Educación.

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TITULO IV DOCUMENTOS Y NORMAS FUNDAMENTALES:

1. AGENDA ESCOLAR: Obligatoria para todos los alumnos del Colegio

ART.1 La agenda escolar o libreta de comunicaciones es un documento oficial del

Colegio, que hace de nexo permanente entre el establecimiento y familia del

alumno. Éste deberá llevarla en forma permanente manteniéndola ordenada,

limpia y bien presentada. Los apoderados deben revisarla y/o firmarla

diariamente cuando corresponda.

ART.2 Ésta deberá llevar los datos personales del alumno, los del apoderado,

apoderado suplente y la firma de uno de ellos. El Colegio sólo aceptará las

comunicaciones firmadas por el apoderado, las que podrán ser revisadas por

cualquier educador del establecimiento.

ART.3 En caso de pérdida de la agenda escolar deberá adquirir una nueva.

ART.4 Todo alumno tiene la obligación de tenerla y usarla en el Colegio, presentándola

cuando le sea requerida por algún profesor o por la Dirección.

ART.5 En ella los alumnos consignan las fechas de sus tareas, evaluaciones y

compromisos escolares, para llevar un control de sus calificaciones, como

también los aspectos personales y sociales que necesiten ser recordados. Es

responsabilidad de cada alumno cuidarla y mantenerla en buen estado, dándole

un uso estrictamente escolar. Por su parte, el apoderado deberá ocupar este

medio como conducto para comunicarse con el Colegio y justificar inasistencias,

pedir permisos, entrevistas personales y firma requerida.

2. PRESENTACIÓN, ASEO PERSONAL Y USO DEL UNIFORME ESCOLAR

El ser humano se relaciona no sólo con su entorno natural, sino también lo hace con los

demás, donde adquiere relevancia la higiene y presentación personal que permite que

cada educando se sienta cómodo entre los que le rodean.

El alumno deberá asistir a la escuela haciendo uso obligatorio del uniforme.

Será responsabilidad del apoderado y del alumno la correcta presentación personal y

el uso del uniforme escolar.

2.1. PRESENTACIÓN Y ASEO PERSONAL

ART.6 El alumno diariamente deberá presentarse a clases correctamente uniformado,

con el cabello limpio, peinado y ordenado. El largo del cabello, en los varones, no

debe sobrepasar el cuello de la polera.

ART.7 Los alumnos deben presentarse con su uniforme ordenado y zapatos lustrados. El

pantalón del uniforme debe usarse a partir de la cintura y el largo de la falda de

las damas sobre la rodilla. El uso de zapatillas de cualquier color, no se permite

con el uniforme.

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ART.8 Cualquier problema que tenga el apoderado con la presentación personal de su

pupilo deberá ser solucionado con el profesor jefe.

1ª vez. Se enviará comunicación al apoderado informando del incumplimiento de su

uniforme.

2ª vez Se enviará una nueva comunicación al apoderado citando al apoderado para

que exponga los motivos de dicho incumplimiento. El alumno será anotado en su

hoja de vida.

ART.9 El alumno que en forma reiterada no cumpla con estas normas de presentación

personal quedará amonestado en su informe de personalidad.

Los profesores y directivos se preocuparán de que se cumplan estas normas de

presentación y aseo personal en su control diario y permanente;

2.2. USO DEL UNIFORME ESCOLAR DEL NIVEL TRANSICION II (KINDER) A SEXTO BASICO

Damas Varones

Polera gris con cuello burdeo e insignia del

Colegio

Polera gris con cuello burdeo e insignia del

Colegio

Falda cuadrillé color gris con burdeo

Pantalón gris

Sweater plomo con escote en V e insignia

del Colegio

Sweater plomo con escote en V e insignia

del Colegio

Zapatos negros, calcetas o pantys plomas

Zapatos negros

En los días de frío y/o lluvia: chaquetón o parka gris, azul marino o negro, sin

combinaciones de colores. Pantalón gris o del color de la falda (niñas).

A contar del mes noviembre, previo aviso, se autorizará el uso del uniforme de

educación física de verano.

Los alumnos no podrán asistir a clases con buzo, polerón, zapatillas (Excepto Educ.

Física), o ropa que no corresponda al uniforme señalado anteriormente, salvo

autorización escrita del Director, y previa solicitud del apoderado. Tampoco podrá

retirarse del colegio sin su uniforme.

A los alumnos de Transición II (Kinder), es obligatoria la cotona o delantal del

parvulario.

El uso de prendas del uniforme de Educación Física no está autorizado en días en

que no se realice la asignatura.

Toda prenda de vestir debe estar marcada con el nombre del alumno y curso.

ART.10.1 Uso del Uniforme de Educación Física, obligatorio para todas las clases de

Educación Física.

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Uniforme de Educación Física

Damas y Varones

Buzo con el logo del Colegio (pantalón y polerón)

Polera blanca con logo del Colegio

Zapatillas deportivas

Útiles de aseo; jabón, toalla, peineta

Uniforme de Educación Física de verano

Damas

Varones

Polera blanca con logo del Colegio

Polera blanca con logo del Colegio

Calzas azul rey (cortas)con logo del

Colegio

Short azul rey con logo del Colegio

Calcetas blancas

Calcetas blancas

Zapatillas deportivas

Zapatillas deportivas

ART.10.2 El alumno que use buzo deportivo, será sólo el del Colegio. El uso del buzo

deportivo se permitirá sólo el día de clase de Educación Física, que debe estar

limpio y en buen estado. Los días de Educación Física, los alumnos deberán ingresar

al Colegio con el buzo.

ART.10.3 Toda prenda deberá estar marcada en forma indeleble con el nombre

completo y el curso. El no uso del uniforme y el desaseo personal será sancionado

con una anotación en el libro de clases y en su Informe de Personalidad.

ART.10.4 Es exclusiva responsabilidad de los apoderados estar informados sobre alertas

preventivas, y preemergencias. En ese caso la labor de los profesores es suspender

las clases para los niveles correspondientes:

- Alerta ambiental: Suspensión de las actividades de Transición II (kínder) a

segundos básicos.

- Preemergencia: Suspensión de las actividades en todos los niveles.

TITULO V ASISTENCIA, PUNTUALIDAD, ATRASOS E INASISTENCIAS:

Una forma de manifestar el respeto a los demás es mediante la puntualidad y asistencia

a los compromisos contraídos. La puntualidad es un hábito que, inserto en el respeto a sí

mismo y en el trabajo de los demás, adquiere gran importancia como logro educativo.

Es prioritario para el Colegio exigir a todos los miembros de la Comunidad Educativa el

esfuerzo en conquistar éste hábito, para que se cumpla en todas las actividades

programadas.

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1. ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD

ART.11 Los alumnos deben asistir diaria y puntualmente a todas las clases, taller y/o

actividades extra programáticas en las que se haya comprometido y las que

estén obligados. También los alumnos deberán asistir obligatoriamente a

actividades educativas de carácter oficial, previa citación.

Horario de ingreso Educación Básica

Jornada mañana: 8:00 AM

Jornada tarde: 13:40 PM

Horario de ingreso Pre escolares (Kínder)

Jornada mañana: 8:30 AM

Jornada tarde: 14:00 PM

2. INASISTENCIAS A CLASES POR ENFERMEDAD U OTRAS CAUSAS IMPREVISTAS

ART.12 Si un alumno falta a clases por enfermedad u otro motivo, el apoderado lo

justificará por medio de la agenda o personalmente, adjuntando, cuando

corresponda, el certificado médico.

Las justificaciones con certificado médico, deberán ser entregadas en la

Dirección del Colegio en los horarios señalados y previamente publicados, no se

podrá hacer en otro momento.

ART.13 En caso de enfermedad u otras causas imprevistas en el Colegio, corresponderá

al profesor o a la Dirección informar al apoderado para que asista a retirar a su

hijo(a), autorizando la salida de la escuela previa constancia del motivo y de la

hora en un libro "registro de salida" que se encuentra en la sala de profesores.

ART.14 Sólo el apoderado podrá retirar a su pupilo. En casos excepcionales en que el

apoderado no lo pueda hacer, podrá delegar esa obligación en otra persona,

pero siempre que el Colegio esté en conocimiento de ello y lo autorice.

ART.15 El retiro de un alumno por parte del apoderado en casos debidamente

justificados, se podrá realizar sólo en el horario establecido y previamente

publicado, y no en otro.

INASISTENCIAS A EVALUACIONES O TRABAJOS

ART.16 Ante ausencia a trabajos, interrogaciones y disertaciones, justificadas

oportunamente, el profesor respectivo dará una nueva fecha. Si el alumno no

cumple en esta segunda oportunidad será evaluado con nota insuficiente y se le

informará al apoderado en su agenda escolar.

ART.17 La inasistencia a cualquier prueba previamente fijada o la no entrega de un

trabajo establecido en la fecha indicada, debe ser justificada mediante

certificado médico, por escrito en la agenda escolar del Colegio o la presencia

del apoderado, dentro de las siguientes 24 horas, en la Dirección del

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establecimiento.

ART.18 El alumno que tenga pruebas pendientes por inasistencias y justificadas por el

respectivo certificado médico, serán caendarizadas y tomadas en la fecha que

indique el jefe de UTP o el mismo día en que el alumno se reintegre a clases. El no

cumplimiento y cerrando el proceso de notas, se evaluará con nota insuficiente.

INASISTENCIA A CLASES SIN CAUSA JUSTIFICADA

ART.19 Si un alumno abandona sin autorización del profesor el recinto del

establecimiento, será sancionado, ya que constituye una falta grave, que dará

lugar a una anotación en el libro de clases, citación de apoderado, suspensión o

condicionalidad según el caso.

ART.20 Las pruebas pendientes por inasistencias y que no han sido justificadas por el

apoderado dentro del plazo exigido y finalizado el proceso de notas, el alumno

será evaluado con nota insuficiente.

3. ATRASOS

Si el alumno, por razones de fuerza mayor está impedido de llegar puntualmente al

Colegio, debe ser el apoderado quien anticipadamente solicite la autorización a la

Dirección. Esta solicitud debe ser personalmente y no por teléfono.

1. Atrasos al Ingreso de la jornada escolar

Art.21 El alumno siempre tendrá que desarrollar el hábito de la puntualidad y evitará

llegar atrasado. Toda llegada del alumno al Colegio después de las 08:10 AM

jornada de la mañana y 13:50 PM jornada de la tarde, será considerada como

un atraso y será registrado en el registro de atrasos y posteriormente en la hoja

de vida del alumno y en el informe de personalidad.

ART.22 En casos debidamente justificados se aceptará el ingreso al Colegio hasta las

08:15 hrs. jornada de la mañana y 13:55 jornada de la tarde, horario en que el

Colegio cerrará sus puertas. Posterior a ese horario no se podrá ingresar al recinto

educacional si no es acompañado por el apoderado.

2. El alumno que acumule reiterados atrasos

Art.23 Al 6° atraso del alumno durante el semestre, se registrará en la hoja de vida de su

pupilo y en su informe de personalidad. Se informará por escrito al apoderado

de la medida aplicada.

TITULO VI COMPORTAMIENTOS, ACTITUDES, VALORES EN AULA Y DEPENDENCIAS DE LA

ESCUELA:

Para que se desarrolle una buena formación integral es necesario crear un ambiente

educativo donde reine un clima de respeto y tolerancia. No obstante tendremos que

enfrentar situaciones de conflicto que son esperables en toda comunidad educativa.

Aprender a enfrentarlas y resolverlas en forma pacífica es parte fundamental de

"aprender a convivir".

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ART.24 Al inicio de cada jornada, de los días lunes el alumno se ubicará en el patio

principal, para escuchar en silencio y con respeto los "Buenos Días" y/o "Buenas

Tardes", se entonará el Himno Nacional y las informaciones pertinentes,

acompañado por el profesor que corresponda. El resto de la semana los

alumnos se formaran frente a su sala de clases con el profesor de la asignatura.

ART.25 Los alumnos deben respetar a todo el personal del establecimiento (Directivos,

docentes, administrativos, y tendrán especial deferencia y respeto con el

personal auxiliar) El respeto y protección a la vida privada y pública y a la honra

de las personas y sus familias es fundamental en nuestro proyecto educativo y

de convivencia escolar. Lo anterior está garantizado por la Constitución Política

de la República, por lo que su infracción está sancionada.

ART.26 Como comunidad escolar hemos definido procedimientos de mediación escolar

con el objetivo de promover la gestión positiva de los conflictos, facilitar

acuerdos constructivos, reducir las tensiones y evitar la violencia dentro y fuera

del Colegio, creando un clima escolar pacífico y favorable donde se pueda

desarrollar la autoestima, la confianza mutua, las capacidades de compartir

sentimientos, información, experiencias, una actitud positiva y optimista ante la

vida.

Habrá un profesor a cargo de Convivencia Escolar.

ART.27 No se permitirá circular en bicicleta, patines, skates, scooter, u otros similares

dentro del establecimiento. Todo alumno que se movilice en bicicleta se hace

responsable de ella. El establecimiento no se responsabilizará de pérdidas o

deterioros que éstas experimenten.

ART.28 Cuando algún integrante de la Comunidad Educativa incurriera en robo o hurto

de documentos oficiales, reconocidos por el MINEDUC como libro de clases,

certificados, actas de notas, concentraciones de notas, informes de

personalidad, y otros de esa índole, será considerada falta gravísima y se

sancionará como falta muy grave de conformidad con lo señalado en dicho

acápite, aplicándoles las sanciones contempladas, especialmente la

condicionalidad o término de contrato de Servicios Educacionales.

ART.29 Durante el recreo los alumnos deben abandonar las salas de clases. Cooperarán

en esta labor los profesores de asignaturas que atendieron al curso, y el auxiliar.

Jugarán en el patio sólo con balones plásticos para evitar accidentes.

ART.30 En ausencia del profesor, los alumnos no podrán salir de la sala y ocuparán su

tiempo en lo que le indique el jefe de U.T.P. o el profesor que esté en horario de

completación.

ART.31 El alumno no podrá abandonar la sala en horas de clases

ART.32 La clase de Educación Física es obligatoria. El apoderado estará informado a

través de la libreta de comunicación de los días y horarios. Todo alumno que no

haga educación física deberá estar justificado por su apoderado ante el

profesor, o en su defecto presentar el certificado médico. El profesor de

educación física, asignará al alumno otra actividad.

ART.33 Los traslados de cursos a otras dependencias del establecimiento, como por

ejemplo en educación física, computación y talleres, se harán bajo la

responsabilidad del profesor que los atiende en ese momento, en forma

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ordenada.

ART.34 El uso de las salas fuera del horario de clases debe tener autorización de la

Dirección.

ART.35 Al finalizar la jornada los alumnos saldrán formados de su sala de clases hasta la

salida del Colegio, con el profesor a cargo del último periodo.

ART.36 Los alumnos que asistan a talleres pedagógicos deben traer su colación, debido

a que no podrán salir del establecimiento. La Dirección destinará un lugar físico

para ellos. Por seguridad está prohibido a los alumnos, salir a realizar compras

fuera de la escuela, o ir a almorzar a su casa. Hay casos excepcionales en los

que el profesor respectivo otorgará al alumno permiso, siempre y cuando el

alumno cumpla con los requisitos para otorgarle esa autorización, como por

ejemplo, vivir a una distancia máxima del colegio de 200 metros a la redonda,

que el traslado sea a pie, sin tener que tomar locomoción, para evitar

accidentes en el trayecto, solicitud escrita por parte del apoderado, etc.

ART.37 No se permitirá a los alumnos su permanencia en las puertas de acceso del

Colegio o lugares adyacentes a ellas. Los alumnos que esperan transporte

escolar lo harán en la entrada principal.

ART.38 Con el fin de proteger y velar por la seguridad de los alumnos, no está permitido

traer elementos tales como MP3, Ipod, MP4, celulares, cámaras fotográficas,

notebooks, tablet y otros artículos similares u objetos personales de valor. La

escuela no se responsabilizará por pérdida, hurto o robo de los objetos

mencionados. Los alumnos que no cumplan con lo anterior se exponen a que

dichas pertenencias sean retenidas hasta que asista su apoderado, quien en

caso de no hacerlo, serán entregados a fin de año.

TITULO VII MANTENCIÓN Y CUIDADO DE LOS BIENES:

El Colegio pone a disposición tanto de cada alumno como de cada curso diversos

materiales escolares, siendo responsabilidad de los usuarios mantenerlos en buen

estado. Todo destrozo, deterioro o daño en general, deberá ser reparado o repuesto

por los responsables del daño inferido, de acuerdo al valor del mismo, determinado por

la administración.

El respeto hacia sí mismo y a los demás, deberá manifestarse, a través, del cuidado y

mantención de la sala de clases, los muebles que se encuentran en su interior, y demás

lugares del colegio. Esta preocupación es responsabilidad de cada uno de los alumnos.

Es obligación moral de todo alumno informar al Director o profesor de curso sobre los

deterioros, destrozos o daños que sean detectados como señal de pertenencia al

colegio.

ART.39 Todos los integrantes de la Comunidad Educativa serán solidarios con el personal

auxiliar para mantener limpio y ordenado el recinto. El cariño y cuidado por la

belleza ecológica es emblemático en el colegio C E D I. Por eso, tendrá especial

diligencia en la mantención de las plantas y árboles, su deterioro será

considerado una falta grave. El alumno será cuidadoso de la luz y el agua como

en el uso de los materiales y equipos didácticos de uso común.

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ART.40 Cada alumno es responsable del buen uso de los recursos y bienes que utilice y

que son patrimonio del Colegio: bancos, sillas, muebles en general, material de

trabajo que se les asigne, instrumentos de laboratorio, computadores, data

show, mapas, libros, materiales deportivos, plantas, paredes, vidrios, baños,

artefactos sanitarios, camarines, duchas, instrumentos musicales etc. Cualquier

deterioro, o daño en general de éstos, deberá ser restituido por él o los

causantes. En caso de no presentarse responsables, el curso o grupo asumirá el

pago del daño.

ART.41 Está absolutamente prohibido rayar los baños, los bancos y sillas, las paredes del

establecimiento en especial, con contenidos que afecten el honor y/o la honra

de las personas, y todo lo que sea contrario a las buenas costumbres.

El alumno que sea sorprendido en esta acción se le aplicará la condicionalidad,

pudiendo incluso cuestionar su permanencia en el Colegio.

ART.42 La escuela no se responsabilizará por pérdidas de bienes o valores de los

alumnos, ocurridas durante la permanencia de éste en el Colegio, ya sea en

actividades sistemáticas o extra programáticas.

ART.43 Entregar a los profesores o auxiliar todo aquello que no sea de su propiedad con

el objeto de devolverlo a su dueño.

ART.44 El uso de equipos audiovisuales, DVD, data show, computadores, impresoras y

sala multiuso, debe realizarse con la presencia permanente de un profesor o el

encargado respectivo.

USO DE LA BIBLIOTECA

ART.45 El plazo de devolución de los libros prestados será de quince días corridos.

Renovables sólo en el caso de no estar en reserva.

ART.46 Los textos únicos, colecciones o enciclopedias, serán facilitados sólo para lectura

en el recinto.

ART.47 Todos los alumnos deberán devolver los préstamos en el día indicado.

ART.48 Los alumnos reincidentes como también aquellos que no respetan el silencio del

lugar serán enviados a su sala correspondiente.

TITULO VIII RENDIMIENTO ACADÉMICO:

El crecimiento integral supone y exige la responsabilidad con los compromisos escolares

y el logro de un buen rendimiento académico. El Colegio posee un Reglamento

específico de Promoción y Evaluación, del cual destacamos los siguientes puntos:

ART.49 Como una manera de tener informados a los apoderados de los logros

obtenidos por su pupilo en los diferentes periodos del año lectivo, el Colegio

entregará informes de notas parciales y semestrales de la situación académica y

conductual. De esta manera, el apoderado deberá preocuparse de que el

alumno alcance el nivel de desarrollo integral deseado.

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ART.50 Los informes de notas semestrales serán entregados personalmente a los

apoderados en reuniones de padres y apoderados.

ART.51 Los alumnos que al término del primer semestre manifiesten un bajo rendimiento

académico, recibirán del Profesor jefe las observaciones respectivas. Con uno o

más subsectores reprobados quedarán amonestados con citación del

apoderado.

ART.52 El repetir curso por segunda vez en el establecimiento, no habiendo

aprovechado las oportunidades dadas, habiéndose revisado la situación, caso

a caso por el Consejo de Profesores y la Dirección, se verá si continúa o no en el

Colegio, dependiendo de la disposición de vacantes y de su conducta.

ART.53 La falta de honestidad en los deberes escolares, se considera una falta grave.

Las situaciones de copiar en pruebas, presentación de trabajos ajenos serán

sancionadas en la parte conductual valórica.

1ª vez amonestación escrita en su agenda escolar firmada por el apoderado.

2ª vez suspensión, citación de apoderado y anotación en la hoja de vida.

3ª vez Condicionalidad.

1. AMONESTACIÓN: Es el compromiso formal de superación que busca

establecer, con claridad y precisión, aquellos desafíos que el alumno debe

cumplir, superando sus deficiencias en el aspecto académico, en su

compromiso personal y en su formación disciplinaria. La amonestación puede

ser escrita o verbal.

- Amonestación verbal:

Es motivada por una falta leve. Es aplicada por el profesor respectivo, o la autoridad

que corresponda. Se registra en la hoja de vida del alumno el hecho que constituye la

falta, y la medida que se tomará.

- Amonestación escrita:

Está motivada por reiteradas amonestaciones verbales, por reiteradas faltas que siendo

leves o graves, se ven reflejadas en el aspecto conductual del alumno. De esta falta se

deja constancia en la hoja de vida del alumno. La amonestación deberá ser firmada

por el apoderado. Esta sanción implica un compromiso del alumno y del apoderado

para superar dichas faltas.

La aplica el profesor jefe, dando lugar a una anotación negativa en el libro de clases.

2. CONDICIONALIDAD:

La condicionalidad significa que la permanencia del alumno en el Colegio estará sujeta

a la superación de las tareas rectificadoras señaladas.

ART.54 La condicionalidad tiene una duración equivalente al año lectivo en curso y

representa un compromiso de superación, crecimiento personal y una medida

rectificadora para que el alumno tome conciencia y supere las deficiencias en

su rendimiento académico, compromiso y/o con el proceso de formación

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disciplinaria.

ART.54.1 Los alumnos repitientes que hayan sido aceptados por el Consejo de Profesores

y la Dirección, estarán también en situación de condicionalidad. Los profesores

jefes entregarán semestralmente informes sobre su desempeño.

ART.54.2 Aquellos alumnos que no presentan una aceptación y un comportamiento

adecuado a la línea de esta unidad educativa, ya sea en clases, visitas

programadas, paseos y actos cívicos internos que tengan un abierto desinterés

por el proceso Educativo integral, firmarán un documento de condicionalidad.

ART.54.3 Los alumnos que presenten reincidencia en actitudes deshonestas, groseras o

deterioren los bienes propios del establecimiento o ajenos quedarán en situación

de condicionalidad.

ART.54.4 Los alumnos que luego de un período de seguimiento personal y familiar,

analizada su ficha personal y su registro de observaciones tanto en conducta

como en rendimiento, y que como consecuencia de ello sean propuestos por el

Consejo de Profesores y el Director quedarán condicionales.

ART.54.5 Los alumnos que en el transcurso del año presenten actitudes calificadas de

graves, podrán quedar condicionales por la Dirección, escuchando la opinión

del Consejo de Profesores.

ART.54.6 La condicionalidad es anual, es decir, al término del año lectivo,

independiente del momento de cursada la condicionalidad, ésta será evaluada

por la Dirección, quien definirá la situación en un posible término del Contrato de

prestación de Servicios Educacionales o bien en una amonestación, luego de

haber escuchado las sugerencias del Consejo de Profesores.

TITULO IX ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS O EXTRA-PROGRAMÁTICAS:

El COLEGIO C E D I ofrece como actividad extra-programática el taller de música, como

un complemento importante para los alumnos en el desarrollo de sus aptitudes

artísticas, presentándolas en los actos culturales programados por el establecimiento,

para apoderados o alumnos.

La actividad extra-programática tiene un carácter obligatorio, una vez que el alumno

opta por ella. Por tanto, no podrá retirarse cuando lo estime conveniente, sin que su

apoderado informe al Colegio de dicha determinación.

ART.55 Como complemento a las actividades académicas se realizarán talleres de

comprensión lectora, habilidades matemáticas, inglés y música para los

diferentes cursos y serán de carácter de obligatorio.

ART.56 El alumno que opta por el taller de música debe tener un buen rendimiento en

las asignaturas del Plan de Estudio. Si el alumno está mal en conducta y/o

rendimiento, el profesor responsable de este proceso, podrá suspenderlo de esa

actividad.

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Normas que los alumnos y apoderados deben cumplir en las actividades

complementarias y extra-programáticas

1. Las actividades se realizaran en jornadas alternas a la del alumno.

2. Dicho ingreso debe ser con el uniforme escolar, en caso de que el alumno no lo

pueda hacer, se debe acercar al profesor correspondiente.

3. El apoderado no puede hacer ingreso a los talleres en ningún caso, ya sea para

acompañar a su pupilo, para entregarle algún objeto o alimento, para practicar

con los instrumentos, etc.

4. Cualquier apoderado que desee conversar con el profesor deberá hacerlo fuera del

horario de los talleres, antes del inicio, al término de la práctica o en el horario de

atención del profesor.

5. El alumno deberá constantemente ganarse su permanencia en el taller, a través, de

buen rendimiento académico, buena disciplina y debe saber que está siendo

constantemente evaluado por los profesores del Colegio, especialmente por su

profesor jefe.

6. La asistencia y puntualidad a las prácticas de los talleres, serán un antecedente a

considerar por los profesores para la participación en los eventos futuros. Toda

inasistencia deberá ser justificada en forma escrita por el apoderado.

7. El apoderado no puede sacar material escrito o instrumental que sea de uso exclusivo

de los alumnos, tampoco puede ingresar su material para utilizar en los talleres, salvo

una determinación del profesor a cargo.

8. Es importante la colaboración de los apoderados para el correcto funcionamiento

del taller, para que su pupilo (quien es realmente el que tiene que ocupar las

instalaciones del establecimiento), aproveche al máximo el compartir y convivir

sanamente.

TITULO X ESTÍMULOS Y PREMIOS:

Fiel a la praxis y tradición de nuestro Colegio, se privilegiará todas las instancias positivas

a su alcance para estimular al educando a la propia superación y crecimiento

personal.

En determinados casos, se hará público reconocimiento de sus logros, habilidades y

aptitudes, a través, de las premiaciones y estímulos, como la Excelencia Académica, el

premio al Mejor Compañero por amistad y compañerismo, se reconoce y se destaca

también la Superación y el Esfuerzo, el Compromiso Social, etc.

Los premios son los siguientes:

1.- Premio COLEGIO C E D I, a los alumnos destacados por su EXCELENCIA ACADÉMICA.

2.- Premio, en relación a la Amistad y Compañerismo.

3.- Premio, en relación al Esfuerzo y Superación

4.- Premio, en relación a la música y la conducta deportiva.

5.- Premio en relación a 100% asistencia.

Siempre será valorado en un alumno el buen comportamiento, la colaboración y

responsabilidad, la asistencia y puntualidad, la vivencia de los valores entregados por el

Colegio y la destacada trayectoria que pueda demostrar en el arte, en el deporte, la

música y la creatividad en general, es por ello que se crean estas instancias para

premiarlos.

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TITULO XI PROCEDIMIENTO PARA PASEOS, VISITAS PROGRAMADAS Y OTROS:

ART.57 Las visitas pedagógicas, forman parte de nuestro proceso educativo, por lo cual

están autorizadas, deben ser organizadas y comunicadas a la Dirección del

Colegio por el profesor jefe con quince días de anticipación, para poder

informar a la Dirección Provincial Oriente.

Los alumnos deberán asistir con el uniforme escolar o buzo deportivo oficial,

según en lugar, y contar con la autorización por escrito del apoderado.

ART.58 A fin de año, los cursos que deseen tener un momento de encuentro, tipo paseo,

éste deberán realizarlo en horario fuera de clases.

ART.59 Los cursos autorizados para realizar visitas pedagógicas contarán con el respaldo

del Seguro Escolar (Decreto N° 313, ART.3 de la Ley 16744).

ART.60 No están autorizadas las campañas económicas, tales como rifas, bingos,

comidas, bailes, etc. utilizando el local y equipos del Colegio en beneficio de

grupos particulares.

ART.61 Está estrictamente prohibido el uso del nombre del Colegio para fiestas, afiches y

otros eventos sin autorización de la Dirección, especialmente si atentan contra

los valores sustentados por el establecimiento. El Colegio avalará sólo las

actividades propias y oficiales organizadas por la Dirección junto con el Centro

General de Padres y Apoderados.

TITULO XII NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR ASOCIADAS A LOS ALUMNOS, PADRES Y

APODERADOS:

Los padres de familia son la instancia básica y primeros responsables de la

educación y el fomento de los valores y principios en sus hijos. El Colegio y sus

educadores son colaboradores de la familia en el crecimiento integral de los

educandos.

La opción de ellos por este Colegio, los convierte en agentes educadores que entregan

su respaldo y cooperación a los procesos de enseñanza, aprendizaje, a la formación de

hábitos y valores proporcionados por el Colegio.

1. Normas asociadas a los alumnos.

El alumno tiene los siguientes derechos:

a) Ser respetado y valorado como persona en todo momento.

b) Conocer el proyecto Educativo, el Reglamento de Evaluación y el Manual de

Normas y Criterios de Convivencia Escolar.

c) Recibir una educación de calidad de acuerdo a los planes y programas del Ministerio

de Educación, contextualizados y enriquecidos según nuestro proyecto Educativo.

d) Vivenciar una educación basada en conocimientos e inspirada en valores propios

de nuestra institución, en coherencia con nuestro Proyecto Educativo.

e) Compartir, de acuerdo a su edad, intereses y habilidades, en todas las actividades

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académicas y extra programáticas que se realicen en el Colegio: deportivas,

culturales, artísticas y de acción social.

f) Utilizar la infraestructura del Colegio que requiera para el normal desarrollo del

Régimen Curricular en actividades de aula, laboratorio de computación, biblioteca,

deportivas, etc., conforme a las normas y procedimientos que establece la

Dirección para su uso y cuidado.

El alumno tiene los siguientes deberes u obligaciones:

a) Conocer, respetar, cumplir y valorar el proyecto Educativo, el Manual de Normas

y Criterios de Convivencia Escolar y el Reglamento de Evaluación, actuando

responsablemente como protagonista y gestor de su propio crecimiento.

b) Acoger y vivenciar los valores que deben distinguir a un alumno con la identidad

del Colegio CEDI.

c) Aceptar y adherirse positivamente a las exigencias disciplinarias, ético-morales,

como expresión de seriedad y respeto a la formación que promueve el Colegio.

d) Dar exacto cumplimiento a los compromisos académicos, culturales y extra-

programáticos programados por el Colegio o por el curso.

e) Traer una colación adecuada para su normal nutrición y salud.

f) Todos los demás deberes que contiene este Manual de Normas y Criterios de

Convivencia Escolar.

2. De los padres y apoderados

Se espera de los Padres y Apoderados que:

a) Sean fieles colaboradores de todos los estamentos del colegio que están al servicio

de sus hijos: Dirección, profesores(as), educadoras de párvulos, administrativos,

auxiliares y la Directiva General del Centro de Padres y Apoderados.

b) Estén interesados en conocer y vivenciar el proyecto Educativo del Colegio.

c) Sean responsables y puntuales, en el fiel cumplimiento de sus obligaciones como

apoderados y/o sostenedores, tanto en el acompañamiento académico de su

pupilo, como en el financiamiento, y compromisos con su grupo curso y el Centro

General de Padres y Apoderados.

d) Sean participativos y activos en las reuniones de curso.

e) Participen en las actividades formativas, educativas y sociales que ofrece el

establecimiento, para estar en consonancia con lo que el Colegio ofrece a sus hijos.

g) Los padres de familia conforman un estamento que tiene sus representantes frente a

la comunidad escolar y es iniciativa de los padres aceptar los cargos para

representar a sus grupos-cursos o directivas generales.

h) Elijan democráticamente a sus representantes, tanto en el curso al que pertenecen

él o sus hijos, como en el Centro General de Padres y Apoderados

Normas asociadas a los Padres y Apoderados

ART.64 Es deber del apoderado, conocer, comprender y aceptar los fundamentos del

Colegio que se presenta en el Proyecto Educativo, y colaborar asumiendo su rol

activo como integrante de la Comunidad Educativa.

ART.65 Supervisar el cumplimiento de tareas y compromisos asumidos por su pupilo en

las actividades curriculares de aula y de carácter extra-programáticas.

ART.66 Acompañar a su pupilo en los procesos acordados con el centro educativo para

el mejoramiento de su rendimiento académico y conductual.

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ART.67 Imponerse a cabalidad del Reglamento Interno y Manual de Normas y Criterios

de Convivencia Escolar del alumno, y el de Evaluación y Promoción.

ART.68 Tratar respetuosamente a todos los integrantes de la Comunidad Educativa.

ART.69 Responder por las acciones de violencia realizadas por su hijo en contra de

alguna persona, o de las dependencias del Colegio.

ART.70 Aceptar la mediación o diálogo y el apoyo del Colegio para superar dificultades

familiares que afectan directamente el proceso educativo y la personalidad en

desarrollo de su pupilo.

ART.71 Buscar apoyo profesional fuera del Colegio cuando se presenta algún tipo de

patología o de dificultad mayor en su pupilo, especialmente cuando sea

sugerido por el profesor jefe del alumno o la Dirección del establecimiento.

ART.72 Informar al Colegio sobre cualquier eventualidad que afecte el bienestar y la

seguridad de sus hijos.

ART.73 Cada alumno tendrá un apoderado, que de preferencia será uno de sus padres.

Como una excepción, se aceptará a otra persona que los represente.

ART.74 La matrícula es un trámite que obligatoriamente debe ser cumplido por el

apoderado en las fechas establecidas. Quién así no lo haga dará a entender

que deja la matrícula a disposición del establecimiento.

ART.75 Asumir responsablemente los compromisos económicos contraídos con el

Colegio, por la prestación de servicios del año en curso.

El apoderado se compromete a pagar los primeros 20 días de cada mes, una

cantidad de dinero señalada y expresada en el Contrato de Prestación de

Servicios Educacionales, a contar del mes de Marzo hasta Diciembre. Además

aportará responsablemente las cuotas propias del Centro General de Padres y

Apoderados y de sus respectivos cursos, especialmente para fines culturales,

visitas pedagógicas, etc. Todo cambio de apoderado deberá ser justificado y

notificado a la Dirección del establecimiento. En caso de falta grave del

apoderado en su responsabilidad como tal, el Colegio se reserva el derecho de

poner fin a su condición y exigir el cambio de apoderado.

Art.76 Es deber de los padres y apoderados estar en continua comunicación con el

Colegio respecto al alumno, a través, de la agenda escolar, oportunas

conversaciones con el profesor jefe en el horario establecido y siguiendo siempre

los conductos regulares: profesor jefe – profesor de asignatura - jefe UTP - y

Director del Colegio como última instancia.

ART.77 Los padres y apoderados deben garantizar la existencia y participación de sus

pupilos en todas las actividades de carácter obligatorio que promueve el

Colegio y en los compromisos adquiridos.

ART.78 Es obligación de los padres y apoderados concurrir al Colegio siempre que sean

citados, ya sea por algún problema con su pupilo, como por alguna actividad

educativa que el Colegio juzga de suma importancia. Especialmente cuando la

actividad educativa sea convocada por el Director del establecimiento. El

incumplimiento no justificado motivará el cambio de apoderado y la anotación

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en la hoja de vida del alumno.

ART.79 Los padres y apoderados están obligados a asistir a las asambleas y reuniones

oficiales de sus cursos, sin niños. En los casos de inasistencia no justificada,

deberán justificar con el profesor jefe a más tardar al próximo día lectivo.

Además, todo apoderado que no pueda asistir a reunión por alguna razón

válida, debe justificar dicha inasistencia antes de la reunión y posteriormente

acudir a una entrevista concertada por el profesor jefe.

ART.80 Las reuniones de padres y apoderados serán tres en el año como mínimo, siendo

avisadas con anticipación. Su horario será de 19:30 a 20:30 hrs. como máximo y

la asistencia es obligatoria. Es sin niños.

ART.81 Será de su responsabilidad la correcta presentación personal de su pupilo de

acuerdo al Manual de Normas y Criterios de Convivencia Escolar, en lo que se

refiere al uso del uniforme escolar, educación física, aseo y presentación

personal.

ART.82 La firma del apoderado es única y la estampará en el espacio correspondiente

que existe en la agenda. Es conveniente registrar la firma del padre y de la

madre. Así mismo, se preocuparán que sean llenados cuidadosamente los datos

personales del alumno. La adulteración de la firma del apoderado es

considerada falta grave.

ART.83 Debe asegurar la asistencia de su pupilo a las actividades escolares, y toda

inasistencia de éste a clases debe ser justificada por él, por medio de la agenda

escolar o personalmente.

ART.84 No se aceptarán llamadas telefónicas para efectos de justificación.

ART.85 Las horas médicas, dentales y/o tratamientos deberán ser solicitadas en horarios

que no interfieran con las clases sistemáticas. De lo contrario, deberá acercarse

a la Dirección para dejar la constancia respectiva.

ART.86 Para retirar de clases a un alumno se debe realizar el trámite en la Dirección,

personalmente por el apoderado, en el horario previamente publicado por el

Colegio.

ART.87 El apoderado debe exigir diariamente a su pupilo la agenda escolar para su

revisión y control.

ART.88 Todo ingreso al establecimiento debe ser con autorización, identificándose

como apoderado e indicando el motivo, para que a través del auxiliar o

profesor se llame a la persona que se necesita.

ART.89 Todo apoderado que necesite salas del colegio, para realizar reuniones

extraordinarias fuera del horario de clases, deberá solicitarlo a la Dirección del

establecimiento.

ART.90 Queda estrictamente prohibido interrumpir las horas de clases. Cualquier

consulta al profesor debe realizarse en el día y horario que esté fijado

previamente por él.

ART.91 Los apoderados se abstendrán de llamar por teléfono a los alumnos mientras

permanezcan en clases, a excepción de casos de urgencia, informando en la

Dirección.

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ART.92 El apoderado al firmar el Contrato de Prestación de Servicios Educacionales se

compromete a acatar las normas de convivencia y la línea educativa del

Colegio, y velará por el respeto y honra del personal de esta obra Educativa. Las

faltas graves de respeto a los integrantes de la unidad educativa serán

sancionadas con la finalización del Contrato de Prestación de Servicios

Educacionales.

ART.93 El apoderado no podrá alterar información relativa a la realidad

socioeconómica con el propósito de adquirir indebidamente los beneficios

sociales del Centro Educativo.

ART.94 Colaborar con los profesores en la realización y cumplimiento de las visitas y

salidas educativas que éstos determinen convenientes.

ART.95 Todo apoderado asume el compromiso de formar parte del Centro General de

Padres y Apoderados. Organismo encargado de colaborar en la labor

educativa y bienestar de los alumnos. Por consiguiente tiene el deber moral de

pagar la cuota del Centro General de Padres y participar en los proyectos del

mismo que van en ayuda de su propio pupilo.

ART.96 El apoderado se abstendrá de cualquier trato económico, directo o indirecto

con el personal docente, administrativo o de servicio del Colegio.

ART.97 El apoderado debe prohibir a su pupilo traer al colegio todo objeto que no

corresponda a las actividades de clases, tales como anillos, cadenas, celular,

MP3, MP4, cámara fotográfica digital, tablet, juegos de video, juegos en general,

u otros similares, o andar trayendo más dinero del necesario para gastos

personales. En caso de no cumplirse esta norma, el Colegio no se

responsabilizará por pérdidas.

ART.98 Anualmente se realizará una evaluación del apoderado por parte del profesor

jefe y consejo de profesores respecto de su participación en reuniones, la

formación exigida y su rol con el curso y el Colegio. El apoderado que no haya

cumplido con suficiencia esta tarea no podrá seguir como tal.

ART.99 La agresividad, incompatibilidad de caracteres o irresponsabilidad grave del

apoderado, como también el incumplimiento de sus compromisos acordado

con el Colegio serán causales para la no renovación de la matrícula cuyo

contrato será siempre anual, es decir, hasta el término de las clases del

respectivo año escolar. El juicio y calificación de estos actos o actitudes son de

exclusiva responsabilidad de la Dirección y del Consejo de Profesores.

ART.100 Es deber del apoderado responder y pagar los deterioros, daños o pérdidas de

libros de la biblioteca, instrumentos, equipos o parte de ellos, vidrios, mobiliario,

ornamentación interna o externa y demás implementos de propiedad del

Colegio, ocasionado individualmente por su pupilo o con su participación.

ART.101 El retiro de documentos oficiales del alumno (certificado de estudios, informe de

personalidad) lo debe realizar el apoderado personalmente y firmar documento

de retiro.

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TITULO XIV REGISTRO DE PERTENENCIAS DEL ALUMNO:

1. En caso de hurtos, robos, porte de armas blancas u objetos sospechosos al interior de

las salas de clases y/o grupos de alumnos, que no han sido en forma voluntaria

colocados a disposición de una consulta por parte de los profesores, se procederá a

revisar las pertenencias de los alumnos, previa consulta a ellos de quién se opone a

dicha revisión. Si un alumno no desea ser revisado por situaciones personales, se

respetará su decisión,

TITULO XV URGENCIAS MÉDICAS:

1. En caso de enfermedad del alumno, éste será atendido en la Sala de Primeros Auxilios

por el profesor encargado. El profesor jefe o la Dirección avisará al apoderado para

el retiro del alumno.

2. En caso de accidente se entregará la ficha de accidente escolar.

a) Se avisará de inmediato al apoderado en los teléfonos por él proporcionados.

b) El alumno, según la gravedad del caso será derivado de inmediato al servicio de

urgencia del hospital más cercano, para este caso, EL HOSPITAL LUÍS CALVO

MACKENNA, acompañándose la hoja del seguro escolar. El alumno será

acompañado por un adulto responsable o profesor.

c) Si el accidente es de menor gravedad, será el mismo apoderado quien traslade

al alumno al centro asistencial.

TITULO XVI DEL PROCESO DE MATRICULA Y ADMISION:

El Colegio acoge a todos los niños y niñas que deseen pertenecer al

establecimiento, previa inscripción y cumplimiento de los requisitos que la ley

establece y el Respectivo PEI.

A los alumnos antiguos se les enviará una comunicación informando del proceso de

matrícula, la forma de pago y el plazo para su inscripción.

El no matricularse en la fecha informada significará que deja la vacante para otro

postulante.

A los alumnos nuevos se publicará a través de la página web las vacantes

disponibles y el periodo de postulación.

La institución no renovará la matrícula a aquel alumno(a) que repita

consecutivamente un curso.

Todas estas normas están destinadas para realizar un trabajo acorde a las

necesidades de los educandos y a mejorar los lazos de buena convivencia en la

comunidad escolar. La Dirección del establecimiento junto al cuerpo docente se

transformarán en gestores y permanentes supervisores de los buenos hábitos de los

alumnos. Dado un ambiente gratificante y de reconocimiento de la superación de

los alumnos, la función del Colegio se beneficiará ampliando y mejorando los

canales de comunicación entre las familias que apoyan nuestra gestión educativa.

El proceso de enseñanza aprendizaje será internalizado por cada uno de los

miembros de este Colegio, como la premisa más importante, para entregar los

mejores alumnos a la nueva sociedad.