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REGLAMENTO INTERNO PARA LA CAPTACION, RECEPCION, REGISTRO, ACEPTACION, OTORGAMIENTO Y CONTROL DE DONACIONES

FE : Enero 2008 Área de Racionalización

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REGLAMENTO INTERNO PARA LA CAPTACION, RECEPCION, REGISTRO, ACEPTACION, OTORGAMIENTO Y CONTROL DE DONACIONES

FE : Enero 2008 Área de Racionalización

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SOCIEDAD DE BENEFICENCIA DE HUANCAYO Jr. Cuzco 1576 – Huancayo – Teléfono 217058 -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

SOCIEDAD DE BENEFICENCIA DE HUANCAYO

REGLAMENTO INTERNO PARA LA

CAPTACION, RECEPCION, REGISTRO,

ACEPTACION, OTORGAMIENTO Y

CONTROL DE DONACIONES

Aprobado con R.P.D. Nº 030-2008-SBH

HUANCAYO - 2008

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REGLAMENTO INTERNO PARA LA CAPTACIÓN, RECEPCIÓN, REGISTRO, ACEPTACIÓN, OTORGAMIENTO Y CONTROL DE

DONACIONES

TITULO I DE LAS GENERALIDADES

CAPITULO I

DE LA FINALIDAD

Artículo 1°.- El presente Reglamento tiene por finalidad establecer las normas y procedimientos

para la captación, recepción, registro, aceptación, otorgamiento y control de las donaciones provenientes de entidades del sector público, privado o del exterior como Asistencia o Cooperación Técnica Internacional, efectuados en beneficio de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, para el cumplimiento de sus fines, objetivos y funciones.

CAPITULO II DE LA BASE LEGAL Y ADMINISTRATIVA

Artículo 2°.- El Reglamento de Donaciones, se sustenta en las siguientes disposiciones legales:

- Decreto Legislativo N° 356, Consejo Nacional de Beneficencias y Juntas de Participación Social, de 28.OCT.85;

- Decreto Legislativo N° 830, Ley del Instituto Nacional de Bienestar Familiar.

- Ley N° 26918, Ley de Creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo – SPR de 23. ENE.98;

- Decreto Supremo N° 008-98-PROMUDEH de 07.AGO.98, Normas Reglamentarias de Sociedades de Beneficencia Pública y Juntas de Participación Social;

- Reglamento de Organización y Funciones de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo;

- Resolución Jefatural N° 118-80-INAP/DNA, Normas Generales del Sistema de Abastecimiento;

- Resolución Directoral N° 026-80-EFC/77.15, Normas Generales de Tesorería;

- Decreto Legislativo N° 804, Disposiciones referidas a Donaciones de Bienes percibidas por las Entidades del Sector Público;

- Decreto Legislativo N° 295, Código Civil;

- Ley N° 26189, Modifica el Código Civil en lo que se refiere a Donaciones;

- Decreto Legislativo N° 774, Ley del Impuesto a la Renta;

- Decreto Supremo N° 179-2004-EF, modificada el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta;

- Decreto Legislativo N° 821, Ley General del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo;

- Decreto Ley N° 21942, que agiliza trámites aduaneros a mercaderías donadas del extranjero y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 127-91-PCM de 01.AGO.91, y modificatoria aprobada por Decreto Supremo N° 076-93-PCM de 12.OCT.93.

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- Decreto Legislativo N° 719 – Ley de Cooperación Técnica Internacional; y su Reglamento

aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-92-PCM de 30.ENE.92 y, modificatoria aprobada por Decreto Supremo N° 045-92-EF de 27.FEB.92.

- Procedimientos de aceptación, aprobación e internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada mediante Resolución Suprema N° 508-93-PCM de 16.NOV.93.

- Decreto Legislativo N° 799 de 31.DIC.95, Sustituye artículos de la Ley del Impuesto a la Renta;

- Decreto Legislativo N° 882 de 09.NOV.96, Ley de Promoción de la Inversión en la Educación;

- Decreto Legislativo N° 809 de 19.ABR.96, Ley General de Aduanas;

- Decreto Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;

- Resolución N° 039-98/SBN, Reglamento para el Inventario Nacional de Bienes Muebles del Estado;

- Decreto Ley N° 22867, Normas para Impulsar el Proceso de Desconcentración Administrativa;

- Guía Técnica N° 05-2002/INABIF-GDPR – Lineamientos para la Captación, Recepción, Registro, Aceptación, Otorgamiento y Control de Donaciones en las Sociedades de Beneficencia Pública y Juntas de Participación Social;

- Oficio Circular N° 024-2004/INABIF-GPR, Implementación y modificación de documentos de gestión del CAP, PAP, RIT, MOF, ROF y Directivas internas.

- Legislación conexa y complementaria.

CAPITULO III DEL ALCANCE

Artículo 3°.- El presente Reglamento es de obligatorio cumplimiento por la Gerencia de Desarrollo

Humano, Oficina General de Administración, Sub Gerencia de Farmacia y Centro Médico, y Unidades Orgánicas de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, inmerso en la captación, recepción, registro, aceptación, otorgamiento y control de donaciones.

CAPITULO IV DE LA NATURALEZA

Artículo 4°.- Entiéndase por donación, la transferencia de la propiedad a título gratuito, de dinero,

valores, especies valoradas, joyas, bienes y/o servicios de personas naturales y/o jurídicas nacionales y/o extranjeras, en apoyo a los programas y servicios sociales que desarrolla la Sociedad de Beneficencia de Huancayo.

Asimismo, entiéndase por procedimiento para Donación, al conjunto de actividades técnico - administrativo – jurídicas, orientadas a lograr que la Sociedad de Beneficencia de Huancayo en representación del estado, reciba la transferencia o transfiera la propiedad a título gratuito, de dinero, bienes o servicios de personas naturales o jurídicas nacionales, en apoyo a los programas y servicios que desarrolla de acuerdo a Ley.

Las donaciones no pueden ser entregadas para uso personal de funcionarios y servidores de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo.

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Artículo 5°.- Las donaciones, según corresponda, puede ser en:

1.- Bienes: de consumo, culturales, muebles e inmuebles; 2.- Dinero: valores, especies valoradas y/o joyas; 3.- Servicios;

4.- Otros.

TITULO II DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 6°.- Las acciones de control, recepción y otorgamiento de donaciones en la Sociedad de Beneficencia de Huancayo serán en forma coordinada a través del Comité de Recepción de Donaciones de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, para atender las necesidades de los

servicios sociales que presta la Institución a la Población en Riesgo ó en extrema pobreza. Artículo 7°.- El Comité de Recepción de Donaciones, a través de la Oficina de Abastecimiento

de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, llevará un Registro de Donaciones aceptadas u otorgadas de dinero, bienes, servicios u otros. Artículo 8°.- La documentación sustentatoria de las donaciones, son aquellos documentos de

efecto legal y administrativo que justificarán la respectiva donación de la propiedad de un bien, sea en especie o en dinero Artículo 9°.-Las modalidades de donación en la Sociedad de Beneficencia de Huancayo,

corresponden a:

a) LA CAPTACION: Proceso mediante el cual la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, logra

que personas naturales y/o jurídicas le transfieran a título gratuito dinero, bienes y/o servicios en apoyo a los servicios sociales que presta la Institución a la Población en Riesgo ó en extrema pobreza.

b) EL OTORGAMIENTO: Proceso mediante el cual la Sociedad de Beneficencia de Huancayo,

transfiere a título gratuito dinero, bienes y/o servicios de su propiedad, a instituciones privadas de bien social, sea persona natural o jurídica, en apoyo a los programas y servicios que desarrollen en beneficio de personas en situación de riesgo, abandono ó en extrema pobreza.

Artículo 10°.- Para la captación de donaciones en dinero a nivel nacional y extranjero, se

establecerán las cuentas respectivas en las entidades bancarias de la localidad, las cuales serán hechas de conocimiento público. Artículo 11°.- Toda donación recibida, deberá ser afectada patrimonialmente, registrándose así

mismo su salida sea por consumo o entrega en uso; para tal efecto, las Unidades Orgánicas encargadas según lo dispuesto en el Artículo 30°, 31°, 32° del presente Reglamento, deberán informar oportunamente a la Oficina de Contabilidad. Artículo 12°.- Dentro de los primeros cinco (5) días de cada mes la Gerencia General, en base a la información que le proporcione la Oficina General de Administración elevará para conocimiento de la Presidencia de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, el resumen de las donaciones recibidas, sin perjuicio a ofrecer la información respectiva cada vez que lo considere pertinente o le sea solicitada.

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TITULO III

DE LOS PROCESOS

CAPITULO I DE LA CAPTACION DE BIENES MUEBLES

Artículo 13°.- Se considera Bienes Muebles a todos aquellos bienes que pueden llevarse de un lugar a otro, señalados en el Código Civil, incluyéndose los alimentos y medicinas. Artículo 14°.- La captación, comprende desde la programación, solicitud o tramitación, recepción, registro, aceptación, aprobación y distribución de donaciones otorgadas por personas naturales y/o jurídicas nacionales y extranjeras, a favor de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo. Artículo 15°.- Todos los estamentos y trabajadores de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo,

de manera descentralizada deben constituirse en elementos PROMOTORES de la captación de donaciones, cuyas acciones y/o resultados serán puestos en conocimiento de la Gerencia General ó Presidencia del Directorio, según corresponda, quienes se encargarán de materializar y oficiarlas.

CAPITULO II DE LA PROGRAMACION DE LAS DONACIONES

Artículo 16°.- La programación para la captación de donaciones, se hará en función de las

necesidades y prioridades establecidas por las Unidades Orgánicas integrantes de la Gerencia de Desarrollo Humano y será realizada por el Gerente General de la Institución. En esta etapa se procederá a identificar las personas naturales y/o jurídicas nacionales y extranjeras, conducentes a lograr la convocatoria y apoyo en las acciones orientadas a cumplir con el desarrollo de los diversos programas de atención y otros que brinda la Sociedad de Beneficencia de Huancayo. Artículo 17°.- Cuando se acepte o reciba donaciones provenientes del exterior; a través del Titular

del Pliego se remitirá a la Contraloría General de la República, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la recepción de los bienes, una copia del Acta de Entrega-Recepción y uso de la donación, así como la certificación de la Oficina de Abastecimiento, respecto de la recepción de los bienes, recursos o servicios. Artículo 18°.- Asimismo, se transcribirá a la Contraloría General de la República, la Resolución de Presidencia del Directorio de aceptación o aprobación de donaciones provenientes del exterior dentro de tres (3) días hábiles, concordante con la Directiva de Procedimientos sobre Aceptación o Aprobación e Internamiento de Donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada mediante Resolución Suprema N° 508-93-PCM de 16.NOV.93.

CAPITULO III DE LA RECEPCION

Artículo 19°.- Para los efectos de la recepción de los bienes donados, se conformará una COMISION DE RECEPCION DE DONACIONES, que estará integrado por los siguientes

Funcionarios:

a) GERENTE DE DESARROLLO HUMANO, quien lo presidirá; b) DIRECTOR DE ADMINISTRACION, como Miembro; c) ENCARGADO DEL AREA DE CONTROL PATRIMONIAL, como Miembro;

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d) SUB DIRECTOR DE ABASTECIMIENTO, como Secretario de la Comisión; Articulo 20°.- La Comisión de Recepción de Donaciones, será la encargada de recepcionar las

donaciones, sentando en el Libro de Actas el acto de recepción indicando el lugar, hora, día mes, año, documentos de entrega-recepción, características o descripción de los bienes, nombre de la persona que hace la donación en el caso que quiera identificarse y su dirección. Artículo 21°.- La recepción de OBSEQUIOS y PROMOCIONES que son obtenidos a través de la Sub Gerencia de Farmacia y Centro Médico de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, debe ser ejecutado con la participación o conocimiento de la Comisión de Recepción de Donaciones

previa elaboración del Acta de Entrega y Recepción de Bienes, en original y tres copias, de conformidad a los Formatos establecidos en el Anexo 01.

Cumplido con la Entrega y Recepción del Bien, a través de la Sub Gerencia de Farmacia y Centro Médico, se comunicará al Encargado del Almacén General para el internamiento del Bien, concordante al procedimiento establecido en el presente Reglamento. Artículo 22°.- La Recepción de toda donación de bienes muebles, será ejecutado por la Comisión

de Recepción de Donación de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, previa elaboración del Acta de Entrega y Recepción de Donación, en original y tres copias, de conformidad a los formatos establecidos en el Anexo 01; documento que deberá ser firmado y sellado por la Comisión de

Recepción de Donación, y por el Encargado de Almacén General; una copia se entregará al donante o representante de donante. Artículo 23°.- En base al Acta de Entrega y Recepción de donación de bienes, servicios y/o

Factura o Guía, el encargado de Almacén General de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, emitirá los documentos de ingreso, como sigue:

a) Nota de Entrada a Almacén – NEA: Para bienes muebles, consumo y culturales con destino

de la Sede Central y Unidades Orgánicas según corresponda; el mismo que estará a cargo de la Oficina de Abastecimiento.

b) Utilización de Constancia de Recepción: Para servicios, de Sede Central y Unidades Orgánicas; el mismo que estará a cargo de la Oficina de Abastecimiento.

Artículo 24°.- El procedimiento para la recepción de donaciones es el siguiente:

a) Al recepcionar un bien como donación, el encargado del Almacén General, constatará su utilidad, estado de conservación, cantidad, características, cargas, compromiso, situación legal cuando se trate de equipos y muebles, y los aspectos sanitarios, cuando se trate de alimentos, medicinas y ropa usada. Asimismo, se valorizarán los bienes en los casos que no se disponga de los documentos que acrediten los montos de los mismos; tomando como referencia los precios de mercado, los precios de venta al público o el que resulte de una tasación razonable.

b) Los bienes en donación que no reúnan las condiciones de calidad sanitaria e higiene, que se encuentren inoperativos, o que estándolo resulten inútiles por su obsolescencia; o que no sean de utilidad, o que estén sobrevalorados, no serán recibidos, bajo responsabilidad del encargado de Almacén General y Sub Director de Abastecimiento, debiendo emitir un informe a la Gerencia General de la institución, explicando en forma detallada los motivos de la devolución.

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c) El Responsable de la Unidad Orgánica que gestione, tramite y coordine la captación de una

donación, comunicará a la Comisión de Recepción de Donación la naturaleza de la donación captada, condiciones y fecha de entrega en Almacén General.

CAPITULO IV

DEL REGISTRO

Artículo 25°.- La Comisión de Recepción de Donaciones, a través de la Oficina de

Abastecimiento, llevará un Libro de Actas, para el registro y control de las donaciones recepcionadas por la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, donde sentará el acto protocolar de recepción de la donación, indicando el lugar, hora, día, mes, año, documentos de entrega y recepción, características o descripción del bien donado. Asimismo, el Libro de Actas estará bajo su cargo y custodia, así como, el archivo y control de las Resoluciones de Presidencia y documentos sustentatorios de las donaciones recepcionadas. Artículo 26°.- El Registro de Donaciones contendrá Cinco (5) Secciones:

En la Sección Primera, a cargo de la Oficina de Abastecimiento, se inscribirán: La donación de

bienes muebles (Escritorio, máquinas, equipos y otros);

En la Sección Segunda, a cargo de la Oficina de Abastecimiento, se inscribirán: Las donaciones

de bienes de consumo y otros (Ropa, alimentos, medicinas, juguetes, enseres, etc.);

En la Sección Tercera, a cargo del Área de Control Patrimonial, se inscribirán: la donación de

bienes inmuebles;

En la Sección Cuarta, a cargo de la Oficina de Abastecimiento, se inscribirán: La donación en servicios.

En la Sección Quinta, a cargo de la Oficina de Contabilidad, se inscribirán: Las donaciones en

dinero, valores, especies valoradas y joyas. Artículo 27°.- Para los efectos de la inscripción de donaciones comprendidas en la Sección

Segunda del Registro de Donaciones, las Unidades Orgánicas (caso: Sub Gerencia de Farmacia y Centro Médico) de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, que las reciban directamente, remitirán a la Comisión de Recepción de Donaciones, el informe y la documentación sustentatoria de las donaciones recibidas durante dicho periodo, para su recepción y registro correspondiente por la Oficina de Abastecimiento.

En el caso de donaciones de alimentos perecibles y/o de consumo inmediato, las Unidades Orgánicas que las reciben, en forma inmediata informarán a la Comisión de Recepción de Donación, para que conjuntamente con el responsable de Almacén General, verifiquen, recepcionen y registren tal donación. Artículo 28°.- Cada Unidad Orgánica llevará un registro interno actualizado de las donaciones

recibidas, el cual debe estar debidamente foliado, legalizado o firmado y sellado por el Fedatario de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo ó por el Director de Administración. Artículo 29°.- El Registro de Donaciones de bienes de consumo, culturales, joyas y muebles,

contendrá, entre otros, los rubros siguientes:

- Fecha de ingreso; - Número de Nota de Entrada a Almacén;

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- Documento de Ingreso; - Referencia (Resolución, Carta, Oficio); - Nombre, dirección y teléfono del Donante; - Cantidad del bien; - Tipo o Clase de bienes; - Características del bien; - Unidad Orgánica Receptora; - Precio Unitario; - Total; - Observaciones. Artículo 30°.- El Registro de Donaciones de dinero, valores y especies valoradas, contendrá entre

otros los rubros siguientes:

- Fecha de donación; - Nombre, dirección y teléfono del donante; - Detalle de la donación; - Valor de la donación; - Número del Recibo de Ingreso a Tesorería; - Observaciones. Artículo 31°.- El Registro de Donaciones de Bienes Inmuebles, contendrá, entre otros, los rubros

siguientes:

- Ubicación; - Valorización; - Inscripción en los Registros Públicos; - Nombre, dirección y teléfono del Donante; - Breve descripción del inmueble; - Observaciones.

CAPITULO V DE LA ACEPTACION Y APROBACION

Artículo 32°.- La aceptación de la donación de bienes muebles, se materializará mediante la

Resolución de Presidencia del Directorio, previo acuerdo en Sesión de Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo.

Artículo 33°.- Las Unidades Orgánicas receptoras de las donaciones, deberán proporcionar

oportunamente a la Comisión de Recepción de Donación, la documentación siguiente:

- Carta de Donación, cuando exista; - Acta de Entrega y Recepción de Donaciones, Factura, Boleta de Venta, Guía, según

corresponda; - Nota de Entrada al Almacén; - PECOSAS (cuando corresponda).

La Comisión de Recepción de Donaciones verificará la validez y conformidad de la documentación antes mencionada y dispondrá a través de un documento, para su aprobación y posterior suscripción de la Resolución respectiva.

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CAPITULO VI

DE LA DISTRIBUCION

Artículo 34°.- La distribución de las donaciones percibidas se podrá efectuar en forma paralela a

la tramitación de la Aceptación de la Donación, dependiendo de la naturaleza de los bienes donados. Artículo 35°.- El Sub Director de Abastecimientos llevará un Libro de Actas para el registro de la

distribución de los bienes donados, el mismo que será firmado por el Gerente General, Director de Administración, Gerente de Desarrollo Humano, Sub Director de Abastecimiento, dos Miembros del Equipo Técnico del Área de Desarrollo Humano y beneficiario. En caso no pueda individualizarse a los beneficiarios de la distribución del bien, pero si la entrega es a una persona específica, ésta deberá registrar su nombre y apellido, dirección, número de documento de identidad, firma y/o huella digital según sea el caso; en señal de conformidad de haber recepcionado el bien.

Artículo 36°.- La Gerencia de Desarrollo Humano, elevará a la Gerencia General un Informe sobre las donaciones distribuidas en las Campañas de Apoyo Social, adjuntando las actas de entrega y recepción debidamente firmadas por las Autoridades competentes de la localidad beneficiada, con copia a la Sub Dirección de Abastecimiento.

Artículo 37°.- Las donaciones recibidas por la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, que se

encuentren sin destino serán distribuidas de acuerdo a la programación de las necesidades y según prioridades establecidas por las Unidades Orgánicas. Artículo 38°.- Las donaciones recibidas por la Sociedad de Beneficencia de Huancayo con destino

de uso a una de las Unidades Orgánicas, el responsable de tal área deberá presentar un informe a la Gerencia General sustentando la necesidad, el uso y destino de los bienes recibidos para el cumplimiento de los objetivos programados y la conformidad deberá hacerse con copia a Control Patrimonial de la institución cuando se trata de muebles, y a la Sub Dirección de Abastecimiento cuando se trata de bienes de consumo.

TITULO IV

DEL OTORGAMIENTO DE DONACIONES

Artículo 39°.- El otorgamiento de donaciones comprende la identificación del solicitante,

evaluación social de su situación, clasificación de bienes a donar y aprobación del otorgamiento de donaciones a favor de personas naturales, y en casos especiales de instituciones privadas ó públicas de bien social.

Artículo 40°.- Son sujetos del otorgamiento de donaciones por parte de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, aquellas Instituciones que presten atención a la población en situación de extrema pobreza, así como la comunidad organizada de zonas en situación de riesgo. Igualmente a las personas naturales en estado de riesgo ó abandono.

CAPITULO I DE LA APROBACION

Artículo 41°.- Para la aprobación del otorgamiento de donaciones, se deberá presentar lo

siguiente:

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a) Solicitud dirigida a la Presidencia de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, suscrita por el

Representante Legal de la Institución solicitante ó por la persona natural solicitante, que contendrá con carácter de Declaración Jurada Simple, nombre de la Institución ó persona solicitante de la donación y domicilio legal, si fuere el caso, ó los datos de la persona natural.

b) Una vez recepcionada la solicitud de donación, la Sociedad de Beneficencia de Huancayo

dispondrá la elaboración de un Informe Social, el cual estará a cargo de la Asistenta Social de la Gerencia de Desarrollo Humano.

El Informe Técnico debe contemplar aspectos legales, económicos, y aspectos de evaluación social. En este Informe se emite opinión sobre la procedencia de la donación y sobre la relación de bienes a donar.

Artículo 42°.- Para la aprobación de la donación, el Informe Técnico que señala el Artículo 39°

deberá ser evaluado por la Gerencia General y presentado a la Presidencia para su elevación al Directorio.

El Directorio, para casos especiales, podrá facultar al Presidente otorgar donaciones, sin el previo acuerdo del Directorio, debiendo con posterioridad informar de dichos actos. Artículo 43°.- Posterior a la aprobación de la donación por parte del Directorio, la donación se realizará mediante un Acta de Otorgamiento de Donaciones, en el que constará la cantidad, unidad de medida, descripción y valorización de los productos donados y cuando corresponda el número del documento de salida del almacén (PECOSA). Dicha Acta deberá estar debidamente firmada y sellada por el beneficiario de la donación y por parte de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, por el personal designado para este fin (Anexo 02).

Artículo 44°.- Las donaciones a otorgar se aprueban por Resolución de Presidencia del Directorio. Artículo 45°.- El Área de Indigencia de la Gerencia de Desarrollo Humano, bajo responsabilidad,

llevará un Libro de “Registro de Control de Donaciones Otorgadas”, consignándose el valor de los bienes donados.

TITULO V DE LA CAPTACION DE DONACIONES

CAPITULO I

DE LA CAPTACION DE DONACIONES DE BIENES INMUEBLES

Artículo 46°.- En caso de donaciones de Bienes Inmuebles, el procedimiento requiere necesariamente que la recepción de la donación sea autorizada previamente por acuerdo del Directorio, debiéndose formalizar la donación por Escritura Pública realizada ante Notario Público. Conforme lo establece el Artículo 1625º del Código Civil vigente. Artículo 47°.- La revisión y verificación de la titulación y saneamiento legal de los bienes

inmuebles donados, estarán a cargo de la Oficina General de Asesoría Jurídica y la valorización a cargo del Área de Estudios y Obras de la Oficina General de Planeamiento. Artículo 48°.- La Escritura Pública será firmada por el donante, por su representante ó por quien el

testador designe, según sea el caso; y por el Gerente General de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo.

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Artículo 49°.- Para efectos de la fundamentación de dicho acto, se presentará un Testimonio de la Escritura Pública. Esta Escritura deberá ser elevada a los Registros Públicos para su inscripción, asumiendo la Sociedad de Beneficencia de Huancayo los gastos que correspondan. Artículo 50°.- El Área de Control Patrimonial, procederá a incorporar el bien inmueble al Margesí

de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo.

CAPITULO II DE LA CAPTACION DE DONACIONES EN DINERO

Artículo 51°.- La Oficina de Tesorería procederá a llenar el Acta de Entrega y Recepción de Dinero, conforme al Anexo 03, debiendo firmar un (1) Representante de la Comisión de Recepción

de Donación, y el Sub Director de Tesorería, a la vez éste último emitirá el Recibo de Ingresos por el importe de la donación recibida. En caso que la donación sea en moneda extranjera, se efectuará el cambio a moneda nacional al tipo de cambio vigente a la fecha y emitirá el Recibo de Ingreso respectivo. Artículo 52°.- La Oficina de Tesorería se encargará de aperturar una cuenta corriente por el

concepto de Donaciones, para el cual el recibo de ingreso será el sustento para la emisión de la Papeleta de depósito para el empoce del dinero en la cuenta corriente de la Institución, aperturada para tal fin. Artículo 53°.- La Oficina General de Administración, reportará el Informe de donaciones de dinero, valores y especies valoradas a la Oficina General de Planeamiento, para su consolidación correspondiente.

TITULO VI

DE LA SUPERVISION Y EVALUACION DE DONACIONES

CAPITULO I DE LA SUPERVISION Y EVALUACION DE DONACIONES RECIBIDAS

Artículo 54°.- La Oficina de Abastecimiento y la Oficina General de Administración de la Sociedad

de Beneficencia de Huancayo, serán responsables directos de recibir sólo aquellos bienes que sean necesarios y tengan un uso justificado en el cumplimiento de los servicios y programas de la institución, evitando su deterioro, descomposición o caducidad, conforme al Anexo N° 04.

CAPITULO II

DE LA SUPERVISION Y EVALUACION DE DONACIONES OTORGADAS Artículo 55°.- El Director de Administración de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo,

presentará un Informe de las donaciones efectuadas por la Institución, a la Oficina General de Planeamiento.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Toda Unidad Orgánica receptora de donaciones, deberá reportar a la Comisión de

Recepción de Donaciones, para su tramitación conforme lo establece el presente Reglamento, de acuerdo a la naturaleza del bien donado.

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Segunda.- Toda donación solicitada debe responder a las necesidades de cada Unidad Orgánica

de la Institución, y será gestionada de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos en el presente Reglamento.

Tercera.- En caso que el valor de la donación de bienes de consumo sea inferior al 25% de la

U.I.T, el donante podrá ser exonerado de suscribir el Acta de Entrega – Recepción de Bienes, pudiéndose hacer en forma verbal, debiéndose respetar el resto de los procedimientos aprobados. Conforme a lo establecido por el Artículo 1623º del Código Civil.

Cuarta.- La adjudicación directa de bienes producto de incautación (decomiso administrativo

realizado por la SUNAT o SUNAD u otra Institución afín), no será considerada como donación, la misma será aceptada con el Acta de Adjudicación y/o Resolución de Adjudicación emitida por la Institución que realizó la incautación.

Quinta.- Cuando el valor de la donación supere el 10% de la U.I.T., se emitirá en forma individual

la Resolución de aceptación de donación; en caso el valor de la donación sea inferior al 10% de la U.I.T, se acumularán de ser posible, para fines de la aceptación en forma mensual en una sola Resolución de Presidencia del Directorio, para ello, el Directorio facultará al Presidente de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo aceptar dichas donaciones, debiendo ser aprobados posteriormente por el Directorio; únicamente procederá en caso de donaciones de bienes y servicios, no siendo aplicable a las donaciones en dinero.

Sexta.- El Órgano de Control Institucional, efectuará el control y seguimiento posterior de las

donaciones recepcionadas u otorgadas por la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, mediante los procedimientos establecidos, supervisa selectiva y posteriormente la correcta, útil, eficiente, económica y transparente utilización de las donaciones; así como el correcto ejercicio de las obligaciones de los servidores y funcionarios en la administración, autorización, recepción, registro, destino, y la aplicación final de las donaciones y los recursos derivados de ellas.

Séptima.- Toda donación recibida deberá estar valorizada y su verificación estará a cargo de la

Oficina General de Administración.

Las valorizaciones de bienes de consumo, muebles, equipos y servicios, estarán a cargo de la Oficina de Abastecimiento. Para la valorización de bienes culturales y joyas, podrá recurrirse a peritos especializados.

Octava.- El procedimiento de la donación de bienes, desde la suscripción del Acta de Entrega y

Recepción de Donación de Bienes, hasta la emisión de la Resolución de Presidencia del Directorio, mediante la cual se acepta la donación. En ningún caso deberá superar el plazo máximo de treinta (30) días calendario.

En el caso que los bienes donados se reciban sin señalar valor alguno, o a precio simbólico, la valorización será efectuada por la Oficina General de Administración, tomando como referencia los precios de mercado o el que resulte de una tasación razonable.

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Anexo N ° 01

ACTA DE ENTREGA Y RECEPCION DE DONACION DE BIENES

En la Ciudad de ………………………………….. siendo las ……………… del día …… del mes de ………………………….del 200….., la Comisión de Recepción de Donaciones de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, procedió a aceptar en calidad de donación los bienes que constan en el presente Acta, los mismos que fueron otorgados por el Sr./ Sra./ Srta. ……………………………………………….., con domicilio en ……………………………………………………. identificado con D.N.I. N°……………… en representación de la Empresa ………..………………………….. con RUC N° …………………., siendo los bienes donados los que se detallan a continuación:

N° CANTIDAD DESCRIPCION VALOR

UNITARIO S/.

VALOR TOTAL

Firmando la presente acta en señal de conformidad.

POR LA BENEFICENCIA: POR EL DONANTE: ……………………………………….. …………………………………….. COMISON DE RECEPCION DE DONACION ……………………………………….. Encargado de Almacén

REGLAMENTO INTERNO PARA LA CAPTACION, RECEPCION, REGISTRO, ACEPTACION, OTORGAMIENTO Y CONTROL DE DONACIONES

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Anexo N ° 02

ACTA DE OTORGAMIENTO DE DONACIONES En la Ciudad de ……………………… siendo las……………… del día … del mes de ………………… del 200….., el Sr./ Sra./ Srta. ……………………..………………………………..identificado con D.N.I. N° ………………….. ocupando el cargo de …………………….., representante de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, procedió a entregar en calidad de donación los bienes que constan en el presente Acta, a favor del Sr./ Sra./ Srta. …….………………………………….. identificado con D.N.I. N°……………… con domicilio en …………………., siendo los bienes donados, los que se detallan a continuación:

N° CANTIDAD DESCRIPCION VALOR

UNITARIO S/.

VALOR TOTAL

Firmando la presente acta en señal de conformidad.

POR LA BENEFICENCIA: POR EL RECEPTOR: ……………………………………….. ……………………………………..

REGLAMENTO INTERNO PARA LA CAPTACION, RECEPCION, REGISTRO, ACEPTACION, OTORGAMIENTO Y CONTROL DE DONACIONES

FE : Enero 2008 Área de Racionalización

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Anexo N ° 03

ACTA DE ENTREGA Y RECEPCION DE DONACION DE DINERO

En la Ciudad de ……………………. siendo las ……………… del día …… del mes de ………………… del 200…, la Comisión de Recepción de Donación de la Sociedad de Beneficencia de Huancayo, procedió a aceptar en calidad de donación la cantidad de S/. (US $) …………………………….………, con cheque N° ………..………………, cantidad que fue otorgada por el Sr./Sra./Srta. ………………………………..,con domicilio en ………………………………………………………… identificado con D.N.I. N°……………… en representante legal de la Empresa …………………………….. Con RUC N° …………………., Firmando la presente acta en señal de conformidad.

POR LA BENEFICENCIA: POR EL DONANTE: ……………………………………….. ……………………………………..

COMISION DE RECEPCION DE DONACION ……………………………………….. Sub Director de Tesorería

REGLAMENTO INTERNO PARA LA CAPTACION, RECEPCION, REGISTRO, ACEPTACION, OTORGAMIENTO Y CONTROL DE DONACIONES

FE : Enero 2008 Área de Racionalización

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Anexo N ° 04

ACTA DE ENTREGA Y RECEPCION DE DONACION DE DINERO 1. Nombre de la Institución: 2. Constancia de Inscripción N° y fecha de expedición

Informe correspondiente al año:

Información de cada actividad realizada en el año, debiéndose consignar:

- Breve reseña de la Actividad o Proyecto Ejecutado - Periodo de ejecución. - Ubicación Geográfica - Población beneficiaria - Fuente Cooperante (nombre y país de origen) - Monto (indicar si se trata de recursos externos o nacionales)

Donaciones Recibidas y Donaciones Otorgadas

- Resolución de aprobación de Donación: (señalar número, entidad que la aprobó y fecha) - Descripción de los bienes donados - Identificación del donante - País de origen - Monto estimado en US $ - Uso y destino final de la donación - Población beneficiaria - Señalar que porcentaje de la donación recibida no fue utilizable por encontrarse

descompuesta (ejemplo: alimentos), vencida (ejemplo: medicamentos), deteriorada (ejemplo: ropa usada), entre otros.