reglamento interno de convivenciaescolar · recreos cortos 15 minutos. ... dirigidos al logro de...
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2018 2019 ESCUELA
F-1101 SALTO
DEL LAJA
CABRERO
REGLAMENTO INTERNO DE
CONVIVENCIAESCOLAR
1
INDICE
Fundamentación 2
Objetivos 4
Funcionamiento de la Escuela 4
Uniforme 4
Difusión 5
Conducto Regular 5
Reglamento de Convivencia Escolar 6
Conceptos 6
Consejo Escolar 8
Comité de Seguridad 9
Actividades de promoción y prevención … 10
Encargado de Convivencia Escolar 11
Siete Claves para la Buena Convivencia Mesa Técnica Comunal 11
Deberes y derechos 12
Clasificación de faltas 14
Medidas remediales formativas y sanciones 16
Suspensión Temporal de Clases 17
Observaciones Positivas 17
Obligación de denuncia de delitos 17
Reclamos 18
Deber de protección 18
Notificación al apoderado 18
Investigación 19
Medidas remediales 19
Resolución 19
Citación a entrevista al apoderado 19
Apelación 20
Mediación 20
Expulsión y Cancelación de Matrícula 20
Actualización Reglamento 20
Del uso de Redes Sociales 21
Del área de Custodia 21
Anexo Protocolos 23
Anexo Formularios 36
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I. FUNDAMENTACIÓN
El presente REGLAMENTO tiene por objetivo proporcionar pautas claras para la
convivencia escolar que permitan una participación más activa y responsable de la comunidad
educativa, generando un espacio relacional armónico de cooperación y crecimiento que
permita a Alumnos y Alumnas lograr los mejores aprendizajes.
En la génesis de este documento, se han tenido presentes como marco de referencia
algunos de los principales cuerpos legales y normativos que sustentan la Convivencia Escolar.
Documentos del Ministerio de Educación.
Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Declaración de los Derechos del Niño y Niña.
Ley N° 20.370 Ley General de Educación y sus modificaciones.
Ley N° 20.536 sobre Violencia Escolar.
Ley N° 20.191 Ley Penal Juvenil.
Ley N° 21.013 (Ley Santiago) Contra el maltrato a menores de edad, tercera edad y
personas con discapacidad.
Ley N° 20.609 Contra la Discriminación.
Ley N° 19.284 de Integración Social de Personas con Discapacidad.
Ley N° 20.845 de Inclusión Escolar.
Decreto N° 79 Reglamento de Estudiantes Embarazadas y Madres Adolescentes.
Decreto N° 50 Reglamento de Centro de Alumnos.
Decreto N° 565 Reglamento de Centro General de Padres y Apoderados.
Decreto N° 24 Reglamento de Consejos Escolares.
Decreto N° 737 / 2014 Estándares de desempeño para establecimientos
educacionales y sostenedores.
Orientaciones de la Superintendencia de Educación Escolar.
Decreto N° 381/2013 Otros Indicadores de la Calidad de Educación.
Proyecto Educativo Institucional.
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Acuerdos comunales Mesa Técnica de Convivencia Escolar / 2017.
Aportes de organismos internacionales Unesco – Unicef – PNUD (Programa de
naciones Unidas para el desarrollo).
Queremos ser una escuela acogedora que busca promover en todos los integrantes de
la comunidad educativa, la responsabilidad social, la integración y actitudes democráticas, que
permitan una buena convivencia escolar de manera que nuestros alumnos y alumnas, puedan
construir proyectos de vida que los lleven a convertirse en ciudadanos que defiendan y
promuevan la no discriminación, la tolerancia, justicia, bien común, paz y colaboración y de
esta forma, prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos
entre sus miembros.
Deseamos construir junto a las familias, espacios educativos que proporcionen
herramientas concretas para fomentar los valores institucionales del respeto, la tolerancia, la
responsabilidad, la perseverancia y la solidaridad, para que formen parte de las actitudes del
quehacer cotidiano de nuestra comunidad.
El desempeño disciplinario, los valores entregados, el respeto a las normas de este
Reglamento de Convivencia escolar y la interacción de todos los integrantes de nuestra
comunidad educativa, permitirá a nuestros estudiantes su desarrollo, calidad de vida y
formación integral, que les dará la posibilidad de cooperar en el desarrollo de un mejor lugar
para vivir.
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II. OBJETIVOS
1) Establecer lineamientos de funcionamiento administrativo, pedagógico y humano, que
representen fielmente lo señalado en la Visión, Misión y valores institucionales del
establecimiento.
2) Generar condiciones que permitan contar con un clima escolar positivo, que favorezca
el logro de los Objetivos de Aprendizaje presentes en el currículum.
3) Orientar a la comunidad educativa, a no permitir, ni menos practicar, ningún tipo de
discriminación arbitraria.
III. FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA
Horario de clases 08:30 a 15:30 horas.
Hora pedagógica 45 minutos.
Recreos cortos 15 minutos.
Recreo almuerzo 30 minutos.
Horario atención Secretaría Lunes a jueves de 08:00 a 13:30 y de 15:00 a 17:00 horas.
Viernes de 08:00 a 12:00 horas.
Horario atención
Trabajadora Social
Lunes a jueves de 08:00 a 14:00 y de 14:30 a 16:00 horas.
Viernes de 08:00 a 13:00 horas.
Horario atención Encargado
de Convivencia
Lunes a jueves 08:00 a 14:00 y de 15:00 a 17:00 horas.
Viernes de 08:00 a 15:00 horas.
IV. UNIFORME
El uniforme es el tradicional de la Escuela.
Pantalón, falda y chaleco plomos, camisa y blusa blanca o polera ploma cuello piqué,
corbata azul y zapatos negros.
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Buzo azul con listas amarillas en brazos y piernas, polera amarilla cuello redondo y
zapatillas de cualquier modelo y color.
V. DIFUSIÓN REGLAMENTO INTERNO
El presente Reglamento se dará a conocer a todos los integrantes de la comunidad
educativa, a través de los siguientes procedimientos.
a. Padres y apoderados en proceso de matrícula, al inicio del año escolar o en la
primera reunión de apoderados, bajo firma.
b. A los estudiantes mediante la lectura, comunicación y reflexión, al inicio, y durante el
transcurso del año escolar en los consejos de curso y orientación.
c. A los docentes y personal educativo mediante distribución digital y/o impresa, y en
jornadas de reflexión durante el año escolar.
d. Diarios murales y otros canales de comunicación.
VI. CONDUCTO REGULAR DE LA ESCUELA
Respetar el conducto regular permitirá dar respuesta y/o solución de forma más fluida a
los requerimientos de la comunidad educativa, especialmente la de nuestros apoderados.
SITUACIÓN ATIENDE
A) Rendimiento general.
1. Profesor Jefe 2. UTP 3. Director
B) Rendimiento en asignatura
particular.
1. Profesor Jefe 2. Jefe UTP 3. Director
C) Aspectos conductuales.
1. Profesor Jefe 2. Encargado de Convivencia 3. Director
D) Aspecto biopsicosocial.
1. Profesor Jefe 2. Trabajadora Social 3. Director
E) Situaciones combinadas. Equipo multidisciplinario.
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Si no hay conformidad con la respuesta o solución obtenida se puede pasar a la
siguiente instancia, respetando el orden del conducto regular.
NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR
VII. CONCEPTOS Y GLOSARIO
1) Buena Convivencia Escolar: es un derecho y un deber que tienen todos los miembros
de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad y el reconocimiento de
las personas como un ser legítimo. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un
proceso educativo implementado en un ambiente empático orientado a que cada uno de sus
miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus
deberes.
2) Agresividad: Conducta instintiva. Corresponde a un comportamiento defensivo
natural, como una forma de enfrentar situaciones de riesgo; es esperable en toda persona que
se ve enfrentada a una amenaza.
3) Comunidad Educativa: aquella agrupación de personas que, inspiradas en un
propósito común, integran la institución educacional, incluyendo a alumnos, alumnas, padres,
madres y apoderados, directivos, profesionales de la educación, asistentes de la educación.
4) Maltrato infantil: cualquier acción u omisión, no accidental que, desde una relación de
dependencia y/o abuso de poder, cause detrimento en la integridad física, psicológica y social
del niño o que amenace su desarrollo físico y psicosocial normal. La acción u omisión puede
provenir del ámbito familiar o extra familiar.
5) Bullying o acoso escolar: todo acto de agresión u hostigamiento reiterado, realizado
por estudiantes que atenten en contra de otro estudiante, valiéndose de una situación de
superioridad o de indefensión de la víctima, que le provoque maltrato, humillación o temor
fundado de verse expuesta a un mal de carácter grave. Estos actos agresivos pueden ser
cometidos por un solo estudiante o por un grupo, y puede ser tanto dentro como fuera del
establecimiento educacional.
6) Ciber Bullying: consiste esencialmente en amenazar de manera seria y verosímil,
haciendo uso de la tecnología y servicios como Internet, redes sociales, correo electrónico o la
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mensajería instantánea para dañar a un individuo o grupo, a su familia, en su persona, honra
o propiedad.
7) Protocolo de Actuación: conjunto de procedimientos específicos, claros y
organizados, establecidos en un plan; donde específica, los pasos a seguir y los responsables
de implementar las acciones.
8) Injuria: es toda acción proferida o acción ejecutada en deshonra, descrédito o
menosprecio de otra persona.
9) Calumnia: es la atribución de un delito falso.
10) Negligencia o abandono Físico: descuido o trato negligente o intencionado que
afecta la integridad física del niño/a. Las necesidades básicas de alimentación, salud, vestido,
higiene, protección y vigilancia no son atendidas temporal o permanentemente por los
responsables.
11) Negligencia o abandono Psicológica: el niño/a no recibe afecto, estimulación, apoyo
y protección necesarios para su desarrollo. Incluye la falta de corrección de problemas de
comportamiento.
12) Redes de Apoyo: conjunto de organizaciones y/o personas naturales que prestan
servicios de apoyo al establecimiento educacional, dirigidos al logro de metas institucionales.
13) Maltrato escolar: Cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica,
realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra
de cualquier integrante de la comunidad educativa.
GLOSARIO DE TÉRMINOS PARA UN LENGUAJE INCLUSIVO
Término peyorativo u ofensivo que
promueve la discriminación.
Término correcto que promueve la
inclusión.
Cabezón, narigón, guatón, tallarín, cuatro
ojos...
María, Jonathan, Camila, Joaquín…
Canuto. Evangélico, protestante.
Fleto, marica, mariquita, amanerado,
mariposón, colita…
Homosexual, lesbiana, gay.
Indio, indiecito, mapuchito, mapuchón, Mapuche, pehuenche…
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morenito…
Discapacitado, deficiente, enfermito,
incapacitado, persona diferente…
Persona con discapacidad.
Mongolito, mongólico, retardado, retrasado
mental…
Persona con discapacidad intelectual.
Lisiado, minusválido, inválido, paralítico,
mutilado, cojo, tullido…
Persona con discapacidad física.
Lenguaje de señas. Lengua de señas.
“El” ciego, invidente, no vidente, cieguito, “el”
sordo, sordomudo, sordito.
Persona con discapacidad visual, persona
ciega, persona con discapacidad auditiva,
persona sorda.
Insano, demente, loco, trastornado,
esquizofrénico.
Persona con discapacidad psiquiátrica,
persona con discapacidad de causa psíquica,
persona con esquizofrenia.
Hombre, mujer, niño que padece/sufre/es
aquejado por discapacidad.
Víctima de…parálisis, autismo, etc.
Afectado por…parálisis, autismo, etc.
Que presenta/vive con/tiene discapacidad.
Sidoso. Persona que vive con VIH.
VIII. CONSEJO ESCOLAR
Integrantes Consejo Escolar:
Director del establecimiento (presidente).
Sostenedor o su representante.
Representante de los docentes.
Representante de los Asistentes de la Educación.
Presidenta del Centro General de Padres y Apoderados.
Presidente del Centro de Alumnos.
Coordinadora PIE.
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Encargado de Convivencia Escolar.
IX. COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR
CARGO
Nombre Puesto de Trabajo
Líder del Comité de
Seguridad
Hernán Olivares Torné Director
Integrantes del Comité
Nombre Labor a realizar
Paulina Fuentes Sáez Corté energía eléctrica
Inés Fonseca Corte Gas
José Fernández Altamirano Abrir puertas acceso
Hernán Olivares Torné Llamar ambulancias, bomberos,
etc. José Acevedo
Hernán Olivares Torné Personas encargadas de contar
alumnos José Acevedo
X. ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA SANA
CONVIVENCIA ESCOLAR
Considerando la importancia para el desarrollo integral de los estudiantes y mantener
un adecuado clima escolar en la comunidad educativa se realizan las siguientes acciones en
pro de fomentar una adecuada convivencia escolar.
1) Trabajar con Redes de Apoyo:
Departamento de Administración Educacional Municipal de Cabrero.
Dirección Provincial de Educación.
Ilustre Municipalidad de Cabrero.
Carabineros de Chile, Retén Salto del Laja.
Servicio de Salud Pública, Posta Rural Chillancito y Posta Salto del Laja.
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Cuerpo de Bomberos de Cabrero, 5ta. Compañía de Chillancito.
PDI Cabrero.
Oficina de Protección de los Derechos del Niño (OPD).
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del consumo de Drogas y Alcohol
(SENDA).
Tribunales de Familia.
Juntas de Vecinos Chillancito, Los Encinos, Los Aromos, Salto del Laja.
Agrupación de Turismo y Comercio Salto del Laja.
2) Fomentar resolución pacífica de conflictos y comunicación asertiva.
a. Conformar el grupo de alumnos “Tribunal de Convivencia”, y capacitarlos en
mediación para que colaboren en la resolución de conflictos menores.
b. Publicar en el diario mural de Convivencia Escolar afiches o artículos que inviten
a evitar la violencia escolar.
3) Promover el cuidado personal, autoestima y esparcimiento.
a. Realización de charlas de autocuidado, violencia, bullying, entre otras temáticas; a
cargo del Encargado de Convivencia, Trabajadora Social y profesionales de las distintas redes
de apoyo que colaboran con la Escuela.
b. Desarrollo de unidades de orientación planificadas desde las necesidades de cada
nivel.
c. Desarrollo de actividades diversas, que permitan promover masivamente una sana
Convivencia Escolar.
4) Fomentar motivación y rendimiento escolar.
a. Al concluir el año académico se realizará un acto de premiación a los alumnos
que obtengan los primeros lugares en rendimiento; mejor compañero; premio al esfuerzo.
b. Participación en talleres de extraescolar destinados al desarrollo artístico,
deportivo, cultural; potenciando sus talentos.
c. Al finalizar el año escolar se realizará una GALA ARTÍSTICA donde se
expondrán las actividades realizadas en los talleres de extraescolar; en los ámbitos deportivo,
artístico y cultural.
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5) Fomentar una expedita y oportuna comunicación con padres y apoderados.
a. Dar a conocer horarios de atención a apoderados por parte de los docentes y
Directivos de la Escuela.
b. Desarrollo de Escuela para Padres en cada microcentro, organizada y planificada por
orientación.
6) Fomentar el clima laboral adecuado.
a. Talleres para docentes en Consejo de Profesores y reuniones con asistentes de la
Educación.
XI. ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Profesor: Carlos Rozas Salazar.
XII. 7 CLAVES MESA TÉCNICA COMUNAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR.
CONSTRUYAMOS ENTRE TODOS AMBIENTES SEGUROS Y DE RESPETO.
APODERADOS, BIENVENIDOS A COMPARTIR LA RESPONSABILIDAD DE
EDUCAR A SUS HIJOS.
LA TECNOLOGÍA ENTRETIENE Y EDUCA, USÉMOSLA CON RESPONSABILIDAD.
EN SEXUALIDAD, AFECTIVIDAD Y GÉNERO: ACEPTEMOS LA DIVERSIDAD.
NO PERMITAMOS DROGAS DENTRO DE NUESTROS ESTABLECIMIENTOS
EDUCACIONALES Y ESPACIOS EDUCATIVOS.
IDENTIFÍCATE CON TU ESCUELA…¡USA SIEMPRE TU UNIFORME!
RESOLVAMOS NUESTROS CONFLICTOS A TRAVÉS DEL DIÁLOGO Y EL BUEN
TRATO.
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XIII. DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
1) Mantener un buen trato, ser respetuosos, tolerantes y cuidar el lenguaje. 2) Ser puntuales en el ingreso a clases, jornada laboral, reuniones, actos, etc. 3) Cuidar el mobiliario y la infraestructura de la escuela. 4) Asistir y participar de las reuniones y actividades que la escuela convoque. 5) Resolver los conflictos a través del dialogo, descartando todo tipo de agresión. 6) Mantener una adecuada presentación e higiene personal. 7) Hacer uso adecuado del uniforme escolar. 8) Hacer buen uso de la tecnología y recursos tecnológicos disponibles. 9) Nuestros padres y apoderados deben respetar el reglamento escolar, sus protocolos y apoyar las distintas medidas que este establece. 10) Nuestros padres y apoderados deben conocer informar de manera oportuna antecedentes relevantes de la vida familiar de nuestros estudiantes. 11) No discriminar por conceptos de religión, política, etnia, condición social, sexualidad, afectividad o género. 12) Denunciar el porte, consumo o tráfico de drogas lícitas e ilícitas. 13) Mantener un buen comportamiento en el transporte escolar.
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XIV. DERECHOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
1) Es un derecho de todos los estudiantes de la escuela desarrollar sus actividades en un
ambiente sano y recibir una formación integral y de calidad. En caso de que estas
condiciones no se den, tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus
demandas sean atendidas.
2) Es un derecho de todo miembro de la comunidad educativa, cuando se vea involucrado
en una investigación por problemas de convivencia u otro, que durante el proceso de análisis
de los hechos y el discernimiento de las medidas remediales formativas y sanciones
correspondientes a faltas cometidas, se mantenga absoluta confidencialidad, privacidad y
respeto por su dignidad y honra.
3) Es un derecho de todo miembro de la comunidad afectado por alguna situación, que
durante el desarrollo de los protocolos, se le garantice la protección adecuada.
4) Es un derecho de todo miembro de la comunidad educativa que habiéndose visto
involucrado en algún proceso investigativo, no esté satisfecho con los resultados del mismo,
las medidas remediales formativas o sanciones dictaminadas, la posibilidad de apelar a dicha
resolución.
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XV. CLASIFICACIÓN DE FALTAS
1) Faltas Leves:
Cambiarse de puesto al interior de la sala de clases, sin autorización del docente.
Mal uso del uniforme. Como por ejemplo: buzo y pantalones rotos intencionalmente,
faldas que lleguen a más de 4 dedos sobre las rodillas.
Gritar en la sala de clases.
Deambular por la sala sin motivo.
Uso del celular, audífonos o algún objeto tecnológico no solicitado para la clase.
Presentarse sin tarea o materiales solicitados para alguna actividad.
Molestar a sus compañeros durante el desarrollo de la clase.
Usar piercing.
No obedecer al profesor en clases o a los inspectores en el recreo.
No trabajar en clases.
2) Faltas Graves:
Llegar tarde a clases en el primer bloque o después de un recreo.
Presentarse sin uniforme completo (exceptuando casos autorizados por Dirección).
Presentarse desaseado. Se entiende por esto, la falta de higiene personal y del
uniforme escolar.
Destruir materiales de un compañero/a.
No acudir a la formación en los Actos.
Realizar juegos o bromas bruscas, que puedan provocar algún accidente escolar o en
desmedro de la reputación y autoestima del estudiante.
Copiar en las pruebas.
Utilizar un lenguaje grosero.
Realizar manifestaciones exacerbadas de cariño con otro/a estudiante.
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3) Faltas Gravísimas:
Robar o hurtar.
Ironizar o burlarse de un profesor, asistente de la educación o directivo.
Insultar o amenazar verbalmente, por escrito, a través de gestos o por redes sociales a
un miembro de la comunidad educativa.
Escupir o ensuciar intencionalmente a un miembro de la comunidad educativa.
Desarrollar acciones imprudentes que pongan en riesgo su integridad física o la de un
compañero.
Rayar o destruir uniformes, mobiliario o infraestructura de la Escuela.
Presentar trabajos o tareas ajenos como propios.
Destruir trabajos de sus pares.
Ensuciar servicios sanitarios intencionalmente.
Abandonar la clase o la Escuela sin autorización de la Dirección.
Amenazar con objeto contundente o arma a un miembro de la comunidad educativa.
Agredir física, verbal o psicológicamente, o a través de redes sociales, a un miembro de
la comunidad educativa.
Difundir o intercambiar material audiovisual inadecuado dentro del establecimiento.
Practicar Bullying o ciber bullying.
Consumir cigarrillos, alcohol o drogas al interior del establecimiento.
Encender fuego dentro del establecimiento.
Presentarse en estado de intemperancia, bajo la influencia del alcohol, drogas u otras
sustancias que alteren su normal desempeño.
Practicar juegos de índole sexual entre pares como ejemplo tocaciones.
Ejercer violencia sexual (tocaciones, insinuaciones, comentarios de connotación sexual,
abuso sexual, intento de violación, violación) en cualquier estamento.
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XVI. MEDIDAS REMEDIALES FORMATIVAS Y SANCIONES.
1) Frente a faltas leves:
a. Diálogo personal pedagógico, reparatorio y correctivo con el alumno/a.
b. Diálogo grupal reflexivo.
c. Anotación en el libro de clases (en caso de ser reiterativa).
d. Entrevista del profesor jefe con el apoderado. (en caso de ser reiterativa).
2) Frente a faltas graves:
a. Anotación en el libro de clases.
b. Diálogo personal y/o grupal reflexivo.
c. Entrevista del profesor jefe con el apoderado.
d. Solución pacífica y constructiva del conflicto guiado por el profesor jefe.
e. Entrevista del alumno/a con el Encargado de Convivencia (en caso de ser
reiterativa).
f. Medidas remediales formativas o sanciones.
g. Suspensión (en caso de ser reiterativa)
3) Frente a faltas gravísimas:
a. Anotación en el libro de clases.
b. Diálogo personal y/o grupal reflexivo.
c. Derivación del caso al Encargado de Convivencia.
d. Si amerita, se deriva al equipo psicosocial.
e. Suspensión.
f. Condicionalidad de la matrícula del alumno/a.
g. No renovación de la matrícula para el próximo año escolar.
h. Desvinculación (expulsión) del establecimiento educacional, sólo aplicable en casos
de especial gravedad, debidamente fundamentados, y luego de haber agotado todas
las medidas correctivas anteriores.
i. Efectuar denuncia a las instituciones competentes: Carabineros de Chile, P.D.I.,
O.P.D y Tribunales de Familia.
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XVII. SUSPENSIÓN TEMPORAL DE CLASES.
Esta medida se aplicará frente a las siguientes situaciones:
Falta grave reiterada.
Falta gravísima.
Con cuatro anotaciones negativas para estudiantes de primer ciclo.
Con tres anotaciones negativas para estudiantes de segundo ciclo.
El Encargado de Convivencia llevará un registro de las observaciones de la hoja de vida del
estudiante, el que se actualizará mensualmente.
XVIII. OBSERVACIONES POSITIVAS.
Es un refuerzo positivo que el docente entrega al estudiante, cuando este se destaca en el
cumplimiento de sus deberes o frente a alguna acción puntual que realice y realzando los
valores institucionales de la Escuela.
El estudiante que complete tres observaciones positivas recibirá una nota de reconocimiento
por su buen comportamiento, firmada por el Director y Encargado de Convivencia Escolar. La
entrega de esta nota de mérito se hará frente al curso, como una forma de incentivar al resto
de sus compañeros a seguir su ejemplo.
XIX. OBLIGACIÓN DE DENUNCIA DE DELITOS
El Director de la Escuela, otros directivos, profesores o asistentes de la educación,
deberán denunciar cualquier acción u omisión de la que tomen conocimiento, que revista
carácter de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como maltrato,
lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico
de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de
Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del
plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en
los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal.
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XVII. RECLAMOS
1) Para los reclamos por malos entendidos, roces, cometarios, u otra situación de
orden menor, entre adultos, se solicitará entrevista con el Encargado de Convivencia Escolar,
quien mediará en pro de una solución pacífica y satisfactoria para las partes.
2) Los reclamos por situaciones de mayor complejidad o gravedad, en donde se
vean involucrados integrantes de la comunidad educativa, serán presentadas por escrito al
Encargado de Convivencia Escolar completando la HOJA DE DERIVACIÓN. El funcionario
informará la situación al director, quien ordenará dar inicio al debido proceso.
3) Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer
una sanción disciplinaria al acusado basada únicamente en el mérito de su reclamo.
XVIII. DEBER DE PROTECCIÓN
1) Si el afectado fuere un alumno/a, se le deberá brindar protección, apoyo e
información de cómo debe proceder durante todo el proceso.
2) Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá
otorgar protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente
sus funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad.
XIX. NOTIFICACIÓN A LOS APODERADOS
Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a sus
padres o apoderado, PERSONALMENTE O VÍA TELEFÓNICA.
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XX. INVESTIGACIÓN
1) El Encargado de Convivencia Escolar deberá llevar adelante la investigación de los
reclamos, a través de ENTREVISTAS a los involucrados y solicitando información a terceros o
cualquier otra medida que estime necesaria para su esclarecimiento e INFORME
CONCLUYENTE.
2) Para los casos de Bullying, se generará un PLAN DE INTERVENCIÓN, que
determinará medidas y acciones a desarrollar para con la víctima y el/los agresor/es, a fin de
poner término a la situación de acoso.
XXI. MEDIDAS REMEDIALES
Las medidas remediales serán de CARÁCTER FORMATIVO, llegando a ser sanciones
de orden más drástico en aquellos casos de faltas gravísimas, o graves reiteradas.
XXII. RESOLUCIÓN
En la RESOLUCIÓN se deberá especificar las Medidas Remediales Formativas o
Sanciones, así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento.
XXIV. CITACIÓN A ENTREVISTA A PADRES Y/O APODERADOS
Una vez finalizado el proceso, el Encargado de Convivencia deberá citar a las partes,
con el objeto de informar el resultado de la investigación y comunicar las Medidas Remediales
Formativas o Sanciones.
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XXV. APELACIÓN
Todas las partes tendrán la posibilidad de apelar fundadamente en contra de la
resolución adoptada por la autoridad, dentro de un plazo de 24 horas y por escrito.
XXVI. MEDIACIÓN
El establecimiento podrá implementar instancias de mediación u otros mecanismos de
similar naturaleza como alternativa para la solución pacífica y constructiva de los conflictos de
convivencia escolar. Este sistema incluirá la intervención de alumnos, docentes, Trabajadora
Social, Encargado de Convivencia Escolar u otros miembros de la comunidad educativa.
XXVII. EXPULSIÓN Y CANCELACIÓN DE MATRICULA
Sólo podrá aplicarse esta medida cuando:
a. Sus causales afecten gravemente la convivencia escolar.
b. Una conducta atente directamente contra la integridad física o psicológica de algún
miembro de la comunidad educativa.
XXVIII. ACTUALIZACIÓN REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
a. Revisión semestral por el Consejo de Profesores.
b. Análisis del Reglamento por parte del Consejo Escolar, al finalizar cada año escolar.
c. Revisión y observaciones del Equipo Directivo.
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XXIX. DE LAS REDES SOCIALES
El único medio oficial que la Escuela utilizará para dar a conocer sus actividades y
difundir avisos e información relevante, será el Facebook institucional, administrado por la
Coordinadora de Educación Extraescolar, quien previa autorización de dirección publicará lo
que se requiera. La Escuela se reserva el derecho a bloquear al usuario de esta red social
que se manifieste en forma inadecuada mediante comentarios o mensajes frente a alguna
publicación o consulta.
Los grupos whatsaap de apoderados, en caso de existir, serán administrados por el
profesor jefe, y no se permitirá el ingreso de estudiantes al grupo ni otro adulto que no sea el
apoderado(a) titular.
Este medio se tratarán solo temas relacionados con la Escuela, si un(a) apoderado(a)
lo utiliza para otro fin o se manifiesta en forma inadecuada será advertido una vez por el
profesor jefe, teniendo este la facultad de eliminarlo del grupo si su actitud se reitera.
Cabe señalar que este canal es solo complementario, y en ningún caso exime al
apoderado de cumplir con sus obligaciones.
El horario de consultas de los apoderados al profesor jefe no podrá exceder la jornada
laboral del docente, y la respuesta de este no será inmediata bajo ningún punto de vista,
pudiendo contestar durante los recreos u horas no lectivas, y en el horario posterior a su
jornada de trabajo que él establezca y comunique al grupo. Es importante que estos acuerdos
queden por escrito, y archivados con copia al profesor jefe y la directiva del microcentro.
Grupos whatsaap de estudiantes o comunicación por medios como Twitter, Instagram,
o cualquier otro existente, no son reconocidos como oficiales por la Escuela.
XXX. DEL ÁREA DE CUSTODIA
El área de custodia dice relación con los espacios en donde la Escuela se hace
responsable por las acciones que desarrollen los miembros de la comunidad educativa.
El contenido del presente reglamento regirá:
Para el caso del estudiante, mientras este se encuentre dentro del recinto escolar, en la
calle desde el límite oriente del sitio por camino a Chillancito y hasta el límite norte por
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caletera Ruta 5 Sur y durante el traslado del alumno desde su casa a la Escuela, una
vez arriba del bus o furgón, y de vuelta al hogar, hasta antes de que el alumno
descienda del vehículo.
Para el caso del apoderado, estando dentro del establecimiento.
Para el caso del funcionario, estando dentro de la escuela, o fuera de ella mientras se
encuentre cumpliendo con alguna función derivada de su labor.
XXXI.
Cualquier situación no contemplada en el presente Reglamento será resuelta en última
instancia por el Director, asesorado por el Equipo Directivo.
Responsables de su Elaboración:
Director: Sr. Hernán olivares Torné.
Encargado de Convivencia Escolar: Sr. Carlos Rozas Salazar.
Responsables de su Socialización y Ejecución:
Encargado de Convivencia Escolar: Sr. Carlos Rozas Salazar.
Docentes y Asistentes de la Educación de la Escuela Salto del Laja.
XXX. ANEXOS
A. Protocolo Accidentes Escolares.
B. Protocolo Denuncia de Bullying.
C. Protocolo de Abuso Sexual Infantil.
D. Protocolo de Maltrato entre Estudiantes.
E. Protocolo de Maltrato de Adulto a Estudiante.
F. Protocolo de Maltrato entre Adultos.
G. Protocolo Retención Estudiante Embarazada o madre.
H. Protocolo Administración Medicamentos.
I. Formularios.
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ANEXO A
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE ACCIDENTES ESCOLARES
LEVES: Es el que provoca heridas superficiales o golpes suaves que sólo requieren de una atención primaria básica. PROCEDIMIENTO: 1. El estudiante será llevado a enfermería por el Docente a cargo del curso en el momento del accidente o algún Asistente de la Educación. 2. El Encargado de la enfermería o el mismo Asistente de la Educación revisará al estudiante para verificar la gravedad de la lesión y aplicar los primeros auxilios. 3. Se comunicará la situación a Dirección. 4. El Asistente de Educación comunicará la situación telefónicamente a los padres y apoderados para que ellos, si prefieren, decidan trasladar al alumno hasta su domicilio. 5. La Escuela NO está autorizada para administrar medicamentos, sólo se administrarán té naturales o de hierbas, salvo que un apoderado, por razones certificadas por prescripción médica lo solicite. De ser así, deberá indicar por escrito la dosis y horario de administración. MENOS GRAVES: Son aquellos que necesitan de asistencia médica como heridas o golpes en la cabeza u otra parte del cuerpo. PROCEDIMIENTO: 1. Considerando la gravedad del accidente se tomarán los resguardos pertinentes, inmovilizando al alumno. 2. El Encargado de la Enfermería u otro Asistente de la Educación, aplicará los primeros auxilios. 3. Se comunicará la situación a Dirección. 4. El Asistente de Educación a cargo comunicará telefónicamente a los padres y apoderados, informando detalles del accidente, solicitando la concurrencia de ellos hasta la Escuela para llevar al estudiante al recinto hospitalario.
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En caso de que los padres soliciten que el Establecimiento traslade al alumno al centro hospitalario, el Director o Jefe UTP determinará quién acompañará al menor hasta que sus padres se presenten en el lugar. 5. Al realizar la derivación del estudiante a un Centro Asistencial Público, se deberá completar el formulario de “Accidente Escolar”. Este documento se entrega cuadruplicado al apoderado responsable del menor, quien devolverá a la Escuela una copia de la atención hospitalaria, con el diagnóstico del estudiante, debidamente timbrada y firmada por el médico tratante. Este documento será archivado en Correspondencia Recibida del Establecimiento.
GRAVES
Son aquellas que requieren de atención inmediata de asistencia médica, como caídas de altura, golpe fuerte de la cabeza u otra parte del cuerpo, heridas sangrantes por cortes profundos, fractura de extremidades, pérdida del conocimiento, quemaduras, atragantamientos por comida u objetos. PROCEDIMIENTO: 1. Se dará aviso a Dirección.
2. En caso de golpes en la cabeza o fracturas, se mantendrá al estudiante en el lugar del accidente y el Docente o Asistente de Educación aplicará los primeros auxilios.
3. El Encargado de Enfermería o Asistente de Educación, se comunicará telefónicamente con el apoderado para informar la situación que afecta al menor. 4. En la eventualidad de no ubicar a los padres, será la Escuela quien tomará la decisión de trasladarlo a un Centro Asistencial. 5. El Director o Jefe UTP, designará a una persona responsable para acompañar al recinto asistencial al estudiante accidentado en ambulancia o vehículo particular, realizando allí los primeros trámites para la atención necesaria hasta la llegada de los padres, quienes continuarán con el proceso de atención hospitalaria. 6. Paralelamente se completará el “Formulario de Accidente Escolar”, de modo que la atención médica requerida quede cubierta por el seguro respectivo. Este documento se entrega cuadruplicado al apoderado responsable del menor, quien devolverá a la Escuela una copia de la atención hospitalaria con el diagnóstico del estudiante, debidamente timbrada y firmada por el médico tratante. Este documento será archivado en Recepción del Establecimiento.
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ACCIDENTE DE TRAYECTO.
1. En caso que el estudiante sufra un accidente de “Trayecto directo, de ida o regreso”, entre su casa y el Establecimiento Educacional o el lugar donde realice su práctica profesional, el apoderado deberá informar y acercarse inmediatamente a la Escuela para retirar el “Formulario de Accidente Escolar”. 2.- Si el apoderado traslada al estudiante al Hospital, (previo llamado a la Escuela) deberá informar en la ventanilla de atención lo sucedido. El Establecimiento designará a una persona encargada para hacer llegar el documento a los padres en el Hospital.
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ANEXO B
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE BULLIYNG O ACOSO ESCOLAR ENTRE ESTUDIANTES
1. En conformidad con la ley 20.536 sobre violencia escolar, se define lo siguiente “Se
entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento
reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en
forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una
situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este
último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave,
ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y
condición” (art°16).
Cumpliendo con las orientaciones emitidas desde el Ministerio de Educación (Mineduc) se
establecen las siguientes acciones en orden correlativo para enfrentar los casos emergentes
de Acoso Escolar y/o Bullying. Su aplicación será responsabilidad del Encargado de
Convivencia Escolar.
2. DETECTAR
a) Todos los integrantes de la Comunidad Educativa (docentes, estudiantes, padres y
apoderados, asistentes de la educación, Directivos) tienen la obligación de denunciar
oportunamente situaciones que constituyan Acoso Escolar o Bullying.
b) Al constatar la situación, deberá proporcionar los antecedentes al Encargado de
Convivencia Escolar, en hoja de derivación.
3. DIAGNOSTICAR
a) Recopilar información con el apoyo de diversos actores, que permita afirmar que se trata de
un caso de Bullying.
4. INFORMAR
Informar al Director del Establecimiento y notificar a las familias de los involucrados.
5. INFORME CONCLUYENTE
Elaborar el Informe Concluyente y hacer legar copia al Director de la Escuela.
Informar al sostenedor y Mineduc en caso de ser requerido.
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6. PLAN DE INTERVENCIÓN. Involucra la participación de diversos actores (plazo, 48 horas una vez listo en informe concluyente). a) Elaborar un plan de intervención que incluye: Medidas para el agresor:
Derivar a psicólogo para fortalecer habilidades.
Ejecutar acciones remediales formativas o sanciones más drásticas según gravedad. Medidas a favor de la víctima:
Derivar a psicólogo para trabajo de apoyo y contención.
Derivar a red de apoyo, en caso de ser requerido. Seguimiento del caso:
Monitoreado por profesor/a jefe y supervisado por Encargado de Convivencia Escolar.
7. INFORME FINAL.
a) Encargado de Convivencia Escolar reporta a dirección EL RESULTADO de las acciones
ejecutadas.
b) Se enviará el Informe Final al sostenedor y Mineduc en caso de ser requerido.
8. DESCRIPCION DE LAS MEDIDAS REMEDIALES
Trabajo de sensibilización: Consiste en que el alumno o alumna, debe preparar una
presentación sobre la temática de violencia escolar con un objeto preventivo para exponer a
los alumnos en los diversos niveles.
Servicio Pedagógico: Consiste en una acción que el alumno(a) realiza y que tiene un sentido
de apoyo, como por ejemplo: obtener o elaborar material pedagógico para alumnos de niveles
inferiores al suyo, ser ayudante de un profesor en una o más clases preparando material por
éste indicado, ayudar en el trabajo de biblioteca, apoyar a estudiantes menores en sus tareas,
de acuerdo a sus aptitudes.
Servicio Comunitario: Implica que el alumno(a) o alumnos(as) realiza(n) alguna actividad
que beneficie a la comunidad educativa, haciéndose cargo de las consecuencias de sus actos
a través de un esfuerzo personal. Ej. Hacer el aseo de la sala, mantener el jardín, ordenar
estantes, ordenar los libros de la biblioteca.
9. Ante la ausencia del Encargado de Convivencia Escolar, la responsabilidad en la aplicación
del presente protocolo recaerá en el Jefe de UTP o Trabajadora Social.
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ANEXO C
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE ABUSO SEXUAL DE MENORES
A. Acciones relativas a la recepción del relato del niño, niña o adolescente: 1. Cualquier integrante del establecimiento que tome conocimiento de una situación de abuso sexual, aun cuando no cuente con todos los antecedentes que le parezcan suficientes, deberá informar a Dirección de inmediato. 2. La Escuela informará al instante de la situación al apoderado y/o familia del menor sobre la situación. 3. Se deberá poner los antecedentes a disposición de la justicia dentro de las siguientes 24 horas, siempre y cuando la familia no garantice realizar la denuncia y otorgar la protección y cuidado del niño. La denuncia se hará ante carabineros, PDI o Ministerio Público. B. Acciones relativas al cuidado del niño, niña, adolescente: 1. Activar acciones de protección de su integridad, manteniendo la discreción absoluta sobre su situación. 2. Mantenerse informado (seguimiento) sobre el proceso judicial y seguridad del menor posterior a la denuncia. C. Acciones que NO se deben realizar ante este tipo de situaciones: 1. Una investigación sobre lo sucedido, que pretenda recabar antecedentes “objetivos” o que acrediten el hecho, cuestión que corresponde de manera exclusiva al Fiscal. 2. Presionar al niño o niña para que conteste preguntas o aclare la situación. 3. Un enfrentamiento (o careo) con el posible agresor, otros adultos, u otros/as niños/as posiblemente afectadas. 4. Poner en entredicho la credibilidad de lo develado, intentando confirmar o descartar la información aportada por el niño o niña.
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ANEXO D
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE MALTRATO ADULTO – MENOR
1. Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento, sea testigo o
víctima de un hecho de maltrato de un adulto a un estudiante, deberá informar de inmediato sobre el hecho al Encargado de Convivencia Escolar, por escrito, en Hoja de Derivación.
2. El Encargado de Convivencia informará de inmediato al Director sobre lo acontecido. 3. La Escuela informará al apoderado y/o familia del menor sobre lo acontecido, solicitando
su presencia en el establecimiento. 4. Se consultará al apoderado si realizarán la denuncia correspondiente ya que de no ser
así, la escuela procederá a realizarla. 5. En caso de que la violencia física ocurra flagrante, la Escuela por medio del Director u otro
directivo, solicitará la presencia inmediata de Carabineros de Chile en el establecimiento, para que procedan de acuerdo a la Ley.
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ANEXO E
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN MALTRATO ENTRE ESTUDIANTES
1. Cualquier miembro de la comunidad educativa, que tenga conocimiento, sea testigo o víctima de un hecho de maltrato entre estudiantes de nuestra Escuela, deberá informar de inmediato sobre el hecho al Encargado de Convivencia Escolar, por escrito, en Hoja de Derivación.
2. El Encargado de Convivencia deberá informar de lo acontecido al Director durante el transcurso del día.
3. De ser necesario, se llevará al estudiante agredido a la Asistencia Pública con el fin de constatar lesiones, y ser atendido, mientras, se informará de los hechos a su padre, madre o apoderado. El funcionario deberá acompañar al menor durante su traslado y mientras es atendido en el centro de salud, hasta la llegada de su padre, madre, apoderado u otro miembro adulto de la familia. A primera hora del día siguiente, el mismo funcionario deberá llamar al centro médico y/o la familia del alumno afectado, para interiorizarse del estado de salud del menor.
4. El Encargado de Convivencia Escolar dará inicio a una investigación sobre los hechos, la que no podrá demorar más de 48 horas. En ella tomará por separado las declaraciones de él o los involucrados en los hechos, así también de testigos si los hubiese. Se resguardará la confidencialidad de lo dicho por cada entrevistado.
5. Mientras dure la investigación, se procederá a la separación del agresor en forma inmediata de la Escuela, dando la seguridad a los Padres y al estudiante afectado de que no habrá contacto bajo ningún medio entre agresor y agredido.
6. Los antecedentes recabados en la investigación permitirán elaborar un Informe Concluyente del caso.
7. La Resolución detallará las medidas remediales formativas o sanciones. Las que se darán a conocer personalmente a los padres y/o apoderados del estudiante agresor.
8. Si los padres o el apoderado del estudiante agresor considerasen injusta alguna o todas las medidas adoptadas por la Escuela, tendrá derecho a apelar durante las próximas 24 horas de notificado. La apelación será considerada solo si es presentada por escrito y aporta nuevos antecedentes atingentes al caso. La respuesta a la apelación se dará a conocer en las siguientes 24 horas.
9. El Encargado de Convivencia hará un seguimiento al cumplimiento efectivo de las medidas remediales formativas o sanciones.
10. En el caso de violencia física flagrante, se aplicará directamente las medidas y sanciones que estipula el Reglamento de Convivencia en su Artículo XV. Si el agresor es mayor de 14 años, la Escuela, por medio del Director, Jefe UTP o Encargado de Convivencia Escolar, solicitará la presencia de Carabineros de Chile en el establecimiento, para que procedan de acuerdo a la Ley.
11. Cualquier situación no establecida en el presente protocolo, será resuelta por el Director de la Escuela, asesorado por su equipo directivo.
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ANEXO F
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE MALTRATO ENTRE ADULTOS
1. El adulto afectado debe informar el hecho ocurrido al Encargado de Convivencia por escrito, a través de Hoja de Derivación. 2. El Encargado de Convivencia Escolar informará de lo acontecido al Director durante el transcurso del día. 3. El Encargado de Convivencia Escolar dará inicio a una investigación sobre los hechos, la que no podrá demorar más de 48 horas. En ella tomará por separado las declaraciones de él o los involucrados en los hechos, así también de testigos si los hubiese. Se resguardará la confidencialidad de lo dicho por cada entrevistado. 4. Producto de la investigación se generará un Informe Concluyente el que dará paso a una Resolución que detallará las medidas reparatorias a adoptar. 5. En caso de tratarse de maltrato psicológico, calumnias, injurias o de algún otro tipo de agresión, en que la víctima se vea muy afectada, deberá ser ella misma la que tome las acciones judiciales correspondientes en contra del agresor, quedando la escuela eximida del conflicto. Debiendo quedar por escrito ese acuerdo en la misma hoja de derivación. 6. En el caso de que la violencia física ocurra flagrante, la Escuela, por medio del Director, Jefe UTP o Encargado de Convivencia Escolar, solicitará la presencia de Carabineros de Chile en el establecimiento, para que procedan de acuerdo a la Ley. 7. De las medidas: Entre funcionarios: dependiendo de la gravedad de la situación, se efectuarán las siguientes acciones:
Amonestación verbal: Consiste en la amonestación privada y directa que será efectuada por el Director, de dicha acción.
Mediación entre las partes: Si la situación lo amerita se realizará una mediación entre las partes con el objetivo de lograr acuerdos y compromisos entre los involucrados.
Solicitud de disculpas públicas o privadas a la víctima, de parte del agresor.
Amonestación escrita: Consiste en la representación formal, por parte del Director, que se hace al funcionario, por escrito, dejándose constancia de ella en su carpeta personal.
Derivación al DAEM: En casos de mayor gravedad, los antecedentes serán remitidos al DAEM para su evaluación y pronunciamiento.
Entre apoderados: dependiendo de la gravedad de la situación, se efectuarán las siguientes acciones:
Mediación entre las partes: Si la situación lo amerita, se realizará una mediación entre las partes con el objetivo de lograr acuerdos y compromisos entre los involucrados.
Solicitud de disculpas públicas o privadas a la víctima, de parte del agresor.
Suspensión temporal como Apoderados: En casos graves que afecten la convivencia escolar y/o las relaciones humanas de convivencia de los Microcentros, se podrá suspender temporalmente su participación como apoderado en la Escuela,
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debiendo éste nombrar por escrito un apoderado reemplazante.
De apoderados a funcionarios: los apoderados, como integrantes de la Comunidad Educativa de la Escuela, también se rigen por las normas de convivencia del Reglamento. La transgresión de esta normativa será evaluada por el Comité de Buena Convivencia, y las consecuencias serán determinadas de acuerdo a la gravedad de la falta y en consideración a los antecedentes recopilados, efectuándose las siguientes acciones:
Mediación entre las partes: Si la situación lo amerita se realizará una mediación entre las partes con el objetivo de lograr acuerdos y compromisos entre los involucrados.
Solicitud de disculpas públicas o privadas a la víctima, de parte del agresor.
Suspensión temporal: En casos graves que afecten la convivencia escolar y/o las relaciones humanas de convivencia entre apoderados y funcionarios, se podrá suspender temporalmente su participación como apoderado en la Escuela, debiendo nombrar un apoderado reemplazante.
Cancelación de Matrícula: Esto, frente a casos excepcionalmente graves que revistan peligro para el resto de la comunidad educativa.
Denuncia a Tribunales por delitos: Si se configura un delito de agresión física de un apoderado a un funcionario, la Escuela hará la denuncia a la autoridad competente (Carabineros, PDI o Fiscalía). Si los Tribunales de Justicia comprueban el delito, el apoderado perderá su calidad de tal teniendo que nombrar a un reemplazante.
De funcionario a apoderado: dependiendo de la gravedad de la situación, se efectuarán las siguientes acciones:
Amonestación verbal: Consiste en la amonestación privada y directa que será efectuada por el Director, de dicha acción.
Mediación entre las partes: Si la situación lo amerita se realizará una mediación entre las partes con el objetivo de lograr acuerdos y compromisos entre los involucrados.
Amonestación escrita: Consiste en la representación formal, por parte del Director, que se hace al funcionario, por escrito, dejándose constancia de ella en su carpeta personal.
Solicitud de disculpas públicas o privadas a la víctima, de parte del agresor.
Derivación al DAEM: En casos de mayor gravedad, los antecedentes serán remitidos al DAEM para su evaluación y pronunciamiento.
8. El adulto involucrado tendrá un plazo de 24 horas para apelar a la resolución adoptada. Dicha apelación deberá presentarla por escrito y para que sea considerada tendrá que contener nuevos antecedentes, atingentes a la situación. El Encargado de Convivencia dará respuesta a dicha apelación dentro de las próximas 48 horas. Si la sanción es dictaminada por el DAEM, la apelación deberá hacerse directamente a esa oficina. 9. Ante la ausencia del Encargado de Convivencia Escolar, la responsabilidad en la aplicación del presente protocolo recaerá en el Jefe de UTP. 10. Cualquier situación no establecida en el presente protocolo, será resuelta por el Director de la Escuela, asesorado por su Equipo Directivo.
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ANEXO G
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN
RETENCIÓN ESCOLAR DE ESTUDIANTE EMBARAZADA O MADRE
1. GENERALIDADES
En Chile se encuentra garantizado el derecho de las alumnas embarazadas y madres a permanecer en sus respectivos establecimientos educacionales, sean estos públicos o privados, sean subvencionados o pagados, confesionales o no. Es por ello que la Ley Nº 20.370/2009 (LGE) General de Educación, Art. 11, señala: “El embarazo y la maternidad en ningún caso constituirán impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel, debiendo estos últimos otorgar las facilidades académicas y administrativas que permitan el cumplimiento de ambos objetivos. 2. CRITERIOS DEL PROTOCOLO
2.1. Criterios de Comunicación:
a) El apoderado debe informar al Profesor(a) jefe o directamente al Director de la Escuela sobre el estado de embarazo de la estudiante, respaldando la información a través de un certificado emitido por ginecólogo indicando la cantidad de semanas de embarazo.
b) La Escuela por medio de su Trabajadora Social informará sobre los derechos y obligaciones tanto de la estudiante, como de la familia y el establecimiento educacional.
c) El apoderado deberá notificar al establecimiento educacional de situaciones como cambio de domicilio o si la hija en condición de embarazo o maternidad quedará bajo la tutela o responsabilidad de otra persona.
2.2. Criterios de Evaluación:
a) Las alumnas embarazadas podrán ingresar a clases y rendir normalmente sus actividades académicas y evaluaciones, sin embargo, si presentan controles médicos o problemas de salud pre y post parto, que interfieran en su asistencia a clases; tendrán todas las condiciones necesarias para completar y desarrollar actividades de clases o rendir pruebas en horarios alternativos.
2.3. Criterio para la promoción: a) Las alumnas embarazadas serán promovidas si completan sus dos semestres o; si
fuera necesario por problemas de salud durante el embarazo, parto y postparto; se dará término anticipado a su año escolar, o se les aprobará con un semestre rendido, siempre y cuando cumplan con la normativa de aprobación por rendimiento estipulada en el Reglamento de Evaluación para todos los alumnos.
2.4. Criterio de Asistencia:
a) Para las estudiantes embarazadas, no se considera el 85% de asistencia a clases durante el año escolar, esto debe ser por situaciones derivadas de su embarazo como por ejemplo: Pre natal, Parto, post natal, control de niño sano, lactancia.
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b) El establecimiento contará con un docente responsable de realizar tutorías, se privilegiará que esta labor la cumpla el/la profesor/a jefe de la alumna. El cual llegará de mutuo acuerdo con la estudiante el día y la hora de atención (presentación de trabajos, evaluaciones, becas, etc.), además el/la profesor/a jefe estará apoyado por el Encargado de Convivencia Escolar, Trabajadora Social y/o Psicólogo según corresponda.
2.5. Criterio de lactancia: a) La madre adolescente determinará el período de alimentación de su hijo o hija que pudiera ser máximo de una hora. Este período debe estar comunicado formalmente través de una carta a la dirección de la escuela. El período para entregar la carta debe ser dentro de la semana de ingreso de la alumna.
2.6. Criterio de compromiso del apoderado/a: a) El apoderado firmará una carta de compromiso donde se detallará el apoyo que le brindará a su pupila con respecto a sus deberes académicos.
3. Cualquier situación no establecida en el presente protocolo, será resuelta por el Director de la Escuela, asesorado por su Equipo Directivo.
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ANEXO H
PROTOCOLO DE ADMINISTRACIÓN DE MEDICAMENTOS EN LA ESCUELA 1. Los padres o apoderados deberán presentar al profesor/a jefe respectivo/a el certificado médico que informa la situación de salud de su hijo/a. Si es necesario, el docente lo comunicará a sus colegas en forma personal o en consejo de profesores. Dicho certificado quedará archivado en carpeta del estudiante. 2. Si el certificado médico indica exención de ejercicios de esfuerzo físico, el o la profesor/a jefe entregará una copia al profesor/a de Educación Física, quien adecuará el trabajo con el/la alumno/a. 3. La administración de medicamentos a un alumno/a, es de absoluta responsabilidad de los padres o apoderados. 4. Serán los padres o apoderados quienes deberán concurrir a administrar el medicamento a su pupilo/a. En caso de no ser posible, deberán completar en la Escuela una solicitud de administración de medicamentos, para que un funcionario del establecimiento realice dicha tarea. 5. Cualquier situación no establecida en el presente protocolo, será resuelta por el Director de la Escuela asesorado por su Equipo Directivo.
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ANEXO K FORMULARIOS
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SOLICITUD PARA LA ADMINISTRACIÓN DE MEDICAMENTOS EN LA ESCUELA
D/Doña: __________________________________________ RUT: ____________________
Teléfono/celular: ___________________
Padre/madre/apoderado/a del/la alumno/a: _______________________________________,
estudiante de la Escuela Salto del Laja.
Curso:__________________
Profesor/a jefe: __________________________________________
Comunico a la Dirección la necesidad de administrar a mi pupilo/a el
medicamento______________________________________________________________,
prescrito por su médico/especialista, adjuntando receta médica con dosis y frecuencia.
Por resultarme imposible asistir a la Escuela a medicar a mi pupilo/a, solicito a la Dirección,
administrar el medicamento en el siguiente horario: _________________________________
_________________________________________________________________________.
Quedando la Escuela y sus funcionarios EXENTOS de toda RESPONSABILIDAD que pudiera
derivarse de dicha actuación.
------------------------------------------------------------------
NOMBRE, RUT Y FIRMA DEL SOLICITANTE
Fecha,…….. / …….. / ………………….
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HOJA DE DERIVACIÓN A. MOTIVO (bullying, agresión física, agresión verbal, amenaza, otro.)
B. IDENTIFICACIÓN VICTIMA
Nombre
RUT
Curso
Función
Edad
C. IDENTIFICACIÓN PRESUNTO(S) AGRESOR(ES)
Nombre
RUT
Curso
Función
Edad
Nombre
RUT
Curso
Función
Edad
D. ORIGEN DE LA DERIVACIÓN:
VICTIMA ALUMNO/A PADRE O MADRE APODERADO/A PROFESOR/A DIRECTIVO ASISTENTE ED. OTRO
E. HECHOS OBSERVADOS.
Nombre y firma de quien deriva
Fecha:
39
ENTREVISTA
ENTREVISTADO
RUT
ESTAMENTO FUNCIONARIO ESTUDIANTE APODERADO
CONDICIÓN VICTIMA PRES. AGRESOR TESTIGO
ENTREVISTADOR DESARROLLO ENTREVISTA
FIRMA ENTREVISTADO FIRMA ENTREVISTADOR
40
ACUERDO DE MEDIACIÓN
PARTICIPANTES
SITUACIÓN
ACUERDOS
FIRMAS
NOMBRE NOMBRE NOMBRE
NOMBRE NOMBRE NOMBRE
41
INFORME CONCLUYENTE
(CONFIDENCIAL)
1. ANTECEDENTES
VÍCTIMA
PRESUNTO(S) AGRESOR(ES)
SITUACIÓN DENUNCIADA
MEDIDA IMPLEMENTADA
ENTREVISTADOS
CONCLUSIONES
NOMBRE Y FIRMA FUNCIONARIO QUE RECEPCIONA ANTECEDENTES
42
PAUTA INTERVENCIÓN BULLYING
Nombre víctima
Alumno/a Funcionario/a Bullying Ciber Bullying Nombre agresor 1 Nombre agresor 2 Nombre agresor 3
Medidas reparatorias víctima:
Medidas remediales formativas o sanciones agresor/es:
Seguimiento:
NOMBRE Y FIRMA ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
43
INFORME FINAL CASO BULLYING
Nombre víctima
Alumno/a Funcionario/a Bullying Ciber Bullying Nombre agresor 1 Nombre agresor 2 Nombre agresor 3 En cuanto al cumplimiento de medidas reparatorias a favor de la víctima se puede
señalar:
En relación al cumplimiento de las medidas remediales formativas o sanciones impuestas al/los agresor/es podemos indicar:
Conclusión:
FIRMA ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
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RESOLUCIÓN De acuerdo a lo arrojado en Informe Concluyente del presente caso, la Escuela Salto del Laja ha determinado aplicar las siguientes Medidas Remediales Formativas y/o Sanciones:
1.
2.
3.
Monitoreo
NOMBRE Y FIRMA ENCARGADO DE CONVIVENCIA
45
APELACIÓN Nombre
Padre/madre Apoderado/a Funcionario Alumno/a involucrado
Curso Profesor/a Jefe
Argumentación
NOMBRE Y FIRMA DE QUIEN APELA
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ACUERDO FUNCIONAMIENTO DE LAS REDES SOCIALES Y GRUPO WHATSAAP DE MICROCENTRO
ESCUELA SALTO DEL LAJA
Curso: ____________________
1. El único medio oficial que la Escuela utilizará para dar a conocer sus actividades y difundir avisos e
información relevante, será el Facebook institucional, administrado por la Coordinadora de Educación
Extraescolar, quien previa autorización de Dirección, publicará lo que el establecimiento estime
conveniente y necesario. La Escuela se reserva el derecho a bloquear al usuario de esta red social,
que se manifieste en forma inadecuada mediante comentarios o mensajes frente a alguna publicación
o consulta.
Para los grupos whatsaap de apoderados, las reglas son:
Su implementación será acordada en reunión de apoderados con aprobación de mayoría.
Deberá ser administrado por el profesor jefe.
Aparte del administrador, solo será integrado por el apoderado titular de cada estudiante,
siempre y cuando él esté de acuerdo.
En este medio se tratarán solo temas relacionados con la Escuela, si un(a) apoderado(a) lo
utiliza para otro fin o se manifiesta en forma inadecuada, será advertido una vez por el profesor
jefe. De reiterarse el hecho, el apoderado(a) será eliminado del grupo.
Este canal es solo complementario, y en ningún caso exime al apoderado de cumplir con sus
obligaciones.
El horario de consultas de los apoderados al profesor jefe no podrá exceder la jornada laboral
del docente, y la respuesta de este no será inmediata bajo ningún punto de vista, pudiendo
contestar durante los recreos u horas no lectivas.
Si el docente estima necesario informar o responder alguna consulta después de su horario de
trabajo, lo hará de acuerdo a su criterio y disponibilidad, no siendo para nada una obligación.
Este acuerdo debe ser firmado por el profesor jefe y presidente(a) del Microcentro, en
triplicado, quedando una copia en poder del docente, otra en poder del presidente(a) y una en
el diario mural o pared de la sala de clases.
NOMBRE Y FIRMA NOMBRE Y FIRMA PROFESOR(A) JEFE PRESIDENTE(A) MICROCENTRO
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NOTA DE MÉRITO POR BUEN COMPORTAMIENTO ESCUELA SALTO DEL LAJA
La Dirección de la Escuela Salto del Laja, se complace en felicitar al
alumno(a) _______________________________________________________
por su buen comportamiento, lo que se ha visto reflejado en su hoja de
vida, donde ha completado tres observaciones positivas.
Su Escuela le invita a mantener esta actitud positiva, que es un
ejemplo para los demás estudiantes y realza los valores institucionales
declarados en el PEI.
Firman la presente congratulación.
CARLOS ROZAS SALAZAR HERNÁN OLIVARES TORNÉ
Encargado de Convivencia Escolar Director
Salto del Laja, ____________________________________.